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DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, No. de publicación 300/2025, Ciudad de México, jueves 6 de noviembre de 2025 (Edición Matutina)
November 6, 2025 · Secretaría de Gobernación (Diario Oficial de la Federación); incluye actos de SEGOB, SRE, SHCP/CNBV/INDAABIN/SHF-FOVI, SICT, Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, Secretaría de Salud, SEDATU, Secretaría de las Mujeres, Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) y Banco de México
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No. de publicación: 300/2025
Ciudad de México, jueves 6 de noviembre de 2025
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de las Mujeres
Comisión Nacional Forestal
Banco de México
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
2
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
INDICE
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó el C. Inocente Ibáñez Herrera y firmantes de la agrupación
denominada Iglesia Nueva Apostólica, Jesucristo Es La Roca. .......................................................
6
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó el C. José Verduzco Romero y firmantes de la agrupación
denominada Centro Rhema Internacional. .......................................................................................
8
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó el C. Luis Alberto Flores Álvarez y firmantes de la agrupación
denominada Iglesia Cristiana de Fe y Unción. .................................................................................
10
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó el C. Rubicel de la Cruz Cruz y firmantes de la agrupación
denominada Iglesia El Evangelio es Poder de Dios. ........................................................................
12
Aviso por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como
asociación religiosa que presentó el C. Jorge Adrián Tovar Sámano y firmantes de la agrupación
denominada Templo Poder y Gloria. ................................................................................................
14
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
Autorización Definitiva número dos expedida a favor de la señora Lydie Martine Marques, para
ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de Xalapa, con
circunscripción consular en el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. ......................................
16
Autorización Definitiva número tres expedida a favor del señor Matthieu Hubert Marie Couret,
para ejercer funciones de Cónsul Honorario de la República Francesa en la ciudad de Hermosillo,
con circunscripción consular en el estado de Sonora. ......................................................................
16
Autorización Definitiva número cinco expedida a favor de la señora Elsa Maria Lozano de
Corripio, para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de
San Luis Potosí, con circunscripción consular en el estado de San Luis Potosí. .............................
16
Autorización Definitiva número seis expedida a favor del señor Carlos Alberto Barrera Romero,
para ejercer funciones de Cónsul Honorario de la República de Kazajstán en la Ciudad de
México, con circunscripción consular en la Ciudad de México y el Estado de México. ....................
17
Autorización Definitiva número once expedida a favor de la señora Roamhy Librada Heras
Bautista, para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de
Oaxaca de Juárez, con circunscripción consular en el estado de Oaxaca. ......................................
17
Autorización Definitiva número doce expedida a favor de la señora Mariana Garcia de Quevedo
Vachez, para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de
Guadalajara, con circunscripción consular en el estado de Jalisco. .................................................
17
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
3
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Oficio mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Federación de Instituciones y
Organismos Financieros Rurales, A.C., para organizarse y operar como Federación. ....................
18
Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir
la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del
inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo
29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de
Bienes Nacionales. (R.F.I. 15-12547-8). ..........................................................................................
19
Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir
la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del
inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo
29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de
Bienes Nacionales. (R.F.I. 28-7282-7). ............................................................................................
20
Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir
la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del
inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo
29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de
Bienes Nacionales. (R.F.I. 26-5408-9). ............................................................................................
21
Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir
la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del
inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo
29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de
Bienes Nacionales. (R.F.I. 15-12545-0). ..........................................................................................
22
Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir
la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del
inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo
29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de
Bienes Nacionales. (R.F.I. 21-17476-3). ..........................................................................................
23
Notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir
la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del
inmueble Federal que se señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo
29 fracción IV en relación con los artículos 6 fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de
Bienes Nacionales. (R.F.I. 21-17481-6). ..........................................................................................
24
Programa Institucional del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda
2025-2030. .......................................................................................................................................
25
4
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
Convenio de Coordinación y Colaboración para la construcción y equipamiento de un plantel
educativo de educación media superior (preparatoria), así como de traspaso de los recursos
provenientes del Fondo de Aportaciones Múltiples del Estado de Puebla, que celebran el Estado
de Puebla, el Comité Administrador Poblano para la Construcción de Espacios Educativos, la
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Educación Pública
y el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. ..........................................................
37
Convenio de Coordinación y Colaboración para la construcción y equipamiento de planteles
educativos de educación media superior (preparatorias), así como de traspaso de los recursos
provenientes del Fondo de Aportaciones Múltiples del Estado de Yucatán, que celebran el Estado
de Yucatán, el Instituto para el Desarrollo y Certificación de la Infraestructura Física Educativa y
Eléctrica de Yucatán, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la
Secretaría de Educación Pública y el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. ......
49
SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO
Acuerdo por el que la persona titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno delega las
facultades que se indican. ................................................................................................................
61
SECRETARIA DE SALUD
Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de
recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las
entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y la Ciudad de México. .......................
62
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
Convenio Marco de Coordinación para el ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y
Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025,
que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Morelos y el
Municipio de Atlatlahucan. ................................................................................................................
182
Convenio Marco de Coordinación para el ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y
Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025,
que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Tlaxcala y el
Municipio de Tlaxcala de Xicohténcatl. .............................................................................................
190
SECRETARIA DE LAS MUJERES
Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de
San Luis Potosí, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la operación del Centro
de Justicia para las Mujeres con sede en Matlapa, que permita planear, elaborar e impulsar
estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de las
violencias contra las mujeres y las niñas víctimas. ...........................................................................
198
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
5
Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de
Sinaloa, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la operación del Centro Regional
de Justicia para las Mujeres en el Municipio de Guasave, que permita planear, elaborar e
impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de las
violencias contra las mujeres y las niñas víctimas. ...........................................................................
215
Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de
las Mujeres, el Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax,
Yucatán, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto
denominado C-2025-035, que permite brindar protección y atención integral y especializada a
mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. ....................................
230
Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de
las Mujeres, el Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax,
Yucatán, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto
denominado R-2025-064, que permite brindar protección y atención integral y especializada a
mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. ....................................
232
COMISION NACIONAL FORESTAL
Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030. .............................................
235
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana. ........................................................................................................................
281
Tasas de interés interbancarias de equilibrio. ..................................................................................
281
Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................
281
Equivalencia de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América,
correspondiente al mes de octubre de 2025. ....................................................................................
282
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS,
OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales. ........................................................................
284
AVISOS
Judiciales y generales. .....................................................................................................................
320
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que
presentó el C. Inocente Ibáñez Herrera y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Nueva Apostólica,
Jesucristo Es La Roca.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de la misma en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 17 del mes de enero de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia Nueva Apostólica,
Jesucristo Es La Roca, ubicada en el municipio de San Quintín, Estado de Baja California presentó su
solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el
expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y
Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente:
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
7
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. INOCENTE IBÁÑEZ
HERRERA Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA
NUEVA APOSTÓLICA, JESUCRISTO ES LA ROCA
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó el C. INOCENTE IBÁÑEZ HERRERA Y FIRMANTES de la agrupación denominada IGLESIA
NUEVA APOSTÓLICA, JESUCRISTO ES LA ROCA, presentada en los términos siguientes:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica
el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada
IGLESIA NUEVA APOSTÓLICA, JESUCRISTO ES LA ROCA, para constituirse en
asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para
su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Cascabeles, número 107, ejido Emiliano Zapata, municipio de San Quintín,
Estado de Baja California, C. P. 22920.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: calle
Cascabeles, número 107, ejido Emiliano Zapata, municipio de San Quintín, Estado de Baja
California, C. P. 22920, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan
como objeto, el siguiente: “Realizar sistemáticamente cultos devocionales, de predicación y de
instrucción Bíblica”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con
notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Inocente Ibáñez Herrera.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI
del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se
denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Inocente Ibáñez
Herrera, Presidente; Edith Arenas Méndez, Secretaria; Noé Fuentes Reyes, Tesorero;
Valentín Álvarez Martínez, Vocal; y Fabián Torrescano Trinidad, Vocal.
IX.- Ministro de Culto: Inocente Ibáñez Herrera.
X.- Credo Religioso: cristiano evangélico apostólico.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.-
El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que
presentó el C. José Verduzco Romero y firmantes de la agrupación denominada Centro Rhema Internacional.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de esta en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 20 del mes de junio de 2025, la agrupación religiosa denominada Centro Rhema
Internacional, ubicada en el municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, presentó su solicitud de registro
ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y
a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su
reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente:
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
9
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. JOSÉ VERDUZCO ROMERO
Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA CENTRO RHEMA INTERNACIONAL
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó el C. JOSÉ VERDUZCO ROMERO Y FIRMANTES de la agrupación denominada CENTRO
RHEMA INTERNACIONAL, presentada en los términos siguientes:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica
el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada
CENTRO RHEMA INTERNACIONAL, para constituirse en asociación religiosa, solicitud
presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos
datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Universidad Autónoma de Chihuahua número 123, lote 25, manzana 5,
fraccionamiento Colina Universitaria, municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco,
C.P. 48280.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: calle
Universidad Autónoma de Chihuahua número 123, lote 25, manzana 5, fraccionamiento
Colina Universitaria, municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, C.P. 48280, manifestado
de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan
como objeto, el siguiente: “Reunir dentro de la asociación personas que deseen promover o
practicar el culto religioso propio de la misma, formar parte de las misiones y dirigirse a otras
partes a impartir las enseñanzas religiosas establecidas en la santa biblia.”
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con
notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: José Verduzco Romero.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI
del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se
denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: José Verduzco
Romero, Presidente; Monserrat Becerril Saldaña, Vicepresidente; Oscar Emmanuel Caudillo
Bonilla, Secretario; e Isabel Becerril Saldaña, Tesorera.
IX.- Ministros de Culto: José Verduzco Romero y Monserrat Becerril Saldaña.
X.- Credo Religioso: cristiano evangélico pentecostés.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.-
El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
10
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó el C. Luis Alberto Flores Álvarez y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Cristiana de Fe
y Unción.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de esta en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 18 del mes de junio de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia Cristiana de Fe y
Unción, ubicada en el municipio de León, Estado de Guanajuato, presentó su solicitud de registro ante la
Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de
dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su
reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente:
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
11
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. LUIS ALBERTO FLORES
ÁLVAREZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA DE FE Y UNCIÓN
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó el C. LUIS ALBERTO FLORES ÁLVAREZ Y FIRMANTES de la agrupación denominada
IGLESIA CRISTIANA DE FE Y UNCIÓN, presentada en los términos siguientes:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica
el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada
IGLESIA CRISTIANA DE FE Y UNCIÓN, para constituirse en asociación religiosa, solicitud
presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos
datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Angelina Martínez número 404, manzana 8, lote 9, colonia Las Amalias,
municipio de León, Estado de Guanajuato, C.P. 37438.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: calle
Angelina Martínez número 404, manzana 8, lote 9, colonia Las Amalias, municipio de León,
Estado de Guanajuato, C.P. 37438, manifestado de manera unilateral bajo contrato
de comodato.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan
como objeto, el siguiente: “Predicar el evangelio de Jesucristo a toda persona.”
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con
notorio arraigo entre la población.
V.- Representantes: Luis Alberto Flores Álvarez y/o Arturo Farela Gutiérrez.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI
del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se
denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Luis Alberto
Flores Álvarez, Presidente; Francisco Rivera Luna, Vicepresidente; Aurelio Rivera Murillo,
Secretario; Ana Rubí Villalvazo Jiménez, Tesorera; Mónica Jaramillo Porras, Vocal; y Juana
Luna Lozano, Vocal.
IX.- Ministro de Culto: Luis Alberto Flores Álvarez.
X.- Credo Religioso: cristiano evangélico pentecostés.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.-
El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
12
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que
presentó el C. Rubicel de la Cruz Cruz y firmantes de la agrupación denominada Iglesia El Evangelio es Poder
de Dios.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de esta en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 11 del mes de junio de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia "El Evangelio es
Poder de Dios", ubicada en el municipio de Centla, Estado de Tabasco, presentó su solicitud de registro ante
la Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin
de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su
reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente:
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
13
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. RUBICEL DE LA CRUZ CRUZ
Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA "EL EVANGELIO ES PODER DE DIOS"
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó el C. RUBICEL DE LA CRUZ CRUZ Y FIRMANTES de la agrupación denominada IGLESIA
"EL EVANGELIO ES PODER DE DIOS", presentada en los términos siguientes:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica
el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada
IGLESIA "EL EVANGELIO ES PODER DE DIOS", para constituirse en asociación religiosa,
solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite
respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Ricardo Flores Magón sin número, poblado de Francisco I. Madero,
municipio de Centla, Estado de Tabasco, C.P. 86754.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble denominado
Iglesia de Dios Poder del Evangelio ubicado en: calle Ricardo Flores Magón sin número,
poblado de Francisco I. Madero, municipio de Centla, Estado de Tabasco, C.P. 86754,
manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan
como objeto, el siguiente: “Proclamar y enseñar el evangelio de Nuestro Señor Jesucristo,
haciendo discípulos en cumplimiento de las funciones de la Iglesia Cristiana, descritos en la
Palabra de Dios.”
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con
notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Rubicel De la Cruz Cruz.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI
del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se
denomina “Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Rubicel De la
Cruz Cruz, Representante Legal y Presidente; Alberto Ramírez Reyes, Vicepresidente;
Elizabeth Chan Chan, Tesorera; y Angélica María Romero Romero, Secretaria.
IX.- Ministros de Culto: Rubicel De la Cruz Cruz, Alberto Ramírez Reyes, Elizabeth Chan
Chan y Angélica María Romero Romero.
X.- Credo Religioso: cristiano evangélico pentecostés.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.-
El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que
presentó el C. Jorge Adrián Tovar Sámano y firmantes de la agrupación denominada Templo Poder y Gloria.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad
de Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de
Asuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en los
artículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesias
y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposiciones
estarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos para
su registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, de
acuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con
atribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y
las iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales
y legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y las
agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su
correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de la
misma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de una
asociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que
la aplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la
Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección General
de Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, así
como las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo como
asociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dicha
solicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integrado
debidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de esta en el Diario
Oficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que un
tercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábiles
para presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando los
elementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 10 del mes de junio de 2025, la agrupación religiosa denominada Templo Poder y Gloria,
ubicada en el municipio de Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas, presentó su solicitud de registro ante la
Dirección General de Asuntos Religiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de
dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su
reglamento, he tenido a bien emitir el siguiente:
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. JORGE ADRIÁN TOVAR
SÁMANO Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA TEMPLO PODER Y GLORIA
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
que presentó el C. JORGE ADRIÁN TOVAR SÁMANO Y FIRMANTES de la agrupación denominada
TEMPLO PODER Y GLORIA, presentada en los términos siguientes:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica
el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada
TEMPLO PODER Y GLORIA, para constituirse en asociación religiosa, solicitud presentada
en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos
principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Osa Mayor, entre Mercurio y Tierra, número 3932, colonia Satélite I,
municipio de Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas, C.P. 87087.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en: calle
Osa Mayor, entre Mercurio y Tierra, número 3932, colonia Satélite I, municipio de Ciudad
Victoria, Estado de Tamaulipas, C.P. 87087, manifestado de manera unilateral bajo contrato
de comodato.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan
como objeto, el siguiente: “Realizar Cultos, Predicaciones y de Instrucción Bíblica.”
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con
notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Jorge Adrián Tovar Sámano.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI
del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se
denomina “Comité Ejecutivo”, integrado por las personas y cargos siguientes: Jorge Adrián
Tovar Sámano, Presidente; María Guadalupe Franco García, Secretaria; y Rosa María
Sámano Zúñiga, Tesorera.
IX.- Ministros de Culto: Jorge Adrián Tovar Sámano y María Guadalupe Franco García.
X.- Credo Religioso: cristiano evangélico.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que las
personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse
afectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados
para su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.-
El Director General de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
AUTORIZACIÓN Definitiva número dos expedida a favor de la señora Lydie Martine Marques, para ejercer
funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de Xalapa, con circunscripción consular en
el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos
Vista la Nota Diplomática de Cónsul Honoraria que la Embajada de la República Francesa en México
expidió a favor de la señora Lydie Martine Marques, le concede la presente Autorización Definitiva para que
pueda ejercer las funciones de su cargo en la ciudad de Xalapa, con circunscripción consular en el estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave.
Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaciones
Exteriores, y registrada bajo el número dos a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente, el día veintiuno
de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la Fuente
Ramírez.- Rúbrica.
AUTORIZACIÓN Definitiva número tres expedida a favor del señor Matthieu Hubert Marie Couret, para ejercer
funciones de Cónsul Honorario de la República Francesa en la ciudad de Hermosillo, con circunscripción consular
en el estado de Sonora.
El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos
Vista la Nota Diplomática de Cónsul Honorario que la Embajada de la República Francesa en México
expidió a favor del señor Matthieu Hubert Marie Couret, le concede la presente Autorización Definitiva para
que pueda ejercer las funciones de su cargo en la ciudad de Hermosillo, con circunscripción consular en el
estado de Sonora.
Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de
Relaciones Exteriores, y registrada bajo el número tres a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente,
el día veintiuno de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la
Fuente Ramírez.- Rúbrica.
AUTORIZACIÓN Definitiva número cinco expedida a favor de la señora Elsa Maria Lozano de Corripio, para
ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de San Luis Potosí, con
circunscripción consular en el estado de San Luis Potosí.
El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos
Vista la Nota Diplomática de Cónsul Honoraria que la Embajada de la República Francesa en México
expidió a favor de la señora Elsa Maria Lozano de Corripio, le concede la presente Autorización Definitiva para
que pueda ejercer las funciones de su cargo en la ciudad de San Luis Potosí, con circunscripción consular en
el estado de San Luis Potosí.
Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de
Relaciones Exteriores, y registrada bajo el número cinco a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente,
el día veintiuno de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la
Fuente Ramírez.- Rúbrica.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
17
AUTORIZACIÓN Definitiva número seis expedida a favor del señor Carlos Alberto Barrera Romero, para ejercer
funciones de Cónsul Honorario de la República de Kazajstán en la Ciudad de México, con circunscripción consular
en la Ciudad de México y el Estado de México.
El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos
Vista la Patente de Cónsul Honorario que el Ministro de Asuntos Exteriores de la República de Kazajstán
expidió a favor del señor Carlos Alberto Barrera Romero, le concede la presente Autorización Definitiva para
que pueda ejercer las funciones de su cargo en la Ciudad de México, con circunscripción consular en la
Ciudad de México y el Estado de México.
Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaciones
Exteriores, y registrada bajo el número seis a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente, el día veinte
de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la Fuente
Ramírez.- Rúbrica.
AUTORIZACIÓN Definitiva número once expedida a favor de la señora Roamhy Librada Heras Bautista, para
ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de Oaxaca de Juárez, con
circunscripción consular en el estado de Oaxaca.
El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos
Vista la Nota Diplomática de Cónsul Honoraria que la Embajada de la República Francesa en México
expidió a favor de la señora Roamhy Librada Heras Bautista, le concede la presente Autorización Definitiva
para que pueda ejercer las funciones de su cargo en la ciudad de Oaxaca de Juárez, con circunscripción
consular en el estado de Oaxaca.
Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaciones
Exteriores, y registrada bajo el número once a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente, el día
veintiuno de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la
Fuente Ramírez.- Rúbrica.
AUTORIZACIÓN Definitiva número doce expedida a favor de la señora Mariana Garcia de Quevedo Vachez,
para ejercer funciones de Cónsul Honoraria de la República Francesa en la ciudad de Guadalajara, con
circunscripción consular en el estado de Jalisco.
El Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos
Vista la Nota Diplomática de Cónsul Honoraria que la Embajada de la República Francesa en México
expidió a favor de la señora Mariana Garcia de Quevedo Vachez, le concede la presente Autorización
Definitiva para que pueda ejercer las funciones de su cargo en la ciudad de Guadalajara, con circunscripción
consular en el estado de Jalisco.
Dado en la Ciudad de México, firmada de mi mano, autorizada con el Sello de la Secretaría de Relaciones
Exteriores, y registrada bajo el número doce a fojas treinta y cuatro del libro correspondiente, el día
veintiuno de octubre de dos mil veinticinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Juan Ramón de la
Fuente Ramírez.- Rúbrica.
18
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
OFICIO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Federación de Instituciones y Organismos
Financieros Rurales, A.C., para organizarse y operar como Federación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección
General Contenciosa.- Coordinación Jurídica de Procedimientos B.- Oficio: P246/2025.- Expediente:
CNBV.2C.5. Revocación, 212, “14/Mar2025 - 14/Mar/2025”, REV/230/EF/01.
ASUNTO: REVOCACIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA ORGANIZARSE Y OPERAR COMO FEDERACIÓN.
REPRESENTANTE LEGAL DE FEDERACIÓN DE
INSTITUCIONES Y ORGANISMOS FINANCIEROS
RURALES, A.C.
Insurgentes Sur 569, oficina 303, Col. Nápoles, C.P.
03810, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México.
Esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 60, primer
párrafo de la Ley de Ahorro y Crédito Popular (en adelante LACP), 2 primer párrafo; 4, fracciones I, XI y
XXXVIII, 5 y 16, fracciones VI y XVII de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (en adelante
LCNBV), tiene por objeto supervisar y regular en el ámbito de su competencia a las entidades integrantes del
sistema financiero mexicano, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y
fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del
público, autorizar la constitución y operación de aquellas entidades que señalan las leyes y, en su caso,
acordar la revocación de las aludidas autorizaciones.
Con objeto de dar cumplimiento a los ordenamientos legales en cita, se dicta la presente resolución al
procedimiento administrativo de revocación de la autorización para continuar operando como Federación, que
en su momento le fue otorgada a la sociedad denominada FEDERACIÓN DE INSTITUCIONES Y
ORGANISMOS RURALES, A.C., (en adelante Fedrural, Entidad, Sociedad o Federación indistintamente), al
tenor de los siguientes:
I.
ANTECEDENTES
[…]
II.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. COMPETENCIA. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 60 primer párrafo, fracción
III de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, 2, 4, fracciones I, XI, y XXXVIII, 12 fracciones V y XV, 16, fracciones
VI y XVII, de la LCNBV, de conformidad con la normatividad referida, la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores, como Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se encuentra
facultada para autorizar la constitución y operación como Federación y, en su caso, para acordar la
revocación de dicha autorización.
[…]
Así, de la interpretación integral de lo aquí planteado se aprecia que, en el procedimiento que nos
ocupa, la causal de revocación contenida en el artículo 60, fracción III de la Ley de Ahorro y Crédito
Popular, se encuentra debidamente acreditada, por lo que resulta procedente revocar la autorización
de FEDERACIÓN DE INSTITUCIONES Y ORGANISMOS RURALES, A.C., para organizarse y operar
como Federación.
[…]
RESUELVE
PRIMERO. Este Órgano Desconcentrado, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 60 fracción III de
la precitada Ley de Ahorro y Crédito Popular y 12, fracción V y XV, de la Ley de la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores; así como conforme al Acuerdo NOVENO adoptado por la Junta de Gobierno de la
propia Comisión en su sesión ordinaria celebrada el 08 de octubre de 2025, y a las consideraciones que
quedaron expuestas en la presente resolución, REVOCA a FEDERACIÓN DE INSTITUCIONES Y
ORGANISMOS RURALES, A.C., su autorización para organizarse y operar como Federación.
SEGUNDO. A partir de la fecha de notificación de la presente resolución, FEDERACIÓN DE
INSTITUCIONES Y ORGANISMOS RURALES, A.C., se encontrará incapacitada, por efecto de la presente
revocación, para realizar operaciones y se pondrá en estado de disolución y liquidación, de conformidad con
lo previsto en el artículo 60, último párrafo, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
TERCERO. […]
CUARTO. […]
[…]
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
19
Así lo proveyó el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo
establecido en los artículos 16, fracciones VI y XVII, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
y firma, en suplencia por ausencia del mismo, el Vicepresidente Jurídico de esta Comisión, de conformidad
con lo previsto en los artículos 3, fracción III, segundo párrafo, 4, fracción I, apartado A, fracción II, apartado A,
inciso 7), 9, 14 y 60 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Atentamente
Ciudad de México, a 27 de octubre de 2025.- Vicepresidente Jurídico de la Comisión Nacional Bancaria y
de Valores, Lic. Ángel Salvador Vargas Mitre.- Rúbrica.
NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la
Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se
señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6
fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 15-12547-8).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN,
RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO
ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO
TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 15-12547-8).
A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE
SE SEÑALA.
P R E S E N T E S
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de
1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78,
79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48
y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6
fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se:
N O T I F I C A
El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público
de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación,
ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente:
No.
RFI
Denominación, Ubicación y Superficie
Orientación
Colindancia
Medidas
Metros
1
15-12547-8
“LA IGLESIA DE JESUCRISTO
DE LOS SANTOS DE LOS
ÚLTIMOS DÍAS EN MÉXICO”
Ubicado en los lotes 15 y 16 de la
manzana 16, actualmente Calle
Bosques de Irán número 42,
Fraccionamiento hoy Colonia
Bosques de Aragón, C.P. 57170,
Localidad de CD Nezahualcóyotl,
Municipio de Nezahualcóyotl,
Estado de México, formando una
unidad topográfica con superficie
total de 1,431.71 m2.
LOTE
15
NORTE
ZONA VERDE
15.00
SUR
CALLE BOSQUES DE
BIRMANIA
15.00
ORIENTE
LOTE 14
40.00
PONIENTE
LOTE 16
40.00
LOTE
16
NORTE
ZONA VERDE
22.00
SUR
PÁNCUPE
23.56
SUR
CALLE BOSQUES DE
BIRMANIA
07.00
ORIENTE
LOTE 15
40.00
PONIENTE
CALLE BOSQUES DE
IRÁN
25.00
20
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de
manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS
HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que
por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga,
mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal,
mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el
domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía
Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas.
En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración
del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.
NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la
Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se
señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6
fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 28-7282-7).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN,
RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO
ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO
TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 28-7282-7).
A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE
SE SEÑALA.
P R E S E N T E S
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de
1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78,
79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48
y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6
fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se:
N O T I F I C A
El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público
de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación,
ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente:
No.
RFI
Denominación, Ubicación y
Superficie
Orientación
Colindancia
Medidas
Metros
1
28-7282-7
"LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE
LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS
DÍAS EN MÉXICO"
Ubicado en la Avenida Zona Federal
sin número actualmente número 633,
Colonia Zona Federal hoy Revolución
Verde, C.P. 89314, Localidad y
Municipio de Tampico, Estado de
Tamaulipas.
Superficie de 3,079.36 m2.
SUR
PROPIEDAD DEL
AEROPUERTO DE
TAMPICO, TAMAULIPAS
71.83
PONIENTE
PROPIEDAD PARTICULAR
32.77
NORESTE
PROPIEDAD PARTICULAR
69.00
NOROESTE
AVENIDA ZONA FEDERAL
57.54
Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de
manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS
HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que
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DIARIO OFICIAL
21
por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga,
mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal,
mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el
domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía
Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas.
En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración
del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.
NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la
Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se
señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6
fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 26-5408-9).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN,
RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO
ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO
TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 26-5408-9).
A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE
SE SEÑALA.
P R E S E N T E S
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de
1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78,
79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48
y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6
fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se:
N O T I F I C A
El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público
de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación,
ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente:
No.
RFI
Denominación, Ubicación y
Superficie
Orientación
Colindancia
Medidas
Metros
1
26-5408-9
"LA IGLESIA DE
JESUCRISTO DE LOS
SANTOS DE LOS ÚLTIMOS
DÍAS EN MÉXICO"
Ubicado en Fracción de terreno que
formó parte de los antiguos Ejidos
de Hermosillo, actualmente Avenida
de las Torres s/n, Colonia Santa
Isabel, C.P. 83130, Localidad y
Municipio de Hermosillo, Estado de
Sonora.
Superficie de 2,001.64 m2.
NORTE
DERECHO DE VÍA LÍNEAS DE
CONDUCCIÓN DE C.F.E.
61.40
SUR
CENTRO DE CONTRATACIÓN
BRACEROS
61.40
ESTE
PROPIEDAD PARTICULAR
32.60
OESTE
PROPIEDAD PARTICULAR
32.60
Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de
manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS
HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que
por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga,
mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal,
mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el
domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía
Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas.
En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración
del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.
22
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la
Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se
señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6
fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 15-12545-0).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN,
RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO
ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO
TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 15-12545-0).
A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE
SE SEÑALA.
P R E S E N T E S
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de
1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78,
79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48
y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6
fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se:
N O T I F I C A
El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público
de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación,
ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente:
No.
RFI
Denominación, Ubicación y
Superficie
Orientación
Colindancia
Medidas
Metros
1
15-12545-0
"LA IGLESIA DE
JESUCRISTO DE LOS
SANTOS DE LOS ÚLTIMOS
DÍAS EN MÉXICO"
Ubicado en Calle Rio Verdiguel,
actualmente calle Diego Rivera
número 207, Colonia Los Ángeles,
C.P. 50020, Localidad y Municipio
Toluca, Estado de México.
Superficie de 2540.00 m2.
NORTE
PROPIEDAD PARTICULAR
38.40
SUR
CALLE DIEGO RIVERA
32.00
ORIENTE
PROPIEDAD PARTICULAR
73.85
PONIENTE
PROPIEDAD PARTICULAR
70.50
Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de
manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS
HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que
por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga,
mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal,
mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el
domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía
Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas.
En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración
del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.
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23
NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la
Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se
señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6
fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 21-17476-3).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN,
RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO
ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO
TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 21-17476-3).
A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL QUE
SE SEÑALA.
P R E S E N T E S
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de
1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78,
79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48
y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6
fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se:
N O T I F I C A
El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público
de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación,
ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente:
No.
RFI
Denominación, Ubicación y
Superficie
Orientación
Colindancia
Medidas
Metros
1
21-17476-3
“LA IGLESIA DE JESUCRISTO
DE LOS SANTOS DE LOS
ÚLTIMOS DÍAS EN MÉXICO”
Ubicado en Calle sin nombre
actualmente Calle 50 número
1239, Colonia El Cristo,
C.P. 72340, Localidad, Municipio
y Estado de Puebla.
Superficie de 2,154.52 m2.
NORTE
PROPIEDAD PARTICULAR
42.32
SUR
PROPIEDAD PARTICULAR
39.60
ORIENTE
CALLE SIN NOMBRE
(ACTUALMENTE CALLE 50)
49.34
PONIENTE
PROPIEDAD PARTICULAR
55.90
Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de
manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS
HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que
por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga,
mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal,
mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el
domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía
Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas.
En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración
del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo para emitir la
Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto del inmueble Federal que se
señala, por encontrarse en el supuesto de lo establecido en el artículo 29 fracción IV en relación con los artículos 6
fracción V y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales. (R.F.I. 21-17481-6).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DA A CONOCER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
PARA EMITIR LA DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN,
RESPECTO DEL INMUEBLE FEDERAL QUE SE SEÑALA, POR ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE LO
ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IV EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN V Y CUARTO
TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. (R.F.I. 21-17481-6).
A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE FEDERAL
QUE SE SEÑALA.
P R E S E N T E S
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II (antes de la reforma del 28 de enero de
1992), en relación con el Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 2 fracción II, 3 fracción VI, 4, 6 fracción V, 10, 13, 28, 29, fracción IV, 32, 40, 42 fracción V, 48, 78,
79, 101 fracción III y Cuarto Transitorio de la Ley General de Bienes Nacionales; 4 apartado G, fracción V, 48
y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como 1, 3 fracción X, 6
fracción XXXIII y 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales; PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por el Presidente del Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo del 2017, se:
N O T I F I C A
El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público
de la Federación, respecto del inmueble Federal, con el Registro Federal Inmobiliario, denominación,
ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, señalados en el cuadro siguiente:
No.
RFI
Denominación, Ubicación y
Superficie
Orientación
Colindancia
Medidas
Metros
1
21-17481-6
"LA IGLESIA DE
JESUCRISTO DE LOS
SANTOS DE LOS ÚLTIMOS
DÍAS EN MÉXICO"
Ubicado en Calle López Mateos,
actualmente Calle José María
Morelos número 66, Ranchería
Cabrera, C.P. 74360, Localidad y
Municipio de Atlixco, Estado de
Puebla.
Superficie de 1,455.44 m2.
NORTE
PROPIEDAD PARTICULAR
48.70
SUR
PROPIEDAD PARTICULAR
48.17
ORIENTE
PROPIEDAD PARTICULAR
30.04
PONIENTE
CALLE JOSÉ MARÍA
MORELOS
30.06
Que en virtud de que el inmueble de mérito se encuentra bajo el control y administración de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con fundamento en los artículos 2, 4 y 32 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo, así como el 292 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de
manera supletoria a la ley en cita, SE CONCEDE A LOS INTERESADOS un PLAZO de DIEZ DÍAS
HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que
por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten lo que a su derecho convenga,
mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal,
mismo que deberán acompañar de la documentación en la que se sustente su dicho, presentándola en el
domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Código Postal 04100, Alcaldía
Coyoacán, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 17:00 horas.
En la Ciudad de México a los 20 días del mes de octubre de 2025.- El Director General de Administración
del Patrimonio Inmobiliario Federal, Mtro. Álvaro Lomelí Covarrubias.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
25
PROGRAMA Institucional del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda 2025-2030.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
DEL
FONDO
DE
OPERACIÓN
Y
FINANCIAMIENTO
BANCARIO
A LA VIVIENDA 2025-2030
El Delegado Fiduciario General de Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito,
Institución de Banca de Desarrollo, fiduciaria del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la
Vivienda, en cumplimiento al acuerdo adoptado por el Comité Técnico del Fondo de Operación y
Financiamiento Bancario a la Vivienda en su sesión extraordinaria 49, celebrada el 15 de septiembre de 2025,
en la cual aprobó su Programa Institucional; por lo anterior, con fundamento en lo establecido en la cláusula
Novena, incisos c) y h) del Contrato Constitutivo del Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la
Vivienda; el artículo 58, fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, mismo que se elaboró en
consideración a lo dispuesto en los artículos 17, fracciones II, V y VI, 24 y 29, tercer párrafo de la Ley de
Planeación; el numeral 45 de los Criterios para la gestión, evaluación y actualización de los programas
derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030; 47, 48 y 50 de la Ley Federal de las Entidades
Paraestatales, y que fue aprobado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha tenido a bien publicar
el siguiente:
1. Índice
1.
Índice
2.
Señalamiento del origen de los recursos del Programa
3.
Siglas y acrónimos
4.
Fundamento normativo
5.
Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
6.
Objetivos
7.
Estrategias y líneas de acción
8.
Indicadores y metas
2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
El Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda (FOVI), en su carácter de Entidad de la
Administración Pública Federal Paraestatal, se establece como un Fideicomiso Público administrado por
Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C., I.B.D., cuyos ingresos propios no están comprendidos en la Ley de
Ingresos, y sus egresos no forman parte del gasto neto total.
La totalidad de las acciones que se consideran en este Programa, incluyendo aquellas correspondientes a
sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la
instrumentación de dichas acciones y el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se
realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo y no se solicitarán recursos
adicionales a los ya considerados en el presupuesto asignado.
3. Siglas y acrónimos
APF
Administración Pública Federal
APVS
Agencias Productoras de Vivienda
CNBV
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
CONAVI
Comisión Nacional de Vivienda
CPEUM
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
CUOEF
Disposiciones de Carácter General Aplicable a los Organismos de Fomentos y
Entidades de Fomento
ENIGH
Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares
FOVISSSTE
Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado
IF
Intermediarios Financieros
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IMOR
Índice de Morosidad
IMSS
Instituto Mexicano del Seguro Social
INFONAVIT
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
INEGI
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
LIC
Ley de Instituciones de Crédito
ONAVIS
Organismos Nacionales de Vivienda
PIB
Producto Interno Bruto
PND
Plan Nacional de Desarrollo
PNI
Programa Nacional de Infraestructura
PRONAFIDE
Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo
PRONAVI
Programa Nacional de Vivienda
PSEDATU
Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
RH
Rezago Habitacional
RUV
Registro Único de Vivienda
SABG
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
SCV
Seguros de Crédito a la Vivienda
SM
Salarios Mínimos
SMA
Salarios Mínimos Anuales
SNIIV
Sistema Nacional de Información e Indicadores de Vivienda
SSH
Sofomes y Sofoles Hipotecarias
SHCP
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
SHF
Sociedad Hipotecaria Federal
SOCAPS
Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo
SOFIPOS
Sociedades Financieras Populares
SOFOLES
Sociedades Financieras de Objeto Limitado
SOFOMES
Sociedades Financieras de Objeto Múltiple
UDIs
Unidades de Inversión
4. Fundamento normativo
El artículo 26, apartado A, de la CPEUM, señala que el Estado organizará un sistema de planeación
democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad
al crecimiento de la economía para la independencia y democratización política, social y cultural de la nación;
y, asimismo, señala que los programas de la APF se sujetarán obligatoriamente al PND.
De conformidad con el Art. 1 de la Ley de Vivienda, la vivienda es un área prioritaria para el desarrollo
nacional y el Estado impulsará y organizará las actividades inherentes a la materia, con la participación de los
sectores social y privado, de acuerdo con las disposiciones aplicables.
En términos de esta Ley, la política nacional de vivienda y los programas, así como el conjunto de
instrumentos y apoyos, conducirán el desarrollo y promoción de las actividades de las dependencias y
entidades de la APF en materia de vivienda, su coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y
municipios, y la concertación con los sectores social y privado, a fin de sentar las bases para aspirar a un
desarrollo nacional más equitativo, que integre entre sí a los centros de población con los centros productivos,
considerando también a los de menor grado de desarrollo, para corregir las disparidades regionales y las
inequidades sociales derivadas de un desordenado crecimiento de las zonas urbanas.
Por lo tanto, los Art. 2° y 4° de la Ley de Planeación, disponen que la planeación debe llevarse a cabo
como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo,
incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género, y
deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales, ambientales y
económicos contenidos en la CPEUM.
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Al respecto y de conformidad con lo señalado por los Art. 17, fracción II, 22 y 24 de la Ley de Planeación,
las entidades paraestatales de la APF, deben elaborar sus programas institucionales, en los términos
previstos por dicha Ley, la LFEP, y de conformidad con las disposiciones que regulan su organización y
funcionamiento, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente,
observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas.
Por su parte, la LFEP, en su Art. 47, prevé la obligación a cargo de estas, de sujetarse en su operación a
la Ley de Planeación, al PND, a los programas sectoriales que se deriven del mismo y a las asignaciones de
gasto y financiamiento autorizadas, y dentro de esas directrices, las entidades formularán sus programas
institucionales a corto, mediano y largo plazo. En ese orden de ideas, y acorde con lo señalado por los
artículos 48 y 49 de dicha Ley, el Programa Institucional constituye la asunción de compromisos en términos
de metas y resultados que debe alcanzar la entidad paraestatal respectiva y se elaborará acorde con el Art. 22
de la Ley de Planeación.
En el caso de las instituciones de banca de desarrollo, el artículo 31, segundo párrafo, de la LIC dispone
que los programas de las instituciones de banca de desarrollo deberán formularse conforme a los
lineamientos y objetivos del PND 2025-2030, al PRONAFIDE 2025-2030 y los demás programas sectoriales
del propio PND. Consecuentemente, en el marco del PND 2025-2030, el Programa Institucional
FOVI 2025-2030 atiende principalmente, al Eje general 2 “Desarrollo con Bienestar y Humanismo”
y Eje general 3 “Economía moral y trabajo” y al el Eje transversal 3: Derechos de las comunidades indígenas y
afromexicanas, atendiendo a la República VI. “República con acceso a Vivienda”.
El Programa Institucional de FOVI 2025-2030, se encuentra alineado al PRONAFIDE 2025-2030;
asimismo, considera acciones previstas en el PSEDATU 2025-2030 y en materia de PRONAVI 2025-2030 y al
PNI 2025-2030. De igual forma, considera las disposiciones jurídicas derivadas de la LIC, de la Ley Orgánica
de SHF, en su carácter de fiduciario de FOVI, de la LFEP, y demás legislación aplicable.
5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
El 10 de abril de 1963, el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
constituyó en Banco de México, S.A., el Fondo de Operación y Descuento Bancario a la Vivienda
(actualmente Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda - FOVI).
Desde 1984 y hasta el 2001, el FOVI originó cartera hipotecaria de doble índice (referenciados a una tasa
de interés de mercado y con pagos de los acreditados indexados al salario mínimo) que cuenta con el
beneficio de la Garantía por Deficientes de Recuperación Final (Saldo Final) del FOVI.
