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Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 308/2025, edición matutina (MAT) del jueves 13 de noviembre de 2025
November 13, 2025 · Diario Oficial de la Federación (múltiples emisores: SEGOB, SHCP/CNBV/CNSF/CONSAR/INDABIN/INDEP, SADER/SENASICA, SEP, SECIHTI, Salud/COFEPRIS, STPS, Cultura, SECTUR, Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, SCJN, Banco de México y convocatorias del sector público)
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No. de publicación: 308/2025
Ciudad de México, jueves 13 de noviembre de 2025
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Cultura
Secretaría de Turismo
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado
Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
2
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
INDICE
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa de una entidad interna de Convención Nacional Bautista de México, A.R.,
denominada Iglesia Bautista Amor más Grande de Guanajuato, Gto. .............................................
5
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó la C. Zurisadai Rodríguez Jiménez y firmantes de la agrupación
denominada Iglesia de Dios Pentecostés Nuevo Remanente. .........................................................
7
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó la C. Rosalba Colchado Villalón y firmantes de la agrupación
denominada Iglesia Evangélica del Mante Unidos para Cristo. ........................................................
9
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó el C. Caciano Ventura Cárdenas y firmantes de la agrupación
denominada Ministerio de Iglesias Cristianas Pentecostés Bet-El en México. .................................
11
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Oficio mediante el cual se modifican los términos de la autorización para organizarse y operar de
Paypal Payments México, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico. ................
13
Oficio mediante el cual se modifica la autorización otorgada a Allianz México, S.A.,
Compañía de Seguros. .....................................................................................................................
14
Modificaciones y adiciones a las Disposiciones de carácter general aplicables a los planes
de pensiones. ...................................................................................................................................
17
Acuerdo por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio
Público de la Federación número DSRDPF/483/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada
el 13 de septiembre de 2017. ...........................................................................................................
31
Acuerdo por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio
Público de la Federación número DSRDPF/484/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada
el 13 de septiembre de 2017. ...........................................................................................................
33
Acuerdo por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio
Público de la Federación número DSRDPF/485/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada
el 13 de septiembre de 2017. ...........................................................................................................
35
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
3
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Convenio Modificatorio al Anexo Técnico de Ejecución para la operación de los componentes de
vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades fitozoosanitarias, campañas fitozoosanitarias
e inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad
Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2025, que celebran la Secretaría de Agricultura y
Desarrollo Rural y el Estado de Chihuahua. .....................................................................................
37
SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
Convenio de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia
Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Durango. ...................
47
Convenio de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia
Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guanajuato. ..............
57
Convenio de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia
Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guerrero. ...................
67
Aviso por el que se da a conocer la suspensión de labores del Instituto Nacional para la
Educación de los Adultos (INEA), en el año 2026. ...........................................................................
77
SECRETARIA DE CIENCIA, HUMANIDADES, TECNOLOGIA E INNOVACION
Acuerdo por el que se modifican los artículos 40, 41, 44, 45, 47, 49 y 50 del Manual de
Procedimientos del Programa Presupuestario F003 Programas Nacionales Estratégicos
de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los Sectores Social, Público y Privado. ..........................
79
SECRETARIA DE SALUD
Convenio Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de
subsidios, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales
de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios de Salud
Pública, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Salud
y el Estado de Jalisco. ......................................................................................................................
82
SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
Nota Aclaratoria al Acuerdo mediante el cual se modifica y amplía la competencia de diversas
juntas especiales de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, se suprimen la Oficina Auxiliar
de Poza Rica, Veracruz y la Junta Especial número 35, con residencia en Culiacán, Sinaloa en
los términos que se indican, publicado el 27 de octubre de 2025. ...................................................
179
SECRETARIA DE CULTURA
Programa Institucional de Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana
S.A. de C.V. 2025-2030. ...................................................................................................................
180
4
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
SECRETARIA DE TURISMO
Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la
Secretaría de Turismo. .....................................................................................................................
197
INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO
Acuerdo por el que se expide el Programa Institucional del Instituto para Devolver al Pueblo lo
Robado 2025-2030. ..........................................................................................................................
207
COMISION REGULADORA DE TELECOMUNICACIONES
Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones suspende
plazos y términos de todos los trámites, servicios y procesos instaurados ante la Comisión
Reguladora de Telecomunicaciones. ...............................................................................................
245
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la
Acción de Inconstitucionalidad 137/2024. ........................................................................................
247
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana. ........................................................................................................................
257
Tasas de interés interbancarias de equilibrio. ..................................................................................
257
Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................
257
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS,
OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales. ........................................................................
258
AVISOS
Judiciales y generales. .....................................................................................................................
312
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa de
una entidad interna de Convención Nacional Bautista de México, A.R., denominada Iglesia Bautista Amor más
Grande de Guanajuato, Gto.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16 párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, fracción III, inciso d), numeral 2, 8, 91, fracción V del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobernación, y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley, establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 4 del mes de julio de 2025 la entidad interna de Convención Nacional Bautista de México,
A.R. denominada Iglesia Bautista Amor más Grande de Guanajuato, Gto., ubicada en el municipio de
Guanajuato, Estado de Guanajuato, presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos
Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo
establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien
emitir el siguiente:
6
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD
DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD
INTERNA DE CONVENCIÓN NACIONAL BAUTISTA DE MÉXICO, A.R., DENOMINADA
IGLESIA BAUTISTA AMOR MÁS GRANDE DE GUANAJUATO, GTO.
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa de
una entidad interna de CONVENCIÓN NACIONAL BAUTISTA DE MÉXICO, A.R. denominada IGLESIA
BAUTISTA AMOR MÁS GRANDE DE GUANAJUATO, GTO., presentada en los términos siguientes:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su
Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la
entidad IGLESIA BAUTISTA AMOR MÁS GRANDE DE GUANAJUATO, GTO., para
constituirse en asociación religiosa; derivada de CONVENCIÓN NACIONAL BAUTISTA
DE MÉXICO, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos,
para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación
se señalan:
I.- Domicilio: calle Pueblito de Rocha 39B, colonia Pueblito de Rocha, municipio de
Guanajuato, Estado de Guanajuato, C.P. 36040.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en:
calle Pueblito de Rocha 39B, colonia Pueblito de Rocha, municipio de Guanajuato,
Estado de Guanajuato, C.P. 36040, manifestado de manera unilateral bajo contrato de
comodato.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su
doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos
que señalan como objeto, el siguiente: “Realizar sistemáticamente cultos devocionales
de predicación y de instrucción Bíblica”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta
con notorio arraigo entre la población.
V.- Representantes: Cesar Alejandro Ramos Fonseca y/o Erika Teresa Anguiano
Ramírez.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la
fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos,
se denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Cesar
Alejandro Ramos Fonseca, Presidente; Lizbeth Garnica Diaz, Secretaria y Erika Teresa
Anguiano Ramírez, Tesorera.
IX.- Ministro de Culto: Cesar Alejandro Ramos Fonseca y Cesar Adriel Ramos Yebra.
X.- Credo Religioso: cristiano evangélico bautista.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.-
Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que
presentó la C. Zurisadai Rodríguez Jiménez y firmantes de la agrupación denominada Iglesia de Dios Pentecostés
Nuevo Remanente.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 24 del mes de octubre de 2024, la agrupación religiosa denominada Iglesia De Dios
Pentecostés Nuevo Remanente, ubicada en el municipio de Tuxtla Chico, Estado de Chiapas presentó su
solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el
expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y
Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD
DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ LA
C. ZURISADAI RODRÍGUEZ JIMÉNEZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA
IGLESIA DE DIOS PENTECOSTÉS NUEVO REMANENTE
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó la C. ZURISADAI RODRÍGUEZ JIMÉNEZ Y FIRMANTES de la agrupación denominada
IGLESIA DE DIOS PENTECOSTÉS NUEVO REMANENTE, presentada en los términos siguientes:
8
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su
Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la
agrupación religiosa denominada IGLESIA DE DIOS PENTECOSTÉS NUEVO
REMANENTE, para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la
Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos
principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle innominada sin número, predio Rustico denominado “San Marcos”,
municipio de Tuxtla Chico, Estado de Chiapas, C.P. 30870.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en:
calle innominada sin número, predio Rustico denominado “San Marcos”, municipio de
Tuxtla Chico, Estado de Chiapas, C.P. 30870, manifestado de manera unilateral como
susceptible de incorporarse al patrimonio.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su
doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos
que señalan como objeto, el siguiente: “La observancia, práctica, propagación e
instrucción de la doctrina de Jesucristo”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta
con notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Zurisadai Rodríguez Jiménez.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la
fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto
Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos,
se denomina “Comité Ejecutivo”, integrado por las personas y cargos siguientes:
Zurisadai Rodríguez Jiménez, Presidente; Noel Guillen Carrasco, Vicepresidente;
Benigno Durante García, Secretario; Manuel de Jesús Hernández Osorio, Tesorero; y
Robinson Estrada de la Cruz, Vocal.
IX.- Ministros de Culto: Zurisadai Rodríguez Jiménez, Noel Guillen Carrasco, Benigno
Durante García, Elmer Laguna Salinas, Manuel de Jesús Hernández Osorio, Robinson
Estrada de la Cruz, José Morales López y Rebeca Vidal González.
X.- Credo Religioso: cristiano evangélico pentecostés.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.-
El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
9
AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que
presentó la C. Rosalba Colchado Villalón y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Evangélica del Mante
Unidos para Cristo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 11 del mes de abril de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia Evangélica del
Mante Unidos para Cristo, ubicada en el municipio de Mante, Estado de Tamaulipas presentó su solicitud de
registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la
solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así
como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ LA C. ROSALBA COLCHADO
VILLALÓN Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA EVANGÉLICA DEL MANTE
UNIDOS PARA CRISTO
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó la C. ROSALBA COLCHADO VILLALÓN Y FIRMANTES de la agrupación denominada IGLESIA
EVANGÉLICA DEL MANTE UNIDOS PARA CRISTO, presentada en los términos siguientes:
10
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su
Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la
agrupación religiosa denominada IGLESIA EVANGÉLICA DEL MANTE UNIDOS PARA
CRISTO, para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección
General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son
los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: lote 3, manzana 67, zona 1, Poblado N.C.P.A. El camotero II y colinda con
calle sin nombre, municipio de Mante, Estado de Tamaulipas, C. P. 89928.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en:
lote 3, manzana 67, zona 1, Poblado N.C.P.A. El camotero II y colinda con calle sin
nombre, municipio de Mante, Estado de Tamaulipas, C. P. 89928, manifestado de
manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su
doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos
que señalan como objeto, el siguiente: “Propagar el evangelio de nuestro Señor
Jesucristo para beneficio de las familias en el mundo entero”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta
con notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Rosalba Colchado Villalón, Marcela Vega Cruz, Leticia Hernández
Félix, Elva Fuentes Medina, Wendy Hernández Guerrero, Enrique Hernández Félix y/o
Atanacio Bravo Juárez.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la
fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto
Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos,
se denomina “Comité Directivo”, integrado por las personas y cargos siguientes: Rosalba
Colchado Villalón, Presidenta; Marcela Vega Cruz, Tesorera; Leticia Hernández Félix,
Secretaria; Elva Fuentes Medina, Vocal; Wendy Hernández Guerrero, Vocal; Enrique
Hernández Félix, Vocal; y Atanacio Bravo Juárez, Vocal.
IX.- Ministros de Culto: Rosalba Colchado Villalón, Aristeo Hernández Guerrero y Gerson
Francisco Hernández Colchado.
X.- Credo Religioso: cristiano evangélico.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.-
El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que
presentó el C. Caciano Ventura Cárdenas y firmantes de la agrupación denominada Ministerio de Iglesias
Cristianas Pentecostés Bet-El en México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 29 del mes de enero de 2025, la agrupación religiosa denominada Ministerio De Iglesias
Cristianas Pentecostés Bet-El En México, ubicada en el municipio de Jiquipilas, Estado de Chiapas presentó
su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el
expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y
Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. CACIANO VENTURA
CÁRDENAS Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA MINISTERIO DE IGLESIAS
CRISTIANAS PENTECOSTÉS BET-EL EN MÉXICO
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó el C. CACIANO VENTURA CÁRDENAS Y FIRMANTES de la agrupación denominada
MINISTERIO DE IGLESIAS CRISTIANAS PENTECOSTÉS BET-EL EN MÉXICO, presentada en los términos
siguientes:
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DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su
Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la
agrupación
religiosa
denominada
MINISTERIO
DE
IGLESIAS
CRISTIANAS
PENTECOSTÉS BET-EL EN MÉXICO, para constituirse en asociación religiosa,
solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite
respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Cuarta Poniente Norte esquina Novena Norte, número 1022, barrio
Santa Cecilia, municipio de Jiquipilas, Estado de Chiapas, C.P. 30430.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en:
calle Cuarta Poniente Norte esquina Novena Norte, número 1022, barrio Santa Cecilia,
municipio de Jiquipilas, Estado de Chiapas, C.P. 30430, manifestado de manera
unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su
doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos
que señalan como objeto, el siguiente: “La observancia, practica, propagación e
instrucción de la doctrina de Jesucristo…”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta
con notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Caciano Ventura Cárdenas.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la
fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos,
se denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Caciano
Ventura Cárdenas, Presidente; Isabel Tirado Espinosa, Vicepresidenta; María Soledad
Yuin Peña, Secretaria; Jhaphet Aner Ventura Tirado, Tesorero; Ruperto Ventura Tirado,
Vocal; y Eberardo Cruz Ríos, Vocal.
IX.- Ministros de Culto: Isabel Tirado Espinosa y Caciano Ventura Cárdenas.
X.- Credo Religioso: cristiano evangélico pentecostés.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.-
El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para organizarse y operar de Paypal
Payments México, S.A.P.I. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Normatividad.-
Dirección General de Autorizaciones Especializadas.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e
Intermediarios Financieros B.- Dirección General de Supervisión de Instituciones de Tecnología Financiera.-
Oficio No. 311-271/2025.
ASUNTO: SE MODIFICAN LOS TÉRMINOS DE LA AUTORIZACIÓN PARA ORGANIZARSE Y OPERAR DE ESA
INSTITUCIÓN DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO.
PAYPAL PAYMENTS MÉXICO, S.A.P.I. DE C.V.
INSTITUCIÓN DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO
BLVD. MANUEL ÁVILA CAMACHO, NÚM. 24, PISO PH,
COL. LOMAS DE CHAPULTEPEC, C.P. 11000, ALCALDÍA
MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO.
AT’N.: C. JORGE CHRISTIAN RAMÍREZ ABASOLO
REPRESENTANTE LEGAL
Hacemos referencia al escrito presentado en esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“Comisión”)
el 21 de octubre de 2025, a través del correo institucional autorizacionfintech@cnbv.gob.mx, de conformidad
con lo previsto en el “Acuerdo por el que se establecen las medidas administrativas para la continuidad de las
actividades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en la atención de los asuntos que se tramitan ante
ésta, durante la contingencia sanitaria provocada por el COVID-19”, publicado en el Diario Oficial de la
Federación (“DOF”) el 15 de julio de 2020, por virtud del cual PayPal Payments México, S.A.P.I. de C.V.,
Institución de Fondos de Pago Electrónico (“PayPal” o “Entidad”), antes Inguz Digital, S.A.P.I. de C.V.,
Institución de Fondos de Pago Electrónico (“Inguz”), remitió la protocolización de los acuerdos adoptados en
las resoluciones unánimes tomadas fuera de Asamblea General de Accionistas celebrada el 21 de octubre de
2025, con motivo del cambio de su denominación social y reflejar la parte fija del capital social actual. Por lo
anterior, en atención a su escrito, con fundamento en los artículos 11, 12, 22 y 25 de la Ley para Regular las
Instituciones de Tecnología Financiera, se modifican las bases PRIMERA y CUARTA de la autorización que le
fue otorgada a Inguz, para que se organice y opere como una institución de fondos de pago electrónico
mediante el oficio P040/2021, de fecha 16 de marzo de 2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación el
23 de marzo de 2021, para quedar en los siguientes términos:
PRIMERA.-
La denominación de la sociedad será PayPal Payments México, S.A.P.I. de C.V.,
Institución de Fondos de Pago Electrónico.
SEGUNDA.-
[…]
TERCERA.-
[…]
CUARTA.-
El importe de su capital social será de $6´785,388.00 (seis millones setecientos ochenta
y cinco mil trescientos ochenta y ocho pesos 00/100 M.N.), representado por 2,907,968
(dos millones novecientas siete mil novecientas sesenta y ocho) acciones ordinarias,
nominativas de la Clase I, sin expresión de valor nominal, las cuales son representativas
del capital social fijo sin derecho a retiro.
QUINTA.-
[…]
SEXTA.-
[…]
SÉPTIMA.-
[…]
OCTAVA.-
[…]
El presente oficio se emite con fundamento en las disposiciones legales antes invocadas, así como en
ejercicio de las facultades conferidas a esta Comisión por los 142 y 145, fracción IV de la LRITF; 1, 3,
fracción V, 4, fracciones I, apartado B y II, apartado B, numerales 22) y 32), 14, 35, fracciones I, inciso b), III y
último párrafo, 45, fracción I, 64, primer párrafo, en correlación con el 61, segundo párrafo del Reglamento
Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el DOF el 28 de febrero de 2022, así
como el artículo 9, fracción II del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas
de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el DOF el 18 de abril de 2022 y modificado
mediante Acuerdo publicado en el referido Diario el 17 de agosto de 2023 y 20 de junio de 2025.
Atentamente
Ciudad de México, a 5 de noviembre de 2025.- Coordinador de Autorizaciones Especializadas A,
Lic. Carlos Retana Santamaria.- Rúbrica.- Coordinadora de Autorizaciones de Tecnología Financiera A,
Lic. María Fernanda Burgos Menéndez.- Rúbrica.- Directora General de Supervisión de Instituciones de
Tecnología Financiera, Mtra. Leticia Castellanos García.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
OFICIO mediante el cual se modifica la autorización otorgada a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.- Presidencia.- Vicepresidencia
Jurídica.- Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios.- Dirección Consultiva.- Subdirección
Consultiva.- Expediente: C00.411.13.2.1-S0003“15”.- Oficio No. 06-C00-41100/07127.
ASUNTO: SE MODIFICA LA AUTORIZACIÓN OTORGADA A ALLIANZ MÉXICO, S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS.
ALLIANZ MÉXICO, S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS
Agua 580
Col. Jardines del Pedregal
Álvaro Obregón
01900, Ciudad de México
At’n: Lic. Mauro A. Cándano Álvarez del Castillo
Representante Legal
El Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y previo Acuerdo de su Junta
de Gobierno, con fundamento en los artículos 11, 66, 74, 75, 369 fracción II y 370, último párrafo, de la Ley de
Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como en los artículos 6 y 9 del Reglamento Interior de la Comisión
Nacional de Seguros y Fianzas, emite las presentes resoluciones en atención a los siguientes Antecedentes y
Considerandos:
ANTECEDENTES
1.
Allianz México, S.A., Compañía de Seguros fue autorizada por la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público para funcionar y operar como institución de seguros, a través del Oficio
102-E-366-DGSV-I-B-a-780 del 20 de febrero de 1991. Tal autorización fue modificada por última vez
por la citada Dependencia mediante Oficio 366-IV-7023 de 4 de diciembre de 1997, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 26 de noviembre de 1998.
2.
Con escrito de 15 de abril de 2015, el Lic. Mauro A. Cándano Álvarez del Castillo, en representación
de Allianz México, S.A., Compañía de Seguros, sometió a aprobación de esta Comisión la reforma de
los estatutos sociales de dicha institución con motivo de la entrada en vigor de la Ley de Instituciones
de Seguros y de Fianzas, adjuntando para tal efecto copia del Acta de Asamblea General
Extraordinaria de Accionistas de 30 de marzo de 2015; de dicha modificación, destacan la
eliminación de las palabras “Distrito Federal”, de su domicilio social, de conformidad con el “Decreto
por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México”, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016, así como el ajuste a su objeto social, por
la “adecuación de Riesgos Catastróficos”.
3.
Mediante Oficios 06-C00-41100/10819 de 21 de abril de 2016, 06-C00-41100/22653 de 29 de julio de
2016 y 06-C00-41100/35149 de 7 de diciembre de 2016, esta Comisión aprobó la modificación
integral a los estatutos sociales realizada por esa institución, de conformidad con lo previsto en el
artículo 66 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, contenida en la escritura No. 36,601
de 1° de junio de 2016, otorgada ante la fe del Lic. Mario Garciadiego González Cos, Titular de la
Notaría Pública No. 184 en la Ciudad de México, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de
Comercio de la Ciudad de México el 23 de agosto de 2016, bajo el folio mercantil No. 16488*.
4.
En ese contexto, se sometió a consideración de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de
Seguros y Fianzas en su sesión 193 de 21 de febrero de 2017, las modificaciones a la autorización
de Allianz México, S.A., Compañía de Seguros para operar como institución de seguros, la cual
acordó, previa opinión favorable del Comité de Autorizaciones de la misma Comisión, lo siguiente:
“PRIMERO.- MODIFICAR la autorización de “Allianz México, S.A. de C.V., Compañía de
Seguros”, a efecto de reflejar las modificaciones realizadas en los estatutos sociales
de dicha institución que a continuación se describen:
a) Sustituir de su domicilio social la referencia al “Distrito Federal” por “Ciudad de México”, y
b) Sustituir de su objeto la referencia al ramo de seguros identificado como “Terremoto y otros
riesgos catastróficos” por “Riesgos catastróficos”.
SEGUNDO.- MODIFICAR la autorización de Allianz México, S.A. de C.V., Compañía de
Seguros, a efecto de que se elimine la referencia al monto del capital de dicha institución de
seguros sustituyéndola por una redacción que establezca que la institución deberá contar con
el capital mínimo pagado que se determine para el año de que trate, por cada operación y
ramo que tenga autorizados, el cual deberá ser expresado en Unidades de Inversión y
cubrirse en moneda nacional, en términos del artículo 49, párrafo primero, de la Ley de
Instituciones de Seguros y de Fianzas.”
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CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que el artículo 369, fracción II, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, prevé que
es competencia de la Junta de Gobierno de esta Comisión, modificar las autorizaciones para organizarse,
operar y funcionar como institución de seguros.
SEGUNDO.- Que derivado de la resolución contenida en el citado Oficio No. 06-C00-41100/35149 de 7 de
diciembre de 2016, se deben modificar los términos de la autorización otorgada a esa institución de seguros.
Atento a lo anterior, se emiten las siguientes:
RESOLUCIONES
PRIMERA.- Se modifica el Proemio y los Artículos Primero, Segundo y Tercero, primer párrafo, bases II y
III, de la autorización otorgada a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros, en los siguientes términos:
AUTORIZACIÓN QUE OTORGA LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, EN
REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL, A ALLIANZ MÉXICO, S.A., COMPAÑÍA DE
SEGUROS, PARA QUE CONTINÚE FUNCIONANDO COMO INSTITUCIÓN DE SEGUROS
FILIAL DE ALLIANZ OF AMERICA, INC., DE DELAWARE, ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, EN LOS TÉRMINOS SIGUIENTES:
ARTÍCULO PRIMERO.- En uso de la facultad que al Gobierno Federal conferían los artículos
5 y 33-C de la abrogada Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, a
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y que a partir del 4 de abril de 2015, le confieren
los artículos 11 y 75 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a la Comisión
Nacional de Seguros y Fianzas, se autoriza a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros
para organizarse y funcionar como institución de seguros filial de Allianz of America, Inc., de
Delaware, Estados Unidos de América.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La institución de seguros filial está autorizada para practicar en
la República Mexicana operaciones de seguros de vida, accidentes y enfermedades, en los
ramos de accidentes personales y gastos médicos, de daños, en los ramos de
responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, automóviles,
crédito exclusivamente en reaseguro, diversos, así como riesgos catastróficos.
ARTÍCULO TERCERO.- La institución de seguros filial se sujetará a las disposiciones de
la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como a las que deriven de la misma, a la
Ley General de Sociedades Mercantiles, y a las demás leyes que le sean aplicables y, en
particular, a las siguientes bases:
…
II.- La institución deberá contar con el capital mínimo pagado que se determine para el año
de que se trate, por cada operación o ramo que tenga autorizados, el cual deberá ser
expresado en Unidades de Inversión y que deberá cubrir en moneda nacional, en términos del
artículo 49, párrafo primero, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
III.- Su domicilio social será la Ciudad de México.
…
SEGUNDA.- La autorización otorgada a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros, para organizarse y
operar como institución de seguros filial, después de la modificación señalada en el Resolutivo anterior, queda
íntegramente en los siguientes términos:
AUTORIZACIÓN QUE OTORGA LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, EN
REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL, A ALLIANZ MÉXICO, S.A., COMPAÑÍA DE
SEGUROS, PARA QUE CONTINÚE FUNCIONANDO COMO INSTITUCIÓN DE SEGUROS
FILIAL DE ALLIANZ OF AMERICA, INC., DE DELAWARE, ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, EN LOS TÉRMINOS SIGUIENTES:
ARTÍCULO PRIMERO.- En uso de la facultad que al Gobierno Federal conferían los artículos
5 y 33-C de la abrogada Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, a
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y que a partir del 4 de abril de 2015, le confieren
los artículos 11 y 75 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a la Comisión
Nacional de Seguros y Fianzas, se autoriza a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros
para organizarse y funcionar como institución de seguros filial de Allianz of America, Inc., de
Delaware, Estados Unidos de América.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
ARTÍCULO SEGUNDO.- La institución de seguros filial está autorizada para practicar en la
República Mexicana operaciones de seguros de vida, accidentes y enfermedades, en los
ramos de accidentes personales y gastos médicos, de daños, en los ramos de
responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, automóviles,
crédito exclusivamente en reaseguro, diversos, así como riesgos catastróficos.
ARTÍCULO TERCERO.- La institución de seguros filial se sujetará a las disposiciones de
la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como a las que deriven de la misma, a la
Ley General de Sociedades Mercantiles, y a las demás leyes que le sean aplicables y, en
particular, a las siguientes bases:
I.- La denominación será Allianz México, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros.
II.- La institución deberá contar con el capital mínimo pagado que se determine para el año
de que se trate, por cada operación o ramo que tenga autorizados, el cual deberá ser
expresado en Unidades de Inversión y que deberá cubrir en moneda nacional, en términos del
artículo 49, párrafo primero, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
III.- Su domicilio social será la Ciudad de México.
ARTÍCULO CUARTO.- Por su propia naturaleza, esta autorización es intransmisible.
TERCERA.- Las presentes resoluciones deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en dos
periódicos de amplia circulación del domicilio social de la institución, dentro de los ciento veinte días
siguientes a la fecha de su notificación a Allianz México, S.A., Compañía de Seguros, en términos de lo
dispuesto en el artículo 11, en relación con el artículo 75, ambos de la Ley de Instituciones de Seguros y de
Fianzas, a costa de los interesados.
Las presentes resoluciones se emiten con base en la información proporcionada por la promovente
contenida en los escritos remitidos y se limita exclusivamente a la modificación de la autorización otorgada a
esa institución de seguros en los términos descritos que de conformidad con las disposiciones aplicables
compete resolver a esta Comisión, y no prejuzga sobre cualquier acto que dicha sociedad lleve a cabo y que
implique la previa autorización o aprobación de otras autoridades financieras, administrativas, fiscales o de
cualquier otra naturaleza, en términos de la normativa vigente, ni convalida la legalidad o validez de los
mismos en caso de que no se obtengan dichas autorizaciones o aprobaciones.
Se hace de su conocimiento lo anterior, con fundamento en los artículos 11, 66, 74, 75, 369, fracción II y
370, último párrafo, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como en los artículos 6 y 9 del
Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, 27 de Febrero de 2017.- La Presidenta de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas,
Mtra. Norma Alicia Rosas Rodríguez.- Rúbrica.
La que suscribe en su carácter de Directora General Jurídica Consultiva y de Intermediarios, con
fundamento en el artículo 11, fracción VII del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros
y Fianzas.
CERTIFICA
Que la presente copia fotostática constante en seis fojas útiles es reproducción fiel y exacta del original
del oficio 06-C00-41100/07127 de fecha veintisiete de febrero de dos mil diecisiete, que se tuvo a la vista, fue
debidamente cotejado y que obra en los archivos de la Dirección General Jurídica Consultiva y de
Intermediarios de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, lo que se hace constar para todos los efectos
legales a que haya lugar.
Se expide la presente copia certificada en la Ciudad de México, el doce de septiembre de dos
mil veinticinco.
CONSTE
Directora General Jurídica Consultiva y de Intermediarios de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas,
Mtra. Martha Patricia Ramírez Velasco.- Rúbrica.
(R.- 570379)
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MODIFICACIONES y adiciones a las Disposiciones de carácter general aplicables a los planes de pensiones.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LOS PLANES
DE PENSIONES
El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 5o, fracciones I, II, III y XVI, 11, 12, fracciones I, VIII y XVI, 82 y 83 de la Ley de los
Sistemas de Ahorro para el Retiro; 27 fracción VIII, 170 y 190 de la Ley del Seguro Social; 54 de la Ley del
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; 99, 100, 101, 102, 103, 104 y 105
del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y 1, 2 fracción III y 8 primer párrafo del
Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, y
CONSIDERANDO
Que, con el objetivo de combatir los esquemas que pretenden simular ser Planes de Pensiones de
Registro Electrónico con la intención de evadir el pago de contribuciones por las nóminas de sus trabajadores,
se precisa que dichos planes deberán tener como finalidad exclusiva complementar el ingreso de los
trabajadores al momento de su retiro definitivo respecto del patrón, y los recursos de estos planes no podrán
ser entregados durante la vigencia de la relación laboral.
Que, a fin de fortalecer la coordinación interinstitucional en la supervisión de los Planes de Pensiones de
Registro Electrónico, se reconoce como Autoridades Fiscalizadoras al Instituto Mexicano del Seguro Social, al
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y al Servicio de Administración Tributaria.
Asimismo, se incorpora a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en su carácter de autoridad laboral.
Que, con el propósito de seguir incentivando el ahorro complementario para el retiro, se aclara que las
aportaciones realizadas a los Fondos o a los planes de pensiones podrán ser excluidas tanto del salario base
de cotización, conforme al artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, como del salario base de
aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero
de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Que, para fortalecer la trazabilidad y supervisión de los Planes de Pensiones de Registro Electrónico, se
establece que, al momento de su registro, deberá incluirse el registro patronal correspondiente al patrón para
el cual el trabajador presta sus servicios.
Que, con el objetivo de fomentar la rendición de cuentas y la transparencia en la operación de los Planes
de Pensiones de Registro Electrónico, se establece la obligación de los patrones de acreditar ante las
Autoridades Fiscalizadoras el cumplimiento de las Disposiciones aplicables, así como de mantener a
disposición de dichas autoridades información detallada sobre los trabajadores en activo, los inactivos con
derechos adquiridos y los pensionados.
Que, con el propósito de fortalecer los controles preventivos en el registro de Planes de Pensiones de
Registro Electrónico y preservar la integridad del sistema, se establece como condición obligatoria que los
patrones que otorguen dichos planes no cuenten con observaciones, irregularidades, sanciones o
prevenciones pendientes de solventar, derivadas del incumplimiento de las presentes Disposiciones en
materia fiscal o de seguridad social. Asimismo, el patrón no deberá contar con una opinión de cumplimiento
negativa emitida por parte de las Autoridades Fiscalizadoras.
Que, para brindar mayor claridad, se actualizan y precisan diversos conceptos contendidos en el Anexo A
de las presentes Disposiciones, y
Que en cumplimiento de lo establecido por la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, las
presentes disposiciones fueron objeto del Análisis de Impacto Regulatorio correspondiente por parte de la
Autoridad de Simplificación y Digitalización, en términos de los artículos 3 fracción XI, 36 fracción VIII y 49
fracción I de la mencionada Ley, por lo que hace a que la propuesta regulatoria no genera costos burocráticos
a los particulares, ni modifica los existentes, en términos del oficio ATDT/CNTD/DGSA/1581/2025 de fecha 31
de octubre de 2025, por lo que procede a emitir las presentes
MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL
APLICABLES A LOS PLANES DE PENSIONES
ÚNICO. Se MODIFICAN: los artículos 1, párrafo primero, fracciones II y III; 2, párrafo primero, fracciones I,
II, III, IV, V, VI, IX, X, XI, XIII y XIV; 3, párrafo primero, fracciones I, IV, V y penúltimo párrafo; 4, párrafo
primero, párrafo tercero, párrafo cuarto y último párrafo; 5; 6, primer párrafo, fracciones I, III, IV, V, VI, VIII y
IX; 7, segundo y tercer párrafo, fracción II, cuarto y penúltimo párrafo; 8; 9; 11; 13, primer párrafo, fracciones I,
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II, III y IV; 14, primer párrafo; 15; 16, primer párrafo, segundo párrafo, fracciones III, IV, V y último párrafo; 17,
primer párrafo, fracción I y II; 19; 20, primer párrafo, fracciones I y II; 21; 22; 23; 24; 25; 26, primer párrafo; 28
y 30, primer párrafo, segundo párrafo y último párrafo; el Anexo A; se ADICIONAN el artículo 2 con las
fracciones III bis, V bis, VII bis y XV; 13 con la fracción V y último párrafo; 13 bis; 16 fracción VI; 17 con un
último párrafo; 19 con un segundo párrafo y 23 bis, para quedar en los siguientes términos:
“Artículo 1.- Las presentes Disposiciones tienen por objeto establecer los lineamientos aplicables al
registro de:
I.
…
II.
Planes de Pensiones de Registro Electrónico establecidos por el patrón o derivados de
contratación colectiva, que necesariamente deban cumplir con los requisitos establecidos por la
Comisión en el Capítulo III de las presentes Disposiciones y cuyas aportaciones al Fondo o
al plan de pensiones se excluyan del salario base de cotización, conforme al artículo 27,
fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al
artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de
Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. El
objetivo de estos planes deberá ser exclusivamente complementar el ingreso en el retiro
de los trabajadores que mantengan una relación laboral con el patrón que otorga el plan, a
fin de proporcionarles una jubilación al momento de separarse definitivamente de dicho
patrón, después de haber laborado con éste. En estos casos, deberá observarse que las
cantidades no sean entregadas a los trabajadores durante el tiempo que presten sus
servicios al patrón, ya sea en efectivo, en especie, mediante depósitos en cuentas
personales o de nómina, o por cualquier otro medio con cargo al Fondo o al plan de
pensiones, salvo en los casos que, de acuerdo con la Ley del Seguro Social, el
Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del
Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y las presentes Disposiciones,
deban entregarse, sin perjuicio de que dichos supuestos de entrega puedan ser objeto de
revisión por parte de las Autoridades Fiscalizadoras o de la STPS, y
III.
Actuarios Autorizados para dictaminar Planes de Pensiones Autorizados y Registrados, en
términos del artículo 100 del Reglamento.”
“Artículo 2.- Para los efectos de las presentes Disposiciones, además de lo establecido en los artículos
3o de la Ley y 2o del Reglamento, se entenderá por:
I.
Acto Jurídico Irrevocable, al contrato, convenio o instrumento por el que las partes que lo
celebran se obligan a cumplir con las obligaciones a su cargo derivadas de los Planes de
Pensiones Autorizados y Registrados, haciendo constar de manera expresa, que las
aportaciones realizadas al fondo y sus rendimientos no formarán parte del patrimonio de la
persona que otorga los beneficios de dichos planes, y en el que se pacte establecer la renuncia
a la facultad de revocar, rescindir o denunciar dicho acto.
Asimismo, para los efectos de las presentes Disposiciones, en el Acto Jurídico Irrevocable se
debe renunciar a la facultad de disponer de las mencionadas aportaciones y sus rendimientos
para cualquier otro fin distinto al pago de los beneficios de los Planes de Pensiones Autorizados
y Registrados;
II.
Actuario Autorizado, aquel actuario que se encuentre registrado ante la Comisión, en términos
del artículo 100 del Reglamento, con el fin de llevar a cabo la dictaminación de Planes de
Pensiones Autorizados y Registrados;
III.
Administrador, a las instituciones de crédito, instituciones o sociedades mutualistas de seguros,
casas de bolsa, operadoras de sociedades de inversión o administradoras de fondos para el
retiro, reguladas y supervisadas por las autoridades del sistema financiero mexicano,
responsables de la administración del Fondo de los Planes de Pensiones de Registro
Electrónico;
III bis.
Autoridades Fiscalizadoras, al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y al Servicio de Administración Tributaria;
IV.
Dependencias, a las unidades administrativas de los Poderes de la Unión, la Fiscalía General
de la República, los órganos jurisdiccionales autónomos, los órganos ejecutivo, legislativo y
judicial de la Ciudad de México, así como las unidades administrativas de las Entidades
Federativas y municipios que se incorporen al régimen de la Ley del ISSSTE;
V.
Dictamen Actuarial, aquel que presenten los Actuarios Autorizados, cuyo contenido mínimo
deberá sujetarse a lo dispuesto por el artículo 6 de las presentes Disposiciones;
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V bis.
Disposiciones, a las presentes Disposiciones de carácter general;
VI.
Entidades, a los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y
demás instituciones paraestatales federales y del Gobierno de la Ciudad de México, así como
los organismos de las Entidades Federativas o municipales y organismos públicos que por
disposición constitucional cuenten con autonomía, que se incorporen a los regímenes de la Ley
del ISSSTE;
VII.
…
VII bis. Ley del ISR, a la Ley del Impuesto Sobre la Renta publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 11 de diciembre de 2013;
VIII.
…
IX.
Ley del Seguro Social, a la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 21 de diciembre de 1995;
X.
Planes de Pensiones Autorizados y Registrados, a los planes de pensiones que cumplan con lo
previsto en los artículos 190 de la Ley del Seguro Social y 54 de la Ley del ISSSTE y se
inscriban ante la Comisión en términos de las presentes Disposiciones;
XI.
Planes de Pensiones de Registro Electrónico, a los planes de pensiones que constituyan un
esquema voluntario establecido por el patrón, o derivado de contratación colectiva, cuyo fin sea
complementar el ingreso en el retiro de los trabajadores que mantengan una relación laboral
con el patrón que otorga el plan de pensiones, proporcionándoles una jubilación al momento
de separarse definitivamente de dicho patrón, después de haber laborado con él y, cuyas
aportaciones al Fondo o al plan de pensiones cumplan con los requisitos establecidos por la
Comisión para que sus aportaciones se excluyan como integrantes del salario base de
cotización en términos del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, o del salario
base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción,
Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores. En estos casos, deberá observarse que las cantidades no
sean entregadas a los trabajadores durante el tiempo que presten sus servicios al patrón,
ya sea en efectivo, en especie, mediante depósitos en cuentas personales o de nómina, o
por cualquier otro medio con cargo al Fondo o al plan de pensiones, salvo en los casos
que, de conformidad con la Ley del Seguro Social, el Reglamento de Inscripción, Pago de
Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para
los Trabajadores y las presentes Disposiciones, deban entregarse, sin perjuicio de que
dichos supuestos de entrega puedan ser objeto de revisión por parte de las Autoridades
Fiscalizadoras o de la STPS. Dichos planes deberán cumplir con los requisitos previstos
en el artículo 13 de las presentes Disposiciones;
XII.
…
XIII.
SIRAPP, al Sistema de Registro de Actuarios y Planes de Pensiones Autorizados y Registrados,
operado por la Comisión, a través de su página de internet, para llevar a cabo el registro de
Actuarios Autorizados, así como la recepción de solicitudes para la inscripción de Planes de
Pensiones Autorizados y Registrados;
XIV.
SIREPP, al Sistema de Registro Electrónico de Planes de Pensiones de Registro Electrónico,
operado por la Comisión, disponible a través de su página de internet, en el cual se
registran los planes de pensiones a que se refiere el artículo 27, fracción VIII, de la Ley del
Seguro Social, y
XV.
STPS, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.”
“Artículo 3.- …
I.
Solicitud de inscripción del plan de pensiones, conforme al Anexo A de las presentes
Disposiciones, debidamente requisitada, la cual deberá ser firmada por el solicitante o su
representante legal, así como por el Actuario Autorizado que dictaminó el plan de pensiones;
II. a III. …
IV.
Valuación actuarial, que consistirá en un reporte elaborado por un Actuario Autorizado, en el que
se determinen, analicen y certifiquen las obligaciones, costos y suficiencia de los fondos de los
planes de pensiones para cubrir las pensiones en curso de pago y las que se estime otorgar a
los trabajadores participantes en el Plan de Pensiones Autorizado y Registrado, de acuerdo con
lo establecido en el texto del plan de pensiones y en la Nota Técnica correspondiente, teniendo
como mínimo el monto previsto en los artículos 190 de la Ley del Seguro Social y 54 de la Ley
del ISSSTE, considerando los beneficios que se pagarán al trabajador y los derechos de sus
dependientes económicos;
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La valuación actuarial deberá realizarse utilizando la Tabla de mortalidad de activos para la
Seguridad Social utilizada para el cálculo de Reservas Técnicas que para tal efecto publique la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación, en la Circular
Única de Seguros y Fianzas, considerando la Tasa de Mejora poblacional del anexo
correspondiente. Asimismo, la tasa de descuento utilizada deberá ser acorde con las
condiciones de mercado prevalecientes al momento de la valuación.
…
V.
Dictamen Actuarial, el cual deberá reunir los requisitos señalados en el artículo 6 de las
presentes Disposiciones.
La solicitud de inscripción y la documentación a que se refiere el presente artículo, podrá presentarse por
un Actuario Autorizado a través del SIRAPP, en cuyo caso, no será aplicable la presentación por duplicado y
en medios magnéticos a que se refiere el párrafo primero del presente artículo.
…”
“Artículo 4.- La Comisión deberá informar al solicitante sobre la procedencia de la inscripción del plan de
pensiones de que se trate mediante oficio en el que conste el sello de inscripción y el número de registro que
le corresponda, en un plazo de hasta treinta días hábiles contados a partir del día siguiente de la presentación
de la información a que se refiere el artículo 3 anterior.
…
Cuando la Comisión requiera alguna aclaración relacionada con la solicitud presentada, deberá hacerlo del
conocimiento del solicitante dentro del plazo señalado en el primer párrafo del presente artículo,
interrumpiéndose dicho plazo hasta que se reciba la información solicitada.
El solicitante deberá presentar las aclaraciones correspondientes dentro de los diez días hábiles
siguientes a la fecha en que le sea notificado el requerimiento. Una vez recibida la información, se
reanudará el cómputo del plazo originalmente interrumpido para resolver sobre la inscripción del plan.
En caso de que el solicitante no presente las aclaraciones en el plazo señalado en el párrafo anterior,
las presente de forma errónea o incompleta, o cuando el plan de pensiones no reúna todos los requisitos
establecidos para tal efecto, la Comisión rechazará la solicitud de inscripción.”
“Artículo 5.- La vigencia de la inscripción de los Planes de Pensiones Autorizados y Registrados a que se
refiere el artículo 1, fracción I de las presentes Disposiciones, correrá a partir de la fecha en que se otorgue y
terminará el 31 de mayo del año siguiente.”
“Artículo 6.- Los Actuarios Autorizados deberán incluir, sin excepción, dentro del Dictamen Actuarial, lo
siguiente:
I.
Información sobre la población incluida en la valuación actuarial, señalando el número de
participantes y la fuente de la información utilizada en dicha valuación, debiendo indicar, en su
caso, cualquier cambio relevante en la estructura de la población;
II.
…
III.
Descripción y opinión sobre la estructura de beneficios, las variaciones en el monto de las
obligaciones y costo inherente al financiamiento de los beneficios incluidos en la valuación
actuarial, con respecto a la valuación actuarial del ejercicio anterior, así como el nivel de
financiamiento de las obligaciones;
IV.
Escrito bajo protesta de decir verdad, mediante el cual se certifique el nivel de suficiencia del
Fondo del plan de pensiones para hacer frente a las obligaciones de las pensiones en curso de
pago y a las que conforme al texto del plan de pensiones se estime deban cubrirse a los
trabajadores participantes en el Plan de Pensiones Autorizado y Registrado, teniendo como
mínimo el monto previsto en los artículos 190 de la Ley del Seguro Social y 54 de la Ley del
ISSSTE, considerando al trabajador y los derechos de sus dependientes económicos;
V.
Señalar la última fecha en que se revisó el texto del plan de pensiones o el documento de
contratación colectiva que dio origen a la implantación de dicho plan, o cualquier otra legislación
específica que aplique;
VI.
Descripción y opinión sobre el mecanismo utilizado para el financiamiento de las obligaciones y
sobre el Acto Jurídico Irrevocable;
VII.
…
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VIII.
Opinión sobre el cumplimiento de acuerdo con los manuales, boletines o reglas de observancia
obligatoria para la valuación actuarial de pasivos laborales contingentes adoptado por algún
colegio de profesionistas en materia de actuaría, que esté registrado ante la Secretaría de
Educación Pública y cuente con el reconocimiento de idoneidad como auxiliar en la vigilancia del
ejercicio profesional en la modalidad de certificación profesional en materia de valuación de
pasivos laborales contingentes;
IX.
Descripción y opinión sobre cualquier otro aspecto técnico y operativo relevante;
X. a XIII. …”
“Artículo 7.- ...
Asimismo, deberán presentar ante la Comisión la solicitud correspondiente debiendo acompañar a la
misma la documentación con la que demuestren cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 100 del
Reglamento, así como el Anexo B de las presentes Disposiciones debidamente requisitado.
De conformidad con lo señalado en el artículo 100, fracción V, del Reglamento, para que el actuario
solicitante, acredite que cuenta con los conocimientos requeridos para practicar la valuación actuarial de
planes de pensiones, deberá acreditar a la Comisión alguno de los elementos que se enuncian a continuación:
I.
…
II.
Acreditar su conocimiento técnico en la valuación de pasivos laborales contingentes, a través de
una certificación profesional vigente emitida por:
a) a c)…
En caso de que el actuario obtenga el registro correspondiente por parte de la Comisión, deberá
mantener actualizada durante la vigencia del mismo, en su caso, la constancia que haya presentado a fin de
acreditar que cuenta con los conocimientos requeridos para practicar la valuación de planes de
pensiones. En caso contrario, el registro que se le haya otorgado, le será suspendido.
La solicitud de registro y la documentación a que se refiere el presente artículo, podrá presentarse a través
del SIRAPP.
…”
“Artículo 8.- La Comisión deberá resolver sobre la procedencia del registro o revalidación del actuario
solicitante de que se trate, dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de los documentos
mencionados en el artículo anterior. En caso de que proceda el registro o revalidación del actuario solicitante
de que se trate, la Comisión emitirá el oficio correspondiente con el número de registro respectivo y el
aviso relativo mediante el SIRAPP.
Si transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Comisión no ha resuelto sobre la solicitud de
registro, el actuario se tendrá por registrado y la Comisión deberá proceder a emitir el oficio
correspondiente.
Cuando la Comisión requiera alguna aclaración relacionada con la documentación presentada, debe
hacerlo del conocimiento del actuario solicitante, quien deberá presentar las aclaraciones correspondientes
dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha en que le sea notificado el requerimiento,
interrumpiéndose el transcurso del plazo a que se refiere el primer párrafo del presente artículo. En caso de
no presentar las aclaraciones en el plazo señalado, o de que se presenten en forma errónea o incompleta, la
Comisión tendrá por no presentada la solicitud.
En caso de que la Comisión resuelva sobre la improcedencia de la solicitud de registro, deberá notificar
este hecho al actuario solicitante, describiendo las causas que motivaron el rechazo, concediendo al
interesado un plazo de cinco días hábiles contado a partir de la fecha en que surta efectos la notificación, a fin
de que manifieste lo que a su derecho convenga, ofreciendo o acompañando, en su caso, las pruebas que
considere convenientes. Una vez analizados los argumentos hechos valer, y desahogadas y valoradas las
pruebas ofrecidas, la Comisión dictará y notificará la resolución correspondiente, la cual no admitirá recurso
administrativo alguno.”
“Artículo 9. El Actuario Autorizado que desee llevar a cabo la revalidación de su registro deberá solicitarlo
ante la Comisión, durante el plazo de vigencia a que se refiere el artículo 101 del Reglamento, para lo cual
deberá presentar la actualización de la información contenida en la forma del Anexo B de las presentes
Disposiciones, y en su caso, la certificación vigente en materia de valuación de pasivos laborales
contingentes, a que se refiere el artículo 7 de las presentes Disposiciones.
Para la presentación de la solicitud de revalidación del registro, se deberá estar a lo establecido en el
artículo 7 de las presentes Disposiciones.
La Comisión deberá resolver sobre la revalidación del registro de Actuario Autorizado en los mismos
términos previstos en el artículo 8 de las presentes Disposiciones.”
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“Artículo 11.- Los Planes de Pensiones de Registro Electrónico cuyas aportaciones al Fondo o al plan
de pensiones se excluyan del salario base de cotización de los trabajadores, conforme al artículo 27,
fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al artículo 32,
fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto
del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y que cumplan con los requisitos establecidos
en las presentes Disposiciones, no se considerarán Planes de Pensiones Autorizados y Registrados por la
Comisión.”
“Artículo 13.- Los Planes de Pensiones de Registro Electrónico deberán tener como objetivo
complementar el ingreso en el retiro de los trabajadores que mantengan una relación laboral con el patrón
que otorga dicho plan de pensiones, proporcionándoles una jubilación al momento de separarse
definitivamente de este, después de haber laborado con él. Para efecto de poder excluir las aportaciones al
Fondo o al plan de pensiones como integrantes del salario base de cotización de los trabajadores en
términos del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación,
conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de
Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, los planes de
pensiones deberán reunir como mínimo, los siguientes requisitos:
I.
Sus beneficios deberán otorgarse en forma general a los trabajadores que correspondan a
los registros patronales del patrón que otorga el plan de pensiones, una vez que hayan
cumplido con los requisitos de jubilación y se hayan separado definitivamente de dicho
patrón. Se entenderá que los beneficios de los Planes de Pensiones de Registro Electrónico se
otorgan en forma general, cuando sean los mismos para todos los trabajadores de un mismo
sindicato o para todos los trabajadores no sindicalizados, aun cuando dichos beneficios sólo se
otorguen a los trabajadores sindicalizados o a los trabajadores no sindicalizados;
II.
Las sumas de dinero destinadas a los Planes de Pensiones de Registro Electrónico y aquellas
destinadas a constituir el Fondo o plan de pensiones deberán estar debidamente registradas
en la contabilidad del patrón, cumpliendo con las obligaciones establecidas en los artículos
28 del Código Fiscal de la Federación y 33 del Reglamento del Código Fiscal de la
Federación. Asimismo, deberá documentarse la información relativa a los saldos finales
de los fondos, así como contar con la documentación comprobatoria que acredite la
forma en que fueron invertidos. Además, una vez que los trabajadores hayan cumplido
con los requisitos de jubilación y se hayan separado definitivamente del patrón que
otorga el plan, para proceder a la entrega del recurso se deberán realizar los registros
contables que correspondan, de conformidad con el marco contable aplicable,
reconociendo en la contabilidad del patrón el gasto cuando la erogación sea directa, o la
disminución de recursos del Fondo cuando el pago se realice con cargo a éste. De igual
forma, deberá conservarse la documentación correspondiente y comprobación del pago a
la persona jubilada;
III.
Las sumas de dinero destinadas al Fondo o al plan de pensiones deberán ser enteradas
directamente por el patrón. En los casos en que se prevean aportaciones por parte de los
trabajadores, estas deberán realizarse conforme a los términos y condiciones
establecidos en dicho plan;
IV.
El patrón, o quién éste contrate como Administrador del Plan de Pensiones de Registro
Electrónico, no podrá hacer entrega a los trabajadores de ningún beneficio directo, en especie,
dinero o por cualquier medio con cargo al Fondo o al plan de pensiones, durante el tiempo
que estos presten sus servicios a la empresa ni tampoco a quienes no hayan cumplido los
requisitos de jubilación, retiro anticipado o previos a la jubilación establecidos en los propios
Planes de Pensiones de Registro Electrónico, y
V.
Que la Comisión no haya recibido comunicación, por parte de las Autoridades
Fiscalizadoras o de la STPS, en la que se determine que el patrón que otorga el plan de
pensiones presenta observaciones, irregularidades, sanciones o prevenciones pendientes
de solventar, todas ellas derivadas del incumplimiento de las presentes Disposiciones, en
materia fiscal o de seguridad social. Asimismo, el patrón que otorga el plan de pensiones
no deberá contar con una opinión de cumplimiento negativa emitida por parte de las
Autoridades Fiscalizadoras.
El cumplimiento de los requisitos señalados en el presente artículo será independiente de los
requisitos fiscales que, en su caso, deban cumplir los patrones conforme a lo establecido en la Ley del
ISR y el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.”
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“Artículo 13 bis.- Para efectos de lo dispuesto en la fracción V, del artículo anterior, las Autoridades
Fiscalizadoras y la STPS mantendrán a disposición de la Comisión la información correspondiente a
los patrones que hayan sido identificados con observaciones, irregularidades, sanciones o
prevenciones pendientes de solventar, según sea el caso, respecto a su situación fiscal o en materia
de seguridad social, derivadas del incumplimiento de las presentes Disposiciones. Adicionalmente, las
Autoridades Fiscalizadoras mantendrán a disposición de la Comisión la opinión de cumplimiento
vigente, que certifique que el patrón está al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad
social.
En caso de que el registro no sea procedente por las causas señaladas en la fracción V del artículo
13 de las presentes Disposiciones, la Comisión informará al patrón solicitante el nombre de la
autoridad correspondiente, ante la cual podrá realizar las gestiones necesarias para aclarar lo que
corresponda respecto del cumplimiento de sus obligaciones y, en su caso, regularizar su situación
para solicitar nuevamente el registro. El registro únicamente podrá realizarse una vez que las
Autoridades Fiscalizadoras o la STPS hayan notificado a la Comisión que la situación de dicho patrón
ha sido regularizada.”
“Artículo 14.- Los patrones, para efecto de lo establecido en la fracción I del artículo 13 de estas
Disposiciones, podrán distinguir los beneficios que se otorguen a los trabajadores por los Planes de
Pensiones de Registro Electrónico, atendiendo a lo siguiente:
I a III..”
“Artículo 15.- En caso de que existan en una misma empresa trabajadores afiliados a varios sindicatos,
los patrones podrán distinguir el beneficio que otorguen los Planes de Pensiones de Registro Electrónico,
entre éstos.”
“Artículo 16.- Los Planes de Pensiones de Registro Electrónico deberán cumplir con la información y
documentación que comprueben los requisitos establecidos en la Sección II del Capítulo III de las
presentes Disposiciones. Para efectos de su registro electrónico, los patrones o los actuarios que designen
deberán llenar el formulario que determine la Comisión, de conformidad con la guía que ésta publique para
tal efecto, disponible en la página de internet oficial del registro. La vigencia del registro comenzará en
la fecha en que éste se realice y terminará el 31 de mayo del año siguiente. Lo anterior, sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo 22 de las presentes Disposiciones.
Dicho formulario será puesto a disposición de los patrones o los actuarios que éstos designen, a través del
SIREPP, e incluirá información relacionada con las características del plan de pensiones, sus participantes,
aportaciones, beneficios, rendimientos, políticas de inversión y recursos financieros con la naturaleza de
contribuir a los fines de la obtención de pago de pensiones por jubilaciones, retiro anticipado o
previos a la jubilación establecidos en los propios planes.
…
I. a II. …
III.
Clave Única de Registro de Población (CURP);
IV.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) incluyendo la homoclave;
V.
Número de Seguridad Social (NSS) del trabajador o pensionado, y
VI.
Registro patronal que corresponda al patrón para el cual presta sus servicios el
trabajador o aquel que le otorgue beneficios al pensionado por jubilación.
Asimismo, para los fines que consideren convenientes, las Autoridades Fiscalizadoras o la STPS podrá
requerir directamente a los patrones la información prevista en el presente artículo, o cualquier otra que
considere relevante sobre el Plan de Pensiones de Registro Electrónico o los trabajadores que reciban o
hayan recibido aportaciones o beneficios a través de éste.
…”
“Artículo 17.- Los patrones o los actuarios que designen para registrar el Plan de Pensiones de Registro
Electrónico, deberán realizar las siguientes acciones a través del SIREPP:
I.
Realizar el registro previo del patrón que otorga el Plan de Pensiones de Registro Electrónico,
a través del SIREPP;
II.
Llenar el formulario a que se refiere el artículo anterior, manifestando bajo protesta de decir
verdad, en el mismo formulario, que el plan de pensiones cumple con todos los requisitos
previstos en el artículo 13 de las presentes Disposiciones, y que los datos e información que
proporcionan en dicho formulario corresponden a los registros administrativos del patrón que
otorga el Plan de Pensiones de Registro Electrónico, y que las aportaciones al Fondo o al
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plan de pensiones cumplen con los requisitos necesarios para poder ser excluidas como
integrantes del salario base de cotización, en términos del artículo 27, fracción VIII, de la
Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción
IX, del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;
III. a V. …
El cumplimiento de los requisitos señalados, ya sea por el patrón o actuario designado conforme a
lo previsto en el presente artículo, no los exime de la obligación de comprobar, ante las Autoridades
Fiscalizadoras o ante la STPS, el correcto cumplimiento de los requisitos necesarios para que las
cantidades entregadas al plan de pensiones o para constituir el Fondos del plan de pensiones se
excluyan del salario base de cotización, en términos del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro
Social, del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del Reglamento de
Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores, y demás disposiciones fiscales.”
“Artículo 19.- En caso de que el formulario y formato a que se refiere el artículo 16 anterior hayan sido
llenados adecuadamente y atendiendo al proceso establecido en el artículo 17 anterior, la Comisión asignará
un número de identificación al Plan de Pensiones de Registro Electrónico, vinculado al (a los) registro(s)
patronal(es) de que se trate, y emitirá un acuse de recibo electrónico a favor del patrón que otorga dicho
plan, mismos que serán enviados a las direcciones de correo electrónico proporcionadas en el registro.
En caso de que la Comisión identifique información que a su juicio no satisfaga alguna de las
características de consistencia y fiabilidad en el formulario, el número de identificación obtenido será
clasificado como registro inconsistente y será notificado al patrón a través del acuse de recibo
electrónico.
La asignación del número de identificación y la emisión del acuse descritos en el presente artículo sólo
comprueban que el Plan de Pensiones de Registro Electrónico ha cumplido con el requisito de registro
electrónico que se establece en los artículos 16 y 17 de estas Disposiciones, sin eximir al patrón que otorga
el Plan de Pensiones de Registro Electrónico de la obligación de comprobar ante las Autoridades
Fiscalizadoras o ante la STPS, en el momento que éstos lo soliciten, el cumplimiento de cada uno de los
requisitos previstos en el artículo 13 de estas Disposiciones y proporcionar la documentación que acredite
dicho cumplimiento, a efecto de validar que las aportaciones cumplen con los requisitos para poder
ser excluidas como integrantes del salario base de cotización, en términos del artículo 27, fracción VIII,
de la Ley del Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX, del
Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, así como que tanto el número de identificación como el
acuse de recibo electrónico asignados al Plan de Pensiones de Registro Electrónico están registrados
a nombre del citado patrón y vinculados a sus registros patronales.”
“Artículo 20.- La Comisión informará a las Autoridades fiscalizadoras y a la STPS, a más tardar dentro
de los primeros diez días hábiles de cada mes con fecha de corte al último día hábil del mes anterior, al
menos lo siguiente:
I.
El número de identificación que se asigne a cada Plan de Pensiones de Registro Electrónico y la
relación de registros patronales vinculados al mismo, así como la información referida en el
artículo 16 de las presentes Disposiciones, y
II.
El nombre de la persona encargada del registro, indicando, si se trata de un actuario o Actuario
Autorizado, en cuyo caso, también se informarán las manifestaciones que éstos hubiesen vertido
de conformidad con la fracción V del artículo 17 de las presentes Disposiciones.”
“Artículo 21.- Los patrones deberán utilizar el número de identificación y el acuse de recibo electrónico
asignado al Plan de Pensiones de Registro Electrónico en todos los trámites relacionados con dicho plan que
presenten ante las Autoridades Fiscalizadoras o la STPS, con el fin de identificar al patrón y a los
trabajadores correspondientes a los registros administrativos y contables del propio patrón, así como
para validar la información a que se refiere el artículo 20 de las presentes Disposiciones.”
“Artículo 22.- El patrón que cumpla con lo establecido en los artículos 16 y 17 anteriores con
posterioridad al 31 de mayo de cada año, podrá gozar, en su caso, de la exclusión de las aportaciones
como integrantes del salario base de cotización, en términos del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del
Seguro Social, o del salario base de aportación, conforme al artículo 32, fracción IX del Reglamento de
Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores, a partir del bimestre siguiente a aquél en que la Comisión asigne el número
de identificación correspondiente, siempre y cuando el plan de pensiones que otorga el patrón cumpla
con cada uno de los requisitos previstos en el artículo 13 de las presentes Disposiciones.”
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
25
“Artículo 23.- Los patrones que no cuenten con el número de identificación y acuse a que se refiere el
artículo 19 anterior, o que los planes de pensiones que registren no cumplan con todos los requisitos previstos
en el artículo 13 de estas Disposiciones, no podrán excluir las aportaciones que hagan a cada Plan de
Pensiones de Registro Electrónico del salario base de cotización o del salario base de aportación de sus
trabajadores.”
“Artículo 23 bis.- Conforme a las Disposiciones, los patrones deberán mantener en todo momento a
disposición de las Autoridades Fiscalizadoras y de la STPS la información detallada de los
trabajadores en activo, inactivos con derechos adquiridos, así como de los pensionados que hayan
recibido aportaciones o beneficios del Plan de Pensiones de Registro Electrónico. Asimismo, las
Autoridades Fiscalizadoras o la STPS podrán requerir directamente dicha información para los fines
que consideren convenientes.”
“Artículo 24.- A fin de reducir costos y facilitar la tramitación de la inscripción de los Planes de Pensiones
Autorizados y Registrados a que se refieren las presentes Disposiciones, así como del registro de Actuarios
Autorizados, la Comisión mantendrá en funcionamiento el SIRAPP.”
“Artículo 25.- Los Actuarios Autorizados, podrán utilizar el SIRAPP para llevar a cabo los trámites de
inscripción de Planes de Pensiones Autorizados y Registrados, así como de renovación de su registro a que
se refieren las presentes Disposiciones.”
“Artículo 26.- Toda solicitud que se presente a través del SIRAPP, deberá contener la Firma Electrónica
Avanzada del Actuario Autorizado, del representante o apoderado legal y del patrón que al efecto emita
a su favor el Servicio de Administración Tributaria, y producirá los efectos jurídicos siguientes:
I. …
…”
“Artículo 28.- Para el caso de que se presenten fallas operativas en el SIRAPP, el Actuario Autorizado
podrá presentar físicamente ante la Comisión las solicitudes o documentación relacionada con los trámites a
que se refiere el Capítulo II de las presentes Disposiciones.”
“Artículo 30.- La Comisión a través de su página de Internet oficial, tendrá en todo momento disponible la
siguiente información:
I. a III. …
Dicho estudio se actualizará una vez al año, con la información proporcionada por los planes de pensiones
registrados electrónicamente durante el periodo comprendido de enero a mayo de cada año.
…
El estudio publicado podrá segregar, excluir o dar tratamiento diferenciado a la información que reportan
los planes de pensiones, considerando todos o alguno de los criterios de consistencia, fiabilidad y
trascendencia, propios en este tipo de análisis.”
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- Las presentes adiciones y modificaciones de carácter general entrarán en vigor al
día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con excepción de lo dispuesto en los
artículos 13 y 13 bis referente a la opinión de cumplimiento, que entrará en vigor el primer día hábil de junio de
2026.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los planes de Pensiones Autorizados y Registrados, así como los de Registro
Electrónico que se encuentren registrados ante la Comisión a la fecha de entrada en vigor de las presentes
Disposiciones de carácter general, conservarán el plazo de su vigencia de conformidad con la normatividad
aplicable al momento de su registro.
ARTÍCULO TERCERO.- Los Actuarios Autorizados que cuenten con registro vigente ante la Comisión a la
fecha de entrada en vigor de las presentes Disposiciones de carácter general, conservarán dicho registro y su
vigencia en los términos establecidos por la normatividad aplicable al momento de su otorgamiento.
ARTÍCULO CUARTO.- A la entrada en vigor de las presentes Disposiciones, se deroga toda disposición
emitida por la Comisión que resulte contraria al presente ordenamiento.
Ciudad de México, 5 de noviembre de 2025.- El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro
para el Retiro, Mtro. Julio César Cervantes Parra.- Rúbrica.
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ANEXO A
Solicitud de inscripción de Planes de Pensiones Registrados y Autorizados dictaminados
por Actuarios Autorizados
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DIARIO OFICIAL
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______________________________________________
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DIARIO OFICIAL
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ACUERDO por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la
Federación número DSRDPF/483/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada el 13 de septiembre de 2017.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
ACUERDO 03/2025
ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO
PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN NÚMERO DSRDPF/483/2017 DE FECHA 28 DE AGOSTO DE 2017, PUBLICADA EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2017.
Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal
del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y
XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones IV, VII y IX, 28 fracciones I y III, 42
fracción XXVI, 101 fracción X, de la Ley General de Bienes Nacionales; 2, 3 fracción VI y 4 de la Ley del Diario
Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 2 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público; 1, 3 fracciones VIII y X, 4 fracción I, inciso e), 5, 6 fracción XXXIII; 7 fracciones XIV, XXIII y
XXIV y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y
Primero del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017; y
C O N S I D E R A N D O
1.
Que el 13 de septiembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de
Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/483/2017 de fecha 28
de agosto de 2017, la cual de acuerdo a los Considerandos que en la misma se consignan, que:
“…
1.- Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la
propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional,
corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio
de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, teniendo la Nación en todo tiempo el
derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público;
2.- Que el artículo 2, fracción VII de la Ley General de Bienes Nacionales define como “Inmueble
federal”, el terreno con o sin construcciones de la Federación, así como aquéllos en que ejerza la
posesión, control o administración a título de dueño;
3.- Que por su parte, el artículo 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales dispone que
están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles federales que estén
destinados de hecho o mediante un ordenamiento jurídico a un servicio público y los inmuebles
equiparados a éstos conforme a esta Ley;
4.- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado
denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ha tenido la posesión,
custodia, vigilancia y uso de los inmuebles Federales señalados, para la utilización de servicios
públicos a su cargo, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, descritos
en el cuadro siguiente:
No.
DSRDPF
RFI
Denominación
ubicación y superficie
Orientación
Colindancia
Medidas
Metros
483/2017
4-1920-7
"San Fernando Lote 3
Jurisdicción Poycaxum",
ubicado en Camino S/N,
Pueblo Jurisdicción de
Pocyaxum Sección
Municipal de Tixmucuy,
C.P. 24570,
Municipio de Campeche,
Estado de Campeche.
superficie de 1542610.00
metros cuadrados.
NORESTE
Estación 86, 87, 88, 110 Y 119
1648.00
NOROESTE
Estación 15, 114 Y B
1334.00
SURESTE
Estación 149, 150, Y Lote 2
917.35
SUROESTE
Estación 142, 145, 146 Y 148
1673.30
(…)
32
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
5.- Que en razón de lo anterior, dichos inmuebles se tienen identificados como inmuebles Federales
y se encuentran controlados en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y
Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario señalados en el cuadro anterior.
…”
2.
Mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2011, se
desincorporó del régimen de dominio público de la Federación y se autorizó la enajenación a título
oneroso mediante licitación pública respecto del inmueble objeto del presente Instrumento, señalado
en el mismo como: inmueble con superficie de 154-26-10 hectáreas, identificado como lote III del
predio rústico “San Fernando”, situado en la Jurisdicción de Poyacxum, Municipio de Tixmucuy,
Estado de Campeche.
3.
Mediante Constancia número CA/02/2017 de fecha 17 de abril de 2017, se acreditó la adjudicación
del Contrato de compraventa respecto del inmueble señalado en el Considerando anterior, a favor
del C. Alejandro Azar Castillo.
4.
Mediante Acta Entrega Recepción de fecha 17 de mayo de 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, a través de su Órgano Desconcentrado, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales y de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, hizo
entrega de manera formal y física del inmueble al C. Alejandro Azar Castillo.
5.
Mediante Escritura Pública número 6065, Volumen DCLXXII, de fecha 30 de mayo de 2024, se
formalizó el contrato de compraventa a título oneroso, fuera de licitación pública y Ad corpus,
respecto del lote número III, que forma parte del predio rústico “San Fernando”, jurisdicción de
Pocyaxum, Tixmucuy, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, a favor del C. Alejandro
Azar Castillo.
6.
Mediante oficios números DGUI/SPTC/2824/2022, DGUI/SPTC/0761/2023, DGUI/SPTC/0603/2024 y
DGUI/SPTC/0582/2025, de fechas 25 de octubre de 2022, 22 de mayo de 2023, 15 de marzo
de 2024 y 3 abril de 2025, la Dirección de Gestión de Uso de Inmuebles solicitó a la Dirección de
Incorporación y Desincorporación de Inmuebles, ambas del Instituto de Administración y Avalúos
de Bienes Nacionales, se realizaran las gestiones correspondientes a fin de dejar sin efectos la
Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número
DSRDPF/483/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con
número de Registro Federal Inmobiliario (R.F.I.) 4-1920-7, denominado "San Fernando Lote 3
Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Camino S/N, Pueblo Jurisdicción de Pocyaxum, Sección
Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, con superficie
de 1542610.00 metros cuadrados, a efecto de estar en posibilidad de solicitar la baja del R.F.I en
cuestión en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal.
7.
Con base en el estudio y análisis de los antecedentes documentales que obran en el Sistema de
Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, así como de la motivación planteada que da sustento
al presente Acuerdo y a efecto de dar cumplimiento a la solicitud de la Dirección de Gestión de Uso
de Inmuebles, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la
Federación número DSRDPF/483/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada en el Diario Oficial de
la Federación el 13 de septiembre de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con R.F.I. 4-1920-7,
denominado "San Fernando Lote 3 Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Camino S/N, Pueblo Jurisdicción de
Pocyaxum Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, con
superficie de 1542610.00 metros cuadrados.
SEGUNDO.- Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos en
términos de lo dispuesto por el artículo 101 fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales.
TERCERO.- Inscríbase el presente Acuerdo como acto de certeza jurídica de que la citada Declaratoria de
Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación ha quedado sin efectos, respecto del inmueble
objeto de la misma, en el Registro Público de la Propiedad Federal, de conformidad con lo previsto por los
artículos 42 fracción XXVI y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales, para efectos de publicidad.
CUARTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus
atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. – Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Ciudad de México a los 5 días de noviembre de 2025.- Director General de Administración del Patrimonio
Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.- Elaboró: Verónica M. Rodríguez Ch.-
Rúbrica.- Revisó: Yeshua Huerta Merino.- Rúbrica.- Validó: Santa Lucía Martínez Diego.- Rúbrica.-
Autorizó: Marisol Sánchez Anguiano.- Rúbrica.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
33
ACUERDO por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la
Federación número DSRDPF/484/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada el 13 de septiembre de 2017.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
ACUERDO 04/2025
ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO
PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN NÚMERO DSRDPF/484/2017 DE FECHA 28 DE AGOSTO DE 2017, PUBLICADA EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2017.
Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal
del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y
XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones IV, VII y IX, 28 fracciones I y III, 42
fracción XXVI, 101 fracción X, de la Ley General de Bienes Nacionales; 2, 3 fracción VI y 4 de la Ley del Diario
Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 2 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público; 1, 3 fracciones VIII y X, 4 fracción I, inciso e), 5, 6 fracción XXXIII; 7 fracciones XIV, XXIII
y XXIV y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y
Primero del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017; y
C O N S I D E R A N D O
1.
Que el 13 de septiembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de
Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/484/2017 de fecha 28
de agosto de 2017, la cual de acuerdo a los Considerandos que en la misma se consignan, que:
“…
1.- Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la
propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional,
corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio
de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, teniendo la Nación en todo tiempo el
derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público;
2.- Que el artículo 2, fracción VII de la Ley General de Bienes Nacionales define como “Inmueble
federal”, el terreno con o sin construcciones de la Federación, así como aquéllos en que ejerza la
posesión, control o administración a título de dueño;
3.- Que por su parte, el artículo 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales dispone que
están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles federales que estén
destinados de hecho o mediante un ordenamiento jurídico a un servicio público y los inmuebles
equiparados a éstos conforme a esta Ley;
4.- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado
denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ha tenido la posesión,
custodia, vigilancia y uso de los inmuebles Federales señalados, para la utilización de servicios
públicos a su cargo, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, descritos
en el cuadro siguiente:
No.
DSRDPF
RFI
Denominación
ubicación y superficie
Orientación
Colindancia
Medidas
Metros
484/2017
4-1921-6
"San Fernando Lote 4
(Antes 2) Jurisdicción
Poycaxum",
ubicado en Calle Domicilio
Conocido, S/N, Pueblo
Jurisdicción de Pocyaxum
Sección Municipal de
Tixmucuy, C.P. 24570,
Municipio de Campeche,
Estado de Campeche.
superficie de 1542616.00
metros cuadrados.
NORESTE
Estación 120, 121,
129, 144 Y 150
1389.35
NOROESTE
Estación 148 Y 149
800.00
SURESTE
Estación 130, 144,
155, 156 Y 157
1865.34
SUROESTE
Estación D, E, F.
141 Y 152
1974.35
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DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
5.- Que en razón de lo anterior, dichos inmuebles se tienen identificados como inmuebles Federales
y se encuentran controlados en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y
Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario señalados en el cuadro anterior.
…”
2.
Mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2011, se
desincorporó del régimen de dominio público de la Federación y se autorizó la enajenación a título
oneroso mediante licitación pública respecto del inmueble objeto del presente Instrumento, señalado
en el mismo como: inmueble con superficie de 154-26-16 hectáreas, identificado como lote IV del
predio rústico “San Fernando”, situado en la Jurisdicción de Poyacxum, Municipio de Tixmucuy,
Estado de Campeche.
3.
Mediante Constancia número CA/02/2017 de fecha 17 de abril de 2017, se acreditó la adjudicación
del Contrato de compraventa respecto del inmueble señalado en el Considerando anterior, a favor
del C. Alejandro Azar Castillo.
4.
Mediante Acta Entrega Recepción de fecha 17 de mayo de 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, a través de su Órgano Desconcentrado, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales y de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, hizo
entrega de manera formal y física del inmueble al C. Alejandro Azar Castillo.
5.
Mediante Escritura Pública número 6065, Volumen DCLXXII, de fecha 30 de mayo de 2024, se
formalizó el contrato de compraventa a título oneroso, fuera de licitación pública y Ad corpus, respecto
del lote número IV, que forma parte del predio rústico “San Fernando”, jurisdicción de Pocyaxum,
Tixmucuy, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, a favor del C. Alejandro Azar Castillo.
6.
Mediante oficios números DGUI/SPTC/2830/2022, DGUI/SPTC/0762/2023, DGUI/SPTC/0600/2024 y
DGUI/SPTC/0586/2025, de fechas 26 de octubre de 2022, 24 de mayo de 2023, 15 de marzo
de 2024 y 3 de abril de 2025, la Dirección de Gestión de Uso de Inmuebles solicitó a la Dirección de
Incorporación y Desincorporación de Inmuebles, ambas del Instituto de Administración y Avalúos
de Bienes Nacionales, se realizaran las gestiones correspondientes a fin de dejar sin efectos la
Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número
DSRDPF/484/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble
con número de Registro Federal Inmobiliario (R.F.I.) 4-1921-6, denominado "San Fernando Lote 4
(antes 2) Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Calle Domicilio Conocido S/N, Pueblo Jurisdicción
de Pocyaxum, Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de
Campeche, con superficie de 1542616.00 metros cuadrados, a efecto de estar en posibilidad
de solicitar la baja del R.F.I en cuestión en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario
Federal y Paraestatal.
7.
Con base en el estudio y análisis de los antecedentes documentales que obran en el Sistema de
Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, así como de la motivación planteada que da sustento
al presente Acuerdo y a efecto de dar cumplimiento a la solicitud de la Dirección de Gestión de Uso
de Inmuebles, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la
Federación número DSRDPF/484/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada en el Diario Oficial de
la Federación el 13 de septiembre de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con R.F.I. 4-1921-6,
denominado "San Fernando Lote 4 (antes 2) Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Calle Domicilio Conocido
S/N, Pueblo Jurisdicción de Pocyaxum, Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche,
Estado de Campeche, con superficie de 1542616.00 metros cuadrados.
SEGUNDO.- Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos en
términos de lo dispuesto por el artículo 101 fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales.
TERCERO.- Inscríbase el presente Acuerdo como acto de certeza jurídica de que la citada Declaratoria de
Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación ha quedado sin efectos, respecto del inmueble
objeto de la misma, en el Registro Público de la Propiedad Federal, de conformidad con lo previsto por los
artículos 42 fracción XXVI y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales, para efectos de publicidad.
CUARTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus
atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. – Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Ciudad de México a los 5 días de noviembre de 2025.- Director General de Administración del Patrimonio
Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.- Elaboró: Verónica M. Rodríguez Ch.-
Rúbrica.- Revisó: Yeshua Huerta Merino.- Rúbrica.- Validó: Santa Lucía Martínez Diego.- Rúbrica.-
Autorizó: Marisol Sánchez Anguiano.- Rúbrica.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
35
ACUERDO por el que se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la
Federación número DSRDPF/485/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada el 13 de septiembre de 2017.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
ACUERDO 05/2025
ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO
PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN NÚMERO DSRDPF/485/2017 DE FECHA 28 DE AGOSTO DE 2017, PUBLICADA EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2017.
Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal
del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y
XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones IV, VII y IX, 28 fracciones I y III, 42
fracción XXVI, 101 fracción X, de la Ley General de Bienes Nacionales; 2, 3 fracción VI y 4 de la Ley del Diario
Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 2 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público; 1, 3 fracciones VIII y X, 4 fracción I, inciso e), 5, 6 fracción XXXIII; 7 fracciones XIV, XXIII
y XXIV y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y
Primero del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017; y
C O N S I D E R A N D O
1.
Que el 13 de septiembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de
Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número DSRDPF/485/2017 de fecha 28
de agosto de 2017, la cual de acuerdo a los Considerandos que en la misma se consignan, que:
“…
1.- Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la
propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional,
corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio
de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, teniendo la Nación en todo tiempo el
derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público;
2.- Que el artículo 2, fracción VII de la Ley General de Bienes Nacionales define como “Inmueble
federal”, el terreno con o sin construcciones de la Federación, así como aquéllos en que ejerza la
posesión, control o administración a título de dueño;
3.- Que por su parte, el artículo 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales dispone que
están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles federales que estén
destinados de hecho o mediante un ordenamiento jurídico a un servicio público y los inmuebles
equiparados a éstos conforme a esta Ley;
4.- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado
denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ha tenido la posesión,
custodia, vigilancia y uso de los inmuebles Federales señalados, para la utilización de servicios
públicos a su cargo, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, descritos
en el cuadro siguiente:
No.
DSRDPF
RFI
Denominación
ubicación y superficie
Orientación
Colindancia
Medidas
Metros
485/2017
4-1922-5
"San Fernando Lote 5 (antes
3) Jurisdicción Poycaxum",
ubicado en Calle Domicilio
Conocido, S/N, Pueblo
Jurisdicción de Pocyaxum
Sección Municipal de
Tixmucuy, C.P. 24570,
Municipio de Campeche,
Estado de Campeche.
superficie de 1542628.00
metros cuadrados.
NORESTE
Estación 131
400.00
NOROESTE
Estación 130 143,
Y 153 A 157
5067.26
SURESTE
Estación 1, 158,
160 161, 162 Y G
2135.66
(…)
36
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
5.- Que en razón de lo anterior, dichos inmuebles se tienen identificados como inmuebles Federales
y se encuentran controlados en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y
Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario señalados en el cuadro anterior.
…”
2.
Mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2011, se
desincorporó del régimen de dominio público de la Federación y se autorizó la enajenación a título
oneroso mediante licitación pública respecto del inmueble objeto del presente Instrumento, señalado
en el mismo como: inmueble con superficie de 154-26-28 hectáreas, identificado como lote V del
predio rústico “San Fernando”, situado en la jurisdicción de Poyacxum, Municipio de Tixmucuy,
Estado de Campeche.
3.
Mediante Constancia número CA/02/2017 de fecha 17 de abril de 2017, se acreditó la adjudicación
del Contrato de compraventa respecto del inmueble señalado en el Considerando anterior, a favor
del C. Alejandro Azar Castillo.
4.
Mediante Acta Entrega Recepción de fecha 17 de mayo de 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, a través de su Órgano Desconcentrado, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales y de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, hizo
entrega de manera formal y física del inmueble al C. Alejandro Azar Castillo.
5.
Mediante escritura pública número 6065, Volumen DCLXXII, de fecha 30 de mayo de 2024, se
formalizó el contrato de compraventa a título oneroso, fuera de licitación pública y Ad corpus, respecto
del lote número V, que forma parte del predio rústico “San Fernando”, jurisdicción de Pocyaxum,
Tixmucuy, Municipio de Campeche, Estado de Campeche, a favor del C. Alejandro Azar Castillo.
6.
Mediante oficios números DGUI/SPTC/2823/2022, DGUI/SPTC/0763/2023, DGUI/SPTC/0605/2024 y
DGUI/SPTC/0583/2025, de fechas 25 de octubre de 2022, 24 de mayo de 2023, 15 de marzo
de 2024 y 3 abril de 2025, la Dirección de Gestión de Uso de Inmuebles solicitó a la Dirección de
Incorporación y Desincorporación de Inmuebles, ambas del Instituto de Administración y Avalúos
de Bienes Nacionales, se realizaran las gestiones correspondientes a fin de dejar sin efectos la
Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación número
DSRDPF/485/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble
con número de Registro Federal Inmobiliario (R.F.I.) 4-1922-5, denominado "San Fernando Lote 5
(antes 3) Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Calle Domicilio Conocido S/N, Pueblo Jurisdicción
de Poycaxum, Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche, Estado de
Campeche, con superficie de 1542628.00 metros cuadrados, a efecto de estar en posibilidad
de solicitar la baja del R.F.I en cuestión en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario
Federal y Paraestatal.
7.
Con base en el estudio y análisis de los antecedentes documentales que obran en el Sistema de
Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, así como de la motivación planteada que da sustento
al presente Acuerdo y a efecto de dar cumplimiento a la solicitud de la Dirección de Gestión de Uso
de Inmuebles, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se deja sin efectos la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la
Federación número DSRDPF/485/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, publicada en el Diario Oficial de
la Federación el 13 de septiembre de 2017, únicamente por cuanto hace al inmueble con R.F.I. 4-1922-5,
denominado "San Fernando Lote 5 (antes 3) Jurisdicción Poycaxum", ubicado en Calle Domicilio Conocido
S/N, Pueblo Jurisdicción de Pocyaxum, Sección Municipal de Tixmucuy, C.P. 24570, Municipio de Campeche,
Estado de Campeche, con superficie de 1542628.00 metros cuadrados.
SEGUNDO.- Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos en
términos de lo dispuesto por el artículo 101 fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales.
TERCERO.- Inscríbase el presente Acuerdo como acto de certeza jurídica de que la citada Declaratoria de
Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación ha quedado sin efectos, respecto del inmueble
objeto de la misma, en el Registro Público de la Propiedad Federal, de conformidad con lo previsto por los
artículos 42 fracción XXVI y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales, para efectos de publicidad.
CUARTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus
atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. – Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Ciudad de México a los 5 días de noviembre de 2025.- Director General de Administración del Patrimonio
Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.- Elaboró: Verónica M. Rodríguez Ch.-
Rúbrica.- Revisó: Yeshua Huerta Merino.- Rúbrica.- Validó: Santa Lucía Martínez Diego.- Rúbrica.-
Autorizó: Marisol Sánchez Anguiano.- Rúbrica.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
37
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
CONVENIO Modificatorio al Anexo Técnico de Ejecución para la operación de los componentes de vigilancia
epidemiológica de plagas y enfermedades fitozoosanitarias, campañas fitozoosanitarias e inocuidad
agroalimentaria, acuícola y pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio
presupuestal 2025, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Chihuahua.
CONVENIO MODIFICATORIO AL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS
COMPONENTES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS,
CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA
DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2025 DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
CONVENIO MODIFICATORIO AL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS
COMPONENTES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS,
CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA
DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2025, EN EL ESTADO DE
CHIHUAHUA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA
DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE “AGRICULTURA”, REPRESENTADA EN ESTE
ACTO POR EL ING. FRANCISCO JAVIER CALDERÓN ELIZALDE, DIRECTOR EN JEFE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL ING. ROBERTO
ALVARADO MOLINA EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN Y ENLACE Y EL
DR. BENJAMÍN CARRERA CHÁVEZ, EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DE
“AGRICULTURA” EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, EN ADELANTE REFERIDOS RESPECTIVAMENTE COMO EL
“SENASICA” Y LA “REPRESENTACIÓN”; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL
ESTADO DE CHIHUAHUA, EN ADELANTE EL “GOBIERNO DEL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL MTRO. JOSÉ DE
JESÚS GRANILLO VÁZQUEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE HACIENDA, E ING. MAURO PARADA MUÑOZ,
EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES
DENOMINARÁ COMO LAS “PARTES”, CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA ANTES SEÑALADO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.
Que el 13 de marzo de 2025 las “PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación para el
Desarrollo Rural Sustentable, la Productividad Agropecuaria y la Seguridad Alimentaria 2025-2030,
en lo sucesivo identificado como el “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, cuyo objeto consiste en
establecer las bases de coordinación entre las “PARTES”, con el fin de llevar a cabo proyectos,
estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable, Productividad Agropecuaria
y Seguridad Alimentaria en general; así como, las demás iniciativas que en materia de
desarrollo agroalimentario se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado
de Chihuahua.
II.
Que en apego a las Cláusulas Tercera, Cuarta y Decimotercera del “CONVENIO DE
COORDINACIÓN”, con fecha 31 de marzo de 2025, las “PARTES” suscribieron el Anexo Técnico de
Ejecución para la operación de los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y
Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola
y Pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal
2025, en lo subsecuente el “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, el cual tiene por objeto establecer
las actividades planificadas de los proyectos o actividades a desarrollar de acuerdo a los conceptos
autorizados mediante la aplicación de los recursos presupuestales establecidos para los
Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas
Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera del Programa de Sanidad e
Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2025,
en lo subsecuente referidos respectivamente como los “COMPONENTES” y el “PROGRAMA”
determinados en el Anexo 11.1 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el
ejercicio fiscal 2025 en lo sucesivo el “DPEF”, conforme a su Artículo 32, así como en lo dispuesto en
los artículos 1, 6, 8, 9, 13, 17, 18, 19, 22, 24, 26, 40 y demás relativos y aplicables de las Reglas de
Operación del “PROGRAMA”, en lo subsecuente las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”,
publicados respectivamente en el Diario Oficial de la Federación en lo subsecuente “DOF” los días 24
de diciembre de 2024 y 27 de enero de 2025.
38
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
III.
En la Cláusula Segunda del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, relativa a la aportación de
recursos, las “PARTES” acordaron lo siguiente:
“APORTACIÓN DE RECURSOS.
SEGUNDA. Conforme las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el
“DPEF”, en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA” y en las demás disposiciones
legales aplicables, “AGRICULTURA” y el “GOBIERNO DEL ESTADO” acuerdan que
para el ejercicio fiscal 2025, realizarán una aportación conjunta para la operación y
ejecución de los “COMPONENTES” del “PROGRAMA”, por un monto de hasta
$99,280,342.00 (Noventa y nueve millones doscientos ochenta mil trescientos
cuarenta y dos Pesos 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente:
1. Hasta la cantidad de $77,980,342.00 (Setenta y siete millones novecientos
ochenta mil trescientos cuarenta y dos Pesos 00/100 M.N.); correspondientes a la
aportación federal a cargo de “AGRICULTURA”, con base en la suficiencia
presupuestal prevista en el “DPEF”; y
….
…
…
…
…
…
…”
IV.
Las “PARTES” acordaron en la Cláusula Sexta del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”,
lo siguiente:
“DE LAS MODIFICACIONES.
SEXTA. - Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución y, en
su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común
acuerdo entre las “PARTES” y se harán constar por escrito mediante Convenio
Modificatorio que al efecto se celebre, entre los representantes reconocidos de las
“PARTES”, el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
V. Que en los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, las “PARTES”
acordaron la siguiente distribución de recursos:
Apéndice I
Chihuahua
Recursos Convenidos Federación-Estado 2025
(Aportaciones en Pesos)
DPEF 2025
De
“AGRICULTURA”
Del “GOBIERNO
DEL ESTADO”
Gran Total
No.
Total Programas y Componentes
77,980,342.00
21,300,000.00
99,280,342.00
De conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 6 del DPEF 2025.
Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
De
“AGRICULTURA”
Del “GOBIERNO
DEL ESTADO”
Gran Total
I
Vigilancia Epidemiológica de Plagas y
Enfermedades Fitozoosanitarias
5,984,015.00
0.00
$5,984,015.00
II
Campañas Fitozoosanitarias
62,981,318.00
21,300,000.00
$84,281,318.00
III
Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
9,015,009.00
0.00
$9,015,009.00
Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
39
Apéndice II
Chihuahua
Calendario de Ejecución 2025
(Aportaciones en Pesos)
DPEF 2025
Total
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
No.
Total Programas y
Componentes
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
77,980,342.00
21,300,000.00
0.00
0.00
58,853,805.00
21,300,000.00
16,217,870.00
0.00
2,908,667.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
De conformidad con lo que establece la fracción IV del Artículo 6 del DPEF 2025.
Programa de Sanidad e
Inocuidad Agroalimentaria
77,980,342.00
21,300,000.00
0.00
0.00
58,853,805.00
21,300,000.00
16,217,870.00
0.00
2,908,667.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
I
Vigilancia
Epidemiológica de
Plagas y Enfermedades
Fitozoosanitarias
5,984,015.00
0.00
0.00
0.00
3,310,409.00
0.00
2,673,606.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
II
Campañas
Fitozoosanitarias
62,981,318.00
21,300,000.00
0.00
0.00
50,134,391.00
21,300,000.00
9,938,260.00
0.00
2,908,667.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
III
Inocuidad
Agroalimentaria,
Acuícola y Pesquera
9,015,009.00
0.00
0.00
0.00
5,409,005.00
0.00
3,606,004.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación en el componente de Campañas Fitozoosanitarias
40
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Apéndice III
Chihuahua
Cuadro de Montos y Metas 2025
Concentrado Presupuestal
Componentes-Subcomponentes
Total por Subcomponente
Metas Físicas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
I. Componente Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias
Subcomponentes:
a) Vigilancia epidemiológica de riesgos
fitosanitarios
4,584,015.00
0.00
4,584,015.00
Proyecto
1
b) Vigilancia epidemiológica de riesgos
zoosanitarios
1,400,000.00
0.00
1,400,000.00
Proyecto
1
II. Componente Campañas Fitozoosanitarias
Subcomponentes:
a) Servicio fitosanitario para prevención,
control
o
erradicación
de
plagas
fitosanitarias
20,648,651.00
3,500,000.00
24,148,651.00
Proyecto
9
b) Prevención y control de enfermedades
en organismos acuícolas
2,798,000.00
250,000.00
3,048,000.00
Proyecto
1
c) Prevención, control o erradicación de
plagas y enfermedades zoosanitarias
reglamentadas
36,626,000.00
16,750,000.00
53,376,000.00
Proyecto
7
III. Componente Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
Subcomponente:
a) Sistemas de Reducción de Riesgos de
Contaminación y Buenas Prácticas en la
producción agrícola, pecuaria, acuícola y
pesquera, y procesamiento primario de
productos acuícolas y pesqueros
9,015,009.00
0.00
9,015,009.00
Proyecto
3
Subtotal /1
75,071,675.00
20,500,000.00
95,571,675.00
Proyectos
22
Gastos de Operación (hasta el 4.0%) /2
2,908,667.00
800,000.00
3,708,667.00
TOTAL
77,980,342.00
21,300,000.00
99,280,342.00
/1.- Las metas programáticas y la distribución presupuestal de cada Componente, se establecerá en los Programas de
Trabajo que contienen los proyectos autorizados por las Unidades Responsables del SENASICA; los que serán indicativos,
por lo que en caso de realizarse modificaciones se hará mediante la autorización de la adecuación al Programa de Trabajo
por parte de la Unidad Responsable correspondiente, en que deberá expresar las causas que justifiquen tales
modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
/2.- Los Gastos de Operación serán ejecutados en términos de lo dispuesto en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”.
a) Vigilancia epidemiológica de riesgos
fitosanitarios
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025
Vigilancia
Epidemiológica
Fitosanitaria
4,584,015.00
0.00
4,584,015.00
Proyecto
1
TOTAL
4,584,015.00
0.00
4,584,015.00
Proyectos
1
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
41
b)
Vigilancia
epidemiológica
de
riesgos zoosanitarios
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Vigilancia Epidemiológica de las
Enfermedades o Plagas en Animales
Terrestres
1,400,000.00
0.00
1,400,000.00
Proyecto
1
TOTAL
1,400,000.00
0.00
1,400,000.00
Proyectos
1
a)
Servicio
fitosanitario
para
la
prevención, control o erradicación de
plagas fitosanitarias
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Servicio Fitosanitario
16,229,079.00
0.00
16,229,079.00
Proyecto
1
2025 Manejo Fitosanitario de cultivos
básicos
1,439,043.00
0.00
1,439,043.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Moscas de la Fruta
757,880.00
0.00
757,880.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Plagas Reglamentadas del
Algodonero
279,887.00
0.00
279,887.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Manejo Fitosanitario de
Hortalizas
0.00
2,000,000.00
2,000,000.00
Proyecto
1
2025
Campañas
de
Protección
Fitosanitaria - Manejo Fitosanitario del
Nogal
96,151.00
850,000.00
946,151.00
Proyecto
1
2025 Manejo Fitosanitario de Mosquita
Blanca
0.00
150,000.00
150,000.00
Proyecto
1
2025 Manejo Fitosanitario de Mancha de
Fuego
0.00
500,000.00
500,000.00
Proyecto
1
2025
Operación
de
Puntos
de
Verificación
Interna
en
Materia
Fitosanitaria
1,846,611.00
0.00
1,846,611.00
Proyecto
1
TOTAL
20,648,651.00
3,500,000.00
24,148,651.00
Proyectos
9
b)
Prevención
y
control
de
enfermedades
en
organismos
acuícolas
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Peces y anfibios
2,798,000.00
250,000.00
3,048,000.00
Proyecto
1
TOTAL
2,798,000.00
250,000.00
3,048,000.00
Proyectos
1
c) Prevención, control o erradicación
de
plagas
y
enfermedades
zoosanitarias reglamentadas
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025
Campaña
Nacional
contra
la
Tuberculosis
Bovina
(Mycobacterium
bovis)
21,745,000.00
0.00
21,745,000.00
Proyecto
1
2025
Campaña
Nacional
contra
la
Brucelosis en los Animales
6,616,000.00
0.00
6,616,000.00
Proyecto
1
42
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
2025
Campaña
Nacional
para
la
prevención y control de la rabia en
bovinos y especies ganaderas
1,650,000.00
0.00
1,650,000.00
Proyecto
1
2025 Campaña Nacional para el control
de la garrapata Boophilus spp
890,000.00
0.00
890,000.00
Proyecto
1
2025
Campaña
Nacional
contra
la
Varroasis de las Abejas
725,000.00
0.00
725,000.00
Proyecto
1
2025
Programa
de
eliminación
de
animales positivos, reactores, expuestos
y sospechosos
3,500,000.00
0.00
3,500,000.00
Proyecto
1
2025
Operación
de
Puntos
de
Verificación
Interna
en
Materia
Zoosanitaria
1,500,000.00
16,750,000.00
18,250,000.00
Proyecto
1
TOTAL
36,626,000.00
16,750,000.00
53,376,000.00
Proyectos
7
a) Sistemas de Reducción de Riesgos
de Contaminación y Buenas Prácticas
en la producción agrícola, pecuaria,
acuícola y pesquera, y procesamiento
primario de productos acuícolas y
pesqueros
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Inocuidad Agrícola
5,415,009.00
0.00
5,415,009.00
Proyecto
1
2025 Inocuidad Pecuaria
2,600,000.00
0.00
2,600,000.00
Proyecto
1
2025 Inocuidad Acuícola y Pesquera
1,000,000.00
0.00
1,000,000.00
Proyecto
1
TOTAL
9,015,009.00
0.00
9,015,009.00
Proyectos
3
Con fundamento en lo señalado en la Cláusula Sexta del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, las
“PARTES” están de acuerdo en suscribir el presente instrumento, con el objeto de modificar la Cláusula
Segunda y los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, específicamente en los
Componentes Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Subcomponente
Vigilancia
epidemiológica
de
riesgos
fitosanitarios;
y
Componente
Campañas
Fitozoosanitarias,
Subcomponentes Servicio fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias,
Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas, y Prevención, control o erradicación
de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas, en razón de la disminución de recursos
federales convenidos.
DECLARACIONES
I.
DE LAS “PARTES”
I. 1. Que es su voluntad el celebrar el presente Convenio Modificatorio a fin de modificar la Cláusula
Segunda y los Apéndices I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, específicamente en
los Componentes Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias,
Subcomponente
Vigilancia
epidemiológica
de
riesgos
fitosanitarios;
y
Campañas
Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio fitosanitario para la prevención, control o
erradicación de plagas fitosanitarias, Prevención y control de enfermedades en organismos
acuícolas, Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias
reglamentadas.
I. 2. Que se reconocen recíprocamente la personalidad con que se ostentan y manifiestan
que en la suscripción de este Convenio Modificatorio no existe vicio en el consentimiento que
pudiera invalidarlo.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
43
Con base en los antecedentes y declaraciones anteriormente expuestas, las “PARTES” convienen en la
celebración del presente Convenio Modificatorio al “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, de acuerdo con
las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. Las “PARTES” convienen en modificar la Cláusula Segunda del “ANEXO TÉCNICO DE
EJECUCIÓN”, relativa a la “APORTACIÓN DE RECURSOS”, para quedar en los siguientes términos:
“APORTACIÓN DE RECURSOS.
SEGUNDA. Conforme las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el
“DPEF”, en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA” y en las demás disposiciones
legales aplicables, “AGRICULTURA” y el “GOBIERNO DEL ESTADO” acuerdan que para el
ejercicio fiscal 2025, realizarán una aportación conjunta para la operación y ejecución
de los “COMPONENTES” del “PROGRAMA” por un monto de hasta $96,638,771.00
(Noventa y seis millones seiscientos treinta y ocho mil setecientos setenta y un Pesos
00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente:
1.
Hasta la cantidad de $75,338,771.00 (Setenta y cinco millones trescientos treinta y
ocho mil setecientos setenta y un Pesos 00/100 M.N.); correspondientes a la
aportación federal a cargo de “AGRICULTURA”, con base en la suficiencia
presupuestal prevista en el “DPEF”; y
...
…
…
…
…
…
…”
SEGUNDA. Las “PARTES” están de acuerdo en modificar mediante el presente instrumento, los
APÉNDICES I, II y III del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, en lo referente al Componente Vigilancia
Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Subcomponente Vigilancia epidemiológica de
riesgos fitosanitarios; así como al Componente Campañas Fitozoosanitarias, Subcomponentes Servicio
fitosanitario para la prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias; Prevención y control de
enfermedades en organismos acuícolas; y Prevención, control o erradicación de plagas y enfermedades
zoosanitarias reglamentadas, para quedar en los siguientes términos:
Apéndice I
Chihuahua
Recursos Convenidos Federación-Estado 2025
(Aportaciones en Pesos)
DPEF 2025
De
“AGRICULTURA”
Del “GOBIERNO
DEL ESTADO”
Gran Total
No.
Total Programas y Componentes
75,338,771.00
21,300,000.00
96,638,771.00
De conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 6 del DPEF 2025.
Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
De
“AGRICULTURA”
Del “GOBIERNO
DEL ESTADO”
Gran Total
I
Vigilancia Epidemiológica de Plagas y
Enfermedades Fitozoosanitarias
1,400,000.00
0.00
1,400,000.00
II
Campañas Fitozoosanitarias
64,923,762.00
21,300,000.00
86,223,762.00
III
Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
9,015,009.00
0.00
9,015,009.00
Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación.
44
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Apéndice II
Chihuahua
Calendario de Ejecución 2025
(Aportaciones en Pesos)
DPEF 2025
Total
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
No.
Total Programas y Componentes
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
75,338,771.00
21,300,000.00
0.00
0.00
72,430,104.00
21,300,000.00
.00
0.00
2,908,667.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
De conformidad con lo que establece la fracción IV del Artículo 6 del DPEF 2025.
Programa de Sanidad e Inocuidad
Agroalimentaria
75,338,771.00
21,300,000.00
0.00
0.00
72,430,104.00
21,300,000.00
0.00
0.00
2,908,667.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
I
Vigilancia Epidemiológica de Plagas
y Enfermedades Fitozoosanitarias
1,400,000.00
0.00
0.00
0.00
1,400,000.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
II
Campañas Fitozoosanitarias
64,923,762.00
21,300,000.00
0.00
0.00
62,015,095.00
21,300,000.00
0.00
0.00
2,908,667.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
III
Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola
y Pesquera
9,015,009.00
0.00
0.00
0.00
9,015,009.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación en el componente de Campañas Fitozoosanitarias
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
45
Apéndice III
Chihuahua
Cuadro de Montos y Metas 2025
Concentrado Presupuestal
Componentes-Subcomponentes
Total por Subcomponente
Metas Físicas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
I. Componente Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias
Subcomponentes:
b)
Vigilancia
epidemiológica
de
riesgos
zoosanitarios
1,400,000.00
0.00
1,400,000.00
Proyecto
1
II. Componente Campañas Fitozoosanitarias
Subcomponentes:
a) Servicio fitosanitario para prevención, control
o erradicación de plagas fitosanitarias
24,201,777.00
3,500,000.00
27,701,777.00
Proyecto
9
b) Prevención y control de enfermedades en
organismos acuícolas
2,683,686.00
250,000.00
2,933,686.00
Proyecto
1
c) Prevención, control o erradicación de plagas
y enfermedades zoosanitarias reglamentadas
35,129,632.00
16,750,000.00
51,879,632.00
Proyecto
7
III. Componente Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
Subcomponente:
b) Sistemas de Reducción de Riesgos de
Contaminación y Buenas Prácticas en la
producción
agrícola,
pecuaria,
acuícola
y
pesquera,
y
procesamiento
primario
de
productos acuícolas y pesqueros
9,015,009.00
0.00
9,015,009.00
Proyecto
3
Subtotal /1
72,430,104.00
20,500,000.00
92,930,104.00
Proyectos
21
Gastos de Operación (hasta el 4.0%) /2
2,908,667.00
800,000.00
3,708,667.00
TOTAL
75,338,771.00
21,300,000.00
96,638,771.00
/1.- Las metas programáticas y la distribución presupuestal de cada Componente, se establecerá en los Programas de
Trabajo que contienen los proyectos autorizados por las Unidades Responsables del SENASICA; los que serán indicativos,
por lo que en caso de realizarse modificaciones se hará mediante la autorización de la adecuación al Programa de Trabajo
por parte de la Unidad Responsable correspondiente, en que deberá expresar las causas que justifiquen tales
modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
/2.- Los Gastos de Operación serán ejecutados en términos de lo dispuesto en las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA”.
b) Vigilancia epidemiológica de riesgos
zoosanitarios
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025
Vigilancia
Epidemiológica
de
las
Enfermedades o Plagas en Animales Terrestres
1,400,000.00
0.00
1,400,000.00
Proyecto
1
TOTAL
1,400,000.00
0.00
1,400,000.00
Proyectos
1
a) Servicio fitosanitario para la prevención,
control
o
erradicación
de
plagas
fitosanitarias
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Servicio Fitosanitario
18,425,163.00
0.00
18,425,163.00
Proyecto
1
2025 Manejo Fitosanitario de cultivos básicos
1,380,250.00
0.00
1,380,250.00
Proyecto
1
2025 Campañas de Protección Fitosanitaria -
Moscas de la Fruta
726,917.00
0.00
726,917.00
Proyecto
1
2025 Campañas de Protección Fitosanitaria -
Plagas Reglamentadas del Algodonero
268,452.00
0.00
268,452.00
Proyecto
1
2025 Campañas de Protección Fitosanitaria -
Manejo Fitosanitario de Hortalizas
588,435.00
2,000,000.00
2,588,435.00
Proyecto
1
2025 Campañas de Protección Fitosanitaria -
Manejo Fitosanitario del Nogal
130,205.00
850,000.00
980,205.00
Proyecto
1
2025 Manejo Fitosanitario de Mosquita Blanca
0.00
150,000.00
150,000.00
Proyecto
1
46
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
2025 Manejo Fitosanitario de Mancha de Fuego
0.00
500,000.00
500,000.00
Proyecto
1
2025 Operación de Puntos de Verificación
Interna en Materia Fitosanitaria
2,682,355.00
0.00
2,682,355.00
Proyecto
1
TOTAL
24,201,777.00
3,500,000.00
27,701,777.00
Proyectos
9
b) Prevención y control de enfermedades en
organismos acuícolas
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Peces y anfibios
2,683,686.00
250,000.00
2,933,686.00
Proyecto
1
TOTAL
2,683,686.00
250,000.00
2,933,686.00
Proyectos
1
c) Prevención, control o erradicación de
plagas
y
enfermedades
zoosanitarias
reglamentadas
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Campaña Nacional contra la Tuberculosis
Bovina (Mycobacterium bovis)
20,748,632.00
0.00
20,748,632.00
Proyecto
1
2025 Campaña Nacional contra la Brucelosis en
los Animales
6,616,000.00
0.00
6,616,000.00
Proyecto
1
2025 Campaña Nacional para la prevención y
control de la rabia en bovinos y especies
ganaderas
1,650,000.00
0.00
1,650,000.00
Proyecto
1
2025 Campaña Nacional para el control de la
garrapata Boophilus spp
890,000.00
0.00
890,000.00
Proyecto
1
2025 Campaña Nacional contra la Varroasis de
las Abejas
725,000.00
0.00
725,000.00
Proyecto
1
2025 Programa de eliminación de animales
positivos, reactores, expuestos y sospechosos
3,000,000.00
0.00
3,000,000.00
Proyecto
1
2025 Operación de Puntos de Verificación
Interna en Materia Zoosanitaria
1,500,000.00
16,750,000.00
18,250,000.00
Proyecto
1
TOTAL
35,129,632.00
16,750,000.00
51,879,632.00
Proyectos
7
a) Sistemas de Reducción de Riesgos de
Contaminación y Buenas Prácticas en la
producción agrícola, pecuaria, acuícola y
pesquera, y procesamiento primario de
productos acuícolas y pesqueros
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2025 Inocuidad Agrícola
5,415,009.00
0.00
5,415,009.00
Proyecto
1
2025 Inocuidad Pecuaria
2,600,000.00
0.00
2,600,000.00
Proyecto
1
2025 Inocuidad Acuícola y Pesquera
1,000,000.00
0.00
1,000,000.00
Proyecto
1
TOTAL
9,015,009.00
0.00
9,015,009.00
Proyectos
3
TERCERA. Las “PARTES” manifiestan que el presente Convenio Modificatorio, no implica una novación
del “ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN”, al que se refiere el apartado de Antecedentes del presente
Convenio Modificatorio, por lo que las estipulaciones pactadas, que no hayan sido modificadas mediante este
instrumento, subsistirán y seguirán surtiendo sus efectos jurídicos, en los términos que se encuentran
vigentes, con excepción de los puntos que se modifican en este instrumento jurídico.
CUARTA. El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal y
cumplimiento de acciones, será hasta el 31 de diciembre de 2025, en términos de lo establecido en los
artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 175 y 176 de su Reglamento y
demás disposiciones de la materia, así como del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”.
Leído que fue y debidamente enteradas del contenido, alcance y fuerza legal del presente Convenio
Modificatorio, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se
encuentra afectado por dolo, error, mala fe ni otros vicios de la voluntad, las “PARTES” lo firman y ratifican en
todas sus partes, en cinco ejemplares originales, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los 20 días del
mes de agosto del año 2025.- Por Agricultura: el Director en Jefe del SENASICA, Ing. Francisco Javier
Calderón Elizalde.- Rúbrica.- El Titular de la Oficina de Representación de Agricultura en el Estado de
Chihuahua, Dr. Benjamín Carrera Chávez.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Coordinación y Enlace
del SENASICA, Ing. Roberto Alvarado Molina.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Chihuahua:
el Secretario de Hacienda, Mtro. José de Jesús Granillo Vázquez.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo
Rural, Ing. Mauro Parada Muñoz.- Rúbrica.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
47
SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
CONVENIO de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que
celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Durango.
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO LA “SEP”, REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO
DE EDUCACIÓN SUPERIOR, DR. RICARDO VILLANUEVA LOMELÍ, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE
EDUCACIÓN SUPERIOR PARA EL MAGISTERIO, DR. JULIO CESAR LEYVA RUIZ, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR EL DR. ESTEBAN
ALEJANDRO VILLEGAS VILLARREAL, ASISTIDO POR EL LIC. PAULINO CÓRDOVA QUIÑONES, ENCARGADO DE
DESPACHO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO, EL LIC. FRANKLIN CORLAY AGUILAR, SECRETARIO DE
FINANZAS Y DE ADMINISTRACIÓN, Y EL DR. JOSÉ GUILLERMO ADAME CALDERÓN, SECRETARIO DE EDUCACIÓN,
EN LO SUCESIVO “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO
“LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
1.- Con la finalidad de contribuir a elevar la calidad en la formación inicial de los docentes, mediante el
desarrollo de acciones estratégicas que tengan incidencia en las prácticas académicas y en la gestión de las
Instituciones de Formación Docente Públicas, surge el Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa,
iniciativa que sustenta su creación en los Foros de Consulta realizados por la actual administración federal,
definiendo que la educación es un derecho de todos que hay que hacer efectivo, y no un privilegio de unos
cuantos. Acorde con esta iniciativa, el PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA en
lo sucesivo el “PROFEXCE”, se adscribe al Eje General 2 Desarrollo con Bienestar y Humanismo del Plan
Nacional de Desarrollo 2025-2030 a través del cual se articularán los objetivos del Gobierno Federal en el
ámbito educativo para garantizar el ejercicio pleno del derecho a una educación inclusiva y equitativa para
niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, promoviendo una formación humanista, científica,
intercultural, plurilingüe e integral que mejore el bienestar de la población e impulse el desarrollo del país a
través de las estrategias referidas en el objetivo 2.3 que se describen como sigue:
2.3.1 Expandir la oferta educativa para garantizar el derecho a la educación de niñas niños, adolescentes,
jóvenes y personas adultas, fomentando su desarrollo integral y promoviendo la igualdad social.
2.3.2 Crear entornos óptimos para el aprendizaje, la convivencia y el desarrollo integral de los estudiantes
mediante la construcción, equipamiento, restauración, reforzamiento y rehabilitación de la infraestructura
educativa, con prioridad en las zonas de mayor rezago social.
2.3.3 Fortalecer los planes y programas de estudio conforme a los principios de la Nueva Escuela
Mexicana, promoviendo una formación integral, crítica, ambiental, humanista, cívica, intercultural y científica.
2.3.4 Desarrollar acciones y brindar apoyos para garantizar el ingreso, permanencia, orientación
vocacional y conclusión de trayectorias educativas en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo
Nacional, con perspectiva de género y pertinencia cultural.
2.3.5 Reforzar el papel de las maestras y maestros como agentes clave en la transformación del sistema
educativo, mediante el desarrollo profesional, la formación continua con perspectiva de género, pertinencia
cultural y atención a la diversidad, además de la mejora de sus condiciones laborales.
Y con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 4, que establece "garantizar una educación inclusiva,
equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida para todos" y a la meta
4.3 "para asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una
formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria". Para cumplir con
ello, la “SEP” ha impulsado la integración de Programas Presupuestarios como el S300 Programa
Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, todos ellos aspectos esenciales para que se pueda proporcionar y
fortalecer la excelencia de la educación en todos los niveles.
2.- Con fecha 18 de febrero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial
número 11/02/25, por el que se emiten las Reglas de Operación del PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA
EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo “LAS REGLAS”, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar
la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados al “PROFEXCE”, las
cuales establecen las disposiciones a las que se debe sujetarse.
48
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
3.- El “PROFEXCE” busca dirigir la asignación de los recursos a los proyectos integrales, que tengan
mayor impacto en el desarrollo académico y de la gestión de los sistemas estatales de educación normal y de
las Instituciones de Formación Docente Públicas (IFDP). Se busca que la premisa de la educación, desde la
inicial hasta la universitaria sea educar para toda la vida, específicamente, los universitarios no sólo se forman
como profesionistas, sino que también se educan con valores, conocimiento y capacidades adecuadas para
desarrollarse plenamente, con civismo y solidaridad social con México. Con esta acción, se pretende contribuir
al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos:
Académicos
A. Elevar el aprovechamiento académico de los estudiantes normalistas.
B. Apoyar la superación de docentes y directivos de las IFDP.
C. Desarrollar programas de tutoría y asesoría para mejorar los procesos de formación y aprendizaje de
los estudiantes
D. Realizar el seguimiento de egresados con objeto de valorar la calidad de la formación proporcionada y
enriquecer los procesos educativos en las IFDP.
E. Promover la cultura de la evaluación para favorecer la acreditación de los planes y programas de
estudios y la certificación de los procesos de gestión.
F. Fortalecer a las IFDP, en especial las normales bilingües interculturales, a fin de favorecer la
adscripción de las personas docentes en las localidades y regiones lingüísticas a las que pertenecen, así
como impulsar programas de formación, actualización y certificación para las futuras maestras y maestros en
las lenguas de las regiones correspondientes.
G. Apoyar la actualización e implementación de los planes y programas de estudio de las Escuelas
Normales.
H. Diseñar e implementar acciones para la movilidad académica, intercambios académicos y convenios
entre instituciones de educación superior nacionales o internacionales.
Gestión
A. Mejorar el mobiliario y el equipamiento con tecnologías actualizadas y la capacitación para su uso en
las IFDP, para contribuir a la innovación y competitividad del país a través del uso de las TIC.
B. Optimizar o ampliar la infraestructura física para el desarrollo de las actividades de todos los actores
que participan en los procesos de la institución.
4.- La EDINEN contribuye al logro y consolidación de un sistema estatal de educación normal de
excelencia educativa en cada Entidad Federativa, así como al mejoramiento de las instituciones formadoras
de las maestras y los maestros que lo integran.
