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DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, No. de publicación 300/2025, Ciudad de México, jueves 6 de noviembre de 2025 (Edición Matutina)

6 de noviembre de 2025 · Secretaría de Gobernación (Diario Oficial de la Federación); incluye actos de SEGOB, SRE, SHCP/CNBV/INDAABIN/SHF-FOVI, SICT, Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, Secretaría de Salud, SEDATU, Secretaría de las Mujeres, Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) y Banco de México

Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.

No. de publicación: 300/2025 Ciudad de México, jueves 6 de noviembre de 2025 CONTENIDO Secretaría de Gobernación Secretaría de Relaciones Exteriores Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno Secretaría de Salud Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Secretaría de las Mujeres Comisión Nacional Forestal Banco de México Convocatorias para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público Avisos 2 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 INDICE PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Inocente Ibáñez Herrera y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Nueva Apostólica, Jesucristo Es La Roca. ....................................................... 6 Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. José Verduzco Romero y firmantes de la agrupación denominada Centro Rhema Internacional. ....................................................................................... 8 Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Luis Alberto Flores Álvarez y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Cristiana de Fe y Unción. ................................................................................. 10 Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Rubicel de la Cruz Cruz y firmantes de la agrupación denominada Iglesia El Evangelio es Poder de Dios. ........................................................................ 12 Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Jorge Adrián Tovar Sámano y firmantes de la agrupación denominada Templo Poder y Gloria. ................................................................................................ 14 SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES Autorización Definitiva número dos expedida a favor de la señora Lydie Martine Marques, para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de Xalapa, con circunscripción consular en el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. ...................................... 16 Autorización Definitiva número tres expedida a favor del señor Matthieu Hubert Marie Couret, para ejercer funciones de Cónsul Honorario de la República Francesa en la ciudad de Hermosillo, con circunscripción consular en el estado de Sonora. ...................................................................... 16 Autorización Definitiva número cinco expedida a favor de la señora Elsa Maria Lozano de Corripio, para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de San Luis Potosí, con circunscripción consular en el estado de San Luis Potosí. ............................. 16 Autorización Definitiva número seis expedida a favor del señor Carlos Alberto Barrera Romero, para ejercer funciones de Cónsul Honorario de la República de Kazajstán en la Ciudad de México, con circunscripción consular en la Ciudad de México y el Estado de México. .................... 17 Autorización Definitiva número once expedida a favor de la señora Roamhy Librada Heras Bautista, para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de Oaxaca de Juárez, con circunscripción consular en el estado de Oaxaca. ...................................... 17 Autorización Definitiva número doce expedida a favor de la señora Mariana Garcia de Quevedo Vachez, para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de Guadalajara, con circunscripción consular en el estado de Jalisco. ................................................. 17 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 3 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Oficio mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Federación de Instituciones y Organismos Financieros Rurales, A.C., para organizarse y operar como Federación. .................... 18 Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 15-12547-8). .......................................................................................... 19 Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 28-7282-7). ............................................................................................ 20 Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 26-5408-9). ............................................................................................ 21 Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 15-12545-0). .......................................................................................... 22 Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 21-17476-3). .......................................................................................... 23 Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 21-17481-6). .......................................................................................... 24 Programa Institucional del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda 2025-2030. ....................................................................................................................................... 25 4 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Convenio de Coordinación y Colaboración para la construcción y equipamiento de un plantel educativo de educación media superior (preparatoria), así como de traspaso de los recursos provenientes del Fondo de Aportaciones Múltiples del Estado de Puebla, que celebran el Estado de Puebla, el Comité Administrador Poblano para la Construcción de Espacios Educativos, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Educación Pública y el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. .......................................................... 37 Convenio de Coordinación y Colaboración para la construcción y equipamiento de planteles educativos de educación media superior (preparatorias), así como de traspaso de los recursos provenientes del Fondo de Aportaciones Múltiples del Estado de Yucatán, que celebran el Estado de Yucatán, el Instituto para el Desarrollo y Certificación de la Infraestructura Física Educativa y Eléctrica de Yucatán, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Educación Pública y el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. ...... 49 SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO Acuerdo por el que la persona titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno delega las facultades que se indican. ................................................................................................................ 61 SECRETARIA DE SALUD Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y la Ciudad de México. ....................... 62 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Convenio Marco de Coordinación para el ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Morelos y el Municipio de Atlatlahucan. ................................................................................................................ 182 Convenio Marco de Coordinación para el ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Tlaxcala y el Municipio de Tlaxcala de Xicohténcatl. ............................................................................................. 190 SECRETARIA DE LAS MUJERES Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de San Luis Potosí, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la operación del Centro de Justicia para las Mujeres con sede en Matlapa, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres y las niñas víctimas. ........................................................................... 198 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 5 Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Sinaloa, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el Municipio de Guasave, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres y las niñas víctimas. ........................................................................... 215 Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax, Yucatán, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado C-2025-035, que permite brindar protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. .................................... 230 Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax, Yucatán, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado R-2025-064, que permite brindar protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. .................................... 232 COMISION NACIONAL FORESTAL Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030. ............................................. 235 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO DE MEXICO Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. ........................................................................................................................ 281 Tasas de interés interbancarias de equilibrio. .................................................................................. 281 Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................ 281 Equivalencia de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América, correspondiente al mes de octubre de 2025. .................................................................................... 282 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales. ........................................................................ 284 AVISOS Judiciales y generales. ..................................................................................................................... 320 El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor. 6 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Inocente Ibáñez Herrera y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Nueva Apostólica, Jesucristo Es La Roca. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos. JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y CONSIDERANDO Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para su registro constitutivo, entre otras disposiciones; Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales en la materia; Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación; Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General de Asuntos Religiosos; Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los elementos de prueba en que funde la misma, y Que en fecha 17 del mes de enero de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia Nueva Apostólica, Jesucristo Es La Roca, ubicada en el municipio de San Quintín, Estado de Baja California presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente: Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 7 AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. INOCENTE IBÁÑEZ HERRERA Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA NUEVA APOSTÓLICA, JESUCRISTO ES LA ROCA PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. INOCENTE IBÁÑEZ HERRERA Y FIRMANTES de la agrupación denominada IGLESIA NUEVA APOSTÓLICA, JESUCRISTO ES LA ROCA, presentada en los términos siguientes: En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada IGLESIA NUEVA APOSTÓLICA, JESUCRISTO ES LA ROCA, para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle Cascabeles, número 107, ejido Emiliano Zapata, municipio de San Quintín, Estado de Baja California, C. P. 22920. II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: calle Cascabeles, número 107, ejido Emiliano Zapata, municipio de San Quintín, Estado de Baja California, C. P. 22920, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Realizar sistemáticamente cultos devocionales, de predicación y de instrucción Bíblica”. IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representante: Inocente Ibáñez Herrera. VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Inocente Ibáñez Herrera, Presidente; Edith Arenas Méndez, Secretaria; Noé Fuentes Reyes, Tesorero; Valentín Álvarez Martínez, Vocal; y Fabián Torrescano Trinidad, Vocal. IX.- Ministro de Culto: Inocente Ibáñez Herrera. X.- Credo Religioso: cristiano evangélico apostólico. SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos. Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior. TRANSITORIOS ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.- El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica. 8 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. José Verduzco Romero y firmantes de la agrupación denominada Centro Rhema Internacional. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos. JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y CONSIDERANDO Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para su registro constitutivo, entre otras disposiciones; Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales en la materia; Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación; Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General de Asuntos Religiosos; Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de esta en el Diario Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los elementos de prueba en que funde la misma, y Que en fecha 20 del mes de junio de 2025, la agrupación religiosa denominada Centro Rhema Internacional, ubicada en el municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente: Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 9 AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. JOSÉ VERDUZCO ROMERO Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA CENTRO RHEMA INTERNACIONAL PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. JOSÉ VERDUZCO ROMERO Y FIRMANTES de la agrupación denominada CENTRO RHEMA INTERNACIONAL, presentada en los términos siguientes: En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada CENTRO RHEMA INTERNACIONAL, para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle Universidad Autónoma de Chihuahua número 123, lote 25, manzana 5, fraccionamiento Colina Universitaria, municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, C.P. 48280. II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: calle Universidad Autónoma de Chihuahua número 123, lote 25, manzana 5, fraccionamiento Colina Universitaria, municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, C.P. 48280, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Reunir dentro de la asociación personas que deseen promover o practicar el culto religioso propio de la misma, formar parte de las misiones y dirigirse a otras partes a impartir las enseñanzas religiosas establecidas en la santa biblia.” IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representante: José Verduzco Romero. VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: José Verduzco Romero, Presidente; Monserrat Becerril Saldaña, Vicepresidente; Oscar Emmanuel Caudillo Bonilla, Secretario; e Isabel Becerril Saldaña, Tesorera. IX.- Ministros de Culto: José Verduzco Romero y Monserrat Becerril Saldaña. X.- Credo Religioso: cristiano evangélico pentecostés. SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos. Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior. TRANSITORIOS ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.- El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica. 10 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Luis Alberto Flores Álvarez y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Cristiana de Fe y Unción. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos. JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y CONSIDERANDO Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para su registro constitutivo, entre otras disposiciones; Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales en la materia; Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación; Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General de Asuntos Religiosos; Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de esta en el Diario Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los elementos de prueba en que funde la misma, y Que en fecha 18 del mes de junio de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia Cristiana de Fe y Unción, ubicada en el municipio de León, Estado de Guanajuato, presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente: Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 11 AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. LUIS ALBERTO FLORES ÁLVAREZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA DE FE Y UNCIÓN PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. LUIS ALBERTO FLORES ÁLVAREZ Y FIRMANTES de la agrupación denominada IGLESIA CRISTIANA DE FE Y UNCIÓN, presentada en los términos siguientes: En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada IGLESIA CRISTIANA DE FE Y UNCIÓN, para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle Angelina Martínez número 404, manzana 8, lote 9, colonia Las Amalias, municipio de León, Estado de Guanajuato, C.P. 37438. II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: calle Angelina Martínez número 404, manzana 8, lote 9, colonia Las Amalias, municipio de León, Estado de Guanajuato, C.P. 37438, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Predicar el evangelio de Jesucristo a toda persona.” IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representantes: Luis Alberto Flores Álvarez y/o Arturo Farela Gutiérrez. VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Luis Alberto Flores Álvarez, Presidente; Francisco Rivera Luna, Vicepresidente; Aurelio Rivera Murillo, Secretario; Ana Rubí Villalvazo Jiménez, Tesorera; Mónica Jaramillo Porras, Vocal; y Juana Luna Lozano, Vocal. IX.- Ministro de Culto: Luis Alberto Flores Álvarez. X.- Credo Religioso: cristiano evangélico pentecostés. SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos. Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior. TRANSITORIOS ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.- El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica. 12 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Rubicel de la Cruz Cruz y firmantes de la agrupación denominada Iglesia El Evangelio es Poder de Dios. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos. JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y CONSIDERANDO Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para su registro constitutivo, entre otras disposiciones; Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales en la materia; Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación; Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General de Asuntos Religiosos; Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de esta en el Diario Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los elementos de prueba en que funde la misma, y Que en fecha 11 del mes de junio de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia "El Evangelio es Poder de Dios", ubicada en el municipio de Centla, Estado de Tabasco, presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente: Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 13 AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. RUBICEL DE LA CRUZ CRUZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA "EL EVANGELIO ES PODER DE DIOS" PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. RUBICEL DE LA CRUZ CRUZ Y FIRMANTES de la agrupación denominada IGLESIA "EL EVANGELIO ES PODER DE DIOS", presentada en los términos siguientes: En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada IGLESIA "EL EVANGELIO ES PODER DE DIOS", para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle Ricardo Flores Magón sin número, poblado de Francisco I. Madero, municipio de Centla, Estado de Tabasco, C.P. 86754. II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble denominado Iglesia de Dios Poder del Evangelio ubicado en: calle Ricardo Flores Magón sin número, poblado de Francisco I. Madero, municipio de Centla, Estado de Tabasco, C.P. 86754, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Proclamar y enseñar el evangelio de Nuestro Señor Jesucristo, haciendo discípulos en cumplimiento de las funciones de la Iglesia Cristiana, descritos en la Palabra de Dios.” IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representante: Rubicel De la Cruz Cruz. VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Rubicel De la Cruz Cruz, Representante Legal y Presidente; Alberto Ramírez Reyes, Vicepresidente; Elizabeth Chan Chan, Tesorera; y Angélica María Romero Romero, Secretaria. IX.- Ministros de Culto: Rubicel De la Cruz Cruz, Alberto Ramírez Reyes, Elizabeth Chan Chan y Angélica María Romero Romero. X.- Credo Religioso: cristiano evangélico pentecostés. SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos. Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior. TRANSITORIOS ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.- El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica. 14 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Jorge Adrián Tovar Sámano y firmantes de la agrupación denominada Templo Poder y Gloria. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos. JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y CONSIDERANDO Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para su registro constitutivo, entre otras disposiciones; Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales en la materia; Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación; Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General de Asuntos Religiosos; Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de esta en el Diario Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los elementos de prueba en que funde la misma, y Que en fecha 10 del mes de junio de 2025, la agrupación religiosa denominada Templo Poder y Gloria, ubicada en el municipio de Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas, presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente: Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 15 AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. JORGE ADRIÁN TOVAR SÁMANO Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA TEMPLO PODER Y GLORIA PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. JORGE ADRIÁN TOVAR SÁMANO Y FIRMANTES de la agrupación denominada TEMPLO PODER Y GLORIA, presentada en los términos siguientes: En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada TEMPLO PODER Y GLORIA, para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan: I.- Domicilio: calle Osa Mayor, entre Mercurio y Tierra, número 3932, colonia Satélite I, municipio de Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas, C.P. 87087. II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: calle Osa Mayor, entre Mercurio y Tierra, número 3932, colonia Satélite I, municipio de Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas, C.P. 87087, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato. III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: “Realizar Cultos, Predicaciones y de Instrucción Bíblica.” IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población. V.- Representante: Jorge Adrián Tovar Sámano. VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina “Comité Ejecutivo”, integrado por las personas y cargos siguientes: Jorge Adrián Tovar Sámano, Presidente; María Guadalupe Franco García, Secretaria; y Rosa María Sámano Zúñiga, Tesorera. IX.- Ministros de Culto: Jorge Adrián Tovar Sámano y María Guadalupe Franco García. X.- Credo Religioso: cristiano evangélico. SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos. Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior. TRANSITORIOS ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.- El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica. 16 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES AUTORIZACIÓN Definitiva número dos expedida a favor de la señora Lydie Martine Marques, para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de Xalapa, con circunscripción consular en el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos Vista la Nota Diplomática de Cónsul Honoraria que la Embajada de la República Francesa en México expidió a favor de la señora Lydie Martine Marques, le concede la presente Autorización Definitiva para que pueda ejercer las funciones de su cargo en la ciudad de Xalapa, con circunscripción consular en el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y registrada bajo el número dos a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente, el día veintiuno de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la Fuente Ramírez.- Rúbrica. AUTORIZACIÓN Definitiva número tres expedida a favor del señor Matthieu Hubert Marie Couret, para ejercer funciones de Cónsul Honorario de la República Francesa en la ciudad de Hermosillo, con circunscripción consular en el estado de Sonora. El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos Vista la Nota Diplomática de Cónsul Honorario que la Embajada de la República Francesa en México expidió a favor del señor Matthieu Hubert Marie Couret, le concede la presente Autorización Definitiva para que pueda ejercer las funciones de su cargo en la ciudad de Hermosillo, con circunscripción consular en el estado de Sonora. Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y registrada bajo el número tres a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente, el día veintiuno de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la Fuente Ramírez.- Rúbrica. AUTORIZACIÓN Definitiva número cinco expedida a favor de la señora Elsa Maria Lozano de Corripio, para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de San Luis Potosí, con circunscripción consular en el estado de San Luis Potosí. El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos Vista la Nota Diplomática de Cónsul Honoraria que la Embajada de la República Francesa en México expidió a favor de la señora Elsa Maria Lozano de Corripio, le concede la presente Autorización Definitiva para que pueda ejercer las funciones de su cargo en la ciudad de San Luis Potosí, con circunscripción consular en el estado de San Luis Potosí. Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y registrada bajo el número cinco a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente, el día veintiuno de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la Fuente Ramírez.- Rúbrica. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 17 AUTORIZACIÓN Definitiva número seis expedida a favor del señor Carlos Alberto Barrera Romero, para ejercer funciones de Cónsul Honorario de la República de Kazajstán en la Ciudad de México, con circunscripción consular en la Ciudad de México y el Estado de México. El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos Vista la Patente de Cónsul Honorario que el Ministro de Asuntos Exteriores de la República de Kazajstán expidió a favor del señor Carlos Alberto Barrera Romero, le concede la presente Autorización Definitiva para que pueda ejercer las funciones de su cargo en la Ciudad de México, con circunscripción consular en la Ciudad de México y el Estado de México. Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y registrada bajo el número seis a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente, el día veinte de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la Fuente Ramírez.- Rúbrica. AUTORIZACIÓN Definitiva número once expedida a favor de la señora Roamhy Librada Heras Bautista, para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de Oaxaca de Juárez, con circunscripción consular en el estado de Oaxaca. El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos Vista la Nota Diplomática de Cónsul Honoraria que la Embajada de la República Francesa en México expidió a favor de la señora Roamhy Librada Heras Bautista, le concede la presente Autorización Definitiva para que pueda ejercer las funciones de su cargo en la ciudad de Oaxaca de Juárez, con circunscripción consular en el estado de Oaxaca. Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y registrada bajo el número once a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente, el día veintiuno de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la Fuente Ramírez.- Rúbrica. AUTORIZACIÓN Definitiva número doce expedida a favor de la señora Mariana Garcia de Quevedo Vachez, para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de Guadalajara, con circunscripción consular en el estado de Jalisco. El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos Vista la Nota Diplomática de Cónsul Honoraria que la Embajada de la República Francesa en México expidió a favor de la señora Mariana Garcia de Quevedo Vachez, le concede la presente Autorización Definitiva para que pueda ejercer las funciones de su cargo en la ciudad de Guadalajara, con circunscripción consular en el estado de Jalisco. Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y registrada bajo el número doce a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente, el día veintiuno de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la Fuente Ramírez.- Rúbrica. 18 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO OFICIO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Federación de Instituciones y Organismos Financieros Rurales, A.C., para organizarse y operar como Federación. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General Contenciosa.- Coordinación Jurídica de Procedimientos B.- Oficio: P246/2025.- Expediente: CNBV.2C.5. Revocación, 212, “14/Mar2025 - 14/Mar/2025”, REV/230/EF/01. ASUNTO: REVOCACIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA ORGANIZARSE Y OPERAR COMO FEDERACIÓN. REPRESENTANTE LEGAL DE FEDERACIÓN DE INSTITUCIONES Y ORGANISMOS FINANCIEROS RURALES, A.C. Insurgentes Sur 569, oficina 303, Col. Nápoles, C.P. 03810, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México. Esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 60, primer párrafo de la Ley de Ahorro y Crédito Popular (en adelante LACP), 2 primer párrafo; 4, fracciones I, XI y XXXVIII, 5 y 16, fracciones VI y XVII de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (en adelante LCNBV), tiene por objeto supervisar y regular en el ámbito de su competencia a las entidades integrantes del sistema financiero mexicano, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del público, autorizar la constitución y operación de aquellas entidades que señalan las leyes y, en su caso, acordar la revocación de las aludidas autorizaciones. Con objeto de dar cumplimiento a los ordenamientos legales en cita, se dicta la presente resolución al procedimiento administrativo de revocación de la autorización para continuar operando como Federación, que en su momento le fue otorgada a la sociedad denominada FEDERACIÓN DE INSTITUCIONES Y ORGANISMOS RURALES, A.C., (en adelante Fedrural, Entidad, Sociedad o Federación indistintamente), al tenor de los siguientes: I. ANTECEDENTES […] II. CONSIDERANDOS PRIMERO. COMPETENCIA. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 60 primer párrafo, fracción III de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, 2, 4, fracciones I, XI, y XXXVIII, 12 fracciones V y XV, 16, fracciones VI y XVII, de la LCNBV, de conformidad con la normatividad referida, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, como Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se encuentra facultada para autorizar la constitución y operación como Federación y, en su caso, para acordar la revocación de dicha autorización. […] Así, de la interpretación integral de lo aquí planteado se aprecia que, en el procedimiento que nos ocupa, la causal de revocación contenida en el artículo 60, fracción III de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, se encuentra debidamente acreditada, por lo que resulta procedente revocar la autorización de FEDERACIÓN DE INSTITUCIONES Y ORGANISMOS RURALES, A.C., para organizarse y operar como Federación. […] RESUELVE PRIMERO. Este Órgano Desconcentrado, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 60 fracción III de la precitada Ley de Ahorro y Crédito Popular y 12, fracción V y XV, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; así como conforme al Acuerdo NOVENO adoptado por la Junta de Gobierno de la propia Comisión en su sesión ordinaria celebrada el 08 de octubre de 2025, y a las consideraciones que quedaron expuestas en la presente resolución, REVOCA a FEDERACIÓN DE INSTITUCIONES Y ORGANISMOS RURALES, A.C., su autorización para organizarse y operar como Federación. SEGUNDO. A partir de la fecha de notificación de la presente resolución, FEDERACIÓN DE INSTITUCIONES Y ORGANISMOS RURALES, A.C., se encontrará incapacitada, por efecto de la presente revocación, para realizar operaciones y se pondrá en estado de disolución y liquidación, de conformidad con lo previsto en el artículo 60, último párrafo, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. TERCERO. […] CUARTO. […] […] Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 19 Así lo proveyó el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo establecido en los artículos 16, fracciones VI y XVII, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y firma, en suplencia por ausencia del mismo, el Vicepresidente Jurídico de esta Comisión, de conformidad con lo previsto en los artículos 3, fracción III, segundo párrafo, 4, fracción I, apartado A, fracción II, apartado A, inciso 7), 9, 14 y 60 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Atentamente Ciudad de México, a 27 de octubre de 2025.- Vicepresidente Jurídico de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Lic. Ángel Salvador Vargas Mitre.- Rúbrica. NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 15-12547-8). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 15-12547-8). A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA. P R E S E N T E S Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de 1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78, 79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6 fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se: N O T I F I C A El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación, ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente: No. RFI Denominación, Ubicación y Superficie Orientación Colindancia Medidas Metros 1 15-12547-8 “LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS EN MÉXICO” Ubicado en los lotes 15 y 16 de la manzana 16, actualmente Calle Bosques de Irán número 42, Fraccionamiento hoy Colonia Bosques de Aragón, C.P. 57170, Localidad de CD Nezahualcóyotl, Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, formando una unidad topográfica con superficie total de 1,431.71 m2. LOTE 15 NORTE ZONA VERDE 15.00 SUR CALLE BOSQUES DE BIRMANIA 15.00 ORIENTE LOTE 14 40.00 PONIENTE LOTE 16 40.00 LOTE 16 NORTE ZONA VERDE 22.00 SUR PÁNCUPE 23.56 SUR CALLE BOSQUES DE BIRMANIA 07.00 ORIENTE LOTE 15 40.00 PONIENTE CALLE BOSQUES DE IRÁN 25.00 20 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga, mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas. En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica. NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 28-7282-7). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 28-7282-7). A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA. P R E S E N T E S Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de 1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78, 79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6 fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se: N O T I F I C A El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación, ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente: No. RFI Denominación, Ubicación y Superficie Orientación Colindancia Medidas Metros 1 28-7282-7 "LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS EN MÉXICO" Ubicado en la Avenida Zona Federal sin número actualmente número 633, Colonia Zona Federal hoy Revolución Verde, C.P. 89314, Localidad y Municipio de Tampico, Estado de Tamaulipas. Superficie de 3,079.36 m2. SUR PROPIEDAD DEL AEROPUERTO DE TAMPICO, TAMAULIPAS 71.83 PONIENTE PROPIEDAD PARTICULAR 32.77 NORESTE PROPIEDAD PARTICULAR 69.00 NOROESTE AVENIDA ZONA FEDERAL 57.54 Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 21 por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga, mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas. En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica. NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 26-5408-9). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 26-5408-9). A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA. P R E S E N T E S Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de 1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78, 79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6 fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se: N O T I F I C A El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación, ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente: No. RFI Denominación, Ubicación y Superficie Orientación Colindancia Medidas Metros 1 26-5408-9 "LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS EN MÉXICO" Ubicado en Fracción de terreno que formó parte de los antiguos Ejidos de Hermosillo, actualmente Avenida de las Torres s/n, Colonia Santa Isabel, C.P. 83130, Localidad y Municipio de Hermosillo, Estado de Sonora. Superficie de 2,001.64 m2. NORTE DERECHO DE VÍA LÍNEAS DE CONDUCCIÓN DE C.F.E. 61.40 SUR CENTRO DE CONTRATACIÓN BRACEROS 61.40 ESTE PROPIEDAD PARTICULAR 32.60 OESTE PROPIEDAD PARTICULAR 32.60 Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga, mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas. En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica. 22 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 15-12545-0). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 15-12545-0). A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA. P R E S E N T E S Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de 1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78, 79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6 fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se: N O T I F I C A El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación, ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente: No. RFI Denominación, Ubicación y Superficie Orientación Colindancia Medidas Metros 1 15-12545-0 "LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS EN MÉXICO" Ubicado en Calle Rio Verdiguel, actualmente calle Diego Rivera número 207, Colonia Los Ángeles, C.P. 50020, Localidad y Municipio Toluca, Estado de México. Superficie de 2540.00 m2. NORTE PROPIEDAD PARTICULAR 38.40 SUR CALLE DIEGO RIVERA 32.00 ORIENTE PROPIEDAD PARTICULAR 73.85 PONIENTE PROPIEDAD PARTICULAR 70.50 Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga, mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas. En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 23 NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 21-17476-3). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 21-17476-3). A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA. P R E S E N T E S Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de 1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78, 79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6 fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se: N O T I F I C A El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación, ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente: No. RFI Denominación, Ubicación y Superficie Orientación Colindancia Medidas Metros 1 21-17476-3 “LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS EN MÉXICO” Ubicado en Calle sin nombre actualmente Calle 50 número 1239, Colonia El Cristo, C.P. 72340, Localidad, Municipio y Estado de Puebla. Superficie de 2,154.52 m2. NORTE PROPIEDAD PARTICULAR 42.32 SUR PROPIEDAD PARTICULAR 39.60 ORIENTE CALLE SIN NOMBRE (ACTUALMENTE CALLE 50) 49.34 PONIENTE PROPIEDAD PARTICULAR 55.90 Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga, mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas. En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica. 24 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 21-17481-6). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 21-17481-6). A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA. P R E S E N T E S Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de 1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78, 79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6 fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se: N O T I F I C A El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación, ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente: No. RFI Denominación, Ubicación y Superficie Orientación Colindancia Medidas Metros 1 21-17481-6 "LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS EN MÉXICO" Ubicado en Calle López Mateos, actualmente Calle José María Morelos número 66, Ranchería Cabrera, C.P. 74360, Localidad y Municipio de Atlixco, Estado de Puebla. Superficie de 1,455.44 m2. NORTE PROPIEDAD PARTICULAR 48.70 SUR PROPIEDAD PARTICULAR 48.17 ORIENTE PROPIEDAD PARTICULAR 30.04 PONIENTE CALLE JOSÉ MARÍA MORELOS 30.06 Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga, mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas. En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 25 PROGRAMA Institucional del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda 2025-2030. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA 2025-2030 El Delegado Fiduciario General de Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, fiduciaria del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda, en cumplimiento al acuerdo adoptado por el Comité Técnico del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda en su sesión extraordinaria 49, celebrada el 15 de septiembre de 2025, en la cual aprobó su Programa Institucional; por lo anterior, con fundamento en lo establecido en la cláusula Novena, incisos c) y h) del Contrato Constitutivo del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda; el artículo 58, fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, mismo que se elaboró en consideración a lo dispuesto en los artículos 17, fracciones II, V y VI, 24 y 29, tercer párrafo de la Ley de Planeación; el numeral 45 de los Criterios para la gestión, evaluación y actualización de los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030; 47, 48 y 50 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y que fue aprobado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha tenido a bien publicar el siguiente: 1. Índice 1. Índice 2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa 3. Siglas y acrónimos 4. Fundamento normativo 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo 6. Objetivos 7. Estrategias y líneas de acción 8. Indicadores y metas 2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa El Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda (FOVI), en su carácter de Entidad de la Administración Pública Federal Paraestatal, se establece como un Fideicomiso Público administrado por Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C., I.B.D., cuyos ingresos propios no están comprendidos en la Ley de Ingresos, y sus egresos no forman parte del gasto neto total. La totalidad de las acciones que se consideran en este Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación de dichas acciones y el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo y no se solicitarán recursos adicionales a los ya considerados en el presupuesto asignado. 3. Siglas y acrónimos APF Administración Pública Federal APVS Agencias Productoras de Vivienda CNBV Comisión Nacional Bancaria y de Valores CONAVI Comisión Nacional de Vivienda CPEUM Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos CUOEF Disposiciones de Carácter General Aplicable a los Organismos de Fomentos y Entidades de Fomento ENIGH Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares FOVISSSTE Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado IF Intermediarios Financieros 26 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 IMOR Índice de Morosidad IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social INFONAVIT Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía LIC Ley de Instituciones de Crédito ONAVIS Organismos Nacionales de Vivienda PIB Producto Interno Bruto PND Plan Nacional de Desarrollo PNI Programa Nacional de Infraestructura PRONAFIDE Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo PRONAVI Programa Nacional de Vivienda PSEDATU Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano RH Rezago Habitacional RUV Registro Único de Vivienda SABG Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno SCV Seguros de Crédito a la Vivienda SM Salarios Mínimos SMA Salarios Mínimos Anuales SNIIV Sistema Nacional de Información e Indicadores de Vivienda SSH Sofomes y Sofoles Hipotecarias SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público SHF Sociedad Hipotecaria Federal SOCAPS Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo SOFIPOS Sociedades Financieras Populares SOFOLES Sociedades Financieras de Objeto Limitado SOFOMES Sociedades Financieras de Objeto Múltiple UDIs Unidades de Inversión 4. Fundamento normativo El artículo 26, apartado A, de la CPEUM, señala que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y democratización política, social y cultural de la nación; y, asimismo, señala que los programas de la APF se sujetarán obligatoriamente al PND. De conformidad con el Art. 1 de la Ley de Vivienda, la vivienda es un área prioritaria para el desarrollo nacional y el Estado impulsará y organizará las actividades inherentes a la materia, con la participación de los sectores social y privado, de acuerdo con las disposiciones aplicables. En términos de esta Ley, la política nacional de vivienda y los programas, así como el conjunto de instrumentos y apoyos, conducirán el desarrollo y promoción de las actividades de las dependencias y entidades de la APF en materia de vivienda, su coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipios, y la concertación con los sectores social y privado, a fin de sentar las bases para aspirar a un desarrollo nacional más equitativo, que integre entre sí a los centros de población con los centros productivos, considerando también a los de menor grado de desarrollo, para corregir las disparidades regionales y las inequidades sociales derivadas de un desordenado crecimiento de las zonas urbanas. Por lo tanto, los Art. 2° y 4° de la Ley de Planeación, disponen que la planeación debe llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género, y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales, ambientales y económicos contenidos en la CPEUM. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 27 Al respecto y de conformidad con lo señalado por los Art. 17, fracción II, 22 y 24 de la Ley de Planeación, las entidades paraestatales de la APF, deben elaborar sus programas institucionales, en los términos previstos por dicha Ley, la LFEP, y de conformidad con las disposiciones que regulan su organización y funcionamiento, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente, observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas. Por su parte, la LFEP, en su Art. 47, prevé la obligación a cargo de estas, de sujetarse en su operación a la Ley de Planeación, al PND, a los programas sectoriales que se deriven del mismo y a las asignaciones de gasto y financiamiento autorizadas, y dentro de esas directrices, las entidades formularán sus programas institucionales a corto, mediano y largo plazo. En ese orden de ideas, y acorde con lo señalado por los artículos 48 y 49 de dicha Ley, el Programa Institucional constituye la asunción de compromisos en términos de metas y resultados que debe alcanzar la entidad paraestatal respectiva y se elaborará acorde con el Art. 22 de la Ley de Planeación. En el caso de las instituciones de banca de desarrollo, el artículo 31, segundo párrafo, de la LIC dispone que los programas de las instituciones de banca de desarrollo deberán formularse conforme a los lineamientos y objetivos del PND 2025-2030, al PRONAFIDE 2025-2030 y los demás programas sectoriales del propio PND. Consecuentemente, en el marco del PND 2025-2030, el Programa Institucional FOVI 2025-2030 atiende principalmente, al Eje general 2 “Desarrollo con Bienestar y Humanismo” y Eje general 3 “Economía moral y trabajo” y al el Eje transversal 3: Derechos de las comunidades indígenas y afromexicanas, atendiendo a la República VI. “República con acceso a Vivienda”. El Programa Institucional de FOVI 2025-2030, se encuentra alineado al PRONAFIDE 2025-2030; asimismo, considera acciones previstas en el PSEDATU 2025-2030 y en materia de PRONAVI 2025-2030 y al PNI 2025-2030. De igual forma, considera las disposiciones jurídicas derivadas de la LIC, de la Ley Orgánica de SHF, en su carácter de fiduciario de FOVI, de la LFEP, y demás legislación aplicable. 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo El 10 de abril de 1963, el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público constituyó en Banco de México, S.A., el Fondo de Operación y Descuento Bancario a la Vivienda (actualmente Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda - FOVI). Desde 1984 y hasta el 2001, el FOVI originó cartera hipotecaria de doble índice (referenciados a una tasa de interés de mercado y con pagos de los acreditados indexados al salario mínimo) que cuenta con el beneficio de la Garantía por Deficientes de Recuperación Final (Saldo Final) del FOVI. Asimismo, desde 1994 y hasta 2001, el FOVI originó créditos hipotecarios denominados en UDIs a través de las Sofoles especializadas en el ramo hipotecario. Dichos créditos cuentan con la cobertura Swap SM a UDIs otorgada por el FOVI, la cual cubre a los acreditados ante posibles caídas del salario mínimo en términos reales, permitiéndoles pagar en salarios mínimos sus hipotecas originadas en UDIs. El 11 de octubre de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual se expide la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, reglamentaria del quinto párrafo del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la cual se establece que será fiduciario sustituto del FOVI, y en la que se señala que la citada Sociedad tiene por objeto impulsar el desarrollo de los mercados primario y secundario de crédito a la vivienda, mediante el otorgamiento de garantías destinadas: a la construcción, adquisición y mejora de la vivienda, preferentemente de interés social; así como al incremento de la capacidad productiva y el desarrollo tecnológico, relacionados con la vivienda. A partir del 26 de febrero de 2002, SHF inició operaciones y se constituyó como fiduciario del FOVI (en sustitución del Banco de México), por lo que tiene a su cargo la administración del Fondo. A partir de lo anterior, SHF asume las labores de otorgamiento de nuevos créditos y garantías para apoyar el desarrollo y crecimiento del sector. De esta manera, SHF, se constituye en una institución integrada a su interior por tres entidades que realizan actividades complementarias para el cumplimiento de su objeto (SHF, FOVI, SCV-SHF). A la fecha FOVI se ha enfocado principalmente en la realización de las siguientes actividades y funciones sustantivas tanto operativas como financieras que se relacionan con la operación y administración del fideicomiso:  Recuperación de Cartera.- Esta función sustantiva para el FOVI consiste en la recuperación del crédito directo otorgado. Dentro de su respectivo marco normativo y a raíz de la crisis hipotecaria, el FOVI se vio en la necesidad de volver a otorgar crédito a través de líneas a diversos intermediarios financieros que presentaron en esos años problemas de liquidez. 28 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025  Garantía Saldo Final.- Otra actividad sustantiva es la administración de la Garantía de Saldo Final, la cual consiste en que el FOVI cubrirá el saldo insoluto remanente al final del plazo del crédito, originado por posibles desfases entre los pagos, indexados al crecimiento del salario mínimo, y la tasa de interés (refinanciamiento de crédito).  Cobertura Salarios Mínimos UDIs1.- Esta cobertura tiene por objetivo reducir el riesgo sistémico en el otorgamiento de cartera en UDIs ante posibles caídas del salario mínimo en términos reales, lo cual permite que los acreditados paguen en salarios mínimos una hipoteca originada en UDIs. Para ello, el FOVI ha venido operando esquemas de cobertura para dicha contingencia a partir de las primas pagadas por los acreditados.  Activos recibidos en dación en pago.- Derivado de los problemas que enfrentaron algunas Sofoles y Sofomes Hipotecarias, entre 2008 y 2012, FOVI recibió en dación en pago derechos fideicomisarios en estructuras con activos individuales y comerciales, cuya gestión está actualmente a cargo de administradores profesionales. Alineación del Programa Institucional de FOVI El PND 2025-2030 contempla un enfoque que considera que el Estado tiene la responsabilidad de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos sociales, siguiendo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Toda la población debe poder satisfacer sus necesidades básicas y tener garantizado el acceso a educación, salud, vivienda adecuada y al sistema financiero. Es en ese contexto que el FOVI considera en su programa institucional 2025-2030 contribuir a que SHF dé cumplimiento a sus objetivos y mantenga en sus actividades la congruencia con su mandato de fortalecer el acceso al derecho a la vivienda y a la inclusión financiera de diversos sectores de la población a partir de garantizar el acceso al financiamiento a los diversos agentes ligados a dicho sector. Considera su alineación al PND 2025-2030 con el Eje General 2: Desarrollo con bienestar y Humanismo, Republica con acceso a vivienda, la cual forma parte de los 100 compromisos presidenciales, en el objetivo 2.9 “Garantizar el derecho a una vivienda adecuada y sustentable que mejore la calidad de vida de la población mexicana, contribuyendo a cerrar las brechas de desigualdad social y territorial.” A la Estrategia: 2.9.2 Impulsar el financiamiento en el sector vivienda mediante mecanismos y programas que faciliten la adquisición, autoproducción y mejora de viviendas con el objetivo de reducir el Rezago Habitacional. Y en lo que respecta al PRONAFIDE 2025-2030, al Objetivo 6. Impulsar el desarrollo de un sistema financiero más inclusivo, resiliente y sostenible, fortaleciendo su estabilidad competencia y marco jurídico, para ampliar el acceso equitativo a servicios financieros, reducir brechas estructurales y mejorar la salud financiera de la institución. La Estrategia 6.5 Fortalecer la inclusión financiera con productos, servicios, financiamiento, educación y capacitación, apoyadas con el uso de tecnología financiera, contribuyendo con la dispersión de apoyos de los programas sociales, así como en el desarrollo y construcción de viviendas para mejorar el bienestar de los sectores de atención y facilitar su incorporación en el mercado financiero formal. En las líneas de acción 6.5.7. Coadyuvar con financiamiento en el desarrollo y construcción de un millón de casas en apoyo a programas de vivienda popular y 6.5.8. Impulsar mediante financiamiento una mayor inclusión financiera en la población objetivo, para adquisición de vivienda, el mejoramiento y la autoproducción en la población de bajos ingresos o en condiciones de rezago habitacional promoviendo vivienda sustentable. Los objetivos prioritarios del Programa Institucional de FOVI 2025-2030 responden a la naturaleza de su operación actual, la cual está enfocada en mayor medida en garantizar el cumplimento de los objetivos y mandato de SHF haciéndose cargo de la administración y manejo adecuado de las carteras que por su naturaleza requieren de un esfuerzo institucional para su reestructuración, recuperación y liquidación. Financiamiento para vivienda En 2024, las ONAVIS financiaron 17.2% más acciones para adquisición de viviendas que en 2023. Mientras que en el caso de mejoramientos, se pasó de 48,742 acciones en 2023 a 58,113 en 2024, un incremento de 19.2%. Las acciones para adquisición financiadas por la banca disminuyeron 6.1% y las de mejoramiento se redujeron casi 94% en el mismo periodo. 1 Actualmente la cobertura Swap SM a UDIs es aplicable tanto a la cartera en UDIS generada por FOVI de 1994 a 2001, así como a la originada por SHF de 2002 a 2012. Actualmente SHF ya no origina este tipo de créditos. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 29 1. Financiamiento de viviendas 2023 – 2025 (acciones). Organismo Adquisición Mejoramientos 2023 2024 2025* 2023 2024 2025* ONAVIS 270,250 316,720 85,963 48,742 58,113 6,502 FOVISSSTE 32,930 33,555 8,165 18 33 4 INFONAVIT 237,320 283,165 77,798 9,607 16,235 2,702 SHF - - - 39,117 41,845 3,796 Entidades financieras 98,646 92,627 25,794 24,021 1,521 611 BANCA 98,328 92,355 25,668 24,021 1,521 611 BANJERCITO 318 272 126 - - - Subsidios federales - - - - - - CONAVI - - - - - - FONHAPO - - - - - - Otros organismos 5,550 - 70 353 - 388 ISSFAM - - - - - - CFE - - - - - - PEMEX - - - - - - HABITAT MÉXICO 552 - 70 353 - 388 INVI 4,998 - - - - - *Datos de enero a abril. Fuente: Elaborado por FOVI con información del SNIIV. En 2024 el Infonavit otorgó 185.8 mil millones de pesos (mmdp) para adquisición y 10.54 mmdp para mejoramiento. Por su parte, FOVISSSTE brindó 32.16 mmdp para adquisición y solamente 13.25 millones de pesos para mejoramiento. En el caso de la Banca Comercial, el monto financiado ascendió a 226.57 mmdp para la adquisición y 2.27 mmdp para los mejoramientos. Tabla 2. Financiamiento de viviendas 2023 – 2025 (monto). (Miles de millones de pesos corrientes) Organismo Adquisición Mejoramientos 2023 2024 2025* 2023 2024 2025* ONAVIS 171.71 217.96 62.87 6.54 11.65 1.96 FOVISSSTE 28.98 32.16 8.59 0.01 0.01 0.00 INFONAVIT 142.73 185.80 54.28 5.58 10.54 1.88 SHF - - - 0.95 1.09 0.09 Entidades financieras 227.90 226.99 65.50 3.37 2.27 1.08 BANCA 227.48 226.57 65.28 3.37 2.27 1.08 BANJERCITO 0.43 0.42 0.22 - - - Subsidios federales - - - - - - CONAVI - - - - - - FONHAPO - - - - - - Otros organismos 0.04 - 0.02 0.03 - 0.02 ISSFAM - - - - - - CFE - - - - - - PEMEX - - - - - - HABITAT MÉXICO 0.03 - 0.02 0.03 - 0.02 INVI 0.01 - - - - - *Datos de enero a abril. Fuente: Elaborado por FOVI con información del SNIIV. 30 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Al primer trimestre de 2025, la Cartera Hipotecaria Total (CHT) de INFONAVIT, FOVISSSTE y la Banca Múltiple ascendió a 3.54 billones de pesos nominales, con 24 participantes (22 bancos, INFONAVIT y FOVISSSTE). INFONAVIT cuenta con una participación de mercado del 52.8%, mientras que el 36.6% corresponde a la Banca Comercial y 10.6% a FOVISSSTE. Durante los últimos años se ha observado una disminución de la participación de INFONAVIT respecto a la cartera total. Esta redistribución es una señal de desconcentración del sector. Gráfica 1. Distribución porcentual de la Cartera Hipotecaria Total, 2025*. (Porcentaje) *Cifras a marzo de 2025. Fuente: Elaborado por FOVI con información de CNBV, INFONAVIT y FOVISSSTE. La Banca Comercial cuenta con la participación de 22 instituciones financieras. Cinco de éstas concentran el 90.2% del saldo total. BBVA México se mantiene como el principal actor con el 26.9% de la cartera, seguido por Banorte con el 19.6%, Scotiabank con el 18.2%, Santander con 15.7% y HSBC con el 9.8%. En este sentido, existe una alta concentración en la Banca Comercial. Gráfica 2. Distribución porcentual de la Cartera Hipotecaria Total de la Banca Comercial, 2025*. (Porcentaje) *Cifras a marzo de 2025. Fuente: Elaborado por FOVI con información de CNBV. Índice de morosidad e índice de deterioro. El IMOR2 del sector hipotecario presentó un crecimiento de punta a punta de 530 puntos base, pasando de 6.0% en 2018 a 11.3% a marzo de 2025. En el caso de INFONAVIT, durante el periodo analizado se observaron valores mayores que los registrados por el total del sector hipotecario, situándose en 17.7% durante el primer trimestre de 2025. 2 El IMOR de INFONAVIT y FOVISSSTE para 2018 - 2023 no concuerda con lo reportado por ambas instituciones por la cartera en prórroga. En INFONAVIT y FOVISSSTE se considera como cartera en prórroga aquella con más de 90 días de no pago y menos de 180 y se suma a la cartera vigente. Para homologar resultados se calcula como en la Banca Comercial. Adicionalmente. A partir de 2022 se reporta la cartera en tres etapas, de modo que para homologar la información se utilizó la cartera en etapa 3 como cartera vencida. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 31 FOVISSSTE presentó un decremento en su IMOR de 50 puntos base al comparar la cifra al cierre de 2024 con la registrada al primer trimestre de 2025 (pasó de 9.5% a 9.0%). En el caso de la Banca Comercial, su IMOR permaneció sin cambios significativos en el comparativo 2018 – 2025T1. Es importante resaltar que la Banca Comercial presenta un IMOR menor a 3% desde 2022. Gráfica 3. Índice de morosidad, 2018 - 2025*. A. Porcentaje Fuente: Elaborado por FOVI con información de CNBV. Gráfica 4. Índice de morosidad, 2018 - 2025*. B. Composición porcentual del IMOR *Cifras a marzo de 2025. Fuente: Elaborado por FOVI con información de CNBV, INFONAVIT y FOVISSSTE. El índice de deterioro (IDER)3 del sector hipotecario pasó de 3.0% al cierre de 2023 a 8.5% en diciembre de 2024, presentando un aumento de casi 550 puntos base. Para el primer trimestre de 2025 el IDER de FOVISSSTE, INFONAVIT y de la Banca presentó valores de -1.5%, -0.03% y 4.7%, respectivamente. La disminución del IDER implica una mejora en los procesos de otorgamiento de crédito. 3 El IDER se mide como la variación porcentual anual de la cartera vencida en términos nominales. 32 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Gráfica 5. IDER de crédito hipotecario, 2018-2025*. *Cifras a marzo de 2025. Fuente: Elaborado por FOVI con información de CNBV, INFONAVIT y FOVISSSTE. Considerando la situación que presentan las diversas instituciones que participan del sector de la vivienda, resulta evidente que con el tiempo las carteras hipotecarias tienden a deteriorarse, debido a que se trata de un crédito a largo plazo, en el cual a lo largo de su vigencia el acreditado puede pasar por problemas económicos, laborales y/o familiares que pudieran afectar el pago puntual de su crédito, poniendo en riesgo el patrimonio del mismo acreditado y afectando negativamente a la institución que otorgó el crédito. SHF, a través de FOVI, se encarga de gestionar las carteras que presenten problemas para su liquidación, así como las carteras recibidas en dación con las que se cuentan, con el fin de aminorar un impacto que pudiera deteriorar la salud financiera de la institución, poniendo en riesgo el cumplimiento de los objetivos institucionales. 6. Objetivos Los objetivos prioritarios del Programa Institucional de FOVI 2025-2030 responden a la naturaleza de su operación actual, la cual está enfocada en mayor medida en continuar con la recuperación de su cartera crediticia, con un énfasis particular en las carteras recibidas en dación en pago, en administrar y honrar las garantías vigentes otorgadas, así como en vigilar la sustentabilidad financiera de su entorno de operación, todo bajo un enfoque social y de eficiencia administrativa. Asimismo, se contempla un manejo adecuado y eficiente de riesgos y la consolidación de su eficiencia operativa, alineadas al cumplimiento normativo en materia de Gestión de Riesgo, Requerimientos de Capital, Calificación de Cartera y Gobierno Corporativo. Considerando que FOVI es un Fideicomiso Público constituido en 1963 por el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en Banco de México, el cual es administrado por SHF desde el 26 de febrero de 2002, las estrategias, misión y visión del Programa Institucional 2025-2030 se alinean a los objetivos del PND 2025-2030 y los programas sectoriales. Objetivos del Programa Institucional FOVI 2025-2030 1.- Incrementar el financiamiento para la construcción y la adquisición de vivienda para segmentos de la población históricamente no atendidos por intermediarios financieros tradicionales 2.- Fortalecer la recuperación y gestión óptima de activos no estratégicos 6.1 Relevancia del objetivo 1: Incrementar el financiamiento para la construcción y la adquisición de vivienda para segmentos de la población históricamente no atendidos por intermediarios financieros tradicionales. FOVI, en coordinación con SHF como su administrador, es reconocida por sus actividades de fomento a la vivienda y al desarrollo del país bajo un enfoque social, económico y sustentable, ofreciendo soluciones financieras que facilitan su acceso y disponibilidad. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 33 Partiendo de los 100 compromisos presidenciales, la VI República se refiere al acceso a la vivienda, y el Eje General 2 del PND 2025-2030 “Desarrollo con bienestar y humanismo”, establece como derecho el acceso a una vivienda digna, el objetivo 1 de FOVI “Incrementar el financiamiento para la construcción y la adquisición de vivienda para segmentos de la población históricamente no atendidos por intermediarios financieros tradicionales” se alinea con la estrategia 2.9.2 del PND Impulsar el financiamiento en el sector de vivienda mediante mecanismos y programas que faciliten la adquisición, autoproducción y mejora de viviendas, con el objetivo de reducir el rezago habitacional. Con el objetivo de reafirmar el enfoque social en la generación de soluciones de vivienda para las familias mexicanas y contribuir de manera específica y gradual al abatimiento del rezago habitacional a través del otorgamiento de apoyos financieros para la construcción y adquisición de vivienda, FOVI buscará ofrecer nuevas soluciones para adquisición o mejora de vivienda que sean asequibles y fomenten el desarrollo tecnológico relacionado con la vivienda y que sean alcanzables para la población tradicionalmente no atendida. Mediante la aprobación del Producto Hipoteca Digital FOVI, en 2023 se formalizó un mecanismo que permite financiar la adquisición de vivienda terminada (nueva o usada) de un segmento de la población asalariada o con ingresos mixtos. 6.2 Relevancia del objetivo 2: Fortalecer la recuperación y gestión óptima de activos no estratégicos. Derivado de los problemas que enfrentaron algunas Sofoles y Sofomes Hipotecarias, entre 2008 y 2012, FOVI recibió en dación en pago derechos fideicomisarios en estructuras con activos individuales y comerciales, cuya gestión está actualmente a cargo de administradores profesionales. Los objetivos prioritarios del Programa Institucional de FOVI 2025-2030 responden a la naturaleza de su operación actual, la cual está enfocada en mayor medida en continuar con la recuperación de su cartera crediticia, con un énfasis particular en las carteras recibidas en dación en pago, en administrar y honrar las garantías vigentes otorgadas, así como en vigilar la sustentabilidad financiera de su entorno de operación, todo bajo un enfoque social y de eficiencia administrativa, otorgando apoyos financieros y garantías para la construcción y adquisición de vivienda, canalizando los recursos a través de intermediarios financieros, siendo éstas las instituciones de banca múltiple y las SOFOLES del ramo hipotecario e inmobiliario, registradas ante FOVI Considerando que FOVI es un fideicomiso público constituido en 1963 por el gobierno federal a través de la SHCP en Banco de México, el cual es administrado por SHF, dicha estrategia se alinea a los objetivos del Programa Institucional de SHF 2025-2030, así como a los Programas Sectoriales. 6.3 Vinculación de los objetivos del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2025-2030 Los objetivos del Programa Institucional de Sociedad Hipotecaria Federal 2025-2030 se vinculan al PRONAFIDE 2025-2030 en el Objetivo 6. Impulsar el desarrollo de un sistema financiero más inclusivo, resiliente y sostenible, fortaleciendo su estabilidad competencia y marco jurídico, para ampliar el acceso equitativo a servicios financieros, reducir brechas estructurales y mejorar la salud financiera de la institución. La Estrategia 6.5 Fortalecer la inclusión financiera con productos, servicios, financiamiento, educación y capacitación, apoyadas con el uso de tecnología financiera, contribuyendo con la dispersión de apoyos de los programas sociales, así como en el desarrollo y construcción de viviendas para mejorar el bienestar de los sectores de atención y facilitar su incorporación en el mercado financiero formal. En las líneas de acción 6.5.7. Coadyuvar con financiamiento en el desarrollo y construcción de un millón de casas en apoyo a programas de vivienda popular y 6.5.8. Impulsar mediante financiamiento una mayor inclusión financiera en la población objetivo, para adquisición de vivienda, el mejoramiento y la autoproducción en la población de bajos ingresos o en condiciones de rezago habitacional promoviendo vivienda sustentable. Objetivos del Programa Institucional de FOVI 2025-2030 Objetivos del PRONAFIDE 2025 – 2030 Estrategias del PRONAFIDE 2025 – 2030 1.- Incrementar el financiamiento para la construcción y la adquisición de vivienda para segmentos de la población históricamente no atendidos por intermediarios financieros tradicionales. 6. Impulsar el desarrollo de un sistema financiero más inclusivo, resiliente y sostenible, fortaleciendo su estabilidad, competencia y marco jurídico, para ampliar el acceso equitativo a servicios financieros, reducir brechas estructurales y mejorar la salud financiera de la población. 6.5 Fortalecer la inclusión financiera con productos, servicios, financiamiento, educación y capacitación, apoyadas con el uso de tecnología financiera, contribuyendo con la dispersión de apoyos de los programas sociales, así como en el desarrollo y construcción de viviendas para mejorar el bienestar de los sectores de atención y facilitar su incorporación en el mercado financiero formal. 34 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 2.- Fortalecer la recuperación y gestión óptima de activos no estratégicos 6. Impulsar el desarrollo de un sistema financiero más inclusivo, resiliente y sostenible, fortaleciendo su estabilidad, competencia y marco jurídico, para ampliar el acceso equitativo a servicios financieros, reducir brechas estructurales y mejorar la salud financiera de la población. 6.5 Fortalecer la inclusión financiera con productos, servicios, financiamiento, educación y capacitación, apoyadas con el uso de tecnología financiera, contribuyendo con la dispersión de apoyos de los programas sociales, así como en el desarrollo y construcción de viviendas para mejorar el bienestar de los sectores de atención y facilitar su incorporación en el mercado financiero formal. 7. Estrategias y líneas de acción Las estrategias que se implementarán para el cumplimiento de los objetivos prioritarios de FOVI, consideran tanto la colocación de crédito para construcción y adquisición de vivienda, como la recuperación y adecuada gestión de los activos no estratégicos, lo que permitirá fortalecer la sustentabilidad de ambas instituciones (SHF – FOVI), así como reducir los riesgos. Objetivo 1. Incrementar el financiamiento para la construcción y la adquisición de vivienda para segmentos de la población históricamente no atendidos por intermediarios financieros tradicionales. Estrategia 1.1 Ampliar los apoyos dirigidos a intermediarios financieros para fortalecer su participación en el sector vivienda. Líneas de acción 1.1.1 Generar y promover productos de apoyo financiero para la adquisición de vivienda con el fin de disminuir el rezago habitacional (en coordinación con SHF). 1.1.2 Incrementar la participación de los intermediarios financieros no bancarios registrados ante SHF como administrador del FOVI, en las regiones menos favorecidas mediante crédito individual o de mejoramiento. Objetivo 2. Fortalecer la recuperación y gestión óptima de activos no estratégicos Estrategia 2.1 Depurar el portafolio legado de FOVI Líneas de acción 2.1.1 Acelerar la recuperación y mejorar el desempeño de los administradores de cartera, a fin de reducir los costos de recuperación de créditos vencidos. 2.1.2 Generar esquemas de depuración y estabilización de portafolio. 2.1.3 Establecer criterios y procedimientos para la desincorporación de activos no estratégicos adjudicados. 8. Indicadores y metas El Programa Institucional FOVI 2025-2030 se encuentra alineado a las directrices, objetivos, estrategias y metas del PND 2025-2030 considerando el Eje General 2 Desarrollo con Bienestar y Humanismo, y alineado al programa sectorial PRONAFIDE 2025-2030 y mantiene congruencia con los programas PSEDATU 20205- 2030 y PRONAVI 2025-2030. A continuación, se detallan los indicadores para cada objetivo: Objetivos Indicador Objetivo 1. Incrementar el financiamiento para la construcción y la adquisición de vivienda para segmentos de la población históricamente no atendidos por intermediarios financieros tradicionales. 1.1 Total de otorgamiento de Crédito Directo e Inducido Objetivo 2. Fortalecer la recuperación y gestión óptima de activos no estratégicos. 2.1 Monto Total del Saldo de Crédito Directo e Inducido al Sector Privado Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 35 Indicador 1.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Total de otorgamiento de Crédito Directo e Inducido Objetivo Incrementar el financiamiento para la construcción y la adquisición de vivienda para segmentos de la población históricamente no atendidos por intermediarios financieros tradicionales Definición o descripción Mide el monto total de financiamiento al sector de la vivienda Derecho asociado Derecho a la vivienda Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Febrero del año siguiente Unidad de medida Millones de pesos Periodo de recolección de los datos Enero a diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Unidad de Promoción de Negocios Método de cálculo Total de otorgamiento de Crédito Directo e Inducido = Monto total de financiamiento del año N Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Monto total de financiamiento del año 2024 Valor variable 1 0 Fuente de información variable 1 Información de reportes emitidos por la Unidad de Finanzas Sustitución de Método de Cálculo Total de otorgamiento de Crédito Directo e Inducido = 0 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 0 Durante el periodo 2022 a 2024 se realizó el proceso de diseño e implementación de un modelo de originación de crédito complementario a los esquemas de financiamiento que otorga la SHF. Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 5,000 El otorgamiento de crédito directo e inducido durante el periodo 2025-2030 será de 18,500 mdp. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2019 2020 2021 2022 2023 2024 0 0 0 0 0 0 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 500 2,500 3,000 3,500 4,000 5,000 36 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Indicador 2.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre Monto Total del Saldo de Crédito Directo e Inducido al Sector Privado Objetivo Fortalecer la recuperación y gestión óptima de activos no estratégicos Definición o descripción Mide el saldo nominal de crédito directo e inducido al sector privado Derecho asociado Derecho a la vivienda Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico. Disponibilidad de la información Febrero del año siguiente Unidad de medida millones de pesos Periodo de recolección de los datos enero a diciembre Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance Unidad de Finanzas Método de cálculo Monto Total del Saldo de Crédito Directo e Inducido al Sector Privado = Saldo de Crédito Directo e Inducido al Sector Privado observado al cierre del año N Observaciones APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Saldo de Crédito Directo e Inducido al Sector Privado observado al cierre de 2024 Valor variable 1 5,413 Fuente de información variable 1 Información de reportes emitidos por la Unidad de Finanzas Sustitución en método de cálculo VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 5,413 Si bien durante el periodo 2020 – 2024, el saldo total de crédito directo e inducido de FOVI mantuvo un comportamiento descendente al no colocar acciones de financiamiento al sector privado. Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 21,227 Al iniciar el proceso de colocación de financiamiento por parte de FOVI se espera que el saldo presente un comportamiento ascendente. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR. 2019 2020 2021 2022 2023 2024 9,316 8,170 7,016 6,021 5,995 5,413 METAS. 2025 2026 2027 2028 2029 2030 5,820 8,134 10,832 13,844 17,150 21,227 Ciudad de México a 22 de septiembre de 2025.- Delegado Fiduciario General de Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, fiduciaria del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda, Mtro. Jorge Alberto Mendoza Sánchez.- Rúbrica. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 37 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CONVENIO de Coordinación y Colaboración para la construcción y equipamiento de un plantel educativo de educación media superior (preparatoria), así como de traspaso de los recursos provenientes del Fondo de Aportaciones Múltiples del Estado de Puebla, que celebran el Estado de Puebla, el Comité Administrador Poblano para la Construcción de Espacios Educativos, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Educación Pública y el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- EDUCACIÓN.- Secretaría de Educación Pública.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE UN PLANTEL EDUCATIVO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR (PREPARATORIA) EN ADELANTE “LAS ACCIONES”, ASÍ COMO DE TRASPASO DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL FONDO DE APORTACIONES MÚLTIPLES DEL ESTADO DE PUEBLA, ADMINISTRADOS EN EL FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN Y DISTRIBUCIÓN 2242 (FIDEICOMISO DE DISTRIBUCIÓN), PROVENIENTES DEL FIDEICOMISO DE EMISIÓN 2595 (FIDEICOMISO DE EMISIÓN), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL MAESTRO ALEJANDRO ARMENTA MIER, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN ADELANTE “LA ENTIDAD FEDERATIVA”; EL COMITÉ ADMINISTRADOR POBLANO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ESPACIOS EDUCATIVOS, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, MAESTRO CARLOS OCHOA RODRÍGUEZ, EN ADELANTE “EL CAPCEE”; Y POR LA OTRA, LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL MAESTRO EN INGENIERÍA JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, EL INGENIERO JUAN CARLOS FUENTES ORRALA, EN ADELANTE “LA SECRETARÍA”; LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, REPRESENTADA POR LA DOCTORA TANIA HOGLA RODRÍGUEZ MORA, TITULAR DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, ASISTIDA POR LA LICENCIADA MARÍA ALEJANDRA CARREÓN CAPUCHINO, TITULAR DE LA COORDINACIÓN SECTORIAL DE PLANEACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, Y EL ARQUITECTO HUGO ENRIQUE DE LUCIO TORRES, TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE OPERACIÓN TÉCNICA Y GESTIÓN, EN ADELANTE LA “SEMS”; Y EL INSTITUTO NACIONAL DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, INGENIERO FRANCISCO JAVIER CABIEDES URANGA, EN ADELANTE “EL INIFED”, A QUIENES EN SU CONJUNTO SE DENOMINARÁN COMO “LAS PARTES”, AL AMPARO Y TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES I. El Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la educación pública de calidad, en términos del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual debe generar las condiciones necesarias para impartir una educación pública incluyente y equitativa, a fin de garantizar que niñas, niños y adolescentes mexicanos tengan acceso y culminen en tiempo y forma una educación que les otorgue las competencias necesarias para su adecuada incorporación al mundo adulto. II. Que la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo considera dentro de los 100 compromisos del segundo piso de la transformación, dentro de la República educadora, humanista y científica el aumento de los espacios de educación media superior, nuevos espacios para la educación superior, la extensión de horarios en escuelas primarias entre otros. III. Que la emisión administración, distribución y operación del Fondo de Aportaciones Múltiples, en adelante “FAM Potenciado” para destinarse en Proyectos de la Infraestructura Física Educativa “Proyectos de la INFE”, está regulada por los contratos de Fideicomisos de: a) Administración y Emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios número 2595 b) Administración y Distribución de recursos número 2242; así como por los: c) Convenios de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples, d) Normatividad, Disposiciones, Lineamientos y Guía Operativa, aplicables en materia de planeación, contratación, sustitución, construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, gastos de ejecución y supervisión, reconstrucción y habilitación de la infraestructura física educativa (Programa Escuelas al CIEN); e) Lineamientos para la aplicación de los recursos para la conservación y mantenimiento de proyectos de la Infraestructura Física Educativa en el Programa “FAM Potenciado”, y; f) la Ley de Coordinación Fiscal (LCF). 38 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 IV. La “ENTIDAD FEDERATIVA” cuenta con recursos que recibirá del “FIDEICOMISO DE DISTRIBUCIÓN”, identificados como productos de monetización de las Aportaciones FAM, que deberán ser destinados invariablemente a la ejecución de “Proyectos de INFE”. V. Que en el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples celebrado por la “ENTIDAD FEDERATIVA” con el Gobierno Federal, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Educación Pública, que tiene por objeto, conforme a lo previsto en el artículo 52 de la LCF, establecer el mecanismo por el cual se potenciarán y distribuirán los recursos de la Aportación FAM, correspondientes a la “ENTIDAD FEDERATIVA”, así como establecer los mecanismos de operación para la solicitud de recursos y la ejecución de las acciones de los “Proyectos de la INFE”, así como sus responsables y ejecutores originarios, en adelante, el “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples”. VI. Que en términos del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2024, entre otros, se adicionó la Fracción I Quinquies al artículo 36 de dicha Ley, por el cual se le otorgan atribuciones a “LA SECRETARÍA” para: Construir, equipar, rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar la infraestructura e instalaciones destinadas al servicio del sistema educativo nacional, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno”. VII. La “ENTIDAD FEDERATIVA” requirió a través del escrito sin número dirigido a “LA SECRETARÍA”, que se adjunta como Anexo 1, que tenga a bien llevar a cabo las gestiones de licitación, contratación, construcción, equipamiento, supervisión y validación técnica, así como las relacionadas de manera directa con el pago que corresponda a la ejecución de los proyectos, mediante las solicitudes de instrucción de pago a los proveedores adjudicados, por cuanto hace a los recursos provenientes de la potenciación del Fondo de Aportaciones Múltiples para el Estado. VIII. Que vistos los proyectos prioritarios a ejecutar en la “ENTIDAD FEDERATIVA”, y toda vez que estos se realizarán en planteles federales, para el cumplimiento del objeto del presente instrumento legal, se determina que pueden convergir dos fuentes de financiamiento, es decir, los recursos provenientes del Programa “FAM Potenciado” bajo las consideraciones expuestas en los antecedentes que preceden, y el segundo, de los recursos fiscales que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), mediante ampliación líquida trasferirá a “LA SECRETARÍA” para su ejecución, conforme lo previsto en el presente instrumento y la normatividad aplicable. IX. Conforme las fuentes de financiamientos antes señaladas, mediante el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones, se asigna un monto total de $67’500,000.00 (Sesenta y siete millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), IVA incluido; a “LA SECRETARÍA”, instrumento jurídico que servirá de suficiencia presupuestaria para llevar a cabo los procedimientos licitatorios correspondientes para la construcción y equipamiento de un plantel educativo de nivel medio superior (preparatoria), conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. X. Que “LA SECRETARIA” por no estar dentro de sus competencias ni atribuciones la adquisición e instalación del equipamiento especializado requerido para el cumplimiento integral de “LAS ACCIONES” objeto del presente instrumento, solicitó mediante oficio No. 3.-043 de fecha 25 de marzo del año en curso, a “EL INIFED” se encargara de la implementación de los procedimientos licitatorios que correspondan, en términos de la normatividad federal aplicable, para la adquisición e instalación del equipamiento básico y especializado en cada uno de los planteles, considerando que cuentan con las atribuciones necesarias para el equipamiento de éstos. Anexo 2. XI. Por lo anterior, “LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, que beneficiará a comunidades educativas de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, es necesaria la suma de esfuerzos y competencias, así como la convergencia de asignaciones de recursos de diversas fuentes de financiamiento. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 39 DECLARACIONES 1. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara: 1.1 Que el Estado de Puebla es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 párrafo primero, 42 fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. 1.2 Que el Maestro Alejandro Armenta Mier es Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, acredita su personalidad mediante Constancia de Mayoría y Validez de la Elección para la Gubernatura del Estado de Puebla, expedida por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla, de fecha nueve de junio de dos mil veinticuatro, y cuenta con las facultades necesarias para la suscripción del presente instrumento, de acuerdo con los artículos 70, 79 fracciones II, XVI, XXXIII y XXXVI, 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 2, 3, 9 primer párrafo y 10 primer párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla. 1.3 De conformidad con su legislación local, la “ENTIDAD FEDERATIVA” tiene la facultad de suscribir el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y, en específico, para afectar irrevocablemente al Programa “FAM Potenciado” que le corresponde conforme a lo previsto en el Capítulo V de la (LCF), sujeto a los términos y condiciones previstos en la normatividad local aplicable y en apego a lo previsto en el “FIDEICOMISO DE EMISIÓN”. 1.4 Que a petición de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, como parte de los acuerdos emitidos por el Grupo de Trabajo para el cumplimiento del “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples” en la Décima Primera Sesión Ordinaria celebrada el 27 de diciembre de 2024, así como del periodo establecido (31 de enero 2025), para consolidar la relación de “Proyectos de la INFE”; fue dictaminada para su intervención, la integración al Programa “FAM Potenciado” de los “Proyectos de la INFE”, conforme los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A. 1.5 Que, en base a lo anterior, de los recursos derivados del programa “FAM Potenciado”, la “ENTIDAD FEDERATIVA” determinó atender con recursos hasta por un monto de $30’000,000.00 (Treinta millones de pesos 00/100 M.N.), IVA incluido, para un plantel educativo, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. 1.6 Que conforme las gestiones de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, “EL INIFED” mediante oficio DG/0234/ 2025 de fecha 4 de abril del 2025, que se adjunta al presente como Anexo 3, emitió la suficiencia de recursos para la intervención de los “Proyectos de la INFE”, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. 1.7 Es su intención celebrar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y asumir todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen. 1.8 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y los documentos relacionados con el mismo no violan, ni contravienen, mucho menos se oponen o constituyen un incumplimiento a lo previsto en: (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su reglamento, vigente en términos de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019; (ii) cualquier acuerdo, Convenio u otro instrumento en el cual sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de algún tribunal, entidad o autoridad gubernamental. 1.9 La celebración del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y de los documentos relacionados con el mismo constituyen obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus términos y condiciones. 1.10 Que el o los predios en el cual se va a construir el plantel educativo, son de su propiedad, por lo que no existe impedimento legal o administrativo alguno para la ejecución de “LAS ACCIONES”. 1.11 Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en Avenida 14 Oriente 1204, Colonia Barrio El Alto, “Casa Aguayo”, Código Postal 72290, de la Ciudad de Puebla, Estado de Puebla. 40 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 2. “LA SECRETARÍA” declara que: 2.1 Es una Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, de conformidad con los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2° fracción I, 26 y 36 fracciones I, I Quinquies y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y tiene entre sus atribuciones las de construir, equipar, rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar la infraestructura e instalaciones destinadas al servicio del sistema educativo nacional, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno. 2.2. El Maestro en Ingeniería Jesús Antonio Esteva Medina, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Coordinación y Colaboración de Acciones, en términos de lo dispuesto por el artículo 4, del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. 2.3 El Ingeniero Juan Carlos Fuentes Orrala, Subsecretario de Infraestructura, cuenta con las facultades necesarias para asistir en la firma del presente Convenio Coordinación y Colaboración de Acciones, en términos de lo dispuesto por los artículos 3, apartado A, fracción I y 6, fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. 2.4 Es su intención celebrar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y asumir todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen a su favor y a su cargo. 2.5 Para efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Av. Insurgentes Sur 1089, Colonia Nochebuena, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03720, en la Ciudad de México. 3. La “SEMS” declara que: 3.1 Es una dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1°, 2° fracción I y 26 fracción XIV y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 3.2 Su representante, la Doctora Tania Hogla Rodríguez Mora, titular de la Subsecretaría de Educación Media Superior, cuenta con facultades para suscribir y participar en el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como los artículos 2, apartado A, fracción II, y 8, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2020. 3.3 Participa en la celebración del presente Convenio Coordinación y Colaboración de Acciones para (i) hacer del conocimiento de “LAS PARTES" que presentó, junto con la asistencia y participación del "INIFED", a la "ENTIDAD FEDERATIVA", la propuesta inicial de proyectos de infraestructura física educativa, atendiendo a las necesidades y requerimientos de infraestructura física educativa de las Entidades Federativas y resultando en la relación de los “Proyectos de la INFE” adjunta al presente Convenio Coordinación y Colaboración de Acciones como Anexo A; y (ii) asumir todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen. 3.4 La Licenciada María Alejandra Carreón Capuchino, Titular de la Coordinación Sectorial de Planeación y Administración, cuenta con las facultades necesarias para asistir en la firma del presente Convenio Coordinación y Colaboración de Acciones, en términos de lo dispuesto por el artículo 8°, fracción XXI, numeral II y último párrafo del citado artículo del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública. 3.5 El Arquitecto Hugo Enrique De Lucio Torres, Titular de la Dirección de Operación Técnica y Gestión, cuenta con las facultades necesarias para asistir en la firma del presente Convenio Coordinación y Colaboración de Acciones, en términos de lo dispuesto por el artículo 8°, fracción XXI, numeral II y último párrafo del citado artículo del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública. 3.6 Para efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en República de Argentina 28, Colonia Centro, Código Postal 06020 Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México. 4. “EL INIFED” declara que: 4.1. Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión, creado mediante Decreto por el que se expide la Ley General de la Infraestructura Física Educativa (LGIFE), publicado en el DOF el 1 de febrero de 2008. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 41 4.2. De conformidad con lo establecido en el Decreto publicado en el DOF el 30 de septiembre de 2019, por medio del cual se expidió la Ley General de Educación (LGE) y se abrogó la Ley General de Infraestructura Física Educativa (LGIFE), en términos de lo previsto en el artículo Tercero Transitorio, párrafo segundo y tercero que señala que hasta que se expidan los lineamientos previstos en el artículo 103 de la LGE y se realicen las adecuaciones normativas en esta materia de infraestructura educativa, seguirán en vigor aquellas disposiciones que se hayan emitido con anterioridad, en lo que no contravengan al Decreto en cita; asimismo que en tanto se lleva el proceso de extinción referido en el artículo Transitorio Cuarto de este Decreto, “EL INIFED” se encargará de llevar a cabo el cierre de programas y obligaciones contractuales en proceso, así como la atención y seguimiento de asuntos jurisdiccionales o administrativos en trámite o pendientes de resolución definitiva. 4.3. El Licenciado Francisco Javier Cabiedes Uranga, acredita su carácter de Director General de “EL INIFED”, en términos del nombramiento otorgado mediante acuerdo por la Junta de Gobierno de “EL INIFED” en fecha 19 de noviembre de 2024, por lo que cuenta con facultades suficientes, mismas que no le han sido revocadas ni modificadas para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22, fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 11, fracción II del Estatuto Orgánico de “EL INIFED”. 4.4 Es su intención celebrar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y asumir todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen a su favor y a su cargo. 4.5 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y los documentos relacionados con el mismo no violan, ni contravienen, mucho menos se oponen o constituyen un incumplimiento a lo previsto en: (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su reglamento, vigente en términos de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019; (ii) cualquier acuerdo, Convenio u otro instrumento en el cual sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de algún tribunal, entidad o autoridad gubernamental. 4.6 La celebración del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y de los documentos relacionados con el mismo constituyen obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus términos y condiciones. 4.7. Para efectos del presente convenio, señala como domicilio el ubicado en la Calle Vito Alessio Robles No. 380, Colonia Florida, Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01030, Ciudad de México. 5. “EL CAPCEE”, declara que: 5.1 Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Paraestatal de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, con personalidad jurídica y patrimonio propio, en términos de lo dispuesto por los artículos 50 y 59 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, 9 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla, y se encuentra sectorizado a la Secretaría de Infraestructura de conformidad con el Decreto por el cual se creó dicho Organismo, publicado el 10 de agosto de 1998 en el Periódico Oficial del Estado. 5.2 El Maestro Carlos Ochoa Rodríguez, Titular de la Dirección General del Comité Administrador Poblano para la Construcción de Espacios Educativos (CAPCEE), de conformidad con lo establecido en los artículos 49, 50, 51, 58 y 59 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, 17 fracción I de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla, 5 fracción II y 12 fracción I del Decreto por el cual se creó el Organismo Público Descentralizado denominado Comité Administrador Poblano para la Construcción de Espacios Educativos; 4 fracción II y 9 de su Reglamento Interior, el Encargado de su Dirección General, tiene la facultad de suscribir el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones para asumir todos y cada uno de los derechos y obligaciones a su cargo en términos de dicho instrumento. 5.3 Que mediante Acta de la Primera Sesión Extraordinaria de la Honorable Junta de Gobierno del Comité Administrador Poblano para la Construcción de Espacios Educativos de fecha veintiuno de febrero de dos mil veinticinco, en el punto once del orden del día se autorizó la celebración de instrumentos contractuales derivados de la asignación de recurso para el ejercicio fiscal 2025 provenientes del fondo de aportaciones múltiples regular, remanentes y potenciado. 5.4 Es su intención celebrar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y asumir todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen. 42 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 5.5 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y los documentos relacionados con el mismo no violan, contravienen, se oponen o constituyen un incumplimiento bajo (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su reglamento; (ii) cualquier acuerdo, Convenio u otro instrumento del cual sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de algún tribunal, entidad o autoridad gubernamental. 5.6 La celebración del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y de los documentos relacionados con el mismo constituyen obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus términos y condiciones. 5.7 Para efectos del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones, señala como domicilio el ubicado en Avenida 23 Poniente 2301 Colonia Los Volcanes Código Postal 72410, Puebla, Puebla. 6. “LAS PARTES” declaran que: 6.1 En este acto se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad jurídica con la que celebran el presente instrumento. 6.2 Con el propósito de atender la necesidad planteada en los antecedentes del presente instrumento y lograr el objeto del mismo, es necesario formalizar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones. 6.3 Previamente a la celebración de este Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones han obtenido todas y cada una de las autorizaciones para suscribirlo y cuentan con las facultades y capacidad legal suficiente para tal efecto, mismas que a la fecha de celebración del presente instrumento no han terminado, ni les han sido modificadas, restringidas o revocadas en forma alguna. Asimismo, reconocen como suyas, en lo que les corresponde, todas y cada una de las Declaraciones anteriores, por lo que están de acuerdo en obligarse de conformidad con lo que se establece en el presente Convenio. 6.4 Es su voluntad celebrar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones sin que medie error, dolo, lesión ni mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar en todo o en parte la validez jurídica del mismo, sujetándose a cumplir con los fines y objetivos del Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones. CLÁUSULAS PRIMERA: OBJETO. El objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones es establecer los compromisos entre “LAS PARTES”, en razón de su competencia, con motivo de la ejecución de “LAS ACCIONES”, para la construcción y equipamiento de un plantel educativo de nivel medio superior (preparatoria), conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B, que firmados por los otorgantes forman parte del presente instrumento. “LAS PARTES” acuerdan que la ejecución de “LAS ACCIONES” para la construcción del plantel educativo, Proyecto de la INFE será por parte de “LA SECRETARÍA”, y las relacionadas al equipamiento y su instalación estarán a cargo de “EL INIFED” al amparo de la normatividad técnica, de seguridad estructural y de contrataciones aplicables previstas en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento y Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme corresponda . Asimismo, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos que deberán de aplicarse para la ejecución de “LAS ACCIONES”, serán aquellos con los que la “ENTIDAD FEDERATIVA” dispone, derivados del programa “FAM Potenciado” en las diversas modalidades de ésta, así como de los que provienen de los recursos fiscales que la (SHCP) transferirá a “LA SECRETARÍA, hasta por el monto que se señala en el marcado como Anexo B, por el plantel educativo. Los recursos asignados por el plantel educativo serán conforme los especificados en monto y fuente de financiamiento del Anexo B, y no podrán exceder de esos montos. Asimismo, cada fuente de financiamiento deberá de atender la normatividad aplicable para su implementación, así como para, en su caso, su reintegro. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 43 Por cuanto a la adquisición e instalación del equipamiento especializado que será adquirido por “EL INIFED”, se destinarán los recursos necesarios, conforme a las características y alcances técnicos y financieros establecidos en el denominado Anexo B del presente instrumento. Esta adquisición no supondrá bajo ningún caso que “EL INIFED” comprometa o destine recursos propios. En caso de que por cuestiones diversas a “EL INIFED”, los costos se excedan del recurso asignado, la determinación de aplicar recurso excedente será de “LA SECRETARÍA”, siempre y cuando los bienes a adquirir se encuentren en las especificaciones técnicas del Anexo A. SEGUNDA. - DE LOS RECURSOS ECONOMICOS. “LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento de “LAS ACCIONES” objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA” contará con una suma de$67’500,000.00 (sesenta y siete millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), IVA incluido; provenientes de dos fuentes de financiamiento conforme lo siguiente: Fuentes de financiamiento: Origen Monto (incluye IVA) Recursos Fiscales $37’500,000.00 FAM Potenciado $30’000,000.00 Total $67’500,000.00 A) RECURSOS DERIVADOS DEL PROGRAMA “FAM Potenciado”: “LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones, no mediara traspaso de recursos alguno, es decir que “LA ENTIDAD FEDERATIVA” en términos del presente instrumento jurídico, establece que “LA SECRETARÍA” cuenta con recursos por un monto de $30’000,000.00 (Treinta millones de pesos 00/100 M.N.), IVA incluido, recursos que serán destinados para la ejecución de “LAS ACCIONES” y que provienen del “FAM Potenciado” en sus diferentes vertientes. Asimismo, “LAS PARTES” acuerdan que con fundamento en el sub inciso (2), inciso (d) fracción (v), apartado A, numeral 2 del Anexo B del “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples” señalado en el Antecedente V del presente instrumento, los pagos a la gestión y trámite de las acciones y trabajos realizados se enterarán a cada uno de los contratistas designados para la ejecución del plantel educativo, ”Proyectos de la INFE”, considerando los aspectos establecidos en la normatividad correspondiente, así como lo previsto en el Anexo C del presente instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”. En ese tenor, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado” previa gestión de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” conforme a la normatividad aplicable, se tramitarán en términos de lo señalado en el Contrato de Fideicomiso, para que se realicen los pagos a los contratistas que resultarán de los procedimientos licitatorios que para tales efectos hubiera realizado “LA SECRETARÍA”. Para ello, “LA SECRETARÍA” en conjunto con el “EL CAPCEE” deberán integrar el expediente para trámite de estimación y entregarlo a la Subgerencia del “INIFED” en el Estado, para que éste a su vez lo gestione con su Gerencia Regional para la revisión y validación respectiva y posterior envío a las oficinas centrales del propio “INIFED”, para efectos de que envíe el oficio de instrucción de pago a BANOBRAS (Fideicomiso) para el procesamiento de Instrucción de Distribución de Recursos para transferencia al “EL CAPCEE” para que efectúe los pagos respectivos al contratista, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la presentación del expediente de la estimación respectiva. En términos de lo previsto en el Anexo C, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”. Con relación a las “LAS ACCIONES” que realizará “EL INIFED”, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” por conducto del “EL CAPCEE” en apego a lo señalado en el “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples” y su denominado Anexo B, deberá de dar seguimiento a la ejecución de los “Proyectos de la INFE” objeto de la ejecución de las acciones del presente instrumento legal, así como gestionar los recursos para que le sean entregados de manera directa en varias exhibiciones conforme se compruebe el avance de la ejecución de los trabajos de los montos que de tiempo en tiempo tenga derecho a recibir para que los aplique a la ejecución y construcción de cada uno de los “Proyectos de la INFE” (“LAS ACCIONES”) que se ejecutaran de manera indirecta por “EL INIFED”, para que 44 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 por su conducto sea pagado al contratista y/o proveedor adjudicado en apego a la naturaleza de los recursos y de la normatividad que regula el “FAM Potenciado” en sus diferentes vertientes, es decir, para que la distribución de los recursos se realice directamente al “EL CAPCEE” con fundamento en el sub inciso (2), inciso (d) fracción (V), apartado A, numeral 2 del Anexo B del “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples”. En ese tenor, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos conforme a la normatividad aplicable, se tramitarán en términos de los señalado en el “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples” y su denominado Anexo B, para que se realicen los pagos a los contratistas y/ o proveedores que resultarán de los procedimientos licitatorios que para tales efectos hubiera realizado “EL INIFED” en los términos señalados en el párrafo supra citado. Por cuanto hace a las retenciones y conforme a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso de Distribución (cláusula 1. Definiciones de dicho instrumento), por cuanto hace a la Instrucción de Distribución de Aportaciones, los recursos relacionados a las retenciones correspondientes al 5 al millar, serán entregados al “EL CAPCEE”. B) POR CUANTO A LOS RECURSOS FISCALES Para la realización de “LAS ACCIONES” objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración, la SHCP llevará a cabo un traspaso de recursos presupuestarios a “LA SECRETARÍA”, por un monto de $37’500,000.00 (treinta y siete millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido, que provendrán de la ampliación líquida tramitada ante dicha dependencia, a fin de que la “SECRETARÍA” tenga la capacidad de cumplir con el objeto del presente instrumento. Los alcances, actividades, detalle de las acciones para la construcción y, en su caso, equipamiento del plantel educativo federal, montos, calendarización de avance de la obra, así como el seguimiento financiero de destino y la erogación de los recursos traspasados se describen en el Anexo B, el cual será debidamente firmado por él o los responsables del seguimiento por parte de la “SEMS”, designados en la Cláusula Sexta del presente instrumento jurídico. Los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior serán traspasados a “LA SECRETARÍA” conforme a la adecuación presupuestaria que se registre en el Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP), así como en el Módulo de Adecuaciones Presupuestarias (MAP), sistemas que administra la SHCP. “LA SECRETARÍA” deberá ejercer los recursos de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Los recursos presupuestarios que se transfieran en los términos de presente Convenio de Coordinación y Colaboración no pierden su carácter Federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables. A la conclusión de “LAS ACCIONES” de manera integral, es decir de obra y de equipamiento, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” registrará contablemente las acciones. TERCERA.- COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE “LAS PARTES”. Adicionalmente para el cumplimiento del objeto del presente convenio, “LAS PARTES” se comprometen a: I. Compromisos de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” a través de “EL CAPCEE”: a) Gestionar e integrar el expediente para trámite de estimación en conjunto con “LA SECRETARÍA”, conforme lo previsto en la Cláusula Segunda, inciso A) en el presente instrumento legal y en términos del Anexo C del presente instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”. b) Gestionar los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado” y hasta por la cantidad establecida para cubrir los costos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B, que firmados por los otorgantes forman parte del presente instrumento. c) Verificar que los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado” se apliquen exclusivamente en la realización del objeto del presente instrumento y siempre tomará en cuenta: a. Verificar la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo, proyecto de la INFE y las actividades inherentes para su consecución. b. Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le requiera la “ENTIDAD FEDERATIVA” o cualquier autoridad fiscalizadora. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 45 d) Coadyuvar con “LA SECRETARÍA” para la gestión de los permisos necesarios para la construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE. e) Efectuar los pagos respectivos a los contratistas que adjudicados por “LA SECRETARÍA”, conforme los recursos que le Transfiera BANOBRAS (Fideicomiso) derivado del procesamiento de Instrucción de Distribución de Recursos, conforme lo previsto en la Cláusula Segunda, inciso A) en el presente instrumento legal y en términos del Anexo C del presente instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”. f) Para la realización de las actividades de seguimiento, supervisión en la ejecución y construcción del plantel educativo, podrá destinar, de los recursos aportados del programa “FAM Potenciado”, en términos de lo previsto en el “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples”, en el numeral 2, inciso A), subinciso (i) del Anexo “B”; un porcentaje del 2% para “EL INIFED” y el 2% para “EL CAPCEE” conforme al artículo 4 fracciones V y XXI del Decreto que crea el Comité Administrador Poblano para la Construcción de Espacios Educativos y la Guía Operativa para la determinación de los concepto aplicables al gasto del 2% correspondiente a la Supervisión Técnica del Programa de Escuelas al CIEN. g) En lo que corresponda, cumplir con los supuestos establecidos en el “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples”, respecto de la ejecución, seguimiento, avance y conclusión de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo, “Proyectos de la INFE” que se efectuará en la “ENTIDAD FEDERATIVA”. h) Remitir los reportes de avances emitidos por “LA SECRETARÍA”, conforme lo dispuesto en la normatividad aplicable. i) Se obliga a entregar directamente a “LA SECRETARÍA”, a más tardar cinco días posteriores a la fecha de firma del presente convenio, la posesión física y material de los predios necesarios para la construcción del plantel educativo, junto con la documentación legal que acredite la propiedad de los inmuebles a favor del Gobierno Federal con destino a la Secretaría de Educación Pública, para lo cual se deberá suscribir el acta de entrega-recepción de los inmuebles. j) Las demás necesarias para el cumplimiento del objeto del presente instrumento legal. II. Compromisos de “LA SECRETARÍA”: a) Llevar a cabo la ejecución de “LAS ACCIONES” para la construcción del plantel educativo, “Proyecto de la INFE”, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. b) Aplicar de manera específica y puntual, los recursos económicos para la realización del plantel educativo, “Proyectos de la INFE”, en los términos que estén autorizados, de acuerdo con la normatividad aplicable y conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. c) Integrar el expediente para trámite de estimación y entregarlo al “INIFED” para que éste a su vez lleve a cabo su revisión, validación y envío a BANOBRAS (Fideicomiso) para el procesamiento de la Instrucción de Distribución de Recursos para el pago al contratista respectivo, derivado de trabajos ejecutados por los contratistas que resulten de los procedimientos licitatorios que hubiese adjudicado “LA SECRETARÍA”, respecto de los recursos que corresponden a la “ENTIDAD FEDERATIVA” del programa “FAM Potenciado”. d) Presentar el informe de seguimiento y comprobación de los recursos, mismos que serán elaborados por quien ejecute “LAS ACCIONES”. Este informe deberá entregarse conforme a lo establecido en la normatividad aplicable para ello, detallándose “LAS ACCIONES” realizadas al momento de su entrega e incluir material fotográfico que muestre el desarrollo de “LAS ACCIONES”, así como la comprobación sobre la aplicación de los recursos económicos destinados, en términos de lo previsto en la normatividad aplicable para cada recurso. e) Se obliga a entregar directamente y bajo su responsabilidad los informes correspondientes a las autoridades y con la periodicidad previstas en la normatividad del programa “FAM Potenciado”. 46 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 f) Destinar a “EL INIFED” los recursos necesarios con el objeto de que realice los procedimientos de contratación de bienes requeridos al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, su Reglamento y demás disposiciones aplicables para la adquisición e instalación del equipamiento especializado, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. El recurso que en su caso asigne a “EL INIFED”, será prioritariamente de origen “FAM Potenciado”, en caso de que se designen recursos fiscales, la transferencia de éstos deberá realizarse considerando el plazo suficiente para garantizar que existan los espacios y condiciones necesarias para la recepción e instalación de los bienes, conforme el plazo establecido en el Anexo A; asimismo, considerando la naturaleza fiscal de los recursos para la transferencia, se deberá observar que los recursos lleguen oportunamente para que sean devengados en el mismo ejercicio fiscal en el que inicie el procedimiento de contratación respectivo. g) Se compromete a administrar y destinar los recursos económicos exclusivamente a la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y siempre tomará en cuenta lo siguiente: i. Solicitar a “LA ENTIDAD FEDERATIVA” para que a través de “EL CAPCEE” coadyuven a tramitar los permisos y licencias que en su caso, se requieran para la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo. ii. Ejecutar o verificar la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo, “Proyectos de la INFE” y las actividades inherentes para su consecución, bajo su responsabilidad y con estricto apego a la normatividad federal correspondiente, así como a las especificaciones del Anexo A del presente Convenio. iii. Asumir la responsabilidad de las contrataciones que, en su caso, deba formalizar con terceros, a fin de ejercer los recursos destinados a la construcción del plantel educativo, “Proyectos de la INFE”, con estricto apego a la normatividad federal que corresponda. iv. Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le requiera cualquier autoridad fiscalizadora. III. Compromisos de “EL INIFED”: a) Coadyuvar conforme a lo establecido en el “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples”, respecto de los trámites y gestiones administrativas para la remisión de las instrucciones de pago, que para tales efectos remita “LA SECRETARÍA” en términos de lo previsto en el Anexo C del presente instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”; considerando además lo previsto en la Cláusula Segunda, inciso A) en el presente instrumento legal, por cuanto al recurso derivado del “FAM Potenciado”. b) Destinar los recursos asignados por “LA SECRETARIA” para la adquisición e instalación del equipamiento especializado del plantel educativo, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. c) Aplicar de manera específica y puntual, los recursos económicos para la adquisición e instalación del equipamiento especializado del plantel educativo, en los términos que estén autorizados y de acuerdo con la normatividad aplicable, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. Esta adquisición la realizará conforme al calendario de ejecución se determine. d) Las contrataciones que realice deberán de atender los requerimientos contenidos en los marcados Anexos A y B del presente instrumento legal por cuanto hace a los bienes, y siempre se realizarán cuando “EL INIFED” cuente con los recursos para ello, atendiendo la naturaleza de los recursos conforme se estableció en el inciso f) de los compromisos de “LA SECRETARÍA”. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 47 e) Presentar el informe de seguimiento y comprobación de los recursos, mismos que serán elaborados por quien lleve a cabo las acciones para la adquisición e instalación del equipamiento especializado del plantel educativo. f) Se obliga a entregar directamente y bajo su responsabilidad los informes correspondientes a las autoridades y con la periodicidad previstas en la normatividad del programa. g) Se compromete a administrar y destinar los recursos económicos correspondientes exclusivamente a la adquisición e instalación del equipamiento especializado y mobiliario del plantel educativo, al amparo de lo señalado en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, y siempre tomará en cuenta lo siguiente: i. Asumir la responsabilidad de las contrataciones que, en su caso, deba formalizar con terceros, a fin de ejercer los recursos transferidos con estricto apego a la normatividad federal que corresponda. ii. Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le requiera “LA SECRETARÍA” o cualquier autoridad fiscalizadora. iii. Entregar el mobiliario y equipo especializado a la comunidad educativa del plantel, firmando para ello la recepción de los mismos, con asistencia y aceptación de “LAS PARTES”. IV. Compromisos de la “SEMS”: a) Suscribir los denominados Anexo A y Anexo B, en los que se describen los alcances y especificaciones técnicas, actividades, detalle de “LAS ACCIONES” para la construcción y, en su caso, equipamiento del plantel educativo, calendarización de avance de la obra, así como los alcances financieros, montos y el seguimiento financiero de destino y la erogación de los recursos traspasados, respectivamente. CUARTA. - CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES. “LAS PARTES” suscriben el presente convenio sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones presupuestarias y normativas correlativas aplicables que corran a cargo de cada una de ellas. QUINTA. - DESTINO DE LOS RECURSOS. Los recursos motivo del presente Convenio, se aplicarán única y exclusivamente para llevar a cabo el cumplimiento del objeto establecido en la Cláusula Primera del presente instrumento legal, conforme a las características y alcances establecidos en el denominado Anexo A. SEXTA. - VERIFICACIÓN EN EL CUMPLIMIENTO. A fin de verificar el cumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Colaboración, “LAS PARTES” designan como responsables a los siguientes servidores públicos:  Por “LA ENTIDAD FEDERARIVA” a través de “EL CAPCEE”: Ing. Alberto Ignacio Orozco Pintos, Director de Proyectos y Costos del Organismo Público Descentralizado o la persona que desempeñe sus funciones.  Por “LA SECRETARÍA”: El Mtro. Efraín Álvarez Martínez, Director Ejecutivo de Construcción y Supervisión de Proyectos de Infraestructura para el Sistema Educativo Federal y Cultural.  Por “EL INIFED”: A las personas Titulares de la Gerencias de Finanzas y de Construcción y Supervisión de Obra en “EL INIFED”, o a las personas que desempeñen sus funciones.  Por la “SEMS”: A los Titulares de la Coordinación Sectorial de Planeación y Administración y la Dirección de Operación Técnica y de Gestión, en el ámbito de sus respectivas competencias, o de quienes los suplan en funciones. SÉPTIMA. - CAUSAS DE FUERZA MAYOR. “LAS PARTES”, no serán responsables por cualquier evento de caso fortuito o de fuerza mayor que les impida parcial o totalmente cumplir con los compromisos contraídos por virtud del presente instrumento, en el entendido de que dichos supuestos deberán ser debidamente acreditados. “LAS PARTES” se comunicarán de forma inmediata cualquier hecho o circunstancia que, en razón de la ejecución del presente instrumento, sea de su conocimiento y pueda perjudicar el cumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Colaboración. 48 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 OCTAVA. - MODIFICACIONES Y ADICIONES. El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de “LAS PARTES” y por escrito, en el correspondiente Convenio Modificatorio que obligará a “LAS PARTES” y estará vigente a partir de la fecha de su firma. NOVENA. – VIGENCIA. El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula Primera de este instrumento, de conformidad con el calendario establecido en el Anexo A. No obstante, lo anterior, los recursos fiscales que transferirá la SHCP, en términos de la normatividad aplicable, deberán quedar devengados por “LA SECRETARÍA” a más tardar el 31 de diciembre del 2025. DÉCIMA.- DIFUSIÓN. Una vez suscrito el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones, “LA SECRETARÍA” se compromete a que, en un periodo no mayor a un mes, lo publicará en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Planeación; por su parte, dentro del mismo periodo antes señalado, "LA ENTIDAD FEDERATIVA" publicará el presente instrumento en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla. DÉCIMA PRIMERA.