Asimismo, desde 1994 y hasta 2001, el FOVI originó créditos hipotecarios denominados en UDIs a través
de las Sofoles especializadas en el ramo hipotecario. Dichos créditos cuentan con la cobertura Swap SM a
UDIs otorgada por el FOVI, la cual cubre a los acreditados ante posibles caídas del salario mínimo en
términos reales, permitiéndoles pagar en salarios mínimos sus hipotecas originadas en UDIs.
El 11 de octubre de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual se expide la
Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, reglamentaria del quinto párrafo del artículo 4 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la cual se establece que será fiduciario sustituto
del FOVI, y en la que se señala que la citada Sociedad tiene por objeto impulsar el desarrollo de los mercados
primario y secundario de crédito a la vivienda, mediante el otorgamiento de garantías destinadas: a la
construcción, adquisición y mejora de la vivienda, preferentemente de interés social; así como al incremento
de la capacidad productiva y el desarrollo tecnológico, relacionados con la vivienda.
A partir del 26 de febrero de 2002, SHF inició operaciones y se constituyó como fiduciario del FOVI (en
sustitución del Banco de México), por lo que tiene a su cargo la administración del Fondo. A partir de lo
anterior, SHF asume las labores de otorgamiento de nuevos créditos y garantías para apoyar el desarrollo y
crecimiento del sector.
De esta manera, SHF, se constituye en una institución integrada a su interior por tres entidades que
realizan actividades complementarias para el cumplimiento de su objeto (SHF, FOVI, SCV-SHF).
A la fecha FOVI se ha enfocado principalmente en la realización de las siguientes actividades y funciones
sustantivas tanto operativas como financieras que se relacionan con la operación y administración del
fideicomiso:
Recuperación de Cartera.- Esta función sustantiva para el FOVI consiste en la recuperación del
crédito directo otorgado. Dentro de su respectivo marco normativo y a raíz de la crisis hipotecaria, el
FOVI se vio en la necesidad de volver a otorgar crédito a través de líneas a diversos intermediarios
financieros que presentaron en esos años problemas de liquidez.
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Garantía Saldo Final.- Otra actividad sustantiva es la administración de la Garantía de Saldo Final,
la cual consiste en que el FOVI cubrirá el saldo insoluto remanente al final del plazo del crédito,
originado por posibles desfases entre los pagos, indexados al crecimiento del salario mínimo, y la
tasa de interés (refinanciamiento de crédito).
Cobertura Salarios Mínimos UDIs1.- Esta cobertura tiene por objetivo reducir el riesgo sistémico en
el otorgamiento de cartera en UDIs ante posibles caídas del salario mínimo en términos reales, lo
cual permite que los acreditados paguen en salarios mínimos una hipoteca originada en UDIs. Para
ello, el FOVI ha venido operando esquemas de cobertura para dicha contingencia a partir de las
primas pagadas por los acreditados.
Activos recibidos en dación en pago.- Derivado de los problemas que enfrentaron algunas Sofoles
y Sofomes Hipotecarias, entre 2008 y 2012, FOVI recibió en dación en pago derechos fideicomisarios
en estructuras con activos individuales y comerciales, cuya gestión está actualmente a cargo de
administradores profesionales.
Alineación del Programa Institucional de FOVI
El PND 2025-2030 contempla un enfoque que considera que el Estado tiene la responsabilidad de
promover, respetar, proteger y garantizar los derechos sociales, siguiendo los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Toda la población debe poder satisfacer sus necesidades
básicas y tener garantizado el acceso a educación, salud, vivienda adecuada y al sistema financiero.
Es en ese contexto que el FOVI considera en su programa institucional 2025-2030 contribuir a que SHF dé
cumplimiento a sus objetivos y mantenga en sus actividades la congruencia con su mandato de fortalecer el
acceso al derecho a la vivienda y a la inclusión financiera de diversos sectores de la población a partir de
garantizar el acceso al financiamiento a los diversos agentes ligados a dicho sector.
Considera su alineación al PND 2025-2030 con el Eje General 2: Desarrollo con bienestar y Humanismo,
Republica con acceso a vivienda, la cual forma parte de los 100 compromisos presidenciales, en el objetivo
2.9 “Garantizar el derecho a una vivienda adecuada y sustentable que mejore la calidad de vida de la
población mexicana, contribuyendo a cerrar las brechas de desigualdad social y territorial.”
A la Estrategia: 2.9.2 Impulsar el financiamiento en el sector vivienda mediante mecanismos y programas
que faciliten la adquisición, autoproducción y mejora de viviendas con el objetivo de reducir el Rezago
Habitacional.
Y en lo que respecta al PRONAFIDE 2025-2030, al Objetivo 6. Impulsar el desarrollo de un sistema
financiero más inclusivo, resiliente y sostenible, fortaleciendo su estabilidad competencia y marco jurídico,
para ampliar el acceso equitativo a servicios financieros, reducir brechas estructurales y mejorar la salud
financiera de la institución.
La Estrategia 6.5 Fortalecer la inclusión financiera con productos, servicios, financiamiento, educación y
capacitación, apoyadas con el uso de tecnología financiera, contribuyendo con la dispersión de apoyos de los
programas sociales, así como en el desarrollo y construcción de viviendas para mejorar el bienestar de los
sectores de atención y facilitar su incorporación en el mercado financiero formal.
En las líneas de acción 6.5.7. Coadyuvar con financiamiento en el desarrollo y construcción de un millón
de casas en apoyo a programas de vivienda popular y 6.5.8. Impulsar mediante financiamiento una mayor
inclusión financiera en la población objetivo, para adquisición de vivienda, el mejoramiento y la autoproducción
en la población de bajos ingresos o en condiciones de rezago habitacional promoviendo vivienda sustentable.
Los objetivos prioritarios del Programa Institucional de FOVI 2025-2030 responden a la naturaleza de su
operación actual, la cual está enfocada en mayor medida en garantizar el cumplimento de los objetivos y
mandato de SHF haciéndose cargo de la administración y manejo adecuado de las carteras que por su
naturaleza requieren de un esfuerzo institucional para su reestructuración, recuperación y liquidación.
Financiamiento para vivienda
En 2024, las ONAVIS financiaron 17.2% más acciones para adquisición de viviendas que en 2023.
Mientras que en el caso de mejoramientos, se pasó de 48,742 acciones en 2023 a 58,113 en 2024, un
incremento de 19.2%. Las acciones para adquisición financiadas por la banca disminuyeron 6.1% y las de
mejoramiento se redujeron casi 94% en el mismo periodo.
1 Actualmente la cobertura Swap SM a UDIs es aplicable tanto a la cartera en UDIS generada por FOVI de 1994 a 2001, así como a la
originada por SHF de 2002 a 2012. Actualmente SHF ya no origina este tipo de créditos.
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1. Financiamiento de viviendas 2023 – 2025 (acciones).
Organismo
Adquisición
Mejoramientos
2023
2024
2025*
2023
2024
2025*
ONAVIS
270,250
316,720
85,963
48,742
58,113
6,502
FOVISSSTE
32,930
33,555
8,165
18
33
4
INFONAVIT
237,320
283,165
77,798
9,607
16,235
2,702
SHF
-
-
-
39,117
41,845
3,796
Entidades financieras
98,646
92,627
25,794
24,021
1,521
611
BANCA
98,328
92,355
25,668
24,021
1,521
611
BANJERCITO
318
272
126
-
-
-
Subsidios federales
-
-
-
-
-
-
CONAVI
-
-
-
-
-
-
FONHAPO
-
-
-
-
-
-
Otros organismos
5,550
-
70
353
-
388
ISSFAM
-
-
-
-
-
-
CFE
-
-
-
-
-
-
PEMEX
-
-
-
-
-
-
HABITAT MÉXICO
552
-
70
353
-
388
INVI
4,998
-
-
-
-
-
*Datos de enero a abril.
Fuente: Elaborado por FOVI con información del SNIIV.
En 2024 el Infonavit otorgó 185.8 mil millones de pesos (mmdp) para adquisición y 10.54 mmdp para
mejoramiento. Por su parte, FOVISSSTE brindó 32.16 mmdp para adquisición y solamente 13.25 millones de
pesos para mejoramiento. En el caso de la Banca Comercial, el monto financiado ascendió a 226.57 mmdp
para la adquisición y 2.27 mmdp para los mejoramientos.
Tabla 2. Financiamiento de viviendas 2023 – 2025 (monto).
(Miles de millones de pesos corrientes)
Organismo
Adquisición
Mejoramientos
2023
2024
2025*
2023
2024
2025*
ONAVIS
171.71
217.96
62.87
6.54
11.65
1.96
FOVISSSTE
28.98
32.16
8.59
0.01
0.01
0.00
INFONAVIT
142.73
185.80
54.28
5.58
10.54
1.88
SHF
-
-
-
0.95
1.09
0.09
Entidades financieras
227.90
226.99
65.50
3.37
2.27
1.08
BANCA
227.48
226.57
65.28
3.37
2.27
1.08
BANJERCITO
0.43
0.42
0.22
-
-
-
Subsidios federales
-
-
-
-
-
-
CONAVI
-
-
-
-
-
-
FONHAPO
-
-
-
-
-
-
Otros organismos
0.04
-
0.02
0.03
-
0.02
ISSFAM
-
-
-
-
-
-
CFE
-
-
-
-
-
-
PEMEX
-
-
-
-
-
-
HABITAT MÉXICO
0.03
-
0.02
0.03
-
0.02
INVI
0.01
-
-
-
-
-
*Datos de enero a abril.
Fuente: Elaborado por FOVI con información del SNIIV.
30
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Al primer trimestre de 2025, la Cartera Hipotecaria Total (CHT) de INFONAVIT, FOVISSSTE y la Banca
Múltiple ascendió a 3.54 billones de pesos nominales, con 24 participantes (22 bancos, INFONAVIT y
FOVISSSTE). INFONAVIT cuenta con una participación de mercado del 52.8%, mientras que el 36.6%
corresponde a la Banca Comercial y 10.6% a FOVISSSTE.
Durante los últimos años se ha observado una disminución de la participación de INFONAVIT respecto a
la cartera total. Esta redistribución es una señal de desconcentración del sector.
Gráfica 1. Distribución porcentual de la Cartera Hipotecaria Total, 2025*.
(Porcentaje)
*Cifras a marzo de 2025.
Fuente: Elaborado por FOVI con información de CNBV, INFONAVIT y FOVISSSTE.
La Banca Comercial cuenta con la participación de 22 instituciones financieras. Cinco de éstas concentran
el 90.2% del saldo total. BBVA México se mantiene como el principal actor con el 26.9% de la cartera, seguido
por Banorte con el 19.6%, Scotiabank con el 18.2%, Santander con 15.7% y HSBC con el 9.8%. En este
sentido, existe una alta concentración en la Banca Comercial.
Gráfica 2. Distribución porcentual de la Cartera Hipotecaria Total de la Banca Comercial, 2025*.
(Porcentaje)
*Cifras a marzo de 2025.
Fuente: Elaborado por FOVI con información de CNBV.
Índice de morosidad e índice de deterioro.
El IMOR2 del sector hipotecario presentó un crecimiento de punta a punta de 530 puntos base, pasando de
6.0% en 2018 a 11.3% a marzo de 2025. En el caso de INFONAVIT, durante el periodo analizado se
observaron valores mayores que los registrados por el total del sector hipotecario, situándose en 17.7%
durante el primer trimestre de 2025.
2 El IMOR de INFONAVIT y FOVISSSTE para 2018 - 2023 no concuerda con lo reportado por ambas instituciones por la cartera en prórroga.
En INFONAVIT y FOVISSSTE se considera como cartera en prórroga aquella con más de 90 días de no pago y menos de 180 y se suma a la
cartera vigente. Para homologar resultados se calcula como en la Banca Comercial.
Adicionalmente. A partir de 2022 se reporta la cartera en tres etapas, de modo que para homologar la información se utilizó la cartera en
etapa 3 como cartera vencida.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
31
FOVISSSTE presentó un decremento en su IMOR de 50 puntos base al comparar la cifra al cierre de 2024
con la registrada al primer trimestre de 2025 (pasó de 9.5% a 9.0%).
En el caso de la Banca Comercial, su IMOR permaneció sin cambios significativos en el comparativo
2018 – 2025T1. Es importante resaltar que la Banca Comercial presenta un IMOR menor a 3% desde 2022.
Gráfica 3. Índice de morosidad, 2018 - 2025*.
A. Porcentaje
Fuente: Elaborado por FOVI con información de CNBV.
Gráfica 4. Índice de morosidad, 2018 - 2025*.
B. Composición porcentual del IMOR
*Cifras a marzo de 2025.
Fuente: Elaborado por FOVI con información de CNBV, INFONAVIT y FOVISSSTE.
El índice de deterioro (IDER)3 del sector hipotecario pasó de 3.0% al cierre de 2023 a 8.5% en diciembre
de 2024, presentando un aumento de casi 550 puntos base. Para el primer trimestre de 2025 el IDER de
FOVISSSTE, INFONAVIT y de la Banca presentó valores de -1.5%, -0.03% y 4.7%, respectivamente. La
disminución del IDER implica una mejora en los procesos de otorgamiento de crédito.
3 El IDER se mide como la variación porcentual anual de la cartera vencida en términos nominales.
32
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Gráfica 5. IDER de crédito hipotecario, 2018-2025*.
*Cifras a marzo de 2025.
Fuente: Elaborado por FOVI con información de CNBV, INFONAVIT y FOVISSSTE.
Considerando la situación que presentan las diversas instituciones que participan del sector de la vivienda,
resulta evidente que con el tiempo las carteras hipotecarias tienden a deteriorarse, debido a que se trata de un
crédito a largo plazo, en el cual a lo largo de su vigencia el acreditado puede pasar por problemas
económicos, laborales y/o familiares que pudieran afectar el pago puntual de su crédito, poniendo en riesgo el
patrimonio del mismo acreditado y afectando negativamente a la institución que otorgó el crédito.
SHF, a través de FOVI, se encarga de gestionar las carteras que presenten problemas para su liquidación,
así como las carteras recibidas en dación con las que se cuentan, con el fin de aminorar un impacto que
pudiera deteriorar la salud financiera de la institución, poniendo en riesgo el cumplimiento de los objetivos
institucionales.
6. Objetivos
Los objetivos prioritarios del Programa Institucional de FOVI 2025-2030 responden a la naturaleza de su
operación actual, la cual está enfocada en mayor medida en continuar con la recuperación de su cartera
crediticia, con un énfasis particular en las carteras recibidas en dación en pago, en administrar y honrar las
garantías vigentes otorgadas, así como en vigilar la sustentabilidad financiera de su entorno de operación,
todo bajo un enfoque social y de eficiencia administrativa.
Asimismo, se contempla un manejo adecuado y eficiente de riesgos y la consolidación de su eficiencia
operativa, alineadas al cumplimiento normativo en materia de Gestión de Riesgo, Requerimientos de Capital,
Calificación de Cartera y Gobierno Corporativo.
Considerando que FOVI es un Fideicomiso Público constituido en 1963 por el Gobierno Federal a través
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en Banco de México, el cual es administrado por SHF desde el
26 de febrero de 2002, las estrategias, misión y visión del Programa Institucional 2025-2030 se alinean a los
objetivos del PND 2025-2030 y los programas sectoriales.
Objetivos del Programa Institucional FOVI 2025-2030
1.- Incrementar el financiamiento para la construcción y la adquisición de vivienda para segmentos de la
población históricamente no atendidos por intermediarios financieros tradicionales
2.- Fortalecer la recuperación y gestión óptima de activos no estratégicos
6.1 Relevancia del objetivo 1: Incrementar el financiamiento para la construcción y la adquisición
de vivienda para segmentos de la población históricamente no atendidos por intermediarios
financieros tradicionales.
FOVI, en coordinación con SHF como su administrador, es reconocida por sus actividades de fomento a la
vivienda y al desarrollo del país bajo un enfoque social, económico y sustentable, ofreciendo soluciones
financieras que facilitan su acceso y disponibilidad.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
33
Partiendo de los 100 compromisos presidenciales, la VI República se refiere al acceso a la vivienda, y el
Eje General 2 del PND 2025-2030 “Desarrollo con bienestar y humanismo”, establece como derecho el
acceso a una vivienda digna, el objetivo 1 de FOVI “Incrementar el financiamiento para la construcción y la
adquisición de vivienda para segmentos de la población históricamente no atendidos por intermediarios
financieros tradicionales” se alinea con la estrategia 2.9.2 del PND Impulsar el financiamiento en el sector de
vivienda mediante mecanismos y programas que faciliten la adquisición, autoproducción y mejora de
viviendas, con el objetivo de reducir el rezago habitacional.
Con el objetivo de reafirmar el enfoque social en la generación de soluciones de vivienda para las familias
mexicanas y contribuir de manera específica y gradual al abatimiento del rezago habitacional a través del
otorgamiento de apoyos financieros para la construcción y adquisición de vivienda, FOVI buscará ofrecer
nuevas soluciones para adquisición o mejora de vivienda que sean asequibles y fomenten el desarrollo
tecnológico relacionado con la vivienda y que sean alcanzables para la población tradicionalmente no
atendida.
Mediante la aprobación del Producto Hipoteca Digital FOVI, en 2023 se formalizó un mecanismo que
permite financiar la adquisición de vivienda terminada (nueva o usada) de un segmento de la población
asalariada o con ingresos mixtos.
6.2 Relevancia del objetivo 2: Fortalecer la recuperación y gestión óptima de activos no
estratégicos.
Derivado de los problemas que enfrentaron algunas Sofoles y Sofomes Hipotecarias, entre 2008 y 2012,
FOVI recibió en dación en pago derechos fideicomisarios en estructuras con activos individuales y
comerciales, cuya gestión está actualmente a cargo de administradores profesionales.
Los objetivos prioritarios del Programa Institucional de FOVI 2025-2030 responden a la naturaleza de su
operación actual, la cual está enfocada en mayor medida en continuar con la recuperación de su cartera
crediticia, con un énfasis particular en las carteras recibidas en dación en pago, en administrar y honrar las
garantías vigentes otorgadas, así como en vigilar la sustentabilidad financiera de su entorno de operación,
todo bajo un enfoque social y de eficiencia administrativa, otorgando apoyos financieros y garantías para la
construcción y adquisición de vivienda, canalizando los recursos a través de intermediarios financieros, siendo
éstas las instituciones de banca múltiple y las SOFOLES del ramo hipotecario e inmobiliario, registradas
ante FOVI
Considerando que FOVI es un fideicomiso público constituido en 1963 por el gobierno federal a través de
la SHCP en Banco de México, el cual es administrado por SHF, dicha estrategia se alinea a los objetivos del
Programa Institucional de SHF 2025-2030, así como a los Programas Sectoriales.
6.3 Vinculación de los objetivos del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2025-2030
Los objetivos del Programa Institucional de Sociedad Hipotecaria Federal 2025-2030 se vinculan al
PRONAFIDE 2025-2030 en el Objetivo 6. Impulsar el desarrollo de un sistema financiero más inclusivo,
resiliente y sostenible, fortaleciendo su estabilidad competencia y marco jurídico, para ampliar el acceso
equitativo a servicios financieros, reducir brechas estructurales y mejorar la salud financiera de la institución.
La Estrategia 6.5 Fortalecer la inclusión financiera con productos, servicios, financiamiento, educación y
capacitación, apoyadas con el uso de tecnología financiera, contribuyendo con la dispersión de apoyos de los
programas sociales, así como en el desarrollo y construcción de viviendas para mejorar el bienestar de los
sectores de atención y facilitar su incorporación en el mercado financiero formal.
En las líneas de acción 6.5.7. Coadyuvar con financiamiento en el desarrollo y construcción de un millón
de casas en apoyo a programas de vivienda popular y 6.5.8. Impulsar mediante financiamiento una mayor
inclusión financiera en la población objetivo, para adquisición de vivienda, el mejoramiento y la autoproducción
en la población de bajos ingresos o en condiciones de rezago habitacional promoviendo vivienda sustentable.
Objetivos del Programa
Institucional de FOVI 2025-2030
Objetivos del PRONAFIDE
2025 – 2030
Estrategias del PRONAFIDE
2025 – 2030
1.- Incrementar el financiamiento para
la construcción y la adquisición de
vivienda
para
segmentos
de
la
población históricamente no atendidos
por
intermediarios
financieros
tradicionales.
6. Impulsar el desarrollo de un
sistema financiero más inclusivo,
resiliente y sostenible, fortaleciendo
su estabilidad, competencia y marco
jurídico, para ampliar el acceso
equitativo a servicios financieros,
reducir
brechas
estructurales
y
mejorar la salud financiera de la
población.
6.5 Fortalecer la inclusión financiera con
productos,
servicios,
financiamiento,
educación y capacitación, apoyadas con el
uso de tecnología financiera, contribuyendo
con la dispersión de apoyos de los
programas
sociales,
así
como
en
el
desarrollo y construcción de viviendas para
mejorar el bienestar de los sectores de
atención y facilitar su incorporación en el
mercado financiero formal.
34
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
2.- Fortalecer la recuperación y gestión
óptima de activos no estratégicos
6. Impulsar el desarrollo de un
sistema financiero más inclusivo,
resiliente y sostenible, fortaleciendo
su estabilidad, competencia y marco
jurídico, para ampliar el acceso
equitativo a servicios financieros,
reducir
brechas
estructurales
y
mejorar la salud financiera de la
población.
6.5 Fortalecer la inclusión financiera con
productos,
servicios,
financiamiento,
educación y capacitación, apoyadas con el
uso de tecnología financiera, contribuyendo
con la dispersión de apoyos de los
programas
sociales,
así
como
en
el
desarrollo y construcción de viviendas para
mejorar el bienestar de los sectores de
atención y facilitar su incorporación en el
mercado financiero formal.
7. Estrategias y líneas de acción
Las estrategias que se implementarán para el cumplimiento de los objetivos prioritarios de FOVI,
consideran tanto la colocación de crédito para construcción y adquisición de vivienda, como la recuperación y
adecuada gestión de los activos no estratégicos, lo que permitirá fortalecer la sustentabilidad de ambas
instituciones (SHF – FOVI), así como reducir los riesgos.
Objetivo 1. Incrementar el financiamiento para la construcción y la adquisición de vivienda para
segmentos de la población históricamente no atendidos por intermediarios financieros tradicionales.
Estrategia 1.1 Ampliar los apoyos dirigidos a intermediarios financieros para fortalecer su
participación en el sector vivienda.
Líneas de acción
1.1.1 Generar y promover productos de apoyo financiero para la adquisición de vivienda con el fin de disminuir
el rezago habitacional (en coordinación con SHF).
1.1.2 Incrementar la participación de los intermediarios financieros no bancarios registrados ante SHF como
administrador del FOVI, en las regiones menos favorecidas mediante crédito individual o de mejoramiento.
Objetivo 2. Fortalecer la recuperación y gestión óptima de activos no estratégicos
Estrategia 2.1 Depurar el portafolio legado de FOVI
Líneas de acción
2.1.1 Acelerar la recuperación y mejorar el desempeño de los administradores de cartera, a fin de reducir los
costos de recuperación de créditos vencidos.
2.1.2 Generar esquemas de depuración y estabilización de portafolio.
2.1.3 Establecer criterios y procedimientos para la desincorporación de activos no estratégicos adjudicados.
8. Indicadores y metas
El Programa Institucional FOVI 2025-2030 se encuentra alineado a las directrices, objetivos, estrategias y
metas del PND 2025-2030 considerando el Eje General 2 Desarrollo con Bienestar y Humanismo, y alineado
al programa sectorial PRONAFIDE 2025-2030 y mantiene congruencia con los programas PSEDATU 20205-
2030 y PRONAVI 2025-2030.
A continuación, se detallan los indicadores para cada objetivo:
Objetivos
Indicador
Objetivo 1. Incrementar el financiamiento para la
construcción y la adquisición de vivienda para
segmentos
de
la
población
históricamente
no
atendidos por intermediarios financieros tradicionales.
1.1 Total de otorgamiento de Crédito Directo e
Inducido
Objetivo 2. Fortalecer la recuperación y gestión
óptima de activos no estratégicos.
2.1 Monto Total del Saldo de Crédito Directo e
Inducido al Sector Privado
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
35
Indicador 1.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Total de otorgamiento de Crédito Directo e Inducido
Objetivo
Incrementar el financiamiento para la construcción y la adquisición de vivienda para segmentos de
la población históricamente no atendidos por intermediarios financieros tradicionales
Definición o
descripción
Mide el monto total de financiamiento al sector de la vivienda
Derecho asociado
Derecho a la vivienda
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Febrero del año siguiente
Unidad de medida
Millones de pesos
Periodo de recolección
de los datos
Enero a diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Unidad de Promoción de Negocios
Método de cálculo
Total de otorgamiento de Crédito Directo e Inducido = Monto total de financiamiento del año N
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Monto total de
financiamiento del
año 2024
Valor
variable 1
0
Fuente de
información
variable 1
Información de
reportes
emitidos por la
Unidad de
Finanzas
Sustitución de
Método de Cálculo
Total de otorgamiento de Crédito Directo e Inducido = 0
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0
Durante el periodo 2022 a 2024 se realizó el proceso de
diseño e implementación de un modelo de originación de
crédito
complementario
a
los
esquemas
de
financiamiento que otorga la SHF.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
5,000
El otorgamiento de crédito directo e inducido durante el
periodo 2025-2030 será de 18,500 mdp.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2019
2020
2021
2022
2023
2024
0
0
0
0
0
0
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
500
2,500
3,000
3,500
4,000
5,000
36
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Indicador 2.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
Monto Total del Saldo de Crédito Directo e Inducido al Sector Privado
Objetivo
Fortalecer la recuperación y gestión óptima de activos no estratégicos
Definición o
descripción
Mide el saldo nominal de crédito directo e inducido al sector privado
Derecho asociado
Derecho a la vivienda
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico.
Disponibilidad de la
información
Febrero del año siguiente
Unidad de medida
millones de pesos
Periodo de recolección de los
datos
enero a diciembre
Tendencia esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
Unidad de Finanzas
Método de cálculo
Monto Total del Saldo de Crédito Directo e Inducido al Sector Privado = Saldo de Crédito Directo e
Inducido al Sector Privado observado al cierre del año N
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Saldo de Crédito Directo
e Inducido al Sector
Privado observado al
cierre de 2024
Valor
variable 1
5,413
Fuente de
información
variable 1
Información de
reportes
emitidos por la
Unidad de
Finanzas
Sustitución en
método de cálculo
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
5,413
Si bien durante el periodo 2020 – 2024, el saldo total de crédito
directo e inducido de FOVI mantuvo un comportamiento
descendente al no colocar acciones de financiamiento al sector
privado.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
21,227
Al iniciar el proceso de colocación de financiamiento por parte
de FOVI se espera que el saldo presente un comportamiento
ascendente.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR.
2019
2020
2021
2022
2023
2024
9,316
8,170
7,016
6,021
5,995
5,413
METAS.
2025
2026
2027
2028
2029
2030
5,820
8,134
10,832
13,844
17,150
21,227
Ciudad de México a 22 de septiembre de 2025.- Delegado Fiduciario General de Sociedad Hipotecaria
Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, fiduciaria del Fondo de Operación
y Financiamiento Bancario a la Vivienda, Mtro. Jorge Alberto Mendoza Sánchez.- Rúbrica.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
37
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA,
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
CONVENIO de Coordinación y Colaboración para la construcción y equipamiento de un plantel educativo
de educación media superior (preparatoria), así como de traspaso de los recursos provenientes del Fondo de
Aportaciones Múltiples del Estado de Puebla, que celebran el Estado de Puebla, el Comité Administrador Poblano
para la Construcción de Espacios Educativos, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la
Secretaría de Educación Pública y el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.-
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- EDUCACIÓN.- Secretaría de Educación
Pública.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE UN
PLANTEL EDUCATIVO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR (PREPARATORIA) EN ADELANTE “LAS ACCIONES”, ASÍ
COMO DE TRASPASO DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL FONDO DE APORTACIONES MÚLTIPLES DEL
ESTADO DE PUEBLA, ADMINISTRADOS EN EL FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN Y DISTRIBUCIÓN 2242
(FIDEICOMISO DE DISTRIBUCIÓN), PROVENIENTES DEL FIDEICOMISO DE EMISIÓN 2595 (FIDEICOMISO DE
EMISIÓN), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, REPRESENTADO EN ESTE
ACTO POR EL MAESTRO ALEJANDRO ARMENTA MIER, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE PUEBLA, EN ADELANTE “LA ENTIDAD FEDERATIVA”; EL COMITÉ ADMINISTRADOR POBLANO PARA
LA CONSTRUCCIÓN DE ESPACIOS EDUCATIVOS, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, MAESTRO
CARLOS OCHOA RODRÍGUEZ, EN ADELANTE “EL CAPCEE”; Y POR LA OTRA, LA SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL
MAESTRO EN INGENIERÍA JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE
INFRAESTRUCTURA, EL INGENIERO JUAN CARLOS FUENTES ORRALA, EN ADELANTE “LA SECRETARÍA”; LA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, REPRESENTADA POR LA DOCTORA TANIA HOGLA RODRÍGUEZ MORA,
TITULAR DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, ASISTIDA POR LA LICENCIADA MARÍA
ALEJANDRA CARREÓN CAPUCHINO, TITULAR DE LA COORDINACIÓN SECTORIAL DE PLANEACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN, Y EL ARQUITECTO HUGO ENRIQUE DE LUCIO TORRES, TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE
OPERACIÓN TÉCNICA Y GESTIÓN, EN ADELANTE LA “SEMS”; Y EL INSTITUTO NACIONAL DE LA
INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, INGENIERO FRANCISCO
JAVIER CABIEDES URANGA, EN ADELANTE “EL INIFED”, A QUIENES EN SU CONJUNTO SE DENOMINARÁN COMO
“LAS PARTES”, AL AMPARO Y TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I.
El Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la educación pública de calidad, en términos
del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual debe
generar las condiciones necesarias para impartir una educación pública incluyente y equitativa, a fin
de garantizar que niñas, niños y adolescentes mexicanos tengan acceso y culminen en tiempo y
forma una educación que les otorgue las competencias necesarias para su adecuada incorporación
al mundo adulto.
II.
Que la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo considera
dentro de los 100 compromisos del segundo piso de la transformación, dentro de la República
educadora, humanista y científica el aumento de los espacios de educación media superior, nuevos
espacios para la educación superior, la extensión de horarios en escuelas primarias entre otros.
III.
Que la emisión administración, distribución y operación del Fondo de Aportaciones Múltiples, en
adelante “FAM Potenciado” para destinarse en Proyectos de la Infraestructura Física Educativa
“Proyectos de la INFE”, está regulada por los contratos de Fideicomisos de: a) Administración y
Emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios número 2595 b) Administración y Distribución de
recursos número 2242; así como por los: c) Convenios de Coordinación y Colaboración para la
Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples, d) Normatividad, Disposiciones,
Lineamientos y Guía Operativa, aplicables en materia de planeación, contratación, sustitución,
construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, gastos de ejecución y
supervisión, reconstrucción y habilitación de la infraestructura física educativa (Programa Escuelas
al CIEN); e) Lineamientos para la aplicación de los recursos para la conservación y mantenimiento
de proyectos de la Infraestructura Física Educativa en el Programa “FAM Potenciado”, y; f) la Ley de
Coordinación Fiscal (LCF).
38
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
IV.
La “ENTIDAD FEDERATIVA” cuenta con recursos que recibirá del “FIDEICOMISO DE
DISTRIBUCIÓN”, identificados como productos de monetización de las Aportaciones FAM, que
deberán ser destinados invariablemente a la ejecución de “Proyectos de INFE”.
V.
Que en el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de
Aportaciones Múltiples celebrado por la “ENTIDAD FEDERATIVA” con el Gobierno Federal, por
conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Educación Pública, que tiene
por objeto, conforme a lo previsto en el artículo 52 de la LCF, establecer el mecanismo por el cual se
potenciarán y distribuirán los recursos de la Aportación FAM, correspondientes a la “ENTIDAD
FEDERATIVA”, así como establecer los mecanismos de operación para la solicitud de recursos y la
ejecución de las acciones de los “Proyectos de la INFE”, así como sus responsables y ejecutores
originarios, en adelante, el “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de
Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples”.
VI.
Que en términos del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 28 de noviembre de 2024, entre otros, se adicionó la Fracción I Quinquies al artículo
36 de dicha Ley, por el cual se le otorgan atribuciones a “LA SECRETARÍA” para: Construir, equipar,
rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar la infraestructura e instalaciones destinadas al servicio del
sistema educativo nacional, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes
de gobierno”.
VII.
La “ENTIDAD FEDERATIVA” requirió a través del escrito sin número dirigido a “LA SECRETARÍA”,
que se adjunta como Anexo 1, que tenga a bien llevar a cabo las gestiones de licitación,
contratación, construcción, equipamiento, supervisión y validación técnica, así como las
relacionadas de manera directa con el pago que corresponda a la ejecución de los proyectos,
mediante las solicitudes de instrucción de pago a los proveedores adjudicados, por cuanto hace a
los recursos provenientes de la potenciación del Fondo de Aportaciones Múltiples para el Estado.
VIII. Que vistos los proyectos prioritarios a ejecutar en la “ENTIDAD FEDERATIVA”, y toda vez que estos
se realizarán en planteles federales, para el cumplimiento del objeto del presente instrumento legal,
se determina que pueden convergir dos fuentes de financiamiento, es decir, los recursos
provenientes del Programa “FAM Potenciado” bajo las consideraciones expuestas en los
antecedentes que preceden, y el segundo, de los recursos fiscales que la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP), mediante ampliación líquida trasferirá a “LA SECRETARÍA” para su
ejecución, conforme lo previsto en el presente instrumento y la normatividad aplicable.
IX.
Conforme las fuentes de financiamientos antes señaladas, mediante el presente Convenio de
Coordinación y Colaboración de Acciones, se asigna un monto total de $67’500,000.00 (Sesenta y
siete millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), IVA incluido; a “LA SECRETARÍA”, instrumento
jurídico que servirá de suficiencia presupuestaria para llevar a cabo los procedimientos licitatorios
correspondientes para la construcción y equipamiento de un plantel educativo de nivel medio
superior (preparatoria), conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al
presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B.
X.
Que “LA SECRETARIA” por no estar dentro de sus competencias ni atribuciones la adquisición
e instalación del equipamiento especializado requerido para el cumplimiento integral de
“LAS ACCIONES” objeto del presente instrumento, solicitó mediante oficio No. 3.-043 de fecha 25
de marzo del año en curso, a “EL INIFED” se encargara de la implementación de los procedimientos
licitatorios que correspondan, en términos de la normatividad federal aplicable, para la adquisición e
instalación del equipamiento básico y especializado en cada uno de los planteles, considerando que
cuentan con las atribuciones necesarias para el equipamiento de éstos. Anexo 2.
XI.
Por lo anterior, “LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento del objeto del presente
instrumento, que beneficiará a comunidades educativas de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, es
necesaria la suma de esfuerzos y competencias, así como la convergencia de asignaciones de
recursos de diversas fuentes de financiamiento.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
39
DECLARACIONES
1. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara:
1.1 Que el Estado de Puebla es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación,
de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 párrafo primero, 42 fracción I y 43 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Puebla.
1.2 Que el Maestro Alejandro Armenta Mier es Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
Puebla, acredita su personalidad mediante Constancia de Mayoría y Validez de la Elección para la
Gubernatura del Estado de Puebla, expedida por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de
Puebla, de fecha nueve de junio de dos mil veinticuatro, y cuenta con las facultades necesarias para la
suscripción del presente instrumento, de acuerdo con los artículos 70, 79 fracciones II, XVI, XXXIII y XXXVI,
82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 2, 3, 9 primer párrafo y 10 primer
párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla.
1.3 De conformidad con su legislación local, la “ENTIDAD FEDERATIVA” tiene la facultad de suscribir el
presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y, en específico, para afectar
irrevocablemente al Programa “FAM Potenciado” que le corresponde conforme a lo previsto en el Capítulo V
de la (LCF), sujeto a los términos y condiciones previstos en la normatividad local aplicable y en apego a lo
previsto en el “FIDEICOMISO DE EMISIÓN”.
1.4 Que a petición de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, como parte de los acuerdos emitidos por el Grupo de
Trabajo para el cumplimiento del “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos
del Fondo de Aportaciones Múltiples” en la Décima Primera Sesión Ordinaria celebrada el 27 de diciembre de
2024, así como del periodo establecido (31 de enero 2025), para consolidar la relación de “Proyectos de la
INFE”; fue dictaminada para su intervención, la integración al Programa “FAM Potenciado” de los “Proyectos
de la INFE”, conforme los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A.
1.5 Que, en base a lo anterior, de los recursos derivados del programa “FAM Potenciado”, la “ENTIDAD
FEDERATIVA” determinó atender con recursos hasta por un monto de $30’000,000.00 (Treinta millones de
pesos 00/100 M.N.), IVA incluido, para un plantel educativo, conforme a los alcances y especificaciones
técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B.
1.6 Que conforme las gestiones de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, “EL INIFED” mediante oficio DG/0234/
2025 de fecha 4 de abril del 2025, que se adjunta al presente como Anexo 3, emitió la suficiencia de recursos
para la intervención de los “Proyectos de la INFE”, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se
adjuntan al presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B.
1.7 Es su intención celebrar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y asumir
todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen.
1.8 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Colaboración
de Acciones y los documentos relacionados con el mismo no violan, ni contravienen, mucho menos se oponen
o constituyen un incumplimiento a lo previsto en: (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su
reglamento, vigente en términos de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la Ley General de
Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019; (ii) cualquier acuerdo,
Convenio u otro instrumento en el cual sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de algún
tribunal, entidad o autoridad gubernamental.
1.9 La celebración del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y de los
documentos relacionados con el mismo constituyen obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus
términos y condiciones.
1.10 Que el o los predios en el cual se va a construir el plantel educativo, son de su propiedad, por lo que
no existe impedimento legal o administrativo alguno para la ejecución de “LAS ACCIONES”.
1.11 Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en Avenida 14
Oriente 1204, Colonia Barrio El Alto, “Casa Aguayo”, Código Postal 72290, de la Ciudad de Puebla, Estado de
Puebla.
40
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
2. “LA SECRETARÍA” declara que:
2.1 Es una Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, de conformidad con los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2° fracción I, 26 y 36 fracciones I,
I Quinquies y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y tiene entre sus atribuciones las
de construir, equipar, rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar la infraestructura e instalaciones destinadas al
servicio del sistema educativo nacional, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes
de gobierno.
2.2. El Maestro en Ingeniería Jesús Antonio Esteva Medina, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones
y Transportes, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Coordinación y
Colaboración de Acciones, en términos de lo dispuesto por el artículo 4, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
2.3 El Ingeniero Juan Carlos Fuentes Orrala, Subsecretario de Infraestructura, cuenta con las facultades
necesarias para asistir en la firma del presente Convenio Coordinación y Colaboración de Acciones, en
términos de lo dispuesto por los artículos 3, apartado A, fracción I y 6, fracción X del Reglamento Interior de la
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
2.4 Es su intención celebrar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y asumir
todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen a su favor y a su cargo.
2.5 Para efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Av. Insurgentes Sur 1089,
Colonia Nochebuena, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03720, en la Ciudad de México.
3. La “SEMS” declara que:
3.1 Es una dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1°, 2° fracción I y 26 fracción XIV y
38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
3.2 Su representante, la Doctora Tania Hogla Rodríguez Mora, titular de la Subsecretaría de Educación
Media Superior, cuenta con facultades para suscribir y participar en el presente Convenio, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como los artículos
2, apartado A, fracción II, y 8, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2020.
3.3 Participa en la celebración del presente Convenio Coordinación y Colaboración de Acciones para
(i) hacer del conocimiento de “LAS PARTES" que presentó, junto con la asistencia y participación del
"INIFED", a la "ENTIDAD FEDERATIVA", la propuesta inicial de proyectos de infraestructura física educativa,
atendiendo a las necesidades y requerimientos de infraestructura física educativa de las Entidades
Federativas y resultando en la relación de los “Proyectos de la INFE” adjunta al presente Convenio
Coordinación y Colaboración de Acciones como Anexo A; y (ii) asumir todos los derechos y obligaciones que
en el mismo se establecen.
3.4 La Licenciada María Alejandra Carreón Capuchino, Titular de la Coordinación Sectorial de Planeación
y Administración, cuenta con las facultades necesarias para asistir en la firma del presente Convenio
Coordinación y Colaboración de Acciones, en términos de lo dispuesto por el artículo 8°, fracción XXI, numeral
II y último párrafo del citado artículo del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
3.5 El Arquitecto Hugo Enrique De Lucio Torres, Titular de la Dirección de Operación Técnica y Gestión,
cuenta con las facultades necesarias para asistir en la firma del presente Convenio Coordinación y
Colaboración de Acciones, en términos de lo dispuesto por el artículo 8°, fracción XXI, numeral II y último
párrafo del citado artículo del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
3.6 Para efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en República de Argentina 28,
Colonia Centro, Código Postal 06020 Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.