DECLARACIONES
I.- De la “SEP”:
I.1 Que en términos de lo dispuesto por los artículos 2° fracción I, 26 y 38 de Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada a la
cual le corresponde el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de los Estados
y Municipios.
I.2 Que el Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 8, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública,
publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 15 de septiembre de 2020 (RISEP).
I.3 Que el Director General de Educación Superior para el Magisterio, participa en la suscripción del
presente instrumento, de conformidad con el artículo 16 del RISEP.
I.4 Que el artículo 47 de la Ley General de Educación establece que la Educación Superior, como parte
del Sistema Educativo Nacional y último esquema de la prestación de los servicios educativos para la
cobertura universal prevista en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es
el servicio que se imparte en sus distintos niveles, después del tipo medio superior. Está compuesta por la
licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como opciones terminales previas a la conclusión
de la licenciatura. Comprende también la educación normal en todos sus niveles y especialidades.
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Las autoridades educativas, en el ámbito de sus competencias establecerán políticas para fomentar la
inclusión, continuidad y egreso oportuno de estudiantes inscritos en educación superior, poniendo énfasis en
los jóvenes, y determinarán medidas que amplíen el ingreso y permanencia a toda aquella persona que, en
los términos que señale la Ley en la materia, decida cursar este tipo de estudios, tales como el
establecimiento de mecanismos de apoyo académico y económico que responda a las necesidades de la
población estudiantil. Las instituciones podrán incluir, además, opciones de formación continua y actualización
para responder a las necesidades de la transformación del conocimiento y cambio tecnológico.
I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Subsecretaría de Educación Superior (SES), a la
cual se encuentra adscrita la Dirección General de Educación Superior para el Magisterio, en lo sucesivo la
“DGESuM”, misma que tiene como atribuciones, entre otras: proponer a la persona titular de la Subsecretaría
de Educación Superior las políticas para el desarrollo de las Instituciones y programas de Educación Superior
destinados a la formación de los profesionales de la educación en coordinación con la Subsecretaría de
Educación Básica y la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa, las normas pedagógicas, los
planes y programas de estudio para la educación normal, y demás normativa para la formación de
maestros/as de educación básica, los cuales deberán mantenerse acordes al marco de educación de
excelencia contemplado en el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, así como a las
necesidades detectadas en las evaluaciones realizadas a los componentes del Sistema Educativo Nacional.
Para tales efectos, considerará la opinión de los gobiernos de los Estados, de la Ciudad de México y de
diversos actores sociales involucrados en la educación, así como el contenido de los proyectos y programas
educativos que contemplen las realidades y contextos regionales y locales. De igual forma tomará en cuenta
aquello que, en su caso, formule la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, brindando la
asesoría y asistencia que, en su caso, requieran las autoridades educativas para formular la referida opinión.
Lo anterior, de conformidad con el “Acuerdo número 01/01/21 por el que se adscriben orgánicamente las
unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública que se
mencionan”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2021.
I.6 Que para el logro de los objetivos del “PROFEXCE” asignará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”,
recursos públicos federales extraordinarios no regularizables para el desarrollo de los proyectos que hayan
obtenido resultados favorables en el dictamen emitido por la “DGESuM” y la SES con base en la evaluación
realizada a la adecuación de los ProGEN y los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen.
I.7 Que cuenta con los recursos financieros necesarios para llevar a cabo el objeto de este Convenio en su
presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2025.
I.8 Que para efectos del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en la calle de
República de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro Histórico, C.P. 06029, Demarcación Territorial
Cuauhtémoc en la Ciudad de México.
II. De “EL GOBIERNO DEL ESTADO”:
II.1.- Que de conformidad con lo establecido por los artículos 40, 42 fracción l, 43 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 60 y 62, párrafo tercero de la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de Durango, es una Entidad Federativa Libre y Soberana que forma parte integrante de la
federación con territorio y población, así como libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido
como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.- Que el Dr. Esteban Alejandro Villegas Villarreal, Gobernador del Estado de Durango, acredita la
personalidad con la que comparece mediante el Bando Solemne que lo declara Gobernador del Estado de
Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango, número 17 EXT, de fecha 13
de septiembre de 2022, y cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de
Colaboración de conformidad con lo establecido por los artículos 98, fracciones X, XII y XXXIX, de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango; 5, fracciones XII y XVI, de la Ley Orgánica de
la Administración Pública del Estado de Durango.
II.3.- Que el Lic. Paulino Córdova Quiñones, Encargado de Despacho de la Secretaría General de
Gobierno, acredita la personalidad con la que comparece mediante nombramiento otorgado a su favor el día
02 de mayo de 2025, por el Gobernador del Estado, y cuenta con las facultades legales para suscribir el
presente convenio de conformidad con lo establecido por los artículos 99 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Durango, 19, fracción I y 20, fracciones VI y XLII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Durango.
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II.4.- Que el Lic. Franklin Corlay Aguilar, Secretario de Finanzas y de Administración, acredita la
personalidad con la que comparece mediante nombramiento otorgado a su favor el día 19 de julio de 2024,
por el Gobernador del Estado, y cuenta con las facultades legales para suscribir el presente instrumento
jurídico de conformidad con lo establecido por los artículos 99 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Durango, 19, fracción ll y 21, fracciones II, XX, LVIII y LXXXVIII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado del Estado de Durango.
II.5.- Que el Dr. José Guillermo Adame Calderón, Secretario de Educación, acredita la personalidad con la
que comparece mediante nombramiento otorgado a su favor el día 15 de septiembre de 2022, por el
Gobernador del Estado y cuenta con las facultades legales para suscribir el presente instrumento jurídico de
conformidad con lo establecido por los artículos 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Durango, 19, fracción VIII y 27 fracciones XXI y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Durango, 10, fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado.
II.6.- Que para los efectos del presente Convenio de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en
la Calle Reforma No. 100, Col. Burócrata, C.P. 34279, en la ciudad de Victoria de Durango, Dgo.
II.7.- Que acorde con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Durango, la Secretaría de Educación, es responsable de dar cumplimiento a las obligaciones de
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” y le corresponde ejecutar y cumplir el Convenio de Colaboración que en el
marco de “LAS REGLAS” celebre con la “SEP”.
En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo del
“PROFEXCE”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, “LAS PARTES” suscriben el presente
instrumento, de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto establecer las bases conforme a las cuales la “SEP”
apoyará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables
correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por conducto de la Secretaría de Finanzas y de Administración para
la operación del “PROFEXCE” en el marco de la EDINEN, considerando la evaluación de la adecuación de los
ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS” y demás
disposiciones administrativas, presupuestarias y jurídicas aplicables.
“LAS PARTES” acuerdan que los recursos destinados al “PROFEXCE”, estarán sujetos a la disponibilidad
presupuestaria existente en el año fiscal 2025.
SEGUNDA.- La “SEP” con base en la disponibilidad presupuestaria, aportará a “EL GOBIERNO DEL
ESTADO”, hasta por la cantidad de $27,089,055.00 (Veintisiete millones ochenta y nueve mil cincuenta y
cinco pesos 00/100 M.N.), para el desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la
evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen, y de lo
dispuesto en “LAS REGLAS”.
Los recursos serán transferidos por la “SEP” a través de la Secretaría de Finanzas y de Administración a
la cuenta bancaria productiva especifica que determinó para tal fin, de conformidad con lo estipulado en el
artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
La Secretaría de Finanzas y de Administración transferirá en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles a
partir de la fecha de recepción de los mismos, el recurso aportado por la “SEP” a los beneficiarios
establecidos en el Anexo A, que una vez formalizado será parte integrante de este instrumento, en una cuenta
productiva especifica, los recursos federales determinados para tal fin.
Los proyectos y objetivos particulares aprobados en el marco de la EDINEN, se mencionan en el Anexo A
de este Convenio, describiéndose asimismo los montos asignados para cada uno de ellos.
En caso de que la “SEP” aporte a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” recursos adicionales para el
“PROFEXCE”, dichas aportaciones se formalizarán mediante la suscripción de Anexos de Ejecución los
cuales una vez suscritos formarán parte del presente Convenio.
TERCERA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos económicos de la EDINEN, para los proyectos
integrales de los ProGEN y los ProFEN no podrán ser utilizados para el financiamiento de los gastos
siguientes:
a. Pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos, sobresueldos a personal
directivo, docente o empleadas/os que laboren en la “SEP”, en las Secretarías o Institutos de Educación
Estatales o en la AEFCM;
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b. Arrendamiento para oficinas y equipo, tratamiento médico o apoyos económicos directos a los
educandos.
c. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la IFDP, sin excepción.
d. Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno o externo, sin
excepción.
e. Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades ajenas a los enfoques, propósitos y contenidos de los
planes y programas de estudio 2018 y 2022 de las licenciaturas en educación normal.
f. Adquisición de vehículos para transporte de menos de 12 plazas (no automóviles particulares o
camionetas tipo SUV o utilitarios). sólo se financian vehículos nuevos que cumplan con las especificaciones
reglamentarias en cada entidad federativa.
g. Equipo tecnológico usado de cualquier índole, solo se financia equipo tecnológico nuevo
h. Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no
pertenecen al Programa Nacional de Posgrados (PNP) de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología
e Innovación (SECIHTI), padrón de posgrados de la “DGESuM”, Centros Regionales (Tamaulipas y Sonora) o
que sus beneficiarios/as laboren en el plantel donde se impartirá el posgrado.
i. Adicional a lo anterior las AEL o la AEFCM, en ningún caso podrán utilizar los apoyos para gastos de la
operación local para la adquisición de equipo de cómputo, celulares, equipo administrativo, línea blanca,
material de oficina, papelería o vehículos, ni tampoco para pasajes y viáticos Internacionales.
j. Otros fines distintos a los establecidos en “LAS REGLAS”.
CUARTA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos autorizados para la EDINEN, no podrán ser
ejercidos para el pago de los gastos de las Coordinaciones Estatales, de las Instituciones de Formación
Docente Públicas y los Centros de Actualización del Magisterio u otras Instancias, entre los que se
encuentran:
•
Agua, Luz, Teléfono y Predial.
•
Servicios de fletes, maniobras y seguros de bienes patrimoniales.
•
Servicios de vigilancia.
•
Cualquier tipo de cargo o impuesto derivado por obligaciones fiscales.
•
Comisiones por manejo de cuentas bancarias o gastos de representación.
QUINTA.- Para la coordinación de las acciones de la EDINEN establecidas en el presente Convenio, la
“SEP” designa a la “DGESuM” como responsable.
Por su parte, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, designa al titular de la Secretaría de Educación como
responsable de la operación de la EDINEN en la entidad.
Los responsables designados tendrán a su cargo el seguimiento de todas las acciones relacionadas con la
emisión de informes de avances y resultados, el desarrollo, operación y demás establecidas
en “LAS REGLAS”.
SEXTA.- La “SEP” , por conducto de la “DGESuM” en cumplimiento a este Convenio se compromete a:
a) Definir los criterios generales para la adecuación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del
“PROFEXCE”, además de resolver cualquier duda que se genere derivado de la interpretación, aplicación y
cumplimiento de “LAS REGLAS”.
b) Asignar y distribuir los recursos financieros a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” para los proyectos
integrales de los ProGEN y los ProFEN de la EDINEN que hayan sido aprobados, considerando los montos
asignados, como lo establece el Anexo A, el cual forma parte integrante del presente Convenio.
c) Presentar a las instancias correspondientes, los informes periódicos sobre el cumplimiento de los
indicadores de resultados cuantitativos y cualitativos, a fin de establecer los criterios y aspectos a revisar para
la actualización de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, así como el impacto en
las IFDP. Dichos informes deberán apegarse a “LAS REGLAS” y demás disposiciones aplicables.
d) Difundir la información de los avances y el cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales
de los ProGEN y los ProFEN en sus respectivos órganos oficiales de difusión: gob.mx/sep y en la página
dgesum.sep.gob.mx
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e) Conformar el Comité de Pares Académicos para la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los
ProFEN y los proyectos integrales que los constituyen, en el marco de la EDINEN, el cual estará integrado por
personal académico de prestigio que se rija bajo los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia,
equidad y congruencia, a fin de dar certeza sobre el correcto desarrollo de las tareas que le han sido
encomendadas.
f) Asegurar el objetivo fundamental del “PROFEXCE”, a través del seguimiento, supervisión y monitoreo
del desarrollo del mismo y su incidencia en el mejoramiento de las IFDP, de modo que se identifiquen los
factores institucionales que favorezcan o dificulten su cumplimiento.
g) Verificar que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” reintegre a la Tesorería de la Federación, los recursos
económicos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que no sean devengados, en los términos y
plazos que establece la normatividad aplicable.
h) Establecer, analizar y concentrar los formatos específicos para la presentación de los informes
trimestrales así como para el cierre del ejercicio programático presupuestal, dicha información se remitirá en
documentos y medios magnéticos a las instancias coordinadoras que lo soliciten, en los plazos y términos
establecidos para tal fin; así como solicitar a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” las aclaraciones a que haya
lugar; en caso de que esta parte incumpla con la información, se notificará el hecho a la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
i) Establecer en los calendarios los plazos para la captura de los informes trimestrales, así como para su
aclaración, y cierre del sistema informático diseñado para el seguimiento, evaluación y rendición de cuentas
de la EDINEN.
j) Remitir a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” el oficio de liberación Anexo 7A al momento que se concluyan
al 100% (cien por ciento) las obras públicas y acciones comprometidas y se demuestre la aplicación correcta
de los recursos.
k) Presentar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público y a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los informes trimestrales sobre el presupuesto
ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del
“PROFEXCE”, con base a lo establecido en “LAS REGLAS”, y
l) Resolver cualquier duda que se genere en relación con la interpretación, aplicación o cumplimiento de
“LAS REGLAS”.
SÉPTIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a:
a) Destinar los recursos que reciba de la “SEP” exclusivamente a los fines establecidos en “LAS REGLAS”.
b) Apegarse a las disposiciones establecidas en “LAS REGLAS”, así como a los criterios para la
instrumentación del “PROFEXCE”.
c) Garantizar las condiciones organizativas, logísticas y operativas para la coordinación, desarrollo,
seguimiento y evaluación del “PROFEXCE” en su entidad.
d) Realizar la reprogramación de su EDINEN.
e) Entregar el recurso autorizado por la “SEP” a cada IFDP para la ejecución de sus ProFEN, a la
Dirección o Instituto de Educación Normal para la ejecución de sus ProGEN, dentro de los 10 (diez) días
hábiles siguientes a la recepción de los mismos, de acuerdo con los resultados del proceso de evaluación,
transfiriéndolo en las cuentas bancarias productivas previstas para tal fin.
f) Administrar y aplicar los recursos autorizados en el desarrollo de los proyectos integrales de la
reprogramación de los ProGEN y los ProFEN aprobados en el marco de la EDINEN, de conformidad
con “LAS REGLAS”.
g) Supervisar el eficiente ejercicio de los recursos destinados al “PROFEXCE”, de conformidad con lo
establecido en “LAS REGLAS”, y en la normativa aplicable.
h) Cumplir en tiempo y forma con el ejercicio y comprobación de los recursos en el marco del presente
Convenio de Colaboración, así como en los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento
jurídico que determine la AEL con las IFDP para el desarrollo de la EDINEN.
i) Promover la integración de equipos de trabajo con las competencias requeridas para realizar, de manera
sistemática y continua, actividades de planeación, actualización, capacitación, asesoría, seguimiento y
evaluación para la implementación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
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j) Brindar apoyo y asesoría técnica a las IFDP, mediante la implementación de propuestas de formación
continua, así como realizar visitas periódicas a fin de proporcionar recomendaciones, reflexionar sobre las
dificultades y establecer estrategias que permitan avanzar en el cumplimiento de las metas académicas y
programáticas establecidas en la EDINEN.
k) Suscribir los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la
AEL con las IFDP beneficiadas, en los que se estipulen los compromisos que adquieren dichas instituciones
para cumplir con las acciones y metas establecidas en sus ProFEN y su contribución al cumplimiento de las
correspondientes a los ProGEN y la EDINEN, así como para el ejercicio y comprobación de los recursos
asignados.
l) Señalizar de manera visible en toda obra o bien adquirido con recursos de la EDINEN, indicando el
nombre del Programa, el origen del recurso y el ejercicio correspondiente con el propósito de que sean
identificadas plenamente tanto las acciones ejecutadas como las metas alcanzadas, esto con el fin de difundir
entre la sociedad los objetivos, características y avances en el cumplimiento de metas de la EDINEN, así
como la información acerca de los beneficios obtenidos con el ejercicio de los recursos asignados.
m) Entregar a la “SEP” los informes trimestrales en los plazos establecidos en el calendario de
presentación, en los formatos específicos previamente establecidos por la “DGESuM” detallando el
presupuesto ejercido y en caso de reportar retrasos en el cumplimiento de las metas previstas o
irregularidades en el uso de los recursos económicos, informándole sobre las medidas correctivas que
aplicará y las estrategias de seguimiento que llevará a cabo para evitar futuras demoras o fallas en el ejercicio
del presupuesto.
Así mismo remitir trimestralmente a través del Sistema de Recursos Federales Transferidos
(https://www.mstwls.hacienda.gob.mx) establecido para tal fin por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
el informe sobre el destino y resultados obtenidos de la aplicación de los recursos otorgados por la “SEP” por
el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en las disposiciones aplicables.
n) Entregar a la “DGESuM” una vez concluido el ejercicio de los recursos, en el cuarto informe trimestral,
el informe programático, así como la documentación comprobatoria correspondiente
o) Otorgar las facilidades para la realización de los procesos de seguimiento, supervisión y evaluación de
la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN que lleven a cabo o promuevan la “SEP”, la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno u otra instancia de control y fiscalización federal o estatal, con
competencia en la materia.
p) Mantener un registro especifico de los recursos del “PROFEXCE” debidamente actualizados,
identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido
en términos de lo dispuesto por el artículo 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
q) Solicitar que para cada una de las obras de infraestructura terminadas con el presupuesto del
“PROFEXCE”, se elabore un acta-entrega, la cual formará parte del expediente de la obra y constituye la
prueba documental que certifica su existencia.
r) Verificar que en cada plantel educativo se dispongan de por lo menos 10 (diez) ejemplares
de “LAS REGLAS” a fin de que la comunidad escolar esté en posibilidades de realizar su consulta.
s) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
Federativas y los Municipios, las transferencias federales etiquetadas que no se hayan comprometido y
aquellas devengadas pero que no hayan sido pagadas incluyendo los rendimientos financieros generados,
deberán reintegrarse a la TESOFE de la cuenta productiva del ejecutor, a más tardar dentro de los 15 días
naturales posteriores al 31 de diciembre del 2025, incluyendo los rendimientos generados, deberán
reintegrarse a la Tesorería de la Federación a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes.
t) Informar, en su caso, a la “DGESuM” de los reintegros realizados a la Tesorería de la Federación,
proporcionando la correspondiente constancia en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de
que haya sido realizado el depósito.
u) Realizar las acciones de promoción para la integración, operación y seguimiento de la Contraloría
Social, bajo el esquema validado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) y de conformidad
con las Reglas de Operación del Programa y con los Lineamientos para la Promoción y Operación de la
Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social vigentes, que permitan verificar el
cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los Programas de
Desarrollo Social, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y
equitativa de los mismos.
v) Las demás establecidas en “LAS REGLAS”.
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OCTAVA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a aperturar una cuenta bancaria productiva
específica para la administración de los recursos autorizados para el “PROFEXCE”, la cual deberá estar
registrada ante la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de la “SEP” , a solicitud de la
“DGESuM” con el objeto de recibir la aportación de recursos que le transfiera la “SEP” .
NOVENA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a presentar a la “DGESuM” en un plazo máximo de
10 (diez) días hábiles previos a la ministración de los recursos el comprobante fiscal digital por Internet
(CFDI), que ampare la cantidad asignada para el desarrollo de los proyectos integrales de los ProGEN y los
ProFEN, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de
la Federación.
DÉCIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación en
los plazos establecidos en “LAS REGLAS”, los recursos que no fueron destinados a los fines autorizados y
aquéllos que al cierre del ejercicio no hayan sido devengados o que no se encuentren vinculados formalmente
a compromisos o que no cuente con la documentación original que justifique y compruebe el gasto por la
aplicación de dichos recursos y obligaciones de pago.
En caso de que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” no reintegre en los plazos establecidos, deberá pagar una
pena por el atraso, la cual se obtendrá multiplicando el importe no reintegrado oportunamente por el número
de días naturales de retraso y la tasa diaria correspondiente a la establecida en la Ley de Ingresos de la
Federación para el ejercicio fiscal que corresponda, referente a los casos de prórroga para el pago de créditos
fiscales, conforme a la siguiente fórmula:
Pena=importe x días x tasa/30
La pena por atraso a que se refiere la presente cláusula deberá ser pagada conforme al procedimiento que
para tal efecto establezca la “SEP”.
DÉCIMA PRIMERA.- La aplicación de los recursos, su comprobación y el logro de las metas compromiso,
será responsabilidad de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, de conformidad con lo establecido
en “LAS REGLAS”.
DÉCIMA SEGUNDA.- La “SEP” derivado del seguimiento sobre el desarrollo de la EDINEN, y proyectos
integrales de los ProGEN y los ProFEN así como el uso transparente y eficaz de los recursos que se destinen
al “PROFEXCE” , en su caso, podrá cancelar o suspender los apoyos programados cuando se detecte
incumplimiento de los compromisos establecidos en “LAS REGLAS” o cuando se encuentren en cualquiera de
los supuestos siguientes:
a) No se cumpla con las obligaciones pactadas en el presente instrumento y en los Convenios de
Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL.
b) Incumplimiento en la entrega oportuna de los informes de avances físicos y financieros, así como
reportes del cierre de ejercicio de recursos.
c) Se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos autorizados y/o en la aplicación de los
recursos correspondientes.
d) No ejerzan sus presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables, y
e) No proporcionen la información requerida por las diferentes instancias involucradas, en relación con el
desarrollo de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
DÉCIMA TERCERA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a comprobar el uso de los recursos
destinados al desarrollo de los proyectos integrales de, los ProGEN y los ProFEN en un plazo máximo de tres
meses posteriores a la conclusión del ejercicio de los recursos, para lo cual se obliga a exhibir a la “DGESuM”
la documentación fehaciente que ampare las cantidades erogadas en los proyectos realizados, con la
documentación comprobatoria que cumpla con los requisitos fiscales con sello que indique el nombre del
programa, origen del recurso y el ejercicio correspondiente.
DÉCIMA CUARTA.- “LAS PARTES” instrumentarán las estrategias pertinentes para la asesoría,
seguimiento y evaluación de los procesos y resultados que permitan verificar los avances en el desarrollo y
operación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, constatando la correcta
aplicación de los recursos destinados al “PROFEXCE”, los avances físicos, financieros, la realización de las
obras y de los proyectos, los resultados obtenidos para la integración y consolidación de un sistema estatal de
educación normal de excelencia educativa así como el mejoramiento de los servicios educativos y de la
gestión de las Instituciones formadoras de las maestras y los maestros.
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DÉCIMA QUINTA.- La “SEP” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2025 y “LAS REGLAS”; realizará las distintas acciones de
coordinación para llevar a cabo la evaluación externa del “PROFEXCE”, de acuerdo con los indicadores y los
niveles de cumplimiento de los objetivos y metas programados; para lo cual, se seleccionará mediante los
procedimientos establecidos en la normatividad correspondiente, una institución académica y de investigación
u organismo especializado, de carácter nacional o internacional, con reconocimiento académico y experiencia
en la materia, con el propósito de evaluar la pertinencia, eficacia e impacto del “PROFEXCE” en las IFDP, de
conformidad con lo dispuesto en “LAS REGLAS”.
DÉCIMA SEXTA.- “LAS PARTES” darán todas las facilidades para que los recursos otorgados al
“PROFEXCE” puedan ser revisados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, por el Órgano Interno
de Control en la “SEP” y/o por auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los
Órganos Estatales de Control; por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por la Auditoría Superior de la
Federación; y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes,
apegándose a lo establecido en “LAS REGLAS”.
DÉCIMA SÉPTIMA.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28 del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 2025 y con el propósito de fomentar la transparencia del “PROFEXCE” ,
“LAS PARTES” se comprometen a incluir claramente, visible y audible en la publicidad que se adquiera para
la difusión, en la papelería y documentación oficial, la siguiente leyenda:
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el programa”.
Quien haga uso indebido de los recursos del “PROFEXCE” deberá ser denunciado y sancionado de
acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
DÉCIMA OCTAVA.- La “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” garantizarán la transparencia del ejercicio
de los recursos económicos destinados al “PROFEXCE”, instrumentando diversas acciones con el apoyo de
sus respectivos medios de difusión páginas electrónicas http://www.gob.mx/sep y dgesum.sep.gob.mx,
mismos que permitan dar a conocer la información relativa al “PROFEXCE”, en particular sobre los avances y
cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
DÉCIMA NOVENA.- El personal designado o comisionado para la ejecución de las acciones derivadas del
presente instrumento, mantendrá su actual relación laboral y, por lo tanto, continuará bajo la dirección de
quien lo haya nombrado o comisionado, no obstante que las actividades se realicen fuera de las instalaciones
de cualquiera de “LAS PARTES”.
VIGÉSIMA.- “LAS PARTES” recibirán las sugerencias, quejas o denuncias a través de las distintas
Dependencias, Órgano Interno de Control en la “SEP” , el Órgano Estatal de Control, las representaciones de
la Secretaría de Educación Pública en las Entidades Federativas, medios electrónicos y canales oficiales
establecidos en “LAS REGLAS”, con objeto de retroalimentar una eficiente y transparente operación de la
EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
VIGÉSIMA PRIMERA.- El incumplimiento por “EL GOBIERNO DEL ESTADO” de los plazos señalados en
“LAS REGLAS” o el uso indebido del presupuesto, tendrá un impacto desfavorable en las subsecuentes
asignaciones de recursos del “PROFEXCE” a las entidades federativas y las Instituciones de Formación
Docente Públicas.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Los asuntos que no estén expresamente previstos en este instrumento, así como
las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo, se resolverán de
común acuerdo y por escrito entre “LAS PARTES”, conforme a las disposiciones de “LAS REGLAS” y,
cualquier otra disposición aplicable, y en caso de que no se lograra lo anterior, acuerdan someterse a la
competencia de los Tribunales Federales competentes, con sede en la Ciudad de México renunciando al fuero
que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.
VIGÉSIMA TERCERA.- “LAS PARTES” estarán exentas de responsabilidad por los daños y perjuicios que
se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente instrumento, debido a un caso
fortuito o fuerza mayor, incluyendo la huelga o paro de labores académicas o administrativas. En tales
supuestos, “LAS PARTES” podrán continuar las acciones materia del presente convenio, una vez que
desaparezcan las circunstancias antes indicadas.
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VIGÉSIMA CUARTA.- La vigencia de este Convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y hasta el total
cumplimiento de las acciones, objeto del mismo, las cuales deberán concluirse antes del 31 de diciembre del
2025, en el entendido que sólo se refiere a los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables
correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios
fiscales. Podrá ser modificado de común acuerdo o concluido con antelación, en el marco de “LAS REGLAS” y
la normatividad aplicable, previa notificación que por escrito realice cualesquiera de “LAS PARTES” con treinta
días naturales de anticipación; en este caso, la “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” tomarán las
providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de este Convenio se
desarrollen hasta su total conclusión.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser
denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman de conformidad
en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el día 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario
de Educación Superior, Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior
para el Magisterio, Dr. Julio César Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador del
Estado de Durango, Dr. Esteban Alejandro Villegas Villarreal.- Rúbrica.- Encargado de Despacho de la
Secretaría General de Gobierno, Lic. Paulino Córdova Quiñones.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y de
Administración, Lic. Franklin Corlay Aguilar.- Rúbrica.- Secretario de Educación, Dr. José Guillermo Adame
Calderón.- Rúbrica.
ANEXO A QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL
PROGRAMA “FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA” QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR
CONDUCTO DE LA “SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA” Y POR LA OTRA PARTE, “EL GOBIERNO DEL
ESTADO”, DE FECHA 20 DE MAYO DEL 2025, PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS AL
PROGRAMA A TRAVÉS DE LA EDINEN, CORRESPONDIENTES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2025.
No.
TIPO DE
PROYECTO
NOMBRE DEL PROYECTO Y/O DE LA INSTITUCIÓN
MONTO
1
ProGEN
Proyecto Estatal: Atiende a las necesidades de las Escuelas Normales
y Gestión Estatal: ProGEN 1 y 2
3,222,693.00
2
ProFEN
Escuela Normal Rural "J. Guadalupe Aguilera"
8,302,497.00
3
ProFEN
Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado de Durango
4,099,671.00
4
ProFEN
Centro de Actualización del Magisterio
3,130,621.00
5
ProFEN
Instituto de Estudios Superiores de Educación Normal "Gral. Lázaro
Cárdenas del Río"
4,652,217.00
6
ProFEN
Escuela Normal "Profr. Carlos A. Carrillo"
3,681,356.00
Total de la Entidad: $27,089,055.00
(Veintisiete millones ochenta y nueve mil cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.)
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser
denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance de este ANEXO A, lo firman en cuatro tantos originales,
en la Ciudad de México, el 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario de Educación Superior,
Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior para el Magisterio,
Dr. Julio César Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador del Estado de Durango,
Dr. Esteban Alejandro Villegas Villarreal.- Rúbrica.- Encargado de Despacho de la Secretaría General de
Gobierno, Lic. Paulino Córdova Quiñones.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y de Administración,
Lic. Franklin Corlay Aguilar.- Rúbrica.- Secretario de Educación, Dr. José Guillermo Adame
Calderón.- Rúbrica.
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CONVENIO de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que
celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guanajuato.
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO LA “SEP”, REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO
DE EDUCACIÓN SUPERIOR, DR. RICARDO VILLANUEVA LOMELÍ, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE
EDUCACIÓN SUPERIOR PARA EL MAGISTERIO, DR. JULIO CESAR LEYVA RUIZ, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO
DEL
ESTADO
LIBRE
Y
SOBERANO
DE
GUANAJUATO,
REPRESENTADO
POR
SU
GOBERNADORA
CONSTITUCIONAL LA MTRA. LIBIA DENNISE GARCÍA MUÑOZ LEDO, ASISTIDA POR EL DR. LUIS IGNACIO
SÁNCHEZ GÓMEZ, SECRETARIO DE EDUCACIÓN, Y POR EL DR. HÉCTOR SALGADO BANDA, SECRETARIO DE
FINANZAS, EN LO SUCESIVO “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES
DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES
Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
1.- Con la finalidad de contribuir a elevar la calidad en la formación inicial de los docentes, mediante el
desarrollo de acciones estratégicas que tengan incidencia en las prácticas académicas y en la gestión de las
Instituciones de Formación Docente Públicas, surge el Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa,
iniciativa que sustenta su creación en los Foros de Consulta realizados por la actual administración federal,
definiendo que la educación es un derecho de todos que hay que hacer efectivo, y no un privilegio de unos
cuantos. Acorde con esta iniciativa, el PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA en
lo sucesivo el “PROFEXCE”, se adscribe al Eje General 2 Desarrollo con Bienestar y Humanismo del Plan
Nacional de Desarrollo 2025-2030 a través del cual se articularán los objetivos del Gobierno Federal en el
ámbito educativo para garantizar el ejercicio pleno del derecho a una educación inclusiva y equitativa para
niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, promoviendo una formación humanista, científica,
intercultural, plurilingüe e integral que mejore el bienestar de la población e impulse el desarrollo del país a
través de las estrategias referidas en el objetivo 2.3 que se describen como sigue:
2.3.1 Expandir la oferta educativa para garantizar el derecho a la educación de niñas niños, adolescentes,
jóvenes y personas adultas, fomentando su desarrollo integral y promoviendo la igualdad social.
2.3.2 Crear entornos óptimos para el aprendizaje, la convivencia y el desarrollo integral de los estudiantes
mediante la construcción, equipamiento, restauración, reforzamiento y rehabilitación de la infraestructura
educativa, con prioridad en las zonas de mayor rezago social.
2.3.3 Fortalecer los planes y programas de estudio conforme a los principios de la Nueva Escuela
Mexicana, promoviendo una formación integral, crítica, ambiental, humanista, cívica, intercultural y científica.
2.3.4 Desarrollar acciones y brindar apoyos para garantizar el ingreso, permanencia, orientación
vocacional y conclusión de trayectorias educativas en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo
Nacional, con perspectiva de género y pertinencia cultural.
2.3.5 Reforzar el papel de las maestras y maestros como agentes clave en la transformación del sistema
educativo, mediante el desarrollo profesional, la formación continua con perspectiva de género, pertinencia
cultural y atención a la diversidad, además de la mejora de sus condiciones laborales.
Y con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 4, que establece "garantizar una educación inclusiva,
equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida para todos" y a la meta
4.3 "para asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una
formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria". Para cumplir con
ello, la “SEP” ha impulsado la integración de Programas Presupuestarios como el S300 Programa
Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, todos ellos aspectos esenciales para que se pueda proporcionar y
fortalecer la excelencia de la educación en todos los niveles.
2.- Con fecha 18 de febrero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial
número 11/02/25, por el que se emiten las Reglas de Operación del PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA
EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo “LAS REGLAS”, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar
la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados al “PROFEXCE”, las
cuales establecen las disposiciones a las que se debe sujetarse.
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3.- El “PROFEXCE” busca dirigir la asignación de los recursos a los proyectos integrales, que tengan
mayor impacto en el desarrollo académico y de la gestión de los sistemas estatales de educación normal y de
las Instituciones de Formación Docente Públicas (IFDP). Se busca que la premisa de la educación, desde la
inicial hasta la universitaria sea educar para toda la vida, específicamente, los universitarios no sólo se forman
como profesionistas, sino que también se educan con valores, conocimiento y capacidades adecuadas para
desarrollarse plenamente, con civismo y solidaridad social con México. Con esta acción, se pretende contribuir
al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos:
Académicos
A. Elevar el aprovechamiento académico de los estudiantes normalistas.
B. Apoyar la superación de docentes y directivos de las IFDP.
C. Desarrollar programas de tutoría y asesoría para mejorar los procesos de formación y aprendizaje de
los estudiantes
D. Realizar el seguimiento de egresados con objeto de valorar la calidad de la formación proporcionada y
enriquecer los procesos educativos en las IFDP.
E. Promover la cultura de la evaluación para favorecer la acreditación de los planes y programas de
estudios y la certificación de los procesos de gestión.
F. Fortalecer a las IFDP, en especial las normales bilingües interculturales, a fin de favorecer la
adscripción de las personas docentes en las localidades y regiones lingüísticas a las que pertenecen, así
como impulsar programas de formación, actualización y certificación para las futuras maestras y maestros en
las lenguas de las regiones correspondientes.
G. Apoyar la actualización e implementación de los planes y programas de estudio de las Escuelas
Normales.
H. Diseñar e implementar acciones para la movilidad académica, intercambios académicos y convenios
entre instituciones de educación superior nacionales o internacionales.
Gestión
A. Mejorar el mobiliario y el equipamiento con tecnologías actualizadas y la capacitación para su uso en
las IFDP, para contribuir a la innovación y competitividad del país a través del uso de las TIC.
B. Optimizar o ampliar la infraestructura física para el desarrollo de las actividades de todos los actores
que participan en los procesos de la institución.
4.- La EDINEN contribuye al logro y consolidación de un sistema estatal de educación normal de
excelencia educativa en cada Entidad Federativa, así como al mejoramiento de las instituciones formadoras
de las maestras y los maestros que lo integran.
DECLARACIONES
I.- De la “SEP”:
I.1 Que en términos de lo dispuesto por los artículos 2° fracción I, 26 y 38 de Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada a la
cual le corresponde el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de los Estados y
Municipios.
I.2 Que el Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 8, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública,
publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 15 de septiembre de 2020 (RISEP).
I.3 Que el Director General de Educación Superior para el Magisterio, participa en la suscripción del
presente instrumento, de conformidad con el artículo 16 del RISEP
I.4 Que el artículo 47 de la Ley General de Educación establece que la Educación Superior, como parte
del Sistema Educativo Nacional y último esquema de la prestación de los servicios educativos para la
cobertura universal prevista en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es
el servicio que se imparte en sus distintos niveles, después del tipo medio superior. Está compuesta por la
licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como opciones terminales previas a la conclusión
de la licenciatura. Comprende también la educación normal en todos sus niveles y especialidades.
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Las autoridades educativas, en el ámbito de sus competencias establecerán políticas para fomentar la
inclusión, continuidad y egreso oportuno de estudiantes inscritos en educación superior, poniendo énfasis en
los jóvenes, y determinarán medidas que amplíen el ingreso y permanencia a toda aquella persona que, en
los términos que señale la Ley en la materia, decida cursar este tipo de estudios, tales como el
establecimiento de mecanismos de apoyo académico y económico que responda a las necesidades de la
población estudiantil. Las instituciones podrán incluir, además, opciones de formación continua y actualización
para responder a las necesidades de la transformación del conocimiento y cambio tecnológico.
I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Subsecretaría de Educación Superior (SES), a la
cual se encuentra adscrita la Dirección General de Educación Superior para el Magisterio, en lo sucesivo la
“DGESuM”, misma que tiene como atribuciones, entre otras: proponer a la persona titular de la Subsecretaría
de Educación Superior las políticas para el desarrollo de las Instituciones y programas de Educación Superior
destinados a la formación de los profesionales de la educación en coordinación con la Subsecretaría de
Educación Básica y la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa, las normas pedagógicas, los
planes y programas de estudio para la educación normal, y demás normativa para la formación de
maestros/as de educación básica, los cuales deberán mantenerse acordes al marco de educación de
excelencia contemplado en el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, así como a las
necesidades detectadas en las evaluaciones realizadas a los componentes del Sistema Educativo Nacional.
Para tales efectos, considerará la opinión de los gobiernos de los Estados, de la Ciudad de México y de
diversos actores sociales involucrados en la educación, así como el contenido de los proyectos y programas
educativos que contemplen las realidades y contextos regionales y locales. De igual forma tomará en cuenta
aquello que, en su caso, formule la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, brindando la
asesoría y asistencia que, en su caso, requieran las autoridades educativas para formular la referida opinión.
Lo anterior, de conformidad con el “Acuerdo número 01/01/21 por el que se adscriben orgánicamente las
unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública que se
mencionan”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2021.
I.6 Que para el logro de los objetivos del “PROFEXCE” asignará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”,
recursos públicos federales extraordinarios no regularizables para el desarrollo de los proyectos que hayan
obtenido resultados favorables en el dictamen emitido por la “DGESuM” y la SES con base en la evaluación
realizada a la adecuación de los ProGEN y los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen.
I.7 Que cuenta con los recursos financieros necesarios para llevar a cabo el objeto de este Convenio en su
presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2025.
I.8 Que para efectos del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en la calle de
República de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro Histórico, C.P. 06029, Demarcación Territorial
Cuauhtémoc en la Ciudad de México.
II. De “EL GOBIERNO DEL ESTADO”:
II.1 Que el Estado de Guanajuato, es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la
Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I y 43 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 28 y 29 de la Constitución Política para el Estado de
Guanajuato; y 24, fracción I del Código Civil para el Estado de Guanajuato.
II.2 Que la Mtra. Libia Dennise García Muñoz Ledo, en su carácter de Gobernadora Constitucional del
estado de Guanajuato, está facultada para conducir la Administración Pública Estatal, así como para
representar al Estado de Guanajuato de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 38 y 77, fracción XVIII de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato; por lo que cuenta con facultades suficientes y necesarias
para celebrar el presente Convenio de Colaboración.
II.3 El Dr. Luis Ignacio Sánchez Gómez, en su carácter de Secretario de Educación, cuenta con las
facultades para asistir a la Gobernadora Constitucional del estado de Guanajuato en la suscripción del
presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido por los artículos 80, párrafo primero de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 3o. párrafo primero; 13, fracción III, 18 y 25 de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; así como lo indicado en los artículos 2, 6 y 7,
fracciones XVII y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación. Acredita su carácter con el
nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora Constitucional del estado de Guanajuato en fecha 26
de septiembre de 2024.
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II.4 El Dr. Héctor Salgado Banda, en su carácter de Secretario de Finanzas, cuenta con las facultades para
asistir a la Gobernadora Constitucional del estado de Guanajuato en la suscripción del presente instrumento
jurídico, de conformidad con lo establecido por los artículos 80, párrafo primero y 100 de la Constitución
Política para el Estado de Guanajuato; 3o. párrafo primero; 13 fracción II, 18 y 24 de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; así como lo indicado en los artículos 2, 5 y 6 fracción XVI del
Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, refiriendo a la Secretaría de
Finanzas en términos del artículo Sexto Transitorio del Decreto Legislativo número 345, publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 187, Sexta Parte, del 17 de septiembre de
2024. Acredita su carácter con el nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora Constitucional del
estado de Guanajuato en fecha 26 de septiembre de 2024.
II.5 Que, para efectos del presente Convenio de Colaboración, señala como su domicilio el ubicado en
Conjunto Administrativo Pozuelos, sin número, Código Postal 36080, en la Ciudad de Guanajuato,
Guanajuato.
II.6 Que acorde con lo establecido en los artículos 13, fracción III y 25 de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo para el Estado de Guanajuato, la Secretaría de Educación es responsable de dar cumplimiento a las
obligaciones de “EL GOBIERNO DEL ESTADO” y le corresponde ejecutar y cumplir el Convenio de
Colaboración que en el marco de “LAS REGLAS” celebre con la “SEP”.
En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo del
“PROFEXCE”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, “LAS PARTES” suscriben el presente
instrumento, de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto establecer las bases conforme a las cuales la “SEP”
apoyará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables
correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por conducto de la Secretaría de Finanzas para la operación del
“PROFEXCE” en el marco de la EDINEN, considerando la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los
ProFEN y proyectos integrales, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS” y demás disposiciones
administrativas, presupuestarias y jurídicas aplicables.
“LAS PARTES” acuerdan que los recursos destinados al “PROFEXCE”, estarán sujetos a la disponibilidad
presupuestaria existente en el año fiscal 2025.
SEGUNDA.- La “SEP” con base en la disponibilidad presupuestaria, aportará a “EL GOBIERNO DEL
ESTADO”, hasta por la cantidad de $ 13,056,840.00 (Trece millones cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta
pesos 00/100 M.N.), para el desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la
evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen, y de lo
dispuesto en “LAS REGLAS”.
Los recursos serán transferidos por la “SEP” a través de la Secretaría de Finanzas a la cuenta bancaria
productiva especifica que determinó para tal fin, de conformidad con lo estipulado en el artículo 69 de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental.
La Secretaría de Finanzas transferirá en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles a partir de la fecha de
recepción de los mismos, el recurso aportado por la “SEP” a los beneficiarios establecidos en el Anexo A, que
una vez formalizado será parte integrante de este instrumento, en una cuenta productiva especifica, los
recursos federales determinados para tal fin.
Los proyectos y objetivos particulares aprobados en el marco de la EDINEN, se mencionan en el Anexo A
de este Convenio, describiéndose asimismo los montos asignados para cada uno de ellos.
En caso de que la “SEP” aporte a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” recursos adicionales para el
“PROFEXCE”, dichas aportaciones se formalizarán mediante la suscripción de Anexos de Ejecución los
cuales una vez suscritos formarán parte del presente Convenio.
TERCERA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos económicos de la EDINEN, para los proyectos
integrales de los ProGEN y los ProFEN no podrán ser utilizados para el financiamiento de los gastos
siguientes:
a. Pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos, sobresueldos a personal
directivo, docente o empleadas/os que laboren en la “SEP”, en las Secretarías o Institutos de Educación
Estatales o en la AEFCM;
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b. Arrendamiento para oficinas y equipo, tratamiento médico o apoyos económicos directos a los
educandos.
c. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la IFDP, sin excepción.
d. Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno o externo, sin
excepción.
e. Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades ajenas a los enfoques, propósitos y contenidos de los
planes y programas de estudio 2018 y 2022 de las licenciaturas en educación normal.
f. Adquisición de vehículos para transporte de menos de 12 plazas (no automóviles particulares o
camionetas tipo SUV o utilitarios). sólo se financian vehículos nuevos que cumplan con las especificaciones
reglamentarias en cada entidad federativa.
g. Equipo tecnológico usado de cualquier índole, solo se financia equipo tecnológico nuevo
h. Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no
pertenecen al Programa Nacional de Posgrados (PNP) de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología
e Innovación (SECIHTI), padrón de posgrados de la “DGESuM”, Centros Regionales (Tamaulipas y Sonora) o
que sus beneficiarios/as laboren en el plantel donde se impartirá el posgrado.
i. Adicional a lo anterior las AEL o la AEFCM, en ningún caso podrán utilizar los apoyos para gastos de la
operación local para la adquisición de equipo de cómputo, celulares, equipo administrativo, línea blanca,
material de oficina, papelería o vehículos, ni tampoco para pasajes y viáticos Internacionales.
j. Otros fines distintos a los establecidos en “LAS REGLAS”.
CUARTA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos autorizados para la EDINEN, no podrán ser
ejercidos para el pago de los gastos de las Coordinaciones Estatales, de las Instituciones de Formación
Docente Públicas y los Centros de Actualización del Magisterio u otras Instancias, entre los que se
encuentran:
•
Agua, Luz, Teléfono y Predial.
•
Servicios de fletes, maniobras y seguros de bienes patrimoniales.
•
Servicios de vigilancia.
•
Cualquier tipo de cargo o impuesto derivado por obligaciones fiscales.
•
Comisiones por manejo de cuentas bancarias o gastos de representación.
QUINTA.- Para la coordinación de las acciones de la EDINEN establecidas en el presente Convenio, la
“SEP” designa a la “DGESuM” como responsable.
Por su parte, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, designa al titular de la Secretaría de Educación como
responsable de la operación de la EDINEN en la entidad.
Los responsables designados tendrán a su cargo el seguimiento de todas las acciones relacionadas con la
emisión de informes de avances y resultados, el desarrollo, operación y demás establecidas
en “LAS REGLAS”.
SEXTA.- La “SEP” , por conducto de la “DGESuM” en cumplimiento a este Convenio se compromete a:
a) Definir los criterios generales para la adecuación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del
“PROFEXCE”, además de resolver cualquier duda que se genere derivado de la interpretación, aplicación y
cumplimiento de “LAS REGLAS”.
b) Asignar y distribuir los recursos financieros a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” para los proyectos
integrales de los ProGEN y los ProFEN de la EDINEN que hayan sido aprobados, considerando los montos
asignados, como lo establece el Anexo A, el cual forma parte integrante del presente Convenio.
c) Presentar a las instancias correspondientes, los informes periódicos sobre el cumplimiento de los
indicadores de resultados cuantitativos y cualitativos, a fin de establecer los criterios y aspectos a revisar para
la actualización de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, así como el impacto en
las IFDP. Dichos informes deberán apegarse a “LAS REGLAS” y demás disposiciones aplicables.
d) Difundir la información de los avances y el cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales
de los ProGEN y los ProFEN en sus respectivos órganos oficiales de difusión: gob.mx/sep y en la página
dgesum.sep.gob.mx
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e) Conformar el Comité de Pares Académicos para la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los
ProFEN y los proyectos integrales que los constituyen, en el marco de la EDINEN, el cual estará integrado por
personal académico de prestigio que se rija bajo los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia,
equidad y congruencia, a fin de dar certeza sobre el correcto desarrollo de las tareas que le han sido
encomendadas.
f) Asegurar el objetivo fundamental del “PROFEXCE”, a través del seguimiento, supervisión y monitoreo
del desarrollo del mismo y su incidencia en el mejoramiento de las IFDP, de modo que se identifiquen los
factores institucionales que favorezcan o dificulten su cumplimiento.
g) Verificar que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” reintegre a la Tesorería de la Federación, los recursos
económicos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que no sean devengados, en los términos y
plazos que establece la normatividad aplicable.
h) Establecer, analizar y concentrar los formatos específicos para la presentación de los informes
trimestrales así como para el cierre del ejercicio programático presupuestal, dicha información se remitirá en
documentos y medios magnéticos a las instancias coordinadoras que lo soliciten, en los plazos y términos
establecidos para tal fin; así como solicitar a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” las aclaraciones a que haya
lugar; en caso de que esta parte incumpla con la información, se notificará el hecho a la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
i) Establecer en los calendarios los plazos para la captura de los informes trimestrales, así como para su
aclaración, y cierre del sistema informático diseñado para el seguimiento, evaluación y rendición de cuentas
de la EDINEN.
j) Remitir a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” el oficio de liberación Anexo 7A al momento que se concluyan
al 100% (cien por ciento) las obras públicas y acciones comprometidas y se demuestre la aplicación correcta
de los recursos.
k) Presentar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público y a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los informes trimestrales sobre el presupuesto
ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del
“PROFEXCE”, con base a lo establecido en “LAS REGLAS”, y
l) Resolver cualquier duda que se genere en relación con la interpretación, aplicación o cumplimiento de
“LAS REGLAS”.
SÉPTIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a:
a) Destinar los recursos que reciba de la “SEP” exclusivamente a los fines establecidos en “LAS REGLAS”.
b) Apegarse a las disposiciones establecidas en “LAS REGLAS”, así como a los criterios para la
instrumentación del “PROFEXCE”.
c) Garantizar las condiciones organizativas, logísticas y operativas para la coordinación, desarrollo,
seguimiento y evaluación del “PROFEXCE” en su entidad.
d) Realizar la reprogramación de su EDINEN.
e) Entregar el recurso autorizado por la “SEP” a cada IFDP para la ejecución de sus ProFEN, a la
Dirección o Instituto de Educación Normal para la ejecución de sus ProGEN, dentro de los 10 (diez) días
hábiles siguientes a la recepción de los mismos, de acuerdo con los resultados del proceso de evaluación,
transfiriéndolo en las cuentas bancarias productivas previstas para tal fin.
f) Administrar y aplicar los recursos autorizados en el desarrollo de los proyectos integrales de la
reprogramación de los ProGEN y los ProFEN aprobados en el marco de la EDINEN, de conformidad
con “LAS REGLAS”.
g) Supervisar el eficiente ejercicio de los recursos destinados al “PROFEXCE”, de conformidad con lo
establecido en “LAS REGLAS”, y en la normativa aplicable.
h) Cumplir en tiempo y forma con el ejercicio y comprobación de los recursos en el marco del presente
Convenio de Colaboración, así como en los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento
jurídico que determine la AEL con las IFDP para el desarrollo de la EDINEN.
i) Promover la integración de equipos de trabajo con las competencias requeridas para realizar, de manera
sistemática y continua, actividades de planeación, actualización, capacitación, asesoría, seguimiento y
evaluación para la implementación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
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j) Brindar apoyo y asesoría técnica a las IFDP, mediante la implementación de propuestas de formación
continua, así como realizar visitas periódicas a fin de proporcionar recomendaciones, reflexionar sobre las
dificultades y establecer estrategias que permitan avanzar en el cumplimiento de las metas académicas y
programáticas establecidas en la EDINEN.
k) Suscribir los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la
AEL con las IFDP beneficiadas, en los que se estipulen los compromisos que adquieren dichas instituciones
para cumplir con las acciones y metas establecidas en sus ProFEN y su contribución al cumplimiento de las
correspondientes a los ProGEN y la EDINEN, así como para el ejercicio y comprobación de los recursos
asignados.
l) Señalizar de manera visible en toda obra o bien adquirido con recursos de la EDINEN, indicando el
nombre del Programa, el origen del recurso y el ejercicio correspondiente con el propósito de que sean
identificadas plenamente tanto las acciones ejecutadas como las metas alcanzadas, esto con el fin de difundir
entre la sociedad los objetivos, características y avances en el cumplimiento de metas de la EDINEN, así
como la información acerca de los beneficios obtenidos con el ejercicio de los recursos asignados.
m) Entregar a la “SEP” los informes trimestrales en los plazos establecidos en el calendario de
presentación, en los formatos específicos previamente establecidos por la “DGESuM” detallando el
presupuesto ejercido y en caso de reportar retrasos en el cumplimiento de las metas previstas o
irregularidades en el uso de los recursos económicos, informándole sobre las medidas correctivas que
aplicará y las estrategias de seguimiento que llevará a cabo para evitar futuras demoras o fallas en el ejercicio
del presupuesto.
Así mismo remitir trimestralmente a través del Sistema de Recursos Federales Transferidos
(https://www.mstwls.hacienda.gob.mx) establecido para tal fin por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
el informe sobre el destino y resultados obtenidos de la aplicación de los recursos otorgados por la “SEP” por
el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en las disposiciones aplicables.
n) Entregar a la “DGESuM” una vez concluido el ejercicio de los recursos, en el cuarto informe trimestral,
el informe programático, así como la documentación comprobatoria correspondiente
o) Otorgar las facilidades para la realización de los procesos de seguimiento, supervisión y evaluación de
la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN que lleven a cabo o promuevan la “SEP”, la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno u otra instancia de control y fiscalización federal o estatal, con
competencia en la materia.
p) Mantener un registro especifico de los recursos del “PROFEXCE” debidamente actualizados,
identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido
en términos de lo dispuesto por el artículo 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
q) Solicitar que para cada una de las obras de infraestructura terminadas con el presupuesto del
“PROFEXCE”, se elabore un acta-entrega, la cual formará parte del expediente de la obra y constituye la
prueba documental que certifica su existencia.
r) Verificar que en cada plantel educativo se dispongan de por lo menos 10 (diez) ejemplares
de “LAS REGLAS” a fin de que la comunidad escolar esté en posibilidades de realizar su consulta.
s) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
Federativas y los Municipios, las transferencias federales etiquetadas que no se hayan comprometido y
aquellas devengadas pero que no hayan sido pagadas incluyendo los rendimientos financieros generados,
deberán reintegrarse a la TESOFE de la cuenta productiva del ejecutor, a más tardar dentro de los 15 días
naturales posteriores al 31 de diciembre del 2025, incluyendo los rendimientos generados, deberán
reintegrarse a la Tesorería de la Federación a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes.
t) Informar, en su caso, a la “DGESuM” de los reintegros realizados a la Tesorería de la Federación,
proporcionando la correspondiente constancia en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de
que haya sido realizado el depósito.
u) Realizar las acciones de promoción para la integración, operación y seguimiento de la Contraloría
Social, bajo el esquema validado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) y de conformidad
con las Reglas de Operación del Programa y con los Lineamientos para la Promoción y Operación de la
Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social vigentes, que permitan verificar el
cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los Programas de
Desarrollo Social, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y
equitativa de los mismos.
v) Las demás establecidas en “LAS REGLAS”.
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OCTAVA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a aperturar una cuenta bancaria productiva
específica para la administración de los recursos autorizados para el “PROFEXCE”, la cual deberá estar
registrada ante la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de la “SEP” , a solicitud de la
“DGESuM” con el objeto de recibir la aportación de recursos que le transfiera la “SEP”.
NOVENA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a presentar a la “DGESuM” en un plazo máximo de
10 (diez) días hábiles previos a la ministración de los recursos el comprobante fiscal digital por Internet
(CFDI), que ampare la cantidad asignada para el desarrollo de los proyectos integrales de los ProGEN y los
ProFEN, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de
la Federación.
DÉCIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación en
los plazos establecidos en “LAS REGLAS”, los recursos que no fueron destinados a los fines autorizados y
aquéllos que al cierre del ejercicio no hayan sido devengados o que no se encuentren vinculados formalmente
a compromisos o que no cuente con la documentación original que justifique y compruebe el gasto por la
aplicación de dichos recursos y obligaciones de pago.
En caso de que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” no reintegre en los plazos establecidos, deberá pagar una
pena por el atraso, la cual se obtendrá multiplicando el importe no reintegrado oportunamente por el número
de días naturales de retraso y la tasa diaria correspondiente a la establecida en la Ley de Ingresos de la
Federación para el ejercicio fiscal que corresponda, referente a los casos de prórroga para el pago de créditos
fiscales, conforme a la siguiente fórmula:
Pena=importe x días x tasa/30
La pena por atraso a que se refiere la presente cláusula deberá ser pagada conforme al procedimiento que
para tal efecto establezca la “SEP”.
DÉCIMA PRIMERA.- La aplicación de los recursos, su comprobación y el logro de las metas compromiso,
será responsabilidad de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, de conformidad con lo establecido
en “LAS REGLAS”.
DÉCIMA SEGUNDA.- La “SEP” derivado del seguimiento sobre el desarrollo de la EDINEN, y proyectos
integrales de los ProGEN y los ProFEN así como el uso transparente y eficaz de los recursos que se destinen
al “PROFEXCE” , en su caso, podrá cancelar o suspender los apoyos programados cuando se detecte
incumplimiento de los compromisos establecidos en “LAS REGLAS” o cuando se encuentren en cualquiera de
los supuestos siguientes:
a) No se cumpla con las obligaciones pactadas en el presente instrumento y en los Convenios de
Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL.
b) Incumplimiento en la entrega oportuna de los informes de avances físicos y financieros, así como
reportes del cierre de ejercicio de recursos.
c) Se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos autorizados y/o en la aplicación de los
recursos correspondientes.
d) No ejerzan sus presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables, y
e) No proporcionen la información requerida por las diferentes instancias involucradas, en relación con el
desarrollo de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
DÉCIMA TERCERA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a comprobar el uso de los recursos
destinados al desarrollo de los proyectos integrales de, los ProGEN y los ProFEN en un plazo máximo de tres
meses posteriores a la conclusión del ejercicio de los recursos, para lo cual se obliga a exhibir a la “DGESuM”
la documentación fehaciente que ampare las cantidades erogadas en los proyectos realizados, con la
documentación comprobatoria que cumpla con los requisitos fiscales con sello que indique el nombre del
programa, origen del recurso y el ejercicio correspondiente.
DÉCIMA CUARTA.- “LAS PARTES” instrumentarán las estrategias pertinentes para la asesoría,
seguimiento y evaluación de los procesos y resultados que permitan verificar los avances en el desarrollo y
operación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, constatando la correcta
aplicación de los recursos destinados al “PROFEXCE”, los avances físicos, financieros, la realización de las
obras y de los proyectos, los resultados obtenidos para la integración y consolidación de un sistema estatal de
educación normal de excelencia educativa así como el mejoramiento de los servicios educativos y de la
gestión de las Instituciones formadoras de las maestras y los maestros.
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DÉCIMA QUINTA.- La “SEP” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2025 y “LAS REGLAS”; realizará las distintas acciones de
coordinación para llevar a cabo la evaluación externa del “PROFEXCE”, de acuerdo con los indicadores y los
niveles de cumplimiento de los objetivos y metas programados; para lo cual, se seleccionará mediante los
procedimientos establecidos en la normatividad correspondiente, una institución académica y de investigación
u organismo especializado, de carácter nacional o internacional, con reconocimiento académico y experiencia
en la materia, con el propósito de evaluar la pertinencia, eficacia e impacto del “PROFEXCE” en las IFDP, de
conformidad con lo dispuesto en “LAS REGLAS”.
DÉCIMA SEXTA.- “LAS PARTES” darán todas las facilidades para que los recursos otorgados al
“PROFEXCE” puedan ser revisados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, por el Órgano Interno
de Control en la “SEP” y/o por auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los
Órganos Estatales de Control; por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por la Auditoría Superior de la
Federación; y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes,
apegándose a lo establecido en “LAS REGLAS”.
DÉCIMA SÉPTIMA.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28 del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 2025 y con el propósito de fomentar la transparencia del “PROFEXCE” ,
“LAS PARTES” se comprometen a incluir claramente, visible y audible en la publicidad que se adquiera para
la difusión, en la papelería y documentación oficial, la siguiente leyenda:
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el programa”.
Quien haga uso indebido de los recursos del “PROFEXCE” deberá ser denunciado y sancionado de
acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
DÉCIMA OCTAVA.- La “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” garantizarán la transparencia del ejercicio
de los recursos económicos destinados al “PROFEXCE”, instrumentando diversas acciones con el apoyo de
sus respectivos medios de difusión páginas electrónicas http://www.gob.mx/sep y dgesum.sep.gob.mx,
mismos que permitan dar a conocer la información relativa al “PROFEXCE”, en particular sobre los avances y
cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
DÉCIMA NOVENA.- El personal designado o comisionado para la ejecución de las acciones derivadas del
presente instrumento, mantendrá su actual relación laboral y, por lo tanto, continuará bajo la dirección de
quien lo haya nombrado o comisionado, no obstante que las actividades se realicen fuera de las instalaciones
de cualquiera de “LAS PARTES”.
VIGÉSIMA.- “LAS PARTES” recibirán las sugerencias, quejas o denuncias a través de las distintas
Dependencias, Órgano Interno de Control en la “SEP” , el Órgano Estatal de Control, las representaciones de
la Secretaría de Educación Pública en las Entidades Federativas, medios electrónicos y canales oficiales
establecidos en “LAS REGLAS”, con objeto de retroalimentar una eficiente y transparente operación de la
EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
VIGÉSIMA PRIMERA.- El incumplimiento por “EL GOBIERNO DEL ESTADO” de los plazos señalados en
“LAS REGLAS” o el uso indebido del presupuesto, tendrá un impacto desfavorable en las subsecuentes
asignaciones de recursos del “PROFEXCE” a las entidades federativas y las Instituciones de Formación
Docente Públicas.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Los asuntos que no estén expresamente previstos en este instrumento, así como
las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo, se resolverán de
común acuerdo y por escrito entre “LAS PARTES”, conforme a las disposiciones de “LAS REGLAS” y,
cualquier otra disposición aplicable, y en caso de que no se lograra lo anterior, acuerdan someterse a la
competencia de los Tribunales Federales competentes, con sede en la Ciudad de México renunciando al fuero
que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.
VIGÉSIMA TERCERA.- “LAS PARTES” estarán exentas de responsabilidad por los daños y perjuicios que
se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente instrumento, debido a un caso
fortuito o fuerza mayor, incluyendo la huelga o paro de labores académicas o administrativas. En tales
supuestos, “LAS PARTES” podrán continuar las acciones materia del presente convenio, una vez que
desaparezcan las circunstancias antes indicadas.
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VIGÉSIMA CUARTA.- La vigencia de este Convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y hasta el total
cumplimiento de las acciones, objeto del mismo, las cuales deberán concluirse antes del 31 de diciembre del
2025, en el entendido que sólo se refiere a los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables
correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios
fiscales. Podrá ser modificado de común acuerdo o concluido con antelación, en el marco de “LAS REGLAS” y
la normatividad aplicable, previa notificación que por escrito realice cualesquiera de “LAS PARTES” con treinta
días naturales de anticipación; en este caso, la “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” tomarán las
providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de este Convenio se
desarrollen hasta su total conclusión.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser
denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman de conformidad
en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el día 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario
de Educación Superior, Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior
para el Magisterio, Dr. Julio Cesar Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora
Constitucional del Estado de Guanajuato, Mtra. Libia Dennise García Muñoz Ledo.- Rúbrica.- Secretario de
Educación, Dr. Luis Ignacio Sánchez Gómez.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, Dr. Héctor Salgado
Banda.- Rúbrica.
ANEXO A QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL
PROGRAMA “FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA” QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR
CONDUCTO DE LA “SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA” Y POR LA OTRA PARTE, “EL GOBIERNO DEL
ESTADO”, DE FECHA 20 DE MAYO DEL 2025, PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS AL
PROGRAMA A TRAVÉS DE LA EDINEN, CORRESPONDIENTES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2025.
No.
TIPO DE
PROYECTO
NOMBRE DEL PROYECTO Y/O DE LA INSTITUCIÓN
MONTO
1
ProGEN
Proyecto Estatal: Atiende a las necesidades de las Escuelas Normales
y la Gestión Estatal: ProGEN 1 y 2
1,305,684.00
2
ProFEN
Benemérita y Centenaria Escuela Normal Oficial de Guanajuato
1,978,634.00
3
ProFEN
Centro de Actualización del Magisterio Celaya
349,000.00
4
ProFEN
Centro de Actualización del Magisterio Guanajuato
800,000.00
5
ProFEN
Centro de Estudios Superiores de Educación Especializada
1,963,127.00
6
ProFEN
Escuela Normal Oficial de Irapuato
2,304,686.00
7
ProFEN
Escuela Normal Oficial de León
2,537,940.00
8
ProFEN
Escuela Normal Superior Oficial de Guanajuato
1,817,769.00
Total de la Entidad: $ 13,056,840.00
(Trece millones cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta pesos 00/100 M.N.)
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser
denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance de este ANEXO A, lo firman en cuatro tantos originales,
en la Ciudad de México, el 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario de Educación Superior,
Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior para el Magisterio,
Dr. Julio Cesar Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora Constitucional del Estado
de Guanajuato, Mtra. Libia Dennise García Muñoz Ledo.- Rúbrica.- Secretario de Educación, Dr. Luis
Ignacio Sánchez Gómez.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, Dr. Héctor Salgado Banda.- Rúbrica.
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CONVENIO de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que
celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guerrero.
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO LA “SEP”, REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO
DE EDUCACIÓN SUPERIOR, DR. RICARDO VILLANUEVA LOMELÍ, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE
EDUCACIÓN SUPERIOR PARA EL MAGISTERIO, DR. JULIO CESAR LEYVA RUIZ, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA CONSTITUCIONAL,
MTRA. EVELYN CECIA SALGADO PINEDA, ASISTIDA POR LA SUBSECRETARIA DE GOBIERNO, ASUNTOS
JURÍDICOS Y DERECHOS HUMANOS, ENCARGADA DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO,
DRA. ANACLETA LÓPEZ VEGA, EL MTRO. RICARDO CASTILLO PEÑA SECRETARIO DE EDUCACIÓN GUERRERO,
EL C.P.C. RAYMUNDO SEGURA ESTRADA, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, EN LO SUCESIVO
“EL GOBIERNO DEL ESTADO”, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, AL
TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
1.- Con la finalidad de contribuir a elevar la calidad en la formación inicial de los docentes, mediante el
desarrollo de acciones estratégicas que tengan incidencia en las prácticas académicas y en la gestión de las
Instituciones de Formación Docente Públicas, surge el Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa,
iniciativa que sustenta su creación en los Foros de Consulta realizados por la actual administración federal,
definiendo que la educación es un derecho de todos que hay que hacer efectivo, y no un privilegio de unos
cuantos. Acorde con esta iniciativa, el PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA en
lo sucesivo el “PROFEXCE”, se adscribe al Eje General 2 Desarrollo con Bienestar y Humanismo del Plan
Nacional de Desarrollo 2025-2030 a través del cual se articularán los objetivos del Gobierno Federal en el
ámbito educativo para garantizar el ejercicio pleno del derecho a una educación inclusiva y equitativa para
niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, promoviendo una formación humanista, científica,
intercultural, plurilingüe e integral que mejore el bienestar de la población e impulse el desarrollo del país a
través de las estrategias referidas en el objetivo 2.3 que se describen como sigue:
2.3.1 Expandir la oferta educativa para garantizar el derecho a la educación de niñas niños, adolescentes,
jóvenes y personas adultas, fomentando su desarrollo integral y promoviendo la igualdad social.
2.3.2 Crear entornos óptimos para el aprendizaje, la convivencia y el desarrollo integral de los estudiantes
mediante la construcción, equipamiento, restauración, reforzamiento y rehabilitación de la infraestructura
educativa, con prioridad en las zonas de mayor rezago social.
2.3.3 Fortalecer los planes y programas de estudio conforme a los principios de la Nueva Escuela
Mexicana, promoviendo una formación integral, crítica, ambiental, humanista, cívica, intercultural y científica.
2.3.4 Desarrollar acciones y brindar apoyos para garantizar el ingreso, permanencia, orientación
vocacional y conclusión de trayectorias educativas en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo
Nacional, con perspectiva de género y pertinencia cultural.
2.3.5 Reforzar el papel de las maestras y maestros como agentes clave en la transformación del sistema
educativo, mediante el desarrollo profesional, la formación continua con perspectiva de género, pertinencia
cultural y atención a la diversidad, además de la mejora de sus condiciones laborales.
Y con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 4, que establece "garantizar una educación inclusiva,
equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida para todos" y a la meta
4.3 "para asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una
formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria". Para cumplir con
ello, la “SEP” ha impulsado la integración de Programas Presupuestarios como el S300 Programa
Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, todos ellos aspectos esenciales para que se pueda proporcionar y
fortalecer la excelencia de la educación en todos los niveles.
2.- Con fecha 18 de febrero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial
número 11/02/25, por el que se emiten las Reglas de Operación del PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA
EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo “LAS REGLAS”, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar
la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados al “PROFEXCE”, las
cuales establecen las disposiciones a las que se debe sujetarse.
3.- El “PROFEXCE” busca dirigir la asignación de los recursos a los proyectos integrales, que tengan
mayor impacto en el desarrollo académico y de la gestión de los sistemas estatales de educación normal y de
las Instituciones de Formación Docente Públicas (IFDP). Se busca que la premisa de la educación, desde la
inicial hasta la universitaria sea educar para toda la vida, específicamente, los universitarios no sólo se forman
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como profesionistas, sino que también se educan con valores, conocimiento y capacidades adecuadas para
desarrollarse plenamente, con civismo y solidaridad social con México. Con esta acción, se pretende contribuir
al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos:
Académicos
A. Elevar el aprovechamiento académico de los estudiantes normalistas.
B. Apoyar la superación de docentes y directivos de las IFDP.
C. Desarrollar programas de tutoría y asesoría para mejorar los procesos de formación y aprendizaje de
los estudiantes
D. Realizar el seguimiento de egresados con objeto de valorar la calidad de la formación proporcionada y
enriquecer los procesos educativos en las IFDP.
E. Promover la cultura de la evaluación para favorecer la acreditación de los planes y programas de
estudios y la certificación de los procesos de gestión.
F. Fortalecer a las IFDP, en especial las normales bilingües interculturales, a fin de favorecer la
adscripción de las personas docentes en las localidades y regiones lingüísticas a las que pertenecen, así
como impulsar programas de formación, actualización y certificación para las futuras maestras y maestros en
las lenguas de las regiones correspondientes.
G. Apoyar la actualización e implementación de los planes y programas de estudio de las Escuelas
Normales.
H. Diseñar e implementar acciones para la movilidad académica, intercambios académicos y convenios
entre instituciones de educación superior nacionales o internacionales.
Gestión
A. Mejorar el mobiliario y el equipamiento con tecnologías actualizadas y la capacitación para su uso en
las IFDP, para contribuir a la innovación y competitividad del país a través del uso de las TIC.
B. Optimizar o ampliar la infraestructura física para el desarrollo de las actividades de todos los actores
que participan en los procesos de la institución.
4.- La EDINEN contribuye al logro y consolidación de un sistema estatal de educación normal de
excelencia educativa en cada Entidad Federativa, así como al mejoramiento de las instituciones formadoras
de las maestras y los maestros que lo integran.
DECLARACIONES
I.- De la “SEP”:
I.1 Que en términos de lo dispuesto por los artículos 2° fracción I, 26 y 38 de Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada a la
cual le corresponde el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de los Estados y
Municipios.
I.2 Que el Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 8, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública,
publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 15 de septiembre de 2020 (RISEP).
I.3 Que el Director General de Educación Superior para el Magisterio, participa en la suscripción del
presente instrumento, de conformidad con el artículo 16 del RISEP
I.4 Que el artículo 47 de la Ley General de Educación establece que la Educación Superior, como parte
del Sistema Educativo Nacional y último esquema de la prestación de los servicios educativos para la
cobertura universal prevista en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es
el servicio que se imparte en sus distintos niveles, después del tipo medio superior. Está compuesta por la
licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como opciones terminales previas a la conclusión
de la licenciatura. Comprende también la educación normal en todos sus niveles y especialidades.
Las autoridades educativas, en el ámbito de sus competencias establecerán políticas para fomentar la
inclusión, continuidad y egreso oportuno de estudiantes inscritos en educación superior, poniendo énfasis en
los jóvenes, y determinarán medidas que amplíen el ingreso y permanencia a toda aquella persona que, en
los términos que señale la Ley en la materia, decida cursar este tipo de estudios, tales como el
establecimiento de mecanismos de apoyo académico y económico que responda a las necesidades de la
población estudiantil. Las instituciones podrán incluir, además, opciones de formación continua y actualización
para responder a las necesidades de la transformación del conocimiento y cambio tecnológico.
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I.5 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Subsecretaría de Educación Superior (SES), a la
cual se encuentra adscrita la Dirección General de Educación Superior para el Magisterio, en lo sucesivo la
“DGESuM”, misma que tiene como atribuciones, entre otras: proponer a la persona titular de la Subsecretaría
de Educación Superior las políticas para el desarrollo de las Instituciones y programas de Educación Superior
destinados a la formación de los profesionales de la educación en coordinación con la Subsecretaría de
Educación Básica y la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa, las normas pedagógicas, los
planes y programas de estudio para la educación normal, y demás normativa para la formación de
maestros/as de educación básica, los cuales deberán mantenerse acordes al marco de educación de
excelencia contemplado en el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, así como a las
necesidades detectadas en las evaluaciones realizadas a los componentes del Sistema Educativo Nacional.
Para tales efectos, considerará la opinión de los gobiernos de los Estados, de la Ciudad de México y de
diversos actores sociales involucrados en la educación, así como el contenido de los proyectos y programas
educativos que contemplen las realidades y contextos regionales y locales. De igual forma tomará en cuenta
aquello que, en su caso, formule la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, brindando la
asesoría y asistencia que, en su caso, requieran las autoridades educativas para formular la referida opinión.
Lo anterior, de conformidad con el “Acuerdo número 01/01/21 por el que se adscriben orgánicamente las
unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública que se
mencionan”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2021.
I.6 Que para el logro de los objetivos del “PROFEXCE” asignará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”,
recursos públicos federales extraordinarios no regularizables para el desarrollo de los proyectos que hayan
obtenido resultados favorables en el dictamen emitido por la “DGESuM” y la SES con base en la evaluación
realizada a la adecuación de los ProGEN y los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen.
I.7 Que cuenta con los recursos financieros necesarios para llevar a cabo el objeto de este Convenio en su
presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2025.
I.8 Que para efectos del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en la calle de
República de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro Histórico, C.P. 06029, Demarcación Territorial
Cuauhtémoc en la Ciudad de México.
II. De “EL GOBIERNO DEL ESTADO”:
II.1 Que el Estado de Guerrero, es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la
Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 párrafo primero, 42 fracción I, 43 y 116
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 22 y 24 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Guerrero.
II.2 Que la Gobernadora Constitucional Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda, acredita su personalidad
jurídica conforme a la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección de Gobernador, otorgada por el
Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero de fecha 13 de
junio de 2021, y la publicación del Bando Solemne por el que se da a conocer la declaratoria de Gobernadora
Electa para el periodo comprendido del 15 de octubre de 2021 al 14 de octubre de 2027, en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero número 79 Alcance I, de fecha 01 de octubre de 2021 y cuenta
con facultades para suscribir el presente Convenio de Colaboración y obligarse en los términos del mismo de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, 87, 88, 90 numeral 2 y 91 fracciones XXIX y XLVI de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 1, 2, 4, 5, 8, 9 y 22 Apartado A fracciones I, III
y VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242.
II.3 Que la Subsecretaria de Gobierno, Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Encargada de Despacho
de la Secretaría General de Gobierno, Dra. Anacleta López Vega, acredita su personalidad con el
nombramiento y acta de protesta otorgados a su favor por la Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda,
Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, ambos de fecha 14 de marzo de 2024, y cuenta con
facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad en lo dispuesto por los artículos 87,
88 y 90 numeral 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 4, 8, 9, 14, 22
Apartado A fracción I y 23 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero
Número 242; 4 y 12 fracciones X, XIII y XL del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4 Que el Secretario de Educación Guerrero Mtro. Ricardo Castillo Peña, acredita su personalidad con el
nombramiento y acta de protesta otorgados a su favor por la Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda,
Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, ambos de fecha 31 de enero de 2025 y participa en la
suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 87, 88 y 90
numeral 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 4, 6, 9, 14, 22 Apartado A
fracción VII y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242; 6
apartado c, 7 y 8 fracciones IX y XXXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Guerrero.
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II.5 Que el Secretario de Finanzas y Administración C.P.C. Raymundo Segura Estrada, acredita su
personalidad con el nombramiento y acta de protesta otorgados a su favor por la Mtra. Evelyn Cecia Salgado
Pineda, Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, ambos de fecha 15 de octubre del 2021 y
participa en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad con lo dispuesto en los artículos
87, 88 y 90 numeral 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 4, 6, 9, 14 y 22
apartado A fracción III y 25 de la ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número
242; 4 y 9 fracciones LXIV y LXXIII reglamento interior de la Secretaría de Finanzas y Administración.
II.6 Que, para efectos del presente Convenio de Colaboración, señala como su domicilio el ubicado en
“Recinto de las Oficinas del Poder Ejecutivo del Estado”, ubicado en el número 62, en Boulevard René Juárez
Cisneros, código postal 39074, colonia Ciudad de los Servicios en Chilpancingo de los Bravo, Guerrero.
II.7 Que acorde con lo establecido en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Guerrero Número 242, la Secretaría de Educación Guerrero, es responsable de dar cumplimiento a
las obligaciones de “EL GOBIERNO DEL ESTADO” y le corresponde ejecutar y cumplir el Convenio de
Colaboración que en el marco de “LAS REGLAS” celebre con el Ejecutivo Federal.
En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo del
“PROFEXCE”, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, “LAS PARTES” suscriben el presente
instrumento, de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto establecer las bases conforme a las cuales la “SEP”
apoyará a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables
correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración para la
operación del “PROFEXCE” en el marco de la EDINEN, considerando la evaluación de la adecuación de los
ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales, de conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS” y demás
disposiciones administrativas, presupuestarias y jurídicas aplicables.
“LAS PARTES” acuerdan que los recursos destinados al “PROFEXCE”, estarán sujetos a la disponibilidad
presupuestaria existente en el año fiscal 2025.
SEGUNDA.- La “SEP” con base en la disponibilidad presupuestaria, aportará a “EL GOBIERNO DEL
ESTADO”, hasta por la cantidad de $ 61,500,141.00 (Sesenta y un millones quinientos mil ciento cuarenta y
un pesos 00/100 M.N.), para el desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la
evaluación de la adecuación de los ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen, y de lo
dispuesto en “LAS REGLAS”.
Los recursos serán transferidos por la “SEP” a través de la Secretaría de Finanzas y Administración a la
cuenta bancaria productiva especifica que determinó para tal fin, de conformidad con lo estipulado en el
artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
La Secretaría de Finanzas y Administración transferirá en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles a
partir de la fecha de recepción de los mismos, el recurso aportado por la “SEP” a los beneficiarios
establecidos en el Anexo A, que una vez formalizado será parte integrante de este instrumento, en una cuenta
productiva especifica, los recursos federales determinados para tal fin.
Los proyectos y objetivos particulares aprobados en el marco de la EDINEN, se mencionan en el Anexo A
de este Convenio, describiéndose asimismo los montos asignados para cada uno de ellos.
En caso de que la “SEP” aporte a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” recursos adicionales para el
“PROFEXCE”, dichas aportaciones se formalizarán mediante la suscripción de Anexos de Ejecución los
cuales una vez suscritos formarán parte del presente Convenio.
TERCERA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos económicos de la EDINEN, para los proyectos
integrales de los ProGEN y los ProFEN no podrán ser utilizados para el financiamiento de los gastos
siguientes:
a. Pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos, sobresueldos a personal
directivo, docente o empleadas/os que laboren en la “SEP”, en las Secretarías o Institutos de Educación
Estatales o en la AEFCM;
b. Arrendamiento para oficinas y equipo, tratamiento médico o apoyos económicos directos a los
educandos.
c. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la IFDP, sin excepción.
d. Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno o externo, sin
excepción.
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DIARIO OFICIAL
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e. Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades ajenas a los enfoques, propósitos y contenidos de los
planes y programas de estudio 2018 y 2022 de las licenciaturas en educación normal.
f. Adquisición de vehículos para transporte de menos de 12 plazas (no automóviles particulares o
camionetas tipo SUV o utilitarios). sólo se financian vehículos nuevos que cumplan con las especificaciones
reglamentarias en cada entidad federativa.
g. Equipo tecnológico usado de cualquier índole, solo se financia equipo tecnológico nuevo
h. Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no
pertenecen al Programa Nacional de Posgrados (PNP) de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología
e Innovación (SECIHTI), padrón de posgrados de la “DGESuM”, Centros Regionales (Tamaulipas y Sonora) o
que sus beneficiarios/as laboren en el plantel donde se impartirá el posgrado.
i. Adicional a lo anterior las AEL o la AEFCM, en ningún caso podrán utilizar los apoyos para gastos de la
operación local para la adquisición de equipo de cómputo, celulares, equipo administrativo, línea blanca,
material de oficina, papelería o vehículos, ni tampoco para pasajes y viáticos Internacionales.
j. Otros fines distintos a los establecidos en “LAS REGLAS”.
CUARTA.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos autorizados para la EDINEN, no podrán ser
ejercidos para el pago de los gastos de las Coordinaciones Estatales, de las Instituciones de Formación
Docente Públicas y los Centros de Actualización del Magisterio u otras Instancias, entre los que se
encuentran:
•
Agua, Luz, Teléfono y Predial.
•
Servicios de fletes, maniobras y seguros de bienes patrimoniales.
•
Servicios de vigilancia.
•
Cualquier tipo de cargo o impuesto derivado por obligaciones fiscales.
•
Comisiones por manejo de cuentas bancarias o gastos de representación.
QUINTA.- Para la coordinación de las acciones de la EDINEN establecidas en el presente Convenio, la
“SEP” designa a la “DGESuM” como responsable.
Por su parte, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, designa al titular de la Secretaría de Educación Guerrero
como responsable de la operación de la EDINEN en la entidad.
Los responsables designados tendrán a su cargo el seguimiento de todas las acciones relacionadas con la
emisión de informes de avances y resultados, el desarrollo, operación y demás establecidas en “LAS
REGLAS”.
SEXTA.- La “SEP” , por conducto de la “DGESuM” en cumplimiento a este Convenio se compromete a:
a) Definir los criterios generales para la adecuación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del
“PROFEXCE”, además de resolver cualquier duda que se genere derivado de la interpretación, aplicación y
cumplimiento de “LAS REGLAS”.
b) Asignar y distribuir los recursos financieros a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” para los proyectos
integrales de los ProGEN y los ProFEN de la EDINEN que hayan sido aprobados, considerando los montos
asignados, como lo establece el Anexo A, el cual forma parte integrante del presente Convenio.
c) Presentar a las instancias correspondientes, los informes periódicos sobre el cumplimiento de los
indicadores de resultados cuantitativos y cualitativos, a fin de establecer los criterios y aspectos a revisar para
la actualización de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, así como el impacto en
las IFDP. Dichos informes deberán apegarse a “LAS REGLAS” y demás disposiciones aplicables.
d) Difundir la información de los avances y el cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales
de los ProGEN y los ProFEN en sus respectivos órganos oficiales de difusión: gob.mx/sep y en la página
dgesum.sep.gob.mx
e) Conformar el Comité de Pares Académicos para la evaluación de la adecuación de los ProGEN, los
ProFEN y los proyectos integrales que los constituyen, en el marco de la EDINEN, el cual estará integrado por
personal académico de prestigio que se rija bajo los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia,
equidad y congruencia, a fin de dar certeza sobre el correcto desarrollo de las tareas que le han sido
encomendadas.
f) Asegurar el objetivo fundamental del “PROFEXCE”, a través del seguimiento, supervisión y monitoreo
del desarrollo del mismo y su incidencia en el mejoramiento de las IFDP, de modo que se identifiquen los
factores institucionales que favorezcan o dificulten su cumplimiento.
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g) Verificar que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” reintegre a la Tesorería de la Federación, los recursos
económicos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que no sean devengados, en los términos y
plazos que establece la normatividad aplicable.
h) Establecer, analizar y concentrar los formatos específicos para la presentación de los informes
trimestrales así como para el cierre del ejercicio programático presupuestal, dicha información se remitirá en
documentos y medios magnéticos a las instancias coordinadoras que lo soliciten, en los plazos y términos
establecidos para tal fin; así como solicitar a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” las aclaraciones a que haya
lugar; en caso de que esta parte incumpla con la información, se notificará el hecho a la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
i) Establecer en los calendarios los plazos para la captura de los informes trimestrales, así como para su
aclaración, y cierre del sistema informático diseñado para el seguimiento, evaluación y rendición de cuentas
de la EDINEN.
j) Remitir a “EL GOBIERNO DEL ESTADO” el oficio de liberación Anexo 7A al momento que se concluyan
al 100% (cien por ciento) las obras públicas y acciones comprometidas y se demuestre la aplicación correcta
de los recursos.
k) Presentar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público y a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los informes trimestrales sobre el presupuesto
ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del
“PROFEXCE”, con base a lo establecido en “LAS REGLAS”, y
l) Resolver cualquier duda que se genere en relación con la interpretación, aplicación o cumplimiento de
“LAS REGLAS”.
SÉPTIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a:
a) Destinar los recursos que reciba de la “SEP” exclusivamente a los fines establecidos en “LAS REGLAS”.
b) Apegarse a las disposiciones establecidas en “LAS REGLAS”, así como a los criterios para la
instrumentación del “PROFEXCE”.
c) Garantizar las condiciones organizativas, logísticas y operativas para la coordinación, desarrollo,
seguimiento y evaluación del “PROFEXCE” en su entidad.
d) Realizar la reprogramación de su EDINEN.
e) Entregar el recurso autorizado por la “SEP” a cada IFDP para la ejecución de sus ProFEN, a la
Dirección o Instituto de Educación Normal para la ejecución de sus ProGEN, dentro de los 10 (diez) días
hábiles siguientes a la recepción de los mismos, de acuerdo con los resultados del proceso de evaluación,
transfiriéndolo en las cuentas bancarias productivas previstas para tal fin.
f) Administrar y aplicar los recursos autorizados en el desarrollo de los proyectos integrales de la
reprogramación de los ProGEN y los ProFEN aprobados en el marco de la EDINEN, de conformidad
con “LAS REGLAS”.
g) Supervisar el eficiente ejercicio de los recursos destinados al “PROFEXCE”, de conformidad con lo
establecido en “LAS REGLAS”, y en la normativa aplicable.
h) Cumplir en tiempo y forma con el ejercicio y comprobación de los recursos en el marco del presente
Convenio de Colaboración, así como en los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento
jurídico que determine la AEL con las IFDP para el desarrollo de la EDINEN.
i) Promover la integración de equipos de trabajo con las competencias requeridas para realizar, de manera
sistemática y continua, actividades de planeación, actualización, capacitación, asesoría, seguimiento y
evaluación para la implementación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
j) Brindar apoyo y asesoría técnica a las IFDP, mediante la implementación de propuestas de formación
continua, así como realizar visitas periódicas a fin de proporcionar recomendaciones, reflexionar sobre las
dificultades y establecer estrategias que permitan avanzar en el cumplimiento de las metas académicas y
programáticas establecidas en la EDINEN.
k) Suscribir los Convenios de Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la
AEL con las IFDP beneficiadas, en los que se estipulen los compromisos que adquieren dichas instituciones
para cumplir con las acciones y metas establecidas en sus ProFEN y su contribución al cumplimiento de las
correspondientes a los ProGEN y la EDINEN, así como para el ejercicio y comprobación de los recursos
asignados.
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l) Señalizar de manera visible en toda obra o bien adquirido con recursos de la EDINEN, indicando el
nombre del Programa, el origen del recurso y el ejercicio correspondiente con el propósito de que sean
identificadas plenamente tanto las acciones ejecutadas como las metas alcanzadas, esto con el fin de difundir
entre la sociedad los objetivos, características y avances en el cumplimiento de metas de la EDINEN, así
como la información acerca de los beneficios obtenidos con el ejercicio de los recursos asignados.
m) Entregar a la “SEP” los informes trimestrales en los plazos establecidos en el calendario de
presentación, en los formatos específicos previamente establecidos por la “DGESuM” detallando el
presupuesto ejercido y en caso de reportar retrasos en el cumplimiento de las metas previstas o
irregularidades en el uso de los recursos económicos, informándole sobre las medidas correctivas que
aplicará y las estrategias de seguimiento que llevará a cabo para evitar futuras demoras o fallas en el ejercicio
del presupuesto.
Así mismo remitir trimestralmente a través del Sistema de Recursos Federales Transferidos
(https://www.mstwls.hacienda.gob.mx) establecido para tal fin por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
el informe sobre el destino y resultados obtenidos de la aplicación de los recursos otorgados por la “SEP” por
el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en las disposiciones aplicables.
n) Entregar a la “DGESuM” una vez concluido el ejercicio de los recursos, en el cuarto informe trimestral,
el informe programático, así como la documentación comprobatoria correspondiente
o) Otorgar las facilidades para la realización de los procesos de seguimiento, supervisión y evaluación de
la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN que lleven a cabo o promuevan la “SEP”, la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno u otra instancia de control y fiscalización federal o estatal, con
competencia en la materia.
p) Mantener un registro especifico de los recursos del “PROFEXCE” debidamente actualizados,
identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido
en términos de lo dispuesto por el artículo 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
q) Solicitar que para cada una de las obras de infraestructura terminadas con el presupuesto del
“PROFEXCE”, se elabore un acta-entrega, la cual formará parte del expediente de la obra y constituye la
prueba documental que certifica su existencia.
r) Verificar que en cada plantel educativo se dispongan de por lo menos 10 (diez) ejemplares
de “LAS REGLAS” a fin de que la comunidad escolar esté en posibilidades de realizar su consulta.
s) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
Federativas y los Municipios, las transferencias federales etiquetadas que no se hayan comprometido y
aquellas devengadas pero que no hayan sido pagadas incluyendo los rendimientos financieros generados,
deberán reintegrarse a la TESOFE de la cuenta productiva del ejecutor, a más tardar dentro de los 15 días
naturales posteriores al 31 de diciembre del 2025, incluyendo los rendimientos generados, deberán
reintegrarse a la Tesorería de la Federación a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes.
t) Informar, en su caso, a la “DGESuM” de los reintegros realizados a la Tesorería de la Federación,
proporcionando la correspondiente constancia en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de
que haya sido realizado el depósito.
u) Realizar las acciones de promoción para la integración, operación y seguimiento de la Contraloría
Social, bajo el esquema validado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) y de conformidad
con las Reglas de Operación del Programa y con los Lineamientos para la Promoción y Operación de la
Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social vigentes, que permitan verificar el
cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los Programas de
Desarrollo Social, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y
equitativa de los mismos.
v) Las demás establecidas en “LAS REGLAS”.
OCTAVA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a aperturar una cuenta bancaria productiva
específica para la administración de los recursos autorizados para el “PROFEXCE”, la cual deberá estar
registrada ante la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de la “SEP” , a solicitud de la
“DGESuM” con el objeto de recibir la aportación de recursos que le transfiera la “SEP”.
NOVENA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se obliga a presentar a la “DGESuM” en un plazo máximo de
10 (diez) días hábiles previos a la ministración de los recursos el comprobante fiscal digital por Internet
(CFDI), que ampare la cantidad asignada para el desarrollo de los proyectos integrales de los ProGEN y los
ProFEN, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de
la Federación.
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DÉCIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación en
los plazos establecidos en “LAS REGLAS”, los recursos que no fueron destinados a los fines autorizados y
aquéllos que al cierre del ejercicio no hayan sido devengados o que no se encuentren vinculados formalmente
a compromisos o que no cuente con la documentación original que justifique y compruebe el gasto por la
aplicación de dichos recursos y obligaciones de pago.
En caso de que “EL GOBIERNO DEL ESTADO” no reintegre en los plazos establecidos, deberá pagar una
pena por el atraso, la cual se obtendrá multiplicando el importe no reintegrado oportunamente por el número
de días naturales de retraso y la tasa diaria correspondiente a la establecida en la Ley de Ingresos de la
Federación para el ejercicio fiscal que corresponda, referente a los casos de prórroga para el pago de créditos
fiscales, conforme a la siguiente fórmula:
Pena=importe x días x tasa/30
La pena por atraso a que se refiere la presente cláusula deberá ser pagada conforme al procedimiento que
para tal efecto establezca la “SEP”.
DÉCIMA PRIMERA.- La aplicación de los recursos, su comprobación y el logro de las metas compromiso,
será responsabilidad de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, de conformidad con lo establecido
en “LAS REGLAS”.
DÉCIMA SEGUNDA.- La “SEP” derivado del seguimiento sobre el desarrollo de la EDINEN, y proyectos
integrales de los ProGEN y los ProFEN así como el uso transparente y eficaz de los recursos que se destinen
al “PROFEXCE” , en su caso, podrá cancelar o suspender los apoyos programados cuando se detecte
incumplimiento de los compromisos establecidos en “LAS REGLAS” o cuando se encuentren en cualquiera de
los supuestos siguientes:
a) No se cumpla con las obligaciones pactadas en el presente instrumento y en los Convenios de
Desempeño Institucional o cualquier instrumento jurídico que determine la AEL.
b) Incumplimiento en la entrega oportuna de los informes de avances físicos y financieros, así como
reportes del cierre de ejercicio de recursos.
c) Se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos autorizados y/o en la aplicación de los
recursos correspondientes.
d) No ejerzan sus presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables, y
e) No proporcionen la información requerida por las diferentes instancias involucradas, en relación con el
desarrollo de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
DÉCIMA TERCERA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a comprobar el uso de los recursos
destinados al desarrollo de los proyectos integrales de, los ProGEN y los ProFEN en un plazo máximo de tres
meses posteriores a la conclusión del ejercicio de los recursos, para lo cual se obliga a exhibir a la “DGESuM”
la documentación fehaciente que ampare las cantidades erogadas en los proyectos realizados, con la
documentación comprobatoria que cumpla con los requisitos fiscales con sello que indique el nombre del
programa, origen del recurso y el ejercicio correspondiente.
DÉCIMA CUARTA.- “LAS PARTES” instrumentarán las estrategias pertinentes para la asesoría,
seguimiento y evaluación de los procesos y resultados que permitan verificar los avances en el desarrollo y
operación de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN, constatando la correcta
aplicación de los recursos destinados al “PROFEXCE”, los avances físicos, financieros, la realización de las
obras y de los proyectos, los resultados obtenidos para la integración y consolidación de un sistema estatal de
educación normal de excelencia educativa así como el mejoramiento de los servicios educativos y de la
gestión de las Instituciones formadoras de las maestras y los maestros.
DÉCIMA QUINTA.- La “SEP” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2025 y “LAS REGLAS”; realizará las distintas acciones de
coordinación para llevar a cabo la evaluación externa del “PROFEXCE”, de acuerdo con los indicadores y los
niveles de cumplimiento de los objetivos y metas programados; para lo cual, se seleccionará mediante los
procedimientos establecidos en la normatividad correspondiente, una institución académica y de investigación
u organismo especializado, de carácter nacional o internacional, con reconocimiento académico y experiencia
en la materia, con el propósito de evaluar la pertinencia, eficacia e impacto del “PROFEXCE” en las IFDP, de
conformidad con lo dispuesto en “LAS REGLAS”.
DÉCIMA SEXTA.- “LAS PARTES” darán todas las facilidades para que los recursos otorgados al
“PROFEXCE” puedan ser revisados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, por el Órgano Interno
de Control en la “SEP” y/o por auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los
Órganos Estatales de Control; por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por la Auditoría Superior de la
Federación; y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes,
apegándose a lo establecido en “LAS REGLAS”.
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DÉCIMA SÉPTIMA.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28 del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 2025 y con el propósito de fomentar la transparencia del “PROFEXCE” ,
“LAS PARTES” se comprometen a incluir claramente, visible y audible en la publicidad que se adquiera para
la difusión, en la papelería y documentación oficial, la siguiente leyenda:
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el programa”.
Quien haga uso indebido de los recursos del “PROFEXCE” deberá ser denunciado y sancionado de
acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
DÉCIMA OCTAVA.- La “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” garantizarán la transparencia del ejercicio
de los recursos económicos destinados al “PROFEXCE”, instrumentando diversas acciones con el apoyo de
sus respectivos medios de difusión páginas electrónicas http://www.gob.mx/sep y dgesum.sep.gob.mx,
mismos que permitan dar a conocer la información relativa al “PROFEXCE”, en particular sobre los avances y
cumplimiento de metas de la EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
DÉCIMA NOVENA.- El personal designado o comisionado para la ejecución de las acciones derivadas del
presente instrumento, mantendrá su actual relación laboral y, por lo tanto, continuará bajo la dirección de
quien lo haya nombrado o comisionado, no obstante que las actividades se realicen fuera de las instalaciones
de cualquiera de “LAS PARTES”.
VIGÉSIMA.- “LAS PARTES” recibirán las sugerencias, quejas o denuncias a través de las distintas
Dependencias, Órgano Interno de Control en la “SEP” , el Órgano Estatal de Control, las representaciones de
la Secretaría de Educación Pública en las Entidades Federativas, medios electrónicos y canales oficiales
establecidos en “LAS REGLAS”, con objeto de retroalimentar una eficiente y transparente operación de la
EDINEN, y proyectos integrales de los ProGEN y los ProFEN.
VIGÉSIMA PRIMERA.- El incumplimiento por “EL GOBIERNO DEL ESTADO” de los plazos señalados en
“LAS REGLAS” o el uso indebido del presupuesto, tendrá un impacto desfavorable en las subsecuentes
asignaciones de recursos del “PROFEXCE” a las entidades federativas y las Instituciones de Formación
Docente Públicas.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Los asuntos que no estén expresamente previstos en este instrumento, así como
las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo, se resolverán de
común acuerdo y por escrito entre “LAS PARTES”, conforme a las disposiciones de “LAS REGLAS” y,
cualquier otra disposición aplicable, y en caso de que no se lograra lo anterior, acuerdan someterse a la
competencia de los Tribunales Federales competentes, con sede en la Ciudad de México renunciando al fuero
que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.
VIGÉSIMA TERCERA.- “LAS PARTES” estarán exentas de responsabilidad por los daños y perjuicios que
se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente instrumento, debido a un caso
fortuito o fuerza mayor, incluyendo la huelga o paro de labores académicas o administrativas. En tales
supuestos, “LAS PARTES” podrán continuar las acciones materia del presente convenio, una vez que
desaparezcan las circunstancias antes indicadas.
VIGÉSIMA CUARTA.- La vigencia de este Convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y hasta el total
cumplimiento de las acciones, objeto del mismo, las cuales deberán concluirse antes del 31 de diciembre del
2025, en el entendido que sólo se refiere a los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables
correspondientes al Ejercicio fiscal 2025, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios
fiscales. Podrá ser modificado de común acuerdo o concluido con antelación, en el marco de “LAS REGLAS” y
la normatividad aplicable, previa notificación que por escrito realice cualesquiera de “LAS PARTES” con treinta
días naturales de anticipación; en este caso, la “SEP” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” tomarán las
providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de este Convenio se
desarrollen hasta su total conclusión.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser
denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman de conformidad
en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el día 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario
de Educación Superior, Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior
para el Magisterio, Dr. Julio Cesar Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora
Constitucional del Estado de Guerrero, Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda.- Rúbrica.- Subsecretaria de
Gobierno, Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Encargada de Despacho de la Secretaría General de
Gobierno, Dra. Anacleta López Vega.- Rúbrica.- Secretario de Educación Guerrero, Mtro. Ricardo Castillo
Peña.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Administración, C.P.C. Raymundo Segura Estrada.- Rúbrica.
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ANEXO A QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL
PROGRAMA “FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA” QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR
CONDUCTO DE LA “SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA” Y POR LA OTRA PARTE, “EL GOBIERNO DEL
ESTADO”, DE FECHA 20 DE MAYO DEL 2025, PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS AL
PROGRAMA A TRAVÉS DE LA EDINEN, CORRESPONDIENTES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2025.
No.
TIPO DE
PROYECTO
NOMBRE DEL PROYECTO Y/O DE LA INSTITUCIÓN
MONTO
1
ProGEN
Proyecto Estatal: Atiende a las necesidades de las Escuelas Normales y
la Gestión Estatal: ProGEN 1 y 2
19,574,764.00
2
ProFEN
Centenaria Escuela Normal del Estado “Ignacio Manuel Altamirano”
1,523,000.00
3
ProFEN
Centro de Actualización del Magisterio Acapulco
11,000,000.00
4
ProFEN
Centro de Actualización del Magisterio Chilpancingo
2,350,000.00
5
ProFEN
Centro de Actualización del Magisterio Iguala
1,320,000.00
6
ProFEN
Centro Regional de Educación Normal
3,100,000.00
7
ProFEN
Escuela Normal Regional de la Montaña
1,725,000.00
8
ProFEN
Escuela Normal Regional de Tierra Caliente
2,100,000.00
9
ProFEN
Escuela Normal Rural Raúl isidro Burgos
8,877,377.00
10
ProFEN
Escuela Normal Urbana Federal “Profr. Rafael Ramírez”
3,305,000.00
11
ProFEN
Escuela Normal “Vicente Guerrero”
550,000.00
12
ProFEN
Escuela Superior de Educación Física
3,500,000.00
13
ProFEN
Escuela Normal Preescolar Adolfo Viguri Viguri
2,575,000.00
Total de la Entidad: $ 61,500,141.00
(Sesenta y un millones quinientos mil ciento cuarenta y un pesos 00/100 M.N.)
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a
los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser
denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance de este ANEXO A, lo firman en cuatro tantos originales,
en la Ciudad de México, el 20 de mayo del 2025.- Por la SEP: Subsecretario de Educación Superior,
Dr. Ricardo Villanueva Lomelí.- Rúbrica.- Director General de Educación Superior para el Magisterio,
Dr. Julio Cesar Leyva Ruiz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora Constitucional del Estado
de Guerrero, Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda.- Rúbrica.- Subsecretaria de Gobierno, Asuntos Jurídicos y
Derechos Humanos, Encargada de Despacho de la Secretaría General de Gobierno, Dra. Anacleta López
Vega.- Rúbrica.- Secretario de Educación Guerrero, Mtro. Ricardo Castillo Peña.- Rúbrica.- Secretario de
Finanzas y Administración, C.P.C. Raymundo Segura Estrada.- Rúbrica.
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AVISO por el que se da a conocer la suspensión de labores del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos
(INEA), en el año 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Educación.- Secretaría de
Educación Pública.- Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA SUSPENSIÓN DE LABORES DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA
EDUCACIÓN DE LOS ADULTOS (INEA), EN EL AÑO 2026.
Con fundamento en los artículos 74 de la Ley Federal del Trabajo; 59, fracción XIV de la Ley Federal de
las Entidades Paraestatales; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 16, fracción XIV, del
Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los
Adultos, publicado el 31 de agosto de 1981; 147, fracción IV del Acuerdo por el que se establecen
las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal y
Cláusulas 71 y 85, fracción XV del Contrato Colectivo de Trabajo 2024-2026 celebrado entre el Instituto
Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación
para Adultos (SNTEA).
CONSIDERANDO
El Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, es un organismo descentralizado de la
Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por decreto del
Ejecutivo Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 1981;
Con fecha 23 de agosto de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se
reforma el diverso por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, publicado el 31 de
agosto de 1981”, en el cual se establece como su objeto, el promover y realizar acciones para organizar
e impartir la educación para adultos, a través de la prestación de los servicios de alfabetización, educación
primaria, secundaria, la formación para el trabajo y los demás que determinen las disposiciones jurídicas y los
programas aplicables, apoyándose en la participación y la solidaridad social.
La Ley Federal del Trabajo en su artículo 74, determina que son días de descanso obligatorio el 1ro. de
enero; primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; tercer lunes de marzo en conmemoración
del 21 de marzo; 1o. de mayo; 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de
noviembre; el 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo
Federal; el 25 de diciembre, y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de
elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral, y
El Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, en su artículo 147, fracción IV, determina que la suspensión de labores de
las instituciones se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación, con el fin de no afectar la prestación
de servicios al público.
Asimismo, el Contrato Colectivo de Trabajo 2024-2026 celebrado entre el INEA y el SNTEA, en sus
Cláusulas 71 y 85 fracción XV determinan los días de descanso obligatorio para el personal sindicalizado
del organismo.
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Aunado a lo anterior, existen fechas de descanso que han sido otorgadas a los trabajadores del Instituto
Nacional para la Educación de los Adultos, en forma reiterada durante años anteriores; por lo que, en adición
a lo establecido por el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, y atendiendo a los principios generales de
justicia social derivados del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se
suspenderán las labores en el INEA el 28 de agosto en conmemoración al día de la persona Trabajadora de la
Educación para Adultos.
En virtud de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA SUSPENSIÓN DE LABORES DEL INSTITUTO
NACIONAL PARA LA EDUCACIÓN DE LOS ADULTOS (INEA), EN EL AÑO 2026
Primero. - Para el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos se considerará como días inhábiles,
además de los sábados y domingos, los siguientes días del año 2026:
1ro. de enero;
El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
2 y 3 de abril;
1ro. de mayo;
5 de mayo;
28 de agosto;
16 de septiembre;
2 de noviembre;
El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, y
25 de diciembre.
Lo anterior en la inteligencia de que en esas fechas se suspenderán los términos o plazos para los
efectos de cualquier procedimiento de carácter administrativo que se tramite en el INEA, excepto los de
Responsabilidades.
Segundo. -La atención al público para el trámite de solicitudes de acceso a la información y de recursos
de revisión en esa materia, se sujetará al calendario de suspensión de labores que en su oportunidad
determinen las autoridades competentes.
Tercero. -En el transcurso del año 2026, el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos podrá
emitir, con fundamento en las disposiciones legales y administrativas aplicables, avisos adicionales mediante
los cuales dé a conocer la suspensión de sus labores.
TRANSITORIO
Único. - El presente Aviso entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Ciudad de México, a 7 de octubre de 2025.- Director General, Armando Contreras Castillo.- Rúbrica.
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SECRETARIA DE CIENCIA, HUMANIDADES,
TECNOLOGIA E INNOVACION
ACUERDO por el que se modifican los artículos 40, 41, 44, 45, 47, 49 y 50 del Manual de Procedimientos del
Programa Presupuestario F003 Programas Nacionales Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los
Sectores Social, Público y Privado.
Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 40, 41, 44, 45, 47, 49 Y 50 DEL MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO F003 “PROGRAMAS NACIONALES ESTRATÉGICOS DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA Y VINCULACIÓN CON LOS SECTORES SOCIAL, PÚBLICO Y PRIVADO”:
ROSAURA RUIZ GUTIÉRREZ, Secretaria de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, con
fundamento en los artículos 26 fracción XV y 38 Bis, fracciones II y VII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; así como el artículo 62 y 69 de la Ley General en Materia de Humanidades,
Ciencias, Tecnologías e Innovación; artículo 7, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Ciencia,
Humanidades, Tecnología e Innovación; así como SEGUNDO, CUARTO, QUINTO y NOVENO transitorios del
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de noviembre de
2024;l; y Artículo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría
de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación publicado en el DOF el 24 de enero de 2025;.y
CONSIDERANDO
Que, la Constitución garantiza el derecho de toda persona a gozar de los beneficios del desarrollo de la
ciencia y la innovación tecnológica. Para tal fin, establece que el Estado apoyará la investigación e innovación
científica, humanística y tecnológica, y garantizará el acceso abierto a la información que derive de ella,
mediante la provisión de recursos y estímulos suficientes, conforme a las bases de coordinación, vinculación y
participación que establezcan las leyes en la materia;
Que, en el marco de la transformación nacional, con fecha 08 de mayo de 2023, se publicó en el Diario
Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias,
Tecnologías e Innovación, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de las
Entidades Paraestatales y de la Ley de Planeación;
Que, en términos de los artículos 62 y 63 de la referida Ley General, transitorios Cuarto y Quinto del
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, publicado el 28 de noviembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, la
Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación es la dependencia encargada de formular y
conducir la política nacional en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación;
Que, de conformidad con la fracción XXIX-F del artículo 73 de la Constitución, dicha Ley General
promueve la transferencia de tecnología, así como la generación, difusión y aplicación de los conocimientos
científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional. En ese sentido, el artículo 34 de la citada Ley
General establece que los mecanismos e instrumentos públicos de fomento y apoyo de las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal, se destinarán de manera preponderante, entre otros, a
proyectos y actividades de investigación humanística y científica, desarrollo tecnológico e innovación
relacionados con las áreas estratégicas o prioritarias del desarrollo nacional y los temas de interés público
nacional o de atención indispensable considerados en la Agenda Nacional, en los términos de dicha Ley;
Que, para efectos de dar cumplimiento a la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias,
Tecnologías e Innovación, esta Secretaría cuenta con el programa presupuestario F003 "Programas
Nacionales Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los Sectores Social, Público y Privado" por
medio del cual fomenta y apoya la formación, investigación, difusión, divulgación y desarrollo de proyectos, en
materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación, así como el acceso abierto a la información que
derive de dichas actividades, con el fin de contribuir al avance del conocimiento universal, al fortalecimiento de
la soberanía nacional, al desarrollo integral y sostenible del país, al bienestar de las generaciones presentes y
futuras, a la preservación, restauración, protección y mejoramiento del ambiente, y a la consecución de los
objetivos constitucionales del Estado mexicano;
Que, en términos del artículo 11 de los Lineamientos del Programa Presupuestario F003 "Programas
Nacionales Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los Sectores Social, Público y Privado" el
CTA tendrá un Manual de Procedimientos, cuyo objeto es reglamentar lo dispuesto en los Lineamientos
mencionados, particularmente en relación con la revisión, prelación y selección de propuestas, así como el
seguimiento técnico y financiero de los proyectos y la evaluación de sus resultados;
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Que, en dicho instrumento se podrán establecer las disposiciones necesarias para promover y facilitar que
los apoyos se otorguen, total o parcialmente, de manera directa a las personas humanistas, científicas,
tecnólogas e innovadoras y debe ser un instrumento que facilite la operación óptima del Programa, sin
generar sobrerregulación ni trámites o procedimientos innecesarios, excesivos o burocráticos;
Que, el Comité Técnico y de Administración del Programa Presupuestario F003 “Programas Nacionales
Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los Sectores Social, Público y Privado” con fundamento
en lo dispuesto en los Artículos 5 y 21 fracciones III, IV, VI y XIX, de los Lineamientos, así como el Artículo 5
del Manual de Procedimientos ambos del Programa Presupuestario F003 y mediante acuerdo PPF003 6/XVII-
E/2025, aprobó las modificaciones al presente Manual;
Que es facultad de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación emitir el Acuerdo;
He tenido a bien modificar el Manual de Procedimientos en los siguientes términos:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 40, 41, 44, 45, 47, 49 Y 50 DEL MANUAL
DE PROCEDMIENTOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO F003 “PROGRAMAS NACIONALES
ESTRATÉGICOS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y VINCULACIÓN CON LOS SECTORES SOCIAL,
PÚBLICO Y PRIVADO”
ARTÍCULO ÚNICO: Se modifican los Artículos 40, 41, 44, 45, 47, 49 y 50 del Manual de Procedimientos
del Programa Presupuestario F003 “Programas Nacionales Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación
con los Sectores Social, Público y Privado” para quedar como sigue:
Artículo 1. […]
[…]
Artículo 39. […]
Artículo 40. La suspensión total no podrá durar más de 3 meses ni exceder el periodo de ejecución de la
etapa en curso. Al término de dicho plazo la Secretaría Técnica deberá resolver si el proyecto continúa su
ejecución, de lo contrario deberá someter a consideración del CTA su terminación anticipada o rescisión,
según corresponda.
Artículo 41. El beneficiario deberá entregar el informe técnico parcial o final a la Secretaría Técnica, a
más tardar dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de conclusión de la última etapa ministrada.
En caso de que el desarrollo del proyecto contemple más de una etapa, se presentarán informes técnicos
parciales por cada etapa previa a la última. El informe técnico final corresponderá a la última etapa de
desarrollo del proyecto.
Este plazo será improrrogable, y su omisión será considerada como incumplimiento por parte del
beneficiario, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos y en el presente Manual.
Artículo 42. […]
[…]
Artículo 43. […]
Artículo 44. Será responsabilidad de la Secretaría Técnica concluir la evaluación de los informes técnicos
finales o parciales a más tardar seis (6) meses después de la fecha de entrega de los mismos, conforme a lo
dispuesto en los Lineamientos y en el presente Manual.
Cuando la Secretaría Técnica emita su opinión no favorable, el beneficiario tendrá 10 días hábiles para
manifestar, en una única ocasión, lo que a su derecho convenga. Con base en la información que aporte el
beneficiario, la Secretaría Técnica podrá modificar su opinión y notificar al beneficiario en caso de
reconsideración.
Artículo 45. El beneficiario deberá ejercer los recursos ministrados dentro del periodo de ejecución
establecido para cada etapa del proyecto. El periodo de ejecución de cada etapa iniciará a partir de la fecha
en que se realice la ministración de los recursos correspondientes y se contará en meses naturales, conforme
a lo dispuesto en el Convenio de Asignación de Recursos (CAR).
Concluido el periodo de ejecución de la etapa el beneficiario deberá entregar a más tardar dentro de los
quince días hábiles siguientes a la fecha de conclusión de la última etapa ministrada los informes técnico y
financiero finales o parciales en el caso de que el desarrollo del proyecto abarque más de un ejercicio fiscal.
Este plazo será improrrogable, y su omisión será considerada como incumplimiento por parte del
beneficiario, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos y en el presente Manual. La Secretaría Técnica o la
Secretaría Administrativa podrán adoptar las medidas correspondientes, incluyendo la suspensión de
ministraciones subsecuentes, la emisión de opiniones no favorables o la solicitud de reintegro de recursos no
comprobados.
La revisión de los informes financieros parciales se realizará sobre el 100% de los comprobantes del gasto
de inversión y sobre los importes que la Secretaría Administrativa considere relevantes del gasto corriente.
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Artículo 46. […]
Artículo 47. En términos del artículo 40 de los Lineamientos, para la emisión de opinión respecto del
informe financiero final que los beneficiarios presenten, la Secretaría Administrativa observará los siguientes
elementos mínimos, los cuales son enunciativos más no limitativos:
I. Verificar que los gastos reportados se hayan ejercido de conformidad con las cantidades y rubros
indicadas en el desglose financiero del CAR, así como las modificaciones aprobadas por el CTA o la
Secretaría Técnica, cuando aplique, y a partir de la ministración, dentro del periodo de ejecución establecido
para cada etapa del proyecto, sin que éstos excedan este periodo, mediante el cotejo de los importes y
conceptos de los gastos reportados en el informe financiero;
II. […]
[…]
VIII. […]
IX. Verificar que las adquisiciones realizadas, se hayan comprobado financieramente dentro del periodo de
ejecución establecido para cada etapa del proyecto y conforme a lo dispuesto en los Lineamientos y en el
presente Manual. En el caso de compra de maquinaria y equipos, verificar que estos cumplieron con las
condiciones comprometidas en el CAR o CDC correspondiente, que se encuentran expresamente
considerados en la propuesta o cuentan con la autorización de la Secretaría Técnica.