- RESPONSABILIDAD LABORAL. “LAS PARTES” acuerdan que toda vez que son totalmente independientes, entre ellas no existe una relación obrero-patronal, en el entendido que en ningún caso y por ningún concepto podrán considerarse mutuamente como patrones directos, sustitutos o solidarios. Asimismo, el personal que cada una de “LAS PARTES” designe, comisione o contrate con motivo de la ejecución de las actividades objeto del presente Convenio, se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo designó, comisionó o contrató, quedando bajo su absoluta responsabilidad y dirección, sin que de ello se derive el nacimiento de algún tipo de relación laboral, u otros derechos u obligaciones para la otra parte, por lo que en ningún caso podrá considerárseles mutuamente como intermediarios, o como patrones sustitutos o solidarios, deslindándolos desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter civil, laboral, penal, administrativa, cuotas obrero patronales y sindicales, vivienda, seguridad social o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. Cada una de “LAS PARTES” se obliga a sacar en paz y a salvo a las otras de cualquier reclamación que sus respectivos trabajadores llegasen a realizar con motivo de las actividades emanadas de este instrumento. DÉCIMA SEGUNDA. - DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. “LAS PARTES” acuerdan que la información que se genere, deberá observarse lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y demás disposiciones aplicables en la materia. DÉCIMA TERCERA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” manifiestan que el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones es producto de la buena fe por lo que se realizarán todas “LAS ACCIONES” para su debido cumplimiento, los asuntos que no estén expresamente previstos en las mismas, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito. Leídas que fueron las presentes cláusulas y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcances, suscriben el presente Convenio en 5 (cinco) tantos originales, en la Ciudad de México a los 28 días del mes de abril del año 2025.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, Mtro. Alejandro Armenta Mier.- Rúbrica.- Por el CAPCEE: Director General, Mtro. Carlos Ochoa Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Secretaría: Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, M. en I. Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- Asistido por: Subsecretario de Infraestructura, Ing. Juan Carlos Fuentes Orrala.- Rúbrica.- Por la SEMS: Subsecretaria de Educación Media Superior, Dra. Tania Hogla Rodríguez Mora.- Rúbrica.- Asistida por: Coordinadora Sectorial de Planeación y Administración, Lic. María Alejandra Carreón Capuchino.- Rúbrica.- Director de Operación Técnica y Gestión, Arq. Hugo Enrique de Lucio Torres.- Rúbrica.- Por el INIFED: Director General, Ing. Francisco Javier Cabiedes Uranga.- Rúbrica. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 49 CONVENIO de Coordinación y Colaboración para la construcción y equipamiento de planteles educativos de educación media superior (preparatorias), así como de traspaso de los recursos provenientes del Fondo de Aportaciones Múltiples del Estado de Yucatán, que celebran el Estado de Yucatán, el Instituto para el Desarrollo y Certificación de la Infraestructura Física Educativa y Eléctrica de Yucatán, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Educación Pública y el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- EDUCACIÓN.- Secretaría de Educación Pública.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE PLANTELES EDUCATIVOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR (PREPARATORIAS) EN ADELANTE “LAS ACCIONES”, ASÍ COMO DE TRASPASO DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL FONDO DE APORTACIONES MÚLTIPLES DEL ESTADO DE YUCATÁN, ADMINISTRADOS EN EL FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN Y DISTRIBUCIÓN 2242 (FIDEICOMISO DE DISTRIBUCIÓN), PROVENIENTES DEL FIDEICOMISO DE EMISIÓN 2595 (FIDEICOMISO DE EMISIÓN), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL MAESTRO JOAQUÍN JESÚS DÍAZ MENA, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, ASISTIDO POR EL DR. JUAN ENRIQUE BALAM VÁRGUEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE EDUCACIÓN, EN ADELANTE “LA ENTIDAD FEDERATIVA”; EL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO Y CERTIFICACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA Y ELÉCTRICA DE YUCATÁN, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, INGENIERO GILBERTO CHAN PADILLA, EN ADELANTE “EL IDEFEEY”; Y POR LA OTRA, LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL M. EN I. JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, EL INGENIERO JUAN CARLOS FUENTES ORRALA, EN ADELANTE “LA SECRETARÍA”, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, REPRESENTADA POR LA DOCTORA TANIA HOGLA RODRÍGUEZ MORA, TITULAR DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, ASISTIDA POR LA LICENCIADA MARÍA ALEJANDRA CARREÓN CAPUCHINO, TITULAR DE LA COORDINACIÓN SECTORIAL DE PLANEACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, Y EL ARQUITECTO HUGO ENRIQUE DE LUCIO TORRES, TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE OPERACIÓN TÉCNICA Y GESTIÓN, EN ADELANTE LA “SEMS”; Y EL INSTITUTO NACIONAL DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, ING. FRANCISCO JAVIER CABIEDES URANGA, EN ADELANTE “EL INIFED”, A QUIENES EN SU CONJUNTO SE DENOMINARÁN COMO “LAS PARTES”, AL AMPARO Y TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES I. El Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la educación pública de calidad, en términos del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual debe generar las condiciones necesarias para impartir una educación pública incluyente y equitativa, a fin de garantizar que niñas, niños y adolescentes mexicanos tengan acceso y culminen en tiempo y forma una educación que les otorgue las competencias necesarias para su adecuada incorporación al mundo adulto. II. Que la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo considera dentro de los 100 compromisos del segundo piso de la transformación, dentro de la República educadora, humanista y científica el aumento de los espacios de educación media superior, nuevos espacios para la educación superior, la extensión de horarios en escuelas primarias entre otros. III. Que la emisión administración, distribución y operación del Fondo de Aportaciones Múltiples, en adelante “FAM Potenciado” para destinarse en Proyectos de la Infraestructura Física Educativa (Proyectos de la INFE), está regulada por los contratos de Fideicomisos de: a) Administración y Emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios número 2595 b) Administración y Distribución de recursos número 2242 , así como por los, c) Convenios de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples, d) Normatividad, Disposiciones, Lineamientos y Guía Operativa, aplicables en materia de planeación, contratación, sustitución, construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, gastos de ejecución y supervisión, reconstrucción y habilitación de la infraestructura física educativa (Programa Escuelas al CIEN); e) Lineamientos para la aplicación de los recursos para la conservación y mantenimiento de proyectos de la Infraestructura Física Educativa en el Programa FAM Potenciado, y; f) la Ley de Coordinación Fiscal (LCF). 50 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 IV. La “ENTIDAD FEDERATIVA” cuenta con recursos que recibirá del “FIDEICOMISO DE DISTRIBUCIÓN”, identificados como productos de monetización de las Aportaciones FAM, que deberán ser destinados invariablemente a la ejecución de Proyectos de INFE. V. Que en el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, celebrado por la “ENTIDAD FEDERATIVA” con el Gobierno Federal, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Educación Pública, que tiene por objeto, conforme a lo previsto en el artículo 52 de la LCF, establecer el mecanismo por el cual se potenciarán y distribuirán los recursos de la Aportación FAM, correspondientes a la “ENTIDAD FEDERATIVA”, así como establecer los mecanismos de operación para la solicitud de recursos y la ejecución de las acciones de los Proyectos de la INFE, así como sus responsables y ejecutores originarios. VI. Que en términos del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2024, entre otros, se adicionó la Fracción I Quinquies al artículo 36 de dicha Ley, por el cual se le otorgan atribuciones a “LA SECRETARÍA” para: Construir, equipar, rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar la infraestructura e instalaciones destinadas al servicio del sistema educativo nacional, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno”. VII. En fecha 27 de marzo de 2025 la “ENTIDAD FEDERATIVA” requirió a través del oficio número JDGOB/SP/020/2025 dirigido a “LA SECRETARÍA”, que tenga a bien llevar a cabo las gestiones de licitación, contratación, construcción, equipamiento, supervisión y validación técnica, así como las relacionadas de manera directa con el pago que corresponda a la ejecución de los proyectos, mediante las solicitudes de instrucción de pago a los proveedores adjudicados, por cuanto hace a los recursos provenientes de la potenciación del Fondo de Aportaciones Múltiples para el Estado. Anexo 1. VIII. Que vistos los proyectos prioritarios a ejecutar en la “ENTIDAD FEDERATIVA”, y toda vez que estos se realizarán en planteles federales, para el cumplimiento del objeto del presente instrumento legal, se determina que pueden convergir dos fuentes de financiamiento, es decir, los recursos provenientes del Programa “FAM Potenciado” bajo las consideraciones expuestas en los antecedentes que preceden, y el segundo, de los recursos fiscales que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), mediante ampliación líquida trasferirá a “LA SECRETARÍA” para su ejecución, conforme lo previsto en el presente instrumento y la normatividad aplicable. IX. Conforme las fuentes de financiamientos antes señaladas, mediante el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones, se asigna un monto total de $67’500,000.00 (Sesenta y siete millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), IVA incluido; a “LA SECRETARÍA”, instrumento jurídico que servirá de suficiencia presupuestaria para llevar a cabo los procedimientos licitatorios correspondientes para la construcción y equipamiento de un plantel educativo de nivel medio superior (preparatoria), conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. X. Que “LA SECRETARIA” por no estar dentro de sus competencias ni atribuciones la adquisición e instalación del equipamiento especializado requerido para el cumplimiento integral de “LAS ACCIONES” objeto del presente instrumento, solicitó mediante oficio No. 3.-043 de fecha 25 de marzo del año en curso, a “EL INIFED” se encargara de la implementación de los procedimientos licitatorios que correspondan, en términos de la normatividad federal aplicable, para la adquisición e instalación del equipamiento básico y especializado en cada uno de los planteles, considerando que cuentan con las atribuciones necesarias para el equipamiento de éstos. Anexo 2. XI. Por lo anterior, “LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, que beneficiará a comunidades educativas de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, es necesaria la suma de esfuerzos y competencias, así como la convergencia de asignaciones de recursos de diversas fuentes de financiamiento. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 51 DECLARACIONES 1. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que: 1.1 Es una Entidad Federativa de los Estados Unidos Mexicanos, libre y soberana en cuanto a su régimen interior, con un gobierno republicano, representativo y popular en términos de lo dispuesto por los artículos 40, 41 primer párrafo, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 1.2 El Maestro Joaquín Jesús Díaz Mena, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Colaboración y obligarse en términos de lo establecido en los artículos 44, 55, fracción XXVI y 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, y 1, 7, 8 y 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Yucatán y demás disposiciones locales aplicables. 1.3 El Dr. Juan Enrique Balam Várguez, Secretario de Educación, cuenta con las facultades suficientes para participar en este instrumento, en términos de lo señalado en los artículos 22, fracción VII, y 36 del Código de la Administración Pública de Yucatán, y 129 de su reglamento. 1.4 De conformidad con su legislación local, la “ENTIDAD FEDERATIVA” tiene la facultad de suscribir el presente Convenio y, en específico, para afectar irrevocablemente la “Aportación FAM” que le corresponde conforme a lo previsto en el Capítulo V de la “LCF”, sujeto a los términos y condiciones previstos en la normatividad local aplicable y en apego a lo previsto en el “Fideicomiso de Emisión”. 1.5 Que a petición de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, como parte de los acuerdos emitidos por el Grupo de Trabajo para el cumplimiento del “CONVENIO DE COORDINACIÓN” en la Décima Primera Sesión Ordinaria celebrada el 27 de diciembre de 2024, así como del periodo establecido (31 de enero 2025), para consolidar la relación de Proyectos de la INFE; fue dictaminada para su intervención, la integración al Programa FAM Potenciado de los Proyectos de la INFE, conforme los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A. 1.6 Que, con base a lo anterior, de los recursos derivados del programa FAM Potenciado, la “ENTIDAD FEDERATIVA” determinó atender con recursos hasta por un monto de $27’000,000.00 (veintisiete millones de pesos 00/100 M.N.), IVA incluido, para un plantel educativo, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. 1.7 Que conforme las gestiones de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, “EL INIFED” mediante oficio DG/0231/2025 de fecha 4 de abril del 2025, que se adjunta al presente como Anexo 3, emitió la suficiencia de recursos para la intervención de los Proyectos de la INFE, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. 1.8 Es su intención celebrar el presente Convenio y asumir todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen. 1.9 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio y los documentos relacionados con el mismo no violan, ni contravienen, mucho menos se oponen o constituyen un incumplimiento a lo previsto en: (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su reglamento, vigente en términos de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019; (ii) cualquier acuerdo, Convenio u otro instrumento en el cual sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de algún tribunal, entidad o autoridad gubernamental. 1.10 La celebración del presente Convenio y de los documentos relacionados con el mismo constituyen obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus términos y condiciones. 1.11 Que el o los predios en el cual se va a construir el plantel educativo, son de su propiedad, por lo que no existe impedimento legal o administrativo alguno para la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo. 1.12 Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en Avenida. Zamná núm. 295 por 61 y 63, Fracc. Yucalpetén, C.P. 97238, Mérida, Yucatán. 2. “LA SECRETARÍA” declara que: 2.1 Es una Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, de conformidad con los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2° fracción I, 26 y 36 fracciones I, I Quinquies y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y tiene entre sus atribuciones las de construir, equipar, rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar la infraestructura e instalaciones destinadas al servicio del sistema educativo nacional, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno. 52 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 2.2. El M. en I. Jesús Antonio Esteva Medina, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Coordinación y Colaboración, en términos de lo dispuesto por el artículo 4, del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. 2.3 El Ingeniero Juan Carlos Fuentes Orrala, Subsecretario de Infraestructura, cuenta con las facultades necesarias para asistir en la firma del presente Convenio Coordinación y Colaboración, en términos de lo dispuesto por los artículos 3, apartado A, fracción I y 6, fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. 2.4 Es su intención celebrar el presente Convenio y asumir todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen a su favor y a su cargo. 2.5 Para efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Av. Insurgentes Sur 1089, Colonia Nochebuena, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03720, en la Ciudad de México. 3. La “SEMS” declara que: 3.1 Es una dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1°, 2° fracción I y 26 fracción XIV y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 3.2 Su representante, la Doctora Tania Hogla Rodríguez Mora, titular de la Subsecretaría de Educación Media Superior, cuenta con facultades para suscribir y participar en el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como los artículos 2, apartado A, fracción II, y 8, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2020. 3.3 Participa en la celebración del presente Convenio para (i) hacer del conocimiento de “LAS PARTES" que presentó, junto con la asistencia y participación del "INIFED", a la "ENTIDAD FEDERATIVA", la propuesta inicial de proyectos de infraestructura física educativa, atendiendo a las necesidades y requerimientos de infraestructura física educativa de las Entidades Federativas y resultando en la relación de los Proyectos de la INFE adjunta al presente Convenio como Anexo A; y (ii) asumir todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen. 3.4 Para efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en República de Argentina 28, Colonia Centro, C.P. 06020 Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México. 4. “EL INIFED” declara que: 4.1. Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión, creado mediante Decreto por el que se expide la LGIFE, publicado en el DOF el 1 de febrero de 2008. 4.2. De conformidad con lo establecido en el Decreto publicado en el DOF el 30 de septiembre de 2019, por medio del cual se expidió la LGE y se abrogó la LGIFE, en términos de lo previsto en el artículo Tercero Transitorio, párrafo segundo y tercero que señala que hasta que se expidan los lineamientos previstos en el artículo 103 de la LGE y se realicen las adecuaciones normativas en esta materia de infraestructura educativa, seguirán en vigor aquellas disposiciones que se hayan emitido con anterioridad, en lo que no contravengan al Decreto en cita; asimismo que en tanto se lleva el proceso de extinción referido en el artículo Transitorio Cuarto de este Decreto, “EL INIFED” se encargará de llevar a cabo el cierre de programas y obligaciones contractuales en proceso, así como la atención y seguimiento de asuntos jurisdiccionales o administrativos en trámite o pendientes de resolución definitiva. 4.3. El Licenciado Francisco Javier Cabiedes Uranga, acredita su carácter de Director General de “EL INIFED”, en términos del nombramiento otorgado mediante acuerdo por la Junta de Gobierno del INIFED en fecha 19 de noviembre de 2024, por lo que cuenta con facultades suficientes, mismas que no le han sido revocadas ni modificadas para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22, fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 11, fracción II del Estatuto Orgánico de “EL INIFED”. 4.4 Es su intención celebrar el presente Convenio y asumir todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen a su favor y a su cargo. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 53 4.5 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio y los documentos relacionados con el mismo no violan, ni contravienen, mucho menos se oponen o constituyen un incumplimiento a lo previsto en: (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su reglamento, vigente en términos de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019; (ii) cualquier acuerdo, Convenio u otro instrumento en el cual sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de algún tribunal, entidad o autoridad gubernamental. 4.6 La celebración del presente Convenio y de los documentos relacionados con el mismo constituyen obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus términos y condiciones. 4.7. Para efectos del presente convenio, señala como domicilio el ubicado en la Calle Vito Alessio Robles No. 380, Colonia Florida, Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01030, Ciudad de México. 5. “EL IDEFEEY” y/o ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE, declara que: 5.1 Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y que tiene capacidad legal para celebrar este convenio, de acuerdo con el Decreto Numero 283/2015 por el que se Regula el Instituto para el Desarrollo y Certificación de la Infraestructura Física Educativa y Eléctrica de Yucatán, última modificación mediante Decreto 480/2022 publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado el día 30 de marzo 2022. 5.2 Conforme a su Decreto por el que se regula el Instituto para el Desarrollo y Certificación de la Infraestructura Física Educativa de Yucatán, en su Artículo 3º Naturaleza y objeto del instituto, tiene por objeto construir, equipar, dar mantenimiento, preventivo o emergente, supervisar, certificar, rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar inmuebles e instalaciones destinados al servicio de la educación o cualquier otro, conforme a las propuestas que le dirijan la Secretaria de Educación, las instituciones educativas de todos los niveles, las dependencias o entidades de la administración pública estatal, los municipios e, incluso, los particulares; así como planear, programar, presupuestar, ejecutar, modernizar, conservar y dar mantenimiento a la infraestructura eléctrica y recreativa en el estado, conforme a los programas convenidos o los proyectos que le sean solicitados. Asimismo, el instituto tendrá por objeto el desarrollo de las actividades de apoyo que le soliciten las dependencias o entidades de la administración pública estatal o de los municipios, previo convenio o acuerdo con el gobierno del estado, cuando así fuese procedente. 5.3 El ingeniero Gilberto Chan Padilla, en su carácter de Director General, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio y obligarse en los términos del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 Fracción I y 116 Fracción I, ambos del Código de la Administración Pública de Yucatán, en relación con el artículo 17 Fracción VII, del Decreto Numero 283/2015, por el que se Regula el Instituto para el Desarrollo y Certificación de la Infraestructura Física Educativa y Eléctrica de Yucatán, última modificación mediante Decreto 480/2022 publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado el día 30 de marzo 2022. 5.4 Es su intención celebrar el presente Convenio y asumir todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen. 5.5 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio y los documentos relacionados con el mismo no violan, ni contravienen, mucho menos se oponen o constituyen un incumplimiento a lo previsto en: (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su reglamento, vigente en términos de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019; (ii) cualquier acuerdo, Convenio u otro instrumento en el cual sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de algún tribunal, entidad o autoridad gubernamental. 5.6 La celebración del presente Convenio y de los documentos relacionados con el mismo constituyen obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus términos y condiciones. 5.7 Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en Avenida. Zamná núm. 295 por 61 y 63, Fracc. Yucalpetén, C.P. 97238, Mérida, Yucatán. 6. “LAS PARTES” declaran que: 6.1 En este acto se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad jurídica con la que celebran el presente instrumento. 6.2 Con el propósito de atender la necesidad planteada en los antecedentes del presente instrumento y lograr el objeto del mismo, es necesario formalizar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración. 54 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 6.3 Previamente a la celebración de este Convenio han obtenido todas y cada una de las autorizaciones para suscribirlo y cuentan con las facultades y capacidad legal suficiente para tal efecto, mismas que a la fecha de celebración del presente instrumento no han terminado, ni les han sido modificadas, restringidas o revocadas en forma alguna. Asimismo, reconocen como suyas, en lo que les corresponde, todas y cada una de las Declaraciones anteriores, por lo que están de acuerdo en obligarse de conformidad con lo que se establece en el presente Convenio. 6.4 Es su voluntad celebrar el presente Convenio sin que medie error, dolo, lesión ni mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar en todo o en parte la validez jurídica del mismo, sujetándose a cumplir con los fines y objetivos del Convenio. CLÁUSULAS PRIMERA: OBJETO. El objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración es establecer los compromisos entre “LAS PARTES”, en razón de su competencia, con motivo de la ejecución de “LAS ACCIONES”, para la construcción y equipamiento de un plantel educativo de nivel medio superior (preparatoria), conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B, que firmados por los otorgantes forman parte del presente instrumento. “LAS PARTES” acuerdan que la ejecución de “LAS ACCIONES” para la construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE será por parte de “LA SECRETARÍA”, y las relacionadas al equipamiento y su instalación estarán a cargo de “EL INIFED” al amparo de la normatividad técnica, de seguridad estructural y de contrataciones aplicables previstas en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento y Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme corresponda . Asimismo, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos que deberán de aplicarse para la ejecución de “LAS ACCIONES”, serán aquellos con los que la “ENTIDAD FEDERATIVA” dispone, derivados del programa “FAM Potenciado” en las diversas modalidades de ésta, así como de los que provienen de los recursos fiscales que la SHCP transferirá a “LA SECRETARÍA, hasta por el monto que se señala en el marcado como Anexo B, por el plantel educativo. Los recursos asignados por el plantel educativo serán conforme los especificados en monto y fuente de financiamiento del Anexo B, y no podrán exceder de esos montos. Asimismo, cada fuente de financiamiento deberá de atender la normatividad aplicable para su implementación, así como para, en su caso, su reintegro. Por cuanto a la adquisición e instalación del equipamiento especializado que será adquirido por “EL INIFED”, se destinarán los recursos necesarios, conforme a las características y alcances técnicos y financieros establecidos en el denominado Anexo B del presente instrumento. Esta adquisición no supondrá bajo ningún caso que “EL INIFED” comprometa o destine recursos propios. En caso de que por cuestiones diversas a “EL INIFED”, los costos se excedan del recurso asignado, la determinación de aplicar recurso excedente será de “LA SECRETARÍA”, siempre y cuando los bienes a adquirir se encuentren en las especificaciones técnicas del Anexo A. SEGUNDA. - DE LOS RECURSOS ECONOMICOS. “LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento de “LAS ACCIONES” objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA” contará con una suma de $67’500,000.00 (sesenta y siete millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), IVA incluido; provenientes de dos fuentes de financiamiento conforme lo siguiente: Fuentes de financiamiento: Origen Monto (incluye IVA) Recursos Fiscales (Fondo SEP) $40’500,000.00 FAM Potenciado $27’000,000.00 Total $67’500,000.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 55 A) RECURSOS DERIVADOS DEL PROGRAMA “FAM”: “LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración, no mediara traspaso de recursos alguno, es decir que “LA ENTIDAD FEDERATIVA” en términos del presente instrumento jurídico, establece que “LA SECRETARÍA” cuenta con recursos por un monto de $27’000,000.00 (veintisiete millones de pesos 00/100 M.N.), IVA incluido, recursos que serán destinados para la ejecución de “LAS ACCIONES” y que provienen del “FAM Potenciado” en sus diferentes vertientes. Asimismo, “LAS PARTES” acuerdan que con fundamento en el sub inciso (2), inciso (d) fracción (v), apartado A, numeral 2 del Anexo B del “CONVENIO DE COORDINACIÓN” señalado en el Antecedente V del presente instrumento, los pagos a la gestión y trámite de las acciones y trabajos realizados se enterarán a cada uno de los contratistas designados para la ejecución del plantel educativo, proyecto de la INFE, considerando los aspectos establecidos en la normatividad correspondiente, así como lo previsto en el Anexo C del presente instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”. En ese tenor, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado” previa gestión de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” conforme a la normatividad aplicable, se tramitarán en términos de lo señalado en el Contrato de Fideicomiso, para que se realicen los pagos a los contratistas que resultarán de los procedimientos licitatorios que para tales efectos hubiera realizado “LA SECRETARÍA”. Para ello, “LA SECRETARÍA” en conjunto con el “ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE” (“EL IDEFEEY”) deberán integrar el expediente para trámite de estimación y entregarlo a la Subgerencia del “INIFED” en el Estado, para que éste a su vez lo gestione con su Gerencia Regional para la revisión y validación respectiva y posterior envío a las oficinas centrales del propio “INIFED”, para efectos de que envíe el oficio de instrucción de pago a BANOBRAS (Fideicomiso) para el procesamiento de Instrucción de Distribución de Recursos para transferencia al “ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE” para que efectúe los pagos respectivos al contratista, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la presentación del expediente de la estimación respectiva. En términos de lo previsto en el Anexo C, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”. Con relación a las “LAS ACCIONES” que realizará “EL INIFED”, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” por conducto del “ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE” en apego a lo señalado en el “CONVENIO DE COORDINACIÓN” y su denominado Anexo B, deberá de dar seguimiento a la ejecución de los Proyectos de la INFE objeto de la ejecución de las acciones del presente instrumento legal, así como gestionar los recursos para que le sean entregados de manera directa en varias exhibiciones conforme se compruebe el avance de la ejecución de los trabajos de los montos que de tiempo en tiempo tenga derecho a recibir para que los aplique a la ejecución y construcción de cada uno de los Proyectos de la INFE (“LAS ACCIONES”) que se ejecutaran de manera indirecta por “EL INIFED”, para que por su conducto sea pagado al contratista y/o proveedor adjudicado en apego a la naturaleza de los recursos y de la normatividad que regula el FAM Potenciado en sus diferentes vertientes, es decir, para que la distribución de los recursos se realice directamente al “ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE” con fundamento en el sub inciso (2), inciso (d) fracción (V), apartado A, numeral 2 del Anexo B del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”. En ese tenor, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos conforme a la normatividad aplicable, se tramitarán en términos de los señalado en el “CONVENIO DE COORDINACIÓN” y su denominado Anexo B, para que se realicen los pagos a los contratistas y/ o proveedores que resultarán de los procedimientos licitatorios que para tales efectos hubiera realizado “EL INIFED” en los términos señalados en el párrafo supra citado. Por cuanto hace a las retenciones y conforme a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso de Distribución (cláusula 1. Definiciones de dicho instrumento), por cuanto hace a la Instrucción de Distribución de Aportaciones, los recursos relacionados a las retenciones correspondientes al 5 al millar, serán entregados al “ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE”. B) POR CUANTO A LOS RECURSOS FISCALES Para la realización de “LAS ACCIONES” objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración, la “SHCP” llevará a cabo un traspaso de recursos presupuestarios a “LA SECRETARÍA”, por un monto de $40’500,000.00 (cuarenta millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), IVA incluido, que provendrán de la ampliación líquida tramitada ante dicha dependencia, a fin de que la “LA SECRETARÍA” tenga la capacidad de cumplir con el objeto del presente instrumento. 56 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Los alcances, actividades, detalle de las acciones para la construcción y, en su caso, equipamiento del plantel educativo federal, montos, calendarización de avance de la obra, así como el seguimiento financiero de destino y la erogación de los recursos traspasados se describen en el Anexo B, el cual será debidamente firmado por él o los responsables del seguimiento por parte de la “SEMS”, designados en la Cláusula Sexta del presente instrumento jurídico. Los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior serán traspasados a “LA SECRETARÍA” conforme a la adecuación presupuestaria que se registre en el Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP), así como en el Módulo de Adecuaciones Presupuestarias (MAP), sistemas que administra la SHCP. “LA SECRETARÍA” deberá ejercer los recursos de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Los recursos presupuestarios que se transfieran en los términos de presente Convenio de Coordinación y Colaboración no pierden su carácter Federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables. A la conclusión de “LAS ACCIONES” de manera integral, es decir de obra y de equipamiento, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” registrará contablemente las acciones. TERCERA. - COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE “LAS PARTES”. Adicionalmente para el cumplimiento del objeto del presente convenio, “LAS PARTES” se comprometen a: I. Compromisos de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”: a) Gestionar los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado” y hasta por la cantidad establecida para cubrir los costos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B, que firmados por los otorgantes forman parte del presente instrumento. b) Coadyuvar con “LA SECRETARÍA” para la gestión de los permisos necesarios para la construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE. c) Para la realización de las actividades de seguimiento, supervisión en la ejecución y construcción de los planteles educativos, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” podrá destinar, de los recursos aportados del programa “FAM Potenciado”, en términos de lo previsto en el “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, en el numeral 2, inciso A), subinciso (i) del Anexo B; un porcentaje del 2% para “EL INIFED” y el 2% para “EL ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE”. d) Remitir los reportes de avances emitidos por “LA SECRETARÍA”, conforme lo dispuesto en la normatividad aplicable. e) Se obliga a entregar directamente a “LA SECRETARÍA”, a más tardar cinco días posteriores a la fecha de firma del presente convenio, la posesión física y material de los predios necesarios para la construcción del plantel educativo, junto con la documentación legal que acredite la propiedad de los inmuebles a favor de la “LA ENTIDAD FEDERATIVA” o del Municipio respectivo, para lo cual se deberá suscribir el acta de entrega-recepción de los inmuebles. II. Compromisos de “LA SECRETARÍA”: a) Llevar a cabo la ejecución de “LAS ACCIONES” para la construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. b) Aplicar de manera específica y puntual, los recursos económicos para la realización del plantel educativo, proyecto de la INFE, en los términos que estén autorizados, de acuerdo con la normatividad aplicable y conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. c) Integrar el expediente para trámite de estimación y entregarlo al “INIFED” para que éste a su vez lleve a cabo su revisión, validación y envío a BANOBRAS (Fideicomiso) para el procesamiento de la Instrucción de Distribución de Recursos para el pago al contratista respectivo, derivado de trabajos ejecutados por los contratistas que resulten de los procedimientos licitatorios que hubiese adjudicado “LA SECRETARÍA”, respecto de los recursos que corresponden a la “ENTIDAD FEDERATIVA” del programa “FAM Potenciado”. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 57 d) Presentar el informe de seguimiento y comprobación de los recursos, mismos que serán elaborados por quien ejecute “LAS ACCIONES”. Este informe deberá entregarse conforme a lo establecido en la normatividad aplicable para ello, detallándose “LAS ACCIONES” realizadas al momento de su entrega e incluir material fotográfico que muestre el desarrollo de “LAS ACCIONES”, así como la comprobación sobre la aplicación de los recursos económicos destinados, en términos de lo previsto en la normatividad aplicable para cada recurso. e) Se obliga a entregar directamente y bajo su responsabilidad los informes correspondientes a las autoridades y con la periodicidad previstas en la normatividad del programa “FAM Potenciado”. f) Destinar a “EL INIFED” los recursos necesarios con el objeto de que realice los procedimientos de contratación de bienes requeridos al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, su Reglamento y demás disposiciones aplicables para la adquisición e instalación del equipamiento especializado, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. El recurso que en su caso asigne a “EL INIFED”, será prioritariamente de origen FAM Potenciado, en caso de que se designen recursos fiscales, la transferencia de éstos deberá realizarse considerando el plazo suficiente para garantizar que existan los espacios y condiciones necesarias para la recepción e instalación de los bienes, conforme el plazo establecido en el Anexo A; asimismo, considerando la naturaleza fiscal de los recursos para la transferencia, se deberá observar que los recursos lleguen oportunamente para que sean devengados en el mismo ejercicio fiscal en el que inicie el procedimiento de contratación respectivo. g) Se compromete a administrar y destinar los recursos económicos exclusivamente a la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración y siempre tomará en cuenta lo siguiente: i. Solicitar a “LA ENTIDAD FEDERATIVA” que coadyuven a tramitar los permisos y licencias que se requieran para la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo. ii. Ejecutar o verificar la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo, proyecto de la INFE y las actividades inherentes para su consecución, bajo su responsabilidad y con estricto apego a la normatividad federal correspondiente, así como a las especificaciones del Anexo A del presente Convenio. iii. Asumir la responsabilidad de las contrataciones que, en su caso, deba formalizar con terceros, a fin de ejercer los recursos destinados a la construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE, con estricto apego a la normatividad federal que corresponda. iv. Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le requiera cualquier autoridad fiscalizadora. h) Realizar el procedimiento para la adjudicación, contratación, ejecución, finiquito y entrega- recepción de la obra objeto del presente Convenio. i) Suscribir los contratos de obra pública que sean necesarios y que deriven de la ejecución de la realización para la construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE. j) “LA SECRETARÍA” como única responsable de la ejecución de los trabajos deberá entregar debidamente firmadas y autorizadas, las estimaciones de obra que sustenten los pagos que tramitará “EL IDEFEEY” organismo responsable de la INFE, las cuales deberán contener el control financiero, las generadoras, los planos, el reporte fotográfico y la bitácora; documentos que serán entregados a “EL IDEFEEY” a fin de que ésta realice las gestiones pertinentes para su pago. k) Entregar a “EL IDEFEEY” en original o en su caso copia certificada toda la documentación generada por los procedimientos de adjudicación que se deriven de la obra construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE, así como los finiquitos y las actas de entrega-recepción con los requisitos de ley. 58 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 III. Compromisos del “INIFED”: a) Coadyuvar conforme a lo establecido en el “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, respecto de los trámites y gestiones administrativas para la remisión de las instrucciones de pago, que para tales efectos remita “LA SECRETARÍA” en términos de lo previsto en el Anexo C del presente instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”; considerando además lo previsto en la Cláusula Segunda, inciso A) en el presente instrumento legal. Por cuanto al recurso derivado del FAM Potenciado. b) Destinar los recursos asignados por “LA SECRETARIA” para la adquisición e instalación del equipamiento especializado del plantel educativo, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. c) Aplicar de manera específica y puntual, los recursos económicos para la adquisición e instalación del equipamiento especializado del plantel educativo, en los términos que estén autorizados y de acuerdo con la normatividad aplicable, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B. Esta adquisición la realizará conforme al calendario de ejecución se determine. d) Las contrataciones que realice deberán de atender los requerimientos contenidos en los marcados Anexos A y B del presente instrumento legal por cuanto hace a los bienes, y siempre se realizarán cuando “EL INIFED” cuente con los recursos para ello, atendiendo la naturaleza de los recursos conforme se estableció en el inciso f) de los compromisos de “LA SECRETARÍA”. e) Presentar el informe de seguimiento y comprobación de los recursos, mismos que serán elaborados por quien lleve a cabo las acciones para la adquisición e instalación del equipamiento especializado del plantel educativo. f) Se obliga a entregar directamente y bajo su responsabilidad los informes correspondientes a las autoridades y con la periodicidad previstas en la normatividad del programa. g) Se compromete a administrar y destinar los recursos económicos correspondientes exclusivamente a la adquisición e instalación del equipamiento especializado y mobiliario del plantel educativo, al amparo de lo señalado en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, y siempre tomará en cuenta lo siguiente: i. Asumir la responsabilidad de las contrataciones que, en su caso, deba formalizar con terceros, a fin de ejercer los recursos transferidos con estricto apego a la normatividad federal que corresponda. ii. Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le requiera “LA SECRETARÍA” o cualquier autoridad fiscalizadora. iii. Entregar el mobiliario y equipo especializado a la comunidad educativa del plantel, firmando para ello la recepción de los mismos, con asistencia y aceptación de “LAS PARTES”. IV. Compromisos de “EL IDEFEEY”, ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE: a) Gestionar e integrar el expediente para trámite de estimación en conjunto con “LA SECRETARÍA”, conforme lo previsto en la Cláusula Segunda, inciso A) en el presente instrumento legal y en términos del Anexo C del presente instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”. b) Gestionar ante “LA SECRETARÍA” la obtención en original o en su caso copia certificada de la documentación generada de los expedientes que se deriven de los procedimientos de adjudicación de la construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE. c) Efectuar los pagos respectivos a los contratistas que adjudicados por “LA SECRETARÍA”, conforme los recursos que le Transfiera BANOBRAS (Fideicomiso) derivado del procesamiento de Instrucción de Distribución de Recursos, conforme lo previsto en la Cláusula Segunda, inciso A) en el presente instrumento legal y en términos del Anexo C del presente instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 59 d) En lo que corresponda, cumplir con los supuestos establecidos en el “CONVENIO DE COORDINACION”, respecto de la ejecución, seguimiento, avance y conclusión de cada uno de los Proyectos de la INFE que le efectuarán en la “ENTIDAD FEDERATIVA”. e) Verificar que los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado” se apliquen exclusivamente en la realización del objeto del presente instrumento y siempre tomará en cuenta: i. Coadyuvar a la “ENTIDAD FEDERATIVA” en la gestión de los permisos y licencias que se requieran para la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo, proyecto de la INFE. ii. Verificar la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo, proyecto de la INFE y las actividades inherentes para su consecución. iii. Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le requiera la “ENTIDAD FEDERATIVA” o cualquier autoridad fiscalizadora. f) Las demás necesarias para el cumplimiento del objeto del presente instrumento legal. V. Compromisos de la “SEMS”: a) Suscribir los denominados Anexo A y Anexo B, en los que se describen los alcances y especificaciones técnicas, actividades, detalle de las acciones para la construcción y, en su caso, equipamiento del plantel educativo, calendarización de avance de la obra, así como los alcances financieros, montos y el seguimiento financiero de destino y la erogación de los recursos traspasados, respectivamente. CUARTA. - CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES. “LAS PARTES” suscriben el presente convenio sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones presupuestarias y normativas correlativas aplicables que corran a cargo de cada una de ellas. QUINTA. - DESTINO DE LOS RECURSOS. Los recursos motivo del presente Convenio, se aplicarán única y exclusivamente para llevar a cabo el cumplimiento del objeto establecido en la Cláusula Primera del presente instrumento legal, conforme a las características y alcances establecidos en el denominado Anexo A. SEXTA. - VERIFICACIÓN EN EL CUMPLIMIENTO. A fin de verificar el cumplimiento del presente Convenio de Colaboración, “LAS PARTES” designan como responsables a los siguientes servidores públicos:  Por “LA ENTIDAD FEDERARIVA”: El Dr. Juan Enrique Balam Várguez, Secretario de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán.  Por “EL IDEFEEY”, ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE: El Ing. Gilberto Chan Padilla, Director General del Instituto Para el Desarrollo y Certificación de la infraestructura Física Educativa y Eléctrica de Yucatán.  Por “LA SECRETARÍA”: El Mtro. Efraín Álvarez Martínez, Director Ejecutivo de Construcción y Supervisión de Proyectos de Infraestructura para el Sistema Educativo Federal y Cultural.  Por “EL INIFED”: A las personas Titulares de la Gerencias de Finanzas y de Construcción y Supervisión de Obra en “EL INIFED”, o a las personas que desempeñen sus funciones.  Por la “SEMS”: A los Titulares de la Coordinación Sectorial de Planeación y Administración y la Dirección de Operación Técnica y de Gestión, en el ámbito de sus respectivas competencias, o de quienes los suplan en funciones. SEPTIMA. - CAUSAS DE FUERZA MAYOR. “LAS PARTES”, no serán responsables por cualquier evento de caso fortuito o de fuerza mayor que les impida parcial o totalmente cumplir con los compromisos contraídos por virtud del presente instrumento, en el entendido de que dichos supuestos deberán ser debidamente acreditados. “LAS PARTES” se comunicarán de forma inmediata cualquier hecho o circunstancia que, en razón de la ejecución del presente instrumento, sea de su conocimiento y pueda perjudicar el cumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Colaboración. 60 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 OCTAVA. - MODIFICACIONES Y ADICIONES. El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de “LAS PARTES” y por escrito, en el correspondiente Convenio Modificatorio que obligará a “LAS PARTES” y estará vigente a partir de la fecha de su firma. NOVENA. – VIGENCIA. El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula Primera de este instrumento, de conformidad con el calendario establecido en el Anexo A. No obstante lo anterior, los recursos fiscales que transferirá la SHCP, en términos de la normatividad aplicable, deberán quedar devengados por “LA SECRETARÍA” a más tardar el 31 de diciembre del 2025. DÉCIMA. - DIFUSIÓN. Una vez suscrito el presente Convenio de Coordinación y Colaboración, “LA SECRETARÍA” se compromete a que, en un periodo no mayor a un mes, lo publicará en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Planeación; por su parte, dentro del mismo periodo antes señalado, "LA ENTIDAD FEDERATIVA" publicará el presente instrumento en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán. DÉCIMA PRIMERA. - RESPONSABILIDAD LABORAL. “LAS PARTES” acuerdan que toda vez que son totalmente independientes, entre ellas no existe una relación obrero-patronal, en el entendido que en ningún caso y por ningún concepto podrán considerarse mutuamente como patrones directos, sustitutos o solidarios. Asimismo, el personal que cada una de “LAS PARTES” designe, comisione o contrate con motivo de la ejecución de las actividades objeto del presente Convenio, se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo designó, comisionó o contrató, quedando bajo su absoluta responsabilidad y dirección, sin que de ello se derive el nacimiento de algún tipo de relación laboral, u otros derechos u obligaciones para la otra parte, por lo que en ningún caso podrá considerárseles mutuamente como intermediarios, o como patrones sustitutos o solidarios, deslindándolos desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter civil, laboral, penal, administrativa, cuotas obrero patronales y sindicales, vivienda, seguridad social o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. Cada una de “LAS PARTES” se obliga a sacar en paz y a salvo a las otras de cualquier reclamación que sus respectivos trabajadores llegasen a realizar con motivo de las actividades emanadas de este instrumento. DÉCIMA SEGUNDA. - DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. “LAS PARTES” acuerdan que la información que se genere, deberá observarse lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y demás disposiciones aplicables en la materia. DÉCIMA TERCERA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” manifiestan que el presente Convenio Coordinación y Colaboración es producto de la buena fe por lo que se realizarán todas “LAS ACCIONES” para su debido cumplimiento, los asuntos que no estén expresamente previstos en las mismas, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito. Leídas que fueron las presentes cláusulas y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcances, suscriben el presente Convenio en 5 (cinco) tantos originales, en la Ciudad de México a los 07 días del mes de abril del año 2025.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán, Maestro Joaquín Jesús Díaz Mena.- Rúbrica.- Asistido por: Secretario de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán, Dr. Juan Enrique Balam Várguez.- Rúbrica.- Por el IDEFEEY, Organismo Responsable de la INFE: Director General, Ing. Gilberto Chan Padilla.- Rúbrica.- Por la Secretaría: Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, M. en I. Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- Asistido por: Subsecretario de Infraestructura, Ing. Juan Carlos Fuentes Orrala.- Rúbrica.- Por la SEMS: Subsecretaria de Educación Media Superior, Dra. Tania Hogla Rodríguez Mora.- Rúbrica.- Asistida por: Coordinadora Sectorial de Planeación y Administración, Lic. María Alejandra Carreón Capuchino.- Rúbrica.- Director de Operación Técnica y Gestión, Arq. Hugo Enrique de Lucio Torres.- Rúbrica.- Por el INIFED: Director General, Ing. Francisco Javier Cabiedes Uranga.- Rúbrica. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 61 SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO ACUERDO por el que la persona titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno delega las facultades que se indican. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. RAQUEL BUENROSTRO SÁNCHEZ, Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 26, fracción XIII, y 37, fracción XLVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 6, fracción XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y CONSIDERANDO Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia y que podrán delegarse para la mejor organización del trabajo, cualesquiera de sus facultades, excepto aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo deban ser ejercidas por dichos titulares; Que el artículo 6, fracción XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno establece que la persona titular de la dependencia podrá delegar sus atribuciones a las unidades administrativas de dicha secretaría, mediante acuerdos que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación; Que, el Decreto por el que se expide la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y se abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025, establece en su artículo transitorio Décimo Séptimo que los asuntos, procedimientos, expedientes y archivos, que a la fecha de extinción del Órgano Interno de Control en el Instituto Federal de Telecomunicaciones se encontraban a su cargo, serán transferidos a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y tramitados y resueltos conforme a las disposiciones jurídicas vigentes al momento de su inicio, y Que, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de los objetivos de esta dependencia y mejorar la eficiencia en el desarrollo de las funciones a su cargo, resulta necesario delegar facultades en los servidores públicos de las unidades administrativas adscritas a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, he tenido a bien emitir el siguiente ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA SECRETARÍA ANTICORRUPCIÓN Y BUEN GOBIERNO DELEGA LAS FACULTADES QUE SE INDICAN Artículo Único. Se delegan en las personas servidoras públicas del Órgano Interno de Control en la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, y del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, así como a las áreas y oficinas de representación adscritas a los mismos, las atribuciones previstas en el Capítulo V del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, según corresponda, para la tramitación y resolución de los asuntos, procedimientos, expedientes y archivos del extinto Órgano Interno de Control en el Instituto Federal de Telecomunicaciones que les hayan sido transferidos conforme a lo previsto en el transitorio Décimo Séptimo del Decreto por el que se expide la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y se abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025. TRANSITORIOS Primero. El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo. Las denuncias relacionadas con las personas servidoras públicas del extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones se presentarán ante el Órgano Interno de Control en la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones o el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, en relación con la transferencia de las unidades administrativas a la Comisión Reguladora de Telecomunicación y a la Comisión Nacional Antimonopolio. Tercero. El Órgano Interno de Control en la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones o el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, de acuerdo con sus respectivas transferencias, son competentes para conocer y resolver de los hechos u omisiones previos a la entrada en vigor de este acuerdo, relativos al extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones, por lo que, podrán realizar los actos de fiscalización y atender las denuncias correspondientes, así como iniciar los procedimientos de responsabilidades que procedan. Ciudad de México, a 03 de noviembre de 2025.- Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica. 62 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 SECRETARIA DE SALUD CONVENIO Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y la Ciudad de México. CONVENIO-SaNAS-CDMX/2025 CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, EN ADELANTE “CONVENIO ESPECÍFICO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR LA DRA. ADRIANA STANFORD CAMARGO, DIRECTORA DE EVIDENCIA EN SALUD DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA LIC. NÉRIDA RODRÍGUEZ MEJÍA, COORDINADORA ADMINISTRATIVA DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA; EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA, Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES; Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, REPRESENTADO POR LA DRA. NADINE FLORA GASMAN ZYLBERMANN, TITULAR DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y TITULAR DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y EL LIC. JUAN PABLO DE BOTTON FALCÓN , TITULAR DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 28 de febrero de 2013, “LA SECRETARÍA” y "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" celebraron el ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”, con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general y fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales, mediante la suscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" con “LA SECRETARÍA”, en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud. II. De conformidad con lo establecido en la cláusula TERCERA de “EL ACUERDO MARCO”, los Convenios Específicos que al efecto se celebren serán suscritos por LA DRA. NADINE FLORA GASMAN ZYLBERMANN, TITULAR DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y TITULAR DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y EL LIC. JUAN PABLO DE BOTTON FALCÓN, TITULAR DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS por parte de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" y por la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional por sí misma, o asistida por los titulares de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados que tiene adscritos, por parte de “LA SECRETARÍA”. III. El Programa Estratégico de Salud para el Bienestar (PESB), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 07 de septiembre de 2022, en el subíndice 5.4 numeral 5 “Fortalecimiento de la rectoría de la Secretaría de Salud para consolidar el Sistema de Salud para el Bienestar”, refiere que, de conformidad con el marco jurídico vigente, “LA SECRETARÍA” es la dependencia facultada para ejercer la rectoría en todo el Sistema Nacional de Salud, promoviendo una estrategia de salud pública denominada Servicio Nacional de Salud Pública (SNSP), a través de la cual, se plantea la reconfiguración institucional para el fortalecimiento de la rectoría a nivel federal a cargo de la Secretaría de Salud, permitiendo articular de mejor manera las actividades, programas y acciones de vigilancia y control de los determinantes sociales y problemas de salud pública a nivel nacional, instituir los lineamientos en materia de recursos humanos capacitados en Salud Pública que faciliten la organización, desarrollo e integración de las actividades en el territorio nacional, siendo el brazo operativo de la Secretaría de Salud, mediante estrategias de despliegue territorial y del más cercano contacto poblacional; que permitan traducir la retórica de la atención primaria a la salud en una realidad e implementación funcional a favor de la población sin seguridad social. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 63 En su operación el SNSP, observará las once Funciones Esenciales de la Salud Pública, (FESP) recomendadas por la Organización Panamericana de la Salud / Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), mismas que se clasifican en cuatro ejes, tales como: 1) Evaluación; 2) Desarrollo de políticas; 3) Asignación de recursos; y 4) Acceso; priorizando a los sectores poblacionales que cuentan con mayor marginación en la atención a la salud. IV. De conformidad con el numeral 3 “Origen de los recursos para la instrumentación del Programa” del PESB, “LA SECRETARÍA” tendrá como principal fuente de financiamiento para dar cumplimiento a las acciones y estrategias que garanticen el acceso a la salud para la población sin seguridad social contempladas en dicho Programa Estratégico, entre las cuales, se encuentra el SNSP, los recursos que le son asignados a través del Ramo 12 conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal. V. El Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar (MAS-BIENESTAR), publicado en el DOF, con fecha 25 de octubre de 2022, establece en el componente de salud colectiva, que los mecanismos y operación de rectoría y gobernanza de “LA SECRETARÍA”, así como su operación territorial se llevará a cabo a través del SNSP. VI. El MAS- BIENESTAR señala que, la modernización estratégica se conforma de varias estrategias y líneas de acción para la creación del SNSP, el cual, institucionalmente se encuentra adscrito a la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, toda vez que, en ella, así como en sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados adscritos, a través de sus Programas de Acción Específicos, actualmente se encuentran inmersas gran parte de las funciones en salud pública; en este sentido se determina la integración del SNSP como un cuerpo de protección en materia de salud colectiva, conformado por personas entrenadas para el cumplimiento de las FESP, con el objeto de mejorar la salvaguarda y protección de la salud poblacional. Al efecto, su conformación será a través de un solo cuerpo de trabajo que integre a todas las personas servidoras públicas que realizan funciones rectoras, gerenciales y operativas en materia de salud pública en las entidades federativas y que son financiadas mediante recursos federales. VII. El MAS- BIENESTAR establece que, con la creación de los Distritos de Salud para el Bienestar (DSB); los Centros Coordinadores de Salud para el Bienestar (CCSB) y los Centros Estatales de Emergencias en Salud (CEES) como estrategias de modernización, se busca garantizar que, las FESP sean ejercidas sectorialmente y conlleven una visión práctica de la salud pública integral y de las prioridades nacionales, los cuales operarán con personal del SNSP. VIII. El 23 de agosto de 2023 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Generales del Servicio Nacional de Salud Pública (Acuerdo SNSP), el cual señala en su ARTÍCULO TERCERO que sus disposiciones deberán implementarse por “LA SECRETARÍA”, a través del SNSP, y operarán de manera conjunta con las autoridades sanitarias locales, bajo un esquema de cooperación permanente, con la estructura operativa de las entidades federativas dedicadas a la operación salubrista. Asimismo, en su ARTÍCULO SEXTO, el Acuerdo SNSP establece que “LA SECRETARÍA”, en coordinación con las dependencias y entidades que conforman el Sistema de Salud para el Bienestar, así como las entidades federativas en su calidad de autoridades sanitarias, planeará, organizará y orientará las acciones para la operación del SNSP, en el ámbito de sus respectivas atribuciones. IX. Con fecha 08 de noviembre de 2023, mediante oficio SS-0536-2023, el entonces C.Secretario de Salud, instruyó a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud (ahora Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional) para que, en estricto apego a la normatividad aplicable, ejecutara las acciones necesarias para la implementación del SNSP, en el ámbito de su competencia. X. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, adscritos a la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, es responsable de coordinar y realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, consideradas en el MAS-BIENESTAR, las cuales, derivan de los Programas de Acción Específico a su cargo, vigentes a la fecha, en lo sucesivo “LOS PROGRAMAS”. XI. Con fecha 27 de noviembre de 2023, “LA SECRETARÍA” y "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", suscribieron el Convenio de Colaboración y Coordinación para la ejecución de Acciones del Servicio Nacional de Salud Pública, en adelante “CoNaSer”, con el objeto de establecer las bases y compromisos, para que “LA SECRETARÍA”, con cargo a los recursos federales y acorde a la disponibilidad presupuestaria con que cuente para ello, contrate el personal de salud federal que será asignado a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" para ejecutar las acciones del Servicio Nacional de Salud Pública; asimismo, se estableció en la Cláusula Décima que, los gastos administrativos que deriven del cumplimiento de dicho instrumento jurídico, deberán ser realizados con cargo a los recursos propios de cada una de "LAS PARTES", según corresponda y atendiendo a las disposiciones presupuestarias aplicables. 64 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 XII. En observancia a lo establecido en el “CoNaSer”, en el presente instrumento jurídico se considera la ministración de los recursos que permitirán dar cumplimiento a lo señalado por parte de “LA SECRETARÍA” para el ejercicio fiscal 2025. XIII. En el caso del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, en adelante “UNIDAD TÉCNICA”, tiene a su cargo el siguiente Programa de Acción Específico y Programa Presupuestario: Unidad Administrativa/Órgano Administrativo Desconcentrado Programa de Acción Específico y/o Programa Presupuestario Clave del Programa Presupuestario con el que se relaciona Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea Acceso Universal a Sangre, Hemocomponentes y Células Troncales Hematopoyéticas seguros/ Asistencia social y protección del paciente P013 XIV. Considerando que, la “UNIDAD TÉCNICA”, realiza acciones de acceso equitativo de sangre, hemocomponentes y células troncales, conforme a su ámbito de competencia; lo cual, contribuye a fortalecer las acciones de salud pública en las entidades federativas, se considera indispensable su participación en el presente instrumento jurídico, con la finalidad de dar seguimiento a través de informes técnicos al grado de avance y cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores establecidos en su respectivo Programa de Acción Específico. DECLARACIONES I. “LA SECRETARÍA” declara, que: I.1. El Dr. Ramiro Lopez Elizalde, en su carácter de Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, según lo previsto en los artículos 2, apartado A, fracción II, 8, fracción XVII y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud (RISS), cargo que se acredita con la copia fotostática del nombramiento, la cual se acompaña como parte del Anexo 1 de este instrumento. I.2. La Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer a la persona titular de la Secretaría de Salud las políticas en las materias de salud pública, prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, de salud mental y adicciones, y de discapacidad, así como establecer las estrategias de ejecución, la coordinación, la dirección, la supervisión y la evaluación de aquellas políticas que sean aprobadas; además, coordinar el proceso de análisis, planeación, programación, presupuestación y propuesta de mecanismos, conforme a la normatividad vigente, para alinear y optimizar los recursos asignados a las Unidades Administrativas y órganos administrativos desconcentrados, bajo su adscripción, coordinar en el ámbito de su competencia el desarrollo de los Consejos Nacionales en materia de salud pública; elaborar, gestionar, coordinar y promover la integración de las políticas y procesos de salud pública, y los programas que de ella deriven para la prevención y promoción de la salud, control de enfermedades, salud mental y adicciones, así como de accidentes; promover mecanismos para fomentar la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades federativas, de los sectores público, privado, social y, de la sociedad en general, en acciones de salud pública, prevención, promoción de la salud y control de enfermedades, así como en materia de accidentes, salud mental y adicciones, así como proponer para ello, las estrategias, instrumentos y mecanismos que correspondan; así como, proponer a la persona titular de la Secretaría, las políticas, estrategias, programas, lineamientos y disposiciones normativas necesarias para la implementación, operación, vigilancia, evaluación y control del Servicio Nacional de Salud Pública; dirigir, en coordinación con la Dirección General del Servicio Nacional de Salud Pública, el Servicio Nacional de Salud Pública; diseñar, articular e instrumentar el modelo integral de procesos operativos sustantivos que estén a cargo de la Subsecretaría, con la finalidad de procurar la transversalidad e integración de las operaciones correspondientes; y coordinar las acciones para el cumplimiento operativo de las diversas unidades responsables y órganos desconcentrados con el fin de que se privilegie la integralidad de las operaciones entre las diversas áreas bajo la responsabilidad de la Subsecretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RISS. I.3. Las Direcciones Generales de Epidemiología; y de Políticas en Salud Pública, así como el Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, son sus Unidades Administrativas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado B, fracciones IX, XVIII y XXVI del RISS, con las atribuciones que les confieren los artículos 30, 35 y 42 del citado reglamento; asimismo los Centros Nacionales de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva; de la Transfusión Sanguínea; de Prevención y Control de Enfermedades; para la Prevención y Control del VIH/SIDA y Hepatitis; para la Salud Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 65 de la Infancia y la Adolescencia, y la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones, son algunos de sus órganos administrativos desconcentrados, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, apartado C, fracciones VI, VII, VIII, IX, X y XI del RISS, con las atribuciones que se contienen en los artículos 48, 50, 52, 53, 54 del citado ordenamiento reglamentario. I.4. De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 27 de marzo de 2025, asisten a la celebración del presente “CONVENIO ESPECÍFICO” las Direcciones Generales, Políticas en Salud Pública y de Epidemiología, así como el Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes; los Centros Nacionales de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva; la Transfusión Sanguínea; de Prevención y Control de Enfermedades; para la Prevención y Control del VIH/SIDA y Hepatitis; para la Salud de la Infancia y la Adolescencia; y la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones en su calidad de Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados que, se encuentran adscritos a la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional. I.5. Con fundamento en los artículos 18 fracción VIII y XVIII; y 46 fracción VII y VIII del RISS, los titulares de las Direcciones Generales, de Políticas en Salud Pública; de Epidemiología, así como del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, los Centros Nacionales de Equidad de Género y Salud Sexual y Reproductiva; de la Transfusión Sanguínea; de Prevención y Control de Enfermedades; para la Prevención y Control del VIH/SIDA y Hepatitis; y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, y la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones, se encuentran facultados para suscribir el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se acompañan como parte del Anexo 1 del presente instrumento. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el RISS, a las citadas unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, les corresponde, entre otras atribuciones, proponer las políticas y estrategias nacionales de prevención y control de enfermedades, políticas en salud pública, de transfusión sanguínea y vigilancia epidemiológica, participar en el ámbito de sus respectivas competencias en la instrumentación del Sistema Nacional de Salud y el Sistema Nacional de Salud Pública; promover la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; y proponer o definir los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución oportuna, suficiente y de calidad del material y los insumos utilizados en “LOS PROGRAMAS”. I.6. Cada una de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, cuentan con la disponibilidad técnica y presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento, de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025. I.7. Para los efectos del presente “CONVENIO ESPECÍFICO” se señala como su domicilio el ubicado en la Av. Marina Nacional número 60, Colonia Tacuba, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11410, en la Ciudad de México. II. "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" declara que: 1. Que el Lic. Juan Pablo de Botton Falcón, en su carácter de Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 69 de la Ley de Contabilidad Gubernamental, 11, fracción I, 13, 16 fracción II, 18, 20, fracción IX y XXII, y 27 fracción XL, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, y los artículos 7, fracción II, 20 fracción I y XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, participando en el presente Convenio, única y exclusivamente para efectos de transferir los recursos que ministre en los términos de este Convenio “LA SECRETARÍA” a la Unidad Ejecutora, de conformidad con lo previsto en los artículos 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y acredita su cargo mediante nombramiento que en copia simple se adjunta al presente como Anexo 1, para formar parte integrante de su contexto. 2. Que la Dra. Nadine Flora Gasman Zylbermann, en su carácter de Titular de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 11 fracción I, 16, fracciones XV, 40 y 74 fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, 20 fracción XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y 14 fracciones II, VI, VIII y IX del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, acredita su cargo mediante nombramiento que en copia simple se adjunta al presente como Anexo 1, para formar parte integrante de su contexto. 66 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 3. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son: proponer, coordinar, ejecutar y supervisar la política en materia de salud, apoyar los programas de servicios de salud, atención médica social, prevención de enfermedades y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros daños a la salud, de conformidad con lo establecido en los artículos 1, 3, 9 y 13 de la Ley General de Salud y 1, 5, 7, 10, 15, 16, 19 y 24 de la Ley de Salud de la Ciudad de México. 4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico, señala como su domicilio el ubicado en calle Insurgentes norte No. 423, piso 22, Colonia U.H. Nonoalco Tlatelolco, C.P. 06900, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México. Expuesto lo anterior, toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, así como que dichas ministraciones se sujeten a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicha Ley se señalan, “LAS PARTES” celebran el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente “CONVENIO ESPECÍFICO” tiene por objeto ministrar insumos y recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" para coordinar su participación con “LA SECRETARÍA”, en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, que permitan a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" realizar acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR, mediante intervenciones transversales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”, a fin de contribuir con "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" a la adecuada operación del SNSP. En los Anexos 2, 3, 4, 5 y 6 del presente instrumento, se señalan “LOS PROGRAMAS” en los que se encuentran inmersas las acciones en materia de salud pública en las que deberán aplicarse los insumos y recursos presupuestarios federales ministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" y en el Anexo 7 se precisan los Indicadores y Metas, que servirán para la medición, evaluación y rendición de cuentas del ejercicio y aplicación de los recursos ministrados e insumos suministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" anexos que debidamente firmados por “LAS PARTES” forman parte integral del mismo. La ministración de recursos presupuestarios y suministro de insumos federales que efectúe “LA SECRETARÍA” a “EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" se realizará conforme al Anexo 2 del presente instrumento. La ministración de recursos presupuestarios federales que realice “LA SECRETARÍA” a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" se hará considerando la estacionalidad del gasto y, en su caso, el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF). Dicha ministración se hará una vez que se haya formalizado por “LAS PARTES” el presente instrumento jurídico y/o cualquier otro documento que sea necesario para la operación de cualquiera de “LOS PROGRAMAS”. Los recursos presupuestarios federales otorgados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" se considerarán devengados para “LA SECRETARÍA”, a partir de que ésta realice la entrega de los mismos a la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", no así para "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; por lo que, se registrarán por "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación deberá sujetarse a las disposiciones federales aplicables. Cuando la entrega sea de insumos en especie “LA SECRETARÍA” realizará la entrega a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" según su necesidad y disponibilidad; dichos insumos pasarán a custodia de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" hasta su destino final, debiendo comprobarse en términos de la normativa aplicable. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 67 SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", recursos federales con el carácter de subsidios, por la cantidad de $ 290,449,377.57 (DOSCIENTOS NOVENTA MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS 57/100 M.N.), para la realización de acciones en materia de salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”. Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $ 95,629,753.01 (NOVENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES 01/100 M.N.), se radicarán a la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA”. Para tal efecto, la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este “CONVENIO ESPECÍFICO”, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados. La ministración de recursos a que se refiere la presente Cláusula se realizará por cada una de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados conforme al calendario establecido en el Anexo 3 del presente instrumento jurídico, por lo cual, será requisito indispensable que “LA SECRETARIA” cuente con el original del presente Convenio, debidamente suscrito por “LAS PARTES” así como el registro de la cuenta bancaria en el Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “LA SECRETARIA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, notificará a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" la fecha en que realizó la ministración de los recursos presupuestarios a la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", conforme a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio. La Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" se obliga a ministrar los recursos a que se refiere el párrafo anterior a la UNIDAD EJECUTORA, junto con los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que “LA SECRETARÍA” le radique dichos recursos, de conformidad con el “ACUERDO MARCO”. Para efectos de este “CONVENIO ESPECÍFICO” se entenderá como UNIDAD EJECUTORA a la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México. La UNIDAD EJECUTORA deberá informar mediante oficio a “LA SECRETARÍA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, dentro del plazo señalado anteriormente, de manera enunciativa mas no limitativa: el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados por la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". La UNIDAD EJECUTORA deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este “CONVENIO ESPECÍFICO”, a lo cual, no se podrá aperturar otro tipo de cuenta, ni transferir lo ministrado a otras cuentas. En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente párrafo, “LA SECRETARÍA”, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, estará en aptitud de suspender o cancelar subsecuentes ministraciones de subsidios. Los recursos presupuestarios federales ministrados, que después de radicados en la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", no hayan sido ministrados a la UNIDAD EJECUTORA dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos y comprobados en los términos establecidos en los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio, serán considerados por “LA SECRETARÍA” como recursos ociosos, debiendo "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" proceder a su reintegro junto con sus rendimientos financieros al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días naturales siguientes en que lo requiera “LA SECRETARÍA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”. Dicho reintegro aplicará también en aquellos casos en que los recursos sean desviados para propósitos distintos a los autorizados en el presente instrumento. 68 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Asimismo, una vez concluido el mes en que se haya realizado la ministración, la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", deberá identificar y remitir a “LA SECRETARÍA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, a manera de informe y mediante oficio; el estado de cuenta bancario en donde se identifiquen los recursos presupuestarios federales ministrados y los rendimientos financieros generados. Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", por un monto total de $194,819,624.56 (CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO 56/100 M.N.), serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México. Los insumos federales que no sean destinados en tiempo y forma al objeto del presente instrumento jurídico serán considerados por “LA SECRETARÍA” como recursos ociosos, por lo que las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de “LOS PROGRAMAS”, podrán solicitar su devolución para reasignarlos. Los insumos/ bienes derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARIA”, una vez cubiertos los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, que sean suministrados a “EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico, se señalan para efectos informativos en el Anexo 6 del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, por lo que el control, vigilancia y supervisión respecto de la aplicación, ejercicio y comprobación de dichos insumos/ bienes, serán responsabilidad de la Unidad Administrativa u Órgano Administrativo Desconcentrado que haya recibido la donación, En consecuencia, la información de la distribución de los insumos/bienes referidos en el presente párrafo se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". “LAS PARTES” convienen expresamente que los recursos presupuestarios federales e insumos federales otorgados en el presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, no son susceptibles de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de ministraciones posteriores en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operaciones inherentes a las obras y equipamientos, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, como parte de sus atribuciones que tiene para coordinar el proceso de análisis, planeación, programación, presupuestación y propuesta de mecanismos, conforme a la normatividad vigente, para alinear y optimizar los recursos asignados a las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, así como, promover mecanismos para fomentar la participación de las entidades federativas, en acciones de salud pública, prevención, promoción de la salud y control de enfermedades, así como en materia de accidentes, salud mental y adicciones y, proponer para ello, las estrategias, instrumentos y mecanismos que correspondan; podrá establecer en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, que se realicen ministraciones subsecuentes de recursos presupuestarios durante el presente ejercicio fiscal y con cargo a los recursos disponibles, conforme a las previsiones que se establecen en el presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, considerando los siguientes objetivos: 1. El inicio de operaciones en las entidades federativas. 2. Consolidación y continuidad en el ejercicio del gasto. 3. Necesidades en materia de salud pública detectadas derivado de la operación en las entidades federativas o la atención de urgencias y/o emergencias en salud. Con base en lo descrito en el párrafo anterior, el monto al que se refiere la presente cláusula se destinará al inicio de operaciones en las entidades federativas en cumplimiento a las acciones previstas en el presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, y sus anexos. “LAS PARTES” acuerdan que los recursos destinados en el marco del presente convenio serán ministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” en una o varias ministraciones, conforme a lo establecido en el Anexo 3 del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, sin que sea limitante para ministraciones futuras que, en su caso el “GTT” determine se requieran para atender la necesidad de mejoras en la operación de “LOS PROGRAMAS”, acreditando la correcta aplicación y comprobación de los recursos conforme a los objetivos pactados, indicadores y metas establecidos, en observancia a lo dispuesto por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, y demás normativa aplicable a la materia. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 69 Por lo tanto, en caso de incumplimiento “LA SECRETARÍA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, estará en aptitud de suspender o cancelar las ministraciones de subsidios. TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados “LA SECRETARÍA” y "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" convienen en sujetarse a lo siguiente: 1. “LA SECRETARÍA” verificará, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que implemente para tal fin, que los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico a que se refiere la Cláusula Primera, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal. 2. Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que “LA SECRETARÍA” se compromete a ministrar y suministrar, respectivamente, a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca. 3. “LA SECRETARÍA”, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de “LOS PROGRAMAS”, podrá vigilar, supervisar, dar seguimiento, informar y evaluar en todo momento las obligaciones que asume "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" así como la aplicación y destino de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se le entregan en el marco del presente instrumento. 4. “LA SECRETARÍA”, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de “LOS PROGRAMAS”, aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normativa vigente y, en su caso, suspenderá o cancelará las subsecuentes ministraciones de recursos presupuestarios federales, cuando éstos no hayan sido aplicados por "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", para los fines objeto del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, o bien, se hayan aplicado en contravención a sus cláusulas o a las de “EL ACUERDO MARCO”. 5. "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", dentro de los primeros diez (10) días hábiles siguientes al término de cada mes que se reporte, enviará a “LA SECRETARÍA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de “LOS PROGRAMAS”, el informe detallado sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, así como pormenorizado sobre el avance financiero y copia del estado de cuenta bancario más reciente, sin que este exceda de un mes, mediante los cuales, deberá identificar e informar las transferencias o erogaciones realizadas y los rendimientos financieros generados, en su caso. Dicho informe se rendirá conforme al formato denominado Medición, Evaluación y Rendición de Cuentas, Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública que se adjunta al presente instrumento como Anexo 8 al que deberá acompañarse copia legible de la documentación justificatoria y comprobatoria correspondiente o, en su caso, un disco compacto que contenga copia digital legible de dicha documentación; así como el estado de cuenta bancario al que se hace referencia y la Relación de Gasto sobre el ejercicio de los recursos transferidos. En virtud de ello, el informe que presente "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", deberá corresponder con los CFDI y la copia del estado de cuenta bancario respectivo. En el informe mensual a que se refiere el presente numeral, sólo se señalarán los recursos efectivamente ejercidos durante el mes que se reporta. En el supuesto de que en un mes no se ejercieran recursos, el informe se enviará en ceros, acompañado de una justificación que sustente las razones por las que no fueron ejercidos recursos en el mismo. El cómputo del primer mes a informar, comenzará a partir de la fecha de realización de la ministración de recursos a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", “LA SECRETARÍA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de “LOS PROGRAMAS”, podrá en todo momento, verificar en coordinación con "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. 70 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 6. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales, a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación, ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento. 7. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". 8. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales que sean transferidos a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", así como en la entrega de los informes y documentación correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en aptitud de suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando aviso de inmediato de dicha omisión.a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes. 9. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante “Portal SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". CUARTA. INDICADORES Y METAS. - Los recursos federales que ministre “LA SECRETARÍA” a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", se aplicarán para la realización de las acciones en materia de salud pública a que se refiere la Cláusula Primera del presente instrumento, mediante la implementación de intervenciones transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS” que se establecen en el Anexo 7 del presente instrumento. QUINTA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. – Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que ministre y suministre respectivamente “LA SECRETARIA” a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", se aplicaran para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en “LOS PROGRAMAS” a fin de contribuir con "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" a la adecuada operación del SNSP. Los recursos presupuestarios federales a los que alude la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico y los rendimientos financieros que éstos generen a que refiere el párrafo anterior, deberán ser ejercidos con cargo a las partidas de gasto autorizadas por “LA SECRETARÍA” a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” y conforme a las disposiciones jurídicas federales en materia de ejercicio y ejecución del gasto. Los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este “CONVENIO ESPECÍFICO” no podrán desviarse hacia cuentas en las que "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" maneje otro tipo de recursos ni traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 71 SEXTA. DOCUMENTOS PARA LA COMPROBACIÓN DE RECURSOS. - Los requisitos y especificaciones para el ejercicio y la comprobación de recursos ministrados a través del presente Convenio, establecidos en los Criterios para la contratación de personal con recursos de Ramo 12, 2025; y Criterios para la Comprobación del Gasto, 2025, son de carácter obligatorio para “LAS PARTES”, por lo que, en caso de incumplimiento a lo establecido en dichos Criterios, “LA SECRETARÍA” a través de sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, en observancia a lo dispuesto en la Cláusula Décima Primera del presente instrumento y conforme a sus respectivos ámbitos de competencia, podrá informar a las instancias de fiscalización federal y/o estatal dicho incumplimiento para los efectos legales a que haya lugar. SÉPTIMA. GASTOS ADMINISTRATIVOS. - “LAS PARTES" convienen en que los gastos administrativos que deriven del cumplimiento del presente instrumento jurídico deberán ser realizados por "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" con cargo a sus recursos propios. En el caso de los gastos administrativos correspondientes a la operación del SNSP correlacionados con la suscripción del “CoNaSer”, los cuales, ascienden a un monto total de $1,482,408.15 (UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHO PESOS 15/100 M.N.), serán ministrados por “LA SECRETARÍA” a través de la Dirección General de Políticas en Salud Pública a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", y se deberá observar lo establecido en los Criterios para la Comprobación del Gasto, 2025, mismos que, para tal efecto, se encuentran publicados en el “Portal SaNAS”. OCTAVA. OBLIGACIONES DE "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".- "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", adicionalmente a las obligaciones establecidas en “EL ACUERDO MARCO”, deberá: I. Informar mediante oficio y correo electrónico dirigido a “LA SECRETARÍA” a través de sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los recursos ministrados por “LA SECRETARÍA” a la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", objeto del presente Convenio, con el archivo electrónico, en formato PDF, el recibo del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), con el cual, acredite la recepción de dichos recursos, en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio. II. Aplicar la totalidad de los recursos presupuestarios federales e insumos federales a que se refiere la Cláusula Primera de este “CONVENIO ESPECÍFICO”, exclusivamente para la realización de acciones en materia de salud pública, mediante la implementación de intervenciones transversales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”, con estricta sujeción a lo establecido en el Anexo 7 del presente instrumento, por lo que, se hace responsable del ejercicio, uso, aplicación y destino de los citados recursos federales. III. Remitir por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a “LA SECRETARÍA”, a través de sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores al cierre de mes, en el cual, se hayan recibido los recursos federales que se detallan en el presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, el CFDI conforme a la normatividad aplicable y el estado de cuenta bancario en el cual, deberá identificar los rendimientos generados. Asimismo, la UNIDAD EJECUTORA deberá remitir a “LA SECRETARÍA”, a través de sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” mediante oficio, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores al cierre de mes en el cual, se realizó la recepción de la ministración por parte de la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", el estado de cuenta bancario que acredite la recepción de dichas ministraciones y deberá informar los rendimientos financieros que le hayan sido ministrados, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refieren los párrafos anteriores deberá precisar el monto de los recursos transferidos; señalar las fechas de emisión y de recepción de los recursos; precisar el nombre del programa institucional y los conceptos relativos a los recursos federales recibidos. Dicha documentación deberá remitirse en archivo electrónico CFDI, junto con los estados de cuenta bancarios que acrediten la recepción de dichos recursos. IV. Entregar a “LA SECRETARÍA”, a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, los certificados del gasto que correspondan, respecto de la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados, así como de los reintegros a la Tesorería de la Federación que realice "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", elaborados y validados por el titular de la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, o por aquel servidor público en quien éste delegue dichas funciones, conforme a la normativa aplicable en "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", de acuerdo a los formatos establecidos en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025, en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio. 72 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 V. Obtener la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este “CONVENIO ESPECÍFICO”, la cual, deberá estar a nombre de la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México y cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como con los requisitos que establezcan los Criterios para la Comprobación del Gasto, 2025, mismos que forman parte del presente instrumento. Dicha documentación comprobatoria se deberá cancelar con la leyenda “Operado”, y se identificará con el nombre de “LOS PROGRAMAS” en los que se haya efectuado el gasto, haciéndose mención expresa a que dichas erogaciones corresponden al ejercicio fiscal 2025. VI. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud por lo menos 5 años posteriores a su expedición, la documentación comprobatoria original de carácter técnico, administrativo y operativo del cumplimiento de las metas a que hace referencia el Anexo 7 del presente instrumento y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por “LA SECRETARÍA”, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle. VII. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, por lo menos 10 años a partir de la fecha de su expedición, la documentación comprobatoria y justificatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por “LA SECRETARÍA”, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle. VIII. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, la documentación comprobatoria original de los insumos federales suministrados, así como aquella que soporte su debida aplicación, entendiéndose por ésta, a la entrega de dichos insumos que realiza la unidad ejecutora a los Establecimientos de Salud que correspondan, hasta en tanto dicha documentación le sea requerida por “LA SECRETARÍA”, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle. IX. Entregar a “LA SECRETARÍA”, a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio, mediante los formatos establecidos en el Anexo 9 del presente instrumento, conforme resulte aplicable, y con los requisitos solicitados, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación del primero, segundo y tercer trimestre del ejercicio fiscal 2025 y a más tardar el 15 de marzo del 2026, el correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2025, el informe sobre: a. El avance del ejercicio de los recursos ministrados financieros ministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", señalando el nombre del Programa al que se destinan los recursos, monto de los recursos programados, ministrados comprometidos, ejercidos, reintegrados a la TESOFE y por ejercer. b. El avance en el suministro y destino de los insumos/bienes enviados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", señalando el nombre del Programa, índice, descripción del bien/descripción complementaria, fuente de financiamiento, cantidad programada, costo total estimado, cantidad real ministrada, costo total real, porcentaje de avance suministrado, pendiente por suministrar, cantidad real aplicada, porcentaje de avance aplicado y por aplicar. c. El avance de indicadores, señalando el nombre del programa, índice, actividad general, indicador, frecuencia de medición, medición de avance, meta, meta programada, presupuesto, meta realizada y porcentaje de avance. X. Entregar a “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados que tienen a cargo cada uno de “LOS PROGRAMAS”, la documentación comprobatoria que soporte la aplicación de los insumos federales suministrados, a que hace referencia la fracción VIII de la presente Cláusula. XI. Integrar la información financiera relativa a los recursos federales transferidos para la ejecución del objeto del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, en los términos previstos en el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. XII. Reportar de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos establecidos por las direcciones generales de Políticas en Salud Pública y de Epidemiología y por los centros nacionales de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva; de Prevención y Control de Enfermedades; para la Prevención y Control del VIH/SIDA y Hepatitis y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 73 XIII. Manejar adecuadamente el ciclo logístico para la conservación y distribución oportuna de los insumos federales que se le suministren con motivo de este instrumento. XIV. Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones jurídicas aplicables al ejercicio del gasto público federal, dando aviso a las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada, conforme a lo establecido en la normativa aplicable, por conducto de la UNIDAD EJECUTORA, responsable ante “LA SECRETARÍA” del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico. XV. Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos federales ministrados, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. XVI. Gestionar a través de la UNIDAD EJECUTORA, a mas tardar a los cinco (5) días hábiles de la recepción de los recursos, el inicio de los procesos de adquisición y contratación necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento jurídico e informar mensualmente mediante correo electrónico institucional a “LA SECRETARÍA” respecto del avance de los mismos, conforme a lo dispuesto en los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio. XVII. Mantener en condiciones óptimas de operación, los sistemas de red de frío para el mantenimiento de los insumos y vigilar la vigencia de los insumos federales suministrados de aplicación directa a la población de su circunscripción territorial, evitando la caducidad de los mismos. XVIII. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, una vez devengados conforme al avance del ejercicio e informar de ello en la cuenta pública de la Hacienda Pública Estatal y en los demás informes que le sean requeridos, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que en su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación se sujetará a las disposiciones federales aplicables. XIX. Verificar que todos los procedimientos referentes a la remodelación, modificación, ampliación y equipamiento de los laboratorios de referencia epidemiológica que se realicen en "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" cumplan con lo dispuesto por las leyes, reglamentos, decretos, circulares y normas de las autoridades competentes en materia de salubridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal. XX. Registrar como activos fijos, los bienes muebles que serán adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento, de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia de ejercicio, registro y contabilidad del gasto público gubernamental. XXI. Contratar con recursos de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", y mantener vigentes las pólizas de seguros y de mantenimientos preventivo y correctivo de los bienes muebles, que cubran el valor de los que sean adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento. XXII. Contratar los recursos humanos calificados para el reforzamiento de la implementación del SNSP y las intervenciones de las acciones en materia de salud pública que se encuentran inmersas en “LOS PROGRAMAS”, establecidas en el MAS-BIENESTAR, conforme a lo establecido en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico y, en su caso, proporcionarles los gastos de operación, con cargo a los recursos federales que se ministren con motivo del presente Convenio, con apego a los Lineamientos por los que se establecen las medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. XXIII. Mantener actualizada, la información relativa a los avances en el ejercicio de los resultados de los recursos transferidos, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de los resultados que se obtengan con los mismos. XXIV. Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas a indicadores y metas, establecer medidas de mejora continua para su cumplimiento a que se destinan los recursos federales ministrados. XXV. Informar sobre la suscripción de este “CONVENIO ESPECÍFICO” al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". XXVI. Publicar el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” en el órgano de difusión oficial de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". XXVII. Difundir en su página de Internet el listado de “LOS PROGRAMAS” financiados con los recursos que le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. 74 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 XXVIII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a los plazos y requisitos previstos en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, los recursos presupuestarios federales ministrados que, al 31 de diciembre de 2025, no hayan sido devengados. XXIX. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio, los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales ministrados por “LA SECRETARÍA”, e informar mensualmente a cada Unidad Administrativa u Órgano Administrativo Desconcentrado que corresponda, los rendimientos financieros generados, así como el depósito que de estos se haya realizado a dicha Tesorería, adjuntando los estados de cuenta bancarios correspondientes, así como informar a las diferentes instancias fiscalizadoras, cuando así lo requieran, el monto y fecha de dichos reintegros. En caso de realizar reintegros extemporáneos deberán realizar el cálculo y pago de cargas financieras de conformidad con lo establecido en el numeral 55 de las Disposiciones Generales en Materia de Funciones de Tesorería, debiendo entregar la documentación comprobatoria (línea de captura, recibo de pago bancario y el recibo del Pago Electrónico de Contribuciones Federales (PEC), en donde aparezca la clave de la dependencia y número de referencia) de dichos pagos a “LA SECRETARÍA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”. La autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos presupuestarios federales erogados a que se refiere la fracción VI de esta Cláusula, será responsabilidad de la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México. NOVENA. OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”. - “LA SECRETARÍA”, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, adicionalmente a las obligaciones establecidas en “EL ACUERDO MARCO”, estará obligada a: I. Ministrar los recursos presupuestarios federales a la Secretaría de Administración y Finanzas de la "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento de conformidad con el Anexo 3 de este “CONVENIO ESPECÍFICO” y notificar mediante oficio a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", la fecha de dicha ministración, en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio. II. Suministrar los insumos federales a la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento, de conformidad con lo establecido y detallado en el Anexo 6 de este “CONVENIO ESPECÍFICO”. III. Verificar que los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se ministren y suministren, respectivamente, no permanezcan ociosos y que sean destinados únicamente para la realización de acciones en materia de salud pública, mediante la implementación de intervenciones transversales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”, a que se refiere la Cláusula Primera de este “CONVENIO ESPECÍFICO”, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias de fiscalización federales. IV. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" para cumplir con el objeto para el cual, serán destinados los recursos presupuestarios federales ministrados, observando en materia de contratación de recursos humanos lo establecido en los Criterios para la contratación de personal con recursos de Ramo 12, 2025. V. Proporcionar la asesoría técnica necesaria, cuando sea requerida, a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" a fin de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, en los tiempos y para la prestación de los servicios relacionados con las materias de salubridad general. VI. Practicar, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento , las cuales podrán ser virtuales o presenciales y serán coordinadas por la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional conforme al calendario que, para tal efecto se establezca, como mecanismo para asegurar la aplicación de los recursos federales ministrados y el cumplimiento del objeto del presente instrumento, sin perjuicio de que las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados puedan realizar visitas de supervisión o reuniones de seguimiento de carácter técnico, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 de la Clausula Tercera del presente instrumento. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 75 VII. Aplicar, las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informar, a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, a la Auditoria Superior de la Federación, a la Secretaría de la Contraloría estatal o equivalente de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", así como a la Dirección General de Programación y Presupuesto de “LA SECRETARÍA” y, ésta a su vez, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los casos en que: a) Se determine suspender o cancelar la ministración de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio y b) Se determine el reintegro a la Tesorería de la Federación los recursos federales que se hayan ministrado a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". VIII. Informar en la cuenta pública de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”. IX. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento, mediante los formatos de Informes Trimestrales a que hace referencia la fracción IX de la Cláusula Octava del presente instrumento, en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio. X. Realizar, en el ámbito de su competencia, la vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento serán ministrados y suministrados, respectivamente, a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de verificación, control, evaluación y fiscalización a que hace referencia la Cláusula Décima Primera del presente instrumento. XI. Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas a indicadores y metas, establecer medidas de mejora continua para su cumplimiento a que se destinan los recursos federales ministrados. XII. Emitir a más tardar el 15 de marzo de 2026, mediante el formato establecido en el Anexo 10 del presente instrumento jurídico, el Acta de Conciliación de Insumos. Dicha Acta se generará, siempre y cuando existan diferencias entre las cantidades de insumos e importes programados en el presente convenio y los insumos ministrados por las Unidades Administrativas y/o Órganos Administrativos Desconcentrados a las entidades federativas, conforme a las remisiones y/o los documentos oficiales con los que se acredite la entrega de insumos, en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio. XIII. Emitir, a más tardar el 15 de abril de 2026, mediante el formato establecido en el Anexo 10 del presente instrumento jurídico, la Constancia de Cierre de Presupuesto, una vez que la "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", haya concluido con la comprobación de los recursos ejercidos y, en su caso, con el reintegro de los no comprobados, en los plazos señalados en el presente instrumento, en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio. XIV. Designar a las personas servidoras públicas responsables de asistir a las personas Titulares de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, y de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados en las acciones de seguimiento necesarias para el cumplimiento de las obligaciones del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”. XV. Informar sobre la suscripción de este “CONVENIO ESPECÍFICO”, a la Auditoría Superior de la Federación. XVI. Publicar el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” en el Diario Oficial de la Federación. XVII. Difundir en su página de Internet el listado de “LOS PROGRAMAS” financiados con los recursos que le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. DÉCIMA - DE LA COOPERACIÓN TÉCNICA Y SEGUIMIENTO AL PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO Y AL PROGRAMA PRESUPUESTARIO” - La “UNIDAD TÉCNICA” tendrá la obligación de entregar mediante oficio dirigido al Titular de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional la información correspondiente al grado de avance y cumplimiento de objetivos, estrategias, líneas de acción, actividades e indicadores establecidos en el Programa de Acción Específico y en el programa presupuestario, según corresponda, para su respectivo seguimiento, teniendo como fecha límite el 15 de abril de 2026. Asimismo, la “UNIDAD TÉCNICA” deberá proporcionar la cooperación técnica que, en su caso, les sea requerida por "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", conforme al ámbito de sus respectivas competencias. 76 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 DÉCIMA PRIMERA.ACCIONES DE CONTROL, VIGILANCIA, SUPERVISIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos que ministre “LA SECRETARÍA” a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" con motivo del presente instrumento no pierden su carácter federal, por lo que el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación, corresponderá a “LA SECRETARÍA”, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las instancias de fiscalización federales que correspondan en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación que, en coordinación con las instancias de fiscalización federales, realicen los órganos de fiscalización de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" y se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto público federal. El control y la fiscalización de dichos recursos quedarán a cargo de las autoridades federales y locales, en sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. Cuando las autoridades federales o locales que participen en la ejecución del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos no han sido aplicados a los fines que se señalan en el presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, de la Contraloría Estatal y/o equivalente y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación. En el caso de que “EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” incumpla con cualquiera de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico y/o aquellas legalmente establecidas, “LA SECRETARIA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, dará aviso a los Órganos Fiscalizadores competentes, para su intervención y se solicitará el reintegro, a la Tesorería de la Federación, de recursos transferidos no devengados ni comprobados, así como los rendimientos financieros generados y en su caso el pago de cargas financieras, de acuerdo a las disposiciones normativas aplicables. “LAS PARTES” acuerdan la creación de un Grupo de Trabajo Técnico, en adelante, “GTT”, cuyo propósito será revisar, analizar, proponer y dictaminar, de manera colegiada las adecuaciones en los términos y condiciones que se incluyen en los anexos relacionados con este Convenio, con la finalidad de identificar áreas de oportunidad que privilegien la transversalidad, la integralidad y transparencia en las operaciones sustantivas derivadas de “LOS PROGRAMAS” que son administrados por las diferentes Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados integrantes del presente instrumento jurídico, y que eventualmente pudieran derivar la necesidad de realizar modificaciones en la asignación y distribución de los recursos federales. El “GTT” estará integrado por las y los titulares y/o encargados de despacho de las “LAS PARTES” o a quienes se designen con base en la normatividad aplicable, debiendo contar con capacidad para el análisis y toma de decisiones. Su composición deberá incluir, al menos, un representante de cada una “LAS PARTES”. De manera enunciativa, más no limitativa, las funciones que deberá llevar a cabo el “GTT” son las siguientes: 1. Identificar, clasificar e integrar, los datos e información de las instancias involucradas en este Convenio que le permitan cumplir el propósito. 2. Definir, diseñar e implementar un programa de trabajo que articule las actividades del “GTT” durante la vigencia del presente instrumento, estableciendo plazos, objetivos específicos, alcance y reglas de operación del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”. 3. Realizar análisis y deliberaciones técnicas, operativas, normativas y administrativas de manera proactiva, de tal manera que esto contribuya en la mejora continua de las operaciones, que a su vez deriven en la optimización en el uso de los recursos públicos involucrados. 4. Revisar, analizar y dictaminar las solicitudes de adecuaciones programáticas que para tal efecto pudieran emitir “LAS PARTES”, así como los posibles cambios administrativos necesarios para garantizar la consolidación y continuidad operativa o atención de necesidades en materia de salud pública detectadas derivado de la operación en las entidades federativas o la atención de urgencias y/o emergencias de salud. 5. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este “CONVENIO ESPECÍFICO”, asegurando que la comprobación del gasto se realice conforme a la normativa vigente y dentro de los plazos estipulados. 6. Fortalecer el monitoreo del ejercicio del gasto, mediante la elaboración de informes periódicos e informes de evaluación intermedia, que sirvan de base para ajustar oportunamente la asignación de recursos conforme al objeto del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 77 7. Actualizar, de manera periódica, el programa de trabajo que regule sus actividades, las cuales incluirán mecanismos de seguimiento y evaluación intermedia, permitiendo la toma de decisiones informadas durante la vigencia del Convenio. 8. Presentar las propuestas de mejora y optimización de los recursos al Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, a efecto de que, en el ámbito de la coordinación del proceso de análisis, planeación, programación, presupuestación y propuesta de mecanismos, conforme a la normatividad vigente, para alinear y optimizar los recursos asignados a las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados y órganos, bajo su adscripción, se determinen las directrices respectivas a efecto de que el “GTT” acuerde los medidas de su implementación y comunicación a “LAS PARTES” para su debido cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”. 9. Atender las asignaciones específicas que pudiera emitir el Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional con el fin de solventar situaciones contingentes potenciales en la operación territorial en las entidades federativas. Las decisiones y recomendaciones emitidas por el “GTT”, una vez debidamente consensuadas entre “LAS PARTES”, serán de carácter vinculante y deberán ser implementadas, en forma inmediata o en los plazos que se establezcan, con el fin de optimizar el uso de los recursos y asegurar la continuidad operativa de “LOS PROGRAMAS” en los plazos que acuerden “LAS PARTES” y con base en la normatividad aplicable. DÉCIMA SEGUNDA. - DE LA CONTRATACIÓN DE RECURSOS HUMANOS.- “LAS PARTES” acuerdan que la contratación de recursos humanos se realizará para el reforzamiento de las acciones en materia de salud pública consideradas en el MAS-BIENESTAR que contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en ”LOS PROGRAMAS” y a su adecuada operación como parte del SNSP conforme a lo establecido en los “Criterios para la contratación de personal con recursos de Ramo12, 2025”, mismos que, para tal efecto, se encuentran publicados en el “Portal SaNAS”. DÉCIMA TERCERA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por “LAS PARTES”, que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. DÉCIMA CUARTA. VIGENCIA. - El presente “CONVENIO ESPECÍFICO” comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025. La conclusión de la vigencia del presente instrumento jurídico no exime las obligaciones de comprobación, envío de documentación (estados de cuenta bancarios, notificación del cierre de la cuenta bancaria aperturada para el ejercicio fiscal, cierre del ejercicio) y/o reintegro a cargo de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES AL CONVENIO. - “LAS PARTES” acuerdan que el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". En caso de contingencias para la realización de las acciones en materia de salud pública e implementación de intervenciones transversales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”, previstos en este instrumento, “LAS PARTES” acuerdan tomar las medidas necesarias que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas acordadas serán formalizadas mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DÉCIMA SEXTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN. - El presente “CONVENIO ESPECÍFICO” podrá darse por terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en “EL ACUERDO MARCO”. DÉCIMA SÉPTIMA. CAUSAS DE RESCISIÓN. - El presente “CONVENIO ESPECÍFICO” podrá rescindirse administrativamente en su totalidad, o bien, de forma parcial, por cada una de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados en lo concerniente a “LOS PROGRAMAS” que les corresponda, por las siguientes causas: 78 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 I. Por la falta de entrega de la información, reportes y demás documentos dentro de los plazos establecidos en este Convenio. II. Cuando se determine que los recursos presupuestarios y/o insumos federales permanecen ociosos o que se utilizaron con fines distintos a los previstos en el presente instrumento. III. Por incumplimiento de alguna de las partes a las obligaciones contraídas en el mismo. DÉCIMA OCTAVA. - OBLIGATORIEDAD DEL ACUERDO MARCO. - Para el cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, "LAS PARTES” convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de “EL ACUERDO MARCO”, cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente instrumento como si a la letra se insertasen, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. Estando enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, lo firman por cuadruplicado a los 28 días del mes de marzo del año 2025. ANEXO 1 CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO POR CONDUCTO DE "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de “LA SECRETARÍA”: 1 Dr. Ramiro López Elizalde Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud 2 Dra. Adriana Stanford Camargo Directora de Evidencia en Salud de la Dirección General de Políticas en Salud Pública 3 Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández Director General De Epidemiología 4 Dra. Estrella Albarrán Suárez Directora para la Prevención de Accidentes del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes 5 Lic. Teresa Ramos Arreola Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva 6 Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades 7 Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA 8 Dr. Daniel Aceves Villagrán Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia 9 Lic. Nérida Rodríguez Mejía Coordinadora Administrativa del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea 10 Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones Nota: En observancia a lo dispuesto en el artículo SEXTO transitorio del Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, publicado en el DOF el 27 de febrero de 2025, las referencias y facultades previstas en los nombramientos que se adjuntan al presente, se entenderán hechas y atribuidas a las Unidades Responsables competentes que cambiaron de denominación de conformidad con lo señalado en el Reglamento de referencia. Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO": 1 Dra. Nadine Flora Gasman Zylbermann Titular de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México 2 Lic. Juan Pablo de Botton Falcón Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 79 Ramiro López Elizalde Presente. Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 89, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, he tenido a bien nombrarlo, como: Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud. Con las atribuciones y facultades legales y administrativas inherentes a su cargo, debiendo desempeñar su mandato con responsabilidad, compromiso y amor al pueblo. Rúbrica. Ciudad de México, a 1 de octubre de 2024. 80 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 SALUD SECRETARÍA DE SALUD Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. C-124/2014 C. ADRIANA STANFORD CAMARGO P R E S E N T E Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4 segundo párrafo, 33 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 5 fracción II, inciso a) de su Reglamento, y artículo 29 Fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, tengo a bien nombrarle: DIRECTORA DE EVIDENCIA EN SALUD Con el rango de Dirección de Área, con código 12-310-1-CFMB002-0000024-E-C-C, puesto adscrito a la Dirección General de Promoción de la Salud, a partir del día 16 de marzo de 2014. “Mérito e Igualdad de Oportunidades” México, D.F., a 16 de marzo de 2014. Rúbrica. Lic. Maximina Graciela Romero Monroy Directora General de Recursos Humanos Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 81 Salud Secretaría de Salud Nombramiento No. DD-001/2025 Código 12-316-1-M1C026P-0000903-E-X-V C. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ P r e s e n t e. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XVII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado B, fracción XVII Bis y 7, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo: DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de designación directa, rango de Dirección General, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 01 de enero de 2025. EL SECRETARIO DE SALUD Rúbrica. DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ 82 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 SALUD Nombramiento No. C-057/2023 C. ESTRELLA ALBARRAN SUAREZ P r e s e n t e Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, párrafo segundo y 33 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 5, fracción II, inciso a), 6 y 41 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; y 29, fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarle: DIRECTORA PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de carrera titular, rango de Dirección de Área, código 12-315-1-M1C017P-0000018-E-C-C, adscrita al Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 01 de julio de 2023. DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN Rúbrica. LIC. ANALI SANTOS AVILES Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 83 Salud Secretaría de Salud Nombramiento No. LD-003/2025 Código 12-L00-1-M1C029P-0000066-E-L-V C. TERESA RAMOS ARREOLA P r e s e n t e. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XVIII y 91 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C, fracción II y 7, fracciones XV, XXIV Y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 204, fracción III, inciso a) y 214 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarla: DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de libre designación, rango de Dirección General, adscrita a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 01 de enero de 2025. EL SECRETARIO DE SALUD Rúbrica. DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ 84 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Salud Secretaría de Salud Nombramiento No. LD-033/2024 Código 12-OD0-1-M1C029P-0000531-E-L-V C. RAFAEL RICARDO VALDEZ VÁZQUEZ P r e s e n t e. Con fundamento en los artículos 2, fracción XVIII y 91 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C, fracción VII y 7, fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 204, fracción I, inciso b), subinciso ii y 214 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo: DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 01 de octubre de 2024. EL SECRETARIO DE SALUD Rúbrica. DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 85 Salud Secretaría de Salud Nombramiento No. LD-034/2024 Código 12-K00-1-M1C029P-0000042-E-L-C C. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ P r e s e n t e. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XVIII y 91 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C, fracción VIII y 7, fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 204, fracción III, inciso a), y 214 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo: DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 16 de octubre de 2024. EL SECRETARIO DE SALUD Rúbrica. DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ 86 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Salud Secretaría de Salud Nombramiento No. LD-034/2024 Código 12-R00-1-M1C029P-0000059-E-L-V C. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN P r e s e n t e. Con fundamento en los artículos 2, fracción XVIII y 91 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C, fracción IX y 7, fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 204, fracción I, inciso b), subinciso ii y 214 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo: DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 01 de octubre de 2024. EL SECRETARIO DE SALUD Rúbrica. DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 87 FUNCIÓN PÚBLICA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Oficina del Secretario Oficio SFP/100/117/2024 México, Ciudad de México, a 1 de marzo de 2024 Nérida Rodríguez Mejía P r e s e n t e De conformidad con el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 03 de mayo de 2023, el cual atribuyó a la Secretaría de la Función Pública nuevas facultades; entre otras, la de designar y, en su caso, remover a las personas titulares de las Unidades de Administración y Finanzas, y equivalentes, de las dependencias, incluidos las de sus órganos administrativos desconcentrados. Al respecto, hago de su conocimiento que he tenido a bien designarla como Coordinadora Administrativa del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, a partir del 1 de marzo de 2024, con todas las atribuciones que le corresponde como Titular de dicho encargo. Lo anterior se fundamenta en los artículos 37, fracción XII Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 10, fracciones I, III y XIV y 11, fracción V, inciso g), del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el DOF el 4 de septiembre de 2023. Atentamente El Secretario Rúbrica. Roberto Salcedo Aquino C.c.p. Dr. Jorge Alcocer Varela, Secretario de Salud. Para su conocimiento. Presente. Lic. Thalía Concepción Lagunas Aragón, Subsecretaria de la Función Pública. Para su conocimiento. Presente. Dr. Jorge Enrique Trejo Gómora, Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea. Para su conocimiento. Lic. Ramón Montaño Cuadra, Jefe de la Unidad de Gobierno de Unidades de Administración y Finanzas en la Secretaría de la Función Pública. Para su conocimiento. Mtro. Marco Vinicio Gallardo Enríquez, Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Salud. Para su conocimiento. JDMH/JAAA/DLCB 88 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Salud Secretaría de Salud Nombramiento No. DD-010/2024 Código 12-Y00-1-M1C030P-0000002-E-X-A C. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ P r e s e n t e. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XVII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, Sexto del Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud y 7, fracción XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo: TITULAR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de Designación Directa, rango de Titular de Unidad, adscrito a las Oficinas Directas del Secretario. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 16 de octubre de 2024. EL SECRETARIO DE SALUD Rúbrica. DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 89 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO CAPITAL DE LA TRANSFORMACIÓN Ciudad de México, a 05 de octubre de 2024 Ciudadana Nadine Flora Gasman Zylbermann Presente Con las facultades que me confiere el Artículo 32, Apartado C, Numeral 1, Inciso c) de la Constitución Política de la Ciudad de México, tengo a bien nombrarla titular de la Secretaría de Salud Con las atribuciones y facultades tanto legales como administrativas inherentes a su cargo, debiendo desempeñarlo con honradez, eficiencia y el más alto sentido del deber, trabajando siempre por el bien de la ciudad y sus habitantes. Atentamente Rúbrica. Lic. Clara Marina Brugada Molina Jefa de Gobierno de la Ciudad de México 90 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO CAPITAL DE LA TRANSFORMACIÓN Ciudad de México, a 16 de noviembre de 2024 Ciudadana Nadine Flora Gasman Zylbermann Presente Con las facultades que me confiere el Artículo 32, Apartado C, Numeral 1, Inciso c) de la Constitución Política de la Ciudad de México, tengo a bien nombrarla titular de los Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México Con las atribuciones y facultades tanto legales como administrativas inherentes a su cargo, debiendo desempeñarlo con honradez, eficiencia y el más alto sentido del deber, trabajando siempre por el bien de la ciudad y sus habitantes. Atentamente Rúbrica. Lic. Clara Marina Brugada Molina Jefa de Gobierno de la Ciudad de México Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 91 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO CAPITAL DE LA TRANSFORMACIÓN Ciudad de México, a 05 de octubre de 2024 Ciudadano Juan Pablo de Botton Falcón Presente Con las facultades que me confiere el Artículo 32, Apartado C, Numeral 1, Inciso c) de la Constitución Política de la Ciudad de México, tengo a bien nombrarlo titular de la Secretaría de Administración y Finanzas Con las atribuciones y facultades tanto legales como administrativas inherentes a su cargo, debiendo desempeñarlo con honradez, eficiencia y el más alto sentido del deber, trabajando siempre por el bien de la ciudad y sus habitantes. Atentamente Rúbrica. Lic. Clara Marina Brugada Molina Jefa de Gobierno de la Ciudad de México 92 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 ANEXO 2 Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública. Ciudad de México MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 0.00 123,861,784.60 123,861,784.60 E036 Programa de vacunación 0.00 123,861,784.60 123,861,784.60 1 Vacunación Universal 0.00 123,861,784.60 123,861,784.60 1 Vacunación Universal VA010 0.00 123,861,784.60 123,861,784.60 Total 1 0.00 123,861,784.60 123,861,784.60 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS 7,763,546.00 24,902,101.65 32,665,647.65 P016 Prevención y atención del VIH, sida y otras ITS 7,763,546.00 24,902,101.65 32,665,647.65 1 VIH y otras ITS 7,763,546.00 22,932,901.89 30,696,447.89 1 VIH y otras ITS VH030 7,763,546.00 22,932,901.89 30,696,447.89 Total 1 7,763,546.00 22,932,901.89 30,696,447.89 2 Virus de hepatitis C 0.00 1,969,199.76 1,969,199.76 2 Virus de hepatitis C VH030 0.00 1,969,199.76 1,969,199.76 Total 2 0.00 1,969,199.76 1,969,199.76 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA 14,826,670.15 0.00 14,826,670.15 P018 Prevención y control de enfermedades 3,783,300.00 0.00 3,783,300.00 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 3,783,300.00 0.00 3,783,300.00 1 Comunidades y municipios CS010 3,783,300.00 0.00 3,783,300.00 Total 1 3,783,300.00 0.00 3,783,300.00 U008 Prevención y Control de Sobrepeso, Obesidad y Diabetes 11,043,370.15 0.00 11,043,370.15 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 11,043,370.15 0.00 11,043,370.15 2 Estilos de vida saludables OB010 7,906,598.00 0.00 7,906,598.00 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos OB010 250,208.00 0.00 250,208.00 5 Personas en Movilidad OB010 1,404,156.00 0.00 1,404,156.00 6 SNSP OB010 1,482,408.15 0.00 1,482,408.15 Total 1 11,043,370.15 0.00 11,043,370.15 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 93 Ciudad de México MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 28,968,676.00 1,864,708.30 30,833,384.30 P018 Prevención y control de enfermedades 0.00 1,864,708.30 1,864,708.30 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes 0.00 610,655.00 610,655.00 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes EE070 0.00 610,655.00 610,655.00 Total 1 0.00 610,655.00 610,655.00 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 0.00 1,134,505.63 1,134,505.63 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) EE060 0.00 1,134,505.63 1,134,505.63 Total 3 0.00 1,134,505.63 1,134,505.63 4 Emergencias en Salud 0.00 119,547.67 119,547.67 4 Emergencias en Salud EE010 0.00 119,547.67 119,547.67 Total 4 0.00 119,547.67 119,547.67 U008 Prevención y Control de Sobrepeso, Obesidad y Diabetes 22,918,120.00 0.00 22,918,120.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 19,108,440.00 0.00 19,108,440.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas OB010 19,108,440.00 0.00 19,108,440.00 Total 7 19,108,440.00 0.00 19,108,440.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3,809,680.00 0.00 3,809,680.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento OB010 3,809,680.00 0.00 3,809,680.00 Total 8 3,809,680.00 0.00 3,809,680.00 U009 Vigilancia epidemiológica 6,050,556.00 0.00 6,050,556.00 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos 4,800,538.00 0.00 4,800,538.00 1 Paludismo EE020 680,280.00 0.00 680,280.00 5 Dengue EE020 4,120,258.00 0.00 4,120,258.00 Total 2 4,800,538.00 0.00 4,800,538.00 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 502,280.00 0.00 502,280.00 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) EE060 502,280.00 0.00 502,280.00 Total 3 502,280.00 0.00 502,280.00 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas 62,100.00 0.00 62,100.00 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de EE060 62,100.00 0.00 62,100.00 94 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Ciudad de México MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) NO. UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES INSUMOS FEDERALES TOTAL Enfermedades Respiratorias Crónicas Total 6 62,100.00 0.00 62,100.00 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 685,638.00 0.00 685,638.00 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales EE080 685,638.00 0.00 685,638.00 Total 9 685,638.00 0.00 685,638.00 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA 40,285,519.51 44,191,030.01 84,476,549.52 P020 Salud materna, sexual y reproductiva 40,285,519.51 44,191,030.01 84,476,549.52 1 Salud Sexual y Reproductiva 40,285,519.51 44,191,030.01 84,476,549.52 1 SSR para Adolescentes SR040 21,488,489.09 140,259.80 21,628,748.89 2 PF y Anticoncepción SR030 7,347,308.00 2,482,756.74 9,830,064.74 3 Salud Materna MJ070 5,410,327.82 35,368,498.52 40,778,826.34 4 Salud Perinatal MJ080 2,645,843.10 4,006,630.00 6,652,473.10 5 Aborto Seguro SR050 1,650,388.00 2,141,284.95 3,791,672.95 6 Violencia de Género PG030 1,743,163.50 51,600.00 1,794,763.50 Total 1 40,285,519.51 44,191,030.01 84,476,549.52 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA 2,792,741.00 0.00 2,792,741.00 U009 Vigilancia epidemiológica 2,792,741.00 0.00 2,792,741.00 1 Vigilancia Epidemiológica 2,792,741.00 0.00 2,792,741.00 1 Vigilancia Epidemiológica EE030 2,792,741.00 0.00 2,792,741.00 Total 1 2,792,741.00 0.00 2,792,741.00 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 992,600.35 0.00 992,600.35 P018 Prevención y control de enfermedades 992,600.35 0.00 992,600.35 1 Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial 992,600.35 0.00 992,600.35 1 Seguridad Vial AC010 305,900.00 0.00 305,900.00 2 PA en Grupos Vulnerables AC020 405,000.00 0.00 405,000.00 3 Modelo de Atención Médica Prehospitalaria AC030 281,700.35 0.00 281,700.35 Total 1 992,600.35 0.00 992,600.35 Total general 95,629,753.01 194,819,624.56 290,449,377.57 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 95 ANEXO 3 RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”. De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $ 95,629,753.01 ( NOVENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS 01/100 M.N.), los cuales se radicarán a la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA” conforme al siguiente calendario. Calendario (Pesos) MINISTRACIÓN Mes MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN Primera 15 de Julio 47,573,895.63 Segunda 31 de Julio 48,055,857.38 GRAN TOTAL 95,629,753.01 Calendario Primera Ministración. Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa Presupuestario y Programa de Acción Específico. (Pesos) 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud Comunidades y municipios P018 15 de julio 1,232,350.00 Total Comunidades y municipios 1,232,350.00 Estilos de vida saludables U008 15 de julio 3,835,062.12 Total Estilos de vida saludables 3,835,062.12 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos U008 15 de julio 169,506.00 Total Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos 169,506.00 Personas en Movilidad U008 15 de julio 1,248,156.00 Total Personas en Movilidad 1,248,156.00 SNSP U008 15 de julio 896,646.38 Total SNSP 896,646.38 Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 7,381,720.50 Total 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA 7,381,720.50 96 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Salud Sexual y Reproductiva Aborto Seguro P020 15 de julio 464,888.00 Total Aborto Seguro 464,888.00 PF y Anticoncepción P020 15 de julio 3,243,568.00 Total PF y Anticoncepción 3,243,568.00 Salud Materna P020 15 de julio 254,259.00 Total Salud Materna 254,259.00 Salud Perinatal P020 15 de julio 464,804.10 Total Salud Perinatal 464,804.10 SSR para Adolescentes P020 15 de julio 2,357,419.34 Total SSR para Adolescentes 2,357,419.34 Violencia de Género P020 15 de julio 788,419.33 Total Violencia de Género 788,419.33 Total Salud Sexual y Reproductiva 7,573,357.77 Total L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA 7,573,357.77 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA Vigilancia Epidemiológica Vigilancia Epidemiológica U009 15 de julio - Total Vigilancia Epidemiológica - Total Vigilancia Epidemiológica - Total 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA - K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS VIH y otras ITS VIH y otras ITS P016 15 de julio 7,763,546.00 Total VIH y otras ITS 7,763,546.00 Total VIH y otras ITS 7,763,546.00 Total K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS 7,763,546.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 97 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial Modelo de Atención Médica Prehospitalaria P018 15 de julio 234,825.35 Total Modelo de Atención Médica Prehospitalaria 234,825.35 PA en Grupos Vulnerables P018 15 de julio - Total PA en Grupos Vulnerables - Seguridad Vial P018 15 de julio - Total Seguridad Vial - Total Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial 234,825.35 Total 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 234,825.35 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos Dengue U009 15 de julio 3,735,258.00 Total Dengue 3,735,258.00 Paludismo U009 15 de julio 680,280.00 Total Paludismo 680,280.00 Total Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos 4,415,538.00 Enfermedades Cardiometabólicas Enfermedades Cardiometabólicas U008 15 de julio 15,503,390.00 Total Enfermedades Cardiometabólicas 15,503,390.00 Total Enfermedades Cardiometabólicas 15,503,390.00 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales U009 15 de julio 673,638.00 Total Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 673,638.00 Total Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 673,638.00 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento U008 15 de julio 3,463,500.00 Total Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3,463,500.00 Total Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3,463,500.00 98 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas U009 15 de julio 62,100.00 Total Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas 62,100.00 Total Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas 62,100.00 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) U009 15 de julio 502,280.00 Total Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 502,280.00 Total Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 502,280.00 Total O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 24,620,446.00 GRAN TOTAL 47,573,895.62 El calendario detallado a nivel unidad responsable, programa de acción específico y componente de la segunda ministración que se realizará el 31 de julio y estará sujeta a lo establecido en el quinto y sexto párrafo numerales 3 y 4 de la cláusula DÉCIMA PRIMERA de este “CONVENIO ESPECÍFICO” y del cumplimiento de las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto, con base en el dictamen que de forma colegiada el “GTT” emita y formará parte integral del presente “CONVENIO ESPECIFICO”. Calendario Segunda Ministración. Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario. (Pesos) PROGRAMA PRESUPUESTARIO MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN P018 Prevención y control de enfermedades 3,308,725.00 31 de julio 3,308,725.00 P020 Salud materna, sexual y reproductiva 32,712,161.74 31 de julio 32,712,161.74 U008 Prevención y Control de Sobrepeso, Obesidad y Diabetes 8,845,229.65 31 de julio 8,845,229.65 U009 Vigilancia epidemiológica 3,189,741.00 31 de julio 3,189,741.00 GRAN TOTAL SEGUNDA MINISTRACIÓN 48,055,857.38 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 99 ANEXO 4 Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1 Comunidades y municipios 3.1.1 21401 Toner | Juego de Toner 4 colores, 2juegos por JS y 2 Estatales 10,000.0000 34.00 340,000.00 0.00 1 Comunidades y municipios 2.1.1 26102 Gasolina | Traslado ida y vuelta para la realización de 3 visitas al municipio para la instalación CMS, talleres intersectoriales de planeación, PTMSP y reuniones CMS. 27.0000 10.00 270.00 0.00 1 Comunidades y municipios 2.1.1 26102 Gasolina | Traslado ida y vuelta para la realización de dos visitas de supervisión al año por jurisdicción o distrito de salud por parte del nivel estatal para evaluar los procesos de comunidades y municipios. 27.0000 10.00 270.00 0.00 1 Comunidades y municipios 6.1.1 26102 Gasolina | Traslado ida y vuelta para la realización de una visita a los municipios para realizar la sensibilización de autoridades municipales. 27.0000 10.00 270.00 0.00 1 Comunidades y municipios 3.1.1 33604 Servicios de impresión | Materiales impresos para apoyar las acciones de salud pública a nivel comunitario (jurisdicciones o distritos de salud) 45,000.0000 16.00 720,000.00 0.00 1 Comunidades y municipios 3.1.1 33604 Servicios de impresión | Materiales impresos para apoyar las acciones de salud pública a nivel comunitario: lonas, material didáctico, reconocimientos, etiquetas, placas (nivel estatal) 25,000.0500 1.00 25,000.05 0.00 1 Comunidades y municipios 4.1.1 33903 Jornada Nacional de Salud Pública | Realizar Jornada Nacional de Salud Pública con la participación de los programas de Salud Pública en todas las Jurisdicciones Sanitarias 100,000.0000 16.00 1,600,000.00 0.00 1 Comunidades y municipios 1.1.1 33903 Evento Red Municipios | Un servicio integral para la realización del evento de instalación de la Red Estatal de Municipios por la Salud 15,000.0000 1.00 15,000.00 0.00 1 Comunidades y municipios 3.1.1 51501 Equipo de cómputo | Equipo Multifuncional láser, USB, Ethernet, WiFi, resolución escaneo óptico 1200 x 1200 dpi (1 por Jurisdicción Sanitaria y 1 Entidad) 11,232.3500 17.00 190,949.95 0.00 2 Estilos de vida saludables 1.1.1 33903 Evento Salud Escolar | Servicio para la Capacitación de Salud Escolar 98,755.0000 7.00 0.00 691,285.00 2 Estilos de vida saludables 1.1.1 33604 Servicios de impresión | Manual para certificación de escuelas, 1 por promotor 350.0000 16.00 0.00 5,600.00 2 Estilos de vida saludables 1.1.1 33604 Servicios de impresión | Lonas 200.0000 16.00 0.00 3,200.00 2 Estilos de vida saludables 1.1.1 51501 Equipo de cómputo | Equipo de computo Lap Top, 1 por jurisdicción 18,000.0000 16.00 0.00 288,000.00 100 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 2 Estilos de vida saludables 2.2.1 21701 Materiales y suministros para planteles educativos | (Rueda Giratoria de 12 Pulgadas para Premios, Rueda de Premios de Mesa con Marcadores de Borrado en Seco y Borrador, Rueda Giratoria Editable para Fortune Spinning Game Carnival YPX)Sanitarias, 5 para personal nivel central) 2,000.0000 17.00 0.00 34,000.00 2 Estilos de vida saludables 2.2.1 21701 Materiales y suministros para planteles educativos | Juego Educativo “Camino hacia una Lactancia Exitosa” 5,600.0000 17.00 0.00 95,200.00 2 Estilos de vida saludables 2.2.1 21701 Materiales y suministros para planteles educativos | Juego Correcto Uso del Condón – Línea 3: Triple Protección. 5,200.0000 17.00 0.00 88,400.00 2 Estilos de vida saludables 2.2.1 51501 Bienes informáticos | Asus Zenbook S 14 OLED UX5406SA-PZ334W 32 GB RAM 1 TB SSD 67,500.0000 4.00 0.00 270,000.00 2 Estilos de vida saludables 2.2.1 37501 Viáticos | Viáticos para visitas a entornos laborales (4 visitas al año) 320.0000 1.00 0.00 320.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 51501 Bienes informáticos | Equipo Lap Top, 1 por jurisdicción para Responsables de promoción de la salud y 2 para Nivel central 18,000.0000 18.00 0.00 324,000.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 51501 Bienes informáticos | Silla Descripción adicional: Silla plegable plástico duro blanco, de polietileno, de 18 ½ pulgadas de ancho x 20 ½ pulgadas de profundidad y 34 ½ pulgadas de alto, armazón de uso pesado, respaldo de 2 de grosor resguardo de PS (40 SILLAS POR JURISDICCIÓN) y ( 60 SILLAS PARA NIVEL CENTRAL) 1,350.0000 700.00 0.00 945,000.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 51501 Bienes informáticos | Mesa Descripción adicional: Tablón plegable de madera 235 cm de largo, 75 cm de ancho y 74 cm de alto con borde laminado, cubierta solida de 5/8 pulgadas de grosor, travesaños de acero, patas resistentes calibre 18. RESGUARDO (4 MESAS POR JURISDICCIÓN) y ( 6 MESAS PARA NIVEL CENTRAL) 3,000.0000 70.00 0.00 210,000.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 51501 Bienes informáticos | Modulo desarmable Descripción adicional: Carpas Tipo dos aguas, Carpa de aluminio de 3 x 3 mts. con toldo personalizado rompevientos e impermeable 3 paredes laterales para carpa de 3 x 3 mts. con la leyenda salud en tú vida , incluye 2 banner con soporte metálico de 180 x 80 cms. con leyendas del programa y “salud en tú vida”.. (4 CARPAS POR JUSRIDICCIÓN) y (6 CARPAS PARA NIVEL CENTRAL) 7,984.2900 70.00 0.00 558,900.30 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 52101 Equipos y aparatos audiovisuales | Amplificador de señal de audio (eq. de com., cinemat. o fotograf.) Descripción adicional:Bocina Vortex 15 con tripie, control remoto y micrófono (4 Bocinas por jurisdicción) y (6 bocinas para Nivel 2,500.0000 70.00 0.00 175,000.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 37501 Viáticos | Viáticos para brigadas 1 promotor 340.7000 1.00 0.00 340.70 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 101 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 52101 Equipos y aparatos audiovisuales | Megafonos recargables 1,500.0000 40.00 0.00 60,000.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 51501 Bienes informáticos | Proyector de alta luminosidad SOLO SE AUTOIZAN 18 2 PARA CENTRAL Y 16 PARA CADA JURISDICCIÓN PARA ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN DE ENTORNOS ESCOLARES Y LABORALES 30,000.0000 18.00 0.00 540,000.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 21701 Materiales y suministros para planteles educativos | Kit de materiales para trabajo en entornos laborales: modelos educativos de frutas, verduras en cartón (nutrikit comida mexicana 70 réplicas con velcro), con cinta métrica seca (16 kits 1 por JS y 2 3,500.0000 18.00 0.00 63,000.00 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos 1.3.1 59101 Software | Software (Licencia de Plataforma de Escucha Social Digital) 21,999.9400 1.00 21,999.94 0.00 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos 1.3.1 59101 Software | Licencias (software)incorporar 2 licencias más (hoot suite) y (answer public) 17+2 1,045.8800 17.00 17,779.96 0.00 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos 1.3.1 33604 Servicios de impresión | Impresión de cartillas de 0-9 años, 10-19 años, 20-59 años, mujer 20-59 años, hombre 20-59 años y 60 y más de 120 cm de altura x 90 cm de largo, con caballete para demostración a 1.70 mes de alto. (18 impresiones de cada una) 454.6900 90.00 40,922.10 0.00 5 Personas en Movilidad 1.1.1 33903 Evento movilidad humana | Servicio integral para realizar la instalación (1) y las reuniones de seguimiento (3) de la mesa de salud y movilidad humana de la CDMX 25,000.0000 3.00 75,000.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.1.1 33903 Evento albergues | Se realiza el evento oficial, en el cual se agradece la participación de los directivos del albergue y se entrega la placa con la cual se valida el albergue promotor de salud. Evento protocolario para formalizar y anunciar el termino del proceso de validacion así como la entrega de placa conmemorativa del evento 100 aguas embotelladas de 500ml. , Frutas varias. Servicio de Impresión: 200 folletos a todo color por ambos lados, 1 lona impresa a todo color con ojillos de tamaño de 4 x 3 metros para mampara. 37,500.0000 2.00 75,000.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.1.1 52101 Bocinas | Bocinas 3,000.0000 2.00 6,000.00 0.00 6 SNSP 2.2.1 21101 Sin clave de Compendio | MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA / SNSP 215,930.0184 1.00 0.00 215,930.02 6 SNSP 3.3.1 21401 Sin clave de Compendio | CONSUMIBLES INFORMÁTICOS / SNSP 33,931.8600 1.00 0.00 33,931.86 6 SNSP 1.1.1 26102 Sin clave de Compendio | GASOLINA / SNSP 250,333.3333 1.00 0.00 250,333.33 102 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 6 SNSP 2.2.1 27201 Sin clave de Compendio | EQUIPO DE PROTRECCIÓN PERSONAL / SNSP 14,066.2983 1.00 0.00 14,066.30 6 SNSP 3.3.1 29401 Sin clave de Compendio | REFACCIÓN COMPUTO / SNSP 33,500.0000 1.00 0.00 33,500.00 6 SNSP 1.1.1 29601 Sin clave de Compendio | REFACCIÓN AUTO / SNSP 4,500.0000 1.00 0.00 4,500.00 6 SNSP 3.3.1 31603 Sin clave de Compendio | SERVICIOS DE INTERNET / SNSP 18,000.0000 1.00 0.00 18,000.00 6 SNSP 1.1.1 31801 Sin clave de Compendio | GUÍAS PAQUETERÍA / SNSP 7,680.0000 1.00 0.00 7,680.00 6 SNSP 3.3.1 32301 Sin clave de Compendio | ARRRENDAMIENTO COMPUTO Y VIDEOPROYECTOR / SNSP 414,701.1900 1.00 0.00 414,701.19 6 SNSP 3.3.1 33604 Sin clave de Compendio | MATERIAL DE PROMOCIÓN / SNSP 49,355.4328 1.00 0.00 49,355.43 6 SNSP 1.1.1 33903 Sin clave de Compendio | SERVICIOS INTEGRALES / SNSP 74,666.6667 1.00 0.00 74,666.67 6 SNSP 3.3.1 34501 Sin clave de Compendio | SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES / SNSP 134,000.0000 1.00 0.00 134,000.00 6 SNSP 3.3.1 36101 Sin clave de Compendio | SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PUBLICIDAD / SNSP 166,666.6667 1.00 0.00 166,666.67 6 SNSP 2.2.1 51501 Sin clave de Compendio | MOBILIARIO / SNSP 22,821.9891 1.00 0.00 22,821.99 6 SNSP 3.3.1 52101 Sin clave de Compendio | MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMÁTICOS. / SNSP 42,254.6917 1.00 0.00 42,254.69 TOTALES 3,128,462.00 5,834,654.15 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial 1 Seguridad Vial 2.2.1 27201 Sin clave de Compendio | Alcoholimetría, chalecos balizados 300.0000 1.00 300.00 0.00 1 Seguridad Vial 4.2. 1 36101 Sin clave de Compendio | Difusión de mensajes de programas y actividades/servicios digitales y redes sociales 305,350.0000 1.00 305,350.00 0.00 1 Seguridad Vial 4.2. 1 33604 Sin clave de Compendio | Material de promoción y acciones de salud, Stand de promoción 250.0000 1.00 250.00 0.00 2 PA en Grupos Vulnerables 1.1.1 33901 Sin clave de Compendio | Mediciones de factores de riesgo en escuelas primarias 100,000.0000 1.00 100,000.00 0.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 103 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 2 PA en Grupos Vulnerables 3.2.1 33903 Sin clave de Compendio | Capacitación (ahogamientos, envenenamientos e intoxicaciones y quemaduras) 80,000.0000 1.00 80,000.00 0.00 2 PA en Grupos Vulnerables 4.1.1 33903 Sin clave de Compendio | Sensibilización, (ahogamientos, asfixias, caídas, envenenamientos e intoxicaciones y quemaduras) 45,000.0000 3.00 135,000.00 0.00 2 PA en Grupos Vulnerables 4.3.1 36101 Sin clave de Compendio | Campañas de comunicación de lesiones accidentales 90,000.0000 1.00 90,000.00 0.00 3 Modelo de Atención Médica Prehospitalaria 2.2.1 56501 Sin clave de Compendio | Sistema de comunicación de misión critica para el fortalecimiento de los CRUM. (radios satelitales) 234,825.3500 1.00 234,825.35 0.00 3 Modelo de Atención Médica Prehospitalaria 1.1.1 33903 Sin clave de Compendio | Curso virtual para Certificación de Primer respondiente 46,875.0000 1.00 46,875.00 0.00 TOTALES 992,600.35 0.00 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Vigilancia Epidemiológica 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.1 51501 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras de escritorio para la Operación del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, All-in-One 23.8, Intel Core i7-12700 hasta 4.9GHz con tecnología Intel Turbo BOOST, 25MB de caché L3, 12 núcleos, y 20 subprocesos, 16GB, 512GB SSD, FHD, Windows 11 Pro. Incluya licencia Office 2024 33,079.0000 16.00 529,264.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.2 51501 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras de escritorio para generar Información de Calidad para la toma de decisiones., All- in-One 23.8, Intel Core i7-12700 hasta 4.9GHz con tecnología Intel Turbo BOOST, 25MB de caché L3, 12 núcleos, y 20 subprocesos, 16GB, 512GB SSD, FHD, Windows 11 Pro. Incluya licencia Office 2024 33,079.0000 17.00 562,343.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.3 51501 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras de escritorio para la supervisión operativa de todos los subsistemas del SINAVE que operan en todas las jurisdicciones sanitarias de cada Entidad., All- in-One 23.8, Intel Core i7-12700 hasta 4.9GHz con tecnología Intel Turbo BOOST, 25MB de caché L3, 12 núcleos, y 20 subprocesos, 16GB, 512GB SSD, FHD, Windows 11 Pro. Incluya licencia Office 2024 33,079.0000 5.00 165,395.00 0.00 104 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.3 51501 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras Portátiles para la supervisión operativa de todos los subsistemas del SINAVE que operan en todas las jurisdicciones sanitarias de cada Entidad. FHD de 15.6, procesador15.6 1920x1080 Full HD, Intel Core i7-1255U, 32GB, 2TB SSD, Windows 11 Home, Español, Licencia Office 2024 20,299.0000 5.00 101,495.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.3 51501 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Discos Duros Externos 2.5, 4TB, USB 3.1, Negro - para PC para la supervisión operativa de todos los subsistemas del SINAVE que operan en todas las jurisdicciones sanitarias de cada Entidad. 2,299.0000 22.00 50,578.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.4 27101 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Chaleco tactico para la operación de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en Salud (UIES) estatales. 850.0000 114.00 96,900.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.4 27101 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Gorra bordada para la operación de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en Salud (UIES) estatales. 140.0000 107.00 14,980.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.4 27101 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Chamarra para la operación de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en Salud (UIES) estatales. 1,100.0000 100.00 110,000.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.4 27101 Sin clave de Compendio | Adquisiicon de Blusa de manga corta para dama para la operación de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en Salud (UIES) estatales. 350.0000 50.00 17,500.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.4 27101 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Camisa táctica de manga corta para caballero para la operación de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en Salud (UIES) estatales. 350.0000 50.00 17,500.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.4 27201 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Botas para la operación de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en Salud (UIES) estatales. 1,300.0000 100.00 130,000.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.4 51501 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras Portátiles para la operación de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en Salud (UIES) estatales. FHD de 15.6, procesador15.6 1920x1080 Full HD, Intel Core i7-1255U, 32GB, 2TB SSD, Windows 11 Home, Español, Licencia Office 2024 20,289.0000 8.00 162,312.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.4 51501 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadora de escritorio para la operación de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en Salud (UIES) estatales., All-in-One 23.8, Intel Core i7- 12700 hasta 4.9GHz con tecnología Intel Turbo BOOST, 25MB de caché L3, 12 núcleos, y 20 subprocesos, 16GB, 512GB SSD, FHD, Windows 11 Pro. Incluya licencia Office 2024 33,079.0000 20.00 661,580.00 0.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 105 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.5 51501 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras de escritorio para la operatividad de los Servicios de Sanidad Internacional Estatales. All-in-One 23.8, Intel Core i7-12700 hasta 4.9GHz con tecnología Intel Turbo BOOST, 25MB de caché L3, 12 núcleos, y 20 subprocesos, 16GB, 512GB SSD, FHD, Windows 11 Pro. Incluya licencia Office 2024 33,079.0000 4.00 132,316.00 0.00 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.5 51501 Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras Portátiles para la operatividad de los Servicios de Sanidad Internacional Estatales. FHD de 15.6, procesador15.6 1920x1080 Full HD, Intel Core i7-1255U, 32GB, 2TB SSD, Windows 11 Home, Español, Licencia Office 2024 20,289.0000 2.00 40,578.00 0.00 TOTALES 2,792,741.00 0.00 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Salud Sexual y Reproductiva 1 SSR para Adolescentes 2.5.3 54103 Sin clave de Compendio | Para la adquisición de la unidad móvil EDUSEX 2,520,000.0000 1.00 0.00 2,520,000.00 1 SSR para Adolescentes 2.5.3 26102 Sin clave de Compendio | Para garantizar que la unidad móvil lleve a cabo las jornadas en los lugares donde no se cuenta con una unidad de salud o servicios especializados para adolescentes. 240,774.4400 1.00 0.00 240,774.44 1 SSR para Adolescentes 2.5.3 35501 Sin clave de Compendio | Mantenimiento para la unidad móvil EDUSEX 120,000.0000 1.00 0.00 120,000.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 36101 Sin clave de Compendio | Material acrílico de aparato reproductor femenino 4,611.0000 2.00 9,222.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 37501 Sin clave de Compendio | Para acciones de sensibilización en materia de menstruación digna 13,600.0000 1.00 13,600.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 37201 Sin clave de Compendio | Para acciones de sensibilización en materia de menstruación digna 49,280.0000 1.00 49,280.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 33903 Sin clave de Compendio | Taller Nacional de Menstruación Digna, Formar al equipo coordinador de la estrategia hacia una menstruación digna 2,501,447.7500 1.00 2,501,447.75 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 51101 Sin clave de Compendio | DISPENSADOR DE TOALLAS SANITARIAS con logos oficiales del Programa, para consultorios sexualmente responsables 6,000.0000 2.00 12,000.00 0.00 106 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 21601 Sin clave de Compendio | Toalla sanitaria desechable para flujo regular. Insumo para dispensadores de los concultorios sexual Mente responsables 1.6000 984.00 1,574.40 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 36101 Sin clave de Compendio | kit de gestión menstrual, para la implementación del proyecto de menstruación digna 62.5000 140312.00 8,769,500.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 36101 Sin clave de Compendio | kit de gestión menstrual, para acciones de capacitación y sensibilización en materia de menstruación digna 1,250.0000 98.00 122,500.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 33903 Sin clave de Compendio | Sensibilizar a actores clave en materia de menstruación digna y su importancia en el acceso al derecho a la salud 80,000.0000 5.00 400,000.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 36101 Sin clave de Compendio | Campaña: Hacia una Menstruación digna en medios 600,000.0000 1.00 600,000.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.1.1 36101 Sin clave de Compendio | Campaña: Día Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 300,000.0000 1.00 300,000.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 2.2.1 33903 Sin clave de Compendio | Cursos de actualización en SSRA 50,000.0000 16.00 800,000.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 2.2.1 33903 Sin clave de Compendio | Talleres para la definición de acciones interinstitucionales para la prevención del embarazo en adolescentes (uno or alcaldía) 26,500.0000 16.00 424,000.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 2.2.1 33903 Sin clave de Compendio | Talleres regionales en coordinación con los distritos de salud (uno por alcaldía) 1,280,000.0000 1.00 1,280,000.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 21501 Sin clave de Compendio | Regleta. Impresión offset, a partir de original electrónico, tamaño final 7.5 x 28 cms. Impreso a 4x4 tintas en polipap de 12 puntos con corte recto 50.0000 4000.00 200,000.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 21501 Sin clave de Compendio | Tríptico. Impresión en offset a partir de original electrónico. Papel couché 150 gramos. Impresa en 4 x 4 tintas al rebase con barniz uv mate Tamaño extendido 21.5 x 27.5 cm. Tamaño final 9.3 x 21.5 cm. Dos dobleces 20.0000 10000.00 200,000.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 21501 Sin clave de Compendio | Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos para Adolescentes de bolsillo 25.0000 21600.00 540,000.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 36101 Sin clave de Compendio | Campaña: Hacia una Menstruación digna en espectaculares 400,000.0000 1.00 400,000.00 0.00 2 PF y Anticoncepción 1.1.1 36101 Sin clave de Compendio | Campaña para la difusión de los servicios con que cuenta la entidad para la atención de la planificación familiar y anticoncepción, con énfasis en el día Internacional de la Planificación Familiar a celebrarse el 3 de Agosto 700,000.0000 1.00 700,000.00 0.00 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 36101 Sin clave de Compendio | Campaña para la difusión de los servicios de vasectomía sin bisturí con énfasis en las Jornadas intensivas en el Día Mundial de la Vasectomías Sin Bisturí a celebrarse en el mes de noviembre 718,740.0000 1.00 718,740.00 0.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 107 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 2 PF y Anticoncepción 2.2.2 51501 Sin clave de Compendio | Computadora Lap Top procesador core i7, disco duro 1 TB, memoria Ram 8 GB y windows 11 profesional 35,000.0000 1.00 0.00 35,000.00 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 53101 Lámpara para cirugía | Lámpara para cirugía 4,000.0000 20.00 0.00 80,000.00 2 PF y Anticoncepción 2.2.1 33903 Sin clave de Compendio | Cursos de actualización para la prescripción de métodos anticonceptivos conforme a la normatividad vigente 70,000.0000 4.00 0.00 280,000.00 2 PF y Anticoncepción 2.2.1 33903 Sin clave de Compendio | Reunión de Evaluación y Seguimiento con Responsables Estatales del componente de Planificación Familiar y anticocepción 2,350,000.0000 1.00 0.00 2,350,000.00 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 53101 Instrumento bipolar, desmontable, con mango, cremallera, camisa, bisturí, dos pinzas (Remorgida). Longitud de trabajo 360 mm ( para trócar de 6 m). | Electrocauterio 4,500.0000 20.00 0.00 90,000.00 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 53201 Tijera De Disección. Tijera Mayo, recta, longitud de 150 a 155 mm. | Tijera 550.0000 20.00 0.00 11,000.00 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 53201 Urología. Pinza de anillo. Diámetro: 4.0 mm. Longitud 140 mm. | Pinzas anillo de Lee para vasectomía 6,000.0000 40.00 0.00 240,000.00 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 53201 Urología. Pinza para disección, extremos agudos. Longitud 130 mm. | Pinza diseccion de Lee para vasectomía 6,000.0000 40.00 0.00 240,000.00 2 PF y Anticoncepción 2.2.2 52101 Sin clave de Compendio | Proyector Portátil 3LCD WXGA con HDMI y Wifi 20,000.0000 1.00 0.00 20,000.00 3 Salud Materna 2.5.1 33903 Sin clave de Compendio | Programación de capacitaciones en emergencias obstétricas dirigidas al personal de salud operativo 50,000.0000 1.00 0.00 50,000.00 3 Salud Materna 3.1.1 33903 Sin clave de Compendio | Programación de capacitación en impulsar la mejora continua de la atención integral de la persona gestante, trabajo de parto y puerperio desde un enfoque centrado en la usuaria (Salas LPR) mediante el cumplimiento de la normatividad 50,000.0000 1.00 0.00 50,000.00 3 Salud Materna 3.1.1 33903 Sin clave de Compendio | Programación de capacitación en integración y difusión de la NORMA Oficial Mexicana NOM-020-SSA-2025, Para establecimientos de salud y el reconocimiento de la partería, en la atención integral materna y neonatal, para dar a conocer al personal operativo (Direcciones de Hospitales, Jefes de Enseñanza, etc.) la interculturalidad y derechos humanos de la norma 1,000,000.0000 1.00 0.00 1,000,000.00 3 Salud Materna 3.1.1 33903 Sin clave de Compendio | Programación de capacitación en servicio integral capacitación mil días 50,000.0000 1.00 0.00 50,000.00 3 Salud Materna 2.2.1 33903 Sin clave de Compendio | Programación de la reunión nacional de atención materna 2,000,000.0000 1.00 0.00 2,000,000.00 108 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 3 Salud Materna 2.2.1 33604 Sin clave de Compendio | Paquete de materiales impresos para publicaciones oficiales, información en general y de difusión, material didáctico y de promoción para los componentes de Salud Materna (Tarjeta de embarazo, puerperio y lactancia -sis-38P, carnet de atención integral de embarazo, hoja de valoracion de riesgo obstétrico, valoración de depresión en el embarazo y puerperio) 14.5200 24053.50 0.00 349,256.82 3 Salud Materna 2.2.1 36300 Sin clave de Compendio | Campaña nacional en radio con temas de:Línea materna, signos y síntomas de alarma en embarazo y puerperio, depresión en el embarazo y puerperio, contingencias epidemiológicas en el embarazo 587,801.0000 1.00 0.00 587,801.00 3 Salud Materna 1.3.1 33604 Sin clave de Compendio | Las impresiones del Plan de Seguridad se deberán entregar uno por persona gestantes 3.0000 56337.00 169,011.00 0.00 3 Salud Materna 1.3.1 33604 Sin clave de Compendio | La entrega del Lineamiento de Intervenciones Comunitarias y material de Partería tradicional será durante los eventos que coordine la Subdirección de Atención Materna del CNEGSR. 1,500.0000 600.00 900,000.00 0.00 4 Salud Perinatal 2.1.1 33903 Sin clave de Compendio | Curso de reanimación neonatal 1,600,000.0000 1.00 0.00 1,600,000.00 4 Salud Perinatal 1.3.1 53101 Sin clave de Compendio | Material didactico para capacitación en lactancia materna 8,000.1000 1.00 0.00 8,000.10 4 Salud Perinatal 1.1.1 33903 Sin clave de Compendio | Cursos de Capacitación enfocados a los primeros 1000 días de vida 180,000.0000 1.00 0.00 180,000.00 4 Salud Perinatal 2.1.1 33903 Sin clave de Compendio | Neonatalie, simulador de recién nacido: simulador inflable diseñado para enseñar habilidades básicas de reanimación neonatal, desarrolado para cumplir con los requisitos clave para enseñar los pasos iniciales de la reanimación durante los primeros 10 minutos de vida de un recién nacido. 2,500.0000 100.00 0.00 250,000.00 4 Salud Perinatal 2.1.1 33903 Sin clave de Compendio | Manual de Reanimación neonatal 8ª Edición en español. Formato Esencial y Avanzado. Incluye puntos clave, videos con QR, preguntas de repaso y contenidos actualizados para mejorar la reanimación neonatal. 3,020.7800 50.00 0.00 151,039.00 5 Aborto Seguro 2.5.1 33903 Sin clave de Compendio | Curso/Taller Básico de Atención Integral al Aborto Seguro programados por el CNEGSR 40,000.0000 1.00 0.00 40,000.00 5 Aborto Seguro 2.5.2 33903 Sin clave de Compendio | Curso/Taller Intermedio de Atención Integral al Aborto Seguro programados por el CNEGSR 45,000.0000 1.00 0.00 45,000.00 5 Aborto Seguro 2.2.1 21701 Sin clave de Compendio | Modelos pélvicos didácticos para la simulación y entrenamiento en la técnica de Aspiración Manual Endouterina programados por el CNEGSR. 20,000.0000 4.00 0.00 80,000.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 109 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 5 Aborto Seguro 2.3.4 53101 Sin clave de Compendio | Aspirador Portátil para succión continua (Aspirador Eléctrico Endouterino) 60,000.0000 1.00 0.00 60,000.00 5 Aborto Seguro 3.4.1 51501 Sin clave de Compendio | Laptop 27,000.0000 1.00 0.00 27,000.00 5 Aborto Seguro 3.4.1 52101 Sin clave de Compendio | Proyector multimedia 13,500.0000 1.00 0.00 13,500.00 5 Aborto Seguro 1.1.1 33604 Sin clave de Compendio | Estrategia de comunicación para la difusión de la atención al aborto seguro. 1,000,000.0000 1.00 0.00 1,000,000.00 5 Aborto Seguro 2.5.3 33903 Sin clave de Compendio | Curso/Taller Especializado de Atención Integral al Aborto Seguro programados por el CNEGSR 60,000.0000 1.00 0.00 60,000.00 6 Violencia de Género 2.3.1 36101 Sin clave de Compendio | Compra de 24 kit de muñecos sexuados para la distribución en unidades que cuenten con servicios especializados de atención a la violencia 5,990.0000 24.00 0.00 143,760.00 6 Violencia de Género 2.5.4 51501 Sin clave de Compendio | Contar con las herramientas de trabajo a distancia (una Tablet con kit para trabajo inalámbrico y conexión a internet) para la ejecución de los Programas de Capacitación Supervisión y Coordinación Interinstitucional e Intersectorial, considerando 4 equipos (uno para la responsable estatal y 3 para el personal que se incorpora) 10,000.0000 4.00 0.00 40,000.00 6 Violencia de Género 2.3.2 33401 Sin clave de Compendio | Que la persona responsable estatal de las acciones de prevención y atención a la violencia sexual y contra las mujeres pueda acceder a la capacitación “Curso de Inteligencia Artificial para su aplicación en la Salud Publica”, impartida por el Instituto Nacional de Salud Pública 6,847.5000 1.00 0.00 6,847.50 6 Violencia de Género 2.1.1 53101 Sin clave de Compendio | Para la compra de botiquines o cajas especiales para colocar y resguardar los insumos de atención a la violación sexual, considerando su distribución en las unidades de salud que atienden y registran casos. 500.0000 43.00 0.00 21,500.00 6 Violencia de Género 3.6.1 33903 Sin clave de Compendio | La impartición del taller es de 8 horas, considera materiales didácticos, servicios integrales y pasajes y viáticos del personal ponente (un día), 10,480.0000 10.00 0.00 104,800.00 6 Violencia de Género 3.2.1 33903 Sin clave de Compendio | El Costo Unitario del Curso para la Formación de Facilitadoras/es de Reeducación a Víctimas y Agresores de Violencia de Pareja incluye pasajes, viáticos y servicios de capacitación a servidores públicos por 2 días, para cubrir 16 horas de capacitación, 72,460.0000 1.00 0.00 72,460.00 6 Violencia de Género 2.2.2 33903 Sin clave de Compendio | Curso sobre atención Inmediata a Víctimas de Violación Sexual dirigido al personal de enfermería. 20 hrs de capacitación presencial a 20 personas. Considera materiales didácticos, servicios integrales y pasajes y viáticos del personal ponente. 50,000.0000 1.00 0.00 50,000.00 110 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 6 Violencia de Género 2.2.3 33903 Sin clave de Compendio | Curso sobre Atención Médica a Víctimas/Sobrevivientes de Violación Sexual dirigido a personal de medicina, 16 hrs de capacitación presencial a 25 personas. Considera materiales didácticos, servicios integrales y pasajes y viáticos del personal ponente. 50,000.0000 1.00 0.00 50,000.00 6 Violencia de Género 2.2.1 33903 Sin clave de Compendio | Talleres de formación sobre Atención Psicológica Especializada a víctimas de violencia de pareja, familiar y/o sexual. 20 hrs de capacitación presencial a 20 personas. Considera materiales didácticos, servicios integrales y pasajes y viáticos del personal ponente. 100,000.0000 1.00 0.00 100,000.00 6 Violencia de Género 4.1.3 37204 Sin clave de Compendio | Traslado al personal de salud para la Reunión Nacional programada por el CNEGSR 3,500.0000 1.00 0.00 3,500.00 6 Violencia de Género 1.1.1 36101 Sin clave de Compendio | Generar y dar seguimiento a una estrategia de comunicación para la prevención y atención de la violencia familiar, sexual y contra las mujeres a través de medios electrónicos y/o impresos 191,980.0000 1.00 0.00 191,980.00 6 Violencia de Género 1.1.1 33604 Sin clave de Compendio | Generar y dar seguimiento a una estrategia de comunicación para la prevención y atención de la violencia familiar, sexual y contra las mujeres a través de medios electrónicos y/o impresos 191,980.0000 1.00 0.00 191,980.00 TOTALES 19,110,875.15 14,805,198.86 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos 5 Dengue 8.1.1 51501 Microcomputadora Portatil | Microcomputadora Portatil Computadora portatil tipo laptopo de escritorio, procesador de Intel 7 Doceava Generación, disco duro estado solido de 1 TB, Memoria Ram 16 GB, Tarjeta dedicada a graficos de 4GB 35,000.0000 7.00 245,000.00 0.00 5 Dengue 8.1.1 53101 Sin clave de Compendio | Microscopio estereosopico, 85,000.0000 2.00 170,000.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 25501 Sin clave de Compendio | Ovitrampa : dispositivo hecho de un bote plástico de color negro de 1 L. Ovitrampa : dispositivo hecho de un bote plástico de color negro de 1 L. 21.0000 2500.00 52,500.00 0.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 111 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 5 Dengue 3.1.1 21101 Papel filtro | Papel filtro Papel Pellon F-1600, rollo de 100mts de largox12cm de ancho. Entretela de corte con tijera F-1600 • Medidas: 1.15 m de ancho • Pellón Grueso Modelo: PELLON DE 1.15 mts ancho. 350.0000 400.00 140,000.00 0.00 SUBTOTAL PROGRAMA 607,500.00 0.00 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 3.1.1 25901 Sin clave de Compendio | Modulo de GX 6 colores 502,280.0000 1.00 0.00 502,280.00 SUBTOTAL PROGRAMA 0.00 502,280.00 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas 3.1.1 25401 Sin clave de Compendio | Boquillas modelo Schiller, caja con 100 boquillas 3,000.0000 10 0.00 30,000.00 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas 3.1.1 33604 Sin clave de Compendio | cartel informativo de la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica EPOC, Plastificado, dimensiones de 90 x 60 cm 44.6809 47 0.00 2,100.00 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas 3.3.1 25401 Sin clave de Compendio | Boquillas modelo Schiller, caja con 100 boquillas 3,000.0000 10 0.00 30,000.00 SUBTOTAL PROGRAMA 0.00 62,100.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 53201 Sin clave de Compendio | Baumanometro digital de acuerdo a la lista de dispositivos automáticos para medición de presión validados 1,800.0000 700 0.00 1,260,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 53201 Sin clave de Compendio | Basculas de bioimpedancia electrica 3,262.5000 240 0.00 783,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 51501 Sin clave de Compendio | Equipo de escritorio 24,000.0000 150 0.00 3,600,000.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 21101 Sin clave de Compendio | papel bond 505.0000 10 0.00 5,050.00 SUBTOTAL PROGRAMA 0.00 5,648,050.00 112 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 33603 Sin clave de Compendio | Formatos de detección 346,180.0000 1 346,180.00 0.00 SUBTOTAL PROGRAMA 346,180.00 0.00 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 11.1.3 51501 Sin clave de Compendio | Microcomputadora portátil. Equipo de cómputo laptop 12,000.0000 1 12,000.00 0.00 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 5.2.2 25401 Sin clave de Compendio | Cepillo Dental con Tipodonto Gigante para la Instrucción de la Técnica de Cepillado Dental 2,400.0000 65 156,000.00 0.00 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 10.1.1 38301 Sin clave de Compendio | Reunión Nacional de Responsables Estatales 300,000.0000 1 300,000.00 0.00 SUBTOTAL PROGRAMA 468,000.00 0.00 TOTALES 1,421,680.00 6,212,430.00 GRAN TOTAL NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 TOTAL CASSCO CAUSES 27,446,358.50 26,852,283.01 54,298,641.51 Para efectos del presente ANEXO, los insumos/ bienes correspondientes al presupuesto considerado para la SEGUNDA MINISTRACIÓN que se realizará en el mes de MAYO estarán sujetos a lo establecido en el quinto y sexto párrafo numerales 3 y 4 de la cláusula DÉCIMA PRIMERA de este “CONVENIO ESPECÍFICO” y del cumplimiento de las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto, con base en el dictamen que de forma colegiada el “GTT” emita para confirmar o adecuarlos y formará parte integral del presente “CONVENIO ESPECIFICO.” Asimismo, el precio unitario definitivo dependerá del precio adjudicado por “EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” derivado del procedimiento de contratación que realice al amparo de la normatividad aplicable y se asentará en el dictamen del “GTT” respectivo, el cual formará parte integral del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 113 ANEXO 5 Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1 Comunidades y municipios 3.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor de Salud 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 1 Comunidades y municipios 3.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor de Salud 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 1 Comunidades y municipios 3.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor de Salud 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 1 Comunidades y municipios 3.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor de Salud 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 1 Comunidades y municipios 3.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor de Salud 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 1 Comunidades y municipios 3.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor de Salud 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 1 Comunidades y municipios 3.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor de Salud 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 1 Comunidades y municipios 3.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor de Salud 19,812.0000 3.00 59,436.00 0.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 1.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses) 19,812.0000 6.00 0.00 118,872.00 114 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 2 Estilos de vida saludables 1.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses) 19,812.0000 6.00 0.00 118,872.00 2 Estilos de vida saludables 1.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses) 19,812.0000 6.00 0.00 118,872.00 2 Estilos de vida saludables 1.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses) 19,812.0000 6.00 0.00 118,872.00 2 Estilos de vida saludables 1.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses) 19,812.0000 6.00 0.00 118,872.00 2 Estilos de vida saludables 1.1.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses) 19,812.0000 6.00 0.00 118,872.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 115 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 2 Estilos de vida saludables 3.3.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses) 15,784.0000 6.00 0.00 94,704.00 4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos 1.3.1 12101 Soporte Administrativo D | Soporte Administrativo D (6 meses de contratación) 28,251.0000 6.00 169,506.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.2.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Cuahutémoc 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.2.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Cuahutémoc 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.2.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Venustiano Carranza 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.2.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Iztapalapa 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.2.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Azcapotzalco 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 116 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 5 Personas en Movilidad 1.2.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de diciembre 2025) Nivel Central 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.2.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Xochimilco 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.2.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Cuahutémoc 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.2.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Venustiano Carranza 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.2.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de diciembre 2025) Nivel Central 19,812.0000 6.00 118,872.00 0.00 5 Personas en Movilidad 1.2.1 12101 Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de diciembre 2025) Nivel Central 19,812.0000 3.00 59,436.00 0.00 TOTALES 2,309,202.00 3,554,352.00 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 VIH y otras ITS 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 117 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud 16,804.0000 7.00 117,628.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Médico General A | Médico General 40,595.0000 7.00 284,165.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera (o) 25,378.0000 7.00 177,646.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera (o) 25,378.0000 7.00 177,646.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Psicólogo Clínico | Psicólogo 32,091.0000 7.00 224,637.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Psicólogo Clínico | Psicólogo 32,091.0000 7.00 224,637.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Psicólogo Clínico | Psicólogo 32,091.0000 7.00 224,637.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Psicólogo Clínico | Psicólogo 32,091.0000 7.00 224,637.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Psicólogo Clínico | Psicólogo 32,091.0000 7.00 224,637.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Psicólogo Clínico | Psicólogo 32,091.0000 7.00 224,637.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Psicólogo Clínico | Psicólogo 32,091.0000 7.00 224,637.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Psicólogo Clínico | Psicólogo 32,091.0000 7.00 224,637.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Psicólogo Clínico | Psicólogo 32,091.0000 7.00 224,637.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Psicólogo Clínico | Psicólogo 32,091.0000 7.00 224,637.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Médico General A | Médico General 40,595.0000 7.00 284,165.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera (o) 25,378.0000 7.00 177,646.00 0.00 118 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A7 | Responsable de Sistemas de Información/Administradores y supevisores de operación de Sistemas de Información 17,811.0000 7.00 124,677.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Psicólogo Clínico | Psicólogo 32,091.0000 7.00 224,637.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera (o) 25,378.0000 7.00 177,646.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera (o) 25,378.0000 7.00 177,646.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera (o) 25,378.0000 7.00 177,646.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera (o) 25,378.0000 7.00 177,646.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera (o) 25,378.0000 7.00 177,646.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera (o) 25,378.0000 7.00 177,646.00 0.00 1 VIH y otras ITS 3.8.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera (o) 25,378.0000 7.00 177,646.00 0.00 TOTALES 7,763,546.00 0.00 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Salud Sexual y Reproductiva 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 12101 Psicólogo Clínico | implementación y coordinación del proyecto de menstruación digna 32,091.0000 7.50 240,682.50 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 12101 Enfermera General Titulada A | implementación del proyecto de menstruación digna 25,378.0000 7.50 190,335.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 12101 Enfermera General Titulada A | implementación del proyecto de menstruación digna 25,378.0000 7.50 190,335.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | implementación del proyecto de menstruación digna 23,090.0000 7.50 173,175.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 2.5.3 12101 Médico General A | Personal adscrito al servicio amigable movil EDUSEX 40,595.0000 8.00 0.00 324,760.00 1 SSR para Adolescentes 2.5.3 12101 Promotor en Salud | Personal adscrito al servicio amigable movil EDUSEX 19,812.0000 8.00 0.00 158,496.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 119 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 SSR para Adolescentes 2.5.3 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A8 | Personal adscrito al servicio amigable movil EDUSEX 18,340.0000 8.00 0.00 146,720.00 1 SSR para Adolescentes 1.2.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | implementación del proyecto de menstruación digna 23,090.0000 7.50 173,175.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 2.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Personal adscrito al componenete de SSRA para labores exclusivas de supervisión 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 1 SSR para Adolescentes 2.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Personal adscrito al componenete de SSRA para labores exclusivas de supervisión 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Médico General A | Médico General A 8 meses, Para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente en la oferta sistemática de métodos anticonceptivos y servicios de vasectomía sin bisturí y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 40,595.0000 8.00 0.00 324,760.00 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Médico General A | Médico General A 8 meses, Para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente en la oferta sistemática de métodos anticonceptivos y servicios de vasectomía sin bisturí y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 40,595.0000 8.00 0.00 324,760.00 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 25,378.0000 8.00 0.00 203,024.00 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 25,378.0000 8.00 0.00 203,024.00 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 25,378.0000 8.00 0.00 203,024.00 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 25,378.0000 8.00 0.00 203,024.00 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 25,378.0000 8.00 0.00 203,024.00 120 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 25,378.0000 8.00 0.00 203,024.00 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Médico General A | Médico General A 8 meses, Para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente en la oferta sistemática de métodos anticonceptivos y servicios de vasectomía sin bisturí y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 40,595.0000 8.00 0.00 324,760.00 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A4 | Apoyo Administrativo en Salud- A4 por 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 16,256.0000 8.00 0.00 130,048.00 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A4 | Apoyo Administrativo en Salud- A4 por 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 16,256.0000 8.00 0.00 130,048.00 2 PF y Anticoncepción 2.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A4 | Apoyo Administrativo en Salud- A4 por 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad vigente 16,256.0000 8.00 0.00 130,048.00 3 Salud Materna 1.2.1 12101 Soporte Administrativo C | La persona responsable estatal se encargará de coordinar, supervisar y fortalece las intervenciones comunitarias, así como enviar de manera mensual la productividad y evidencia solicitada. 28,251.0000 9.00 0.00 254,259.00 4 Salud Perinatal 3.2.1 12101 Enfermera General Titulada A | Personal de enfermería que apoye en la captura de fichas demográficas en la plataforma de AAMATES, apoyo en la toma de segunda muestra de tamiz, localización de casos sospechosos, monitoreo y seguimiento del programa en las comunidades y municipios del estado. 25,378.0000 9.00 0.00 228,402.00 4 Salud Perinatal 3.2.1 12101 Enfermera General Titulada A | Personal de enfermería que apoye en la captura de fichas demográficas en la plataforma de AAMATES, apoyo en la toma de segunda muestra de tamiz, localización de casos sospechosos, monitoreo y seguimiento del programa en las comunidades y municipios del estado. 25,378.0000 9.00 0.00 228,402.00 5 Aborto Seguro 3.4.1 12101 Médico General en Área Normativa | Medico/a General en Área Normativa adscrito a aborto seguro contrato por 8 meses. 40,611.0000 8.00 0.00 324,888.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 121 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 6 Violencia de Género 2.5.4 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Trabajadora Social en Área Médica A con el objetivo de garantizar el acceso y la continuidad a los servicios de prevención y atención de la violencia familiar, sexual y contra las mujeres, con citerios de garantía de oportunidad, calidad, seguridad y protección. Para ello se hace indispensabl el desarrollo de las actividades de coordinación e integración de redes de servicios para la atención integral de las personas sobrevivientes de violencia familiar, sexual y contra las mujeres., Es importante que cada entidad federativa cuente y operacionalice un programa de coordinación interinstitucional e intersectorial con la finalidad de garantizar el acceso, la continuidad, la calidad y la seguradad en las prestación de los servicios de prevención y atención de la violencia familiar, sexual y contra las mujeres. 23,090.0000 8.00 0.00 184,720.00 6 Violencia de Género 2.4.1 12101 Médico General en Área Normativa | Medicina General en Área Normativa. Para el desarrollo de funciones de supervisión e implementación de un programa de supervisión y monitoreo de los servicios otorgados en materia de prevención y atención de la violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Se consideran un profesional de medicina con contratación por 8 meses y aplicación del tabulador de acuerdo a zona geográfica. 40,611.0000 8.00 0.00 324,888.00 6 Violencia de Género 2.4.2 12101 Psicólogo Clínico | Psicología: Para el desarrollo de funciones de supervisión e implementación de un programa de capacitación para el fortalecimientos de los servicios otorgados en materia de prevención y atención de la violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Se consideran un profesional de psicología con contratación por 8 meses y aplicación del tabulador de acuerdo a zona geográfica. 32,091.0000 8.00 0.00 256,728.00 TOTALES 1,354,614.50 5,014,831.00 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos 1 Paludismo 3.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 1 Paludismo 4.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 1 Paludismo 4.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 122 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 1 Paludismo 4.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 1 Paludismo 4.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $ 24182 por 8 meses. 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $ 24182 por 8 meses. 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $ 24182 por 8 meses. 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $ 24182 por 8 meses. 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $ 24182 por 8 meses. 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $ 24182 por 8 meses. 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $ 24182 por 8 meses. 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $ 24182 por 8 meses. 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $ 24182 por 8 meses. 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $ 24182 por 8 meses. 24,182.0000 8.00 193,456.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 123 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 5 Dengue 3.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud - A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses. 17,007.0000 8.00 136,056.00 0.00 5 Dengue 3.1.1 12101 Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $ 24182 por 9 meses. 24,182.0000 9.00 217,638.00 0.00 SUBTOTAL PROGRAMA 4,193,038.00 0.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 124 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e infraestructura 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo B | Sin descripción complementaria 24,182.0000 5.00 0.00 120,910.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo B | Sin descripción complementaria 24,182.0000 5.00 0.00 120,910.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 125 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 126 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria 28,251.0000 5.00 0.00 141,255.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 127 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y uso de los servicios de salud 28,978.0000 5.00 0.00 144,890.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 128 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 12101 Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura 32,091.0000 5.00 0.00 160,455.00 SUBTOTAL PROGRAMA 0.00 13,460,390.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 129 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 130 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ÍNDICE PARTIDA DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 CASSCO CAUSES 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 12101 Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología 23,090.0000 5.00 0.00 115,450.00 SUBTOTAL PROGRAMA 0.00 3,463,500.00 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 11.1.2 12101 Soporte Administrativo B | Supervisores Estatales 24,182.0000 9.00 217,638.00 0.00 SUBTOTAL PROGRAMA 217,638.00 0.00 TOTALES 4,410,676.00 16,923,890.00 GRAN TOTAL NO. PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12 TOTAL CASSCO CAUSES 15,838,038.50 25,493,073.00 41,331,111.50 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 131 ANEXO 6 Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 VIH y otras ITS 1 VIH y otras ITS 1.2.1 Ramo 12 Condón femenino. De poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos. Envase con 1, 2 ó 3 piezas en empaque individual. | De poliuretano a látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos, envase con 12 ó 3 piezas en empaque individual 7.8880 21777.00 171,776.98 1 VIH y otras ITS 1.2.1 Ramo 12 Condón masculino. De hule látex. Envase con 100 piezas. | De hule látex, envase con 100 piezas 93.5700 57629.00 5,392,345.53 1 VIH y otras ITS 1.2.1 Ramo 12 Gel. Lubricante a base de agua. Envase con 2 a 60 g. | A base agua. Envase con 5 o 10 mlg 11.2172 355662.00 3,989,531.79 1 VIH y otras ITS 11.6.1 Ramo 12 Pruebas Rápidas. Prueba rápida inmunocromatográfica para la determinación de anticuerpos de Treponema pallidum en suero o plasma humano. Con sensibilidad no menor al 95% y una especificidad no menor al 98% de acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos o en su caso algún otro organismo internacional como la FDA, EMA, o la Organización Mundial de la Salud. Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 20 pruebas. | Sin descripción complementaria 33.3000 122000.00 4,062,600.00 1 VIH y otras ITS 3.10.1 Ramo 12 Valganciclovir. Comprimido Cada Comprimido contiene Clorhidrato de valganciclovir equivalente a 450 mg de valganciclovir. Envase con 60 Comprimidos | Sin descripción complementaria 1,003.0000 108.00 108,324.00 1 VIH y otras ITS 5.1.1 Ramo 12 Pruebas Rápidas. Inmunoanálsis para la detección del antígeno p24 de HIV-1 y anticuerpos al HIV-1 y HIV-2. Inmunoanálsis cualitativo in vitro con lectura visual para la detección simultánea del antígeno (Ag) no inmunocomplejo p24 del HIV-1 en forma libre y anticuerpos (Ab) a HIV-1 y HIV-2 en sangre humana. 10 tarjetas de prueba recubiertas de antígeno HIV1/2 recombinante y péptidos sintéticos, anticuerpos al antígeno p24 y avidina. TATC. | Sin descripción complementaria 98.6000 79100.00 7,799,260.00 1 VIH y otras ITS 5.1.1 Ramo 12 Pruebas Rápidas. Prueba rápida inmunocromatográfica para la determinación cualitativa de anticuerpos lgM/lgG anti HIV-1 y HIV-2 simultáneamente en suero, sangre, plasma o sangre total humana. Con lanceta retráctil con 3 niveles de punción, pipeta de toma y solución de corrimiento y sensibilidad igual o superior al 99% y especificidad igual o superior al 98% para VIH, de acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológica, o en su caso algún otro organismo internacional como la FDA, EMA o la Organización Mundial de la Salud. Pieza. | Sin descripción complementaria 54.4040 25900.00 1,409,063.60 2 Virus de hepatitis C 2 Virus de hepatitis C 3.6.1 Ramo 12 Prueba Rápida para la Determinación Cualitativa de Anticuerpos Contra el Virus de la Hepatitis C. Prueba rápida para la determinación cualitativa de anticuerpos IgG por técnica inmunocromatográfica, contra el virus de la Hepatitis C (VHC) en sangre total, suero y plasma. Para su uso exclusivo como prueba de tamizaje. Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 25 pruebas. TATC. | Sin descripción complementaria 24.7776 79475.00 1,969,199.76 TOTAL 24,902,101.65 132 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Salud Sexual y Reproductiva 1 SSR para Adolescentes 2.5.3 Ramo 12 Fonodetector Portatil de Latidos Fetales. Equipo portátil, que permite la localización y amplificación del latido cardiaco fetal, con fines de diagnóstico, por método no invasivo, por efecto doppler pulsado. Con las siguientes características, seleccionables de acuerdo a necesidades de las unidades médicas: transductor para uso específico en obstetricia; con despliegue digital en pantalla de la frecuencia cardiaca fetal y señal visual de latido cardiaco. Que opere con baterías recargables o desechables. Indicación en pantalla de batería baja. Apagado automático. Bocina. Control de volumen variable. Procesado de autocorrelación. | Para las Jornadas con la unidad móvil Edusex 5,925.0000 23.00 136,275.00 1 SSR para Adolescentes 2.5.3 Ramo 12 Guantes. Para exploración, ambidiestro, estériles. De látex, desechables. Tamaños Mediano. Envase con 100 piezas. | Para las Jornadas con la unidad móvil Edusex 180.0000 20.00 3,600.00 1 SSR para Adolescentes 2.5.3 Ramo 12 Pruebas Rápidas. Gonadotrofina coriónica fracción Beta. Prueba rápida cualitativa de un solo paso en membrana sólida para determinación en orina o suero, en sobre individual Sensibilidad 20 Mui/ml. A 25 Mui/ml. Equipo. Prueba en cartucho de plástico, con pipeta desechable. Equipo con control positivo y negativo para múltiples pruebas. Equipo para múltiplos de 10, mínimo 10, máximo 100 pruebas. TATC. | Para las Jornadas con la unidad móvil Edusex 19.2400 20.00 384.80 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 Ramo 12 Bata desechable para paciente. Elaborada en tela no tejida de polipropileno de al menos 4 pines (SMMS) de al menos 38 gr/m², con manga corta, con dos cintas de amarre en la parte delantera. Resistente a la penetración por impacto de fluidos, resistente a la presión hidrostática de fluidos, color antirreflejante, no transparente, antiestática y resistente a la tensión. Producto desechable y de un solo uso. No estéril. Con capa protectora antibacterial. Medidas Unitalla. Envolvencia de 147 +/-3 cm x 117+/-3 cm Pieza. | Batas desechables para pacientes pieza 13.7500 7000.00 96,250.00 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 Ramo 12 Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo en mangas y pecho. Tela no tejida de polipropileno, impermeable a la penetración de líquidos y fluidos ; antiestática y resistente a la tensión. Estéril y desechable. Tamaño Grande Pieza. | Batas quirúrgicas desechables para el médico pieza 30.3600 7000.00 212,520.00 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 Ramo 12 Campos quirúrgicos. Campos quirúrgicos de incisión, impregnados con iodopovidona en una de sus caras. Compuesto de una película impermeable; transparente, con adhesivo grado médico, autoadheribles, hipoalergénico. Con una superficie de impregnación de 56 x 45 cm. Estériles y desechables Empaque individual. Envase con 10 piezas. Las medidas las seleccionará la Unidad Médica de acuerdo a sus necesidades. | Campo quirúrgico de 56x45 cm para realizar VSB paquete con 10 piezas 241.7300 6220.00 1,503,560.60 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 Ramo 12 Gorros. Gorro redondo con elástico ajustable al contorno de la cara, de tela no tejida de polipropileno, desechable. Impermeable a la penetración de líquidos y fluidos; antiestática y resistente a la tensión. Tamaño Grande. Desechable. Pieza. | Gorros desechable pieza 1.1500 7000.00 8,050.00 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 Ramo 12 Guantes. Para cirugía. De látex natural, estériles y desechables. Tallas 7 1/2 Par. | Guante quirúrgico estéril 6.3800 4394.00 28,033.72 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 133 NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 Ramo 12 Juego de sábanas, repelentes y desechables para paciente. Elaboradas con tela no tejida, 100% polipropileno de al menos 4 pines (SMMS) de al menos 38 gr/m², con dos sábanas una para cajón y una plana. Resistente a la penetración por impacto de fluidos, resistencia a la presión hidrostática de fluidos, hidrofóbico, color antirreflejante, no transparente, antiestática y resistente a la tensión. Producto de un solo uso. Desechable. No estéril. Con capa protectora antibacterial. Medidas Sábana para cajón plana 210+/- 5cm x 110 +/-5 cm Sábana plana 210 +/- 5 cm x 115 +/- 5 cm. | Sábanas cajón y plana 50.5200 6220.00 314,234.40 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 Ramo 12 Lidocaína. Solución Inyectable al 2%. Cada frasco ámpula contiene Clorhidrato de lidocaína 1 g Envase con 5 frascos ámpula con 50 ml | Lidocaína al 2% sin epinefrina 120.4100 622.00 74,895.02 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 Ramo 12 Limpiador antimicrobiano para piel y heridas. Limpiador antimicrobiano para piel y heridas es un líquido claro isotónico que ayuda a la remoción mecánica de residuos contiene 0.057% de hipoclorito de sodio como antimicrobiano. Botella con 15 oz (443 ml.) con tapa. Envase con 12 piezas TA | Desinfectante 1,148.1600 150.00 172,224.00 2 PF y Anticoncepción 2.7.1 Ramo 12 Suturas. Seda negra trenzada sin aguja. Longitud de la hebra 75 cm Calibre de la sutura 3-0 Sobre con 7 a 12 hebras. Envase con 12 sobres. | Seda 3.0 con aguja 3-0 (Envase con 12 unidades) 208.5400 350.00 72,989.00 3 Salud Materna 2.2.1 Ramo 12 Ácido fólico. Tableta. Cada tableta contiene Acido fólico 0.4 mg Envase con 90 Tabletas. | Ácido fólico. Tableta. Cada tableta contiene: Ácido fólico 0.4 mg. Envase con 90 Tabletas. 4.2000 109318.00 459,135.60 3 Salud Materna 2.2.1 Ramo 12 Fumarato ferroso. Tableta. Cada tableta contiene Fumarato ferroso 200 mg equivalente a 65.74 mg de hierro elemental. Envase con 50 Tabletas. | Fumarato ferroso. Tableta. Cada tableta contiene Fumarato ferroso 200 mg equivalente a 65.74 mg de hierro elemental. Envase co 50 Tabletas 6.7400 98386.00 663,121.64 3 Salud Materna 2.2.1 Ramo 12 Pruebas rápidas de Hepatitis C | Pruebas rápidas de Hepatitis C 1,495.0000 2187.00 3,269,565.00 3 Salud Materna 2.2.1 Ramo 12 Tiras Reactivas Tiras reactivas para determinar, como mínimo 10 parámetros en orina glucosa, bilirrubinas, cetonas, gravedad específica, sangre, pH, proteínas, urobilinógeno, nitritos, leucocitos. Frasco con 100 tiras. TATC. | Tiras reactivas para determinar como mínimo 10 parámetros en orina: glucosa bilirrubinas cetonas gravedad específica sangre PH proteínas urobilinógeno nitritos leucocitos. Frasco con 100 tiras. TATC. 133.4000 1514.00 201,967.60 3 Salud Materna 2.3.1 Ramo 12 Pruebas Rápidas. Reactivo para la determinación cromatográfica, cualitativa de anticuerpos contra VIH tipo 1 y 2 y Treponema pallidum. Cada sobre contiene · Cartucho de prueba. · Un bulbo de plástico con regulador de corrimiento. · Un bulbo de plástico vacío (pipeta para toma de muestra). · Una lanceta retráctil con 3 niveles de punción. Caja para mínimo 10 sobres Con sensibilidad igual o superior al 99% y especificidad igual o superior al 98% para VIH y sensibilidad no menor al 95% y una especificidad no menor al 98% para sífilis, de acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos, o en su caso algún otro organismo internacional como la FDA, EMA o la Organización Mundial de la Salud. | PRUEBAS RÁPIDAS. Reactivo para la determinación comatrográfica, cualitativa de anticuerpos contra VIH tipo 1 y 2 y Treponema Pallidum. Cada sobre contiene: Cartucho de prueba. -Un bulbo de plástico con regulador de corrimiento. -Un bulbo de plástico vacio (pipeta para toma de muestra). - Una lanceta retráctil con 3 niveles de punción. Caja para 122.3800 98386.00 12,040,478.68 134 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) mínimo 10 sobres. Con sensibilidad igual o superior al 99% y especificidad igual o superior al 98% para VIH y sensibilidad no menor al 95% y una especificidad no menor al 98% para sífilis, de acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemilógicos. 3 Salud Materna 2.5.1 Ramo 12 Ácido Tranexámico. Solución Inyectable. Cada ampolleta contiene Ácido tranexámico 500 mg Vehículo c.b.p. 5mL. Envase con cinco ampolletas de 5 mL cada una. | SOLUCIÓN INYECTABLE. Cada ampolleta contiene: Ácido tranexámico 500 mg. Vehículo c.b.p.5 mL. Envase con cinco ampolletas de 5 mL cada una 9,999.0000 1370.00 13,698,630.00 3 Salud Materna 2.5.1 Ramo 12 Balón Bakri | Balón Bakri 7,200.0000 335.00 2,412,000.00 3 Salud Materna 2.5.1 Ramo 12 Pruebas Rápidas. Gonadotrofina coriónica fracción Beta. Prueba rápida cualitativa de un solo paso en membrana sólida para determinación en orina o suero, en sobre individual Sensibilidad 20 Mui/ml. A 25 Mui/ml. Equipo. Prueba en cartucho de plástico, con pipeta desechable. Equipo con control positivo y negativo para múltiples pruebas. Equipo para múltiplos de 10, mínimo 10, máximo 100 pruebas. TATC. | Prueba Rápida de Gonadotrofina 80.0000 32795.00 2,623,600.00 4 Salud Perinatal 2.3.1 Ramo 12 Equipo de Emisiones Otoacústicas | Equipo de Emisiones Otoacústicas 250,000.0000 14.00 3,500,000.00 4 Salud Perinatal 2.4.1 Ramo 12 Lancetas Lanceta de retracción automática y permanente. Incisión de 1.8 a 2.0 mm, integrada a un disparador de plástico; con dispositivo plástico removible que asegure la esterilidad. Estéril y desechable. Caja con 100 y sus múltiplos. | Lanceta de retracción automática y permanente. Incisión de 1.8 a 2.0 mm, integrada a un disparador de plástico; con dispositivo plástico removible que asegure la esterilidad., Estéril y desechable. , Caja con 100 y sus múltiplos. 5.5000 36200.00 199,100.00 4 Salud Perinatal 2.4.1 Ramo 12 Papeles. Para prueba de TSH. Papel filtro, de algodón 100%, sin aditivos, especial para recolección y transporte de sangre de neonatos, con impresión de cinco círculos punteados de un centímetro de diámetro cada uno, con nombre, número progresivo y formato duplicado foliados. Múltiplo de 10 hojas, máximo 100. | Papel filtro, de algodón 100%, sin aditivos, especial para recolección y transporte de sangre de neonatos, con , impresión de cinco círculos punteados de un centímetro de diámetro cada uno, con nombre, número , progresivo y formato duplicado foliados. 8.5000 36180.00 307,530.00 5 Aborto Seguro 2.3.1 Ramo 12 Mifepristona. Tableta. Cada tableta contiene Mifepristona 200 mg. Envase con una tableta. | Mifepristona. Tableta. Cada tableta contiene: Mifepristona 200 mg. Envase con una tableta. 850.0000 165.00 140,250.00 5 Aborto Seguro 2.3.2 Ramo 12 Misoprostol. Tabletas Cada tableta contiene: Misoprostol 200 µg. Envase con 28 tabletas. | Misoprostol. Tabletas Cada tableta contiene: Misoprostol 200 µg. Envase con 28 tabletas. 298.4500 171.00 51,034.95 5 Aborto Seguro 2.3.3 Ramo 12 Jeringas. De plástico grado médico, para aspiración manual endouterina, reesterilizable, capacidad de 60 ml, con anillo de seguridad, émbolo en forma de abanico, extremo interno en forma cónica, con anillo de goma negro en su interior y dos válvulas de control externas. Para cánulas de 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 12 mm de diámetro. Pieza. | Jeringas de plástico grado médico para aspiración manual endouterina reesterilizable capacidad de 60 ml con anillo de seguridad émbolo en forma de abanico extremo interno en forma cónica con anillo de goma negro en su interior y dos válvulas de control externas. Para cánulas de 4, 5, 6, 7, 8, 9, y 12 mm de diámetro. 5,200.0000 375.00 1,950,000.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 135 NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 6 Violencia de Género 2.1.1 Ramo 12 Bictegravir sódico 52.5 mg equivalente a 50 mg de bictagravir. Emtricitabina 200 mg. Tenofovir alafenamida fumarato 28 mg equivalente a 25 mg de tenofovir alafenamida. Caja con un frasco con 30 tabletas | Para el uso de atenciones otorgadas a personas víctimas de violación sexual 1,720.0000 30.00 51,600.00 TOTAL 44,191,030.01 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes 4.2.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | AMOXICILINA L.A. 659.0000 54.00 35,586.00 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes 4.2.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | TILETAMINA-ZOLAZEPAM 10% 779.0000 541.00 421,439.00 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes 4.2.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | XILACINA 2% 569.0000 270.00 153,630.00 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 2.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Ethambutol 100 mg. Frasco c/100 tabletas dispersables 482.0200 24.00 11,568.48 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 2.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Isoniazida 100 mg, caja c/100 tabletas dispersables 193.4500 17.00 3,288.65 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 2.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Isoniazida 300 mg, caja c/ 672 tabletas. 264.0000 3.00 792.00 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 2.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Rifampicina 75 mg + INH 50 mg, caja c/84 tabletas dispersables 268.9900 58.00 15,601.42 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 2.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Rifampicina 75 mg. + Isoniazida 50 mg. + Pirazinamida 150 mg. Caja c/84 tabletas dispersables 348.1000 29.00 10,094.90 136 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 2.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Rifapentina 150 mg, caja c/100 tabletas dispersables. 303.6000 13.00 3,946.80 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 2.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Rifapentina 300 mg, caja c/100 tabletas 745.5800 17.00 12,674.86 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 3.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Cartuchos Xpert MTB/RIF ultra 7,896.7500 66.00 521,185.50 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Linezolid. Tableta. Cada tableta contiene Linezolid 600 mg. Envase con 10 tabletas. | Linezolid 600mg, caja c/ 10 tabletas (010.000.4290.00) 197.9000 824.00 163,069.60 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Moxifloxacino. Tableta Cada Tableta contiene Clorhidrato de moxifloxacino equivalente a 400 mg de moxifloxacino. Envase con 7 Tabletas. | Moxifloxacino 400mg, caja c/ 7 tabletas (010.000.4252.00) 34.5500 229.00 7,911.95 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Bedaquiline 100mg, envase c/ 188 tabletas (S/C) 6,637.1500 24.00 159,291.60 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Cicloserina 250mg, caja c/ 100 tabletas (S/C) 524.6500 36.00 18,887.40 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Clofazimina 100mg, caja c/ 100 cápsulas (S/C) 976.0500 76.00 74,179.80 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Delamanid 25mg, envase c/48 tab dispersables 1,983.0000 7.00 13,881.00 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Delamanid 50mg, envase c/ 48 tabletas (S/C) 1,983.0000 7.00 13,881.00 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Levofloxacino 100mg, caja c/ 100 tabletas dispersables (S/C) 231.5200 17.00 3,935.84 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 137 NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Levofloxacino 250mg, caja c/ 100 tabletas (S/C) 59.5200 309.00 18,391.68 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Moxifloxacino 100 mg. Caja c/100 tabletas dispersables 454.0000 2.00 908.00 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Piridoxina (Vit B6) 100mg, caja c/ 250 tabletas (S/C) 209.8500 19.00 3,987.15 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Pretomanid 200mg, caja c/ 26 tabletas (S/C) 1,144.0000 60.00 68,640.00 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Ramo 12 Sin clave de Compendio | Prothionamida 250 mg. Caja c/100 tabletas 233.0000 36.00 8,388.00 4 Emergencias en Salud 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Albendazol. Suspensión Oral Cada frasco contiene albendazol 400 mg Envase con 20 ml. | Sin descripción complementaria 3.8000 400.00 1,520.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Albendazol. Tableta Cada Tableta contiene albendazol 200 mg Envase con 2 Tabletas. | Sin descripción complementaria 2.6000 400.00 1,040.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Aluminio y magnesio. Suspensión Oral Cada 100 ml contienen Hidróxido de aluminio 3.7 g Hidróxido de magnesio 4.0 g o trisilicato de magnesio 8.9 g Envase con 240 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria 28.0000 120.00 3,360.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Aluminio y magnesio. Suspensión Oral Cada 100 ml contienen Hidróxido de aluminio 3.7 g Hidróxido de magnesio 4.0 g o trisilicato de magnesio 8.9 g Envase con 240 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria 29.0000 80.00 2,320.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Ambroxol. Solución Cada 100 ml contienen Clorhidrato de ambroxol 300 mg Envase con 120 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria 7.0000 200.00 1,400.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Amlodipino. Tableta o Cápsula Cada Tableta o Cápsula contiene Besilato o Maleato de amlodipino equivalente a 5 mg de amlodipino. Envase con 30 Tabletas o Cápsulas. | Sin descripción complementaria 6.8000 40.00 272.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Amoxicilina / ácido clavulánico. Suspensión Oral Cada frasco con polvo contiene Amoxicilina trihidratada equivalente a 1.5 g de amoxicilina. Clavulanato de potasio equivalente a 375 mg de ácido clavulánico. Envase con 60 ml, cada 5 ml con 125 mg de amoxicilina y 31.25 mg ácido clavulánico. | Sin descripción complementaria 18.8100 200.00 3,762.00 138 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Amoxicilina / ácido clavulánico. Tableta Cada Tableta contiene amoxicilina trihidratada equivalente a 500 mg de amoxilina. Clavulanato de potasio equivalente a 125 mg de ácido clavulánico. Envase con 12 Tabletas. | Sin descripción complementaria 25.0000 120.00 3,000.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Amoxicilina / ácido clavulánico. Tableta Cada Tableta contiene amoxicilina trihidratada equivalente a 500 mg de amoxilina. Clavulanato de potasio equivalente a 125 mg de ácido clavulánico. Envase con 12 Tabletas. | Sin descripción complementaria 26.0000 80.00 2,080.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Azitromicina. Tableta Cada Tableta contiene Azitromicina dihidratada equivalente a 500 mg de azitromicina Envase con 4 Tabletas. | Sin descripción complementaria 14.5000 200.00 2,900.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Benzatina bencilpenicilina. Suspensión Inyectable Cada frasco ámpula con polvo contiene: Benzatina bencilpenicilina equivalente a 1 200 000 UI de bencilpenicilina. Envase con un frasco ámpula y 5 ml de diluyente. | Sin descripción complementaria 38.0000 400.00 15,200.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Butilhioscina o hioscina. Gragea o Tableta Cada Gragea o Tableta contiene Bromuro de butilhioscina o butilbromuro de hioscina 10 mg Envase con 10 Grageas o Tabletas. | Sin descripción complementaria 5.9500 48.00 285.60 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Butilhioscina o hioscina. Gragea o Tableta Cada Gragea o Tableta contiene Bromuro de butilhioscina o butilbromuro de hioscina 10 mg Envase con 10 Grageas o Tabletas. | Sin descripción complementaria 6.4500 32.00 206.40 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Butilhioscina o hioscina. Solución Inyectable Cada ampolleta contiene Bromuro de butilhioscina o butilbromuro de hioscina 20 mg Envase con 3 ampolletas de 1 ml. | Sin descripción complementaria 5.9400 80.00 475.20 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Clioquinol. Crema Cada g contiene Clioquinol 30 mg Envase con 20 g. | Sin descripción complementaria 7.0000 240.00 1,680.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Clioquinol. Crema Cada g contiene Clioquinol 30 mg Envase con 20 g. | Sin descripción complementaria 7.1900 160.00 1,150.40 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Cloranfenicol. Solución oftálmica. Cada ml contiene: Cloranfenicol levógiro 5 mg Envase con gotero integral con 15 ml. | Sin descripción complementaria 16.0000 400.00 6,400.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Clorfenamina. Tableta. Cada tableta contiene Maleato de clorfenamina 4.0 mg Envase con 20 Tabletas. | Sin descripción complementaria 8.2800 80.00 662.40 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Diclofenaco. Cápsula o gragea de liberación prolongada. Cada gragea contiene Diclofenaco sódico 100 mg Envase con 20 Cápsulas o Grageas. | Sin descripción complementaria 4.8000 80.00 384.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Dicloxacilina. Cápsula o comprimido. Cada cápsula o comprimido contiene Dicloxacilina sódica 500 mg Envase con 20 Cápsulas o Comprimidos. | Sin descripción complementaria 32.0000 40.00 1,280.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Difenhidramina. Jarabe. Cada 100 mililitros contienen Clorhidrato de difenhidramina 250 mg. Envase con 60 ml. | Sin descripción complementaria 6.0000 24.00 144.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Difenhidramina. Jarabe. Cada 100 mililitros contienen Clorhidrato de difenhidramina 250 mg. Envase con 60 ml. | Sin descripción complementaria 6.1000 16.00 97.60 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 139 NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Doxiciclina. Cápsula o Tableta. Cada cápsula o tableta contiene Hiclato de doxiciclina equivalente a 100 mg de doxiciclina. Envase con 10 cápsulas o tabletas. | Sin descripción complementaria 13.5000 200.00 2,700.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Electrolitos Orales. Polvo (Fórmula de osmolaridad Baja) Cada sobre con polvo contiene Glucosa anhidra o glucosa 13.5 g Cloruro de potasio 1.5 g Cloruro de sodio 2.6 g Citrato trisódico dihidratado 2.9 g Envase con 20.5 g | Sin descripción complementaria 2.6200 1200.00 3,144.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Electrolitos Orales. Polvo (Fórmula de osmolaridad Baja) Cada sobre con polvo contiene Glucosa anhidra o glucosa 13.5 g Cloruro de potasio 1.5 g Cloruro de sodio 2.6 g Citrato trisódico dihidratado 2.9 g Envase con 20.5 g | Sin descripción complementaria 2.7200 720.00 1,958.40 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Electrolitos Orales. Polvo (Fórmula de osmolaridad Baja) Cada sobre con polvo contiene Glucosa anhidra o glucosa 13.5 g Cloruro de potasio 1.5 g Cloruro de sodio 2.6 g Citrato trisódico dihidratado 2.9 g Envase con 20.5 g | Sin descripción complementaria 2.8200 480.00 1,353.60 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Enalapril. Cápsula o tableta. Cada cápsula o tableta contiene Maleato de enalapril 10 mg. Envase con 30 cápsulas o tabletas. | Sin descripción complementaria 5.3500 160.00 856.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Eritromicina. Suspensio´n Oral Cada 5 ml contienen: Estearato o etilsuccinato o estolato de eritromicina equivalente a 250 mg de eritromicina. Envase con polvo para 100 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria 37.0000 120.00 4,440.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Eritromicina. Suspensio´n Oral Cada 5 ml contienen: Estearato o etilsuccinato o estolato de eritromicina equivalente a 250 mg de eritromicina. Envase con polvo para 100 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria 39.8200 80.00 3,185.60 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Glibenclamida. Tableta Cada tableta contiene Glibenclamida 5 mg. Envase con 50 tabletas. | Sin descripción complementaria 3.5000 160.00 560.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Isosorbida. Tableta sublingual Cada Tableta contiene: Dinitrato de isosorbida 5 mg Envase con 20 Tabletas sublinguales. | Sin descripción complementaria 83.0000 40.00 3,320.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Itraconazol. Cápsula Cada Cápsula contiene Itraconazol 100 mg Envase con 15 Cápsulas. | Sin descripción complementaria 37.2400 120.00 4,468.80 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Jeringas . De plástico. Desechables, con aguja retractable. Capacidad: 3 ml. Calibre: 21 G x Longitud: 38 mm. Envase con 100 Piezas. | Jeringas para inyectar de 3 ml 341.4900 3.00 1,024.47 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Jeringas. Para extraer sangre o inyectar sustancias, con pivote tipo luer lock, de polipropileno, volumen de 5 ml y aguja calibre 21 G y 32 mm de longitud. Estéril. Envase con 100 piezas. | Sin descripción complementaria 124.0000 1.00 124.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Jeringas. Para extraer sangre o inyectar sustancias, con pivote tipo luer lock, de polipropileno, volumen de 5 ml y aguja calibre 21 G y 32 mm de longitud. Estéril. Envase con 100 piezas. | Sin descripción complementaria 130.0000 3.00 390.00 140 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Metamizol sodico. Comprimido cada comprimido contiene metamizol sódico 500 mg. envase con 10 comprimidos. | Sin descripción complementaria 4.9400 80.00 395.20 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Metformina. Tableta Cada Tableta contiene Clorhidrato de metformina 850 mg Envase con 30 Tabletas. | Sin descripción complementaria 7.4600 160.00 1,193.60 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Metoclopramida. Tableta Cada Tableta contiene Clorhidrato de metoclopramida 10 mg Envase con 20 Tabletas. | Sin descripción complementaria 4.2800 120.00 513.60 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Metoclopramida. Tableta Cada Tableta contiene Clorhidrato de metoclopramida 10 mg Envase con 20 Tabletas. | Sin descripción complementaria 4.6000 80.00 368.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Metoprolol. Tableta Cada Tableta contiene Tartrato de metoprolol 100 mg Envase con 20 Tabletas. | Sin descripción complementaria 6.0000 16.00 96.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Metoprolol. Tableta Cada Tableta contiene Tartrato de metoprolol 100 mg Envase con 20 Tabletas. | Sin descripción complementaria 6.3500 24.00 152.40 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Metronidazol. Suspensión Oral Cada 5 ml contienen Benzoilo de metronidazol equivalente a 250 mg de metronidazol. Envase con 120 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria 12.0000 72.00 864.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Metronidazol. Suspensión Oral Cada 5 ml contienen Benzoilo de metronidazol equivalente a 250 mg de metronidazol. Envase con 120 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria 12.5000 48.00 600.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Metronidazol. Tableta Cada Tableta contiene Metronidazol 500 mg Envase con 30 Tabletas. | Sin descripción complementaria 12.0000 72.00 864.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Metronidazol. Tableta Cada Tableta contiene Metronidazol 500 mg Envase con 30 Tabletas. | Sin descripción complementaria 12.5000 48.00 600.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Miconazol. Crema Cada gramo contiene Nitrato de miconazol 20 mg Envase con 20 g. | Sin descripción complementaria 5.8000 240.00 1,392.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Miconazol. Crema Cada gramo contiene Nitrato de miconazol 20 mg Envase con 20 g. | Sin descripción complementaria 5.8500 160.00 936.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Nafazolina. Solución Oftálmica Cada ml contiene Clorhidrato de Nafazolina 1 mg Envase con gotero integral con 15 ml. | Sin descripción complementaria 5.0000 800.00 4,000.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Naproxeno. Tableta Cada Tableta contiene Naproxeno 250 mg Envase con 30 Tabletas. | Sin descripción complementaria 10.3700 200.00 2,074.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Neomicina, polimixina b y gramicidina. Solución Oftálmica Cada ml contiene Sulfato de Neomicina equivalente a 1.75 mg de Neomicina. Sulfato de Polimixina B equivalente a 5 000 U de Polimixina B. Gramicidina 25 µg Envase con gotero integral con 15 ml. | Sin descripción complementaria 29.9000 400.00 11,960.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Óxido de zinc. Pasta Cada 100 g contienen Óxido de zinc 25. 0 g Envase con 30 g. | Sin descripción complementaria 8.5000 400.00 3,400.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Pantoprazol o rabeprazol u omeprazol. Tableta o Gragea o Cápsula Cada Tableta o Gragea o Cápsula contiene: Pantoprazol 40 mg o Rabeprazol sódico 20 mg u omeprazol 20 mg Envase con 14 Tabletas o Grageas o Cápsulas | Sin descripción complementaria 9.0000 200.00 1,800.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 141 NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Paracetamol. Solución oral cada ml contiene paracetamol 100 mg. envase con 15 ml, gotero calibrado a 0.5 y 1 ml, integrado o adjunto al envase que sirve de tapa. | Sin descripción complementaria 7.6500 600.00 4,590.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Paracetamol. Tableta cada tableta contiene paracetamol 500 mg. envase con 10 tabletas. | Sin descripción complementaria 2.9300 480.00 1,406.40 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Paracetamol. Tableta cada tableta contiene paracetamol 500 mg. envase con 10 tabletas. | Sin descripción complementaria 3.0000 320.00 960.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Salbutamol. Jarabe Cada 5 ml contienen Sulfato de salbutamol equivalente a 2 mg de salbutamol Envase con 60 ml. | Sin descripción complementaria 5.2000 20.00 104.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Salbutamol. Suspensión en aerosol. Cada inhalador contiene Salbutamol 20 mg o Sulfato de salbutamol equivalente a 20 mg de salbutamol Envase con inhalador con 200 dosis de 100 µg. | Sin descripción complementaria 26.5000 20.00 530.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Trimetoprima-sulfametoxazol. Comprimido o Tableta Cada Comprimido o Tableta contiene Trimetoprima 80 mg Sulfametoxazol 400 mg Envase con 20 Comprimidos o Tabletas. | Sin descripción complementaria 8.5000 120.00 1,020.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Trimetoprima-sulfametoxazol. Comprimido o Tableta Cada Comprimido o Tableta contiene Trimetoprima 80 mg Sulfametoxazol 400 mg Envase con 20 Comprimidos o Tabletas. | Sin descripción complementaria 9.0000 80.00 720.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Trimetoprima-sulfametoxazol. Suspensión Oral Cada 5 ml contienen Trimetoprima 40 mg Sulfametoxazol 200 mg Envase con 120 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria 9.0000 120.00 1,080.00 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Ramo 12 Trimetoprima-sulfametoxazol. Suspensión Oral Cada 5 ml contienen Trimetoprima 40 mg Sulfametoxazol 200 mg Envase con 120 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria 9.8000 80.00 784.00 TOTAL 1,864,708.30 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Vacunación Universal 1 Vacunación Universal 1.1.1 Ramo 12 Vacuna Contra Difteria, Tos Ferina, Tetanos, Hepatitis B, Poliomielitis Y Haemophilus Influenzae Tipo B. Suspension Inyectable. Cada frasco ámpula con 0.5 ml contiene Toxoide diftérico no menos de 20 UI Toxoide tetánico no menos de 40 UI Toxoide pertussis 25 µg Hemaglutinina filamentosa 25 µg Poliovirus tipo 1 inactivado (Mahoney) 40 U Poliovirus tipo 2 inactivado (MEF1) 8 U Poliovirus tipo 3 inactivado (Saukett) 32 U Antígeno de superficie del virus de Hepatitis B 10 µg Polisacárido capsular de Haemophilus influenzae tipo b 12 µg Conjugado a la proteína tetánica 22-36 µg Envase con 10 frascos ámpula con 1 dosis de 0.5 ml cada uno. | Envase con 10 frascos ámpula con 1 dosis de 0.5 ml cada uno. Clave 020.000.6135.00 3,293.9000 22064.00 72,676,609.60 142 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE FUENTE DE FINANCIAMIENTO CONCEPTO PRECIO UNITARIO CANTIDAD TOTAL (PESOS) 1 Vacunación Universal 2.1.1 Ramo 12 Vacuna Antiinfluenza Tetravalente. Suspensión Inyectable. Cada dosis de 0.5 ml contiene Fracciones antigénicas purificadas e inactivadas de virus de influenza tipo A y de virus de influenza tipo B correspondientes a las cepas autorizadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el periodo pre-invernal e invernal de los años correspondientes del hemisferio norte. Caja con 10 frascos ámpula con 5 mL cada uno correspondientes a 10 dosis de 0.5mL (100 dosis). | Caja con 10 frascos ámpula con 5 mL cada uno correspondientes a 10 dosis de 0.5mL (100 dosis) Clave 020.000. 6317.01 8,157.0000 6275.00 51,185,175.00 TOTAL 123,861,784.60 GRAN TOTAL (PESOS) 194,819,624.56 Para efectos del presente ANEXO, el precio unitario definitivo dependerá del precio adjudicado que informe “LA SECRETARÍA”, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, derivado del procedimiento de contratación que se realice al amparo de la normatividad aplicable y se asentará en el dictamen del “GTT” respectivo, de conformidad con lo establecido en el quinto y sexto párrafo numerales 3 y 4 de la cláusula DÉCIMA PRIMERA de este “CONVENIO ESPECIFICO”, el cual formará parte integral del mismo. Relación de insumos/bienes suministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" derivados de donativos recibidos por “LA SECRETARÍA” para la operación de “LOS PROGRAMAS”. L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Programa: Salud Sexual y Reproductiva Componente: Salud Materna Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas Institución Secretaría de Salud Servicios de Salud IMSS-Bienestar Total 0 5,670 5,670 Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARIA”, conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico. La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 143 ANEXO 7 Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud 1.1 Comunidades y municipios 1.1.1 Proceso Número de Red Estatal de Municipios por la Salud instalada Número de Red Estatal de Municipios por la Salud Mide el número de Redes Estatales de Municipios por la Salud 25 1 1.1 Comunidades y municipios 2.1.1 Proceso Número municipios que implementaron un programa de trabajo con acciones intersectoriales y de salud pública en el año Número total de municipios en el año t Mide el porcentaje de municipios que están implementando un Programa de Trabajo con acciones intersectoriales y de salud pública para incidir en los principales problemas de salud a nivel local. 647 16 1.1 Comunidades y municipios 3.1.1 Resultado Número de comunidades de 500 a 2500 habitantes certificadas como saludables y en caso de prioridad de salud pública en localidades urbanas Número de comunidades programadas de 500 a 2500 habitantes certificadas como saludables y en caso de prioridad de salud pública en localidades urbanas Mide el número de comunidades que lograron certificación mediante el trabajo participativo de los integrantes de ésta (Personas, familias, instituciones, OSC) para mejorar su salud a través del control de los determinantes sociales de la salud. 433 16 1.1 Comunidades y municipios 4.1.1 Resultado Número de Jurisdicciones Sanitarias o Distritos de salud que realizarn Jornadas Nacionales de Salud Pública Número de Jurisdicciones Sanitarias o Distritos de Salud con Jornadas Naciones de Salud Pública programadas Mide el número de Jornadad Nacionales de Salud Pública por Jurisdicción o Distrito que realizan acciones de salud pública. 242 16 1.1 Comunidades y municipios 6.1.1 Proceso Número de municipios con autoridades municipales sensibilizadas en la implementación de proyectos municipales de salud pública en el año Número total de municipios en el año t Mide el porcentaje de municipios con autoridades sensibilizadas en la implementación de proyectos con acciones intersectoriales y de salud pública que incidan en los principales problemas de salud a nivel local. 647 16 1.2 Estilos de vida saludables 1.1.1 Resultado Escuelas certificadas como promotoras de la salud de educación básica y media superior Total de escuelas a nivel nacional de educación básica y media superior Mide la propoción de escuelas certificadas como promotoras de la salud con respecto a la totalidad de escuelas de educación básica y media superior 20 20 1.2 Estilos de vida saludables 2.2.1 Resultado Entornos laborales certificados como saludables Entornos laborales programados para certificar Mide la propoción de entornos laborales certificados como saludables 90 90 1.2 Estilos de vida saludables 3.3.1 Resultado Estrategias educativas para promover estilos de vida saludables realizadas. Estrategias educativas para promover estilos de vida saludables programadas Mide la proporción de estrategias educativas realizadas para el fomento de estilos de vida saludables 100 100 144 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1.4 Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos 1.3.1 Proceso Número de campañas en temas de salud pública implementadas en medios, digitales., , , Total de campañas en temas de salud pública implementadas en medios digitales programadas *106 El indicador mide el porcentaje de campañas en temas de salud pública, difundidas a través de medios digitales como Facebook, Twitter, Instagram, Youtube, páginas web, entre otros. 56 4 1.5 Personas en Movilidad 1.1.1 Proceso Número de albergues para población migrante validados como promotores de la salud Número de albergues para población migrante validados como promotores de la salud Número de albergues para población migrante validados como promotores de la salud 53 2 1.5 Personas en Movilidad 1.2.1 Resultado Número de ferias de promoción de salud para población migrante realizadas Número de ferias de promoción de salud para población migrante Número de ferias de promoción de salud para población migrante 228 16 1.6 SNSP 1.1.1 Resultado Escuelas certificadas como promotoras de la salud de educación básica y media superior Total de escuelas a nivel nacional de educación básica y media superior Mide la propoción de escuelas certificadas como promotoras de la salud con respecto a la totalidad de escuelas de educación básica y media superior 20 20 1.6 SNSP 2.2.1 Resultado Entornos laborales certificados como saludables Entornos laborales programados para certificar Mide la propoción de entornos laborales certificados como saludables 90 90 1.6 SNSP 3.3.1 Resultado Estrategias educativas para promover estilos de vida saludables realizadas. Estrategias educativas para promover estilos de vida saludables programadas Mide la proporción de estrategias educativas realizadas para el fomento de estilos de vida saludables 100 100 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial 1.1 Seguridad Vial 2.2.1 Proceso Número de municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría Total de municipios prioritarios por 100 Municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría 1 16 1.1 Seguridad Vial 4.2. 1 Resultado Número de personas sensibilizadas en seguridad vial del grupo de edad de = 5 años que ha recibido información para la prevención de lesiones causadas por el tránsito Total de población por entidad federativa del grupo de edad de = 5 años) x 100 Cobertura de personas sensibilizadas para la identificación de factores de riesgos y la adopción de conductas seguras para la prevención de lesiones causadas por el tránsito 1 1.3% 1.2 PA en Grupos Vulnerables 1.1.1 Resultado Número de mediciones de factores de riesgo realizadas Número de mediciones de factores de riesgo programadas) x 100 Las entidades federativas realizarán el levantamiento de datos correspondiente a la identificación de factores de riesgo en escuelas primarias, con la finalidad de establecer acciones de prevención de lesiones accidentales. 100% 100 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 145 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1.2 PA en Grupos Vulnerables 3.2.1 Resultado Número de cursos de capacitación sobre prevención y manejo de lesiones accidentales realizados Número de cursos de capacitación sobre prevención y manejo de lesiones accidentales programados) x 100 Las entidades federativas coordinaran la realización de cursos de capacitación dirigidos a profesionales vinculados con la prevención y manejo de lesiones accidentales para contribuir a disminuir los daños a la salud ocasionados por estas causas. 100% 1 1.2 PA en Grupos Vulnerables 4.1.1 Resultado Número de acciones de sensibilización sobre prevención de lesiones accidentales realizadas. Número de acciones de sensibilización sobre prevención de lesiones accidentales programados) x 100 Las entidades federativas realizarán acciones de sensibilización de acuerdo al grupo de edad de pertenencia, con la finalidad de que puedan identificar los principales factores de riesgo para la ocurrencia de lesiones accidentales. 100% 3 1.2 PA en Grupos Vulnerables 4.3.1 Proceso Número de campañas de comunicación de lesiones accidentales realizadas en la entidad Número de campañas de comunicación de lesiones accidentales programadas en la entidad) x 100 Mide el número de entidades federativas que difunden, a través de diferentes medios de comunicación, acciones de prevención de lesiones accidentales (ahogamientos, asfixias, cardas, envenenamientos e intoxicaciones y quemaduras). 100% 1 1.3 Modelo de Atención Médica Prehospitalaria 1.1.1 Resultado Número de cursos de capacitación para primeros respondientes realizados Número de cursos de capacitación para primeros respondientes programados) x 100 El Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes por medio de los COEPRAS realizan las intervenciones sobre la capacitación a primero respondientes dentro de las entidades obteniendo las evidencias necesarias para su validación. 1 1 1.3 Modelo de Atención Médica Prehospitalaria 2.2.1 Resultado Implementación del Sistema de comunicación de misión critica para el fortalecimiento de los CRUM funcionales Total de estados federales por 100 Sistema de Radio Comunicación de Emergencias que permita tener compatibilidad con otras dependencias de salud y dependencias de emergencias del país para establecer comunicación en la operatividad diaria, ante contingencias incidentes con saldo masivo de víctimas o desastres. 1 1 146 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Vigilancia Epidemiológica 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.1 Proceso Número de indicadores de oportunidad de subsistemas del SINAVE que mostraron mejoría respecto al año previo Numero de indicadores de oportunidad de los subsistemas del SINAVE que se evaluaron Evaluar la oportunidad en la notificación de casos sujetos a vigilancia epidemiológica por el SINAVE 100% 100% 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.2 Proceso Número de boletínes, informes y panoramas publicados en el año Número de boletínes, informes y panoramas programados para ser publicados en el año Proporcionar información en salud que permita tomar decisiones para el control y la prevención de las enfermedades que se vigilan 100% 100% 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.3 Proceso Numero de Jurisdicciones Programadas por cada Entidad para ser Supervisadas durante el año Numero de Jurisdicciones Programadas por cada Entidad para ser Supervisadas durante el año Verificar la aplicación de los procesos de vigilancia epidemiológica en todos los niveles técnico-administrativos del SINAVE 100% 100% 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.4 Proceso Número de funciones comprobadas que realiza la UIES estatal Número de funciones que debe realizar la UIES estatal según el lineamiento federal Constatar que las UIES operan de manera integral según el lineamiento federal 100% 100% 1 Vigilancia Epidemiológica 1.1.5 Proceso Número de funciones comprobadas que realizan los Servicios de Sanidad Internacional en la Entidad Número de funciones que deben realizar los Servicios de Sanidad Internacional en la entidad, según el lineamiento federal. Constatar que los Servicios de Sanidad Internacional operan de manera integral y coordinada según el lineamiento federal 100% 100% K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 VIH y otras ITS 1 VIH y otras ITS 1.2.1 Proceso Personas usuarias sin seguridad social que recibieron PrEP al menos una vez al año Personas usuarias sin seguridad social programadas para recibir PrEP al menos una vez al año Mide la proporción de personas usuarias sin seguridad social que recibieron PrEP, al menos una vez al año, respecto de las personas usuarias programadas, las cuales reciben paquetes integrales de prevención combinada, entre los que se encuentran condones y lubricantes 100% 100% 1 VIH y otras ITS 11.6.1 Resultado Detecciones de sífilis en personas sin seguridad social en tratamiento antirretroviral, en el año. Personas sin seguridad social, de 15 a 60 años que se encuentran en tratamiento antirretroviral, en el año. Mide el número de detecciones de sífilis realizadas por personas sin seguridad social en tratamiento antirretroviral, de 15 a 60 años en el año. 0.9 0.9 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 147 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 VIH y otras ITS 3.10.1 Resultado Personas viviendo con VIH sin seguridad social que se incorporan/reincorporan a la atención cuyo primer recuento de linfocitos CD4 es menor a 200 células/µl. Personas viviendo con VIH sin seguridad social incorporadas/reincorporadas a la atención que tuvieron su primer recuento de linfocitos CD4 en el periodo. Es la proporción de personas viviendo con VIH sin seguridad social que se incorporan/reincorporan a la atención con un recuento de linfocitos CD4 menor a 200 células/µl, con respecto al total de las personas viviendo con VIH sin seguridad social incorporadas/reincorporadas a la atención en el año. 100% 100% 1 VIH y otras ITS 3.8.1 Proceso Personal de salud contratado por Ramo 12 para apoyo del Programa de VIH e ITS, que aprobaron los cursos seleccionados. Personal de salud contratado por Ramo 12 para apoyo del Programa de VIH e ITS. Se refiere a la proporción de personal de salud contratados por Ramo 12 para apoyo del Programa de VIH e ITS, que aprobaron los cursos seleccionados*, con respecto al personal de salud contratados por Ramo 12, para apoyo del Programa de VIH e ITS. 100% 100% 1 VIH y otras ITS 5.1.1 Proceso Personas sin seguridad social que comenzaron a recibir tratamiento antirretroviral. Personas sin seguridad social que se vincularon a la atención de VIH. Se refiere a la proporción de personas sin seguridad social que comenzaron a recibir tratamiento antirretroviral, respecto de las personas sin seguridad social, que se vincularon a la atención del VIH en el año. 95% 95% 2 Virus de hepatitis C 2 Virus de hepatitis C 3.6.1 Proceso Personas sin seguridad social, diagnosticadas con VHC (con carga viral positiva) que estan en tratamiento antiviral. Número de personas sin seguridad social, con carga viral positiva a VHC en el periodo en cuestión Se refiere a la proporción de personas sin seguridad social, que reciben tratamiento antiviral, respecto de las personas sin seguridad social, que han sido diagnosticadas con VHC en el periodo. 