4. “EL INIFED” declara que:
4.1. Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad
jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión, creado mediante Decreto por el que se expide la
Ley General de la Infraestructura Física Educativa (LGIFE), publicado en el DOF el 1 de febrero de 2008.
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4.2. De conformidad con lo establecido en el Decreto publicado en el DOF el 30 de septiembre de 2019,
por medio del cual se expidió la Ley General de Educación (LGE) y se abrogó la Ley General de
Infraestructura Física Educativa (LGIFE), en términos de lo previsto en el artículo Tercero Transitorio, párrafo
segundo y tercero que señala que hasta que se expidan los lineamientos previstos en el artículo 103 de la
LGE y se realicen las adecuaciones normativas en esta materia de infraestructura educativa, seguirán en vigor
aquellas disposiciones que se hayan emitido con anterioridad, en lo que no contravengan al Decreto en cita;
asimismo que en tanto se lleva el proceso de extinción referido en el artículo Transitorio Cuarto de este
Decreto, “EL INIFED” se encargará de llevar a cabo el cierre de programas y obligaciones contractuales en
proceso, así como la atención y seguimiento de asuntos jurisdiccionales o administrativos en trámite o
pendientes de resolución definitiva.
4.3. El Licenciado Francisco Javier Cabiedes Uranga, acredita su carácter de Director General de
“EL INIFED”, en términos del nombramiento otorgado mediante acuerdo por la Junta de Gobierno
de “EL INIFED” en fecha 19 de noviembre de 2024, por lo que cuenta con facultades suficientes, mismas que
no le han sido revocadas ni modificadas para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 22, fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 11, fracción II del
Estatuto Orgánico de “EL INIFED”.
4.4 Es su intención celebrar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y asumir
todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen a su favor y a su cargo.
4.5 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Colaboración
de Acciones y los documentos relacionados con el mismo no violan, ni contravienen, mucho menos se oponen
o constituyen un incumplimiento a lo previsto en: (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su
reglamento, vigente en términos de lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la Ley General de
Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019; (ii) cualquier acuerdo,
Convenio u otro instrumento en el cual sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de algún
tribunal, entidad o autoridad gubernamental.
4.6 La celebración del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y de los
documentos relacionados con el mismo constituyen obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus
términos y condiciones.
4.7. Para efectos del presente convenio, señala como domicilio el ubicado en la Calle Vito Alessio Robles
No. 380, Colonia Florida, Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01030, Ciudad de México.
5. “EL CAPCEE”, declara que:
5.1 Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Paraestatal de la “ENTIDAD
FEDERATIVA”, con personalidad jurídica y patrimonio propio, en términos de lo dispuesto por los artículos 50
y 59 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, 9 de la Ley de Entidades
Paraestatales del Estado de Puebla, y se encuentra sectorizado a la Secretaría de Infraestructura de
conformidad con el Decreto por el cual se creó dicho Organismo, publicado el 10 de agosto de 1998 en el
Periódico Oficial del Estado.
5.2 El Maestro Carlos Ochoa Rodríguez, Titular de la Dirección General del Comité Administrador Poblano
para la Construcción de Espacios Educativos (CAPCEE), de conformidad con lo establecido en los artículos
49, 50, 51, 58 y 59 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, 17 fracción I de la
Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla, 5 fracción II y 12 fracción I del Decreto por el cual se
creó el Organismo Público Descentralizado denominado Comité Administrador Poblano para la Construcción
de Espacios Educativos; 4 fracción II y 9 de su Reglamento Interior, el Encargado de su Dirección General,
tiene la facultad de suscribir el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones para asumir
todos y cada uno de los derechos y obligaciones a su cargo en términos de dicho instrumento.
5.3 Que mediante Acta de la Primera Sesión Extraordinaria de la Honorable Junta de Gobierno del Comité
Administrador Poblano para la Construcción de Espacios Educativos de fecha veintiuno de febrero de dos mil
veinticinco, en el punto once del orden del día se autorizó la celebración de instrumentos contractuales
derivados de la asignación de recurso para el ejercicio fiscal 2025 provenientes del fondo de aportaciones
múltiples regular, remanentes y potenciado.
5.4 Es su intención celebrar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y asumir
todos los derechos y obligaciones que en el mismo se establecen.
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5.5 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Colaboración
de Acciones y los documentos relacionados con el mismo no violan, contravienen, se oponen o constituyen un
incumplimiento bajo (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su reglamento; (ii) cualquier
acuerdo, Convenio u otro instrumento del cual sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de
algún tribunal, entidad o autoridad gubernamental.
5.6 La celebración del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y de los
documentos relacionados con el mismo constituyen obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus
términos y condiciones.
5.7 Para efectos del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones, señala como
domicilio el ubicado en Avenida 23 Poniente 2301 Colonia Los Volcanes Código Postal 72410, Puebla,
Puebla.
6. “LAS PARTES” declaran que:
6.1 En este acto se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad jurídica con la que celebran el
presente instrumento.
6.2 Con el propósito de atender la necesidad planteada en los antecedentes del presente instrumento y
lograr el objeto del mismo, es necesario formalizar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de
Acciones.
6.3 Previamente a la celebración de este Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones han
obtenido todas y cada una de las autorizaciones para suscribirlo y cuentan con las facultades y capacidad
legal suficiente para tal efecto, mismas que a la fecha de celebración del presente instrumento no han
terminado, ni les han sido modificadas, restringidas o revocadas en forma alguna. Asimismo, reconocen como
suyas, en lo que les corresponde, todas y cada una de las Declaraciones anteriores, por lo que están de
acuerdo en obligarse de conformidad con lo que se establece en el presente Convenio.
6.4 Es su voluntad celebrar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones sin que
medie error, dolo, lesión ni mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar en todo o en
parte la validez jurídica del mismo, sujetándose a cumplir con los fines y objetivos del Convenio de
Coordinación y Colaboración de Acciones.
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO.
El objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones es establecer los
compromisos entre “LAS PARTES”, en razón de su competencia, con motivo de la ejecución de
“LAS ACCIONES”, para la construcción y equipamiento de un plantel educativo de nivel medio superior
(preparatoria), conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A
y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B, que firmados por los otorgantes
forman parte del presente instrumento.
“LAS PARTES” acuerdan que la ejecución de “LAS ACCIONES” para la construcción del plantel educativo,
Proyecto de la INFE será por parte de “LA SECRETARÍA”, y las relacionadas al equipamiento y su instalación
estarán a cargo de “EL INIFED” al amparo de la normatividad técnica, de seguridad estructural y de
contrataciones aplicables previstas en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
y su Reglamento y Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme
corresponda .
Asimismo, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos que deberán de aplicarse para la ejecución de
“LAS ACCIONES”, serán aquellos con los que la “ENTIDAD FEDERATIVA” dispone, derivados del programa
“FAM Potenciado” en las diversas modalidades de ésta, así como de los que provienen de los recursos
fiscales que la (SHCP) transferirá a “LA SECRETARÍA, hasta por el monto que se señala en el marcado como
Anexo B, por el plantel educativo.
Los recursos asignados por el plantel educativo serán conforme los especificados en monto y fuente de
financiamiento del Anexo B, y no podrán exceder de esos montos.
Asimismo, cada fuente de financiamiento deberá de atender la normatividad aplicable para su
implementación, así como para, en su caso, su reintegro.
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Por cuanto a la adquisición e instalación del equipamiento especializado que será adquirido por
“EL INIFED”, se destinarán los recursos necesarios, conforme a las características y alcances técnicos y
financieros establecidos en el denominado Anexo B del presente instrumento. Esta adquisición no supondrá
bajo ningún caso que “EL INIFED” comprometa o destine recursos propios. En caso de que por cuestiones
diversas a “EL INIFED”, los costos se excedan del recurso asignado, la determinación de aplicar recurso
excedente será de “LA SECRETARÍA”, siempre y cuando los bienes a adquirir se encuentren en las
especificaciones técnicas del Anexo A.
SEGUNDA. - DE LOS RECURSOS ECONOMICOS.
“LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento de “LAS ACCIONES” objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA” contará con una suma de$67’500,000.00 (sesenta y siete millones quinientos mil pesos
00/100 M.N.), IVA incluido; provenientes de dos fuentes de financiamiento conforme lo siguiente:
Fuentes de financiamiento:
Origen
Monto
(incluye IVA)
Recursos Fiscales
$37’500,000.00
FAM Potenciado
$30’000,000.00
Total
$67’500,000.00
A) RECURSOS DERIVADOS DEL PROGRAMA “FAM Potenciado”:
“LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación y
Colaboración de Acciones, no mediara traspaso de recursos alguno, es decir que “LA ENTIDAD
FEDERATIVA” en términos del presente instrumento jurídico, establece que “LA SECRETARÍA” cuenta con
recursos por un monto de $30’000,000.00 (Treinta millones de pesos 00/100 M.N.), IVA incluido, recursos que
serán destinados para la ejecución de “LAS ACCIONES” y que provienen del “FAM Potenciado” en sus
diferentes vertientes.
Asimismo, “LAS PARTES” acuerdan que con fundamento en el sub inciso (2), inciso (d) fracción (v),
apartado A, numeral 2 del Anexo B del “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de
Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples” señalado en el Antecedente V del presente instrumento, los
pagos a la gestión y trámite de las acciones y trabajos realizados se enterarán a cada uno de los contratistas
designados para la ejecución del plantel educativo, ”Proyectos de la INFE”, considerando los aspectos
establecidos en la normatividad correspondiente, así como lo previsto en el Anexo C del presente instrumento,
denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”.
En ese tenor, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado”
previa gestión de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” conforme a la normatividad aplicable, se tramitarán en
términos de lo señalado en el Contrato de Fideicomiso, para que se realicen los pagos a los contratistas que
resultarán de los procedimientos licitatorios que para tales efectos hubiera realizado “LA SECRETARÍA”. Para
ello, “LA SECRETARÍA” en conjunto con el “EL CAPCEE” deberán integrar el expediente para trámite de
estimación y entregarlo a la Subgerencia del “INIFED” en el Estado, para que éste a su vez lo gestione con su
Gerencia Regional para la revisión y validación respectiva y posterior envío a las oficinas centrales del propio
“INIFED”, para efectos de que envíe el oficio de instrucción de pago a BANOBRAS (Fideicomiso) para el
procesamiento de Instrucción de Distribución de Recursos para transferencia al “EL CAPCEE” para que
efectúe los pagos respectivos al contratista, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la presentación del
expediente de la estimación respectiva. En términos de lo previsto en el Anexo C, denominado “Flujograma
para instrucciones de recursos”.
Con relación a las “LAS ACCIONES” que realizará “EL INIFED”, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” por
conducto del “EL CAPCEE” en apego a lo señalado en el “Convenio de Coordinación y Colaboración para la
Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples” y su denominado Anexo B, deberá de dar
seguimiento a la ejecución de los “Proyectos de la INFE” objeto de la ejecución de las acciones del presente
instrumento legal, así como gestionar los recursos para que le sean entregados de manera directa en varias
exhibiciones conforme se compruebe el avance de la ejecución de los trabajos de los montos que de tiempo
en tiempo tenga derecho a recibir para que los aplique a la ejecución y construcción de cada uno de los
“Proyectos de la INFE” (“LAS ACCIONES”) que se ejecutaran de manera indirecta por “EL INIFED”, para que
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por su conducto sea pagado al contratista y/o proveedor adjudicado en apego a la naturaleza de los recursos
y de la normatividad que regula el “FAM Potenciado” en sus diferentes vertientes, es decir, para que la
distribución de los recursos se realice directamente al “EL CAPCEE” con fundamento en el sub inciso (2),
inciso (d) fracción (V), apartado A, numeral 2 del Anexo B del “Convenio de Coordinación y Colaboración para
la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples”.
En ese tenor, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos conforme a la normatividad aplicable, se
tramitarán en términos de los señalado en el “Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación
de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples” y su denominado Anexo B, para que se realicen los pagos
a los contratistas y/ o proveedores que resultarán de los procedimientos licitatorios que para tales efectos
hubiera realizado “EL INIFED” en los términos señalados en el párrafo supra citado.
Por cuanto hace a las retenciones y conforme a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso de
Distribución (cláusula 1. Definiciones de dicho instrumento), por cuanto hace a la Instrucción de Distribución
de Aportaciones, los recursos relacionados a las retenciones correspondientes al 5 al millar, serán entregados
al “EL CAPCEE”.
B) POR CUANTO A LOS RECURSOS FISCALES
Para la realización de “LAS ACCIONES” objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración, la
SHCP llevará a cabo un traspaso de recursos presupuestarios a “LA SECRETARÍA”, por un monto de
$37’500,000.00 (treinta y siete millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido, que provendrán de la
ampliación líquida tramitada ante dicha dependencia, a fin de que la “SECRETARÍA” tenga la capacidad de
cumplir con el objeto del presente instrumento.
Los alcances, actividades, detalle de las acciones para la construcción y, en su caso, equipamiento del
plantel educativo federal, montos, calendarización de avance de la obra, así como el seguimiento financiero
de destino y la erogación de los recursos traspasados se describen en el Anexo B, el cual será debidamente
firmado por él o los responsables del seguimiento por parte de la “SEMS”, designados en la Cláusula Sexta
del presente instrumento jurídico.
Los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior serán traspasados a “LA SECRETARÍA”
conforme a la adecuación presupuestaria que se registre en el Sistema de Contabilidad y Presupuesto
(SICOP), así como en el Módulo de Adecuaciones Presupuestarias (MAP), sistemas que administra la SHCP.
“LA SECRETARÍA” deberá ejercer los recursos de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Los recursos
presupuestarios que se transfieran en los términos de presente Convenio de Coordinación y Colaboración no
pierden su carácter Federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones
jurídicas federales aplicables.
A la conclusión de “LAS ACCIONES” de manera integral, es decir de obra y de equipamiento,
“LA ENTIDAD FEDERATIVA” registrará contablemente las acciones.
TERCERA.- COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE “LAS PARTES”. Adicionalmente para el cumplimiento
del objeto del presente convenio, “LAS PARTES” se comprometen a:
I.
Compromisos de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” a través de “EL CAPCEE”:
a)
Gestionar e integrar el expediente para trámite de estimación en conjunto con
“LA SECRETARÍA”, conforme lo previsto en la Cláusula Segunda, inciso A) en el presente
instrumento legal y en términos del Anexo C del presente instrumento, denominado
“Flujograma para instrucciones de recursos”.
b)
Gestionar los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado” y hasta por la cantidad
establecida para cubrir los costos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente
instrumento, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente
en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B, que
firmados por los otorgantes forman parte del presente instrumento.
c)
Verificar que los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado” se apliquen
exclusivamente en la realización del objeto del presente instrumento y siempre tomará en
cuenta:
a.
Verificar la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo, proyecto de la INFE y
las actividades inherentes para su consecución.
b.
Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le
requiera la “ENTIDAD FEDERATIVA” o cualquier autoridad fiscalizadora.
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d)
Coadyuvar con “LA SECRETARÍA” para la gestión de los permisos necesarios para la
construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE.
e)
Efectuar los pagos respectivos a los contratistas que adjudicados por “LA SECRETARÍA”,
conforme los recursos que le Transfiera BANOBRAS (Fideicomiso) derivado del
procesamiento de Instrucción de Distribución de Recursos, conforme lo previsto en la Cláusula
Segunda, inciso A) en el presente instrumento legal y en términos del Anexo C del presente
instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”.
f)
Para la realización de las actividades de seguimiento, supervisión en la ejecución y
construcción del plantel educativo, podrá destinar, de los recursos aportados del programa
“FAM Potenciado”, en términos de lo previsto en el “Convenio de Coordinación y Colaboración
para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples”, en el numeral 2,
inciso A), subinciso (i) del Anexo “B”; un porcentaje del 2% para “EL INIFED” y el 2% para
“EL CAPCEE” conforme al artículo 4 fracciones V y XXI del Decreto que crea el Comité
Administrador Poblano para la Construcción de Espacios Educativos y la Guía Operativa para
la determinación de los concepto aplicables al gasto del 2% correspondiente a la Supervisión
Técnica del Programa de Escuelas al CIEN.
g)
En lo que corresponda, cumplir con los supuestos establecidos en el “Convenio de
Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones
Múltiples”, respecto de la ejecución, seguimiento, avance y conclusión de “LAS ACCIONES” en
el plantel educativo, “Proyectos de la INFE” que se efectuará en la “ENTIDAD FEDERATIVA”.
h)
Remitir los reportes de avances emitidos por “LA SECRETARÍA”, conforme lo dispuesto en la
normatividad aplicable.
i)
Se obliga a entregar directamente a “LA SECRETARÍA”, a más tardar cinco días posteriores a
la fecha de firma del presente convenio, la posesión física y material de los predios necesarios
para la construcción del plantel educativo, junto con la documentación legal que acredite la
propiedad de los inmuebles a favor del Gobierno Federal con destino a la Secretaría de
Educación Pública, para lo cual se deberá suscribir el acta de entrega-recepción de los
inmuebles.
j)
Las demás necesarias para el cumplimiento del objeto del presente instrumento legal.
II.
Compromisos de “LA SECRETARÍA”:
a)
Llevar a cabo la ejecución de “LAS ACCIONES” para la construcción del plantel educativo,
“Proyecto de la INFE”, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al
presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el
Anexo B.
b)
Aplicar de manera específica y puntual, los recursos económicos para la realización del plantel
educativo, “Proyectos de la INFE”, en los términos que estén autorizados, de acuerdo con la
normatividad aplicable y conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan
al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el
Anexo B.
c)
Integrar el expediente para trámite de estimación y entregarlo al “INIFED” para que éste a su
vez lleve a cabo su revisión, validación y envío a BANOBRAS (Fideicomiso) para el
procesamiento de la Instrucción de Distribución de Recursos para el pago al contratista
respectivo, derivado de trabajos ejecutados por los contratistas que resulten de
los procedimientos licitatorios que hubiese adjudicado “LA SECRETARÍA”, respecto de los
recursos que corresponden a la “ENTIDAD FEDERATIVA” del programa “FAM Potenciado”.
d)
Presentar el informe de seguimiento y comprobación de los recursos, mismos que serán
elaborados por quien ejecute “LAS ACCIONES”.
Este informe deberá entregarse conforme a lo establecido en la normatividad aplicable para
ello, detallándose “LAS ACCIONES” realizadas al momento de su entrega e incluir material
fotográfico que muestre el desarrollo de “LAS ACCIONES”, así como la comprobación sobre
la aplicación de los recursos económicos destinados, en términos de lo previsto en la
normatividad aplicable para cada recurso.
e)
Se obliga a entregar directamente y bajo su responsabilidad los informes correspondientes a
las autoridades y con la periodicidad previstas en la normatividad del programa
“FAM Potenciado”.
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f)
Destinar a “EL INIFED” los recursos necesarios con el objeto de que realice los procedimientos
de contratación de bienes requeridos al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios, su Reglamento y demás disposiciones aplicables para la adquisición e instalación
del equipamiento especializado, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se
adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan
en el Anexo B. El recurso que en su caso asigne a “EL INIFED”, será prioritariamente de
origen “FAM Potenciado”, en caso de que se designen recursos fiscales, la transferencia de
éstos deberá realizarse considerando el plazo suficiente para garantizar que existan los
espacios y condiciones necesarias para la recepción e instalación de los bienes, conforme el
plazo establecido en el Anexo A; asimismo, considerando la naturaleza fiscal de los recursos
para la transferencia, se deberá observar que los recursos lleguen oportunamente para que
sean devengados en el mismo ejercicio fiscal en el que inicie el procedimiento de contratación
respectivo.
g)
Se compromete a administrar y destinar los recursos económicos exclusivamente a la
realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones y
siempre tomará en cuenta lo siguiente:
i.
Solicitar a “LA ENTIDAD FEDERATIVA” para que a través de “EL CAPCEE” coadyuven
a tramitar los permisos y licencias que en su caso, se requieran para la ejecución de
“LAS ACCIONES” en el plantel educativo.
ii.
Ejecutar o verificar la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo, “Proyectos
de la INFE” y las actividades inherentes para su consecución, bajo su responsabilidad y
con estricto apego a la normatividad federal correspondiente, así como a las
especificaciones del Anexo A del presente Convenio.
iii.
Asumir la responsabilidad de las contrataciones que, en su caso, deba formalizar con
terceros, a fin de ejercer los recursos destinados a la construcción del plantel educativo,
“Proyectos de la INFE”, con estricto apego a la normatividad federal que corresponda.
iv.
Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le
requiera cualquier autoridad fiscalizadora.
III.
Compromisos de “EL INIFED”:
a)
Coadyuvar conforme a lo establecido en el “Convenio de Coordinación y Colaboración para la
Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples”, respecto de los trámites y
gestiones administrativas para la remisión de las instrucciones de pago, que para tales efectos
remita “LA SECRETARÍA” en términos de lo previsto en el Anexo C del presente instrumento,
denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”; considerando además lo previsto en
la Cláusula Segunda, inciso A) en el presente instrumento legal, por cuanto al recurso derivado
del “FAM Potenciado”.
b)
Destinar los recursos asignados por “LA SECRETARIA” para la adquisición e instalación del
equipamiento especializado del plantel educativo, conforme a los alcances y especificaciones
técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros
que se señalan en el Anexo B.
c)
Aplicar de manera específica y puntual, los recursos económicos para la adquisición e
instalación del equipamiento especializado del plantel educativo, en los términos que estén
autorizados y de acuerdo con la normatividad aplicable, conforme a los alcances y
especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los
alcances financieros que se señalan en el Anexo B. Esta adquisición la realizará conforme al
calendario de ejecución se determine.
d)
Las contrataciones que realice deberán de atender los requerimientos contenidos en los
marcados Anexos A y B del presente instrumento legal por cuanto hace a los bienes, y
siempre se realizarán cuando “EL INIFED” cuente con los recursos para ello, atendiendo la
naturaleza de los recursos conforme se estableció en el inciso f) de los compromisos de
“LA SECRETARÍA”.
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e)
Presentar el informe de seguimiento y comprobación de los recursos, mismos que serán
elaborados por quien lleve a cabo las acciones para la adquisición e instalación del
equipamiento especializado del plantel educativo.
f)
Se obliga a entregar directamente y bajo su responsabilidad los informes correspondientes a
las autoridades y con la periodicidad previstas en la normatividad del programa.
g)
Se compromete a administrar y destinar los recursos económicos correspondientes
exclusivamente a la adquisición e instalación del equipamiento especializado y mobiliario del
plantel educativo, al amparo de lo señalado en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público y su Reglamento, y siempre tomará en cuenta lo siguiente:
i.
Asumir la responsabilidad de las contrataciones que, en su caso, deba formalizar con
terceros, a fin de ejercer los recursos transferidos con estricto apego a la normatividad
federal que corresponda.
ii.
Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le
requiera “LA SECRETARÍA” o cualquier autoridad fiscalizadora.
iii.
Entregar el mobiliario y equipo especializado a la comunidad educativa del plantel,
firmando para ello la recepción de los mismos, con asistencia y aceptación de
“LAS PARTES”.
IV.
Compromisos de la “SEMS”:
a)
Suscribir los denominados Anexo A y Anexo B, en los que se describen los alcances y
especificaciones técnicas, actividades, detalle de “LAS ACCIONES” para la construcción y, en
su caso, equipamiento del plantel educativo, calendarización de avance de la obra, así como
los alcances financieros, montos y el seguimiento financiero de destino y la erogación de los
recursos traspasados, respectivamente.
CUARTA. - CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES.
“LAS PARTES” suscriben el presente convenio sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones
presupuestarias y normativas correlativas aplicables que corran a cargo de cada una de ellas.
QUINTA. - DESTINO DE LOS RECURSOS.
Los recursos motivo del presente Convenio, se aplicarán única y exclusivamente para llevar a cabo el
cumplimiento del objeto establecido en la Cláusula Primera del presente instrumento legal, conforme a las
características y alcances establecidos en el denominado Anexo A.
SEXTA. - VERIFICACIÓN EN EL CUMPLIMIENTO.
A fin de verificar el cumplimiento del presente Convenio de Coordinación y Colaboración, “LAS PARTES”
designan como responsables a los siguientes servidores públicos:
Por “LA ENTIDAD FEDERARIVA” a través de “EL CAPCEE”: Ing. Alberto Ignacio Orozco Pintos,
Director de Proyectos y Costos del Organismo Público Descentralizado o la persona que desempeñe
sus funciones.
Por “LA SECRETARÍA”: El Mtro. Efraín Álvarez Martínez, Director Ejecutivo de Construcción y
Supervisión de Proyectos de Infraestructura para el Sistema Educativo Federal y Cultural.
Por “EL INIFED”: A las personas Titulares de la Gerencias de Finanzas y de Construcción y
Supervisión de Obra en “EL INIFED”, o a las personas que desempeñen sus funciones.
Por la “SEMS”: A los Titulares de la Coordinación Sectorial de Planeación y Administración y la
Dirección de Operación Técnica y de Gestión, en el ámbito de sus respectivas competencias, o de
quienes los suplan en funciones.
SÉPTIMA. - CAUSAS DE FUERZA MAYOR.
“LAS PARTES”, no serán responsables por cualquier evento de caso fortuito o de fuerza mayor que les
impida parcial o totalmente cumplir con los compromisos contraídos por virtud del presente instrumento, en el
entendido de que dichos supuestos deberán ser debidamente acreditados. “LAS PARTES” se comunicarán de
forma inmediata cualquier hecho o circunstancia que, en razón de la ejecución del presente instrumento, sea
de su conocimiento y pueda perjudicar el cumplimiento del presente Convenio de Coordinación
y Colaboración.
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OCTAVA. - MODIFICACIONES Y ADICIONES.
El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de “LAS PARTES” y por escrito, en
el correspondiente Convenio Modificatorio que obligará a “LAS PARTES” y estará vigente a partir de la fecha
de su firma.
NOVENA. – VIGENCIA.
El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el
cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula Primera de este instrumento, de conformidad con
el calendario establecido en el Anexo A. No obstante, lo anterior, los recursos fiscales que transferirá la
SHCP, en términos de la normatividad aplicable, deberán quedar devengados por “LA SECRETARÍA” a más
tardar el 31 de diciembre del 2025.
DÉCIMA.- DIFUSIÓN.
Una vez suscrito el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones, “LA SECRETARÍA”
se compromete a que, en un periodo no mayor a un mes, lo publicará en el Diario Oficial de la Federación, de
conformidad con el artículo 36 de la Ley de Planeación; por su parte, dentro del mismo periodo antes
señalado, "LA ENTIDAD FEDERATIVA" publicará el presente instrumento en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Puebla.
DÉCIMA PRIMERA.- RESPONSABILIDAD LABORAL.
“LAS PARTES” acuerdan que toda vez que son totalmente independientes, entre ellas no existe una
relación obrero-patronal, en el entendido que en ningún caso y por ningún concepto podrán considerarse
mutuamente como patrones directos, sustitutos o solidarios.
Asimismo, el personal que cada una de “LAS PARTES” designe, comisione o contrate con motivo de la
ejecución de las actividades objeto del presente Convenio, se entenderá exclusivamente relacionado con
la parte que lo designó, comisionó o contrató, quedando bajo su absoluta responsabilidad y dirección, sin que
de ello se derive el nacimiento de algún tipo de relación laboral, u otros derechos u obligaciones para la otra
parte, por lo que en ningún caso podrá considerárseles mutuamente como intermediarios, o como patrones
sustitutos o solidarios, deslindándolos desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter civil, laboral,
penal, administrativa, cuotas obrero patronales y sindicales, vivienda, seguridad social o de cualquier otra
naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. Cada una de “LAS PARTES” se obliga a sacar en
paz y a salvo a las otras de cualquier reclamación que sus respectivos trabajadores llegasen a realizar con
motivo de las actividades emanadas de este instrumento.
DÉCIMA SEGUNDA. - DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.
“LAS PARTES” acuerdan que la información que se genere, deberá observarse lo previsto en la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y demás disposiciones aplicables en la materia.
DÉCIMA TERCERA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” manifiestan que el presente Convenio de Coordinación y Colaboración de Acciones es
producto de la buena fe por lo que se realizarán todas “LAS ACCIONES” para su debido cumplimiento, los
asuntos que no estén expresamente previstos en las mismas, así como las dudas que pudieran surgir con
motivo de su interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito.
Leídas que fueron las presentes cláusulas y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcances,
suscriben el presente Convenio en 5 (cinco) tantos originales, en la Ciudad de México a los 28 días del mes
de abril del año 2025.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
Puebla, Mtro. Alejandro Armenta Mier.- Rúbrica.- Por el CAPCEE: Director General, Mtro. Carlos Ochoa
Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Secretaría: Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, M. en I.
Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- Asistido por: Subsecretario de Infraestructura, Ing. Juan Carlos
Fuentes Orrala.- Rúbrica.- Por la SEMS: Subsecretaria de Educación Media Superior, Dra. Tania Hogla
Rodríguez Mora.- Rúbrica.- Asistida por: Coordinadora Sectorial de Planeación y Administración, Lic. María
Alejandra Carreón Capuchino.- Rúbrica.- Director de Operación Técnica y Gestión, Arq. Hugo Enrique de
Lucio Torres.- Rúbrica.- Por el INIFED: Director General, Ing. Francisco Javier Cabiedes Uranga.- Rúbrica.
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CONVENIO de Coordinación y Colaboración para la construcción y equipamiento de planteles educativos de
educación media superior (preparatorias), así como de traspaso de los recursos provenientes del Fondo de
Aportaciones Múltiples del Estado de Yucatán, que celebran el Estado de Yucatán, el Instituto para el Desarrollo y
Certificación de la Infraestructura Física Educativa y Eléctrica de Yucatán, la Secretaría de Infraestructura,
Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Educación Pública y el Instituto Nacional de la Infraestructura
Física Educativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.-
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- EDUCACIÓN.- Secretaría de Educación
Pública.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE
PLANTELES EDUCATIVOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR (PREPARATORIAS) EN ADELANTE “LAS ACCIONES”,
ASÍ COMO DE TRASPASO DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL FONDO DE APORTACIONES MÚLTIPLES DEL
ESTADO DE YUCATÁN, ADMINISTRADOS EN EL FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN Y DISTRIBUCIÓN 2242
(FIDEICOMISO DE DISTRIBUCIÓN), PROVENIENTES DEL FIDEICOMISO DE EMISIÓN 2595 (FIDEICOMISO DE
EMISIÓN), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, REPRESENTADO EN
ESTE ACTO POR EL MAESTRO JOAQUÍN JESÚS DÍAZ MENA, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE
YUCATÁN, ASISTIDO POR EL DR. JUAN ENRIQUE BALAM VÁRGUEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO
DE EDUCACIÓN, EN ADELANTE “LA ENTIDAD FEDERATIVA”; EL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO Y
CERTIFICACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA Y ELÉCTRICA DE YUCATÁN, REPRESENTADO
POR SU DIRECTOR GENERAL, INGENIERO GILBERTO CHAN PADILLA, EN ADELANTE “EL IDEFEEY”; Y POR LA
OTRA, LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, REPRESENTADA EN ESTE
ACTO POR SU TITULAR, EL M. EN I. JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE
INFRAESTRUCTURA, EL INGENIERO JUAN CARLOS FUENTES ORRALA, EN ADELANTE “LA SECRETARÍA”, LA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, REPRESENTADA POR LA DOCTORA TANIA HOGLA RODRÍGUEZ MORA,
TITULAR DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, ASISTIDA POR LA LICENCIADA MARÍA
ALEJANDRA CARREÓN CAPUCHINO, TITULAR DE LA COORDINACIÓN SECTORIAL DE PLANEACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN, Y EL ARQUITECTO HUGO ENRIQUE DE LUCIO TORRES, TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE
OPERACIÓN TÉCNICA Y GESTIÓN, EN ADELANTE LA “SEMS”; Y EL INSTITUTO NACIONAL DE LA
INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, ING. FRANCISCO
JAVIER CABIEDES URANGA, EN ADELANTE “EL INIFED”, A QUIENES EN SU CONJUNTO SE DENOMINARÁN COMO
“LAS PARTES”, AL AMPARO Y TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I.
El Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la educación pública de calidad, en términos
del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual debe
generar las condiciones necesarias para impartir una educación pública incluyente y equitativa, a fin
de garantizar que niñas, niños y adolescentes mexicanos tengan acceso y culminen en tiempo y
forma una educación que les otorgue las competencias necesarias para su adecuada incorporación
al mundo adulto.
II.
Que la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo considera
dentro de los 100 compromisos del segundo piso de la transformación, dentro de la República
educadora, humanista y científica el aumento de los espacios de educación media superior, nuevos
espacios para la educación superior, la extensión de horarios en escuelas primarias entre otros.
III.
Que la emisión administración, distribución y operación del Fondo de Aportaciones Múltiples, en
adelante “FAM Potenciado” para destinarse en Proyectos de la Infraestructura Física Educativa
(Proyectos de la INFE), está regulada por los contratos de Fideicomisos de: a) Administración y
Emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios número 2595 b) Administración y Distribución de
recursos número 2242 , así como por los, c) Convenios de Coordinación y Colaboración para la
Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples, d) Normatividad, Disposiciones,
Lineamientos y Guía Operativa, aplicables en materia de planeación, contratación, sustitución,
construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, gastos de ejecución y
supervisión, reconstrucción y habilitación de la infraestructura física educativa (Programa Escuelas
al CIEN); e) Lineamientos para la aplicación de los recursos para la conservación y mantenimiento
de proyectos de la Infraestructura Física Educativa en el Programa FAM Potenciado, y; f) la Ley de
Coordinación Fiscal (LCF).
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IV.
La “ENTIDAD FEDERATIVA” cuenta con recursos que recibirá del “FIDEICOMISO DE
DISTRIBUCIÓN”, identificados como productos de monetización de las Aportaciones FAM, que
deberán ser destinados invariablemente a la ejecución de Proyectos de INFE.
V.
Que en el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de
Aportaciones Múltiples “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, celebrado por la “ENTIDAD
FEDERATIVA” con el Gobierno Federal, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito
Público, y de Educación Pública, que tiene por objeto, conforme a lo previsto en el artículo 52 de la
LCF, establecer el mecanismo por el cual se potenciarán y distribuirán los recursos de la Aportación
FAM, correspondientes a la “ENTIDAD FEDERATIVA”, así como establecer los mecanismos de
operación para la solicitud de recursos y la ejecución de las acciones de los Proyectos de la INFE,
así como sus responsables y ejecutores originarios.
VI.
Que en términos del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 28 de noviembre de 2024, entre otros, se adicionó la Fracción I Quinquies al artículo
36 de dicha Ley, por el cual se le otorgan atribuciones a “LA SECRETARÍA” para: Construir, equipar,
rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar la infraestructura e instalaciones destinadas al servicio del
sistema educativo nacional, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes
de gobierno”.
VII.
En fecha 27 de marzo de 2025 la “ENTIDAD FEDERATIVA” requirió a través del oficio número
JDGOB/SP/020/2025 dirigido a “LA SECRETARÍA”, que tenga a bien llevar a cabo las gestiones de
licitación, contratación, construcción, equipamiento, supervisión y validación técnica, así como las
relacionadas de manera directa con el pago que corresponda a la ejecución de los proyectos,
mediante las solicitudes de instrucción de pago a los proveedores adjudicados, por cuanto hace a
los recursos provenientes de la potenciación del Fondo de Aportaciones Múltiples para el Estado.
Anexo 1.
VIII. Que vistos los proyectos prioritarios a ejecutar en la “ENTIDAD FEDERATIVA”, y toda vez que estos
se realizarán en planteles federales, para el cumplimiento del objeto del presente instrumento legal,
se determina que pueden convergir dos fuentes de financiamiento, es decir, los recursos
provenientes del Programa “FAM Potenciado” bajo las consideraciones expuestas en los
antecedentes que preceden, y el segundo, de los recursos fiscales que la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP), mediante ampliación líquida trasferirá a “LA SECRETARÍA” para su
ejecución, conforme lo previsto en el presente instrumento y la normatividad aplicable.
IX.
Conforme las fuentes de financiamientos antes señaladas, mediante el presente Convenio de
Coordinación y Colaboración de Acciones, se asigna un monto total de $67’500,000.00 (Sesenta y
siete millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), IVA incluido; a “LA SECRETARÍA”, instrumento
jurídico que servirá de suficiencia presupuestaria para llevar a cabo los procedimientos licitatorios
correspondientes para la construcción y equipamiento de un plantel educativo de nivel medio
superior (preparatoria), conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al
presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B.
X.
Que “LA SECRETARIA” por no estar dentro de sus competencias ni atribuciones la adquisición
e instalación del equipamiento especializado requerido para el cumplimiento integral de
“LAS ACCIONES” objeto del presente instrumento, solicitó mediante oficio No. 3.-043 de fecha 25
de marzo del año en curso, a “EL INIFED” se encargara de la implementación de los procedimientos
licitatorios que correspondan, en términos de la normatividad federal aplicable, para la adquisición
e instalación del equipamiento básico y especializado en cada uno de los planteles, considerando
que cuentan con las atribuciones necesarias para el equipamiento de éstos. Anexo 2.
XI.
Por lo anterior, “LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento del objeto del presente
instrumento, que beneficiará a comunidades educativas de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, es
necesaria la suma de esfuerzos y competencias, así como la convergencia de asignaciones de
recursos de diversas fuentes de financiamiento.
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DECLARACIONES
1. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que:
1.1 Es una Entidad Federativa de los Estados Unidos Mexicanos, libre y soberana en cuanto a su régimen
interior, con un gobierno republicano, representativo y popular en términos de lo dispuesto por los artículos 40,
41 primer párrafo, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
1.2 El Maestro Joaquín Jesús Díaz Mena, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán, se encuentra
facultado para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Colaboración y obligarse en términos de lo
establecido en los artículos 44, 55, fracción XXVI y 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, y 1,
7, 8 y 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Yucatán y demás disposiciones
locales aplicables.
1.3 El Dr. Juan Enrique Balam Várguez, Secretario de Educación, cuenta con las facultades suficientes
para participar en este instrumento, en términos de lo señalado en los artículos 22, fracción VII, y 36 del
Código de la Administración Pública de Yucatán, y 129 de su reglamento.
1.4 De conformidad con su legislación local, la “ENTIDAD FEDERATIVA” tiene la facultad de suscribir el
presente Convenio y, en específico, para afectar irrevocablemente la “Aportación FAM” que le corresponde
conforme a lo previsto en el Capítulo V de la “LCF”, sujeto a los términos y condiciones previstos en la
normatividad local aplicable y en apego a lo previsto en el “Fideicomiso de Emisión”.
1.5 Que a petición de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, como parte de los acuerdos emitidos por el Grupo de
Trabajo para el cumplimiento del “CONVENIO DE COORDINACIÓN” en la Décima Primera Sesión Ordinaria
celebrada el 27 de diciembre de 2024, así como del periodo establecido (31 de enero 2025), para consolidar
la relación de Proyectos de la INFE; fue dictaminada para su intervención, la integración al Programa FAM
Potenciado de los Proyectos de la INFE, conforme los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al
presente en el Anexo A.
1.6 Que, con base a lo anterior, de los recursos derivados del programa FAM Potenciado, la “ENTIDAD
FEDERATIVA” determinó atender con recursos hasta por un monto de $27’000,000.00 (veintisiete millones de
pesos 00/100 M.N.), IVA incluido, para un plantel educativo, conforme a los alcances y especificaciones
técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B.
1.7 Que conforme las gestiones de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, “EL INIFED” mediante oficio
DG/0231/2025 de fecha 4 de abril del 2025, que se adjunta al presente como Anexo 3, emitió la suficiencia de
recursos para la intervención de los Proyectos de la INFE, conforme a los alcances y especificaciones
técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y los alcances financieros que se señalan en el Anexo B.
1.8 Es su intención celebrar el presente Convenio y asumir todos los derechos y obligaciones que en el
mismo se establecen.
1.9 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio y los documentos relacionados
con el mismo no violan, ni contravienen, mucho menos se oponen o constituyen un incumplimiento a lo
previsto en: (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su reglamento, vigente en términos de
lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 30 de septiembre de 2019; (ii) cualquier acuerdo, Convenio u otro instrumento en el cual
sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de algún tribunal, entidad o autoridad gubernamental.
1.10 La celebración del presente Convenio y de los documentos relacionados con el mismo constituyen
obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus términos y condiciones.