X. […]
Artículo 48. […]
Artículo 49. Será responsabilidad de la Secretaría Administrativa concluir la evaluación de los informes
financieros finales o parciales a más tardar dentro de los seis meses posteriores a la fecha de entrega de los
mismos, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos y en el presente Manual. En caso de no existir
observaciones, dentro del término antes referido, se emitirá la opinión financiera favorable.
Artículo 50. Cuando derivado de la revisión señalada en el precepto anterior, la Secretaría Administrativa
emita sus observaciones al informe financiero, el beneficiario tendrá 10 días hábiles, contados a partir de la
notificación, para manifestar, en una única ocasión, lo que a su derecho convenga. Los días hábiles serán
considerados conforme a la publicación correspondiente del Diario Oficial de la Federación.
Con base en la información que aporte el beneficiario, la Secretaría Administrativa, emitirá su opinión y
notificará al beneficiario, la cual no podrá exceder del ejercicio fiscal subsecuente al que fueron emitidas las
observaciones.
Las opiniones financieras no favorables que deriven de la presentación del informe fuera del plazo o de la
atención tardía a las observaciones de dicho informe, solo podrán reconsiderarse por autorización del CTA, a
solicitud de la Secretaría Técnica, debiendo justificar la trascendencia de la continuidad del proyecto, además
de cumplir con los siguientes requisitos:
I.
Que no existan reintegros pendientes por realizar;
II.
Que, en caso de contar con etapas previas, estas cuenten con opiniones técnicas y financieras
favorables;
III.
Que el beneficiario no cuente con antecedentes de rescisión.
Artículo 51. […]
[…]
Artículo 58. […]
TRANSITORIOS
PRIMERO. Las modificaciones al presente Manual entrarán en vigor a partir de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
SEGUNDO. El Manual de Procedimientos del Programa Presupuestario F003, publicado mediante Aviso
en el Diario Oficial de la Federación de fecha 04 de marzo de 2025, conservará su vigencia en todos sus
términos, salvo en lo dispuesto en los artículos 40, 41, 44, 45, 47, 49 y 50 los cuales se modifican conforme a
lo establecido en el presente Acuerdo.
TERCERO. Los asuntos, procedimientos o gestiones que se encuentren en trámite a la entrada en vigor
del presente Acuerdo se regirán por las disposiciones vigentes al momento de su origen, sin perjuicio de que,
para el caso de los proyectos ministrados con cargo al ejercicio fiscal 2025, si las nuevas disposiciones
resultan más favorables para los beneficiarios, podrán aplicarse a éstos.
Atentamente
Dado en la Ciudad de México, el cinco de noviembre de dos mil veinticinco.- La Secretaria de Ciencia,
Humanidades, Tecnología e Innovación, Dra. Rosaura Ruiz Gutiérrez.- Rúbrica.
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SECRETARIA DE SALUD
CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para
fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así
como de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la
Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco.
COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25
CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER
DE SUBSIDIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA
DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, A TRAVÉS DE LA D. EN C. ARMIDA
ZÚÑIGA ESTRADA, EN SU CARÁCTER DE COMISIONADA FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS
SANITARIOS, ASISTIDA POR LA LIC. ALONDRA VIANNEY SÁNCHEZ PAYAN, SECRETARIA GENERAL DE LA
COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS; Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”,
REPRESENTADO POR EL MTRO. LUIS GARCÍA SOTELO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE LA HACIENDA
PÚBLICA, EL DR. HÉCTOR RAÚL PÉREZ GÓMEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD, EL DR. HÉCTOR
HUGO BRAVO HERNÁNDEZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO
DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD JALISCO, CON LA ASISTENCIA DEL DR. JOSÉ ANTONIO
MUÑOZ SERRANO, COMISIONADO DE LA COMISIÓN PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIEGOS SANITARIOS DEL
ESTADO DE JALISCO, A QUIENES SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES” CUANDO ACTÚEN DE FORMA CONJUNTA,
CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 4o, párrafo cuarto,
el derecho a la protección de la salud que toda persona gozará en el territorio nacional, el cual será
garantizado con las bases y modalidades establecidas en la Ley que deberá ser extensivo,
progresivo, cuantitativo y cualitativo, a través de la concurrencia establecida entre la Federación y las
entidades federativas.
II.
En términos de lo que establece el artículo 17 bis de la Ley General de Salud (LGS), corresponde a
la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
ejercer las atribuciones de regulación, control y fomento sanitarios, cuyo ejercicio, de conformidad
con lo dispuesto por el artículo 18 del citado ordenamiento legal, será coordinado y deberá sujetarse
a lo que se establezca en los acuerdos de coordinación que se suscriban con las entidades
federativas, así como de las demás disposiciones y normatividad aplicable en la materia.
III.
El día 01 del mes de febrero del año 2019, fue suscrito entre el Poder Ejecutivo Federal, a través de
“LA SECRETARÍA”, y “LA ENTIDAD”, el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo
“EL ACUERDO MARCO”, el que en su Cláusula Tercera establece que los instrumentos
consensuales específicos que “LAS PARTES” suscriban para el desarrollo de las acciones previstas
en el mismo, serán formalizados, atendiendo al ámbito de competencia que en cada uno de ellos se
determine, por los servidores públicos designados en el “EL ACUERDO MARCO”.
IV.
“LAS PARTES” suscribieron el día 15 del mes de agosto del año 2023, el Acuerdo de Coordinación,
el cual tiene por objeto establecer los términos y condiciones en que se dará la colaboración entre
ellas, para la coadyuvancia de “LA ENTIDAD” en el ejercicio de facultades en materia de control y
fomento sanitario que le corresponda ejercer a “LA SECRETARÍA”.
DECLARACIONES
I.
“LA SECRETARÍA” declara que:
I.1
De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 2, apartado C, fracción II y 44 del Reglamento
Interior de la Secretaría de Salud (RISS), la Comisión Federal para la Protección contra
Riesgos Sanitarios es uno de sus órganos desconcentrados, que ejerce las atribuciones que la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la LGS, y demás ordenamientos aplicables
le confieren en materia de regulación, control y fomento sanitario; el cual cuenta con
autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
17 bis y 17 bis 1 de la LGS; así como 1 y 3 del Reglamento de la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios; asimismo, en términos de lo dispuesto por el Artículo
Único, fracción I, inciso b) del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades
administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud, se
encuentra bajo el tramo de adscripción de la persona Titular de “LA SECRETARÍA”.
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I.2
Dentro de las atribuciones que ejerce por conducto de la Comisión Federal para la Protección
contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en
las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos
sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o
peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados,
de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de
dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de
los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o
deriven de la LGS, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las
materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la LGS y
3, fracciones I, V, VII y X del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra
Riesgos Sanitarios.
I.3
La D. en C. Armida Zúñiga Estrada, fue designada Comisionada Federal para la Protección
contra Riesgos Sanitarios, por la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Dra. Claudia
Sheinbaum Pardo, lo que acredita con el nombramiento de fecha dieciséis de octubre de dos
mil veinticuatro que le fue expedido; y tiene la competencia y legitimidad para suscribir el
presente Convenio Específico, de conformidad con lo previsto en los artículos 44, párrafo
segundo, 45 y 46, fracción VII del RISS; 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.4
La Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan, Secretaria General de la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios, participa en la suscripción del presente Convenio
Específico, en términos de lo dispuesto por los artículos 4, fracción II, inciso h y 19, fracción XV
del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.5
Cuenta con la disponibilidad de recursos presupuestarios para hacer frente a los compromisos
derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico, en términos de la autorización de
la Subsecretaría de Administración y Finanzas emitida por el Sistema de Contabilidad y
Presupuesto (SICOP) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con los siguientes datos
generados: Número de Suficiencia Presupuestaria: 06811, Folio de Autorización 9733 con
cargo a la partida 43801 SUBSIDIOS A ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS, para la
transferencia de los recursos con motivo del presente Convenio Específico.
I.6
Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su
domicilio el ubicado en calle Oklahoma, número 14, colonia Nápoles, demarcación territorial
Benito Juárez, código postal 03810, en la Ciudad de México.
II.
“LA ENTIDAD” declara que:
II.1
El Mtro. Luis García Sotelo, fue designado por el Gobernador Constitucional del Estado de
Jalisco, mediante nombramiento de fecha 6 de diciembre de 2024, Secretario de la Hacienda
Pública y, por tanto tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio
Específico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 3, fracción I, 5, fracción II, 7,
fracción III, 14, 15, fracciones I y VI, 16 fracción II, y 18 fracciones VII y XXVII, de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.
II.2
El Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez, fue designado por el Gobernador Constitucional del Estado
de Jalisco, mediante nombramiento de fecha 6 de diciembre de 2024, respectivamente,
Secretario de Salud y, por tanto tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente
Convenio Específico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 3, fracción I, 5,
fracción II, 7, fracción III, 14, 15 fracción VI, 16 fracción XVI, 30 fracciones II, XVII, XXVIII,
XXXV y XXXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 4 fracción II, 5
fracción I, 11, numeral 1, de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.
II.3
El Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández fue designado por el Gobernador Constitucional del
Estado de Jalisco, mediante nombramiento de fecha 06 de diciembre de 2024, Director
General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco y, por
tanto tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 66 fracción I de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Jalisco; 23 fracción II de la Ley de Entidades Paraestatales 1, 3,
fracción XI, 10 fracciones I y XI de la Ley del Organismo Público Descentralizado “Servicios de
Salud Jalisco”, aunado a la autorización otorgada en la Sexta Sesión Ordinaria de su Junta
de Gobierno mediante el Acuerdo 009/2020/ORD/VI, de fecha 14 de agosto de 2020, 1 del
Decreto del Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco mediante el cual se
modifica el diverso que Crea la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del
Estado de Jalisco.
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II.4
El Dr. José Antonio Muñoz Serrano fue designado como Comisionado de la Comisión para la
Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, mediante nombramiento de fecha
6 de diciembre de 2024 y, por tanto, participa en la suscripción del presente instrumento
jurídico, de conformidad con los artículos 4, fracción III y 6, de la Ley de Salud del Estado de
Jalisco, 1, 2, 6 y 7 fracciones I y XVIII, del Decreto del C. Gobernador del Estado de Jalisco,
mediante el cual se crea la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado
de Jalisco.
II.5
Dentro de las funciones el Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos
Sanitarios del Estado de Jalisco, se encuentran las de ejercer el control y vigilancia sanitarios
de los establecimientos, actividades y productos enunciados en la Ley de Salud del Estado de
Jalisco; así como establecer mecanismos de coordinación y cooperación para la eficaz
ejecución de las atribuciones a cargo de la COPRISJAL, y participar en la suscripción de los
instrumentos jurídicos correspondientes de salubridad general que se prevean en la Ley
General de Salud, de conformidad con lo establecido en los artículos 4, fracción I, y 7 fracción
XVIII, del Decreto del C. Gobernador del Estado de Jalisco.
II.6
Entre sus prioridades, en materia de salud, se encuentra el fortalecimiento de la ejecución y
desarrollo del programa y proyectos federales de protección contra riesgos sanitarios, así
como de la Red Nacional de Laboratorios.
II.7
Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su
domicilio el ubicado en avenida 8 de julio, número 1489, colonia Morelos, código postal 44910,
en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco.
III.
La “UNIDAD EJECUTORA” declara que:
III.1
De conformidad con “EL ACUERDO MARCO”, el Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández, titular del
Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, tiene la
competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico en su carácter de
“UNIDAD EJECUTORA”, según con lo previsto en los artículos 66 fracción I de la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 23 fracción II de la Ley de Entidades Paraestatales;
1, 3, fracción XI, 10 fracciones I y XI de la Ley del Organismo Público Descentralizado
“Servicios de Salud Jalisco”, aunado a la autorización otorgada en la Sexta Sesión Ordinaria
de su Junta de Gobierno mediante el Acuerdo 009/2020/ORD/VI, de fecha 14 de agosto de
2020, 1 del Decreto del Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco mediante
el cual se modifica el diverso que Crea la Comisión para la Protección contra Riesgos
Sanitarios del Estado de Jalisco, cargo que queda debidamente acreditado con el
nombramiento de fecha 6 de diciembre de 2024.
Una vez expuesto lo anterior, y de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y 75 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los cuales disponen que, los titulares de las
dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y
transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan
conforme a las disposiciones generales aplicables, debiendo sujetarse a los criterios de objetividad, equidad,
transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, acorde a las disposiciones generales aplicables;
“LAS PARTES”, expresan su conformidad en celebrar el presente Convenio Específico, conforme a las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio Específico y sus Anexos 1, 2, 3, 4 y 5, que firmados por “LAS
PARTES”, forman parte integrante del mismo, tiene por objeto transferir recursos federales a “LA ENTIDAD”,
con el carácter de subsidios, que le permitan en términos de los artículos 9o., 13, 17 bis, 18 párrafo segundo y
19, de la Ley General de Salud, coordinar su participación con el Ejecutivo Federal durante el ejercicio fiscal
2025, a fin de fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra
Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, de conformidad con los
Anexos del presente instrumento jurídico.
Para efecto de lo anterior, “LAS PARTES” convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de
“EL ACUERDO MARCO”, cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio Específico como
si a la letra se insertasen.
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Asimismo, “LAS PARTES” reconocen que los recursos federales que se transfieren en los términos de
este Convenio Específico no pierden su carácter federal, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación y
control, se realizarán de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, Ley General de Contabilidad Gubernamental, Ley de Austeridad Republicana, Ley de Disciplina
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, y demás disposiciones jurídicas federales aplicables, así como en las
estipulaciones de este Convenio Específico.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio
Específico, “LA SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios, transferirá a “LA ENTIDAD”, con el carácter de subsidios, recursos federales que se aplicarán
única y exclusivamente al ejercicio de las acciones contenidas en los programas institucionales y por los
importes que se indican a continuación:
PROGRAMA INSTITUCIONAL
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
IMPORTE
“Consolidar la Operación de las
Áreas
de
Protección
contra
Riesgos Sanitarios”
(Regulación y Fomento Sanitarios)
Ramo 12
$4,056,818.00
(CUATRO
MILLONES
CINCUENTA
Y
SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO
PESOS 00/100 M.N.)
“Consolidar la Red Nacional de
Laboratorios de Salud Pública”
(Laboratorio
Estatal
de
Salud
Pública)
Ramo 12
$2,704,546.00
(DOS
MILLONES
SETECIENTOS
CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA
Y SEIS PESOS 00/100 M.N.)
TOTAL
$6,761,364.00
(SEIS
MILLONES
SETECIENTOS
SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y CUATRO
PESOS 00/100 M.N.)
“LAS PARTES” convienen que la transferencia de los recursos federales a que se refiere la presente
Cláusula, será única y estará condicionada a que “LA ENTIDAD” acredite que los recursos federales
transferidos en el ejercicio anterior, así como sus rendimientos financieros hayan sido ejercidos o, en su caso,
reintegrados a la Tesorería de la Federación a través de “LA SECRETARÍA”, mediante línea de captura
generada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los términos y plazos que
se señalan en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios,
así como, de conformidad con las estipulaciones del presente Convenio Específico, acorde a lo previsto en los
Anexos 2 y 3 del Convenio Específico correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior.
La transferencia a que se refiere la presente Cláusula se efectuará dentro de los sesenta (60) días hábiles
siguientes a la fecha en que “LA ENTIDAD” entregue a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal
para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el presente Convenio Específico debidamente firmado en todos
sus tantos que lo conforman, siempre y cuando se cumpla con la condición señalada en el párrafo anterior.
“LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dará aviso a
“LA ENTIDAD” de esta transferencia.
Para tal efecto, “LA ENTIDAD”, a través de su Secretaría de la Hacienda Pública procederá a abrir, en
forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica, en la institución de crédito
bancaria que determine, con la finalidad de que los recursos materia de este Convenio Específico y sus
rendimientos financieros estén debidamente identificados, misma que deberá ser cancelada una vez realizada
la transferencia de los recursos federales ministrados y los rendimientos generados a la “UNIDAD
EJECUTORA”. En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente párrafo, “LA SECRETARÍA”, a través
de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará en aptitud de suspender o
cancelar las subsecuentes ministraciones de subsidios.
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Una vez que sean radicados los recursos federales en la Secretaría de la Hacienda Pública de
“LA ENTIDAD”, ésta última se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que
se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la “UNIDAD EJECUTORA”.
Asimismo, una vez concluido el mes en que se haya realizado la transferencia, la Secretaría de la Hacienda
Pública de “LA ENTIDAD” deberá identificar y remitir a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal
para la Protección contra Riesgos Sanitarios a manera de informe, mediante oficio; el estado de cuenta
bancario y los rendimientos financieros generados, así como la cancelación de la cuenta de apertura para la
ministración de recursos federales.
La “UNIDAD EJECUTORA” deberá informar mediante oficio a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión
Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél
en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan
sido ministrados por la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD”. Para tal efecto,
“LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dará aviso
a la “UNIDAD EJECUTORA” de esta transferencia.
La “UNIDAD EJECUTORA” deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la
Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD”, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica
para este Convenio Específico, a lo cual no se podrá aperturar otro tipo de cuenta, ni transferir lo ministrado a
otras cuentas. En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente párrafo, “LA SECRETARÍA”, a través
de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará en aptitud de suspender o
cancelar las subsecuentes ministraciones de subsidios.
La no ministración de los recursos por parte de la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD” a la
“UNIDAD EJECUTORA” en el plazo establecido en el párrafo quinto de esta Cláusula, se considerará
incumplimiento del presente instrumento jurídico y será causa para que la “UNIDAD EJECUTORA” comunique
tal situación a los Órganos Fiscalizadores competentes para su intervención, quienes deberán solicitar el pago
inmediato a la “UNIDAD EJECUTORA” o el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los
rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación a través de la línea de captura emitida por
la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Asimismo, en caso del incumplimiento,
“LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará en
aptitud de suspender o cancelar las subsecuentes ministraciones de subsidios.
La “UNIDAD EJECUTORA”, dentro de los cinco (5) días hábiles a más tardar siguientes a aquel en que le
hayan ministrado los recursos federales, deberá realizar de conformidad con las disposiciones administrativas
y jurídicas aplicables, las acciones necesarias a efecto de que la Comisión para la Protección contra Riesgos
Sanitarios del Estado de Jalisco inicie las actividades específicas contenidas en el Anexo 2 “Programas,
Objetivos, Indicadores y Metas” del presente Convenio Específico, informando esta última a su vez de dichas
acciones a los quince (15) días hábiles a más tardar a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal
para la Protección contra Riesgos Sanitarios, acorde y según corresponda a lo referido en el Anexo 4
“Programa, Responsables por unidad Administrativa y Coordinaciones de Temas” del presente Convenio
Específico.
Queda expresamente estipulado, que las transferencias de recursos otorgadas con base en el presente
Convenio Específico, no son susceptibles de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que
no implican el compromiso de transferencias posteriores, en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al
Ejecutivo Federal, para el pago de cualquier gasto que pudiera derivar del objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la
transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, “LAS PARTES”
convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.
“LA SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última
implemente para tal fin, verificará a través de la evaluación del cumplimiento de los objetivos,
actividades específicas, indicadores y metas a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio
Específico, que los recursos federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados
únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, sin perjuicio de las atribuciones
que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.
“LA SECRETARÍA” transferirá los recursos federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este
Convenio Específico, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los
contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “LA ENTIDAD”, para cumplir con el
objeto de este Convenio Específico, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y, en su
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caso, mecanismo de supervisión externo que defina “LA ENTIDAD” durante la aplicación de los
recursos federales destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el
cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad
contratadas a través de “LA ENTIDAD”.
III.
“LA ENTIDAD”, dentro de los primeros diez (10) días hábiles siguientes al término de cada mes que
se reporte, enviará el informe detallado sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los
recursos transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, así como pormenorizado sobre el
avance financiero y copia del estado de cuenta bancario, mediante el cual deberá identificar e
informar las transferencias o erogaciones realizadas y los rendimientos financieros generados.
Dicho informe se rendirá conforme al formato denominado “Avance-Financiero 2025”, que se
adjunta al presente instrumento como Anexo 3 “Avance-Financiero 2025”, al que deberá
acompañarse copia legible de la documentación que justifique y compruebe lo correspondiente o,
en su caso, un disco compacto que contenga copia digital legible de dicha documentación; así
como el estado de cuenta bancario al que se hace referencia y la Relación de Gasto sobre el
ejercicio de los recursos transferidos. En virtud de ello, el “Avance-Financiero 2025” que presente
“LA ENTIDAD”, deberá corresponder con los CFDI y la copia del estado de cuenta bancario
respectivo.
En el informe mensual a que se refiere la presente fracción, sólo se señalarán los recursos
efectivamente ejercidos durante el mes que se reporta. En el supuesto de que en un mes no se
ejercieran recursos, el informe se enviará en ceros, acompañado de una justificación que sustente
las razones por las que no fueron ejercidos recursos en el mismo. El cómputo del primer mes a
informar, comenzará a partir de la fecha de realización de la transferencia de recursos
a “LA ENTIDAD”.
“LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios,
podrá en todo momento, verificar en coordinación con “LA ENTIDAD”, la documentación que
permita observar el ejercicio de los recursos federales transferidos a “LA ENTIDAD”, así como sus
rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y
comprueben el ejercicio de dichos recursos.
Es responsabilidad de “LA ENTIDAD” que la documentación comprobatoria y justificativa del gasto
cumpla con la normatividad fiscal.
Asimismo, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios, verificará aleatoriamente los comprobantes digitales emitidos por el SAT que le sean
presentados por “LA ENTIDAD”.
IV.
“LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios,
si lo considera necesario, y atendiendo la disponibilidad de su personal a cargo y presupuestaria,
podrá durante la vigencia del presente instrumento practicar visitas de verificación, o en su caso,
llevar a cabo reuniones de seguimiento ya sea de manera presencial o virtual (vía internet), a efecto
de observar el cumplimiento de los programas, objetivos, Actividades Específicas, indicadores y
metas, previstos en el Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” de este Convenio
Específico.
V.
“LAS PARTES” convienen que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos
federales que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes en los
plazos establecidos y documentación correspondientes, “LA SECRETARÍA”, conforme a lo
dispuesto por el artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, estará
en aptitud de suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos públicos federales,
dando aviso de inmediato a las autoridades fiscalizadoras competentes de dicha omisión.
VI.
Los recursos federales que “LA SECRETARÍA” se compromete a transferir a “LA ENTIDAD”,
estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de
conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal
efecto se establezca.
CUARTA. OBJETIVOS, ACTIVIDADES ESPECÍFICAS, INDICADORES Y METAS.- “LAS PARTES”
convienen en que los programas, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas de las acciones que
se realicen para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, son los que se detallan en su
Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas”.
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QUINTA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS.- Los recursos federales a los que alude la Cláusula
Segunda de este instrumento jurídico y los rendimientos financieros que éstos generen, se destinarán en
forma exclusiva para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección
contra Riesgos Sanitarios y de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, en los términos previstos en
el presente Convenio Específico y acorde al Anexo 1 “Conceptos para la Aplicación de Recursos”.
Dichos recursos serán aplicados con base en el Anexo 5 “Catálogo de Insumos” que genere
“LA SECRETARÍA”, a través de las unidades administrativas competentes de la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios y, el Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos
Sanitarios del Estado de Jalisco, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente
Convenio Específico forma parte integral del mismo; tomando como referencia el “Clasificador por objeto del
Gasto para la Administración Pública Federal” vigente. Dichos recursos no podrán traspasarse a otros
conceptos de gasto diversos al objeto del presente instrumento jurídico. En el supuesto de requerir
modificaciones en el Catálogo de referencia, éstas deberán ser solicitadas durante la vigencia del presente
instrumento jurídico.
El Anexo 5 “Catálogo de Insumos” además, será sustanciado y validado conforme a la Memoria de Cálculo
que genere “LA ENTIDAD” y valide “LA SECRETARÍA” a través de las unidades administrativas competentes
de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, el Comisionado de la Comisión para la
Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco la cual deberá ser firmada y avalada por quienes
participen en su elaboración, revisión, autorización, y en su caso modificación o actualización. Dicha Memoria
de Cálculo servirá como base para la revisión de la documentación de pago, que soporta la aplicación de los
recursos. En el supuesto de requerir modificaciones a la Memoria de Cálculo, estas deberán solicitarse en los
meses de junio, septiembre y diciembre de 2025.
Los recursos federales que se transfieren, se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175 del
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por
“LA ENTIDAD” en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su
Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que su asignación, ejercicio, ejecución y
comprobación deberá sujetarse a las disposiciones federales aplicables.
“LAS PARTES” convienen que los recursos federales transferidos a “LA ENTIDAD” no ejercidos,
remanentes y saldos disponibles que al 31 de diciembre de 2025 que no se encuentren devengados en
términos del presente Convenio Específico, deberán ser reintegrados en su totalidad a la Tesorería de la
Federación a través de “LA SECRETARÍA”, mediante línea de captura generada por la Comisión Federal para
la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los primeros quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio
fiscal referido en el objeto del presente instrumento, incluyendo los rendimientos financieros generados a la
fecha del reintegro, conforme a las disposiciones aplicables y, en su caso, en los términos del artículo 17 de la
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- “LAS PARTES” convienen en que los gastos administrativos que
deriven del cumplimiento del presente instrumento jurídico, deberán ser realizados por “LA ENTIDAD” con
cargo a sus recursos.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD”.- Adicionalmente a los compromisos establecidos en
“EL ACUERDO MARCO” y en el presente Convenio Específico, “LA ENTIDAD” se obliga a:
I.
Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones jurídicas aplicables al ejercicio del gasto público
federal, dando aviso a las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada, conforme a lo
establecido en la normativa aplicable, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, responsable
ante “LA SECRETARÍA” del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente
instrumento jurídico.
II.
Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para
el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico,
particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición
de cuentas y transparencia de los recursos federales transferidos, en términos de las disposiciones
jurídicas aplicables.
III.
Remitir por conducto de la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD”,
a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores al cierre de mes, en el cual se
hayan recibido los recursos federales que se detallan en el presente Convenio Específico, el CFDI
conforme a la normatividad aplicable y el estado de cuenta bancario en el cual deberá identificar los
rendimientos generados.
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Asimismo, la “UNIDAD EJECUTORA” deberá remitir a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión
Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, mediante oficio, en un plazo no mayor a diez
(10) días hábiles posteriores al cierre de mes en el cual se realizó la recepción de la ministración
por parte de la Secretaría de la Hacienda Pública, de “LA ENTIDAD”, el estado de cuenta bancario
que acredite la recepción de dichas ministraciones y deberá informar los rendimientos financieros
que le hayan sido ministrados, conforme a la normativa aplicable.
La documentación comprobatoria a que se refieren los párrafos anteriores deberá ser expedida a
nombre de la Secretaría de Salud; precisar el monto de los recursos transferidos; señalar las
fechas de emisión y de recepción de los recursos; precisar el nombre del programa institucional y
los conceptos relativos a los recursos federales recibidos. Dicha documentación deberá remitirse
en archivo electrónico Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), junto con los estados de
cuenta bancarios que acrediten la recepción de dichos recursos.
IV.
Integrar la información financiera relativa a los recursos federales transferidos para la ejecución del
objeto del presente Convenio Específico, en los términos previstos en el artículo 70 de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental.
V.
Aplicar los recursos federales transferidos y sus rendimientos financieros, conforme a los
programas, objetivos, actividades específicas, indicadores, metas y calendarización previstos en el
Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” del presente Convenio Específico.
VI.
Gestionar a través de la “UNIDAD EJECUTORA”, a los cinco (5) días hábiles de la recepción de los
recursos, los procesos de adquisición para la compra de los insumos que se determinan en el
Anexo 5 “Catálogo de Insumos” y que son necesarios para dar cumplimiento a las actividades
contenidas en este instrumento.
VII.
Entregar, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, a “LA SECRETARÍA”, a través de la
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los términos estipulados en el
presente Convenio Específico, los informes mensuales sobre el ejercicio, destino y los resultados
obtenidos con los recursos transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, así como sobre
el avance financiero y estado de cuenta bancario, mediante el cual deberá identificar e informar los
rendimientos financieros generados.
VIII.
Mantener bajo su custodia, a través de la “UNIDAD EJECUTORA”, la documentación
comprobatoria
original
de
los
recursos
federales
erogados,
la
cual
deberá
exhibir
a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
y, en su caso, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como por los órganos
fiscalizadores competentes, cuando le sea requerida.
IX.
Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este
Convenio Específico, haya sido emitida por la persona física o moral a la que se efectuó el pago
correspondiente y cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales
aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la
Federación, los que deberán expedirse a nombre de “LA ENTIDAD”. Para lo cual, se deberá remitir
archivo electrónico CFDI. Asimismo, deberá remitir a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión
Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el archivo electrónico con la Verificación de
Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria
(SAT).
La autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos federales
erogados, será responsabilidad de la “UNIDAD EJECUTORA”.
X.
Es obligatorio cancelar, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, la documentación
comprobatoria, con la leyenda “Operado con recursos federales, para el (Programa Institucional
que corresponda) del Ejercicio Fiscal 2025”, así como para aquella documentación comprobatoria,
a la que, en su caso, se le aplicará dicha leyenda en el comunicado que emita “LA SECRETARÍA”,
a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a “LA ENTIDAD” de
acuerdo con los criterios correspondientes.
XI.
Reportar y dar seguimiento mensual, a través del Comisionado de la Comisión para la Protección
contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, sobre el cumplimiento de los programas, objetivos,
Actividades Específicas, indicadores y metas, previstos en el Anexo 2 “Programas, Objetivos,
Indicadores y Metas” de este Convenio Específico, los resultados de las evaluaciones que se hayan
realizado.
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XII.
Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en
que los requiera “LA SECRETARÍA”, mediante línea de captura generada por la Comisión Federal
para la Protección contra Riesgos Sanitarios, los recursos federales transferidos y sus rendimientos
financieros, que después de radicados a la Secretaría de la Hacienda Pública de “LA ENTIDAD”, no
hayan sido ministrados a la “UNIDAD EJECUTORA”, o que una vez ministrados a esta última, se
mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio Específico.
XIII.
Mantener actualizada, la información relativa a los avances en el ejercicio de los resultados de los
recursos transferidos, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación
de los resultados que se obtengan con los mismos.
XIV.
Proporcionar, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, la información y documentación que
“LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios,
le solicite en las visitas de verificación que ésta última opte por realizar, para observar el
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como que los
recursos federales transferidos con motivo del mismo, sean destinados únicamente para el
cumplimiento de su objeto.
XV.
Permitir las visitas de verificación que “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios lleve a cabo a efecto de observar el cumplimiento de los
programas, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas, previstos en el presente
Convenio Específico, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de
los resultados que se obtengan con los mismos.
XVI.
Establecer, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas, medidas
de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos
transferidos.
XVII. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a los órganos de control y de
fiscalización de “LA ENTIDAD” y entregarles copia del mismo.
XVIII. Difundir en la página de Internet de la “UNIDAD EJECUTORA”, el presente Convenio Específico,
así como los conceptos financiados con los recursos federales transferidos en virtud del mismo,
incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones
aplicables.
XIX.
Gestionar, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, la publicación del presente instrumento
jurídico en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”.- Adicionalmente a los compromisos establecidos en
“EL ACUERDO MARCO”, “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra
Riesgos Sanitarios, se obliga a:
I.
Transferir a “LA ENTIDAD”, con el carácter de subsidios, los recursos federales a que se refiere el
presente Convenio Específico.
II.
Verificar que los recursos federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, hayan
sido aplicados conforme al objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia
correspondan a otras instancias competentes de los poderes Ejecutivo y Legislativo Federales y/o
de “LA ENTIDAD”.
III.
Verificar que la “UNIDAD EJECUTORA”, envíe en los términos estipulados en el presente Convenio
Específico, los informes mensuales sobre el ejercicio, y los resultados obtenidos con los recursos
transferidos en virtud de la celebración del presente instrumento jurídico, así como sobre el avance
financiero y estado de cuenta bancario, mediante el cual identifique e informe los rendimientos
financieros.
IV.
Verificar que “LA ENTIDAD”, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA”, envíe la documentación
justificatoria y comprobatoria del gasto de los recursos federales transferidos, en términos de lo
estipulado en el presente Convenio Específico.
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V.
Verificar que “LA ENTIDAD” efectúe, dentro de los quince (15) días naturales siguientes, el
reintegro a la Tesorería de la Federación, mediante línea de captura generada por la Comisión
Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de los recursos federales transferidos y sus
rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de la Hacienda Pública de
“LA ENTIDAD”, no hayan sido ministrados a la “UNIDAD EJECUTORA”, o que una vez ministrados
a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio
Específico.
VI.
Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean
requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio
Específico.
VII.
Dar seguimiento mensualmente, en coordinación con “LA ENTIDAD”, sobre el avance en el
cumplimiento de la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico.
VIII.
Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se
destinen los recursos financieros transferidos, con base en el seguimiento de los resultados de las
evaluaciones realizadas.
IX.
Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico a la Auditoría Superior de la Federación.
X.
Difundir en su página de Internet el presente Convenio Específico, así como los conceptos
financiados con los recursos federales transferidos en virtud del mismo, incluyendo los avances y
resultados financieros, en los términos de las disposiciones aplicables.
XI.
Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario
Oficial de la Federación.
NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN, SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CONTROL.- La verificación,
seguimiento y evaluación de los recursos federales transferidos por “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” con
motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a “LA SECRETARÍA” y a la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio
Específico.
Para el caso de “LA SECRETARÍA”, las acciones a que se refiere el párrafo anterior, se realizarán por
conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a través de las unidades
administrativas que la integran, en ejercicio de las atribuciones que les confiere el Reglamento de la Comisión
Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, por conducto de los responsables por unidad
administrativa y coordinaciones de temas referidos en el Anexo 4 “Programa, responsables por unidad
administrativa y coordinaciones de temas” de este Convenio Específico, quienes estarán obligados a dar
seguimiento al cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, al programa de que se trate y, al
objetivo específico precisados en el anexo en cita, en concordancia con la información que se genere por
“LA ENTIDAD” en cumplimiento del Anexo 2 “Programas, Objetivos, Indicadores y Metas” de este Convenio
Específico.
El control y la fiscalización de dichos recursos, quedarán a cargo de las autoridades federales y locales, en
sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Cuando las autoridades federales o locales que participen en la ejecución del presente Convenio
Específico, detecten que los recursos federales transferidos no han sido aplicados a los fines que se señalan
en el presente Convenio Específico, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría
Superior de la Federación, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, de la Contraloría Estatal y/o
equivalente y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
En el caso de que “LA ENTIDAD” incumpla con cualquiera de las obligaciones contraídas en el presente
instrumento jurídico y aquellas legalmente establecidas, se dará aviso a los Órganos Fiscalizadores
competentes, para su intervención y se solicitará el reintegro, a la Tesorería de la Federación, de recursos
transferidos no devengados ni comprobados, así como los rendimientos financieros generados.
DÉCIMA. MANEJO DE LA INFORMACIÓN.- El manejo de la información que se presente, obtenga o
produzca en virtud del cumplimiento de este instrumento jurídico, será clasificada por “LAS PARTES”,
atendiendo a los principios de confidencialidad, reserva y protección de datos personales que se desprenden
de las disposiciones aplicables en la materia, por lo que “LAS PARTES”, se obligan a utilizarla o aprovecharla
únicamente para el cumplimiento del objetivo del presente Convenio Específico.
92
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Asimismo, “LAS PARTES” se obligan a no revelar, copiar, reproducir, explotar, comercializar, modificar,
duplicar, divulgar o difundir a terceros, la información que tenga carácter de confidencial, sin la autorización
previa y por escrito del titular de la misma y de “LAS PARTES”.
DÉCIMA PRIMERA. AVISOS, COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.- “LAS PARTES” convienen en
que todos los avisos, comunicaciones y notificaciones que se realicen con motivo del presente instrumento
jurídico, se llevarán a cabo por escrito en los domicilios señalados en el apartado de Declaraciones.
Cualquier cambio de domicilio de “LAS PARTES” deberá ser notificado por escrito a la otra, con al menos
diez (10) días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda que surta efectos ese cambio. Sin este
aviso, todas las comunicaciones se entenderán válidamente hechas en los domicilios señalados por
“LAS PARTES”.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por “LAS PARTES”, que el
personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente
instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó,
por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser
considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la
otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar
o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil,
penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA TERCERA. VIGENCIA.- El presente Convenio Específico comenzará a surtir sus efectos a partir
de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025.
La conclusión de la vigencia del presente instrumento jurídico no exime las obligaciones de comprobación,
envío de documentación (estados de cuenta bancarios, notificación del cierre de la cuenta bancaria
aperturada para el ejercicio fiscal, cierre del ejercicio) y/o reintegro a cargo de “LA ENTIDAD”.
DÉCIMA CUARTA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- “LAS PARTES” acuerdan que el
presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo por escrito, sin alterar su estructura y en
estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a
sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en
el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en
este instrumento jurídico, “LAS PARTES” acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar
dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la
suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico podrá darse por
terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en “EL ACUERDO MARCO”.
DÉCIMA SEXTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse por las
causas que señala “EL ACUERDO MARCO”.
DÉCIMA SÉPTIMA. INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- “LAS PARTES” manifiestan
su conformidad para interpretar y resolver, de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento
del presente Convenio Específico, así como en sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en las
disposiciones jurídicas aplicables.
Asimismo, convienen en que de las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento
del presente Convenio Específico, conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México,
renunciando “LAS PARTES” a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles en razón de su domicilio
presente o futuro.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por
quintuplicado a los quince días del mes de agosto del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría:
la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.-
Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios,
Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda Pública,
Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.- Rúbrica.-
El Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco,
Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra
Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica.
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93
ANEXO 1
CONCEPTOS PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS
ENTIDAD:
JALISCO
CONCEPTO:
Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos
Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio
Estatal de Salud Pública)
PROGRAMA:
Protección contra Riesgos Sanitarios
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de
protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo específico
Protección contra
riesgos sanitarios
Fortalecimiento a la
Red Nacional de
Laboratorios
Total
Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad
de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias.
$824,886.00
$540,911.00
$1,365,797.00
Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de
Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de
cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de
Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a
la salud pública y la aplicación de medidas preventivas de manera
oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos
contaminados.
$114,943.00
$81,136.00
$196,079.00
Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de
alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de
enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las
emergencias sanitarias.
$196,080.00
$135,227.00
$331,307.00
Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que
permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección
contra riesgos sanitarios potencialmente presentes en productos
lácteos no sometidos a tratamiento térmico.
$196,080.00
$135,227.00
$331,307.00
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua
de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la
preparación de alimentos e higiene, así como para actividades
recreativas en agua).
$770,795.00
$473,295.00
$1,244,090.00
Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes
adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la
Farmacovigilancia como herramienta que permita conocer el perfil de
seguridad
de
los
medicamentos.
Fomentar
actividades
de
Farmacovigilancia mediante la capacitación constante.
$229,886.00
$229,886.00
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
$365,114.00
$243,409.00
$608,523.00
Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión,
capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la
rendición de cuentas, promover la integridad en el servicio público,
prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la
correcta ejecución de los procesos de regulación, control y fomento
sanitario.
$162,273.00
$162,273.00
Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal
Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente.
$81,136.00
$81,136.00
Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en
materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad
Informática.
94
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Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de
protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo específico
Protección contra
riesgos sanitarios
Fortalecimiento a la
Red Nacional de
Laboratorios
Total
Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal
Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación
continua en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS.
$74,375.00
$74,375.00
Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de
emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por
enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas,
hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a
través de acciones de control sanitario.
$622,045.00
$622,045.00
Control de la validación documental, emisión de resoluciones de
solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de
verificación.
$33,807.00
$33,807.00
Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de
antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia
Antimicrobiana.
$87,898.00
$101,420.00
$189,318.00
Implementar acciones para la integración de información relacionada
con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro
de Información Toxicológica de COFEPRIS.
$94,659.00
$94,659.00
Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos
establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos
(CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de
los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de
calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue
otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero
Autorizado (TA).
$993,921.00
$993,921.00
Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y
fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines
estéticos.
$135,227.00
$135,227.00
Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de
compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada.
$67,614.00
$67,614.00
TOTAL
$4,056,818.00
$2,704,546.00
$6,761,364.00
LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS
OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE JALISCO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD
REPUBLICANA, SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES
RESPONSABLES.
ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE
SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA
RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO
FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN
CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, EL QUINCE DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida
Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda
Pública, Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.-
Rúbrica.- El Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco,
Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra
Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica.
Jueves 13 de noviembre de 2025
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95
ANEXO 2
PROGRAMAS, OBJETIVOS, INDICADORES Y METAS
ENTIDAD:
JALISCO
CONCEPTO:
Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento
de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública)
PROGRAMA:
Protección contra Riesgos Sanitarios
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
1. Actualizar y enviar a la COFEPRIS el padrón de establecimientos que procesan (empacan y/o acopian)
frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos
correspondientes.
1
1
2. Realizar visitas de verificación a los establecimientos (plantas de empaque y/o centros de acopio) que
procesan frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas.
1
2
1
2
6
3. Realizar la toma de muestras en plantas de empaque y/o en centros de acopio para análisis microbiológico y
envío de las mismas al LESP de frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas, a las cuales se
efectuarán las determinaciones especificadas en la programación correspondiente y que deben coincidir con
las registradas en el apartado del LESP.
5
10
5
10
30
4. Notificar los resultados de análisis frutas y hortalizas frescas mínimamente procesadas, a la COFEPRIS de
manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes.
1
1
1
1
4
5. Realizar la toma de muestras y envío de las mismas al LESP de los productos de la pesca, cárnicos, lácteos
y huevo, a las cuales se efectuarán las determinaciones microbiológicas especificadas en la programación
correspondiente y que deben coincidir con las registradas en el apartado del LESP.
51
51
51
51
47
251
6. Notificar los resultados de análisis los productos de la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, a la COFEPRIS de
manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes.
1
1
1
1
1
5
7. Participar en las reuniones de trabajo que la COFEPRIS otorgue relacionados con el monitoreo de la
inocuidad de los alimentos, específicamente en materia de residuos de plaguicidas.
8. Enviar a la COFEPRIS en el formato establecido, el avance del padrón de establecimientos, centrales de
abasto o almacenes de alto volumen, ubicados en la entidad federativa y que comercialicen productos
nacionales.
9. Realizar en los establecimientos la toma de muestras de alimentos (productos agrícolas frescos
mínimamente procesados), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar residuos de
plaguicidas.
1
1
1
1
1
5
10. Notificar a la COFEPRIS los resultados del análisis de los productos agrícolas mínimamente procesados,
de manera mensual en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes.
1
1
1
1
1
5
11. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la
población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con el
consumo de alimentos, de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario.
3
4
3
3
4
17
LESP
12. Realizar las determinaciones microbiológicas especificadas en las sábanas de muestreo a las frutas y
hortalizas de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin (LESP).
10
20
10
20
60
13. Realizar las determinaciones microbiológicas especificadas en las sábanas de muestreo a los productos de
la pesca, cárnicos, lácteos y huevo, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este
fin.
51
51
51
51
47
251
14. Realizar las determinaciones de residuos de plaguicidas de los productos agrícolas frescos mínimamente
procesados, de conformidad con los lineamientos establecidos.
3
3
3
3
3
15
96
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento
de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la aplicación de medidas
preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
15. Cumplir con el número de visitas programadas para la toma de muestras de agua y producto en las áreas
de cosecha de moluscos bivalvos, así como el envío de muestras a los LESP.
16. Notificar los resultados de análisis de las determinaciones realizadas en agua y producto a la COFEPRIS
de manera mensual a través del sistema electrónico autorizado en el formato oficial y de conformidad con los
lineamientos correspondientes.
17. Realizar el monitoreo de fitoplancton en agua de mar, con base en los lineamientos emitidos por la
COFEPRIS.
20
20
20
20
20
100
18. Notificar los resultados de análisis de agua de mar a la COFEPRIS de manera mensual a través del sistema
electrónico autorizado en el formato oficial y de conformidad con los lineamientos correspondientes.
1
1
1
1
1
5
LESP
19. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para agua (coliformes fecales) en áreas de
cosecha de moluscos bivalvos.
20. Realizar el análisis del número de determinaciones establecidas para producto (E. coli, Salmonella sp,
Vibrio cholerae y Vibrio parahaemolyticus) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos.
21. Realizar análisis de biotoxinas marinas en moluscos bivalvos de acuerdo con lo establecido por COFEPRIS
(pruebas para detección de PSP, ASP y DSP en los Estados con litoral en el Océano Pacífico y PSP, ASP,
DSP y NSP en los Estados del Golfo de México) de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por
COFEPRIS.
3
3
3
9
22. Realizar las determinaciones de fitoplancton en agua de mar con base en los lineamientos emitidos por la
COFEPRIS.
20
20
20
20
20
100
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la
falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
23. Ratificar o notificar el nombre del personal responsable estatal de los programas de sal y harinas para el
ejercicio 2025.
24. Enviar actualización del padrón estatal de salineras, envasadoras de sal y molinos de harina de trigo y
maíz.
25. Realizar visitas de verificación a las salineras y envasadoras de sal tomando como referencia el padrón
actualizado.
1
1
26. Realizar el muestreo de sal durante las visitas de verificación sanitaria para constatación de adición de
nutrimentos (yodo y flúor), en envasadoras y también en puntos de venta de sal, de conformidad con lo
establecido en los lineamientos emitidos para este fin.
1
1
27. Realizar visitas de verificación a los molinos de harinas de maíz y trigo tomando como referencia el padrón
actualizado.
3
3
2
8
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
97
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la
falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
28. Realizar el muestreo de harinas de trigo y maíz durante las visitas de verificación sanitaria para
constatación de adición de nutrimentos (zinc. ácido fólico y hierro), en molinos de harinas de maíz y trigo,
también en puntos de venta de estos productos de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos
para este fin.
3
3
2
8
29. Notificar los resultados de análisis de los productos de sal y harinas a la COFEPRIS de manera mensual
mediante el sistema electrónico autorizado en los formatos oficiales, incluyendo la cédula aplicada de la
constatación de la adición de nutrimentos a sal y harinas de los establecimientos visitados (salineras,
envasadoras de sal y molinos de trigo y maíz) de conformidad con los lineamientos correspondientes.
1
3
1
3
2
10
30. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la
población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con la
fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz), de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión
de Fomento Sanitario.
3
4
3
3
4
17
LESP
31. Realizar las determinaciones especificadas en la sábana de muestreo para sal (yodo y flúor), de
conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin.
2
2
32. Realizar las determinaciones especificadas en la sábana de muestreo para harinas (zinc. ácido fólico y
hierro), de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin.
9
9
6
24
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios
potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
33. Participar en las reuniones de trabajo sobre Zoonosis-Brucelosis.
1
1
34. Enviar a la COFEPRIS los informes de las reuniones intersectoriales que coordine el Área Estatal de
Protección contra Riesgos Sanitarios para la revisión de la situación de la brucelosis en la entidad federativa.
1
1
35. Enviar a la COFEPRIS el padrón actualizado de elaboradores y puntos de venta de productos lácteos no
sometidos a tratamiento térmico, que se comercializan en la entidad federativa.
36. Enviar a la COFEPRIS los resultados del monitoreo de Brucella spp en productos lácteos no sometidos a
tratamiento térmico comercializados en la entidad federativa.
1
1
1
1
4
37. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, dirigidas a manejadores de alimentos y a la
población en general, con el propósito de contribuir a la disminución de los riesgos sanitarios asociados con la
fortificación de alimentos (brucelosis), de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento
Sanitario.
3
4
3
3
4
17
LESP
38. Realizar las determinaciones de Brucella spp en productos lácteos (leche) no sometidos a tratamiento
térmico, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin.
3
4
3
3
13
39. Realizar las determinaciones de Brucella spp en productos lácteos (queso) no sometidos a tratamiento
térmico, de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin.
5
5
6
5
21
98
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e
higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
40. Enviar a la COFEPRIS el “Plan de muestreo anual para la vigilancia de la calidad microbiológica del agua
para uso y consumo humano proveniente de la red de distribución de los sistemas formales de abastecimiento”,
de acuerdo con los Lineamientos Técnicos emitidos por la COFEPRIS.
41. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre los resultados del monitoreo de cloro residual libre, de
coliformes fecales o Escherichia coli y Giardia lamblia realizado en la entidad federativa.
1
1
1
1
1
5
42. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre los acuses de las notificaciones realizadas a los
responsables del abastecimiento del agua respecto a los resultados fuera de los límites permisibles en la
determinación de cloro residual libre, de coliformes fecales o Escherichia coli y Giardia lamblia así como de las
acciones realizadas.
1
1
1
1
1
5
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e
higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
43. Enviar a la COFEPRIS el Informe de Resultados de la Vigilancia de la Calidad Microbiológica del Agua para
Uso y Consumo Humano con base en los resultados de la determinación de cloro residual libre, los análisis
bacteriológicos y la detección de Giardia lamblia realizados conforme a los lineamientos establecidos en dicho
año.
1
1
44. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para
abordar temas relacionados al proyecto de agua de calidad microbiológica.
45. Enviar a la COFEPRIS el programa de muestreo anual para las determinaciones fisicoquímicas, radiactivas,
compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados para la vigilancia de la calidad
fisicoquímica del agua en la red de distribución y plantas potabilizadoras de los sistemas de abastecimiento de
agua de uso y consumo humano.
46. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo de los parámetros fisicoquímicas,
radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en los
sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo humano.
1
1
1
1
1
5
47. Enviar a la COFEPRIS las notificaciones realizadas a los responsables del abastecimiento del agua en
localidades, municipios o entidades federativas, respecto a los resultados del monitoreo de los parámetros
fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua
de uso y consumo.
1
1
1
1
1
5
48. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados del monitoreo de los parámetros fisicoquímicos, radiactivas,
compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua de uso y consumo en cada
una de las plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano seleccionadas en la entidad federativa.
1
1
1
1
1
5
49. Enviar a la COFEPRIS las notificaciones generadas a los organismos responsables y/u operadores de las
plantas potabilizadoras de agua de uso y consumo humano de los sistemas de abastecimiento.
1
1
1
1
1
5
50. Enviar a la COFEPRIS el informe anual de los impactos en la salud de la población, por las acciones
realizadas por el Área Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios respecto al monitoreo de los parámetros
fisicoquímicos, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u otros parámetros de riesgo priorizados en agua
de uso y consumo (tomas domiciliares y plantas potabilizadoras).
1
1
51. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para
abordar temas relacionados al proyecto de agua de calidad fisicoquímica.
52. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo prevacacional de playas prioritarias
de acuerdo a lo señalado en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS.
1
1
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
99
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e
higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
53. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo mensual de playas prioritarias de
acuerdo a lo señalado en los lineamientos establecidos por la COFEPRIS.
1
1
1
3
54. Enviar a la COFEPRIS el informe mensual sobre la asistencia a las reuniones convocadas por los Comités
de Playas, incluyendo información sobre los acuerdos generados durante dichas reuniones o las minutas
correspondientes.
1
1
1
1
1
5
55. Enviar a la COFEPRIS el informe sobre las notificaciones realizadas a los Comités de Playas, respecto a
los resultados del monitoreo de enterococos en agua de mar de playas de uso recreativo con contacto primario,
cuando estos resultados rebasen el límite permisible establecido por la Secretaría de Salud, así como de las
acciones realizadas.
1
1
1
1
4
56. Enviar a la COFEPRIS un informe anual en el que se analicen los resultados obtenidos del programa de
muestreo de la determinación de Enterococos en agua de mar.
1
1
57. Difundir al interior de los Comités de Playas, la cédula de caracterización de las playas contenidos en el
universo de monitoreo que lleva a cabo la entidad de acuerdo a lo establecido en los lineamientos de la
COFEPRIS.
58. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para
abordar temas relacionados al proyecto de agua de contacto: Vigilancia de la calidad del agua de mar para uso
recreativo con contacto primario.
1
1
59. Enviar a la COFEPRIS el reporte de resultados obtenidos del monitoreo de E. coli realizados en cuerpos de
agua dulce para uso recreativo con contacto primario.
1
1
1
1
1
5
60. Enviar a la COFEPRIS el informe sobre las notificaciones realizadas a la autoridad correspondiente,
respecto a los resultados del monitoreo de E. coli en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con contacto
primario que rebasaron el límite permisible establecido por la Secretaría de Salud, así como de las acciones
realizadas.
1
1
1
1
1
5
61. Enviar a la COFEPRIS un informe anual en el que se analicen los resultados obtenidos del programa de
muestreo de la determinación de E. Coli en cuerpos de agua dulce.
1
1
62. Difundir con la autoridad correspondiente la cédula de caracterización de cuerpos de agua dulce y sitios de
muestreo contenidos en el universo de monitoreo que lleva a cabo la entidad de acuerdo a lo establecido en los
lineamientos establecidos por la COFEPRIS.
63. Validar los sitios de muestreo de los cuerpos de agua dulce que deberán ser vigilados por las entidades
federativas.
64. Participar en las reuniones de trabajo que convoque la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos para
abordar temas relacionados al proyecto de agua de contacto: Vigilancia de cuerpos de agua dulce donde se
realicen actividades de uso recreativo con contacto primario.
LESP
65. Realizar los análisis microbiológicos, en el porcentaje definido respecto al total de las muestras tomadas
por el APCRS en el mes, y cuyos resultados están por debajo de lo establecido en la NOM-127-SSA1-2021.
20%
20%
20%
20%
20%
20%
66. Realizar el análisis de Giardia Lamblia de acuerdo a lo establecido en la NOM-127-SSA1-2021.
67. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u
otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en los sistemas de abastecimiento de agua de uso y consumo
humano.
118
118
118
118
118
590
68. Realizar los análisis de los parámetros fisicoquímicas, radiactivas, compuestos orgánicos sintéticos y/u
otros parámetros de riesgo priorizados de riesgo en agua de uso y consumo en cada una de las plantas
potabilizadoras de agua de uso y consumo humano seleccionadas en la entidad federativa.
5
6
5
4
4
24
69. Realizar los análisis del monitoreo prevacacional de playas prioritarias.
60
60
70. Realizar los análisis del monitoreo mensual de playas prioritarias.
10
10
10
30
71. Realizar los análisis del monitoreo E. coli realizados en cuerpos de agua dulce para uso recreativo con
contacto primario.
7
7
7
7
7
35
100
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como
herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación constante.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
72. Elaborar el plan anual de trabajo en materia de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia.
73. Elaborar el reporte de Implementación o seguimientos de unidades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia
en el sistema nacional de salud.
1
1
2
74. Elaborar el reporte de seguimiento de actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia.
1
1
1
3
75. Realizar capacitaciones en Farmacovigilancia y Tecnovigilancia.
76. Realizar asesorías en Farmacovigilancia y Tecnovigilancia.
3
3
3
3
12
77. Realizar el Congreso Estatal de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia.
1
1
78. Realizar el reporte de visitas de supervisión en materia de Farmacovigilancia realizado a las unidades del
sistema nacional de salud.
1
1
1
1
4
79. Participar en la reunión nacional.
1
1
80. Atender las solicitudes emitidas por el CNFV.
1
1
1
1
1
5
81. Elaborar el reporte final de actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia realizadas en el 2025.
1
1
82. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión en el tema de farmacovigilancia y
tecnovigilancia dirigidas al personal de salud y a la población en general, de acuerdo a los lineamientos
emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario.
3
4
3
3
4
17
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
83. Implementar el Programa de Vigilancia Sanitaria en materia de productos y servicios basado en riesgos, así
como realizar visitas de verificación sanitaria en materia de productos y servicios, para conocer las condiciones
sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos
sanitarios.
95
95
95
95
95
475
84. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados a la comercialización de agua para
consumo humano, Purificadoras de Agua, para conocer las condiciones sanitarias de los establecimientos, así
como el cumplimiento de la Norma NOM-201-SSA1-2015, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios.
5
5
5
5
5
25
85. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados a la fabricación, venta y distribución
de suplementos alimenticios (productos engaño) para conocer las condiciones sanitarias de los
establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios.
9
9
9
9
9
45
86. Realizar visitas de verificaciones sanitarias en establecimientos que vendan o comercialicen productos del
tabaco, nicotina, productos de tabaco calentado (PTC), los sistemas electrónicos de administración de nicotina
(SEAN), bolsas de nicotina, para verificar la documentación legal del establecimiento y de los productos que
comercializan y que ampare su ingreso al territorio nacional, el cumplimiento de la normatividad del etiquetado
de los productos , a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios.
13
13
13
13
13
65
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
101
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
87. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados al sacrificio y faenado de productos
cárnicos (rastros y mataderos), para constatar las condiciones sanitarias en las que operan los
establecimientos, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios.
2
3
3
3
3
14
88. Realizar el muestreo de productos cárnicos para determinación de Clenbuterol en rastros, mataderos y
puntos de venta, durante la verificación sanitaria de conformidad con lo establecido en los lineamientos
emitidos para este fin.
17
17
17
12
12
75
89. Realizar visitas de verificación sanitarias en establecimientos de los Sistemas Estatales DIF (comedores,
asilos, guarderías, alberges, centros de atención múltiples y de rehabilitación, centros asistenciales de
desarrollo infantil, entre otros) con el objetivo de conocer las acciones y medidas establecidas para asegurar la
calidad e inocuidad alimentaria, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios.
4
5
4
5
4
22
90. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos dedicados al almacenamiento, venta y
distribución de medicamentos e insumos para la salud para conocer las condiciones sanitarias de los
establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de riesgos sanitarios.
5
5
5
5
3
23
91. Realizar visitas de verificación sanitaria en establecimientos de Farmacias Hospitalarias para conocer las
condiciones sanitarias de los establecimientos y productos relacionados, a fin de proteger a la población de
riesgos sanitarios.
5
5
5
5
3
23
LESP
92. Realizar el análisis de los productos cárnicos para determinación de Clenbuterol en rastros, mataderos y
puntos de venta de conformidad con lo establecido en los lineamientos emitidos para este fin.
17
17
17
12
12
75
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover
la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control
y fomento sanitario.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
93. Designar al enlace o responsable del Área de Protección contra Riesgos Sanitarios (APCRS), para el
seguimiento de las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario.
94. Suscribir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario con las autoridades
estatales correspondientes.
95. Difundir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario así como los resultados
de su implementación con las autoridades estatales que correspondan.
7
7
96. Elaborar y difundir en medios electrónicos y físicos los materiales para que el sector regulado conozca los
mecanismos implementados por el APCRS en el marco de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el
Sistema Federal Sanitario.
5
5
5
5
5
25
97. Fortalecer la colaboración en materia de prevención de la corrupción, con cámaras y prestadores de
servicios que sean del ámbito de competencia de la COFEPRIS y el APCRS.
5
5
10
102
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover
la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de regulación, control
y fomento sanitario.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
98. Garantizar la participación del personal del APCRS en las capacitaciones sobre los procesos de
autorización y verificación que imparte la COFEPRIS, en correspondencia con las actividades en las que
interviene.
1
1
99. Participar en el Plan Nacional de Supervisión y Vigilancia Técnica.
1
1
100. Promover las modificaciones a la normatividad que corresponda (Ley Estatal de Salud, Reglamento de los
Servicios de Salud y/o del APCRS) para contar con las atribuciones para realizar visitas de verificación con
videograbación y en salas multidisciplinarias.
1
1
101. Elaborar y publicar en el periódico oficial de la entidad federativa el Procedimiento para la Realización de
Visitas de Verificación con Videograbación y en Salas Multidisciplinarias.
102. Realizar y reportar visitas de verificación con videograbación en los establecimientos contemplados en el
programa anual de verificación.
100%
100%
100%
100%
100%
100%
103. Realizar y reportar visitas de verificación con videograbación de los establecimientos que cuenten con
denuncia sanitaria.
100%
100%
100%
100%
100%
100%
104. Instalar y poner en funcionamiento salas multidisciplinarias que cuenten con cámaras de videograbación
para brindar atención al sector regulado y/o partes interesadas.
100%
100%
100%
100%
100%
100%
105. Establecer un centro de control para el resguardo del material clasificado de las videograbaciones
resultantes de las verificaciones sanitarias y de la atención en las salas multidisciplinarias.
3
3
3
3
3
15
106. Capacitar a las personas servidoras públicas del APCRS en materia de prevención de actos de corrupción
e integridad en el servicio público.
1
1
107. Difundir al personal del APCRS el Código de Ética y el Código de Conducta aplicables.
2
2
108. Canalizar, a través del área de vinculación, a los interesados en presentar alguna denuncia en contra de
algún funcionario del APCRS por presuntas irregularidades.
1
1
1
1
1
5
109. Enviar mensualmente, en los formatos correspondientes, los avances de la ejecución de las actividades
de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario.
2
2
2
2
2
10
110. Elaborar el informe final de la implementación de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema
Federal Sanitario en donde se describa el impacto de las acciones emprendidas para implementar acciones
que promuevan la mejora continua.
1
1
LESP
111. Designar al enlace o responsable del Laboratorio Estatal de Salud Pública (LESP), para el seguimiento de
las actividades de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario.
112. Suscribir la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario con las autoridades
estatales correspondientes.
113. Elaborar y difundir en medios físicos y electrónicos los mecanismos implementados por el LESP en el
marco de la Estrategia Nacional de Buen Gobierno en el Sistema Federal Sanitario.
2
2
2
2
2
10
114. Capacitar a las personas servidoras públicas del LESP en materia de prevención de actos de corrupción e
integridad en el servicio público.
1
1
115. Difundir al personal del LESP el Código de Ética y el Código de Conducta aplicables.
2
2
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
103
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
116. Ratificar o notificar algún cambio de un enlace o responsable del SGC.
117. Realizar la revisión por la Alta Dirección del SGC y el estatus general de seguimiento de los acuerdos.
1
1
118. Actualizar el contexto de la organización (análisis FODA).
119. Presentar la planeación estratégica en el APCRS para el SGC.
120. Ratificar y/o actualizar el alcance del SGC.
121. Revisar y/o actualizar la matriz de las partes interesadas del SGC.
122. Ratificar y/o Actualizar la Filosofía de la Calidad.
123. Revisar, actualizar y difundir las Caracterizaciones.
2
2
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
124. Realizar sesiones periódicas del Comité de la Calidad.
1
1
2
125. Realizar actividades de capacitación y concientización del SGC
1
1
2
126. Dar seguimiento a los riesgos y oportunidades de los procesos del SGC.
3
3
6
127. Documentar la planificación de los cambios.
1
1
128. Realizar reuniones de retroalimentación del Sistema de Gestión de Calidad.
1
1
129. Revisar y/o actualizar la información documentada de los procesos de realización en la APCRS.
130. Reportar el desempeño de los procesos.
2
1
3
131. Realizar el ejercicio de Auditoría de Calidad.
2
2
132. Dar seguimiento al cierre de la Auditorias.
2
2
133. Dar seguimiento a la medición de la satisfacción de los clientes.
2
2
134. Gestionar con un organismo certificador acreditado por cualquier entidad acreditadora respecto a la
Norma ISO 9001 vigente, una pre-auditoría, auditoría de vigilancia o certificación.
5
5
135. Participar en el Encuentro Nacional de Calidad.
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
136. Nombrar y notificar vía oficio a la COFEPRIS al enlace o responsable de TIC del APCRS.
137. Reportar los usuarios de sistemas que causaron baja de los sistemas de COFEPRIS.
1
1
2
138. Reportar los usuarios activos en los sistemas de la COFEPRIS.
1
1
2
104
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los
proyectos prioritarios de la COFEPRIS.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
139. Remitir un oficio firmado por el titular del APCRS y LESP con el compromiso de la alta dirección para que
las personas servidoras públicas sean capacitadas.
140. Remitir el listado de las personas servidoras públicas que componen las oficinas centrales, las
jurisdicciones,y del Laboratorio Estatal de Salud Pública, con el objeto de identificar al personal que será
capacitado.
141. Inscribir y dar seguimiento al Programa de Fortalecimiento de Capacidades para Verificadores y
Dictaminadores en Servicios de Salud.
1
1
142. Capacitar a las personas servidoras públicas que componen las oficinas centrales, las jurisdicciones,y del
Laboratorio Estatal de Salud Pública, en el marco del Programa Anual de Capacitación.
100%
100%
100%
100%
100%
100%
143. Desarrollar e implementar cursos de capacitación dirigido al sector regulado en el marco del Plan de
Trabajo otorgado por la COFEPRIS.
6
6
12
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas
y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control sanitario.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
144. Notificar los eventos de emergencias sanitarias en un plazo no mayor a 24 horas, del conocimiento de
ocurrencia e independientemente de la magnitud.
100%
100%
100%
100%
100%
100%
145. Realizar 2 eventos de acciones preventivas al mes (Enfocados a escuelas y/o unidades médicas),
relacionadas con actividades de vigilancia, fomento sanitario y actividades de saneamiento básico en
localidades identificadas con mayor vulnerabilidad y/o al comportamiento epidemiológico de cada entidad
federativa, con el propósito de prevenir casos de enfermedades diarreicas agudas e infecciones asociadas a
los servicios de salud (estas acciones preventivas no se refieren a eventos de concentraciones masivas).
2
2
2
2
2
10
146. Contar con la evidencia del personal, desde nivel Jurisdiccional al Estatal (padrón de brigadistas),
capacitado de manera teórica y práctica a través de un operativo de acciones preventivas de protección contra
riesgos sanitarios en materia de emergencias de nuestras competencias.
1
1
147. Remitir la evidencia de la adquisición de los insumos y materiales requeridos para la atención de
emergencias sanitarias, incluyendo equipos de protección personal para el seguro desempeño de las
funciones.
1
1
148. Enviar informe mensual y anual de atención a eventos de emergencias sanitarias.
1
1
1
1
1
5
149. Gestionar, implementar y reportar las estrategias de difusión, con el fin de informar a la población en
general, los riesgos a los que están expuestos y como evitarlos en circunstancias de emergencias sanitarias,
de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Comisión de Fomento Sanitario.
3
4
3
3
4
17
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
105
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
150. Llevar a cabo la validación documental y elaborar la cédula de evaluación.
1
1
1
1
1
5
151. Dar seguimiento al cierre de flujo en SIIPRIS de conformidad con los lineamientos.
1
1
1
1
1
5
152. Cumplir con la evaluación del desempeño del personal encargado de apoyar en la validación documental.
1
1
2
153. Remitir mensualmente el listado actualizado de licencias sanitarias de farmacias, droguerías y boticas y/o
establecimientos dedicados a servicios urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas.
1
1
1
1
1
5
154. Actualizar las licencias sanitarias de farmacias, droguerías y boticas que no cumplan con la nomenclatura
establecida por la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios.
155. Realizar las visitas de verificación de conformidad con el "Plan Trimestral de Verificación" establecido por
la COFEPRIS.
100%
100%
100%
156. Realizar las notificaciones de autorización de uso lúdico de Cannabis emitidas por COFEPRIS y remitir
mensualmente el reporte de notificaciones.
1
1
1
1
1
5
157. Remitir semestralmente el informe del trámite con Homoclave COFEPRIS-03-014. Aviso de previsiones de
compra-venta de medicamentos que contengan estupefacientes (sólo farmacias, droguerías y boticas).
1
1
158. Remitir trimestralmente el informe del trámite con Homoclave COFEPRIS-03-005. Permiso de libros de
control de estupefacientes o psicotrópicos y sus cancelaciones.
1
1
2
159. Remitir semestralmente listado de autorizaciones recibidas y emitidas en materia de Publicidad.
1
1
160. Remitir mensualmente el listado actualizado del estatus que tienen las licencias sanitarias de
establecimientos que utilizan fuentes de radiación para fines médicos o de diagnóstico y establecimientos de
atención médica.
1
1
1
1
1
5
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
161. Participar en las reuniones de trabajo sobre Resistencia Antimicrobiana.
162. Establecer un programa estatal anual de muestreo de leche destinada para consumo humano, para el
monitoreo de inhibidores (residuos de antibióticos).
163. Realizar en establecimientos (puntos de venta) la toma de muestras de leche cruda (no sometida a
tratamientos térmicos), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar inhibidores
(residuos de antibióticos).
1
1
1
3
164. Realizar en establecimientos (puntos de venta) la toma de muestras de leche pasteurizada (sometida a
tratamientos térmicos), a los que se les efectuarán determinaciones analíticas para identificar inhibidores
(residuos de antibióticos).
1
1
2
165. Enviar a la COFEPRIS el reporte de los resultados analíticos de los inhibidores (residuos de antibióticos)
en las muestras de leche obtenidas en puntos de venta.
1
1
1
1
4
LESP
166. Realizar el análisis de los productos de muestras de leche cruda (no sometida a tratamientos térmicos),
para identificar inhibidores (residuos de antibióticos) en establecimientos (puntos de venta).
1
1
1
3
167. Realizar el análisis de los productos de muestras de leche pasteurizada (sometida a tratamientos
térmicos), para identificar inhibidores (residuos de antibióticos) en establecimientos (puntos de venta).
1
1
2
106
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información
Toxicológica de COFEPRIS.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
168. Participar en las reuniones de trabajo sobre el nuevo proyecto mediante el que se integrará información
relacionada con exposición a sustancias tóxicas.
169. Integrar un padrón de establecimientos de salud de segundo y tercer nivel de atención que cuenten con
hospitalización, urgencias y consulta de especialidad, en donde se atiendan eventos o complicaciones
derivadas del uso o la exposición aguda a agentes químicos, ya sea de forma accidental, voluntaria, intencional
o laboral.
170. Elaborar un plan de trabajo para la integración de información relacionada con exposición a sustancias
tóxicas, que deberá ser implementado durante el segundo semestre de 2025.
171. Enviar a la COFEPRIS el registro mensual de los casos o eventos atendidos por el uso o la exposición
aguda a agentes químicos, ya sea de forma accidental, voluntaria, intencional o laboral.
1
1
1
1
1
5
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de
Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el mantenimiento de las
condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA).
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
LESP
172. Realizar el análisis de las determinaciones establecidas en los objetivos específicos del presente
instrumento acorde al binomio matriz-analito, conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos.
1
1
1
1
1
5
173. Ampliar el marco analítico mediante la implementación de métodos de prueba, acorde a la capacidad
instalada en cada LESP y conforme a lo establecido en los lineamientos técnicos.
1
1
174. Mantener vigentes las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de
Prueba Tercero Autorizado.
1
1
175. Cumplir con las actividades relacionadas con el fortalecimiento técnico, competencia técnica, el envío de
informes de productividad analítica, acorde a lo establecido en los lineamientos técnicos aplicables a los LESP.
1
1
1
1
1
5
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
176. Designar al enlace o responsable del Área de Protección contra Riesgos Sanitarios (APCRS), para el
seguimiento de las actividades de la vigilancia sanitaria a los establecimientos de Atención Médica con fines
estéticos.
177. Actualizar y enviar a la COFEPRIS conforme al formato el padrón de establecimientos de atención médica
con fines estéticos.
178. Realizar visitas de verificación a los establecimientos de atención médica con fines estéticos no
quirúrgicos con el propósito de detectar, identificar y eliminar anomalías a fin de proteger a la población de los
riesgos sanitarios relacionados con estos procedimientos.
3
3
3
3
3
15
179. Realizar visitas de verificación a los establecimientos de atención médica con fines estéticos quirúrgicos,
con el propósito de detectar, identificar y eliminar anomalías a fin de proteger a la población de los riesgos
sanitarios relacionados con estos procedimientos.
2
2
2
2
2
10
180. Enviar a la COFEPRIS en los formatos correspondientes establecidos el avance de las visitas de
verificación de los establecimientos de atención médica con fines estéticos.
1
1
1
1
1
5
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
107
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
181. Realizar el vínculo con los Colegios, Consejos y/o Asociaciones sobre medicina estética y de cirugía
plástica, estética y reconstructiva, con la finalidad de intercambiar información sobre establecimientos
dedicados a la medicina estética y clínicas de cirugía plástica, estética y reconstructiva irregulares, realizando
un acuerdo de colaboración en cuestión de denuncias que hayan recibido.
1
1
2
182. Gestionar, implementar y reportar las acciones de fomento y dirigidas a la población y sector regulado, con
el propósito de contribuir a la disminución de riesgos asociados al uso de prestación de servicios en
establecimientos de atención médica con fines estéticos irregulares y enviar el formato correspondiente a la
COFEPRIS.
1
1
1
1
1
5
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su exposición a
factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y
prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada.
Actividad Específica
Metas
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
APCRS
183. Elaboración del padrón estatal de comercializadores y productores de loza vidriada.
184. Elaboración y análisis del estudio de percepción del riesgos a los alfareros de las comunidades
productoras y comercializadoras de loza vidriada.
185. Diseño y elaboración de una estrategia de difusión dirigida a comercializadores y productores de loza
vidriada.
1
1
186. Elaboración del programa de visitas de Fomento Sanitario a las principales comunidades alfareras para
impartir pláticas sobre el uso de compuesto de plomo en la alfareria vidriada.
1
1
1
1
4
187. Elaboración de un programa para impartir pláticas de fomento sobre los riesgos del uso de compuestos de
plomo en la producción de loza vidriada.
188. Concertación con Autoridades Municipales y asociaciones de alfareros para la instrumentación del
programa de pláticas de fomento sobre los riesgos del uso de compuestos de plomo en la producción de loza
vidriada.
1
1
1
1
4
189. Difusión de material dirigido a comercializadores y productores de loza vidriada por la Entidad Federativa
seleccionada.
1
1
1
1
1
5
190. Elaboración de informes mensuales del avance sobre de las acciones del proyecto de plomo en loza
vidriada.
1
1
LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO
ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA,
SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.
ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO
DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL,
POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE JALISCO, EL QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda
Pública, Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.- Rúbrica.- El Director General del Organismo Público
Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra
Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica.
108
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
ANEXO 3
AVANCE FINANCIERO 2025
ENTIDAD:
JALISCO
CONCEPTO:
Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la
Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública)
PROGRAMA:
Protección contra Riesgos Sanitarios
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
AUTORIZADO
IMPORTES COMPROBADOS
POR COMPROBAR
OBSERVACIONES
MES 1
MES 2
MES 3
MES 4
MES 5
Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso
durante las emergencias sanitarias.
Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo
la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el establecimiento de un Sistema de Alerta
Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud
pública y la aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el
consumo de moluscos bivalvos contaminados.
Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas
de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades derivadas por la falta de nutrimentos,
incluso durante las emergencias sanitarias.
Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades
federativas orientar acciones de protección contra riesgos sanitarios potencialmente presentes
en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico.
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo
humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de alimentos e higiene, así como para
actividades recreativas en agua).
Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por
las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia como herramienta que permita
conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de
Farmacovigilancia mediante la capacitación constante.
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y
vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas, promover la integridad en el
servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta
ejecución de los procesos de regulación, control y fomento sanitario.
Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en
la Norma ISO 9001 vigente.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
109
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
AUTORIZADO
IMPORTES COMPROBADOS
POR COMPROBAR
OBSERVACIONES
MES 1
MES 2
MES 3
MES 4
MES 5
Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de
la Información, Comunicación y Seguridad Informática.
Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de
la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en los proyectos prioritarios de la
COFEPRIS.
Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en
materia de desastres naturales, brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes, acciones
preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de
acciones de control sanitario.
Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y
ejecución de órdenes de visitas de verificación.
Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para
contribuir en la mitigación de la Resistencia Antimicrobiana.
Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a
sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de Información Toxicológica de
COFEPRIS.
Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la
Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y Comisión de Operación Sanitaria
(COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de
calidad para el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización
como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA).
Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los
establecimientos de Atención Médica con fines estéticos.
Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la
elaboración de alfarería de barro vidriada.
LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO
ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA,
SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.
ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO
DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL,
POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE JALISCO, EL QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda
Pública, Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.- Rúbrica.- El Director General del Organismo Público
Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra
Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica.
110
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
ANEXO 4
PROGRAMA, RESPONSABLES POR UNIDAD ADMINISTRATIVA Y COORDINACIONES DE TEMAS
ENTIDAD:
JALISCO
CONCEPTO:
Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la
Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública)
PROGRAMA:
Protección contra Riesgos Sanitarios
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
UA
Responsable
Coordinador
UA
Encargada de la validación del
catálogo de insumos y
Memoria de Cálculo
Comprobación física financiera
UA
Encargada del
seguimiento de las
Acciones de Difusión
Coordinador
UA
Encargada del
control analítico
Coordinador
UA
Encargada de las solicitudes
de suficiencia
presupuestaria, instrucción
de ministración de recursos
y comprobación de
cumplimiento de metas
UA
Encargada de las solicitudes de
transferencia, de la
comprobación financiera y del
trámite y validación de las
solicitudes de reintegro de los
recursos financieros
Mantener las acciones de control sanitario que
garanticen la inocuidad de los alimentos incluso
durante las emergencias sanitarias.
COS y
CEMAR
Dirección Ejecutiva de Programas
Especiales y Dirección Ejecutiva de
Evidencia de Riesgos
COS,
CEMAR,
CFS, y
CCAYAC
CGSFS
SG
CFS
Dirección Ejecutiva de
Comunicación de Riesgos y
Capacitación
CCAYAC
Dirección Ejecutiva de
Innovación
Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de
Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la
clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el
establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana
de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja),
con fines de protección a la salud pública y la
aplicación de medidas preventivas de manera
oportuna, tendientes a evitar el consumo de
moluscos bivalvos contaminados.
COS
Dirección Ejecutiva de Programas
Especiales
COS y CCAYAC
Mantener las acciones de control sanitario mediante
la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y
maíz)
para
la
prevención
de
enfermedades
derivadas por la falta de nutrimentos, incluso
durante las emergencias sanitarias.
COS, CFS, y
CCAYAC
CFS
Dirección Ejecutiva de
Comunicación de Riesgos y
Capacitación
Establecer actividades coordinadas en materia de
brucelosis que permitan a las entidades federativas
orientar acciones de protección contra riesgos
sanitarios potencialmente presentes en productos
lácteos no sometidos a tratamiento térmico.
CEMAR
Dirección Ejecutiva de Evidencia de
Riesgos
CEMAR, CFS, y
CCAYAC
Proteger a la población de riesgos potencialmente
presentes en el agua de uso y consumo humano
(Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades
recreativas en agua).
CEMAR y
CCAYAC
Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs,
RAMs e incidentes adversos recibidas por las
entidades
federativas.
Utilizar
a
la
Farmacovigilancia como herramienta que permita
conocer el perfil de seguridad de los medicamentos.
Fomentar
actividades
de
Farmacovigilancia
mediante la capacitación constante.
Dirección Ejecutiva de Ejecutiva de
Farmacopea y Farmacovigilancia
CEMAR, CFS, y
CCAYAC
CFS
Dirección Ejecutiva de
Comunicación de Riesgos y
Capacitación
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia
basada en riesgos.
COS
Dirección Ejecutiva de Supervisión y
Vigilancia Sanitaria
COS y
CCAYAC
CCAYAC
Dirección Ejecutiva de
Innovación
Implementar
mecanismos
de
coordinación
en
materia de difusión, capacitación, supervisión y
vinculación, orientados a fortalecer la rendición de
cuentas, promover la integridad en el servicio
público, prevenir actos discrecionales y/o de
corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución
de los procesos de regulación, control y fomento
sanitario.
CGSFS
Dirección Ejecutiva de Programación y
Evaluación del Desempeño
CGSFS
Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en
el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma
ISO 9001 vigente.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
111
Programa
Fortalecimiento al Sistema Federal Sanitario en materia de protección contra riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
UA
Responsable
Coordinador
UA
Encargada de la validación del
catálogo de insumos y
Memoria de Cálculo
Comprobación física financiera
UA
Encargada del
seguimiento de las
Acciones de Difusión
Coordinador
UA
Encargada del
control analítico
Coordinador
UA
Encargada de las solicitudes
de suficiencia
presupuestaria, instrucción
de ministración de recursos
y comprobación de
cumplimiento de metas
UA
Encargada de las solicitudes de
transferencia, de la
comprobación financiera y del
trámite y validación de las
solicitudes de reintegro de los
recursos financieros
Implementar la estrategia base derivado de la nueva
gobernanza en materia de Tecnologías de la
Información,
Comunicación
y
Seguridad
Informática.
CGSFS
Dirección Ejecutiva de Sistemas y Procesos
Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal
del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al
implementar estrategias de capacitación continua
en los proyectos prioritarios de la COFEPRIS.
CFS
Dirección Ejecutiva de Comunicación de
Riesgos y Capacitación
CFS
Dar atención oportuna, organizada y sistemática a
los eventos de emergencias sanitarias en materia
de desastres naturales, brotes por enfermedades
infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas,
hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición
a otros agentes, a través de acciones de control
sanitario.
COS
Dirección Ejecutiva de Programas
Especiales
COS y CFS
CGSFS
SG
CFS
Dirección Ejecutiva de
Comunicación de Riesgos y
Capacitación
Control de la validación documental, emisión de
resoluciones de solicitudes de autorización y
ejecución de órdenes de visitas de verificación.
CAS
Oficina de la Comisión de Autorización
Sanitaria
CAS
Implementar
acciones
de
control
sanitario
(monitoreo de residuos de antibióticos en leche)
para contribuir en la mitigación de la Resistencia
Antimicrobiana.
CEMAR
Dirección Ejecutiva de Evidencia de
Riesgos
CEMAR y
CCAYAC
CCAYAC
Dirección Ejecutiva de
Innovación
Implementar acciones para la integración de
información
relacionada
con
exposición
a
sustancias tóxicas y avanzar en la creación del
Centro de Información Toxicológica de COFEPRIS.
CEMAR
Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme
a los requerimientos establecidos, por la Comisión
de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y
Comisión
de
Operación
Sanitaria
(COS)
responsables de los programas de vigilancia
sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad
para el mantenimiento de las condiciones bajo las
cuales
fue
otorgada
la
Autorización
como
Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA).
CCAYAC
Dirección Ejecutiva de Innovación
CCAYAC
CGSFS/CCAYAC
CCAYAC
Dirección Ejecutiva de
Innovación
Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la
vigilancia, control y fomento sanitario a los
establecimientos de Atención Médica con fines
estéticos.
COS
Dirección Ejecutiva de Supervisión y
Vigilancia Sanitaria
COS y CFS
CGSFS
Informar a la población alfarera sobre los riesgos
por el uso de compuestos de plomo en la
elaboración de alfarería de barro vidriada.
CFS
Dirección Ejecutiva de Comunicación de
Riesgos y Capacitación
CFS
LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO
ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA,
SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.
ANEXO 4 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO
DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL,
POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE JALISCO, EL QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda
Pública, Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.- Rúbrica.- El Director General del Organismo Público
Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra
Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica.
112
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
ANEXO 5
CATÁLOGO DE INSUMOS
ENTIDAD:
JALISCO
CONCEPTO:
Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red
Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública)
PROGRAMA:
Protección contra Riesgos Sanitarios
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-JAL.-14-25
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
1. Actualizar y enviar a la
COFEPRIS el padrón de
establecimientos
que
procesan
(empacan
y/o
acopian) frutas y hortalizas
frescas
mínimamente
procesadas en el formato
oficial y de conformidad
con
los
lineamientos
correspondientes.
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas
blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla;
Registrador lefort.
APCRS
2.
Realizar
visitas
de
verificación
a
los
establecimientos
(plantas
de empaque y/o centros de
acopio)
que
procesan
frutas y hortalizas frescas
mínimamente procesadas.
21401; 21601; 25101;
25401; 25501; 26102;
26103; 27201; 29601;
35501; 37201; 37501;
39202
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
MATERIAL
DE
LIMPIEZA;
PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
MÉDICOS;
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES
Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE TRANSPORTE; MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Insumos para impresoras; Memorias USB; Colorímetro; Kit de medición de cloro
residual; Pastillas DPD; Rojo fenol; Jabón; Gel antibacterial; Solución desinfectante;
Alcohol desinfectante; Combustible; Lubricantes para vehículos; Aditivos para
vehículos; Cofias o cubrepelo; Cubrebocas; Googles; Guantes de látex; Llantas para
vehículo; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Gastos
para pasajes; Casetas/peaje.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
113
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
3. Realizar la toma de
muestras en plantas de
empaque y/o en centros de
acopio
para
análisis
microbiológico y envío de
las mismas al LESP de
frutas y hortalizas frescas
mínimamente procesadas,
a las cuales se efectuarán
las
determinaciones
especificadas
en
la
programación
correspondiente
y
que
deben coincidir con las
registradas en el apartado
del LESP.
21101; 21601; 25101;
25401; 25501; 25901;
26102; 27201; 29601;
31801; 33603; 33901;
35501; 37501; 39202
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL
DE LIMPIEZA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS;
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS
MÉDICOS;
MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
OTROS
PRODUCTOS
QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
SERVICIO
POSTAL;
IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS
ADMINISTRATIVOS
Y
FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS;
SUBCONTRATACIÓN
DE
SERVICIOS
CON
TERCEROS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS
Y DERECHOS
Papelería; Hojas de papel bond; Tablas con clip; Etiquetas blancas adhesivas;
Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Guantes; Cubrebocas;
Lentes o googles; Jabón; Gel antibacterial; Toallas de papel interdoblado; Solución
desinfectante; Alcohol desinfectante; Kit de medición de cloro residual; Colorímetro;
Pastillas DPD; Rojo fenol; Bolsas de cierre hermético estériles; Comparadores
colorimétricos; Bolsa para toma de muestra; Glicerina purificada; Solución de
almacenaje; Solución de conductividad; Gel refrigerante; Hielo potable; Frasco de boca
ancha con tapa hermética; Hielera; Hisopo; Torunda de algodón; Kit digital para
determinación de cloro residual y ph; Sello de muestreo; Termómetro; Cucharas;
Pinzas; Picahielos; Espátula; Frascos de nalgene; Gel antibacterial; Gasolina; Llantas
para vehículo; Guía de estafeta para envío de muestras de alimentos; Impresión de
material necesario para la toma de muestras; Pago de determinaciones analíticas en
laboratorio tercero autorizado; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para
vehículos; Peaje; Gastos de camino; Caseta de Cuota/Peaje.
APCRS
4. Notificar los resultados
de
análisis
frutas
y
hortalizas
frescas
mínimamente procesadas,
a la COFEPRIS de manera
mensual
en
el
formato
oficial y de conformidad
con
los
lineamientos
correspondientes.
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas
blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla;
Registrador lefort.
APCRS
5. Realizar la toma de
muestras y envío de las
mismas al LESP de los
productos de la pesca,
cárnicos, lácteos y huevo, a
las cuales se efectuarán las
determinaciones
microbiológicas
especificadas
en
la
programación
correspondiente
y
que
deben coincidir con las
registradas en el apartado
del LESP.
21101; 21601; 25101;
25401; 25501; 25901;
26102; 27201; 29601;
31801; 32502; 33603;
33901; 35501; 39202
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL
DE LIMPIEZA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS;
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS
MÉDICOS;
MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
OTROS
PRODUCTOS
QUÍMICOS;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS
A
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
SERVICIO
POSTAL;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS
CON
TERCEROS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Hojas de papel bond; Tablas con clip; Etiquetas blancas adhesivas; Marcatextos;
Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Cubrepelo; Cofias; Guantes;
Cubrebocas; Lentes o googles; Jabón; Gel antibacterial; Toallas de papel interdoblado;
Alcohol; Solución desinfectante; Colorímetro; Pastilla DPD; Rojo fenol; Bolsas de cierre
hermético estériles; Comparadores colorimétricos; Kit de medición de cloro residual;
Bolsa para toma de muestra doble sello; Glicerina purificada; Solución de almacenaje;
Solución de conductividad; Gel refrigerante; Frasco de boca ancha con tapa hermética;
Hielo potable; Hielera; Hisopo; Torunda de algodón; Kit digital para determinación de
cloro residual y ph; Cajas térmicas de plástico o polipropileno; Rollo de bolsa de
polietileno; Sello de muestreo; Termómetro; Cucharas; Pinzas; Picahielos; Espátula;
Frascos de nalgene; Gel antibacterial desinfectante; Gasolina; Llantas para vehículo;
Guía de estafeta; Impresión de sellos autoadheribles; Material impreso; Pago de
determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Servicio de mantenimiento
preventivo y correctivo para vehículos; Casetas/peaje; Arrendamiento de vehículos
terrestres.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
6. Notificar los resultados
de análisis los productos de
la pesca, cárnicos, lácteos
y huevo, a la COFEPRIS
de manera mensual en el
formato
oficial
y
de
conformidad
con
los
lineamientos
correspondientes.
21101; 21401; 31603;
32301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS
Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet;
Arrendamiento de equipo de cómputo.
APCRS
7.
Participar
en
las
reuniones de trabajo que la
COFEPRIS
otorgue
relacionados
con
el
monitoreo de la inocuidad
de
los
alimentos,
específicamente en materia
de residuos de plaguicidas
21101; 29401; 35301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES
INFORMATICOS
Mouse para computadora; Teclado para computadora; Monitor para computadora de
escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de
cómputo; Lápices; Papelería; Bolígrafos; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo;
Engrapadora; Folder tamaño carta.
APCRS
8. Enviar a la COFEPRIS
en el formato establecido,
el avance del padrón de
establecimientos, centrales
de abasto o almacenes de
alto volumen, ubicados en
la entidad federativa y que
comercialicen
productos
nacionales.
21101; 21401; 29601;
35501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Llantas para vehículo; Servicio de
mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Bolígrafos; Lápices; Hojas de
papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta.
APCRS
9.
Realizar
en
los
establecimientos la toma
de muestras de alimentos
(productos
agrícolas
frescos
mínimamente
procesados), a los que se
les
efectuarán
determinaciones analíticas
para identificar residuos de
plaguicidas.
21401; 21101; 25101;
25401; 25501; 26102;
27201; 31801; 33603;
33901; 35501; 37501;
39202
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS; MATERIALES Y ÚTILES DE
OFICINA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS;
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS
MÉDICOS;
MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
SERVICIO
POSTAL;
IMPRESIONES
DE
DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN, FORMATOS ADMINISTRATIVOS
Y
FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS Y TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN
DE
SERVICIOS
CON
TERCEROS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS
Y DERECHOS
Memorias USB; Cofias; Guantes; Etiqueta autoadherible; Bolsa para toma de muestra
doble sello; Gel refrigerante o hielo potable; Frasco de boca ancha con tapa hermética;
Hielera o cajas térmicas de plático o polipropileno; Rollo de bolsa de polietileno; Sello
de muestreo; Gasolina; Guía de estafeta para envío de muestras de alimentos;
Impresión de sellos autoadheribles; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio
tercero autorizado; Gastos de camino; Casetas/peaje; Papelería; Bolsas de cierre
hermético estériles; Guantes de latex; Bolsas de polietileno transparente autosellables
estériles; Lápices; Papelería; Bolígrafos; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para
archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta; Frasco de boca ancha con tapa hermética;
Cubrebocas; Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo
de transporte.
Jueves 13 de noviembre de 2025
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
10.
Notificar
a
la
COFEPRIS los resultados
del
análisis
de
los
productos
agrícolas
mínimamente procesados,
de manera mensual en el
formato
oficial
y
de
conformidad
con
los
lineamientos
correspondientes.
NA
NA
NA
APCRS
11. Gestionar, implementar
y reportar las estrategias
de difusión, dirigidas a
manejadores de alimentos
y a la población en general,
con
el
propósito
de
contribuir a la disminución
de los riesgos sanitarios
asociados con el consumo
de alimentos, de acuerdo a
los lineamientos emitidos
por
la
Comisión
de
Fomento Sanitario.
33604; 36101
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE
PROGRAMAS
Y
ACTIVIDADES
GUBERNAMENTALES
Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa
ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en
cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación
de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de
perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv.
LESP
12.
Realizar
las
determinaciones
microbiológicas
especificadas
en
las
sábanas de muestreo a las
frutas
y
hortalizas
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
lineamientos emitidos para
este fin (LESP).
25101; 25501; 25901;
27201; 35401; 53101;
53201
PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Incubadora, Sellador de placas, Autoclave, Baño de agua, Homogeneizador,
Potenciómetro, Termómetro, Balanza analítica, Cabina de seguridad biológica(CBS),
Lámpara de luz UV, Refrigerador, Motor de licuadora, Horno, Balanza granataria,
Bomba, Micropipetas; Mechero Bunsen; Asas de platino o nicromel; Guantes; Lentes
de seguridad; Frasco con tiosulfato de sodio; Frasco estéril; Bolsas estériles; Ampolleta
abre fácil con sustrato cromogénico; Solución Buffer pH7.2± 0.2(S); Agua TipoI estéril;
Escherichia coli ATCC25922; Staphylococcus aureus ATCC25923; Klebsiella
aerogenes ATCC25923; Bolsas de polietileno para homogeneizador peristáltico; Cinta
testigo; Cuchara de acero inoxidable; Cuchillo desconchador; Espátula acero
inoxidable; Frasco de dilución; Gradilla; Pinzas; Pipetas; Probeta; Tubos de cultivo;
Tubos de fermentación; Vasos de licuadora; Frasco con tapa de rosca; Agar Mac
Conkey; Agar nutritivo; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser; Caldo EC; Agar Eosina Azul
de Metileno de Levin(EMB-L); Caldo Lauril Triptosa; Caldo Lauril Triptosa con MUG;
Caldo MR-VP; Caldo triptona al 1%; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de
Simmons; Caldo Lauril con MUG; Agar Cuenta estándar; Diluyente de Peptona al 0.1%;
Indicador rojo de metilo; Reactivo de Kovac; Reactivos para la coloración de GRAM;
Regulador de fosfatos solución concentrada; Reactivo de Voges-Proskauer(VP);
Enterobacter aerogenes ATCC13048; E. coli ATCC25922; Cajas Petri; Matraz; Tubos
de Ensaye; Botellas; Puntas para micropipeta;TBX; Asas bacteriológicas; Tijeras;
Martillo; MMGB medio selectivo de enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua peptonada al
0.1%;
Tween80;
Agua
deionizada;
Glutamato
de
sodio;
Lactosa;
Peptona
bacteriológica; Formato de sodio; L-Cisteína; L(-)Acido aspártico; L(+)-Arginina;
Tiamina; Ácido nicotínico; Ácido pantogénico; Sulfato de magnesio septahidratado;
Citrato de fierro III; Cloruro de calcio dihidratado; Fosfato dipotásico; Púrpura de
116
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
bromocresol; Cloruro de amonio; Agua destilada; Digerido enzimático de caseína; Sales
biliares
No.3;
5-Bromo-4-cloro-3-Indol-D-glucurónido
ácido(BCIG);
Dimetil
sulfóxido(DMSO); Agar; E.coli ATCC25922 o ATCC8739; E. faecalis ATCC29212 o
ATCC19433; Cuchillo de acero inoxidable; Bisturíes; E. faecalis ATCC29212; Solución
peptonada salina; TBX; Asa de platino, níquel o desechables; Equipo de filtración con
trampa; Filtros de membranas estériles; Manguera de hule; Tiras reactivas; Pinzas
estériles para membrana; Escobillones; Forceps acero inoxidable; Charolas; Paños;
Contenedor estéril; Agar Entérico de HektoenEH; Agar Lisina HierroLIA; Agar Sulfito de
BismutoASB; Agar triple azúcar y HierroTSI; Agar Urea de Christensen; Agar Verde
Brillante; Agar Xilosa, Lisina, DesoxicolatoXLD; Caldo de Muller-Kauffmann Tetrationato
NovobiocinaMKTTn; Caldo Dey-Engley; Caldo Lactosado; Caldo Nutritivo; Caldo Soya
TripticaseínaCST; Caldo Tetrationato sin verde BrillanteCTT; Medio de Rappaport-
Vassiliadis con soy RVS; Medio L-Lisina descarboxilasa; 2-metilbutan-2-ol; Yoduro de
potasio; Yodo; 4-Dimetilaminobenzaldehído; Ácido clorhídrico; Triptona o tripticasa;
Agua Peptonada amortiguada; Alcohol al 70%; Alcohol etílico 96%; a-naftol; Antisuero
somático (O) polivalente de Salmonella spp; Azul de bromotimol; Carbonato de Calcio;
Citrato de fierro (III); Citrato férrico amónico; Cloruro de Magnesio Hexahidratado;
Xilosa; Cloruro de Sodio; Desoxicolato de sodio; Digerido enzimático de soya; Extracto
de carne; Extracto de levadura en polvo; Fosfato de Potasio Dibásico; Fosfato de
Potasio Monobásico; Fosfato de Sodio Dibásico Dodecahidratado; Fosfato de Sodio
Dibásico(anhidro); Fosfato de Sodio Monobásico; Fucsina ácida; Glucosa; Hidróxido de
Potasio; Verde brillante; Tolueno; Hidróxido de Sodio; Leche descremada; L-Lisina;
Monoclorhidrato
de
L-lisina;
Monohidrato
de
creatina;
Triton
X-100;
Urea;
Novobiocina(sal sódica); O-Nitrofenil-D-galactopiranosidoONPG; Ox sales biliares uso
bacteriológico; Oxalato de verde malaquita; Peptona; Reactivos para la reacción de
Indol. Reactivo de Kovac o Erlich; Reactivos para la reacción VP (α -naftol y KOH);
Rojo de fenol; Sacarosa; Salicina; Solución de creatina; Solución salina fisiológica;
Sulfato de Fierro (anhidro); Sulfato de Potasio; Sulfato Ferroso; Sulfito de bismuto
(indicador); Tergitol 7 Aniónico; Tiosulfato de sodio anhidro; Tiosulfato de Sodio
Pentahidratado; Antisuero flagelar polivalente; Salmonella Typhimurium ATCC14028;
Salmonella diarizonae ATCC12325; Salmonella abortus equi ATCC9842; Autoclave,
Baño de agua, Cabina de seguridad biológica (CBS), Homogeneizador, Incubadora,
Motor de licuadora, Potenciómetro, Refrigerador.
LESP
13.
Realizar
las
determinaciones
microbiológicas
especificadas
en
las
sábanas de muestreo a los
productos de la pesca,
cárnicos, lácteos y huevo,
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
lineamientos emitidos para
este fin.
25101; 25501; 25901;
27201; 35401; 53101;
53201
PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Centrífuga, Incubadora, Lavador de microplacas, Lector de microplacas, Equipo
TECRA, Omnimixer, Balanza, Termómetro, Autoclave, Baño de agua, Datalogger,
Plataforma con agitación, Caja de luz UV, Micropipeta, Replicador, Homogeneizador,
Horno, Potenciómetro, Bomba, Motor de licuadora, Sellador de placas, Lámpara de luz
UV, Cabina de seguridad biológica (CBS), Refrigerador; Algodón; Plástico para sellar;
Jeringas; Filtros tipo jeringa; Tiras reactivas; Tubos para centrífuga; Vaso de precipitado
250ml; BHI con 0,7% de agar (m/v); Polietilen glicol; Solución amortiguadora Tris 0,25
M (30,28 g TRIS/L, pH 8,0); Ácido clorhídrico; Hidróxido de sodio; Kit Ridascreen Set
Total; Agua destilada; Hipoclorito de Sodio; Asa de platino, níquel o desechables;
Cuchara de acero inoxidable; Equipo de filtración con trampa; Filtros de membranas
estériles; Gradilla; Manguera de hule; Matraz; Mechero Bunsen; Pipetas; Vasos de
licuadora; Bisturíes; Cuchillo de acero inoxidable; Pinzas; Escobillones; Espátula acero
inoxidable; Forceps acero inoxidable; Charolas; Paños; Contenedor estéril; Agar; Caldo
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
117
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
de Muller-Kauffmann Tetrationato Novobiocina MKTTn; Caldo Dey-Engley; Caldo
Lactosado; Caldo Nutritivo; Caldo Soya Tripticaseína CST; Caldo Tetrationato sin verde
Brillante CTT; Medio de Rappaport-Vassiliadis con soya RVS; Medio L-Lisina
descarboxilasa;
2-metilbutan-2-ol;
Yoduro
de
potasio;
Yodo;
4-
Dimetilaminobenzaldehído; Triptona o tripticasa; Alcohol al 70%; a-naftol; Antisuero
somático (O) polivalente de Salmonella spp; Azul de bromotimol; Carbonato de Calcio;
Citrato de fierro (III); Xilosa; Cloruro de Sodio; Desoxicolato de sodio; Digerido
enzimático de caseína; Digerido enzimático de soya; Extracto de carne; Extracto de
levadura en polvo; Fosfato de Potasio Monobásico; Fosfato de Sodio Dibásico
Dodecahidratado; Fosfato de Sodio Dibásico (anhidro); Fosfato de Sodio Monobásico;
Fucsina ácida; Glucosa; Hidróxido de Potasio; Verde brillante; Tolueno; Lactosa; Leche
descremada; L-Lisina; Monoclorhidrato de L-lisina; Monohidrato de creatina; Triton X-
100; Urea; Novobiocina (sal sódica); O-Nitrofenil -D-galactopiranosido ONPG; Ox sales
biliares uso bacteriológico; Oxalato de verde malaquita; Peptona; Púrpura de
bromocresol; Reactivos para la reacción de Indol. Reactivo de Kovac o Erlich;
Reactivos para la reacción VP (α -naftol y KOH); Rojo de fenol; Sacarosa; Salicina;
Solución de creatina; Sulfato de Fierro (anhidro); Sulfato de Potasio; Sulfato Ferroso;
Sulfito de bismuto (indicador); Tergitol 7 Aniónico; Antisuero flagelar polivalente;
Salmonella Typhimurium ATCC 14028; Salmonella diarizonae ATCC 12325; Salmonella
abortus equi ATCC 9842; Lámpara UV; Asas de platino o nicromel; Guantes; Lentes de
seguridad; Frasco estéril; Bolsas estériles; Ampolleta abre fácil con sustrato
cromogénico; Solución Buffer pH 7.2 ± 0.2 (S); Escherichia coli ATCC 25922;
Staphylococcus aureus ATCC 25923; Klebsiella aerogenes ATCC 25923; Cinta testigo;
Cuchillo desconchador; Tubos de fermentación; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser;
Caldo EC (E. coli); Caldo Lauril Triptosa; Caldo MR-VP; Caldo verde brillante lactosa
bilis; Citrato de Simmons; Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo;
Reactivo de Kovac; Reactivos para la coloración de GRAM; Regulador de fosfatos
solución concentrada; Reactivo de Voges-Proskauer (VP); Enterobacter aerogenes
ATCC 13048; E. coli ATCC 25922; Botellas; Puntas para micropipeta; TBX; Asas
bacteriológicas; Vaso de licuadora; Tijeras; Martillo; Desconchador de acero inoxidable;
MMGB medio selectivo de enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua deionizada; Glutamato
de sodio; L-Cisteína; L(-) Acido aspártico; L(+) – Arginina; Tiamina; Ácido nicotínico;
Ácido pantogénico; Sulfato de magnesio septahidratado; Citrato de fierro III; Cloruro de
calcio dihidratado; Fosfato dipotásico; Cloruro de amonio; 5-Bromo-4-cloro-3-Indol-D-
glucurónido ácido (BCIG); Dimetil sulfóxido (DMSO); Agar; E. coli ATCC 25922 o ATCC
8739; E. faecalis ATCC 29212 o ATCC 19433; Mecheros; Solución peptonada salina;
TBX; Probeta; Cámara húmeda; Caldo rojo de fenol (glucosa y manitol); Solución de
telurito de potasio; Emulsión de yema de huevo; Solución reguladora de fosfatos; Agua
peptonada; Plasma de Conejo con EDTA; Peróxido de hidrógeno al 3%; Reactivos para
la tinción de Gram; Aceite de parafina o mineral estéril; Solución trazable para
verificación de potenciómetro; Piruvato de sodio; Glicina; Cloruro de litio .6H2O;
Infusión cerebro de ternero deshidratado; Infusión corazón de res deshidratado; Fosfato
disódico; ADN de timo de carnero; Cloruro de Calcio anhidro; Azul de toluidina O; Tris
(hidroximetil aminometano); Fosfato monopotásico; S. aureus ATCC 6538; S.
epidermidis ATCC 12228; S. aureus ATCC 25923; Caldo Infusión Cerebro Corazón;
Reactivo para tinción de Gram; Cloruro de Litio; Telurito de Potasio; Sulfametazina;
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
Digerido enzimático de tejido animal; Infusión deshidratada de cerebro de becerro;
Infusión deshidratada de corazón de becerro; Fosfato monobásico disódico anhidro;
Plasma de conejo deshidratado; Ácido Etilendiaminotetraacético; Fibrinógeno de
bovino;
Inhibidor
de
tripsina;
Staphylococcus
epidermidis
WDCM
00036;
Staphylococcus aureus WDCM 00034; Staphylococcus aureus WDCM 00032;
Escherichia coli WDCM 00012; Escherichia coli WDCM 00013; Proteus mirabilis WDCM
00023; Staphylococcus saprophyticus WDCM 00159; Staphylococcus aureus WDCM
00035; Staphylococcus aureus WDCM 00090; Tubos de cultivo o de ensayo; Tubos
para bioquímicas o ensaye; Lámpara; Bolsas de polietileno; Aparato de filtración;
Membranas; Agua Peptonada Alcalina; Caldo Glucosa de Hugh-Leifson; Medio Base de
Descarboxilasa (Arginina, Lisina y Ornitina); Caldo Triptona; Caldo Soya Tripticasa
(TSB); Caldo Rojo de Metilo y Vogues Proskauer(RM-VP); Medio para prueba de
movilidad (Semisólida); Proteosa peptona; Citrato de sodio dihidratado; Sales biliares;
Bilis de buey; Citrato férrico; Azul de timol; Rojo de cresol; Celobiosa; Colistina;
Polimixina B; Gelatina; Dextrosa; Tiosulfato de sodio; Tristona; Polipeptona; Gelisato;
Alcohol
etílico;
Alfa
Naftol;
Alcohol
Etílico
absoluto;
N,N,N,N-Tetrametil-p-
Fenilendiamino; p-dimetilaminobenzaldehído; Alcohol amílico; Rojo de metilo; Papel
filtro; Bolsas tolerantes al calor y sellador; Tubos de plástico; Microplacas de titulación;
Membranas de nylon; Mamparas de malla; Varillas; Palillos de madera; Cajas Petri
desechables y estériles; Placas; Cepillos estériles; Forceps; Caldo Extracto de levadura
Casaminoácidos (CAYE); Medio para prueba de movilidad-1% Cloruro de Sodio; Caldo
T1N0; Caldo T1N3; Caldo T1N6; Caldo T1N8; Caldo T1N10; Dig-11-dUTP; CSPD;
Caldo Urea; Bicarbonato de Sodio; Fitona; Soytona; Sangre de oveja desfibrinada;
Casaminoácidos; Sulfato de Magnesio; Cloruro de Manganeso; Cloruro de Fierro;
Fosfato de Sodio dibásico anhidro; Sulfato de Polimixina B; Colato de Sodio; Oxgall;
Glicerol; Antisuero polivalente V. cholerae O1; Antisuero polivalente V. cholerae O139;
Kit de detección de enterotoxina VET-RPLA TD920A; Acetato de amonio; Dodecil
sulfato de sodio; Trizma Base; Cloruro de Magnesio; Proteinasa K; Solución de
bloqueo; Anti-Fosfatasa digoxigénica alcalina, Fragmentos Fab; Reactivos para Tinción
de Gram; Termobloque; Termociclador; Congelador; Puntas para PCR con filtro libres
de DNAsas y RNAsas; Tubos de polipropileno; Tiras 8-tubos; Oligonucleótido tdh 89F
desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido tdh 321R desalado y
concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido trh 20F desalado y concentración de
trabajo 10µM; Oligonucleótido trh 292R desalado y concentración de trabajo 10µM;
Oligonucleótido IAC 46F desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido
IAC 186R desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido tlh 884F
desalado y concentración de trabajo 10µM; Oligonucleótido tlh 1091R desalado y
concentración de trabajo 10µM; dNTP’s, mezclados y en la misma concentración
10mM; Potasio dihidrógeno fosfato; Agua grado PCR; Agua tipo I; Disodio hidrógeno
fosfato anhidro; E. coli ATCC 11229; Staphylococcus aureus ATCC 6538; Formato de
sodio; Fosfato de Potasio Dibásico; Solución salina fisiológica; Varillas; Tween;
Platinum Taq DNA polimerasa; Colorante ROX de referencia (solo si se utiliza el ABI
7500); Autoclave, Balanza analítica, Balanza granataria, Baño de agua, Bomba, Caja
de luz UV, Datalogger, Homogeneizador, Horno, Horno de microondas, Incubadora,
Micropipetas,
Motor
de
licuadora,
Plataforma
con
agitación,
Potenciómetro,
Refrigerador, Replicador, Sellador de placas, Termómetro.
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Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario que garanticen la inocuidad de los alimentos incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
LESP
14.
Realizar
las
determinaciones
de
residuos de plaguicidas de
los
productos
agrícolas
frescos
mínimamente
procesados,
de
conformidad
con
los
lineamientos establecidos.
25501; 25901; 35401;
53101; 53201
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Cromatógrafo; Ultracongelador; Baño ultrasónico; Evaporador; Campana de extracción;
Balanza analítica; Cámara de vacío; Vórtex; Micropipetas; Bomba; Vaso de precipitado;
Manguera de succión; Columnas de C18; Puntas para micropipeta; Sistema de
filtración al vacío; Tiras reactivas; Frasco 1L; Matraz; Viales; Agua, grado HPLC;
Metanol, grado HPLC; Acetato de Etilo, grado HPLC; Isopropanol; Tiosulfato de sodio;
Gas acarreador Helio de ultra alta pureza UN 10.46; Lindano, pureza ≥ 99.00%; 4,4´-
DDT, pureza ≥ 99.00%; Endrin, pureza ≥ 99.00%; Cianazina, pureza ≥ 99.00%; Aldrin,
pureza ≥ 99.00%; Dieldrin, pureza ≥ 99.00%; Pendimetalina, pureza ≥ 99.00%;
Trifluralina, pureza ≥ 99.00%; Metoxicloro, pureza ≥ 99.00%; Alacloro, pureza ≥
99.00%; Clordano, pureza ≥ 99.00%; Sonicador; Centrífuga; Motor de licuadora;
Procesador de alimentos; Tubos para centrífuga; Jeringas; Cuchillo; Tablas de picar;
Espátula; Vasos; Microfiltros; Engarzadora; Liners; Conectores; Ferrules; Acetonitrilo;
2-Propanol; Agua Desionizada Tipo 1; Ácido acético; Kit de Extracción QUECHERS
Método AOAC 2007.01; Kit de Limpieza QUECHERS Método AOAC 2007.01;
Permetrina; Paratión; Diazinón; Malatión; Carbarilo; Oxamil; Balanza analítica, Baño
ultrasónico, Bomba, Campana de extracción, Centrífuga, Cromatógrafo, Evaporador,
Micropipetas,
Motor
de
licuadora,
Procesador
de
alimentos,
Sonicador,
Ultracongelador.
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el
establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la
aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
15. Cumplir con el número
de
visitas
programadas
para la toma de muestras
de agua y producto en las
áreas
de
cosecha
de
moluscos
bivalvos,
así
como el envío de muestras
a los LESP.
21101; 21601; 25501;
26102; 27101; 29601;
32502; 32505; 33604;
33901; 35501; 37501;
53201
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL
DE LIMPIEZA; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS PÚBLICOS; ARRENDAMIENTO DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA
Cinta canela; Cinta testigo; Baterías; Etiqueta autoadherible; Tabla de apoyo para
campo con clip; Gel antibacterial; Bolsa estéril con cierre hermético; Bolsa de plástico;
Gel antibacterial; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Frasco de plástico
esterilizable; Hielera de plástico o polipropileno; Caja térmica de plástico o
polipropileno; Refrigerante; Refacciones de vehículos; Material impreso; Gastos de
alimentación y hospedaje; Gasolina; Chalecos salvavidas; Arrendamiento de lancha;
Casetas/peaje; Gastos de camino; Pago de determinaciones analíticas en laboratorio
tercero autorizado; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos;
Renta de vehículo; Termómetro; Medidor de oxígeno disuelto, temperatura y ph; GPS.
120
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el
establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la
aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
SERVIDORES
PÚBLICOS;
IMPRESIÓN
Y
ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO
DERIVADO
DE
LA
OPERACIÓN
Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES;
SUBCONTRATACIÓN
DE
SERVICIOS CON TERCEROS; MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
VIÁTICOS
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO
APCRS
16. Notificar los resultados
de
análisis
de
las
determinaciones realizadas
en agua y producto a la
COFEPRIS
de
manera
mensual
a
través
del
sistema
electrónico
autorizado en el formato
oficial y de conformidad
con
los
lineamientos
correspondientes.
NA
NA
NA
APCRS
17. Realizar el monitoreo
de fitoplancton en agua de
mar, con base en los
lineamientos emitidos por
la COFEPRIS.
21101; 25101; 25501;
26102;27101; 27201;
29601; 32505; 33603;
35401; 35501; 35701;
53201
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES
Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA
SERVIDORES
PÚBLICOS;
IMPRESIONES
DE
DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS
ADMINISTRATIVOS
Y
FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
DE MAQUINARIA Y EQUIPO; INSTRUMENTAL
MÉDICO Y DE LABORATORIO
Tabla de apoyo para campo con clip; Etiqueta autoadherible; Material impreso;
Chalecos salvavidas; Cámara de conteo de utermön; Capilares planos; Microslides;
Celdas de Sedgwick-Rafter; Válvulas de retención de agua; Aditivos; Lubricantes para
vehículos; Disco secchi; Frasco de boca ancha con tapa hermética; Frasco de
polipropileno; Autoclave de boca ancha con tapa de rosca; Tubos rígidos de PVC con
válvula de tención; Gel antibacterial; Hielera de plástico o polipropileno; Caja térmica de
plástico o polipropileno; Lugol; Medidor de oxígeno disuelto, temperatura y ph;
Microscopio invertido o de campo; Piola; Pipeta pasteur; Pisetas; Plomos con forma de
disco; Portaobjetos; Cubreobjetos de vidrio esmerilado; Recipientes de plástico con
rangos de profundidad marcados; Tubos para cámara de sedimentación; Refrigerante;
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Arrendamiento de
lancha; Gasolina; Refacciones de vehículos; Mantenimiento y conservación de equipo
especializado; Mantenimiento de equipo e instrumentos; Botellas oceanográficas;
Redes para fitoplancton.
