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Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 308/2025, edición matutina (MAT) del jueves 13 de noviembre de 2025

13 de noviembre de 2025 · Diario Oficial de la Federación (múltiples emisores: SEGOB, SHCP/CNBV/CNSF/CONSAR/INDABIN/INDEP, SADER/SENASICA, SEP, SECIHTI, Salud/COFEPRIS, STPS, Cultura, SECTUR, Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, SCJN, Banco de México y convocatorias del sector público)

Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.

No. de publicación: 308/2025 Ciudad de México, jueves 13 de noviembre de 2025 CONTENIDO Secretaría de Gobernación Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural Secretaría de Educación Pública Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación Secretaría de Salud Secretaría del Trabajo y Previsión Social Secretaría de Cultura Secretaría de Turismo Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado Comisión Reguladora de Telecomunicaciones Suprema Corte de Justicia de la Nación Banco de México Convocatorias para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público Avisos 2 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 INDICE PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa de una entidad interna de Convención Nacional Bautista de México, A.R., denominada Iglesia Bautista Amor más Grande de Guanajuato, Gto. ............................................. 5 Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó la C. Zurisadai Rodríguez Jiménez y firmantes de la agrupación denominada Iglesia de Dios Pentecostés Nuevo Remanente. ......................................................... 7 Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó la C. Rosalba Colchado Villalón y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Evangélica del Mante Unidos para Cristo. ........................................................ 9 Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Caciano Ventura Cárdenas y firmantes de la agrupación denominada Ministerio de Iglesias Cristianas Pentecostés Bet-El en México. ................................. 11 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Oficio mediante el cual se modifican los términos de la autorización para organizarse y operar de Paypal Payments México, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico. ................ 13 Oficio mediante el cual se modifica la autorización otorgada a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros. ..................................................................................................................... 14 Modificaciones y adiciones a las Disposiciones de carácter general aplicables a los planes de pensiones. ................................................................................................................................... 17 Acuerdo por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/483/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada el 13 de septiembre de 2017. ........................................................................................................... 31 Acuerdo por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/484/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada el 13 de septiembre de 2017. ........................................................................................................... 33 Acuerdo por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/485/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada el 13 de septiembre de 2017. ........................................................................................................... 35 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 3 SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Convenio Modificatorio al Anexo Técnico de Ejecución para la operación de los componentes de vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades fitozoosanitarias, campañas fitozoosanitarias e inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2025, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Chihuahua. ..................................................................................... 37 SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA Convenio de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Durango. ................... 47 Convenio de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guanajuato. .............. 57 Convenio de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guerrero. ................... 67 Aviso por el que se da a conocer la suspensión de labores del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), en el año 2026. ........................................................................... 77 SECRETARIA DE CIENCIA, HUMANIDADES, TECNOLOGIA E INNOVACION Acuerdo por el que se modifican los artículos 40, 41, 44, 45, 47, 49 y 50 del Manual de Procedimientos del Programa Presupuestario F003 Programas Nacionales Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los Sectores Social, Público y Privado. .......................... 79 SECRETARIA DE SALUD Convenio Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco. ...................................................................................................................... 82 SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Nota Aclaratoria al Acuerdo mediante el cual se modifica y amplía la competencia de diversas juntas especiales de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, se suprimen la Oficina Auxiliar de Poza Rica, Veracruz y la Junta Especial número 35, con residencia en Culiacán, Sinaloa en los términos que se indican, publicado el 27 de octubre de 2025. ................................................... 179 SECRETARIA DE CULTURA Programa Institucional de Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana S.A. de C.V. 2025-2030. ................................................................................................................... 180 4 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 SECRETARIA DE TURISMO Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Secretaría de Turismo. ..................................................................................................................... 197 INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO Acuerdo por el que se expide el Programa Institucional del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado 2025-2030. .......................................................................................................................... 207 COMISION REGULADORA DE TELECOMUNICACIONES Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones suspende plazos y términos de todos los trámites, servicios y procesos instaurados ante la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones. ............................................................................................... 245 PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 137/2024. ........................................................................................ 247 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO DE MEXICO Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. ........................................................................................................................ 257 Tasas de interés interbancarias de equilibrio. .................................................................................. 257 Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................ 257 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales. ........................................................................ 258 AVISOS Judiciales y generales. ..................................................................................................................... 312 El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 5 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa de una entidad interna de Convención Nacional Bautista de México, A.R., denominada Iglesia Bautista Amor más Grande de Guanajuato, Gto. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos. JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los artículos 14, párrafo primero, 16 párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como 3, fracción III, inciso d), numeral 2, 8, 91, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y, CONSIDERANDO Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para su registro constitutivo, entre otras disposiciones; Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales en la materia; Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, señala que las iglesias y las agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la misma Ley, establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación; Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, refiere que la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General de Asuntos Religiosos; Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los elementos de prueba en que funde la misma, y Que en fecha 4 del mes de julio de 2025 la entidad interna de Convención Nacional Bautista de México, A.R. denominada Iglesia Bautista Amor más Grande de Guanajuato, Gto., ubicada en el municipio de Guanajuato, Estado de Guanajuato, presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente: 6 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE CONVENCIÓN NACIONAL BAUTISTA DE MÉXICO, A.R., DENOMINADA IGLESIA BAUTISTA AMOR MÁS GRANDE DE GUANAJUATO, GTO. PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa de una entidad interna de CONVENCIÓN NACIONAL BAUTISTA DE MÉXICO, A.R. denominada IGLESIA BAUTISTA AMOR MÁS GRANDE DE GUANAJUATO, GTO., presentada en los términos siguientes: En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad IGLESIA BAUTISTA AMOR MÁS GRANDE DE GUANAJUATO, GTO., para constituirse en asociación religiosa; derivada de CONVENCIÓN NACIONAL BAUTISTA DE MÉXICO, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle Pueblito de Rocha 39B, colonia Pueblito de Rocha, municipio de Guanajuato, Estado de Guanajuato, C.P. 36040. II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: calle Pueblito de Rocha 39B, colonia Pueblito de Rocha, municipio de Guanajuato, Estado de Guanajuato, C.P. 36040, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Realizar sistemáticamente cultos devocionales de predicación y de instrucción Bíblica”. IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representantes: Cesar Alejandro Ramos Fonseca y/o Erika Teresa Anguiano Ramírez. VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Cesar Alejandro Ramos Fonseca, Presidente; Lizbeth Garnica Diaz, Secretaria y Erika Teresa Anguiano Ramírez, Tesorera. IX.- Ministro de Culto: Cesar Alejandro Ramos Fonseca y Cesar Adriel Ramos Yebra. X.- Credo Religioso: cristiano evangélico bautista. SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos. Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior. TRANSITORIOS ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.- Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 7 AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó la C. Zurisadai Rodríguez Jiménez y firmantes de la agrupación denominada Iglesia de Dios Pentecostés Nuevo Remanente. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos. JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y CONSIDERANDO Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para su registro constitutivo, entre otras disposiciones; Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales en la materia; Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación; Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General de Asuntos Religiosos; Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los elementos de prueba en que funde la misma, y Que en fecha 24 del mes de octubre de 2024, la agrupación religiosa denominada Iglesia De Dios Pentecostés Nuevo Remanente, ubicada en el municipio de Tuxtla Chico, Estado de Chiapas presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ LA C. ZURISADAI RODRÍGUEZ JIMÉNEZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA DE DIOS PENTECOSTÉS NUEVO REMANENTE PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó la C. ZURISADAI RODRÍGUEZ JIMÉNEZ Y FIRMANTES de la agrupación denominada IGLESIA DE DIOS PENTECOSTÉS NUEVO REMANENTE, presentada en los términos siguientes: 8 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada IGLESIA DE DIOS PENTECOSTÉS NUEVO REMANENTE, para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle innominada sin número, predio Rustico denominado “San Marcos”, municipio de Tuxtla Chico, Estado de Chiapas, C.P. 30870. II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: calle innominada sin número, predio Rustico denominado “San Marcos”, municipio de Tuxtla Chico, Estado de Chiapas, C.P. 30870, manifestado de manera unilateral como susceptible de incorporarse al patrimonio. III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “La observancia, práctica, propagación e instrucción de la doctrina de Jesucristo”. IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representante: Zurisadai Rodríguez Jiménez. VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Comité Ejecutivo”, integrado por las personas y cargos siguientes: Zurisadai Rodríguez Jiménez, Presidente; Noel Guillen Carrasco, Vicepresidente; Benigno Durante García, Secretario; Manuel de Jesús Hernández Osorio, Tesorero; y Robinson Estrada de la Cruz, Vocal. IX.- Ministros de Culto: Zurisadai Rodríguez Jiménez, Noel Guillen Carrasco, Benigno Durante García, Elmer Laguna Salinas, Manuel de Jesús Hernández Osorio, Robinson Estrada de la Cruz, José Morales López y Rebeca Vidal González. X.- Credo Religioso: cristiano evangélico pentecostés. SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos. Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior. TRANSITORIOS ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.- El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 9 AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó la C. Rosalba Colchado Villalón y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Evangélica del Mante Unidos para Cristo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos. JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y CONSIDERANDO Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para su registro constitutivo, entre otras disposiciones; Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales en la materia; Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación; Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General de Asuntos Religiosos; Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los elementos de prueba en que funde la misma, y Que en fecha 11 del mes de abril de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia Evangélica del Mante Unidos para Cristo, ubicada en el municipio de Mante, Estado de Tamaulipas presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ LA C. ROSALBA COLCHADO VILLALÓN Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA EVANGÉLICA DEL MANTE UNIDOS PARA CRISTO PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó la C. ROSALBA COLCHADO VILLALÓN Y FIRMANTES de la agrupación denominada IGLESIA EVANGÉLICA DEL MANTE UNIDOS PARA CRISTO, presentada en los términos siguientes: 10 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada IGLESIA EVANGÉLICA DEL MANTE UNIDOS PARA CRISTO, para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: lote 3, manzana 67, zona 1, Poblado N.C.P.A. El camotero II y colinda con calle sin nombre, municipio de Mante, Estado de Tamaulipas, C. P. 89928. II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: lote 3, manzana 67, zona 1, Poblado N.C.P.A. El camotero II y colinda con calle sin nombre, municipio de Mante, Estado de Tamaulipas, C. P. 89928, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Propagar el evangelio de nuestro Señor Jesucristo para beneficio de las familias en el mundo entero”. IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representante: Rosalba Colchado Villalón, Marcela Vega Cruz, Leticia Hernández Félix, Elva Fuentes Medina, Wendy Hernández Guerrero, Enrique Hernández Félix y/o Atanacio Bravo Juárez. VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Comité Directivo”, integrado por las personas y cargos siguientes: Rosalba Colchado Villalón, Presidenta; Marcela Vega Cruz, Tesorera; Leticia Hernández Félix, Secretaria; Elva Fuentes Medina, Vocal; Wendy Hernández Guerrero, Vocal; Enrique Hernández Félix, Vocal; y Atanacio Bravo Juárez, Vocal. IX.- Ministros de Culto: Rosalba Colchado Villalón, Aristeo Hernández Guerrero y Gerson Francisco Hernández Colchado. X.- Credo Religioso: cristiano evangélico. SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos. Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior. TRANSITORIOS ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.- El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 11 AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Caciano Ventura Cárdenas y firmantes de la agrupación denominada Ministerio de Iglesias Cristianas Pentecostés Bet-El en México. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos. JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y CONSIDERANDO Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para su registro constitutivo, entre otras disposiciones; Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales en la materia; Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación; Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General de Asuntos Religiosos; Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los elementos de prueba en que funde la misma, y Que en fecha 29 del mes de enero de 2025, la agrupación religiosa denominada Ministerio De Iglesias Cristianas Pentecostés Bet-El En México, ubicada en el municipio de Jiquipilas, Estado de Chiapas presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. CACIANO VENTURA CÁRDENAS Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA MINISTERIO DE IGLESIAS CRISTIANAS PENTECOSTÉS BET-EL EN MÉXICO PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. CACIANO VENTURA CÁRDENAS Y FIRMANTES de la agrupación denominada MINISTERIO DE IGLESIAS CRISTIANAS PENTECOSTÉS BET-EL EN MÉXICO, presentada en los términos siguientes: 12 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada MINISTERIO DE IGLESIAS CRISTIANAS PENTECOSTÉS BET-EL EN MÉXICO, para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle Cuarta Poniente Norte esquina Novena Norte, número 1022, barrio Santa Cecilia, municipio de Jiquipilas, Estado de Chiapas, C.P. 30430. II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: calle Cuarta Poniente Norte esquina Novena Norte, número 1022, barrio Santa Cecilia, municipio de Jiquipilas, Estado de Chiapas, C.P. 30430, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “La observancia, practica, propagación e instrucción de la doctrina de Jesucristo…”. IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representante: Caciano Ventura Cárdenas. VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Caciano Ventura Cárdenas, Presidente; Isabel Tirado Espinosa, Vicepresidenta; María Soledad Yuin Peña, Secretaria; Jhaphet Aner Ventura Tirado, Tesorero; Ruperto Ventura Tirado, Vocal; y Eberardo Cruz Ríos, Vocal. IX.- Ministros de Culto: Isabel Tirado Espinosa y Caciano Ventura Cárdenas. X.- Credo Religioso: cristiano evangélico pentecostés. SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos. Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior. TRANSITORIOS ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.- El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 13 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para organizarse y operar de Paypal Payments México, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Normatividad.- Dirección General de Autorizaciones Especializadas.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B.- Dirección General de Supervisión de Instituciones de Tecnología Financiera.- Oficio No. 311-271/2025. ASUNTO: SE MODIFICAN LOS TÉRMINOS DE LA AUTORIZACIÓN PARA ORGANIZARSE Y OPERAR DE ESA INSTITUCIÓN DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO. PAYPAL PAYMENTS MÉXICO, S.A.P.I. DE C.V. INSTITUCIÓN DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO BLVD. MANUEL ÁVILA CAMACHO, NÚM. 24, PISO PH, COL. LOMAS DE CHAPULTEPEC, C.P. 11000, ALCALDÍA MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO. AT’N.: C. JORGE CHRISTIAN RAMÍREZ ABASOLO REPRESENTANTE LEGAL Hacemos referencia al escrito presentado en esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“Comisión”) el 21 de octubre de 2025, a través del correo institucional autorizacionfintech@cnbv.gob.mx, de conformidad con lo previsto en el “Acuerdo por el que se establecen las medidas administrativas para la continuidad de las actividades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en la atención de los asuntos que se tramitan ante ésta, durante la contingencia sanitaria provocada por el COVID-19”, publicado en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el 15 de julio de 2020, por virtud del cual PayPal Payments México, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico (“PayPal” o “Entidad”), antes Inguz Digital, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico (“Inguz”), remitió la protocolización de los acuerdos adoptados en las resoluciones unánimes tomadas fuera de Asamblea General de Accionistas celebrada el 21 de octubre de 2025, con motivo del cambio de su denominación social y reflejar la parte fija del capital social actual. Por lo anterior, en atención a su escrito, con fundamento en los artículos 11, 12, 22 y 25 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, se modifican las bases PRIMERA y CUARTA de la autorización que le fue otorgada a Inguz, para que se organice y opere como una institución de fondos de pago electrónico mediante el oficio P040/2021, de fecha 16 de marzo de 2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 2021, para quedar en los siguientes términos: PRIMERA.- La denominación de la sociedad será PayPal Payments México, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico. SEGUNDA.- […] TERCERA.- […] CUARTA.- El importe de su capital social será de $6´785,388.00 (seis millones setecientos ochenta y cinco mil trescientos ochenta y ocho pesos 00/100 M.N.), representado por 2,907,968 (dos millones novecientas siete mil novecientas sesenta y ocho) acciones ordinarias, nominativas de la Clase I, sin expresión de valor nominal, las cuales son representativas del capital social fijo sin derecho a retiro. QUINTA.- […] SEXTA.- […] SÉPTIMA.- […] OCTAVA.- […] El presente oficio se emite con fundamento en las disposiciones legales antes invocadas, así como en ejercicio de las facultades conferidas a esta Comisión por los 142 y 145, fracción IV de la LRITF; 1, 3, fracción V, 4, fracciones I, apartado B y II, apartado B, numerales 22) y 32), 14, 35, fracciones I, inciso b), III y último párrafo, 45, fracción I, 64, primer párrafo, en correlación con el 61, segundo párrafo del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el DOF el 28 de febrero de 2022, así como el artículo 9, fracción II del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el DOF el 18 de abril de 2022 y modificado mediante Acuerdo publicado en el referido Diario el 17 de agosto de 2023 y 20 de junio de 2025. Atentamente Ciudad de México, a 5 de noviembre de 2025.- Coordinador de Autorizaciones Especializadas A, Lic. Carlos Retana Santamaria.- Rúbrica.- Coordinadora de Autorizaciones de Tecnología Financiera A, Lic. María Fernanda Burgos Menéndez.- Rúbrica.- Directora General de Supervisión de Instituciones de Tecnología Financiera, Mtra. Leticia Castellanos García.- Rúbrica. 14 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 OFICIO mediante el cual se modifica la autorización otorgada a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.- Presidencia.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios.- Dirección Consultiva.- Subdirección Consultiva.- Expediente: C00.411.13.2.1-S0003“15”.- Oficio No. 06-C00-41100/07127. ASUNTO: SE MODIFICA LA AUTORIZACIÓN OTORGADA A ALLIANZ MÉXICO, S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS. ALLIANZ MÉXICO, S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS Agua 580 Col. Jardines del Pedregal Álvaro Obregón 01900, Ciudad de México At’n: Lic. Mauro A. Cándano Álvarez del Castillo Representante Legal El Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y previo Acuerdo de su Junta de Gobierno, con fundamento en los artículos 11, 66, 74, 75, 369 fracción II y 370, último párrafo, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como en los artículos 6 y 9 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, emite las presentes resoluciones en atención a los siguientes Antecedentes y Considerandos: ANTECEDENTES 1. Allianz México, S.A., Compañía de Seguros fue autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para funcionar y operar como institución de seguros, a través del Oficio 102-E-366-DGSV-I-B-a-780 del 20 de febrero de 1991. Tal autorización fue modificada por última vez por la citada Dependencia mediante Oficio 366-IV-7023 de 4 de diciembre de 1997, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de noviembre de 1998. 2. Con escrito de 15 de abril de 2015, el Lic. Mauro A. Cándano Álvarez del Castillo, en representación de Allianz México, S.A., Compañía de Seguros, sometió a aprobación de esta Comisión la reforma de los estatutos sociales de dicha institución con motivo de la entrada en vigor de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, adjuntando para tal efecto copia del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de 30 de marzo de 2015; de dicha modificación, destacan la eliminación de las palabras “Distrito Federal”, de su domicilio social, de conformidad con el “Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016, así como el ajuste a su objeto social, por la “adecuación de Riesgos Catastróficos”. 3. Mediante Oficios 06-C00-41100/10819 de 21 de abril de 2016, 06-C00-41100/22653 de 29 de julio de 2016 y 06-C00-41100/35149 de 7 de diciembre de 2016, esta Comisión aprobó la modificación integral a los estatutos sociales realizada por esa institución, de conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, contenida en la escritura No. 36,601 de 1° de junio de 2016, otorgada ante la fe del Lic. Mario Garciadiego González Cos, Titular de la Notaría Pública No. 184 en la Ciudad de México, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México el 23 de agosto de 2016, bajo el folio mercantil No. 16488*. 4. En ese contexto, se sometió a consideración de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas en su sesión 193 de 21 de febrero de 2017, las modificaciones a la autorización de Allianz México, S.A., Compañía de Seguros para operar como institución de seguros, la cual acordó, previa opinión favorable del Comité de Autorizaciones de la misma Comisión, lo siguiente: “PRIMERO.- MODIFICAR la autorización de “Allianz México, S.A. de C.V., Compañía de Seguros”, a efecto de reflejar las modificaciones realizadas en los estatutos sociales de dicha institución que a continuación se describen: a) Sustituir de su domicilio social la referencia al “Distrito Federal” por “Ciudad de México”, y b) Sustituir de su objeto la referencia al ramo de seguros identificado como “Terremoto y otros riesgos catastróficos” por “Riesgos catastróficos”. SEGUNDO.- MODIFICAR la autorización de Allianz México, S.A. de C.V., Compañía de Seguros, a efecto de que se elimine la referencia al monto del capital de dicha institución de seguros sustituyéndola por una redacción que establezca que la institución deberá contar con el capital mínimo pagado que se determine para el año de que trate, por cada operación y ramo que tenga autorizados, el cual deberá ser expresado en Unidades de Inversión y cubrirse en moneda nacional, en términos del artículo 49, párrafo primero, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.” Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 15 CONSIDERANDO PRIMERO.- Que el artículo 369, fracción II, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, prevé que es competencia de la Junta de Gobierno de esta Comisión, modificar las autorizaciones para organizarse, operar y funcionar como institución de seguros. SEGUNDO.- Que derivado de la resolución contenida en el citado Oficio No. 06-C00-41100/35149 de 7 de diciembre de 2016, se deben modificar los términos de la autorización otorgada a esa institución de seguros. Atento a lo anterior, se emiten las siguientes: RESOLUCIONES PRIMERA.- Se modifica el Proemio y los Artículos Primero, Segundo y Tercero, primer párrafo, bases II y III, de la autorización otorgada a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros, en los siguientes términos: AUTORIZACIÓN QUE OTORGA LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL, A ALLIANZ MÉXICO, S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS, PARA QUE CONTINÚE FUNCIONANDO COMO INSTITUCIÓN DE SEGUROS FILIAL DE ALLIANZ OF AMERICA, INC., DE DELAWARE, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EN LOS TÉRMINOS SIGUIENTES: ARTÍCULO PRIMERO.- En uso de la facultad que al Gobierno Federal conferían los artículos 5 y 33-C de la abrogada Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y que a partir del 4 de abril de 2015, le confieren los artículos 11 y 75 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se autoriza a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros para organizarse y funcionar como institución de seguros filial de Allianz of America, Inc., de Delaware, Estados Unidos de América. ARTÍCULO SEGUNDO.- La institución de seguros filial está autorizada para practicar en la República Mexicana operaciones de seguros de vida, accidentes y enfermedades, en los ramos de accidentes personales y gastos médicos, de daños, en los ramos de responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, automóviles, crédito exclusivamente en reaseguro, diversos, así como riesgos catastróficos. ARTÍCULO TERCERO.- La institución de seguros filial se sujetará a las disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como a las que deriven de la misma, a la Ley General de Sociedades Mercantiles, y a las demás leyes que le sean aplicables y, en particular, a las siguientes bases: … II.- La institución deberá contar con el capital mínimo pagado que se determine para el año de que se trate, por cada operación o ramo que tenga autorizados, el cual deberá ser expresado en Unidades de Inversión y que deberá cubrir en moneda nacional, en términos del artículo 49, párrafo primero, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. III.- Su domicilio social será la Ciudad de México. … SEGUNDA.- La autorización otorgada a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros, para organizarse y operar como institución de seguros filial, después de la modificación señalada en el Resolutivo anterior, queda íntegramente en los siguientes términos: AUTORIZACIÓN QUE OTORGA LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL, A ALLIANZ MÉXICO, S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS, PARA QUE CONTINÚE FUNCIONANDO COMO INSTITUCIÓN DE SEGUROS FILIAL DE ALLIANZ OF AMERICA, INC., DE DELAWARE, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EN LOS TÉRMINOS SIGUIENTES: ARTÍCULO PRIMERO.- En uso de la facultad que al Gobierno Federal conferían los artículos 5 y 33-C de la abrogada Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y que a partir del 4 de abril de 2015, le confieren los artículos 11 y 75 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se autoriza a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros para organizarse y funcionar como institución de seguros filial de Allianz of America, Inc., de Delaware, Estados Unidos de América. 16 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 ARTÍCULO SEGUNDO.- La institución de seguros filial está autorizada para practicar en la República Mexicana operaciones de seguros de vida, accidentes y enfermedades, en los ramos de accidentes personales y gastos médicos, de daños, en los ramos de responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, automóviles, crédito exclusivamente en reaseguro, diversos, así como riesgos catastróficos. ARTÍCULO TERCERO.- La institución de seguros filial se sujetará a las disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como a las que deriven de la misma, a la Ley General de Sociedades Mercantiles, y a las demás leyes que le sean aplicables y, en particular, a las siguientes bases: I.- La denominación será Allianz México, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros. II.- La institución deberá contar con el capital mínimo pagado que se determine para el año de que se trate, por cada operación o ramo que tenga autorizados, el cual deberá ser expresado en Unidades de Inversión y que deberá cubrir en moneda nacional, en términos del artículo 49, párrafo primero, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. III.- Su domicilio social será la Ciudad de México. ARTÍCULO CUARTO.- Por su propia naturaleza, esta autorización es intransmisible. TERCERA.- Las presentes resoluciones deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación del domicilio social de la institución, dentro de los ciento veinte días siguientes a la fecha de su notificación a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, en relación con el artículo 75, ambos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a costa de los interesados. Las presentes resoluciones se emiten con base en la información proporcionada por la promovente contenida en los escritos remitidos y se limita exclusivamente a la modificación de la autorización otorgada a esa institución de seguros en los términos descritos que de conformidad con las disposiciones aplicables compete resolver a esta Comisión, y no prejuzga sobre cualquier acto que dicha sociedad lleve a cabo y que implique la previa autorización o aprobación de otras autoridades financieras, administrativas, fiscales o de cualquier otra naturaleza, en términos de la normativa vigente, ni convalida la legalidad o validez de los mismos en caso de que no se obtengan dichas autorizaciones o aprobaciones. Se hace de su conocimiento lo anterior, con fundamento en los artículos 11, 66, 74, 75, 369, fracción II y 370, último párrafo, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como en los artículos 6 y 9 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. Ciudad de México, 27 de Febrero de 2017.- La Presidenta de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Mtra. Norma Alicia Rosas Rodríguez.- Rúbrica. La que suscribe en su carácter de Directora General Jurídica Consultiva y de Intermediarios, con fundamento en el artículo 11, fracción VII del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. CERTIFICA Que la presente copia fotostática constante en seis fojas útiles es reproducción fiel y exacta del original del oficio 06-C00-41100/07127 de fecha veintisiete de febrero de dos mil diecisiete, que se tuvo a la vista, fue debidamente cotejado y que obra en los archivos de la Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, lo que se hace constar para todos los efectos legales a que haya lugar. Se expide la presente copia certificada en la Ciudad de México, el doce de septiembre de dos mil veinticinco. CONSTE Directora General Jurídica Consultiva y de Intermediarios de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Mtra. Martha Patricia Ramírez Velasco.- Rúbrica. (R.- 570379) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 17 MODIFICACIONES y adiciones a las Disposiciones de carácter general aplicables a los planes de pensiones. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LOS PLANES DE PENSIONES El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 5o, fracciones I, II, III y XVI, 11, 12, fracciones I, VIII y XVI, 82 y 83 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 27 fracción VIII, 170 y 190 de la Ley del Seguro Social; 54 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; 99, 100, 101, 102, 103, 104 y 105 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y 1, 2 fracción III y 8 primer párrafo del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, y CONSIDERANDO Que, con el objetivo de combatir los esquemas que pretenden simular ser Planes de Pensiones de Registro Electrónico con la intención de evadir el pago de contribuciones por las nóminas de sus trabajadores, se precisa que dichos planes deberán tener como finalidad exclusiva complementar el ingreso de los trabajadores al momento de su retiro definitivo respecto del patrón, y los recursos de estos planes no podrán ser entregados durante la vigencia de la relación laboral. Que, a fin de fortalecer la coordinación interinstitucional en la supervisión de los Planes de Pensiones de Registro Electrónico, se reconoce como Autoridades Fiscalizadoras al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y al Servicio de Administración Tributaria. Asimismo, se incorpora a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en su carácter de autoridad laboral. Que, con el propósito de seguir incentivando el ahorro complementario para el retiro, se aclara que las aportaciones realizadas a los Fondos o a los planes de pensiones podrán ser excluidas tanto del salario base de cotización, conforme al artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, como del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Que, para fortalecer la trazabilidad y supervisión de los Planes de Pensiones de Registro Electrónico, se establece que, al momento de su registro, deberá incluirse el registro patronal correspondiente al patrón para el cual el trabajador presta sus servicios. Que, con el objetivo de fomentar la rendición de cuentas y la transparencia en la operación de los Planes de Pensiones de Registro Electrónico, se establece la obligación de los patrones de acreditar ante las Autoridades Fiscalizadoras el cumplimiento de las Disposiciones aplicables, así como de mantener a disposición de dichas autoridades información detallada sobre los trabajadores en activo, los inactivos con derechos adquiridos y los pensionados. Que, con el propósito de fortalecer los controles preventivos en el registro de Planes de Pensiones de Registro Electrónico y preservar la integridad del sistema, se establece como condición obligatoria que los patrones que otorguen dichos planes no cuenten con observaciones, irregularidades, sanciones o prevenciones pendientes de solventar, derivadas del incumplimiento de las presentes Disposiciones en materia fiscal o de seguridad social. Asimismo, el patrón no deberá contar con una opinión de cumplimiento negativa emitida por parte de las Autoridades Fiscalizadoras. Que, para brindar mayor claridad, se actualizan y precisan diversos conceptos contendidos en el Anexo A de las presentes Disposiciones, y Que en cumplimiento de lo establecido por la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, las presentes disposiciones fueron objeto del Análisis de Impacto Regulatorio correspondiente por parte de la Autoridad de Simplificación y Digitalización, en términos de los artículos 3 fracción XI, 36 fracción VIII y 49 fracción I de la mencionada Ley, por lo que hace a que la propuesta regulatoria no genera costos burocráticos a los particulares, ni modifica los existentes, en términos del oficio ATDT/CNTD/DGSA/1581/2025 de fecha 31 de octubre de 2025, por lo que procede a emitir las presentes MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LOS PLANES DE PENSIONES ÚNICO. Se MODIFICAN: los artículos 1, párrafo primero, fracciones II y III; 2, párrafo primero, fracciones I, II, III, IV, V, VI, IX, X, XI, XIII y XIV; 3, párrafo primero, fracciones I, IV, V y penúltimo párrafo; 4, párrafo primero, párrafo tercero, párrafo cuarto y último párrafo; 5; 6, primer párrafo, fracciones I, III, IV, V, VI, VIII y IX; 7, segundo y tercer párrafo, fracción II, cuarto y penúltimo párrafo; 8; 9; 11; 13, primer párrafo, fracciones I, 18 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 II, III y IV; 14, primer párrafo; 15; 16, primer párrafo, segundo párrafo, fracciones III, IV, V y último párrafo; 17, primer párrafo, fracción I y II; 19; 20, primer párrafo, fracciones I y II; 21; 22; 23; 24; 25; 26, primer párrafo; 28 y 30, primer párrafo, segundo párrafo y último párrafo; el Anexo A; se ADICIONAN el artículo 2 con las fracciones III bis, V bis, VII bis y XV; 13 con la fracción V y último párrafo; 13 bis; 16 fracción VI; 17 con un último párrafo; 19 con un segundo párrafo y 23 bis, para quedar en los siguientes términos: “Artículo 1.- Las presentes Disposiciones tienen por objeto establecer los lineamientos aplicables al registro de: I. … II. Planes de Pensiones de Registro Electrónico establecidos por el patrón o derivados de contratación colectiva, que necesariamente deban cumplir con los requisitos establecidos por la Comisión en el Capítulo III de las presentes Disposiciones y cuyas aportaciones al Fondo o al plan de pensiones se excluyan del salario base de cotización, conforme al artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. El objetivo de estos planes deberá ser exclusivamente complementar el ingreso en el retiro de los trabajadores que mantengan una relación laboral con el patrón que otorga el plan, a fin de proporcionarles una jubilación al momento de separarse definitivamente de dicho patrón, después de haber laborado con éste. En estos casos, deberá observarse que las cantidades no sean entregadas a los trabajadores durante el tiempo que presten sus servicios al patrón, ya sea en efectivo, en especie, mediante depósitos en cuentas personales o de nómina, o por cualquier otro medio con cargo al Fondo o al plan de pensiones, salvo en los casos que, de acuerdo con la Ley del Seguro Social, el Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y las presentes Disposiciones, deban entregarse, sin perjuicio de que dichos supuestos de entrega puedan ser objeto de revisión por parte de las Autoridades Fiscalizadoras o de la STPS, y III. Actuarios Autorizados para dictaminar Planes de Pensiones Autorizados y Registrados, en términos del artículo 100 del Reglamento.” “Artículo 2.- Para los efectos de las presentes Disposiciones, además de lo establecido en los artículos 3o de la Ley y 2o del Reglamento, se entenderá por: I. Acto Jurídico Irrevocable, al contrato, convenio o instrumento por el que las partes que lo celebran se obligan a cumplir con las obligaciones a su cargo derivadas de los Planes de Pensiones Autorizados y Registrados, haciendo constar de manera expresa, que las aportaciones realizadas al fondo y sus rendimientos no formarán parte del patrimonio de la persona que otorga los beneficios de dichos planes, y en el que se pacte establecer la renuncia a la facultad de revocar, rescindir o denunciar dicho acto. Asimismo, para los efectos de las presentes Disposiciones, en el Acto Jurídico Irrevocable se debe renunciar a la facultad de disponer de las mencionadas aportaciones y sus rendimientos para cualquier otro fin distinto al pago de los beneficios de los Planes de Pensiones Autorizados y Registrados; II. Actuario Autorizado, aquel actuario que se encuentre registrado ante la Comisión, en términos del artículo 100 del Reglamento, con el fin de llevar a cabo la dictaminación de Planes de Pensiones Autorizados y Registrados; III. Administrador, a las instituciones de crédito, instituciones o sociedades mutualistas de seguros, casas de bolsa, operadoras de sociedades de inversión o administradoras de fondos para el retiro, reguladas y supervisadas por las autoridades del sistema financiero mexicano, responsables de la administración del Fondo de los Planes de Pensiones de Registro Electrónico; III bis. Autoridades Fiscalizadoras, al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y al Servicio de Administración Tributaria; IV. Dependencias, a las unidades administrativas de los Poderes de la Unión, la Fiscalía General de la República, los órganos jurisdiccionales autónomos, los órganos ejecutivo, legislativo y judicial de la Ciudad de México, así como las unidades administrativas de las Entidades Federativas y municipios que se incorporen al régimen de la Ley del ISSSTE; V. Dictamen Actuarial, aquel que presenten los Actuarios Autorizados, cuyo contenido mínimo deberá sujetarse a lo dispuesto por el artículo 6 de las presentes Disposiciones; Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 19 V bis. Disposiciones, a las presentes Disposiciones de carácter general; VI. Entidades, a los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y demás instituciones paraestatales federales y del Gobierno de la Ciudad de México, así como los organismos de las Entidades Federativas o municipales y organismos públicos que por disposición constitucional cuenten con autonomía, que se incorporen a los regímenes de la Ley del ISSSTE; VII. … VII bis. Ley del ISR, a la Ley del Impuesto Sobre la Renta publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013; VIII. … IX. Ley del Seguro Social, a la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995; X. Planes de Pensiones Autorizados y Registrados, a los planes de pensiones que cumplan con lo previsto en los artículos 190 de la Ley del Seguro Social y 54 de la Ley del ISSSTE y se inscriban ante la Comisión en términos de las presentes Disposiciones; XI. Planes de Pensiones de Registro Electrónico, a los planes de pensiones que constituyan un esquema voluntario establecido por el patrón, o derivado de contratación colectiva, cuyo fin sea complementar el ingreso en el retiro de los trabajadores que mantengan una relación laboral con el patrón que otorga el plan de pensiones, proporcionándoles una jubilación al momento de separarse definitivamente de dicho patrón, después de haber laborado con él y, cuyas aportaciones al Fondo o al plan de pensiones cumplan con los requisitos establecidos por la Comisión para que sus aportaciones se excluyan como integrantes del salario base de cotización en términos del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. En estos casos, deberá observarse que las cantidades no sean entregadas a los trabajadores durante el tiempo que presten sus servicios al patrón, ya sea en efectivo, en especie, mediante depósitos en cuentas personales o de nómina, o por cualquier otro medio con cargo al Fondo o al plan de pensiones, salvo en los casos que, de conformidad con la Ley del Seguro Social, el Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y las presentes Disposiciones, deban entregarse, sin perjuicio de que dichos supuestos de entrega puedan ser objeto de revisión por parte de las Autoridades Fiscalizadoras o de la STPS. Dichos planes deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 13 de las presentes Disposiciones; XII. … XIII. SIRAPP, al Sistema de Registro de Actuarios y Planes de Pensiones Autorizados y Registrados, operado por la Comisión, a través de su página de internet, para llevar a cabo el registro de Actuarios Autorizados, así como la recepción de solicitudes para la inscripción de Planes de Pensiones Autorizados y Registrados; XIV. SIREPP, al Sistema de Registro Electrónico de Planes de Pensiones de Registro Electrónico, operado por la Comisión, disponible a través de su página de internet, en el cual se registran los planes de pensiones a que se refiere el artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, y XV. STPS, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.” “Artículo 3.- … I. Solicitud de inscripción del plan de pensiones, conforme al Anexo A de las presentes Disposiciones, debidamente requisitada, la cual deberá ser firmada por el solicitante o su representante legal, así como por el Actuario Autorizado que dictaminó el plan de pensiones; II. a III. … IV. Valuación actuarial, que consistirá en un reporte elaborado por un Actuario Autorizado, en el que se determinen, analicen y certifiquen las obligaciones, costos y suficiencia de los fondos de los planes de pensiones para cubrir las pensiones en curso de pago y las que se estime otorgar a los trabajadores participantes en el Plan de Pensiones Autorizado y Registrado, de acuerdo con lo establecido en el texto del plan de pensiones y en la Nota Técnica correspondiente, teniendo como mínimo el monto previsto en los artículos 190 de la Ley del Seguro Social y 54 de la Ley del ISSSTE, considerando los beneficios que se pagarán al trabajador y los derechos de sus dependientes económicos; 20 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 La valuación actuarial deberá realizarse utilizando la Tabla de mortalidad de activos para la Seguridad Social utilizada para el cálculo de Reservas Técnicas que para tal efecto publique la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación, en la Circular Única de Seguros y Fianzas, considerando la Tasa de Mejora poblacional del anexo correspondiente. Asimismo, la tasa de descuento utilizada deberá ser acorde con las condiciones de mercado prevalecientes al momento de la valuación. … V. Dictamen Actuarial, el cual deberá reunir los requisitos señalados en el artículo 6 de las presentes Disposiciones. La solicitud de inscripción y la documentación a que se refiere el presente artículo, podrá presentarse por un Actuario Autorizado a través del SIRAPP, en cuyo caso, no será aplicable la presentación por duplicado y en medios magnéticos a que se refiere el párrafo primero del presente artículo. …” “Artículo 4.- La Comisión deberá informar al solicitante sobre la procedencia de la inscripción del plan de pensiones de que se trate mediante oficio en el que conste el sello de inscripción y el número de registro que le corresponda, en un plazo de hasta treinta días hábiles contados a partir del día siguiente de la presentación de la información a que se refiere el artículo 3 anterior. … Cuando la Comisión requiera alguna aclaración relacionada con la solicitud presentada, deberá hacerlo del conocimiento del solicitante dentro del plazo señalado en el primer párrafo del presente artículo, interrumpiéndose dicho plazo hasta que se reciba la información solicitada. El solicitante deberá presentar las aclaraciones correspondientes dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que le sea notificado el requerimiento. Una vez recibida la información, se reanudará el cómputo del plazo originalmente interrumpido para resolver sobre la inscripción del plan. En caso de que el solicitante no presente las aclaraciones en el plazo señalado en el párrafo anterior, las presente de forma errónea o incompleta, o cuando el plan de pensiones no reúna todos los requisitos establecidos para tal efecto, la Comisión rechazará la solicitud de inscripción.” “Artículo 5.- La vigencia de la inscripción de los Planes de Pensiones Autorizados y Registrados a que se refiere el artículo 1, fracción I de las presentes Disposiciones, correrá a partir de la fecha en que se otorgue y terminará el 31 de mayo del año siguiente.” “Artículo 6.- Los Actuarios Autorizados deberán incluir, sin excepción, dentro del Dictamen Actuarial, lo siguiente: I. Información sobre la población incluida en la valuación actuarial, señalando el número de participantes y la fuente de la información utilizada en dicha valuación, debiendo indicar, en su caso, cualquier cambio relevante en la estructura de la población; II. … III. Descripción y opinión sobre la estructura de beneficios, las variaciones en el monto de las obligaciones y costo inherente al financiamiento de los beneficios incluidos en la valuación actuarial, con respecto a la valuación actuarial del ejercicio anterior, así como el nivel de financiamiento de las obligaciones; IV. Escrito bajo protesta de decir verdad, mediante el cual se certifique el nivel de suficiencia del Fondo del plan de pensiones para hacer frente a las obligaciones de las pensiones en curso de pago y a las que conforme al texto del plan de pensiones se estime deban cubrirse a los trabajadores participantes en el Plan de Pensiones Autorizado y Registrado, teniendo como mínimo el monto previsto en los artículos 190 de la Ley del Seguro Social y 54 de la Ley del ISSSTE, considerando al trabajador y los derechos de sus dependientes económicos; V. Señalar la última fecha en que se revisó el texto del plan de pensiones o el documento de contratación colectiva que dio origen a la implantación de dicho plan, o cualquier otra legislación específica que aplique; VI. Descripción y opinión sobre el mecanismo utilizado para el financiamiento de las obligaciones y sobre el Acto Jurídico Irrevocable; VII. … Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 21 VIII. Opinión sobre el cumplimiento de acuerdo con los manuales, boletines o reglas de observancia obligatoria para la valuación actuarial de pasivos laborales contingentes adoptado por algún colegio de profesionistas en materia de actuaría, que esté registrado ante la Secretaría de Educación Pública y cuente con el reconocimiento de idoneidad como auxiliar en la vigilancia del ejercicio profesional en la modalidad de certificación profesional en materia de valuación de pasivos laborales contingentes; IX. Descripción y opinión sobre cualquier otro aspecto técnico y operativo relevante; X. a XIII. …” “Artículo 7.- ... Asimismo, deberán presentar ante la Comisión la solicitud correspondiente debiendo acompañar a la misma la documentación con la que demuestren cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 100 del Reglamento, así como el Anexo B de las presentes Disposiciones debidamente requisitado. De conformidad con lo señalado en el artículo 100, fracción V, del Reglamento, para que el actuario solicitante, acredite que cuenta con los conocimientos requeridos para practicar la valuación actuarial de planes de pensiones, deberá acreditar a la Comisión alguno de los elementos que se enuncian a continuación: I. … II. Acreditar su conocimiento técnico en la valuación de pasivos laborales contingentes, a través de una certificación profesional vigente emitida por: a) a c)… En caso de que el actuario obtenga el registro correspondiente por parte de la Comisión, deberá mantener actualizada durante la vigencia del mismo, en su caso, la constancia que haya presentado a fin de acreditar que cuenta con los conocimientos requeridos para practicar la valuación de planes de pensiones. En caso contrario, el registro que se le haya otorgado, le será suspendido. La solicitud de registro y la documentación a que se refiere el presente artículo, podrá presentarse a través del SIRAPP. …” “Artículo 8.- La Comisión deberá resolver sobre la procedencia del registro o revalidación del actuario solicitante de que se trate, dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de los documentos mencionados en el artículo anterior. En caso de que proceda el registro o revalidación del actuario solicitante de que se trate, la Comisión emitirá el oficio correspondiente con el número de registro respectivo y el aviso relativo mediante el SIRAPP. Si transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Comisión no ha resuelto sobre la solicitud de registro, el actuario se tendrá por registrado y la Comisión deberá proceder a emitir el oficio correspondiente. Cuando la Comisión requiera alguna aclaración relacionada con la documentación presentada, debe hacerlo del conocimiento del actuario solicitante, quien deberá presentar las aclaraciones correspondientes dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha en que le sea notificado el requerimiento, interrumpiéndose el transcurso del plazo a que se refiere el primer párrafo del presente artículo. En caso de no presentar las aclaraciones en el plazo señalado, o de que se presenten en forma errónea o incompleta, la Comisión tendrá por no presentada la solicitud. En caso de que la Comisión resuelva sobre la improcedencia de la solicitud de registro, deberá notificar este hecho al actuario solicitante, describiendo las causas que motivaron el rechazo, concediendo al interesado un plazo de cinco días hábiles contado a partir de la fecha en que surta efectos la notificación, a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga, ofreciendo o acompañando, en su caso, las pruebas que considere convenientes. Una vez analizados los argumentos hechos valer, y desahogadas y valoradas las pruebas ofrecidas, la Comisión dictará y notificará la resolución correspondiente, la cual no admitirá recurso administrativo alguno.” “Artículo 9. El Actuario Autorizado que desee llevar a cabo la revalidación de su registro deberá solicitarlo ante la Comisión, durante el plazo de vigencia a que se refiere el artículo 101 del Reglamento, para lo cual deberá presentar la actualización de la información contenida en la forma del Anexo B de las presentes Disposiciones, y en su caso, la certificación vigente en materia de valuación de pasivos laborales contingentes, a que se refiere el artículo 7 de las presentes Disposiciones. Para la presentación de la solicitud de revalidación del registro, se deberá estar a lo establecido en el artículo 7 de las presentes Disposiciones. La Comisión deberá resolver sobre la revalidación del registro de Actuario Autorizado en los mismos términos previstos en el artículo 8 de las presentes Disposiciones.” 22 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 “Artículo 11.- Los Planes de Pensiones de Registro Electrónico cuyas aportaciones al Fondo o al plan de pensiones se excluyan del salario base de cotización de los trabajadores, conforme al artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Disposiciones, no se considerarán Planes de Pensiones Autorizados y Registrados por la Comisión.” “Artículo 13.- Los Planes de Pensiones de Registro Electrónico deberán tener como objetivo complementar el ingreso en el retiro de los trabajadores que mantengan una relación laboral con el patrón que otorga dicho plan de pensiones, proporcionándoles una jubilación al momento de separarse definitivamente de este, después de haber laborado con él. Para efecto de poder excluir las aportaciones al Fondo o al plan de pensiones como integrantes del salario base de cotización de los trabajadores en términos del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, los planes de pensiones deberán reunir como mínimo, los siguientes requisitos: I. Sus beneficios deberán otorgarse en forma general a los trabajadores que correspondan a los registros patronales del patrón que otorga el plan de pensiones, una vez que hayan cumplido con los requisitos de jubilación y se hayan separado definitivamente de dicho patrón. Se entenderá que los beneficios de los Planes de Pensiones de Registro Electrónico se otorgan en forma general, cuando sean los mismos para todos los trabajadores de un mismo sindicato o para todos los trabajadores no sindicalizados, aun cuando dichos beneficios sólo se otorguen a los trabajadores sindicalizados o a los trabajadores no sindicalizados; II. Las sumas de dinero destinadas a los Planes de Pensiones de Registro Electrónico y aquellas destinadas a constituir el Fondo o plan de pensiones deberán estar debidamente registradas en la contabilidad del patrón, cumpliendo con las obligaciones establecidas en los artículos 28 del Código Fiscal de la Federación y 33 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación. Asimismo, deberá documentarse la información relativa a los saldos finales de los fondos, así como contar con la documentación comprobatoria que acredite la forma en que fueron invertidos. Además, una vez que los trabajadores hayan cumplido con los requisitos de jubilación y se hayan separado definitivamente del patrón que otorga el plan, para proceder a la entrega del recurso se deberán realizar los registros contables que correspondan, de conformidad con el marco contable aplicable, reconociendo en la contabilidad del patrón el gasto cuando la erogación sea directa, o la disminución de recursos del Fondo cuando el pago se realice con cargo a éste. De igual forma, deberá conservarse la documentación correspondiente y comprobación del pago a la persona jubilada; III. Las sumas de dinero destinadas al Fondo o al plan de pensiones deberán ser enteradas directamente por el patrón. En los casos en que se prevean aportaciones por parte de los trabajadores, estas deberán realizarse conforme a los términos y condiciones establecidos en dicho plan; IV. El patrón, o quién éste contrate como Administrador del Plan de Pensiones de Registro Electrónico, no podrá hacer entrega a los trabajadores de ningún beneficio directo, en especie, dinero o por cualquier medio con cargo al Fondo o al plan de pensiones, durante el tiempo que estos presten sus servicios a la empresa ni tampoco a quienes no hayan cumplido los requisitos de jubilación, retiro anticipado o previos a la jubilación establecidos en los propios Planes de Pensiones de Registro Electrónico, y V. Que la Comisión no haya recibido comunicación, por parte de las Autoridades Fiscalizadoras o de la STPS, en la que se determine que el patrón que otorga el plan de pensiones presenta observaciones, irregularidades, sanciones o prevenciones pendientes de solventar, todas ellas derivadas del incumplimiento de las presentes Disposiciones, en materia fiscal o de seguridad social. Asimismo, el patrón que otorga el plan de pensiones no deberá contar con una opinión de cumplimiento negativa emitida por parte de las Autoridades Fiscalizadoras. El cumplimiento de los requisitos señalados en el presente artículo será independiente de los requisitos fiscales que, en su caso, deban cumplir los patrones conforme a lo establecido en la Ley del ISR y el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.” Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 23 “Artículo 13 bis.- Para efectos de lo dispuesto en la fracción V, del artículo anterior, las Autoridades Fiscalizadoras y la STPS mantendrán a disposición de la Comisión la información correspondiente a los patrones que hayan sido identificados con observaciones, irregularidades, sanciones o prevenciones pendientes de solventar, según sea el caso, respecto a su situación fiscal o en materia de seguridad social, derivadas del incumplimiento de las presentes Disposiciones. Adicionalmente, las Autoridades Fiscalizadoras mantendrán a disposición de la Comisión la opinión de cumplimiento vigente, que certifique que el patrón está al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social. En caso de que el registro no sea procedente por las causas señaladas en la fracción V del artículo 13 de las presentes Disposiciones, la Comisión informará al patrón solicitante el nombre de la autoridad correspondiente, ante la cual podrá realizar las gestiones necesarias para aclarar lo que corresponda respecto del cumplimiento de sus obligaciones y, en su caso, regularizar su situación para solicitar nuevamente el registro. El registro únicamente podrá realizarse una vez que las Autoridades Fiscalizadoras o la STPS hayan notificado a la Comisión que la situación de dicho patrón ha sido regularizada.” “Artículo 14.- Los patrones, para efecto de lo establecido en la fracción I del artículo 13 de estas Disposiciones, podrán distinguir los beneficios que se otorguen a los trabajadores por los Planes de Pensiones de Registro Electrónico, atendiendo a lo siguiente: I a III..” “Artículo 15.- En caso de que existan en una misma empresa trabajadores afiliados a varios sindicatos, los patrones podrán distinguir el beneficio que otorguen los Planes de Pensiones de Registro Electrónico, entre éstos.” “Artículo 16.- Los Planes de Pensiones de Registro Electrónico deberán cumplir con la información y documentación que comprueben los requisitos establecidos en la Sección II del Capítulo III de las presentes Disposiciones. Para efectos de su registro electrónico, los patrones o los actuarios que designen deberán llenar el formulario que determine la Comisión, de conformidad con la guía que ésta publique para tal efecto, disponible en la página de internet oficial del registro. La vigencia del registro comenzará en la fecha en que éste se realice y terminará el 31 de mayo del año siguiente. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22 de las presentes Disposiciones. Dicho formulario será puesto a disposición de los patrones o los actuarios que éstos designen, a través del SIREPP, e incluirá información relacionada con las características del plan de pensiones, sus participantes, aportaciones, beneficios, rendimientos, políticas de inversión y recursos financieros con la naturaleza de contribuir a los fines de la obtención de pago de pensiones por jubilaciones, retiro anticipado o previos a la jubilación establecidos en los propios planes. … I. a II. … III. Clave Única de Registro de Población (CURP); IV. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) incluyendo la homoclave; V. Número de Seguridad Social (NSS) del trabajador o pensionado, y VI. Registro patronal que corresponda al patrón para el cual presta sus servicios el trabajador o aquel que le otorgue beneficios al pensionado por jubilación. Asimismo, para los fines que consideren convenientes, las Autoridades Fiscalizadoras o la STPS podrá requerir directamente a los patrones la información prevista en el presente artículo, o cualquier otra que considere relevante sobre el Plan de Pensiones de Registro Electrónico o los trabajadores que reciban o hayan recibido aportaciones o beneficios a través de éste. …” “Artículo 17.- Los patrones o los actuarios que designen para registrar el Plan de Pensiones de Registro Electrónico, deberán realizar las siguientes acciones a través del SIREPP: I. Realizar el registro previo del patrón que otorga el Plan de Pensiones de Registro Electrónico, a través del SIREPP; II. Llenar el formulario a que se refiere el artículo anterior, manifestando bajo protesta de decir verdad, en el mismo formulario, que el plan de pensiones cumple con todos los requisitos previstos en el artículo 13 de las presentes Disposiciones, y que los datos e información que proporcionan en dicho formulario corresponden a los registros administrativos del patrón que otorga el Plan de Pensiones de Registro Electrónico, y que las aportaciones al Fondo o al 24 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 plan de pensiones cumplen con los requisitos necesarios para poder ser excluidas como integrantes del salario base de cotización, en términos del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; III. a V. … El cumplimiento de los requisitos señalados, ya sea por el patrón o actuario designado conforme a lo previsto en el presente artículo, no los exime de la obligación de comprobar, ante las Autoridades Fiscalizadoras o ante la STPS, el correcto cumplimiento de los requisitos necesarios para que las cantidades entregadas al plan de pensiones o para constituir el Fondos del plan de pensiones se excluyan del salario base de cotización, en términos del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y demás disposiciones fiscales.” “Artículo 19.- En caso de que el formulario y formato a que se refiere el artículo 16 anterior hayan sido llenados adecuadamente y atendiendo al proceso establecido en el artículo 17 anterior, la Comisión asignará un número de identificación al Plan de Pensiones de Registro Electrónico, vinculado al (a los) registro(s) patronal(es) de que se trate, y emitirá un acuse de recibo electrónico a favor del patrón que otorga dicho plan, mismos que serán enviados a las direcciones de correo electrónico proporcionadas en el registro. En caso de que la Comisión identifique información que a su juicio no satisfaga alguna de las características de consistencia y fiabilidad en el formulario, el número de identificación obtenido será clasificado como registro inconsistente y será notificado al patrón a través del acuse de recibo electrónico. La asignación del número de identificación y la emisión del acuse descritos en el presente artículo sólo comprueban que el Plan de Pensiones de Registro Electrónico ha cumplido con el requisito de registro electrónico que se establece en los artículos 16 y 17 de estas Disposiciones, sin eximir al patrón que otorga el Plan de Pensiones de Registro Electrónico de la obligación de comprobar ante las Autoridades Fiscalizadoras o ante la STPS, en el momento que éstos lo soliciten, el cumplimiento de cada uno de los requisitos previstos en el artículo 13 de estas Disposiciones y proporcionar la documentación que acredite dicho cumplimiento, a efecto de validar que las aportaciones cumplen con los requisitos para poder ser excluidas como integrantes del salario base de cotización, en términos del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, así como que tanto el número de identificación como el acuse de recibo electrónico asignados al Plan de Pensiones de Registro Electrónico están registrados a nombre del citado patrón y vinculados a sus registros patronales.” “Artículo 20.- La Comisión informará a las Autoridades fiscalizadoras y a la STPS, a más tardar dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes con fecha de corte al último día hábil del mes anterior, al menos lo siguiente: I. El número de identificación que se asigne a cada Plan de Pensiones de Registro Electrónico y la relación de registros patronales vinculados al mismo, así como la información referida en el artículo 16 de las presentes Disposiciones, y II. El nombre de la persona encargada del registro, indicando, si se trata de un actuario o Actuario Autorizado, en cuyo caso, también se informarán las manifestaciones que éstos hubiesen vertido de conformidad con la fracción V del artículo 17 de las presentes Disposiciones.” “Artículo 21.- Los patrones deberán utilizar el número de identificación y el acuse de recibo electrónico asignado al Plan de Pensiones de Registro Electrónico en todos los trámites relacionados con dicho plan que presenten ante las Autoridades Fiscalizadoras o la STPS, con el fin de identificar al patrón y a los trabajadores correspondientes a los registros administrativos y contables del propio patrón, así como para validar la información a que se refiere el artículo 20 de las presentes Disposiciones.” “Artículo 22.- El patrón que cumpla con lo establecido en los artículos 16 y 17 anteriores con posterioridad al 31 de mayo de cada año, podrá gozar, en su caso, de la exclusión de las aportaciones como integrantes del salario base de cotización, en términos del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a partir del bimestre siguiente a aquél en que la Comisión asigne el número de identificación correspondiente, siempre y cuando el plan de pensiones que otorga el patrón cumpla con cada uno de los requisitos previstos en el artículo 13 de las presentes Disposiciones.” Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 25 “Artículo 23.- Los patrones que no cuenten con el número de identificación y acuse a que se refiere el artículo 19 anterior, o que los planes de pensiones que registren no cumplan con todos los requisitos previstos en el artículo 13 de estas Disposiciones, no podrán excluir las aportaciones que hagan a cada Plan de Pensiones de Registro Electrónico del salario base de cotización o del salario base de aportación de sus trabajadores.” “Artículo 23 bis.- Conforme a las Disposiciones, los patrones deberán mantener en todo momento a disposición de las Autoridades Fiscalizadoras y de la STPS la información detallada de los trabajadores en activo, inactivos con derechos adquiridos, así como de los pensionados que hayan recibido aportaciones o beneficios del Plan de Pensiones de Registro Electrónico. Asimismo, las Autoridades Fiscalizadoras o la STPS podrán requerir directamente dicha información para los fines que consideren convenientes.” “Artículo 24.- A fin de reducir costos y facilitar la tramitación de la inscripción de los Planes de Pensiones Autorizados y Registrados a que se refieren las presentes Disposiciones, así como del registro de Actuarios Autorizados, la Comisión mantendrá en funcionamiento el SIRAPP.” “Artículo 25.- Los Actuarios Autorizados, podrán utilizar el SIRAPP para llevar a cabo los trámites de inscripción de Planes de Pensiones Autorizados y Registrados, así como de renovación de su registro a que se refieren las presentes Disposiciones.” “Artículo 26.- Toda solicitud que se presente a través del SIRAPP, deberá contener la Firma Electrónica Avanzada del Actuario Autorizado, del representante o apoderado legal y del patrón que al efecto emita a su favor el Servicio de Administración Tributaria, y producirá los efectos jurídicos siguientes: I. … …” “Artículo 28.- Para el caso de que se presenten fallas operativas en el SIRAPP, el Actuario Autorizado podrá presentar físicamente ante la Comisión las solicitudes o documentación relacionada con los trámites a que se refiere el Capítulo II de las presentes Disposiciones.” “Artículo 30.- La Comisión a través de su página de Internet oficial, tendrá en todo momento disponible la siguiente información: I. a III. … Dicho estudio se actualizará una vez al año, con la información proporcionada por los planes de pensiones registrados electrónicamente durante el periodo comprendido de enero a mayo de cada año. … El estudio publicado podrá segregar, excluir o dar tratamiento diferenciado a la información que reportan los planes de pensiones, considerando todos o alguno de los criterios de consistencia, fiabilidad y trascendencia, propios en este tipo de análisis.” TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- Las presentes adiciones y modificaciones de carácter general entrarán en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con excepción de lo dispuesto en los artículos 13 y 13 bis referente a la opinión de cumplimiento, que entrará en vigor el primer día hábil de junio de 2026. ARTÍCULO SEGUNDO.- Los planes de Pensiones Autorizados y Registrados, así como los de Registro Electrónico que se encuentren registrados ante la Comisión a la fecha de entrada en vigor de las presentes Disposiciones de carácter general, conservarán el plazo de su vigencia de conformidad con la normatividad aplicable al momento de su registro. ARTÍCULO TERCERO.- Los Actuarios Autorizados que cuenten con registro vigente ante la Comisión a la fecha de entrada en vigor de las presentes Disposiciones de carácter general, conservarán dicho registro y su vigencia en los términos establecidos por la normatividad aplicable al momento de su otorgamiento. ARTÍCULO CUARTO.- A la entrada en vigor de las presentes Disposiciones, se deroga toda disposición emitida por la Comisión que resulte contraria al presente ordenamiento. Ciudad de México, 5 de noviembre de 2025.- El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Mtro. Julio César Cervantes Parra.- Rúbrica. 26 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 ANEXO A Solicitud de inscripción de Planes de Pensiones Registrados y Autorizados dictaminados por Actuarios Autorizados Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 27 28 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 29 30 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 ______________________________________________ Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 31 ACUERDO por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/483/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada el 13 de septiembre de 2017. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. ACUERDO 03/2025 ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN NÚMERO DSRDPF/483/2017 DE FECHA 28 DE AGOSTO DE 2017, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2017. Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones IV, VII y IX, 28 fracciones I y III, 42 fracción XXVI, 101 fracción X, de la Ley General de Bienes Nacionales; 2, 3 fracción VI y 4 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 2 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3 fracciones VIII y X, 4 fracción I, inciso e), 5, 6 fracción XXXIII; 7 fracciones XIV, XXIII y XXIV y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y Primero del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017; y C O N S I D E R A N D O 1. Que el 13 de septiembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/483/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, la cual de acuerdo a los Considerandos que en la misma se consignan, que: “… 1.- Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, teniendo la Nación en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público; 2.- Que el artículo 2, fracción VII de la Ley General de Bienes Nacionales define como “Inmueble federal”, el terreno con o sin construcciones de la Federación, así como aquéllos en que ejerza la posesión, control o administración a título de dueño; 3.- Que por su parte, el artículo 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales dispone que están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles federales que estén destinados de hecho o mediante un ordenamiento jurídico a un servicio público y los inmuebles equiparados a éstos conforme a esta Ley; 4.- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ha tenido la posesión, custodia, vigilancia y uso de los inmuebles Federales señalados, para la utilización de servicios públicos a su cargo, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, descritos en el cuadro siguiente: No. DSRDPF RFI Denominación ubicación y superficie Orientación Colindancia Medidas Metros 483/2017 4-1920-7 "San Fernando Lote 3 Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Camino S/N, Pueblo Jurisdicción de Pocyaxum Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de Campeche. superficie de 1542610.00 metros cuadrados. NORESTE Estación 86, 87, 88, 110 Y 119 1648.00 NOROESTE Estación 15, 114 Y B 1334.00 SURESTE Estación 149, 150, Y Lote 2 917.35 SUROESTE Estación 142, 145, 146 Y 148 1673.30 (…) 32 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 5.- Que en razón de lo anterior, dichos inmuebles se tienen identificados como inmuebles Federales y se encuentran controlados en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario señalados en el cuadro anterior. …” 2. Mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2011, se desincorporó del régimen de dominio público de la Federación y se autorizó la enajenación a título oneroso mediante licitación pública respecto del inmueble objeto del presente Instrumento, señalado en el mismo como: inmueble con superficie de 154-26-10 hectáreas, identificado como lote III del predio rústico “San Fernando”, situado en la Jurisdicción de Poyacxum, Municipio de Tixmucuy, Estado de Campeche. 3. Mediante Constancia número CA/02/2017 de fecha 17 de abril de 2017, se acreditó la adjudicación del Contrato de compraventa respecto del inmueble señalado en el Considerando anterior, a favor del C. Alejandro Azar Castillo. 4. Mediante Acta Entrega Recepción de fecha 17 de mayo de 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, hizo entrega de manera formal y física del inmueble al C. Alejandro Azar Castillo. 5. Mediante Escritura Pública número 6065, Volumen DCLXXII, de fecha 30 de mayo de 2024, se formalizó el contrato de compraventa a título oneroso, fuera de licitación pública y Ad corpus, respecto del lote número III, que forma parte del predio rústico “San Fernando”, jurisdicción de Pocyaxum, Tixmucuy, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, a favor del C. Alejandro Azar Castillo. 6. Mediante oficios números DGUI/SPTC/2824/2022, DGUI/SPTC/0761/2023, DGUI/SPTC/0603/2024 y DGUI/SPTC/0582/2025, de fechas 25 de octubre de 2022, 22 de mayo de 2023, 15 de marzo de 2024 y 3 abril de 2025, la Dirección de Gestión de Uso de Inmuebles solicitó a la Dirección de Incorporación y Desincorporación de Inmuebles, ambas del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, se realizaran las gestiones correspondientes a fin de dejar sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/483/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con número de Registro Federal Inmobiliario (R.F.I.) 4-1920-7, denominado "San Fernando Lote 3 Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Camino S/N, Pueblo Jurisdicción de Pocyaxum, Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, con superficie de 1542610.00 metros cuadrados, a efecto de estar en posibilidad de solicitar la baja del R.F.I en cuestión en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal. 7. Con base en el estudio y análisis de los antecedentes documentales que obran en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, así como de la motivación planteada que da sustento al presente Acuerdo y a efecto de dar cumplimiento a la solicitud de la Dirección de Gestión de Uso de Inmuebles, he tenido a bien expedir el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- Se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/483/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con R.F.I. 4-1920-7, denominado "San Fernando Lote 3 Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Camino S/N, Pueblo Jurisdicción de Pocyaxum Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, con superficie de 1542610.00 metros cuadrados. SEGUNDO.- Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos en términos de lo dispuesto por el artículo 101 fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales. TERCERO.- Inscríbase el presente Acuerdo como acto de certeza jurídica de que la citada Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación ha quedado sin efectos, respecto del inmueble objeto de la misma, en el Registro Público de la Propiedad Federal, de conformidad con lo previsto por los artículos 42 fracción XXVI y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales, para efectos de publicidad. CUARTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo. T R A N S I T O R I O ÚNICO. – Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México a los 5 días de noviembre de 2025.- Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.- Elaboró: Verónica M. Rodríguez Ch.- Rúbrica.- Revisó: Yeshua Huerta Merino.- Rúbrica.- Validó: Santa Lucía Martínez Diego.- Rúbrica.- Autorizó: Marisol Sánchez Anguiano.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 33 ACUERDO por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/484/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada el 13 de septiembre de 2017. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. ACUERDO 04/2025 ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN NÚMERO DSRDPF/484/2017 DE FECHA 28 DE AGOSTO DE 2017, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2017. Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones IV, VII y IX, 28 fracciones I y III, 42 fracción XXVI, 101 fracción X, de la Ley General de Bienes Nacionales; 2, 3 fracción VI y 4 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 2 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3 fracciones VIII y X, 4 fracción I, inciso e), 5, 6 fracción XXXIII; 7 fracciones XIV, XXIII y XXIV y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y Primero del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017; y C O N S I D E R A N D O 1. Que el 13 de septiembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/484/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, la cual de acuerdo a los Considerandos que en la misma se consignan, que: “… 1.- Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, teniendo la Nación en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público; 2.- Que el artículo 2, fracción VII de la Ley General de Bienes Nacionales define como “Inmueble federal”, el terreno con o sin construcciones de la Federación, así como aquéllos en que ejerza la posesión, control o administración a título de dueño; 3.- Que por su parte, el artículo 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales dispone que están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles federales que estén destinados de hecho o mediante un ordenamiento jurídico a un servicio público y los inmuebles equiparados a éstos conforme a esta Ley; 4.- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ha tenido la posesión, custodia, vigilancia y uso de los inmuebles Federales señalados, para la utilización de servicios públicos a su cargo, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, descritos en el cuadro siguiente: No. DSRDPF RFI Denominación ubicación y superficie Orientación Colindancia Medidas Metros 484/2017 4-1921-6 "San Fernando Lote 4 (Antes 2) Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Calle Domicilio Conocido, S/N, Pueblo Jurisdicción de Pocyaxum Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de Campeche. superficie de 1542616.00 metros cuadrados. NORESTE Estación 120, 121, 129, 144 Y 150 1389.35 NOROESTE Estación 148 Y 149 800.00 SURESTE Estación 130, 144, 155, 156 Y 157 1865.34 SUROESTE Estación D, E, F. 141 Y 152 1974.35 34 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 5.- Que en razón de lo anterior, dichos inmuebles se tienen identificados como inmuebles Federales y se encuentran controlados en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario señalados en el cuadro anterior. …” 2. Mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2011, se desincorporó del régimen de dominio público de la Federación y se autorizó la enajenación a título oneroso mediante licitación pública respecto del inmueble objeto del presente Instrumento, señalado en el mismo como: inmueble con superficie de 154-26-16 hectáreas, identificado como lote IV del predio rústico “San Fernando”, situado en la Jurisdicción de Poyacxum, Municipio de Tixmucuy, Estado de Campeche. 3. Mediante Constancia número CA/02/2017 de fecha 17 de abril de 2017, se acreditó la adjudicación del Contrato de compraventa respecto del inmueble señalado en el Considerando anterior, a favor del C. Alejandro Azar Castillo. 4. Mediante Acta Entrega Recepción de fecha 17 de mayo de 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, hizo entrega de manera formal y física del inmueble al C. Alejandro Azar Castillo. 5. Mediante Escritura Pública número 6065, Volumen DCLXXII, de fecha 30 de mayo de 2024, se formalizó el contrato de compraventa a título oneroso, fuera de licitación pública y Ad corpus, respecto del lote número IV, que forma parte del predio rústico “San Fernando”, jurisdicción de Pocyaxum, Tixmucuy, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, a favor del C. Alejandro Azar Castillo. 6. Mediante oficios números DGUI/SPTC/2830/2022, DGUI/SPTC/0762/2023, DGUI/SPTC/0600/2024 y DGUI/SPTC/0586/2025, de fechas 26 de octubre de 2022, 24 de mayo de 2023, 15 de marzo de 2024 y 3 de abril de 2025, la Dirección de Gestión de Uso de Inmuebles solicitó a la Dirección de Incorporación y Desincorporación de Inmuebles, ambas del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, se realizaran las gestiones correspondientes a fin de dejar sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/484/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con número de Registro Federal Inmobiliario (R.F.I.) 4-1921-6, denominado "San Fernando Lote 4 (antes 2) Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Calle Domicilio Conocido S/N, Pueblo Jurisdicción de Pocyaxum, Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, con superficie de 1542616.00 metros cuadrados, a efecto de estar en posibilidad de solicitar la baja del R.F.I en cuestión en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal. 7. Con base en el estudio y análisis de los antecedentes documentales que obran en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, así como de la motivación planteada que da sustento al presente Acuerdo y a efecto de dar cumplimiento a la solicitud de la Dirección de Gestión de Uso de Inmuebles, he tenido a bien expedir el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- Se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/484/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con R.F.I. 4-1921-6, denominado "San Fernando Lote 4 (antes 2) Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Calle Domicilio Conocido S/N, Pueblo Jurisdicción de Pocyaxum, Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, con superficie de 1542616.00 metros cuadrados. SEGUNDO.- Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos en términos de lo dispuesto por el artículo 101 fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales. TERCERO.- Inscríbase el presente Acuerdo como acto de certeza jurídica de que la citada Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación ha quedado sin efectos, respecto del inmueble objeto de la misma, en el Registro Público de la Propiedad Federal, de conformidad con lo previsto por los artículos 42 fracción XXVI y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales, para efectos de publicidad. CUARTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo. T R A N S I T O R I O ÚNICO. – Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México a los 5 días de noviembre de 2025.- Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.- Elaboró: Verónica M. Rodríguez Ch.- Rúbrica.- Revisó: Yeshua Huerta Merino.- Rúbrica.- Validó: Santa Lucía Martínez Diego.- Rúbrica.- Autorizó: Marisol Sánchez Anguiano.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 35 ACUERDO por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/485/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada el 13 de septiembre de 2017. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. ACUERDO 05/2025 ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN NÚMERO DSRDPF/485/2017 DE FECHA 28 DE AGOSTO DE 2017, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2017. Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones IV, VII y IX, 28 fracciones I y III, 42 fracción XXVI, 101 fracción X, de la Ley General de Bienes Nacionales; 2, 3 fracción VI y 4 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 2 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3 fracciones VIII y X, 4 fracción I, inciso e), 5, 6 fracción XXXIII; 7 fracciones XIV, XXIII y XXIV y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y Primero del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017; y C O N S I D E R A N D O 1. Que el 13 de septiembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/485/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, la cual de acuerdo a los Considerandos que en la misma se consignan, que: “… 1.- Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, teniendo la Nación en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público; 2.- Que el artículo 2, fracción VII de la Ley General de Bienes Nacionales define como “Inmueble federal”, el terreno con o sin construcciones de la Federación, así como aquéllos en que ejerza la posesión, control o administración a título de dueño; 3.- Que por su parte, el artículo 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales dispone que están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles federales que estén destinados de hecho o mediante un ordenamiento jurídico a un servicio público y los inmuebles equiparados a éstos conforme a esta Ley; 4.- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ha tenido la posesión, custodia, vigilancia y uso de los inmuebles Federales señalados, para la utilización de servicios públicos a su cargo, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, descritos en el cuadro siguiente: No. DSRDPF RFI Denominación ubicación y superficie Orientación Colindancia Medidas Metros 485/2017 4-1922-5 "San Fernando Lote 5 (antes 3) Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Calle Domicilio Conocido, S/N, Pueblo Jurisdicción de Pocyaxum Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de Campeche. superficie de 1542628.00 metros cuadrados. NORESTE Estación 131 400.00 NOROESTE Estación 130 143, Y 153 A 157 5067.26 SURESTE Estación 1, 158, 160 161, 162 Y G 2135.66 (…) 36 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 5.- Que en razón de lo anterior, dichos inmuebles se tienen identificados como inmuebles Federales y se encuentran controlados en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario señalados en el cuadro anterior. …” 2. Mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2011, se desincorporó del régimen de dominio público de la Federación y se autorizó la enajenación a título oneroso mediante licitación pública respecto del inmueble objeto del presente Instrumento, señalado en el mismo como: inmueble con superficie de 154-26-28 hectáreas, identificado como lote V del predio rústico “San Fernando”, situado en la jurisdicción de Poyacxum, Municipio de Tixmucuy, Estado de Campeche. 3. Mediante Constancia número CA/02/2017 de fecha 17 de abril de 2017, se acreditó la adjudicación del Contrato de compraventa respecto del inmueble señalado en el Considerando anterior, a favor del C. Alejandro Azar Castillo. 4. Mediante Acta Entrega Recepción de fecha 17 de mayo de 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, hizo entrega de manera formal y física del inmueble al C. Alejandro Azar Castillo. 5. Mediante escritura pública número 6065, Volumen DCLXXII, de fecha 30 de mayo de 2024, se formalizó el contrato de compraventa a título oneroso, fuera de licitación pública y Ad corpus, respecto del lote número V, que forma parte del predio rústico “San Fernando”, jurisdicción de Pocyaxum, Tixmucuy, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, a favor del C. Alejandro Azar Castillo. 6. Mediante oficios números DGUI/SPTC/2823/2022, DGUI/SPTC/0763/2023, DGUI/SPTC/0605/2024 y DGUI/SPTC/0583/2025, de fechas 25 de octubre de 2022, 24 de mayo de 2023, 15 de marzo de 2024 y 3 abril de 2025, la Dirección de Gestión de Uso de Inmuebles solicitó a la Dirección de Incorporación y Desincorporación de Inmuebles, ambas del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, se realizaran las gestiones correspondientes a fin de dejar sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/485/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con número de Registro Federal Inmobiliario (R.F.I.) 4-1922-5, denominado "San Fernando Lote 5 (antes 3) Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Calle Domicilio Conocido S/N, Pueblo Jurisdicción de Poycaxum, Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, con superficie de 1542628.00 metros cuadrados, a efecto de estar en posibilidad de solicitar la baja del R.F.I en cuestión en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal. 7. Con base en el estudio y análisis de los antecedentes documentales que obran en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, así como de la motivación planteada que da sustento al presente Acuerdo y a efecto de dar cumplimiento a la solicitud de la Dirección de Gestión de Uso de Inmuebles, he tenido a bien expedir el siguiente: A C U E R D O PRIMERO.- Se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/485/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con R.F.I. 4-1922-5, denominado "San Fernando Lote 5 (antes 3) Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Calle Domicilio Conocido S/N, Pueblo Jurisdicción de Pocyaxum, Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, con superficie de 1542628.00 metros cuadrados. SEGUNDO.- Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos en términos de lo dispuesto por el artículo 101 fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales. TERCERO.- Inscríbase el presente Acuerdo como acto de certeza jurídica de que la citada Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación ha quedado sin efectos, respecto del inmueble objeto de la misma, en el Registro Público de la Propiedad Federal, de conformidad con lo previsto por los artículos 42 fracción XXVI y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales, para efectos de publicidad. CUARTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo. T R A N S I T O R I O ÚNICO. – Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México a los 5 días de noviembre de 2025.- Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.- Elaboró: Verónica M. Rodríguez Ch.- Rúbrica.- Revisó: Yeshua Huerta Merino.- Rúbrica.- Validó: Santa Lucía Martínez Diego.- Rúbrica.- Autorizó: Marisol Sánchez Anguiano.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 37 SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL CONVENIO Modificatorio al Anexo Técnico de Ejecución para la operación de los componentes de vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades fitozoosanitarias, campañas fitozoosanitarias e inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2025, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Chihuahua. CONVENIO MODIFICATORIO AL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMPONENTES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS, CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2025 DEL ESTADO DE CHIHUAHUA CONVENIO MODIFICATORIO AL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMPONENTES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS, CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2025, EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE “AGRICULTURA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL ING. FRANCISCO JAVIER CALDERÓN ELIZALDE, DIRECTOR EN JEFE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL ING. ROBERTO ALVARADO MOLINA EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN Y ENLACE Y EL DR. BENJAMÍN CARRERA CHÁVEZ, EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DE “AGRICULTURA” EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, EN ADELANTE REFERIDOS RESPECTIVAMENTE COMO EL “SENASICA” Y LA “REPRESENTACIÓN”; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, EN ADELANTE EL “GOBIERNO DEL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL MTRO. JOSÉ DE JESÚS GRANILLO VÁZQUEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE HACIENDA, E ING. MAURO PARADA MUÑOZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS “PARTES”, CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ANTES SEÑALADO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Que el 13 de marzo de 2025 las “PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable, la Productividad Agropecuaria y la Seguridad Alimentaria 2025-2030, en lo sucesivo identificado como el “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación entre las “PARTES”, con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable, Productividad Agropecuaria y Seguridad Alimentaria en general; así como, las demás iniciativas que en materia de desarrollo agroalimentario se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado de Chihuahua. II. Que en apego a las Cláusulas Tercera, Cuarta y Decimotercera del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, con fecha 31 de marzo de 2025, las “PARTES” suscribieron el Anexo Técnico de Ejecución para la operación de los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2025, en lo subsecuente el “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, el cual tiene por objeto establecer las actividades planificadas de los proyectos o actividades a desarrollar de acuerdo a los conceptos autorizados mediante la aplicación de los recursos presupuestales establecidos para los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2025, en lo subsecuente referidos respectivamente como los “COMPONENTES” y el “PROGRAMA” determinados en el Anexo 11.1 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025 en lo sucesivo el “DPEF”, conforme a su Artículo 32, así como en lo dispuesto en los artículos 1, 6, 8, 9, 13, 17, 18, 19, 22, 24, 26, 40 y demás relativos y aplicables de las Reglas de Operación del “PROGRAMA”, en lo subsecuente las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”, publicados respectivamente en el Diario Oficial de la Federación en lo subsecuente “DOF” los días 24 de diciembre de 2024 y 27 de enero de 2025. 38 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 III. En la Cláusula Segunda del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, relativa a la aportación de recursos, las “PARTES” acordaron lo siguiente: “APORTACIÓN DE RECURSOS. SEGUNDA. Conforme las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el “DPEF”, en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA” y en las demás disposiciones legales aplicables, “AGRICULTURA” y el “GOBIERNO DEL ESTADO” acuerdan que para el ejercicio fiscal 2025, realizarán una aportación conjunta para la operación y ejecución de los “COMPONENTES” del “PROGRAMA”, por un monto de hasta $99,280,342.00 (Noventa y nueve millones doscientos ochenta mil trescientos cuarenta y dos Pesos 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente: 1. Hasta la cantidad de $77,980,342.00 (Setenta y siete millones novecientos ochenta mil trescientos cuarenta y dos Pesos 00/100 M.N.); correspondientes a la aportación federal a cargo de “AGRICULTURA”, con base en la suficiencia presupuestal prevista en el “DPEF”; y …. … … … … … …” IV. Las “PARTES” acordaron en la Cláusula Sexta del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, lo siguiente: “DE LAS MODIFICACIONES. SEXTA. - Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las “PARTES” y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, entre los representantes reconocidos de las “PARTES”, el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción. V. Que en los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, las “PARTES” acordaron la siguiente distribución de recursos: Apéndice I Chihuahua Recursos Convenidos Federación-Estado 2025 (Aportaciones en Pesos) DPEF 2025 De “AGRICULTURA” Del “GOBIERNO DEL ESTADO” Gran Total No. Total Programas y Componentes 77,980,342.00 21,300,000.00 99,280,342.00 De conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 6 del DPEF 2025. Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria De “AGRICULTURA” Del “GOBIERNO DEL ESTADO” Gran Total I Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias 5,984,015.00 0.00 $5,984,015.00 II Campañas Fitozoosanitarias 62,981,318.00 21,300,000.00 $84,281,318.00 III Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera 9,015,009.00 0.00 $9,015,009.00 Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 39 Apéndice II Chihuahua Calendario de Ejecución 2025 (Aportaciones en Pesos) DPEF 2025 Total Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre No. Total Programas y Componentes Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal 77,980,342.00 21,300,000.00 0.00 0.00 58,853,805.00 21,300,000.00 16,217,870.00 0.00 2,908,667.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 De conformidad con lo que establece la fracción IV del Artículo 6 del DPEF 2025. Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria 77,980,342.00 21,300,000.00 0.00 0.00 58,853,805.00 21,300,000.00 16,217,870.00 0.00 2,908,667.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 I Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias 5,984,015.00 0.00 0.00 0.00 3,310,409.00 0.00 2,673,606.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 II Campañas Fitozoosanitarias 62,981,318.00 21,300,000.00 0.00 0.00 50,134,391.00 21,300,000.00 9,938,260.00 0.00 2,908,667.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 III Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera 9,015,009.00 0.00 0.00 0.00 5,409,005.00 0.00 3,606,004.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación en el componente de Campañas Fitozoosanitarias 40 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Apéndice III Chihuahua Cuadro de Montos y Metas 2025 Concentrado Presupuestal Componentes-Subcomponentes Total por Subcomponente Metas Físicas Federal Estatal Total Medida Cantidad I. Componente Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias Subcomponentes: a) Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios 4,584,015.00 0.00 4,584,015.00 Proyecto 1 b) Vigilancia epidemiológica de riesgos zoosanitarios 1,400,000.00 0.00 1,400,000.00 Proyecto 1 II. Componente Campañas Fitozoosanitarias Subcomponentes: a) Servicio fitosanitario para prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias 20,648,651.00 3,500,000.00 24,148,651.00 Proyecto 9 b) Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas 2,798,000.00 250,000.00 3,048,000.00 Proyecto 1 c) Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas 36,626,000.00 16,750,000.00 53,376,000.00 Proyecto 7 III. Componente Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera Subcomponente: a) Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas en la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros 9,015,009.00 0.00 9,015,009.00 Proyecto 3 Subtotal /1 75,071,675.00 20,500,000.00 95,571,675.00 Proyectos 22 Gastos de Operación (hasta el 4.0%) /2 2,908,667.00 800,000.00 3,708,667.00 TOTAL 77,980,342.00 21,300,000.00 99,280,342.00 /1.- Las metas programáticas y la distribución presupuestal de cada Componente, se establecerá en los Programas de Trabajo que contienen los proyectos autorizados por las Unidades Responsables del SENASICA; los que serán indicativos, por lo que en caso de realizarse modificaciones se hará mediante la autorización de la adecuación al Programa de Trabajo por parte de la Unidad Responsable correspondiente, en que deberá expresar las causas que justifiquen tales modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables. /2.- Los Gastos de Operación serán ejecutados en términos de lo dispuesto en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”. a) Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria 4,584,015.00 0.00 4,584,015.00 Proyecto 1 TOTAL 4,584,015.00 0.00 4,584,015.00 Proyectos 1 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 41 b) Vigilancia epidemiológica de riesgos zoosanitarios Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades o Plagas en Animales Terrestres 1,400,000.00 0.00 1,400,000.00 Proyecto 1 TOTAL 1,400,000.00 0.00 1,400,000.00 Proyectos 1 a) Servicio fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Servicio Fitosanitario 16,229,079.00 0.00 16,229,079.00 Proyecto 1 2025 Manejo Fitosanitario de cultivos básicos 1,439,043.00 0.00 1,439,043.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Moscas de la Fruta 757,880.00 0.00 757,880.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Plagas Reglamentadas del Algodonero 279,887.00 0.00 279,887.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Manejo Fitosanitario de Hortalizas 0.00 2,000,000.00 2,000,000.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Manejo Fitosanitario del Nogal 96,151.00 850,000.00 946,151.00 Proyecto 1 2025 Manejo Fitosanitario de Mosquita Blanca 0.00 150,000.00 150,000.00 Proyecto 1 2025 Manejo Fitosanitario de Mancha de Fuego 0.00 500,000.00 500,000.00 Proyecto 1 2025 Operación de Puntos de Verificación Interna en Materia Fitosanitaria 1,846,611.00 0.00 1,846,611.00 Proyecto 1 TOTAL 20,648,651.00 3,500,000.00 24,148,651.00 Proyectos 9 b) Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Peces y anfibios 2,798,000.00 250,000.00 3,048,000.00 Proyecto 1 TOTAL 2,798,000.00 250,000.00 3,048,000.00 Proyectos 1 c) Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis) 21,745,000.00 0.00 21,745,000.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional contra la Brucelosis en los Animales 6,616,000.00 0.00 6,616,000.00 Proyecto 1 42 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 2025 Campaña Nacional para la prevención y control de la rabia en bovinos y especies ganaderas 1,650,000.00 0.00 1,650,000.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional para el control de la garrapata Boophilus spp 890,000.00 0.00 890,000.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional contra la Varroasis de las Abejas 725,000.00 0.00 725,000.00 Proyecto 1 2025 Programa de eliminación de animales positivos, reactores, expuestos y sospechosos 3,500,000.00 0.00 3,500,000.00 Proyecto 1 2025 Operación de Puntos de Verificación Interna en Materia Zoosanitaria 1,500,000.00 16,750,000.00 18,250,000.00 Proyecto 1 TOTAL 36,626,000.00 16,750,000.00 53,376,000.00 Proyectos 7 a) Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas en la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Inocuidad Agrícola 5,415,009.00 0.00 5,415,009.00 Proyecto 1 2025 Inocuidad Pecuaria 2,600,000.00 0.00 2,600,000.00 Proyecto 1 2025 Inocuidad Acuícola y Pesquera 1,000,000.00 0.00 1,000,000.00 Proyecto 1 TOTAL 9,015,009.00 0.00 9,015,009.00 Proyectos 3 Con fundamento en lo señalado en la Cláusula Sexta del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, las “PARTES” están de acuerdo en suscribir el presente instrumento, con el objeto de modificar la Cláusula Segunda y los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, específicamente en los Componentes Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Subcomponente Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios; y Componente Campañas Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias, Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas, y Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas, en razón de la disminución de recursos federales convenidos. DECLARACIONES I. DE LAS “PARTES” I. 1. Que es su voluntad el celebrar el presente Convenio Modificatorio a fin de modificar la Cláusula Segunda y los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, específicamente en los Componentes Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Subcomponente Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios; y Campañas Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias, Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas, Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas. I. 2. Que se reconocen recíprocamente la personalidad con que se ostentan y manifiestan que en la suscripción de este Convenio Modificatorio no existe vicio en el consentimiento que pudiera invalidarlo. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 43 Con base en los antecedentes y declaraciones anteriormente expuestas, las “PARTES” convienen en la celebración del presente Convenio Modificatorio al “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, de acuerdo con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. Las “PARTES” convienen en modificar la Cláusula Segunda del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, relativa a la “APORTACIÓN DE RECURSOS”, para quedar en los siguientes términos: “APORTACIÓN DE RECURSOS. SEGUNDA. Conforme las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el “DPEF”, en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA” y en las demás disposiciones legales aplicables, “AGRICULTURA” y el “GOBIERNO DEL ESTADO” acuerdan que para el ejercicio fiscal 2025, realizarán una aportación conjunta para la operación y ejecución de los “COMPONENTES” del “PROGRAMA” por un monto de hasta $96,638,771.00 (Noventa y seis millones seiscientos treinta y ocho mil setecientos setenta y un Pesos 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente: 1. Hasta la cantidad de $75,338,771.00 (Setenta y cinco millones trescientos treinta y ocho mil setecientos setenta y un Pesos 00/100 M.N.); correspondientes a la aportación federal a cargo de “AGRICULTURA”, con base en la suficiencia presupuestal prevista en el “DPEF”; y ... … … … … … …” SEGUNDA. Las “PARTES” están de acuerdo en modificar mediante el presente instrumento, los APÉNDICES I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, en lo referente al Componente Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Subcomponente Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios; así como al Componente Campañas Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias; Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas; y Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas, para quedar en los siguientes términos: Apéndice I Chihuahua Recursos Convenidos Federación-Estado 2025 (Aportaciones en Pesos) DPEF 2025 De “AGRICULTURA” Del “GOBIERNO DEL ESTADO” Gran Total No. Total Programas y Componentes 75,338,771.00 21,300,000.00 96,638,771.00 De conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 6 del DPEF 2025. Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria De “AGRICULTURA” Del “GOBIERNO DEL ESTADO” Gran Total I Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias 1,400,000.00 0.00 1,400,000.00 II Campañas Fitozoosanitarias 64,923,762.00 21,300,000.00 86,223,762.00 III Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera 9,015,009.00 0.00 9,015,009.00 Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación. 44 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Apéndice II Chihuahua Calendario de Ejecución 2025 (Aportaciones en Pesos) DPEF 2025 Total Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre No. Total Programas y Componentes Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal Federal Estatal 75,338,771.00 21,300,000.00 0.00 0.00 72,430,104.00 21,300,000.00 .00 0.00 2,908,667.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 De conformidad con lo que establece la fracción IV del Artículo 6 del DPEF 2025. Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria 75,338,771.00 21,300,000.00 0.00 0.00 72,430,104.00 21,300,000.00 0.00 0.00 2,908,667.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 I Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias 1,400,000.00 0.00 0.00 0.00 1,400,000.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 II Campañas Fitozoosanitarias 64,923,762.00 21,300,000.00 0.00 0.00 62,015,095.00 21,300,000.00 0.00 0.00 2,908,667.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 III Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera 9,015,009.00 0.00 0.00 0.00 9,015,009.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación en el componente de Campañas Fitozoosanitarias Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 45 Apéndice III Chihuahua Cuadro de Montos y Metas 2025 Concentrado Presupuestal Componentes-Subcomponentes Total por Subcomponente Metas Físicas Federal Estatal Total Medida Cantidad I. Componente Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias Subcomponentes: b) Vigilancia epidemiológica de riesgos zoosanitarios 1,400,000.00 0.00 1,400,000.00 Proyecto 1 II. Componente Campañas Fitozoosanitarias Subcomponentes: a) Servicio fitosanitario para prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias 24,201,777.00 3,500,000.00 27,701,777.00 Proyecto 9 b) Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas 2,683,686.00 250,000.00 2,933,686.00 Proyecto 1 c) Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas 35,129,632.00 16,750,000.00 51,879,632.00 Proyecto 7 III. Componente Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera Subcomponente: b) Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas en la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros 9,015,009.00 0.00 9,015,009.00 Proyecto 3 Subtotal /1 72,430,104.00 20,500,000.00 92,930,104.00 Proyectos 21 Gastos de Operación (hasta el 4.0%) /2 2,908,667.00 800,000.00 3,708,667.00 TOTAL 75,338,771.00 21,300,000.00 96,638,771.00 /1.- Las metas programáticas y la distribución presupuestal de cada Componente, se establecerá en los Programas de Trabajo que contienen los proyectos autorizados por las Unidades Responsables del SENASICA; los que serán indicativos, por lo que en caso de realizarse modificaciones se hará mediante la autorización de la adecuación al Programa de Trabajo por parte de la Unidad Responsable correspondiente, en que deberá expresar las causas que justifiquen tales modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables. /2.- Los Gastos de Operación serán ejecutados en términos de lo dispuesto en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”. b) Vigilancia epidemiológica de riesgos zoosanitarios Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades o Plagas en Animales Terrestres 1,400,000.00 0.00 1,400,000.00 Proyecto 1 TOTAL 1,400,000.00 0.00 1,400,000.00 Proyectos 1 a) Servicio fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Servicio Fitosanitario 18,425,163.00 0.00 18,425,163.00 Proyecto 1 2025 Manejo Fitosanitario de cultivos básicos 1,380,250.00 0.00 1,380,250.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Moscas de la Fruta 726,917.00 0.00 726,917.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Plagas Reglamentadas del Algodonero 268,452.00 0.00 268,452.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Manejo Fitosanitario de Hortalizas 588,435.00 2,000,000.00 2,588,435.00 Proyecto 1 2025 Campañas de Protección Fitosanitaria - Manejo Fitosanitario del Nogal 130,205.00 850,000.00 980,205.00 Proyecto 1 2025 Manejo Fitosanitario de Mosquita Blanca 0.00 150,000.00 150,000.00 Proyecto 1 46 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 2025 Manejo Fitosanitario de Mancha de Fuego 0.00 500,000.00 500,000.00 Proyecto 1 2025 Operación de Puntos de Verificación Interna en Materia Fitosanitaria 2,682,355.00 0.00 2,682,355.00 Proyecto 1 TOTAL 24,201,777.00 3,500,000.00 27,701,777.00 Proyectos 9 b) Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Peces y anfibios 2,683,686.00 250,000.00 2,933,686.00 Proyecto 1 TOTAL 2,683,686.00 250,000.00 2,933,686.00 Proyectos 1 c) Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis) 20,748,632.00 0.00 20,748,632.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional contra la Brucelosis en los Animales 6,616,000.00 0.00 6,616,000.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional para la prevención y control de la rabia en bovinos y especies ganaderas 1,650,000.00 0.00 1,650,000.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional para el control de la garrapata Boophilus spp 890,000.00 0.00 890,000.00 Proyecto 1 2025 Campaña Nacional contra la Varroasis de las Abejas 725,000.00 0.00 725,000.00 Proyecto 1 2025 Programa de eliminación de animales positivos, reactores, expuestos y sospechosos 3,000,000.00 0.00 3,000,000.00 Proyecto 1 2025 Operación de Puntos de Verificación Interna en Materia Zoosanitaria 1,500,000.00 16,750,000.00 18,250,000.00 Proyecto 1 TOTAL 35,129,632.00 16,750,000.00 51,879,632.00 Proyectos 7 a) Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas en la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros Montos presupuestales Metas Federal Estatal Total Medida Cantidad 2025 Inocuidad Agrícola 5,415,009.00 0.00 5,415,009.00 Proyecto 1 2025 Inocuidad Pecuaria 2,600,000.00 0.00 2,600,000.00 Proyecto 1 2025 Inocuidad Acuícola y Pesquera 1,000,000.00 0.00 1,000,000.00 Proyecto 1 TOTAL 9,015,009.00 0.00 9,015,009.00 Proyectos 3 TERCERA. Las “PARTES” manifiestan que el presente Convenio Modificatorio, no implica una novación del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, al que se refiere el apartado de Antecedentes del presente Convenio Modificatorio, por lo que las estipulaciones pactadas, que no hayan sido modificadas mediante este instrumento, subsistirán y seguirán surtiendo sus efectos jurídicos, en los términos que se encuentran vigentes, con excepción de los puntos que se modifican en este instrumento jurídico. CUARTA. El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal y cumplimiento de acciones, será hasta el 31 de diciembre de 2025, en términos de lo establecido en los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 175 y 176 de su Reglamento y demás disposiciones de la materia, así como del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”. Leído que fue y debidamente enteradas del contenido, alcance y fuerza legal del presente Convenio Modificatorio, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe ni otros vicios de la voluntad, las “PARTES” lo firman y ratifican en todas sus partes, en cinco ejemplares originales, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los 20 días del mes de agosto del año 2025.- Por Agricultura: el Director en Jefe del SENASICA, Ing. Francisco Javier Calderón Elizalde.- Rúbrica.- El Titular de la Oficina de Representación de Agricultura en el Estado de Chihuahua, Dr. Benjamín Carrera Chávez.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Coordinación y Enlace del SENASICA, Ing. Roberto Alvarado Molina.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Chihuahua: el Secretario de Hacienda, Mtro. José de Jesús Granillo Vázquez.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Rural, Ing. Mauro Parada Muñoz.