1.11 Que el o los predios en el cual se va a construir el plantel educativo, son de su propiedad, por lo que
no existe impedimento legal o administrativo alguno para la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel
educativo.
1.12 Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en Avenida. Zamná
núm. 295 por 61 y 63, Fracc. Yucalpetén, C.P. 97238, Mérida, Yucatán.
2. “LA SECRETARÍA” declara que:
2.1 Es una Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, de conformidad con los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2° fracción I, 26 y 36 fracciones I,
I Quinquies y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y tiene entre sus atribuciones las
de construir, equipar, rehabilitar, reforzar, reconstruir y habilitar la infraestructura e instalaciones destinadas al
servicio del sistema educativo nacional, en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes
de gobierno.
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2.2. El M. en I. Jesús Antonio Esteva Medina, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones
y Transportes, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Coordinación y
Colaboración, en términos de lo dispuesto por el artículo 4, del Reglamento Interior de la Secretaría de
Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
2.3 El Ingeniero Juan Carlos Fuentes Orrala, Subsecretario de Infraestructura, cuenta con las facultades
necesarias para asistir en la firma del presente Convenio Coordinación y Colaboración, en términos de lo
dispuesto por los artículos 3, apartado A, fracción I y 6, fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de
Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
2.4 Es su intención celebrar el presente Convenio y asumir todos los derechos y obligaciones que en el
mismo se establecen a su favor y a su cargo.
2.5 Para efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Av. Insurgentes Sur 1089,
Colonia Nochebuena, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03720, en la Ciudad de México.
3. La “SEMS” declara que:
3.1 Es una dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1°, 2° fracción I y 26 fracción XIV y
38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
3.2 Su representante, la Doctora Tania Hogla Rodríguez Mora, titular de la Subsecretaría de Educación
Media Superior, cuenta con facultades para suscribir y participar en el presente Convenio, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como los artículos
2, apartado A, fracción II, y 8, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2020.
3.3 Participa en la celebración del presente Convenio para (i) hacer del conocimiento de “LAS PARTES"
que presentó, junto con la asistencia y participación del "INIFED", a la "ENTIDAD FEDERATIVA", la propuesta
inicial de proyectos de infraestructura física educativa, atendiendo a las necesidades y requerimientos de
infraestructura física educativa de las Entidades Federativas y resultando en la relación de los Proyectos de la
INFE adjunta al presente Convenio como Anexo A; y (ii) asumir todos los derechos y obligaciones que en el
mismo se establecen.
3.4 Para efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en República de Argentina 28,
Colonia Centro, C.P. 06020 Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.
4. “EL INIFED” declara que:
4.1. Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad
jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión, creado mediante Decreto por el que se expide la
LGIFE, publicado en el DOF el 1 de febrero de 2008.
4.2. De conformidad con lo establecido en el Decreto publicado en el DOF el 30 de septiembre de 2019,
por medio del cual se expidió la LGE y se abrogó la LGIFE, en términos de lo previsto en el artículo Tercero
Transitorio, párrafo segundo y tercero que señala que hasta que se expidan los lineamientos previstos en el
artículo 103 de la LGE y se realicen las adecuaciones normativas en esta materia de infraestructura educativa,
seguirán en vigor aquellas disposiciones que se hayan emitido con anterioridad, en lo que no contravengan al
Decreto en cita; asimismo que en tanto se lleva el proceso de extinción referido en el artículo Transitorio
Cuarto de este Decreto, “EL INIFED” se encargará de llevar a cabo el cierre de programas y obligaciones
contractuales en proceso, así como la atención y seguimiento de asuntos jurisdiccionales o administrativos en
trámite o pendientes de resolución definitiva.
4.3. El Licenciado Francisco Javier Cabiedes Uranga, acredita su carácter de Director General de
“EL INIFED”, en términos del nombramiento otorgado mediante acuerdo por la Junta de Gobierno del INIFED
en fecha 19 de noviembre de 2024, por lo que cuenta con facultades suficientes, mismas que no le han sido
revocadas ni modificadas para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 22, fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 11, fracción II del Estatuto
Orgánico de “EL INIFED”.
4.4 Es su intención celebrar el presente Convenio y asumir todos los derechos y obligaciones que en el
mismo se establecen a su favor y a su cargo.
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4.5 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio y los documentos relacionados
con el mismo no violan, ni contravienen, mucho menos se oponen o constituyen un incumplimiento a lo
previsto en: (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su reglamento, vigente en términos de
lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 30 de septiembre de 2019; (ii) cualquier acuerdo, Convenio u otro instrumento en el cual
sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de algún tribunal, entidad o autoridad gubernamental.
4.6 La celebración del presente Convenio y de los documentos relacionados con el mismo constituyen
obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus términos y condiciones.
4.7. Para efectos del presente convenio, señala como domicilio el ubicado en la Calle Vito Alessio Robles
No. 380, Colonia Florida, Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01030, Ciudad de México.
5. “EL IDEFEEY” y/o ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE, declara que:
5.1 Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad
jurídica y patrimonio propio, y que tiene capacidad legal para celebrar este convenio, de acuerdo con el
Decreto Numero 283/2015 por el que se Regula el Instituto para el Desarrollo y Certificación de la
Infraestructura Física Educativa y Eléctrica de Yucatán, última modificación mediante Decreto 480/2022
publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado el día 30 de marzo 2022.
5.2 Conforme a su Decreto por el que se regula el Instituto para el Desarrollo y Certificación de la
Infraestructura Física Educativa de Yucatán, en su Artículo 3º Naturaleza y objeto del instituto, tiene por objeto
construir, equipar, dar mantenimiento, preventivo o emergente, supervisar, certificar, rehabilitar, reforzar,
reconstruir y habilitar inmuebles e instalaciones destinados al servicio de la educación o cualquier otro,
conforme a las propuestas que le dirijan la Secretaria de Educación, las instituciones educativas de todos los
niveles, las dependencias o entidades de la administración pública estatal, los municipios e, incluso, los
particulares; así como planear, programar, presupuestar, ejecutar, modernizar, conservar y dar mantenimiento
a la infraestructura eléctrica y recreativa en el estado, conforme a los programas convenidos o los proyectos
que le sean solicitados.
Asimismo, el instituto tendrá por objeto el desarrollo de las actividades de apoyo que le soliciten las
dependencias o entidades de la administración pública estatal o de los municipios, previo convenio o acuerdo
con el gobierno del estado, cuando así fuese procedente.
5.3 El ingeniero Gilberto Chan Padilla, en su carácter de Director General, se encuentra facultado para
suscribir el presente Convenio y obligarse en los términos del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 76 Fracción I y 116 Fracción I, ambos del Código de la Administración Pública de Yucatán, en
relación con el artículo 17 Fracción VII, del Decreto Numero 283/2015, por el que se Regula el Instituto para el
Desarrollo y Certificación de la Infraestructura Física Educativa y Eléctrica de Yucatán, última modificación
mediante Decreto 480/2022 publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado el día 30 de marzo 2022.
5.4 Es su intención celebrar el presente Convenio y asumir todos los derechos y obligaciones que en el
mismo se establecen.
5.5 La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente Convenio y los documentos relacionados
con el mismo no violan, ni contravienen, mucho menos se oponen o constituyen un incumplimiento a lo
previsto en: (i) la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su reglamento, vigente en términos de
lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 30 de septiembre de 2019; (ii) cualquier acuerdo, Convenio u otro instrumento en el cual
sea parte; o (iii) cualquier acuerdo, decreto o resolución de algún tribunal, entidad o autoridad gubernamental.
5.6 La celebración del presente Convenio y de los documentos relacionados con el mismo constituyen
obligaciones legales, válidas y exigibles conforme a sus términos y condiciones.
5.7 Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en Avenida. Zamná
núm. 295 por 61 y 63, Fracc. Yucalpetén, C.P. 97238, Mérida, Yucatán.
6. “LAS PARTES” declaran que:
6.1 En este acto se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad jurídica con la que celebran el
presente instrumento.
6.2 Con el propósito de atender la necesidad planteada en los antecedentes del presente instrumento y
lograr el objeto del mismo, es necesario formalizar el presente Convenio de Coordinación y Colaboración.
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6.3 Previamente a la celebración de este Convenio han obtenido todas y cada una de las autorizaciones
para suscribirlo y cuentan con las facultades y capacidad legal suficiente para tal efecto, mismas que a la
fecha de celebración del presente instrumento no han terminado, ni les han sido modificadas, restringidas o
revocadas en forma alguna. Asimismo, reconocen como suyas, en lo que les corresponde, todas y cada una
de las Declaraciones anteriores, por lo que están de acuerdo en obligarse de conformidad con lo que se
establece en el presente Convenio.
6.4 Es su voluntad celebrar el presente Convenio sin que medie error, dolo, lesión ni mala fe o cualquier
otro vicio del consentimiento que pueda afectar en todo o en parte la validez jurídica del mismo, sujetándose a
cumplir con los fines y objetivos del Convenio.
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO.
El objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración es establecer los compromisos entre
“LAS PARTES”, en razón de su competencia, con motivo de la ejecución de “LAS ACCIONES”, para la
construcción y equipamiento de un plantel educativo de nivel medio superior (preparatoria), conforme a los
alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances
financieros que se señalan en el Anexo B, que firmados por los otorgantes forman parte del presente
instrumento.
“LAS PARTES” acuerdan que la ejecución de “LAS ACCIONES” para la construcción del plantel educativo,
proyecto de la INFE será por parte de “LA SECRETARÍA”, y las relacionadas al equipamiento y su instalación
estarán a cargo de “EL INIFED” al amparo de la normatividad técnica, de seguridad estructural y de
contrataciones aplicables previstas en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su
Reglamento y Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme corresponda .
Asimismo, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos que deberán de aplicarse para la ejecución de
“LAS ACCIONES”, serán aquellos con los que la “ENTIDAD FEDERATIVA” dispone, derivados del programa
“FAM Potenciado” en las diversas modalidades de ésta, así como de los que provienen de los recursos
fiscales que la SHCP transferirá a “LA SECRETARÍA, hasta por el monto que se señala en el marcado como
Anexo B, por el plantel educativo.
Los recursos asignados por el plantel educativo serán conforme los especificados en monto y fuente de
financiamiento del Anexo B, y no podrán exceder de esos montos.
Asimismo, cada fuente de financiamiento deberá de atender la normatividad aplicable para su
implementación, así como para, en su caso, su reintegro.
Por cuanto a la adquisición e instalación del equipamiento especializado que será adquirido por
“EL INIFED”, se destinarán los recursos necesarios, conforme a las características y alcances técnicos y
financieros establecidos en el denominado Anexo B del presente instrumento. Esta adquisición no supondrá
bajo ningún caso que “EL INIFED” comprometa o destine recursos propios. En caso de que por cuestiones
diversas a “EL INIFED”, los costos se excedan del recurso asignado, la determinación de aplicar recurso
excedente será de “LA SECRETARÍA”, siempre y cuando los bienes a adquirir se encuentren en las
especificaciones técnicas del Anexo A.
SEGUNDA. - DE LOS RECURSOS ECONOMICOS.
“LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento de “LAS ACCIONES” objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA” contará con una suma de $67’500,000.00 (sesenta y siete millones quinientos mil pesos
00/100 M.N.), IVA incluido; provenientes de dos fuentes de financiamiento conforme lo siguiente:
Fuentes de financiamiento:
Origen
Monto (incluye IVA)
Recursos Fiscales (Fondo SEP)
$40’500,000.00
FAM Potenciado
$27’000,000.00
Total
$67’500,000.00
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A) RECURSOS DERIVADOS DEL PROGRAMA “FAM”:
“LAS PARTES” acuerdan que, para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación y
Colaboración, no mediara traspaso de recursos alguno, es decir que “LA ENTIDAD FEDERATIVA” en
términos del presente instrumento jurídico, establece que “LA SECRETARÍA” cuenta con recursos por un
monto de $27’000,000.00 (veintisiete millones de pesos 00/100 M.N.), IVA incluido, recursos que serán
destinados para la ejecución de “LAS ACCIONES” y que provienen del “FAM Potenciado” en sus diferentes
vertientes.
Asimismo, “LAS PARTES” acuerdan que con fundamento en el sub inciso (2), inciso (d) fracción (v),
apartado A, numeral 2 del Anexo B del “CONVENIO DE COORDINACIÓN” señalado en el Antecedente V del
presente instrumento, los pagos a la gestión y trámite de las acciones y trabajos realizados se enterarán a
cada uno de los contratistas designados para la ejecución del plantel educativo, proyecto de la INFE,
considerando los aspectos establecidos en la normatividad correspondiente, así como lo previsto en el Anexo
C del presente instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”.
En ese tenor, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado”
previa gestión de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” conforme a la normatividad aplicable, se tramitarán en
términos de lo señalado en el Contrato de Fideicomiso, para que se realicen los pagos a los contratistas que
resultarán de los procedimientos licitatorios que para tales efectos hubiera realizado “LA SECRETARÍA”. Para
ello, “LA SECRETARÍA” en conjunto con el “ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE” (“EL IDEFEEY”)
deberán integrar el expediente para trámite de estimación y entregarlo a la Subgerencia del “INIFED” en el
Estado, para que éste a su vez lo gestione con su Gerencia Regional para la revisión y validación respectiva y
posterior envío a las oficinas centrales del propio “INIFED”, para efectos de que envíe el oficio de instrucción
de pago a BANOBRAS (Fideicomiso) para el procesamiento de Instrucción de Distribución de Recursos para
transferencia al “ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE” para que efectúe los pagos respectivos al
contratista, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la presentación del expediente de la estimación
respectiva. En términos de lo previsto en el Anexo C, denominado “Flujograma para instrucciones
de recursos”.
Con relación a las “LAS ACCIONES” que realizará “EL INIFED”, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” por
conducto del “ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE” en apego a lo señalado en el “CONVENIO DE
COORDINACIÓN” y su denominado Anexo B, deberá de dar seguimiento a la ejecución de los Proyectos de
la INFE objeto de la ejecución de las acciones del presente instrumento legal, así como gestionar los recursos
para que le sean entregados de manera directa en varias exhibiciones conforme se compruebe el avance de
la ejecución de los trabajos de los montos que de tiempo en tiempo tenga derecho a recibir para que los
aplique a la ejecución y construcción de cada uno de los Proyectos de la INFE (“LAS ACCIONES”) que se
ejecutaran de manera indirecta por “EL INIFED”, para que por su conducto sea pagado al contratista y/o
proveedor adjudicado en apego a la naturaleza de los recursos y de la normatividad que regula el FAM
Potenciado en sus diferentes vertientes, es decir, para que la distribución de los recursos se realice
directamente al “ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE” con fundamento en el sub inciso (2), inciso (d)
fracción (V), apartado A, numeral 2 del Anexo B del “CONVENIO DE COORDINACIÓN”.
En ese tenor, “LAS PARTES” acuerdan que los recursos conforme a la normatividad aplicable, se
tramitarán en términos de los señalado en el “CONVENIO DE COORDINACIÓN” y su denominado Anexo B,
para que se realicen los pagos a los contratistas y/ o proveedores que resultarán de los procedimientos
licitatorios que para tales efectos hubiera realizado “EL INIFED” en los términos señalados en el párrafo
supra citado.
Por cuanto hace a las retenciones y conforme a lo establecido en el Contrato de Fideicomiso de
Distribución (cláusula 1. Definiciones de dicho instrumento), por cuanto hace a la Instrucción de Distribución
de Aportaciones, los recursos relacionados a las retenciones correspondientes al 5 al millar, serán entregados
al “ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE”.
B) POR CUANTO A LOS RECURSOS FISCALES
Para la realización de “LAS ACCIONES” objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración, la
“SHCP” llevará a cabo un traspaso de recursos presupuestarios a “LA SECRETARÍA”, por un monto de
$40’500,000.00 (cuarenta millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), IVA incluido, que provendrán de la
ampliación líquida tramitada ante dicha dependencia, a fin de que la “LA SECRETARÍA” tenga la capacidad de
cumplir con el objeto del presente instrumento.
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DIARIO OFICIAL
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Los alcances, actividades, detalle de las acciones para la construcción y, en su caso, equipamiento del
plantel educativo federal, montos, calendarización de avance de la obra, así como el seguimiento financiero
de destino y la erogación de los recursos traspasados se describen en el Anexo B, el cual será debidamente
firmado por él o los responsables del seguimiento por parte de la “SEMS”, designados en la Cláusula Sexta
del presente instrumento jurídico.
Los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior serán traspasados a “LA SECRETARÍA”
conforme a la adecuación presupuestaria que se registre en el Sistema de Contabilidad y Presupuesto
(SICOP), así como en el Módulo de Adecuaciones Presupuestarias (MAP), sistemas que administra la SHCP.
“LA SECRETARÍA” deberá ejercer los recursos de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Los recursos
presupuestarios que se transfieran en los términos de presente Convenio de Coordinación y Colaboración no
pierden su carácter Federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones
jurídicas federales aplicables.
A la conclusión de “LAS ACCIONES” de manera integral, es decir de obra y de equipamiento,
“LA ENTIDAD FEDERATIVA” registrará contablemente las acciones.
TERCERA. - COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE “LAS PARTES”. Adicionalmente para el cumplimiento
del objeto del presente convenio, “LAS PARTES” se comprometen a:
I.
Compromisos de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”:
a)
Gestionar los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado” y hasta por la cantidad
establecida para cubrir los costos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente
instrumento, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al presente
en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el Anexo B, que
firmados por los otorgantes forman parte del presente instrumento.
b)
Coadyuvar con “LA SECRETARÍA” para la gestión de los permisos necesarios para la
construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE.
c)
Para la realización de las actividades de seguimiento, supervisión en la ejecución y
construcción de los planteles educativos, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” podrá destinar, de los
recursos aportados del programa “FAM Potenciado”, en términos de lo previsto en el
“CONVENIO DE COORDINACIÓN”, en el numeral 2, inciso A), subinciso (i) del Anexo B; un
porcentaje del 2% para “EL INIFED” y el 2% para “EL ORGANISMO RESPONSABLE DE LA
INFE”.
d)
Remitir los reportes de avances emitidos por “LA SECRETARÍA”, conforme lo dispuesto en la
normatividad aplicable.
e)
Se obliga a entregar directamente a “LA SECRETARÍA”, a más tardar cinco días posteriores a
la fecha de firma del presente convenio, la posesión física y material de los predios necesarios
para la construcción del plantel educativo, junto con la documentación legal que acredite la
propiedad de los inmuebles a favor de la “LA ENTIDAD FEDERATIVA” o del Municipio
respectivo, para lo cual se deberá suscribir el acta de entrega-recepción de los inmuebles.
II.
Compromisos de “LA SECRETARÍA”:
a)
Llevar a cabo la ejecución de “LAS ACCIONES” para la construcción del plantel educativo,
proyecto de la INFE, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan al
presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el
Anexo B.
b)
Aplicar de manera específica y puntual, los recursos económicos para la realización del plantel
educativo, proyecto de la INFE, en los términos que estén autorizados, de acuerdo con la
normatividad aplicable y conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se adjuntan
al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan en el
Anexo B.
c)
Integrar el expediente para trámite de estimación y entregarlo al “INIFED” para que éste a su
vez lleve a cabo su revisión, validación y envío a BANOBRAS (Fideicomiso) para el
procesamiento de la Instrucción de Distribución de Recursos para el pago al contratista
respectivo, derivado de trabajos ejecutados por los contratistas que resulten de
los procedimientos licitatorios que hubiese adjudicado “LA SECRETARÍA”, respecto de los
recursos que corresponden a la “ENTIDAD FEDERATIVA” del programa “FAM Potenciado”.
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DIARIO OFICIAL
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d)
Presentar el informe de seguimiento y comprobación de los recursos, mismos que serán
elaborados por quien ejecute “LAS ACCIONES”.
Este informe deberá entregarse conforme a lo establecido en la normatividad aplicable para
ello, detallándose “LAS ACCIONES” realizadas al momento de su entrega e incluir material
fotográfico que muestre el desarrollo de “LAS ACCIONES”, así como la comprobación sobre
la aplicación de los recursos económicos destinados, en términos de lo previsto en la
normatividad aplicable para cada recurso.
e)
Se obliga a entregar directamente y bajo su responsabilidad los informes correspondientes a
las autoridades y con la periodicidad previstas en la normatividad del programa “FAM
Potenciado”.
f)
Destinar a “EL INIFED” los recursos necesarios con el objeto de que realice los procedimientos
de contratación de bienes requeridos al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios, su Reglamento y demás disposiciones aplicables para la adquisición e instalación
del equipamiento especializado, conforme a los alcances y especificaciones técnicas que se
adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros que se señalan
en el Anexo B. El recurso que en su caso asigne a “EL INIFED”, será prioritariamente de
origen FAM Potenciado, en caso de que se designen recursos fiscales, la transferencia
de éstos deberá realizarse considerando el plazo suficiente para garantizar que existan los
espacios y condiciones necesarias para la recepción e instalación de los bienes, conforme el
plazo establecido en el Anexo A; asimismo, considerando la naturaleza fiscal de los recursos
para la transferencia, se deberá observar que los recursos lleguen oportunamente para que
sean devengados en el mismo ejercicio fiscal en el que inicie el procedimiento de contratación
respectivo.
g)
Se compromete a administrar y destinar los recursos económicos exclusivamente a la
realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Colaboración y siempre tomará
en cuenta lo siguiente:
i.
Solicitar a “LA ENTIDAD FEDERATIVA” que coadyuven a tramitar los permisos y
licencias que se requieran para la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel
educativo.
ii.
Ejecutar o verificar la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo, proyecto de
la INFE y las actividades inherentes para su consecución, bajo su responsabilidad y con
estricto apego a la normatividad federal correspondiente, así como a las especificaciones
del Anexo A del presente Convenio.
iii.
Asumir la responsabilidad de las contrataciones que, en su caso, deba formalizar con
terceros, a fin de ejercer los recursos destinados a la construcción del plantel educativo,
proyecto de la INFE, con estricto apego a la normatividad federal que corresponda.
iv.
Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le
requiera cualquier autoridad fiscalizadora.
h)
Realizar el procedimiento para la adjudicación, contratación, ejecución, finiquito y entrega-
recepción de la obra objeto del presente Convenio.
i)
Suscribir los contratos de obra pública que sean necesarios y que deriven de la ejecución de la
realización para la construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE.
j)
“LA SECRETARÍA” como única responsable de la ejecución de los trabajos deberá entregar
debidamente firmadas y autorizadas, las estimaciones de obra que sustenten los pagos que
tramitará “EL IDEFEEY” organismo responsable de la INFE, las cuales deberán contener el
control financiero, las generadoras, los planos, el reporte fotográfico y la bitácora; documentos
que serán entregados a “EL IDEFEEY” a fin de que ésta realice las gestiones pertinentes para
su pago.
k)
Entregar a “EL IDEFEEY” en original o en su caso copia certificada toda la documentación
generada por los procedimientos de adjudicación que se deriven de la obra construcción del
plantel educativo, proyecto de la INFE, así como los finiquitos y las actas de entrega-recepción
con los requisitos de ley.
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III.
Compromisos del “INIFED”:
a)
Coadyuvar conforme a lo establecido en el “CONVENIO DE COORDINACIÓN”, respecto de
los trámites y gestiones administrativas para la remisión de las instrucciones de pago, que para
tales efectos remita “LA SECRETARÍA” en términos de lo previsto en el Anexo C del presente
instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”; considerando además
lo previsto en la Cláusula Segunda, inciso A) en el presente instrumento legal. Por cuanto al
recurso derivado del FAM Potenciado.
b)
Destinar los recursos asignados por “LA SECRETARIA” para la adquisición e instalación del
equipamiento especializado del plantel educativo, conforme a los alcances y especificaciones
técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los alcances financieros
que se señalan en el Anexo B.
c)
Aplicar de manera específica y puntual, los recursos económicos para la adquisición e
instalación del equipamiento especializado del plantel educativo, en los términos que estén
autorizados y de acuerdo con la normatividad aplicable, conforme a los alcances y
especificaciones técnicas que se adjuntan al presente en el Anexo A y en términos de los
alcances financieros que se señalan en el Anexo B. Esta adquisición la realizará conforme al
calendario de ejecución se determine.
d)
Las contrataciones que realice deberán de atender los requerimientos contenidos en los
marcados Anexos A y B del presente instrumento legal por cuanto hace a los bienes, y
siempre se realizarán cuando “EL INIFED” cuente con los recursos para ello, atendiendo la
naturaleza de los recursos conforme se estableció en el inciso f) de los compromisos de
“LA SECRETARÍA”.
e)
Presentar el informe de seguimiento y comprobación de los recursos, mismos que serán
elaborados por quien lleve a cabo las acciones para la adquisición e instalación del
equipamiento especializado del plantel educativo.
f)
Se obliga a entregar directamente y bajo su responsabilidad los informes correspondientes a
las autoridades y con la periodicidad previstas en la normatividad del programa.
g)
Se compromete a administrar y destinar los recursos económicos correspondientes
exclusivamente a la adquisición e instalación del equipamiento especializado y mobiliario del
plantel educativo, al amparo de lo señalado en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público y su Reglamento, y siempre tomará en cuenta lo siguiente:
i.
Asumir la responsabilidad de las contrataciones que, en su caso, deba formalizar con
terceros, a fin de ejercer los recursos transferidos con estricto apego a la normatividad
federal que corresponda.
ii.
Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le
requiera “LA SECRETARÍA” o cualquier autoridad fiscalizadora.
iii.
Entregar el mobiliario y equipo especializado a la comunidad educativa del plantel,
firmando para ello la recepción de los mismos, con asistencia y aceptación de
“LAS PARTES”.
IV.
Compromisos de “EL IDEFEEY”, ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE:
a)
Gestionar e integrar el expediente para trámite de estimación en conjunto con
“LA SECRETARÍA”, conforme lo previsto en la Cláusula Segunda, inciso A) en el presente
instrumento legal y en términos del Anexo C del presente instrumento, denominado
“Flujograma para instrucciones de recursos”.
b)
Gestionar ante “LA SECRETARÍA” la obtención en original o en su caso copia certificada de la
documentación generada de los expedientes que se deriven de los procedimientos de
adjudicación de la construcción del plantel educativo, proyecto de la INFE.
c)
Efectuar los pagos respectivos a los contratistas que adjudicados por “LA SECRETARÍA”,
conforme los recursos que le Transfiera BANOBRAS (Fideicomiso) derivado del
procesamiento de Instrucción de Distribución de Recursos, conforme lo previsto en la Cláusula
Segunda, inciso A) en el presente instrumento legal y en términos del Anexo C del presente
instrumento, denominado “Flujograma para instrucciones de recursos”.
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d)
En lo que corresponda, cumplir con los supuestos establecidos en el “CONVENIO DE
COORDINACION”, respecto de la ejecución, seguimiento, avance y conclusión de cada uno de
los Proyectos de la INFE que le efectuarán en la “ENTIDAD FEDERATIVA”.
e)
Verificar que los recursos provenientes del programa “FAM Potenciado” se apliquen
exclusivamente en la realización del objeto del presente instrumento y siempre tomará en
cuenta:
i.
Coadyuvar a la “ENTIDAD FEDERATIVA” en la gestión de los permisos y licencias que
se requieran para la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo, proyecto de
la INFE.
ii.
Verificar la ejecución de “LAS ACCIONES” en el plantel educativo, proyecto de la INFE y
las actividades inherentes para su consecución.
iii.
Proporcionar la documentación y la información en los términos y tiempos que le
requiera la “ENTIDAD FEDERATIVA” o cualquier autoridad fiscalizadora.
f)
Las demás necesarias para el cumplimiento del objeto del presente instrumento legal.
V.
Compromisos de la “SEMS”:
a)
Suscribir los denominados Anexo A y Anexo B, en los que se describen los alcances y
especificaciones técnicas, actividades, detalle de las acciones para la construcción y, en su
caso, equipamiento del plantel educativo, calendarización de avance de la obra, así como los
alcances financieros, montos y el seguimiento financiero de destino y la erogación de
los recursos traspasados, respectivamente.
CUARTA. - CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES.
“LAS PARTES” suscriben el presente convenio sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones
presupuestarias y normativas correlativas aplicables que corran a cargo de cada una de ellas.
QUINTA. - DESTINO DE LOS RECURSOS.
Los recursos motivo del presente Convenio, se aplicarán única y exclusivamente para llevar a cabo el
cumplimiento del objeto establecido en la Cláusula Primera del presente instrumento legal, conforme a las
características y alcances establecidos en el denominado Anexo A.
SEXTA. - VERIFICACIÓN EN EL CUMPLIMIENTO.
A fin de verificar el cumplimiento del presente Convenio de Colaboración, “LAS PARTES” designan como
responsables a los siguientes servidores públicos:
Por “LA ENTIDAD FEDERARIVA”: El Dr. Juan Enrique Balam Várguez, Secretario de Educación del
Gobierno del Estado de Yucatán.
Por “EL IDEFEEY”, ORGANISMO RESPONSABLE DE LA INFE: El Ing. Gilberto Chan Padilla,
Director General del Instituto Para el Desarrollo y Certificación de la infraestructura Física Educativa y
Eléctrica de Yucatán.
Por “LA SECRETARÍA”: El Mtro. Efraín Álvarez Martínez, Director Ejecutivo de Construcción y
Supervisión de Proyectos de Infraestructura para el Sistema Educativo Federal y Cultural.
Por “EL INIFED”: A las personas Titulares de la Gerencias de Finanzas y de Construcción y
Supervisión de Obra en “EL INIFED”, o a las personas que desempeñen sus funciones.
Por la “SEMS”: A los Titulares de la Coordinación Sectorial de Planeación y Administración y la
Dirección de Operación Técnica y de Gestión, en el ámbito de sus respectivas competencias, o de
quienes los suplan en funciones.
SEPTIMA. - CAUSAS DE FUERZA MAYOR.
“LAS PARTES”, no serán responsables por cualquier evento de caso fortuito o de fuerza mayor que les
impida parcial o totalmente cumplir con los compromisos contraídos por virtud del presente instrumento, en el
entendido de que dichos supuestos deberán ser debidamente acreditados. “LAS PARTES” se comunicarán de
forma inmediata cualquier hecho o circunstancia que, en razón de la ejecución del presente instrumento, sea
de su conocimiento y pueda perjudicar el cumplimiento del presente Convenio de Coordinación y
Colaboración.
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OCTAVA. - MODIFICACIONES Y ADICIONES.
El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de “LAS PARTES” y por escrito, en
el correspondiente Convenio Modificatorio que obligará a “LAS PARTES” y estará vigente a partir de la fecha
de su firma.
NOVENA. – VIGENCIA.
El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el
cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula Primera de este instrumento, de conformidad con
el calendario establecido en el Anexo A. No obstante lo anterior, los recursos fiscales que transferirá la
SHCP, en términos de la normatividad aplicable, deberán quedar devengados por “LA SECRETARÍA” a más
tardar el 31 de diciembre del 2025.
DÉCIMA. - DIFUSIÓN.
Una vez suscrito el presente Convenio de Coordinación y Colaboración, “LA SECRETARÍA” se
compromete a que, en un periodo no mayor a un mes, lo publicará en el Diario Oficial de la Federación,
de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Planeación; por su parte, dentro del mismo periodo antes
señalado, "LA ENTIDAD FEDERATIVA" publicará el presente instrumento en el Diario Oficial del Gobierno del
Estado de Yucatán.
DÉCIMA PRIMERA. - RESPONSABILIDAD LABORAL.
“LAS PARTES” acuerdan que toda vez que son totalmente independientes, entre ellas no existe una
relación obrero-patronal, en el entendido que en ningún caso y por ningún concepto podrán considerarse
mutuamente como patrones directos, sustitutos o solidarios.
Asimismo, el personal que cada una de “LAS PARTES” designe, comisione o contrate con motivo de la
ejecución de las actividades objeto del presente Convenio, se entenderá exclusivamente relacionado con
la parte que lo designó, comisionó o contrató, quedando bajo su absoluta responsabilidad y dirección, sin que
de ello se derive el nacimiento de algún tipo de relación laboral, u otros derechos u obligaciones para la otra
parte, por lo que en ningún caso podrá considerárseles mutuamente como intermediarios, o como patrones
sustitutos o solidarios, deslindándolos desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter civil, laboral,
penal, administrativa, cuotas obrero patronales y sindicales, vivienda, seguridad social o de cualquier otra
naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. Cada una de “LAS PARTES” se obliga a sacar en
paz y a salvo a las otras de cualquier reclamación que sus respectivos trabajadores llegasen a realizar con
motivo de las actividades emanadas de este instrumento.
DÉCIMA SEGUNDA. - DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.
“LAS PARTES” acuerdan que la información que se genere, deberá observarse lo previsto en la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y demás disposiciones aplicables en la materia.
DÉCIMA TERCERA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” manifiestan que el presente Convenio Coordinación y Colaboración es producto de la
buena fe por lo que se realizarán todas “LAS ACCIONES” para su debido cumplimiento, los asuntos que no
estén expresamente previstos en las mismas, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de su
interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito.
Leídas que fueron las presentes cláusulas y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcances,
suscriben el presente Convenio en 5 (cinco) tantos originales, en la Ciudad de México a los 07 días del mes
de abril del año 2025.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán,
Maestro Joaquín Jesús Díaz Mena.- Rúbrica.- Asistido por: Secretario de Educación del Gobierno del Estado
de Yucatán, Dr. Juan Enrique Balam Várguez.- Rúbrica.- Por el IDEFEEY, Organismo Responsable de la
INFE: Director General, Ing. Gilberto Chan Padilla.- Rúbrica.- Por la Secretaría: Secretario de Infraestructura,
Comunicaciones y Transportes, M. en I. Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- Asistido por:
Subsecretario de Infraestructura, Ing. Juan Carlos Fuentes Orrala.- Rúbrica.- Por la SEMS: Subsecretaria de
Educación Media Superior, Dra. Tania Hogla Rodríguez Mora.- Rúbrica.- Asistida por: Coordinadora
Sectorial de Planeación y Administración, Lic. María Alejandra Carreón Capuchino.- Rúbrica.- Director de
Operación Técnica y Gestión, Arq. Hugo Enrique de Lucio Torres.- Rúbrica.- Por el INIFED: Director
General, Ing. Francisco Javier Cabiedes Uranga.- Rúbrica.
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SECRETARIA ANTICORRUPCION Y BUEN GOBIERNO
ACUERDO por el que la persona titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno delega las facultades
que se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
RAQUEL BUENROSTRO SÁNCHEZ, Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 14, 16, 26, fracción XIII, y 37, fracción XLVI, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y 6, fracción XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde
originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su
competencia y que podrán delegarse para la mejor organización del trabajo, cualesquiera de sus facultades,
excepto aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo deban ser ejercidas por
dichos titulares;
Que el artículo 6, fracción XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
establece que la persona titular de la dependencia podrá delegar sus atribuciones a las unidades
administrativas de dicha secretaría, mediante acuerdos que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación;
Que, el Decreto por el que se expide la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y se
abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 16 de julio de 2025, establece en su artículo transitorio Décimo Séptimo que los asuntos, procedimientos,
expedientes y archivos, que a la fecha de extinción del Órgano Interno de Control en el Instituto Federal de
Telecomunicaciones se encontraban a su cargo, serán transferidos a la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno, y tramitados y resueltos conforme a las disposiciones jurídicas vigentes al momento de su inicio, y
Que, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de los objetivos de esta dependencia y mejorar la
eficiencia en el desarrollo de las funciones a su cargo, resulta necesario delegar facultades en los servidores
públicos de las unidades administrativas adscritas a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, he tenido a
bien emitir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA SECRETARÍA ANTICORRUPCIÓN
Y BUEN GOBIERNO DELEGA LAS FACULTADES QUE SE INDICAN
Artículo Único. Se delegan en las personas servidoras públicas del Órgano Interno de Control en la
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, y del Órgano Interno de Control en la Secretaría de
Economía, así como a las áreas y oficinas de representación adscritas a los mismos, las atribuciones
previstas en el Capítulo V del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, según
corresponda, para la tramitación y resolución de los asuntos, procedimientos, expedientes y archivos del
extinto Órgano Interno de Control en el Instituto Federal de Telecomunicaciones que les hayan sido
transferidos conforme a lo previsto en el transitorio Décimo Séptimo del Decreto por el que se expide la Ley en
Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y se abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las denuncias relacionadas con las personas servidoras públicas del extinto Instituto Federal
de Telecomunicaciones se presentarán ante el Órgano Interno de Control en la Agencia de Transformación
Digital y Telecomunicaciones o el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, en relación con la
transferencia de las unidades administrativas a la Comisión Reguladora de Telecomunicación y a la Comisión
Nacional Antimonopolio.
Tercero. El Órgano Interno de Control en la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones o el
Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, de acuerdo con sus respectivas transferencias, son
competentes para conocer y resolver de los hechos u omisiones previos a la entrada en vigor de este
acuerdo, relativos al extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones, por lo que, podrán realizar los actos de
fiscalización y atender las denuncias correspondientes, así como iniciar los procedimientos de
responsabilidades que procedan.
Ciudad de México, a 03 de noviembre de 2025.- Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, Raquel
Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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SECRETARIA DE SALUD
CONVENIO Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos
presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que
celebran la Secretaría de Salud y la Ciudad de México.
CONVENIO-SaNAS-CDMX/2025
CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN
DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA
EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, EN ADELANTE “CONVENIO ESPECÍFICO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE,
EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS
DE SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR LA DRA. ADRIANA STANFORD CAMARGO, DIRECTORA DE
EVIDENCIA EN SALUD DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA
ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL SECRETARIADO TÉCNICO DEL
CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ,
DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA LIC. NÉRIDA RODRÍGUEZ MEJÍA, COORDINADORA ADMINISTRATIVA
DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA; EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR
GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS;
LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO,
SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL
CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN,
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA, Y EL
MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES;
Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARÁ “EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, REPRESENTADO POR LA DRA. NADINE FLORA
GASMAN ZYLBERMANN, TITULAR DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y TITULAR DE LOS SERVICIOS DE SALUD
PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y EL LIC. JUAN PABLO DE BOTTON FALCÓN , TITULAR DE LA SECRETARÍA
DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ
“LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 28 de febrero de 2013, “LA SECRETARÍA” y "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO"
celebraron el ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”, con el
objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general y fijar las
bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales,
mediante la suscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación de
"EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" con “LA SECRETARÍA”, en términos de los artículos 9 y 13,
apartado B de la Ley General de Salud.
II. De conformidad con lo establecido en la cláusula TERCERA de “EL ACUERDO MARCO”, los
Convenios Específicos que al efecto se celebren serán suscritos por LA DRA. NADINE FLORA GASMAN
ZYLBERMANN, TITULAR DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y TITULAR DE LOS SERVICIOS DE SALUD
PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y EL LIC. JUAN PABLO DE BOTTON FALCÓN, TITULAR DE LA
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS por parte de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO" y por la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional por sí misma, o asistida por los
titulares de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados que tiene adscritos, por
parte de “LA SECRETARÍA”.
III. El Programa Estratégico de Salud para el Bienestar (PESB), publicado en el Diario Oficial de la
Federación (DOF), el 07 de septiembre de 2022, en el subíndice 5.4 numeral 5 “Fortalecimiento de la rectoría
de la Secretaría de Salud para consolidar el Sistema de Salud para el Bienestar”, refiere que, de conformidad
con el marco jurídico vigente, “LA SECRETARÍA” es la dependencia facultada para ejercer la rectoría en todo
el Sistema Nacional de Salud, promoviendo una estrategia de salud pública denominada Servicio Nacional de
Salud Pública (SNSP), a través de la cual, se plantea la reconfiguración institucional para el fortalecimiento de
la rectoría a nivel federal a cargo de la Secretaría de Salud, permitiendo articular de mejor manera las
actividades, programas y acciones de vigilancia y control de los determinantes sociales y problemas de salud
pública a nivel nacional, instituir los lineamientos en materia de recursos humanos capacitados en Salud
Pública que faciliten la organización, desarrollo e integración de las actividades en el territorio nacional, siendo
el brazo operativo de la Secretaría de Salud, mediante estrategias de despliegue territorial y del más cercano
contacto poblacional; que permitan traducir la retórica de la atención primaria a la salud en una realidad e
implementación funcional a favor de la población sin seguridad social.
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En su operación el SNSP, observará las once Funciones Esenciales de la Salud Pública, (FESP)
recomendadas por la Organización Panamericana de la Salud / Organización Mundial de la Salud
(OPS/OMS), mismas que se clasifican en cuatro ejes, tales como: 1) Evaluación; 2) Desarrollo de políticas;
3) Asignación de recursos; y 4) Acceso; priorizando a los sectores poblacionales que cuentan con mayor
marginación en la atención a la salud.