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DIARIO OFICIAL
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el
establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la
aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
18. Notificar los resultados
de análisis de agua de mar
a la COFEPRIS de manera
mensual
a
través
del
sistema
electrónico
autorizado en el formato
oficial y de conformidad
con
los
lineamientos
correspondientes.
21101; 21401; 31603
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET
Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet.
LESP
19. Realizar el análisis del
número
de
determinaciones
establecidas
para
agua
(coliformes
fecales)
en
áreas
de
cosecha
de
moluscos bivalvos.
25101;25501;25901;
27201; 35401; 53101;
53201
PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Autoclave; Horno; Incubadora; Termómetro; Potenciómetro; Pipetas; Frascos de vidrio;
Tubos de cultivo; Campanas de fermentación; Gradilla; Caldo lauril sulfato triptosa;
Caldo EC; Triptosa; Lactosa; Fosfato dipotásico; Fosfato monopotásico; Cloruro de
sodio; Lauril sulfato de sodio; Agua destilada; Mezcla de sal de bilis; Tubos de ensayo;
Tubos de fermentación invertidos; Caldo Lactosado; Extracto de carne; Peptona;
Tripticasa; Fosfato monobásico de Potasio; Agar; Sales biliares No. 3; Escherichia coli
ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Enterobacter aerogenes ATCC
13048; Baño de agua; Balanza; Frasco con tapa de rosca; Lámpara UV; Lentes
protectores; Cuchillo; Pinzas; Tijeras; Cuchara; Espátula; Licuadora; Caldo Lauril; Caldo
EC; Caldo MR-VP; Caldo citrato de Koser; Medio EC-MUG; Hidróxido de sodio; Fosfato
de Sodio monobásico; Reactivo de Kovacs; Reactivos para la coloración de GRAM;
Bacto triptosa; Bacto lactosa; Fosfato potásico (dibásico y monobásico); Bacto sales
biliares No. 3; Proteasa peptona o polipeptona; Peptona o gelizante; Rojo neutro; Cristal
violeta; Eosina; Azul de metileno; Peptona tamponada; Tetrahidrato de fosfato de sodio
y amonio; Sulfato de Magnesio Heptahidratado; Citrato de Sodio dihidratado; p-
dimetilaminobenzaldehído; Alcohol amílico (normal); HCI concentrado; Reactivo de
Voges-Proskauer (VP); Alfa-naftol; Alcohol absoluto; Hidróxido de potasio; Etanol;
Oxalato de amonio; Indicador rojo de metilo (R44); Lodo de Gram; Yodo; Yoduro de
potasio; Colorante de contraste; Safranina O; 4-metilumbelliferyl-beta-D-glucurónido
(MUG);
Estereoscópico;
Propipeta;
Contador;
Bomba;
Cucharón;
Picahielos;
Destapador; Abrelatas; Recipientes; Porta asa; Portaobjetos; Material para envolver
esterilizable; Membranas para filtración; Sistema de filtración; Matraz; Botellas de
borosilicato; Asa bacteriológica; Casitona; Tiopeptona; Tiotona; Triptona; Extracto de
levadura; Dextrosa; Fosfato de Potasio; Desoxicolato de Sodio; Sulfito de Sodio;
Fucsina básica; Agua grado reactivo; Polipeptona; Fosfato dihidrógeno Potásico;
Homogeneizador; Bolsas de polietileno; Cinta testigo; Frasco de dilución; Mechero
Bunsen; Probeta; Tubos de fermentación; Vasos de licuadora; Frasco con tapa de
rosca; Caldo A-1; Caldo triptona al 1%; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de
Simmons; Agar; Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Regulador de
fosfatos solución concentrada; E. coli ATCC 25922; Baño de agua, Horno, Autoclave,
Termómetro, Balanza granataria.
122
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el
establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la
aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
LESP
20. Realizar el análisis del
número
de
determinaciones
establecidas para producto
(E. coli, Salmonella sp,
Vibrio cholerae y Vibrio
parahaemolyticus) en áreas
de cosecha de moluscos
bivalvos.
25101; 25501; 25901;
27201; 35401; 53101;
53201
PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Incubadora; Sellador de placas; Lámpara UV; Mechero Bunsen; Guantes; Lentes de
seguridad; Frasco estéril; Bolsas estériles; Ampolleta abre fácil con sustrato
cromogénico; Solución Buffer pH 7.2 ± 0.2 (S); Agua Tipo I estéril; Escherichia coli
ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Klebsiella aerogenes ATCC 25923;
Autoclave; Baño de agua; Homogeneizador; Potenciómetro; Termómetro; Balanza;
Cinta testigo; Cuchara; Cuchillo desconchador; Espátula; Gradilla; Pinzas; Pipetas;
Probeta; Tubos de fermentación; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser; Caldo EC; Caldo
Lauril Triptosa; Caldo MR-VP; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons;
Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Reactivo de Kovac; Reactivos
para la coloración de GRAM; Regulador de fosfatos solución concentrada; Reactivo de
Voges-Proskauer (VP); Enterobacter aerogenes ATCC 13048; E. coli ATCC 25922;
Micropipetas; Matraz; Botellas; Puntas para micropipeta; TBX; Cabina de seguridad
biológica; Refrigerador; Motor de licuadora; Tijeras; Martillo; MMGB medio selectivo de
enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua peptonada al 0.1%; Tween 80; Agua deionizada;
Glutamato de sodio; Lactosa; Formato de sodio; L-Cisteína; L(-) Acido aspártico; L(+) -
Arginina; Tiamina; Ácido nicotínico; Ácido pantogénico; Citrato de fierro III; Cloruro de
calcio dihidratado; Fosfato dipotásico; Púrpura de bromocresol; Cloruro de amonio;
Agua
destilada;
Digerido
enzimático
de
caseína;
5-Bromo-4-cloro-3-Indol-D-
glucurónido ácido (BCIG); Dimetil sulfóxido (DMSO); Agar; E. coli ATCC 25922 o ATCC
8739; E. faecalis ATCC 29212 o ATCC 19433; Cuchillo; Bisturíes; Mecheros; Solución
peptonada salina; TBX; Horno; Bomba; Asa de platino, níquel o desechables; Equipo de
filtración con trampa; Filtros de membranas estériles; Manguera de hule; Tiras
reactivas; Escobillones; Charolas; Paños; Contenedor estéril; Caldo de Muller-
Kauffmann Tetrationato Novobiocina MKTTn; Caldo Dey-Engley; Caldo Lactosado;
Caldo Nutritivo; Caldo Soya Tripticaseína CST; Caldo Tetrationato sin verde Brillante
CTT; Medio de Rappaport-Vassiliadis con soya RVS; Medio L-Lisina descarboxilasa; 2-
metilbutan-2-ol; Yoduro de potasio; Yodo; 4-Dimetilaminobenzaldehído; Ácido
clorhídrico; Agua Peptonada amortiguada; Alcohol; a-naftol; Antisuero somático (O)
polivalente de Salmonella spp; Azul de bromotimol; Carbonato de Calcio; Citrato de
fierro (III); Xilosa; Cloruro de Sodio; Desoxicolato de sodio; Digerido enzimático de
soya; Extracto de carne; Extracto de levadura en polvo; Fosfato de Potasio Dibásico;
Fosfato de Potasio Monobásico; Fosfato de Sodio Dibásico Dodecahidratado; Fosfato
de Sodio Dibásico (anhidro); Fosfato de Sodio Monobásico; Fucsina ácida; Glucosa;
Hidróxido de Potasio; Verde brillante; Tolueno; Hidróxido de Sodio; Leche descremada;
L-Lisina; Monoclorhidrato de L-lisina; Monohidrato de creatina; Triton X-100; Urea;
Novobiocina (sal sódica); O-Nitrofenil -D-galactopiranosido ONPG; Ox sales biliares uso
bacteriológico; Oxalato de verde malaquita; Peptona; Reactivos para la reacción de
Indol; Reactivos para la reacción VP (α -naftol y KOH); Rojo de fenol; Sacarosa;
Salicina; Solución de creatina; Solución salina fisiológica; Sulfato de Fierro (anhidro);
Sulfato de Potasio; Sulfato Ferroso; Sulfito de bismuto (indicador); Tergitol 7 Aniónico;
Antisuero flagelar polivalente; Salmonella Typhimurium ATCC 14028; Salmonella
diarizonae ATCC 12325; Salmonella abortus equi ATCC 9842; Varilla de vidrio; Tubos
de cultivo o de ensayo; Lámpara; Bolsas de polietileno; Aparato de filtración;
Membranas; Agua Peptonada Alcalina; Caldo Glucosa de Hugh-Leifson; Medio Base de
Descarboxilasa (Arginina, Lisina y Ornitina); Caldo Triptona; Caldo Soya Tripticasa
(TSB); Agar; Caldo Rojo de Metilo y Vogues Proskauer(RM-VP); Medio para prueba de
movilidad (Semisólida); Extracto de levadura; Proteosa peptona; Citrato de sodio
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Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el
establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la
aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
dihidratado; Sales biliares; Bilis de buey; Citrato férrico; Azul de timol; Rojo de cresol;
Celobiosa; Colistina; Polimixina B; Triptona; Tripticasa; Gelatina; Dextrosa; Tiosulfato
de sodio; Tristona; L-Arginina (hidrocloruro); Polipeptona; Gelisato; Alcohol etílico; Alfa
Naftol;
N,N,N,N-Tetrametil-p-Fenilendiamino;
p-dimetilaminobenzaldehído;
Alcohol
amílico; Rojo de metilo; Datalogger; Plataforma con agitación; Horno de microondas;
Caja de luz UV; Replicador; Papel filtro; Bolsas tolerantes al calor y sellador; Tubos de
plástico; Microplacas de titulación; Membranas de nylon; Mamparas de malla; Varillas;
Palillos de madera; Cajas Petri desechables y estériles; Placas; Asa bacteriológica;
Cepillos estériles; Forceps; Caldo Extracto de levadura Casaminoácidos (CAYE); Medio
para prueba de movilidad-1% Cloruro de Sodio; Caldo T1N0; Caldo T1N3; Caldo T1N6;
Caldo T1N8; Caldo T1N10; Dig-11-dUTP; CSPD; Caldo Urea; Tween; Bicarbonato de
Sodio; Fitona; Soytona; Sangre de oveja desfibrinada; Casaminoácidos; Sulfato de
Magnesio; Cloruro de Manganeso; Cloruro de Fierro; Fosfato de Sodio dibásico
anhidro; Fosfato monopotásico; Sulfato de Polimixina B; Colato de Sodio; Oxgall;
Glicerol; Antisuero polivalente V. cholerae O1; Antisuero polivalente V. cholerae O139;
Kit de detección de enterotoxina VET-RPLA TD920A; Acetato de amonio; Dodecil
sulfato de sodio; Trizma Base; Cloruro de Magnesio; Proteinasa K; Solución de
bloqueo; Anti-Fosfatasa digoxigénica alcalina, Fragmentos Fab; Reactivos para Tinción
de Gram; Termobloque; Termociclador; Centrífuga; Congelador; Vasos de licuadora
con tapa; Puntas para PCR con filtro libres de DNAsas y RNAsas; Tubos; Tiras 8-tubos;
tdh 89F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´
TCCCTTTTCCTGCCCCC; tdh 321R desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la
secuencia 5´a 3´ CGCTGCCATTGTATAGTCTTTATC; Oligonucleótido tdh sonda estilo
nucleasa
y
concentración
de
trabajo
10µM.
Con
la
secuencia
5´a
3´
TGACATCCTACATGACTGTG y modificación 5'FAM-3'MGBNFQ; Oligonucleótido trh
20F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´
TTGCTTTCAGTTTGCTATTGGCT; Oligonucleótido trh 292R desalado y concentración
de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ TGTTTACCGTCATATAGGCGCTT;
Oligonucleótido trh sonda estilo nucleasa y concentración de trabajo 10µM. Con la
secuencia 5´a 3´ AGAAATACAACAATCAAAACTGA y modificación 5'TET-3'MGBNFQ;
Oligonucleótido IAC 46F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia
5´a 3´ GACATCGATATGGGTGCCG; Oligonucleótido IAC 186R desalado y
concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia 5´a 3´ CGAGACGATGCAGCCATTC;
Oligonucleótido tlh 884F desalado y concentración de trabajo 10µM. Con la secuencia
5´a 3´ ACTCAACACAAGAAGAGATCGACAA; Oligonucleótido tlh 1091R desalado y
concentración
de
trabajo
10µM.
Con
la
secuencia
5´a
3´
GATGAGCGGTTGATGTCCAA; tlh sonda estilo nucleasa y concentración de trabajo
10µM. Con la secuencia 5´a 3´ CGCTCGCGTTCACGAAACCGT y modificación
5'TexasRed-3'BHQ; tlh sonda estilo nucleasa y concentración de trabajo 10µM. Con la
secuencia 5´a 3´ CGCTCGCGTTCACGAAACCGT y modificación 5'JOE-3'BHQ2;
Platinum Taq DNA polimerasa; dNTP’s, mezclados y en la misma concentración 10mM;
Colorante ROX de referencia; Potasio dihidrógeno fosfato; Agua grado PCR; Agua tipo
I; Disodio hidrógeno fosfato anhidro; E. coli ATCC 11229; Staphylococcus aureus ATCC
6538; Autoclave, Balanza analítica, Balanza granataria, Baño de agua, Bomba, Cabina
de seguridad biológica (CBS), Caja de luz UV, Cámara de vacío, Datalogger,
Homogeneizador, Horno, Horno de microondas, Incubadora, Micropipetas, Motor de
licuadora, Plataforma con agitación, Potenciómetro, Refrigerador, Replicador,
Termómetro.
124
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Cumplir los lineamientos del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos, incluyendo la clasificación sanitaria de áreas de cosecha y el
establecimiento de un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos Algales Nocivos (Marea Roja), con fines de protección a la salud pública y la
aplicación de medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos contaminados.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
LESP
21. Realizar análisis de
biotoxinas
marinas
en
moluscos
bivalvos
de
acuerdo con lo establecido
por COFEPRIS (pruebas
para detección de PSP,
ASP y DSP en los Estados
con litoral en el Océano
Pacífico y PSP, ASP, DSP
y NSP en los Estados del
Golfo
de
México)
de
acuerdo con los criterios
técnicos establecidos por
COFEPRIS.
25501; 25901; 27201;
35401; 53101; 53201
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Cromatógrafo; Centrífuga; Campana de extracción; Lector profesional; Vórtex; Servicios
de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico. Motor de
licuadora; Pipeteador; Servicios de instalación de equipo e instrumental médico.
Balanza; Cronómetro; Tubos; Puntas para micropipeta; Viales; Filtro ccrodiscos 0.45µm
PVDF; Matraz; Columna analítica; Guarda-columna; Escobillones; Espátula; Forceps;
Charolas; Paños; Vasos de licuadora; Contenedores estériles; Careta; Lentes de
protección; Vaso de precipitado; Papel filtro; Tubos de centrífuga; Equipo de filtración
para la fase móvil; Membrana de filtración; Tubos de polipropileno; Columnas Vydac;
Precolumna y guardacolumna; Bureta; Frasco; Acetonitrilo grado HPLC o UV; Metanol
grado HPLC o UV; Ácido Trifluoroacético grado espectrofotométrico; L-triptófano;
Solución estándar de referencia de 103.3 µg ácido domóico; Estándar secundario de
ácido domóico; Fosfato de Potasio monobásico; Peptona; Cloruro de Sodio; Agua
destilada; Kit Scotia Rapid Test-ASP; kit Reveal 2.0 ASP (Neogen ítem 9560); Kit de
arranque para biotoxinas marinas (Neogen ítem 9563); Desionizador de agua; Baño de
agua; Incubadora; Lector de microplacas; Kit de ácido okadaico-PP2A de 96 pozos;
Hidróxido de Sodio; Ácido Clorhídrico; Potenciómetro; Termómetro; Placa de
calentamiento; Micropipeta; Magnetos; Tiras reactivas; Probeta; Pipeta; Guantes;
Jeringas estériles; Agujas estériles del No. 26G; Vidrios de reloj; Jaulas; Ratones
sanos; Agitador; Solución estándar de Dihidrocloruro de Saxitoxina (PSP); Solución
buffer pH 2.0 con certificado trazable al NIST; Solución buffer pH 7.0 con certificado
trazable al NIST; Agua desionizada; Kit AquaBC Rapid Testing PSP; Agitador de
microplacas, Balanza, Balanza analítica, Balanza granataria, Baño de agua, Campana
de extracción, Centrífuga, Cromatógrafo, Cronómetro, Desionizador de agua,
Incubadora, Lector de microplacas, Lector profesional, Micropipetas, Motor de
licuadora,
Pipeteador,
Placa
de
calentamiento,
Potenciómetro,
Refrigerador,
Termómetro, Ultracongelador, Vórtex.
LESP
22.
Realizar
las
determinaciones
de
fitoplancton en agua de
mar
con
base
en
los
lineamientos emitidos por
la COFEPRIS.
25501; 25901
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS
Cámara de Sedimentación Utermohl; Vaselina; Pipeta; Portaobjetos; Cubreobjetos;
Acetato de Lugol; Vaso de precipitado; Frasco; Cámara de volumen fijo Sedgwick
Rafter; Matraz; Probeta; Pipeta Pasteur; Jeringas; Manguera de látex; Papel parafilm;
Gasas; Solución fijadora de Acetato Lugol; Yoduro de Potasio; Yodo; Ácido acético
glacial; Agua destilada.
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades
derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
23. Ratificar o notificar el
nombre
del
personal
responsable estatal de los
programas de sal y harinas
para el ejercicio 2025.
21101; 21401;31603;
32301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS
Papelería; Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas
blancas adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla;
Registrador lefort; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de
Internet; Disco duro externo de 1 a 4 TB; Arrendamiento de equipo de cómputo.
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DIARIO OFICIAL
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades
derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
24. Enviar actualización del
padrón estatal de salineras,
envasadoras
de
sal
y
molinos de harina de trigo y
maíz.
21101;21401; 31603;
32301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS
Arrendamiento de equipo de cómputo; Papelería; Insumos para impresoras; Memorias
USB; Pago del servicio de Internet; Disco duro externo de 1 a 4 TB.
APCRS
25.
Realizar
visitas
de
verificación a las salineras
y
envasadoras
de
sal
tomando como referencia
el padrón actualizado.
21101;21401; 25101;
25501;26102; 32502;
33603; 35501; 39202
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
PRODUCTOS
QUÍMICOS
BÁSICOS;
MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS
IMPUESTOS Y DERECHOS
Papelería; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión;
Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Memorias USB; Disco
duro externo de 1 a 4 TB; Colorímetro; Kit de medición de cloro residual; Pastilla DPD;
Rojo fenol; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos;
Arrendamiento de vehículos terrestres; Impresión de sellos autoadheribles para
muestreo; Actas de verificación; Solicitud de análisis; Órdenes; Citatorios; Cédulas;
Papel seguridad; Formato para solicitud de muestras; Fajillas; Casetas; Peaje; Gastos
de camino; Diversos imprevistos facturables de camino; Aditivos para vehículos;
Lubricantes para vehículos; Hojas de papel bond tamaño carta.
APCRS
26. Realizar el muestreo de
sal durante las visitas de
verificación sanitaria para
constatación de adición de
nutrimentos (yodo y flúor),
en envasadoras y también
en puntos de venta de sal,
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
lineamientos emitidos para
este fin.
21101;21601; 25401;
25501;26102; 27201;
32502;33603; 33901;
35501; 39202
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL
DE LIMPIEZA; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
MÉDICOS;
MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES
Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
Jabón; Gel antibacterial; Combustible; Arrendamiento de vehículos terrestres; Aditivos
para vehículos; Lubricantes para vehículos; Cofias o cubrepelo; Cubrebocas; Guantes
de látex; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Papelería;
Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas
adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort;
Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Impresión de
sellos autoadheribles para muestreo; Etiqueta autoadherible para identificación de
muestra; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de
camino.
126
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades
derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS
CON
TERCEROS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
APCRS
27.
Realizar
visitas
de
verificación a los molinos
de harinas de maíz y trigo
tomando como referencia
el padrón actualizado.
21101;21401; 25101;
25501;26102; 32502;
33603; 35501; 39202
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
PRODUCTOS
QUÍMICOS
BÁSICOS;
MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES; OTROS
IMPUESTOS Y DERECHOS
Papelería; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas adhesivas para impresión;
Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort; Memorias USB; Disco
duro externo de 1 a 4 TB; Colorímetro; Kit de medición de cloro residual; Pastilla DPD;
Rojo fenol; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos;
Arrendamiento de vehículos terrestres; Impresión de sellos autoadheribles para
muestreo; Actas de verificación; Solicitud de análisis; Órdenes; Citatorios; Cédulas;
Papel seguridad; Formato para solicitud de muestras; Fajillas; Casetas; Peaje; Gastos
de camino; Diversos imprevistos facturables de camino; Aditivos para vehículos;
Lubricantes para vehículos; Hojas de papel bond tamaño carta.
APCRS
28. Realizar el muestreo de
harinas de trigo y maíz
durante
las
visitas
de
verificación sanitaria para
constatación de adición de
nutrimentos
(zinc.
ácido
fólico y hierro), en molinos
de harinas de maíz y trigo,
también en puntos de venta
de
estos
productos
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
lineamientos emitidos para
este fin.
21101;21601; 25401;
25501;26102; 27201;
32502;33603; 33901;
35501; 39202
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL
DE LIMPIEZA; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
MÉDICOS;
MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES
Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
Jabón; Gel antibacterial; Combustible; Arrendamiento de vehículos terrestres; Aditivos
para vehículos; Lubricantes para vehículos; Cofias o cubrepelo; Cubrebocas; Guantes
de látex; Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Papelería;
Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas
adhesivas para impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort;
Pago de determinaciones analíticas en laboratorio tercero autorizado; Impresión de
sellos autoadheribles para muestreo; Etiqueta autoadherible para identificación de
muestra; Casetas; Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de
camino.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
127
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades
derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS; SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS
CON
TERCEROS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
APCRS
29. Notificar los resultados
de análisis de los productos
de sal y harinas a la
COFEPRIS
de
manera
mensual
mediante
el
sistema
electrónico
autorizado en los formatos
oficiales,
incluyendo
la
cédula
aplicada
de
la
constatación de la adición
de nutrimentos a sal y
harinas
de
los
establecimientos visitados
(salineras, envasadoras de
sal y molinos de trigo y
maíz) de conformidad con
los
lineamientos
correspondientes.
21101;21401; 25501;
26102;31603; 32301;
35501; 37501; 39202
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
SERVICIOS DE INTERNET;ARRENDAMIENTO DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS
Y DERECHOS
Papelería; Insumos para impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de Internet;
Arrendamiento de equipo de cómputo; Disco duro externo de 1 a 4 TB; Servicio de
mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos; Etiqueta autoadherible; Casetas;
Peaje; Gastos de camino; Diversos imprevistos facturables de camino; Aditivos para
vehículos; Lubricantes para vehículos.
APCRS
30. Gestionar, implementar
y reportar las estrategias
de difusión, dirigidas a
manejadores de alimentos
y a la población en general,
con
el
propósito
de
contribuir a la disminución
de los riesgos sanitarios
asociados
con
la
fortificación de alimentos
(sal y harinas de trigo y
maíz), de acuerdo a los
lineamientos emitidos por
la Comisión de Fomento
Sanitario.
33604; 36101
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE
PROGRAMAS
Y
ACTIVIDADES
GUBERNAMENTALES
Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa
ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en
cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación
de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de
perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv.
128
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Mantener las acciones de control sanitario mediante la fortificación de alimentos (sal y harinas de trigo y maíz) para la prevención de enfermedades
derivadas por la falta de nutrimentos, incluso durante las emergencias sanitarias.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
LESP
31.
Realizar
las
determinaciones
especificadas en la sábana
de muestreo para sal (yodo
y flúor), de conformidad
con lo establecido en los
lineamientos emitidos para
este fin.
25501;25901; 35401;
53201
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Balanza analítica; Matraz; Bureta; Papel filtro; Botellas de vidrio ámbar; Ácido Sulfúrico;
Yodato de Potasio anhidro; Almidón; Agua destilada; Yoduro de Potasio; Tiosulfato de
Sodio; Placa de calentamiento; Vaso de precipitado; Ácido clorhídrico; Ácido
Ortofosfórico de 85% mínimo; Ácido salicílico; Dicromato de Potasio; Agua de Bromo;
Anaranjado de Metilo; Ácido Ortofosfórico concentrado; Micropipetas; Potenciómetro;
Agitador magnético; Barra magnética cubierta de teflón; Pipeta; Electrodo; Cloruro de
sodio (NaCl), grado reactivo libre de Flúor; Fluoruro de sodio o solución certificada de
ion Flúor de 1000 mg de F/L; Solución amortiguadora TISAB II; Ácido acético glacial;
Agitador magnético, Balanza analítica, Micropipetas, Placa de calentamiento,
Potenciómetro.
LESP
32.
Realizar
las
determinaciones
especificadas en la sábana
de muestreo para harinas
(zinc. ácido fólico y hierro),
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
lineamientos emitidos para
este fin.
25101;25501; 25901;
35401; 53201
PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Autoclave; Centrífuga; Incubadora; Espectrofotómetro; Micropipetas; Matraz; Tapones;
Agar bacteriológico; Bacto Lactobacilli MRS-agar (MRS-agar); Caldo Bacto Lactobacilli
MRS; Caldo Micro Inoculum; Medio de prueba para ácido fólico; Alcohol etílico
absoluto; Amilasa; Cloruro de calcio fundido o granulado; Cristales de cloruro de sodio;
Fosfato ácido di-potásico anhidro; Fosfato diácido de potasio anhidro; Hidróxido de
sodio en lentejas; Lactosa; Leche descremada en polvo grado reactivo; Lactobacillus
casei ATCC 7469; Espectrómetro; Estufa; Mufla; Fuente de radiofrecuencia;
Automuestreador y recirculador de agua; Placa de calentamiento; Horno de
microondas; Balanza analíticaBomba; Crisoles de platino; Crisoles vycor; Embudo de
filtración; Papel filtro; Perlas de ebullición; Puntas de plástico para micropipetas;
Recipientes; Sistema de reflujo; Tubos de ensayo; Varillas de plástico; Lámparas de
cátodo hueco o de descarga sin electrodos; Ácido Clorhídrico; Ácido Nítrico; Ácido
perclórico; Ácido sulfúrico; Agua destilada deionizada con un grado máximo de
conductividad de 1 µmho/cm a 25ºC; Aire comprimido; Borohidruro de sodio; Cloruro de
Potasio; Hidróxido de sodio granalla reactivo RA; Jabón neutro; Nitrato de Magnesio
hexahidratado; Peróxido de hidrógeno; Solución Estándares de referencia certificadas
de Fe; Solución Estándares de referencia certificadas de Zinc; Yoduro de Potasio;
Solución Estándares de referencia certificadas de Cd; Solución Estándares de
referencia certificadas de Pb; Óxido nitroso grado absorción atómica; Argón grado
absorción atómica; Nitrógeno grado absorción atómica; Sulfato o Cloruro de
hidroxilamina; Cloruro o Sulfato estañoso; Solución de As de 1 µg/mL; Automuestreador
y recirculador de agua, Balanza analítica, Bomba, Fuente de radiofrecuencia, Horno de
microondas, Micropipetas, Placa de calentamiento.
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos
sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
33.
Participar
en
las
reuniones de trabajo sobre
Zoonosis-Brucelosis.
29401; 31603; 35301
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMÁTICOS
Mouse; Teclado; Monitor; Cámara; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de
cómputo; Pago del servicio de Internet.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
129
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos
sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
34. Enviar a la COFEPRIS
los
informes
de
las
reuniones
intersectoriales
que
coordine
el
Área
Estatal
de
Protección
contra Riesgos Sanitarios
para la revisión de la
situación de la brucelosis
en la entidad federativa.
21101;21201; 29401;
31801; 35301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIO
POSTAL;
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES
INFORMATICOS
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor; Pago de
servicio de mantenimiento de equipo de cómputo.
APCRS
35. Enviar a la COFEPRIS
el padrón actualizado de
elaboradores y puntos de
venta de productos lácteos
no sometidos a tratamiento
térmico,
que
se
comercializan en la entidad
federativa.
21101;21201; 21301;
26102;29401; 31801;
35301;35501; 37201;
37501; 37901
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; MATERIAL ESTADISTICO Y
GEOGRÁFICO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIO
POSTAL;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; GASTOS PARA
OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN
ÁREAS RURALES
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Publicaciones relacionadas con información estadística y
geográfica; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor; Pago de servicio de
mantenimiento de equipo de cómputo; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos;
Combustible; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Viáticos a comunidades y zonas
rurales.
APCRS
36. Enviar a la COFEPRIS
los
resultados
del
monitoreo de Brucella spp
en productos lácteos no
sometidos
a
tratamiento
térmico comercializados en
la entidad federativa.
21101;21201; 25501;
26102;27101; 27201;
29401;31801; 33901;
35301;35501; 37201;
37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIO
POSTAL;
SUBCONTRATACIÓN
DE
SERVICIOS
CON
TERCEROS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Cinta canela; Marcatextos; Marcador;
Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño
carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor;
Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Pago de servicio de
mantenimiento de vehículos; Combustible; Pago de servicio de transporte; Viáticos;
Hielera; Gel desinfectante; Cucharón; Frascos de boca ancha con tapa rosca estéril;
Etiquetas autoadheribles; Gel refrigerante; Coladera de acero grado alimenticio; Bolsa
cierre hermético; Agitador de acero inoxidable; Termómetro; Subcontratación de
servicio analítico con terceros para determinación de Brucella spp en productos lácteos;
Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos;
Overol; Bata; Filipina; Cubrebocas; Cofias; Cubrepelo; Guantes.
130
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos
sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
APCRS
37. Gestionar, implementar
y reportar las estrategias
de difusión, dirigidas a
manejadores de alimentos
y a la población en general,
con
el
propósito
de
contribuir a la disminución
de los riesgos sanitarios
asociados
con
la
fortificación de alimentos
(brucelosis), de acuerdo a
los lineamientos emitidos
por
la
Comisión
de
Fomento Sanitario.
33604; 36101
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE
PROGRAMAS
Y
ACTIVIDADES
GUBERNAMENTALES
Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa
ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en
cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación
de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de
perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv.
LESP
38.
Realizar
las
determinaciones
de
Brucella spp en productos
lácteos
(leche)
no
sometidos
a
tratamiento
térmico, de conformidad
con lo establecido en los
lineamientos emitidos para
este fin.
25501;25901; 27201;
35401; 53101; 53201
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Autoclave; Ultracongelador; Termociclador; Incubadora; Gabinete de bioseguridad;
Centrífuga; Termomezclador, Congelador; Equipo para cuantificación de ácidos
nucleicos; Analizador de fragmentos; Homogeneizador; Campana de extracción;
Refrigerador; Documentador de geles o transiluminador con luz UV; Micropipetas;
Potenciómetro; Balanza granataria; Cronómetro; Incinerador; Microcentrífuga; Horno de
microondas; Termómetros o dataloggers; Bolsas y clip de cierre para bolsas;
Contenedores rígidos; Gasas; Gradilla; Guantes; Paños antiestáticos; Papel parafilm;
Placas de reacción para qPCR de 96 pozos; Puntas para PCR; Tubos de polipropileno;
Cuchara; Espátula; Bata; Cubrebocas; Cofias; Zapatones; Lentes de protección;
Mascarilla de concha o equivalente; Bolsas; Medio de cultivo para el crecimiento o
proliferación de Brucella spp; Estuche comercial "High Pure Template Preparation kit";
Etanol o Isopropanol al 70%; Hipoclorito de sodio al 1% (p/v) o al 10% (v/v); Enzima
polimerasa Taqman ultrapura de inicio en caliente; BRU1S711F gct tga agc ttg cgg aca
gt; BRU1S711R ggc cta ccg ctg cga at; Sonda 1S711 aag cca aca ccc ggc cat tat ggt
5’FAM-3’TAMRA; "Control Interno de Amplificación; Exogenous IPC Reagents VIC
Probe, Cat 4308321/4308323"; Solución amortiguadora PBS 1X comercial o preparado;
Mezcla Maestra Taqman Enviromental Master Mix 2.0; Solución amortiguadora para
PCR 10X; Cloruro de magnesio (MgCl2) 25mM; dNTP’s con dUTP (equimolar) 10mM;
Colorante de referencia pasiva ROX 25µM; Oligos y sonda para el control interno de
amplificación; Suplemento selectivo modificado para agregarse al caldo Brucella Oxoid,
Cat SR0209E; Polimixina B; Bacitracina; Natamicina; Ácido nalidíxico; Nistatina;
Vancomicina;
Agarosa
grado
biología
molecular;
Agente
intercalante
para
electroforesis; Inactivador o solución inactivadora de bromuro de etidio; Solución
amortiguadora de carga 6x; Solución amortiguadora Tris Acetato-EDTA (TAE) 50X; Tris
base; Ácido bórico; EDTA; Clorhidrato de lisozima (cristales); Isopropanol absoluto
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
131
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos
sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
reactivo grado analítico; Solución Tris–HCl, 10mM, pH 8.0; ATCC Brucella ovis Buddle
1956; Tubo para PCR de 0.2 mL; Pipetas; Puntas para micropipetas; Tubos con
capacidad de 1,5mL con tapa; Bolsas de polietileno; Probeta; Matraz; Paños
absorbentes; Ácido acético glacial grado analítico; Ácido bórico ultrapuro; Agua grado
biología molecular libre de nucleasas; Agua tipo I; Bromuro de etidio 10 mg/mL; Cloruro
de sodio grado analítico; Suplemento selectivo modificado para Brucella; Estuche
comercial "Fast Start Taq DNA polymerase"; Etanol; Fosfato de sodio dibásico anhidro
grado analítico; Fosfato de sodio monobásico grado analítico; Hidróxido de sodio en
lentejas grado analítico; PCR nucleotide mix. Dinucleótidos Trifosfato (dNTP’s) 10 mM
cada uno dATP, dCTP, dGTP, dTTP; TRIS HCl-base grado biología molecular;
Iniciadores Bru 1 (5´gCgCTCAggCTgCCgACgCAA3´) 800 pb y 680 pb; Iniciadores Bru
3
(5´CCAgCCATTgCggTCggTAC3´)
190
pb;
Iniciadores
Bru
4
(5´ACCCCAgACAgCCCAA3´) pb y 680 pb; Tampón de carga 6x; Marcador de peso
molecular de ADN VIII (de 19 a 1114pb); Tampón Tris Acetato-EDTA (TAE)
concentrado 10X; Ciclohexamida; Brucella spp; Analizador de fragmentos, Autoclave,
Balanza granataria, Cabina de seguridad biológica (CBS), Cámara de electroforesis,
Campana de extracción, Centrífuga, Congelador, Cronómetro, Documentador de geles
o transiluminador con luz UV, Equipo para cuantificación de ácidos nucleicos, Gabinete
de bioseguridad, Homogeneizador, Horno de microondas, Incinerador, Incubadora,
Microcentrífuga, Micropipetas, Potenciómetro, Refrigerador, Sistema fotodocumentador,
Termobloque,
Termociclador,
Termómetros
o
dataloggers,
Termomezclador,
Ultracongelador.
LESP
39.
Realizar
las
determinaciones
de
Brucella spp en productos
lácteos
(queso)
no
sometidos
a
tratamiento
térmico, de conformidad
con lo establecido en los
lineamientos emitidos para
este fin.
25501;25901; 27201;
35401
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Autoclave; Ultracongelador; Termociclador; Incubadora; Gabinete de bioseguridad;
Centrífuga; Termomezclador; Congelador; Equipo para cuantificación de ácidos
nucleicos; Analizador de fragmentos; Homogeneizador; Campana de extracción;
Refrigerador; Documentador de geles o transiluminador con luz UV; Micropipetas;
Potenciómetro;
Balanza;
Cronómetro;
Incinerador;
Microcentrífuga;
Horno
de
microondas; Termómetros o dataloggers; Bolsas y clip de cierre para bolsas;
Contenedores rígidos; Gasas; Gradilla; Guantes; Paños antiestáticos; Papel parafilm;
Placas de reacción para qPCR de 96 pozos; Puntas para PCR; Tubos de polipropileno;
Cuchara; Espátula; Bata; Cubrebocas; Cofias; Zapatones; Lentes de protección;
Mascarilla de concha; Bolsas; Medio de cultivo para el crecimiento o proliferación de
Brucella spp; High Pure Template Preparation kit; Etanol o Isopropanol al 70%;
Hipoclorito de sodio al 1% (p/v) o al 10% (v/v); Enzima polimerasa Taqman;
BRU1S711F gct tga agc ttg cgg aca gt; BRU1S711R ggc cta ccg ctg cga at; Sonda
1S711 aag cca aca ccc ggc cat tat ggt 5’FAM-3’TAMRA; "Control Interno de
Amplificación Exogenous IPC Reagents VIC Probe, Cat 4308321/4308323 o PCR
Internal Control DNA/FDA Vp Assay for tl, Cat 760-0001 o ADN control positivo
endógeno para detección del gen RNAsa P que codifica para la ribonucleasa P
humana"; Solución amortiguadora; Mezcla Maestra Taqman Enviromental Master Mix
2.0, Applied Biosystems, Cat 4398044 o Taqman Fast Universal PCR Master Mix (2x),
No AmpErase UNG, 50mL, Applied Biosystems, Cat 4367846 o Taqman Gene
Expression Master Mix, 5mL. Applied Biosystems, Cat 4369016; Cloruro de magnesio
(MgCl2) 25mM dNTP’s con dUTP (equimolar) 10mM; Colorante de referencia pasiva
ROX 25µM; Oligos y sonda para el control interno de amplificación; Suplemento
selectivo modificado para agregarse al caldo Brucella Oxoid, Cat SR0209E; Polimixina
B; Bacitracina; Natamicina; Ácido nalidíxico; Nistatina; Vancomicina; Agarosa grado
132
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Establecer actividades coordinadas en materia de brucelosis que permitan a las entidades federativas orientar acciones de protección contra riesgos
sanitarios potencialmente presentes en productos lácteos no sometidos a tratamiento térmico.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
biología molecular; Agente intercalante para electroforesis; Inactivador o solución
inactivadora de bromuro de etidio; Marcador de peso molecular de ADN VIII (de 19pb-
1114pb); Tris base; Ácido bórico; EDTA; Clorhidrato de lisozima (cristales); Isopropanol
absoluto reactivo grado analítico; Solución Tris–HCl, 10mM, pH 8.0; ATCC Brucella ovis
Buddle 1956, cepa vacunal o su ADN control positivo; Tubo para PCR de 0.2 mL;
Pipetas; Puntas para micropipetas; Tubos con capacidad de 1,5mL con tapa; Bolsas de
polietileno; Cuchillo acero inoxidable; Probeta; Matraz; Ácido acético glacial grado
analítico; Agua grado biología molecular libre de nucleasas; Agua tipo I; Bromuro de
etidio 10 mg/mL; Cloruro de sodio grado analítico; Suplemento selectivo modificado
para Brucella; Fast Start Taq DNA polymerase; Etanol absoluto; Fosfato de sodio
dibásico anhidro grado analítico; Fosfato de sodio monobásico grado analítico;
Hidróxido de sodio en lentejas grado analítico; PCR nucleotide mix. Dinucleótidos
Trifosfato (dNTP’s) 10 mM cada uno dATP, dCTP, dGTP, dTTP; TRIS HCl-base grado
biología molecular; Iniciadores Bru 1 (5´gCgCTCAggCTgCCgACgCAA3´) 800 pb y 680
pb; Iniciadores Bru 3 (5´CCAgCCATTgCggTCggTAC3´) 190 pb; Iniciadores Bru 4
(5´ACCCCAgACAgCCCAA3´) pb y 680 pb; Tampón de carga 6x; Marcador de peso
molecular de ADN VIII (de 19 a 1114pb); Tampón Tris Acetato-EDTA (TAE)
concentrado 10X; EDTA disódico dihidratado, grado biología molecular; Ciclohexamida;
Brucella spp; Analizador de fragmentos, Autoclave, Balanza granataria, Cabina de
seguridad biológica (CBS), Cámara de electroforesis, Campana de extracción,
Centrífuga, Congelador, Cronómetro, Documentador de geles o transiluminador con luz
UV, Equipo para cuantificación de ácidos nucleicos, Gabinete de bioseguridad,
Homogeneizador, Horno de microondas, Incinerador, Incubadora, Microcentrífuga,
Micropipetas, Potenciómetro, Refrigerador, Sistema fotodocumentador, Termobloque,
Termociclador, Termómetros o dataloggers, Termomezclador, Ultracongelador.
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
40. Enviar a la COFEPRIS
el “Plan de muestreo anual
para la vigilancia de la
calidad microbiológica del
agua para uso y consumo
humano proveniente de la
red de distribución de los
sistemas
formales
de
abastecimiento”,
de
acuerdo
con
los
Lineamientos
Técnicos
emitidos por la COFEPRIS.
21101; 21201; 31801
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; SERVICIO POSTAL
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería.
Jueves 13 de noviembre de 2025
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133
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
41. Enviar a la COFEPRIS
el informe mensual sobre
los
resultados
del
monitoreo de cloro residual
libre, de coliformes fecales
o Escherichia coli y Giardia
lamblia realizado en la
entidad federativa.
21101;21201; 25501;
26102;27101;27201;2
9401;29601;
31801;
35301;35501; 37201;
37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
SERVICIO
POSTAL;
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES
INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño
carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Colorímetro; Kit de medición de cloro residual;
Pastillas DPD; Rojo fenol; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o
distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95; Lentes de
protección o googles; Sombrero; Mouse; Teclado; Monitor; Llantas; Servicio de
mensajería; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de
mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte;
Casetas/peaje; Pago de servicio de hospedaje; Viáticos; Pruebas basadas en el método
del sustrato cromogénico; Bolsas estériles con tiosulfato de sodio; Frascos estériles;
Tiosulfato de sodio; Hielera; Gel refrigerante; Termómetro; Equipo de Incubadora para
laboratorio.
APCRS
42. Enviar a la COFEPRIS
el informe mensual sobre
los
acuses
de
las
notificaciones realizadas a
los
responsables
del
abastecimiento del agua
respecto a los resultados
fuera
de
los
límites
permisibles
en
la
determinación
de
cloro
residual libre, de coliformes
fecales o Escherichia coli y
Giardia lamblia así como
de las acciones realizadas.
21101;21201; 26102;
29401;31801; 35501;
37201;37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS
A
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIO
POSTAL;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de
mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago de servicio de
transporte; Pago de servicio de alimentación.
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
43. Enviar a la COFEPRIS
el Informe de Resultados
de la Vigilancia de la
Calidad Microbiológica del
Agua para Uso y Consumo
Humano con base en los
resultados
de
la
determinación
de
cloro
residual libre, los análisis
bacteriológicos
y
la
detección
de
Giardia
lamblia
realizados
conforme
a
los
lineamientos
establecidos
en dicho año.
21101; 21201
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner.
APCRS
44.
Participar
en
las
reuniones de trabajo que
convoque la Comisión de
Evidencia y Manejo de
Riesgos
para
abordar
temas
relacionados
al
proyecto
de
agua
de
calidad microbiológica.
31603; 21101; 35301
SERVICIOS
DE
INTERNET;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS
Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo
de cómputo.
APCRS
45. Enviar a la COFEPRIS
el programa de muestreo
anual
para
las
determinaciones
fisicoquímicas, radiactivas,
compuestos
orgánicos
sintéticos
y/u
otros
parámetros
de
riesgo
priorizados
para
la
vigilancia de la calidad
fisicoquímica del agua en la
red
de
distribución
y
plantas potabilizadoras de
los
sistemas
de
abastecimiento de agua de
uso y consumo humano.
21101; 21201; 31801
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; SERVICIO POSTAL
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería.
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
46. Enviar a la COFEPRIS
el reporte de resultados
obtenidos del monitoreo de
los
parámetros
fisicoquímicas, radiactivas,
compuestos
orgánicos
sintéticos
y/u
otros
parámetros
de
riesgo
priorizados de riesgo en los
sistemas de abastecimiento
de agua de uso y consumo
humano.
21101;21201; 25501;
26102;27101;27201;2
9401;29601;
31801;
33901;35301; 35501;
37201; 37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
SERVICIO
POSTAL;
SUBCONTRATACIÓN
DE
SERVICIOS
CON
TERCEROS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño
carta; Sobres tamaño carta; Marcador permanente; Tóner; Garrafones blancos de
polietileno o polipropileno; Mouse; Teclado; Monitor; Frascos de boca ancha; Frascos
de vidrio color ámbar; Ácido clorhídrico concentrado; Acetona; Pipetas; Perilla de
seguridad; Guantes; Agua destilada; Piseta; Hielera con llave de desague; Gel
refrigerante; Hielo potable; Termómetro; Ácido nítrico concentrado; Ácido sulfúrico
concentrado; Tubos o viales de vidrio con tapón de teflón; Tiras reactivas para Ph;
Etiquetas; Cinta de teflón; Cinta canela transparente; Empaques de goma; Gasolina;
Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con
insignias o distintivos; Cubrebocas; Lentes de protección; Mascarilla con respirador;
Llantas; Servicio de mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago
de servicio de transporte; Pago de servicio de hospedaje; Pago de servicio de
alimentación; Casetas/peaje; Pago de servicio analítico para la determinación de Flúor,
Arsénico, Plomo, Plaguicidas y/u otros analitos de riesgo en agua de uso y consumo
humano; Potenciómetro.
APCRS
47. Enviar a la COFEPRIS
las
notificaciones
realizadas
a
los
responsables
del
abastecimiento del agua en
localidades, municipios o
entidades
federativas,
respecto a los resultados
del
monitoreo
de
los
parámetros fisicoquímicos,
radiactivas,
compuestos
orgánicos
sintéticos
y/u
otros parámetros de riesgo
priorizados en agua de uso
y consumo.
21101;21201; 26102;
27101;27201;29401;
31801;33901; 35501;
37201; 37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS
A
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
SERVICIO
POSTAL;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de
mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago de servicio de
transporte; Pago de servicio de alimentación.
136
DIARIO OFICIAL
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
48. Enviar a la COFEPRIS
el reporte de resultados del
monitoreo
de
los
parámetros fisicoquímicos,
radiactivas,
compuestos
orgánicos
sintéticos
y/u
otros parámetros de riesgo
priorizados en agua de uso
y consumo en cada una de
las plantas potabilizadoras
de agua de uso y consumo
humano seleccionadas en
la entidad federativa.
21101;21201; 25501;
26102;27101;27201;2
9401;29601;
31801;
33901;35301; 35501;
37201; 37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
SERVICIO
POSTAL;
SUBCONTRATACIÓN
DE
SERVICIOS
CON
TERCEROS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas; Carpetas; Tablas
de campo; Folder; Sobres; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Frascos de boca ancha;
Garrafones blancos de polietileno o polipropileno; Ácido clorhídrico; Acetona; Pipetas;
Guantes; Agua destilada; Piseta; Hielera; Gel refrigerante; Termómetro; Ácido nítrico
concentrado; Tubos o viales de vidrio; Empaques de goma; Gasolina; Aceite lubricante;
Camisa tipo polo con insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos;
Cubrebocas; Lentes de protección; Mascarilla con respirador; Llantas; Servicio de
mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Servicio de transporte;
Hospedaje; Alimentación; Casetas/peaje; Pago de servicio analítico para la
determinación de los diferentes parámetros establecidos en la NOM-127-SSA1-2021 o
la que la sustituya, en agua de uso y consumo humano de potabilizadoras; Guante;
Viáticos; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo.
APCRS
49. Enviar a la COFEPRIS
las
notificaciones
generadas
a
los
organismos
responsables
y/u
operadores
de
las
plantas potabilizadoras de
agua de uso y consumo
humano de los sistemas de
abastecimiento.
21101;21201; 26102;
29401;31801; 35501;
37201; 37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS
A
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIO
POSTAL;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Mouse; Teclado; Monitor; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de
mensajería; Pago de servicio de mantenimiento de vehículos; Pago de servicio de
transporte; Pago de servicio de alimentación.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
137
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
50. Enviar a la COFEPRIS
el informe anual de los
impactos en la salud de la
población, por las acciones
realizadas
por
el
Área
Estatal
de
Protección
contra Riesgos Sanitarios
respecto al monitoreo de
los
parámetros
fisicoquímicos, radiactivas,
compuestos
orgánicos
sintéticos
y/u
otros
parámetros
de
riesgo
priorizados en agua de uso
y
consumo
(tomas
domiciliares
y
plantas
potabilizadoras).
21101; 21201; 31801
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; SERVICIO POSTAL
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices;
Clips; Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras;
Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de
mensajería.
APCRS
51.
Participar
en
las
reuniones de trabajo que
convoque la Comisión de
Evidencia y Manejo de
Riesgos
para
abordar
temas
relacionados
al
proyecto
de
agua
de
calidad fisicoquímica.
31603; 21101; 35301
SERVICIOS
DE
INTERNET;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS
Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo
de cómputo.
APCRS
52. Enviar a la COFEPRIS
el reporte de resultados
obtenidos
del
monitoreo
prevacacional
de
playas
prioritarias de acuerdo a lo
señalado
en
los
lineamientos
establecidos
por la COFEPRIS.
21101; 21201;25501;
26102; 27101;27201;
29401; 29601;31801;
35301; 35501;37201;
37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
SERVICIO
POSTAL;
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES
INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño
carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Bolsas estériles; Hielera; Gel refrigerante; Hielo;
Termómetro; Kit enterolert; Pipetas; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con
insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95;
Chalecos salvavidas; Trajes de peto con botas; Mouse; Teclado; Monitor; Llantas;
Servicio de mensajería; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de
mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte;
Viáticos; Pago de servicio de alimentación
138
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
53. Enviar a la COFEPRIS
el reporte de resultados
obtenidos
del
monitoreo
mensual
de
playas
prioritarias de acuerdo a lo
señalado
en
los
lineamientos
establecidos
por la COFEPRIS.
21101; 21201;25501;
26102; 27101;27201;
29401; 29601;31801;
35301; 35501;37201;
37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
SERVICIO
POSTAL;
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES
INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Bolsas estériles; Hielera; Gel refrigerante; Hielo; Termómetro; Kit
enterolert; Pipetas; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con insignias o
distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95; Chalecos
salvavidas; Trajes de peto con botas; Mouse; Teclado; Monitor; Llantas; Servicio de
mensajería; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de
mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte;
Viáticos; Pago de servicio de alimentación.
APCRS
54. Enviar a la COFEPRIS
el informe mensual sobre la
asistencia a las reuniones
convocadas
por
los
Comités
de
Playas,
incluyendo
información
sobre
los
acuerdos
generados durante dichas
reuniones o las minutas
correspondientes.
21101;21201; 26102;
35501; 37201; 37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS
A
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS PÚBLICOS; MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mantenimiento de
vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos.
APCRS
55. Enviar a la COFEPRIS
el
informe
sobre
las
notificaciones realizadas a
los Comités de Playas,
respecto a los resultados
del
monitoreo
de
enterococos en agua de
mar de playas de uso
recreativo
con
contacto
primario,
cuando
estos
resultados rebasen el límite
permisible establecido por
la Secretaría de Salud, así
como
de
las
acciones
realizadas.
21101; 21201;26102;
29401; 31801;35501;
37201; 37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS
A
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIO
POSTAL;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Mouse; Teclado; Monitor; Servicio de
mensajería; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de
servicio de transporte; Viáticos.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
139
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
56. Enviar a la COFEPRIS
un informe anual en el que
se analicen los resultados
obtenidos del programa de
muestreo
de
la
determinación
de
Enterococos en agua de
mar.
21101; 31801
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; SERVICIO
POSTAL
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Servicio de mensajería.
APCRS
57. Difundir al interior de
los Comités de Playas, la
cédula de caracterización
de las playas contenidos en
el universo de monitoreo
que lleva a cabo la entidad
de acuerdo a lo establecido
en los lineamientos de la
COFEPRIS.
21101; 21201;26102;
31801; 35501;37201;
37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS
A
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS PÚBLICOS; SERVICIO POSTAL;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mantenimiento de
vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Servicio de
mensajería.
APCRS
58.
Participar
en
las
reuniones de trabajo que
convoque la Comisión de
Evidencia y Manejo de
Riesgos
para
abordar
temas
relacionados
al
proyecto
de
agua
de
contacto: Vigilancia de la
calidad del agua de mar
para uso recreativo con
contacto primario.
31603; 21101; 35301
SERVICIOS
DE
INTERNET;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS
Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo
de cómputo.
APCRS
59. Enviar a la COFEPRIS
el reporte de resultados
obtenidos del monitoreo de
E.
coli
realizados
en
cuerpos de agua dulce
para uso recreativo con
contacto primario.
21101; 21201;25501;
26102; 27101;27201;
29601; 35301;35501;
37201; 37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
REFACCIONES
Y
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Tablas de campo; Folder tamaño
carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Bolsas estériles; Hielera; Gel refrigerante;
Termómetro; Kit colilert; Pipetas; Gasolina; Aceite lubricante; Camisa tipo polo con
insignias o distintivos; Playera tipo polo con insignias o distintivos; Cubrebocas KN95;
Chalecos salvavidas; Zapatos; Trajes de peto con botas; Llantas; Servicio de
mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo
de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos.
140
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
APCRS
60. Enviar a la COFEPRIS
el
informe
sobre
las
notificaciones realizadas a
la
autoridad
correspondiente, respecto
a
los
resultados
del
monitoreo de E. coli en
cuerpos de agua dulce
para uso recreativo con
contacto
primario
que
rebasaron
el
límite
permisible establecido por
la Secretaría de Salud, así
como
de
las
acciones
realizadas.
21101; 21201;26102;
29401; 31801;35501;
37201; 37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS
A
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIO
POSTAL;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Mouse; Teclado; Monitor; Servicio de
mensajería; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pago de
servicio de transporte; Viáticos.
APCRS
61. Enviar a la COFEPRIS
un informe anual en el que
se analicen los resultados
obtenidos del programa de
muestreo
de
la
determinación de E. Coli en
cuerpos de agua dulce.
21101; 21201
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner.
APCRS
62.
Difundir
con
la
autoridad correspondiente
la
cédula
de
caracterización de cuerpos
de agua dulce y sitios de
muestreo contenidos en el
universo de monitoreo que
lleva a cabo la entidad de
acuerdo a lo establecido en
los
lineamientos
establecidos
por
la
COFEPRIS.
21101; 21201;26102;
31801; 35501;37201;
37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS
A
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS PÚBLICOS; SERVICIO POSTAL;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Gasolina; Aceite lubricante; Servicio de mantenimiento de
vehículos y equipo de transporte; Pago de servicio de transporte; Viáticos; Servicio de
mensajería.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
141
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
63. Validar los sitios de
muestreo de los cuerpos de
agua dulce que deberán
ser
vigilados
por
las
entidades federativas.
21101; 31801
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; SERVICIO
POSTAL
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Servicio de mensajería.
APCRS
64.
Participar
en
las
reuniones de trabajo que
convoque la Comisión de
Evidencia y Manejo de
Riesgos
para
abordar
temas
relacionados
al
proyecto
de
agua
de
contacto:
Vigilancia
de
cuerpos de agua dulce
donde
se
realicen
actividades
de
uso
recreativo
con
contacto
primario.
31603; 21101; 35301
SERVICIOS
DE
INTERNET;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS
Pago del servicio de Internet; Papelería; Pago de servicio de mantenimiento de equipo
de cómputo.
LESP
65. Realizar los análisis
microbiológicos,
en
el
porcentaje
definido
respecto al total de las
muestras tomadas por el
APCRS en el mes, y cuyos
resultados están por debajo
de lo establecido en la
NOM-127-SSA1-2021.
25101; 25501;25901;
27201; 35401; 53101;
53201
PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Autoclave; Horno; Incubadora; Termómetro; Potenciómetro; Pipetas; Frascos de vidrio;
Tubos de cultivo; Campanas de fermentación; Gradilla; Caldo EC; Lactosa; Cloruro de
sodio; Lauril sulfato de sodio; Agua destilada; Mezcla de sal de bilis; Vasos para
licuadora; Tubos de ensayo; Caldo Lactosado; Caldo Lauril; Extracto de carne; Triptosa;
Agar; Sales biliares No. 3; Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC
25923; Enterobacter aerogenes ATCC 13048; Baño de agua; Balanza; Frasco con tapa
de rosca; Asas bacteriológicas; Lámpara UV; Lentes protectores; Cuchillo; Pinzas;
Tijeras; Cuchara; Espátula; Licuadora; Agar eosina azul de metileno de Levin (EMB-L);
Caldo Lauril; Agar MacConkey; Caldo EC; Caldo MR-VP; Caldo citrato de Koser; Medio
EC-MUG; Hidróxido de sodio; Reactivo de Kovacs; Reactivos para la coloración de
GRAM; Bacto triptosa; Bacto lactosa; Bacto sales biliares No. 3; Proteasa peptona o
polipeptona; Peptona o gelizante; Rojo neutro; Cristal violeta; Eosina; Azul de metileno;
Triptona o tripticasa; Tetrahidrato de fosfato de sodio y amonio; Sulfato de Magnesio
Heptahidratado; Citrato de Sodio dihidratado; p-dimetilaminobenzaldehído; Alcohol
amílico (normal); HCI concentrado; Reactivo de Voges-Proskauer (VP); alfa-naftol;
Alcohol absoluto; Hidróxido de potasio; Etanol 95%; Oxalato de amonio; lodo de Gram;
Yodo; Yoduro de potasio (Kl); Colorante de contraste; Safranina O; 4-metilumbelliferyl-
beta-D-glucurónido (MUG); Microscopio estereoscópico; Propipeta; Contador; Bomba;
Sistema de luz UV; Cucharón de acero inoxidable; Picahielos; Destapador; Abrelatas de
acero inoxidable; Recipientes; Porta asa; Portaobjetos; Material para envolver
esterilizable; Membranas para filtración; Sistema de filtración; Matraz; Botellas de
borosilicato; Casitona ; Tiopeptona; Tiotona; Extracto de levadura; Dextrosa; Fosfato
ácido de Potasio; Desoxicolato de Sodio; Sulfito de Sodio; Fucsina básica; Agua grado
reactivo; Polipeptona; Homogeneizador; Bolsas de polietileno; Cinta testigo; Cuchillo
desconchador; Frasco de dilución; Mechero Bunsen; Probeta; Tubos de fermentación;
Agar nutritivo; Caldo A-1; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons; Agar
Cuenta estándar; Diluyente de Peptona al 0.1%; Regulador de fosfatos solución
concentrada; E. coli ATCC 25922; Caldo triptona al 1%; Indicador rojo de metilo;
Autoclave; Horno; Termómetro; Potenciómetro; Baño de agua; Termómetro de
inmersión total; Pipeteador; Balanzas granataria; Marco de pesas; Motor de licuadora;
Propipeta; Balanza analítica; Contador de colonias; Agitador; Micropipetas; Sellador de
placas; Microscopio estereoscópico; Contador; Bomba; Sistema de luz UV para
esterilización de las unidades de filtración; Homogeneizador; Incubadora.
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
LESP
66. Realizar el análisis de
Giardia Lamblia de acuerdo
a lo establecido en la NOM-
127-SSA1-2021.
25501; 5901; 35401;
53101; 53201
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Centrífuga; Micropipeta; Vórtex; Botellas para centrífuga; Charola; Mango para bisturí;
Tubos de centrífuga; Sifón; Navajas; Guantes; Sistema de vacío con trampa; Vaso de
precipitado; Puntas; Formaldehído al 37% (v/v); Tween 80 al 0.1%; Agua destilada
grado reactivo; Kits para determinación de quistes de Giardia lamblia; Termociclador;
Kits TaqMan PCR para Giardia lamblia; Kits SYBR Green qPCR para Giardia lamblia;
Kits PCR punto final para Giardia lamblia; Centrífuga; Micropipeta; Vórtex;
Termociclador.
LESP
67. Realizar los análisis de
los
parámetros
fisicoquímicas, radiactivas,
compuestos
orgánicos
sintéticos
y/u
otros
parámetros
de
riesgo
priorizados de riesgo en los
sistemas de abastecimiento
de agua de uso y consumo
humano.
25501;25901; 35401;
53101; 53201
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Campana de extracción; Mufla; Espectrómetro; Estufa; Autoclave; Centrífuga; Balanza
analítica; Placa de calentamiento; Bomba; Celda de cuarzo; Matraz; Crisoles de platino;
Lámparas de cátodo hueco o lámparas multi-elemento; Quemadores; Papel filtro;
Tubos; Perlas de ebullición; Pipetas; Membranas de filtración; Cajas Petri; Vidrios de
reloj; Crisoles vycor; Sistema de reflujo; Varilla de plástico; Recipientes; Papel
parafinado; Bolsas de plástico; Viales; L-Ácido ascórbico; Peróxido de Hidrógeno; Óxido
nitroso; Acetileno; Ácido nítrico; Hidróxido de sodio; Agua destilada deionizada;
Acetona; Hexano; Yoduro de Potasio; Borohidruro de Sodio; Aire comprimido;
Disolución patrón; Dicromato de Potasio; Cloruro de Potasio; Nitrato de Magnesio;
Sulfato ácido de hidroxilamina; Cloruro o Sulfato estañoso; Jabón neutro; Agua Tipo I;
Disolución de Paladio; Fosfato de amonio monobásico; Disolución de Nitrato de
Magnesio hexahidratado de alta pureza; Ácido sulfúrico; Clorhidrato de hidroxilamina;
Potenciómetro; Baño María; Agitador; Barra magnética; Frasco con tapón; Papel para
secar el electrodo; Piseta; Tubos de ensayo; Vaso de precipitado; Agua grado reactivo;
Disoluciones patrón amortiguadoras de pH; Molino; Algodón; Agua destilada; Éter
etílico saturado con agua; Solución patrón con pH; Potasio Hidrógeno ftalato; Ácido
Cítrico; Potasio Dihidrógeno Ortofosfato; Disodio Hidrógeno Ortofosfato; Motor de
licuadora; Tabla para cortar; Embudo; Vasos de licuadora; Microespátula; Cuchillo;
Agua destilada grado III; Etanol; Solución reguladora de pH; Biftalato Ácido de Potasio;
Fosfato Monobásico de Potasio; Fosfato Dibásico de Sodio; Tetraborato de Sodio
Decahidratado; Turbidímetro; Celdas de vidrio; Sistema de filtración; Membrana de
celulosa; Sulfato de hidracinio; Hexametilentetramina; Horno; Incubadora; Baño de
agua; Comparador electrónico de color; Compensador de temperatura; Comparador
manual para tubos Nessler; Comparador visual; Tubos Nessler; Cloruro de Cobalto (II)
hexahidratado; Hexacloroplatinato de Potasio; Solución comercial; Soporte universal;
Ácido Clorhídrico; Rojo de metilo; Hidróxido de Amonio; Sal disódica dihidratada de
EDTA; Sulfato de Magnesio Heptahidratado; Sulfato de Magnesio hexahidratado;
Cloruro de Amonio; EDTA sal di-magnésica; Eriocromo negro T; Sal sódica; Calmagita;
Carbonato de calcio anhidro; Agua con resistividad megohm-cm a 25°C de 0.2 min;
Amoniaco concentrado; 2-Aminoetanol, libre de aluminio y metales pesados; Ácido
Perclórico; Espectrofotómetro; Termómetro; Fibra de vidrio; Sulfonato de alquil
benceno; Fenolftaleína; Alcohol Etílico; Alcohol Isopropílico; Cloroformo grado
espectrométrico; Azul de metileno; Fosfato de sodio monobásico monohidratado;
Electrodo; Bureta; Electrodo flúor; Agua tipo II; Fluoruro de Sodio anhidro; TISAB II;
Ácido acético glacial; Ácido 1,2 ciclohexilendiaminotetracético (CDTA); Cloruro de
sodio; Cronómetro; Nefelómetro; Fotómetro de filtro; Cucharilla medidora; Frascos;
Nitrato de Plata; Cloruro de Magnesio hexahidratado; Acetato de Sodio; Nitrato de
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Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
Potasio; Nitrato de Sodio; Ácido Acético; Sulfato de Sodio; Cloruro de Bario; Lector de
microplacas; Micropipeta; Cubiertas adhesivas; Filtro fibra de vidrio; Puntas de pipeta;
Puntas desechables; Kit de prueba de ELISA Adda Abraxis; Metanol; Microcistina-LR;
Tiosulfato de Sodio; Abrazadera de aluminio; Base de filtro O-ring; Base de soporte;
Boquilla para manguera; Columna LC C8; Dispositivo para filtración; Filtro de
membrana; Microjeringas; Sistema de liberación muestras; Tapa GL45; Tubos de
centrífuga; Tubos de cultivo de fondo redondo; Ácido ethilendiaminotetraacético; Ácido
L-ascórbico; Argón; Cristales Trizma preempaquetados; Microcistina-RR; Nodularina-R;
Microcistina-LA; Microcistina-LFA; Microcistina-LY; Microcistina-YR; Formiato de
amonio; Nitrógeno; C2D5-Microcistina-LR; 2-cloroacetamida; Puntas para micropipeta;
Botellas vidrio ámbar; Cartuchos de SPE; Columna de HPLC; Depósito de SPE ;
Detector de UV/arreglo de diodo (PDA); Unidad de filtro desechable; Acetonitrilo grado
HPLC; Ácido de trifluoroacético; Microcistina-LR; Microcistina-YD; Cromatógrafo;
Columna cromatográfica de vidrio Longitud; Columnas capilares DB-VRX; Trampa
VOCARB 3000; Trampa VOCARB 4000; Trampas de concentrador; Columna
cromatográfica RTX-VMS para análisis de compuestos orgánicos volátiles; Trampa no.
9, de forma en U; Aparato para destilación azeotrópica; Aparato para destilación al
vacío; Dispositivo de desorción para medio de captura de aire; Circuito de muestreo de
aire; Jeringas; Espátula acero inoxidable; Clorobenceno - d5 en metanol grado
estándar; Estándar 4-Bromofluorobenceno (BFB); Estándar 1,4 - difluorobenceno - d4;
Estándar D8 Tolueno - d8 en metanol; Estándar Metanol grado cromatográfico; Gas
inerte; Bisulfato de sodio grado reactivo; Polientilen glicol; Sustancias de referencia
para Benceno; Sustancias de referencia para Etilbenceno; Sustancias de referencia
para Tolueno; Sustancias de referencia para Xilenos; Agua libre de compuestos
orgánicos; Hexadecano; Charola de plástico; Desecador; Filtro; Papel mylar; Propipeta;
Vasos; Acarreador de Bario; Acarreador de Hierro; Barniz transparente; Detergente;
Naranja de Metilo; Pulpa de papel; Púrpura de bromocresol; Equipo de filtración; Papel
absorvente; Pinzas; Plancheta; Probeta; Estufa; Balanza analítica; Baño de agua;
Espectrofotómetro; Micropipetas; Cromatógrafo; Horno; Autoclave; Incubadora;
Potenciómetro; Comparador electrónico de color; Baño maría; Compensador de
temperatura; Campana de extracción; Mufla; Espectrómetro; Centrífuga; Horno de
microondas;
Placa
de
calentamiento;
Bomba;
Fuente
de
radiofrecuencia;
Automuestreador y recirculador de agua; Agitador magnético; Termómetro; Molino;
Agitador mecánico; Ultracongelador; Baño ultrasónico; Evaporador; Cámara de vacío;
Vórtex; Sonicador; Motor de licuadora; Procesador de alimentos; Turbidímetro.
LESP
68. Realizar los análisis de
los
parámetros
fisicoquímicas, radiactivas,
compuestos
orgánicos
sintéticos
y/u
otros
parámetros
de
riesgo
priorizados de riesgo en
agua de uso y consumo en
cada una de las plantas
potabilizadoras de agua de
uso y consumo humano
25501;25901; 35401;
53101; 53201
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Campana de extracción; Mufla; Espectrómetro; Estufa; Autoclave; Centrífuga; Balanza
analítica; Placa de calentamiento; Micropipetas; Bomba; Celda de cuarzo; Matraz;
Crisoles de platino; Lámparas de cátodo hueco o lámparas multi-elemento;
Quemadores; Papel filtro; Tubos; Perlas de ebullición; Pipetas; Membranas de filtración;
Cajas Petri; Vidrios de reloj; Crisoles vycor; Sistema de reflujo; Varilla de plástico;
Recipientes; Papel parafinado; Bolsas de plástico; Viales; L-Ácido ascórbico; Peróxido
de Hidrógeno; Óxido nitroso; Acetileno; Ácido nítrico; Hidróxido de sodio; Acetona;
Hexano; Yoduro de Potasio; Borohidruro de Sodio; Aire comprimido; Disolución patrón
certificada del metal de interés; Dicromato de Potasio; Cloruro de Potasio; Nitrato de
Magnesio; Sulfato ácido de hidroxilamina; Cloruro o Sulfato estañoso; Jabón neutro;
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Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
seleccionadas en la entidad
federativa
Agua Tipo I; Disolución de Paladio; Fosfato de amonio monobásico; Disolución de
Nitrato de Magnesio hexahidratado; Ácido sulfúrico; Clorhidrato de hidroxilamina;
Potenciómetro; Baño María; Agitador de vidrio; Agitador; Barra magnética; Frasco con
tapón; Papel para secar el electrodo; Piseta; Vaso de precipitado; Agua grado reactivo;
Disoluciones patrón amortiguadoras de pH; Molino; Electrodo; Algodón; Agua destilada;
Éter etílico saturado con agua; Soluciones patrón con pH 4,0 a 20°C; Solución patrón
con pH; Potasio Hidrógeno ftalato; Ácido Cítrico; Potasio Dihidrógeno Ortofosfato;
Disodio Hidrógeno Ortofosfato; Motor de licuadora; Tabla para cortar; Embudo; Vasos
de licuadora; Microespátula; Cuchillo; Etanol; Solución reguladora de pH; Biftalato Ácido
de Potasio; Fosfato Monobásico de Potasio; Fosfato Dibásico de Sodio; Tetraborato de
Sodio Decahidratado; Turbidímetro; Celdas de vidrio; Membrana de celulosa; Sulfato de
hidracinio; Hexametilentetramina; Horno; Incubadora; Baño de agua; Comparador
electrónico de color; Compensador de temperatura; Comparador manual para tubos
Nessler; Comparador visual; Sistema de filtración; Cloruro de Cobalto (II)
hexahidratado; Hexacloroplatinato de Potasio; Solución comercial; Bureta; Soporte
universal; Ácido Clorhídrico; Rojo de metilo; Hidróxido de Amonio; Sal disódica; Sulfato
de Magnesio Heptahidratado; Sulfato de Magnesio hexahidratado; Cloruro de Amonio;
EDTA sal di-magnésica; Eriocromo negro T; Sal sódica; Cloruro de Sodio; Calmagita;
Carbonato de calcio anhidro; Agua con resistividad; Amoniaco concentrado; 2-
Aminoetanol, libre de aluminio y metales pesados; Ácido Perclórico; Espectrofotómetro;
Termómetro; Fibra de vidrio; Sulfonato de alquil benceno. ABS; Fenolftaleína; Alcohol
Etílico; Alcohol Isopropílico; Cloroformo grado espectrométrico; Azul de metileno;
Fosfato de sodio monobásico monohidratado; Agitador magnético; Agua tipo II; Fluoruro
de
Sodio
anhidro;
TISAB
II;
Ácido
1,2
ciclohexilendiaminotetracético;Cronómetro;Nefelómetro;Fotómetro de filtro;Cucharilla
medidora; Frascos; Nitrato de Plata; Cloruro de Magnesio hexahidratado; Acetato de
Sodio; Nitrato de Potasio; Nitrato de Sodio; Ácido Acético; Sulfato de Sodio; Cloruro de
Bario; Lector de microplacas; Botella de vidrio ámbar con tapa de rosca; Cubiertas
adhesivas; Filtro fibra de vidrio; Puntas para pipeta; Kit de prueba de ELISA Adda
Abraxis; Metanol; Microcistina-LR; Tiosulfato de Sodio; Abrazadera de aluminio; Base
de filtro O-ring; Base de soporte; Boquilla para manguera; Columna LC C8; Dispositivo
para filtración; Filtro de membrana; Microjeringas; Sistema de liberación muestras; Tapa
GL45; Ácido ethilendiaminotetraacético; Ácido L-ascórbico; Argón; Cristales Trizma
preempaquetados; Microcistina-RR; Nodularina-R; Microcistina-LA; Microcistina-LFA;
Microcistina-LY; Microcistina-YR; Formiato de amonio; Nitrógeno; C2D5-Microcistina-
LR; 2-cloroacetamida; Puntas para micropipeta; Cartuchos de SPE; Columna de HPLC;
Depósito de SPE; Detector de UV/arreglo de diodo (PDA); Unidad de filtro desechable;
Acetonitrilo grado HPLC; Ácido de trifluoroacético; Microcistina-YD; Microcistina-RR;
Cromatógrafo; Columna cromatográfica; Columnas capilares DB-VRX; Trampa
VOCARB 3000; Trampa VOCARB 4000; Trampas de concentrador; Columna
cromatográfica RTX-VMS; Trampa no. 9, de forma en U; Aparato para destilación
azeotrópica; Aparato para destilación al vacío; Dispositivo de desorción para medio de
captura de aire; Circuito de muestreo de aire; Espátula acero inoxidable; Jeringas;
Clorobenceno-d5 en metanol grado estándar; Estándar 4-Bromofluorobenceno(BFB);
Estándar 1,4 - difluorobenceno -d4; Estándar D8 Tolueno - d8 en metanol; Estándar
Metanol grado cromatográfico; Gas inerte; Bisulfato de sodio grado reactivo; Polientilen
glicol; Sustancias de referencia para Benceno; Sustancias de referencia para
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Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Proteger a la población de riesgos potencialmente presentes en el agua de uso y consumo humano (Incluye agua de consumo, para la preparación de
alimentos e higiene, así como para actividades recreativas en agua).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
Etilbenceno; Sustancias de referencia para Tolueno; Sustancias de referencia para
Xilenos; Agua libre de compuestos orgánicos; Hexadecano; Charola de plástico;
Desecador; Equipo de filtración; Filtro 47 mm y 0.45 mcm poro; Papel absorvente;
Papel mylar; Plancheta; Propipeta; Acarreador de Bario; Acarreador de Hierro; Barniz
transparente; Detergente; Naranja de Metilo; Pulpa de papel; Púrpura de bromocresol;
Pinzas; Probeta; Vasos;Estufa; Balanza analítica; Baño de agua; Espectrofotómetro;
Micropipetas;
Cromatógrafo;
Horno;
Autoclave;
Incubadora;
Potenciómetro;
Comparador electrónico de color; Baño maría; Compensador de temperatura; Campana
de extracción; Mufla; Espectrómetro; Centrífuga; Horno de microondas; Placa de
calentamiento; Bomba; Fuente de radiofrecuencia; Automuestreador y recirculador de
agua; Agitador magnético; Termómetro; Molino; Agitador mecánico; Ultracongelador;
Baño ultrasónico; Evaporador; Cámara de vacío; Vórtex; Sonicador; Motor de licuadora;
Procesador de alimentos; Turbidímetro.
LESP
69. Realizar los análisis del
monitoreo prevacacional de
playas prioritarias.
25101; 25501; 25401;
53101; 53201
PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL
MÉDICO Y DE LABORATORIO; EQUIPO MÉDICO
Y DE LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y
DE LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Autoclave, Baño de agua, Horno, Incubadora, Balanza granataria, Propipeta; Asas
bacteriológicas; Botellas para dilución; Cajas Petri 100mmx150mm; Gradilla; Pipetas;
ABEA; BHI; Caldo azida dextrosa; Vasos no fluorescentes; Charolas 51 celdas; Tubos
de ensayo; Charolas 48 celdas pequeñas y 48 celdas grandes; Autoclave; Baño de
agua; Horno; Incubadora; Balanza granataria; Propipeta; Termómetro; Selladora de
charolas de cuantificación; Lámpara de luz UV.
LESP
70. Realizar los análisis del
monitoreo
mensual
de
playas prioritarias.
REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LA ACTIVIDAD 69.
LESP
71. Realizar los análisis del
monitoreo E. coli realizados
en cuerpos de agua dulce
para uso recreativo con
contacto primario.
25101; 25501;25901;
27201; 35401;33101;
53201
PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Incubadora; Sellador de placas; Lámpara UV; Asas de platino o nicromel; Guantes;
Lentes de seguridad; Frasco con tiosulfato de sodio; Bolsas estériles; Ampolleta abre
fácil con sustrato cromogénico; Solución Buffer pH 7.2 ± 0.2 (S); Agua Tipo I estéril;
Escherichia coli ATCC 25922; Staphylococcus aureus ATCC 25923; Klebsiella
aerogenes ATCC 25923; Autoclave; Baño de agua; Homogeneizador; Potenciómetro;
Termómetro; Balanza analítica; Cinta testigo; Cuchara; Cuchillo desconchador;
Espátula; Gradilla; Pinzas; Pipetas; Probeta; Tubos de cultivo; Tubos de fermentación;
Frasco; Agar; Caldo A-1; Caldo citrato de Koser; Caldo EC; Caldo Lauril Triptosa; Caldo
MR-VP; Caldo triptona al 1%; Caldo verde brillante lactosa bilis; Citrato de Simmons;
Diluyente de Peptona al 0.1%; Indicador rojo de metilo; Reactivo de Kovac; Reactivos
para la coloración de GRAM; Regulador de fosfatos solución concentrada; Reactivo de
Voges-Proskauer (VP); Enterobacter aerogenes ATCC 13048; Micropipetas; Cajas
Petri; Tubos de Ensaye; Botellas; Puntas para micropipeta; TBX; Cabina de seguridad
biológica (CBS); Refrigerador; Motor de licuadora; Tijeras; Desconchador; MMGB
medio selectivo de enriquecimiento; TBGA; Etanol; Agua peptonada; Tween 80; Agua
deionizada; Glutamato de sodio; Lactosa; Peptona bacteriológica; Formato de sodio; L-
Cisteína; L(-) Acido aspártico; L(+) - Arginina; Tiamina; Ácido nicotínico; Ácido
pantogénico; Sulfato de magnesio septahidratado; Citrato de fierro III; Cloruro de calcio
dihidratado; Fosfato dipotásico; Púrpura de bromocresol; Cloruro de amonio; Agua
destilada; Digerido enzimático de caseína; Sales biliares No.3; 5-Bromo-4-cloro-3-Indol-
D- glucurónido ácido (BCIG); Dimetil sulfóxido (DMSO); Agar; E. coli ATCC 25922 o
ATCC 8739; E. faecalis ATCC 29212 o ATCC 19433; Cuchillo de acero inoxidable;
Bisturíes; Mecheros; Solución peptonada salina; TBX; Matraz; Vaso de licuadora;
Martillo; Bolsas de polietileno; Mechero Bunsen; Asas bacteriológicas; Baño de agua;
Homogeneizador; Incubadora; Micropipetas; Homogeneizador; Cabina de seguridad
biológica (CBS); Refrigerador; Termómetro; Motor de licuadora.
146
DIARIO OFICIAL
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia
como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación
constante.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
72. Elaborar el plan anual
de trabajo en materia de
Farmacovigilancia
y
Tecnovigilancia.
21101; 21201;21401;
29301; 29401;31603;
35301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION,
EDUCACIONAL Y RECREATIVO; REFACCIONES Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS
DE
INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
DE BIENES INFORMATICOS
Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Corrector;
Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres;
Protectores de hoja; Tinta; Tóner; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD
y DVD); Apuntadores; Sillas; Fotocopiadoras; Bocinas; Pantallas; Ratón; Cámaras;
Pago del servicio de Internet; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de
impresoras.
APCRS
73. Elaborar el reporte de
Implementación
o
seguimientos de unidades
de
Farmacovigilancia
y
Tecnovigilancia
en
el
sistema nacional de salud.
21101; 21201;21401;
26104; 29401;29601;
31603; 33604;35301;
35501; 37201
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
SERVICIOS
DE
INTERNET; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE
MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA
OPERACIÓN
Y
ADMINISTRACIÓN
DE
LAS
DEPENDENCIAS
Y
ENTIDADES;
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES
INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Corrector;
Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres;
Protectores de hoja; Tinta para fotocopiadoras e impresoras; Tóner; Discos duros;
Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Combustible; LÍquido
para frenos; Aceite; Bocinas; Pantallas; Ratón; Cámaras; Mantenimiento para
automóvil; Pago del servicio de Internet; Mantenimiento de computadoras;
Mantenimiento de impresoras; Llantas; Marchas; Suspensiones; Sistemas de frenos;
Partes eléctricas; Gatos hidráulicos o mecánicos; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas;
Pasajes.
APCRS
74. Elaborar el reporte de
seguimiento de actividades
de
Farmacovigilancia
y
Tecnovigilancia.
21101; 21201;21401;
29401; 31603; 35301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS
Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Corrector;
Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres;
Protectores de hoja; Tinta; Tóner; Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD
y DVD); Apuntadores; Refacciones para equipo de cómputo; Pago del servicio de
Internet; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
147
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia
como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación
constante.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
75. Realizar capacitaciones
en
farmacovigilancia
y
Tecnovigilancia.
21101; 21201;21401;
22104; 26104;27101;
29601;29401; 31602;
31603; 32302;32201;
35301; 33604;35501;
37201; 38301;37504;
39202
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
PRODUCTOS
ALIMENTICIOS
PARA
EL
PERSONAL EN LAS INSTALACIONES DE LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS
DE
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE
MOBILIARIO; ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y
LOCALES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
DE
BIENES
INFORMATICOS;
IMPRESIÓN
Y
ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO
DERIVADO
DE
LA
OPERACIÓN
Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; CONGRESOS Y CONVENCIONES;
VIÁTICOS
NACIONALES
PARA
SERVIDORES
PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES
OFICIALES; OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento;
Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas;
Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta; Discos duros; Dispositivos USB;
Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Combustible; LÍquido para frenos; Aceite;
Playeras; Chalecos con logos oficiales; Llantas; Partes eléctricas; Refacciones para
equipo de cómputo; Mantenimiento para automóvil; Acceso a plataformas de
videoconferencia; Pago del servicio de Internet; Sillas; Mesa de podio; Renta de salón
para eventos de capacitación; Gastos de ponentes; Mantenimiento de computadoras;
Mantenimiento de impresoras; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Marchas;
Suspensiones; Sistemas de frenos; Partes eléctricas; Gatos hidráulicos; Pasajes;
Viáticos; Videoproyector; Servicios de alimentos y de coffee break; Casetas/peaje.
APCRS
76. Realizar asesorías en
Farmacovigilancia
y
Tecnovigilancia.
21101; 21201;21401;
26104; 27101;29601;
33604; 31603;33605;
35301; 35501;37201;
39202; 37504
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE
Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento;
Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas;
Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras;
Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores;
Combustible; LÍquido para frenos; Aceite; Playeras; Chalecos con logos oficiales;
Mantenimiento para automóvil; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas; Gastos de difusión
en medios masivos; Mantenimiento de computadoras; Mantenimiento de impresoras;
Llantas; Marchas; Suspensiones; Sistemas de frenos; Partes eléctricas; Gatos
hidráulicos o mecánicos; Pago del servicio de Internet; Casetas/peaje; Viáticos;
Pasajes.
148
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia
como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación
constante.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA
OPERACIÓN
Y
ADMINISTRACIÓN
DE
LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; SERVICIOS DE
INTERNET; INFORMACIÓN EN MEDIOS MASIVOS
DERIVADA
DE
LA
OPERACIÓN
Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; VIÁTICOS
NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN
EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
APCRS
77. Realizar el Congreso
Estatal
de
Farmacovigilancia
y
Tecnovigilancia.
21101; 21201; 21401;
22106; 26104; 27101;
29401; 29601; 31602;
31603; 32201; 32302;
33604; 33605; 35501;
35301; 37201; 37102;
37504; 38301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
PRODUCTOS
ALIMENTICIOS
PARA
EL
PERSONAL
DERIVADO
DE
ACTIVIDADES
EXTRAORDINARIAS;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES; REFACCIONES Y ACCESORIOS
PARA
EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
SERVICIOS
DE
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS
DE
INTERNET; RRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y
LOCALES; ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO;
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES;
INFORMACIÓN
EN
MEDIOS
MASIVOS DERIVADA DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento;
Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas;
Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras;
Discos duros; Dispositivos USB; Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Servicios
de alimentos y de coffee break; Combustible; Playeras; Chalecos con logos oficiales;
Mantenimiento de equipo de cómputo; Videoproyector; Mantenimiento para automóvil;
Acceso a plataformas de videoconferencia; Pago del servicio de Internet; Renta de
salón para eventos de capacitación; Mesa de podio; Llantas; Marchas; Suspensiones;
Sistemas de frenos; Partes eléctricas; Gatos hidráulicos o mecánicos; Folletos;
Trípticos; Carteles; Mantas; Gastos de difusión en medios masivos; Mantenimiento de
equipo de cómputo; Pasajes; Gastos de transporte terrestre; Boletos de avión; Viáticos;
Gastos de ponentes.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
149
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia
como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación
constante.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
FLUVIALES; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
DE
BIENES
INFORMATICOS;
PASAJES
TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES AÉREOS
NACIONALES ASOCIADOS A LOS PROGRAMAS
DE
SEGURIDAD
PÚBLICA
Y
NACIONAL;
VIÁTICOS
NACIONALES
PARA
SERVIDORES
PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES
OFICIALES; CONGRESOS Y CONVENCIONES
APCRS
78. Realizar el reporte de
visitas de supervisión en
materia
de
Farmacovigilancia
realizado a las unidades
del sistema nacional de
salud.
21101; 21201;21401;
26104; 27101;33604;
35301;35501; 37201;
39202; 37504
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
IMPRESIÓN
Y
ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO
DERIVADO
DE
LA
OPERACIÓN
Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; VIÁTICOS
NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN
EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento;
Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas;
Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tinta; Tóner ; Discos duros; Dispositivos USB;
Disco compacto (CD y DVD); Apuntadores; Combustible; Playeras ; Chalecos con logos
oficiales; Mantenimiento para automóvil; Folletos; Trípticos; Carteles; Mantas;
Mantenimiento de equipo de cómputo; Casetas/peaje; Viáticos; Pasajes.
APCRS
79. Participar en la reunión
nacional.
21101; 21201; 26104;
27101; 37201; 37102;
37504
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; PASAJES AÉREOS NACIONALES
ASOCIADOS
A
LOS
PROGRAMAS
DE
SEGURIDAD PÚBLICA Y NACIONAL; VIÁTICOS
NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN
EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
Libretas; Bolígrafos; Lápices; Clips; Folder; Pegamento; Sacapuntas; Carpetas; Sellos;
Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras;
Combustible; LÍquido para frenos; Aceite; Playeras; Chalecos con logos oficiales; Cubrir
costos de trasporte; Boletos de avión; Viáticos.
150
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Incrementar el número de notificaciones de ESAVIs, RAMs e incidentes adversos recibidas por las entidades federativas. Utilizar a la Farmacovigilancia
como herramienta que permita conocer el perfil de seguridad de los medicamentos. Fomentar actividades de Farmacovigilancia mediante la capacitación
constante.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
80. Atender las solicitudes
emitidas por el CNFV.
21101; 21201; 26104;
27101; 37201
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento;
Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas;
Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta; Combustible; Playeras; Chalecos
con logos oficiales; Cubrir costos de transporte.
APCRS
81. Elaborar el reporte final
de
actividades
de
Farmacovigilancia
y
Tecnovigilancia realizadas
en el 2025.
21101; 21201;29401;
31603; 35301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS
DE
INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
DE BIENES INFORMATICOS
Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Pegamento;
Corrector; Cinta adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Quitagrapas;
Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner; Tinta para fotocopiadoras e impresoras;
Refacciones para equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; Mantenimiento de
equipo de cómputo.
APCRS
82. Gestionar, implementar
y reportar las estrategias
de difusión en el tema de
farmacovigilancia
y
tecnovigilancia dirigidas al
personal de salud y a la
población en general, de
acuerdo a los lineamientos
emitidos por la Comisión de
Fomento Sanitario.
33604; 36101
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE
PROGRAMAS
Y
ACTIVIDADES
GUBERNAMENTALES
Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa
ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en
cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación
de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de
perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv.
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
83.
Implementar
el
Programa
de
Vigilancia
Sanitaria en materia de
productos
y
servicios
basado en riesgos, así
como realizar visitas de
verificación
sanitaria
en
materia de productos y
servicios, para conocer las
21101; 21201;21401;
21501; 25901;26102;
27101; 27201;29101;
29401; 29601;31701;
31801; 32502;32701;
33603; 33604;35301;
35501; 37201; 37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL
DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS
QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
Papelería; Materiales, artículos diversos y equipos menores propios para el uso de las
oficinas; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio;
Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos
compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de
los equipos; Insumos utilizados en el procesamiento, grabación; Artículos y materiales
utilizados en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo
rojo fenol para determinar ph; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos;
Aditivos para vehículos; Prendas de vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado;
Uniformes o prendas de vestir con insignias o distintivos; Mochilas; Prendas especiales
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
151
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
condiciones sanitarias de
los
establecimientos
y
productos relacionados, a
fin
de
proteger
a
la
población
de
riesgos
sanitarios.
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
HERRAMIENTAS
MENORES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
PARA
EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE
SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO
POSTAL;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR,
REGALÍAS
Y
OTROS;
IMPRESIONES
DE
DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS
ADMINISTRATIVOS
Y
FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS;
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
de protección personal; Caretas; Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule;
Herramientas auxiliares de trabajo, utilizadas en carpintería, silvicultura, horticultura,
ganadería, agricultura y otras industrias; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores;
Llaves para tuercas; Martillos; Mochila; Navajas; Pinzas rochester; Componentes y
dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB;
Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y
dirección; Partes eléctricas; Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de
frenos; Pago del servicio de Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos
e imagen; Servicio de mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de
informática; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la
identificación; Formas valoradas; Servicios de impresión y elaboración de material
informativo; Mantas; Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de
cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes
terrestres; Casetas/peaje; Gastos de camino; Viáticos.
APCRS
84.
Realizar
visitas
de
verificación
sanitaria
en
establecimientos dedicados
a la comercialización de
agua
para
consumo
humano, Purificadoras de
Agua, para conocer las
condiciones sanitarias de
los establecimientos, así
como el cumplimiento de la
Norma
NOM-201-SSA1-
2015, a fin de proteger a la
población
de
riesgos
sanitarios.
NA
NA
NA
152
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
85.
Realizar
visitas
de
verificación
sanitaria
en
establecimientos dedicados
a la fabricación, venta y
distribución
de
suplementos
alimenticios
(productos engaño) para
conocer
las
condiciones
sanitarias
de
los
establecimientos
y
productos relacionados, a
fin
de
proteger
a
la
población
de
riesgos
sanitarios.
21101; 21201;21401;
21501; 25901;26102;
27101; 27201;29101;
29401; 29601;31701;
31801; 32502;32701;
33603;33604; 35301;
35501; 37201;37501;
39202
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL
DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS
QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
HERRAMIENTAS
MENORES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
PARA
EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE
SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO
POSTAL;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR,
REGALÍAS
Y
OTROS;
IMPRESIONES
DE
DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS
ADMINISTRATIVOS
Y
FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS;
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; OTROS IMPUESTOS
Y DERECHOS
Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio; Logotipos;
Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos compactos; Discos
duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de los equipos; Insumos
utilizados en el procesamiento, grabación; Artículos y materiales utilizados en
actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol;
Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de
vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con
insignias o distintivos; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos;
Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo;
Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila;
Navajas; Pinzas rochester; Componentes y dispositivos internos o externos que se
integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado;
Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de
equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet;
Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen; Servicio de mensajería;
Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de
documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios
de impresión y elaboración de material informativo; Mantas; Material impreso; Servicio
de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y
equipo de transporte; Pasajes terrestres; Gastos de camino; Viáticos; Caseta/peaje.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
153
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
86.
Realizar
visitas
de
verificaciones sanitarias en
establecimientos
que
vendan
o
comercialicen
productos
del
tabaco,
nicotina,
productos
de
tabaco calentado (PTC),
los sistemas electrónicos
de
administración
de
nicotina (SEAN), bolsas de
nicotina, para verificar la
documentación legal del
establecimiento y de los
productos
que
comercializan
y
que
ampare
su
ingreso
al
territorio
nacional,
el
cumplimiento
de
la
normatividad del etiquetado
de los productos , a fin de
proteger a la población de
riesgos sanitarios.
21101; 21201;21401;
21501; 25901;26102;
27101;27201; 29101;
29401; 29601;31701;
31801; 32502;32701;
33603; 33604;35301;
35501;37201; 37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL
DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS
QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
HERRAMIENTAS
MENORES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
PARA
EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE
SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO
POSTAL;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR,
REGALÍAS
Y
OTROS;
IMPRESIONES
DE
DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS
ADMINISTRATIVOS
Y
FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS;
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Papelería; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio;
Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos
compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de
los equipos; Insumos utilizados en el procesamiento; Artículos y materiales utilizados en
actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol;
Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de
vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con
insignias o distintivos; Mochilas; Prendas especiales de protección personal; Caretas;
Cascos; Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de
trabajo; Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos;
Mochila; Navajas; Pinzas rochester; Componentes y dispositivos internos o externos
que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas;
Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas;
Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de
Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen; Servicio de
mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de
impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas
valoradas; servicios de impresión y elaboración de material informativo; Mantas;
Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de
mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Casetas/peaje;
Gastos de camino; Viáticos.
154
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
87.
Realizar
visitas
de
verificación
sanitaria
en
establecimientos dedicados
al sacrificio y faenado de
productos cárnicos (rastros
y
mataderos),
para
constatar las condiciones
sanitarias
en
las
que
operan
los
establecimientos, a fin de
proteger a la población de
riesgos sanitarios.
21101; 21201;21401;
21501; 25901;26102;
27101; 27201;29101;
29401; 29601;31701;
31801; 32502;32701;
33603; 33604;35301;
35501; 37201;37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL
DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS
QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
HERRAMIENTAS
MENORES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
PARA
EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE
SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO
POSTAL;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR,
REGALÍAS
Y
OTROS;
IMPRESIONES
DE
DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS
ADMINISTRATIVOS
Y
FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS;
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
CÁMARAS
FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO
Papelería; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio;
Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos
compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de
los equipos; insumos utilizados en el procesamiento; Artículos y materiales utilizados en
actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol;
Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de
vestir; Uniformes, Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con
insignias o distintivos; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos;
Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo;
Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila;
Navajas; Pinzas rochester; Mochila; Componentes y dispositivos internos o externos
que se integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas;
Teclado; Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas;
Autopartes de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de
Internet; Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen; Servicio de
mensajería; Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de
impresión de documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas
valoradas; Servicios de impresión y elaboración de material informativo; Mantas;
Material impreso; Servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de
mantenimiento de vehículos y equipo de transporte; Pasajes terrestres; Gastos de
camino; Viáticos; Cámaras fotográficas.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
155
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
88. Realizar el muestreo de
productos
cárnicos
para
determinación
de
Clenbuterol
en
rastros,
mataderos y puntos de
venta,
durante
la
verificación
sanitaria
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
lineamientos emitidos para
este fin.
21101; 21601;25101;
25501; 26102;29601;
31801; 32502;33603;
33604; 33901;35501;
37201; 37501
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIAL
DE LIMPIEZA; PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS;
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES
Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
EQUIPO DE TRANSPORTE; SERVICIO POSTAL;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS; IMPRESIONES DE DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE
MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA
OPERACIÓN
Y
ADMINISTRACIÓN
DE
LAS
DEPENDENCIAS
Y
ENTIDADES;
SUBCONTRATACIÓN
DE
SERVICIOS
CON
TERCEROS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Papelería; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño oficio;
Materiales, Artículos Y Enseres Para El Aseo, Limpieza E Higiene; Productos Químicos
Básicos; Materiales Y Suministros; Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos;
Aditivos para vehículos; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes
de equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Servicio de mensajería; Renta de
vehículo; Servicios de impresión de documentos oficiales; Documentos para la
identificación; Formas valoradas; Servicios De Impresión Y Elaboración De Material
Informativo; Mantas; Material impreso; Subcontratación Con Personas Físicas O
Morales Especializadas; Servicio de mantenimiento de vehículos y equipo de
transporte; Pasajes terrestres; Gastos de camino; Viáticos.
APCRS
89.
Realizar
visitas
de
verificación sanitarias en
establecimientos
de
los
Sistemas
Estatales
DIF
(comedores,
asilos,
guarderías,
alberges,
centros
de
atención
múltiples
y
de
rehabilitación,
centros
asistenciales de desarrollo
infantil, entre otros) con el
objetivo de conocer las
acciones
y
medidas
establecidas para asegurar
la
calidad
e
inocuidad
alimentaria,
a
fin
de
proteger a la población de
riesgos sanitarios.
21101; 21201;21401;
21501; 25901;26102;
27101; 27201;29101;
29401; 29601;31701;
31801;32502; 32701;
33603; 33604;35301;
35501;37201; 37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; MATERIAL
DE APOYO INFORMATIVO; OTROS PRODUCTOS
QUÍMICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
HERRAMIENTAS
MENORES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
PARA
EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONDUCCIÓN DE
SEÑALES ANALÓGICAS Y DIGITALES; SERVICIO
Papelería; Materiales, Artículos Diversos Y Equipos Menores Propios Para El Uso De
Las Oficinas; Carpetas; Perforadora manual; Engrapadora; Hojas blancas tamaño
oficio; Logotipos; Impresión de datos; Pastas; Tintas; Tóner; Discos internos; Discos
compactos; Discos duros; Memorias USB; Materiales para la limpieza y protección de
los equipos; Insumos Utilizados En El Procesamiento; Artículos y materiales utilizados
en actividades de información y de investigación; Material didáctico; Reactivo rojo fenol;
Combustible; Gasolina; Lubricantes para vehículos; Aditivos para vehículos; Prendas de
vestir; Uniformes; Ropa de trabajo; Calzado; Uniformes o prendas de vestir con
insignias o distintivos; Prendas especiales de protección personal; Caretas; Cascos;
Cinturones; Guantes; Lentes; Botas de hule; Herramientas auxiliares de trabajo;
Alicates; Cintas métricas; Desarmadores; Llaves para tuercas; Martillos; Mochila;
Navajas; Pinzas Rochester; Componentes y dispositivos internos o externos que se
integran al equipo de cómputo; Puerto USB; Ratón; Tarjetas electrónicas; Teclado;
Pantalla; Cámaras; Partes de suspensión y dirección; Partes eléctricas; Autopartes de
equipo de transporte; Llantas; Sistemas de frenos; Pago del servicio de Internet;
Servicios de conducción de señales de voz, datos e imagen Servicio de mensajería;
Renta de vehículo; Paquetes y programas de informática; Servicios de impresión de
documentos oficiales; Documentos para la identificación; Formas valoradas; Servicios
De Impresión Y Elaboración De Material Informativo; Mantas; Material impreso; Servicio
de mantenimiento de equipo de cómputo; Servicio de mantenimiento de vehículos y
equipo de transporte; Pasajes terrestres; Gastos de camino; Viáticos.
156
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
POSTAL;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS; PATENTES, DERECHOS DE AUTOR,
REGALÍAS
Y
OTROS;
IMPRESIONES
DE
DOCUMENTOS
OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS
ADMINISTRATIVOS
Y
FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS;
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
APCRS
90.
Realizar
visitas
de
verificación
sanitaria
en
establecimientos dedicados
al almacenamiento, venta y
distribución
de
medicamentos e insumos
para la salud para conocer
las condiciones sanitarias
de los establecimientos y
productos relacionados, a
fin
de
proteger
a
la
población
de
riesgos
sanitarios.
NA
NA
NA
APCRS
91.
Realizar
visitas
de
verificación
sanitaria
en
establecimientos
de
Farmacias
Hospitalarias
para
conocer
las
condiciones sanitarias de
los
establecimientos
y
productos relacionados, a
fin
de
proteger
a
la
población
de
riesgos
sanitarios.
NA
NA
NA
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
157
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia basada en riesgos.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
LESP
92. Realizar el análisis de
los productos cárnicos para
determinación
de
Clenbuterol
en
rastros,
mataderos y puntos de
venta de conformidad con
lo
establecido
en
los
lineamientos emitidos para
este fin.
25501; 25901; 27201;
35401; 53101; 53201
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO;
EQUIPO
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Campana de extracción, Evaporador, Lector de microplacas, Centrífuga, Congelador,
Refrigerador, Termómetros, Cronómetro, Balanza, Micropipeta, Agitador, Vórtex;
Cuchillo de acero inoxidable tipo carnicero; Espátula acero inoxidable; Pinza de
disección; Matraz ; Tubos de centrífuga; Puntas para micropipeta; Tubos ensayo;
Reservorio de plástico; Gradilla; Microtubos con tapón a presión; Guantes de nitrilo;
Agua tipo 1; Acetonitrilo > 99% de pureza; Disolución fortificante, DF, [clenbuterol] =
100 ng/mL; Sal de clorhidrato de clenbuterol ≥ 95% de pureza; Kit ensayo
inmunoenzimático: Clenbuterol Ridascreen R-1711; Kit de Disoluciones decolorantes R-
1699; Homogeneizador; Campana de extracción; Evaporador; Lector de microplacas;
Centrífuga; Congelador; Refrigerador; Termómetros; Cronómetro; Balanza granataria;
Micropipeta; Balanza analítica; Agitador.
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas,
promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de
regulación, control y fomento sanitario.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
93. Designar al enlace o
responsable del Área de
Protección contra Riesgos
Sanitarios (APCRS), para
el
seguimiento
de
las
actividades de la Estrategia
Nacional de Buen Gobierno
en
el
Sistema
Federal
Sanitario.
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Hojas; Bolígrafos; Folder; Carpetas; Sellos; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja.
APCRS
94. Suscribir la Estrategia
Nacional de Buen Gobierno
en
el
Sistema
Federal
Sanitario
con
las
autoridades
estatales
correspondientes.
21101; 21401
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS
Hojas; Bolígrafos; Folder; Cajas; Carpetas; Sellos; Etiquetas; Sobres; Protectores de
hoja; Tóner y tinta para fotocopiadoras e impresoras.
APCRS
95. Difundir la Estrategia
Nacional de Buen Gobierno
en
el
Sistema
Federal
Sanitario
así
como
los
resultados
de
su
implementación
con
las
autoridades estatales que
correspondan.
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Hojas; Bolígrafos; Folder; Pegamento; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Sellos; Etiquetas;
Sobres; Protectores de hoja.
158
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas,
promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de
regulación, control y fomento sanitario.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
96. Elaborar y difundir en
medios
electrónicos
y
físicos los materiales para
que
el
sector
regulado
conozca los mecanismos
implementados
por
el
APCRS en el marco de la
Estrategia
Nacional
de
Buen
Gobierno
en
el
Sistema Federal Sanitario.
21201; 29401; 31603;
33604; 36101
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS
DE
INTERNET; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE
MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA
OPERACIÓN
Y
ADMINISTRACIÓN
DE
LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; DIFUSIÓN DE
MENSAJES
SOBRE
PROGRAMAS
Y
ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES
Tóner para impresora; Mouse; Teclado; Monitor; Pantallas; Pago del servicio de
Internet; Folletos; Trípticos; Dípticos; Carteles; Mantas; Rótulos; Radio; Cine; Prensa;
Encartes; Internet; Folletos; Trípticos; Dípticos; Carteles; Mantas; Rótulos.
APCRS
97.
Fortalecer
la
colaboración en materia de
prevención
de
la
corrupción, con cámaras y
prestadores de servicios
que sean del ámbito de
competencia
de
la
COFEPRIS y el APCRS.
21101; 32201
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES
Hojas; Libretas; Bolígrafos; Lápices; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Cinta
adhesiva; Sacapuntas; Cajas; Carpetas; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de
hoja; Renta de salón.
APCRS
98.
Garantizar
la
participación del personal
del
APCRS
en
las
capacitaciones sobre los
procesos de autorización y
verificación que imparte la
COFEPRIS,
en
correspondencia con las
actividades
en
las
que
interviene.
NA
NA
NA
APCRS
99. Participar en el Plan
Nacional de Supervisión y
Vigilancia Técnica.
21101; 21401; 31603
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS; SERVICIOS DE INTERNET
Hojas; Libretas; Bolígrafos; Engrapadora; Grapas; Clips; Folder; Cinta adhesiva; Cajas;
Carpetas; Sellos; Quitagrapas; Etiquetas; Sobres; Protectores de hoja; Tóner y tinta
para fotocopiadoras e impresoras; Pago del servicio de Internet.
APCRS
100.
Promover
las
modificaciones
a
la
normatividad
que
corresponda (Ley Estatal
de Salud, Reglamento de
los Servicios de Salud y/o
del APCRS) para contar
con las atribuciones para
realizar
visitas
de
verificación
con
videograbación y en salas
multidisciplinarias.
21501
MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO
Derechos de publicación en el periódico oficial de la entidad.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
159
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas,
promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de
regulación, control y fomento sanitario.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
101. Elaborar y publicar en
el periódico oficial de la
entidad
federativa
el
Procedimiento
para
la
Realización de Visitas de
Verificación
con
Videograbación y en Salas
Multidisciplinarias.
21501
MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO
Derechos de publicación en el periódico oficial de la entidad.
APCRS
102. Realizar y reportar
visitas de verificación con
videograbación
en
los
establecimientos
contemplados
en
el
programa
anual
de
verificación.
29401; 31603; 52301
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
CÁMARAS
FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO
Accesorios para cámaras; Pago del servicio de Internet; Cámaras portátiles.
APCRS
103. Realizar y reportar
visitas de verificación con
videograbación
de
los
establecimientos
que
cuenten
con
denuncia
sanitaria.
29401; 31603; 52301
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
CÁMARAS
FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO
Accesorios para cámaras; Pago del servicio de Internet; Cámaras portátiles.
APCRS
104. Instalar y poner en
funcionamiento
salas
multidisciplinarias
que
cuenten con cámaras de
videograbación
para
brindar atención al sector
regulado
y/o
partes
interesadas.
31904; 52301
SERVICIOS
INTEGRALES
DE
INFRAESTRUCTURA DE CÓMPUTO; CÁMARAS
FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO
Instalaciones físicas para videovigilancia y monitoreo, Cámara de monitoreo.
APCRS
105. Establecer un centro
de
control
para
el
resguardo
del
material
clasificado
de
las
videograbaciones
resultantes
de
las
verificaciones sanitarias y
de la atención en las salas
multidisciplinarias.
21101; 21401; 31904
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS; SERVICIOS INTEGRALES DE
INFRAESTRUCTURA DE CÓMPUTO
Etiquetas; Cajas; Hojas; Marcadores; Discos duros externos; Instalaciones físicas para
videovigilancia y monitoreo.
APCRS
106.
Capacitar
a
las
personas
servidoras
públicas del APCRS en
materia de prevención de
actos
de
corrupción
e
integridad en el servicio
público.
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Hojas; Libretas; Bolígrafos.
160
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas,
promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de
regulación, control y fomento sanitario.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
107. Difundir al personal
del APCRS el Código de
Ética
y
el
Código
de
Conducta aplicables.
NA
NA
NA
APCRS
108. Canalizar, a través del
área de vinculación, a los
interesados en presentar
alguna denuncia en contra
de algún funcionario del
APCRS
por
presuntas
irregularidades.
NA
NA
NA
APCRS
109. Enviar mensualmente,
en
los
formatos
correspondientes,
los
avances de la ejecución de
las
actividades
de
la
Estrategia
Nacional
de
Buen
Gobierno
en
el
Sistema Federal Sanitario.
NA
NA
NA
APCRS
110. Elaborar el informe
final de la implementación
de la Estrategia Nacional
de Buen Gobierno en el
Sistema Federal Sanitario
en donde se describa el
impacto de las acciones
emprendidas
para
implementar acciones que
promuevan
la
mejora
continua.
NA
NA
NA
LESP
111. Designar al enlace o
responsable
del
Laboratorio
Estatal
de
Salud Pública (LESP), para
el
seguimiento
de
las
actividades de la Estrategia
Nacional de Buen Gobierno
en
el
Sistema
Federal
Sanitario.
NA
NA
NA
LESP
112. Suscribir la Estrategia
Nacional de Buen Gobierno
en
el
Sistema
Federal
Sanitario
con
las
autoridades
estatales
correspondientes.
NA
NA
NA
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
161
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar mecanismos de coordinación en materia de difusión, capacitación, supervisión y vinculación, orientados a fortalecer la rendición de cuentas,
promover la integridad en el servicio público, prevenir actos discrecionales y/o de corrupción y dar certeza sobre la correcta ejecución de los procesos de
regulación, control y fomento sanitario.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
LESP
113. Elaborar y difundir en
medios
físicos
y
electrónicos
los
mecanismos
implementados
por
el
LESP en el marco de la
Estrategia
Nacional
de
Buen
Gobierno
en
el
Sistema Federal Sanitario.
NA
NA
NA
LESP
114.
Capacitar
a
las
personas
servidoras
públicas
del
LESP
en
materia de prevención de
actos
de
corrupción
e
integridad en el servicio
público.
NA
NA
NA
LESP
115. Difundir al personal
del LESP el Código de
Ética
y
el
Código
de
Conducta aplicables.
NA
NA
NA
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
116. Ratificar o notificar
algún cambio de un enlace
o responsable del SGC.
NA
NA
NA
APCRS
117. Realizar la revisión
por la Alta Dirección del
SGC y el estatus general
de
seguimiento
de
los
acuerdos.
21101; 21401;26104;
29401; 31603;31701;
32301; 32701;33304;
33401; 33604;37101;
37201; 37501;38301;
51501; 59101
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS; COMBUSTIBLES, LUBRICANTES
Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
SERVICIOS
DE
CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y
DIGITALES; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y
BIENES INFORMÁTICOS; PATENTES, DERECHOS
DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS; SERVICIOS DE
MANTENIMIENTO
DE
APLICACIONES
INFORMÁTICAS;
SERVICIOS
PARA
CAPACITACIÓN
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
IMPRESIÓN
Y
ELABORACIÓN
DE
MATERIAL
Plumas; Lápices; Marcadores; Gomas; Sacapuntas; Engrapadora; Carpetas; Hojas;
Tijeras; Sellos; Tinta para sellos; Ligas; Post it; Libretas; Calculadora; Clips; Tachuelas;
Organizador de cajones; Engrapadora; Perforadora; Regla; Sobres; Guillotina; Cinta
adhesiva; Folders; Cajas; Tabla con clip; Portagafetes; Trituradora de papel; Etiquetas;
Papel bond; Tintas para impresoras; Memorias USB; Discos duros externos;
Combustible;
Proyector
audiovisual;
No
break;
Switch
administrable;
Barra
multicontactos; Bocinas; Cable auxiliar; Cable de video HDMI; Extensión eléctrica;
Teclado; Pago del servicio de Internet; Enlaces dedicados para videoconferencia;
Arrendamiento de computadoras; Normas Mexicanas y bibliografía relativas a sistemas
de gestión de la calidad; Servicio de mantenimiento y soporte a los sistemas; Ponente
en temas del SGC; Trípticos; Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas,
imánes, botellas, carteles, mandiles, bolígrafos, playeras, chalecos; Pasajes de avión;
Pasajes terrestres; Viáticos; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de mobiliario
para la ponencia; Renta de equipo para la ponencia; Impresoras; Multifuncionales;
Escáner; Software para el Sistema de Gestión de Calidad.
162
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES; PASAJES AÉREOS NACIONALES
PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; CONGRESOS Y
CONVENCIONES;
BIENES
INFORMÁTICOS;
SOFTWARE
APCRS
118. Actualizar el contexto
de la organización (análisis
FODA).
NA
NA
NA
APCRS
119.
Presentar
la
planeación estratégica en
el APCRS para el SGC.
NA
NA
NA
APCRS
120. Ratificar y/o actualizar
el alcance del SGC.
NA
NA
NA
APCRS
121. Revisar y/o actualizar
la matriz de las partes
interesadas del SGC.
NA
NA
NA
APCRS
122. Ratificar y/o Actualizar
la Filosofía de la Calidad.
33604
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES
Trípticos; Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas; Difusión impresa en
imánes; Difusión impresa en botellas; Difusión impresa en carteles; Difusión impresa en
mandiles; Difusión impresa en bolígrafos; Difusión impresa en playeras; Difusión
impresa en chalecos.
APCRS
123. Revisar, actualizar y
difundir
las
Caracterizaciones.
33604
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES
Trípticos, Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas; Difusión impresa en
imánes; Difusión impresa en botellas; Difusión impresa en carteles; Difusión impresa en
mandiles; Difusión impresa en bolígrafos; Difusión impresa en playeras; Difusión
impresa en chalecos.
APCRS
124.
Realizar
sesiones
periódicas del Comité de la
Calidad.
32301
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS
Arrendamiento de computadoras
APCRS
125. Realizar actividades
de
capacitación
y
concientización del SGC.
21501; 25901; 26104;
29401; 32701; 33304;
33401; 33604; 35401;
37101; 37201; 37501;
38301; 51501; 59101
MATERIAL DE APOYO INFORMATIVO; OTROS
PRODUCTOS
QUÍMICOS;
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
PATENTES,
DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y OTROS;
SERVICIOS
DE
MANTENIMIENTO
DE
APLICACIONES
INFORMÁTICAS;
SERVICIOS
PARA
CAPACITACIÓN
A
SERVIDORES
PÚBLICOS; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE
MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA
OPERACIÓN
Y
ADMINISTRACIÓN
DE
LAS
Material audiovisual: videos del Sistema de Gestión de la Calidad; Reactivos para la
calibración y verificación del potenciómetro; Combustible; Proyector audiovisual;
Bocinas; Cable auxiliar; Cable de video HDMI; Extensión eléctrica; Barra
multicontactos; Bocinas; Cable auxiliar; Cable de video HDMI; Extensión eléctrica;
Teclado para computadora; Normas Mexicanas y bibliografía relativas a sistemas de
gestión de la calidad; Servicio de mantenimiento y soporte a los sistemas; Ponente en
temas del SGC; Trípticos; Dípticos; Lonas; Folletos; Difusión impresa en bolsas;
Difusión impresa en imánes; Difusión impresa en botellas; Difusión impresa en carteles;
Difusión impresa en mandiles; Difusión impresa en bolígrafos; Difusión impresa en
playeras; Difusión impresa en chalecos; Calibración de equipos; Pasajes de avión;
Pasajes terrestres; Viáticos; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de equipo para
la ponencia; Renta de mobiliario para la ponencia; Impresoras; Multifuncionales;
Escáner; Software para el Sistema de Gestión de Calidad.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
163
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES; INSTALACIÓN,
REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E
INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO;
PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES
EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES
TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; CONGRESOS Y CONVENCIONES;
BIENES INFORMÁTICOS; SOFTWARE
APCRS
126. Dar seguimiento a los
riesgos y oportunidades de
los procesos del SGC.