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 47 SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA CONVENIO de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Durango. CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO LA “SEP”, REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, DR. RICARDO VILLANUEVA LOMELÍ, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA EL MAGISTERIO, DR. JULIO CESAR LEYVA RUIZ, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR EL DR. ESTEBAN ALEJANDRO VILLEGAS VILLARREAL, ASISTIDO POR EL LIC. PAULINO CÓRDOVA QUIÑONES, ENCARGADO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO, EL LIC. FRANKLIN CORLAY AGUILAR, SECRETARIO DE FINANZAS Y DE ADMINISTRACIÓN, Y EL DR. JOSÉ GUILLERMO ADAME CALDERÓN, SECRETARIO DE EDUCACIÓN, EN LO SUCESIVO “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES 1.- Con la finalidad de contribuir a elevar la calidad en la formación inicial de los docentes, mediante el desarrollo de acciones estratégicas que tengan incidencia en las prácticas académicas y en la gestión de las Instituciones de Formación Docente Públicas, surge el Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, iniciativa que sustenta su creación en los Foros de Consulta realizados por la actual administración federal, definiendo que la educación es un derecho de todos que hay que hacer efectivo, y no un privilegio de unos cuantos. Acorde con esta iniciativa, el PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA en lo sucesivo el “PROFEXCE”, se adscribe al Eje General 2 Desarrollo con Bienestar y Humanismo del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 a través del cual se articularán los objetivos del Gobierno Federal en el ámbito educativo para garantizar el ejercicio pleno del derecho a una educación inclusiva y equitativa para niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, promoviendo una formación humanista, científica, intercultural, plurilingüe e integral que mejore el bienestar de la población e impulse el desarrollo del país a través de las estrategias referidas en el objetivo 2.3 que se describen como sigue: 2.3.1 Expandir la oferta educativa para garantizar el derecho a la educación de niñas niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, fomentando su desarrollo integral y promoviendo la igualdad social. 2.3.2 Crear entornos óptimos para el aprendizaje, la convivencia y el desarrollo integral de los estudiantes mediante la construcción, equipamiento, restauración, reforzamiento y rehabilitación de la infraestructura educativa, con prioridad en las zonas de mayor rezago social. 2.3.3 Fortalecer los planes y programas de estudio conforme a los principios de la Nueva Escuela Mexicana, promoviendo una formación integral, crítica, ambiental, humanista, cívica, intercultural y científica. 2.3.4 Desarrollar acciones y brindar apoyos para garantizar el ingreso, permanencia, orientación vocacional y conclusión de trayectorias educativas en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, con perspectiva de género y pertinencia cultural. 2.3.5 Reforzar el papel de las maestras y maestros como agentes clave en la transformación del sistema educativo, mediante el desarrollo profesional, la formación continua con perspectiva de género, pertinencia cultural y atención a la diversidad, además de la mejora de sus condiciones laborales. Y con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 4, que establece "garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida para todos" y a la meta 4.3 "para asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria". Para cumplir con ello, la “SEP” ha impulsado la integración de Programas Presupuestarios como el S300 Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, todos ellos aspectos esenciales para que se pueda proporcionar y fortalecer la excelencia de la educación en todos los niveles. 2.- Con fecha 18 de febrero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial número 11/02/25, por el que se emiten las Reglas de Operación del PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo “LAS REGLAS”, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados al “PROFEXCE”, las cuales establecen las disposiciones a las que se debe sujetarse. 48 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 3.- El “PROFEXCE” busca dirigir la asignación de los recursos a los proyectos integrales, que tengan mayor impacto en el desarrollo académico y de la gestión de los sistemas estatales de educación normal y de las Instituciones de Formación Docente Públicas (IFDP). Se busca que la premisa de la educación, desde la inicial hasta la universitaria sea educar para toda la vida, específicamente, los universitarios no sólo se forman como profesionistas, sino que también se educan con valores, conocimiento y capacidades adecuadas para desarrollarse plenamente, con civismo y solidaridad social con México. Con esta acción, se pretende contribuir al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos: Académicos A. Elevar el aprovechamiento académico de los estudiantes normalistas. B. Apoyar la superación de docentes y directivos de las IFDP. C. Desarrollar programas de tutoría y asesoría para mejorar los procesos de formación y aprendizaje de los estudiantes D. Realizar el seguimiento de egresados con objeto de valorar la calidad de la formación proporcionada y enriquecer los procesos educativos en las IFDP. E. Promover la cultura de la evaluación para favorecer la acreditación de los planes y programas de estudios y la certificación de los procesos de gestión. F. Fortalecer a las IFDP, en especial las normales bilingües interculturales, a fin de favorecer la adscripción de las personas docentes en las localidades y regiones lingüísticas a las que pertenecen, así como impulsar programas de formación, actualización y certificación para las futuras maestras y maestros en las lenguas de las regiones correspondientes. G. Apoyar la actualización e implementación de los planes y programas de estudio de las Escuelas Normales. H. Diseñar e implementar acciones para la movilidad académica, intercambios académicos y convenios entre instituciones de educación superior nacionales o internacionales. Gestión A. Mejorar el mobiliario y el equipamiento con tecnologías actualizadas y la capacitación para su uso en las IFDP, para contribuir a la innovación y competitividad del país a través del uso de las TIC. B. Optimizar o ampliar la infraestructura física para el desarrollo de las actividades de todos los actores que participan en los procesos de la institución. 4.- La EDINEN contribuye al logro y consolidación de un sistema estatal de educación normal de excelencia educativa en cada Entidad Federativa, así como al mejoramiento de las instituciones formadoras de las maestras y los maestros que lo integran. DECLARACIONES I.- De la “SEP”: I.1 Que en términos de lo dispuesto por los artículos 2° fracción I, 26 y 38 de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada a la cual le corresponde el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de los Estados y Municipios. I.2 Que el Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 15 de septiembre de 2020 (RISEP). I.3 Que el Director General de Educación Superior para el Magisterio, participa en la suscripción del presente instrumento, de conformidad con el artículo 16 del RISEP. I.4 Que el artículo 47 de la Ley General de Educación establece que la Educación Superior, como parte del Sistema Educativo Nacional y último esquema de la prestación de los servicios educativos para la cobertura universal prevista en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el servicio que se imparte en sus distintos niveles, después del tipo medio superior. Está compuesta por la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. Comprende también la educación normal en todos sus niveles y especialidades. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 49 Las autoridades educativas, en el ámbito de sus competencias establecerán políticas para fomentar la inclusión, continuidad y egreso oportuno de estudiantes inscritos en educación superior, poniendo énfasis en los jóvenes, y determinarán medidas que amplíen el ingreso y permanencia a toda aquella persona que, en los términos que señale la Ley en la materia, decida cursar este tipo de estudios, tales como el establecimiento de mecanismos de apoyo académico y económico que responda a las necesidades de la población estudiantil. Las instituciones podrán incluir, además, opciones de formación continua y actualización para responder a las necesidades de la transformación del conocimiento y cambio tecnológico. I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Subsecretaría de Educación Superior (SES), a la cual se encuentra adscrita la Dirección General de Educación Superior para el Magisterio, en lo sucesivo la “DGESuM”, misma que tiene como atribuciones, entre otras: proponer a la persona titular de la Subsecretaría de Educación Superior las políticas para el desarrollo de las Instituciones y programas de Educación Superior destinados a la formación de los profesionales de la educación en coordinación con la Subsecretaría de Educación Básica y la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa, las normas pedagógicas, los planes y programas de estudio para la educación normal, y demás normativa para la formación de maestros/as de educación básica, los cuales deberán mantenerse acordes al marco de educación de excelencia contemplado en el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, así como a las necesidades detectadas en las evaluaciones realizadas a los componentes del Sistema Educativo Nacional. Para tales efectos, considerará la opinión de los gobiernos de los Estados, de la Ciudad de México y de diversos actores sociales involucrados en la educación, así como el contenido de los proyectos y programas educativos que contemplen las realidades y contextos regionales y locales. De igual forma tomará en cuenta aquello que, en su caso, formule la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, brindando la asesoría y asistencia que, en su caso, requieran las autoridades educativas para formular la referida opinión. Lo anterior, de conformidad con el “Acuerdo número 01/01/21 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2021. I.6 Que para el logro de los objetivos del “PROFEXCE” asignará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, recursos públicos federales extraordinarios no regularizables para el desarrollo de los proyectos que hayan obtenido resultados favorables en el dictamen emitido por la “DGESuM” y la SES con base en la evaluación realizada a la adecuación de los ProGEN y los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen. I.7 Que cuenta con los recursos financieros necesarios para llevar a cabo el objeto de este Convenio en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2025. I.8 Que para efectos del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro Histórico, C.P. 06029, Demarcación Territorial Cuauhtémoc en la Ciudad de México. II. De “EL GOBIERNO DEL ESTADO”: II.1.- Que de conformidad con lo establecido por los artículos 40, 42 fracción l, 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 60 y 62, párrafo tercero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, es una Entidad Federativa Libre y Soberana que forma parte integrante de la federación con territorio y población, así como libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2.- Que el Dr. Esteban Alejandro Villegas Villarreal, Gobernador del Estado de Durango, acredita la personalidad con la que comparece mediante el Bando Solemne que lo declara Gobernador del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango, número 17 EXT, de fecha 13 de septiembre de 2022, y cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de Colaboración de conformidad con lo establecido por los artículos 98, fracciones X, XII y XXXIX, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango; 5, fracciones XII y XVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango. II.3.- Que el Lic. Paulino Córdova Quiñones, Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno, acredita la personalidad con la que comparece mediante nombramiento otorgado a su favor el día 02 de mayo de 2025, por el Gobernador del Estado, y cuenta con las facultades legales para suscribir el presente convenio de conformidad con lo establecido por los artículos 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, 19, fracción I y 20, fracciones VI y XLII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango. 50 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 II.4.- Que el Lic. Franklin Corlay Aguilar, Secretario de Finanzas y de Administración, acredita la personalidad con la que comparece mediante nombramiento otorgado a su favor el día 19 de julio de 2024, por el Gobernador del Estado, y cuenta con las facultades legales para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con lo establecido por los artículos 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, 19, fracción ll y 21, fracciones II, XX, LVIII y LXXXVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado del Estado de Durango. II.5.- Que el Dr. José Guillermo Adame Calderón, Secretario de Educación, acredita la personalidad con la que comparece mediante nombramiento otorgado a su favor el día 15 de septiembre de 2022, por el Gobernador del Estado y cuenta con las facultades legales para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con lo establecido por los artículos 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, 19, fracción VIII y 27 fracciones XXI y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango, 10, fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado. II.6.- Que para los efectos del presente Convenio de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en la Calle Reforma No. 100, Col. Burócrata, C.P. 34279, en la ciudad de Victoria de Durango, Dgo. II.7.- Que acorde con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango, la Secretaría de Educación, es responsable de dar cumplimiento a las obligaciones de “EL GOBIERNO DEL ESTADO” y le corresponde ejecutar y cumplir el Convenio de Colaboración que en el marco de “LAS REGLAS” celebre con la “SEP”. En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo del “PROFEXCE”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, “LAS PARTES” suscriben el presente instrumento, de conformidad con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto establecer las bases conforme a las cuales la “SEP” apoyará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por conducto de la Secretaría de Finanzas y de Administración para la operación del “PROFEXCE” en el marco de la EDINEN, considerando la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS” y demás disposiciones administrativas, presupuestarias y jurídicas aplicables. “LAS PARTES” acuerdan que los recursos destinados al “PROFEXCE”, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria existente en el año fiscal 2025. SEGUNDA.- La “SEP” con base en la disponibilidad presupuestaria, aportará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, hasta por la cantidad de $27,089,055.00 (Veintisiete millones ochenta y nueve mil cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.), para el desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen, y de lo dispuesto en “LAS REGLAS”. Los recursos serán transferidos por la “SEP” a través de la Secretaría de Finanzas y de Administración a la cuenta bancaria productiva especifica que determinó para tal fin, de conformidad con lo estipulado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. La Secretaría de Finanzas y de Administración transferirá en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles a partir de la fecha de recepción de los mismos, el recurso aportado por la “SEP” a los beneficiarios establecidos en el Anexo A, que una vez formalizado será parte integrante de este instrumento, en una cuenta productiva especifica, los recursos federales determinados para tal fin. Los proyectos y objetivos particulares aprobados en el marco de la EDINEN, se mencionan en el Anexo A de este Convenio, describiéndose asimismo los montos asignados para cada uno de ellos. En caso de que la “SEP” aporte a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” recursos adicionales para el “PROFEXCE”, dichas aportaciones se formalizarán mediante la suscripción de Anexos de Ejecución los cuales una vez suscritos formarán parte del presente Convenio. TERCERA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos económicos de la EDINEN, para los proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN no podrán ser utilizados para el financiamiento de los gastos siguientes: a. Pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos, sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os que laboren en la “SEP”, en las Secretarías o Institutos de Educación Estatales o en la AEFCM; Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 51 b. Arrendamiento para oficinas y equipo, tratamiento médico o apoyos económicos directos a los educandos. c. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la IFDP, sin excepción. d. Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno o externo, sin excepción. e. Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades ajenas a los enfoques, propósitos y contenidos de los planes y programas de estudio 2018 y 2022 de las licenciaturas en educación normal. f. Adquisición de vehículos para transporte de menos de 12 plazas (no automóviles particulares o camionetas tipo SUV o utilitarios). sólo se financian vehículos nuevos que cumplan con las especificaciones reglamentarias en cada entidad federativa. g. Equipo tecnológico usado de cualquier índole, solo se financia equipo tecnológico nuevo h. Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no pertenecen al Programa Nacional de Posgrados (PNP) de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SECIHTI), padrón de posgrados de la “DGESuM”, Centros Regionales (Tamaulipas y Sonora) o que sus beneficiarios/as laboren en el plantel donde se impartirá el posgrado. i. Adicional a lo anterior las AEL o la AEFCM, en ningún caso podrán utilizar los apoyos para gastos de la operación local para la adquisición de equipo de cómputo, celulares, equipo administrativo, línea blanca, material de oficina, papelería o vehículos, ni tampoco para pasajes y viáticos Internacionales. j. Otros fines distintos a los establecidos en “LAS REGLAS”. CUARTA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos autorizados para la EDINEN, no podrán ser ejercidos para el pago de los gastos de las Coordinaciones Estatales, de las Instituciones de Formación Docente Públicas y los Centros de Actualización del Magisterio u otras Instancias, entre los que se encuentran: • Agua, Luz, Teléfono y Predial. • Servicios de fletes, maniobras y seguros de bienes patrimoniales. • Servicios de vigilancia. • Cualquier tipo de cargo o impuesto derivado por obligaciones fiscales. • Comisiones por manejo de cuentas bancarias o gastos de representación. QUINTA.- Para la coordinación de las acciones de la EDINEN establecidas en el presente Convenio, la “SEP” designa a la “DGESuM” como responsable. Por su parte, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, designa al titular de la Secretaría de Educación como responsable de la operación de la EDINEN en la entidad. Los responsables designados tendrán a su cargo el seguimiento de todas las acciones relacionadas con la emisión de informes de avances y resultados, el desarrollo, operación y demás establecidas en “LAS REGLAS”. SEXTA.- La “SEP” , por conducto de la “DGESuM” en cumplimiento a este Convenio se compromete a: a) Definir los criterios generales para la adecuación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del “PROFEXCE”, además de resolver cualquier duda que se genere derivado de la interpretación, aplicación y cumplimiento de “LAS REGLAS”. b) Asignar y distribuir los recursos financieros a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” para los proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN de la EDINEN que hayan sido aprobados, considerando los montos asignados, como lo establece el Anexo A, el cual forma parte integrante del presente Convenio. c) Presentar a las instancias correspondientes, los informes periódicos sobre el cumplimiento de los indicadores de resultados cuantitativos y cualitativos, a fin de establecer los criterios y aspectos a revisar para la actualización de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, así como el impacto en las IFDP. Dichos informes deberán apegarse a “LAS REGLAS” y demás disposiciones aplicables. d) Difundir la información de los avances y el cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN en sus respectivos órganos oficiales de difusión: gob.mx/sep y en la página dgesum.sep.gob.mx 52 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 e) Conformar el Comité de Pares Académicos para la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y los proyectos integrales que los constituyen, en el marco de la EDINEN, el cual estará integrado por personal académico de prestigio que se rija bajo los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia, equidad y congruencia, a fin de dar certeza sobre el correcto desarrollo de las tareas que le han sido encomendadas. f) Asegurar el objetivo fundamental del “PROFEXCE”, a través del seguimiento, supervisión y monitoreo del desarrollo del mismo y su incidencia en el mejoramiento de las IFDP, de modo que se identifiquen los factores institucionales que favorezcan o dificulten su cumplimiento. g) Verificar que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” reintegre a la Tesorería de la Federación, los recursos económicos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que no sean devengados, en los términos y plazos que establece la normatividad aplicable. h) Establecer, analizar y concentrar los formatos específicos para la presentación de los informes trimestrales así como para el cierre del ejercicio programático presupuestal, dicha información se remitirá en documentos y medios magnéticos a las instancias coordinadoras que lo soliciten, en los plazos y términos establecidos para tal fin; así como solicitar a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” las aclaraciones a que haya lugar; en caso de que esta parte incumpla con la información, se notificará el hecho a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. i) Establecer en los calendarios los plazos para la captura de los informes trimestrales, así como para su aclaración, y cierre del sistema informático diseñado para el seguimiento, evaluación y rendición de cuentas de la EDINEN. j) Remitir a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” el oficio de liberación Anexo 7A al momento que se concluyan al 100% (cien por ciento) las obras públicas y acciones comprometidas y se demuestre la aplicación correcta de los recursos. k) Presentar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del “PROFEXCE”, con base a lo establecido en “LAS REGLAS”, y l) Resolver cualquier duda que se genere en relación con la interpretación, aplicación o cumplimiento de “LAS REGLAS”. SÉPTIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a: a) Destinar los recursos que reciba de la “SEP” exclusivamente a los fines establecidos en “LAS REGLAS”. b) Apegarse a las disposiciones establecidas en “LAS REGLAS”, así como a los criterios para la instrumentación del “PROFEXCE”. c) Garantizar las condiciones organizativas, logísticas y operativas para la coordinación, desarrollo, seguimiento y evaluación del “PROFEXCE” en su entidad. d) Realizar la reprogramación de su EDINEN. e) Entregar el recurso autorizado por la “SEP” a cada IFDP para la ejecución de sus ProFEN, a la Dirección o Instituto de Educación Normal para la ejecución de sus ProGEN, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la recepción de los mismos, de acuerdo con los resultados del proceso de evaluación, transfiriéndolo en las cuentas bancarias productivas previstas para tal fin. f) Administrar y aplicar los recursos autorizados en el desarrollo de los proyectos integrales de la reprogramación de los ProGEN y los ProFEN aprobados en el marco de la EDINEN, de conformidad con “LAS REGLAS”. g) Supervisar el eficiente ejercicio de los recursos destinados al “PROFEXCE”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, y en la normativa aplicable. h) Cumplir en tiempo y forma con el ejercicio y comprobación de los recursos en el marco del presente Convenio de Colaboración, así como en los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL con las IFDP para el desarrollo de la EDINEN. i) Promover la integración de equipos de trabajo con las competencias requeridas para realizar, de manera sistemática y continua, actividades de planeación, actualización, capacitación, asesoría, seguimiento y evaluación para la implementación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 53 j) Brindar apoyo y asesoría técnica a las IFDP, mediante la implementación de propuestas de formación continua, así como realizar visitas periódicas a fin de proporcionar recomendaciones, reflexionar sobre las dificultades y establecer estrategias que permitan avanzar en el cumplimiento de las metas académicas y programáticas establecidas en la EDINEN. k) Suscribir los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL con las IFDP beneficiadas, en los que se estipulen los compromisos que adquieren dichas instituciones para cumplir con las acciones y metas establecidas en sus ProFEN y su contribución al cumplimiento de las correspondientes a los ProGEN y la EDINEN, así como para el ejercicio y comprobación de los recursos asignados. l) Señalizar de manera visible en toda obra o bien adquirido con recursos de la EDINEN, indicando el nombre del Programa, el origen del recurso y el ejercicio correspondiente con el propósito de que sean identificadas plenamente tanto las acciones ejecutadas como las metas alcanzadas, esto con el fin de difundir entre la sociedad los objetivos, características y avances en el cumplimiento de metas de la EDINEN, así como la información acerca de los beneficios obtenidos con el ejercicio de los recursos asignados. m) Entregar a la “SEP” los informes trimestrales en los plazos establecidos en el calendario de presentación, en los formatos específicos previamente establecidos por la “DGESuM” detallando el presupuesto ejercido y en caso de reportar retrasos en el cumplimiento de las metas previstas o irregularidades en el uso de los recursos económicos, informándole sobre las medidas correctivas que aplicará y las estrategias de seguimiento que llevará a cabo para evitar futuras demoras o fallas en el ejercicio del presupuesto. Así mismo remitir trimestralmente a través del Sistema de Recursos Federales Transferidos (https://www.mstwls.hacienda.gob.mx) establecido para tal fin por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el informe sobre el destino y resultados obtenidos de la aplicación de los recursos otorgados por la “SEP” por el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en las disposiciones aplicables. n) Entregar a la “DGESuM” una vez concluido el ejercicio de los recursos, en el cuarto informe trimestral, el informe programático, así como la documentación comprobatoria correspondiente o) Otorgar las facilidades para la realización de los procesos de seguimiento, supervisión y evaluación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN que lleven a cabo o promuevan la “SEP”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno u otra instancia de control y fiscalización federal o estatal, con competencia en la materia. p) Mantener un registro especifico de los recursos del “PROFEXCE” debidamente actualizados, identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido en términos de lo dispuesto por el artículo 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. q) Solicitar que para cada una de las obras de infraestructura terminadas con el presupuesto del “PROFEXCE”, se elabore un acta-entrega, la cual formará parte del expediente de la obra y constituye la prueba documental que certifica su existencia. r) Verificar que en cada plantel educativo se dispongan de por lo menos 10 (diez) ejemplares de “LAS REGLAS” a fin de que la comunidad escolar esté en posibilidades de realizar su consulta. s) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, las transferencias federales etiquetadas que no se hayan comprometido y aquellas devengadas pero que no hayan sido pagadas incluyendo los rendimientos financieros generados, deberán reintegrarse a la TESOFE de la cuenta productiva del ejecutor, a más tardar dentro de los 15 días naturales posteriores al 31 de diciembre del 2025, incluyendo los rendimientos generados, deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes. t) Informar, en su caso, a la “DGESuM” de los reintegros realizados a la Tesorería de la Federación, proporcionando la correspondiente constancia en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de que haya sido realizado el depósito. u) Realizar las acciones de promoción para la integración, operación y seguimiento de la Contraloría Social, bajo el esquema validado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) y de conformidad con las Reglas de Operación del Programa y con los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social vigentes, que permitan verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los Programas de Desarrollo Social, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los mismos. v) Las demás establecidas en “LAS REGLAS”. 54 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 OCTAVA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a aperturar una cuenta bancaria productiva específica para la administración de los recursos autorizados para el “PROFEXCE”, la cual deberá estar registrada ante la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de la “SEP” , a solicitud de la “DGESuM” con el objeto de recibir la aportación de recursos que le transfiera la “SEP” . NOVENA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a presentar a la “DGESuM” en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles previos a la ministración de los recursos el comprobante fiscal digital por Internet (CFDI), que ampare la cantidad asignada para el desarrollo de los proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. DÉCIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación en los plazos establecidos en “LAS REGLAS”, los recursos que no fueron destinados a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio no hayan sido devengados o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos o que no cuente con la documentación original que justifique y compruebe el gasto por la aplicación de dichos recursos y obligaciones de pago. En caso de que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” no reintegre en los plazos establecidos, deberá pagar una pena por el atraso, la cual se obtendrá multiplicando el importe no reintegrado oportunamente por el número de días naturales de retraso y la tasa diaria correspondiente a la establecida en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda, referente a los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, conforme a la siguiente fórmula: Pena=importe x días x tasa/30 La pena por atraso a que se refiere la presente cláusula deberá ser pagada conforme al procedimiento que para tal efecto establezca la “SEP”. DÉCIMA PRIMERA.- La aplicación de los recursos, su comprobación y el logro de las metas compromiso, será responsabilidad de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”. DÉCIMA SEGUNDA.- La “SEP” derivado del seguimiento sobre el desarrollo de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN así como el uso transparente y eficaz de los recursos que se destinen al “PROFEXCE” , en su caso, podrá cancelar o suspender los apoyos programados cuando se detecte incumplimiento de los compromisos establecidos en “LAS REGLAS” o cuando se encuentren en cualquiera de los supuestos siguientes: a) No se cumpla con las obligaciones pactadas en el presente instrumento y en los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL. b) Incumplimiento en la entrega oportuna de los informes de avances físicos y financieros, así como reportes del cierre de ejercicio de recursos. c) Se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos autorizados y/o en la aplicación de los recursos correspondientes. d) No ejerzan sus presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables, y e) No proporcionen la información requerida por las diferentes instancias involucradas, en relación con el desarrollo de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. DÉCIMA TERCERA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a comprobar el uso de los recursos destinados al desarrollo de los proyectos integrales de, los ProGEN y los ProFEN en un plazo máximo de tres meses posteriores a la conclusión del ejercicio de los recursos, para lo cual se obliga a exhibir a la “DGESuM” la documentación fehaciente que ampare las cantidades erogadas en los proyectos realizados, con la documentación comprobatoria que cumpla con los requisitos fiscales con sello que indique el nombre del programa, origen del recurso y el ejercicio correspondiente. DÉCIMA CUARTA.- “LAS PARTES” instrumentarán las estrategias pertinentes para la asesoría, seguimiento y evaluación de los procesos y resultados que permitan verificar los avances en el desarrollo y operación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, constatando la correcta aplicación de los recursos destinados al “PROFEXCE”, los avances físicos, financieros, la realización de las obras y de los proyectos, los resultados obtenidos para la integración y consolidación de un sistema estatal de educación normal de excelencia educativa así como el mejoramiento de los servicios educativos y de la gestión de las Instituciones formadoras de las maestras y los maestros. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 55 DÉCIMA QUINTA.- La “SEP” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2025 y “LAS REGLAS”; realizará las distintas acciones de coordinación para llevar a cabo la evaluación externa del “PROFEXCE”, de acuerdo con los indicadores y los niveles de cumplimiento de los objetivos y metas programados; para lo cual, se seleccionará mediante los procedimientos establecidos en la normatividad correspondiente, una institución académica y de investigación u organismo especializado, de carácter nacional o internacional, con reconocimiento académico y experiencia en la materia, con el propósito de evaluar la pertinencia, eficacia e impacto del “PROFEXCE” en las IFDP, de conformidad con lo dispuesto en “LAS REGLAS”. DÉCIMA SEXTA.- “LAS PARTES” darán todas las facilidades para que los recursos otorgados al “PROFEXCE” puedan ser revisados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, por el Órgano Interno de Control en la “SEP” y/o por auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control; por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por la Auditoría Superior de la Federación; y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes, apegándose a lo establecido en “LAS REGLAS”. DÉCIMA SÉPTIMA.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025 y con el propósito de fomentar la transparencia del “PROFEXCE” , “LAS PARTES” se comprometen a incluir claramente, visible y audible en la publicidad que se adquiera para la difusión, en la papelería y documentación oficial, la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. Quien haga uso indebido de los recursos del “PROFEXCE” deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. DÉCIMA OCTAVA.- La “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” garantizarán la transparencia del ejercicio de los recursos económicos destinados al “PROFEXCE”, instrumentando diversas acciones con el apoyo de sus respectivos medios de difusión páginas electrónicas http://www.gob.mx/sep y dgesum.sep.gob.mx, mismos que permitan dar a conocer la información relativa al “PROFEXCE”, en particular sobre los avances y cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. DÉCIMA NOVENA.- El personal designado o comisionado para la ejecución de las acciones derivadas del presente instrumento, mantendrá su actual relación laboral y, por lo tanto, continuará bajo la dirección de quien lo haya nombrado o comisionado, no obstante que las actividades se realicen fuera de las instalaciones de cualquiera de “LAS PARTES”. VIGÉSIMA.- “LAS PARTES” recibirán las sugerencias, quejas o denuncias a través de las distintas Dependencias, Órgano Interno de Control en la “SEP” , el Órgano Estatal de Control, las representaciones de la Secretaría de Educación Pública en las Entidades Federativas, medios electrónicos y canales oficiales establecidos en “LAS REGLAS”, con objeto de retroalimentar una eficiente y transparente operación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. VIGÉSIMA PRIMERA.- El incumplimiento por “EL GOBIERNO DEL ESTADO” de los plazos señalados en “LAS REGLAS” o el uso indebido del presupuesto, tendrá un impacto desfavorable en las subsecuentes asignaciones de recursos del “PROFEXCE” a las entidades federativas y las Instituciones de Formación Docente Públicas. VIGÉSIMA SEGUNDA.- Los asuntos que no estén expresamente previstos en este instrumento, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre “LAS PARTES”, conforme a las disposiciones de “LAS REGLAS” y, cualquier otra disposición aplicable, y en caso de que no se lograra lo anterior, acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales Federales competentes, con sede en la Ciudad de México renunciando al fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener. VIGÉSIMA TERCERA.- “LAS PARTES” estarán exentas de responsabilidad por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente instrumento, debido a un caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo la huelga o paro de labores académicas o administrativas. En tales supuestos, “LAS PARTES” podrán continuar las acciones materia del presente convenio, una vez que desaparezcan las circunstancias antes indicadas. 56 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 VIGÉSIMA CUARTA.- La vigencia de este Convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y hasta el total cumplimiento de las acciones, objeto del mismo, las cuales deberán concluirse antes del 31 de diciembre del 2025, en el entendido que sólo se refiere a los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales. Podrá ser modificado de común acuerdo o concluido con antelación, en el marco de “LAS REGLAS” y la normatividad aplicable, previa notificación que por escrito realice cualesquiera de “LAS PARTES” con treinta días naturales de anticipación; en este caso, la “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de este Convenio se desarrollen hasta su total conclusión. "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman de conformidad en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el día 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario de Educación Superior, Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior para el Magisterio, Dr. Julio César Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador del Estado de Durango, Dr. Esteban Alejandro Villegas Villarreal.- Rúbrica.- Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno, Lic. Paulino Córdova Quiñones.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y de Administración, Lic. Franklin Corlay Aguilar.- Rúbrica.- Secretario de Educación, Dr. José Guillermo Adame Calderón.- Rúbrica. ANEXO A QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA “FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA” QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA “SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA” Y POR LA OTRA PARTE, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, DE FECHA 20 DE MAYO DEL 2025, PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS AL PROGRAMA A TRAVÉS DE LA EDINEN, CORRESPONDIENTES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2025. No. TIPO DE PROYECTO NOMBRE DEL PROYECTO Y/O DE LA INSTITUCIÓN MONTO 1 ProGEN Proyecto Estatal: Atiende a las necesidades de las Escuelas Normales y Gestión Estatal: ProGEN 1 y 2 3,222,693.00 2 ProFEN Escuela Normal Rural "J. Guadalupe Aguilera" 8,302,497.00 3 ProFEN Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado de Durango 4,099,671.00 4 ProFEN Centro de Actualización del Magisterio 3,130,621.00 5 ProFEN Instituto de Estudios Superiores de Educación Normal "Gral. Lázaro Cárdenas del Río" 4,652,217.00 6 ProFEN Escuela Normal "Profr. Carlos A. Carrillo" 3,681,356.00 Total de la Entidad: $27,089,055.00 (Veintisiete millones ochenta y nueve mil cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.) "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance de este ANEXO A, lo firman en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario de Educación Superior, Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior para el Magisterio, Dr. Julio César Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador del Estado de Durango, Dr. Esteban Alejandro Villegas Villarreal.- Rúbrica.- Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno, Lic. Paulino Córdova Quiñones.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y de Administración, Lic. Franklin Corlay Aguilar.- Rúbrica.- Secretario de Educación, Dr. José Guillermo Adame Calderón.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 57 CONVENIO de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guanajuato. CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO LA “SEP”, REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, DR. RICARDO VILLANUEVA LOMELÍ, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA EL MAGISTERIO, DR. JULIO CESAR LEYVA RUIZ, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, REPRESENTADO POR SU GOBERNADORA CONSTITUCIONAL LA MTRA. LIBIA DENNISE GARCÍA MUÑOZ LEDO, ASISTIDA POR EL DR. LUIS IGNACIO SÁNCHEZ GÓMEZ, SECRETARIO DE EDUCACIÓN, Y POR EL DR. HÉCTOR SALGADO BANDA, SECRETARIO DE FINANZAS, EN LO SUCESIVO “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES 1.- Con la finalidad de contribuir a elevar la calidad en la formación inicial de los docentes, mediante el desarrollo de acciones estratégicas que tengan incidencia en las prácticas académicas y en la gestión de las Instituciones de Formación Docente Públicas, surge el Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, iniciativa que sustenta su creación en los Foros de Consulta realizados por la actual administración federal, definiendo que la educación es un derecho de todos que hay que hacer efectivo, y no un privilegio de unos cuantos. Acorde con esta iniciativa, el PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA en lo sucesivo el “PROFEXCE”, se adscribe al Eje General 2 Desarrollo con Bienestar y Humanismo del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 a través del cual se articularán los objetivos del Gobierno Federal en el ámbito educativo para garantizar el ejercicio pleno del derecho a una educación inclusiva y equitativa para niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, promoviendo una formación humanista, científica, intercultural, plurilingüe e integral que mejore el bienestar de la población e impulse el desarrollo del país a través de las estrategias referidas en el objetivo 2.3 que se describen como sigue: 2.3.1 Expandir la oferta educativa para garantizar el derecho a la educación de niñas niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, fomentando su desarrollo integral y promoviendo la igualdad social. 2.3.2 Crear entornos óptimos para el aprendizaje, la convivencia y el desarrollo integral de los estudiantes mediante la construcción, equipamiento, restauración, reforzamiento y rehabilitación de la infraestructura educativa, con prioridad en las zonas de mayor rezago social. 2.3.3 Fortalecer los planes y programas de estudio conforme a los principios de la Nueva Escuela Mexicana, promoviendo una formación integral, crítica, ambiental, humanista, cívica, intercultural y científica. 2.3.4 Desarrollar acciones y brindar apoyos para garantizar el ingreso, permanencia, orientación vocacional y conclusión de trayectorias educativas en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, con perspectiva de género y pertinencia cultural. 2.3.5 Reforzar el papel de las maestras y maestros como agentes clave en la transformación del sistema educativo, mediante el desarrollo profesional, la formación continua con perspectiva de género, pertinencia cultural y atención a la diversidad, además de la mejora de sus condiciones laborales. Y con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 4, que establece "garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida para todos" y a la meta 4.3 "para asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria". Para cumplir con ello, la “SEP” ha impulsado la integración de Programas Presupuestarios como el S300 Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, todos ellos aspectos esenciales para que se pueda proporcionar y fortalecer la excelencia de la educación en todos los niveles. 2.- Con fecha 18 de febrero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial número 11/02/25, por el que se emiten las Reglas de Operación del PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo “LAS REGLAS”, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados al “PROFEXCE”, las cuales establecen las disposiciones a las que se debe sujetarse. 58 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 3.- El “PROFEXCE” busca dirigir la asignación de los recursos a los proyectos integrales, que tengan mayor impacto en el desarrollo académico y de la gestión de los sistemas estatales de educación normal y de las Instituciones de Formación Docente Públicas (IFDP). Se busca que la premisa de la educación, desde la inicial hasta la universitaria sea educar para toda la vida, específicamente, los universitarios no sólo se forman como profesionistas, sino que también se educan con valores, conocimiento y capacidades adecuadas para desarrollarse plenamente, con civismo y solidaridad social con México. Con esta acción, se pretende contribuir al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos: Académicos A. Elevar el aprovechamiento académico de los estudiantes normalistas. B. Apoyar la superación de docentes y directivos de las IFDP. C. Desarrollar programas de tutoría y asesoría para mejorar los procesos de formación y aprendizaje de los estudiantes D. Realizar el seguimiento de egresados con objeto de valorar la calidad de la formación proporcionada y enriquecer los procesos educativos en las IFDP. E. Promover la cultura de la evaluación para favorecer la acreditación de los planes y programas de estudios y la certificación de los procesos de gestión. F. Fortalecer a las IFDP, en especial las normales bilingües interculturales, a fin de favorecer la adscripción de las personas docentes en las localidades y regiones lingüísticas a las que pertenecen, así como impulsar programas de formación, actualización y certificación para las futuras maestras y maestros en las lenguas de las regiones correspondientes. G. Apoyar la actualización e implementación de los planes y programas de estudio de las Escuelas Normales. H. Diseñar e implementar acciones para la movilidad académica, intercambios académicos y convenios entre instituciones de educación superior nacionales o internacionales. Gestión A. Mejorar el mobiliario y el equipamiento con tecnologías actualizadas y la capacitación para su uso en las IFDP, para contribuir a la innovación y competitividad del país a través del uso de las TIC. B. Optimizar o ampliar la infraestructura física para el desarrollo de las actividades de todos los actores que participan en los procesos de la institución. 4.- La EDINEN contribuye al logro y consolidación de un sistema estatal de educación normal de excelencia educativa en cada Entidad Federativa, así como al mejoramiento de las instituciones formadoras de las maestras y los maestros que lo integran. DECLARACIONES I.- De la “SEP”: I.1 Que en términos de lo dispuesto por los artículos 2° fracción I, 26 y 38 de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada a la cual le corresponde el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de los Estados y Municipios. I.2 Que el Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 15 de septiembre de 2020 (RISEP). I.3 Que el Director General de Educación Superior para el Magisterio, participa en la suscripción del presente instrumento, de conformidad con el artículo 16 del RISEP I.4 Que el artículo 47 de la Ley General de Educación establece que la Educación Superior, como parte del Sistema Educativo Nacional y último esquema de la prestación de los servicios educativos para la cobertura universal prevista en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el servicio que se imparte en sus distintos niveles, después del tipo medio superior. Está compuesta por la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. Comprende también la educación normal en todos sus niveles y especialidades. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 59 Las autoridades educativas, en el ámbito de sus competencias establecerán políticas para fomentar la inclusión, continuidad y egreso oportuno de estudiantes inscritos en educación superior, poniendo énfasis en los jóvenes, y determinarán medidas que amplíen el ingreso y permanencia a toda aquella persona que, en los términos que señale la Ley en la materia, decida cursar este tipo de estudios, tales como el establecimiento de mecanismos de apoyo académico y económico que responda a las necesidades de la población estudiantil. Las instituciones podrán incluir, además, opciones de formación continua y actualización para responder a las necesidades de la transformación del conocimiento y cambio tecnológico. I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Subsecretaría de Educación Superior (SES), a la cual se encuentra adscrita la Dirección General de Educación Superior para el Magisterio, en lo sucesivo la “DGESuM”, misma que tiene como atribuciones, entre otras: proponer a la persona titular de la Subsecretaría de Educación Superior las políticas para el desarrollo de las Instituciones y programas de Educación Superior destinados a la formación de los profesionales de la educación en coordinación con la Subsecretaría de Educación Básica y la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa, las normas pedagógicas, los planes y programas de estudio para la educación normal, y demás normativa para la formación de maestros/as de educación básica, los cuales deberán mantenerse acordes al marco de educación de excelencia contemplado en el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, así como a las necesidades detectadas en las evaluaciones realizadas a los componentes del Sistema Educativo Nacional. Para tales efectos, considerará la opinión de los gobiernos de los Estados, de la Ciudad de México y de diversos actores sociales involucrados en la educación, así como el contenido de los proyectos y programas educativos que contemplen las realidades y contextos regionales y locales. De igual forma tomará en cuenta aquello que, en su caso, formule la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, brindando la asesoría y asistencia que, en su caso, requieran las autoridades educativas para formular la referida opinión. Lo anterior, de conformidad con el “Acuerdo número 01/01/21 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2021. I.6 Que para el logro de los objetivos del “PROFEXCE” asignará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, recursos públicos federales extraordinarios no regularizables para el desarrollo de los proyectos que hayan obtenido resultados favorables en el dictamen emitido por la “DGESuM” y la SES con base en la evaluación realizada a la adecuación de los ProGEN y los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen. I.7 Que cuenta con los recursos financieros necesarios para llevar a cabo el objeto de este Convenio en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2025. I.8 Que para efectos del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro Histórico, C.P. 06029, Demarcación Territorial Cuauhtémoc en la Ciudad de México. II. De “EL GOBIERNO DEL ESTADO”: II.1 Que el Estado de Guanajuato, es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 28 y 29 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; y 24, fracción I del Código Civil para el Estado de Guanajuato. II.2 Que la Mtra. Libia Dennise García Muñoz Ledo, en su carácter de Gobernadora Constitucional del estado de Guanajuato, está facultada para conducir la Administración Pública Estatal, así como para representar al Estado de Guanajuato de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 38 y 77, fracción XVIII de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; por lo que cuenta con facultades suficientes y necesarias para celebrar el presente Convenio de Colaboración. II.3 El Dr. Luis Ignacio Sánchez Gómez, en su carácter de Secretario de Educación, cuenta con las facultades para asistir a la Gobernadora Constitucional del estado de Guanajuato en la suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido por los artículos 80, párrafo primero de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 3o. párrafo primero; 13, fracción III, 18 y 25 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; así como lo indicado en los artículos 2, 6 y 7, fracciones XVII y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación. Acredita su carácter con el nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora Constitucional del estado de Guanajuato en fecha 26 de septiembre de 2024. 60 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 II.4 El Dr. Héctor Salgado Banda, en su carácter de Secretario de Finanzas, cuenta con las facultades para asistir a la Gobernadora Constitucional del estado de Guanajuato en la suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido por los artículos 80, párrafo primero y 100 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 3o. párrafo primero; 13 fracción II, 18 y 24 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; así como lo indicado en los artículos 2, 5 y 6 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, refiriendo a la Secretaría de Finanzas en términos del artículo Sexto Transitorio del Decreto Legislativo número 345, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 187, Sexta Parte, del 17 de septiembre de 2024. Acredita su carácter con el nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora Constitucional del estado de Guanajuato en fecha 26 de septiembre de 2024. II.5 Que, para efectos del presente Convenio de Colaboración, señala como su domicilio el ubicado en Conjunto Administrativo Pozuelos, sin número, Código Postal 36080, en la Ciudad de Guanajuato, Guanajuato. II.6 Que acorde con lo establecido en los artículos 13, fracción III y 25 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato, la Secretaría de Educación es responsable de dar cumplimiento a las obligaciones de “EL GOBIERNO DEL ESTADO” y le corresponde ejecutar y cumplir el Convenio de Colaboración que en el marco de “LAS REGLAS” celebre con la “SEP”. En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo del “PROFEXCE”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, “LAS PARTES” suscriben el presente instrumento, de conformidad con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto establecer las bases conforme a las cuales la “SEP” apoyará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por conducto de la Secretaría de Finanzas para la operación del “PROFEXCE” en el marco de la EDINEN, considerando la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS” y demás disposiciones administrativas, presupuestarias y jurídicas aplicables. “LAS PARTES” acuerdan que los recursos destinados al “PROFEXCE”, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria existente en el año fiscal 2025. SEGUNDA.- La “SEP” con base en la disponibilidad presupuestaria, aportará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, hasta por la cantidad de $ 13,056,840.00 (Trece millones cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), para el desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen, y de lo dispuesto en “LAS REGLAS”. Los recursos serán transferidos por la “SEP” a través de la Secretaría de Finanzas a la cuenta bancaria productiva especifica que determinó para tal fin, de conformidad con lo estipulado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. La Secretaría de Finanzas transferirá en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles a partir de la fecha de recepción de los mismos, el recurso aportado por la “SEP” a los beneficiarios establecidos en el Anexo A, que una vez formalizado será parte integrante de este instrumento, en una cuenta productiva especifica, los recursos federales determinados para tal fin. Los proyectos y objetivos particulares aprobados en el marco de la EDINEN, se mencionan en el Anexo A de este Convenio, describiéndose asimismo los montos asignados para cada uno de ellos. En caso de que la “SEP” aporte a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” recursos adicionales para el “PROFEXCE”, dichas aportaciones se formalizarán mediante la suscripción de Anexos de Ejecución los cuales una vez suscritos formarán parte del presente Convenio. TERCERA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos económicos de la EDINEN, para los proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN no podrán ser utilizados para el financiamiento de los gastos siguientes: a. Pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos, sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os que laboren en la “SEP”, en las Secretarías o Institutos de Educación Estatales o en la AEFCM; Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 61 b. Arrendamiento para oficinas y equipo, tratamiento médico o apoyos económicos directos a los educandos. c. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la IFDP, sin excepción. d. Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno o externo, sin excepción. e. Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades ajenas a los enfoques, propósitos y contenidos de los planes y programas de estudio 2018 y 2022 de las licenciaturas en educación normal. f. Adquisición de vehículos para transporte de menos de 12 plazas (no automóviles particulares o camionetas tipo SUV o utilitarios). sólo se financian vehículos nuevos que cumplan con las especificaciones reglamentarias en cada entidad federativa. g. Equipo tecnológico usado de cualquier índole, solo se financia equipo tecnológico nuevo h. Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no pertenecen al Programa Nacional de Posgrados (PNP) de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SECIHTI), padrón de posgrados de la “DGESuM”, Centros Regionales (Tamaulipas y Sonora) o que sus beneficiarios/as laboren en el plantel donde se impartirá el posgrado. i. Adicional a lo anterior las AEL o la AEFCM, en ningún caso podrán utilizar los apoyos para gastos de la operación local para la adquisición de equipo de cómputo, celulares, equipo administrativo, línea blanca, material de oficina, papelería o vehículos, ni tampoco para pasajes y viáticos Internacionales. j. Otros fines distintos a los establecidos en “LAS REGLAS”. CUARTA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos autorizados para la EDINEN, no podrán ser ejercidos para el pago de los gastos de las Coordinaciones Estatales, de las Instituciones de Formación Docente Públicas y los Centros de Actualización del Magisterio u otras Instancias, entre los que se encuentran: • Agua, Luz, Teléfono y Predial. • Servicios de fletes, maniobras y seguros de bienes patrimoniales. • Servicios de vigilancia. • Cualquier tipo de cargo o impuesto derivado por obligaciones fiscales. • Comisiones por manejo de cuentas bancarias o gastos de representación. QUINTA.- Para la coordinación de las acciones de la EDINEN establecidas en el presente Convenio, la “SEP” designa a la “DGESuM” como responsable. Por su parte, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, designa al titular de la Secretaría de Educación como responsable de la operación de la EDINEN en la entidad. Los responsables designados tendrán a su cargo el seguimiento de todas las acciones relacionadas con la emisión de informes de avances y resultados, el desarrollo, operación y demás establecidas en “LAS REGLAS”. SEXTA.- La “SEP” , por conducto de la “DGESuM” en cumplimiento a este Convenio se compromete a: a) Definir los criterios generales para la adecuación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del “PROFEXCE”, además de resolver cualquier duda que se genere derivado de la interpretación, aplicación y cumplimiento de “LAS REGLAS”. b) Asignar y distribuir los recursos financieros a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” para los proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN de la EDINEN que hayan sido aprobados, considerando los montos asignados, como lo establece el Anexo A, el cual forma parte integrante del presente Convenio. c) Presentar a las instancias correspondientes, los informes periódicos sobre el cumplimiento de los indicadores de resultados cuantitativos y cualitativos, a fin de establecer los criterios y aspectos a revisar para la actualización de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, así como el impacto en las IFDP. Dichos informes deberán apegarse a “LAS REGLAS” y demás disposiciones aplicables. d) Difundir la información de los avances y el cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN en sus respectivos órganos oficiales de difusión: gob.mx/sep y en la página dgesum.sep.gob.mx 62 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 e) Conformar el Comité de Pares Académicos para la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y los proyectos integrales que los constituyen, en el marco de la EDINEN, el cual estará integrado por personal académico de prestigio que se rija bajo los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia, equidad y congruencia, a fin de dar certeza sobre el correcto desarrollo de las tareas que le han sido encomendadas. f) Asegurar el objetivo fundamental del “PROFEXCE”, a través del seguimiento, supervisión y monitoreo del desarrollo del mismo y su incidencia en el mejoramiento de las IFDP, de modo que se identifiquen los factores institucionales que favorezcan o dificulten su cumplimiento. g) Verificar que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” reintegre a la Tesorería de la Federación, los recursos económicos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que no sean devengados, en los términos y plazos que establece la normatividad aplicable. h) Establecer, analizar y concentrar los formatos específicos para la presentación de los informes trimestrales así como para el cierre del ejercicio programático presupuestal, dicha información se remitirá en documentos y medios magnéticos a las instancias coordinadoras que lo soliciten, en los plazos y términos establecidos para tal fin; así como solicitar a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” las aclaraciones a que haya lugar; en caso de que esta parte incumpla con la información, se notificará el hecho a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. i) Establecer en los calendarios los plazos para la captura de los informes trimestrales, así como para su aclaración, y cierre del sistema informático diseñado para el seguimiento, evaluación y rendición de cuentas de la EDINEN. j) Remitir a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” el oficio de liberación Anexo 7A al momento que se concluyan al 100% (cien por ciento) las obras públicas y acciones comprometidas y se demuestre la aplicación correcta de los recursos. k) Presentar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del “PROFEXCE”, con base a lo establecido en “LAS REGLAS”, y l) Resolver cualquier duda que se genere en relación con la interpretación, aplicación o cumplimiento de “LAS REGLAS”. SÉPTIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a: a) Destinar los recursos que reciba de la “SEP” exclusivamente a los fines establecidos en “LAS REGLAS”. b) Apegarse a las disposiciones establecidas en “LAS REGLAS”, así como a los criterios para la instrumentación del “PROFEXCE”. c) Garantizar las condiciones organizativas, logísticas y operativas para la coordinación, desarrollo, seguimiento y evaluación del “PROFEXCE” en su entidad. d) Realizar la reprogramación de su EDINEN. e) Entregar el recurso autorizado por la “SEP” a cada IFDP para la ejecución de sus ProFEN, a la Dirección o Instituto de Educación Normal para la ejecución de sus ProGEN, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la recepción de los mismos, de acuerdo con los resultados del proceso de evaluación, transfiriéndolo en las cuentas bancarias productivas previstas para tal fin. f) Administrar y aplicar los recursos autorizados en el desarrollo de los proyectos integrales de la reprogramación de los ProGEN y los ProFEN aprobados en el marco de la EDINEN, de conformidad con “LAS REGLAS”. g) Supervisar el eficiente ejercicio de los recursos destinados al “PROFEXCE”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, y en la normativa aplicable. h) Cumplir en tiempo y forma con el ejercicio y comprobación de los recursos en el marco del presente Convenio de Colaboración, así como en los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL con las IFDP para el desarrollo de la EDINEN. i) Promover la integración de equipos de trabajo con las competencias requeridas para realizar, de manera sistemática y continua, actividades de planeación, actualización, capacitación, asesoría, seguimiento y evaluación para la implementación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 63 j) Brindar apoyo y asesoría técnica a las IFDP, mediante la implementación de propuestas de formación continua, así como realizar visitas periódicas a fin de proporcionar recomendaciones, reflexionar sobre las dificultades y establecer estrategias que permitan avanzar en el cumplimiento de las metas académicas y programáticas establecidas en la EDINEN. k) Suscribir los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL con las IFDP beneficiadas, en los que se estipulen los compromisos que adquieren dichas instituciones para cumplir con las acciones y metas establecidas en sus ProFEN y su contribución al cumplimiento de las correspondientes a los ProGEN y la EDINEN, así como para el ejercicio y comprobación de los recursos asignados. l) Señalizar de manera visible en toda obra o bien adquirido con recursos de la EDINEN, indicando el nombre del Programa, el origen del recurso y el ejercicio correspondiente con el propósito de que sean identificadas plenamente tanto las acciones ejecutadas como las metas alcanzadas, esto con el fin de difundir entre la sociedad los objetivos, características y avances en el cumplimiento de metas de la EDINEN, así como la información acerca de los beneficios obtenidos con el ejercicio de los recursos asignados. m) Entregar a la “SEP” los informes trimestrales en los plazos establecidos en el calendario de presentación, en los formatos específicos previamente establecidos por la “DGESuM” detallando el presupuesto ejercido y en caso de reportar retrasos en el cumplimiento de las metas previstas o irregularidades en el uso de los recursos económicos, informándole sobre las medidas correctivas que aplicará y las estrategias de seguimiento que llevará a cabo para evitar futuras demoras o fallas en el ejercicio del presupuesto. Así mismo remitir trimestralmente a través del Sistema de Recursos Federales Transferidos (https://www.mstwls.hacienda.gob.mx) establecido para tal fin por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el informe sobre el destino y resultados obtenidos de la aplicación de los recursos otorgados por la “SEP” por el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en las disposiciones aplicables. n) Entregar a la “DGESuM” una vez concluido el ejercicio de los recursos, en el cuarto informe trimestral, el informe programático, así como la documentación comprobatoria correspondiente o) Otorgar las facilidades para la realización de los procesos de seguimiento, supervisión y evaluación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN que lleven a cabo o promuevan la “SEP”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno u otra instancia de control y fiscalización federal o estatal, con competencia en la materia. p) Mantener un registro especifico de los recursos del “PROFEXCE” debidamente actualizados, identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido en términos de lo dispuesto por el artículo 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. q) Solicitar que para cada una de las obras de infraestructura terminadas con el presupuesto del “PROFEXCE”, se elabore un acta-entrega, la cual formará parte del expediente de la obra y constituye la prueba documental que certifica su existencia. r) Verificar que en cada plantel educativo se dispongan de por lo menos 10 (diez) ejemplares de “LAS REGLAS” a fin de que la comunidad escolar esté en posibilidades de realizar su consulta. s) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, las transferencias federales etiquetadas que no se hayan comprometido y aquellas devengadas pero que no hayan sido pagadas incluyendo los rendimientos financieros generados, deberán reintegrarse a la TESOFE de la cuenta productiva del ejecutor, a más tardar dentro de los 15 días naturales posteriores al 31 de diciembre del 2025, incluyendo los rendimientos generados, deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes. t) Informar, en su caso, a la “DGESuM” de los reintegros realizados a la Tesorería de la Federación, proporcionando la correspondiente constancia en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de que haya sido realizado el depósito. u) Realizar las acciones de promoción para la integración, operación y seguimiento de la Contraloría Social, bajo el esquema validado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) y de conformidad con las Reglas de Operación del Programa y con los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social vigentes, que permitan verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los Programas de Desarrollo Social, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los mismos. v) Las demás establecidas en “LAS REGLAS”. 64 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 OCTAVA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a aperturar una cuenta bancaria productiva específica para la administración de los recursos autorizados para el “PROFEXCE”, la cual deberá estar registrada ante la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de la “SEP” , a solicitud de la “DGESuM” con el objeto de recibir la aportación de recursos que le transfiera la “SEP”. NOVENA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a presentar a la “DGESuM” en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles previos a la ministración de los recursos el comprobante fiscal digital por Internet (CFDI), que ampare la cantidad asignada para el desarrollo de los proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. DÉCIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación en los plazos establecidos en “LAS REGLAS”, los recursos que no fueron destinados a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio no hayan sido devengados o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos o que no cuente con la documentación original que justifique y compruebe el gasto por la aplicación de dichos recursos y obligaciones de pago. En caso de que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” no reintegre en los plazos establecidos, deberá pagar una pena por el atraso, la cual se obtendrá multiplicando el importe no reintegrado oportunamente por el número de días naturales de retraso y la tasa diaria correspondiente a la establecida en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda, referente a los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, conforme a la siguiente fórmula: Pena=importe x días x tasa/30 La pena por atraso a que se refiere la presente cláusula deberá ser pagada conforme al procedimiento que para tal efecto establezca la “SEP”. DÉCIMA PRIMERA.- La aplicación de los recursos, su comprobación y el logro de las metas compromiso, será responsabilidad de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”. DÉCIMA SEGUNDA.- La “SEP” derivado del seguimiento sobre el desarrollo de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN así como el uso transparente y eficaz de los recursos que se destinen al “PROFEXCE” , en su caso, podrá cancelar o suspender los apoyos programados cuando se detecte incumplimiento de los compromisos establecidos en “LAS REGLAS” o cuando se encuentren en cualquiera de los supuestos siguientes: a) No se cumpla con las obligaciones pactadas en el presente instrumento y en los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL. b) Incumplimiento en la entrega oportuna de los informes de avances físicos y financieros, así como reportes del cierre de ejercicio de recursos. c) Se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos autorizados y/o en la aplicación de los recursos correspondientes. d) No ejerzan sus presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables, y e) No proporcionen la información requerida por las diferentes instancias involucradas, en relación con el desarrollo de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. DÉCIMA TERCERA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a comprobar el uso de los recursos destinados al desarrollo de los proyectos integrales de, los ProGEN y los ProFEN en un plazo máximo de tres meses posteriores a la conclusión del ejercicio de los recursos, para lo cual se obliga a exhibir a la “DGESuM” la documentación fehaciente que ampare las cantidades erogadas en los proyectos realizados, con la documentación comprobatoria que cumpla con los requisitos fiscales con sello que indique el nombre del programa, origen del recurso y el ejercicio correspondiente. DÉCIMA CUARTA.- “LAS PARTES” instrumentarán las estrategias pertinentes para la asesoría, seguimiento y evaluación de los procesos y resultados que permitan verificar los avances en el desarrollo y operación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, constatando la correcta aplicación de los recursos destinados al “PROFEXCE”, los avances físicos, financieros, la realización de las obras y de los proyectos, los resultados obtenidos para la integración y consolidación de un sistema estatal de educación normal de excelencia educativa así como el mejoramiento de los servicios educativos y de la gestión de las Instituciones formadoras de las maestras y los maestros. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 65 DÉCIMA QUINTA.- La “SEP” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2025 y “LAS REGLAS”; realizará las distintas acciones de coordinación para llevar a cabo la evaluación externa del “PROFEXCE”, de acuerdo con los indicadores y los niveles de cumplimiento de los objetivos y metas programados; para lo cual, se seleccionará mediante los procedimientos establecidos en la normatividad correspondiente, una institución académica y de investigación u organismo especializado, de carácter nacional o internacional, con reconocimiento académico y experiencia en la materia, con el propósito de evaluar la pertinencia, eficacia e impacto del “PROFEXCE” en las IFDP, de conformidad con lo dispuesto en “LAS REGLAS”. DÉCIMA SEXTA.- “LAS PARTES” darán todas las facilidades para que los recursos otorgados al “PROFEXCE” puedan ser revisados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, por el Órgano Interno de Control en la “SEP” y/o por auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control; por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por la Auditoría Superior de la Federación; y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes, apegándose a lo establecido en “LAS REGLAS”. DÉCIMA SÉPTIMA.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025 y con el propósito de fomentar la transparencia del “PROFEXCE” , “LAS PARTES” se comprometen a incluir claramente, visible y audible en la publicidad que se adquiera para la difusión, en la papelería y documentación oficial, la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. Quien haga uso indebido de los recursos del “PROFEXCE” deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. DÉCIMA OCTAVA.- La “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” garantizarán la transparencia del ejercicio de los recursos económicos destinados al “PROFEXCE”, instrumentando diversas acciones con el apoyo de sus respectivos medios de difusión páginas electrónicas http://www.gob.mx/sep y dgesum.sep.gob.mx, mismos que permitan dar a conocer la información relativa al “PROFEXCE”, en particular sobre los avances y cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. DÉCIMA NOVENA.- El personal designado o comisionado para la ejecución de las acciones derivadas del presente instrumento, mantendrá su actual relación laboral y, por lo tanto, continuará bajo la dirección de quien lo haya nombrado o comisionado, no obstante que las actividades se realicen fuera de las instalaciones de cualquiera de “LAS PARTES”. VIGÉSIMA.- “LAS PARTES” recibirán las sugerencias, quejas o denuncias a través de las distintas Dependencias, Órgano Interno de Control en la “SEP” , el Órgano Estatal de Control, las representaciones de la Secretaría de Educación Pública en las Entidades Federativas, medios electrónicos y canales oficiales establecidos en “LAS REGLAS”, con objeto de retroalimentar una eficiente y transparente operación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. VIGÉSIMA PRIMERA.- El incumplimiento por “EL GOBIERNO DEL ESTADO” de los plazos señalados en “LAS REGLAS” o el uso indebido del presupuesto, tendrá un impacto desfavorable en las subsecuentes asignaciones de recursos del “PROFEXCE” a las entidades federativas y las Instituciones de Formación Docente Públicas. VIGÉSIMA SEGUNDA.- Los asuntos que no estén expresamente previstos en este instrumento, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre “LAS PARTES”, conforme a las disposiciones de “LAS REGLAS” y, cualquier otra disposición aplicable, y en caso de que no se lograra lo anterior, acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales Federales competentes, con sede en la Ciudad de México renunciando al fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener. VIGÉSIMA TERCERA.- “LAS PARTES” estarán exentas de responsabilidad por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente instrumento, debido a un caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo la huelga o paro de labores académicas o administrativas. En tales supuestos, “LAS PARTES” podrán continuar las acciones materia del presente convenio, una vez que desaparezcan las circunstancias antes indicadas. 66 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 VIGÉSIMA CUARTA.- La vigencia de este Convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y hasta el total cumplimiento de las acciones, objeto del mismo, las cuales deberán concluirse antes del 31 de diciembre del 2025, en el entendido que sólo se refiere a los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales. Podrá ser modificado de común acuerdo o concluido con antelación, en el marco de “LAS REGLAS” y la normatividad aplicable, previa notificación que por escrito realice cualesquiera de “LAS PARTES” con treinta días naturales de anticipación; en este caso, la “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de este Convenio se desarrollen hasta su total conclusión. "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman de conformidad en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el día 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario de Educación Superior, Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior para el Magisterio, Dr. Julio Cesar Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora Constitucional del Estado de Guanajuato, Mtra. Libia Dennise García Muñoz Ledo.- Rúbrica.- Secretario de Educación, Dr. Luis Ignacio Sánchez Gómez.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, Dr. Héctor Salgado Banda.- Rúbrica. ANEXO A QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA “FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA” QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA “SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA” Y POR LA OTRA PARTE, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, DE FECHA 20 DE MAYO DEL 2025, PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS AL PROGRAMA A TRAVÉS DE LA EDINEN, CORRESPONDIENTES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2025. No. TIPO DE PROYECTO NOMBRE DEL PROYECTO Y/O DE LA INSTITUCIÓN MONTO 1 ProGEN Proyecto Estatal: Atiende a las necesidades de las Escuelas Normales y la Gestión Estatal: ProGEN 1 y 2 1,305,684.00 2 ProFEN Benemérita y Centenaria Escuela Normal Oficial de Guanajuato 1,978,634.00 3 ProFEN Centro de Actualización del Magisterio Celaya 349,000.00 4 ProFEN Centro de Actualización del Magisterio Guanajuato 800,000.00 5 ProFEN Centro de Estudios Superiores de Educación Especializada 1,963,127.00 6 ProFEN Escuela Normal Oficial de Irapuato 2,304,686.00 7 ProFEN Escuela Normal Oficial de León 2,537,940.00 8 ProFEN Escuela Normal Superior Oficial de Guanajuato 1,817,769.00 Total de la Entidad: $ 13,056,840.00 (Trece millones cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance de este ANEXO A, lo firman en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario de Educación Superior, Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior para el Magisterio, Dr. Julio Cesar Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora Constitucional del Estado de Guanajuato, Mtra. Libia Dennise García Muñoz Ledo.- Rúbrica.- Secretario de Educación, Dr. Luis Ignacio Sánchez Gómez.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, Dr. Héctor Salgado Banda.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 67 CONVENIO de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guerrero. CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO LA “SEP”, REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, DR. RICARDO VILLANUEVA LOMELÍ, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA EL MAGISTERIO, DR. JULIO CESAR LEYVA RUIZ, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA CONSTITUCIONAL, MTRA. EVELYN CECIA SALGADO PINEDA, ASISTIDA POR LA SUBSECRETARIA DE GOBIERNO, ASUNTOS JURÍDICOS Y DERECHOS HUMANOS, ENCARGADA DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO, DRA. ANACLETA LÓPEZ VEGA, EL MTRO. RICARDO CASTILLO PEÑA SECRETARIO DE EDUCACIÓN GUERRERO, EL C.P.C. RAYMUNDO SEGURA ESTRADA, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, EN LO SUCESIVO “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES 1.- Con la finalidad de contribuir a elevar la calidad en la formación inicial de los docentes, mediante el desarrollo de acciones estratégicas que tengan incidencia en las prácticas académicas y en la gestión de las Instituciones de Formación Docente Públicas, surge el Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, iniciativa que sustenta su creación en los Foros de Consulta realizados por la actual administración federal, definiendo que la educación es un derecho de todos que hay que hacer efectivo, y no un privilegio de unos cuantos. Acorde con esta iniciativa, el PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA en lo sucesivo el “PROFEXCE”, se adscribe al Eje General 2 Desarrollo con Bienestar y Humanismo del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 a través del cual se articularán los objetivos del Gobierno Federal en el ámbito educativo para garantizar el ejercicio pleno del derecho a una educación inclusiva y equitativa para niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, promoviendo una formación humanista, científica, intercultural, plurilingüe e integral que mejore el bienestar de la población e impulse el desarrollo del país a través de las estrategias referidas en el objetivo 2.3 que se describen como sigue: 2.3.1 Expandir la oferta educativa para garantizar el derecho a la educación de niñas niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, fomentando su desarrollo integral y promoviendo la igualdad social. 2.3.2 Crear entornos óptimos para el aprendizaje, la convivencia y el desarrollo integral de los estudiantes mediante la construcción, equipamiento, restauración, reforzamiento y rehabilitación de la infraestructura educativa, con prioridad en las zonas de mayor rezago social. 2.3.3 Fortalecer los planes y programas de estudio conforme a los principios de la Nueva Escuela Mexicana, promoviendo una formación integral, crítica, ambiental, humanista, cívica, intercultural y científica. 2.3.4 Desarrollar acciones y brindar apoyos para garantizar el ingreso, permanencia, orientación vocacional y conclusión de trayectorias educativas en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, con perspectiva de género y pertinencia cultural. 2.3.5 Reforzar el papel de las maestras y maestros como agentes clave en la transformación del sistema educativo, mediante el desarrollo profesional, la formación continua con perspectiva de género, pertinencia cultural y atención a la diversidad, además de la mejora de sus condiciones laborales. Y con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 4, que establece "garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida para todos" y a la meta 4.3 "para asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria". Para cumplir con ello, la “SEP” ha impulsado la integración de Programas Presupuestarios como el S300 Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, todos ellos aspectos esenciales para que se pueda proporcionar y fortalecer la excelencia de la educación en todos los niveles. 2.- Con fecha 18 de febrero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial número 11/02/25, por el que se emiten las Reglas de Operación del PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo “LAS REGLAS”, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados al “PROFEXCE”, las cuales establecen las disposiciones a las que se debe sujetarse. 3.- El “PROFEXCE” busca dirigir la asignación de los recursos a los proyectos integrales, que tengan mayor impacto en el desarrollo académico y de la gestión de los sistemas estatales de educación normal y de las Instituciones de Formación Docente Públicas (IFDP). Se busca que la premisa de la educación, desde la inicial hasta la universitaria sea educar para toda la vida, específicamente, los universitarios no sólo se forman 68 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 como profesionistas, sino que también se educan con valores, conocimiento y capacidades adecuadas para desarrollarse plenamente, con civismo y solidaridad social con México. Con esta acción, se pretende contribuir al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos: Académicos A. Elevar el aprovechamiento académico de los estudiantes normalistas. B. Apoyar la superación de docentes y directivos de las IFDP. C. Desarrollar programas de tutoría y asesoría para mejorar los procesos de formación y aprendizaje de los estudiantes D. Realizar el seguimiento de egresados con objeto de valorar la calidad de la formación proporcionada y enriquecer los procesos educativos en las IFDP. E. Promover la cultura de la evaluación para favorecer la acreditación de los planes y programas de estudios y la certificación de los procesos de gestión. F. Fortalecer a las IFDP, en especial las normales bilingües interculturales, a fin de favorecer la adscripción de las personas docentes en las localidades y regiones lingüísticas a las que pertenecen, así como impulsar programas de formación, actualización y certificación para las futuras maestras y maestros en las lenguas de las regiones correspondientes. G. Apoyar la actualización e implementación de los planes y programas de estudio de las Escuelas Normales. H. Diseñar e implementar acciones para la movilidad académica, intercambios académicos y convenios entre instituciones de educación superior nacionales o internacionales. Gestión A. Mejorar el mobiliario y el equipamiento con tecnologías actualizadas y la capacitación para su uso en las IFDP, para contribuir a la innovación y competitividad del país a través del uso de las TIC. B. Optimizar o ampliar la infraestructura física para el desarrollo de las actividades de todos los actores que participan en los procesos de la institución. 4.- La EDINEN contribuye al logro y consolidación de un sistema estatal de educación normal de excelencia educativa en cada Entidad Federativa, así como al mejoramiento de las instituciones formadoras de las maestras y los maestros que lo integran. DECLARACIONES I.- De la “SEP”: I.1 Que en términos de lo dispuesto por los artículos 2° fracción I, 26 y 38 de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada a la cual le corresponde el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de los Estados y Municipios. I.2 Que el Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 15 de septiembre de 2020 (RISEP). I.3 Que el Director General de Educación Superior para el Magisterio, participa en la suscripción del presente instrumento, de conformidad con el artículo 16 del RISEP I.4 Que el artículo 47 de la Ley General de Educación establece que la Educación Superior, como parte del Sistema Educativo Nacional y último esquema de la prestación de los servicios educativos para la cobertura universal prevista en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el servicio que se imparte en sus distintos niveles, después del tipo medio superior. Está compuesta por la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. Comprende también la educación normal en todos sus niveles y especialidades. Las autoridades educativas, en el ámbito de sus competencias establecerán políticas para fomentar la inclusión, continuidad y egreso oportuno de estudiantes inscritos en educación superior, poniendo énfasis en los jóvenes, y determinarán medidas que amplíen el ingreso y permanencia a toda aquella persona que, en los términos que señale la Ley en la materia, decida cursar este tipo de estudios, tales como el establecimiento de mecanismos de apoyo académico y económico que responda a las necesidades de la población estudiantil. Las instituciones podrán incluir, además, opciones de formación continua y actualización para responder a las necesidades de la transformación del conocimiento y cambio tecnológico. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 69 I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Subsecretaría de Educación Superior (SES), a la cual se encuentra adscrita la Dirección General de Educación Superior para el Magisterio, en lo sucesivo la “DGESuM”, misma que tiene como atribuciones, entre otras: proponer a la persona titular de la Subsecretaría de Educación Superior las políticas para el desarrollo de las Instituciones y programas de Educación Superior destinados a la formación de los profesionales de la educación en coordinación con la Subsecretaría de Educación Básica y la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa, las normas pedagógicas, los planes y programas de estudio para la educación normal, y demás normativa para la formación de maestros/as de educación básica, los cuales deberán mantenerse acordes al marco de educación de excelencia contemplado en el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, así como a las necesidades detectadas en las evaluaciones realizadas a los componentes del Sistema Educativo Nacional. Para tales efectos, considerará la opinión de los gobiernos de los Estados, de la Ciudad de México y de diversos actores sociales involucrados en la educación, así como el contenido de los proyectos y programas educativos que contemplen las realidades y contextos regionales y locales. De igual forma tomará en cuenta aquello que, en su caso, formule la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, brindando la asesoría y asistencia que, en su caso, requieran las autoridades educativas para formular la referida opinión. Lo anterior, de conformidad con el “Acuerdo número 01/01/21 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2021. I.6 Que para el logro de los objetivos del “PROFEXCE” asignará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, recursos públicos federales extraordinarios no regularizables para el desarrollo de los proyectos que hayan obtenido resultados favorables en el dictamen emitido por la “DGESuM” y la SES con base en la evaluación realizada a la adecuación de los ProGEN y los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen. I.7 Que cuenta con los recursos financieros necesarios para llevar a cabo el objeto de este Convenio en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2025. I.8 Que para efectos del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro Histórico, C.P. 06029, Demarcación Territorial Cuauhtémoc en la Ciudad de México. II. De “EL GOBIERNO DEL ESTADO”: II.1 Que el Estado de Guerrero, es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 párrafo primero, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 22 y 24 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero. II.2 Que la Gobernadora Constitucional Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda, acredita su personalidad jurídica conforme a la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección de Gobernador, otorgada por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero de fecha 13 de junio de 2021, y la publicación del Bando Solemne por el que se da a conocer la declaratoria de Gobernadora Electa para el periodo comprendido del 15 de octubre de 2021 al 14 de octubre de 2027, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero número 79 Alcance I, de fecha 01 de octubre de 2021 y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Colaboración y obligarse en los términos del mismo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, 87, 88, 90 numeral 2 y 91 fracciones XXIX y XLVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 1, 2, 4, 5, 8, 9 y 22 Apartado A fracciones I, III y VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242. II.3 Que la Subsecretaria de Gobierno, Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Encargada de Despacho de la Secretaría General de Gobierno, Dra. Anacleta López Vega, acredita su personalidad con el nombramiento y acta de protesta otorgados a su favor por la Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda, Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, ambos de fecha 14 de marzo de 2024, y cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad en lo dispuesto por los artículos 87, 88 y 90 numeral 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 4, 8, 9, 14, 22 Apartado A fracción I y 23 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242; 4 y 12 fracciones X, XIII y XL del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno. II.4 Que el Secretario de Educación Guerrero Mtro. Ricardo Castillo Peña, acredita su personalidad con el nombramiento y acta de protesta otorgados a su favor por la Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda, Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, ambos de fecha 31 de enero de 2025 y participa en la suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 87, 88 y 90 numeral 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 4, 6, 9, 14, 22 Apartado A fracción VII y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242; 6 apartado c, 7 y 8 fracciones IX y XXXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Guerrero. 70 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 II.5 Que el Secretario de Finanzas y Administración C.P.C. Raymundo Segura Estrada, acredita su personalidad con el nombramiento y acta de protesta otorgados a su favor por la Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda, Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, ambos de fecha 15 de octubre del 2021 y participa en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad con lo dispuesto en los artículos 87, 88 y 90 numeral 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 4, 6, 9, 14 y 22 apartado A fracción III y 25 de la ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242; 4 y 9 fracciones LXIV y LXXIII reglamento interior de la Secretaría de Finanzas y Administración. II.6 Que, para efectos del presente Convenio de Colaboración, señala como su domicilio el ubicado en “Recinto de las Oficinas del Poder Ejecutivo del Estado”, ubicado en el número 62, en Boulevard René Juárez Cisneros, código postal 39074, colonia Ciudad de los Servicios en Chilpancingo de los Bravo, Guerrero. II.7 Que acorde con lo establecido en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242, la Secretaría de Educación Guerrero, es responsable de dar cumplimiento a las obligaciones de “EL GOBIERNO DEL ESTADO” y le corresponde ejecutar y cumplir el Convenio de Colaboración que en el marco de “LAS REGLAS” celebre con el Ejecutivo Federal. En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo del “PROFEXCE”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, “LAS PARTES” suscriben el presente instrumento, de conformidad con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto establecer las bases conforme a las cuales la “SEP” apoyará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración para la operación del “PROFEXCE” en el marco de la EDINEN, considerando la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS” y demás disposiciones administrativas, presupuestarias y jurídicas aplicables. “LAS PARTES” acuerdan que los recursos destinados al “PROFEXCE”, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria existente en el año fiscal 2025. SEGUNDA.- La “SEP” con base en la disponibilidad presupuestaria, aportará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, hasta por la cantidad de $ 61,500,141.00 (Sesenta y un millones quinientos mil ciento cuarenta y un pesos 00/100 M.N.), para el desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen, y de lo dispuesto en “LAS REGLAS”. Los recursos serán transferidos por la “SEP” a través de la Secretaría de Finanzas y Administración a la cuenta bancaria productiva especifica que determinó para tal fin, de conformidad con lo estipulado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. La Secretaría de Finanzas y Administración transferirá en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles a partir de la fecha de recepción de los mismos, el recurso aportado por la “SEP” a los beneficiarios establecidos en el Anexo A, que una vez formalizado será parte integrante de este instrumento, en una cuenta productiva especifica, los recursos federales determinados para tal fin. Los proyectos y objetivos particulares aprobados en el marco de la EDINEN, se mencionan en el Anexo A de este Convenio, describiéndose asimismo los montos asignados para cada uno de ellos. En caso de que la “SEP” aporte a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” recursos adicionales para el “PROFEXCE”, dichas aportaciones se formalizarán mediante la suscripción de Anexos de Ejecución los cuales una vez suscritos formarán parte del presente Convenio. TERCERA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos económicos de la EDINEN, para los proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN no podrán ser utilizados para el financiamiento de los gastos siguientes: a. Pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos, sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os que laboren en la “SEP”, en las Secretarías o Institutos de Educación Estatales o en la AEFCM; b. Arrendamiento para oficinas y equipo, tratamiento médico o apoyos económicos directos a los educandos. c. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la IFDP, sin excepción. d. Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno o externo, sin excepción. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 71 e. Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades ajenas a los enfoques, propósitos y contenidos de los planes y programas de estudio 2018 y 2022 de las licenciaturas en educación normal. f. Adquisición de vehículos para transporte de menos de 12 plazas (no automóviles particulares o camionetas tipo SUV o utilitarios). sólo se financian vehículos nuevos que cumplan con las especificaciones reglamentarias en cada entidad federativa. g. Equipo tecnológico usado de cualquier índole, solo se financia equipo tecnológico nuevo h. Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no pertenecen al Programa Nacional de Posgrados (PNP) de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SECIHTI), padrón de posgrados de la “DGESuM”, Centros Regionales (Tamaulipas y Sonora) o que sus beneficiarios/as laboren en el plantel donde se impartirá el posgrado. i. Adicional a lo anterior las AEL o la AEFCM, en ningún caso podrán utilizar los apoyos para gastos de la operación local para la adquisición de equipo de cómputo, celulares, equipo administrativo, línea blanca, material de oficina, papelería o vehículos, ni tampoco para pasajes y viáticos Internacionales. j. Otros fines distintos a los establecidos en “LAS REGLAS”. CUARTA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos autorizados para la EDINEN, no podrán ser ejercidos para el pago de los gastos de las Coordinaciones Estatales, de las Instituciones de Formación Docente Públicas y los Centros de Actualización del Magisterio u otras Instancias, entre los que se encuentran: • Agua, Luz, Teléfono y Predial. • Servicios de fletes, maniobras y seguros de bienes patrimoniales. • Servicios de vigilancia. • Cualquier tipo de cargo o impuesto derivado por obligaciones fiscales. • Comisiones por manejo de cuentas bancarias o gastos de representación. QUINTA.- Para la coordinación de las acciones de la EDINEN establecidas en el presente Convenio, la “SEP” designa a la “DGESuM” como responsable. Por su parte, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, designa al titular de la Secretaría de Educación Guerrero como responsable de la operación de la EDINEN en la entidad. Los responsables designados tendrán a su cargo el seguimiento de todas las acciones relacionadas con la emisión de informes de avances y resultados, el desarrollo, operación y demás establecidas en “LAS REGLAS”. SEXTA.- La “SEP” , por conducto de la “DGESuM” en cumplimiento a este Convenio se compromete a: a) Definir los criterios generales para la adecuación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del “PROFEXCE”, además de resolver cualquier duda que se genere derivado de la interpretación, aplicación y cumplimiento de “LAS REGLAS”. b) Asignar y distribuir los recursos financieros a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” para los proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN de la EDINEN que hayan sido aprobados, considerando los montos asignados, como lo establece el Anexo A, el cual forma parte integrante del presente Convenio. c) Presentar a las instancias correspondientes, los informes periódicos sobre el cumplimiento de los indicadores de resultados cuantitativos y cualitativos, a fin de establecer los criterios y aspectos a revisar para la actualización de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, así como el impacto en las IFDP. Dichos informes deberán apegarse a “LAS REGLAS” y demás disposiciones aplicables. d) Difundir la información de los avances y el cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN en sus respectivos órganos oficiales de difusión: gob.mx/sep y en la página dgesum.sep.gob.mx e) Conformar el Comité de Pares Académicos para la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y los proyectos integrales que los constituyen, en el marco de la EDINEN, el cual estará integrado por personal académico de prestigio que se rija bajo los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia, equidad y congruencia, a fin de dar certeza sobre el correcto desarrollo de las tareas que le han sido encomendadas. f) Asegurar el objetivo fundamental del “PROFEXCE”, a través del seguimiento, supervisión y monitoreo del desarrollo del mismo y su incidencia en el mejoramiento de las IFDP, de modo que se identifiquen los factores institucionales que favorezcan o dificulten su cumplimiento. 72 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 g) Verificar que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” reintegre a la Tesorería de la Federación, los recursos económicos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que no sean devengados, en los términos y plazos que establece la normatividad aplicable. h) Establecer, analizar y concentrar los formatos específicos para la presentación de los informes trimestrales así como para el cierre del ejercicio programático presupuestal, dicha información se remitirá en documentos y medios magnéticos a las instancias coordinadoras que lo soliciten, en los plazos y términos establecidos para tal fin; así como solicitar a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” las aclaraciones a que haya lugar; en caso de que esta parte incumpla con la información, se notificará el hecho a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. i) Establecer en los calendarios los plazos para la captura de los informes trimestrales, así como para su aclaración, y cierre del sistema informático diseñado para el seguimiento, evaluación y rendición de cuentas de la EDINEN. j) Remitir a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” el oficio de liberación Anexo 7A al momento que se concluyan al 100% (cien por ciento) las obras públicas y acciones comprometidas y se demuestre la aplicación correcta de los recursos. k) Presentar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del “PROFEXCE”, con base a lo establecido en “LAS REGLAS”, y l) Resolver cualquier duda que se genere en relación con la interpretación, aplicación o cumplimiento de “LAS REGLAS”. SÉPTIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a: a) Destinar los recursos que reciba de la “SEP” exclusivamente a los fines establecidos en “LAS REGLAS”. b) Apegarse a las disposiciones establecidas en “LAS REGLAS”, así como a los criterios para la instrumentación del “PROFEXCE”. c) Garantizar las condiciones organizativas, logísticas y operativas para la coordinación, desarrollo, seguimiento y evaluación del “PROFEXCE” en su entidad. d) Realizar la reprogramación de su EDINEN. e) Entregar el recurso autorizado por la “SEP” a cada IFDP para la ejecución de sus ProFEN, a la Dirección o Instituto de Educación Normal para la ejecución de sus ProGEN, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la recepción de los mismos, de acuerdo con los resultados del proceso de evaluación, transfiriéndolo en las cuentas bancarias productivas previstas para tal fin. f) Administrar y aplicar los recursos autorizados en el desarrollo de los proyectos integrales de la reprogramación de los ProGEN y los ProFEN aprobados en el marco de la EDINEN, de conformidad con “LAS REGLAS”. g) Supervisar el eficiente ejercicio de los recursos destinados al “PROFEXCE”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, y en la normativa aplicable. h) Cumplir en tiempo y forma con el ejercicio y comprobación de los recursos en el marco del presente Convenio de Colaboración, así como en los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL con las IFDP para el desarrollo de la EDINEN. i) Promover la integración de equipos de trabajo con las competencias requeridas para realizar, de manera sistemática y continua, actividades de planeación, actualización, capacitación, asesoría, seguimiento y evaluación para la implementación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. j) Brindar apoyo y asesoría técnica a las IFDP, mediante la implementación de propuestas de formación continua, así como realizar visitas periódicas a fin de proporcionar recomendaciones, reflexionar sobre las dificultades y establecer estrategias que permitan avanzar en el cumplimiento de las metas académicas y programáticas establecidas en la EDINEN. k) Suscribir los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL con las IFDP beneficiadas, en los que se estipulen los compromisos que adquieren dichas instituciones para cumplir con las acciones y metas establecidas en sus ProFEN y su contribución al cumplimiento de las correspondientes a los ProGEN y la EDINEN, así como para el ejercicio y comprobación de los recursos asignados. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 73 l) Señalizar de manera visible en toda obra o bien adquirido con recursos de la EDINEN, indicando el nombre del Programa, el origen del recurso y el ejercicio correspondiente con el propósito de que sean identificadas plenamente tanto las acciones ejecutadas como las metas alcanzadas, esto con el fin de difundir entre la sociedad los objetivos, características y avances en el cumplimiento de metas de la EDINEN, así como la información acerca de los beneficios obtenidos con el ejercicio de los recursos asignados. m) Entregar a la “SEP” los informes trimestrales en los plazos establecidos en el calendario de presentación, en los formatos específicos previamente establecidos por la “DGESuM” detallando el presupuesto ejercido y en caso de reportar retrasos en el cumplimiento de las metas previstas o irregularidades en el uso de los recursos económicos, informándole sobre las medidas correctivas que aplicará y las estrategias de seguimiento que llevará a cabo para evitar futuras demoras o fallas en el ejercicio del presupuesto. Así mismo remitir trimestralmente a través del Sistema de Recursos Federales Transferidos (https://www.mstwls.hacienda.gob.mx) establecido para tal fin por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el informe sobre el destino y resultados obtenidos de la aplicación de los recursos otorgados por la “SEP” por el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en las disposiciones aplicables. n) Entregar a la “DGESuM” una vez concluido el ejercicio de los recursos, en el cuarto informe trimestral, el informe programático, así como la documentación comprobatoria correspondiente o) Otorgar las facilidades para la realización de los procesos de seguimiento, supervisión y evaluación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN que lleven a cabo o promuevan la “SEP”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno u otra instancia de control y fiscalización federal o estatal, con competencia en la materia. p) Mantener un registro especifico de los recursos del “PROFEXCE” debidamente actualizados, identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido en términos de lo dispuesto por el artículo 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. q) Solicitar que para cada una de las obras de infraestructura terminadas con el presupuesto del “PROFEXCE”, se elabore un acta-entrega, la cual formará parte del expediente de la obra y constituye la prueba documental que certifica su existencia. r) Verificar que en cada plantel educativo se dispongan de por lo menos 10 (diez) ejemplares de “LAS REGLAS” a fin de que la comunidad escolar esté en posibilidades de realizar su consulta. s) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, las transferencias federales etiquetadas que no se hayan comprometido y aquellas devengadas pero que no hayan sido pagadas incluyendo los rendimientos financieros generados, deberán reintegrarse a la TESOFE de la cuenta productiva del ejecutor, a más tardar dentro de los 15 días naturales posteriores al 31 de diciembre del 2025, incluyendo los rendimientos generados, deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes. t) Informar, en su caso, a la “DGESuM” de los reintegros realizados a la Tesorería de la Federación, proporcionando la correspondiente constancia en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de que haya sido realizado el depósito. u) Realizar las acciones de promoción para la integración, operación y seguimiento de la Contraloría Social, bajo el esquema validado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) y de conformidad con las Reglas de Operación del Programa y con los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social vigentes, que permitan verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los Programas de Desarrollo Social, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los mismos. v) Las demás establecidas en “LAS REGLAS”. OCTAVA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a aperturar una cuenta bancaria productiva específica para la administración de los recursos autorizados para el “PROFEXCE”, la cual deberá estar registrada ante la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de la “SEP” , a solicitud de la “DGESuM” con el objeto de recibir la aportación de recursos que le transfiera la “SEP”. NOVENA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a presentar a la “DGESuM” en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles previos a la ministración de los recursos el comprobante fiscal digital por Internet (CFDI), que ampare la cantidad asignada para el desarrollo de los proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. 74 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 DÉCIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación en los plazos establecidos en “LAS REGLAS”, los recursos que no fueron destinados a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio no hayan sido devengados o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos o que no cuente con la documentación original que justifique y compruebe el gasto por la aplicación de dichos recursos y obligaciones de pago. En caso de que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” no reintegre en los plazos establecidos, deberá pagar una pena por el atraso, la cual se obtendrá multiplicando el importe no reintegrado oportunamente por el número de días naturales de retraso y la tasa diaria correspondiente a la establecida en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda, referente a los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, conforme a la siguiente fórmula: Pena=importe x días x tasa/30 La pena por atraso a que se refiere la presente cláusula deberá ser pagada conforme al procedimiento que para tal efecto establezca la “SEP”. DÉCIMA PRIMERA.- La aplicación de los recursos, su comprobación y el logro de las metas compromiso, será responsabilidad de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”. DÉCIMA SEGUNDA.- La “SEP” derivado del seguimiento sobre el desarrollo de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN así como el uso transparente y eficaz de los recursos que se destinen al “PROFEXCE” , en su caso, podrá cancelar o suspender los apoyos programados cuando se detecte incumplimiento de los compromisos establecidos en “LAS REGLAS” o cuando se encuentren en cualquiera de los supuestos siguientes: a) No se cumpla con las obligaciones pactadas en el presente instrumento y en los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL. b) Incumplimiento en la entrega oportuna de los informes de avances físicos y financieros, así como reportes del cierre de ejercicio de recursos. c) Se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos autorizados y/o en la aplicación de los recursos correspondientes. d) No ejerzan sus presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables, y e) No proporcionen la información requerida por las diferentes instancias involucradas, en relación con el desarrollo de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. DÉCIMA TERCERA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a comprobar el uso de los recursos destinados al desarrollo de los proyectos integrales de, los ProGEN y los ProFEN en un plazo máximo de tres meses posteriores a la conclusión del ejercicio de los recursos, para lo cual se obliga a exhibir a la “DGESuM” la documentación fehaciente que ampare las cantidades erogadas en los proyectos realizados, con la documentación comprobatoria que cumpla con los requisitos fiscales con sello que indique el nombre del programa, origen del recurso y el ejercicio correspondiente. DÉCIMA CUARTA.- “LAS PARTES” instrumentarán las estrategias pertinentes para la asesoría, seguimiento y evaluación de los procesos y resultados que permitan verificar los avances en el desarrollo y operación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, constatando la correcta aplicación de los recursos destinados al “PROFEXCE”, los avances físicos, financieros, la realización de las obras y de los proyectos, los resultados obtenidos para la integración y consolidación de un sistema estatal de educación normal de excelencia educativa así como el mejoramiento de los servicios educativos y de la gestión de las Instituciones formadoras de las maestras y los maestros. DÉCIMA QUINTA.- La “SEP” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2025 y “LAS REGLAS”; realizará las distintas acciones de coordinación para llevar a cabo la evaluación externa del “PROFEXCE”, de acuerdo con los indicadores y los niveles de cumplimiento de los objetivos y metas programados; para lo cual, se seleccionará mediante los procedimientos establecidos en la normatividad correspondiente, una institución académica y de investigación u organismo especializado, de carácter nacional o internacional, con reconocimiento académico y experiencia en la materia, con el propósito de evaluar la pertinencia, eficacia e impacto del “PROFEXCE” en las IFDP, de conformidad con lo dispuesto en “LAS REGLAS”. DÉCIMA SEXTA.- “LAS PARTES” darán todas las facilidades para que los recursos otorgados al “PROFEXCE” puedan ser revisados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, por el Órgano Interno de Control en la “SEP” y/o por auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control; por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por la Auditoría Superior de la Federación; y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes, apegándose a lo establecido en “LAS REGLAS”. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 75 DÉCIMA SÉPTIMA.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025 y con el propósito de fomentar la transparencia del “PROFEXCE” , “LAS PARTES” se comprometen a incluir claramente, visible y audible en la publicidad que se adquiera para la difusión, en la papelería y documentación oficial, la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. Quien haga uso indebido de los recursos del “PROFEXCE” deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. DÉCIMA OCTAVA.- La “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” garantizarán la transparencia del ejercicio de los recursos económicos destinados al “PROFEXCE”, instrumentando diversas acciones con el apoyo de sus respectivos medios de difusión páginas electrónicas http://www.gob.mx/sep y dgesum.sep.gob.mx, mismos que permitan dar a conocer la información relativa al “PROFEXCE”, en particular sobre los avances y cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. DÉCIMA NOVENA.- El personal designado o comisionado para la ejecución de las acciones derivadas del presente instrumento, mantendrá su actual relación laboral y, por lo tanto, continuará bajo la dirección de quien lo haya nombrado o comisionado, no obstante que las actividades se realicen fuera de las instalaciones de cualquiera de “LAS PARTES”. VIGÉSIMA.- “LAS PARTES” recibirán las sugerencias, quejas o denuncias a través de las distintas Dependencias, Órgano Interno de Control en la “SEP” , el Órgano Estatal de Control, las representaciones de la Secretaría de Educación Pública en las Entidades Federativas, medios electrónicos y canales oficiales establecidos en “LAS REGLAS”, con objeto de retroalimentar una eficiente y transparente operación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN. VIGÉSIMA PRIMERA.- El incumplimiento por “EL GOBIERNO DEL ESTADO” de los plazos señalados en “LAS REGLAS” o el uso indebido del presupuesto, tendrá un impacto desfavorable en las subsecuentes asignaciones de recursos del “PROFEXCE” a las entidades federativas y las Instituciones de Formación Docente Públicas. VIGÉSIMA SEGUNDA.