IV. De conformidad con el numeral 3 “Origen de los recursos para la instrumentación del Programa” del
PESB, “LA SECRETARÍA” tendrá como principal fuente de financiamiento para dar cumplimiento a las
acciones y estrategias que garanticen el acceso a la salud para la población sin seguridad social
contempladas en dicho Programa Estratégico, entre las cuales, se encuentra el SNSP, los recursos que le son
asignados a través del Ramo 12 conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio
fiscal.
V. El Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar (MAS-BIENESTAR), publicado en el DOF, con fecha
25 de octubre de 2022, establece en el componente de salud colectiva, que los mecanismos y operación de
rectoría y gobernanza de “LA SECRETARÍA”, así como su operación territorial se llevará a cabo a través
del SNSP.
VI. El MAS- BIENESTAR señala que, la modernización estratégica se conforma de varias estrategias y
líneas de acción para la creación del SNSP, el cual, institucionalmente se encuentra adscrito a la
Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, toda vez que, en ella, así como en sus Unidades
Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados adscritos, a través de sus Programas de Acción
Específicos, actualmente se encuentran inmersas gran parte de las funciones en salud pública; en este
sentido se determina la integración del SNSP como un cuerpo de protección en materia de salud colectiva,
conformado por personas entrenadas para el cumplimiento de las FESP, con el objeto de mejorar la
salvaguarda y protección de la salud poblacional. Al efecto, su conformación será a través de un solo cuerpo
de trabajo que integre a todas las personas servidoras públicas que realizan funciones rectoras, gerenciales y
operativas en materia de salud pública en las entidades federativas y que son financiadas mediante recursos
federales.
VII. El MAS- BIENESTAR establece que, con la creación de los Distritos de Salud para el Bienestar (DSB);
los Centros Coordinadores de Salud para el Bienestar (CCSB) y los Centros Estatales de Emergencias en
Salud (CEES) como estrategias de modernización, se busca garantizar que, las FESP sean ejercidas
sectorialmente y conlleven una visión práctica de la salud pública integral y de las prioridades nacionales, los
cuales operarán con personal del SNSP.
VIII. El 23 de agosto de 2023 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones
Generales del Servicio Nacional de Salud Pública (Acuerdo SNSP), el cual señala en su ARTÍCULO
TERCERO que sus disposiciones deberán implementarse por “LA SECRETARÍA”, a través del SNSP, y
operarán de manera conjunta con las autoridades sanitarias locales, bajo un esquema de cooperación
permanente, con la estructura operativa de las entidades federativas dedicadas a la operación salubrista.
Asimismo, en su ARTÍCULO SEXTO, el Acuerdo SNSP establece que “LA SECRETARÍA”, en
coordinación con las dependencias y entidades que conforman el Sistema de Salud para el Bienestar, así
como las entidades federativas en su calidad de autoridades sanitarias, planeará, organizará y orientará las
acciones para la operación del SNSP, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
IX. Con fecha 08 de noviembre de 2023, mediante oficio SS-0536-2023, el entonces C.Secretario de
Salud, instruyó a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud (ahora Subsecretaría de Políticas
de Salud y Bienestar Poblacional) para que, en estricto apego a la normatividad aplicable, ejecutara las
acciones necesarias para la implementación del SNSP, en el ámbito de su competencia.
X. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos
Desconcentrados, adscritos a la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, es responsable
de coordinar y realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, consideradas en el
MAS-BIENESTAR, las cuales, derivan de los Programas de Acción Específico a su cargo, vigentes a la fecha,
en lo sucesivo “LOS PROGRAMAS”.
XI. Con fecha 27 de noviembre de 2023, “LA SECRETARÍA” y "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO", suscribieron el Convenio de Colaboración y Coordinación para la ejecución de Acciones del
Servicio Nacional de Salud Pública, en adelante “CoNaSer”, con el objeto de establecer las bases y
compromisos, para que “LA SECRETARÍA”, con cargo a los recursos federales y acorde a la disponibilidad
presupuestaria con que cuente para ello, contrate el personal de salud federal que será asignado
a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" para ejecutar las acciones del Servicio Nacional de Salud
Pública; asimismo, se estableció en la Cláusula Décima que, los gastos administrativos que deriven del
cumplimiento de dicho instrumento jurídico, deberán ser realizados con cargo a los recursos propios de cada
una de "LAS PARTES", según corresponda y atendiendo a las disposiciones presupuestarias aplicables.
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XII. En observancia a lo establecido en el “CoNaSer”, en el presente instrumento jurídico se considera la
ministración de los recursos que permitirán dar cumplimiento a lo señalado por parte de “LA SECRETARÍA”
para el ejercicio fiscal 2025.
XIII. En el caso del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, en adelante “UNIDAD TÉCNICA”, tiene
a su cargo el siguiente Programa de Acción Específico y Programa Presupuestario:
Unidad Administrativa/Órgano
Administrativo
Desconcentrado
Programa de Acción Específico y/o
Programa Presupuestario
Clave del Programa
Presupuestario con el
que se relaciona
Centro
Nacional
de
la
Transfusión Sanguínea
Acceso
Universal
a
Sangre,
Hemocomponentes
y
Células
Troncales
Hematopoyéticas seguros/ Asistencia social y
protección del paciente
P013
XIV. Considerando que, la “UNIDAD TÉCNICA”, realiza acciones de acceso equitativo de sangre,
hemocomponentes y células troncales, conforme a su ámbito de competencia; lo cual, contribuye a fortalecer
las acciones de salud pública en las entidades federativas, se considera indispensable su participación en el
presente instrumento jurídico, con la finalidad de dar seguimiento a través de informes técnicos al grado de
avance y cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores establecidos en su respectivo Programa de
Acción Específico.
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA” declara, que:
I.1. El Dr. Ramiro Lopez Elizalde, en su carácter de Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar
Poblacional tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, según lo
previsto en los artículos 2, apartado A, fracción II, 8, fracción XVII y 10 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Salud (RISS), cargo que se acredita con la copia fotostática del nombramiento, la cual se
acompaña como parte del Anexo 1 de este instrumento.
I.2. La Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, entre otras atribuciones, le
corresponde, proponer a la persona titular de la Secretaría de Salud las políticas en las materias de salud
pública, prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, de salud mental y adicciones, y de
discapacidad, así como establecer las estrategias de ejecución, la coordinación, la dirección, la supervisión y
la evaluación de aquellas políticas que sean aprobadas; además, coordinar el proceso de análisis, planeación,
programación, presupuestación y propuesta de mecanismos, conforme a la normatividad vigente, para alinear
y optimizar los recursos asignados a las Unidades Administrativas y órganos administrativos desconcentrados,
bajo su adscripción, coordinar en el ámbito de su competencia el desarrollo de los Consejos Nacionales en
materia de salud pública; elaborar, gestionar, coordinar y promover la integración de las políticas y procesos
de salud pública, y los programas que de ella deriven para la prevención y promoción de la salud, control de
enfermedades, salud mental y adicciones, así como de accidentes; promover mecanismos para fomentar la
participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades
federativas, de los sectores público, privado, social y, de la sociedad en general, en acciones de salud pública,
prevención, promoción de la salud y control de enfermedades, así como en materia de accidentes, salud
mental y adicciones, así como proponer para ello, las estrategias, instrumentos y mecanismos que
correspondan; así como, proponer a la persona titular de la Secretaría, las políticas, estrategias, programas,
lineamientos y disposiciones normativas necesarias para la implementación, operación, vigilancia, evaluación
y control del Servicio Nacional de Salud Pública; dirigir, en coordinación con la Dirección General del Servicio
Nacional de Salud Pública, el Servicio Nacional de Salud Pública; diseñar, articular e instrumentar el modelo
integral de procesos operativos sustantivos que estén a cargo de la Subsecretaría, con la finalidad de procurar
la transversalidad e integración de las operaciones correspondientes; y coordinar las acciones para el
cumplimiento operativo de las diversas unidades responsables y órganos desconcentrados con el fin de que
se privilegie la integralidad de las operaciones entre las diversas áreas bajo la responsabilidad de la
Subsecretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RISS.
I.3. Las Direcciones Generales de Epidemiología; y de Políticas en Salud Pública, así como el
Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, son sus Unidades
Administrativas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado B, fracciones IX, XVIII y XXVI del
RISS, con las atribuciones que les confieren los artículos 30, 35 y 42 del citado reglamento; asimismo los
Centros Nacionales de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva; de la Transfusión Sanguínea; de
Prevención y Control de Enfermedades; para la Prevención y Control del VIH/SIDA y Hepatitis; para la Salud
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de la Infancia y la Adolescencia, y la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones, son algunos de sus
órganos administrativos desconcentrados, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, apartado C,
fracciones VI, VII, VIII, IX, X y XI del RISS, con las atribuciones que se contienen en los artículos 48, 50, 52,
53, 54 del citado ordenamiento reglamentario.
I.4. De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades
Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario
Oficial de la Federación con fecha 27 de marzo de 2025, asisten a la celebración del presente “CONVENIO
ESPECÍFICO” las Direcciones Generales, Políticas en Salud Pública y de Epidemiología, así como el
Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes; los Centros Nacionales de
Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva; la Transfusión Sanguínea; de Prevención y Control de
Enfermedades; para la Prevención y Control del VIH/SIDA y Hepatitis; para la Salud de la Infancia y la
Adolescencia; y la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones en su calidad de Unidades
Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados que, se encuentran adscritos a la Subsecretaría
de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional.
I.5. Con fundamento en los artículos 18 fracción VIII y XVIII; y 46 fracción VII y VIII del RISS, los titulares
de las Direcciones Generales, de Políticas en Salud Pública; de Epidemiología, así como del Secretariado
Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, los Centros Nacionales de Equidad de
Género y Salud Sexual y Reproductiva; de la Transfusión Sanguínea; de Prevención y Control de
Enfermedades; para la Prevención y Control del VIH/SIDA y Hepatitis; y para la Salud de la Infancia y la
Adolescencia, y la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones, se encuentran facultados para suscribir
el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que
en copia fotostática se acompañan como parte del Anexo 1 del presente instrumento. Asimismo, de acuerdo
con lo establecido en el RISS, a las citadas unidades administrativas y órganos administrativos
desconcentrados, les corresponde, entre otras atribuciones, proponer las políticas y estrategias nacionales de
prevención y control de enfermedades, políticas en salud pública, de transfusión sanguínea y vigilancia
epidemiológica, participar en el ámbito de sus respectivas competencias en la instrumentación del Sistema
Nacional de Salud y el Sistema Nacional de Salud Pública; promover la celebración de acuerdos de
coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; y proponer o definir los mecanismos que
permitan el control en el suministro y la distribución oportuna, suficiente y de calidad del material y los insumos
utilizados en “LOS PROGRAMAS”.
I.6. Cada una de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados adscritos a la
Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, cuentan con la disponibilidad técnica y
presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente
instrumento, de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025.
I.7. Para los efectos del presente “CONVENIO ESPECÍFICO” se señala como su domicilio el ubicado en la
Av. Marina Nacional número 60, Colonia Tacuba, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal
11410, en la Ciudad de México.
II.
"EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" declara que:
1.
Que el Lic. Juan Pablo de Botton Falcón, en su carácter de Titular de la Secretaría de
Administración y Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 69 de la Ley de Contabilidad Gubernamental, 11, fracción I, 13, 16
fracción II, 18, 20, fracción IX y XXII, y 27 fracción XL, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y
de la Administración Pública de la Ciudad de México, y los artículos 7, fracción II, 20 fracción I y
XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de
México, participando en el presente Convenio, única y exclusivamente para efectos de transferir
los recursos que ministre en los términos de este Convenio “LA SECRETARÍA” a la Unidad
Ejecutora, de conformidad con lo previsto en los artículos 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, y acredita su cargo mediante nombramiento que en copia simple se adjunta al
presente como Anexo 1, para formar parte integrante de su contexto.
2.
Que la Dra. Nadine Flora Gasman Zylbermann, en su carácter de Titular de la Secretaría de
Salud y Titular de los Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, asiste a la suscripción
del presente Convenio, de conformidad con los artículos 11 fracción I, 16, fracciones XV, 40 y
74 fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la
Ciudad de México, 20 fracción XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la
Administración Pública de la Ciudad de México y 14 fracciones II, VI, VIII y IX del Estatuto
Orgánico de Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, acredita su cargo mediante
nombramiento que en copia simple se adjunta al presente como Anexo 1, para formar parte
integrante de su contexto.
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3.
Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento
son: proponer, coordinar, ejecutar y supervisar la política en materia de salud, apoyar los
programas de servicios de salud, atención médica social, prevención de enfermedades y poner
en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no
transmisibles y otros daños a la salud, de conformidad con lo establecido en los artículos 1, 3, 9
y 13 de la Ley General de Salud y 1, 5, 7, 10, 15, 16, 19 y 24 de la Ley de Salud de la Ciudad
de México.
4.
Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico, señala como su
domicilio el ubicado en calle Insurgentes norte No. 423, piso 22, Colonia U.H. Nonoalco
Tlatelolco, C.P. 06900, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México.
Expuesto lo anterior, toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone
en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios, serán responsables en el
ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables, así como que dichas ministraciones se sujeten a los criterios de objetividad, equidad,
transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicha Ley se señalan, “LAS PARTES” celebran
el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente “CONVENIO ESPECÍFICO” tiene por objeto ministrar insumos y
recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO" para coordinar su participación con “LA SECRETARÍA”, en términos de los artículos 9 y 13,
apartado B de la Ley General de Salud, que permitan a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO"
realizar acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR, mediante intervenciones
transversales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de
“LOS PROGRAMAS”, a fin de contribuir con "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" a la adecuada
operación del SNSP.
En los Anexos 2, 3, 4, 5 y 6 del presente instrumento, se señalan “LOS PROGRAMAS” en los que se
encuentran inmersas las acciones en materia de salud pública en las que deberán aplicarse los insumos y
recursos presupuestarios federales ministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" y en el
Anexo 7 se precisan los Indicadores y Metas, que servirán para la medición, evaluación y rendición de
cuentas del ejercicio y aplicación de los recursos ministrados e insumos suministrados a "EL EJECUTIVO DE
LA CIUDAD DE MÉXICO" anexos que debidamente firmados por “LAS PARTES” forman parte integral
del mismo.
La ministración de recursos presupuestarios y suministro de insumos federales que efectúe
“LA SECRETARÍA” a “EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" se realizará conforme al Anexo 2 del
presente instrumento.
La ministración de recursos presupuestarios federales que realice “LA SECRETARÍA” a "EL EJECUTIVO
DE LA CIUDAD DE MÉXICO" se hará considerando la estacionalidad del gasto y, en su caso, el calendario
presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de
Administración Financiera Federal (SIAFF). Dicha ministración se hará una vez que se haya formalizado por
“LAS PARTES” el presente instrumento jurídico y/o cualquier otro documento que sea necesario para la
operación de cualquiera de “LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales otorgados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" se
considerarán devengados para “LA SECRETARÍA”, a partir de que ésta realice la entrega de los mismos a la
Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", no así para
"EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; por lo que, se registrarán por
"EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas
aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que su
asignación, ejercicio, ejecución y comprobación deberá sujetarse a las disposiciones federales aplicables.
Cuando la entrega sea de insumos en especie “LA SECRETARÍA” realizará la entrega a "EL EJECUTIVO
DE LA CIUDAD DE MÉXICO" según su necesidad y disponibilidad; dichos insumos pasarán a custodia
de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" hasta su destino final, debiendo comprobarse en términos
de la normativa aplicable.
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SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO",
recursos federales con el carácter de subsidios, por la cantidad de $ 290,449,377.57 (DOSCIENTOS
NOVENTA MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE
PESOS 57/100 M.N.), para la realización de acciones en materia de salud pública, mediante intervenciones
transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y
parámetros de “LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $ 95,629,753.01 (NOVENTA Y CINCO
MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES 01/100 M.N.), se
radicarán a la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", en
la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada
por escrito a “LA SECRETARÍA”.
Para tal efecto, la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO", procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y
específica para este “CONVENIO ESPECÍFICO”, en la institución de crédito bancaria que determine, con la
finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
La ministración de recursos a que se refiere la presente Cláusula se realizará por cada una de las
Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados conforme al calendario establecido en
el Anexo 3 del presente instrumento jurídico, por lo cual, será requisito indispensable que “LA SECRETARIA”
cuente con el original del presente Convenio, debidamente suscrito por “LAS PARTES” así como el registro de
la cuenta bancaria en el Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP) de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.
“LA SECRETARIA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, notificará a "EL EJECUTIVO DE LA
CIUDAD DE MÉXICO" la fecha en que realizó la ministración de los recursos presupuestarios a la Secretaría
de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", conforme a los Mecanismos
de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio.
La Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" se obliga a
ministrar los recursos a que se refiere el párrafo anterior a la UNIDAD EJECUTORA, junto con los
rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para
tal efecto, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que “LA SECRETARÍA” le radique
dichos recursos, de conformidad con el “ACUERDO MARCO”.
Para efectos de este “CONVENIO ESPECÍFICO” se entenderá como UNIDAD EJECUTORA a la
Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México.
La UNIDAD EJECUTORA deberá informar mediante oficio a “LA SECRETARÍA” por conducto de las
Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno
de “LOS PROGRAMAS”, dentro del plazo señalado anteriormente, de manera enunciativa mas no limitativa: el
monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados por la Secretaría de
Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".
La UNIDAD EJECUTORA deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría
de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" abrir una cuenta bancaria
productiva, única y específica para este “CONVENIO ESPECÍFICO”, a lo cual, no se podrá aperturar otro tipo
de cuenta, ni transferir lo ministrado a otras cuentas. En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente
párrafo, “LA SECRETARÍA”, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, estará en aptitud de suspender o
cancelar subsecuentes ministraciones de subsidios.
Los recursos presupuestarios federales ministrados, que después de radicados en la Secretaría de
Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", no hayan sido ministrados a la
UNIDAD EJECUTORA dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, o que una vez ministrados a esta
última, no sean ejercidos y comprobados en los términos establecidos en los Mecanismos de cumplimiento de
las obligaciones establecidas en el Convenio, serán considerados por “LA SECRETARÍA” como recursos
ociosos, debiendo "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" proceder a su reintegro junto con sus
rendimientos financieros al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días naturales
siguientes en que lo requiera “LA SECRETARÍA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos
Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”. Dicho reintegro aplicará
también en aquellos casos en que los recursos sean desviados para propósitos distintos a los autorizados en
el presente instrumento.
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Asimismo, una vez concluido el mes en que se haya realizado la ministración, la Secretaría de
Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", deberá identificar y remitir
a “LA SECRETARÍA” por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, a manera de informe y mediante oficio;
el estado de cuenta bancario en donde se identifiquen los recursos presupuestarios federales ministrados y
los rendimientos financieros generados.
Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO", por un monto total de $194,819,624.56 (CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES
OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO 56/100 M.N.), serán entregados
directamente a la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México.
Los insumos federales que no sean destinados en tiempo y forma al objeto del presente instrumento
jurídico serán considerados por “LA SECRETARÍA” como recursos ociosos, por lo que las Unidades
Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de “LOS PROGRAMAS”, podrán
solicitar su devolución para reasignarlos.
Los insumos/ bienes derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARIA”, una vez cubiertos los
requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, que sean suministrados a “EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico, se señalan
para efectos informativos en el Anexo 6 del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, por lo que el control,
vigilancia y supervisión respecto de la aplicación, ejercicio y comprobación de dichos insumos/ bienes, serán
responsabilidad de la Unidad Administrativa u Órgano Administrativo Desconcentrado que haya recibido la
donación, En consecuencia, la información de la distribución de los insumos/bienes referidos en el presente
párrafo se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
“LAS PARTES” convienen expresamente que los recursos presupuestarios federales e insumos federales
otorgados en el presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, no son susceptibles de presupuestarse en los ejercicios
fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de ministraciones posteriores en ejercicios fiscales
subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera
derivar del objeto del presente instrumento, ni de operaciones inherentes a las obras y equipamientos, ni para
cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
“LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, como parte
de sus atribuciones que tiene para coordinar el proceso de análisis, planeación, programación,
presupuestación y propuesta de mecanismos, conforme a la normatividad vigente, para alinear y optimizar los
recursos asignados a las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, así como,
promover mecanismos para fomentar la participación de las entidades federativas, en acciones de salud
pública, prevención, promoción de la salud y control de enfermedades, así como en materia de accidentes,
salud mental y adicciones y, proponer para ello, las estrategias, instrumentos y mecanismos que
correspondan; podrá establecer en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, que se realicen ministraciones
subsecuentes de recursos presupuestarios durante el presente ejercicio fiscal y con cargo a los recursos
disponibles, conforme a las previsiones que se establecen en el presente “CONVENIO ESPECÍFICO”,
considerando los siguientes objetivos:
1. El inicio de operaciones en las entidades federativas.
2. Consolidación y continuidad en el ejercicio del gasto.
3. Necesidades en materia de salud pública detectadas derivado de la operación en las entidades
federativas o la atención de urgencias y/o emergencias en salud.
Con base en lo descrito en el párrafo anterior, el monto al que se refiere la presente cláusula se destinará
al inicio de operaciones en las entidades federativas en cumplimiento a las acciones previstas en el presente
“CONVENIO ESPECÍFICO”, y sus anexos.
“LAS PARTES” acuerdan que los recursos destinados en el marco del presente convenio serán
ministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” en una o varias ministraciones, conforme a lo
establecido en el Anexo 3 del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, sin que sea limitante para ministraciones
futuras que, en su caso el “GTT” determine se requieran para atender la necesidad de mejoras en la
operación de “LOS PROGRAMAS”, acreditando la correcta aplicación y comprobación de los recursos
conforme a los objetivos pactados, indicadores y metas establecidos, en observancia a lo dispuesto por la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, y demás normativa aplicable
a la materia.
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Por lo tanto, en caso de incumplimiento “LA SECRETARÍA” por conducto de las Unidades Administrativas
u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, estará en
aptitud de suspender o cancelar las ministraciones de subsidios.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. Para asegurar la
transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados “LA SECRETARÍA”
y "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" convienen en sujetarse a lo siguiente:
1. “LA SECRETARÍA” verificará, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, dentro del marco de sus atribuciones y
a través de los mecanismos que implemente para tal fin, que los recursos presupuestarios federales
ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, sean
destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico a que se refiere la Cláusula
Primera, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del
Ejecutivo Federal.
2. Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que “LA SECRETARÍA” se compromete a
ministrar y suministrar, respectivamente, a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de las
Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno
de “LOS PROGRAMAS”, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones
correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario
que para tal efecto se establezca.
3. “LA SECRETARÍA”, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de “LOS PROGRAMAS”, podrá vigilar, supervisar, dar seguimiento, informar y
evaluar en todo momento las obligaciones que asume "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" así
como la aplicación y destino de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se le
entregan en el marco del presente instrumento.
4. “LA SECRETARÍA”, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de “LOS PROGRAMAS”, aplicará las medidas que procedan de acuerdo con
la normativa vigente y, en su caso, suspenderá o cancelará las subsecuentes ministraciones de recursos
presupuestarios federales, cuando éstos no hayan sido aplicados por "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO", para los fines objeto del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, o bien, se hayan aplicado en
contravención a sus cláusulas o a las de “EL ACUERDO MARCO”.
5. "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", dentro de los primeros diez (10) días hábiles siguientes
al término de cada mes que se reporte, enviará a “LA SECRETARÍA” por conducto de las Unidades
Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de “LOS PROGRAMAS”, el
informe detallado sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud
del presente instrumento jurídico, así como pormenorizado sobre el avance financiero y copia del estado de
cuenta bancario más reciente, sin que este exceda de un mes, mediante los cuales, deberá identificar e
informar las transferencias o erogaciones realizadas y los rendimientos financieros generados, en su caso.
Dicho informe se rendirá conforme al formato denominado Medición, Evaluación y Rendición de Cuentas,
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública que se adjunta al
presente instrumento como Anexo 8 al que deberá acompañarse copia legible de la documentación
justificatoria y comprobatoria correspondiente o, en su caso, un disco compacto que contenga copia digital
legible de dicha documentación; así como el estado de cuenta bancario al que se hace referencia y la
Relación de Gasto sobre el ejercicio de los recursos transferidos. En virtud de ello, el informe que presente
"EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", deberá corresponder con los CFDI y la copia del estado de
cuenta bancario respectivo.
En el informe mensual a que se refiere el presente numeral, sólo se señalarán los recursos efectivamente
ejercidos durante el mes que se reporta. En el supuesto de que en un mes no se ejercieran recursos, el
informe se enviará en ceros, acompañado de una justificación que sustente las razones por las que no fueron
ejercidos recursos en el mismo. El cómputo del primer mes a informar, comenzará a partir de la fecha de
realización de la ministración de recursos a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO",
“LA
SECRETARÍA”
por
conducto
de
las
Unidades
Administrativas
u
Órganos
Administrativos
Desconcentrados responsables de “LOS PROGRAMAS”, podrá en todo momento, verificar en coordinación
con "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", la documentación que permita observar el ejercicio de los
recursos presupuestarios federales transferidos a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", así como
sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y
comprueben el ejercicio de dichos recursos.
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6. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere
necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales,
a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación,
ejecución
y
comprobación
de
los
recursos
presupuestarios
e
insumos
federales
ministrados
a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".
"EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" queda obligada a la entrega del formato de certificación del
gasto de acuerdo a lo establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a
los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la
documentación original comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los
recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento.
7. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e
insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente,
a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de
las obligaciones establecidas en el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la
Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades
Administrativas
u
Órganos
Administrativos
Desconcentrados
responsables
de
cada
uno
de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento a la comprobación del gasto de los recursos
presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO".
8. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales
que sean transferidos a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", así como en la entrega de los
informes y documentación correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u
Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo
dispuesto por el artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, estará en aptitud de suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos
presupuestarios federales, dando aviso de inmediato de dicha omisión.a las autoridades fiscalizadoras
federales y estatales competentes.
9. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en
coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de
cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante “Portal
SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con "EL EJECUTIVO DE LA
CIUDAD DE MÉXICO".
CUARTA. INDICADORES Y METAS. - Los recursos federales que ministre “LA SECRETARÍA”
a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", se aplicarán para la realización de las acciones en materia
de salud pública a que se refiere la Cláusula Primera del presente instrumento, mediante la implementación
de intervenciones transversales, integrales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el
bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS” que se establecen en el Anexo 7 del presente instrumento.
QUINTA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. – Los recursos presupuestarios federales e insumos
federales que ministre y suministre respectivamente “LA SECRETARIA” a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO", se aplicaran para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas
en el MAS-BIENESTAR que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y
parámetros establecidos en “LOS PROGRAMAS” a fin de contribuir con "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO" a la adecuada operación del SNSP.
Los recursos presupuestarios federales a los que alude la Cláusula SEGUNDA de este instrumento
jurídico y los rendimientos financieros que éstos generen a que refiere el párrafo anterior, deberán ser
ejercidos con cargo a las partidas de gasto autorizadas por “LA SECRETARÍA” a través de las
Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno
de “LOS PROGRAMAS” y conforme a las disposiciones jurídicas federales en materia de ejercicio y ejecución
del gasto.
Los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este
“CONVENIO ESPECÍFICO” no podrán desviarse hacia cuentas en las que "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO" maneje otro tipo de recursos ni traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán
conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital, de conformidad con el Clasificador por
Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.
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SEXTA. DOCUMENTOS PARA LA COMPROBACIÓN DE RECURSOS. - Los requisitos y
especificaciones para el ejercicio y la comprobación de recursos ministrados a través del presente Convenio,
establecidos en los Criterios para la contratación de personal con recursos de Ramo 12, 2025; y Criterios para
la Comprobación del Gasto, 2025, son de carácter obligatorio para “LAS PARTES”, por lo que, en caso de
incumplimiento
a
lo
establecido
en
dichos
Criterios,
“LA
SECRETARÍA”
a
través
de
sus
Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de
“LOS PROGRAMAS”, en observancia a lo dispuesto en la Cláusula Décima Primera del presente instrumento
y conforme a sus respectivos ámbitos de competencia, podrá informar a las instancias de fiscalización federal
y/o estatal dicho incumplimiento para los efectos legales a que haya lugar.
SÉPTIMA. GASTOS ADMINISTRATIVOS. - “LAS PARTES" convienen en que los gastos administrativos
que deriven del cumplimiento del presente instrumento jurídico deberán ser realizados por "EL EJECUTIVO
DE LA CIUDAD DE MÉXICO" con cargo a sus recursos propios.
En el caso de los gastos administrativos correspondientes a la operación del SNSP correlacionados con la
suscripción del “CoNaSer”, los cuales, ascienden a un monto total de $1,482,408.15 (UN MILLON
CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHO PESOS 15/100 M.N.), serán
ministrados por “LA SECRETARÍA” a través de la Dirección General de Políticas en Salud Pública
a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", y se deberá observar lo establecido en los Criterios para la
Comprobación del Gasto, 2025, mismos que, para tal efecto, se encuentran publicados en el “Portal SaNAS”.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".- "EL EJECUTIVO DE LA
CIUDAD DE MÉXICO", adicionalmente a las obligaciones establecidas en “EL ACUERDO MARCO”, deberá:
I. Informar mediante oficio y correo electrónico dirigido a “LA SECRETARÍA” a través de sus
Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno
de “LOS PROGRAMAS”, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los recursos ministrados por
“LA SECRETARÍA” a la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO", objeto del presente Convenio, con el archivo electrónico, en formato PDF, el recibo del
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), con el cual, acredite la recepción de dichos recursos, en
observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio.
II. Aplicar la totalidad de los recursos presupuestarios federales e insumos federales a que se refiere la
Cláusula Primera de este “CONVENIO ESPECÍFICO”, exclusivamente para la realización de acciones en
materia de salud pública, mediante la implementación de intervenciones transversales y funcionales para el
cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”, con estricta
sujeción a lo establecido en el Anexo 7 del presente instrumento, por lo que, se hace responsable del
ejercicio, uso, aplicación y destino de los citados recursos federales.
III. Remitir por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA
CIUDAD DE MÉXICO", a “LA SECRETARÍA”, a través de sus Unidades Administrativas y Órganos
Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” en un plazo no mayor a
diez (10) días hábiles posteriores al cierre de mes, en el cual, se hayan recibido los recursos federales que se
detallan en el presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, el CFDI conforme a la normatividad aplicable y el estado
de cuenta bancario en el cual, deberá identificar los rendimientos generados.
Asimismo, la UNIDAD EJECUTORA deberá remitir a “LA SECRETARÍA”, a través de sus Unidades
Administrativas
y
Órganos
Administrativos
Desconcentrados
responsables
de
cada
uno
de “LOS PROGRAMAS” mediante oficio, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores al cierre de
mes en el cual, se realizó la recepción de la ministración por parte de la Secretaría de Administración y
Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", el estado de cuenta bancario que acredite la
recepción de dichas ministraciones y deberá informar los rendimientos financieros que le hayan sido
ministrados, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refieren los
párrafos anteriores deberá precisar el monto de los recursos transferidos; señalar las fechas de emisión y de
recepción de los recursos; precisar el nombre del programa institucional y los conceptos relativos a los
recursos federales recibidos. Dicha documentación deberá remitirse en archivo electrónico CFDI, junto con los
estados de cuenta bancarios que acrediten la recepción de dichos recursos.
IV. Entregar a “LA SECRETARÍA”, a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar
Poblacional, los certificados del gasto que correspondan, respecto de la comprobación del gasto de los
recursos presupuestarios federales ministrados, así como de los reintegros a la Tesorería de la Federación
que realice "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", elaborados y validados por el titular de la
Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, o por aquel servidor público en
quien éste delegue dichas funciones, conforme a la normativa aplicable en "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO", de acuerdo a los formatos establecidos en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025,
en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio.
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V. Obtener la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de
este “CONVENIO ESPECÍFICO”, la cual, deberá estar a nombre de la Secretaría de Salud y/o Servicios de
Salud Pública de la Ciudad de México y cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del
Código Fiscal de la Federación, así como con los requisitos que establezcan los Criterios para la
Comprobación del Gasto, 2025, mismos que forman parte del presente instrumento. Dicha documentación
comprobatoria se deberá cancelar con la leyenda “Operado”, y se identificará con el nombre
de “LOS PROGRAMAS” en los que se haya efectuado el gasto, haciéndose mención expresa a que dichas
erogaciones corresponden al ejercicio fiscal 2025.
VI. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud por lo menos 5 años posteriores a su
expedición, la documentación comprobatoria original de carácter técnico, administrativo y operativo del
cumplimiento de las metas a que hace referencia el Anexo 7 del presente instrumento y, en su caso,
proporcionarla cuando ésta le sea requerida por “LA SECRETARÍA”, por la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que
éstas últimas llegaran a requerirle.
VII. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la
Ciudad de México, por lo menos 10 años a partir de la fecha de su expedición, la documentación
comprobatoria y justificatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados y, en su caso,
proporcionarla cuando ésta le sea requerida por “LA SECRETARÍA”, por la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que
éstas últimas llegaran a requerirle.
VIII. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la
Ciudad de México, la documentación comprobatoria original de los insumos federales suministrados, así como
aquella que soporte su debida aplicación, entendiéndose por ésta, a la entrega de dichos insumos que realiza
la unidad ejecutora a los Establecimientos de Salud que correspondan, hasta en tanto dicha documentación le
sea requerida por “LA SECRETARÍA”, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de
fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a
requerirle.
IX. Entregar a “LA SECRETARÍA”, a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar
Poblacional en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el
Convenio, mediante los formatos establecidos en el Anexo 9 del presente instrumento, conforme resulte
aplicable, y con los requisitos solicitados, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación del primero,
segundo y tercer trimestre del ejercicio fiscal 2025 y a más tardar el 15 de marzo del 2026, el correspondiente
al cuarto trimestre del ejercicio 2025, el informe sobre:
a. El avance del ejercicio de los recursos ministrados financieros ministrados a "EL EJECUTIVO DE LA
CIUDAD DE MÉXICO", señalando el nombre del Programa al que se destinan los recursos, monto de los
recursos programados, ministrados comprometidos, ejercidos, reintegrados a la TESOFE y por ejercer.
b. El avance en el suministro y destino de los insumos/bienes enviados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO", señalando el nombre del Programa, índice, descripción del bien/descripción complementaria,
fuente de financiamiento, cantidad programada, costo total estimado, cantidad real ministrada, costo total real,
porcentaje de avance suministrado, pendiente por suministrar, cantidad real aplicada, porcentaje de avance
aplicado y por aplicar.
c. El avance de indicadores, señalando el nombre del programa, índice, actividad general, indicador,
frecuencia de medición, medición de avance, meta, meta programada, presupuesto, meta realizada y
porcentaje de avance.
X. Entregar a “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados que tienen a cargo cada uno de “LOS PROGRAMAS”, la documentación comprobatoria que
soporte la aplicación de los insumos federales suministrados, a que hace referencia la fracción VIII de la
presente Cláusula.
XI. Integrar la información financiera relativa a los recursos federales transferidos para la ejecución del
objeto del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, en los términos previstos en el artículo 70 de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental.
XII. Reportar de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para
el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos
establecidos por las direcciones generales de Políticas en Salud Pública y de Epidemiología y por los centros
nacionales de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva; de Prevención y Control de Enfermedades;
para la Prevención y Control del VIH/SIDA y Hepatitis y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia.
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XIII. Manejar adecuadamente el ciclo logístico para la conservación y distribución oportuna de los insumos
federales que se le suministren con motivo de este instrumento.
XIV. Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones jurídicas aplicables al ejercicio del gasto público
federal, dando aviso a las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada, conforme a lo establecido
en la normativa aplicable, por conducto de la UNIDAD EJECUTORA, responsable ante “LA SECRETARÍA” del
adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
XV. Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el
cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de
aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de
los recursos federales ministrados, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
XVI. Gestionar a través de la UNIDAD EJECUTORA, a mas tardar a los cinco (5) días hábiles de la
recepción de los recursos, el inicio de los procesos de adquisición y contratación necesarios para dar
cumplimiento al objeto del presente instrumento jurídico e informar mensualmente mediante correo electrónico
institucional a “LA SECRETARÍA” respecto del avance de los mismos, conforme a lo dispuesto en los
Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio.
XVII. Mantener en condiciones óptimas de operación, los sistemas de red de frío para el mantenimiento de
los insumos y vigilar la vigencia de los insumos federales suministrados de aplicación directa a la población de
su circunscripción territorial, evitando la caducidad de los mismos.
XVIII. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales
suministrados con motivo del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, una vez devengados conforme al avance
del ejercicio e informar de ello en la cuenta pública de la Hacienda Pública Estatal y en los demás informes
que le sean requeridos, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que en su asignación, ejercicio,
ejecución y comprobación se sujetará a las disposiciones federales aplicables.
XIX. Verificar que todos los procedimientos referentes a la remodelación, modificación, ampliación y
equipamiento de los laboratorios de referencia epidemiológica que se realicen en "EL EJECUTIVO DE LA
CIUDAD DE MÉXICO" cumplan con lo dispuesto por las leyes, reglamentos, decretos, circulares y normas de
las autoridades competentes en materia de salubridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en
el ámbito federal.
XX. Registrar como activos fijos, los bienes muebles que serán adquiridos con cargo a los recursos
presupuestarios federales objeto de este instrumento, de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes
en materia de ejercicio, registro y contabilidad del gasto público gubernamental.
XXI. Contratar con recursos de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", y mantener vigentes las
pólizas de seguros y de mantenimientos preventivo y correctivo de los bienes muebles, que cubran el valor de
los que sean adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento.
XXII. Contratar los recursos humanos calificados para el reforzamiento de la implementación del SNSP y
las intervenciones de las acciones en materia de salud pública que se encuentran inmersas
en “LOS PROGRAMAS”, establecidas en el MAS-BIENESTAR, conforme a lo establecido en el Anexo 5 del
presente instrumento jurídico y, en su caso, proporcionarles los gastos de operación, con cargo a los recursos
federales que se ministren con motivo del presente Convenio, con apego a los Lineamientos por los que se
establecen las medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal.
XXIII. Mantener actualizada, la información relativa a los avances en el ejercicio de los resultados de los
recursos transferidos, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de los
resultados que se obtengan con los mismos.
XXIV. Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas a indicadores y metas,
establecer medidas de mejora continua para su cumplimiento a que se destinan los recursos federales
ministrados.
XXV. Informar sobre la suscripción de este “CONVENIO ESPECÍFICO” al órgano técnico de fiscalización
de la legislatura local en "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".
XXVI. Publicar el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” en el órgano de difusión oficial de "EL EJECUTIVO
DE LA CIUDAD DE MÉXICO".
XXVII. Difundir en su página de Internet el listado de “LOS PROGRAMAS” financiados con los recursos
que le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados, en los
términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
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XXVIII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a los plazos y requisitos previstos en el
artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, los recursos
presupuestarios federales ministrados que, al 31 de diciembre de 2025, no hayan sido devengados.
XXIX. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del
ejercicio, los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales ministrados
por “LA SECRETARÍA”, e informar mensualmente a cada Unidad Administrativa u Órgano Administrativo
Desconcentrado que corresponda, los rendimientos financieros generados, así como el depósito que de estos
se haya realizado a dicha Tesorería, adjuntando los estados de cuenta bancarios correspondientes, así como
informar a las diferentes instancias fiscalizadoras, cuando así lo requieran, el monto y fecha de dichos
reintegros.
En caso de realizar reintegros extemporáneos deberán realizar el cálculo y pago de cargas financieras de
conformidad con lo establecido en el numeral 55 de las Disposiciones Generales en Materia de Funciones de
Tesorería, debiendo entregar la documentación comprobatoria (línea de captura, recibo de pago bancario y el
recibo del Pago Electrónico de Contribuciones Federales (PEC), en donde aparezca la clave de la
dependencia y número de referencia) de dichos pagos a “LA SECRETARÍA” por conducto de las
Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno
de “LOS PROGRAMAS”.
La autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos presupuestarios
federales erogados a que se refiere la fracción VI de esta Cláusula, será responsabilidad de la Secretaría de
Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México.
NOVENA. OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”. - “LA SECRETARÍA”, por conducto de las
Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno
de “LOS PROGRAMAS”, adicionalmente a las obligaciones establecidas en “EL ACUERDO MARCO”, estará
obligada a:
I. Ministrar los recursos presupuestarios federales a la Secretaría de Administración y Finanzas
de la "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", señalados en la Cláusula Primera del presente
instrumento de conformidad con el Anexo 3 de este “CONVENIO ESPECÍFICO” y notificar mediante oficio a
"EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", la fecha de dicha ministración, en observancia a los
Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio.