90% 90% L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Salud Sexual y Reproductiva 1.1 SSR para Adolescentes 1.1.1 Proceso Total de campañas y estrategias de IEC realizadas para la adecuada difusión de los derechos sexuales y reproductivos. N/A Se refiere a las campañas realizadas con el objetivo de difundir los derechos sexuales y reproductivos. 64 2 1.1 SSR para Adolescentes 1.2.1 Estructura Total de consultorios sexual- MENTE responsables operando en las entidades federativas N/A Número de consultorios sexual- MENTE responsables operando en las entidades federativas 67 2 148 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1.1 SSR para Adolescentes 1.2.1 Estructura Total de cursos de Capacitación en marco Normativo y alineación al SNSP para responsables distritales N/A Se refiere al número de capacitaciones realizadas en materia de menstruación digna y su importancia en el acceso al derecho a la salud 160 5 1.1 SSR para Adolescentes 1.2.1 Proceso Material impreso distribuido a los SESA Material impreso programado Material de información , educación y comunicación (IEC) para adolescentes 222450 10000 1.1 SSR para Adolescentes 1.2.1 Proceso Material impreso distribuido a los SESA Material impreso programado Material de información , educación y comunicación (IEC) para adolescentes 500000 21600 1.1 SSR para Adolescentes 1.2.1 Proceso Material impreso distribuido a los SESA Material impreso programado Material de información , educación y comunicación (IEC) para adolescentes 88980 4000 1.1 SSR para Adolescentes 1.2.1 Proceso Número de niñas inscritas en 4°, 5° y 6° de educación primaria, que han recibido un kit de gestión menstrual kit de gestión menstrual programado para entregar a niñas inscritas en 4°, 5° y 6° de educación primaria Se refiere al número de niñas inscritas en 4°, 5° y 6° de educación primaria, que han recibido un kit de gestión menstrual 981664 55597 1.1 SSR para Adolescentes 1.2.1 Proceso Número de niñas inscritas en 4°, 5° y 6° de educación primaria, que han recibido un kit de gestión menstrual kit de gestión menstrual programado para entregar a niñas inscritas en 4°, 5° y 6° de educación primaria Se refiere al número de niñas inscritas en 4°, 5° y 6° de educación primaria, que han recibido un kit de gestión menstrual 981664 58850 1.1 SSR para Adolescentes 1.2.1 Proceso Total de campañas en materia de Menstruación digna realizadas N/A Se refiere a las campañas realizadas con el objetivo de difundir la menstruación digna, métodos de gestión mesntrual y su importancia en el acceso al derecho a la salud 64 2 1.1 SSR para Adolescentes 2.1.1 Proceso Total de supervisiones realizadas NA Se refiere a las visitas de supervisión realizadas durante el año 177 4 1.1 SSR para Adolescentes 2.2.1 Estructura Total de cursos de Capacitación en marco Normativo y alineación al SNSP para responsables distritales N/A Se refiere a las capacitaciones realizadas en materia de Marco Normativo de SSRA y alineación al SNSP para Jefes y resposables distritales. 247 16 1.1 SSR para Adolescentes 2.2.1 Resultado Mujeres adolescentes que aceptan un método anticonceptivo de larga duración, otorgado inmediato al evento obstétrico Mujeres adolescentes con evento obstétrico Porcentaje de mujeres adolescentes de 15 a 19 años que posterior a algún evento obstétrico, aceptan un método anticonceptivo de larga duración, excepto condón. 80% 71% Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 149 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1.1 SSR para Adolescentes 2.5.3 Resultado Total de mujeres adolescentes menores de 20 años que son usuarias activas de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud NA Mujeres adolescentes con vida sexual activa, que son usuarias activas de métodos anticonceptivos, y pertenecen a la población responsabilidad de la Secretaría de Salud 484036 30471 1.2 PF y Anticoncepción 1.1.1 Resultado Número de usuarias activas de anticonceptivos modernos aplicados o proporcionados en la Secretaría de Salud Total de usuarias activas programadas de métodos anticonceptivos modernos aplicados o proporcionados en la Secretaría de Salud Corresponde al número de usuarias activas de métodos anticonceptivos en la Secretaria de Salud, registradas en consulta externa durante el año (no incluye oclusiones tubarias bilaterales ni vasectomías) 4551462 163100 1.2 PF y Anticoncepción 2.1.1 Resultado Número de nuevas aceptantes de métodos anticonceptivos en la institución (consultas de primera vez), incluye usuarias de condón masculino y femenino Total de nuevas aceptantes de métodos anticonceptivos en la institución (consultas de primera vez), incluye usuarias de condón masculino y femenino Sistema de Información Básica en materia de salud (SINBA), , 670651 38866 1.2 PF y Anticoncepción 2.1.1 Resultado Número de usuarias activas de anticonceptivos modernos aplicados o proporcionados en la Secretaría de Salud Total de usuarias activas programadas de métodos anticonceptivos modernos aplicados o proporcionados en la Secretaría de Salud Corresponde al número de usuarias activas de métodos anticonceptivos en la Secretaria de Salud, registradas en consulta externa durante el año (no incluye oclusiones tubarias bilaterales ni vasectomías) 4551462 163100 1.2 PF y Anticoncepción 2.2.1 Resultado Número de usuarias activas de anticonceptivos modernos aplicados o proporcionados en la Secretaría de Salud Total de usuarias activas programadas de métodos anticonceptivos modernos aplicados o proporcionados en la Secretaría de Salud Corresponde al número de usuarias activas de métodos anticonceptivos en la Secretaria de Salud, registradas en consulta externa durante el año (no incluye oclusiones tubarias bilaterales ni vasectomías) 4551462 163100 1.2 PF y Anticoncepción 2.2.2 Resultado Mujeres que adoptan un método anticonceptivo moderno antes de su egreso hospitalario o bien durante el puerperio (40 días posteriores a la atención de su evento obstétrico) en unidades médicas de la SS o de los Servicios de Salud IMSS Bienestar. Mujeres a las que se les atendió un evento obstétrico (parto, aborto o cesárea) en unidades médicas de la Secretaría de Salud o de los Servicios de Salud IMSS Bienestar. Mujeres a las que se les atendió un evento obstétrico (parto, aborto o cesárea) y adoptan un método anticonceptivo moderno antes de su egreso hospitalario o bien dentro de los 40 días posteriores a la atención de su evento obstétrico en unidades médicas de la Secretaría de Salud (SS) o de los Servicios de Salud IMSS-Bienestar. 76.5 70 150 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1.2 PF y Anticoncepción 2.7.1 Resultado Vasectomías realizadas Total de vasectomías programadas Número de vasectomías realizadas a hombres con paridad satisfecha, responsabilidad de la Secretaría de Salud, 48896 3851 1.3 Salud Materna 1.2.1 Proceso Capacitaciones/supervisiones realizadas en la implementación de las intervenciones comunitarias Capacitaciones/supervisiones programadas en intervenciones comunitarias Capacitación y supervisión al personal de salud en los distritos sanitarios de su entidad de los diferentes niveles en temas de intervenciones comunitarias. 90% 90% 1.3 Salud Materna 1.3.1 Proceso Total de impresiones de Plan de Seguridad entregado a personas gestantes Total de impresiones de Plan de Seguridad Impresión para publicaciones oficiales, información en general y de difusión, material didáctico y de promoción para los componentes de Salud Materna (Plan de seguridad) 44804 44804 1.3 Salud Materna 1.3.1 Proceso Total de impresiones del Lineamiento de Intervenciones Comunitarias y material de Partería tradicional entregados Total de impresiones del Lineamiento de Intervenciones Comunitarias y material de Partería tradicional Impresión para publicaciones oficiales, información en general y de difusión, material didáctico y de promoción para los componentes de Salud Materna (Lineamiento de intervenciones comunitarias y material de partería tradicional) 600 600 1.3 Salud Materna 2.2.1 Proceso Campaña nacional en radio realizadas (Línea materna, signos y síntomas de alarma en embarazo y puerperio, depresión en el embarazo y puerperio, contingencias epidemiológicas en el embarazo) Campaña nacional en radio programadas (Línea materna, signos y síntomas de alarma en embarazo y puerperio, depresión en el embarazo y puerperio, contingencias epidemiológicas en el embarazo) Campaña nacional en radio (Línea materna, signos y síntomas de alarma en embarazo y puerperio, depresión en el embarazo y puerperio, contingencias epidemiológicas en el embarazo) 1 1 1.3 Salud Materna 2.2.1 Proceso Capacitación realizada (reunión nacional) con enfoque a la atención materna Capacitación programadas (reunión nacional) Capacitación integral a las 32 entidades federativas para fortalecer las acciones estrategicas enfocadas a la salud materna (reunión nacional) 1 1 1.3 Salud Materna 2.2.1 Proceso Número de materiales utilizados en la unidad médica y otorgados a la paciente embarazada (Tarjeta de embarazo, puerperio y lactancia -sis-38P, hoja de valoracion de riesgo obstétrico, valoración de depresión en el embarazo y puerperio) Número de materiales ministrados por el CNEGSR de impresión para publicaciones oficiales, información en general y de difusión, material didáctico y de promoción para los componentes de Salud Materna (Tarjeta de embarazo, puerperio y lactancia -sis-38P, hoja de valoracion de riesgo obstétrico, valoración de depresión en el embarazo y puerperio) Impresión para publicaciones oficiales, información en general y de difusión, material didáctico y de promoción para los componentes de Salud Materna (Tarjeta de embarazo, puerperio y lactancia - sis-38P, carnet de atención integral de embarazo, hoja de valoracion de riesgo obstétrico, valoración de depresión en el embarazo y puerperio) 48107 48107 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 151 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1.3 Salud Materna 2.2.1 Proceso Total de ácido fólico otorgado en el primer trimestre del embarazo Total de embarazadas atendidas de primera vez en el primer trimestre por 100 Proporción entre el número de embarazadas de primera vez en el primer trimestre, a las que se les entregó ácido fólico y el total de embarazadas de primera vez en el primer trimestre atendidas 0.95 0.95 1.3 Salud Materna 2.2.1 Proceso Total de embarazadas a las que se les dotó de hierro Total de embarazadas atendidas de primera vez por 100 Proporción del número de embarazadas a las que se les entregó fumarato ferroso y el total de embarazadas de primera vez atendidas 0.95 0.95 1.3 Salud Materna 2.2.1 Proceso Total de pruebas rápidas de Hepatitis C en embarazadas de primera vez Total de embarazadas de primera vez Detección de Hepatitis C realizadas en las pacientes embarazadas 1 1 1.3 Salud Materna 2.2.1 Proceso Total de tiras de orina aplicadas en embarazadas Total de embarazadas primera vez en cualquier trimestre del embarazo por 100 Proporción entre el número de tiras reactivas y el número de embarazadas atendidas 0.95 0.95 1.3 Salud Materna 2.3.1 Proceso Total de pruebas de VIH/Sífilis aplicadas en embarazadas de primera vez Total de embarazadas atendidas de primera vez Detección de VIH/Sífilis realizadas en las pacientes embarazadas de primera vez 2 2 1.3 Salud Materna 2.5.1 Proceso Capacitaciones realizadas en emergencias obstétricas Capacitaciones programadas en emergencias obstétricas *100 Capacitación integral para la capacidad de respuesta para la Atención de Emergencias Obstétricas 90% 90% 1.3 Salud Materna 2.5.1 Proceso Total de pruebas rápidas de gonadotrofina realizadas en el primer trimestre de primera vez Total de mujeres en edad reproductiva que se les aplicó la prueba rápida GC Detección oportuna del embarazo en el primer trimestre 0.6 0.6 1.3 Salud Materna 2.5.1 Resultado Muertes maternas en unidades hospitalarias de segundo nivel y en unidades básicas comunitarias, por causa de hemorragia obstétrica Total de egresos hospitalarios con afección de hemorragia obstétrica por 100 Porcentaje de muertes maternas por causa de hemorragia obstétrica 0.1 0.1 1.3 Salud Materna 2.5.1 Resultado Total de balones de bakri utilizados en hemorragia obstétrica (postparto/posaborto) Total de partos / abortos con hemorragia obstétrica Contención de la hemorragia posparto y postaborto 0.1 0.1 1.3 Salud Materna 3.1.1 Proceso Capacitación realizadas en el servicio integral capacitación mil días Capacitación programadas en el servicio integral capacitación mil días Servicio integral capacitación mil días 90% 90% 1.3 Salud Materna 3.1.1 Proceso Capacitaciones realizadas en impulsar la mejora continua de la atención integral de la persona gestante, trabajo de parto y puerperio desde un enfoque centrado en la usuaria (Salas LPR) mediante el cumplimiento de la normatividad Capacitaciones programadas en impulsar la mejora continua de la atención integral de la persona gestante, trabajo de parto y puerperio desde un enfoque centrado en la usuaria (Salas LPR) mediante el cumplimiento de la normatividad Capacitación en impulsar la mejora continua de la atención integral de la persona gestante, trabajo de parto y puerperio desde un enfoque centrado en la usuaria (Salas LPR) mediante el cumplimiento de la normatividad 90% 90% 152 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1.3 Salud Materna 3.1.1 Proceso Capacitaciones realizadas en integración y difusión del Norma Oficial Mexicana PROY-NOM- 020-SSA-2024, Para establecimientos de salud y para la práctica de la partería, en la atención integral materna y neonatal, para dar a conocer al personal operativo (Direcciones de Hospitales, Jefes de Enseñanza, etc.) la interculturalidad y derechos humanos de la norma Capacitaciones programadas en integración y difusión del Norma Oficial Mexicana PROY-NOM- 020-SSA-2024, Para establecimientos de salud y para la práctica de la partería, en la atención integral materna y neonatal, para dar a conocer al personal operativo (Direcciones de Hospitales, Jefes de Enseñanza, etc.) la interculturalidad y derechos humanos de la norma Capacitación en integración y difusión del Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-020-SSA-2024, Para establecimientos de salud y para la práctica de la partería, en la atención integral materna y neonatal, para dar a conocer al personal operativo (Direcciones de Hospitales, Jefes de Enseñanza, etc.) la interculturalidad y derechos humanos de la norma 90% 90% 1.4 Salud Perinatal 1.1.1 Resultado Capacitaciónes para fortalecer la estrategia de los 1000 dias con enfoque en salud perinatal realizadas Capacitaciónes para fortalecer la estrategia de los 1000 dias con enfoque en salud perinatal programadas Cursos realizados con enfoque en la estrategia de los 1000 días en capacitación de acciones de salud perinatal y atención al recién nacido 1 1 1.4 Salud Perinatal 1.3.1 Resultado Cursos de lactancia materna realizados con fase practica Cursos de lactancia materna programados Cursos realizados con enfoque en la lactancia materna 1 1 1.4 Salud Perinatal 2.1.1 Resultado Curso de formación de nuevos instructores de reanimación neonatal realizados Curso de formación de nuevos instructores de reanimación neonatal programados Curso de Formación de nuevos Instructores de Reanimación Neonatal 1 1 1.4 Salud Perinatal 2.3.1 Proceso Personas recién nacidas vivas sin derechohabiencia que se les realiza el tamiz auditivo neonatal Total de recién nacidos vivos sin derechohabiencia (Ninguna, Seguro Popular/INSABI, IMSS Bienestar OPD) Personas recien nacidas con prueba de tamiz auditivo neonatal 0.9 0.9 1.4 Salud Perinatal 2.4.1 Proceso Personas recién nacidas vivas sin derechohabiencia que se les realiza el tamiz metabólico neonatal Total de recién nacidos vivos sin derechohabiencia (Ninguna, Seguro Popular/INSABI, IMSS Bienestar OPD) Personas recien nacidas sin derechohabiencia con prueba de tamiz metabólico neonatal 0.95 0.95 1.4 Salud Perinatal 3.2.1 Proceso Total de personas recién nacidas con seguimiento de resultado sospechoso Total de personas recién nacidas con resultado sospechoso x 100 Personal para seguimiento de los casos sopechosos de tamiz metabólico neonatal 90% 90% 1.5 Aborto Seguro 1.1.1 Proceso Número de estrategias de comunicación dirigidas al sector para la difusión de la atención al aborto seguro Número de estrategias de comunicación dirigidas al sector para la difusión de la atención al aborto seguro que han sido programadas por el CNEGSR Número de estrategias de comunicación dirigidas al sector para la difusión de la atención al aborto seguro programadas por el CNEGSR 32 1 1.5 Aborto Seguro 2.2.1 Proceso Número de modelos pélvicos didácticos para la simulación y entrenamiento en la técnica de Aspiración Manual Endouterina Número de modelos pélvicos didácticos para la simulación y entrenamiento en la técnica de Aspiración Manual Endouterina programados por el CNEGSR. Número de modelos pélvicos didácticos para la simulación y entrenamiento en la técnica de Aspiración Manual Endouterina programados por el CNEGSR 128 4 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 153 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1.5 Aborto Seguro 2.3.1 Proceso Número de piezas de Mifepristona distribuidas a las unidades de salud para la atención del aborto seguro en el primer trimestre de gestación Número de piezas de Mifepristona ministradas por el CNEGSR a las entidades federativas para la atención del aborto seguro en el primer trimestre de gestación Número de piezas de Mifepristona ministradas por el CNEGSR a las entidades federativas para su distribución en unidades de salud que atienden abortos en primer trimestre de gestación 3499 165 1.5 Aborto Seguro 2.3.2 Proceso Número de piezas de Misoprostol distribuidas a las unidades de salud para la atención del aborto seguro en el primer trimestre de gestación Número de piezas de Misoprostol ministradas por el CNEGSR a las entidades federativas para la atención del aborto seguro en el primer trimestre de gestación Número de piezas de Misoprostol ministradas por el CNEGSR a las entidades federativas para su distribución en unidades de salud que atienden abortos en primer trimestre de gestación 4629 171 1.5 Aborto Seguro 2.3.3 Proceso Número de piezas de Jeringas de AMEU distribuidas a las unidades de salud para la atención del aborto seguro en el primer trimestre de gestación Número de piezas de Jeringas de AMEU ministradas por el CNEGSR a las entidades federativas para la atención del aborto seguro en el primer trimestre de gestación Número de piezas de Jeringas de AMEU ministradas por el CNEGSR a las entidades federativas para su distribución en unidades de salud que atienden abortos en primer trimestre de gestación 5657 360 1.5 Aborto Seguro 2.3.4 Proceso Número de Aspiradores Eléctricos Endouterinos que serán distribuidos a las unidades de salud para la atención del aborto seguro. Número de Aspiradores Eléctricos Endouterinos para la atención del aborto seguro programados por el CNEGSR Número de Aspiradores Eléctricos Endouterinos para la atención del aborto seguro programados por el CNEGSR 1 1 1.5 Aborto Seguro 2.5.1 Proceso Número de Curso/Taller Básico de Atención Integral al Aborto Seguro otrogados al personal de salud Número de Curso/Taller Básico de Atención Integral al Aborto Seguro programados por el CNEGSR Número de Curso/Taller Básico de Atención Integral al Aborto Seguro otrogados al personal de salud, respecto del número de curso/taller programadas por el CNEGSR. 32 1 1.5 Aborto Seguro 2.5.2 Proceso Número de Curso/Taller Intermedio de Atención Integral al Aborto Seguro otrogados al personal de salud Número de Curso/Taller Intermedio de Atención Integral al Aborto Seguro programados por el CNEGSR Número de Curso/Taller Intermedio de Atención Integral al Aborto Seguro otrogados al personal de salud, respecto del número de curso/tallerprogramadas por el CNEGSR. 32 1 1.5 Aborto Seguro 2.5.3 Proceso Número de Curso/Taller Avanzado Especializado de Atención Integral al Aborto Seguro otrogados al personal de salud Número de Curso/Taller Especializado de Atención Integral al Aborto Seguro programados por el CNEGSR Número de Curso/Taller Avanzado Especializado de Atención Integral al Aborto Seguro otrogado al personal de salud, respecto del número de curso/tallerprogramadas por el CNEGSR. 32 1 154 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1.5 Aborto Seguro 3.4.1 Proceso Número de Laptops adquiridas para el desarrollo de acciones de gestión (coordinación, monitoreo, y capacitación) del componente de aborto seguro de manera intra e intersectorial. Número de tables adquiridas respecto de lo programado por el CNEGSR para el desarrollo de acciones de gestión (coordinación, monitoreo, y capacitación) del componente de aborto seguro de manera intra e intersectorial. Número de Laptops adquiridas respecto de lo programado por el CNEGSR para el desarrollo de acciones de gestión (coordinación, monitoreo, y capacitación) del componente de aborto seguro de manera intra e intersectorial. 1 1 1.5 Aborto Seguro 3.4.1 Proceso Número de personal de medicina contratado para capacitar y supervisar en las instituciones del sector la aplicación del Lineamiento Técnico Número de personal de medicina programado por e CNEGSR para capacitar y supervisar en las instituciones del sector la aplicación del Lineamiento Técnico. Número de personal de medicina contratado para capacitar y supervisar en las instituciones del sector la aplicación del Lineamiento Técnico, respecto de lo programado por el CNEGSR 32 1 1.5 Aborto Seguro 3.4.1 Proceso Número de Proyectores adquiridos para el desarrollo de acciones de gestión (coordinación, monitoreo, y capacitación) del componente de aborto seguro de manera intra e intersectorial. Número de Proyectores adquiridos respecto de lo programado por el CNEGSR para el desarrollo de acciones de gestión (coordinación, monitoreo, y capacitación) del componente de aborto seguro de manera intra e intersectorial. Número de Proyectores adquiridos respecto de lo programado por el CNEGSR para el desarrollo de acciones de gestión (coordinación, monitoreo, y capacitación) del componente de aborto seguro de manera intra e intersectorial. 1 1 1.6 Violencia de Género 1.1.1 Proceso Número de estrategias de comunicación para la prevención y atención a la violencia sexual y contra las mujeres implementadas por las entidades federativas Número de estrategias de comunicación para la prevención y atención a la violencia sexual y contra las mujeres programadas para cada estado por el CNEGSR. Mide el número de estrategias de comunicación para la prevención y atención a la violencia sexual y contra las mujeres implementadas por las entidades federativas, respecto al número de estrategias de comunicación para la prevención y atención a la violencia sexual y contra las mujeres programadas para cada estado por el CNEGSR. 32 1 1.6 Violencia de Género 2.1.1 Proceso Número de botiquines distribuidos en las unidades de salud que atienden casos de violación sexual Número de botiquines programados por el CNEGSR Se refiere al número de unidades de salud que cuentan con un botiquín para la atención integral a la violación sexual 616 43 1.6 Violencia de Género 2.1.1 Resultado Número de personas que acuden a las unidades de salud por motivo de violación sexual, que son atendidas durante las primeras 72 hrs desde ocurrido el evento y a las que se les otorgaron medicamentos antirretrovirales para disminuir el riesgo de transmisión de VIH. Número de personas atendidas por motivo de violación sexual en los servicios de salud. Mide el porcentaje de personas atendidas por violación sexual en los servicios de salud, a las que se les otorgaron medicamentos antirretrovirales, antes de las 72 hrs posteriores al evento, para disminuir el riesgo de infección por VIH, respecto del total de personas atendidas por violación sexual. 50 45 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 155 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1.6 Violencia de Género 2.2.1 Proceso Taller de formación sobre Atención Psicológica Especializada a víctimas de violencia de pareja, familiar y/o sexual. Modalidad presencial, 20 horas, a personal de psicología. Taller de formación programado sobre Atención Psicológica Especializada a víctimas de violencia de pareja, familiar y/o sexual. Modalidad presencial, 20 horas, a personal de psicología. Realización del taller de formación sobre Atención Psicológica Especializada a víctimas de violencia de pareja, familiar y/o sexual. Modalidad presencial, 20 horas, a personal de psicología. 32 1 1.6 Violencia de Género 2.2.2 Proceso Curso realizados sobre Atención Inmediata a Víctimas de Violación Sexual dirigido al personal de enfermería, duración 20 hrs., Modalidad presencial., 20 personal de enfermería. Curso programados sobre Atención Inmediata a Víctimas de Violación Sexual dirigido al personal de enfermería, duración 20 hrs., Modalidad presencial., 20 personal de enfermería. Realización del Curso sobre Atención Inmediata a Víctimas de Violación Sexual dirigido al personal de enfermería, duración 20 hrs., Modalidad presencial., 20 personal de enfermería. 32 1 1.6 Violencia de Género 2.2.3 Proceso Curso realizados sobre Atención Médica a Víctimas/Sobrevivientes de Violación Sexual dirigido a personal de medicina, duración 16 hrs. Modalidad presencial. 25 personal de médicina. Curso programados sobre Atención Médica a Víctimas/Sobrevivientes de Violación Sexual dirigido a personal de medicina, duración 16 hrs. Modalidad presencial. 25 personal de médicina. Realización del Curso sobre Atención Médica a Víctimas/Sobrevivientes de Violación Sexual dirigido a personal de medicina, duración 16 hrs. Modalidad presencial. 25 personal de médicina. 32 1 1.6 Violencia de Género 2.3.1 Resultado Número de niñas, niños y adolescentes atendidas en la consulta psicológica especializada por motivo de violación sexual en los servicios de salud Número de niñas, niños y adolescentes identificados como posibles casos de violación sexual en los servicios de salud de priemer contacto. Mide el porcentaje de niñas, niños y adolescentes atendidas en la consulta psicológica especializada por motivo de violación sexual en los servicios de salud, respecto de aquellas niñas, niños y adolescentes identificados como posibles casos de violación sexual en los servicios de salud de priemer contacto. 44 36 1.6 Violencia de Género 2.3.2 Proceso Número de responsables estatales de violencia de género y sexual que cursaron y aprobaron el “Curso de Inteligencia Artificial para su aplicación en la Salud Publica” Número de responsables estatales de violencia de género y sexual que se inscribieron al “Curso de Inteligencia Artificial para su aplicación en la Salud Publica” Se refiere al número de responsables estatales de violencia de género y sexual que cursaron y aprobaron el “Curso de Inteligencia Artificial para su aplicación en la Salud Publica” 32 1 1.6 Violencia de Género 2.4.1 Proceso Número personal de medicina contratado para capacitar y supervisar en las instituciones del sector la aplicación de los criterios de la NOM-046-SSA2- 2005 y demás documentos normativos y técnicos sobre prevención y atención a la violencia sexual y contra las mujeres. Número personal de medicina programado por el CNEGSR para capacitar y supervisar en las instituciones del sector la aplicación de los criterios de la NOM-046-SSA2-2005 y demás documentos normativos y técnicos sobre prevención y atención a la violencia sexual y contra las mujeres. Número de personal de medicina contratado para capacitar y supervisar en las instituciones del sector la aplicación de los criterios de la NOM-046-SSA2-2005 y demás documentos normativos y técnicos sobre prevención y atención a la violencia sexual y contra las mujeres. 32 1 156 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1.6 Violencia de Género 2.4.2 Proceso Número personal de psicología contratado para capacitar y supervisar en las instituciones del sector la aplicación de los criterios de la NOM-046-SSA2- 2005 y demás documentos normativos y técnicos sobre prevención y atención a la violencia sexual y contra las mujeres. Número personal de psicología programado por el CNEGSR para capacitar y supervisar en las instituciones del sector la aplicación de los criterios de la NOM-046-SSA2-2005 y demás documentos normativos y técnicos sobre prevención y atención a la violencia sexual y contra las mujeres. Número de personal de psicología contratado para capacitar y supervisar en las instituciones del sector la aplicación de los criterios de la NOM-046-SSA2-2005 y demás documentos normativos y técnicos sobre prevención y atención a la violencia sexual y contra las mujeres. 32 1 1.6 Violencia de Género 2.5.4 Proceso Número de personal de trabajo social contratado para implementar programa de coordinación interinstitucional e intersectorial para la integración de redes integrales de servicios de prevención y atención a la violencia Número de personal de trabajo social programado para implementar programa de coordinación interinstitucional e intersectorial para la integración de redes integrales de servicios de prevención y atención a la violencia Número de personal de trabajo social contratado para implementar programa de coordinación interinstitucional e intersectorial para la integración de redes integrales de servicios de prevención y atención a la violencia 32 1 1.6 Violencia de Género 2.5.4 Proceso Número de tables adquiridas para el desarrollo de acciones de gestión (coordinación, monitoreo, supervisión, acompañamiento y capacitación) del componente de violencia de género y sexual de manera intra e intersectorial. Número de tables adquiridas respecto de lo programado por el CNEGSR para el desarrollo de acciones de gestión (coordinación, monitoreo, supervisión, acompañamiento y capacitación) del componente de violencia de género y sexual de manera intra e intersectorial. Número de tables adquiridas respecto de lo programado por el CNEGSR para el desarrollo de acciones de gestión (coordinación, monitoreo, supervisión, acompañamiento y capacitación) del componente de violencia de género y sexual de manera intra e intersectorial. 128 4 1.6 Violencia de Género 3.2.1 Resultado Realización de la capacitación de formación de facilitadoras/es de Reeducación para Víctimas y Agresores de Violencia de Pareja Programación de la capacitación de formación de facilitadoras/es de Reeducación para Víctimas y Agresores de Violencia de Pareja Realización del Curso de capacitación de formación de facilitadoras/es de Reeducación de Víctimas y Agresores de Violencia de Pareja 32 1 1.6 Violencia de Género 3.6.1 Proceso Número de talleres PRESENCIALES realizados de Promoción del Buen Trato Número de talleres PRESENCIALES programados de Promoción del Buen Trato Porcentaje de talleres realizados de Promoción del Buen Trato con respecto de la meta 278 10 1.6 Violencia de Género 4.1.3 Proceso Número de personal de salud trasladado a la Reunión Nacional programada por el CNEGSR Número de personal de salud programado para trasladarse a la a la Reunión Nacional programada por el CNEGSR Número de personal de salud que se trasladará para asistir a la Reunión Nacional programada por el CNEGSR 32 1 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 157 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes 1 Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes 4.2.1 Proceso Perros y gatos esterilizados quirúrgicamente Meta anual de perros y gatos a vacunar contra la rabia x 100 Perros y gatos esterilizados quirúrgicamente en relación al universo anual de anumales a vacunarse contra la rabia 4% 4% 2 Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos 2.1 Paludismo 3.1.1 Proceso Localidades Prioritarias con Ovitrampas Número de Localidades Prioritarias Mide semanalmente la variación de los principales indicadores de ovitrampas en las Localidades Prioritarias 100 100 2.1 Paludismo 4.1.1 Proceso Número de localidades de riesgo con infestaciones larvarias menores al 1% de caladas positivas, posterior a la intervención de control. Número de localidades de riesgo con positividad larvaria mayor a 1% en los estudios entomológicos previos Mide el impacto de las acciones para la eliminación y modificación de hábitats y criaderos de los anofelinos. 100 100 2.5 Dengue 3.1.1 Proceso Localidades Prioritarias con Ovitrampas Número de Localidades Prioritarias Mide semanalmente la variación de los principales indicadores de ovitrampas en las Localidades Prioritarias 100 100 2.5 Dengue 8.1.1 Proceso Número de Semanas con Captura de Información en Plataforma Número de Semanas 48 con Captura de Información en Plataforma Mide la regularidad en el reporte semanal de actividades mediante el porcentaje de registro en Plataforma de manera trimestral 48 48 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 2.1.1 Proceso Total de casos nuevos de TB P diagnosticados con Bk+ que ingresan a tratamiento, lo terminan y curan. Total de casos nuevos Número de personas con TBP Bk+ que ingresan a tratamiento Porcentaje de casos nuevos de TBP confirmada bacteriológicamente que ingresa a tratamiento primario acortado los que terminan y los que curan (Éxito de tratamiento). 86.0% 86.0% 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 3.1.1 Proceso Número de casos TB TF nuevos y previamente tratados que se les realizo una prueba de sensibilidad al diagnóstico, incluye resultados de pruebas moleculares (Xpert MTB/RIF) así como de pruebas fenotípicas convencionales Número de casos nuevos y previamente tratados notificados X 100 Este indicador valorará la cobertura de pruebas a sensibilidad a fármacos al momento del diagnóstico, realizadas por métodos moleculares o convencionales en casos nuevos o previamente tratados (Reingresos y recaídas) a todos los probables de TB TF. 40.0% 40.0% 158 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 3.1.1 Proceso Número de casos TB TF nuevos y previamente tratados que se les realizo una prueba de sensibilidad al diagnóstico, incluye resultados de pruebas moleculares (Xpert MTB/RIF) así como de pruebas fenotípicas convencionales Número de casos nuevos y previamente tratados notificados X 109 Este indicador valorará la cobertura de pruebas a sensibilidad a fármacos al momento del diagnóstico, realizadas por métodos moleculares o convencionales en casos nuevos o previamente tratados (Reingresos y recaídas) a todos los probables de TB TF. 40.0% 40.0% 3 Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) 4.1.1 Proceso Número de casos que reciben esquema de tratamiento con fármacos antituberculosis de 2da línea en el año Número de casos programados con diagnóstico de resistencia a fármacos en el año El indicador evalúa el porcentaje de casos de TB con resistencia a fármacos que reciben esquema de tratamiento con fármacos antituberculosis de 2da línea. 90.0% 90.0% 4 Emergencias en Salud 4 Emergencias en Salud 1.1.1 Proceso Kits de reservas estratégicas integrados. Kits de reservas estratégicas programados Integración de Kits de reservas estratégicas para desastres. 115 4 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas 3.1.1 Resultado Número de pacientes con diagnóstico de EPOC y que ingresaron a tratamiento Total de pacientes con diagnóstico de EPOC programados. Porcentaje de pacientes con EPOC que cuentan con prueba de espirometría y evaluación clínica para establecer su diagnóstico con ingreso a tratamiento 60% 60% 6 Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas 3.3.1 Resultado Número de pacientes con diagnóstico de asma y que ingresaron a tratamiento Total de pacientes con diagnóstico de asma programados. Porcentaje de pacientes con asma que cuentan con prueba de espirometría y evaluación clínica para establecer su diagnóstico con ingreso a tratamiento 50% 50% 7 Enfermedades Cardiometabólicas 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.1.2 Proceso Número de pacientes con HTA en el primer nivel de atención que alcanzan el control con T/A <140/90mmHg en población de 20 años y más en la Secretaría de Salud Número de pacientes con HTA en tratamiento en población de 20 años y más en la Secretaría de Salud Se refiere al porcentaje de pacientes con HTA en tratamiento en el primer nivel de atención que alcanzan el control con T/A <140/90mmHg en población de 20 años y más en la Secretaría de Salud 24057 24057 7 Enfermedades Cardiometabólicas 3.3.1 Proceso Número de personal contratado total de personal programado para contratación Número de profesionales de la salud contratados para el programa de Cardiometabólicas 1 1 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 Resultado Total de personas mayores con tamizajes realizados de alteraciones de memoria Población de 60 y más años sin derechohabiencia Medir el porcentaje de mujeres y hombres de 60 años y más, a quienes se les realiza el tamizaje de depresión 40% 40% Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 159 NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 Resultado Total de personas mayores con tamizajes realizados de depresión Población de 60 y más años sin derechohabiencia Medir el porcentaje de mujeres y hombres de 60 años y más, a quienes se les realiza el tamizaje de alteraciones de memoria 40 40 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 Resultado Total de personas mayores con tamizajes realizados de depresión Población de 60 y más años sin derechohabiencia Medir el porcentaje de mujeres y hombres de 60 años y más, a quienes se les realiza el tamizaje de alteraciones de memoria 40% 40% 8 Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento 3.3.1 Resultado Total de personas mayores con tamizajes realizados de depresión Población de 60 y más años sin derechohabiencia Medir el porcentaje de mujeres y hombres de 60 años y más, a quienes se les realiza el tamizaje de depresión 40% 40% 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 10.1.1 Resultado Reunión Nacional Realizada N/A Reunión Nacional de Responsables Estatales del Programa de Salud Bucal 1 1 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 11.1.2 Resultado Informe de evaluación y seguimiento. N/A Apoyo al Responsable Estatal en supervisión y evaluación del componente Salud Bucal del Preescolar y Escolar. 124 4 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 11.1.3 Resultado Equipo de cómputo recibido N/A Contar con un equipo de cómputo de escritorio o portátil para el desarrollo de las actividades administrativas del Programa de Salud Bucal. 31 1 9 Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales 5.2.2 Resultado Total de Instrucciones de la Técnica de Cepillado Dental N/A Instrucción de Técnica de Cepillado Dental 8291519 4 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA NO. PROGRAMA ÍNDICE TIPO DE INDICADOR NUMERADOR DENOMINADOR INDICADOR META FEDERAL META ESTATAL 1 Vacunación Universal 1 Vacunación Universal 1.1.1 Resultado Niñas y niños menores de 1 año de edad sin derechohabiencia que recibieron la 3er dosis de la vacuna hexavalente acelular. Total de niñas y niños menores de 1 año de edad sin derechohabiencia (SSA) Cobertura de vacunación al 95% con 3ra dosis de la vacuna hexavalente en niñas y niños menores de 1 año de edad para la Secretaría de Salud 95 95 1 Vacunación Universal 2.1.1 Resultado Población sin derechohabiencia que recibe la vacuna contra influenza estacional en la temporada invernal 2025-2026 Total de población meta sin derechohabiencia a vacunar contra la influenza estacional. Logro de aplicación de la Vacuna contra la Influenza Estacional al 75% de la meta en el último trimestre de 2025 75 75 160 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 ANEXO 8 Formato de Medición, Evaluación y Rendición de Cuentas, Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA 1. Políticas de Salud Pública 1. Comunidades y municipios Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 1. Políticas de Salud Pública 2. Estilos de vida saludables Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 161 1. Políticas de Salud Pública 3. Indigenas Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 1. Políticas de Salud Pública 4. Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 1. Políticas de Salud Pública 5. Personas en Movilidad Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 162 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 1. Políticas de Salud Pública 6. SNSP Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES 1. Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial 1. Seguridad Vial Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 163 1. Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial 2. PA en Grupos Vulnerables Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 1. Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial 3. Modelo de Atención Médica Prehospitalaria Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 1. Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial 4. Movilidad activa Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 164 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA 1. Vigilancia Epidemiológica 1. Vigilancia Epidemiológica Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 2. Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio 1. Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 165 K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS 1. VIH y otras ITS Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 2. Virus de Hepatitis C Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA 1. Salud Sexual y Reproductiva 1. SSR para Adolescentes Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 166 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 1. Salud Sexual y Reproductiva 2. PF y Anticoncepción Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 1. Salud Sexual y Reproductiva 3. Salud Materna Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 167 1. Salud Sexual y Reproductiva 4. Salud Perinatal Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 1. Salud Sexual y Reproductiva 5. Aborto Seguro Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 1. Salud Sexual y Reproductiva 6. Violencia de Género Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 168 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 2. Prevención y Control del Cáncer Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 3. Igualdad de Género Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 169 O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES 1. Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos 1. Paludismo Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos 2. Enfermedad de Chagas Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 170 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos 3. Leishmaniasis Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos 4. Intoxicación por Artrópodos Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 171 2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos 5. Dengue Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos 6. Vigilancia Post Oncocercosis Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 3. Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 172 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 4. Emergencias en Salud Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 5. Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19) Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 173 6. Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 7. Enfermedades Cardiometabólicas Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 8. Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 174 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9. Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 10. Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 175 R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1. Vacunación Universal Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 2. Atención a la Salud de la Adolescencia Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 3. Atención a la Salud en la Infancia Presupuesto del programa Autorizado Ministrado Ejercido Comprobado Reintegrado Pendiente de comprobar / reintegrar 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 9,999,999.99 índice Detalle del Indicador Meta estatal Avance de meta Frecuencia de medición Cantidad (%) 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 9.9.9. Descripción del detalle del indicador 999.99 9 999% Semestral 176 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 ANEXO 9 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 177 178 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 179 ANEXO 10 Ejemplo de Formato de Acta de Conciliación de Insumos SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL UA/OAD: . PROGRAMA: . Ejercicio Fiscal: . Entidad Federativa: . ACTA DE CONCILIACIÓN DE INSUMOS 2025 En la Ciudad de México, a 15 de marzo de 2026, __(#Titular de la UA/OAD)__, (#Representantes Estatales), con el objeto realizar la conciliación respecto de las cantidades de insumos ministrados por la Secretaría de Salud al __(#Entidad Federativa)__ en adelante __”(#Denominación de la Entidad Federativa)”_ , para el __(#Nombre del Programa)__ con motivo de la suscripción del Convenio Específico de Coordinación en Materia de Transferencia de Insumos y Ministración de Recursos Presupuestarios Federales para Realizar Acciones en Materia de Salud Pública en Las Entidades Federativas, Convenio SaNAS, para el ejercicio fiscal 2025 entre el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, en adelante “LA SECRETARÍA” y __”(#Denominación de la Entidad Federativa)”_, hacen constar lo siguiente: ANTECEDENTES 1.- Con fecha _#fechaConvenioEspecífico_, “LA SECRETARÍA” y _”(#Denominación de la Entidad Federativa”, celebraron, el Convenio Específico de Coordinación en Materia de Transferencia de Insumos y Ministración de Recursos Presupuestarios Federales para Realizar Acciones en Materia de Salud Pública en Las Entidades Federativas, Convenio SaNAS 2025, con el objeto de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales a _”(#Denominación de la Entidad Federativa, a fin de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a _”(#Denominación de la Entidad Federativa” , la adecuada instrumentación, así como fortalecer la integridad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud. 2.- Con fecha _#fechaPrimerModificatorio_, “LA SECRETARÍA” y _”(#Denominación de la Entidad Federativa”, celebraron el Convenio Modificatorio al Convenio SaNAS 2025, con el objeto de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a _”(#Denominación de la Entidad Federativa”. 3.- Que toda vez que al 31 de Diciembre de 2025, fecha en la que concluyó la vigencia del Convenio SaNAS 2025, no fue possible realizar la conciliación del total de los insumos ministrados por la “LA SECRETARÍA” a _”(#Denominación de la Entidad Federativa”_,contra los programados en el Convenio SaNAS 2025, y generar, en su caso, la emisión de un Convenio Modificatorio adicional a los señalados el numeral 2 del presente documento, se acuerda: ACUERDOS PRIMERO.-Que las cantidades, precios unitarios e importes definitivos de los insumos ministrados con motivo del cierre de laentrega-recepción de los insumos asignados al _#Nombre del Programa_, al 31 de Diciembre de 2025, ministrados a _”(#Denominación de la Entidad Federativa”_, con motivo de la suscripción del Convenio SaNAS 2025, son las que se muestran en el cuadro de conciliación siguiente: 180 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 CONCILIACIÓN DE INSUMOS MINISTRADOS CON MOTIVO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO SaNAS 2025, A EL ESTADO DE _#ENTIDADFEDERATIVA_, PARA EL PROGRAMA DE _#NOMBREDELPROGRAMA_ INSUMOS PROGRAMADOS EN EL CONVENIO SaNAS 2025 CONCEPTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO CANTIDAD PRECIO UNITARIO MONTO JUSTIFICACIÓN DE LA CONCILIACIÓN INSUMOS ENVIADOS Y RECIBIDOS EN LOS ALMACENES DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD DEL ESTADO FOLIO DE MINISTRACIÓN CANTIDAD MINISTRADA PRECIO UNITARIO MONTO MINISTRADO Total ministrado $ .00 Total ministrado de la Entidad Federativa: $ .00 SEGUNDO.- Que con la presente conciliación se deja constancia de la cantidad total de los insumos ministrados a _”(#Denominación de la Entidad Federativa_”_, cumpliendo con lo establecido en el Convenio SaNAS 2025. TERCERO.- La suscripción de la presente acta no genera compromiso alguno para “LA SECRETARÍA” de ministraciones posteriores, ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación. CUARTO.- La suscripción de la presente acta no exime a _”(#Denominación de la Entidad Federativa_”_, de la responsabilidad por el incumplimiento, que en su caso, haya incurrido respecto de las obligaciones contraídas en el Convenios SaNAS 2025. Previa lectura de la presente acta y no habiendo otro asunto que hacer constar, se firma por todos los que en ella intervienen, para dejar constancia. Por “LA SECRETARÍA” DIRECTOR(A) GENERAL DE UA/OAD Hoja de firmas por “LA SECRETARÍA” del Acta de Conciliación de Insumos 2025, suscrita el día 15 de marzo de 2026. Por _”(#Denominación de la Entidad Federativa_”_, SECRETARIO(A) DE SALUD DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Hoja de firmas por _”(#Denominación de la Entidad Federativa_”_,del Acta de Conciliación de Insumos 2025, Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 181 Ejemplo de Formato de Constancia de Cierre de Presupuesto Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular de la Dirección General de Políticas en Salud Pública, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora de Evidencia en Salud, Dra. Adriana Stanford Camargo.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Coordinadora Administrativa, Lic. Nérida Rodríguez Mejía.- Rúbrica.- Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo de la Ciudad de México: Titular de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, Dra. Nadine Flora Gasman Zylbermann.- Rúbrica.- Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas, Lic. Juan Pablo de Botton Falcón.- Rúbrica. 182 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO CONVENIO Marco de Coordinación para el ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Morelos y el Municipio de Atlatlahucan. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda. PROGRAMA DE MEJORAMIENTO URBANO 2025 VERTIENTE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN MORELOS/MUNICIPIO DE ATLATLAHUCAN CMC/PMU/VIE/005/2025 Convenio Marco de Coordinación para ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo “LA SEDATU”, a través de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, representada por su Titular el Ciudadano Víctor Hugo Hofmann Aguirre, asistido por el Titular de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, “LA DGIE”, el Ciudadano Alfonso Maldonado Arellano, como Área Responsable e “INSTANCIA EJECUTORA”; por el Gobierno del Estado de Morelos, en lo sucesivo “EL ESTADO” representado por el Ciudadano Adolfo Barragán Cena, en su carácter de Secretario de Infraestructura, y, por otra parte, el Municipio de Atlatlahucan, Estado de Morelos, en lo sucesivo “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, representado por el Ciudadano Agustín Toledano Amaro, en su carácter de Presidente Municipal Constitucional, quien se encuentra asistido por el Ciudadano Ignacio Bello Torres, en su calidad de Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, a quienes en conjunto se les denominará “LAS PARTES”, al tenor de los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes: ANTECEDENTES 1. El artículo 26, apartado A, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), establece la obligación del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. 2. El artículo 134, primer párrafo, de la CPEUM establece que, los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. 3. El artículo 4, fracción I, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano reconoce el derecho a la ciudad como un principio rector de la planeación, regulación y gestión de los asentamientos humanos, y lo define como la obligación del Estado de garantizar a todos los habitantes de un asentamiento humano o centros de población, el acceso a la vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios básicos, a partir de los derechos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales suscritos por México en la materia. 4. Los artículos 2 y 6 de la Ley de Vivienda, disponen que considera vivienda digna y decorosa la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos; asimismo, que la Política Nacional de Vivienda tiene por objeto promover oportunidades de acceso a la vivienda para la población, preferentemente para aquella que se encuentre en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad e Incorporar estrategias que fomenten la concurrencia de los sectores público, social y privado para satisfacer las necesidades de vivienda, en sus diferentes tipos y modalidades, entre otros. 5. Conforme a los artículos 2, fracción III, 74 y 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los subsidios son asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a las entidades federativas o municipios para fomentar el desarrollo de Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 183 actividades sociales o económicas prioritarias de interés general, que serán ministrados por las dependencias con cargo a sus presupuestos, asegurando la coordinación de acciones entre dependencias y entidades, para evitar la duplicidad en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos. 6. El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024, contempla entre los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, el Programa de Mejoramiento Urbano, en adelante “EL PROGRAMA”. 7. El artículo 28, de la Ley de Planeación establece que, las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los programas que de él emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; por tanto, en términos del artículo 33, de dicho ordenamiento, se podrá convenir con los gobiernos locales, y la participación que corresponda a los municipios, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que participen y coadyuven a la consecución de los objetivos de la planeación nacional. 8. Con fecha 15 de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, en el que el Gobierno de México en el periodo 2025-2030, plantea en el Eje General 2 “Desarrollo con Bienestar y Humanismo”, en su Objetivo 2.10: Promover entornos públicos justos y adaptativos mediante la planificación de espacios rurales y urbanos, con el objetivo de reducir las disparidades en el acceso a oportunidades y servicios entre diferentes regiones y comunidades del país, señala en su Estrategia 2.10.2 que es necesario “Colaborar en el diseño, construcción, renovación y ampliación de obras comunitarias y espacios urbanos con enfoque de género, infancia y pertinencia cultural, mejorando el entorno habitable y garantizando el acceso inclusivo a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos y de esparcimiento, así como la mejora de servicios ambientales, con enfoque de seguridad, accesibilidad y habitabilidad. 9. Mediante publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2025, se dieron a conocer las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Urbano, para el ejercicio fiscal 2025, que en lo sucesivo se denominarán “LAS REGLAS”. 10. “LAS REGLAS”, en su numeral “13.5 Coordinación institucional”, establecen que, con el propósito de propiciar la sinergia con otros programas públicos y privados para el ordenamiento territorial, el desarrollo regional y comunitario en las localidades, municipios, demarcaciones territoriales y entidades federativas en las que interviene “EL PROGRAMA”, “LA SEDATU” promoverá la coordinación de esfuerzos con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal, con instituciones y organismos privados, así como de la sociedad civil. Para ello, en su caso, se suscribirán los instrumentos jurídicos de coordinación correspondientes. 11. “EL PROGRAMA”, es un instrumento congruente con los tratados internacionales a los que México se ha adherido, como la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con el objetivo 11, denominado Ciudades y Comunidades Sostenibles, el cual establece: "Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles"; en específico las metas 11.1, 11.3, 11.7, 11.a y 11.b, resaltan la importancia de asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles, así como de mejorar los barrios marginales; de aumentar la urbanización inclusiva, sostenible y la capacidad para una planificación y gestión participativas, integradas y sostenibles de los asentamientos humanos; de proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y la niñez, las personas mayores de edad y las personas con discapacidad; de apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación del desarrollo nacional y regional; y, finalmente, de aumentar sustancialmente el número de ciudades y asentamientos humanos que adoptan y ponen en marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia ante los desastres. “LAS PARTES” manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio, al tenor de las siguientes: DECLARACIONES I. “LA SEDATU” declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 184 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 I.2. Conforme a las atribuciones contenidas en el artículo 41, fracciones X, XIII y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, “LA SEDATU”, a través de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, tiene atribuciones para suscribir el presente Convenio Marco de Coordinación. I.3. El C. Víctor Hugo Hofmann Aguirre, Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción I, inciso b), 7, fracción XI y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (RISEDATU). Asimismo, conforme a lo establecido en el numeral 11.2 fracción VII de “LAS REGLAS”, a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, le corresponde suscribir los acuerdos de colaboración, coordinación, concertación y cualquier otro instrumento jurídico, para la operación y ejecución de “EL PROGRAMA”, de conformidad con la legislación y normatividad aplicable. I.4. El C. Alfonso Maldonado Arellano, Director General de Infraestructura y Equipamiento adscrito a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, en lo sucesivo “DGIE” y Área Responsable, cuenta con facultades y atribuciones para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción III, inciso g) y 9, fracción IV, y 19, del RISEDATU; así como en los numerales 1.4, fracción V, inciso b) y 4.1, de “LAS REGLAS”. I.5. Se señala como domicilio legal el ubicado en Calle Carolina, Número 77, Colonia Ciudad de los Deportes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03710, Ciudad de México, CDMX, de conformidad al ”ACUERDO por el que se da a conocer el cambio y nuevo domicilio de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; así como la suspensión de términos legales y recepción de cualquier tipo de documentación, durante el periodo comprendido del 10 al 14 de marzo de 2025”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 07 de marzo de 2025. II. “EL ESTADO” declara que: 0.1. El Estado de Morelos, es parte integrante de la Federación, libre y soberano en su régimen interior, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I, y 43, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos. 0.2. El C. Adolfo Barragán Cena, en su carácter de Secretario de Infraestructura del Gobierno del Estado de Morelos, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento jurídico, en representación del Estado de Morelos, de conformidad con lo establecido en los artículos 70, Fracción VI y 74, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; 9, fracción VI, 14, fracción VIII, 15, y 27, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos; 1, 2, 3, fracciones I, XII y XV, 7 y 8, del Reglamento interior de la Secretaría de Infraestructura del Poder Ejecutivo Estatal, y acredita su personalidad mediante el nombramiento expedido por la Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, de fecha primero de octubre del año dos mil veinticuatro. 0.3. Para efectos del presente instrumento, señala como su domicilio en la oficina administrativa de la Secretaría de Infraestructura sita en el segundo piso de Palacio de Gobierno, ubicado en Plaza de Armas General Emiliano Zapata Salazar, sin número, Colonia Centro, de la Ciudad de Cuernavaca, Morelos, código postal 62000, mismo que señala para todos los efectos de este contrato. III. “LA INSTANCIA SOLICITANTE” declara que: III.1. Es parte integrante de la división territorial y organización administrativa del Estado con personalidad jurídico-política y territorio determinado, de conformidad con los artículos 115, fracciones I, II y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 111 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos. III.2. De conformidad con el artículo 41 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, la persona titular de la Presidencia Municipal tiene la representación política y dirección administrativa, así como la ejecución de los acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento. III.3. El C. Agustín Toledano Amaro, en su carácter de Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Atlatlahucan, se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente Convenio, de conformidad con los artículos 112, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 41, Fracciones IX y XI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, así como el numeral 11.6, fracción II, inciso b) del Capítulo XI de “LAS REGLAS”. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 185 III.4. El C. Ignacio Bello Torres, en su carácter de Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Ayuntamiento de Atlatlahucan, cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio en términos de los artículos 41, Fracción XII, 75, 127, 127 ter, Fracción VII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos; 48, numeral 7, 76, 77, Fracción XVIII y 78, del Reglamento de la Administración Pública del Ayuntamiento de Atlatlahucan, Morelos. III.5. Se señala como domicilio legal del Presidente Municipal, el ubicado en calle Independencia # 12, Barrio San Mateo, C.P. 62840, Atlatlahucan, Morelos. III.6. Se señala como domicilio legal del Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, el ubicado en calle Calvario S/N, Barrio San Mateo, C.P. 62840, Atlatlahucan, Morelos. IV. “LAS PARTES” declaran que: IV.1 En la celebración del presente acto jurídico no existe error, dolo o mala fe, por lo que es celebrado de manera voluntaria, y reconocen mutuamente la personalidad con que comparecen sus respectivos representantes. IV.2 Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparecen cada una de “LAS PARTES” es su voluntad celebrar el presente Convenio Marco de Coordinación. IV.3 Cuentan con los medios necesarios para proporcionarse recíprocamente la asistencia, coordinación y apoyo para la consecución del objeto de este instrumento jurídico. Con fundamento en los artículos 26, apartado A, 90 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2°, 17 Bis, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 28 y 33, de la Ley de Planeación; 1, 4, fracción VII, 75 y 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 176, 178 y 179, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4, 8, 9, 48, 49, 50 y 51, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 2 y 6, de la Ley de Vivienda; 65, fracción XIV, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 2, 7, fracciones XIII y XV, 9 y 19 del RISEDATU; las disposiciones contenidas en “LAS REGLAS”, y demás disposiciones jurídicas aplicables, “LAS PARTES” celebran el presente Convenio Marco de Coordinación, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El objeto del presente Convenio Marco es coordinar acciones entre “LAS PARTES” para el ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano correspondientes al ejercicio fiscal 2025, así como coadyuvar en el ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias para que se ejecuten y, en su caso, se activen los proyectos que deriven de las modalidades y tipos de apoyo de dicho Programa, a los cuales, en lo sucesivo se les denominará como “LOS PROYECTOS”, mismos que se realizarán en beneficio del Municipio de Atlatlahucan, integrante del Estado de Morelos. SEGUNDA. EJECUCIÓN ESPECÍFICA DE “LOS PROYECTOS” La implementación y ejecución de “EL PROGRAMA”, se dará de conformidad con la mecánica de operación correspondiente a la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, para lo cual, “LAS PARTES” acuerdan que “LA SEDATU” y “LA INSTANCIA SOLICITANTE” en su oportunidad llevarán a cabo la formalización de los convenios de coordinación específicos o instrumentos jurídicos específicos aplicables, acorde con lo establecido en “LAS REGLAS”, en los que se establecerán los datos de “LOS PROYECTOS” que serán apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”; y en los cuales, aplicará el contenido de los apartados de este Convenio Marco de Coordinación, en lo conducente y conforme a la normativa aplicable. “LAS PARTES” convienen que, la ejecución de “LOS PROYECTOS” que sean apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se realizará desde la firma de los convenios de coordinación específicos y hasta la suscripción del Acta de Entrega-Recepción de las obras o acciones, obligándose a realizar las acciones que resulten necesarias para recibirlas y, en su caso, activarlas, conforme a la normativa aplicable, con la participación que resulte necesaria de “EL ESTADO”. para tal efecto y conforme a la normativa aplicable, sin necesidad de intervención del “EL ESTADO”. Los recursos financieros que, en su caso, aporte “LA SEDATU”, son subsidios que no pierden su carácter federal y que provienen del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, asignados a “EL PROGRAMA”. Estos subsidios se encuentran sujetos a la disponibilidad presupuestal de “EL PROGRAMA”. 186 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 TERCERA. NORMATIVIDAD. La ejecución de “LOS PROYECTOS” que sean apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, está sujetos a las disposiciones establecidas en: la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento, la Ley de Planeación; Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025; “LAS REGLAS”; este Convenio Marco de Coordinación; los convenios de coordinación específicos o los instrumentos jurídicos específicos aplicables a la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, así como a las demás disposiciones jurídicas federales y locales aplicables. CUARTA. INSTANCIA EJECUTORA DE “LOS PROYECTOS”. En los convenios de coordinación específicos o los instrumentos jurídicos específicos aplicables, se señalará la Instancia Ejecutora de “LOS PROYECTOS” que serán apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, la cual tendrá las obligaciones y responsabilidades que se establecen en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable. QUINTA. COMPROMISOS DE “LA SEDATU”. a) Definir la cartera de proyectos y montos de apoyo de los subsidios federales para la ejecución de "EL PROGRAMA"; b) Revisar, evaluar y en su caso, aprobar “LOS PROYECTOS” por conducto del Comité de Validación, máximo órgano de decisión de “EL PROGRAMA”; c) Promover, integrar y dar seguimiento a las actividades en materia de contraloría social; entre otras, conformando y capacitando a los comités de contraloría social, ajustándose al esquema de operación, la guía operativa y el programa anual de trabajo en la materia determinado por "EL PROGRAMA", y validados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, con el apoyo que corresponde de “LAS PARTES”, y d) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, y aquellas que resulten aplicables conforme a lo que señalan "LAS REGLAS" y demás normativa aplicable. SEXTA. COMPROMISOS DE “EL ESTADO”. a) Apoyar en el cumplimiento de los objetivos y metas de “EL PROGRAMA”; b) Apoyar, en caso de resultar necesario, a “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, en el ámbito de sus atribuciones y competencias, en lo relativo a la obtención u otorgamiento de permisos, licencias, autorizaciones y demás actos que se requieran para la realización de las obras o acciones que se contengan en “LOS PROYECTOS” aprobados con subsidios de “EL PROGRAMA”; c) Coadyuvar y apoyar a “LA INSTANCIA SOLICITANTE” en el ámbito de sus atribuciones y competencias con aquellas acciones que resulten necesarias para salvaguardar y vigilar la correcta ejecución de “LOS PROYECTOS”, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social de las mismas, en términos de la normativa aplicable; d) Apoyar conforme a sus atribuciones y competencias, en caso de ser necesario, para que los tipos de apoyos otorgados en el marco de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento de “EL PROGRAMA” se reciban y, en su caso, se activen por “LA INSTANCIA SOLICITANTE” o instancias competentes; e) Conforme a sus atribuciones y competencias apoyar a “LA SEDATU” para que “LA INSTANCIA SOLICITANTE” reciba los subsidios que refieran los Convenios de Coordinación Específicos que se suscriban en el marco del presente instrumento jurídico y, en su caso, recibirlos con la intervención de la Secretaria de Hacienda del estado, a través de la figura jurídica idónea, a nombre de “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, con el fin de beneficiar a la población en general; f) Coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos de "EL PROGRAMA" de conformidad con lo dispuesto en "LAS REGLAS", y g) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, en términos de la normativa aplicable. SÉPTIMA. COMPROMISOS DE “LA INSTANCIA SOLICITANTE”. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Marco de Coordinación, “LA INSTANCIA SOLICITANTE” tendrá las siguientes responsabilidades: a) Proporcionar la documentación que acredite legalmente la propiedad o posesión del espacio o de los inmuebles susceptibles de ser intervenidos en el marco de “EL PROGRAMA” o, en su defecto, continuar con los trámites correspondientes que permitan la adecuada ejecución de “LOS PROYECTOS”, acorde con lo establecido en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable; Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 187 b) Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; c) En su caso, emitir las autorizaciones, licencias de construcción, dictámenes de factibilidad, entre otros, de las obras y acciones propuestas, de conformidad con la normativa aplicable, así como cubrir la totalidad de los costos asociados a estos conceptos; d) Remitir a la autoridad competente las quejas y denuncias que se interpongan en relación con “EL PROGRAMA”; e) Cumplir con las responsabilidades específicas, aplicables a la Vertiente de “EL PROGRAMA”, que se establecen en “LAS REGLAS”; f) Otorgar, en su caso, las facilidades que permitan la recepción de los tipos de apoyo de “EL PROGRAMA” por parte de otras autoridades, en beneficio de la población en general, conforme a lo previsto en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable, y g) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio y aquellas que establezca la Instancia Normativa, conforme a “LAS REGLAS” y las disposiciones aplicables. OCTAVA. CONTROL Y FISCALIZACIÓN El ejercicio de los recursos federales de “EL PROGRAMA”, se encuentra sujeto a las disposiciones federales aplicables, y podrán ser auditados por las siguientes instancias: el Órgano Interno de Control en “LA SEDATU”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que por sus atribuciones resulten competentes, conforme a la normativa aplicable. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. “LAS PARTES” acuerdan que el presente instrumento jurídico tiene sustento en el principio de la buena fe, de común acuerdo, por lo que podrán convenir la terminación anticipada del mismo por la existencia de alguna de las siguientes causas: a) De presentarse caso fortuito, entendiéndose éste por un acontecimiento de la naturaleza; b) Por fuerza mayor, entendiéndose un hecho humanamente inevitable, y c) Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Convenio. Queda expresamente pactado que “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción se reanudarán las tareas pactadas. “LA SEDATU” podrá, en cualquier momento, rescindir el presente instrumento jurídico, sin que medie resolución judicial, cuando cualquiera de “LAS PARTES” no cumpla en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Convenio Marco de Coordinación o de presentarse alguna circunstancia prevista en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable, para tal efecto. En ambos casos, las partes revisarán el avance de las actividades para establecer las bases para su finiquito. DÉCIMA. CESIÓN DE DERECHOS. Ninguna de “LAS PARTES” podrá ceder los derechos u obligaciones a su cargo derivadas de este Convenio o delegar cualquier deber u obligación bajo el mismo, sin el previo consentimiento por escrito de la otra Parte. DÉCIMA PRIMERA. MODIFICACIONES. El presente instrumento podrá ser modificado o adicionado total o parcialmente durante su vigencia por acuerdo de “LAS PARTES”, mediante el convenio modificatorio correspondiente en los términos previstos en el mismo. Las modificaciones o adiciones deberán constar por escrito y formarán parte del presente instrumento, sin que ello implique la novación de aquellas obligaciones que no sean objeto de modificación o adición. 188 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 DÉCIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias, para resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco de Coordinación; asimismo, convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo dispuesto en los instrumentos legales y normativos señalados en la Cláusula Tercera de este Convenio. De igual forma “LAS PARTES” reconocen que el presente instrumento no constituye alguna facultad discrecional respecto al cumplimiento de las obligaciones que en este se plasman ya que constituye la ejecución de una función administrativa, encaminada a surtir efectos jurídicos en beneficio de la población en general, amparada por la presunción de legalidad y ejecutoriedad. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco de Coordinación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo entre “LAS PARTES”, conocerán los Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México. DÉCIMA TERCERA. DIFUSIÓN. “LAS PARTES” serán responsables de que durante la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones, estrategias y programas en materia de difusión, que se encuentren señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025, así como en “LAS REGLAS”. La publicidad, información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas, deberá identificarse con el escudo nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, y el artículo 28, fracción II, inciso a), del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, e incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. DÉCIMA CUARTA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR. En caso de generarse derechos de propiedad intelectual con motivo de las actividades que se lleven a cabo en el marco de este Convenio, así como del diseño y la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES" se obligan a reconocerse mutuamente los créditos correspondientes y ajustarse a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Asimismo, “LAS PARTES” convienen que, la propiedad intelectual y los derechos de autor resultantes de las actividades que desarrollen conjuntamente, corresponderán a la parte que haya producido; o, en su caso, a todas ellas en proporción a sus aportaciones. Los derechos de autor de carácter patrimonial que se deriven del presente Convenio le corresponden a la parte que haya participado o que haya aportado recursos para su realización, la cual, únicamente quedará obligada a otorgarle los créditos correspondientes por su autoría y colaboración a la otra parte. DÉCIMA QUINTA. CONTRALORÍA SOCIAL. “LAS PARTES” serán responsables de que, durante la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones señaladas en “LAS REGLAS” en materia de contraloría social; así como lo señalado en los Lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de la vigilancia ciudadana, bajo el Esquema o Esquemas validados por la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que, el personal designado, comisionado, contratado o utilizado por cada una de estas, para la realización de “LOS PROYECTOS” apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos, de la otra. Quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial y sindical que llegara a suscitarse. DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. “LAS PARTES”, acuerdan guardar y proteger la información reservada y/o confidencial que generen, obtengan, adquieran, transformen o se encuentre en su posesión, de acuerdo con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como cualquier otro ordenamiento jurídico vigente en la materia, incluyendo, desde luego, los supuestos de confidencialidad y reserva estipulados en los citados ordenamientos de considerarse procedente. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 189 “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, serán responsables en obtener el consentimiento de los titulares de datos personales y/o datos personales sensibles, de conformidad con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable, que se obtengan con motivo del cumplimiento del objeto del presente Convenio. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, se obligan a realizar los avisos de privacidad correspondientes, de conformidad con la mencionada ley, y obtener las autorizaciones correspondientes para transferir dichos datos a la otra parte, cuando así sea necesario en términos de la legislación aplicable. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, serán responsables del manejo, almacenamiento y protección de los datos personales y los datos personales sensibles, que obtengan con motivo del cumplimiento del presente Convenio. DÉCIMA OCTAVA. INTEGRIDAD. “LAS PARTES” se comprometen a actuar bajo los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, honestidad, e integridad, y a cumplir con todas las disposiciones en materia de responsabilidades de servidores públicos, previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y el Código Penal Federal. “LAS PARTES” se comprometen a que, ni ellas, ni sus directores, funcionarios o empleados habrán ofrecido, prometido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ninguna ventaja indebida, económica o de otro tipo (o insinuado que lo harán o podrían hacerlo en el futuro) relacionada de algún modo con el presente instrumento jurídico o con los que deriven del mismo y que habrán adoptado medidas razonables para evitar que lo hagan los subcontratistas, agentes o cualquier otro tercero que se encuentre sujeto a su control o a su influencia significativa. Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. DÉCIMA NOVENA. ANTICORRUPCIÓN. “LAS PARTES” se comprometen a no llevar a cabo acto de corrupción alguno, por lo que pactan que será causal de suspensión o terminación de la relación derivada del presente Convenio, el conocimiento de que la otra parte ha actuado en violación a la legislación aplicable en materia de anticorrupción, en particular al involucrarse o tolerar algún acto de corrupción o ser utilizada como conducto para cometerlo. Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio, se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. VIGÉSIMA. DOMICILIOS. “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para toda clase de avisos, comunicaciones, notificaciones y en general para todo lo relacionado con el presente Convenio, los señalados en sus respectivas declaraciones. Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado por escrito, dirigido a “LAS PARTES”, con acuse de recibo, por lo menos en un plazo de diez días hábiles de anticipación a la fecha en que deba surtir efectos el cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán como válidamente hechas en los domicilios aquí señalados. VIGÉSIMA PRIMERA. PUBLICACIÓN. El presente Convenio se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley de Planeación y en el medio de difusión oficial de “EL ESTADO” de conformidad con su normatividad aplicable. VIGÉSIMA SEGUNDA. VIGENCIA. El presente Convenio Marco de Coordinación estará vigente a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio Marco de Coordinación, en seis tantos, en la Ciudad de México, al día tres de junio de 2025.- Por la SEDATU: el Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, C. Víctor Hugo Hofmann Aguirre.- Rúbrica.- Director General de Infraestructura y Equipamiento, C. Alfonso Maldonado Arellano.- Rúbrica.- Por el Estado: el Titular de la Secretaría de Infraestructura, C. Adolfo Barragán Cena.- Rúbrica.- Por la Instancia Solicitante, Municipio de Atlatlahucan, Estado de Morelos: Presidente Municipal, C. Agustín Toledano Amaro.- Rúbrica.- Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, C. Ignacio Bello Torres.- Rúbrica. 190 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 CONVENIO Marco de Coordinación para el ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Tlaxcala y el Municipio de Tlaxcala de Xicohténcatl. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda. PROGRAMA DE MEJORAMIENTO URBANO 2025 VERTIENTE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN TLAXCALA/MUNICIPIO DE TLAXCALA DE XICOHTÉNCATL CMC/PMU/VIE/007/2025 Convenio Marco de Coordinación para ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo “LA SEDATU”, a través de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, representada por su Titular el Ciudadano Víctor Hugo Hofmann Aguirre, asistido por el Encargado del Despacho de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento “LA DGIE”, como Área Responsable e INSTANCIA EJECUTORA y Director de Gestión y Vinculación el Ciudadano Alberto Martínez Flores; por el Gobierno del Estado de Tlaxcala, en lo sucesivo “EL ESTADO” representado por el Ciudadano Eduardo Rubén Hernández Tapia, en su carácter de Titular de la Secretaría de Infraestructura del Estado de Tlaxcala y, por otra parte, el Municipio de Tlaxcala de Xicohténcatl, en lo sucesivo “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, representado por el Ciudadano Alfonso Sánchez García, en su carácter de Presidente Municipal Constitucional, quien se encuentra asistido por el Ciudadano Iram Papaqui Texpa, en su calidad de Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano del Municipio de Tlaxcala de Xicohténcatl, a quienes en lo sucesivo se les denominará “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, a quienes en conjunto se les denominará “LAS PARTES”, al tenor de los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes: ANTECEDENTES 1. El artículo 26, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), establece la obligación del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. 2. El artículo 134, primer párrafo, de la CPEUM establece que, los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. 3. El artículo 4, fracción I, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano reconoce el derecho a la ciudad como un principio rector de la planeación, regulación y gestión de los asentamientos humanos, y lo define como la obligación del Estado de garantizar a todos los habitantes de un asentamiento humano o centros de población, el acceso a la vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios básicos, a partir de los derechos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales suscritos por México en la materia. 4. Los artículos 2 y 6 de la Ley de Vivienda, disponen que considera vivienda digna y decorosa la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos; asimismo, que la Política Nacional de Vivienda tiene por objeto promover oportunidades de acceso a la vivienda para la población, preferentemente para aquella que se encuentre en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad e Incorporar estrategias que fomenten la concurrencia de los sectores público, social y privado para satisfacer las necesidades de vivienda, en sus diferentes tipos y modalidades, entre otros. 5. Conforme a los artículos 2, fracción LIII, 74 y 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los subsidios son asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a las entidades federativas o municipios para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general, que serán ministrados por las dependencias con cargo a sus presupuestos, asegurando la coordinación de acciones entre dependencias y entidades, para evitar la duplicidad en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 191 6. El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024, contempla entre los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, el Programa de Mejoramiento Urbano, en adelante “EL PROGRAMA”. 7. El artículo 28, de la Ley de Planeación establece que, las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los programas que de él emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; por tanto, en términos del artículo 33, de dicho ordenamiento, se podrá convenir con los gobiernos locales, y la participación que corresponda a los municipios, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que participen y coadyuven a la consecución de los objetivos de la planeación nacional. 8. Con fecha 15 de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, en el que el Gobierno de México en el periodo 2025-2030, plantea en Eje General 2 “Desarrollo de Bienestar y Humanismo”, en su Objetivo 2.10: Promover entornos públicos justos y adaptativos mediante la planificación de espacios rurales y urbanos, con el objetivo de reducir las disparidades en el acceso a oportunidades y servicios entre diferentes regionales y comunidades del país, señala en su Estrategia 2.10.2 que es necesario “Colaborar en el diseño, construcción, renovación y ampliación de obras comunitarias y espacios urbanos con enfoque de género, infancia y pertinencia cultural, mejorando el entorno habitable y garantizando el acceso inclusivo a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos y de esparcimiento, así como la mejora de servicios ambientales, con enfoque de seguridad, accesibilidad y habitabilidad. 9. Mediante publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2025, se dieron a conocer las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Urbano, para el ejercicio fiscal 2025, que en lo sucesivo se denominarán “LAS REGLAS”. 10. “LAS REGLAS”, en su numeral “13.5 Coordinación institucional”, establecen que, con el propósito de propiciar la sinergia con otros programas públicos y privados para el ordenamiento territorial, el desarrollo regional y comunitario en las localidades, municipios, demarcaciones territoriales y entidades federativas en las que interviene “EL PROGRAMA”, “LA SEDATU” promoverá la coordinación de esfuerzos con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal, con instituciones y organismos privados, así como de la sociedad civil. Para ello, en su caso, se suscribirán los instrumentos jurídicos de coordinación correspondientes. 11. “EL PROGRAMA”, es un instrumento congruente con los tratados internacionales a los que México se ha adherido, como la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con el objetivo 11, denominado Ciudades y Comunidades Sostenibles, el cual establece: "Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles"; en específico las metas 11.1, 11.3, 11.7, 11.a y 11.b, resaltan la importancia de asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles, así como de mejorar los barrios marginales; de aumentar la urbanización inclusiva, sostenible y la capacidad para una planificación y gestión participativas, integradas y sostenibles de los asentamientos humanos; de proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y la niñez, las personas mayores de edad y las personas con discapacidad; de apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación del desarrollo nacional y regional; y, finalmente, de aumentar sustancialmente el número de ciudades y asentamientos humanos que adoptan y ponen en marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia ante los desastres. “LAS PARTES” manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio, al tenor de las siguientes: DECLARACIONES I. “LA SEDATU” declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. I.2. Conforme a las atribuciones contenidas en el artículo 41, fracciones X, XIII y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, “LA SEDATU”, a través de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, tiene atribuciones para suscribir el presente Convenio Marco de Coordinación. 192 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 I.3. El C. Víctor Hugo Hofmann Aguirre, Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción I, inciso b), 7, fracción XI y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (RISEDATU). Asimismo, conforme a lo establecido en el numeral 11.2 fracción VII de “LAS REGLAS”, a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, le corresponde suscribir los acuerdos de colaboración, coordinación, concertación y cualquier otro instrumento jurídico, para la operación y ejecución de “EL PROGRAMA”, de conformidad con la legislación y normatividad aplicable. I.4. El Encargado del Despacho de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, en lo sucesivo “DGIE” y Área Responsable, y Director de Gestión y Vinculación, el Ciudadano Alberto Martínez Flores, adscrito a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, cuenta con facultades y atribuciones para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción III, inciso g) y 9 fracción IV y 19 del RISEDATU; así como en los numerales 1.4, fracción V, inciso b) y 4.1 de “LAS REGLAS”. I.5. Se señala como su domicilio legal el ubicado en Calle Carolina, Número 77, Colonia Ciudad de los Deportes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03710, Ciudad de México, CDMX, de conformidad al ”ACUERDO por el que se da a conocer el cambio y nuevo domicilio de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; así como la suspensión de términos legales y recepción de cualquier tipo de documentación, durante el periodo comprendido del 10 al 14 de marzo de 2025”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 07 de marzo de 2025. II. “EL ESTADO” declara que: II.1. El Estado de Tlaxcala, es parte integrante de la Federación, libre y soberano en su régimen interior, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 ro. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala. II.2. El C. Eduardo Rubén Hernández Tapia, en su carácter de Secretario de Infraestructura del Estado de Tlaxcala, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento jurídico, en representación del Estado de Tlaxcala, de conformidad con lo establecido en los artículos 18, consecutivo sexto y 34 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, así como por el artículo 11 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura del Estado de Tlaxcala. II.3. Para efectos de presente instrumento, señala como su domicilio legal el ubicado en Km. 1.5 Carretera Tlaxcala Puebla Tlaxcala. III. “LA INSTANCIA SOLICITANTE” declara que: III.1. Es parte integrante de la división territorial y organización administrativa del Estado con personalidad jurídico-política y territorio determinado, de conformidad con los artículos 115, fracciones I, II y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, 5, 6, 7, 8 y 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala. III.2. De conformidad con el artículo 4, fracción X y 41 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, la persona titular de la Presidencia Municipal tiene la representación política y dirección administrativa, así como la ejecución de los acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento. III.3. El C. Alfonso Sánchez García, Presidente Municipal Constitucional de Tlaxcala de Xicohténcatl, se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente Convenio, de conformidad con los artículos 90 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 41, fracción XVIII de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala; así como el numeral 11.6 fracción II, inciso b) del Capítulo XI de “LAS REGLAS”. III.4. El C. Iram Papaqui Texpa, en su carácter de Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio en términos de los artículos 74 Bis de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala; 105 fracción XV, 126 fracción I, incisos d), e) y f) del Reglamento Interno del Municipio de Tlaxcala, Tlaxcala. III.5. Señala como domicilio legal del Municipio, el ubicado en Portal Hidalgo No. 6, colonia Centro, código postal 90000, Tlaxcala de Xicohténcatl, Tlaxcala. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 193 IV. “LAS PARTES” declaran que: IV.1 En la celebración del presente acto jurídico no existe error, dolo o mala fe, por lo que es celebrado de manera voluntaria, y reconocen mutuamente la personalidad con que comparecen sus respectivos representantes. IV.2 Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparecen cada una de “LAS PARTES” es su voluntad celebrar el presente Convenio Marco de Coordinación. IV.3 Cuentan con los medios necesarios para proporcionarse recíprocamente la asistencia, coordinación y apoyo para la consecución del objeto de este instrumento jurídico. Con fundamento en los artículos 26, apartado A, 90 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2°, 17 Bis, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 28 y 33 de la Ley de Planeación; 1, 4, fracción VII, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4, 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 2 y 6, de la Ley de Vivienda; 65, fracción XIV, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 2, 7, fracciones XIII y XV, 9 18 y 19 del RISEDATU; las disposiciones contenidas en “LAS REGLAS”, y demás disposiciones jurídicas aplicables, “LAS PARTES” celebran el presente Convenio Marco de Coordinación, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El objeto del presente Convenio Marco es coordinar acciones entre “LAS PARTES” para el ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano correspondientes al ejercicio fiscal 2025, así como coadyuvar en el ámbito de sus respectivas competencias para que se ejecuten y, en su caso, se activen los proyectos que deriven de las modalidades y tipos de apoyo de dicho Programa, a los cuales, en lo sucesivo se les denominará como “LOS PROYECTOS”, mismos que se realizarán en beneficio del Municipio de Tlaxcala de Xicohténcatl, integrante del Estado de Tlaxcala. SEGUNDA. EJECUCIÓN ESPECÍFICA DE “LOS PROYECTOS” La implementación y ejecución de “EL PROGRAMA”, se dará de conformidad con la mecánica de operación correspondiente a la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, para lo cual, “LAS PARTES” acuerdan que “LA SEDATU” y “LA INSTANCIA SOLICITANTE” en su oportunidad llevarán a cabo la formalización de los convenios de coordinación específicos o instrumentos jurídicos específicos aplicables, acorde con lo establecido en “LAS REGLAS”, en los que se establecerán los datos de “LOS PROYECTOS” que serán apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”; y en los cuales, aplicará el contenido de los apartados de este Convenio Marco de Coordinación, en lo conducente y conforme a la normativa aplicable. “LAS PARTES” convienen que, la ejecución de “LOS PROYECTOS” que sean apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se realizará desde la firma de los convenios de coordinación específicos y hasta la suscripción del Acta de Entrega-Recepción de las obras o acciones, obligándose a realizar las acciones que resulten necesarias para recibirlas y, en su caso, activarlas, conforme a la normativa aplicable, con la participación que resulte necesaria de “EL ESTADO” para tal efecto y conforme a la normativa aplicable, sin que sea necesaria la participación de “EL ESTADO”. Los recursos financieros que, en su caso, aporte “LA SEDATU”, son subsidios que no pierden su carácter federal y que provienen del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, asignados a “EL PROGRAMA”. Estos subsidios se encuentran sujetos a la disponibilidad presupuestal de “EL PROGRAMA”. TERCERA. NORMATIVIDAD. La ejecución de “LOS PROYECTOS” que sean apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, está sujetos a las disposiciones establecidas en: la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, la Ley de Planeación; el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025; “LAS REGLAS”; este Convenio Marco de Coordinación; los convenios de coordinación específicos o los instrumentos jurídicos específicos aplicables a la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, así como a las demás disposiciones jurídicas federales y locales aplicables. 194 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 CUARTA. INSTANCIA EJECUTORA DE “LOS PROYECTOS”. En los convenios de coordinación específicos o los instrumentos jurídicos específicos aplicables, se señalará la Instancia Ejecutora de “LOS PROYECTOS” que serán apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, la cual tendrá las obligaciones y responsabilidades que se establecen en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable. QUINTA. COMPROMISOS DE “LA SEDATU”. a) Definir la cartera de proyectos y montos de apoyo de los subsidios federales para la ejecución de "EL PROGRAMA"; b) Revisar, evaluar y en su caso, aprobar “LOS PROYECTOS” por conducto del Comité de Validación, máximo órgano de decisión de “EL PROGRAMA”; c) Promover, integrar y dar seguimiento a las actividades en materia de contraloría social; entre otras, conformando y capacitando a los comités de contraloría social, ajustándose al esquema de operación, la guía operativa y el programa anual de trabajo en la materia determinado por "EL PROGRAMA", y validados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, con el apoyo que corresponde de “LAS PARTES”, y d) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, y aquellas que resulten aplicables conforme a lo que señalan "LAS REGLAS" y demás normativa aplicable. SEXTA. COMPROMISOS DE “EL ESTADO”. a) Apoyar en el cumplimiento de los objetivos y metas de “EL PROGRAMA”; b) Apoyar, en caso de resultar necesario, a “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, en el ámbito de su competencia, en lo relativo a la obtención u otorgamiento de permisos, licencias, autorizaciones y demás actos que se requieran para la realización de las obras o acciones que se contengan en “LOS PROYECTOS” aprobados con subsidios de “EL PROGRAMA”; c) Coadyuvar y apoyar a “LA INSTANCIA SOLICITANTE” en el ámbito de su competencia con aquellas acciones que resulten necesarias para salvaguardar y vigilar la correcta ejecución de “LOS PROYECTOS”, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social de las mismas, en términos de la normativa aplicable; d) Apoyar, en caso de ser necesario, para que los tipos de apoyos otorgados en el marco de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento de “EL PROGRAMA” se reciban y, en su caso, se activen por “LA INSTANCIA SOLICITANTE” o instancias competentes; e) Apoyar a “LA SEDATU” para que “LA INSTANCIA SOLICITANTE” reciba los subsidios que refieran los Convenios de Coordinación Específicos que se suscriban en el marco del presente instrumento jurídico y, en su caso, recibirlos a través de la figura jurídica idónea, a nombre de “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, con el fin de beneficiar a la población en general; f) Coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos de "EL PROGRAMA" de conformidad con lo dispuesto en "LAS REGLAS", y g) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, en términos de la normativa aplicable. SÉPTIMA. COMPROMISOS DE “LA INSTANCIA SOLICITANTE”. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Marco de Coordinación, “LA INSTANCIA SOLICITANTE” tendrá las siguientes responsabilidades: a) Proporcionar la documentación que acredite legalmente la propiedad o posesión del espacio o de los inmuebles susceptibles de ser intervenidos en el marco de “EL PROGRAMA” o, en su defecto, continuar con los trámites correspondientes que permitan la adecuada ejecución de “LOS PROYECTOS”, acorde con lo establecido en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable; b) Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; c) En su caso, emitir las autorizaciones, licencias de construcción, dictámenes de factibilidad, entre otros, de las obras y acciones propuestas, de conformidad con la normativa aplicable, así como cubrir la totalidad de los costos asociados a estos conceptos; Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 195 d) Remitir a la autoridad competente las quejas y denuncias que se interpongan en relación con “EL PROGRAMA”; e) Cumplir con las responsabilidades específicas, aplicables a la Vertiente de “EL PROGRAMA”, que se establecen en “LAS REGLAS”; f) Otorgar, en su caso, las facilidades que permitan la recepción de los tipos de apoyo de “EL PROGRAMA” por parte de otras autoridades, en beneficio de la población en general, conforme a lo previsto en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable, y g) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio y aquellas que establezca la Instancia Normativa, conforme a “LAS REGLAS” y las disposiciones aplicables. OCTAVA. CONTROL Y FISCALIZACIÓN El ejercicio de los recursos federales de “EL PROGRAMA”, se encuentra sujeto a las disposiciones federales aplicables, y podrán ser auditados por las siguientes instancias: el Órgano Interno de Control en “LA SEDATU”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que por sus atribuciones resulten competentes, conforme a la normativa aplicable. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. “LAS PARTES” acuerdan que el presente instrumento jurídico tiene sustento en el principio de la buena fe, de común acuerdo, por lo que podrán convenir la terminación anticipada del mismo por la existencia de alguna de las siguientes causas: a) De presentarse caso fortuito, entendiéndose éste por un acontecimiento de la naturaleza; b) Por fuerza mayor, entendiéndose un hecho humanamente inevitable, y c) Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Convenio. Queda expresamente pactado que “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción se reanudarán las tareas pactadas. “LA SEDATU” podrá, en cualquier momento, rescindir el presente instrumento jurídico, sin que medie resolución judicial, cuando cualquiera de “LAS PARTES” no cumpla en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Convenio Marco de Coordinación o de presentarse alguna circunstancia prevista en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable, para tal efecto. En ambos casos, las partes revisarán el avance de las actividades para establecer las bases para su finiquito. DÉCIMA. CESIÓN DE DERECHOS. Ninguna de “LAS PARTES” podrá ceder los derechos u obligaciones a su cargo derivadas de este Convenio o delegar cualquier deber u obligación bajo el mismo, sin el previo consentimiento por escrito de la otra Parte. DÉCIMA PRIMERA. MODIFICACIONES. El presente instrumento podrá ser modificado o adicionado total o parcialmente durante su vigencia por acuerdo de “LAS PARTES”, mediante el convenio modificatorio correspondiente en los términos previstos en el mismo. Las modificaciones o adiciones deberán constar por escrito y formarán parte del presente instrumento, sin que ello implique la novación de aquellas obligaciones que no sean objeto de modificación o adición. DÉCIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y para resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco de Coordinación; asimismo, convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo dispuesto en los instrumentos legales y normativos señalados en la Cláusula Tercera de este Convenio. 196 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 De igual forma “LAS PARTES” reconocen que el presente instrumento no constituye alguna facultad discrecional respecto al cumplimiento de las obligaciones que en este se plasman ya que constituye la ejecución de una función administrativa, encaminada a surtir efectos jurídicos en beneficio de la población en general, amparada por la presunción de legalidad y ejecutoriedad. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco de Coordinación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo entre “LAS PARTES”, conocerán los Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México. DÉCIMA TERCERA. DIFUSIÓN. “LAS PARTES” serán responsables de que durante la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones, estrategias y programas en materia de difusión, que se encuentren señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025, así como en “LAS REGLAS”. La publicidad, información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas, deberá identificarse con el escudo nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, y el artículo 28, fracción II, inciso a) del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, e incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. DÉCIMA CUARTA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR. En caso de generarse derechos de propiedad intelectual con motivo de las actividades que se lleven a cabo en el marco de este Convenio, así como del diseño y la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES" se obligan a reconocerse mutuamente los créditos correspondientes y ajustarse a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Asimismo, “LAS PARTES” convienen que, la propiedad intelectual y los derechos de autor resultantes de las actividades que desarrollen conjuntamente, corresponderán a la parte que haya producido; o, en su caso, a todas ellas en proporción a sus aportaciones. Los derechos de autor de carácter patrimonial que se deriven del presente Convenio le corresponden a la parte que haya participado o que haya aportado recursos para su realización, la cual, únicamente quedará obligada a otorgarle los créditos correspondientes por su autoría y colaboración a la otra parte. DÉCIMA QUINTA. CONTRALORÍA SOCIAL. “LAS PARTES” serán responsables de que, durante la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones señaladas en “LAS REGLAS” en materia de contraloría social; así como lo señalado en los Lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de la vigilancia ciudadana, bajo el Esquema o Esquemas validados por la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno. DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" convienen que, el personal designado, comisionado, contratado o utilizado por cada una de estas, para la realización de “LOS PROYECTOS” apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos, de la otra. Quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial y sindical que llegara a suscitarse. DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. “LAS PARTES”, acuerdan guardar y proteger la información reservada y/o confidencial que generen, obtengan, adquieran, transformen o se encuentre en su posesión, de acuerdo con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como cualquier otro ordenamiento jurídico vigente en la materia, incluyendo, desde luego, los supuestos de confidencialidad y reserva estipulados en los citados ordenamientos de considerarse procedente. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 197 “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, serán responsables en obtener el consentimiento de los titulares de datos personales y/o datos personales sensibles, de conformidad con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable, que se obtengan con motivo del cumplimiento del objeto del presente Convenio. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, se obligan a realizar los avisos de privacidad correspondientes, de conformidad con la mencionada ley, y obtener las autorizaciones correspondientes para transferir dichos datos a la otra parte, cuando así sea necesario en términos de la legislación aplicable. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, serán responsables del manejo, almacenamiento y protección de los datos personales y los datos personales sensibles, que obtengan con motivo del cumplimiento del presente Convenio. DÉCIMA OCTAVA. INTEGRIDAD. “LAS PARTES” se comprometen a actuar bajo los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, honestidad, e integridad, y a cumplir con todas las disposiciones en materia de responsabilidades de servidores públicos, previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y el Código Penal Federal. “LAS PARTES” se comprometen a que, ni ellas, ni sus directores, funcionarios o empleados habrán ofrecido, prometido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ninguna ventaja indebida, económica o de otro tipo (o insinuado que lo harán o podrían hacerlo en el futuro) relacionada de algún modo con el presente instrumento jurídico o con los que deriven del mismo y que habrán adoptado medidas razonables para evitar que lo hagan los subcontratistas, agentes o cualquier otro tercero que se encuentre sujeto a su control o a su influencia significativa. Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. DÉCIMA NOVENA. ANTICORRUPCIÓN. “LAS PARTES” se comprometen a no llevar a cabo acto de corrupción alguno, por lo que pactan que será causal de suspensión o terminación de la relación derivada del presente Convenio, el conocimiento de que la otra parte ha actuado en violación a la legislación aplicable en materia de anticorrupción, en particular al involucrarse o tolerar algún acto de corrupción o ser utilizada como conducto para cometerlo. Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio, se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. VIGÉSIMA. DOMICILIOS. “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para toda clase de avisos, comunicaciones, notificaciones y en general para todo lo relacionado con el presente Convenio, los señalados en sus respectivas declaraciones. Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado por escrito, dirigido a “LAS PARTES”, con acuse de recibo, por lo menos en un plazo de diez días hábiles de anticipación a la fecha en que deba surtir efectos el cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán como válidamente hechas en los domicilios aquí señalados. VIGÉSIMA. PRIMERA. PUBLICACIÓN. El presente Convenio se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley de Planeación y en el medio de difusión oficial de “EL ESTADO” de conformidad con su normatividad aplicable. VIGÉSIMA SEGUNDA. VIGENCIA. El presente Convenio Marco de Coordinación estará vigente a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio Marco de Coordinación, en seis tantos, en la Ciudad de México, a los veintitrés días del mes de junio de 2025.- Por la SEDATU: el Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, C. Víctor Hugo Hofmann Aguirre.- Rúbrica.- Encargado de Despacho de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento y Director de Gestión y Vinculación, C. Alberto Martínez Flores.- Rúbrica.- Por el Estado: el Titular de la Secretaría de Infraestructura del Estado de Tlaxcala, C. Eduardo Rubén Hernández Tapia.- Rúbrica.- Por la Instancia Solicitante, Municipio de Tlaxcala de Xicohténcatl: Presidente Municipal, C. Alfonso Sánchez García.- Rúbrica.- Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, C. Iram Papaqui Texpa.- Rúbrica. 198 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 SECRETARIA DE LAS MUJERES CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de San Luis Potosí, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la operación del Centro de Justicia para las Mujeres con sede en Matlapa, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres y las niñas víctimas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MUJERES.- Secretaría de las Mujeres. MUJERES/CCA/2OPE/35/CJM/2025 CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “MUJERES”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR, ASISTIDA POR LA DIRECTORA GENERAL DE ATENCIÓN Y ACCESO A LA JUSTICIA, SAYURI HERRERA ROMÁN; Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, JOSÉ RICARDO GALLARDO CARDONA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, J. GUADALUPE TORRES SÁNCHEZ; POR LA SECRETARIA DE FINANZAS, ARIANA GARCÍA VIDAL, Y, POR LA ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES E IGUALDAD SUSTANTIVA, GLORIA MARIA GUADALUPE SERRATO SÁNCHEZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL “GOBIERNO DEL ESTADO”; Y CUANDO ACTÚEN EN CONJUNTO, COMO “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES Conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, establece que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Es de considerar en el proceso que define este documento las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la Organización de las Naciones Unidas, y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), aplicables a los deberes estatales de prevención, atención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres. El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en ingles), como órgano de experto independiente que supervisa la aplicación de la Convención citada en el párrafo anterior después de examinar los informes periódicos séptimo y octavo combinados de México (CEDAW/C/MEX/7-8) en sus reuniones 1051ª y 1052ª, como parte de sus observaciones finales, entre otros aspectos, en su numeral 19 recomendó al Estado mexicano: “... c) Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer, como la violación, y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar, enjuiciar y sancionar a los autores de actos de violencia contra la mujer; d) Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de los centros de justicia para las mujeres y poniendo estos centros al alcance de las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia, y e) Adoptar medidas para mejorar los servicios de apoyo para las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia, entre otras cosas garantizando su acceso a centros de atención y refugios establecidos …”. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), en su artículo 1o. establece la coordinación entre la Federación, las Entidades Federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, así como para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y fortalecer el régimen democrático establecidos en la CPEUM; mientras que, la fracción XXVI del artículo 42 Bis del mismo ordenamiento, establece que “MUJERES” debe impulsar en coordinación con las Entidades Federativas, los Centros de Justicia para las Mujeres en todo el territorio nacional. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 199 En ese contexto, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) prevé en su artículo 74 que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. En términos del artículo 75 de la LFPRH los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; prever la temporalidad en su otorgamiento; y reportar su ejercicio en los informes trimestrales, incluyendo el importe de los recursos. De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y; en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE), los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado o no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF 2025), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2024, establece en su artículo 22, las acciones que el Ejecutivo Federal deberá observar en el cumplimiento a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia; a través de la incorporación de la perspectiva de género en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de resultados de los programas de la Administración Pública Federal, contemplados en el Anexo 13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, al Ramo 54 Mujeres, en los cuales se señalan los montos autorizados para cada uno de los programas y actividades para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres. En atención a lo anterior, el 28 de febrero de 2025 se publicaron en el portal oficial de la Secretaría de las Mujeres los "Criterios que rigen el proceso para acceder a los subsidios federales para la Creación, el Fortalecimiento y Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres en el Ejercicio Fiscal 2025" (CRITERIOS CJM 2025). En cumplimiento de dichos Criterios, el 10 de marzo de 2025 se emitió la convocatoria correspondiente, por la que se asignaron recursos federales en forma de subsidios destinados a apoyar la creación, fortalecimiento y operación de los Centros de Justicia para las Mujeres (CJM). Dado que estos centros, por su naturaleza jurídica, se encuentran adscritos a autoridades de las entidades federativas, la aplicación de los recursos asignados se encuentra sujeta tanto a los CRITERIOS CJM 2025 como a la disponibilidad presupuestaria autorizada por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025. Una vez que las instancias locales participaron en dicha convocatoria y que el Comité de Evaluación aprobó los proyectos conforme al numeral VIGÉSIMO SEGUNDO de los CRITERIOS CJM 2025, se generó un remanente de los recursos federales otorgados. Con base en lo anterior y a fin de dar prioridad a la apertura de CJM ya construidos, pero aún inconclusos, que requieran iniciar operaciones a corto plazo, se destinó dicho remanente únicamente para las modalidades de Fortalecimiento y Operación. Cabe precisar que, para la modalidad de Creación, los recursos fueron asignados en su totalidad durante la primera emisión, conforme el monto máximo establecido en los CRITERIOS CJM 2025, por lo que esta modalidad no fue objeto de la convocatoria. En virtud de lo anteriormente expuesto, el Gobierno de México y las Entidades Federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí. 200 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Mediante oficio número SEMUJERES/DS/513/2025 del 07 de Julio de 2025, suscrito por Gloria María Guadalupe Serrato Sánchez en su carácter de Encargada del Despacho de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva del Estado de San Luis Potosí se solicitó en tiempo y forma a “MUJERES”, recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para la modalidad de Operación del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de San Luis Potosí (CJM). Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los CRITERIOS CJM 2025, el Comité de Evaluación (COMITÉ) determinó viable el proyecto denominado “Operación del Centro de Justicia de Matlapa, San Luis Potosí” el (PROYECTO), por lo que aprobó la cantidad de $800,000.00 (Ochocientos mil pesos 00/100 M.N.), exclusivamente para la modalidad de Operación del CJM. Dicha situación se notificó al “GOBIERNO DEL ESTADO” mediante oficio número MUJERES/SDVL/DGGAJ/0443/2025 de fecha 24 de julio de 2025, suscrito por la Presidenta del COMITÉ. El PROYECTO del CJM, se encuentra ubicado en Francisco I Madero número 150 Colonia 20 de noviembre, Código Postal 79970, Municipio Matlapa, del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí. La Instancia Local Responsable del PROYECTO se compromete a cumplir el objetivo y meta del mismo, dentro del presente ejercicio fiscal, de acuerdo a lo señalado en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2025. En caso de que la totalidad del PROYECTO se haya programado para su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su conclusión y adecuado funcionamiento y demás programas que deriven del mismo. Así, “LAS PARTES” manifiestan su interés en formalizar el presente instrumento de conformidad con las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES” declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de conformidad con los artículos 90 de la CPEUM; 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. De conformidad con el artículo 42 Bis, fracción VI de la LOAPF, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de promover, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en materia de igualdad sustantiva y derechos humanos de las mujeres, una cultura de no violencia y no discriminación. I.3. La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o fracción I, numeral 2; 5o. fracciones I y XIV; y, 7o. del RISM. I.4. La Directora General de Atención y Acceso a la Justicia, Sayuri Herrera Román, cuenta con las facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 2o. fracción IV numeral 6, 5o., fracción XIV y 16 del RISM. I.5. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 43801 “Subsidios a Entidades Federativas y Municipios”, y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria correspondiente. I.6. Señala como su domicilio el ubicado en la Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México. II. El “GOBIERNO DEL ESTADO” declara que: II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43, de la CPEUM; así como el artículo 2o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, es un estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 201 II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, José Ricardo Gallardo Cardona, quien cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con lo previsto en los artículos 72, 80, fracciones XXIX y XXX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 2o. y 13 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí y acredita su personalidad mediante la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección para la Gubernatura, expedido a su favor por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí, del 23 de Septiembre de 2021. II.3. El Secretario General de Gobierno, J. Guadalupe Torres Sánchez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 13, 17, 18, 25, párrafo segundo, 31, fracción I, 32 fracción XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; 18, fracciones XV y XVI de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí; 1o., y 7o., fracciones XXII, XXIII y XLVI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno., y acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por José Ricardo Gallardo Cardona, del 26 de septiembre de 2021. II.4. La Secretaria de Finanzas, Ariana García Vidal, cuenta con facultades para acompañar en la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 13, 17, 18, 25 párrafo segundo, 31, fracción II y 33 fracción L de La Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; 4o. y 6o. fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Estado de San Luis Potosí, y acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por José Ricardo Gallardo Cardona, del 27 de septiembre de 2024. II.5 La Secretaria de las Mujeres e Igualdad Sustantiva es un organismo de la administración pública de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 13, 17, 18, 25 párrafo segundo, 31, fracción XX y 41 QUINQUIES de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; 2o., 7o. y 9o. fracciones II, XXI y XLVI del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva del Estado de San Luis Potosí y su Titular, Gloria María Guadalupe Serrato Sánchez, al que está adscrito el Centro Justicia para las Mujeres cuenta con las facultades para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 41 QUINQUIES de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; 2o., 7o. y 9o. fracciones II, XXI y XLVI del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva del Estado de San Luis Potosí. II.6 No Cuenta con la capacidad económica presupuestal para aportar recursos de forma complementaria al PROYECTO que se describe en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ. II.7 La Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva acredita el domicilio del inmueble del CJM ubicado en: Francisco I Madero, número 150, Colonia 20 de noviembre, Código Postal 79970, municipio de Matlapa, en el Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, con el comprobante de domicilio emitido por: Comisión Federal de Electricidad. II.8 Para los efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en Madero, número 100, Colonia San Luis Potosí Centro, Código Postal 78000, Municipio de San Luis Potosí, del Estado de San Luis Potosí. III. “LAS PARTES” declaran que: III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión. III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres, en términos de la normatividad aplicable. 202 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV, así como la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. III.4. Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencias, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con características de violencias de género. III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los CRITERIOS CJM 2025, que regulan el presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Expuesto lo anterior, “LAS PARTES” sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la Operación del CJM, en términos del PROYECTO, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres y las niñas víctimas. El PROYECTO se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico revisado, evaluado y aprobado por el COMITÉ para el Ejercicio Fiscal 2025, en el que se establecen las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de avance físico-financiero, que permita vigilar su desarrollo, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados. En caso de que el PROYECTO descrito en el numeral 1 del Anexo Técnico, presente variaciones en cuanto a las necesidades técnicas o materiales durante su ejecución, el “GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a informar a “MUJERES” sobre cualquier diferencia que altere la estimación de la obra de referencia, en términos de lo señalado en el numeral QUINCUAGÉSIMO CUARTO de los CRITERIOS CJM 2025. SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del OBJETO señalado en la Cláusula anterior, “MUJERES”, asignará la cantidad de $800,000.00 (Ochocientos mil pesos 00/100 M.N.) exclusivamente para el fortalecimiento del Centro de Justicia de Matlapa, San Luis Potosí. Los recursos federales se transferirán al “GOBIERNO DEL ESTADO” en una ministración, a través de su Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, en la que se manejarán exclusivamente los recursos federales a los que refiere la presente Cláusula, así como sus rendimientos, por lo que no podrá incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios del PROYECTO; ello, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG). Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que el “GOBIERNO DEL ESTADO”, a través de la Instancia Local Responsable, haya remitido a “MUJERES” la factura electrónica o Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en términos de los numerales TRIGÉSIMO NOVENO, CUADRAGÉSIMO y CUADRAGÉSIMO PRIMERO, de los CRITERIOS CJM 2025, que regulan el presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Para “MUJERES”, la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4o., fracciones XV, XVI y XVII de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, el “GOBIERNO DEL ESTADO” deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los informes que sobre el particular deban rendirse por conducto de “MUJERES”. Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas, se encuentran sujetos al presupuesto autorizado y a la disponibilidad de los mismos, en términos del PEF 2025, por lo que “MUJERES” no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a ella. “MUJERES”, a través del COMITÉ, comunicará mediante oficio al “GOBIERNO DEL ESTADO” cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 203 “MUJERES” será ajena a los procedimientos de contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el “GOBIERNO DEL ESTADO” para la ejecución del proyecto aprobado, por lo que cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones estará sujeta a las disposiciones jurídicas aplicables en la materia. TERCERA. COMPROMISOS DE “LAS PARTES”. Además de lo previsto en los CRITERIOS CJM 2025, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, “LAS PARTES” se comprometen a lo siguiente: a. Apegarse a lo establecido en la LFPRH, el RLFPRH, y demás legislación aplicable en materia de subsidios; b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como para la planeación y asistencia técnica aportada por el “GOBIERNO DEL ESTADO”; y, c. Revisar conjuntamente los informes trimestrales que se presenten respecto del avance del PROYECTO. CUARTA. COMPROMISOS DE “MUJERES”. Además de lo previsto en los CRITERIOS CJM 2025, MUJERES, se obliga a: a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, exclusivamente para la ejecución del PROYECTO a que se refieren las cláusulas PRIMERA y SEGUNDA; b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de reportar la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento; c. Realizar el seguimiento de la aplicación del subsidio, así como el monitoreo del objetivo y meta establecida en el numeral 1 del Anexo Técnico del presente Convenio, a través de los informes trimestrales en donde se reporta el avance físico y financiero del PROYECTO; d. Realizar, en términos del numeral QUINCUAGÉSIMO OCTAVO de los CRITERIOS CJM 2025, visita(s) al domicilio del Proyecto señalado en el Anexo Técnico, para corroborar la implementación del Proyecto y verificar la conformación del expediente del subsidio por parte de la Instancia Local Responsable del Proyecto sin que se requiera notificación previa; e, e. Integrar el expediente correspondiente al PROYECTO, con la documentación justificativa y probatoria señalada en el numeral DÉCIMO SÉPTIMO, fracción VI de los CRITERIOS CJM 2025, el cual estará a cargo la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de “MUJERES”. QUINTA. COMPROMISOS DEL “GOBIERNO DEL ESTADO”. Además de lo previsto en los CRITERIOS CJM 2025, el “GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a: a. Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados vía subsidio, exclusivamente para los fines previstos en las Cláusulas PRIMERA y SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, así como en el Anexo Técnico; b. Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2025; c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al PROYECTO, dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha en que se realice la transferencia del recurso, mediante el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del “GOBIERNO DEL ESTADO”, expedido por la Dirección de Recursos Financieros de la Unidad de Administración y Finanzas de “MUJERES”, derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión; lo anterior, de conformidad con el numeral CUADRAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025; d. Realizar las acciones y las adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del PROYECTO, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos, y demás normatividad federal y local aplicable en la materia; 204 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 e. Recabar, resguardar y conservar por conducto de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva, la documentación justificativa y probatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública Local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de estos; f. Entregar trimestralmente a “MUJERES”, un informe de conformidad con la Cláusula SÉPTIMA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión; g. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la conclusión del Ejercicio Fiscal 2025; los cuales deberán estar cancelados con la leyenda “Operado con recursos del Programa Presupuestario E015 Promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres” en términos de lo previsto en el artículo 70, fracción II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. h. Presentar a “MUJERES”, a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de entrega de resultados y sus anexos, rubricada y firmada por la persona titular de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva, la que se observe el formato base establecido por “MUJERES”, mismo que deberá contener la información señalada en los numerales DÉCIMO NOVENO fracción VIII, QUINCUAGÉSIMO, QUINCUAGÉSIMO PRIMERO, QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO y QUINCUAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025. k. Colaborar con “MUJERES” proporcionando la información trimestral mediante el reporte denominado “Informe de Mujeres Atendidas”, de forma electrónica, de las mujeres, así como, de sus hijas e hijos atendidas por primera vez y en seguimiento, así como los servicios brindados por el CJM, una vez que se encuentre prestando servicios a las mujeres en situación de violencias. l. Colaborar con “MUJERES” proporcionando la información correspondiente respecto de la atención a mujeres víctimas de violencias de género, así como, de sus hijas e hijos para la recopilación de información del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM); m. Señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno de México, a través de “MUJERES”, en las acciones de difusión, divulgación y promoción del CJM, incluyendo en toda la papelería y documentación oficial la leyenda “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”, observando en todo momento lo establecido en los artículos 28 de la Ley General de Desarrollo Social; así como el artículo 209 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 28, fracción II, inciso a) del PEF 2025; y numeral QUINCUAGÉSIMO NOVENO de los CRITERIOS CJM 2025 y demás legislación aplicable en materia electoral. n. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH, el RLFPRH, el PEF 2025; así como las demás disposiciones federales aplicables a la materia. SEXTA. ENLACES. Las personas servidoras públicas que fungirán como enlaces entre “LAS PARTES” serán, por parte del “GOBIERNO DEL ESTADO”, Diana Edith Ortiz Pérez, designada mediante el oficio número SEMUJERES/DS/514/2025 signado por Gloria María Guadalupe Serrato Sánchez, de conformidad con el numeral VIGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025; y por “MUJERES” la persona servidora pública en quien recaiga la titularidad de la Dirección General de Atención y Acceso a la Justicia de “MUJERES”. A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión; además, serán las y los responsables internos de las actividades encomendadas. Asimismo, el “GOBIERNO DEL ESTADO” deberá notificar a “MUJERES”, cualquier cambio de la persona enlace y del personal responsable del seguimiento del subsidio y del PROYECTO aprobado, en un plazo de 15 (quince) días hábiles contados a partir del cambio correspondiente, proporcionando los datos de contacto de quien asumirá dichas funciones. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 205 SÉPTIMA. REPORTES TRIMESTRALES. El “GOBIERNO DEL ESTADO”, por conducto de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva deberá presentar de manera física y electrónica un informe de implementación del PROYECTO a “MUJERES”, mediante oficio dirigido a la persona Titular de la Dirección General de Atención y Acceso a la Justicia de “MUJERES”. Dicho informe deberá rendirse en los términos de lo previsto en el CAPÍTULO XVIII. DE LOS INFORMES PARCIALES de los CRITERIOS CJM 2025, adjuntando la documentación probatoria correspondiente. OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al “GOBIERNO DEL ESTADO” en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente. Los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria específica con característica de productiva, así como los ahorros derivados de los procesos de contratación y adquisición, deberán ser reintegrados a la TESOFE en los términos de los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH, y 85, párrafo segundo del RLFPRH, y de acuerdo a las disposiciones aplicables en la materia. NOVENA. DESTINO DE LOS RECURSOS. “LAS PARTES” convienen que los recursos federales que se transferirán al “GOBIERNO DEL ESTADO”, se destinarán exclusivamente para el PROYECTO denominado “Operación del Centro de Justicia de Matlapa, San Luis Potosí. DÉCIMA. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA Y PROBATORIA. El resguardo y conservación de la documentación original justificativa y probatoria correspondiente a la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión estará a cargo del “GOBIERNO DEL ESTADO” a través de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva. En el caso de “MUJERES”, la documentación justificativa es la que se requisita para la solicitud de subsidio en cada una de las MODALIDADES, señalada en el Apartado 2: Procedimiento de los subsidios para Creación, Fortalecimiento y Operación de los CJM. CAPÍTULO VIII. SOLICITUDES DEL SUBSIDIO EN CUALQUIERA DE SUS MODALIDADES numeral VIGÉSIMO SEGUNDO de los CRITERIOS CJM 2025; la cual será verificada e integrada en el expediente correspondiente por la Secretaría Técnica del COMITÉ, en términos de las funciones señaladas en las fracciones II y VI del criterio DÉCIMO SÉPTIMO de los CRITERIOS CJM 2025. DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el “GOBIERNO DEL ESTADO” no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles, incluyendo los rendimientos financieros, que presente al 31 de diciembre de 2025; deberán ser reintegrados a la TESOFE a más tardar dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes al cierre del Ejercicio Fiscal 2025, de conformidad con lo establecido en los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH; 85 del RLFPRH y los numerales VIGÉSIMO PRIMERO y QUINCUAGÉSIMO, inciso o) de los CRITERIOS CJM 2025. El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del “GOBIERNO DEL ESTADO” dar aviso por escrito y solicitar a “MUJERES” la(s) línea(s) de captura para realizar el (o los) reintegro(s) correspondiente(s). Una vez que “MUJERES” otorgue la(s) línea(s) de captura a la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva, ésta deberá remitir a “MUJERES” el comprobante original de pago del/de los reintegro(s) realizado(s) como anexo del Acta de entrega de resultados de acuerdo con los numerales VIGÉSIMO PRIMERO y QUINCUAGÉSIMO, inciso o) de los CRITERIOS CJM 2025. Asimismo, el “GOBIERNO DEL ESTADO” estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. La misma obligación surgirá cuando se hayan detectado desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos de conformidad con el presente instrumento y el Anexo Técnico, incluyendo los importes equivalentes a las cargas financieras que se generen desde la fecha en que los mismos se hayan ejercido para cubrir gastos no autorizados, así como los rendimientos generados en el ejercicio fiscal inmediato posterior al que se otorgó el recurso. DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de “LAS PARTES” para la instrumentación, ejecución y operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, continuará bajo la dirección y dependencia de la institución a la que pertenezca, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la otra parte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial y sindical que llegara a suscitarse. 206 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 DÉCIMA TERCERA. DE LA SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE RECURSOS. “MUJERES” podrá solicitar el reintegro de los recursos que con motivo de este instrumento se asignen al “GOBIERNO DEL ESTADO”, cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en este Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico, o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, previa audiencia del “GOBIERNO DEL ESTADO”, de conformidad con lo previsto en el artículo 83 del RLFPRH. DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. Los recursos del subsidio asignado para el PROYECTO del CJM no son presupuestos regularizables y no pierden su carácter federal al ser transferidos a las entidades federativas, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación, registro, vigilancia y control se sujetarán a lo dispuesto en la LFPRH, el RLFPRH y el PEF 2025; así como a la Ley General de Contabilidad Gubernamental; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento; la Ley Federal de Austeridad Republicana; al Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal; a los CRITERIOS CJM 2025 y demás disposiciones aplicables en la materia. Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Anticorrupción y Buen Gobierno a través del Órgano Interno de Control Especializado que corresponda del ramo Mujeres, así como la Auditoría Superior de la Federación y los Órganos Contralores Locales, podrán realizar actividades de fiscalización y auditoría, correspondientes al ejercicio del subsidio en el ámbito de sus respectivas competencias, sujetándose a la legislación aplicable en la materia. Cabe destacar, que los subsidios para el PROYECTO, son adicionales y complementarios, y en ningún caso sustituirán a los recursos regulares dirigidos a estos fines, por lo que no podrán duplicarse subsidios para un mismo objetivo. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. DÉCIMA QUINTA. LIMITACIÓN DE INTERVENCIÓN. La Unidad de Asuntos Jurídicos de “MUJERES”, como instancia de asesoría jurídica, se limita a los elementos estrictamente jurídicos dentro del ámbito de competencia de la propia Secretaría, cuya determinación sobre aspectos técnicos, operativos administrativos, presupuestarios y/o de ejecución; así como los alcances del instrumento, se encuentran fuera de su ámbito de facultades, al no establecerse compromisos o acciones a cargo de ésta. DÉCIMA SEXTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por el retraso en el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión; así como por los daños y perjuicios que pudieran causarse y que resulten directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción, se reanudarán las tareas pactadas. DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre “LAS PARTES”, mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, el cual deberá sujetarse a lo dispuesto en el numeral QUINCUAGÉSIMO SEXTO de los CRITERIOS CJM 2025, mismo que formará parte integrante del presente instrumento, y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción. DÉCIMA OCTAVA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado anticipadamente cuando se presente el siguiente supuesto: a. Por estar cumplido el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por “LAS PARTES” y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan. DÉCIMA NOVENA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, no exime al “GOBIERNO DEL ESTADO” de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o; en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 207 VIGÉSIMA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” están de acuerdo en que el presente Convenio de Coordinación y Adhesión es producto de la buena fe; en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hacen a su interpretación, formalización, ejecución y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo por “LAS PARTES”. En el supuesto de que subsista discrepancia, “LAS PARTES” están de acuerdo en someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o legislación que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa. VIGÉSIMA PRIMERA. INCUMPLIMIENTO. En el supuesto de que exista algún incumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, “MUJERES”, lo hará del conocimiento de las instancias competentes, sobre las acciones u omisiones que afecten el correcto ejercicio del subsidio otorgado. VIGÉSIMA SEGUNDA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. “LAS PARTES” Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025; y las demás disposiciones aplicables. Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si “LAS PARTES” que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a las otras “PARTES” e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados. En caso de que alguna de “LAS PARTES” llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezcan a la otra parte, en este acto se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025. VIGÉSIMA TERCERA. PUBLICACIÓN. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente instrumento será publicado en el DOF, y en el periódico oficial del “GOBIERNO DEL ESTADO” lo publicará de conformidad con el CAPÍTULO XIV DE LA PUBLICACIÓN, del numeral TRIGÉSIMO SÉPTIMO de los CRITERIOS CJM 2025 y la normativa estatal aplicable. VIGÉSIMA CUARTA. DIFUSIÓN. “LAS PARTES” acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”, de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a, del PEF 2025. De igual manera, todo gasto en la comunicación y divulgación se deberá señalar en forma expresa e idéntica, que se realiza con los recursos federales aprobados en el PEF 2025. VIGÉSIMA QUINTA. NOTIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será vía correo electrónico, o mediante oficio signado por la autoridad competente remitido por servicio de mensajería en los domicilios señalados en las Declaraciones. Por lo que hace a las comunicaciones telefónicas, “MUJERES” deberá levantar constancia de la comunicación. Cualquier cambio de domicilio que “LAS PARTES” efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes, contados a partir del cambio correspondiente. Leído lo que fue el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, y estando enteradas “LAS PARTES” del contenido, valor y alcance legal de sus Cláusulas, lo firman en 3 (tres) ejemplares en la Ciudad de México, a los 15 días del mes de agosto de 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Directora General de Atención y Acceso a la Justicia, Sayuri Herrera Román.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, José Ricardo Gallardo Cardona.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno, J. Guadalupe Torres Sánchez.- Rúbrica.- Secretaria de Finanzas, Ariana García Vidal.- Rúbrica.- Encargada del Despacho de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva, Gloria María Guadalupe Serrato Sánchez.- Rúbrica. 208 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 ANEXO TÉCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES EN MATLAPA 1) NOMBRE, OBJETIVO, DESCRIPCIÓN Y META DE “EL PROYECTO”: a) Nombre o denominación: Operación del Centro de Justicia para las Mujeres en Matlapa b) Objetivo: Equipar el Centro de justicia para las Mujeres en Matlapa. c) Descripción del proyecto en su ejecución en el 2025 y meta: Mejorar la operación del Centro de Justicia para las Mujeres en Matlapa, con la finalidad de fortalecer su funcionamiento; mediante la adquisición de mobiliario y equipos de cómputo, así como mobiliario para la recepción, la estancia transitoria y la compra de un vehículo para beneficio de las mujeres usuarias del centro. 2) JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO: El Centro de Justicia para las Mujeres, es el encargado de brindar atención y servicios integrales, multidisciplinarios y transversales en el mismo techo a las mujeres víctimas de violencia y sus hijos e hijas, en el caso del Centro de Justicia para las Mujeres ubicado en el municipio de Matlapa, es el único en la Zona Huasteca del Estado San Luis Potosí, por su ubicación tiene bajo su responsabilidad la atención, especialmente a mujeres de pueblos y comunidades indígenas. Con base en el Modelo de los Centros de Justicia para las Mujeres, Guía Metodológica, se destaca que, las directrices arquitectónicas con áreas básicas para la distribución y manejo de los espacios dentro de los Centros incorporan dos importantes características y/o distinciones; la primera de ellas busca reunir todos los servicios ofrecidos en un único espacio, y la segunda lograr el matiz de confort, seguridad y recreación de espacios que generen climas de confianza, inspiradores de tranquilidad y armonía tanto a usuarias de los servicios como a las mujeres, hijas e hijos que viven violencia, a las directoras, a las y los operadores, a la red interinstitucional y a la red de colaboración, concentradas en los Centros. Una de las características relevantes de los Centros de Justicia para las Mujeres, es la imagen distintiva que se proyecta por medio del mobiliario y el interiorismo. Se busca transformar el paradigma de los edificios de los servicios públicos fríos, sobrios y austeros. Es recomendable que el mobiliario se asemeje a la representación de una casa más que a la de una procuraduría u oficina. Debe ser un lugar cómodo y cálido, donde las usuarias y las mujeres que viven violencia, sus hijas e hijos, se sientan seguras y acogidas. En ese orden de ideas, el proyecto de solicitud del subsidio para la operación, ve su justificación considerando que se enfoca en las bondades de contar con mobiliario tanto para las personas operadoras como para las mujeres usuarias de los servicios. Asimismo, es preciso señalar que este CJM atiende a mujeres indígenas, sus hijas e hijos, de municipios aledaños a Matlapa como Axtla de Terrazas, Xilitla, Tamazunchale, San Martín Chalchicuautla, Tampacán, Huehuetlán y Coxcatlán. Con relación a lo anterior, la población de los ocho municipios suma un total de 270,128 personas, de las cuales 140,816 son mujeres; de la población total, 112,651 son hablantes de luenga indígena y en promedio el 50% de esa población son mujeres, de acuerdo con datos e información del INEGI. En términos de atenciones, en el periodo comprendido de enero a junio de la presente anualidad, el Centro de Justicia para las Mujeres de Matlapa ha brindado servicios gratuitos a 149 mujeres víctimas quienes acudieron por primera vez; así como a un total de 1,035 mujeres. Este proyecto considera que el beneficio para las mujeres usuarias de los servicios del CJM, será directo e indirecto porque se solicita mobiliario y equipamiento para el uso directo de ellas, pero también en beneficio del personal. En la búsqueda de optimizar la operación del CJM, se realizó una revisión detallada identificando las siguientes necesidades: aíre acondicionado para la recepción, equipos de cómputo, equipo multifuncional, sillas secretariales, sillas para la recepción, escritorios, electrodomésticos para la estancia transitoria y el vehículo automotriz. Con base en lo anterior, es evidente para quienes laboramos en este espacio, la necesidad de contar con aire acondicionado en el área de recepción dado que es el espacio ocupado por las mujeres usuarias mientras esperan ser atendidas, esto al considerar que las temperaturas que se registran en Matlapa superan, en ocasiones los 40° centígrados. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 209 Por otro lado, desde la constitución del CJM en 2017, se trasfirió parte del mobiliario y equipo con el que actualmente cuenta para su operación, esto se precisa para dar a conocer que el Centro fue equipado tanto con mobiliario nuevo como usado; que luego de ocho años ese es uno de los motivos por el que los escritorios, las sillas de escritorio, las sillas de la recepción y las computadoras se encuentren desgastados y algunos sumamente deteriorados, (como se puede ver en las imágenes anexas a esta justificación). Cuando los espacios de trabajo son dignos, se favorece al desempeño de la organización; por ello, con relación a los equipos de cómputo más que sofisticados deberán tener el rendimiento necesario para sostener reuniones virtuales o comunicación a distancia, trasferencia de información, capacidad de almacenamiento y velocidad que les permita trabajar de manera eficiente y óptima. Asimismo, las necesidades que se tienen con relación al mobiliario consistente en sillas secretariales, sillas para la recepción y escritorios, radican en que algunos de estos muebles se han deteriorado lo suficiente con el paso del tiempo; por ejemplo, los escritorios se encuentran vencidos o declinados por el propio uso, las sillas de la recepción de igual manera están vencidas de la parte de abajo del asiento y otras endebles. En ese sentido, es indiscutible la urgencia de adquirir mobiliario y equipo nuevo, al considerar que son herramientas de trabajo y que eso repercutirá directamente para que los servicios sean brindados con eficacia y en tiempo. Para la impresión de materiales derivados del trabajo realizado por 12 personas profesionistas del CJM, oficios de canalización y otros, bitácoras de trabajo, informes, listas, correos electrónicos, actualización de los expedientes, y demás diligencias de oficina, es la razón por la que se solicita la adquisición de un multifuncional. Dentro de la operatividad hay que considerar el óptimo funcionamiento de la Estancia Transitoria que sirve para acoger a las mujeres sus hijas e hijos, este representa comodidad, confort y se asemeja a una vivienda, en ese sentido, se solicita el equipamiento con un antecomedor, un refrigerador, un microondas y el reemplazo de una tarja-fregadero para lavado de utensilios. Con el uso de estos electrodomésticos y muebles de cocina se garantiza que la estancia sea apropiada y cumpla con el estándar por el que fue creado el CJM; el funcionamiento de la cocineta es integral, tanto la refrigeración, conserva y para calentar los alimentos, son necesidades básicas que deben estar cubiertas en este espacio, considerando que se activan en cuanto llega una mujer víctima sus hijas e hijos; Por otro lado, con un refrigerador se conservarán alimentos perecederos, frutas y productos lácteos, que generalmente, consumen las niñas y niños; con microondas se satisface la necesidad de calentar la leche para los niñas y niñas que son lactantes y otros alimentos. Se justifica también que, las mujeres sus hijas a e hijos que ocupen el espacio de la estancia transitoria, tengan una mesa con sillas, que les permita comer con dignidad y seguridad, esto debido a que las sillas que acompañan a la mesa de comedor se encuentran en un estado deplorable e inseguro como se puede ver en el anexo de las imágenes. Para concluir con las necesidades identificadas en la estancia transitoria, se solicita el remplazo de la tarja-fregadero, ya que se cuenta con utensilios de reusó lavables, asimismo, se considera que la higiene favorece la conservación de la cocineta. Otro aspecto vital de la operatividad del Centro de Justicia para Mujeres de Matlapa, es el traslado y/o trasporte para las mujeres víctimas sus hijos e hijas; este tipo de apoyo es obligado cuando se requiere traslado al refugio, a la Fiscalía, en momentos de riesgo o urgentes; pero también resulta útil cuando se realizan visitas de seguimiento para las órdenes de protección. La seguridad y la integridad de las mujeres sus hijas hijos, se ven salvaguardados cuando la intervención para efectuar el traslado es inmediata y oportuna, por ello, en este proyecto se solicita la compra y la adquisición de un vehículo para el trasporte y traslado de las mujeres usuarias; Finalmente, con todo lo señalado se abastecen las necesidades en materia de operatividad que tiene el Centro de Justicia de Matlapa. 210 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 3) INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE DEL PROYECTO Datos de la persona Titular de la Fiscalía General del Estado o de la Instancia Local Responsable a) Nombre: Gloria María Guadalupe Serrato Sánchez b) Cargo: Encargada del Despacho de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva c) Adscripción: Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva d) Teléfono: 444- 1442920 e) Domicilio para recibir notificaciones: Jardín Colón No. 23, Barrio de San Miguelito, SAN Luis Potosí, C.P.78339 f) Correo electrónico: despachosemujeresslp@gmail.com Datos de la persona designada como enlace con la Secretaría de las Mujeres: a) Nombre: Diana Edith Ortiz Pérez b) Cargo: Encargada de la Dirección General de Innovación Estratégica y Planeación c) Adscripción: Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva d) Teléfono: 444 1442920 ext. 251. Teléfono Celular: 4448008101 e) Correos electrónicos: innovacion.semujeresslp@gmail.com Descripción de las funciones del enlace con la Secretaría de las Mujeres:  Fungir como enlace para la comunicación oficial durante la ejecución del proyecto;  Realizar informes parciales sobre el avance del proyecto;  Mantener informada a la Titular o Encargada del Despacho de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva, sobre las observaciones o solicitudes realizadas por MUJERES;  Monitorear y dar seguimiento el avance en las adquisiciones y compras del mobiliario y equipos;  Participar en las reuniones o actividades con MUJERES; 4) NOMBRE DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, INCLUYENDO LA DESCRIPCIÓN DE SUS RESPONSABILIDADES EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN: 1.- Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva 2.- Las responsabilidades correspondientes se encuentran establecidas en la Cláusula Quinta del Convenio de Coordinación. LUGAR QUE SE EQUIPARÁ A. Ubicación o domicilio completo: Calle Francisco I. Madero # 150, Colonia 20 de noviembre, Matlapa S.L.P., C.P. 79970. B. Nombre del Centro de Justicia que se equipará: Centro de Justicia para las Mujeres en Matlapa 5) MONTO AUTORIZADO Aportación Federal otorgada por la SECRETARIA DE LAS MUJERES: $800,000.00 (Ochocientos mil pesos 00/100M.N.) 6) FECHA INICIO Y CONCLUSIÓN a. Fecha estimada del inicio del proyecto en 2025: i. Fecha: 01 de agosto 2025 Nota: la fecha de inicio puede variar de acuerdo con la trasferidos los recursos federales asignados. b. Fecha estimada para la conclusión del proyecto en 2025: i. Fecha: 31 de diciembre 2025 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 211 7) CRONOGRAMA DE AVANCE FÍSICO-FINANCIERO DEL PROYECTO. Operación del CJM Adquisición de equipamiento desglosado en el catálogo de conceptos: XXX días naturales. Descripción del concepto de equipamiento Total del monto a ejecutar Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Reunión del comité de adquisiciones, para presentar las necesidades de compra del Proyecto. $0 X Inicio del procedimiento de adquisiciones y compra. Solicitud de cotizaciones. Elaboración de cuadros comparativos de equipos y materiales y vehículo. $0 X Reunión del comité de adquisiciones, para autorización de las compras $0 X Compra de nueve equipos de cómputo, con un costo estimado de $17,000.00 diecisiete mil pesos cada uno. $ 153,000.00 X X Compra de un multifuncional, con un costo estimado de $15,000.00 quince mil pesos. $ 15,000.00 X X Compra de nueve escritorios, con un costo estimado de $15,000.00 quince mil pesos cada uno. $ 135,000.00 X X Compra de nueve sillas secretariales, con un costo estimado de $2,500, dos mil quinientos pesos cada una. $ 22,500.00 X X Compra de 10 sillas para la recepción, con un costo estimado de $1,500, mil quinientos pesos cada una. $ 15,000.00 X X Compra de un antecomedor, con un costo estimado de $14,000.00 catorce mil pesos 00/100 M.N. $ 14,000.00 X X Compra de refrigerador electrodoméstico para la operación de la estancia transitoria, con un costo estimado de $ 12,000 doce mil pesos. $ 12,000.00 X X 212 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Compra de un microondas electrodoméstico para la operación de la estancia transitoria, con un costo de $2,500.00 dos mil quinientos pesos $ 2,500.00 X X Compra de una tarja- fregadero, para la operación de la estancia transitoria, con un costo estimado de $2,000.00 dos mil pesos. $ 2,000.00 X X Compra de dos aires acondicionados para la recepción del CJM, con un costo estimado de $17,000.00 diecisiete mil pesos cada uno. $ 34,000.00 X X Compra del Vehículo automotriz, con base en los criterios de la Ley Federal de Austeridad Republicana y en apego a la Ley de Adquisiciones, arrendamientos y servicios del Sector Público y con el visto bueno de la Contraloría General del Estado durante el proceso de compra. En Ley Federal de Austeridad se indica que el costo del vehículo se encuentra en el supuesto del artículo 16, debido a que éste no supera las cuatro mil trescientas cuarenta y tres Unidades de Medida y Actualización diaria vigente. $ 395,000.00 X X X TOTAL: $ 800,000.00 8) CATÁLOGO DE CONCEPTOS DE GASTOS DEL PROYECTO EN 2025: Concepto de gasto Uni Cant. P. UNITARIO SUBTOTAL IVA TOTAL Equipos de cómputo Nueve (9) equipos de cómputo Características: Laptop Ideapad slim 3 15 iah8/core i5-12450h 2.0 ghz/16gb/1tb ssd/15.6 touch/color gris ártico/win 11 home. 0 9 $14,280.00 $128,520.00 $24,480.00 $153,000.00 Equipo Multifuncional Un (1) equipo multifuncional Características: Multifuncional laser monocromático, cama de cristal tamaño oficio, 52 ppm, wifi, ethernet, usb, adf 70 hojas. Memoria 512 mb, full duplex, 0 1 $12,600.00 $12,600.00 $2,400.00 $15,000.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 213 Escritorios Nueve (9) escritorios Características: Escritorio ejecutivo/secretarial, cubierta de melanina, estructura de melanina, de 2 a 3 cajones, dimensiones: 180 cm x 80 cm. 0 9 $12,600.00 $113,400.00 $21,600.00 $135,000.00 Sillas Nueve (9) sillas secretariales Características: Tapizado en tela en asiento y meshen respaldo. Base: estrella inyectada en polipropileno de 660 mm con 5 rodajas en color negro de 55 mm de polipropileno de alta densidad. Respaldo en mesh. Marco en nylon. Soporte lumbar. Asiento: acolchado con espuma con densidad de 30 y grosor de 5cm. Soporte de peso: 120 kg, Tapiz color único. Peso: 15 kg. 0 9 $2,100.00 $18,900.00 $3,600.00 $22,500.00 Sillas para oficinas (10) sillas de oficina Características: Estructura: Estibable tubular ovalado de 15 x 30 cal. 18 en patas, soporte de respaldo en cal. 20 tubo redondo de 7/8", terminado en pintura epóxica texturizada con soporte en asiento de tubo redondo de 5/8” cal. 18, tapones de polietileno en terminales para evitar rayaduras a pisos. Respaldo y asiento: - Plástico de polipropileno en asiento y respaldo tapizado, con tapa de plástico de polipropileno en respaldo y asiento. Acojinamiento: - Hule espuma en asiento y respaldo 4 cm. de espesor, asiento y respaldo d. 17 kg/m³. Peso aproximado de resistencia: 100 kg. dimensiones: Frente: 54 cm, Fondo: 49 cm, Altura Piso- Asiento: 50 cm., Altura Piso- Respaldo: 83 cm. 10 $1,260.00 $12,600.00 $2,400.00 $15,000.00 Antecomedor Un (1) antecomedor para 6 personas Características: Acabado de melanina, contiene 1 mesa y 6 sillas, material de acero y Melanina, dimensiones 0.9 m X 0.77 m x 0.90 m 0 1 $11,760.00 $11,760.00 $2,240 $14,000.00 Tarja /fregadero para cocina Una (1) tarja/fregadero para cocina Características: Tina sencilla con escurridor derecho, llave mezcladora modelo eb aqm-pl para uso en baja presión, contra 1 $1,680.00 $1,680.00 $320.00 $2,000.00 214 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 canasta modelo cc-520, céspol sencillo ces-3114 y 2 mangueras alimentadoras. Instalación de sobreponer. fregadero de acero inoxidable. Profundidad de 14 cm, calibre 24 y dimensiones generales de 75 x 48 cm. Dimensiones en tina de 36 x 36 cm. Refrigerador Un (1) refrigerador Características: Capacidad de volumen: 3.35 metros m3, puerta estándar, 6 anaqueles, consumo de energía de 322 kWh 1 $10,080.00 $10,080.00 $1,920.00 $12,000.00 Horno de Microondas Un (1) horno de microonda Características: 1.4 pies, Acero inoxidable, dimensiones, 43.9 cm x 55.5 x 31.3 cm. Capacidad de 40 litros, 1,600 watts. 1 $2,100.00 $2,100.00 $400.00 $2,500.00 Aire Acondicionado dos (2) Aire Acondicionado Características: 2 toneladas, 220 V, tipo de compresor: Inverter. 2 $14,280.00 $28,560.00 $5,440.00 $34,000.00 Vehículo Un (1) Vehículo Características: 6 bolsas de aire, sistema de seguridad: ABS Rines de aluminio de 16”, Aire acondicionado automático. (De acuerdo a la Ley Federal de Austeridad Republicana, se indica que el costo del vehículo se encuentra en el supuesto del artículo 16, debido a que éste no supera las cuatro mil trescientas cuarenta y tres Unidades de Medida y Actualización diaria vigente). 1 $331,800.00 $331,800.00 $63,200.00 $395,000.00 IMPORTES $672,000.00 $128,000.00 $800,000.00 Anticipo $800,000.00 Finiquito $800,000.00 Total incluyendo I.V.A. $800,000.00 Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido y alcance del Anexo Técnico, lo firman en 3 (tres) ejemplares en la Ciudad de México, a los 15 días del mes de agosto de 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Directora General de Atención y Acceso a la Justicia, Sayuri Herrera Román.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, José Ricardo Gallardo Cardona.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno, J. Guadalupe Torres Sánchez.- Rúbrica.- Secretaria de Finanzas, Ariana García Vidal.- Rúbrica.- Encargada del Despacho de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva, Gloria María Guadalupe Serrato Sánchez.- Rúbrica. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 215 CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Sinaloa, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el Municipio de Guasave, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres y las niñas víctimas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MUJERES.- Secretaría de las Mujeres. MUJERES/CCA/2OPE/28/CJM/2025 CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “MUJERES”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR, ASISTIDA POR LA DIRECTORA GENERAL DE ATENCIÓN Y ACCESO A LA JUSTICIA, SAYURI HERRERA ROMÁN; Y POR OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, RUBÉN ROCHA MOYA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, FELICIANO CASTRO MELÉNDREZ; POR EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, JOAQUÍN ALBERTO LANDEROS GUICHO; Y, POR LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, ANA FRANCIS CHIQUETE ELIZALDE, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL “GOBIERNO DEL ESTADO”; Y CUANDO ACTÚEN EN CONJUNTO, COMO “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES Conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, establece que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Es de considerar en el proceso que define este documento las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la Organización de las Naciones Unidas, y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), aplicables a los deberes estatales de prevención, atención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres. El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en ingles), como órgano de experto independiente que supervisa la aplicación de la Convención citada en el párrafo anterior después de examinar los informes periódicos séptimo y octavo combinados de México (CEDAW/C/MEX/7-8) en sus reuniones 1051ª y 1052ª, como parte de sus observaciones finales, entre otros aspectos, en su numeral 19 recomendó al Estado mexicano: “... c) Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer, como la violación, y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar, enjuiciar y sancionar a los autores de actos de violencia contra la mujer; d) Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de los centros de justicia para las mujeres y poniendo estos centros al alcance de las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia, y e) Adoptar medidas para mejorar los servicios de apoyo para las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia, entre otras cosas garantizando su acceso a centros de atención y refugios establecidos …”. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), en su artículo 1o. establece la coordinación entre la Federación, las Entidades Federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, así como para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y fortalecer el régimen democrático establecidos en la CPEUM; mientras que, la fracción XXVI del artículo 42 Bis del mismo ordenamiento, establece que “MUJERES” debe impulsar en coordinación con las Entidades Federativas, los Centros de Justicia para las Mujeres en todo el territorio nacional. 216 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 En ese contexto, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) prevé en su artículo 74 que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables. En términos del artículo 75 de la LFPRH los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; prever la temporalidad en su otorgamiento; y reportar su ejercicio en los informes trimestrales, incluyendo el importe de los recursos. De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y; en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE), los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado o no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF 2025), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2024, establece en su artículo 22, las acciones que el Ejecutivo Federal deberá observar en el cumplimiento a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia; a través de la incorporación de la perspectiva de género en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de resultados de los programas de la Administración Pública Federal, contemplados en el Anexo 13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, al Ramo 54 Mujeres, en los cuales se señalan los montos autorizados para cada uno de los programas y actividades para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres. En atención a lo anterior, el 28 de febrero de 2025 se publicaron en el portal oficial de la Secretaría de las Mujeres los "Criterios que rigen el proceso para acceder a los subsidios federales para la Creación, el Fortalecimiento y Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres en el Ejercicio Fiscal 2025" (CRITERIOS CJM 2025). En cumplimiento de dichos Criterios, el 10 de marzo de 2025 se emitió la convocatoria correspondiente, por la que se asignaron recursos federales en forma de subsidios destinados a apoyar la creación, fortalecimiento y operación de los Centros de Justicia para las Mujeres (CJM). Dado que estos centros, por su naturaleza jurídica, se encuentran adscritos a autoridades de las entidades federativas, la aplicación de los recursos asignados se encuentra sujeta tanto a los CRITERIOS CJM 2025 como a la disponibilidad presupuestaria autorizada por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025. Una vez que las instancias locales participaron en dicha convocatoria y que el Comité de Evaluación aprobó los proyectos conforme al numeral VIGÉSIMO SEGUNDO de los CRITERIOS CJM 2025, se generó un remanente de los recursos federales otorgados. Con base en lo anterior y a fin de dar prioridad a la apertura de CJM ya construidos, pero aún inconclusos, que requieran iniciar operaciones a corto plazo, se destinó dicho remanente únicamente para las modalidades de Fortalecimiento y Operación. Cabe precisar que, para la modalidad de Creación, los recursos fueron asignados en su totalidad durante la primera emisión, conforme el monto máximo establecido en los CRITERIOS CJM 2025, por lo que esta modalidad no fue objeto de la convocatoria. En virtud de lo anteriormente expuesto, el Gobierno de México y las Entidades Federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Sinaloa. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 217 Mediante oficio número SM/338/2025, del 01 de julio de 2025, suscrito por Ana Francis Chiquete Elizalde, en su carácter de Secretaria de las Mujeres, del Estado de Sinaloa, se solicitó en tiempo y forma a “MUJERES”, recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para la modalidad de Operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el Municipio de Guasave CJM. Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los CRITERIOS CJM 2025, el Comité de Evaluación (COMITÉ) determinó viable el proyecto denominado “Proyecto Equipamiento y Operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el Municipio de Guasave” el (PROYECTO), por lo que aprobó la cantidad de $1,223,950.48 (Un millón doscientos veintitrés mil novecientos cincuenta pesos 48/100 M.N.), exclusivamente para la modalidad de Operación del CJM. Dicha situación se notificó al “GOBIERNO DEL ESTADO” mediante oficio número MUJERES/SDVLV/DGAAJ/0436/2025 de fecha 24 de julio de 2025, suscrito por la Presidenta del COMITÉ. El PROYECTO del CJM, se encuentra ubicado en Lote de terreno Urbano, Número 20 F, Colonia Fundo Legal, Código Postal 81000, Municipio de Guasave, del Estado de Sinaloa. La Instancia Local Responsable del PROYECTO se compromete a cumplir el objetivo y meta del mismo, dentro del presente ejercicio fiscal, de acuerdo a lo señalado en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2025. En caso de que la totalidad del PROYECTO se haya programado para su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su conclusión y adecuado funcionamiento y demás programas que deriven del mismo. Así, “LAS PARTES” manifiestan su interés en formalizar el presente instrumento de conformidad con las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES” declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de conformidad con los artículos 90 de la CPEUM; 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. De conformidad con el artículo 42 Bis, fracción VI de la LOAPF, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de promover, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en materia de igualdad sustantiva y derechos humanos de las mujeres, una cultura de no violencia y no discriminación. I.3. La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o fracción I, numeral 2; 5o. fracciones I y XIV; y, 7o. del RISM. I.4. La Directora General de Atención y Acceso a la Justicia, Sayuri Herrera Román, cuenta con las facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 2o. fracción IV numeral 6, 5o., fracción XIV y 16 del RISM. I.5. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 43801 “Subsidios a Entidades Federativas y Municipios”, y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria correspondiente. I.6. Señala como su domicilio el ubicado en la Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México. II. El “GOBIERNO DEL ESTADO” declara que: II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43, de la CPEUM; así como como 1o., 2o., 3o. y 17 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, es un estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación. II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado Sinaloa, cuyo ejercicio se deposita el Gobernador Constitucional del Estado, Rubén Rocha Moya, quien cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con lo previsto en los artículos 55 y 65, fracciones XXIII BIS y XXV de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 2o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa y 7o. del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado, y acredita su personalidad mediante la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección para la Gubernatura, expedido a su favor por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, de 13 de junio de 2021. 218 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 II.3. El Secretario General de Gobierno Feliciano Castro Meléndez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 3o., 10, 11 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 15, fracción I, 16, fracción X, 34 y 35 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado; así como 1o., 9o., fracción X y 10, fracciones VII y XX, del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, y acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, del 02 de octubre de 2024 II.4. El Secretario de Administración y Finanzas, Joaquín Alberto Landeros Guicho, cuenta con facultades para acompañar en la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 3o., 10, 11 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 15, fracción II, 17 fracción XIV, 34 y 35 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; sí como 1o., 9o., fracción I y 10, fracciones VI y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas, y acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa Rubén Rocha Moya del 06 de agosto de 2024. II.5 La Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa es una dependencia de la Administración Pública Estatal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; y, 3o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa y su Titular, Ana Francis Chiquete Elizalde, al que está adscrito el Centro Justicia para las Mujeres cuenta con las facultades para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 10, 11, 21 y 22 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 15, fracción VII, 22, 34 y 35 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; y 1o., 2o., 8o., 9o., fracciones VI y VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres. II.6 No cuenta con la capacidad económica presupuestal para aportar recursos de forma complementaria al PROYECTO que se describe en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ. II.7 La Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa acredita el domicilio del inmueble del CJM ubicado en: Lote de Terreno Urbano, número 20-F, Colonia Fundo Legal, Código Postal 81000, municipio de Guasave en el Estado de Sinaloa, con el comprobante de domicilio emitido por: La Secretaria de Administración y Finanzas, Instituto Catastral del Estado de Sinaloa con Clave catastral rústica 005-13580-001. II.8 Para los efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno 2do. Piso, Código Postal 80129, Culiacán del Estado de Sinaloa. III. “LAS PARTES” declaran que: III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión. III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres, en términos de la normatividad aplicable. III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Sinaloa, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV, así como la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Sinaloa. III.4. Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencias, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con características de violencias de género. III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los CRITERIOS CJM 2025, que regulan el presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 219 Expuesto lo anterior, “LAS PARTES” sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la Operación del CJM, en términos del PROYECTO, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres y las niñas víctimas. El PROYECTO se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico revisado, evaluado y aprobado por el COMITÉ para el Ejercicio Fiscal 2025, en el que se establecen las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de avance físico-financiero, que permita vigilar su desarrollo, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados. En caso de que el PROYECTO descrito en el numeral 1 del Anexo Técnico, presente variaciones en cuanto a las necesidades técnicas o materiales durante su ejecución, el “GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a informar a “MUJERES” sobre cualquier diferencia que altere la estimación de la obra de referencia, en términos de lo señalado en el numeral QUINCUAGÉSIMO CUARTO de los CRITERIOS CJM 2025. SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del OBJETO señalado en la Cláusula anterior, “MUJERES”, asignará la cantidad de $1,223,950.48 (un millón doscientos veintitrés mil novecientos cincuenta pesos 48/100 M.N.) exclusivamente para el fortalecimiento del Proyecto Equipamiento y Operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el Municipio de Guasave. Los recursos federales se transferirán al “GOBIERNO DEL ESTADO” en una ministración, a través de su Secretaría de Administración y Finanzas en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, en la que se manejarán exclusivamente los recursos federales a los que refiere la presente Cláusula, así como sus rendimientos, por lo que no podrá incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios del PROYECTO; ello, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG). Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que el “GOBIERNO DEL ESTADO”, a través de la Instancia Local Responsable, haya remitido a “MUJERES” la factura electrónica o Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en términos de los numerales TRIGÉSIMO NOVENO, CUADRAGÉSIMO y CUADRAGÉSIMO PRIMERO, de los CRITERIOS CJM 2025, que regulan el presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Para “MUJERES”, la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4o., fracciones XV, XVI y XVII de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, el “GOBIERNO DEL ESTADO” deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los informes que sobre el particular deban rendirse por conducto de “MUJERES”. Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas, se encuentran sujetos al presupuesto autorizado y a la disponibilidad de los mismos, en términos del PEF 2025, por lo que “MUJERES” no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a ella. “MUJERES”, a través del COMITÉ, comunicará mediante oficio al “GOBIERNO DEL ESTADO” cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos. “MUJERES” será ajena a los procedimientos de contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el “GOBIERNO DEL ESTADO” para la ejecución del proyecto aprobado, por lo que cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones estará sujeta a las disposiciones jurídicas aplicables en la materia. TERCERA. COMPROMISOS DE “LAS PARTES”. Además de lo previsto en los CRITERIOS CJM 2025, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, “LAS PARTES” se comprometen a lo siguiente: a. Apegarse a lo establecido en la LFPRH, el RLFPRH, y demás legislación aplicable en materia de subsidios; 220 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como para la planeación y asistencia técnica aportada por el “GOBIERNO DEL ESTADO”; y, c. Revisar conjuntamente los informes trimestrales que se presenten respecto del avance del PROYECTO. CUARTA. COMPROMISOS DE “MUJERES”. Además de lo previsto en los CRITERIOS CJM 2025, MUJERES, se obliga a: a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, exclusivamente para la ejecución del PROYECTO a que se refieren las cláusulas PRIMERA y SEGUNDA; b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de reportar la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento; c. Realizar el seguimiento de la aplicación del subsidio, así como el monitoreo del objetivo y meta establecida en el numeral 1 del Anexo Técnico del presente Convenio, a través de los informes trimestrales en donde se reporta el avance físico y financiero del PROYECTO; d. Realizar, en términos del numeral QUINCUAGÉSIMO OCTAVO de los CRITERIOS CJM 2025, visita(s) al domicilio del Proyecto señalado en el Anexo Técnico, para corroborar la implementación del Proyecto y verificar la conformación del expediente del subsidio por parte de la Instancia Local Responsable del Proyecto sin que se requiera notificación previa; e, e. Integrar el expediente correspondiente al PROYECTO, con la documentación justificativa y probatoria señalada en el numeral DÉCIMO SÉPTIMO, fracción VI de los CRITERIOS CJM 2025, el cual estará a cargo la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de “MUJERES”. QUINTA. COMPROMISOS DEL “GOBIERNO DEL ESTADO”. Además de lo previsto en los CRITERIOS CJM 2025, el “GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a: a. Destinar por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas, los recursos asignados vía subsidio, exclusivamente para los fines previstos en las Cláusulas PRIMERA y SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, así como en el Anexo Técnico; b. Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2025; c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al PROYECTO, dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha en que se realice la transferencia del recurso, mediante el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del “GOBIERNO DEL ESTADO”, expedido por la Dirección de Recursos Financieros de la Unidad de Administración y Finanzas de “MUJERES”, derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión; lo anterior, de conformidad con el numeral CUADRAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025; d. Realizar las acciones y las adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del PROYECTO, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos, y demás normatividad federal y local aplicable en la materia; e. Recabar, resguardar y conservar por conducto de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa, la documentación justificativa y probatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública Local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de estos; f. Entregar trimestralmente a “MUJERES”, un informe de conformidad con la Cláusula SÉPTIMA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión; Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 221 g. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la conclusión del Ejercicio Fiscal 2025; los cuales deberán estar cancelados con la leyenda “Operado con recursos del Programa Presupuestario E015 Promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres” en términos de lo previsto en el artículo 70, fracción II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. h. Presentar a “MUJERES”, a más tardar el 15 de enero de 2026, un Acta de entrega de resultados y sus anexos, rubricada y firmada por la persona titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa, en la que se observe el formato base establecido por “MUJERES”, mismo que deberá contener la información señalada en los numerales DÉCIMO NOVENO fracción VIII, QUINCUAGÉSIMO, QUINCUAGÉSIMO PRIMERO, QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO y QUINCUAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025. i. Colaborar con “MUJERES” proporcionando la información trimestral mediante el reporte denominado “Informe de Mujeres Atendidas”, de forma electrónica, de las mujeres, así como, de sus hijas e hijos atendidas por primera vez y en seguimiento, así como los servicios brindados por el CJM, una vez que se encuentre prestando servicios a las mujeres en situación de violencias. j. Colaborar con “MUJERES” proporcionando la información correspondiente respecto de la atención a mujeres víctimas de violencias de género, así como, de sus hijas e hijos para la recopilación de información del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM); k. Señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno de México, a través de “MUJERES”, en las acciones de difusión, divulgación y promoción del CJM, incluyendo en toda la papelería y documentación oficial la leyenda “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”, observando en todo momento lo establecido en los artículos 28 de la Ley General de Desarrollo Social; así como el artículo 209 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 28, fracción II, inciso a) del PEF 2025; y numeral QUINCUAGÉSIMO NOVENO de los CRITERIOS CJM 2025 y demás legislación aplicable en materia electoral. l. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH, el RLFPRH, el PEF 2025; así como las demás disposiciones federales aplicables a la materia. SEXTA. ENLACES. Las personas servidoras públicas que fungirán como enlaces entre “LAS PARTES” serán, por parte del “GOBIERNO DEL ESTADO”, Merle Dinora López Mariscal, Directora Jurídica y Operativa del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Sinaloa, designada mediante el oficio número SM/340/2025, del 21 de julio de 2025 signado por Ana Francis Chiquete Elizalde, Secretaria de las Mujeres del Estado de Sinaloa, de conformidad con el numeral VIGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025; y por “MUJERES” la persona servidora pública en quien recaiga la titularidad de la Dirección General de Atención y Acceso a la Justicia de “MUJERES”. A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión; además, serán las y los responsables internos de las actividades encomendadas. Asimismo, el “GOBIERNO DEL ESTADO” deberá notificar a “MUJERES”, cualquier cambio de la persona enlace y del personal responsable del seguimiento del subsidio y del PROYECTO aprobado, en un plazo de 15 (quince) días hábiles contados a partir del cambio correspondiente, proporcionando los datos de contacto de quien asumirá dichas funciones. SÉPTIMA. REPORTES TRIMESTRALES. El “GOBIERNO DEL ESTADO”, por conducto de Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa deberá presentar de manera física y electrónica un informe de implementación del PROYECTO a “MUJERES”, mediante oficio dirigido a la persona Titular de la Dirección General de Atención y Acceso a la Justicia de “MUJERES”. Dicho informe deberá rendirse en los términos de lo previsto en el CAPÍTULO XVIII. DE LOS INFORMES PARCIALES de los CRITERIOS CJM 2025, adjuntando la documentación probatoria correspondiente. OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al “GOBIERNO DEL ESTADO” en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente. 222 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria específica con característica de productiva, así como los ahorros derivados de los procesos de contratación y adquisición, deberán ser reintegrados a la TESOFE en los términos de los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH, y 85, párrafo segundo del RLFPRH, y de acuerdo a las disposiciones aplicables en la materia. NOVENA. DESTINO DE LOS RECURSOS. “LAS PARTES” convienen que los recursos federales que se transferirán al “GOBIERNO DEL ESTADO”, se destinarán exclusivamente para el PROYECTO denominado Proyecto Equipamiento y Operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el Municipio de Guasave. DÉCIMA. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA Y PROBATORIA. El resguardo y conservación de la documentación original justificativa y probatoria correspondiente a la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión estará a cargo del “GOBIERNO DEL ESTADO” a través de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa. En el caso de “MUJERES”, la documentación justificativa es la que se requisita para la solicitud de subsidio en cada una de las MODALIDADES, señalada en el Apartado 2: Procedimiento de los subsidios para Creación, Fortalecimiento y Operación de los CJM. CAPÍTULO VIII. SOLICITUDES DEL SUBSIDIO EN CUALQUIERA DE SUS MODALIDADES numeral VIGÉSIMO SEGUNDO de los CRITERIOS CJM 2025; la cual será verificada e integrada en el expediente correspondiente por la Secretaría Técnica del COMITÉ, en términos de las funciones señaladas en las fracciones II y VI del criterio DÉCIMO SÉPTIMO de los CRITERIOS CJM 2025. DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el “GOBIERNO DEL ESTADO” no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles, incluyendo los rendimientos financieros, que presente al 31 de diciembre de 2025; deberán ser reintegrados a la TESOFE a más tardar dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes al cierre del Ejercicio Fiscal 2025, de conformidad con lo establecido en los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH; 85 del RLFPRH y los numerales VIGÉSIMO PRIMERO y QUINCUAGÉSIMO, inciso o) de los CRITERIOS CJM 2025. El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del “GOBIERNO DEL ESTADO” dar aviso por escrito y solicitar a “MUJERES” la(s) línea(s) de captura para realizar el (o los) reintegro(s) correspondiente(s). Una vez que “MUJERES” otorgue la(s) línea(s) de captura a la Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa, ésta deberá remitir a “MUJERES” el comprobante original de pago del/de los reintegro(s) realizado(s) como anexo del Acta de entrega de resultados de acuerdo con los numerales VIGÉSIMO PRIMERO y QUINCUAGÉSIMO, inciso o) de los CRITERIOS CJM 2025. Asimismo, el “GOBIERNO DEL ESTADO” estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. La misma obligación surgirá cuando se hayan detectado desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos de conformidad con el presente instrumento y el Anexo Técnico, incluyendo los importes equivalentes a las cargas financieras que se generen desde la fecha en que los mismos se hayan ejercido para cubrir gastos no autorizados, así como los rendimientos generados en el ejercicio fiscal inmediato posterior al que se otorgó el recurso. DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de “LAS PARTES” para la instrumentación, ejecución y operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, continuará bajo la dirección y dependencia de la institución a la que pertenezca, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la otra parte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial y sindical que llegara a suscitarse. DÉCIMA TERCERA. DE LA SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE RECURSOS. “MUJERES” podrá solicitar el reintegro de los recursos que con motivo de este instrumento se asignen al “GOBIERNO DEL ESTADO”, cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en este Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico, o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, previa audiencia del “GOBIERNO DEL ESTADO”, de conformidad con lo previsto en el artículo 83 del RLFPRH. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 223 DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. Los recursos del subsidio asignado para el PROYECTO del CJM no son presupuestos regularizables y no pierden su carácter federal al ser transferidos a las entidades federativas, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación, registro, vigilancia y control se sujetarán a lo dispuesto en la LFPRH, el RLFPRH y el PEF 2025; así como a la Ley General de Contabilidad Gubernamental; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento; la Ley Federal de Austeridad Republicana; al Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal; a los CRITERIOS CJM 2025 y demás disposiciones aplicables en la materia. Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Anticorrupción y Buen Gobierno a través del Órgano Interno de Control Especializado que corresponda del ramo Mujeres, así como la Auditoría Superior de la Federación y los Órganos Contralores Locales, podrán realizar actividades de fiscalización y auditoría, correspondientes al ejercicio del subsidio en el ámbito de sus respectivas competencias, sujetándose a la legislación aplicable en la materia. Cabe destacar, que los subsidios para el PROYECTO son adicionales y complementarios, y en ningún caso sustituirán a los recursos regulares dirigidos a estos fines, por lo que no podrán duplicarse subsidios para un mismo objetivo. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. DÉCIMA QUINTA. LIMITACIÓN DE INTERVENCIÓN. La Unidad de Asuntos Jurídicos de “MUJERES”, como instancia de asesoría jurídica, se limita a los elementos estrictamente jurídicos dentro del ámbito de competencia de la propia Secretaría, cuya determinación sobre aspectos técnicos, operativos administrativos, presupuestarios y/o de ejecución; así como los alcances del instrumento, se encuentran fuera de su ámbito de facultades, al no establecerse compromisos o acciones a cargo de ésta. DECIMA SEXTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por el retraso en el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión; así como por los daños y perjuicios que pudieran causarse y que resulten directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción, se reanudarán las tareas pactadas. DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre “LAS PARTES”, mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, el cual deberá sujetarse a lo dispuesto en el numeral QUINCUAGÉSIMO SEXTO de los CRITERIOS CJM 2025, mismo que formará parte integrante del presente instrumento, y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción. DÉCIMA OCTAVA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado anticipadamente cuando se presente el siguiente supuesto: a. Por estar cumplido el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por “LAS PARTES” y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan. DÉCIMA NOVENA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, no exime al “GOBIERNO DEL ESTADO” de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o; en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado. VIGÉSIMA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” están de acuerdo en que el presente Convenio de Coordinación y Adhesión es producto de la buena fe; en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hacen a su interpretación, formalización, ejecución y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo por “LAS PARTES”. 224 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 En el supuesto de que subsista discrepancia, “LAS PARTES” están de acuerdo en someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o legislación que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa. VIGÉSIMA PRIMERA. INCUMPLIMIENTO. En el supuesto de que exista algún incumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, “MUJERES”, lo hará del conocimiento de las instancias competentes, sobre las acciones u omisiones que afecten el correcto ejercicio del subsidio otorgado. VIGÉSIMA SEGUNDA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. “LAS PARTES” Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025; y las demás disposiciones aplicables. Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si “LAS PARTES” que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a las otras “PARTES” e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados. En caso de que alguna de “LAS PARTES” llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezcan a la otra parte, en este acto se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025. VIGÉSIMA TERCERA. PUBLICACIÓN. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente instrumento será publicado en el DOF, y en el periódico oficial del “GOBIERNO DEL ESTADO” lo publicará de conformidad con el CAPÍTULO XIV DE LA PUBLICACIÓN, del numeral TRIGÉSIMO SÉPTIMO de los CRITERIOS CJM 2025 y la normativa estatal aplicable. VIGÉSIMA CUARTA. DIFUSIÓN. “LAS PARTES” acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”, de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a, del PEF 2025. De igual manera, todo gasto en la comunicación y divulgación se deberá señalar en forma expresa e idéntica, que se realiza con los recursos federales aprobados en el PEF 2025. VIGÉSIMA QUINTA. NOTIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será vía correo electrónico, o mediante oficio signado por la autoridad competente remitido por servicio de mensajería en los domicilios señalados en las Declaraciones. Por lo que hace a las comunicaciones telefónicas, “MUJERES” deberá levantar constancia de la comunicación. Cualquier cambio de domicilio que “LAS PARTES” efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes, contados a partir del cambio correspondiente. Leído lo que fue el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, y estando enteradas “LAS PARTES” del contenido, valor y alcance legal de sus Cláusulas, lo firman en 3 (tres) ejemplares en la Ciudad de México, a los 15 días del mes de agosto de 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Directora General de Atención y Acceso a la Justicia, Sayuri Herrera Román.- Rúbrica.- Por el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa, Rubén Rocha Moya.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno, Feliciano Castro Meléndrez.- Rúbrica.- Secretario de Administración y Finanzas, Joaquín Alberto Landeros Guicho.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Ana Francis Chiquete Elizalde.- Rúbrica. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 225 ANEXO TÉCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES EN GUASAVE. 1) NOMBRE, OBJETIVO, DESCRIPCIÓN Y META DE “EL PROYECTO”: a) Nombre o denominación: Operación del Centro de Justicia para las Mujeres en Guasave. b) Objetivo: Operar el Centro Regional de Justicia para las Mujeres del municipio de Guasave, con la finalidad de concentrar en un mismo lugar, los servicios interinstitucionales y especializados que faciliten el acceso a la justicia, el respeto y protección de los derechos humanos de las mujeres y en su caso a sus hijas e hijos que transiten por alguna situación de violencia de género. c) Descripción del proyecto en su ejecución en el 2025 y meta: Durante el ejercicio fiscal 2025, el proyecto contempla la puesta en operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el municipio de Guasave, como parte de la estrategia Estatal para fortalecer el acceso a la justicia y la atención integral a mujeres en situación de violencia de género. La ejecución integral del proyecto para operar el Centro Regional de Justicia para las Mujeres en Guasave, incluye la adquisición de mobiliario adecuado en las áreas del centro, así como la compra de equipos de cómputo e impresoras que faciliten la gestión de información confidencial, elaboración de informes, seguimiento de casos y comunicación interinstitucional. Además, se adquirirán test psicológicos validados que permitan realizar diagnósticos precisos y fortalecer los procesos de atención psicológica y evaluación de riesgo. El proyecto, también contempla la adquisición de un vehículo de traslado que garantice la movilidad segura y autónoma de las usuarias y en su caso sus hijas e hijos, hacia las diferentes instancias judiciales y de atención coordinada, mejorando la eficiencia y seguridad del proceso. Asimismo, se contratará un equipo multidisciplinario compuesto por una trabajadora social, una abogada, una psicóloga y una médica, quienes brindarán atención integral con perspectiva de género. Asimismo, se establecerán protocolos de actuación y líneas de atención con perspectiva de género para garantizar un trato digno y seguro a las usuarias. En este sentido, se tiene como meta que el CRJM Guasave, inicie su operación durante el segundo semestre del año, brindando atención a mujeres y en su caso a sus hijas e hijos, que se encuentren en situación de violencia de género, beneficiando no solo a las mujeres del municipio de Guasave, sino también a las mujeres de los municipios colindantes, como es el caso de Juan José Ríos, Sinaloa municipio, Salvador Alvarado. 2) JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO: La construcción y puesta en operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el municipio de Guasave obedece a la necesidad estratégica de ampliar la cobertura de servicios especializados en atención a mujeres, niñas, niños y adolescentes en situación de violencia de género en la zona norte del estado de Sinaloa. Esta acción se enmarca en los compromisos asumidos a partir de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género emitida el 31 de marzo de 2017, que incluyó a Guasave entre los municipios prioritarios. El Centro, tiene como finalidad acercar servicios interinstitucionales con perspectiva de género que favorezcan el acceso a la justicia, la atención integral y la protección de los derechos de las mujeres en situación de violencia. Su ubicación geográfica permitirá beneficiar no solo a la población del municipio de Guasave, sino también a los municipios colindantes como, Juan José Ríos, Sinaloa, Salvador Alvarado, optimizando la respuesta institucional ante casos de violencia. En este sentido, resulta indispensable garantizar el equipamiento adecuado mediante la asignación de recursos materiales suficientes que aseguren su óptimo funcionamiento. La implementación de esta estrategia requiere la participación coordinada de los distintos órdenes de gobierno y la sociedad civil, a fin de generar condiciones dignas, seguras y accesibles para las usuarias, contribuyendo así a la atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en la región. 3) INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE DEL PROYECTO Datos de la persona Titular de la Fiscalía General del Estado o de la Instancia Local Responsable a) Nombre: Lcda. Ana Francis Chiquete Elizalde b) Cargo: Titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa. c) Adscripción: Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa 226 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 d) Teléfono: 667-758-70-00 ext. 39149. e) Domicilio para recibir notificaciones: Palacio de Gobierno, 2do. Piso, C.P. 80129, Culiacán, Sinaloa. f) Correo electrónico: secretaria.semujeres@sinaloa.gob.mx Datos de la persona designada como enlace con la Secretaría de las Mujeres: a) Nombre: Lcda. Merle Dinora López Mariscal b) Cargo: Directora Jurídica y Operativa del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Sinaloa. c) Adscripción: Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Sinaloa. d) Teléfono: 6676882633 Teléfono Celular: 667 187 1855 e) Correos electrónicos: direccionjuridicayoperativa.cjm@sinaloa.gob.mx En el marco del proyecto denominado Operación del Centro de Justicia para las Mujeres en Guasave, todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación se realizarán a través de las personas designadas como enlaces. Dichas personas fungirán, además, como responsables internas e internos del cumplimiento y seguimiento de las actividades que les sean encomendadas en el ámbito de sus respectivas competencias. 4) NOMBRE DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, INCLUYENDO LA DESCRIPCIÓN DE SUS RESPONSABILIDADES EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN:  Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa  Las correspondientes en las cláusulas tercera y quinta del Convenio de Coordinación y Adhesión. LUGAR QUE SE EQUIPARÁ a) Ubicación o domicilio completo: Lote de terreno Urbano 20-F, de la Colonia Fundo Legal, Código Postal 8100, Municipio de Guasave, Estado de Sinaloa. b) Nombre del Centro de Justicia que se equipará: Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el municipio de Guasave. 5) MONTO AUTORIZADO  $1,223,950.48 (un millón doscientos veintitrés mil novecientos cincuenta pesos 48/100 M.N.) 6) FECHA INICIO Y CONCLUSIÓN a. Fecha estimada del inicio del proyecto en 2025:  Fecha: 01 de septiembre de 2025 Nota: la fecha de inicio puede variar de acuerdo con la transferidos los recursos federales asignados. b. Fecha estimada para la conclusión del proyecto en 2025:  Fecha: 31 de diciembre de 2025 7) CRONOGRAMA DE AVANCE FÍSICO-FINANCIERO DEL PROYECTO. EQUIPO AVANCE MES-1 MES-2 MES-3 MES-4 E1- COMPUTADORAS DE ESCRITORIO FINANCIERO 306,000.00 FISICO % 100 E2- IMPRESORA MULTIFUNCIONAL FINANCIERO 108,000.00 FISICO % 100 E3- LAPTOP FINANCIERO 78,000.00 FISICO % 100 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 227 E4- PANTALLA PARA PROYECTAR FINANCIERO 6,000.00 FISICO % 100 E5- VIDEO PROYECTOR FINANCIERO 15,000.000 FISICO % 100 E6- VEHÍCULO NISSAN VERSA FINANCIERO 378,900.000 FISICO % 100 E7- SILLON DE 1 PLAZA FINANCIERO 56,000.00 FISICO 100 E8- TEST PSICOLÓGIO MMPI-2 FINANCIERO 18,950.00 FISICO 100 E9- TEST PSICOLÓGIO WAIS-IV (escala de inteligencia para adultos) FINANCIERO 17,100.000 FISICO 100 MES-03 MES-04 MES-05 MES-06 TOTAL EJERCIDO POR MES (INCLUYE I.V.A. DEL 16 % ) 486,900.00 399,000.00 23,100.00 74,950.00 PORCENTAJE DE AVANCE FISICO ACUMULADO 49.484 90.035 92.383 100.000 TOTAL DEL COSTO NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N. $ 983,950.00 CONTRATACION DE PERSONAL ESPECIALIZADO AVANCE MES-01 MES-02 E10- TRABAJO SOCIAL FINANCIERO 15000.03 15000.03 FISICO % 25 25 E11- PSICOLOGÍA FINANCIERO 15000.03 15000.03 FISICO 25 25 E12- JURÍDICO FINANCIERO 15000.03 15000.03 FISICO 25 25 E13- MÉDICA FINANCIERO 15000.03 15000.03 FISICO 25 25 MES-03 MES-04 TOTAL, EJERCIDO POR MES ( INCLUYE I.V.A. DEL 16 % ) 60,000.12 60,000.12 PORCENTAJE DE AVANCE FISICO ACUMULADO 75.000 100.000 TOTAL DEL COSTO DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS 48/100 M.N. $ 240,000.48 TOTAL DEL PROYECTO DE OPERACIÓN EQUIPO $ 983,950.00 CONTRATACION DE PERSONAL ESPECIALIZADO $ 240,000.48 $1,223,950.48 228 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 8) CATÁLOGO DE CONCEPTOS DE GASTOS DEL PROYECTO DE OPERACIÓN DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES EN GUASAVE 2025. SOLICITUD DE MOBILIARIO CRJM GUASAVE No. DESCRIPCIÓN CANTIDAD P/UNITARIO TOTAL ÁREA DE ASIGNACIÓN 1 Computadoras de escritorio: Chipset Procesador Intel ® Corei5. Onceava generación. Memoria RAM 8GB DDR4, Disco Duro 512GB SSD. Tarjeta de Red Gigabit LAN, VGA, HDMI, TPM 2.0, 8 USB, EPA GOLD Windows 10 PRO (64 Bits). Wifi AC+BT, Teclado y Mouse con Scroll. Monitor LED 24” (Área Visible 23.8” HD 1920X1080), Puertos HDMI/VGA, Cables HDMI Y VGA, (3 años de garantía). 17 $18,000.00 $306,000.00 Áreas de atención: psicología, trabajo social, jurídica, médica. Áreas administrativas. El equipo de cómputo es fundamental para el funcionamiento eficiente y efectivo del CRJM durante la atención a mujeres en situación de violencia. Fortalece la gestión y la planificación de los servicios. 2 Impresora Multifuncional a Color: Impresión, copiado, escaneo y conexión inalámbrica, calidad de impresión (óptima) color. Funciones de software inteligente, impresión a doble cara. Resolución de escaneo óptica: Hasta 1.200 PPP; Formato de archivo de digitalización: JPEG, TIFF, PDF, BMP, PNG; Windows 10,7., Suministro de tinta continua. 12 $9,000.00 $108,000.00 Áreas de atención: psicología, trabajo social, jurídica, médica. Áreas administrativas. El equipo de impresión es prioritario para el funcionamiento eficiente y efectivo del CRJM en la atención a mujeres en situación de violencia. Fortalece la gestión y la planificación de los servicios. 3 Laptop: Procesador 15-1145G7, con 512 GB SSD, 8 MB cache L2, 4 CORES, 8GB RAM. 8 Hilos, frecuencia base de 2.4 GHZ y máxima a 4.20 GHZ. Velocidad de Bus de 4GT/S, TDP 12W con tecnología que reduzca ciberataques o su equivalente a su desempeño. Cámara web HD o superior con ventana de privacidad integrada al marco de pantalla. Puerto USB, conector para micrófono, audio y video integrado. Con características de uso rudo. 3 $26,000.00 $78,000.00 Áreas administrativas Sala de usos múltiples. Dos de las computadoras serán instaladas en áreas administrativas, que facilitarán la gestión de la información de las mujeres usuarias y en su caso sus hijas e hijo, así como la generación de informes, estadísticas, etc. 4 Pantalla para proyectar: Pantalla de 100” diagonal, eléctrica, incluye control remoto inalámbrico y control remoto alámbrico, formato 1:1, 213 CM, empotrable pared o techo, color blanco mate. 1 $6,000.00 $6,000.00 Esta pantalla de proyección se usará en el espacio de usos múltiples, donde se impartirán cursos y talleres grupales, como un proceso por el cual las mujeres puedan fortalecer su autonomía económica y emocional. 5 Video Proyector: Contar mínimamente con número de píxeles: 2.073.600 píxeles (1.920 PX x 1.080 PX) x 3 luminosidad en color :4.000 Lúmenes, resolución nativa: full HD, Tipo lámpara: 230 W UHE vida útil de la lámpara 5.500 horas (normal) 12.000 horas (ECO) relación de contraste hasta 16.000: 1 reproducción del color: hasta 1 billón de colores. 1 $15,000.00 $15,000.00 El video proyector se usará en el espacio de usos múltiples, con la finalidad de tener los medios suficientes para impartir cursos y talleres grupales, como un proceso por el cual las mujeres puedan fortalecer su autonomía económica y emocional. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 229 6 Vehículo versión sense CVT modelo 2025, transmisión automática, con A/A, vidrios y seguro eléctricos, volante con ajuste de altura y profundidad, alarma antirrobo, 4 bolsas de aire, sistema de audio 2 bocinas y rines 16 de acero (con tapón) 1 $378,900.00 $378,900.00 Traslado a las mujeres usuarias y en su caso sus hijas e hijos, a las diferencias instancias de Procuración Justicia (Sede de Juicios Orales, Juzgados Familiares, Vicefiscalía región norte, o bien, a los lugares que sean necesarios, de acuerdo a los procesos que cada mujer decida iniciar), 7 Sillón de 1 plaza Ancho del Producto Ensamblado 80 cm Color Gris Material Madera de Pino, Hule Espuma, Poliéster, delcrón, Tela importada Longitud del Producto Ensamblado 85 cm 8 $7,000.00 $56,000.00 Áreas de atención: psicología, trabajo social, jurídica, médica. Áreas administrativas, lo que permitirá contar con espacios dignos para la atención a personas usuarias. 8 Test psicológico MMPI-2 1 $18,950.00 $18,950.00 A través de la adquisición de este test, se podrá fortalecer el proceso de evaluación y atención a las usuarias, y en su caso sus hijas e hijos, garantizando un abordaje técnico, especializado y confiable. 9 Test psicológico WAIS-IV( escala de inteligencia para adultos) 1 $17,100.00 $ 17,100.00 A través de la adquisición de este test, se podrá fortalecer el proceso de evaluación y atención a las usuarias, y en su caso sus hijas e hijos, garantizando un abordaje técnico, especializado y confiable. MONTO TOTAL SOLICITADO $ 983,950.00 Conceptos de Gastos para la Contratación de Personal Especializado PERSONAL No. DE PLAZAS SUBTOTAL IVA TOTAL BRUTO RETENCIÓN DE ISR TOTAL NETO MENSUAL TOTAL ANUAL (4 MESES). TRABAJO SOCIAL 1 $12,931.06 $2068.97 $15,000.03 $1,293.11 $13,706.92 $60,000.12 PSICOLOGÍA 1 $12,931.06 $2,068.7 $15,000.03 $1,293.11 $13,706.92 $60,000.12 JURÍDICO 1 $12,931.06 $2,068.97 $15,000.03 $1,293.11 $13,706.92 $60,000.12 MÉDICA 1 $12,931.06 $2,068.97 $15,000.03 $1,293.11 $13,706.92 $60,000.12 MONTO TOTAL SOLICITADO $240,000.48 Leído POR “LAS PARTES” y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en tres (3) ejemplares en la Ciudad de México, a los 15 días del mes de agosto de 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracibar.- Rúbrica.- Directora General de Atención y Acceso a la Justicia, Sayuri Herrera Román.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa, Rubén Rocha Moya.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno, Feliciano Castro Meléndrez.- Rúbrica.- Secretario de Administración y Finanzas, Joaquín Alberto Landeros Guicho.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Ana Francis Chiquete Elizalde.- Rúbrica. 230 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax, Yucatán, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado C-2025-035, que permite brindar protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. MUJERES/CMCCA/C-2025-035/IMMTEKAX CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “MUJERES”, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS; Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, EN ADELANTE LA “SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR JUAN GABRIEL SÁNCHEZ ÁLVAREZ, Y EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE TEKAX YUCATÁN, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR, MIRIAM NOEMÍ LÓPEZ SULUB, EN ADELANTE EL “CENTRO EXTERNO”; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES Con fecha 23 de mayo de 2025, “LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir de su suscripción al 31 de diciembre de 2025 el cual tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado C-2025-035, que permite brindar protección y atención integral y especializada, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances, objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por “MUJERES”. Mediante escrito IMM-83/2025 de fecha 31 de julio de 2025, el "CENTRO EXTERNO” hizo de conocimiento de la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de “MUJERES”, Enna Paloma Ayala Sierra que, en el caso del Municipio de Tekax, Yucatán, la transferencia de recursos se realizó a una cuenta bancaria municipal. Lo anterior, debido a que el Ayuntamiento dentro del expediente financiero, remitió la cuenta municipal y no la cuenta que corresponde a la Secretaría de Administración y Finanzas, por lo que, a fin de regularizar la cuenta bancaria productiva específica en cita, de conformidad con el numeral 3.3 sobre los “Criterios de Elegibilidad y requisitos” de los Lineamientos del Programa y realizar la devolución de pago improcedente para su posterior transferencia a la cuenta de la entidad federativa en términos de lo previsto en el numeral 4.7 de la “Entrega y Ejercicio de los Recursos”, así como lo previsto en la Ley Federal de Presupuesta y responsabilidad Hacendaria, Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás legislación aplicable en materia de Subsidios, se formaliza el presente instrumento. En ese sentido, la Cláusula Tercera del “CONVENIO”, expresa lo siguiente: ”TERCERA. COMPROMISO DE “MUJERES”. Además de los previstos en los Lineamientos, Mujeres, se obliga a: (..) b) Verificar cuando así lo determine y en coordinación con el “Centro Exrerno” la documentación que permita observar el correcto ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente Convenio de Concertación de Acciones, así como los rendimientos financieros generados; para lo cual este último se obliga a exhibir el original de la documentación que sea requerida, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo federal; c) Verificar que la documentación que remita el “Centro externo” para justificar y comprobar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferido, cumplan con lo establecido en las disposiciones fiscales aplicables, así como con los requisitos estipulados en los correspondientes anexos. (…)” Adicionalmente, la Cláusula Décima Octava del “CONVENIO”, refiere: “DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito mediante el convenio modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (…).” Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 231 En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario regularizar la cuenta bancaria productiva específica, se adiciona una cláusula que corresponde a pagos improcedentes en el “CONVENIO” para realizar, por una parte, el requerimiento de la devolución del pago efectuado en una cuenta improcedente y, por otra, se efectúe la transferencia de los recursos presupuestarios federales ministrados para el desarrollo del PROYECTO en la cuenta correcta de la Entidad Federativa, por lo que “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio al tenor de las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES” declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26, Fracción XXI y 42 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), así como 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. La Dirección General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, en adelante “DIRECCIÓN” es una unidad administrativa integrante de “MUJERES”, de conformidad con el artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM. I.3. La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la titular de “MUJERES”, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio de conformidad con los artículos 2o. fracción IV numeral 5, 5o. fracciones I y XIV y 15 del RISM. I.4. Señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La “SECRETARÍA”, declara que: II.1. Con fundamento los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; 12 y 13 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado de Yucatán, el Estado de Yucatán es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2. El Secretario de Finanzas y Administración, Juan Gabriel Sánchez Álvarez, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán, Joaquín Jesús Díaz Mena, el 01 de octubre de 2024; y cuenta con sus atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 22, fracción II, 23 párrafo primero, 24, 27, fracción I, IV y XXVI, y 31 del Código de la Administración Pública de Yucatán; 11, Apartado B, fracción III y VI, y 59 fracción XLVIII del Reglamento del Código de Administración Pública de Yucatán. II.3. Para los efectos jurídicos el presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal ubicado en Calle 59, Sin Número, Colonia Centro, Código Postal 97000, Mérida Yucatán. II.4. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes SHA840512SX1. III. El “CENTRO EXTERNO” declara que: III.1. La Directora General del Instituto Municipal de la Mujer, Miriam Noemi López Sulub, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Ayuntamiento de Tekax, Yucatán, en la Vigésima Primera Acta de la Sexta Sesión Extraordinaria de Cabildo el 12 de marzo de 2025; cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 7o., fracción XX y 11, fracción III del Reglamento Interno del Instituto Municipal de las Mujeres en Tekax Yucatán III.2. Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los asentados en la documentación proporcionada a “MUJERES” que sirvió de base para la realización del presente instrumento jurídico. III.3. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio de Modificatorio, señala como domicilio legal el ubicado en palacio municipal, Sin Número, Código Postal 97970, Tekax, Yucatán. IV. “LAS PARTES” declaran que: IV.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción del presente Convenio Modificatorio al “CONVENIO”. IV.2. Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos del primer párrafo de la Cláusula Décima Octava del “CONVENIO”. 232 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 IV.3. Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan con las facultades necesarias para su suscripción. IV.4. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual, se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”. Expuesto lo anterior, “LAS PARTES” sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en el Convenio Modificatorio para quedar conforme las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. - OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan añadir al “CONVENIO” celebrado el 23 de mayo de 2025, las CLÁUSULA SEGUNDA BIS y SEGUNDA TER, para quedar como se señala a continuación: “SEGUNDA BIS. DE PAGOS IMPROCEDENTES. “LAS PARTES” se comprometen a que en el supuesto de detectarse un pago improcedente, se estará a lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley de Tesorería de la Federación, por lo que “MUJERES” requerirá la devolución conforme al procedimiento previsto en la normatividad aplicable. “SEGUNDA TER. Una vez verificado el cumplimiento de lo anterior, “MUJERES” realizará la transferencia a la cuenta bancaria productiva especifica aperturada para tal efecto.” SEGUNDA. - Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES” convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, en 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados. TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al Proyecto C-2025-035; y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción. Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en tres (3) ejemplares en la Ciudad de México el 19 de septiembre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría: Secretario de Administración y Finanzas, Juan Gabriel Sánchez Álvarez.- Rúbrica.- Por el Centro Externo: Directora General del Instituto Municipal de la Mujer, Miriam Noemí López Sulub.- Rúbrica. CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax, Yucatán, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado R-2025-064, que permite brindar protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. MUJERES/CMCCA/R-2025-064/IMMTEKAX CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “MUJERES”, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS; Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, EN ADELANTE LA “SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR JUAN GABRIEL SÁNCHEZ ÁLVAREZ, Y EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE TEKAX, YUCATÁN, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR MIRIAM NOEMÍ LÓPEZ SULUB, EN ADELANTE EL “REFUGIO”; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES Con fecha 23 de mayo de 2025, “LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir de su suscripción al 31 de diciembre de 2025 que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado R-2025-064, en adelante el PROYECTO, que permite brindar protección y atención integral y especializada, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances, objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por “MUJERES”. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 233 Mediante escrito IMM-84/2025 de 31 de julio de 2025, el “REFUGIO” hizo de conocimiento de la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de “MUJERES”, Enna Paloma Ayala Sierra que, en el caso del Municipio de Tekax, Yucatán, la transferencia de recursos se realizó a una cuenta bancaria municipal aperturada para tal efecto. Lo anterior, debido a que el Ayuntamiento dentro del expediente financiero, remitió la cuenta municipal y no la cuenta que corresponde a la Secretaría de Administración y Finanzas, por lo que, a fin de regularizar la cuenta bancaria productiva específica en cita, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.3 sobre los “Criterios de Elegibilidad y requisitos” de los Lineamientos del Programa y realizar la devolución de pago improcedente para su posterior transferencia a la cuenta de la entidad federativa en términos de lo previsto en el numeral 4.7 de la “Entrega y Ejercicio de los Recursos”, así como lo previsto en la Ley Federal de Presupuesta y responsabilidad Hacendaria, Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás legislación aplicable en materia de Subsidios, se formaliza el presente instrumento. En ese sentido, la Cláusula Tercera del “CONVENIO”, expresa lo siguiente: ”TERCERA. COMPROMISO DE “MUJERES”. Además de los previstos en los Lineamientos, Mujeres, se obliga a: (..) “b) Verificar cuando así lo determine y en coordinación con el “Refugio” la documentación que permita observar el correcto ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente Convenio de Concertación de Acciones, así como los rendimientos financieros generados; para lo cual este último se obliga a exhibir el original de la documentación que sea requerida, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo federal; “c) Verificar que la documentación que remita el “Refugio” para justificar y comprobar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferido, cumplan con lo establecido en las disposiciones fiscales aplicables, así como con los requisitos estipulados en los correspondientes anexos. (…)” Adicionalmente, la Cláusula Décima Octava del “CONVENIO”, refiere: “DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito mediante el convenio modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (…).” En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario regularizar la cuenta bancaria productiva específica, se adiciona una cláusula que corresponde a pagos improcedentes en el “CONVENIO” para realizar, por una parte, el requerimiento de la devolución del pago efectuado en una cuenta improcedente y, por otra, se efectúe la transferencia de los recursos presupuestarios federales ministrados para el desarrollo del PROYECTO en la cuenta correcta de la Entidad Federativa, por lo que las “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio conforme a las siguientes: DECLARACIONES I. “MUJERES” declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26, Fracción XXI y 42 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), así como 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. La Dirección General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, en adelante “DIRECCIÓN”, es una unidad administrativa integrante de “MUJERES”, de conformidad con el artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM. I.3. La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la titular de “MUJERES”, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio de conformidad con los artículos 2o. fracción IV numeral 5, 5o. fracciones I y XIV y 15 del RISM. I.4. Señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La “SECRETARÍA”, declara que: II.1. Con fundamento los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; 12 y 13 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado de Yucatán, el Estado de Yucatán es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. 234 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 II.2. El Secretario de Finanzas y Administración, Juan Gabriel Sánchez Álvarez, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán, Joaquín Jesús Díaz Mena, el 01 de octubre de 2024; y cuenta con sus atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 22, fracción II, 23 párrafo primero, 24, 27, fracción I, IV y XXVI, y 31 del Código de la Administración Pública de Yucatán; 11, Apartado B, fracción III y VI, y 59 fracción XLVIII del Reglamento del Código de Administración Pública de Yucatán. II.3. Para los efectos jurídicos el presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal ubicado en Calle 59, Sin Número, Colonia Centro, Código Postal 97000, Mérida Yucatán. II.4. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes SHA840512SX1. III. El “REFUGIO” declara que: III.1. La Directora General del Instituto Municipal de la Mujer, Miriam Noemi López Sulub, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Ayuntamiento de Tekax, Yucatán, en la Vigésima Primera Acta de la Sexta Sesión Extraordinaria de Cabildo el 12 de marzo de 2025; cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 7o., fracción XX y 11, fracción III del Reglamento Interno del Instituto Municipal de las Mujeres en Tekax, Yucatán. III.2. Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los asentados en la documentación proporcionada a “MUJERES” que sirvió de base para la realización del presente instrumento jurídico. III.3. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal el ubicado en palacio municipal, Sin Número, Codigo Postal 97970, Tekax Yucatán. IV. “LAS PARTES” declaran que: IV.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción del presente Convenio Modificatorio al “CONVENIO”. IV.2. Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos del primer párrafo de la Cláusula Décima Octava del “CONVENIO”. IV.3. Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan con las facultades necesarias para su suscripción. IV.4. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual, se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”. Expuesto lo anterior, “LAS PARTES” sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en el Convenio Modificatorio para quedar conforme las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. - OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan añadir al “CONVENIO” celebrado el 23 de mayo de 2025, las CLÁUSULA SEGUNDA BIS y SEGUNDA TER, para quedar como se señala a continuación: “SEGUNDA BIS. DE PAGOS IMPROCEDENTES. “LAS PARTES” se comprometen a que en el supuesto de detectarse un pago improcedente, se estará a lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley de Tesorería de la Federación, por lo que “MUJERES” requerirá la devolución conforme al procedimiento previsto en la normatividad aplicable. “SEGUNDA TER. Una vez verificado el cumplimiento de lo anterior, “MUJERES” realizará la transferencia a la cuenta bancaria productiva especifica aperturada para tal efecto.” SEGUNDA. - Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES” convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, en 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados. TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al Proyecto R-2025-064; y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción. Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en tres (3) ejemplares en la Ciudad de México el 19 de septiembre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría: Secretario de Administración y Finanzas, Juan Gabriel Sánchez Álvarez.- Rúbrica.- Por el Refugio: Directora General del Instituto Municipal de la Mujer, Miriam Noemí López Sulub.- Rúbrica. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 235 COMISION NACIONAL FORESTAL PROGRAMA Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Medio Ambiente.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Comisión Nacional Forestal. PROGRAMA INSTITUCIONAL DE LA COMISIÓN NACIONAL FORESTAL 2025-2030 1. Índice 1. Índice 2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa 3. Siglas y acrónimos 4. Fundamento normativo 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo 6. Objetivos 6.1 Relevancia del objetivo 1: Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades. 6.2 Relevancia del objetivo 2: Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria. 6.3 Relevancia del objetivo 3: Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social. 6.4 Relevancia del objetivo 4: Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas. 6.5 Relevancia del Objetivo 5: Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión. 6.6 Relevancia del Objetivo 6: Optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño institucional mediante un enfoque basado en resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas. 6.6 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030 7. Estrategias y líneas de acción Objetivo 1. Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades. Objetivo 2. Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria. Objetivo 3. Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social. Objetivo 4. Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas. Objetivo 5. Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión. Objetivo 6. Optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño institucional mediante un enfoque basado en resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas. 8. Indicadores y metas 236 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo. 3. Siglas y acrónimos ANP – Área Natural Protegida APF – Administración Pública Federal ATP – Auditorías Técnicas Preventivas CGCR – Coordinación General de Conservación y Restauración (CONAFOR) CGDIPEE-UOR – Coordinación General de Desarrollo Institucional y Proyectos Especiales – Unidad de Operación Regional CGPI Coordinación General de Planeación e Información (CONAFOR) CGPP – Coordinación General de Producción y Productividad CONAFOR – Comisión Nacional Forestal DGFSSOE – Dirección General de Gestión Forestal Suelos y Ordenamiento Ecológico GEI – Gases de efecto invernadero GMF – Gerencia de Manejo del Fuego INECC – Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático INFyS – Inventario Nacional Forestal y de Suelos LGDFS – Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable LP – Ley de Planeación NDC – Contribución Determinada a Nivel Nacional de México OMECS – Otras Medidas Efectivas de Conservación Basadas en Áreas ORE – Oficinas de Representación Estatal PFC – Plantaciones Forestales Comerciales PIB – Producto Interno Bruto PIC – Programa Institucional de la CONAFOR PND – Plan Nacional de Desarrollo PNF – Programa Nacional Forestal PSA – Pago por Servicios Ambientales SAMOF – Sistema Satelital de Monitoreo Forestal SEMARNAT – Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales SNGF – Sistema Nacional de Gestión Forestal SUMA – Sistema de Unidades de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre UAF – Unidad de Administración y Finanzas 4. Fundamento normativo El Programa Institucional de la CONAFOR 2025–2030 (PIC 2025-2030) se fundamenta en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes en materia de planeación y desarrollo forestal sustentable, así como en compromisos internacionales asumidos por México. En el ámbito constitucional, el artículo 4º reconoce el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar y establece que el Estado garantizará el respeto a ese derecho. El artículo 25 otorga al Estado la rectoría del desarrollo nacional con criterios de equidad y sustentabilidad, mientras que el artículo 26 establece un sistema de planeación democrática con participación social. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 237 Por su parte, la Ley de Planeación (LP) en su artículo 2o, mandata que la planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género, y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales, ambientales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, en el artículo 9o. dispone que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán planear y conducir sus actividades con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo. En este contexto, el 15 de abril de 2025 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2025-2030 en el que se establece al Desarrollo Sustentable como Eje General 4, poniendo como base del Proyecto de Nación lograr un equilibrio entre desarrollo económico, social y ambiental que preserve el medio ambiente y evite un daño irreversible, al tiempo que busca evitar que se agoten los recursos naturales y permitir su disfrute a las generaciones futuras. Asimismo, el PND establece como prioritario implementar políticas para reducir y revertir el daño ambiental, proteger los ecosistemas estratégicos del país, como bosques, selvas y cuerpos de agua. Asimismo, la Ley de Planeación, en su artículo 17 fracción II establece que a las entidades paraestatales deberán elaborar sus respectivos programas institucionales, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas. El artículo 24 de la misma Ley establece que los programas institucionales se sujetarán a las previsiones contenidas en el Plan y en el programa sectorial correspondiente. Las entidades, al elaborar sus programas institucionales, se ajustarán a lo previsto en la LP, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o, en su caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento. Por su parte, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) faculta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para formular y conducir la política forestal; y el artículo 15 establece que el objeto de la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de protección, conservación, restauración, aprovechamiento sustentable, producción, comercialización y educación técnica forestal, así como las cadenas productivas y redes de valor en materia forestal, que conforme a la Ley se declaran como áreas prioritarias del desarrollo, y participar en la formulación de los planes y programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus instrumentos. Considerando lo anterior, el Programa Institucional de la CONAFOR, además contribuirá a cumplir con los compromisos internacionales en materia forestal que México ha adquirido, como la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Acuerdo de París, la Convención sobre la Diversidad Biológica, la Convención contra la Desertificación, y la Agenda 2030. En este contexto, como parte de sus Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC), México se comprometió a alcanzar la deforestación neta cero para 2030 y fortalecer los sumideros de carbono en ecosistemas forestales; para lo cual el PIC será un instrumento de planeación clave. Considerando lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional Forestal asume el liderazgo para coordinar la integración, publicación, ejecución, seguimiento y rendición de cuentas del Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030. 5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo México se encuentra en una posición privilegiada de biodiversidad a nivel mundial. Su posición geográfica delimitada por los océanos Pacífico y Atlántico, orografía y condiciones climáticas dan origen a una considerable diversidad de ecosistemas que albergan hábitats y especies únicas en el mundo. De tal forma que, 138.7 millones de hectáreas, es decir, cerca del 70.6% del territorio mexicano está cubierto por algún tipo de vegetación forestal: los matorrales xerófilos ocupan 56.2 millones de hectáreas y representan el 40.5% de la superficie forestal nacional, seguidos de los bosques y selvas con 34.8 y 30.3 millones de hectáreas que representan el 25.1% y 21.9%, respectivamente. Asimismo, México es culturalmente diverso, de acuerdo al Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas publicado el 9 de agosto de 2024 existen 72 pueblos indígenas1 hablantes de 68 lenguas. Esta diversidad natural y cultural coexiste, el 30% de los ecosistemas forestales está habitado por poblaciones de indígenas en alrededor de 22 regiones bioculturales. 1 Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. 2024. Publicado en: https://catalogo.inpi.gob.mx/consulta-por- pueblo/ 238 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 En el contexto social, particularmente, en las zonas forestales de México habitan 11,875,192 personas, es decir, el 9.42% de la población total, las cuales viven, en condiciones de alto rezago en educación, salud y vivienda. Otra particularidad es la tenencia de la tierra, 70.6 millones de hectáreas de superficie forestal son de propiedad social, distribuida en 16,953 núcleos agrarios. Es decir, el 50.9% de la superficie forestal del país. Los ecosistemas forestales constituyen un componente fundamental de la identidad y bienestar de la población mexicana. Fundamentalmente, los bosques, selvas y manglares capturan anualmente un total de 178.9 millones de toneladas de CO2, equivalentes al 23.2% de la emisión total de gases de efecto invernadero del país. Además, durante el periodo 2018-2023 se registró una generación promedio anual de energía eléctrica de 324,141 GWh. De este total, y para el mismo periodo, la energía hidroeléctrica representó entre un promedio del 9% de la generación anual; este tipo de energía proviene de centrales hidroeléctricas, que dependen de la conservación de los bosques y selvas para mantener el flujo hidroeléctrico y evitar el azolve de las mismas. Con acciones de conservación y protección de los ecosistemas forestales de las cuencas que abastecen a las centrales hidroeléctricas se asegura este abasto y se tiene el potencial de generar hasta el 12% de la energía total generada en el país2. Asimismo, estimaciones indican que cerca de 100 millones de hectáreas de vegetación forestal son la principal fuente de forraje para la ganadería extensiva, de los cuales 77 millones corresponden a superficie con vegetación forestal, el estimado del valor generado por el forraje de los ecosistemas forestales traducido en becerros en pie, es de 119.4 mil mdp anuales3. De igual forma, los manglares cubren una superficie de 905 mil hectáreas que generan aproximadamente 36 mil mdp del valor de las pesquerías ribereñas. Adicionalmente, muchas de las zonas forestales, son de gran importancia en el ciclo hidrológico, ya que funcionan como zonas de recarga natural de los acuíferos, debido a las características del suelo, relieve, cobertura vegetal, capacidad de infiltración, presencia de rocas permeables, que permiten la infiltración del agua en el subsuelo a partir de la precipitación o el escurrimiento de agua superficial, que posteriormente alcanza la zona saturada del acuífero y se convierte en recarga natural. Por lo que, la preservación y manejo adecuado de las zonas forestales contribuye de manera relevante al equilibrio hidrológico del agua subterránea. La actividad antropogénica altera las características de estos importantes y frágiles sitios que corresponden a zonas de recarga de acuíferos, especialmente al implementar agricultura intensiva, ganadería extensiva, sobrepastoreo, monocultivos, cambios de uso del suelo diferentes a su capacidad de uso, deforestación, urbanismo, entre otras; que han causado erosión, compactación, e impermeabilización del terreno, que impiden la infiltración del agua, y en su lugar favorecen mayor escorrentía superficial y consecuentemente disminuye la recarga de los acuíferos, lo que a su vez provoca efectos adversos en el agua subterránea, tanto en cantidad, como en calidad, derivado de la contaminación del agua subterránea, que impiden su utilización para uso y consumo humano sin previa potabilización. Aspectos generales De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 20204, en México habitan 126.01 millones de personas, de las cuales el 49% son hombres y el 51% son mujeres. En este sentido se estima que, la población total en hogares indígenas registrada en el año 2020 fue de 11.8 millones de personas, es decir el 9.4% de la población total del país. Las entidades que concentran la mayor cantidad de personas en hogares indígenas se ubican en el sureste y centro del país, distribuidas entre los estados de Chiapas (12.3%), Oaxaca (10.6%), Veracruz (7.1%), Guerrero (7.0%), México (5.8%), Puebla (5.8%) y Michoacán (5.3%); representando en conjunto el 54.0%. Particularmente, en localidades forestales habitan 11,875,192 personas5. Una de las características más importantes de las zonas forestales del país es la población indígena que habita en ellas, estimada en 3.6 millones de personas. Es decir, el 30.3% de la población en hogares indígenas a nivel nacional habita en localidades forestales. Los estados con mayor población en hogares indígenas en localidades forestales son: Chiapas, Oaxaca y Guerrero, en donde se concentra el 53.7% de dicha población. Asimismo, en las localidades forestales se encuentra una proporción similar de población entre hombres y mujeres (49% y 51% respectivamente). Los estados de Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Veracruz, Puebla y México concentran la mayor cantidad de mujeres en las localidades forestales, representando el 50% de las mujeres que habitan estas zonas. 2 Estimaciones de la Unidad de Asuntos Internacionales y Fomento Financiero de la CONAFOR. 2025. 3 Estimaciones de la Unidad de Asuntos Internacionales y Fomento Financiero de la CONAFOR. 2025. 