- Los asuntos que no estén expresamente previstos en este instrumento, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre “LAS PARTES”, conforme a las disposiciones de “LAS REGLAS” y, cualquier otra disposición aplicable, y en caso de que no se lograra lo anterior, acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales Federales competentes, con sede en la Ciudad de México renunciando al fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener. VIGÉSIMA TERCERA.- “LAS PARTES” estarán exentas de responsabilidad por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente instrumento, debido a un caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo la huelga o paro de labores académicas o administrativas. En tales supuestos, “LAS PARTES” podrán continuar las acciones materia del presente convenio, una vez que desaparezcan las circunstancias antes indicadas. VIGÉSIMA CUARTA.- La vigencia de este Convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y hasta el total cumplimiento de las acciones, objeto del mismo, las cuales deberán concluirse antes del 31 de diciembre del 2025, en el entendido que sólo se refiere a los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales. Podrá ser modificado de común acuerdo o concluido con antelación, en el marco de “LAS REGLAS” y la normatividad aplicable, previa notificación que por escrito realice cualesquiera de “LAS PARTES” con treinta días naturales de anticipación; en este caso, la “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de este Convenio se desarrollen hasta su total conclusión. "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman de conformidad en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el día 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario de Educación Superior, Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior para el Magisterio, Dr. Julio Cesar Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda.- Rúbrica.- Subsecretaria de Gobierno, Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Encargada de Despacho de la Secretaría General de Gobierno, Dra. Anacleta López Vega.- Rúbrica.- Secretario de Educación Guerrero, Mtro. Ricardo Castillo Peña.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Administración, C.P.C. Raymundo Segura Estrada.- Rúbrica. 76 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 ANEXO A QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA “FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA” QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA “SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA” Y POR LA OTRA PARTE, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, DE FECHA 20 DE MAYO DEL 2025, PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS AL PROGRAMA A TRAVÉS DE LA EDINEN, CORRESPONDIENTES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2025. No. TIPO DE PROYECTO NOMBRE DEL PROYECTO Y/O DE LA INSTITUCIÓN MONTO 1 ProGEN Proyecto Estatal: Atiende a las necesidades de las Escuelas Normales y la Gestión Estatal: ProGEN 1 y 2 19,574,764.00 2 ProFEN Centenaria Escuela Normal del Estado “Ignacio Manuel Altamirano” 1,523,000.00 3 ProFEN Centro de Actualización del Magisterio Acapulco 11,000,000.00 4 ProFEN Centro de Actualización del Magisterio Chilpancingo 2,350,000.00 5 ProFEN Centro de Actualización del Magisterio Iguala 1,320,000.00 6 ProFEN Centro Regional de Educación Normal 3,100,000.00 7 ProFEN Escuela Normal Regional de la Montaña 1,725,000.00 8 ProFEN Escuela Normal Regional de Tierra Caliente 2,100,000.00 9 ProFEN Escuela Normal Rural Raúl isidro Burgos 8,877,377.00 10 ProFEN Escuela Normal Urbana Federal “Profr. Rafael Ramírez” 3,305,000.00 11 ProFEN Escuela Normal “Vicente Guerrero” 550,000.00 12 ProFEN Escuela Superior de Educación Física 3,500,000.00 13 ProFEN Escuela Normal Preescolar Adolfo Viguri Viguri 2,575,000.00 Total de la Entidad: $ 61,500,141.00 (Sesenta y un millones quinientos mil ciento cuarenta y un pesos 00/100 M.N.) "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance de este ANEXO A, lo firman en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario de Educación Superior, Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior para el Magisterio, Dr. Julio Cesar Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda.- Rúbrica.- Subsecretaria de Gobierno, Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Encargada de Despacho de la Secretaría General de Gobierno, Dra. Anacleta López Vega.- Rúbrica.- Secretario de Educación Guerrero, Mtro. Ricardo Castillo Peña.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Administración, C.P.C. Raymundo Segura Estrada.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 77 AVISO por el que se da a conocer la suspensión de labores del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), en el año 2026. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Educación.- Secretaría de Educación Pública.- Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA SUSPENSIÓN DE LABORES DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EDUCACIÓN DE LOS ADULTOS (INEA), EN EL AÑO 2026. Con fundamento en los artículos 74 de la Ley Federal del Trabajo; 59, fracción XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 16, fracción XIV, del Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, publicado el 31 de agosto de 1981; 147, fracción IV del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal y Cláusulas 71 y 85, fracción XV del Contrato Colectivo de Trabajo 2024-2026 celebrado entre el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación para Adultos (SNTEA). CONSIDERANDO El Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por decreto del Ejecutivo Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 1981; Con fecha 23 de agosto de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, publicado el 31 de agosto de 1981”, en el cual se establece como su objeto, el promover y realizar acciones para organizar e impartir la educación para adultos, a través de la prestación de los servicios de alfabetización, educación primaria, secundaria, la formación para el trabajo y los demás que determinen las disposiciones jurídicas y los programas aplicables, apoyándose en la participación y la solidaridad social. La Ley Federal del Trabajo en su artículo 74, determina que son días de descanso obligatorio el 1ro. de enero; primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; 1o. de mayo; 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; el 25 de diciembre, y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral, y El Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, en su artículo 147, fracción IV, determina que la suspensión de labores de las instituciones se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación, con el fin de no afectar la prestación de servicios al público. Asimismo, el Contrato Colectivo de Trabajo 2024-2026 celebrado entre el INEA y el SNTEA, en sus Cláusulas 71 y 85 fracción XV determinan los días de descanso obligatorio para el personal sindicalizado del organismo. 78 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Aunado a lo anterior, existen fechas de descanso que han sido otorgadas a los trabajadores del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, en forma reiterada durante años anteriores; por lo que, en adición a lo establecido por el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, y atendiendo a los principios generales de justicia social derivados del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se suspenderán las labores en el INEA el 28 de agosto en conmemoración al día de la persona Trabajadora de la Educación para Adultos. En virtud de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA SUSPENSIÓN DE LABORES DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EDUCACIÓN DE LOS ADULTOS (INEA), EN EL AÑO 2026 Primero. - Para el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos se considerará como días inhábiles, además de los sábados y domingos, los siguientes días del año 2026:  1ro. de enero;  El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;  El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;  2 y 3 de abril;  1ro. de mayo;  5 de mayo;  28 de agosto;  16 de septiembre;  2 de noviembre;  El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, y  25 de diciembre. Lo anterior en la inteligencia de que en esas fechas se suspenderán los términos o plazos para los efectos de cualquier procedimiento de carácter administrativo que se tramite en el INEA, excepto los de Responsabilidades. Segundo. -La atención al público para el trámite de solicitudes de acceso a la información y de recursos de revisión en esa materia, se sujetará al calendario de suspensión de labores que en su oportunidad determinen las autoridades competentes. Tercero. -En el transcurso del año 2026, el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos podrá emitir, con fundamento en las disposiciones legales y administrativas aplicables, avisos adicionales mediante los cuales dé a conocer la suspensión de sus labores. TRANSITORIO Único. - El presente Aviso entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a 7 de octubre de 2025.- Director General, Armando Contreras Castillo.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 79 SECRETARIA DE CIENCIA, HUMANIDADES, TECNOLOGIA E INNOVACION ACUERDO por el que se modifican los artículos 40, 41, 44, 45, 47, 49 y 50 del Manual de Procedimientos del Programa Presupuestario F003 Programas Nacionales Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los Sectores Social, Público y Privado. Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación. ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 40, 41, 44, 45, 47, 49 Y 50 DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO F003 “PROGRAMAS NACIONALES ESTRATÉGICOS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y VINCULACIÓN CON LOS SECTORES SOCIAL, PÚBLICO Y PRIVADO”: ROSAURA RUIZ GUTIÉRREZ, Secretaria de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, con fundamento en los artículos 26 fracción XV y 38 Bis, fracciones II y VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; así como el artículo 62 y 69 de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación; artículo 7, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación; así como SEGUNDO, CUARTO, QUINTO y NOVENO transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de 2024;l; y Artículo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación publicado en el DOF el 24 de enero de 2025;.y CONSIDERANDO Que, la Constitución garantiza el derecho de toda persona a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica. Para tal fin, establece que el Estado apoyará la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica, y garantizará el acceso abierto a la información que derive de ella, mediante la provisión de recursos y estímulos suficientes, conforme a las bases de coordinación, vinculación y participación que establezcan las leyes en la materia; Que, en el marco de la transformación nacional, con fecha 08 de mayo de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y de la Ley de Planeación; Que, en términos de los artículos 62 y 63 de la referida Ley General, transitorios Cuarto y Quinto del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado el 28 de noviembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación es la dependencia encargada de formular y conducir la política nacional en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación; Que, de conformidad con la fracción XXIX-F del artículo 73 de la Constitución, dicha Ley General promueve la transferencia de tecnología, así como la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional. En ese sentido, el artículo 34 de la citada Ley General establece que los mecanismos e instrumentos públicos de fomento y apoyo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se destinarán de manera preponderante, entre otros, a proyectos y actividades de investigación humanística y científica, desarrollo tecnológico e innovación relacionados con las áreas estratégicas o prioritarias del desarrollo nacional y los temas de interés público nacional o de atención indispensable considerados en la Agenda Nacional, en los términos de dicha Ley; Que, para efectos de dar cumplimiento a la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, esta Secretaría cuenta con el programa presupuestario F003 "Programas Nacionales Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los Sectores Social, Público y Privado" por medio del cual fomenta y apoya la formación, investigación, difusión, divulgación y desarrollo de proyectos, en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación, así como el acceso abierto a la información que derive de dichas actividades, con el fin de contribuir al avance del conocimiento universal, al fortalecimiento de la soberanía nacional, al desarrollo integral y sostenible del país, al bienestar de las generaciones presentes y futuras, a la preservación, restauración, protección y mejoramiento del ambiente, y a la consecución de los objetivos constitucionales del Estado mexicano; Que, en términos del artículo 11 de los Lineamientos del Programa Presupuestario F003 "Programas Nacionales Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los Sectores Social, Público y Privado" el CTA tendrá un Manual de Procedimientos, cuyo objeto es reglamentar lo dispuesto en los Lineamientos mencionados, particularmente en relación con la revisión, prelación y selección de propuestas, así como el seguimiento técnico y financiero de los proyectos y la evaluación de sus resultados; 80 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Que, en dicho instrumento se podrán establecer las disposiciones necesarias para promover y facilitar que los apoyos se otorguen, total o parcialmente, de manera directa a las personas humanistas, científicas, tecnólogas e innovadoras y debe ser un instrumento que facilite la operación óptima del Programa, sin generar sobrerregulación ni trámites o procedimientos innecesarios, excesivos o burocráticos; Que, el Comité Técnico y de Administración del Programa Presupuestario F003 “Programas Nacionales Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los Sectores Social, Público y Privado” con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 5 y 21 fracciones III, IV, VI y XIX, de los Lineamientos, así como el Artículo 5 del Manual de Procedimientos ambos del Programa Presupuestario F003 y mediante acuerdo PPF003 6/XVII- E/2025, aprobó las modificaciones al presente Manual; Que es facultad de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación emitir el Acuerdo; He tenido a bien modificar el Manual de Procedimientos en los siguientes términos: ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 40, 41, 44, 45, 47, 49 Y 50 DEL MANUAL DE PROCEDMIENTOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO F003 “PROGRAMAS NACIONALES ESTRATÉGICOS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y VINCULACIÓN CON LOS SECTORES SOCIAL, PÚBLICO Y PRIVADO” ARTÍCULO ÚNICO: Se modifican los Artículos 40, 41, 44, 45, 47, 49 y 50 del Manual de Procedimientos del Programa Presupuestario F003 “Programas Nacionales Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los Sectores Social, Público y Privado” para quedar como sigue: Artículo 1. […] […] Artículo 39. […] Artículo 40. La suspensión total no podrá durar más de 3 meses ni exceder el periodo de ejecución de la etapa en curso. Al término de dicho plazo la Secretaría Técnica deberá resolver si el proyecto continúa su ejecución, de lo contrario deberá someter a consideración del CTA su terminación anticipada o rescisión, según corresponda. Artículo 41. El beneficiario deberá entregar el informe técnico parcial o final a la Secretaría Técnica, a más tardar dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de conclusión de la última etapa ministrada. En caso de que el desarrollo del proyecto contemple más de una etapa, se presentarán informes técnicos parciales por cada etapa previa a la última. El informe técnico final corresponderá a la última etapa de desarrollo del proyecto. Este plazo será improrrogable, y su omisión será considerada como incumplimiento por parte del beneficiario, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos y en el presente Manual. Artículo 42. […] […] Artículo 43. […] Artículo 44. Será responsabilidad de la Secretaría Técnica concluir la evaluación de los informes técnicos finales o parciales a más tardar seis (6) meses después de la fecha de entrega de los mismos, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos y en el presente Manual. Cuando la Secretaría Técnica emita su opinión no favorable, el beneficiario tendrá 10 días hábiles para manifestar, en una única ocasión, lo que a su derecho convenga. Con base en la información que aporte el beneficiario, la Secretaría Técnica podrá modificar su opinión y notificar al beneficiario en caso de reconsideración. Artículo 45. El beneficiario deberá ejercer los recursos ministrados dentro del periodo de ejecución establecido para cada etapa del proyecto. El periodo de ejecución de cada etapa iniciará a partir de la fecha en que se realice la ministración de los recursos correspondientes y se contará en meses naturales, conforme a lo dispuesto en el Convenio de Asignación de Recursos (CAR). Concluido el periodo de ejecución de la etapa el beneficiario deberá entregar a más tardar dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de conclusión de la última etapa ministrada los informes técnico y financiero finales o parciales en el caso de que el desarrollo del proyecto abarque más de un ejercicio fiscal. Este plazo será improrrogable, y su omisión será considerada como incumplimiento por parte del beneficiario, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos y en el presente Manual. La Secretaría Técnica o la Secretaría Administrativa podrán adoptar las medidas correspondientes, incluyendo la suspensión de ministraciones subsecuentes, la emisión de opiniones no favorables o la solicitud de reintegro de recursos no comprobados. La revisión de los informes financieros parciales se realizará sobre el 100% de los comprobantes del gasto de inversión y sobre los importes que la Secretaría Administrativa considere relevantes del gasto corriente. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 81 Artículo 46. […] Artículo 47. En términos del artículo 40 de los Lineamientos, para la emisión de opinión respecto del informe financiero final que los beneficiarios presenten, la Secretaría Administrativa observará los siguientes elementos mínimos, los cuales son enunciativos más no limitativos: I. Verificar que los gastos reportados se hayan ejercido de conformidad con las cantidades y rubros indicadas en el desglose financiero del CAR, así como las modificaciones aprobadas por el CTA o la Secretaría Técnica, cuando aplique, y a partir de la ministración, dentro del periodo de ejecución establecido para cada etapa del proyecto, sin que éstos excedan este periodo, mediante el cotejo de los importes y conceptos de los gastos reportados en el informe financiero; II. […] […] VIII. […] IX. Verificar que las adquisiciones realizadas, se hayan comprobado financieramente dentro del periodo de ejecución establecido para cada etapa del proyecto y conforme a lo dispuesto en los Lineamientos y en el presente Manual. En el caso de compra de maquinaria y equipos, verificar que estos cumplieron con las condiciones comprometidas en el CAR o CDC correspondiente, que se encuentran expresamente considerados en la propuesta o cuentan con la autorización de la Secretaría Técnica. X. […] Artículo 48. […] Artículo 49. Será responsabilidad de la Secretaría Administrativa concluir la evaluación de los informes financieros finales o parciales a más tardar dentro de los seis meses posteriores a la fecha de entrega de los mismos, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos y en el presente Manual. En caso de no existir observaciones, dentro del término antes referido, se emitirá la opinión financiera favorable. Artículo 50. Cuando derivado de la revisión señalada en el precepto anterior, la Secretaría Administrativa emita sus observaciones al informe financiero, el beneficiario tendrá 10 días hábiles, contados a partir de la notificación, para manifestar, en una única ocasión, lo que a su derecho convenga. Los días hábiles serán considerados conforme a la publicación correspondiente del Diario Oficial de la Federación. Con base en la información que aporte el beneficiario, la Secretaría Administrativa, emitirá su opinión y notificará al beneficiario, la cual no podrá exceder del ejercicio fiscal subsecuente al que fueron emitidas las observaciones. Las opiniones financieras no favorables que deriven de la presentación del informe fuera del plazo o de la atención tardía a las observaciones de dicho informe, solo podrán reconsiderarse por autorización del CTA, a solicitud de la Secretaría Técnica, debiendo justificar la trascendencia de la continuidad del proyecto, además de cumplir con los siguientes requisitos: I. Que no existan reintegros pendientes por realizar; II. Que, en caso de contar con etapas previas, estas cuenten con opiniones técnicas y financieras favorables; III. Que el beneficiario no cuente con antecedentes de rescisión. Artículo 51. […] […] Artículo 58. […] TRANSITORIOS PRIMERO. Las modificaciones al presente Manual entrarán en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. El Manual de Procedimientos del Programa Presupuestario F003, publicado mediante Aviso en el Diario Oficial de la Federación de fecha 04 de marzo de 2025, conservará su vigencia en todos sus términos, salvo en lo dispuesto en los artículos 40, 41, 44, 45, 47, 49 y 50 los cuales se modifican conforme a lo establecido en el presente Acuerdo. TERCERO. Los asuntos, procedimientos o gestiones que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Acuerdo se regirán por las disposiciones vigentes al momento de su origen, sin perjuicio de que, para el caso de los proyectos ministrados con cargo al ejercicio fiscal 2025, si las nuevas disposiciones resultan más favorables para los beneficiarios, podrán aplicarse a éstos. Atentamente Dado en la Ciudad de México, el cinco de noviembre de dos mil veinticinco.- La Secretaria de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, Dra. Rosaura Ruiz Gutiérrez.- Rúbrica. 82 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 SECRETARIA DE SALUD CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco. COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25 CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, A TRAVÉS DE LA D. EN C. ARMIDA ZÚÑIGA ESTRADA, EN SU CARÁCTER DE COMISIONADA FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDA POR LA LIC. ALONDRA VIANNEY SÁNCHEZ PAYAN, SECRETARIA GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS; Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL MTRO. LUIS GARCÍA SOTELO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE LA HACIENDA PÚBLICA, EL DR. HÉCTOR RAÚL PÉREZ GÓMEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD, EL DR. HÉCTOR HUGO BRAVO HERNÁNDEZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD JALISCO, CON LA ASISTENCIA DEL DR. JOSÉ ANTONIO MUÑOZ SERRANO, COMISIONADO DE LA COMISIÓN PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIEGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE JALISCO, A QUIENES SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES” CUANDO ACTÚEN DE FORMA CONJUNTA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 4o, párrafo cuarto, el derecho a la protección de la salud que toda persona gozará en el territorio nacional, el cual será garantizado con las bases y modalidades establecidas en la Ley que deberá ser extensivo, progresivo, cuantitativo y cualitativo, a través de la concurrencia establecida entre la Federación y las entidades federativas. II. En términos de lo que establece el artículo 17 bis de la Ley General de Salud (LGS), corresponde a la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios ejercer las atribuciones de regulación, control y fomento sanitarios, cuyo ejercicio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18 del citado ordenamiento legal, será coordinado y deberá sujetarse a lo que se establezca en los acuerdos de coordinación que se suscriban con las entidades federativas, así como de las demás disposiciones y normatividad aplicable en la materia. III. El día 01 del mes de febrero del año 2019, fue suscrito entre el Poder Ejecutivo Federal, a través de “LA SECRETARÍA”, y “LA ENTIDAD”, el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”, el que en su Cláusula Tercera establece que los instrumentos consensuales específicos que “LAS PARTES” suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados, atendiendo al ámbito de competencia que en cada uno de ellos se determine, por los servidores públicos designados en el “EL ACUERDO MARCO”. IV. “LAS PARTES” suscribieron el día 15 del mes de agosto del año 2023, el Acuerdo de Coordinación, el cual tiene por objeto establecer los términos y condiciones en que se dará la colaboración entre ellas, para la coadyuvancia de “LA ENTIDAD” en el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitario que le corresponda ejercer a “LA SECRETARÍA”. DECLARACIONES I. “LA SECRETARÍA” declara que: I.1 De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 2, apartado C, fracción II y 44 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud (RISS), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es uno de sus órganos desconcentrados, que ejerce las atribuciones que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la LGS, y demás ordenamientos aplicables le confieren en materia de regulación, control y fomento sanitario; el cual cuenta con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la LGS; así como 1 y 3 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; asimismo, en términos de lo dispuesto por el Artículo Único, fracción I, inciso b) del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud, se encuentra bajo el tramo de adscripción de la persona Titular de “LA SECRETARÍA”. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 83 I.2 Dentro de las atribuciones que ejerce por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la LGS, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la LGS y 3, fracciones I, V, VII y X del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. I.3 La D. en C. Armida Zúñiga Estrada, fue designada Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, por la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, lo que acredita con el nombramiento de fecha dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro que le fue expedido; y tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, de conformidad con lo previsto en los artículos 44, párrafo segundo, 45 y 46, fracción VII del RISS; 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. I.4 La Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan, Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, participa en la suscripción del presente Convenio Específico, en términos de lo dispuesto por los artículos 4, fracción II, inciso h y 19, fracción XV del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. I.5 Cuenta con la disponibilidad de recursos presupuestarios para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico, en términos de la autorización de la Subsecretaría de Administración y Finanzas emitida por el Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con los siguientes datos generados: Número de Suficiencia Presupuestaria: 06811, Folio de Autorización 9733 con cargo a la partida 43801 SUBSIDIOS A ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS, para la transferencia de los recursos con motivo del presente Convenio Específico. I.6 Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en calle Oklahoma, número 14, colonia Nápoles, demarcación territorial Benito Juárez, código postal 03810, en la Ciudad de México. II. “LA ENTIDAD” declara que: II.1 El Mtro. Luis García Sotelo, fue designado por el Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, mediante nombramiento de fecha 6 de diciembre de 2024, Secretario de la Hacienda Pública y, por tanto tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 3, fracción I, 5, fracción II, 7, fracción III, 14, 15, fracciones I y VI, 16 fracción II, y 18 fracciones VII y XXVII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco. II.2 El Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez, fue designado por el Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, mediante nombramiento de fecha 6 de diciembre de 2024, respectivamente, Secretario de Salud y, por tanto tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 3, fracción I, 5, fracción II, 7, fracción III, 14, 15 fracción VI, 16 fracción XVI, 30 fracciones II, XVII, XXVIII, XXXV y XXXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 4 fracción II, 5 fracción I, 11, numeral 1, de la Ley de Salud del Estado de Jalisco. II.3 El Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández fue designado por el Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, mediante nombramiento de fecha 06 de diciembre de 2024, Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco y, por tanto tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 23 fracción II de la Ley de Entidades Paraestatales 1, 3, fracción XI, 10 fracciones I y XI de la Ley del Organismo Público Descentralizado “Servicios de Salud Jalisco”, aunado a la autorización otorgada en la Sexta Sesión Ordinaria de su Junta de Gobierno mediante el Acuerdo 009/2020/ORD/VI, de fecha 14 de agosto de 2020, 1 del Decreto del Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco mediante el cual se modifica el diverso que Crea la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco. 84 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 II.4 El Dr. José Antonio Muñoz Serrano fue designado como Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, mediante nombramiento de fecha 6 de diciembre de 2024 y, por tanto, participa en la suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 4, fracción III y 6, de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, 1, 2, 6 y 7 fracciones I y XVIII, del Decreto del C. Gobernador del Estado de Jalisco, mediante el cual se crea la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco. II.5 Dentro de las funciones el Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, se encuentran las de ejercer el control y vigilancia sanitarios de los establecimientos, actividades y productos enunciados en la Ley de Salud del Estado de Jalisco; así como establecer mecanismos de coordinación y cooperación para la eficaz ejecución de las atribuciones a cargo de la COPRISJAL, y participar en la suscripción de los instrumentos jurídicos correspondientes de salubridad general que se prevean en la Ley General de Salud, de conformidad con lo establecido en los artículos 4, fracción I, y 7 fracción XVIII, del Decreto del C. Gobernador del Estado de Jalisco. II.6 Entre sus prioridades, en materia de salud, se encuentra el fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de protección contra riesgos sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios. II.7 Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en avenida 8 de julio, número 1489, colonia Morelos, código postal 44910, en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco. III. La “UNIDAD EJECUTORA” declara que: III.1 De conformidad con “EL ACUERDO MARCO”, el Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández, titular del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico en su carácter de “UNIDAD EJECUTORA”, según con lo previsto en los artículos 66 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 23 fracción II de la Ley de Entidades Paraestatales; 1, 3, fracción XI, 10 fracciones I y XI de la Ley del Organismo Público Descentralizado “Servicios de Salud Jalisco”, aunado a la autorización otorgada en la Sexta Sesión Ordinaria de su Junta de Gobierno mediante el Acuerdo 009/2020/ORD/VI, de fecha 14 de agosto de 2020, 1 del Decreto del Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco mediante el cual se modifica el diverso que Crea la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, cargo que queda debidamente acreditado con el nombramiento de fecha 6 de diciembre de 2024. Una vez expuesto lo anterior, y de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los cuales disponen que, los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, debiendo sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, acorde a las disposiciones generales aplicables; “LAS PARTES”, expresan su conformidad en celebrar el presente Convenio Específico, conforme a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio Específico y sus Anexos 1, 2, 3, 4 y 5, que firmados por “LAS PARTES”, forman parte integrante del mismo, tiene por objeto transferir recursos federales a “LA ENTIDAD”, con el carácter de subsidios, que le permitan en términos de los artículos 9o., 13, 17 bis, 18 párrafo segundo y 19, de la Ley General de Salud, coordinar su participación con el Ejecutivo Federal durante el ejercicio fiscal 2025, a fin de fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico. Para efecto de lo anterior, “LAS PARTES” convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de “EL ACUERDO MARCO”, cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio Específico como si a la letra se insertasen. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 85 Asimismo, “LAS PARTES” reconocen que los recursos federales que se transfieren en los términos de este Convenio Específico no pierden su carácter federal, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación y control, se realizarán de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Ley General de Contabilidad Gubernamental, Ley de Austeridad Republicana, Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y demás disposiciones jurídicas federales aplicables, así como en las estipulaciones de este Convenio Específico. SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio Específico, “LA SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, transferirá a “LA ENTIDAD”, con el carácter de subsidios, recursos federales que se aplicarán única y exclusivamente al ejercicio de las acciones contenidas en los programas institucionales y por los importes que se indican a continuación: PROGRAMA INSTITUCIONAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO IMPORTE “Consolidar la Operación de las Áreas de Protección contra Riesgos Sanitarios” (Regulación y Fomento Sanitarios) Ramo 12 $4,056,818.00 (CUATRO MILLONES CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO PESOS 00/100 M.N.) “Consolidar la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública” (Laboratorio Estatal de Salud Pública) Ramo 12 $2,704,546.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.) TOTAL $6,761,364.00 (SEIS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.) “LAS PARTES” convienen que la transferencia de los recursos federales a que se refiere la presente Cláusula, será única y estará condicionada a que “LA ENTIDAD” acredite que los recursos federales transferidos en el ejercicio anterior, así como sus rendimientos financieros hayan sido ejercidos o, en su caso, reintegrados a la Tesorería de la Federación a través de “LA SECRETARÍA”, mediante línea de captura generada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los términos y plazos que se señalan en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, así como, de conformidad con las estipulaciones del presente Convenio Específico, acorde a lo previsto en los Anexos 2 y 3 del Convenio Específico correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior. La transferencia a que se refiere la presente Cláusula se efectuará dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la fecha en que “LA ENTIDAD” entregue a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el presente Convenio Específico debidamente firmado en todos sus tantos que lo conforman, siempre y cuando se cumpla con la condición señalada en el párrafo anterior. “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dará aviso a “LA ENTIDAD” de esta transferencia. Para tal efecto, “LA ENTIDAD”, a través de su Secretaría de la Hacienda Pública procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que los recursos materia de este Convenio Específico y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados, misma que deberá ser cancelada una vez realizada la transferencia de los recursos federales ministrados y los rendimientos generados a la “UNIDAD EJECUTORA”. En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente párrafo, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará en aptitud de suspender o cancelar las subsecuentes ministraciones de subsidios. 86 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Una vez que sean radicados los recursos federales en la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD”, ésta última se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la “UNIDAD EJECUTORA”. Asimismo, una vez concluido el mes en que se haya realizado la transferencia, la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD” deberá identificar y remitir a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a manera de informe, mediante oficio; el estado de cuenta bancario y los rendimientos financieros generados, así como la cancelación de la cuenta de apertura para la ministración de recursos federales. La “UNIDAD EJECUTORA” deberá informar mediante oficio a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados por la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD”. Para tal efecto, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dará aviso a la “UNIDAD EJECUTORA” de esta transferencia. La “UNIDAD EJECUTORA” deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD”, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio Específico, a lo cual no se podrá aperturar otro tipo de cuenta, ni transferir lo ministrado a otras cuentas. En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente párrafo, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará en aptitud de suspender o cancelar las subsecuentes ministraciones de subsidios. La no ministración de los recursos por parte de la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD” a la “UNIDAD EJECUTORA” en el plazo establecido en el párrafo quinto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento del presente instrumento jurídico y será causa para que la “UNIDAD EJECUTORA” comunique tal situación a los Órganos Fiscalizadores competentes para su intervención, quienes deberán solicitar el pago inmediato a la “UNIDAD EJECUTORA” o el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación a través de la línea de captura emitida por la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Asimismo, en caso del incumplimiento, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará en aptitud de suspender o cancelar las subsecuentes ministraciones de subsidios. La “UNIDAD EJECUTORA”, dentro de los cinco (5) días hábiles a más tardar siguientes a aquel en que le hayan ministrado los recursos federales, deberá realizar de conformidad con las disposiciones administrativas y jurídicas aplicables, las acciones necesarias a efecto de que la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco inicie las actividades específicas contenidas en el Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” del presente Convenio Específico, informando esta última a su vez de dichas acciones a los quince (15) días hábiles a más tardar a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, acorde y según corresponda a lo referido en el Anexo 4 “Programa, Responsables por unidad Administrativa y Coordinaciones de Temas” del presente Convenio Específico. Queda expresamente estipulado, que las transferencias de recursos otorgadas con base en el presente Convenio Específico, no son susceptibles de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implican el compromiso de transferencias posteriores, en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para el pago de cualquier gasto que pudiera derivar del objeto del mismo. TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, “LAS PARTES” convienen en sujetarse a lo siguiente: I. “LA SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará a través de la evaluación del cumplimiento de los objetivos, actividades específicas, indicadores y metas a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio Específico, que los recursos federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal. II. “LA SECRETARÍA” transferirá los recursos federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio Específico, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “LA ENTIDAD”, para cumplir con el objeto de este Convenio Específico, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y, en su Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 87 caso, mecanismo de supervisión externo que defina “LA ENTIDAD” durante la aplicación de los recursos federales destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de “LA ENTIDAD”. III. “LA ENTIDAD”, dentro de los primeros diez (10) días hábiles siguientes al término de cada mes que se reporte, enviará el informe detallado sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, así como pormenorizado sobre el avance financiero y copia del estado de cuenta bancario, mediante el cual deberá identificar e informar las transferencias o erogaciones realizadas y los rendimientos financieros generados. Dicho informe se rendirá conforme al formato denominado “Avance-Financiero 2025”, que se adjunta al presente instrumento como Anexo 3 “Avance-Financiero 2025”, al que deberá acompañarse copia legible de la documentación que justifique y compruebe lo correspondiente o, en su caso, un disco compacto que contenga copia digital legible de dicha documentación; así como el estado de cuenta bancario al que se hace referencia y la Relación de Gasto sobre el ejercicio de los recursos transferidos. En virtud de ello, el “Avance-Financiero 2025” que presente “LA ENTIDAD”, deberá corresponder con los CFDI y la copia del estado de cuenta bancario respectivo. En el informe mensual a que se refiere la presente fracción, sólo se señalarán los recursos efectivamente ejercidos durante el mes que se reporta. En el supuesto de que en un mes no se ejercieran recursos, el informe se enviará en ceros, acompañado de una justificación que sustente las razones por las que no fueron ejercidos recursos en el mismo. El cómputo del primer mes a informar, comenzará a partir de la fecha de realización de la transferencia de recursos a “LA ENTIDAD”. “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, podrá en todo momento, verificar en coordinación con “LA ENTIDAD”, la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos federales transferidos a “LA ENTIDAD”, así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. Es responsabilidad de “LA ENTIDAD” que la documentación comprobatoria y justificativa del gasto cumpla con la normatividad fiscal. Asimismo, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, verificará aleatoriamente los comprobantes digitales emitidos por el SAT que le sean presentados por “LA ENTIDAD”. IV. “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, si lo considera necesario, y atendiendo la disponibilidad de su personal a cargo y presupuestaria, podrá durante la vigencia del presente instrumento practicar visitas de verificación, o en su caso, llevar a cabo reuniones de seguimiento ya sea de manera presencial o virtual (vía internet), a efecto de observar el cumplimiento de los programas, objetivos, Actividades Específicas, indicadores y metas, previstos en el Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” de este Convenio Específico. V. “LAS PARTES” convienen que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes en los plazos establecidos y documentación correspondientes, “LA SECRETARÍA”, conforme a lo dispuesto por el artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará en aptitud de suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos públicos federales, dando aviso de inmediato a las autoridades fiscalizadoras competentes de dicha omisión. VI. Los recursos federales que “LA SECRETARÍA” se compromete a transferir a “LA ENTIDAD”, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca. CUARTA. OBJETIVOS, ACTIVIDADES ESPECÍFICAS, INDICADORES Y METAS.- “LAS PARTES” convienen en que los programas, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas de las acciones que se realicen para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, son los que se detallan en su Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas”. 88 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 QUINTA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS.- Los recursos federales a los que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico y los rendimientos financieros que éstos generen, se destinarán en forma exclusiva para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios y de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, en los términos previstos en el presente Convenio Específico y acorde al Anexo 1 “Conceptos para la Aplicación de Recursos”. Dichos recursos serán aplicados con base en el Anexo 5 “Catálogo de Insumos” que genere “LA SECRETARÍA”, a través de las unidades administrativas competentes de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, el Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integral del mismo; tomando como referencia el “Clasificador por objeto del Gasto para la Administración Pública Federal” vigente. Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto diversos al objeto del presente instrumento jurídico. En el supuesto de requerir modificaciones en el Catálogo de referencia, éstas deberán ser solicitadas durante la vigencia del presente instrumento jurídico. El Anexo 5 “Catálogo de Insumos” además, será sustanciado y validado conforme a la Memoria de Cálculo que genere “LA ENTIDAD” y valide “LA SECRETARÍA” a través de las unidades administrativas competentes de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, el Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco la cual deberá ser firmada y avalada por quienes participen en su elaboración, revisión, autorización, y en su caso modificación o actualización. Dicha Memoria de Cálculo servirá como base para la revisión de la documentación de pago, que soporta la aplicación de los recursos. En el supuesto de requerir modificaciones a la Memoria de Cálculo, estas deberán solicitarse en los meses de junio, septiembre y diciembre de 2025. Los recursos federales que se transfieren, se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por “LA ENTIDAD” en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación deberá sujetarse a las disposiciones federales aplicables. “LAS PARTES” convienen que los recursos federales transferidos a “LA ENTIDAD” no ejercidos, remanentes y saldos disponibles que al 31 de diciembre de 2025 que no se encuentren devengados en términos del presente Convenio Específico, deberán ser reintegrados en su totalidad a la Tesorería de la Federación a través de “LA SECRETARÍA”, mediante línea de captura generada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los primeros quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal referido en el objeto del presente instrumento, incluyendo los rendimientos financieros generados a la fecha del reintegro, conforme a las disposiciones aplicables y, en su caso, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- “LAS PARTES” convienen en que los gastos administrativos que deriven del cumplimiento del presente instrumento jurídico, deberán ser realizados por “LA ENTIDAD” con cargo a sus recursos. SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD”.- Adicionalmente a los compromisos establecidos en “EL ACUERDO MARCO” y en el presente Convenio Específico, “LA ENTIDAD” se obliga a: I. Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones jurídicas aplicables al ejercicio del gasto público federal, dando aviso a las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada, conforme a lo establecido en la normativa aplicable, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, responsable ante “LA SECRETARÍA” del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico. II. Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. III. Remitir por conducto de la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD”, a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores al cierre de mes, en el cual se hayan recibido los recursos federales que se detallan en el presente Convenio Específico, el CFDI conforme a la normatividad aplicable y el estado de cuenta bancario en el cual deberá identificar los rendimientos generados. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 89 Asimismo, la “UNIDAD EJECUTORA” deberá remitir a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, mediante oficio, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores al cierre de mes en el cual se realizó la recepción de la ministración por parte de la Secretaría de la Hacienda Pública, de “LA ENTIDAD”, el estado de cuenta bancario que acredite la recepción de dichas ministraciones y deberá informar los rendimientos financieros que le hayan sido ministrados, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refieren los párrafos anteriores deberá ser expedida a nombre de la Secretaría de Salud; precisar el monto de los recursos transferidos; señalar las fechas de emisión y de recepción de los recursos; precisar el nombre del programa institucional y los conceptos relativos a los recursos federales recibidos. Dicha documentación deberá remitirse en archivo electrónico Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), junto con los estados de cuenta bancarios que acrediten la recepción de dichos recursos. IV. Integrar la información financiera relativa a los recursos federales transferidos para la ejecución del objeto del presente Convenio Específico, en los términos previstos en el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. V. Aplicar los recursos federales transferidos y sus rendimientos financieros, conforme a los programas, objetivos, actividades específicas, indicadores, metas y calendarización previstos en el Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” del presente Convenio Específico. VI. Gestionar a través de la “UNIDAD EJECUTORA”, a los cinco (5) días hábiles de la recepción de los recursos, los procesos de adquisición para la compra de los insumos que se determinan en el Anexo 5 “Catálogo de Insumos” y que son necesarios para dar cumplimiento a las actividades contenidas en este instrumento. VII. Entregar, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los términos estipulados en el presente Convenio Específico, los informes mensuales sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, así como sobre el avance financiero y estado de cuenta bancario, mediante el cual deberá identificar e informar los rendimientos financieros generados. VIII. Mantener bajo su custodia, a través de la “UNIDAD EJECUTORA”, la documentación comprobatoria original de los recursos federales erogados, la cual deberá exhibir a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, en su caso, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como por los órganos fiscalizadores competentes, cuando le sea requerida. IX. Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio Específico, haya sido emitida por la persona física o moral a la que se efectuó el pago correspondiente y cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de “LA ENTIDAD”. Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI. Asimismo, deberá remitir a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el archivo electrónico con la Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). La autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos federales erogados, será responsabilidad de la “UNIDAD EJECUTORA”. X. Es obligatorio cancelar, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, la documentación comprobatoria, con la leyenda “Operado con recursos federales, para el (Programa Institucional que corresponda) del Ejercicio Fiscal 2025”, así como para aquella documentación comprobatoria, a la que, en su caso, se le aplicará dicha leyenda en el comunicado que emita “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a “LA ENTIDAD” de acuerdo con los criterios correspondientes. XI. Reportar y dar seguimiento mensual, a través del Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, sobre el cumplimiento de los programas, objetivos, Actividades Específicas, indicadores y metas, previstos en el Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” de este Convenio Específico, los resultados de las evaluaciones que se hayan realizado. 90 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 XII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que los requiera “LA SECRETARÍA”, mediante línea de captura generada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, los recursos federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD”, no hayan sido ministrados a la “UNIDAD EJECUTORA”, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio Específico. XIII. Mantener actualizada, la información relativa a los avances en el ejercicio de los resultados de los recursos transferidos, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de los resultados que se obtengan con los mismos. XIV. Proporcionar, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, la información y documentación que “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, le solicite en las visitas de verificación que ésta última opte por realizar, para observar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como que los recursos federales transferidos con motivo del mismo, sean destinados únicamente para el cumplimiento de su objeto. XV. Permitir las visitas de verificación que “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios lleve a cabo a efecto de observar el cumplimiento de los programas, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas, previstos en el presente Convenio Específico, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de los resultados que se obtengan con los mismos. XVI. Establecer, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas, medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos. XVII. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a los órganos de control y de fiscalización de “LA ENTIDAD” y entregarles copia del mismo. XVIII. Difundir en la página de Internet de la “UNIDAD EJECUTORA”, el presente Convenio Específico, así como los conceptos financiados con los recursos federales transferidos en virtud del mismo, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables. XIX. Gestionar, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”. OCTAVA. OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”.- Adicionalmente a los compromisos establecidos en “EL ACUERDO MARCO”, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se obliga a: I. Transferir a “LA ENTIDAD”, con el carácter de subsidios, los recursos federales a que se refiere el presente Convenio Específico. II. Verificar que los recursos federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, hayan sido aplicados conforme al objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes de los poderes Ejecutivo y Legislativo Federales y/o de “LA ENTIDAD”. III. Verificar que la “UNIDAD EJECUTORA”, envíe en los términos estipulados en el presente Convenio Específico, los informes mensuales sobre el ejercicio, y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud de la celebración del presente instrumento jurídico, así como sobre el avance financiero y estado de cuenta bancario, mediante el cual identifique e informe los rendimientos financieros. IV. Verificar que “LA ENTIDAD”, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, envíe la documentación justificatoria y comprobatoria del gasto de los recursos federales transferidos, en términos de lo estipulado en el presente Convenio Específico. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 91 V. Verificar que “LA ENTIDAD” efectúe, dentro de los quince (15) días naturales siguientes, el reintegro a la Tesorería de la Federación, mediante línea de captura generada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de los recursos federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD”, no hayan sido ministrados a la “UNIDAD EJECUTORA”, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio Específico. VI. Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico. VII. Dar seguimiento mensualmente, en coordinación con “LA ENTIDAD”, sobre el avance en el cumplimiento de la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico. VIII. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos financieros transferidos, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas. IX. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico a la Auditoría Superior de la Federación. X. Difundir en su página de Internet el presente Convenio Específico, así como los conceptos financiados con los recursos federales transferidos en virtud del mismo, incluyendo los avances y resultados financieros, en los términos de las disposiciones aplicables. XI. Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación. NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN, SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CONTROL.- La verificación, seguimiento y evaluación de los recursos federales transferidos por “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a “LA SECRETARÍA” y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio Específico. Para el caso de “LA SECRETARÍA”, las acciones a que se refiere el párrafo anterior, se realizarán por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a través de las unidades administrativas que la integran, en ejercicio de las atribuciones que les confiere el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, por conducto de los responsables por unidad administrativa y coordinaciones de temas referidos en el Anexo 4 “Programa, responsables por unidad administrativa y coordinaciones de temas” de este Convenio Específico, quienes estarán obligados a dar seguimiento al cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, al programa de que se trate y, al objetivo específico precisados en el anexo en cita, en concordancia con la información que se genere por “LA ENTIDAD” en cumplimiento del Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” de este Convenio Específico. El control y la fiscalización de dichos recursos, quedarán a cargo de las autoridades federales y locales, en sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. Cuando las autoridades federales o locales que participen en la ejecución del presente Convenio Específico, detecten que los recursos federales transferidos no han sido aplicados a los fines que se señalan en el presente Convenio Específico, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, de la Contraloría Estatal y/o equivalente y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación. En el caso de que “LA ENTIDAD” incumpla con cualquiera de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico y aquellas legalmente establecidas, se dará aviso a los Órganos Fiscalizadores competentes, para su intervención y se solicitará el reintegro, a la Tesorería de la Federación, de recursos transferidos no devengados ni comprobados, así como los rendimientos financieros generados. DÉCIMA. MANEJO DE LA INFORMACIÓN.- El manejo de la información que se presente, obtenga o produzca en virtud del cumplimiento de este instrumento jurídico, será clasificada por “LAS PARTES”, atendiendo a los principios de confidencialidad, reserva y protección de datos personales que se desprenden de las disposiciones aplicables en la materia, por lo que “LAS PARTES”, se obligan a utilizarla o aprovecharla únicamente para el cumplimiento del objetivo del presente Convenio Específico. 92 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Asimismo, “LAS PARTES” se obligan a no revelar, copiar, reproducir, explotar, comercializar, modificar, duplicar, divulgar o difundir a terceros, la información que tenga carácter de confidencial, sin la autorización previa y por escrito del titular de la misma y de “LAS PARTES”. DÉCIMA PRIMERA. AVISOS, COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.- “LAS PARTES” convienen en que todos los avisos, comunicaciones y notificaciones que se realicen con motivo del presente instrumento jurídico, se llevarán a cabo por escrito en los domicilios señalados en el apartado de Declaraciones. Cualquier cambio de domicilio de “LAS PARTES” deberá ser notificado por escrito a la otra, con al menos diez (10) días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda que surta efectos ese cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán válidamente hechas en los domicilios señalados por “LAS PARTES”. DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por “LAS PARTES”, que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. DÉCIMA TERCERA. VIGENCIA.- El presente Convenio Específico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025. La conclusión de la vigencia del presente instrumento jurídico no exime las obligaciones de comprobación, envío de documentación (estados de cuenta bancarios, notificación del cierre de la cuenta bancaria aperturada para el ejercicio fiscal, cierre del ejercicio) y/o reintegro a cargo de “LA ENTIDAD”. DÉCIMA CUARTA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”. En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, “LAS PARTES” acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente. DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en “EL ACUERDO MARCO”. DÉCIMA SEXTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse por las causas que señala “EL ACUERDO MARCO”. DÉCIMA SÉPTIMA. INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para interpretar y resolver, de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Específico, así como en sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en las disposiciones jurídicas aplicables. Asimismo, convienen en que de las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Específico, conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando “LAS PARTES” a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro. Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por quintuplicado a los quince días del mes de agosto del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda Pública, Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.- Rúbrica.- El Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 93 ANEXO 1 CONCEPTOS PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS ENTIDAD: JALISCO CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo específico Protección contra riesgos sanitarios Fortalecimiento a la Red Nacional de Laboratorios Total Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. $824,886.00 $540,911.00 $1,365,797.00 Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. $114,943.00 $81,136.00 $196,079.00 Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. $196,080.00 $135,227.00 $331,307.00 Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. $196,080.00 $135,227.00 $331,307.00 Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). $770,795.00 $473,295.00 $1,244,090.00 Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. $229,886.00 $229,886.00 Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. $365,114.00 $243,409.00 $608,523.00 Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. $162,273.00 $162,273.00 Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. $81,136.00 $81,136.00 Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática. 94 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo específico Protección contra riesgos sanitarios Fortalecimiento a la Red Nacional de Laboratorios Total Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS. $74,375.00 $74,375.00 Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. $622,045.00 $622,045.00 Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. $33,807.00 $33,807.00 Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. $87,898.00 $101,420.00 $189,318.00 Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS. $94,659.00 $94,659.00 Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). $993,921.00 $993,921.00 Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. $135,227.00 $135,227.00 Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. $67,614.00 $67,614.00 TOTAL $4,056,818.00 $2,704,546.00 $6,761,364.00 LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA, SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, EL QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda Pública, Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.- Rúbrica.- El Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 95 ANEXO 2 PROGRAMAS, OBJETIVOS, INDICADORES Y METAS ENTIDAD: JALISCO CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 1. Actualizar y enviar a la COFEPRIS el padrón de establecimientos que procesan (empacan y/o acopian) frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 1 1 2. Realizar visitas de verificación a los establecimientos (plantas de empaque y/o centros de acopio) que procesan frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas. 1 2 1 2 6 3. Realizar la toma de muestras en plantas de empaque y/o en centros de acopio para análisis microbiológico y envío de las mismas al LESP de frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas, a las cuales se efectuarán las determinaciones especificadas en la programación correspondiente y que deben coincidir con las registradas en el apartado del LESP. 5 10 5 10 30 4. Notificar los resultados de análisis frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas, a la COFEPRIS de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 1 1 1 1 4 5. Realizar la toma de muestras y envío de las mismas al LESP de los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, a las cuales se efectuarán las determinaciones microbiológicas especificadas en la programación correspondiente y que deben coincidir con las registradas en el apartado del LESP. 51 51 51 51 47 251 6. Notificar los resultados de análisis los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, a la COFEPRIS de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 1 1 1 1 1 5 7. Participar en las reuniones de trabajo que la COFEPRIS otorgue relacionados con el monitoreo de la inocuidad de los alimentos, específicamente en materia de residuos de plaguicidas. 8. Enviar a la COFEPRIS en el formato establecido, el avance del padrón de establecimientos, centrales de abasto o almacenes de alto volumen, ubicados en la entidad federativa y que comercialicen productos nacionales. 9. Realizar en los establecimientos la toma de muestras de alimentos (productos agrícolas frescos mínimamente procesados), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar residuos de plaguicidas. 1 1 1 1 1 5 10. Notificar a la COFEPRIS los resultados del análisis de los productos agrícolas mínimamente procesados, de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 1 1 1 1 1 5 11. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con el consumo de alimentos, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 3 4 3 3 4 17 LESP 12. Realizar las determinaciones microbiológicas especificadas en las sábanas de muestreo a las frutas y hortalizas de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin (LESP). 10 20 10 20 60 13. Realizar las determinaciones microbiológicas especificadas en las sábanas de muestreo a los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 51 51 51 51 47 251 14. Realizar las determinaciones de residuos de plaguicidas de los productos agrícolas frescos mínimamente procesados, de conformidad con los lineamientos establecidos. 3 3 3 3 3 15 96 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 15. Cumplir con el número de visitas programadas para la toma de muestras de agua y producto en las áreas de cosecha de moluscos bivalvos, así como el envío de muestras a los LESP. 16. Notificar los resultados de análisis de las determinaciones realizadas en agua y producto a la COFEPRIS de manera mensual a través del sistema electrónico autorizado en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 17. Realizar el monitoreo de fitoplancton en agua de mar, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 20 20 20 20 20 100 18. Notificar los resultados de análisis de agua de mar a la COFEPRIS de manera mensual a través del sistema electrónico autorizado en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 1 1 1 1 1 5 LESP 19. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para agua (coliformes fecales) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos. 20. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para producto (E. coli, Salmonella sp, Vibrio cholerae y Vibrio parahaemolyticus) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos. 21. Realizar análisis de biotoxinas marinas en moluscos bivalvos de acuerdo con lo establecido por COFEPRIS (pruebas para detección de PSP, ASP y DSP en los Estados con litoral en el Océano Pacífico y PSP, ASP, DSP y NSP en los Estados del Golfo de México) de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por COFEPRIS. 3 3 3 9 22. Realizar las determinaciones de fitoplancton en agua de mar con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 20 20 20 20 20 100 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 23. Ratificar o notificar el nombre del personal responsable estatal de los programas de sal y harinas para el ejercicio 2025. 24. Enviar actualización del padrón estatal de salineras, envasadoras de sal y molinos de harina de trigo y maíz. 25. Realizar visitas de verificación a las salineras y envasadoras de sal tomando como referencia el padrón actualizado. 1 1 26. Realizar el muestreo de sal durante las visitas de verificación sanitaria para constatación de adición de nutrimentos (yodo y flúor), en envasadoras y también en puntos de venta de sal, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 1 1 27. Realizar visitas de verificación a los molinos de harinas de maíz y trigo tomando como referencia el padrón actualizado. 3 3 2 8 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 97 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL 28. Realizar el muestreo de harinas de trigo y maíz durante las visitas de verificación sanitaria para constatación de adición de nutrimentos (zinc. ácido fólico y hierro), en molinos de harinas de maíz y trigo, también en puntos de venta de estos productos de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 3 3 2 8 29. Notificar los resultados de análisis de los productos de sal y harinas a la COFEPRIS de manera mensual mediante el sistema electrónico autorizado en los formatos oficiales, incluyendo la cédula aplicada de la constatación de la adición de nutrimentos a sal y harinas de los establecimientos visitados (salineras, envasadoras de sal y molinos de trigo y maíz) de conformidad con los lineamientos correspondientes. 1 3 1 3 2 10 30. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz), de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 3 4 3 3 4 17 LESP 31. Realizar las determinaciones especificadas en la sábana de muestreo para sal (yodo y flúor), de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 2 2 32. Realizar las determinaciones especificadas en la sábana de muestreo para harinas (zinc. ácido fólico y hierro), de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 9 9 6 24 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 33. Participar en las reuniones de trabajo sobre Zoonosis-Brucelosis. 1 1 34. Enviar a la COFEPRIS los informes de las reuniones intersectoriales que coordine el Área Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios para la revisión de la situación de la brucelosis en la entidad federativa. 1 1 35. Enviar a la COFEPRIS el padrón actualizado de elaboradores y puntos de venta de productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico, que se comercializan en la entidad federativa. 36. Enviar a la COFEPRIS los resultados del monitoreo de Brucella spp en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico comercializados en la entidad federativa. 1 1 1 1 4 37. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con la fortificación de alimentos (brucelosis), de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 3 4 3 3 4 17 LESP 38. Realizar las determinaciones de Brucella spp en productos lácteos (leche) no sometidos a tratamiento térmico, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 3 4 3 3 13 39. Realizar las determinaciones de Brucella spp en productos lácteos (queso) no sometidos a tratamiento térmico, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 5 5 6 5 21 98 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 40. Enviar a la COFEPRIS el “Plan de muestreo anual para la vigilancia de la calidad microbiológica del agua para uso y consumo humano proveniente de la red de distribución de los sistemas formales de abastecimiento”, de acuerdo con los Lineamientos Técnicos emitidos por la COFEPRIS. 41. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre los resultados del monitoreo de cloro residual libre, de coliformes fecales o Escherichia coli y Giardia lamblia realizado en la entidad federativa. 1 1 1 1 1 5 42. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre los acuses de las notificaciones realizadas a los responsables del abastecimiento del agua respecto a los resultados fuera de los límites permisibles en la determinación de cloro residual libre, de coliformes fecales o Escherichia coli y Giardia lamblia así como de las acciones realizadas. 1 1 1 1 1 5 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 43. Enviar a la COFEPRIS el Informe de Resultados de la Vigilancia de la Calidad Microbiológica del Agua para Uso y Consumo Humano con base en los resultados de la determinación de cloro residual libre, los análisis bacteriológicos y la detección de Giardia lamblia realizados conforme a los lineamientos establecidos en dicho año. 1 1 44. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de calidad microbiológica. 45. Enviar a la COFEPRIS el programa de muestreo anual para las determinaciones fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados para la vigilancia de la calidad fisicoquímica del agua en la red de distribución y plantas potabilizadoras de los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 46. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 1 1 1 1 1 5 47. Enviar a la COFEPRIS las notificaciones realizadas a los responsables del abastecimiento del agua en localidades, municipios o entidades federativas, respecto a los resultados del monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo. 1 1 1 1 1 5 48. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados del monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo en cada una de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano seleccionadas en la entidad federativa. 1 1 1 1 1 5 49. Enviar a la COFEPRIS las notificaciones generadas a los organismos responsables y/u operadores de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano de los sistemas de abastecimiento. 1 1 1 1 1 5 50. Enviar a la COFEPRIS el informe anual de los impactos en la salud de la población, por las acciones realizadas por el Área Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios respecto al monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo (tomas domiciliares y plantas potabilizadoras). 1 1 51. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de calidad fisicoquímica. 52. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo prevacacional de playas prioritarias de acuerdo a lo señalado en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 1 1 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 99 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL 53. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo mensual de playas prioritarias de acuerdo a lo señalado en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 1 1 1 3 54. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre la asistencia a las reuniones convocadas por los Comités de Playas, incluyendo información sobre los acuerdos generados durante dichas reuniones o las minutas correspondientes. 1 1 1 1 1 5 55. Enviar a la COFEPRIS el informe sobre las notificaciones realizadas a los Comités de Playas, respecto a los resultados del monitoreo de enterococos en agua de mar de playas de uso recreativo con contacto primario, cuando estos resultados rebasen el límite permisible establecido por la Secretaría de Salud, así como de las acciones realizadas. 1 1 1 1 4 56. Enviar a la COFEPRIS un informe anual en el que se analicen los resultados obtenidos del programa de muestreo de la determinación de Enterococos en agua de mar. 1 1 57. Difundir al interior de los Comités de Playas, la cédula de caracterización de las playas contenidos en el universo de monitoreo que lleva a cabo la entidad de acuerdo a lo establecido en los lineamientos de la COFEPRIS. 58. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de contacto: Vigilancia de la calidad del agua de mar para uso recreativo con contacto primario. 1 1 59. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo de E. coli realizados en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario. 1 1 1 1 1 5 60. Enviar a la COFEPRIS el informe sobre las notificaciones realizadas a la autoridad correspondiente, respecto a los resultados del monitoreo de E. coli en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario que rebasaron el límite permisible establecido por la Secretaría de Salud, así como de las acciones realizadas. 1 1 1 1 1 5 61. Enviar a la COFEPRIS un informe anual en el que se analicen los resultados obtenidos del programa de muestreo de la determinación de E. Coli en cuerpos de agua dulce. 1 1 62. Difundir con la autoridad correspondiente la cédula de caracterización de cuerpos de agua dulce y sitios de muestreo contenidos en el universo de monitoreo que lleva a cabo la entidad de acuerdo a lo establecido en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 63. Validar los sitios de muestreo de los cuerpos de agua dulce que deberán ser vigilados por las entidades federativas. 64. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de contacto: Vigilancia de cuerpos de agua dulce donde se realicen actividades de uso recreativo con contacto primario. LESP 65. Realizar los análisis microbiológicos, en el porcentaje definido respecto al total de las muestras tomadas por el APCRS en el mes, y cuyos resultados están por debajo de lo establecido en la NOM-127-SSA1-2021. 20% 20% 20% 20% 20% 20% 66. Realizar el análisis de Giardia Lamblia de acuerdo a lo establecido en la NOM-127-SSA1-2021. 67. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 118 118 118 118 118 590 68. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en agua de uso y consumo en cada una de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano seleccionadas en la entidad federativa. 5 6 5 4 4 24 69. Realizar los análisis del monitoreo prevacacional de playas prioritarias. 60 60 70. Realizar los análisis del monitoreo mensual de playas prioritarias. 10 10 10 30 71. Realizar los análisis del monitoreo E. coli realizados en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario. 7 7 7 7 7 35 100 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 72. Elaborar el plan anual de trabajo en materia de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 73. Elaborar el reporte de Implementación o seguimientos de unidades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia en el sistema nacional de salud. 1 1 2 74. Elaborar el reporte de seguimiento de actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 1 1 1 3 75. Realizar capacitaciones en Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 76. Realizar asesorías en Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 3 3 3 3 12 77. Realizar el Congreso Estatal de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 1 1 78. Realizar el reporte de visitas de supervisión en materia de Farmacovigilancia realizado a las unidades del sistema nacional de salud. 1 1 1 1 4 79. Participar en la reunión nacional. 1 1 80. Atender las solicitudes emitidas por el CNFV. 1 1 1 1 1 5 81. Elaborar el reporte final de actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia realizadas en el 2025. 1 1 82. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión en el tema de farmacovigilancia y tecnovigilancia dirigidas al personal de salud y a la población en general, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 3 4 3 3 4 17 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 83. Implementar el Programa de Vigilancia Sanitaria en materia de productos y servicios basado en riesgos, así como realizar visitas de verificación sanitaria en materia de productos y servicios, para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 95 95 95 95 95 475 84. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados a la comercialización de agua para consumo humano, Purificadoras de Agua, para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos, así como el cumplimiento de la Norma NOM-201-SSA1-2015, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 5 5 5 5 5 25 85. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados a la fabricación, venta y distribución de suplementos alimenticios (productos engaño) para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 9 9 9 9 9 45 86. Realizar visitas de verificaciones sanitarias en establecimientos que vendan o comercialicen productos del tabaco, nicotina, productos de tabaco calentado (PTC), los sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN), bolsas de nicotina, para verificar la documentación legal del establecimiento y de los productos que comercializan y que ampare su ingreso al territorio nacional, el cumplimiento de la normatividad del etiquetado de los productos , a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 13 13 13 13 13 65 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 101 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL 87. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados al sacrificio y faenado de productos cárnicos (rastros y mataderos), para constatar las condiciones sanitarias en las que operan los establecimientos, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 2 3 3 3 3 14 88. Realizar el muestreo de productos cárnicos para determinación de Clenbuterol en rastros, mataderos y puntos de venta, durante la verificación sanitaria de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 17 17 17 12 12 75 89. Realizar visitas de verificación sanitarias en establecimientos de los Sistemas Estatales DIF (comedores, asilos, guarderías, alberges, centros de atención múltiples y de rehabilitación, centros asistenciales de desarrollo infantil, entre otros) con el objetivo de conocer las acciones y medidas establecidas para asegurar la calidad e inocuidad alimentaria, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 4 5 4 5 4 22 90. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados al almacenamiento, venta y distribución de medicamentos e insumos para la salud para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 5 5 5 5 3 23 91. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos de Farmacias Hospitalarias para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 5 5 5 5 3 23 LESP 92. Realizar el análisis de los productos cárnicos para determinación de Clenbuterol en rastros, mataderos y puntos de venta de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 17 17 17 12 12 75 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 93. Designar al enlace o responsable del Área de Protección contra Riesgos Sanitarios (APCRS), para el seguimiento de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 94. Suscribir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario con las autoridades estatales correspondientes. 95. Difundir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario así como los resultados de su implementación con las autoridades estatales que correspondan. 7 7 96. Elaborar y difundir en medios electrónicos y físicos los materiales para que el sector regulado conozca los mecanismos implementados por el APCRS en el marco de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 5 5 5 5 5 25 97. Fortalecer la colaboración en materia de prevención de la corrupción, con cámaras y prestadores de servicios que sean del ámbito de competencia de la COFEPRIS y el APCRS. 5 5 10 102 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL 98. Garantizar la participación del personal del APCRS en las capacitaciones sobre los procesos de autorización y verificación que imparte la COFEPRIS, en correspondencia con las actividades en las que interviene. 1 1 99. Participar en el Plan Nacional de Supervisión y Vigilancia Técnica. 1 1 100. Promover las modificaciones a la normatividad que corresponda (Ley Estatal de Salud, Reglamento de los Servicios de Salud y/o del APCRS) para contar con las atribuciones para realizar visitas de verificación con videograbación y en salas multidisciplinarias. 1 1 101. Elaborar y publicar en el periódico oficial de la entidad federativa el Procedimiento para la Realización de Visitas de Verificación con Videograbación y en Salas Multidisciplinarias. 102. Realizar y reportar visitas de verificación con videograbación en los establecimientos contemplados en el programa anual de verificación. 100% 100% 100% 100% 100% 100% 103. Realizar y reportar visitas de verificación con videograbación de los establecimientos que cuenten con denuncia sanitaria. 100% 100% 100% 100% 100% 100% 104. Instalar y poner en funcionamiento salas multidisciplinarias que cuenten con cámaras de videograbación para brindar atención al sector regulado y/o partes interesadas. 100% 100% 100% 100% 100% 100% 105. Establecer un centro de control para el resguardo del material clasificado de las videograbaciones resultantes de las verificaciones sanitarias y de la atención en las salas multidisciplinarias. 3 3 3 3 3 15 106. Capacitar a las personas servidoras públicas del APCRS en materia de prevención de actos de corrupción e integridad en el servicio público. 1 1 107. Difundir al personal del APCRS el Código de Ética y el Código de Conducta aplicables. 2 2 108. Canalizar, a través del área de vinculación, a los interesados en presentar alguna denuncia en contra de algún funcionario del APCRS por presuntas irregularidades. 1 1 1 1 1 5 109. Enviar mensualmente, en los formatos correspondientes, los avances de la ejecución de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 2 2 2 2 2 10 110. Elaborar el informe final de la implementación de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario en donde se describa el impacto de las acciones emprendidas para implementar acciones que promuevan la mejora continua. 1 1 LESP 111. Designar al enlace o responsable del Laboratorio Estatal de Salud Pública (LESP), para el seguimiento de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 112. Suscribir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario con las autoridades estatales correspondientes. 113. Elaborar y difundir en medios físicos y electrónicos los mecanismos implementados por el LESP en el marco de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 2 2 2 2 2 10 114. Capacitar a las personas servidoras públicas del LESP en materia de prevención de actos de corrupción e integridad en el servicio público. 1 1 115. Difundir al personal del LESP el Código de Ética y el Código de Conducta aplicables. 2 2 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 103 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 116. Ratificar o notificar algún cambio de un enlace o responsable del SGC. 117. Realizar la revisión por la Alta Dirección del SGC y el estatus general de seguimiento de los acuerdos. 1 1 118. Actualizar el contexto de la organización (análisis FODA). 119. Presentar la planeación estratégica en el APCRS para el SGC. 120. Ratificar y/o actualizar el alcance del SGC. 121. Revisar y/o actualizar la matriz de las partes interesadas del SGC. 122. Ratificar y/o Actualizar la Filosofía de la Calidad. 123. Revisar, actualizar y difundir las Caracterizaciones. 2 2 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 124. Realizar sesiones periódicas del Comité de la Calidad. 1 1 2 125. Realizar actividades de capacitación y concientización del SGC 1 1 2 126. Dar seguimiento a los riesgos y oportunidades de los procesos del SGC. 3 3 6 127. Documentar la planificación de los cambios. 1 1 128. Realizar reuniones de retroalimentación del Sistema de Gestión de Calidad. 1 1 129. Revisar y/o actualizar la información documentada de los procesos de realización en la APCRS. 130. Reportar el desempeño de los procesos. 2 1 3 131. Realizar el ejercicio de Auditoría de Calidad. 2 2 132. Dar seguimiento al cierre de la Auditorias. 2 2 133. Dar seguimiento a la medición de la satisfacción de los clientes. 2 2 134. Gestionar con un organismo certificador acreditado por cualquier entidad acreditadora respecto a la Norma ISO 9001 vigente, una pre-auditoría, auditoría de vigilancia o certificación. 5 5 135. Participar en el Encuentro Nacional de Calidad. Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 136. Nombrar y notificar vía oficio a la COFEPRIS al enlace o responsable de TIC del APCRS. 137. Reportar los usuarios de sistemas que causaron baja de los sistemas de COFEPRIS. 1 1 2 138. Reportar los usuarios activos en los sistemas de la COFEPRIS. 1 1 2 104 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 139. Remitir un oficio firmado por el titular del APCRS y LESP con el compromiso de la alta dirección para que las personas servidoras públicas sean capacitadas. 140. Remitir el listado de las personas servidoras públicas que componen las oficinas centrales, las jurisdicciones,y del Laboratorio Estatal de Salud Pública, con el objeto de identificar al personal que será capacitado. 141. Inscribir y dar seguimiento al Programa de Fortalecimiento de Capacidades para Verificadores y Dictaminadores en Servicios de Salud. 1 1 142. Capacitar a las personas servidoras públicas que componen las oficinas centrales, las jurisdicciones,y del Laboratorio Estatal de Salud Pública, en el marco del Programa Anual de Capacitación. 100% 100% 100% 100% 100% 100% 143. Desarrollar e implementar cursos de capacitación dirigido al sector regulado en el marco del Plan de Trabajo otorgado por la COFEPRIS. 6 6 12 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 144. Notificar los eventos de emergencias sanitarias en un plazo no mayor a 24 horas, del conocimiento de ocurrencia e independientemente de la magnitud. 100% 100% 100% 100% 100% 100% 145. Realizar 2 eventos de acciones preventivas al mes (Enfocados a escuelas y/o unidades médicas), relacionadas con actividades de vigilancia, fomento sanitario y actividades de saneamiento básico en localidades identificadas con mayor vulnerabilidad y/o al comportamiento epidemiológico de cada entidad federativa, con el propósito de prevenir casos de enfermedades diarreicas agudas e infecciones asociadas a los servicios de salud (estas acciones preventivas no se refieren a eventos de concentraciones masivas). 2 2 2 2 2 10 146. Contar con la evidencia del personal, desde nivel Jurisdiccional al Estatal (padrón de brigadistas), capacitado de manera teórica y práctica a través de un operativo de acciones preventivas de protección contra riesgos sanitarios en materia de emergencias de nuestras competencias. 1 1 147. Remitir la evidencia de la adquisición de los insumos y materiales requeridos para la atención de emergencias sanitarias, incluyendo equipos de protección personal para el seguro desempeño de las funciones. 1 1 148. Enviar informe mensual y anual de atención a eventos de emergencias sanitarias. 1 1 1 1 1 5 149. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, con el fin de informar a la población en general, los riesgos a los que están expuestos y como evitarlos en circunstancias de emergencias sanitarias, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 3 4 3 3 4 17 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 105 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 150. Llevar a cabo la validación documental y elaborar la cédula de evaluación. 1 1 1 1 1 5 151. Dar seguimiento al cierre de flujo en SIIPRIS de conformidad con los lineamientos. 1 1 1 1 1 5 152. Cumplir con la evaluación del desempeño del personal encargado de apoyar en la validación documental. 1 1 2 153. Remitir mensualmente el listado actualizado de licencias sanitarias de farmacias, droguerías y boticas y/o establecimientos dedicados a servicios urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas. 1 1 1 1 1 5 154. Actualizar las licencias sanitarias de farmacias, droguerías y boticas que no cumplan con la nomenclatura establecida por la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios. 155. Realizar las visitas de verificación de conformidad con el "Plan Trimestral de Verificación" establecido por la COFEPRIS. 100% 100% 100% 156. Realizar las notificaciones de autorización de uso lúdico de Cannabis emitidas por COFEPRIS y remitir mensualmente el reporte de notificaciones. 1 1 1 1 1 5 157. Remitir semestralmente el informe del trámite con Homoclave COFEPRIS-03-014. Aviso de previsiones de compra-venta de medicamentos que contengan estupefacientes (sólo farmacias, droguerías y boticas). 1 1 158. Remitir trimestralmente el informe del trámite con Homoclave COFEPRIS-03-005. Permiso de libros de control de estupefacientes o psicotrópicos y sus cancelaciones. 1 1 2 159. Remitir semestralmente listado de autorizaciones recibidas y emitidas en materia de Publicidad. 1 1 160. Remitir mensualmente el listado actualizado del estatus que tienen las licencias sanitarias de establecimientos que utilizan fuentes de radiación para fines médicos o de diagnóstico y establecimientos de atención médica. 1 1 1 1 1 5 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 161. Participar en las reuniones de trabajo sobre Resistencia Antimicrobiana. 162. Establecer un programa estatal anual de muestreo de leche destinada para consumo humano, para el monitoreo de inhibidores (residuos de antibióticos). 163. Realizar en establecimientos (puntos de venta) la toma de muestras de leche cruda (no sometida a tratamientos térmicos), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar inhibidores (residuos de antibióticos). 1 1 1 3 164. Realizar en establecimientos (puntos de venta) la toma de muestras de leche pasteurizada (sometida a tratamientos térmicos), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar inhibidores (residuos de antibióticos). 1 1 2 165. Enviar a la COFEPRIS el reporte de los resultados analíticos de los inhibidores (residuos de antibióticos) en las muestras de leche obtenidas en puntos de venta. 1 1 1 1 4 LESP 166. Realizar el análisis de los productos de muestras de leche cruda (no sometida a tratamientos térmicos), para identificar inhibidores (residuos de antibióticos) en establecimientos (puntos de venta). 1 1 1 3 167. Realizar el análisis de los productos de muestras de leche pasteurizada (sometida a tratamientos térmicos), para identificar inhibidores (residuos de antibióticos) en establecimientos (puntos de venta). 1 1 2 106 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 168. Participar en las reuniones de trabajo sobre el nuevo proyecto mediante el que se integrará información relacionada con exposición a sustancias tóxicas. 169. Integrar un padrón de establecimientos de salud de segundo y tercer nivel de atención que cuenten con hospitalización, urgencias y consulta de especialidad, en donde se atiendan eventos o complicaciones derivadas del uso o la exposición aguda a agentes químicos, ya sea de forma accidental, voluntaria, intencional o laboral. 170. Elaborar un plan de trabajo para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas, que deberá ser implementado durante el segundo semestre de 2025. 171. Enviar a la COFEPRIS el registro mensual de los casos o eventos atendidos por el uso o la exposición aguda a agentes químicos, ya sea de forma accidental, voluntaria, intencional o laboral. 1 1 1 1 1 5 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL LESP 172. Realizar el análisis de las determinaciones establecidas en los objetivos específicos del presente instrumento acorde al binomio matriz-analito, conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos. 1 1 1 1 1 5 173. Ampliar el marco analítico mediante la implementación de métodos de prueba, acorde a la capacidad instalada en cada LESP y conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos. 1 1 174. Mantener vigentes las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado. 1 1 175. Cumplir con las actividades relacionadas con el fortalecimiento técnico, competencia técnica, el envío de informes de productividad analítica, acorde a lo establecido en los lineamientos técnicos aplicables a los LESP. 1 1 1 1 1 5 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 176. Designar al enlace o responsable del Área de Protección contra Riesgos Sanitarios (APCRS), para el seguimiento de las actividades de la vigilancia sanitaria a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. 177. Actualizar y enviar a la COFEPRIS conforme al formato el padrón de establecimientos de atención médica con fines estéticos. 178. Realizar visitas de verificación a los establecimientos de atención médica con fines estéticos no quirúrgicos con el propósito de detectar, identificar y eliminar anomalías a fin de proteger a la población de los riesgos sanitarios relacionados con estos procedimientos. 3 3 3 3 3 15 179. Realizar visitas de verificación a los establecimientos de atención médica con fines estéticos quirúrgicos, con el propósito de detectar, identificar y eliminar anomalías a fin de proteger a la población de los riesgos sanitarios relacionados con estos procedimientos. 2 2 2 2 2 10 180. Enviar a la COFEPRIS en los formatos correspondientes establecidos el avance de las visitas de verificación de los establecimientos de atención médica con fines estéticos. 1 1 1 1 1 5 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 107 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL 181. Realizar el vínculo con los Colegios, Consejos y/o Asociaciones sobre medicina estética y de cirugía plástica, estética y reconstructiva, con la finalidad de intercambiar información sobre establecimientos dedicados a la medicina estética y clínicas de cirugía plástica, estética y reconstructiva irregulares, realizando un acuerdo de colaboración en cuestión de denuncias que hayan recibido. 1 1 2 182. Gestionar, implementar y reportar las acciones de fomento y dirigidas a la población y sector regulado, con el propósito de contribuir a la disminución de riesgos asociados al uso de prestación de servicios en establecimientos de atención médica con fines estéticos irregulares y enviar el formato correspondiente a la COFEPRIS. 1 1 1 1 1 5 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. Actividad Específica Metas Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL APCRS 183. Elaboración del padrón estatal de comercializadores y productores de loza vidriada. 184. Elaboración y análisis del estudio de percepción del riesgos a los alfareros de las comunidades productoras y comercializadoras de loza vidriada. 185. Diseño y elaboración de una estrategia de difusión dirigida a comercializadores y productores de loza vidriada. 1 1 186. Elaboración del programa de visitas de Fomento Sanitario a las principales comunidades alfareras para impartir pláticas sobre el uso de compuesto de plomo en la alfareria vidriada. 1 1 1 1 4 187. Elaboración de un programa para impartir pláticas de fomento sobre los riesgos del uso de compuestos de plomo en la producción de loza vidriada. 188. Concertación con Autoridades Municipales y asociaciones de alfareros para la instrumentación del programa de pláticas de fomento sobre los riesgos del uso de compuestos de plomo en la producción de loza vidriada. 1 1 1 1 4 189. Difusión de material dirigido a comercializadores y productores de loza vidriada por la Entidad Federativa seleccionada. 1 1 1 1 1 5 190. Elaboración de informes mensuales del avance sobre de las acciones del proyecto de plomo en loza vidriada. 1 1 LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA, SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, EL QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda Pública, Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.- Rúbrica.- El Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica. 108 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 ANEXO 3 AVANCE FINANCIERO 2025 ENTIDAD: JALISCO CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Específico AUTORIZADO IMPORTES COMPROBADOS POR COMPROBAR OBSERVACIONES MES 1 MES 2 MES 3 MES 4 MES 5 Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 109 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Específico AUTORIZADO IMPORTES COMPROBADOS POR COMPROBAR OBSERVACIONES MES 1 MES 2 MES 3 MES 4 MES 5 Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática. Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS. Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS. Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA, SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, EL QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda Pública, Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.- Rúbrica.- El Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica. 110 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 ANEXO 4 PROGRAMA, RESPONSABLES POR UNIDAD ADMINISTRATIVA Y COORDINACIONES DE TEMAS ENTIDAD: JALISCO CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Específico UA Responsable Coordinador UA Encargada de la validación del catálogo de insumos y Memoria de Cálculo Comprobación física financiera UA Encargada del seguimiento de las Acciones de Difusión Coordinador UA Encargada del control analítico Coordinador UA Encargada de las solicitudes de suficiencia presupuestaria, instrucción de ministración de recursos y comprobación de cumplimiento de metas UA Encargada de las solicitudes de transferencia, de la comprobación financiera y del trámite y validación de las solicitudes de reintegro de los recursos financieros Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. COS y CEMAR Dirección Ejecutiva de Programas Especiales y Dirección Ejecutiva de Evidencia de Riesgos COS, CEMAR, CFS, y CCAYAC CGSFS SG CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación CCAYAC Dirección Ejecutiva de Innovación Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. COS Dirección Ejecutiva de Programas Especiales COS y CCAYAC Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. COS, CFS, y CCAYAC CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. CEMAR Dirección Ejecutiva de Evidencia de Riesgos CEMAR, CFS, y CCAYAC Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). CEMAR y CCAYAC Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Dirección Ejecutiva de Ejecutiva de Farmacopea y Farmacovigilancia CEMAR, CFS, y CCAYAC CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. COS Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria COS y CCAYAC CCAYAC Dirección Ejecutiva de Innovación Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. CGSFS Dirección Ejecutiva de Programación y Evaluación del Desempeño CGSFS Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 111 Programa Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios. Objetivo Específico UA Responsable Coordinador UA Encargada de la validación del catálogo de insumos y Memoria de Cálculo Comprobación física financiera UA Encargada del seguimiento de las Acciones de Difusión Coordinador UA Encargada del control analítico Coordinador UA Encargada de las solicitudes de suficiencia presupuestaria, instrucción de ministración de recursos y comprobación de cumplimiento de metas UA Encargada de las solicitudes de transferencia, de la comprobación financiera y del trámite y validación de las solicitudes de reintegro de los recursos financieros Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática. CGSFS Dirección Ejecutiva de Sistemas y Procesos Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS. CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación CFS Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. COS Dirección Ejecutiva de Programas Especiales COS y CFS CGSFS SG CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. CAS Oficina de la Comisión de Autorización Sanitaria CAS Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. CEMAR Dirección Ejecutiva de Evidencia de Riesgos CEMAR y CCAYAC CCAYAC Dirección Ejecutiva de Innovación Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS. CEMAR Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). CCAYAC Dirección Ejecutiva de Innovación CCAYAC CGSFS/CCAYAC CCAYAC Dirección Ejecutiva de Innovación Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. COS Dirección Ejecutiva de Supervisión y Vigilancia Sanitaria COS y CFS CGSFS Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. CFS Dirección Ejecutiva de Comunicación de Riesgos y Capacitación CFS LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA, SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. ANEXO 4 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, EL QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda Pública, Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.- Rúbrica.- El Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica. 112 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 ANEXO 5 CATÁLOGO DE INSUMOS ENTIDAD: JALISCO CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 1. Actualizar y enviar a la COFEPRIS el padrón de establecimientos que procesan (empacan y/o acopian) frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 21101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort. APCRS 2. Realizar visitas de verificación a los establecimientos (plantas de empaque y/o centros de acopio) que procesan frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas. 21401; 21601; 25101; 25401; 25501; 26102; 26103; 27201; 29601; 35501; 37201; 37501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE LIMPIEZA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Insumos para impresoras; Memorias USB; Colorímetro; Kit de medición de cloro residual; Pastillas DPD; Rojo fenol; Jabón; Gel antibacterial; Solución desinfectante; Alcohol desinfectante; Combustible; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Cofias o cubrepelo; Cubrebocas; Googles; Guantes de látex; Llantas para vehículo; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Gastos para pasajes; Casetas/peaje. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 113 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 3. Realizar la toma de muestras en plantas de empaque y/o en centros de acopio para análisis microbiológico y envío de las mismas al LESP de frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas, a las cuales se efectuarán las determinaciones especificadas en la programación correspondiente y que deben coincidir con las registradas en el apartado del LESP. 21101; 21601; 25101; 25401; 25501; 25901; 26102; 27201; 29601; 31801; 33603; 33901; 35501; 37501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Papelería; Hojas de papel bond; Tablas con clip; Etiquetas blancas adhesivas; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Guantes; Cubrebocas; Lentes o googles; Jabón; Gel antibacterial; Toallas de papel interdoblado; Solución desinfectante; Alcohol desinfectante; Kit de medición de cloro residual; Colorímetro; Pastillas DPD; Rojo fenol; Bolsas de cierre hermético estériles; Comparadores colorimétricos; Bolsa para toma de muestra; Glicerina purificada; Solución de almacenaje; Solución de conductividad; Gel refrigerante; Hielo potable; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Hielera; Hisopo; Torunda de algodón; Kit digital para determinación de cloro residual y ph; Sello de muestreo; Termómetro; Cucharas; Pinzas; Picahielos; Espátula; Frascos de nalgene; Gel antibacterial; Gasolina; Llantas para vehículo; Guía de estafeta para envío de muestras de alimentos; Impresión de material necesario para la toma de muestras; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Peaje; Gastos de camino; Caseta de Cuota/Peaje. APCRS 4. Notificar los resultados de análisis frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas, a la COFEPRIS de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 21101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort. APCRS 5. Realizar la toma de muestras y envío de las mismas al LESP de los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, a las cuales se efectuarán las determinaciones microbiológicas especificadas en la programación correspondiente y que deben coincidir con las registradas en el apartado del LESP. 21101; 21601; 25101; 25401; 25501; 25901; 26102; 27201; 29601; 31801; 32502; 33603; 33901; 35501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Hojas de papel bond; Tablas con clip; Etiquetas blancas adhesivas; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Cubrepelo; Cofias; Guantes; Cubrebocas; Lentes o googles; Jabón; Gel antibacterial; Toallas de papel interdoblado; Alcohol; Solución desinfectante; Colorímetro; Pastilla DPD; Rojo fenol; Bolsas de cierre hermético estériles; Comparadores colorimétricos; Kit de medición de cloro residual; Bolsa para toma de muestra doble sello; Glicerina purificada; Solución de almacenaje; Solución de conductividad; Gel refrigerante; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Hielo potable; Hielera; Hisopo; Torunda de algodón; Kit digital para determinación de cloro residual y ph; Cajas térmicas de plástico o polipropileno; Rollo de bolsa de polietileno; Sello de muestreo; Termómetro; Cucharas; Pinzas; Picahielos; Espátula; Frascos de nalgene; Gel antibacterial desinfectante; Gasolina; Llantas para vehículo; Guía de estafeta; Impresión de sellos autoadheribles; Material impreso; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Casetas/peaje; Arrendamiento de vehículos terrestres. 114 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 6. Notificar los resultados de análisis los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, a la COFEPRIS de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 21101; 21401; 31603; 32301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet; Arrendamiento de equipo de cómputo. APCRS 7. Participar en las reuniones de trabajo que la COFEPRIS otorgue relacionados con el monitoreo de la inocuidad de los alimentos, específicamente en materia de residuos de plaguicidas 21101; 29401; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Mouse para computadora; Teclado para computadora; Monitor para computadora de escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Lápices; Papelería; Bolígrafos; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta. APCRS 8. Enviar a la COFEPRIS en el formato establecido, el avance del padrón de establecimientos, centrales de abasto o almacenes de alto volumen, ubicados en la entidad federativa y que comercialicen productos nacionales. 21101; 21401; 29601; 35501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Llantas para vehículo; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Bolígrafos; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta. APCRS 9. Realizar en los establecimientos la toma de muestras de alimentos (productos agrícolas frescos mínimamente procesados), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar residuos de plaguicidas. 21401; 21101; 25101; 25401; 25501; 26102; 27201; 31801; 33603; 33901; 35501; 37501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; SERVICIO POSTAL; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Memorias USB; Cofias; Guantes; Etiqueta autoadherible; Bolsa para toma de muestra doble sello; Gel refrigerante o hielo potable; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Hielera o cajas térmicas de plático o polipropileno; Rollo de bolsa de polietileno; Sello de muestreo; Gasolina; Guía de estafeta para envío de muestras de alimentos; Impresión de sellos autoadheribles; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Gastos de camino; Casetas/peaje; Papelería; Bolsas de cierre hermético estériles; Guantes de latex; Bolsas de polietileno transparente autosellables estériles; Lápices; Papelería; Bolígrafos; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Cubrebocas; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 115 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 10. Notificar a la COFEPRIS los resultados del análisis de los productos agrícolas mínimamente procesados, de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. NA NA NA APCRS 11. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con el consumo de alimentos, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 33604; 36101 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv. LESP 12. Realizar las determinaciones microbiológicas especificadas en las sábanas de muestreo a las frutas y hortalizas de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin (LESP). 