II. Suministrar los insumos federales a la Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública de la Ciudad
de México de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", señalados en la Cláusula Primera del presente
instrumento, de conformidad con lo establecido y detallado en el Anexo 6 de este “CONVENIO ESPECÍFICO”.
III. Verificar que los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se ministren y
suministren, respectivamente, no permanezcan ociosos y que sean destinados únicamente para la realización
de acciones en materia de salud pública, mediante la implementación de intervenciones transversales y
funcionales
para
el
cumplimiento
de
indicadores,
metas
para
el
bienestar
y
parámetros
de “LOS PROGRAMAS”, a que se refiere la Cláusula Primera de este “CONVENIO ESPECÍFICO”, sin
perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias de fiscalización federales.
IV. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier
otro instrumento jurídico que formalice "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" para cumplir con el
objeto para el cual, serán destinados los recursos presupuestarios federales ministrados, observando en
materia de contratación de recursos humanos lo establecido en los Criterios para la contratación de personal
con recursos de Ramo 12, 2025.
V. Proporcionar la asesoría técnica necesaria, cuando sea requerida, a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO" a fin de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, en los tiempos y para la
prestación de los servicios relacionados con las materias de salubridad general.
VI. Practicar, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento , las cuales
podrán ser virtuales o presenciales y serán coordinadas por la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar
Poblacional conforme al calendario que, para tal efecto se establezca, como mecanismo para asegurar la
aplicación de los recursos federales ministrados y el cumplimiento del objeto del presente instrumento, sin
perjuicio de que las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados puedan realizar
visitas de supervisión o reuniones de seguimiento de carácter técnico, de conformidad con lo establecido en el
numeral 6 de la Clausula Tercera del presente instrumento.
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VII. Aplicar, las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informar, a través de la
Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno,
a la Auditoria Superior de la Federación, a la Secretaría de la Contraloría estatal o equivalente
de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", así como a la Dirección General de Programación y
Presupuesto de “LA SECRETARÍA” y, ésta a su vez, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los casos
en que: a) Se determine suspender o cancelar la ministración de los recursos presupuestarios federales objeto
de este Convenio y b) Se determine el reintegro a la Tesorería de la Federación los recursos federales que se
hayan ministrado a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".
VIII. Informar en la cuenta pública de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean
requeridos, sobre la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales
suministrados con motivo del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”.
IX. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO",
sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento, mediante los formatos de Informes
Trimestrales a que hace referencia la fracción IX de la Cláusula Octava del presente instrumento, en
observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio.
X. Realizar, en el ámbito de su competencia, la vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos
presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento serán ministrados y
suministrados, respectivamente, a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" de conformidad con las
disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de
las acciones de verificación, control, evaluación y fiscalización a que hace referencia la Cláusula Décima
Primera del presente instrumento.
XI. Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas a indicadores y metas,
establecer medidas de mejora continua para su cumplimiento a que se destinan los recursos federales
ministrados.
XII. Emitir a más tardar el 15 de marzo de 2026, mediante el formato establecido en el Anexo 10 del
presente instrumento jurídico, el Acta de Conciliación de Insumos. Dicha Acta se generará, siempre y cuando
existan diferencias entre las cantidades de insumos e importes programados en el presente convenio y los
insumos ministrados por las Unidades Administrativas y/o Órganos Administrativos Desconcentrados a las
entidades federativas, conforme a las remisiones y/o los documentos oficiales con los que se acredite la
entrega de insumos, en observancia a los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el
Convenio.
XIII. Emitir, a más tardar el 15 de abril de 2026, mediante el formato establecido en el Anexo 10 del
presente instrumento jurídico, la Constancia de Cierre de Presupuesto, una vez que la "EL EJECUTIVO DE
LA CIUDAD DE MÉXICO", haya concluido con la comprobación de los recursos ejercidos y, en su caso, con el
reintegro de los no comprobados, en los plazos señalados en el presente instrumento, en observancia a los
Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio.
XIV. Designar a las personas servidoras públicas responsables de asistir a las personas Titulares de la
Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, y de las Unidades Administrativas y Órganos
Administrativos Desconcentrados en las acciones de seguimiento necesarias para el cumplimiento de las
obligaciones del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”.
XV. Informar sobre la suscripción de este “CONVENIO ESPECÍFICO”, a la Auditoría Superior de la
Federación.
XVI. Publicar el presente “CONVENIO ESPECÍFICO” en el Diario Oficial de la Federación.
XVII. Difundir en su página de Internet el listado de “LOS PROGRAMAS” financiados con los recursos que
le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados, en los términos
de las disposiciones jurídicas aplicables.
DÉCIMA - DE LA COOPERACIÓN TÉCNICA Y SEGUIMIENTO AL PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO Y AL PROGRAMA PRESUPUESTARIO” - La “UNIDAD TÉCNICA” tendrá la obligación de
entregar mediante oficio dirigido al Titular de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional la
información correspondiente al grado de avance y cumplimiento de objetivos, estrategias, líneas de acción,
actividades e indicadores establecidos en el Programa de Acción Específico y en el programa presupuestario,
según corresponda, para su respectivo seguimiento, teniendo como fecha límite el 15 de abril de 2026.
Asimismo, la “UNIDAD TÉCNICA” deberá proporcionar la cooperación técnica que, en su caso, les sea
requerida por "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", conforme al ámbito de sus respectivas
competencias.
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DIARIO OFICIAL
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DÉCIMA PRIMERA.ACCIONES DE CONTROL, VIGILANCIA, SUPERVISIÓN, SEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos que ministre “LA SECRETARÍA”
a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" con motivo del presente instrumento no pierden su carácter
federal, por lo que el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación, corresponderá
a “LA SECRETARÍA”, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las instancias de fiscalización
federales que correspondan en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las acciones de
control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación que, en coordinación con las instancias de
fiscalización federales, realicen los órganos de fiscalización de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO"
y se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto
público federal.
El control y la fiscalización de dichos recursos quedarán a cargo de las autoridades federales y locales, en
sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Cuando las autoridades federales o locales que participen en la ejecución del presente “CONVENIO
ESPECÍFICO”, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos no han sido aplicados a los
fines que se señalan en el presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, deberán hacerlo del conocimiento, en forma
inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, de la
Contraloría Estatal y/o equivalente y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
En el caso de que “EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” incumpla con cualquiera de las
obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico y/o aquellas legalmente establecidas,
“LA
SECRETARIA”
por
conducto
de
las
Unidades
Administrativas
u
Órganos
Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, dará aviso a los Órganos
Fiscalizadores competentes, para su intervención y se solicitará el reintegro, a la Tesorería de la Federación,
de recursos transferidos no devengados ni comprobados, así como los rendimientos financieros generados y
en su caso el pago de cargas financieras, de acuerdo a las disposiciones normativas aplicables.
“LAS PARTES” acuerdan la creación de un Grupo de Trabajo Técnico, en adelante, “GTT”, cuyo propósito
será revisar, analizar, proponer y dictaminar, de manera colegiada las adecuaciones en los términos y
condiciones que se incluyen en los anexos relacionados con este Convenio, con la finalidad de identificar
áreas de oportunidad que privilegien la transversalidad, la integralidad y transparencia en las operaciones
sustantivas derivadas de “LOS PROGRAMAS” que son administrados por las diferentes Unidades
Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados integrantes del presente instrumento jurídico, y
que eventualmente pudieran derivar la necesidad de realizar modificaciones en la asignación y distribución de
los recursos federales.
El “GTT” estará integrado por las y los titulares y/o encargados de despacho de las “LAS PARTES” o a
quienes se designen con base en la normatividad aplicable, debiendo contar con capacidad para el análisis y
toma de decisiones. Su composición deberá incluir, al menos, un representante de cada una “LAS PARTES”.
De manera enunciativa, más no limitativa, las funciones que deberá llevar a cabo el “GTT” son las
siguientes:
1. Identificar, clasificar e integrar, los datos e información de las instancias involucradas en este Convenio
que le permitan cumplir el propósito.
2. Definir, diseñar e implementar un programa de trabajo que articule las actividades del “GTT” durante la
vigencia del presente instrumento, estableciendo plazos, objetivos específicos, alcance y reglas de operación
del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”.
3. Realizar análisis y deliberaciones técnicas, operativas, normativas y administrativas de manera
proactiva, de tal manera que esto contribuya en la mejora continua de las operaciones, que a su vez deriven
en la optimización en el uso de los recursos públicos involucrados.
4. Revisar, analizar y dictaminar las solicitudes de adecuaciones programáticas que para tal efecto
pudieran emitir “LAS PARTES”, así como los posibles cambios administrativos necesarios para garantizar la
consolidación y continuidad operativa o atención de necesidades en materia de salud pública detectadas
derivado de la operación en las entidades federativas o la atención de urgencias y/o emergencias de salud.
5. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este “CONVENIO ESPECÍFICO”,
asegurando que la comprobación del gasto se realice conforme a la normativa vigente y dentro de los plazos
estipulados.
6. Fortalecer el monitoreo del ejercicio del gasto, mediante la elaboración de informes periódicos e
informes de evaluación intermedia, que sirvan de base para ajustar oportunamente la asignación de recursos
conforme al objeto del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”.
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DIARIO OFICIAL
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7. Actualizar, de manera periódica, el programa de trabajo que regule sus actividades, las cuales incluirán
mecanismos de seguimiento y evaluación intermedia, permitiendo la toma de decisiones informadas durante
la vigencia del Convenio.
8. Presentar las propuestas de mejora y optimización de los recursos al Subsecretario de Políticas de
Salud y Bienestar Poblacional, a efecto de que, en el ámbito de la coordinación del proceso de análisis,
planeación, programación, presupuestación y propuesta de mecanismos, conforme a la normatividad vigente,
para alinear y optimizar los recursos asignados a las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos
Desconcentrados y órganos, bajo su adscripción, se determinen las directrices respectivas a efecto de que el
“GTT” acuerde los medidas de su implementación y comunicación a “LAS PARTES” para su debido
cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”.
9. Atender las asignaciones específicas que pudiera emitir el Subsecretario de Políticas de Salud y
Bienestar Poblacional con el fin de solventar situaciones contingentes potenciales en la operación territorial en
las entidades federativas.
Las decisiones y recomendaciones emitidas por el “GTT”, una vez debidamente consensuadas entre
“LAS PARTES”, serán de carácter vinculante y deberán ser implementadas, en forma inmediata o en los
plazos que se establezcan, con el fin de optimizar el uso de los recursos y asegurar la continuidad operativa
de “LOS PROGRAMAS” en los plazos que acuerden “LAS PARTES” y con base en la normatividad aplicable.
DÉCIMA SEGUNDA. - DE LA CONTRATACIÓN DE RECURSOS HUMANOS.- “LAS PARTES” acuerdan
que la contratación de recursos humanos se realizará para el reforzamiento de las acciones en materia de
salud pública consideradas en el MAS-BIENESTAR que contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas
para el bienestar y parámetros establecidos en ”LOS PROGRAMAS” y a su adecuada operación como parte
del SNSP conforme a lo establecido en los “Criterios para la contratación de personal con recursos de
Ramo12, 2025”, mismos que, para tal efecto, se encuentran publicados en el “Portal SaNAS”.
DÉCIMA TERCERA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por “LAS PARTES”, que el
personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente
instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó o comisionó,
por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser
considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la
otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar
o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil,
penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA CUARTA. VIGENCIA. - El presente “CONVENIO ESPECÍFICO” comenzará a surtir sus efectos a
partir de la fecha de su suscripción y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025.
La conclusión de la vigencia del presente instrumento jurídico no exime las obligaciones de comprobación,
envío de documentación (estados de cuenta bancarios, notificación del cierre de la cuenta bancaria
aperturada para el ejercicio fiscal, cierre del ejercicio) y/o reintegro a cargo de "EL EJECUTIVO DE LA
CIUDAD DE MÉXICO".
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES AL CONVENIO. - “LAS PARTES” acuerdan que el presente
“CONVENIO ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en
estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO”
obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la
Federación y en el órgano de difusión oficial de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".
En caso de contingencias para la realización de las acciones en materia de salud pública e
implementación de intervenciones transversales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas
para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”, previstos en este instrumento, “LAS PARTES”
acuerdan tomar las medidas necesarias que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las
medidas acordadas serán formalizadas mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.
DÉCIMA SEXTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN. - El presente “CONVENIO ESPECÍFICO” podrá darse por
terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en “EL ACUERDO MARCO”.
DÉCIMA SÉPTIMA. CAUSAS DE RESCISIÓN. - El presente “CONVENIO ESPECÍFICO” podrá
rescindirse administrativamente en su totalidad, o bien, de forma parcial, por cada una de las Unidades
Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados en lo concerniente a “LOS PROGRAMAS” que
les corresponda, por las siguientes causas:
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DIARIO OFICIAL
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I. Por la falta de entrega de la información, reportes y demás documentos dentro de los plazos
establecidos en este Convenio.
II. Cuando se determine que los recursos presupuestarios y/o insumos federales permanecen ociosos o
que se utilizaron con fines distintos a los previstos en el presente instrumento.
III. Por incumplimiento de alguna de las partes a las obligaciones contraídas en el mismo.
DÉCIMA OCTAVA. - OBLIGATORIEDAD DEL ACUERDO MARCO. - Para el cumplimiento del objeto del
presente “CONVENIO ESPECÍFICO”, "LAS PARTES” convienen en sujetarse expresamente a las
estipulaciones de “EL ACUERDO MARCO”, cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente
instrumento como si a la letra se insertasen, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Estando enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO ESPECÍFICO”,
lo firman por cuadruplicado a los 28 días del mes de marzo del año 2025.
ANEXO 1
CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN
DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA
EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA
SECRETARÍA”, Y EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO POR CONDUCTO DE "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO".
Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de “LA SECRETARÍA”:
1
Dr. Ramiro López Elizalde
Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud
2
Dra. Adriana Stanford Camargo
Directora de Evidencia en Salud de la Dirección General
de Políticas en Salud Pública
3
Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández
Director General De Epidemiología
4
Dra. Estrella Albarrán Suárez
Directora para la Prevención
de
Accidentes del
Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la
Prevención de Accidentes
5
Lic. Teresa Ramos Arreola
Directora General del Centro Nacional de Equidad de
Género, Salud Sexual y Reproductiva
6
Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez
Director General del Centro Nacional de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades
7
Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez
Director General del Centro Nacional para la Prevención
y el Control del VIH/SIDA
8
Dr. Daniel Aceves Villagrán
Director General del Centro Nacional para la Salud de la
Infancia y la Adolescencia
9
Lic. Nérida Rodríguez Mejía
Coordinadora Administrativa del Centro Nacional de la
Transfusión Sanguínea
10
Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez
Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones
Nota: En observancia a lo dispuesto en el artículo SEXTO transitorio del Decreto por el que se expide el
Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, publicado en el DOF el 27 de febrero de 2025, las referencias y
facultades previstas en los nombramientos que se adjuntan al presente, se entenderán hechas y atribuidas a
las Unidades Responsables competentes que cambiaron de denominación de conformidad con lo señalado en
el Reglamento de referencia.
Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO":
1
Dra. Nadine Flora Gasman Zylbermann
Titular de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios
de Salud Pública de la Ciudad de México
2
Lic. Juan Pablo de Botton Falcón
Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas
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DIARIO OFICIAL
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Ramiro López Elizalde
Presente.
Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados
Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 89, fracción II de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, he tenido a bien nombrarlo,
como:
Subsecretario de Prevención y
Promoción de la Salud de la
Secretaría de Salud.
Con las atribuciones y facultades legales y administrativas
inherentes a su cargo, debiendo desempeñar su mandato
con responsabilidad, compromiso y amor al pueblo.
Rúbrica.
Ciudad de México, a 1 de octubre de 2024.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Sistema de Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal
Nombramiento No. C-124/2014
C. ADRIANA STANFORD CAMARGO
P R E S E N T E
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4 segundo párrafo, 33 de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 5 fracción II, inciso a)
de su Reglamento, y artículo 29 Fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de
Salud, tengo a bien nombrarle:
DIRECTORA DE EVIDENCIA EN SALUD
Con el rango de Dirección de Área, con código 12-310-1-CFMB002-0000024-E-C-C,
puesto adscrito a la Dirección General de Promoción de la Salud, a partir del día 16 de
marzo de 2014.
“Mérito e Igualdad de Oportunidades”
México, D.F., a 16 de marzo de 2014.
Rúbrica.
Lic. Maximina Graciela Romero Monroy
Directora General de Recursos Humanos
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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Salud
Secretaría de Salud
Nombramiento No. DD-001/2025
Código 12-316-1-M1C026P-0000903-E-X-V
C. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ
P r e s e n t e.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XVII del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado B,
fracción XVII Bis y 7, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me
permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo:
DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de designación directa,
rango de Dirección General, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de
la Salud.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen,
asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo,
debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 01 de enero de 2025.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ
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DIARIO OFICIAL
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SALUD
Nombramiento No. C-057/2023
C. ESTRELLA ALBARRAN SUAREZ
P r e s e n t e
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, párrafo segundo y 33 de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 5, fracción II, inciso a),
6 y 41 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal; y 29, fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me
permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarle:
DIRECTORA PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de carrera titular, rango
de Dirección de Área, código 12-315-1-M1C017P-0000018-E-C-C, adscrita al Secretariado
Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen,
asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo,
debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 01 de julio de 2023.
DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Y ORGANIZACIÓN
Rúbrica.
LIC. ANALI SANTOS AVILES
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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Salud
Secretaría de Salud
Nombramiento No. LD-003/2025
Código 12-L00-1-M1C029P-0000066-E-L-V
C. TERESA RAMOS ARREOLA
P r e s e n t e.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XVIII y 91 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C,
fracción II y 7, fracciones XV, XXIV Y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de
Salud, así como 204, fracción III, inciso a) y 214 del Acuerdo por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien
nombrarla:
DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE
EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de libre designación,
rango de Dirección General, adscrita a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de
la Salud.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen,
asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo,
debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 01 de enero de 2025.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Salud
Secretaría de Salud
Nombramiento No. LD-033/2024
Código 12-OD0-1-M1C029P-0000531-E-L-V
C. RAFAEL RICARDO VALDEZ VÁZQUEZ
P r e s e n t e.
Con fundamento en los artículos 2, fracción XVIII y 91 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C, fracción VII y 7,
fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como
204, fracción I, inciso b), subinciso ii y 214 del Acuerdo por el que se establecen
las
Disposiciones
en
materia
de
Recursos
Humanos
de
la
Administración
Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido
a bien nombrarlo:
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS
PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango
de Dirección General, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen,
asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo,
debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 01 de octubre de 2024.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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Salud
Secretaría de Salud
Nombramiento No. LD-034/2024
Código 12-K00-1-M1C029P-0000042-E-L-C
C. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ
P r e s e n t e.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XVIII y 91 del Reglamento de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C,
fracción VIII y 7, fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de
Salud, así como 204, fracción III, inciso a), y 214 del Acuerdo por el que se establecen
las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido
a bien nombrarlo:
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA
PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango
de Dirección General, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen,
asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo,
debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 16 de octubre de 2024.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Salud
Secretaría de Salud
Nombramiento No. LD-034/2024
Código 12-R00-1-M1C029P-0000059-E-L-V
C. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN
P r e s e n t e.
Con fundamento en los artículos 2, fracción XVIII y 91 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C, fracción IX y 7,
fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como
204, fracción I, inciso b), subinciso ii y 214 del Acuerdo por el que se establecen
las Disposiciones en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal,
me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien
nombrarlo:
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE
LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango
de Dirección General, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen,
asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo,
debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 01 de octubre de 2024.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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FUNCIÓN PÚBLICA
SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Oficina del Secretario
Oficio SFP/100/117/2024
México, Ciudad de México, a 1 de marzo de 2024
Nérida Rodríguez Mejía
P r e s e n t e
De conformidad con el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el
Diario Oficial de la Federación (DOF) el 03 de mayo de 2023, el cual atribuyó a la Secretaría
de la Función Pública nuevas facultades; entre otras, la de designar y, en su caso, remover
a las personas titulares de las Unidades de Administración y Finanzas, y equivalentes, de
las dependencias, incluidos las de sus órganos administrativos desconcentrados.
Al respecto, hago de su conocimiento que he tenido a bien designarla como Coordinadora
Administrativa del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, a partir del 1 de marzo de
2024, con todas las atribuciones que le corresponde como Titular de dicho encargo.
Lo anterior se fundamenta en los artículos 37, fracción XII Bis, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 10, fracciones I, III y XIV y 11, fracción V, inciso g),
del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el DOF el 4 de
septiembre de 2023.
Atentamente
El Secretario
Rúbrica.
Roberto Salcedo Aquino
C.c.p.
Dr. Jorge Alcocer Varela, Secretario de Salud. Para su conocimiento. Presente.
Lic. Thalía Concepción Lagunas Aragón, Subsecretaria de la Función Pública. Para
su conocimiento. Presente.
Dr. Jorge Enrique Trejo Gómora, Director General del Centro Nacional de la
Transfusión Sanguínea. Para su conocimiento.
Lic. Ramón Montaño Cuadra, Jefe de la Unidad de Gobierno de Unidades de
Administración y Finanzas en la Secretaría de la Función Pública. Para su
conocimiento.
Mtro. Marco Vinicio Gallardo Enríquez, Titular de la Unidad de Administración y
Finanzas de la Secretaría de Salud. Para su conocimiento.
JDMH/JAAA/DLCB
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Salud
Secretaría de Salud
Nombramiento No. DD-010/2024
Código 12-Y00-1-M1C030P-0000002-E-X-A
C. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ
P r e s e n t e.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XVII del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, Sexto del Decreto
por el que se crea la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones como un órgano
administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud y 7, fracción XV del Reglamento
Interior de la Secretaría de Salud, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta
fecha, he tenido a bien nombrarlo:
TITULAR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE
SALUD MENTAL Y ADICCIONES
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de Designación Directa,
rango de Titular de Unidad, adscrito a las Oficinas Directas del Secretario.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen,
asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo,
debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 16 de octubre de 2024.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
89
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
CAPITAL DE LA TRANSFORMACIÓN
Ciudad de México, a 05 de octubre de 2024
Ciudadana Nadine Flora Gasman Zylbermann
Presente
Con las facultades que me confiere el Artículo 32, Apartado C, Numeral 1, Inciso c) de la
Constitución Política de la Ciudad de México, tengo a bien nombrarla titular de la
Secretaría de Salud
Con las atribuciones y facultades tanto legales como administrativas inherentes a su cargo,
debiendo desempeñarlo con honradez, eficiencia y el más alto sentido del deber, trabajando
siempre por el bien de la ciudad y sus habitantes.
Atentamente
Rúbrica.
Lic. Clara Marina Brugada Molina
Jefa de Gobierno de la Ciudad de México
90
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
CAPITAL DE LA TRANSFORMACIÓN
Ciudad de México, a 16 de noviembre de 2024
Ciudadana Nadine Flora Gasman Zylbermann
Presente
Con las facultades que me confiere el Artículo 32, Apartado C, Numeral 1, Inciso c) de la
Constitución Política de la Ciudad de México, tengo a bien nombrarla titular de los
Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México
Con las atribuciones y facultades tanto legales como administrativas inherentes a su cargo,
debiendo desempeñarlo con honradez, eficiencia y el más alto sentido del deber, trabajando
siempre por el bien de la ciudad y sus habitantes.
Atentamente
Rúbrica.
Lic. Clara Marina Brugada Molina
Jefa de Gobierno de la Ciudad de México
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
91
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
CAPITAL DE LA TRANSFORMACIÓN
Ciudad de México, a 05 de octubre de 2024
Ciudadano Juan Pablo de Botton Falcón
Presente
Con las facultades que me confiere el Artículo 32, Apartado C, Numeral 1, Inciso c) de la
Constitución Política de la Ciudad de México, tengo a bien nombrarlo titular de la
Secretaría de Administración y Finanzas
Con las atribuciones y facultades tanto legales como administrativas inherentes a su cargo,
debiendo desempeñarlo con honradez, eficiencia y el más alto sentido del deber, trabajando
siempre por el bien de la ciudad y sus habitantes.
Atentamente
Rúbrica.
Lic. Clara Marina Brugada Molina
Jefa de Gobierno de la Ciudad de México
92
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
ANEXO 2
Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública.
Ciudad de México
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
NO.
UNIDAD RESPONSABLE /
PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
0.00
123,861,784.60
123,861,784.60
E036 Programa de vacunación
0.00
123,861,784.60
123,861,784.60
1
Vacunación Universal
0.00
123,861,784.60
123,861,784.60
1
Vacunación Universal
VA010
0.00
123,861,784.60
123,861,784.60
Total 1
0.00
123,861,784.60
123,861,784.60
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
7,763,546.00
24,902,101.65
32,665,647.65
P016 Prevención y atención del VIH, sida y otras ITS
7,763,546.00
24,902,101.65
32,665,647.65
1
VIH y otras ITS
7,763,546.00
22,932,901.89
30,696,447.89
1
VIH y otras ITS
VH030
7,763,546.00
22,932,901.89
30,696,447.89
Total 1
7,763,546.00
22,932,901.89
30,696,447.89
2
Virus de hepatitis C
0.00
1,969,199.76
1,969,199.76
2
Virus de hepatitis C
VH030
0.00
1,969,199.76
1,969,199.76
Total 2
0.00
1,969,199.76
1,969,199.76
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
14,826,670.15
0.00
14,826,670.15
P018 Prevención y control de enfermedades
3,783,300.00
0.00
3,783,300.00
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
3,783,300.00
0.00
3,783,300.00
1
Comunidades y municipios
CS010
3,783,300.00
0.00
3,783,300.00
Total 1
3,783,300.00
0.00
3,783,300.00
U008 Prevención y Control de Sobrepeso, Obesidad y Diabetes
11,043,370.15
0.00
11,043,370.15
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
11,043,370.15
0.00
11,043,370.15
2
Estilos de vida saludables
OB010
7,906,598.00
0.00
7,906,598.00
4
Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de
Riesgos
OB010
250,208.00
0.00
250,208.00
5
Personas en Movilidad
OB010
1,404,156.00
0.00
1,404,156.00
6
SNSP
OB010
1,482,408.15
0.00
1,482,408.15
Total 1
11,043,370.15
0.00
11,043,370.15
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
93
Ciudad de México
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
NO.
UNIDAD RESPONSABLE /
PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
28,968,676.00
1,864,708.30
30,833,384.30
P018 Prevención y control de enfermedades
0.00
1,864,708.30
1,864,708.30
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
0.00
610,655.00
610,655.00
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
EE070
0.00
610,655.00
610,655.00
Total 1
0.00
610,655.00
610,655.00
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
0.00
1,134,505.63
1,134,505.63
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
EE060
0.00
1,134,505.63
1,134,505.63
Total 3
0.00
1,134,505.63
1,134,505.63
4
Emergencias en Salud
0.00
119,547.67
119,547.67
4
Emergencias en Salud
EE010
0.00
119,547.67
119,547.67
Total 4
0.00
119,547.67
119,547.67
U008 Prevención y Control de Sobrepeso, Obesidad y Diabetes
22,918,120.00
0.00
22,918,120.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
19,108,440.00
0.00
19,108,440.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
OB010
19,108,440.00
0.00
19,108,440.00
Total 7
19,108,440.00
0.00
19,108,440.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
3,809,680.00
0.00
3,809,680.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
OB010
3,809,680.00
0.00
3,809,680.00
Total 8
3,809,680.00
0.00
3,809,680.00
U009 Vigilancia epidemiológica
6,050,556.00
0.00
6,050,556.00
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
4,800,538.00
0.00
4,800,538.00
1
Paludismo
EE020
680,280.00
0.00
680,280.00
5
Dengue
EE020
4,120,258.00
0.00
4,120,258.00
Total 2
4,800,538.00
0.00
4,800,538.00
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
502,280.00
0.00
502,280.00
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
EE060
502,280.00
0.00
502,280.00
Total 3
502,280.00
0.00
502,280.00
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
62,100.00
0.00
62,100.00
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de
EE060
62,100.00
0.00
62,100.00
94
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Ciudad de México
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
NO.
UNIDAD RESPONSABLE /
PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
Enfermedades Respiratorias Crónicas
Total 6
62,100.00
0.00
62,100.00
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
685,638.00
0.00
685,638.00
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
EE080
685,638.00
0.00
685,638.00
Total 9
685,638.00
0.00
685,638.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
40,285,519.51
44,191,030.01
84,476,549.52
P020 Salud materna, sexual y reproductiva
40,285,519.51
44,191,030.01
84,476,549.52
1
Salud Sexual y Reproductiva
40,285,519.51
44,191,030.01
84,476,549.52
1
SSR para Adolescentes
SR040
21,488,489.09
140,259.80
21,628,748.89
2
PF y Anticoncepción
SR030
7,347,308.00
2,482,756.74
9,830,064.74
3
Salud Materna
MJ070
5,410,327.82
35,368,498.52
40,778,826.34
4
Salud Perinatal
MJ080
2,645,843.10
4,006,630.00
6,652,473.10
5
Aborto Seguro
SR050
1,650,388.00
2,141,284.95
3,791,672.95
6
Violencia de Género
PG030
1,743,163.50
51,600.00
1,794,763.50
Total 1
40,285,519.51
44,191,030.01
84,476,549.52
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
2,792,741.00
0.00
2,792,741.00
U009 Vigilancia epidemiológica
2,792,741.00
0.00
2,792,741.00
1
Vigilancia Epidemiológica
2,792,741.00
0.00
2,792,741.00
1
Vigilancia Epidemiológica
EE030
2,792,741.00
0.00
2,792,741.00
Total 1
2,792,741.00
0.00
2,792,741.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
992,600.35
0.00
992,600.35
P018 Prevención y control de enfermedades
992,600.35
0.00
992,600.35
1
Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
992,600.35
0.00
992,600.35
1
Seguridad Vial
AC010
305,900.00
0.00
305,900.00
2
PA en Grupos Vulnerables
AC020
405,000.00
0.00
405,000.00
3
Modelo de Atención Médica Prehospitalaria
AC030
281,700.35
0.00
281,700.35
Total 1
992,600.35
0.00
992,600.35
Total general
95,629,753.01
194,819,624.56
290,449,377.57
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
95
ANEXO 3
RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”.
De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el
cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará
los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $ 95,629,753.01 ( NOVENTA Y CINCO
MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS 01/100 M.N.),
los cuales se radicarán a la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe
ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA” conforme al siguiente calendario.
Calendario
(Pesos)
MINISTRACIÓN
Mes
MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ LA
MINISTRACIÓN
Primera
15 de Julio
47,573,895.63
Segunda
31 de Julio
48,055,857.38
GRAN TOTAL
95,629,753.01
Calendario Primera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa Presupuestario y Programa de
Acción Específico.
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
Comunidades y municipios
P018 15 de julio
1,232,350.00
Total Comunidades y municipios
1,232,350.00
Estilos de vida saludables
U008 15 de julio
3,835,062.12
Total Estilos de vida saludables
3,835,062.12
Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos
U008 15 de julio
169,506.00
Total Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos
169,506.00
Personas en Movilidad
U008 15 de julio
1,248,156.00
Total Personas en Movilidad
1,248,156.00
SNSP
U008 15 de julio
896,646.38
Total SNSP
896,646.38
Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
7,381,720.50
Total 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
7,381,720.50
96
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Salud Sexual y Reproductiva
Aborto Seguro
P020 15 de julio
464,888.00
Total Aborto Seguro
464,888.00
PF y Anticoncepción
P020 15 de julio
3,243,568.00
Total PF y Anticoncepción
3,243,568.00
Salud Materna
P020 15 de julio
254,259.00
Total Salud Materna
254,259.00
Salud Perinatal
P020 15 de julio
464,804.10
Total Salud Perinatal
464,804.10
SSR para Adolescentes
P020 15 de julio
2,357,419.34
Total SSR para Adolescentes
2,357,419.34
Violencia de Género
P020 15 de julio
788,419.33
Total Violencia de Género
788,419.33
Total Salud Sexual y Reproductiva
7,573,357.77
Total L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y
REPRODUCTIVA
7,573,357.77
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
Vigilancia Epidemiológica
Vigilancia Epidemiológica
U009 15 de julio
-
Total Vigilancia Epidemiológica
-
Total Vigilancia Epidemiológica
-
Total 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
-
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
VIH y otras ITS
VIH y otras ITS
P016 15 de julio
7,763,546.00
Total VIH y otras ITS
7,763,546.00
Total VIH y otras ITS
7,763,546.00
Total K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y
HEPATITIS
7,763,546.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
97
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
Modelo de Atención Médica Prehospitalaria
P018 15 de julio
234,825.35
Total Modelo de Atención Médica Prehospitalaria
234,825.35
PA en Grupos Vulnerables
P018 15 de julio
-
Total PA en Grupos Vulnerables
-
Seguridad Vial
P018 15 de julio
-
Total Seguridad Vial
-
Total Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
234,825.35
Total 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA
PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
234,825.35
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
Dengue
U009 15 de julio
3,735,258.00
Total Dengue
3,735,258.00
Paludismo
U009 15 de julio
680,280.00
Total Paludismo
680,280.00
Total Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno
de Artrópodos
4,415,538.00
Enfermedades Cardiometabólicas
Enfermedades Cardiometabólicas
U008 15 de julio
15,503,390.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
15,503,390.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
15,503,390.00
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
U009 15 de julio
673,638.00
Total Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
673,638.00
Total Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
673,638.00
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
U008 15 de julio
3,463,500.00
Total Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
3,463,500.00
Total Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
3,463,500.00
98
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades
Respiratorias Crónicas
U009 15 de julio
62,100.00
Total Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades
Respiratorias Crónicas
62,100.00
Total Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades
Respiratorias Crónicas
62,100.00
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
U009 15 de julio
502,280.00
Total Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y
Lepra)
502,280.00
Total Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
502,280.00
Total O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
24,620,446.00
GRAN TOTAL
47,573,895.62
El calendario detallado a nivel unidad responsable, programa de acción específico y componente de la
segunda ministración que se realizará el 31 de julio y estará sujeta a lo establecido en el quinto y sexto párrafo
numerales 3 y 4 de la cláusula DÉCIMA PRIMERA de este “CONVENIO ESPECÍFICO” y del cumplimiento de
las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto, con base en el dictamen que de forma
colegiada el “GTT” emita y formará parte integral del presente “CONVENIO ESPECIFICO”.
Calendario Segunda Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
PROGRAMA PRESUPUESTARIO
MONTO HASTA EL QUE
ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN
P018 Prevención y control de enfermedades
3,308,725.00
31 de julio
3,308,725.00
P020 Salud materna, sexual y reproductiva
32,712,161.74
31 de julio
32,712,161.74
U008 Prevención y Control de Sobrepeso, Obesidad y Diabetes
8,845,229.65
31 de julio
8,845,229.65
U009 Vigilancia epidemiológica
3,189,741.00
31 de julio
3,189,741.00
GRAN TOTAL SEGUNDA MINISTRACIÓN
48,055,857.38
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
99
ANEXO 4
Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
21401
Toner | Juego de Toner 4 colores, 2juegos por JS y 2 Estatales
10,000.0000
34.00
340,000.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
2.1.1
26102
Gasolina | Traslado ida y vuelta para la realización de 3 visitas al
municipio para la instalación CMS, talleres intersectoriales de
planeación, PTMSP y reuniones CMS.
27.0000
10.00
270.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
2.1.1
26102
Gasolina | Traslado ida y vuelta para la realización de dos visitas de
supervisión al año por jurisdicción o distrito de salud por parte del nivel
estatal para evaluar los procesos de comunidades y municipios.
27.0000
10.00
270.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
6.1.1
26102
Gasolina | Traslado ida y vuelta para la realización de una visita a los
municipios para realizar la sensibilización de autoridades municipales.
27.0000
10.00
270.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
33604
Servicios de impresión | Materiales impresos para apoyar las acciones
de salud pública a nivel comunitario (jurisdicciones o distritos de salud)
45,000.0000
16.00
720,000.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
33604
Servicios de impresión | Materiales impresos para apoyar las acciones
de salud pública a nivel comunitario: lonas, material didáctico,
reconocimientos, etiquetas, placas (nivel estatal)
25,000.0500
1.00
25,000.05
0.00
1
Comunidades y
municipios
4.1.1
33903
Jornada Nacional de Salud Pública | Realizar Jornada Nacional de
Salud Pública con la participación de los programas de Salud Pública
en todas las Jurisdicciones Sanitarias
100,000.0000
16.00
1,600,000.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
1.1.1
33903
Evento Red Municipios | Un servicio integral para la realización del
evento de instalación de la Red Estatal de Municipios por la Salud
15,000.0000
1.00
15,000.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
51501
Equipo de cómputo | Equipo Multifuncional láser, USB, Ethernet, WiFi,
resolución escaneo óptico 1200 x 1200 dpi (1 por Jurisdicción Sanitaria
y 1 Entidad)
11,232.3500
17.00
190,949.95
0.00
2
Estilos de vida
saludables
1.1.1
33903
Evento Salud Escolar | Servicio para la Capacitación de Salud Escolar
98,755.0000
7.00
0.00
691,285.00
2
Estilos de vida
saludables
1.1.1
33604
Servicios de impresión | Manual para certificación de escuelas, 1 por
promotor
350.0000
16.00
0.00
5,600.00
2
Estilos de vida
saludables
1.1.1
33604
Servicios de impresión | Lonas
200.0000
16.00
0.00
3,200.00
2
Estilos de vida
saludables
1.1.1
51501
Equipo de cómputo | Equipo de computo Lap Top, 1 por jurisdicción
18,000.0000
16.00
0.00
288,000.00
100
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
Estilos de vida
saludables
2.2.1
21701
Materiales y suministros para planteles educativos | (Rueda Giratoria
de 12 Pulgadas para Premios, Rueda de Premios de Mesa con
Marcadores de Borrado en Seco y Borrador, Rueda Giratoria Editable
para Fortune Spinning Game Carnival YPX)Sanitarias, 5 para personal
nivel central)
2,000.0000
17.00
0.00
34,000.00
2
Estilos de vida
saludables
2.2.1
21701
Materiales y suministros para planteles educativos | Juego Educativo
“Camino hacia una Lactancia Exitosa”
5,600.0000
17.00
0.00
95,200.00
2
Estilos de vida
saludables
2.2.1
21701
Materiales y suministros para planteles educativos | Juego Correcto
Uso del Condón – Línea 3: Triple Protección.