4 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (15 de diciembre de 2022). Censo de Población y Vivienda 2020. https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/ 5 Estimación realizada considerando localidades menores a 2 mil 500 habitantes, ubicadas dentro de terrenos que sustentan vegetación forestal y en un radio máximo de 500 metros a las áreas forestales, con base en la Carta de Uso de Suelo y Vegetación, Serie VII de INEGI 2018 y los datos del Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 239 No obstante, a pesar del gran potencial económico, cultural y social de las zonas forestales, la población que habita estos espacios presenta un alto rezago en educación, salud y vivienda, además de tener acceso limitado a servicios básicos como agua potable, drenaje y electricidad, entre otros. Al respecto, 13% de la población de 15 años y más es analfabeta, 8% de la población de 6 a 14 años no asiste a la escuela, y 21% de la población de 15 años y más no concluyó la educación básica. Por otra parte, el 23% de la población en localidades forestales carece de acceso a servicios de salud. Además, el porcentaje de viviendas particulares habitadas sin drenaje es cinco veces mayor en las áreas forestales que en el resto del país. Algo similar se observa con respecto a la disponibilidad de agua entubada, en donde el porcentaje nacional es de 3% de viviendas sin este servicio, en contraste en las áreas forestales, es de 9%. Asimismo, dentro de las localidades forestales, se observa que, de la población de 15 años y más analfabeta, el 59.2% son mujeres y el 40.7% son hombres. De la población de 6 a 14 años que no asiste a la escuela 47.8% son mujeres y 52% son hombres. Por otro lado, se observa que la población económicamente activa en localidades forestales se trata en mayor proporción de hombres que de mujeres, siendo el 66.5% hombres y 33.4% mujeres. Por otra parte, respecto a la tenencia de la tierra en México resalta la de carácter social a través de ejidos y comunidades. En este sentido, de acuerdo con datos del Registro Agrario Nacional, hasta 2023 se tiene registro de 33,993 núcleos agrarios (31,139 ejidos y 2,854 comunidades), de los cuales 32,251 núcleos agrarios cuentan con certificado6. La propiedad social en el país, considerando los núcleos agrarios certificados, se puede estimar que está integrada por 29,837 ejidos7 y 2,424 comunidades8 que en total suman 99.6 millones de hectáreas. De esta, la superficie bajo propiedad ejidal registrada supera las 82.2 millones de hectáreas9, mientras que la extensión registrada bajo propiedad comunal ronda los 17.4 millones de hectáreas10. Es importante mencionar que 5.1 millones de personas son personas agrarias: 3.3 millones son personas ejidatarias, 912.2 mil comuneros, 669.9 mil son personas posesionarias y 219.8 mil son personas avecindadas; de los cuales el 26.4% son mujeres ejidatarias y el 30.1%11 son comuneras. En cuanto a la propiedad social, en los ejidos se concentra la mayor superficie forestal (aproximadamente 60.5 millones de hectáreas), equivalente al 43.6% de la superficie forestal del país. Para el caso específico de comunidades agrarias, éstas concentran 10.1 millones de hectáreas, correspondiente al 7.3% de la superficie forestal nacional. Dicha superficie, constituida por 16,953 núcleos agrarios, representa en conjunto 70.6 millones de hectáreas, es decir, el 50.9% de la superficie forestal de México12. Le siguen la propiedad privada (30.4%), en menor medida la propiedad pública (2.9%), otros tipos de propiedad (2.5%) y no definidas (13.3%). Situación de las mujeres en el sector forestal Es importante señalar que las mujeres desempeñan un papel fundamental dentro de la protección, conservación y restauración del medio ambiente, posicionándose como agentes de conocimiento y de cambio. Las mujeres son quienes impulsan la lucha y defensa permanente de la tierra y de las prácticas ancestrales de cuidado de la naturaleza, en contra de las políticas extractivistas, coloniales y patriarcales que generan conflictos en territorio, criminalizan la lucha y la defensa de los territorios, ataca a los pueblos indígenas, incluso a los cuerpos de las mujeres indígenas y despliega una serie de mecanismos de violencia y opresión. Así mismo, se reconocen los riesgos y amenazas que enfrentan las mujeres como defensoras del medio ambiente: a) Economía capitalista y de despojo; b) Presencia militar y crimen organizado; c) Violencia sistémica y Violencia psicológica. Además, la brecha de género también es una limitante en los procesos de emprendimiento forestal, impactando en el acceso a recursos y oportunidades. La desigualdad en la tenencia de la tierra, restringe la capacidad de las mujeres para desarrollar proyectos productivos y fortalecer sus economías locales. Así mismo, la desigualdad de representación en los espacios de toma de decisiones, impiden que sus perspectivas, en gran medida enfocadas a la conservación y el bienestar comunitario, influyan en las políticas y proyectos forestales. 6 De los cuales, 30,419 cuentan con información sobre su delimitación en formato geoespacial. 7 RAN, 2023. http://www.ran.gob.mx/ran/indic_bps/1_ER.pdf 8 RAN, 2023. http://www.ran.gob.mx/ran/indic_bps/16_CR.pdf 9 RAN, 2023. http://www.ran.gob.mx/ran/indic_bps/2_SER.pdf 10 RAN, 2023. http://www.ran.gob.mx/ran/indic_bps/17_SCR.pdf 11 RAN, 2024. http://www.ran.gob.mx/ran/indic_gen/nucag-certynocert-resultados-2024.pdf 12 Ejidos y Comunidades identificados por la CONAFOR por contar con 200 o más hectáreas de cobertura forestal. Estimación realizada considerando la cobertura 2023 de perimetrales del RAN y la Carta de Uso de Suelo y Vegetación, Serie VII de INEGI 2018. 240 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 1. Bajo desempeño en producción, competitividad y uso diversificado de los recursos forestales En promedio anual, durante el periodo 2000-2023, la producción forestal maderable fue de 6.9 millones de metros cúbicos de madera en rollo, frente a un consumo nacional aparente promedio de 22.53 millones de metros cúbicos de madera en el mismo periodo, lo que refleja que el nivel de producción está muy por debajo de las necesidades de la población, a pesar de que el país tiene el potencial para satisfacer la demanda. De acuerdo con la SEMARNAT, la producción forestal maderable del país se registró en 8.2 millones de m3 para 2019, 7.2 millones de m3 para 2020, 7.6 millones de m3 para 2021, 7.1 millones de m3 para 2022 y 6.6 millones de m3 para 202313. Dentro de estos volúmenes, con base en estimaciones de la CONAFOR, se estimó que la contribución a la producción maderable proveniente del aprovechamiento de plantaciones forestales comerciales es de 0.7 millones de m3 para 2019, 1.0 millones de m3 para 2020 y 1.2 millones de m3 para 2021. Estos valores indican que México produce únicamente la tercera parte de los productos maderables que consume. La balanza comercial del sector forestal da cuenta de ello, pues entre 2014 y 2024 se registró un déficit promedio de 6,664.18 millones de dólares, de los cuales 1,307.54 millones de dólares corresponden a productos maderables. Lo anterior representa una oportunidad para incorporar terrenos forestales al manejo forestal sustentable y al establecimiento de plantaciones forestales comerciales, pues existe un mercado que se ha mantenido hasta ahora con volúmenes bajos de producción maderable (Gráfica 1 y 2). Gráfica 1. Producción forestal maderable consumo aparente en el periodo 2000-2023 Fuente: SEMARNAT. 2025. Datos proporcionados por la SEMARNAT. Gráfica 2. Producción proveniente de Plantaciones Forestales Comerciales Fuente: CONAFOR. 2024. Datos proporcionados por la Coordinación General de Producción y Productividad. 13 SEMARNAT, 2024. Datos proporcionados por la SEMARNAT. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 241 Adicionalmente, la producción forestal maderable es poco diversificada y de bajo valor agregado, ejemplo de esto es que, en 2023, la producción se distribuye de la siguiente manera: en madera para escuadría (80.84%), leña (7.32%), productos celulósicos (3.74%) y carbón (3.70)14, respecto al total de la producción forestal maderable (Tabla 1). Tabla 1. Producción forestal maderable por producto 2022 y 2023 (m³ rollo) Producto Producción 2022 Participación % Producción 2023 Participación % Variación porcentual 2022 respecto 2023 Escuadría* 5,282,706 73.93 5,352,615 80.84 1.32% Celulósicos 389,957 5.46 247,634 3.74 -36.50% Chapa y triplay 176,172 2.47 7,983 0.12 -95.47% Postes 264,807 3.71 282,733 4.27 6.77% Leña 506,121 7.08 484,753 7.32 -4.22% Carbón 326,962 4.58 245,062 3.70 -25.05% Durmientes 198,559 2.78 263 0.00 -99.87% Total 7,145,284 100.00 6,621,043 100 -7.33% Fuente: SEMARNAT. 2025. Datos proporcionados por la SEMARNAT. Por otro lado, el empleo en el sector forestal se compone de los subsectores aprovechamiento forestal y empleo en la industria de la madera. En 2024, el porcentaje de empleos correspondiente a estos subsectores fue del 29.42% y 70.58%, respectivamente. El sector forestal contribuyó con el 0.40% del empleo total en México (Tabla 2). Tabla 2. Empleo en el Sector Forestal en México en el periodo 2016-2024 Subsector 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 Empleo aprovechamiento forestal_SIAN1130 62,832 55,873 49,539 68,418 55,689 56,178 62,826 81,005 70,128 Empleo industria de la madera_3210 154,802 133,677 152,892 151,495 124,692 145,083 168,459 182,532 168,268 Total 217,634 189,550 202,431 219,913 180,381 201,261 231,285 263,537 238,396 Empleo total en México 51,594,748 52,340,749 53,721,195 54,993,594 51,190,507 55,165,865 57,322,399 59,772,301 60,278,774 Aportación Sector Forestal 0.4% 0.3% 0.3% 0.4% 0.3% 0.3% 0.4% 0.44% 0.40% Tasa de crecimiento anual del empleo en el Sector Forestal -12.9% 6.8% 8.6% -17.9% 11.5% 14.9% 4.27% 0.85% Fuente: CONAFOR. 2025. Con información de INEGI, 2025. Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE)15 Por su parte, en la producción forestal no maderable se destaca la producción de resina, las actividades de recolección de fibras, ceras, tierra de monte y otros (hongos, semillas, hojas, pencas de nopal, tallos, frutos, musgo, heno y plantas completas); en 2021 obtuvo un valor de producción de 150,357 toneladas, mientras que en 2022 alcanzó las 134,012 toneladas. Los estados con mayor participación en la producción de productos no maderables son: Michoacán (17.18%), Morelos (13.41%), San Luis Potosí (13.08%), Veracruz (13.08%) y Durango (9.17%). Particularmente, en la producción de resina, el estado de Michoacán contribuye con el 86.12% del total nacional. En cuanto a las fibras, Guerrero contribuyó con el 45.37% y ceras, Coahuila contribuyó con el 47.77%, de la producción total nacional. Finalmente, en Morelos se produjo el 68.47% de la tierra de monte de todo el país. El reto consiste en impulsar la diversificación de los recursos forestales. 14 SEMARNAT, 2025. Los valores para el año 2022 son preliminares. 15 INEGI, 2025. Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). https://www.inegi.org.mx/programas/enoe/15ymas/#Microdatos 242 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Por otra parte, para 2023 (según datos preliminares proporcionados por la SEMARNAT), hubo 1,771 predios bajo manejo forestal no maderable, lo que representa 1.79 Mha bajo manejo forestal no maderable (Gráfica 3). Grafica 3. Superficie y predios incorporados al manejo forestal no maderable 2023 (preliminar) Fuente: Datos preliminares proporcionados por SEMARNAT. Por otra parte, la alta proporción de superficie forestal en México bajo el régimen de propiedad social (50.5% de la superficie forestal nacional) conlleva desafíos y oportunidades para incrementar la producción forestal sostenible. En 2023, de acuerdo con datos de la SEMARNAT, solo 8.3 millones de hectáreas estaban bajo aprovechamiento forestal; incluyendo autorizaciones de aprovechamiento maderable (5.94 millones de hectáreas), no maderable (1.79 millones de hectáreas) y plantaciones forestales comerciales (0.66 millones de hectáreas). De esta superficie, 5.25 millones de hectáreas corresponden a propiedad ejidal, 1.11 millones a propiedad comunal y 2.0 millones a pequeñas propiedades. Además, el volumen maderable promedio autorizado por año es de 15.3 millones de m3, de los cuales, 8.5 millones de m3 son autorizados a ejidos (Gráfica 4). Gráfica 4. Superficie y predios incorporados al manejo forestal maderable 2024 Fuente: SEMARNAT. 2024. Datos proporcionados por SEMARNAT. Por otra parte, en cuanto a avisos de plantaciones forestales comerciales la SEMARNAT tiene registros por 660,355 hectáreas; de esta última, la CONAFOR ha estimado que cerca de 85 mil hectáreas de plantaciones forestales comerciales están establecidas y en crecimiento. A pesar de los avances que esto representa, existe superficie de bosques, selvas, acahuales y vegetación de zonas áridas con potencial efectivo de incorporarse al aprovechamiento forestal sustentable, el cual se estima en 20.7 millones de hectáreas. Entre las principales barreras para la incorporación de estas superficies al aprovechamiento sustentable, persiste el insuficiente desarrollo de condiciones habilitadoras para las personas propietarias y poseedoras de terrenos forestales, como un marco normativo y administrativo altamente burocrático, por ejemplo la poca capacidad para la gobernanza u organización interna de los ejidos y comunidades, incertidumbre en la tenencia de la tierra, conflictos agrarios y falta de acompañamiento técnico de calidad; factores que incrementan los costos de transacción que deben asumir, lo que desalienta su incorporación en los esquemas de conservación y manejo. Por su parte, se ha impulsado el establecimiento de plantaciones forestales comerciales para aumentar la producción forestal del país, y con ello mejorar la productividad y competitividad de las materias primas forestales, con miras a reducir el déficit nacional de abasto y generar alternativas de desarrollo sustentable en las zonas rurales. En este sentido, hasta el 2023, de acuerdo con registros de SEMARNAT, los avisos de plantaciones forestales comerciales tienen fines de producción de semilla, árboles de navidad, árboles completos con cepellón, aserrío, carbón y leña, celulosa, chapa, no maderable, entre otros. Sin embargo, el establecimiento de plantaciones conlleva altos costos de inversión con periodos largos de recuperación. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 243 Además, alrededor del 42.5% (2.47 millones de hectáreas) de la superficie forestal maderable que se encuentra bajo aprovechamiento forestal, cuenta con un certificado que avala el desarrollo de buenas prácticas de manejo: 1.82 millones de hectáreas está certificada conforme al estándar internacional Forest Stewardship Council, 622 mil hectáreas están certificadas con el estándar nacional establecido en la NMX-AA-143-SCFI-2015 y 26 mil hectáreas bajo el instrumento de Auditoría Técnica Preventiva. De los 2.47 millones de hectáreas certificadas bajo estándar nacional o internacional, 2.37 millones de hectáreas son propiedad de ejidos, comunidades y uniones entre ellos, mientras que las pequeñas propiedades aportan 98.12 mil hectáreas16. Es importante señalar que, a pesar de la relevancia de la certificación del manejo forestal para garantizar la sostenibilidad de los ecosistemas, existen limitaciones significativas; entre las que se destacan los altos costos que representa para las personas productoras un mercado poco conocido y de difícil acceso para los productos forestales, lo cual se debe principalmente a la falta de mecanismos que fomenten el crecimiento de la demanda de productos certificados. Adicionalmente, la limitada capacidad para aprovechar los recursos forestales de manera integral, sostenible y productiva es el resultado del debilitamiento de las asambleas ejidales o comunales como órganos legítimos de gobierno, los conflictos agrarios, el predominio de intereses individuales de corto plazo que favorecen la sobreexplotación de recursos, y la dificultad de los núcleos agrarios para desarrollar modelos de negocio estratégicos y rentables. Por ello, solo fortaleciendo la gobernabilidad y reduciendo la brecha de género, será posible incorporar a las personas dueñas y poseedoras de los recursos forestales en las distintas etapas de la cadena de valor forestal, hasta comercializar sus productos en mercados convencionales y acceder a mercados especializados a través de la diversificación de productos con alto valor agregado. En este sentido, es necesario fortalecer las capacidades - técnicas, administrativas y gerenciales de las personas dueñas, poseedoras y habitantes de las áreas forestales, para incrementar la autogestión de sus recursos de manera productiva, igualitaria, integral y sostenible. En este contexto, el manejo forestal comunitario e inclusivo busca contribuir a la conservación de los ecosistemas forestales e impulsar el desarrollo rural de manera igualitaria y sostenible. Es por ello, que el objetivo 1 del PIC es fomentar las actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades. 2. Procesos de deforestación y degradación forestal que ponen en riesgo el bienestar de las personas Los ecosistemas forestales proveen de servicios ambientales como la regulación del ciclo hidrológico, la recarga natural de acuíferos el control de la erosión, captura de carbono, protección contra eventos climatológicos extraordinarios, provisión de alimentos, productos medicinales y bienes maderables y no maderables, entre otros. Estos servicios son un bien público, esencial para el bienestar de las personas y el desarrollo sostenible. Sin embargo, los ecosistemas forestales están sujetos a procesos de cambio a magnitudes, escalas y horizontes de tiempo distintos. Entre los disturbios de escala espacial y temporal amplia se encuentran el cambio climático, la fragmentación del hábitat y la degradación del suelo. Mientras que, en los disturbios de escala espacial y temporal reducida se encuentran los incendios forestales, las plagas y enfermedades forestales, el cambio de uso de suelo y los eventos hidrometeorológicos extremos. Estos procesos de cambio se exacerban por la persistencia del modelo de crecimiento extractivista que favorece la dinámica de producción y consumo que acelera la pérdida de cobertura forestal, a lo que se suma también la desarticulación de las políticas públicas que convergen en medios rurales, acompañados de una irregular o poco oportuna aplicación de los marcos regulatorios. Además, el costo de oportunidad de mantener el uso forestal en comparación con alternativas como la agricultura intensiva o la especulación de tierras, se incrementa debido a factores como la crisis alimentaria global y creciente demanda de servicios turísticos e inmobiliarios. Uno de los instrumentos de la política ambiental nacional que ha resultado fundamental y con resultados reconocidos para la conservación de los ecosistemas, especialmente forestales, es el Programa de Pago por Servicios Ambientales (PSA). Este esquema de conservación activa busca recompensar a las personas propietarias de terrenos forestales, para que los conserven y realicen prácticas de diversificación productiva, lo anterior con la finalidad de que continúen los servicios ambientales que producen. 16 CONAFOR, junio 2025. Coordinación General de Producción y Productividad. 244 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Gráfica 5. Superficie incorporada al Programa de Pago por Servicios Ambientales, 2019-2024 Fuente: CONAFOR. 2024. Coordinación General de Conservación y Restauración. Entre 2019 y 2024, el PSA apoyó 2.77 millones de hectáreas, con un promedio de la superficie beneficiada anualmente de 462 mil hectáreas (Gráfica 5). Los beneficios abarcaron 2,658 ejidos y comunidades (con una cobertura de 94.4% de la superficie beneficiada) y 849 pequeños propietarios que representó 5.6% de la superficie (Mapa 1). Dados los buenos resultados ambientales y sociales de este programa, este gobierno se ha planteado continuar apoyándolo no sólo a través de recursos fiscales, sino también en coordinación con los gobiernos estatales y el sector privado. Mapa 1. Superficie apoyada con el Programa de Pago por Servicios Ambientales, 2019-2024 Fuente: CONAFOR. 2024. México. En este escenario, en los próximos años México deberá aumentar la superficie conservada para sumarse a las metas globales de proteger 30% de su superficie terrestre y marina17, por lo que además de consolidar los instrumentos de conservación existentes, deberá implementar otros esquemas efectivos de protección, conservación y gobernanza. 17 CBD. 2022. Kunming-Montreal Global Biodiversity Framework Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 245 En este contexto, mediante los objetivo 2 y 3 del PIC se busca mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria; y restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social; respectivamente. Deforestación La deforestación afecta la capacidad de los ecosistemas forestales para proveer de servicios ambientales, que a su vez constituyen un riesgo para la seguridad alimentaria. En este sentido, la deforestación es uno de los principales factores de disturbios en las áreas forestales del país que puede clasificarse como gradual o rápido, dependiendo de su dinámica. La LGDFS define a la deforestación como la conversión de terrenos forestales arbolados a otro tipo de uso de la tierra, por causas inducidas o naturales, o bien, a la reducción permanente de la cobertura de copa por debajo del umbral del 10% (Artículo 7. Fracción XIX de la LGDFS). La CONAFOR estima la deforestación bruta a nivel nacional, empleando el enfoque de muestreo del Sistema Satelital de Monitoreo Forestal (SAMOF), en el cual se realiza la evaluación de la pérdida o permanencia de la cobertura forestal en los conglomerados o parcelas de muestreo del Inventario Nacional Forestal y de Suelos (INFyS). Durante el periodo 2001 al 2024 se han deforestado 4.89 millones de hectáreas (Gráfica 6). Gráfica 6. Superficie anual de Deforestación Bruta Nacional 2001-2024 (hectáreas) Fuente: CONAFOR. 2025. Deforestación. Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF). Consultado en: https://snmf.cnf.gob.mx/deforestacion/ [Fecha de consulta: julio de 2025]18. La deforestación promedio anual en el periodo de análisis fue de 203,552 hectáreas. Con relación al periodo 2013-2018, la deforestación tuvo valores significativos que obedecen a la conversión de tierras forestales a pastizales que son utilizados para actividades pecuarias19. 18 Las líneas negras en cada barra muestran el nivel de incertidumbre de la estimación de deforestación, es decir el margen de error de los datos, indicando que el valor real podría variar dentro de ese rango. 19 La identificación de praderas dedicadas para fines pecuarios se fundamenta en el análisis de imágenes satelitales de alta y muy alta resolución, donde se reconocen patrones asociados a actividades ganaderas, como la presencia de cercos, abrevaderos u otra infraestructura para la producción pecuaria, o la gestión de pastos, así como evidencia de pastoreo o ramoneo (p.ej. caminos utilizados por el ganado, reducción de la cobertura herbácea o similar), y la ubicación dentro o adyacente a zonas de producción pecuaria. Estos criterios, detallados en la metodología del SAMOF, permiten clasificar dichas áreas bajo la categoría IPCC "Praderas" (GL), asegurando que correspondan a usos destinados a la actividad pecuaria. 246 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 En este contexto, la pérdida de cobertura forestal en el periodo 2001-2024 ha sido motivada principalmente por la actividad pecuaria. Se estima que el 73.3% de la deforestación bruta fue ocasionada por la conversión de terrenos forestales a praderas para uso ganadero; el 22% se debió a la conversión de terrenos forestales para utilizarlos en cultivos agrícolas. Las principales ecorregiones afectadas son las selvas cálido húmedas (42%), selvas cálido secas (27%), sierras templado frías (17%) y otras (14%). Con base en el análisis, se puede deducir que el 95% de la deforestación ocurre de manera ilegal, pues la SEMARNAT solamente autoriza por excepción el cambio de uso del suelo en un promedio 12 a 13 mil hectáreas al año, mientras que la deforestación bruta promedio anual es de 203,552 hectáreas al año (periodo 2001-2024). Las actividades productivas que inciden en la deforestación son aquellas que involucran actividades agropecuarias comerciales altamente rentables en comparación con la actividad forestal, como la expansión del agave para producir tequila o mezcal que ocasiona la pérdida de cobertura en las selvas caducifolias de los estados de Jalisco, Oaxaca, Michoacán, Guerrero, Guanajuato y Nayarit. La expansión de los cultivos como la palma de aceite, la soya, el sorgo, maíz, caña de azúcar y cítricos en Campeche, Yucatán y Quintana Roo, y el aguacate en los bosques de pino, principalmente en los estados de Michoacán de Ocampo y Jalisco. Otras actividades de alto impacto, pero con afectaciones menores en términos de superficie deforestada, son los desarrollos turísticos, la minería y los proyectos inmobiliarios y de infraestructura. Lo anterior destaca que, la deforestación es un fenómeno multifactorial y multicausal, por lo que, para reducirlo y detenerlo el manejo forestal debe dirigirse hacia el aprovechamiento sustentable y complementarse con mecanismos innovadores de mantenimiento de servicios ambientales, con perspectiva de manejo integrado del paisaje, donde las áreas destinadas a conservación no sean vistas de forma aislada, sino que se incorporen al manejo activo, se fomenten actividades productivas a largo plazo y se incrementen las capacidades locales de gestión ambiental, lo cual deberá consolidarse con instrumentos de ordenamiento territoriales. Esto detendrá el avance sobre la frontera forestal para alcanzar la meta de cero deforestación. Tala y comercio ilegal La tala ilegal, es ejecutada fundamentalmente por personas o grupos ajenos a las comunidades forestales. El INECC (2022)20 estima que las pérdidas económicas por la tala ilegal en México ascienden hasta 97 mil millones de pesos anuales y 20.7 mil millones en ingresos fiscales. Los principales efectos derivados de la tala ilegal, de acuerdo con el INECC, son: a) el valor de la producción ilegal no se registra en la economía formal; b) evasión de impuestos asociados a la comercialización de productos extraídos de manera ilegal; c) pérdida de oportunidades de generación de empleos verdes y pérdidas económicas de las familias productoras; d) competencia desleal contra la actividad regulada y pérdida de competitividad; e) pérdida de ingresos en el aprovechamiento regulado, por la disminución de la cantidad y calidad de los recursos forestales; f) reducción en el valor del bosque y la promoción del cambio de uso del suelo; y g) pérdida de servicios ecosistémicos de los bosques. Por otra parte, de acuerdo con Torres-Rojo (2021), el volumen ilegal promedio en los últimos 20 años es del orden de 6.355 a 7.091 Mm³ por año. Ambas cifras son elevadas en comparación con los 6.772 Mm³ anuales de producción legal promedio en los últimos 20 años. Si consideramos las estimaciones del Análisis del equilibrio de la madera, la pérdida anual promedio es de aproximadamente 270 millones de dólares (año base = 2019), equivalente al 0,213% del PIB del país. Es decir, el problema de la tala ilegal es tan importante que se estima que el volumen de madera ilegal que se comercializa en el mercado interno mexicano puede ser mayor que el que se comercializa de manera legal. Por ello, es necesario fortalecer los mecanismos de vigilancia y aplicación de la ley en territorios estratégicos, con la participación activa de las comunidades y del Estado, sin que implique transferir o eludir responsabilidades (CEIBA, 2018). Incendios forestales Los incendios forman parte de la dinámica de los ecosistemas, pueden ser una herramienta de manejo de los ecosistemas forestales, y también un factor de deterioro ambiental, según las condiciones en las que se presente. Para la gente y para los ecosistemas, los incendios pueden llegar a ser dañinos o benéficos, según dónde y cómo ocurren. En este sentido, el reconocimiento social del rol ecológico del fuego en los ecosistemas forestales motiva a orientar a la política pública nacional a impulsar acciones en Manejo del Fuego, entendiendo que existen tanto ecosistemas que requieren de fuego para poder desarrollarse, como aquellos donde el fuego juega un papel de posible degradación, dado que no presentan adaptaciones a este fuego; recordando que la alteración a los regímenes de fuego es el principal problema en la presencia de incendios forestales dañinos. 20 INECC. 2022. Estimación de las pérdidas económicas por la tala ilegal en México. Disponible en:https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/781684/162_2022_Perdidas_Economicas_por_Tala.pdf Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 247 En algunos casos, se vuelven extremadamente dañinos para aquellos ecosistemas sensibles, con plantas y animales que no poseen las adaptaciones que les permitan sobrevivir o aprovechar el fuego. Sin embargo, se vuelve necesario distinguir entre incendios como perturbaciones ecológicas, de aquellas de las perturbaciones ligadas directamente a procesos de deforestación por cambio de uso de suelo, actividades agropecuarias intensivas o expansión urbana, las cuales sí representan una amenaza significativa para la cobertura forestal. Con base en datos estadísticos, durante en el periodo comprendido de 2018 a 2024 en México se presentaron en promedio 7,137 incendios forestales y una superficie quemada de 802,345 hectáreas por año (Gráfica 7). Gráfica 7. Registro de incendios forestales ocurridos y superficie quemada en el periodo 2018-2024 Fuente: CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración. Asimismo, durante el periodo de 2018-2024, el 49% de los incendios forestales han tenido un tamaño menor a 5 hectáreas, mientras que el 14% de los incendios han registrado un tamaño mayor a 100 hectáreas (Gráfica 8, Tabla 3). Grafica 8. Tamaño de incendios forestales, 2018-2024 Fuente: CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración. Tabla 3. Tamaño de incendios forestales, 2018-2024 0 a 5 Hectáreas 11 a 20 Hectáreas 21 a 50 Hectáreas 51 a 100 Hectáreas 6 a 10 Hectáreas Mayor a 100 Hectáreas TOTAL Número de incendios 24,371 4,615 5,282 3,257 5,546 6,891 49,962 Porcentaje 49% 9% 11% 7% 11% 14% 100% Fuente: CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración. 248 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 En cuanto a la duración de los incendios registrados en ese mismo periodo, el 71% de los incendios forestales han durado hasta un día, mientras que el 4% de los incendios han durado más de 7 días (Gráfica 9 y Tabla 4). Gráfica 9. Duración de incendios forestales, 2018-2024 Fuente: CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración. Tabla 4. Duración de incendios forestales, 2018-2024 Duración (días) 1 2 a 3 4 a 7 Mayor de 7 Total Número de incendios 35,467 8,517 3,908 2,070 49,962 Porcentaje 71% 17% 8% 4% 100% Fuente: CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración. Posibles causas En México, el 98% de los incendios forestales son ocasionados por las personas. Dentro del periodo de 2018 al 2024, en promedio (7,137), más del 31% de los incendios forestales fueron originados, presumiblemente, por actividades agropecuarias, con 2,208 incendios, mientras que otro 30% se presume por que fueron intencionales, con 2,113 incendios registrados Gráfica 10. Gráfica 10. Promedio de posibles causas de incendios forestales ocurridos durante el periodo 2018-2024 Fuente: CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 249 Régimen del fuego A partir del registro estadístico de incendios forestales del año 2020 al 2024, se ha observado un incremento gradual en la cantidad, así como en la superficie de los mismos, lo cual representa un posible cambio en la dinámica poblacional a favor o en contra, según el tipo de ecosistema en el que se presenten (Gráfica 11). Gráfica 11. Promedio de incendios forestales ocurridos y superficie afectada según su adaptación al fuego durante el periodo 2020-202421 Fuente: CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración. Plagas y enfermedades forestales La variabilidad en las condiciones del clima, así como los factores de estrés de los ecosistemas forestales han propiciado que durante el periodo de 2014 a 2024 se registre una superficie promedio anual afectada por plagas y enfermedades forestales de 92,699 hectáreas, distribuidas principalmente en los estados de Oaxaca, Guerrero, Durango, Jalisco, Michoacán de Ocampo y Querétaro (Gráfica 12). Gráfica 12. Superficie (ha) con notificación por plagas y enfermedades forestales en el periodo 2014–2024 Fuente: Sistema Nacional de Gestión Forestal. 31/Diciembre/2024. En este mismo periodo, los principales agentes causales de daño han sido: plantas parásitas (40.3%), insectos descortezadores (24.6%), insectos defoliadores (23.2%), otras plagas22 (5.4%), enfermedades (3.9%), enfermedades foliares, cancros, marchitamiento, pudrición y roya) e insectos barrenadores (2.6%) (Gráfica 13). 21 Otros agrupa regímenes de fuego Influido, Condiciones especiales e Independiente. 22 Otras plagas: ácaro rojo, avispa agalladora, chinche del pino, chupadores, plantas trepadoras y termitas 250 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Gráfica 13. Superficie afectada (ha) por agente causal de daño en el periodo 2014–Diciembre 2024 Fuente: SEMARNAT/CONAFOR-Sistema Nacional de Gestión Forestal (SNGF). 31/Diciembre/2024. Para atender dichos problemas públicos, el PIC 2025-2030, mediante su objetivo 4, busca frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas. 3. Otros factores relevantes que limitan el desarrollo forestal y la generación de bienestar para la población Uno de los factores que limitan el desarrollo forestal, se encuentra la limitada gobernanza forestal que determina la insuficiente cultura de prevención, protección, manejo y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas forestales. Por otro lado, persiste el desconocimiento sobre la importancia y valoración de los bienes y servicios que proveen los recursos forestales. Esta desvalorización se traduce en el uso de prácticas inadecuadas de cultivo y aprovechamiento, poco favorables para la protección y conservación de los recursos forestales o la adopción de modelos de producción y consumo responsables con el cuidado del medio ambiente. Asimismo, no asignar un valor económico directo a los beneficios tangibles e intangibles que los ecosistemas forestales y su biodiversidad brindan a la sociedad; genera que no haya una retribución hacia la conservación y gestión sostenible para garantizar la provisión de los servicios ambientales en el largo plazo. Otro factor que contribuye a la degradación y deforestación de los ecosistemas forestales es la debilidad del estado de derecho, que se refleja en la existencia de corrupción, insuficiente inspección y vigilancia, presencia del crimen organizado e impunidad, facilita la extracción clandestina y el “lavado” de materias primas forestales, principalmente de madera, para uso comercial. La extracción y comercialización informal o ilegal de madera impacta negativamente la competitividad forestal. Estos productos compiten de manera directa con los de procedencia legal y crean distorsiones de mercado que desincentivan la inversión productiva en el sector forestal. Esta dinámica menoscaba el potencial de desarrollo del sector forestal para motivar la participación social, generar la inclusión de grupos vulnerables, creación de empleos formales, contribuir a la economía rural, impulsar el desarrollo y favorecer al bienestar de las personas. Lo anterior, en combinación con las acciones derivadas de programas presupuestarios operados por distintas entidades y dependencias, que confluyen en un mismo espacio pero se desarrollan de manera aislada, sin considerar la perspectiva de paisaje. Además de, los pocos incentivos para incorporar el paradigma de la sustentabilidad en las actividades productivas agropecuarias y forestales; y la presión de la demanda de los mercados nacionales e internacionales de productos alimenticios, minerales, combustibles, fibras, entre otros; ha desencadenado efectos adversos en el manejo del territorio. Por lo cual, es necesario mejorar la transversalidad y coordinación entre las dependencias y órdenes de gobierno, conceptualizando el manejo integrado del paisaje en el que se involucre a la sociedad y actores en la toma de decisiones basado en unidades de paisaje, donde se perciba al ámbito territorial como un espacio con múltiples usos de suelo en los que se pueden desarrollar actividades de índole ambiental, social y económica23. En este contexto, mediante el objetivo 5, el PIC 2025-2030 busca fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión. 23 Constanza et al.1997. The value of the world’s ecosystem services and natural capital. Nature. pp 387: 253-260 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 251 4. Debilidades en la administración de los recursos institucionales Las problemáticas socioambientales tienen una estrecha relación con la gestión de los recursos. En este sentido, el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2025-2030 plantean la digitalización y simplificación de trámites y servicios para combatir la corrupción, optimizar el uso de los recursos públicos y brindar servicios de calidad con un gobierno cercano a la gente y transparente. Actualmente las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal tienen el gran reto de cumplir sus objetivos con menor presupuesto; para ello, requieren un replanteamiento para el uso de los recursos disponibles orientado a maximizar su eficiencia e impacto. En este contexto, la Comisión Nacional Forestal evalúa los instrumentos vinculados a la operatividad de la institución, incluyendo los recursos materiales y humanos; reconociendo que, pese a contar con una estructura sólida de instrumentos vinculados a la operatividad, se requiere su simplificación y articulación eficiente de los mismos, así como su adaptación con un enfoque de género y pertinencia cultural para fortalecer la participación ciudadana como pilar de la política ambiental. En materia de recursos humanos, la plantilla de CONAFOR está compuesta de personas con perfiles adecuados y especializados en el ámbito forestal. Sin embargo, persiste la incertidumbre en los esquemas de contratación, lo que propicia la rotación del personal, en mayor medida del personal de tipo eventual y como consecuencia, la debilitación de la estructura de las Unidades Administrativas y la pérdida de conocimiento y experiencia institucional. La CONAFOR tiene presencia en territorio a través de las Oficinas de Representación Estatal, lo que posibilita la construcción de estrategias de manejo y conservación de los ecosistemas forestales cercanas a la gente; sin embargo, se deben reforzar y avanzar en la actualización constante de los procesos de planeación, programación y presupuestación para asegurar que las acciones de la institución sean inclusivas, accesibles y respondan a las necesidades de la población. Por otra parte, se han mantenido y generado mecanismos institucionales de evaluación y de resolución de conflictos internos como el Sistema de Evaluación del Desempeño y el Comité de Ética; no obstante, estos deben priorizar la comunicación y la coordinación al interior de la institución. Respecto a los recursos materiales, si bien la infraestructura de la institución es robusta, se reconoce la necesidad de que se fortalezca, sobre todo al interior del territorio, y la necesidad de que se destine presupuesto para el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles y la adquisición de equipos de cómputo y software especializados. Por lo anterior, mediante el objetivo 6 del PIC 2025-2030, se pretende optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño institucional mediante un enfoque basado en resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas. Visión de largo plazo Considerando la diversidad natural y cultural de México, la Política Forestal del País se distinguirá por estar adaptada a la heterogeneidad del territorio y de la población, permitirá abatir las brechas de desigualdad en el ámbito rural-forestal; generará las condiciones para que las personas habitantes en ecosistemas forestales tengan una vida digna, próspera y sustentable; atenderá las causas de la deforestación y la degradación de los ecosistemas forestales y contribuirá a la lucha contra el cambio climático; disminuirá la vulnerabilidad de las personas ante desastres hidrometeorológicos y; desarrollará un marco institucional facilitador del desarrollo forestal sustentable. México gestionará de manera integral sus ecosistemas forestales, destacándose no solo por sus avances en conservación y producción sustentable, sino también por su enfoque en igualdad de género y la participación de las mujeres, jóvenes y pueblos indígenas y afromexicanos en la gestión forestal. Para 2030, México avanzará en la restauración de ecosistemas degradados, la conservación de áreas prioritarias para el País, y en la producción forestal maderable y no maderable; beneficiando con ello a las personas. El modelo de manejo forestal comunitario implementado, promoverá la economía local, reduciendo la pobreza y la desigualdad en comunidades rurales, incluyendo de manera activa a las mujeres, jóvenes y pueblos indígenas y afromexicanos en la gestión forestal; permitiendo su participación en la toma de decisiones y en el desarrollo de proyectos productivos sustentables. Para 2030 las mujeres liderarán cooperativas y empresas comunitarias, impulsando la reforestación, el aprovechamiento sustentable de los recursos y la mitigación del cambio climático. El éxito del manejo forestal en México se sostendrá en dos ejes fundamentales que seguirán guiando su desarrollo en los próximos años: el freno a la deforestación y el fortalecimiento de cadenas productivas sustentables, a través de estrategias y alianzas, que impulsarán la producción forestal sin comprometer la biodiversidad, asegurando beneficios económicos sostenibles para las comunidades, y la consolidación del desarrollo forestal comunitario. 252 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 La gestión gubernamental forestal será reconocida por su liderazgo, transparencia y capacidad de coordinación interinstitucional, consolidándose como una gestión clave en la conservación forestal. Con lo anterior, México reafirmará su compromiso con la conservación de los bosques y el desarrollo sostenible, demostrando que la lucha contra el cambio climático sólo es posible con la participación de toda la sociedad, especialmente de las mujeres, jóvenes, pueblos originarios y afromexicanos, quienes son protagonistas en la gestión de los recursos naturales. 6. Objetivos El Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025–2030 fue formulado mediante un proceso riguroso de planeación estratégica, que integró mecanismos de participación ciudadana, consulta pública y retroalimentación por parte de los órganos de consulta del sector forestal, así como de diversas dependencias de la Administración Pública Federal (APF). En el marco de los foros estatales de consulta, se contó con la intervención de actores clave, entre ellos, personas propietarias y poseedoras de terrenos forestales; representantes de pueblos indígenas; mujeres y jóvenes vinculados a la actividad forestal; organizaciones de productores; miembros de la sociedad civil; personas académicas e investigadoras; agentes del sector industrial forestal y técnicos forestales; así como autoridades estatales, municipales y federales. Este proceso permitió recabar y sistematizar información relevante sobre la problemática estructural del sector forestal, su nivel de afectación, las prioridades de intervención y las propuestas orientadas a su atención. Con base en este análisis colectivo, el Programa establece 5 objetivos prioritarios. Objetivos del Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030 1.- Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades. 2.- Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria. 3.- Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social. 4.- Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas. 5.- Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión. 6. Optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño institucional mediante un enfoque basado en resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas. 6.1 Relevancia del objetivo 1: Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades. México posee una vasta riqueza forestal: 138.7 millones de hectáreas cubiertas por algún tipo de vegetación forestal, donde habita el 9.42% de la población nacional, es decir, cerca de 11.9 millones de personas. Sin embargo, esta enorme potencialidad contrasta con una realidad marcada por desigualdades estructurales. De esta población, el 39% enfrenta condiciones de rezago social alto o muy alto y el 35% vive con un grado de marginación alto o muy alto, cifras que evidencian la urgencia de atender esta problemática de forma prioritaria. Estas comunidades, tienen en los ecosistemas forestales no sólo su fuente de sustento, sino también un vínculo cultural, histórico y espiritual. No obstante, las limitadas oportunidades económicas, la escasa infraestructura productiva, la débil articulación con el mercado y la falta de acceso a servicios financieros, han perpetuado un ciclo de pobreza y exclusión. Esta situación ha generado una presión directa sobre los ecosistemas, incentivando prácticas de corto plazo que exacerban la deforestación, el cambio de uso de suelo y el aprovechamiento no regulado de los recursos naturales. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 253 A nivel territorial, se estima que al menos 20.8 millones de hectáreas podrían incorporarse al manejo forestal sustentable, con potencial para detonar actividades productivas sostenibles, generar empleos dignos y fortalecer las economías locales. Sin embargo, estas áreas aún enfrentan barreras como la falta de acompañamiento técnico especializado, debilidad organizativa de las empresas comunitarias y carencia de mecanismos de financiamiento adecuados a la naturaleza y tiempos del sector forestal. Desde esta perspectiva, el objetivo de fortalecer los medios de vida y reducir las brechas de desigualdad en zonas forestales responde a la necesidad de transformar las condiciones estructurales de rezago en oportunidades de desarrollo, mediante estrategias que integran el manejo forestal comunitario, el uso sostenible y diversificado de los recursos forestales y la consolidación de redes locales de valor. Se trata de un enfoque que reconoce a las comunidades como protagonistas de la conservación y el desarrollo, promoviendo su organización productiva, la planeación territorial, la adopción de prácticas certificadas y la diversificación de modelos productivos adaptados a cada territorio. Este objetivo se alinea directamente con el modelo de desarrollo planteado en el Segundo Piso de la Cuarta Transformación, al apostar por la justicia social, el desarrollo desde lo local, el combate a la desigualdad estructural y la transición hacia una economía productiva, verde y regenerativa. Con ello, se busca pasar de una visión asistencialista a una estrategia de fortalecimiento de capacidades comunitarias, donde el Estado acompaña, articula y facilita el acceso equitativo a los recursos, tecnologías y mercados. Al impulsar cadenas de valor sostenibles, mecanismos de financiamiento innovadores, y esquemas de comercialización responsables, este objetivo contribuye a la generación de empleos locales, mejora del ingreso familiar, conservación de la biodiversidad y resiliencia frente al cambio climático. De igual forma, promueve la inclusión de mujeres, juventudes y pueblos indígenas, reconociendo su papel central en la gestión de los recursos naturales y la reproducción social de los territorios forestales. En suma, atender prioritariamente la situación de las comunidades forestales no sólo representa una necesidad urgente desde el punto de vista social y ambiental, sino una oportunidad estratégica para construir un modelo de desarrollo incluyente, solidario y sustentable, que permita avanzar hacia el bienestar de todas y todos los mexicanos, sin dejar a nadie atrás y sin dejar a nadie fuera. Así, el PIC 2025-2030 reafirma su compromiso con una visión de desarrollo que articula productividad, sostenibilidad ambiental y justicia social, reconociendo que la conservación de los ecosistemas forestales está estrechamente ligada a la mejora de las condiciones de vida de quienes los habitan y cuidan. 6.2 Relevancia del objetivo 2: Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria. Los ecosistemas forestales son fundamentales para el bienestar de la población mexicana, al constituir una fuente clave de servicios ambientales —como la regulación hídrica, la captura de carbono, la provisión de alimentos y medicinas, y el resguardo de la biodiversidad— que sustentan la vida y el desarrollo en múltiples territorios del país. Además de su relevancia ecológica, estos ecosistemas sostienen la identidad sociocultural de numerosos pueblos indígenas y comunidades rurales, siendo parte integral de los paisajes bioculturales de México. No obstante, más del 60% del territorio nacional presenta algún grado de degradación ambiental, siendo la deforestación y el cambio de uso de suelo dos de los principales motores de pérdida de biodiversidad y de servicios ecosistémicos. Esta situación se agrava por la falta de valoración económica de estos servicios en los mercados tradicionales, lo que ha contribuido a su sobreexplotación y deterioro; por ejemplo, la pérdida de cobertura forestal afecta directamente la disponibilidad de agua, la productividad agrícola y eleva la vulnerabilidad frente al cambio climático, particularmente en zonas rurales con alta marginación. En este contexto, el presente objetivo cobra una importancia estratégica para el desarrollo nacional al plantear un modelo de conservación que articula la protección de los recursos forestales y de la biodiversidad con un enfoque de manejo integrado del territorio, inclusión social y sostenibilidad económica. Esto responde a una visión de desarrollo centrada en el bienestar de las personas, especialmente de aquellas comunidades en condiciones de vulnerabilidad, y promueve una justicia ambiental que fortalece el tejido social, impulsa la soberanía alimentaria y refuerza la resiliencia de los territorios frente a los efectos del cambio climático. La atención prioritaria a esta problemática parte de reconocer que aproximadamente el 70% de las zonas con ecosistemas forestales se ubican en territorios de pueblos indígenas y núcleos agrarios, los cuales enfrentan históricamente rezagos en acceso a infraestructura, financiamiento y oportunidades de desarrollo. La incorporación de estos territorios al esquema de Pago por Servicios Ambientales (PSA), al Fondo Patrimonial de Biodiversidad y a proyectos en corredores ecológicos o paisajes bioculturales, busca cerrar dichas brechas con acciones concretas que reconocen y fortalecen su rol como guardianes del territorio. 254 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Además, se han identificado zonas estratégicas como las cuencas hidrográficas prioritarias, selvas secas y bosques de coníferas, cuya conservación es clave para mantener la funcionalidad ecológica y evitar mayores impactos económicos y sociales por fenómenos como la sequía, la erosión y las inundaciones. Esto se vuelve aún más urgente considerando que el 75% del agua para riego agrícola en México proviene de ecosistemas forestales, y que la degradación de estos compromete la seguridad alimentaria nacional. Este objetivo también reconoce la necesidad de integrar el uso sustentable de la biodiversidad en el sector forestal, en concordancia con la Estrategia Nacional sobre Biodiversidad, promoviendo actividades productivas sostenibles que se armonicen con la conservación, como la ganadería sustentable bajo selvas secas, la diversificación productiva en comunidades rurales y el fortalecimiento de cadenas de valor forestales con enfoque biocultural. En suma, el Objetivo 2 responde a una problemática estructural de pérdida de capital natural que afecta de manera desproporcionada a las comunidades más vulnerables, y propone una vía transformadora para restaurar el equilibrio entre conservación, bienestar humano y desarrollo sostenible. Su implementación es indispensable para construir una nueva relación con la naturaleza, basada en la corresponsabilidad social, la equidad territorial y el reconocimiento del valor de los servicios ecosistémicos como bienes públicos esenciales para el futuro del país. 6.3 Relevancia del objetivo 3: Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social. La degradación ambiental en México es una de las principales amenazas al bienestar social y económico de muchas comunidades rurales. Los procesos de deforestación, erosión del suelo, y pérdida de biodiversidad, no solo afectan la capacidad de los ecosistemas para proveer servicios ambientales, sino que también agravan problemas estructurales como la exclusión social, la inseguridad alimentaria y la pobreza. Aproximadamente el 60% de las zonas forestales de México se encuentran degradadas, lo que impacta gravemente su capacidad productiva y aumenta la vulnerabilidad de las comunidades que dependen de ellas para su sustento diario. La restauración de los ecosistemas forestales prioritarios es crucial para revertir esta tendencia y proporcionar soluciones integrales que aborden tanto los problemas ecológicos como los sociales. A través de estrategias de restauración que incluyan sistemas silvopastoriles, agroforestales y otros enfoques basados en la naturaleza, se puede recuperar la capacidad productiva de las zonas forestales, restablecer la seguridad alimentaria y crear nuevas oportunidades de desarrollo económico para las comunidades. La restauración no solo implica la recuperación de las funciones ecológicas, sino también el fortalecimiento del tejido social y el impulso de prácticas productivas sostenibles que contribuyan al bienestar a largo plazo. El enfoque territorial y participativo es fundamental, ya que cada ecosistema tiene características específicas que requieren soluciones adaptadas a su realidad local. Las áreas prioritarias incluyen selvas, manglares, cuencas hidrográficas y zonas áridas. La restauración debe considerar, en primer lugar, los ecosistemas que son claves para la seguridad hídrica y la biodiversidad, como las cuencas costeras, manglares y humedales, que ofrecen protección natural contra fenómenos climáticos extremos y contribuyen a la resiliencia de las comunidades más vulnerables. Además, se debe priorizar a las comunidades rurales que, en muchos casos, enfrentan brechas significativas en términos de acceso a recursos, servicios básicos y oportunidades de desarrollo. En particular, las zonas donde las poblaciones indígenas y afrodescendientes habitan son algunas de las más afectadas por la degradación forestal, lo que resalta la necesidad de implementar proyectos de restauración que no solo busquen restaurar la cobertura forestal, sino también garantizar los derechos de las comunidades, fortalecer sus capacidades productivas y mejorar sus medios de vida. El objetivo de restaurar estos ecosistemas prioritarios se alinea con una visión de desarrollo que fomenta la justicia ambiental y la inclusión social, garantizando que las personas más afectadas por la degradación forestal puedan beneficiarse directamente de los proyectos de restauración. En este sentido, la restauración se convierte en una herramienta clave para mejorar la calidad de vida de las comunidades forestales, reducir los riesgos climáticos y contribuir al desarrollo sostenible del país. Por todo lo anterior, es urgente atender las áreas prioritarias con un enfoque que integre criterios ambientales, sociales, culturales y económicos, lo que permitirá avanzar hacia la recuperación de la capacidad productiva de las zonas forestales degradadas y, con ello, mejorar los medios de vida de las comunidades rurales. Este proceso también contribuirá a las metas de seguridad alimentaria, equidad social y adaptación al cambio climático, claves para la consolidación de un México más resiliente y sostenible. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 255 6.4 Relevancia del objetivo 4: Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas. La deforestación y la degradación forestal representan actualmente una de las mayores amenazas para el patrimonio natural de México y para la resiliencia de los territorios frente al cambio climático. Esto no solo compromete la biodiversidad y la funcionalidad de los ecosistemas, sino que también afectan de forma directa los medios de vida de las comunidades locales. Estos procesos tienen su origen en condiciones estructurales arraigadas en dinámicas históricas de uso insostenible del territorio, marcos institucionales fragmentados y modelos de desarrollo que han priorizado la expansión productiva por encima de la conservación y gestión sustentable de los ecosistemas forestales. Por ello, detener su avance se vuelve una prioridad nacional, indispensable para proteger el patrimonio natural y garantizar la continuidad de los servicios ecosistémicos que sostienen el bienestar de las comunidades. Para lograrlo, es prioritario fortalecer la coordinación entre dependencias y entre órdenes de gobierno, superando la fragmentación de esfuerzos y capacidades. Esta articulación debe sustentarse en una visión compartida del territorio rural como un paisaje integrado, en el que converjan funciones ecológicas, productivas, sociales y culturales, y donde las acciones de conservación y desarrollo se implementen de forma conjunta y complementaria. Abordar la deforestación y la degradación desde un enfoque de paisaje permite construir soluciones más eficaces, inclusivas y sostenibles, que reconozcan la diversidad biocultural de los territorios y promuevan la participación activa de los actores locales. Solo mediante esta mirada integral y coordinada será posible salvaguardar el capital natural del país, revertir los procesos de deterioro ambiental y avanzar hacia un modelo de desarrollo forestal resiliente y justo para las generaciones presentes y futuras. 6.5 Relevancia del Objetivo 5: Fortalecer el marco institucional que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión. Para que el desarrollo forestal sustentable en México sea una realidad, es indispensable contar con un marco institucional que facilite su implementación, eliminando obstáculos normativos y operativos que históricamente han limitado el alcance de las políticas públicas en el sector. La dispersión de normas, los procesos administrativos complejos y la débil coordinación entre instituciones han dificultado la gestión efectiva de los recursos forestales y restringido la participación de los actores locales. Frente a este escenario, se vuelve prioritario mejorar y simplificar la normativa, no solo para agilizar trámites y reducir cargas burocráticas, sino también para asegurar reglas claras, justas y adaptadas a las realidades de los territorios. Esta transformación institucional debe ir de la mano del fortalecimiento de la gobernanza territorial, entendida como la capacidad de articular actores clave, alrededor de una visión compartida del uso y conservación de los ecosistemas. Una gobernanza sólida requiere, además, mecanismos efectivos de participación social, en los que las comunidades no solo sean consultadas, sino reconocidas como protagonistas en la toma de decisiones. La inclusión de sus voces y saberes resulta fundamental para diseñar estrategias que respondan a sus necesidades, fortalezcan sus capacidades y promuevan el uso sostenible de los recursos, las cuales pueden potenciarse con la integración de procesos de innovación social, investigación y desarrollo tecnológico. Esto es especialmente relevante en contextos de desigualdad estructural, donde mujeres, pueblos indígenas y grupos históricamente excluidos enfrentan barreras persistentes para ejercer sus derechos. En este proceso, el acceso a la información, la transparencia y el monitoreo de las acciones juegan un papel clave para construir confianza pública, asegurar la rendición de cuentas y permitir ajustes oportunos en la política forestal. Solo con información clara, accesible y verificable es posible evaluar el impacto de los programas y garantizar la toma de decisiones informada. Finalmente, el nuevo marco institucional debe construirse con un enfoque de inclusión transversal, que reconozca la diversidad social, territorial, cultural e incorpore de manera prioritaria la perspectiva de género. Garantizar la participación plena y equitativa de mujeres, pueblos indígenas y comunidades locales no solo es un principio de justicia, sino una condición esencial para la eficiencia y legitimidad de las políticas forestales. 256 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 6.6 Relevancia del Objetivo 6: Optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño institucional mediante un enfoque basado en resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas. La CONAFOR cuenta con una base institucional sólida que ha permitido la implementación de políticas, programas y acciones de alcance nacional en el sector forestal. Esta capacidad institucional consolidada a lo largo del tiempo, constituye un pilar fundamental para atender los retos ambientales y sociales que enfrenta el sector forestal a nivel nacional. No obstante, los cambios en el contexto forestal, así como la creciente demanda de una gestión pública más eficiente, incluyente y orientada hacia resultados, hacen necesario fortalecer la estructura organizacional, los procesos institucionales y los mecanismos de coordinación y operación. En este contexto, optimizar la gestión de los recursos institucionales se vuelve una prioridad estratégica. La capacidad de transformar los recursos humanos, técnicos, financieros y tecnológicos en acciones eficaces, focalizadas y evaluables, es determinante para consolidar un desempeño institucional más eficiente y con mayor incidencia en el territorio. Esto requiere avanzar en la simplificación administrativa y normativa, la descentralización de funciones, el fortalecimiento de la operación en oficinas de representación, y la disposición de herramientas informáticas y operativas adecuadas para alcanzar los objetivos y resultados estratégicos institucionales. La orientación hacia resultados dota de intencionalidad y sentido estratégico a la operación institucional, alineando esfuerzos con las prioridades sectoriales y territoriales, en un marco que prioriza la eficiencia, la transparencia y la rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos. Al fortalecer su gestión, la CONAFOR consolida su papel como entidad rectora de la política forestal nacional, optimiza su desempeño institucional y garantiza que sus intervenciones generen valor público de manera efectiva y sostenible. 6.7 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030 En el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática que señala la Ley de Planeación, las dependencias y entidades de la APF tienen la obligación de integrar, publicar en el Diario Oficial de la Federación y dar seguimiento a los programas de tipo sectorial, especial, regional e institucional que derivan del Plan Nacional de Desarrollo. Objetivos del Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030 Objetivos del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2025–2030 Estrategias del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2025–2030 1.- Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades. Objetivo 1. Conservar, proteger y aprovechar sustentablemente los ecosistemas para salvaguardar la biodiversidad y sus servicios ambientales, consolidándolos como un medio para erradicar la pobreza, reducir desigualdades y fortalecer el tejido social, con respeto a los derechos humanos e igualdad, priorizando comunidades indígenas y afromexicanas. Estrategia 1.4 Impulsar actividades productivas sustentables en los ecosistemas forestales que permitan incrementar la productividad y competitividad forestal, proteger la biodiversidad y mejorar los medios de vida de las personas propietarias o poseedoras de los recursos forestales. 2.- Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria. Objetivo 1. Conservar, proteger y aprovechar sustentablemente los ecosistemas para salvaguardar la biodiversidad y sus servicios ambientales, consolidándolos como un medio para erradicar la pobreza, reducir desigualdades y fortalecer el tejido social, con respeto a los derechos humanos e igualdad, priorizando comunidades indígenas y afromexicanas. Estrategia 1.1 Incrementar la superficie y efectividad del manejo de las áreas naturales protegidas y otros esquemas de conservación y protección de ecosistemas naturales, para salvaguardar la biodiversidad, mejorar la calidad de vida de las comunidades y contribuir en el cumplimiento de los compromisos mundiales. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 257 3.- Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social. Objetivo 2. Restaurar ecosistemas naturales prioritarios para la biodiversidad y sus servicios ambientales, con enfoque interdisciplinario, intersectorial y con la participación de comunidades locales, indígenas y afromexicanas, basado en principios de igualdad, inclusión y justicia ambiental. Estrategia 2.1 Restaurar ecosistemas terrestres, acuáticos, costeros, marinos e insulares degradados, priorizando soluciones basadas en la naturaleza e innovación tecnológica, para recuperar la biodiversidad, mejorar medios de vida y promover la adaptación climática en comunidades, en coordinación con otros órdenes de gobierno y la sociedad. 4.- Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas. Objetivo 1. Conservar, proteger y aprovechar sustentablemente los ecosistemas para salvaguardar la biodiversidad y sus servicios ambientales, consolidándolos como un medio para erradicar la pobreza, reducir desigualdades y fortalecer el tejido social, con respeto a los derechos humanos e igualdad, priorizando comunidades indígenas y afromexicanas. Estrategia 1.2 Detener la pérdida y degradación de los ecosistemas naturales, combatiendo sus causas, con la coordinación de la Administración Pública Federal y la participación de otros órdenes de gobierno y la sociedad. 5.- Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión. Objetivo 5. Impulsar una política ecológica humanista, con participación ciudadana, inclusiva y de acceso a la justicia ambiental, respaldada por una cultura ambiental e información relevante para la toma de decisiones, con enfoque territorial. Estrategia 5.2 Fortalecer la participación ciudadana en la toma de decisiones, con enfoque de derechos humanos, igualdad e interculturalidad, con la finalidad de promover la corresponsabilidad en las decisiones de la política pública ambiental. Estrategia 5.4 Fortalecer y fomentar la investigación científica que realiza el sector y el uso del conocimiento tradicional en materia ambiental, con el fin de generar información que apoye el diseño de la política pública y la toma de decisiones y contribuya al desarrollo sostenible y la protección al ambiente. Estrategia 5.5 Contribuir a garantizar el acceso a información ambiental relevante, veraz, oportuna y útil para la ciudadanía y la toma de decisiones de la política pública. Estrategia 5.6 Promover estrategias de educación, capacitación, cultura y comunicación ambiental que contribuyan en la formación de una sociedad sensible, consciente y responsable del medio ambiente, con la participación de otros órdenes de gobierno y del sector social. 6. Optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño institucional mediante un enfoque basado en resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas. Objetivo 5. Impulsar una política ecológica humanista, con participación ciudadana, inclusiva y de acceso a la justicia ambiental, respaldada por una cultura ambiental e información relevante para la toma de decisiones, con enfoque territorial. Estrategia 5.3 Implementar mecanismos de digitalización de trámites y simplificación de servicios para transitar hacia una gestión ambiental moderna y transparente que reduzca los niveles de corrupción en beneficio de la ciudadanía. Estrategia 5.5 Contribuir a garantizar el acceso a información ambiental relevante, veraz, oportuna y útil para la ciudadanía y la toma de decisiones de la política pública. 258 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 7. Estrategias y líneas de acción Para atender la problemática identificada en el diagnóstico y lograr cada uno de los objetivos antes mencionados, se plantean 25 estrategias y 166 líneas de acción a implementar por la Comisión Nacional Forestal, durante el período 2025-2030. Objetivo 1. Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades. Estrategia 1.1 Reactivar la producción forestal con base en el desarrollo de alianzas intersectoriales que articulen el aprovechamiento forestal con los mercados. Línea de acción 1.1.1 Impulsar redes de confianza y certidumbre forestal mediante alianzas entre productores, comunidades y organizaciones sociales y privadas, que fortalezca la gestión forestal territorial en el fomento de la producción, conservación, manejo y restauración de ecosistemas forestales y servicios ambientales. 1.1.2 Apoyar la incorporación o reincorporación de superficie al manejo sustentable, a través del manejo forestal comunitario, el fortalecimiento de empresas forestales y orientando la producción hacia las demandas del mercado. 1.1.3 Impulsar la planeación territorial, basada en la elaboración de planes de ordenamiento territorial que articulen el aprovechamiento, conservación y restauración forestal con cadenas de valor y mercados. 1.1.4 Promover el desarrollo de capacidades de las personas prestadoras de servicios forestales para que respondan a las necesidades de acompañamiento técnico de las comunidades, ejidos, pueblos indígenas y afromexicanos, y personas productoras forestales, con un enfoque de perspectiva de género e inclusión. 1.1.5 Desarrollar una estrategia de focalización de zonas productoras clave y con potencial productivo de incorporarse al manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales maderables y no maderables. 1.1.6 Fortalecer el desarrollo de empresas forestales comunitarias a través de alianzas estratégicas entre comunidades y empresas, con financiamiento y capacitación técnica que les permita acceder a mercados, tecnologías y conocimientos. 1.1.7 Mejorar la competitividad forestal a través del fortalecimiento de los distintos eslabones de las cadenas de valor de productos forestales maderables y no maderables. 1.1.8 Impulsar la especialización de prestadores de servicios técnicos y la iniciativa de mi primer empleo forestal, para que respondan a las necesidades de comunidades, ejidos, pueblos indígenas y afromexicanos, y personas productoras forestales, con enfoque de género e inclusión. 1.1.9 Certificar corredores biológicos productivos en la Selva Maya mediante esquemas y estándares que propicien el aprovechamiento de la biodiversidad y manejo forestal sustentable. Estrategia 1.2 Fortalecer las actividades productivas diversificadas de las comunidades forestales, consolidando medios de vida con el manejo sustentable de la biodiversidad y el acceso a mercados solidarios. Línea de acción 1.2.1 Desarrollar planes de uso o aprovechamiento de recursos biológicos en comunidades, ejidos y pequeños productores. 1.2.2 Apoyar la diversificación productiva de las actividades forestales, plantaciones familiares y agroforestales. 1.2.3 Acreditar comunidades y microrregiones forestales bajo la categoría de OMECS (Otras Medidas Efectivas de Conservación Basadas en Áreas) basada en una gestión forestal con resultados positivos y sostenidos en la conservación de la biodiversidad. 1.2.4 Fortalecer el Sistema de Unidades de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre (SUMA), incorporándolas a cadenas de valor para contribuir a la conservación de la biodiversidad y mejorar los medios de vida de las comunidades locales, indígenas y afromexicanas. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 259 Estrategia 1.3 Invertir en infraestructura y tecnología para modernizar el sector forestal y alcanzar economías de escala que maximicen la producción y competitividad. Línea de acción 1.3.1 Promover la articulación de la oferta y demanda de productos forestales con la participación de actores clave para identificar necesidades de producción a nivel local y regional. 1.3.2 Promover y apoyar la ejecución de prácticas silvícolas y de manejo del hábitat, en terrenos bajo manejo forestal autorizado, para incrementar la productividad de los terrenos forestales y la conservación de la biodiversidad. 1.3.3 Fomentar la implementación de prácticas de silvicultura adaptativa que contribuyan a disminuir la vulnerabilidad de las personas y los ecosistemas al cambio climático. 1.3.4 Impulsar el establecimiento y desarrollo de plantaciones forestales comerciales, integrándolas a cadenas de valor competitivas y fomentando la asociatividad de empresas forestales comerciales, mixtas y privadas para lograr economías de escala. 1.3.5 Impulsar la diversificación productiva y de servicios a través de plantaciones forestales en sistemas agroforestales, silvopastoriles y el aprovechamiento de productos maderables y no maderables, considerando la vocación de cada territorio. 1.3.6 Fomentar el manejo forestal sustentable con actividades productivas en áreas naturales protegidas, conforme lo permita su zonificación y subzonificación. 1.3.7 Promover el desarrollo de mercados de carbono forestal nacional y el acceso a las áreas bajo manejo forestal como incentivo para incrementar productividad. 1.3.8 Fomentar proyectos de innovación tecnológica y transferencia de tecnología para impulsar el desarrollo e integración de las cadenas locales de valor que generen economías locales, sustentables y solidarias. 1.3.9 Impulsar modelos de negocio forestales que promuevan la economía circular y el aprovechamiento sustentable, con enfoque local, con inclusión y equidad de género. 1.3.10 Apoyar la integración y el desarrollo de empresas forestales comunitarias y empresas forestales de mujeres, Jóvenes y Pueblos Indígenas y Afromexicanas que permitan detonar economías de escala y el empoderamiento de los procesos productivos. Estrategia 1.4 Promover la certificación y ejecución de prácticas mejoradas de manejo forestal a través de estándares nacionales e internacionales que contribuyan a la conservación de la biodiversidad y al bienestar de las personas. Línea de acción 1.4.1 Impulsar la certificación forestal como mecanismo para la adopción e implementación de buenas prácticas de manejo forestal, bajo estándares nacionales e internacionales. 1.4.2 Apoyar el acompañamiento a las Auditorías Técnicas Preventivas (ATP), Certificación Forestal Nacional o Internacional o Auditorías Intermedias. 1.4.3 Impulsar modelo de producción y consumo responsable y el desarrollo de mercados que valoren adecuadamente los productos legales, sustentables, trazables y/o certificados y aquellos bienes y servicios generados, a través de procesos comunitarios. 1.4.4 Fomentar el financiamiento de incubadoras de negocios forestales para jóvenes y con enfoque de género, que fortalezca la permanencia de estas poblaciones y el relevo generacional en las comunidades forestales. 1.4.5 Impulsar esquemas de certificación de la industria forestal, mediante la ejecución de prácticas responsables bajo estándares internacionales. 260 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Estrategia 1.5 Promover y diversificar modelos de comercio y financiamiento que permitan el acceso oportuno a recursos económicos, financieros, de infraestructura y servicios para impulsar el manejo forestal sustentable competitivo y en beneficio de las comunidades. Línea de acción 1.5.1 Desarrollar e implementar una estrategia de movilización de financiamiento nacional e internacional que favorezca el desarrollo forestal sustentable a largo plazo. 1.5.2 Impulsar el desarrollo de instrumentos financieros adaptados al sector forestal, que impulsen el desarrollo de empresas forestales comunitarias, mixtas y privadas de mujeres, jóvenes y pueblos indígenas y afromexicanos competitivas y que promuevan la equidad e inclusión. 1.5.3 Fomentar mecanismos de financiamiento y compensación que consideren la valoración e internalización de los servicios ecosistémicos en los mercados regulados y voluntarios de bonos de carbono vinculados a las áreas de restauración y manejo forestal mejorado y las cadenas de producción. 1.5.4 Identificar fuentes de financiamiento concurrente y complementario, proveniente de instancias sociales, públicas, privadas y de fondos internacionales, buscando sinergias con otras dependencias y programas. 1.5.5 Promover la formación de microrregiones forestales mediante la articulación de ejidos y comunidades vecinas para planificar el manejo integrado del territorio, optimizar infraestructura compartida y acceder a mercados especializados. 1.5.6 Establecer plataformas de comercialización directa y justa entre productores forestales y consumidores, optimizando los canales de distribución. Objetivo 2. Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria. Estrategia 2.1 Conservar los ecosistemas forestales del país bajo el enfoque de conservación activa, basada en el uso y manejo sustentable para mantener la provisión de los servicios ambientales en beneficio de la población y del desarrollo sostenible. Línea de acción 2.1.1 Incorporar superficie de ecosistemas forestales y áreas de alto valor de biodiversidad al esquema de Pago por Servicios Ambientales en áreas prioritarias conservando la biodiversidad y los ecosistemas, así como reduciendo la vulnerabilidad al cambio climático. 2.1.2 Fortalecer y ampliar la cobertura de Pago por Servicios Ambientales a través de mecanismos de concurrencia de recursos financieros públicos y/o privados. 2.1.3 Incorporar superficie forestal en áreas con alto valor de biodiversidad y sociocultural al esquema de Fondo Patrimonial de Biodiversidad, con enfoque de conectividad. 2.1.4 Fomentar la incorporación de superficie forestal en zonas de recarga natural de acuíferos y reserva de agua, cuencas, subcuencas prioritarias al esquema de Pago por Servicios Ambientales para favorecer la gestión del recurso hídrico para uso público urbano y generación de energía. 2.1.5 Apoyar a las personas beneficiarias del Pago por Servicios Ambientales para que desarrollen actividades de diversificación productiva con enfoque de manejo integrado del paisaje, género e inclusión. 2.1.6 Fomentar mecanismos e instrumentos habilitadores para que las empresas, organizaciones, instituciones públicas y la sociedad en general, destinen recursos económicos para conservar los ecosistemas forestales y evitar el crecimiento de la frontera agropecuaria. 2.1.7 Integrar a la conservación activa en la agenda e instrumentos de política pública bajo el reconocimiento de que los servicios ambientales son bienes públicos necesarios para el desarrollo sustentable. 2.1.8 Fortalecer la colaboración con las personas usuarias de Distritos y Unidades de Riego para implementar el Pago por Servicios Ambientales para mantener la funcionalidad en las cuencas hidrológicas que abastecen las presas de almacenamiento para el riego agrícola que minimicen los efectos de la sequía. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 261 Estrategia 2.2 Integrar la visión de Conservación y el Uso Sustentable de la Biodiversidad en el Sector Forestal en el marco de la Estrategia Nacional sobre Biodiversidad de México. Línea de acción 2.2.1 Promover la producción y productividad forestal con criterios de sustentabilidad, perspectiva biocultural, de género e inclusión y enfoque de cuencas de abasto y la participación equitativa de todos los sectores sociales. 2.2.2 Promover el aprovechamiento sustentable de los recursos forrajeros de ecosistemas de selvas secas, mediante su reconocimiento y acciones de capacitación y acompañamiento técnico. 2.2.3 Propiciar la implementación de proyectos estratégicos en paisajes clave de bosques de coníferas, selvas medianas y bajas, manglares, zonas áridas y semiáridas, contribuyendo a su conservación, bajo principios de equidad e inclusión. 2.2.4 Fortalecer la participación de comunidades forestales en la implementación de los sistemas de monitoreo y evaluación comunitario implementados en la “Estrategia de integración para la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad del sector forestal”. Objetivo 3. Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social. Estrategia prioritaria 3.1 Impulsar la restauración de ecosistemas prioritarios mediante un enfoque territorial y participativo que integre criterios ambientales y sociales, priorizando las soluciones basadas en la naturaleza para la reducción de desastres naturales. Línea de acción 3.1.1 Diseñar e implementar acciones de restauración forestal, en zonas prioritarias considerando ANP, ecosistemas críticos, zonas de recarga de acuíferos, corredores biológicos y áreas representativas, integrando la visión de comunidades, mujeres, pueblos indígenas y afromexicanas y autoridades locales. 3.1.2 Implementar esquemas de restauración forestal en zonas de recarga natural de acuíferos, cuencas, subcuencas prioritarias, así como áreas afectadas por incendios forestales de muy alta y extrema severidad, y en ecosistemas sensibles al fuego donde la recuperación natural se encuentre comprometida. 3.1.3 Integrar el enfoque de adaptación y mitigación al cambio climático y reducción de riesgos, en los instrumentos de planeación y acciones de restauración forestal, con enfoque territorial, género e inclusión. 3.1.4 Apoyar la restauración de cuencas costeras prioritarias, manglares y humedales que reduzcan la vulnerabilidad de la población y ecosistemas, aumentando su capacidad de adaptación a los efectos del cambio climático; y que contribuyan a la mitigación del mismo. Estrategia prioritaria 3.2 Impulsar la restauración forestal productiva, mediante sistemas silvopastoriles y agroforestales, para aumentar la producción y productividad en ecosistemas forestales, en beneficio de las comunidades rurales, las mujeres y pueblos indígenas y afromexicanos. Línea de acción 3.2.1 Impulsar la adopción de sistemas silvopastoriles y agroforestales, mediante capacitación técnica, incentivos productivos y acompañamiento comunitario, en ecosistemas preferentemente forestales. 3.2.2 Establecer alianzas con personas con actividad ganadera, organizaciones de productores, autoridades e instituciones de financiamiento para impulsar prácticas agroforestales y silvopastoriles sustentables que garanticen la compatibilidad con la conservación y restauración de los ecosistemas forestales. 3.2.3 Diseñar e implementar programas de capacitación, con enfoque de género e inclusión, para el manejo sustentable del suelo, el agua, el uso responsable del fuego y actividades de restauración forestal productiva. 3.2.4 Promover la movilización de recursos económicos y técnicos para el desarrollo de programas de apoyo dirigidos a personas productoras de ganado para la implementación de proyectos de restauración forestal productiva para las personas productoras de ganado. 262 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Estrategia prioritaria 3.3 Fomentar la diversificación productiva y el desarrollo de cadenas de valor sostenibles, asociadas a la restauración forestal, en beneficio de comunidades rurales, mujeres, pueblos indígenas y afromexicanos que dependen de los ecosistemas forestales. Línea de acción 3.3.1 Identificar e impulsar productos forestales maderables y no maderables con potencial de valor agregado vinculados a procesos de restauración forestal en regiones prioritarias del país que contribuyan a mejorar los medios de vida de la población. 3.3.2 Impulsar modelos de negocio comunitarios que integren actividades de restauración forestal con aprovechamiento sostenible, impulsando cadenas de valor con enfoque local y comunitario y con enfoque de género e inclusión. 3.3.3 Capacitar a las personas y organizaciones comunitarias para la gestión de micro, pequeñas y medianas empresas vinculadas a la restauración forestal, en buenas prácticas de transformación, comercialización y trazabilidad, mediante alianzas con centros de educación, investigación y extensionistas rurales además de equipamiento e inclusión financiera. 3.3.4 Fortalecer las capacidades de organizaciones comunitarias para la gestión de micro, pequeñas y medianas empresas vinculadas a la restauración forestal, a través de asistencia técnica, equipamiento e inclusión financiera. 3.3.5 Establecer mecanismos de acceso preferente a mercados locales y regionales para productos derivados de la restauración forestal, a través de ferias, distintivos comunitarios y plataformas digitales promovidas por instituciones federales. 3.3.6 Impulsar esquemas de financiamiento público y mixto dirigidos a iniciativas productivas sostenibles relacionadas con la restauración forestal, priorizando proyectos liderados por mujeres, jóvenes y pueblos indígenas y afromexicanos. 3.3.7 Diseñar de un sistema nacional de monitoreo de acciones de restauración, basado en las mejoras prácticas nacionales e internacionales, con indicadores ecológicos y sociales con enfoque de diferenciado que permita optimizar el uso de recursos en los proyectos de restauración y evaluar sus resultados e impactos. Objetivo 4. Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas. Estrategia 4.1 Fortalecer acciones para reducir las emisiones por deforestación y degradación forestal, reducir la emisión de gases efecto invernadero y, aumentar los acervos de carbono forestal para contribuir a alcanzar cero emisiones netas y aumentar la capacidad de adaptación a los efectos del cambio climático. Línea de Acción 4.1.1 Implementar el enfoque de manejo integrado del territorio para la articulación efectiva de programas y acciones que frenen la deforestación y degradación forestal, e incrementen los acervos de carbono forestal para alcanzar cero emisiones netas de gases y compuestos de efecto invernadero. 4.1.2 Establecer arreglos institucionales que faciliten la articulación de programas y acciones en el territorio considerando la participación de las personas propietarias y poseedoras de terrenos forestales y agropecuarios para la reducción de emisiones de GEI y el aumento de los acervos de carbono forestal. 4.1.3 Actualizar la normativa sobre carbono y emisiones evitadas en el sector forestal para impulsar mecanismos de pago por resultados y proyectos del mercado voluntario que fortalezcan la implementación de la ENAREDD+ y aseguren la distribución equitativa de beneficios. 4.1.4 Diseñar y promover mecanismos de financiamiento flexibles, diversos, graduales y eficientes para la implementación de programas y acciones para reducir emisiones de gases efecto invernadero derivados de la deforestación y degradación forestal, la conservación e incremento de los acervos de carbono. 4.1.5 Fortalecer el sistema nacional de salvaguardas sociales y ambientales con enfoque de género e inclusión para informar sobre cómo se abordan y respetan en el marco de programas y actividades REDD+. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 263 4.1.6 Diseñar y establecer un mecanismo de certificación de cadenas de suministro de productos agropecuarios sustentable, libre de deforestación y de bajas emisiones de carbono. 4.1.7 Impulsar la participación de personas dueñas y poseedoras de terrenos forestales en mercados voluntarios de carbono, fomentando condiciones de información suficiente para todas las personas participantes e impulsando medidas para contribuir a que sean equitativos y competitivos. 4.1.8 Promover la participación en mecanismos cooperativos y de mercado de reducciones evitadas, nacionales e internacionales, cuando sea favorable para el país y para las personas que habitan los ecosistemas forestales. 4.1.9 Promover alianzas estratégicas para implementar prácticas de reconversión productiva, ganadería sustentable o regenerativa, asegurando su compatibilidad con el manejo sustentable de los ecosistemas forestales. Estrategia 4.2 Mejorar las capacidades institucionales para el monitoreo de la cobertura forestal y la contabilidad de emisiones de GEI, mediante el fortalecimiento de sistemas, enfoques metodológicos y el uso de la mejor información disponible, que contribuyan a la toma de decisiones informadas. Línea de acción 4.2.1 Fortalecer el Sistema Satelital de Monitoreo Forestal para la estimación de la deforestación bruta nacional y subnacional que sirva como indicador para el monitoreo y la evaluación de las programas y acciones implementadas para frenar la deforestación. 4.2.2 Avanzar en el desarrollo de un sistema de alertas tempranas de deforestación a escalas nacional y estatal cuya información contribuya al diseño e implementación de acciones para reducir la deforestación. 4.2.3 Apoyar a las autoridades e instituciones competentes y legalmente facultadas para realizar acciones de inspección y vigilancia ambiental y forestal, mediante la atención de solicitudes de información que contribuyan a la integración de procedimientos judiciales y administrativos para sancionar a infractores que realicen cambios de uso de suelo no autorizados. 4.2.4 Consolidar el desarrollo e implementación del instrumento de información que contribuya al cumplimiento del artículo 24 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, así como de iniciativas nacionales e internacionales similares, para impulsar la producción de bienes agropecuarios libres de deforestación. 4.2.5 Consolidar el Sistema Nacional de Medición, Reporte y Verificación para la contabilidad de las absorciones y emisiones de gases de efecto invernadero en el sector forestal y estimar la contribución de las acciones institucionales a la mitigación del cambio climático, así como para dar cumplimiento a los compromisos de reporte nacional e internacional en materia de mitigación del cambio climático. Estrategia prioritaria 4.3 Implementar el Programa de Manejo del Fuego en Ecosistemas Forestales, con el propósito de reducir la degradación de los ecosistemas forestales ocasionada por los cambios en los regímenes de fuego. Línea de acción 4.3.1 Impulsar el reconocimiento social del rol ecológico del fuego en los ecosistemas forestales, promoviendo la capacitación y difusión en el tema a fin de incrementar y fortalecer las acciones encaminadas al manejo del fuego en el país. 4.3.2 Fortalecer las acciones de coordinación interinstitucional para el manejo del fuego, promoviendo la responsabilidad compartida entre gobierno, personas propietarias y poseedores de terrenos forestales, sociedad civil organizada, centros de investigación y academia. 4.3.3 Fortalecer la participación social en el manejo del fuego, incrementando la superficie con acciones de protección contra la presencia de incendios forestales dañinos, que disminuya la presencia de incendios forestales dañinos e, incremente la superficie con manejo de combustibles. 4.3.4 Mantener y fortalecer el programa de supresión de incendios forestales dañinos, mediante el uso óptimo de la infraestructura, equipamiento y capacitación para personal profesionalizado. 264 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 4.3.5 Impulsar y fortalecer las acciones de manejo de combustibles forestales a fin de incrementar la superficie con acciones de protección contra la presencia de incendios forestales dañinos. 4.3.6 Promover la investigación aplicada para el Manejo del fuego en ecosistemas forestales a través de la Red Mexicana de Manejo del Fuego, instituciones académicas y centros de investigación. 4.3.7 Fortalecer la cooperación internacional para obtener y transferir conocimientos para el manejo del fuego, así como para promover el incremento en la capacidad de respuesta a nivel global, con enfoque de género e inclusión. 4.3.8 Diseñar e implementar, en coordinación con AGRICULTURA, la estrategia de manejo del fuego agropecuario, a fin de disminuir la presencia de incendios forestales dañinos. Estrategia prioritaria 4.4 Detectar de manera temprana y reducir las afectaciones de plagas y enfermedades forestales nativas y exóticas, a través de su manejo y control oportuno, a fin de proteger la salud de los ecosistemas forestales. Línea de acción 4.4.1 Fortalecer el sistema de alerta temprana en su componente de Conocimiento del Riesgo, para determinar las áreas geográficas que presentan las condiciones de mayor riesgo por la posible presencia de plagas y enfermedades forestales. 4.4.2 Fortalecer y promover la participación y esquemas de capacitación estandarizada de quienes intervienen en las acciones de detección, manejo y control de plagas y enfermedades forestales incluyendo a las personas propietarias y/o poseedoras de terrenos forestales. 4.4.3 Fortalecer la coordinación intra e interinstitucional en materia de sanidad forestal, para la realización de acciones coordinadas que permitan atender la problemática fitosanitaria a nivel nacional, en el ámbito de competencia de cada actor involucrado. 4.4.4 Monitorear y vigilar oportunamente las áreas con cobertura forestal, priorizando las identificadas con mayor riesgo, con la finalidad de detectar de manera temprana la presencia de plagas nativas y exóticas. 4.4.5 Promover y fomentar la generación de conocimientos, mediante el desarrollo y transferencia de tecnología, para la implementación de medidas e instrumentos de prevención, combate, manejo y control de plagas y enfermedades forestales. 4.4.6 Atender de manera oportuna y dar seguimiento al trámite de aviso de la posible presencia de plagas o enfermedades forestales, para la emisión de las notificaciones de saneamiento. 4.4.7 Fortalecer la capacidad de respuesta a nivel local para realizar acciones de saneamiento forestal. 4.4.8 Fortalecer el Sistema de Alerta Temprana mejorando la comunicación y difusión de información relevante en materia de Sanidad Forestal para las y los actores involucrados en diferentes niveles territoriales. Objetivo 5. Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión. Estrategia 5.1 Mejorar y simplificar el marco normativo y administrativo que impulse y facilite la conservación, protección, restauración y el uso sustentable de los ecosistemas forestales, favoreciendo la participación de mujeres, personas jóvenes, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Línea de acción 5.1.1 Fortalecer el marco legal y normativo que incide en el sector forestal, actualizándolo a las necesidades del sector para que sea congruente a las condiciones del territorio y simplificado para el entendimiento y cumplimiento de las personas. 5.1.2 Desarrollar acciones de mejora regulatoria, mediante la simplificación de trámites en materia forestal, que garantice su atención oportuna, reduzca los costos de transacción de las personas, brinde certeza jurídica y favorezca la legalidad en el manejo y aprovechamiento de los recursos forestales. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 265 5.1.3 Fortalecer los marcos normativos y mecanismos institucionales que reconozcan los derechos colectivos sobre los territorios forestales, atendiendo las necesidades de mujeres, personas jóvenes, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos. 5.1.4 Actualizar el marco normativo y regulatorio, reconociendo y garantizando los derechos de las mujeres en el territorio y en el desarrollo forestal sustentable. 5.1.5 Impulsar mecanismos fiscales con atención diferenciada, pertinente y simplificada para la realización de acciones de conservación, protección, restauración y uso sustentable de los recursos forestales. 5.1.6 Fortalecer, actualizar y simplificar los programas e instrumentos económicos de apoyo al sector forestal, garantizando su pertinencia cultural y el acceso preferencial a mujeres, personas jóvenes, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Estrategia 5.2 Desarrollar e impulsar mecanismos de coordinación interinstitucional, que articulen programas, acciones y recursos en el territorio rural, y aseguren una implementación eficiente, transparente, inclusiva y con enfoque de largo plazo en materia de desarrollo forestal sustentable. Línea de acción 5.2.1 Consolidar los instrumentos de coordinación interinstitucional enfocados a impulsar esquemas de manejo integrado del territorio rural, que contribuyan a la conservación y manejo de los ecosistemas forestales, así como al desarrollo de actividades productivas sustentables en el medio rural. 5.2.2 Fortalecer e impulsar la descentralización de atribuciones que mejore la coordinación y articulación entre dependencias a nivel federal, estatal y municipal en el territorio. 5.2.3 Implementar proyectos intersectoriales con enfoque integral de cuencas y acuíferos, género y derechos humanos en territorios prioritarios, que disminuyan la presión sobre los ecosistemas, la vulnerabilidad al cambio climático y contribuyan al bienestar de la población en zonas forestales. 5.2.4 Promover la interoperabilidad de sistemas de información entre dependencias y órdenes de gobierno mediante una eficaz y eficiente cooperación interinstitucional e intersectorial. 5.2.5 Impulsar mecanismos de cofinanciamiento o complementariedad para potenciar el impacto de los proyectos forestales en el territorio mediante el fortalecimiento de la cooperación interinstitucional que facilite la identificación e implementación de sinergias en el territorio. 5.2.6 Fortalecer la cooperación interinstitucional e internacional en financiamiento, cambio climático y cooperación técnica, mediante la canalización de recursos para la adopción de prácticas innovadoras orientadas al desarrollo forestal. Estrategia 5.3 Fortalecer los sistemas de gobernanza territorial a diferentes escalas, para desarrollar capacidades para la participación y toma de decisiones de las comunidades locales, indígenas y afromexicanas, así como de otras personas y actores locales relevantes, con un enfoque de igualdad sustantiva. Línea de acción 5.3.1 Impulsar el desarrollo de capacidades, con interculturalidad y perspectiva de género, dirigido a las diferentes personas que integran el sector forestal, que fortalezcan la organización, la planeación, el liderazgo local en la gestión forestal y promuevan redes comunitarias de intercambio de saberes. 5.3.2 Diseñar metodologías participativas, interculturales e inclusivas en núcleos agrarios que integren las perspectivas de los grupos históricamente excluidos en la planeación, implementación y evaluación de políticas forestales. 5.3.3 Impulsar el desarrollo de capacidades en materia de planeación y gestión del territorio en ecosistemas forestales con los tres órdenes de gobierno, para contribuir a conservar, proteger y manejar los recursos forestales, con la participación de las personas actoras del sector forestal. 5.3.4 Desarrollar mecanismos de participación social para el seguimiento, evaluación y rendición de cuentas de los programas y acciones a desarrollar mediante la difusión de esquemas de contraloría social. 266 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 5.3.5 Fortalecer capacidades locales para la detección y denuncia de afectaciones socioambientales, mediante formación en monitoreo comunitario y uso de nuevas tecnologías. 5.3.6 Diseñar e implementar protocolos comunitarios para la atención y resolución de conflictos socioambientales, basados en el diálogo intercultural, la corresponsabilidad entre personas y colectivos involucrados y el fortalecimiento de la gobernanza territorial. 5.3.7 Fortalecer los espacios regionales de gobernanza colaborativa, que articulen a comunidades, autoridades, academia y sociedad civil, en la identificación de prioridades y la formulación de políticas públicas. 5.3.8 Impulsar la implementación de criterios nacionales para la aplicación de salvaguardas sociales y ambientales, con enfoque de derechos, igualdad sustantiva y diversidad territorial en la gestión forestal. 5.3.9 Incorporar las salvaguardas sociales y ambientales en la planeación, operación y evaluación de programas forestales, como requisito obligatorio y transversal. 5.3.10 Fortalecer las capacidades técnicas e institucionales para la implementación efectiva de salvaguardas, especialmente en territorios indígenas, comunidades forestales y zonas de alta vulnerabilidad al cambio climático. Estrategia 5.4 Impulsar un modelo integral de asistencia técnica, investigación e innovación que articule saberes locales y científicos, fortalezca capacidades comunitarias y territoriales, y mejore la implementación de políticas públicas y el manejo sustentable del territorio. Línea de acción 5.4.1 Fortalecer el modelo de servicios forestales y asistencia técnica, mediante el monitoreo, evaluación y capacitación continua, incorporando saberes tradicionales, gobernanza comunitaria y enfoque de género. 5.4.2 Desarrollar competencias de las personas asesoras técnicas para mejorar su apoyo a comunidades, ejidos, Pueblos Indígenas, afromexicanos y productores forestales, considerando género, inclusión, pertinencia cultural y diálogo de saberes. 5.4.3 Integrar capacitación, innovación y tecnología, mediante la actualización participativa de las necesidades del sector, que mejoren los proyectos de conservación, restauración y manejo sostenible. 5.4.4 Fomentar redes de colaboración entre instituciones académicas, centros de investigación y actores del sector forestal para generar proyectos, innovación y transferencia tecnológica alineada con las necesidades detectadas. 5.4.5 Impulsar la investigación aplicada, innovación y tecnología con la participación activa de comunidades, ejidos, Pueblos Indígenas y afromexicanos, empresas forestales y personas productoras, incluyendo mujeres y jóvenes, para fortalecer su desarrollo sostenible. 5.4.6 Difundir conocimiento técnico, científico y tradicional de libre acceso, promoviendo el intercambio de saberes entre comunidades, universidades y actores clave para fortalecer capacidades técnicas y organizativas. Estrategia 5.5 Fortalecer el acceso equitativo a la información y la transparencia proactiva en el sector forestal, mediante el desarrollo y consolidación de sistemas de información y plataformas de monitoreo pertinentes, que fortalezcan la gobernanza, con perspectiva de género, enfoque intercultural e interseccional. Línea de acción 5.5.1 Integrar los principios de transparencia y rendición de cuentas en la gestión forestal, con enfoque territorial e intercultural, y con énfasis en la participación igualitaria de mujeres, juventudes, poblaciones indígenas y afrodescendientes y otros grupos históricamente discriminados. 5.5.2 Fortalecer las plataformas y sistemas de acceso libre a información forestal y territorial mediante el uso de formatos abiertos, accesibles y con pertinencia lingüística y cultural, que aseguren la comprensión efectiva y fortalezcan la participación ciudadana y la toma de decisiones informada e inclusiva. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 267 5.5.3 Fortalecer el sistema nacional de monitoreo forestal mediante la generación de información útil, oportuna, confiable y transparente, con desagregación por género, edad, discapacidad, afrodescendencia y población, para el diseño e implementación de políticas forestales y la toma de decisiones. 5.5.4 Fortalecer el Sistema Nacional de Monitoreo Forestal, integrando y articulando sus componentes clave para garantizar la generación y actualización de información forestal útil, oportuna, confiable y transparente que apoye el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas forestales. 5.5.5 Implementar mecanismos de transparencia participativa, mejorando la pertinencia cultural y accesibilidad, que permitan a las comunidades, mujeres, juventudes y personas mayores su empoderamiento y participación activa en la gestión de los recursos a través de mecanismos de contraloría social. 5.5.6 Fomentar procesos de monitoreo comunitario y ciudadano, mediante la capacitación inclusiva que atienda las distintas barreras y favorezca la participación de mujeres, juventudes y grupos prioritarios en la generación y análisis de información estratégica sobre los territorios forestales. 5.5.7 Fortalecer la implementación del Inventario Nacional Forestal y de Suelos con enfoque de monitoreo forestal comunitario que impulse la participación de núcleos agrarios, mujeres, juventudes y grupos prioritarios, para la generación de información estratégica sobre los ecosistemas forestales. 5.5.8 Impulsar el uso de la información de la Zonificación Forestal para apoyar el diseño e implementación de programas y acciones orientados a la conservación, restauración y manejo sustentable de los ecosistemas forestales. 5.5.9 Articular redes comunitarias, académicas, institucionales, organizaciones de mujeres y poblaciones indígenas para el seguimiento colaborativo e informado de políticas forestales, que reconozcan tradiciones y saberes ancestrales y comunitarios como fuentes legítimas de información. Estrategia 5.6 Diseñar una estrategia educativa, cultural y lingüísticamente pertinente, con enfoque de género y territorial, que fortalezca capacidades, difunda la cultura forestal y promueva la participación social corresponsable hacia el desarrollo forestal sustentable. Línea de acción 5.6.1 Implementar un programa de educación y cultura forestal que apoye la conservación, restauración y uso sostenible de los recursos, con enfoque participativo y adaptado a contextos locales. 5.6.2 Diseñar campañas en lenguas Indígenas y formatos accesibles para fomentar conciencia ambiental, diversidad cultural y manejo forestal responsable mediante el uso de medios y lenguaje pertinente. 5.6.3 Crear materiales educativos que respeten las cosmovisiones de los Pueblos Indígenas, con enfoque intercultural, de género y generacional para el manejo sostenible del entorno. 5.6.4 Mejorar la difusión sobre derechos, gobernanza y conservación mediante el uso de medios pertinentes y tecnologías accesibles para brindar información sobre, fortaleciendo la participación local. 5.6.5 Promover la comunicación participativa, mediante la generación de mensajes de las comunidades en los que se difunda información que valore sus saberes y prácticas sobre conservación y manejo forestal. 5.6.6 Promover la articulación de redes de divulgación entre comunidades, instituciones y sociedad civil, visibilizando el rol local en la gestión forestal y el intercambio de saberes. 5.6.7 Fomentar la participación comunitaria en programas de educación ambiental, desarrollando valores, ciudadanía responsable y materiales contextualizados. 5.6.8 Diseñar e implementar acciones de divulgación forestal con pertinencia cultural, favoreciendo el intercambio de conocimiento y capacidades de los actores del sector para un desarrollo sustentable. 5.6.9 Impulsar la educación y la cultura socioambiental en escuelas y comunidades, promoviendo el cuidado de la naturaleza con enfoque territorial y respeto a la diversidad. 5.6.10 Consolidar redes de divulgación de cultura forestal, impulsando la formación, profesionalización y capacidades del sector y personas interesadas. 268 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Estrategia 5.7 Impulsar la perspectiva de género e inclusión, transversalizando los derechos y saberes de mujeres, población indígena, afrodescendiente, con discapacidad, jóvenes y personas de la diversidad sexogenérica, promoviendo su participación efectiva y paritaria y fortaleciendo capacidades. Línea de acción 5.7.1 Impulsar procesos formativos integrales, fortaleciendo capacidades y habilidades de mujeres forestales y poblaciones de atención prioritaria, que contribuyan a su bienestar y participación activa, igualitaria y equitativa en el desarrollo forestal sustentable. 5.7.2 Garantizar la participación igualitaria, equitativa y paritaria de mujeres, y poblaciones de atención prioritaria en espacios de representación y toma de decisiones en distintos niveles y esquemas de gobernanza mediante acompañamiento intercultural y mecanismos afirmativos. 5.7.3 Fomentar la inclusión de las mujeres en el desarrollo forestal sustentable a través de proyectos para mujeres y acciones afirmativas, con enfoque de autonomía económica y resiliencia territorial que representen una mejora para su bienestar. 5.7.4 Diseñar e implementar acciones interculturales de comunicación y capacitación, con lenguaje accesible, pertinencia cultural, a través acciones de prevención de las violencias, que fomenten el respeto a la diversidad y visibilice el rol de las mujeres y sus saberes en el manejo forestal sustentable. Objetivo 6. Optimizar la operación institucional y territorial mediante un enfoque basado en resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas para fortalecer la gestión y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales. Estrategia 6.1 Optimizar la operación institucional y territorial, mediante un enfoque basado en resultados y participación comunitaria para fortalecer una operación efectiva, pertinente y oportuna en territorio nacional. Línea de acción 6.1.1 Optimizar la estructura organizacional mediante el rediseño de funciones y procesos, para fortalecer una operación efectiva, pertinente y oportuna en el territorio. 6.1.2 Fortalecer a través de la capacitación, las capacidades y habilidades de las personas servidoras públicas de la CONAFOR alineadas al cumplimiento de los objetivos y resultados estratégicos de la institución. 6.1.3 Impulsar el desarrollo de sistemas digitales y uso de tecnologías emergentes mediante capacitación técnica, inversión en infraestructura y colaboración interinstitucional en entidades federativas prioritarias para optimizar el uso de recursos públicos. 6.1.4 Mejorar la atención a la ciudadanía en todas las oficinas de representación estatal, mediante el fortalecimiento del equipamiento e infraestructura. 6.1.5 Fortalecer los mecanismos institucionales de comunicación, organización y distribución de funciones, mediante plataformas digitales, protocolos operativos y capacitación que agilicen la gestión y optimicen la obtención de resultados. 6.1.6 Intensificar la identificación y análisis de fuentes de financiamiento concurrentes y complementarias, fomentando sinergias con otras organizaciones, dependencias, iniciativas y programas que aumenten el acceso a mecanismos financieros diversificados que maximicen el impacto de instituciones. 6.1.7 Fortalecer la capacidad operativa y de gestión, a través de alianzas estratégicas con instituciones de enseñanza e investigación, organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil y otros agentes de desarrollo territorial, como las juntas intermunicipales. 6.1.8 Favorecer la profesionalización y mejora continua de las personas servidoras públicas de la CONAFOR, mediante el fortalecimiento de mecanismos de evaluación de desempeño Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 269 Estrategia 6.2 Impulsar una gestión integral del conocimiento institucional para fortalecer la cultura organizacional y fomente una cultura de paz y no violencia. Línea de acción 6.2.1 Establecer un sistema integral para conservar y aprovechar el conocimiento institucional, mediante la documentación sistemática de procesos, aprendizajes y buenas prácticas. 6.2.2 Fomentar el acceso a procesos y resultados de la investigación y el desarrollo tecnológico, mediante la sistematización y divulgación del conocimiento científico, la asistencia técnica y el fortalecimiento de capacidades a nivel local. 6.2.3 Desarrollar e implementar plataformas digitales y sistemas de información interactivos integrales para la gestión del conocimiento institucional, mediante el desarrollo de una estrategia Institucional de gestión del conocimiento. 6.2.4 Fortalecer e implementar mecanismos de reclutamiento, promoción y desarrollo profesional con enfoque de género que garanticen la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en todos los niveles jerárquicos de la institución. 6.2.5 Fortalecer e implementar mecanismos institucionales de prevención y atención de la violencia y el acoso sexual y laboral, que aseguren entornos laborales seguros, incluyentes y libres de impunidad para todas las personas. Estrategia 6.3 Impulsar un marco normativo habilitador de las condiciones requeridas para la obtención de resultados y objetivos estratégicos de la institución. Línea de acción 6.3.1 Impulsar la revisión, reestructuración y simplificación en la gestión de los recursos materiales, con énfasis en las necesidades del territorio y orientada a la obtención de resultados y que considere las necesidades del territorio. 6.3.2 Simplificar, digitalizar y automatizar los procesos administrativos y operativos internos para fortalecer su efectividad y alinearlos al enfoque hacia resultados. 6.3.3 Promover la actualización del marco normativo y de la política nacional e institucional, con el fin de reducir riesgos jurídicos y facilitar el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la institución. 6.3.4 Optimizar los procesos jurídicos institucionales para garantizar una atención oportuna y eficaz a las necesidades operativas y estratégicas de la institución. 6.3.5 Impulsar la simplificación y digitalización de trámites y servicios para las personas beneficiarias de los programas de la CONAFOR, facilitando el acceso y reduciendo cargas administrativas. Estrategia 6.4 Impulsar el desarrollo y fortalecimiento de sistemas de información, planeación y evaluación oportunos, pertinentes y con enfoque hacia resultados, para respaldar la toma de decisiones con base en la mejor información disponible y de fácil acceso para la ciudadanía. Línea de acción 6.4.1 Fomentar mecanismos institucionales de coordinación para la sistematización y registro de información que respalde la toma de decisiones con base en información y datos confiables, actualizados y accesibles. 6.4.2 Promover la innovación y el desarrollo de tecnologías de la información y comunicación que optimicen la operación de la CONAFOR y que faciliten la generación, acceso, uso y aprovechamiento de la información tanto por las personas servidoras públicas como por la ciudadanía. 6.4.3 Impulsar procesos de planeación estratégica integral, alineada a la capacidad operativa en el territorio, enfocada en la optimización de los recursos para incrementar el alcance y resultados de la institución. 6.4.4 Fortalecer y mejorar los sistemas para la gestión y seguimiento de la información generada sobre los subsidios que otorga la CONAFOR, que permita tener información oportuna y basta para la operación de los distintos programas de la CONAFOR. 6.4.5 Establecer sistemas de monitoreo y evaluación colaborativos con enfoque hacia resultados, que permita la mejora continua de las acciones institucionales y el desarrollo de estrategias institucionales y la comunicación efectiva de sus impactos. 6.4.6 Establecer mecanismos de seguimiento para los hallazgos de las evaluaciones realizadas, que permitan la mejora continua de los proyectos y programas de la institución. 270 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 8. Indicadores y metas Para verificar el progreso de los seis Objetivos del Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030 (PIC 2025-2030), se han planteado 13 indicadores. En ellos se ha fijado una meta específica con la cual se podrá verificar progresivamente su avance y su logro al final de la administración en 2030. Indicador 1.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 1.1. Tasa de variación de la superficie forestal bajo aprovechamiento sustentable y establecida con plantaciones forestales comerciales apoyada por la CONAFOR a nivel nacional. Objetivo Objetivo 1. Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades Definición o descripción El indicador mide la tasa de variación de la superficie, que se mantiene vigente con autorización para el aprovechamiento sustentable maderable y no maderable y la superficie establecida de plantaciones forestales comerciales del periodo 2025-2030, con relación a la superficie observada en el año de la línea base para aprovechamiento sustentable maderable y no maderable y para plantaciones forestales comerciales la acumulada establecida en el periodo 2019-2024. Derecho asociado CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Durante enero del siguiente año Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos De enero a diciembre del año a medir Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance 16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales – RHQ Comisión Nacional Forestal Método de cálculo Tasa de variación de la superficie forestal bajo aprovechamiento sustentable y establecida con plantaciones forestales comerciales apoyada por la CONAFOR a nivel nacional = [(superficie vigente con autorización Mad + NoMad en el año t + superficie establecida de PFC de 2019 al año t) - (superficie vigente con autorización Mad + NoMad en el año de la línea base + superficie establecida de PFC del periodo 2019-2024) / (superficie vigente con autorización Mad + NoMad en el año de la línea base + superficie establecida de PFC del periodo 2019-2024)] * 100 Donde: Mad: Aprovechamiento forestal maderable, apoyada de 2013 a t NoMad: Aprovechamiento forestal no maderable, apoyada de 2013 a t PFC: plantaciones forestales comerciales y agroforestales Observaciones - APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Superficie vigente con autorización Mad + NoMad en el año t Valor variable 1 3,836,750.83 hectáreas Desglose: Maderable: 3,080,458.20 hectáreas No Maderable: 756,292.62 hectáreas Fuente de información variable 1 CONAFOR – Coordinación General de Producción y Productividad (CGPP) Nombre variable 2 Superficie vigente con autorización Mad + NoMad en el año de la línea base Valor variable 2 3,836,750.83 hectáreas Desglose: Maderable: 3,080,458.20 hectáreas No Maderable: 756,292.62 hectáreas Fuente de información variable 2 CONAFOR - CGPP Nombre variable 3 Superficie establecida de PFC de 2019 al año t Valor variable 3 24,297.36 hectáreas Fuente de información variable 3 CONAFOR -CGPP Nombre variable 4 Superficie establecida de PFC del periodo 2019-2024 Valor variable 4 24,297.36 hectáreas Fuente de información variable 4 CONAFOR - CGPP Sustitución en método de cálculo Tasa de variación de la superficie forestal bajo aprovechamiento sustentable y establecida con plantaciones forestales comerciales apoyada por la CONAFOR a nivel nacional = [((3,836,750.83+24,297.36) – (3,836,750.83+24,297.36)) / (3,836,750.83+24,297.36)] * 100 = 0 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 0% La superficie apoyada por CONAFOR de 2013 a 2024 que cuentan con autorización vigente es de 3,836,750.83 hectáreas y la establecida de PFC es de 24,297.36 hectáreas, en total 3,861,048.19 hectáreas. La tasa de variación parte de cero por ciento. Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 30.13% La meta considera lograr incrementar la superficie forestal con aprovechamiento sustentable en un 30%, es decir pasar 3.8 millones de hectáreas vigentes en 2024 a 4.9 millones de hectáreas en el 2030 y la de PFC en un 50%, es decir pasar 24,297.36 hectáreas establecidas de PFC del periodo 2019 – 2024, a pasar a 36,447.36 hectáreas establecidas para el periodo 2019-2030. En total, por ambos esquemas, la meta considera incrementar la superficie en un 30.13%, es decir pasar de 3,861,048.19 hectáreas a 5,024,223.43 hectáreas en 2030. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA 0% METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 6.87% 10.81% 14.74% 19.98% 25.21% 30.13% Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 271 Indicador 1.2 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 1.2. Tasa de variación de la superficie forestal certificada en el buen manejo forestal a nivel nacional. Objetivo Objetivo 1. Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades. Definición o descripción El indicador mide la variación en porcentaje de la superficie con certificación forestal vigente en el periodo 2025 al 2030 con relación a la superficie forestal con certificación forestal vigente al año 2024. La superficie certificada puede estar bajo los estándares promovidos por la CONAFOR el Forest Stewardship Council (FSC), Norma Nacional o bajo Auditoría Técnica Preventiva. Derecho asociado CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Durante enero del siguiente año a medir Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos De enero a diciembre del año Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance 16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales RHQ Comisión Nacional Forestal Método de cálculo Tasa de variación de la superficie forestal certificada en el buen manejo forestal a nivel nacional = [(superficie forestal certificada vigente en el año t) - (superficie forestal certificada vigente en el año de línea base ) / (superficie forestal certificada vigente en el año de línea base )] * 100 Observaciones - APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Superficie forestal certificada vigente en el año t Valor variable 1 2,036,580 hectáreas Fuente de información variable 1 CONAFOR -CGPP Nombre variable 2 Superficie forestal certificada vigente en el año de línea base Valor variable 2 2,036,580 hectáreas Fuente de información variable 2 CONAFOR - CGPP Sustitución en método de cálculo Tasa de variación de la superficie forestal certificada en el buen manejo forestal a nivel nacional = [(2,036,580 – 2,036,580) / (2,036,580)] * 100 = 0 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 0% La superficie forestal certificada vigente al cierre de 2024 fue de 2.036 millones de hectáreas. La tasa de variación es de cero por ciento dado que parte de 2024. Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 71.86% La meta estimada considera incrementar la superficie en un 71.86%, es decir pasar 2.03 millones de hectáreas vigentes en 2024 a pasar a 3.5 millones de hectáreas en el 2030. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA 0% METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 3.11% 17.84% 32.58% 42.40% 52.22% 71.86% 272 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Indicador 2.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 2.1. Tasa de variación de la superficie vigente con Pago por Servicios Ambientales a nivel nacional. Objetivo Objetivo 2. Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria. Definición o descripción El indicador mide la tasa de variación de la superficie que se mantiene vigente con PSA con relación al año de línea base. Derecho asociado CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Enero del año siguiente. Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos De enero a diciembre del año a medir Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance 16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales RHQ Comisión Nacional Forestal Método de cálculo Tasa de variación de la superficie vigente con Pago por Servicios Ambientales (PSA) a nivel nacional = [(superficie vigente con PSA en el año t) - (superficie vigente con PSA en el año de línea base) / (superficie vigente con PSA en el año de línea base)] * 100 Observaciones - APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Superficie vigente con PSA en el año t Valor variable 1 1,645,868 Fuente de información variable 1 CONAFOR- Coordinación General de Conservación y Restauración (CGCR) Nombre variable 2 Superficie vigente con PSA en el año de línea base Valor variable 2 1,645,868 Fuente de información variable 2 CONAFOR-CGCR Sustitución en método de cálculo Tasa de variación de la superficie vigente con PSA a nivel nacional = [(1,645,868 – 1,645,868) / (1,645,868)] * 100 = 0 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 0% La superficie vigente con PSA al cierre de 2024 fue de 1.64 millones de hectáreas. La tasa de variación es de cero dado que parte de 2024. Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 29.73% La meta considera la proyección de lograr pasar de 1.64 millones de hectáreas registradas en 2024 a pasar a 2.13 millones de hectáreas vigentes en 2030. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 ND ND ND ND ND ND 0% METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 4.95% 9.91% 14.86% 19.82% 24.77% 29.73% Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 273 Indicador 2.2 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 2.2. Porcentaje de superficie prioritaria incorporada al Pago por Servicios Ambientales a nivel nacional. Objetivo Objetivo 2. Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria. Definición o descripción El indicador mide el porcentaje de superficie incorporada al PSA para el periodo 2024-2030 respecto a la prioritaria para el PSA. Derecho asociado CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado Disponibilidad de la información Enero del año siguiente. Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos De enero a diciembre del año a medir Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance 16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales RHQ Comisión Nacional Forestal Método de cálculo Porcentaje de superficie prioritaria incorporada al Pago por Servicios Ambientales a nivel nacional = (Superficie incorporada al PSA en el periodo 2024 al año t) / (Superficie prioritaria para el PSA) * 100 Observaciones - APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Superficie incorporada al PSA en el periodo 2024 al año t Valor variable 1 342,519 Fuente de información variable 1 CONAFOR- Coordinación General de Conservación y Restauración (CGCR) Nombre variable 2 Superficie prioritaria para el PSA Valor variable 2 11,348,654 Fuente de información variable 2 CONAFOR-CGCR Sustitución en método de cálculo Porcentaje de superficie prioritaria incorporada al Pago por Servicios Ambientales a nivel nacional = (342,519) / (11,348,654) * 100 = 3.0 % VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 3.0% - Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 30.8% La meta considera la proyección de lograr incorporar al PSA el 30.8% de la superficie prioritaria para el PSA partiendo de 2024. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 ND ND ND ND ND ND 3.0% METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 6.5% 11.4% 16.2% 21.1% 25.9% 30.8% 274 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Indicador 3.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 3.1. Porcentaje de superficie prioritaria con acciones de restauración forestal a nivel nacional. Objetivo Objetivo 3.- Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social. Definición o descripción Mide el porcentaje de hectáreas atendidas con acciones de restauración forestal en cuencas, microcuencas y ecosistemas estratégicos con enfoque de manejo integrado del territorio respecto a la superficie potencial definida. Derecho asociado CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado Disponibilidad de la información Enero del año siguiente. Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos De enero a diciembre del año a medir Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance 16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales RHQ Comisión Nacional Forestal Método de cálculo Porcentaje de superficie prioritaria con acciones de restauración forestal a nivel nacional = [(Total de hectáreas con acciones de restauración forestal en el periodo de 2019 al año t)/(Total de hectáreas potenciales de atención mediante acciones de restauración forestal)]*100 Observaciones - APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Total de hectáreas con acciones de restauración forestal en el periodo de 2019 al año t Valor variable 1 184,944.31 hectáreas Fuente de información variable 1 CONAFOR- Coordinación General de Conservación y Restauración (CGCR) Nombre variable 2 Total de hectáreas potenciales de atención mediante acciones de restauración forestal Valor variable 2 12,000,000 hectáreas Fuente de información variable 2 CONAFOR-CGCR Sustitución en método de cálculo Porcentaje de superficie prioritaria con acciones de restauración forestal a nivel nacional = [(184,944.31) / (12,000,000)] * 100 = 1.54% VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 1.54% Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 2.37% La meta considera la proyección de lograr pasar de 184,944.31 de hectáreas con acciones de restauración a pasar a 284,944.31 hectáreas en el 2030 (incremento de 100 mil hectáreas respecto al año base) SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 0% 0.76% 0.85% 1.02% 1.13% 1.34% 1.54% METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.71% 1.87% 2.04% 2.21% 2.33% 2.37% Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 275 Indicador 3.2 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 3.2. Porcentaje de superficie con acciones de restauración forestal para fomentar la reconversión productiva en áreas de uso agropecuario en ecosistemas prioritarios a nivel nacional. Objetivo Objetivo 3.- Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social. Definición o descripción Mide el porcentaje de hectáreas atendidas con acciones de restauración forestal en cuencas, microcuencas y ecosistemas prioritarios en terrenos que actualmente tengan un uso agropecuario y que su vocación original es forestal o preferentemente forestal, con el propósito de restablecer la cobertura forestal e incrementar bienes y servicios ambientales. Derecho asociado CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado Disponibilidad de la información Enero del año siguiente. Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos De enero a diciembre del año a medir Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance 16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales RHQ Comisión Nacional Forestal Método de cálculo Porcentaje de superficie con acciones de restauración forestal para fomentar la reconversión productiva en áreas de uso agropecuario en ecosistemas prioritarios a nivel nacional = [(Total de hectáreas con reconversión productiva de 2019 al año t) / (Total de hectáreas potenciales para realizar acciones de reconversión productiva en ecosistemas prioritarios)] * 100 Observaciones - APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Total de hectáreas con reconversión productiva de 2019 al año t Valor variable 1 52,404.89 hectáreas Fuente de información variable 1 CONAFOR- Coordinación General de Conservación y Restauración (CGCR) Nombre variable 2 Total de hectáreas potenciales para realizar acciones de reconversión productiva en ecosistemas prioritarios Valor variable 2 2,100,000 hectáreas Fuente de información variable 2 CONAFOR-CGCR Sustitución en método de cálculo Porcentaje de superficie con acciones de restauración forestal para fomentar la reconversión productiva en áreas de uso agropecuario en ecosistemas prioritarios a nivel nacional = [(52,404.89) / (2,100,000)] * 100 = 2.50% VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 2.50% Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 3.77% La meta considera la proyección de lograr pasar de 52,404.89 hectáreas registrados en 2024 a pasar a 79,154.89 hectáreas en el 2030 (incremente de 26,750 hectáreas) SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 0% 0% 1.32% 1.59% 1.85% 2.23% 2.50% METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2.70% 2.91% 3.13% 3.34% 3.55% 3.77% 276 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Indicador 4.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 4.1. Porcentaje de ecosistemas forestales protegidos frente a incendios forestales dañinos, según la clasificación de su respuesta a los regímenes de fuego a nivel nacional. Objetivo Objetivo 4. Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas. Definición o descripción El indicador mide el porcentaje de la superficie de ecosistemas forestales protegidos frente a los incendios forestales dañinos, según su régimen de respuesta al fuego con relación a la superficie total de ecosistemas forestales del país, considerando que dentro de un régimen sensible al fuego se presenta un daño mayor al ecosistema forestal en comparación con los demás regímenes de respuesta al fuego. Derecho asociado CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Durante el mes de enero del siguiente año a medir Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos Enero - Diciembre Tendencia esperada Constante Unidad responsable de reportar el avance 16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales - RHQ Comisión Nacional Forestal Método de cálculo Porcentaje de ecosistemas forestales protegidos frente a incendios forestales dañinos, según la clasificación de su respuesta a los regímenes de fuego = (Superficie de ecosistemas sensibles al fuego sin ocurrencia de incendios forestales en el año t + Superficie de ecosistemas dependientes, independientes, influidos y especiales sin ocurrencia de incendios forestales en el año t + Superficie de ecosistemas dependientes, independientes, influidos y especiales con ocurrencia de incendios forestales no dañinos en el año t) / (Superficie total de ecosistemas forestales del país.) *100 Observaciones Los ecosistemas sensibles al fuego son aquellos que sufren daños considerables cuando se presenta un incendio forestal, por lo cual posterior al incendio, es probable que se tengan que realizar actividades de restauración, en contraparte, el resto de los ecosistemas no presentan la misma afectación después de un incendio forestal y se regeneran naturalmente, únicamente se consideran efectos dañinos cuando se presenta una intensidad calórica muy alta y extrema (mayor a 750 MW/Km2) APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Superficie de ecosistemas sensibles al fuego sin ocurrencia de incendios forestales en el año t Valor variable 1 40,216,529 Fuente de información variable 1 CONAFOR - Coordinación General de Conservación y Restauración (CGCR) Nombre variable 2 Superficie de ecosistemas dependientes, independientes, influidos y especiales sin ocurrencia de incendios forestales en el año t Valor variable 2 96,806,484 Fuente de información variable 2 CONAFOR - CGCR Nombre de la variable 3 Superficie de ecosistemas dependientes, independientes, influidos y especiales con ocurrencia de incendios forestales no dañinos en el año t Valor variable 3 1,375,406 Fuente de información variable 3 CONAFOR - CGCR Nombre variable 4 Superficie total de ecosistemas forestales del país Valor variable 4 138,695,229.8 Fuente de información variable 4 CONAFOR GSNMF Sustitución en método de cálculo Porcentaje de ecosistemas forestales protegidos frente a incendios forestales dañinos, según la clasificación de su respuesta a los regímenes de fuego = [(40,216,529 + 96,806,484 + 1,375,406) / (138,695,229.8)] × 100 = 99.79% VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 99.79% El parámetro se obtiene derivado del análisis sobre la superficie quemada en ecosistemas sensibles al fuego, más la superficie quemada en ecosistemas dependientes, independientes, influidos y especiales sin afectación de acuerdo la intensidad calórica observada en los incendios, utilizando los datos estadísticos generados por las Oficinas de Representación Estatal de las 32 entidades federativas y validada por la Gerencia de Manejo del Fuego; más la información arrojada por el Sistema de Predicción de Peligro de Incendios Forestales. Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 99.80% La meta considera la estrategia de manejo del fuego, la predicción de superficie protegida de ecosistemas sensibles al fuego, la predicción de la superficie protegida de ecosistemas dependientes, independientes, influidos y especiales, así como la proyección de pasar de 99.79% en 2024 a 99.80% en 2030. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA 99.79% METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 99.80% 99.80% 99.80% 99.80% 99.80% 99.80% Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 277 Indicador 4.2 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 4.2. Porcentaje de superficie con vegetación forestal sin notificación de saneamiento a nivel nacional. Objetivo Objetivo 4.- Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas. Definición o descripción El indicador mide el porcentaje de la superficie forestal sin notificación de saneamiento por plagas o enfermedades forestales al año t, respecto al total de la superficie de vegetación forestal de bosques, selvas, matorral xerófilo y manglar del país. Derecho asociado CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Enero del año siguiente. Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos De enero a diciembre del año a medir Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance 16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales RHQ Comisión Nacional Forestal Método de cálculo Porcentaje de superficie con vegetación forestal sin notificación de saneamiento a nivel nacional = [Superficie con vegetación forestal de bosques, selvas, matorral xerófilo y manglar sin notificación de saneamiento en el año t) / Superficie total con vegetación forestal de bosques, selvas, matorral xerófilo y manglar)]*100 Observaciones Hasta 2024 se consideró un denominador de 121,471,576.51 hectáreas ya que la estimación consideró las formaciones vegetales de interés para la variable con base en la Carta de Uso de Suelo y Vegetación de INEGI Serie VI. A partir de 2025 se considerarán las formaciones vegetales de interés para la variable con base en la Carta de Uso de Suelo y Vegetación de INEGI Serie VII, 2018 APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Superficie con vegetación forestal de bosques, selvas, matorral xerófilo y manglar sin notificación de saneamiento en el año t Valor variable 1 121,383,931.33 Fuente de información variable 1 CONAFOR – Coordinación General de Conservación y Restauración (CGCR) Nombre variable 2 Superficie total con vegetación forestal de bosques, selvas, matorral xerófilo y manglar Valor variable 2 121,471,576.51 Fuente de información variable 2 CONAFOR - CGCR Sustitución en método de cálculo (121,383,931.33) / (121,471,576.51) * 100 = 99.928% VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 99.928% - Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 99.939% La meta implica que se espera contar con el 99.939% de la superficie de bosques, selvas, matorral xerófilo y manglar sin notificación de saneamiento, respecto a las formaciones vegetales de interés para la variable con base en la Carta de Uso de Suelo y Vegetación de INEGI Serie VII, 2018, que se estima en 122,631,953.13 hectáreas. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 ND 99.96% 99.963% 99.957% 99.952% 99.941% 99.928% METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 99.931% 99.935% 99.935% 99.935% 99.939% 99.939% 278 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Indicador 5.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 5.1. Índice de Participación Social y Ciudadana en el Sector Forestal (IIPS) a nivel nacional. Objetivo Objetivo 5. Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión. Definición o descripción El IPSC es una medida estadística diseñada para observar la variación de las acciones de sector forestal en las que se involucra a la ciudadanía. Su objetivo es medir la participación informada y activa de la sociedad, y su apego a los principios de inclusión, igualdad y equidad. Derecho asociado CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Enero del año siguiente. Unidad de medida Índice Periodo de recolección de los datos De enero a diciembre del año a medir Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance 16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales RHQ Comisión Nacional Forestal Método de cálculo IPSC= (suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría de participación social y ciudadana) (0.45) + (la suma del valor ponderado de las variables de la categoría atención ciudadana) (0.30) + (la suma del valor ponderado de las variables participación incluyente) (0.25) Observaciones El índice incluye 28 indicadores, agrupados en tres categorías y 11 subíndices. Cada categoría, subíndice e indicador tienen un peso ponderado. APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría de participación social y ciudadana Valor variable 1 39.1122 Fuente de información variable 1 CONAFOR – Coordinación General de Desarrollo Institucional y Proyectos Especiales (CGDIPEE) -Unidad de Operación Regional (UOR) Nombre variable 2 Suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría de atención ciudadana Valor variable 2 79 Fuente de información variable 2 CONAFOR – CGDIPE -UOR Nombre variable 3 Suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría de participación incluyente Valor variable 3 96.235 Fuente de información variable 3 CONAFOR – CGDIPE -UOR Sustitución en método de cálculo IIPS = (39.1122)*0.45+(79)*0.3+(96.235)*0.25 = 65.36 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 65.36 - Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 90 Se espera llegar en 2030 a una meta de 90 en el IIPS. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 21.53 48.75 49.78 61.77 71.65 65.68 65.36 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 65.36 70.29 75.22 80.15 85.08 90.00 Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 279 Indicador 5.2 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 5.2. Índice de gestión territorial en el sector forestal a nivel nacional. Objetivo Objetivo 5. Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión. Definición o descripción Este Índice evalúa la capacidad operativa de las Oficinas de Representación Estatal (ORE), con base en su coordinación con actores del territorio, la disponibilidad de recursos, la eficiencia en la gestión de subsidios y su contribución al cumplimiento de metas institucionales Derecho asociado CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Periódico Disponibilidad de la información Enero del año siguiente. Unidad de medida Índice Periodo de recolección de los datos De enero a diciembre del año a medir Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance 16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales RHQ Comisión Nacional Forestal Método de cálculo Índice de gestión territorial en el sector forestal a nivel nacional = (suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría de Coordinación sobre el territorio) (0.3) + (la suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría Adecuaciones estructurales de recursos humanos y materiales) (0.2) + (la suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría Gestión de Subsidios) (0.2) + (la suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría Contribución a las metas Institucionales) (0.3) Observaciones El índice incluye 4 variables y 14 subvariables, cada una tienen un peso ponderado. APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría de Coordinación sobre el territorio Valor variable 1 83.21 Fuente de información variable 1 CGDIPE-UOR CGCR y CGPP Nombre variable 2 Suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría de Adecuaciones estructurales de recursos humanos y materiales Valor variable 2 97.54 Fuente de información variable 2 CGDIPE-UOR UAF Nombre variable 3 Suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría de Gestión de Subsidios Valor variable 3 97.58 Fuente de información variable 3 CGDIPE-UOR CGCR y CGPP Nombre variable 4 Suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría de Contribución a las metas Institucionales Valor variable 4 93.00 Fuente de información variable 4 CGDIPE-UOR CGPI-GPE Sustitución en método de cálculo Índice de gestión territorial en el sector forestal a nivel nacional = (83.21)*0.3 + (97.54)*0.2 + (97.58)*0.2 + (93.00)*0.3 = 91.89 VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 91.89 - Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 94.28 El cumplimiento de la meta se verá influenciado por factores externos, concretamente con la disponibilidad de plazas autorizadas y recursos financieros para la operación de oficinas. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA 91.89 METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 91.94 92.26 92.49 92.83 93.85 94.28 280 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Indicador 6.1 ELEMENTOS DEL INDICADOR Nombre 6.1. Porcentaje de procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la CONAFOR. Objetivo Objetivo 6. Optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño institucional mediante un enfoque basado en resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas. Definición o descripción El indicador mide el porcentaje de procesos simplificados o sistematizados respecto a los proyectados a realizar. Derecho asociado CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano Nivel de desagregación Nacional Periodicidad o frecuencia de medición Anual Acumulado o periódico Acumulado Disponibilidad de la información En el primer bimestre del siguiente año de reporte Unidad de medida Porcentaje Periodo de recolección de los datos De enero a diciembre del año. Tendencia esperada Ascendente Unidad responsable de reportar el avance 16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales RHQ Comisión Nacional Forestal Método de cálculo Porcentaje de procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la CONAFOR = (Procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la CONAFOR realizados al año t) / (Procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la CONAFOR proyectados) * 100 Observaciones - APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE Nombre variable 1 Procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la CONAFOR realizados al año t Valor variable 1 0 Fuente de información variable 1 CONAFOR – Unidad de Administración y Finanzas (UAF) Nombre variable 2 Procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la CONAFOR proyectados Valor variable 2 20 Fuente de información variable 2 CONAFOR - UAF Sustitución en método de cálculo Porcentaje de procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la CONAFOR = ( 0 ) / ( 20 ) * 100 = 0% VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS Línea base Nota sobre la línea base Valor 0% - Año 2024 Meta 2030 Nota sobre la meta 2030 100% Se alcanzaría un total de 20 procesos simplificados o sistematizados, los avances se observarán a partir de 2026. No existen antecedentes en años anteriores. SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 NA NA NA NA NA NA 0% METAS 2025 2026 2027 2028 2029 2030 0% 20% 40% 60% 80% 100% Quien suscribe, como Director General de la Comisión Nacional Forestal expreso que el presente Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030, fue formulado por este organismo público descentralizado, presentado y aprobado por su Junta de Gobierno en su tercera sesión ordinaria celebrada el 7 de octubre de 2025, mismo órgano de gobierno que es presidido por la Titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales como dependencia coordinadora de sector, lo anterior en términos de los 58 fracción II, 59 fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 29 tercer párrafo de la Ley de Planeación y 15, 18, 20 fracciones I y II de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Zapopan, Jalisco a 10 de octubre de 2025.- Director General de la Comisión Nacional Forestal, Sergio H. Graf Montero.- Rúbrica. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 281 BANCO DE MEXICO TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2025, Año de la Mujer Indígena''. TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $18.5947 M.N. (dieciocho pesos con cinco mil novecientos cuarenta y siete diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A. La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país. Atentamente, Ciudad de México, a 5 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica. TASAS de interés interbancarias de equilibrio. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena". TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10o. del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días obtenida el día de hoy, fue de 7.7712%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.8209%; y a plazo de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.8936%. Ciudad de México, a 5 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica. TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena". TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10o. del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda nacional determinada el día de hoy, fue de 7.51 por ciento. Ciudad de México, a 4 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica. 282 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 EQUIVALENCIA de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América, correspondiente al mes de octubre de 2025. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena". EQUIVALENCIA DE LAS MONEDAS DE DIVERSOS PAÍSES CON EL DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, CORRESPONDIENTE AL MES DE OCTUBRE DE 2025 El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o., 10, 17 y 19 del Reglamento Interior del Banco de México, así como Segundo, fracciones VI y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México y de conformidad con lo señalado en el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación, da a conocer para efectos fiscales la cotización de las monedas de diversos países contra el dólar de los EE.UU.A., observada en los mercados internacionales. Las monedas de los países que se listan corresponden: i) a los principales socios comerciales de México, tanto en exportaciones como en importaciones, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)1*, ii) a las divisas más operadas en el mercado de cambios a nivel mundial, de conformidad con la encuesta oficial publicada por el Banco de Pagos Internacionales (BIS)2** y iii) a las divisas solicitadas a este Instituto Central para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. País 1/ Moneda Equivalencia de la moneda extranjera oct-2025 en dólares de los E.E.U.U.A Arabia Saudita Riyal 0.26660 Argelia Dinar 0.00770 Argentina Peso 0.00070 Australia Dólar 0.65505 Bahamas Dólar 1.00000 Barbados Dólar 0.50000 Belice Dólar 0.50000 Bermuda Dólar 1.00000 Bolivia Boliviano 0.14500 Brasil Real 0.18550 Canadá Dólar 0.71380 Chile Peso 0.00106 China Yuan continental 0.14048 China Yuan extracontinental 2/ 0.14040 Colombia Peso 3/ 0.25889 Corea del Sur Won 3/ 0.69960 Costa Rica Colón 0.00199 Cuba Peso 0.04170 Dinamarca Corona 0.15446 Ecuador Dólar 1.00000 Egipto Libra 0.02120 El Salvador Colón 0.11430 Emiratos Árabes Unidos Dirham 0.27230 Estados Unidos de América Dólar 1.00000 Federación Rusa Rublo 0.01236 Fiyi Dólar 0.43760 Filipinas Peso 0.01702 Gran Bretaña Libra esterlina 1.31240 Guatemala Quetzal 0.13050 Guyana Dólar 0.00478 Honduras Lempira 0.03810 Hong Kong Dólar 0.12869 1* Conforme a los datos publicados por el INEGI se consideró el promedio de las importaciones y exportaciones de México de los últimos cinco años. 2** De acuerdo a la Encuesta Trienal de Bancos Centrales realizada por el Banco de Pagos Internacionales (BIS) durante abril de 2022 y publicada en octubre del mismo año. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 283 País 1/ Moneda Equivalencia de la moneda extranjera oct-2025 en dólares de los E.E.U.U.A Hungría Florín 0.00297 India Rupia 0.01127 Indonesia Rupia 3/ 0.06013 Irak Dinar 0.00076 Israel Shekel 0.30754 Jamaica Dólar 0.00626 Japón Yen 0.00650 Kenia Chelín 0.00770 Kuwait Dinar 3.25810 Malasia Ringgit 0.23870 Marruecos Dirham 0.10750 Nicaragua Córdoba 0.02720 Nigeria Naira 0.00070 Noruega Corona 0.09890 Nueva Zelanda Dólar 0.57300 Panamá Balboa 1.00000 Paraguay Guaraní 3/ 0.14100 Perú Sol 0.29592 Polonia Esloti 0.27090 Puerto Rico Dólar 1.00000 Rep. Checa Corona 0.04739 Rep. de Sudáfrica Rand 0.05759 Rep. Dominicana Peso 0.01557 Rumania Leu 0.22680 Singapur Dólar 0.76820 Suecia Corona 0.10544 Suiza Franco 1.24440 Tailandia Baht 0.03091 Taiwán Nuevo dólar 0.03254 Trinidad y Tobago Dólar 0.14820 Turquía Lira 0.02378 Ucrania Hryvnia 0.02380 Unión Monetaria Europea Euro 4/ 1.15350 Uruguay Peso 0.02510 Venezuela Bolívar digital 5/ 0.00455 Vietnam Dong 3/ 0.03801 Derecho Especial de Giro DEG 1.35839 1/ El nombre con el que se mencionan los países no necesariamente coincide con su nombre oficial y se listan sin perjuicio del reconocimiento que en su caso se les otorgue como país independiente. 2/ Corresponde al tipo de cambio cuya cotización es realizada fuera de China continental. 3/ El tipo de cambio está expresado en dólares por mil unidades domésticas. 4/ Los países que utilizan el euro como moneda son: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos y Portugal. 5/ A partir del 1 de octubre de 2021 el bolívar soberano fue sustituido por el bolívar digital. Para cotizaciones anteriores a esta fecha, el tipo de cambio está expresado en dólares por millón de unidades domésticas. Ciudad de México, a 31 de octubre de 2025.- BANCO DE MEXICO: Gerente de Operaciones Internacionales, Lic. Ximena Alfarache Morales.- Rúbrica.- Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Subgerente de Inversiones y Futuros Financieros, Lic. Bárbara Martínez Licón.- Rúbrica. 284 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-24-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://compranet.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 5387 5212 y 5395 7943 del 3 de noviembre al 8 de diciembre de 2025. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-24-2026 Objeto de la Licitación. “Mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos de la Cmcia. del CE.NA.VI. del E.M.C.D.N.”. Fecha de Publicación. 3/11/2025. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 11/11/2025, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 18/11/2025, 08:00 horas Fallo. 8/12/2025, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570136) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-25-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://compranet.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 5387 5212 y 5395 7943 del 3 de noviembre al 8 de diciembre de 2025. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-25-2026 Objeto de la Licitación. “Servicio de mantenimiento integral a la subestación eléctrica elevadora del Parque Eólico SEDENA”. Fecha de Publicación. 3/11/2025. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 11/11/2025, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 18/11/2025, 08:00 horas Fallo. 8/12/2025, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570137) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 285 SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-28-2026 cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://compranet.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 5387 5212 y 5395 7943 del 4 de noviembre al 9 de diciembre de 2025. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-28-2026 Objeto de la Licitación. “Servicio de mantenimiento a equipos industriales del Centro de Mezclas”. Fecha de Publicación. 4/11/2025. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 12/11/2025, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 19/11/2025, 08:00 horas Fallo. 9/12/2025, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570146) SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-29-202 6cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet http://compranet.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos: 5387 5212 y 5395 7943 del 4 de noviembre al 9 de diciembre de 2025. No. de Licitación. LA-07-110-007000999-N-29-2026 Objeto de la Licitación. “Servicio de mantenimiento a equipo de porteo de las 12 RR.MM.”. Fecha de Publicación. 4/11/2025. Visita a Instalaciones. No hay visita a instalaciones. Junta de Aclaraciones. 12/11/2025, 08:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones. 19/11/2025, 08:00 horas Fallo. 9/12/2025, 11:00 horas LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025. SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON. JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS ADIN ABED PASTRANA CRUZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570145) 286 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica, número LA-48-E00-048E00995-N-1254-2025, cuya convocatoria contiene las bases de participación, disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en el domicilio de la Convocante en Av. Juárez No. 101, piso 16, Colonia Centro Histórico, C.P. 06040, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, tel.: 1000-4622 ext. 1662 y 1603, los días lunes a viernes del año en curso de las 9:00 a 18:00 horas conforme a lo siguiente: Descripción de la licitación ADQUISICION DE UN SISTEMA DE ADMINISTRACION ESCOLAR PARA LAS ESCUELAS Y CENTROS DE INVESTIGACION ARTISTICAS, DEPENDIENTES DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE EDUCACION E INVESTIGACION ARTISTICAS, ASI COMO AQUELLAS CON CONVENIO CON EL INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 03 de noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 07 de noviembre de 2025 a las 10:00 horas Entrega de Muestras No aplica Presentación y apertura de proposiciones 13 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas Fecha de notificación de fallo 18 de noviembre de 2025 a las 13:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE NOVIEMBRE DE 2025. COORDINADORA DE RECURSOS MATERIALES VIRIDIANA REYES ZAMORANO RUBRICA. (R.- 570115) COMISION NACIONAL FORESTAL UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES De conformidad con lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, relativo a la obligación de publicar la información sobre el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, ésta Comisión Nacional Forestal ubicada en Periférico Poniente número 5360, Código Postal 45019, Colonia San Juan de Ocotán, Zapopan, Jalisco, Teléfono: (0133)3777-7000 ext. 3331 y 3339, hace del conocimiento lo siguiente: Con fecha del 12 de Septiembre de 2025, se notificó el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados número LA-16-RHQ-016RHQ001-T-212-2025, referente a la “ADQUISICION E INSTALACION DE SISTEMA FOTOVOLTAICO INTERCONECTADO PARA EL EDIFICIO RAMON CARDOZA EN LAS OFICINAS CENTRALES DE LA CONAFOR” con los siguientes datos: LICITANTE DOMICILIO DEL LICITANTE PARTIDA ADJUDICADA MONTO ADJUDICADO Corf Maquinaria y Construcción, S.A. de C.V. Buenos Aires #8, Colonia: Valle de la Providencia, C.P. 45200, Zapopan, Jalisco 1 Monto de $3, 387,930.84 (Tres millones trescientos ochenta y siete mil novecientos treinta pesos 84/100 M.N.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA). ZAPOPAN, JALISCO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES C. EVA GUADALUPE BARRIOS GONZALEZ RUBRICA. (R.- 570095) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 287 COMISION NACIONAL FORESTAL UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES De conformidad con lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, relativo a la obligación de publicar la información sobre el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, ésta Comisión Nacional Forestal ubicada en Periférico Poniente número 5360, Código Postal 45019, Colonia San Juan de Ocotán, Zapopan, Jalisco, Teléfono: (0133)3777-7000 ext. 3331 y 3339, hace del conocimiento lo siguiente: Con fecha del 01 de Octubre de 2025, se notificó el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados número LA-16-RHQ-016RHQ001-T-216-2025, referente a la “ADQUISICION DE INSUMOS PARA LA VIGILANCIA DE PLAGAS EXOTICAS Y NATIVAS” con los siguientes datos: LICITANTE DOMICILIO DEL LICITANTE PARTIDAS ADJUDICADAS MONTO ADJUDICADO SISTEMA INJECTHOR DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V. Buenos Aires #8, Colonia: Valle de la Providencia, C.P. 45200, Zapopan, Jalisco Feromona Quercivorol (Euwallacea fornicatus), Feromona Copaeno (Xyleborus glabratus) y Trampas de Embudo Monto de $1,021,080.00 (Un millón veintiún mil ochenta pesos 00/100 M.N.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la tasa del 0% (cero por ciento) ZAPOPAN, JALISCO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES C. EVA GUADALUPE BARRIOS GONZALEZ RUBRICA. (R.- 570116) COMISION NACIONAL FORESTAL UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES De conformidad con lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, relativo a la obligación de publicar la información sobre el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, ésta Comisión Nacional Forestal ubicada en Periférico Poniente número 5360, Código Postal 45019, Colonia San Juan de Ocotán, Zapopan, Jalisco, Teléfono: (0133)3777-7000 ext. 3331 y 3339, hace del conocimiento lo siguiente: Con fecha del 30 de septiembre de 2025 se notificó el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados número LA-16-RHQ-016RHQ001-T-203-2025, referente a la “ADQUISICION DE TERMO DE AGUA PARA PERSONA COMBATIENTE DE INCENDIOS FORESTALES”, en el que se declara el procedimiento desierto. ZAPOPAN, JALISCO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES C. EVA GUADALUPE BARRIOS GONZALEZ RUBRICA. (R.- 570117) 288 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 COMISION NACIONAL FORESTAL UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES De conformidad con lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, relativo a la obligación de publicar la información sobre el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, ésta Comisión Nacional Forestal ubicada en Periférico Poniente número 5360, Código Postal 45019, Colonia San Juan de Ocotán, Zapopan, Jalisco, Teléfono: (0133)3777-7000 ext. 3331 y 3339, hace del conocimiento lo siguiente: Con fecha del 10 de septiembre de 2025 se notificó el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados número LA-16-RHQ-016RHQ001-T-211-2025, referente a la “ADQUISICION DE EQUIPO DE ENFRIAMIENTO TIPO CHILLER EN LAS OFICINAS CENTRALES DE LA CONAFOR”, en el que se declara el procedimiento desierto. ZAPOPAN, JALISCO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES C. EVA GUADALUPE BARRIOS GONZALEZ RUBRICA. (R.- 570114) AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES GERENCIA DE LICITACIONES AVISO DE FALLO Aeropuertos y Servicios Auxiliares, con domicilio en Avenida 602, número 161, Colonia Zona Federal Aeropuerto Internacional Ciudad de México, C.P. 15620, Alcaldía Venustiano Carranza, en la Ciudad de México, en cumplimiento con las disposiciones que se establecen en el artículo 58, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), hace del conocimiento general el resultado de la licitación pública internacional bajo la cobertura de los capítulos de compras gubernamentales de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que a continuación se anota: Los bienes de la Licitación Pública Internacional Electrónica bajo la cobertura de los Capítulos de Compras Gubernamentales de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos clave Compras Mx LA-09-JZL-009JZL002-T-123-2025, para la “ADQUISICION DE REFACCIONES INDUSTRIALES PARA UNIDADES DE SERVICIO”, se adjudicaron las partidas 1, 2, 3 y 4 a INGENIERIA Y SUPERVISION GAMA, S.A. DE C.V., con domicilio en Paseo de San Isidro, 301 A, Planta Alta, Colonia Barrio de Santiaguito, Metepec, Estado de México, C.P. 52140, por un monto de $117,354.00 (USD); las partidas 5 y 6 a AVIATION CONSULTING, con domicilio en NW 98th TERRACE, 2181, Pembroke Pines, Broward, Florida, C.P. 33024, por un monto de $31,925.68 (USD); con fecha de fallo 02 de octubre de 2025. CIUDAD DE MEXICO, A 31 DE OCTUBRE DE 2025. GERENTE DE SERVICIOS GENERALES LIC. JAVIER CORDOVA CRUZ RUBRICA. (R.- 570160) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 289 CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/, y cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-09-J0U-009J0U001-N-154-2025 Objeto de la Licitación Contratación del servicio de mantenimiento del licenciamiento del software SAP, para las Redes “CAPUFE” para Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos y “FONADIN” Fondo Nacional de Infraestructura. Volumen a adquirir Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en la página de la plataforma Compras MX 03/11/2025 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 11/11/2025, 11:00 horas. Fecha y hora para realizar la visita a instalaciones No habrá visitas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 19/11/2025, 10:00 horas Fecha y Hora para emitir el fallo 27/11/2025, 13:00 horas CUERNAVACA, MORELOS, A 3 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES GUILLERMO ZAPIEN HEREDIA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570159) INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, cuyas Convocatorias que contienen las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://upcp-compranet.buen gobierno.gob.mx/ LA-51-GYN-051GYN005-N-470-2025 Descripción de la Licitación PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO ABIERTO RELATIVO A LA PRESTACION DEL SERVICIO DE SISTEMA INTEGRAL DE VIDEOVIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA UNIDADES DE VENTA DE SUPERISSSTE. Volumen de la Licitación Se detalla en la Convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 03/11/2025 Junta de Aclaraciones 12/11/2025 10:00 Horas Visita a Instalaciones N/A Presentación y Apertura de Proposiciones 19/11/2025 10:00 Horas Fecha de Fallo 21/11/2025 17:00 Horas FO-CON-07 CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBDIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS JESSICA RODRIGUEZ CAÑETE RUBRICA. (R.- 570107) 290 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL GUANAJUATO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO En cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 37, 39 fracción I, 40, 41, 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación para la adquisición de bienes y contratación de servicios, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/contrataciones y serán gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta en: calle Suecia esquina con calle España S/N, Colonia Los Paraísos, C.P. 37320, León, Guanajuato, teléfono: (477) 773 0580, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 15:00 horas. RESUMEN DE CONVOCATORIA 14-2025 Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-1-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Servicio de toma e interpretación de mastografías de tamizaje en gabinete 2026 Volumen a adquirir 12,495 servicios Fecha de publicación en Compras MX 06 de noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 14/11/2025, 10:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 21/11/2025, 10:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-2-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Suministro de víveres todos los grupos para Unidades Médicas y guarderías 2026 Volumen a adquirir 7,300 artículos de abarrotes, 3,750 artículos de jugo, 4,350 kg. de carne de cerdo, 4,830 kg. de pescado, 10,930 kg. de carne de res, 19,502 kg. de pollo, 4,750 kg. de huevo, 3,630 kg. de carnes frías, 71,840 kg. de verdura y 92,350 kg. de frutas. Fecha de publicación en Compras MX 06 de noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 14/11/2025, 11:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 21/11/2025, 11:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-3-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Suministro de víveres pan y tortilla para Unidades Médicas y guarderías 2026 Volumen a adquirir 108,310 piezas de pan dulce, 43,400 piezas de pan industrializado y 29,650 kg de tortilla Fecha de publicación en Compras MX 06 de noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 14/11/2025, 12:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 21/11/2025, 12:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-4-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Servicio de fumigación 2026 Volumen a adquirir 239,356 mts Fecha de publicación en Compras MX 06 de noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 14/11/2025, 13:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 21/11/2025, 13:00 horas Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 291 Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-5-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Servicio de traslado de bienes de consumo y maniobras 2026 Volumen a adquirir 2,450 servicios Fecha de publicación en Compras MX 06 de noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 14/11/2025, 14:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 21/11/2025, 14:00 horas Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR027-N-6-2026 Carácter de la Licitación Nacional Descripción de la licitación Mantenimiento de alberca 2026 Volumen a adquirir 4,004 mts3 Fecha de publicación en Compras MX 06 de noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 14/11/2025, 15:00 horas Visita a instalaciones No habrá visitas a instalaciones Presentación y apertura de proposiciones 21/11/2025, 15:00 horas Todos los eventos se llevarán a cabo a través a Plataforma Digital de Contrataciones Públicas, en la dirección: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/contrataciones LEON, GUANAJUATO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO LIC. NOHEMI PATRICIA RANGEL DIAZ RUBRICA. (R.- 570153) INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CHIAPAS OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA 002/2025 El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los Artículos 35 Fracción I, 36, 39 Fracción I, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 66, 67 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y demás correlativos de su Reglamento; las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social vigentes y demás disposiciones aplicables en la materia, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones Públicas Nacionales, correspondientes al ejercicio 2026, de conformidad con lo siguiente: Número de la licitación LA-50-GYR-050GYR004-N-404-2025 Carácter de la licitación Nacional Descripción de la licitación u objeto Servicio de mastografía ambulatoria del Régimen Ordinario para el Ejercicio 2026. Volumen a adquirir 13,828 Estudios Fecha de publicación en Compras MX 06/11/2025 Visita a instalaciones No hay visitas Junta de aclaraciones 21/11/2025 09:00 a.m. Presentación y apertura de proposiciones 27/11/2025 09:00 a.m. Fecha y Hora del Fallo: 04/12/2025 12:00 p.m. Número de la licitación LA-50-GYR-050GYR004-N-405-2025 Carácter de la licitación Nacional Descripción de la licitación u objeto Servicios médicos y hospitalización subrogada, para unidades médicas y hospitalarias del Ambito Delegacional, Régimen Ordinario, Ejercicio 2026. Volumen a adquirir 19 Servicios. Fecha de publicación en Compras MX 06/11/2025 Visita a instalaciones No hay visitas 292 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Junta de aclaraciones 19/11/2025 11:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 25/11/2025 11:00 a. m. Fecha y Hora del Fallo: 02/12/2025 02:00 p. m. Número de la licitación LA-50-GYR-050GYR004-N-406-2025 Carácter de la licitación Nacional Descripción de la licitación u objeto Servicio de elaboración y suministro de Fórmulas Magistrales, del Régimen Ordinario para el Ejercicio 2026. Volumen a adquirir 12,000 Fórmulas Fecha de publicación en Compras MX 06/11/2025 Visita a instalaciones No hay visitas Junta de aclaraciones 19/11/2025 10:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 25/11/2025 10:00 a. m. Fecha y Hora del Fallo: 02/12/2025 01:00 p. m. Número de la licitación LA-50-GYR-050GYR004-N-408-2025 Carácter de la licitación Nacional Descripción de la licitación u objeto Servicio de suministro de agua purificada en garrafón Régimen Ordinario e IMSS-Coplamar, para el Ejercicio 2026. Volumen a adquirir 41,506 Garrafones Fecha de publicación en Compras MX 06/11/2025 Visita a instalaciones No hay visitas Junta de aclaraciones 18/11/2025 09:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 24/11/2025 09:00 a. m. Fecha y Hora del Fallo: 01/12/2025 12:00 p. m. Número de la licitación LA-50-GYR-050GYR004-N-407-2025 Carácter de la licitación Nacional. Descripción de la licitación u objeto Servicio de suministro de agua potable en autotransporte tipo cisterna con capacidad de 10,000 litros, para las Unidades Médicas y Administrativas, Régimen Ordinario, Ejercicio 2026. Volumen a adquirir 3,065 Pipas Fecha de publicación en Compras MX 06/11/2025 Visita a instalaciones No hay visitas Junta de aclaraciones 20/11/2025 11:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 26/11/2025 11:00 a. m. Fecha y Hora del Fallo: 03/12/2025 02:00 p. m. Número de la licitación LA-50-GYR-050GYR004-N-410-2025 Carácter de la licitación Nacional Descripción de la licitación u objeto Servicio de mensajería y paquetería del Régimen Ordinario, para el Ejercicio 2026. Volumen a adquirir 21,625 Envíos. Fecha de publicación en Compras MX 06/11/2025 Visita a instalaciones No hay visitas Junta de aclaraciones 20/11/2025 10:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 26/11/2025 10:00 a. m. Fecha y Hora del Fallo: 03/12/2025 01:00 p. m. Número de la licitación LA-50-GYR-050GYR004-N-411-2025 Carácter de la licitación Nacional. Descripción de la licitación u objeto Servicio de mantenimiento y operación de planta de tratamiento de aguas residuales, para las Unidades y Hospitales Rurales; UMF 01 Tapachula. HR de Altamirano, HR de Venustiano Carranza, HR de Guadalupe Tepeyac y HR de Benemérito de las Américas, del Régimen Ordinario del OOAD estatal Chiapas, para el Ejercicio 2026. Volumen a adquirir 74 Servicios. Fecha de publicación en Compras MX 06/11/2025 Visita a instalaciones Los días 03/11/2025, 04/11/2025, 05/11/2025, 06/11/2025 y 07/11/2025 de 08:00 a. m. a 04:00 p. m. en cada unidad donde se ubican las plantas de tratamiento de aguas, descritas en el Anexo 1 de las bases de la convocatoria. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 293 Junta de aclaraciones 18/11/2025 10:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 24/11/2025 10:00 a. m. Fecha y Hora del Fallo: 01/12/2025 01:00 p. m. Número de la licitación LA-50-GYR-050GYR004-N-412-2025 Carácter de la licitación Nacional. Descripción de la licitación u objeto Servicio de fumigación y control de fauna nociva en Unidades Médicas, no médicas y Hospitales Rurales del Régimen Ordinario del OOAD estatal Chiapas, para el Ejercicio 2026. Volumen a adquirir 2,675,052 Metros Cuadrados. Fecha de publicación en Compras MX 06/11/2025 Visita a instalaciones Los días 10/11/2025, 11/11/2025, 12/11/2025, 13/11/2025 y 14/11/2025 de 08:00 a. m. a 04:00 p. m. En cada una de las Jefaturas de Conservación de las Unidades, contenidas en las bases de la convocatoria. Junta de aclaraciones 19/11/2025 09:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 25/11/2025 09:00 a. m. Fecha y Hora del Fallo: 02/12/2025 12:00 p. m. Número de la licitación LA-50-GYR-050GYR004-N-413-2025 Carácter de la licitación Nacional Descripción de la licitación u objeto Servicio de suministro de diésel para maquinaria ultrabajo en azufre y servicio de flete para traslado de diésel a Unidades Médicas del Régimen Ordinario y Régimen IMSS Coplamar, Ejercicio 2026. Volumen a adquirir 811,100 Litros. Fecha de publicación en Compras MX 06/11/2025 Visita a instalaciones No hay visitas Junta de aclaraciones 20/11/2025 09:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 26/11/2025 09:00 a. m. Fecha y Hora del Fallo: 03/12/2025 12:00 p. m. Número de la licitación LA-50-GYR-050GYR004-N-414-2025 Carácter de la licitación Nacional. Descripción de la licitación u objeto Servicio de mantenimiento de áreas pétreas, chaporreo de maleza, jardinería, poda de árboles y alberca en Unidades Médicas, no médicas y Hospitales Rurales del Régimen Ordinario del OOAD estatal Chiapas, para el Ejercicio 2026 Volumen a adquirir 1,869,792 Metros Cuadrados. Fecha de publicación en Compras MX 06/11/2025 Visita a instalaciones Los días 10/11/2025, 11/11/2025, 12/11/2025, 13/11/2025 y 14/11/2025 de 08:00 a. m. a 04:00 p. m. En cada una de las Jefaturas de Conservación de las Unidades, contenidas en las bases de la convocatoria. Junta de aclaraciones 18/11/2025 11:00 a. m. Presentación y apertura de proposiciones 24/11/2025 11:00 a. m. Fecha y Hora del Fallo: 01/12/2025 02:00 p. m. • Las bases establecidas en la convocatoria se encuentran disponibles para consulta en internet a través de la página: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y de manera impresa se pone a disposición de los interesados exclusivamente para consulta en las instalaciones de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Costera y anillo periférico Sin Número, Colonia Centro, C.P. 30700, Tapachula, Chiapas, los días Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 horas. • Los eventos se realizarán en la Sala de Juntas de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Costera y anillo periférico Sin Número, Colonia Centro, C.P. 30700, Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas. TAPACHULA DE CORDOVA Y ORDOÑEZ, CHIAPAS, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO ING. GUILLERMO ALBERTO AVENDAÑO ARZATE RUBRICA. (R.- 570155) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 294 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO RESUMEN DE CONVOCATORIA En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40 fracción III, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 67, 68 y 96 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación cuya Convocatoria que contiene las bases de participación está disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ en la plataforma Compras MX, mismas que serán gratuitas o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Durango-México Km. 5, Col. 15 de octubre, C.P. 34285, Durango, Dgo., con teléfonos (618) 129-80-20 y 129-80-54, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas. No. Licitación LA-50-GYR-050GYR010-N-130-2025 Tipo PUBLICA NACIONAL Descripción de la licitación ADQUISICION DE ARTICULOS DEPORTIVOS, MATERIAL DE APOYO PARA LOS DOCENTES QUE LABORAN EN LOS CENTROS DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA OOAD DURANGO. Volumen a adquirir MAXIMO: 1927 ARTICULOS Fecha de publicación en Compras Mx 22 DE OCTUBRE DE 2025 Junta de aclaraciones 30 DE OCTUBRE DE 2025; 09:00 HORAS Visita a instalaciones NO HABRA VISITA A INSTALACIONES Presentación y apertura de proposiciones 07 DE NOVIEMBRE DE 2025; 09:00 HORAS • Todos los eventos se llevarán a cabo en las fechas indicadas en cada licitación, a través del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado Compras MX. DURANGO, DGO., A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO LIC. JOSE MAGDALENO VARELA GUTIERREZ RUBRICA. (R.- 570157) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 295 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DIRECCION DE ADMINISTRACION UNIDAD DE ADQUISICIONES COORDINACION DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS COORDINACION TECNICA DE ADQUISICION DE BIENES DE INVERSION Y ACTIVOS DIVISION DE EQUIPO Y MOBILIARIO MEDICO El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los Artículos 6, fracción III, 33, tercer párrafo, 35, fracción I, 36, 39, fracción II, 40, 47, 48 fracción I, 49, 50, 65 y 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y demás correlativos de su Reglamento, convoca a los interesados en participar en la licitación que se detalla, conforme a lo siguiente: RESUMEN DE CONVOCATORIA Número de Licitación LA-50-GYR-050GYR040-T-11-2025 Carácter de la Licitación Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio Objeto de la licitación Programa Nacional de Adquisición de Aceleradores Lineales 2024-2026 Volumen para adquirir 3 bienes Fecha de publicación en Compras MX 04/11/2025 Junta de aclaraciones 12/11/2025, 12:00 pm Presentación y apertura de proposiciones 15/12/2025, 11:00 am Fallo 26/12/2025, 17:00 pm • La convocatoria de la licitación se encuentra disponible para consulta, en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas, denominada Compras MX en la página de internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx • Todos los eventos se realizarán de manera electrónica a través de la plataforma Compras MX por parte de la División de Equipo y Mobiliario Médico. CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. TITULAR DE LA DIVISION DE EQUIPO Y MOBILIARIO MEDICO LIC. KARLA PACHECO VILLANUEVA RUBRICA (R.- 570156) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 296 SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS ELECTRONICA No. LA-47-AYO-047AYO954-T-414-2025 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40, 41, 44, 45, 46, 48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 39 y 42 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://upcp- https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información relevante es: Carácter, Medio y No. de Licitación Internacional Bajo la Cobertura de Tratados No. LA-47-AYO-047AYO954-T-416-2025 Objeto de la Licitación. ADQUISICION DE BIENES PARA EL PROGRAMA DE INVERSION DENOMINADO SUSTITUCION DE EQUIPO DE RADIOTERAPIA Volumen a adquirir Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria. Fecha de publicación en Compras Mx 04 de noviembre de 2025. Junta de Aclaraciones 25 de noviembre de 2025 a las 12:00 horas. Visita a Instalaciones Conforme al Anexo técnico Presentación y Apertura de Proposiciones 16 de diciembre de 2025 a las 12:00 horas. Acto de Fallo 23 de diciembre de 2025 a las 17:00 horas. CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ RUBRICA. (R.- 570119) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 297 SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA No. LA-47-AYO-047AYO954-N-415-2025 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40, 41, 44, 45, 46, 48, 49, y 50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 39 y 42 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://upcp- https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información relevante es: Carácter, Medio y No. de Licitación Nacional Electrónica No. LA-47-AYO-047AYO954-N-415-2025 Objeto de la Licitación. SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO PARA EQUIPO MEDICO DE ALTA TECNOLOGIA Volumen a adquirir Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 04 de noviembre de 2025. Junta de Aclaraciones 13 de noviembre de 2025 a las 10:00 horas. Visita a Instalaciones Conforme al Anexo técnico Presentación y Apertura de Proposiciones 20 de noviembre de 2025 a las 10:00 horas. Acto de Fallo 26 de noviembre de 2025 a las 17:30 horas. CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ RUBRICA. (R.- 570118) 298 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 082V61 - SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-82-V61- 923050992-N-2-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Av. Adolfo López Mateos No. 441, Col. Campestre, en la ciudad de Chetumal, Quintana Roo de 9:00 a 15:00 horas. Nombre del Procedimiento de contratación FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA MUNICIPAL DIF BENITO JUAREZ Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 31 de Octubre de 2025 Fecha y hora de junta de aclaraciones 7 de Noviembre de 2025 a las 10:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones No hay visita a las instalaciones Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 18 de Noviembre de 2025 a las 11:00 Fecha y hora de fallo 19 de Noviembre de 2025 a las 15:00 31 DE OCTUBRE DE 2025. SUBDIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA Y DE ARCHIVOS C.P. VERONICA DEL PILAR ZAVALA PEREZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570029) AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, S.A. DE C.V. SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-13-KDN-013KDN001-N-100- 2025, la convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la Gerencia Recursos Materiales sita en la oficina No. 69 del mezzanine Avenida Capitán Carlos León sin número, Colonia Peñón de los Baños, C.P. 15620, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, teléfono: 552482-2544, los días lunes a viernes, en el horario de 9:00 a 17:00 horas. Descripción de la licitación SERVICIO DE SUSCRIPCION DE SOFTWARE DE SOPORTE PARA LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SUSTANTIVAS DE DISEÑO Y DESARROLLO PARA EL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, S.A. DE C.V. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 03/11/2025 Junta de aclaraciones 12/11/2025 09:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 19/11/2025 12:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. GERENTE DE RECURSOS MATERIALES LIC. MARLENE HERNANDEZ HERNANDEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570097) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 299 BANCO NACIONAL DEL EJERCITO, FUERZA AEREA Y ARMADA, S.N.C. GERENCIA DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 42 de su Reglamento, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en: Av. Industria Militar No. 1055, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México, teléfono 5626- 0500 extensión 2587, 04 de noviembre al 11 de noviembre de 2025, de lunes a viernes de las 08:00 a las 16:00 horas, cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación LA-06-G1H-006G1H001-I-96-2025. Objeto de la Licitación Adquisición de equipo y material para la credencialización de personal de Banjercito. Volumen a adquirir Se detalla en la convocatoria. Fecha de publicación en ComprasMX 04/11/2025 Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones 11/11/2025 09:00 horas Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones 18/11/2025 11:00 horas Fecha y hora para emitir el fallo 25/11/2025 12:00 horas CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. EL CAP. 1/o. F.A.A.M.A. E.M. RET. SUBDIR. DE RECS. MATS. CESAR ALEJANDRO ORTA LOPEZ RUBRICA. (R.- 570142) COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 80 y 82 de la Ley de Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las Disposiciones 2 fracción I y II, 30 fracción I, inciso b), 31, 33 fracciones IV, VI, VII y X, 37 fracción I, 51 y 55 fracciones III y IV de las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de CFE, se hace saber a los interesados la publicación de la Convocatoria Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio, de conformidad con lo siguiente: CFE-0001-CAAAT-0087-2025 Maquinaria Pesada, Montacargas, Camión con Grúa Hidráulica, Camión Redilas, Plataforma Elevadora y Grúas Hidráulicas para el proceso de Generación de la Región de Producción Noroeste Fecha de publicación en Micrositio: 3/11/2025 Sesión de Aclaraciones: 7/11/2025, 10:00 hrs Límite para presentación de ofertas: 15/12/2025, 10:30 hrs Apertura Técnica: 15/12/2025, 11:00 hrs Apertura Económica: 22/12/2025, 11:00 hrs Fallo 5/1/2026, 14:00 hrs El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez, con Clave de Agente Contratante A1A0A40 y el Lic. Daniel Miranda Velázquez con Clave de Agente Contratante A1A0A08, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, con los correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/ Concursos/, a partir de la fecha de publicación en Micrositio CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570091) 300 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Artículos 80 y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las disposiciones 2 fracción I, 30 fracción I, inciso b), 31, 33 fracciones IV, VI y VII, 34, 37 fracción I y 55 fracciones III y IV de las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias (en lo sucesivo Disposiciones Generales). CFE-0001-CAAAT-0089-2025 Adquisición de equipos de radio portátiles para el enlace y coordinación de las operaciones que materializa el Cuerpo de Seguridad Física Fecha de publicación en Micrositio: 4/11/2025 Sesión de Aclaraciones: 10/11/2025, 11:30 hrs Límite para presentación de ofertas: 15/12/2025, 11:30 hrs Apertura Técnica: 15/12/2025, 12:00 hrs Apertura Económica: 22/12/2025, 12:00 hrs Fallo 7/01/2026, 12:00 hrs El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía Sánchez, con Clave de Agente Contratante A1A0A40 y el Lic. Daniel Miranda Velázquez, con Clave de Agente Contratante A1A0A08 con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Col. Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487, con los correos electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487. CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBGERENTE DE ADQUISICIONES L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570147) CFE COORDINACION REGIONAL DE PRODUCCION NOROESTE CONVOCATORIA CONCURSO ABIERTO INTERNACIONAL BAJO COBERTURA DE LOS TRATADOS Con fundamento en la Disposiciones 37 Fracción I de las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias se informa a los interesados a participar en Concurso Abierto que contiene la Convocatoria en los cuales se desarrollará el procedimiento, así como el Pliego de Requisitos de participación, que se encuentra disponible para su consulta en: https://msc.cfe.mx. Este procedimiento de contratación se llevará a cabo de manera electrónica. El siguiente calendario describe las etapas del procedimiento, así como la fecha y hora de las actividades: Carácter, medio y No. de Concurso Abierto Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados No. CFE- 0600-CAAAT-0017-2025 Objeto del Concurso Abierto Adq supervisión asistencia y pruebas a bomba de alta presión KSB - HGC 5/7 para U11 CCC Presidente Juárez Volumen a adquirir 1 pieza Fecha de publicación en Micrositio 04/noviembre/2025 Fecha y hora de Visita al sitio N/A Fecha y hora para celebrar la Sesión de Aclaraciones 20/noviembre/2025, 09:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones Técnicas: 17/diciembre/2025, 10:00 horas. Fecha y hora para realizar el Resultado Técnico y apertura Económica: 07/enero/2026, 10:00 horas. Fecha y Hora para emitir el fallo 14/enero/2026, 11:00 horas. ATENTAMENTE HERMOSILLO, SONORA, MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTOS CFE COORDINACION REGIONAL DE PRODUCCION NOROESTE C.P. JOSE EVERARDO INDA GALLARDO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570122) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 301 PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA CONVOCATORIA Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo 13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos; 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2 de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Electrónico Internacional bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio con plazo reducido No. DEE-CAT-S-GCMCYLM-823-105520-25-1 que tiene por objeto el “Servicio integral y rehabilitación de los sistemas de aire acondicionado y refrigeración en instalaciones costa afuera”, de acuerdo con lo siguiente: Evento Fecha Notificación de Aclaración de Dudas a las Bases de Contratación 14 de noviembre de 2025 Presentación y Apertura de Propuestas 02 de diciembre de 2025, a las 09:00 horas Notificación del Resultado del Concurso 29 de diciembre de 2025 • Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de Contrataciones” (SISCEP). • Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en materia de Compras del Sector Público y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los países socios en tratados. • No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones así como con aquellas que se encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales. • La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. • Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/ concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. Los interesados en participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCEP email2workspace-prod+PEMEX+WS5406980746 +tevb@ansmtp.ariba.com. • La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex, mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente. • Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en el carácter de Gerenta de Contrataciones para Mantenimiento, Confiabilidad y Logística Marina, de la Coordinación de Abastecimiento para Exploración y Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección de Administración y Servicios de Petróleos Mexicanos conforme al fundamento indicado más adelante, podrá delegar la suscripción de documentos y actos de trámite del procedimiento de contratación, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en él, acepta dichos términos y representaciones. CD. DEL CARMEN, CAMPECHE, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. MARIA ISABEL SEGOVIA MAGAÑA GERENTA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA DESIGNADA MEDIANTE OFICIO DAS-0791-2025 CON EFECTO A PARTIR DEL 01 DE JUNIO DE 2025, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23 FRACCION III Y 228 FRACCION IV DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS EN DONDE ESTE PUEDE SER CONSULTADO, FUERON PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025, MISMAS QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO REVOCADAS, LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570027) 302 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION CONVOCATORIA Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo 13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (la Ley); 13, 19 y 20, de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, (Disposiciones); y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2, de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, a nombre de Petróleos Mexicanos Empresa Pública del Estado, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Electrónico Internacional bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio número DEE-CAT-S-GCEE-401-102417-25-2, que tiene por objeto el “Servicio de maquinados de partes y accesorios para el mantenimiento de los equipos instalados en el Activo de Producción Veracruz”, de acuerdo con lo siguiente: Evento Fecha Recepción de dudas a las bases de contratación 12 de noviembre de 2025 Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación 14 de noviembre de 2025 Presentación y Apertura de Propuestas 01 de diciembre de 2025 Notificación de Resultado de Evaluación de Propuestas 11 de diciembre de 2025 Notificación del Resultado del Concurso y fallo 15 de diciembre de 2025 • Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de Contrataciones” (SISCeP) • pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en materia de Compras del Sector Público, y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los países socios en tratados • No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones, así como aquellas que se encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales • La información confidencial o reservada que presenten los participantes podrá ser identificada en el documento que forma parte de las Bases del Concurso con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública • Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/ concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. Los interesados en participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCeP email2workspace-prod+PEMEX+WS5424683366+ jd5b@ansmtp.ariba.com • La firma del contrato correspondiente se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex, mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente • Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, en mi carácter de Titular de la Gerencia de Contrataciones para Exploración y Extracción de la Coordinación de Abastecimiento para Exploración y Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección de Administración y Servicios de Petróleos Mexicanos, conforme a las facultades indicadas más adelante, puedo delegar la suscripción de actos de trámite, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en el procedimiento de contratación, acepta dichos términos y estas representaciones VILLAHERMOSA,, TABASCO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. ING. MA LUZ LOZANO RODRIGUEZ GERENTE DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION ADSCRITA A LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION DE LA SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO, EN TERMINOS DEL OFICIO DAS-0792-2025 DE FECHA 1 DE JUNIO DE 2025 Y LOS ARTICULOS 23 FRACCION III, 229 FRACCION IV Y 322 DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS MEXICANOS; CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS EN QUE PUEDE SER CONSULTADO, FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025 FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570158) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 303 PETROLEOS MEXICANOS DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA CONVOCATORIA Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo 13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos; 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2 de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Electrónico Internacional bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio con plazo reducido No. DEE-CAT-S-GCMCYLM-823-104459-25-2 que tiene por objeto el “Mantenimiento a Equipos de Caminos, Equipos Ligeros, Semipesados, Pesados y de Transporte de la Terminal Marítima Dos Bocas”, de acuerdo con lo siguiente: Evento Fecha Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación 18 de noviembre de 2025 Presentación y Apertura de Propuestas 04 de diciembre de 2025, a las 09:00 horas Notificación del Resultado del Concurso 26 de diciembre de 2025 • Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de Contrataciones” (SISCEP). • Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en materia de Compras del Sector Público y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los países socios en tratados. • No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones así como con aquellas que se encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales. • La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. • Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/ concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. Los interesados en participar deberán remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo asociado al procedimiento de contratación en SISCEP: email2workspace-prod+PEMEX+WS5416771896+ 3634@ansmtp.ariba.com. • La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex, mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente. • Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en el carácter de Gerente de Contrataciones para Mantenimiento, Confiabilidad y Logística Marina, de la Coordinación de Abastecimiento para Exploración y Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección de Administración y Servicios de Petróleos Mexicanos conforme al fundamento indicado más adelante, podrá delegar la suscripción de documentos y actos de trámite del procedimiento de contratación, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en él, acepta dichos términos y representaciones. CD. DEL CARMEN, CAMPECHE, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. MARIA ISABEL SEGOVIA MAGAÑA GERENTA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA DESIGNADA MEDIANTE OFICIO DAS-0791-2025 CON EFECTO A PARTIR DEL 01 DE JUNIO DE 2025, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23 FRACCION III Y 228 FRACCION IV DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS EN DONDE ESTE PUEDE SER CONSULTADO, FUERON PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025, MISMAS QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO REVOCADAS, LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570093) 304 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA UNIDAD ESPECIALIZADA DE RECURSOS, SERVICIOS E INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACIONES PUBLICAS No. LA-49-830-049830002-N-21-2025 De conformidad con lo previsto en la Subsección II.4.3. numeral 13 del Acuerdo A/OM/06/2025 por el que se emiten las Disposiciones en materia de recursos materiales, servicios generales y contrataciones públicas de la Fiscalía General de la República, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional número LA-49-830-049830002-N-21-2025, cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentra disponible para consulta en la siguiente liga: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx o bien en: Calle Río Elba No. 17, Piso 2, Col. Cuauhtémoc, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfonos 55 5346-5427 y 55 5346-5510, de lunes a viernes; en un horario de 9:00 a 14:00 horas. Descripción de la licitación Adquisición de Mobiliario para el Edificio “B” del INACIPE Volumen a adquirir El detalle de la partida única se determina en la convocatoria de la Licitación Pública Nacional No. LA-49- 830-049830002-N-21-2025, conforme al Anexo Técnico. Fecha de Publicación en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas. 04 de noviembre de 2025. Junta de Aclaraciones 07 de noviembre de 2025 a las 10:00 hrs. Presentación y Apertura de Proposiciones 21 de noviembre de 2025 a las 10:00 hrs. Fallo 27 de noviembre de 2025 a las 17:00 hrs. ATENTAMENTE CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. ADMINISTRADORA ESPECIALIZADA DE ADQUISICION DE BIENES LCDA. FABIOLA FERNANDA TORRES LOZANO RUBRICA. (R.- 570099) BANCO DE MEXICO RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM-SAFB-25-0997-1 Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de su Ley, en las Normas del Banco de México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables, convoca a todos los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM-SAFB- 25-0997-1 con el objeto de adquirir sistemas de extracción de aire y la contratación de los servicios para su instalación y puesta en marcha. El volumen de los bienes y servicios materia de licitación es de 12. Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación: a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 19 de noviembre de 2025. b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 26 de noviembre de 2025. c) Comunicación del fallo: A más tardar el 16 de diciembre de 2025 La convocatoria respectiva, fue publicada el día 04 de noviembre de 2025, en el Portal de Contrataciones Banxico (POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/Portal Proveedores/ CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. BANCO DE MEXICO SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO A FABRICA DE BILLETES ING. MANUEL FLORES ZARZA FIRMA ELECTRONICA. ANALISTA DE CONTRATACIONES DE LA OFICINA DE CONTRATACIONES PARA FABRICA DE BILLETES LIC. SERGIO IVAN RAMIREZ GOMEZ FIRMA ELECTRONICA. Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo del Acuerdo de Adscripción de sus Unidades Administrativas, y en los artículos 2, fracción IX y 6, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios. (R.- 570134) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 305 BANCO DE MEXICO RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM-SACRH-25-0191-3 Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de su Ley, en las Normas del Banco de México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables, convoca a todos los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM- SACRH-25-0191-3 con el objeto de ADQUIRIR CALZADO. El volumen de los bienes materia de licitación es de 904 pares. Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación: a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 18 de noviembre de 2025. b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 25 de noviembre de 2025. c) Comunicación del fallo: A más tardar el 15 de diciembre de 2025. La convocatoria respectiva, fue publicada el día 4 de noviembre de 2025, en el Portal de Contrataciones Banxico (POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/Portal Proveedores/ ATENTAMENTE CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. BANCO DE MEXICO SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO A CAJA Y RECURSOS HUMANOS MTRA. MARIA ELENA GONZALEZ TIRADO FIRMA ELECTRONICA. ANALISTA DE CONTRATACIONES DE LA OFICINA DE CONTRATACIONES PARA CAJA Y RECURSOS HUMANOS LIC. SAILE COATLICUE ROLDAN PADILLA FIRMA ELECTRONICA. Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo del Acuerdo de Adscripción de sus Unidades Administrativas, y en los artículos 2, fracción IX y 6, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios. (R.- 570154) COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA: 17 En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública nacional mixta, que a continuación se indica: 00442002-17-25 Objeto de la licitación Vales de despensa para fin de año y día de reyes. Volumen de licitación Se detalla en la convocatoria Fecha de publicación en: www.cndh.org.mx 06/11/2025 Junta de Aclaraciones 12/11/2025, 11:00 horas Presentación y Apertura de Proposiciones 20/11/2025, 11:00 horas. Fallo 25/11/2025, 17:00 horas. El texto de la convocatoria de la licitación se encuentra disponible para consulta y obtención gratuita a través de la página de internet de la Convocante cuya dirección electrónica es http://appweb.cndh.org.mx/ contrataciones/, que corresponde al vínculo Unidad de Transparencia /Obligaciones de Transparencia / XIII Contrataciones / “Procedimientos de Adjudicación LAASSP y LOPYSRM”, o bien en la oficina de la Subdirección de Adquisiciones, ubicada en: Boulevard Adolfo López Mateos número 1922, Piso 4, Colonia Tlacopac, C.P. 01049, Demarcación Territorial Alvaro Obregón, Ciudad de México, teléfono: 1719-2000 ext. 8005 y 8084, del 06 de noviembre al 19 de noviembre de 2025; con horario de 09:00 a 14:00 horas en días hábiles. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 71 y 90 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES LIC. RAFAEL ALBERTO CARMONA ARANA RUBRICA. (R.- 570108) 306 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA De conformidad con las Normas en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-40-100-040100992-N-34-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación estará disponible para consulta en las páginas de Internet: https://comprasmx.buen gobierno.gob.mx/ y https://www.inegi.org.mx/inegi/vendelealinegi/, o bien, en: Avenida Héroe de Nacozari Sur No. 2301, Fraccionamiento Jardines del Parque, C.P. 20276, Aguascalientes, Aguascalientes, teléfono: 449 910 5300 extensiones 31 4968 y 31 5653, los días de lunes a viernes, en horario de 09:00 a 16:00 horas. Descripción de la licitación Adquisición y suministro de agua purificada envasada para las oficinas ubicadas en inmuebles del Instituto Nacional de Estadística y Geografía en la ciudad de Aguascalientes. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 03/11/2025 Junta de aclaraciones 12/11/2025, 13:00 horas Visita a instalaciones 11/11/2025, 09:30 horas Presentación y apertura de proposiciones 20/11/2025, 10:00 horas AGUASCALIENTES, AGS., MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE ADQUISICIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA CELSO BAILON DIAZ RUBRICA. (R.- 570129) INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESUMEN DE CONVOCATORIA 033-2025 En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo establecido en el artículo 37 del Reglamento del Instituto Nacional Electoral en materia de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y Servicios, se convoca a personas Físicas o Morales de nacionalidad mexicana o extranjera, interesadas en participar en la Licitación Pública que se describe a continuación: Número de la licitación LP-INE-033/2025 Carácter de la licitación Internacional Abierta Presencial Descripción de la licitación Servicio de producción de la credencial para votar Fecha de publicación en INE 31 de octubre de 2025 Junta de aclaraciones 6 de noviembre de 2025, 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 13 de noviembre de 2025,10:00:00 horas Fallo 3 de diciembre de 2025, se notificará por escrito La convocatoria se encuentra disponible para obtención y consulta en la página del Instituto https://www.ine.mx/licitaciones-contrataciones-presenciales/. El acto de Junta de Aclaraciones y el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se llevarán a cabo en los lugares, fechas y horarios señalados en la convocatoria. CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. SUBDIRECTORA DE ADQUISICIONES MTRA. MARIANA NOSTI VILLANUEVA FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570032) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 307 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO DIRECCION GENERAL DE PROVEEDURIA DIRECCION DE ADQUISICIONES Para los interesados en participar en la Licitación Pública de carácter Internacional No. DGPR-LPI-032/2025 para la adquisición de “Equipo Perimetral de Protección de Red, Firewall NGFW”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 28 de octubre de 2025, se les comunica la nota aclaratoria a la Convocatoria de acuerdo a lo siguiente: Dice: Costo de las bases Plazo para adquirir bases Junta de aclaraciones Presentación de proposiciones y apertura técnica Apertura de propuestas económicas Fallo de la licitación $6,000.00 Del 28 de oct. al 12 de nov. 2025 13 de oct. de 2025 12:00 hrs. 19 de nov. de 2025 11:00 hrs. 26 de nov. de 2025 11:00 hrs. 28 de nov. de 2025 17:30 hrs. Debe decir: Costo de las bases Plazo para adquirir bases Junta de aclaraciones Presentación de proposiciones y apertura técnica Apertura de propuestas económicas Fallo de la licitación $6,000.00 Del 28 de oct. al 12 de nov. 2025 13 de nov. de 2025 12:00 hrs. 19 de nov. de 2025 11:00 hrs. 26 de nov. de 2025 11:00 hrs. 28 de nov. de 2025 17:30 hrs. CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE 2025. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO EL DIRECTOR GENERAL DE PROVEEDURIA DR. ISIDRO AVILA MARTINEZ RUBRICA. (R.- 570127) UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO DIRECCION GENERAL DE PROVEEDURIA DIRECCION DE ADQUISICIONES LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, de conformidad con la Normatividad de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UNAM, se convoca a las personas interesadas en participar en la Licitación Pública de carácter Internacional para la adquisición de equipo para la “Actualización de Switches Tercera y Cuarta Etapa”, requerido por la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación de la UNAM, de conformidad con lo siguiente: No. de Licitación DGPR-LPI-035/2025 Costo de las Bases Fecha para adquirir Bases Junta de aclaraciones Presentación de proposiciones y apertura técnica Acto de apertura de propuestas económicas Fallo de la licitación $6,000.00 Del 06 al 18 de nov. de 2025 19 de nov. de 2025 16:30 hrs. 25 de nov. 2025 13:00 hrs. 04 de dic. 2025 11:00 hrs. 08 de dic. 2025 11:00 hrs. Partida Cantidad Unidad de Medida Descripción de los bienes 2 128 Pieza Equipo de red integrado con 48 puertos POE, POE+ RJ- 45 10/100/1000 Mbps, 4 ranuras para módulos SFP+ Las Bases de la Licitación se encuentran disponibles para consulta a través de internet en la página electrónica www.proveeduria.unam.mx, a partir de esta fecha, donde encontrará horarios e indicaciones para adquirirlas. CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO EL DIRECTOR GENERAL DE PROVEEDURIA DR. ISIDRO AVILA MARTINEZ RUBRICA. (R.- 570130) 308 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO DIRECCION GENERAL DE PROVEEDURIA DIRECCION DE ADQUISICIONES LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, de conformidad con la Normatividad de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UNAM, se convoca a las personas interesadas en participar en la Licitación Pública de carácter Internacional para la adquisición de “Equipo de Cómputo, Escáneres y Servidores”, requerida por diversas entidades universitarias, de conformidad con lo siguiente: No. de Licitación: DGPR-LPI-036/2025 Costo de las bases Fecha para Adquirir bases Junta de aclaraciones Presentación de proposiciones y apertura técnica Apertura de propuestas económicas Fallo de la licitación $6,000.00 del 06 al 19 de nov. de 2025 20 de nov. de 2025 13:00 hrs. 26 de nov. de 2025 18:00 hrs. 09 de dic. de 2025 14:30 hrs. 10 de dic. de 2025 19:00 hrs. Lote Cantidad Unidad de Medida Descripción 4 110 Pieza Equipo de cómputo de escritorio 5 150 Pieza Equipo de cómputo de escritorio Las Bases de la Licitación se encuentran disponibles para consulta a través de internet en la página electrónica www.proveeduria.unam.mx, a partir de esta fecha, donde encontrará horarios e indicaciones para adquirirlas. CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO EL DIRECTOR GENERAL DE PROVEEDURIA DR. ISIDRO AVILA MARTINEZ RUBRICA. (R.- 570132) UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO COORDINACION DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS LICITACION PUBLICA NACIONAL En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, de conformidad con la Normatividad de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UNAM, se convoca a las personas interesadas en participar en la Licitación Pública de carácter Nacional para la “Adquisición de Mobiliario para Laboratorio por Lote Unico”, requerido por la Escuela Nacional de Estudios Superiores Unidad Juriquilla, de conformidad con lo siguiente: No. de Licitación: COSJ/UPROV/ENESJ/02/2025 Costo de las bases Plazo para adquirir bases Visita a sitio Junta de aclaraciones Presentación de proposiciones y apertura técnica Apertura de propuestas económicas $4,000.00 Del 06 de Nov. Al 18 de Nov. 2025 14 de Nov. 2025 10:00 hrs. 19 de Nov. 2025 12:00 hrs. 26 de Nov. 2025 12:00 hrs. 04 de Dic. 2025 12:00 hrs. Fallo de la licitación Partidas Descripción 09 de Dic. 2025 12:00 hrs. Lote Unico Se detalla en las bases de la Licitación Las Bases de la Licitación se encuentran disponibles únicamente para consulta a través de internet en la página electrónica https://www.campusjuriquilla.unam.mx/proveeduria/unidad-de-proveeduria/ a partir de esta fecha, donde encontrará horarios e indicaciones para adquirirlas. JURIQUILLA, QUERETARO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO CAMPUS JURIQUILLA TITULAR DE LA COORDINACION DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DRA. ANAID ANTARAMIAN SALAS RUBRICA. (R.- 570031) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 309 067020 - JUNTA MUNICIPAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DE DELICIAS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LO-67-020-908073995-N-12-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://upcp- compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en avenida del parque y central poniente #2, Delicias, Chihuahua de 09:00 a 14:00. Nombre del Procedimiento de contratación SECTORIZACION EN RED HIDRAULICA 1ER ETAPA Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en CompraNet 06 de Noviembre del 2025 Fecha y hora de junta de aclaraciones 10 de Noviembre de 2025 a las 11:00 Fecha y hora de la visita a las instalaciones No Aplica Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 17 de Noviembre de 2025 a las 11:00 Fecha y hora de fallo 19 de Noviembre de 2025 a las 12:00 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR EJECUTIVO LIC. JUAN CARLOS VELASCO PONCE RUBRICA. (R.- 570125) JUNTA MUNICIPAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DE JUAREZ RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA, NACIONAL, ELECTRONICA NUMERO LA-67-021-908069995-N-8-2025 RELATIVA A LA ADQUISICION DE INSUMOS PARA LA REPOSICION DE LA ETAPA 1 DEL COLECTOR CANDELARIA DE DRENAJE SANITARIO, SOBRE AV. CLARA FUENTES EMPEZANDO EN EL BLVD. INDEPENDENCIA HASTA LA AV. WATERFILL EN CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA De conformidad con el Artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública, Nacional, Electrónica número LA-67-021-908069995-N-8-2025, cuya convocatoria contiene las Bases de Licitación, están disponibles para consulta en la página de internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en la oficina del Area de Licitaciones ubicada en la Calle Sierra Morones número 6504, Colonia La Cuesta, Código Postal 32650, en el Municipio de Juárez, Chihuahua, como contactos de la convocante se cuenta con el correo electrónico licitaciones@jmasjuarez.gob.mx y teléfonos (656) 686-0086 y 686-0087, ext. 4090 a 4096, de Lunes a Viernes en horario de 9:00 a 15:00 horas. Descripción de la Convocatoria: ADQUISICION DE INSUMOS PARA LA REPOSICION DE LA ETAPA 1 DEL COLECTOR CANDELARIA DE DRENAJE SANITARIO, SOBRE AV. CLARA FUENTES EMPEZANDO EN EL BLVD. INDEPENDENCIA HASTA LA AV. WATERFILL EN CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA Fecha de publicación 06 de noviembre de 2025 Junta de Aclaraciones 12 de noviembre de 2025 a las 09:00 horas. Presentación y Apertura de Proposiciones 21 de noviembre de 2025 a las 09:00 horas. Comunicación del Fallo 27 de noviembre de 2025 a las 15:00 horas. CD. JUAREZ, CHIHUAHUA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. PRESIDENTA DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACION DE SERVICIOS DE LA JUNTA MUNICIPAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DE CIUDAD JUAREZ C.P. CRUZ ELENA MORENO LOERA RUBRICA. (R.- 570103) 310 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONANITLA DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS CONVOCATORIA 005 La Dirección de Obras Públicas, con fundamento en lo establecido en los Artículos 129 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 12.4, 12.5, 12.20, 12.23 fracción I; 12.25 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México; artículos del 26 al 47, del 49 al 63 y 93 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México, convoca a las personas físicas y morales con capacidad legal para contratar e interesados en participar en las Licitación Pública de Carácter Nacional Número: TON-OP/25-03-LP/REC-PROP, de la misma forma toda la información relevante al presente procedimiento se encontrará disponible en la plataforma https://tonanitla.gob.mx/, para su consulta, y las bases para la participación están disponibles en las oficinas que ocupa la Dirección de Obras Públicas, ubicadas en Calle Bicentenario No. 1, Colonia Centro, Municipio de Tonanitla, Estado de México. C.P. 55785, Teléfono: 5589675018 ext. 113, de Lunes a Viernes del año en curso de 09:00 a 14:00 hrs. DESCRIPCION DE LA LICITACION CONSTRUCCION DE ARCOTECHO EN AREA GIMNASIO Y TECHUMBRE VELARIA EN AREA DE JUEGOS, EN DEPORTIVO TONANITLA, COLONIA LA CONCEPCION, MUNICIPIO DE TONANITLA, ESTADO DE MEXICO. VOLUMEN DE OBRA Descrito en las bases de licitación FECHA DE PUBLICACION DOF Y PAGINA DEL MUNICIPIO 06 de NOVIEMBRE de 2025 VISITA AL LUGAR DE LOS TRABAJOS 11 DE NOVIEMBRE DE 2025 10:00 horas JUNTA DE ACLATACIONES 11 DE NOVIEMBRE de 2025 10:30 horas APERTURA DE PROPUESTAS 18 de NOVIEMBRE de 2025 10:00 horas FALLO 22 de NOVIEMBRE de 2025 10:00 horas MUNICIPIO DE TONANITLA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS DEL MUNICIPIO DE TONANITLA, ESTADO DE MEXICO ARQ. RAUL ALEJANDRO VALDEZ DURAN RUBRICA. (R.- 570148) 074112 - FISCALIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MEXICO DIRECCION DE PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS, ALMACEN E INVENTARIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Nacional número LA-74-112- 915017988-N-1-2025, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en avenida Morelos Oriente número 1300, esquina Jaime Nunó, mezzanine, colonia San Sebastián, Toluca, Estado de México, código postal 50090, los días 06 al 20 de noviembre del año en curso, en un horario de 9:00 a18:00 horas, cuya información relevante es: Carácter, medio y No. de Licitación. Carácter: Nacional. Medio: Electrónico. Número de Licitación: LA-74-112-915017988-N-1-2025 Objeto de la Licitación. Adquisición de Uniformes. Volumen a adquirir. Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX. 06 de noviembre de 2025. Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones. 14 de noviembre de 2025 a las 12:00 horas. Fecha y hora para realizar la presentación y apertura de proposiciones. 21 de noviembre de 2025 a las 10:00 horas. Fecha y hora de fallo. 24 de noviembre de 2025 a las 15:00 horas. ATENTAMENTE TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. OFICIAL MAYOR M. EN A.P. ANGEL IVAN LUGO COLIN RUBRICA. (R.- 570140) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 311 CENTRO DE CONCILIACION LABORAL DEL ESTADO DE MORELOS RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA- CCLEM-01- 10-2025, CUYA Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para su consulta en internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante ubicado en la Av. Central, número 19, local 5b, colonia Cuauhnáhuac, Cuernavaca, Morelos, 62430, con número de teléfono 777 4867840, de lunes a viernes de las 08:00 a las 16:00 horas Nombre del Procedimiento de contratación Adquisición de mobiliario Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha y hora de publicación en Compras MX 5 de noviembre 25. Fecha y hora de junta de aclaraciones 12 de noviembre 25.a las 11:00 hrs. Fecha y hora de la visita a las instalaciones No hay visita Fecha y hora de presentación y apertura de proposiciones 18 de noviembre de 2025 a las 11:00 hrs. Fecha y hora de fallo 20 de noviembre 25 a las 11:00 hrs. 3 DE NOVIEMBRE DE 2025. LA CONVOCANTE ENCARGADA DE DESPACHO DEL CENTRO DE CONCILIACION LABORAL DEL ESTADO DE MORELOS MALU ESTEFANIA AYALA GUTIERREZ RUBRICA. (R.- 570133) GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEON 078031 - SECRETARIA DE ADMINISTRACION DIRECCION GENERAL DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS DIRECCION DE CONCURSOS RESUMEN DE CONVOCATORIA DE LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 fracción I, cuarto párrafo, y 36 ambos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante la cual se desarrollará el procedimiento electrónico, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, a partir de la fecha de publicación, y cuya información relevante es: Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-78-031-919059964-N-18-2025. Objeto de la Licitación: Adquisición de cincuenta y cuatro (54) camionetas pick up doble cabina, equipadas como patrullas y con balizamiento municipal para 28 municipios del Estado de Nuevo León, solicitado por el Secretariado Ejecutivo del Consejo de Coordinación del Sistema Integral de Seguridad Pública del Estado de Nuevo León. Volumen por adquirir: Según ficha técnica. Fecha de publicación en ComprasMX: 06/11/2025. Junta de Aclaraciones: 19/11/2025 a las 11:30 horas. Visita a Instalaciones: No hay visita. Presentación y Apertura de Proposiciones: 25/11/2025 a las 11:00 horas. Fallo Definitivo y Adjudicación: 27/11/2025 a las 11:00 horas. MONTERREY, NUEVO LEON, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE CONCURSOS DE LA DIRECCION GENERAL DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION LIC. CARLOS JAVIER GONZALEZ JASSO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570089) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 312 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA DIRECCION DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/o bien en la Dirección de Adquisiciones, ubicada en el Segundo Piso, Ala Sur de la Torre de Rectoría, Campus Ciudad Universitaria, Av. Universidad s/n, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, teléfono (81)8329-4023 Ext. 5471 y 5429 horario comprendido en días hábiles de lunes a viernes de las 8:30 horas a las 13:00 horas. Descripción de la licitación ADQUISICION DE UNIFORMES SECRETARIALES TEMPORADA PRIMAVERA-VERANO 2026, OTOÑO INVIERNO 2026, Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 06-11-25 Junta de aclaraciones 11-11-25 13:00 hrs Presentación y apertura de proposiciones 21-11-25 13:00 hrs Fallo 28-11-25 13:00 hrs Descripción de la licitación SERVICIO DE SOLUCION DE FIREWALL PARA SEGURIDAD DE LAS APLICACIONES DE LA RED UNIVERSITARIA Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en CompraNet 06-11-25 Junta de aclaraciones 19-11-25 10:00 hrs Presentación y apertura de proposiciones 24-11-25 11:00 hrs Fallo 01-12-25 11:00 hrs CIUDAD UNIVERSITARIA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTORA DE ADQUISICIONES M.M. OTILIA MARIA MAYELA AGUILAR GUARDADO FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570161) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 313 GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA SECRETARIA DE PLANEACION, FINANZAS Y ADMINISTRACION SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DIRECCION GENERAL DE ADJUDICACIONES DIRECCION DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS RESUMEN DE CONVOCATORIA 02 La Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, a través de la Dirección de Adquisiciones de Bienes y Servicios, de conformidad con los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, artículo 33 fracción LXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, artículos 5 fracción VI, inciso c), numeral 1, 9, 13 fracción III y 68 fracciones II y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, convoca a los interesados a participar en la siguiente Licitación Pública Nacional Electrónica, reducción de plazos cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet a través de la página: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien las oficinas de la Dirección de Adquisiciones de Bienes y Servicios, ubicadas en la Planta baja del edificio que ocupa Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, Avenida 11 Oriente. No 2224, Colonia Azcárate, C.P. 72501, en la ciudad de Puebla, Puebla, teléfono: (222) 2 29 7000 extensión 5062, a partir de la fecha de publicación de la Convocatoria, en horario de 9:00 a 17:00 horas de lunes a viernes (días hábiles). No. de licitación LA-80-U88-921002997-N-21-2025 (GEP-SPFA-LPNF-003-633/2025) Descripción de la Licitación. Adquisición de equipos de rayos X para la revisión de bultos, enseres y alimentos que ingresan a los Centros Penitenciarios para el Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública Volumen a adquirir Se detalla en la convocatoria Fecha de Publicación en Plataforma 06/11/2025 Junta de Aclaraciones 13/11/2025, 17:30 horas Presentación y apertura de proposiciones 24/11/2025, 11:00 horas Fallo 28/11/2025, 15:00 horas ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTORA GENERAL DE ADJUDICACIONES EN LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DE LA SECRETARIA DE PLANEACION, FINANZAS Y ADMINISTRACION DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA ALMA DIANA GARCIA RODRIGUEZ FIRMA ELECTRONICA. (R.- 570135) DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 314 INSTITUTO SINALOENSE DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA DEPARTAMENTO DE LICITACION DE OBRAS Y ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas Nacionales cuyas Convocatorias contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Bahía de Navachiste No. 609 Pte., Colonia Balcones del Nuevo Culiacán, C.P. 80170, Culiacán, Sinaloa, teléfonos: 01 (667) 713-33-63, 713-34-63, 712-70-14, los días de Lunes a Viernes de las 08:00 a 15:00 horas. Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-84-W43-925005997-N-3-2025 Objeto de la Licitación EQUIPAMIENTO PARA INSTITUTO TECNOLOGICO DE MAZATLAN Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la Convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 06/Noviembre/2025 Junta de Aclaraciones 13/11/2020 11:00 horas Visita a Instalaciones No habrá visita a instalaciones. Presentación y Apertura de Proposiciones 20/11//2025, 10:00 horas Fallo 26/11/2025, 10:00 horas Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-84-W43-925005997-N-4-2025 Objeto de la Licitación EQUIPAMIENTO PARA INSTITUTO TECNOLOGICO DE LOS MOCHIS Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la Convocatoria. Fecha de publicación en CompraNet 06/Noviembre/2025 Junta de Aclaraciones 13/11/2020 13:00 horas Visita a Instalaciones No habrá visita a instalaciones. Presentación y Apertura de Proposiciones 20/11//2025, 11:00 horas Fallo 26/11/2025, 12:00 horas CULIACAN, SINALOA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DEL ISIFE ARQ. HUGO ECHAVE MENESES RUBRICA. (R.- 570138) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 315 MUNICIPIO DE SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA LICITACION PUBLICA NACIONAL No. LA-85-I03-826055984-N-2-2025 y LA-85-I03-826055984-N-3-2025 El Municipio de San Luis Río Colorado, Sonora, acatando lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y lo dispuesto en los artículos 35, 39, 40, 41 y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento, convoca a las personas físicas y morales que posean los recursos técnicos, económicos y demás necesarios para participar en las Licitaciones Públicas Nacionales para la contratación de: ADQUISICION DE PATRULLAS PARA LA DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL DE SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA; y ADQUISICION DE GRUA PLATAFORMA PARA LA DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL DE SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA conforme a lo siguiente: No. de Licitación Junta de Aclaraciones Presentación y apertura de propuestas LA-85-I03-826055984- N-2-2025 07 de noviembre de 2025 10:00 hrs 18 de noviembre de 2025 10:00 hrs Plazo de Entrega Descripción general de la Adquisición 30 Días Naturales ADQUISICION DE PATRULLAS PARA LA DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL DE SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA No. de Licitación Junta de Aclaraciones Presentación y apertura de propuestas LA-85-I03-826055984- N-3-2025 07 de noviembre de 2025 12:00 hrs 18 de noviembre de 2025 11:30 hrs Plazo de Entrega Descripción general de la Adquisición 30 Días Naturales ADQUISICION DE GRUA PLATAFORMA PARA LA DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL DE SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA I. CONSULTA DE BASES DE LICITACION: Las bases de la licitación se encuentran disponibles para su consulta en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ y a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta la fecha límite de inscripción en: La Dirección de Servicios Administrativos en Av. Juárez y Calle 4ta. Número s/n, Colonia Comercial, C.P. 83400, San Luis Río Colorado, Sonora, teléfono: Tel. (653) 536-6655, en días hábiles de 9:00 a 15:00 hrs. II. Se exhorta a todos los licitantes a registrarse en el Sistema https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ III. Asimismo, y con fundamento en lo que establecen los artículos 36 y 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, este procedimiento será ELECTRONICO, en la cual exclusivamente se permitirá la participación de los Licitantes a través de la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas de la Administración Pública Federal denominada Compras MX, utilizando medios de identificación electrónica IV. JUNTA DE ACLARACIONES: La junta de aclaraciones se llevará a cabo en la Sala de cabildo ubicada en Av. Juárez y Calle 4ta, planta alta, Col. Comercial, C.P. 83449, San Luis Río Colorado, Sonora, fecha y hora señaladas en el recuadro. V. PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS: El acto de presentación de proposiciones y apertura se realizará por medios electrónicos conforme a lo establecido en la ley de la materia. VI. ANTICIPOS: No se otorgarán anticipos para las adquisición de los bienes estipulados en la presente convocatoria. VII. ORIGEN DE LOS RECURSOS: del Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento de los Municipios 2025. VIII. El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español. IX. La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Pesos Mexicanos. X. Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de esta licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociables. Cabe señalar que la descripción de cada uno de los requisitos señalados anteriormente, se encuentran en las bases de la licitación, mismas que están a su disposición tal y como se señala en la presente convocatoria. Para ser agraciado con la adjudicación del contrato los interesados deberán cumplir con los requisitos establecidos en las bases de licitación, los mismos que serán revisados por el Municipio de San Luis Río Colorado y, en su caso, los interesados se comprometerán a otorgar las facilidades necesarias para comprobar su veracidad y verificar que éstos cumplan con los requisitos de la presente convocatoria. ATENTAMENTE SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES ING. JUAN DAGOBERTO BUZANI CASILLAS RUBRICA. (R.- 570111) 316 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 018-26 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública Nacional modalidad electrónica número LA-85-W83- 926014991-N-18-2026, cuya convocatoria de licitación está disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en calle 5 de Febrero Número 818 Sur, Colonia Centro, C.P. 85000, Cajeme, Sonora, teléfono: 644-410-09-18 ext. 2919 y 2044, los días de lunes a viernes con el siguiente horario: de 8:00 a 16:00 Hrs. Número de Licitación LA-85-W83-926014991-N-18-2026 Descripción de la licitación SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA ESPECIALIZADOS PARA LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 30/10/2025 Visita a instalaciones 06 y 07 de noviembre, según convocatoria. Junta de aclaraciones 11/11/2025 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 19/11/2025 11:00 horas CIUDAD OBREGON, SONORA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES MTRO. RODOLFO MANUEL TAMAYO CUEVAS RUBRICA. (R.- 570106) INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 019-26 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública Nacional modalidad electrónica número LA-85-W83- 926014991-N-19-2026, cuya convocatoria de licitación está disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en calle 5 de Febrero Número 818 Sur, Colonia Centro, C.P. 85000, Cajeme, Sonora, teléfono: 644-410-09-18 ext. 2919 y 2044, los días de lunes a viernes con el siguiente horario: de 8:00 a 16:00 Hrs. Número de Licitación LA-85-W83-926014991-N-19-2026 Descripción de la licitación RENOVACION DE LICENCIAS ZOOM Y GOOGLE TEACHING AND LEARNING Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 30/10/2025 Visita a instalaciones No aplica. Junta de aclaraciones 07/11/2025 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 15/11/2025 10:00 horas CIUDAD OBREGON, SONORA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES MTRO. RODOLFO MANUEL TAMAYO CUEVAS RUBRICA. (R.- 570109) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 317 INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 020-26 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública Nacional modalidad electrónica número LA-85-W83- 926014991-N-20-2026, cuya convocatoria de licitación está disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buen gobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en calle 5 de Febrero Número 818 Sur, Colonia Centro, C.P. 85000, Cajeme, Sonora, teléfono: 644-410-09-18 ext. 2919 y 2044, los días de lunes a viernes con el siguiente horario: de 8:00 a 16:00 Hrs. Número de Licitación LA-85-W83-926014991-N-20-2026 Descripción de la licitación CONTRATACION DEL SERVICIO ESPECIALIZADO DE LIMPIEZA INTEGRAL PARA LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 31/10/2025 Visita a instalaciones 10 y 11 de noviembre, según convocatoria. Junta de aclaraciones 13/11/2025 09:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 21/11/2025 11:00 horas CIUDAD OBREGON, SONORA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES MTRO. RODOLFO MANUEL TAMAYO CUEVAS RUBRICA. (R.- 570110) INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 021-26 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública Nacional modalidad electrónica número LA-85-W83- 926014991-N-21-2026, cuya convocatoria de licitación está disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buen gobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en calle 5 de Febrero Número 818 Sur, Colonia Centro, C.P. 85000, Cajeme, Sonora, teléfono: 644-410-09-18 ext. 2919 y 2044, los días de lunes a viernes con el siguiente horario: de 8:00 a 16:00 Hrs. Número de Licitación LA-85-W83-926014991-N-21-2026 Descripción de la licitación ADQUISICION DE TINTAS Y TONER PARA EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria Fecha de publicación en Compras MX 31/10/2025 Visita a instalaciones No aplica. Junta de aclaraciones 14/11/2025 09:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 22/11/2025 10:00 horas CIUDAD OBREGON, SONORA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES MTRO. RODOLFO MANUEL TAMAYO CUEVAS RUBRICA. (R.- 570112) 318 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 157-25 De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública Nacional modalidad electrónica número LA-85-W83- 926014991-N-157-2025, cuya convocatoria de licitación está disponible para consulta en Internet: https://comprasmx.buen gobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en calle 5 de Febrero Número 818 Sur, Colonia Centro, C.P. 85000, Cajeme, Sonora, teléfono: 644-410-09-18 ext. 2919 y 2044, los días de lunes a viernes con el siguiente horario: de 8:00 a 16:00 Hrs. Número de Licitación LA-85-W83-926014991-N-157-2025 Descripción de la licitación SUMINISTRO E INSTALACION DE CABLEADO ESTRUCTURADO Y FIBRA OPTICA Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 31/10/2025 Visita a instalaciones 06 y 07 de noviembre, según convocatoria. Junta de aclaraciones 12/11/2025 10:00 horas Presentación y apertura de proposiciones 20/11//2025 12:00 horas CIUDAD OBREGON, SONORA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES MTRO. RODOLFO MANUEL TAMAYO CUEVAS RUBRICA. (R.- 570104) AVISO Se informan los requisitos para publicar documentos en el Diario Oficial de la Federación: • Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del documento, fundando su petición conforme a la normatividad aplicable, en original y dos copias. • Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles. • Versión electrónica del documento a publicar, en formato word contenida en un solo archivo, correctamente identificado. • Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales, en original y copia simple. Consideraciones Adicionales: 1. En caso de documentos a publicar emitidos en representación de personas morales, se deberán presentar los siguientes documentos en original y copia, para cotejo y resguardo en el DOF: • Acta constitutiva de la persona moral solicitante. • Instrumento público mediante el cual quien suscribe el documento a publicar y la solicitud acredite su cualidad de representante de la empresa. • Instrumento público mediante el cual quien realiza el trámite acredite su cualidad de apoderado o representante de la empresa para efectos de solicitud de publicación de documentos en el DOF. 2. Los pagos por concepto de derecho de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2024 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2025. 3. No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las instituciones bancarias. 4. Todos los documentos originales, entregados al DOF, quedarán resguardados en sus archivos. Atentamente Diario Oficial de la Federación Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 319 GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN INSTITUTO PARA LA CONSTRUCCION Y CONSERVACION DE OBRA PUBLICA EN YUCATAN RESUMEN DE CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA NACIONAL De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional, cuya convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para su consulta en Compras MX: https://upcp-compranet.buen gobierno.gob.mx/ desde la fecha de publicación o bien en el Departamento de Concursos ubicado en la Avenida Itzáes S/N Interior A por 59-A y 59, Colonia Centro C.P. 97000, Mérida, Yucatán, teléfono 999.930.33.00 extensión 50093, en el horario de 08:00 a 15:00 horas de lunes a viernes (días hábiles). Licitación Pública Nacional No. LO-90-Z28-931059970-N-5-2025 Descripción de la Licitación Remodelación, reacondicionamiento y rehabilitación de las instalaciones del Centro de Atención Infantil, “Creciendo con Amor” en el municipio de Tizimín. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 06 de noviembre de 2025. Visita a instalaciones 10 de noviembre de 2025, 09:00 horas. Punto de reunión de acuerdo a lo indicado en la convocatoria de las bases de licitación. Junta de Aclaraciones 13 de noviembre de 2025, 10:00 horas. Punto de reunión en la sala de Dirección General del INCCOPY. Presentación y Apertura de Proposiciones 20 de noviembre de 2025, 10:00 horas. Punto de reunión en la sala de usos múltiples del INCCOPY. Licitación Pública Nacional No. LO-90-Z28-931059970-N-6-2025 Descripción de la Licitación Remodelación, Reacondicionamiento y Rehabilitación de las instalaciones del Centro de Asistencia Social para Niñas, Niños, Adolescentes Migrantes en Yucatán "Casa U'ulab" en el municipio de Mérida. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 06 de noviembre de 2025. Visita a instalaciones 10 de noviembre de 2025, 09:30 horas. Punto de reunión de acuerdo a lo indicado en la convocatoria de las bases de licitación. Junta de Aclaraciones 13 de noviembre de 2025, 12:00 horas. Punto de reunión en la sala de Dirección General del INCCOPY. Presentación y Apertura de Proposiciones 20 de noviembre de 2025, 12:00 horas. Punto de reunión en la sala de usos múltiples del INCCOPY. Licitación Pública Nacional No. LO-90-Z28-931059970-N-7-2025 Descripción de la Licitación Construcción de Puente peatonal ubicado en el circuito periférico Lic. Manuel Berzunza y Berzunza, Km. 23.5 Centro de Rehabilitación Cottolengo en el municipio de Mérida. Volumen a adquirir Los detalles se determinan en la propia convocatoria. Fecha de publicación en Compras MX 06 de noviembre de 2025. Visita a instalaciones 10 de noviembre de 2025, 10:00 horas. Punto de reunión de acuerdo a lo indicado en la convocatoria de las bases de licitación. Junta de Aclaraciones 13 de noviembre de 2025, 14:00 horas. Punto de reunión en la sala de Dirección General del INCCOPY. Presentación y Apertura de Proposiciones 20 de noviembre de 2025, 14:30 horas. Punto de reunión en la sala de usos múltiples del INCCOPY. ATENTAMENTE MERIDA, YUCATAN, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025. DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO PARA LA CONSTRUCCION Y CONSERVACION DE OBRA PUBLICA EN YUCATAN ING. JOSE ISAAC GONZALEZ BERNAL RUBRICA. (R.- 570124) 320 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas Zacatecas EDICTO Por ignorar el domicilio del tercero interesado, con fundamento en el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas, ordenó emplazar por edictos Alan Omar García Espinoza, haciéndole saber que en este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas, se ventila Juicio de Amparo 826/2024 promovido por Tony de Marco Ramírez Romero, por su propio derecho, actos del Pleno del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Zacatecas y otras autoridades, que hizo consistir en: “El auto de quince de mayo de dos mil veinticuatro, en que la diversa responsable, Juez de Control del distrito Judicial de Jerez de García Salinas, Zacatecas, declaró improcedente, desechando de plano, el recurso de revocación planteado contra lo resuelto en audiencia de trece de mayo citado, dentro de la carpeta de impugnación marcada con el número 07/2024, instaurada contra Ma. Eva García Espinoza y otros”; se le previene para que comparezca en el término de treinta días, que contarán a partir del siguiente de la última publicación, apercibido que de no hacerlo, no imponerse de los autos, las siguientes notificaciones se le harán por medio de lista que se publica en este juzgado. Asimismo, se ordena fijar en los estrados de este Tribunal una copia del presente edicto hasta en tanto se tenga por legalmente notificados a la citada tercera interesada. Atentamente Zacatecas, Zacatecas, veintisiete de agosto de dos mil veinticinco. La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas Lic. Adriana Salazar Orozco Rúbrica. (R.- 569255) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito Zapopan, Jal. EDICTO DIRIGIDO A: TERCERA INTERESADA: ANDREAS PAPADIMITRIOU. Se emplaza al Amparo Directo 442/2025-I, promovido por el quejoso LUIS RODOLFO DE LA TORRE BARBARINO, por conducto de su abogado patrono CARLOS EDUARDO QUEVEDO ARANDA, contra la sentencia de veintiocho de marzo de dos mil veinticinco, dictada por la Cuarta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, emitida en el toca 109/2025. Quedan a su disposición copias de la demanda de amparo en la secretaría del tribunal. Haciéndole saber que tiene treinta días para presentarse a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo se harán por lista, artículos 27 y 181 de la Ley de Amparo y conforme al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la Republica. Zapopan, Jalisco, a veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco. La Secretaria del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito Licenciada Brenda Sarai Zúñiga Moreno Rúbrica. (R.- 569339) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 321 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO En los autos del juicio de amparo directo D.P. 950/2024-V, promovido por Edi Ramírez Vázquez, contra la sentencia de veintiséis de octubre de dos mil diecisiete, dictada por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del toca 544/2017, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a la tercera interesada María Rosa Tapia Portillo, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberán presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no comparecer en este juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado. Atentamente Secretaria de Acuerdos Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona Rúbrica. (R.- 569502) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO En los autos del juicio de amparo directo D.P. 375/2025-V, promovido por Ricardo San Martín Simbrón, contra la sentencia de cuatro de marzo de dos mil dieciséis, dictada por el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del toca 751/2015, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a los terceros interesados, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a los terceros interesados Gerardo José Valencia Becerril y María del Socorro Sánchez Becerril, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberán presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no comparecer en este juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado. Atentamente Secretaria de Acuerdos Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona Rúbrica. (R.- 569503) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Sonora, con sede en Hermosillo EDICTO. Grupo Riviera, S.A. de C.V.. En el juicio de amparo 266/2024, promovido por Estructuras y Servicios de Ensenada, Sociedad Anónima de Capital Variable, a través de su administrador único Miguel Vásquez Rascón, contra unos actos del Juzgado Tercero de Primera Instancia de lo Mercantil, con sede en esta ciudad, y otras autoridades, el ocho de octubre de dos mil veinticinco este Juzgado Federal ordenó emplazar por edictos en su carácter de tercera interesada a la moral Grupo Riviera, S.A. de C.V., que se publicarán por tres veces de siete en siete días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico nacional de mayor circulación, a fin de que comparezca ante este órgano jurisdiccional dentro del plazo de treinta días contado a partir del siguiente al en que se efectúe la última publicación por apoderado o por gestor que pueda representarlo o defender sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, 322 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, apercibida que de no hacerlo en el término señalado, las ulteriores notificaciones aun las de carácter personal se harán por medio de lista, de conformidad con lo previsto por el numeral 26, fracción III, de la Ley de Amparo, en relación con los diversos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles; en la inteligencia de que la copia de la demanda de amparo queda en la Secretaría de este Juzgado Federal a su disposición. Fecha para la audiencia constitucional: diez horas con un minuto del veintitrés de octubre de dos mil veinticinco. Para ser publicado tres veces, de siete en siete días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico nacional de mayor circulación. Atentamente Hermosillo, Sonora, 09 de octubre de 2025. Juez Decimoprimero de Distrito en el Estado de Sonora Antonio Mora Díez Rúbrica. (R.- 569468) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO En los autos del juicio de amparo directo D.C. 313/2025-III, promovido por Félix Santiago Cruz, contra la sentencia de cinco de marzo de dos mil veinticinco, dictada por la Primera Sala Colegiada Civil de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del Toca 134/2025, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado al tercero interesado, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio al tercero interesado Miguel Flores Paez o Miguel Flores, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación el citado edicto, así como en un periódico de mayor circulación; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado. Atentamente Secretaria de Acuerdos Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona Rúbrica. (R.