25101; 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Incubadora, Sellador de placas, Autoclave, Baño de agua, Homogeneizador, Potenciómetro, Termómetro, Balanza analítica, Cabina de seguridad biológica(CBS), Lámpara de luz UV, Refrigerador, Motor de licuadora, Horno, Balanza granataria, Bomba, Micropipetas; Mechero Bunsen; Asas de platino o nicromel; Guantes; Lentes de seguridad; Frasco con tiosulfato de sodio; Frasco estéril; Bolsas estériles; Ampolleta abre fácil con sustrato cromogénico; Solución Buffer pH7.2± 0.2(S); Agua TipoI estéril; Escherichia coli ATCC25922; Staphylococcus aureus ATCC25923; Klebsiella aerogenes ATCC25923; Bolsas de polietileno para homogeneizador peristáltico; Cinta testigo; Cuchara de acero inoxidable; Cuchillo desconchador; Espátula acero inoxidable; Frasco de dilución; Gradilla; Pinzas; Pipetas; Probeta; Tubos de cultivo; Tubos de fermentación; Vasos de licuadora; Frasco con tapa de rosca; Agar Mac Conkey; Agar nutritivo; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser; Caldo EC; Agar Eosina Azul de Metileno de Levin(EMB-L); Caldo Lauril Triptosa; Caldo Lauril Triptosa con MUG; Caldo MR-VP; Caldo triptona al 1%; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Caldo Lauril con MUG; Agar Cuenta estándar; Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Reactivo de Kovac; Reactivos para la coloración de GRAM; Regulador de fosfatos solución concentrada; Reactivo de Voges-Proskauer(VP); Enterobacter aerogenes ATCC13048; E. coli ATCC25922; Cajas Petri; Matraz; Tubos de Ensaye; Botellas; Puntas para micropipeta;TBX; Asas bacteriológicas; Tijeras; Martillo; MMGB medio selectivo de enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua peptonada al 0.1%; Tween80; Agua deionizada; Glutamato de sodio; Lactosa; Peptona bacteriológica; Formato de sodio; L-Cisteína; L(-)Acido aspártico; L(+)-Arginina; Tiamina; Ácido nicotínico; Ácido pantogénico; Sulfato de magnesio septahidratado; Citrato de fierro III; Cloruro de calcio dihidratado; Fosfato dipotásico; Púrpura de 116 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo bromocresol; Cloruro de amonio; Agua destilada; Digerido enzimático de caseína; Sales biliares No.3; 5-Bromo-4-cloro-3-Indol-D-glucurónido ácido(BCIG); Dimetil sulfóxido(DMSO); Agar; E.coli ATCC25922 o ATCC8739; E. faecalis ATCC29212 o ATCC19433; Cuchillo de acero inoxidable; Bisturíes; E. faecalis ATCC29212; Solución peptonada salina; TBX; Asa de platino, níquel o desechables; Equipo de filtración con trampa; Filtros de membranas estériles; Manguera de hule; Tiras reactivas; Pinzas estériles para membrana; Escobillones; Forceps acero inoxidable; Charolas; Paños; Contenedor estéril; Agar Entérico de HektoenEH; Agar Lisina HierroLIA; Agar Sulfito de BismutoASB; Agar triple azúcar y HierroTSI; Agar Urea de Christensen; Agar Verde Brillante; Agar Xilosa, Lisina, DesoxicolatoXLD; Caldo de Muller-Kauffmann Tetrationato NovobiocinaMKTTn; Caldo Dey-Engley; Caldo Lactosado; Caldo Nutritivo; Caldo Soya TripticaseínaCST; Caldo Tetrationato sin verde BrillanteCTT; Medio de Rappaport- Vassiliadis con soy RVS; Medio L-Lisina descarboxilasa; 2-metilbutan-2-ol; Yoduro de potasio; Yodo; 4-Dimetilaminobenzaldehído; Ácido clorhídrico; Triptona o tripticasa; Agua Peptonada amortiguada; Alcohol al 70%; Alcohol etílico 96%; a-naftol; Antisuero somático (O) polivalente de Salmonella spp; Azul de bromotimol; Carbonato de Calcio; Citrato de fierro (III); Citrato férrico amónico; Cloruro de Magnesio Hexahidratado; Xilosa; Cloruro de Sodio; Desoxicolato de sodio; Digerido enzimático de soya; Extracto de carne; Extracto de levadura en polvo; Fosfato de Potasio Dibásico; Fosfato de Potasio Monobásico; Fosfato de Sodio Dibásico Dodecahidratado; Fosfato de Sodio Dibásico(anhidro); Fosfato de Sodio Monobásico; Fucsina ácida; Glucosa; Hidróxido de Potasio; Verde brillante; Tolueno; Hidróxido de Sodio; Leche descremada; L-Lisina; Monoclorhidrato de L-lisina; Monohidrato de creatina; Triton X-100; Urea; Novobiocina(sal sódica); O-Nitrofenil-D-galactopiranosidoONPG; Ox sales biliares uso bacteriológico; Oxalato de verde malaquita; Peptona; Reactivos para la reacción de Indol. Reactivo de Kovac o Erlich; Reactivos para la reacción VP (α -naftol y KOH); Rojo de fenol; Sacarosa; Salicina; Solución de creatina; Solución salina fisiológica; Sulfato de Fierro (anhidro); Sulfato de Potasio; Sulfato Ferroso; Sulfito de bismuto (indicador); Tergitol 7 Aniónico; Tiosulfato de sodio anhidro; Tiosulfato de Sodio Pentahidratado; Antisuero flagelar polivalente; Salmonella Typhimurium ATCC14028; Salmonella diarizonae ATCC12325; Salmonella abortus equi ATCC9842; Autoclave, Baño de agua, Cabina de seguridad biológica (CBS), Homogeneizador, Incubadora, Motor de licuadora, Potenciómetro, Refrigerador. LESP 13. Realizar las determinaciones microbiológicas especificadas en las sábanas de muestreo a los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25101; 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Centrífuga, Incubadora, Lavador de microplacas, Lector de microplacas, Equipo TECRA, Omnimixer, Balanza, Termómetro, Autoclave, Baño de agua, Datalogger, Plataforma con agitación, Caja de luz UV, Micropipeta, Replicador, Homogeneizador, Horno, Potenciómetro, Bomba, Motor de licuadora, Sellador de placas, Lámpara de luz UV, Cabina de seguridad biológica (CBS), Refrigerador; Algodón; Plástico para sellar; Jeringas; Filtros tipo jeringa; Tiras reactivas; Tubos para centrífuga; Vaso de precipitado 250ml; BHI con 0,7% de agar (m/v); Polietilen glicol; Solución amortiguadora Tris 0,25 M (30,28 g TRIS/L, pH 8,0); Ácido clorhídrico; Hidróxido de sodio; Kit Ridascreen Set Total; Agua destilada; Hipoclorito de Sodio; Asa de platino, níquel o desechables; Cuchara de acero inoxidable; Equipo de filtración con trampa; Filtros de membranas estériles; Gradilla; Manguera de hule; Matraz; Mechero Bunsen; Pipetas; Vasos de licuadora; Bisturíes; Cuchillo de acero inoxidable; Pinzas; Escobillones; Espátula acero inoxidable; Forceps acero inoxidable; Charolas; Paños; Contenedor estéril; Agar; Caldo Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 117 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo de Muller-Kauffmann Tetrationato Novobiocina MKTTn; Caldo Dey-Engley; Caldo Lactosado; Caldo Nutritivo; Caldo Soya Tripticaseína CST; Caldo Tetrationato sin verde Brillante CTT; Medio de Rappaport-Vassiliadis con soya RVS; Medio L-Lisina descarboxilasa; 2-metilbutan-2-ol; Yoduro de potasio; Yodo; 4- Dimetilaminobenzaldehído; Triptona o tripticasa; Alcohol al 70%; a-naftol; Antisuero somático (O) polivalente de Salmonella spp; Azul de bromotimol; Carbonato de Calcio; Citrato de fierro (III); Xilosa; Cloruro de Sodio; Desoxicolato de sodio; Digerido enzimático de caseína; Digerido enzimático de soya; Extracto de carne; Extracto de levadura en polvo; Fosfato de Potasio Monobásico; Fosfato de Sodio Dibásico Dodecahidratado; Fosfato de Sodio Dibásico (anhidro); Fosfato de Sodio Monobásico; Fucsina ácida; Glucosa; Hidróxido de Potasio; Verde brillante; Tolueno; Lactosa; Leche descremada; L-Lisina; Monoclorhidrato de L-lisina; Monohidrato de creatina; Triton X- 100; Urea; Novobiocina (sal sódica); O-Nitrofenil -D-galactopiranosido ONPG; Ox sales biliares uso bacteriológico; Oxalato de verde malaquita; Peptona; Púrpura de bromocresol; Reactivos para la reacción de Indol. Reactivo de Kovac o Erlich; Reactivos para la reacción VP (α -naftol y KOH); Rojo de fenol; Sacarosa; Salicina; Solución de creatina; Sulfato de Fierro (anhidro); Sulfato de Potasio; Sulfato Ferroso; Sulfito de bismuto (indicador); Tergitol 7 Aniónico; Antisuero flagelar polivalente; Salmonella Typhimurium ATCC 14028; Salmonella diarizonae ATCC 12325; Salmonella abortus equi ATCC 9842; Lámpara UV; Asas de platino o nicromel; Guantes; Lentes de seguridad; Frasco estéril; Bolsas estériles; Ampolleta abre fácil con sustrato cromogénico; Solución Buffer pH 7.2 ± 0.2 (S); Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Klebsiella aerogenes ATCC 25923; Cinta testigo; Cuchillo desconchador; Tubos de fermentación; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser; Caldo EC (E. coli); Caldo Lauril Triptosa; Caldo MR-VP; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Reactivo de Kovac; Reactivos para la coloración de GRAM; Regulador de fosfatos solución concentrada; Reactivo de Voges-Proskauer (VP); Enterobacter aerogenes ATCC 13048; E. coli ATCC 25922; Botellas; Puntas para micropipeta; TBX; Asas bacteriológicas; Vaso de licuadora; Tijeras; Martillo; Desconchador de acero inoxidable; MMGB medio selectivo de enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua deionizada; Glutamato de sodio; L-Cisteína; L(-) Acido aspártico; L(+) – Arginina; Tiamina; Ácido nicotínico; Ácido pantogénico; Sulfato de magnesio septahidratado; Citrato de fierro III; Cloruro de calcio dihidratado; Fosfato dipotásico; Cloruro de amonio; 5-Bromo-4-cloro-3-Indol-D- glucurónido ácido (BCIG); Dimetil sulfóxido (DMSO); Agar; E. coli ATCC 25922 o ATCC 8739; E. faecalis ATCC 29212 o ATCC 19433; Mecheros; Solución peptonada salina; TBX; Probeta; Cámara húmeda; Caldo rojo de fenol (glucosa y manitol); Solución de telurito de potasio; Emulsión de yema de huevo; Solución reguladora de fosfatos; Agua peptonada; Plasma de Conejo con EDTA; Peróxido de hidrógeno al 3%; Reactivos para la tinción de Gram; Aceite de parafina o mineral estéril; Solución trazable para verificación de potenciómetro; Piruvato de sodio; Glicina; Cloruro de litio .6H2O; Infusión cerebro de ternero deshidratado; Infusión corazón de res deshidratado; Fosfato disódico; ADN de timo de carnero; Cloruro de Calcio anhidro; Azul de toluidina O; Tris (hidroximetil aminometano); Fosfato monopotásico; S. aureus ATCC 6538; S. epidermidis ATCC 12228; S. aureus ATCC 25923; Caldo Infusión Cerebro Corazón; Reactivo para tinción de Gram; Cloruro de Litio; Telurito de Potasio; Sulfametazina; 118 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo Digerido enzimático de tejido animal; Infusión deshidratada de cerebro de becerro; Infusión deshidratada de corazón de becerro; Fosfato monobásico disódico anhidro; Plasma de conejo deshidratado; Ácido Etilendiaminotetraacético; Fibrinógeno de bovino; Inhibidor de tripsina; Staphylococcus epidermidis WDCM 00036; Staphylococcus aureus WDCM 00034; Staphylococcus aureus WDCM 00032; Escherichia coli WDCM 00012; Escherichia coli WDCM 00013; Proteus mirabilis WDCM 00023; Staphylococcus saprophyticus WDCM 00159; Staphylococcus aureus WDCM 00035; Staphylococcus aureus WDCM 00090; Tubos de cultivo o de ensayo; Tubos para bioquímicas o ensaye; Lámpara; Bolsas de polietileno; Aparato de filtración; Membranas; Agua Peptonada Alcalina; Caldo Glucosa de Hugh-Leifson; Medio Base de Descarboxilasa (Arginina, Lisina y Ornitina); Caldo Triptona; Caldo Soya Tripticasa (TSB); Caldo Rojo de Metilo y Vogues Proskauer(RM-VP); Medio para prueba de movilidad (Semisólida); Proteosa peptona; Citrato de sodio dihidratado; Sales biliares; Bilis de buey; Citrato férrico; Azul de timol; Rojo de cresol; Celobiosa; Colistina; Polimixina B; Gelatina; Dextrosa; Tiosulfato de sodio; Tristona; Polipeptona; Gelisato; Alcohol etílico; Alfa Naftol; Alcohol Etílico absoluto; N,N,N,N-Tetrametil-p- Fenilendiamino; p-dimetilaminobenzaldehído; Alcohol amílico; Rojo de metilo; Papel filtro; Bolsas tolerantes al calor y sellador; Tubos de plástico; Microplacas de titulación; Membranas de nylon; Mamparas de malla; Varillas; Palillos de madera; Cajas Petri desechables y estériles; Placas; Cepillos estériles; Forceps; Caldo Extracto de levadura Casaminoácidos (CAYE); Medio para prueba de movilidad-1% Cloruro de Sodio; Caldo T1N0; Caldo T1N3; Caldo T1N6; Caldo T1N8; Caldo T1N10; Dig-11-dUTP; CSPD; Caldo Urea; Bicarbonato de Sodio; Fitona; Soytona; Sangre de oveja desfibrinada; Casaminoácidos; Sulfato de Magnesio; Cloruro de Manganeso; Cloruro de Fierro; Fosfato de Sodio dibásico anhidro; Sulfato de Polimixina B; Colato de Sodio; Oxgall; Glicerol; Antisuero polivalente V. cholerae O1; Antisuero polivalente V. cholerae O139; Kit de detección de enterotoxina VET-RPLA TD920A; Acetato de amonio; Dodecil sulfato de sodio; Trizma Base; Cloruro de Magnesio; Proteinasa K; Solución de bloqueo; Anti-Fosfatasa digoxigénica alcalina, Fragmentos Fab; Reactivos para Tinción de Gram; Termobloque; Termociclador; Congelador; Puntas para PCR con filtro libres de DNAsas y RNAsas; Tubos de polipropileno; Tiras 8-tubos; Oligonucleótido tdh 89F desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido tdh 321R desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido trh 20F desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido trh 292R desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido IAC 46F desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido IAC 186R desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido tlh 884F desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido tlh 1091R desalado y concentración de trabajo 10µM; dNTP’s, mezclados y en la misma concentración 10mM; Potasio dihidrógeno fosfato; Agua grado PCR; Agua tipo I; Disodio hidrógeno fosfato anhidro; E. coli ATCC 11229; Staphylococcus aureus ATCC 6538; Formato de sodio; Fosfato de Potasio Dibásico; Solución salina fisiológica; Varillas; Tween; Platinum Taq DNA polimerasa; Colorante ROX de referencia (solo si se utiliza el ABI 7500); Autoclave, Balanza analítica, Balanza granataria, Baño de agua, Bomba, Caja de luz UV, Datalogger, Homogeneizador, Horno, Horno de microondas, Incubadora, Micropipetas, Motor de licuadora, Plataforma con agitación, Potenciómetro, Refrigerador, Replicador, Sellador de placas, Termómetro. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 119 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 14. Realizar las determinaciones de residuos de plaguicidas de los productos agrícolas frescos mínimamente procesados, de conformidad con los lineamientos establecidos. 25501; 25901; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Cromatógrafo; Ultracongelador; Baño ultrasónico; Evaporador; Campana de extracción; Balanza analítica; Cámara de vacío; Vórtex; Micropipetas; Bomba; Vaso de precipitado; Manguera de succión; Columnas de C18; Puntas para micropipeta; Sistema de filtración al vacío; Tiras reactivas; Frasco 1L; Matraz; Viales; Agua, grado HPLC; Metanol, grado HPLC; Acetato de Etilo, grado HPLC; Isopropanol; Tiosulfato de sodio; Gas acarreador Helio de ultra alta pureza UN 10.46; Lindano, pureza ≥ 99.00%; 4,4´- DDT, pureza ≥ 99.00%; Endrin, pureza ≥ 99.00%; Cianazina, pureza ≥ 99.00%; Aldrin, pureza ≥ 99.00%; Dieldrin, pureza ≥ 99.00%; Pendimetalina, pureza ≥ 99.00%; Trifluralina, pureza ≥ 99.00%; Metoxicloro, pureza ≥ 99.00%; Alacloro, pureza ≥ 99.00%; Clordano, pureza ≥ 99.00%; Sonicador; Centrífuga; Motor de licuadora; Procesador de alimentos; Tubos para centrífuga; Jeringas; Cuchillo; Tablas de picar; Espátula; Vasos; Microfiltros; Engarzadora; Liners; Conectores; Ferrules; Acetonitrilo; 2-Propanol; Agua Desionizada Tipo 1; Ácido acético; Kit de Extracción QUECHERS Método AOAC 2007.01; Kit de Limpieza QUECHERS Método AOAC 2007.01; Permetrina; Paratión; Diazinón; Malatión; Carbarilo; Oxamil; Balanza analítica, Baño ultrasónico, Bomba, Campana de extracción, Centrífuga, Cromatógrafo, Evaporador, Micropipetas, Motor de licuadora, Procesador de alimentos, Sonicador, Ultracongelador. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 15. Cumplir con el número de visitas programadas para la toma de muestras de agua y producto en las áreas de cosecha de moluscos bivalvos, así como el envío de muestras a los LESP. 21101; 21601; 25501; 26102; 27101; 29601; 32502; 32505; 33604; 33901; 35501; 37501; 53201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA Cinta canela; Cinta testigo; Baterías; Etiqueta autoadherible; Tabla de apoyo para campo con clip; Gel antibacterial; Bolsa estéril con cierre hermético; Bolsa de plástico; Gel antibacterial; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Frasco de plástico esterilizable; Hielera de plástico o polipropileno; Caja térmica de plástico o polipropileno; Refrigerante; Refacciones de vehículos; Material impreso; Gastos de alimentación y hospedaje; Gasolina; Chalecos salvavidas; Arrendamiento de lancha; Casetas/peaje; Gastos de camino; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Renta de vehículo; Termómetro; Medidor de oxígeno disuelto, temperatura y ph; GPS. 120 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo SERVIDORES PÚBLICOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO APCRS 16. Notificar los resultados de análisis de las determinaciones realizadas en agua y producto a la COFEPRIS de manera mensual a través del sistema electrónico autorizado en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. NA NA NA APCRS 17. Realizar el monitoreo de fitoplancton en agua de mar, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 21101; 25101; 25501; 26102;27101; 27201; 29601; 32505; 33603; 35401; 35501; 35701; 53201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Tabla de apoyo para campo con clip; Etiqueta autoadherible; Material impreso; Chalecos salvavidas; Cámara de conteo de utermön; Capilares planos; Microslides; Celdas de Sedgwick-Rafter; Válvulas de retención de agua; Aditivos; Lubricantes para vehículos; Disco secchi; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Frasco de polipropileno; Autoclave de boca ancha con tapa de rosca; Tubos rígidos de PVC con válvula de tención; Gel antibacterial; Hielera de plástico o polipropileno; Caja térmica de plástico o polipropileno; Lugol; Medidor de oxígeno disuelto, temperatura y ph; Microscopio invertido o de campo; Piola; Pipeta pasteur; Pisetas; Plomos con forma de disco; Portaobjetos; Cubreobjetos de vidrio esmerilado; Recipientes de plástico con rangos de profundidad marcados; Tubos para cámara de sedimentación; Refrigerante; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Arrendamiento de lancha; Gasolina; Refacciones de vehículos; Mantenimiento y conservación de equipo especializado; Mantenimiento de equipo e instrumentos; Botellas oceanográficas; Redes para fitoplancton. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 121 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 18. Notificar los resultados de análisis de agua de mar a la COFEPRIS de manera mensual a través del sistema electrónico autorizado en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes. 21101; 21401; 31603 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet. LESP 19. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para agua (coliformes fecales) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos. 25101;25501;25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Autoclave; Horno; Incubadora; Termómetro; Potenciómetro; Pipetas; Frascos de vidrio; Tubos de cultivo; Campanas de fermentación; Gradilla; Caldo lauril sulfato triptosa; Caldo EC; Triptosa; Lactosa; Fosfato dipotásico; Fosfato monopotásico; Cloruro de sodio; Lauril sulfato de sodio; Agua destilada; Mezcla de sal de bilis; Tubos de ensayo; Tubos de fermentación invertidos; Caldo Lactosado; Extracto de carne; Peptona; Tripticasa; Fosfato monobásico de Potasio; Agar; Sales biliares No. 3; Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Enterobacter aerogenes ATCC 13048; Baño de agua; Balanza; Frasco con tapa de rosca; Lámpara UV; Lentes protectores; Cuchillo; Pinzas; Tijeras; Cuchara; Espátula; Licuadora; Caldo Lauril; Caldo EC; Caldo MR-VP; Caldo citrato de Koser; Medio EC-MUG; Hidróxido de sodio; Fosfato de Sodio monobásico; Reactivo de Kovacs; Reactivos para la coloración de GRAM; Bacto triptosa; Bacto lactosa; Fosfato potásico (dibásico y monobásico); Bacto sales biliares No. 3; Proteasa peptona o polipeptona; Peptona o gelizante; Rojo neutro; Cristal violeta; Eosina; Azul de metileno; Peptona tamponada; Tetrahidrato de fosfato de sodio y amonio; Sulfato de Magnesio Heptahidratado; Citrato de Sodio dihidratado; p- dimetilaminobenzaldehído; Alcohol amílico (normal); HCI concentrado; Reactivo de Voges-Proskauer (VP); Alfa-naftol; Alcohol absoluto; Hidróxido de potasio; Etanol; Oxalato de amonio; Indicador rojo de metilo (R44); Lodo de Gram; Yodo; Yoduro de potasio; Colorante de contraste; Safranina O; 4-metilumbelliferyl-beta-D-glucurónido (MUG); Estereoscópico; Propipeta; Contador; Bomba; Cucharón; Picahielos; Destapador; Abrelatas; Recipientes; Porta asa; Portaobjetos; Material para envolver esterilizable; Membranas para filtración; Sistema de filtración; Matraz; Botellas de borosilicato; Asa bacteriológica; Casitona; Tiopeptona; Tiotona; Triptona; Extracto de levadura; Dextrosa; Fosfato de Potasio; Desoxicolato de Sodio; Sulfito de Sodio; Fucsina básica; Agua grado reactivo; Polipeptona; Fosfato dihidrógeno Potásico; Homogeneizador; Bolsas de polietileno; Cinta testigo; Frasco de dilución; Mechero Bunsen; Probeta; Tubos de fermentación; Vasos de licuadora; Frasco con tapa de rosca; Caldo A-1; Caldo triptona al 1%; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Agar; Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Regulador de fosfatos solución concentrada; E. coli ATCC 25922; Baño de agua, Horno, Autoclave, Termómetro, Balanza granataria. 122 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 20. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para producto (E. coli, Salmonella sp, Vibrio cholerae y Vibrio parahaemolyticus) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos. 25101; 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Incubadora; Sellador de placas; Lámpara UV; Mechero Bunsen; Guantes; Lentes de seguridad; Frasco estéril; Bolsas estériles; Ampolleta abre fácil con sustrato cromogénico; Solución Buffer pH 7.2 ± 0.2 (S); Agua Tipo I estéril; Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Klebsiella aerogenes ATCC 25923; Autoclave; Baño de agua; Homogeneizador; Potenciómetro; Termómetro; Balanza; Cinta testigo; Cuchara; Cuchillo desconchador; Espátula; Gradilla; Pinzas; Pipetas; Probeta; Tubos de fermentación; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser; Caldo EC; Caldo Lauril Triptosa; Caldo MR-VP; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Reactivo de Kovac; Reactivos para la coloración de GRAM; Regulador de fosfatos solución concentrada; Reactivo de Voges-Proskauer (VP); Enterobacter aerogenes ATCC 13048; E. coli ATCC 25922; Micropipetas; Matraz; Botellas; Puntas para micropipeta; TBX; Cabina de seguridad biológica; Refrigerador; Motor de licuadora; Tijeras; Martillo; MMGB medio selectivo de enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua peptonada al 0.1%; Tween 80; Agua deionizada; Glutamato de sodio; Lactosa; Formato de sodio; L-Cisteína; L(-) Acido aspártico; L(+) - Arginina; Tiamina; Ácido nicotínico; Ácido pantogénico; Citrato de fierro III; Cloruro de calcio dihidratado; Fosfato dipotásico; Púrpura de bromocresol; Cloruro de amonio; Agua destilada; Digerido enzimático de caseína; 5-Bromo-4-cloro-3-Indol-D- glucurónido ácido (BCIG); Dimetil sulfóxido (DMSO); Agar; E. coli ATCC 25922 o ATCC 8739; E. faecalis ATCC 29212 o ATCC 19433; Cuchillo; Bisturíes; Mecheros; Solución peptonada salina; TBX; Horno; Bomba; Asa de platino, níquel o desechables; Equipo de filtración con trampa; Filtros de membranas estériles; Manguera de hule; Tiras reactivas; Escobillones; Charolas; Paños; Contenedor estéril; Caldo de Muller- Kauffmann Tetrationato Novobiocina MKTTn; Caldo Dey-Engley; Caldo Lactosado; Caldo Nutritivo; Caldo Soya Tripticaseína CST; Caldo Tetrationato sin verde Brillante CTT; Medio de Rappaport-Vassiliadis con soya RVS; Medio L-Lisina descarboxilasa; 2- metilbutan-2-ol; Yoduro de potasio; Yodo; 4-Dimetilaminobenzaldehído; Ácido clorhídrico; Agua Peptonada amortiguada; Alcohol; a-naftol; Antisuero somático (O) polivalente de Salmonella spp; Azul de bromotimol; Carbonato de Calcio; Citrato de fierro (III); Xilosa; Cloruro de Sodio; Desoxicolato de sodio; Digerido enzimático de soya; Extracto de carne; Extracto de levadura en polvo; Fosfato de Potasio Dibásico; Fosfato de Potasio Monobásico; Fosfato de Sodio Dibásico Dodecahidratado; Fosfato de Sodio Dibásico (anhidro); Fosfato de Sodio Monobásico; Fucsina ácida; Glucosa; Hidróxido de Potasio; Verde brillante; Tolueno; Hidróxido de Sodio; Leche descremada; L-Lisina; Monoclorhidrato de L-lisina; Monohidrato de creatina; Triton X-100; Urea; Novobiocina (sal sódica); O-Nitrofenil -D-galactopiranosido ONPG; Ox sales biliares uso bacteriológico; Oxalato de verde malaquita; Peptona; Reactivos para la reacción de Indol; Reactivos para la reacción VP (α -naftol y KOH); Rojo de fenol; Sacarosa; Salicina; Solución de creatina; Solución salina fisiológica; Sulfato de Fierro (anhidro); Sulfato de Potasio; Sulfato Ferroso; Sulfito de bismuto (indicador); Tergitol 7 Aniónico; Antisuero flagelar polivalente; Salmonella Typhimurium ATCC 14028; Salmonella diarizonae ATCC 12325; Salmonella abortus equi ATCC 9842; Varilla de vidrio; Tubos de cultivo o de ensayo; Lámpara; Bolsas de polietileno; Aparato de filtración; Membranas; Agua Peptonada Alcalina; Caldo Glucosa de Hugh-Leifson; Medio Base de Descarboxilasa (Arginina, Lisina y Ornitina); Caldo Triptona; Caldo Soya Tripticasa (TSB); Agar; Caldo Rojo de Metilo y Vogues Proskauer(RM-VP); Medio para prueba de movilidad (Semisólida); Extracto de levadura; Proteosa peptona; Citrato de sodio Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 123 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo dihidratado; Sales biliares; Bilis de buey; Citrato férrico; Azul de timol; Rojo de cresol; Celobiosa; Colistina; Polimixina B; Triptona; Tripticasa; Gelatina; Dextrosa; Tiosulfato de sodio; Tristona; L-Arginina (hidrocloruro); Polipeptona; Gelisato; Alcohol etílico; Alfa Naftol; N,N,N,N-Tetrametil-p-Fenilendiamino; p-dimetilaminobenzaldehído; Alcohol amílico; Rojo de metilo; Datalogger; Plataforma con agitación; Horno de microondas; Caja de luz UV; Replicador; Papel filtro; Bolsas tolerantes al calor y sellador; Tubos de plástico; Microplacas de titulación; Membranas de nylon; Mamparas de malla; Varillas; Palillos de madera; Cajas Petri desechables y estériles; Placas; Asa bacteriológica; Cepillos estériles; Forceps; Caldo Extracto de levadura Casaminoácidos (CAYE); Medio para prueba de movilidad-1% Cloruro de Sodio; Caldo T1N0; Caldo T1N3; Caldo T1N6; Caldo T1N8; Caldo T1N10; Dig-11-dUTP; CSPD; Caldo Urea; Tween; Bicarbonato de Sodio; Fitona; Soytona; Sangre de oveja desfibrinada; Casaminoácidos; Sulfato de Magnesio; Cloruro de Manganeso; Cloruro de Fierro; Fosfato de Sodio dibásico anhidro; Fosfato monopotásico; Sulfato de Polimixina B; Colato de Sodio; Oxgall; Glicerol; Antisuero polivalente V. cholerae O1; Antisuero polivalente V. cholerae O139; Kit de detección de enterotoxina VET-RPLA TD920A; Acetato de amonio; Dodecil sulfato de sodio; Trizma Base; Cloruro de Magnesio; Proteinasa K; Solución de bloqueo; Anti-Fosfatasa digoxigénica alcalina, Fragmentos Fab; Reactivos para Tinción de Gram; Termobloque; Termociclador; Centrífuga; Congelador; Vasos de licuadora con tapa; Puntas para PCR con filtro libres de DNAsas y RNAsas; Tubos; Tiras 8-tubos; tdh 89F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ TCCCTTTTCCTGCCCCC; tdh 321R desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ CGCTGCCATTGTATAGTCTTTATC; Oligonucleótido tdh sonda estilo nucleasa y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ TGACATCCTACATGACTGTG y modificación 5'FAM-3'MGBNFQ; Oligonucleótido trh 20F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ TTGCTTTCAGTTTGCTATTGGCT; Oligonucleótido trh 292R desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ TGTTTACCGTCATATAGGCGCTT; Oligonucleótido trh sonda estilo nucleasa y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ AGAAATACAACAATCAAAACTGA y modificación 5'TET-3'MGBNFQ; Oligonucleótido IAC 46F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ GACATCGATATGGGTGCCG; Oligonucleótido IAC 186R desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ CGAGACGATGCAGCCATTC; Oligonucleótido tlh 884F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ ACTCAACACAAGAAGAGATCGACAA; Oligonucleótido tlh 1091R desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ GATGAGCGGTTGATGTCCAA; tlh sonda estilo nucleasa y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ CGCTCGCGTTCACGAAACCGT y modificación 5'TexasRed-3'BHQ; tlh sonda estilo nucleasa y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ CGCTCGCGTTCACGAAACCGT y modificación 5'JOE-3'BHQ2; Platinum Taq DNA polimerasa; dNTP’s, mezclados y en la misma concentración 10mM; Colorante ROX de referencia; Potasio dihidrógeno fosfato; Agua grado PCR; Agua tipo I; Disodio hidrógeno fosfato anhidro; E. coli ATCC 11229; Staphylococcus aureus ATCC 6538; Autoclave, Balanza analítica, Balanza granataria, Baño de agua, Bomba, Cabina de seguridad biológica (CBS), Caja de luz UV, Cámara de vacío, Datalogger, Homogeneizador, Horno, Horno de microondas, Incubadora, Micropipetas, Motor de licuadora, Plataforma con agitación, Potenciómetro, Refrigerador, Replicador, Termómetro. 124 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 21. Realizar análisis de biotoxinas marinas en moluscos bivalvos de acuerdo con lo establecido por COFEPRIS (pruebas para detección de PSP, ASP y DSP en los Estados con litoral en el Océano Pacífico y PSP, ASP, DSP y NSP en los Estados del Golfo de México) de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por COFEPRIS. 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Cromatógrafo; Centrífuga; Campana de extracción; Lector profesional; Vórtex; Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Motor de licuadora; Pipeteador; Servicios de instalación de equipo e instrumental médico. Balanza; Cronómetro; Tubos; Puntas para micropipeta; Viales; Filtro ccrodiscos 0.45µm PVDF; Matraz; Columna analítica; Guarda-columna; Escobillones; Espátula; Forceps; Charolas; Paños; Vasos de licuadora; Contenedores estériles; Careta; Lentes de protección; Vaso de precipitado; Papel filtro; Tubos de centrífuga; Equipo de filtración para la fase móvil; Membrana de filtración; Tubos de polipropileno; Columnas Vydac; Precolumna y guardacolumna; Bureta; Frasco; Acetonitrilo grado HPLC o UV; Metanol grado HPLC o UV; Ácido Trifluoroacético grado espectrofotométrico; L-triptófano; Solución estándar de referencia de 103.3 µg ácido domóico; Estándar secundario de ácido domóico; Fosfato de Potasio monobásico; Peptona; Cloruro de Sodio; Agua destilada; Kit Scotia Rapid Test-ASP; kit Reveal 2.0 ASP (Neogen ítem 9560); Kit de arranque para biotoxinas marinas (Neogen ítem 9563); Desionizador de agua; Baño de agua; Incubadora; Lector de microplacas; Kit de ácido okadaico-PP2A de 96 pozos; Hidróxido de Sodio; Ácido Clorhídrico; Potenciómetro; Termómetro; Placa de calentamiento; Micropipeta; Magnetos; Tiras reactivas; Probeta; Pipeta; Guantes; Jeringas estériles; Agujas estériles del No. 26G; Vidrios de reloj; Jaulas; Ratones sanos; Agitador; Solución estándar de Dihidrocloruro de Saxitoxina (PSP); Solución buffer pH 2.0 con certificado trazable al NIST; Solución buffer pH 7.0 con certificado trazable al NIST; Agua desionizada; Kit AquaBC Rapid Testing PSP; Agitador de microplacas, Balanza, Balanza analítica, Balanza granataria, Baño de agua, Campana de extracción, Centrífuga, Cromatógrafo, Cronómetro, Desionizador de agua, Incubadora, Lector de microplacas, Lector profesional, Micropipetas, Motor de licuadora, Pipeteador, Placa de calentamiento, Potenciómetro, Refrigerador, Termómetro, Ultracongelador, Vórtex. LESP 22. Realizar las determinaciones de fitoplancton en agua de mar con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 25501; 25901 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS Cámara de Sedimentación Utermohl; Vaselina; Pipeta; Portaobjetos; Cubreobjetos; Acetato de Lugol; Vaso de precipitado; Frasco; Cámara de volumen fijo Sedgwick Rafter; Matraz; Probeta; Pipeta Pasteur; Jeringas; Manguera de látex; Papel parafilm; Gasas; Solución fijadora de Acetato Lugol; Yoduro de Potasio; Yodo; Ácido acético glacial; Agua destilada. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 23. Ratificar o notificar el nombre del personal responsable estatal de los programas de sal y harinas para el ejercicio 2025. 21101; 21401;31603; 32301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet; Disco duro externo de 1 a 4 TB; Arrendamiento de equipo de cómputo. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 125 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 24. Enviar actualización del padrón estatal de salineras, envasadoras de sal y molinos de harina de trigo y maíz. 21101;21401; 31603; 32301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS Arrendamiento de equipo de cómputo; Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet; Disco duro externo de 1 a 4 TB. APCRS 25. Realizar visitas de verificación a las salineras y envasadoras de sal tomando como referencia el padrón actualizado. 21101;21401; 25101; 25501;26102; 32502; 33603; 35501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Papelería; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Memorias USB; Disco duro externo de 1 a 4 TB; Colorímetro; Kit de medición de cloro residual; Pastilla DPD; Rojo fenol; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Arrendamiento de vehículos terrestres; Impresión de sellos autoadheribles para muestreo; Actas de verificación; Solicitud de análisis; Órdenes; Citatorios; Cédulas; Papel seguridad; Formato para solicitud de muestras; Fajillas; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de camino; Aditivos para vehículos; Lubricantes para vehículos; Hojas de papel bond tamaño carta. APCRS 26. Realizar el muestreo de sal durante las visitas de verificación sanitaria para constatación de adición de nutrimentos (yodo y flúor), en envasadoras y también en puntos de venta de sal, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 21101;21601; 25401; 25501;26102; 27201; 32502;33603; 33901; 35501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE Jabón; Gel antibacterial; Combustible; Arrendamiento de vehículos terrestres; Aditivos para vehículos; Lubricantes para vehículos; Cofias o cubrepelo; Cubrebocas; Guantes de látex; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Impresión de sellos autoadheribles para muestreo; Etiqueta autoadherible para identificación de muestra; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de camino. 126 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS APCRS 27. Realizar visitas de verificación a los molinos de harinas de maíz y trigo tomando como referencia el padrón actualizado. 21101;21401; 25101; 25501;26102; 32502; 33603; 35501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Papelería; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Memorias USB; Disco duro externo de 1 a 4 TB; Colorímetro; Kit de medición de cloro residual; Pastilla DPD; Rojo fenol; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Arrendamiento de vehículos terrestres; Impresión de sellos autoadheribles para muestreo; Actas de verificación; Solicitud de análisis; Órdenes; Citatorios; Cédulas; Papel seguridad; Formato para solicitud de muestras; Fajillas; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de camino; Aditivos para vehículos; Lubricantes para vehículos; Hojas de papel bond tamaño carta. APCRS 28. Realizar el muestreo de harinas de trigo y maíz durante las visitas de verificación sanitaria para constatación de adición de nutrimentos (zinc. ácido fólico y hierro), en molinos de harinas de maíz y trigo, también en puntos de venta de estos productos de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 21101;21601; 25401; 25501;26102; 27201; 32502;33603; 33901; 35501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS Jabón; Gel antibacterial; Combustible; Arrendamiento de vehículos terrestres; Aditivos para vehículos; Lubricantes para vehículos; Cofias o cubrepelo; Cubrebocas; Guantes de látex; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Impresión de sellos autoadheribles para muestreo; Etiqueta autoadherible para identificación de muestra; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de camino. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 127 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS APCRS 29. Notificar los resultados de análisis de los productos de sal y harinas a la COFEPRIS de manera mensual mediante el sistema electrónico autorizado en los formatos oficiales, incluyendo la cédula aplicada de la constatación de la adición de nutrimentos a sal y harinas de los establecimientos visitados (salineras, envasadoras de sal y molinos de trigo y maíz) de conformidad con los lineamientos correspondientes. 21101;21401; 25501; 26102;31603; 32301; 35501; 37501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; SERVICIOS DE INTERNET;ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet; Arrendamiento de equipo de cómputo; Disco duro externo de 1 a 4 TB; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Etiqueta autoadherible; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de camino; Aditivos para vehículos; Lubricantes para vehículos. APCRS 30. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz), de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 33604; 36101 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv. 128 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 31. Realizar las determinaciones especificadas en la sábana de muestreo para sal (yodo y flúor), de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25501;25901; 35401; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Balanza analítica; Matraz; Bureta; Papel filtro; Botellas de vidrio ámbar; Ácido Sulfúrico; Yodato de Potasio anhidro; Almidón; Agua destilada; Yoduro de Potasio; Tiosulfato de Sodio; Placa de calentamiento; Vaso de precipitado; Ácido clorhídrico; Ácido Ortofosfórico de 85% mínimo; Ácido salicílico; Dicromato de Potasio; Agua de Bromo; Anaranjado de Metilo; Ácido Ortofosfórico concentrado; Micropipetas; Potenciómetro; Agitador magnético; Barra magnética cubierta de teflón; Pipeta; Electrodo; Cloruro de sodio (NaCl), grado reactivo libre de Flúor; Fluoruro de sodio o solución certificada de ion Flúor de 1000 mg de F/L; Solución amortiguadora TISAB II; Ácido acético glacial; Agitador magnético, Balanza analítica, Micropipetas, Placa de calentamiento, Potenciómetro. LESP 32. Realizar las determinaciones especificadas en la sábana de muestreo para harinas (zinc. ácido fólico y hierro), de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25101;25501; 25901; 35401; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Autoclave; Centrífuga; Incubadora; Espectrofotómetro; Micropipetas; Matraz; Tapones; Agar bacteriológico; Bacto Lactobacilli MRS-agar (MRS-agar); Caldo Bacto Lactobacilli MRS; Caldo Micro Inoculum; Medio de prueba para ácido fólico; Alcohol etílico absoluto; Amilasa; Cloruro de calcio fundido o granulado; Cristales de cloruro de sodio; Fosfato ácido di-potásico anhidro; Fosfato diácido de potasio anhidro; Hidróxido de sodio en lentejas; Lactosa; Leche descremada en polvo grado reactivo; Lactobacillus casei ATCC 7469; Espectrómetro; Estufa; Mufla; Fuente de radiofrecuencia; Automuestreador y recirculador de agua; Placa de calentamiento; Horno de microondas; Balanza analíticaBomba; Crisoles de platino; Crisoles vycor; Embudo de filtración; Papel filtro; Perlas de ebullición; Puntas de plástico para micropipetas; Recipientes; Sistema de reflujo; Tubos de ensayo; Varillas de plástico; Lámparas de cátodo hueco o de descarga sin electrodos; Ácido Clorhídrico; Ácido Nítrico; Ácido perclórico; Ácido sulfúrico; Agua destilada deionizada con un grado máximo de conductividad de 1 µmho/cm a 25ºC; Aire comprimido; Borohidruro de sodio; Cloruro de Potasio; Hidróxido de sodio granalla reactivo RA; Jabón neutro; Nitrato de Magnesio hexahidratado; Peróxido de hidrógeno; Solución Estándares de referencia certificadas de Fe; Solución Estándares de referencia certificadas de Zinc; Yoduro de Potasio; Solución Estándares de referencia certificadas de Cd; Solución Estándares de referencia certificadas de Pb; Óxido nitroso grado absorción atómica; Argón grado absorción atómica; Nitrógeno grado absorción atómica; Sulfato o Cloruro de hidroxilamina; Cloruro o Sulfato estañoso; Solución de As de 1 µg/mL; Automuestreador y recirculador de agua, Balanza analítica, Bomba, Fuente de radiofrecuencia, Horno de microondas, Micropipetas, Placa de calentamiento. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 33. Participar en las reuniones de trabajo sobre Zoonosis-Brucelosis. 29401; 31603; 35301 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMÁTICOS Mouse; Teclado; Monitor; Cámara; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 129 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 34. Enviar a la COFEPRIS los informes de las reuniones intersectoriales que coordine el Área Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios para la revisión de la situación de la brucelosis en la entidad federativa. 21101;21201; 29401; 31801; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. APCRS 35. Enviar a la COFEPRIS el padrón actualizado de elaboradores y puntos de venta de productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico, que se comercializan en la entidad federativa. 21101;21201; 21301; 26102;29401; 31801; 35301;35501; 37201; 37501; 37901 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIAL ESTADISTICO Y GEOGRÁFICO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Publicaciones relacionadas con información estadística y geográfica; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Combustible; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Viáticos a comunidades y zonas rurales. APCRS 36. Enviar a la COFEPRIS los resultados del monitoreo de Brucella spp en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico comercializados en la entidad federativa. 21101;21201; 25501; 26102;27101; 27201; 29401;31801; 33901; 35301;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Cinta canela; Marcatextos; Marcador; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Combustible; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Hielera; Gel desinfectante; Cucharón; Frascos de boca ancha con tapa rosca estéril; Etiquetas autoadheribles; Gel refrigerante; Coladera de acero grado alimenticio; Bolsa cierre hermético; Agitador de acero inoxidable; Termómetro; Subcontratación de servicio analítico con terceros para determinación de Brucella spp en productos lácteos; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Overol; Bata; Filipina; Cubrebocas; Cofias; Cubrepelo; Guantes. 130 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN APCRS 37. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con la fortificación de alimentos (brucelosis), de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 33604; 36101 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv. LESP 38. Realizar las determinaciones de Brucella spp en productos lácteos (leche) no sometidos a tratamiento térmico, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25501;25901; 27201; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Autoclave; Ultracongelador; Termociclador; Incubadora; Gabinete de bioseguridad; Centrífuga; Termomezclador, Congelador; Equipo para cuantificación de ácidos nucleicos; Analizador de fragmentos; Homogeneizador; Campana de extracción; Refrigerador; Documentador de geles o transiluminador con luz UV; Micropipetas; Potenciómetro; Balanza granataria; Cronómetro; Incinerador; Microcentrífuga; Horno de microondas; Termómetros o dataloggers; Bolsas y clip de cierre para bolsas; Contenedores rígidos; Gasas; Gradilla; Guantes; Paños antiestáticos; Papel parafilm; Placas de reacción para qPCR de 96 pozos; Puntas para PCR; Tubos de polipropileno; Cuchara; Espátula; Bata; Cubrebocas; Cofias; Zapatones; Lentes de protección; Mascarilla de concha o equivalente; Bolsas; Medio de cultivo para el crecimiento o proliferación de Brucella spp; Estuche comercial "High Pure Template Preparation kit"; Etanol o Isopropanol al 70%; Hipoclorito de sodio al 1% (p/v) o al 10% (v/v); Enzima polimerasa Taqman ultrapura de inicio en caliente; BRU1S711F gct tga agc ttg cgg aca gt; BRU1S711R ggc cta ccg ctg cga at; Sonda 1S711 aag cca aca ccc ggc cat tat ggt 5’FAM-3’TAMRA; "Control Interno de Amplificación; Exogenous IPC Reagents VIC Probe, Cat 4308321/4308323"; Solución amortiguadora PBS 1X comercial o preparado; Mezcla Maestra Taqman Enviromental Master Mix 2.0; Solución amortiguadora para PCR 10X; Cloruro de magnesio (MgCl2) 25mM; dNTP’s con dUTP (equimolar) 10mM; Colorante de referencia pasiva ROX 25µM; Oligos y sonda para el control interno de amplificación; Suplemento selectivo modificado para agregarse al caldo Brucella Oxoid, Cat SR0209E; Polimixina B; Bacitracina; Natamicina; Ácido nalidíxico; Nistatina; Vancomicina; Agarosa grado biología molecular; Agente intercalante para electroforesis; Inactivador o solución inactivadora de bromuro de etidio; Solución amortiguadora de carga 6x; Solución amortiguadora Tris Acetato-EDTA (TAE) 50X; Tris base; Ácido bórico; EDTA; Clorhidrato de lisozima (cristales); Isopropanol absoluto Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 131 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo reactivo grado analítico; Solución Tris–HCl, 10mM, pH 8.0; ATCC Brucella ovis Buddle 1956; Tubo para PCR de 0.2 mL; Pipetas; Puntas para micropipetas; Tubos con capacidad de 1,5mL con tapa; Bolsas de polietileno; Probeta; Matraz; Paños absorbentes; Ácido acético glacial grado analítico; Ácido bórico ultrapuro; Agua grado biología molecular libre de nucleasas; Agua tipo I; Bromuro de etidio 10 mg/mL; Cloruro de sodio grado analítico; Suplemento selectivo modificado para Brucella; Estuche comercial "Fast Start Taq DNA polymerase"; Etanol; Fosfato de sodio dibásico anhidro grado analítico; Fosfato de sodio monobásico grado analítico; Hidróxido de sodio en lentejas grado analítico; PCR nucleotide mix. Dinucleótidos Trifosfato (dNTP’s) 10 mM cada uno dATP, dCTP, dGTP, dTTP; TRIS HCl-base grado biología molecular; Iniciadores Bru 1 (5´gCgCTCAggCTgCCgACgCAA3´) 800 pb y 680 pb; Iniciadores Bru 3 (5´CCAgCCATTgCggTCggTAC3´) 190 pb; Iniciadores Bru 4 (5´ACCCCAgACAgCCCAA3´) pb y 680 pb; Tampón de carga 6x; Marcador de peso molecular de ADN VIII (de 19 a 1114pb); Tampón Tris Acetato-EDTA (TAE) concentrado 10X; Ciclohexamida; Brucella spp; Analizador de fragmentos, Autoclave, Balanza granataria, Cabina de seguridad biológica (CBS), Cámara de electroforesis, Campana de extracción, Centrífuga, Congelador, Cronómetro, Documentador de geles o transiluminador con luz UV, Equipo para cuantificación de ácidos nucleicos, Gabinete de bioseguridad, Homogeneizador, Horno de microondas, Incinerador, Incubadora, Microcentrífuga, Micropipetas, Potenciómetro, Refrigerador, Sistema fotodocumentador, Termobloque, Termociclador, Termómetros o dataloggers, Termomezclador, Ultracongelador. LESP 39. Realizar las determinaciones de Brucella spp en productos lácteos (queso) no sometidos a tratamiento térmico, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25501;25901; 27201; 35401 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Autoclave; Ultracongelador; Termociclador; Incubadora; Gabinete de bioseguridad; Centrífuga; Termomezclador; Congelador; Equipo para cuantificación de ácidos nucleicos; Analizador de fragmentos; Homogeneizador; Campana de extracción; Refrigerador; Documentador de geles o transiluminador con luz UV; Micropipetas; Potenciómetro; Balanza; Cronómetro; Incinerador; Microcentrífuga; Horno de microondas; Termómetros o dataloggers; Bolsas y clip de cierre para bolsas; Contenedores rígidos; Gasas; Gradilla; Guantes; Paños antiestáticos; Papel parafilm; Placas de reacción para qPCR de 96 pozos; Puntas para PCR; Tubos de polipropileno; Cuchara; Espátula; Bata; Cubrebocas; Cofias; Zapatones; Lentes de protección; Mascarilla de concha; Bolsas; Medio de cultivo para el crecimiento o proliferación de Brucella spp; High Pure Template Preparation kit; Etanol o Isopropanol al 70%; Hipoclorito de sodio al 1% (p/v) o al 10% (v/v); Enzima polimerasa Taqman; BRU1S711F gct tga agc ttg cgg aca gt; BRU1S711R ggc cta ccg ctg cga at; Sonda 1S711 aag cca aca ccc ggc cat tat ggt 5’FAM-3’TAMRA; "Control Interno de Amplificación Exogenous IPC Reagents VIC Probe, Cat 4308321/4308323 o PCR Internal Control DNA/FDA Vp Assay for tl, Cat 760-0001 o ADN control positivo endógeno para detección del gen RNAsa P que codifica para la ribonucleasa P humana"; Solución amortiguadora; Mezcla Maestra Taqman Enviromental Master Mix 2.0, Applied Biosystems, Cat 4398044 o Taqman Fast Universal PCR Master Mix (2x), No AmpErase UNG, 50mL, Applied Biosystems, Cat 4367846 o Taqman Gene Expression Master Mix, 5mL. Applied Biosystems, Cat 4369016; Cloruro de magnesio (MgCl2) 25mM dNTP’s con dUTP (equimolar) 10mM; Colorante de referencia pasiva ROX 25µM; Oligos y sonda para el control interno de amplificación; Suplemento selectivo modificado para agregarse al caldo Brucella Oxoid, Cat SR0209E; Polimixina B; Bacitracina; Natamicina; Ácido nalidíxico; Nistatina; Vancomicina; Agarosa grado 132 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo biología molecular; Agente intercalante para electroforesis; Inactivador o solución inactivadora de bromuro de etidio; Marcador de peso molecular de ADN VIII (de 19pb- 1114pb); Tris base; Ácido bórico; EDTA; Clorhidrato de lisozima (cristales); Isopropanol absoluto reactivo grado analítico; Solución Tris–HCl, 10mM, pH 8.0; ATCC Brucella ovis Buddle 1956, cepa vacunal o su ADN control positivo; Tubo para PCR de 0.2 mL; Pipetas; Puntas para micropipetas; Tubos con capacidad de 1,5mL con tapa; Bolsas de polietileno; Cuchillo acero inoxidable; Probeta; Matraz; Ácido acético glacial grado analítico; Agua grado biología molecular libre de nucleasas; Agua tipo I; Bromuro de etidio 10 mg/mL; Cloruro de sodio grado analítico; Suplemento selectivo modificado para Brucella; Fast Start Taq DNA polymerase; Etanol absoluto; Fosfato de sodio dibásico anhidro grado analítico; Fosfato de sodio monobásico grado analítico; Hidróxido de sodio en lentejas grado analítico; PCR nucleotide mix. Dinucleótidos Trifosfato (dNTP’s) 10 mM cada uno dATP, dCTP, dGTP, dTTP; TRIS HCl-base grado biología molecular; Iniciadores Bru 1 (5´gCgCTCAggCTgCCgACgCAA3´) 800 pb y 680 pb; Iniciadores Bru 3 (5´CCAgCCATTgCggTCggTAC3´) 190 pb; Iniciadores Bru 4 (5´ACCCCAgACAgCCCAA3´) pb y 680 pb; Tampón de carga 6x; Marcador de peso molecular de ADN VIII (de 19 a 1114pb); Tampón Tris Acetato-EDTA (TAE) concentrado 10X; EDTA disódico dihidratado, grado biología molecular; Ciclohexamida; Brucella spp; Analizador de fragmentos, Autoclave, Balanza granataria, Cabina de seguridad biológica (CBS), Cámara de electroforesis, Campana de extracción, Centrífuga, Congelador, Cronómetro, Documentador de geles o transiluminador con luz UV, Equipo para cuantificación de ácidos nucleicos, Gabinete de bioseguridad, Homogeneizador, Horno de microondas, Incinerador, Incubadora, Microcentrífuga, Micropipetas, Potenciómetro, Refrigerador, Sistema fotodocumentador, Termobloque, Termociclador, Termómetros o dataloggers, Termomezclador, Ultracongelador. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 40. Enviar a la COFEPRIS el “Plan de muestreo anual para la vigilancia de la calidad microbiológica del agua para uso y consumo humano proveniente de la red de distribución de los sistemas formales de abastecimiento”, de acuerdo con los Lineamientos Técnicos emitidos por la COFEPRIS. 21101; 21201; 31801 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; SERVICIO POSTAL Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 133 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 41. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre los resultados del monitoreo de cloro residual libre, de coliformes fecales o Escherichia coli y Giardia lamblia realizado en la entidad federativa. 21101;21201; 25501; 26102;27101;27201;2 9401;29601; 31801; 35301;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Colorímetro; Kit de medición de cloro residual; Pastillas DPD; Rojo fenol; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95; Lentes de protección o googles; Sombrero; Mouse; Teclado; Monitor; Llantas; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Casetas/peaje; Pago de servicio de hospedaje; Viáticos; Pruebas basadas en el método del sustrato cromogénico; Bolsas estériles con tiosulfato de sodio; Frascos estériles; Tiosulfato de sodio; Hielera; Gel refrigerante; Termómetro; Equipo de Incubadora para laboratorio. APCRS 42. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre los acuses de las notificaciones realizadas a los responsables del abastecimiento del agua respecto a los resultados fuera de los límites permisibles en la determinación de cloro residual libre, de coliformes fecales o Escherichia coli y Giardia lamblia así como de las acciones realizadas. 21101;21201; 26102; 29401;31801; 35501; 37201;37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago de servicio de transporte; Pago de servicio de alimentación. 134 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 43. Enviar a la COFEPRIS el Informe de Resultados de la Vigilancia de la Calidad Microbiológica del Agua para Uso y Consumo Humano con base en los resultados de la determinación de cloro residual libre, los análisis bacteriológicos y la detección de Giardia lamblia realizados conforme a los lineamientos establecidos en dicho año. 21101; 21201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner. APCRS 44. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de calidad microbiológica. 31603; 21101; 35301 SERVICIOS DE INTERNET; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. APCRS 45. Enviar a la COFEPRIS el programa de muestreo anual para las determinaciones fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados para la vigilancia de la calidad fisicoquímica del agua en la red de distribución y plantas potabilizadoras de los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 21101; 21201; 31801 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; SERVICIO POSTAL Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 135 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 46. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 21101;21201; 25501; 26102;27101;27201;2 9401;29601; 31801; 33901;35301; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Marcador permanente; Tóner; Garrafones blancos de polietileno o polipropileno; Mouse; Teclado; Monitor; Frascos de boca ancha; Frascos de vidrio color ámbar; Ácido clorhídrico concentrado; Acetona; Pipetas; Perilla de seguridad; Guantes; Agua destilada; Piseta; Hielera con llave de desague; Gel refrigerante; Hielo potable; Termómetro; Ácido nítrico concentrado; Ácido sulfúrico concentrado; Tubos o viales de vidrio con tapón de teflón; Tiras reactivas para Ph; Etiquetas; Cinta de teflón; Cinta canela transparente; Empaques de goma; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas; Lentes de protección; Mascarilla con respirador; Llantas; Servicio de mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago de servicio de transporte; Pago de servicio de hospedaje; Pago de servicio de alimentación; Casetas/peaje; Pago de servicio analítico para la determinación de Flúor, Arsénico, Plomo, Plaguicidas y/u otros analitos de riesgo en agua de uso y consumo humano; Potenciómetro. APCRS 47. Enviar a la COFEPRIS las notificaciones realizadas a los responsables del abastecimiento del agua en localidades, municipios o entidades federativas, respecto a los resultados del monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo. 21101;21201; 26102; 27101;27201;29401; 31801;33901; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago de servicio de transporte; Pago de servicio de alimentación. 136 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 48. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados del monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo en cada una de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano seleccionadas en la entidad federativa. 21101;21201; 25501; 26102;27101;27201;2 9401;29601; 31801; 33901;35301; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas; Carpetas; Tablas de campo; Folder; Sobres; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Frascos de boca ancha; Garrafones blancos de polietileno o polipropileno; Ácido clorhídrico; Acetona; Pipetas; Guantes; Agua destilada; Piseta; Hielera; Gel refrigerante; Termómetro; Ácido nítrico concentrado; Tubos o viales de vidrio; Empaques de goma; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas; Lentes de protección; Mascarilla con respirador; Llantas; Servicio de mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Servicio de transporte; Hospedaje; Alimentación; Casetas/peaje; Pago de servicio analítico para la determinación de los diferentes parámetros establecidos en la NOM-127-SSA1-2021 o la que la sustituya, en agua de uso y consumo humano de potabilizadoras; Guante; Viáticos; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. APCRS 49. Enviar a la COFEPRIS las notificaciones generadas a los organismos responsables y/u operadores de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano de los sistemas de abastecimiento. 21101;21201; 26102; 29401;31801; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago de servicio de transporte; Pago de servicio de alimentación. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 137 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 50. Enviar a la COFEPRIS el informe anual de los impactos en la salud de la población, por las acciones realizadas por el Área Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios respecto al monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo (tomas domiciliares y plantas potabilizadoras). 21101; 21201; 31801 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; SERVICIO POSTAL Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería. APCRS 51. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de calidad fisicoquímica. 31603; 21101; 35301 SERVICIOS DE INTERNET; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. APCRS 52. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo prevacacional de playas prioritarias de acuerdo a lo señalado en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 21101; 21201;25501; 26102; 27101;27201; 29401; 29601;31801; 35301; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Bolsas estériles; Hielera; Gel refrigerante; Hielo; Termómetro; Kit enterolert; Pipetas; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95; Chalecos salvavidas; Trajes de peto con botas; Mouse; Teclado; Monitor; Llantas; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Pago de servicio de alimentación 138 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 53. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo mensual de playas prioritarias de acuerdo a lo señalado en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 21101; 21201;25501; 26102; 27101;27201; 29401; 29601;31801; 35301; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Bolsas estériles; Hielera; Gel refrigerante; Hielo; Termómetro; Kit enterolert; Pipetas; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95; Chalecos salvavidas; Trajes de peto con botas; Mouse; Teclado; Monitor; Llantas; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Pago de servicio de alimentación. APCRS 54. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre la asistencia a las reuniones convocadas por los Comités de Playas, incluyendo información sobre los acuerdos generados durante dichas reuniones o las minutas correspondientes. 21101;21201; 26102; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos. APCRS 55. Enviar a la COFEPRIS el informe sobre las notificaciones realizadas a los Comités de Playas, respecto a los resultados del monitoreo de enterococos en agua de mar de playas de uso recreativo con contacto primario, cuando estos resultados rebasen el límite permisible establecido por la Secretaría de Salud, así como de las acciones realizadas. 21101; 21201;26102; 29401; 31801;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Mouse; Teclado; Monitor; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 139 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 56. Enviar a la COFEPRIS un informe anual en el que se analicen los resultados obtenidos del programa de muestreo de la determinación de Enterococos en agua de mar. 21101; 31801 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; SERVICIO POSTAL Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Servicio de mensajería. APCRS 57. Difundir al interior de los Comités de Playas, la cédula de caracterización de las playas contenidos en el universo de monitoreo que lleva a cabo la entidad de acuerdo a lo establecido en los lineamientos de la COFEPRIS. 21101; 21201;26102; 31801; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Servicio de mensajería. APCRS 58. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de contacto: Vigilancia de la calidad del agua de mar para uso recreativo con contacto primario. 31603; 21101; 35301 SERVICIOS DE INTERNET; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. APCRS 59. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo de E. coli realizados en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario. 21101; 21201;25501; 26102; 27101;27201; 29601; 35301;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Bolsas estériles; Hielera; Gel refrigerante; Termómetro; Kit colilert; Pipetas; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95; Chalecos salvavidas; Zapatos; Trajes de peto con botas; Llantas; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos. 140 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN APCRS 60. Enviar a la COFEPRIS el informe sobre las notificaciones realizadas a la autoridad correspondiente, respecto a los resultados del monitoreo de E. coli en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario que rebasaron el límite permisible establecido por la Secretaría de Salud, así como de las acciones realizadas. 21101; 21201;26102; 29401; 31801;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Mouse; Teclado; Monitor; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos. APCRS 61. Enviar a la COFEPRIS un informe anual en el que se analicen los resultados obtenidos del programa de muestreo de la determinación de E. Coli en cuerpos de agua dulce. 21101; 21201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner. APCRS 62. Difundir con la autoridad correspondiente la cédula de caracterización de cuerpos de agua dulce y sitios de muestreo contenidos en el universo de monitoreo que lleva a cabo la entidad de acuerdo a lo establecido en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 21101; 21201;26102; 31801; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; SERVICIO POSTAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Servicio de mensajería. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 141 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 63. Validar los sitios de muestreo de los cuerpos de agua dulce que deberán ser vigilados por las entidades federativas. 21101; 31801 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; SERVICIO POSTAL Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Servicio de mensajería. APCRS 64. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para abordar temas relacionados al proyecto de agua de contacto: Vigilancia de cuerpos de agua dulce donde se realicen actividades de uso recreativo con contacto primario. 31603; 21101; 35301 SERVICIOS DE INTERNET; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. LESP 65. Realizar los análisis microbiológicos, en el porcentaje definido respecto al total de las muestras tomadas por el APCRS en el mes, y cuyos resultados están por debajo de lo establecido en la NOM-127-SSA1-2021. 25101; 25501;25901; 27201; 35401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Autoclave; Horno; Incubadora; Termómetro; Potenciómetro; Pipetas; Frascos de vidrio; Tubos de cultivo; Campanas de fermentación; Gradilla; Caldo EC; Lactosa; Cloruro de sodio; Lauril sulfato de sodio; Agua destilada; Mezcla de sal de bilis; Vasos para licuadora; Tubos de ensayo; Caldo Lactosado; Caldo Lauril; Extracto de carne; Triptosa; Agar; Sales biliares No. 3; Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Enterobacter aerogenes ATCC 13048; Baño de agua; Balanza; Frasco con tapa de rosca; Asas bacteriológicas; Lámpara UV; Lentes protectores; Cuchillo; Pinzas; Tijeras; Cuchara; Espátula; Licuadora; Agar eosina azul de metileno de Levin (EMB-L); Caldo Lauril; Agar MacConkey; Caldo EC; Caldo MR-VP; Caldo citrato de Koser; Medio EC-MUG; Hidróxido de sodio; Reactivo de Kovacs; Reactivos para la coloración de GRAM; Bacto triptosa; Bacto lactosa; Bacto sales biliares No. 3; Proteasa peptona o polipeptona; Peptona o gelizante; Rojo neutro; Cristal violeta; Eosina; Azul de metileno; Triptona o tripticasa; Tetrahidrato de fosfato de sodio y amonio; Sulfato de Magnesio Heptahidratado; Citrato de Sodio dihidratado; p-dimetilaminobenzaldehído; Alcohol amílico (normal); HCI concentrado; Reactivo de Voges-Proskauer (VP); alfa-naftol; Alcohol absoluto; Hidróxido de potasio; Etanol 95%; Oxalato de amonio; lodo de Gram; Yodo; Yoduro de potasio (Kl); Colorante de contraste; Safranina O; 4-metilumbelliferyl- beta-D-glucurónido (MUG); Microscopio estereoscópico; Propipeta; Contador; Bomba; Sistema de luz UV; Cucharón de acero inoxidable; Picahielos; Destapador; Abrelatas de acero inoxidable; Recipientes; Porta asa; Portaobjetos; Material para envolver esterilizable; Membranas para filtración; Sistema de filtración; Matraz; Botellas de borosilicato; Casitona ; Tiopeptona; Tiotona; Extracto de levadura; Dextrosa; Fosfato ácido de Potasio; Desoxicolato de Sodio; Sulfito de Sodio; Fucsina básica; Agua grado reactivo; Polipeptona; Homogeneizador; Bolsas de polietileno; Cinta testigo; Cuchillo desconchador; Frasco de dilución; Mechero Bunsen; Probeta; Tubos de fermentación; Agar nutritivo; Caldo A-1; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Agar Cuenta estándar; Diluyente de Peptona al 0.1%; Regulador de fosfatos solución concentrada; E. coli ATCC 25922; Caldo triptona al 1%; Indicador rojo de metilo; Autoclave; Horno; Termómetro; Potenciómetro; Baño de agua; Termómetro de inmersión total; Pipeteador; Balanzas granataria; Marco de pesas; Motor de licuadora; Propipeta; Balanza analítica; Contador de colonias; Agitador; Micropipetas; Sellador de placas; Microscopio estereoscópico; Contador; Bomba; Sistema de luz UV para esterilización de las unidades de filtración; Homogeneizador; Incubadora. 142 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 66. Realizar el análisis de Giardia Lamblia de acuerdo a lo establecido en la NOM- 127-SSA1-2021. 25501; 5901; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Centrífuga; Micropipeta; Vórtex; Botellas para centrífuga; Charola; Mango para bisturí; Tubos de centrífuga; Sifón; Navajas; Guantes; Sistema de vacío con trampa; Vaso de precipitado; Puntas; Formaldehído al 37% (v/v); Tween 80 al 0.1%; Agua destilada grado reactivo; Kits para determinación de quistes de Giardia lamblia; Termociclador; Kits TaqMan PCR para Giardia lamblia; Kits SYBR Green qPCR para Giardia lamblia; Kits PCR punto final para Giardia lamblia; Centrífuga; Micropipeta; Vórtex; Termociclador. LESP 67. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano. 25501;25901; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Campana de extracción; Mufla; Espectrómetro; Estufa; Autoclave; Centrífuga; Balanza analítica; Placa de calentamiento; Bomba; Celda de cuarzo; Matraz; Crisoles de platino; Lámparas de cátodo hueco o lámparas multi-elemento; Quemadores; Papel filtro; Tubos; Perlas de ebullición; Pipetas; Membranas de filtración; Cajas Petri; Vidrios de reloj; Crisoles vycor; Sistema de reflujo; Varilla de plástico; Recipientes; Papel parafinado; Bolsas de plástico; Viales; L-Ácido ascórbico; Peróxido de Hidrógeno; Óxido nitroso; Acetileno; Ácido nítrico; Hidróxido de sodio; Agua destilada deionizada; Acetona; Hexano; Yoduro de Potasio; Borohidruro de Sodio; Aire comprimido; Disolución patrón; Dicromato de Potasio; Cloruro de Potasio; Nitrato de Magnesio; Sulfato ácido de hidroxilamina; Cloruro o Sulfato estañoso; Jabón neutro; Agua Tipo I; Disolución de Paladio; Fosfato de amonio monobásico; Disolución de Nitrato de Magnesio hexahidratado de alta pureza; Ácido sulfúrico; Clorhidrato de hidroxilamina; Potenciómetro; Baño María; Agitador; Barra magnética; Frasco con tapón; Papel para secar el electrodo; Piseta; Tubos de ensayo; Vaso de precipitado; Agua grado reactivo; Disoluciones patrón amortiguadoras de pH; Molino; Algodón; Agua destilada; Éter etílico saturado con agua; Solución patrón con pH; Potasio Hidrógeno ftalato; Ácido Cítrico; Potasio Dihidrógeno Ortofosfato; Disodio Hidrógeno Ortofosfato; Motor de licuadora; Tabla para cortar; Embudo; Vasos de licuadora; Microespátula; Cuchillo; Agua destilada grado III; Etanol; Solución reguladora de pH; Biftalato Ácido de Potasio; Fosfato Monobásico de Potasio; Fosfato Dibásico de Sodio; Tetraborato de Sodio Decahidratado; Turbidímetro; Celdas de vidrio; Sistema de filtración; Membrana de celulosa; Sulfato de hidracinio; Hexametilentetramina; Horno; Incubadora; Baño de agua; Comparador electrónico de color; Compensador de temperatura; Comparador manual para tubos Nessler; Comparador visual; Tubos Nessler; Cloruro de Cobalto (II) hexahidratado; Hexacloroplatinato de Potasio; Solución comercial; Soporte universal; Ácido Clorhídrico; Rojo de metilo; Hidróxido de Amonio; Sal disódica dihidratada de EDTA; Sulfato de Magnesio Heptahidratado; Sulfato de Magnesio hexahidratado; Cloruro de Amonio; EDTA sal di-magnésica; Eriocromo negro T; Sal sódica; Calmagita; Carbonato de calcio anhidro; Agua con resistividad megohm-cm a 25°C de 0.2 min; Amoniaco concentrado; 2-Aminoetanol, libre de aluminio y metales pesados; Ácido Perclórico; Espectrofotómetro; Termómetro; Fibra de vidrio; Sulfonato de alquil benceno; Fenolftaleína; Alcohol Etílico; Alcohol Isopropílico; Cloroformo grado espectrométrico; Azul de metileno; Fosfato de sodio monobásico monohidratado; Electrodo; Bureta; Electrodo flúor; Agua tipo II; Fluoruro de Sodio anhidro; TISAB II; Ácido acético glacial; Ácido 1,2 ciclohexilendiaminotetracético (CDTA); Cloruro de sodio; Cronómetro; Nefelómetro; Fotómetro de filtro; Cucharilla medidora; Frascos; Nitrato de Plata; Cloruro de Magnesio hexahidratado; Acetato de Sodio; Nitrato de Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 143 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo Potasio; Nitrato de Sodio; Ácido Acético; Sulfato de Sodio; Cloruro de Bario; Lector de microplacas; Micropipeta; Cubiertas adhesivas; Filtro fibra de vidrio; Puntas de pipeta; Puntas desechables; Kit de prueba de ELISA Adda Abraxis; Metanol; Microcistina-LR; Tiosulfato de Sodio; Abrazadera de aluminio; Base de filtro O-ring; Base de soporte; Boquilla para manguera; Columna LC C8; Dispositivo para filtración; Filtro de membrana; Microjeringas; Sistema de liberación muestras; Tapa GL45; Tubos de centrífuga; Tubos de cultivo de fondo redondo; Ácido ethilendiaminotetraacético; Ácido L-ascórbico; Argón; Cristales Trizma preempaquetados; Microcistina-RR; Nodularina-R; Microcistina-LA; Microcistina-LFA; Microcistina-LY; Microcistina-YR; Formiato de amonio; Nitrógeno; C2D5-Microcistina-LR; 2-cloroacetamida; Puntas para micropipeta; Botellas vidrio ámbar; Cartuchos de SPE; Columna de HPLC; Depósito de SPE ; Detector de UV/arreglo de diodo (PDA); Unidad de filtro desechable; Acetonitrilo grado HPLC; Ácido de trifluoroacético; Microcistina-LR; Microcistina-YD; Cromatógrafo; Columna cromatográfica de vidrio Longitud; Columnas capilares DB-VRX; Trampa VOCARB 3000; Trampa VOCARB 4000; Trampas de concentrador; Columna cromatográfica RTX-VMS para análisis de compuestos orgánicos volátiles; Trampa no. 9, de forma en U; Aparato para destilación azeotrópica; Aparato para destilación al vacío; Dispositivo de desorción para medio de captura de aire; Circuito de muestreo de aire; Jeringas; Espátula acero inoxidable; Clorobenceno - d5 en metanol grado estándar; Estándar 4-Bromofluorobenceno (BFB); Estándar 1,4 - difluorobenceno - d4; Estándar D8 Tolueno - d8 en metanol; Estándar Metanol grado cromatográfico; Gas inerte; Bisulfato de sodio grado reactivo; Polientilen glicol; Sustancias de referencia para Benceno; Sustancias de referencia para Etilbenceno; Sustancias de referencia para Tolueno; Sustancias de referencia para Xilenos; Agua libre de compuestos orgánicos; Hexadecano; Charola de plástico; Desecador; Filtro; Papel mylar; Propipeta; Vasos; Acarreador de Bario; Acarreador de Hierro; Barniz transparente; Detergente; Naranja de Metilo; Pulpa de papel; Púrpura de bromocresol; Equipo de filtración; Papel absorvente; Pinzas; Plancheta; Probeta; Estufa; Balanza analítica; Baño de agua; Espectrofotómetro; Micropipetas; Cromatógrafo; Horno; Autoclave; Incubadora; Potenciómetro; Comparador electrónico de color; Baño maría; Compensador de temperatura; Campana de extracción; Mufla; Espectrómetro; Centrífuga; Horno de microondas; Placa de calentamiento; Bomba; Fuente de radiofrecuencia; Automuestreador y recirculador de agua; Agitador magnético; Termómetro; Molino; Agitador mecánico; Ultracongelador; Baño ultrasónico; Evaporador; Cámara de vacío; Vórtex; Sonicador; Motor de licuadora; Procesador de alimentos; Turbidímetro. LESP 68. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en agua de uso y consumo en cada una de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano 25501;25901; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Campana de extracción; Mufla; Espectrómetro; Estufa; Autoclave; Centrífuga; Balanza analítica; Placa de calentamiento; Micropipetas; Bomba; Celda de cuarzo; Matraz; Crisoles de platino; Lámparas de cátodo hueco o lámparas multi-elemento; Quemadores; Papel filtro; Tubos; Perlas de ebullición; Pipetas; Membranas de filtración; Cajas Petri; Vidrios de reloj; Crisoles vycor; Sistema de reflujo; Varilla de plástico; Recipientes; Papel parafinado; Bolsas de plástico; Viales; L-Ácido ascórbico; Peróxido de Hidrógeno; Óxido nitroso; Acetileno; Ácido nítrico; Hidróxido de sodio; Acetona; Hexano; Yoduro de Potasio; Borohidruro de Sodio; Aire comprimido; Disolución patrón certificada del metal de interés; Dicromato de Potasio; Cloruro de Potasio; Nitrato de Magnesio; Sulfato ácido de hidroxilamina; Cloruro o Sulfato estañoso; Jabón neutro; 144 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo seleccionadas en la entidad federativa Agua Tipo I; Disolución de Paladio; Fosfato de amonio monobásico; Disolución de Nitrato de Magnesio hexahidratado; Ácido sulfúrico; Clorhidrato de hidroxilamina; Potenciómetro; Baño María; Agitador de vidrio; Agitador; Barra magnética; Frasco con tapón; Papel para secar el electrodo; Piseta; Vaso de precipitado; Agua grado reactivo; Disoluciones patrón amortiguadoras de pH; Molino; Electrodo; Algodón; Agua destilada; Éter etílico saturado con agua; Soluciones patrón con pH 4,0 a 20°C; Solución patrón con pH; Potasio Hidrógeno ftalato; Ácido Cítrico; Potasio Dihidrógeno Ortofosfato; Disodio Hidrógeno Ortofosfato; Motor de licuadora; Tabla para cortar; Embudo; Vasos de licuadora; Microespátula; Cuchillo; Etanol; Solución reguladora de pH; Biftalato Ácido de Potasio; Fosfato Monobásico de Potasio; Fosfato Dibásico de Sodio; Tetraborato de Sodio Decahidratado; Turbidímetro; Celdas de vidrio; Membrana de celulosa; Sulfato de hidracinio; Hexametilentetramina; Horno; Incubadora; Baño de agua; Comparador electrónico de color; Compensador de temperatura; Comparador manual para tubos Nessler; Comparador visual; Sistema de filtración; Cloruro de Cobalto (II) hexahidratado; Hexacloroplatinato de Potasio; Solución comercial; Bureta; Soporte universal; Ácido Clorhídrico; Rojo de metilo; Hidróxido de Amonio; Sal disódica; Sulfato de Magnesio Heptahidratado; Sulfato de Magnesio hexahidratado; Cloruro de Amonio; EDTA sal di-magnésica; Eriocromo negro T; Sal sódica; Cloruro de Sodio; Calmagita; Carbonato de calcio anhidro; Agua con resistividad; Amoniaco concentrado; 2- Aminoetanol, libre de aluminio y metales pesados; Ácido Perclórico; Espectrofotómetro; Termómetro; Fibra de vidrio; Sulfonato de alquil benceno. ABS; Fenolftaleína; Alcohol Etílico; Alcohol Isopropílico; Cloroformo grado espectrométrico; Azul de metileno; Fosfato de sodio monobásico monohidratado; Agitador magnético; Agua tipo II; Fluoruro de Sodio anhidro; TISAB II; Ácido 1,2 ciclohexilendiaminotetracético;Cronómetro;Nefelómetro;Fotómetro de filtro;Cucharilla medidora; Frascos; Nitrato de Plata; Cloruro de Magnesio hexahidratado; Acetato de Sodio; Nitrato de Potasio; Nitrato de Sodio; Ácido Acético; Sulfato de Sodio; Cloruro de Bario; Lector de microplacas; Botella de vidrio ámbar con tapa de rosca; Cubiertas adhesivas; Filtro fibra de vidrio; Puntas para pipeta; Kit de prueba de ELISA Adda Abraxis; Metanol; Microcistina-LR; Tiosulfato de Sodio; Abrazadera de aluminio; Base de filtro O-ring; Base de soporte; Boquilla para manguera; Columna LC C8; Dispositivo para filtración; Filtro de membrana; Microjeringas; Sistema de liberación muestras; Tapa GL45; Ácido ethilendiaminotetraacético; Ácido L-ascórbico; Argón; Cristales Trizma preempaquetados; Microcistina-RR; Nodularina-R; Microcistina-LA; Microcistina-LFA; Microcistina-LY; Microcistina-YR; Formiato de amonio; Nitrógeno; C2D5-Microcistina- LR; 2-cloroacetamida; Puntas para micropipeta; Cartuchos de SPE; Columna de HPLC; Depósito de SPE; Detector de UV/arreglo de diodo (PDA); Unidad de filtro desechable; Acetonitrilo grado HPLC; Ácido de trifluoroacético; Microcistina-YD; Microcistina-RR; Cromatógrafo; Columna cromatográfica; Columnas capilares DB-VRX; Trampa VOCARB 3000; Trampa VOCARB 4000; Trampas de concentrador; Columna cromatográfica RTX-VMS; Trampa no. 9, de forma en U; Aparato para destilación azeotrópica; Aparato para destilación al vacío; Dispositivo de desorción para medio de captura de aire; Circuito de muestreo de aire; Espátula acero inoxidable; Jeringas; Clorobenceno-d5 en metanol grado estándar; Estándar 4-Bromofluorobenceno(BFB); Estándar 1,4 - difluorobenceno -d4; Estándar D8 Tolueno - d8 en metanol; Estándar Metanol grado cromatográfico; Gas inerte; Bisulfato de sodio grado reactivo; Polientilen glicol; Sustancias de referencia para Benceno; Sustancias de referencia para Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 145 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo Etilbenceno; Sustancias de referencia para Tolueno; Sustancias de referencia para Xilenos; Agua libre de compuestos orgánicos; Hexadecano; Charola de plástico; Desecador; Equipo de filtración; Filtro 47 mm y 0.45 mcm poro; Papel absorvente; Papel mylar; Plancheta; Propipeta; Acarreador de Bario; Acarreador de Hierro; Barniz transparente; Detergente; Naranja de Metilo; Pulpa de papel; Púrpura de bromocresol; Pinzas; Probeta; Vasos;Estufa; Balanza analítica; Baño de agua; Espectrofotómetro; Micropipetas; Cromatógrafo; Horno; Autoclave; Incubadora; Potenciómetro; Comparador electrónico de color; Baño maría; Compensador de temperatura; Campana de extracción; Mufla; Espectrómetro; Centrífuga; Horno de microondas; Placa de calentamiento; Bomba; Fuente de radiofrecuencia; Automuestreador y recirculador de agua; Agitador magnético; Termómetro; Molino; Agitador mecánico; Ultracongelador; Baño ultrasónico; Evaporador; Cámara de vacío; Vórtex; Sonicador; Motor de licuadora; Procesador de alimentos; Turbidímetro. LESP 69. Realizar los análisis del monitoreo prevacacional de playas prioritarias. 25101; 25501; 25401; 53101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Autoclave, Baño de agua, Horno, Incubadora, Balanza granataria, Propipeta; Asas bacteriológicas; Botellas para dilución; Cajas Petri 100mmx150mm; Gradilla; Pipetas; ABEA; BHI; Caldo azida dextrosa; Vasos no fluorescentes; Charolas 51 celdas; Tubos de ensayo; Charolas 48 celdas pequeñas y 48 celdas grandes; Autoclave; Baño de agua; Horno; Incubadora; Balanza granataria; Propipeta; Termómetro; Selladora de charolas de cuantificación; Lámpara de luz UV. LESP 70. Realizar los análisis del monitoreo mensual de playas prioritarias. REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LA ACTIVIDAD 69. LESP 71. Realizar los análisis del monitoreo E. coli realizados en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto primario. 25101; 25501;25901; 27201; 35401;33101; 53201 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Incubadora; Sellador de placas; Lámpara UV; Asas de platino o nicromel; Guantes; Lentes de seguridad; Frasco con tiosulfato de sodio; Bolsas estériles; Ampolleta abre fácil con sustrato cromogénico; Solución Buffer pH 7.2 ± 0.2 (S); Agua Tipo I estéril; Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Klebsiella aerogenes ATCC 25923; Autoclave; Baño de agua; Homogeneizador; Potenciómetro; Termómetro; Balanza analítica; Cinta testigo; Cuchara; Cuchillo desconchador; Espátula; Gradilla; Pinzas; Pipetas; Probeta; Tubos de cultivo; Tubos de fermentación; Frasco; Agar; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser; Caldo EC; Caldo Lauril Triptosa; Caldo MR-VP; Caldo triptona al 1%; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Reactivo de Kovac; Reactivos para la coloración de GRAM; Regulador de fosfatos solución concentrada; Reactivo de Voges-Proskauer (VP); Enterobacter aerogenes ATCC 13048; Micropipetas; Cajas Petri; Tubos de Ensaye; Botellas; Puntas para micropipeta; TBX; Cabina de seguridad biológica (CBS); Refrigerador; Motor de licuadora; Tijeras; Desconchador; MMGB medio selectivo de enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua peptonada; Tween 80; Agua deionizada; Glutamato de sodio; Lactosa; Peptona bacteriológica; Formato de sodio; L- Cisteína; L(-) Acido aspártico; L(+) - Arginina; Tiamina; Ácido nicotínico; Ácido pantogénico; Sulfato de magnesio septahidratado; Citrato de fierro III; Cloruro de calcio dihidratado; Fosfato dipotásico; Púrpura de bromocresol; Cloruro de amonio; Agua destilada; Digerido enzimático de caseína; Sales biliares No.3; 5-Bromo-4-cloro-3-Indol- D- glucurónido ácido (BCIG); Dimetil sulfóxido (DMSO); Agar; E. coli ATCC 25922 o ATCC 8739; E. faecalis ATCC 29212 o ATCC 19433; Cuchillo de acero inoxidable; Bisturíes; Mecheros; Solución peptonada salina; TBX; Matraz; Vaso de licuadora; Martillo; Bolsas de polietileno; Mechero Bunsen; Asas bacteriológicas; Baño de agua; Homogeneizador; Incubadora; Micropipetas; Homogeneizador; Cabina de seguridad biológica (CBS); Refrigerador; Termómetro; Motor de licuadora. 146 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 72. Elaborar el plan anual de trabajo en materia de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 21101; 21201;21401; 29301; 29401;31603; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION, EDUCACIONAL Y RECREATIVO; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tinta; Tóner; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Sillas; Fotocopiadoras; Bocinas; Pantallas; Ratón; Cámaras; Pago del servicio de Internet; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras. APCRS 73. Elaborar el reporte de Implementación o seguimientos de unidades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia en el sistema nacional de salud. 21101; 21201;21401; 26104; 29401;29601; 31603; 33604;35301; 35501; 37201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE INTERNET; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tinta para fotocopiadoras e impresoras; Tóner; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Combustible; LÍquido para frenos; Aceite; Bocinas; Pantallas; Ratón; Cámaras; Mantenimiento para automóvil; Pago del servicio de Internet; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras; Llantas; Marchas; Suspensiones; Sistemas de frenos; Partes eléctricas; Gatos hidráulicos o mecánicos; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Pasajes. APCRS 74. Elaborar el reporte de seguimiento de actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 21101; 21201;21401; 29401; 31603; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tinta; Tóner; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Refacciones para equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 147 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 75. Realizar capacitaciones en farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 21101; 21201;21401; 22104; 26104;27101; 29601;29401; 31602; 31603; 32302;32201; 35301; 33604;35501; 37201; 38301;37504; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PERSONAL EN LAS INSTALACIONES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO; ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; CONGRESOS Y CONVENCIONES; VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Combustible; LÍquido para frenos; Aceite; Playeras; Chalecos con logos oficiales; Llantas; Partes eléctricas; Refacciones para equipo de cómputo; Mantenimiento para automóvil; Acceso a plataformas de videoconferencia; Pago del servicio de Internet; Sillas; Mesa de podio; Renta de salón para eventos de capacitación; Gastos de ponentes; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Marchas; Suspensiones; Sistemas de frenos; Partes eléctricas; Gatos hidráulicos; Pasajes; Viáticos; Videoproyector; Servicios de alimentos y de coffee break; Casetas/peaje. APCRS 76. Realizar asesorías en Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 21101; 21201;21401; 26104; 27101;29601; 33604; 31603;33605; 35301; 35501;37201; 39202; 37504 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Combustible; LÍquido para frenos; Aceite; Playeras; Chalecos con logos oficiales; Mantenimiento para automóvil; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Gastos de difusión en medios masivos; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras; Llantas; Marchas; Suspensiones; Sistemas de frenos; Partes eléctricas; Gatos hidráulicos o mecánicos; Pago del servicio de Internet; Casetas/peaje; Viáticos; Pasajes. 148 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; SERVICIOS DE INTERNET; INFORMACIÓN EN MEDIOS MASIVOS DERIVADA DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES APCRS 77. Realizar el Congreso Estatal de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia. 21101; 21201; 21401; 22106; 26104; 27101; 29401; 29601; 31602; 31603; 32201; 32302; 33604; 33605; 35501; 35301; 37201; 37102; 37504; 38301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PERSONAL DERIVADO DE ACTIVIDADES EXTRAORDINARIAS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; RRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES; ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; INFORMACIÓN EN MEDIOS MASIVOS DERIVADA DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Servicios de alimentos y de coffee break; Combustible; Playeras; Chalecos con logos oficiales; Mantenimiento de equipo de cómputo; Videoproyector; Mantenimiento para automóvil; Acceso a plataformas de videoconferencia; Pago del servicio de Internet; Renta de salón para eventos de capacitación; Mesa de podio; Llantas; Marchas; Suspensiones; Sistemas de frenos; Partes eléctricas; Gatos hidráulicos o mecánicos; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Gastos de difusión en medios masivos; Mantenimiento de equipo de cómputo; Pasajes; Gastos de transporte terrestre; Boletos de avión; Viáticos; Gastos de ponentes. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 149 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo FLUVIALES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES AÉREOS NACIONALES ASOCIADOS A LOS PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y NACIONAL; VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES; CONGRESOS Y CONVENCIONES APCRS 78. Realizar el reporte de visitas de supervisión en materia de Farmacovigilancia realizado a las unidades del sistema nacional de salud. 21101; 21201;21401; 26104; 27101;33604; 35301;35501; 37201; 39202; 37504 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tinta; Tóner ; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Combustible; Playeras ; Chalecos con logos oficiales; Mantenimiento para automóvil; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Mantenimiento de equipo de cómputo; Casetas/peaje; Viáticos; Pasajes. APCRS 79. Participar en la reunión nacional. 21101; 21201; 26104; 27101; 37201; 37102; 37504 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES AÉREOS NACIONALES ASOCIADOS A LOS PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y NACIONAL; VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES Libretas; Bolígrafos; Lápices; Clips; Folder; Pegamento; Sacapuntas; Carpetas; Sellos; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras; Combustible; LÍquido para frenos; Aceite; Playeras; Chalecos con logos oficiales; Cubrir costos de trasporte; Boletos de avión; Viáticos. 150 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 80. Atender las solicitudes emitidas por el CNFV. 21101; 21201; 26104; 27101; 37201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta; Combustible; Playeras; Chalecos con logos oficiales; Cubrir costos de transporte. APCRS 81. Elaborar el reporte final de actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia realizadas en el 2025. 21101; 21201;29401; 31603; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento; Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras; Refacciones para equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; Mantenimiento de equipo de cómputo. APCRS 82. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión en el tema de farmacovigilancia y tecnovigilancia dirigidas al personal de salud y a la población en general, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 33604; 36101 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 83. Implementar el Programa de Vigilancia Sanitaria en materia de productos y servicios basado en riesgos, así como realizar visitas de verificación sanitaria en materia de productos y servicios, para conocer las 21101; 21201;21401; 21501; 25901;26102; 27101; 27201;29101; 29401; 29601;31701; 31801; 32502;32701; 33603; 33604;35301; 35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES Papelería; Materiales, artículos diversos y equipos menores propios para el uso de las oficinas; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de los equipos; Insumos utilizados en el procesamiento, grabación; Artículos y materiales utilizados en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol para determinar ph; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con insignias o distintivos; Mochilas; Prendas especiales Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 151 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; HERRAMIENTAS MENORES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN de protección personal; Caretas; Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo, utilizadas en carpintería, silvicultura, horticultura, ganadería, agricultura y otras industrias; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila; Navajas; Pinzas rochester; Componentes y dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen; Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios de impresión y elaboración de material informativo; Mantas; Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Casetas/peaje; Gastos de camino; Viáticos. APCRS 84. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados a la comercialización de agua para consumo humano, Purificadoras de Agua, para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos, así como el cumplimiento de la Norma NOM-201-SSA1- 2015, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. NA NA NA 152 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 85. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados a la fabricación, venta y distribución de suplementos alimenticios (productos engaño) para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 21101; 21201;21401; 21501; 25901;26102; 27101; 27201;29101; 29401; 29601;31701; 31801; 32502;32701; 33603;33604; 35301; 35501; 37201;37501; 39202 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; HERRAMIENTAS MENORES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de los equipos; Insumos utilizados en el procesamiento, grabación; Artículos y materiales utilizados en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con insignias o distintivos; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila; Navajas; Pinzas rochester; Componentes y dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen; Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios de impresión y elaboración de material informativo; Mantas; Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Gastos de camino; Viáticos; Caseta/peaje. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 153 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 86. Realizar visitas de verificaciones sanitarias en establecimientos que vendan o comercialicen productos del tabaco, nicotina, productos de tabaco calentado (PTC), los sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN), bolsas de nicotina, para verificar la documentación legal del establecimiento y de los productos que comercializan y que ampare su ingreso al territorio nacional, el cumplimiento de la normatividad del etiquetado de los productos , a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 21101; 21201;21401; 21501; 25901;26102; 27101;27201; 29101; 29401; 29601;31701; 31801; 32502;32701; 33603; 33604;35301; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; HERRAMIENTAS MENORES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Papelería; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de los equipos; Insumos utilizados en el procesamiento; Artículos y materiales utilizados en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con insignias o distintivos; Mochilas; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila; Navajas; Pinzas rochester; Componentes y dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen; Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; servicios de impresión y elaboración de material informativo; Mantas; Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Casetas/peaje; Gastos de camino; Viáticos. 154 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 87. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados al sacrificio y faenado de productos cárnicos (rastros y mataderos), para constatar las condiciones sanitarias en las que operan los establecimientos, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 21101; 21201;21401; 21501; 25901;26102; 27101; 27201;29101; 29401; 29601;31701; 31801; 32502;32701; 33603; 33604;35301; 35501; 37201;37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; HERRAMIENTAS MENORES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO Papelería; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de los equipos; insumos utilizados en el procesamiento; Artículos y materiales utilizados en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de vestir; Uniformes, Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con insignias o distintivos; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila; Navajas; Pinzas rochester; Mochila; Componentes y dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen; Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios de impresión y elaboración de material informativo; Mantas; Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Gastos de camino; Viáticos; Cámaras fotográficas. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 155 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 88. Realizar el muestreo de productos cárnicos para determinación de Clenbuterol en rastros, mataderos y puntos de venta, durante la verificación sanitaria de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 21101; 21601;25101; 25501; 26102;29601; 31801; 32502;33603; 33604; 33901;35501; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL DE LIMPIEZA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Papelería; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Materiales, Artículos Y Enseres Para El Aseo, Limpieza E Higiene; Productos Químicos Básicos; Materiales Y Suministros; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios De Impresión Y Elaboración De Material Informativo; Mantas; Material impreso; Subcontratación Con Personas Físicas O Morales Especializadas; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Gastos de camino; Viáticos. APCRS 89. Realizar visitas de verificación sanitarias en establecimientos de los Sistemas Estatales DIF (comedores, asilos, guarderías, alberges, centros de atención múltiples y de rehabilitación, centros asistenciales de desarrollo infantil, entre otros) con el objetivo de conocer las acciones y medidas establecidas para asegurar la calidad e inocuidad alimentaria, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. 21101; 21201;21401; 21501; 25901;26102; 27101; 27201;29101; 29401; 29601;31701; 31801;32502; 32701; 33603; 33604;35301; 35501;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; VESTUARIO Y UNIFORMES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; HERRAMIENTAS MENORES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO Papelería; Materiales, Artículos Diversos Y Equipos Menores Propios Para El Uso De Las Oficinas; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de los equipos; Insumos Utilizados En El Procesamiento; Artículos y materiales utilizados en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con insignias o distintivos; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila; Navajas; Pinzas Rochester; Componentes y dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios De Impresión Y Elaboración De Material Informativo; Mantas; Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Gastos de camino; Viáticos. 156 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo POSTAL; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN APCRS 90. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados al almacenamiento, venta y distribución de medicamentos e insumos para la salud para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. NA NA NA APCRS 91. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos de Farmacias Hospitalarias para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios. NA NA NA Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 157 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 92. Realizar el análisis de los productos cárnicos para determinación de Clenbuterol en rastros, mataderos y puntos de venta de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin. 25501; 25901; 27201; 35401; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Campana de extracción, Evaporador, Lector de microplacas, Centrífuga, Congelador, Refrigerador, Termómetros, Cronómetro, Balanza, Micropipeta, Agitador, Vórtex; Cuchillo de acero inoxidable tipo carnicero; Espátula acero inoxidable; Pinza de disección; Matraz ; Tubos de centrífuga; Puntas para micropipeta; Tubos ensayo; Reservorio de plástico; Gradilla; Microtubos con tapón a presión; Guantes de nitrilo; Agua tipo 1; Acetonitrilo > 99% de pureza; Disolución fortificante, DF, [clenbuterol] = 100 ng/mL; Sal de clorhidrato de clenbuterol ≥ 95% de pureza; Kit ensayo inmunoenzimático: Clenbuterol Ridascreen R-1711; Kit de Disoluciones decolorantes R- 1699; Homogeneizador; Campana de extracción; Evaporador; Lector de microplacas; Centrífuga; Congelador; Refrigerador; Termómetros; Cronómetro; Balanza granataria; Micropipeta; Balanza analítica; Agitador. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 93. Designar al enlace o responsable del Área de Protección contra Riesgos Sanitarios (APCRS), para el seguimiento de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 21101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA Hojas; Bolígrafos; Folder; Carpetas; Sellos; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja. APCRS 94. Suscribir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario con las autoridades estatales correspondientes. 21101; 21401 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS Hojas; Bolígrafos; Folder; Cajas; Carpetas; Sellos; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner y tinta para fotocopiadoras e impresoras. APCRS 95. Difundir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario así como los resultados de su implementación con las autoridades estatales que correspondan. 21101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA Hojas; Bolígrafos; Folder; Pegamento; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja. 158 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 96. Elaborar y difundir en medios electrónicos y físicos los materiales para que el sector regulado conozca los mecanismos implementados por el APCRS en el marco de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. 21201; 29401; 31603; 33604; 36101 MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Tóner para impresora; Mouse; Teclado; Monitor; Pantallas; Pago del servicio de Internet; Folletos; Trípticos; Dípticos; Carteles; Mantas; Rótulos; Radio; Cine; Prensa; Encartes; Internet; Folletos; Trípticos; Dípticos; Carteles; Mantas; Rótulos. APCRS 97. Fortalecer la colaboración en materia de prevención de la corrupción, con cámaras y prestadores de servicios que sean del ámbito de competencia de la COFEPRIS y el APCRS. 21101; 32201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Renta de salón. APCRS 98. Garantizar la participación del personal del APCRS en las capacitaciones sobre los procesos de autorización y verificación que imparte la COFEPRIS, en correspondencia con las actividades en las que interviene. NA NA NA APCRS 99. Participar en el Plan Nacional de Supervisión y Vigilancia Técnica. 21101; 21401; 31603 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET Hojas; Libretas; Bolígrafos; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Cinta adhesiva; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner y tinta para fotocopiadoras e impresoras; Pago del servicio de Internet. APCRS 100. Promover las modificaciones a la normatividad que corresponda (Ley Estatal de Salud, Reglamento de los Servicios de Salud y/o del APCRS) para contar con las atribuciones para realizar visitas de verificación con videograbación y en salas multidisciplinarias. 21501 MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO Derechos de publicación en el periódico oficial de la entidad. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 159 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 101. Elaborar y publicar en el periódico oficial de la entidad federativa el Procedimiento para la Realización de Visitas de Verificación con Videograbación y en Salas Multidisciplinarias. 21501 MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO Derechos de publicación en el periódico oficial de la entidad. APCRS 102. Realizar y reportar visitas de verificación con videograbación en los establecimientos contemplados en el programa anual de verificación. 29401; 31603; 52301 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO Accesorios para cámaras; Pago del servicio de Internet; Cámaras portátiles. APCRS 103. Realizar y reportar visitas de verificación con videograbación de los establecimientos que cuenten con denuncia sanitaria. 29401; 31603; 52301 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO Accesorios para cámaras; Pago del servicio de Internet; Cámaras portátiles. APCRS 104. Instalar y poner en funcionamiento salas multidisciplinarias que cuenten con cámaras de videograbación para brindar atención al sector regulado y/o partes interesadas. 31904; 52301 SERVICIOS INTEGRALES DE INFRAESTRUCTURA DE CÓMPUTO; CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO Instalaciones físicas para videovigilancia y monitoreo, Cámara de monitoreo. APCRS 105. Establecer un centro de control para el resguardo del material clasificado de las videograbaciones resultantes de las verificaciones sanitarias y de la atención en las salas multidisciplinarias. 21101; 21401; 31904 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS INTEGRALES DE INFRAESTRUCTURA DE CÓMPUTO Etiquetas; Cajas; Hojas; Marcadores; Discos duros externos; Instalaciones físicas para videovigilancia y monitoreo. APCRS 106. Capacitar a las personas servidoras públicas del APCRS en materia de prevención de actos de corrupción e integridad en el servicio público. 21101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA Hojas; Libretas; Bolígrafos. 160 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 107. Difundir al personal del APCRS el Código de Ética y el Código de Conducta aplicables. NA NA NA APCRS 108. Canalizar, a través del área de vinculación, a los interesados en presentar alguna denuncia en contra de algún funcionario del APCRS por presuntas irregularidades. NA NA NA APCRS 109. Enviar mensualmente, en los formatos correspondientes, los avances de la ejecución de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. NA NA NA APCRS 110. Elaborar el informe final de la implementación de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario en donde se describa el impacto de las acciones emprendidas para implementar acciones que promuevan la mejora continua. NA NA NA LESP 111. Designar al enlace o responsable del Laboratorio Estatal de Salud Pública (LESP), para el seguimiento de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. NA NA NA LESP 112. Suscribir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario con las autoridades estatales correspondientes. NA NA NA Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 161 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 113. Elaborar y difundir en medios físicos y electrónicos los mecanismos implementados por el LESP en el marco de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario. NA NA NA LESP 114. Capacitar a las personas servidoras públicas del LESP en materia de prevención de actos de corrupción e integridad en el servicio público. NA NA NA LESP 115. Difundir al personal del LESP el Código de Ética y el Código de Conducta aplicables. NA NA NA Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 116. Ratificar o notificar algún cambio de un enlace o responsable del SGC. NA NA NA APCRS 117. Realizar la revisión por la Alta Dirección del SGC y el estatus general de seguimiento de los acuerdos. 21101; 21401;26104; 29401; 31603;31701; 32301; 32701;33304; 33401; 33604;37101; 37201; 37501;38301; 51501; 59101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE APLICACIONES INFORMÁTICAS; SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL Plumas; Lápices; Marcadores; Gomas; Sacapuntas; Engrapadora; Carpetas; Hojas; Tijeras; Sellos; Tinta para sellos; Ligas; Post it; Libretas; Calculadora; Clips; Tachuelas; Organizador de cajones; Engrapadora; Perforadora; Regla; Sobres; Guillotina; Cinta adhesiva; Folders; Cajas; Tabla con clip; Portagafetes; Trituradora de papel; Etiquetas; Papel bond; Tintas para impresoras; Memorias USB; Discos duros externos; Combustible; Proyector audiovisual; No break; Switch administrable; Barra multicontactos; Bocinas; Cable auxiliar; Cable de video HDMI; Extensión eléctrica; Teclado; Pago del servicio de Internet; Enlaces dedicados para videoconferencia; Arrendamiento de computadoras; Normas Mexicanas y bibliografía relativas a sistemas de gestión de la calidad; Servicio de mantenimiento y soporte a los sistemas; Ponente en temas del SGC; Trípticos; Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas, imánes, botellas, carteles, mandiles, bolígrafos, playeras, chalecos; Pasajes de avión; Pasajes terrestres; Viáticos; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de mobiliario para la ponencia; Renta de equipo para la ponencia; Impresoras; Multifuncionales; Escáner; Software para el Sistema de Gestión de Calidad. 162 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; CONGRESOS Y CONVENCIONES; BIENES INFORMÁTICOS; SOFTWARE APCRS 118. Actualizar el contexto de la organización (análisis FODA). NA NA NA APCRS 119. Presentar la planeación estratégica en el APCRS para el SGC. NA NA NA APCRS 120. Ratificar y/o actualizar el alcance del SGC. NA NA NA APCRS 121. Revisar y/o actualizar la matriz de las partes interesadas del SGC. NA NA NA APCRS 122. Ratificar y/o Actualizar la Filosofía de la Calidad. 33604 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES Trípticos; Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas; Difusión impresa en imánes; Difusión impresa en botellas; Difusión impresa en carteles; Difusión impresa en mandiles; Difusión impresa en bolígrafos; Difusión impresa en playeras; Difusión impresa en chalecos. APCRS 123. Revisar, actualizar y difundir las Caracterizaciones. 33604 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES Trípticos, Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas; Difusión impresa en imánes; Difusión impresa en botellas; Difusión impresa en carteles; Difusión impresa en mandiles; Difusión impresa en bolígrafos; Difusión impresa en playeras; Difusión impresa en chalecos. APCRS 124. Realizar sesiones periódicas del Comité de la Calidad. 32301 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS Arrendamiento de computadoras APCRS 125. Realizar actividades de capacitación y concientización del SGC. 21501; 25901; 26104; 29401; 32701; 33304; 33401; 33604; 35401; 37101; 37201; 37501; 38301; 51501; 59101 MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE APLICACIONES INFORMÁTICAS; SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS Material audiovisual: videos del Sistema de Gestión de la Calidad; Reactivos para la calibración y verificación del potenciómetro; Combustible; Proyector audiovisual; Bocinas; Cable auxiliar; Cable de video HDMI; Extensión eléctrica; Barra multicontactos; Bocinas; Cable auxiliar; Cable de video HDMI; Extensión eléctrica; Teclado para computadora; Normas Mexicanas y bibliografía relativas a sistemas de gestión de la calidad; Servicio de mantenimiento y soporte a los sistemas; Ponente en temas del SGC; Trípticos; Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas; Difusión impresa en imánes; Difusión impresa en botellas; Difusión impresa en carteles; Difusión impresa en mandiles; Difusión impresa en bolígrafos; Difusión impresa en playeras; Difusión impresa en chalecos; Calibración de equipos; Pasajes de avión; Pasajes terrestres; Viáticos; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de equipo para la ponencia; Renta de mobiliario para la ponencia; Impresoras; Multifuncionales; Escáner; Software para el Sistema de Gestión de Calidad. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 163 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; CONGRESOS Y CONVENCIONES; BIENES INFORMÁTICOS; SOFTWARE APCRS 126. Dar seguimiento a los riesgos y oportunidades de los procesos del SGC. 32701 PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS Normas mexicanas y bibliografía relativas a gestión de riesgos. APCRS 127. Documentar la planificación de los cambios. NA NA NA APCRS 128. Realizar reuniones de retroalimentación del Sistema de Gestión de Calidad. NA NA NA APCRS 129. Revisar y/o actualizar la información documentada de los procesos de realización en la APCRS. 33401; 38301 SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS; CONGRESOS Y CONVENCIONES Ponente en temas del SGC; Renta de equipo para la ponencia. APCRS 130. Reportar el desempeño de los procesos. 32701 PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS Normas mexicanas y bibliografía relativas a indicadores. APCRS 131. Realizar el ejercicio de Auditoría de Calidad. 26104; 33401; 37101; 37201; 37501; 38301 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS; PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; CONGRESOS Y CONVENCIONES Combustible; Ponente en temas del SGC; Pasajes de avión; Pasajes terrestres; Viáticos; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de mobiliario para la ponencia; Renta de equipo para la ponencia. APCRS 132. Dar seguimiento al cierre de las Auditorias. NA NA NA APCRS 133. Dar seguimiento a la medición de la satisfacción de los clientes. 32701; 33401; 38301; 59101 PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS; CONGRESOS Y CONVENCIONES; SOFTWARE Normas Mexicanas y bibliografía relativas a satisfacción del cliente; Ponente en temas del SGC; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de mobiliario para la ponencia; Renta de equipo para la ponencia; Software para el Sistema de Gestión de Calidad. 164 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 134. Gestionar con un organismo certificador acreditado por cualquier entidad acreditadora respecto a la Norma ISO 9001 vigente, una pre- auditoría, auditoría de vigilancia o certificación. 26104; 33303;37101; 37201; 37501 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; SERVICIOS RELACIONADOS CON CERTIFICACIÓN DE PROCESOS; PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Combustible; Auditorías para la certificación, recertificación o mantenimiento relacionada con el Sistema de Gestión de la Calidad; Pasajes de avión; Pasajes terrestres; Viáticos. APCRS 135. Participar en el Encuentro Nacional de Calidad. 26104; 37101; 37201; 37501 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES ASIGNADOS A SERVIDORES PÚBLICOS; PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Combustible; Pasajes de avión; Pasajes terrestres; Viáticos. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 136. Nombrar y notificar vía oficio a la COFEPRIS al enlace o responsable de TIC del APCRS. NA NA NA APCRS 137. Reportar los usuarios de sistemas que causaron baja de los sistemas de COFEPRIS. NA NA NA APCRS 138. Reportar los usuarios activos en los sistemas de la COFEPRIS. NA NA NA Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 165 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 139. Remitir un oficio firmado por el titular del APCRS y LESP con el compromiso de la alta dirección para que las personas servidoras públicas sean capacitadas. NA NA NA APCRS 140. Remitir el listado de las personas servidoras públicas que componen las oficinas centrales, las jurisdicciones, y del Laboratorio Estatal de Salud Pública, con el objeto de identificar al personal que será capacitado. NA NA NA APCRS 141. Inscribir y dar seguimiento al Programa de Fortalecimiento de Capacidades para Verificadores y Dictaminadores en Servicios de Salud. NA NA NA APCRS 142. Capacitar a las personas servidoras públicas que componen las oficinas centrales, las jurisdicciones, y del Laboratorio Estatal de Salud Pública, en el marco del Programa Anual de Capacitación. 21101; 21201;29401; 31603; 32301;32201; 37501; 37201; 52101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES Hojas bond; Micrófono; Cañón para proyectar; Pantalla de proyección; Bocinas; Cinta adhesiva; Rotafolio; Hojas de rotafolio; Encuadernación; Pastas; Tintas para impresora; Cartuchos; Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Pago del servicio de Internet; Renta de salón para eventos de capacitación; Pantalla de proyección. APCRS 143. Desarrollar e implementar cursos de capacitación dirigido al sector regulado en el marco del Plan de Trabajo otorgado por la COFEPRIS. 21101; 21201;29401; 32301; 37501;37201; 52101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES Hojas bond; Micrófono; Cañón para proyectar; Bocinas; Cinta adhesiva; Rotafolio; Hojas de rotafolio; Encuadernación; Pastas; Tintas para impresora; Cartuchos; Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Pantalla de proyección. 166 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 144. Notificar los eventos de emergencias sanitarias en un plazo no mayor a 24 horas, del conocimiento de ocurrencia e independientemente de la magnitud. 21401; 24301;25101; 25501; 25901;26102; 29101; 27201;31701; 32301; 35501;32502; 37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; CAL, YESO Y PRODUCTOS DE YESO; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; HERRAMIENTAS MENORES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hipoclorito de Calcio; Hipoclorito de Sodio; Frasco de Plata Coloidal; Frascos Colilert; Reactivo Colilert; Comparadores colorimétricos; Reactivo para la determinación de cloro residual (DPD); Reactivo para la determinación de pH (Rojo de Fenol); Cal; Termómetro para alimentos; Lámpara sorda; Playera blanca tipo polo manga larga 100% algodón; Camisa blanca manga larga 100% algodón; Chamarra rompevientos; Pantalón de trabajo; Bota de trabajo de piel y forro antiderrapante ; Chalecos tipo pescador; Botas de hule; Gorra tipo beisbolista; Guantes de trabajo uso rudo; Mascarilla N95; Cubrebocas, Cubrepelo, Lentes de seguridad; Mochila tipo excursión; Fajas para carga; Mantenimiento de vehículos; Casetas / Peaje; Viáticos; Pasajes terrestres; Pago del servicio de Internet; Internet inhalámbrico móvil (BAM-banda ancha); Arrendamiento de equipo de cómputo; Renta de vehículo; Combustible; Licencias para software; Cartuchos de tinta para impresoras; Memorias USB; Discos duros externos. APCRS 145. Realizar 2 eventos de acciones preventivas al mes (Enfocados a escuelas y/o unidades médicas), relacionadas con actividades de vigilancia, fomento sanitario y actividades de saneamiento básico en localidades identificadas con mayor vulnerabilidad y/o al comportamiento epidemiológico de cada entidad federativa, con el propósito de prevenir casos de enfermedades diarreicas agudas e infecciones asociadas a los servicios de salud (estas acciones preventivas no se refieren a eventos de concentraciones masivas). NA NA NA Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 167 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 146. Contar con la evidencia del personal, desde nivel Jurisdiccional al Estatal (padrón de brigadistas), capacitado de manera teórica y práctica a través de un operativo de acciones preventivas de protección contra riesgos sanitarios en materia de emergencias de nuestras competencias. 33401 SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS Capacitación en materia de atención a emergencias sanitarias. APCRS 147. Remitir la evidencia de la adquisición de los insumos y materiales requeridos para la atención de emergencias sanitarias, incluyendo equipos de protección personal para el seguro desempeño de las funciones. 35701 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO Mantenimiento preventivo y correctivo de planta potabilizadora móvil. APCRS 148. Enviar informe mensual y anual de atención a eventos de emergencias sanitarias. NA NA NA APCRS 149. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, con el fin de informar a la población en general, los riesgos a los que están expuestos y como evitarlos en circunstancias de emergencias sanitarias, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario. 33604; 36101 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv. 168 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 150. Llevar a cabo la validación documental y elaborar la cédula de evaluación. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 151. Dar seguimiento al cierre de flujo en SIIPRIS de conformidad con los lineamientos. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 152. Cumplir con la evaluación del desempeño del personal encargado de apoyar en la validación documental. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 153. Remitir mensualmente el listado actualizado de licencias sanitarias de farmacias, droguerías y boticas y/o establecimientos dedicados a servicios urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 154. Actualizar las licencias sanitarias de farmacias, droguerías y boticas que no cumplan con la nomenclatura establecida por la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios. 32301; 31603;29401; 21201; 21401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break; Cartuchos de impresión; Impresoras. APCRS 155. Realizar las visitas de verificación de conformidad con el "Plan Trimestral de Verificación" establecido por la COFEPRIS. 25501; 27101;33603; 37201; 37501 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; VESTUARIO Y UNIFORMES; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FORMAS VALORADAS, CERTIFICADOS Y TÍTULOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Gastos de transporte terrestre; Gastos de camino; Viáticos; Zapatos; Chalecos; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Sello de muestreo; Fajillas de aseguramiento. APCRS 156. Realizar las notificaciones de autorización de uso lúdico de Cannabis emitidas por COFEPRIS y remitir mensualmente el reporte de notificaciones. 27101; 29401;32301; 31603; 37201; 37501 VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Gastos de transporte terrestre; Gastos de camino; Viáticos; Zapatos; Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 169 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 157. Remitir semestralmente el informe del trámite con Homoclave COFEPRIS-03-014. Aviso de previsiones de compra- venta de medicamentos que contengan estupefacientes (sólo farmacias, droguerías y boticas). 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 158. Remitir trimestralmente el informe del trámite con Homoclave COFEPRIS-03-005. Permiso de libros de control de estupefacientes o psicotrópicos y sus cancelaciones. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 159. Remitir semestralmente listado de autorizaciones recibidas y emitidas en materia de Publicidad. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. APCRS 160. Remitir mensualmente el listado actualizado del estatus que tienen las licencias sanitarias de establecimientos que utilizan fuentes de radiación para fines médicos o de diagnóstico y establecimientos de atención médica. 32301; 31603; 29401 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 161. Participar en las reuniones de trabajo sobre Resistencia Antimicrobiana. 29401; 31603; 35301 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor; Cámara; Pago del servicio de Internet. 170 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 162. Establecer un programa estatal anual de muestreo de leche destinada para consumo humano, para el monitoreo de inhibidores (residuos de antibióticos). 21101; 21201;29401; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Tóner. APCRS 163. Realizar en establecimientos (puntos de venta) la toma de muestras de leche cruda (no sometida a tratamientos térmicos), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar inhibidores (residuos de antibióticos). 21101; 21201;25501; 26102; 29401;27201; 35301; 31801;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; SERVICIO POSTAL; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Marcadores; Cinta canela; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Combustible; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Hielera; Gel desinfectante; Cucharón; Frasco de boca ancha con taparosca estéril; Etiquetas autoadheribles, Gel refrigerante; Coladera de acero grado alimenticio; Hielera; Bolsa cierre hermético; Agitador de acero inoxidable; Gel refrigerante; Termómetro; Overol; Bata; Filipina; Cubrebocas; Cofia; Cubrepelo; Guantes. APCRS 164. Realizar en establecimientos (puntos de venta) la toma de muestras de leche pasteurizada (sometida a tratamientos térmicos), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar inhibidores (residuos de antibióticos). 21101; 21201;25501; 26102; 29401;27201; 35301; 31801;37201; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; SERVICIO POSTAL; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Marcadores; Cinta canela; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Combustible; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Hielera; Gel desinfectante; Cucharón; Frasco de boca ancha con taparosca estéril; Etiquetas autoadheribles, Gel refrigerante; Coladera de acero grado alimenticio; Hielera; Bolsa cierre hermético; Agitador de acero inoxidable; Gel refrigerante; Termómetro; Overol; Bata; Filipina; Cubrebocas; Cofia; Cubrepelo; Guantes. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 171 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 165. Enviar a la COFEPRIS el reporte de los resultados analíticos de los inhibidores (residuos de antibióticos) en las muestras de leche obtenidas en puntos de venta. 21101; 21201;31801; 29401; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; SERVICIO POSTAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo. LESP 166. Realizar el análisis de los productos de muestras de leche cruda (no sometida a tratamientos térmicos), para identificar inhibidores (residuos de antibióticos) en establecimientos (puntos de venta). 25501; 25101;35401; 25901; 53101; 53201 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Autoclave, Centrífuga, Turbidímetro, Incubadora, Balanza, Microscopio, Vernier o medidor de halos, Micropipeta; Asa bacteriológica; Cajas Petri; Papel filtro; Matraz; Nefelómetro de McFarland; Pinzas de disección con punta fina; Portaobjetos; Tubos de cultivo; Estándares de McFarland; Frasco vidrio; Equipo para tinción de Gram y esporas; Porta asa; Caldo soya tripticasa (CST) sin dextrosa; Agar Soya Tripticasa (AST); Agar indicador PM; Penicilinasa (â-lactamasa), discos impregnados; Penicilina G (sustancia de referencia); Agua; Solución amortiguadora de fosfatos, pH 6; Cloruro de sodio; Fosfato dipotásico; Extracto de carne; Peptona; Triptona; Soytona; Dextrosa; Agar; Polisorbato 80; Púrpura de Bromocresol; Geobacillus stearothermophilus ATCC10149; Bacillus calidolactis ATCC 10149; Autoclave; Centrífuga; Turbidímetro; Incubadora; Balanza; Balanza granataria; Microscopio Vernier o medidor de halos; Micropipeta. LESP 167. Realizar el análisis de los productos de muestras de leche pasteurizada (sometida a tratamientos térmicos), para identificar inhibidores (residuos de antibióticos) en establecimientos (puntos de venta). REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LA ACTIVIDAD 166. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 168. Participar en las reuniones de trabajo sobre el nuevo proyecto mediante el que se integrará información relacionada con exposición a sustancias tóxicas. 29401; 21101;35301; 31603 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; SERVICIOS DE INTERNET Mouse para computadora; Teclado para computadora; Monitor para computadora de escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices. 172 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 169. Integrar un padrón de establecimientos de salud de segundo y tercer nivel de atención que cuenten con hospitalización, urgencias y consulta de especialidad, en donde se atiendan eventos o complicaciones derivadas del uso o la exposición aguda a agentes químicos, ya sea de forma accidental, voluntaria, intencional o laboral. 21101; 21401; 37201 ATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Papelería; Folder tamaño carta; Memorias USB; Gastos para pasajes; Papelería; Bolígrafos; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta. APCRS 170. Elaborar un plan de trabajo para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas, que deberá ser implementado durante el segundo semestre de 2025. 