5,200.0000
17.00
0.00
88,400.00
2
Estilos de vida
saludables
2.2.1
51501
Bienes informáticos | Asus Zenbook S 14 OLED UX5406SA-PZ334W
32 GB RAM 1 TB SSD
67,500.0000
4.00
0.00
270,000.00
2
Estilos de vida
saludables
2.2.1
37501
Viáticos | Viáticos para visitas a entornos laborales (4 visitas al año)
320.0000
1.00
0.00
320.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
51501
Bienes informáticos | Equipo Lap Top, 1 por jurisdicción para
Responsables de promoción de la salud y 2 para Nivel central
18,000.0000
18.00
0.00
324,000.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
51501
Bienes informáticos | Silla Descripción adicional: Silla plegable plástico
duro blanco, de polietileno, de 18 ½ pulgadas de ancho x 20 ½
pulgadas de profundidad y 34 ½ pulgadas de alto, armazón de uso
pesado, respaldo de 2 de grosor resguardo de PS (40 SILLAS POR
JURISDICCIÓN) y ( 60 SILLAS PARA NIVEL CENTRAL)
1,350.0000
700.00
0.00
945,000.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
51501
Bienes informáticos | Mesa Descripción adicional: Tablón plegable de
madera 235 cm de largo, 75 cm de ancho y 74 cm de alto con borde
laminado, cubierta solida de 5/8 pulgadas de grosor, travesaños de
acero, patas resistentes calibre 18. RESGUARDO (4 MESAS POR
JURISDICCIÓN) y ( 6 MESAS PARA NIVEL CENTRAL)
3,000.0000
70.00
0.00
210,000.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
51501
Bienes informáticos | Modulo desarmable Descripción adicional:
Carpas Tipo dos aguas, Carpa de aluminio de 3 x 3 mts. con toldo
personalizado rompevientos e impermeable 3 paredes laterales para
carpa de 3 x 3 mts. con la leyenda salud en tú vida , incluye 2 banner
con soporte metálico de 180 x 80 cms. con leyendas del programa y
“salud en tú vida”.. (4 CARPAS POR JUSRIDICCIÓN) y (6 CARPAS
PARA NIVEL CENTRAL)
7,984.2900
70.00
0.00
558,900.30
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
52101
Equipos y aparatos audiovisuales | Amplificador de señal de audio (eq.
de com., cinemat. o fotograf.) Descripción adicional:Bocina Vortex 15
con tripie, control remoto y micrófono (4 Bocinas por jurisdicción) y (6
bocinas para Nivel
2,500.0000
70.00
0.00
175,000.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
37501
Viáticos | Viáticos para brigadas 1 promotor
340.7000
1.00
0.00
340.70
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
101
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
52101
Equipos y aparatos audiovisuales | Megafonos recargables
1,500.0000
40.00
0.00
60,000.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
51501
Bienes informáticos | Proyector de alta luminosidad SOLO SE
AUTOIZAN 18 2 PARA CENTRAL Y 16 PARA CADA JURISDICCIÓN
PARA
ACTIVIDADES
DE
CAPACITACIÓN
DE
ENTORNOS
ESCOLARES Y LABORALES
30,000.0000
18.00
0.00
540,000.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
21701
Materiales y suministros para planteles educativos | Kit de materiales
para trabajo en entornos laborales: modelos educativos de frutas,
verduras en cartón (nutrikit comida mexicana 70 réplicas con velcro),
con cinta métrica seca (16 kits 1 por JS y 2
3,500.0000
18.00
0.00
63,000.00
4
Mercadotecnia Social en
Salud - Laboratorios de
Comunicación de
Riesgos
1.3.1
59101
Software | Software (Licencia de Plataforma de Escucha Social Digital)
21,999.9400
1.00
21,999.94
0.00
4
Mercadotecnia Social en
Salud - Laboratorios de
Comunicación de
Riesgos
1.3.1
59101
Software | Licencias (software)incorporar 2 licencias más (hoot suite) y
(answer public) 17+2
1,045.8800
17.00
17,779.96
0.00
4
Mercadotecnia Social en
Salud - Laboratorios de
Comunicación de
Riesgos
1.3.1
33604
Servicios de impresión | Impresión de cartillas de 0-9 años, 10-19 años,
20-59 años, mujer 20-59 años, hombre 20-59 años y 60 y más de 120
cm de altura x 90 cm de largo, con caballete para demostración a 1.70
mes de alto. (18 impresiones de cada una)
454.6900
90.00
40,922.10
0.00
5
Personas en Movilidad
1.1.1
33903
Evento movilidad humana | Servicio integral para realizar la instalación
(1) y las reuniones de seguimiento (3) de la mesa de salud y movilidad
humana de la CDMX
25,000.0000
3.00
75,000.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.1.1
33903
Evento albergues | Se realiza el evento oficial, en el cual se agradece
la participación de los directivos del albergue y se entrega la placa con
la cual se valida el albergue promotor de salud. Evento protocolario
para formalizar y anunciar el termino del proceso de validacion así
como la entrega de placa conmemorativa del evento 100 aguas
embotelladas de 500ml. , Frutas varias. Servicio de Impresión: 200
folletos a todo color por ambos lados, 1 lona impresa a todo color con
ojillos de tamaño de 4 x 3 metros para mampara.
37,500.0000
2.00
75,000.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.1.1
52101
Bocinas | Bocinas
3,000.0000
2.00
6,000.00
0.00
6
SNSP
2.2.1
21101
Sin clave de Compendio | MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA /
SNSP
215,930.0184
1.00
0.00
215,930.02
6
SNSP
3.3.1
21401
Sin clave de Compendio | CONSUMIBLES INFORMÁTICOS / SNSP
33,931.8600
1.00
0.00
33,931.86
6
SNSP
1.1.1
26102
Sin clave de Compendio | GASOLINA / SNSP
250,333.3333
1.00
0.00
250,333.33
102
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
6
SNSP
2.2.1
27201
Sin clave de Compendio | EQUIPO DE PROTRECCIÓN PERSONAL /
SNSP
14,066.2983
1.00
0.00
14,066.30
6
SNSP
3.3.1
29401
Sin clave de Compendio | REFACCIÓN COMPUTO / SNSP
33,500.0000
1.00
0.00
33,500.00
6
SNSP
1.1.1
29601
Sin clave de Compendio | REFACCIÓN AUTO / SNSP
4,500.0000
1.00
0.00
4,500.00
6
SNSP
3.3.1
31603
Sin clave de Compendio | SERVICIOS DE INTERNET / SNSP
18,000.0000
1.00
0.00
18,000.00
6
SNSP
1.1.1
31801
Sin clave de Compendio | GUÍAS PAQUETERÍA / SNSP
7,680.0000
1.00
0.00
7,680.00
6
SNSP
3.3.1
32301
Sin clave de Compendio | ARRRENDAMIENTO COMPUTO Y
VIDEOPROYECTOR / SNSP
414,701.1900
1.00
0.00
414,701.19
6
SNSP
3.3.1
33604
Sin clave de Compendio | MATERIAL DE PROMOCIÓN / SNSP
49,355.4328
1.00
0.00
49,355.43
6
SNSP
1.1.1
33903
Sin clave de Compendio | SERVICIOS INTEGRALES / SNSP
74,666.6667
1.00
0.00
74,666.67
6
SNSP
3.3.1
34501
Sin clave de Compendio | SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES /
SNSP
134,000.0000
1.00
0.00
134,000.00
6
SNSP
3.3.1
36101
Sin clave de Compendio | SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Y PUBLICIDAD / SNSP
166,666.6667
1.00
0.00
166,666.67
6
SNSP
2.2.1
51501
Sin clave de Compendio | MOBILIARIO / SNSP
22,821.9891
1.00
0.00
22,821.99
6
SNSP
3.3.1
52101
Sin clave de Compendio | MATERIALES Y ÚTILES CONSUMIBLES
PARA
EL
PROCESAMIENTO
EN
EQUIPOS
Y
BIENES
INFORMÁTICOS. / SNSP
42,254.6917
1.00
0.00
42,254.69
TOTALES
3,128,462.00
5,834,654.15
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
1
Seguridad Vial
2.2.1
27201
Sin clave de Compendio | Alcoholimetría, chalecos balizados
300.0000
1.00
300.00
0.00
1
Seguridad Vial
4.2. 1
36101
Sin clave de Compendio | Difusión de mensajes de programas y
actividades/servicios digitales y redes sociales
305,350.0000
1.00
305,350.00
0.00
1
Seguridad Vial
4.2. 1
33604
Sin clave de Compendio | Material de promoción y acciones de salud,
Stand de promoción
250.0000
1.00
250.00
0.00
2
PA en Grupos
Vulnerables
1.1.1
33901
Sin clave de Compendio | Mediciones de factores de riesgo en
escuelas primarias
100,000.0000
1.00
100,000.00
0.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
103
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
PA en Grupos
Vulnerables
3.2.1
33903
Sin
clave
de
Compendio
|
Capacitación
(ahogamientos,
envenenamientos e intoxicaciones y quemaduras)
80,000.0000
1.00
80,000.00
0.00
2
PA en Grupos
Vulnerables
4.1.1
33903
Sin clave de Compendio | Sensibilización, (ahogamientos, asfixias,
caídas, envenenamientos e intoxicaciones y quemaduras)
45,000.0000
3.00
135,000.00
0.00
2
PA en Grupos
Vulnerables
4.3.1
36101
Sin clave de Compendio | Campañas de comunicación de lesiones
accidentales
90,000.0000
1.00
90,000.00
0.00
3
Modelo de Atención
Médica Prehospitalaria
2.2.1
56501
Sin clave de Compendio | Sistema de comunicación de misión critica
para el fortalecimiento de los CRUM. (radios satelitales)
234,825.3500
1.00
234,825.35
0.00
3
Modelo de Atención
Médica Prehospitalaria
1.1.1
33903
Sin clave de Compendio | Curso virtual para Certificación de Primer
respondiente
46,875.0000
1.00
46,875.00
0.00
TOTALES
992,600.35
0.00
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Vigilancia Epidemiológica
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.1
51501
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras de escritorio
para la Operación del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica,
All-in-One 23.8, Intel Core i7-12700 hasta 4.9GHz con tecnología Intel
Turbo BOOST, 25MB de caché L3, 12 núcleos, y 20 subprocesos,
16GB, 512GB SSD, FHD, Windows 11 Pro. Incluya licencia Office 2024
33,079.0000
16.00
529,264.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.2
51501
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras de escritorio
para generar Información de Calidad para la toma de decisiones., All-
in-One 23.8, Intel Core i7-12700 hasta 4.9GHz con tecnología Intel
Turbo BOOST, 25MB de caché L3, 12 núcleos, y 20 subprocesos,
16GB, 512GB SSD, FHD, Windows 11 Pro. Incluya licencia Office 2024
33,079.0000
17.00
562,343.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.3
51501
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras de escritorio
para la supervisión operativa de todos los subsistemas del SINAVE
que operan en todas las jurisdicciones sanitarias de cada Entidad., All-
in-One 23.8, Intel Core i7-12700 hasta 4.9GHz con tecnología Intel
Turbo BOOST, 25MB de caché L3, 12 núcleos, y 20 subprocesos,
16GB, 512GB SSD, FHD, Windows 11 Pro. Incluya licencia Office 2024
33,079.0000
5.00
165,395.00
0.00
104
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.3
51501
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras Portátiles para
la supervisión operativa de todos los subsistemas del SINAVE que
operan en todas las jurisdicciones sanitarias de cada Entidad. FHD de
15.6, procesador15.6 1920x1080 Full HD, Intel Core i7-1255U, 32GB,
2TB SSD, Windows 11 Home, Español, Licencia Office 2024
20,299.0000
5.00
101,495.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.3
51501
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Discos Duros Externos 2.5,
4TB, USB 3.1, Negro - para PC para la supervisión operativa de todos
los subsistemas del SINAVE que operan en todas las jurisdicciones
sanitarias de cada Entidad.
2,299.0000
22.00
50,578.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.4
27101
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Chaleco tactico para la
operación de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en
Salud (UIES) estatales.
850.0000
114.00
96,900.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.4
27101
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Gorra bordada para la
operación de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en
Salud (UIES) estatales.
140.0000
107.00
14,980.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.4
27101
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Chamarra para la operación
de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en Salud (UIES)
estatales.
1,100.0000
100.00
110,000.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.4
27101
Sin clave de Compendio | Adquisiicon de Blusa de manga corta para
dama para la operación de las Unidades de Inteligencia para las
Emergencias en Salud (UIES) estatales.
350.0000
50.00
17,500.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.4
27101
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Camisa táctica de manga
corta para caballero para la operación de las Unidades de Inteligencia
para las Emergencias en Salud (UIES) estatales.
350.0000
50.00
17,500.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.4
27201
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Botas para la operación de
las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en Salud (UIES)
estatales.
1,300.0000
100.00
130,000.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.4
51501
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras Portátiles para
la operación de las Unidades de Inteligencia para las Emergencias en
Salud (UIES) estatales. FHD de 15.6, procesador15.6 1920x1080 Full
HD, Intel Core i7-1255U, 32GB, 2TB SSD, Windows 11 Home,
Español, Licencia Office 2024
20,289.0000
8.00
162,312.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.4
51501
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadora de escritorio
para la operación de las Unidades de Inteligencia para las
Emergencias en Salud (UIES) estatales., All-in-One 23.8, Intel Core i7-
12700 hasta 4.9GHz con tecnología Intel Turbo BOOST, 25MB de
caché L3, 12 núcleos, y 20 subprocesos, 16GB, 512GB SSD, FHD,
Windows 11 Pro. Incluya licencia Office 2024
33,079.0000
20.00
661,580.00
0.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
105
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.5
51501
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras de escritorio
para la operatividad de los Servicios de Sanidad Internacional
Estatales. All-in-One 23.8, Intel Core i7-12700 hasta 4.9GHz con
tecnología Intel Turbo BOOST, 25MB de caché L3, 12 núcleos, y 20
subprocesos, 16GB, 512GB SSD, FHD, Windows 11 Pro. Incluya
licencia Office 2024
33,079.0000
4.00
132,316.00
0.00
1
Vigilancia
Epidemiológica
1.1.5
51501
Sin clave de Compendio | Adquisicion de Computadoras Portátiles para
la operatividad de los Servicios de Sanidad Internacional Estatales.
FHD de 15.6, procesador15.6 1920x1080 Full HD, Intel Core i7-1255U,
32GB, 2TB SSD, Windows 11 Home, Español, Licencia Office 2024
20,289.0000
2.00
40,578.00
0.00
TOTALES
2,792,741.00
0.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Salud Sexual y Reproductiva
1
SSR para Adolescentes
2.5.3
54103
Sin clave de Compendio | Para la adquisición de la unidad móvil
EDUSEX
2,520,000.0000
1.00
0.00
2,520,000.00
1
SSR para Adolescentes
2.5.3
26102
Sin clave de Compendio | Para garantizar que la unidad móvil lleve a
cabo las jornadas en los lugares donde no se cuenta con una unidad
de salud o servicios especializados para adolescentes.
240,774.4400
1.00
0.00
240,774.44
1
SSR para Adolescentes
2.5.3
35501
Sin clave de Compendio | Mantenimiento para la unidad móvil
EDUSEX
120,000.0000
1.00
0.00
120,000.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
36101
Sin clave de Compendio | Material acrílico de aparato reproductor
femenino
4,611.0000
2.00
9,222.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
37501
Sin clave de Compendio | Para acciones de sensibilización en materia
de menstruación digna
13,600.0000
1.00
13,600.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
37201
Sin clave de Compendio | Para acciones de sensibilización en materia
de menstruación digna
49,280.0000
1.00
49,280.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
33903
Sin clave de Compendio | Taller Nacional de Menstruación Digna,
Formar al equipo coordinador de la estrategia hacia una menstruación
digna
2,501,447.7500
1.00
2,501,447.75
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
51101
Sin clave de Compendio | DISPENSADOR DE TOALLAS SANITARIAS
con logos oficiales del Programa, para consultorios sexualmente
responsables
6,000.0000
2.00
12,000.00
0.00
106
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
21601
Sin clave de Compendio | Toalla sanitaria desechable para flujo
regular. Insumo para dispensadores de los concultorios sexual Mente
responsables
1.6000
984.00
1,574.40
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
36101
Sin clave de Compendio | kit de gestión menstrual, para la
implementación del proyecto de menstruación digna
62.5000
140312.00
8,769,500.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
36101
Sin clave de Compendio | kit de gestión menstrual, para acciones de
capacitación y sensibilización en materia de menstruación digna
1,250.0000
98.00
122,500.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
33903
Sin clave de Compendio | Sensibilizar a actores clave en materia de
menstruación digna y su importancia en el acceso al derecho a la salud
80,000.0000
5.00
400,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
36101
Sin clave de Compendio | Campaña: Hacia una Menstruación digna en
medios
600,000.0000
1.00
600,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.1.1
36101
Sin clave de Compendio | Campaña: Día Nacional para la Prevención
del Embarazo en Adolescentes
300,000.0000
1.00
300,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
2.2.1
33903
Sin clave de Compendio | Cursos de actualización en SSRA
50,000.0000
16.00
800,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
2.2.1
33903
Sin clave de Compendio | Talleres para la definición de acciones
interinstitucionales para la prevención del embarazo en adolescentes
(uno or alcaldía)
26,500.0000
16.00
424,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
2.2.1
33903
Sin clave de Compendio | Talleres regionales en coordinación con los
distritos de salud (uno por alcaldía)
1,280,000.0000
1.00
1,280,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
21501
Sin clave de Compendio | Regleta. Impresión offset, a partir de original
electrónico, tamaño final 7.5 x 28 cms. Impreso a 4x4 tintas en polipap
de 12 puntos con corte recto
50.0000
4000.00
200,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
21501
Sin clave de Compendio | Tríptico. Impresión en offset a partir de
original electrónico. Papel couché 150 gramos. Impresa en 4 x 4 tintas
al rebase con barniz uv mate Tamaño extendido 21.5 x 27.5 cm.
Tamaño final 9.3 x 21.5 cm. Dos dobleces
20.0000
10000.00
200,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
21501
Sin clave de Compendio | Cartilla de Derechos Sexuales y
Reproductivos para Adolescentes de bolsillo
25.0000
21600.00
540,000.00
0.00
1
SSR para Adolescentes
1.2.1
36101
Sin clave de Compendio | Campaña: Hacia una Menstruación digna en
espectaculares
400,000.0000
1.00
400,000.00
0.00
2
PF y Anticoncepción
1.1.1
36101
Sin clave de Compendio | Campaña para la difusión de los servicios
con que cuenta la entidad para la atención de la planificación familiar y
anticoncepción, con énfasis en el día Internacional de la Planificación
Familiar a celebrarse el 3 de Agosto
700,000.0000
1.00
700,000.00
0.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
36101
Sin clave de Compendio | Campaña para la difusión de los servicios de
vasectomía sin bisturí con énfasis en las Jornadas intensivas en el Día
Mundial de la Vasectomías Sin Bisturí a celebrarse en el mes de
noviembre
718,740.0000
1.00
718,740.00
0.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
107
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
PF y Anticoncepción
2.2.2
51501
Sin clave de Compendio | Computadora Lap Top procesador core i7,
disco duro 1 TB, memoria Ram 8 GB y windows 11 profesional
35,000.0000
1.00
0.00
35,000.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
53101
Lámpara para cirugía | Lámpara para cirugía
4,000.0000
20.00
0.00
80,000.00
2
PF y Anticoncepción
2.2.1
33903
Sin clave de Compendio | Cursos de actualización para la prescripción
de métodos anticonceptivos conforme a la normatividad vigente
70,000.0000
4.00
0.00
280,000.00
2
PF y Anticoncepción
2.2.1
33903
Sin clave de Compendio | Reunión de Evaluación y Seguimiento con
Responsables Estatales del componente de Planificación Familiar y
anticocepción
2,350,000.0000
1.00
0.00
2,350,000.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
53101
Instrumento bipolar, desmontable, con mango, cremallera, camisa,
bisturí, dos pinzas (Remorgida). Longitud de trabajo 360 mm ( para
trócar de 6 m). | Electrocauterio
4,500.0000
20.00
0.00
90,000.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
53201
Tijera De Disección. Tijera Mayo, recta, longitud de 150 a 155 mm. |
Tijera
550.0000
20.00
0.00
11,000.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
53201
Urología. Pinza de anillo. Diámetro: 4.0 mm. Longitud 140 mm. | Pinzas
anillo de Lee para vasectomía
6,000.0000
40.00
0.00
240,000.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
53201
Urología. Pinza para disección, extremos agudos. Longitud 130 mm. |
Pinza diseccion de Lee para vasectomía
6,000.0000
40.00
0.00
240,000.00
2
PF y Anticoncepción
2.2.2
52101
Sin clave de Compendio | Proyector Portátil 3LCD WXGA con HDMI y
Wifi
20,000.0000
1.00
0.00
20,000.00
3
Salud Materna
2.5.1
33903
Sin clave de Compendio | Programación de capacitaciones en
emergencias obstétricas dirigidas al personal de salud operativo
50,000.0000
1.00
0.00
50,000.00
3
Salud Materna
3.1.1
33903
Sin clave de Compendio | Programación de capacitación en impulsar la
mejora continua de la atención integral de la persona gestante, trabajo
de parto y puerperio desde un enfoque centrado en la usuaria (Salas
LPR) mediante el cumplimiento de la normatividad
50,000.0000
1.00
0.00
50,000.00
3
Salud Materna
3.1.1
33903
Sin clave de Compendio | Programación de capacitación en integración
y difusión de la NORMA Oficial Mexicana NOM-020-SSA-2025, Para
establecimientos de salud y el reconocimiento de la partería, en la
atención integral materna y neonatal, para dar a conocer al personal
operativo (Direcciones de Hospitales, Jefes de Enseñanza, etc.) la
interculturalidad y derechos humanos de la norma
1,000,000.0000
1.00
0.00
1,000,000.00
3
Salud Materna
3.1.1
33903
Sin clave de Compendio | Programación de capacitación en servicio
integral capacitación mil días
50,000.0000
1.00
0.00
50,000.00
3
Salud Materna
2.2.1
33903
Sin clave de Compendio | Programación de la reunión nacional de
atención materna
2,000,000.0000
1.00
0.00
2,000,000.00
108
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
3
Salud Materna
2.2.1
33604
Sin clave de Compendio | Paquete de materiales impresos para
publicaciones oficiales, información en general y de difusión, material
didáctico y de promoción para los componentes de Salud Materna
(Tarjeta de embarazo, puerperio y lactancia -sis-38P, carnet de
atención integral de embarazo, hoja de valoracion de riesgo obstétrico,
valoración de depresión en el embarazo y puerperio)
14.5200
24053.50
0.00
349,256.82
3
Salud Materna
2.2.1
36300
Sin clave de Compendio | Campaña nacional en radio con temas
de:Línea materna, signos y síntomas de alarma en embarazo y
puerperio, depresión en el embarazo y puerperio, contingencias
epidemiológicas en el embarazo
587,801.0000
1.00
0.00
587,801.00
3
Salud Materna
1.3.1
33604
Sin clave de Compendio | Las impresiones del Plan de Seguridad se
deberán entregar uno por persona gestantes
3.0000
56337.00
169,011.00
0.00
3
Salud Materna
1.3.1
33604
Sin clave de Compendio | La entrega del Lineamiento de
Intervenciones Comunitarias y material de Partería tradicional será
durante los eventos que coordine la Subdirección de Atención Materna
del CNEGSR.
1,500.0000
600.00
900,000.00
0.00
4
Salud Perinatal
2.1.1
33903
Sin clave de Compendio | Curso de reanimación neonatal
1,600,000.0000
1.00
0.00
1,600,000.00
4
Salud Perinatal
1.3.1
53101
Sin clave de Compendio | Material didactico para capacitación en
lactancia materna
8,000.1000
1.00
0.00
8,000.10
4
Salud Perinatal
1.1.1
33903
Sin clave de Compendio | Cursos de Capacitación enfocados a los
primeros 1000 días de vida
180,000.0000
1.00
0.00
180,000.00
4
Salud Perinatal
2.1.1
33903
Sin clave de Compendio | Neonatalie, simulador de recién nacido:
simulador inflable diseñado para enseñar habilidades básicas de
reanimación neonatal, desarrolado para cumplir con los requisitos
clave para enseñar los pasos iniciales de la reanimación durante los
primeros 10 minutos de vida de un recién nacido.
2,500.0000
100.00
0.00
250,000.00
4
Salud Perinatal
2.1.1
33903
Sin clave de Compendio | Manual de Reanimación neonatal 8ª Edición
en español. Formato Esencial y Avanzado. Incluye puntos clave,
videos con QR, preguntas de repaso y contenidos actualizados para
mejorar la reanimación neonatal.
3,020.7800
50.00
0.00
151,039.00
5
Aborto Seguro
2.5.1
33903
Sin clave de Compendio | Curso/Taller Básico de Atención Integral al
Aborto Seguro programados por el CNEGSR
40,000.0000
1.00
0.00
40,000.00
5
Aborto Seguro
2.5.2
33903
Sin clave de Compendio | Curso/Taller Intermedio de Atención Integral
al Aborto Seguro programados por el CNEGSR
45,000.0000
1.00
0.00
45,000.00
5
Aborto Seguro
2.2.1
21701
Sin clave de Compendio | Modelos pélvicos didácticos para la
simulación y entrenamiento en la técnica de Aspiración Manual
Endouterina programados por el CNEGSR.
20,000.0000
4.00
0.00
80,000.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
109
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
5
Aborto Seguro
2.3.4
53101
Sin clave de Compendio | Aspirador Portátil para succión continua
(Aspirador Eléctrico Endouterino)
60,000.0000
1.00
0.00
60,000.00
5
Aborto Seguro
3.4.1
51501
Sin clave de Compendio | Laptop
27,000.0000
1.00
0.00
27,000.00
5
Aborto Seguro
3.4.1
52101
Sin clave de Compendio | Proyector multimedia
13,500.0000
1.00
0.00
13,500.00
5
Aborto Seguro
1.1.1
33604
Sin clave de Compendio | Estrategia de comunicación para la difusión
de la atención al aborto seguro.
1,000,000.0000
1.00
0.00
1,000,000.00
5
Aborto Seguro
2.5.3
33903
Sin clave de Compendio | Curso/Taller Especializado de Atención
Integral al Aborto Seguro programados por el CNEGSR
60,000.0000
1.00
0.00
60,000.00
6
Violencia de Género
2.3.1
36101
Sin clave de Compendio | Compra de 24 kit de muñecos sexuados
para la distribución en unidades que cuenten con servicios
especializados de atención a la violencia
5,990.0000
24.00
0.00
143,760.00
6
Violencia de Género
2.5.4
51501
Sin clave de Compendio | Contar con las herramientas de trabajo a
distancia (una Tablet con kit para trabajo inalámbrico y conexión a
internet) para la ejecución de los Programas de Capacitación
Supervisión
y
Coordinación
Interinstitucional
e
Intersectorial,
considerando 4 equipos (uno para la responsable estatal y 3 para el
personal que se incorpora)
10,000.0000
4.00
0.00
40,000.00
6
Violencia de Género
2.3.2
33401
Sin clave de Compendio | Que la persona responsable estatal de las
acciones de prevención y atención a la violencia sexual y contra las
mujeres pueda acceder a la capacitación “Curso de Inteligencia
Artificial para su aplicación en la Salud Publica”, impartida por el
Instituto Nacional de Salud Pública
6,847.5000
1.00
0.00
6,847.50
6
Violencia de Género
2.1.1
53101
Sin clave de Compendio | Para la compra de botiquines o cajas
especiales para colocar y resguardar los insumos de atención a la
violación sexual, considerando su distribución en las unidades de salud
que atienden y registran casos.
500.0000
43.00
0.00
21,500.00
6
Violencia de Género
3.6.1
33903
Sin clave de Compendio | La impartición del taller es de 8 horas,
considera materiales didácticos, servicios integrales y pasajes y
viáticos del personal ponente (un día),
10,480.0000
10.00
0.00
104,800.00
6
Violencia de Género
3.2.1
33903
Sin clave de Compendio | El Costo Unitario del Curso para la
Formación de Facilitadoras/es de Reeducación a Víctimas y Agresores
de Violencia de Pareja incluye pasajes, viáticos y servicios de
capacitación a servidores públicos por 2 días, para cubrir 16 horas de
capacitación,
72,460.0000
1.00
0.00
72,460.00
6
Violencia de Género
2.2.2
33903
Sin clave de Compendio | Curso sobre atención Inmediata a Víctimas
de Violación Sexual dirigido al personal de enfermería. 20 hrs de
capacitación presencial a 20 personas. Considera materiales
didácticos, servicios integrales y pasajes y viáticos del personal
ponente.
50,000.0000
1.00
0.00
50,000.00
110
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
6
Violencia de Género
2.2.3
33903
Sin clave de Compendio | Curso sobre Atención Médica a
Víctimas/Sobrevivientes de Violación Sexual dirigido a personal de
medicina, 16 hrs de capacitación presencial a 25 personas. Considera
materiales didácticos, servicios integrales y pasajes y viáticos del
personal ponente.
50,000.0000
1.00
0.00
50,000.00
6
Violencia de Género
2.2.1
33903
Sin clave de Compendio | Talleres de formación sobre Atención
Psicológica Especializada a víctimas de violencia de pareja, familiar y/o
sexual. 20 hrs de capacitación presencial a 20 personas. Considera
materiales didácticos, servicios integrales y pasajes y viáticos del
personal ponente.
100,000.0000
1.00
0.00
100,000.00
6
Violencia de Género
4.1.3
37204
Sin clave de Compendio | Traslado al personal de salud para la
Reunión Nacional programada por el CNEGSR
3,500.0000
1.00
0.00
3,500.00
6
Violencia de Género
1.1.1
36101
Sin clave de Compendio | Generar y dar seguimiento a una estrategia
de comunicación para la prevención y atención de la violencia familiar,
sexual y contra las mujeres a través de medios electrónicos y/o
impresos
191,980.0000
1.00
0.00
191,980.00
6
Violencia de Género
1.1.1
33604
Sin clave de Compendio | Generar y dar seguimiento a una estrategia
de comunicación para la prevención y atención de la violencia familiar,
sexual y contra las mujeres a través de medios electrónicos y/o
impresos
191,980.0000
1.00
0.00
191,980.00
TOTALES
19,110,875.15
14,805,198.86
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
5
Dengue
8.1.1
51501
Microcomputadora Portatil | Microcomputadora Portatil Computadora
portatil tipo laptopo de escritorio, procesador de Intel 7 Doceava
Generación, disco duro estado solido de 1 TB, Memoria Ram 16 GB,
Tarjeta dedicada a graficos de 4GB
35,000.0000
7.00
245,000.00
0.00
5
Dengue
8.1.1
53101
Sin clave de Compendio | Microscopio estereosopico,
85,000.0000
2.00
170,000.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
25501
Sin clave de Compendio | Ovitrampa : dispositivo hecho de un bote
plástico de color negro de 1 L. Ovitrampa : dispositivo hecho de un
bote plástico de color negro de 1 L.
21.0000
2500.00
52,500.00
0.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
111
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
5
Dengue
3.1.1
21101
Papel filtro | Papel filtro Papel Pellon F-1600, rollo de 100mts de
largox12cm de ancho. Entretela de corte con tijera F-1600 • Medidas:
1.15 m de ancho • Pellón Grueso Modelo: PELLON DE 1.15 mts
ancho.
350.0000
400.00
140,000.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
607,500.00
0.00
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
3.1.1
25901
Sin clave de Compendio | Modulo de GX 6 colores
502,280.0000
1.00
0.00
502,280.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
502,280.00
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
6
Programa de Acción
Específico para la
Prevención y Control de
Enfermedades
Respiratorias Crónicas
3.1.1
25401
Sin clave de Compendio | Boquillas modelo Schiller, caja con 100
boquillas
3,000.0000
10
0.00
30,000.00
6
Programa de Acción
Específico para la
Prevención y Control de
Enfermedades
Respiratorias Crónicas
3.1.1
33604
Sin clave de Compendio | cartel informativo de la Enfermedad
Pulmonar Obstructiva Crónica EPOC, Plastificado, dimensiones de 90
x 60 cm
44.6809
47
0.00
2,100.00
6
Programa de Acción
Específico para la
Prevención y Control de
Enfermedades
Respiratorias Crónicas
3.3.1
25401
Sin clave de Compendio | Boquillas modelo Schiller, caja con 100
boquillas
3,000.0000
10
0.00
30,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
62,100.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
53201
Sin clave de Compendio | Baumanometro digital de acuerdo a la lista
de dispositivos automáticos para medición de presión validados
1,800.0000
700
0.00
1,260,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
53201
Sin clave de Compendio | Basculas de bioimpedancia electrica
3,262.5000
240
0.00
783,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
51501
Sin clave de Compendio | Equipo de escritorio
24,000.0000
150
0.00
3,600,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
21101
Sin clave de Compendio | papel bond
505.0000
10
0.00
5,050.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
5,648,050.00
112
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
8
Programa de Acción
Específico en Atención al
Envejecimiento
3.3.1
33603
Sin clave de Compendio | Formatos de detección
346,180.0000
1
346,180.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
346,180.00
0.00
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
9
Prevención, Detección y
Control de las
Enfermedades Bucales
11.1.3
51501
Sin clave de Compendio | Microcomputadora portátil. Equipo de
cómputo laptop
12,000.0000
1
12,000.00
0.00
9
Prevención, Detección y
Control de las
Enfermedades Bucales
5.2.2
25401
Sin clave de Compendio | Cepillo Dental con Tipodonto Gigante para la
Instrucción de la Técnica de Cepillado Dental
2,400.0000
65
156,000.00
0.00
9
Prevención, Detección y
Control de las
Enfermedades Bucales
10.1.1
38301
Sin clave de Compendio | Reunión Nacional de Responsables
Estatales
300,000.0000
1
300,000.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
468,000.00
0.00
TOTALES
1,421,680.00
6,212,430.00
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
27,446,358.50
26,852,283.01
54,298,641.51
Para efectos del presente ANEXO, los insumos/ bienes correspondientes al presupuesto considerado para la SEGUNDA MINISTRACIÓN que se realizará en el
mes de MAYO estarán sujetos a lo establecido en el quinto y sexto párrafo numerales 3 y 4 de la cláusula DÉCIMA PRIMERA de este “CONVENIO ESPECÍFICO” y
del cumplimiento de las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto, con base en el dictamen que de forma colegiada el “GTT” emita para
confirmar o adecuarlos y formará parte integral del presente “CONVENIO ESPECIFICO.”
Asimismo, el precio unitario definitivo dependerá del precio adjudicado por “EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” derivado del procedimiento de
contratación que realice al amparo de la normatividad aplicable y se asentará en el dictamen del “GTT” respectivo, el cual formará parte integral del presente
“CONVENIO ESPECÍFICO”.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
113
ANEXO 5
Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor de Salud
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor de Salud
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor de Salud
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor de Salud
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor de Salud
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor de Salud
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor de Salud
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
1
Comunidades y
municipios
3.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor de Salud
19,812.0000
3.00
59,436.00
0.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
1.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses)
19,812.0000
6.00
0.00
118,872.00
114
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
Estilos de vida
saludables
1.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses)
19,812.0000
6.00
0.00
118,872.00
2
Estilos de vida
saludables
1.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses)
19,812.0000
6.00
0.00
118,872.00
2
Estilos de vida
saludables
1.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses)
19,812.0000
6.00
0.00
118,872.00
2
Estilos de vida
saludables
1.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses)
19,812.0000
6.00
0.00
118,872.00
2
Estilos de vida
saludables
1.1.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en salud 6 meses)
19,812.0000
6.00
0.00
118,872.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
115
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
2
Estilos de vida
saludables
3.3.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud -A2 | Polivalente (6 meses)
15,784.0000
6.00
0.00
94,704.00
4
Mercadotecnia Social en
Salud - Laboratorios de
Comunicación de
Riesgos
1.3.1
12101
Soporte Administrativo D | Soporte Administrativo D (6 meses de
contratación)
28,251.0000
6.00
169,506.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Cuahutémoc
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Cuahutémoc
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Venustiano Carranza
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Iztapalapa
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Azcapotzalco
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
116
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
5
Personas en Movilidad
1.2.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) Nivel Central
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Xochimilco
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Cuahutémoc
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) Jurisdicción Sanitaria Venustiano Carranza
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) Nivel Central
19,812.0000
6.00
118,872.00
0.00
5
Personas en Movilidad
1.2.1
12101
Promotor en Salud | Promotor en Salud (6 meses 01 de julio a 31 de
diciembre 2025) Nivel Central
19,812.0000
3.00
59,436.00
0.00
TOTALES
2,309,202.00
3,554,352.00
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
VIH y otras ITS
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
117
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Técnico en Programas de Salud | Técnico en Programas de Salud
16,804.0000
7.00
117,628.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Médico General A | Médico General
40,595.0000
7.00
284,165.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera (o)
25,378.0000
7.00
177,646.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera (o)
25,378.0000
7.00
177,646.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicólogo
32,091.0000
7.00
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicólogo
32,091.0000
7.00
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicólogo
32,091.0000
7.00
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicólogo
32,091.0000
7.00
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicólogo
32,091.0000
7.00
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicólogo
32,091.0000
7.00
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicólogo
32,091.0000
7.00
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicólogo
32,091.0000
7.00
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicólogo
32,091.0000
7.00
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicólogo
32,091.0000
7.00
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Médico General A | Médico General
40,595.0000
7.00
284,165.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera (o)
25,378.0000
7.00
177,646.00
0.00
118
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A7 | Responsable de Sistemas de
Información/Administradores y supevisores de operación de Sistemas
de Información
17,811.0000
7.00
124,677.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Psicólogo Clínico | Psicólogo
32,091.0000
7.00
224,637.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera (o)
25,378.0000
7.00
177,646.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera (o)
25,378.0000
7.00
177,646.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera (o)
25,378.0000
7.00
177,646.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera (o)
25,378.0000
7.00
177,646.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera (o)
25,378.0000
7.00
177,646.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera (o)
25,378.0000
7.00
177,646.00
0.00
1
VIH y otras ITS
3.8.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera (o)
25,378.0000
7.00
177,646.00
0.00
TOTALES
7,763,546.00
0.00
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Salud Sexual y Reproductiva
1
SSR para Adolescentes 1.2.1
12101
Psicólogo Clínico | implementación y coordinación del proyecto de
menstruación digna
32,091.0000
7.50
240,682.50
0.00
1
SSR para Adolescentes 1.2.1
12101
Enfermera General Titulada A | implementación del proyecto de
menstruación digna
25,378.0000
7.50
190,335.00
0.00
1
SSR para Adolescentes 1.2.1
12101
Enfermera General Titulada A | implementación del proyecto de
menstruación digna
25,378.0000
7.50
190,335.00
0.00
1
SSR para Adolescentes 1.2.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | implementación del proyecto de
menstruación digna
23,090.0000
7.50
173,175.00
0.00
1
SSR para Adolescentes 2.5.3
12101
Médico General A | Personal adscrito al servicio amigable movil
EDUSEX
40,595.0000
8.00
0.00
324,760.00
1
SSR para Adolescentes 2.5.3
12101
Promotor en Salud | Personal adscrito al servicio amigable movil
EDUSEX
19,812.0000
8.00
0.00
158,496.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
119
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
SSR para Adolescentes 2.5.3
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A8 | Personal adscrito al servicio
amigable movil EDUSEX
18,340.0000
8.00
0.00
146,720.00
1
SSR para Adolescentes 1.2.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | implementación del proyecto de
menstruación digna
23,090.0000
7.50
173,175.00
0.00
1
SSR para Adolescentes 2.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Personal adscrito al componenete de SSRA
para labores exclusivas de supervisión
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
1
SSR para Adolescentes 2.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Personal adscrito al componenete de SSRA
para labores exclusivas de supervisión
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Médico General A | Médico General A 8 meses, Para supervisión y
monitoreo de las estrategias del componente, principalmente en la
oferta sistemática de métodos anticonceptivos y servicios de
vasectomía sin bisturí y/o supervisión al personal operativo sobre
metodología anticonceptiva según normatividad vigente
40,595.0000
8.00
0.00
324,760.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Médico General A | Médico General A 8 meses, Para supervisión y
monitoreo de las estrategias del componente, principalmente en la
oferta sistemática de métodos anticonceptivos y servicios de
vasectomía sin bisturí y/o supervisión al personal operativo sobre
metodología anticonceptiva según normatividad vigente
40,595.0000
8.00
0.00
324,760.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses
para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente,
principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre
metodología anticonceptiva según normatividad vigente
25,378.0000
8.00
0.00
203,024.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses
para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente,
principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre
metodología anticonceptiva según normatividad vigente
25,378.0000
8.00
0.00
203,024.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses
para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente,
principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre
metodología anticonceptiva según normatividad vigente
25,378.0000
8.00
0.00
203,024.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses
para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente,
principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre
metodología anticonceptiva según normatividad vigente
25,378.0000
8.00
0.00
203,024.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses
para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente,
principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre
metodología anticonceptiva según normatividad vigente
25,378.0000
8.00
0.00
203,024.00
120
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Enfermera General Titulada A | Enfermera General Titulada 8 meses
para supervisión y monitoreo de las estrategias del componente,
principalmente APEO y/o supervisión al personal operativo sobre
metodología anticonceptiva según normatividad vigente
25,378.0000
8.00
0.00
203,024.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Médico General A | Médico General A 8 meses, Para supervisión y
monitoreo de las estrategias del componente, principalmente en la
oferta sistemática de métodos anticonceptivos y servicios de
vasectomía sin bisturí y/o supervisión al personal operativo sobre
metodología anticonceptiva según normatividad vigente
40,595.0000
8.00
0.00
324,760.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A4 | Apoyo Administrativo en Salud- A4
por 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del
componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal
operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad
vigente
16,256.0000
8.00
0.00
130,048.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A4 | Apoyo Administrativo en Salud- A4
por 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del
componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal
operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad
vigente
16,256.0000
8.00
0.00
130,048.00
2
PF y Anticoncepción
2.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A4 | Apoyo Administrativo en Salud- A4
por 8 meses para supervisión y monitoreo de las estrategias del
componente, principalmente APEO y/o supervisión al personal
operativo sobre metodología anticonceptiva según normatividad
vigente
16,256.0000
8.00
0.00
130,048.00
3
Salud Materna
1.2.1
12101
Soporte Administrativo C | La persona responsable estatal se
encargará de coordinar, supervisar y fortalece las intervenciones
comunitarias, así como enviar de manera mensual la productividad y
evidencia solicitada.
28,251.0000
9.00
0.00
254,259.00
4
Salud Perinatal
3.2.1
12101
Enfermera General Titulada A | Personal de enfermería que apoye en
la captura de fichas demográficas en la plataforma de AAMATES,
apoyo en la toma de segunda muestra de tamiz, localización de casos
sospechosos, monitoreo y seguimiento del programa en las
comunidades y municipios del estado.