- 569505) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO Juicio de amparo: D.C. 489/2024 Quejosa: Elia Adriana Moreno Díaz. Tercera interesada: Margarita Olmos Arcíenega. Se hace de su conocimiento que Jeymi Alejandra García Aguilar, promovió amparo directo contra la resolución de trece de junio de dos mil dieciocho, por el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca de apelación 176/2018; y en virtud de que no fue posible emplazar a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, emplácese a juicio a la tercera interesada Margarita Olmos Arcíenega por edictos; publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber, que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; apercibida que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado de Circuito. Doy Fe. Atentamente Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México Lic. Hilda Esther Castro Castañeda Rúbrica. (R.- 569509) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 323 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO Juicio de amparo: D.P. 169/2023 Quejoso: Omar Gutiérrez Martell. Tercero interesados: Marco Antonio Trejo Reyes y Aldo Vargas Meneses. Se hace de su conocimiento que Omar Gutiérrez Martell, promovió amparo directo contra la resolución de tres de agosto de dos mil veinte, por el Tercer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, Estado de México, en el toca penal 102/2020; y en virtud de que no fue posible emplazar a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, emplácese a juicio a los terceros interesados Marco Antonio Trejo Reyes y Aldo Vargas Meneses por edictos; publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber, que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; apercibidos que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado de Circuito. Doy Fe. Atentamente Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México Lic. Hilda Esther Castro Castañeda Rúbrica. (R.- 569524) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México EDICTO Tercero Interesado José Luis Vite Ángel. En el juicio de amparo 933/2024, promovido por JESÚS ABDIEL VEGA LEMUS, por conducto de su defensor particular, contra el acto que reclama a la Primera Sala Especializada en Ejecución de Sanciones Penales del Tribunal Superior de Justicia de esta ciudad; al tener el carácter de tercero interesado y desconocerse su domicilio actual; por tanto, con fundamento en la fracción III, inciso b), párrafo segundo, del artículo 27 de la Ley de Amparo, se otorga su emplazamiento al juicio mencionado por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, y se le hace saber que cuenta con el término de treinta días, contados a partir de la última publicación de tales edictos para que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos, lo cual podrá hacerlo por conducto de su apoderado, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se le practicaran por lista que se publica en este Juzgado de Distrito. En la Ciudad de México, a dos de julio de dos mil veinticinco. Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México María Fernanda Zaragoza Gómez Rúbrica. (R.- 569525) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México EDICTO Juicio de amparo: D.P. 729/2022 Quejosa: Jeymi Alejandra García Aguilar. Tercero interesado: Luis Ángel Pérez Felipe, en representación del menor de iniciales E.O.P.R. Se hace de su conocimiento que Jeymi Alejandra García Aguilar, promovió amparo directo contra la resolución de trece de junio de dos mil dieciocho, por el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca de apelación 176/2018; y en virtud de que no fue posible emplazar a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, 324 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 emplácese a juicio al tercero interesado Luis Ángel Pérez Felipe, en representación del menor de iniciales E.O.P.R. por edictos; publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber, que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado de Circuito. Doy Fe. Atentamente Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México Lic. Hilda Esther Castro Castañeda Rúbrica. (R.- 569511) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl Amparo Indirecto 1477/2023 EDICTO C.C. Francisco Alcázar Falcón y Josué Uriel Alcázar Albor. En cumplimiento a lo señalado en proveído de veintisiete de junio de dos mil veinticinco, en los autos del juicio de amparo 1477/2023-0, promovido por Axel Octavio Sánchez Moreno, defensor del quejoso Daniel Gambino Álvarez, contra actos del Juez de Control del Distrito Judicial de Texcoco, Estado de México y otra autoridad, se ordena emplazarlos a ustedes como terceros interesados, mediante edictos, los cuales se publicarán, por tres veces, de siete en siete días, para que comparezcan a deducir sus derechos, en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente al en que se efectúe la última publicación; apercibiéndolos que, de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se les practicarán mediante lista que se fije en el tablero de avisos de este Juzgado de Distrito; se les notifica que la audiencia constitucional tendrá verificativo a las diez horas con doce minutos del nueve de julio de dos mil veinticinco, la cual será diferida tomando en cuenta el término de la última publicación, además se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo. Atentamente La Secretaria del Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México Lic. Ana Fernández Fernández Rúbrica. (R.- 569527) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México EDICTO En los autos del juicio de amparo número 424/2025, promovido por Reyes Gutiérrez Pérez contra la Primera Sala Especializada en Ejecución de Sanciones Penales del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México, se ordenó emplazar por edictos a la tercera interesada Laura Janet Ferral Gutiérrez y se le concede un plazo de treinta días contado a partir de la última publicación para que comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicarán por medio de lista. Atentamente Ciudad de México, a 01 de octubre de 2025. Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México Nelly Salazar Enríquez Rúbrica. (R.- 569566) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 325 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan EDICTO Tercero Interesado: Roberto Israel Mendoza Martínez. Naucalpan de Juárez, Estado de México, a veintisiete de agosto de dos mil veinticinco. En los autos del juicio de amparo 409/2025-V, promovido por Oscar Rodríguez Reyes y Marco Antonio Hernández Espinoza, contra actos del Juez de Control de Ecatepec, Estado de México, se hace del conocimiento al tercero interesado Roberto Israel Mendoza Martínez, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado Federal a fin de apersonarse al presente juicio un término que no será inferior a quince días ni excederá de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados; apercibido que de no comparecer en el término señalado, se continuará con la prosecución de este juicio constitucional y las notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicará por medio de lista, quedando a su disposición en la actuaría de este juzgado copia simple de la demanda de amparo. Atentamente En Naucalpan de Juárez, Estado de México, a veintisiete de agosto de dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México Germán Jaén León Rúbrica. (R.- 569710) Estados Unidos Mexicanos Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún EDICTO Emplazamiento a: Grupo Mercadotecnia Thanos, sociedad anónima de capital variable, AT&T Ventas y Servicios, sociedad anónima de capital variable y Rosendo Quintal Ake. Se le hace saber que en este órgano jurisdiccional se tramita el juicio ordinario 388/2024 promovido por Edith García Vega, en donde le reclama la indemnización constitucional y diversas prestaciones legales derivadas de un despido injustificado. Se ordenó emplazarlos por medio de edictos que serán publicados dos veces, con un lapso de tres días entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de mayor circulación en la República y en un periódico local de amplia circulación del Estado de Quintana Roo, haciéndoles saber que deberán presentarse ante este tribunal, dentro del término de quince días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer lo que a su derecho convenga, apercibidos que de no realizar manifestación alguna, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, por perdido su derecho a ofrecer pruebas y a objetar las pruebas de la contraparte. Asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de residencia de este Tribunal, apercibida que, de no hacerlo, las notificaciones personales se realizarán por boletín laboral. Doy fe. Cancún, Quintana Roo, 14 de octubre de 2025. Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún Mireya Ortiz Landaverde Rúbrica. (R.- 569781) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México EDICTOS Al margen de un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, quince de julio de dos mil veinticinco. En los autos del juicio de amparo número 105/2024-VII, promovido por Santa Medina Alba, quien se ostenta presunta heredera de la sucesión a bienes de Alba Granados Jesús, contra actos del Juez Décimo Tercero de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, con fecha diez de julio de dos mil veinticinco, se dictó un auto por el que se ordena emplazar al tercero interesado José Alba Granados, por medio de edictos, que se publicaran por tres veces, de siete en siete días en el diario oficial de la federación, y en un periódico de mayor circulación en esta ciudad, a fin de que comparezca a este juicio a deducir sus derechos en el término de treinta días, contados a partir del siguiente al en que se efectúe la 326 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 última publicación, quedando en esta secretaria a su disposición, copia simple de la demanda de garantías y demás anexos exhibidos, apercibida que de no apersonarse al presente juicio, las ulteriores notificaciones se harán en términos de lo dispuesto artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, asimismo, se señalaron las diez horas con cuarenta y seis minutos del veintiuno de mayo de dos mil veinticinco, para que tenga verificativo la Audiencia Constitucional. En acatamiento al auto de mérito, se procede a hacer una relación sucinta de la demanda de garantías, en la que la parte quejosa señalo como tercero interesado al antes señalado, y precisa como acto reclamado la resolución de seis de diciembre de dos mil veintitrés, emitida por el Juez Décimo Tercero Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el juicio sucesorio 2270/2016 que inadmite el recurso de revocación el auto de veintidós de noviembre de dos mil veintitrés. Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Lic. Eulalio Reséndiz Hernández Rúbrica. (R.- 569513) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México EDICTO AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.- JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. TERCERO INTERESADO: PAOLA DOMÍNGUEZ RAMOS En los autos del juicio de amparo número 772/2025, promovido por el menor de identidad reservada E.G.D., por conducto de su progenitor Omar Guadarrama Gutiérrez, contra actos del Juez Octavo de lo Familiar de la Ciudad de México, en el que se señaló como tercera interesada a Paola Domínguez Ramos, y al desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción III, inciso b) del artículo 27 de la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de tres en tres días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación, se hace de su conocimiento que en la secretaría II de trámite de amparo de este juzgado, queda a su disposición copia simple de la demanda y auto admisorio a efecto de que en un término de veinte días contados a partir de la última publicación de tales edictos, ocurra al juzgado para hacer valer su derecho. Atentamente Ciudad de México, a catorce de octubre de dos mil veinticinco. Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Selene Martínez Jiménez Rúbrica. (R.- 569900) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Juicio de Amparo 241/2024-3 EDICTO En el juicio de amparo 241/2024-3, promovido por María Concepción De la Torre Bravo por propio derecho y en representación de la sucesión a bienes de José Jesús Zarate Vázquez, con fundamento en el artículo 135 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, emplácese por este medio al tercero interesado Edith Orozco Zepeda, quienes deben presentarse dentro del término de treinta días, contactos a partir del día siguiente al de la última publicación, a hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibidos que de no hacerlo, se seguirá el procedimiento, y las subsecuentes notificaciones, se harán por lista, en términos del artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, asimismo se hace de su conocimiento que se fijaron las doce horas con treinta minutos del diez de septiembre de dos mil veinticinco par que tenga verificativo la audiencia constitucional y queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, la copia de la demanda. Atentamente Zapopan, Jalisco; ocho de septiembre del dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Alberto Oliveros Vega Rúbrica. (R.- 569925) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 327 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Juicio de Amparo 869/2025 M1-OJ2 EDICTO En cumplimiento a lo ordenado en auto de diez de octubre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo número 869/2025, promovido por Víctor Berumen Guerrero, contra los actos que reclama del Juez y Secretario Ejecutor, Adscritos al Juzgado Octavo de lo Civil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, así como Director del Registro Público de la Propiedad y Comercio con sede en Guadalajara, Jalisco y Director de Catastro del Municipio de Guadalajara, Jalisco, se emplaza a juicio a J.O. Inmobiliaria Sociedad Anónima de Capital Variable, con el carácter de tercero interesado, de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimiento Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Quedan a su disposición, en la Secretaría de este Órgano Judicial, copia simple de la demanda de amparo. Se le hace saber que cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a su interés convenga y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por lista. Se hace de su conocimiento que se encuentran señaladas las DIEZ HORAS CON TREINTA Y SEIS MINUTOS DEL VEINTIUNO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, para la celebración de la audiencia constitucional. Atentamente Zapopan, Jalisco; 16 de octubre de 2025. El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Lic. Luis Fernando Vázquez Michel Rúbrica. (R.- 570113) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial del Estado de Michoacán Juzgado Mixto de Primera Instancia Puruándiro, Michoacán EDICTO Juzgado Mixto de primera instancia del Distrito Judicial de Puruándiro, Michoacán. En acatamiento a lo ordenado en auto de fecha 13 trece de uno de este año, dictado dentro de las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Familiar número 97/2025, sobre declaración de ausencia por desaparición de Rogelio Ramos Robledo, promovidas por Dayani Alejandra Cruz Raya; se llama a cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de declaración especial de ausencia de la persona mencionada en líneas procedentes, para que comparezcan ante el juzgado actuante, a manifestar lo que a sus intereses convenga y para los efectos legales correspondientes. Puruándiro, Michoacán, a 18 dieciocho de junio de 2025 dos mil veinticinco. El Secretario de Acuerdos Lic. Jerónimo Sánchez García Rúbrica. (E.- 000783) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales San Andrés Cholula, Puebla EDICTO Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales San Andrés Cholula, Puebla, Ana Rosa Leticia Muñoz Buaun, por propio derecho y en su carácter de albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de Irene Buaun Cuervo, tercera interesada dentro del juicio de amparo 821/2024, se ordenó emplazarla a juicio en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y se hace de su conocimiento que el quejoso, Emmanuel Martínez Forcelledo, por propio derecho, interpuso demanda de amparo contra un acto del Juez de lo Civil y de lo Penal del Distrito Judicial de Izúcar de Matamoros, Puebla y otra, que hizo consistir en la resolución de fecha dieciséis de octubre del año dos mil veintitrés, dictada dentro del expediente de origen. Se le previene se 328 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 presente al juicio de amparo de mérito dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho proceda, y las subsecuentes notificaciones se le hará por lista en los estrados de este Juzgado, quedando a su disposición en la secretaría, copias simples de traslado de la demanda; se le hace saber que se encuentran señaladas las diez horas diez minutos del cinco de noviembre de dos mil veinticinco, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo. Para su publicación en cualquier periódico de circulación nacional y en el Diario Oficial de la Federación, por tres veces consecutivas de siete en siete días. San Andrés Cholula, Puebla; tres de octubre de 2025. El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales San Andrés Cholula, Puebla Lic. Víctor Eduardo Herrera Martínez Rúbrica. (R.- 569602) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial del Estado de Michoacán Juzgado Mixto de Primera Instancia Puruándiro, Michoacán EDICTO Juzgado Mixto de primera instancia del Distrito Judicial de Puruándiro, Michoacán. En acatamiento a lo ordenado en auto de fecha 08 ocho de julio de este año, marcado como acuerdo [I], dictado dentro de las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Familiar número 290/2025, sobre declaración de ausencia por desaparición de José Alfredo Botello Rangel, promovidas por Miriam Jazmín Saldaña Olmos; se llama a cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de declaración especial de ausencia de la persona mencionada en líneas procedentes, para que comparezcan ante el juzgado actuante, a manifestar lo que a sus intereses convenga y para los efectos legales correspondientes. Puruándiro, Michoacán, a 21 veintiuno de agosto de 2025 dos mil veinticinco. El Secretario de Acuerdos Lic. Paloma Tafolla Chávez Rúbrica. (E.- 000784) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial del Estado de Michoacán Juzgado Mixto de Primera Instancia Puruándiro, Michoacán EDICTO Juzgado Mixto de primera instancia del Distrito Judicial de Puruándiro, Michoacán. En acatamiento a lo ordenado en auto de fecha 13 trece de junio de este año, dictado dentro de las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Familiar número 96/2025, sobre declaración de ausencia por desaparición de Rebeca Hernández Chávez, promovidas por Ma de la Luz Chávez Andrade también conocida como Ma Luz Chávez Andrade y/o María de la Luz Chávez Andrade; se llama a cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de declaración especial de ausencia de la persona mencionada en líneas procedentes, para que comparezcan ante el juzgado actuante, a manifestar lo que a sus intereses convenga y para los efectos legales correspondientes. Puruándiro, Michoacán, a 22 veintidós de agosto de 2025 dos mil veinticinco. El Secretario de Acuerdos Lic. Paloma Tafolla Chávez Rúbrica. (E.- 000785) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 329 Estados Unidos Mexicanos Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún EDICTO Emplazamiento a: Ecoparc KB, sociedad anónima de capital variable. Se le hace saber que en este órgano jurisdiccional se tramita el juicio laboral 21/2024, promovido por Miguel Ángel Aguilera Hurtado, por su propio derecho, en donde le reclama la indemnización constitucional, así como, el pago de diversas prestaciones legales que se derivan del despido injustificado del que dice fue objeto. Se ordenó emplazar al demandado por medio de edictos que serán publicados dos veces, con un lapso de tres días entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de mayor circulación en la República y en un periódico local de amplia circulación del Estado de Quintana Roo, haciéndole saber que deberá presentarse ante este tribunal, dentro del término de quince días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer lo que a su derecho convenga, apercibido que de no realizar manifestación alguna, se tendrá por admitidas las peticiones de la parte actora. Asimismo, en el término de tres días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por conducto de su apoderado, manifieste lo que a su derecho convenga con relación al incidente de falta de personalidad planteado y ofrezca pruebas, apercibido de que no hacerlo así, se tendrá por perdido su derecho para ello y se continuará con la secuela procesal del presente asunto; de igual manera, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la sede de este Tribunal, esto es, la ciudad de Cancún, Quintana Roo, apercibida que, de no hacerlo, las notificaciones personales se realizarán por boletín. Doy fe. Cancún, Quintana Roo, 07 de octubre de 2025. Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún Mireya Ortiz Landaverde Rúbrica. (R.- 569807) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Villahermosa, Tabasco EDICTO PARA EMPLAZAR A: Construcciones y Reparaciones del Sur, Sociedad Anónima de Capital Variable. En los autos del juicio ordinario laboral 278/2023, antes 1471/2022, Iván Zúñiga Gómez, demandó a la referida moral, la indemnización constitucional por despido injustificado y otras prestaciones que derivan del despido, la cual fue admitida en auto de 24 de noviembre de 2022 y en proveído de 08 de octubre de 2025, se ordenó emplazarlas por medio de edictos, a fin de que dentro del término de treinta y cinco días hábiles, acuda al local que ocupa este tribunal a producir su contestación, con la aclaración de que la notificación realizada de esta forma surte sus efectos a partir del día siguiente de la última publicación. Queda a disposición de la demandada, en las oficinas que ocupa este órgano jurisdiccional, sito en Circuito Interior Carlos Pellicer Cámara número 3302, colonia Carrizal, Tabasco 2000, Villahermosa, Tabasco, las copias de los proveídos de 20 de septiembre y veinticuatro de noviembre de 2022, así como de los escritos de demanda y aclaratorio, con sus anexos. En caso de no comparecer y no dar contestación a la demanda, dentro del término establecido, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, salvo aquellas que sean contrarias a lo dispuesto por la ley, así como por perdido su derecho a ofrecer pruebas y en su caso a formular reconvención, sin perjuicio de que antes de la audiencia preliminar pueda ofrecer pruebas, para demostrar que el actor no era su trabajador, que no existió el despido o que no son ciertos los hechos afirmados por la parte actora. Finalmente, se previene a las demandadas que señale domicilio para oír y recibir notificaciones, dentro de la residencia de este Tribunal, pues de no hacerlo así, las posteriores notificaciones se realizarán por boletín. El Secretario del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Villahermosa, Tabasco Carlos Rodríguez Escobar Rúbrica. (R.- 569813) 330 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado 2do. de Distrito Pachuca, Hidalgo EDICTO En el juicio de amparo 996/2025-6, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Gabriel Roldán Cruz, contra actos que reclama del Juez Penal de Ejecución perteneciente al Segundo Circuito Judicial con sede en Tulancingo de Bravo, Hidalgo y otras autoridades, se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento del tercero interesado Quirino Arias Trejo, a quien se hace de su conocimiento que ante este Juzgado se encuentra radicado el juicio de derechos arriba indicado, en el que se reclama a) la orden de aprehensión y b) la ejecución de dicho mandato; por ello, se hace saber a Quirino Arias Trejo, que deberá presentarse ante este Juzgado Federal sito en Boulevard Luis Donaldo Colosio número 1209, Reserva Aquiles Serdán, Fraccionamiento Colosio I, primera etapa, Edificio “B”, 2º. Piso, Palacio de Justicia Federal, código postal 42084, Pachuca de Soto, Hidalgo, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a deducir los derechos que le correspondan, en el entendido que deberá identificarse con alguno de los siguientes documentos: credencial expedida por el Instituto Nacional Electoral, pasaporte, licencia para conducir o cartilla del servicio militar nacional, documentos anteriores que deberán estar vigentes, bajo apercibimiento que de no señalar domicilio, se seguirá el presente juicio, haciéndose las ulteriores notificaciones por lista que se fijará en este Juzgado; asimismo, se le comunica que en autos están programadas las diez horas con dos minutos del dieciséis de octubre de dos mil veinticinco para la celebración de la audiencia constitucional. Pachuca de Soto, Hidalgo, 11 de septiembre de 2025. El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo Ricardo Flores Abrego Rúbrica. (R.- 569834) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Juicio de Amparo 834/2025-IV EDICTO En los autos del juicio de amparo indirecto 834/2025, del índice del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, promovido por Inmobiliaria Jerónimo, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Edson Abundis Velázquez, contra actos de la Octava Sala Civil y Jueza Trigésimo Tercero de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el que reclama la resolución de veintitrés de abril de dos mil veinticinco emitida por la Octava Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México en la que confirmó la resolución interlocutoria de once de febrero de dos mil veinticinco dictada por el juez de origen en la controversia de arrendamiento 321/2019, en la que se declaró nula la diligencia de veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro, en donde se precisó que el inmueble en litis se encontraba con sellos clausurados, por lo que no se pudo hacer la entrega a la parte actora; y ante la imposibilidad de llamar a las terceras interesadas Pista de Patinaje Sobre Ruedas, Sociedad Anónima de Capital Variable y Pista de Hielo de Cuernavaca, Sociedad Anónima de Capital Variable, se ordenó su emplazamiento por medio de EDICTOS, los que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional por tres veces, de tres en tres días, apercibiéndolas que tienen el plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, para comparecer a este juicio por conducto de quien legalmente las represente, quedando a su disposición en el local de este juzgado copia de la demanda de amparo, auto admisorio, además del acuerdo de siete de octubre de dos mil veinticinco, en el que se ordenó su emplazamiento por edictos; también que, de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de este órgano federal o de no comparecer, las subsecuentes notificaciones se le harán por medio de lista. Ciudad de México, 07 de octubre de 2025. La Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Yadira Figueroa García Rúbrica. (R.- 569943) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 331 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito Monterrey, Nuevo León EDICTOS TERCEROS INTERESADOS América Guevara Ojeda, en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de América Eleydi Gutiérrez Guevara. César Juan Gutiérrez Guevara (DOMICILIOS IGNORADOS). Por este conducto, se ordena emplazar a los terceros interesados, dentro del juicio de amparo directo número 245/2025, promovido por Mario Alberto Martínez Campos, contra el acto del magistrado de la Octava Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado. Acto reclamado: La sentencia de veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada dentro del toca de apelación en definitiva 350/2024, deducido del expediente judicial 1596/2023, relativo al juicio ordinario civil promovido por Mario Alberto Martínez Campos, en contra de América Guevara Ojeda, en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de América Eleydi Gutiérrez Guevara, César Juan Gutiérrez Guevara y Yudith Marlene Álvarez Moncada. Preceptos constitucionales cuya violación se reclaman: 4, 14 y 16. Se hace saber a los terceros interesados que deben presentarse ante este tribunal, dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación, a fin de que hagan valer sus derechos y se impongan de la tramitación de este juicio de amparo, apercibidos que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en la lista de acuerdos electrónica y en la que se fija en este tribunal. Monterrey, Nuevo León, a 26 de agosto de 2025. La Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito Lic. Claudia Judith Patena Puente Rúbrica. (R.- 570025) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en el Estado Cancún, Q. Roo EDICTO En los autos del juicio de amparo 438/2025-IV, promovido por Paul Andrew Rangel Merkley, apoderado de DESARROLLOS HIDRÁULICOS DE CANCÚN, sociedad anónima de capital variable, contra el actos que reclama de la Junta Especial de Conciliación y Arbitraje Número Uno en Benito Juárez y otras autoridades, consistentes en el emplazamiento -o la falta de éste-, y como consecuencia, todo lo actuado en el juicio laboral 751/2014, en específico, la orden relativa al embargo de las cuentas bancarias.. En cumplimiento a lo ordenado en proveído de seis de octubre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar los edictos a los terceros interesados Rubén Israel Burgos Tzab y Humberto José Cortes Pérez. Hágasele saber a los referidos terceros interesados, que deberán presentarse ante este juzgado dentro del término de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los presentes edictos, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado, copia del traslado, apercibidos que de no comparecer dentro del término señalado las ulteriores notificaciones del presente juicio, aun las de carácter personal se les harán por medio de lista que se fije en los estrados del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Cancún. Expidiéndose el presente edicto para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 27, Fracción III, Inciso b), segundo párrafo, de la Ley de Amparo, en relación con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de la materia. 332 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 La publicación de los edictos deberá realizarse en el día séptimo después de cada publicación, (es decir procurando que entre cada divulgación hayan pasado seis días); y que las publicaciones citadas, sean en un día hábil. Por último, hágasele saber a dicha tercera interesada que la audiencia constitucional se encuentra fijada para tener verificativo a las nueve horas con treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veinticinco. Atentamente Cancún, Quintana Roo, a 09 de octubre de 2025. Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo Raúl Miguel Gaspar Pech Marínez Rúbrica. (R.- 569343) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula EDICTO. En el juicio de amparo indirecto 354/2023, se ordenó emplazar por edictos a las partes terceras interesadas María Luisa Romano; Agapito Guzmán Amador, Liliana Cebada Puente; Víctor López Martínez; Jacinto Notario Núñez; María Concepción Cazares Ruiz; Manuel Pineda Cortés; Alicia Suárez Manzano, Jesús Hernández Castillo; María Luisa Teutle Villegas; Jocabed Rosas Sánchez y Alejandro Corona Méndez, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación al diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; y se hace de su conocimiento que Leonardo Tiro Moranchel, en su carácter de quejoso promovió juicio de amparo indirecto contra actos del Juez Quinto de lo Penal del Distrito Judicial de Puebla, el acto reclamado es la omisión de dictar sentencia en el proceso 338/2009, la omisión de acumular todos los procesos penales que se siguen en su contra, a la diversa causa penal 338/2009, el ser juzgado por el mismo delito (fraude) dos veces o más y la prolongación de la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en su contra. Se le previene a los terceros interesados en mención, para que comparezcan por escrito ante este Juzgado de Distrito dentro del plazo de los treinta días hábiles siguientes al de la última publicación y señalen domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula, San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se les harán por lista que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo seguirá conforme a derecho proceda; queda a su disposición copia simple de la demanda e impresión del auto admisorio; asimismo, se les hace saber que se encuentran señaladas las diez horas con cuarenta minutos del cinco de septiembre de dos mil veinticinco, para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo; se les informa que desde que sean emplazados, quedan a su vista los informes justificados y constancias que se han recibido en este juicio, ello en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo Para su publicación en los periódicos “EXCÉLSIOR”,“EL UNIVERSAL” o “REFORMA”; y en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días hábiles. San Andrés Cholula, Puebla, siete de agosto de dos mil veinticinco. Secretaria en funciones de Jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla; autorizada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de dos de abril de dos mil veinticinco; notificada en el Oficio SEADS/1163/2025 Nahieli Avendaño Palacios Rúbrica. (R.- 570037) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 333 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Ciudad de México Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México Juzgado Trigésimo Sexto de lo Civil “2025, Año de la Mujer Indígena” DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Que en los autos del expediente número 360/2025, deducido del ESPECIAL DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN POR EXTRAVIÓ del TÍTULO DE ACCIONES NÚMERO 53 (CINCUENTA Y TRES),, seguido por TENEDORA DE SERVICIOS SACA, S.A. DE C.V., en contra de G COLLADO SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE.,., la C. Juez Trigésimo Sexto Civil de la Ciudad de México ordeno la siguiente publicación en los siguientes términos: CIUDAD DE MÉXICO A VEINTICINCO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO. SE ORDENA PUBLICAR UN EXTRACTO DEL AUTO ADMISORIO QUE A LA LETRA DICE:“…Se le tiene demandando a G GOLLADO SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE, el procedimiento ESPECIAL DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN POR EXTRAVIÓ del TÍTULO DE ACCIONES NÚMERO 53 (CINCUENTA Y TRES), emitido en fecha veintisiete de junio de dos mil trece, por G. COLLADO, SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE, que ampara $1,570,717 (un millón quinientos setenta mil setecientas diecisiete) acciones de la Serie Única. Clase I, ordinarias, nominativas, liberadas, sin expresión de valor nominal, de las 185,252,593 (ciento ochenta y cinco millones doscientas cincuenta y dos mil quinientas noventa y tres) acciones en circulación, representativas del capital mínimo fijo de G COLLADO, SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE….” NOTIFÍQUESE. LO PROVEYÓ Y FIRMA EL C. JUEZ INTERINO TRIGÉSIMO SEXTO DE LO CIVIL DE PROCESO ESCRITO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LICENCIADO JORGE MALDONADO SEVILLA, ASISTIDO DE LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B” LICENCIADA JULIA NOLASCO OCHOA, QUE AUTORIZA Y DA FE. DOY FE. Ciudad de México a siete de octubre del dos mil veinticinco.- Agréguese a sus autos el escrito de cuanta de la apoderada de la parte actora, visto lo solicitado, y a fin de evitar dilaciones innecesarias, y no para perjuicio a ninguna de las partes, así como para evitar futuras nulidades o reposiciones, atendiendo a los principios de congruencia y no contradicción que debe prevalecer en todas las resoluciones judiciales, así como por corresponder a las constancias de autos se precisa el auto de veinticinco de agosto del año en curso…” el cual contienen un error mecanográfico; en su parte conducente donde dice: “… se tiene demandando a G. GOLLADO SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE …” debe decir “…se tiene demandando a G. COLLADO SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE…”, que es lo correcto por corresponder así a las constancias de autos, formando parte integrante de la citada resolución que se precisa, el presente proveído; lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 81 y 84 del Código de Procedimientos Civiles-NOTIFÍQUESE. Así Lo proveyó y firma la C. Juez Trigésimo Sexto de lo Civil, LICENCIADA MELINA MENDOZA GUEVARA quien actúa asistido del C. Secretario de Acuerdos Licenciada JULIA NOLASCO OCHOA que autoriza y da fe. - Doy fe PARA SU PUBLICACIÓN POR UNA SOLA VEZ. Atentamente Ciudad de México a 08 de octubre del año 2025. La Secretaria de Acuerdos “B” del Juzgado Trigésimo Sexto de lo Civil de Proceso Escrito Lic. Julia Nolasco Ochoa Rúbrica. (R.- 570105) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco Puente Grande, Jal. Juicio de Amparo 783/2024-6-A EDICTO Tercero interesado: Eliseo de la Torre González. En cumplimiento al auto de veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo 783/2024-6, promovido por Guadalupe Gordian López, Ángel Villalobos Aguayo e Irving Alonso Palcito Araiza, contra actos de la Fiscalía General de la República y otra autoridad, de quienes reclama Las órdenes de resguardo, cuidado, administración y responsabilidad sobre el inmueble identificado como lote de terreno número 21 del Condominio Horizontal Bosques de las Lomas, marcado con el número 1171, de la Avenida Juan Palomar y Arias, dentro de la acción urbanística denominada Bosques de las Lomas, en 334 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Zapopan, Jalisco, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Jalisco, bajo el folio real número 2492458, que procede del folio 2492390, el cual fue adjudicado a la parte quejosa en el procedimiento laboral 1110/2020/4-D, del índice de la Cuarta Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco; por acuerdo de veintiocho de agosto del dos mil veinticinco, se le reconoció el carácter de tercero interesado a Eliseo de la Torre González, sin embargo, al desconocerse su domicilio actual, con fundamento en los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 209 fracción II del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aplicado supletoriamente, se le emplaza mediante edictos y se hace de su conocimiento que si a sus intereses conviene, se apersone por sí o por conducto de su representante legal dentro del término de treinta días computados a partir del siguiente al de la última publicación ante este órgano de control constitucional, ubicado en kilómetro 17.5 Carretera Libre a Zapotlanejo, Complejo Penitenciario de la Zona Metropolitana de Guadalajara, código postal 45427, Puente Grande, Jalisco, en el horario comprendido de las nueve horas con treinta minutos a las catorce horas con treinta minutos los días lunes a viernes hábiles. De la misma forma, se le hace saber que la audiencia constitucional está señalada para las nueve horas con treinta y seis minutos del siete de octubre de dos mil veinticinco. Por otra parte, deberá señalar domicilio para recibir notificaciones en la zona metropolitana de Guadalajara, Jalisco, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le serán practicadas mediante lista que se fije en los estrados de este juzgado; finalmente comuníquesele que en la secretaría de este órgano jurisdiccional queda a su disposición copia autorizada de la demanda de amparo, auto admisorio y de las demás constancias que integran el presente juicio de amparo. Puente Grande, Jalisco, 01 de octubre de 2025. Por Acuerdo del Juez Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco El Secretario Luis Rey Sánchez Castillo Rúbrica. (R.- 570086) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Extinción de Dominio 31/2025 EDICTO A CUALQUIER PERSONA QUE TENGA UN DERECHO SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO. EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 31/2025-I, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CON COMPETENCIA EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y ESPECIALIZADO EN JUICIOS ORALES MERCANTILES EN EL PRIMER CIRCUITO, CON SEDE EN LA CIUDAD MÉXICO. En el juicio de extinción de dominio 31/2025-I, la Juez Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, licenciada Ana Lilia Osorno Arroyo, ordenó en proveído de seis de octubre de dos mil veinticinco, emplazar por medio de edictos a cualquier persona que tenga un derecho sobre el bien objeto de la acción de extinción de dominio, mismos que deberán publicarse por tres veces consecutivas tanto en el Diario Oficial de la Federación, el Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Estado de Morelos y por internet en la página de la Fiscalía General de la República, para hacerles saber que cuentan con el plazo de treinta días, contado a partir de que surta efectos la publicación del último edicto, a fin de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia de la demanda y anexos en la secretaría de este juzgado. Asimismo, se hace constar que las partes en el juicio son: Actora: Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía General de la República. Demandada: Combustibles Zapata, sociedad anónima de capital variable. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 335 El bien sobre el cual se ejerce la acción de extinción de dominio es: 1) Lote 1, manzana 2, zona 1 del poblado de Emiliano Zapata, Municipio de Emiliano Zapata, en el Estado de Morelos, con folio electrónico inmobiliario 688547, del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos. 2) También identificado como Avenida Temixco, número 161, colonia Palo Escrito municipio de Emiliano Zapata, Estado de Morelos, localizado en las coordenadas, geográficas 18'50'33.9”N 99'11'56.4”W. 3) También identificado como Temixco- Zapata, número 161, colonia Benito Juárez, código postal 62765, localidad Emiliano Zapata, Estado de Morelos, con clave catastral 1200-020054-053. Ciudad de México, a dieciséis de octubre de dos mil veinticinco. Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México David Asdrival Villa Camacho Rúbrica. (E.- 000798) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México EDICTO PARA PUBLICAR LA SENTENCIA DEFINITIVA DE TREINTA DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO DICTADA EN ESTE PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN ESPECIAL DE AUSENCIA DE ANA ROSA PICCINI CANALES En los autos del procedimiento especial de declaración de ausencia 1671/2025, iniciado por Juan Manuel Romero Piccini y Luis Daniel Romero Piccini; por auto de veinte de octubre de dos mil veinticinco, causo ejecutoria la sentencia de treinta de mayo de dos mil veinticinco, por la cual se resolvió el procedimiento especial de declaración de ausencia para personas desaparecidas respecto de Ana Rosa Piccini Canales; cuyos resolutivos son: “Resuelve Primero. Este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México es legalmente competente para conocer y resolver sobre el presente procedimiento especial de declaración de ausencia de persona desaparecida 1671/2025; el cual se declara procedente. Segundo. Se reconoce la ausencia por desaparición de Ana Rosa Piccini Canales, en los términos señalados de esta resolución. Tercero. La presente resolución implica los efectos y medidas definitivas para proteger a la persona desaparecida y sus familiares, en los términos señalados previamente. Cuarto. Una vez que la presente resolución adquiera firmeza, emítase por parte de la persona secretaria la certificación respectiva para que se realice la inscripción en [1] el Registro Civil de la Ciudad de México, en un plazo no mayor de tres días hábiles; asimismo, publíquese este fallo en [2] el Diario Oficial de la Federación, en [3] la página electrónica del Poder Judicial de la Federación, así como en [4] la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, como se expuso en la presente resolución.” En consecuencia, hágase del conocimiento al [1] Registro Civil de la Ciudad de México, para que en un plazo no mayor a TRES DÍAS hábiles realice la inscripción en el acta de nacimiento de Ana Rosa Piccini Canales referente a la presente declaración de ausencia, y a [2] el Diario Oficial de la Federación, [3] el Poder Judicial de la Federación -a través de la página electrónica a su institución- y en [4] la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas para que se publique el presente extracto de la sentencia definitiva de treinta de mayo de dos mil veinticinco. Se expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de veinte de octubre de dos mil veinticinco. Ciudad de México, veinte de octubre de dos mil veinticinco. La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Patricia Ponce de León Cruz Rúbrica. (E.- 000801) 336 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México Juicio de Extinción de Dominio 27/2025 PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN O EN LA GACETA O EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS Y, POR INTERNET, EN LA PÁGINA DE LA FISCALÍA. E D I C T O AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. INSERTO: “Se comunica a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el vehículo objeto de la acción de extinción de dominio, que en este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de dos de octubre de dos mil veinticinco, se admitió a trámite la demanda de extinción de Dominio promovida por Juan Carlos Peña Cano, Román Villegas Torres, Michelle Oliva Torres y María de Jesús Coy Carrera, Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía General de la República, contra de la demandada Marueel Vázquez Solórzano, así como a cualquier persona que tenga derecho sobre el vehículo objeto de la acción de extinción de dominio; se registró con el número 27/2025, en la cual se ejerce la acción de extinción de dominio (vía y forma propuesta por la parte actora), cuyas pretensiones, son: A. la declaración judicial de que ha sido procedente la acción de dominio, respecto de los derechos que la demandada tiene sobre el siguiente bien: Vehículo marca Chevrolet GMC, clase camioneta, tipo SUV, año modelo 2017, modelo tahoe, versión premier, carrocería cabina convencional cuatro puertas, color negro, con placas de circulación DRH747D, tipo transporte privado automóvil del Estado de Chiapas, con número de identificación vehicular 1GNSK7KC9HR334366, correspondiente a un vehículo de origen extranjero, con un valor de $795,400.00 (setecientos noventa y cinco cuatrocientos pesos 00/100 Moneda Nacional), como se advierte del dictamen en materia de valuación folio CE-2957 del diez de junio de dos mil veinticinco, suscrito por perito adscrito a la fiscalía general de la República.B. La declaración judicial de extinción de dominio, consistente en la pérdida de derechos sin contraprestación ni compensación para su propietario o poseedor, y para quien se ostente como tal, derivado de la Extinción de Dominio del bien descrito con antelación. C. como consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria lla sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, girar atento oficio al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), para los efectos legales conducentes. Asimismo, en cumplimiento al auto de NUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, con fundamento en los artículos 86 y 193, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena el emplazamiento al presente juicio, por medio de edictos, a cualquier persona que tenga un derecho sobre el vehículo objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, los cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación o en la Gaceta o en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas y, por Internet, en la página de la Fiscalía, para lo cual se procederá a realizar una relación sucinta de la demanda y del presente auto, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el vehículo materia de la acción de extinción de dominio; quien deberá comparecer ante este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, ubicado en Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina No. 2, Colonia del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.--- COPIAS DE TRASLADO. Se hace del conocimiento de toda persona afectada, que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.---. ESTRADOS. Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una reproducción sucinta del auto que admitió a trámite la demanda por todo el tiempo que dure el emplazamiento ordenado en el presente acuerdo--- (…) PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Asimismo, la parte actora, deberá llevar a cabo la publicación de la notificación por, medio de edicto, a cualquier persona que tenga un derecho sobre el vehículo objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, a través del sitio especial habilitado en el portal de internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de la República; esto es, en la página de internet http://www.gob.mx/fgr; (…)”. EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A CATORCE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO. Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México Karin Marín Jasso Rúbrica. (E.- 000799) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 337 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial del Estado de Oaxaca Consejo de la Judicatura Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado EDICTO C.C. AL PÚBLICO EN GENERAL, PERSONA INTERESADA (AFECTADAS) QUE TENGA DERECHOS SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO Y SE CONSIDEREN AFECTADAS RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN CARRETERA PÉREZ GAZGA DE PUTLA DE GUERRERO, OAXACA, TAMBIEN CONOCIDO COMO PARAJE ORIENTE DE MERCADO PÚBLICO DE PUTLA, TRAMO CALAVERAS, CENTRO DE PUTLA DE GUERRERO y/o LOTE NÚMERO CUATRO DEL SOLAR UBICADO HACIA EL ORIENTE DEL MERCADO PÚBLICO DE LA JURISDICCIÓN DE VILLA DE PUTLA DE GUERRERO, ESTADO DE OAXACA. P R E S E N T E. En cumplimiento al auto dictado el veintiséis de junio del dos mil veinticinco, en la Vía del proceso Especial de Extinción de Dominio número 90/2025, promovido por LA LICENCIADA RUBI JAACZANIA SOLÓRZANO MARTÍNEZ AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITA A LA UNIDAD DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, DEPENDIENTE DE LA VICEFISCALIA GENERAL DE CONTROL OPERATIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE OAXACA, en contra de ROLANDO CRUZ RIOS. Les hago de su conocimiento que se dio trámite a la demanda presentada de extinción de dominio la que fue admitida de la forma siguiente: 90/2025 OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA, A VEINTISEIS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO. - - - - - - - - - - - Dada cuenta con dos ocursos de Rubí Jaaczania Solórzano Martínez, anexando al primero, copia de oficio VGCO/EXT.DOM./566/2025 y copia simple de acta de defunción, y al segundo una copia certificada de acta de defunción, presentados el dos y cuatro del presente mes. Visto el contenido de ambos escritos, mismos que se acuerdan de manera conjunta por tener similitud en sus contenidos, se tiene a la ocursante cumpliendo con el requerimiento de auto de fecha veintitrés de mayo del dos mil veinticinco de la siguiente forma: • Acreditando con prueba idónea el fallecimiento de Guadalupe Ríos Lucero, lo anterior en virtud de haber exhibido una copia certificada de acta de defunción de Guadalupe Ríos Lucero o Guadalupe Sixta Ríos Lucero, misma que se manda a agregar a los autos para que surta los efectos legales correspondientes. • Señalando domicilio para emplazar a Rolando Cruz Ríos, dentro del interior de la República Mexicana, siendo el ubicado en Calle Guerrero, número 28, Colonia Centro de Putla Villa de Guerrero, Oaxaca. Tomando en consideración, que por auto de fecha veintitrés de mayo de esta anualidad, se hizo mención de la importancia de llamar a juicio a Guadalupe Ríos Lucero, en tanto no se tuviera certeza de su fallecimiento, por lo mencionado en líneas que anteceden, queda en evidencia el fallecimiento de la multicitada con la copia certificada del acta de defunción de Guadalupe Sixta Ríos Lucero, en virtud que la parte actora manifiesta resulta ser la misma persona, por lo que se procede acordar el escrito de demanda en los siguientes términos: Admisión de Demanda Con apoyo en los numerales 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3,4,7,8,16,21,191,193,195 y demás relativos y aplicables de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se admite a trámite la demanda planteada en la VÍA ESPECIAL DE JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO que promueve la Licenciada Rubí Jaaczania Solórzano Martínez, Agente del Ministerio Público adscrita al área de Extinción de Dominio de la Dirección de asuntos Jurídicos de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, en contra de ROLANDO CRUZ RIOS en su calidad de propietario, de quien reclama las siguientes prestaciones; A).- La declaración judicial de extinción de dominio a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, respecto del inmueble sin número, localizado sobre carretera Pérez Gazga, Barrio Calavera, Putla Villa de Guerrero, Oaxaca, con un área de 547.52 metros cuadrados, y que se individualiza en el siguiente cuadro de construcción que especifica sus vértices y coordenadas geográficas en formato UTM: CUADRO DE CONSTRUCCIÓN VERTICE LADO DIST. ANGULO ESTE NORTE P1 P1-P2 18.60 72°20´59” 614422.635 1882568.710 P2 P2-P3 17.35 107°7’50” 614410.201 1882582.543 P3 P3-P4 2.87 215°20’8” 614394.454 1882575.260 P4 P4-P5 6.48 54°7’47” 614391.632 1882575.784 P5 P5-P6 2.66 252°55’35” 614393.407 1882569.928 P6 P6-P7 0.72 94°12’12” 614392.444 1882568.134 P7 P7-P8 12.07 277°2’11” 614392.889 1882567.568 P8 P8-P9 9.80 91°14’48” 614382.564 1882561.318 P9 P9-P1 38.60 95°38’31” 614387.455 1882552.825 338 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Inmueble también conocido o identificado como paraje Oriente del Mercado Público de Putla, tramo calaveras, centro de Putla Villa de Guerrero y/o Lote número cuatro del solar ubicado hacia el oriente del mercado público en la jurisdicción de Villa de Putla de Guerrero, Estado de Oaxaca. Toda vez que sirvió como INSTRUMENTO en la comisión del hecho ilícito que dio origen a la carpeta de investigación número 24681/FDAI/UETP/2024 iniciada por el hecho ilícito de trata de personas en su modalidad de explotación sexual ajena, a través de la promoción y publicidad de actos sexuales simulados; B) La pérdida de los derechos de propiedad, sin contraprestación, ni compensación alguna para su dueño, poseedor o quien se ostente o comporte como tal o acredite tener derechos reales sobre el bien mueble afecto, en términos de lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio; C).- Una vez declarada la acción de extinción de dominio, se adjudique a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, y se ponga a disposición de la Autoridad Administradora, en términos de lo previsto en los artículos 212 y 233, primer y segundo párrafo de la Ley Nacional de Extinción de Dominio; D).- Una vez que cause ejecutoria la sentencia, de vista a la autoridad administradora y a la Unidad de Extinción de Dominio de la Vicefiscalía General de Control Operativo de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, para que determine el destino final que habrá de darse inmueble, de conformidad con el artículo 212 segundo párrafo, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio; E).- Ordenar el registro del inmueble sujeto a acción de Extinción de Dominio ante el Instituto Catastral de Estado de Oaxaca, para que proporcione clave catastral a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, o de quien se adjudique el inmueble; F).- Ordene el Registro del bien inmueble sujeto de la acción de extinción de dominio, ante el Instituto de la Función Registral a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, de conformidad con el artículo 214, párrafo segundo de la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Orden de emplazamiento, llamamiento judicial Tomando en consideración que el domicilio señalado como del demandado Rolando Cruz Ríos, se ubica en Calle Guerrero, número veintiocho (28), Colonia centro de Putla Villa de Guerrero, Oaxaca, se encuentra fuera de la jurisdicción de este juzgado, con fundamento en los artículos 83, 84 segundo párrafo, 98 y 195 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena girar exhorto con los insertos necesarios al JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUTLA DE GUERRERO, OAXACA, para que en auxilio de las labores de este Juzgado ordene a quien corresponda, que dentro de un plazo que no deberá exceder de quince días hábiles contados a partir de la fecha en que se recepcione el citado exhorto, se constituya en el domicilio precisado como de la parte demandada y cerciorado de ser el domicilio buscado, debiendo asentar los medios respectivos efectúe el emplazamiento entregándole el correspondiente instructivo de notificación, así mismo, les corra traslado con la copia simple de la demanda y anexos, debidamente cotejados y sellados, emplazándolos para que dentro del plazo de QUINCE DÍAS conteste por escrito la demanda entablada en su contra ante este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca, debiendo precisársele que la misma deberá reunir los requisitos que establecen los artículos 191, 198, y 199 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, deberá contar con asesoría jurídica profesional a través de profesionistas particulares, o en su caso, deberá acudir a la DEFENSORIA PUBLICA DEL ESTADO DE OAXACA ubicada en Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial General Porfirio Diaz, “Soldado de la Patria”, Edificio G, María Sabina 4° Nivel, Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, para que se le designe un defensor público y comparezcan debidamente asesorados, a manifestar lo que a su derecho convenga, hacer valer las excepciones que considere pertinente y adjunte los documentos justificativos de sus excepciones y ofrezca las pruebas que las acrediten, apercibiéndolo que de no dar contestación dentro del plazo concedido, se hará la declaración de rebeldía y se tendrá por contestada la demanda en sentido afirmativo y por precluido sus derechos procesales que no hizo valer, en términos del precepto 196 del mismo ordenamiento. Asimismo, lo requiera para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de residencia de este juzgado, mismo que será para las notificaciones personales que este procedimiento establece, con el apercibimiento que de no proporcionarlo se tendrá por señalado los estrados de este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca, en observancia al numeral 87 de la ley en consulta. Debiendo el actuario regir su actuación de acuerdo a las formalidades que exige el dispositivo 83 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, hecho lo anterior lo devuelva debidamente diligenciado. Publicación de Edictos De conformidad con los artículos 86, 87 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publíquese mediante edicto el presente proveído tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado para una mayor difusión y por Internet en la página de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Oaxaca, llamando a cualquier persona interesada (afectada) que considere tener un derecho sobre los bienes inmuebles objeto de la acción, en razón de los efectos universales del presente juicio, para que comparezcan a este procedimiento en el término de TREINTA DÍAS HÁBILES siguientes, contados a partir del día siguiente a la última publicación del edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Queda a disposición de la ocursante los edictos respectivos para que pase a recogerlos, gestione su trámite y exhiba de manera oportuna las correspondientes publicaciones, ordenándose entregar en archivo electrónico el documento a publicar en formato Word (.doc o .docx) para Windows. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 339 Pruebas Por otro lado, se tiene a la promovente ofreciendo las pruebas que refiere, mismas que será proveídas en el momento procesal oportuno, en cuanto a su admisión, preparación o desechamiento, Lo anterior con fundamento en el artículo 101 de la ley en consulta. Medida Cautelar Por lo que respecta a la medida cautelar de retención del aseguramiento registral y la prohibición de enajenar, disponer, gravar o cualquier acto jurídico que comprometa el dominio del bien ubicado en Carretera Pérez Gazga de Putla Villa de Guerrero, Oaxaca, tambien conocido como paraje Oriente de Mercado Público de Putla, tramo Calaveras, Centro de Putla Villa de Guerrero y/o lote número cuatro del solar ubicado hacie el oriente del Mercado Público en la jurisdicción de Villa de Putla de Guerrero, Estado de Oaxaca, de conformidad con el artículo 175 fracción II de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, misma que por auto de fecha veintitrés de mayo del dos mil veinticinco, fue decratada. Notificaciones procesales Se tiene a la promovente señalando el domicilio que indica en el de cuente, mismo que será para las notificaciones personales que este procedimiento establece, autorizando para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona. Hágase del conocimiento de las partes que las determinaciones dictadas en este juicio serán notificadas mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no comparecer se practicarán por medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado, con excepción del emplazamiento que se practicará en forma personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y las dictadas en las audiencias se tendrán por notificadas en ese mismo acto. Por otra parte, mediante Acuerdo General conjunto 9/2020 relativo al plan retorno gradual para el desarrollo de actividades jurisdiccionales, ante la pandemia causada por el coronavirus, en el considerando noveno, punto cinco, se estableció que las notificaciones deberán practicarse a través de correo electrónico ante el portal del tribunal virtual. Ante tal circunstancia, al momento del emplazamiento invítese a la parte demandada, para que se inscriba en el Registro Único para Notificaciones Electrónicas (RUNE) del Poder Judicial del Estado, con la finalidad de que las subsecuentes notificaciones se le practiquen por medio del tribunal virtual, para tal efecto, al dar contestación a la demanda deberá proporcionar número de usuario y correo electrónico, para que se le haga llegar vía correo electrónico copia de los acuerdos que se dicten en la fase escrita de este expediente, de igual forma, dígasele que, en caso de no proporcionar cuenta electrónica, serán notificados mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no comparecer se practicarán por medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado. Transparencia y publicación de datos personales En cumplimiento al artículo 11 y 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, hágase saber a las partes: a).- Que la sentencia que se dicte en este asunto, estará a disposición del público para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso de información; b).- Asimismo y con fundamento en el numeral 1079 Fracción VI del Código de Comercio aludido, requiérase a la parte actora para que dentro del término de tres días y a la parte demandada que al contestar la demanda, otorguen su consentimiento por escrito respecto de que su nombre y datos personales no se incluyan en la publicación de la sentencia, en el entendido de que la unidad administrativa que lo tenga bajo su resguardo determinará si tal oposición puede surtir efectos, tomando en cuenta, si la resolución solicitada contiene información considerada como reservada; en la inteligencia de que la falta de oposición expresa en el plazo concedido, conllevará a su oposición. Notifiquese y Cumplase. Así lo proveyó y firma el Ciudadano Licenciado Jessica Maribel Arango Bravo Juez del Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado. Quien actúa con la Secretaria de Acuerdos, que autoriza y da fe, Licenciada Evelia Bohórquez Díaz. Por lo anterior, lo emplazo por esta vía para que, dentro de un PLAZO DE TREINTA DÍAS hábiles contados a partir de cuándo haya surtido efecto la publicación del último edicto, comparezca a deducir sus derechos contestando la demanda entablada en su contra, así mismo le informo que las copias del traslado correspondiente se encuentran a su disposición en la Segunda Secretaría del Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca, ubicado en Calle División Oriente número 618, Colonia Ex Marquesado, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, para que se imponga de las mismas. Apercibiéndolos que de no dar contestación al plazo concedido se le tendrá por perdido el derecho no ejercitado y se continuará con la siguiente etapa, de conformidad con los artículos 86, 87, 88, 89 y demás aplicables a la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Oaxaca de Juárez, Oaxaca a dos de septiembre del dos mil veinticinco. El Actuario Judicial Lic. Fernando Vargas Carreño Rúbrica. (E.- 000802) 340 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial del Estado de Oaxaca Consejo de la Judicatura Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado EDICTO C.C. AL PÚBLICO EN GENERAL, PERSONA INTERESADA (AFECTADAS) QUE TENGA DERECHOS SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO Y SE CONSIDEREN AFECTADAS RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN TRAMO CARRETERO INTERNACIONAL CIENTO NOVENTA, MUNICIPIO DE MAGDALENA APASCO, ETLA, OAXACA. P R E S E N T E. En cumplimiento al auto dictado el catorce de julio de dos veinticinco, en la Vía del proceso Especial de Extinción de Dominio número 134/2025, promovido por EL LICENCIADO MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ AYALA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO A LA UNIDAD DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, DEPENDIENTE DE LA VICEFISCALIA GENERAL DE CONTROL OPERATIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE OAXACA, en contra de LEOBARDA CRUZ MARTINEZ. Les hago de su conocimiento que se dio trámite a la demanda presentada de extinción de dominio la que fue admitida de la forma siguiente: 0134/2025 OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA, A CATORCE DE JULIO DEL DOS MIL VEINTICINCO. - - - - - - - - - - - Dada cuenta con el escrito de MIGUEL ANGEL LOPEZ AYALA, al que anexa los documentos detallados en la certificación que inmediatamente antecede; y dos traslados; presentado ante la Oficialía de Partes Común de los Juzgados Civiles y Familiares del Centro del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado el día ocho de julio del dos mil veinticinco y recibido en este Juzgado el dieciséis de mayo del dos mil veinticinco; con el cual, fórmese expediente y regístrese en el sistema computacional que se lleva en este juzgado con el número 134/2025, Segunda Secretaría.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Competencia Este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado, es competente para conocer de este juicio de conformidad con el acuerdo general 14/2021 de fecha veintitrés de abril del dos mil veintiuno, mediante el cual se brindó de competencia para conocer de los asuntos en materia de extinción de dominio para todo el estado, en relación con el artículo 17 y 18 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, habida cuenta que se trata de un asunto de extinción de dominio sobre el inmueble sin número ubicado en tramo carretero internacional ciento noventa, Municipio de Magdalena Apasco, Etla, Oaxaca, se localiza bajo cuadro de construcción de construcción con coordenadas UTM siguiente: CUADRO DE CONSTRUCCION CON COORDENADAS UNIVERSAL TRANSVERSE MERCATOR VÉRTICE LADO DIST. ANGULO ESTE NORTE P1 P1-P2 37-50 93°3´32” 731068.252 1907437.764 P2 P2-P3 61.50 87°25´44” 731104.360 1907429.690 P3 P3-P4 37.50 91°46´8” 731115.075 1907490.249 P4 P4-P1 61.00 87°44´36” 731078.368 1907497.920 Inmueble que se encuentra bajo régimen agrario comunal en la comunidad de la Magdalena Apasco, Etla, Oaxaca, toda vez que sirvió como instrumento en la comisión del hecho ilícito contra la salud en su modalidad de narcomenudeo en su hipótesis de posesión de cocaína y diacetil morfina con fines de comercio o suministro. Delito que se encuentra dentro del catálogo que establece el artículo 22 párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para la procedencia de la acción de extinción de dominio, en relación con el artículo 1 inciso d) de la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Personalidad Jurídica En cuanto a la personalidad jurídica del promovente MIGUEL ANGEL LOPEZ AYALA, es de referirse que comparece con el carácter de Agente del Ministerio Público Adscrito la Unidad de Extinción de Dominio dependiente de la Vicefiscalía General de Control Operativo de la Fiscalía General de Estado de Oaxaca, lo que se acredita con la copia certificada de constancia laboral suscrita por Mtra. Arima Ojeda Santiago, en su carácter de Oficial Mayor, de fecha siete de julio del dos mil veinticinco, de la que se advierte la calidad con la que se ostenta, documental que con fundamento en los preceptos 2 fracción XVIII y 25 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se acredita la personalidad del compareciente. Admisión de Demanda Con apoyo en los numerales 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3,4,7,8,16,21,191,193,195 y demás relativos y aplicables de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se admite a trámite la demanda planteada en la VÍA DEL PROCESO ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en ejercicio de la ACCION DE EXTINCION DE DOMINIO que promueve MIGUEL ANGEL LOPEZ AYALA, Agente del Ministerio Público adscrito a la Unidad de Extinción de Dominio dependiente de la Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 341 Vicefiscalía General de Control Operativo de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, en contra de LEOBARDA CRUZ MARTINEZ en su calidad de afectada, de quien se reclama las siguientes prestaciones; A).- La declaración judicial de extinción de dominio, a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, respecto del inmueble sin número ubicado en tramo carretero internacional 190, Municipio de Magdalena Apasco, Etla, Oaxaca, objeto de la presente Acción de Extinción de Dominio; B).- La pérdida de los derechos de posesión, uso, goce y disfrute, sin contraprestación ni compensación alguna para su poseedor, o quien se ostente o comporte como tal o acredite tener derechos reales sobre el bien inmueble multicitado, en términos de lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio; C).- Una vez declarada procedente la acción de extinción de dominio del referido inmueble a favor del Estado de Oaxaca, a través de la autoridad administradora, o del Depositario Judicial de dicho bien, se ordene poner a disposición de la Asamblea Comunal de La Magdalena Apasco Etla, Oaxaca, el inmueble materia de la litis, a efecto de que se reasigne en beneficio del núcleo de población, en el entendido de que esta resignación será en beneficio del mismo núcleo, en términos de los previsto en el artículo 233 último párrafo de la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Orden de emplazamiento, llamamiento judicial Tomando en consideración que el domicilio de LEOBARDA CRUZ MARTINEZ es señalado en el Calle Nicolás Bravo, número uno, Magdalena Apasco Etla, Oaxaca y, se encuentra fuera de la jurisdicción de este juzgado, con fundamento en los artículos 83, 84 segundo párrafo, 98 y 195 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena girar exhorto con los insertos necesarios al JUZGADO FAMILIAR Y CIVIL EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE ETLA, OAXACA, para que en auxilio de las labores de este Juzgado ordene a quien corresponda, que dentro de un plazo que no deberá exceder de quince días hábiles contados a partir de la fecha en que se recepcione el citado exhorto, se constituya en el domicilio precisado como de la parte demandada y cerciorado de ser el domicilio buscado, debiendo asentar los medios respectivos efectúe el emplazamiento entregándole el correspondiente instructivo de notificación, así mismo, les corra traslado con la copia simple de la demanda y anexos, debidamente cotejados y sellados, emplazándolos para que dentro del plazo de QUINCE DÍAS conteste por escrito la demanda entablada en su contra ante este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca, debiendo precisársele que la misma deberá reunir los requisitos que establecen los artículos 191, 198, y 199 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, deberá contar con asesoría jurídica profesional a través de profesionistas particulares, o en su caso, deberá acudir a la DEFENSORIA PUBLICA DEL ESTADO DE OAXACA ubicada en Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial General Porfirio Diaz, “Soldado de la Patria”, Edificio G, María Sabina 4° Nivel, Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, para que se le designe un defensor público y comparezcan debidamente asesorados, a manifestar lo que a su derecho convenga, hacer valer las excepciones que considere pertinente y adjunte los documentos justificativos de sus excepciones y ofrezca las pruebas que las acrediten, apercibiéndolo que de no dar contestación dentro del plazo concedido, se hará la declaración de rebeldía y se tendrá por contestada la demanda en sentido afirmativo y por precluido sus derechos procesales que no hizo valer, en términos del precepto 196 del mismo ordenamiento. Asimismo, lo requiera para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de residencia de este juzgado, mismo que será para las notificaciones personales que este procedimiento establece, con el apercibimiento que de no proporcionarlo se tendrá por señalado los estrados de este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca, en observancia al numeral 87 de la ley en consulta. Debiendo el actuario regir su actuación de acuerdo con las formalidades que exige el dispositivo 83 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, hecho lo anterior lo devuelva debidamente diligenciado. Publicación de Edictos De conformidad con los artículos 86, 87 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publíquese mediante edicto el presente proveído tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado para una mayor difusión y por Internet en la página de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Oaxaca, llamando a cualquier persona interesada (afectada) que considere tener un derecho sobre el bien mueble objeto de la acción, en razón de los efectos universales del presente juicio, para que comparezcan a este procedimiento en el término de TREINTA DÍAS HÁBILES siguientes, contados a partir del día siguiente a la última publicación del edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Queda a disposición del ocursante los edictos respectivos para que pase a recogerlos, gestione su trámite y exhiba de manera oportuna las correspondientes publicaciones, ordenándose entregar en archivo electrónico el documento a publicar en formato Word (.doc o .docx) para Windows. Pruebas Por otro lado, se tiene al promovente ofreciendo las pruebas que refiere, mismas que será proveídas en el momento procesal oportuno, en cuanto a su admisión, preparación o desechamiento, Lo anterior con fundamento en el artículo 101 de la ley en consulta. 342 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Medida Cautelar Por lo que respecta a la medida cautelar de aseguramiento en sus variantes físico y registral, así como la prohibición de enajenar, disponer, gravar o cualquier acto jurídico que comprometa el dominio del bien consistente en el inmueble sin número, ubicado en tramo carretero internacional ciento noventa, Municipio de Magdalena Apasco, Etla, Oaxaca, de conformidad con el artículo 175 fracción II de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena sustanciarse en incidente de forma separada en su respectivo cuaderno. - - - Notificaciones procesales Se tiene al promovente señalando el domicilio que indica en el de cuenta, mismo que será para las notificaciones personales que este procedimiento establece, autorizando para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona. Hágase del conocimiento de las partes que las determinaciones dictadas en este juicio serán notificadas mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no comparecer se practicarán por medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado, con excepción del emplazamiento que se practicará en forma personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y las dictadas en las audiencias se tendrán por notificadas en ese mismo acto. Se tiene a la parte actora proporcionando ID de usuario 001162025, autorizando dicha cuenta para ser notificada por medios electrónicos. Envíese a la cuenta proporcionada copia de los acuerdos que se lleguen a dictar en el presente asunto. Por otra parte, mediante Acuerdo General conjunto 9/2020 relativo al plan retorno gradual para el desarrollo de actividades jurisdiccionales, ante la pandemia causada por el coronavirus, en el considerando noveno, punto cinco, se estableció que las notificaciones deberán practicarse a través de correo electrónico ante el portal del tribunal virtual. Ante tal circunstancia, al momento del emplazamiento invítese a la parte demandada, para que se inscriba en el Registro Único para Notificaciones Electrónicas (RUNE) del Poder Judicial del Estado, con la finalidad de que las subsecuentes notificaciones se le practiquen por medio del tribunal virtual, para tal efecto, al dar contestación a la demanda deberá proporcionar número de usuario y correo electrónico, para que se le haga llegar vía correo electrónico copia de los acuerdos que se dicten en la fase escrita de este expediente, de igual forma, dígasele que, en caso de no proporcionar cuenta electrónica, serán notificados mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no comparecer se practicarán por medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado. Transparencia y publicación de datos personales En cumplimiento al artículo 11 y 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y buen gobierno para el Estado de Oaxaca, hágase saber a las partes: a).- Que la sentencia que se dicte en este asunto, estará a disposición del público para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso de información; b).- Asimismo y con fundamento en el numeral 1079 Fracción VI del Código de Comercio aludido, requiérase a la parte actora para que dentro del término de tres días y a la parte demandada que al contestar la demanda, otorguen su consentimiento por escrito respecto de que su nombre y datos personales no se incluyan en la publicación de la sentencia, en el entendido de que la unidad administrativa que lo tenga bajo su resguardo determinará si tal oposición puede surtir efectos, tomando en cuenta, si la resolución solicitada contiene información considerada como reservada; en la inteligencia de que la falta de oposición expresa en el plazo concedido, conllevará a su oposición. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. Así lo proveyó y firma el Ciudadano Licenciado JESSICA MARIBEL ARANGO BRAVO Juez del Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado. Quien actúa con la Secretaria de Acuerdos, que autoriza y da fe, Licenciada EVELIA BOHORQUEZ DIAZ. Por lo anterior, lo emplazo por esta vía para que, dentro de un PLAZO DE TREINTA DÍAS hábiles contados a partir de cuándo haya surtido efecto la publicación del último edicto, comparezca a deducir sus derechos contestando la demanda entablada en su contra, así mismo le informo que las copias del traslado correspondiente se encuentran a su disposición en la Segunda Secretaría del Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca, ubicado en Calle División Oriente número 618, Colonia Ex Marquesado, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, para que se imponga de las mismas. Apercibiéndolos que de no dar contestación al plazo concedido se le tendrá por perdido el derecho no ejercitado y se continuará con la siguiente etapa, de conformidad con los artículos 86, 87, 88, 89 y demás aplicables a la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Oaxaca de Juárez, Oaxaca a ocho de septiembre del dos mil veinticinco. El Actuario Judicial Lic. Fernando Vargas Carreño Rúbrica. (E.- 000803) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 343 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial del Estado de Oaxaca Consejo de la Judicatura Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado EDICTO C.C. AL PÚBLICO EN GENERAL, PERSONA INTERESADA (AFECTADAS) QUE TENGA DERECHOS SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO SE CONSIDERE AFECTADA RESPECTO DEL VEHÍCULO DE MOTOR MARCA HONDA, TIPO CR-V TOURING CTV, MODELO DOS MIL DIECIOCHO, CON NÚMERO DE SERIE 1HGRW1893JL901816, NÚMERO DE MOTOR L15BE2026604, COLOR PLATA LUNAR, SIN PLACAS DE CIRCULACIÓN, IDENTIFICADO CON LA FACTURA NÚMERO FVD-2336 EXPEDIDA EL VEINTCINCO DE MARZO DEL DOS MIL VEINTITRÉS POR HONDA DEL VALLE, AUTOMÓVILES AVENIDA S.A. DE C.V., En cumplimiento al auto dictado el treinta de septiembre del dos mil veinticinco, en el Juicio ESPECIAL DE EXTINCION DE DOMINIO 205/2025, promovido por LA LICENCIADA SOLEDAD ESTEFANIA DE LOS SANTOS MELÉNDEZ, AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO ADSCRITA AL ÁREA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DEPENDIENTE DE LA VICEFISCALIA GENERAL DE CONTROL OPERATIVO DE LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE OAXACA, en contra de LUIS ALBERTO AMAYA RAMIREZ en su calidad de propietario. Les hago de su conocimiento que se dio trámite a la demanda presentada de extinción de dominio la que fue admitida de la forma siguiente: 0205/2025 TRANSCRIPCION DEL AUTO OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA, A TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL VEINTICINCO. - - - - - - - Dada cuenta con el escrito de SOLEDAD ESTEFANIA DE LOS SANTOS MELENDEZ, al que anexa los documentos detallados en la certificación que inmediatamente antecede; y dos traslados; presentado ante la Oficialía de Partes Común de los Juzgados Civiles y Familiares del Centro del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado el día veinticuatro de septiembre del dos mil veinticinco y recibido en este Juzgado el veinticinco de septiembre del dos mil veinticinco; con el cual, fórmese expediente y regístrese en el sistema computacional que se lleva en este juzgado con el número 205/2025, Primera Secretaría. Competencia Este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado, es competente para conocer de este juicio de conformidad con el acuerdo general 14/2021 de fecha veintitrés de abril del dos mil veintiuno, mediante el cual se brindó de competencia para conocer de los asuntos en materia de extinción de dominio para todo el estado, en relación con el artículo 17 y 18 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, habida cuenta que se trata de un asunto de extinción de dominio sobre un bien mueble consistente en el vehículo de motor marca Honda, tipo CR-V TOURING CTV, modelo dos mil dieciocho, con número de serie 1HGRW1893JL901816, número de motor L15BE2026604, color plata lunar, sin placas de circulación, identificado con la factura número FVD-2336 expedida el veintcinco de marzo del dos mil veintitrés por Honda del Valle, Automóviles Avenida S.A. de C.V., a nombre de LUIS ALBERTO AMAYA RAMIREZ, toda vez que sirvió como instrumento en la comisión del hecho ilícito de robo de vehículo. Delito que se encuentra dentro del catálogo que establece el artículo 22 párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para la procedencia de la acción de extinción de dominio, en relación con el artículo 1 inciso I) de la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Personalidad Jurídica En cuanto a la personalidad jurídica de la promovente SOLEDAD ESTEFANIA DE LOS SANTOS MELENDEZ, es de referirse que comparece con el carácter de Agente del Ministerio Público Adscrita a la Unidad de Extinción de Dominio dependiente de la Vicefiscalía General de Control Operativo de la Fiscalía General de Estado de Oaxaca, lo que se acredita con la copia certificada de nombramiento definitivo de fecha primero de marzo del dos mil veintiuno, suscrito por el entonces Fiscal General del Estado Rubén Vasconcelos Méndez, de la que se advierte la calidad con la que se ostenta, documental que con fundamento en los preceptos 2 fracción XVIII y 25 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se acredita la personalidad de la compareciente. Admisión de Demanda Con apoyo en los numerales 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3,4,7,8,16,21,191,193,195 y demás relativos y aplicables de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se admite a trámite la demanda planteada en la VÍA ESPECIAL DE JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO en ejercicio de la acción de EXTINCIÓN DE DOMINIO que promueve la Licenciada Soledad Estefanía de los Santos Meléndez, Agente del Ministerio Público adscrita a la Unidad de Extinción de Dominio dependiente de la Vicefiscalía General de Control Operativo de la Fiscalía General de Estado de Oaxaca, en contra de LUIS ALBERTO AMAYA RAMIREZ, de quien reclama las siguientes prestaciones; A).- La declaración judicial de extinción de dominio del vehículo de motor marca Honda, tipo CR-V TOURING CTV, modelo dos mil dieciocho, con número de serie 1HGRW1893JL901816, número de motor L15BE2026604, color plata lunar, sin placas de circulación, a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, sin 344 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 contraprestación, ni compensación alguna para su dueño o quien ostente o comporte como tal, ni para quien, por cualquier circunstancia, pasea o detente el citado bien; B) La pérdida de los derechos sin contraprestación, ni compensación alguna para su dueño o quien se ostente o comporte como tal o acredite tener derechos sobre el vehículo de motor marca Honda tipo CR-V TOURING CTV, modelo dos mil dieciocho, con número de serie 1HGRW1893JL901816, número de motor L15BE2026604, color plata lunar, sin placas de circulación; C).- Declarada la acción de extinción de dominio del vehículo de motor marca Honda tipo CR-V TOURING CTV, modelo dos mil dieciocho, con número de serie 1HGRW1893JL901816, número de motor L15BE2026604, color plata lunar, sin placas de circulación, ordene se cedan los derechos de la factura que acredita su propiedad a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, o en su caso se expida factura judicial; D).- Como consecuencia de lo anterior se proceda a la inscripción del vehículo de motor marca Honda tipo CR-V TOURING CTV, modelo dos mil dieciocho, con número de serie 1HGRW1893JL901816, número de motor L15BE2026604, color plata lunar, sin placas de circulación, ante la Dirección de Licencias y Emplacamiento Vehicular perteneciente a la Secretaría de Movilidad del Estado de Oaxaca, en favor del Gobierno del Estado de Oaxaca; F).- Una vez que la sentencia cause ejecutoria, se destine el referido bien mueble en términos del artículo 234 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio por conducto de la autoridad administradora. Orden de emplazamiento, llamamiento judicial Tomando en consideración que el domicilio señalado como del demandado Luis Alberto Amaya Ramírez, se ubica dentro de la jurisdicción de este Juzgado por ende, se ordena al actuario adscrito a efecto de que se constituya en el domicilio de la parte demandada y cerciorado de ser el domicilio buscado, debiendo asentar los medios respectivos efectúe el emplazamiento entregándole el correspondiente instructivo de notificación, así mismo, les corra traslado con la copia simple de la demanda y anexos, debidamente cotejados y sellados, emplazándolos para que dentro del plazo de QUINCE DÍAS conteste por escrito la demanda entablada en su contra ante este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca, debiendo precisársele que la misma deberá reunir los requisitos que establecen los artículos 191, 198, y 199 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, deberá contar con asesoría jurídica profesional a través de profesionistas particulares, o en su caso, deberá acudir a la DEFENSORIA PUBLICA DEL ESTADO DE OAXACA ubicada en Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial General Porfirio Diaz, “Soldado de la Patria”, Edificio G, María Sabina 4° Nivel, Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, para que se le designe un defensor público y comparezcan debidamente asesorados, a manifestar lo que a su derecho convenga, hacer valer las excepciones que considere pertinente y adjunte los documentos justificativos de sus excepciones y ofrezca las pruebas que las acrediten, apercibiéndolo que de no dar contestación dentro del plazo concedido, se hará la declaración de rebeldía y se tendrá por contestada la demanda en sentido afirmativo y por precluido sus derechos procesales que no hizo valer, en términos del precepto 196 del mismo ordenamiento. Asimismo, lo requiera para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de residencia de este juzgado, mismo que será para las notificaciones personales que este procedimiento establece, con el apercibimiento que de no proporcionarlo se tendrá por señalado los estrados de este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca, en observancia al numeral 87 de la ley en consulta. Debiendo el actuario regir su actuación de acuerdo con las formalidades que exige el dispositivo 83 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, hecho lo anterior lo devuelva debidamente diligenciado. Publicación de Edictos De conformidad con los artículos 86, 87 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publíquese mediante edicto el presente proveído tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado para una mayor difusión y por Internet en la página de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Oaxaca, llamando a cualquier persona interesada (afectada) que considere tener un derecho sobre los bienes inmuebles objeto de la acción, en razón de los efectos universales del presente juicio, para que comparezcan a este procedimiento en el término de TREINTA DÍAS HÁBILES siguientes, contados a partir del día siguiente a la última publicación del edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Queda a disposición del ocursante los edictos respectivos para que pase a recogerlos, gestione su trámite y exhiba de manera oportuna las correspondientes publicaciones, ordenándose entregar en archivo electrónico el documento a publicar en formato Word (.doc o .docx) para Windows. Pruebas Por otro lado, se tiene a la promovente ofreciendo las pruebas que refiere, mismas que será proveídas en el momento procesal oportuno, en cuanto a su admisión, preparación o desechamiento, Lo anterior con fundamento en el artículo 101 de la ley en consulta. Medida Cautelar Por lo que respecta a la medida cautelar de aseguramiento físico y registral del bien mueble consistente en el vehículo de motor marca Honda tipo CR-V TOURING CTV, modelo dos mil dieciocho, con número de serie 1HGRW1893JL901816, número de motor L15BE2026604, color plata lunar, sin placas de circulación, de conformidad con el artículo 175 fracción II de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena sustanciarse en incidente de forma separada en su respectivo cuaderno. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 345 Notificaciones procesales Se tiene a la promovente señalando el domicilio que indica en el de cuente, mismo que será para las notificaciones personales que este procedimiento establece, autorizando para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona. Hágase del conocimiento de las partes que las determinaciones dictadas en este juicio serán notificadas mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no comparecer se practicarán por medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado, con excepción del emplazamiento que se practicará en forma personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y las dictadas en las audiencias se tendrán por notificadas en ese mismo acto. Se tiene a la parte actora proporcionando cuenta de correo electrónico extinciondedominiofgeo@outlook.es con ID de usuario 016642021, autorizando dicha cuenta para ser notificada por medios electrónicos. Envíese a la cuenta proporcionada copia de los acuerdos que se lleguen a dictar en el presente asunto. Por otra parte, mediante Acuerdo General conjunto 9/2020 relativo al plan retorno gradual para el desarrollo de actividades jurisdiccionales, ante la pandemia causada por el coronavirus, en el considerando noveno, punto cinco, se estableció que las notificaciones deberán practicarse a través de correo electrónico ante el portal del tribunal virtual. Ante tal circunstancia, al momento del emplazamiento invítese a la parte demandada, para que se inscriba en el Registro Único para Notificaciones Electrónicas (RUNE) del Poder Judicial del Estado, con la finalidad de que las subsecuentes notificaciones se le practiquen por medio del tribunal virtual, para tal efecto, al dar contestación a la demanda deberá proporcionar número de usuario y correo electrónico, para que se le haga llegar vía correo electrónico copia de los acuerdos que se dicten en la fase escrita de este expediente, de igual forma, dígasele que, en caso de no proporcionar cuenta electrónica, serán notificados mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no comparecer se practicarán por medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado. Transparencia y publicación de datos personales En cumplimiento al artículo 11 y 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, hágase saber a las partes: a).- Que la sentencia que se dicte en este asunto, estará a disposición del público para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso de información; b).- Asimismo y con fundamento en el numeral 1079 Fracción VI del Código de Comercio aludido, requiérase a la parte actora para que dentro del término de tres días y a la parte demandada que al contestar la demanda, otorguen su consentimiento por escrito respecto de que su nombre y datos personales no se incluyan en la publicación de la sentencia, en el entendido de que la unidad administrativa que lo tenga bajo su resguardo determinará si tal oposición puede surtir efectos, tomando en cuenta, si la resolución solicitada contiene información considerada como reservada; en la inteligencia de que la falta de oposición expresa en el plazo concedido, conllevará a su oposición. Finalmente, tomando en consideración que este órgano jurisdiccional lleva un control de digitalización de los expedientes radicados a través del sistema electrónico “procedimientos civiles y familiares de primera instancia” y del escrito de demanda se aprecia que se encuentra de baja calidad la impresión, que si bien permite su lectura con un poco de dificultad, lo cierto es que imposibilita de forma correcta su escaneo, al igual que su fotocopiado, ante tal circunstancia, con fundamento en el dispositivo 57 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se requiere a la ocursante para que dentro del plazo de tres días exhiba una reproducción integra del escrito original que sea legible en su totalidad para que esta autoridad pueda escanearlo y subirlo al sistema electrónico de control de expedientes digitalizados, además para el caso de ser necesaria la obtención de su reproducción a través del fotocopiado para atención del mismo proceso. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. Así lo proveyó y firma la Ciudadana Licenciada MARTHA ELENA GOMEZ CARREÑO Juez del Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado. Quien actúa con la Secretaria de Acuerdos, que autoriza y da fe, Licenciada REYNA EMELIA OROZCO ESPINOSA. Por lo anterior, los emplazo por esta vía para que, dentro de un PLAZO DE TREINTA DIAS hábiles contados a partir de cuando haya surtido efecto la publicación del último edicto, comparezcan a deducir sus derechos contestando la demanda entablada en su contra, así mismo le informo que las copias del traslado correspondiente se encuentran a su disposición en la Primera Secretaría del Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del centro y Civil en Materia de Extinción de dominio para todo el Estado de Oaxaca, para que se imponga de las mismas. Apercibiéndolos que de no dar contestación al plazo concedido se le tendrá por perdido el derecho no ejercitado y se continuará con la siguiente etapa, de conformidad con los artículos 86, 87, 88, 89 y demás aplicables a la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Oaxaca de Juárez, Oaxaca a siete de octubre del 2025. El Actuario del Juzgado Lic. Omar Sánchez Juárez Rúbrica. (E.- 000804) 346 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 AVISOS GENERALES Estados Unidos Mexicanos Tribunal Federal de Justicia Administrativa Sala Regional en Yucatán Expediente: 1088/22-16-01-6 Actor: Instituto Gardner México Americano, S.C. "EDICTO" TRABAJADORES DE LA PERSONA MORAL INSTITUTO GARDNER MÉXICO AMERICANO, S.C., EN EL EJERCICIO FISCAL COMPRENDIDO DEL 1 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017. En los autos del juicio contencioso administrativo número 1088/22-16-01-6, promovido por Instituto Gardner México Americano, S.C., en contra de la Administradora Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Campeche "1", en el que demanda la resolución contenida en el oficio 500-14-00-06-02-2022-1203, de 16 de junio de 2022, emitida por la Administradora Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Campeche "1", a través de la cual, se determinó un crédito fiscal en cantidad total de $7'529,705.15, así como se determinó como renta gravable base del reparto de utilidades el importe $9'091,183.99, por lo que se deberá efectuar a sus trabajadores el reparto de utilidades en cantidad de $909,118.39, por el ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2017, se ordenó emplazar a los TERCEROS INTERESADOS, por medio de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo, 18, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, para lo cual, se le hace saber que tiene un término de treinta días contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del Edicto ordenado, para que comparezcan en esta Sala Regional en Yucatán del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el domicilio ubicado en: calle 56-A (Paseo de Montejo), número 483-B, por 41, Colonia Centro, C.P. 97000, en esta Ciudad de Mérida, Yucatán, apercibida de que en caso contrario, las siguientes notificaciones se realizarán por boletín jurisdiccional, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la parte actora. Ciudad de Mérida, a 5 de septiembre de 2025. Magistrado Instructor de la Tercera Ponencia de la Sala Regional Peninsular del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Rafael Quero Mijangos Rúbrica. La Secretaria de Acuerdos Ana María Sánchez Correa Rúbrica. (R.- 570010) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 347 Estados Unidos Mexicanos Tribunal Federal de Justicia Administrativa Región Estado de México I Primera Sala Regional en el del Estado de México I Expediente: 1412/19-11-01-2 y 2298/19-11-01-7 ACUM Actora: Laboratorios Tornel, S.A. de C.V. “EDICTO” En los autos del juicio contencioso administrativo 1412/19-11-01-2 Y 2298/19-11-01-7 ACUM, la C. Mayra Eblin Salgado Rebolledo, en representación legal de LABORATORIOS TORNEL, S.A. DE C.V., promovió demanda de nulidad en contra de La resolución contenida en el oficio 600-36-08-54-2019-2521, de 25 de marzo de 2019, por la cual el Administrador Desconcentrado Jurídico de México “2” del Servicio de Administración Tributaria, resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto en contra de la resolución contenida en el oficio 500-36-05-03-01-2018-29963, de 30 de julio de 2018, mediante la cual se determinó un crédito fiscal a su cargo en cantidad total de $69´081,904.27 por concepto de impuesto sobre la renta, así como la obligación de efectuar el reparto adicional a los trabajadores, de las utilidades de la empresa respecto del ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014, en el sentido de confirmar la misma. En el acuerdo 19 de septiembre de 2025, se ordenó la notificación por edictos del emplazamiento a los trabajadores de la accionante que prestaron sus servicios en el ejercicio 2014, en su carácter de terceros interesados, por conducto de su representante legal, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, así como la notificación de los acuerdos: 1. 10 de mayo de 2019 por el que se admitió a trámite la demanda; con copia del escrito inicial; 2. 05 de junio de 2019, por el que se tuvo por cumplido el requerimiento y admisión de pruebas; 3. 11 de junio de 2025, por el que se tuvo por contestada la demanda; 4. 12 de agosto de 2025, sentencia interlocutoria del recurso de reclamación, 5. 14 de agosto de 2019, sentencia interlocutoria donde resulto procedente la acumulación del juicio 2298/19-11-01-7; 6. 15 de agosto de 2019, proveído por el cual se levantó la suspensión del procedimiento; 7. 15 de agosto de 2019, por el que se le otorgó el término al perito de la autoridad demandada para rendir y ratificar su dictamen; 8. 21 de agosto de 2019, por el que se requiere a la actora para que presente a su perito para aceptar y protestar el cargo; 9. 9 de septiembre de 2019, por el que el perito de la autoridad demandada, rinde el dictamen; 10. 23 de septiembre de 2019, por el que se le otorgó el término al perito de la actora para rendir y ratificar su dictamen; 11. 2 de octubre de 2019, por el que se tuvo por contestada la demanda; 12. 16 de octubre de 2019, por el que el perito de la actora, rinde el dictamen; 13. 16 de octubre de 2019, por el que se solicita perito tercero en materia contable; 14. 28 de octubre de 2019, por el que se designa perito tercero en materia contable; 15. 22 de enero de 2020, por el que el perito tercero rinde y ratifica el dictamen; 16. 26 de agosto de 2025 y 18 de septiembre de 2025, por los que se tuvieron rendidos los informes requeridos en el auto de 5 de agosto de 2025; Para lo cual se les hace saber que tienen un término de treinta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del edicto ordenado, para que comparezcan por escrito, a través de su representante quien deberá acreditar su personalidad, ante esta Primera Sala Regional en el Estado de México I, ubicada en Avenida Primero de Mayo, Número 120, Piso 6, Naucalpan de Juárez, Código Postal 53500, Estado de México, requiriéndoles para que señalen un domicilio dentro de la jurisdicción de esta Sala, y también un correo electrónico a efecto de que se les realicen los avisos respectivos, apercibidos que de no hacerlo, se tendrá por precluido su derecho para realizar manifestaciones, y las notificaciones subsecuentes se efectuarán por boletín jurisdiccional, sin el aviso previo que establece el artículo 65 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Asimismo, se les informa que las copias de los traslados de la demanda, de la citada resolución, y de los restantes anexos que obren en autos, se encuentran a su disposición para que los recojan en el local que ocupa esta Sala. Atentamente Naucalpan de Juárez, Estado de México, a 19 de septiembre de 2025. Magistrado Instructor de la Segunda Ponencia de la Primera Sala Regional en el Estado de México I Lic. Oscar Alberto Estrada Chávez Firmado en suplencia por ausencia la Primer Secretaria de Acuerdos, Licenciada Guadalupe Villaseñor Hurtado, con fundamento en el artículo 48, tercer párrafo de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Rúbrica. (R.- 569688) 348 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Comisión Federal de Electricidad Distribución División Centro Oriente LICITACIÓN PÚBLICA No. LPDCOT-0325 CONVOCATORIA Comisión Federal de Electricidad a través de Distribución División Centro Oriente, en cumplimiento con el artículo 95 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad y las Políticas que regulan la Disposición y Enajenación de Bienes Muebles de la Comisión Federal de Electricidad, sus Empresas Productivas Subsidiarias y en su caso Empresas Filiales, convoca a las personas físicas y morales nacionales, a participar el día 24 de noviembre de 2025, en la Licitación Pública No. LPDCOT-0325 para la venta de los bienes muebles no útiles que a continuación se indican: Lote No. Descripción, cantidad aproximada y unidad de medida de los bienes muebles no útiles Valor mínimo para venta $ (sin IVA) Depósito en garantía $ (sin IVA) 1, 2, 3,4 y 5 739,811.55 kilogramos y 1,037 piezas de diversos bienes muebles no útiles correspondientes a: acumuladores, artículos de porcelana con herraje, cable aluminio (AAC), cable aluminio (ACSR), cable aluminio con forro, cartón, cobre desnudo, desecho ferroso de segunda, medidores de energía eléctrica, plástico, postes de concreto, vidrio pedacería, transformadores de distribución y potencia con y sin aceite, desecho ferroso vehicular etc. y 26 vehículos tipo pick up (ANEXO 1 de las Bases). $6,944,877.07 $694,487.71 Los bienes se localizan en diversos almacenes cuyas cantidades se detallan en el “ANEXO 1” y los domicilios en “ANEXO 2” de las Bases de la Licitación Pública. Los interesados podrán consultar y adquirir las Bases de la Licitación Pública del 06 de noviembre de 2025 al 20 de noviembre de 2025, en días hábiles, consultando la página electrónica de CFE: https://www.cfe.mx/concursoscontratos/ventabienes/pages/muebles.aspx y realizando el pago de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.) más IVA, mediante transferencia electrónica interbancaria en la cuenta No. 3000999789, CLABE 072650030009997892, Convenio CIE 005562, referencia bancaria 48008510011048016228, en la Institución Bancaria Banorte a nombre de la Comisión Federal de Electricidad; solicitando al teléfono 222-229-0438, extensión 11574 o al correo luis.rodriguezn@cfe.mx, referencia bancaria para realizar su pago, en horario local de 09:00 a 14:00 horas; previo a realizar el pago de las Bases deberá consultar la Lista de Licitantes Sancionados, impedidos para participar en procedimientos de Venta de Bienes que convoque la CFE, disponible en la página electrónica de CFE: https://www.cfe.mx/concursoscontratos/ventabienes/pages/bienesmuebles.aspx, y una vez efectuado el pago enviar copia clara del comprobante de pago al Departamento Divisional de Almacenes, al correo electrónico fernando.patino@cfe.mx, con copia a luis.rodriguezn@cfe.mx y roberto.cano@cfe.mx, agregando los datos del comprador correspondiente a: nombre, domicilio fiscal, teléfono, correo electrónico, folio de comprador de CFE (en su caso), anexando copia de Constancia de Situación Fiscal SAT, con fecha de expedición no mayor a un mes y copia de Identificación Oficial vigente (INE o Pasaporte), y confirmar su recepción al teléfono 222-229-0438, ext. 11574, en horario local de 09:00 a 14:00 horas, en días hábiles, o acudir a las Oficinas del Departamento de Almacenes con dirección en Prolongación 27 Norte No. 52, Col. Santa María La Ribera, C.P. 72010, Puebla, Puebla; en horario local de 09:00 a 14:00 horas, en días hábiles, y presentar la misma documentación descrita para la opción por correo electrónico. En caso de que el interesado efectúe el pago de las Bases incompleto, fuera del periodo establecido para tal efecto o se encuentre en la Lista de Licitantes Sancionados, impedidos para participar en procedimientos de Venta de Bienes que convoque la CFE, el importe respectivo no será reembolsado y no podrá participar en la Licitación Pública. La factura por el pago de las Bases será enviada al correo electrónico en el que se recibió su comprobante de pago. Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 349 Las personas que hayan adquirido las Bases podrán realizar la inspección física de los bienes acudiendo a los lugares donde se localizan del 06 de noviembre de 2025 al 20 de noviembre de 2025, en días hábiles, en horario local de 09:00 a 14:00 horas, previa cita concertada. El Registro de Participantes y Recepción de la Documentación establecida en las Bases para participar en la Licitación Pública se efectuará el día 19 de noviembre de 2025, en horario local de 09:00 a 09:30 horas, en la Sala de Capacitación del Almacén Divisional San Felipe División Centro Oriente, con domicilio en Prolongación 27 Norte No. 52, Col. Santa María La Ribera, C.P. 72010, Puebla, Puebla y de no presentar en este horario la documentación solicitada, ésta no se recibirá en horario distinto, en virtud de que al concluir el horario citado se iniciará la revisión de la misma en presencia del interesado. Los depósitos en garantía del sostenimiento de ofertas se constituirán mediante cheque o cheques de caja, expedidos por una Institución de Banca y Crédito a favor de Comisión Federal de Electricidad, por el importe establecido para cada uno de los lotes de bienes que se licitan (uno o varios cheques). El Acto de Presentación y Apertura de Ofertas será el día 24 de noviembre de 2025, a las 11:00 horas, horario local o al concluir la revisión de documentos, en la Sala de Capacitación del Almacén Divisional San Felipe División Centro Oriente, en el domicilio antes citado, en el entendido de que los interesados deberán cumplir con lo establecido en las Bases respectivas y en caso contrario no podrán participar en el Evento. El Acto de Fallo correspondiente se efectuará el día 24 de noviembre de 2025, al término del Acto de Apertura de Ofertas, en la Sala de Capacitación antes citada. De no lograrse la venta de los bienes, una vez emitido el Fallo de la Licitación Pública, se procederá a la Subasta Ascendente de los lotes que resulten desiertos, en el mismo lugar y fecha, siendo postura legal la que cubra al menos el valor convocado de los bienes que se licitan. El retiro de los bienes se realizará en un plazo máximo de 15 días hábiles conforme a lo establecido en las Bases de la Licitación Pública. Atentamente Puebla, Puebla a 06 de noviembre de 2025. Gerente Divisional de Distribución Centro Oriente Ing. Félix Omar Flores Peraza Rúbrica. (R.- 570014) Instituto Mexicano del Seguro Social Coordinación de Unidades Médicas de Alta Especialidad UMAE Hospital de Oncología de C.M.N. Siglo XXI Dirección General LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN/IMSS/HOCMNSXXI/DCSG-EBBMD-002-2025 PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL EJERCICIO FISCAL 2025 En cumplimiento con las disposiciones que establece el Título Quinto, Artículos 131 y 132 de la Ley General de Bienes Nacionales y en base a la Norma que establece las Bases Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles del Instituto Mexicano del Seguro Social, la UMAE Hospital de Oncología de CMNSXXI, por conducto del Departamento de Conservación y Servicios Generales, llevará a cabo el proceso de Enajenación mediante Licitación Pública Nacional No. LPN/IMSS/HOCMNSXXI/DCSG-EBBMD-002-2025, para lo cual convoca a participar a personas físicas y morales “PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL EJERCICIO FISCAL 2025” de acuerdo a la partida descrita a continuación: LISTADO DE BIENES MUEBLES 2025-2 UNIDAD GENERADORA PARTIDA DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES PIEZAS PRECIO TOTAL DEL AVALUO SIN IVA DEPOSITO EN GARANTÍA UMAE HOSPITAL DE ONCOLOGIA DEL CENTRO MEDICO NACIONAL SIGLO XXI PARTIDA I BIENES MUEBLES CAPITALIZABLES (SE ANEXAN 4 LISTADOS DE BIENES) 372 $127,464.00 $12,746.40 Fecha de publicación en DOF y sito web IMSS: HTTPS://SIDOF.SEGOB.GOB.MX/NOTAS/ http://compras.imss.gob.mx/?p=imssvende 06 de noviembre de 2025 Visita de verificación y venta de Bases 07 de noviembre de 2025 Junta de Aclaraciones 10 de noviembre de 2025 Presentación y Apertura de Proposiciones 12 de noviembre de 2025 Acto de Fallo 14 de noviembre de 2025 350 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 NOTA: • Los valores arriba indicados no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA). • Los precios para venta indicados, corresponde al avaluó. Todos los eventos se realizarán frente a auditorio, en el aula 1 en el piso 2p de la consulta externa, Hospital de Oncología de CMN Siglo XXI, Avenida Cuauhtémoc Numero 330, Colonia Doctores, Código postal 06720, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, teléfono 5627-6900, EXT. 21817. Ciudad de México, a 06 de noviembre de 2025. Hospital de Oncología de C.M.N. Siglo XXI Director General de la UMAE Dr. Rafael Medrano Guzman Rúbrica. (R.- 570013) Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA DE LARA GRAJALES - SAN JOSÉ CHIAPA PERMISO G/20229/DIS/2017 Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial Torreón, Coah., C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de distribución de gas natural en la Zona Geográfica de Lara Grajales - San José Chiapa, la lista de tarifas máximas, aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación. Lista de tarifas máximas – pesos de junio de 2025 Cargos tarifarios Unidades Residencial Comercial/ Industrial 2 Industrial 3 Rangos de consumo (Gj/Mes) 0.00 - Infinito Industrial 1 0.00 - 1,500.00 1,500.01 - 3,500.00 3,500.01 - Infinito Cargo por servicio Pesos/Mes 25.3056 73.6246 775.4899 1,653.3716 Distribución con comercialización1 Pesos/Gj 125.0081 53.0680 0.0000 0.0000 Distribución simple Cargo por capacidad Pesos/Gj 117.6456 49.9425 35.2609 19.7618 Cargo por uso Pesos/Gj 7.3624 3.1255 2.2067 1.2367 Cifras expresadas en pesos de junio de 2025. 1/ El cargo de distribución con comercialización aplica únicamente a usuarios con consumo de hasta 5,000.00 Gigajoules anuales. Otros cargos regulados – pesos de junio de 2025 Cargos tarifarios Rangos de consumo Unidades Residencial 0.00 - Comercial/ Industrial 1 Industrial 2 1,500.01 - Industrial 3 3,500.01 - (Gj/Mes) Infinito 0.00 - 1,500.00 3,500.00 Infinito Conexión estándar2 Pesos/Acto 0.0000 7,204.9491 62,976.4187 324,328.5564 Conexión no estándar Pesos/Metro 1,104.7835 1,274.7501 1,953.4106 3,279.3894 Desconexión/Reconexión Pesos/Acto 172.9898 519.0026 617.6131 710.2550 Cifras expresadas en pesos de junio de 2025. 2/ Corresponde a la tubería, válvula, medidor y accesorios para la conducción de energía con una longitud de hasta 30 metros. Torreón, Coahuila., a 16 de octubre de 2025. Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. Representante Legal Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio Rúbrica. (R.- 570073) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 351 Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA DEL NOROESTE PERMISO G/347/DIS/2014 Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial Torreón, Coah., C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de distribución de gas natural en la Zona Geográfica del Noroeste, la lista de tarifas máximas, aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación. Lista de tarifas máximas – pesos de marzo de 2025 Cargos tarifarios Unidades Residencial Comercial/ Industrial 2 Industrial 3 Rangos de consumo (Gigajoule/Mes) 0.00 - Infinito Industrial 1 0.00 - 125.00 125.01 - 3,489.00 3,489.01 - Infinito Cargo por servicio Pesos/Mes 32.9370 32.8958 2,095.5619 82,487.0712 Distribución con comercialización1 Pesos/Gj 33.7101 37.3983 17.8344 0.0000 Distribución simple Cargo por capacidad Pesos/Gj 33.4505 37.1103 17.6970 14.3011 Cargo por uso Pesos/Gj 0.2596 0.2880 0.1374 0.1110 Cifras expresadas en pesos de marzo de 2025. 1/ El cargo de distribución con comercialización aplica únicamente a usuarios con consumo de hasta 5,000.00 Gigajoules anuales. Lista de tarifas máximas otros cargos regulados – pesos de marzo de 2025 Cargos tarifarios Unidades Residencial Comercial/ Industrial 2 Industrial 3 Rangos de consumo (Gj/Mes) 0.00 - Infinito Industrial 1 0.00 - 125.00 125.01 - 3,489.00 3,489.01 - Infinito Conexión estándar2 Pesos/Acto 0.0000 0.0001 59,118.8196 513,427.1985 Conexión no estándar Pesos/Metro 901.9997 1,390.0791 3,140.4038 4,611.9053 Desconexión/Reconexión Pesos/Acto 173.4455 356.4350 619.2397 712.1257 Cifras expresadas en pesos de marzo de 2025. 2/ Corresponde a la tubería, válvula, medidor y accesorios para la conducción de energía con una longitud de hasta 30 metros. Torreón, Coahuila., a 16 de octubre de 2025. Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. Representante Legal Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio Rúbrica. (R.- 570057) AVISO Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes: 1/8 de plana $ 2,739.00 2/8 de plana $ 5,478.00 3/8 de plana $ 8,217.00 4/8 de plana $ 10,956.00 6/8 de plana $ 16,434.00 1 plana $ 21,912.00 1 4/8 planas $ 32,868.00 2 planas $ 43,824.00 Los Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales por concepto de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2024 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2025. Atentamente Diario Oficial de la Federación DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 352 Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA DE LA LAGUNA - DURANGO PERMISO G/13496/DIS/2016 Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial Torreón, Coah., C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de distribución de gas natural en la Zona Geográfica de la Laguna - Durango, la lista de tarifas máximas, aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación. Lista de tarifas máximas – pesos de mayo de 2025 Cargos tarifarios Unidades Residencial 0.00 - Infinito Comercial/ Industrial 1 Industrial 2 320.01 – Industrial 3 5,000.01 - Industrial 4 32,000.01 - Rangos de consumo (Gigajoule/Mes) 0.00 - 320.00 5,000.00 32,000.00 Infinito Cargo por servicio Pesos/Mes 30.2526 69.1841 689.6321 1,766.7506 7,066.5110 Distribución con comercialización1 Pesos/Gj 154.9186 117.6043 57.7029 0.0000 0.0000 Distribución simple Cargo por capacidad Pesos/Gj 149.4818 113.4771 55.6779 14.1269 7.8167 Cargo por uso Pesos/Gj 5.4368 4.1272 2.0250 0.5138 0.2843 Cifras expresadas en pesos de mayo de 2025. 1/ El cargo de distribución con comercialización aplica únicamente a usuarios con consumo de hasta 5,000.00 Gigajoules anuales. Otros cargos regulados – pesos de mayo de 2025 Cargos tarifarios Unidades Residencial 0.00 - Infinito Comercial/ Industrial 1 Industrial 2 320.01 – Industrial 3 5,000.01 - Industrial 4 32,000.01 - Rangos de consumo (Gj/Mes) 0.00 - 320.00 5,000.00 32,000.00 Infinito Conexión estándar2 Pesos/Acto 0.0000 12,663.5368 42,756.3882 208,340.6274 208,340.6274 Conexión no estándar Pesos/Metro 0.0000 1,265.8933 1,965.9820 2,285.1312 2,285.1312 Desconexión/Reconexión Pesos/Acto 182.3269 416.7095 650.9485 748.5908 1,015.2209 Cifras expresadas en pesos de mayo de 2025. 2/ Corresponde a la tubería, válvula, medidor y accesorios para la conducción de energía con una longitud de hasta 30 metros. Torreón, Coahuila., a 16 de octubre de 2025. Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. Representante Legal Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio Rúbrica. (R.- 570055) Jueves 6 de noviembre de 2025 DIARIO OFICIAL 353 6 de Noviembre Conmemoración de la promulgación del Acta Solemne de la Declaratoria de Independencia de la América Septentrional por el Primer Congreso de Anáhuac sancionada en el Palacio de Chilpancingo, en 1813 El Acta Solemne de Independencia de la América Septentrional por parte del Congreso de Anáhuac, reunido en la ciudad de Chilpancingo el 6 de noviembre de 1813, condensa los ideales de la lucha por la Independencia Nacional. En octubre de 1810, José María Morelos asumió la encomienda de Miguel Hidalgo para insurreccionar el sur de la Nueva España, ocupar el puerto de Acapulco y favorecer la formación de un gobierno americano, con un congreso representativo de las corporaciones y provincias del país. Además de las campañas militares que emprendió, Morelos tuvo trascendencia política y obtuvo el apoyo de hombres prominentes como Andrés Quintana Roo, Carlos María de Bustamante, Ignacio López Rayón, José Sixto Verduzco, José María Liceaga y José María Cos, quienes adoptaron el ideario condensado en los Sentimientos de la Nación, en el que destacan los principios de libertad e independencia de América respecto a España, la soberanía popular depositada en el Congreso, la división de poderes en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, la igualdad jurídica de los ciudadanos, la abolición de la esclavitud y del sistema de castas, el respeto a la propiedad y al domicilio, la prohibición de la tortura, así como la exclusión de tropas extranjeras en territorio nacional. De manera particular, el punto 12 de los Sentimientos enunciaba: “como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, alejando la ignorancia, la rapiña y el hurto”. Bajo la protección política y militar de Morelos se organizó el Congreso de Anáhuac, inaugurado en la ciudad de Chilpancingo, el 14 de septiembre de 1813, cuerpo representativo de la Nación que proclamó el Acta Solemne de la Declaración de Independencia de la América Septentrional, el 6 de noviembre, y un año después promulgó el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, mejor conocido como Constitución de Apatzingán, el 22 de octubre de 1814. Redactada por Carlos María de Bustamante, el Acta de Independencia significó la declaración formal de la Independencia política respecto a España. El Congreso declaró: “[…] que por las presentes circunstancias de la Europa [la América Septentrional] ha recobrado el ejercicio de su soberanía usurpado; que en tal concepto queda rota para siempre jamás y disuelta la dependencia del trono español; que es arbitra para establecer las leyes que le convengan para el mejor arreglo y felicidad interior; para hacer la guerra y la paz, y establecer alianzas con los monarcas y repúblicas del antiguo continente”. El Acta fue firmada por Andrés Quintana Roo, Ignacio López Rayón, José Manuel de Herrera, Carlos María de Bustamante, José Sixto Verdusco, José María Liceaga y Cornelio Ortiz de Zárate. Proclama las aspiraciones de independencia política de la insurgencia mexicana y del gobierno representativo y soberano de México. El desarrollo subsecuente de los acontecimientos a partir de diciembre de 1815, prolongó la consumación efectiva de la Independencia mexicana, hasta septiembre de 1821, con la entrada del Ejército Trigarante y la promulgación del Acta de independencia del Imperio mexicano, el 28 de septiembre de 1821, por parte de la Suprema Junta Provisional Gubernativa, con Agustín de Iturbide como presidente de la regencia. Día de fiesta y solemne para la Nación. La Bandera Nacional deberá izarse a toda asta. Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México 354 DIARIO OFICIAL Jueves 6 de noviembre de 2025 Diario Oficial de la Federación Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Directorio Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos Claudia Sheinbaum Pardo Secretaria de Gobernación Rosa Icela Rodríguez Velázquez Subsecretario de Gobernación César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera Titular de la Unidad de Gobierno Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara Coordinador del Diario Oficial de la Federación Alejandro López González Cuotas por derecho de publicación: Oficinas ubicadas en: Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México. Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios. Página web: www.dof.gob.mx Esta edición consta de 354 páginas 1/8 de plana.................. $ 2,739.00 4/8 plana ...................... $ 10,956.00 1 plana ......................... $ 21,912.00