21101; 21401;29401; 31603; 35301 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS Mouse para computadora; Teclado para computadora; Monitor para computadora de escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; Papelería; Bolígrafos; Memorias USB; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta; Carpetas para archivo. APCRS 171. Enviar a la COFEPRIS el registro mensual de los casos o eventos atendidos por el uso o la exposición aguda a agentes químicos, ya sea de forma accidental, voluntaria, intencional o laboral. 21101; 21201;21401; 29401; 31603;35301; 37201 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Papelería; Teclado para computadora; Hojas de papel bond; Memorias USB; Bolígrafos; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta; Gastos para pasajes; Mouse para computadora; Monitor para computadora de escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; Toner para impresora. Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 172. Realizar el análisis de las determinaciones establecidas en los objetivos específicos del presente instrumento acorde al binomio matriz- analito, conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos. REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LAS ACTIVIDADES 12, 13, 14, 19, 20, 21, 22, 31, 32, 38, 39, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 92, 166 Y 167. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 173 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 173. Ampliar el marco analítico mediante la implementación de métodos de prueba, acorde a la capacidad instalada en cada LESP y conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos. 25101; 25501;25901; 27201; 35401 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Centrífuga, micropipeta, balanza, vórtex, cromatógrafo, ultracongelador, baño ultrasónico, evaporador, campana de extracción, cámara de vacío, bomba, sonicador, motor de licuadora, procesador de alimentos, lector de microplacas, autoclave, incubadora, espectrofotómetro, termociclador, espectrómetro, mufla, fuente de radiofrecuencia, automuestreador y recirculador de agua, placa de calentamiento, horno de microondas, gabinete de bioseguridad, termomezclador, congelador, equipo para cuantificación de ácidos nucleicos, analizador de fragmentos, homogeneizador, refrigerador, documentador de geles o transiluminador con luz UV, potenciómetro, cronómetro, incinerador, microcentrífuga, termómetros o dataloggers, agitador magnético, estufa; botellas para centrífuga; Charola 50x35cm; Mango para bisturí; Sifón; Navajas; Guantes; Sistema de vacío con trampa; Vaso de precipitado; Formaldehído al 37% (v/v); Tween 80 al 0.1%; Agua destilada; Kits para determinación de quistes de Giardia lamblia; Kits TaqMan PCR para Giardia lamblia; Kits SYBR Green qPCR para Giardia lamblia; Kits PCR punto final para Giardia lamblia; Manguera de succión; Columnas de C18; Puntas para micropipeta; Sistema de filtración al vacío; Tiras reactivas; Frasco 1L; Matraz; Viales; Agua, grado HPLC; Metanol; Acetato de Etilo, grado HPLC; Isopropanol; Tiosulfato de sodio; Gas acarreador Helio de ultra alta pureza UN 10.46; Lindano, pureza ≥ 99.00%; 4,4´- DDT, pureza ≥ 99.00%; Endrin, pureza ≥ 99.00%; Cianazina, pureza ≥ 99.00%; Aldrin, pureza ≥ 99.00%; Dieldrin, pureza ≥ 99.00%; Pendimetalina, pureza ≥ 99.00%; Trifluralina, pureza ≥ 99.00%; Metoxicloro, pureza ≥ 99.00%; Alacloro, pureza ≥ 99.00%; Clordano, pureza ≥ 99.00%; Jeringas; Cuchillo; Tablas de picar; Espátula; Vasos; Microfiltros; Engarzadora; Liners; Conectores; Ferrules; Acetonitrilo; 2-Propanol; Agua Desionizada Tipo 1; Ácido acético; Kit de Extracción QUECHERS Método AOAC 2007.01; Kit de Limpieza QUECHERS Método AOAC 2007.01; Permetrina, patrón de referencia; Paratión, patrón de referencia; Diazinón, patrón de referencia; Malatión, patrón de referencia; Carbarilo, patrón de referencia; Oxamil, patrón de referencia; Cubiertas adhesivas; Filtro fibra de vidrio; Puntas de pipeta; Puntas desechables; Puntas para pipeta; Kit de prueba de ELISA Adda Abraxis; Abrazadera de aluminio; Base de filtro O-ring; Base de soporte; Boquilla para manguera; Columna LC C8; Dispositivo para filtración; Embudo de vidrio; Filtro de membrana; Microjeringas; Sistema de liberación muestras; Tapa GL45; Ácido ethilendiaminotetraacético, sal trisódica; Ácido L-ascórbico; Agua grado reactivo; Argón; Cristales Trizma preempaquetados; Nodularina-R; Microcistina-LA; Microcistina-LFA; Microcistina-LR; Microcistina-LY Microcistina-YR; Formiato de amonio alta pureza; Nitrógeno; C2D5-Microcistina-LR; 2-cloroacetamida; Botellas vidrio ámbar; Cartuchos de SPE; Columna de HPLC; Depósito de SPE; Detector de UV/arreglo de diodo (PDA); Papel filtro; Unidad de filtro desechable; Hidróxido de amonio concentrado; Ácido de trifluoroacético; Microcistina-YD; Microcistina-RR; Licuadora; Frasco de boca ancha; Cuchara de acero inoxidable; Pipetas; Asa bacteriológica; Tijeras; Pinzas; Mechero Fisher; Agua peptonada alcalina; Solución de fosfatos salino; Agar; Medio MIO; T1N0, T1N3, T1N6, T1N8, T1N10 (Caldo Triptona y Sal); Caldo peptonado; Arginina glucosa inclinado; Caldo arginina dihidrolasa; Medio mivilidad; O-Nitrofenil β-D- galactopiranosido; Desoxicolato de sódio 0.5%; Reactivo de Kovac; Reactivo de oxidasa; Bioquímicas miniaturizadas; Antisuero polivalente Vibrio cholerae O;Antisuero monovalente O139; Antisuero monoespecífico; Cepa de Vibrio cholerae; Cepa de Vibrio parahaemolyticus; Tapones; Bacto Lactobacilli MRS-agar (MRS-agar); Caldo Bacto Lactobacilli MRS; Caldo Micro Inoculum; Medio de prueba para ácido fólico; Alcohol 174 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo etílico absoluto; Amilasa; Cloruro de calcio fundido o granulado; Cristales de cloruro de sodio; Fosfato ácido di-potásico anhidro; Fosfato diácido de potasio anhidro; Lactosa; Leche descremada en polvo grado reactivo; Lactobacillus casei ATCC 7469; Crisoles de platino; Crisoles vycor; Perlas de ebullición; Puntas de plástico para micropipetas; Recipientes; Varillas de plástico; Lámparas de cátodo hueco o de descarga sin electrodos; Ácido perclórico; Aire comprimido seco y limpio; Borohidruro de sodio; Cloruro de Potasio; Jabón neutro; Solución Estándares; Yoduro de Potasio; Óxido nitroso grado absorción atómica; Sulfato o Cloruro de hidroxilamina; Cloruro o Sulfato estañoso; Solución de As de 1 µg/mL; Bolsas y clip de cierre para bolsas; Contenedores rígidos; Gasas o paños absorbentes; Gradilla; Guantes; Paños antiestáticos; Placas de reacción para qPCR de 96 pozos; Puntas para PCR; Bata; Cubrebocas; Cofias; Zapatones; Lentes de protección; Mascarilla de concha o equivalente; Bolsas; Medio de cultivo para el crecimiento o proliferación de Brucella spp; Estuche comercial "High Pure Template Preparation kit"; Enzima polimerasa Taqman ultrapura de inicio en caliente; BRU1S711F gct tga agc ttg cgg aca gt; BRU1S711R ggc cta ccg ctg cga at; Sonda 1S711 aag cca aca ccc ggc cat tat ggt 5’FAM-3’TAMRA; "Control Interno de Amplificación"; Solución amortiguadora; Mezcla Maestra Taqman Enviromental Master Mix 2.0; Cloruro de magnesio (MgCl2) 25mM; dNTP’s con dUTP (equimolar) 10mM; Colorante de referencia pasiva ROX 25µM; Oligos y sonda para el control interno de amplificación; Polimixina B; Bacitracina; Natamicina; Ácido nalidíxico; Vancomicina; Agarosa grado biología molecular; Agente intercalante para electroforesis; Inactivador o solución inactivadora de bromuro de etidio; Marcador de peso molecular de ADN VIII (de 19pb-1114pb); Tris base; Ácido bórico; EDTA; Clorhidrato de lisozima (cristales); Solución Tris–HCl, 10mM, pH 8.0; ATCC Brucella ovis Buddle 1956 (o equivalente), cepa vacunal o su ADN control positivo; Tubo para PCR de 0.2 mL; Papel parafilm; Bolsas de polietileno; Probeta; Paños absorbentes; Agua grado biología molecular libre de nucleasas; Agua tipo I; Bromuro de etidio 10 mg/mL; Cloruro de sodio; Suplemento selectivo modificado para Brucella; Estuche comercial "Fast Start Taq DNA polymerase"; Etanol; Fosfato de sodio dibásico anhidro grado analítico; Fosfato de sodio monobásico grado analítico; PCR nucleotide mix. Dinucleótidos Trifosfato (dNTP’s) 10 mM cada uno dATP, dCTP, dGTP, dTTP; TRIS HCl-base grado biología molecular; Iniciadores Bru 1 (5´gCgCTCAggCTgCCgACgCAA3´) 800 pb y 680 pb sólo para Brucella abortus 1; Iniciadores Bru 3 (5´CCAgCCATTgCggTCggTAC3´) 190 pb; Iniciadores Bru 4 (5´ACCCCAgACAgCCCAA3´) pb y 680 pb sólo para Brucella abortus 1; Tampón de carga 6x; Tampón Tris Acetato-EDTA (TAE) concentrado 10X; Ciclohexamida; Nistatina; Brucella spp; Barra magnética cubierta de teflón; Bureta 50 ml; Electrodo; Ácido clorhídrico; Fluoruro de sodio o solución certificada de ion Flúor de 1 000 mg de F/L; Celda de cuarzo; Lámparas de cátodo hueco o lámparas multi-elemento de descarga sin electrodos para el metal de interés; Tubos; Membranas de filtración; Cajas Petri; Vidrios de reloj; Sistema de reflujo; Tubos de ensayo; Embudo de filtración; Papel parafinado; Bolsas de plástico; L-Ácido ascórbico; Peróxido de Hidrógeno; Acetileno, grado absorción atómica en acetona; Ácido nítrico; Hidróxido de sodio; Acetona; Hexano; Aire comprimido limpio y libre de humedad; Disolución patrón certificada del metal de interés; Dicromato de Potasio; Nitrato de Magnesio; Disolución de Paladio con niveles traza de metales; Fosfato de amonio monobásico con niveles traza de metales (de alta pureza); Disolución de Nitrato de Magnesio hexahidratado de alta pureza; Ácido sulfúrico; Clorhidrato de hidroxilamina. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 175 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA). Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo LESP 174. Mantener vigentes las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado. REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LAS ACTIVIDADES 12, 13, 14, 19, 20, 21, 22, 31, 32, 38, 39, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 92, 166 Y 167. LESP 175. Cumplir con las actividades relacionadas con el fortalecimiento técnico, competencia técnica, el envío de informes de productividad analítica, acorde a lo establecido en los lineamientos técnicos aplicables a los LESP. NA NA NA Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 176. Designar al enlace o responsable del Área de Protección contra Riesgos Sanitarios (APCRS), para el seguimiento de las actividades de la vigilancia sanitaria a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. NA NA NA APCRS 177. Actualizar y enviar a la COFEPRIS conforme al formato el padrón de establecimientos de atención médica con fines estéticos. NA NA NA APCRS 178. Realizar visitas de verificación a los establecimientos de atención médica con fines estéticos no quirúrgicos con el propósito de detectar, identificar y eliminar anomalías a fin de proteger a la población de los riesgos sanitarios relacionados con estos procedimientos. 21101; 27201; 25401 26102; 29601; 35501 39202; 21401; 31603 32301; 32502 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas Adhesivas para Impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Cubrepelo; Cofias; Guantes estériles; Guantes de látex; Cubrebocas; Batas blancas; Pijama quirúrgica; Gasolina; Llantas para vehículo; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Casetas/peaje; Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de internet; Arrendamiento de equipo de cómputo; Arrendamiento de vehículos terrestres. 176 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 179. Realizar visitas de verificación a los establecimientos de atención médica con fines estéticos quirúrgicos, con el propósito de detectar, identificar y eliminar anomalías a fin de proteger a la población de los riesgos sanitarios relacionados con estos procedimientos. 21101; 27201; 25401 26102; 29601; 35501 39202; 21401; 31603 32301; 32502 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas Adhesivas para Impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Cubrepelo; Cofias; Guantes estériles; Guantes de látex; Cubrebocas; Batas blancas; Pijama quirúrgica; Gasolina; Llantas para vehículo; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Casetas/peaje; Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de internet; Arrendamiento de equipo de cómputo; Arrendamiento de vehículos terrestres. APCRS 180. Enviar a la COFEPRIS en los formatos correspondientes establecidos el avance de las visitas de verificación de los establecimientos de atención médica con fines estéticos. NA NA NA APCRS 181. Realizar el vínculo con los Colegios, Consejos y/o Asociaciones sobre medicina estética y de cirugía plástica, estética y reconstructiva, con la finalidad de intercambiar información sobre establecimientos dedicados a la medicina estética y clínicas de cirugía plástica, estética y reconstructiva irregulares, realizando un acuerdo de colaboración en cuestión de denuncias que hayan recibido. NA NA NA APCRS 182. Gestionar, implementar y reportar las acciones de fomento y dirigidas a la población y sector regulado, con el propósito de contribuir a la disminución de riesgos asociados al uso de prestación de servicios en establecimientos de atención médica con fines estéticos irregulares y enviar el formato correspondiente a la COFEPRIS. NA NA NA Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 177 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 183. Elaboración del padrón estatal de comercializadores y productores de loza vidriada. 21101; 26104; 37501 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Hojas bond; Gastos de transporte terrestre; Viáticos. APCRS 184. Elaboración y análisis del estudio de percepción del riesgos a los alfareros de las comunidades productoras y comercializadoras de loza vidriada. NA NA NA APCRS 185. Diseño y elaboración de una estrategia de difusión dirigida a comercializadores y productores de loza vidriada. NA NA NA APCRS 186. Elaboración del programa de visitas de Fomento Sanitario a las principales comunidades alfareras para impartir pláticas sobre el uso de compuesto de plomo en la alfareria vidriada. 32301; 52101; 29401; 21101; 21201; 39202; 37201; 37501; 31603; 32201 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES Cañón; Pantalla de proyección; Bocinas; Cinta adhesiva; Rotafolio; Hojas de rotafolio; Encuadernación; Pastas; Tintas; Cartuchos; Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Hojas bond; Micrófono; Pago del servicio de Internet; Renta de salón para eventos de capacitación. APCRS 187. Elaboración de un programa para impartir pláticas de fomento sobre los riesgos del uso de compuestos de plomo en la producción de loza vidriada. 32301; 52101; 29401; 21101; 21201; 39202; 37201; 37501; 31603; 32201 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES; REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES; MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES Cañón; Pantalla de proyección; Bocinas; Cinta adhesiva; Rotafolio; Hojas de rotafolio; Encuadernación; Pastas; Tintas; Cartuchos; Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Hojas bond; Micrófono; Pago del servicio de Internet; Renta de salón para eventos de capacitación. 178 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Programa Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios. Objetivo Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios. Objetivo Específico Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada. Actividad específica Claves de partida Partida específica Insumo APCRS 188. Concertación con Autoridades Municipales y asociaciones de alfareros para la instrumentación del programa de pláticas de fomento sobre los riesgos del uso de compuestos de plomo en la producción de loza vidriada. 39202; 37201; 37501 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos. APCRS 189. Difusión de material dirigido a comercializadores y productores de loza vidriada por la Entidad Federativa seleccionada. 39202; 37201; 37501; 33604 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Impresión de material informativo, tríptico, carteles, folletos, o cualquier material editorial. APCRS 190. Elaboración de informes mensuales del avance sobre de las acciones del proyecto de plomo en loza vidriada. NA NA NA PARTIDAS EN LAS QUE DEBE OBSERVARSE LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA: 21101; 21201; 21401; 21501; 26102; 26104; 31602; 31603; 31801; 31904; 32201; 32301; 32302; 32401; 32505; 32601; 32701; 33604; 35201; 37101; 37104; 37201; 37204; 37206; 37501; 37504; 38301; 51501; 52901; 59101; 26101; 37503. LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA, SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, EL QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda Pública, Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.- Rúbrica.- El Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 179 SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL NOTA Aclaratoria al Acuerdo mediante el cual se modifica y amplía la competencia de diversas juntas especiales de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, se suprimen la Oficina Auxiliar de Poza Rica, Veracruz y la Junta Especial número 35, con residencia en Culiacán, Sinaloa en los términos que se indican, publicado el 27 de octubre de 2025. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ CUAZITL, Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26, fracción XVII y 40, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 606 de la Ley Federal del Trabajo1 en relación con el régimen transitorio del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1° de mayo del 2019; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2 y 17 fracciones V y XV del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se emite la siguiente NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICA Y AMPLÍA LA COMPETENCIA DE DIVERSAS JUNTAS ESPECIALES DE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, SE SUPRIMEN LA OFICINA AUXILIAR DE POZA RICA, VERACRUZ Y LA JUNTA ESPECIAL NÚMERO 35, CON RESIDENCIA EN CULIACÁN, SINALOA EN LOS TÉRMINOS QUE SE INDICAN, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 27 DE OCTUBRE DE 2025 DICE: “Que los juicios en contra del FONATUR son substanciados en sus diversas fases en varias Juntas Especiales con residencia en la Ciudad de México y en las entidades federativas, por lo cual, en el marco de la centralización, la Junta Especial Número 10, con residencia en la Ciudad de México, tiene competencia para tramitarlos hasta su conclusión;” DEBE DECIR: Que los juicios en contra del FONATUR son tramitados en sus diversas fases en varias Juntas Especiales con residencia en la Ciudad de México y en las entidades federativas, por lo cual, en el marco de la centralización y para equilibrar cargas de trabajo, la Junta Especial Número 4, con residencia en la Ciudad de México, es susceptible de continuar atendiendo hasta su conclusión dichos asuntos y para ello resulta necesario ampliar su competencia para conocer de procedimientos en contra de empresas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal, excepto los que por diverso Acuerdo corresponda conocer a alguna otra Junta Especial; DICE: “CUARTO.- Se modifica la competencia por materia y territorio de las Juntas Especiales con residencia en la Ciudad de México y en las entidades federativas para dejar de ser competentes para conocer de conflictos laborales en contra del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, los cuales serán tramitados hasta su conclusión en la Junta Especial Número 10, con residencia en la Ciudad de México, ubicada en Av. Azcapotzalco la Villa número 311, Col. Barrio de Santo Tomás, C.P. 02020, Alcaldía Azcapotzalco.” DEBE DECIR: CUARTO.- Se amplía la competencia de la Junta Especial Número 4 para conocer conflictos en contra de empresas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal, con excepción de aquellos que por diverso Acuerdo le corresponda conocer a otra Junta Especial. Se modifica la competencia por materia y territorio de las Juntas Especiales con residencia en la Ciudad de México y en las entidades federativas para dejar de ser competentes para conocer de conflictos laborales en contra del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, los cuales serán tramitados hasta su conclusión en la Junta Especial Número 4, con residencia en la Ciudad de México, ubicada en Av. Azcapotzalco la Villa número 311, Col. Barrio de Santo Tomás, C.P. 02020, Alcaldía Azcapotzalco. Ciudad de México, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil veinticinco.- El Director General de Asuntos Jurídicos, José Luis Sánchez Cuazitl.- Rúbrica. 1 Vigente antes de las reformas publicadas el 1° de mayo de 2019. 180 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 SECRETARIA DE CULTURA PROGRAMA Institucional de Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana S.A. de C.V. 2025-2030. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cultura.- Secretaría de Cultura. PROGRAMA INSTITUCIONAL COMPAÑÍA OPERADORA DEL CENTRO CULTURAL Y TURÍSTICO DE TIJUANA S.A. DE C.V. 2025-2030. 1. Índice 1. Índice 2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa 3. Siglas y acrónimos 4. Fundamento normativo 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo 6. Objetivos 6.1 Relevancia del Objetivo 1. Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población del noroeste de México 6.2 Relevancia del Objetivo 2. Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas especializados de la Compañía Operadora 6.3 Relevancia del Objetivo 3. Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como referente regional 6.4 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de la Compañía Operadora 2025-2030 7. Estrategias y líneas de acción 8. Indicadores y metas 2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo. 3. Siglas y acrónimos CAEN: Centro de Artes Escénicas del Noroeste CECUT: Centro Cultural Tijuana CEDHBC: Comisión Estatal de Derechos Humanos en Baja California CHG: Centro Hispano de Guitarra CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe CESUN: CESUN Universidad CETYS: Centro de Enseñanza Técnica y Superior COMPAÑÍA OPERADORA: Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana, S.A. de C.V. CONAPO: Consejo Nacional de Población CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación del Desarrollo de la Política Social CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos EL COLEF: El Colegio de la Frontera Norte, A.C. ENVIPE: Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública EE. UU.: Estados Unidos de América IBERO: Universidad Iberoamericana Tijuana INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 181 LGBTQI+: Lésbico, Gay, Bisexual, Transgénero, Queer, Intersexual y más. OBC: Orquesta de Baja California PND: Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030 PNUD: Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PSC: Programa Sectorial de Cultura 2025–2030 SC: Secretaría de Cultura SCAE: Sistema de Captura y Análisis Estadístico SECTURE: Secretaría de Turismo del Estado SCM: Seminario de Cultura Mexicana UABC: Universidad Autónoma de Baja California UNESCO: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNUS: UNUS Universidad UPN: Universidad Pedagógica Nacional UTT: Universidad Tecnológica de Tijuana 4. Fundamento normativo El Programa Institucional de la Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana S.A. de C.V. (Compañía Operadora) 2025-2030, quien se encarga de la administración del Centro Cultural Tijuana (CECUT) se presenta en el marco del Sistema de Planeación Democrática del desarrollo nacional establecido en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) el cual señala la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional. Por su parte, la Ley de Planeación establece en su artículo 21 la obligatoriedad de elaborar, al inicio de cada administración, el Plan Nacional de Desarrollo, donde se precisan los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades del desarrollo integral y sustentable del país. De este documento rector se derivarán los programas sectoriales, especiales, regionales e institucionales que orientarán las políticas públicas de los diversos sectores. El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2025-2030, publicado el 15 de abril de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, es el principal instrumento de planeación de la presente administración y se articula con cuatro ejes generales y tres ejes transversales. A partir de este instrumento, el Programa Sectorial de Cultura (PSC) 2025-2030 se encuentra alineado principalmente al Eje General 2: Desarrollo con bienestar y humanismo, contribuyendo a la transformación democrática y pacífica de México. Además, las acciones del Sector Cultura están alineadas con los Ejes Transversales 1 y 3, que abordan la Igualdad Sustantiva y Derechos de las Mujeres, y los Derechos de las Comunidades Indígenas y Afromexicanas, respectivamente. Conforme a lo establecido en los artículos 1° y 4° de la CPEUM, la Secretaría de Cultura (SC) promoverá los medios para el acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en materia cultural, así como el ejercicio de los derechos culturales. Promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. Asimismo, el artículo 41 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que a la SC le corresponde elaborar y conducir la política nacional en materia de cultura. En el marco de los 100 Compromisos para el Segundo Piso de la Cuarta Transformación, fundamento del Proyecto de Nación encabezado por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, la SC, encuentra su acción específica en los compromisos 36 al 40 que conforman la República cultural y lectora. Sumado a las acciones coordinadas por otras instancias del Gobierno Federal. El presente documento, se elabora con fundamento en la fracción II del artículo 17 de la Ley de Planeación, al mismo tiempo que se alinea al PSC 2025-2030 publicado en el DOF el 15 de septiembre de 2025. La Compañía Operadora, constituida mediante Escritura Pública Número 29,567, volumen 637, pasada ante la fe del licenciado Carlos Ramírez Zetina, Notario Público Número 132, de la Ciudad de México, en fecha 22 de septiembre de 1980, es una Entidad Paraestatal de la Administración Pública Federal, de conformidad con Ley Federal de las Entidades Paraestatales, Sectorizada a la SC, por el “ACUERDO por el que se agrupan las entidades paraestatales que se indican al sector coordinado por la Secretaría de Cultura” publicado en el Diario Oficial de la Federación el jueves 2 de febrero de 2017. 182 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 En la Primera Sesión Extraordinaria de Accionistas celebrada el 26 de septiembre de 1997 su Objeto social fue modificado para quedar en los siguientes términos: I) Diseñar, planear y ejecutar programas y acciones de beneficio social y cultural, destinados a poner al alcance de los ciudadanos los bienes y servicios culturales propios de su naturaleza y a contribuir con ellos a mejorar la calidad de vida de los mexicanos dentro del estado de Baja California y en el Noroeste. II) Diseñar, planear y ejecutar programas y acciones tendientes a la promoción del arte y la cultura entre los educandos del Sistema Nacional de Educación, procurando en todo momento generar en ellos el apego a los valores culturales como parte de su formación integral; así como promover y difundir los bienes y servicios culturales entre los estudiantes, maestros e investigadores de las instituciones de educación superior en la región. III) Preservar y difundir dentro y fuera del país, el patrimonio cultural y la obra de artistas, creadores e intelectuales de la región en coordinación y participación con todos los sectores de la sociedad y de los tres niveles de gobierno. IV) Organizar e implementar talleres, cursos, seminarios, conferencias, foros de análisis y en general todas aquellas actividades intelectuales y culturales orientadas a ampliar las opciones de disfrute y aprecio de las manifestaciones artísticas y culturales, fomentando a la vez la participación de la comunidad bajacaliforniana y del sur de California, EE. UU. V) Fortalecer los elementos de identidad con los connacionales que emigrarán al estado de California, EE. UU. o que transitan en la frontera mexicana con dicho país en el Noroeste, en el marco del PND y de los programas sectoriales respectivos. VI) Contribuir de manera permanente al impulso y fortalecimiento de la Orquesta de Baja California (OBC), del Centro Hispano de Guitarra (CHG), del Centro de Artes Escénicas del Noroeste (CAEN), así como generar oportunidades para que otras entidades públicas, privadas o sociales ofrezcan bienes y servicios culturales. VII) Diseñar, elaborar y en su caso, editar e imprimir todo tipo de publicaciones artísticas y culturales afines a su naturaleza, tales como libros, folletos, revistas, periódicos o cualquier otro tipo de documentos escritos, audiovisuales o multimedia. VIII) Estrechar la vinculación académico-cultural con personas físicas o morales del sector público, privado y social, con instituciones y universidades del país y del extranjero, que desarrollen acciones afines mediante la firma contratos y convenios específicos, a efecto de racionalizar recursos y ampliar las acciones culturales. IX) Adquirir, enajenar, arrendar bienes muebles e inmuebles y en general realizar cualquier tipo de actos de dominio que beneficien a la sociedad y que estén orientados a la generación de recursos propios para cumplir con su objeto social. X) Recibir donativos de personas físicas o morales y destinarlos al cumplimiento de su objeto social. XI) Fortalecer los programas de colaboración y apoyo que tienen por objeto brindar un servicio público a la clase educativa y trabajadora por medio de los diversos convenios con que cuenta este Centro Cultural. Conforme al artículo 47 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Compañía Operadora debe sujetar su desarrollo y operación a la Ley de Planeación, al PND 2025-2030, al PSC 2025-2030 y a las asignaciones presupuestales autorizadas, siendo responsable de la ejecución seguimiento y rendición de cuentas del Programa. El Programa Institucional de la Compañía Operadora 2025-2030 responde a diversos instrumentos internacionales que reconocen la cultura como un derecho humano y un bien público mundial. Entre ellos destacan: la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO, 2005); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, entre otros. 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo El presente diagnóstico identifica y analiza los principales problemas públicos que enfrenta la región noroeste de México en el ámbito cultural, estableciendo la contribución específica que la Compañía Operadora a través de la administración de la infraestructura y capacidades especializadas del Centro Cultural Tijuana (CECUT) planea realizar para atender dichos desafíos. El análisis se estructura organizando la información por problemas públicos específicos en articulación con el PSC 2025-2030, el PND 2025-2030, el Segundo Piso de la Cuarta Transformación y los principios del Humanismo Mexicano. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 183 El CECUT opera como una infraestructura cultural federal fuera de la Ciudad de México, ubicada estratégicamente en el municipio de Tijuana, una de las ciudades más dinámicas y diversas en la frontera norte del país. Su área de influencia comprende el Estado de Baja California con 3,769,020 habitantes (INEGI, 2020), con alcance a población de otros estados de la región noroeste y la zona fronteriza binacional Tijuana-San Diego, con un potencial de abarcar a más de 8 millones de habitantes. La Compañía Operadora realiza sus actividades sustantivas en el CECUT, complejo arquitectónico que cuenta con 3.5 hectáreas de instalaciones especializadas que incluyen el Domo IMAX, una Sala de Cine con pantalla esférica única en esta región, el Teatro, la Sala de Cine Carlos Monsiváis, el Museo de las Californias, las Salas de Exposiciones de El Cubo, El Acuario, foros escénicos, además de salas educativas especializadas. Esta infraestructura es clave para el desarrollo de un trabajo continuo realizado a lo largo de 43 años. La Compañía Operadora ha desarrollado una red de colaboración con más de 20 instituciones educativas de nivel superior en Tijuana y la región. Algunas de éstas incluyen a la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), El Colegio de la Frontera Norte (El COLEF), la Universidad Tecnológica de Tijuana (UTT), la Universidad Iberoamericana (IBERO), la Universidad Pedagógica Nacional (UPN), CETYS Universidad (CETYS), CESUN Universidad (CESUN), UNUS Universidad (UNUS), Universidad Xochicalco, Pacífico Universidad, entre otras instituciones, en busca de diversificar, fortalecer y ampliar la oferta cultural, los servicios y el acceso a sus instalaciones. También se han construido redes binacionales, destacando el acercamiento con el Consulado General de México en San Diego, que profundiza la cooperación internacional en materia de cultura e identidad en esta región. Se han impulsado alianzas locales con instituciones y organismos del sector privado, asociaciones civiles, así como proyectos artísticos y culturales. A su vez, se ha realizado un trabajo cercano con colectivos y comunidades, en busca de seguir consolidando al CECUT como un referente de transformación cultural en la frontera norte de México. Desde estas bases, la Compañía Operadora contribuye al modelo de desarrollo del Segundo Piso de la Cuarta Transformación mediante la mejora del acceso a infraestructura cultural especializada, dedicándose a atender a la población en su conjunto, y de manera particular, a población históricamente excluida y considerada prioritaria. El enfoque específico busca alcanzar a migrantes y personas en contexto de movilidad, infancias y juventudes, así como población que habita en contextos de vulnerabilidad, con el propósito de seguir fortaleciendo el tejido social fronterizo como base del bienestar colectivo. La programación y las acciones culturales llevadas a cabo por la Compañía Operadora se fundamentan en los principios del Humanismo Mexicano. Esto se realiza a través del reconocimiento de la cultura como derecho fundamental, la promoción de la dignidad de las personas mediante el acceso equitativo a bienes culturales, y con el fortalecimiento de la identidad comunitaria fronteriza como expresión de la diversidad nacional. La identificación de los problemas públicos que se describen a continuación, tienen el propósito de contextualizar sus causas estructurales y efectos hacia las poblaciones, así como las estrategias y acciones específicas que la Compañía Operadora plantea llevar a cabo para atenderlos en el marco de sus alcances, capacidades y actividades sustantivas. Acceso limitado a infraestructura cultural especializada En Baja California, la población vulnerable por carencia social asciende a 1,210,430 personas, equivalente al 32% de la población estatal, esto de acuerdo con estimaciones oficiales del Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social 2024 (Secretaría de Bienestar, CONEVAL e INEGI). Esta población enfrenta acceso limitado a infraestructura cultural especializada, siendo el CECUT una instalación federal con capacidad tecnológica para atender esta demanda regional. El problema afecta particularmente al 60% de la población ocupada que percibe entre uno y dos salarios mínimos (INEGI, 2023), creando barreras económicas para el acceso cultural, y con ello, el ejercicio pleno de los derechos culturales reconocidos en la CPEUM y en los instrumentos internacionales ratificados por México. 184 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 La cobertura territorial actual de la Compañía Operadora se concentra en Tijuana, Rosarito y Tecate, mientras que los municipios de Ensenada, San Quintín, Mexicali y San Felipe, mantienen una cobertura limitada, siendo el mismo escenario con la población de otros estados para la región noroeste de México y el sur de California en Estados Unidos de América (EE. UU). En 2024, la Compañía Operadora realizó más de 14 mil acciones culturales alcanzando a más de 1.4 millones de visitantes y beneficiarios. De estas actividades, un componente importante se realizaron fuera de las instalaciones centrales del CECUT. Este alcance evidencia la fortaleza de su infraestructura cultural para atender a la población. También resalta la necesidad de construir nuevos esquemas de descentralización con énfasis en poblaciones prioritarias y comunidades con acceso limitado. La infraestructura cultural del país no fue pensada desde un modelo de inclusión, lo que demanda la adecuación de los espacios para reducir las barreras para el acceso y la participación de todas y todos. Asimismo, existe el reto de digitalizar y garantizar un acceso abierto a las producciones culturales y artísticas mediante el uso de tecnología. Asegurar el acceso tanto físico como virtual a los espacios y producciones culturales, es un compromiso clave en la búsqueda de un desarrollo con bienestar y humanismo. Incrementar el uso y aprovechamiento de la infraestructura no se limita a aumentar la cantidad de actividades, sino a garantizar que sean más accesibles, equitativas y vinculadas con las necesidades de la población. Las causas estructurales de este acceso limitado incluyen la centralización histórica que ha caracterizado al país, las barreras económicas que excluyen a sectores vulnerables, y la cobertura territorial insuficiente, acotada a a tres de siete municipios bajacalifornianos. A este escenario se añade un alcance limitado a otros estados y poblaciones en la región. Los efectos conllevan exclusión territorial de población alejada de Tijuana sin acceso a instalaciones como la Sala de Cine con pantalla esférica, mejor conocida como Domo IMAX, la Sala de Cine Carlos Monsiváis, el Teatro, las Salas de Exposiciones dentro del complejo arquitectónico conocido como El Cubo, entre otras. Otros efectos son la desigualdad económica que impide una mayor participación de sectores vulnerables, pérdida de oportunidades de formación artística para infancias y juventudes de colonias periféricas, pérdida de cohesión social, capital simbólico, saberes tradicionales e identidad comunitaria. A lo anterior también se suma el debilitamiento de la identidad cultural fronteriza por falta de espacios de encuentro cultural. Otro efecto es la reducción del acceso a experiencias culturales transformadoras para el desarrollo personal y colectivo. Adicionalmente, esto repercute en el debilitamiento de la identidad regional por escasa apropiación social de la infraestructura federal. Para acortar esta brecha, la Compañía Operadora ha realizado el despliegue de proyectos de extensión cultural, a través del desarrollo de programas como Arte y Cultura en Comunidades y Territorio, iniciativa itinerante que permite traducir las capacidades en acciones presenciales en más de 30 colonias periféricas como El Pípila, Valle Verde, Camino Verde, 3 de Octubre, Mariano Matamoros, Sánchez Taboada, entre otras en Tijuana. En conjunto, la Compañía Operadora busca desarrollar una programación con enfoque de inclusión social y pertinencia cultural. También trabaja en el fortalecimiento de alianzas locales y binacionales para consolidar vínculos con gobiernos municipales, estatales, organizaciones sociales y actores culturales de ambos lados de la frontera. Este enfoque busca crear las condiciones para una mayor participación de la población en la frontera norte mexicana, así como la construcción de canales y plataformas para sumar a mexicanas y mexicanos que radican en EE. UU. También se fomenta la lectura y la oralidad en español e idiomas originarios, articulando esfuerzos con comunidades, bibliotecas y actores culturales. Se busca consolidar una participación activa en estrategias regionales para un acceso universal a bienes culturales al establecer un área de cooperación internacional. La Compañía Operadora busca beneficiar a una mayor cantidad de población en esta región, con énfasis en grupos prioritarios en el municipio de Tijuana y su zona metropolitana, que incluye a municipios como Rosarito y Tecate. Esto se proyecta realizar ampliando sus redes a los siete municipios bajacalifornianos y más ciudades de la frontera con EE. UU. La Compañía Operadora planea contribuir a este contexto optimizando las instalaciones especializadas del CECUT, incrementando la programación descentralizada, fortaleciendo redes territoriales mediante alianzas con gobiernos municipales, estatales, centros académicos así como asociaciones y colectivos, e implementando esquemas de acceso diferenciado para poblaciones prioritarias. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 185 Para atender este problema público se establece el objetivo de Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población del noroeste de México. El CECUT, como entidad estratégica en la frontera noroeste y como infraestructura de la SC fuera de la capital del país, plantea sus aportes mediante la optimización en el uso y aprovechamiento de sus instalaciones especializadas, la implementación de una programación descentralizada mediante el desarrollo de alianzas territoriales con gobiernos locales y organizaciones comunitarias. También se planea impulsar las redes de colaboración binacional, aprovechando su ubicación cercana a la frontera internacional con EE. UU. Al priorizar la atención a la población en general con énfasis en poblaciones prioritarias, la Compañía Operadora avanza hacia la construcción de una sociedad más igualitaria, incluyente y fraterna. Baja participación cultural de poblaciones vulnerables En esta región fronteriza, poblaciones como migrantes, infancias, juventudes, adultos mayores, comunidades indígenas, afromexicanas, personas con discapacidad, población LGBTQI+ y, en conjunto, comunidades en contextos vulnerables, enfrentan barreras estructurales que limitan su participación cultural. Estas barreras incluyen discriminación, ausencia de programas culturalmente pertinentes para estos públicos y falta de espacios de expresión identitaria. La Compañía Operadora ha desarrollado una cobertura territorial significativa mediante articulación con instituciones como la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Baja California (CEDHBC), la Secretaría de Turismo (SECTURE), el Seminario de Cultura Mexicana (SCM), además de una amplia red de universidades y centros educativos en todos los niveles. También hay alianzas binacionales claves como con el Consulado General de México en San Diego, así como proyectos artísticos y culturales del otro lado de la frontera. Esta red constituye la base para la expansión de programas especializados, aunque aún persisten brechas en relación con la magnitud de la población vulnerable a nivel estatal. La amplia vinculación educativa de la Compañía Operadora con universidades y centros educativos en distintos niveles, constituye un pilar estratégico para extender su influencia y fomentar una mayor participación de infancias, jóvenes, docentes y comunidades académicas en actividades de mediación cultural, formación artística y difusión del patrimonio. Los programas especializados consolidados incluyen el programa de Pueblos Originarios y Comunidades mediante la participación directa de portadores culturales en el diseño y operación de la oferta, los Círculos de Lectura, que fomentan la lectura y la oralidad binacional en español e idiomas originarios, articulando esfuerzos con comunidades y bibliotecas en ambos lados de la frontera, bajo la lógica de cooperación internacional con otros proyectos como Iberrutas e Iberbibliotecas. También se planea continuar impulsando circuitos de cine comunitario y pantalla libre, con exhibiciones gratuitas coordinadas con gobiernos locales, organizaciones de la sociedad civil y colectivos culturales. El territorio atendido comprende trabajo directo en comunidades con una cobertura a más de 30 colonias periféricas de Tijuana que concentran altos índices de marginación social, de acuerdo con el Índice de Marginación Urbana 2020, elaborado por el Consejo Nacional de Población (CONAPO). Este índice permite identificar grados de marginación a nivel de colonia en zonas urbanas, incluyendo Tijuana, donde se registran múltiples áreas con grado alto y muy alto de marginación. Es necesario fortalecer estos esfuerzos y ampliar sus alcances hacia la población, especialmente en zonas con rezago multidimensional. Las causas estructurales de este problema público se originan en el modelo neoliberal de décadas pasadas que redujo el papel del Estado como garante de derechos culturales, convirtiendo la cultura en producto de mercado. Persiste la escasez de programas especializados para poblaciones vulnerables. Hay barreras de accesibilidad en espacios sin adaptaciones para personas con discapacidad o servicios en lenguas originarias. Se mantiene la discriminación estructural en espacios no diseñados como libres de violencia. Y, también, permanece una desconexión territorial con programación concentrada en zonas urbanas centrales. La exclusión cultural de poblaciones vulnerables en la frontera norte no es un fenómeno aislado, sino el resultado de dinámicas históricas de desigualdad territorial, marginación social y centralización de la política cultural en el país. Los efectos se presentan en la exclusión sistemática de poblaciones vulnerables de procesos formativos e identitarios, invisibilización de expresiones culturales migrantes e indígenas, pérdida de transmisión intergeneracional de saberes y lenguas, y reproducción de desigualdades que refuerzan estigmas para el ejercicio de derechos culturales. 186 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 La normalización de la violencia y la cultura del miedo en medios y prácticas sociales también ha generado un entorno adverso para la convivencia comunitaria. A esta situación se suma la débil vinculación entre las políticas de cultura y las de seguridad, educación y desarrollo comunitario, lo que ha reducido el potencial de la cultura como estrategia preventiva y regeneradora del tejido social. El abandono del espacio público como lugar de encuentro y participación ha limitado la cohesión social. Según la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2022 (INEGI), el 62.5% de la población mexicana dejó de realizar actividades en plazas, parques o espacios comunitarios por percepción de inseguridad. Esta retirada del espacio público ha debilitado el capital social y la apropiación cultural de los territorios. La falta de programas sostenidos que articulen cultura, juventud y comunidad restringe el impacto de la cultura como herramienta de paz. La cultura constituye un eje estratégico para el desarrollo humano sostenible y una herramienta eficaz en la atención de problemas públicos como la desigualdad, la exclusión, la violencia, el racismo estructural y la falta de cohesión social. Investigaciones y organismos internacionales coinciden en que la participación activa en la vida cultural fortalece la identidad, promueve la salud mental y emocional, y reconstruye el tejido social, especialmente en comunidades vulnerables o afectadas por contextos de conflicto (CEPAL, 2021; PNUD, 2022; INEGI, 2023). La Compañía Operadora plantea contribuir a este escenario desarrollando programas especializados para poblaciones prioritarias, garantizando accesibilidad integral y servicios adaptados a la diversidad de poblaciones. Esto se planea concretar a través de implementar metodologías de cultura de paz para el diálogo intercultural y la creación de espacios de expresión comunitaria que favorezcan la visibilización de identidades diversas. La Compañía Operadora tiene el propósito de continuar siendo un referente de participación ciudadana, pensamiento crítico y sentido de identidad cultural mediante una oferta artística, educativa y comunicativa plural para toda la población. Su nuevo enfoque territorial, intergeneracional e inclusivo, con énfasis en poblaciones prioritarias y en condición de vulnerabilidad, va a contribuir a la apropiación social de la cultura, fomentando la construcción de una ciudadanía activa. A través de proyectos comunitarios y acciones artísticas en territorio, se planea generar condiciones para la participación, la dignificación de los sujetos excluidos y la construcción de comunidades libres, creativas y críticas. Esto se busca conseguir a través de hacer del arte y la cultura herramientas para la paz y el bienestar psicosocial, desde proyectos que articulan arte, mediación comunitaria y educación en derechos humanos. También el enfoque es fomentar encuentros sobre arte y comunidades de paz. El propósito es seguir convirtiendo al CECUT en refugio cultural y plataforma de expresión comunitaria para infancias, juventudes, migrantes, comunidades diversas y población vulnerable, donde se promueve la libre expresión, el reconocimiento de identidades y la dignificación cultural. Impulsar la formación artística crítica y participación cultural desde edades tempranas es otro propósito clave, articulando metodologías participativas que permitan a las comunidades ser protagonistas de sus propias narrativas culturales, promoviendo la inclusión territorial y el desarrollo integral. Se va a desarrollar una comunicación cultural transformadora desde proyectos que relacionan arte, comunidad y palabra. A partir de estas acciones se aporta a la construcción de una República cultural y lectora que vuelva más accesible la producción simbólica, fortalezca la identidad fronteriza y refleje la pluralidad de voces, la libertad narrativa y el derecho a comunicar desde los territorios. En este contexto, la Compañía Operadora desempeña un papel clave para revertir estas tendencias mediante el diseño e implementación de programas especializados que respondan a las necesidades de la población en su conjunto, y con especial enfoque hacia poblaciones prioritarias. Esto se va a llevar a cabo garantizando el ejercicio efectivo de los derechos culturales y contribuyendo a la cohesión social, la inclusión y el fortalecimiento de la identidad fronteriza. Para atender este problema se establece el objetivo de Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas especializados de la Compañía Operadora. Este objetivo busca colocar a las personas en el centro de la política cultural y reconocer la cultura como herramienta de justicia social, memoria colectiva y regeneración comunitaria. Desde estos programas y acciones culturales especializadas, se avanza en la creación de territorios de encuentro, reparación simbólica y construcción de futuros compartidos. Centralismo en producción cultural e insuficiente proyección regional La concentración histórica de decisiones, recursos y espacios de producción cultural en la Ciudad de México y en las capitales estatales ha limitado la visibilidad de expresiones artísticas fronterizas. Este hecho restringe el desarrollo de circuitos culturales regionales y la consolidación de referentes especializados fuera del centro del país. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 187 La población objetivo incluye creadores y artistas de Baja California y del noroeste, comunidades fronterizas con expresiones binacionales que demandan contenidos especializados regionales, instituciones culturales locales que requieren articulación, y población mexicana en EE. UU., especialmente en la región Tijuana-San Diego. El CECUT cuenta con infraestructura tecnológica para producción regional que incluye la Sala de Cine con pantalla esférica (Domo IMAX), equipamiento audiovisual especializado, espacios formativos diversos, así como una ubicación fronteriza estratégica para su proyección binacional. La Compañía Operadora ha establecido alianzas con El COLEF que aporta vocación de frontera con alcance transfronterizo y conexión con investigadores y creadores regionales. La alianza con el Consulado General de México en San Diego fortalece el enfoque binacional y su orientación a contribuir a la cooperación internacional entre México y EE. UU. Estas alianzas aportan visibilidad a la producción cultural en el norte mexicano y crean redes de colaboración con mexicanas y mexicanos que viven al otro lado de la frontera, lo que refuerza su perfil como espacio de intercambio cultural con relevancia regional e internacional. Las causas estructurales se relacionan al centralismo cultural del siglo XX que concentró presupuesto, proyectos e infraestructura en la capital. Persiste una limitada articulación regional entre instituciones culturales del noroeste. Hay una distribución desigual de recursos presupuestales entre centro y regiones, así como escasez de espacios formales y alternativos para exhibición de producciones regionales. A esto se añade una débil conexión binacional que subutiliza el potencial cultural fronterizo. Los efectos incluyen la invisibilización de expresiones regionales sin espacios de proyección nacional. Pérdida de identidad territorial por debilitamiento de narrativas fronterizas. Limitado desarrollo de industrias culturales locales sin plataformas de profesionalización. Así como desarticulación del circuito cultural fronterizo por falta de referentes especializados. El desaprovechamiento del potencial creativo y económico de las regiones debilita su desarrollo cultural y reduce su aportación al mercado cultural nacional e internacional. Además, se observa una pérdida progresiva de lenguas, saberes y prácticas tradicionales, que no encuentran canales de preservación ni de transmisión intergeneracional en contextos institucionales. La Compañía Operadora planea sumar esfuerzos estableciendo una plataforma de producción regional que utilice las instalaciones especializadas del CECUT para coproducciones del noroeste. Esto se va a realizar aprovechando su posición fronteriza para producciones binacionales, ofreciendo formación para gestores y creadores regionales, y utilizando infraestructura tecnológica para proyección nacional e internacional. La base de aliados artísticos, académicos y sociales que fortalecen la producción cultural especializada es clave, ubicando al CECUT como un nodo estratégico para la región noroeste y la frontera México–Estados Unidos. Esta red de vinculación permite generar contenidos artísticos y culturales de alto nivel, así como documentar, investigar y difundir expresiones culturales propias del territorio. Esta labor tiene el enfoque de impulsar redes culturales fronterizas, rurales, estatales y transnacionales, con el apoyo a iniciativas culturales comunitarias desde la producción hasta la circulación. También se proyecta potenciar el desarrollo de metodologías de documentación, archivo y visibilización de la diversidad cultural. Adicionalmente, se busca fomentar el intercambio horizontal entre culturas regionales del norte, centro y sur del país. La articulación de un modelo descentralizado, participativo y plural, se orienta a fortalecer la diversidad cultural del país como un activo para el desarrollo integral en esta región. Esto se busca concretar a través de la consolidación de convocatorias con énfasis en comunidades indígenas, residencias académicas y artísticas, encuentros de teatro y arte escénico, entre otras acciones culturales, las cuales visibilizan y fortalecen la producción cultural del noroeste. A través de estos programas, la Compañía Operadora puede redistribuir oportunidades, profesionalizar a creadores locales y generar identidad cultural fronteriza, en busca de revertir estas desigualdades. La existencia de esta red artística, educativa y civil constituye una fortaleza que posiciona a la Compañía Operadora en condiciones de fomentar los procesos de creación, documentación, formación y circulación cultural con enfoque territorial y transfronterizo. Propósito que se busca apuntalar desde la sistematización de estas colaboraciones, la expansión de su impacto y la continuidad en los proyectos especializados para profundizar su consolidación como un centro de referencia cultural regional. Para atender este problema se establece el objetivo de Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como referente regional. 188 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Este objetivo se plantea con el propósito de atender los efectos del centralismo cultural y la escasa proyección de las expresiones artísticas y culturales de las regiones fronterizas con el propósito de extender sus beneficios a un mayor número de la población en esta región del país. Visión a 2030 Para 2030, la Compañía Operadora habrá recibido y beneficiado a una población cada vez más amplia de Baja California, el noroeste mexicano y California en EE. UU., logrando alcanzar a cerca de 250 mil beneficiarios más en el periodo 2025-2030, tanto de las instalaciones especializadas del CECUT como de las acciones culturales en territorio. Se distinguirá por haber mejorado progresivamente el incremento del acceso a poblaciones prioritarias a sus instalaciones, así como a su programación y actividades culturales mediante la implementación gradual de programas descentralizados y esquemas diferenciados de participación inclusiva, justa y equitativa. Se habrá trabajado en el fortalecimiento de la red de colaboración con gobiernos municipales y organizaciones sociales y comunitarias de Baja California, ampliando la cobertura territorial más allá del área metropolitana de Tijuana, hacia población en el noroeste. El trabajo en conjunto con el Consulado General de México en San Diego y asociaciones del sur de California ampliarán redes artísticas y culturales que fortalezcan la identidad fronteriza. Las poblaciones migrantes, indígenas, afromexicanas, personas con discapacidad, infancias, juventudes y población en contextos de vulnerabilidad contarán con programas culturales especializados que atiendan sus necesidades específicas y promuevan espacios de expresión identitaria, logrando alcanzar a más de 20 mil personas de manera sostenida y directa en el periodo 2025-2030. La Compañía Operadora avanzará en consolidar su papel como plataforma de producción cultural regional, estableciendo vínculos locales, con los estados del noroeste y una colaboración binacional más activa que fortalezcan las expresiones fronterizas y transfronterizas. La infraestructura de la Compañía Operadora avanzará hacia una mayor eficiencia territorial, incrementando el porcentaje de actividades descentralizadas y desarrollando circuitos culturales que conecten los diferentes municipios bajacalifornianos con la oferta cultural, aprovechando también los recursos y herramientas digitales que profundicen su enfoque hacia la innovación. Visión a 2045 A partir de las bases establecidas en el periodo 2025-2030, la Compañía Operadora aspirará a constituirse como un referente cultural en la frontera norte de México. Esto lo logrará a través de contribuir a un acceso más equitativo a servicios culturales de calidad en la región noroeste. Avanzará en la reducción de las brechas que afectan a personas por su sexo, origen socioeconómico, lugar de residencia, pertenencia a pueblos indígenas o comunidades afromexicanas, con discapacidad o provenientes de contextos vulnerables. El modelo de gestión cultural territorial desarrollado por la Compañía Operadora aportará experiencias para el fortalecimiento de políticas culturales descentralizadas en otras regiones fronterizas. Lo llevará a cabo desde la articulación efectiva con una red de colaboración cultural binacional que fortalezca la identidad mexicana en el exterior y contribuya al diálogo intercultural. La infraestructura especializada del CECUT optimizará su potencial como plataforma de producción cultural regional. Propósito que será alcanzado contribuyendo al desarrollo gradual de circuitos de exhibición y distribución que conecten las expresiones fronterizas con audiencias más amplias. Para 2045 la Compañía Operadora consolidará su capacidad de atención en el noroeste del país, alcanzando de manera sostenida a cerca de 1,800,000 beneficiarios anuales. Esto se alcanzará mediante un mayor acceso a las instalaciones especializadas del CECUT y también por su trabajo en territorio, con un alcance cada vez más amplio. Para ello se integrarán tecnologías inmersivas (virtualidad, experiencias museográficas digitales y plataformas de participación comunitaria en línea) que ampliarán el acceso físico y virtual a los servicios culturales. Se seguirá aspirando a que la programación llegue de manera regular a toda la población bajacaliforniana, de la región noroeste de México y con una mayor presencia y alcance en California, EE. UU., profundizando esquemas de programación descentralizada que sean referencia de intervención cultural hacia poblaciones prioritarias, garantizando una mayor participación y acceso a sus derechos culturales. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 189 6. Objetivos El Humanismo Mexicano plantea una nueva visión de desarrollo que privilegia la vida comunitaria, el respeto por las culturas originarias, la recuperación de la memoria histórica, y el fortalecimiento del Estado como garante de los derechos del pueblo. En ese marco, el arte y la cultura dejan de ser vistos como bienes elitistas para reconocerse como herramientas fundamentales para la justicia social, la reconciliación, la sanación colectiva y la creación de nuevas realidades. Los objetivos que a continuación se presentan son el resultado de una reflexión sobre el papel que puede y debe asumir la Compañía Operadora en el contexto actual. Son también una apuesta por redefinir las funciones sociales del arte y la cultura en clave de derechos humanos, paz, justicia y pluralidad en la región noroeste de México, en sintonía con los aportes al Segundo Piso de la Cuarta Transformación. Objetivos del Programa Institucional de la Compañía Operadora 2025-2030 Objetivo 1. Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población del noroeste de México. Objetivo 2. Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas especializados de la Compañía Operadora. Objetivo 3. Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como referente regional. 6.1 Relevancia del Objetivo 1. Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población del noroeste de México El objetivo de incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población del noroeste de México responde a uno de los retos históricos de la política cultural nacional: la concentración de infraestructura y servicios en la capital del país. A diferencia de modelos centralistas, este objetivo se plantea desde un enfoque único y novedoso, al consolidar al CECUT como infraestructura federal de cultura ubicada en la frontera noroeste con capacidad de articular redes territoriales y comunitarias. El valor estratégico radica en que Baja California es un estado con más de 3.7 millones de habitantes (INEGI, 2020). Optimizar el uso de instalaciones como el Domo IMAX, la Sala de Cine Carlos Monsiváis, el Teatro, las Salas de Exposiciones de El Cubo, el Museo, El Acuario, entre otros espacios de su infraestructura, no sólo amplía la cobertura cultural, sino que descentraliza los beneficios culturales hacia la población en su conjunto, con énfasis hacia población prioritaria como migrantes, niñas, niños y juventudes fronterizas, población indígena, afromexicana así como comunidades en contextos de vulnerabilidad. Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para población del noroeste de México es fundamental, ya que responde a la necesidad de maximizar una infraestructura cultural de carácter estratégico para la región. La capacidad instalada muestra tanto su potencial así como las brechas actuales en el acceso. El Domo IMAX, con un aforo de 300 personas y hasta 2,500 funciones anuales, podría ampliar su alcance mediante diferentes esquemas de programación o itinerarios escolares regionales que lo acerquen a poblaciones de difícil acceso. El Teatro del CECUT, con una capacidad de 995 butacas, es otra de sus instalaciones más emblemáticas así como el Vestíbulo del Teatro con una extensión de 210 m², lo que permite atender a audiencias más amplias con productos especializados. El Museo de las Californias, con un promedio mensual de 5,700 visitantes en 2024, busca diversificar sus públicos incorporando estrategias de mediación museística que faciliten el entendimiento de su acervo para niñas, niños, migrantes o personas con discapacidad. En el caso de las Salas de Exposiciones de El Cubo, se trata de tres salas que suman una superficie de 1,492 m² y capacidad para 225 personas, el desafío está en mejorar el acceso a través de exposiciones inclusivas y colaboraciones con comunidades artísticas emergentes del noroeste que han carecido de visibilidad en circuitos institucionales. La Sala de Cine Carlos Monsiváis, aunque ofrece una programación anual de calidad internacional con más de veinte ciclos y festivales en 2024, se ve limitada por un aforo de 270 lugares; una estrategia de accesibilidad consistiría en aprovechar herramientas digitales e híbridas para ampliar su cobertura y llegar a públicos que no pueden asistir físicamente. También, el Acuario, con más de 70 mil visitantes en 2024, requiere fortalecer su función cultural y científica mediante programas educativos, experiencias inmersivas y visitas comunitarias vinculadas a la educación ambiental y el turismo cultural sustentable. 190 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 El objetivo cobra mayor legitimidad al no limitarse a mantener los servicios existentes, sino a volver las instalaciones más accesibles en términos económicos, físicos, pedagógicos y simbólicos. En busca de garantizar que la infraestructura cultural de la Compañía Operadora se traduzca en un derecho efectivo y no en un privilegio. También se distingue por su carácter transformador, al proyectar al CECUT como un nodo cultural que articula acceso físico, digital y territorial en un contexto de movilidad y diversidad cultural único en el país. Su implementación contribuye a concebir la cultura como un derecho que se ejerce en igualdad, con dignidad y en reconocimiento de las diferencias. Con ello, la Compañía Operadora no sólo genera condiciones de acceso justo y equitativo a las instalaciones del CECUT, sino que propicia entornos de convivencia fraterna y solidaria, donde el arte y la cultura se convierten en mediadores para el encuentro entre pueblos originarios, comunidades migrantes y población urbana. Esta experiencia fronteriza, basada en la inclusión y la diversidad, puede convertirse en un modelo de referencia internacional, demostrando que la cultura es capaz de construir sociedades cohesionadas, democráticas y en paz. A través de este objetivo, la Compañía Operadora contribuye directamente al bienestar social al ofrecer alternativas simbólicas y materiales que promueven una ciudadanía activa, crítica y solidaria, fortaleciendo la cohesión comunitaria y las capacidades colectivas para la paz duradera. 6.2 Relevancia del Objetivo 2. Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas especializados de la Compañía Operadora El objetivo de fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas especializados de la Compañía Operadora representa un paso necesario para atender una de las problemáticas más complejas y sensibles de la frontera norte: la exclusión de población prioritaria. A diferencia de otros enfoques asistencialistas, este objetivo se formula desde una visión de derechos humanos y justicia territorial, reconociendo que los derechos culturales son esenciales para el bienestar integral, al permitir a las personas preservar su identidad, expresar sus memorias y construir vínculos con las comunidades receptoras. El fortalecimiento de la participación cultural de poblaciones vulnerables constituye un objetivo estratégico porque coloca en el centro a quienes históricamente han estado marginados del acceso a la vida cultural: migrantes, infancias, juventudes, población indígena, afromexicana, LGBTQI+, así como población en colonias periféricas y comunidades en situación de desigualdad. Este objetivo se plantea desde un enfoque territorial e inclusivo, con una red de cobertura que articula colonias, escuelas, universidades, dependencias municipales y organizaciones civiles. Frente a ello, la capacidad de la Compañía Operadora para trabajar en colonias de alta marginación y con poblaciones específicas como migrantes o personas con discapacidad, es un factor clave para reducir brechas de acceso a los derechos culturales. El carácter innovador radica en situar a la cultura en el centro de las políticas de inclusión y cohesión social, con lo cual la Compañía Operadora se convierte en un laboratorio nacional de políticas interculturales con enfoque territorial. Lo anterior, alineado con el enfoque que privilegia a los sectores históricamente invisibilizados y marginados. Desde esta perspectiva, el CECUT desde sus instalaciones especializadas y alcance, ofrece actividades artísticas y habilita espacios de reconocimiento, diálogo y construcción comunitaria donde se dignifica la voz de quienes han sido desplazados o excluidos. Este proceso responde a que se entiende a la cultura como un medio para la justicia, la fraternidad y la solidaridad. Y también, coloca en el centro el valor de la diversidad como patrimonio común. Al propiciar la integración digna de poblaciones prioritarias, la Compañía Operadora contribuye a crear un entorno ejemplar de convivencia plural y solidaria, capaz de mostrar al mundo que la cultura, más allá de ser un bien de consumo, es una herramienta transformadora para sociedades en paz, cohesionadas y con vocación de justicia social. 6.3 Relevancia del Objetivo 3. Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como referente regional El objetivo de consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como referente regional adquiere una relevancia estratégica porque busca romper con el histórico centralismo cultural de México y posicionar a la frontera norte como un polo de creación, investigación y circulación artística con identidad propia. A diferencia de las políticas que han privilegiado a los grandes centros metropolitanos, este objetivo se formula desde un enfoque descentralizado y territorial. Se reconoce el potencial creativo de la población fronteriza del noroeste, con énfasis en comunidades migrantes, pueblos originarios, juventudes y artistas locales, en diálogo con circuitos nacionales e internacionales. A su vez, se distingue la capacidad de las instituciones educativas y asociaciones civiles con las que mantiene vinculación. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 191 Consolidar la producción cultural especializada resulta fundamental porque permite a la Compañía Operadora trascender su papel de difusor cultural y posicionarse como un generador de contenidos con identidad propia, vinculados a la memoria, la investigación y la innovación artística del noroeste. La colaboración con universidades y centros de investigación garantiza la sustentación académica y metodológica de los proyectos, mientras que la vinculación con organizaciones civiles, consulares y turísticas abre la posibilidad de proyectar la producción cultural en circuitos regionales, nacionales y binacionales. Este ecosistema de cooperación fortalece la capacidad de la Compañía Operadora para producir obras, exposiciones, archivos, publicaciones y registros artísticos con pertinencia territorial y resonancia internacional. Con ello, la Compañía Operadora no sólo impulsa la innovación cultural desde la región, sino que contribuye a garantizar una redistribución equitativa de recursos, fortalecer la soberanía cultural y convertir a la producción artística en motor de cohesión y desarrollo social. Este objetivo representa un compromiso ético y pedagógico con la diversidad, al documentar, visibilizar y poner en circulación saberes, lenguas y memorias que históricamente han sido relegadas. El enfoque de la Compañía Operadora radica en integrar metodologías de documentación, redes transfronterizas y prácticas colaborativas que colocan a la región noroeste como un referente binacional de innovación cultural. Al promover la dignidad de los pueblos, combatir el racismo y la exclusión cultural, se reconoce que todas las voces forman parte del patrimonio vivo de la nación. Así, al consolidar esta producción cultural especializada, la Compañía Operadora contribuye a la construcción de una convivencia ejemplar, fraterna y solidaria, proyectando a México como un país que, desde su frontera, muestra al mundo que la cultura puede ser el cimiento de sociedades más justas, creativas y cohesionadas. 6.4 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de la Compañía Operadora 2025-2030 La formulación de los objetivos del Programa Institucional de la Compañía Operadora para el periodo 2025–2030 se fundamenta en una articulación coherente y propositiva con los lineamientos establecidos en el PSC 2025–2030 y en el PND 2024–2030. Ambos instrumentos de planeación representan la hoja de ruta para avanzar hacia una transformación profunda del país, desde una perspectiva centrada en los derechos, el bienestar colectivo y la justicia social. En este contexto, la Compañía Operadora asume el compromiso de operar como una institución cultural pública que no solo difunde bienes y servicios culturales, sino que también impulsa procesos comunitarios y artísticos orientados a atender las causas estructurales de los problemas públicos. Objetivos del Programa Institucional de la Compañía Operadora 2025 - 2030 Objetivos del PSC 2025 - 2030 Estrategias del PSC 2025 - 2030 Objetivo 1. Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población del noroeste de México. Objetivo 1. Contribuir al ejercicio pleno de los derechos culturales mediante la implementación de políticas públicas que fortalezcan la diversidad cultural, aseguren la sostenibilidad del sector y promuevan el acceso universal a los bienes y servicios culturales. Estrategia 1.2. Promover la inclusión y participación efectiva en la vida cultural de grupos prioritarios mediante programas específicos para garantizar el ejercicio de sus derechos culturales. Estrategia 1.3. Fortalecer e implementar programas culturales en territorios con altos índices de marginación, desigualdad y violencia para la promoción de la cultura de paz. Estrategia 1.4. Modernizar espacios existentes y habilitar infraestructura cultural en zonas prioritarias implementando modelos de gestión que mejoren los servicios culturales al público. 192 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Objetivo 2. Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas especializados de la Compañía Operadora. Objetivo 1. Contribuir al ejercicio pleno de los derechos culturales mediante la implementación de políticas públicas que fortalezcan la diversidad cultural, aseguren la sostenibilidad del sector y promuevan el acceso universal a los bienes y servicios culturales. Objetivo 2. Consolidar un modelo educativo público, gratuito y de excelencia que brinde oportunidades de formación artística y cultural para todos los niveles y modalidades de aprendizaje, garantizando el desarrollo integral de la población. Estrategia 1.2. Promover la inclusión y participación efectiva en la vida cultural de grupos prioritarios mediante programas específicos para garantizar el ejercicio de sus derechos culturales. Estrategia 1.3. Fortalecer e implementar programas culturales en territorios con altos índices de marginación, desigualdad y violencia para la promoción de la cultura de paz. Estrategia 2.5. Fomentar la lectura y el acceso a los libros como herramientas fundamentales para la promoción de contenidos culturales. Objetivo 3. Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como referente regional. Objetivo 3. Promover el desarrollo cultural del país fortaleciendo el ciclo creativo en todas sus etapas, con especial énfasis en la participación ciudadana, la inclusión social y la libertad. Objetivo 4. Fortalecer la preservación, investigación y difusión del patrimonio nacional, material e inmaterial, en beneficio de las presentes y futuras generaciones. Estrategia 3.1. Fortalecer los estímulos a la investigación, creación y producción con la finalidad de enriquecer el ecosistema artístico y cultural del país. Estrategia 3.2. Establecer mecanismos de circulación artística mediante circuitos regionales y nacionales que faciliten la movilidad de artistas, con énfasis en zonas marginadas. Estrategia 3.3. Desarrollar y consolidar públicos diversos para las diferentes manifestaciones culturales y artísticas. Estrategia 4.2. Reconocer, promover y difundir las culturas vivas en todas sus expresiones como parte fundamental de la diversidad cultural. Estrategia 4.3. Impulsar el aprovechamiento social y disfrute del patrimonio cultural como motor del desarrollo integral. 7. Estrategias y líneas de acción Con el fin de lograr los objetivos establecidos en el Programa Institucional, se han diseñado estrategias específicas para abordar los problemas públicos identificados en el diagnóstico. Las líneas de acción derivadas han sido diseñadas para responder de forma específica a los problemas públicos detectados, considerando las particularidades del territorio y las capacidades de la Compañía Operadora con 43 años de trayectoria atendiendo a la población en esta frontera. Objetivo 1. Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población del noroeste de México Estrategia 1.1. Diversificar la programación cultural para la población del noroeste con base en la articulación de contenidos culturales con procesos formativos Línea de acción 1.1.1 Diseñar y ofrecer ciclos de cine, conferencias y foros sobre memoria, justicia social, violencia estructural y reparación simbólica. 1.1.2 Implementar programas educativos para niñas, niños y jóvenes que articulen el arte con la reflexión ética, la empatía y la participación ciudadana. 1.1.3 Desarrollar programación cultural dirigida al público general con contenidos de alta calidad que fortalezcan la identidad fronteriza. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 193 Estrategia 1.2. Optimizar el acceso regional a instalaciones especializadas del CECUT en cuanto a su programación y servicios culturales para garantizar los beneficios culturales hacia la población Línea de acción 1.2.1 Establecer programación regular en todas las instalaciones (Domo IMAX, Teatro, Museo, Sala de Cine Carlos Monsiváis, Salas de Exposiciones de El Cubo, Acuario, Salas especializadas). 1.2.2 Facilitar el acceso a instituciones educativas y culturales de la región noroeste. 1.2.3 Establecer alianzas con universidades e instituciones culturales para ampliar la oferta especializada. 1.2.4 Llevar contenidos y actividades más allá de los recintos principales, alcanzando zonas rurales, colonias periféricas y espacios comunitarios mediante el programa Arte y Cultura en Comunidades y Territorios. Objetivo 2. Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas especializados de la Compañía Operadora Estrategia 2.1. Implementar talleres y actividades culturales para poblaciones vulnerables con el fin de fomentar prácticas artísticas y culturales que fortalezcan el tejido social y la convivencia comunitaria Línea de acción 2.1.1 Desarrollar talleres de creación (teatro, muralismo, música, danza, literatura) con énfasis en infancias, juventudes y población en contextos de vulnerabilidad a través de círculos de lectura y oralidad, así como expresión corporal. 2.1.2 Promover redes de mediación cultural con órdenes de gobierno para facilitar el diálogo intercultural desde el programa Arte y Cultura en Comunidades y Territorios. Estrategia 2.2. Ampliar el acceso cultural de poblaciones vulnerables, migrantes y pueblos originarios para fomentar la inclusión y diversidad a programas especializados Línea de acción 2.2.1 Establecer acuerdos con albergues, refugios y organizaciones de la sociedad civil para garantizar su participación cultural a través Círculos de Lectura y redes de bibliotecas con alcance local y binacional. 2.2.2 Crear programación de pueblos originarios con participación directa de portadores culturales a través del programa de Pueblos Originarios. Objetivo 3. Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como referente regional Estrategia 3.1. Consolidar programas culturales y convocatorias existentes para impulsar las expresiones creativas de la población Línea de acción 3.1.1 Fortalecer convocatorias consolidadas como programas ancla de producción cultural regional. 3.1.2 Consolidar eventos especializados, incluyendo algunos con programación de lenguas originarias. 3.1.3 Fortalecer la oferta cultural dirigida a turismo cultural y visitantes internacionales como ventana de expresiones fronterizas. Estrategia 3.2. Desarrollar productos culturales especializados del territorio fronterizo para fortalecer la identidad y la memoria de la población Línea de acción 3.2.1 Documentar, archivar y difundir memorias culturales del territorio fronterizo a través de producciones audiovisuales, con énfasis en personas en contextos de movilidad y comunidades locales. 3.2.2 Crear espacios museográficos y narrativas curatoriales sobre la diversidad cultural del territorio fronterizo, con énfasis en pueblos originarios y expresiones locales. 3.2.3 Desarrollar contenidos culturales especializados que posicionen a la Compañía Operadora como referente cultural binacional. 194 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 8. Indicadores y metas En este apartado se presentan los indicadores para monitorear el avance de los objetivos del presente Programa Institucional, que serán fundamentales para evaluar los resultados e identificar posibles acciones que permitan el cumplimiento de las metas. A través de estos indicadores, podremos analizar con mayor precisión el impacto de la acción cultural de la Compañía Operadora en la comunidad y proponer mejoras para fortalecer el acceso y disfrute de los derechos culturales de las personas. Indicador del Objetivo 1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Porcentaje de población visitante beneficiaria de actividades artísticas y culturales en el CECUT Objetivo Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población del noroeste de México Definición o descripción Mide el porcentaje de visitantes beneficiarios de actividades artísticas y/o culturales que el CECUT ofrece respecto a la población en Baja California en 2024 Derecho asociado Derecho a la cultura Nivel de desagregación Regional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Febrero del año siguiente Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos Enero-Diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Compañía Operadora Método de cálculo (Número de visitantes beneficiarios de actividades artísticas y culturales en el año i / Población de Baja California en 2024) * 100 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado. Nombre variable 1 Número de visitantes beneficiarios de actividades artísticas y culturales en el CECUT en 2024 Valor variable 1 1,354,751 Fuente de información variable 1 Sistema de Captura y Análisis Estadístico (SCAE) Nombre variable 2 Población de Baja California en 2024 Valor variable 2 4,071,872 Fuente de información variable 2 CONAPO (2024). Reconstrucción y proyecciones de la población de los municipios de México, 1990-2024 (Baja California). Sustitución en método de cálculo (1,354,751/4,071,872) * 100 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 33.26% La población total de Baja California se calcula con base en las proyecciones de CONAPO y se considerará la población del conteo intercensal para 2025. Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 38.26% SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda. 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 ND ND ND ND ND ND 33.26% METAS Puede registrar NA cuando no aplique la meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. 2025 2026 2027 2028 2029 2030 33.26% 33.26% 34.51% 35.76% 37.01% 38.26% Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 195 Indicador del Objetivo 2 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Porcentaje de población vulnerable atendida con actividades artísticas y culturales Objetivo Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas especializados de la Compañía Operadora Definición o descripción Mide el porcentaje de población vulnerable atendida con actividades artísticas y/o culturales Derecho asociado Derecho a la cultura Nivel de desagregación Regional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Febrero del año siguiente Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos Enero-Diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Compañía Operadora Método de cálculo (Número de población vulnerable beneficiaria de actividades artísticas y culturales en el año i / Población de Baja California Vulnerable por Carencia Social en 2024) * 100 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado. Nombre variable 1 Población vulnerable beneficiaria de actividades artísticas y culturales en 2024 Valor variable 1 13,560 Fuente de información variable 1 Sistema de Captura y Análisis Estadístico (SCAE) Nombre variable 2 Población de Baja California Vulnerable por Carencia Social en 2024 Valor variable 2 1,210,430 Fuente de información variable 2 Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social 2024: Baja California (Secretaría de Bienestar, CONEVAL, INEGI) Sustitución en método de cálculo (13,560 / 1,210,430) * 100 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 1.12% Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 1.72% SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda. 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 ND ND ND ND ND ND 1.12% METAS Puede registrar NA cuando no aplique la meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.12% 1.12% 1.27% 1.42% 1.57% 1.72% 196 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Indicador del Objetivo 3 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Tasa de variación de la población beneficiaria de productos especializados generados Objetivo Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como referente regional Definición o descripción Mide la variación de la población beneficiaria de productos especializados con respecto al año anterior Derecho asociado Derecho a la cultura Nivel de desagregación Regional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Febrero del año siguiente Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos Enero-Diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Compañía Operadora Método de cálculo ((Número de población beneficiaria de productos especializados generados en el año i / Número de población beneficiaria de productos especializados generados en el año i-1) – 1) * 100 Observaciones Se consideran productos culturales especializados aquellos que cumplen con criterios como: curaduría temática o artística, producción original o colaborativa, enfoque formativo o profesionalizante, articulación con festivales, encuentros o diplomados y valor simbólico, patrimonial o de innovación. APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado. Nombre variable 1 Población beneficiaria de productos especializados generados en 2024 Valor variable 1 449, 427 Fuente de información variable 1 Sistema de Captura y Análisis Estadístico (SCAE) Nombre variable 2 Población beneficiaria de productos especializados generados en 2023 Valor variable 2 549,925 Fuente de información variable 2 Sistema de Captura y Análisis Estadístico (SCAE) Sustitución en método de cálculo ((449,427 / 549,925) – 1) * 100 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor -18.27% Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 2.00% Aunque los porcentajes de variación frente al valor de referencia inicial son negativos, el año 2024 se considera de ajuste técnico y también de estrategia de consolidación y especialización. Se plantean unas metas con periodos de consolidación operativa, estabilización presupuestal e inicio de recuperación, así como tasas de crecimiento en los próximos años por la actividad permanente. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda. 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 ND ND ND ND ND ND -18.27% METAS Puede registrar NA cuando no aplique la meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.22% 0.00% 1.78% 0.00% 2.00% 2.00% Tijuana, Baja California a 31 de octubre de 2025.- Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana, S.A. de C.V.: Directora General de la Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana, S.A. de C.V., Mtra. Miriam Gabriela García Aguirre.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 197 SECRETARIA DE TURISMO ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Secretaría de Turismo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Turismo.- Secretaría de Turismo. JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMORA, Titular de la Secretaría de Turismo, con fundamento en los artículos 25 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 5, 6, fracción III, 8, 9, fracción XII, 10, fracción III, V, IX y XIV, 19, 20, fracción IV, 24, 51, 74 y 75 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos; 1, 2 fracciones IX y XII, 4 fracción II, 57, 58 de la Ley General de Turismo; 78, 99, 101, 102, 103, 104 y 105 del Reglamento de la Ley General de Turismo; los lineamientos tercero y décimo primero del Acuerdo por el que se emiten los lineamientos del Sistema Nacional de Certificación Turística, así como, los lineamientos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto del Acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la Acreditación de Guía de Turistas. CONSIDERANDO Que, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 25, último párrafo, establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites, servicios y demás objetivos que establezca la ley general en la materia. Que, el artículo 6 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos establece que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal deben reducir al mínimo los costos burocráticos para la prestación de trámites y servicios, buscando que las regulaciones que expidan para estos efectos generen el mayor beneficio posible para las personas, con apego a los principios de certeza jurídica, confianza ciudadana, simplificación, accesibilidad, publicidad y transparencia, entre otros. Que, de conformidad con los artículos 8 y 10 de la Ley en mención, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones es la Autoridad Nacional de Simplificación y Digitalización y tiene, entre otras, la atribución de realizar propuestas de simplificación y digitalización de trámites y servicios a los sujetos obligados, así como coordinar y supervisar su implementación. Que, en virtud con el artículo 24 del ordenamiento en mención, los trámites y servicios previstos en leyes, reglamentos, manuales, lineamientos o cualquier otra disposición, podrán ser simplificados mediante acuerdos generales que emitan las personas titulares de los sujetos obligados en la esfera de su competencia y tendrán por objeto habilitar el uso de herramientas o medios digitales para realizar trámites o servicios; establecer plazos de respuesta menores a los máximos previstos; extender la vigencia de las resoluciones; eliminar requisitos y costos burocráticos de cualquier tipo o implementar cualquier otra acción de mejora. Que, el artículo 105 del Reglamento de la Ley General de Turismo establece que la persona titular de la Secretaría establecerá los lineamientos de operación del Sistema de Certificación, mismos que deberán contener: los métodos y mecanismos de medición y promoción de la calidad, los incentivos a los que se harán acreedores los Prestadores de Servicios Turísticos y Destinos Turísticos que obtengan el Distintivo Nacional de Calidad Turística y las demás disposiciones que contribuyan a elevar la calidad de los Servicios Turísticos. Que, el numeral Tercero del Acuerdo por el que se emiten los lineamientos del Sistema Nacional de Certificación Turística establece que se entenderá por Sistema de Certificación al conjunto de distintivos, sellos y reconocimientos otorgados por la Secretaría a los Prestadores de Servicios Turísticos y/o Destinos Turísticos que se distingan por adoptar mejores prácticas en sus procesos o altos estándares en sus servicios, a través de un proceso de autoevaluación y supervisión por parte de la Secretaría. Asimismo, integra otras certificaciones y reconocimientos nacionales e internacionales. Que, el numeral Primero del Acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la Acreditación de Guías de Turistas establece que las disposiciones señaladas en los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las normas generales y particulares del proceso, los requisitos y la documentación que regulan el Sistema de Acreditación de Guías de Turistas, a los que los prestadores de servicios turísticos, la Ventanilla única de Certificación Turística, el Instituto de Competitividad y las Autoridades Estatales de Turismo deberán alinearse para llevar a cabo la expedición o acreditación inicial, refrendo, refrendo vencido, refrendo permanente, canje, reposición y baja definitiva, en términos de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. 198 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Asimismo, el numeral Tercero establece que todos los prestadores de servicios turísticos que realicen actividades de orientación e información profesional sobre el patrimonio turístico, cultural y de atractivos relacionados con el turismo, así como servicios de asistencia; deberán acreditarse como guías de turistas de acuerdo a lo estipulado en dicho instrumento para desempeñar la actividad, indicando adicionalmente que aquellos prestadores que ejerzan estas actividades de forma irregular serán acreedores de las sanciones previstas en la Ley. Por lo anterior, y con el propósito de implementar las acciones de simplificación, se expide el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN PARA TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE LA SECRETARÍA DE TURISMO Artículo 1. Se elimina la obligación de presentar los siguientes requisitos en los trámites: No Nombre del trámite Requisitos eliminados 1 Acreditación Inicial/ expedición guía de turistas general 1. Presentación física de la Clave Única del Registro de Población (CURP). Bastará con proporcionar la clave alfanumérica en el formato único de acreditación de guía de turistas. 2. Presentación impresa del Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Bastará con proporcionar la clave alfanumérica en el formato único de acreditación de guía de turistas. 3. Comprobante de domicilio (recibo del predial, servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua, menor a 3 meses). 4. Certificado de estudios (Título o cédula de nivel medio superior o nivel técnico o superior obtenido). 5. Certificado médico de buena salud en general (no mayor a 3 meses de su expedición). 2 Acreditación Inicial/ expedición guía de turistas especializado en un tema o localidad específica de carácter cultural o localidad de especialización 3 Acreditación Inicial/ expedición guía de turistas especializado en actividad específica 4 Refrendo de Guía de Turistas General 1. Presentación física de la Clave Única del Registro de Población (CURP). Bastará con proporcionar la clave alfanumérica en el formato único de acreditación de guía de turistas. 2. Certificado médico de buena salud en general (no mayor a 3 meses de su expedición). 3. Comprobante de domicilio (recibo del predial, servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua, menor a 3 meses). 5 Refrendo de Guía de Turistas especializado en un tema específico de carácter cultural o tema o localidades de especialización 6 Refrendo de Guía de Turistas General / guía especializado en actividad específica 7 Reposición 1. Presentación física de la Clave Única del Registro de Población (CURP). Bastará con proporcionar la clave alfanumérica en el formato único de acreditación de guía de turistas. 2. Fotografía tamaño pasaporte (A color con fondo blanco, 3.5 x 4.5 cm o bien 240 ancho x 320 alto pixeles). 3. Para reposición por robo o extravío, se elimina la obligación de presentar acta ministerial de robo/ extravío. Bastará con precisar en el formato en el bajo protesto de decir verdad correspondiente a robo o extravío. 8 Canje 9 Baja Definitiva 1. Presentación física de la Clave Única del Registro de Población (CURP). Bastará con proporcionar la clave alfanumérica en el formato único de acreditación de guía de turistas. 2. Carta motivo por el cual se solicita la baja definitiva. Artículo 2. Para solicitar cualquier trámite en la Secretaría de Turismo, deberá identificarse mediante CURP, pasaporte o credencial para votar con fotografía; en caso de actuar a través de representante legal, deberá presentar carta poder o poder notarial que acredite dicha representación. Cuando la solicitud sea realizada por una persona moral, deberá presentarse copia del acta constitutiva y del documento que acredite la representación legal vigente, además de la identificación oficial del representante conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 199 Artículo 3. Como acción de mejora, se actualizan los requisitos a presentar en los siguientes trámites: No Homoclave Nombre del Trámite Requisitos 1 SECTUR-03-012 Acreditación, Refrendo, Reposición, Canje y Baja de Guía de Turistas 1. Formato “Solicitud de Acreditación de Guía de Turistas”. Cuando solicite Acreditación de Guía de Turistas (general, especializado de un tema o localidad de carácter cultural o especializado en una actividad específica), además deberá presentar: 2. Fotografía tamaño pasaporte (A color con fondo blanco, 3.5 x 4.5 cm o bien 240 ancho x 320 alto pixeles). 3. Constancia de primeros auxilios y R.C.P. (emitida por Institución Pública en la materia). 4. Constancia de formación académica para tipo de guías solicitado: A. General: 360 horas teóricas y 150 horas prácticas. B. Especializado en un tema o localidad de carácter cultural y Especializado en una actividad específica: 140 horas teóricas y 60 horas prácticas. 5. Constancia de idioma(s) adicional documento con 80% escrito / hablado. En caso de ser persona extranjera, deberá presentar constancia de acreditación de idioma español 90%. 6. Constancia de evaluaciones de conocimientos del tema o localidad (que demuestren experiencia en el tema o localidad específica). Cuando solicite Refrendo de Guía de Turistas (general, especializado de un tema o localidad de carácter cultural o especializado en una actividad específica), además deberá presentar: 2. Fotografía tamaño pasaporte (A color con fondo blanco, 3.5 x 4.5 cm o bien 240 ancho x 320 alto pixeles). 3. Constancia de primeros auxilios y R.C.P. (emitida por Institución Pública en la materia). 4. Credencial de reconocimiento de guía de turistas. Cuando solicite Reposición de Credencial de Guía de Turistas (por extravío o canje), además deberá presentar: 2. Credencial de reconocimiento de guía de turistas. Con excepción para los casos de robo. Cuando se trate de Aviso de Baja Definitiva, además deberá presentar: 2. Credencial de reconocimiento de guía de turistas. El plazo para brindar respuesta del Aviso de Baja Definitiva: Es inmediato, ya que el trámite se considera atendido en cuanto la Secretaría recibe el aviso y emite el acuse correspondiente. 2 SECTUR-05-014 Solicitud de Renovación del Distintivo Nacional de Calidad Turística 1. Formato “solicitud de Adhesión al Sistema Nacional de Certificación Turística”. Se reduce el plazo de atención: De 90 días hábiles a 30 días hábiles. Se modifica la denominación del trámite con la homoclave SECTUR-05-014, quedando como “Solicitud para obtener o renovar el Distintivo Nacional de Calidad Turística” 200 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Artículo 4. A través del portal de la Secretaría de Turismo, se actualiza el Formato de Solicitud de Acreditación, Refrendo, Reposición, Canje y Baja Definitiva de Guía de Turistas. Se adjunta al presente Acuerdo como ANEXO I. Artículo 5. Se eliminan los siguientes trámites que se enlistan a continuación: No Homoclave del trámite Nombre del trámite antes del Acuerdo 1 SECTUR-05-015 Aviso de Unidad Promotora de la Calidad y Sustentabilidad de los Servicios Turísticos del Sistema Nacional de Certificación Turística 2 SECTUR-07-001 Autorización de Organismo Dictaminador del Sistema Nacional de Certificación Turística 3 SECTUR-03-009 Aviso de baja voluntaria al programa, por parte de la agencia de viajes 4 SECTUR-03-010 Solicitud por parte de la Agencia de Viajes para pertenecer al Programa 5 SECTUR-05-013 Solicitud de Adhesión al Sistema Nacional de Certificación Turística Artículo 6. En las solicitudes de inscripción por primera vez en el Registro Nacional de Turismo (SECTUR-2025-066-004-A), tratándose de Guías de Turistas, la autorización para prestar servicios turísticos se acreditará mediante el número de credencial vigente como guía de turistas. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los quince días hábiles posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo, se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación. TERCERO. La Secretaría de Turismo modificará la información que resulte necesaria de los trámites inscritos en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos. CUARTO. La Dirección General de Integración de Información Sectorial, la Dirección General de Certificación Turística y la Dirección General de Profesionalización y Competitividad Turística, así como las autoridades competentes, deberán realizar las adecuaciones necesarias a los instrumentos normativos vinculados al presente Acuerdo. Para el caso del trámite SECTUR-2025-066-004-A, inscripción por primera vez en el Registro Nacional de Turismo, señalado en el artículo 6, las solicitudes se acreditarán con el número de credencial vigente, una vez que la plataforma de acreditación de Guías realice las acciones pertinentes para la interoperabilidad con la plataforma que administra el Registro Nacional de Turismo. QUINTO. El contenido de este Acuerdo se aplica conforme al principio de no regresión. En consecuencia, los requisitos de los trámites establecidos no pueden aumentar la carga regulatoria sin una justificación. Dado en la Ciudad de México, a 22 de octubre de 2025.- La Secretaria de Turismo del Gobierno de México, Lic. Josefina Rodríguez Zamora.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 201 ANEXO I 202 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 203 204 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 205 206 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 ______________________________ Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 207 INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO ACUERDO por el que se expide el Programa Institucional del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado 2025-2030. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado. La Junta de Gobierno del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, en su Nonagésima Segunda Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2025, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, 26 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24, 28, 29, tercer párrafo y 30 de la Ley de Planeación; 1o., párrafos primero y tercero, 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 11, 12, 14, fracción III, 15, fracción VII, y párrafo segundo, 22, fracción I, 47, 48, 49, 57, 58, fracciones I y II y 59, fracciones I, V y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 81, fracciones I, VII y XVIII de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; así como 6, fracciones V y IX del Estatuto Orgánico del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, y CONSIDERANDO Que el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege la propia Constitución; Que el artículo 26, apartado A, de la misma Constitución prevé las bases para que el Estado organice el sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación, señalando que, los fines del proyecto nacional contenidos en la propia Constitución determinarán los objetivos de la planeación; Que, en cumplimiento de la Ley de Planeación, el 15 de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, el cual fue aprobado por la Cámara de Diputados, verificando su congruencia con los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 establece los ejes generales: 1: Gobernanza con justicia y participación ciudadana; 2: Desarrollo con bienestar y humanismo; 3: Economía moral y trabajo, y 4: Desarrollo sustentable, así como los ejes transversales: 1: Igualdad sustantiva y derechos de las mujeres; 2: Innovación pública para el desarrollo tecnológico nacional, y 3: Derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Asimismo, en sus objetivos 1.4 y 3.9, se destaca la importancia de “Asegurar el uso honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo los principios de austeridad republicana, mientras se fortalecen los ingresos del sector público” e “Impulsar el crecimiento y desarrollo económico equilibrado entre todas las regiones del país con respeto a su diversidad para crear prosperidad compartida”, respectivamente; Que el 4 de septiembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2025-2030, en el que se establecieron los objetivos guía para los programas institucionales de las entidades sectorizadas al ramo Hacienda y Crédito Público: 1.- Mantener la estabilidad macroeconómica y fiscal con un nivel de deuda sostenible en el largo plazo y aumentar la productividad económica del país; 2.- Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo económico del país; 3.- Fomentar un gasto público eficiente y eficaz, mediante asignaciones y reasignaciones presupuestarias, de forma que las dependencias y entidades generen valor público y contribuyan al cumplimiento de los objetivos del desarrollo nacional, considerando las restricciones de los recursos disponibles; 4.- Contribuir a la consolidación de la coordinación fiscal y la colaboración administrativa entre los tres órdenes de gobierno, a fin de que cuenten con los recursos suficientes para atender las necesidades de la población, y aumente la autonomía financiera estatal y municipal; 5.- Mejorar las pensiones de las personas trabajadoras sin menoscabar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones y fortalecer la estrategia de gestión de riesgos para proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, así como la infraestructura y el patrimonio gubernamental, y 6.- Impulsar el desarrollo de un sistema financiero más inclusivo, resiliente y sostenible, fortaleciendo su estabilidad, competencia y marco jurídico, para ampliar el acceso equitativo a servicios financieros, reducir brechas estructurales y mejorar la salud financiera de la población; 208 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 47, 48, 49, 58, fracción II, y 59, fracción II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, para su desarrollo y operación las entidades paraestatales deberán sujetarse a la Ley de Planeación y al Plan Nacional de Desarrollo, debiendo, en ese marco, formular sus programas institucionales a corto, mediano y largo plazo, a fin de que sean aprobados por sus órganos de gobierno; Que atendiendo a lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bines del Sector Público, el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el cual tiene por objeto la administración, enajenación, destrucción y destino de los Bienes, activos o empresas, señalados en el artículo 1o. de la misma Ley, así como el cumplimiento de las atribuciones establecidas en dicho ordenamiento; Que, en términos del artículo 79 de la ley antes referida, para la administración del Instituto, se contará con la Junta de Gobierno y con la persona titular de la Dirección General; asimismo, el artículo 80 establece que la Junta de Gobierno se integra por la persona servidora pública titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien la presidirá; las personas servidoras públicas titulares de dos Subsecretarías de la Secretaría; la persona servidora pública Titular de la Tesorería de la Federación, y la persona servidora pública que ocupe la Presidencia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y Que durante la Nonagésima Segunda Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2025, los integrantes de la Junta de Gobierno del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, mediante Acuerdo INDEP-JG/53/92/25 y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 29, tercer párrafo de la Ley de Planeación; 57 y 58, fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 81, fracciones I, VII y XVIII de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; 6, fracciones V y IX del Estatuto Orgánico del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, aprobaron el Programa Institucional del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado 2025 – 2030, y acordaron, a su vez, su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Por lo anterior, se expide el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO 2025-2030 ÚNICO.- Se expide el Programa Institucional del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado 2025-2030. TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a 23 de octubre de 2025.- La Prosecretaria de la Junta de Gobierno del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, Carla María Quintero Escalante.- Rúbrica. PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO 2025-2030 1. Índice 1. Índice 2. Señalamiento del origen de los recursos del programa 3. Siglas y acrónimos 4. Fundamento normativo 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo 5.1 Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional 5.2 Empresas en liquidación, empresas en administración, fideicomisos, activos y otros encargos 5.3 Recepción, administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes transferidos al INDEP 5.4 Normativa institucional y control interno 5.5 Capacidad técnica y ética de las personas servidoras públicas del INDEP 5.6 Situación esperada hacia 2030 y visión a veinte años Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 209 6. Objetivos 6.1 Relevancia del objetivo 1: Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional 6.2 Relevancia del objetivo 2: Liquidación de empresas y conclusión de encargos 6.3 Relevancia del objetivo 3: Gestión eficiente de los bienes transferidos 6.4 Relevancia del objetivo 4: Normativa institucional y control interno 6.5 Relevancia del objetivo 5: Capacidad profesional y ética pública 6.6 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP con los objetivos y estrategias del PRONAFIDE 2025-2030 7. Estrategias y líneas de acción Objetivo 1. Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional Estrategia 1.1 Reformas al marco jurídico Estrategia 1.2 Acompañamiento legislativo Objetivo 2. Liquidación de empresas y conclusión de encargos Estrategia 2.1 Juicios y laudos Estrategia 2.2 FNML Estrategia 2.3 LFCL Estrategia 2.4 FNDL Estrategia 2.5 NOTIMEXL Estrategia 2.6 Fideicomisos y empresas en proceso de conclusión, con actividades residuales o con convenios de cesión de derechos y obligaciones Estrategia 2.7 Empresas en administración y activos financieros crediticios y no crediticios Objetivo 3. Gestión eficiente de los bienes transferidos Estrategia 3.1 Transferencia de los bienes Estrategia 3.2 Administración Estrategia 3.3 Conclusión o Destino Estrategia 3.4 Integralidad y transversalidad en la gestión de bienes Estrategia 3.5 Desarrollo tecnológico Objetivo 4. Normativa institucional y control interno Estrategia 4.1 Actualización de la normativa institucional Estrategia 4.2 Fortalecimiento del control interno Objetivo 5. Capacidad profesional y ética pública Estrategia 5.1 Capacitación para una formación técnica de excelencia Estrategia 5.2 Ética pública 8. Indicadores y metas 2. Señalamiento del origen de los recursos del programa La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo. 210 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 3. Siglas y acrónimos Al mencionarse: Se entenderá: AGN Archivo General de la Nación ANAM Agencia Nacional de Aduanas de México APF Administración Pública Federal ATDT Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones CFPP Código Federal de Procedimientos Penales CIGFD Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación CJEF Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal CNPP Código Nacional de Procedimientos Penales CPEUM Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos CPF Código Penal Federal DOF Diario Oficial de la Federación Empresas Empresas definidas en el artículo 2, fracción IV de la LFAEBSP Encargos Encargos definidos en el artículo 1, fracción IV del Reglamento de la LFAEBSP EOINDEP Estatuto Orgánico del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado FGR Fiscalía General de la República FNDL Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, en Liquidación FNML Ferrocarriles Nacionales de México, en Liquidación FOPESIBAN Fondo de Pensiones del Sistema Banrural IABA Instituto de Administración de Bienes y Activos Instituto o INDEP Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado INSUS Instituto Nacional del Suelo Sustentable LFAEBSP Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público LFAR Ley Federal de Austeridad Republicana LFEP Ley Federal de las Entidades Paraestatales LFCL Luz y Fuerza del Centro, en Liquidación LFPRH Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria LIF Ley de Ingresos de la Federación LNEX Ley Nacional de Extinción de Dominio LOAPF Ley Orgánica de la Administración Pública Federal LP Ley de Planeación MDP Millones de pesos NAFIN Nacional Financiera, S.N.C. NOTIMEXL Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, en Liquidación PEL Plan Estratégico de Liquidación PND Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 PRONAFIDE Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2025-2030 SAE Servicio de Administración y Enajenación de Bienes SAMI Sistemas de Administración de Muebles e Inmuebles del INDEP SANI Sistema de Administración de Normas Internas de la Administración Pública Federal SAT Servicio de Administración Tributaria SIAB Sistema Integral de Administración de Bienes del INDEP SICT Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes SCVJS Sistema de Compensación Vitalicia por Justicia Social SENER Secretaría de Energía SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público UMA Unidad de Medida y Actualización Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 211 4. Fundamento normativo El Programa Institucional 2025-2030 del INDEP se formuló en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, previsto en el apartado A del artículo 26 de la CPEUM, donde se mandata que habrá un PND al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la APF. En cumplimiento del referido mandato y del artículo 5º de la LP, la Presidenta de la República remitió a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el PND 2025-2030, el cual fue aprobado por el Órgano Legislativo y publicado en el DOF el 15 de abril de 2025. El Anexo 1 del PND, Programas Derivados del PND 2025-2030, dispone que, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática previsto por la LP, las dependencias y entidades de la APF tienen la obligación de integrar, publicar en el DOF y dar seguimiento a los programas de tipo sectorial, especial, regional e institucional que derivan del PND. El artículo 17 de la LP, en la fracción II, establece que las entidades paraestatales deberán elaborar sus respectivos programas institucionales en los términos previstos en esa ley y la LFEP, y atender las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente. En la fracción V, señala que se debe asegurar la congruencia del programa institucional con el programa sectorial respectivo. El artículo 22 de la LP establece que el PND indicará los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que deberán ser elaborados. A su vez, el artículo 24 de esa misma Ley, señala que los programas institucionales se sujetarán a las previsiones establecidas en el PND y en el programa sectorial correspondiente. El artículo 26 Bis de la LP indica con precisión los elementos mínimos que deberán contener los programas derivados del PND; en tanto que su artículo 29 dispone que los programas institucionales se someterán a la aprobación del titular de la dependencia coordinadora de sector por el órgano de gobierno y administración de la entidad paraestatal correspondiente. La publicación en el DOF de los programas, en los plazos previstos por las disposiciones que al efecto emita la Ejecutivo Federal, se establecen en el artículo 30 de esa Ley. En correspondencia con la LP, la LFEP incluye también para las Entidades Paraestatales disposiciones respecto de sus programas institucionales. Particularmente, los artículos 8, 46, 47, 48, 49 y 59, fracción II, ordenan la formulación de programas institucionales a corto, mediano y largo plazos, en los cuales se asuman compromisos proyectados en metas y resultados. La LFEP mandata que los programas deberán guardar congruencia con el PND y el programa sectorial respectivo, y se revisarán anualmente para realizar las modificaciones pertinentes. Particularmente, debe destacarse la atención a los Objetivos, Estrategias y Líneas de Acción del PRONAFIDE, en el Programa Institucional del INDEP 2025-2030. El Programa Institucional se elaboró con base en los Criterios para la gestión, evaluación y actualización de los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, y la Guía para la elaboración de programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, ambos documentos emitidos por la SHCP. Igualmente, su formulación consideró el marco jurídico del INDEP; particularmente, la LFAEBSP, LFPRH, LOAPF, LIF, LNEX, LFAR, CPF y el CNPP. Asimismo, se atendió lo previsto en el EOINDEP y en el Manual General de Organización del instituto. 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo 5.1 Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional El modelo de desarrollo de la Cuarta Transformación ha posibilitado una disminución de la población en situación de pobreza y en pobreza extrema, lo cual manifiesta la relevancia de los principios del Humanismo Mexicano que lo orientan. En el lapso 2018-2024 la población en situación de pobreza pasó de representar el 41.9% de la población en el primer año al 29.6% en 2024. En términos absolutos disminuyó en ese periodo de 51.9 millones de personas a 38.5 millones, lo que equivale a una reducción de 13.4 millones. Por su parte, la población en situación de pobreza extrema, que en 2018 significaba el 7.0% del total poblacional, en 2024 constituyó el 5.3%, lo que se tradujo en una disminución de 1.7 millones de personas en esa condición. No obstante, incluso con ese significativo avance, existe todavía una proporción importante de población en condiciones de pobreza, por lo que los retos para el Estado en la actual administración federal son importantes en tal sentido. 