32701
PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y
OTROS
Normas mexicanas y bibliografía relativas a gestión de riesgos.
APCRS
127.
Documentar
la
planificación
de
los
cambios.
NA
NA
NA
APCRS
128. Realizar reuniones de
retroalimentación
del
Sistema de Gestión de
Calidad.
NA
NA
NA
APCRS
129. Revisar y/o actualizar
la
información
documentada
de
los
procesos de realización en
la APCRS.
33401; 38301
SERVICIOS
PARA
CAPACITACIÓN
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
CONGRESOS
Y
CONVENCIONES
Ponente en temas del SGC; Renta de equipo para la ponencia.
APCRS
130.
Reportar
el
desempeño
de
los
procesos.
32701
PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y
OTROS
Normas mexicanas y bibliografía relativas a indicadores.
APCRS
131. Realizar el ejercicio de
Auditoría de Calidad.
26104; 33401; 37101;
37201; 37501; 38301
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
SERVICIOS
PARA
CAPACITACIÓN
A
SERVIDORES PÚBLICOS; PASAJES AÉREOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
CONGRESOS Y CONVENCIONES
Combustible; Ponente en temas del SGC; Pasajes de avión; Pasajes terrestres;
Viáticos; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de mobiliario para la ponencia;
Renta de equipo para la ponencia.
APCRS
132. Dar seguimiento al
cierre de las Auditorias.
NA
NA
NA
APCRS
133. Dar seguimiento a la
medición de la satisfacción
de los clientes.
32701; 33401; 38301;
59101
PATENTES, DERECHOS DE AUTOR, REGALÍAS Y
OTROS; SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
CONGRESOS
Y
CONVENCIONES; SOFTWARE
Normas Mexicanas y bibliografía relativas a satisfacción del cliente; Ponente en temas
del SGC; Foro para capacitación; Coffe break; Renta de mobiliario para la ponencia;
Renta de equipo para la ponencia; Software para el Sistema de Gestión de Calidad.
164
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecer los Sistemas de Gestión de la Calidad en el Sistema Federal Sanitario con base en la Norma ISO 9001 vigente.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
134.
Gestionar
con
un
organismo
certificador
acreditado
por cualquier
entidad
acreditadora
respecto a la Norma ISO
9001 vigente, una pre-
auditoría,
auditoría
de
vigilancia o certificación.
26104; 33303;37101;
37201; 37501
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
SERVICIOS
RELACIONADOS
CON
CERTIFICACIÓN
DE
PROCESOS;
PASAJES
AÉREOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
PASAJES
TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Combustible; Auditorías para la certificación, recertificación o mantenimiento
relacionada con el Sistema de Gestión de la Calidad; Pasajes de avión; Pasajes
terrestres; Viáticos.
APCRS
135.
Participar
en
el
Encuentro
Nacional
de
Calidad.
26104; 37101; 37201;
37501
COMBUSTIBLES,
LUBRICANTES
Y
ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
ASIGNADOS
A
SERVIDORES
PÚBLICOS;
PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA LABORES
EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN; PASAJES
TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Combustible; Pasajes de avión; Pasajes terrestres; Viáticos.
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar la estrategia base derivado de la nueva gobernanza en materia de Tecnologías de la Información, Comunicación y Seguridad Informática.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
136. Nombrar y notificar vía
oficio a la COFEPRIS al
enlace o responsable de
TIC del APCRS.
NA
NA
NA
APCRS
137. Reportar los usuarios
de sistemas que causaron
baja de los sistemas de
COFEPRIS.
NA
NA
NA
APCRS
138. Reportar los usuarios
activos en los sistemas de
la COFEPRIS.
NA
NA
NA
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
165
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecer y actualizar el conocimiento del personal del Sistema Federal Sanitario a través de la CFS al implementar estrategias de capacitación continua en
los proyectos prioritarios de la COFEPRIS.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
139.
Remitir
un
oficio
firmado por el titular del
APCRS y LESP con el
compromiso
de
la
alta
dirección
para
que
las
personas
servidoras
públicas sean capacitadas.
NA
NA
NA
APCRS
140. Remitir el listado de
las
personas
servidoras
públicas que componen las
oficinas
centrales,
las
jurisdicciones,
y
del
Laboratorio
Estatal
de
Salud Pública, con el objeto
de identificar al personal
que será capacitado.
NA
NA
NA
APCRS
141.
Inscribir
y
dar
seguimiento al Programa
de
Fortalecimiento
de
Capacidades
para
Verificadores
y
Dictaminadores
en
Servicios de Salud.
NA
NA
NA
APCRS
142.
Capacitar
a
las
personas
servidoras
públicas que componen las
oficinas
centrales,
las
jurisdicciones,
y
del
Laboratorio
Estatal
de
Salud Pública, en el marco
del Programa Anual de
Capacitación.
21101; 21201;29401;
31603; 32301;32201;
37501; 37201; 52101
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS
DE
INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y
BIENES INFORMÁTICOS; ARRENDAMIENTO DE
EDIFICIOS Y LOCALES; VIÁTICOS NACIONALES
PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES
Hojas bond; Micrófono; Cañón para proyectar; Pantalla de proyección; Bocinas; Cinta
adhesiva; Rotafolio; Hojas de rotafolio; Encuadernación; Pastas; Tintas para impresora;
Cartuchos; Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Pago del servicio de Internet;
Renta de salón para eventos de capacitación; Pantalla de proyección.
APCRS
143.
Desarrollar
e
implementar
cursos
de
capacitación
dirigido
al
sector
regulado
en
el
marco del Plan de Trabajo
otorgado
por
la
COFEPRIS.
21101; 21201;29401;
32301; 37501;37201;
52101
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES; ARRENDAMIENTO DE
EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; VIÁTICOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN;
EQUIPOS
Y
APARATOS
AUDIOVISUALES
Hojas bond; Micrófono; Cañón para proyectar; Bocinas; Cinta adhesiva; Rotafolio;
Hojas de rotafolio; Encuadernación; Pastas; Tintas para impresora; Cartuchos;
Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Pantalla de proyección.
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades
infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control
sanitario.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
144. Notificar los eventos
de emergencias sanitarias
en un plazo no mayor a 24
horas, del conocimiento de
ocurrencia
e
independientemente de la
magnitud.
21401; 24301;25101;
25501; 25901;26102;
29101; 27201;31701;
32301; 35501;32502;
37201; 37501
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS; CAL, YESO Y PRODUCTOS DE
YESO;
PRODUCTOS
QUÍMICOS
BÁSICOS;
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
HERRAMIENTAS
MENORES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
SERVICIOS
DE
CONDUCCIÓN DE SEÑALES ANALÓGICAS Y
DIGITALES; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y
BIENES INFORMÁTICOS; MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES; ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVICIOS
PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Hipoclorito de Calcio; Hipoclorito de Sodio; Frasco de Plata Coloidal; Frascos Colilert;
Reactivo Colilert; Comparadores colorimétricos; Reactivo para la determinación de cloro
residual (DPD); Reactivo para la determinación de pH (Rojo de Fenol); Cal; Termómetro
para alimentos; Lámpara sorda; Playera blanca tipo polo manga larga 100% algodón;
Camisa blanca manga larga 100% algodón; Chamarra rompevientos; Pantalón de
trabajo; Bota de trabajo de piel y forro antiderrapante ; Chalecos tipo pescador; Botas
de hule; Gorra tipo beisbolista; Guantes de trabajo uso rudo; Mascarilla N95;
Cubrebocas, Cubrepelo, Lentes de seguridad; Mochila tipo excursión; Fajas para carga;
Mantenimiento de vehículos; Casetas / Peaje; Viáticos; Pasajes terrestres; Pago del
servicio de Internet; Internet inhalámbrico móvil (BAM-banda ancha); Arrendamiento de
equipo de cómputo; Renta de vehículo; Combustible; Licencias para software;
Cartuchos de tinta para impresoras; Memorias USB; Discos duros externos.
APCRS
145. Realizar 2 eventos de
acciones
preventivas
al
mes (Enfocados a escuelas
y/o
unidades
médicas),
relacionadas
con
actividades de vigilancia,
fomento
sanitario
y
actividades
de
saneamiento
básico
en
localidades
identificadas
con mayor vulnerabilidad
y/o
al
comportamiento
epidemiológico
de
cada
entidad federativa, con el
propósito de prevenir casos
de
enfermedades
diarreicas
agudas
e
infecciones asociadas a los
servicios de salud (estas
acciones preventivas no se
refieren
a
eventos
de
concentraciones masivas).
NA
NA
NA
Jueves 13 de noviembre de 2025
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167
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Dar atención oportuna, organizada y sistemática a los eventos de emergencias sanitarias en materia de desastres naturales, brotes por enfermedades
infecciosas y/o emergentes, acciones preventivas, hospitales (infecciones nosocomiales) y exposición a otros agentes, a través de acciones de control
sanitario.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
146.
Contar
con
la
evidencia
del
personal,
desde nivel Jurisdiccional
al
Estatal
(padrón
de
brigadistas), capacitado de
manera teórica y práctica a
través de un operativo de
acciones
preventivas
de
protección contra riesgos
sanitarios en materia de
emergencias de nuestras
competencias.
33401
SERVICIOS
PARA
CAPACITACIÓN
A
SERVIDORES PÚBLICOS
Capacitación en materia de atención a emergencias sanitarias.
APCRS
147. Remitir la evidencia de
la
adquisición
de
los
insumos
y
materiales
requeridos para la atención
de emergencias sanitarias,
incluyendo
equipos
de
protección personal para el
seguro desempeño de las
funciones.
35701
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
MAQUINARIA Y EQUIPO
Mantenimiento preventivo y correctivo de planta potabilizadora móvil.
APCRS
148.
Enviar
informe
mensual
y
anual
de
atención
a
eventos
de
emergencias sanitarias.
NA
NA
NA
APCRS
149.
Gestionar,
implementar y reportar las
estrategias de difusión, con
el fin de informar a la
población en general, los
riesgos a los que están
expuestos y como evitarlos
en
circunstancias
de
emergencias sanitarias, de
acuerdo a los lineamientos
emitidos por la Comisión de
Fomento Sanitario.
33604; 36101
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL
INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES; DIFUSIÓN DE MENSAJES SOBRE
PROGRAMAS
Y
ACTIVIDADES
GUBERNAMENTALES
Folletos; Trípticos; Volantes; Carteles; Lonas; Impresión en gorras; Impresión en bolsa
ecológica o de mandado; Impresión en trapos de microfibra para limpieza; Impresión en
cilindro para agua; Publicaciones a través de medios de información masiva; Prestación
de servicio de rotulación en paredes; Prestación servicio para la contratación de
perifoneo; Servicio de producción y copiado de spot para radio o tv.
168
DIARIO OFICIAL
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
150. Llevar a cabo la
validación
documental
y
elaborar
la
cédula
de
evaluación.
32301; 31603; 29401
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES
Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break.
APCRS
151. Dar seguimiento al
cierre de flujo en SIIPRIS
de conformidad con los
lineamientos.
32301; 31603; 29401
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES
Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break.
APCRS
152.
Cumplir
con
la
evaluación del desempeño
del personal encargado de
apoyar en la validación
documental.
32301; 31603; 29401
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES
Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break.
APCRS
153. Remitir mensualmente
el listado actualizado de
licencias
sanitarias
de
farmacias,
droguerías
y
boticas
y/o
establecimientos dedicados
a servicios urbanos de
fumigación, desinfección y
control de plagas.
32301; 31603; 29401
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES
Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break.
APCRS
154. Actualizar las licencias
sanitarias
de
farmacias,
droguerías y boticas que no
cumplan
con
la
nomenclatura
establecida
por la Comisión Federal
para la Protección Contra
Riesgos Sanitarios.
32301; 31603;29401;
21201; 21401
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS
Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break;
Cartuchos de impresión; Impresoras.
APCRS
155. Realizar las visitas de
verificación de conformidad
con el "Plan Trimestral de
Verificación"
establecido
por la COFEPRIS.
25501; 27101;33603;
37201; 37501
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO;
VESTUARIO
Y
UNIFORMES;
IMPRESIONES DE DOCUMENTOS OFICIALES
PARA
LA
PRESTACIÓN
DE
SERVICIOS
PÚBLICOS,
IDENTIFICACIÓN,
FORMATOS
ADMINISTRATIVOS
Y
FISCALES,
FORMAS
VALORADAS,
CERTIFICADOS
Y
TÍTULOS;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Gastos de transporte terrestre; Gastos de camino; Viáticos; Zapatos; Chalecos; Frasco
de boca ancha con tapa hermética; Sello de muestreo; Fajillas de aseguramiento.
APCRS
156.
Realizar
las
notificaciones
de
autorización de uso lúdico
de Cannabis emitidas por
COFEPRIS
y
remitir
mensualmente el reporte
de notificaciones.
27101; 29401;32301;
31603; 37201; 37501
VESTUARIO Y UNIFORMES; REFACCIONES Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES; ARRENDAMIENTO DE
EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS
DE
INTERNET;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; VIÁTICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Gastos de transporte terrestre; Gastos de camino; Viáticos; Zapatos; Arrendamiento de
equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break.
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Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Control de la validación documental, emisión de resoluciones de solicitudes de autorización y ejecución de órdenes de visitas de verificación.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
157.
Remitir
semestralmente el informe
del trámite con Homoclave
COFEPRIS-03-014. Aviso
de previsiones de compra-
venta
de
medicamentos
que
contengan
estupefacientes
(sólo
farmacias,
droguerías
y
boticas).
32301; 31603; 29401
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES
Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break.
APCRS
158.
Remitir
trimestralmente el informe
del trámite con Homoclave
COFEPRIS-03-005.
Permiso
de
libros
de
control de estupefacientes
o
psicotrópicos
y
sus
cancelaciones.
32301; 31603; 29401
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES
Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break.
APCRS
159.
Remitir
semestralmente listado de
autorizaciones recibidas y
emitidas en materia de
Publicidad.
32301; 31603; 29401
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES
Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break.
APCRS
160. Remitir mensualmente
el listado actualizado del
estatus
que
tienen
las
licencias
sanitarias
de
establecimientos
que
utilizan
fuentes
de
radiación
para
fines
médicos o de diagnóstico y
establecimientos
de
atención médica.
32301; 31603; 29401
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE CÓMPUTO Y TELECOMUNICACIONES
Arrendamiento de equipo de cómputo; Pago del servicio de Internet; No break.
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia
Antimicrobiana.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
161.
Participar
en
las
reuniones de trabajo sobre
Resistencia Antimicrobiana.
29401; 31603; 35301
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS
Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor;
Cámara; Pago del servicio de Internet.
170
DIARIO OFICIAL
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Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia
Antimicrobiana.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
162.
Establecer
un
programa estatal anual de
muestreo
de
leche
destinada para consumo
humano, para el monitoreo
de inhibidores (residuos de
antibióticos).
21101; 21201;29401;
35301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS
Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor;
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Tóner.
APCRS
163.
Realizar
en
establecimientos
(puntos
de
venta)
la
toma
de
muestras de leche cruda
(no
sometida
a
tratamientos térmicos), a
los que se les efectuarán
determinaciones analíticas
para identificar inhibidores
(residuos de antibióticos).
21101; 21201;25501;
26102; 29401;27201;
35301; 31801;37201;
37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES
INFORMATICOS; SERVICIO POSTAL; PASAJES
TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor;
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Marcadores; Cinta canela; Clips;
Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras;
Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Combustible;
Pago de servicio de transporte; Viáticos; Hielera; Gel desinfectante; Cucharón; Frasco
de boca ancha con taparosca estéril; Etiquetas autoadheribles, Gel refrigerante;
Coladera de acero grado alimenticio; Hielera; Bolsa cierre hermético; Agitador de acero
inoxidable; Gel refrigerante; Termómetro; Overol; Bata; Filipina; Cubrebocas; Cofia;
Cubrepelo; Guantes.
APCRS
164.
Realizar
en
establecimientos
(puntos
de
venta)
la
toma
de
muestras
de
leche
pasteurizada (sometida a
tratamientos térmicos), a
los que se les efectuarán
determinaciones analíticas
para identificar inhibidores
(residuos de antibióticos).
21101; 21201;25501;
26102; 29401;27201;
35301; 31801;37201;
37501
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN; MATERIALES, ACCESORIOS Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO;
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
PARA
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS,
LACUSTRES
Y
FLUVIALES
DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN
DE
PROGRAMAS
PÚBLICOS;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES
INFORMATICOS; SERVICIO POSTAL; PASAJES
TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Pago de servicio de mantenimiento de equipo de cómputo; Mouse; Teclado; Monitor;
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Marcadores; Cinta canela; Clips;
Marcatextos; Grapas de acero; Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras;
Folder tamaño carta; Sobres tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Combustible;
Pago de servicio de transporte; Viáticos; Hielera; Gel desinfectante; Cucharón; Frasco
de boca ancha con taparosca estéril; Etiquetas autoadheribles, Gel refrigerante;
Coladera de acero grado alimenticio; Hielera; Bolsa cierre hermético; Agitador de acero
inoxidable; Gel refrigerante; Termómetro; Overol; Bata; Filipina; Cubrebocas; Cofia;
Cubrepelo; Guantes.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
171
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar acciones de control sanitario (monitoreo de residuos de antibióticos en leche) para contribuir en la mitigación de la Resistencia
Antimicrobiana.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
165. Enviar a la COFEPRIS
el reporte de los resultados
analíticos de los inhibidores
(residuos de antibióticos)
en las muestras de leche
obtenidas en puntos de
venta.
21101; 21201;31801;
29401; 35301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
SERVICIO
POSTAL;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES
INFORMATICOS
Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices; Clips; Marcatextos; Grapas de acero;
Carpetas para archivo; Perforadoras; Engrapadoras; Folder tamaño carta; Sobres
tamaño carta; Tóner; Servicio de mensajería; Mouse; Teclado; Monitor; Pago de
servicio de mantenimiento de equipo de cómputo.
LESP
166. Realizar el análisis de
los productos de muestras
de
leche
cruda
(no
sometida
a
tratamientos
térmicos), para identificar
inhibidores
(residuos
de
antibióticos)
en
establecimientos
(puntos
de venta).
25501; 25101;35401;
25901; 53101; 53201
MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO;
PRODUCTOS
QUÍMICOS
BÁSICOS;
INSTALACIÓN,
REPARACIÓN
Y
MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL
MÉDICO
Y
DE
LABORATORIO;
OTROS
PRODUCTOS QUÍMICOS; EQUIPO MÉDICO Y DE
LABORATORIO; INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Autoclave, Centrífuga, Turbidímetro, Incubadora, Balanza, Microscopio, Vernier o
medidor de halos, Micropipeta; Asa bacteriológica; Cajas Petri; Papel filtro; Matraz;
Nefelómetro de McFarland; Pinzas de disección con punta fina; Portaobjetos; Tubos de
cultivo; Estándares de McFarland; Frasco vidrio; Equipo para tinción de Gram y
esporas; Porta asa; Caldo soya tripticasa (CST) sin dextrosa; Agar Soya Tripticasa
(AST); Agar indicador PM; Penicilinasa (â-lactamasa), discos impregnados; Penicilina G
(sustancia de referencia); Agua; Solución amortiguadora de fosfatos, pH 6; Cloruro de
sodio; Fosfato dipotásico; Extracto de carne; Peptona; Triptona; Soytona; Dextrosa;
Agar; Polisorbato 80; Púrpura de Bromocresol; Geobacillus stearothermophilus
ATCC10149; Bacillus calidolactis ATCC 10149; Autoclave; Centrífuga; Turbidímetro;
Incubadora; Balanza; Balanza granataria; Microscopio
Vernier o medidor de halos; Micropipeta.
LESP
167. Realizar el análisis de
los productos de muestras
de
leche
pasteurizada
(sometida a tratamientos
térmicos), para identificar
inhibidores
(residuos
de
antibióticos)
en
establecimientos
(puntos
de venta).
REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LA ACTIVIDAD 166.
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de
Información Toxicológica de COFEPRIS.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
168.
Participar
en
las
reuniones de trabajo sobre
el nuevo proyecto mediante
el
que
se
integrará
información
relacionada
con
exposición
a
sustancias tóxicas.
29401; 21101;35301;
31603
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE BIENES
INFORMATICOS; SERVICIOS DE INTERNET
Mouse para computadora; Teclado para computadora; Monitor para computadora de
escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de
cómputo; Pago del servicio de Internet; Hojas de papel bond; Bolígrafos; Lápices.
172
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Implementar acciones para la integración de información relacionada con exposición a sustancias tóxicas y avanzar en la creación del Centro de
Información Toxicológica de COFEPRIS.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
169. Integrar un padrón de
establecimientos de salud
de segundo y tercer nivel
de atención que cuenten
con
hospitalización,
urgencias y consulta de
especialidad, en donde se
atiendan
eventos
o
complicaciones
derivadas
del uso o la exposición
aguda a agentes químicos,
ya sea de forma accidental,
voluntaria,
intencional
o
laboral.
21101; 21401; 37201
ATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES
PARA
EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Papelería; Folder tamaño carta; Memorias USB; Gastos para pasajes; Papelería;
Bolígrafos; Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder
tamaño carta.
APCRS
170. Elaborar un plan de
trabajo para la integración
de información relacionada
con
exposición
a
sustancias
tóxicas,
que
deberá ser implementado
durante
el
segundo
semestre de 2025.
21101; 21401;29401;
31603; 35301
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS; REFACCIONES Y ACCESORIOS
PARA
EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS
DE
INTERNET; MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
DE BIENES INFORMATICOS
Mouse para computadora; Teclado para computadora; Monitor para computadora de
escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de
cómputo; Pago del servicio de Internet; Papelería; Bolígrafos; Memorias USB; Lápices;
Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño carta;
Carpetas para archivo.
APCRS
171. Enviar a la COFEPRIS
el registro mensual de los
casos o eventos atendidos
por el uso o la exposición
aguda a agentes químicos,
ya sea de forma accidental,
voluntaria,
intencional
o
laboral.
21101; 21201;21401;
29401; 31603;35301;
37201
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO
DE
CÓMPUTO
Y
TELECOMUNICACIONES;
SERVICIOS DE INTERNET; MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN DE BIENES INFORMATICOS;
PASAJES
TERRESTRES
NACIONALES
PARA
LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Papelería; Teclado para computadora; Hojas de papel bond; Memorias USB; Bolígrafos;
Lápices; Hojas de papel bond; Carpetas para archivo; Engrapadora; Folder tamaño
carta; Gastos para pasajes; Mouse para computadora; Monitor para computadora de
escritorio; Cámara para computadora; Pago de servicio de mantenimiento de equipo de
cómputo; Pago del servicio de Internet; Toner para impresora.
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y
Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el
mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
LESP
172. Realizar el análisis de
las
determinaciones
establecidas
en
los
objetivos específicos del
presente
instrumento
acorde al binomio matriz-
analito,
conforme
a
lo
establecido
en
los
lineamientos técnicos.
REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LAS ACTIVIDADES 12, 13, 14, 19, 20, 21, 22, 31, 32, 38, 39, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71,
92, 166 Y 167.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
173
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y
Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el
mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
LESP
173.
Ampliar
el
marco
analítico
mediante
la
implementación
de
métodos de prueba, acorde
a la capacidad instalada en
cada LESP y conforme a lo
establecido
en
los
lineamientos técnicos.
25101; 25501;25901;
27201; 35401
PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS; MATERIALES,
ACCESORIOS
Y
SUMINISTROS
DE
LABORATORIO; OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;
PRENDAS
DE
PROTECCIÓN
PERSONAL;
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE
LABORATORIO
Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico.
Centrífuga, micropipeta, balanza, vórtex, cromatógrafo, ultracongelador, baño
ultrasónico, evaporador, campana de extracción, cámara de vacío, bomba, sonicador,
motor de licuadora, procesador de alimentos, lector de microplacas, autoclave,
incubadora, espectrofotómetro, termociclador, espectrómetro, mufla, fuente de
radiofrecuencia, automuestreador y recirculador de agua, placa de calentamiento, horno
de microondas, gabinete de bioseguridad, termomezclador, congelador, equipo para
cuantificación de ácidos nucleicos, analizador de fragmentos, homogeneizador,
refrigerador, documentador de geles o transiluminador con luz UV, potenciómetro,
cronómetro, incinerador, microcentrífuga, termómetros o dataloggers, agitador
magnético, estufa; botellas para centrífuga; Charola 50x35cm; Mango para bisturí;
Sifón; Navajas; Guantes; Sistema de vacío con trampa; Vaso de precipitado;
Formaldehído al 37% (v/v); Tween 80 al 0.1%; Agua destilada; Kits para determinación
de quistes de Giardia lamblia; Kits TaqMan PCR para Giardia lamblia; Kits SYBR Green
qPCR para Giardia lamblia; Kits PCR punto final para Giardia lamblia; Manguera de
succión; Columnas de C18; Puntas para micropipeta; Sistema de filtración al vacío;
Tiras reactivas; Frasco 1L; Matraz; Viales; Agua, grado HPLC; Metanol; Acetato de
Etilo, grado HPLC; Isopropanol; Tiosulfato de sodio; Gas acarreador Helio de ultra alta
pureza UN 10.46; Lindano, pureza ≥ 99.00%; 4,4´- DDT, pureza ≥ 99.00%; Endrin,
pureza ≥ 99.00%; Cianazina, pureza ≥ 99.00%; Aldrin, pureza ≥ 99.00%; Dieldrin,
pureza ≥ 99.00%; Pendimetalina, pureza ≥ 99.00%; Trifluralina, pureza ≥ 99.00%;
Metoxicloro, pureza ≥ 99.00%; Alacloro, pureza ≥ 99.00%; Clordano, pureza ≥ 99.00%;
Jeringas; Cuchillo; Tablas de picar; Espátula; Vasos; Microfiltros; Engarzadora; Liners;
Conectores; Ferrules; Acetonitrilo; 2-Propanol; Agua Desionizada Tipo 1; Ácido acético;
Kit de Extracción QUECHERS Método AOAC 2007.01; Kit de Limpieza QUECHERS
Método AOAC 2007.01; Permetrina, patrón de referencia; Paratión, patrón de
referencia; Diazinón, patrón de referencia; Malatión, patrón de referencia; Carbarilo,
patrón de referencia; Oxamil, patrón de referencia; Cubiertas adhesivas; Filtro fibra de
vidrio; Puntas de pipeta; Puntas desechables; Puntas para pipeta; Kit de prueba de
ELISA Adda Abraxis; Abrazadera de aluminio; Base de filtro O-ring; Base de soporte;
Boquilla para manguera; Columna LC C8; Dispositivo para filtración; Embudo de vidrio;
Filtro de membrana; Microjeringas; Sistema de liberación muestras; Tapa GL45; Ácido
ethilendiaminotetraacético, sal trisódica; Ácido L-ascórbico; Agua grado reactivo; Argón;
Cristales Trizma preempaquetados; Nodularina-R; Microcistina-LA; Microcistina-LFA;
Microcistina-LR; Microcistina-LY Microcistina-YR; Formiato de amonio alta pureza;
Nitrógeno; C2D5-Microcistina-LR; 2-cloroacetamida; Botellas vidrio ámbar; Cartuchos
de SPE; Columna de HPLC; Depósito de SPE; Detector de UV/arreglo de diodo (PDA);
Papel filtro; Unidad de filtro desechable; Hidróxido de amonio concentrado; Ácido de
trifluoroacético; Microcistina-YD; Microcistina-RR; Licuadora; Frasco de boca ancha;
Cuchara de acero inoxidable; Pipetas; Asa bacteriológica; Tijeras; Pinzas; Mechero
Fisher; Agua peptonada alcalina; Solución de fosfatos salino; Agar; Medio MIO; T1N0,
T1N3, T1N6, T1N8, T1N10 (Caldo Triptona y Sal); Caldo peptonado; Arginina glucosa
inclinado;
Caldo
arginina
dihidrolasa;
Medio
mivilidad;
O-Nitrofenil
β-D-
galactopiranosido; Desoxicolato de sódio 0.5%; Reactivo de Kovac; Reactivo de
oxidasa; Bioquímicas miniaturizadas; Antisuero polivalente Vibrio cholerae O;Antisuero
monovalente O139; Antisuero monoespecífico; Cepa de Vibrio cholerae; Cepa de Vibrio
parahaemolyticus; Tapones; Bacto Lactobacilli MRS-agar (MRS-agar); Caldo Bacto
Lactobacilli MRS; Caldo Micro Inoculum; Medio de prueba para ácido fólico; Alcohol
174
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y
Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el
mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
etílico absoluto; Amilasa; Cloruro de calcio fundido o granulado; Cristales de cloruro de
sodio; Fosfato ácido di-potásico anhidro; Fosfato diácido de potasio anhidro; Lactosa;
Leche descremada en polvo grado reactivo; Lactobacillus casei ATCC 7469; Crisoles
de platino; Crisoles vycor; Perlas de ebullición; Puntas de plástico para micropipetas;
Recipientes; Varillas de plástico; Lámparas de cátodo hueco o de descarga sin
electrodos; Ácido perclórico; Aire comprimido seco y limpio; Borohidruro de sodio;
Cloruro de Potasio; Jabón neutro; Solución Estándares; Yoduro de Potasio; Óxido
nitroso grado absorción atómica; Sulfato o Cloruro de hidroxilamina; Cloruro o Sulfato
estañoso; Solución de As de 1 µg/mL; Bolsas y clip de cierre para bolsas;
Contenedores rígidos; Gasas o paños absorbentes; Gradilla; Guantes; Paños
antiestáticos; Placas de reacción para qPCR de 96 pozos; Puntas para PCR; Bata;
Cubrebocas; Cofias; Zapatones; Lentes de protección; Mascarilla de concha o
equivalente; Bolsas; Medio de cultivo para el crecimiento o proliferación de Brucella
spp; Estuche comercial "High Pure Template Preparation kit"; Enzima polimerasa
Taqman ultrapura de inicio en caliente; BRU1S711F gct tga agc ttg cgg aca gt;
BRU1S711R ggc cta ccg ctg cga at; Sonda 1S711 aag cca aca ccc ggc cat tat ggt
5’FAM-3’TAMRA; "Control Interno de Amplificación"; Solución amortiguadora; Mezcla
Maestra Taqman Enviromental Master Mix 2.0; Cloruro de magnesio (MgCl2) 25mM;
dNTP’s con dUTP (equimolar) 10mM; Colorante de referencia pasiva ROX 25µM;
Oligos y sonda para el control interno de amplificación; Polimixina B; Bacitracina;
Natamicina; Ácido nalidíxico; Vancomicina; Agarosa grado biología molecular; Agente
intercalante para electroforesis; Inactivador o solución inactivadora de bromuro de
etidio; Marcador de peso molecular de ADN VIII (de 19pb-1114pb); Tris base; Ácido
bórico; EDTA; Clorhidrato de lisozima (cristales); Solución Tris–HCl, 10mM, pH 8.0;
ATCC Brucella ovis Buddle 1956 (o equivalente), cepa vacunal o su ADN control
positivo; Tubo para PCR de 0.2 mL; Papel parafilm; Bolsas de polietileno; Probeta;
Paños absorbentes; Agua grado biología molecular libre de nucleasas; Agua tipo I;
Bromuro de etidio 10 mg/mL; Cloruro de sodio; Suplemento selectivo modificado para
Brucella; Estuche comercial "Fast Start Taq DNA polymerase"; Etanol; Fosfato de sodio
dibásico anhidro grado analítico; Fosfato de sodio monobásico grado analítico; PCR
nucleotide mix. Dinucleótidos Trifosfato (dNTP’s) 10 mM cada uno dATP, dCTP, dGTP,
dTTP;
TRIS
HCl-base
grado
biología
molecular;
Iniciadores
Bru
1
(5´gCgCTCAggCTgCCgACgCAA3´) 800 pb y 680 pb sólo para Brucella abortus 1;
Iniciadores Bru 3 (5´CCAgCCATTgCggTCggTAC3´) 190 pb; Iniciadores Bru 4
(5´ACCCCAgACAgCCCAA3´) pb y 680 pb sólo para Brucella abortus 1; Tampón de
carga 6x; Tampón Tris Acetato-EDTA (TAE) concentrado 10X; Ciclohexamida;
Nistatina; Brucella spp; Barra magnética cubierta de teflón; Bureta 50 ml; Electrodo;
Ácido clorhídrico; Fluoruro de sodio o solución certificada de ion Flúor de 1 000 mg de
F/L; Celda de cuarzo; Lámparas de cátodo hueco o lámparas multi-elemento de
descarga sin electrodos para el metal de interés; Tubos; Membranas de filtración; Cajas
Petri; Vidrios de reloj; Sistema de reflujo; Tubos de ensayo; Embudo de filtración; Papel
parafinado; Bolsas de plástico; L-Ácido ascórbico; Peróxido de Hidrógeno; Acetileno,
grado absorción atómica en acetona; Ácido nítrico; Hidróxido de sodio; Acetona;
Hexano; Aire comprimido limpio y libre de humedad; Disolución patrón certificada del
metal de interés; Dicromato de Potasio; Nitrato de Magnesio; Disolución de Paladio con
niveles traza de metales; Fosfato de amonio monobásico con niveles traza de metales
(de alta pureza); Disolución de Nitrato de Magnesio hexahidratado de alta pureza; Ácido
sulfúrico; Clorhidrato de hidroxilamina.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
175
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Fortalecimiento de la capacidad analítica conforme a los requerimientos establecidos, por la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos (CEMAR) y
Comisión de Operación Sanitaria (COS) responsables de los programas de vigilancia sanitaria; así como sistemas de gestión de calidad para el
mantenimiento de las condiciones bajo las cuales fue otorgada la Autorización como Laboratorio de Prueba Tercero Autorizado (TA).
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
LESP
174. Mantener vigentes las
condiciones bajo las cuales
fue
otorgada
la
Autorización
como
Laboratorio
de
Prueba
Tercero Autorizado.
REVISAR CLAVES DE PARTIDA, PARTIDAS ESPECÍFICAS E INSUMOS DE LAS ACTIVIDADES 12, 13, 14, 19, 20, 21, 22, 31, 32, 38, 39, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71,
92, 166 Y 167.
LESP
175.
Cumplir
con
las
actividades
relacionadas
con
el
fortalecimiento
técnico,
competencia
técnica,
el
envío
de
informes de productividad
analítica,
acorde
a
lo
establecido
en
los
lineamientos
técnicos
aplicables a los LESP.
NA
NA
NA
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
176. Designar al enlace o
responsable del Área de
Protección contra Riesgos
Sanitarios (APCRS), para
el
seguimiento
de
las
actividades de la vigilancia
sanitaria
a
los
establecimientos
de
Atención Médica con fines
estéticos.
NA
NA
NA
APCRS
177. Actualizar y enviar a la
COFEPRIS
conforme
al
formato
el
padrón
de
establecimientos
de
atención médica con fines
estéticos.
NA
NA
NA
APCRS
178. Realizar visitas de
verificación
a
los
establecimientos
de
atención médica con fines
estéticos
no
quirúrgicos
con
el
propósito
de
detectar,
identificar
y
eliminar anomalías a fin de
proteger a la población de
los
riesgos
sanitarios
relacionados
con
estos
procedimientos.
21101; 27201; 25401
26102; 29601; 35501
39202; 21401; 31603
32301; 32502
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PRENDAS
DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS;
OTROS
IMPUESTOS Y DERECHOS; MATERIALES Y
ÚTILES
CONSUMIBLES
PARA
EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
ARRENDAMIENTO
DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS PÚBLICOS
Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas
Adhesivas para Impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort;
Cubrepelo; Cofias; Guantes estériles; Guantes de látex; Cubrebocas; Batas blancas;
Pijama quirúrgica; Gasolina; Llantas para vehículo; Servicio de mantenimiento
preventivo y correctivo para vehículos; Casetas/peaje; Papelería; Insumos para
impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de internet; Arrendamiento de equipo de
cómputo; Arrendamiento de vehículos terrestres.
176
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Evitar y disminuir riesgos sanitarios a través de la vigilancia, control y fomento sanitario a los establecimientos de Atención Médica con fines estéticos.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
179. Realizar visitas de
verificación
a
los
establecimientos
de
atención médica con fines
estéticos quirúrgicos, con el
propósito
de
detectar,
identificar
y
eliminar
anomalías a fin de proteger
a la población de los
riesgos
sanitarios
relacionados
con
estos
procedimientos.
21101; 27201; 25401
26102; 29601; 35501
39202; 21401; 31603
32301; 32502
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PRENDAS
DE PROTECCIÓN PERSONAL; REFACCIONES Y
ACCESORIOS
MENORES
DE
EQUIPO
DE
TRANSPORTE;
MANTENIMIENTO
Y
CONSERVACIÓN
DE
VEHÍCULOS;
OTROS
IMPUESTOS Y DERECHOS; OTROS IMPUESTOS
Y
DERECHOS;
MATERIALES
Y
ÚTILES
CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN
EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS; SERVICIOS
DE INTERNET; ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y
BIENES INFORMÁTICOS; ARRENDAMIENTO DE
VEHÍCULOS
TERRESTRES,
AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE
PROGRAMAS PÚBLICOS
Hojas de papel bond tamaño carta; Tablas con clip tamaño carta; Etiquetas blancas
Adhesivas para Impresión; Marcatextos; Carpetas blancas de argolla; Registrador lefort;
Cubrepelo; Cofias; Guantes estériles; Guantes de látex; Cubrebocas; Batas blancas;
Pijama quirúrgica; Gasolina; Llantas para vehículo; Servicio de mantenimiento
preventivo y correctivo para vehículos; Casetas/peaje; Papelería; Insumos para
impresoras; Memorias USB; Pago del servicio de internet; Arrendamiento de equipo de
cómputo; Arrendamiento de vehículos terrestres.
APCRS
180. Enviar a la COFEPRIS
en
los
formatos
correspondientes
establecidos el avance de
las visitas de verificación
de los establecimientos de
atención médica con fines
estéticos.
NA
NA
NA
APCRS
181. Realizar el vínculo con
los Colegios, Consejos y/o
Asociaciones
sobre
medicina
estética
y
de
cirugía plástica, estética y
reconstructiva,
con
la
finalidad de intercambiar
información
sobre
establecimientos dedicados
a la medicina estética y
clínicas de cirugía plástica,
estética
y
reconstructiva
irregulares, realizando un
acuerdo de colaboración en
cuestión de denuncias que
hayan recibido.
NA
NA
NA
APCRS
182.
Gestionar,
implementar y reportar las
acciones de fomento y
dirigidas a la población y
sector regulado, con el
propósito de contribuir a la
disminución
de
riesgos
asociados
al
uso
de
prestación de servicios en
establecimientos
de
atención médica con fines
estéticos
irregulares
y
enviar
el
formato
correspondiente
a
la
COFEPRIS.
NA
NA
NA
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
177
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
183.
Elaboración
del
padrón
estatal
de
comercializadores
y
productores
de
loza
vidriada.
21101; 26104; 37501
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA; PASAJES
TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Hojas bond; Gastos de transporte terrestre; Viáticos.
APCRS
184. Elaboración y análisis
del estudio de percepción
del riesgos a los alfareros
de
las
comunidades
productoras
y
comercializadoras de loza
vidriada.
NA
NA
NA
APCRS
185. Diseño y elaboración
de
una
estrategia
de
difusión
dirigida
a
comercializadores
y
productores
de
loza
vidriada.
NA
NA
NA
APCRS
186.
Elaboración
del
programa de visitas de
Fomento Sanitario a las
principales
comunidades
alfareras
para
impartir
pláticas sobre el uso de
compuesto de plomo en la
alfareria vidriada.
32301; 52101; 29401;
21101; 21201; 39202;
37201; 37501; 31603;
32201
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
EQUIPOS
Y
APARATOS
AUDIOVISUALES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES; MATERIALES Y ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
OTROS
IMPUESTOS
Y
DERECHOS;
PASAJES
TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES
Cañón; Pantalla de proyección; Bocinas; Cinta adhesiva; Rotafolio; Hojas de rotafolio;
Encuadernación; Pastas; Tintas; Cartuchos; Casetas/peaje; Transporte terrestre;
Viáticos; Hojas bond; Micrófono; Pago del servicio de Internet; Renta de salón para
eventos de capacitación.
APCRS
187. Elaboración de un
programa
para
impartir
pláticas de fomento sobre
los riesgos del uso de
compuestos de plomo en la
producción
de
loza
vidriada.
32301; 52101; 29401;
21101; 21201; 39202;
37201; 37501; 31603;
32201
ARRENDAMIENTO
DE
EQUIPO
Y
BIENES
INFORMÁTICOS;
EQUIPOS
Y
APARATOS
AUDIOVISUALES;
REFACCIONES
Y
ACCESORIOS PARA EQUIPO DE CÓMPUTO Y
TELECOMUNICACIONES; MATERIALES Y ÚTILES
DE
OFICINA;
MATERIALES
Y
ÚTILES
DE
IMPRESIÓN
Y
REPRODUCCIÓN;
OTROS
IMPUESTOS
Y
DERECHOS;
PASAJES
TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN;
SERVICIOS
DE
INTERNET;
ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES
Cañón; Pantalla de proyección; Bocinas; Cinta adhesiva; Rotafolio; Hojas de rotafolio;
Encuadernación; Pastas; Tintas; Cartuchos; Casetas/peaje; Transporte terrestre;
Viáticos; Hojas bond; Micrófono; Pago del servicio de Internet; Renta de salón para
eventos de capacitación.
178
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Programa
Fortalecimiento al sistema federal sanitario en materia de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Objetivo
Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud, así como por su
exposición a factores ambientales y laborales la ocurrencia de emergencias sanitarias, incluido COVID-19 y la prestación de servicios de salud mediante la
regulación, control y prevención de riesgos sanitarios.
Objetivo Específico
Informar a la población alfarera sobre los riesgos por el uso de compuestos de plomo en la elaboración de alfarería de barro vidriada.
Actividad específica
Claves de partida
Partida específica
Insumo
APCRS
188.
Concertación
con
Autoridades Municipales y
asociaciones de alfareros
para la instrumentación del
programa de pláticas de
fomento sobre los riesgos
del uso de compuestos de
plomo en la producción de
loza vidriada.
39202; 37201; 37501
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; PASAJES
TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos.
APCRS
189. Difusión de material
dirigido
a
comercializadores
y
productores
de
loza
vidriada por la Entidad
Federativa seleccionada.
39202; 37201; 37501;
33604
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS; PASAJES
TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO
Y
DE
SUPERVISIÓN;
VIÁTICOS
NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN; IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE
MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA
OPERACIÓN
Y
ADMINISTRACIÓN
DE
LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
Casetas/peaje; Transporte terrestre; Viáticos; Impresión de material informativo, tríptico,
carteles, folletos, o cualquier material editorial.
APCRS
190.
Elaboración
de
informes
mensuales
del
avance
sobre
de
las
acciones del proyecto de
plomo en loza vidriada.
NA
NA
NA
PARTIDAS EN LAS QUE DEBE OBSERVARSE LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA: 21101; 21201; 21401; 21501; 26102; 26104; 31602; 31603; 31801; 31904; 32201; 32301; 32302; 32401;
32505; 32601; 32701; 33604; 35201; 37101; 37104; 37201; 37204; 37206; 37501; 37504; 38301; 51501; 52901; 59101; 26101; 37503.
LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO
ENTRE LA COFEPRIS Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA,
SUS LINEAMIENTOS Y NORMAS ESPECÍFICAS DICTADAS SOBRE LA MATERIA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.
ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO
DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASÍ COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL,
POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE JALISCO, EL QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
Por la Secretaría: la Comisionada Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, D. en C. Armida Zúñiga Estrada.- Rúbrica.- La Secretaria General de la
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Lic. Alondra Vianney Sánchez Payan.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de la Hacienda
Pública, Mtro. Luis García Sotelo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez.- Rúbrica.- El Director General del Organismo Público
Descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco, Dr. Héctor Hugo Bravo Hernández.- Rúbrica.- El Comisionado de la Comisión para la Protección contra
Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, Dr. José Antonio Muñoz Serrano.- Rúbrica.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
179
SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
NOTA Aclaratoria al Acuerdo mediante el cual se modifica y amplía la competencia de diversas juntas especiales
de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, se suprimen la Oficina Auxiliar de Poza Rica, Veracruz y la Junta
Especial número 35, con residencia en Culiacán, Sinaloa en los términos que se indican, publicado el 27 de octubre
de 2025.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y
Previsión Social.
JOSÉ LUIS SÁNCHEZ CUAZITL, Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26, fracción XVII y 40, fracción VIII, de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 606 de la Ley Federal del Trabajo1 en relación con el
régimen transitorio del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la
Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley
del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva", publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 1° de mayo del 2019; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;
1, 2 y 17 fracciones V y XV del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social,
se emite la siguiente
NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICA Y AMPLÍA LA
COMPETENCIA DE DIVERSAS JUNTAS ESPECIALES DE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y
ARBITRAJE, SE SUPRIMEN LA OFICINA AUXILIAR DE POZA RICA, VERACRUZ Y LA JUNTA
ESPECIAL NÚMERO 35, CON RESIDENCIA EN CULIACÁN, SINALOA EN LOS TÉRMINOS QUE SE
INDICAN, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 27 DE OCTUBRE DE 2025
DICE:
“Que los juicios en contra del FONATUR son substanciados en sus diversas fases en varias Juntas
Especiales con residencia en la Ciudad de México y en las entidades federativas, por lo cual, en el marco de
la centralización, la Junta Especial Número 10, con residencia en la Ciudad de México, tiene competencia
para tramitarlos hasta su conclusión;”
DEBE DECIR:
Que los juicios en contra del FONATUR son tramitados en sus diversas fases en varias Juntas Especiales
con residencia en la Ciudad de México y en las entidades federativas, por lo cual, en el marco de la
centralización y para equilibrar cargas de trabajo, la Junta Especial Número 4, con residencia en la Ciudad
de México, es susceptible de continuar atendiendo hasta su conclusión dichos asuntos y para ello
resulta necesario ampliar su competencia para conocer de procedimientos en contra de empresas que
sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal, excepto los que por
diverso Acuerdo corresponda conocer a alguna otra Junta Especial;
DICE:
“CUARTO.- Se modifica la competencia por materia y territorio de las Juntas Especiales con residencia en
la Ciudad de México y en las entidades federativas para dejar de ser competentes para conocer de conflictos
laborales en contra del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, los cuales serán tramitados hasta su
conclusión en la Junta Especial Número 10, con residencia en la Ciudad de México, ubicada en
Av. Azcapotzalco la Villa número 311, Col. Barrio de Santo Tomás, C.P. 02020, Alcaldía Azcapotzalco.”
DEBE DECIR:
CUARTO.- Se amplía la competencia de la Junta Especial Número 4 para conocer conflictos en
contra de empresas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno
Federal, con excepción de aquellos que por diverso Acuerdo le corresponda conocer a otra Junta
Especial.
Se modifica la competencia por materia y territorio de las Juntas Especiales con residencia en la Ciudad
de México y en las entidades federativas para dejar de ser competentes para conocer de conflictos laborales
en contra del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, los cuales serán tramitados hasta su conclusión en la
Junta Especial Número 4, con residencia en la Ciudad de México, ubicada en Av. Azcapotzalco la Villa
número 311, Col. Barrio de Santo Tomás, C.P. 02020, Alcaldía Azcapotzalco.
Ciudad de México, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil veinticinco.- El Director General de
Asuntos Jurídicos, José Luis Sánchez Cuazitl.- Rúbrica.
1 Vigente antes de las reformas publicadas el 1° de mayo de 2019.
180
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
SECRETARIA DE CULTURA
PROGRAMA Institucional de Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana S.A. de C.V.
2025-2030.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cultura.- Secretaría
de Cultura.
PROGRAMA INSTITUCIONAL COMPAÑÍA OPERADORA DEL CENTRO CULTURAL Y TURÍSTICO DE TIJUANA
S.A. DE C.V. 2025-2030.
1. Índice
1. Índice
2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
3. Siglas y acrónimos
4. Fundamento normativo
5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
6. Objetivos
6.1 Relevancia del Objetivo 1. Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT
para la población del noroeste de México
6.2 Relevancia del Objetivo 2. Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables
mediante programas especializados de la Compañía Operadora
6.3 Relevancia del Objetivo 3. Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía
Operadora como referente regional
6.4 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de la Compañía Operadora 2025-2030
7. Estrategias y líneas de acción
8. Indicadores y metas
2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a
sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la
instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se
realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo.
3. Siglas y acrónimos
CAEN: Centro de Artes Escénicas del Noroeste
CECUT: Centro Cultural Tijuana
CEDHBC: Comisión Estatal de Derechos Humanos en Baja California
CHG: Centro Hispano de Guitarra
CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe
CESUN: CESUN Universidad
CETYS: Centro de Enseñanza Técnica y Superior
COMPAÑÍA OPERADORA: Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana, S.A. de C.V.
CONAPO: Consejo Nacional de Población
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación del Desarrollo de la Política Social
CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
EL COLEF: El Colegio de la Frontera Norte, A.C.
ENVIPE: Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública
EE. UU.: Estados Unidos de América
IBERO: Universidad Iberoamericana Tijuana
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
181
LGBTQI+: Lésbico, Gay, Bisexual, Transgénero, Queer, Intersexual y más.
OBC: Orquesta de Baja California
PND: Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030
PNUD: Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
PSC: Programa Sectorial de Cultura 2025–2030
SC: Secretaría de Cultura
SCAE: Sistema de Captura y Análisis Estadístico
SECTURE: Secretaría de Turismo del Estado
SCM: Seminario de Cultura Mexicana
UABC: Universidad Autónoma de Baja California
UNESCO: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
UNUS: UNUS Universidad
UPN: Universidad Pedagógica Nacional
UTT: Universidad Tecnológica de Tijuana
4. Fundamento normativo
El Programa Institucional de la Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana S.A. de
C.V. (Compañía Operadora) 2025-2030, quien se encarga de la administración del Centro Cultural Tijuana
(CECUT) se presenta en el marco del Sistema de Planeación Democrática del desarrollo nacional establecido
en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) el cual señala la
obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional. Por su
parte, la Ley de Planeación establece en su artículo 21 la obligatoriedad de elaborar, al inicio de cada
administración, el Plan Nacional de Desarrollo, donde se precisan los objetivos nacionales, las estrategias y
las prioridades del desarrollo integral y sustentable del país. De este documento rector se derivarán los
programas sectoriales, especiales, regionales e institucionales que orientarán las políticas públicas de los
diversos sectores.
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2025-2030, publicado el 15 de abril de 2025 en el Diario Oficial de la
Federación, es el principal instrumento de planeación de la presente administración y se articula con cuatro
ejes generales y tres ejes transversales. A partir de este instrumento, el Programa Sectorial de Cultura (PSC)
2025-2030 se encuentra alineado principalmente al Eje General 2: Desarrollo con bienestar y humanismo,
contribuyendo a la transformación democrática y pacífica de México. Además, las acciones del Sector Cultura
están alineadas con los Ejes Transversales 1 y 3, que abordan la Igualdad Sustantiva y Derechos de las
Mujeres, y los Derechos de las Comunidades Indígenas y Afromexicanas, respectivamente.
Conforme a lo establecido en los artículos 1° y 4° de la CPEUM, la Secretaría de Cultura (SC) promoverá
los medios para el acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en materia
cultural, así como el ejercicio de los derechos culturales. Promoverá los medios para la difusión y desarrollo
de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno
respeto a la libertad creativa. Asimismo, el artículo 41 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal establece que a la SC le corresponde elaborar y conducir la política nacional en materia de cultura. En
el marco de los 100 Compromisos para el Segundo Piso de la Cuarta Transformación, fundamento del
Proyecto de Nación encabezado por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, la SC, encuentra su acción
específica en los compromisos 36 al 40 que conforman la República cultural y lectora. Sumado a las acciones
coordinadas por otras instancias del Gobierno Federal.
El presente documento, se elabora con fundamento en la fracción II del artículo 17 de la Ley de
Planeación, al mismo tiempo que se alinea al PSC 2025-2030 publicado en el DOF el 15 de septiembre
de 2025.
La Compañía Operadora, constituida mediante Escritura Pública Número 29,567, volumen 637, pasada
ante la fe del licenciado Carlos Ramírez Zetina, Notario Público Número 132, de la Ciudad de México, en
fecha 22 de septiembre de 1980, es una Entidad Paraestatal de la Administración Pública Federal, de
conformidad con Ley Federal de las Entidades Paraestatales, Sectorizada a la SC, por el “ACUERDO por el
que se agrupan las entidades paraestatales que se indican al sector coordinado por la Secretaría de Cultura”
publicado en el Diario Oficial de la Federación el jueves 2 de febrero de 2017.
182
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
En la Primera Sesión Extraordinaria de Accionistas celebrada el 26 de septiembre de 1997 su Objeto
social fue modificado para quedar en los siguientes términos:
I) Diseñar, planear y ejecutar programas y acciones de beneficio social y cultural, destinados a poner al
alcance de los ciudadanos los bienes y servicios culturales propios de su naturaleza y a contribuir con ellos a
mejorar la calidad de vida de los mexicanos dentro del estado de Baja California y en el Noroeste.
II) Diseñar, planear y ejecutar programas y acciones tendientes a la promoción del arte y la cultura entre
los educandos del Sistema Nacional de Educación, procurando en todo momento generar en ellos el apego a
los valores culturales como parte de su formación integral; así como promover y difundir los bienes y servicios
culturales entre los estudiantes, maestros e investigadores de las instituciones de educación superior en la
región.
III) Preservar y difundir dentro y fuera del país, el patrimonio cultural y la obra de artistas, creadores e
intelectuales de la región en coordinación y participación con todos los sectores de la sociedad y de los tres
niveles de gobierno.
IV) Organizar e implementar talleres, cursos, seminarios, conferencias, foros de análisis y en general todas
aquellas actividades intelectuales y culturales orientadas a ampliar las opciones de disfrute y aprecio de las
manifestaciones artísticas y culturales, fomentando a la vez la participación de la comunidad bajacaliforniana y
del sur de California, EE. UU.
V) Fortalecer los elementos de identidad con los connacionales que emigrarán al estado de California, EE.
UU. o que transitan en la frontera mexicana con dicho país en el Noroeste, en el marco del PND y de los
programas sectoriales respectivos.
VI) Contribuir de manera permanente al impulso y fortalecimiento de la Orquesta de Baja California (OBC),
del Centro Hispano de Guitarra (CHG), del Centro de Artes Escénicas del Noroeste (CAEN), así como generar
oportunidades para que otras entidades públicas, privadas o sociales ofrezcan bienes y servicios culturales.
VII) Diseñar, elaborar y en su caso, editar e imprimir todo tipo de publicaciones artísticas y culturales afines
a su naturaleza, tales como libros, folletos, revistas, periódicos o cualquier otro tipo de documentos escritos,
audiovisuales o multimedia.
VIII) Estrechar la vinculación académico-cultural con personas físicas o morales del sector público, privado
y social, con instituciones y universidades del país y del extranjero, que desarrollen acciones afines mediante
la firma contratos y convenios específicos, a efecto de racionalizar recursos y ampliar las acciones culturales.
IX) Adquirir, enajenar, arrendar bienes muebles e inmuebles y en general realizar cualquier tipo de actos
de dominio que beneficien a la sociedad y que estén orientados a la generación de recursos propios para
cumplir con su objeto social.
X) Recibir donativos de personas físicas o morales y destinarlos al cumplimiento de su objeto social.
XI) Fortalecer los programas de colaboración y apoyo que tienen por objeto brindar un servicio público a la
clase educativa y trabajadora por medio de los diversos convenios con que cuenta este Centro Cultural.
Conforme al artículo 47 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Compañía Operadora debe
sujetar su desarrollo y operación a la Ley de Planeación, al PND 2025-2030, al PSC 2025-2030 y a las
asignaciones presupuestales autorizadas, siendo responsable de la ejecución seguimiento y rendición de
cuentas del Programa.
El Programa Institucional de la Compañía Operadora 2025-2030 responde a diversos instrumentos
internacionales que reconocen la cultura como un derecho humano y un bien público mundial. Entre ellos
destacan: la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales
(Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO, 2005); el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención Americana sobre Derechos
Humanos; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y la Declaración de las Naciones Unidas sobre
los Derechos de los Pueblos Indígenas, entre otros.
5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
El presente diagnóstico identifica y analiza los principales problemas públicos que enfrenta la región
noroeste de México en el ámbito cultural, estableciendo la contribución específica que la Compañía
Operadora a través de la administración de la infraestructura y capacidades especializadas del Centro Cultural
Tijuana (CECUT) planea realizar para atender dichos desafíos.
El análisis se estructura organizando la información por problemas públicos específicos en articulación con
el PSC 2025-2030, el PND 2025-2030, el Segundo Piso de la Cuarta Transformación y los principios del
Humanismo Mexicano.
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El CECUT opera como una infraestructura cultural federal fuera de la Ciudad de México, ubicada
estratégicamente en el municipio de Tijuana, una de las ciudades más dinámicas y diversas en la frontera
norte del país.
Su área de influencia comprende el Estado de Baja California con 3,769,020 habitantes (INEGI, 2020), con
alcance a población de otros estados de la región noroeste y la zona fronteriza binacional Tijuana-San Diego,
con un potencial de abarcar a más de 8 millones de habitantes.
La Compañía Operadora realiza sus actividades sustantivas en el CECUT, complejo arquitectónico que
cuenta con 3.5 hectáreas de instalaciones especializadas que incluyen el Domo IMAX, una Sala de Cine con
pantalla esférica única en esta región, el Teatro, la Sala de Cine Carlos Monsiváis, el Museo de las
Californias, las Salas de Exposiciones de El Cubo, El Acuario, foros escénicos, además de salas educativas
especializadas. Esta infraestructura es clave para el desarrollo de un trabajo continuo realizado a lo largo de
43 años.
La Compañía Operadora ha desarrollado una red de colaboración con más de 20 instituciones educativas
de nivel superior en Tijuana y la región. Algunas de éstas incluyen a la Universidad Autónoma de Baja
California (UABC), El Colegio de la Frontera Norte (El COLEF), la Universidad Tecnológica de Tijuana (UTT),
la Universidad Iberoamericana (IBERO), la Universidad Pedagógica Nacional (UPN), CETYS Universidad
(CETYS), CESUN Universidad (CESUN), UNUS Universidad (UNUS), Universidad Xochicalco, Pacífico
Universidad, entre otras instituciones, en busca de diversificar, fortalecer y ampliar la oferta cultural, los
servicios y el acceso a sus instalaciones.
También se han construido redes binacionales, destacando el acercamiento con el Consulado General de
México en San Diego, que profundiza la cooperación internacional en materia de cultura e identidad en esta
región.
Se han impulsado alianzas locales con instituciones y organismos del sector privado, asociaciones civiles,
así como proyectos artísticos y culturales. A su vez, se ha realizado un trabajo cercano con colectivos y
comunidades, en busca de seguir consolidando al CECUT como un referente de transformación cultural en la
frontera norte de México.
Desde estas bases, la Compañía Operadora contribuye al modelo de desarrollo del Segundo Piso de la
Cuarta Transformación mediante la mejora del acceso a infraestructura cultural especializada, dedicándose a
atender a la población en su conjunto, y de manera particular, a población históricamente excluida y
considerada prioritaria.
El enfoque específico busca alcanzar a migrantes y personas en contexto de movilidad, infancias y
juventudes, así como población que habita en contextos de vulnerabilidad, con el propósito de seguir
fortaleciendo el tejido social fronterizo como base del bienestar colectivo.
La programación y las acciones culturales llevadas a cabo por la Compañía Operadora se fundamentan en
los principios del Humanismo Mexicano. Esto se realiza a través del reconocimiento de la cultura como
derecho fundamental, la promoción de la dignidad de las personas mediante el acceso equitativo a bienes
culturales, y con el fortalecimiento de la identidad comunitaria fronteriza como expresión de la diversidad
nacional.
La identificación de los problemas públicos que se describen a continuación, tienen el propósito de
contextualizar sus causas estructurales y efectos hacia las poblaciones, así como las estrategias y acciones
específicas que la Compañía Operadora plantea llevar a cabo para atenderlos en el marco de sus alcances,
capacidades y actividades sustantivas.
Acceso limitado a infraestructura cultural especializada
En Baja California, la población vulnerable por carencia social asciende a 1,210,430 personas, equivalente
al 32% de la población estatal, esto de acuerdo con estimaciones oficiales del Informe Anual sobre la
Situación de Pobreza y Rezago Social 2024 (Secretaría de Bienestar, CONEVAL e INEGI). Esta población
enfrenta acceso limitado a infraestructura cultural especializada, siendo el CECUT una instalación federal con
capacidad tecnológica para atender esta demanda regional.
El problema afecta particularmente al 60% de la población ocupada que percibe entre uno y dos salarios
mínimos (INEGI, 2023), creando barreras económicas para el acceso cultural, y con ello, el ejercicio pleno de
los derechos culturales reconocidos en la CPEUM y en los instrumentos internacionales ratificados
por México.
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La cobertura territorial actual de la Compañía Operadora se concentra en Tijuana, Rosarito y Tecate,
mientras que los municipios de Ensenada, San Quintín, Mexicali y San Felipe, mantienen una cobertura
limitada, siendo el mismo escenario con la población de otros estados para la región noroeste de México y el
sur de California en Estados Unidos de América (EE. UU).
En 2024, la Compañía Operadora realizó más de 14 mil acciones culturales alcanzando a más de 1.4
millones de visitantes y beneficiarios. De estas actividades, un componente importante se realizaron fuera de
las instalaciones centrales del CECUT. Este alcance evidencia la fortaleza de su infraestructura cultural para
atender a la población. También resalta la necesidad de construir nuevos esquemas de descentralización con
énfasis en poblaciones prioritarias y comunidades con acceso limitado.
La infraestructura cultural del país no fue pensada desde un modelo de inclusión, lo que demanda la
adecuación de los espacios para reducir las barreras para el acceso y la participación de todas y todos.
Asimismo, existe el reto de digitalizar y garantizar un acceso abierto a las producciones culturales y artísticas
mediante el uso de tecnología. Asegurar el acceso tanto físico como virtual a los espacios y producciones
culturales, es un compromiso clave en la búsqueda de un desarrollo con bienestar y humanismo.
Incrementar el uso y aprovechamiento de la infraestructura no se limita a aumentar la cantidad de
actividades, sino a garantizar que sean más accesibles, equitativas y vinculadas con las necesidades de la
población.
Las causas estructurales de este acceso limitado incluyen la centralización histórica que ha caracterizado
al país, las barreras económicas que excluyen a sectores vulnerables, y la cobertura territorial insuficiente,
acotada a a tres de siete municipios bajacalifornianos. A este escenario se añade un alcance limitado a otros
estados y poblaciones en la región.
Los efectos conllevan exclusión territorial de población alejada de Tijuana sin acceso a instalaciones como
la Sala de Cine con pantalla esférica, mejor conocida como Domo IMAX, la Sala de Cine Carlos Monsiváis, el
Teatro, las Salas de Exposiciones dentro del complejo arquitectónico conocido como El Cubo, entre otras.
Otros efectos son la desigualdad económica que impide una mayor participación de sectores vulnerables,
pérdida de oportunidades de formación artística para infancias y juventudes de colonias periféricas, pérdida de
cohesión social, capital simbólico, saberes tradicionales e identidad comunitaria.
A lo anterior también se suma el debilitamiento de la identidad cultural fronteriza por falta de espacios de
encuentro cultural. Otro efecto es la reducción del acceso a experiencias culturales transformadoras para el
desarrollo personal y colectivo. Adicionalmente, esto repercute en el debilitamiento de la identidad regional por
escasa apropiación social de la infraestructura federal.
Para acortar esta brecha, la Compañía Operadora ha realizado el despliegue de proyectos de extensión
cultural, a través del desarrollo de programas como Arte y Cultura en Comunidades y Territorio, iniciativa
itinerante que permite traducir las capacidades en acciones presenciales en más de 30 colonias periféricas
como El Pípila, Valle Verde, Camino Verde, 3 de Octubre, Mariano Matamoros, Sánchez Taboada, entre otras
en Tijuana.
En conjunto, la Compañía Operadora busca desarrollar una programación con enfoque de inclusión social
y pertinencia cultural. También trabaja en el fortalecimiento de alianzas locales y binacionales para consolidar
vínculos con gobiernos municipales, estatales, organizaciones sociales y actores culturales de ambos lados
de la frontera.
Este enfoque busca crear las condiciones para una mayor participación de la población en la frontera norte
mexicana, así como la construcción de canales y plataformas para sumar a mexicanas y mexicanos que
radican en EE. UU.
También se fomenta la lectura y la oralidad en español e idiomas originarios, articulando esfuerzos con
comunidades, bibliotecas y actores culturales. Se busca consolidar una participación activa en estrategias
regionales para un acceso universal a bienes culturales al establecer un área de cooperación internacional.
La Compañía Operadora busca beneficiar a una mayor cantidad de población en esta región, con énfasis
en grupos prioritarios en el municipio de Tijuana y su zona metropolitana, que incluye a municipios como
Rosarito y Tecate. Esto se proyecta realizar ampliando sus redes a los siete municipios bajacalifornianos y
más ciudades de la frontera con EE. UU.
La Compañía Operadora planea contribuir a este contexto optimizando las instalaciones especializadas
del CECUT, incrementando la programación descentralizada, fortaleciendo redes territoriales mediante
alianzas con gobiernos municipales, estatales, centros académicos así como asociaciones y colectivos, e
implementando esquemas de acceso diferenciado para poblaciones prioritarias.
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Para atender este problema público se establece el objetivo de Incrementar el uso y aprovechamiento
de las instalaciones del CECUT para la población del noroeste de México.
El CECUT, como entidad estratégica en la frontera noroeste y como infraestructura de la SC fuera de la
capital del país, plantea sus aportes mediante la optimización en el uso y aprovechamiento de sus
instalaciones especializadas, la implementación de una programación descentralizada mediante el desarrollo
de alianzas territoriales con gobiernos locales y organizaciones comunitarias. También se planea impulsar las
redes de colaboración binacional, aprovechando su ubicación cercana a la frontera internacional con EE. UU.
Al priorizar la atención a la población en general con énfasis en poblaciones prioritarias, la Compañía
Operadora avanza hacia la construcción de una sociedad más igualitaria, incluyente y fraterna.
Baja participación cultural de poblaciones vulnerables
En esta región fronteriza, poblaciones como migrantes, infancias, juventudes, adultos mayores,
comunidades indígenas, afromexicanas, personas con discapacidad, población LGBTQI+ y, en conjunto,
comunidades en contextos vulnerables, enfrentan barreras estructurales que limitan su participación cultural.
Estas barreras incluyen discriminación, ausencia de programas culturalmente pertinentes para estos públicos
y falta de espacios de expresión identitaria.
La Compañía Operadora ha desarrollado una cobertura territorial significativa mediante articulación con
instituciones como la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Baja California (CEDHBC), la Secretaría de
Turismo (SECTURE), el Seminario de Cultura Mexicana (SCM), además de una amplia red de universidades y
centros educativos en todos los niveles.
También hay alianzas binacionales claves como con el Consulado General de México en San Diego, así
como proyectos artísticos y culturales del otro lado de la frontera. Esta red constituye la base para la
expansión de programas especializados, aunque aún persisten brechas en relación con la magnitud de la
población vulnerable a nivel estatal.
La amplia vinculación educativa de la Compañía Operadora con universidades y centros educativos en
distintos niveles, constituye un pilar estratégico para extender su influencia y fomentar una mayor participación
de infancias, jóvenes, docentes y comunidades académicas en actividades de mediación cultural, formación
artística y difusión del patrimonio.
Los programas especializados consolidados incluyen el programa de Pueblos Originarios y Comunidades
mediante la participación directa de portadores culturales en el diseño y operación de la oferta, los Círculos de
Lectura, que fomentan la lectura y la oralidad binacional en español e idiomas originarios, articulando
esfuerzos con comunidades y bibliotecas en ambos lados de la frontera, bajo la lógica de cooperación
internacional con otros proyectos como Iberrutas e Iberbibliotecas. También se planea continuar impulsando
circuitos de cine comunitario y pantalla libre, con exhibiciones gratuitas coordinadas con gobiernos locales,
organizaciones de la sociedad civil y colectivos culturales.
El territorio atendido comprende trabajo directo en comunidades con una cobertura a más de 30 colonias
periféricas de Tijuana que concentran altos índices de marginación social, de acuerdo con el Índice de
Marginación Urbana 2020, elaborado por el Consejo Nacional de Población (CONAPO). Este índice permite
identificar grados de marginación a nivel de colonia en zonas urbanas, incluyendo Tijuana, donde se registran
múltiples áreas con grado alto y muy alto de marginación. Es necesario fortalecer estos esfuerzos y ampliar
sus alcances hacia la población, especialmente en zonas con rezago multidimensional.
Las causas estructurales de este problema público se originan en el modelo neoliberal de décadas
pasadas que redujo el papel del Estado como garante de derechos culturales, convirtiendo la cultura en
producto de mercado. Persiste la escasez de programas especializados para poblaciones vulnerables. Hay
barreras de accesibilidad en espacios sin adaptaciones para personas con discapacidad o servicios en
lenguas originarias. Se mantiene la discriminación estructural en espacios no diseñados como libres de
violencia. Y, también, permanece una desconexión territorial con programación concentrada en zonas urbanas
centrales.
La exclusión cultural de poblaciones vulnerables en la frontera norte no es un fenómeno aislado, sino el
resultado de dinámicas históricas de desigualdad territorial, marginación social y centralización de la política
cultural en el país. Los efectos se presentan en la exclusión sistemática de poblaciones vulnerables de
procesos formativos e identitarios, invisibilización de expresiones culturales migrantes e indígenas, pérdida
de transmisión intergeneracional de saberes y lenguas, y reproducción de desigualdades que refuerzan
estigmas para el ejercicio de derechos culturales.
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La normalización de la violencia y la cultura del miedo en medios y prácticas sociales también ha generado
un entorno adverso para la convivencia comunitaria. A esta situación se suma la débil vinculación entre las
políticas de cultura y las de seguridad, educación y desarrollo comunitario, lo que ha reducido el potencial de
la cultura como estrategia preventiva y regeneradora del tejido social.
El abandono del espacio público como lugar de encuentro y participación ha limitado la cohesión social.
Según la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2022 (INEGI),
el 62.5% de la población mexicana dejó de realizar actividades en plazas, parques o espacios comunitarios
por percepción de inseguridad. Esta retirada del espacio público ha debilitado el capital social y la apropiación
cultural de los territorios. La falta de programas sostenidos que articulen cultura, juventud y comunidad
restringe el impacto de la cultura como herramienta de paz.
La cultura constituye un eje estratégico para el desarrollo humano sostenible y una herramienta eficaz en
la atención de problemas públicos como la desigualdad, la exclusión, la violencia, el racismo estructural y la
falta de cohesión social. Investigaciones y organismos internacionales coinciden en que la participación activa
en la vida cultural fortalece la identidad, promueve la salud mental y emocional, y reconstruye el tejido social,
especialmente en comunidades vulnerables o afectadas por contextos de conflicto (CEPAL, 2021; PNUD,
2022; INEGI, 2023).
La Compañía Operadora plantea contribuir a este escenario desarrollando programas especializados para
poblaciones prioritarias, garantizando accesibilidad integral y servicios adaptados a la diversidad de
poblaciones. Esto se planea concretar a través de implementar metodologías de cultura de paz para el diálogo
intercultural y la creación de espacios de expresión comunitaria que favorezcan la visibilización de identidades
diversas.
La Compañía Operadora tiene el propósito de continuar siendo un referente de participación ciudadana,
pensamiento crítico y sentido de identidad cultural mediante una oferta artística, educativa y comunicativa
plural para toda la población. Su nuevo enfoque territorial, intergeneracional e inclusivo, con énfasis en
poblaciones prioritarias y en condición de vulnerabilidad, va a contribuir a la apropiación social de la cultura,
fomentando la construcción de una ciudadanía activa.
A través de proyectos comunitarios y acciones artísticas en territorio, se planea generar condiciones para
la participación, la dignificación de los sujetos excluidos y la construcción de comunidades libres, creativas y
críticas. Esto se busca conseguir a través de hacer del arte y la cultura herramientas para la paz y el bienestar
psicosocial, desde proyectos que articulan arte, mediación comunitaria y educación en derechos humanos.
También el enfoque es fomentar encuentros sobre arte y comunidades de paz. El propósito es seguir
convirtiendo al CECUT en refugio cultural y plataforma de expresión comunitaria para infancias, juventudes,
migrantes, comunidades diversas y población vulnerable, donde se promueve la libre expresión, el
reconocimiento de identidades y la dignificación cultural.
Impulsar la formación artística crítica y participación cultural desde edades tempranas es otro propósito
clave, articulando metodologías participativas que permitan a las comunidades ser protagonistas de sus
propias narrativas culturales, promoviendo la inclusión territorial y el desarrollo integral.
Se va a desarrollar una comunicación cultural transformadora desde proyectos que relacionan arte,
comunidad y palabra. A partir de estas acciones se aporta a la construcción de una República cultural y
lectora que vuelva más accesible la producción simbólica, fortalezca la identidad fronteriza y refleje la
pluralidad de voces, la libertad narrativa y el derecho a comunicar desde los territorios.
En este contexto, la Compañía Operadora desempeña un papel clave para revertir estas tendencias
mediante el diseño e implementación de programas especializados que respondan a las necesidades de la
población en su conjunto, y con especial enfoque hacia poblaciones prioritarias.
Esto se va a llevar a cabo garantizando el ejercicio efectivo de los derechos culturales y contribuyendo a la
cohesión social, la inclusión y el fortalecimiento de la identidad fronteriza.
Para atender este problema se establece el objetivo de Fortalecer la participación cultural de
poblaciones vulnerables mediante programas especializados de la Compañía Operadora.
Este objetivo busca colocar a las personas en el centro de la política cultural y reconocer la cultura como
herramienta de justicia social, memoria colectiva y regeneración comunitaria. Desde estos programas y
acciones culturales especializadas, se avanza en la creación de territorios de encuentro, reparación simbólica
y construcción de futuros compartidos.
Centralismo en producción cultural e insuficiente proyección regional
La concentración histórica de decisiones, recursos y espacios de producción cultural en la Ciudad de
México y en las capitales estatales ha limitado la visibilidad de expresiones artísticas fronterizas. Este hecho
restringe el desarrollo de circuitos culturales regionales y la consolidación de referentes especializados fuera
del centro del país.
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La población objetivo incluye creadores y artistas de Baja California y del noroeste, comunidades
fronterizas con expresiones binacionales que demandan contenidos especializados regionales, instituciones
culturales locales que requieren articulación, y población mexicana en EE. UU., especialmente en la región
Tijuana-San Diego.
El CECUT cuenta con infraestructura tecnológica para producción regional que incluye la Sala de Cine con
pantalla esférica (Domo IMAX), equipamiento audiovisual especializado, espacios formativos diversos, así
como una ubicación fronteriza estratégica para su proyección binacional.
La Compañía Operadora ha establecido alianzas con El COLEF que aporta vocación de frontera con
alcance transfronterizo y conexión con investigadores y creadores regionales. La alianza con el Consulado
General de México en San Diego fortalece el enfoque binacional y su orientación a contribuir a la cooperación
internacional entre México y EE. UU. Estas alianzas aportan visibilidad a la producción cultural en el norte
mexicano y crean redes de colaboración con mexicanas y mexicanos que viven al otro lado de la frontera, lo
que refuerza su perfil como espacio de intercambio cultural con relevancia regional e internacional.
Las causas estructurales se relacionan al centralismo cultural del siglo XX que concentró presupuesto,
proyectos e infraestructura en la capital. Persiste una limitada articulación regional entre instituciones
culturales del noroeste. Hay una distribución desigual de recursos presupuestales entre centro y regiones, así
como escasez de espacios formales y alternativos para exhibición de producciones regionales. A esto se
añade una débil conexión binacional que subutiliza el potencial cultural fronterizo.
Los efectos incluyen la invisibilización de expresiones regionales sin espacios de proyección nacional.
Pérdida de identidad territorial por debilitamiento de narrativas fronterizas. Limitado desarrollo de industrias
culturales locales sin plataformas de profesionalización. Así como desarticulación del circuito cultural fronterizo
por falta de referentes especializados.
El desaprovechamiento del potencial creativo y económico de las regiones debilita su desarrollo cultural y
reduce su aportación al mercado cultural nacional e internacional. Además, se observa una pérdida progresiva
de lenguas, saberes y prácticas tradicionales, que no encuentran canales de preservación ni de transmisión
intergeneracional en contextos institucionales.
La Compañía Operadora planea sumar esfuerzos estableciendo una plataforma de producción regional
que utilice las instalaciones especializadas del CECUT para coproducciones del noroeste. Esto se va a
realizar aprovechando su posición fronteriza para producciones binacionales, ofreciendo formación para
gestores y creadores regionales, y utilizando infraestructura tecnológica para proyección nacional e
internacional.
La base de aliados artísticos, académicos y sociales que fortalecen la producción cultural especializada es
clave, ubicando al CECUT como un nodo estratégico para la región noroeste y la frontera México–Estados
Unidos. Esta red de vinculación permite generar contenidos artísticos y culturales de alto nivel, así como
documentar, investigar y difundir expresiones culturales propias del territorio.
Esta labor tiene el enfoque de impulsar redes culturales fronterizas, rurales, estatales y transnacionales,
con el apoyo a iniciativas culturales comunitarias desde la producción hasta la circulación. También se
proyecta potenciar el desarrollo de metodologías de documentación, archivo y visibilización de la diversidad
cultural. Adicionalmente, se busca fomentar el intercambio horizontal entre culturas regionales del norte,
centro y sur del país.
La articulación de un modelo descentralizado, participativo y plural, se orienta a fortalecer la diversidad
cultural del país como un activo para el desarrollo integral en esta región. Esto se busca concretar a través de
la consolidación de convocatorias con énfasis en comunidades indígenas, residencias académicas y artísticas,
encuentros de teatro y arte escénico, entre otras acciones culturales, las cuales visibilizan y fortalecen la
producción cultural del noroeste.
A través de estos programas, la Compañía Operadora puede redistribuir oportunidades, profesionalizar a
creadores locales y generar identidad cultural fronteriza, en busca de revertir estas desigualdades.
La existencia de esta red artística, educativa y civil constituye una fortaleza que posiciona a la Compañía
Operadora en condiciones de fomentar los procesos de creación, documentación, formación y circulación
cultural con enfoque territorial y transfronterizo. Propósito que se busca apuntalar desde la sistematización de
estas colaboraciones, la expansión de su impacto y la continuidad en los proyectos especializados para
profundizar su consolidación como un centro de referencia cultural regional.
Para atender este problema se establece el objetivo de Consolidar la producción cultural especializada
de la Compañía Operadora como referente regional.
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Este objetivo se plantea con el propósito de atender los efectos del centralismo cultural y la escasa
proyección de las expresiones artísticas y culturales de las regiones fronterizas con el propósito de extender
sus beneficios a un mayor número de la población en esta región del país.
Visión a 2030
Para 2030, la Compañía Operadora habrá recibido y beneficiado a una población cada vez más amplia de
Baja California, el noroeste mexicano y California en EE. UU., logrando alcanzar a cerca de 250 mil
beneficiarios más en el periodo 2025-2030, tanto de las instalaciones especializadas del CECUT como de las
acciones culturales en territorio.
Se distinguirá por haber mejorado progresivamente el incremento del acceso a poblaciones prioritarias a
sus instalaciones, así como a su programación y actividades culturales mediante la implementación gradual
de programas descentralizados y esquemas diferenciados de participación inclusiva, justa y equitativa.
Se habrá trabajado en el fortalecimiento de la red de colaboración con gobiernos municipales y
organizaciones sociales y comunitarias de Baja California, ampliando la cobertura territorial más allá del área
metropolitana de Tijuana, hacia población en el noroeste. El trabajo en conjunto con el Consulado General de
México en San Diego y asociaciones del sur de California ampliarán redes artísticas y culturales que
fortalezcan la identidad fronteriza.
Las poblaciones migrantes, indígenas, afromexicanas, personas con discapacidad, infancias, juventudes y
población en contextos de vulnerabilidad contarán con programas culturales especializados que atiendan sus
necesidades específicas y promuevan espacios de expresión identitaria, logrando alcanzar a más de 20 mil
personas de manera sostenida y directa en el periodo 2025-2030.
La Compañía Operadora avanzará en consolidar su papel como plataforma de producción cultural
regional, estableciendo vínculos locales, con los estados del noroeste y una colaboración binacional más
activa que fortalezcan las expresiones fronterizas y transfronterizas.
La infraestructura de la Compañía Operadora avanzará hacia una mayor eficiencia territorial,
incrementando el porcentaje de actividades descentralizadas y desarrollando circuitos culturales que conecten
los diferentes municipios bajacalifornianos con la oferta cultural, aprovechando también los recursos y
herramientas digitales que profundicen su enfoque hacia la innovación.
Visión a 2045
A partir de las bases establecidas en el periodo 2025-2030, la Compañía Operadora aspirará a constituirse
como un referente cultural en la frontera norte de México. Esto lo logrará a través de contribuir a un acceso
más equitativo a servicios culturales de calidad en la región noroeste. Avanzará en la reducción de las
brechas que afectan a personas por su sexo, origen socioeconómico, lugar de residencia, pertenencia a
pueblos indígenas o comunidades afromexicanas, con discapacidad o provenientes de contextos vulnerables.
El modelo de gestión cultural territorial desarrollado por la Compañía Operadora aportará experiencias
para el fortalecimiento de políticas culturales descentralizadas en otras regiones fronterizas. Lo llevará a cabo
desde la articulación efectiva con una red de colaboración cultural binacional que fortalezca la identidad
mexicana en el exterior y contribuya al diálogo intercultural.
La infraestructura especializada del CECUT optimizará su potencial como plataforma de producción
cultural regional. Propósito que será alcanzado contribuyendo al desarrollo gradual de circuitos de exhibición y
distribución que conecten las expresiones fronterizas con audiencias más amplias.
Para 2045 la Compañía Operadora consolidará su capacidad de atención en el noroeste del país,
alcanzando de manera sostenida a cerca de 1,800,000 beneficiarios anuales. Esto se alcanzará mediante un
mayor acceso a las instalaciones especializadas del CECUT y también por su trabajo en territorio, con un
alcance cada vez más amplio. Para ello se integrarán tecnologías inmersivas (virtualidad, experiencias
museográficas digitales y plataformas de participación comunitaria en línea) que ampliarán el acceso físico y
virtual a los servicios culturales.
Se seguirá aspirando a que la programación llegue de manera regular a toda la población bajacaliforniana,
de la región noroeste de México y con una mayor presencia y alcance en California, EE. UU., profundizando
esquemas de programación descentralizada que sean referencia de intervención cultural hacia poblaciones
prioritarias, garantizando una mayor participación y acceso a sus derechos culturales.
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6. Objetivos
El Humanismo Mexicano plantea una nueva visión de desarrollo que privilegia la vida comunitaria, el
respeto por las culturas originarias, la recuperación de la memoria histórica, y el fortalecimiento del Estado
como garante de los derechos del pueblo. En ese marco, el arte y la cultura dejan de ser vistos como bienes
elitistas para reconocerse como herramientas fundamentales para la justicia social, la reconciliación, la
sanación colectiva y la creación de nuevas realidades.
Los objetivos que a continuación se presentan son el resultado de una reflexión sobre el papel que puede
y debe asumir la Compañía Operadora en el contexto actual. Son también una apuesta por redefinir las
funciones sociales del arte y la cultura en clave de derechos humanos, paz, justicia y pluralidad en la región
noroeste de México, en sintonía con los aportes al Segundo Piso de la Cuarta Transformación.
Objetivos del Programa Institucional de la Compañía Operadora 2025-2030
Objetivo 1. Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población del noroeste de
México.
Objetivo 2. Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas especializados de la
Compañía Operadora.
Objetivo 3. Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como referente regional.
6.1 Relevancia del Objetivo 1. Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del
CECUT para la población del noroeste de México
El objetivo de incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población del
noroeste de México responde a uno de los retos históricos de la política cultural nacional: la concentración de
infraestructura y servicios en la capital del país.
A diferencia de modelos centralistas, este objetivo se plantea desde un enfoque único y novedoso, al
consolidar al CECUT como infraestructura federal de cultura ubicada en la frontera noroeste con capacidad de
articular redes territoriales y comunitarias.
El valor estratégico radica en que Baja California es un estado con más de 3.7 millones de habitantes
(INEGI, 2020). Optimizar el uso de instalaciones como el Domo IMAX, la Sala de Cine Carlos Monsiváis, el
Teatro, las Salas de Exposiciones de El Cubo, el Museo, El Acuario, entre otros espacios de su
infraestructura, no sólo amplía la cobertura cultural, sino que descentraliza los beneficios culturales hacia la
población en su conjunto, con énfasis hacia población prioritaria como migrantes, niñas, niños y juventudes
fronterizas, población indígena, afromexicana así como comunidades en contextos de vulnerabilidad.
Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para población del noroeste de
México es fundamental, ya que responde a la necesidad de maximizar una infraestructura cultural de carácter
estratégico para la región.
La capacidad instalada muestra tanto su potencial así como las brechas actuales en el acceso. El Domo
IMAX, con un aforo de 300 personas y hasta 2,500 funciones anuales, podría ampliar su alcance mediante
diferentes esquemas de programación o itinerarios escolares regionales que lo acerquen a poblaciones de
difícil acceso. El Teatro del CECUT, con una capacidad de 995 butacas, es otra de sus instalaciones más
emblemáticas así como el Vestíbulo del Teatro con una extensión de 210 m², lo que permite atender a
audiencias más amplias con productos especializados. El Museo de las Californias, con un promedio mensual
de 5,700 visitantes en 2024, busca diversificar sus públicos incorporando estrategias de mediación museística
que faciliten el entendimiento de su acervo para niñas, niños, migrantes o personas con discapacidad.
En el caso de las Salas de Exposiciones de El Cubo, se trata de tres salas que suman una superficie de
1,492 m² y capacidad para 225 personas, el desafío está en mejorar el acceso a través de exposiciones
inclusivas y colaboraciones con comunidades artísticas emergentes del noroeste que han carecido de
visibilidad en circuitos institucionales.
La Sala de Cine Carlos Monsiváis, aunque ofrece una programación anual de calidad internacional con
más de veinte ciclos y festivales en 2024, se ve limitada por un aforo de 270 lugares; una estrategia de
accesibilidad consistiría en aprovechar herramientas digitales e híbridas para ampliar su cobertura y llegar a
públicos que no pueden asistir físicamente. También, el Acuario, con más de 70 mil visitantes en 2024,
requiere fortalecer su función cultural y científica mediante programas educativos, experiencias inmersivas y
visitas comunitarias vinculadas a la educación ambiental y el turismo cultural sustentable.
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El objetivo cobra mayor legitimidad al no limitarse a mantener los servicios existentes, sino a volver las
instalaciones más accesibles en términos económicos, físicos, pedagógicos y simbólicos. En busca de
garantizar que la infraestructura cultural de la Compañía Operadora se traduzca en un derecho efectivo y no
en un privilegio. También se distingue por su carácter transformador, al proyectar al CECUT como un nodo
cultural que articula acceso físico, digital y territorial en un contexto de movilidad y diversidad cultural único en
el país.
Su implementación contribuye a concebir la cultura como un derecho que se ejerce en igualdad, con
dignidad y en reconocimiento de las diferencias. Con ello, la Compañía Operadora no sólo genera condiciones
de acceso justo y equitativo a las instalaciones del CECUT, sino que propicia entornos de convivencia fraterna
y solidaria, donde el arte y la cultura se convierten en mediadores para el encuentro entre pueblos originarios,
comunidades migrantes y población urbana. Esta experiencia fronteriza, basada en la inclusión y la
diversidad, puede convertirse en un modelo de referencia internacional, demostrando que la cultura es capaz
de construir sociedades cohesionadas, democráticas y en paz.
A través de este objetivo, la Compañía Operadora contribuye directamente al bienestar social al ofrecer
alternativas simbólicas y materiales que promueven una ciudadanía activa, crítica y solidaria, fortaleciendo la
cohesión comunitaria y las capacidades colectivas para la paz duradera.
6.2 Relevancia del Objetivo 2. Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables
mediante programas especializados de la Compañía Operadora
El objetivo de fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas
especializados de la Compañía Operadora representa un paso necesario para atender una de las
problemáticas más complejas y sensibles de la frontera norte: la exclusión de población prioritaria.
A diferencia de otros enfoques asistencialistas, este objetivo se formula desde una visión de derechos
humanos y justicia territorial, reconociendo que los derechos culturales son esenciales para el bienestar
integral, al permitir a las personas preservar su identidad, expresar sus memorias y construir vínculos con las
comunidades receptoras.
El fortalecimiento de la participación cultural de poblaciones vulnerables constituye un objetivo estratégico
porque coloca en el centro a quienes históricamente han estado marginados del acceso a la vida cultural:
migrantes, infancias, juventudes, población indígena, afromexicana, LGBTQI+, así como población en colonias
periféricas y comunidades en situación de desigualdad.
Este objetivo se plantea desde un enfoque territorial e inclusivo, con una red de cobertura que articula
colonias, escuelas, universidades, dependencias municipales y organizaciones civiles. Frente a ello, la
capacidad de la Compañía Operadora para trabajar en colonias de alta marginación y con poblaciones
específicas como migrantes o personas con discapacidad, es un factor clave para reducir brechas de acceso
a los derechos culturales.
El carácter innovador radica en situar a la cultura en el centro de las políticas de inclusión y cohesión
social, con lo cual la Compañía Operadora se convierte en un laboratorio nacional de políticas interculturales
con enfoque territorial. Lo anterior, alineado con el enfoque que privilegia a los sectores históricamente
invisibilizados y marginados.
Desde esta perspectiva, el CECUT desde sus instalaciones especializadas y alcance, ofrece actividades
artísticas y habilita espacios de reconocimiento, diálogo y construcción comunitaria donde se dignifica la voz
de quienes han sido desplazados o excluidos. Este proceso responde a que se entiende a la cultura como un
medio para la justicia, la fraternidad y la solidaridad. Y también, coloca en el centro el valor de la diversidad
como patrimonio común.
Al propiciar la integración digna de poblaciones prioritarias, la Compañía Operadora contribuye a crear un
entorno ejemplar de convivencia plural y solidaria, capaz de mostrar al mundo que la cultura, más allá de ser
un bien de consumo, es una herramienta transformadora para sociedades en paz, cohesionadas y con
vocación de justicia social.
6.3 Relevancia del Objetivo 3. Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía
Operadora como referente regional
El objetivo de consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como referente
regional adquiere una relevancia estratégica porque busca romper con el histórico centralismo cultural de
México y posicionar a la frontera norte como un polo de creación, investigación y circulación artística con
identidad propia.
A diferencia de las políticas que han privilegiado a los grandes centros metropolitanos, este objetivo se
formula desde un enfoque descentralizado y territorial. Se reconoce el potencial creativo de la población
fronteriza del noroeste, con énfasis en comunidades migrantes, pueblos originarios, juventudes y artistas
locales, en diálogo con circuitos nacionales e internacionales. A su vez, se distingue la capacidad de las
instituciones educativas y asociaciones civiles con las que mantiene vinculación.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
191
Consolidar la producción cultural especializada resulta fundamental porque permite a la Compañía
Operadora trascender su papel de difusor cultural y posicionarse como un generador de contenidos con
identidad propia, vinculados a la memoria, la investigación y la innovación artística del noroeste.
La colaboración con universidades y centros de investigación garantiza la sustentación académica y
metodológica de los proyectos, mientras que la vinculación con organizaciones civiles, consulares y turísticas
abre la posibilidad de proyectar la producción cultural en circuitos regionales, nacionales y binacionales. Este
ecosistema de cooperación fortalece la capacidad de la Compañía Operadora para producir obras,
exposiciones, archivos, publicaciones y registros artísticos con pertinencia territorial y resonancia
internacional.
Con ello, la Compañía Operadora no sólo impulsa la innovación cultural desde la región, sino que
contribuye a garantizar una redistribución equitativa de recursos, fortalecer la soberanía cultural y convertir a
la producción artística en motor de cohesión y desarrollo social.
Este objetivo representa un compromiso ético y pedagógico con la diversidad, al documentar, visibilizar y
poner en circulación saberes, lenguas y memorias que históricamente han sido relegadas. El enfoque de la
Compañía Operadora radica en integrar metodologías de documentación, redes transfronterizas y prácticas
colaborativas que colocan a la región noroeste como un referente binacional de innovación cultural.
Al promover la dignidad de los pueblos, combatir el racismo y la exclusión cultural, se reconoce que todas
las voces forman parte del patrimonio vivo de la nación. Así, al consolidar esta producción cultural
especializada, la Compañía Operadora contribuye a la construcción de una convivencia ejemplar, fraterna y
solidaria, proyectando a México como un país que, desde su frontera, muestra al mundo que la cultura puede
ser el cimiento de sociedades más justas, creativas y cohesionadas.
6.4 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de la Compañía Operadora 2025-2030
La formulación de los objetivos del Programa Institucional de la Compañía Operadora para el periodo
2025–2030 se fundamenta en una articulación coherente y propositiva con los lineamientos establecidos en el
PSC 2025–2030 y en el PND 2024–2030. Ambos instrumentos de planeación representan la hoja de ruta para
avanzar hacia una transformación profunda del país, desde una perspectiva centrada en los derechos, el
bienestar colectivo y la justicia social.
En este contexto, la Compañía Operadora asume el compromiso de operar como una institución cultural
pública que no solo difunde bienes y servicios culturales, sino que también impulsa procesos comunitarios y
artísticos orientados a atender las causas estructurales de los problemas públicos.
Objetivos del Programa
Institucional de la Compañía
Operadora
2025 - 2030
Objetivos del PSC 2025
- 2030
Estrategias del PSC 2025 - 2030
Objetivo 1. Incrementar el uso y
aprovechamiento de las instalaciones
del CECUT para la población del
noroeste de México.
Objetivo 1. Contribuir al ejercicio
pleno de los derechos culturales
mediante la implementación de
políticas
públicas
que
fortalezcan la diversidad cultural,
aseguren la sostenibilidad del
sector y promuevan el acceso
universal a los bienes y servicios
culturales.
Estrategia
1.2.
Promover
la
inclusión
y
participación efectiva en la vida cultural de
grupos
prioritarios
mediante
programas
específicos para garantizar el ejercicio de sus
derechos culturales.
Estrategia
1.3.
Fortalecer
e
implementar
programas culturales en territorios con altos
índices de marginación, desigualdad y violencia
para la promoción de la cultura de paz.
Estrategia 1.4. Modernizar espacios existentes y
habilitar
infraestructura
cultural
en
zonas
prioritarias implementando modelos de gestión
que mejoren los servicios culturales al público.
192
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Objetivo 2. Fortalecer la participación
cultural de poblaciones vulnerables
mediante programas especializados
de la Compañía Operadora.
Objetivo 1. Contribuir al ejercicio
pleno de los derechos culturales
mediante la implementación de
políticas
públicas
que
fortalezcan la diversidad cultural,
aseguren la sostenibilidad del
sector y promuevan el acceso
universal a los bienes y servicios
culturales.
Objetivo
2.
Consolidar
un
modelo
educativo
público,
gratuito y de excelencia que
brinde
oportunidades
de
formación artística y cultural
para
todos
los
niveles
y
modalidades
de
aprendizaje,
garantizando
el
desarrollo
integral de la población.
Estrategia
1.2.
Promover
la
inclusión
y
participación efectiva en la vida cultural de
grupos
prioritarios
mediante
programas
específicos para garantizar el ejercicio de sus
derechos culturales.
Estrategia
1.3.
Fortalecer
e
implementar
programas culturales en territorios con altos
índices de marginación, desigualdad y violencia
para la promoción de la cultura de paz.
Estrategia 2.5. Fomentar la lectura y el acceso a
los libros como herramientas fundamentales
para la promoción de contenidos culturales.
Objetivo 3. Consolidar la producción
cultural especializada de la Compañía
Operadora como referente regional.
Objetivo
3.
Promover
el
desarrollo
cultural
del
país
fortaleciendo el ciclo creativo en
todas sus etapas, con especial
énfasis
en
la
participación
ciudadana, la inclusión social y
la libertad.
Objetivo
4.
Fortalecer
la
preservación,
investigación
y
difusión del patrimonio nacional,
material
e
inmaterial,
en
beneficio de las presentes y
futuras generaciones.
Estrategia 3.1. Fortalecer los estímulos a la
investigación, creación y producción con la
finalidad de enriquecer el ecosistema artístico y
cultural del país.
Estrategia 3.2. Establecer mecanismos de
circulación artística mediante circuitos regionales
y nacionales que faciliten la movilidad de
artistas, con énfasis en zonas marginadas.
Estrategia 3.3. Desarrollar y consolidar públicos
diversos para las diferentes manifestaciones
culturales y artísticas.
Estrategia 4.2. Reconocer, promover y difundir
las culturas vivas en todas sus expresiones
como parte fundamental de la diversidad
cultural.
Estrategia 4.3. Impulsar el aprovechamiento
social y disfrute del patrimonio cultural como
motor del desarrollo integral.
7. Estrategias y líneas de acción
Con el fin de lograr los objetivos establecidos en el Programa Institucional, se han diseñado estrategias
específicas para abordar los problemas públicos identificados en el diagnóstico. Las líneas de acción
derivadas han sido diseñadas para responder de forma específica a los problemas públicos detectados,
considerando las particularidades del territorio y las capacidades de la Compañía Operadora con 43 años de
trayectoria atendiendo a la población en esta frontera.
Objetivo 1. Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población
del noroeste de México
Estrategia 1.1. Diversificar la programación cultural para la población del noroeste con base en la
articulación de contenidos culturales con procesos formativos
Línea de acción
1.1.1 Diseñar y ofrecer ciclos de cine, conferencias y foros sobre memoria, justicia social, violencia estructural y reparación
simbólica.
1.1.2 Implementar programas educativos para niñas, niños y jóvenes que articulen el arte con la reflexión ética, la empatía y
la participación ciudadana.
1.1.3 Desarrollar programación cultural dirigida al público general con contenidos de alta calidad que fortalezcan la identidad
fronteriza.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
193
Estrategia 1.2. Optimizar el acceso regional a instalaciones especializadas del CECUT en cuanto a
su programación y servicios culturales para garantizar los beneficios culturales hacia la población
Línea de acción
1.2.1 Establecer programación regular en todas las instalaciones (Domo IMAX, Teatro, Museo, Sala de Cine Carlos
Monsiváis, Salas de Exposiciones de El Cubo, Acuario, Salas especializadas).
1.2.2 Facilitar el acceso a instituciones educativas y culturales de la región noroeste.
1.2.3 Establecer alianzas con universidades e instituciones culturales para ampliar la oferta especializada.
1.2.4 Llevar contenidos y actividades más allá de los recintos principales, alcanzando zonas rurales, colonias periféricas y
espacios comunitarios mediante el programa Arte y Cultura en Comunidades y Territorios.
Objetivo 2. Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas
especializados de la Compañía Operadora
Estrategia 2.1. Implementar talleres y actividades culturales para poblaciones vulnerables con el fin
de fomentar prácticas artísticas y culturales que fortalezcan el tejido social y la convivencia
comunitaria
Línea de acción
2.1.1 Desarrollar talleres de creación (teatro, muralismo, música, danza, literatura) con énfasis en infancias, juventudes y
población en contextos de vulnerabilidad a través de círculos de lectura y oralidad, así como expresión corporal.
2.1.2 Promover redes de mediación cultural con órdenes de gobierno para facilitar el diálogo intercultural desde el programa
Arte y Cultura en Comunidades y Territorios.
Estrategia 2.2. Ampliar el acceso cultural de poblaciones vulnerables, migrantes y pueblos
originarios para fomentar la inclusión y diversidad a programas especializados
Línea de acción
2.2.1 Establecer acuerdos con albergues, refugios y organizaciones de la sociedad civil para garantizar su participación
cultural a través Círculos de Lectura y redes de bibliotecas con alcance local y binacional.
2.2.2 Crear programación de pueblos originarios con participación directa de portadores culturales a través del programa de
Pueblos Originarios.
Objetivo 3. Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como
referente regional
Estrategia 3.1. Consolidar programas culturales y convocatorias existentes para impulsar las
expresiones creativas de la población
Línea de acción
3.1.1 Fortalecer convocatorias consolidadas como programas ancla de producción cultural regional.
3.1.2 Consolidar eventos especializados, incluyendo algunos con programación de lenguas originarias.
3.1.3 Fortalecer la oferta cultural dirigida a turismo cultural y visitantes internacionales como ventana de expresiones
fronterizas.
Estrategia 3.2. Desarrollar productos culturales especializados del territorio fronterizo para
fortalecer la identidad y la memoria de la población
Línea de acción
3.2.1 Documentar, archivar y difundir memorias culturales del territorio fronterizo a través de producciones audiovisuales,
con énfasis en personas en contextos de movilidad y comunidades locales.
3.2.2 Crear espacios museográficos y narrativas curatoriales sobre la diversidad cultural del territorio fronterizo, con énfasis
en pueblos originarios y expresiones locales.
3.2.3 Desarrollar contenidos culturales especializados que posicionen a la Compañía Operadora como referente cultural
binacional.
194
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
8. Indicadores y metas
En este apartado se presentan los indicadores para monitorear el avance de los objetivos del presente
Programa Institucional, que serán fundamentales para evaluar los resultados e identificar posibles acciones
que permitan el cumplimiento de las metas. A través de estos indicadores, podremos analizar con mayor
precisión el impacto de la acción cultural de la Compañía Operadora en la comunidad y proponer mejoras
para fortalecer el acceso y disfrute de los derechos culturales de las personas.
Indicador del Objetivo 1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Porcentaje de población visitante beneficiaria de actividades artísticas y culturales en el CECUT
Objetivo
Incrementar el uso y aprovechamiento de las instalaciones del CECUT para la población del noroeste de México
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de visitantes beneficiarios de actividades artísticas y/o culturales que el CECUT ofrece respecto
a la población en Baja California en 2024
Derecho asociado
Derecho a la cultura
Nivel de
desagregación
Regional
Periodicidad o frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Febrero del año siguiente
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección de
los datos
Enero-Diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Compañía Operadora
Método de cálculo
(Número de visitantes beneficiarios de actividades artísticas y culturales en el año i / Población de Baja California
en 2024) * 100
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Número de
visitantes
beneficiarios de
actividades
artísticas y
culturales en el
CECUT en 2024
Valor
variable 1
1,354,751
Fuente de
información
variable 1
Sistema de Captura y
Análisis Estadístico
(SCAE)
Nombre variable 2
Población de Baja
California en 2024
Valor
variable 2
4,071,872
Fuente de
información
variable 2
CONAPO (2024).
Reconstrucción y
proyecciones de la
población de los
municipios de México,
1990-2024 (Baja
California).
Sustitución en método
de cálculo
(1,354,751/4,071,872) * 100
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
33.26%
La población total de Baja California se calcula con base en las
proyecciones de CONAPO y se considerará la población del conteo
intercensal para 2025.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
38.26%
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
ND
ND
ND
ND
ND
ND
33.26%
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique la meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
33.26%
33.26%
34.51%
35.76%
37.01%
38.26%
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DIARIO OFICIAL
195
Indicador del Objetivo 2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Porcentaje de población vulnerable atendida con actividades artísticas y culturales
Objetivo
Fortalecer la participación cultural de poblaciones vulnerables mediante programas especializados de la Compañía
Operadora
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de población vulnerable atendida con actividades artísticas y/o culturales
Derecho asociado
Derecho a la cultura
Nivel de
desagregación
Regional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Febrero del año siguiente
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Enero-Diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable
de reportar el avance
Compañía Operadora
Método de cálculo
(Número de población vulnerable beneficiaria de actividades artísticas y culturales en el año i / Población de Baja
California Vulnerable por Carencia Social en 2024) * 100
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Población vulnerable
beneficiaria de
actividades artísticas
y culturales en 2024
Valor
variable 1
13,560
Fuente de
información
variable 1
Sistema de Captura y Análisis
Estadístico (SCAE)
Nombre variable 2
Población de Baja
California Vulnerable
por Carencia Social
en 2024
Valor
variable 2
1,210,430
Fuente de
información
variable 2
Informe Anual sobre la
Situación de Pobreza y Rezago
Social 2024: Baja California
(Secretaría de Bienestar,
CONEVAL, INEGI)
Sustitución en método
de cálculo
(13,560 / 1,210,430) * 100
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
1.12%
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
1.72%
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
ND
ND
ND
ND
ND
ND
1.12%
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique la meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
1.12%
1.12%
1.27%
1.42%
1.57%
1.72%
196
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Indicador del Objetivo 3
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Tasa de variación de la población beneficiaria de productos especializados generados
Objetivo
Consolidar la producción cultural especializada de la Compañía Operadora como referente regional
Definición o descripción
Mide la variación de la población beneficiaria de productos especializados con respecto al año anterior
Derecho asociado
Derecho a la cultura
Nivel de desagregación
Regional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Febrero del año siguiente
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Enero-Diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Compañía Operadora
Método de cálculo
((Número de población beneficiaria de productos especializados generados en el año i / Número de población
beneficiaria de productos especializados generados en el año i-1) – 1) * 100
Observaciones
Se consideran productos culturales especializados aquellos que cumplen con criterios como: curaduría temática
o artística, producción original o colaborativa, enfoque formativo o profesionalizante, articulación con festivales,
encuentros o diplomados y valor simbólico, patrimonial o de innovación.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Población
beneficiaria de
productos
especializados
generados en 2024
Valor
variable 1
449, 427
Fuente de
información
variable 1
Sistema de Captura y Análisis
Estadístico (SCAE)
Nombre variable 2
Población
beneficiaria de
productos
especializados
generados en 2023
Valor
variable 2
549,925
Fuente de
información
variable 2
Sistema de Captura y Análisis
Estadístico (SCAE)
Sustitución en método
de cálculo
((449,427 / 549,925) – 1) * 100
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
-18.27%
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
2.00%
Aunque los porcentajes de variación frente al valor de referencia
inicial son negativos, el año 2024 se considera de ajuste técnico y
también de estrategia de consolidación y especialización. Se
plantean unas metas con periodos de consolidación operativa,
estabilización presupuestal e inicio de recuperación, así como tasas
de crecimiento en los próximos años por la actividad permanente.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo a la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
ND
ND
ND
ND
ND
ND
-18.27%
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique la meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
1.22%
0.00%
1.78%
0.00%
2.00%
2.00%
Tijuana, Baja California a 31 de octubre de 2025.- Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de
Tijuana, S.A. de C.V.: Directora General de la Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana,
S.A. de C.V., Mtra. Miriam Gabriela García Aguirre.- Rúbrica.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
197
SECRETARIA DE TURISMO
ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Secretaría
de Turismo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Turismo.- Secretaría
de Turismo.
JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMORA, Titular de la Secretaría de Turismo, con fundamento en los artículos
25 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 5, 6, fracción III, 8, 9,
fracción XII, 10, fracción III, V, IX y XIV, 19, 20, fracción IV, 24, 51, 74 y 75 de la Ley Nacional para Eliminar
Trámites Burocráticos; 1, 2 fracciones IX y XII, 4 fracción II, 57, 58 de la Ley General de Turismo; 78, 99, 101,
102, 103, 104 y 105 del Reglamento de la Ley General de Turismo; los lineamientos tercero y décimo primero
del Acuerdo por el que se emiten los lineamientos del Sistema Nacional de Certificación Turística, así como,
los lineamientos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto del Acuerdo por el que se emiten los lineamientos
para la Acreditación de Guía de Turistas.
CONSIDERANDO
Que, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 25, último párrafo, establece
que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar
políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites, servicios y demás
objetivos que establezca la ley general en la materia.
Que, el artículo 6 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos establece que las dependencias,
órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal deben reducir al mínimo los
costos burocráticos para la prestación de trámites y servicios, buscando que las regulaciones que expidan
para estos efectos generen el mayor beneficio posible para las personas, con apego a los principios de
certeza jurídica, confianza ciudadana, simplificación, accesibilidad, publicidad y transparencia, entre otros.
Que, de conformidad con los artículos 8 y 10 de la Ley en mención, la Agencia de Transformación Digital y
Telecomunicaciones es la Autoridad Nacional de Simplificación y Digitalización y tiene, entre otras, la
atribución de realizar propuestas de simplificación y digitalización de trámites y servicios a los sujetos
obligados, así como coordinar y supervisar su implementación.
Que, en virtud con el artículo 24 del ordenamiento en mención, los trámites y servicios previstos en leyes,
reglamentos, manuales, lineamientos o cualquier otra disposición, podrán ser simplificados mediante acuerdos
generales que emitan las personas titulares de los sujetos obligados en la esfera de su competencia y tendrán
por objeto habilitar el uso de herramientas o medios digitales para realizar trámites o servicios; establecer
plazos de respuesta menores a los máximos previstos; extender la vigencia de las resoluciones; eliminar
requisitos y costos burocráticos de cualquier tipo o implementar cualquier otra acción de mejora.
Que, el artículo 105 del Reglamento de la Ley General de Turismo establece que la persona titular de la
Secretaría establecerá los lineamientos de operación del Sistema de Certificación, mismos que deberán
contener: los métodos y mecanismos de medición y promoción de la calidad, los incentivos a los que se harán
acreedores los Prestadores de Servicios Turísticos y Destinos Turísticos que obtengan el Distintivo Nacional
de Calidad Turística y las demás disposiciones que contribuyan a elevar la calidad de los Servicios Turísticos.
Que, el numeral Tercero del Acuerdo por el que se emiten los lineamientos del Sistema Nacional de
Certificación Turística establece que se entenderá por Sistema de Certificación al conjunto de distintivos,
sellos y reconocimientos otorgados por la Secretaría a los Prestadores de Servicios Turísticos y/o Destinos
Turísticos que se distingan por adoptar mejores prácticas en sus procesos o altos estándares en sus servicios,
a través de un proceso de autoevaluación y supervisión por parte de la Secretaría. Asimismo, integra otras
certificaciones y reconocimientos nacionales e internacionales.
Que, el numeral Primero del Acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la Acreditación de Guías
de Turistas establece que las disposiciones señaladas en los presentes Lineamientos tienen por objeto
establecer las normas generales y particulares del proceso, los requisitos y la documentación que regulan el
Sistema de Acreditación de Guías de Turistas, a los que los prestadores de servicios turísticos, la Ventanilla
única de Certificación Turística, el Instituto de Competitividad y las Autoridades Estatales de Turismo deberán
alinearse para llevar a cabo la expedición o acreditación inicial, refrendo, refrendo vencido, refrendo
permanente, canje, reposición y baja definitiva, en términos de las disposiciones legales y reglamentarias
aplicables.
198
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Asimismo, el numeral Tercero establece que todos los prestadores de servicios turísticos que realicen
actividades de orientación e información profesional sobre el patrimonio turístico, cultural y de atractivos
relacionados con el turismo, así como servicios de asistencia; deberán acreditarse como guías de turistas de
acuerdo a lo estipulado en dicho instrumento para desempeñar la actividad, indicando adicionalmente que
aquellos prestadores que ejerzan estas actividades de forma irregular serán acreedores de las sanciones
previstas en la Ley.
Por lo anterior, y con el propósito de implementar las acciones de simplificación, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN PARA TRÁMITES
QUE SE REALIZAN ANTE LA SECRETARÍA DE TURISMO
Artículo 1. Se elimina la obligación de presentar los siguientes requisitos en los trámites:
No
Nombre del trámite
Requisitos eliminados
1
Acreditación Inicial/ expedición
guía de turistas general
1. Presentación física de la Clave Única del Registro de Población
(CURP). Bastará con proporcionar la clave alfanumérica en el formato
único de acreditación de guía de turistas.
2. Presentación impresa del Registro Federal de Contribuyentes
(RFC). Bastará con proporcionar la clave alfanumérica en el formato
único de acreditación de guía de turistas.
3. Comprobante de domicilio (recibo del predial, servicios de luz, gas,
televisión de paga, internet, teléfono o de agua, menor a 3 meses).
4. Certificado de estudios (Título o cédula de nivel medio superior o
nivel técnico o superior obtenido).
5. Certificado médico de buena salud en general (no mayor a 3
meses de su expedición).
2
Acreditación Inicial/ expedición
guía de turistas especializado
en
un
tema
o
localidad
específica de carácter cultural
o localidad de especialización
3
Acreditación Inicial/ expedición
guía de turistas especializado
en actividad específica
4
Refrendo de Guía de Turistas
General
1. Presentación física de la Clave Única del Registro de Población
(CURP). Bastará con proporcionar la clave alfanumérica en el formato
único de acreditación de guía de turistas.
2. Certificado médico de buena salud en general (no mayor a 3
meses de su expedición).
3. Comprobante de domicilio (recibo del predial, servicios de luz, gas,
televisión de paga, internet, teléfono o de agua, menor a 3 meses).
5
Refrendo de Guía de Turistas
especializado
en
un
tema
específico de carácter cultural
o
tema
o
localidades
de
especialización
6
Refrendo de Guía de Turistas
General / guía especializado
en actividad específica
7
Reposición
1. Presentación física de la Clave Única del Registro de Población
(CURP). Bastará con proporcionar la clave alfanumérica en el formato
único de acreditación de guía de turistas.
2. Fotografía tamaño pasaporte (A color con fondo blanco,
3.5 x 4.5 cm o bien 240 ancho x 320 alto pixeles).
3. Para reposición por robo o extravío, se elimina la obligación de
presentar acta ministerial de robo/ extravío. Bastará con precisar en
el formato en el bajo protesto de decir verdad correspondiente a robo
o extravío.
8
Canje
9
Baja Definitiva
1. Presentación física de la Clave Única del Registro de Población
(CURP). Bastará con proporcionar la clave alfanumérica en el formato
único de acreditación de guía de turistas.
2. Carta motivo por el cual se solicita la baja definitiva.
Artículo 2. Para solicitar cualquier trámite en la Secretaría de Turismo, deberá identificarse mediante
CURP, pasaporte o credencial para votar con fotografía; en caso de actuar a través de representante legal,
deberá presentar carta poder o poder notarial que acredite dicha representación.