212 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 En el marco de sus facultades y atribuciones, el INDEP contribuirá a los esfuerzos y acciones dirigidos a apoyar el mejoramiento de las condiciones de bienestar de los grupos con mayor rezago social. En 2020 se modificó la LFAEBSP para crear el INDEP en sustitución del IABA, antes SAE, sin concluir las adecuaciones al articulado normativo con objeto de alinearlo con el enfoque social para el bienestar de la población, bajo el principio de devolver al pueblo lo robado. La trascendencia de la creación del instituto radica en el cambio del enfoque financiero por uno con fines de justicia social, en congruencia con los objetivos de la Cuarta Transformación, mediante la generación de mayores recursos destinados al bienestar social. Esta modificación no fue sólo administrativa, sino que representó un giro en el enfoque del Estado Mexicano hacia una política de recuperación activa de bienes públicos, con una visión de justicia social y transparencia. El INDEP se convirtió en un símbolo de la lucha contra el saqueo institucional y la recuperación de recursos en favor de los sectores de la sociedad más vulnerables. La nueva política institucional busca convertir al INDEP en un organismo que, en ejercicio de sus atribuciones, destine mayores recursos a las políticas sociales que buscan mejorar las condiciones de vida de la población más necesitada. Desde esta perspectiva social, el instituto apoyará el objetivo 2.1 del Eje General 2 del PND: Desarrollo con bienestar y humanismo, referente a Fortalecer la red de protección social para garantizar la inclusión social y económica de toda la población, con especial atención a los grupos en situación de vulnerabilidad. Asimismo, apoyará las estrategias 2.1.1 a 2.1.9, excepto la 2.1.7. Se prevé que el INDEP ayude de manera directa a la población mediante la figura de los Tianguis del Bienestar, en coordinación con las entidades participantes; o bien, con la aportación de recursos que contribuyan al financiamiento de programas de beneficio social. Algunas disposiciones del marco jurídico que regula la gestión del INDEP, limitan una mayor captación y disponibilidad de recursos susceptibles de ser canalizados a programas con fines sociales. Aspectos específicos que limitan el avance del instituto hacia su nueva Misión son, entre otros, los siguientes: Los términos actuales de la LFAEBSP establecen que las entidades transferentes indicarán al INDEP, en sus solicitudes de transferencia, el destino que deberán tener los bienes (venta, administración, donación o destrucción). Por ejemplo, el artículo 1, específicamente en lo relativo a los recursos de origen penal y aduanero, limita la actuación del instituto, pues lo convierte sólo en administrador de los bienes que se le transfieren sin que pueda determinar su destino. En la versión vigente de la ley y su reglamento, subsisten criterios obsoletos para la determinación del valor de los bienes susceptibles de ser recibidos por el instituto; actualmente el instituto debe recibir bienes cuyo valor mínimo sea el equivalente a seis meses de UMA, lo que los hace incosteables. Además, algunas disposiciones de excepción obligan al instituto a recibir bienes cuyo valor se ubica, incluso, por debajo de los seis meses de UMA. Por esta razón, en el inventario de bienes del INDEP se presenta una elevada proporción de bienes de ínfimo valor, menor por mucho a su costo de administración; asimismo, bienes en mal estado o caducados. A todos ellos es difícil darles destino, por lo que permanecen un largo tiempo en el instituto y generan costos administrativos desproporcionados en relación con su valor. Existen limitaciones normativas que impiden poner a disposición del Gabinete Social de la Presidencia de la República bienes de origen aduanero y fiscal no obstante el carácter estratégico de ese órgano para apoyar acciones que beneficien a personas en rezago. Actualmente, ese gabinete sólo puede disponer, para asignarlos a fines sociales, de los bienes a que se refiere el artículo 22, párrafo cuarto, de la CPEUM, así como los asegurados, abandonados y decomisados en los procedimientos penales federales, de acuerdo con la legislación única en materia de extinción de dominio, conforme al artículo 44 Ter, fracción I, de la LOAPF, el CNPP, el CPF y el CFPP. Las disposiciones anteriores limitan el alcance y cobertura de las acciones del Gabinete Social, órgano que en razón de sus objetivos e integración es presidido por la persona titular del Ejecutivo Federal. Los bienes provenientes del comercio exterior transferidos por la ANAM y el SAT representan la mayor proporción del inventario del INDEP; sin embargo, su asignación al Gabinete Social no es factible por causa de la regulación actual. Otro aspecto del marco jurídico del INDEP susceptible de revisión se refiere a los bienes asegurados, abandonados o decomisados en procesos penales, los cuales se transfieren al instituto para su administración y, una vez que los procesos correspondientes concluyen, son devueltos a quien la autoridad judicial determine o bien, pasan a propiedad del Gobierno Federal; los procedimientos jurídicos suelen ser prolongados, por lo que los costos de administración se elevan, en detrimento de los recursos del instituto. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 213 Se han identificado áreas de mejora en la comunicación y coordinación de la ANAM y el SAT con el INDEP, relacionadas con el desarrollo de ese proceso. Su oportuna atención permitirá que el instituto reduzca el impacto financiero de los resarcimientos. Debe destacarse la conveniencia de actuar de manera conjunta para evitar que los juicios lleguen a sentencias y resoluciones que comprometen tiempo en procesos legales y el empleo de recursos económicos limitados. El marco jurídico del INDEP no se restringe únicamente a la LFAEBSP y su Reglamento, aunque son su referente fundamental. Sin menoscabo del objetivo de adecuar varios aspectos de esa ley, para hacer viable la nueva misión y enfoque conviene también revisar otros ordenamientos que tienen una influencia importante en la gestión del instituto. En el ámbito de las empresas y otros encargos transferidos al INDEP para su liquidación, administración y conclusión, se han detectado también áreas de mejora en su marco jurídico que es importante atender, a efecto de que los procesos correspondientes se realicen de manera eficaz y eficiente. Por ejemplo, en la actualidad, el INDEP se ve obligado a recibir empresas deficitarias con grandes pasivos laborales y financieros, y problemáticas jurídicas complejas, sin contar con los recursos presupuestarios necesarios para la redención correspondiente. Se requiere adecuar el marco normativo aplicable, para que ese proceso se efectúe sin presiones financieras para el instituto. Además de la problemática de los laudos, entre otros temas prioritarios por considerar en la revisión del marco jurídico del INDEP, está la definición de los supuestos en que es potestativo para el instituto aceptar el cargo de liquidador; y la determinación de los organismos que se responsabilizarán de atender los compromisos de largo plazo de las empresas o encargos, una vez liquidados, así como el instrumento jurídico respectivo. En resumen, la adecuación del marco jurídico del INDEP coadyuvará a la transformación funcional del organismo y al logro de los fines de su nueva Misión Institucional, para apoyar la construcción del Segundo Piso de la Cuarta Transformación. 5.2 Empresas en liquidación, empresas en administración, fideicomisos, activos y otros encargos Las instituciones y las personas servidoras públicas deben orientar su actuación de acuerdo con los principios del Humanismo Mexicano. El INDEP los asume con plenitud; conducirán su gestión y el actuar de sus integrantes. El gobierno no debe ser una carga para el pueblo, de conformidad con el principio de “No puede haber gobierno rico con pueblo pobre”. Este fundamento implica, esencialmente, que el gobernante debe vivir en la justa medianía; y también conlleva el objetivo de que los gobiernos sean eficientes y exista un correcto ejercicio de los recursos públicos. Por eso, cobra relevancia la Misión del INDEP de dar destino a las empresas y bienes públicos improductivos, de conformidad con la ley. La observancia de ese principio evitará mantener empresas y bienes que son onerosos para el Estado, le cuestan a la población e impiden que los recursos inherentes a su existencia y administración puedan emplearse en otros fines prioritarios de beneficio social. Una gestión eficiente del INDEP, transparente y observante de la ley, conducida por su Programa Institucional 2025-2030, contribuirá a alcanzar su Misión y objetivos, así como los fines de la presente Administración Federal, dirigidos a construir el Segundo piso de la Cuarta Transformación. La LFAEBSP señala en el artículo 1º, que su objetivo es regular la administración y destino, por parte del INDEP, de los Bienes, activos y empresas que en él se indican. El cumplimiento adecuado de esa atribución por parte del instituto contribuye al logro del objetivo 1.4 del Eje General 1 Gobernanza con justicia y participación ciudadana del PND, consistente en Asegurar el uso honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo los principios de austeridad republicana, mientras se fortalecen los ingresos del sector público. Asimismo, la gestión eficiente del instituto atiende la estrategia número 1.4.3 de dicho objetivo, que establece mejorar la administración del patrimonio del Gobierno Federal para maximizar su impacto en el desarrollo nacional. Lo anterior se ubica centralmente en la Misión del INDEP, para administrar y dar destino con una perspectiva de justicia social y austeridad republicana, a los bienes, activos, y empresas improductivas para el Estado, que le son transferidos, para contribuir mediante programas o políticas sociales que sean utilizados a favor del bienestar del pueblo de México. La permanencia, injustificada y más allá del tiempo previsto por los PEL de las empresas que, de acuerdo con la ley y las prioridades del Estado, ya no se consideran pertinentes y productivas, implica para el Gobierno Federal la necesidad de asignar recursos públicos para financiar su proceso de liquidación y administración, en detrimento de otras prioridades públicas. 214 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Por el contrario, una liquidación eficiente y oportuna de las empresas, y gestionar igualmente con esas características operativas, los bienes y activos bajo la responsabilidad del INDEP, posibilitará al instituto el ahorro de recursos y generar ingresos adicionales por su enajenación, lo que contribuirá al logro del objetivo 1.4 del Eje General citado. En el caso de las empresas en liquidación, empresas en administración, fideicomisos, otros encargos y activos financieros, responsabilidad del INDEP, su universo se integra en los términos siguientes:  Cuatro empresas en liquidación: Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación (FNML); Luz y Fuerza del Centro en Liquidación (LFCL); Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero en Liquidación (FNDL); y Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano en Liquidación (NOTIMEXL).  Tres empresas privadas en proceso de liquidación.  Un encargo: Fondo de Pensiones del Sistema Banrural (FOPESIBAN).  112 fideicomisos.  17 empresas en administración.  Una empresa en concurso mercantil.  8 empresas: dos en proceso de conclusión; cuatro con actividades residuales; y dos con convenios de cesión de derechos.  Activos financieros: crediticios y no crediticios. El proceso de liquidación de las empresas y encargos que se asignaron al INDEP no ha concluido, lo que ha significado el requerimiento de mayores recursos públicos y la asignación de esfuerzos adicionales que podrían haberse aplicado a otras prioridades del Estado. Otro de los asuntos críticos se relaciona con el pago de laudos, los cuales generan una fuerte presión de gasto para el instituto. El aumento constante de los pasivos puede alterar los presupuestos del organismo y con ello limitar su operación. La situación que presenta cada empresa y encargo en su proceso de liquidación y conclusión es la siguiente: FNML El 4 de junio de 2001 fue publicado en el DOF el Decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su Ley Orgánica. La liquidación del organismo tiene un avance del 65%. Entre los aspectos relevantes para avanzar en la liquidación se requiere ajustar el PEL para incorporar estrategias que permitan coadyuvar con los proyectos de vivienda e infraestructura ferroviaria establecidos en el PND. Uno de los objetivos del PEL es dar destino a los activos remanentes de FNML; los inmuebles constituyen su principal componente, a junio de 2025 se disponía de 5,379 bienes de este tipo, con una superficie de 14,716 hectáreas. Para cumplir con ese objetivo se requiere:  Actualizar el inventario del universo total de inmuebles.  Privilegiar la venta de inmuebles para obtener el máximo de recursos a partir de los activos con que cuenta el organismo.  Suscribir convenio de colaboración para la traslación masiva de inmuebles irregulares y vialidades al INSUS.  Atender la remediación ambiental de 30 de los 62 sitios identificados al inicio de la liquidación; se estima para ello un costo actual de 972 MDP. Actualmente no se dispone de recursos.  Atender los 1,943 juicios laborales en proceso; el pasivo exigible es de 591 MDP; así como los 159 juicios en otras materias por 8 MDP.  Gestionar la definición de la entidad que, al concluir el proceso de desincorporación del organismo, se hará cargo de las obligaciones de largo plazo con el personal jubilado. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 215 LFCL El Decreto de extinción de este organismo fue publicado en el DOF el 11 de octubre de 2009. Actualmente, LFCL concluyó la liquidación y desincorporación de bienes y activos, por lo que ahora es necesario transitar a un organismo administrador que continúe con la atención de las obligaciones de largo plazo con personas jubiladas, juicios y personas beneficiarias del Sistema de Compensación Vitalicia por Justicia Social (SCVJS). Para lo anterior es necesario determinar el instrumento jurídico idóneo, con la aprobación de la SHCP y el acuerdo de la CIGFD, así como con el mecanismo financiero y la asignación de recursos presupuestarios que garantice el pago de las obligaciones en el largo plazo, con lo cual se estará en la posibilidad de llevar el balance general de LFCL a ceros, realizar las actividades administrativas de cierre y presentar ante la SENER y la CIGFD el informe final de liquidación. Las obligaciones de largo plazo están integradas por cerca de 14 mil personas jubiladas, más de 4,350 juicios activos en su mayoría en materia laboral, y el SCVJS con alrededor de 7 mil personas beneficiarias, administrado a partir de la publicación en el DOF del Decreto y su fe de erratas del 25 y 29 de agosto de 2022. Como resultado del elevado número de juicios se tienen laudos y sentencias firmes, para cuyo cumplimiento no se dispone de los recursos financieros necesarios, lo cual conlleva la imposición de sanciones por la falta de pago de las obligaciones, cuyo monto se incrementa considerablemente cuando las autoridades competentes instruyen la actualización de su importe; además, esta situación ha motivado el embargo de cuentas bancarias del INDEP y de LFCL. Además, como se mencionó antes, LFCL no dispone de activos ni bienes susceptibles de comercialización para cubrir los pasivos, contingencias y gastos operativos inherentes al proceso de liquidación, por lo que de manera sistemática deben solicitarse recursos a la SENER y a la SHCP para tal fin. De igual manera, existe la presión de grupos de personas extrabajadoras del organismo para obtener beneficios sociales adicionales a los que tenían y que han logrado durante la liquidación, situación que acrecentó su dinamismo a partir de la implementación del SCVJS. La falta de recursos para el pago de laudos propicia la movilización de grupos de las personas extrabajadoras y jubiladas. FNDL El 29 de mayo de 2023 se publicó en el DOF el Decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y se abroga su Ley Orgánica. Actualmente presenta un avance del 22% en su proceso de liquidación. Los principales factores que lo han limitado son: La complejidad para la realización (monetización) de los activos financieros, debido a la falta de actualización de la normativa que simplifique los mecanismos de atención de las propuestas de pago. La existencia de una elevada cartera crediticia con alto volumen de documentación, así como algunos expedientes incompletos o no localizados que demoran la ejecución de garantías o la transferencia de los créditos al INDEP. Lo anterior se explica por una inadecuada administración de los activos financieros antes del proceso de extinción; por las insuficiencias y/o limitantes que registraban los controles para su gestión, y por la falta de registros de información sistematizados. Por ello, parte de la cartera contenciosa no está actualizada o presenta información insuficiente para su correcta identificación, lo que dificulta el seguimiento y la gestión de los casos demandados. Igualmente, ha faltado personal que desarrolle expeditivamente las actividades de atención de la cartera contenciosa, así como de localización, acopio de documentos, integración de expedientes, digitalización, registro, empaquetado y traslado de la cartera total, para su transferencia al INDEP. Como resultado del proceso de liquidación se ha reducido el número de agencias de las Coordinaciones Regionales, que son el brazo operativo de la FNDL, lo cual también ha limitado la integración de los expedientes y las labores de atención de la cartera. Una proporción de la cartera crediticia corresponde a créditos de improbable cobro al no contar con garantías hipotecarias. La cartera total está integrada por 76,816 créditos, correspondientes a 59,331 clientes y un valor contable de 42,328 MDP. La cartera crediticia se compone de cartera vencida, que equivale a 10,674 créditos y 12,587.1 MDP (29.7% del total); cartera vigente, 938 créditos y 616.6 MDP (1.5%), y en impago, 89 créditos por 381.1 MDP (0.9%). En relación con la cartera cancelada, ésta comprende 65,115 créditos y 28,743.2 MDP (67.9% del total). En el caso de los bienes de la FNDL, los adjudicados a ésta como resultado de procesos judiciales de la cartera crediticia, no cuentan con los expedientes completos para su transferencia al INDEP; de 1,533 inmuebles adjudicados, 853 no disponían de escrituras y sus expedientes estaban pendientes de integrarse. 216 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 NOTIMEXL Por las circunstancias políticas y sociales en las que se produjo el cierre del organismo, no se formalizó el acta de entrega-recepción institucional, prevista por la normativa aplicable, entre la extinta Notimex y el INDEP. Ante la falta de entrega de un inventario actualizado de bienes muebles del organismo, se implementaron acciones de recopilación de información en los inmuebles destinados para efectuar las operaciones de Notimex, con la finalidad de identificarlos y clasificarlos según sus características y especificaciones, para su posterior transferencia al INDEP. Los aspectos contenidos en el Decreto por el que se extingue el organismo Notimex, así como las Bases para su liquidación, desde que entraron en vigor a partir del 22 de diciembre de 2023, han sido referentes clave para el desarrollo del proceso, ya que se carece de un PEL aprobado por la CIGFD. Una liquidación transparente, como la que el INDEP busca realizar del organismo Notimex, exige la realización de actividades estratégicas rigurosamente planeadas y sistemáticamente armonizadas para la obtención de resultados óptimos. Por ello, es necesaria la aprobación de su PEL. La Fototeca de Notimex es un acervo histórico de la nación cuya memoria fotográfica requiere de condiciones medioambientales y un tratamiento adecuado para preservar el material recopilado, a fin de proceder a su organización y clasificación, antes de transferirlo al AGN, en observancia de las disposiciones jurídicas aplicables. Como parte del patrimonio de Notimex se dispone de un inmueble propio, inhabitable desde 2017 por daño estructural ocasionado por el sismo de ese año. El edificio no está considerado como monumento histórico, ni artístico; se requiere gestionar su desincorporación y transferencia al INDEP para que se le asigne un destino específico. Adicionalmente, existe un inmueble arrendado por la extinta Agencia, con problemáticas legales pendientes de resolver. FOPESIBAN El 30 de junio de 2003, las sociedades nacionales de crédito que integraban el Sistema Banrural y NAFIN suscribieron el contrato de fideicomiso irrevocable número 80320 denominado “Fondo de Pensiones del Sistema Banrural” (FOPESIBAN). En noviembre de 2021, la Procuraduría Fiscal de la Federación informó a NAFIN que el INDEP tenía el carácter de unidad responsable del FOPESIBAN, por lo que, en diciembre de 2022, el INDEP y NAFIN, en su carácter de fideicomitente y fiduciaria, respectivamente, suscribieron el Primer Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso para esos fines. El FOPESIBAN se convierte en un Encargo del INDEP. En enero de 2023, se suscribió el Segundo Convenio Modificatorio mediante el cual se establece que corresponde al fideicomiso pagar: a) las pensiones y jubilaciones; b) la prestación de servicios de atención médico-quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria para pensionados, jubilados y sus derechohabientes; c) los beneficios al fallecimiento, y d) las contrataciones necesarias para el cumplimiento de los mencionados fines. Actualmente, el FOPESIBAN realiza el pago de aproximadamente 5,150 jubilaciones y pensiones; adicionalmente, se les otorgan servicios médicos, al igual que a sus casi 4,300 derechohabientes. El fideicomiso depende del presupuesto federal para pagar todas las obligaciones que le son mandatadas. FIDEICOMISOS; EMPRESAS EN ADMINISTRACIÓN; EMPRESAS EN PROCESO DE CONCLUSIÓN, CON ACTIVIDADES RESIDUALES Y CONVENIO DE CESIÓN DE DERECHOS; Y ACTIVOS FINANCIEROS De conformidad con su Misión Institucional y atribuciones, el INDEP tiene además otro conjunto de encargos que debe administrar y concluir. Fideicomisos El INDEP tiene atribuciones para fungir como fiduciario sustituto en los fideicomisos constituidos en instituciones de crédito, de seguros, y de fianzas, sociedades financieras de objeto limitado y almacenes generales de depósito, cuya liquidación le sea encomendada, así como en aquellos en los que actúe con el carácter de fideicomitente o fideicomisario el Gobierno Federal o alguna entidad paraestatal de la APF. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 217 Actualmente, el universo fiduciario se compone de la siguiente manera: 1 La extinción de los fideicomisos se ha visto limitada, entre otros factores, por restricciones de su marco normativo; falta de recursos humanos y financieros; juicios activos; información desorganizada, incompleta u obsoleta de los asuntos; falta de interés de los fideicomitentes o fideicomisarios para realizar el proceso de extinción, o la imposible localización de éstos. Está en proceso la implementación de un Sistema Fiduciario (SISFID), para llevar a cabo el registro, control y seguimiento de la información jurídica y contable de los fideicomisos donde el INDEP actúa como fiduciario sustituto, a efecto de poder registrar, identificar, clasificar y administrar el patrimonio de los diversos fideicomisos, y generar informes financieros, contables, legales, administrativos y de rendición de cuentas. Empresas en Administración Se trata de empresas transferidas al INDEP por un mandato jurídico. Su administración se prolonga hasta que se determine el destino de la empresa y su objetivo es conservar su valor. Actualmente existen 17 empresas en administración y una en proceso de concurso mercantil. De ellas, tres están clasificadas como aseguradas; seis, abandonadas; ocho, decomisadas, y una, en concurso mercantil. Su administración y la conclusión están sujetas a la determinación de un destino final específico como resultado de procedimientos legales concretos; se desarrolla en un largo periodo que demanda la asignación de recursos para su gestión. Empresas en Liquidación en Proceso de Conclusión, con Actividades Residuales y con Convenios de Cesión de Derechos El INDEP tiene bajo su responsabilidad la gestión de ocho empresas en ese estatus, de las cuales dos están en proceso de conclusión (corresponden a empresas decomisadas); cuatro en la fase de atención de actividades residuales (son empresas u organismos liquidados, pero con asuntos pendientes); y dos en la etapa de convenios de cesión de derechos, principalmente la atención de juicios laborales. Activos Financieros Crediticios y No crediticios Su gestión constituye otro ámbito de actividades del INDEP. Actualmente, el importe de los activos crediticios es de 15,021.6 MDP, de los cuales 9,227.4 MDP están en la categoría de Control y Resguardo, ya que su recuperación es incosteable; asimismo, 5,794.2 MDP se encuentran en administración para su recuperación. En los activos en recuperación se presentan dificultades en el proceso de judicialización de la cartera factible de recuperación, por causa de las insuficiencias en los expedientes y una gestión lenta. Los activos financieros no crediticios suman 125, con un importe de 875 MDP y su gestión presenta problemas similares a los de la judicialización de los crediticios. 1 Fideicomisos de administración: Fideicomisos cuyo objeto es la guarda y conservación de los bienes que integran el patrimonio fideicomitido, el cobro de los productos o rendimientos que generen y su transmisión al fideicomisario o a algún tercero, en su caso. Fideicomisos de garantía: Fideicomisos que tengan como fin garantizar al fideicomisario el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago. Fideicomisos independientes. Fideicomisos que primordialmente tuvieron como fin garantizar el pago de un crédito para la adquisición de un bien (mueble o inmueble). Fideicomisos maestros. Fideicomisos que tuvieron como fin primordial la construcción de centrales de abasto, mercados y plazas para comercialización de sus unidades, al cual se adhieren los adquirentes de estos. Cada unidad privativa representa un mueble o inmueble para tramitar su extinción. Adhesiones. Unidades privativas del fideicomiso asignadas a una persona que adquiere el derecho para su transmisión. Dentro del patrimonio. Unidades privativas del fideicomiso que aún no son asignadas por el fideicomitente o Comité Técnico. 218 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 5.3 Recepción, administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes transferidos al INDEP De conformidad con la LFAEBSP, artículo 76, el instituto es un organismo descentralizado de la APF, el cual tendrá por objeto la administración, enajenación, destrucción, y destino de los bienes, activos o empresas, como se señala en su similar 1º. La gestión de los bienes por el INDEP debe realizarse de manera eficiente a fin de posibilitar que el nuevo enfoque del instituto genere mayores recursos para coadyuvar al bienestar de la población en rezago y contribuir a la construcción del Segundo piso de la Cuarta Transformación, mediante un modelo de desarrollo que se basa en el Humanismo Mexicano. El cumplimiento adecuado de las atribuciones para la gestión de los bienes apoyará el objetivo 2.1 del Eje General 2 del PND: Desarrollo con bienestar y humanismo. Este objetivo consiste en Fortalecer la red de protección social para garantizar la inclusión social y económica de toda la población, con especial atención a los grupos en situación de vulnerabilidad; asimismo, apoyará sus estrategias 2.1.1 a 2.1.9, excepto la 2.1.7. De conformidad con la LFAEBSP, la gestión de los bienes por el INDEP comprende tres grandes procesos que son: Transferencia; Administración y Destino. La transferencia es el procedimiento por el cual una entidad entrega uno o más bienes al instituto, para su administración, enajenación, destino o destrucción, sin que dicha entrega implique transmisión de propiedad alguna, ni genere el pago de impuestos. La administración de los bienes comprende su recepción, registro, custodia, conservación, supervisión y depósito de numerario. El destino de los bienes se realiza por: a) Enajenación: Donación o asignación y venta; b) Destrucción c) Devolución La gestión de los bienes por parte del instituto presenta fortalezas y áreas de oportunidad. Las primeras deben potenciarse y extrapolarse a todos los procesos, y las segundas atenderse de manera adecuada, con el apoyo de los mecanismos de control interno que se fortalecerán en el marco del presente Programa Institucional. El proceso de gestión de los bienes se inicia con el proceso de transferencia, en el cual las entidades formulan al instituto una solicitud, en la que actualmente se manifiesta que se cumple con las disposiciones jurídicas aplicables, acompañada de la documentación que la respalda y que se deberá integrar al expediente correspondiente. La solicitud de la transferente incluye un listado con la descripción y el estado en que se encuentren los bienes e indica si son propiedad de la entidad o están bajo su cuidado. Igualmente, señala si los bienes se entregan para su administración, venta, donación y/o destrucción. El instituto recibe la solicitud y el expediente, y una vez verificado el cumplimiento de los requisitos previstos por la LFAEBSP, se emite el dictamen de aceptación y se procede a la entrega-recepción de los bienes, para lo cual se levanta el acta respectiva. La dictaminación se basa fundamentalmente en una revisión documental de gabinete. La LFAEBSP y su reglamento establecen criterios de valor de los bienes costeables para su recepción por el instituto, a saber, seis meses de UMA (para 2025 son $20,365) y que el valor del bien sea mayor que su costo de administración. Sin embargo, por las disposiciones de excepción establecidas en la normativa, la mayoría de los bienes muebles no los cumple; en 2024 se estima que en esta situación estuvo un poco más del 97% de los bienes transferidos. Por esa causa, se han transferido al instituto una significativa cantidad de bienes muebles de ínfimo valor, que contrasta con el costo de administración y el bajo precio de venta de los bienes. Por la excepción casi generalizada a la aplicación del criterio de costo de los bienes muebles transferidos, así como por otros factores, no existe una valuación del inventario recibido, ni tampoco del que se encuentra en administración por el instituto, por lo que se desconoce su valor. El avalúo de los bienes no se realiza hasta que se ponen a disposición para su venta, con el fin de que sus resultados sean un referente para su comercialización. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 219 Las actas de entrega-recepción y las fichas de los bienes transferidos son la base para la formulación del inventario; su diseño y llenado presentan áreas de oportunidad, lo cual constituye un factor que limita de inicio y con un carácter estructural la elaboración de ese inventario, y afecta la calidad de su información. En el caso de las autoridades aduaneras se realizan transferencias de grandes volúmenes de bienes, por medio de interfaces a los sistemas de inventarios, que resultan en registros erróneos, duplicados, con descripciones vagas y en condiciones físicas inaceptables. En ese sentido, el inventario nace con debilidades que se arrastran a lo largo de toda la vida de los bienes, lo cual afecta su adecuada gestión. El proceso de entrega-recepción no es expeditivo, ya que pasa un largo tiempo entre la fecha de solicitud de las transferentes y la de ese evento. En ocasiones y por la ubicación de las entidades que transfieren, se abren eventos en distintas oficinas de coordinación regional del instituto, los cuales permanecen en proceso hasta por varios años, aun cuando los bienes sean resguardados por las entidades transferentes, en cuyo caso la entrega y recepción de dichos bienes es un procedimiento puramente administrativo y documental. En otros casos, existen incluso bienes no recibidos por el instituto, por la insuficiente capacidad de almacenamiento y la imposibilidad de elaborar dictámenes oportunamente, así como de movilización. Destaca el caso de la ANAM que es la principal entidad transferente del INDEP, con el 91 % del total de bienes transferidos en 2024. Respecto de esta transferente, la relación establecida hasta la fecha es en el sentido de que el INDEP debe recibir los bienes transferidos en los sitios que la ANAM determine, los cuales son muy numerosos y no corresponden en todos los casos con la ubicación de las aduanas. La conservación de los bienes exige recursos cuantiosos para cubrir su almacenaje y vigilancia, maniobras y fletes, así como seguros de protección contra siniestros; igualmente, el mantenimiento preventivo y correctivo de los inmuebles y servicios básicos como agua, luz, predial. Estos costos reducen, de manera considerable, las ganancias obtenidas por la enajenación, sobre todo en aquellos bienes que no se encuentran en condiciones óptimas para su venta. En el caso de los bienes inmuebles su entrega-recepción muestra también áreas de oportunidad, ya que sus expedientes carecen de elementos en una proporción elevada, lo que afecta su gestión. En los expedientes no se incluye, con frecuencia, el Certificado de Libertad de Gravámenes porque su tramitación ante los Registros Públicos de la Propiedad tiene un costo y el INDEP no dispone de una partida y recursos para ello; otros se encuentran invadidos, en copropiedad o con juicios interpuestos que llevan muchos años sin avanzar. En el proceso de administración existen áreas de oportunidad que se atenderán con base en la estrategia y las líneas de acción establecidas en el Programa Institucional 2025-2030 del instituto. Un área de oportunidad de atención prioritaria consiste en la formulación del inventario de bienes muebles, a fin de disponer de información y conocimiento suficiente y adecuado sobre el mismo, así como respecto del importe de su valor. El inventario está conformado por bienes con una gran diversidad en su naturaleza y unidades de medida, lo que hace perder objetividad a sus cifras; por ejemplo, los minerales representan un caso crítico, porque su unidad de medida como kilogramos distorsiona una apreciación objetiva y cercana a la magnitud real del inventario. Por ejemplo, en 2024 el inventario total en administración sumaba a fines de ese año 125 millones de piezas, incluidos los minerales, los cuales totalizaban 78 millones. Existe además otro factor que afecta la cuantificación objetiva del inventario de bienes en administración. Se trata de la existencia de bienes de valor ínfimo, pero muy numerosos, que incrementan significativamente las cifras del inventario. Inciden también de manera muy importante en esa área de oportunidad que la cuantificación del inventario presenta, las unidades de medida consideradas para algunos tipos de bienes, a saber, clavos, tornillos, hojas de papel, popotes, bolsas para té, botellas de cristal, entre otros. Se carece de homogeneización de las dimensiones y unidades de medida, incluso para bienes que son de la misma naturaleza, con características iguales o similares, tales como textiles, equipos, instrumentos, electrónicos y utensilios, así como mobiliario de oficina. Esto genera un inventario paralelo de bienes en estado de revisión (REV) que se incrementa cada día y dificulta la pronta enajenación de los bienes. 220 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 En el sistema SIAB se registra el inventario de bienes para su administración y en el sistema SAMI se asientan las operaciones de las transferencias; estos dos sistemas coexisten sin una interconexión adecuada que permita dar trazabilidad al origen de los bienes y su destino. Por ello, los sistemas informáticos no permiten llevar el control y seguimiento de los bienes de manera eficiente. Adicionalmente, existen interfaces específicas para Entidades Transferentes como la ANAM y la FGR que complican aún más el registro de inventarios al no denominarse y dimensionarse en los mismos términos. Por las insuficiencias, algunas operaciones y actividades se realizan al margen de los sistemas, mediante otros mecanismos formulados casuísticamente, incluso en ciertos casos cuasi manuales, lo cual no permite que sean trazables y auditables por la dificultad de integrarlos en expedientes electrónicos que permitan su seguimiento. El INDEP enfrenta un rezago tecnológico en materia informática que se traduce en debilidades operativas y de diseño de los sistemas de inventario y su relación con el sistema empleado en la operación financiera y contable para dar seguimiento a su administración. La administración de los bienes se realiza de conformidad con la normativa actual, pero existen áreas de oportunidad para fortalecer la eficacia y eficiencia en el proceso. El destino de los bienes constituye la conclusión del proceso de gestión de los bienes; puede ser venta, donación, destrucción o devolución. Este último proceso enfrenta problemas en su realización por lo que, para una parte importante de los bienes, la permanencia en el inventario es larga, lo que acrecienta sus costos de administración, resguardo y vigilancia, así como el riesgo de su deterioro o pérdida. Lo anterior se constata en el caso de las principales entidades transferentes (ANAM, SAT-Fisco Federal y SAT-Comercio Exterior), que significaron en 2024 el 99% de los bienes muebles transferidos y aproximadamente el 90% de los bienes en administración; la situación, en el caso de los bienes vendidos, fue la siguiente, sin incluir los minerales en el análisis, ya que la consideración de éstos distorsiona en alto grado los resultados. En el SAT-Comercio Exterior, únicamente el 0.2% de los bienes vendidos en 2024 fue recibido en ese mismo año por el INDEP; el 9% se recibió en 2023; el 57% en 2022; el 7% en 2021; el 12% en 2020; el 2% en 2019; el 12% en 2016; y el resto, 0.8%, en años anteriores a este último año. En la ANAM, el 56% de los bienes vendidos en 2024 fueron recibidos en este mismo año; el 41% se recibió en 2023; y el 3% en 2022. En el SAT-Fisco Federal el 19% de los bienes que se vendieron en 2024 fueron recibidos por el INDEP en ese mismo año; el 55% en 2023; el 23% en 2022; y el restante 3% en años anteriores. En relación con los bienes destruidos en 2024, en la entidad transferente SAT Fisco Federal, el 96% se destruyó tres años después de su recepción por el INDEP, es decir habían sido recibidos en 2021; 3% se destruyeron en el mismo año que se recibieron y el resto, 1%, un año más tarde de que fueron recibidos. En la ANAM, el 41% se destruyó en el mismo año en que los bienes se recibieron; el 35% después de un año y el 24% luego de dos años. En SAT-Comercio Exterior, el 53% de los bienes fueron destruidos un año luego de ser recibidos por el INDEP; y el 47% en el mismo año en el que se recibieron. El inventario que se encontraba en administración a finales de 2024 tiene varios años de haberse recibido. En el caso de las principales transferentes, excluidos los minerales, la situación es la siguiente: SAT-Comercio Exterior: el 34% del inventario se recibió en 2020; el 21% en 2022; el 17% en 2021 e igual porcentaje, en 2019; el 5% en 2024; el 2% en 2023; el 1.4% en el lapso 2005-2015, y el resto en 2016, 2017 y 2018. De acuerdo con esas cifras, el 55% del inventario que se encontraba en administración del INDEP en diciembre de 2024, de bienes de esta transferente, fue recibido en 2020 y años previos a éste. ANAM: el 53% del inventario que se encontraba en administración a finales de 2024, fue recibido en ese mismo año; 21% en 2023; y el 26% se recibió en 2022. Este organismo se creó en 2022 y a partir de este ejercicio inició su relación con el INDEP. SAT-Fisco Federal: el 35% del inventario fue recibido en 2024 por el INDEP; el 4% en 2023; el 22% en 2022; 13% en 2021; 9% en 2020; 6% en 2019; y el resto, 11%, se recibió en años anteriores a este último. Es reducida la proporción del número de bienes muebles que tienen destino cada año (vendidos, donados, destruidos o devueltos), respecto del inventario total en administración, sin considerar en éste los minerales. En 2024 ese porcentaje fue del 9%. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 221 En el bajo valor del indicador anterior influye de manera importante la forma de cuantificación del inventario, que lo incrementa significativamente, por la inadecuada consideración de unidades de medida en diversos tipos de bienes. La gran diversidad y la elevada proporción de bienes de muy bajo valor en el inventario se manifiestan en el reducido precio promedio de los bienes vendidos. En 2024 fue de alrededor de $72, no incluidos los minerales; sin embargo, una cantidad significativa tuvo valores ínfimos, menores con mucho de ese promedio. En el caso de los inmuebles, es también mínimo el porcentaje de los que tienen destino (vendidos, donados o devueltos) respecto del inventario total; en 2024 ese indicador fue de únicamente el 3%. El valor anterior manifiesta el reducido dinamismo en la concreción del destino de los inmuebles. Su larga estancia en el inventario del instituto significa para éste mayores costos de administración, resguardo y vigilancia. La gestión de los bienes, muebles e inmuebles se realiza con base en procesos segregados, responsabilidad de áreas administrativas específicas; la interrelación y coordinación entre éstas, así como la agilidad del desarrollo de esos procesos tiene áreas de oportunidad, que demandan atención a efecto de aumentar su eficiencia. Entre las áreas de oportunidad identificadas en el proceso de gestión de los bienes destaca la adecuación del marco jurídico para desarrollarlo de manera eficiente, y coadyuvar al nuevo enfoque funcional de generar mayores recursos que contribuyan al bienestar de la población, bajo el principio de Devolver al Pueblo lo Robado. En el tema de bienes, el Programa Institucional del INDEP 2025-2030 está orientado a atender los problemas estructurales y lograr una mayor eficiencia en los procesos de transferencia, administración y destino de bienes, a efecto de coadyuvar a generar mayores recursos que permitan atender las necesidades sociales. 5.4 Normativa institucional y control interno La construcción del Segundo Piso de la Cuarta Transformación exige un gobierno honesto, cercano y eficiente. La eficiencia es un principio que destaca de manera especial el PND y la ubica como una premisa fundamental para el logro de los objetivos nacionales. La conversión del INDEP hacia un nuevo organismo con un enfoque social y una Misión Institucional que se correspondan con su perspectiva funcional de generar mayores recursos a fin de destinarlos para acciones que apoyen el bienestar de la población más necesitada, requiere de una gestión eficaz y eficiente. Una gestión con esas cualidades se sustentará en un grado importante en la disponibilidad de una normativa interna adecuada que regule sus procesos y sea congruente con el marco jurídico del instituto. Otro factor fundamental para posibilitar el funcionamiento eficiente del instituto es la existencia y vigencia efectiva de un control interno que, con una visión principalmente preventiva, identifique y administre los riesgos, para que sus actividades se desarrollen con eficiencia, eficacia, transparencia y observancia de la normativa. Para una gestión eficiente del INDEP son un referente necesario el Objetivo 1.4 del PND y su Estrategia 1.4.3, comprendidos en el Eje General 1 Gobernanza con justicia y participación ciudadana. Ese Objetivo consiste en Asegurar el uso honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo los principios de austeridad republicana, mientras se fortalecen los ingresos del sector público. Por su parte, la estrategia referida establece Mejorar la administración del patrimonio del Gobierno Federal para maximizar su impacto en el desarrollo nacional. En el caso de la normativa interna del instituto, en los tiempos recientes se ha efectuado un esfuerzo importante para su actualización; sin embargo, es necesario que, en dichas normas, las cuales son el soporte de sus procesos, se refleje el compromiso con la visión de la esencia social que tiene el instituto. Se requiere analizar el marco normativo y lograr su congruencia con la LFAEBSP y su Reglamento; este último también debe alinearse con la ley, debido a que ambos se emitieron en tiempos diferentes. El INDEP tiene registradas 229 normas internas en el SANI, que administra la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. El 91% de las normas se concentran en 7 tipos de documentos normativos: políticas, bases y lineamientos (3), procedimientos (144), directrices (17), lineamientos (15), manuales institucionales (14), acuerdos (10) y metodologías (5). De acuerdo con el SANI, las normas fueron emitidas entre 2002 y 2024. 222 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Un número importante de disposiciones normativas están en proceso de actualizarse, requieren actualización o ya no son aplicables. El otro renglón que se indicó como esencial para posibilitar una eficiente gestión del INDEP, en su fase de tránsito hacia un organismo con un nuevo enfoque social, es el control interno, que constituye una premisa insoslayable para apoyar en las instituciones gestiones eficientes, eficaces, transparentes y que cumplen con la normativa. Un adecuado sistema de control interno previene, además, prácticas deshonestas, posibilita una adecuada rendición de cuentas y actúa, principalmente, con un carácter preventivo para evitar insuficiencias e irregularidades. El INDEP ha realizado diagnósticos para identificar sus factores de riesgo más significativos y definido programas para su administración, cuyas acciones y resultados son objeto de seguimiento. Estas actividades presentan áreas de oportunidad que se atenderán en el marco del presente Programa Institucional. Se profundizará en el diagnóstico de los riesgos, sobre todo referenciándolos respecto de los objetivos institucionales y sus resultados, para conocer las causas raíz de los problemas sustantivos e insuficiencias que se identifiquen en los logros registrados. Si bien en el instituto se ha prestado atención al control interno, las áreas de oportunidad identificadas deben conducir a un tratamiento más profundo de esta materia, con objeto de convertirla en la herramienta fundamental para apoyar al instituto en el logro de una gestión eficiente, eficaz, transparente, observante de la normativa y que rinda cuentas. Cabe señalar que el INDEP no considera el control interno bajo la figura de un área de contraloría, un mecanismo supervisor o un órgano de vigilancia, sino fundamentalmente como una cultura institucional de pertenencia y de valores que involucra a todos los integrantes de un organismo en el propósito de cumplir con sus objetivos. En efecto, se concreta en mecanismos de control, supervisión y seguimiento de los procesos sustantivos de la institución, pero en el contexto del compromiso efectivo de todos los que la conforman para lograr sus fines. 5.5 Capacidad técnica y ética de las personas servidoras públicas del INDEP Uno de los diez Principios del Humanismo Mexicano postulados en el PND establece que las y los gobernantes deben ser honestos; en esa perspectiva, considera que un objetivo de la más alta prioridad es recuperar el sentido ético y de servicio de los funcionarios públicos. Las instituciones democráticas y las personas servidoras públicas deben estar comprometidas con el servicio que prestan al pueblo. La corrupción se debe combatir por ética y por principios, con el fin de obtener los recursos necesarios para el bienestar del pueblo y el desarrollo de la nación. La honestidad da resultados, se apunta en el Apartado de Presentación del PND, en donde también se manifiesta que la construcción del Segundo Piso de la Cuarta Transformación exige un gobierno honesto, cercano y eficiente. El INDEP asumirá este principio del Humanismo Mexicano en su Programa Institucional 2025-2030 y será un elemento orientador fundamental de su proceso de transformación hacia su nuevo enfoque funcional y de objetivos. Por sus funciones y la naturaleza de sus operaciones, el INDEP presenta en su proceso operativo espacios de alta sensibilidad a riesgos de prácticas no ajustadas al principio de honestidad. Por ello, en concomitancia con los mecanismos de control que deben establecerse, resulta esencial que la actuación de las personas integrantes del instituto observe rigurosamente el Código de Ética de la Administración Pública Federal y los demás ordenamientos en la materia. Los mecanismos de control sólo serán efectivos plenamente si existen en una institución personas comprometidas en el mayor grado con los principios y valores del servicio público. De otra manera, existirá siempre el riesgo de evadirlos y que se afecte la eficiencia y observancia de la normativa en el desarrollo de las operaciones. Una conducta observante de los principios y valores de la ética pública por parte del personal integrante del INDEP, así como su compromiso con la misión y objetivos del instituto, serán una premisa insoslayable en su proceso de tránsito hacia su nueva realidad institucional. La otra condición de un servicio público adecuado es que se realice con eficiencia; de no ser así, ello se traduce en la pérdida de recursos, por lo que, en cierto sentido, el no ser eficiente es también una faceta de una actuación deshonesta. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 223 La ineficiencia es un fenómeno poco analizado y sobre todo no cuantificado respecto de sus efectos, pero sin duda su impacto en la pérdida de recursos públicos es significativo, por lo que su atención es un fin altamente ponderado en el PND. Las personas servidoras públicas deben desarrollar sus actividades con eficiencia y eficacia, que son también principios del Código de Ética de la Administración Pública Federal. El INDEP realiza acciones para el fortalecimiento de las capacidades de su personal, a efecto de que adquiera de manera creciente las aptitudes necesarias para el desempeño de sus actividades y se dispone actualmente del personal capacitado para que el instituto realice, en general, en términos adecuados su gestión. No obstante, la Misión y objetivos planteados en el presente Programa Institucional exigen la participación de personas servidoras públicas con una capacidad profesional y técnica creciente, de excelencia, para atender el reto que significa el logro del nuevo enfoque y realidad funcional previstos. Subsanar las áreas de oportunidad identificadas en la gestión del instituto exige de un profundo compromiso de sus integrantes, pero también de las habilidades y aptitudes necesarias para ello. Aunque no suficientes, son elementos que coadyuvarían de forma importante a la atención de esos espacios de mejora. Entre las áreas de oportunidad, cabe mencionar las siguientes: los procesos de liquidación de las empresas no concluidos en el plazo previsto; un inventario de bienes muebles con una alta incidencia de unidades con un valor ínfimo; un extenso periodo de estancia de los bienes en administración, antes de asignarles un destino; un elevado costo de resguardo de los bienes respecto de los ingresos obtenidos por su venta; largos tiempos para la recepción de los bienes transferidos; sistemas de información de los bienes con insuficiencias operativas; entre otras. Problemas como los mencionados deben atenderse con el apoyo del personal del INDEP que posea una capacidad profesional de excelencia y un fuerte compromiso con los principios y valores de la Ética Pública. Estos principios de actuación y valores de las personas servidoras públicas del INDEP se corresponden con el objetivo 1.3 del Eje General Gobernanza con justicia y participación Ciudadana, que consiste en Erradicar la corrupción en la vida pública y promover la ética, la honestidad, la integridad y el buen gobierno para fortalecer la confianza en las instituciones. Igualmente, atienden la estrategia 1.3.1 de ese objetivo, referente a Modernizar la Administración Pública Federal y fortalecer la vocación de servicio para prevenir y erradicar la corrupción. De acuerdo con lo anterior, dichos principios y valores constituyen una premisa insoslayable para el que INDEP pueda cumplir sus objetivos y lograr su nueva Misión Institucional. 5.6 Situación esperada hacia 2030 y visión a veinte años Al término de la presente Administración Federal, el INDEP dispondrá de un marco jurídico congruente con su nuevo enfoque social y objetivos, que le permitirá cumplir eficientemente con su misión y ser un organismo que genera recursos para apoyar la realización de acciones que impulsen el bienestar de los grupos sociales más rezagados. Se habrá concluido el proceso liquidador de las cuatro empresas en desincorporación y sustituido su paradigma funcional de ser organismos en liquidación, a ser ahora empresas administradoras, las cuales únicamente efectuarán, cuando así se determine por las instancias correspondientes, la gestión del cumplimiento de las obligaciones de largo plazo que se tienen con los pensionados y jubilados, como son principalmente el pago de sus pensiones y la prestación de servicios médicos. Asimismo, el INDEP se habrá consolidado como un organismo ejecutor de una gestión eficiente, eficaz y transparente de las responsabilidades que se le asignen, con respecto a empresas, fideicomisos, otros encargos, activos financieros y bienes, y así contribuirá al logro del objetivo de manejar con esos mismos atributos operativos el patrimonio federal. En una perspectiva temporal más amplia, a veinte años, el INDEP se habrá consolidado como una institución importante para apoyar los programas que impulsen el bienestar de la población en rezago social, con base en una generación sistemática de remanentes, cuyo destino hacia programas y acciones que beneficien a los grupos con mayores carencias, el instituto podrá decidir. En ese mismo horizonte, el INDEP será un organismo estratégico para coadyuvar a la modernización y eficiencia de la Administración Pública Federal, que se integrará esencialmente por dependencias y entidades que tengan una elevada productividad y un costo/eficiencia social relevante. 224 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 6. Objetivos El apoyo a los Principios del Humanismo Mexicano, Ejes, Objetivos y Estrategias del PND y del PRONAFIDE, así como la atención de los problemas sustantivos y las áreas de oportunidad identificadas en el Diagnóstico, se atenderán con base en los cinco Objetivos del Programa Institucional del INDEP 2025-2030, en el tenor siguiente: Objetivos del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP 1.- Disponer de un marco jurídico que permita generar mayores recursos para destinarlos, con enfoque social, al bienestar de la población. 2.- Lograr una eficaz, eficiente y transparente administración, liquidación y destino de las empresas, activos financieros y encargos responsabilidad del INDEP. 3.- Lograr una eficaz, eficiente y transparente administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes transferidos al INDEP. 4.- Actualizar la normativa del instituto y fortalecer el control interno a efecto de lograr eficacia y eficiencia en la administración, enajenación, destrucción, liquidación y destino de los bienes, activos y empresas. 5.- Basar el funcionamiento del INDEP en personas servidoras públicas con una capacidad profesional y técnica de excelencia, con una sólida ética y compromiso institucional. 6.1 Relevancia del objetivo 1: Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional La consolidación del proceso de transformación del país con base en un modelo de desarrollo con bienestar, justicia social y sustentabilidad, con una visión humanista, constituye el objetivo del Gobierno de México en los años próximos y el PND será la guía para su logro. Un modelo de desarrollo basado en el Humanismo Mexicano permitirá establecer el Segundo Piso de la Cuarta Transformación. La acción de las instituciones debe orientarse y converger en esos fines y objetivos, en el marco de las atribuciones y responsabilidades que a cada una le correspondan. La nueva misión y enfoque funcional que se plantean para el INDEP en su horizonte institucional futuro le permitirá apoyar los objetivos y estrategias del PND en materia de bienestar social. El INDEP que se proyecta para los años siguientes es el de un organismo que genere recursos que se destinen al bienestar de la población, en el marco del principio de devolver al pueblo lo robado. Su actuación en esa perspectiva funcional se comprenderá en el Eje General 2 del PND, Desarrollo con bienestar y humanismo y particularmente en su objetivo 2.1.- Fortalecer la red de protección social para garantizar la inclusión social y económica de toda la población, con especial atención a los grupos en situación de vulnerabilidad. Las acciones de apoyo a ese objetivo y estrategias por parte del INDEP no se acotarán a grupos sociales específicos, en el sentido de la direccionalidad que presentan en el PND las nueve estrategias del referido objetivo 2.1. Las actividades del instituto en esta materia serán dirigidas en general a población en condiciones de rezago social, por lo que podrían apoyarse algunos de los grupos establecidos en dichas estrategias o de manera genérica a las personas con carencias. En tal sentido, se apoyarán esas nueve estrategias, excepto la 2.1.7. Igualmente, el presente objetivo del Programa Institucional del INDEP tiene correspondencia y apoyará el objetivo 2 del PRONAFIDE, referente a Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo económico del país. Atiende también su estrategia 2.7 consistente en Acompañar en el fortalecimiento financiero de los organismos y empresas públicas, y disminuir las transferencias de recursos fiscales a las mismas. Esta estrategia del PRONAFIDE destaca la importancia de que los organismos de la APF adquieran una fortaleza financiera que les permita cumplir con sus objetivos y misión institucional. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 225 Ambos, ese objetivo y estrategia del PRONAFIDE ponen de relieve la importancia de aumentar la disponibilidad de recursos mediante los instrumentos y acciones que cada organismo determine. El presente objetivo del Programa Institucional contiene como elemento central convertir al INDEP en un organismo que genere mayores recursos que se destinen para acciones sociales. Para hacer viable su nueva misión y objetivos, algunos aspectos de su marco jurídico lo limitan. Esa restricción debe superarse para que el instituto pueda aportar mayores recursos y tenga un rol más protagónico en el financiamiento de acciones de apoyo social, en un escenario en el que la disponibilidad de fondos para ese objetivo adquiere una prioridad especial. En el esquema funcional actual, el INDEP y en una perspectiva más amplia, el Gobierno Federal, están dejando de percibir recursos de acuerdo con sus potenciales de generación e incurriendo en gastos de administración innecesarios en una parte de ellos, por el manejo de un inventario excesivo de bienes de muy bajo valor, que además tardan mucho tiempo en tener un destino específico. En esa situación influye, además, la disposición prevista en la LFAEBSP de que las entidades transferentes indican al INDEP el destino de los bienes transferidos, lo cual limita significativamente su capacidad de gestión respecto de los mismos. Igualmente, incide en forma importante la falta de aplicación efectiva de los criterios de valor de los bienes transferidos al instituto, por los elementos de excepción establecidos en la LFAEBSP, que aplican para casi la totalidad de las transferencias. Por esos aspectos y por otras áreas de oportunidad que presenta el marco jurídico del instituto es relevante el presente objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP, ya que posibilitará al instituto generar mayores remanentes que se destinarán en acciones para la población con mayores rezagos. 6.2 Relevancia del objetivo 2: Liquidación de empresas y conclusión de encargos Una gestión eficiente del INDEP, transparente y observante de la ley, conducida de acuerdo con el Programa Institucional 2025-2030, en el marco de su Misión y objetivos, contribuirá a los fines de la presente Administración Federal, y al levantamiento del Segundo piso de la Cuarta Transformación mediante la consolidación de un modelo de desarrollo basado en el Humanismo Mexicano. La prioridad que tiene en el PND el uso eficiente de los recursos públicos se expresa en su objetivo 1.4 Asegurar el uso honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo los principios de austeridad republicana, mientras se fortalecen los ingresos del sector público, del Eje General 1: Gobernanza con justicia y participación ciudadana. A efecto de su logro, se prevé la estrategia 1.4.3 Mejorar la administración del patrimonio del Gobierno Federal para maximizar su impacto en el desarrollo nacional. Las estrategias del PND son el punto de partida para la definición de los objetivos del Programa Institucional del INDEP. En tal sentido, la estrategia referida 1.4.3 del PND se expresa en el presente objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP. El logro de este objetivo se traducirá en procesos liquidadores de las empresas responsabilidad del INDEP concluidos de manera eficiente; transparente; en los plazos y términos previstos por los PEL correspondientes; y con observancia de la normativa. Igualmente, ese objetivo aplicará para las empresas en administración del INDEP, fideicomisos y otros encargos que conlleven su liquidación o conclusión. En los encargos que no impliquen un proceso liquidador o conclusivo se establecerán las bases normativas y operativas que garanticen su gestión eficiente y transparente, sin que signifiquen una carga financiera para el instituto que vaya más allá de los parámetros previstos por la ley y con observancia plena del objetivo de eficiencia. Una gestión eficiente del proceso de liquidación y manejo de las empresas y otros encargos responsabilidad del INDEP, así como de otras que en el futuro le sean asignadas, contribuirá al logro del objetivo de eficiencia previsto por el PND, así como al mejoramiento de la administración del patrimonio del Gobierno Federal para maximizar su impacto en el desarrollo nacional. Para el INDEP tiene una importancia prioritaria una adecuada gestión del proceso de administración y liquidación de las empresas, empresas en administración, fideicomisos, activos financieros y otros encargos que le han sido asignados. 226 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 El presente objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP, además de contribuir en los términos mencionados al logro de los objetivos y estrategias del PND, lo hará también a los del PRONAFIDE, particularmente a su Objetivo número 2 que se refiere a Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo económico del país. El proceso eficiente de liquidación, conclusión y destino de las empresas, encargos, fideicomisos, activos financieros y otros encargos responsabilidad del INDEP, posibilitará, entre otros resultados, la generación de ingresos mediante dos vías. Por una parte, mediante la enajenación de bienes y activos cuando sea factible y, por otra, por el ahorro de recursos que significa la conclusión de esos procesos. En ambos casos ello significará una mayor disponibilidad de recursos públicos que podrán destinarse a las prioridades nacionales, en los términos que determine el PND y el PRONAFIDE. Este objetivo del Programa Institucional del INDEP tiene igualmente correspondencia con la estrategia 2.7 del PRONAFIDE. Esta estrategia consiste en Acompañar en el fortalecimiento financiero de los organismos y empresas públicas, y disminuir la transferencia de recursos fiscales a las mismas. El proceso de liquidación, administración, conclusión y destino de las empresas y otros encargos del INDEP, operado con eficiencia y observancia de la normativa, permitirá disminuir o eliminar los requerimientos de recursos fiscales para las empresas y encargos respectivos, lo cual se corresponde con la referida estrategia. Adicionalmente, este objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP tiene vinculación y apoyará el objetivo 5 del PRONAFIDE que establece Mejorar las pensiones de las personas trabajadoras sin menoscabar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones y fortalecer la estrategia de gestión de riesgos para proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, así como la infraestructura y el patrimonio gubernamental. Específicamente contribuirá con la estrategia 5.1 de ese objetivo que consiste en Consolidar la operación del Fondo de Pensiones para el Bienestar para otorgar un complemento que iguale la pensión al último salario a las personas trabajadoras de 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor a 16,777.68 pesos (incrementado anualmente con base a la inflación). Conforme al Decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar, el INDEP puede aportar al Fondo los recursos en numerario que determine durante el proceso de desincorporación de la FNDL, así como los remanentes que resulten a la conclusión de su liquidación. El objetivo 2 del Programa Institucional se corresponde y apoyará el objetivo 2 del Programa Especial para la Eficiencia de la Gestión Pública 2025-2030, que plantea Optimizar la gestión patrimonial y de riesgos en la Administración Pública Federal, mediante la administración, destrucción o enajenación de bienes improductivos y el fortalecimiento de capacidades institucionales en aseguramiento, retención y atención de siniestros. 6.3 Relevancia del objetivo 3: Gestión eficiente de los bienes transferidos El Humanismo Mexicano es la base del modelo de desarrollo que impulsará la presente Administración Federal para la construcción del Segundo Piso de la Cuarta Transformación. Será un desarrollo con bienestar, justicia social, sustentabilidad y una visión humanista. El PND 2025-2030 guiará su logro y todas las acciones institucionales convergerán en esos grandes objetivos. El INDEP tendrá en los años siguientes una nueva misión y enfoque funcional, que le permitirán apoyar con mayores posibilidades los objetivos y estrategias del PND en su dimensión del bienestar social, particularmente en su atención a los grupos con mayores carencias. Un marco jurídico congruente con la nueva misión del instituto, así como una gestión eficiente de los bienes que le son transferidos harán posible que el INDEP genere y disponga de recursos superiores respecto de sus niveles actuales, para orientarlos en acciones que contribuyan al bienestar de dichos grupos. Esta perspectiva de funcionamiento del INDEP se comprende en el Eje General 2 del PND Desarrollo con bienestar y humanismo; y específicamente apoya a su objetivo 2.1.-Fortalecer la red de protección social para garantizar la inclusión social y económica de toda la población, con especial atención a los grupos en situación de vulnerabilidad. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 227 La acción proyectada del INDEP no se vincula de manera exclusiva con una sola estrategia de dicho objetivo, ya que sus acciones podrán beneficiar a los distintos grupos sociales a los que se refieren cada una de las estrategias previstas para tal fin. De esta manera, el INDEP apoyará con sus acciones a las nueve estrategias del referido objetivo 2.1, excepto la 2.1.7. Los apoyos del instituto se destinarán a toda la población en condiciones de rezago social y, en lo específico, podrían beneficiarse algunos de los grupos previstos en esas estrategias o con un carácter genérico a las personas en situación desfavorable. El presente objetivo del Programa Institucional del INDEP se vincula y atenderá también el objetivo 2 del PRONAFIDE, que consiste en Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo económico del país. Apoya, igualmente, su estrategia 2.7, que establece Acompañar en el fortalecimiento financiero de los organismos y empresas públicas, y disminuir las transferencias de recursos fiscales a las mismas. Ese objetivo y estrategia del PRONAFIDE destacan la relevancia de que los organismos de la APF dispongan crecientemente de fortaleza financiera para permitirles el cumplimiento de su misión y objetivos. De igual manera, este objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP tiene vinculación y apoyará el objetivo 5 del PRONAFIDE que establece Mejorar las pensiones de las personas trabajadoras sin menoscabar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones y fortalecer la estrategia de gestión de riesgos para proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, así como la infraestructura y el patrimonio gubernamental. Particularmente coadyuvará con la estrategia 5.1 de ese objetivo que consiste en Consolidar la operación del Fondo de Pensiones para el Bienestar para otorgar un complemento que iguale la pensión al último salario a las personas trabajadoras de 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor a 16,777.68 pesos (incrementado anualmente con base a la inflación). El Decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar establece que, entre otros, su patrimonio se constituirá por recursos correspondientes al 75 por ciento de los remanentes netos que obtenga el INDEP, derivados de la enajenación que lleve a cabo de bienes provenientes de entidades transferentes en materia aduanera y fiscal. En esa perspectiva se ubica el presente objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP que tiene como elemento fundamental lograr una gestión eficiente de los bienes que le son transferidos, para coadyuvar, junto con otras acciones previstas en el presente programa, en la generación de mayores recursos que se destinarán en acciones para los grupos sociales con más carencias. Con el fin de hacer viable el logro de una gestión cada vez más eficiente de los bienes que le son transferidos, el INDEP debe atender las áreas de oportunidad identificadas en el diagnóstico, referentes, de manera resumida, a la consideración efectiva del criterio de costo de los bienes que plantean transferir las entidades, para que no sean entregados al instituto, como sucede actualmente, bienes de ínfimo valor, que no cubren su costo de administración o en mal estado. En ambos casos son difíciles de vender, por lo que el inventario se incrementa exponencialmente con bienes que no tienen salida comercial, con la consecuente estancia de varios años y altos costos de administración. Es necesario también que las entidades transferentes no establezcan el destino del bien y sea decisión del instituto, con la consideración de que la recepción de los bienes no implica su propiedad. Este punto se trata en el objetivo 1 del presente programa, pero se reitera aquí por su relevancia y vínculo con la gestión de los bienes. Otro problema estructural en la gestión del instituto es la larga estancia de los bienes en el inventario en administración, antes de asignarles un destino (venta, destrucción, donación o devolución), que deberá subsanarse en el marco de las estrategias y acciones de este Programa Institucional. Un área de oportunidad adicional que deberá atenderse es el reducido índice anual de asignación de destino de los bienes, respecto del inventario en administración. Es decir, cada ejercicio son pocos, relativamente, los bienes vendidos, destruidos, donados y devueltos, en relación con el tamaño del inventario. La formulación y cuantificación del inventario es otra área de mejora sustantiva que tiene la gestión de los bienes. Actualmente se integra por bienes con una gran diversidad, que se cuantifican con unidades de medida no pertinentes en múltiples casos, por lo que su tamaño se incrementa sin objetividad. Las fichas de los bienes tienen insuficiencias de diseño y llenado. 228 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 El precio promedio de venta de los bienes es sumamente reducido; una gran cantidad se ubica incluso muy por debajo del promedio señalado en el diagnóstico. Ello no compensa en muchos casos sus costos de administración, resguardo y vigilancia. Los sistemas informáticos para la gestión de los bienes tienen una obsolescencia tecnológica; operan dos sistemas de manera simultánea; manifiestan asimismo insuficiencias de diseño, operación y seguridad de la información. En resumen, una gestión eficiente de los bienes transferidos, precisa que se subsanen los problemas estructurales que se registran en ese proceso y que se han ejemplificado con algunos elementos en este apartado. Este objetivo del Programa Institucional del INDEP se vincula y apoyará el logro del objetivo 2 del Programa Especial para la Eficiencia de la Gestión Pública 2025-2030, referente a Optimizar la gestión patrimonial y de riesgos en la Administración Pública Federal, mediante la administración, destrucción o enajenación de bienes improductivos y el fortalecimiento de capacidades institucionales en aseguramiento, retención y atención de siniestros. 6.4 Relevancia del objetivo 4: Normativa institucional y control interno El INDEP ha realizado un esfuerzo para disponer de una normativa interna actualizada y congruente con el marco jurídico del instituto; sin embargo, persisten documentos normativos que no tienen esta característica y no apoyan de manera adecuada una gestión eficaz, eficiente y ágil de los procesos correspondientes. Además, la existencia de un significativo número de normas de diverso tipo (lineamientos, procedimientos e instructivos, entre otros), hace compleja la gestión de las actividades operativas del instituto. La disponibilidad por el INDEP de un cuerpo de normas internas congruentes con su marco jurídico, que sean sencillas de aplicar, claras, consistentes entre sí y que además se observen de manera efectiva, apoyará una gestión eficaz, eficiente y transparente, que coadyuve al logro de los objetivos institucionales. Existen normas internas que no se han actualizado, por lo que hacen referencia de áreas que ya no existen o a procesos que fueron modificados. En algunos casos son insuficientes en su contenido, en relación con disposiciones establecidas en el marco jurídico del instituto. Una adecuada normativa interna del INDEP es relevante porque permite implementar operativamente las disposiciones del marco jurídico del instituto, las cuales, por la naturaleza de los ordenamientos, tienen un carácter general, sin el detalle necesario para orientar la operación de los procesos. Un área de oportunidad que puede identificarse en la normativa institucional respecto a la gestión de los bienes es la carencia de una perspectiva de integralidad, ya que prevalece una visión de procesos y actividades parcializadas y segregadas. En tal sentido, la interacción entre las unidades administrativas del instituto presenta áreas de oportunidad que se atenderán con el desarrollo de una perspectiva con un enfoque de integralidad. Al respecto, se considerará una visión sistémica que articule procesos, responsabilidades y flujos de información entre todas las áreas involucradas en la gestión de bienes. Otra materia convergente con la anterior, para apoyar una gestión eficaz y eficiente del INDEP es un control interno fortalecido y con una vigencia efectiva, que trascienda el carácter formal de su existencia y se convierta en una herramienta fundamental para la vida del instituto. Existen avances en esta materia, pero persisten áreas de oportunidad, por lo que su consideración en el presente programa es insoslayable. En ese tenor, será una premisa esencial para que se logre el objetivo de lograr una gestión eficaz y eficiente, así como para obtener los objetivos institucionales. Será necesario profundizar, con base en un ejercicio colectivo de los directivos y personal clave del INDEP, en la identificación de las causas y los factores de riesgo, internos y externos, que afectan el logro de los objetivos del instituto, así como para definir los mecanismos y controles para su atención y administración. El reto fundamental en este tema es, sin embargo, lograr la internalización del control interno en el instituto, como una cultura de los directivos y personal, para asumir un compromiso y responsabilidad con esta materia, y que no se conciba únicamente como un conjunto de herramientas técnicas a cargo de un grupo de personas. El INDEP desarrollará acciones para que esa visión se alcance y se genere una cultura de eficiencia y compromiso en el actuar de todos los integrantes del instituto. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 229 Las materias consideradas en este objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP se orientan, vinculan y apoyarán objetivos y estrategias del PND y del PRONAFIDE en los términos siguientes: Para una gestión eficiente del INDEP un referente necesario lo será el Objetivo 1.4 del PND y su Estrategia 1.4.3, que se comprenden en el Eje General 1 Gobernanza con justicia y participación ciudadana. Ese Objetivo 1.4. plantea Asegurar el uso honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo los principios de austeridad republicana, mientras se fortalecen los ingresos del sector público. A su vez, la estrategia citada dispone Mejorar la administración del patrimonio del Gobierno Federal para maximizar su impacto en el desarrollo nacional. Las estrategias del PND deben ser los objetivos de los programas. Por ello, los elementos y principios de esta estrategia orientan el presente objetivo del Programa Institucional del INDEP. Este objetivo del Programa Institucional atiende también los objetivos y estrategias del PRONAFIDE. El objetivo 2 de este último consiste en Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo económico del país. Por su parte, la estrategia 2.7 del PRONAFIDE orienta este objetivo del Programa Institucional y establece Acompañar en el fortalecimiento financiero de los organismos y empresas públicas, y disminuir las transferencias de recursos fiscales a las mismas. La actualización y disposición en el INDEP de un cuerpo normativo suficiente y congruente, así como de un adecuado control interno, apoyarán una eficiente y eficaz gestión del instituto, lo que posibilitará a su vez que este organismo genere mayores recursos para destinarlos para acciones de bienestar, conforme a su nuevo enfoque y Misión Institucional. En estos términos es el vínculo de este objetivo con el similar referido del PRONAFIDE y de su estrategia citada. El presente objetivo del Programa Institucional tiene correspondencia y coadyuvará al cumplimiento del objetivo 2 del Programa Especial para la Eficiencia de la Gestión Pública 2025-2030 consistente en Optimizar la gestión patrimonial y de riesgos en la Administración Pública Federal, mediante la administración, destrucción o enajenación de bienes improductivos y el fortalecimiento de capacidades institucionales en aseguramiento, retención y atención de siniestros. 6.5 Relevancia del objetivo 5: Capacidad profesional y ética pública El presente objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP constituye una premisa para su proceso de transformación hacia su nueva Misión y enfoque funcional. El principal activo de las instituciones es su personal; sus personas servidoras públicas son quienes hacen posible el logro de los fines y resultados de las dependencias y entidades. El reconocimiento de ese papel fundamental y la importancia de su conducta honesta, ética y eficiente se manifiesta en el objetivo 1.3. del PND, del Eje General 1 Gobernanza con justicia y participación ciudadana, referente a Erradicar la corrupción en la vida pública y promover la ética, la honestidad, la integridad y el buen gobierno para fortalecer la confianza en las instituciones. En relación con las estrategias de ese objetivo del PND, el objetivo del Programa Institucional del INDEP atiende principalmente la número 1.3.1 que establece Modernizar la Administración Pública Federal y fortalecer la vocación de servicio para prevenir y erradicar la corrupción. Elementos centrales de ese objetivo y estrategia del PND son la erradicación de la corrupción, así como asumir los principios y valores de la ética pública, valores rectores, la honestidad, la integridad, la vocación de servicio y el buen gobierno, los cuales están presentes en este objetivo del programa, que plantea basar la gestión del INDEP en personal que posea una capacidad de excelencia, y un profundo compromiso con el servicio público y con el instituto. Los valores rectores derivan de los Diez Principios del Humanismo Mexicano incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y son: la honestidad, la justicia social, la libertad y la igualdad. La capacitación y sensibilización de las personas servidoras públicas debe enfocarse en su comprensión y ejercicio en su actividad profesional. Una gestión sustentada en personas servidoras públicas con esas cualidades posibilitará atender las áreas de mejora que presenta la operación del INDEP, las cuales se ejemplificaron en la diagnosis del Programa. 230 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Este objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP también se corresponde con el objetivo 2 del PRONAFIDE y con su estrategia 2.5, consistentes, en el primer caso, en Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo económico del país. Por su parte la estrategia referida establece Abatir la corrupción documentada y no documentada a través de la investigación y seguimiento, con la finalidad de disminuir el fraude fiscal. Lo anterior en línea con el combate a la impunidad y la transparencia institucional. La consideración de los referidos objetivos y estrategias del PND y del PRONAFIDE permitirán al INDEP basar su futura gestión y proceso de transformación hacia su nuevo enfoque funcional, en un cuerpo de personas servidoras públicas con una capacidad profesional y técnica de excelencia, poseedoras además de un profundo compromiso respecto de los principios y valores de la ética pública. El éxito de esta transformación dependerá de contar con personas servidoras públicas altamente capacitadas, tanto en lo técnico como en lo ético. Con este objetivo del Programa Institucional se apoyará el Programa Especial para la Eficiencia de la Gestión Pública 2025-2030, particularmente su objetivo 4 Dignificar a las personas servidoras públicas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para generar mayor valor público. 6.6 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP con los objetivos y estrategias del PRONAFIDE 2025-2030 Los cinco objetivos del Programa Institucional se vinculan con el objetivo 2 del PRONAFIDE referente a Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo económico del país. En el caso de los objetivos 1 al 4, se corresponden con la estrategia 2.7 de dicho objetivo que establece Acompañar en el fortalecimiento financiero de los organismos y empresas públicas, y disminuir las transferencias de recursos fiscales a las mismas. Por su parte, el objetivo 5 del Programa Institucional se vincula con la estrategia 2.5 del PRONAFIDE que indica Abatir la corrupción documentada y no documentada a través de la investigación y seguimiento, con la finalidad de disminuir el fraude fiscal. Objetivos del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP Objetivos del PRONAFIDE 2025-2030 Estrategias del PRONAFIDE 2025-2030 Objetivos 1, 2, 3 y 4 Objetivo 2 Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo económico del país. Estrategia 2.7 Acompañar en el fortalecimiento financiero de los organismos y empresas públicas, y disminuir las transferencias de recursos fiscales a las mismas. Objetivo 2 Objetivo 5 Mejorar las pensiones de las personas trabajadoras sin menoscabar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones y fortalecer la estrategia de gestión de riesgos para proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, así como la infraestructura y el patrimonio gubernamental Estrategia 5.1 Consolidar la operación del Fondo de Pensiones para el Bienestar para otorgar un complemento que iguale la pensión al último salario a las personas trabajadoras de 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor a 16,777.68 pesos (incrementado anualmente con base a la inflación) Objetivo 5 Objetivo 2 Estrategia 2.5 Abatir la corrupción documentada y no documentada a través de la investigación y seguimiento, con la finalidad de disminuir el fraude fiscal. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 231 7. Estrategias y líneas de acción Para alcanzar los objetivos del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP, se considerarán las estrategias y líneas de acción siguientes: Objetivo 1. Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional Estrategia 1.1 Reformas al marco jurídico Formular el proyecto de modificaciones al marco jurídico del INDEP para lograr su alineamiento con el nuevo enfoque y Misión Institucional del instituto Línea de acción 1.1.1 Identificar las propuestas de modificación al marco jurídico del INDEP para atender los requerimientos derivados de su nueva misión y enfoque funcional, así como su justificación y efectos. 1.1.2 Revisar por las diferentes áreas del INDEP la propuesta de reformas al marco jurídico del instituto, para generar un documento consensuado, con solidez argumentativa y jurídica. 1.1.3 Presentar el proyecto de reformas al marco jurídico del INDEP a las autoridades de la SHCP y a la Junta de Gobierno del instituto, con el fin de recibir, en su caso, su aprobación e indicaciones. Estrategia 1.2 Acompañamiento legislativo Acompañar el proceso legislativo de las reformas al marco jurídico del INDEP, con el fin de apoyar su desarrollo en los términos previstos por la normativa Línea de acción 1.2.1 Establecer una coordinación permanente con la CJEF para realizar un adecuado desarrollo del proceso. 1.2.2 Participar en las reuniones de trabajo a las que sea requerido el instituto por la CJEF y las instancias de apoyo al H. Congreso de la Unión, para que las reformas discurran adecuadamente. 1.2.3 Elaborar un cronograma para ajustarlo a los tiempos legislativos. Objetivo 2. Liquidación de empresas y conclusión de encargos Estrategia 2.1 Juicios y laudos Implementar acciones para atender de manera integral, con un carácter preventivo y correctivo, la problemática de los juicios y laudos, con el fin de evitar presiones financieras al INDEP Línea de acción 2.1.1 Identificar las principales causas de las demandas que afectan los intereses del instituto, a efecto de su atención preventiva y solución conforme a la normativa aplicable. 2.1.2 Emitir directrices que permitan unificar la actuación del instituto en los conflictos laborales. 2.1.3 Definir esquemas para convenir soluciones viables, observantes de la normativa, con el fin de proteger los intereses del instituto. 2.1.4 Homologar criterios para clasificar y registrar la información de los juicios y laudos por las Empresas y Encargos, a fin de apoyar su gestión eficiente. Estrategia 2.2 FNML Resolver los problemas que afectan el avance del proceso liquidador y actualizar el PEL mediante los ejes estratégicos siguientes: Apoyo a los Proyectos Estratégicos establecidos en el PND, Liquidación de Activos Remanentes, Restauración Ambiental y Atención a Jubilados, a fin de concluir dicho proceso Línea de acción 2.2.1 Actualizar el PEL, a efecto de concluir el proceso liquidador eficientemente y en los plazos previstos. 2.2.2 Suscribir el Convenio Marco y los convenios particulares con el INSUS, para avanzar en la asignación del destino de los inmuebles que no sean susceptibles de comercializarse o donarse. 232 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Línea de acción 2.2.3 Establecer la coordinación necesaria con las instituciones de la APF, como es el caso de la SICT, así como con las unidades administrativas del INDEP correspondientes, a efecto de fortalecer la gestión administrativa de los inmuebles y avanzar en el proceso de su transferencia. 2.2.4 Actualizar el inventario de inmuebles, a fin de conocer su situación actual y estar en posibilidad de darles un destino. 2.2.5 Identificar y cuantificar los inmuebles susceptibles, para apoyar las estrategias de desarrollo urbano y construcción de viviendas, así como los de infraestructura ferroviaria considerados en el PND. 2.2.6 Diseñar e implementar un programa para la remediación ambiental de los inmuebles que no han concluido con este proceso, a fin de que no generen problemas al entorno físico y social en el que se ubican. 2.2.7 Definir la entidad que se hará cargo de las obligaciones de largo plazo con el personal jubilado, para realizar la transferencia. Estrategia 2.3 LFCL Transitar a la entidad que dará continuidad a las obligaciones de largo plazo con personas jubiladas y beneficiarias del SCVJS, así como de juicios, para informar a la SENER y a la CIGFD la conclusión de la liquidación de LFCL Línea de acción 2.3.1 Definir la entidad y los mecanismos legales y financieros idóneos para transferir la administración de las obligaciones de largo plazo, con la finalidad de obtener las autorizaciones y recursos presupuestarios necesarios. 2.3.2 Disminuir las actividades residuales, para asegurar que, al cierre de LFCL, se reciba la menor cantidad de asuntos y concluir eficientemente la liquidación del organismo. 2.3.3 Atender las obligaciones con las personas jubiladas de LyFC y beneficiarias del SCVJ; así como las demandas de los grupos de personas extrabajadoras y jubiladas, con el fin de que su gestión se mantenga dentro de los cauces institucionales y con observancia del marco legal aplicable. 2.3.4 Fortalecer los mecanismos de información y atención de las personas extrabajadoras y jubiladas de LyFC; así como otorgar la asesoría que requieran, a fin de mantener una comunicación ágil y transparente. Estrategia 2.4 FNDL Subsanar los factores que afectan el avance del proceso de liquidación del organismo y cumplir con las acciones establecidas en su PEL, para concluirlo en los términos y plazos fijados Línea de acción 2.4.1 Modificar el PEL y obtener su aprobación, para lograr su correspondencia con las actuales circunstancias de la financiera. 2.4.2 Implementar un programa para la recuperación de cartera, enfocado a mujeres y pequeños productores, a efecto de lograr el cumplimiento del pago de la cartera viable de recuperación. 2.4.3 Presentar al INDEP aquellas propuestas de pago viables para su aprobación, a efecto de monetizar los activos financieros. 2.4.4 Administrar la recuperación de la cartera judicializada, para el adecuado registro, seguimiento y supervisión del avance procesal. 2.4.5 Mejorar la gestión de los expedientes de los activos financieros; así como del traslado y resguardo de sus documentos valor, para su correcta integración y evitar riesgos de extravío o deterioro. 2.4.6 Recuperar bienes muebles e inmuebles, que fueron adjudicados por sentencias ejecutoriadas o daciones en pago de los activos financieros, para transferirlos al INDEP. 2.4.7 Transferir al INDEP los bienes muebles e inmuebles, así como los activos financieros, para su atención y comercialización con la finalidad de contribuir al patrimonio del Fondo de Pensiones del Bienestar. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 233 Estrategia 2.5 NOTIMEXL Realizar las acciones del proceso liquidador, mediante la monetización de los bienes muebles e inmuebles; la transferencia de la Fototeca al Archivo General de la Nación; el pago de pasivos y concluir la transferencia de expedientes al archivo de concentración en el INDEP, para la conclusión del proceso Línea de acción 2.5.1 Concluir la transferencia al INDEP del inmueble propiedad de la extinta Notimex, a efecto de que se defina su destino. 2.5.2 Obtener la opinión jurídica y normativa del área competente respecto al destino final del Sistema de Aire Inteligente instalado en el inmueble de Baja California 200, Colonia Roma, a efecto de avanzar en el retiro y transferencia de los bienes (SITE y FOTOTECA). 2.5.3 Concluir con la identificación del inventario final de bienes muebles y realizar la gestión administrativa para su transferencia al INDEP. 2.5.4 Dar cumplimiento a las resoluciones laborales que en su momento emitan las Autoridades Jurisdiccionales y ejecutarlas conforme a derecho, a fin de evitar problemas legales al INDEP. 2.5.5 Atender las obligaciones fiscales que en su momento generó la extinta Agencia de Noticias (INFONAVIT, IMSS, SAT), a efecto de avanzar en la liquidación. 2.5.6 Finiquitar los adeudos a proveedores que hayan justificado y comprobado la prestación del servicio y satisfecho los requisitos establecidos en la LFPRH, a efecto de concluir eficientemente la liquidación del organismo. Estrategia 2.6 Fideicomisos y empresas en proceso de conclusión, con actividades residuales o con convenios de cesión de derechos y obligaciones Extinguir total o parcialmente los fideicomisos públicos y privados en los que el instituto funge como fiduciario sustituto; realizar el seguimiento a las actividades en trámite de las Empresas; así como gestionar adecuadamente el cumplimiento de las obligaciones del FOPESIBAN, a efecto de cumplir con los mandatos del instituto Línea de acción 2.6.1 Impulsar la extinción de los fideicomisos para reducir el costo de su administración. 2.6.2 Fortalecer el sistema de gestión y control para aumentar la eficacia y eficiencia en la extinción de los fideicomisos y en la administración del FOPESIBAN. 2.6.3 Sistematizar el padrón de jubilados, pensionados y derechohabientes de FOPESIBAN, a efecto de dar certeza al pago de nómina, los derechohabientes tengan acceso al servicio médico y se otorguen correctamente los beneficios al fallecimiento. 2.6.4 Fortalecer la programación, presupuestación y contratación de los servicios médicos y demás contrataciones estrictamente necesarias del FOPESIBAN, a efecto de cumplir oportunamente los fines del fideicomiso. 2.6.5 Impulsar con las autoridades competentes la baja de los registros patronales de las empresas para dar cumplimiento total a las actividades finales consideradas en los planes estratégicos de liquidación. 2.6.6 Dar seguimiento y atención hasta su conclusión, a los procesos litigiosos cedidos con el fin de desvincular al instituto de cualquier obligación; y dar cumplimiento oportuno a las resoluciones definitivas para evitar incrementos en las contingencias. Estrategia 2.7 Empresas en administración y activos financieros crediticios y no crediticios Fortalecer la administración de las empresas aseguradas, decomisadas y abandonadas, así como de los activos financieros crediticios y no crediticios, encomendados al INDEP, mediante la instrumentación de acciones administrativas y legales para garantizar su integridad y destino final Línea de acción 2.7.1 Administrar las empresas aseguradas, decomisadas y abandonadas, dentro de los cauces normativos e institucionales establecidos, para garantizar su conservación hasta que se determine su destino final. 234 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Línea de acción 2.7.2 Actualizar los procedimientos vinculados a las empresas en administración, para garantizar su trazabilidad y transparencia. 2.7.3 Fortalecer los cauces de comunicación con las autoridades competentes para formalizar y dar seguimiento a los procesos de transferencia al INDEP de empresas y sus bienes asociados. 2.7.4 Implementar un plan integral de evaluación técnica y financiera de los activos que sean recibidos en el INDEP, para asegurar su correcta administración y gestión operativa. 2.7.5 Establecer mecanismos de seguimiento normativo y operativo en la gestión de activos financieros, para reducir riesgos administrativos y jurídicos. 2.7.6 Digitalizar de manera integral la documentación relacionada con los activos financieros, con base en los procesos administrativos institucionales, para apoyar su gestión transparente, ágil y accesible. 2.7.7 Promover alianzas estratégicas con organismos financieros nacionales e internacionales, para obtener asesoría y cooperación técnica que permita la implementación de mejores prácticas globales en el manejo de los activos financieros. 2.7.8 Actualizar los procedimientos que sean necesarios, vinculados con la administración y preparación de activos, para fortalecer la cultura institucional de honestidad y eficiencia. 2.7.9 Instrumentar las acciones legales pertinentes para garantizar la integridad patrimonial de las empresas en administración provenientes de aseguramientos y decomisos derivados de procesos penales federales. 2.7.10 Implementar y supervisar, en sus distintas etapas, los procesos de concurso mercantil, en los que el instituto sea designado como especialista concursal. Objetivo 3. Gestión eficiente de los bienes transferidos Estrategia 3.1 Transferencia de los bienes Atender los problemas estructurales que se presentan en la transferencia de bienes, a fin de coadyuvar a su desarrollo eficiente Línea de acción 3.1.1 Aplicar el criterio de costo, estado físico, funcionamiento y situación jurídica, en la aceptación de las solicitudes de las entidades transferentes, con objeto de evitar la transferencia de una gran cantidad de bienes de ínfimo valor, inferior a su costo de administración. 3.1.2 Revisar el criterio del costo de los bienes, para determinar la factibilidad de su transferencia al INDEP, con objeto de aumentar el valor promedio de los bienes transferidos al instituto. 3.1.3 Modificar el marco jurídico para asignar al INDEP la atribución para decidir el destino de los bienes transferidos, a fin de apoyar la eficiencia del proceso y la generación de mayores recursos. 3.1.4 Reducir los tiempos del proceso, mediante una ágil dictaminación de las solicitudes de transferencia, así como fortalecer la capacidad de transporte, personal y almacenamiento; y, en su caso, convenir con las Entidades Transferentes su resguardo y otras acciones, para apoyar su desarrollo adecuado. 3.1.5 Modificar los formatos de las actas de entrega-recepción y las fichas técnicas, para que describan los elementos esenciales de los bienes transferidos, a fin de apoyar la formulación correcta del Inventario. 3.1.6 Realizar las acciones necesarias para la formulación del inventario de bienes muebles con los elementos suficientes para conocer su dimensionamiento objetivo y su valorización, así como la caracterización adecuada de los bienes. 3.1.7 Adecuar las unidades de medida y la cuantificación de los bienes del inventario, con objeto de que sus cifras sean objetivas respecto de su composición y magnitud. 3.1.8 Ajustar la normativa institucional para que, desde la transferencia de los bienes, se incluya información sobre su valor, a efecto de apoyar una adecuada conformación y valoración del inventario. 3.1.9 Agilizar la entrega y registro de la información y expedientes de los bienes recibidos, por el área receptora del instituto, al área administradora, para apoyar una eficiente gestión del proceso de administración. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 235 Estrategia 3.2 Administración Atender la problemática crítica de este proceso, para que su desarrollo sea eficiente y coadyuve a la realización adecuada de los demás procesos Línea de acción 3.2.1 Reducir el tiempo para poner a disposición del área de comercialización los bienes para su venta y establecer parámetros de referencia, a fin de apoyar su ágil enajenación y disminuir los costos de administración. 3.2.2 Realizar el inventario de bienes de larga estancia en el instituto; los de muy bajo valor; en mal estado y los minerales, que sea la base para formular un programa emergente de destrucción, donación y enajenación, a fin de depurar el inventario y reducir los costos de su manejo. 3.2.3 Reducir los costos de vigilancia y almacenamiento de los bienes, así como su aseguramiento mediante una planeación y ejecución oportuna y eficaz de su contratación a fin de disponer oportunamente de estos servicios, así como fortalecer la supervisión para su cumplimiento. 3.2.4 Establecer criterios y políticas institucionales, así como las acciones necesarias para reducir el periodo de regularización de los expedientes de los bienes inmuebles, a efecto de que procedan oportunamente a la fase de su realización y destino. 3.2.5 Gestionar con eficiencia el proceso de recuperación, reparación o resarcimiento de daños o faltantes en los inventarios por causas de insuficiencias en el servicio del tercero especializado, a fin de que no se afecten los intereses del instituto. 3.2.6 Implementar estrategias de verificación y supervisión periódicas en sitio, del inventario de bienes para garantizar su existencia y mantenimiento adecuado, a efecto de apoyar las estrategias para su gestión eficiente. 3.2.7 Implantar las mejores prácticas para la administración de inventarios de bienes que sean factibles para el instituto, a efecto de su manejo con eficiencia. Estrategia 3.3 Conclusión o Destino Subsanar los factores que obstaculizan la eficiencia del proceso sobre el destino de los bienes, a fin de disminuir costos y aumentar los ingresos remanentes Línea de acción 3.3.1 Formular e implementar un programa emergente para la devolución, destrucción, donación y enajenación de los bienes de larga estancia, así como de aquellos cuya permanencia sea incosteable e igualmente los de ínfimo valor o en mal estado, para el saneamiento del inventario. 3.3.2 Realizar un análisis costo-beneficio para determinar si los bienes deben mantenerse, venderse o donarse, así como priorizar la desincorporación de bienes cuyo costo de administración excede su valor de mercado. 3.3.3 Mejorar la gestión en el proceso de conclusión o destino de los bienes, para reducir el tamaño del inventario. 3.3.4 Simplificar la normativa y establecer metas para la donación y destrucción de bienes, a fin de disminuir los costos de administración. 3.3.5 Atender las áreas de mejora que presenta el proceso de comercialización, a efecto de incrementar el número de bienes vendidos, mejorar su precio de venta, así como disminuir la cancelación de las ventas y la devolución de bienes. 3.3.6 Apoyar las acciones desarrolladas mediante el Tianguis del Bienestar, para atender a la población más necesitada, y disminuir la magnitud del inventario de bienes. 3.3.7 Incrementar el número de bienes para las subastas que realice el instituto, a fin de aumentar sus ingresos y disminuir el inventario de bienes. 3.3.8 Aumentar la enajenación de inmuebles, mediante la regularización de sus expedientes, con el fin de disminuir los costos de administración e incrementar los ingresos para el instituto en este concepto. 236 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Estrategia 3.4 Integralidad y transversalidad en la gestión de bienes Efectuar la gestión de los bienes con una perspectiva de integralidad y transversalidad, con el objeto de incrementar la eficiencia y oportunidad en el desarrollo de los procesos (transferencia, administración y destino) Línea de acción 3.4.1 Constituir el Comité de Gestión de Bienes con la participación de las áreas involucradas, para garantizar la integralidad y transversalidad de los procesos, y formular un programa de trabajo, indicadores y metas, con objeto de coadyuvar a que esos procesos se realicen de manera eficiente. 3.4.2 Establecer mecanismos, criterios y políticas institucionales de monitoreo y evaluación del proceso de gestión de los bienes, a fin de identificar sus fortalezas y áreas de oportunidad que permitan su desarrollo adecuado. 3.4.3 Diseñar e implementar un sistema de información integral respecto de la gestión de los bienes, para que todas las áreas manejen y utilicen cifras unívocas respecto al proceso de gestión de bienes. Estrategia 3.5 Desarrollo tecnológico Fortalecer las acciones de coordinación con la ATDT en materia de desarrollo tecnológico, a efecto de disponer de sistemas que apoyen la gestión eficiente del instituto Línea de acción 3.5.1 Mantener una coordinación permanente con la ATDT a fin de continuar con su apoyo para el desarrollo tecnológico del instituto. 3.5.2 Formular el diagnóstico de necesidades tecnológicas de las unidades responsables del INDEP a efecto de contar con una base para el desarrollo del programa de actividades en la materia. 3.5.3 Formular coordinadamente con la ATDT un programa de actividades para la formulación e implementación de los sistemas actualizados de información. 3.5.4 Realizar el monitoreo y evaluación del funcionamiento y resultados de los sistemas de información, con el fin de que cumplan con su carácter de herramientas estratégicas, para la eficiencia del proceso de gestión de los bienes. 3.5.5 Fortalecer los enlaces tecnológicos con las entidades transferentes, bajo los criterios de interoperabilidad y eficiencia, de conformidad con las disposiciones y lineamientos emitidos por la ATDT y autoridades competentes, para apoyar un desarrollo ágil y eficiente de las acciones realizadas conjuntamente. Objetivo 4. Normativa institucional y control interno Estrategia 4.1 Actualización de la normativa institucional Identificar la normativa institucional que necesite actualizarse, simplificarse o integrarse y efectuar el proceso correspondiente, para disponer de un cuerpo normativo adecuado y congruente con el marco jurídico del INDEP Línea de acción 4.1.1 Integrar grupos de trabajo para formular el diagnóstico de las normas internas del INDEP, a fin de identificar y justificar las susceptibles de modificación. 4.1.2 Elaborar un programa de trabajo para llevar a cabo la modificación de las normas internas del INDEP identificadas, a efecto de su adecuación con el marco jurídico del instituto y su nuevo enfoque funcional. 4.1.3 Realizar el monitoreo y evaluación de la aplicación y resultados de las normas internas modificadas, para conocer su impacto en la eficacia y eficiencia de la gestión del INDEP, y plantear su modificación o ajuste, de ser el caso, para mantener un círculo virtuoso de mejora. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 237 Estrategia 4.2 Fortalecimiento del control interno Fortalecer el sistema de control interno para apoyar el logro de los objetivos del INDEP con su nuevo enfoque y Misión Institucional Línea de acción 4.2.1 Realizar, con base en un ejercicio participativo, la identificación de los riesgos más relevantes que limitan o pueden limitar el alcance de los objetivos institucionales del instituto en su nueva fase. 4.2.2 Determinar los mecanismos y acciones de control para la administración de los riesgos identificados. 4.2.3 Desarrollar una estrategia de sensibilización y concientización entre todo el personal del INDEP respecto de la importancia del control interno, a fin de lograr su compromiso con sus valores y principios. 4.2.4 Efectuar el monitoreo sobre la aplicación de los mecanismos de control establecidos para revisar su aplicación efectiva. 4.2.5 Evaluar la efectividad del control interno respecto de los resultados estratégicos alcanzados por el INDEP, para identificar en su caso áreas de oportunidad en los sistemas y mecanismos de control del instituto. Objetivo 5. Capacidad profesional y ética pública Estrategia 5.1 Capacitación para una formación técnica de excelencia Fortalecer el programa de capacitación técnica para el personal, a fin de apoyar el desarrollo de sus actividades y una adecuada gestión del INDEP Línea de acción 5.1.1 Formular de manera participativa e implementar un programa de capacitación en materia de administración y enajenación de empresas, bienes y activos del sector público, para incrementar las capacidades técnicas de las personas servidoras públicas. 5.1.2 Identificar las áreas de mejora que presenta la gestión del INDEP y las insuficiencias en sus resultados, para que sean la base de atención de programas de capacitación específicos. 5.1.3 Realizar la capacitación preferentemente en la modalidad de talleres conducidos por el personal del INDEP a fin del intercambio de experiencias, para un mejor resultado y ahorro de recursos, con la integración de manuales de los temas impartidos en los talleres, e incorporarlos al INTRAINDEP. 5.1.4 Efectuar evaluaciones sobre el resultado de las acciones de capacitación en la gestión del instituto, con el fin de identificar sus áreas de oportunidad y apoyar su mejora e impactos. Estrategia 5.2 Ética pública Fortalecer el programa y campaña de sensibilización en las materias de servicio público, valores rectores, ética pública y sus temas transversales, para profundizar el compromiso con sus principios Línea de acción 5.2.1 Consolidar la observancia de los valores y principios rectores del Código de Ética y del Código de Conducta del INDEP, como guías del comportamiento profesional de las personas servidoras públicas, para orientar su actuación en el instituto. 5.2.2 Fortalecer en el programa de capacitación del INDEP los temas de servicio público, ética pública y sus temas transversales para lograr su mayor integralidad. 5.2.3 Realizar la capacitación en materia de Ética Pública preferentemente por la modalidad de talleres conducidos por el personal del INDEP a fin del intercambio de experiencias, para un mejor resultado y ahorro de recursos. 5.2.4 Efectuar evaluaciones sobre el resultado de las acciones de capacitación con el fin de identificar sus áreas de oportunidad y apoyar su mejora e impactos. 238 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 8. Indicadores y metas Indicador del objetivo 1 Indicador 1.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Propuestas de Reformas al Marco Jurídico Objetivo Disponer de un marco jurídico que permita generar mayores recursos para destinarlos, con enfoque social, al bienestar de la población. Definición o descripción Medir la proporción de propuestas de reformas legales al marco jurídico actual del INDEP, en relación con las reformas necesarias identificadas. Derecho asociado Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado: número de propuestas identificadas Disponibilidad de la información Febrero del siguiente año Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos enero a diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Dirección Corporativa Jurídica del INDEP Método de cálculo PRMJ=(NPRL/NRNI) * 100 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado. Nombre variable 1 Porcentaje de Propuestas de Reformas al Marco Jurídico (PRMJ) Valor variable 1 0 Fuente de información variable 1 INDEP y las entidades transferentes Nombre variable 2 Número de propuestas de Reformas Legales (NPRL) Valor variable 2 0 Fuente de información variable 2 INDEP y las entidades transferentes Nombre variable 3 Número de reformas necesarias identificadas (NRNI) Valor variable 3 X Fuente de información variable 3 INDEP y las entidades transferentes Sustitución en método de cálculo PRMJ = ( 0 / X ) * 100 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor NA No aplica, debido a que el indicador es nuevo Año NA Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 90% Realizar al menos el 90% de las Propuestas de Reformas al Marco Jurídico del INDEP, identificadas como necesarias. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda. 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA NA METAS Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. 2025 2026 2027 2028 2029 2030 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 239 Indicador del objetivo 2 Indicador 2.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Cumplimiento del proceso de liquidación de las empresas Objetivo Lograr una eficaz, eficiente y transparente administración, liquidación y destino de las empresas, activos financieros y encargos responsabilidad del INDEP Definición o descripción Avance del proceso de liquidación de las empresas respecto de lo previsto en los PEL Derecho asociado Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado: porcentaje de avance proyectado en el proceso de las liquidaciones Disponibilidad de la información Febrero del siguiente año Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos enero a diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Dirección Corporativa de Administración y Liquidación de Activos del INDEP Método de cálculo ARPLE = (PAFNML+PALFCL+PAFNDL+PANTMX/4) * 100 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado. Nombre variable 1 Avance Real del Proceso de Liquidación de las Empresas (ARPLE) Valor variable 1 0 Fuente de información variable 1 Informes de Avance de las Empresas en Desincorporación Nombre variable 2 Porcentaje de Avance del Proceso de Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación (PAFNML) Valor variable 2 0 Fuente de información variable 2 Informes de Avance de las Empresas en Desincorporación Nombre variable 3 Porcentaje de Avance del Proceso de Luz y Fuerza del Centro en Liquidación (PALFCL) Valor variable 3 0 Fuente de información variable 3 Informes de Avance de las Empresas en Desincorporación Nombre variable 4 Porcentaje de Avance del Proceso de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, en Liquidación (PAFNDL) Valor variable 4 0 Fuente de información variable 4 Informes de Avance de las Empresas en Desincorporación Nombre variable 5 Porcentaje de Avance del Proceso de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano en Liquidación (PANTMX) Valor variable 5 0 Fuente de información variable 5 Informes de Avance de las Empresas en Desincorporación Sustitución en método de cálculo ARPLE =( 0+0+0+0 ) / 4 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor NA No aplica, debido a que el indicador es nuevo Año NA Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 100% Concluir el 100% del proceso de liquidación SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda. 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA NA METAS Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. 2025 2026 2027 2028 2029 2030 240 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Indicadores del objetivo 3 Indicador 3.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Índice de bienes enajenados Objetivo Lograr una eficaz, eficiente y transparente administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes transferidos al INDEP Definición o descripción Número de bienes enajenados respecto al número de bienes seleccionados para ese fin Derecho asociado Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico: número de bienes enajenados Disponibilidad de la información Febrero del siguiente año Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos enero a diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Dirección Corporativa de Bienes del INDEP Método de cálculo IBE = ( NBE / NBSPE) *100 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado. Nombre variable 1 Índice de bienes enajenados (IBE) Valor variable 1 0 Fuente de información variable 1 Personal del INDEP Nombre variable 2 Número de bienes enajenados (NBE) Valor variable 2 0 Fuente de información variable 2 Personal del INDEP Nombre variable 3 Número de bienes seleccionados para su enajenación (NBSPSE) Valor variable 3 X Fuente de información variable 3 Personal del INDEP Sustitución en método de cálculo IOB=(0/X) * 100 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor NA No aplica, debido a que el indicador es nuevo Año NA Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 70% Enajenar al menos el 70% de los bienes seleccionados para ese fin SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda. 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA NA METAS Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. 2025 2026 2027 2028 2029 2030 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 241 Indicador 3.2 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 3.2 Índice de actualización del sistema de información para una gestión eficiente de los bienes del INDEP Objetivo Lograr una eficaz, eficiente y transparente administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes transferidos al INDEP Definición o descripción Índice de avance en la formulación e implementación del Sistema de Información Derecho asociado Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado: número acciones realizadas. Disponibilidad de la información Febrero del siguiente año Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos enero a diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Dirección Corporativa de Bienes del INDEP Método de cálculo IAFIS = ( ARFIS / APFIS ) *100 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado. Nombre variable 1 Índice de avance en la formulación e implementación del sistema (IAFIS) Valor variable 1 0 Fuente de información variable 1 Personal del INDEP Nombre variable 2 Acciones realizadas para la formulación e implementación del Sistema (ARFIS) Valor variable 2 0 Fuente de información variable 2 Personal del INDEP Nombre variable 3 Acciones programadas para la formulación e implementación del Sistema (APFIS) Valor variable 3 X Fuente de información variable 3 Personal del INDEP Sustitución en método de cálculo IAFIS =(0/X) * 100 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor NA No aplica, debido a que el indicador es nuevo. Año NA Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 100% Realizar el 100% de las acciones programadas para la formulación e implementación del Sistema. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda. 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA NA METAS Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. 2025 2026 2027 2028 2029 2030 242 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Indicadores del objetivo 4 Indicador 4.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Índice de actualización de la normativa institucional Objetivo Actualizar la normativa del instituto y fortalecer el control interno a efecto de lograr eficacia y eficiencia en la administración, enajenación, destrucción, liquidación y destino de los bienes, activos y empresas. Definición o descripción Documentos normativos reformados respecto de los que requieren actualización Derecho asociado Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado: número de normas actualizadas desde el inicio de la administración. Disponibilidad de la información Febrero del siguiente año Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos enero a diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Dirección Corporativa Jurídica del INDEP Método de cálculo IANI =(NAC/NPA) * 100 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado. Nombre variable 1 Índice de Actualización de normas del instituto (IANI) Valor variable 1 0 Fuente de información variable 1 Personal del INDEP Nombre variable 2 Normas actualizadas (NAC) Valor variable 2 0 Fuente de información variable 2 Personal del INDEP Nombre variable 3 Normas programadas para actualizar (NPA) Valor variable 3 X Fuente de información variable 3 Personal del INDEP Sustitución en método de cálculo ANI=(0/X) * 100 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor NA No aplica, debido a que el indicador es nuevo Año NA Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 90% Actualizar al menos el 90% de la Normativa programada por actualizar. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda. 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA NA METAS Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. 2025 2026 2027 2028 2029 2030 Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 243 Indicador 4.2 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Fortalecimiento del control interno del instituto Objetivo Fortalecer el control interno del instituto a efecto de lograr eficacia y eficiencia en la administración, enajenación, destrucción, liquidación y destino de los bienes, activos o empresas Definición o descripción Riesgos por mayores administrados correctamente por el sistema de control Derecho asociado Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado: cumplimiento de las acciones de mejora y de control Disponibilidad de la información Febrero del siguiente año Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos enero a diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Dirección Corporativa de Administración y Finanzas Método de cálculo CAMC = (NAMCR / NAMCP) * 100 Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado. Nombre variable 1 Porcentaje de cumplimiento de las acciones de mejora y de control (CAMC) Valor variable 1 0 Fuente de información variable 1 Personal del INDEP Nombre variable 2 Número de acciones de mejora y control realizadas (NAMCR) Valor variable 2 0 Fuente de información variable 2 Personal del INDEP Nombre variable 3 Número de acciones de mejora y control programadas (NAMCP) Valor variable 3 X Fuente de información variable 2 Personal del INDEP Sustitución en método de cálculo NRAIA = ( 0 / X ) * 100 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor NA No aplica, debido a que el indicador es nuevo Año NA Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 100% Administrar correctamente el 100% de los riesgos de alto impacto administrados por el sistema de control SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda. 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA NA METAS Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. 2025 2026 2027 2028 2029 2030 244 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Indicador del objetivo 5 Indicador 5.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Personal calificado que desempeña actividades sustantivas, calificado en administración de empresas, activos y bienes Objetivo Basar el funcionamiento del INDEP en personas con una capacidad profesional y técnica de excelencia, y una sólida ética y compromiso institucional Definición o descripción Fortalecer el programa de capacitación técnica para el personal, a fin de apoyar el desarrollo de sus actividades y una adecuada gestión del INDEP Derecho asociado Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado: Porcentaje de personal calificado Disponibilidad de la información Febrero del siguiente año Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos enero a diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Dirección Corporativa de Administración y Finanzas Método de cálculo PPC = NPDASC / NPDAS Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado. Nombre variable 1 Porcentaje de personas que desempeña actividades sustantivas y están capacitadas (PPC) Valor variable 1 0 Fuente de información variable 1 Personal del INDEP Nombre variable 2 Número de personas que desempeña actividades sustantivas, capacitado (NPDASC) Valor variable 2 0 Fuente de información variable 2 Personal del INDEP Nombre variable 3 Número de personas que desempeña actividades sustantivas (NPDAS) Valor variable 3 X Fuente de información variable 2 Personal del INDEP Sustitución en método de cálculo PPC = ( 0 / X ) * 100 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor NA No aplica, debido a que el indicador es nuevo Año NA Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 100% Capacitar al 100% de las personas que desempeña actividades sustantivas SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador. Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda. 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA NA METAS Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición. 2025 2026 2027 2028 2029 2030 ______________________________ Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 245 COMISION REGULADORA DE TELECOMUNICACIONES ACUERDO mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones suspende plazos y términos de todos los trámites, servicios y procesos instaurados ante la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Transformación Digital.- Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.- Comisión Reguladora de Telecomunicaciones. ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE TELECOMUNICACIONES SUSPENDE PLAZOS Y TÉRMINOS DE TODOS LOS TRÁMITES, SERVICIOS Y PROCESOS INSTAURADOS ANTE LA COMISIÓN REGULADORA DE TELECOMUNICACIONES Con fundamento en los artículos 6o, párrafos tercero y cuarto, apartado B, fracciones II y III, y 28, párrafo décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 7, 10, fracción I, 11, 12, fracción I, y 25 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 1, 4, 28, 29 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y CONSIDERANDO Que el artículo 28, párrafo décimo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Ejecutivo Federal, a través de la dependencia encargada de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión, garantizará el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en la propia Constitución y en los términos que fijen las leyes; Que de conformidad con los artículos 26, fracción XXII y 42 Ter, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones es la dependencia del Poder Ejecutivo Federal encargada de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión del Gobierno Federal; Que el 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y se abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; Que el artículo 7 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión señala que, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones es un órgano administrativo desconcentrado de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, con independencia técnica, operativa y de gestión, cuyo objeto es garantizar el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión, en los términos que fija la Constitución, dicha Ley y las demás disposiciones jurídicas aplicables; Que el artículo 10 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión prevé las atribuciones que le corresponden a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, siendo que el diverso artículo 11, dispone que el Pleno de la Comisión es el órgano máximo de gobierno y decisión; Que el artículo 12 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, primer párrafo dispone que corresponde originariamente al Pleno el ejercicio de las facultades establecidas en el diverso artículo 10; Que el artículo 25 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión dispone que el Pleno ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los acuerdos y resoluciones de carácter general que pronuncie y de aquellos en que así lo determine; Que mediante comunicación oficial de fecha 6 de octubre de 2025 la Titular del Ejecutivo Federal sometió a la ratificación de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, la designación de las Personas Comisionadas del Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones; 246 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Que el 14 de octubre de 2025 en sesión ordinaria el Pleno del Senado de la República ratificó los nombramientos realizados por la Presidenta de la República para integrar el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones; Que el 16 de octubre de 2025 la Titular del Ejecutivo Federal designó a la persona Comisionada que fungirá como Persona Comisionada Presidenta de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, con lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo cuarto transitorio del Decreto del 16 de julio de 2025, se tiene como integrado el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones; Que al día siguiente de la integración del Pleno de la Comisión, entraron en vigor las reformas a los párrafos décimo quinto a vigésimo del artículo 28 Constitucional emitidas mediante el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2024 y se abrogó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; Que derivado de los procedimientos de rendición de cuentas del extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones y de entrega-recepción correspondiente de las Personas Servidores Públicas que se encontraban adscritas a dicho organismo autónomo, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones se encuentra realizando el análisis de la información recibida, así como los ajustes necesarios en sus sistemas institucionales, a efecto de garantizar la adecuada tramitación de los asuntos a su cargo; Por lo anterior, y a fin de dar certeza y seguridad jurídica a los regulados, el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones emite el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Se suspenden a partir del 07 de noviembre de 2025 y hasta el 14 de noviembre de 2025, los plazos y términos de todos los trámites y procedimientos a cargo de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, con la finalidad de dar certeza y seguridad jurídica a los trámites y procedimientos que realicen los regulados. SEGUNDO.- La recepción de documentos en la Oficialía de Partes de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones continuará funcionando en días y horas hábiles, en el domicilio ubicado en Insurgentes Sur, número 1143, colonia Nochebuena, demarcación territorial Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Portal de internet de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones. SEGUNDO.- Todas las actuaciones realizadas del 07 de noviembre de 2025 al 14 de noviembre de 2025 serán válidas para todos los efectos legales a que haya lugar. Comisionada Presidenta, Norma Solano Rodríguez.- Rúbrica.- Comisionados: Ledénika Mackensie Méndez González, María de las Mercedes Olivares Tresgallo, Adán Salazar Garibay, Tania Villa Trápala.- Rúbricas. Acuerdo P/CRT/EXT/07112025/021, aprobado por unanimidad en la Tercera Sesión Extraordinaria del Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, celebrada el 7 de noviembre de 2025. Lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafo décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 11, 19, fracción IV, 20, fracción I y 24 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 247 PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 137/2024. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 137/2024 PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS PONENTE: MINISTRA YASMÍN ESQUIVEL MOSSA COTEJÓ SECRETARIO: ALEJANDRO FÉLIX GONZÁLEZ PÉREZ ÍNDICE TEMÁTICO Apartado Criterio y decisión Pág. I. COMPETENCIA El Tribunal Pleno es competente para conocer del presente asunto. 6 II. PRECISIÓN DE LAS NORMAS RECLAMADAS Se tienen por impugnados los artículos 102, fracciones I, inciso d), y II, inciso d), así como 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformados mediante Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el diez de junio de dos mil veinticuatro. 7 III. OPORTUNIDAD El escrito inicial es oportuno. 8 IV. LEGITIMACIÓN El escrito inicial fue presentado por parte legitimada. 8 V. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO Se desestima la causa de improcedencia hecha valer por la titular del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes, toda vez que en el proceso legislativo de las normas impugnadas se encuentra involucrado el Poder Ejecutivo. 10 VI. ESTUDIO DE FONDO Se divide en dos subapartados 11 VI.1. Estudio sobre los artículos 102, fracción I, inciso d), y 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes. Se desestima 11 VI.2. Estudio sobre el artículo 102, fracción II, inciso d), de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes. Se declara la invalidez del artículo 102, fracción II, inciso d), de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes. 13 VII. EFECTOS La declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del referido Estado. 17 VIII. DECISIÓN PRIMERO. Es procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad. SEGUNDO. Se desestima en la presente acción de inconstitucionalidad respecto de los artículos 102, fracción I, inciso d), y 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformados mediante el Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diez de junio de dos mil veinticuatro. TERCERO. Se declara la invalidez del artículo 102, fracción II, inciso d), de la referida Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del referido Estado. CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. 17 248 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 137/2024 PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS VISTO BUENO SRA. MINISTRA PONENTE: MINISTRA YASMÍN ESQUIVEL MOSSA COTEJÓ SECRETARIO: ALEJANDRO FÉLIX GONZÁLEZ PÉREZ Ciudad de México. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al treinta de septiembre de dos mil veinticinco, emite la siguiente: SENTENCIA Mediante la cual se resuelve la acción de inconstitucionalidad 137/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (en adelante, CNDH), en contra de los artículos 102, fracciones I, inciso d), y II, inciso d); así como el artículo 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformados mediante Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el diez de junio de dos mil veinticuatro. ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA DEMANDA 1. Presentación del escrito inicial. Mediante escrito recibido el diez de julio de dos mil veinticuatro en el Buzón Judicial de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación y registrado el once de julio siguiente en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de este Alto Tribunal, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por conducto de su Presidenta, promovió acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos 102, fracciones I, inciso d) y II, inciso d); así como 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformados mediante Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el diez de junio de dos mil veinticuatro. 2. Preceptos constitucionales y convencionales que se estiman violados. La accionante estima violentados los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 3. Conceptos de invalidez. En su único concepto de invalidez, la Comisión promovente expuso lo siguiente:  Los artículos 102, fracciones I, inciso d), y II, inciso d), así como el artículo 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, vulneran el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad, al exigir que, para la expedición o renovación de licencia de conducción de vehículos, la persona interesada debe manifestar que no cuenta con enfermedades, padecimientos o cualquier condición física que limite o impida llevar a cabo esa acción.  Las disposiciones combatidas establecen los requisitos que se deben satisfacer para la expedición y/o renovación de licencias para conducir vehículos motorizados para personas mayores de edad, o bien, si se trata de permisos para aquellas personas menores de dieciocho años de edad; no obstante, en cualquiera de los supuestos se coincide con la exigencia de “manifestar, en su caso, que no se cuenta con enfermedades, padecimientos o cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción de vehículos motorizados”.  De tal forma que el Congreso local no fue cuidadoso al redactar las disposiciones en combate, ya que se apoyó de conceptos demasiado complejos, cuya valoración debe hacerse desde el ámbito médico y no administrativo. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 249  Es decir, el hecho que se deba hacer del conocimiento de la autoridad competente si quien solicita el trámite referido tiene alguna enfermedad, padecimiento o condición física, para que aquella determine si tal situación pudiera incidir en la conducción de algún vehículo motorizado, refleja que esa valoración no se realizará con base en cuestiones objetivas ni médicas, sino solamente por la apreciación subjetiva de quien lleve el trámite respectivo.  En ese sentido, el legislador habilitó al personal administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública local para determinar de forma discrecional cuáles enfermedades, padecimientos o condiciones físicas constituyen una limitación o impedimento para la conducción de vehículos motorizados, a pesar de que no se encuentren calificados para realizar evaluaciones sobre tales supuestos.  Por otro lado, derivado de la redacción de los artículos impugnados, se advierte que pudieran afectar la esfera jurídica de personas que viven con alguna discapacidad que no sea física, pues si bien no está dirigía a ese colectivo, también es cierto que las normas pudieran constituirse como una barrera legal que impediría su plena inclusión en igualdad de condiciones.  Es decir, las normas impugnadas no precisan alguna medida encaminada a ajustar el modelo de tramitación de la licencia o permiso de conducir, pues en caso de discapacidades físicas la ley local sí cuenta con medidas específicas en su artículo 107, pero no para quienes viven con alguna deficiencia mental o psico-social. 4. Admisión y trámite. Mediante proveído de uno de agosto de dos mil veinticuatro, la entonces Ministra Presidenta de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó formar y registrar el expediente de la presente acción de inconstitucionalidad con el número 137/2024. En este mismo acuerdo turnó el expediente a la Ministra Yasmín Esquivel Mossa para su trámite y elaboración del proyecto correspondiente. 5. Posteriormente, por acuerdo de dos de septiembre de dos mil veinticuatro, la Ministra Instructora admitió a trámite el presente asunto, ordenó dar vista a los Poderes Legislativo y Ejecutivo, ambos del Estado de Aguascalientes para que rindieran sus respectivos informes; requirió al órgano ejecutivo para que exhibiera copia certificada del Periódico Oficial estatal en el que conste su publicación y, ordenó dar vista a la Fiscalía General de la República y a la Consejería Jurídica del Gobierno Federal para que antes del cierre de instrucción, manifestaran lo que a su respectiva representación correspondiera. 6. Informe del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes. Por escrito recibido el veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de este Alto Tribunal, la diputada Nancy Jeanette Gutiérrez Ruvalcaba, quien se ostenta como Presidenta de la Mesa Directiva y representante legal del Congreso del Estado de Aguascalientes, rindió el informe solicitado en los siguientes términos:  Los artículos 102 y 106 de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes mejoran y complementan los requisitos para la obtención y renovación de licencias y permisos de conducir, así como las reglas para la procedencia de la renovación electrónica.  En esencia, la reforma a los artículos impugnados obedeció a lo ordenado por el artículo 7-A de la Constitución local, el cual señala que la mejora regulatoria es una política de Estado obligatoria para todas las autoridades estatales y municipales en sus respectivos ámbitos de competencia, cuyo objetivo es elevar la competitividad y productividad, así como garantizar el máximo bienestar para la sociedad y la transparencia. 7. Informe del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes. Por escrito recibido el cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte, Eduardo Ismael Aguilar Sierra, en su carácter de Titular de la Consejería Jurídica del 250 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes, rindió el informe solicitado, argumentando que la titular del Poder Ejecutivo de dicho Estado únicamente promulgó y ordenó la publicación de la adición de la ley impugnada en acatamiento a los artículos 32, 35 y 46, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes. 8. Asimismo, argumentó que las disposiciones reclamadas no implican una violación a los derechos de las personas que quieran acceder a las licencias y permisos, sino que garantizan la seguridad de la ciudadanía. 9. Cierre de la instrucción. Mediante proveído de ocho de enero de dos mil veinticinco, la Ministra instructora hizo constar que las partes no formularon alegatos y decretó el cierre de instrucción en la acción de inconstitucionalidad a efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. I. COMPETENCIA 10. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver la presente acción de inconstitucionalidad, en términos de lo dispuesto por los artículos 105, fracción II, inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos1; 1o. de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos2; y 16, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación el veinte de diciembre de dos mil veinticuatro3, toda vez que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos plantea la posible contradicción de diversas disposiciones de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes y la Constitución Federal. II. PRECISIÓN DE LAS NORMAS RECLAMADAS 11. Del examen integral de la demanda de acción de inconstitucionalidad, se advierte que la Comisión promovente reclama los artículos 102, fracciones I, inciso d), y II, inciso d); así como el artículo 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformados mediante Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el diez de junio de dos mil veinticuatro, los artículos impugnados son del texto siguiente: ARTÍCULO 102.- Para obtener la licencia de conducción de vehículos, previo pago de derechos, el interesado presentará la solicitud respectiva, debiendo cumplir con los requisitos que a continuación se enlistan, atendiendo al tipo solicitado: I. De Automovilista: d) Manifestar, en su caso, que no se cuenta con enfermedades, padecimientos o cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción de vehículos motorizados; 1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. “Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes: […] II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución. Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma, por: […] g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Asimismo, los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas. […].” 2 Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 1. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá y resolverá con base en las disposiciones del presente Título, las controversias constitucionales en las que se hagan valer violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. A falta de disposición expresa, se estará a las prevenciones del Código Federal de Procedimientos Civiles. 3 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. “Artículo 16. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá: I. De las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. […].” Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 251 II. De operador: d) Manifestar, en su caso, que nos e (sic) cuenta con enfermedades, padecimientos, o cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción de vehículos motorizado (sic); ARTÍCULO 106.- Las personas menores de dieciséis años podrán solicitar por intermedio de sus padres o representantes legales la expedición y/o renovación del permiso para conducir vehículos motorizados de servicio particular, de manera física o electrónica, previo pago de los derechos correspondientes, además de entregar la copia del permiso para conducir que se pretenda renovar, o en su defecto, proporcionar el número de dicho permiso y contar con la validación de la SSP sobre la inexistencia de algún impedimento judicial o administrativo para conducir vehículos de motor. Deberá además satisfacer los siguientes requisitos: V. Manifestar, en su caso, que no se cuenta con enfermedades, padecimientos o cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción de vehículos motorizados; III. OPORTUNIDAD 12. El artículo 60 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos4 establece que el plazo para la presentación de la acción de inconstitucionalidad es de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al que se publicó la norma impugnada. 13. En el caso, el artículo impugnado fue adicionado mediante Decreto número 704, publicado en el Periódico Oficial de la entidad federativa, el diez de junio de dos mil veinticuatro; por tanto, conforme a lo establecido en el párrafo anterior, el plazo legal para promover la presente acción de inconstitucionalidad transcurrió del once de junio al diez de julio, de dos mil veinticuatro. 14. Ahora bien, el escrito de demanda del presente medio de control constitucional fue recibido el diez de julio de dos mil veinticuatro en el Buzón Judicial de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que, debe concluirse que su presentación resulta oportuna. IV. LEGITIMACIÓN 15. La acción de inconstitucionalidad fue presentada por parte legítima. 16. Legitimación en la causa. El artículo 105, fracción II, inciso g), de la Constitución Federal dispone que esta Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá de las acciones de inconstitucionalidad ejercitadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra de leyes de carácter federal y local, así como tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. 17. La demanda de esta acción de inconstitucionalidad es promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra de los artículos 102, fracciones I, inciso d), y II, inciso d), así como el artículo 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformados mediante Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el diez de junio de dos mil veinticuatro; por lo que en términos del artículo señalado en el párrafo que precede, se encuentra facultada para tal efecto, toda vez que hace valer violaciones a los derechos de seguridad jurídica así como el principio de legalidad. 4 Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. “Artículo 60. El plazo para ejercitar la acción de inconstitucionalidad será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que la ley o tratado internacional impugnado sean publicados en el correspondiente medio oficial. Si el último día del plazo fuese inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente. ...” 252 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 18. Legitimación en el proceso. Los artículos 15, fracciones I y XI, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos5 y 18 de su Reglamento Interno6, otorgan a la persona en que recaiga la Presidencia la representación legal de dicho órgano, así como la facultad para promover el presente medio de control constitucional. 19. En ese sentido, obra en autos copia certificada del Acuerdo de doce de noviembre de dos mil diecinueve emitido por la Mesa Directiva del Senado de la República, mediante el cual se hace constar que, en sesión de siete de noviembre del mismo año, se designó como Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a María del Rosario Piedra Ibarra, por un periodo de cinco años, comprendido del dos mil diecinueve al dos mil veinticuatro. 20. En consecuencia, toda vez que la acción de inconstitucionalidad fue promovida por María del Rosario Piedra Ibarra, en su carácter de Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se debe colegir que dicha servidora pública tiene legitimación en el proceso. V. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO 21. La titular del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes argumentó que la acción de inconstitucionalidad resulta improcedente, toda vez que la promulgación y publicación del Decreto impugnado es una obligación del Ejecutivo en términos de lo dispuesto en los artículos 32, 35 y 46, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes. 22. Al respecto, dicho argumento se desestima toda vez que en el proceso legislativo de las normas impugnadas se encuentra involucrado el Poder Ejecutivo, pues, al promulgarlas y publicarlas, le da plena validez y eficacia. Como se observa de la jurisprudencia P.J. 38/2010, de rubro “ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. DEBE DESESTIMARSE LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA PLANTEADA POR EL PODER EJECUTIVO LOCAL EN QUE ADUCE QUE AL PROMULGAR Y PUBLICAR LA NORMA IMPUGNADA SÓLO ACTUÓ EN CUMPLIMIENTO DE SUS FACULTADES.” 23. Finalmente, al no existir otro motivo de improcedencia planteado por las partes ni advertirse alguno de oficio por este Tribunal Pleno, se procede a realizar el estudio de fondo. VI. ESTUDIO DE FONDO 24. La Comisión promovente sostiene que los artículos 102, fracciones I, inciso d), y II, inciso d), así como el diverso 106, fracción V; de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, vulneran el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad, al exigir que para la expedición o renovación de licencia de conducción de vehículos, la persona interesada debe “manifestar, en su caso, que no se cuenta con enfermedades, padecimientos o cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción de vehículos motorizados”. 25. Lo anterior, porque la persona interesada no puede conocer con exactitud cuáles son las condiciones que efectivamente constituyen un impedimento para conducir, pues dicha calificación dependerá de la valoración discrecional de la autoridad correspondiente. 26. Por cuestión de metodología, el estudio de fondo se divide en los siguientes subapartados. 5 Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. “Artículo 15. El Presidente de la Comisión Nacional tendrá las siguientes facultades y obligaciones: I.- Ejercer la representación legal de la Comisión Nacional; […] XI.- Promover las acciones de inconstitucionalidad, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte, y, […]” 6 Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. “Artículo 18. La Presidencia es el órgano ejecutivo de la Comisión Nacional. Está a cargo de un presidente, al cual le corresponde ejercer, de acuerdo con lo establecido en la Ley, las funciones directivas de la Comisión Nacional y su representación legal.” Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 253 VI.1. Estudio sobre los artículos 102, fracción I, inciso d), y 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes 27. Respecto a estas disposiciones, el proyecto proponía declarar la invalidez de los artículos 102, fracciones I, inciso d), y 106, fracción V; de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, por vulnerar el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad, al exigir como requisito para la expedición o renovación de licencia de conducción de vehículos motorizados, tratándose del tipo de licencia de Automovilista así como para las personas menores de dieciséis años: “manifestar, en su caso, que no se cuenta con enfermedades, padecimientos o cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción de vehículos motorizados”. 28. Lo anterior, porque las normas impugnadas generaban incertidumbre sobre su interpretación y aplicación, toda vez que los términos “enfermedades”, “padecimientos” y “condiciones físicas”, resultaban indeterminados e imprecisos, lo que permitiría que fuera la autoridad quien arbitrariamente calificara el perfil de las personas solicitantes con base en determinaciones subjetivas. 29. Sin embargo, al ser sometida a votación, la propuesta no alcanzó la mayoría calificada prevista en el artículo 72, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 30. Por lo tanto, se desestima en la presente acción de inconstitucionalidad respecto de los artículos 102, fracciones I, inciso d), y 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes; reformados mediante Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el diez de junio de dos mil veinticuatro. VI.2. Estudio sobre el artículo 102, fracción II, inciso d), de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes 31. El concepto de invalidez de la Comisión accionante es esencialmente fundado, como se expondrá enseguida. 32. El principio de seguridad jurídica, en términos generales, ha sido precisado por este Alto Tribunal como el inequívoco conocimiento del resultado que provendrá de la eventual aplicación de las normas. 33. La seguridad jurídica, prevista en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no debe entenderse en el sentido de que la ley ha de señalar de manera especial y precisa un procedimiento para regular cada una de las relaciones que se entablen entre las autoridades y los particulares, sino que debe contener los elementos mínimos para hacer valer el derecho del gobernado de forma que, sobre este aspecto, la autoridad no incurra en arbitrariedades; para lo cual es innecesario que en todos los supuestos de la ley se deba detallar extremadamente, pero siempre que la intención legislativa se encuentre definida de manera sencilla para evidenciar la forma en que debe hacerse valer el derecho por el particular7. 34. En el área de la técnica legislativa, no es exigible la definición de cada una de las palabras y/o enunciados empleados en la creación de normas, pero para que ello sea posible, los vocablos tendrán que ser de uso común y de indudable comprensión para los destinatarios, sin condicionar su constitucionalidad al hecho de que describan el significado de los vocablos utilizados en su redacción. 35. No obstante, para que ello suceda, es un imperativo que el legislador evite o disminuya la utilización de conceptos, expresiones, ideas o palabras que provoquen la imprecisión, oscuridad, ambigüedad, confusión o contradicción de las normas, ya que ello podría tener como resultado que los gobernados no tengan conocimiento de a qué se atienen o si, por el contrario, cumplen con los elementos fijados en la norma correspondiente para actuar de alguna manera precisa o ejercer determinado derecho. 7 Cfr. Jurisprudencia 2a./J. 144/2006 “GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA. SUS ALCANCES”, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIV, octubre de 2006, página 351, Registro digital: 174094 que este Pleno comparte. 254 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 36. Ahora bien, los artículos impugnados por la Comisión accionante son del siguiente contenido: “ARTÍCULO 102.- Para obtener la licencia de conducción de vehículos, previo pago de derechos, el interesado presentará la solicitud respectiva, debiendo cumplir con los requisitos que a continuación se enlistan, atendiendo al tipo solicitado: […] II. De operador: d) Manifestar, en su caso, que nos e (sic) cuenta con enfermedades, padecimientos, o cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción de vehículos motorizado (sic);” […]” 37. Efectivamente, el precepto establece los requisitos para obtener la licencia de conducción de vehículos para las licencias de operador, particularmente requiere que la persona solicitante declare si cuenta con alguna enfermedad, padecimiento o condición física que limite su capacidad para conducir vehículos motorizados. 38. A juicio de este Alto Tribunal, la norma analizada genera incertidumbre sobre su interpretación y aplicación, toda vez que los términos “enfermedades”, “padecimientos” y “condiciones físicas” son indeterminados e imprecisos, lo que permite que sea la autoridad quien arbitrariamente califique el perfil de las personas solicitantes con base en determinaciones subjetivas. 39. Esto, porque de conformidad con el artículo 100 de la propia Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, las licencias y permisos de conducir para automovilistas, operadores y motociclistas, serán expedidos y renovados por el Gobierno del Estado de Aguascalientes a través de la Secretaría de Seguridad Pública. 40. De esa forma, la imprecisión en los términos utilizados no puede tener una connotación o significado uniformemente aceptable para todos, ya que esos conceptos entrañan una valoración eminentemente subjetiva. 41. Así, la evaluación que hará el servidor público de la Secretaría de Seguridad Pública para determinar si una persona interesada en obtener licencia de conducir vehículo acredita ese requisito, no depende ni parte de ningún parámetro objetivo, sino que se sujeta a criterios subjetivos que la persona que evalúa estime relevantes o adecuados para concluir si tiene o no una enfermedad, padecimiento o condición física que limite o impida la conducción de vehículos motorizados. 42. Además, dicho requisito, por su ambigüedad y falta de uniformidad en su apreciación, se traduce en una forma de discriminación para los solicitantes de las licencias de conducir, en la medida que genera un ambiente de incertidumbre donde no se pueda anticipar cómo se aplicará la norma en al caso particular de las personas interesadas. 43. En ese sentido, si un funcionario decide que una determinada condición de salud es un impedimento para la conducción sin consultar a un médico profesional, es claro que la decisión queda subordinada a la plena voluntad del juicio valorativo y del orden discrecional de quienes los designan. 44. Por las consideraciones anteriores es que se determina que es fundado el concepto de invalidez planteado por la promovente y, en consecuencia, se declara la invalidez del artículo 102, fracción II, inciso d), de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformado mediante Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa, el diez de junio de dos mil veinticuatro. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 255 45. Finalmente, a juicio de este Tribunal Pleno, la invalidez decretada no representa una permisión indiscriminada para la obtención de licencias de conducción de vehículos motorizados, puesto que diversas fracciones del propio 102 analizado, referente a la licencia de operador8, contemplan la necesidad de acreditar el curso sobre el conocimiento de la Ley de Movilidad local con especial énfasis en los derechos que tengan incidencia en la modalidad del servicio en la que se vaya a desempeñar, así como aprobar los exámenes teórico, psicométrico y audiovisual. Todo lo cual constituyen medidas razonables para garantizar que las personas se encuentran aptas para obtener su licencia de manejo. VII. EFECTOS 46. En razón de lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41, fracciones IV y V, y 45, párrafo primero, en relación con el 73, todos de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las sentencias dictadas en acciones de inconstitucionalidad deberán establecer sus alcances y efectos, fijando con precisión, las normas o actos respecto de los cuales operen y todos aquellos elementos necesarios para su plena eficacia en el ámbito que corresponda. 47. Conforme a las consideraciones desarrolladas, la declaración de invalidez del artículo 102, fracción II, inciso d), de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformado mediante Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad, el diez de junio de dos mil veinticuatro, surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la presente sentencia al Congreso del Estado de Aguascalientes. VIII. DECISIÓN 48. Por lo expuesto y fundado, el Tribunal Pleno resuelve PRIMERO. Es procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad. SEGUNDO. Se desestima en la presente acción de inconstitucionalidad respecto de los artículos 102, fracción I, inciso d), y 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformados mediante el Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diez de junio de dos mil veinticuatro. TERCERO. Se declara la invalidez del artículo 102, fracción II, inciso d), de la referida Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del referido Estado. CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Notifíquese, haciéndolo por medio de oficio a las partes, y en su oportunidad, archívese el expediente. Así lo resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: En relación con el punto resolutivo primero: Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto de los apartados del I al V relativos, respectivamente, a la competencia, precisión de las normas reclamadas, a la oportunidad, a la legitimación y a las causas de improcedencia y sobreseimiento. 8 ARTÍCULO 102.- Para obtener la licencia de conducción de vehículos, previo pago de derechos, el interesado presentará la solicitud respectiva, debiendo cumplir con los requisitos que a continuación se enlistan, atendiendo al tipo solicitado: II. De operador: e) Acreditar al (sic) curso sobre el conocimiento de esta Ley con especial énfasis en los derechos que tengan incidencia en la modalidad del servicio en la que se vaya a desempeñar, así como aprobar los exámenes teórico, psicométrico y audiovisual, de conformidad con los lineamientos y demás disposiciones que se aplique para tal efecto; IV. Acreditar el curso sobre el conocimiento de esta Ley, así como aprobar los exámenes teórico, psicométrico y audiovisual, de conformidad con los lineamientos y demás disposiciones que se apliquen para tal efecto; 256 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 En relación con el punto resolutivo segundo: Se expresó una mayoría de cinco votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa y Guerrero García, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, consistente en declarar la invalidez de los artículos 102, fracción I, inciso d), y 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes. Las personas Ministras Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía y Presidente Aguilar Ortiz votaron en contra. Dado el resultado obtenido, el Tribunal Pleno determinó desestimar el planteamiento consistente en declarar la invalidez del precepto referido, al no alcanzar una mayoría calificada, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En relación con el punto resolutivo tercero: Se aprobó por mayoría de seis votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Figueroa Mejía y Guerrero García, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, consistente en declarar la invalidez del artículo 102, fracción II, inciso d), de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes. Las personas Ministras Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf y Presidente Aguilar Ortiz votaron en contra. Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto del apartado VII, relativo a los efectos, consistente en determinar que las declaratorias de invalidez decretadas surtan a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Aguascalientes. En relación con el punto resolutivo cuarto: Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero García y Presidente Aguilar Ortiz. El señor Ministro Presidente Aguilar Ortiz declaró que el asunto se resolvió en los términos precisados. Doy fe. Firman el señor Ministro Presidente y la señora Ministra ponente con el Secretario General de Acuerdos, quien da fe. Presidente, Ministro Hugo Aguilar Ortiz.- Firmado electrónicamente.- Ponente, Ministra Yasmín Esquivel Mossa.- Firmado electrónicamente.- Secretario General de Acuerdos, Licenciado Rafael Coello Cetina.- Firmado electrónicamente. EL LICENCIADO RAFAEL COELLO CETINA, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de doce fojas útiles, concuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente de la sentencia emitida en la acción de inconstitucionalidad 137/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión de treinta de septiembre de dos mil veinticinco. Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la Federación.- Ciudad de México, a veintidós de octubre de dos mil veinticinco.- Rúbrica. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 257 BANCO DE MEXICO TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2025, Año de la Mujer Indígena''. TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $18.2982 M.N. (dieciocho pesos con dos mil novecientos ochenta y dos diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A. La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país. Atentamente, Ciudad de México, a 12 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez Martínez.- Rúbrica. TASAS de interés interbancarias de equilibrio. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena". TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10o. del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días obtenida el día de hoy, fue de 7.5198%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.5663%; y a plazo de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.6341%. Ciudad de México, a 12 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez Martínez.- Rúbrica. TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena". TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10o. del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda nacional determinada el día de hoy, fue de 7.26 por ciento. Ciudad de México, a 11 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez Martínez.- Rúbrica. 258 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES DE LA FUERZA AEREA MEXICANA RESUMEN DE LA CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/. No. de licitación LA-07-110-007000999-N-27-2026 Objeto de la licitación. Contratación de servicios a componentes de Helicópteros UH-60M. Fecha de publicación en Compras MX. 4 de noviembre de 2025. Junta de Aclaraciones. 08:00 Hs., 14 Nov. 2025. Presentación y Apertura de Proposiciones. 09:00 Hs., 21 Nov. 2025. Fallo. 10:00 Hs., 4 Dic. 2025. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025. EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M. EL TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M., JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570320) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES DE LA FUERZA AEREA MEXICANA. RESUMEN DE LA CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/. No. de licitación LA-07-110-007000999-N-685-2025 Objeto de la licitación. Servicio de mantenimiento integral, para los equipos de navegación, comunicación, electrónicos, eléctricos e instrumentos de la flota aérea de la Guardia Nacional. Fecha de publicación en Compras MX. 31 de octubre de 2025. Junta de Aclaraciones. 08:00 Hs., 5 Nov. 2025. Presentación y Apertura de Proposiciones. 09:00 Hs., 12 Nov. 2025. Fallo. 10:00 Hs., 2 Dic. 2025. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 31 DE OCTUBRE DE 2025. EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M. EL TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M., JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570318) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 259 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien, en la Subdirección de Adquisiciones ubicada en domicilio Carretera Federal 140-D km 1.5, Municipio de Oriental, Estado de Puebla, Teléfono: conmutador 27-68-90- 88-64 ext. 1254, 1253 y 1249, los días de lunes a viernes del año en curso de las 09:00 a 14:00 horas. Carácter, medio y No. de Licitación L.P.E.I.B.C.T., No. LA-07-112-007000997-T-629-2025. Objeto de la Licitación Adquisición de horno eléctrico industrial automático con quenching choque térmico para piezas de aluminio. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas Compras MX 7-noviembre-2025. En su caso, fecha y hora para realizar la visita a instalaciones 25 y 26-noviembre-2025, 08:00 -15:00 horas. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 4-diciembre-2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 22-diciembre-2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 8-enero-2026, 09:00 horas. MUNICIPIO DE ORIENTAL, ESTADO DE PUEBLA, A 7 DE NOVIEMBRE DE 2025. JEFE DE LA MESA DE PUBLICACIONES Y APERTURAS SBTTE. O.I.M., ALEJANDRO VELAZQUEZ SANCHEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570396) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES DE LA FUERZA AEREA MEXICANA RESUMEN DE LA CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/. No. de licitación LA-07-110-007000999-T-692-2025 Objeto de la licitación. Mantenimiento integral, preventivo, programado y correctivo; así como reparación y suministro de partes, componentes, equipo y herramienta especial para los Helicópteros marca Sikorsky “Blackhawk”, modelos S-70a y UH60M, que forman parte de la flota aérea de la Guardia Nacional. Fecha de publicación en Compras MX. 4 de noviembre de 2025. Junta de Aclaraciones. 08:00 Hs., 11 Nov. 2025. Presentación y Apertura de Proposiciones. 09:00 Hs., 18 Nov. 2025. Fallo. 10:00 Hs., 8 Dic. 2025. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025. EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M. EL TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M., JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570319) 260 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES DE TRANSPORTES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 42 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-701-2025, cuya convocatoria contiene las bases de participación y únicamente estará disponible para su consulta en Internet: http://comprasmx.hacienda.gob.mx; No. de Licitación. LA-07-110-007000999-T-701-2025. Objeto de la Licitación. Construcción de la 5/a. Sección del Hospital Central Militar Especialidades Pediátricas” (adquisición de vehículos) Volumen a Adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de Publicación en Compras MX 7 de noviembre de 2025. Visita a Instalaciones: Ninguna. Junta de Aclaraciones: 08:00 hs., 19 Nov. 2025 Presentación y Apertura de Proposiciones: 08:00 hs., 27 Nov. 2025 Fallo: 12:00 hs., 17 Dic. 2025 LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 7 DE NOVIEMBRE DE 2025. EL JEFE DE LA SECC. ADQS. TPTES. TTE. COR. INF. MARCELO BALTAZAR EUAN CIME RUBRICA. (R.- 570381) SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO COORDINACION DE ADQUISICIONES CONSOLIDADAS DE BIENES Y SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la LAASSP, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica LA-06-400-006400001-N-1-2026 Objeto de la Licitación Servicio de suministro de vales de despensa, electrónicos y/o impresos en papel, para las prestaciones mensuales y/o de única ocasión para el ejercicio fiscal 2026. Volumen a adquirir Se detalla en la convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 10 de noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19 de noviembre de 2025 9:30 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 26 de noviembre de 2025 9:30 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 27 de noviembre de 2025 17:30 horas. CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. COORDINADOR DE ADQUISICIONES CONSOLIDADAS DE BIENES Y SERVICIOS LIC. OSCAR BAUTISTA HERNANDEZ RUBRICA. (R.- 570376) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 261 SECRETARIA DE SALUD DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitación pública, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato, se encuentra disponible para su consulta en: http://comprasmx.buengobierno.gob.mx, o bien, en el domicilio de la convocante en: Marina Nacional número 60, piso 12, Colonia Tacuba, C.P. 11410, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Ciudad de México, en días hábiles del año en curso de las 9:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación LA-12-512-012000991-N-220-2025 Licitación Pública Nacional Electrónica. Objeto de la Licitación Servicios Relacionados con la Certificación y Acreditación de Procesos InDRE Fecha de publicación en CompraNet 10 de noviembre de 2025 Junta de Aclaraciones 13 de noviembre de 2025 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 21 de noviembre de 2025 10:00 horas Visita a Instalaciones del licitante Conforme a lo establecido en el Anexo Técnico Fallo 27 de noviembre de 2025 10:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES LIC. ROSALBA ARAGON PEREDO RUBRICA. (R.- 570329) CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/, y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-09-J0U-009J0U001-N-158-2025 Objeto de la Licitación Contratación de los servicios administrados del centro de operaciones de seguridad (SOC) y seguridad perimetral para CAPUFE. Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en la página de la plataforma Compras MX 06/11/2025 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 13/11/2025, 10:00 horas. Fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No habrá visitas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 21/11/2025, 10:00 horas Fecha y Hora para emitir el fallo 01/12/2025, 13:00 horas CUERNAVACA, MORELOS, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. GERENTE DE RECURSOS MATERIALES LIC. GABRIELA HERNANDEZ BALTAZAR FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570395) 262 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/, y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-09-J0U-009J0U001-N-159-2025 Objeto de la Licitación Adquisición de mobiliario, equipo de administración, y equipo médico y de laboratorio, para uso en los centros de trabajo adscritos a las Subgerencias de Operación de las Unidades Regionales de la Red FONADIN. Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en la página de la plataforma Compras MX 07/11/2025 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19/11/2025, 13:00 horas. Fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No habrá visitas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 27/11/2025, 10:00 horas Fecha y Hora para emitir el fallo 02/12/2025, 13:00 horas CUERNAVACA, MORELOS, A 7 DE NOVIEMBRE DE 2025. GERENTE DE RECURSOS MATERIALES LIC. GABRIELA HERNANDEZ BALTAZAR FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570451) AVISO Se informan los requisitos para publicar documentos en el Diario Oficial de la Federación: • Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del documento, fundando su petición conforme a la normatividad aplicable, en original y dos copias. • Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles. • Versión electrónica del documento a publicar, en formato word contenida en un solo archivo, correctamente identificado. • Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales, en original y copia simple. Consideraciones Adicionales: 1. En caso de documentos a publicar emitidos en representación de personas morales, se deberán presentar los siguientes documentos en original y copia, para cotejo y resguardo en el DOF: • Acta constitutiva de la persona moral solicitante. • Instrumento público mediante el cual quien suscribe el documento a publicar y la solicitud acredite su cualidad de representante de la empresa. • Instrumento público mediante el cual quien realiza el trámite acredite su cualidad de apoderado o representante de la empresa para efectos de solicitud de publicación de documentos en el DOF. 2. Los pagos por concepto de derecho de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2024 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2025. 3. No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las instituciones bancarias. 4. Todos los documentos originales, entregados al DOF, quedarán resguardados en sus archivos. Atentamente Diario Oficial de la Federación Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 263 048D00 - INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA RESUMEN DE CONVOCATORIA Licitación pública NACIONAL, con forma de participación ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-48-D00- 048D00001-N-666-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación “PROGRAMA DE ADQUISICIONES DE EQUIPO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO PARA LA FORMACION E INVESTIGACION DE LAS ESCUELAS DEL INAH (ESCUELA NACIONAL DE CONSERVACION, RESTAURACION Y MUSEOGRAFIA, ESCUELA NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA, ESCUELA NACIONAL DE ANTROPOLOGIA DEL NORTE DE MEXICO)” Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 03 de Noviembre de 2025 a las 22:10 Fecha y hora de junta de aclaraciones 12 de Noviembre de 2025 a las 12:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones N/A Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 18 de Noviembre de 2025 a las 12:00 Fecha y hora de fallo 21 de Noviembre de 2025 a las 12:00 RESUMEN DE CONVOCATORIA Licitación pública NACIONAL, con forma de participación ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-48-D00- 048D00001-N-667-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación "ADQUISICION DE MOBILIARIO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ESCUELAS” Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 03 de Noviembre de 2025 a las 22:16 Fecha y hora de junta de aclaraciones 12 de Noviembre de 2025 a las 14:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones N/A Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 18 de Noviembre de 2025 a las 14:00 Fecha y hora de fallo 21 de Noviembre de 2025 a las 14:00 RESUMEN DE CONVOCATORIA Licitación pública NACIONAL, con forma de participación ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-48-D00- 048D00001-N-668-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación PROGRAMA DE ADQUISICIONES DE EQUIPO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO PARA LA FORMACION E INVESTIGACION DE LAS ESCUELAS DEL INAH 2025 - TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 03 de Noviembre de 2025 a las 23:32 Fecha y hora de junta de aclaraciones 12 de Noviembre de 2025 a las 16:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones N/A Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 18 de Noviembre de 2025 a las 17:00 Fecha y hora de fallo 21 de Noviembre de 2025 a las 17:00 4 DE NOVIEMBRE DE 2025. COORDINADORA NACIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS MTRA. MARGARITA RODRIGUEZ RUIZ RUBRICA. (R.- 570442) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 264 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL QUINTANA ROO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en sus artículos 35 fracción I, 36, 39 fracciones III Inciso d), así como el artículo 39 y 43 de su Reglamento; se convoca a los interesados en participar en la(s) licitación(es) de conformidad con lo siguiente: Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR008-I-142-2025 Carácter de la Licitación Pública Internacional Abierta Electrónica. Descripción de la licitación Para la Adquisición de Material de Osteosíntesis y Endoprótesis, del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo, para el ejercicio 2025. Volumen a adquirir 64 Sistemas con 3,244 piezas. Fecha de publicación en ComprasMX 13 de Noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 19/11/2025, 09:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones 25/11/2025, 09:00 horas Fallo 28/11/2025, 14:00 horas • La que suscribe M.P.A.S.S.P WENDY GUADALUPE LORA AROCHE, Titular de la Jefatura de Servicios Administrativos con fecha 4 de Noviembre de 2025 autorizó la reducción de plazos de la siguiente licitación: LA-50-GYR-050GYR008-I-142-2025. • Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo ubicado en: Carretera Chetumal-Mérida Kilómetro 2.5, Colonia Aeropuerto, C.P. 77050, Othón P. Blanco, Chetumal Quintana Roo, teléfono: (983) 832 0047, (983) 832 4544, los días lunes a viernes (días hábiles); con el siguiente horario: 09:00 a 15:00 horas. • Todos los eventos están comprendidos en la zona horaria Sureste (Quintana Roo). • Todos los eventos se llevarán a cabo en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo ubicada en: Carretera Chetumal-Mérida Kilómetro 2.5, Colonia Aeropuerto, C.P. 77003, Othón P. Blanco, Chetumal Quintana Roo. OTHON P. BLANCO, QUINTANA ROO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS LIC. MARIA DEL ROSARIO GONZALEZ OLAN RUBRICA. (R.- 570434) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 265 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD, HOSPITAL DE PEDIATRIA DEL CENTRO MEDICO NACIONAL DE OCCIDENTE, GUADALAJARA JALISCO RESUMEN DE LA CONVOCATORIA 10/2025 El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Artículos 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 33, 35 Fracción I, 36, 39 Fracción I, 39 Fracción II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Fracción II, 49, 50, 66, 67, 68 y 69 Fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), 39, 42, 46, 48, y 55 de su Reglamento, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones Públicas correspondientes al ejercicio 2026, de conformidad con lo siguiente: Número de licitación No. LA-50-GYR-050GYR060-N-3-2026 Carácter de la licitación Pública Nacional Descripción de la licitación Para la Contratación del Servicio Médico Integral de Anestesia, para el Ejercicio 2026. Volumen a adquirir 18,704 procedimientos Fecha de publicación en Compra Net 13/11/2025 Junta de aclaraciones 21/11/2025 09:00 horas. Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Apertura de proposiciones 28/11/2025 10:00 horas. Fallo 04/12/2025 11:00 horas. Número de licitación No. LA-50-GYR-050GYR060-T-4-2026 Carácter de la licitación Pública Internacional bajo la cobertura de tratados Descripción de la licitación Para la contratación del Servicio Médico Integral de Cirugía Cardiovascular y Torácica, para el ejercicio 2026. Volumen a adquirir 9 partidas Fecha de publicación en Compra Net 13/11/2025 Junta de aclaraciones 19/11/2025 09:00 horas. Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Apertura de proposiciones 26/11/2025 10:00 horas. Fallo 04/12/2025 13:00 horas. • Los eventos de Licitación se llevarán a cabo en el Edificio de la Unidad Administrativa de la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Pediatría del Centro Médico Nacional de Occidente, Guadalajara Jalisco; ubicado en Belisario Domínguez número 735, Colonia Independencia, código postal 44340, Guadalajara, Jalisco. • La Licitación Pública Internacional bajo la Cobertura de tratados, se llevará a cabo con reducción de plazos autorizada por el Lic. Jonathan Omar Rivera Díaz, Director Administrativo de la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Pediatría del Centro Médico Nacional de Occidente, Guadalajara Jalisco, mediante oficio de referencia número DIR.ADMVA/1629/2025, de fecha 06 de Noviembre de 2025. GUADALAJARA, JAL., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DR. CARLOS FRANCISCO MORENO VALENCIA RUBRICA. (R.- 570435) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 266 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA NORTE DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos: 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción I, 49, 50, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 74, 75, 77, 78, 90 y demás correlativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; artículos 35, 39, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 52, 54, 55, 81, 85 y demás correlativos de su Reglamento; las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social vigentes y demás disposiciones aplicables en la materia, se convoca a los interesados en participar en la presente licitación, que llevará a cabo el Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Norte del Distrito Federal, de conformidad con lo siguiente: Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR016-N-9-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la Licitación Adquisición de víveres con entrega y distribución en Hospitales y Guarderías Volumen a Adquirir 2´419,330 Piezas Fecha de Publicación en Compras MX 13 de noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 20 de noviembre de 2025, 10:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 28 de noviembre de 2025, 10:00 horas Para esta licitación, la Convocatoria estará disponible para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y su obtención será gratuita, o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Calzada Vallejo No. 675, Col. Magdalena de las Salinas, C.P. 07760, Alcaldía Gustavo A. Madero, Ciudad de México. El evento licitatorio se llevará a cabo en las instalaciones de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento a través del Sistema Compras MX, sito en Calzada Vallejo No. 675, Col. Magdalena de las Salinas, C.P. 07760, Alcaldía Gustavo A. Madero, Ciudad de México. CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO LIC. IVAN ORLANDO PAREDES ESPINOZA RUBRICA. (R.- 570437) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 267 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL NUEVO LEON DEPARTAMENTO DE CONSERVACION Y SERVICIOS GENERALES El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 35 de su Reglamento, y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, con fecha 13 de noviembre de 2025, convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica de conformidad con lo siguiente: Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR979-N-62-2025 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la Licitación Mantenimiento Preventivo Dividido en 3 Paquetes: Paquete 1, Control de Fauna Nociva. Paquete 2, Areas Verdes y Barrido. Paquete 3, Limpieza y Retiro de Pelusa para diferentes Unidades del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Nuevo León. Volumen a adquirir 370,896 m2 de Fumigación y Control de Fauna Nociva, 232,110 m2 de Barrido Manual, Podado y Limpieza Exterior y 12 Servicios de Limpieza y Retiro de Pelusa. Fecha de publicación en Comprasmx 13 de noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 21 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas Visita a instalaciones 18 de noviembre de 2025 a las 09:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 28 de noviembre del 2025 a las 11:00 horas Las visitas para el Paquete II serán en: Unidad Domicilio Guardería Ordinaria No. 0003 Pedro Martínez y Tepic S/N, Col. Nuevo Repueblo, C.P. 64700, Monterrey, Nuevo León. Subdelegación No. 3 Félix U. Gómez entre Constitución y Gregorio Torres Quevedo Monterrey, Nuevo León C.P. 64010 Unidad de Medicina Familiar No. 03 Avenida Félix U. Gómez y Colón no. S/n, colonia Centro Monterrey, Nuevo León Central de Servicios Félix U. Gómez Prof. G. Torres y av. Constitución Monterrey, Nuevo León C.P. 64010 Tienda IMSS No. 01 16 de Septiembre N.º 200 col. Independencia C.P. 64720 Monterrey, Nuevo León Centro de Seguridad Social No. 01 Constitución y Porfirio Díaz Monterrey, Nuevo León C.P. 64000 Subdelegación No. 2 R. Villarreal y M. L. Barragán Monterrey, Nuevo León C.P. 64260 Central de Servicios Lincoln P. Familiar y av. Lincoln col. Valle Verde Monterrey, Nuevo León C.P. 64360 Unidad de Medicina Familiar No. 07 Carretera a Saltillo y Ave. San Pedro, Col. La Leona, San Pedro Garza García, Nuevo León, C. P. 66210 • La convocatoria de la licitación se encuentra disponible para consulta en Internet: comprasmx.buengobierno.gob.mx, y será gratuita, o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en la Oficina de Conservación del OOAD Regional Nuevo León, sita en la calle Prof. Gregorio Torres Quevedo No. 1950 Ote. Col. Centro, Monterrey, Nuevo León, C.P. 64010, teléfono (81) 81-50-31-32 Ext. 41078, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 8:00 a 16:00 horas. • Todos los eventos se realizarán, en el aula de usos múltiples del Departamento de Conservación y Servicios Generales, para los efectos del presente aviso, se entenderá por OOAD: Al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Nuevo León, ubicado en la calle Prof. Gregorio Torres Quevedo No. 1950 Ote. Col. Centro, Monterrey, Nuevo León, C.P. 64010. MONTERREY, NUEVO LEON, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS ING. NOE OLVERA VILLANUEVA RUBRICA. (R.- 570436) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 268 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40 fracción III, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 67, 68 y 96 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público así como 43 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación cuya Convocatoria que contiene las bases de participación está disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ en la plataforma Compras MX, mismas que serán gratuitas o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Durango-México Km. 5, Col. 15 de octubre, C.P. 34285, Durango, Dgo., con teléfonos (618) 129-80-20 y 129-80-54, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas. No. Licitación LA-50-GYR-050GYR010-N-132-2025 Tipo PUBLICA NACIONAL Descripción de la licitación ADQUISICION DE ARTICULOS DE COCINA Y COMEDOR. Volumen a adquirir MAXIMO: 34,493 ARTICULOS Fecha de publicación en Compras Mx 31 DE OCTUBRE DE 2025 Junta de aclaraciones 05 DE NOVIEMBRE DE 2025; 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO HABRA VISITA A INSTALACIONES Presentación y apertura de proposiciones 13 DE NOVIEMBRE DE 2025; 09:00 HORAS • La reducción de plazos fue autorizada el día 30 de octubre de 2025 por el Lic. José Magdaleno Varela Gutiérrez, Titular del Departamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios. • Todos los eventos se llevarán a cabo en las fechas indicadas en cada licitación, a través del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado Compras MX. DURANGO, DGO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO LIC. JOSE MAGDALENO VARELA GUTIERREZ RUBRICA. (R.- 570438) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 269 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 36 primer párrafo, 37, 39 fracciones I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y demás aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente; así como, los artículos correspondientes del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, se informa a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, a través de la convocatoria que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará dicho procedimiento, así como, la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, mismas que se encuentran disponibles para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en: Manuel Pérez Coronado Número 200, esquina Jesús Sansón Flores, Colonia INFONAVIT Camelinas, Código Postal 58290 en Morelia, Michoacán, teléfono 443-3148705, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 08:00 a 16:00 horas y cuya información relevante se muestra a continuación: RESUMEN DE CONVOCATORIA 11-2025 Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-152-2025 Objeto de la Licitación SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE AREAS VERDES Y BARRIDO DE AREAS PETREAS Y FUMIGACION DE PREVENCION Y CONTROL DE FAUNA NOCIVA EN UNIDADES MEDICO-ADMINISTRATIVAS QUE INTEGRAN EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Volumen a adquirir 2 servicios integrales Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 21 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 28 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 03 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los números de oficio 179001140100/1977/2025 y 179001140100/1979/2025, ambos de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-153-2025 Objeto de la Licitación SERVICIOS MEDICOS SUBROGADOS, AUXILIARES DE DIAGNOSTICO, LABORATORIO Y ATENCION MEDICA SUBROGADA PARA LAS UNIDADES MEDICAS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DICIEMBRE 2026. Volumen a adquirir 24 servicios. Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 25 de Noviembre de 2025, 08:45 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 02 de Diciembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 10 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio 179001250100/0311/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González, Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. 270 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-154-2025 Objeto de la Licitación SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON SUMINISTRO DE REFACCIONES, PARA LAS UNIDADES MEDICAS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN, DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026, CUENTA 51351005. CON UNA VIGENCIA A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2026. Volumen a adquirir 08 servicios. Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19 de Noviembre de 2025, 08:30 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 26 de Noviembre de 2025, 08:30 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 05 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los números de oficio 179001140100/1945/2025, 179001140100/1946/2025, 179001140100/1948/2025, 179001140100/1963/2025, 179001140100/1949/2025, 179001140100/1950/2025, 179001140100/1951/2025 y 179001140100/1952/2025, todos signados por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-155-2025 Objeto de la Licitación LA ADQUISICION DE VIVERES CON ENTREGA Y DISTRIBUCION EN LOS HOSPITALES GENERALES DE ZONA Y SUB-ZONA, HOSPITALES Y ALBERGUES COMUNITARIOS Y GUARDERIAS DEL REGIMEN ORDINARIO, PARA EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL; PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2026. Volumen a adquirir 907,295 Kilogramos Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 25 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 02 de Diciembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 15 de Diciembre de 2025, 14:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los números de oficio 17P901/073100/1036/2025 y 179001200100/JPM/CDND/017/2025, de fechas 17 de octubre y 15 de Octubre del 2025 respectivamente, signados por el Dr. Enrique Gutiérrez González, Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, además, el oficio número 179001320100/161/2025 de fecha 23 de Octubre de 2025, signado por la Lic. Nadia Giovanna Corona García, Encargada del Departamento de Guarderías. Funcionarios adscritos al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-156-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE ANALISIS DE AGUAS RESIDUALES PARA LAS UNIDADES MEDICAS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL; A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2026. Volumen a adquirir 1 servicio integral Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 25 de Noviembre de 2025, 09:30 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 02 de Diciembre de 2025, 10:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 09 de Diciembre de 2025, 14:00 horas. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 271 En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001140100/1490/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-157-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE TRASLADO DE CADAVERES PARA EL HGR 1 CHARO Y HGZ 83 MORELIA, DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN, A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2026. Volumen a adquirir 01 servicio integral Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 26 de Noviembre de 2025, 09:15 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 03 de Diciembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 10 de Diciembre de 2025, 14:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001140100/1491/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-158-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE TRASLADO DE PACIENTES EN AUTOBUS PARA LAS UNIDADES MEDICAS EN TODA LA DEMARCACION DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN, REGIMEN ORDINARIO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, A EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2026. Volumen a adquirir 444 rutas convencionales y 2 rutas especiales Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 27 de Noviembre de 2025, 09:45 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 04 de Diciembre de 2025, 10:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 11 de Diciembre de 2025, 14:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio 179001250100/0289/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González, Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, funcionario adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-159-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE MONITOREO Y MANTENIMIENTO DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL HGR NO. 1, CHARO Y DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A PLANTAS TRATADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE LA UMF N° 82 ROMERO DE TORRES Y UMF 84 TACICUARO PARA LAS UNIDADES MEDICAS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN MICHOACAN; A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2026. 272 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Volumen a adquirir 14 Servicios Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 28 de Noviembre de 2025, 09:15 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 05 de Diciembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 12 de Diciembre de 2025, 14:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los oficios número 179001140100/1957/2025 y 179001140100/1961/2025, ambos de fecha 17 de Octubre del 2025, signados por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-160-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN MICHOACAN; A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2026. Volumen a adquirir 08 Guías de servicios Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 25 de Noviembre de 2025, 08:45 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 02 de Diciembre de 2025, 14:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 10 de Diciembre de 2025, 13:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001 140100/525T/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-161-2025 Objeto de la Licitación ADQUISICION Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS PARA MEDICINA MAGISTRAL PARA EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Volumen a adquirir 116 bienes Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 20 de Noviembre de 2025, 08:30 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 28 de Noviembre de 2025, 12:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 03 de Diciembre de 2025, 14:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio 179001250100/0294/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González, Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, funcionario adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-162-2025 Objeto de la Licitación ADQUISICION DE ORTESIS, PROTESIS Y AYUDAS FUNCIONALES PARA EL H.G.R. NO. 1 CHARO, H.G.Z. NO. 83 MORELIA, H.G.Z. NO. 8 URUAPAN, H.G.Z.MF. NO. 12 LAZARO CARDENAS Y H.G.Z. NO. 4 ZAMORA Y AUDITIVAS PARA H.G.R. NO. 1 CHARO, DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 273 Volumen a adquirir 142 bienes Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 20 de Noviembre de 2025, 08:15 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 27 de Noviembre de 2025, 12:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 04 de Diciembre de 2025, 14:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio 179001250100/0282/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González, Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, funcionario adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-163-2025 Objeto de la Licitación SUMINISTRO DE REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MAQUINARIA Y OTROS EQUIPOS (AIRE ACONDICIONADO Y REFRIGERACION), SUMINISTRO DE REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MAQUINARIA Y OTROS EQUIPOS, SUMINISTRO DE MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO”, SUMINISTRO DE REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EDIFICIOS, SUMINISTRO DE REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO MEDICO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO, SUMINISTRO DE HERRAMIENTAS MENORES, SUMINISTRO DE OTROS MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y REPARACION Y SUMINISTRO DE OTROS PRODUCTOS QUIMICOS PARA LAS UNIDADES MEDICO ADMINISTRATIVAS QUE CONFORMAN EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Volumen a adquirir 8 servicios Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 27 de Noviembre de 2025, 08:15 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 10 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 16 de Diciembre de 2025, 13:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los oficios número 179001 140100/1968/2025, 179001 140100/1972/2025, 178001 140100/1971/2025, 179001 140100/1969/2025, 179001 140100/1970/2025, 179001 140100/1967/2025, 179001 140100/1966/2025 y 179001 140100/1965/2025, todos de fecha 17 de Octubre del 2025, signados por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-164-2025 Objeto de la Licitación SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE CONSERVACION PARA EL HGR N° 1 DE CHARO Y UNIDADES MEDICO-ADMINISTRATIVAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. 274 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Volumen a adquirir 5 Servicios Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 21 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 28 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 03 de Diciembre de 2025, 15:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los oficios número 179001 140100/1947/2025, 179001 140100/1953/2025, 179001 140100/1956/2025, 179001 140100/1955/2025 y 179001 140100/1954/2025, todos de fecha 17 de Octubre del 2025, signados por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-165-2025 Objeto de la Licitación SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE CONSERVACION PARA LAS UNIDADES MEDICO-ADMINISTRATIVAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Volumen a adquirir 2 servicios Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 25 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 02 de Diciembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 08 de Diciembre de 2025, 15:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los oficios número 179001 140100/1976/2025 y 179001 140100/1975/2025, ambos de fecha 17 de Octubre del 2025, signados por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-166-2025 Objeto de la Licitación SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE CONSERVACION PARA LAS UNIDADES MEDICO-ADMINISTRATIVAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Volumen a adquirir 4 servicios Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 27 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 04 de Diciembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 11 de Diciembre de 2025, 15:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los oficios número 179001 140100/1960/2025, 179001 140100/1962/2025, 179001 140100/1973/2025 y 179001 140100/1964/2025, ambos de fecha 17 de Octubre del 2025, signados por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 275 Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-167-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE TRASLADO DE PACIENTES EN AMBULANCIA SUBROGADA PARA LAS UNIDADES MEDICAS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DICIEMBRE 2026. Volumen a adquirir 5 partidas Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 26 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 03 de Diciembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 10 de Diciembre de 2025, 15:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001250100/0307/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-168-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE AGUA PURIFICADA DE GARRAFON PARA LAS UNIDADES MEDICO-ADMINISTRATIVAS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN MICHOACAN, A EJERCER A PARTIR DEL 01 DE ENERO Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Volumen a adquirir 28,433 garrafones Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 26 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 10 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001 140100/019/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-169-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE SUMINISTRO SEGURO Y CONFIABLE DE DIESEL CENTRIFUGADO PARA MAQUINARIA PARA LAS UNIDADES MEDICAS Y NO MEDICAS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL EN MICHOACAN A EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2026. Volumen a adquirir 428,800 litros Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 20 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 27 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 05 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001 140100/1489/2025, de fecha 14 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. 276 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-170-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE GAS L.P. EN TANQUES ESTACIONARIOS PARA UNIDADES MEDICAS Y NO MEDICAS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, A EJERCER A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Volumen a adquirir 267,052 litros Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 27 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 11 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001140100/1241/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-171-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO A MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION, PARA LAS UNIDADES MEDICO/ADMINISTRATIVAS QUE INTEGRAN EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Volumen a adquirir 539 mantenimientos Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 26 de Noviembre de 2025, 11:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 09 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001140100/1978/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-T-172- 2025 Objeto de la Licitación ADQUISICION DE MATERIAL DE OSTEOSINTESIS Y ENDOPROTESIS PARA EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2026. Volumen a adquirir 219 insumos Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 20 de Noviembre de 2025, 08:30 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 28 de Noviembre de 2025, 09:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 15 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 277 En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio 179001250100/0274/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González, Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, funcionario adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-173-2025 Objeto de la Licitación ADQUISICION DE BIENES TERAPEUTICOS (ALERGENOS) PARA EL HOSPITAL GENERAL REGIONAL NO. 1 CHARO, HOSPITAL GENERAL SUBZONA NO. 7 LA PIEDAD Y HOSPITAL GENERAL ZONA c/ MEDICINA FAMILIAR No. 12 LAZARO CARDENAS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2026. Volumen a adquirir 164 insumos Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 25 de Noviembre de 2025, 08:45 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 02 de Diciembre de 2025, 10:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 14 de Diciembre de 2025, 14:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio 179001250100/0301/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González, Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, funcionario adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-174-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y RECARGA DE EXTINTORES, PARA LAS UNIDADES MEDICO/ADMINISTRATIVAS QUE INTEGRAN EL PARA EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER A PARTIR DEL DIA 01 DE ENERO DEL 2026 AL DIA 31 DE DICIEMBRE DEL 2026. Volumen a adquirir 56 servicios Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19 de Noviembre de 2025, 08:15 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 28 de Noviembre de 2025, 10:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 08 de Diciembre de 2025, 13:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001140100/1974/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-175-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO FOTOCOPIADO Y DUPLICADO DEL ORGANO DE PARA EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, A EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Volumen a adquirir 1 servicio integral. Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. 278 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 20 de Noviembre de 2025, 09:15 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 27 de Noviembre de 2025, 10:00 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 02 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001140100/1241/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-176-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE MENSAJERIA Y PAQUETERIA DEL ORGANO DE PARA EL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER A PARTIR DEL 1° DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2026. Volumen a adquirir 6,235 toques Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19 de Noviembre de 2025, 08:15 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 26 de Noviembre de 2025, 09:45 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 03 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001 140100/1482/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Carácter, medio y número de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica: LA-50-GYR-050GYR033-N-177-2025 Objeto de la Licitación SERVICIO DE RECOLECCION, TRANSPORTE EXTERNO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS (RSU) Y RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL (RME) DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL A EJERCER A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026. Volumen a adquirir 2,129 recolecciones Fecha de publicación en COMPRAS MX 13 de Noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 21 de Noviembre de 2025, 08:15 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 02 de Diciembre de 2025, 09:45 horas. Fecha y hora para emitir el fallo 11 de Diciembre de 2025, 12:00 horas. En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001 140100/1480/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social. Los eventos antes mencionados se realizarán de manera electrónica en la plataforma del Sistema Electrónico denominado COMPRAS MX (https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/). MORELIA, MICHOACAN, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. ENCARGADO DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DESIGNADO MEDIANTE EL OFICIO NUMERO 179001410100/ENCARG038/2025 DE FECHA 02 DE OCTUBRE DE 2025 Y TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS L.A. PEDRO RODOLFO ARAGON AVEDOY RUBRICA. (R.- 570433) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 279 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL QUINTANA ROO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en sus artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I Y II, así como el artículo 39 y 43 de su Reglamento; se convoca a los interesados en participar en la(s) licitación(es) de conformidad con lo siguiente: Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR008-T-1-2026 Carácter de la Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Los Tratados. Descripción de la licitación Adquisición de Material de Osteosíntesis y Endoprótesis, Para el OOAD Estatal Quintana Roo ejercicio 2026. Volumen a adquirir 64 sistemas con 193 claves. Fecha de publicación en CompraNet 13 de Noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 20/11/2025, 09:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones 26/11/2025, 09:00 horas Fallo 1/12/2025, 15:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR008-N-2-2026 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica. Descripción de la licitación Para la contratación de Servicios Médicos Subrogados, Diagnóstico y Laboratorio, Para el OOAD Estatal Quintana Roo ejercicio 2026. Volumen a adquirir 8,820 procedimientos médicos. 2,280 servicios de Dosimetría 432 Servicios de Bacteriología Fecha de publicación en CompraNet 13 de Noviembre de 2025. Junta de aclaraciones 21/11/2025, 09:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones 28/11/2025, 09:00 horas Fallo 2/12/2025, 15:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR008-N-3-2026 Carácter de la Licitación Pública Nacional Electrónica. Descripción de la licitación Para la Adquisición de Víveres, Para el OOAD Estatal Quintana Roo ejercicio 2026. Volumen a adquirir 49,773.34 kilos de abarrotes; 47,932.20 kilos de carne; 361,975.68 kilos de frutas y verduras; 26,530 litros de Lácteos; 43,768 kilos de pan. Fecha de publicación en CompraNet 13 de Noviembre de 2025. Junta de aclaraciones 25/11/2025, 09:00 horas Visita a instalaciones No habrá visita a instalaciones. Presentación y apertura de proposiciones 1/12/2025, 09:00 horas Fallo 3/12/2025, 15:00 horas 280 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 • La que suscribe M.P.A.S.S.P WENDY GUADALUPE LORA AROCHE, Titular de la Jefatura de Servicios Administrativos con fecha 4 de noviembre de 2025 autorizó la reducción de plazos de la siguiente licitación: LA-50-GYR-050GYR008-T-1-2026. • Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo ubicado en: Carretera Chetumal-Mérida Kilómetro 2.5, Colonia Aeropuerto, C.P. 77050, Othón P. Blanco, Chetumal Quintana Roo, teléfono: (983) 832 0047, (983) 832 4544, los días lunes a viernes (días hábiles); con el siguiente horario: 09:00 a 15:00 horas. • Todos los eventos están comprendidos en la zona horaria Sureste (Quintana Roo). • Todos los eventos se llevarán a cabo en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo ubicada en: Carretera Chetumal- Mérida Kilómetro 2.5, Colonia Aeropuerto, C.P. 77003, Othón P. Blanco, Chetumal Quintana Roo. OTHON P. BLANCO, QUINTANA ROO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS LIC. MARIA DEL ROSARIO GONZALEZ OLAN RUBRICA. (R.- 570429) INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL QUINTANA ROO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO AVISO DE CANCELACION AVISO No. FECHA DE PUBLICACION 001 28 OCTUBRE 2025 No. DE LICITACION No. DE REGISTRO EN EL DOF LA-50-GYR-050GYR008-T-137-2025 569754 Ubicación del Documento Con fundamento en el artículo 51 cuarto párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se publica el presente aviso de cancelación por causas de fuerza mayor de la licitación pública nacional número LA-50-GYR-050GYR008-T-137-2025 Para la Adquisición de Material de Osteosíntesis y Endoprótesis, del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo, para el ejercicio 2025 misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de Octubre de 2025. OTHON P. BLANCO, QUINTANA ROO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS LIC. MARIA DEL ROSARIO GONZALEZ OLAN RUBRICA. (R.- 570430) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 281 SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) COORDINACION TECNICA DE CONTRATACION DE SERVICIOS GENERALES RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LA-47-AYO-047AYO955-N-191-2025 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37,38 39 fracción I, 40, 41, 44, 45, 46, 48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 39 y 42 de su Reglamento, y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 2, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información relevante es: Carácter, Medio y No. de Licitación Nacional Electrónica No. LA-47-AYO-047AYO955-N-191-2025 Objeto de la Licitación. SERVICIO INTEGRAL DE LAVANDERIA (RECOLECCION DE ROPA EN COMODATO, CONTEO, CLASIFICADO, VERIFICACION DEL ESTADO FISICO DE LAS PRENDAS, TRANSPORTE EXTERNO, LAVADO E HIGIENIZADO, PLANCHADO, DOBLADO, EMPLAYADO O EMPAQUETADO, ASI COMO ENTREGA DE ROPA LIMPIA) 2025. Volumen por adquirir. Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria. Fecha de publicación en ComprasMX 11 de noviembre de 2025 Junta de Aclaraciones 18 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas. Visita a Instalaciones Conforme al Anexo Técnico Presentación y Apertura de Proposiciones 26 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas Acto de Fallo 28 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas. CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE LA COORDINACION GENERAL DE SERVICIOS GENERALES C.P. ALMA DALIA GONZALEZ GONZALEZ RUBRICA. (R.- 570428) 282 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 007HZK - AEROLINEA DEL ESTADO MEXICANO, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-07-HZK- 007HZK999-N-133-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación EQUIPO Y HERRAMIENTA PARA MOTORES Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 6 de Noviembre de 2025 a las 19:51 Fecha y hora de junta de aclaraciones 13 de Noviembre de 2025 a las 09:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 21 de Noviembre de 2025 a las 12:00 Fecha y hora de fallo 25 de Noviembre de 2025 a las 16:00 7 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES E INFRAESTRUCTURA ABUL SAI CANSINO MARTINEZ RUBRICA. (R.- 570393) 007HZK - AEROLINEA DEL ESTADO MEXICANO, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-07-HZK- 007HZK999-N-135-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO PARA OFICINAS Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 7 de Noviembre de 2025 a las 18:29 Fecha y hora de junta de aclaraciones 11 de Noviembre de 2025 a las 09:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 18 de Noviembre de 2025 a las 11:00 Fecha y hora de fallo 20 de Noviembre de 2025 a las 16:00 7 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES E INFRAESTRUCTURA ABUL SAI CANSINO MARTINEZ RUBRICA. (R.- 570391) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 283 007HZK - AEROLINEA DEL ESTADO MEXICANO, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-07-HZK- 007HZK999-N-136-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación SERVICIO DE CAPACITACION PARA SERVIDORES PUBLICOS Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 7 de Noviembre de 2025 a las 18:29 Fecha y hora de junta de aclaraciones 12 de Noviembre de 2025 a las 10:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 19 de Noviembre de 2025 a las 10:00 Fecha y hora de fallo 24 de Noviembre de 2025 a las 16:00 7 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES E INFRAESTRUCTURA ABUL SAI CANSINO MARTINEZ RUBRICA. (R.- 570392) 007HZK - AEROLINEA DEL ESTADO MEXICANO, S.A. DE C.V. RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-07-HZK- 007HZK999-N-137-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención). Nombre del Procedimiento de contratación ADQUISICION DE BIENES PARA VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS (COMISARIATO) Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 7 de Noviembre de 2025 a las 21:23 Fecha y hora de junta de aclaraciones 12 de Noviembre de 2025 a las 11:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 18 de Noviembre de 2025 a las 09:00 Fecha y hora de fallo 20 de Noviembre de 2025 a las 16:00 10 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES E INFRAESTRUCTURA ABUL SAI CANSINO MARTINEZ RUBRICA. (R.- 570394) 284 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 BANCO NACIONAL DEL EJERCITO, FUERZA AEREA Y ARMADA, S.N.C. GERENCIA DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 42 de su Reglamento, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en: Av. Industria Militar No. 1055, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México, teléfono 55-5626-0500 extensión 349, del 11 al 19 de noviembre del 2025, de lunes a viernes de las 08:00 a las 16:00 horas, cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación LA-06-G1H-006G1H001-N-101-2025. Objeto de la Licitación Adquisición de Infraestructura Productiva de Sistemas de Apoyo. Volumen a adquirir Se detalla en la convocatoria. Fecha de publicación en Compras Mx 11/11/2025 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19/11/2025 09:30 horas Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 26/11/2025 10:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 03/12/2025 12:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. EL CAP. 1/o. F.A.A.M.A. E.M. RET. SUBDIR. DE RECS. MATS. CESAR ALEJANDRO ORTA LOPEZ RUBRICA. (R.- 570408) BANCO NACIONAL DEL EJERCITO, FUERZA AEREA Y ARMADA, S.N.C. GERENCIA DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 42 de su Reglamento, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en: Av. Industria Militar No. 1055, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México, teléfono 5626-0500 extensión 349, del 11 al 19 de noviembre del 2025, de lunes a viernes de las 08:00 a las 16:00 horas, cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación LA-06-G1H-006G1H001-N-102-2025. Objeto de la Licitación Contratación Plurianual de los “Servicios de Soporte Técnico y Mantenimiento a Equipos Balanceadores F5 Networks”. Volumen a adquirir Se detalla en la convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 11/11/2025 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 19/11/2025 11:00 horas Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 27/11/2025 09:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 04/12/2025 13:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. JEFA DEL DEPARTAMENTO DE LICITACIONES LIC. MARIA ELIZA AGUILERA DEL TORO RUBRICA. (R.- 570409) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 285 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80 y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad (CFE), en las disposiciones 2 fracción I, 30 fracción I inciso b), 31, 33 fracciones VI y VII, 34, 37 fracción I y 55 fracción III de las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas productivas subsidiarias, de conformidad con lo siguiente: Número del Concurso: CFE-0001-CAAAT-0094-2025 Descripción del concurso: Adquisición de torretas, rollbar-banca central, winch de arrastre y defensa delantera para camionetas Pick Up a cargo del Cuerpo de Seguridad Física Fecha de publicación en Micrositio: 11/11/2025 Aclaración a los documentos del Concurso: 21/11/2025, 11:00 hrs. Límite para presentación de ofertas: 22/12/2025, 9:00 hrs Apertura Técnica: 22/12/2025, 10:00 hrs Apertura Económica: 7/01/2026, 11:00 hrs Fallo: 14/01/2026, 14:00 hrs El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez y la Lic. Raquel Magaña Rojas, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, con los correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y raquel.magana@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de CFE ubicado en el sitio https://msc.cfe.mx/ Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en el Micrositio. CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570420) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80 y 82 la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2 fracción II, 30 fracción I inciso b), 31, 33 fracciones IV, VI y VII, 34, 37 fracción I, 55 fracciones III y IV de las Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo Disposiciones), de conformidad con lo siguiente: CFE-0001-CASAT-0039-2025 Póliza de servicio a infraestructura eléctrica y de apoyo Fecha de publicación en Micrositio 10/11/2025 Sesión de Aclaraciones 14/11/2025, 10:00 hrs Límite para presentación de ofertas 24/11/2025, 10:30 hrs Apertura Técnica 24/11/2025, 11:00 hrs Apertura Económica 1/12/2025, 10:00 hrs Fallo 5/12/2025, 14:00 hrs El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez y el Lic. Daniel Miranda Velázquez, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06598, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, a los correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/ NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en Micrositio. CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES RUBRICA. (R.- 570367) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 286 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIRECCION DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE CONTRATACION Y SERVICIOS COORDINACION DE CONTRATACIONES DE OBRA Y SERVICIOS RELACIONADOS GERENCIA DE CONTRATACIONES DE OBRA CONVOCATORIA AL CONCURSO ABIERTO DE CARACTER INTERNACIONAL NUMERO CFE-0004-CACOA-0007-2025 Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en apego a la Disposición 72 de las “Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias”, la Gerencia de Contrataciones de Obra, convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto de Carácter Internacional Número CFE-0004-CACOA-0007-2025, para la contratación del proyecto 362 SE Refuerzo de la Red de la Zona Piedras Negras. Los interesados podrán consultar el Pliego de Requisitos y Registrar su interés en participar a través del Sistema Electrónico de Contrataciones (Micrositio de Concursos) en la dirección electrónica: http://msc.cfe.mx/aplicaciones/NCFE/concursos. El procedimiento de contratación se llevará a cabo con la siguiente programación: Visita al Sitio de los trabajos: Se efectuará a las 08:30 horas, el día 18 de noviembre de 2025, siendo el punto de reunión en la Subestación Nava ubicada en Carretera Federal No. 57 km 203, en el municipio de Nava Coahuila. Sesión de aclaraciones: 27 de noviembre de 2025 10:00 horas Los citados actos se llevarán a cabo a través del Sistema Electrónico de Contrataciones (Micrositio de Concursos) Presentación de Ofertas y Apertura de Ofertas Técnicas: 15 de enero de 2026 10:00 horas Apertura de Ofertas Económicas: 29 de enero de 2026 13:00 horas Acto de Fallo: 09 de febrero de 2026 13:00 horas El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Contrataciones de Obra de la CFE, con domicilio en Río Mississippi, número 71, 1er Piso, Colonia Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06500, Ciudad de México. El personal de contacto es el C.P. Antonio González Barrascout, Gerente y el Mtro. Héctor Omar Leal Nava, Jefe de Departamento, con correo electrónico omar.leal@cfe.mx ATENTAMENTE CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. AGENTE CONTRATANTE No. O1A0401 MTRO. HECTOR OMAR LEAL NAVA RUBRICA. (R.- 570418) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 287 PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION CONVOCATORIA Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo 13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (la Ley); 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, (Disposiciones); y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2, de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, a nombre de Petróleos Mexicanos, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Electrónico Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio número DEE-CAT-S-GCEE-100-104237-25-2 que tiene por objeto “Servicio de transporte especializado de material explosivo y custodia armada para trabajos de disparos y operaciones especiales”, de acuerdo con lo siguiente: Evento Fecha Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación 21 de noviembre de 2025 Presentación y Apertura de Propuestas 08 de diciembre de 2025 Notificación del Resultado del Concurso 23 de diciembre de 2025 • Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de Contrataciones” (SISCeP). • Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en materia de Compras del Sector Público. • No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones, así como aquellas que se encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales. • La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. • Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/ concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. Los interesados en participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCeP email2workspace-prod+PEMEX+WS5434326519+ n0qy@ansmtp.ariba.com • La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex, mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente. • Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en carácter de Gerente de Contrataciones para Exploración y Extracción, podrá delegar la suscripción de documentos y actos de trámite del procedimiento de contratación, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en él, acepta dichos términos y representaciones. VILLAHERMOSA, TABASCO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. ING. MA. LUZ LOZANO RODRIGUEZ GERENTE DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION, ADSCRITA A LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION DE LA SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO; EN TERMINOS DEL OFICIO DAS-0792-2025 DE FECHA 1 DE JUNIO DE 2025 Y LOS ARTICULOS 23 FRACCION III, 229 FRACCION IV Y 322 DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS EN QUE PUEDE SER CONSULTADO, FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025 RUBRICA. (R.- 570401) 288 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA CONVOCATORIA Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo 13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos; 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2 de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Electrónico Internacional bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio con plazo reducido No. DEE-CAT-S-GCMCYLM-823-103143-25-2 que tiene por objeto el “Servicio para el mantenimiento para bombas de alto galonaje marca Ascotech, de las centrales contraincendios de PEP”, de acuerdo con lo siguiente: Evento Fecha Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación 25 de noviembre de 2025 Presentación y Apertura de Propuestas 11 de diciembre de 2025, a las 09:00 horas Notificación del Resultado del Concurso 30 de diciembre de 2025 • Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de Contrataciones” (SISCEP). • Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en materia de Compras del Sector Público y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los países socios en tratados. • No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones así como con aquellas que se encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales. • La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. • Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de- contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. Los interesados en participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCEP: email2workspace- prod+PEMEX+WS5431690660+wj9x@ansmtp.ariba.com. • La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex, mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente. • Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en el carácter de Gerenta de Contrataciones para Mantenimiento, Confiabilidad y Logística Marina, de la Coordinación de Abastecimiento para Exploración y Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección de Administración y Servicios de Petróleos Mexicanos conforme al fundamento indicado más adelante, podrá delegar la suscripción de documentos y actos de trámite del procedimiento de contratación, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en él, acepta dichos términos y representaciones. CD. DEL CARMEN, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. MARIA ISABEL SEGOVIA MAGAÑA GERENTA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA DESIGNADA MEDIANTE OFICIO DAS-0791-2025 CON EFECTO A PARTIR DEL 01 DE JUNIO DE 2025, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23 FRACCION III Y 228 FRACCION IV DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS EN DONDE ESTE PUEDE SER CONSULTADO, FUERON PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025, MISMAS QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO REVOCADAS, LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570387) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 289 PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION CONVOCATORIA Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo 13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (la Ley); 13, 19 y 20, de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, (Disposiciones); y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2, de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, a nombre de Petróleos Mexicanos Empresa Pública del Estado, se convoca a los interesados a participar en los Concursos Abiertos Electrónicos Internacionales bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos citados a continuación: DEE-CAT-S-GCEE-802-102633-25-1 Descripción del objeto de la contratación: Rehabilitación de sistemas de medición multifásico de hidrocarburos marca Agar Corporation, instalados en plataformas de la Subdirección de Producción Región Marina Noreste, incluye suministro e instalación de refaccionamiento y servicios especializados. Recepción de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación 19 de noviembre de 2025 Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación 24 de noviembre de 2025 Presentación y Apertura de Propuestas 15 de diciembre de 2025 Notificación de Resultado de Evaluación de Propuestas 29 de diciembre de 2025 Notificación del Fallo y Resultado del Concurso 05 de enero de 2026 Los interesados en participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCeP email2workspace-prod+PEMEX+WS5420084338+j3fs@ansmtp.ariba.com. DEE-CAT-S-GCEE-802-105060-25-1 Descripción del objeto de la contratación: Rehabilitación, suministro de refacciones y soporte técnico de los equipos y componentes eléctricos de la marca Cutler-Hammer instalados en los sistemas de generación y distribución eléctrica en las plataformas marinas de PEMEX. Recepción de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación 19 de noviembre de 2025 Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación 24 de noviembre de 2025 Presentación y Apertura de Propuestas 15 de diciembre de 2025 Notificación de Resultado de Evaluación de Propuestas 29 de diciembre de 2025 Notificación del Fallo y Resultado del Concurso 05 de enero de 2026 Los interesados en participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCeP email2workspace-prod+PEMEX+WS5420148842+1am5@ansmtp.ariba.com. • Los concursos abiertos se llevarán a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de Contrataciones” (SISCeP). • Pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en materia de Compras del Sector Público, y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los países socios en tratados. 290 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 • No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones, así como aquellas que se encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales. • La información confidencial o reservada que presenten los participantes podrá ser identificada en el documento que forma parte de las Bases del Concurso con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. • Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de- contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. • La firma de los contratos correspondientes se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex, mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente. • Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, en mi carácter de Titular de la Gerencia de Contrataciones para Exploración y Extracción de la Coordinación de Abastecimiento para Exploración y Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección de Administración y Servicios de Petróleos Mexicanos, conforme a las facultades indicadas más adelante, puedo delegar la suscripción de actos de trámite, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en el procedimiento de contratación, acepta dichos términos y estas representaciones. VILLAHERMOSA, TABASCO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. ING. MA LUZ LOZANO RODRIGUEZ GERENTE DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION ADSCRITA A LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION DE LA SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO, EN TERMINOS DEL OFICIO DAS-0792-2025 DE FECHA 1 DE JUNIO DE 2025 Y LOS ARTICULOS 23 FRACCION III, 229 FRACCION IV Y 322 DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS MEXICANOS; CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS EN QUE PUEDE SER CONSULTADO, FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025 FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570449) AVISO Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes: Espacio Costo 4/8 de plana $10,956.00 1 plana $21,912.00 1 4/8 planas $32,868.00 2 planas $43,824.00 Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección “Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT 970701NN3. Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago. El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT. Atentamente Diario Oficial de la Federación DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 291 CAMARA DE SENADORES SECRETARIA GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA MULTIPLE Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a lo establecido por las Normas para Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obras Públicas de la Cámara de Senadores, la Dirección de Adquisiciones convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales, que se enlistan a continuación: Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L002/2026: Servicio de monitoreo, alertas, análisis y recopilación de información en medios impresos, electrónicos y digitales y Servicio de mantenimiento preventivo, correctivo a equipos de edición, sistemas de audio y video y circuito cerrado de televisión y servicios complementarios de instalación de la Coordinación de Comunicación Social de la Cámara de Senadores. Costo de las bases Visita a las instalaciones (Obligatoria) Junta de aclaración de bases Recep. de Doc. Legal y Admitiva., Prop. Téc. y Econ. Dictamen Técnico y Apert. de Prop. Econ. Fallo $2,795.97 con I.V.A. incluido 24 de noviembre de 2025 10:00 horas 26 de noviembre 2025 10:00 horas 01 de diciembre de 2025 10:00 horas 04 de diciembre de 2025 11:00 horas 09 de diciembre de 2025 11:00 horas Partida 1: Los servicios objeto de esta contratación serán adjudicados mediante contrato cerrado a un solo licitante. Partida 2: Los servicios objeto de esta contratación serán adjudicados mediante contrato abierto a un solo licitante, con montos mínimo y máximo. Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L003/2026: Mantenimiento preventivo al sistema PCI híbrido instalado en 30 sites informáticos del inmueble de Reforma 135 y mantenimiento preventivo a equipos contra incendios de cuarto de bombas y red PCI del inmueble de Reforma 135. Costo de las bases Visita a las instalaciones (Obligatoria) Junta de aclaración de bases Recep. de Doc. Legal y Admitiva., Prop. Téc. y Econ. Dictamen Técnico y Apert. de Prop. Econ. Fallo $2,795.97 con I.V.A. incluido 24 de noviembre de 2025 11:30 horas 26 de noviembre 2025 11:00 horas 01 de diciembre de 2025 12:00 horas 04 de diciembre de 2025 12:00 horas 09 de diciembre de 2025 12:00 horas Los servicios objeto de esta contratación serán adjudicados mediante contrato cerrado a un solo licitante. Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L004/2026: Servicio integral de mantenimiento preventivo y correctivo con soporte técnico y refacciones a los equipos de bombeo hidrónico, válvulas, intercambiadores de calor, EPAC (expansión, presurización, tratamiento químico al agua helada y control de aire) del sistema de aire acondicionado en la sede de Av. Paseo de la Reforma No. 135 de la Cámara de Senadores. Costo de las bases Visita a las instalaciones (Obligatoria) Junta de aclaración de bases Recep. de Doc. Legal y Admitiva., Prop. Téc. y Econ. Dictamen Técnico y Apert. de Prop. Econ. Fallo $2,795.97 con I.V.A. incluido 24 de noviembre de 2025 12:30 horas 26 de noviembre 2025 12:00 horas 01 de diciembre de 2025 13:30 horas 04 de diciembre de 2025 13:00 horas 09 de diciembre de 2025 13:00 horas Los servicios objeto de esta contratación serán adjudicados mediante contrato abierto a un solo licitante, con montos mínimo y máximo. DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 292 Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L005/2026: Servicio de elaboración de papelería impresa oficial y administrativa. Costo de las bases Visita a las instalaciones (Obligatoria) Junta de aclaración de bases Recep. de Doc. Legal y Admitiva., Prop. Téc. y Econ. Dictamen Técnico y Apert. de Prop. Econ. Fallo $2,795.97 con I.V.A. incluido Sin visita. 26 de noviembre 2025 13:00 horas 01 de diciembre de 2025 17:00 horas 04 de diciembre de 2025 14:00 horas 09 de diciembre de 2025 14:00 horas Se adjudicará bajo la modalidad de contrato abierto considerando cantidades mínimas y máximas antes de I.V.A., durante la vigencia del contrato, la Cámara de Senadores no estará obligada a ejercer el monto máximo. Los trabajos se adjudicarán mediante procedimiento de abastecimiento simultáneo requiriéndose tres licitantes. • La Fecha límite para adquirir bases: 18 de noviembre de 2025. Cantidades, calidad, especificaciones y otros requisitos: conforme a los requerimientos establecidos en los Anexos 1 (Anexos Técnicos) de las bases de cada procedimiento de licitación. • La entrega de las propuestas se efectuará en el acto de recepción y apertura de la documentación legal, administrativa y técnica, así como la recepción de propuestas económicas en tres sobres cerrados. El sobre No. 1 se presentará en un sobre cerrado conteniendo en el mismo Originales y/o Copias Certificadas y dos copias simples legibles y completas de toda la documentación legal y administrativa, para efectos de su revisión y cotejo, devolviéndose en el acto los originales y/o copias certificadas a los licitantes. El sobre No. 2 contendrá la propuesta técnica y el sobre No. 3 contendrá la propuesta económica. Las Bases se encuentran disponibles para consulta en la Dirección de Adquisiciones, Primer Piso de Madrid No. 62, Col. Tabacalera, C.P. 06030, Ciudad de México y una vez que se hayan pagado, su entrega será en el horario de: 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas. La forma de pago de las bases es mediante transferencia bancaria, depósito en efectivo o cheque certificado o de caja en sucursales del banco BBVA, cuenta 0124056310 cuenta clabe 012 180 00124056310 4, a nombre de Cámara de Senadores, los días 13, 14, 18, 19 y 20 de noviembre de 2025; la comprobación del pago se hará en Madrid No. 62, Planta Baja, Col. Tabacalera, los días 13, 14, 18, 19 y 20 de noviembre de 2025, presentando la ficha de depósito, en caso de cheque certificado, se anexará copia de comprobante de certificación del mismo, en un horario de caja de: 9:30 a 14:30 y de 17:00 a 18:30 horas. Los actos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas, del 1er. Piso de Madrid No. 62, Col. Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06030, Ciudad de México, en los días y horarios señalados. • Lugar y tiempo de ejecución de los servicios: de conformidad a lo señalado en los Anexos 1 (Anexos Técnicos) y bases de cada una de las licitaciones, durante la vigencia de los contratos que será a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre del 2026. • El Idioma en que deberán presentarse las proposiciones: español, y la Moneda es: peso mexicano. Condiciones de pago: Se pagará en moneda nacional, conforme a lo señalado en los Anexos 1 (Anexos Técnicos) y bases de cada una de las licitaciones, dentro de los 25 días hábiles posteriores a la recepción de los servicios recibidos y la factura correspondiente a entera satisfacción de la Cámara de Senadores para su tramitación a pago, que cumpla con los requisitos fiscales y electrónica soportada con los archivos PDF y XML respectivos. No se otorgará Anticipo. Las propuestas presentadas por los licitantes no podrán ser modificadas. La Cámara de Senadores se abstendrá de recibir propuestas de las personas físicas o morales, que se encuentren en los supuestos del Artículo 24 de las Normas para Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obras Públicas que rigen a esta Cámara. CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTORA DE ADQUISICIONES LIC. ANA ELBA MAC-LIBERTY NOVELO RUBRICA. (R.