Cuando la solicitud sea realizada por una persona moral, deberá presentarse copia del acta constitutiva y
del documento que acredite la representación legal vigente, además de la identificación oficial del
representante conforme a lo señalado en el párrafo anterior.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
199
Artículo 3. Como acción de mejora, se actualizan los requisitos a presentar en los siguientes trámites:
No
Homoclave
Nombre del
Trámite
Requisitos
1
SECTUR-03-012
Acreditación,
Refrendo,
Reposición,
Canje y Baja
de Guía de
Turistas
1.
Formato “Solicitud de Acreditación de Guía de Turistas”.
Cuando solicite Acreditación de Guía de Turistas (general,
especializado de un tema o localidad de carácter cultural o
especializado en una actividad específica), además deberá
presentar:
2.
Fotografía tamaño pasaporte (A color con fondo blanco,
3.5 x 4.5 cm o bien 240 ancho x 320 alto pixeles).
3.
Constancia de primeros auxilios y R.C.P. (emitida por
Institución Pública en la materia).
4.
Constancia de formación académica para tipo de guías
solicitado:
A.
General: 360 horas teóricas y 150 horas prácticas.
B.
Especializado en un tema o localidad de carácter
cultural
y
Especializado
en
una
actividad
específica: 140 horas teóricas y 60 horas
prácticas.
5.
Constancia de idioma(s) adicional documento con 80%
escrito / hablado. En caso de ser persona extranjera,
deberá presentar constancia de acreditación de idioma
español 90%.
6.
Constancia de evaluaciones de conocimientos del tema
o localidad (que demuestren experiencia en el tema o
localidad específica).
Cuando solicite Refrendo de Guía de Turistas (general,
especializado de un tema o localidad de carácter cultural o
especializado en una actividad específica), además deberá
presentar:
2.
Fotografía tamaño pasaporte (A color con fondo blanco,
3.5 x 4.5 cm o bien 240 ancho x 320 alto pixeles).
3.
Constancia de primeros auxilios y R.C.P. (emitida por
Institución Pública en la materia).
4.
Credencial de reconocimiento de guía de turistas.
Cuando solicite Reposición de Credencial de Guía de Turistas
(por extravío o canje), además deberá presentar:
2.
Credencial de reconocimiento de guía de turistas. Con
excepción para los casos de robo.
Cuando se trate de Aviso de Baja Definitiva, además deberá
presentar:
2.
Credencial de reconocimiento de guía de turistas.
El plazo para brindar respuesta del Aviso de Baja Definitiva: Es
inmediato, ya que el trámite se considera atendido en cuanto la
Secretaría recibe el aviso y emite el acuse correspondiente.
2
SECTUR-05-014
Solicitud
de
Renovación
del Distintivo
Nacional
de
Calidad
Turística
1.
Formato “solicitud de Adhesión al Sistema Nacional de
Certificación Turística”.
Se reduce el plazo de atención: De 90 días hábiles a 30 días
hábiles.
Se modifica la denominación del trámite con la homoclave
SECTUR-05-014, quedando como “Solicitud para obtener o
renovar el Distintivo Nacional de Calidad Turística”
200
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Artículo 4. A través del portal de la Secretaría de Turismo, se actualiza el Formato de Solicitud de
Acreditación, Refrendo, Reposición, Canje y Baja Definitiva de Guía de Turistas. Se adjunta al presente
Acuerdo como ANEXO I.
Artículo 5. Se eliminan los siguientes trámites que se enlistan a continuación:
No
Homoclave del
trámite
Nombre del trámite
antes del Acuerdo
1
SECTUR-05-015
Aviso de Unidad Promotora de la Calidad y Sustentabilidad de los Servicios
Turísticos del Sistema Nacional de Certificación Turística
2
SECTUR-07-001
Autorización de Organismo Dictaminador del Sistema Nacional de
Certificación Turística
3
SECTUR-03-009
Aviso de baja voluntaria al programa, por parte de la agencia de viajes
4
SECTUR-03-010
Solicitud por parte de la Agencia de Viajes para pertenecer al Programa
5
SECTUR-05-013
Solicitud de Adhesión al Sistema Nacional de Certificación Turística
Artículo 6. En las solicitudes de inscripción por primera vez en el Registro Nacional de Turismo
(SECTUR-2025-066-004-A), tratándose de Guías de Turistas, la autorización para prestar servicios turísticos
se acreditará mediante el número de credencial vigente como guía de turistas.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los quince días hábiles posteriores a su publicación en
el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo, se resolverán
de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
TERCERO. La Secretaría de Turismo modificará la información que resulte necesaria de los trámites
inscritos en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, de conformidad con lo establecido en los
artículos 53 y 54 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
CUARTO. La Dirección General de Integración de Información Sectorial, la Dirección General de
Certificación Turística y la Dirección General de Profesionalización y Competitividad Turística, así como las
autoridades competentes, deberán realizar las adecuaciones necesarias a los instrumentos normativos
vinculados al presente Acuerdo.
Para el caso del trámite SECTUR-2025-066-004-A, inscripción por primera vez en el Registro Nacional de
Turismo, señalado en el artículo 6, las solicitudes se acreditarán con el número de credencial vigente, una vez
que la plataforma de acreditación de Guías realice las acciones pertinentes para la interoperabilidad con la
plataforma que administra el Registro Nacional de Turismo.
QUINTO. El contenido de este Acuerdo se aplica conforme al principio de no regresión. En consecuencia,
los requisitos de los trámites establecidos no pueden aumentar la carga regulatoria sin una justificación.
Dado en la Ciudad de México, a 22 de octubre de 2025.- La Secretaria de Turismo del Gobierno de
México, Lic. Josefina Rodríguez Zamora.- Rúbrica.
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ANEXO I
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205
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______________________________
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INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO
ACUERDO por el que se expide el Programa Institucional del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado
2025-2030.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.
La Junta de Gobierno del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, en su Nonagésima Segunda Sesión
Ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2025, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, 26 y
90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24, 28, 29, tercer párrafo y 30 de la Ley de
Planeación; 1o., párrafos primero y tercero, 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 1, 2, 11, 12, 14, fracción III, 15, fracción VII, y párrafo segundo, 22, fracción I, 47, 48, 49, 57,
58, fracciones I y II y 59, fracciones I, V y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 81, fracciones
I, VII y XVIII de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; así como 6, fracciones V y IX del Estatuto Orgánico del Instituto para
Devolver al Pueblo lo Robado, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde
al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca
la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del
crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno
ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege la
propia Constitución;
Que el artículo 26, apartado A, de la misma Constitución prevé las bases para que el Estado organice el
sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad,
permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política,
social y cultural de la nación, señalando que, los fines del proyecto nacional contenidos en la propia
Constitución determinarán los objetivos de la planeación;
Que, en cumplimiento de la Ley de Planeación, el 15 de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, el cual fue aprobado por la Cámara de Diputados,
verificando su congruencia con los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 establece los ejes generales: 1: Gobernanza con justicia y
participación ciudadana; 2: Desarrollo con bienestar y humanismo; 3: Economía moral y trabajo,
y 4: Desarrollo sustentable, así como los ejes transversales: 1: Igualdad sustantiva y derechos de las mujeres;
2: Innovación pública para el desarrollo tecnológico nacional, y 3: Derechos de los pueblos y comunidades
indígenas y afromexicanas. Asimismo, en sus objetivos 1.4 y 3.9, se destaca la importancia de “Asegurar el
uso honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo los principios de austeridad republicana,
mientras se fortalecen los ingresos del sector público” e “Impulsar el crecimiento y desarrollo económico
equilibrado entre todas las regiones del país con respeto a su diversidad para crear prosperidad compartida”,
respectivamente;
Que el 4 de septiembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Nacional de
Financiamiento del Desarrollo 2025-2030, en el que se establecieron los objetivos guía para los programas
institucionales de las entidades sectorizadas al ramo Hacienda y Crédito Público: 1.- Mantener la estabilidad
macroeconómica y fiscal con un nivel de deuda sostenible en el largo plazo y aumentar la productividad
económica del país; 2.- Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público presupuestario
para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo económico del país;
3.- Fomentar un gasto público eficiente y eficaz, mediante asignaciones y reasignaciones presupuestarias, de
forma que las dependencias y entidades generen valor público y contribuyan al cumplimiento de los objetivos
del desarrollo nacional, considerando las restricciones de los recursos disponibles; 4.- Contribuir a la
consolidación de la coordinación fiscal y la colaboración administrativa entre los tres órdenes de gobierno, a
fin de que cuenten con los recursos suficientes para atender las necesidades de la población, y aumente la
autonomía financiera estatal y municipal; 5.- Mejorar las pensiones de las personas trabajadoras sin
menoscabar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones y fortalecer la estrategia de gestión de
riesgos para proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, así como la infraestructura y el patrimonio
gubernamental, y 6.- Impulsar el desarrollo de un sistema financiero más inclusivo, resiliente y sostenible,
fortaleciendo su estabilidad, competencia y marco jurídico, para ampliar el acceso equitativo a servicios
financieros, reducir brechas estructurales y mejorar la salud financiera de la población;
208
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 47, 48, 49, 58, fracción II, y 59, fracción II, de la
Ley Federal de las Entidades Paraestatales, para su desarrollo y operación las entidades paraestatales
deberán sujetarse a la Ley de Planeación y al Plan Nacional de Desarrollo, debiendo, en ese marco, formular
sus programas institucionales a corto, mediano y largo plazo, a fin de que sean aprobados por sus órganos
de gobierno;
Que atendiendo a lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de
Bines del Sector Público, el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado es un organismo descentralizado
de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupado en el sector
coordinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el cual tiene por objeto la administración,
enajenación, destrucción y destino de los Bienes, activos o empresas, señalados en el artículo 1o. de la
misma Ley, así como el cumplimiento de las atribuciones establecidas en dicho ordenamiento;
Que, en términos del artículo 79 de la ley antes referida, para la administración del Instituto, se contará con
la Junta de Gobierno y con la persona titular de la Dirección General; asimismo, el artículo 80 establece que la
Junta de Gobierno se integra por la persona servidora pública titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, quien la presidirá; las personas servidoras públicas titulares de dos Subsecretarías de la Secretaría;
la persona servidora pública Titular de la Tesorería de la Federación, y la persona servidora pública que ocupe
la Presidencia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y
Que durante la Nonagésima Segunda Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2025, los
integrantes de la Junta de Gobierno del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, mediante Acuerdo
INDEP-JG/53/92/25 y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 29, tercer párrafo de la Ley de
Planeación; 57 y 58, fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 81, fracciones I, VII y
XVIII de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; 6, fracciones V
y IX del Estatuto Orgánico del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, aprobaron el Programa
Institucional del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado 2025 – 2030, y acordaron, a su vez, su
publicación en el Diario Oficial de la Federación. Por lo anterior, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL
INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO 2025-2030
ÚNICO.- Se expide el Programa Institucional del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado 2025-2030.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 23 de octubre de 2025.- La Prosecretaria de la Junta de Gobierno del
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, Carla María Quintero Escalante.- Rúbrica.
PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO PARA DEVOLVER
AL PUEBLO LO ROBADO 2025-2030
1. Índice
1.
Índice
2.
Señalamiento del origen de los recursos del programa
3.
Siglas y acrónimos
4.
Fundamento normativo
5.
Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
5.1 Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional
5.2 Empresas en liquidación, empresas en administración, fideicomisos, activos y otros encargos
5.3 Recepción, administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes transferidos
al INDEP
5.4 Normativa institucional y control interno
5.5 Capacidad técnica y ética de las personas servidoras públicas del INDEP
5.6 Situación esperada hacia 2030 y visión a veinte años
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DIARIO OFICIAL
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6.
Objetivos
6.1 Relevancia del objetivo 1: Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional
6.2 Relevancia del objetivo 2: Liquidación de empresas y conclusión de encargos
6.3 Relevancia del objetivo 3: Gestión eficiente de los bienes transferidos
6.4 Relevancia del objetivo 4: Normativa institucional y control interno
6.5 Relevancia del objetivo 5: Capacidad profesional y ética pública
6.6 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP con los objetivos y
estrategias del PRONAFIDE 2025-2030
7.
Estrategias y líneas de acción
Objetivo 1. Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional
Estrategia 1.1 Reformas al marco jurídico
Estrategia 1.2 Acompañamiento legislativo
Objetivo 2. Liquidación de empresas y conclusión de encargos
Estrategia 2.1 Juicios y laudos
Estrategia 2.2 FNML
Estrategia 2.3 LFCL
Estrategia 2.4 FNDL
Estrategia 2.5 NOTIMEXL
Estrategia 2.6 Fideicomisos y empresas en proceso de conclusión, con actividades residuales o
con convenios de cesión de derechos y obligaciones
Estrategia 2.7 Empresas en administración y activos financieros crediticios y no crediticios
Objetivo 3. Gestión eficiente de los bienes transferidos
Estrategia 3.1 Transferencia de los bienes
Estrategia 3.2 Administración
Estrategia 3.3 Conclusión o Destino
Estrategia 3.4 Integralidad y transversalidad en la gestión de bienes
Estrategia 3.5 Desarrollo tecnológico
Objetivo 4. Normativa institucional y control interno
Estrategia 4.1 Actualización de la normativa institucional
Estrategia 4.2 Fortalecimiento del control interno
Objetivo 5. Capacidad profesional y ética pública
Estrategia 5.1 Capacitación para una formación técnica de excelencia
Estrategia 5.2 Ética pública
8.
Indicadores y metas
2. Señalamiento del origen de los recursos del programa
La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a
sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para
la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se
realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
3. Siglas y acrónimos
Al mencionarse:
Se entenderá:
AGN
Archivo General de la Nación
ANAM
Agencia Nacional de Aduanas de México
APF
Administración Pública Federal
ATDT
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones
CFPP
Código Federal de Procedimientos Penales
CIGFD
Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación
CJEF
Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
CNPP
Código Nacional de Procedimientos Penales
CPEUM
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
CPF
Código Penal Federal
DOF
Diario Oficial de la Federación
Empresas
Empresas definidas en el artículo 2, fracción IV de la LFAEBSP
Encargos
Encargos definidos en el artículo 1, fracción IV del Reglamento de la LFAEBSP
EOINDEP
Estatuto Orgánico del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado
FGR
Fiscalía General de la República
FNDL
Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, en
Liquidación
FNML
Ferrocarriles Nacionales de México, en Liquidación
FOPESIBAN
Fondo de Pensiones del Sistema Banrural
IABA
Instituto de Administración de Bienes y Activos
Instituto o INDEP
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado
INSUS
Instituto Nacional del Suelo Sustentable
LFAEBSP
Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
LFAR
Ley Federal de Austeridad Republicana
LFEP
Ley Federal de las Entidades Paraestatales
LFCL
Luz y Fuerza del Centro, en Liquidación
LFPRH
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
LIF
Ley de Ingresos de la Federación
LNEX
Ley Nacional de Extinción de Dominio
LOAPF
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
LP
Ley de Planeación
MDP
Millones de pesos
NAFIN
Nacional Financiera, S.N.C.
NOTIMEXL
Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, en Liquidación
PEL
Plan Estratégico de Liquidación
PND
Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030
PRONAFIDE
Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2025-2030
SAE
Servicio de Administración y Enajenación de Bienes
SAMI
Sistemas de Administración de Muebles e Inmuebles del INDEP
SANI
Sistema de Administración de Normas Internas de la Administración Pública Federal
SAT
Servicio de Administración Tributaria
SIAB
Sistema Integral de Administración de Bienes del INDEP
SICT
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
SCVJS
Sistema de Compensación Vitalicia por Justicia Social
SENER
Secretaría de Energía
SHCP
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
UMA
Unidad de Medida y Actualización
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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4. Fundamento normativo
El Programa Institucional 2025-2030 del INDEP se formuló en el marco del Sistema Nacional de
Planeación Democrática, previsto en el apartado A del artículo 26 de la CPEUM, donde se mandata que habrá
un PND al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la APF.
En cumplimiento del referido mandato y del artículo 5º de la LP, la Presidenta de la República remitió a la
Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el PND 2025-2030, el cual fue aprobado por el Órgano
Legislativo y publicado en el DOF el 15 de abril de 2025.
El Anexo 1 del PND, Programas Derivados del PND 2025-2030, dispone que, en el marco del Sistema
Nacional de Planeación Democrática previsto por la LP, las dependencias y entidades de la APF tienen la
obligación de integrar, publicar en el DOF y dar seguimiento a los programas de tipo sectorial, especial,
regional e institucional que derivan del PND.
El artículo 17 de la LP, en la fracción II, establece que las entidades paraestatales deberán elaborar sus
respectivos programas institucionales en los términos previstos en esa ley y la LFEP, y atender las previsiones
contenidas en el programa sectorial correspondiente. En la fracción V, señala que se debe asegurar la
congruencia del programa institucional con el programa sectorial respectivo.
El artículo 22 de la LP establece que el PND indicará los programas sectoriales, institucionales, regionales
y especiales que deberán ser elaborados. A su vez, el artículo 24 de esa misma Ley, señala que los
programas institucionales se sujetarán a las previsiones establecidas en el PND y en el programa sectorial
correspondiente.
El artículo 26 Bis de la LP indica con precisión los elementos mínimos que deberán contener los
programas derivados del PND; en tanto que su artículo 29 dispone que los programas institucionales se
someterán a la aprobación del titular de la dependencia coordinadora de sector por el órgano de gobierno y
administración de la entidad paraestatal correspondiente.
La publicación en el DOF de los programas, en los plazos previstos por las disposiciones que al efecto
emita la Ejecutivo Federal, se establecen en el artículo 30 de esa Ley.
En correspondencia con la LP, la LFEP incluye también para las Entidades Paraestatales disposiciones
respecto de sus programas institucionales. Particularmente, los artículos 8, 46, 47, 48, 49 y 59, fracción II,
ordenan la formulación de programas institucionales a corto, mediano y largo plazos, en los cuales se asuman
compromisos proyectados en metas y resultados.
La LFEP mandata que los programas deberán guardar congruencia con el PND y el programa sectorial
respectivo, y se revisarán anualmente para realizar las modificaciones pertinentes.
Particularmente, debe destacarse la atención a los Objetivos, Estrategias y Líneas de Acción del
PRONAFIDE, en el Programa Institucional del INDEP 2025-2030.
El Programa Institucional se elaboró con base en los Criterios para la gestión, evaluación y actualización
de los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, y la Guía para la elaboración de
programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, ambos documentos emitidos por la SHCP.
Igualmente, su formulación consideró el marco jurídico del INDEP; particularmente, la LFAEBSP, LFPRH,
LOAPF, LIF, LNEX, LFAR, CPF y el CNPP. Asimismo, se atendió lo previsto en el EOINDEP y en el Manual
General de Organización del instituto.
5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
5.1 Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional
El modelo de desarrollo de la Cuarta Transformación ha posibilitado una disminución de la población en
situación de pobreza y en pobreza extrema, lo cual manifiesta la relevancia de los principios del Humanismo
Mexicano que lo orientan.
En el lapso 2018-2024 la población en situación de pobreza pasó de representar el 41.9% de la población
en el primer año al 29.6% en 2024. En términos absolutos disminuyó en ese periodo de 51.9 millones de
personas a 38.5 millones, lo que equivale a una reducción de 13.4 millones.
Por su parte, la población en situación de pobreza extrema, que en 2018 significaba el 7.0% del total
poblacional, en 2024 constituyó el 5.3%, lo que se tradujo en una disminución de 1.7 millones de personas en
esa condición.
No obstante, incluso con ese significativo avance, existe todavía una proporción importante de población
en condiciones de pobreza, por lo que los retos para el Estado en la actual administración federal son
importantes en tal sentido.
212
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
En el marco de sus facultades y atribuciones, el INDEP contribuirá a los esfuerzos y acciones dirigidos a
apoyar el mejoramiento de las condiciones de bienestar de los grupos con mayor rezago social.
En 2020 se modificó la LFAEBSP para crear el INDEP en sustitución del IABA, antes SAE, sin concluir
las adecuaciones al articulado normativo con objeto de alinearlo con el enfoque social para el bienestar de la
población, bajo el principio de devolver al pueblo lo robado.
La trascendencia de la creación del instituto radica en el cambio del enfoque financiero por uno con fines
de justicia social, en congruencia con los objetivos de la Cuarta Transformación, mediante la generación de
mayores recursos destinados al bienestar social.
Esta modificación no fue sólo administrativa, sino que representó un giro en el enfoque del Estado
Mexicano hacia una política de recuperación activa de bienes públicos, con una visión de justicia social y
transparencia. El INDEP se convirtió en un símbolo de la lucha contra el saqueo institucional y la recuperación
de recursos en favor de los sectores de la sociedad más vulnerables.
La nueva política institucional busca convertir al INDEP en un organismo que, en ejercicio de sus
atribuciones, destine mayores recursos a las políticas sociales que buscan mejorar las condiciones de vida de
la población más necesitada.
Desde esta perspectiva social, el instituto apoyará el objetivo 2.1 del Eje General 2 del PND: Desarrollo
con bienestar y humanismo, referente a Fortalecer la red de protección social para garantizar la inclusión
social y económica de toda la población, con especial atención a los grupos en situación de vulnerabilidad.
Asimismo, apoyará las estrategias 2.1.1 a 2.1.9, excepto la 2.1.7.
Se prevé que el INDEP ayude de manera directa a la población mediante la figura de los Tianguis del
Bienestar, en coordinación con las entidades participantes; o bien, con la aportación de recursos que
contribuyan al financiamiento de programas de beneficio social.
Algunas disposiciones del marco jurídico que regula la gestión del INDEP, limitan una mayor captación y
disponibilidad de recursos susceptibles de ser canalizados a programas con fines sociales.
Aspectos específicos que limitan el avance del instituto hacia su nueva Misión son, entre otros,
los siguientes:
Los términos actuales de la LFAEBSP establecen que las entidades transferentes indicarán al INDEP, en
sus solicitudes de transferencia, el destino que deberán tener los bienes (venta, administración, donación o
destrucción). Por ejemplo, el artículo 1, específicamente en lo relativo a los recursos de origen penal y
aduanero, limita la actuación del instituto, pues lo convierte sólo en administrador de los bienes que se le
transfieren sin que pueda determinar su destino.
En la versión vigente de la ley y su reglamento, subsisten criterios obsoletos para la determinación del
valor de los bienes susceptibles de ser recibidos por el instituto; actualmente el instituto debe recibir bienes
cuyo valor mínimo sea el equivalente a seis meses de UMA, lo que los hace incosteables.
Además, algunas disposiciones de excepción obligan al instituto a recibir bienes cuyo valor se ubica,
incluso, por debajo de los seis meses de UMA. Por esta razón, en el inventario de bienes del INDEP se
presenta una elevada proporción de bienes de ínfimo valor, menor por mucho a su costo de administración;
asimismo, bienes en mal estado o caducados. A todos ellos es difícil darles destino, por lo que permanecen
un largo tiempo en el instituto y generan costos administrativos desproporcionados en relación con su valor.
Existen limitaciones normativas que impiden poner a disposición del Gabinete Social de la Presidencia de
la República bienes de origen aduanero y fiscal no obstante el carácter estratégico de ese órgano para apoyar
acciones que beneficien a personas en rezago.
Actualmente, ese gabinete sólo puede disponer, para asignarlos a fines sociales, de los bienes a que se
refiere el artículo 22, párrafo cuarto, de la CPEUM, así como los asegurados, abandonados y decomisados en
los procedimientos penales federales, de acuerdo con la legislación única en materia de extinción de dominio,
conforme al artículo 44 Ter, fracción I, de la LOAPF, el CNPP, el CPF y el CFPP.
Las disposiciones anteriores limitan el alcance y cobertura de las acciones del Gabinete Social, órgano
que en razón de sus objetivos e integración es presidido por la persona titular del Ejecutivo Federal.
Los bienes provenientes del comercio exterior transferidos por la ANAM y el SAT representan la mayor
proporción del inventario del INDEP; sin embargo, su asignación al Gabinete Social no es factible por causa
de la regulación actual.
Otro aspecto del marco jurídico del INDEP susceptible de revisión se refiere a los bienes asegurados,
abandonados o decomisados en procesos penales, los cuales se transfieren al instituto para su administración
y, una vez que los procesos correspondientes concluyen, son devueltos a quien la autoridad judicial determine
o bien, pasan a propiedad del Gobierno Federal; los procedimientos jurídicos suelen ser prolongados, por lo
que los costos de administración se elevan, en detrimento de los recursos del instituto.
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Se han identificado áreas de mejora en la comunicación y coordinación de la ANAM y el SAT con el
INDEP, relacionadas con el desarrollo de ese proceso. Su oportuna atención permitirá que el instituto reduzca
el impacto financiero de los resarcimientos. Debe destacarse la conveniencia de actuar de manera conjunta
para evitar que los juicios lleguen a sentencias y resoluciones que comprometen tiempo en procesos legales y
el empleo de recursos económicos limitados.
El marco jurídico del INDEP no se restringe únicamente a la LFAEBSP y su Reglamento, aunque son su
referente fundamental. Sin menoscabo del objetivo de adecuar varios aspectos de esa ley, para hacer viable
la nueva misión y enfoque conviene también revisar otros ordenamientos que tienen una influencia importante
en la gestión del instituto.
En el ámbito de las empresas y otros encargos transferidos al INDEP para su liquidación, administración y
conclusión, se han detectado también áreas de mejora en su marco jurídico que es importante atender, a
efecto de que los procesos correspondientes se realicen de manera eficaz y eficiente.
Por ejemplo, en la actualidad, el INDEP se ve obligado a recibir empresas deficitarias con grandes pasivos
laborales y financieros, y problemáticas jurídicas complejas, sin contar con los recursos presupuestarios
necesarios para la redención correspondiente. Se requiere adecuar el marco normativo aplicable, para que
ese proceso se efectúe sin presiones financieras para el instituto.
Además de la problemática de los laudos, entre otros temas prioritarios por considerar en la revisión del
marco jurídico del INDEP, está la definición de los supuestos en que es potestativo para el instituto aceptar el
cargo de liquidador; y la determinación de los organismos que se responsabilizarán de atender los
compromisos de largo plazo de las empresas o encargos, una vez liquidados, así como el instrumento jurídico
respectivo.
En resumen, la adecuación del marco jurídico del INDEP coadyuvará a la transformación funcional del
organismo y al logro de los fines de su nueva Misión Institucional, para apoyar la construcción del Segundo
Piso de la Cuarta Transformación.
5.2 Empresas en liquidación, empresas en administración, fideicomisos, activos y otros encargos
Las instituciones y las personas servidoras públicas deben orientar su actuación de acuerdo con los
principios del Humanismo Mexicano. El INDEP los asume con plenitud; conducirán su gestión y el actuar de
sus integrantes.
El gobierno no debe ser una carga para el pueblo, de conformidad con el principio de “No puede haber
gobierno rico con pueblo pobre”. Este fundamento implica, esencialmente, que el gobernante debe vivir en la
justa medianía; y también conlleva el objetivo de que los gobiernos sean eficientes y exista un correcto
ejercicio de los recursos públicos. Por eso, cobra relevancia la Misión del INDEP de dar destino a las
empresas y bienes públicos improductivos, de conformidad con la ley.
La observancia de ese principio evitará mantener empresas y bienes que son onerosos para el Estado, le
cuestan a la población e impiden que los recursos inherentes a su existencia y administración puedan
emplearse en otros fines prioritarios de beneficio social.
Una gestión eficiente del INDEP, transparente y observante de la ley, conducida por su Programa
Institucional 2025-2030, contribuirá a alcanzar su Misión y objetivos, así como los fines de la presente
Administración Federal, dirigidos a construir el Segundo piso de la Cuarta Transformación.
La LFAEBSP señala en el artículo 1º, que su objetivo es regular la administración y destino, por parte del
INDEP, de los Bienes, activos y empresas que en él se indican.
El cumplimiento adecuado de esa atribución por parte del instituto contribuye al logro del objetivo 1.4 del
Eje General 1 Gobernanza con justicia y participación ciudadana del PND, consistente en Asegurar el uso
honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo los principios de austeridad republicana,
mientras se fortalecen los ingresos del sector público.
Asimismo, la gestión eficiente del instituto atiende la estrategia número 1.4.3 de dicho objetivo, que
establece mejorar la administración del patrimonio del Gobierno Federal para maximizar su impacto en el
desarrollo nacional.
Lo anterior se ubica centralmente en la Misión del INDEP, para administrar y dar destino con una
perspectiva de justicia social y austeridad republicana, a los bienes, activos, y empresas improductivas para el
Estado, que le son transferidos, para contribuir mediante programas o políticas sociales que sean utilizados a
favor del bienestar del pueblo de México.
La permanencia, injustificada y más allá del tiempo previsto por los PEL de las empresas que, de acuerdo
con la ley y las prioridades del Estado, ya no se consideran pertinentes y productivas, implica para el Gobierno
Federal la necesidad de asignar recursos públicos para financiar su proceso de liquidación y administración,
en detrimento de otras prioridades públicas.
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Por el contrario, una liquidación eficiente y oportuna de las empresas, y gestionar igualmente con esas
características operativas, los bienes y activos bajo la responsabilidad del INDEP, posibilitará al instituto el
ahorro de recursos y generar ingresos adicionales por su enajenación, lo que contribuirá al logro del objetivo
1.4 del Eje General citado.
En el caso de las empresas en liquidación, empresas en administración, fideicomisos, otros encargos
y activos financieros, responsabilidad del INDEP, su universo se integra en los términos siguientes:
Cuatro empresas en liquidación: Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación (FNML); Luz y
Fuerza del Centro en Liquidación (LFCL); Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural,
Forestal y Pesquero en Liquidación (FNDL); y Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano en
Liquidación (NOTIMEXL).
Tres empresas privadas en proceso de liquidación.
Un encargo: Fondo de Pensiones del Sistema Banrural (FOPESIBAN).
112 fideicomisos.
17 empresas en administración.
Una empresa en concurso mercantil.
8 empresas: dos en proceso de conclusión; cuatro con actividades residuales; y dos con convenios de
cesión de derechos.
Activos financieros: crediticios y no crediticios.
El proceso de liquidación de las empresas y encargos que se asignaron al INDEP no ha concluido, lo que
ha significado el requerimiento de mayores recursos públicos y la asignación de esfuerzos adicionales
que podrían haberse aplicado a otras prioridades del Estado.
Otro de los asuntos críticos se relaciona con el pago de laudos, los cuales generan una fuerte presión de
gasto para el instituto. El aumento constante de los pasivos puede alterar los presupuestos del organismo y
con ello limitar su operación.
La situación que presenta cada empresa y encargo en su proceso de liquidación y conclusión
es la siguiente:
FNML
El 4 de junio de 2001 fue publicado en el DOF el Decreto por el que se extingue el organismo público
descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su Ley Orgánica. La liquidación del
organismo tiene un avance del 65%.
Entre los aspectos relevantes para avanzar en la liquidación se requiere ajustar el PEL para incorporar
estrategias que permitan coadyuvar con los proyectos de vivienda e infraestructura ferroviaria establecidos en
el PND.
Uno de los objetivos del PEL es dar destino a los activos remanentes de FNML; los inmuebles constituyen
su principal componente, a junio de 2025 se disponía de 5,379 bienes de este tipo, con una superficie de
14,716 hectáreas.
Para cumplir con ese objetivo se requiere:
Actualizar el inventario del universo total de inmuebles.
Privilegiar la venta de inmuebles para obtener el máximo de recursos a partir de los activos con que
cuenta el organismo.
Suscribir convenio de colaboración para la traslación masiva de inmuebles irregulares y vialidades
al INSUS.
Atender la remediación ambiental de 30 de los 62 sitios identificados al inicio de la liquidación; se
estima para ello un costo actual de 972 MDP. Actualmente no se dispone de recursos.
Atender los 1,943 juicios laborales en proceso; el pasivo exigible es de 591 MDP; así como los 159
juicios en otras materias por 8 MDP.
Gestionar la definición de la entidad que, al concluir el proceso de desincorporación del organismo, se
hará cargo de las obligaciones de largo plazo con el personal jubilado.
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LFCL
El Decreto de extinción de este organismo fue publicado en el DOF el 11 de octubre de 2009.
Actualmente, LFCL concluyó la liquidación y desincorporación de bienes y activos, por lo que ahora es
necesario transitar a un organismo administrador que continúe con la atención de las obligaciones de largo
plazo con personas jubiladas, juicios y personas beneficiarias del Sistema de Compensación Vitalicia por
Justicia Social (SCVJS).
Para lo anterior es necesario determinar el instrumento jurídico idóneo, con la aprobación de la SHCP y el
acuerdo de la CIGFD, así como con el mecanismo financiero y la asignación de recursos presupuestarios que
garantice el pago de las obligaciones en el largo plazo, con lo cual se estará en la posibilidad de llevar el
balance general de LFCL a ceros, realizar las actividades administrativas de cierre y presentar ante la SENER
y la CIGFD el informe final de liquidación.
Las obligaciones de largo plazo están integradas por cerca de 14 mil personas jubiladas, más de 4,350
juicios activos en su mayoría en materia laboral, y el SCVJS con alrededor de 7 mil personas beneficiarias,
administrado a partir de la publicación en el DOF del Decreto y su fe de erratas del 25 y 29 de agosto de 2022.
Como resultado del elevado número de juicios se tienen laudos y sentencias firmes, para cuyo
cumplimiento no se dispone de los recursos financieros necesarios, lo cual conlleva la imposición de
sanciones por la falta de pago de las obligaciones, cuyo monto se incrementa considerablemente cuando las
autoridades competentes instruyen la actualización de su importe; además, esta situación ha motivado el
embargo de cuentas bancarias del INDEP y de LFCL.
Además, como se mencionó antes, LFCL no dispone de activos ni bienes susceptibles de comercialización
para cubrir los pasivos, contingencias y gastos operativos inherentes al proceso de liquidación, por lo que de
manera sistemática deben solicitarse recursos a la SENER y a la SHCP para tal fin.
De igual manera, existe la presión de grupos de personas extrabajadoras del organismo para obtener
beneficios sociales adicionales a los que tenían y que han logrado durante la liquidación, situación que
acrecentó su dinamismo a partir de la implementación del SCVJS. La falta de recursos para el pago de laudos
propicia la movilización de grupos de las personas extrabajadoras y jubiladas.
FNDL
El 29 de mayo de 2023 se publicó en el DOF el Decreto por el que se extingue el organismo público
descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y se
abroga su Ley Orgánica. Actualmente presenta un avance del 22% en su proceso de liquidación. Los
principales factores que lo han limitado son:
La complejidad para la realización (monetización) de los activos financieros, debido a la falta de
actualización de la normativa que simplifique los mecanismos de atención de las propuestas de pago.
La existencia de una elevada cartera crediticia con alto volumen de documentación, así como algunos
expedientes incompletos o no localizados que demoran la ejecución de garantías o la transferencia de los
créditos al INDEP. Lo anterior se explica por una inadecuada administración de los activos financieros antes
del proceso de extinción; por las insuficiencias y/o limitantes que registraban los controles para su gestión, y
por la falta de registros de información sistematizados.
Por ello, parte de la cartera contenciosa no está actualizada o presenta información insuficiente para su
correcta identificación, lo que dificulta el seguimiento y la gestión de los casos demandados.
Igualmente, ha faltado personal que desarrolle expeditivamente las actividades de atención de la cartera
contenciosa, así como de localización, acopio de documentos, integración de expedientes, digitalización,
registro, empaquetado y traslado de la cartera total, para su transferencia al INDEP.
Como resultado del proceso de liquidación se ha reducido el número de agencias de las Coordinaciones
Regionales, que son el brazo operativo de la FNDL, lo cual también ha limitado la integración de los
expedientes y las labores de atención de la cartera.
Una proporción de la cartera crediticia corresponde a créditos de improbable cobro al no contar con
garantías hipotecarias. La cartera total está integrada por 76,816 créditos, correspondientes a 59,331 clientes
y un valor contable de 42,328 MDP.
La cartera crediticia se compone de cartera vencida, que equivale a 10,674 créditos y 12,587.1 MDP
(29.7% del total); cartera vigente, 938 créditos y 616.6 MDP (1.5%), y en impago, 89 créditos por 381.1 MDP
(0.9%). En relación con la cartera cancelada, ésta comprende 65,115 créditos y 28,743.2 MDP (67.9%
del total).
En el caso de los bienes de la FNDL, los adjudicados a ésta como resultado de procesos judiciales de la
cartera crediticia, no cuentan con los expedientes completos para su transferencia al INDEP; de 1,533
inmuebles adjudicados, 853 no disponían de escrituras y sus expedientes estaban pendientes de integrarse.
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NOTIMEXL
Por las circunstancias políticas y sociales en las que se produjo el cierre del organismo, no se formalizó
el acta de entrega-recepción institucional, prevista por la normativa aplicable, entre la extinta Notimex
y el INDEP.
Ante la falta de entrega de un inventario actualizado de bienes muebles del organismo, se implementaron
acciones de recopilación de información en los inmuebles destinados para efectuar las operaciones de
Notimex, con la finalidad de identificarlos y clasificarlos según sus características y especificaciones, para su
posterior transferencia al INDEP.
Los aspectos contenidos en el Decreto por el que se extingue el organismo Notimex, así como las Bases
para su liquidación, desde que entraron en vigor a partir del 22 de diciembre de 2023, han sido referentes
clave para el desarrollo del proceso, ya que se carece de un PEL aprobado por la CIGFD.
Una liquidación transparente, como la que el INDEP busca realizar del organismo Notimex, exige
la realización de actividades estratégicas rigurosamente planeadas y sistemáticamente armonizadas para la
obtención de resultados óptimos. Por ello, es necesaria la aprobación de su PEL.
La Fototeca de Notimex es un acervo histórico de la nación cuya memoria fotográfica requiere de
condiciones medioambientales y un tratamiento adecuado para preservar el material recopilado, a fin de
proceder a su organización y clasificación, antes de transferirlo al AGN, en observancia de las disposiciones
jurídicas aplicables.
Como parte del patrimonio de Notimex se dispone de un inmueble propio, inhabitable desde 2017 por
daño estructural ocasionado por el sismo de ese año. El edificio no está considerado como monumento
histórico, ni artístico; se requiere gestionar su desincorporación y transferencia al INDEP para que se le asigne
un destino específico. Adicionalmente, existe un inmueble arrendado por la extinta Agencia, con problemáticas
legales pendientes de resolver.
FOPESIBAN
El 30 de junio de 2003, las sociedades nacionales de crédito que integraban el Sistema Banrural y NAFIN
suscribieron el contrato de fideicomiso irrevocable número 80320 denominado “Fondo de Pensiones del
Sistema Banrural” (FOPESIBAN).
En noviembre de 2021, la Procuraduría Fiscal de la Federación informó a NAFIN que el INDEP tenía el
carácter de unidad responsable del FOPESIBAN, por lo que, en diciembre de 2022, el INDEP y NAFIN, en su
carácter de fideicomitente y fiduciaria, respectivamente, suscribieron el Primer Convenio Modificatorio al
Contrato del Fideicomiso para esos fines. El FOPESIBAN se convierte en un Encargo del INDEP.
En enero de 2023, se suscribió el Segundo Convenio Modificatorio mediante el cual se establece que
corresponde al fideicomiso pagar:
a)
las pensiones y jubilaciones;
b)
la prestación de servicios de atención médico-quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria para
pensionados, jubilados y sus derechohabientes;
c)
los beneficios al fallecimiento, y
d)
las contrataciones necesarias para el cumplimiento de los mencionados fines.
Actualmente, el FOPESIBAN realiza el pago de aproximadamente 5,150 jubilaciones y pensiones;
adicionalmente, se les otorgan servicios médicos, al igual que a sus casi 4,300 derechohabientes.
El fideicomiso depende del presupuesto federal para pagar todas las obligaciones que le son mandatadas.
FIDEICOMISOS; EMPRESAS EN ADMINISTRACIÓN; EMPRESAS EN PROCESO DE CONCLUSIÓN,
CON ACTIVIDADES RESIDUALES Y CONVENIO DE CESIÓN DE DERECHOS; Y ACTIVOS FINANCIEROS
De conformidad con su Misión Institucional y atribuciones, el INDEP tiene además otro conjunto de
encargos que debe administrar y concluir.
Fideicomisos
El INDEP tiene atribuciones para fungir como fiduciario sustituto en los fideicomisos constituidos en
instituciones de crédito, de seguros, y de fianzas, sociedades financieras de objeto limitado y almacenes
generales de depósito, cuya liquidación le sea encomendada, así como en aquellos en los que actúe con el
carácter de fideicomitente o fideicomisario el Gobierno Federal o alguna entidad paraestatal de la APF.
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Actualmente, el universo fiduciario se compone de la siguiente manera:
1
La extinción de los fideicomisos se ha visto limitada, entre otros factores, por restricciones de su marco
normativo; falta de recursos humanos y financieros; juicios activos; información desorganizada, incompleta u
obsoleta de los asuntos; falta de interés de los fideicomitentes o fideicomisarios para realizar el proceso de
extinción, o la imposible localización de éstos.
Está en proceso la implementación de un Sistema Fiduciario (SISFID), para llevar a cabo el registro,
control y seguimiento de la información jurídica y contable de los fideicomisos donde el INDEP actúa como
fiduciario sustituto, a efecto de poder registrar, identificar, clasificar y administrar el patrimonio de los diversos
fideicomisos, y generar informes financieros, contables, legales, administrativos y de rendición de cuentas.
Empresas en Administración
Se trata de empresas transferidas al INDEP por un mandato jurídico. Su administración se prolonga hasta
que se determine el destino de la empresa y su objetivo es conservar su valor.
Actualmente existen 17 empresas en administración y una en proceso de concurso mercantil.
De ellas, tres están clasificadas como aseguradas; seis, abandonadas; ocho, decomisadas, y una, en
concurso mercantil.
Su administración y la conclusión están sujetas a la determinación de un destino final específico como
resultado de procedimientos legales concretos; se desarrolla en un largo periodo que demanda la asignación
de recursos para su gestión.
Empresas en Liquidación en Proceso de Conclusión, con Actividades Residuales y con Convenios
de Cesión de Derechos
El INDEP tiene bajo su responsabilidad la gestión de ocho empresas en ese estatus, de las cuales dos
están en proceso de conclusión (corresponden a empresas decomisadas); cuatro en la fase de atención
de actividades residuales (son empresas u organismos liquidados, pero con asuntos pendientes); y dos en la
etapa de convenios de cesión de derechos, principalmente la atención de juicios laborales.
Activos Financieros Crediticios y No crediticios
Su gestión constituye otro ámbito de actividades del INDEP. Actualmente, el importe de los activos
crediticios es de 15,021.6 MDP, de los cuales 9,227.4 MDP están en la categoría de Control y Resguardo,
ya que su recuperación es incosteable; asimismo, 5,794.2 MDP se encuentran en administración para
su recuperación.
En los activos en recuperación se presentan dificultades en el proceso de judicialización de la cartera
factible de recuperación, por causa de las insuficiencias en los expedientes y una gestión lenta.
Los activos financieros no crediticios suman 125, con un importe de 875 MDP y su gestión presenta
problemas similares a los de la judicialización de los crediticios.
1 Fideicomisos de administración: Fideicomisos cuyo objeto es la guarda y conservación de los bienes que integran el patrimonio
fideicomitido, el cobro de los productos o rendimientos que generen y su transmisión al fideicomisario o a algún tercero, en su caso.
Fideicomisos de garantía: Fideicomisos que tengan como fin garantizar al fideicomisario el cumplimiento de una obligación y su preferencia
en el pago.
Fideicomisos independientes. Fideicomisos que primordialmente tuvieron como fin garantizar el pago de un crédito para la adquisición de
un bien (mueble o inmueble).
Fideicomisos maestros. Fideicomisos que tuvieron como fin primordial la construcción de centrales de abasto, mercados y plazas para
comercialización de sus unidades, al cual se adhieren los adquirentes de estos. Cada unidad privativa representa un mueble o inmueble para
tramitar su extinción.
Adhesiones. Unidades privativas del fideicomiso asignadas a una persona que adquiere el derecho para su transmisión.
Dentro del patrimonio. Unidades privativas del fideicomiso que aún no son asignadas por el fideicomitente o Comité Técnico.
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5.3 Recepción, administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes transferidos
al INDEP
De conformidad con la LFAEBSP, artículo 76, el instituto es un organismo descentralizado de la APF, el
cual tendrá por objeto la administración, enajenación, destrucción, y destino de los bienes, activos o
empresas, como se señala en su similar 1º.
La gestión de los bienes por el INDEP debe realizarse de manera eficiente a fin de posibilitar que el nuevo
enfoque del instituto genere mayores recursos para coadyuvar al bienestar de la población en rezago y
contribuir a la construcción del Segundo piso de la Cuarta Transformación, mediante un modelo de desarrollo
que se basa en el Humanismo Mexicano.
El cumplimiento adecuado de las atribuciones para la gestión de los bienes apoyará el objetivo 2.1 del Eje
General 2 del PND: Desarrollo con bienestar y humanismo. Este objetivo consiste en Fortalecer la red de
protección social para garantizar la inclusión social y económica de toda la población, con especial atención a
los grupos en situación de vulnerabilidad; asimismo, apoyará sus estrategias 2.1.1 a 2.1.9, excepto la 2.1.7.
De conformidad con la LFAEBSP, la gestión de los bienes por el INDEP comprende tres grandes procesos
que son: Transferencia; Administración y Destino.
La transferencia es el procedimiento por el cual una entidad entrega uno o más bienes al instituto, para su
administración, enajenación, destino o destrucción, sin que dicha entrega implique transmisión de propiedad
alguna, ni genere el pago de impuestos.
La administración de los bienes comprende su recepción, registro, custodia, conservación, supervisión y
depósito de numerario.
El destino de los bienes se realiza por:
a)
Enajenación: Donación o asignación y venta;
b)
Destrucción
c)
Devolución
La gestión de los bienes por parte del instituto presenta fortalezas y áreas de oportunidad. Las primeras
deben potenciarse y extrapolarse a todos los procesos, y las segundas atenderse de manera adecuada, con
el apoyo de los mecanismos de control interno que se fortalecerán en el marco del presente Programa
Institucional.
El proceso de gestión de los bienes se inicia con el proceso de transferencia, en el cual las entidades
formulan al instituto una solicitud, en la que actualmente se manifiesta que se cumple con las disposiciones
jurídicas aplicables, acompañada de la documentación que la respalda y que se deberá integrar al expediente
correspondiente.
La solicitud de la transferente incluye un listado con la descripción y el estado en que se encuentren los
bienes e indica si son propiedad de la entidad o están bajo su cuidado. Igualmente, señala si los bienes se
entregan para su administración, venta, donación y/o destrucción.
El instituto recibe la solicitud y el expediente, y una vez verificado el cumplimiento de los requisitos
previstos por la LFAEBSP, se emite el dictamen de aceptación y se procede a la entrega-recepción de los
bienes, para lo cual se levanta el acta respectiva. La dictaminación se basa fundamentalmente en una revisión
documental de gabinete.
La LFAEBSP y su reglamento establecen criterios de valor de los bienes costeables para su recepción por
el instituto, a saber, seis meses de UMA (para 2025 son $20,365) y que el valor del bien sea mayor que su
costo de administración.
Sin embargo, por las disposiciones de excepción establecidas en la normativa, la mayoría de los bienes
muebles no los cumple; en 2024 se estima que en esta situación estuvo un poco más del 97% de los bienes
transferidos.
Por esa causa, se han transferido al instituto una significativa cantidad de bienes muebles de ínfimo valor,
que contrasta con el costo de administración y el bajo precio de venta de los bienes.
Por la excepción casi generalizada a la aplicación del criterio de costo de los bienes muebles transferidos,
así como por otros factores, no existe una valuación del inventario recibido, ni tampoco del que se encuentra
en administración por el instituto, por lo que se desconoce su valor.
El avalúo de los bienes no se realiza hasta que se ponen a disposición para su venta, con el fin de que sus
resultados sean un referente para su comercialización.
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Las actas de entrega-recepción y las fichas de los bienes transferidos son la base para la formulación del
inventario; su diseño y llenado presentan áreas de oportunidad, lo cual constituye un factor que limita de inicio
y con un carácter estructural la elaboración de ese inventario, y afecta la calidad de su información.
En el caso de las autoridades aduaneras se realizan transferencias de grandes volúmenes de bienes, por
medio de interfaces a los sistemas de inventarios, que resultan en registros erróneos, duplicados, con
descripciones vagas y en condiciones físicas inaceptables.
En ese sentido, el inventario nace con debilidades que se arrastran a lo largo de toda la vida de los bienes,
lo cual afecta su adecuada gestión.
El proceso de entrega-recepción no es expeditivo, ya que pasa un largo tiempo entre la fecha de solicitud
de las transferentes y la de ese evento.
En ocasiones y por la ubicación de las entidades que transfieren, se abren eventos en distintas oficinas de
coordinación regional del instituto, los cuales permanecen en proceso hasta por varios años, aun cuando los
bienes sean resguardados por las entidades transferentes, en cuyo caso la entrega y recepción de dichos
bienes es un procedimiento puramente administrativo y documental.
En otros casos, existen incluso bienes no recibidos por el instituto, por la insuficiente capacidad de
almacenamiento y la imposibilidad de elaborar dictámenes oportunamente, así como de movilización.
Destaca el caso de la ANAM que es la principal entidad transferente del INDEP, con el 91 % del total de
bienes transferidos en 2024.
Respecto de esta transferente, la relación establecida hasta la fecha es en el sentido de que el INDEP
debe recibir los bienes transferidos en los sitios que la ANAM determine, los cuales son muy numerosos y no
corresponden en todos los casos con la ubicación de las aduanas.
La conservación de los bienes exige recursos cuantiosos para cubrir su almacenaje y vigilancia, maniobras
y fletes, así como seguros de protección contra siniestros; igualmente, el mantenimiento preventivo y
correctivo de los inmuebles y servicios básicos como agua, luz, predial. Estos costos reducen, de manera
considerable, las ganancias obtenidas por la enajenación, sobre todo en aquellos bienes que no se
encuentran en condiciones óptimas para su venta.
En el caso de los bienes inmuebles su entrega-recepción muestra también áreas de oportunidad, ya que
sus expedientes carecen de elementos en una proporción elevada, lo que afecta su gestión.
En los expedientes no se incluye, con frecuencia, el Certificado de Libertad de Gravámenes porque su
tramitación ante los Registros Públicos de la Propiedad tiene un costo y el INDEP no dispone de una partida y
recursos para ello; otros se encuentran invadidos, en copropiedad o con juicios interpuestos que llevan
muchos años sin avanzar.
En el proceso de administración existen áreas de oportunidad que se atenderán con base en la estrategia
y las líneas de acción establecidas en el Programa Institucional 2025-2030 del instituto.
Un área de oportunidad de atención prioritaria consiste en la formulación del inventario de bienes muebles,
a fin de disponer de información y conocimiento suficiente y adecuado sobre el mismo, así como respecto del
importe de su valor.
El inventario está conformado por bienes con una gran diversidad en su naturaleza y unidades de medida,
lo que hace perder objetividad a sus cifras; por ejemplo, los minerales representan un caso crítico, porque su
unidad de medida como kilogramos distorsiona una apreciación objetiva y cercana a la magnitud real del
inventario.
Por ejemplo, en 2024 el inventario total en administración sumaba a fines de ese año 125 millones de
piezas, incluidos los minerales, los cuales totalizaban 78 millones.
Existe además otro factor que afecta la cuantificación objetiva del inventario de bienes en administración.
Se trata de la existencia de bienes de valor ínfimo, pero muy numerosos, que incrementan significativamente
las cifras del inventario.
Inciden también de manera muy importante en esa área de oportunidad que la cuantificación del inventario
presenta, las unidades de medida consideradas para algunos tipos de bienes, a saber, clavos, tornillos, hojas
de papel, popotes, bolsas para té, botellas de cristal, entre otros.
Se carece de homogeneización de las dimensiones y unidades de medida, incluso para bienes que son de
la misma naturaleza, con características iguales o similares, tales como textiles, equipos, instrumentos,
electrónicos y utensilios, así como mobiliario de oficina. Esto genera un inventario paralelo de bienes en
estado de revisión (REV) que se incrementa cada día y dificulta la pronta enajenación de los bienes.
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En el sistema SIAB se registra el inventario de bienes para su administración y en el sistema SAMI se
asientan las operaciones de las transferencias; estos dos sistemas coexisten sin una interconexión adecuada
que permita dar trazabilidad al origen de los bienes y su destino. Por ello, los sistemas informáticos no
permiten llevar el control y seguimiento de los bienes de manera eficiente.
Adicionalmente, existen interfaces específicas para Entidades Transferentes como la ANAM y la FGR que
complican aún más el registro de inventarios al no denominarse y dimensionarse en los mismos términos.
Por las insuficiencias, algunas operaciones y actividades se realizan al margen de los sistemas, mediante
otros mecanismos formulados casuísticamente, incluso en ciertos casos cuasi manuales, lo cual no permite
que sean trazables y auditables por la dificultad de integrarlos en expedientes electrónicos que permitan su
seguimiento.
El INDEP enfrenta un rezago tecnológico en materia informática que se traduce en debilidades operativas
y de diseño de los sistemas de inventario y su relación con el sistema empleado en la operación financiera y
contable para dar seguimiento a su administración.
La administración de los bienes se realiza de conformidad con la normativa actual, pero existen áreas de
oportunidad para fortalecer la eficacia y eficiencia en el proceso.
El destino de los bienes constituye la conclusión del proceso de gestión de los bienes; puede ser venta,
donación, destrucción o devolución.
Este último proceso enfrenta problemas en su realización por lo que, para una parte importante de los
bienes, la permanencia en el inventario es larga, lo que acrecienta sus costos de administración, resguardo y
vigilancia, así como el riesgo de su deterioro o pérdida.
Lo anterior se constata en el caso de las principales entidades transferentes (ANAM, SAT-Fisco Federal y
SAT-Comercio Exterior), que significaron en 2024 el 99% de los bienes muebles transferidos y
aproximadamente el 90% de los bienes en administración; la situación, en el caso de los bienes vendidos, fue
la siguiente, sin incluir los minerales en el análisis, ya que la consideración de éstos distorsiona en alto grado
los resultados.
En el SAT-Comercio Exterior, únicamente el 0.2% de los bienes vendidos en 2024 fue recibido en ese
mismo año por el INDEP; el 9% se recibió en 2023; el 57% en 2022; el 7% en 2021; el 12% en 2020; el 2% en
2019; el 12% en 2016; y el resto, 0.8%, en años anteriores a este último año.
En la ANAM, el 56% de los bienes vendidos en 2024 fueron recibidos en este mismo año; el 41% se
recibió en 2023; y el 3% en 2022.
En el SAT-Fisco Federal el 19% de los bienes que se vendieron en 2024 fueron recibidos por el INDEP en
ese mismo año; el 55% en 2023; el 23% en 2022; y el restante 3% en años anteriores.
En relación con los bienes destruidos en 2024, en la entidad transferente SAT Fisco Federal, el 96% se
destruyó tres años después de su recepción por el INDEP, es decir habían sido recibidos en 2021; 3% se
destruyeron en el mismo año que se recibieron y el resto, 1%, un año más tarde de que fueron recibidos.
En la ANAM, el 41% se destruyó en el mismo año en que los bienes se recibieron; el 35% después de un
año y el 24% luego de dos años.
En SAT-Comercio Exterior, el 53% de los bienes fueron destruidos un año luego de ser recibidos por el
INDEP; y el 47% en el mismo año en el que se recibieron.
El inventario que se encontraba en administración a finales de 2024 tiene varios años de haberse recibido.
En el caso de las principales transferentes, excluidos los minerales, la situación es la siguiente:
SAT-Comercio Exterior: el 34% del inventario se recibió en 2020; el 21% en 2022; el 17% en 2021 e igual
porcentaje, en 2019; el 5% en 2024; el 2% en 2023; el 1.4% en el lapso 2005-2015, y el resto en 2016, 2017 y
2018. De acuerdo con esas cifras, el 55% del inventario que se encontraba en administración del INDEP en
diciembre de 2024, de bienes de esta transferente, fue recibido en 2020 y años previos a éste.
ANAM: el 53% del inventario que se encontraba en administración a finales de 2024, fue recibido en ese
mismo año; 21% en 2023; y el 26% se recibió en 2022. Este organismo se creó en 2022 y a partir de este
ejercicio inició su relación con el INDEP.
SAT-Fisco Federal: el 35% del inventario fue recibido en 2024 por el INDEP; el 4% en 2023; el 22% en
2022; 13% en 2021; 9% en 2020; 6% en 2019; y el resto, 11%, se recibió en años anteriores a este último.
Es reducida la proporción del número de bienes muebles que tienen destino cada año (vendidos, donados,
destruidos o devueltos), respecto del inventario total en administración, sin considerar en éste los minerales.
En 2024 ese porcentaje fue del 9%.
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En el bajo valor del indicador anterior influye de manera importante la forma de cuantificación del
inventario, que lo incrementa significativamente, por la inadecuada consideración de unidades de medida en
diversos tipos de bienes.
La gran diversidad y la elevada proporción de bienes de muy bajo valor en el inventario se manifiestan en
el reducido precio promedio de los bienes vendidos. En 2024 fue de alrededor de $72, no incluidos los
minerales; sin embargo, una cantidad significativa tuvo valores ínfimos, menores con mucho de ese promedio.
En el caso de los inmuebles, es también mínimo el porcentaje de los que tienen destino (vendidos,
donados o devueltos) respecto del inventario total; en 2024 ese indicador fue de únicamente el 3%.
El valor anterior manifiesta el reducido dinamismo en la concreción del destino de los inmuebles. Su larga
estancia en el inventario del instituto significa para éste mayores costos de administración, resguardo
y vigilancia.
La gestión de los bienes, muebles e inmuebles se realiza con base en procesos segregados,
responsabilidad de áreas administrativas específicas; la interrelación y coordinación entre éstas, así como la
agilidad del desarrollo de esos procesos tiene áreas de oportunidad, que demandan atención a efecto de
aumentar su eficiencia.
Entre las áreas de oportunidad identificadas en el proceso de gestión de los bienes destaca la adecuación
del marco jurídico para desarrollarlo de manera eficiente, y coadyuvar al nuevo enfoque funcional de
generar mayores recursos que contribuyan al bienestar de la población, bajo el principio de Devolver al Pueblo
lo Robado.
En el tema de bienes, el Programa Institucional del INDEP 2025-2030 está orientado a atender los
problemas estructurales y lograr una mayor eficiencia en los procesos de transferencia, administración y
destino de bienes, a efecto de coadyuvar a generar mayores recursos que permitan atender las necesidades
sociales.
5.4 Normativa institucional y control interno
La construcción del Segundo Piso de la Cuarta Transformación exige un gobierno honesto, cercano y
eficiente. La eficiencia es un principio que destaca de manera especial el PND y la ubica como una premisa
fundamental para el logro de los objetivos nacionales.
La conversión del INDEP hacia un nuevo organismo con un enfoque social y una Misión Institucional que
se correspondan con su perspectiva funcional de generar mayores recursos a fin de destinarlos para acciones
que apoyen el bienestar de la población más necesitada, requiere de una gestión eficaz y eficiente.
Una gestión con esas cualidades se sustentará en un grado importante en la disponibilidad de una
normativa interna adecuada que regule sus procesos y sea congruente con el marco jurídico del instituto.
Otro factor fundamental para posibilitar el funcionamiento eficiente del instituto es la existencia y vigencia
efectiva de un control interno que, con una visión principalmente preventiva, identifique y administre los
riesgos, para que sus actividades se desarrollen con eficiencia, eficacia, transparencia y observancia de
la normativa.
Para una gestión eficiente del INDEP son un referente necesario el Objetivo 1.4 del PND y su Estrategia
1.4.3, comprendidos en el Eje General 1 Gobernanza con justicia y participación ciudadana.
Ese Objetivo consiste en Asegurar el uso honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo
los principios de austeridad republicana, mientras se fortalecen los ingresos del sector público. Por su parte, la
estrategia referida establece Mejorar la administración del patrimonio del Gobierno Federal para maximizar su
impacto en el desarrollo nacional.
En el caso de la normativa interna del instituto, en los tiempos recientes se ha efectuado un esfuerzo
importante para su actualización; sin embargo, es necesario que, en dichas normas, las cuales son el soporte
de sus procesos, se refleje el compromiso con la visión de la esencia social que tiene el instituto.
Se requiere analizar el marco normativo y lograr su congruencia con la LFAEBSP y su Reglamento; este
último también debe alinearse con la ley, debido a que ambos se emitieron en tiempos diferentes.
El INDEP tiene registradas 229 normas internas en el SANI, que administra la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno.
El 91% de las normas se concentran en 7 tipos de documentos normativos: políticas, bases y lineamientos
(3), procedimientos (144), directrices (17), lineamientos (15), manuales institucionales (14), acuerdos (10) y
metodologías (5).
De acuerdo con el SANI, las normas fueron emitidas entre 2002 y 2024.
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Un número importante de disposiciones normativas están en proceso de actualizarse, requieren
actualización o ya no son aplicables.
El otro renglón que se indicó como esencial para posibilitar una eficiente gestión del INDEP, en su fase de
tránsito hacia un organismo con un nuevo enfoque social, es el control interno, que constituye una premisa
insoslayable para apoyar en las instituciones gestiones eficientes, eficaces, transparentes y que cumplen con
la normativa.
Un adecuado sistema de control interno previene, además, prácticas deshonestas, posibilita una adecuada
rendición de cuentas y actúa, principalmente, con un carácter preventivo para evitar insuficiencias e
irregularidades.
El INDEP ha realizado diagnósticos para identificar sus factores de riesgo más significativos y definido
programas para su administración, cuyas acciones y resultados son objeto de seguimiento. Estas actividades
presentan áreas de oportunidad que se atenderán en el marco del presente Programa Institucional.
Se profundizará en el diagnóstico de los riesgos, sobre todo referenciándolos respecto de los objetivos
institucionales y sus resultados, para conocer las causas raíz de los problemas sustantivos e insuficiencias
que se identifiquen en los logros registrados.
Si bien en el instituto se ha prestado atención al control interno, las áreas de oportunidad identificadas
deben conducir a un tratamiento más profundo de esta materia, con objeto de convertirla en la herramienta
fundamental para apoyar al instituto en el logro de una gestión eficiente, eficaz, transparente, observante de la
normativa y que rinda cuentas.
Cabe señalar que el INDEP no considera el control interno bajo la figura de un área de contraloría, un
mecanismo supervisor o un órgano de vigilancia, sino fundamentalmente como una cultura institucional de
pertenencia y de valores que involucra a todos los integrantes de un organismo en el propósito de cumplir con
sus objetivos. En efecto, se concreta en mecanismos de control, supervisión y seguimiento de los procesos
sustantivos de la institución, pero en el contexto del compromiso efectivo de todos los que la conforman para
lograr sus fines.
5.5 Capacidad técnica y ética de las personas servidoras públicas del INDEP
Uno de los diez Principios del Humanismo Mexicano postulados en el PND establece que las y los
gobernantes deben ser honestos; en esa perspectiva, considera que un objetivo de la más alta prioridad es
recuperar el sentido ético y de servicio de los funcionarios públicos.
Las instituciones democráticas y las personas servidoras públicas deben estar comprometidas con el
servicio que prestan al pueblo.
La corrupción se debe combatir por ética y por principios, con el fin de obtener los recursos necesarios
para el bienestar del pueblo y el desarrollo de la nación. La honestidad da resultados, se apunta en el
Apartado de Presentación del PND, en donde también se manifiesta que la construcción del Segundo Piso de
la Cuarta Transformación exige un gobierno honesto, cercano y eficiente.
El INDEP asumirá este principio del Humanismo Mexicano en su Programa Institucional 2025-2030 y será
un elemento orientador fundamental de su proceso de transformación hacia su nuevo enfoque funcional
y de objetivos.
Por sus funciones y la naturaleza de sus operaciones, el INDEP presenta en su proceso operativo
espacios de alta sensibilidad a riesgos de prácticas no ajustadas al principio de honestidad. Por ello, en
concomitancia con los mecanismos de control que deben establecerse, resulta esencial que la actuación de
las personas integrantes del instituto observe rigurosamente el Código de Ética de la Administración Pública
Federal y los demás ordenamientos en la materia.
Los mecanismos de control sólo serán efectivos plenamente si existen en una institución personas
comprometidas en el mayor grado con los principios y valores del servicio público. De otra manera, existirá
siempre el riesgo de evadirlos y que se afecte la eficiencia y observancia de la normativa en el desarrollo de
las operaciones.
Una conducta observante de los principios y valores de la ética pública por parte del personal integrante
del INDEP, así como su compromiso con la misión y objetivos del instituto, serán una premisa insoslayable en
su proceso de tránsito hacia su nueva realidad institucional.
La otra condición de un servicio público adecuado es que se realice con eficiencia; de no ser así, ello se
traduce en la pérdida de recursos, por lo que, en cierto sentido, el no ser eficiente es también una faceta de
una actuación deshonesta.
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La ineficiencia es un fenómeno poco analizado y sobre todo no cuantificado respecto de sus efectos, pero
sin duda su impacto en la pérdida de recursos públicos es significativo, por lo que su atención es un fin
altamente ponderado en el PND.
Las personas servidoras públicas deben desarrollar sus actividades con eficiencia y eficacia, que son
también principios del Código de Ética de la Administración Pública Federal.
El INDEP realiza acciones para el fortalecimiento de las capacidades de su personal, a efecto de que
adquiera de manera creciente las aptitudes necesarias para el desempeño de sus actividades y se dispone
actualmente del personal capacitado para que el instituto realice, en general, en términos adecuados
su gestión.
No obstante, la Misión y objetivos planteados en el presente Programa Institucional exigen la participación
de personas servidoras públicas con una capacidad profesional y técnica creciente, de excelencia, para
atender el reto que significa el logro del nuevo enfoque y realidad funcional previstos.
Subsanar las áreas de oportunidad identificadas en la gestión del instituto exige de un profundo
compromiso de sus integrantes, pero también de las habilidades y aptitudes necesarias para ello. Aunque no
suficientes, son elementos que coadyuvarían de forma importante a la atención de esos espacios de mejora.
Entre las áreas de oportunidad, cabe mencionar las siguientes: los procesos de liquidación de las
empresas no concluidos en el plazo previsto; un inventario de bienes muebles con una alta incidencia de
unidades con un valor ínfimo; un extenso periodo de estancia de los bienes en administración, antes
de asignarles un destino; un elevado costo de resguardo de los bienes respecto de los ingresos obtenidos por
su venta; largos tiempos para la recepción de los bienes transferidos; sistemas de información de los bienes
con insuficiencias operativas; entre otras.
Problemas como los mencionados deben atenderse con el apoyo del personal del INDEP que posea una
capacidad profesional de excelencia y un fuerte compromiso con los principios y valores de la Ética Pública.
Estos principios de actuación y valores de las personas servidoras públicas del INDEP se corresponden
con el objetivo 1.3 del Eje General Gobernanza con justicia y participación Ciudadana, que consiste en
Erradicar la corrupción en la vida pública y promover la ética, la honestidad, la integridad y el buen gobierno
para fortalecer la confianza en las instituciones.
Igualmente, atienden la estrategia 1.3.1 de ese objetivo, referente a Modernizar la Administración Pública
Federal y fortalecer la vocación de servicio para prevenir y erradicar la corrupción.
De acuerdo con lo anterior, dichos principios y valores constituyen una premisa insoslayable para el que
INDEP pueda cumplir sus objetivos y lograr su nueva Misión Institucional.
5.6 Situación esperada hacia 2030 y visión a veinte años
Al término de la presente Administración Federal, el INDEP dispondrá de un marco jurídico congruente con
su nuevo enfoque social y objetivos, que le permitirá cumplir eficientemente con su misión y ser un organismo
que genera recursos para apoyar la realización de acciones que impulsen el bienestar de los grupos sociales
más rezagados.
Se habrá concluido el proceso liquidador de las cuatro empresas en desincorporación y sustituido su
paradigma funcional de ser organismos en liquidación, a ser ahora empresas administradoras, las cuales
únicamente efectuarán, cuando así se determine por las instancias correspondientes, la gestión del
cumplimiento de las obligaciones de largo plazo que se tienen con los pensionados y jubilados, como son
principalmente el pago de sus pensiones y la prestación de servicios médicos.
Asimismo, el INDEP se habrá consolidado como un organismo ejecutor de una gestión eficiente, eficaz y
transparente de las responsabilidades que se le asignen, con respecto a empresas, fideicomisos, otros
encargos, activos financieros y bienes, y así contribuirá al logro del objetivo de manejar con esos mismos
atributos operativos el patrimonio federal.
En una perspectiva temporal más amplia, a veinte años, el INDEP se habrá consolidado como una
institución importante para apoyar los programas que impulsen el bienestar de la población en rezago social,
con base en una generación sistemática de remanentes, cuyo destino hacia programas y acciones que
beneficien a los grupos con mayores carencias, el instituto podrá decidir.
En ese mismo horizonte, el INDEP será un organismo estratégico para coadyuvar a la modernización y
eficiencia de la Administración Pública Federal, que se integrará esencialmente por dependencias y entidades
que tengan una elevada productividad y un costo/eficiencia social relevante.
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6. Objetivos
El apoyo a los Principios del Humanismo Mexicano, Ejes, Objetivos y Estrategias del PND y del
PRONAFIDE, así como la atención de los problemas sustantivos y las áreas de oportunidad identificadas en el
Diagnóstico, se atenderán con base en los cinco Objetivos del Programa Institucional del INDEP 2025-2030,
en el tenor siguiente:
Objetivos del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP
1.- Disponer de un marco jurídico que permita generar mayores recursos para destinarlos, con enfoque social,
al bienestar de la población.
2.- Lograr una eficaz, eficiente y transparente administración, liquidación y destino de las empresas, activos
financieros y encargos responsabilidad del INDEP.
3.- Lograr una eficaz, eficiente y transparente administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes
transferidos al INDEP.
4.- Actualizar la normativa del instituto y fortalecer el control interno a efecto de lograr eficacia y eficiencia en
la administración, enajenación, destrucción, liquidación y destino de los bienes, activos y empresas.
5.- Basar el funcionamiento del INDEP en personas servidoras públicas con una capacidad profesional y
técnica de excelencia, con una sólida ética y compromiso institucional.
6.1 Relevancia del objetivo 1: Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional
La consolidación del proceso de transformación del país con base en un modelo de desarrollo con
bienestar, justicia social y sustentabilidad, con una visión humanista, constituye el objetivo del Gobierno de
México en los años próximos y el PND será la guía para su logro.
Un modelo de desarrollo basado en el Humanismo Mexicano permitirá establecer el Segundo Piso de la
Cuarta Transformación.
La acción de las instituciones debe orientarse y converger en esos fines y objetivos, en el marco de las
atribuciones y responsabilidades que a cada una le correspondan.
La nueva misión y enfoque funcional que se plantean para el INDEP en su horizonte institucional futuro le
permitirá apoyar los objetivos y estrategias del PND en materia de bienestar social.
El INDEP que se proyecta para los años siguientes es el de un organismo que genere recursos que se
destinen al bienestar de la población, en el marco del principio de devolver al pueblo lo robado.
Su actuación en esa perspectiva funcional se comprenderá en el Eje General 2 del PND, Desarrollo con
bienestar y humanismo y particularmente en su objetivo 2.1.- Fortalecer la red de protección social para
garantizar la inclusión social y económica de toda la población, con especial atención a los grupos en
situación de vulnerabilidad.
Las acciones de apoyo a ese objetivo y estrategias por parte del INDEP no se acotarán a grupos sociales
específicos, en el sentido de la direccionalidad que presentan en el PND las nueve estrategias del referido
objetivo 2.1.
Las actividades del instituto en esta materia serán dirigidas en general a población en condiciones de
rezago social, por lo que podrían apoyarse algunos de los grupos establecidos en dichas estrategias
o de manera genérica a las personas con carencias. En tal sentido, se apoyarán esas nueve estrategias,
excepto la 2.1.7.
Igualmente, el presente objetivo del Programa Institucional del INDEP tiene correspondencia y apoyará el
objetivo 2 del PRONAFIDE, referente a Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público
presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo
económico del país.
Atiende también su estrategia 2.7 consistente en Acompañar en el fortalecimiento financiero de los
organismos y empresas públicas, y disminuir las transferencias de recursos fiscales a las mismas.
Esta estrategia del PRONAFIDE destaca la importancia de que los organismos de la APF adquieran una
fortaleza financiera que les permita cumplir con sus objetivos y misión institucional.
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Ambos, ese objetivo y estrategia del PRONAFIDE ponen de relieve la importancia de aumentar la
disponibilidad de recursos mediante los instrumentos y acciones que cada organismo determine.
El presente objetivo del Programa Institucional contiene como elemento central convertir al INDEP en un
organismo que genere mayores recursos que se destinen para acciones sociales. Para hacer viable su nueva
misión y objetivos, algunos aspectos de su marco jurídico lo limitan.
Esa restricción debe superarse para que el instituto pueda aportar mayores recursos y tenga un rol más
protagónico en el financiamiento de acciones de apoyo social, en un escenario en el que la disponibilidad de
fondos para ese objetivo adquiere una prioridad especial.
En el esquema funcional actual, el INDEP y en una perspectiva más amplia, el Gobierno Federal, están
dejando de percibir recursos de acuerdo con sus potenciales de generación e incurriendo en gastos de
administración innecesarios en una parte de ellos, por el manejo de un inventario excesivo de bienes de muy
bajo valor, que además tardan mucho tiempo en tener un destino específico.
En esa situación influye, además, la disposición prevista en la LFAEBSP de que las entidades
transferentes indican al INDEP el destino de los bienes transferidos, lo cual limita significativamente su
capacidad de gestión respecto de los mismos.
Igualmente, incide en forma importante la falta de aplicación efectiva de los criterios de valor de los bienes
transferidos al instituto, por los elementos de excepción establecidos en la LFAEBSP, que aplican para casi la
totalidad de las transferencias.
Por esos aspectos y por otras áreas de oportunidad que presenta el marco jurídico del instituto es
relevante el presente objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP, ya que posibilitará al instituto
generar mayores remanentes que se destinarán en acciones para la población con mayores rezagos.
6.2 Relevancia del objetivo 2: Liquidación de empresas y conclusión de encargos
Una gestión eficiente del INDEP, transparente y observante de la ley, conducida de acuerdo con el
Programa Institucional 2025-2030, en el marco de su Misión y objetivos, contribuirá a los fines de la presente
Administración Federal, y al levantamiento del Segundo piso de la Cuarta Transformación mediante la
consolidación de un modelo de desarrollo basado en el Humanismo Mexicano.
La prioridad que tiene en el PND el uso eficiente de los recursos públicos se expresa en su objetivo 1.4
Asegurar el uso honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo los principios de austeridad
republicana, mientras se fortalecen los ingresos del sector público, del Eje General 1: Gobernanza con justicia
y participación ciudadana.
A efecto de su logro, se prevé la estrategia 1.4.3 Mejorar la administración del patrimonio del Gobierno
Federal para maximizar su impacto en el desarrollo nacional.
Las estrategias del PND son el punto de partida para la definición de los objetivos del Programa
Institucional del INDEP.
En tal sentido, la estrategia referida 1.4.3 del PND se expresa en el presente objetivo del Programa
Institucional 2025-2030 del INDEP.
El logro de este objetivo se traducirá en procesos liquidadores de las empresas responsabilidad del INDEP
concluidos de manera eficiente; transparente; en los plazos y términos previstos por los PEL
correspondientes; y con observancia de la normativa.
Igualmente, ese objetivo aplicará para las empresas en administración del INDEP, fideicomisos y otros
encargos que conlleven su liquidación o conclusión.
En los encargos que no impliquen un proceso liquidador o conclusivo se establecerán las bases
normativas y operativas que garanticen su gestión eficiente y transparente, sin que signifiquen una carga
financiera para el instituto que vaya más allá de los parámetros previstos por la ley y con observancia plena
del objetivo de eficiencia.
Una gestión eficiente del proceso de liquidación y manejo de las empresas y otros encargos
responsabilidad del INDEP, así como de otras que en el futuro le sean asignadas, contribuirá al logro del
objetivo de eficiencia previsto por el PND, así como al mejoramiento de la administración del patrimonio del
Gobierno Federal para maximizar su impacto en el desarrollo nacional.
Para el INDEP tiene una importancia prioritaria una adecuada gestión del proceso de administración y
liquidación de las empresas, empresas en administración, fideicomisos, activos financieros y otros encargos
que le han sido asignados.
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El presente objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP, además de contribuir en los
términos mencionados al logro de los objetivos y estrategias del PND, lo hará también a los del PRONAFIDE,
particularmente a su Objetivo número 2 que se refiere a Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del
sector público presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al
desarrollo económico del país.
El proceso eficiente de liquidación, conclusión y destino de las empresas, encargos, fideicomisos, activos
financieros y otros encargos responsabilidad del INDEP, posibilitará, entre otros resultados, la generación de
ingresos mediante dos vías.
Por una parte, mediante la enajenación de bienes y activos cuando sea factible y, por otra, por el ahorro
de recursos que significa la conclusión de esos procesos. En ambos casos ello significará una mayor
disponibilidad de recursos públicos que podrán destinarse a las prioridades nacionales, en los términos que
determine el PND y el PRONAFIDE.
Este objetivo del Programa Institucional del INDEP tiene igualmente correspondencia con la estrategia 2.7
del PRONAFIDE. Esta estrategia consiste en Acompañar en el fortalecimiento financiero de los organismos y
empresas públicas, y disminuir la transferencia de recursos fiscales a las mismas.
El proceso de liquidación, administración, conclusión y destino de las empresas y otros encargos del
INDEP, operado con eficiencia y observancia de la normativa, permitirá disminuir o eliminar los requerimientos
de recursos fiscales para las empresas y encargos respectivos, lo cual se corresponde con la referida
estrategia.
Adicionalmente, este objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP tiene vinculación y apoyará
el objetivo 5 del PRONAFIDE que establece Mejorar las pensiones de las personas trabajadoras sin
menoscabar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones y fortalecer la estrategia de gestión de
riesgos para proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, así como la infraestructura y el patrimonio
gubernamental.
Específicamente contribuirá con la estrategia 5.1 de ese objetivo que consiste en Consolidar la operación
del Fondo de Pensiones para el Bienestar para otorgar un complemento que iguale la pensión al último salario
a las personas trabajadoras de 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor a 16,777.68 pesos
(incrementado anualmente con base a la inflación).
Conforme al Decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar, el INDEP puede aportar al Fondo los
recursos en numerario que determine durante el proceso de desincorporación de la FNDL, así como
los remanentes que resulten a la conclusión de su liquidación.
El objetivo 2 del Programa Institucional se corresponde y apoyará el objetivo 2 del Programa Especial para
la Eficiencia de la Gestión Pública 2025-2030, que plantea Optimizar la gestión patrimonial y de riesgos en la
Administración Pública Federal, mediante la administración, destrucción o enajenación de bienes
improductivos y el fortalecimiento de capacidades institucionales en aseguramiento, retención y atención
de siniestros.
6.3 Relevancia del objetivo 3: Gestión eficiente de los bienes transferidos
El Humanismo Mexicano es la base del modelo de desarrollo que impulsará la presente Administración
Federal para la construcción del Segundo Piso de la Cuarta Transformación.
Será un desarrollo con bienestar, justicia social, sustentabilidad y una visión humanista. El PND 2025-2030
guiará su logro y todas las acciones institucionales convergerán en esos grandes objetivos.
El INDEP tendrá en los años siguientes una nueva misión y enfoque funcional, que le permitirán apoyar
con mayores posibilidades los objetivos y estrategias del PND en su dimensión del bienestar social,
particularmente en su atención a los grupos con mayores carencias.
Un marco jurídico congruente con la nueva misión del instituto, así como una gestión eficiente de los
bienes que le son transferidos harán posible que el INDEP genere y disponga de recursos superiores respecto
de sus niveles actuales, para orientarlos en acciones que contribuyan al bienestar de dichos grupos.
Esta perspectiva de funcionamiento del INDEP se comprende en el Eje General 2 del PND Desarrollo con
bienestar y humanismo; y específicamente apoya a su objetivo 2.1.-Fortalecer la red de protección social para
garantizar la inclusión social y económica de toda la población, con especial atención a los grupos en
situación de vulnerabilidad.
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La acción proyectada del INDEP no se vincula de manera exclusiva con una sola estrategia de dicho
objetivo, ya que sus acciones podrán beneficiar a los distintos grupos sociales a los que se refieren cada una
de las estrategias previstas para tal fin. De esta manera, el INDEP apoyará con sus acciones a las nueve
estrategias del referido objetivo 2.1, excepto la 2.1.7.
Los apoyos del instituto se destinarán a toda la población en condiciones de rezago social y, en lo
específico, podrían beneficiarse algunos de los grupos previstos en esas estrategias o con un carácter
genérico a las personas en situación desfavorable.
El presente objetivo del Programa Institucional del INDEP se vincula y atenderá también el objetivo 2 del
PRONAFIDE, que consiste en Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público
presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo
económico del país.
Apoya, igualmente, su estrategia 2.7, que establece Acompañar en el fortalecimiento financiero de los
organismos y empresas públicas, y disminuir las transferencias de recursos fiscales a las mismas.
Ese objetivo y estrategia del PRONAFIDE destacan la relevancia de que los organismos de la APF
dispongan crecientemente de fortaleza financiera para permitirles el cumplimiento de su misión y objetivos.
De igual manera, este objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP tiene vinculación y
apoyará el objetivo 5 del PRONAFIDE que establece Mejorar las pensiones de las personas trabajadoras sin
menoscabar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones y fortalecer la estrategia de gestión de
riesgos para proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, así como la infraestructura y el patrimonio
gubernamental.
Particularmente coadyuvará con la estrategia 5.1 de ese objetivo que consiste en Consolidar la operación
del Fondo de Pensiones para el Bienestar para otorgar un complemento que iguale la pensión al último salario
a las personas trabajadoras de 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor a 16,777.68 pesos
(incrementado anualmente con base a la inflación).
El Decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar establece que, entre otros, su patrimonio se
constituirá por recursos correspondientes al 75 por ciento de los remanentes netos que obtenga el INDEP,
derivados de la enajenación que lleve a cabo de bienes provenientes de entidades transferentes en materia
aduanera y fiscal.
En esa perspectiva se ubica el presente objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP que
tiene como elemento fundamental lograr una gestión eficiente de los bienes que le son transferidos, para
coadyuvar, junto con otras acciones previstas en el presente programa, en la generación de mayores recursos
que se destinarán en acciones para los grupos sociales con más carencias.
Con el fin de hacer viable el logro de una gestión cada vez más eficiente de los bienes que le son
transferidos, el INDEP debe atender las áreas de oportunidad identificadas en el diagnóstico, referentes, de
manera resumida, a la consideración efectiva del criterio de costo de los bienes que plantean transferir las
entidades, para que no sean entregados al instituto, como sucede actualmente, bienes de ínfimo valor, que no
cubren su costo de administración o en mal estado.
En ambos casos son difíciles de vender, por lo que el inventario se incrementa exponencialmente
con bienes que no tienen salida comercial, con la consecuente estancia de varios años y altos costos
de administración.
Es necesario también que las entidades transferentes no establezcan el destino del bien y sea decisión del
instituto, con la consideración de que la recepción de los bienes no implica su propiedad. Este punto se trata
en el objetivo 1 del presente programa, pero se reitera aquí por su relevancia y vínculo con la gestión de
los bienes.
Otro problema estructural en la gestión del instituto es la larga estancia de los bienes en el inventario en
administración, antes de asignarles un destino (venta, destrucción, donación o devolución), que deberá
subsanarse en el marco de las estrategias y acciones de este Programa Institucional.
Un área de oportunidad adicional que deberá atenderse es el reducido índice anual de asignación de
destino de los bienes, respecto del inventario en administración. Es decir, cada ejercicio son pocos,
relativamente, los bienes vendidos, destruidos, donados y devueltos, en relación con el tamaño del inventario.
La formulación y cuantificación del inventario es otra área de mejora sustantiva que tiene la gestión de los
bienes. Actualmente se integra por bienes con una gran diversidad, que se cuantifican con unidades de
medida no pertinentes en múltiples casos, por lo que su tamaño se incrementa sin objetividad. Las fichas
de los bienes tienen insuficiencias de diseño y llenado.
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El precio promedio de venta de los bienes es sumamente reducido; una gran cantidad se ubica incluso
muy por debajo del promedio señalado en el diagnóstico. Ello no compensa en muchos casos sus costos de
administración, resguardo y vigilancia.
Los sistemas informáticos para la gestión de los bienes tienen una obsolescencia tecnológica; operan
dos sistemas de manera simultánea; manifiestan asimismo insuficiencias de diseño, operación y seguridad de
la información.
En resumen, una gestión eficiente de los bienes transferidos, precisa que se subsanen los problemas
estructurales que se registran en ese proceso y que se han ejemplificado con algunos elementos en
este apartado.
Este objetivo del Programa Institucional del INDEP se vincula y apoyará el logro del objetivo 2 del
Programa Especial para la Eficiencia de la Gestión Pública 2025-2030, referente a Optimizar la gestión
patrimonial y de riesgos en la Administración Pública Federal, mediante la administración, destrucción o
enajenación de bienes improductivos y el fortalecimiento de capacidades institucionales en aseguramiento,
retención y atención de siniestros.
6.4 Relevancia del objetivo 4: Normativa institucional y control interno
El INDEP ha realizado un esfuerzo para disponer de una normativa interna actualizada y congruente con
el marco jurídico del instituto; sin embargo, persisten documentos normativos que no tienen esta característica
y no apoyan de manera adecuada una gestión eficaz, eficiente y ágil de los procesos correspondientes.
Además, la existencia de un significativo número de normas de diverso tipo (lineamientos, procedimientos
e instructivos, entre otros), hace compleja la gestión de las actividades operativas del instituto.
La disponibilidad por el INDEP de un cuerpo de normas internas congruentes con su marco jurídico, que
sean sencillas de aplicar, claras, consistentes entre sí y que además se observen de manera efectiva, apoyará
una gestión eficaz, eficiente y transparente, que coadyuve al logro de los objetivos institucionales.
Existen normas internas que no se han actualizado, por lo que hacen referencia de áreas que ya no
existen o a procesos que fueron modificados. En algunos casos son insuficientes en su contenido, en relación
con disposiciones establecidas en el marco jurídico del instituto.
Una adecuada normativa interna del INDEP es relevante porque permite implementar operativamente las
disposiciones del marco jurídico del instituto, las cuales, por la naturaleza de los ordenamientos, tienen un
carácter general, sin el detalle necesario para orientar la operación de los procesos.
Un área de oportunidad que puede identificarse en la normativa institucional respecto a la gestión de los
bienes es la carencia de una perspectiva de integralidad, ya que prevalece una visión de procesos y
actividades parcializadas y segregadas. En tal sentido, la interacción entre las unidades administrativas del
instituto presenta áreas de oportunidad que se atenderán con el desarrollo de una perspectiva con un enfoque
de integralidad.
Al respecto, se considerará una visión sistémica que articule procesos, responsabilidades y flujos de
información entre todas las áreas involucradas en la gestión de bienes.
Otra materia convergente con la anterior, para apoyar una gestión eficaz y eficiente del INDEP es un
control interno fortalecido y con una vigencia efectiva, que trascienda el carácter formal de su existencia y se
convierta en una herramienta fundamental para la vida del instituto.
Existen avances en esta materia, pero persisten áreas de oportunidad, por lo que su consideración en el
presente programa es insoslayable. En ese tenor, será una premisa esencial para que se logre el objetivo de
lograr una gestión eficaz y eficiente, así como para obtener los objetivos institucionales.
Será necesario profundizar, con base en un ejercicio colectivo de los directivos y personal clave del
INDEP, en la identificación de las causas y los factores de riesgo, internos y externos, que afectan el logro de
los objetivos del instituto, así como para definir los mecanismos y controles para su atención y administración.
El reto fundamental en este tema es, sin embargo, lograr la internalización del control interno en el
instituto, como una cultura de los directivos y personal, para asumir un compromiso y responsabilidad con esta
materia, y que no se conciba únicamente como un conjunto de herramientas técnicas a cargo de un grupo
de personas.
El INDEP desarrollará acciones para que esa visión se alcance y se genere una cultura de eficiencia y
compromiso en el actuar de todos los integrantes del instituto.
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Las materias consideradas en este objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP se orientan,
vinculan y apoyarán objetivos y estrategias del PND y del PRONAFIDE en los términos siguientes:
Para una gestión eficiente del INDEP un referente necesario lo será el Objetivo 1.4 del PND y su
Estrategia 1.4.3, que se comprenden en el Eje General 1 Gobernanza con justicia y participación ciudadana.
Ese Objetivo 1.4. plantea Asegurar el uso honesto, responsable y eficiente de los recursos públicos bajo
los principios de austeridad republicana, mientras se fortalecen los ingresos del sector público.
A su vez, la estrategia citada dispone Mejorar la administración del patrimonio del Gobierno Federal para
maximizar su impacto en el desarrollo nacional.
Las estrategias del PND deben ser los objetivos de los programas. Por ello, los elementos y principios de
esta estrategia orientan el presente objetivo del Programa Institucional del INDEP.
Este objetivo del Programa Institucional atiende también los objetivos y estrategias del PRONAFIDE. El
objetivo 2 de este último consiste en Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público
presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo
económico del país.
Por su parte, la estrategia 2.7 del PRONAFIDE orienta este objetivo del Programa Institucional y establece
Acompañar en el fortalecimiento financiero de los organismos y empresas públicas, y disminuir las
transferencias de recursos fiscales a las mismas.
La actualización y disposición en el INDEP de un cuerpo normativo suficiente y congruente, así como de
un adecuado control interno, apoyarán una eficiente y eficaz gestión del instituto, lo que posibilitará a su vez
que este organismo genere mayores recursos para destinarlos para acciones de bienestar, conforme a su
nuevo enfoque y Misión Institucional. En estos términos es el vínculo de este objetivo con el similar referido
del PRONAFIDE y de su estrategia citada.
El presente objetivo del Programa Institucional tiene correspondencia y coadyuvará al cumplimiento del
objetivo 2 del Programa Especial para la Eficiencia de la Gestión Pública 2025-2030 consistente en Optimizar
la gestión patrimonial y de riesgos en la Administración Pública Federal, mediante la administración,
destrucción o enajenación de bienes improductivos y el fortalecimiento de capacidades institucionales en
aseguramiento, retención y atención de siniestros.
6.5 Relevancia del objetivo 5: Capacidad profesional y ética pública
El presente objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP constituye una premisa para su
proceso de transformación hacia su nueva Misión y enfoque funcional.
El principal activo de las instituciones es su personal; sus personas servidoras públicas son quienes hacen
posible el logro de los fines y resultados de las dependencias y entidades.
El reconocimiento de ese papel fundamental y la importancia de su conducta honesta, ética y eficiente se
manifiesta en el objetivo 1.3. del PND, del Eje General 1 Gobernanza con justicia y participación ciudadana,
referente a Erradicar la corrupción en la vida pública y promover la ética, la honestidad, la integridad y el buen
gobierno para fortalecer la confianza en las instituciones.
En relación con las estrategias de ese objetivo del PND, el objetivo del Programa Institucional del INDEP
atiende principalmente la número 1.3.1 que establece Modernizar la Administración Pública Federal y
fortalecer la vocación de servicio para prevenir y erradicar la corrupción.
Elementos centrales de ese objetivo y estrategia del PND son la erradicación de la corrupción, así como
asumir los principios y valores de la ética pública, valores rectores, la honestidad, la integridad, la vocación de
servicio y el buen gobierno, los cuales están presentes en este objetivo del programa, que plantea basar la
gestión del INDEP en personal que posea una capacidad de excelencia, y un profundo compromiso con el
servicio público y con el instituto.
Los valores rectores derivan de los Diez Principios del Humanismo Mexicano incluidos en el Plan Nacional
de Desarrollo 2025-2030 y son: la honestidad, la justicia social, la libertad y la igualdad. La capacitación y
sensibilización de las personas servidoras públicas debe enfocarse en su comprensión y ejercicio en su
actividad profesional.
Una gestión sustentada en personas servidoras públicas con esas cualidades posibilitará atender
las áreas de mejora que presenta la operación del INDEP, las cuales se ejemplificaron en la diagnosis
del Programa.
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Este objetivo del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP también se corresponde con el objetivo 2
del PRONAFIDE y con su estrategia 2.5, consistentes, en el primer caso, en Fortalecer los ingresos tributarios
y no tributarios del sector público presupuestario para impulsar el financiamiento de programas e inversión
que contribuyan al desarrollo económico del país.
Por su parte la estrategia referida establece Abatir la corrupción documentada y no documentada a través
de la investigación y seguimiento, con la finalidad de disminuir el fraude fiscal. Lo anterior en línea con el
combate a la impunidad y la transparencia institucional.
La consideración de los referidos objetivos y estrategias del PND y del PRONAFIDE permitirán al INDEP
basar su futura gestión y proceso de transformación hacia su nuevo enfoque funcional, en un cuerpo de
personas servidoras públicas con una capacidad profesional y técnica de excelencia, poseedoras además de
un profundo compromiso respecto de los principios y valores de la ética pública.
El éxito de esta transformación dependerá de contar con personas servidoras públicas altamente
capacitadas, tanto en lo técnico como en lo ético.
Con este objetivo del Programa Institucional se apoyará el Programa Especial para la Eficiencia de la
Gestión Pública 2025-2030, particularmente su objetivo 4 Dignificar a las personas servidoras públicas de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para generar mayor valor público.
6.6 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP con los objetivos y
estrategias del PRONAFIDE 2025-2030
Los cinco objetivos del Programa Institucional se vinculan con el objetivo 2 del PRONAFIDE referente a
Fortalecer los ingresos tributarios y no tributarios del sector público presupuestario para impulsar el
financiamiento de programas e inversión que contribuyan al desarrollo económico del país.
En el caso de los objetivos 1 al 4, se corresponden con la estrategia 2.7 de dicho objetivo que establece
Acompañar en el fortalecimiento financiero de los organismos y empresas públicas, y disminuir las
transferencias de recursos fiscales a las mismas.
Por su parte, el objetivo 5 del Programa Institucional se vincula con la estrategia 2.5 del PRONAFIDE que
indica Abatir la corrupción documentada y no documentada a través de la investigación y seguimiento, con la
finalidad de disminuir el fraude fiscal.
Objetivos del Programa
Institucional 2025-2030 del INDEP
Objetivos del PRONAFIDE
2025-2030
Estrategias del PRONAFIDE
2025-2030
Objetivos 1, 2, 3 y 4
Objetivo 2
Fortalecer los ingresos tributarios y
no tributarios del sector público
presupuestario para impulsar el
financiamiento de programas e
inversión
que
contribuyan
al
desarrollo económico del país.
Estrategia 2.7
Acompañar en el fortalecimiento
financiero de los organismos y
empresas públicas, y disminuir las
transferencias de recursos fiscales
a las mismas.
Objetivo 2
Objetivo 5
Mejorar las pensiones de las
personas
trabajadoras
sin
menoscabar
la
sostenibilidad
financiera
del
sistema
de
pensiones y fortalecer la estrategia
de
gestión
de
riesgos
para
proteger
a
las
personas
en
situación de vulnerabilidad, así
como
la
infraestructura
y
el
patrimonio gubernamental
Estrategia 5.1
Consolidar la operación del Fondo
de Pensiones para el Bienestar
para otorgar un complemento que
iguale la pensión al último salario a
las personas trabajadoras de 65
años de edad y cuya pensión sea
igual o menor a 16,777.68 pesos
(incrementado
anualmente
con
base a la inflación)
Objetivo 5
Objetivo 2
Estrategia 2.5
Abatir la corrupción documentada
y no documentada a través de la
investigación y seguimiento, con la
finalidad de disminuir el fraude
fiscal.
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7. Estrategias y líneas de acción
Para alcanzar los objetivos del Programa Institucional 2025-2030 del INDEP, se considerarán las
estrategias y líneas de acción siguientes:
Objetivo 1. Un marco jurídico del INDEP adecuado a su nuevo enfoque funcional
Estrategia 1.1 Reformas al marco jurídico
Formular el proyecto de modificaciones al marco jurídico del INDEP para lograr su alineamiento con el
nuevo enfoque y Misión Institucional del instituto
Línea de acción
1.1.1 Identificar las propuestas de modificación al marco jurídico del INDEP para atender los requerimientos
derivados de su nueva misión y enfoque funcional, así como su justificación y efectos.
1.1.2 Revisar por las diferentes áreas del INDEP la propuesta de reformas al marco jurídico del instituto, para
generar un documento consensuado, con solidez argumentativa y jurídica.
1.1.3 Presentar el proyecto de reformas al marco jurídico del INDEP a las autoridades de la SHCP y a la Junta
de Gobierno del instituto, con el fin de recibir, en su caso, su aprobación e indicaciones.
Estrategia 1.2 Acompañamiento legislativo
Acompañar el proceso legislativo de las reformas al marco jurídico del INDEP, con el fin de apoyar su
desarrollo en los términos previstos por la normativa
Línea de acción
1.2.1 Establecer una coordinación permanente con la CJEF para realizar un adecuado desarrollo del proceso.
1.2.2 Participar en las reuniones de trabajo a las que sea requerido el instituto por la CJEF y las instancias de
apoyo al H. Congreso de la Unión, para que las reformas discurran adecuadamente.
1.2.3 Elaborar un cronograma para ajustarlo a los tiempos legislativos.
Objetivo 2. Liquidación de empresas y conclusión de encargos
Estrategia 2.1 Juicios y laudos
Implementar acciones para atender de manera integral, con un carácter preventivo y correctivo, la
problemática de los juicios y laudos, con el fin de evitar presiones financieras al INDEP
Línea de acción
2.1.1 Identificar las principales causas de las demandas que afectan los intereses del instituto, a efecto de su
atención preventiva y solución conforme a la normativa aplicable.
2.1.2 Emitir directrices que permitan unificar la actuación del instituto en los conflictos laborales.
2.1.3 Definir esquemas para convenir soluciones viables, observantes de la normativa, con el fin de proteger
los intereses del instituto.
2.1.4 Homologar criterios para clasificar y registrar la información de los juicios y laudos por las Empresas y
Encargos, a fin de apoyar su gestión eficiente.
Estrategia 2.2 FNML
Resolver los problemas que afectan el avance del proceso liquidador y actualizar el PEL mediante los ejes
estratégicos siguientes: Apoyo a los Proyectos Estratégicos establecidos en el PND, Liquidación de Activos
Remanentes, Restauración Ambiental y Atención a Jubilados, a fin de concluir dicho proceso
Línea de acción
2.2.1 Actualizar el PEL, a efecto de concluir el proceso liquidador eficientemente y en los plazos previstos.
2.2.2 Suscribir el Convenio Marco y los convenios particulares con el INSUS, para avanzar en la asignación
del destino de los inmuebles que no sean susceptibles de comercializarse o donarse.
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Línea de acción
2.2.3 Establecer la coordinación necesaria con las instituciones de la APF, como es el caso de la SICT, así
como con las unidades administrativas del INDEP correspondientes, a efecto de fortalecer la gestión
administrativa de los inmuebles y avanzar en el proceso de su transferencia.
2.2.4 Actualizar el inventario de inmuebles, a fin de conocer su situación actual y estar en posibilidad de darles
un destino.
2.2.5 Identificar y cuantificar los inmuebles susceptibles, para apoyar las estrategias de desarrollo urbano y
construcción de viviendas, así como los de infraestructura ferroviaria considerados en el PND.
2.2.6 Diseñar e implementar un programa para la remediación ambiental de los inmuebles que no han
concluido con este proceso, a fin de que no generen problemas al entorno físico y social en el que se ubican.
2.2.7 Definir la entidad que se hará cargo de las obligaciones de largo plazo con el personal jubilado, para
realizar la transferencia.
Estrategia 2.3 LFCL
Transitar a la entidad que dará continuidad a las obligaciones de largo plazo con personas jubiladas y
beneficiarias del SCVJS, así como de juicios, para informar a la SENER y a la CIGFD la conclusión de la
liquidación de LFCL
Línea de acción
2.3.1 Definir la entidad y los mecanismos legales y financieros idóneos para transferir la administración de las
obligaciones de largo plazo, con la finalidad de obtener las autorizaciones y recursos presupuestarios
necesarios.
2.3.2 Disminuir las actividades residuales, para asegurar que, al cierre de LFCL, se reciba la menor cantidad
de asuntos y concluir eficientemente la liquidación del organismo.
2.3.3 Atender las obligaciones con las personas jubiladas de LyFC y beneficiarias del SCVJ; así como las
demandas de los grupos de personas extrabajadoras y jubiladas, con el fin de que su gestión se mantenga
dentro de los cauces institucionales y con observancia del marco legal aplicable.
2.3.4 Fortalecer los mecanismos de información y atención de las personas extrabajadoras y jubiladas de
LyFC; así como otorgar la asesoría que requieran, a fin de mantener una comunicación ágil y transparente.
Estrategia 2.4 FNDL
Subsanar los factores que afectan el avance del proceso de liquidación del organismo y cumplir con las
acciones establecidas en su PEL, para concluirlo en los términos y plazos fijados
Línea de acción
2.4.1 Modificar el PEL y obtener su aprobación, para lograr su correspondencia con las actuales
circunstancias de la financiera.
2.4.2 Implementar un programa para la recuperación de cartera, enfocado a mujeres y pequeños productores,
a efecto de lograr el cumplimiento del pago de la cartera viable de recuperación.
2.4.3 Presentar al INDEP aquellas propuestas de pago viables para su aprobación, a efecto de monetizar los
activos financieros.
2.4.4 Administrar la recuperación de la cartera judicializada, para el adecuado registro, seguimiento y
supervisión del avance procesal.
2.4.5 Mejorar la gestión de los expedientes de los activos financieros; así como del traslado y resguardo de
sus documentos valor, para su correcta integración y evitar riesgos de extravío o deterioro.
2.4.6 Recuperar bienes muebles e inmuebles, que fueron adjudicados por sentencias ejecutoriadas o
daciones en pago de los activos financieros, para transferirlos al INDEP.
2.4.7 Transferir al INDEP los bienes muebles e inmuebles, así como los activos financieros, para su atención y
comercialización con la finalidad de contribuir al patrimonio del Fondo de Pensiones del Bienestar.
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Estrategia 2.5 NOTIMEXL
Realizar las acciones del proceso liquidador, mediante la monetización de los bienes muebles e
inmuebles; la transferencia de la Fototeca al Archivo General de la Nación; el pago de pasivos y concluir la
transferencia de expedientes al archivo de concentración en el INDEP, para la conclusión del proceso
Línea de acción
2.5.1 Concluir la transferencia al INDEP del inmueble propiedad de la extinta Notimex, a efecto de que se
defina su destino.
2.5.2 Obtener la opinión jurídica y normativa del área competente respecto al destino final del Sistema de Aire
Inteligente instalado en el inmueble de Baja California 200, Colonia Roma, a efecto de avanzar en el retiro y
transferencia de los bienes (SITE y FOTOTECA).
2.5.3 Concluir con la identificación del inventario final de bienes muebles y realizar la gestión administrativa
para su transferencia al INDEP.
2.5.4 Dar cumplimiento a las resoluciones laborales que en su momento emitan las Autoridades
Jurisdiccionales y ejecutarlas conforme a derecho, a fin de evitar problemas legales al INDEP.
2.5.5 Atender las obligaciones fiscales que en su momento generó la extinta Agencia de Noticias
(INFONAVIT, IMSS, SAT), a efecto de avanzar en la liquidación.
2.5.6 Finiquitar los adeudos a proveedores que hayan justificado y comprobado la prestación del servicio y
satisfecho los requisitos establecidos en la LFPRH, a efecto de concluir eficientemente la liquidación del
organismo.
Estrategia 2.6 Fideicomisos y empresas en proceso de conclusión, con actividades residuales o
con convenios de cesión de derechos y obligaciones
Extinguir total o parcialmente los fideicomisos públicos y privados en los que el instituto funge como
fiduciario sustituto; realizar el seguimiento a las actividades en trámite de las Empresas; así como gestionar
adecuadamente el cumplimiento de las obligaciones del FOPESIBAN, a efecto de cumplir con los mandatos
del instituto
Línea de acción
2.6.1 Impulsar la extinción de los fideicomisos para reducir el costo de su administración.
2.6.2 Fortalecer el sistema de gestión y control para aumentar la eficacia y eficiencia en la extinción de los
fideicomisos y en la administración del FOPESIBAN.
2.6.3 Sistematizar el padrón de jubilados, pensionados y derechohabientes de FOPESIBAN, a efecto de dar
certeza al pago de nómina, los derechohabientes tengan acceso al servicio médico y se otorguen
correctamente los beneficios al fallecimiento.
2.6.4 Fortalecer la programación, presupuestación y contratación de los servicios médicos y demás
contrataciones estrictamente necesarias del FOPESIBAN, a efecto de cumplir oportunamente los fines del
fideicomiso.
2.6.5 Impulsar con las autoridades competentes la baja de los registros patronales de las empresas para dar
cumplimiento total a las actividades finales consideradas en los planes estratégicos de liquidación.
2.6.6 Dar seguimiento y atención hasta su conclusión, a los procesos litigiosos cedidos con el fin de
desvincular al instituto de cualquier obligación; y dar cumplimiento oportuno a las resoluciones definitivas para
evitar incrementos en las contingencias.
Estrategia 2.7 Empresas en administración y activos financieros crediticios y no crediticios
Fortalecer la administración de las empresas aseguradas, decomisadas y abandonadas, así como de los
activos financieros crediticios y no crediticios, encomendados al INDEP, mediante la instrumentación de
acciones administrativas y legales para garantizar su integridad y destino final
Línea de acción
2.7.1 Administrar las empresas aseguradas, decomisadas y abandonadas, dentro de los cauces normativos e
institucionales establecidos, para garantizar su conservación hasta que se determine su destino final.
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Línea de acción
2.7.2 Actualizar los procedimientos vinculados a las empresas en administración, para garantizar su
trazabilidad y transparencia.
2.7.3 Fortalecer los cauces de comunicación con las autoridades competentes para formalizar y dar
seguimiento a los procesos de transferencia al INDEP de empresas y sus bienes asociados.
2.7.4 Implementar un plan integral de evaluación técnica y financiera de los activos que sean recibidos en el
INDEP, para asegurar su correcta administración y gestión operativa.
2.7.5 Establecer mecanismos de seguimiento normativo y operativo en la gestión de activos financieros, para
reducir riesgos administrativos y jurídicos.
2.7.6 Digitalizar de manera integral la documentación relacionada con los activos financieros, con base en los
procesos administrativos institucionales, para apoyar su gestión transparente, ágil y accesible.
2.7.7 Promover alianzas estratégicas con organismos financieros nacionales e internacionales, para obtener
asesoría y cooperación técnica que permita la implementación de mejores prácticas globales en el manejo de
los activos financieros.
2.7.8 Actualizar los procedimientos que sean necesarios, vinculados con la administración y preparación de
activos, para fortalecer la cultura institucional de honestidad y eficiencia.
2.7.9 Instrumentar las acciones legales pertinentes para garantizar la integridad patrimonial de las empresas
en administración provenientes de aseguramientos y decomisos derivados de procesos penales federales.
2.7.10 Implementar y supervisar, en sus distintas etapas, los procesos de concurso mercantil, en los que el
instituto sea designado como especialista concursal.
Objetivo 3. Gestión eficiente de los bienes transferidos
Estrategia 3.1 Transferencia de los bienes
Atender los problemas estructurales que se presentan en la transferencia de bienes, a fin de coadyuvar a
su desarrollo eficiente
Línea de acción
3.1.1 Aplicar el criterio de costo, estado físico, funcionamiento y situación jurídica, en la aceptación de las
solicitudes de las entidades transferentes, con objeto de evitar la transferencia de una gran cantidad de bienes
de ínfimo valor, inferior a su costo de administración.
3.1.2 Revisar el criterio del costo de los bienes, para determinar la factibilidad de su transferencia al INDEP,
con objeto de aumentar el valor promedio de los bienes transferidos al instituto.
3.1.3 Modificar el marco jurídico para asignar al INDEP la atribución para decidir el destino de los bienes
transferidos, a fin de apoyar la eficiencia del proceso y la generación de mayores recursos.
3.1.4 Reducir los tiempos del proceso, mediante una ágil dictaminación de las solicitudes de transferencia, así
como fortalecer la capacidad de transporte, personal y almacenamiento; y, en su caso, convenir con las
Entidades Transferentes su resguardo y otras acciones, para apoyar su desarrollo adecuado.
3.1.5 Modificar los formatos de las actas de entrega-recepción y las fichas técnicas, para que describan los
elementos esenciales de los bienes transferidos, a fin de apoyar la formulación correcta del Inventario.
3.1.6 Realizar las acciones necesarias para la formulación del inventario de bienes muebles con los elementos
suficientes para conocer su dimensionamiento objetivo y su valorización, así como la caracterización
adecuada de los bienes.
3.1.7 Adecuar las unidades de medida y la cuantificación de los bienes del inventario, con objeto de que sus
cifras sean objetivas respecto de su composición y magnitud.
3.1.8 Ajustar la normativa institucional para que, desde la transferencia de los bienes, se incluya información
sobre su valor, a efecto de apoyar una adecuada conformación y valoración del inventario.
3.1.9 Agilizar la entrega y registro de la información y expedientes de los bienes recibidos, por el área
receptora del instituto, al área administradora, para apoyar una eficiente gestión del proceso de
administración.
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Estrategia 3.2 Administración
Atender la problemática crítica de este proceso, para que su desarrollo sea eficiente y coadyuve a la
realización adecuada de los demás procesos
Línea de acción
3.2.1 Reducir el tiempo para poner a disposición del área de comercialización los bienes para su venta y
establecer parámetros de referencia, a fin de apoyar su ágil enajenación y disminuir los costos de
administración.
3.2.2 Realizar el inventario de bienes de larga estancia en el instituto; los de muy bajo valor; en mal estado y
los minerales, que sea la base para formular un programa emergente de destrucción, donación y enajenación,
a fin de depurar el inventario y reducir los costos de su manejo.
3.2.3 Reducir los costos de vigilancia y almacenamiento de los bienes, así como su aseguramiento mediante
una planeación y ejecución oportuna y eficaz de su contratación a fin de disponer oportunamente de estos
servicios, así como fortalecer la supervisión para su cumplimiento.
3.2.4 Establecer criterios y políticas institucionales, así como las acciones necesarias para reducir el periodo
de regularización de los expedientes de los bienes inmuebles, a efecto de que procedan oportunamente a la
fase de su realización y destino.
3.2.5 Gestionar con eficiencia el proceso de recuperación, reparación o resarcimiento de daños o faltantes en
los inventarios por causas de insuficiencias en el servicio del tercero especializado, a fin de que no se afecten
los intereses del instituto.
3.2.6 Implementar estrategias de verificación y supervisión periódicas en sitio, del inventario de bienes para
garantizar su existencia y mantenimiento adecuado, a efecto de apoyar las estrategias para su gestión
eficiente.
3.2.7 Implantar las mejores prácticas para la administración de inventarios de bienes que sean factibles para
el instituto, a efecto de su manejo con eficiencia.
Estrategia 3.3 Conclusión o Destino
Subsanar los factores que obstaculizan la eficiencia del proceso sobre el destino de los bienes, a fin de
disminuir costos y aumentar los ingresos remanentes
Línea de acción
3.3.1 Formular e implementar un programa emergente para la devolución, destrucción, donación y
enajenación de los bienes de larga estancia, así como de aquellos cuya permanencia sea incosteable e
igualmente los de ínfimo valor o en mal estado, para el saneamiento del inventario.
3.3.2 Realizar un análisis costo-beneficio para determinar si los bienes deben mantenerse, venderse o
donarse, así como priorizar la desincorporación de bienes cuyo costo de administración excede su valor de
mercado.
3.3.3 Mejorar la gestión en el proceso de conclusión o destino de los bienes, para reducir el tamaño del
inventario.
3.3.4 Simplificar la normativa y establecer metas para la donación y destrucción de bienes, a fin de disminuir
los costos de administración.
3.3.5 Atender las áreas de mejora que presenta el proceso de comercialización, a efecto de incrementar el
número de bienes vendidos, mejorar su precio de venta, así como disminuir la cancelación de las ventas y la
devolución de bienes.
3.3.6 Apoyar las acciones desarrolladas mediante el Tianguis del Bienestar, para atender a la población más
necesitada, y disminuir la magnitud del inventario de bienes.
3.3.7 Incrementar el número de bienes para las subastas que realice el instituto, a fin de aumentar sus
ingresos y disminuir el inventario de bienes.
3.3.8 Aumentar la enajenación de inmuebles, mediante la regularización de sus expedientes, con el fin de
disminuir los costos de administración e incrementar los ingresos para el instituto en este concepto.
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Estrategia 3.4 Integralidad y transversalidad en la gestión de bienes
Efectuar la gestión de los bienes con una perspectiva de integralidad y transversalidad, con el objeto de
incrementar la eficiencia y oportunidad en el desarrollo de los procesos (transferencia, administración y
destino)
Línea de acción
3.4.1 Constituir el Comité de Gestión de Bienes con la participación de las áreas involucradas, para garantizar
la integralidad y transversalidad de los procesos, y formular un programa de trabajo, indicadores y metas, con
objeto de coadyuvar a que esos procesos se realicen de manera eficiente.
3.4.2 Establecer mecanismos, criterios y políticas institucionales de monitoreo y evaluación del proceso de
gestión de los bienes, a fin de identificar sus fortalezas y áreas de oportunidad que permitan su desarrollo
adecuado.
3.4.3 Diseñar e implementar un sistema de información integral respecto de la gestión de los bienes, para que
todas las áreas manejen y utilicen cifras unívocas respecto al proceso de gestión de bienes.
Estrategia 3.5 Desarrollo tecnológico
Fortalecer las acciones de coordinación con la ATDT en materia de desarrollo tecnológico, a efecto de
disponer de sistemas que apoyen la gestión eficiente del instituto
Línea de acción
3.5.1 Mantener una coordinación permanente con la ATDT a fin de continuar con su apoyo para el desarrollo
tecnológico del instituto.
3.5.2 Formular el diagnóstico de necesidades tecnológicas de las unidades responsables del INDEP a efecto
de contar con una base para el desarrollo del programa de actividades en la materia.
3.5.3 Formular coordinadamente con la ATDT un programa de actividades para la formulación e
implementación de los sistemas actualizados de información.