- 570432) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 293 INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN LA CIUDAD DE MEXICO CONVOCATORIA: 01 En observación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 134, y de conformidad con el Reglamento del Instituto Nacional Electoral en materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas nacionales presenciales, para el suministro de combustibles y lubricantes para vehículos automotores propios y arrendados de las juntas local y distritales ejecutivas del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, para el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026 y; servicio de limpieza en los inmuebles de las juntas local y distritales ejecutivas, módulos de atención ciudadana y bodega estatal del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, para el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026, ambos servicios mediante contrato abierto de conformidad con lo siguiente : Licitaciones Públicas Nacionales Presenciales No. de licitación Costo de las bases Junta de aclaraciones Visita a instalaciones Presentación de proposiciones y apertura técnica y económica LP-INE-JLEMX-04-2025 Sin costo 20/11/2025 10:00 horas No habrá visita a instalaciones 28/11/2025 10:00 horas LP-INE-JLEMX-05-2025 Sin costo 27/11/2025 10:00 horas 14 de noviembre, 19 al 21 de noviembre, 24 al 28 de noviembre, 1 al 3 de diciembre de 2025 en un horario de 8:30 a 15:30 horas 04/12/2025 10:00 horas Licitación Descripción LP-INE-JLEMX-04-2025 Suministro de combustibles y lubricantes para vehículos automotores propios y arrendados de las juntas local y distritales ejecutivas del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, para el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026. LP-INE-JLEMX-05-2025 Servicio de limpieza en los inmuebles de las juntas local y distritales ejecutivas, módulos de atención ciudadana y bodega estatal del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, para el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026. Las convocatorias se encuentran disponibles para obtención y consulta en la página del Instituto https://www.ine.mx/licitaciones-contrataciones-presenciales/ el acto de Junta de Aclaraciones y el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se llevarán a cabo de manera presencial en el salón de usos múltiples de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, en las horas y fechas citadas en las convocatorias. CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. VOCAL EJECUTIVA MARIA LUISA FLORES HUERTA RUBRICA. (R.- 570411) 294 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 BANCO DE MEXICO RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA NACIONAL No. BM-SAFB-25-0934-2 Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de la Ley del Banco de México, en las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios; en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables, convoca a todos los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. BM-SAFB-25-0934-2 con el objeto de adquirir mallas para lote de impresión (CDMX y JAL). El volumen de los bienes materia de licitación es de 1,400 piezas. Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación: a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 20 de noviembre de 2025. b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 27 de noviembre de 2025. c) Comunicación del fallo: A más tardar el 17 de diciembre de 2025. La convocatoria respectiva, fue publicada el día 11 de noviembre de 2025, en el Portal de Contrataciones Banxico (POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/Portal Proveedores/ CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. BANCO DE MEXICO SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO A FABRICA DE BILLETES ING. MANUEL FLORES ZARZA FIRMA ELECTRONICA. ANALISTA DE CONTRATACIONES DE LA OFICINA DE CONTRATACIONES PARA FABRICA DE BILLETES LIC. SERGIO IVAN RAMIREZ GOMEZ FIRMA ELECTRONICA. Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, párrafos primero, segundo y tercero, 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo fracción VIII, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, y en los artículos 2, fracción IX y 6, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios. (R.- 570448) GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL PRESENCIAL CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se emite la convocatoria, a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Presencial, cuya Convocatoria contiene las bases de participación, disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buen gobierno.gob.mx//, así como en la Dirección General de Recursos Materiales de Gobierno del Estado de Baja California Sur, en días hábiles del 13 al 21 de noviembre del 2025, en horario comprendido de las 8:30 a 15:00 horas Ubicado en el Tercer Nivel del Edificio Myrna, sito en Calle Ignacio Allende número 1485 entre Melitón Albañez y Dionicia Villaríno, Colonia Centro, La Paz, Baja California Sur; teléfono 6121239400, ext. 12015, y 12019 con dirección electrónica licitacionesgbcs1@gmail.com. No. De Licitación LA-62-O14-903011992-N-28-2025 Objeto de la Licitación CONTRATACION DE CURSOS DE CAPACITACION Volumen a adquirir En Convocatoria Fecha de publicación en ComprasMX 13 de noviembre del 2025 Junta de Aclaraciones 21 de noviembre del 2025, a las 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 01 de diciembre del 2025, a las 10:00 horas Fallo En un plazo que no excederá del 04 de diciembre del 2025, por escrito. LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES LIC. JOEL GUTIERREZ ORCI RUBRICA. (R.- 570416) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 295 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO SERVICIOS DE SALUD PUBLICA DE LA CIUDAD DE MEXICO DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional LA-68-017-9007972-N-1-2025, cuya Convocatoria contiene las bases de participación, disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buen gobierno.gob.mx/ o bien: Avenida Insurgentes Norte No. 423, Segundo Piso, Conjunto Urbano Nonoalco Tlatelolco, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06900, en la Ciudad de México.; de lunes a viernes del año en curso de las 09:00 a 15:00 horas. No. de licitación LA-68-017-909007972-N-1-2025 Descripción de la Licitación Servicio de Mantenimiento y Conservación a las Instalaciones de Unidades Médicas y Centros de Salud de la Ciudad de México. Volumen a Adquirir Los detalles se determinan en las bases de la convocatoria Fecha de publicación en Compranet 13/11/25 Junta de aclaraciones 19/11/25, 11:00 horas Visita a las instalaciones 20/11/25 Presentación y apertura de sobres 26/11/25, 11:00 horas Fecha y hora de Fallo 28/11/25, 11:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE ADMINISTRACION Y FINANZAS MTRO. CARLOS HUESCA VIGIL ESCALERA RUBRICA. (R.- 570443) PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CAMPECHE 063O41 - SECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-63-O41- 904015996-N-10-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en calle 8 número 325, entre calle 63 y Circuito Baluartes, colonia Centro, código postal 24000, San Francisco de Campeche, Campeche, de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas. Nombre del procedimiento de contratación Prestación de un servicio de aseguramiento mediante póliza de responsabilidad civil general del concesionario y usuario para el Nuevo Puente La Unidad. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha y hora de publicación en Compras MX 13 de noviembre de 2025 a las 09:00 Fecha y hora de junta de aclaraciones 20 de noviembre de 2025 a las 08:30 Fecha y hora de la visita a las instalaciones No hay visita a las instalaciones. Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 28 de noviembre de 2025 a las 09:00 Fecha y hora de fallo 05 de diciembre de 2025 a las 13:00 SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SECRETARIO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS JEZRAEL ISAAC LARRACILLA PEREZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570419) 296 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N- 19-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas. Descripción de la licitación: Adquisición de Material de Limpieza Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha y hora de publicación en Compras Mx 13/11/2025 Fecha y hora de Visita a instalaciones: N/A Fecha y hora de Junta de Aclaraciones: 21/11/2025 11:00 horas Fecha y hora de Presentación y apertura de proposiciones: 01/12/2025 09:30 horas Fecha y hora de Fallo 08/12/2025 11:00 horas SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570452) INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N- 20-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas. Descripción de la licitación: Adquisición de medicinas y productos farmacéuticos Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha y hora de publicación en Compras Mx 13/11/2025 Fecha y hora de Visita a instalaciones: N/A Fecha y hora de Junta de Aclaraciones: 21/11/2025 14:30 horas Fecha y hora de Presentación y apertura de proposiciones: 01/12/2025 12:30 horas Fecha y hora de Fallo 08/12/2025 12:00 horas SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570454) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 297 INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N- 21-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas. Descripción de la licitación: Adquisición de Materiales y útiles de oficina Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha y hora de publicación en Compras Mx 13/11/2025 Fecha y hora de Visita a instalaciones: N/A Fecha y hora de Junta de Aclaraciones: 24/11/2025 09:30 horas Fecha y hora de Presentación y apertura de proposiciones: 02/12/2025 09:30 horas Fecha y hora de Fallo 08/12/2025 13:00 horas SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570456) INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N- 22-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas. Descripción de la licitación: SERVICIOS INTEGRALES DE INFRAESTRUCTURA DE COMPUTO Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha y hora de publicación en Compras Mx 13/11/2025 Fecha y hora de Visita a instalaciones: N/A Fecha y hora de Junta de Aclaraciones: 24/11/2025 10:30 horas Fecha y hora de Presentación y apertura de proposiciones: 02/12/2025 12:30 horas Fecha y hora de Fallo 09/12/2025 11:00 horas SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570455) 298 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N- 23-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas. Descripción de la licitación: Materiales, Accesorios y Suministros Médicos Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha y hora de publicación en Compras Mx 13/11/2025 Fecha y hora de Visita a instalaciones: N/A Fecha y hora de Junta de Aclaraciones: 24/11/2025 12:00 horas Fecha y hora de Presentación y apertura de proposiciones: 03/12/2025 09:00 horas Fecha y hora de Fallo 09/12/2025 12:00 horas SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570457) INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N- 24-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas. Descripción de la licitación: Servicio de Lavandería, Limpieza e Higiene Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha y hora de publicación en Compras Mx 13/11/2025 Fecha y hora de Visita a instalaciones: N/A Fecha y hora de Junta de Aclaraciones: 25/11/2025 10:00 horas Fecha y hora de Presentación y apertura de proposiciones: 03/12/2025 11:00 horas Fecha y hora de Fallo 10/12/2025 10:00 horas SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570458) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 299 INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N- 25-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas. Descripción de la licitación: Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo e Instrumental Médico y de Laboratorio Volumen a adquirir: Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha y hora de publicación en Compras Mx 13/11/2025 Fecha y hora de Visita a instalaciones: N/A Fecha y hora de Junta de Aclaraciones: 25/11/2025 12:00 horas Fecha y hora de Presentación y apertura de proposiciones: 03/12/2025 13.30 horas Fecha y hora de Fallo 10/12/2025 12:00 horas SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570459) SUBSISTEMA DE PREPARATORIA ABIERTA Y TELEBACHILLERATO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA RESUMEN DE CONVOCATORIA No. LA-67-033-908092975-N-2-2025 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-67-033-908092975-N-2-2025, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en: Calle Bogotá 1905, Fraccionamiento Gloria, C.P. 31130, Chihuahua, Chihuahua, teléfono 614-429-3300 Ext. 21053, de lunes a viernes de las 08:00 a las 15:00 horas, a partir del 11 de noviembre de 2025, cuya información relevante es: Objeto de la Licitación Adquisición de papel y equipo de oficina, artículos de limpieza, artículos deportivos, cubetas de pintura y reguladores de voltaje para diversos centros de telebachillerato comunitario. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 11/11/2025 Junta de aclaraciones 18/11/2025, a las 10:30 horas Presentación y apertura de proposiciones 26/11/2025, a las 10:30 horas Fallo 01/12/2025, a las 10:30 horas CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A 11 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR GENERAL DEL SUBSISTEMA DE PREPARATORIA ABIERTA Y TELEBACHILLERATO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA M.C. SOCORRO OLIVAS LOYA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570453) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 300 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CIUDAD JUAREZ COMITE DE ADQUISICIONES, ADJUDICACIONES, CONCESIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS CONVOCATORIA No. 017 RESUMEN DE CONVOCATORIA En cumplimiento a lo ordenado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, con fundamento en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones vigentes en la materia, se convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional para la “Contratación de servicio de transporte universitario” y la “Adquisición de medicamentos”, cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la Jefatura de Función de Licitaciones ubicada en el edificio de Rectoría con domicilio en Avenida Plutarco Elías Calles #1210 Nte., Col. Foviste Chamizal, C.P. 32310 en Ciudad Juárez, Chihuahua, México, teléfono (656) 688-22-82, a partir del jueves 13 de noviembre de 2025 y hasta un día previo a la apertura de propuestas, de 09:00 a 14:00 horas. Licitación pública nacional N-5-2026 Descripción de la licitación “Contratación de servicio de transporte universitario” Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet Jueves 13 de noviembre de 2025 Visita a instalaciones n/a Junta de aclaraciones Martes 25 de noviembre del 2025 a las 09:00 horas Presentación y apertura de proposiciones Miércoles 03 de diciembre de 2025 a las 09:00 horas Licitación pública nacional N-6-2026 Descripción de la licitación “Adquisición de medicamentos” Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet Jueves 13 de noviembre de 2025 Visita a instalaciones n/a Junta de aclaraciones Martes 25 de noviembre del 2025 a las 12:00 horas Presentación y apertura de proposiciones Miércoles 03 de diciembre de 2025 a las 12:00 horas CD. JUAREZ, CHIHUAHUA, MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ADJUDICACIONES, CONCESIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS MTRO. GERARDO SANDOVAL MONTES RUBRICA. (R.- 570431) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 301 GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA SECRETARIA DE FINANZAS DEL ESTADO SUBSECRETARIA DE EGRESOS DIRECCION GENERAL DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 011 En observancia al artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 35, 39 fracción I, 41, 42, 43, 45, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, cuya convocatoria contiene las bases y anexos de participación disponibles para consulta en internet: en la plataforma Digital Compras MX. Descripción de la Licitación LA-64-O78-905002984-N-28-2025 CONTRATACION DEL SERVICIO DE SUMINISTRO Y CANJE DE VALES DE DESPENSA 2025 PARA EL COLEGIO DE EDUCACION PROFESIONAL TECNICA DEL ESTADO DE COAHUILA. Volumen de Licitación Se Detalla en la Convocatoria Fecha de Publicación en Compr@Net y DOF 13/11/2025 Junta de Aclaraciones 18/11/2025 13:00 Horas Presentación y Apertura de Proposiciones 24/11/2025 10:00 Horas Fallo 27/11/2025 12:00 Horas Fecha publicación DOF: SALTILLO, COAHUILA, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025 DIRECTOR GENERAL DE ADQUISICIONES LIC. RODRIGO DIAZ GONZALEZ RUBRICA (R.- 570317) SERVICIOS DE SALUD DE DURANGO RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 42 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados a participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo del contrato, se encuentran disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en: calle Cuauhtémoc número 225 Norte, zona centro, código postal 34000, Durango, Dgo., teléfono: 618 1 37 70 20, en días hábiles de lunes a viernes con horario 09:00 a 14:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de licitación Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-69-Q55-910006991-N-29-2025 Objeto de la licitación Servicio de Suministro de Vales de Despensa para el otorgamiento de la prestación de la medida de fin de año del Ejercicio Fiscal 2025 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 13/11/2025 Junta de aclaraciones 19/11/2025, 9:00 horas Visita a instalaciones No aplica Presentación y apertura de proposiciones 28/11/2025, 10:00 horas Fallo 02/12/2025, 14:00 horas DURANGO, DGO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE DURANGO DR. MOISES NAJERA TORRES RUBRICA. (R.- 570398) 302 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 SERVICIOS DE SALUD DE DURANGO RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción II, 40, 41, 42 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados a participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo del contrato, se encuentran disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en: calle Cuauhtémoc número 225 Norte, zona centro, código postal 34000, Durango, Dgo., teléfono: 618 1 37 70 20, en días hábiles de lunes a viernes con horario 09:00 a 14:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de licitación Licitación Pública Internacional Electrónica Bajo Tratados de Libre Comercio No. LA-69-Q55-910006991-T-30-2025 Objeto de la licitación Adquisición de Equipo Médico Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 13/11/2025 Junta de aclaraciones 20/11/2025, 9:00 horas Visita a instalaciones No aplica Presentación y apertura de proposiciones 28/11/2025, 13:00 horas Fallo 02/12/2025, 16:00 horas DURANGO, DGO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE DURANGO DR. MOISES NAJERA TORRES RUBRICA. (R.- 570400) GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO SECRETARIA DE FINANZAS COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACION DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA ESTATAL PUBLICACION DE RESUMEN DE FALLO DE LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL BAJO COBERTURA DE TRATADOS ELECTRONICA CON No. 40004001-003-25, PARA LA ADQUISICION DE PELICULAS PARA RADIOLOGIA De conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de la Administración Pública Estatal, ubicado en: Carretera Guanajuato Juventino Rosas K.M. 9.5, Colonia Yerbabuena, Guanajuato, Gto.; da a conocer el nombre de los proveedores adjudicados derivado del fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo Cobertura de Tratados Electrónica con No. 40004001-003-25, para la Adquisición de Películas para Radiología para el Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, con expediente No. E-2025-00083837 y número de procedimiento LA-70-037- 911002976-T-16-2025 Descripción de los bienes: Películas para Radiología Fecha de publicación de fallo: 01 de octubre de 2025 Adjudicado Domicilio No. Partidas Monto total VTRES SA DE CV San Juan Bosco, número 3068, colonia Cañada del Refugio, C.P. 37358, León de los Aldama, Guanajuato 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 $10,478,179.95 GUANAJUATO, GTO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SECRETARIO DEL COMITE C.P. ALEJANDRO ABUNDEZ YEBRA RUBRICA. (R.- 570424) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 303 GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO SECRETARIA DE FINANZAS COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACION DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA ESTATAL PUBLICACION DE RESUMEN DE FALLO DE LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL BAJO COBERTURA DE TRATADOS ELECTRONICA 40004001-002-25 De conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de la Administración Pública Estatal, ubicado en: Carretera Guanajuato Juventino Rosas K.M. 9.5, Colonia Yerbabuena, Guanajuato, Gto.; da a conocer el nombre de los proveedores adjudicados derivado del fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados Electrónica No. 40004001-002-25, para la Adquisición de Equipo Médico y de Laboratorio para el Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, con expediente No. E-2025-00083005 y número de procedimiento LA-70-037-911002976-T-14-2025 Descripción de los bienes: Equipo Médico y de Laboratorio. Fecha de publicación de fallo: 02 de octubre de 2025 Adjudicado Domicilio No. Partidas Total Adjudicado Surtidor Químico del Centro, S.A. de C.V.” Av. Tecnológico número 1A Sur, Colonia Centro, Querétaro, Qro. C.P. 76000 1 $532,400.00 Lab Tech Instrumentación, S.A. de C.V. Comercio Exterior número 1080, Colonia La Aurora, C.P. 44460 Guadalajara, Jal. 2 $56,463.00 Nurimed, S.A. de C.V. Calle Abraham González Manzana 21 Lote 123, Colonia: Santa María Aztahuacán Ampliación, Alcaldía Iztapalapa, C.P. 09500, Ciudad De México 5 $225,504.00 Go Pharma, S.A. de C.V. República del Perú número 206 Colonia Obrera, C.P. 37340 León, Guanajuato 8 $3,070,984.00 GUANAJUATO, GTO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SECRETARIO DEL COMITE C.P. ALEJANDRO ABUNDEZ YEBRA RUBRICA. (R.- 570427) 304 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 SECRETARIA DE EDUCACION DE GUANAJUATO SUBCOMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACION DE SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitación pública que la convocatoria que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien, en el domicilio de la convocante en: Carretera Guanajuato- Puentecillas Km. 9.5, Colonia El Establo C.P. 36260 Guanajuato, Gto., Teléfono 473-73-51211, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 hrs. y cuya información relevante es: No. de Licitación, medio y carácter. LA-70-036-911003999-N-27-2025 Electrónica Nacional Objeto de la Licitación Adquisición de bienes para el Programa Fortalecimiento de los Servicios de Educación Especial para la SEG Volumen para adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria y sus anexos. Fecha de publicación en Compras MX 11/11/2025 Junta de aclaraciones 19/11/2025, 10:00 horas. Visita a instalaciones No aplica. Presentación y apertura de proposiciones 27/11/2025, 11:00 horas. Fallo 10/12/2025, 13:00 horas. GUANAJUATO, GTO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES CECILIA SOLEDAD AREVALO SOSA RUBRICA. (R.- 570425) 070Q94 - UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-70-Q94- 911043999-N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la Unidad de Adquisiciones y Servicios de Apoyo de la Universidad de Guanajuato (Noria Alta s/N, Noria Alta, C.P. 36050 Guanajuato, Gto., en un horario de 08:30 a 15:30 horas. Nombre del Procedimiento de contratación CONVOCADA PARA CONTRATACION DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET CON PROTECCION Y MITIGACION DE ATAQUES DDOS Y CONECTIVIDAD PUNTO A PUNTO PARA LAS DIFERENTES ENTIDADES Y DEPENDENCIAS DE LA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 10 de Noviembre de 2025 a las 10:00 hrs. Fecha y hora de junta de aclaraciones 20 de Noviembre de 2025 a las 09:00 hrs. Fecha y hora de la visita a las instalaciones No aplica Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 28 de Noviembre de 2025 a las 09:00 hrs. Fecha y hora de fallo 7 de Enero de 2026 a las 15:00 hrs. 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. ANALISTA TECNICO MARIA ASUNCION BOCANEGRA MORENO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570399) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 305 077014-SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE NAYARIT RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACIONES PUBLICAS CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA En cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de los artículos 1 fracción III, 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 65, 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las políticas, bases y lineamientos en materia de Adquisiciones y Prestaciones de Servicios y demás disposiciones aplicables en la materia, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas número LA-77- 014-918032996-N-35-2025, LA-77-014-918032996-N-36-2025, LA-77-014-918032996-N-37-2025, LA-77-014- 918032996-N-38-2025 y LA-77-014-918032996-T-39-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en la Coordinación de Adquisiciones, con domicilio en Gustavo Baz 33 sur, Fray Junípero Serra, C.P. 63169, Tepic, Nayarit, teléfono: 01 (311) 213-75-57, los días hábiles; a partir de publicada la licitación, con el siguiente horario: 09:00 a 13:00 horas. Nombre del Procedimiento de contratación Instalación, reparación y mantenimiento de equipo No. De Licitación LA-77-014-918032996-N-35-2025 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 11 de noviembre de 2025 Fecha y hora de junta de aclaraciones 14 de noviembre de 2025 a las 09:00 Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 21 de noviembre de 2025 a las 09:00 Fecha y hora de fallo 26 de noviembre de 2025 a las 09:00 Nombre del Procedimiento de contratación Impresiones y difusión No. De Licitación LA-77-014-918032996-N-36-2025 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 11 de noviembre de 2025 Fecha y hora de junta de aclaraciones 14 de noviembre de 2025 a las 10:00 Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 21 de noviembre de 2025 a las 10:00 Fecha y hora de fallo 26 de noviembre de 2025 a las 10:00 Nombre del Procedimiento de contratación Bienes muebles No. De Licitación LA-77-014-918032996-N-37-2025 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 11 de noviembre de 2025 Fecha y hora de junta de aclaraciones 14 de noviembre de 2025 a las 11:00 Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 21 de noviembre de 2025 a las 11:00 Fecha y hora de fallo 27 de noviembre de 2025 a las 11:00 Nombre del Procedimiento de contratación Materiales de administración No. De Licitación LA-77-014-918032996-N-38-2025 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 11 de noviembre de 2025 Fecha y hora de junta de aclaraciones 14 de noviembre de 2025 a las 12:00 Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 21 de noviembre de 2025 a las 12:00 Fecha y hora de fallo 27 de noviembre de 2025 a las 12:00 Nombre del Procedimiento de contratación Materiales, Accesorio y Suministros Médicos No. De Licitación LA-77-014-918032996-T-39-2025 Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 11 de noviembre de 2025 Fecha y hora de junta de aclaraciones 14 de noviembre de 2025 a las 13:00 Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 21 de noviembre de 2025 a las 13:00 Fecha y hora de fallo 01 de diciembre de 2025 a las 13:00 ATENTAMENTE TEPIC, NAYARIT, A 11 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTORA DE ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE NAYARIT ING. ALONDRA GUADALUPE CORRAL MARTINEZ RUBRICA. (R.- 570447) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 306 GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION RESUMEN DE LA CONVOCATORIA La Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría de Administración, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 1, 32, 34 y 44 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 27 segundo y cuarto párrafo y 33 del Reglamento de la citada Ley, convoca a los interesados en participar en el procedimiento de Licitación Pública Nacional a que hace referencia este resumen, cuya convocatoria se encuentra disponible para su consulta en la página https://www.oaxaca.gob.mx/administracion/licitaciones/, a partir de esta misma fecha, cuya información es: Número de Licitación: LPN-SA-IP-0057-10/2025 Objeto de la contratación Contratación de servicios de consultoría para la elaboración de planes de ordenamiento territorial y atlas de gestión integral de riesgos para 50 Municipios del Estado de Oaxaca y su implementación en la plataforma digital oficial de información geográfico espacial, solicitado por el Instituto de Planeación para el Bienestar Junta de aclaraciones 18/11/2025 a las 16:30 horas Recepción y apertura de propuestas 20/11/2025 a las 11:00 horas Notificación de fallo A más tardar el 28/11/2025 Volumen a contratar Servicio Número de Licitación: LPN-SA-IP-0058-10/2025 Objeto de la contratación Adquisición de material estadístico y geográfico, solicitado por el Instituto de Planeación para el Bienestar Junta de aclaraciones 18/11/2025 a las 17:00 horas Recepción y apertura de propuestas 20/11/2025 a las 12:00 horas Notificación de fallo A más tardar el 28/11/2025 Volumen a contratar Adquisición ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. “EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ” TLALIXTAC DE CABRERA, OAXACA, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES LIC. SARA ZARATE SANTIAGO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570397) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 307 INSTITUTO DE CAPACITACION PARA EL TRABAJO DEL ESTADO DE QUERETARO DIRECCION ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional número LA-81-032-081032001-N-1-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en: Fray Pedro de Gante 10, Cimatario, 76030, Santiago de Querétaro, Querétaro. Teléfono: 4433481100 ext 1230, 1231, los días del 11 al 26 de noviembre del año en curso de las 8:00 a 14:00 horas. Descripción de la licitación ADQUISICION DE ARTICULOS DE PAPELERIA Y LIMPIEZA PARA EL ICATEQ Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 11/11/2025 Junta de aclaraciones 19/11/2025, 11:00 horas Visita a instalaciones No hay visita Presentación y apertura de proposiciones 26/11/2025, 11:00 horas QUERETARO, QRO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR ADMINISTRATIVO DR. GONZALO FERREIRA MARTINEZ RUBRICA. (R.- 570426) UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DEL ESTADO DE PUEBLA ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO DEL ESTADO De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar a la Licitación Pública Nacional Electrónica, en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas No. LA-80-V18-921062968-N-2-2025, cuya convocatoria que contiene las bases de la participación, se encuentran disponibles para su consulta en las siguientes direcciones electrónicas: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ y https://www.uiep.edu.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en: Calle Principal a Lipuntahuaca S/N, Lipuntahuaca, Huehuetla, Puebla; Teléfono móvil: 221 349 46 14; de lunes a viernes de las 9:00 a las 16:00 a partir de su publicación. Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-80-V18-921062968-N-2-2025 Periodo de consulta de bases: del 13 de noviembre al 05 de diciembre de 2025. Descripción de la Licitación Adquisición de Equipos, Materiales y Servicios del PRODEP 2025 Objeto de la Licitación Los detalles se determinan en la misma convocatoria Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la misma convocatoria Publicación en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas 13/11/2025. Visita Técnica 17/11/2025, Sala de Rectoría, 10:00 P. M. Junta de aclaraciones 20/11/2025, Sala de Rectoría, 12:00 P. M. Presentación y apertura de proposiciones 28/11/2025, Sala de Rectoría, 12:00 P. M. Fallo 02/12/2025, Sala de Rectoría, 12:00 P. M. Firma de Contrato 05/12/2025, Dirección de Finanzas y Administración. ATENTAMENTE HUEHUETLA, PUEBLA, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DEL ESTADO DE PUEBLA ROGELIO HERNANDEZ ORTEGA RUBRICA. (R.- 570414) 308 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL A PLAZOS RECORTADOS 012/2025 De conformidad con el Reglamento de Adquisición de Bienes, Contratación de Servicios y Arrendamientos de la U.A.S.L.P. se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional a Plazos Recortados 012/2025, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en la página web www.uaslp.mx, previa solicitud al correo electrónico mireya.macias@uaslp.mx y en el Departamento de Adquisiciones de la Secretaría Administrativa de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, ubicado en Cordillera de los Alpes Esq. con calle Villa de la Paz S/N Col. Villas del Pedregal, C.P. 78218, teléfono 52-(444) 1027323 en el periodo comprendido del 13 al 19 de noviembre de 2025 de las 9:00 a 14:00 horas. Descripción de la Licitación Materiales de construcción Volumen a Adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Publicación en Página oficial U.A.S.L.P. 13/11/2025 Junta de Aclaraciones 19/11/2025 13:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones 24/11/2025 11:00 horas SAN LUIS POTOSI, S.L.P., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. SECRETARIA ADMINISTRATIVA M.A. HILDA LORENA BORJAS GARCIA RUBRICA. (R.- 570275) COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SINALOA COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS LICITACION PUBLICA NACIONAL RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 01/26 En cumplimiento a lo establecido en el Art. 41 la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Número LA-84-W57-925016992-N-1-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible en la plataforma Compras MX. No. De la licitación LA-84-W57-925016992-N-1-2026. Carácter de la Licitación Pública Nacional. Descripción del objeto de la licitación Contratación de los Servicios de Póliza de Seguro Institucional de Vida Grupo Volumen a adquirir Los detalles se determinan en el Anexo “A” de la Convocatoria a la licitación. Fecha de publicación en Compras MX 13 de Noviembre de 2025. *Junta de aclaraciones 21 de Noviembre de 2025, a las 10:00 horas Visita a las instalaciones No habrá visita a las instalaciones. *Presentación y apertura de proposiciones 01 de Diciembre de 2025, a las 10:00 horas *Fallo 04 de Diciembre de 2025, a las 10:00 horas (*) Estos eventos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Dirección General del Colegio de Bachilleres del Estado de Sinaloa, sita en Blvd. Rolando Arjona Amábilis No. 1225, norte, Colonia Juntas de Humaya, C.P. 80050, Culiacán, Sinaloa CULIACAN, SIN., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, Y DIRECTOR GENERAL DEL “COBAES” DR. SANTIAGO INZUNZA CAZARES RUBRICA. (R.- 570415) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 309 INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO OFICINA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVS. GENERALES RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001 LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se publica la Licitación Pública Nacional Electrónica No. IVM/LPN/DA/RM&SG/PAIBIM/001/2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en: La Calle José María Mata número 2, Colonia Centro, C.P. 91000, Xalapa, Veracruz., Xalapa, Veracruz, teléfono: (228) 817-07-89 y 817-10-09 ext. 1210, de las 9:00 a 18:00 horas. Descripción de la Licitación Contratación del servicio de Capacitación para las usuarias de los 31 centros LIBRE instalados en el Estado de Veracruz, que derivan del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), dentro del proyecto “Por Amor a las Veracruzanas” Recepción de muestras NO APLICA Fecha de publicación en CompraNet 28/10/2025 Junta de aclaraciones 31/10/2025, 11:00 horas Visita a instalaciones Del 03 al 07 de noviembre de 2025 Presentación y apertura de proposiciones 10/11/2025, 11:00 horas Fallo 13/11/2025, 11:00 horas Firma de contrato 14/11/2025, 11:00 horas XALAPA - ENRIQUEZ, VERACRUZ, A 23 DE OCTUBRE DE 2025. DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES MTRA. ZAIRA FABIOLA DEL TORO OLIVARES RUBRICA. (R.- 570402) INSTITUTO DE ESPACIOS EDUCATIVOS DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE DIRECCION GENERAL SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LPNE-IEEV-104C80803- 001-2025 “ADQUISICION DE EQUIPO ESPECIALIZADO PARA LABORATORIO Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES PARA EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE ORIZABA” El Instituto de Espacios Educativos del Estado de Veracruz, en cumplimiento de las disposiciones que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1 Fracción III, 6 Fracción II, 7, 26 fracción I, 30, 33 párrafo primero, 35 Fracción I, 36, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, y demás aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo subsecuente la Ley; así como a lo dispuesto por el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2025; y al ACUERDO IEEV ADQ/4ªEXT-ORD- 2025/06 mediante el cual se autorizó el procedimiento y la reducción de los plazos de ejecución, sin que esta reducción límite la participación de los licitantes interesados en participar, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley y artículo 43 de su reglamento, se expide la presente Convocatoria a la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LPNE-IEEV-104C80803-001-2025, relativa a la “Adquisición de Equipo Especializado para Laboratorio y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para el Instituto Tecnológico de Orizaba", de acuerdo a lo siguiente: No. DE LICITACION OBJETO DE LA LICITACION JUNTA DE ACLARACIONES PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES TECNICAS Y ECONOMICAS LPNE-IEEV-104C80803- 001-2025 Adquisición de Equipo Especializado para Laboratorio y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para el Instituto Tecnológico de Orizaba 24 de noviembre de 2025 13:00 horas 27 de noviembre de 2023 13:00 horas 310 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 No. DE PARTIDA CODIFICACION DESCRIPCION DEL BIEN U.M. CANTIDAD 1 MITO00001 Equipo de Laboratorio para agendas de agua y salud (Espectrofotómetro UV visible) PIEZA 2 8 MITO00008 Incubador PIEZA 1 13 MITO00013 Sistema de digestión PIEZA 1 14 MITO00014 Destilador Kjeldahl PIEZA 2 19 MITO00019 Microscopio de inspección digital motorizado PIEZA 1 23 MITO00023 Mesa de robot con almacén de piezas geométricas con tecnología IoT PIEZA 1 28 MITO00028 Sistema de entrenamiento en hidráulica proporcional PIEZA 1 * Nota, únicamente se publican las partidas más representativas en monto. La convocatoria de licitación a la que deberán sujetarse los interesados, se encuentran disponibles en la página web: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, la presente Licitación Pública Nacional, será de tipo Electrónica, en la cual exclusivamente se permitirá la participación de los licitantes a través de Compras MX, se utilizarán medios de identificación electrónica y de carácter Nacional donde únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana, en términos de lo establecido en el artículo 36, 37 y 39 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 50 del “REGLAMENTO”, así como los numerales 14 y 16 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, así mismo los licitantes interesados en participar deberán estar inscritos en el registro que hace referencia el artículo 86 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. La participación de los Licitantes interesados es de forma electrónica y deberán presentar sus proposiciones a través de Compras MX, en sobre digital que contengan las proposiciones, generado por la plataforma, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, deberán ser generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información de tal forma que sean inviolables, conforme a las disposiciones técnicas que al efecto establece la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. " La Junta de Aclaraciones y Junta de Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas se llevarán a cabo en las fechas y horarios arriba estipulados a través de la plataforma Compras MX La procedencia de los recursos que se tienen es Federal, del programa presupuestario U079 “Programa de Expansión de la Educación Media Superior y Superior”, del ejercicio 2025. Plazo de entrega: 30 días naturales contados a partir del día siguiente a la suscripción del contrato. *deberá entregar el total de los bienes en concurso, libre a bordo en las instalaciones del Instituto Tecnológico de Orizaba, sito en Ote. 9, Emiliano Zapata, C.P. 94320, Orizaba, Ver., en un horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. Forma y plazo de pago: se efectuará en pesos mexicanos mediante depósito electrónico, dentro de los 17 días naturales contados a partir del envío y verificación de la factura respectiva a través de la plataforma y previa entrega total de los bienes y para este procedimiento no se otorgarán anticipos. XALAPA, VER., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. ENCARGADA DE LA SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA EN EL INSTITUTO DE ESPACIOS EDUCATIVOS DEL ESTADO DE VERACRUZ MTRA. SANDRA TORRES LOPEZ RUBRICA. (R.- 570446) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 311 CONSEJERIA JURIDICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional que se menciona, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para la consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, Calle 20-A N° 284 por 3-C, Colonia Xcumpich C.P. 97204. Mérida, Yucatán, el día 13 de Noviembre del 2025 de las 9:00 a 15:00 horas y cuya información relevante es: Carácter, medio y núm. de la licitación LA-90-Y86-931026973-N-2-2025 Objeto de la Licitación Adquisición de bienes informáticos, equipos de captación de datos biométricos y licencia de software. Volumen a adquirir Se indican en el anexo 1 de la convocatoria Fecha de publicación en ComprasMx 13/noviembre/2025 Visita al sitio Acto: junta de aclaraciones 20/noviembre/2025, 12:00 horas Acto: presentación y apertura de proposiciones 28/noviembre/2025, 12:00 horas Acto: fallo 03/diciembre/2025, 12:00 horas MERIDA, YUCATAN, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTORA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS L.A. ANDREA PAMELA DIAZ LEIRANA RUBRICA. (R.- 570274) SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE ZACATECAS DIRECCION ADMINISTRATIVA RESUMEN DE CONVOCATORIA 001 LICITACION PUBLICA CON RECURSO FEDERAL DE CARACTER NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en la licitación pública con recurso federal de carácter nacional número LA-91-Z60-932057995-N-1-2025, cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet http://compranet.hacienda.gob.mx, o bien, Calle Mercantil No. 1, Conjunto Industrial Nuevo Desarrollo, Interior 1100, Zona Industrial, Guadalupe Zacatecas, C.P. 98604, teléfono: 492-923-9494, extensión 53012, del 13 de noviembre al 01 de diciembre de 2025, en días hábiles, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 16:00 horas. Descripción de la licitación Para la adquisición de Vestuario uniformes y prendas de protección Volumen a adquirir 41,149 prendas Fecha de publicación en CompraNet 13/11/2025 Junta de aclaraciones 20/11/2025, 13:00 horas. Presentación y apertura de proposiciones 01/12/2025, 11:00 horas. ZACATECAS, ZACATECAS, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE ZACATECAS C. LETICIA QUIROZ ALONSO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570417) 312 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan M9-OJ1 Juicio de Amparo 1329/2024 EDICTO En los autos del juicio de amparo número 1329/2024, promovido por Innovación Inmobiliaria Dalosa, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordena emplazar por este medio a los terceros interesados Rodolfo Arias Suárez y Alejandra Cisneros Bello, quienes deberán presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibidos que de no hacerlo, por sí, por su apoderado o por gestor que pueda representarlos, se seguirá el procedimiento en sus etapas, haciéndose las subsecuentes notificaciones por lista, que se fije en los estrados de este Juzgado, en términos de lo dispuesto en los artículos 26, fracción III, y 27, fracción III, de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, la copia de la demanda de amparo. PARA PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. Atentamente Zapopan, Jalisco, 14 de octubre de 2025. La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Lic. Ana Paula Baroccio González Rúbrica. (R.- 569971) Estados Unidos Mexicanos Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito Hermosillo, Sonora EDICTO AMPARO DIRECTO LABORAL 788/2025 En amparo directo laboral 788/2025, promovido por Alejandra Encinas Fimbres, a través de su apoderado legal Martín Francisco Rodríguez Silva, contra acto de la Junta Especial Número Veintitrés de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, consistente en el laudo de siete de marzo de dos mil veinticinco, dictado en el expediente laboral 1167/2021, por desconocerse el domicilio de la persona moral tercera interesada Servicio Consultivo de Capital Humano Prech, Sociedad Anónima de Capital Variable, se ordena emplazar a juicio por medio de la publicación de edictos, los cuales se deberán publicar por tres veces, de tres en tres días, en el Diario Oficial de la Federación; asimismo, fíjese en la puerta de este órgano jurisdiccional, una copia íntegra del edicto respectivo por todo el tiempo del emplazamiento; haciéndosele saber que deberá presentarse ante este tribunal colegiado por conducto de su representante legal, dentro de un término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, a fin de hacer valer lo que a sus intereses convenga; además, deberá señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones; apercibida que de no hacerlo las demás notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista con fundamento en el artículo 29 de la legislación de la materia. Para ser publicado tres veces de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación. Atentamente Hermosillo, Sonora, a 13 de octubre de 2025. Secretaria de Tribunal del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito Lic. Denisse Colombia Sandoval García Rúbrica. (R.- 570064) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 313 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en Coatzacoalcos, Ver. EDICTO MAGISTRAL AGENTE DE SEGUROS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. En los autos juicio de amparo 908/2024-V-A, del índice de este juzgado, promovido por Alberto Enrique Álvarez Palma, se ordenó emplazar por medio de EDICTOS por desconocerse su domicilio, los cuales se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico Excélsior que se editan en la Ciudad de México; así como en los ESTRADOS de este Tribunal, haciéndoles saber que está a su disposición en la secretaría de esta juzgado la copia simple de la demanda de amparo, y que tienen expedito su derecho para comparecer a este tribunal a deducir sus derechos, si a sus intereses conviene, y que la audiencia constitucional se celebrará a las diez horas con cincuenta y cinco minutos del siete de octubre de dos mil veinticinco. Atentamente Coatzacoalcos, Veracruz, uno de octubre de dos mil veinticinco. La Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Veracruz Diana del Carmen Gil Antonio Rúbrica. (R.- 569258) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en Coatzacoalcos, Ver. EDICTO GUADALUPE ANTONIO MARTÍNEZ Y JUAN DOROTEO SÁNCHEZ ARENA En los autos juicio de amparo 481/2024-II-A, del índice de este juzgado, promovido por José Luis Martínez Ordaz, se ordenó emplazar por medio de EDICTOS por desconocerse su domicilio, los cuales se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico Excélsior que se editan en la Ciudad de México; así como en los ESTRADOS de este Tribunal, haciéndoles saber que está a su disposición en la secretaría de esta juzgado la copia simple de la demanda de amparo, y que tienen expedito su derecho para comparecer a este tribunal a deducir sus derechos, si a sus intereses conviene, y que la audiencia constitucional se celebrará a las diez horas con treinta y cinco minutos del cuatro de noviembre de dos mil veinticinco. Atentamente Coatzacoalcos, Veracruz, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Veracruz Manuel Alejandro Díaz Ramírez Rúbrica. (R.- 569261) Estados Unidos Mexicanos Ciudad de México Poder Judicial Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México Segunda Sala Civil “2025, Año de la Mujer Indígena” EDICTO. AUTO RACK DEL BAJÍO, S.A. DE C.V. En los autos del cuaderno de amparo D.C. 366/2024, en relación al toca 20/2024/1, relativo al juicio Ejecutivo Mercantil seguido por Banco Santander México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México contra Auto Rack del Bajío, S.A. de C.V. y Navarro Rojas Silvia Paola, expediente número 677/2018, se dictó el proveído de fecha dos de octubre de dos mil veinticinco, en el que se ordenó emplazar a 314 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 la tercera interesada Auto Rack del Bajío, S.A. de C.V., por medio de EDICTOS, quien deberá acudir al local que ocupa esta Sala, por conducto de quien legalmente la represente, dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación de los Edictos a esta Segunda Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, para que se le corra traslado con la demanda de amparo promovida por Banco Santander México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México, por conducto de su apoderado Óscar Eduardo Castillo García, contra la sentencia dictada por esta Sala el siete de marzo de dos mil veinticuatro, en el toca 20/2024/1. Atentamente Ciudad de México, a 03 de octubre de 2025. El Secretario de Acuerdos de la Segunda Sala Civil Lic. Román Montoya Castro Rúbrica. (R.- 569467) Estados Unidos Mexicanos Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito Ciudad Judicial Federal Zapopan, Jalisco EDICTOS TERCERA INTERESADA: Irma Raquel Becerra Ornelas En el juicio de amparo directo 603/2025, promovido a favor de José de Jesús Pérez Aquino, contra el acto de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, consistente en el laudo aprobado el trece de mayo de dos mil veinticinco, que resolvió el juicio laboral 937/2018. Por tanto, se ordena emplazar por edictos a Irma Raquel Becerra Ornelas, bajo los términos del artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, a efecto de presentarse ante esta autoridad, dentro del término de quince días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 181 y 182 de la ley de la materia. Zapopan, Jalisco, veintiséis de septiembre dos mil veinticinco. El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito Licenciado Aarón Efraín Silva de Anda Rúbrica. (R.- 569262) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito Sn. Fco. de Campeche, Camp. EDICTO En el juicio de amparo 1244/2024-III-A, promovido por Baldemar Notario Acosta, por conducto de su apoderado legal Jesús Manuel Jaume Ruiz, en contra de la Presidenta de la Junta Especial Número Cuarenta y Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad y otra autoridad, se emplaza a juicio a las personas morales Mano de Obra del Caribe, Sociedad Civil y Surmar, Sociedad Anónima de Capital Variable; terceras interesadas en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce sus domicilios. Cuentan con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se les apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se les harán por estrados. San Francisco de Campeche, Campeche, a veintidós de septiembre de dos mil veinticinco. Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche Roxana Hernández López Rúbrica. (R.- 569571) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 315 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Consejo de la Judicatura Federal Órgano de Administración Judicial Juzgado Segundo de Distrito Sn. Fco. de Campeche, Camp. EDICTO En el juicio de amparo número 139/2025, promovido por Minelia María May Matos, a través de su apoderado legal Gean Alberto Peña; se emplaza a juicio Crown City Premium Corporativo, Sociedad Anónima de Capital Variable y Crown City Coatzacoalcos, Sociedad Anónima de Capital Variable; parte tercera interesada en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuentan con el plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a su interés conviniere. Se les apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados. San Francisco de Campeche, Campeche, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche Roxana Hernández López Rúbrica. (R.- 569583) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito Sn. Fco. de Campeche, Camp. EDICTO En el juicio de amparo 524/2025-III-A, promovido por Aarón Rivera Hernández, por conducto de su apoderada legal Ana Karina Vásquez Martínez, en contra de la Presidente de la Junta Especial Número Cuarenta y Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en esta ciudad, se emplaza a juicio a las personas morales Mano de Obra del Caribe Sociedad Civil y SURMAR Sociedad Anónima de Capital Variable; terceras interesadas en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce sus domicilios. Cuentan con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se les apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se les harán por estrados. San Francisco de Campeche, Campeche, a veintidós de septiembre de dos mil veinticinco. Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche Roxana Hernández López Rúbrica. (R.- 569589) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales San Andrés Cholula, Puebla EDICTO Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales San Andrés Cholula, Puebla, Ana Rosa Leticia Muñoz Buaun, por propio derecho y en su carácter de albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de Irene Buaun Cuervo, tercera interesada dentro del juicio de amparo 821/2024, se ordenó emplazarla a juicio en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y se hace de su conocimiento que el quejoso, Emmanuel Martínez Forcelledo, por propio derecho, interpuso demanda de amparo contra un acto del Juez de lo Civil y de lo Penal del Distrito Judicial de Izúcar de Matamoros, Puebla y otra, que hizo consistir en la resolución de fecha dieciséis de octubre del año dos mil veintitrés, dictada dentro del expediente de origen. Se le previene se 316 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 presente al juicio de amparo de mérito dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho proceda, y las subsecuentes notificaciones se le hará por lista en los estrados de este Juzgado, quedando a su disposición en la secretaría, copias simples de traslado de la demanda; se le hace saber que se encuentran señaladas las diez horas diez minutos del cinco de noviembre de dos mil veinticinco, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo. Para su publicación en cualquier periódico de circulación nacional y en el Diario Oficial de la Federación, por tres veces consecutivas de siete en siete días. San Andrés Cholula, Puebla; tres de octubre de 2025. El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales San Andrés Cholula, Puebla Lic. Víctor Eduardo Herrera Martínez Rúbrica. (R.- 569602) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Consejo de la Judicatura Federal Juzgado Segundo de Distrito Sn. Fco. de Campeche, Camp. EDICTO En el juicio de amparo 31/2025, promovido por los menores de edad de iniciales J.A.T.B. y J.N.T.B., en contra del Juez Primero Mixto en Materia Tradicional y Oral Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado y otra autoridad, se emplaza a juicio a Natanael del Jesús Tamay Chable; tercero interesado en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados. San Francisco de Campeche, Campeche, a nueve de julio de dos mil veinticinco. Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche Liliana Delgado González Rúbrica. (R.- 569598) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en el Edo. de Campeche, Camp. EDICTOS Dentro del juicio de amparo 532/2025-IV-A promovido por Carlos Manuel Serrano Flores, apoderado de la quejosa Gabriela Guadalupe González Balán contra actos de la Junta Especial Número Cuarenta y Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Campeche, con sede en esta ciudad y Presidente de su adscripción, se ordenó emplazar a BUFTER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, AQTIVA SOLUCIONES FINANCIERAS, FINANCIERAS C.S.S., Y REINGENIERÍA MULTIDISCIPLINARIA DE SERVICIOS SUSTENTABLES S.C.; por medio de edictos. Asimismo, se hace del conocimiento de los citados terceros interesados, que cuentan con el termino de treinta días para comparecer a este juicio constitucional a defender sus derechos, mismos que surtirán sus efectos a partir de la última publicación de tales edictos, tal como lo establece el artículo 30, fracción II, de la citada ley de la materia, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. San Francisco de Campeche, Campeche, a diecisiete de julio de dos mil veinticinco. Secretario en funciones de Juez, del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Campeche José Abelardo Rodríguez Cantú Rúbrica. (R.- 569600) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 317 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Consejo de la Judicatura Federal Juzgado Segundo de Distrito Sn. Fco. de Campeche, Camp. EDICTO En el juicio de amparo 1267/2024, promovido por Raúl Valdez Rivera, en contra de la Presidenta de la Junta Especial Número Cuarenta y Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Campeche, se emplaza a juicio a la persona moral Blake Gulf of México, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable; tercera interesada en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados. San Francisco de Campeche, Campeche, a quince de julio de dos mil veinticinco. Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche Liliana Delgado González Rúbrica. (R.- 569605) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Consejo de la Judicatura Federal Juzgado Segundo de Distrito Sn. Fco. de Campeche, Camp. EDICTO En el juicio de amparo 1341/2024, promovido por María Fernanda Cuevas Baas y Lidia Eufemia Baas Ceh, en representación del adolescente de iniciales F.F.C.B., en contra del Juez Mixto Civil Familiar Mercantil y de Oralidad Mercantil y de Primera Instancia del Cuarto Distrito Judicial del Estado con sede en Calkiní, Campeche y otra autoridad, se emplaza a juicio a AF Comercializadora y Desarrollo de Proyectos, sociedad anónima de capital variable; tercero interesado en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados. San Francisco de Campeche, Campeche, a once de agosto de dos mil veinticinco. Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche Liliana Delgado González Rúbrica. (R.- 569607) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Juicio de Amparo 471/2024-I-A EDICTO. “Proyectos y Desarrollos La Rioja, sociedad anónima de capital variable” “Cumplimiento auto de ocho de octubre de dos mil veinticinco, dictado por la licenciada María Isabel Contreras López, Jueza Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, juicio de amparo 471/2024, promovido por Juan Gabriel Guzmán Aldrete, contra actos del Juez Cuarto de lo Familiar del Primer Partido Judicial en el Estado de Jalisco, se hace conocimiento que le resulta el carácter de tercero interesado a Proyectos y Desarrollos La Rioja, sociedad anónima de capital variable, en términos del artículo 5°, fracción III inciso b) de la Ley de Amparo y 209 Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aplicado supletoriamente, se les mandó emplazar por edicto a juicio, para que si a su interés conviniere se apersone en el mismo, debiéndose presentar ante este Juzgado Federal, ubicado en Anillo periférico Poniente 318 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Manuel Gómez Morín, números 7727, edificio X4, piso 4°, fraccionamiento Ciudad Judicial, en la ciudad de Zapopan, Jalisco, a fin de deducir derechos dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto; apercibidos que de no comparecer en el lapso indicado, ulteriores notificaciones aún las de carácter personal se harán por lista que se publique en los estrados de este órgano de control constitucional. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo”. Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación así como en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana, se expide la presente en la ciudad de Zapopan, Jalisco, a los catorce días de octubre de dos mil veinticinco.- Doy fe. El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Jaime Francisco Topete Cooley Rúbrica. (R.- 569623) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Consejo de la Judicatura Federal Juzgado Segundo de Distrito Sn. Fco. de Campeche, Camp. EDICTO En el juicio de amparo 952/2024, promovido por Gean Alberto Peña, apoderado legal de Rubén Gonzalo Euan Uitz, se emplaza a juicio a las personas morales 1.- EUREKASOLI, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada y 2. K.H. SERVICIOS, Sociedad Anónima de Capital Variable; terceras interesadas en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuentan con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se les harán por estrados. San Francisco de Campeche, Campeche, a ocho de agosto de dos mil veinticinco. Jueza del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche Liliana Delgado González Rúbrica. (R.- 569608) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Consejo de la Judicatura Federal Juzgado Segundo de Distrito Sn. Fco. de Campeche, Camp. EDICTO En el juicio de amparo 447/2025, promovido por José Luis Méndez López, por conducto de su apoderada legal Mercy Ossana Luna Guzmán, en contra de la Presidente de la Junta Especial Número Cuarenta y Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Campeche, se emplaza a juicio a la persona moral Administradores Navieros del Golfo, Sociedad Anónima de Capital Variable; tercera interesada en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados. San Francisco de Campeche, Campeche, a veintidós de agosto de dos mil veinticinco. Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche Liliana Delgado González Rúbrica. (R.- 569609) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 319 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Consejo de la Judicatura Federal Juzgado Segundo de Distrito Sn. Fco. de Campeche, Camp. EDICTO En el juicio de amparo 111/2025, promovido por Darío Salazar Bárcenas, por conducto de su apoderado legal Gean Alberto Peña, en contra de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Campeche, se emplaza a juicio a la persona moral Coordinados de Tuxtla, Sociedad Anónima de Capital Variable; tercera interesada en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados. San Francisco de Campeche, Campeche, a doce de agosto de dos mil veinticinco. Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche Liliana Delgado González Rúbrica. (R.- 569610) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan EDICTO TERCERO INTERESADO: Juan Carlos Mata García Naucalpan de Juárez, Estado de México, a catorce de octubre de dos mil veinticinco. En el juicio de amparo 1054/2025-III, promovido por Elizabeth Armenta Overa y Luis Gerardo Guevara Arauz, contra actos del Juez Séptimo Civil de Tlalnepantla, con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, adscrito al Tribunal Superior de Justicia del Estado de México y otras, se hace del conocimiento al tercero interesado Juan Carlos Mata García, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados en auto de diez de octubre de dos mil veinticinco; asimismo, deberá señalar un domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, o bien, en algún Municipio donde se ejerce jurisdicción, apercibido que de no hacerlo, sin ulterior acuerdo las subsecuentes notificaciones se le harán por medio de lista, quedando a su disposición en la actuaria de este juzgado copias simples de la demanda de amparo y escrito de aclaración de demanda. Atentamente El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México Óscar Durán Valdés Rúbrica. (R.- 569617) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México EDICTO. Sonia Velasco Wainstein. En el juicio de amparo número 642/2025, promovido por Arturo Visoso Lomelin apoderado de la parte quejosa Banco Inbursa, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Inbursa, contra actos del Juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia en la Ciudad de México, en el que se reclama la resolución de fecha treinta de abril de dos mil veinticinco, dictados por el juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia en la Ciudad de México, en el expediente radicado bajo el número 197/2025, y dado que no se cuenta con el domicilio cierto y actual en donde pudiera ser emplazada a éste juicio de amparo, la tercera interesada Sonia Velasco Wainstein, pese a que, se agotaron todas las investigaciones y gestiones a las que este juzgado tiene acceso para localizar el domicilio de dicha parte; en consecuencia, se ha ordenado emplazarla 320 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 por medio de edictos, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo; quedando a disposición de dicha tercero interesada, en la Secretaría de este JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, copia simple de la demanda respectiva; asimismo, se hace de su conocimiento que cuenta con un término de TREINTA DÍAS, que se computarán a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este órgano de control constitucional a hacer valer sus derechos si a su interés conviniere y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de México; apercibida de que en caso de no hacerlo, sin dictar mayor proveído al respecto, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista de acuerdos que se publica en este órgano jurisdiccional. Atentamente Ciudad de México, 09 de octubre de 2025. Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Oscar Guillermo Armenta Romero Rúbrica. (R.- 569733) Estados Unidos Mexicanos Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún EDICTO Emplazamiento a: Majestic Charters, sociedad anónima de capital variable. Se le hace saber que en este órgano jurisdiccional se tramita el juicio ordinario 308/2024 promovido por Oscar López Ek, en donde le reclama la indemnización constitucional y diversas prestaciones legales derivadas de un despido injustificado. Se ordenó emplazarlo por medio de edictos que serán publicados dos veces, con un lapso de tres días entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de mayor circulación en la República y en un periódico local de amplia circulación del Estado de Quintana Roo, haciéndole saber que deberá presentarse ante este tribunal, dentro del término de quince días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer lo que a su derecho convenga, apercibido que de no realizar manifestación alguna, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, por perdido su derecho a ofrecer pruebas y a objetar las pruebas de la contraparte. Asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de residencia de este Tribunal, apercibida que, de no hacerlo, las notificaciones personales se realizarán por boletín laboral. Doy fe. Cancún, Quintana Roo, 14 de octubre de 2025. Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún Mireya Ortiz Landaverde Rúbrica. (R.- 569779) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en el Estado Coatzacoalcos, Ver. EDICTO JULIÁN KURI NACIF En los autos del juicio de amparo 321/2023 del índice de este juzgado, promovido por Rosa Zetina de Jesús, se ordenó emplazar por medio de EDICTOS por desconocerse su domicilio, los cuales se publicarán por tres veces de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico EXCELSIOR que se editan en la Ciudad de México; así como en los ESTRADOS de este juzgado, haciéndole saber que está a su disposición en la secretaría de este juzgado la copia simple de la demanda de amparo, y que tiene expedido su derecho para comparecer a este tribunal a deducir sus derechos, si a sus intereses conviene, y que la audiencia constitucional se celebrará a las nueve horas del veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco. Atentamente Coatzacoalcos, Veracruz, 12 de septiembre de 2025. La Secretaria del Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz María Lizeth Orduña Varela Rúbrica. (R.- 569793) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 321 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación 2º Tribunal Colegiado en Materia Civil del 2º Circuito Toluca, Edo. de México EDICTO En el amparo directo 849/2024, promovido por Francisco Hernández González, contra actos de la Primera Sala Colegiada Civil de Ecatepec de Morelos, Estado de México; se emitió un acuerdo para hacer saber a los terceros interesados Promotora Habitacional Coacalco, sociedad anónima y Roberto González Alcazar, que dentro del plazo de treinta días, siguientes deberán comparecer debidamente identificados en las instalaciones que ocupa este tribunal, sito en Avenida Doctor Nicolás San Juan, Número 104, Colonia Ex rancho Cuauhtémoc, código postal 50010, Toluca, Estado de México, para ser debidamente emplazado al juicio de referencia. Atentamente Toluca, Edo. de Méx., 09 de octubre de 2025. Por Acuerdo, firma el Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito Magistrado Juan Carlos Ortega Castro Rúbrica. (R.- 569812) Estados Unidos Mexicanos Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún EDICTO Emplazamiento a: Enriqueta Córdova Valenzuela. Se le hace saber que en este órgano jurisdiccional se tramita el juicio laboral 183/2022, promovido por Isaac e Ivon ambos de apellidos Regalado Jiménez, por su propio derecho, en donde reclaman el reconocimiento de que son beneficiarios de los derechos laborales, así como la devolución de las aportaciones de la cuenta individual del extinto trabajador Rafael Nemorio Rubén Regalado Sanchez. Se ordenó emplazar a la tercera interesada por medio de edictos que serán publicados dos veces, con un lapso de tres días entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de mayor circulación en la República y en un periódico local de amplia circulación del Estado de Quintana Roo, haciéndole saber que deberá presentarse ante este tribunal, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por conducto de su apoderado, para que en su caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 893 de la Ley Federal del Trabajo, manifieste lo que a su derecho convenga ante este Tribunal, y, en su caso ofrezca las pruebas que a su interés corresponda; en el entendido que, de no hacerlo, se le tendrá al resultado del juicio. Asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la sede de este Tribunal, esto es, la ciudad de Cancún, Quintana Roo, apercibida que, de no hacerlo, las notificaciones personales se realizarán por boletín. Doy fe. Cancún, Quintana Roo, 14 de octubre de 2025. Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún Mireya Ortiz Landaverde Rúbrica. (R.- 569815) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Nayarit “2025, Año de la Mujer Indígena” EDICTO (Segunda publicación) Para emplazar a: Claudia Jaqueline Medina Ruiz y Miguel Ángel Fernández Gil. En el juicio de amparo número 610/2025-VI, promovido por Ricardo Alberto del Corral Lechuga, contra actos del Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Bucerías, municipio de Bahía de Banderas, Nayarit, que hizo consistir en la interlocutoria de trece de febrero de dos mil veinticinco, en relación al recurso de revocación interpuesto en el expediente número 476/2014, de la estadística de la autoridad judicial responsable; se reconoció con el carácter de terceros interesados a José Alonso Castro Rosas, María del Rosario Cansino y Elvia Aguilar Flores, ordenándose su emplazamiento por este conducto.- Queda en la Secretaría de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo en el 322 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Estado de Nayarit, ubicado en Avenida Las Brisas número exterior 40, interior 42, segundo piso, fraccionamiento Las Brisas, Plaza Comercial Fiesta Tepic, copia de la demanda de amparo generadora de dicho juicio y del auto admisorio a su disposición, para que comparezcan al mismo, si a su intereses conviniere, hasta treinta días hábiles después de la última publicación de este edicto; apercibidos que de no hacerlo se les tendrá por legalmente emplazados y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista de acuerdos que se publiquen en los estrados del Juzgado, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 29 de la Ley de Amparo; asimismo, se hace del conocimiento que se encuentran programadas las nueve horas con cuarenta y seis minutos del ocho de diciembre dos mil veinticinco, para la celebración de la audiencia constitucional. Tepic, Nayarit, a trece de octubre de dos mil veinticinco. El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Nayarit Carlos Alberto Coronado Fernández Rúbrica. (R.- 569958) Estados Unidos Mexicanos Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito San Andrés Cholula, Puebla EDICTO Hago de su conocimiento que en el juicio de amparo directo D-458/2025, del índice de este tribunal, con residencia en avenida Osa Menor 82, piso 3, ala norte, Ciudad Judicial Siglo XXI, Reserva Territorial Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla, C.P. 72810, por auto de doce de septiembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar a la parte tercera interesada JOSÉ FERNANDO ZAMBRANO RAMÍREZ en el juicio de amparo directo D-458/2025 del índice de este tribunal, promovido por IRMA YOLANDA MENESES GARCÍA, contra la resolución dictada en el toca 75/2025, del índice de la Quinta Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, que confirmó la sentencia definitiva emitida por el Juzgado Primero Especializado en Materia Civil del Distrito Judicial de Puebla, y Especializado en Extinción de Dominio, en el expediente 1056/2023, relativo a un juicio de otorgamiento de contrato de compraventa en escritura pública, por medio de edictos, los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, a fin de que comparezcan a defender lo que a sus derechos correspondan, en términos del artículo 181 de la Ley de Amparo, dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación; quedando a su disposición en la Secretaría de Acuerdos del tribunal, copia de la demanda de amparo. San Andrés Cholula, Puebla, dieciocho de septiembre de dos mil veinticinco. El Secretario de Acuerdos Lic. Marcos Antonio Arriaga Eugenio Rúbrica. (R.- 569837) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México EDICTO: EMPLAZAMIENTO DEL TERCERO INTERESADO Networks Radiocomunicaciones, sociedad anónima de capital variable. En el juicio de amparo 3175/2024-IV, promovido por Omar García Lara, por propio derecho, contra el acto de la Junta Especial “G” (antes Número Trece) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, y su Presidente, consistente en la resolución de diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro, dictado en el expediente laboral 458/2016, señalado como tercero interesado a Networks Radiocomunicaciones, sociedad anónima de capital variable, y al desconocerse su domicilio, en esta fecha se ordenó el emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de tres en tres días, en el Diario Oficial de la Federación. Se le hace saber que debe presentarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de este Órgano Jurisdiccional copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio. Ciudad de México a catorce de octubre de dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México Jhonatan Edwin Barrera Ramos Rúbrica. (R.- 569901) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 323 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Juicio de Amparo 241/2024-3 EDICTO En el juicio de amparo 241/2024-3, promovido por María Concepción De la Torre Bravo por propio derecho y en representación de la sucesión a bienes de José Jesús Zarate Vázquez, con fundamento en el artículo 135 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, emplácese por este medio al tercero interesado Edith Orozco Zepeda, quienes deben presentarse dentro del término de treinta días, contactos a partir del día siguiente al de la última publicación, a hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibidos que de no hacerlo, se seguirá el procedimiento, y las subsecuentes notificaciones, se harán por lista, en términos del artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, asimismo se hace de su conocimiento que se fijaron las doce horas con treinta minutos del diez de septiembre de dos mil veinticinco par que tenga verificativo la audiencia constitucional y queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, la copia de la demanda. Atentamente Zapopan, Jalisco; ocho de septiembre del dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Alberto Oliveros Vega Rúbrica. (R.- 569925) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Juicio de Amparo 709/2025 “2025, Año de la Mujer Indígena” EMPLAZAMIENTO DE MINA NEDVEDOVICH KOVARSKY. En el juicio de amparo 709/2025, del índice del juzgado al rubro citado, promovido por Mónica Sucar Chaya, por derecho propio, contra actos de la Octava Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el cual se reclama la sentencia de tres de abril de dos mil veinticinco, dictada por la sala responsable, en el toca 192/2025-4, que confirma la sentencia interlocutoria de siete de enero de dos mil veinticinco, dictada por la Juez Cuadragésimo Séptimo de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, en el juicio ejecutivo mercantil, seguido por Mónica Sucar Chaya en contra de Mina Nedvedovich Kovarsky, expediente 504/2009. En virtud de ignorar el domicilio de la tercera interesada Mina Nedvedovich Kovarsky, por auto de 3 de octubre de 2025, se ordenó emplazarla por medio de edictos, por lo que se hace de su conocimiento que deberá presentarse la misma, dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibida que de no hacerlo en dicho plazo y omitir designar domicilio procesal, se le hará la ulteriores notificaciones por medio de lista, aún las de carácter personal. Ciudad de México, a tres de octubre de dos mil veinticinco. El Secretario del Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Luis Fernando Aguilar Ramírez Rúbrica. (R.- 570191) Estados Unidos Mexicanos Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito Hermosillo, Sonora EDICTO En cumplimiento a lo ordenado por auto de siete de octubre de dos mil veinticinco, por la suscrita Magistrada Presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, con sede en Hermosillo, Sonora, en términos de los artículos 27, fracción III inciso c) de la Ley de Amparo y 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2°, se emplaza a juicio, por medio de los presentes edictos a la parte tercero interesada SDN PRESTADORA DE SERVICIOS DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en el Juicio de Amparo Directo Laboral 259/2025, promovido por GUADALUPE DE JESÚS ARRIOLA ANGUIS, contra la sentencia de seis de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Tribunal Laboral del Distrito Judicial 1, en el juicio ordinario laboral 184/2024, quien deberá presentarse ante este tribunal colegiado, ubicado en calle Juan Antonio Ruibal Corella, número 175, segundo piso, colonia La 324 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Manga de esta ciudad, en un término que no sea inferior a quince días ni exceda de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se hace del conocimiento de SDN PRESTADORA DE SERVICIOS DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que en caso de no comparecer por conducto de su apoderado o gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio de amparo y, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se verificarán por medio de lista que se fije en los estrados de este órgano jurisdiccional, con una síntesis de la determinación judicial que ha de notificarse. Queda a su disposición en la secretaría de acuerdos de este tribunal, copia simple de la demanda de amparo. Para ser publicado tres veces, de tres en tres días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación. Hermosillo, Sonora, 07 de octubre de 2025. La Presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito Magistrada María Betzabeth Valenzuela Miranda Rúbrica. (R.- 570062) Estados Unidos Mexicanos Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Hidalgo, con sede en Pachuca Declaratoria de Abandono 33/2025 EDICTO En la Declaratoria de Abandono 33/2025 del índice del Centro de Justicia Penal Federal del Estado de Hidalgo, derivada de la carpeta de investigación FED/MEX/ECAT/0004675/2023, en la cual el agente del Ministerio Público de la Federación Titular de célula D-II-3 Ecatepec, estado de México, solicitó audiencia para resolver sobre el abandono del bien asegurado consistente en: Bien asegurado Características y especificaciones 1. Vehículo tipo motocicleta, color negro con rayas verdes, sin placas de circulación y número de SERIE: 3SCK4EKH7P1008717. A razón de ello, mediante acuerdo de trece de octubre de dos mil veinticinco, se señaló audiencia a las doce horas del dieciocho de noviembre de dos mil veinticinco, a celebrarse en este Centro de Justicia con domicilio en calle San Luis, número 1007, colonia San Bartolo, código postal 42039, Pachuca, Hidalgo; en ese sentido, la persona interesada deberá comparecer con una hora de anticipación a su celebración; sin embargo, al desconocer su identidad, se le emplaza por medio de este edicto. Asimismo, se le apercibe que, en caso de no señalar domicilio en la ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo o medios electrónicos para ser notificado, las notificaciones siguientes se le realizarán por medio de lista. Pachuca de Soto, Hidalgo, trece de octubre de dos mil veinticinco. Asistente de Despacho Judicial del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Hidalgo Gonzalo Aburto Hernández Rúbrica. (R.- 570349) Estados Unidos Mexicanos Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito San Andrés Cholula, Puebla EDICTO Hago de su conocimiento que en el juicio de amparo directo D-539/2024, del índice de este tribunal, con residencia en avenida Osa Menor 82, piso 3, ala norte, Ciudad Judicial Siglo XXI, Reserva Territorial Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla, C.P. 72810, por auto de seis de octubre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar a la moral tercera interesada GRUPO CORPORATIVO HEIBRAM, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, a través de su representante legal CHRISTIAN JEOVANY CALTONZI VARGAS, en el juicio de amparo directo D-539/2024 del índice de este tribunal, promovido por TIRSO JAVIER DE LA TORRE SÁNCHEZ, en su carácter de apoderado de la persona moral quejosa denominada THYSSENKRUPP PRESTA DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra la resolución dictada el dos de julio de dos mil veinticuatro, en la que desechó la demanda que originó el expediente 149/2024/6M, del índice del Juzgado Sexto Especializado en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Puebla, relativo a un juicio oral mercantil; por medio de edictos, los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, a fin de que comparezca a defender lo que a su derecho correspondan, en términos del artículo 181 de la Ley de Amparo, dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación; quedando a su disposición en la Secretaría de Acuerdos del tribunal, copia de la demanda de amparo. San Andrés Cholula, Puebla, dieciséis de octubre de dos mil veinticinco. El Secretario de Acuerdos Lic. Marcos Antonio Arriaga Eugenio Rúbrica. (R.- 570439) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 325 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito Monterrey, Nuevo León EDICTOS TERCEROS INTERESADOS América Guevara Ojeda, en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de América Eleydi Gutiérrez Guevara. César Juan Gutiérrez Guevara (DOMICILIOS IGNORADOS). Por este conducto, se ordena emplazar a los terceros interesados, dentro del juicio de amparo directo número 245/2025, promovido por Mario Alberto Martínez Campos, contra el acto del magistrado de la Octava Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado. Acto reclamado: La sentencia de veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada dentro del toca de apelación en definitiva 350/2024, deducido del expediente judicial 1596/2023, relativo al juicio ordinario civil promovido por Mario Alberto Martínez Campos, en contra de América Guevara Ojeda, en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de América Eleydi Gutiérrez Guevara, César Juan Gutiérrez Guevara y Yudith Marlene Álvarez Moncada. Preceptos constitucionales cuya violación se reclaman: 4, 14 y 16. Se hace saber a los terceros interesados que deben presentarse ante este tribunal, dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación, a fin de que hagan valer sus derechos y se impongan de la tramitación de este juicio de amparo, apercibidos que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en la lista de acuerdos electrónica y en la que se fija en este tribunal. Monterrey, Nuevo León, a 26 de agosto de 2025. La Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito Lic. Claudia Judith Patena Puente Rúbrica. (R.- 570025) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Juicio de Amparo 869/2025 M1-OJ2 EDICTO En cumplimiento a lo ordenado en auto de diez de octubre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo número 869/2025, promovido por Víctor Berumen Guerrero, contra los actos que reclama del Juez y Secretario Ejecutor, Adscritos al Juzgado Octavo de lo Civil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, así como Director del Registro Público de la Propiedad y Comercio con sede en Guadalajara, Jalisco y Director de Catastro del Municipio de Guadalajara, Jalisco, se emplaza a juicio a J.O. Inmobiliaria Sociedad Anónima de Capital Variable, con el carácter de tercero interesado, de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimiento Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Quedan a su disposición, en la Secretaría de este Órgano Judicial, copia simple de la demanda de amparo. Se le hace saber que cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a su interés convenga y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por lista. Se hace de su conocimiento que se encuentran señaladas las DIEZ HORAS CON TREINTA Y SEIS MINUTOS DEL VEINTIUNO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, para la celebración de la audiencia constitucional. Atentamente Zapopan, Jalisco; 16 de octubre de 2025. El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Lic. Luis Fernando Vázquez Michel Rúbrica. (R.- 570113) AVISO Se comunica que para la publicación de estados financieros se requiere que éstos sean capturados en cualquier procesador de textos Word y presentados en medios impreso y electrónico. Atentamente Diario Oficial de la Federación 326 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guerrero Acapulco EDICTO. “Alejandro Linares Santos”. “De conformidad con lo establecido en el artículo 27 fracción III inciso c) de la Ley de Amparo y en cumplimiento auto nueve de octubre de dos mil veinticinco, dictado por la Jueza Cuarta de Distrito Estado Guerrero, en el juicio de amparo 656/2024, promovido por Sarahi Medina Mora, contra actos del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 41, se hace de su conocimiento que le resulta el carácter de tercero interesado, en términos del artículo 5º, fracción III, inciso a) Ley de Amparo y 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de aplicación supletoria a la ley reglamentaria, se le manda emplazar por edictos a juicio, para que si a sus intereses conviniere se apersone, debiéndose presentar ante este juzgado federal, ubicado Boulevard de las Naciones 640, Granja 39, Fracción “A”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, Código Postal 39890, Acapulco, Guerrero, a deducir sus derechos dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente a aquel al en que se efectúe la última publicación del presente edicto; apercibido que de no comparecer en el lapso indicado, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal les surtirán efectos por lista que se publique en los estrados de este órgano control constitucional. En inteligencia que este juzgado ha señalado las diez horas del diez de noviembre de dos mil veinticinco, para la celebración de la audiencia constitucional. Queda a disposición en secretaría juzgado copia demanda amparo y auto admisorio”. Para su publicación por tres veces de tres en tres días en el medio de comunicación procesal oficial del Poder Judicial de la Federación, se expide la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, a los nueve días del mes de octubre de dos mil veinticinco. Doy fe. La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Acapulco Licenciada Beatriz Eugenia Meza López Rúbrica. (R.- 570065) Estados Unidos Mexicanos Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito Hermosillo, Sonora EDICTO En cumplimiento a lo ordenado por auto de siete de octubre de dos mil veinticinco, por la suscrita Magistrada Presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, con sede en Hermosillo, Sonora, en términos de los artículos 27, fracción III inciso c) de la Ley de Amparo y 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2°, se emplaza a juicio, por medio de los presentes edictos a la moral tercera interesada JR CONSULTORES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y/o GEODRILL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en el Juicio de Amparo Directo Laboral 263/2025, relacionado con el Amparo Directo Laboral 262/2025, promovido por CARLOS MÉNDEZ LEYVA, contra el laudo de veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro, dictado por la Junta Especial Número Veintitrés de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad, en el expediente 1438/2012, quien deberá presentarse ante este tribunal colegiado, ubicado en Calle Juan Antonio Ruibal Corella, número 175, colonia La Manga de esta ciudad, en un término que no sea inferior a quince días ni exceda de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se hace del conocimiento a JR CONSULTORES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y/o GEODRILL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que en caso de no comparecer por conducto de su apoderado o gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio de amparo y, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se verificarán por medio de lista que se fije en los estrados de este órgano jurisdiccional, con una síntesis de la determinación judicial que ha de notificarse. Queda a su disposición en la secretaría de acuerdos de este tribunal, copia simple de la demanda de amparo. Para ser publicado tres veces, de tres en tres días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación. Hermosillo, Sonora, 7 de octubre de 2025. La Presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito Magistrada María Betzabeth Valenzuela Miranda Rúbrica. (R.- 570068) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 327 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México EDICTO TERCERO INTERESADO: RAMÓN ALEJANDRO CRUZ GONZÁLEZ. EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, SECCIÓN AMPAROS, MESA V, JUICIO DE AMPARO 755/2025, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. En los autos del juicio de amparo 755/2025, promovido por Romeo Aragón Araque; contra actos del titular y actuaria adscritos al Juzgado Trigésimo Sexto Civil de Proceso Oral del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México, en el que reclama la falta de emplazamiento y todo lo actuado en el juicio ejecutivo mercantil 698/2024; particularmente la orden de bloqueo y/o embargo de la cuenta bancaria a nombre del promovente, aperturada ante Banco Nacional de México, sociedad anónima, Integrante de Grupo Financiero Banamex, por la cantidad de $6'500,000.00 (seis millones quinientos mil pesos 00/100 moneda nacional) y su ejecución. Hágase el emplazamiento a juicio del tercero interesado Ramón Alejandro Cruz González, por medio de edictos, los que deberán publicarse tres veces de tres en tres días hábiles en el Diario Oficial de la Federación; haciéndole del conocimiento a dicho sujeto procesal que deberá presentarse en este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, sito en el acceso tres, primer nivel del Edifico Sede del Poder Judicial de la Federación de San Lázaro, ubicado en Eduardo Molina número dos, colonia El Parque, alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, dentro del término de quince días contado a partir del siguiente al de la última publicación y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta ciudad, con apercibimiento que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista. Se expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de quince de octubre de este año. Ciudad de México, a 22 de octubre de 2025. Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Selene Martínez Jiménez Rúbrica. (R.- 570173) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimosexto de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Tijuana EDICTO Emplazamiento de la tercero interesada: Juan Carlos Núñez Alvarado. En el juicio de amparo número 1523/2023-II-VI, promovió Rocío del Carmen Rivera Robles, contra actos del Juez Séptimo de lo Civil, con sede en esta ciudad y otra autoridad, en el que reclamó: la falta de notificación o llamamiento a juicio en el expediente número 356/2019, del Indice del Juzgado Séptimo de lo Civil, con sede en esta ciudad. Por auto de fecha dieciocho de septiembre de dos mil veinticinco, se acordó emplazar a usted, en su carácter de tercero interesado, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico “El Economista”, “El Sol de México”, “El Universal”, “El Excélsior”, “Reforma”, “La Jornada”, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, y si pasado dicho término no se apersona, las ulteriores notificaciones aun las de carácter personal, le surtirán efecto por medio de lista; en la inteligencia de que se han señalado las diez horas con treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil veinticinco, para la celebración de la audiencia constitucional, en el juicio de garantías antes mencionado. Finalmente, se hace saber a la tercero interesado que en la Secretaría de este Juzgado, queda a su disposición copia de la demanda de amparo que dio origen a este juicio. Atentamente Tijuana, Baja California, 18 de septiembre de 2025. Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Baja California Marilda Teresa Cañas Alatorre Rúbrica. (R.- 570390) 328 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 AVISOS GENERALES Estados Unidos Mexicanos Tribunal Federal de Justicia Administrativa Sala Regional en Yucatán Expediente: 1088/22-16-01-6 Actor: Instituto Gardner México Americano, S.C. "EDICTO" TRABAJADORES DE LA PERSONA MORAL INSTITUTO GARDNER MÉXICO AMERICANO, S.C., EN EL EJERCICIO FISCAL COMPRENDIDO DEL 1 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017. En los autos del juicio contencioso administrativo número 1088/22-16-01-6, promovido por Instituto Gardner México Americano, S.C., en contra de la Administradora Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Campeche "1", en el que demanda la resolución contenida en el oficio 500-14-00-06-02-2022-1203, de 16 de junio de 2022, emitida por la Administradora Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Campeche "1", a través de la cual, se determinó un crédito fiscal en cantidad total de $7'529,705.15, así como se determinó como renta gravable base del reparto de utilidades el importe $9'091,183.99, por lo que se deberá efectuar a sus trabajadores el reparto de utilidades en cantidad de $909,118.39, por el ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2017, se ordenó emplazar a los TERCEROS INTERESADOS, por medio de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo, 18, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, para lo cual, se le hace saber que tiene un término de treinta días contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del Edicto ordenado, para que comparezcan en esta Sala Regional en Yucatán del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el domicilio ubicado en: calle 56-A (Paseo de Montejo), número 483-B, por 41, Colonia Centro, C.P. 97000, en esta Ciudad de Mérida, Yucatán, apercibida de que en caso contrario, las siguientes notificaciones se realizarán por boletín jurisdiccional, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la parte actora. Ciudad de Mérida, a 5 de septiembre de 2025. Magistrado Instructor de la Tercera Ponencia de la Sala Regional Peninsular del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Rafael Quero Mijangos Rúbrica. La Secretaria de Acuerdos Ana María Sánchez Correa Rúbrica. (R.- 570010) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 329 Estados Unidos Mexicanos Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana PUBLICACIÓN DE SANCIÓN El veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco, en el expediente administrativo número DGSP/DELC/PAS/050/2025, que obra en los archivos de la Dirección General de Seguridad Privada, se impuso a la prestadora de servicios de seguridad privada ESCOLTA Y VIGILANCIA EN CARRETERAS, S. DE R.L. DE C.V., con número de Registro Federal Permanente DGSP/107-24/5057 y domicilio ubicado en CDA. LA SECRETARIA NÚM. 6, COL. CAMPESTRE ARAGÓN, C.P. 07530, GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MÉXICO, las siguientes sanciones: 1) AMONESTACIÓN con difusión pública en la página de internet de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana prevista en el artículo 42 fracción I de la Ley Federal de Seguridad Privada y 2) MULTA de mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), prevista en el artículo 42 fracción II de la Ley Federal de seguridad Privada, vigentes en el año de la comisión de la infracción (2025), consistente en $113.14 (ciento trece pesos 14/100 M.N.), dando un total de $ 113,140 (ciento trece mil ciento cuarenta pesos 00/100 M.N.), de conformidad con lo establecido en la Ley para determinar el valor de la Unidad de Medida y Actualización y el artículo 42 fracciones I y II de la Ley Federal de Seguridad Privada, lo anterior porque omitió atender el citatorio del veintinueve de abril del dos mil veinticinco para que la Dirección General de Seguridad Privada practicara la visita de verificación en el domicilio registrado como su oficina matriz, el cual se ubica en CDA. LA SECRETARIA NÚM. 6, COL. CAMPESTRE ARAGÓN, C.P. 07530, GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MÉXICO; por lo que incumple con los artículos 32 fracción XXV de la Ley Federal de Seguridad Privada y 53 fracción I de su Reglamento. Así lo resolvió y firma el Director General de Seguridad Privada, de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. Ciudad de México, a veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco. Director General de Seguridad Privada Enrique Martínez Garza Rúbrica. (R.- 570321) Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL POR MEDIO DE DUCTOS DE ACCESO ABIERTO “EMILIANO ZAPATA” PERMISO G/25206/TRA/2023 Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial Torreón, Coah. C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de transporte de gas natural por medio de ductos de acceso abierto, la lista de tarifas máximas, aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación. Lista de tarifas máximas – pesos de marzo de 2025 Cargo por Servicio de transporte Unidades Importe Servicio en Base Firme Cargo por capacidad Pesos/GJ/Día 0.8730 Cargo por uso Pesos/GJ 0.0000 Servicio Interrumpible Cargo por Servicio Interrumpible Pesos/GJ 0.8643 Cifras expresadas en pesos de marzo de 2025. Torreón, Coahuila., a 21 de octubre de 2025. Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. Representante Legal Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio Rúbrica. (R.- 570322) 330 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL POR MEDIO DE DUCTOS DE ACCESO ABIERTO “RAMAL HERMOSILLO” PERMISO G/20108/TRA/2017 Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial Torreón, Coah. C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de transporte de gas natural por medio de ductos de acceso abierto, la lista de tarifas máximas, aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación. Lista de tarifas máximas – pesos de abril de 2025 Cargo por Servicio de transporte Unidades Principal Ramal Servicio en Base Firme 0.3731 0.0000 Cargo por capacidad Pesos/GJ/Día 0.8442 Cargo por uso Pesos/GJ 0.0000 Servicio Interrumpible1 0.3694 Cargo por Servicio Interrumpible Pesos/GJ 0.8358 Cifras expresadas en pesos de abril de 2025. 1/ El cargo en servicio interrumpible se calcula considerando el 99% de las tarifas autorizadas (cargo por capacidad más cargo por uso). Torreón, Coahuila., a 21 de octubre de 2025. Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. Representante Legal Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio Rúbrica. (R.- 570323) Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL POR MEDIO DE DUCTOS DE ACCESO ABIERTO “ORIENTAL” PERMISO G/21398/TRA/2018 Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial Torreón, Coah. C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de transporte de gas natural por medio de ductos de acceso abierto, la lista de tarifas máximas, aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación. Lista de tarifas máximas – pesos de mayo de 2025 Cargo por Servicio de transporte Unidades Importe Servicio en Base Firme Cargo por capacidad Pesos/GJ/Día 1.0382 Cargo por uso Pesos/GJ 0.0000 Servicio Interrumpible Cargo por Servicio Interrumpible1 Pesos/GJ 1.0278 Cifras expresadas en pesos de mayo de 2025. 1/El cargo en servicio interrumpible se calcula considerando el 99% de las tarifas autorizadas (cargo por capacidad más cargo por uso). Torreón, Coahuila., a 21 de octubre de 2025. Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. Representante Legal Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio Rúbrica. (R.- 570326) Jueves 13 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 331 Auditoría Superior de la Federación Cámara de Diputados Unidad de Asuntos Jurídicos Dirección General de Substanciación “A” EDICTO En los Procedimientos de Responsabilidad Administrativa, con números de expediente DGSUB"A"/A.2/1812/09/2025 y DGSUB"A"/A.2/1836/09/2025, iniciados por la Dirección General de Substanciación “A” de la Auditoría Superior de la Federación, por la presunta comisión de faltas administrativas graves y actos de particulares vinculados con estas, con fecha veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cual a su vez es supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su diverso 118, se ordenó, emplazar por medio de edictos a diversos presuntos responsables para que comparezcan a las Audiencias Iniciales, en la siguiente fecha y horarios: PRESUNTO RESPONSABLE PROCEDIMIENTO FALTA ADMINISTRATIVA DÍA HORA 3GR INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V. DGSUB"A"/A.2/ 1812/09/2025 USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS (Art. 71) DIECISÉIS (16) DE ENERO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS (10:30) VZN CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. DGSUB"A"/A.2/ 1836/09/2025 USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS (Art. 71) DIECISÉIS (16) DE ENERO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) ONCE HORAS CON CERO MINUTOS (11:00) Audiencias que se celebrarán en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación “A” de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría Superior de la Federación, ubicadas en el sexto piso del edificio “A” situado en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, para que rindan su declaración por escrito o verbalmente y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias para su defensa; asimismo se les informa el derecho que tienen de no declarar en contra de sí mismos ni declararse culpables, así como su derecho a defenderse a través de su representante legal, y de ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un defensor, en caso de solicitarlo, les será nombrado uno de oficio. De igual forma, se pone a su disposición las copias de traslado, además de que podrán acudir a consultar las constancias que integran el Expediente de Presunta Responsabilidad Administrativa correspondiente, en el domicilio antes señalado, en días hábiles y dentro del horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia, se les hace saber que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación, apercibidos que de no hacerlo, las que se deban practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados de la Auditoría Superior de la Federación. Si pasado el termino referido, no comparecen a la audiencia inicial, se seguirá el procedimiento, haciéndoseles las ulteriores notificaciones por rotulón, las cuales contendrán, en síntesis, la determinación que ha de notificarse. Ciudad de México, a veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco, el Licenciado Isaid Rodríguez Esquivel, Director de Substanciación “A.2” de la Auditoría Superior de la Federación.- Rúbrica. (R.- 569897) 332 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Auditoría Superior de la Federación Unidad General de Administración Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Dirección de Recursos Materiales RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con el artículo 25 la Ley General de Bienes Nacionales; y el Lineamiento para el Control de los Bienes Muebles y almacén general de la ASF y su nota técnica número 2AD3RM05-01, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional para la enajenación por venta de diez partidas, cuya convocatoria contiene los requisitos para la participación. La convocatoria estará disponible para consulta en la página de Internet: www.asf.gob.mx, menú inferior opción Recursos Materiales y Servicios o bien en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales dependiente de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios, ubicada en Carretera Picacho Ajusco número 167, colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, 14110, Ciudad de México, Teléfonos (55) 52 00 15 00 ext. 10949 de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas en días hábiles. Licitación Pública Nacional Número ASF-UGA-DGRMS-LPN-EB-01/2025 Descripción general de los bienes a enajenar Enajenación por venta de diez partidas integradas por bienes muebles, informáticos y de comunicación, no útiles para la Auditoría Superior de la Federación de acuerdo con al siguiente detalle: Equipo de comunicación (84), Equipo de cómputo de escritorio (653), Equipo de cómputo portátil dell y otros (734), Equipo de cómputo portátil hp (2,085), Periféricos (319), Equipo de telefonía celular (12), Sillas, sofá y sillones (361), Electrónicos (280), Mobiliario (364), Tableta ipad air (1). Lugar, fecha, horario y precio para obtener las bases Dirección de Recursos Materiales, ubicada en Carretera Picacho Ajusco número 167, colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, 14110, Ciudad de México del 13 al 20 de noviembre de 2025 de las 9:00 a 14:30 hrs, de lunes a viernes en días hábiles, y el costo es de $1,000.00 los cuales deben ser pagados en efectivo. Valor Mínimo de Venta de los bienes Equipo de comunicación ($40,100.00), Equipo de cómputo de escritorio ($542,940.00), Equipo de cómputo portátil dell y otros ($916,720.00), Equipo de cómputo portátil hp ($2,922,730.00), Periféricos ($205,480.00), Equipo de telefonía celular ($3,330.00), Sillas, sofá y sillones ($9,550.00), Electrónicos ($15,670.00), Mobiliario ($28,540.00), Tableta ipad air ($3,020.00) Fecha de Publicación: • 13 de noviembre de 2025. Lugar, fecha y hora de acceso para la verificación física de los bienes • 18 de noviembre de 2025, en las oficinas de la Auditoría Superior de la Federación, sita en Avenida Coyoacán número 1501, colonia Del Valle, código postal 03100, demarcación territorial Benito Juárez, Ciudad de México, a las 10:00 y 13:00 horas. • 19 de noviembre de 2025, en las oficinas de la Auditoría Superior de la Federación, sita en República de Uruguay, número 49, colonia Centro, demarcación territorial Cuauhtémoc, código postal 06000, en la Ciudad de México, a las 10:00 y 12:00 horas. Porcentaje de la garantía de sostenimiento de ofertas 10% (Diez por ciento). Junta de aclaraciones 21 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas, en la Piso 11, Salas A y B, de la Auditoría Superior de la Federación, ubicada en Carretera Picacho Ajusco No. 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, demarcación territorial Tlalpan, código postal 14110, Ciudad de México. Presentación y Apertura de ofertas. 28 de noviembre de 2025 a las 10:00 horas, en la Piso 11, Salas A y B, de la Auditoría Superior de la Federación, ubicada en Carretera Picacho Ajusco No. 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, demarcación territorial Tlalpan, código postal 14110, Ciudad de México. Plazo máximo de retiro del bien Hasta las 14:00 horas del 19 de diciembre de 2025. Ciudad de México, a 13 de noviembre de 2025. Director de Recursos Materiales Mtro. Saúl Enrique Ayala Medina Rúbrica. (R.- 570328) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 333 Instituto Mexicano del Seguro Social Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo Jefatura de Servicios Administrativos Departamento de Conservación y Servicios Generales CONVOCATORIA IMSS/JSA/DCSG/LP/002/2025 En cumplimiento con las disposiciones que establece el Artículo 134 de la Constitución, así como el Título Quinto, Artículos 131, 132 de la Ley General de Bienes Nacionales; El Instituto Mexicano del Seguro Social, a través del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo, por conducto del Departamento de Conservación y Servicios Generales llevará a cabo Licitación Pública No. IMSS/JSA/DCSG/LP/002/2025, para lo cual convoca a participar, en la venta de mobiliario y equipo, vehículos y desechos de generación periódica Institucionales programados para baja por las Unidades Médicas y/o Administrativas adscritas al Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo, que se formalizará mediante contrato de vigencia 28 de noviembre de 2025 al 27 de noviembre de 2026, conforme a lo establecido en el Numeral 7.11.1 de la Norma que establece las Bases Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo a las partidas descritas a continuación: NUMERO DE PARTIDA UNIDAD DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD TOTAL IMPORTE MINIMO A OFERTAR POR PARTIDA DEPOSITO DE GARANTIA 10% 1 Hospital General de Zona No. 3 Mobiliario y equipo LOTE 380.00 $ 17,628.56 $ 1,762.86 2 Hospital General de Zona No. 18 Mobiliario y equipo LOTE 535.00 $ 26,852.28 $ 2,685.23 3 Hospital General de Zona con Medicina Familiar No. 1 Mobiliario y equipo LOTE 57.00 $ 4,128.95 $ 412.90 4 Hospital General Regional No. 17 Mobiliario y equipo LOTE 490.00 $ 30,462.95 $ 3,046.30 5 Hospital de Gineco Pediatría No. 7 Mobiliario y equipo LOTE 66.00 $ 1,295.00 $ 129.50 6 Unidad de Medicina Familiar No. 11 Mobiliario y equipo LOTE 9.00 $ 962.50 $ 96.25 7 Unidad de Medicina Familiar No. 14 Mobiliario y equipo LOTE 103.00 $ 2,957.50 $ 295.75 8 Unidad de Medicina Familiar No. 5 Mobiliario y equipo LOTE 22.00 $ 632.45 $ 63.25 9 Unidad de Medicina Familiar No. 19 Mobiliario y equipo LOTE 16.00 $ 512.68 $ 51.27 10 Oficina del OOAD Quintana Roo Mobiliario y equipo LOTE 84.00 $ 987.00 $ 98.70 11 Subdelegación Playa del Carmen Mobiliario y equipo LOTE 13.00 $ 45.50 $ 4.55 12 Subdelegación Cancun Mobiliario y equipo LOTE 44.00 $ 924.00 $ 92.40 13 Unidad de Medicina Familiar No. 16 Ambulancia/de traslado PZA 1.00 $ 20,416.67 $ 2,041.67 14 Almacén Delegacional Montacargas eléctrico PZA 1.00 $ 24,010.71 $ 2,401.07 15 Almacén Delegacional Montacargas eléctrico PZA 1.00 $ 20,060.29 $ 2,006.03 16 Hospital General de Zona con Medicina Familiar No. 1 Ambulancia de traslado PZA 1.00 $ 71,840.00 $ 7,184.00 17 Hospital General Regional No. 17 Ambulancia de traslado PZA 1.00 $ 74,085.00 $ 7,408.50 18 Unidad de Medicina Familiar No. 13 Ambulancia de traslado PZA 1.00 $ 121,230.00 $ 12,123.00 19 Unidad de Medicina Familiar No. 14 Ambulancia de traslado PZA 1.00 $ 43,741.11 $ 4,374.11 20 Unidad de Medicina Familiar No. 5 Ambulancia de traslado PZA 1.00 $ 80,820.00 $ 8,082.00 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 334 21 Hospital Gral. de Zona con Medicina Familiar No. 3 Ambulancia de traslado PZA 1.00 $ 82,616.00 $ 8,261.60 22 Hospital General de Zona con Medicina Familiar No. 1 Trapo sucio KG 1,000.00 $ 7,050.10 $ 705.01 23 Oficina del OOAD Quintana Roo Cartón KG 6.00 $ 14.99 $ 1.50 24 Oficina del OOAD Quintana Roo Papel (archivo) KG 59,485.50 $ 156,756.19 $ 15,675.62 25 Oficina del OOAD Quintana Roo Papel (cesto) KG 9.00 $ 2.26 $ 0.23 26 Unidad de Medicina Familiar No. 19 Cartón KG 90.00 $ 224.87 $ 22.49 27 Hospital General Regional No. 17 Trapo limpio KG 3,000.00 $ 36,599.40 $ 3,659.94 28 Hospital General de Zona No. 18 Desecho ferroso de segunda KG 100.00 $ 346.76 $ 34.68 TOTAL 1,828.00 $ 827,203.71 $ 82,720.37 Los interesados podrán obtener las bases de la Licitación Pública gratuitamente en el Departamento de Conservación y Servicios Generales, ubicado en Av. Héroes de Chapultepec No. 2 Oriente Col. Centro C.P. 77000, con número telefónico 01 (983) 83 2 25 52, el período de entrega de las bases será a partir de la publicación del presente hasta el 25 de Noviembre del 2025, en horario de 09:00 a 14:00 horas. El plazo máximo en que deberá retirarse el mobiliario y equipo, vehículos y desechos de generación periódica Institucionales será en un plazo no mayor a los 20 días hábiles posteriores a la notificación del fallo en horario de 09:00 a 16:00 horas. Será dado a conocer en la página de internet del instituto Mexicano del Seguro Social: http://compras.imss.gob.mx/?P=imssvende; el procedimiento de contratación, mismo que se llevará a cabo de acuerdo a lo siguiente: 1.- El Acto a la junta de aclaración de las bases será el día 25 de Noviembre del 2025 a las 10:00 horas. 2.- El Acto de presentación de ofertas será el día 27 de Noviembre del 2025 a las 10:00 horas. 3.- El Acto de fallo será el día 27 de Noviembre del 2025 a las 12:00 horas. Los actos de junta de aclaraciones, apertura de propuestas y fallo de la Licitación se realizarán en las Oficinas del Departamento de Conservación y Servicios Generales ubicado en Av. Chapultepec No. 2 Oriente, Col. Centro C.P. 77000 de la ciudad de Chetumal, Quintana Roo. Nota: se procederá a la Subasta del mobiliario y equipo, así como desechos de generación periódica y vehículos Institucionales que no se logren adjudicar a través del procedimiento de Licitación Pública, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado para la Licitación y un diez por ciento menos para la segunda almoneda. El retiro del mobiliario y equipo, vehículos así como desechos de generación periódica, deberá realizarse en los domicilios que se indican en las bases de la convocatoria, con recursos propios del adjudicado y en los plazos establecidos en las bases de la convocatoria. Los participantes deberán garantizar su oferta en moneda nacional por un importe del 10% del valor conforme a la oferta del interesado, en los desechos de Generación periódica, vehículos así como Mobiliario y Equipo, mediante depósito en efectivo a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual se deberá entregar en sobre cerrado y será devuelto a los interesados al término del evento de fallo; salvo el participante ganador, el cual será conservado por la convocante a título de garantía y será liberado cuando el licitante ganador haya cumplido totalmente sus obligaciones. Atentamente “Seguridad y Solidaridad Social” Chetumal, Quintana Roo a 13 de noviembre del 2025. Titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo Dr. Javier Michael Naranjo García Rúbrica. (R.- 570295) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 335 Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA DE VERACRUZ PERMISO G/323/DIS/2014 Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial Torreón, Coah. C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS- 001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que presta el servicio de distribución de gas natural en la zona geográfica de Veracruz, la lista de tarifas máximas para el tercer periodo quinquenal de operaciones autorizadas por la Comisión Reguladora de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación. LISTA DE TARIFAS MÁXIMAS INICIALES APROBADAS Cargos tarifarios Rangos de consumo (Gigajoule/Mes) Unidades Residencial 0.00– Infinito Comercial/ Industrial 1 0.00 – 1,000.00 Industrial 2 1,000.01- 5,000.00 Industrial 3 5,000.01- 14,000.00 Industrial 4 14,000.01- 30,000.00 Industrial 5 30,000.01- Infinito Cargo por servicio Pesos/Mes 43.1165 202.3605 1,198.1973 2,182.9466 2,546.7710 4,244.6352 Distribución con comercialización Pesos/Gigajoule 39.7633 74.8783 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 Distribución simple Cargo por capacidad Pesos/Gigajoule 39.0552 73.5450 26.8070 20.1207 19.3728 12.5993 Cargo por uso Pesos/Gigajoule 0.7081 1.3333 0.4860 0.3648 0.3512 0.2284 OTROS CARGOS REGULADOS APROBADOS Cargos tarifarios Rangos de consumo (GJ/Mes) Unidades Residencial 0.0 - Infinito Comercial/ Industrial 1 0.00 – 1,000.00 Industrial 2 1,000.01- 5,000.00 Industrial 3 5,000.01- 14,000.00 Industrial 4 14,000.01- 30,000.00 Industrial 5 30,000.01- Infinito Conexión estándar Pesos/Acto 0.0000 15,314.2401 139,716.9680 432,492.8497 529,325.3236 956,539.6738 Conexión no estándar Pesos/Metro 356.0028 639.7995 1,404.6227 1,670.3936 1,855.9883 2,775.0896 Desconexión y Reconexión Pesos/Acto 152.9399 409.8838 573.8290 803.3731 1,124.7181 2,080.0714 Torreón, Coah., a 18 de junio de 2024 Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. Representante Legal Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio Rúbrica. (R.- 570202) 336 DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2025 Diario Oficial de la Federación Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Directorio Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos Claudia Sheinbaum Pardo Secretaria de Gobernación Rosa Icela Rodríguez Velázquez Subsecretario de Gobernación César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera Titular de la Unidad de Gobierno Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara Coordinador del Diario Oficial de la Federación Alejandro López González Cuotas por derecho de publicación: Oficinas ubicadas en: Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México. Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios. Página web: www.dof.gob.mx Esta edición consta de 336 páginas 1/8 de plana.................. $ 2,739.00 4/8 plana ...................... $ 10,956.00 1 plana ......................... $ 21,912.00