3.5.4 Realizar el monitoreo y evaluación del funcionamiento y resultados de los sistemas de información, con
el fin de que cumplan con su carácter de herramientas estratégicas, para la eficiencia del proceso de gestión
de los bienes.
3.5.5 Fortalecer los enlaces tecnológicos con las entidades transferentes, bajo los criterios de
interoperabilidad y eficiencia, de conformidad con las disposiciones y lineamientos emitidos por la ATDT y
autoridades competentes, para apoyar un desarrollo ágil y eficiente de las acciones realizadas conjuntamente.
Objetivo 4. Normativa institucional y control interno
Estrategia 4.1 Actualización de la normativa institucional
Identificar la normativa institucional que necesite actualizarse, simplificarse o integrarse y efectuar el
proceso correspondiente, para disponer de un cuerpo normativo adecuado y congruente con el marco jurídico
del INDEP
Línea de acción
4.1.1 Integrar grupos de trabajo para formular el diagnóstico de las normas internas del INDEP, a fin de
identificar y justificar las susceptibles de modificación.
4.1.2 Elaborar un programa de trabajo para llevar a cabo la modificación de las normas internas del INDEP
identificadas, a efecto de su adecuación con el marco jurídico del instituto y su nuevo enfoque funcional.
4.1.3 Realizar el monitoreo y evaluación de la aplicación y resultados de las normas internas modificadas,
para conocer su impacto en la eficacia y eficiencia de la gestión del INDEP, y plantear su modificación o
ajuste, de ser el caso, para mantener un círculo virtuoso de mejora.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
237
Estrategia 4.2 Fortalecimiento del control interno
Fortalecer el sistema de control interno para apoyar el logro de los objetivos del INDEP con su nuevo
enfoque y Misión Institucional
Línea de acción
4.2.1 Realizar, con base en un ejercicio participativo, la identificación de los riesgos más relevantes que
limitan o pueden limitar el alcance de los objetivos institucionales del instituto en su nueva fase.
4.2.2 Determinar los mecanismos y acciones de control para la administración de los riesgos identificados.
4.2.3 Desarrollar una estrategia de sensibilización y concientización entre todo el personal del INDEP respecto
de la importancia del control interno, a fin de lograr su compromiso con sus valores y principios.
4.2.4 Efectuar el monitoreo sobre la aplicación de los mecanismos de control establecidos para revisar su
aplicación efectiva.
4.2.5 Evaluar la efectividad del control interno respecto de los resultados estratégicos alcanzados por el
INDEP, para identificar en su caso áreas de oportunidad en los sistemas y mecanismos de control del
instituto.
Objetivo 5. Capacidad profesional y ética pública
Estrategia 5.1 Capacitación para una formación técnica de excelencia
Fortalecer el programa de capacitación técnica para el personal, a fin de apoyar el desarrollo de sus
actividades y una adecuada gestión del INDEP
Línea de acción
5.1.1 Formular de manera participativa e implementar un programa de capacitación en materia de
administración y enajenación de empresas, bienes y activos del sector público, para incrementar las
capacidades técnicas de las personas servidoras públicas.
5.1.2 Identificar las áreas de mejora que presenta la gestión del INDEP y las insuficiencias en sus resultados,
para que sean la base de atención de programas de capacitación específicos.
5.1.3 Realizar la capacitación preferentemente en la modalidad de talleres conducidos por el personal del
INDEP a fin del intercambio de experiencias, para un mejor resultado y ahorro de recursos, con la integración
de manuales de los temas impartidos en los talleres, e incorporarlos al INTRAINDEP.
5.1.4 Efectuar evaluaciones sobre el resultado de las acciones de capacitación en la gestión del instituto, con
el fin de identificar sus áreas de oportunidad y apoyar su mejora e impactos.
Estrategia 5.2 Ética pública
Fortalecer el programa y campaña de sensibilización en las materias de servicio público, valores rectores,
ética pública y sus temas transversales, para profundizar el compromiso con sus principios
Línea de acción
5.2.1 Consolidar la observancia de los valores y principios rectores del Código de Ética y del Código de
Conducta del INDEP, como guías del comportamiento profesional de las personas servidoras públicas, para
orientar su actuación en el instituto.
5.2.2 Fortalecer en el programa de capacitación del INDEP los temas de servicio público, ética pública y sus
temas transversales para lograr su mayor integralidad.
5.2.3 Realizar la capacitación en materia de Ética Pública preferentemente por la modalidad de talleres
conducidos por el personal del INDEP a fin del intercambio de experiencias, para un mejor resultado y ahorro
de recursos.
5.2.4 Efectuar evaluaciones sobre el resultado de las acciones de capacitación con el fin de identificar sus
áreas de oportunidad y apoyar su mejora e impactos.
238
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
8. Indicadores y metas
Indicador del objetivo 1
Indicador 1.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Propuestas de Reformas al Marco Jurídico
Objetivo
Disponer de un marco jurídico que permita generar mayores recursos para destinarlos, con enfoque social, al
bienestar de la población.
Definición o descripción
Medir la proporción de propuestas de reformas legales al marco jurídico actual del INDEP, en relación con las
reformas necesarias identificadas.
Derecho asociado
Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración
Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración,
enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP
Nivel de desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o periódico
Acumulado: número de propuestas identificadas
Disponibilidad de la
información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
enero a diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Dirección Corporativa Jurídica del
INDEP
Método de cálculo
PRMJ=(NPRL/NRNI) * 100
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Porcentaje de Propuestas de
Reformas al Marco Jurídico
(PRMJ)
Valor variable 1
0
Fuente
de
información
variable 1
INDEP y las
entidades
transferentes
Nombre variable 2
Número de propuestas de
Reformas Legales
(NPRL)
Valor variable 2
0
Fuente
de
información
variable 2
INDEP y las
entidades
transferentes
Nombre variable 3
Número de reformas
necesarias identificadas
(NRNI)
Valor variable 3
X
Fuente
de
información
variable 3
INDEP y las
entidades
transferentes
Sustitución en método
de cálculo
PRMJ = ( 0 / X ) * 100
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
NA
No aplica, debido a que el indicador es nuevo
Año
NA
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
90%
Realizar al menos el 90% de las Propuestas de Reformas al
Marco Jurídico del INDEP, identificadas como necesarias.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
239
Indicador del objetivo 2
Indicador 2.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Cumplimiento del proceso de liquidación de las empresas
Objetivo
Lograr una eficaz, eficiente y transparente administración, liquidación y destino de las empresas, activos
financieros y encargos responsabilidad del INDEP
Definición o descripción
Avance del proceso de liquidación de las empresas respecto de lo previsto en los PEL
Derecho asociado
Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración
Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración,
enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP
Nivel de desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o periódico
Acumulado: porcentaje de avance
proyectado en el proceso de las
liquidaciones
Disponibilidad de la
información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
enero a diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Dirección Corporativa de Administración y
Liquidación de Activos del INDEP
Método de cálculo
ARPLE = (PAFNML+PALFCL+PAFNDL+PANTMX/4) * 100
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Avance Real del Proceso
de Liquidación de las
Empresas (ARPLE)
Valor
variable 1
0
Fuente
de
información
variable 1
Informes de Avance de
las Empresas en
Desincorporación
Nombre variable 2
Porcentaje de Avance del
Proceso de Ferrocarriles
Nacionales de México en
Liquidación
(PAFNML)
Valor
variable 2
0
Fuente
de
información
variable 2
Informes de Avance de
las Empresas en
Desincorporación
Nombre variable 3
Porcentaje de Avance del
Proceso de Luz y Fuerza
del Centro en Liquidación
(PALFCL)
Valor
variable 3
0
Fuente
de
información
variable 3
Informes de Avance de
las Empresas en
Desincorporación
Nombre variable 4
Porcentaje de Avance del
Proceso de Financiera
Nacional de Desarrollo
Agropecuario, Rural,
Forestal y Pesquero, en
Liquidación
(PAFNDL)
Valor
variable 4
0
Fuente
de
información
variable 4
Informes de Avance de
las Empresas en
Desincorporación
Nombre variable 5
Porcentaje de Avance del
Proceso de Notimex,
Agencia de Noticias del
Estado Mexicano en
Liquidación
(PANTMX)
Valor
variable 5
0
Fuente
de
información
variable 5
Informes de Avance de
las Empresas en
Desincorporación
Sustitución en método
de cálculo
ARPLE =( 0+0+0+0 ) / 4
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
NA
No aplica, debido a que el indicador es nuevo
Año
NA
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
100%
Concluir el 100% del proceso de liquidación
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
240
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Indicadores del objetivo 3
Indicador 3.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Índice de bienes enajenados
Objetivo
Lograr una eficaz, eficiente y transparente administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes
transferidos al INDEP
Definición o descripción
Número de bienes enajenados respecto al número de bienes seleccionados para ese fin
Derecho asociado
Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración
Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración,
enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP
Nivel de desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia
de medición
Anual
Acumulado o periódico
Periódico: número de bienes enajenados
Disponibilidad de la
información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
enero a diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Dirección Corporativa de Bienes del
INDEP
Método de cálculo
IBE = ( NBE / NBSPE) *100
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Índice de bienes
enajenados (IBE)
Valor variable 1
0
Fuente
de
información
variable 1
Personal del
INDEP
Nombre variable 2
Número de bienes
enajenados (NBE)
Valor variable 2
0
Fuente
de
información
variable 2
Personal del
INDEP
Nombre variable 3
Número de bienes
seleccionados para su
enajenación (NBSPSE)
Valor variable 3
X
Fuente
de
información
variable 3
Personal del
INDEP
Sustitución en método
de cálculo
IOB=(0/X) * 100
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
NA
No aplica, debido a que el indicador es nuevo
Año
NA
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
70%
Enajenar al menos el 70% de los bienes seleccionados para ese fin
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
241
Indicador 3.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
3.2 Índice de actualización del sistema de información para una gestión eficiente de los bienes del INDEP
Objetivo
Lograr una eficaz, eficiente y transparente administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes
transferidos al INDEP
Definición o descripción
Índice de avance en la formulación e implementación del Sistema de Información
Derecho asociado
Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración
Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración,
enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP
Nivel de desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o periódico
Acumulado: número acciones realizadas.
Disponibilidad de la
información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
enero a diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Dirección Corporativa de Bienes
del INDEP
Método de cálculo
IAFIS = ( ARFIS / APFIS ) *100
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Índice de avance en la
formulación e implementación
del sistema (IAFIS)
Valor
variable 1
0
Fuente
de
información
variable 1
Personal del
INDEP
Nombre variable 2
Acciones realizadas para la
formulación e implementación
del Sistema (ARFIS)
Valor
variable 2
0
Fuente
de
información
variable 2
Personal del
INDEP
Nombre variable 3
Acciones programadas para la
formulación e implementación
del Sistema (APFIS)
Valor
variable 3
X
Fuente
de
información
variable 3
Personal del
INDEP
Sustitución en método
de cálculo
IAFIS =(0/X) * 100
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
NA
No aplica, debido a que el indicador es nuevo.
Año
NA
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
100%
Realizar el 100% de las acciones programadas para la
formulación e implementación del Sistema.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
242
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Indicadores del objetivo 4
Indicador 4.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Índice de actualización de la normativa institucional
Objetivo
Actualizar la normativa del instituto y fortalecer el control interno a efecto de lograr eficacia y eficiencia en la
administración, enajenación, destrucción, liquidación y destino de los bienes, activos y empresas.
Definición o descripción
Documentos normativos reformados respecto de los que requieren actualización
Derecho asociado
Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración
Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración,
enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP
Nivel de desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o periódico
Acumulado: número de normas actualizadas
desde el inicio de la administración.
Disponibilidad de la
información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
enero a diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Dirección Corporativa Jurídica del INDEP
Método de cálculo
IANI =(NAC/NPA) * 100
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Índice de Actualización
de normas del instituto
(IANI)
Valor variable 1
0
Fuente
de
información
variable 1
Personal del
INDEP
Nombre variable 2
Normas actualizadas
(NAC)
Valor variable 2
0
Fuente
de
información
variable 2
Personal del
INDEP
Nombre variable 3
Normas programadas
para actualizar
(NPA)
Valor variable 3
X
Fuente
de
información
variable 3
Personal del
INDEP
Sustitución en método
de cálculo
ANI=(0/X) * 100
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
NA
No aplica, debido a que el indicador es nuevo
Año
NA
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
90%
Actualizar al menos el 90% de la Normativa programada por
actualizar.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
243
Indicador 4.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Fortalecimiento del control interno del instituto
Objetivo
Fortalecer el control interno del instituto a efecto de lograr eficacia y eficiencia en la administración, enajenación,
destrucción, liquidación y destino de los bienes, activos o empresas
Definición o descripción
Riesgos por mayores administrados correctamente por el sistema de control
Derecho asociado
Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración
Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración,
enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP
Nivel de desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia
de medición
Anual
Acumulado o periódico
Acumulado: cumplimiento de las acciones
de mejora y de control
Disponibilidad de la
información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección de
los datos
enero a diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Dirección Corporativa de
Administración y Finanzas
Método de cálculo
CAMC = (NAMCR / NAMCP) * 100
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Porcentaje de cumplimiento
de las acciones de mejora y
de control (CAMC)
Valor
variable 1
0
Fuente
de
información
variable 1
Personal del
INDEP
Nombre variable 2
Número de acciones de
mejora y control realizadas
(NAMCR)
Valor
variable 2
0
Fuente
de
información
variable 2
Personal del
INDEP
Nombre variable 3
Número de acciones de
mejora y control
programadas (NAMCP)
Valor
variable 3
X
Fuente
de
información
variable 2
Personal del
INDEP
Sustitución en método
de cálculo
NRAIA = ( 0 / X ) * 100
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
NA
No aplica, debido a que el indicador es nuevo
Año
NA
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
100%
Administrar correctamente el 100% de los riesgos de alto
impacto administrados por el sistema de control
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
244
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Indicador del objetivo 5
Indicador 5.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Personal calificado que desempeña actividades sustantivas, calificado en administración de empresas, activos y
bienes
Objetivo
Basar el funcionamiento del INDEP en personas con una capacidad profesional y técnica de excelencia, y una
sólida ética y compromiso institucional
Definición o descripción
Fortalecer el programa de capacitación técnica para el personal, a fin de apoyar el desarrollo de sus actividades y
una adecuada gestión del INDEP
Derecho asociado
Artículo 76 de la LFAEBSP, el cual establece que el INDEP es un organismo descentralizado de la Administración
Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene por objeto la administración,
enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas, señalados en la LFAEBSP
Nivel de desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o periódico
Acumulado: Porcentaje de personal
calificado
Disponibilidad de la
información
Febrero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
enero a diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Dirección Corporativa de
Administración y Finanzas
Método de cálculo
PPC = NPDASC / NPDAS
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2024 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable 1
Porcentaje de personas
que desempeña
actividades sustantivas y
están capacitadas (PPC)
Valor variable 1
0
Fuente
de
información variable 1
Personal del INDEP
Nombre variable 2
Número de personas que
desempeña actividades
sustantivas, capacitado
(NPDASC)
Valor variable 2
0
Fuente
de
información variable 2
Personal del INDEP
Nombre variable 3
Número de personas que
desempeña actividades
sustantivas (NPDAS)
Valor variable 3
X
Fuente
de
información variable 2
Personal del INDEP
Sustitución en método
de cálculo
PPC = ( 0 / X ) * 100
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
NA
No aplica, debido a que el indicador es nuevo
Año
NA
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
100%
Capacitar al 100% de las personas que desempeña actividades
sustantivas
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
Se deberán registrar los valores de acuerdo con la frecuencia de medición del indicador.
Puede registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
METAS
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
______________________________
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
245
COMISION REGULADORA DE TELECOMUNICACIONES
ACUERDO mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones suspende
plazos y términos de todos los trámites, servicios y procesos instaurados ante la Comisión Reguladora
de Telecomunicaciones.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Transformación Digital.-
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.- Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE TELECOMUNICACIONES
SUSPENDE PLAZOS Y TÉRMINOS DE TODOS LOS TRÁMITES, SERVICIOS Y PROCESOS INSTAURADOS ANTE LA
COMISIÓN REGULADORA DE TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en los artículos 6o, párrafos tercero y cuarto, apartado B, fracciones II y III, y 28, párrafo
décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 7, 10, fracción I, 11,
12, fracción I, y 25 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 1, 4, 28, 29 y 30 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 28, párrafo décimo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
establece que el Ejecutivo Federal, a través de la dependencia encargada de elaborar y conducir las políticas
de telecomunicaciones y radiodifusión, garantizará el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las
telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en la propia Constitución y en los términos que fijen las leyes;
Que de conformidad con los artículos 26, fracción XXII y 42 Ter, fracción III, de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones es
la dependencia del Poder Ejecutivo Federal encargada de elaborar y conducir las políticas de
telecomunicaciones y radiodifusión del Gobierno Federal;
Que el 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide
la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y se abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones
y Radiodifusión;
Que el artículo 7 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión señala que, la Comisión
Reguladora de Telecomunicaciones es un órgano administrativo desconcentrado de la Agencia de
Transformación Digital y Telecomunicaciones, con independencia técnica, operativa y de gestión, cuyo objeto
es garantizar el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión, en los términos que fija la
Constitución, dicha Ley y las demás disposiciones jurídicas aplicables;
Que el artículo 10 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión prevé las atribuciones que
le corresponden a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, siendo que el diverso artículo 11, dispone
que el Pleno de la Comisión es el órgano máximo de gobierno y decisión;
Que el artículo 12 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, primer párrafo dispone
que corresponde originariamente al Pleno el ejercicio de las facultades establecidas en el diverso artículo 10;
Que el artículo 25 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión dispone que el Pleno
ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los acuerdos y resoluciones de carácter
general que pronuncie y de aquellos en que así lo determine;
Que mediante comunicación oficial de fecha 6 de octubre de 2025 la Titular del Ejecutivo Federal sometió
a la ratificación de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, la designación de las
Personas Comisionadas del Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones;
246
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Que el 14 de octubre de 2025 en sesión ordinaria el Pleno del Senado de la República ratificó los
nombramientos realizados por la Presidenta de la República para integrar el Pleno de la Comisión Reguladora
de Telecomunicaciones;
Que el 16 de octubre de 2025 la Titular del Ejecutivo Federal designó a la persona Comisionada que
fungirá como Persona Comisionada Presidenta de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, con lo
que, de conformidad con lo establecido en el artículo cuarto transitorio del Decreto del 16 de julio de 2025, se
tiene como integrado el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones;
Que al día siguiente de la integración del Pleno de la Comisión, entraron en vigor las reformas a los
párrafos décimo quinto a vigésimo del artículo 28 Constitucional emitidas mediante el Decreto por el que se
reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de simplificación orgánica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de
diciembre de 2024 y se abrogó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión;
Que derivado de los procedimientos de rendición de cuentas del extinto Instituto Federal de
Telecomunicaciones y de entrega-recepción correspondiente de las Personas Servidores Públicas que
se encontraban adscritas a dicho organismo autónomo, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones se
encuentra realizando el análisis de la información recibida, así como los ajustes necesarios en sus sistemas
institucionales, a efecto de garantizar la adecuada tramitación de los asuntos a su cargo;
Por lo anterior, y a fin de dar certeza y seguridad jurídica a los regulados, el Pleno de la Comisión
Reguladora de Telecomunicaciones emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se suspenden a partir del 07 de noviembre de 2025 y hasta el 14 de noviembre de 2025, los
plazos y términos de todos los trámites y procedimientos a cargo de la Comisión Reguladora de
Telecomunicaciones, con la finalidad de dar certeza y seguridad jurídica a los trámites y procedimientos
que realicen los regulados.
SEGUNDO.- La recepción de documentos en la Oficialía de Partes de la Comisión Reguladora de
Telecomunicaciones continuará funcionando en días y horas hábiles, en el domicilio ubicado en Insurgentes
Sur, número 1143, colonia Nochebuena, demarcación territorial Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Portal de internet
de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.
SEGUNDO.- Todas las actuaciones realizadas del 07 de noviembre de 2025 al 14 de noviembre de 2025
serán válidas para todos los efectos legales a que haya lugar.
Comisionada Presidenta, Norma Solano Rodríguez.- Rúbrica.- Comisionados: Ledénika Mackensie
Méndez González, María de las Mercedes Olivares Tresgallo, Adán Salazar Garibay, Tania Villa
Trápala.- Rúbricas.
Acuerdo P/CRT/EXT/07112025/021, aprobado por unanimidad en la Tercera Sesión Extraordinaria del
Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, celebrada el 7 de noviembre de 2025.
Lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafo décimo sexto de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 7, 11, 19, fracción IV, 20, fracción I y 24 de la Ley en Materia de
Telecomunicaciones y Radiodifusión.
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DIARIO OFICIAL
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PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de
Inconstitucionalidad 137/2024.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia
de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 137/2024
PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
PONENTE: MINISTRA YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
COTEJÓ
SECRETARIO: ALEJANDRO FÉLIX GONZÁLEZ PÉREZ
ÍNDICE TEMÁTICO
Apartado
Criterio y decisión
Pág.
I.
COMPETENCIA
El Tribunal Pleno es competente para conocer del presente
asunto.
6
II.
PRECISIÓN
DE
LAS
NORMAS
RECLAMADAS
Se tienen por impugnados los artículos 102, fracciones I,
inciso d), y II, inciso d), así como 106, fracción V, de la Ley de
Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformados mediante
Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa
entidad federativa el diez de junio de dos mil veinticuatro.
7
III.
OPORTUNIDAD
El escrito inicial es oportuno.
8
IV.
LEGITIMACIÓN
El escrito inicial fue presentado por parte legitimada.
8
V.
CAUSAS
DE
IMPROCEDENCIA
Y
SOBRESEIMIENTO
Se desestima la causa de improcedencia hecha valer por la
titular del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes, toda
vez que en el proceso legislativo de las normas impugnadas
se encuentra involucrado el Poder Ejecutivo.
10
VI.
ESTUDIO DE FONDO
Se divide en dos subapartados
11
VI.1. Estudio sobre los artículos 102,
fracción I, inciso d), y 106, fracción V,
de la Ley de Movilidad del Estado de
Aguascalientes.
Se desestima
11
VI.2. Estudio sobre el artículo 102,
fracción II, inciso d), de la Ley de
Movilidad del Estado de Aguascalientes.
Se declara la invalidez del artículo 102, fracción II, inciso d),
de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes.
13
VII.
EFECTOS
La declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a partir de la
notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del
referido Estado.
17
VIII.
DECISIÓN
PRIMERO. Es procedente y parcialmente fundada la presente
acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se desestima en la presente acción de
inconstitucionalidad respecto de los artículos 102, fracción I,
inciso d), y 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado
de Aguascalientes, reformados mediante el Decreto Número
704, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad
federativa el diez de junio de dos mil veinticuatro.
TERCERO. Se declara la invalidez del artículo 102, fracción II,
inciso d), de la referida Ley de Movilidad del Estado de
Aguascalientes, la cual surtirá sus efectos a partir de la
notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del
referido Estado.
CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la
Federación,
en
el
Periódico
Oficial
del
Estado
de
Aguascalientes, así como en el Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta.
17
248
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
137/2024
PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL
DE LOS DERECHOS HUMANOS
VISTO BUENO
SRA. MINISTRA
PONENTE: MINISTRA YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
COTEJÓ
SECRETARIO: ALEJANDRO FÉLIX GONZÁLEZ PÉREZ
Ciudad de México. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión
correspondiente al treinta de septiembre de dos mil veinticinco, emite la siguiente:
SENTENCIA
Mediante la cual se resuelve la acción de inconstitucionalidad 137/2024, promovida por la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (en adelante, CNDH), en contra de los artículos 102, fracciones I, inciso
d), y II, inciso d); así como el artículo 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes,
reformados mediante Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el diez
de junio de dos mil veinticuatro.
ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA DEMANDA
1.
Presentación del escrito inicial. Mediante escrito recibido el diez de julio de dos mil veinticuatro en el
Buzón Judicial de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación y registrado el once de julio siguiente en
la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de este Alto Tribunal, la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos, por conducto de su Presidenta, promovió acción de inconstitucionalidad en contra
de los artículos 102, fracciones I, inciso d) y II, inciso d); así como 106, fracción V, de la Ley de Movilidad
del Estado de Aguascalientes, reformados mediante Decreto Número 704, publicado en el Periódico
Oficial de esa entidad federativa el diez de junio de dos mil veinticuatro.
2.
Preceptos constitucionales y convencionales que se estiman violados. La accionante estima
violentados los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
3.
Conceptos de invalidez. En su único concepto de invalidez, la Comisión promovente expuso
lo siguiente:
Los artículos 102, fracciones I, inciso d), y II, inciso d), así como el artículo 106, fracción V, de la
Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, vulneran el derecho a la seguridad jurídica y el
principio de legalidad, al exigir que, para la expedición o renovación de licencia de conducción
de vehículos, la persona interesada debe manifestar que no cuenta con enfermedades,
padecimientos o cualquier condición física que limite o impida llevar a cabo esa acción.
Las disposiciones combatidas establecen los requisitos que se deben satisfacer para la
expedición y/o renovación de licencias para conducir vehículos motorizados para personas
mayores de edad, o bien, si se trata de permisos para aquellas personas menores de dieciocho
años de edad; no obstante, en cualquiera de los supuestos se coincide con la exigencia de
“manifestar, en su caso, que no se cuenta con enfermedades, padecimientos o cualquier
condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción de vehículos
motorizados”.
De tal forma que el Congreso local no fue cuidadoso al redactar las disposiciones en combate,
ya que se apoyó de conceptos demasiado complejos, cuya valoración debe hacerse desde el
ámbito médico y no administrativo.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
249
Es decir, el hecho que se deba hacer del conocimiento de la autoridad competente si quien
solicita el trámite referido tiene alguna enfermedad, padecimiento o condición física, para que
aquella determine si tal situación pudiera incidir en la conducción de algún vehículo motorizado,
refleja que esa valoración no se realizará con base en cuestiones objetivas ni médicas, sino
solamente por la apreciación subjetiva de quien lleve el trámite respectivo.
En ese sentido, el legislador habilitó al personal administrativo de la Secretaría de Seguridad
Pública local para determinar de forma discrecional cuáles enfermedades, padecimientos o
condiciones físicas constituyen una limitación o impedimento para la conducción de vehículos
motorizados, a pesar de que no se encuentren calificados para realizar evaluaciones sobre
tales supuestos.
Por otro lado, derivado de la redacción de los artículos impugnados, se advierte que pudieran
afectar la esfera jurídica de personas que viven con alguna discapacidad que no sea física,
pues si bien no está dirigía a ese colectivo, también es cierto que las normas pudieran
constituirse como una barrera legal que impediría su plena inclusión en igualdad de
condiciones.
Es decir, las normas impugnadas no precisan alguna medida encaminada a ajustar el modelo
de tramitación de la licencia o permiso de conducir, pues en caso de discapacidades físicas la
ley local sí cuenta con medidas específicas en su artículo 107, pero no para quienes viven con
alguna deficiencia mental o psico-social.
4.
Admisión y trámite. Mediante proveído de uno de agosto de dos mil veinticuatro, la entonces
Ministra Presidenta de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó formar y registrar el
expediente de la presente acción de inconstitucionalidad con el número 137/2024. En este mismo
acuerdo turnó el expediente a la Ministra Yasmín Esquivel Mossa para su trámite y elaboración del
proyecto correspondiente.
5.
Posteriormente, por acuerdo de dos de septiembre de dos mil veinticuatro, la Ministra Instructora admitió
a trámite el presente asunto, ordenó dar vista a los Poderes Legislativo y Ejecutivo, ambos del Estado de
Aguascalientes para que rindieran sus respectivos informes; requirió al órgano ejecutivo para que
exhibiera copia certificada del Periódico Oficial estatal en el que conste su publicación y, ordenó dar vista
a la Fiscalía General de la República y a la Consejería Jurídica del Gobierno Federal para que antes del
cierre de instrucción, manifestaran lo que a su respectiva representación correspondiera.
6.
Informe del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes. Por escrito recibido el veinticinco de
octubre de dos mil veinticuatro en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de este Alto
Tribunal, la diputada Nancy Jeanette Gutiérrez Ruvalcaba, quien se ostenta como Presidenta de la Mesa
Directiva y representante legal del Congreso del Estado de Aguascalientes, rindió el informe solicitado en
los siguientes términos:
Los artículos 102 y 106 de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes mejoran y
complementan los requisitos para la obtención y renovación de licencias y permisos de
conducir, así como las reglas para la procedencia de la renovación electrónica.
En esencia, la reforma a los artículos impugnados obedeció a lo ordenado por el artículo 7-A de
la Constitución local, el cual señala que la mejora regulatoria es una política de Estado
obligatoria para todas las autoridades estatales y municipales en sus respectivos ámbitos de
competencia, cuyo objetivo es elevar la competitividad y productividad, así como garantizar
el máximo bienestar para la sociedad y la transparencia.
7.
Informe del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes. Por escrito recibido el cuatro de
noviembre de dos mil veinticuatro en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta
Suprema Corte, Eduardo Ismael Aguilar Sierra, en su carácter de Titular de la Consejería Jurídica del
250
DIARIO OFICIAL
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Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes, rindió el informe solicitado, argumentando que la titular
del Poder Ejecutivo de dicho Estado únicamente promulgó y ordenó la publicación de la adición de la ley
impugnada en acatamiento a los artículos 32, 35 y 46, fracción I, de la Constitución Política del Estado
de Aguascalientes.
8.
Asimismo, argumentó que las disposiciones reclamadas no implican una violación a los derechos
de las personas que quieran acceder a las licencias y permisos, sino que garantizan la seguridad de
la ciudadanía.
9.
Cierre de la instrucción. Mediante proveído de ocho de enero de dos mil veinticinco, la Ministra
instructora hizo constar que las partes no formularon alegatos y decretó el cierre de instrucción en la
acción de inconstitucionalidad a efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente.
I. COMPETENCIA
10. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver la presente
acción de inconstitucionalidad, en términos de lo dispuesto por los artículos 105, fracción II, inciso g) de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos1; 1o. de la Ley Reglamentaria de las
Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos2; y 16,
fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación publicada en el Diario Oficial de la
Federación el veinte de diciembre de dos mil veinticuatro3, toda vez que la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos plantea la posible contradicción de diversas disposiciones de la Ley de Movilidad del
Estado de Aguascalientes y la Constitución Federal.
II. PRECISIÓN DE LAS NORMAS RECLAMADAS
11. Del examen integral de la demanda de acción de inconstitucionalidad, se advierte que la Comisión
promovente reclama los artículos 102, fracciones I, inciso d), y II, inciso d); así como el artículo 106,
fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformados mediante Decreto
Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el diez de junio de dos mil
veinticuatro, los artículos impugnados son del texto siguiente:
ARTÍCULO 102.- Para obtener la licencia de conducción de vehículos, previo pago de
derechos, el interesado presentará la solicitud respectiva, debiendo cumplir con los
requisitos que a continuación se enlistan, atendiendo al tipo solicitado:
I.
De Automovilista:
d) Manifestar, en su caso, que no se cuenta con enfermedades, padecimientos o
cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción
de vehículos motorizados;
1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
“Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos
siguientes: […]
II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta
Constitución.
Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma,
por: […]
g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de
tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos
consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Asimismo, los organismos de protección de
los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas. […].”
2 Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 1. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá y resolverá con base en las disposiciones del presente Título, las
controversias constitucionales en las que se hagan valer violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las
acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. A falta de disposición expresa, se estará a las prevenciones del Código Federal de Procedimientos Civiles.
3 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
“Artículo 16. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá:
I. De las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. […].”
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II.
De operador:
d) Manifestar, en su caso, que nos e (sic) cuenta con enfermedades, padecimientos, o
cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción
de vehículos motorizado (sic);
ARTÍCULO 106.- Las personas menores de dieciséis años podrán solicitar por intermedio
de sus padres o representantes legales la expedición y/o renovación del permiso para
conducir vehículos motorizados de servicio particular, de manera física o electrónica, previo
pago de los derechos correspondientes, además de entregar la copia del permiso para
conducir que se pretenda renovar, o en su defecto, proporcionar el número de dicho
permiso y contar con la validación de la SSP sobre la inexistencia de algún impedimento
judicial o administrativo para conducir vehículos de motor. Deberá además satisfacer los
siguientes requisitos:
V. Manifestar, en su caso, que no se cuenta con enfermedades, padecimientos o
cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción
de vehículos motorizados;
III. OPORTUNIDAD
12. El artículo 60 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos4 establece que el plazo para la presentación de la acción de
inconstitucionalidad es de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al que se publicó la
norma impugnada.
13. En el caso, el artículo impugnado fue adicionado mediante Decreto número 704, publicado en el
Periódico Oficial de la entidad federativa, el diez de junio de dos mil veinticuatro; por tanto, conforme
a lo establecido en el párrafo anterior, el plazo legal para promover la presente acción de
inconstitucionalidad transcurrió del once de junio al diez de julio, de dos mil veinticuatro.
14. Ahora bien, el escrito de demanda del presente medio de control constitucional fue recibido el diez de
julio de dos mil veinticuatro en el Buzón Judicial de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo
que, debe concluirse que su presentación resulta oportuna.
IV. LEGITIMACIÓN
15. La acción de inconstitucionalidad fue presentada por parte legítima.
16. Legitimación en la causa. El artículo 105, fracción II, inciso g), de la Constitución Federal dispone que
esta Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá de las acciones de inconstitucionalidad
ejercitadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra de leyes de carácter federal y
local, así como tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.
17. La demanda de esta acción de inconstitucionalidad es promovida por la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos en contra de los artículos 102, fracciones I, inciso d), y II, inciso d), así como el
artículo 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformados mediante
Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el diez de junio de dos
mil veinticuatro; por lo que en términos del artículo señalado en el párrafo que precede, se encuentra
facultada para tal efecto, toda vez que hace valer violaciones a los derechos de seguridad jurídica así
como el principio de legalidad.
4 Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
“Artículo 60. El plazo para ejercitar la acción de inconstitucionalidad será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la
fecha en que la ley o tratado internacional impugnado sean publicados en el correspondiente medio oficial. Si el último día del plazo fuese
inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente.
...”
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18. Legitimación en el proceso. Los artículos 15, fracciones I y XI, de la Ley de la Comisión Nacional de
los Derechos Humanos5 y 18 de su Reglamento Interno6, otorgan a la persona en que recaiga la
Presidencia la representación legal de dicho órgano, así como la facultad para promover el presente
medio de control constitucional.
19. En ese sentido, obra en autos copia certificada del Acuerdo de doce de noviembre de dos mil diecinueve
emitido por la Mesa Directiva del Senado de la República, mediante el cual se hace constar que, en
sesión de siete de noviembre del mismo año, se designó como Presidenta de la Comisión Nacional de
los Derechos Humanos a María del Rosario Piedra Ibarra, por un periodo de cinco años, comprendido
del dos mil diecinueve al dos mil veinticuatro.
20. En consecuencia, toda vez que la acción de inconstitucionalidad fue promovida por María del Rosario
Piedra Ibarra, en su carácter de Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se debe
colegir que dicha servidora pública tiene legitimación en el proceso.
V. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO
21. La titular del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes argumentó que la acción de
inconstitucionalidad resulta improcedente, toda vez que la promulgación y publicación del Decreto
impugnado es una obligación del Ejecutivo en términos de lo dispuesto en los artículos 32, 35 y 46,
fracción I, de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes.
22. Al respecto, dicho argumento se desestima toda vez que en el proceso legislativo de las normas
impugnadas se encuentra involucrado el Poder Ejecutivo, pues, al promulgarlas y publicarlas, le da plena
validez y eficacia. Como se observa de la jurisprudencia P.J. 38/2010, de rubro “ACCIÓN DE
INCONSTITUCIONALIDAD. DEBE DESESTIMARSE LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA PLANTEADA
POR EL PODER EJECUTIVO LOCAL EN QUE ADUCE QUE AL PROMULGAR Y PUBLICAR LA
NORMA IMPUGNADA SÓLO ACTUÓ EN CUMPLIMIENTO DE SUS FACULTADES.”
23. Finalmente, al no existir otro motivo de improcedencia planteado por las partes ni advertirse alguno de
oficio por este Tribunal Pleno, se procede a realizar el estudio de fondo.
VI. ESTUDIO DE FONDO
24. La Comisión promovente sostiene que los artículos 102, fracciones I, inciso d), y II, inciso d), así como el
diverso 106, fracción V; de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, vulneran el derecho a la
seguridad jurídica y el principio de legalidad, al exigir que para la expedición o renovación de licencia de
conducción de vehículos, la persona interesada debe “manifestar, en su caso, que no se cuenta con
enfermedades, padecimientos o cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la
conducción de vehículos motorizados”.
25. Lo anterior, porque la persona interesada no puede conocer con exactitud cuáles son las condiciones
que efectivamente constituyen un impedimento para conducir, pues dicha calificación dependerá de la
valoración discrecional de la autoridad correspondiente.
26. Por cuestión de metodología, el estudio de fondo se divide en los siguientes subapartados.
5 Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
“Artículo 15. El Presidente de la Comisión Nacional tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
I.- Ejercer la representación legal de la Comisión Nacional; […]
XI.- Promover las acciones de inconstitucionalidad, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de
tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos
reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte, y, […]”
6 Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
“Artículo 18. La Presidencia es el órgano ejecutivo de la Comisión Nacional. Está a cargo de un presidente, al cual le corresponde ejercer,
de acuerdo con lo establecido en la Ley, las funciones directivas de la Comisión Nacional y su representación legal.”
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DIARIO OFICIAL
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VI.1. Estudio sobre los artículos 102, fracción I, inciso d), y 106, fracción V, de la Ley de Movilidad
del Estado de Aguascalientes
27. Respecto a estas disposiciones, el proyecto proponía declarar la invalidez de los artículos 102,
fracciones I, inciso d), y 106, fracción V; de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, por
vulnerar el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad, al exigir como requisito para la
expedición o renovación de licencia de conducción de vehículos motorizados, tratándose del tipo de
licencia de Automovilista así como para las personas menores de dieciséis años: “manifestar, en su
caso, que no se cuenta con enfermedades, padecimientos o cualquier condición física que limite o
impida a la persona interesada la conducción de vehículos motorizados”.
28. Lo anterior, porque las normas impugnadas generaban incertidumbre sobre su interpretación y
aplicación, toda vez que los términos “enfermedades”, “padecimientos” y “condiciones físicas”,
resultaban indeterminados e imprecisos, lo que permitiría que fuera la autoridad quien arbitrariamente
calificara el perfil de las personas solicitantes con base en determinaciones subjetivas.
29. Sin embargo, al ser sometida a votación, la propuesta no alcanzó la mayoría calificada prevista en el
artículo 72, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
30. Por lo tanto, se desestima en la presente acción de inconstitucionalidad respecto de los artículos 102,
fracciones I, inciso d), y 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes;
reformados mediante Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el
diez de junio de dos mil veinticuatro.
VI.2. Estudio sobre el artículo 102, fracción II, inciso d), de la Ley de Movilidad del Estado
de Aguascalientes
31. El concepto de invalidez de la Comisión accionante es esencialmente fundado, como se
expondrá enseguida.
32. El principio de seguridad jurídica, en términos generales, ha sido precisado por este Alto Tribunal como
el inequívoco conocimiento del resultado que provendrá de la eventual aplicación de las normas.
33. La seguridad jurídica, prevista en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, no debe entenderse en el sentido de que la ley ha de señalar de manera especial y precisa
un procedimiento para regular cada una de las relaciones que se entablen entre las autoridades y los
particulares, sino que debe contener los elementos mínimos para hacer valer el derecho del gobernado
de forma que, sobre este aspecto, la autoridad no incurra en arbitrariedades; para lo cual es innecesario
que en todos los supuestos de la ley se deba detallar extremadamente, pero siempre que la intención
legislativa se encuentre definida de manera sencilla para evidenciar la forma en que debe hacerse valer
el derecho por el particular7.
34. En el área de la técnica legislativa, no es exigible la definición de cada una de las palabras y/o
enunciados empleados en la creación de normas, pero para que ello sea posible, los vocablos tendrán
que ser de uso común y de indudable comprensión para los destinatarios, sin condicionar su
constitucionalidad al hecho de que describan el significado de los vocablos utilizados en su redacción.
35. No obstante, para que ello suceda, es un imperativo que el legislador evite o disminuya la utilización de
conceptos, expresiones, ideas o palabras que provoquen la imprecisión, oscuridad, ambigüedad,
confusión o contradicción de las normas, ya que ello podría tener como resultado que los gobernados no
tengan conocimiento de a qué se atienen o si, por el contrario, cumplen con los elementos fijados en la
norma correspondiente para actuar de alguna manera precisa o ejercer determinado derecho.
7 Cfr. Jurisprudencia 2a./J. 144/2006 “GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA. SUS ALCANCES”, Semanario Judicial de la Federación y
su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIV, octubre de 2006, página 351, Registro digital: 174094 que este Pleno comparte.
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36. Ahora bien, los artículos impugnados por la Comisión accionante son del siguiente contenido:
“ARTÍCULO 102.- Para obtener la licencia de conducción de vehículos, previo pago de
derechos, el interesado presentará la solicitud respectiva, debiendo cumplir con los
requisitos que a continuación se enlistan, atendiendo al tipo solicitado:
[…]
II. De operador:
d) Manifestar, en su caso, que nos e (sic) cuenta con enfermedades, padecimientos, o
cualquier condición física que limite o impida a la persona interesada la conducción
de vehículos motorizado (sic);”
[…]”
37. Efectivamente, el precepto establece los requisitos para obtener la licencia de conducción de vehículos
para las licencias de operador, particularmente requiere que la persona solicitante declare si cuenta
con alguna enfermedad, padecimiento o condición física que limite su capacidad para conducir
vehículos motorizados.
38. A juicio de este Alto Tribunal, la norma analizada genera incertidumbre sobre su interpretación y
aplicación, toda vez que los términos “enfermedades”, “padecimientos” y “condiciones físicas” son
indeterminados e imprecisos, lo que permite que sea la autoridad quien arbitrariamente califique el perfil
de las personas solicitantes con base en determinaciones subjetivas.
39. Esto, porque de conformidad con el artículo 100 de la propia Ley de Movilidad del Estado de
Aguascalientes, las licencias y permisos de conducir para automovilistas, operadores y motociclistas,
serán expedidos y renovados por el Gobierno del Estado de Aguascalientes a través de la Secretaría de
Seguridad Pública.
40. De esa forma, la imprecisión en los términos utilizados no puede tener una connotación o significado
uniformemente aceptable para todos, ya que esos conceptos entrañan una valoración eminentemente
subjetiva.
41. Así, la evaluación que hará el servidor público de la Secretaría de Seguridad Pública para determinar si
una persona interesada en obtener licencia de conducir vehículo acredita ese requisito, no depende ni
parte de ningún parámetro objetivo, sino que se sujeta a criterios subjetivos que la persona que evalúa
estime relevantes o adecuados para concluir si tiene o no una enfermedad, padecimiento o condición
física que limite o impida la conducción de vehículos motorizados.
42. Además, dicho requisito, por su ambigüedad y falta de uniformidad en su apreciación, se traduce en una
forma de discriminación para los solicitantes de las licencias de conducir, en la medida que genera un
ambiente de incertidumbre donde no se pueda anticipar cómo se aplicará la norma en al caso particular
de las personas interesadas.
43. En ese sentido, si un funcionario decide que una determinada condición de salud es un impedimento
para la conducción sin consultar a un médico profesional, es claro que la decisión queda subordinada a
la plena voluntad del juicio valorativo y del orden discrecional de quienes los designan.
44. Por las consideraciones anteriores es que se determina que es fundado el concepto de invalidez
planteado por la promovente y, en consecuencia, se declara la invalidez del artículo 102, fracción II,
inciso d), de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformado mediante Decreto Número
704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad federativa, el diez de junio de dos mil veinticuatro.
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DIARIO OFICIAL
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45. Finalmente, a juicio de este Tribunal Pleno, la invalidez decretada no representa una permisión
indiscriminada para la obtención de licencias de conducción de vehículos motorizados, puesto que
diversas fracciones del propio 102 analizado, referente a la licencia de operador8, contemplan la
necesidad de acreditar el curso sobre el conocimiento de la Ley de Movilidad local con especial énfasis
en los derechos que tengan incidencia en la modalidad del servicio en la que se vaya a desempeñar, así
como aprobar los exámenes teórico, psicométrico y audiovisual. Todo lo cual constituyen medidas
razonables para garantizar que las personas se encuentran aptas para obtener su licencia de manejo.
VII. EFECTOS
46. En razón de lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41, fracciones IV y V, y 45,
párrafo primero, en relación con el 73, todos de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo
105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las sentencias dictadas en acciones de
inconstitucionalidad deberán establecer sus alcances y efectos, fijando con precisión, las normas o actos
respecto de los cuales operen y todos aquellos elementos necesarios para su plena eficacia en el ámbito
que corresponda.
47. Conforme a las consideraciones desarrolladas, la declaración de invalidez del artículo 102, fracción II,
inciso d), de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformado mediante Decreto Número
704, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad, el diez de junio de dos mil veinticuatro, surtirá sus
efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la presente sentencia al Congreso del
Estado de Aguascalientes.
VIII. DECISIÓN
48. Por lo expuesto y fundado, el Tribunal Pleno resuelve
PRIMERO. Es procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se desestima en la presente acción de inconstitucionalidad respecto de los artículos 102,
fracción I, inciso d), y 106, fracción V, de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, reformados
mediante el Decreto Número 704, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diez de
junio de dos mil veinticuatro.
TERCERO. Se declara la invalidez del artículo 102, fracción II, inciso d), de la referida Ley de Movilidad
del Estado de Aguascalientes, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de estos puntos
resolutivos al Congreso del referido Estado.
CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del
Estado de Aguascalientes, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Notifíquese, haciéndolo por medio de oficio a las partes, y en su oportunidad, archívese el expediente.
Así lo resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
En relación con el punto resolutivo primero:
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero
García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto de los apartados del I al V relativos, respectivamente, a la
competencia, precisión de las normas reclamadas, a la oportunidad, a la legitimación y a las causas de
improcedencia y sobreseimiento.
8 ARTÍCULO 102.- Para obtener la licencia de conducción de vehículos, previo pago de derechos, el interesado presentará la solicitud
respectiva, debiendo cumplir con los requisitos que a continuación se enlistan, atendiendo al tipo solicitado:
II. De operador:
e) Acreditar al (sic) curso sobre el conocimiento de esta Ley con especial énfasis en los derechos que tengan incidencia en la modalidad del
servicio en la que se vaya a desempeñar, así como aprobar los exámenes teórico, psicométrico y audiovisual, de conformidad con los
lineamientos y demás disposiciones que se aplique para tal efecto;
IV. Acreditar el curso sobre el conocimiento de esta Ley, así como aprobar los exámenes teórico, psicométrico y audiovisual, de conformidad
con los lineamientos y demás disposiciones que se apliquen para tal efecto;
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En relación con el punto resolutivo segundo:
Se expresó una mayoría de cinco votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo,
Ríos González, Esquivel Mossa y Guerrero García, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo,
consistente en declarar la invalidez de los artículos 102, fracción I, inciso d), y 106, fracción V, de la Ley
de Movilidad del Estado de Aguascalientes. Las personas Ministras Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf,
Figueroa Mejía y Presidente Aguilar Ortiz votaron en contra.
Dado el resultado obtenido, el Tribunal Pleno determinó desestimar el planteamiento consistente en
declarar la invalidez del precepto referido, al no alcanzar una mayoría calificada, con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 72 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En relación con el punto resolutivo tercero:
Se aprobó por mayoría de seis votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo,
Ríos González, Esquivel Mossa, Figueroa Mejía y Guerrero García, respecto del apartado VI, relativo al
estudio de fondo, consistente en declarar la invalidez del artículo 102, fracción II, inciso d), de la Ley de
Movilidad del Estado de Aguascalientes. Las personas Ministras Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf y
Presidente Aguilar Ortiz votaron en contra.
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero
García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto del apartado VII, relativo a los efectos, consistente en
determinar que las declaratorias de invalidez decretadas surtan a partir de la notificación de los puntos
resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Aguascalientes.
En relación con el punto resolutivo cuarto:
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero
García y Presidente Aguilar Ortiz.
El señor Ministro Presidente Aguilar Ortiz declaró que el asunto se resolvió en los términos precisados.
Doy fe.
Firman el señor Ministro Presidente y la señora Ministra ponente con el Secretario General de Acuerdos,
quien da fe.
Presidente, Ministro Hugo Aguilar Ortiz.- Firmado electrónicamente.- Ponente, Ministra Yasmín Esquivel
Mossa.- Firmado electrónicamente.- Secretario General de Acuerdos, Licenciado Rafael Coello Cetina.-
Firmado electrónicamente.
EL LICENCIADO RAFAEL COELLO CETINA, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE
DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de doce fojas útiles,
concuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente de la sentencia emitida en la acción de
inconstitucionalidad 137/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos dictada por el
Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión de treinta de septiembre de dos mil
veinticinco. Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la Federación.- Ciudad de
México, a veintidós de octubre de dos mil veinticinco.- Rúbrica.
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BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2025, Año de la Mujer Indígena''.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS
EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco
de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de
cambio obtenido el día de hoy fue de $18.2982 M.N. (dieciocho pesos con dos mil novecientos ochenta y dos
diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
Ciudad de México, a 12 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico,
Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael
Toledo Polis.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez
Martínez.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena".
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10o. del Reglamento Interior del Banco
de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su
Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo
de 28 días obtenida el día de hoy, fue de 7.5198%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.5663%;
y a plazo de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.6341%.
Ciudad de México, a 12 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico,
Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael
Toledo Polis.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez
Martínez.- Rúbrica.
TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena".
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10o. del Reglamento Interior del Banco
de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su
Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil
bancario en moneda nacional determinada el día de hoy, fue de 7.26 por ciento.
Ciudad de México, a 11 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico,
Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael
Toledo Polis.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado, Lic. Carlos Miguel Vélez
Martínez.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES DE LA FUERZA AEREA MEXICANA
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional, cuya convocatoria contiene las bases
de participación disponibles para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/.
No. de licitación
LA-07-110-007000999-N-27-2026
Objeto de la licitación.
Contratación de servicios a componentes de Helicópteros
UH-60M.
Fecha de publicación en Compras MX.
4 de noviembre de 2025.
Junta de Aclaraciones.
08:00 Hs., 14 Nov. 2025.
Presentación y Apertura de Proposiciones.
09:00 Hs., 21 Nov. 2025.
Fallo.
10:00 Hs., 4 Dic. 2025.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025.
EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M.
EL TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M., JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570320)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES DE LA FUERZA AEREA MEXICANA.
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional, cuya convocatoria contiene las bases
de participación disponibles para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/.
No. de licitación
LA-07-110-007000999-N-685-2025
Objeto de la licitación.
Servicio de mantenimiento integral, para los equipos de
navegación, comunicación, electrónicos, eléctricos e
instrumentos de la flota aérea de la Guardia Nacional.
Fecha de publicación en Compras MX.
31 de octubre de 2025.
Junta de Aclaraciones.
08:00 Hs., 5 Nov. 2025.
Presentación y Apertura de Proposiciones.
09:00 Hs., 12 Nov. 2025.
Fallo.
10:00 Hs., 2 Dic. 2025.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 31 DE OCTUBRE DE 2025.
EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M.
EL TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M., JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570318)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta
en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien, en la Subdirección de Adquisiciones ubicada en domicilio
Carretera Federal 140-D km 1.5, Municipio de Oriental, Estado de Puebla, Teléfono: conmutador 27-68-90-
88-64 ext. 1254, 1253 y 1249, los días de lunes a viernes del año en curso de las 09:00 a 14:00 horas.
Carácter, medio y No. de Licitación
L.P.E.I.B.C.T., No. LA-07-112-007000997-T-629-2025.
Objeto de la Licitación
Adquisición de horno eléctrico industrial automático con
quenching choque térmico para piezas de aluminio.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en la Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas Compras MX
7-noviembre-2025.
En su caso, fecha y hora para
realizar la visita a instalaciones
25 y 26-noviembre-2025, 08:00 -15:00 horas.
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
4-diciembre-2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
22-diciembre-2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
8-enero-2026, 09:00 horas.
MUNICIPIO DE ORIENTAL, ESTADO DE PUEBLA, A 7 DE NOVIEMBRE DE 2025.
JEFE DE LA MESA DE PUBLICACIONES Y APERTURAS
SBTTE. O.I.M., ALEJANDRO VELAZQUEZ SANCHEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570396)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES DE LA FUERZA AEREA MEXICANA
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados,
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/.
No. de licitación
LA-07-110-007000999-T-692-2025
Objeto de la licitación.
Mantenimiento
integral,
preventivo,
programado
y
correctivo; así como reparación y suministro de partes,
componentes, equipo y herramienta especial para los
Helicópteros marca Sikorsky “Blackhawk”, modelos S-70a
y UH60M, que forman parte de la flota aérea de la
Guardia Nacional.
Fecha de publicación en Compras MX.
4 de noviembre de 2025.
Junta de Aclaraciones.
08:00 Hs., 11 Nov. 2025.
Presentación y Apertura de Proposiciones.
09:00 Hs., 18 Nov. 2025.
Fallo.
10:00 Hs., 8 Dic. 2025.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025.
EL JEFE DE LA SECCION ADQUISICIONES DE LA F.A.M.
EL TTE. COR. F.A.A.M.A. E.M., JOSE LEHI TOLEDO CISNEROS
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570319)
260
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES DE TRANSPORTES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y 42 de su Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública
Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-07-110-007000999-T-701-2025, cuya
convocatoria contiene las bases de participación y únicamente estará disponible para su consulta en Internet:
http://comprasmx.hacienda.gob.mx;
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-T-701-2025.
Objeto de la Licitación.
Construcción de la 5/a. Sección del Hospital Central
Militar Especialidades Pediátricas” (adquisición de
vehículos)
Volumen a Adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de Publicación en Compras MX
7 de noviembre de 2025.
Visita a Instalaciones:
Ninguna.
Junta de Aclaraciones:
08:00 hs., 19 Nov. 2025
Presentación y Apertura de Proposiciones:
08:00 hs., 27 Nov. 2025
Fallo:
12:00 hs., 17 Dic. 2025
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 7 DE NOVIEMBRE DE 2025.
EL JEFE DE LA SECC. ADQS. TPTES.
TTE. COR. INF. MARCELO BALTAZAR EUAN CIME
RUBRICA.
(R.- 570381)
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
COORDINACION DE ADQUISICIONES CONSOLIDADAS DE BIENES Y SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la LAASSP, se informa a los interesados en participar en
licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se
desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de
contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
Carácter, medio y No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
LA-06-400-006400001-N-1-2026
Objeto de la Licitación
Servicio de suministro de vales de despensa,
electrónicos y/o impresos en papel, para las
prestaciones mensuales y/o de única ocasión para el
ejercicio fiscal 2026.
Volumen a adquirir
Se detalla en la convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
10 de noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
19 de noviembre de 2025 9:30 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
26 de noviembre de 2025 9:30 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
27 de noviembre de 2025 17:30 horas.
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
COORDINADOR DE ADQUISICIONES CONSOLIDADAS DE BIENES Y SERVICIOS
LIC. OSCAR BAUTISTA HERNANDEZ
RUBRICA.
(R.- 570376)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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SECRETARIA DE SALUD
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitación pública, que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato, se encuentra disponible para su consulta en:
http://comprasmx.buengobierno.gob.mx, o bien, en el domicilio de la convocante en: Marina Nacional número
60, piso 12, Colonia Tacuba, C.P. 11410, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Ciudad de México, en días
hábiles del año en curso de las 9:00 a 18:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
LA-12-512-012000991-N-220-2025 Licitación Pública
Nacional Electrónica.
Objeto de la Licitación
Servicios
Relacionados
con
la
Certificación
y
Acreditación de Procesos InDRE
Fecha de publicación en CompraNet
10 de noviembre de 2025
Junta de Aclaraciones
13 de noviembre de 2025 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
21 de noviembre de 2025 10:00 horas
Visita a Instalaciones del licitante
Conforme a lo establecido en el Anexo Técnico
Fallo
27 de noviembre de 2025 10:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
LIC. ROSALBA ARAGON PEREDO
RUBRICA.
(R.- 570329)
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE
INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta
en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/, y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica número
LA-09-J0U-009J0U001-N-158-2025
Objeto de la Licitación
Contratación de los servicios administrados
del centro de operaciones de seguridad (SOC)
y seguridad perimetral para CAPUFE.
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en la página
de la plataforma Compras MX
06/11/2025
Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones
13/11/2025, 10:00 horas.
Fecha y hora para realizar la visita a instalaciones
No habrá visitas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
21/11/2025, 10:00 horas
Fecha y Hora para emitir el fallo
01/12/2025, 13:00 horas
CUERNAVACA, MORELOS, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
GERENTE DE RECURSOS MATERIALES
LIC. GABRIELA HERNANDEZ BALTAZAR
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570395)
262
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE
INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta
en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/, y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica número
LA-09-J0U-009J0U001-N-159-2025
Objeto de la Licitación
Adquisición
de
mobiliario,
equipo
de
administración,
y
equipo
médico
y
de
laboratorio, para uso en los centros de trabajo
adscritos a las Subgerencias de Operación de
las Unidades Regionales de la Red FONADIN.
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en la página de la plataforma
Compras MX
07/11/2025
Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones
19/11/2025, 13:00 horas.
Fecha y hora para realizar la visita a instalaciones
No habrá visitas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
27/11/2025, 10:00 horas
Fecha y Hora para emitir el fallo
02/12/2025, 13:00 horas
CUERNAVACA, MORELOS, A 7 DE NOVIEMBRE DE 2025.
GERENTE DE RECURSOS MATERIALES
LIC. GABRIELA HERNANDEZ BALTAZAR
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570451)
AVISO
Se informan los requisitos para publicar documentos en el Diario Oficial de la Federación:
•
Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del
documento, fundando su petición conforme a la normatividad aplicable, en original y dos copias.
•
Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y
firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.
•
Versión electrónica del documento a publicar, en formato word contenida en un solo archivo,
correctamente identificado.
•
Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales
realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico
e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000.
El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de
personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales, en original
y copia simple.
Consideraciones Adicionales:
1.
En caso de documentos a publicar emitidos en representación de personas morales, se deberán
presentar los siguientes documentos en original y copia, para cotejo y resguardo en el DOF:
•
Acta constitutiva de la persona moral solicitante.
•
Instrumento público mediante el cual quien suscribe el documento a publicar y la solicitud
acredite su cualidad de representante de la empresa.
•
Instrumento público mediante el cual quien realiza el trámite acredite su cualidad de apoderado o
representante de la empresa para efectos de solicitud de publicación de documentos en el DOF.
2.
Los pagos por concepto de derecho de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio
fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados
en 2024 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2025.
3.
No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta
adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de
las instituciones bancarias.
4.
Todos los documentos originales, entregados al DOF, quedarán resguardados en sus archivos.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
263
048D00 - INSTITUTO NACIONAL DE
ANTROPOLOGIA E HISTORIA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Licitación pública NACIONAL, con forma de participación ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-48-D00-
048D00001-N-666-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta
en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
“PROGRAMA DE ADQUISICIONES DE EQUIPO
CIENTIFICO
Y
TECNOLOGICO
PARA
LA
FORMACION E INVESTIGACION DE LAS ESCUELAS
DEL
INAH
(ESCUELA
NACIONAL
DE
CONSERVACION,
RESTAURACION
Y
MUSEOGRAFIA,
ESCUELA
NACIONAL
DE
ANTROPOLOGIA E HISTORIA, ESCUELA NACIONAL
DE ANTROPOLOGIA DEL NORTE DE MEXICO)”
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
03 de Noviembre de 2025 a las 22:10
Fecha y hora de junta de aclaraciones
12 de Noviembre de 2025 a las 12:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
N/A
Fecha y hora de presentación y apertura de
proposiciones
18 de Noviembre de 2025 a las 12:00
Fecha y hora de fallo
21 de Noviembre de 2025 a las 12:00
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Licitación pública NACIONAL, con forma de participación ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-48-D00-
048D00001-N-667-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta
en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
"ADQUISICION
DE
MOBILIARIO
PARA
EL
FORTALECIMIENTO DE LAS ESCUELAS”
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
03 de Noviembre de 2025 a las 22:16
Fecha y hora de junta de aclaraciones
12 de Noviembre de 2025 a las 14:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
N/A
Fecha y hora de presentación y apertura de
proposiciones
18 de Noviembre de 2025 a las 14:00
Fecha y hora de fallo
21 de Noviembre de 2025 a las 14:00
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Licitación pública NACIONAL, con forma de participación ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-48-D00-
048D00001-N-668-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta
en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
PROGRAMA
DE
ADQUISICIONES
DE
EQUIPO
CIENTIFICO
Y
TECNOLOGICO
PARA
LA
FORMACION E INVESTIGACION DE LAS ESCUELAS
DEL
INAH
2025
-
TECNOLOGIAS
DE
LA
INFORMACION Y COMUNICACIONES
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
03 de Noviembre de 2025 a las 23:32
Fecha y hora de junta de aclaraciones
12 de Noviembre de 2025 a las 16:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
N/A
Fecha y hora de presentación y apertura de
proposiciones
18 de Noviembre de 2025 a las 17:00
Fecha y hora de fallo
21 de Noviembre de 2025 a las 17:00
4 DE NOVIEMBRE DE 2025.
COORDINADORA NACIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
MTRA. MARGARITA RODRIGUEZ RUIZ
RUBRICA.
(R.- 570442)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
264
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA
ESTATAL QUINTANA ROO
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público en sus artículos 35 fracción I, 36, 39 fracciones III Inciso d), así como el artículo 39 y 43 de su Reglamento; se convoca a los interesados
en participar en la(s) licitación(es) de conformidad con lo siguiente:
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR008-I-142-2025
Carácter de la Licitación
Pública Internacional Abierta Electrónica.
Descripción de la licitación
Para la Adquisición de Material de Osteosíntesis y Endoprótesis, del Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Estatal Quintana Roo, para el ejercicio 2025.
Volumen a adquirir
64 Sistemas con 3,244 piezas.
Fecha de publicación en ComprasMX
13 de Noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
19/11/2025, 09:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones
25/11/2025, 09:00 horas
Fallo
28/11/2025, 14:00 horas
•
La que suscribe M.P.A.S.S.P WENDY GUADALUPE LORA AROCHE, Titular de la Jefatura de Servicios Administrativos con fecha 4 de Noviembre de 2025
autorizó la reducción de plazos de la siguiente licitación: LA-50-GYR-050GYR008-I-142-2025.
•
Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá un
ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento del Organo de
Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo ubicado en: Carretera Chetumal-Mérida Kilómetro 2.5, Colonia Aeropuerto, C.P. 77050, Othón P.
Blanco, Chetumal Quintana Roo, teléfono: (983) 832 0047, (983) 832 4544, los días lunes a viernes (días hábiles); con el siguiente horario: 09:00 a 15:00 horas.
•
Todos los eventos están comprendidos en la zona horaria Sureste (Quintana Roo).
•
Todos los eventos se llevarán a cabo en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal
Quintana Roo ubicada en: Carretera Chetumal-Mérida Kilómetro 2.5, Colonia Aeropuerto, C.P. 77003, Othón P. Blanco, Chetumal Quintana Roo.
OTHON P. BLANCO, QUINTANA ROO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
LIC. MARIA DEL ROSARIO GONZALEZ OLAN
RUBRICA.
(R.- 570434)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
265
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
UNIDAD MEDICA DE ALTA ESPECIALIDAD, HOSPITAL DE PEDIATRIA
DEL CENTRO MEDICO NACIONAL DE OCCIDENTE, GUADALAJARA JALISCO
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA 10/2025
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Artículos
134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 33, 35 Fracción I, 36, 39 Fracción I, 39 Fracción II, 40, 41, 42, 43,
44, 45, 46, 47, 48 Fracción II, 49, 50, 66, 67, 68 y 69 Fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), 39, 42, 46, 48, y
55 de su Reglamento, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones Públicas correspondientes al ejercicio 2026, de conformidad con lo siguiente:
Número de licitación
No. LA-50-GYR-050GYR060-N-3-2026
Carácter de la licitación
Pública Nacional
Descripción de la licitación
Para la Contratación del Servicio Médico Integral de Anestesia, para el Ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
18,704 procedimientos
Fecha de publicación en Compra Net
13/11/2025
Junta de aclaraciones
21/11/2025 09:00 horas.
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones
Apertura de proposiciones
28/11/2025 10:00 horas.
Fallo
04/12/2025 11:00 horas.
Número de licitación
No. LA-50-GYR-050GYR060-T-4-2026
Carácter de la licitación
Pública Internacional bajo la cobertura de tratados
Descripción de la licitación
Para la contratación del Servicio Médico Integral de Cirugía Cardiovascular y Torácica, para el ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
9 partidas
Fecha de publicación en Compra Net
13/11/2025
Junta de aclaraciones
19/11/2025 09:00 horas.
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones
Apertura de proposiciones
26/11/2025 10:00 horas.
Fallo
04/12/2025 13:00 horas.
•
Los eventos de Licitación se llevarán a cabo en el Edificio de la Unidad Administrativa de la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Pediatría del Centro
Médico Nacional de Occidente, Guadalajara Jalisco; ubicado en Belisario Domínguez número 735, Colonia Independencia, código postal 44340,
Guadalajara, Jalisco.
•
La Licitación Pública Internacional bajo la Cobertura de tratados, se llevará a cabo con reducción de plazos autorizada por el Lic. Jonathan Omar Rivera Díaz,
Director Administrativo de la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Pediatría del Centro Médico Nacional de Occidente, Guadalajara Jalisco,
mediante oficio de referencia número DIR.ADMVA/1629/2025, de fecha 06 de Noviembre de 2025.
GUADALAJARA, JAL., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR
DR. CARLOS FRANCISCO MORENO VALENCIA
RUBRICA.
(R.- 570435)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
266
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA NORTE DEL DISTRITO FEDERAL
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos: 35 fracción I, 36,
37, 39 fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 fracción I, 49, 50, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 74, 75, 77, 78, 90 y demás correlativos de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público; artículos 35, 39, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 52, 54, 55, 81, 85 y demás correlativos de su Reglamento; las
Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social vigentes y demás disposiciones
aplicables en la materia, se convoca a los interesados en participar en la presente licitación, que llevará a cabo el Organo de Operación Administrativa Desconcentrada
Norte del Distrito Federal, de conformidad con lo siguiente:
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR016-N-9-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la Licitación
Adquisición de víveres con entrega y distribución en Hospitales y Guarderías
Volumen a Adquirir
2´419,330 Piezas
Fecha de Publicación en Compras MX
13 de noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
20 de noviembre de 2025, 10:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
28 de noviembre de 2025, 10:00 horas
Para esta licitación, la Convocatoria estará disponible para su consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, y su obtención será gratuita, o bien se
pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: Calzada Vallejo No. 675, Col. Magdalena de las Salinas, C.P. 07760,
Alcaldía Gustavo A. Madero, Ciudad de México. El evento licitatorio se llevará a cabo en las instalaciones de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento a
través del Sistema Compras MX, sito en Calzada Vallejo No. 675, Col. Magdalena de las Salinas, C.P. 07760, Alcaldía Gustavo A. Madero, Ciudad de México.
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
LIC. IVAN ORLANDO PAREDES ESPINOZA
RUBRICA.
(R.- 570437)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
267
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL NUEVO LEON
DEPARTAMENTO DE CONSERVACION Y SERVICIOS GENERALES
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 43, 44, 45, 46, 47,
48, 49, 50 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 35 de
su Reglamento, y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y
Prestación de Servicios, con fecha 13 de noviembre de 2025, convoca a los interesados en participar en la
Licitación Pública Nacional Electrónica de conformidad con lo siguiente:
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR979-N-62-2025
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la Licitación
Mantenimiento Preventivo Dividido en 3 Paquetes:
Paquete 1, Control de Fauna Nociva. Paquete 2, Areas
Verdes y Barrido. Paquete 3, Limpieza y Retiro de Pelusa
para diferentes Unidades del Organo de Operación
Administrativa Desconcentrada Regional Nuevo León.
Volumen a adquirir
370,896 m2 de Fumigación y Control de Fauna Nociva,
232,110 m2 de Barrido Manual, Podado y Limpieza
Exterior y 12 Servicios de Limpieza y Retiro de Pelusa.
Fecha de publicación en Comprasmx
13 de noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
21 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas
Visita a instalaciones
18 de noviembre de 2025 a las 09:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
28 de noviembre del 2025 a las 11:00 horas
Las visitas para el Paquete II serán en:
Unidad
Domicilio
Guardería Ordinaria No. 0003
Pedro Martínez y Tepic S/N, Col. Nuevo Repueblo,
C.P. 64700, Monterrey, Nuevo León.
Subdelegación No. 3
Félix U. Gómez entre Constitución y Gregorio Torres
Quevedo Monterrey, Nuevo León C.P. 64010
Unidad de Medicina Familiar No. 03
Avenida Félix U. Gómez y Colón no. S/n, colonia Centro
Monterrey, Nuevo León
Central de Servicios Félix U. Gómez
Prof. G. Torres y av. Constitución Monterrey,
Nuevo León C.P. 64010
Tienda IMSS No. 01
16 de Septiembre N.º 200 col. Independencia
C.P. 64720 Monterrey, Nuevo León
Centro de Seguridad Social No. 01
Constitución y Porfirio Díaz Monterrey, Nuevo León C.P. 64000
Subdelegación No. 2
R. Villarreal y M. L. Barragán Monterrey, Nuevo León C.P. 64260
Central de Servicios Lincoln
P. Familiar y av. Lincoln col. Valle Verde Monterrey,
Nuevo León C.P. 64360
Unidad de Medicina Familiar No. 07
Carretera a Saltillo y Ave. San Pedro, Col. La Leona,
San Pedro Garza García, Nuevo León, C. P. 66210
•
La
convocatoria
de
la
licitación
se
encuentra
disponible
para
consulta
en
Internet:
comprasmx.buengobierno.gob.mx, y será gratuita, o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los
interesados exclusivamente para su consulta en la Oficina de Conservación del OOAD Regional Nuevo
León, sita en la calle Prof. Gregorio Torres Quevedo No. 1950 Ote. Col. Centro, Monterrey, Nuevo León,
C.P. 64010, teléfono (81) 81-50-31-32 Ext. 41078, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de
8:00 a 16:00 horas.
•
Todos los eventos se realizarán, en el aula de usos múltiples del Departamento de Conservación y
Servicios Generales, para los efectos del presente aviso, se entenderá por OOAD: Al Organo de
Operación Administrativa Desconcentrada Regional Nuevo León, ubicado en la calle Prof. Gregorio
Torres Quevedo No. 1950 Ote. Col. Centro, Monterrey, Nuevo León, C.P. 64010.
MONTERREY, NUEVO LEON, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
ING. NOE OLVERA VILLANUEVA
RUBRICA.
(R.- 570436)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
268
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40
fracción III, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 67, 68 y 96 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público así como 43 de su
Reglamento, se convoca a los interesados a participar en la Licitación cuya Convocatoria que contiene las bases de participación está disponible para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ en la plataforma Compras MX, mismas que serán gratuitas o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de
los interesados exclusivamente para su consulta, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Durango-México Km. 5, Col. 15 de
octubre, C.P. 34285, Durango, Dgo., con teléfonos (618) 129-80-20 y 129-80-54, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas.
No. Licitación
LA-50-GYR-050GYR010-N-132-2025
Tipo
PUBLICA NACIONAL
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE ARTICULOS DE COCINA Y COMEDOR.
Volumen a adquirir
MAXIMO: 34,493 ARTICULOS
Fecha de publicación en Compras Mx
31 DE OCTUBRE DE 2025
Junta de aclaraciones
05 DE NOVIEMBRE DE 2025; 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO HABRA VISITA A INSTALACIONES
Presentación y apertura de proposiciones
13 DE NOVIEMBRE DE 2025; 09:00 HORAS
•
La reducción de plazos fue autorizada el día 30 de octubre de 2025 por el Lic. José Magdaleno Varela Gutiérrez, Titular del Departamento de Adquisición de
Bienes y Contratación de Servicios.
•
Todos los eventos se llevarán a cabo en las fechas indicadas en cada licitación, a través del sistema electrónico de información pública gubernamental
denominado Compras MX.
DURANGO, DGO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO
LIC. JOSE MAGDALENO VARELA GUTIERREZ
RUBRICA.
(R.- 570438)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
269
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 36 primer párrafo, 37, 39 fracciones I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47
y demás aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente; así
como, los artículos correspondientes del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público vigente, se informa a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, a
través de la convocatoria que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará dicho procedimiento, así
como, la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, mismas que se
encuentran disponibles para su consulta en https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio
de la convocante en: Manuel Pérez Coronado Número 200, esquina Jesús Sansón Flores, Colonia
INFONAVIT Camelinas, Código Postal 58290 en Morelia, Michoacán, teléfono 443-3148705, los días de lunes
a viernes, con el siguiente horario de 08:00 a 16:00 horas y cuya información relevante se muestra a
continuación:
RESUMEN DE CONVOCATORIA 11-2025
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-152-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE AREAS VERDES Y
BARRIDO DE AREAS PETREAS Y FUMIGACION DE
PREVENCION Y CONTROL DE FAUNA NOCIVA EN
UNIDADES
MEDICO-ADMINISTRATIVAS
QUE
INTEGRAN
EL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO
SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2026.
Volumen a adquirir
2 servicios integrales
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
21 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
28 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
03 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los números de oficio
179001140100/1977/2025 y 179001140100/1979/2025, ambos de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por
el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al
Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro
Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-153-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIOS MEDICOS SUBROGADOS, AUXILIARES DE
DIAGNOSTICO, LABORATORIO Y ATENCION MEDICA
SUBROGADA PARA LAS UNIDADES MEDICAS DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN
DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA
EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DICIEMBRE 2026.
Volumen a adquirir
24 servicios.
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
25 de Noviembre de 2025, 08:45 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
02 de Diciembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
10 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio
179001250100/0311/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González,
Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
270
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-154-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO CON SUMINISTRO DE REFACCIONES,
PARA LAS UNIDADES MEDICAS DEL ORGANO DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL MICHOACAN, DEL INSTITUTO MEXICANO
DEL SEGURO SOCIAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL
2026, CUENTA 51351005. CON UNA VIGENCIA A
PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL
2026.
Volumen a adquirir
08 servicios.
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
19 de Noviembre de 2025, 08:30 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
26 de Noviembre de 2025, 08:30 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
05 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los números de oficio
179001140100/1945/2025, 179001140100/1946/2025, 179001140100/1948/2025, 179001140100/1963/2025,
179001140100/1949/2025,
179001140100/1950/2025,
179001140100/1951/2025
y
179001140100/1952/2025, todos signados por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de
Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada
Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-155-2025
Objeto de la Licitación
LA ADQUISICION DE VIVERES CON ENTREGA Y
DISTRIBUCION EN LOS HOSPITALES GENERALES DE
ZONA Y SUB-ZONA, HOSPITALES Y ALBERGUES
COMUNITARIOS
Y
GUARDERIAS
DEL
REGIMEN
ORDINARIO, PARA EL ORGANO DE OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO
SOCIAL; PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE
DICIEMBRE DEL AÑO 2026.
Volumen a adquirir
907,295 Kilogramos
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
25 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
02 de Diciembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
15 de Diciembre de 2025, 14:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los números de oficio
17P901/073100/1036/2025 y 179001200100/JPM/CDND/017/2025, de fechas 17 de octubre y 15 de Octubre
del 2025 respectivamente, signados por el Dr. Enrique Gutiérrez González, Coordinador de Prevención y
Atención a la Salud, además, el oficio número 179001320100/161/2025 de fecha 23 de Octubre de 2025,
signado por la Lic. Nadia Giovanna Corona García, Encargada del Departamento de Guarderías. Funcionarios
adscritos al Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano
del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-156-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE ANALISIS DE AGUAS RESIDUALES PARA
LAS
UNIDADES
MEDICAS
DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO
DEL SEGURO SOCIAL; A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL
31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2026.
Volumen a adquirir
1 servicio integral
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
25 de Noviembre de 2025, 09:30 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
02 de Diciembre de 2025, 10:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
09 de Diciembre de 2025, 14:00 horas.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
271
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número
179001140100/1490/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe
del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-157-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE TRASLADO DE CADAVERES PARA EL
HGR 1 CHARO Y HGZ 83 MORELIA, DEL INSTITUTO
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL ORGANO
DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA
REGIONAL MICHOACAN, A PARTIR DEL 01 DE ENERO
AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2026.
Volumen a adquirir
01 servicio integral
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
26 de Noviembre de 2025, 09:15 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
03 de Diciembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
10 de Diciembre de 2025, 14:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número
179001140100/1491/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe
del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-158-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE TRASLADO DE PACIENTES EN AUTOBUS
PARA
LAS
UNIDADES
MEDICAS
EN
TODA
LA
DEMARCACION
DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN, REGIMEN ORDINARIO DEL INSTITUTO
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, A EJERCER DEL 01
DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2026.
Volumen a adquirir
444 rutas convencionales y 2 rutas especiales
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
27 de Noviembre de 2025, 09:45 horas.
Fecha y hora para realizar la
presentación y apertura de proposiciones
04 de Diciembre de 2025, 10:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
11 de Diciembre de 2025, 14:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio
179001250100/0289/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González,
Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, funcionario adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-159-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE MONITOREO Y MANTENIMIENTO DE
PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
DEL HGR NO. 1, CHARO Y DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A
PLANTAS TRATADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE
LA UMF N° 82 ROMERO DE TORRES Y UMF 84
TACICUARO PARA LAS UNIDADES MEDICAS DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
DEL
INSTITUTO
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN MICHOACAN; A
PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL
AÑO 2026.
272
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Volumen a adquirir
14 Servicios
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
28 de Noviembre de 2025, 09:15 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
05 de Diciembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
12 de Diciembre de 2025, 14:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los oficios número
179001140100/1957/2025 y 179001140100/1961/2025, ambos de fecha 17 de Octubre del 2025, signados por
el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al
Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro
Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-160-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE
TRANSPORTE
DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA REGIONAL DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN
MICHOACAN; A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE
DICIEMBRE DEL AÑO 2026.
Volumen a adquirir
08 Guías de servicios
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
25 de Noviembre de 2025, 08:45 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
02 de Diciembre de 2025, 14:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
10 de Diciembre de 2025, 13:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001
140100/525T/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del
Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-161-2025
Objeto de la Licitación
ADQUISICION Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS PARA
MEDICINA
MAGISTRAL
PARA
EL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO
DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 1 DE
ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026.
Volumen a adquirir
116 bienes
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
20 de Noviembre de 2025, 08:30 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
28 de Noviembre de 2025, 12:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
03 de Diciembre de 2025, 14:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio
179001250100/0294/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González,
Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, funcionario adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-162-2025
Objeto de la Licitación
ADQUISICION DE ORTESIS, PROTESIS Y AYUDAS
FUNCIONALES PARA EL H.G.R. NO. 1 CHARO, H.G.Z.
NO. 83 MORELIA, H.G.Z. NO. 8 URUAPAN, H.G.Z.MF.
NO. 12 LAZARO CARDENAS Y H.G.Z. NO. 4 ZAMORA Y
AUDITIVAS PARA H.G.R. NO. 1 CHARO, DEL ORGANO
DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA
REGIONAL MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO
DEL SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE
ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2026.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
273
Volumen a adquirir
142 bienes
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
20 de Noviembre de 2025, 08:15 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
27 de Noviembre de 2025, 12:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
04 de Diciembre de 2025, 14:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio
179001250100/0282/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González,
Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, funcionario adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-163-2025
Objeto de la Licitación
SUMINISTRO DE REFACCIONES Y ACCESORIOS
MENORES DE MAQUINARIA Y OTROS EQUIPOS (AIRE
ACONDICIONADO Y REFRIGERACION), SUMINISTRO
DE REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE
MAQUINARIA Y OTROS EQUIPOS, SUMINISTRO DE
MATERIAL
ELECTRICO
Y
ELECTRONICO”,
SUMINISTRO DE REFACCIONES Y ACCESORIOS
MENORES
DE
EDIFICIOS,
SUMINISTRO
DE
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO
MEDICO
E
INSTRUMENTAL
MEDICO
Y
DE
LABORATORIO,
SUMINISTRO
DE
HERRAMIENTAS
MENORES, SUMINISTRO DE OTROS MATERIALES Y
ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y REPARACION Y
SUMINISTRO DE OTROS PRODUCTOS QUIMICOS
PARA LAS UNIDADES MEDICO ADMINISTRATIVAS QUE
CONFORMAN
EL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO
SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2026.
Volumen a adquirir
8 servicios
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
27 de Noviembre de 2025, 08:15 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
10 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
16 de Diciembre de 2025, 13:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los oficios número
179001
140100/1968/2025,
179001
140100/1972/2025,
178001
140100/1971/2025,
179001
140100/1969/2025, 179001 140100/1970/2025, 179001 140100/1967/2025, 179001 140100/1966/2025 y
179001 140100/1965/2025, todos de fecha 17 de Octubre del 2025, signados por el Ing. Rafael Cedeño
Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación
Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-164-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO DE CONSERVACION PARA EL HGR N° 1
DE CHARO Y UNIDADES MEDICO-ADMINISTRATIVAS
DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN, PARA
EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE
2026.
274
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Volumen a adquirir
5 Servicios
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
21 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
28 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
03 de Diciembre de 2025, 15:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los oficios número
179001
140100/1947/2025,
179001
140100/1953/2025,
179001
140100/1956/2025,
179001
140100/1955/2025 y 179001 140100/1954/2025, todos de fecha 17 de Octubre del 2025, signados por el Ing.
Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo
de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-165-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO
DE
CONSERVACION
PARA
LAS
UNIDADES
MEDICO-ADMINISTRATIVAS
DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN, PARA
EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE
2026.
Volumen a adquirir
2 servicios
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
25 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
02 de Diciembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
08 de Diciembre de 2025, 15:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los oficios número
179001 140100/1976/2025 y 179001 140100/1975/2025, ambos de fecha 17 de Octubre del 2025, signados
por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al
Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro
Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-166-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO
DE
CONSERVACION
PARA
LAS
UNIDADES
MEDICO-ADMINISTRATIVAS
DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA REGIONAL MICHOACAN, PARA
EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE
2026.
Volumen a adquirir
4 servicios
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
27 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
04 de Diciembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
11 de Diciembre de 2025, 15:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con los oficios número
179001
140100/1960/2025,
179001
140100/1962/2025,
179001
140100/1973/2025
y
179001
140100/1964/2025, ambos de fecha 17 de Octubre del 2025, signados por el Ing. Rafael Cedeño Paredes,
Jefe del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación
Administrativa Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
275
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-167-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO
DE
TRASLADO
DE
PACIENTES
EN
AMBULANCIA SUBROGADA PARA LAS UNIDADES
MEDICAS
DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO
SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31
DICIEMBRE 2026.
Volumen a adquirir
5 partidas
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
26 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
03 de Diciembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
10 de Diciembre de 2025, 15:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número
179001250100/0307/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe
del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-168-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE AGUA PURIFICADA DE GARRAFON PARA
LAS
UNIDADES
MEDICO-ADMINISTRATIVAS
DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
DEL
INSTITUTO
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN MICHOACAN, A
EJERCER A PARTIR DEL 01 DE ENERO Y HASTA EL 31
DE DICIEMBRE DE 2026.
Volumen a adquirir
28,433 garrafones
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
19 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
26 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
10 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001
140100/019/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del
Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-169-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE SUMINISTRO SEGURO Y CONFIABLE DE
DIESEL CENTRIFUGADO PARA MAQUINARIA PARA
LAS UNIDADES MEDICAS Y NO MEDICAS DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA REGIONAL EN MICHOACAN A
EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL
2026.
Volumen a adquirir
428,800 litros
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
20 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
27 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
05 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001
140100/1489/2025, de fecha 14 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del
Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
276
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-170-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE GAS L.P. EN TANQUES ESTACIONARIOS
PARA UNIDADES MEDICAS Y NO MEDICAS DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN
DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, A
EJERCER A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2026.
Volumen a adquirir
267,052 litros
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
19 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
27 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
11 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número
179001140100/1241/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe
del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-171-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE MANTENIMIENTO A MOBILIARIO Y
EQUIPO DE ADMINISTRACION, PARA LAS UNIDADES
MEDICO/ADMINISTRATIVAS
QUE
INTEGRAN
EL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN
DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA
EJERCER A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2026.
Volumen a adquirir
539 mantenimientos
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
19 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
26 de Noviembre de 2025, 11:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
09 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número
179001140100/1978/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe
del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de
Tratados
Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-T-172-
2025
Objeto de la Licitación
ADQUISICION DE MATERIAL DE OSTEOSINTESIS Y
ENDOPROTESIS PARA EL ORGANO DE OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN
DEL
INSTITUTO
MEXICANO
DEL
SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO
AL 31 DE DICIEMBRE 2026.
Volumen a adquirir
219 insumos
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
20 de Noviembre de 2025, 08:30 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
28 de Noviembre de 2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
15 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
277
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio
179001250100/0274/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González,
Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, funcionario adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-173-2025
Objeto de la Licitación
ADQUISICION
DE
BIENES
TERAPEUTICOS
(ALERGENOS)
PARA
EL
HOSPITAL
GENERAL
REGIONAL NO. 1 CHARO, HOSPITAL GENERAL
SUBZONA NO. 7 LA PIEDAD Y HOSPITAL GENERAL
ZONA
c/
MEDICINA
FAMILIAR
No.
12
LAZARO
CARDENAS
DEL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN
DEL
INSTITUTO
MEXICANO
DEL
SEGURO SOCIAL, PARA EJERCER DEL 01 DE ENERO
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2026.
Volumen a adquirir
164 insumos
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
25 de Noviembre de 2025, 08:45 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
02 de Diciembre de 2025, 10:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
14 de Diciembre de 2025, 14:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el número de oficio
179001250100/0301/2025, de fecha 15 de Octubre del 2025, signado por el Dr. Enrique Gutiérrez González,
Coordinador de Prevención y Atención a la Salud, funcionario adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-174-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y RECARGA DE
EXTINTORES,
PARA
LAS
UNIDADES
MEDICO/ADMINISTRATIVAS QUE INTEGRAN EL PARA
EL
ORGANO
DE
OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN
DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, PARA
EJERCER A PARTIR DEL DIA 01 DE ENERO DEL 2026
AL DIA 31 DE DICIEMBRE DEL 2026.
Volumen a adquirir
56 servicios
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
19 de Noviembre de 2025, 08:15 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
28 de Noviembre de 2025, 10:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
08 de Diciembre de 2025, 13:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número
179001140100/1974/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe
del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-175-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO
FOTOCOPIADO
Y
DUPLICADO
DEL
ORGANO DE PARA EL ORGANO DE OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO
SOCIAL, A EJERCER DEL 01 DE ENERO AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2026.
Volumen a adquirir
1 servicio integral.
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
278
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
20 de Noviembre de 2025, 09:15 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
27 de Noviembre de 2025, 10:00 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
02 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número
179001140100/1241/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe
del Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-176-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO DE MENSAJERIA Y PAQUETERIA DEL
ORGANO DE PARA EL ORGANO DE OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO
SOCIAL, PARA EJERCER A PARTIR DEL 1° DE ENERO
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2026.
Volumen a adquirir
6,235 toques
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
19 de Noviembre de 2025, 08:15 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
26 de Noviembre de 2025, 09:45 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
03 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001
140100/1482/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del
Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Carácter, medio y número de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica:
LA-50-GYR-050GYR033-N-177-2025
Objeto de la Licitación
SERVICIO
DE
RECOLECCION,
TRANSPORTE
EXTERNO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS
SOLIDOS URBANOS (RSU) Y RESIDUOS DE MANEJO
ESPECIAL (RME) DEL ORGANO DE OPERACION
ADMINISTRATIVA
DESCONCENTRADA
REGIONAL
MICHOACAN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO
SOCIAL A EJERCER A PARTIR DEL 01 DE ENERO AL 31
DE DICIEMBRE DE 2026.
Volumen a adquirir
2,129 recolecciones
Fecha de publicación en COMPRAS MX
13 de Noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar la junta de
aclaraciones
21 de Noviembre de 2025, 08:15 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
02 de Diciembre de 2025, 09:45 horas.
Fecha y hora para emitir el fallo
11 de Diciembre de 2025, 12:00 horas.
En esta Licitación Pública aplica la reducción de plazos prevista en el artículo 42 Tercer Párrafo de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, sustentado con el oficio número 179001
140100/1480/2025, de fecha 17 de Octubre del 2025, signado por el Ing. Rafael Cedeño Paredes, Jefe del
Departamento de Conservación y Servicios Generales, adscrito al Organo de Operación Administrativa
Desconcentrada Regional Michoacán del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Los eventos antes mencionados se realizarán de manera electrónica en la plataforma del Sistema Electrónico
denominado COMPRAS MX (https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/).
MORELIA, MICHOACAN, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
ENCARGADO DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO DESIGNADO
MEDIANTE EL OFICIO NUMERO 179001410100/ENCARG038/2025 DE FECHA 02 DE OCTUBRE DE 2025
Y TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
L.A. PEDRO RODOLFO ARAGON AVEDOY
RUBRICA.
(R.- 570433)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
279
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA
ESTATAL QUINTANA ROO
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de
conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en sus artículos 35
fracción I, 36, 39 fracción I Y II, así como el artículo 39 y 43 de su Reglamento; se convoca a los interesados
en participar en la(s) licitación(es) de conformidad con lo siguiente:
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR008-T-1-2026
Carácter de la Licitación
Pública Electrónica Internacional Bajo la Cobertura de
Los Tratados.
Descripción de la licitación
Adquisición de Material de Osteosíntesis y Endoprótesis,
Para el OOAD Estatal Quintana Roo ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
64 sistemas con 193 claves.
Fecha de publicación en CompraNet
13 de Noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
20/11/2025, 09:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones
26/11/2025, 09:00 horas
Fallo
1/12/2025, 15:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR008-N-2-2026
Carácter de la Licitación
Pública Nacional Electrónica.
Descripción de la licitación
Para la contratación de Servicios Médicos Subrogados,
Diagnóstico y Laboratorio, Para el OOAD Estatal
Quintana Roo ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
8,820 procedimientos médicos.
2,280 servicios de Dosimetría
432 Servicios de Bacteriología
Fecha de publicación en CompraNet
13 de Noviembre de 2025.
Junta de aclaraciones
21/11/2025, 09:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones
28/11/2025, 09:00 horas
Fallo
2/12/2025, 15:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR008-N-3-2026
Carácter de la Licitación
Pública Nacional Electrónica.
Descripción de la licitación
Para la Adquisición de Víveres, Para el OOAD Estatal
Quintana Roo ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
49,773.34 kilos de abarrotes; 47,932.20 kilos de carne;
361,975.68 kilos de frutas y verduras; 26,530 litros de
Lácteos; 43,768 kilos de pan.
Fecha de publicación en CompraNet
13 de Noviembre de 2025.
Junta de aclaraciones
25/11/2025, 09:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visita a instalaciones.
Presentación y apertura de proposiciones
1/12/2025, 09:00 horas
Fallo
3/12/2025, 15:00 horas
280
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
•
La que suscribe M.P.A.S.S.P WENDY GUADALUPE LORA AROCHE, Titular de la Jefatura de Servicios
Administrativos con fecha 4 de noviembre de 2025 autorizó la reducción de plazos de la siguiente
licitación: LA-50-GYR-050GYR008-T-1-2026.
•
Las
bases
de
la
licitación
se
encuentran
disponibles
para
consulta
en
Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx y serán gratuitas o bien se pondrá un ejemplar impreso a
disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en la Coordinación de Abastecimiento y
Equipamiento del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo ubicado en:
Carretera Chetumal-Mérida Kilómetro 2.5, Colonia Aeropuerto, C.P. 77050, Othón P. Blanco, Chetumal
Quintana Roo, teléfono: (983) 832 0047, (983) 832 4544, los días lunes a viernes (días hábiles); con el
siguiente horario: 09:00 a 15:00 horas.
•
Todos los eventos están comprendidos en la zona horaria Sureste (Quintana Roo).
•
Todos los eventos se llevarán a cabo en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento del Organo
de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo ubicada en: Carretera Chetumal-
Mérida Kilómetro 2.5, Colonia Aeropuerto, C.P. 77003, Othón P. Blanco, Chetumal Quintana Roo.
OTHON P. BLANCO, QUINTANA ROO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
LIC. MARIA DEL ROSARIO GONZALEZ OLAN
RUBRICA.
(R.- 570429)
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA
ESTATAL QUINTANA ROO
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
AVISO DE CANCELACION
AVISO No.
FECHA DE PUBLICACION
001
28 OCTUBRE 2025
No. DE LICITACION
No. DE REGISTRO EN EL DOF
LA-50-GYR-050GYR008-T-137-2025
569754
Ubicación del Documento
Con fundamento en el artículo 51 cuarto párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se publica el presente aviso de cancelación por causas de fuerza mayor de la licitación
pública nacional número LA-50-GYR-050GYR008-T-137-2025 Para la Adquisición de Material de
Osteosíntesis y Endoprótesis, del Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana
Roo, para el ejercicio 2025 misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de
Octubre de 2025.
OTHON P. BLANCO, QUINTANA ROO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
LIC. MARIA DEL ROSARIO GONZALEZ OLAN
RUBRICA.
(R.- 570430)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
281
SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR
(IMSS-BIENESTAR)
COORDINACION TECNICA DE CONTRATACION DE SERVICIOS GENERALES
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
No. LA-47-AYO-047AYO955-N-191-2025
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37,38 39 fracción I, 40, 41, 44, 45,
46, 48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 39 y 42 de su Reglamento, y otras disposiciones aplicables en la materia;
se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el
procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 2, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro
Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información
relevante es:
Carácter, Medio y No. de Licitación
Nacional Electrónica
No. LA-47-AYO-047AYO955-N-191-2025
Objeto de la Licitación.
SERVICIO INTEGRAL DE LAVANDERIA (RECOLECCION DE ROPA EN COMODATO, CONTEO,
CLASIFICADO, VERIFICACION DEL ESTADO FISICO DE LAS PRENDAS, TRANSPORTE EXTERNO,
LAVADO E HIGIENIZADO, PLANCHADO, DOBLADO, EMPLAYADO O EMPAQUETADO, ASI COMO
ENTREGA DE ROPA LIMPIA) 2025.
Volumen por adquirir.
Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria.
Fecha de publicación en ComprasMX
11 de noviembre de 2025
Junta de Aclaraciones
18 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas.
Visita a Instalaciones
Conforme al Anexo Técnico
Presentación y Apertura de Proposiciones
26 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas
Acto de Fallo
28 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas.
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE
LA COORDINACION GENERAL DE SERVICIOS GENERALES
C.P. ALMA DALIA GONZALEZ GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 570428)
282
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
007HZK - AEROLINEA DEL ESTADO MEXICANO, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-07-HZK-
007HZK999-N-133-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para
consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario
de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
EQUIPO Y HERRAMIENTA PARA MOTORES
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
6 de Noviembre de 2025 a las 19:51
Fecha y hora de junta de aclaraciones
13 de Noviembre de 2025 a las 09:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
21 de Noviembre de 2025 a las 12:00
Fecha y hora de fallo
25 de Noviembre de 2025 a las 16:00
7 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES E INFRAESTRUCTURA
ABUL SAI CANSINO MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 570393)
007HZK - AEROLINEA DEL ESTADO MEXICANO, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-07-HZK-
007HZK999-N-135-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para
consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario
de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO PARA OFICINAS
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
7 de Noviembre de 2025 a las 18:29
Fecha y hora de junta de aclaraciones
11 de Noviembre de 2025 a las 09:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
18 de Noviembre de 2025 a las 11:00
Fecha y hora de fallo
20 de Noviembre de 2025 a las 16:00
7 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES E INFRAESTRUCTURA
ABUL SAI CANSINO MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 570391)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
283
007HZK - AEROLINEA DEL ESTADO MEXICANO, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-07-HZK-
007HZK999-N-136-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para
consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario
de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
SERVICIO DE CAPACITACION PARA SERVIDORES
PUBLICOS
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
7 de Noviembre de 2025 a las 18:29
Fecha y hora de junta de aclaraciones
12 de Noviembre de 2025 a las 10:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
19 de Noviembre de 2025 a las 10:00
Fecha y hora de fallo
24 de Noviembre de 2025 a las 16:00
7 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES E INFRAESTRUCTURA
ABUL SAI CANSINO MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 570392)
007HZK - AEROLINEA DEL ESTADO MEXICANO, S.A. DE C.V.
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-07-HZK-
007HZK999-N-137-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para
consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en (descripción domicilio), (horario
de atención).
Nombre del Procedimiento de contratación
ADQUISICION
DE
BIENES
PARA
VENTA
DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS (COMISARIATO)
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
7 de Noviembre de 2025 a las 21:23
Fecha y hora de junta de aclaraciones
12 de Noviembre de 2025 a las 11:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
18 de Noviembre de 2025 a las 09:00
Fecha y hora de fallo
20 de Noviembre de 2025 a las 16:00
10 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES E INFRAESTRUCTURA
ABUL SAI CANSINO MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 570394)
284
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
BANCO NACIONAL DEL EJERCITO,
FUERZA AEREA Y ARMADA, S.N.C.
GERENCIA DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y 42 de su Reglamento, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que
la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así
como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra
disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en: Av. Industria Militar
No. 1055, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México, teléfono
55-5626-0500 extensión 349, del 11 al 19 de noviembre del 2025, de lunes a viernes de las 08:00 a las 16:00
horas, cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
LA-06-G1H-006G1H001-N-101-2025.
Objeto de la Licitación
Adquisición de Infraestructura Productiva
de Sistemas de Apoyo.
Volumen a adquirir
Se detalla en la convocatoria.
Fecha de publicación en Compras Mx
11/11/2025
Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones
19/11/2025 09:30 horas
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
26/11/2025 10:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
03/12/2025 12:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
EL CAP. 1/o. F.A.A.M.A. E.M. RET. SUBDIR. DE RECS. MATS.
CESAR ALEJANDRO ORTA LOPEZ
RUBRICA.
(R.- 570408)
BANCO NACIONAL DEL EJERCITO,
FUERZA AEREA Y ARMADA, S.N.C.
GERENCIA DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y 42 de su Reglamento, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que
la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así
como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra
disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en: Av. Industria Militar
No. 1055, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México,
teléfono 5626-0500 extensión 349, del 11 al 19 de noviembre del 2025, de lunes a viernes de las 08:00 a las
16:00 horas, cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
LA-06-G1H-006G1H001-N-102-2025.
Objeto de la Licitación
Contratación Plurianual de los “Servicios de Soporte
Técnico y Mantenimiento a Equipos Balanceadores
F5 Networks”.
Volumen a adquirir
Se detalla en la convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
11/11/2025
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
19/11/2025 11:00 horas
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
27/11/2025 09:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
04/12/2025 13:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
JEFA DEL DEPARTAMENTO DE LICITACIONES
LIC. MARIA ELIZA AGUILERA DEL TORO
RUBRICA.
(R.- 570409)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
285
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80
y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad (CFE), en las
disposiciones 2 fracción I, 30 fracción I inciso b), 31, 33 fracciones VI y VII, 34, 37 fracción I y 55 fracción III de
las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y
ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas productivas subsidiarias, de
conformidad con lo siguiente:
Número del Concurso:
CFE-0001-CAAAT-0094-2025
Descripción del concurso:
Adquisición de torretas, rollbar-banca central, winch de
arrastre y defensa delantera para camionetas Pick Up a
cargo del Cuerpo de Seguridad Física
Fecha de publicación en Micrositio:
11/11/2025
Aclaración a los documentos del Concurso:
21/11/2025, 11:00 hrs.
Límite para presentación de ofertas:
22/12/2025, 9:00 hrs
Apertura Técnica:
22/12/2025, 10:00 hrs
Apertura Económica:
7/01/2026, 11:00 hrs
Fallo:
14/01/2026, 14:00 hrs
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con
clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía
Sánchez y la Lic. Raquel Magaña Rojas, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía
Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, con los correos
electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y raquel.magana@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria
y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de CFE ubicado en el sitio https://msc.cfe.mx/
Aplicaciones/NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en el Micrositio.
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570420)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 80
y 82 la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2
fracción II, 30 fracción I inciso b), 31, 33 fracciones IV, VI y VII, 34, 37 fracción I, 55 fracciones III y IV de las
Disposiciones Generales en Materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución
de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo
Disposiciones), de conformidad con lo siguiente:
CFE-0001-CASAT-0039-2025
Póliza de servicio a infraestructura eléctrica y de apoyo
Fecha de publicación en Micrositio
10/11/2025
Sesión de Aclaraciones
14/11/2025, 10:00 hrs
Límite para presentación de ofertas
24/11/2025, 10:30 hrs
Apertura Técnica
24/11/2025, 11:00 hrs
Apertura Económica
1/12/2025, 10:00 hrs
Fallo
5/12/2025, 14:00 hrs
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE,
a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez y el
Lic. Daniel Miranda Velázquez, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc,
C.P. 06598, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, a los correos electrónicos:
jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de
Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de la CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/
NCFE/Concursos/, a partir de la fecha de publicación en Micrositio.
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
RUBRICA.
(R.- 570367)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
286
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIRECCION DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE CONTRATACION Y SERVICIOS
COORDINACION DE CONTRATACIONES DE OBRA Y SERVICIOS RELACIONADOS
GERENCIA DE CONTRATACIONES DE OBRA
CONVOCATORIA AL CONCURSO ABIERTO DE CARACTER INTERNACIONAL
NUMERO CFE-0004-CACOA-0007-2025
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en apego a la Disposición 72 de las “Disposiciones Generales en
Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas
Productivas Subsidiarias”, la Gerencia de Contrataciones de Obra, convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto de Carácter Internacional
Número CFE-0004-CACOA-0007-2025, para la contratación del proyecto 362 SE Refuerzo de la Red de la Zona Piedras Negras.
Los interesados podrán consultar el Pliego de Requisitos y Registrar su interés en participar a través del Sistema Electrónico de Contrataciones (Micrositio de
Concursos) en la dirección electrónica: http://msc.cfe.mx/aplicaciones/NCFE/concursos.
El procedimiento de contratación se llevará a cabo con la siguiente programación:
Visita al Sitio de los trabajos:
Se efectuará a las 08:30 horas, el día 18 de noviembre de 2025, siendo el punto de reunión en la Subestación Nava
ubicada en Carretera Federal No. 57 km 203, en el municipio de Nava Coahuila.
Sesión de aclaraciones:
27 de noviembre de 2025
10:00 horas
Los citados actos se llevarán a cabo a través del Sistema Electrónico de
Contrataciones (Micrositio de Concursos)
Presentación de Ofertas y
Apertura de Ofertas Técnicas:
15 de enero de 2026
10:00 horas
Apertura de Ofertas Económicas:
29 de enero de 2026
13:00 horas
Acto de Fallo:
09 de febrero de 2026
13:00 horas
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Contrataciones de Obra de la CFE, con domicilio en Río Mississippi, número 71, 1er Piso,
Colonia Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06500, Ciudad de México. El personal de contacto es el C.P. Antonio González Barrascout, Gerente y el
Mtro. Héctor Omar Leal Nava, Jefe de Departamento, con correo electrónico omar.leal@cfe.mx
ATENTAMENTE
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
AGENTE CONTRATANTE No. O1A0401
MTRO. HECTOR OMAR LEAL NAVA
RUBRICA.
(R.- 570418)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
287
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
CONVOCATORIA
Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo
13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y
sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras
del Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del
Estado, Petróleos Mexicanos (la Ley); 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para
Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, (Disposiciones); y Numerales IV.7 inciso b),
IV.12.2, de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, a nombre de Petróleos Mexicanos, se convoca a
los interesados a participar en el Concurso Abierto Electrónico Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados
de Libre Comercio número DEE-CAT-S-GCEE-100-104237-25-2 que tiene por objeto “Servicio de
transporte especializado de material explosivo y custodia armada para trabajos de disparos y
operaciones especiales”, de acuerdo con lo siguiente:
Evento
Fecha
Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases
de Contratación
21 de noviembre de 2025
Presentación y Apertura de Propuestas
08 de diciembre de 2025
Notificación del Resultado del Concurso
23 de diciembre de 2025
•
Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de
Contrataciones” (SISCeP).
•
Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de
países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en
materia de Compras del Sector Público.
•
No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren
impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones, así como aquellas que se
encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de
personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales.
•
La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos
con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública.
•
Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/
concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. Los interesados en participar deberán
remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo
asociado al procedimiento de contratación en SISCeP email2workspace-prod+PEMEX+WS5434326519+
n0qy@ansmtp.ariba.com
•
La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex,
mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración
Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente.
•
Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en carácter de Gerente de
Contrataciones para Exploración y Extracción, podrá delegar la suscripción de documentos y actos
de trámite del procedimiento de contratación, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien
participe voluntariamente en él, acepta dichos términos y representaciones.
VILLAHERMOSA, TABASCO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
ING. MA. LUZ LOZANO RODRIGUEZ
GERENTE DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION, ADSCRITA A LA
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION DE LA SUBDIRECCION
DE ABASTECIMIENTO; EN TERMINOS DEL OFICIO DAS-0792-2025 DE FECHA 1 DE JUNIO DE 2025 Y
LOS ARTICULOS 23 FRACCION III, 229 FRACCION IV Y 322 DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA
EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A
CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS EN QUE PUEDE SER CONSULTADO, FUE PUBLICADO
EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025
RUBRICA.
(R.- 570401)
288
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA
CONVOCATORIA
Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo
13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y
sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del
Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del
Estado, Petróleos Mexicanos; 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos
Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2 de las Políticas y
Lineamientos para Abastecimiento, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto
Electrónico Internacional bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio con plazo reducido
No. DEE-CAT-S-GCMCYLM-823-103143-25-2 que tiene por objeto el “Servicio para el mantenimiento para
bombas de alto galonaje marca Ascotech, de las centrales contraincendios de PEP”, de acuerdo con lo
siguiente:
Evento
Fecha
Notificación de Aclaraciones de Dudas
a las Bases de Contratación
25 de noviembre de 2025
Presentación y Apertura de Propuestas
11 de diciembre de 2025, a las 09:00 horas
Notificación del Resultado del Concurso
30 de diciembre de 2025
•
Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de
Contrataciones” (SISCEP).
•
Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de
países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en
materia de Compras del Sector Público y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los
países socios en tratados.
•
No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren
impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones así como con aquellas que se
encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de
personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales.
•
La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos
con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública.
•
Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria
en
el
Portal
de
Internet
http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-
contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx.
Los
interesados
en
participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para
participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCEP: email2workspace-
prod+PEMEX+WS5431690660+wj9x@ansmtp.ariba.com.
•
La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex,
mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración
Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente.
•
Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en el carácter de Gerenta de
Contrataciones para Mantenimiento, Confiabilidad y Logística Marina, de la Coordinación de
Abastecimiento para Exploración y Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección de
Administración y Servicios de Petróleos Mexicanos conforme al fundamento indicado más adelante, podrá
delegar la suscripción de documentos y actos de trámite del procedimiento de contratación, de modo que
surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en él, acepta dichos términos y
representaciones.
CD. DEL CARMEN, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
MARIA ISABEL SEGOVIA MAGAÑA
GERENTA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA
DESIGNADA MEDIANTE OFICIO DAS-0791-2025 CON EFECTO A PARTIR DEL 01 DE JUNIO DE 2025,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23 FRACCION III Y 228
FRACCION IV DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS
MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS
EN DONDE ESTE PUEDE SER CONSULTADO, FUERON PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025, MISMAS QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO REVOCADAS,
LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570387)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
289
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
CONVOCATORIA
Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo
13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y
sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del
Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del
Estado, Petróleos Mexicanos (la Ley); 13, 19 y 20, de las Disposiciones Generales de Contratación para
Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, (Disposiciones); y Numerales IV.7 inciso b),
IV.12.2, de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, a nombre de Petróleos Mexicanos Empresa
Pública del Estado, se convoca a los interesados a participar en los Concursos Abiertos Electrónicos
Internacionales bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos
Mexicanos citados a continuación:
DEE-CAT-S-GCEE-802-102633-25-1
Descripción del objeto de la
contratación:
Rehabilitación de sistemas de medición multifásico de
hidrocarburos marca Agar Corporation, instalados en
plataformas de la Subdirección de Producción Región
Marina Noreste, incluye suministro e instalación de
refaccionamiento y servicios especializados.
Recepción de Aclaraciones de Dudas
a las Bases de Contratación
19 de noviembre de 2025
Notificación de Aclaraciones de Dudas
a las Bases de Contratación
24 de noviembre de 2025
Presentación y Apertura de Propuestas
15 de diciembre de 2025
Notificación de Resultado de Evaluación
de Propuestas
29 de diciembre de 2025
Notificación del Fallo y Resultado
del Concurso
05 de enero de 2026
Los interesados en participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación
requerida para participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCeP
email2workspace-prod+PEMEX+WS5420084338+j3fs@ansmtp.ariba.com.
DEE-CAT-S-GCEE-802-105060-25-1
Descripción del objeto de la
contratación:
Rehabilitación, suministro de refacciones y soporte técnico
de los equipos y componentes eléctricos de la marca
Cutler-Hammer instalados en los sistemas de generación y
distribución eléctrica en las plataformas marinas de
PEMEX.
Recepción de Aclaraciones de Dudas
a las Bases de Contratación
19 de noviembre de 2025
Notificación de Aclaraciones de Dudas
a las Bases de Contratación
24 de noviembre de 2025
Presentación y Apertura de Propuestas
15 de diciembre de 2025
Notificación de Resultado de Evaluación
de Propuestas
29 de diciembre de 2025
Notificación del Fallo y Resultado
del Concurso
05 de enero de 2026
Los interesados en participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación
requerida para participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCeP
email2workspace-prod+PEMEX+WS5420148842+1am5@ansmtp.ariba.com.
•
Los concursos abiertos se llevarán a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de
Contrataciones” (SISCeP).
•
Pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de países con los
que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en materia de
Compras del Sector Público, y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los países
socios en tratados.
290
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
•
No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren
impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones, así como aquellas que se
encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de
personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales.
•
La información confidencial o reservada que presenten los participantes podrá ser identificada en el
documento que forma parte de las Bases del Concurso con la finalidad que se le dé el tratamiento
correspondiente en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
•
Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria
en
el
Portal
de
Internet
http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-
contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx.
•
La firma de los contratos correspondientes se llevará a cabo por medios electrónico a través de la
plataforma e-firma de Pemex, mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el
Sistema de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella
oportunamente.
•
Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, en mi carácter de Titular de la Gerencia de
Contrataciones para Exploración y Extracción de la Coordinación de Abastecimiento para Exploración y
Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección de Administración y Servicios de Petróleos
Mexicanos, conforme a las facultades indicadas más adelante, puedo delegar la suscripción de actos de
trámite, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en el
procedimiento de contratación, acepta dichos términos y estas representaciones.
VILLAHERMOSA, TABASCO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
ING. MA LUZ LOZANO RODRIGUEZ
GERENTE DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
ADSCRITA A LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION DE LA
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO, EN TERMINOS DEL OFICIO DAS-0792-2025 DE FECHA 1 DE
JUNIO DE 2025 Y LOS ARTICULOS 23 FRACCION III, 229 FRACCION IV Y 322 DEL ESTATUTO
ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS MEXICANOS; CUYO AVISO POR EL
QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS EN QUE PUEDE SER CONSULTADO,
FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570449)
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
Espacio
Costo
4/8 de plana
$10,956.00
1 plana
$21,912.00
1 4/8 planas
$32,868.00
2 planas
$43,824.00
Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la
Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de
ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección
“Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT
970701NN3.
Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos Recibos Bancarios de Pago de
Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago.
El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
291
CAMARA DE SENADORES
SECRETARIA GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
DIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA MULTIPLE
Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a lo establecido por las Normas para
Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obras Públicas de la Cámara de Senadores, la Dirección de Adquisiciones convoca a los interesados a
participar en las Licitaciones Públicas Nacionales, que se enlistan a continuación:
Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L002/2026: Servicio de monitoreo, alertas, análisis y recopilación de información en medios impresos, electrónicos y
digitales y Servicio de mantenimiento preventivo, correctivo a equipos de edición, sistemas de audio y video y circuito cerrado de televisión y servicios complementarios
de instalación de la Coordinación de Comunicación Social de la Cámara de Senadores.
Costo de
las bases
Visita a las instalaciones
(Obligatoria)
Junta de aclaración
de bases
Recep. de Doc. Legal y
Admitiva., Prop. Téc. y Econ.
Dictamen Técnico y
Apert. de Prop. Econ.
Fallo
$2,795.97
con I.V.A.
incluido
24 de noviembre de 2025
10:00 horas
26 de noviembre 2025
10:00 horas
01 de diciembre de 2025
10:00 horas
04 de diciembre de 2025
11:00 horas
09 de diciembre de 2025
11:00 horas
Partida 1: Los servicios objeto de esta contratación serán adjudicados mediante contrato cerrado a un solo licitante. Partida 2: Los servicios objeto de esta
contratación serán adjudicados mediante contrato abierto a un solo licitante, con montos mínimo y máximo.
Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L003/2026: Mantenimiento preventivo al sistema PCI híbrido instalado en 30 sites informáticos del inmueble de
Reforma 135 y mantenimiento preventivo a equipos contra incendios de cuarto de bombas y red PCI del inmueble de Reforma 135.
Costo de
las bases
Visita a las instalaciones
(Obligatoria)
Junta de aclaración
de bases
Recep. de Doc. Legal y
Admitiva., Prop. Téc. y Econ.
Dictamen Técnico y
Apert. de Prop. Econ.
Fallo
$2,795.97
con I.V.A.
incluido
24 de noviembre de 2025
11:30 horas
26 de noviembre 2025
11:00 horas
01 de diciembre de 2025
12:00 horas
04 de diciembre de 2025
12:00 horas
09 de diciembre de 2025
12:00 horas
Los servicios objeto de esta contratación serán adjudicados mediante contrato cerrado a un solo licitante.
Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L004/2026: Servicio integral de mantenimiento preventivo y correctivo con soporte técnico y refacciones a los equipos
de bombeo hidrónico, válvulas, intercambiadores de calor, EPAC (expansión, presurización, tratamiento químico al agua helada y control de aire) del sistema de aire
acondicionado en la sede de Av. Paseo de la Reforma No. 135 de la Cámara de Senadores.
Costo de
las bases
Visita a las instalaciones
(Obligatoria)
Junta de aclaración
de bases
Recep. de Doc. Legal y
Admitiva., Prop. Téc. y Econ.
Dictamen Técnico y
Apert. de Prop. Econ.
Fallo
$2,795.97
con I.V.A.
incluido
24 de noviembre de 2025
12:30 horas
26 de noviembre 2025
12:00 horas
01 de diciembre de 2025
13:30 horas
04 de diciembre de 2025
13:00 horas
09 de diciembre de 2025
13:00 horas
Los servicios objeto de esta contratación serán adjudicados mediante contrato abierto a un solo licitante, con montos mínimo y máximo.
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
292
Licitación Pública Nacional No. SEN/DGRMSG/L005/2026: Servicio de elaboración de papelería impresa oficial y administrativa.
Costo de
las bases
Visita a las instalaciones
(Obligatoria)
Junta de aclaración
de bases
Recep. de Doc. Legal y
Admitiva., Prop. Téc. y Econ.
Dictamen Técnico y
Apert. de Prop. Econ.
Fallo
$2,795.97
con I.V.A.
incluido
Sin visita.
26 de noviembre 2025
13:00 horas
01 de diciembre de 2025
17:00 horas
04 de diciembre de 2025
14:00 horas
09 de diciembre de 2025
14:00 horas
Se adjudicará bajo la modalidad de contrato abierto considerando cantidades mínimas y máximas antes de I.V.A., durante la vigencia del contrato, la Cámara de
Senadores no estará obligada a ejercer el monto máximo. Los trabajos se adjudicarán mediante procedimiento de abastecimiento simultáneo requiriéndose tres
licitantes.
•
La Fecha límite para adquirir bases: 18 de noviembre de 2025. Cantidades, calidad, especificaciones y otros requisitos: conforme a los requerimientos
establecidos en los Anexos 1 (Anexos Técnicos) de las bases de cada procedimiento de licitación.
•
La entrega de las propuestas se efectuará en el acto de recepción y apertura de la documentación legal, administrativa y técnica, así como la recepción de
propuestas económicas en tres sobres cerrados. El sobre No. 1 se presentará en un sobre cerrado conteniendo en el mismo Originales y/o Copias Certificadas
y dos copias simples legibles y completas de toda la documentación legal y administrativa, para efectos de su revisión y cotejo, devolviéndose en el acto los
originales y/o copias certificadas a los licitantes. El sobre No. 2 contendrá la propuesta técnica y el sobre No. 3 contendrá la propuesta económica. Las Bases se
encuentran disponibles para consulta en la Dirección de Adquisiciones, Primer Piso de Madrid No. 62, Col. Tabacalera, C.P. 06030, Ciudad de México y una vez
que se hayan pagado, su entrega será en el horario de: 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas. La forma de pago de las bases es mediante transferencia
bancaria, depósito en efectivo o cheque certificado o de caja en sucursales del banco BBVA, cuenta 0124056310 cuenta clabe 012 180 00124056310 4, a
nombre de Cámara de Senadores, los días 13, 14, 18, 19 y 20 de noviembre de 2025; la comprobación del pago se hará en Madrid No. 62, Planta Baja, Col.
Tabacalera, los días 13, 14, 18, 19 y 20 de noviembre de 2025, presentando la ficha de depósito, en caso de cheque certificado, se anexará copia de
comprobante de certificación del mismo, en un horario de caja de: 9:30 a 14:30 y de 17:00 a 18:30 horas. Los actos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas, del
1er. Piso de Madrid No. 62, Col. Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06030, Ciudad de México, en los días y horarios señalados.
•
Lugar y tiempo de ejecución de los servicios: de conformidad a lo señalado en los Anexos 1 (Anexos Técnicos) y bases de cada una de las licitaciones, durante la
vigencia de los contratos que será a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre del 2026.
•
El Idioma en que deberán presentarse las proposiciones: español, y la Moneda es: peso mexicano. Condiciones de pago: Se pagará en moneda nacional,
conforme a lo señalado en los Anexos 1 (Anexos Técnicos) y bases de cada una de las licitaciones, dentro de los 25 días hábiles posteriores a la recepción de los
servicios recibidos y la factura correspondiente a entera satisfacción de la Cámara de Senadores para su tramitación a pago, que cumpla con los requisitos
fiscales y electrónica soportada con los archivos PDF y XML respectivos. No se otorgará Anticipo. Las propuestas presentadas por los licitantes no podrán ser
modificadas. La Cámara de Senadores se abstendrá de recibir propuestas de las personas físicas o morales, que se encuentren en los supuestos del Artículo 24
de las Normas para Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obras Públicas que rigen a esta Cámara.
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTORA DE ADQUISICIONES
LIC. ANA ELBA MAC-LIBERTY NOVELO
RUBRICA.
(R.- 570432)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
293
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN LA CIUDAD DE MEXICO
CONVOCATORIA: 01
En observación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 134, y de conformidad con el Reglamento del Instituto Nacional Electoral en
materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas nacionales
presenciales, para el suministro de combustibles y lubricantes para vehículos automotores propios y arrendados de las juntas local y distritales ejecutivas del Instituto
Nacional Electoral en la Ciudad de México, para el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026 y; servicio de limpieza en los inmuebles de las juntas local y
distritales ejecutivas, módulos de atención ciudadana y bodega estatal del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, para el periodo del 01 de enero al 31 de
diciembre de 2026, ambos servicios mediante contrato abierto de conformidad con lo siguiente
:
Licitaciones Públicas Nacionales Presenciales
No. de licitación
Costo de las
bases
Junta de
aclaraciones
Visita a instalaciones
Presentación de
proposiciones y apertura
técnica y económica
LP-INE-JLEMX-04-2025
Sin costo
20/11/2025
10:00 horas
No habrá visita a instalaciones
28/11/2025
10:00 horas
LP-INE-JLEMX-05-2025
Sin costo
27/11/2025
10:00 horas
14 de noviembre, 19 al 21 de noviembre, 24 al 28 de
noviembre, 1 al 3 de diciembre de 2025 en un horario
de 8:30 a 15:30 horas
04/12/2025
10:00 horas
Licitación
Descripción
LP-INE-JLEMX-04-2025
Suministro de combustibles y lubricantes para vehículos automotores propios y arrendados de las juntas local y distritales ejecutivas
del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, para el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026.
LP-INE-JLEMX-05-2025
Servicio de limpieza en los inmuebles de las juntas local y distritales ejecutivas, módulos de atención ciudadana y bodega estatal del
Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, para el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026.
Las convocatorias se encuentran disponibles para obtención y consulta en la página del Instituto https://www.ine.mx/licitaciones-contrataciones-presenciales/ el acto de
Junta de Aclaraciones y el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se llevarán a cabo de manera presencial en el salón de usos múltiples de la Junta Local
Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, en las horas y fechas citadas en las convocatorias.
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
VOCAL EJECUTIVA
MARIA LUISA FLORES HUERTA
RUBRICA.
(R.- 570411)
294
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
BANCO DE MEXICO
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA NACIONAL
No. BM-SAFB-25-0934-2
Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de la Ley del Banco de México, en las Normas
del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de
servicios; en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás
disposiciones aplicables, convoca a todos los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional
No. BM-SAFB-25-0934-2 con el objeto de adquirir mallas para lote de impresión (CDMX y JAL). El volumen de
los bienes materia de licitación es de 1,400 piezas.
Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación:
a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 20 de noviembre de 2025.
b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 27 de noviembre de 2025.
c) Comunicación del fallo: A más tardar el 17 de diciembre de 2025.
La convocatoria respectiva, fue publicada el día 11 de noviembre de 2025, en el Portal de Contrataciones
Banxico (POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/Portal
Proveedores/
CIUDAD DE MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
BANCO DE MEXICO
SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO
A FABRICA DE BILLETES
ING. MANUEL FLORES ZARZA
FIRMA ELECTRONICA.
ANALISTA DE CONTRATACIONES DE LA OFICINA DE
CONTRATACIONES PARA FABRICA DE BILLETES
LIC. SERGIO IVAN RAMIREZ GOMEZ
FIRMA ELECTRONICA.
Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, párrafos primero, segundo y tercero, 10 y 27 Bis
del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo fracción VIII, del Acuerdo de Adscripción de las
Unidades Administrativas del Banco de México, y en los artículos 2, fracción IX y 6, primer párrafo, de
las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como
de servicios.
(R.- 570448)
GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL PRESENCIAL
CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se emite la
convocatoria, a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Presencial, cuya Convocatoria
contiene las bases de participación, disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buen
gobierno.gob.mx//, así como en la Dirección General de Recursos Materiales de Gobierno del Estado de Baja
California Sur, en días hábiles del 13 al 21 de noviembre del 2025, en horario comprendido de las 8:30 a
15:00 horas Ubicado en el Tercer Nivel del Edificio Myrna, sito en Calle Ignacio Allende número 1485 entre
Melitón Albañez y Dionicia Villaríno, Colonia Centro, La Paz, Baja California Sur; teléfono 6121239400, ext.
12015, y 12019 con dirección electrónica licitacionesgbcs1@gmail.com.
No. De Licitación
LA-62-O14-903011992-N-28-2025
Objeto de la Licitación
CONTRATACION DE CURSOS DE CAPACITACION
Volumen a adquirir
En Convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMX
13 de noviembre del 2025
Junta de Aclaraciones
21 de noviembre del 2025, a las 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
01 de diciembre del 2025, a las 10:00 horas
Fallo
En un plazo que no excederá del 04 de diciembre del
2025, por escrito.
LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
LIC. JOEL GUTIERREZ ORCI
RUBRICA.
(R.- 570416)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
295
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO
SERVICIOS DE SALUD PUBLICA DE LA CIUDAD DE MEXICO
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional LA-68-017-9007972-N-1-2025, cuya Convocatoria
contiene las bases de participación, disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buen
gobierno.gob.mx/ o bien: Avenida Insurgentes Norte No. 423, Segundo Piso, Conjunto Urbano Nonoalco
Tlatelolco, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06900, en la Ciudad de México.; de lunes a viernes del año en curso de
las 09:00 a 15:00 horas.
No. de licitación
LA-68-017-909007972-N-1-2025
Descripción de la Licitación
Servicio de Mantenimiento y Conservación a las Instalaciones de
Unidades Médicas y Centros de Salud de la Ciudad de México.
Volumen a Adquirir
Los detalles se determinan en las bases de la convocatoria
Fecha de publicación en Compranet
13/11/25
Junta de aclaraciones
19/11/25, 11:00 horas
Visita a las instalaciones
20/11/25
Presentación y apertura de sobres
26/11/25, 11:00 horas
Fecha y hora de Fallo
28/11/25, 11:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 11 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
MTRO. CARLOS HUESCA VIGIL ESCALERA
RUBRICA.
(R.- 570443)
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CAMPECHE
063O41 - SECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-63-O41-
904015996-N-10-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta
en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en calle 8 número 325, entre calle 63 y Circuito
Baluartes, colonia Centro, código postal 24000, San Francisco de Campeche, Campeche, de lunes a viernes
de 08:00 a 16:00 horas.
Nombre del procedimiento de contratación
Prestación de un servicio de aseguramiento mediante
póliza de responsabilidad civil general del concesionario
y usuario para el Nuevo Puente La Unidad.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha y hora de publicación en Compras MX
13 de noviembre de 2025 a las 09:00
Fecha y hora de junta de aclaraciones
20 de noviembre de 2025 a las 08:30
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
No hay visita a las instalaciones.
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
28 de noviembre de 2025 a las 09:00
Fecha y hora de fallo
05 de diciembre de 2025 a las 13:00
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SECRETARIO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
JEZRAEL ISAAC LARRACILLA PEREZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570419)
296
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N-
19-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta
en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de
lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas.
Descripción de la licitación:
Adquisición de Material de Limpieza
Volumen a adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha y hora de publicación en Compras Mx
13/11/2025
Fecha y hora de Visita a instalaciones:
N/A
Fecha y hora de Junta de Aclaraciones:
21/11/2025 11:00 horas
Fecha y hora de Presentación
y apertura de proposiciones:
01/12/2025 09:30 horas
Fecha y hora de Fallo
08/12/2025 11:00 horas
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD
LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570452)
INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N-
20-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta
en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de
lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas.
Descripción de la licitación:
Adquisición de medicinas y productos farmacéuticos
Volumen a adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha y hora de publicación en Compras Mx
13/11/2025
Fecha y hora de Visita a instalaciones:
N/A
Fecha y hora de Junta de Aclaraciones:
21/11/2025 14:30 horas
Fecha y hora de Presentación
y apertura de proposiciones:
01/12/2025 12:30 horas
Fecha y hora de Fallo
08/12/2025 12:00 horas
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD
LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570454)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
297
INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N-
21-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta
en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206
de lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas.
Descripción de la licitación:
Adquisición de Materiales y útiles de oficina
Volumen a adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha y hora de publicación en Compras Mx
13/11/2025
Fecha y hora de Visita a instalaciones:
N/A
Fecha y hora de Junta de Aclaraciones:
24/11/2025 09:30 horas
Fecha y hora de Presentación
y apertura de proposiciones:
02/12/2025 09:30 horas
Fecha y hora de Fallo
08/12/2025 13:00 horas
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD
LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570456)
INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N-
22-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta
en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de
lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas.
Descripción de la licitación:
SERVICIOS INTEGRALES DE INFRAESTRUCTURA
DE COMPUTO
Volumen a adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha y hora de publicación en Compras Mx
13/11/2025
Fecha y hora de Visita a instalaciones:
N/A
Fecha y hora de Junta de Aclaraciones:
24/11/2025 10:30 horas
Fecha y hora de Presentación
y apertura de proposiciones:
02/12/2025 12:30 horas
Fecha y hora de Fallo
09/12/2025 11:00 horas
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD
LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570455)
298
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N-
23-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta
en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de
lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas.
Descripción de la licitación:
Materiales, Accesorios y Suministros Médicos
Volumen a adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha y hora de publicación en Compras Mx
13/11/2025
Fecha y hora de Visita a instalaciones:
N/A
Fecha y hora de Junta de Aclaraciones:
24/11/2025 12:00 horas
Fecha y hora de Presentación
y apertura de proposiciones:
03/12/2025 09:00 horas
Fecha y hora de Fallo
09/12/2025 12:00 horas
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD
LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570457)
INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N-
24-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta
en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de
lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas.
Descripción de la licitación:
Servicio de Lavandería, Limpieza e Higiene
Volumen a adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha y hora de publicación en Compras Mx
13/11/2025
Fecha y hora de Visita a instalaciones:
N/A
Fecha y hora de Junta de Aclaraciones:
25/11/2025 10:00 horas
Fecha y hora de Presentación
y apertura de proposiciones:
03/12/2025 11:00 horas
Fecha y hora de Fallo
10/12/2025 10:00 horas
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD
LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570458)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
299
INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-63-O39-904037996-N-
25-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta
en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, teléfono (01 981) 81 1 98 70, Ext. 2206 de
lunes a viernes, en un horario de 8:30 A 14:00 horas.
Descripción de la licitación:
Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo e
Instrumental Médico y de Laboratorio
Volumen a adquirir:
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha y hora de publicación en Compras Mx
13/11/2025
Fecha y hora de Visita a instalaciones:
N/A
Fecha y hora de Junta de Aclaraciones:
25/11/2025 12:00 horas
Fecha y hora de Presentación
y apertura de proposiciones:
03/12/2025 13.30 horas
Fecha y hora de Fallo
10/12/2025 12:00 horas
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DEL INDESALUD
LIC. JORGE FRANCISCO SANCHEZ SOSA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570459)
SUBSISTEMA DE PREPARATORIA ABIERTA Y
TELEBACHILLERATO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. LA-67-033-908092975-N-2-2025
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento de Licitación Pública
Nacional Electrónica No. LA-67-033-908092975-N-2-2025, así como la descripción de los requisitos de
participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en: Calle Bogotá 1905, Fraccionamiento Gloria, C.P. 31130,
Chihuahua, Chihuahua, teléfono 614-429-3300 Ext. 21053, de lunes a viernes de las 08:00 a las 15:00 horas,
a partir del 11 de noviembre de 2025, cuya información relevante es:
Objeto de la Licitación
Adquisición de papel y equipo de oficina, artículos de
limpieza, artículos deportivos, cubetas de pintura y
reguladores de voltaje para diversos centros de
telebachillerato comunitario.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
11/11/2025
Junta de aclaraciones
18/11/2025, a las 10:30 horas
Presentación y apertura de proposiciones
26/11/2025, a las 10:30 horas
Fallo
01/12/2025, a las 10:30 horas
CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A 11 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR GENERAL DEL SUBSISTEMA DE PREPARATORIA ABIERTA Y
TELEBACHILLERATO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
M.C. SOCORRO OLIVAS LOYA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570453)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
300
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CIUDAD JUAREZ
COMITE DE ADQUISICIONES, ADJUDICACIONES, CONCESIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
CONVOCATORIA No. 017
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En cumplimiento a lo ordenado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, con fundamento en la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones vigentes en la materia, se convoca a los interesados en participar en la licitación
pública nacional para la “Contratación de servicio de transporte universitario” y la “Adquisición de medicamentos”, cuya convocatoria que contiene las bases de
participación están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la Jefatura de Función de Licitaciones
ubicada en el edificio de Rectoría con domicilio en Avenida Plutarco Elías Calles #1210 Nte., Col. Foviste Chamizal, C.P. 32310 en Ciudad Juárez, Chihuahua, México,
teléfono (656) 688-22-82, a partir del jueves 13 de noviembre de 2025 y hasta un día previo a la apertura de propuestas, de 09:00 a 14:00 horas.
Licitación pública nacional N-5-2026
Descripción de la licitación
“Contratación de servicio de transporte universitario”
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
Jueves 13 de noviembre de 2025
Visita a instalaciones
n/a
Junta de aclaraciones
Martes 25 de noviembre del 2025 a las 09:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
Miércoles 03 de diciembre de 2025 a las 09:00 horas
Licitación pública nacional N-6-2026
Descripción de la licitación
“Adquisición de medicamentos”
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
Jueves 13 de noviembre de 2025
Visita a instalaciones
n/a
Junta de aclaraciones
Martes 25 de noviembre del 2025 a las 12:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
Miércoles 03 de diciembre de 2025 a las 12:00 horas
CD. JUAREZ, CHIHUAHUA, MEXICO, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ADJUDICACIONES, CONCESIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
MTRO. GERARDO SANDOVAL MONTES
RUBRICA.
(R.- 570431)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
301
GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA
SECRETARIA DE FINANZAS DEL ESTADO
SUBSECRETARIA DE EGRESOS
DIRECCION GENERAL DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 011
En observancia al artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad
con los artículos 35, 39 fracción I, 41, 42, 43, 45, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica,
cuya convocatoria contiene las bases y anexos de participación disponibles para consulta en internet: en la
plataforma Digital Compras MX.
Descripción de la Licitación
LA-64-O78-905002984-N-28-2025
CONTRATACION DEL SERVICIO DE SUMINISTRO
Y CANJE DE VALES DE DESPENSA 2025 PARA EL
COLEGIO
DE
EDUCACION
PROFESIONAL
TECNICA DEL ESTADO DE COAHUILA.
Volumen de Licitación
Se Detalla en la Convocatoria
Fecha de Publicación en Compr@Net y DOF
13/11/2025
Junta de Aclaraciones
18/11/2025 13:00 Horas
Presentación y Apertura de Proposiciones
24/11/2025 10:00 Horas
Fallo
27/11/2025 12:00 Horas
Fecha publicación DOF: SALTILLO, COAHUILA, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025
DIRECTOR GENERAL DE ADQUISICIONES
LIC. RODRIGO DIAZ GONZALEZ
RUBRICA
(R.- 570317)
SERVICIOS DE SALUD DE DURANGO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los
artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40, 41, 42 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, se informa a los interesados a participar en licitaciones públicas, que la
convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así
como la descripción de los requisitos de participación y el modelo del contrato, se encuentran disponible para
su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en: calle
Cuauhtémoc número 225 Norte, zona centro, código postal 34000, Durango, Dgo., teléfono: 618 1 37 70 20,
en días hábiles de lunes a viernes con horario 09:00 a 14:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica
No. LA-69-Q55-910006991-N-29-2025
Objeto de la licitación
Servicio de Suministro de Vales de Despensa para el
otorgamiento de la prestación de la medida de fin de año
del Ejercicio Fiscal 2025
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
13/11/2025
Junta de aclaraciones
19/11/2025, 9:00 horas
Visita a instalaciones
No aplica
Presentación y apertura de proposiciones
28/11/2025, 10:00 horas
Fallo
02/12/2025, 14:00 horas
DURANGO, DGO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE DURANGO
DR. MOISES NAJERA TORRES
RUBRICA.
(R.- 570398)
302
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
SERVICIOS DE SALUD DE DURANGO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los
artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción II, 40, 41, 42 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, se informa a los interesados a participar en licitaciones públicas, que la
convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así
como la descripción de los requisitos de participación y el modelo del contrato, se encuentran disponible para
su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante en: calle
Cuauhtémoc número 225 Norte, zona centro, código postal 34000, Durango, Dgo., teléfono: 618 1 37 70 20,
en días hábiles de lunes a viernes con horario 09:00 a 14:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de licitación
Licitación Pública Internacional Electrónica Bajo Tratados
de Libre Comercio
No. LA-69-Q55-910006991-T-30-2025
Objeto de la licitación
Adquisición de Equipo Médico
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
13/11/2025
Junta de aclaraciones
20/11/2025, 9:00 horas
Visita a instalaciones
No aplica
Presentación y apertura de proposiciones
28/11/2025, 13:00 horas
Fallo
02/12/2025, 16:00 horas
DURANGO, DGO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE DURANGO
DR. MOISES NAJERA TORRES
RUBRICA.
(R.- 570400)
GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO
SECRETARIA DE FINANZAS
COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACION
DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA ESTATAL
PUBLICACION DE RESUMEN DE FALLO DE LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL
BAJO COBERTURA DE TRATADOS ELECTRONICA CON No. 40004001-003-25,
PARA LA ADQUISICION DE PELICULAS PARA RADIOLOGIA
De conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 58 del Reglamento de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y
Contratación de Servicios de la Administración Pública Estatal, ubicado en: Carretera Guanajuato Juventino
Rosas K.M. 9.5, Colonia Yerbabuena, Guanajuato, Gto.; da a conocer el nombre de los proveedores
adjudicados derivado del fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo Cobertura de Tratados Electrónica
con No. 40004001-003-25, para la Adquisición de Películas para Radiología para el Instituto de Salud Pública
del Estado de Guanajuato, con expediente No. E-2025-00083837 y número de procedimiento LA-70-037-
911002976-T-16-2025
Descripción de los bienes:
Películas para Radiología
Fecha de publicación de fallo:
01 de octubre de 2025
Adjudicado
Domicilio
No. Partidas
Monto total
VTRES SA DE CV
San Juan Bosco,
número 3068, colonia
Cañada del Refugio,
C.P. 37358, León de los
Aldama, Guanajuato
1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9,
10, 11, 12, 13, 14, 15,
16, 17, 18, 19, 20, 21,
22, 23, 24, 25 y 26
$10,478,179.95
GUANAJUATO, GTO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SECRETARIO DEL COMITE
C.P. ALEJANDRO ABUNDEZ YEBRA
RUBRICA.
(R.- 570424)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
303
GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO
SECRETARIA DE FINANZAS
COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACION DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA ESTATAL
PUBLICACION DE RESUMEN DE FALLO DE LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL
BAJO COBERTURA DE TRATADOS ELECTRONICA 40004001-002-25
De conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de la Administración Pública Estatal, ubicado en: Carretera Guanajuato Juventino Rosas
K.M. 9.5, Colonia Yerbabuena, Guanajuato, Gto.; da a conocer el nombre de los proveedores adjudicados derivado del fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo
la Cobertura de Tratados Electrónica No. 40004001-002-25, para la Adquisición de Equipo Médico y de Laboratorio para el Instituto de Salud Pública del Estado de
Guanajuato, con expediente No. E-2025-00083005 y número de procedimiento LA-70-037-911002976-T-14-2025
Descripción de los bienes:
Equipo Médico y de Laboratorio.
Fecha de publicación de fallo:
02 de octubre de 2025
Adjudicado
Domicilio
No. Partidas
Total Adjudicado
Surtidor Químico del Centro,
S.A. de C.V.”
Av. Tecnológico número 1A Sur, Colonia Centro,
Querétaro, Qro. C.P. 76000
1
$532,400.00
Lab Tech Instrumentación,
S.A. de C.V.
Comercio Exterior número 1080, Colonia La Aurora,
C.P. 44460 Guadalajara, Jal.
2
$56,463.00
Nurimed, S.A. de C.V.
Calle Abraham González Manzana 21 Lote 123, Colonia:
Santa María Aztahuacán Ampliación, Alcaldía Iztapalapa,
C.P. 09500, Ciudad De México
5
$225,504.00
Go Pharma, S.A. de C.V.
República del Perú número 206 Colonia Obrera,
C.P. 37340 León, Guanajuato
8
$3,070,984.00
GUANAJUATO, GTO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SECRETARIO DEL COMITE
C.P. ALEJANDRO ABUNDEZ YEBRA
RUBRICA.
(R.- 570427)
304
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
SECRETARIA DE EDUCACION DE GUANAJUATO
SUBCOMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACION DE SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA DE CARACTER NACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitación pública que la convocatoria que
contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los
requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien, en el domicilio de la convocante en: Carretera Guanajuato-
Puentecillas Km. 9.5, Colonia El Establo C.P. 36260 Guanajuato, Gto., Teléfono 473-73-51211, de lunes a
viernes de 9:00 a 15:00 hrs. y cuya información relevante es:
No. de Licitación, medio y carácter.
LA-70-036-911003999-N-27-2025
Electrónica
Nacional
Objeto de la Licitación
Adquisición
de
bienes
para
el
Programa
Fortalecimiento de los Servicios de Educación
Especial para la SEG
Volumen para adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
y sus anexos.
Fecha de publicación en Compras MX
11/11/2025
Junta de aclaraciones
19/11/2025, 10:00 horas.
Visita a instalaciones
No aplica.
Presentación y apertura de proposiciones
27/11/2025, 11:00 horas.
Fallo
10/12/2025, 13:00 horas.
GUANAJUATO, GTO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
CECILIA SOLEDAD AREVALO SOSA
RUBRICA.
(R.- 570425)
070Q94 - UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-70-Q94-
911043999-N-2-2026, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la Unidad de Adquisiciones y Servicios de Apoyo
de la Universidad de Guanajuato (Noria Alta s/N, Noria Alta, C.P. 36050 Guanajuato, Gto., en un horario de
08:30 a 15:30 horas.
Nombre del Procedimiento de contratación
CONVOCADA
PARA
CONTRATACION
DE
SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET CON
PROTECCION Y MITIGACION DE ATAQUES DDOS
Y CONECTIVIDAD PUNTO A PUNTO PARA LAS
DIFERENTES ENTIDADES Y DEPENDENCIAS DE
LA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
10 de Noviembre de 2025 a las 10:00 hrs.
Fecha y hora de junta de aclaraciones
20 de Noviembre de 2025 a las 09:00 hrs.
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
No aplica
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
28 de Noviembre de 2025 a las 09:00 hrs.
Fecha y hora de fallo
7 de Enero de 2026 a las 15:00 hrs.
13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
ANALISTA TECNICO
MARIA ASUNCION BOCANEGRA MORENO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570399)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
305
077014-SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE NAYARIT
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACIONES PUBLICAS CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y de los artículos 1 fracción III, 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I y II, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46,
47, 48, 49, 50, 65, 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las políticas,
bases y lineamientos en materia de Adquisiciones y Prestaciones de Servicios y demás disposiciones
aplicables en la materia, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas número LA-77-
014-918032996-N-35-2025, LA-77-014-918032996-N-36-2025, LA-77-014-918032996-N-37-2025, LA-77-014-
918032996-N-38-2025 y LA-77-014-918032996-T-39-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de
participación disponibles para consulta en Internet http://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien en la
Coordinación de Adquisiciones, con domicilio en Gustavo Baz 33 sur, Fray Junípero Serra, C.P. 63169, Tepic,
Nayarit, teléfono: 01 (311) 213-75-57, los días hábiles; a partir de publicada la licitación, con el siguiente
horario: 09:00 a 13:00 horas.
Nombre del Procedimiento de contratación
Instalación, reparación y mantenimiento de equipo
No. De Licitación
LA-77-014-918032996-N-35-2025
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
11 de noviembre de 2025
Fecha y hora de junta de aclaraciones
14 de noviembre de 2025 a las 09:00
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
21 de noviembre de 2025 a las 09:00
Fecha y hora de fallo
26 de noviembre de 2025 a las 09:00
Nombre del Procedimiento de contratación
Impresiones y difusión
No. De Licitación
LA-77-014-918032996-N-36-2025
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
11 de noviembre de 2025
Fecha y hora de junta de aclaraciones
14 de noviembre de 2025 a las 10:00
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
21 de noviembre de 2025 a las 10:00
Fecha y hora de fallo
26 de noviembre de 2025 a las 10:00
Nombre del Procedimiento de contratación
Bienes muebles
No. De Licitación
LA-77-014-918032996-N-37-2025
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
11 de noviembre de 2025
Fecha y hora de junta de aclaraciones
14 de noviembre de 2025 a las 11:00
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
21 de noviembre de 2025 a las 11:00
Fecha y hora de fallo
27 de noviembre de 2025 a las 11:00
Nombre del Procedimiento de contratación
Materiales de administración
No. De Licitación
LA-77-014-918032996-N-38-2025
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
11 de noviembre de 2025
Fecha y hora de junta de aclaraciones
14 de noviembre de 2025 a las 12:00
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
21 de noviembre de 2025 a las 12:00
Fecha y hora de fallo
27 de noviembre de 2025 a las 12:00
Nombre del Procedimiento de contratación
Materiales, Accesorio y Suministros Médicos
No. De Licitación
LA-77-014-918032996-T-39-2025
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
11 de noviembre de 2025
Fecha y hora de junta de aclaraciones
14 de noviembre de 2025 a las 13:00
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
21 de noviembre de 2025 a las 13:00
Fecha y hora de fallo
01 de diciembre de 2025 a las 13:00
ATENTAMENTE
TEPIC, NAYARIT, A 11 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTORA DE ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE NAYARIT
ING. ALONDRA GUADALUPE CORRAL MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 570447)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
306
GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA
DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA
La Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría de Administración, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 1, 32, 34 y 44 de la Ley de Adquisiciones,
Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 27 segundo y cuarto párrafo y 33 del
Reglamento de la citada Ley, convoca a los interesados en participar en el procedimiento de Licitación Pública Nacional a que hace referencia este resumen,
cuya convocatoria se encuentra disponible para su consulta en la página https://www.oaxaca.gob.mx/administracion/licitaciones/, a partir de esta misma fecha, cuya
información es:
Número de Licitación: LPN-SA-IP-0057-10/2025
Objeto de la contratación
Contratación de servicios de consultoría para la elaboración de planes de ordenamiento territorial y atlas de
gestión integral de riesgos para 50 Municipios del Estado de Oaxaca y su implementación en la plataforma digital
oficial de información geográfico espacial, solicitado por el Instituto de Planeación para el Bienestar
Junta de aclaraciones
18/11/2025 a las 16:30 horas
Recepción y apertura de propuestas
20/11/2025 a las 11:00 horas
Notificación de fallo
A más tardar el 28/11/2025
Volumen a contratar
Servicio
Número de Licitación: LPN-SA-IP-0058-10/2025
Objeto de la contratación
Adquisición de material estadístico y geográfico, solicitado por el Instituto de Planeación para el Bienestar
Junta de aclaraciones
18/11/2025 a las 17:00 horas
Recepción y apertura de propuestas
20/11/2025 a las 12:00 horas
Notificación de fallo
A más tardar el 28/11/2025
Volumen a contratar
Adquisición
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
“EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ”
TLALIXTAC DE CABRERA, OAXACA, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES
LIC. SARA ZARATE SANTIAGO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570397)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
307
INSTITUTO DE CAPACITACION PARA EL
TRABAJO DEL ESTADO DE QUERETARO
DIRECCION ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública nacional número LA-81-032-081032001-N-1-2025, cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para su consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en: Fray Pedro de Gante 10, Cimatario, 76030, Santiago de
Querétaro, Querétaro. Teléfono: 4433481100 ext 1230, 1231, los días del 11 al 26 de noviembre del año en
curso de las 8:00 a 14:00 horas.
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE ARTICULOS DE PAPELERIA Y
LIMPIEZA PARA EL ICATEQ
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
11/11/2025
Junta de aclaraciones
19/11/2025, 11:00 horas
Visita a instalaciones
No hay visita
Presentación y apertura de proposiciones
26/11/2025, 11:00 horas
QUERETARO, QRO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR ADMINISTRATIVO
DR. GONZALO FERREIRA MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 570426)
UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DEL ESTADO DE PUEBLA
ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO DEL ESTADO
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar a la Licitación Pública Nacional Electrónica, en la Plataforma Digital de Contrataciones
Públicas No. LA-80-V18-921062968-N-2-2025, cuya convocatoria que contiene las bases de la participación,
se
encuentran
disponibles
para
su
consulta
en
las
siguientes
direcciones
electrónicas:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ y https://www.uiep.edu.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante
en: Calle Principal a Lipuntahuaca S/N, Lipuntahuaca, Huehuetla, Puebla; Teléfono móvil: 221 349 46 14; de
lunes a viernes de las 9:00 a las 16:00 a partir de su publicación.
Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-80-V18-921062968-N-2-2025
Periodo de consulta de bases: del 13 de noviembre al 05 de diciembre de 2025.
Descripción de la Licitación
Adquisición de Equipos, Materiales y Servicios del PRODEP 2025
Objeto de la Licitación
Los detalles se determinan en la misma convocatoria
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la misma convocatoria
Publicación en la Plataforma Digital
de Contrataciones Públicas
13/11/2025.
Visita Técnica
17/11/2025, Sala de Rectoría, 10:00 P. M.
Junta de aclaraciones
20/11/2025, Sala de Rectoría, 12:00 P. M.
Presentación y apertura
de proposiciones
28/11/2025, Sala de Rectoría, 12:00 P. M.
Fallo
02/12/2025, Sala de Rectoría, 12:00 P. M.
Firma de Contrato
05/12/2025, Dirección de Finanzas y Administración.
ATENTAMENTE
HUEHUETLA, PUEBLA, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
RECTOR DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DEL ESTADO DE PUEBLA
ROGELIO HERNANDEZ ORTEGA
RUBRICA.
(R.- 570414)
308
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL A PLAZOS RECORTADOS
012/2025
De conformidad con el Reglamento de Adquisición de Bienes, Contratación de Servicios y Arrendamientos de
la U.A.S.L.P. se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional a Plazos
Recortados 012/2025, cuya Convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en la
página web www.uaslp.mx, previa solicitud al correo electrónico mireya.macias@uaslp.mx y en el
Departamento de Adquisiciones de la Secretaría Administrativa de la Universidad Autónoma de San Luis
Potosí, ubicado en Cordillera de los Alpes Esq. con calle Villa de la Paz S/N Col. Villas del Pedregal, C.P.
78218, teléfono 52-(444) 1027323 en el periodo comprendido del 13 al 19 de noviembre de 2025 de las 9:00 a
14:00 horas.
Descripción de la Licitación
Materiales de construcción
Volumen a Adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Publicación en Página oficial U.A.S.L.P.
13/11/2025
Junta de Aclaraciones
19/11/2025 13:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones
24/11/2025 11:00 horas
SAN LUIS POTOSI, S.L.P., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
M.A. HILDA LORENA BORJAS GARCIA
RUBRICA.
(R.- 570275)
COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SINALOA
COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
LICITACION PUBLICA NACIONAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 01/26
En cumplimiento a lo establecido en el Art. 41 la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Número
LA-84-W57-925016992-N-1-2026, cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra
disponible en la plataforma Compras MX.
No. De la licitación
LA-84-W57-925016992-N-1-2026.
Carácter de la Licitación
Pública Nacional.
Descripción del objeto de la licitación
Contratación de los Servicios de Póliza de Seguro
Institucional de Vida Grupo
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en el Anexo “A” de la
Convocatoria a la licitación.
Fecha de publicación en Compras MX
13 de Noviembre de 2025.
*Junta de aclaraciones
21 de Noviembre de 2025, a las 10:00 horas
Visita a las instalaciones
No habrá visita a las instalaciones.
*Presentación y apertura de proposiciones
01 de Diciembre de 2025, a las 10:00 horas
*Fallo
04 de Diciembre de 2025, a las 10:00 horas
(*) Estos eventos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Dirección General del Colegio de Bachilleres
del Estado de Sinaloa, sita en Blvd. Rolando Arjona Amábilis No. 1225, norte, Colonia Juntas de Humaya,
C.P. 80050, Culiacán, Sinaloa
CULIACAN, SIN., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
PRESIDENTE DEL COMITE DE ADQUISICIONES, Y
DIRECTOR GENERAL DEL “COBAES”
DR. SANTIAGO INZUNZA CAZARES
RUBRICA.
(R.- 570415)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
309
INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
OFICINA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVS. GENERALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 001
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se publica la
Licitación Pública Nacional Electrónica No. IVM/LPN/DA/RM&SG/PAIBIM/001/2025, cuya Convocatoria que
contiene las bases de participación disponibles en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx o bien
en: La Calle José María Mata número 2, Colonia Centro, C.P. 91000, Xalapa, Veracruz., Xalapa, Veracruz,
teléfono: (228) 817-07-89 y 817-10-09 ext. 1210, de las 9:00 a 18:00 horas.
Descripción de la Licitación
Contratación del servicio de Capacitación para las
usuarias de los 31 centros LIBRE instalados en el Estado
de Veracruz, que derivan del Programa de Atención
Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), dentro
del proyecto “Por Amor a las Veracruzanas”
Recepción de muestras
NO APLICA
Fecha de publicación en CompraNet
28/10/2025
Junta de aclaraciones
31/10/2025, 11:00 horas
Visita a instalaciones
Del 03 al 07 de noviembre de 2025
Presentación y apertura de proposiciones
10/11/2025, 11:00 horas
Fallo
13/11/2025, 11:00 horas
Firma de contrato
14/11/2025, 11:00 horas
XALAPA - ENRIQUEZ, VERACRUZ, A 23 DE OCTUBRE DE 2025.
DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES
MTRA. ZAIRA FABIOLA DEL TORO OLIVARES
RUBRICA.
(R.- 570402)
INSTITUTO DE ESPACIOS EDUCATIVOS DEL ESTADO
DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECCION GENERAL
SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA
CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LPNE-IEEV-104C80803-
001-2025 “ADQUISICION DE EQUIPO ESPECIALIZADO PARA LABORATORIO Y TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES PARA EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE ORIZABA”
El Instituto de Espacios Educativos del Estado de Veracruz, en cumplimiento de las disposiciones que
establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1
Fracción III, 6 Fracción II, 7, 26 fracción I, 30, 33 párrafo primero, 35 Fracción I, 36, 38, 39, 40, 41, 42, 43,
44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, y demás aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, en lo subsecuente la Ley; así como a lo dispuesto por el Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2025; y al ACUERDO IEEV ADQ/4ªEXT-ORD-
2025/06 mediante el cual se autorizó el procedimiento y la reducción de los plazos de ejecución, sin
que esta reducción límite la participación de los licitantes interesados en participar, de conformidad
con lo establecido en el artículo 42 de la Ley y artículo 43 de su reglamento, se expide la presente
Convocatoria a la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LPNE-IEEV-104C80803-001-2025, relativa
a la “Adquisición de Equipo Especializado para Laboratorio y Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones para el Instituto Tecnológico de Orizaba", de acuerdo a lo siguiente:
No. DE LICITACION
OBJETO DE LA
LICITACION
JUNTA DE
ACLARACIONES
PRESENTACION
Y APERTURA DE
PROPOSICIONES
TECNICAS Y
ECONOMICAS
LPNE-IEEV-104C80803-
001-2025
Adquisición de Equipo
Especializado para
Laboratorio y Tecnologías
de la Información y las
Comunicaciones para el
Instituto Tecnológico
de Orizaba
24 de noviembre
de 2025
13:00 horas
27 de noviembre
de 2023
13:00 horas
310
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
No. DE
PARTIDA
CODIFICACION
DESCRIPCION DEL BIEN
U.M.
CANTIDAD
1
MITO00001
Equipo de Laboratorio para
agendas de agua y salud
(Espectrofotómetro
UV visible)
PIEZA
2
8
MITO00008
Incubador
PIEZA
1
13
MITO00013
Sistema de digestión
PIEZA
1
14
MITO00014
Destilador Kjeldahl
PIEZA
2
19
MITO00019
Microscopio de inspección
digital motorizado
PIEZA
1
23
MITO00023
Mesa de robot con almacén
de piezas geométricas con
tecnología IoT
PIEZA
1
28
MITO00028
Sistema de entrenamiento
en hidráulica proporcional
PIEZA
1
* Nota, únicamente se publican las partidas más representativas en monto.
La convocatoria de licitación a la que deberán sujetarse los interesados, se encuentran disponibles en la
página web: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx, la presente Licitación Pública Nacional, será de tipo
Electrónica, en la cual exclusivamente se permitirá la participación de los licitantes a través de Compras MX,
se utilizarán medios de identificación electrónica y de carácter Nacional donde únicamente podrán participar
personas de nacionalidad mexicana, en términos de lo establecido en el artículo 36, 37 y 39 fracción I de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 50 del “REGLAMENTO”, así como los
numerales 14 y 16 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la
utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, así mismo los licitantes interesados
en participar deberán estar inscritos en el registro que hace referencia el artículo 86 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La participación de los Licitantes interesados es de forma electrónica y deberán presentar sus proposiciones a
través de Compras MX, en sobre digital que contengan las proposiciones, generado por la plataforma, de
conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público, deberán ser generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad
de la información de tal forma que sean inviolables, conforme a las disposiciones técnicas que al efecto
establece la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. "
La Junta de Aclaraciones y Junta de Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas se llevarán a cabo en
las fechas y horarios arriba estipulados a través de la plataforma Compras MX
La procedencia de los recursos que se tienen es Federal, del programa presupuestario U079 “Programa de
Expansión de la Educación Media Superior y Superior”, del ejercicio 2025.
Plazo de entrega: 30 días naturales contados a partir del día siguiente a la suscripción del contrato.
*deberá entregar el total de los bienes en concurso, libre a bordo en las instalaciones del Instituto Tecnológico
de Orizaba, sito en Ote. 9, Emiliano Zapata, C.P. 94320, Orizaba, Ver., en un horario de 09:00 a 14:00 horas
de lunes a viernes.
Forma y plazo de pago: se efectuará en pesos mexicanos mediante depósito electrónico, dentro de los 17
días naturales contados a partir del envío y verificación de la factura respectiva a través de la plataforma y
previa entrega total de los bienes y para este procedimiento no se otorgarán anticipos.
XALAPA, VER., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
ENCARGADA DE LA SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA EN EL
INSTITUTO DE ESPACIOS EDUCATIVOS DEL ESTADO DE VERACRUZ
MTRA. SANDRA TORRES LOPEZ
RUBRICA.
(R.- 570446)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
311
CONSEJERIA JURIDICA DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE YUCATAN
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de
conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados en participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional que se menciona,
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para la consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, Calle 20-A N° 284 por 3-C, Colonia Xcumpich C.P. 97204.
Mérida, Yucatán, el día 13 de Noviembre del 2025 de las 9:00 a 15:00 horas y cuya información relevante es:
Carácter, medio y núm. de la licitación
LA-90-Y86-931026973-N-2-2025
Objeto de la Licitación
Adquisición de bienes informáticos, equipos de captación
de datos biométricos y licencia de software.
Volumen a adquirir
Se indican en el anexo 1 de la convocatoria
Fecha de publicación en ComprasMx
13/noviembre/2025
Visita al sitio
Acto: junta de aclaraciones
20/noviembre/2025, 12:00 horas
Acto: presentación y apertura de
proposiciones
28/noviembre/2025, 12:00 horas
Acto: fallo
03/diciembre/2025, 12:00 horas
MERIDA, YUCATAN, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTORA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
L.A. ANDREA PAMELA DIAZ LEIRANA
RUBRICA.
(R.- 570274)
SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE ZACATECAS
DIRECCION ADMINISTRATIVA
RESUMEN DE CONVOCATORIA 001
LICITACION PUBLICA CON RECURSO FEDERAL DE CARACTER NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca
a los interesados en participar en la licitación pública con recurso federal de carácter nacional número
LA-91-Z60-932057995-N-1-2025, cuya convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles
para consulta en Internet http://compranet.hacienda.gob.mx, o bien, Calle Mercantil No. 1, Conjunto Industrial
Nuevo Desarrollo, Interior 1100, Zona Industrial, Guadalupe Zacatecas, C.P. 98604, teléfono: 492-923-9494,
extensión 53012, del 13 de noviembre al 01 de diciembre de 2025, en días hábiles, de lunes a viernes en un
horario de 09:00 a 16:00 horas.
Descripción de la licitación
Para la adquisición de Vestuario uniformes y prendas de
protección
Volumen a adquirir
41,149 prendas
Fecha de publicación en CompraNet
13/11/2025
Junta de aclaraciones
20/11/2025, 13:00 horas.
Presentación y apertura de proposiciones
01/12/2025, 11:00 horas.
ZACATECAS, ZACATECAS, A 13 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE ZACATECAS
C. LETICIA QUIROZ ALONSO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570417)
312
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
con residencia en Zapopan
M9-OJ1
Juicio de Amparo 1329/2024
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 1329/2024, promovido por Innovación Inmobiliaria Dalosa,
Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, con fundamento en el artículo 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordena emplazar por este
medio a los terceros interesados Rodolfo Arias Suárez y Alejandra Cisneros Bello, quienes deberán
presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a
hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibidos que de no hacerlo, por sí, por su apoderado o por
gestor que pueda representarlos, se seguirá el procedimiento en sus etapas, haciéndose las subsecuentes
notificaciones por lista, que se fije en los estrados de este Juzgado, en términos de lo dispuesto en los
artículos 26, fracción III, y 27, fracción III, de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Secretaría de
este Juzgado, la copia de la demanda de amparo.
PARA PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL
DE LA FEDERACIÓN.
Atentamente
Zapopan, Jalisco, 14 de octubre de 2025.
La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Lic. Ana Paula Baroccio González
Rúbrica.
(R.- 569971)
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito
Hermosillo, Sonora
EDICTO
AMPARO DIRECTO LABORAL 788/2025
En amparo directo laboral 788/2025, promovido por Alejandra Encinas Fimbres, a través de su apoderado
legal Martín Francisco Rodríguez Silva, contra acto de la Junta Especial Número Veintitrés de la Federal de
Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, consistente en el laudo de siete de marzo de dos mil
veinticinco, dictado en el expediente laboral 1167/2021, por desconocerse el domicilio de la persona moral
tercera interesada Servicio Consultivo de Capital Humano Prech, Sociedad Anónima de Capital Variable, se
ordena emplazar a juicio por medio de la publicación de edictos, los cuales se deberán publicar por tres veces,
de tres en tres días, en el Diario Oficial de la Federación; asimismo, fíjese en la puerta de este órgano
jurisdiccional, una copia íntegra del edicto respectivo por todo el tiempo del emplazamiento; haciéndosele
saber que deberá presentarse ante este tribunal colegiado por conducto de su representante legal, dentro de
un término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, a fin de hacer valer lo que
a sus intereses convenga; además, deberá señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones;
apercibida que de no hacerlo las demás notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por medio de
lista con fundamento en el artículo 29 de la legislación de la materia.
Para ser publicado tres veces de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Hermosillo, Sonora, a 13 de octubre de 2025.
Secretaria de Tribunal del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito
Lic. Denisse Colombia Sandoval García
Rúbrica.
(R.- 570064)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
313
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Coatzacoalcos, Ver.
EDICTO
MAGISTRAL AGENTE DE SEGUROS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En los autos juicio de amparo 908/2024-V-A, del índice de este juzgado, promovido por Alberto Enrique
Álvarez Palma, se ordenó emplazar por medio de EDICTOS por desconocerse su domicilio, los cuales se
publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico
Excélsior que se editan en la Ciudad de México; así como en los ESTRADOS de este Tribunal, haciéndoles
saber que está a su disposición en la secretaría de esta juzgado la copia simple de la demanda de amparo, y
que tienen expedito su derecho para comparecer a este tribunal a deducir sus derechos, si a sus intereses
conviene, y que la audiencia constitucional se celebrará a las diez horas con cincuenta y cinco minutos del
siete de octubre de dos mil veinticinco.
Atentamente
Coatzacoalcos, Veracruz, uno de octubre de dos mil veinticinco.
La Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Veracruz
Diana del Carmen Gil Antonio
Rúbrica.
(R.- 569258)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Coatzacoalcos, Ver.
EDICTO
GUADALUPE ANTONIO MARTÍNEZ Y JUAN DOROTEO SÁNCHEZ ARENA
En los autos juicio de amparo 481/2024-II-A, del índice de este juzgado, promovido por José Luis Martínez
Ordaz, se ordenó emplazar por medio de EDICTOS por desconocerse su domicilio, los cuales se publicarán
por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico Excélsior que se
editan en la Ciudad de México; así como en los ESTRADOS de este Tribunal, haciéndoles saber que está a
su disposición en la secretaría de esta juzgado la copia simple de la demanda de amparo, y que tienen
expedito su derecho para comparecer a este tribunal a deducir sus derechos, si a sus intereses conviene, y
que la audiencia constitucional se celebrará a las diez horas con treinta y cinco minutos del cuatro de
noviembre de dos mil veinticinco.
Atentamente
Coatzacoalcos, Veracruz, treinta de septiembre de dos mil veinticinco.
El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Veracruz
Manuel Alejandro Díaz Ramírez
Rúbrica.
(R.- 569261)
Estados Unidos Mexicanos
Ciudad de México
Poder Judicial
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Segunda Sala Civil
“2025, Año de la Mujer Indígena”
EDICTO.
AUTO RACK DEL BAJÍO, S.A. DE C.V.
En los autos del cuaderno de amparo D.C. 366/2024, en relación al toca 20/2024/1, relativo al juicio
Ejecutivo Mercantil seguido por Banco Santander México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero
Santander México contra Auto Rack del Bajío, S.A. de C.V. y Navarro Rojas Silvia Paola, expediente número
677/2018, se dictó el proveído de fecha dos de octubre de dos mil veinticinco, en el que se ordenó emplazar a
314
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
la tercera interesada Auto Rack del Bajío, S.A. de C.V., por medio de EDICTOS, quien deberá acudir al local
que ocupa esta Sala, por conducto de quien legalmente la represente, dentro del término de TREINTA DÍAS,
contados a partir del día siguiente de la última publicación de los Edictos a esta Segunda Sala Civil del
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, para que se le corra traslado con la demanda de
amparo promovida por Banco Santander México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero
Santander México, por conducto de su apoderado Óscar Eduardo Castillo García, contra la sentencia dictada
por esta Sala el siete de marzo de dos mil veinticuatro, en el toca 20/2024/1.
Atentamente
Ciudad de México, a 03 de octubre de 2025.
El Secretario de Acuerdos de la Segunda Sala Civil
Lic. Román Montoya Castro
Rúbrica.
(R.- 569467)
Estados Unidos Mexicanos
Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Ciudad Judicial Federal
Zapopan, Jalisco
EDICTOS
TERCERA INTERESADA:
Irma Raquel Becerra Ornelas
En el juicio de amparo directo 603/2025, promovido a favor de José de Jesús Pérez Aquino, contra el
acto de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco,
consistente en el laudo aprobado el trece de mayo de dos mil veinticinco, que resolvió el juicio laboral
937/2018. Por tanto, se ordena emplazar por edictos a Irma Raquel Becerra Ornelas, bajo los términos del
artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, a efecto de presentarse ante esta autoridad, dentro del
término de quince días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto, de conformidad
a lo dispuesto por los artículos 181 y 182 de la ley de la materia.
Zapopan, Jalisco, veintiséis de septiembre dos mil veinticinco.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado
en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Licenciado Aarón Efraín Silva de Anda
Rúbrica.
(R.- 569262)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo 1244/2024-III-A, promovido por Baldemar Notario Acosta, por conducto de su
apoderado legal Jesús Manuel Jaume Ruiz, en contra de la Presidenta de la Junta Especial Número Cuarenta
y Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad y otra autoridad, se emplaza a juicio
a las personas morales Mano de Obra del Caribe, Sociedad Civil y Surmar, Sociedad Anónima de Capital
Variable; terceras interesadas en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce sus
domicilios. Cuentan con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación
del presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se les
apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se les harán
por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, a veintidós de septiembre de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Roxana Hernández López
Rúbrica.
(R.- 569571)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
315
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Consejo de la Judicatura Federal
Órgano de Administración Judicial
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo número 139/2025, promovido por Minelia María May Matos, a través de su
apoderado legal Gean Alberto Peña; se emplaza a juicio Crown City Premium Corporativo, Sociedad Anónima
de Capital Variable y Crown City Coatzacoalcos, Sociedad Anónima de Capital Variable; parte tercera
interesada en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuentan con el
plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que
concurran a este juzgado a hacer valer lo que a su interés conviniere. Se les apercibe que de incumplir esto
último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, treinta de septiembre de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Roxana Hernández López
Rúbrica.
(R.- 569583)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo 524/2025-III-A, promovido por Aarón Rivera Hernández, por conducto de su
apoderada legal Ana Karina Vásquez Martínez, en contra de la Presidente de la Junta Especial Número
Cuarenta y Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en esta ciudad, se emplaza a
juicio a las personas morales Mano de Obra del Caribe Sociedad Civil y SURMAR Sociedad Anónima de
Capital Variable; terceras interesadas en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce sus
domicilios. Cuentan con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación
del presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se les
apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se les harán
por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, a veintidós de septiembre de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Roxana Hernández López
Rúbrica.
(R.- 569589)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la
Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios
Federales San Andrés Cholula, Puebla, Ana Rosa Leticia Muñoz Buaun, por propio derecho y en su carácter
de albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de Irene Buaun Cuervo, tercera interesada dentro del
juicio de amparo 821/2024, se ordenó emplazarla a juicio en términos de lo dispuesto por el artículo 27,
fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y se hace de su conocimiento que el quejoso, Emmanuel Martínez
Forcelledo, por propio derecho, interpuso demanda de amparo contra un acto del Juez de lo Civil y de lo Penal
del Distrito Judicial de Izúcar de Matamoros, Puebla y otra, que hizo consistir en la resolución de fecha
dieciséis de octubre del año dos mil veintitrés, dictada dentro del expediente de origen. Se le previene se
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DIARIO OFICIAL
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presente al juicio de amparo de mérito dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, de no
hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho proceda, y las subsecuentes notificaciones se le hará por lista en
los estrados de este Juzgado, quedando a su disposición en la secretaría, copias simples de traslado de la
demanda; se le hace saber que se encuentran señaladas las diez horas diez minutos del cinco de noviembre
de dos mil veinticinco, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo.
Para su publicación en cualquier periódico de circulación nacional y en el Diario Oficial de la Federación, por
tres veces consecutivas de siete en siete días.
San Andrés Cholula, Puebla; tres de octubre de 2025.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo y de Juicios Federales San Andrés Cholula, Puebla
Lic. Víctor Eduardo Herrera Martínez
Rúbrica.
(R.- 569602)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Consejo de la Judicatura Federal
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo 31/2025, promovido por los menores de edad de iniciales J.A.T.B. y J.N.T.B., en
contra del Juez Primero Mixto en Materia Tradicional y Oral Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado y
otra autoridad, se emplaza a juicio a Natanael del Jesús Tamay Chable; tercero interesado en el referido
procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días,
contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este
juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las
ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, a nueve de julio de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Liliana Delgado González
Rúbrica.
(R.- 569598)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Edo. de Campeche, Camp.
EDICTOS
Dentro del juicio de amparo 532/2025-IV-A promovido por Carlos Manuel Serrano Flores, apoderado de la
quejosa Gabriela Guadalupe González Balán contra actos de la Junta Especial Número Cuarenta y Ocho de
la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Campeche, con sede en esta ciudad y Presidente de su
adscripción, se ordenó emplazar a BUFTER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, AQTIVA
SOLUCIONES FINANCIERAS, FINANCIERAS C.S.S., Y REINGENIERÍA MULTIDISCIPLINARIA DE
SERVICIOS SUSTENTABLES S.C.; por medio de edictos. Asimismo, se hace del conocimiento de los citados
terceros interesados, que cuentan con el termino de treinta días para comparecer a este juicio constitucional a
defender sus derechos, mismos que surtirán sus efectos a partir de la última publicación de tales edictos, tal
como lo establece el artículo 30, fracción II, de la citada ley de la materia, en relación con el 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
San Francisco de Campeche, Campeche, a diecisiete de julio de dos mil veinticinco.
Secretario en funciones de Juez, del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Campeche
José Abelardo Rodríguez Cantú
Rúbrica.
(R.- 569600)
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Consejo de la Judicatura Federal
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo 1267/2024, promovido por Raúl Valdez Rivera, en contra de la Presidenta de la
Junta Especial Número Cuarenta y Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Campeche,
se emplaza a juicio a la persona moral Blake Gulf of México, Sociedad de Responsabilidad Limitada de
Capital Variable; tercera interesada en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su
domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del
presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le
apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán
por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, a quince de julio de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Liliana Delgado González
Rúbrica.
(R.- 569605)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Consejo de la Judicatura Federal
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo 1341/2024, promovido por María Fernanda Cuevas Baas y Lidia Eufemia Baas
Ceh, en representación del adolescente de iniciales F.F.C.B., en contra del Juez Mixto Civil Familiar Mercantil
y de Oralidad Mercantil y de Primera Instancia del Cuarto Distrito Judicial del Estado con sede en Calkiní,
Campeche y otra autoridad, se emplaza a juicio a AF Comercializadora y Desarrollo de Proyectos, sociedad
anónima de capital variable; tercero interesado en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se
desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última
publicación del presente edicto para que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses
conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter
personal se le harán por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, a once de agosto de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Liliana Delgado González
Rúbrica.
(R.- 569607)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Juicio de Amparo 471/2024-I-A
EDICTO.
“Proyectos y Desarrollos La Rioja, sociedad anónima de capital variable”
“Cumplimiento auto de ocho de octubre de dos mil veinticinco, dictado por la licenciada María Isabel
Contreras López, Jueza Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, juicio de amparo
471/2024, promovido por Juan Gabriel Guzmán Aldrete, contra actos del Juez Cuarto de lo Familiar del Primer
Partido Judicial en el Estado de Jalisco, se hace conocimiento que le resulta el carácter de tercero interesado
a Proyectos y Desarrollos La Rioja, sociedad anónima de capital variable, en términos del artículo 5°,
fracción III inciso b) de la Ley de Amparo y 209 Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
aplicado supletoriamente, se les mandó emplazar por edicto a juicio, para que si a su interés conviniere se
apersone en el mismo, debiéndose presentar ante este Juzgado Federal, ubicado en Anillo periférico Poniente
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Manuel Gómez Morín, números 7727, edificio X4, piso 4°, fraccionamiento Ciudad Judicial, en la ciudad de
Zapopan, Jalisco, a fin de deducir derechos dentro del término de treinta días, contados a partir del día
siguiente a la última publicación del presente edicto; apercibidos que de no comparecer en el lapso indicado,
ulteriores notificaciones aún las de carácter personal se harán por lista que se publique en los estrados de
este órgano de control constitucional.
Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo”.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación así como en
el periódico de mayor circulación en la República Mexicana, se expide la presente en la ciudad de Zapopan,
Jalisco, a los catorce días de octubre de dos mil veinticinco.- Doy fe.
El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Jaime Francisco Topete Cooley
Rúbrica.
(R.- 569623)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Consejo de la Judicatura Federal
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo 952/2024, promovido por Gean Alberto Peña, apoderado legal de Rubén Gonzalo
Euan Uitz, se emplaza a juicio a las personas morales 1.- EUREKASOLI, Sociedad Anónima de Capital
Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada y 2. K.H. SERVICIOS, Sociedad
Anónima de Capital Variable; terceras interesadas en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se
desconoce su domicilio. Cuentan con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última
publicación del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses
conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter
personal se les harán por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, a ocho de agosto de dos mil veinticinco.
Jueza del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Liliana Delgado González
Rúbrica.
(R.- 569608)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Consejo de la Judicatura Federal
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo 447/2025, promovido por José Luis Méndez López, por conducto de su apoderada
legal Mercy Ossana Luna Guzmán, en contra de la Presidente de la Junta Especial Número Cuarenta y Ocho
de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Campeche, se emplaza a juicio a la persona moral
Administradores Navieros del Golfo, Sociedad Anónima de Capital Variable; tercera interesada en el referido
procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días,
contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este
juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las
ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, a veintidós de agosto de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Liliana Delgado González
Rúbrica.
(R.- 569609)
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Consejo de la Judicatura Federal
Juzgado Segundo de Distrito
Sn. Fco. de Campeche, Camp.
EDICTO
En el juicio de amparo 111/2025, promovido por Darío Salazar Bárcenas, por conducto de su apoderado
legal Gean Alberto Peña, en contra de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Campeche, se
emplaza a juicio a la persona moral Coordinados de Tuxtla, Sociedad Anónima de Capital Variable; tercera
interesada en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el
plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para
que concurran a este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir
esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados.
San Francisco de Campeche, Campeche, a doce de agosto de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Liliana Delgado González
Rúbrica.
(R.- 569610)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan
EDICTO
TERCERO INTERESADO: Juan Carlos Mata García
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a catorce de octubre de dos mil veinticinco.
En el juicio de amparo 1054/2025-III, promovido por Elizabeth Armenta Overa y Luis Gerardo Guevara
Arauz, contra actos del Juez Séptimo Civil de Tlalnepantla, con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado
de México, adscrito al Tribunal Superior de Justicia del Estado de México y otras, se hace del conocimiento al
tercero interesado Juan Carlos Mata García, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado
federal a fin de apersonarse al presente juicio dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados en auto de diez de octubre de dos mil
veinticinco; asimismo, deberá señalar un domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, o bien, en
algún Municipio donde se ejerce jurisdicción, apercibido que de no hacerlo, sin ulterior acuerdo las
subsecuentes notificaciones se le harán por medio de lista, quedando a su disposición en la actuaria de este
juzgado copias simples de la demanda de amparo y escrito de aclaración de demanda.
Atentamente
El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México
Óscar Durán Valdés
Rúbrica.
(R.- 569617)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO.
Sonia Velasco Wainstein.
En el juicio de amparo número 642/2025, promovido por Arturo Visoso Lomelin apoderado de la parte
quejosa Banco Inbursa, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Inbursa,
contra actos del Juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de
Justicia en la Ciudad de México, en el que se reclama la resolución de fecha treinta de abril de dos mil
veinticinco, dictados por el juez Quincuagésimo Quinto de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de
Justicia en la Ciudad de México, en el expediente radicado bajo el número 197/2025, y dado que no se cuenta
con el domicilio cierto y actual en donde pudiera ser emplazada a éste juicio de amparo, la tercera interesada
Sonia Velasco Wainstein, pese a que, se agotaron todas las investigaciones y gestiones a las que este
juzgado tiene acceso para localizar el domicilio de dicha parte; en consecuencia, se ha ordenado emplazarla
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por medio de edictos, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo;
quedando a disposición de dicha tercero interesada, en la Secretaría de este JUZGADO SEXTO DE
DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, copia simple de la demanda respectiva;
asimismo, se hace de su conocimiento que cuenta con un término de TREINTA DÍAS, que se computarán a
partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este órgano de control
constitucional a hacer valer sus derechos si a su interés conviniere y señale domicilio para oír y recibir
notificaciones en esta Ciudad de México; apercibida de que en caso de no hacerlo, sin dictar mayor proveído
al respecto, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista de
acuerdos que se publica en este órgano jurisdiccional.
Atentamente
Ciudad de México, 09 de octubre de 2025.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Oscar Guillermo Armenta Romero
Rúbrica.
(R.- 569733)
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo,
con sede en Cancún
EDICTO
Emplazamiento a: Majestic Charters, sociedad anónima de capital variable.
Se le hace saber que en este órgano jurisdiccional se tramita el juicio ordinario 308/2024 promovido por
Oscar López Ek, en donde le reclama la indemnización constitucional y diversas prestaciones legales
derivadas de un despido injustificado. Se ordenó emplazarlo por medio de edictos que serán publicados dos
veces, con un lapso de tres días entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de
mayor circulación en la República y en un periódico local de amplia circulación del Estado de Quintana Roo,
haciéndole saber que deberá presentarse ante este tribunal, dentro del término de quince días, contados a
partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer lo que a su derecho convenga, apercibido
que de no realizar manifestación alguna, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, por
perdido su derecho a ofrecer pruebas y a objetar las pruebas de la contraparte. Asimismo, deberá señalar
domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de residencia de este Tribunal, apercibida que, de no
hacerlo, las notificaciones personales se realizarán por boletín laboral. Doy fe.
Cancún, Quintana Roo, 14 de octubre de 2025.
Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales
en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún
Mireya Ortiz Landaverde
Rúbrica.
(R.- 569779)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en el Estado
Coatzacoalcos, Ver.
EDICTO
JULIÁN KURI NACIF
En los autos del juicio de amparo 321/2023 del índice de este juzgado, promovido por Rosa Zetina de
Jesús, se ordenó emplazar por medio de EDICTOS por desconocerse su domicilio, los cuales se publicarán
por tres veces de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico
EXCELSIOR que se editan en la Ciudad de México; así como en los ESTRADOS de este juzgado, haciéndole
saber que está a su disposición en la secretaría de este juzgado la copia simple de la demanda de amparo, y
que tiene expedido su derecho para comparecer a este tribunal a deducir sus derechos, si a sus intereses
conviene, y que la audiencia constitucional se celebrará a las nueve horas del veintiséis de septiembre de dos
mil veinticinco.
Atentamente
Coatzacoalcos, Veracruz, 12 de septiembre de 2025.
La Secretaria del Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz
María Lizeth Orduña Varela
Rúbrica.
(R.- 569793)
Jueves 13 de noviembre de 2025
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
2º Tribunal Colegiado en Materia Civil del 2º Circuito
Toluca, Edo. de México
EDICTO
En el amparo directo 849/2024, promovido por Francisco Hernández González, contra actos de la Primera
Sala Colegiada Civil de Ecatepec de Morelos, Estado de México; se emitió un acuerdo para hacer saber a los
terceros interesados Promotora Habitacional Coacalco, sociedad anónima y Roberto González Alcazar, que
dentro del plazo de treinta días, siguientes deberán comparecer debidamente identificados en las
instalaciones que ocupa este tribunal, sito en Avenida Doctor Nicolás San Juan, Número 104, Colonia Ex
rancho Cuauhtémoc, código postal 50010, Toluca, Estado de México, para ser debidamente emplazado al
juicio de referencia.
Atentamente
Toluca, Edo. de Méx., 09 de octubre de 2025.
Por Acuerdo, firma el Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito
Magistrado Juan Carlos Ortega Castro
Rúbrica.
(R.- 569812)
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo,
con sede en Cancún
EDICTO
Emplazamiento a: Enriqueta Córdova Valenzuela.
Se le hace saber que en este órgano jurisdiccional se tramita el juicio laboral 183/2022, promovido por
Isaac e Ivon ambos de apellidos Regalado Jiménez, por su propio derecho, en donde reclaman el
reconocimiento de que son beneficiarios de los derechos laborales, así como la devolución de las
aportaciones de la cuenta individual del extinto trabajador Rafael Nemorio Rubén Regalado Sanchez. Se
ordenó emplazar a la tercera interesada por medio de edictos que serán publicados dos veces, con un lapso
de tres días entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de mayor circulación en la
República y en un periódico local de amplia circulación del Estado de Quintana Roo, haciéndole saber que
deberá presentarse ante este tribunal, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del siguiente
al de la última publicación, por conducto de su apoderado, para que en su caso, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 893 de la Ley Federal del Trabajo, manifieste lo que a su derecho convenga ante este
Tribunal, y, en su caso ofrezca las pruebas que a su interés corresponda; en el entendido que, de no hacerlo,
se le tendrá al resultado del juicio. Asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro
de la sede de este Tribunal, esto es, la ciudad de Cancún, Quintana Roo, apercibida que, de no hacerlo, las
notificaciones personales se realizarán por boletín. Doy fe.
Cancún, Quintana Roo, 14 de octubre de 2025.
Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales
en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún
Mireya Ortiz Landaverde
Rúbrica.
(R.- 569815)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo
y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Nayarit
“2025, Año de la Mujer Indígena”
EDICTO
(Segunda publicación)
Para emplazar a: Claudia Jaqueline Medina Ruiz y Miguel Ángel Fernández Gil.
En el juicio de amparo número 610/2025-VI, promovido por Ricardo Alberto del Corral Lechuga, contra
actos del Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Bucerías, municipio de Bahía de
Banderas, Nayarit, que hizo consistir en la interlocutoria de trece de febrero de dos mil veinticinco, en relación
al recurso de revocación interpuesto en el expediente número 476/2014, de la estadística de la autoridad
judicial responsable; se reconoció con el carácter de terceros interesados a José Alonso Castro Rosas, María
del Rosario Cansino y Elvia Aguilar Flores, ordenándose su emplazamiento por este conducto.- Queda en la
Secretaría de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo en el
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DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Estado de Nayarit, ubicado en Avenida Las Brisas número exterior 40, interior 42, segundo piso,
fraccionamiento Las Brisas, Plaza Comercial Fiesta Tepic, copia de la demanda de amparo generadora de
dicho juicio y del auto admisorio a su disposición, para que comparezcan al mismo, si a su intereses
conviniere, hasta treinta días hábiles después de la última publicación de este edicto; apercibidos que de no
hacerlo se les tendrá por legalmente emplazados y las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter
personal, se les harán por lista de acuerdos que se publiquen en los estrados del Juzgado, de conformidad
con lo dispuesto por el numeral 29 de la Ley de Amparo; asimismo, se hace del conocimiento que se
encuentran programadas las nueve horas con cuarenta y seis minutos del ocho de diciembre dos mil
veinticinco, para la celebración de la audiencia constitucional.
Tepic, Nayarit, a trece de octubre de dos mil veinticinco.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil,
Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Nayarit
Carlos Alberto Coronado Fernández
Rúbrica.
(R.- 569958)
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Hago de su conocimiento que en el juicio de amparo directo D-458/2025, del índice de este tribunal, con
residencia en avenida Osa Menor 82, piso 3, ala norte, Ciudad Judicial Siglo XXI, Reserva Territorial
Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla, C.P. 72810, por auto de doce de septiembre de dos mil veinticinco,
se ordenó emplazar a la parte tercera interesada JOSÉ FERNANDO ZAMBRANO RAMÍREZ en el juicio de
amparo directo D-458/2025 del índice de este tribunal, promovido por IRMA YOLANDA MENESES GARCÍA,
contra la resolución dictada en el toca 75/2025, del índice de la Quinta Sala en Materia Civil del Tribunal
Superior de Justicia del Estado de Puebla, que confirmó la sentencia definitiva emitida por el Juzgado Primero
Especializado en Materia Civil del Distrito Judicial de Puebla, y Especializado en Extinción de Dominio, en el
expediente 1056/2023, relativo a un juicio de otorgamiento de contrato de compraventa en escritura pública,
por medio de edictos, los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, a fin de que
comparezcan a defender lo que a sus derechos correspondan, en términos del artículo 181 de la Ley de
Amparo, dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación; quedando a su
disposición en la Secretaría de Acuerdos del tribunal, copia de la demanda de amparo.
San Andrés Cholula, Puebla, dieciocho de septiembre de dos mil veinticinco.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Marcos Antonio Arriaga Eugenio
Rúbrica.
(R.- 569837)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
EDICTO: EMPLAZAMIENTO DEL TERCERO INTERESADO
Networks Radiocomunicaciones, sociedad anónima de capital variable.
En el juicio de amparo 3175/2024-IV, promovido por Omar García Lara, por propio derecho, contra el acto
de la Junta Especial “G” (antes Número Trece) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México,
y su Presidente, consistente en la resolución de diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro, dictado en
el expediente laboral 458/2016, señalado como tercero interesado a Networks Radiocomunicaciones,
sociedad anónima de capital variable, y al desconocerse su domicilio, en esta fecha se ordenó el
emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de tres en tres días, en el Diario Oficial de la
Federación. Se le hace saber que debe presentarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día
siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar
domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes
notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por lista. Queda a su disposición en la Secretaría de
este Órgano Jurisdiccional copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio.
Ciudad de México a catorce de octubre de dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Jhonatan Edwin Barrera Ramos
Rúbrica.
(R.- 569901)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
323
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Juicio de Amparo 241/2024-3
EDICTO
En el juicio de amparo 241/2024-3, promovido por María Concepción De la Torre Bravo por propio derecho
y en representación de la sucesión a bienes de José Jesús Zarate Vázquez, con fundamento en el artículo
135 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, emplácese por
este medio al tercero interesado Edith Orozco Zepeda, quienes deben presentarse dentro del término de
treinta días, contactos a partir del día siguiente al de la última publicación, a hacer valer sus derechos en el
presente juicio, apercibidos que de no hacerlo, se seguirá el procedimiento, y las subsecuentes notificaciones,
se harán por lista, en términos del artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, asimismo se hace
de su conocimiento que se fijaron las doce horas con treinta minutos del diez de septiembre de dos mil
veinticinco par que tenga verificativo la audiencia constitucional y queda a su disposición en la Secretaría de
este Juzgado, la copia de la demanda.
Atentamente
Zapopan, Jalisco; ocho de septiembre del dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Alberto Oliveros Vega
Rúbrica.
(R.- 569925)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Juicio de Amparo 709/2025
“2025, Año de la Mujer Indígena”
EMPLAZAMIENTO DE MINA NEDVEDOVICH KOVARSKY.
En el juicio de amparo 709/2025, del índice del juzgado al rubro citado, promovido por Mónica Sucar
Chaya, por derecho propio, contra actos de la Octava Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad
de México, en el cual se reclama la sentencia de tres de abril de dos mil veinticinco, dictada por la sala
responsable, en el toca 192/2025-4, que confirma la sentencia interlocutoria de siete de enero de dos mil
veinticinco, dictada por la Juez Cuadragésimo Séptimo de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México,
en el juicio ejecutivo mercantil, seguido por Mónica Sucar Chaya en contra de Mina Nedvedovich Kovarsky,
expediente 504/2009.
En virtud de ignorar el domicilio de la tercera interesada Mina Nedvedovich Kovarsky, por auto de 3 de
octubre de 2025, se ordenó emplazarla por medio de edictos, por lo que se hace de su conocimiento que
deberá presentarse la misma, dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la
última publicación; apercibida que de no hacerlo en dicho plazo y omitir designar domicilio procesal, se le hará
la ulteriores notificaciones por medio de lista, aún las de carácter personal.
Ciudad de México, a tres de octubre de dos mil veinticinco.
El Secretario del Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Luis Fernando Aguilar Ramírez
Rúbrica.
(R.- 570191)
Estados Unidos Mexicanos
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito
Hermosillo, Sonora
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado por auto de siete de octubre de dos mil veinticinco, por la suscrita
Magistrada Presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, con
sede en Hermosillo, Sonora, en términos de los artículos 27, fracción III inciso c) de la Ley de Amparo y 209
del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, por
disposición expresa de su numeral 2°, se emplaza a juicio, por medio de los presentes edictos a la parte
tercero interesada SDN PRESTADORA DE SERVICIOS DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, en el Juicio de Amparo Directo Laboral 259/2025, promovido por GUADALUPE DE JESÚS
ARRIOLA ANGUIS, contra la sentencia de seis de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo
Tribunal Laboral del Distrito Judicial 1, en el juicio ordinario laboral 184/2024, quien deberá presentarse ante
este tribunal colegiado, ubicado en calle Juan Antonio Ruibal Corella, número 175, segundo piso, colonia La
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DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Manga de esta ciudad, en un término que no sea inferior a quince días ni exceda de treinta días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se hace del
conocimiento de SDN PRESTADORA DE SERVICIOS DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, que en caso de no comparecer por conducto de su apoderado o gestor que pueda representarla,
se seguirá el juicio de amparo y, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se verificarán por
medio de lista que se fije en los estrados de este órgano jurisdiccional, con una síntesis de la determinación
judicial que ha de notificarse.
Queda a su disposición en la secretaría de acuerdos de este tribunal, copia simple de la demanda
de amparo.
Para ser publicado tres veces, de tres en tres días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación.
Hermosillo, Sonora, 07 de octubre de 2025.
La Presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito
Magistrada María Betzabeth Valenzuela Miranda
Rúbrica.
(R.- 570062)
Estados Unidos Mexicanos
Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Hidalgo,
con sede en Pachuca
Declaratoria de Abandono 33/2025
EDICTO
En la Declaratoria de Abandono 33/2025 del índice del Centro de Justicia Penal Federal del Estado de
Hidalgo, derivada de la carpeta de investigación FED/MEX/ECAT/0004675/2023, en la cual el agente del
Ministerio Público de la Federación Titular de célula D-II-3 Ecatepec, estado de México, solicitó audiencia para
resolver sobre el abandono del bien asegurado consistente en:
Bien asegurado
Características y especificaciones
1. Vehículo tipo motocicleta, color negro con rayas verdes, sin placas de circulación y número de SERIE:
3SCK4EKH7P1008717.
A razón de ello, mediante acuerdo de trece de octubre de dos mil veinticinco, se señaló audiencia a las
doce horas del dieciocho de noviembre de dos mil veinticinco, a celebrarse en este Centro de Justicia
con domicilio en calle San Luis, número 1007, colonia San Bartolo, código postal 42039, Pachuca, Hidalgo; en
ese sentido, la persona interesada deberá comparecer con una hora de anticipación a su celebración; sin
embargo, al desconocer su identidad, se le emplaza por medio de este edicto. Asimismo, se le apercibe que,
en caso de no señalar domicilio en la ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo o medios electrónicos para ser
notificado, las notificaciones siguientes se le realizarán por medio de lista.
Pachuca de Soto, Hidalgo, trece de octubre de dos mil veinticinco.
Asistente de Despacho Judicial del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Hidalgo
Gonzalo Aburto Hernández
Rúbrica.
(R.- 570349)
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Hago de su conocimiento que en el juicio de amparo directo D-539/2024, del índice de este tribunal, con
residencia en avenida Osa Menor 82, piso 3, ala norte, Ciudad Judicial Siglo XXI, Reserva Territorial
Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla, C.P. 72810, por auto de seis de octubre de dos mil veinticinco, se
ordenó emplazar a la moral tercera interesada GRUPO CORPORATIVO HEIBRAM, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, a través de su representante legal CHRISTIAN JEOVANY CALTONZI VARGAS,
en el juicio de amparo directo D-539/2024 del índice de este tribunal, promovido por TIRSO JAVIER
DE LA TORRE SÁNCHEZ, en su carácter de apoderado de la persona moral quejosa denominada
THYSSENKRUPP PRESTA DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra la
resolución dictada el dos de julio de dos mil veinticuatro, en la que desechó la demanda que originó el
expediente 149/2024/6M, del índice del Juzgado Sexto Especializado en Materia Mercantil del Distrito
Judicial de Puebla, relativo a un juicio oral mercantil; por medio de edictos, los cuales se publicarán por tres
veces, de siete en siete días hábiles, a fin de que comparezca a defender lo que a su derecho correspondan,
en términos del artículo 181 de la Ley de Amparo, dentro del término de treinta días, contados a partir de la
última publicación; quedando a su disposición en la Secretaría de Acuerdos del tribunal, copia de la demanda
de amparo.
San Andrés Cholula, Puebla, dieciséis de octubre de dos mil veinticinco.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Marcos Antonio Arriaga Eugenio
Rúbrica.
(R.- 570439)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
325
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito
Monterrey, Nuevo León
EDICTOS
TERCEROS INTERESADOS
América Guevara Ojeda, en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de América Eleydi
Gutiérrez Guevara.
César Juan Gutiérrez Guevara
(DOMICILIOS IGNORADOS).
Por este conducto, se ordena emplazar a los terceros interesados, dentro del juicio de amparo
directo número 245/2025, promovido por Mario Alberto Martínez Campos, contra el acto del magistrado de la
Octava Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
Acto reclamado: La sentencia de veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada dentro del toca
de apelación en definitiva 350/2024, deducido del expediente judicial 1596/2023, relativo al juicio ordinario
civil promovido por Mario Alberto Martínez Campos, en contra de América Guevara Ojeda, en su carácter de
albacea de la sucesión a bienes de América Eleydi Gutiérrez Guevara, César Juan Gutiérrez Guevara y
Yudith Marlene Álvarez Moncada.
Preceptos constitucionales cuya violación se reclaman: 4, 14 y 16.
Se hace saber a los terceros interesados que deben presentarse ante este tribunal, dentro del término
de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación, a fin de que hagan valer
sus derechos y se impongan de la tramitación de este juicio de amparo, apercibidos que de no comparecer, se
continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en la lista de acuerdos
electrónica y en la que se fija en este tribunal.
Monterrey, Nuevo León, a 26 de agosto de 2025.
La Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito
Lic. Claudia Judith Patena Puente
Rúbrica.
(R.- 570025)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Juicio de Amparo 869/2025
M1-OJ2
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado en auto de diez de octubre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de
amparo número 869/2025, promovido por Víctor Berumen Guerrero, contra los actos que reclama del Juez y
Secretario Ejecutor, Adscritos al Juzgado Octavo de lo Civil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco,
así como Director del Registro Público de la Propiedad y Comercio con sede en Guadalajara, Jalisco y
Director de Catastro del Municipio de Guadalajara, Jalisco, se emplaza a juicio a J.O. Inmobiliaria Sociedad
Anónima de Capital Variable, con el carácter de tercero interesado, de conformidad con el artículo 315 del
Código Federal de Procedimiento Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Quedan a su
disposición, en la Secretaría de este Órgano Judicial, copia simple de la demanda de amparo. Se le hace
saber que cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación
del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a su interés convenga y señale
domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad. Se le apercibe que de incumplir esto último, las
ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por lista. Se hace de su conocimiento que se
encuentran señaladas las DIEZ HORAS CON TREINTA Y SEIS MINUTOS DEL VEINTIUNO DE OCTUBRE
DE DOS MIL VEINTICINCO, para la celebración de la audiencia constitucional.
Atentamente
Zapopan, Jalisco; 16 de octubre de 2025.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Lic. Luis Fernando Vázquez Michel
Rúbrica.
(R.- 570113)
AVISO
Se comunica que para la publicación de estados financieros se requiere que éstos sean capturados en
cualquier procesador de textos Word y presentados en medios impreso y electrónico.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
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DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guerrero
Acapulco
EDICTO.
“Alejandro Linares Santos”.
“De conformidad con lo establecido en el artículo 27 fracción III inciso c) de la Ley de Amparo y en
cumplimiento auto nueve de octubre de dos mil veinticinco, dictado por la Jueza Cuarta de Distrito Estado
Guerrero, en el juicio de amparo 656/2024, promovido por Sarahi Medina Mora, contra actos del Tribunal
Unitario Agrario del Distrito 41, se hace de su conocimiento que le resulta el carácter de tercero interesado, en
términos del artículo 5º, fracción III, inciso a) Ley de Amparo y 209 del Código Nacional de Procedimientos
Civiles y Familiares de aplicación supletoria a la ley reglamentaria, se le manda emplazar por edictos a juicio,
para que si a sus intereses conviniere se apersone, debiéndose presentar ante este juzgado federal, ubicado
Boulevard de las Naciones 640, Granja 39, Fracción “A”, Fraccionamiento Granjas del Marqués, Código Postal
39890, Acapulco, Guerrero, a deducir sus derechos dentro del término de treinta días, contados a partir del
día siguiente a aquel al en que se efectúe la última publicación del presente edicto; apercibido que de no
comparecer en el lapso indicado, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal les surtirán efectos
por lista que se publique en los estrados de este órgano control constitucional. En inteligencia que este
juzgado ha señalado las diez horas del diez de noviembre de dos mil veinticinco, para la celebración de la
audiencia constitucional. Queda a disposición en secretaría juzgado copia demanda amparo y auto
admisorio”.
Para su publicación por tres veces de tres en tres días en el medio de comunicación procesal oficial del
Poder Judicial de la Federación, se expide la presente en la ciudad de Acapulco, Guerrero, a los nueve días
del mes de octubre de dos mil veinticinco. Doy fe.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Acapulco
Licenciada Beatriz Eugenia Meza López
Rúbrica.
(R.- 570065)
Estados Unidos Mexicanos
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito
Hermosillo, Sonora
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado por auto de siete de octubre de dos mil veinticinco, por la suscrita
Magistrada Presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, con
sede en Hermosillo, Sonora, en términos de los artículos 27, fracción III inciso c) de la Ley de Amparo y 209
del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, por
disposición expresa de su numeral 2°, se emplaza a juicio, por medio de los presentes edictos a la moral
tercera interesada JR CONSULTORES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y/o GEODRILL,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en el Juicio de Amparo Directo Laboral 263/2025,
relacionado con el Amparo Directo Laboral 262/2025, promovido por CARLOS MÉNDEZ LEYVA, contra el
laudo de veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro, dictado por la Junta Especial Número Veintitrés de la
Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad, en el expediente 1438/2012, quien deberá
presentarse ante este tribunal colegiado, ubicado en Calle Juan Antonio Ruibal Corella, número 175, colonia
La Manga de esta ciudad, en un término que no sea inferior a quince días ni exceda de treinta días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto; asimismo, se hace del
conocimiento a JR CONSULTORES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y/o GEODRILL,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que en caso de no comparecer por conducto de su
apoderado o gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio de amparo y, las ulteriores notificaciones,
aun las de carácter personal, se verificarán por medio de lista que se fije en los estrados de este órgano
jurisdiccional, con una síntesis de la determinación judicial que ha de notificarse.
Queda a su disposición en la secretaría de acuerdos de este tribunal, copia simple de la demanda
de amparo.
Para ser publicado tres veces, de tres en tres días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación.
Hermosillo, Sonora, 7 de octubre de 2025.
La Presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito
Magistrada María Betzabeth Valenzuela Miranda
Rúbrica.
(R.- 570068)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
327
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
TERCERO INTERESADO: RAMÓN ALEJANDRO CRUZ GONZÁLEZ.
EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, SECCIÓN AMPAROS, MESA V, JUICIO DE
AMPARO 755/2025, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
En los autos del juicio de amparo 755/2025, promovido por Romeo Aragón Araque; contra actos del titular
y actuaria adscritos al Juzgado Trigésimo Sexto Civil de Proceso Oral del Tribunal Superior de Justicia
del Poder Judicial de la Ciudad de México, en el que reclama la falta de emplazamiento y todo lo actuado
en el juicio ejecutivo mercantil 698/2024; particularmente la orden de bloqueo y/o embargo de la cuenta
bancaria a nombre del promovente, aperturada ante Banco Nacional de México, sociedad anónima, Integrante
de Grupo Financiero Banamex, por la cantidad de $6'500,000.00 (seis millones quinientos mil pesos 00/100
moneda nacional) y su ejecución.
Hágase el emplazamiento a juicio del tercero interesado Ramón Alejandro Cruz González, por medio de
edictos, los que deberán publicarse tres veces de tres en tres días hábiles en el Diario Oficial de la
Federación; haciéndole del conocimiento a dicho sujeto procesal que deberá presentarse en este Juzgado
Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, sito en el acceso tres, primer nivel del
Edifico Sede del Poder Judicial de la Federación de San Lázaro, ubicado en Eduardo Molina número dos,
colonia El Parque, alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, dentro del término de quince días
contado a partir del siguiente al de la última publicación y señale domicilio para oír y recibir notificaciones
en ésta ciudad, con apercibimiento que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones por medio
de lista.
Se expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de quince de octubre de
este año.
Ciudad de México, a 22 de octubre de 2025.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Selene Martínez Jiménez
Rúbrica.
(R.- 570173)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimosexto de Distrito en el Estado de Baja California,
con residencia en Tijuana
EDICTO
Emplazamiento de la tercero interesada:
Juan Carlos Núñez Alvarado.
En el juicio de amparo número 1523/2023-II-VI, promovió Rocío del Carmen Rivera Robles, contra actos
del Juez Séptimo de lo Civil, con sede en esta ciudad y otra autoridad, en el que reclamó: la falta de
notificación o llamamiento a juicio en el expediente número 356/2019, del Indice del Juzgado Séptimo de lo
Civil, con sede en esta ciudad.
Por auto de fecha dieciocho de septiembre de dos mil veinticinco, se acordó emplazar a usted, en su
carácter de tercero interesado, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete
días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico “El Economista”, “El Sol de México”,
“El Universal”, “El Excélsior”, “Reforma”, “La Jornada”, haciéndole saber que deberá presentarse dentro
del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, y si pasado dicho
término no se apersona, las ulteriores notificaciones aun las de carácter personal, le surtirán efecto por medio
de lista; en la inteligencia de que se han señalado las diez horas con treinta minutos del veintitrés de octubre
de dos mil veinticinco, para la celebración de la audiencia constitucional, en el juicio de garantías antes
mencionado.
Finalmente, se hace saber a la tercero interesado que en la Secretaría de este Juzgado, queda a su
disposición copia de la demanda de amparo que dio origen a este juicio.
Atentamente
Tijuana, Baja California, 18 de septiembre de 2025.
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo
y Juicios Federales en el Estado de Baja California
Marilda Teresa Cañas Alatorre
Rúbrica.
(R.- 570390)
328
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
AVISOS GENERALES
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sala Regional en Yucatán
Expediente: 1088/22-16-01-6
Actor: Instituto Gardner México Americano, S.C.
"EDICTO"
TRABAJADORES DE LA PERSONA MORAL INSTITUTO GARDNER
MÉXICO AMERICANO, S.C., EN EL EJERCICIO FISCAL COMPRENDIDO
DEL 1 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017.
En los autos del juicio contencioso administrativo número 1088/22-16-01-6, promovido por Instituto
Gardner México Americano, S.C., en contra de la Administradora Desconcentrada de Auditoría Fiscal de
Campeche "1", en el que demanda la resolución contenida en el oficio 500-14-00-06-02-2022-1203, de 16 de
junio de 2022, emitida por la Administradora Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Campeche "1", a través
de la cual, se determinó un crédito fiscal en cantidad total de $7'529,705.15, así como se determinó como
renta gravable base del reparto de utilidades el importe $9'091,183.99, por lo que se deberá efectuar a sus
trabajadores el reparto de utilidades en cantidad de $909,118.39, por el ejercicio fiscal comprendido del 1 de
enero de 2017 al 31 de diciembre de 2017, se ordenó emplazar a los TERCEROS INTERESADOS, por medio
de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo, 18, de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo, y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria,
para lo cual, se le hace saber que tiene un término de treinta días contados a partir del día hábil siguiente de
la última publicación del Edicto ordenado, para que comparezcan en esta Sala Regional en Yucatán del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el domicilio ubicado en: calle 56-A (Paseo de Montejo), número
483-B, por 41, Colonia Centro, C.P. 97000, en esta Ciudad de Mérida, Yucatán, apercibida de que en caso
contrario, las siguientes notificaciones se realizarán por boletín jurisdiccional, como lo establece el artículo 315
en cita, en relación con el 67, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de
los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la parte actora.
Ciudad de Mérida, a 5 de septiembre de 2025.
Magistrado Instructor de la Tercera Ponencia de la Sala Regional
Peninsular del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Rafael Quero Mijangos
Rúbrica.
La Secretaria de Acuerdos
Ana María Sánchez Correa
Rúbrica.
(R.- 570010)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
329
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
PUBLICACIÓN DE SANCIÓN
El veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco, en el expediente administrativo número
DGSP/DELC/PAS/050/2025, que obra en los archivos de la Dirección General de Seguridad Privada, se
impuso a la prestadora de servicios de seguridad privada ESCOLTA Y VIGILANCIA EN CARRETERAS,
S. DE R.L. DE C.V., con número de Registro Federal Permanente DGSP/107-24/5057 y domicilio ubicado en
CDA. LA SECRETARIA NÚM. 6, COL. CAMPESTRE ARAGÓN, C.P. 07530, GUSTAVO A. MADERO,
CIUDAD DE MÉXICO, las siguientes sanciones:
1)
AMONESTACIÓN con difusión pública en la página de internet de la Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana prevista en el artículo 42 fracción I de la Ley Federal de Seguridad Privada y 2) MULTA
de mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), prevista en el artículo 42 fracción II de la Ley Federal de
seguridad Privada, vigentes en el año de la comisión de la infracción (2025), consistente en $113.14 (ciento
trece pesos 14/100 M.N.), dando un total de $ 113,140 (ciento trece mil ciento cuarenta pesos 00/100
M.N.), de conformidad con lo establecido en la Ley para determinar el valor de la Unidad de Medida y
Actualización y el artículo 42 fracciones I y II de la Ley Federal de Seguridad Privada, lo anterior porque
omitió atender el citatorio del veintinueve de abril del dos mil veinticinco para que la Dirección General de
Seguridad Privada practicara la visita de verificación en el domicilio registrado como su oficina matriz, el cual
se ubica en CDA. LA SECRETARIA NÚM. 6, COL. CAMPESTRE ARAGÓN, C.P. 07530, GUSTAVO A.
MADERO, CIUDAD DE MÉXICO; por lo que incumple con los artículos 32 fracción XXV de la Ley Federal de
Seguridad Privada y 53 fracción I de su Reglamento.
Así lo resolvió y firma el Director General de Seguridad Privada, de la Secretaría de Seguridad
y Protección Ciudadana.
Ciudad de México, a veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco.
Director General de Seguridad Privada
Enrique Martínez Garza
Rúbrica.
(R.- 570321)
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE
GAS NATURAL POR MEDIO DE DUCTOS DE ACCESO ABIERTO “EMILIANO ZAPATA”
PERMISO G/25206/TRA/2023
Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial
Torreón, Coah. C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la
Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural
DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de
transporte de gas natural por medio de ductos de acceso abierto, la lista de tarifas máximas, aprobadas por la
Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación.
Lista de tarifas máximas – pesos de marzo de 2025
Cargo por Servicio de transporte
Unidades
Importe
Servicio en Base Firme
Cargo por capacidad
Pesos/GJ/Día
0.8730
Cargo por uso
Pesos/GJ
0.0000
Servicio Interrumpible
Cargo por Servicio Interrumpible
Pesos/GJ
0.8643
Cifras expresadas en pesos de marzo de 2025.
Torreón, Coahuila., a 21 de octubre de 2025.
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
Representante Legal
Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio
Rúbrica.
(R.- 570322)
330
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE
GAS NATURAL POR MEDIO DE DUCTOS DE ACCESO ABIERTO “RAMAL HERMOSILLO”
PERMISO G/20108/TRA/2017
Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial
Torreón, Coah. C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la
Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural
DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de
transporte de gas natural por medio de ductos de acceso abierto, la lista de tarifas máximas, aprobadas por la
Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación.
Lista de tarifas máximas – pesos de abril de 2025
Cargo por Servicio de transporte
Unidades
Principal
Ramal
Servicio en Base Firme
0.3731
0.0000
Cargo por capacidad
Pesos/GJ/Día
0.8442
Cargo por uso
Pesos/GJ
0.0000
Servicio Interrumpible1
0.3694
Cargo por Servicio Interrumpible
Pesos/GJ
0.8358
Cifras expresadas en pesos de abril de 2025.
1/ El cargo en servicio interrumpible se calcula considerando el 99% de las tarifas autorizadas (cargo por
capacidad más cargo por uso).
Torreón, Coahuila., a 21 de octubre de 2025.
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
Representante Legal
Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio
Rúbrica.
(R.- 570323)
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE
DE GAS NATURAL POR MEDIO DE DUCTOS DE ACCESO ABIERTO “ORIENTAL”
PERMISO G/21398/TRA/2018
Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial
Torreón, Coah. C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la
Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural
DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de
transporte de gas natural por medio de ductos de acceso abierto, la lista de tarifas máximas, aprobadas por la
Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación.
Lista de tarifas máximas – pesos de mayo de 2025
Cargo por Servicio de transporte
Unidades
Importe
Servicio en Base Firme
Cargo por capacidad
Pesos/GJ/Día
1.0382
Cargo por uso
Pesos/GJ
0.0000
Servicio Interrumpible
Cargo por Servicio Interrumpible1
Pesos/GJ
1.0278
Cifras expresadas en pesos de mayo de 2025.
1/El cargo en servicio interrumpible se calcula considerando el 99% de las tarifas autorizadas (cargo por
capacidad más cargo por uso).
Torreón, Coahuila., a 21 de octubre de 2025.
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
Representante Legal
Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio
Rúbrica.
(R.- 570326)
Jueves 13 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
331
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Substanciación “A”
EDICTO
En
los
Procedimientos
de
Responsabilidad
Administrativa,
con
números
de
expediente
DGSUB"A"/A.2/1812/09/2025 y DGSUB"A"/A.2/1836/09/2025, iniciados por la Dirección General de
Substanciación “A” de la Auditoría Superior de la Federación, por la presunta comisión de faltas
administrativas graves y actos de particulares vinculados con estas, con fecha veinticuatro de octubre de dos
mil veinticinco, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, la cual a su vez es supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su
diverso 118, se ordenó, emplazar por medio de edictos a diversos presuntos responsables para que
comparezcan a las Audiencias Iniciales, en la siguiente fecha y horarios:
PRESUNTO
RESPONSABLE
PROCEDIMIENTO
FALTA
ADMINISTRATIVA
DÍA
HORA
3GR INGENIERÍA Y
CONSTRUCCIÓN,
S.A. DE C.V.
DGSUB"A"/A.2/
1812/09/2025
USO INDEBIDO
DE RECURSOS
PÚBLICOS
(Art. 71)
DIECISÉIS (16)
DE ENERO
DE DOS MIL
VEINTISÉIS
(2026)
DIEZ HORAS
CON TREINTA
MINUTOS
(10:30)
VZN
CONSTRUCCIONES,
S.A. DE C.V.
DGSUB"A"/A.2/
1836/09/2025
USO INDEBIDO
DE RECURSOS
PÚBLICOS
(Art. 71)
DIECISÉIS (16)
DE ENERO
DE DOS MIL
VEINTISÉIS
(2026)
ONCE HORAS
CON CERO
MINUTOS
(11:00)
Audiencias que se celebrarán en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación “A” de la
Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría Superior de la Federación, ubicadas en el sexto piso del edificio
“A” situado en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110,
Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, para que rindan su declaración por escrito o verbalmente y ofrezcan las
pruebas que estimen necesarias para su defensa; asimismo se les informa el derecho que tienen de no
declarar en contra de sí mismos ni declararse culpables, así como su derecho a defenderse a través de su
representante legal, y de ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un
defensor, en caso de solicitarlo, les será nombrado uno de oficio. De igual forma, se pone a su disposición las
copias de traslado, además de que podrán acudir a consultar las constancias que integran el Expediente de
Presunta Responsabilidad Administrativa correspondiente, en el domicilio antes señalado, en días hábiles y
dentro del horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30. Asimismo, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la
materia, se les hace saber que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de
México, sede de la Auditoría Superior de la Federación, apercibidos que de no hacerlo, las que se deban
practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará
en los estrados de la Auditoría Superior de la Federación. Si pasado el termino referido, no comparecen a la
audiencia inicial, se seguirá el procedimiento, haciéndoseles las ulteriores notificaciones por rotulón, las
cuales contendrán, en síntesis, la determinación que ha de notificarse. Ciudad de México, a veinticuatro de
octubre de dos mil veinticinco, el Licenciado Isaid Rodríguez Esquivel, Director de Substanciación “A.2” de
la Auditoría Superior de la Federación.- Rúbrica.
(R.- 569897)
332
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Auditoría Superior de la Federación
Unidad General de Administración
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Dirección de Recursos Materiales
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con el artículo 25 la Ley General de Bienes Nacionales; y el Lineamiento para el Control
de los Bienes Muebles y almacén general de la ASF y su nota técnica número 2AD3RM05-01, se convoca a
los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional para la enajenación por venta de diez partidas,
cuya convocatoria contiene los requisitos para la participación.
La convocatoria estará disponible para consulta en la página de Internet: www.asf.gob.mx,
menú inferior opción Recursos Materiales y Servicios o bien en las oficinas de la Dirección de Recursos
Materiales dependiente de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios, ubicada en Carretera
Picacho Ajusco número 167, colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, 14110, Ciudad de México,
Teléfonos (55) 52 00 15 00 ext. 10949 de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas en días hábiles.
Licitación Pública Nacional Número ASF-UGA-DGRMS-LPN-EB-01/2025
Descripción general de
los bienes a enajenar
Enajenación por venta de diez partidas integradas por bienes muebles,
informáticos y de comunicación, no útiles para la Auditoría Superior de la
Federación de acuerdo con al siguiente detalle:
Equipo de comunicación (84), Equipo de cómputo de escritorio (653), Equipo
de cómputo portátil dell y otros (734), Equipo de cómputo portátil hp (2,085),
Periféricos (319), Equipo de telefonía celular (12), Sillas, sofá y sillones (361),
Electrónicos (280), Mobiliario (364), Tableta ipad air (1).
Lugar, fecha, horario y
precio para obtener las
bases
Dirección de Recursos Materiales, ubicada en Carretera Picacho Ajusco
número 167, colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, 14110, Ciudad de
México del 13 al 20 de noviembre de 2025 de las 9:00 a 14:30 hrs, de lunes a
viernes en días hábiles, y el costo es de $1,000.00 los cuales deben ser
pagados en efectivo.
Valor Mínimo de Venta
de los bienes
Equipo de comunicación ($40,100.00), Equipo de cómputo de escritorio
($542,940.00), Equipo de cómputo portátil dell y otros ($916,720.00), Equipo
de cómputo portátil hp ($2,922,730.00), Periféricos ($205,480.00), Equipo de
telefonía celular ($3,330.00), Sillas, sofá y sillones ($9,550.00), Electrónicos
($15,670.00), Mobiliario ($28,540.00), Tableta ipad air ($3,020.00)
Fecha de Publicación:
•
13 de noviembre de 2025.
Lugar, fecha y hora de
acceso para la
verificación física de
los bienes
•
18 de noviembre de 2025, en las oficinas de la Auditoría Superior de la
Federación, sita en Avenida Coyoacán número 1501, colonia Del Valle,
código postal 03100, demarcación territorial Benito Juárez, Ciudad de
México, a las 10:00 y 13:00 horas.
•
19 de noviembre de 2025, en las oficinas de la Auditoría Superior de la
Federación, sita en República de Uruguay, número 49, colonia Centro,
demarcación territorial Cuauhtémoc, código postal 06000, en la Ciudad de
México, a las 10:00 y 12:00 horas.
Porcentaje de la
garantía de
sostenimiento de
ofertas
10% (Diez por ciento).
Junta de aclaraciones
21 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas, en la Piso 11, Salas A y B, de la
Auditoría Superior de la Federación, ubicada en Carretera Picacho Ajusco
No. 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, demarcación territorial
Tlalpan, código postal 14110, Ciudad de México.
Presentación y
Apertura de ofertas.
28 de noviembre de 2025 a las 10:00 horas, en la Piso 11, Salas A y B, de la
Auditoría Superior de la Federación, ubicada en Carretera Picacho Ajusco No.
167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, demarcación territorial Tlalpan,
código postal 14110, Ciudad de México.
Plazo máximo de retiro
del bien
Hasta las 14:00 horas del 19 de diciembre de 2025.
Ciudad de México, a 13 de noviembre de 2025.
Director de Recursos Materiales
Mtro. Saúl Enrique Ayala Medina
Rúbrica.
(R.- 570328)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
333
Instituto Mexicano del Seguro Social
Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo
Jefatura de Servicios Administrativos
Departamento de Conservación y Servicios Generales
CONVOCATORIA IMSS/JSA/DCSG/LP/002/2025
En cumplimiento con las disposiciones que establece el Artículo 134 de la Constitución, así como el Título Quinto, Artículos 131, 132 de la Ley General de Bienes
Nacionales; El Instituto Mexicano del Seguro Social, a través del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo, por conducto del
Departamento de Conservación y Servicios Generales llevará a cabo Licitación Pública No. IMSS/JSA/DCSG/LP/002/2025, para lo cual convoca a participar, en la
venta de mobiliario y equipo, vehículos y desechos de generación periódica Institucionales programados para baja por las Unidades Médicas y/o Administrativas
adscritas al Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo, que se formalizará mediante contrato de vigencia 28 de noviembre de 2025 al
27 de noviembre de 2026, conforme a lo establecido en el Numeral 7.11.1 de la Norma que establece las Bases Generales para el Registro, Afectación, Disposición
Final y Baja de Bienes del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo a las partidas descritas a continuación:
NUMERO
DE
PARTIDA
UNIDAD
DESCRIPCIÓN
UNIDAD DE
MEDIDA
CANTIDAD
TOTAL
IMPORTE MINIMO
A OFERTAR POR
PARTIDA
DEPOSITO DE
GARANTIA
10%
1
Hospital General de Zona No. 3
Mobiliario y equipo
LOTE
380.00
$ 17,628.56
$ 1,762.86
2
Hospital General de Zona No. 18
Mobiliario y equipo
LOTE
535.00
$ 26,852.28
$ 2,685.23
3
Hospital General de Zona con Medicina
Familiar No. 1
Mobiliario y equipo
LOTE
57.00
$ 4,128.95
$ 412.90
4
Hospital General Regional No. 17
Mobiliario y equipo
LOTE
490.00
$ 30,462.95
$ 3,046.30
5
Hospital de Gineco Pediatría No. 7
Mobiliario y equipo
LOTE
66.00
$ 1,295.00
$ 129.50
6
Unidad de Medicina Familiar No. 11
Mobiliario y equipo
LOTE
9.00
$ 962.50
$ 96.25
7
Unidad de Medicina Familiar No. 14
Mobiliario y equipo
LOTE
103.00
$ 2,957.50
$ 295.75
8
Unidad de Medicina Familiar No. 5
Mobiliario y equipo
LOTE
22.00
$ 632.45
$ 63.25
9
Unidad de Medicina Familiar No. 19
Mobiliario y equipo
LOTE
16.00
$ 512.68
$ 51.27
10
Oficina del OOAD Quintana Roo
Mobiliario y equipo
LOTE
84.00
$ 987.00
$ 98.70
11
Subdelegación Playa del Carmen
Mobiliario y equipo
LOTE
13.00
$ 45.50
$ 4.55
12
Subdelegación Cancun
Mobiliario y equipo
LOTE
44.00
$ 924.00
$ 92.40
13
Unidad de Medicina Familiar No. 16
Ambulancia/de traslado
PZA
1.00
$ 20,416.67
$ 2,041.67
14
Almacén Delegacional
Montacargas
eléctrico
PZA
1.00
$ 24,010.71
$ 2,401.07
15
Almacén Delegacional
Montacargas
eléctrico
PZA
1.00
$ 20,060.29
$ 2,006.03
16
Hospital General de Zona con Medicina
Familiar No. 1
Ambulancia de traslado
PZA
1.00
$ 71,840.00
$ 7,184.00
17
Hospital General Regional No. 17
Ambulancia de traslado
PZA
1.00
$ 74,085.00
$ 7,408.50
18
Unidad de Medicina Familiar No. 13
Ambulancia de traslado
PZA
1.00
$ 121,230.00
$ 12,123.00
19
Unidad de Medicina Familiar No. 14
Ambulancia de traslado
PZA
1.00
$ 43,741.11
$ 4,374.11
20
Unidad de Medicina Familiar No. 5
Ambulancia de traslado
PZA
1.00
$ 80,820.00
$ 8,082.00
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
334
21
Hospital Gral. de Zona con Medicina
Familiar No. 3
Ambulancia de traslado
PZA
1.00
$ 82,616.00
$ 8,261.60
22
Hospital General de Zona con Medicina
Familiar No. 1
Trapo sucio
KG
1,000.00
$ 7,050.10
$ 705.01
23
Oficina del OOAD Quintana Roo
Cartón
KG
6.00
$ 14.99
$ 1.50
24
Oficina del OOAD Quintana Roo
Papel (archivo)
KG
59,485.50
$ 156,756.19
$ 15,675.62
25
Oficina del OOAD Quintana Roo
Papel (cesto)
KG
9.00
$ 2.26
$ 0.23
26
Unidad de Medicina Familiar No. 19
Cartón
KG
90.00
$ 224.87
$ 22.49
27
Hospital General Regional No. 17
Trapo limpio
KG
3,000.00
$ 36,599.40
$ 3,659.94
28
Hospital General de Zona No. 18
Desecho ferroso de
segunda
KG
100.00
$ 346.76
$ 34.68
TOTAL
1,828.00
$ 827,203.71
$ 82,720.37
Los interesados podrán obtener las bases de la Licitación Pública gratuitamente en el Departamento de Conservación y Servicios Generales, ubicado en
Av. Héroes de Chapultepec No. 2 Oriente Col. Centro C.P. 77000, con número telefónico 01 (983) 83 2 25 52, el período de entrega de las bases será a partir
de la publicación del presente hasta el 25 de Noviembre del 2025, en horario de 09:00 a 14:00 horas.
El plazo máximo en que deberá retirarse el mobiliario y equipo, vehículos y desechos de generación periódica Institucionales será en un plazo no mayor a los
20 días hábiles posteriores a la notificación del fallo en horario de 09:00 a 16:00 horas.
Será dado a conocer en la página de internet del instituto Mexicano del Seguro Social: http://compras.imss.gob.mx/?P=imssvende; el procedimiento de
contratación, mismo que se llevará a cabo de acuerdo a lo siguiente:
1.- El Acto a la junta de aclaración de las bases será el día 25 de Noviembre del 2025 a las 10:00 horas.
2.- El Acto de presentación de ofertas será el día 27 de Noviembre del 2025 a las 10:00 horas.
3.- El Acto de fallo será el día 27 de Noviembre del 2025 a las 12:00 horas.
Los actos de junta de aclaraciones, apertura de propuestas y fallo de la Licitación se realizarán en las Oficinas del Departamento de Conservación
y Servicios Generales ubicado en Av. Chapultepec No. 2 Oriente, Col. Centro C.P. 77000 de la ciudad de Chetumal, Quintana Roo.
Nota: se procederá a la Subasta del mobiliario y equipo, así como desechos de generación periódica y vehículos Institucionales que no se logren
adjudicar a través del procedimiento de Licitación Pública, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta
considerado para la Licitación y un diez por ciento menos para la segunda almoneda.
El retiro del mobiliario y equipo, vehículos así como desechos de generación periódica, deberá realizarse en los domicilios que se indican en las bases de la
convocatoria, con recursos propios del adjudicado y en los plazos establecidos en las bases de la convocatoria.
Los participantes deberán garantizar su oferta en moneda nacional por un importe del 10% del valor conforme a la oferta del interesado, en los desechos de
Generación periódica, vehículos así como Mobiliario y Equipo, mediante depósito en efectivo a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual se deberá
entregar en sobre cerrado y será devuelto a los interesados al término del evento de fallo; salvo el participante ganador, el cual será conservado por la convocante a
título de garantía y será liberado cuando el licitante ganador haya cumplido totalmente sus obligaciones.
Atentamente
“Seguridad y Solidaridad Social”
Chetumal, Quintana Roo a 13 de noviembre del 2025.
Titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Quintana Roo
Dr. Javier Michael Naranjo García
Rúbrica.
(R.- 570295)
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
335
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA DE VERACRUZ
PERMISO G/323/DIS/2014
Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial Torreón, Coah. C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido
en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS-
001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que presta el servicio de distribución de gas natural en la zona geográfica de Veracruz, la lista
de tarifas máximas para el tercer periodo quinquenal de operaciones autorizadas por la Comisión Reguladora de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles
después de la presente publicación.
LISTA DE TARIFAS MÁXIMAS INICIALES APROBADAS
Cargos tarifarios
Rangos de consumo
(Gigajoule/Mes)
Unidades
Residencial
0.00–
Infinito
Comercial/
Industrial 1
0.00 – 1,000.00
Industrial 2
1,000.01-
5,000.00
Industrial 3
5,000.01-
14,000.00
Industrial 4
14,000.01-
30,000.00
Industrial 5
30,000.01-
Infinito
Cargo por servicio
Pesos/Mes
43.1165
202.3605
1,198.1973
2,182.9466
2,546.7710
4,244.6352
Distribución con comercialización
Pesos/Gigajoule
39.7633
74.8783
0.0000
0.0000
0.0000
0.0000
Distribución simple
Cargo por capacidad
Pesos/Gigajoule
39.0552
73.5450
26.8070
20.1207
19.3728
12.5993
Cargo por uso
Pesos/Gigajoule
0.7081
1.3333
0.4860
0.3648
0.3512
0.2284
OTROS CARGOS REGULADOS APROBADOS
Cargos tarifarios
Rangos de consumo (GJ/Mes)
Unidades
Residencial
0.0 -
Infinito
Comercial/
Industrial 1
0.00 – 1,000.00
Industrial 2
1,000.01-
5,000.00
Industrial 3
5,000.01-
14,000.00
Industrial 4
14,000.01-
30,000.00
Industrial 5
30,000.01-
Infinito
Conexión estándar
Pesos/Acto
0.0000
15,314.2401
139,716.9680
432,492.8497
529,325.3236
956,539.6738
Conexión no estándar
Pesos/Metro
356.0028
639.7995
1,404.6227
1,670.3936
1,855.9883
2,775.0896
Desconexión y Reconexión
Pesos/Acto
152.9399
409.8838
573.8290
803.3731
1,124.7181
2,080.0714
Torreón, Coah., a 18 de junio de 2024
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
Representante Legal
Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio
Rúbrica.
(R.- 570202)
336
DIARIO OFICIAL
Jueves 13 de noviembre de 2025
Diario Oficial de la Federación
Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
Directorio
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos
Claudia Sheinbaum Pardo
Secretaria de Gobernación
Rosa Icela Rodríguez Velázquez
Subsecretario de Gobernación
César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera
Titular de la Unidad de Gobierno
Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara
Coordinador del Diario Oficial de la Federación
Alejandro López González
Cuotas por derecho de publicación:
Oficinas ubicadas en:
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.
Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios.
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Esta edición consta de 336 páginas
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