25,378.0000
9.00
0.00
228,402.00
4
Salud Perinatal
3.2.1
12101
Enfermera General Titulada A | Personal de enfermería que apoye en
la captura de fichas demográficas en la plataforma de AAMATES,
apoyo en la toma de segunda muestra de tamiz, localización de casos
sospechosos, monitoreo y seguimiento del programa en las
comunidades y municipios del estado.
25,378.0000
9.00
0.00
228,402.00
5
Aborto Seguro
3.4.1
12101
Médico General en Área Normativa | Medico/a General en Área
Normativa adscrito a aborto seguro contrato por 8 meses.
40,611.0000
8.00
0.00
324,888.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
121
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
6
Violencia de Género
2.5.4
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Trabajadora Social en Área
Médica A con el objetivo de garantizar el acceso y la continuidad a los
servicios de prevención y atención de la violencia familiar, sexual y
contra las mujeres, con citerios de garantía de oportunidad, calidad,
seguridad y protección. Para ello se hace indispensabl el desarrollo de
las actividades de coordinación e integración de redes de servicios
para la atención integral de las personas sobrevivientes de violencia
familiar, sexual y contra las mujeres., Es importante que cada entidad
federativa cuente y operacionalice un programa de coordinación
interinstitucional e intersectorial con la finalidad de garantizar el
acceso, la continuidad, la calidad y la seguradad en las prestación de
los servicios de prevención y atención de la violencia familiar, sexual y
contra las mujeres.
23,090.0000
8.00
0.00
184,720.00
6
Violencia de Género
2.4.1
12101
Médico General en Área Normativa | Medicina General en Área
Normativa. Para el desarrollo de funciones de supervisión e
implementación de un programa de supervisión y monitoreo de los
servicios otorgados en materia de prevención y atención de la violencia
familiar, sexual y contra las mujeres. Se consideran un profesional de
medicina con contratación por 8 meses y aplicación del tabulador de
acuerdo a zona geográfica.
40,611.0000
8.00
0.00
324,888.00
6
Violencia de Género
2.4.2
12101
Psicólogo Clínico | Psicología: Para el desarrollo de funciones de
supervisión e implementación de un programa de capacitación para el
fortalecimientos de los servicios otorgados en materia de prevención y
atención de la violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Se
consideran un profesional de psicología con contratación por 8 meses
y aplicación del tabulador de acuerdo a zona geográfica.
32,091.0000
8.00
0.00
256,728.00
TOTALES
1,354,614.50
5,014,831.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
1
Paludismo
3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
1
Paludismo
4.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
1
Paludismo
4.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
122
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Paludismo
4.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
1
Paludismo
4.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $
24182 por 8 meses.
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $
24182 por 8 meses.
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $
24182 por 8 meses.
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $
24182 por 8 meses.
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $
24182 por 8 meses.
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $
24182 por 8 meses.
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $
24182 por 8 meses.
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $
24182 por 8 meses.
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $
24182 por 8 meses.
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $
24182 por 8 meses.
24,182.0000
8.00
193,456.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
123
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
5
Dengue
3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Apoyo Administrativo en Salud- A5 | Apoyo Administrativo en Salud -
A5 con sueldo de $ 17007 por 8 meses.
17,007.0000
8.00
136,056.00
0.00
5
Dengue
3.1.1
12101
Soporte Administrativo B | Soporte Administrativo B con sueldo de $
24182 por 9 meses.
24,182.0000
9.00
217,638.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
4,193,038.00
0.00
7
Enfermedades Cardiometabólicas
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
124
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | Líder de logística e
infraestructura
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo B | Sin descripción complementaria
24,182.0000
5.00
0.00
120,910.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo B | Sin descripción complementaria
24,182.0000
5.00
0.00
120,910.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
125
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
126
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Soporte Administrativo C | Sin descripción complementaria
28,251.0000
5.00
0.00
141,255.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
127
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Licenciado en Ciencias de la Nutrición | Enlace de gestión del acceso y
uso de los servicios de salud
28,978.0000
5.00
0.00
144,890.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
128
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
12101
Psicólogo Clínico | Líder de logística e infraestructura
32,091.0000
5.00
0.00
160,455.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
13,460,390.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
129
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
130
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA DE
ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES /
RAMO 12
CASSCO
CAUSES
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
8
Programa de Acción
Específico en Atención
al Envejecimiento
3.3.1
12101
Trabajadora Social en Área Médica A | 1 Licenciado(a) en Gerontología
23,090.0000
5.00
0.00
115,450.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
3,463,500.00
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
9
Prevención, Detección
y
Control
de
las
Enfermedades Bucales
11.1.2
12101
Soporte Administrativo B | Supervisores Estatales
24,182.0000
9.00
217,638.00
0.00
SUBTOTAL PROGRAMA
217,638.00
0.00
TOTALES
4,410,676.00
16,923,890.00
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPPS / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
15,838,038.50
25,493,073.00
41,331,111.50
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
131
ANEXO 6
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
1
VIH y otras ITS
1
VIH y otras ITS
1.2.1
Ramo 12
Condón femenino. De poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en
los extremos. Envase con 1, 2 ó 3 piezas en empaque individual. | De poliuretano
a látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos, envase con 12 ó 3
piezas en empaque individual
7.8880
21777.00
171,776.98
1
VIH y otras ITS
1.2.1
Ramo 12
Condón masculino. De hule látex. Envase con 100 piezas. | De hule látex,
envase con 100 piezas
93.5700
57629.00
5,392,345.53
1
VIH y otras ITS
1.2.1
Ramo 12
Gel. Lubricante a base de agua. Envase con 2 a 60 g. | A base agua. Envase con
5 o 10 mlg
11.2172
355662.00
3,989,531.79
1
VIH y otras ITS
11.6.1
Ramo 12
Pruebas Rápidas. Prueba rápida inmunocromatográfica para la determinación de
anticuerpos de Treponema pallidum en suero o plasma humano. Con
sensibilidad no menor al 95% y una especificidad no menor al 98% de acuerdo
con el certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y
Referencia Epidemiológicos o en su caso algún otro organismo internacional
como la FDA, EMA, o la Organización Mundial de la Salud. Requiere prueba
confirmatoria. Envase para mínimo 20 pruebas. | Sin descripción complementaria
33.3000
122000.00
4,062,600.00
1
VIH y otras ITS
3.10.1
Ramo 12
Valganciclovir.
Comprimido
Cada
Comprimido
contiene
Clorhidrato
de
valganciclovir equivalente a 450 mg de valganciclovir. Envase con 60
Comprimidos | Sin descripción complementaria
1,003.0000
108.00
108,324.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1
Ramo 12
Pruebas Rápidas. Inmunoanálsis para la detección del antígeno p24 de HIV-1 y
anticuerpos al HIV-1 y HIV-2. Inmunoanálsis cualitativo in vitro con lectura visual
para la detección simultánea del antígeno (Ag) no inmunocomplejo p24 del HIV-1
en forma libre y anticuerpos (Ab) a HIV-1 y HIV-2 en sangre humana. 10 tarjetas
de prueba recubiertas de antígeno HIV1/2 recombinante y péptidos sintéticos,
anticuerpos al antígeno p24 y avidina. TATC. | Sin descripción complementaria
98.6000
79100.00
7,799,260.00
1
VIH y otras ITS
5.1.1
Ramo 12
Pruebas Rápidas. Prueba rápida inmunocromatográfica para la determinación
cualitativa de anticuerpos lgM/lgG anti HIV-1 y HIV-2 simultáneamente en suero,
sangre, plasma o sangre total humana. Con lanceta retráctil con 3 niveles de
punción, pipeta de toma y solución de corrimiento y sensibilidad igual o superior
al 99% y especificidad igual o superior al 98% para VIH, de acuerdo con el
certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia
Epidemiológica, o en su caso algún otro organismo internacional como la FDA,
EMA o la Organización Mundial de la Salud. Pieza. | Sin descripción
complementaria
54.4040
25900.00
1,409,063.60
2
Virus de hepatitis C
2
Virus de hepatitis C
3.6.1
Ramo 12
Prueba Rápida para la Determinación Cualitativa de Anticuerpos Contra el Virus
de la Hepatitis C. Prueba rápida para la determinación cualitativa de anticuerpos
IgG por técnica inmunocromatográfica, contra el virus de la Hepatitis C (VHC) en
sangre total, suero y plasma. Para su uso exclusivo como prueba de tamizaje.
Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 25 pruebas. TATC. | Sin
descripción complementaria
24.7776
79475.00
1,969,199.76
TOTAL
24,902,101.65
132
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
1
Salud Sexual y Reproductiva
1
SSR para Adolescentes
2.5.3
Ramo 12
Fonodetector Portatil de Latidos Fetales. Equipo portátil, que permite la
localización y amplificación del latido cardiaco fetal, con fines de diagnóstico, por
método no invasivo, por efecto doppler pulsado. Con las siguientes
características, seleccionables de acuerdo a necesidades de las unidades
médicas: transductor para uso específico en obstetricia; con despliegue digital en
pantalla de la frecuencia cardiaca fetal y señal visual de latido cardiaco. Que
opere con baterías recargables o desechables. Indicación en pantalla de batería
baja. Apagado automático. Bocina. Control de volumen variable. Procesado de
autocorrelación. | Para las Jornadas con la unidad móvil Edusex
5,925.0000
23.00
136,275.00
1
SSR para Adolescentes
2.5.3
Ramo 12
Guantes. Para exploración, ambidiestro, estériles. De látex, desechables.
Tamaños Mediano. Envase con 100 piezas. | Para las Jornadas con la unidad
móvil Edusex
180.0000
20.00
3,600.00
1
SSR para Adolescentes
2.5.3
Ramo 12
Pruebas Rápidas. Gonadotrofina coriónica fracción Beta. Prueba rápida
cualitativa de un solo paso en membrana sólida para determinación en orina o
suero, en sobre individual Sensibilidad 20 Mui/ml. A 25 Mui/ml. Equipo. Prueba
en cartucho de plástico, con pipeta desechable. Equipo con control positivo y
negativo para múltiples pruebas. Equipo para múltiplos de 10, mínimo 10,
máximo 100 pruebas. TATC. | Para las Jornadas con la unidad móvil Edusex
19.2400
20.00
384.80
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
Ramo 12
Bata desechable para paciente. Elaborada en tela no tejida de polipropileno de al
menos 4 pines (SMMS) de al menos 38 gr/m², con manga corta, con dos cintas
de amarre en la parte delantera. Resistente a la penetración por impacto de
fluidos, resistente a la presión hidrostática de fluidos, color antirreflejante, no
transparente, antiestática y resistente a la tensión. Producto desechable y de un
solo uso. No estéril. Con capa protectora antibacterial. Medidas Unitalla.
Envolvencia de 147 +/-3 cm x 117+/-3 cm Pieza. | Batas desechables para
pacientes pieza
13.7500
7000.00
96,250.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
Ramo 12
Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo en mangas y pecho. Tela no
tejida de polipropileno, impermeable a la penetración de líquidos y fluidos ;
antiestática y resistente a la tensión. Estéril y desechable. Tamaño Grande Pieza.
| Batas quirúrgicas desechables para el médico pieza
30.3600
7000.00
212,520.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
Ramo 12
Campos quirúrgicos. Campos quirúrgicos de incisión, impregnados con
iodopovidona en una de sus caras. Compuesto de una película impermeable;
transparente, con adhesivo grado médico, autoadheribles, hipoalergénico. Con
una superficie de impregnación de 56 x 45 cm. Estériles y desechables Empaque
individual. Envase con 10 piezas. Las medidas las seleccionará la Unidad Médica
de acuerdo a sus necesidades. | Campo quirúrgico de 56x45 cm para realizar
VSB paquete con 10 piezas
241.7300
6220.00
1,503,560.60
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
Ramo 12
Gorros. Gorro redondo con elástico ajustable al contorno de la cara, de tela no
tejida de polipropileno, desechable. Impermeable a la penetración de líquidos y
fluidos; antiestática y resistente a la tensión. Tamaño Grande. Desechable.
Pieza. | Gorros desechable pieza
1.1500
7000.00
8,050.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
Ramo 12
Guantes. Para cirugía. De látex natural, estériles y desechables. Tallas 7 1/2 Par.
| Guante quirúrgico estéril
6.3800
4394.00
28,033.72
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
133
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
Ramo 12
Juego de sábanas, repelentes y desechables para paciente. Elaboradas con tela
no tejida, 100% polipropileno de al menos 4 pines (SMMS) de al menos 38 gr/m²,
con dos sábanas una para cajón y una plana. Resistente a la penetración por
impacto de fluidos, resistencia a la presión hidrostática de fluidos, hidrofóbico,
color antirreflejante, no transparente, antiestática y resistente a la tensión.
Producto de un solo uso. Desechable. No estéril. Con capa protectora
antibacterial. Medidas Sábana para cajón plana 210+/- 5cm x 110 +/-5 cm
Sábana plana 210 +/- 5 cm x 115 +/- 5 cm. | Sábanas cajón y plana
50.5200
6220.00
314,234.40
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
Ramo 12
Lidocaína. Solución Inyectable al 2%. Cada frasco ámpula contiene Clorhidrato
de lidocaína 1 g Envase con 5 frascos ámpula con 50 ml | Lidocaína al 2% sin
epinefrina
120.4100
622.00
74,895.02
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
Ramo 12
Limpiador antimicrobiano para piel y heridas. Limpiador antimicrobiano para piel y
heridas es un líquido claro isotónico que ayuda a la remoción mecánica de
residuos contiene 0.057% de hipoclorito de sodio como antimicrobiano. Botella
con 15 oz (443 ml.) con tapa. Envase con 12 piezas TA | Desinfectante
1,148.1600
150.00
172,224.00
2
PF y Anticoncepción
2.7.1
Ramo 12
Suturas. Seda negra trenzada sin aguja. Longitud de la hebra 75 cm Calibre de la
sutura 3-0 Sobre con 7 a 12 hebras. Envase con 12 sobres. | Seda 3.0 con aguja
3-0 (Envase con 12 unidades)
208.5400
350.00
72,989.00
3
Salud Materna
2.2.1
Ramo 12
Ácido fólico. Tableta. Cada tableta contiene Acido fólico 0.4 mg Envase con 90
Tabletas. | Ácido fólico. Tableta. Cada tableta contiene: Ácido fólico 0.4 mg.
Envase con 90 Tabletas.
4.2000
109318.00
459,135.60
3
Salud Materna
2.2.1
Ramo 12
Fumarato ferroso. Tableta. Cada tableta contiene Fumarato ferroso 200 mg
equivalente a 65.74 mg de hierro elemental. Envase con 50 Tabletas. | Fumarato
ferroso. Tableta. Cada tableta contiene Fumarato ferroso 200 mg equivalente a
65.74 mg de hierro elemental. Envase co 50 Tabletas
6.7400
98386.00
663,121.64
3
Salud Materna
2.2.1
Ramo 12
Pruebas rápidas de Hepatitis C | Pruebas rápidas de Hepatitis C
1,495.0000
2187.00
3,269,565.00
3
Salud Materna
2.2.1
Ramo 12
Tiras Reactivas Tiras reactivas para determinar, como mínimo 10 parámetros en
orina glucosa, bilirrubinas, cetonas, gravedad específica, sangre, pH, proteínas,
urobilinógeno, nitritos, leucocitos. Frasco con 100 tiras. TATC. | Tiras reactivas
para determinar como mínimo 10 parámetros en orina: glucosa bilirrubinas
cetonas gravedad específica sangre PH proteínas urobilinógeno nitritos
leucocitos. Frasco con 100 tiras. TATC.
133.4000
1514.00
201,967.60
3
Salud Materna
2.3.1
Ramo 12
Pruebas Rápidas. Reactivo para la determinación cromatográfica, cualitativa de
anticuerpos contra VIH tipo 1 y 2 y Treponema pallidum. Cada sobre contiene ·
Cartucho de prueba. · Un bulbo de plástico con regulador de corrimiento. · Un
bulbo de plástico vacío (pipeta para toma de muestra). · Una lanceta retráctil con
3 niveles de punción. Caja para mínimo 10 sobres Con sensibilidad igual o
superior al 99% y especificidad igual o superior al 98% para VIH y sensibilidad no
menor al 95% y una especificidad no menor al 98% para sífilis, de acuerdo con el
certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia
Epidemiológicos, o en su caso algún otro organismo internacional como la FDA,
EMA o la Organización Mundial de la Salud. | PRUEBAS RÁPIDAS. Reactivo
para la determinación comatrográfica, cualitativa de anticuerpos contra VIH tipo 1
y 2 y Treponema Pallidum. Cada sobre contiene: Cartucho de prueba. -Un bulbo
de plástico con regulador de corrimiento. -Un bulbo de plástico vacio (pipeta para
toma de muestra). - Una lanceta retráctil con 3 niveles de punción. Caja para
122.3800
98386.00
12,040,478.68
134
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
mínimo 10 sobres. Con sensibilidad igual o superior al 99% y especificidad igual
o superior al 98% para VIH y sensibilidad no menor al 95% y una especificidad
no menor al 98% para sífilis, de acuerdo con el certificado de evaluación
diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemilógicos.
3
Salud Materna
2.5.1
Ramo 12
Ácido Tranexámico. Solución Inyectable. Cada ampolleta contiene Ácido
tranexámico 500 mg Vehículo c.b.p. 5mL. Envase con cinco ampolletas de 5 mL
cada una. | SOLUCIÓN INYECTABLE. Cada ampolleta contiene: Ácido
tranexámico 500 mg. Vehículo c.b.p.5 mL. Envase con cinco ampolletas de 5 mL
cada una
9,999.0000
1370.00
13,698,630.00
3
Salud Materna
2.5.1
Ramo 12
Balón Bakri | Balón Bakri
7,200.0000
335.00
2,412,000.00
3
Salud Materna
2.5.1
Ramo 12
Pruebas Rápidas. Gonadotrofina coriónica fracción Beta. Prueba rápida
cualitativa de un solo paso en membrana sólida para determinación en orina o
suero, en sobre individual Sensibilidad 20 Mui/ml. A 25 Mui/ml. Equipo. Prueba
en cartucho de plástico, con pipeta desechable. Equipo con control positivo y
negativo para múltiples pruebas. Equipo para múltiplos de 10, mínimo 10,
máximo 100 pruebas. TATC. | Prueba Rápida de Gonadotrofina
80.0000
32795.00
2,623,600.00
4
Salud Perinatal
2.3.1
Ramo 12
Equipo de Emisiones Otoacústicas | Equipo de Emisiones Otoacústicas
250,000.0000
14.00
3,500,000.00
4
Salud Perinatal
2.4.1
Ramo 12
Lancetas Lanceta de retracción automática y permanente. Incisión de 1.8 a 2.0
mm, integrada a un disparador de plástico; con dispositivo plástico removible que
asegure la esterilidad. Estéril y desechable. Caja con 100 y sus múltiplos. |
Lanceta de retracción automática y permanente. Incisión de 1.8 a 2.0 mm,
integrada a un disparador de plástico; con dispositivo plástico removible que
asegure la esterilidad., Estéril y desechable. , Caja con 100 y sus múltiplos.
5.5000
36200.00
199,100.00
4
Salud Perinatal
2.4.1
Ramo 12
Papeles. Para prueba de TSH. Papel filtro, de algodón 100%, sin aditivos,
especial para recolección y transporte de sangre de neonatos, con impresión de
cinco círculos punteados de un centímetro de diámetro cada uno, con nombre,
número progresivo y formato duplicado foliados. Múltiplo de 10 hojas, máximo
100. | Papel filtro, de algodón 100%, sin aditivos, especial para recolección y
transporte de sangre de neonatos, con , impresión de cinco círculos punteados
de un centímetro de diámetro cada uno, con nombre, número , progresivo y
formato duplicado foliados.
8.5000
36180.00
307,530.00
5
Aborto Seguro
2.3.1
Ramo 12
Mifepristona. Tableta. Cada tableta contiene Mifepristona 200 mg. Envase con
una tableta. | Mifepristona. Tableta. Cada tableta contiene: Mifepristona 200 mg.
Envase con una tableta.
850.0000
165.00
140,250.00
5
Aborto Seguro
2.3.2
Ramo 12
Misoprostol. Tabletas Cada tableta contiene: Misoprostol 200 µg. Envase con 28
tabletas. | Misoprostol. Tabletas Cada tableta contiene: Misoprostol 200 µg.
Envase con 28 tabletas.
298.4500
171.00
51,034.95
5
Aborto Seguro
2.3.3
Ramo 12
Jeringas. De plástico grado médico, para aspiración manual endouterina,
reesterilizable, capacidad de 60 ml, con anillo de seguridad, émbolo en forma de
abanico, extremo interno en forma cónica, con anillo de goma negro en su interior
y dos válvulas de control externas. Para cánulas de 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 12 mm de
diámetro. Pieza. | Jeringas de plástico grado médico para aspiración manual
endouterina reesterilizable capacidad de 60 ml con anillo de seguridad émbolo en
forma de abanico extremo interno en forma cónica con anillo de goma negro en
su interior y dos válvulas de control externas. Para cánulas de 4, 5, 6, 7, 8, 9, y
12 mm de diámetro.
5,200.0000
375.00
1,950,000.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
135
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
6
Violencia de Género
2.1.1
Ramo 12
Bictegravir sódico 52.5 mg equivalente a 50 mg de bictagravir. Emtricitabina 200
mg. Tenofovir alafenamida fumarato 28 mg equivalente a 25 mg de tenofovir
alafenamida. Caja con un frasco con 30 tabletas | Para el uso de atenciones
otorgadas a personas víctimas de violación sexual
1,720.0000
30.00
51,600.00
TOTAL
44,191,030.01
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
1
Prevención y Control de
Enfermedades
Zoonóticas y Emergentes
4.2.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | AMOXICILINA L.A.
659.0000
54.00
35,586.00
1
Prevención y Control de
Enfermedades
Zoonóticas y Emergentes
4.2.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | TILETAMINA-ZOLAZEPAM 10%
779.0000
541.00
421,439.00
1
Prevención y Control de
Enfermedades
Zoonóticas y Emergentes
4.2.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | XILACINA 2%
569.0000
270.00
153,630.00
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Ethambutol 100 mg. Frasco c/100 tabletas
dispersables
482.0200
24.00
11,568.48
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Isoniazida 100 mg, caja c/100 tabletas dispersables
193.4500
17.00
3,288.65
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Isoniazida 300 mg, caja c/ 672 tabletas.
264.0000
3.00
792.00
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Rifampicina 75 mg + INH 50 mg, caja c/84 tabletas
dispersables
268.9900
58.00
15,601.42
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Rifampicina 75 mg. + Isoniazida 50 mg. + Pirazinamida
150 mg. Caja c/84 tabletas dispersables
348.1000
29.00
10,094.90
136
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Rifapentina 150 mg, caja c/100 tabletas dispersables.
303.6000
13.00
3,946.80
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Rifapentina 300 mg, caja c/100 tabletas
745.5800
17.00
12,674.86
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
3.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Cartuchos Xpert MTB/RIF ultra
7,896.7500
66.00
521,185.50
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Linezolid. Tableta. Cada tableta contiene Linezolid 600 mg. Envase con 10
tabletas. | Linezolid 600mg, caja c/ 10 tabletas (010.000.4290.00)
197.9000
824.00
163,069.60
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Moxifloxacino. Tableta Cada Tableta contiene Clorhidrato de moxifloxacino
equivalente a 400 mg de moxifloxacino. Envase con 7 Tabletas. | Moxifloxacino
400mg, caja c/ 7 tabletas (010.000.4252.00)
34.5500
229.00
7,911.95
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Bedaquiline 100mg, envase c/ 188 tabletas (S/C)
6,637.1500
24.00
159,291.60
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Cicloserina 250mg, caja c/ 100 tabletas (S/C)
524.6500
36.00
18,887.40
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Clofazimina 100mg, caja c/ 100 cápsulas (S/C)
976.0500
76.00
74,179.80
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Delamanid 25mg, envase c/48 tab dispersables
1,983.0000
7.00
13,881.00
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Delamanid 50mg, envase c/ 48 tabletas (S/C)
1,983.0000
7.00
13,881.00
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Levofloxacino 100mg, caja c/ 100 tabletas dispersables
(S/C)
231.5200
17.00
3,935.84
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
137
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Levofloxacino 250mg, caja c/ 100 tabletas (S/C)
59.5200
309.00
18,391.68
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Moxifloxacino 100 mg. Caja c/100 tabletas
dispersables
454.0000
2.00
908.00
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Piridoxina (Vit B6) 100mg, caja c/ 250 tabletas (S/C)
209.8500
19.00
3,987.15
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Pretomanid 200mg, caja c/ 26 tabletas (S/C)
1,144.0000
60.00
68,640.00
3
Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Ramo 12
Sin clave de Compendio | Prothionamida 250 mg. Caja c/100 tabletas
233.0000
36.00
8,388.00
4
Emergencias en Salud
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Albendazol. Suspensión Oral Cada frasco contiene albendazol 400 mg Envase
con 20 ml. | Sin descripción complementaria
3.8000
400.00
1,520.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Albendazol. Tableta Cada Tableta contiene albendazol 200 mg Envase con 2
Tabletas. | Sin descripción complementaria
2.6000
400.00
1,040.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Aluminio y magnesio. Suspensión Oral Cada 100 ml contienen Hidróxido de
aluminio 3.7 g Hidróxido de magnesio 4.0 g o trisilicato de magnesio 8.9 g
Envase con 240 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria
28.0000
120.00
3,360.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Aluminio y magnesio. Suspensión Oral Cada 100 ml contienen Hidróxido de
aluminio 3.7 g Hidróxido de magnesio 4.0 g o trisilicato de magnesio 8.9 g
Envase con 240 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria
29.0000
80.00
2,320.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Ambroxol. Solución Cada 100 ml contienen Clorhidrato de ambroxol 300 mg
Envase con 120 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria
7.0000
200.00
1,400.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Amlodipino. Tableta o Cápsula Cada Tableta o Cápsula contiene Besilato o
Maleato de amlodipino equivalente a 5 mg de amlodipino. Envase con 30
Tabletas o Cápsulas. | Sin descripción complementaria
6.8000
40.00
272.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Amoxicilina / ácido clavulánico. Suspensión Oral Cada frasco con polvo contiene
Amoxicilina trihidratada equivalente a 1.5 g de amoxicilina. Clavulanato de
potasio equivalente a 375 mg de ácido clavulánico. Envase con 60 ml, cada 5 ml
con 125 mg de amoxicilina y 31.25 mg ácido clavulánico. | Sin descripción
complementaria
18.8100
200.00
3,762.00
138
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Amoxicilina / ácido clavulánico. Tableta Cada Tableta contiene amoxicilina
trihidratada equivalente a 500 mg de amoxilina. Clavulanato de potasio
equivalente a 125 mg de ácido clavulánico. Envase con 12 Tabletas. | Sin
descripción complementaria
25.0000
120.00
3,000.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Amoxicilina / ácido clavulánico. Tableta Cada Tableta contiene amoxicilina
trihidratada equivalente a 500 mg de amoxilina. Clavulanato de potasio
equivalente a 125 mg de ácido clavulánico. Envase con 12 Tabletas. | Sin
descripción complementaria
26.0000
80.00
2,080.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Azitromicina. Tableta Cada Tableta contiene Azitromicina dihidratada equivalente
a 500 mg de azitromicina Envase con 4 Tabletas. | Sin descripción
complementaria
14.5000
200.00
2,900.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Benzatina bencilpenicilina. Suspensión Inyectable Cada frasco ámpula con polvo
contiene: Benzatina bencilpenicilina equivalente a 1 200 000 UI de
bencilpenicilina. Envase con un frasco ámpula y 5 ml de diluyente. | Sin
descripción complementaria
38.0000
400.00
15,200.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Butilhioscina o hioscina. Gragea o Tableta Cada Gragea o Tableta contiene
Bromuro de butilhioscina o butilbromuro de hioscina 10 mg Envase con 10
Grageas o Tabletas. | Sin descripción complementaria
5.9500
48.00
285.60
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Butilhioscina o hioscina. Gragea o Tableta Cada Gragea o Tableta contiene
Bromuro de butilhioscina o butilbromuro de hioscina 10 mg Envase con 10
Grageas o Tabletas. | Sin descripción complementaria
6.4500
32.00
206.40
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Butilhioscina o hioscina. Solución Inyectable Cada ampolleta contiene Bromuro
de butilhioscina o butilbromuro de hioscina 20 mg Envase con 3 ampolletas de 1
ml. | Sin descripción complementaria
5.9400
80.00
475.20
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Clioquinol. Crema Cada g contiene Clioquinol 30 mg Envase con 20 g. | Sin
descripción complementaria
7.0000
240.00
1,680.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Clioquinol. Crema Cada g contiene Clioquinol 30 mg Envase con 20 g. | Sin
descripción complementaria
7.1900
160.00
1,150.40
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Cloranfenicol. Solución oftálmica. Cada ml contiene: Cloranfenicol levógiro 5 mg
Envase con gotero integral con 15 ml. | Sin descripción complementaria
16.0000
400.00
6,400.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Clorfenamina. Tableta. Cada tableta contiene Maleato de clorfenamina 4.0 mg
Envase con 20 Tabletas. | Sin descripción complementaria
8.2800
80.00
662.40
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Diclofenaco. Cápsula o gragea de liberación prolongada. Cada gragea contiene
Diclofenaco sódico 100 mg Envase con 20 Cápsulas o Grageas. | Sin descripción
complementaria
4.8000
80.00
384.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Dicloxacilina. Cápsula o comprimido. Cada cápsula o comprimido contiene
Dicloxacilina sódica 500 mg Envase con 20 Cápsulas o Comprimidos. | Sin
descripción complementaria
32.0000
40.00
1,280.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Difenhidramina.
Jarabe.
Cada
100
mililitros
contienen
Clorhidrato
de
difenhidramina 250 mg. Envase con 60 ml. | Sin descripción complementaria
6.0000
24.00
144.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Difenhidramina.
Jarabe.
Cada
100
mililitros
contienen
Clorhidrato
de
difenhidramina 250 mg. Envase con 60 ml. | Sin descripción complementaria
6.1000
16.00
97.60
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
139
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Doxiciclina. Cápsula o Tableta. Cada cápsula o tableta contiene Hiclato de
doxiciclina equivalente a 100 mg de doxiciclina. Envase con 10 cápsulas o
tabletas. | Sin descripción complementaria
13.5000
200.00
2,700.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Electrolitos Orales. Polvo (Fórmula de osmolaridad Baja) Cada sobre con polvo
contiene Glucosa anhidra o glucosa 13.5 g Cloruro de potasio 1.5 g Cloruro de
sodio 2.6 g Citrato trisódico dihidratado 2.9 g Envase con 20.5 g | Sin descripción
complementaria
2.6200
1200.00
3,144.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Electrolitos Orales. Polvo (Fórmula de osmolaridad Baja) Cada sobre con polvo
contiene Glucosa anhidra o glucosa 13.5 g Cloruro de potasio 1.5 g Cloruro de
sodio 2.6 g Citrato trisódico dihidratado 2.9 g Envase con 20.5 g | Sin descripción
complementaria
2.7200
720.00
1,958.40
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Electrolitos Orales. Polvo (Fórmula de osmolaridad Baja) Cada sobre con polvo
contiene Glucosa anhidra o glucosa 13.5 g Cloruro de potasio 1.5 g Cloruro de
sodio 2.6 g Citrato trisódico dihidratado 2.9 g Envase con 20.5 g | Sin descripción
complementaria
2.8200
480.00
1,353.60
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Enalapril. Cápsula o tableta. Cada cápsula o tableta contiene Maleato de
enalapril 10 mg. Envase con 30 cápsulas o tabletas. | Sin descripción
complementaria
5.3500
160.00
856.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Eritromicina. Suspensio´n Oral Cada 5 ml contienen: Estearato o etilsuccinato o
estolato de eritromicina equivalente a 250 mg de eritromicina. Envase con polvo
para 100 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria
37.0000
120.00
4,440.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Eritromicina. Suspensio´n Oral Cada 5 ml contienen: Estearato o etilsuccinato o
estolato de eritromicina equivalente a 250 mg de eritromicina. Envase con polvo
para 100 ml y dosificador. | Sin descripción complementaria
39.8200
80.00
3,185.60
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Glibenclamida. Tableta Cada tableta contiene Glibenclamida 5 mg. Envase con
50 tabletas. | Sin descripción complementaria
3.5000
160.00
560.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Isosorbida. Tableta sublingual Cada Tableta contiene: Dinitrato de isosorbida 5
mg Envase con 20 Tabletas sublinguales. | Sin descripción complementaria
83.0000
40.00
3,320.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Itraconazol. Cápsula Cada Cápsula contiene Itraconazol 100 mg Envase con 15
Cápsulas. | Sin descripción complementaria
37.2400
120.00
4,468.80
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Jeringas . De plástico. Desechables, con aguja retractable. Capacidad: 3 ml.
Calibre: 21 G x Longitud: 38 mm. Envase con 100 Piezas. | Jeringas para
inyectar de 3 ml
341.4900
3.00
1,024.47
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Jeringas. Para extraer sangre o inyectar sustancias, con pivote tipo luer lock, de
polipropileno, volumen de 5 ml y aguja calibre 21 G y 32 mm de longitud. Estéril.
Envase con 100 piezas. | Sin descripción complementaria
124.0000
1.00
124.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Jeringas. Para extraer sangre o inyectar sustancias, con pivote tipo luer lock, de
polipropileno, volumen de 5 ml y aguja calibre 21 G y 32 mm de longitud. Estéril.
Envase con 100 piezas. | Sin descripción complementaria
130.0000
3.00
390.00
140
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Metamizol sodico. Comprimido cada comprimido contiene metamizol sódico 500
mg. envase con 10 comprimidos. | Sin descripción complementaria
4.9400
80.00
395.20
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Metformina. Tableta Cada Tableta contiene Clorhidrato de metformina 850 mg
Envase con 30 Tabletas. | Sin descripción complementaria
7.4600
160.00
1,193.60
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Metoclopramida. Tableta Cada Tableta contiene Clorhidrato de metoclopramida
10 mg Envase con 20 Tabletas. | Sin descripción complementaria
4.2800
120.00
513.60
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Metoclopramida. Tableta Cada Tableta contiene Clorhidrato de metoclopramida
10 mg Envase con 20 Tabletas. | Sin descripción complementaria
4.6000
80.00
368.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Metoprolol. Tableta Cada Tableta contiene Tartrato de metoprolol 100 mg Envase
con 20 Tabletas. | Sin descripción complementaria
6.0000
16.00
96.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Metoprolol. Tableta Cada Tableta contiene Tartrato de metoprolol 100 mg Envase
con 20 Tabletas. | Sin descripción complementaria
6.3500
24.00
152.40
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Metronidazol. Suspensión Oral Cada 5 ml contienen Benzoilo de metronidazol
equivalente a 250 mg de metronidazol. Envase con 120 ml y dosificador. | Sin
descripción complementaria
12.0000
72.00
864.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Metronidazol. Suspensión Oral Cada 5 ml contienen Benzoilo de metronidazol
equivalente a 250 mg de metronidazol. Envase con 120 ml y dosificador. | Sin
descripción complementaria
12.5000
48.00
600.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Metronidazol. Tableta Cada Tableta contiene Metronidazol 500 mg Envase con
30 Tabletas. | Sin descripción complementaria
12.0000
72.00
864.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Metronidazol. Tableta Cada Tableta contiene Metronidazol 500 mg Envase con
30 Tabletas. | Sin descripción complementaria
12.5000
48.00
600.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Miconazol. Crema Cada gramo contiene Nitrato de miconazol 20 mg Envase con
20 g. | Sin descripción complementaria
5.8000
240.00
1,392.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Miconazol. Crema Cada gramo contiene Nitrato de miconazol 20 mg Envase con
20 g. | Sin descripción complementaria
5.8500
160.00
936.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Nafazolina. Solución Oftálmica Cada ml contiene Clorhidrato de Nafazolina 1 mg
Envase con gotero integral con 15 ml. | Sin descripción complementaria
5.0000
800.00
4,000.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Naproxeno. Tableta Cada Tableta contiene Naproxeno 250 mg Envase con 30
Tabletas. | Sin descripción complementaria
10.3700
200.00
2,074.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Neomicina, polimixina b y gramicidina. Solución Oftálmica Cada ml contiene
Sulfato de Neomicina equivalente a 1.75 mg de Neomicina. Sulfato de Polimixina
B equivalente a 5 000 U de Polimixina B. Gramicidina 25 µg Envase con gotero
integral con 15 ml. | Sin descripción complementaria
29.9000
400.00
11,960.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Óxido de zinc. Pasta Cada 100 g contienen Óxido de zinc 25. 0 g Envase con 30
g. | Sin descripción complementaria
8.5000
400.00
3,400.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Pantoprazol o rabeprazol u omeprazol. Tableta o Gragea o Cápsula Cada
Tableta o Gragea o Cápsula contiene: Pantoprazol 40 mg o Rabeprazol sódico
20 mg u omeprazol 20 mg Envase con 14 Tabletas o Grageas o Cápsulas | Sin
descripción complementaria
9.0000
200.00
1,800.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
141
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Paracetamol. Solución oral cada ml contiene paracetamol 100 mg. envase con 15
ml, gotero calibrado a 0.5 y 1 ml, integrado o adjunto al envase que sirve de tapa.
| Sin descripción complementaria
7.6500
600.00
4,590.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Paracetamol. Tableta cada tableta contiene paracetamol 500 mg. envase con 10
tabletas. | Sin descripción complementaria
2.9300
480.00
1,406.40
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Paracetamol. Tableta cada tableta contiene paracetamol 500 mg. envase con 10
tabletas. | Sin descripción complementaria
3.0000
320.00
960.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Salbutamol. Jarabe Cada 5 ml contienen Sulfato de salbutamol equivalente a 2
mg de salbutamol Envase con 60 ml. | Sin descripción complementaria
5.2000
20.00
104.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Salbutamol. Suspensión en aerosol. Cada inhalador contiene Salbutamol 20 mg o
Sulfato de salbutamol equivalente a 20 mg de salbutamol Envase con inhalador
con 200 dosis de 100 µg. | Sin descripción complementaria
26.5000
20.00
530.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Trimetoprima-sulfametoxazol. Comprimido o Tableta Cada Comprimido o Tableta
contiene Trimetoprima 80 mg Sulfametoxazol 400 mg Envase con 20
Comprimidos o Tabletas. | Sin descripción complementaria
8.5000
120.00
1,020.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Trimetoprima-sulfametoxazol. Comprimido o Tableta Cada Comprimido o Tableta
contiene Trimetoprima 80 mg Sulfametoxazol 400 mg Envase con 20
Comprimidos o Tabletas. | Sin descripción complementaria
9.0000
80.00
720.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Trimetoprima-sulfametoxazol.
Suspensión
Oral
Cada
5
ml
contienen
Trimetoprima 40 mg Sulfametoxazol 200 mg Envase con 120 ml y dosificador. |
Sin descripción complementaria
9.0000
120.00
1,080.00
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Ramo 12
Trimetoprima-sulfametoxazol.
Suspensión
Oral
Cada
5
ml
contienen
Trimetoprima 40 mg Sulfametoxazol 200 mg Envase con 120 ml y dosificador. |
Sin descripción complementaria
9.8000
80.00
784.00
TOTAL
1,864,708.30
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
1
Vacunación Universal
1
Vacunación Universal
1.1.1
Ramo 12
Vacuna Contra Difteria, Tos Ferina, Tetanos, Hepatitis B, Poliomielitis Y
Haemophilus Influenzae Tipo B. Suspension Inyectable. Cada frasco ámpula con
0.5 ml contiene Toxoide diftérico no menos de 20 UI Toxoide tetánico no menos
de 40 UI Toxoide pertussis 25 µg Hemaglutinina filamentosa 25 µg Poliovirus tipo
1 inactivado (Mahoney) 40 U Poliovirus tipo 2 inactivado (MEF1) 8 U Poliovirus
tipo 3 inactivado (Saukett) 32 U Antígeno de superficie del virus de Hepatitis
B 10 µg Polisacárido capsular de Haemophilus influenzae tipo b 12 µg Conjugado
a la proteína tetánica 22-36 µg Envase con 10 frascos ámpula con 1 dosis
de 0.5 ml cada uno. | Envase con 10 frascos ámpula con 1 dosis de 0.5 ml cada
uno. Clave 020.000.6135.00
3,293.9000
22064.00
72,676,609.60
142
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO
UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL
(PESOS)
1
Vacunación Universal
2.1.1
Ramo 12
Vacuna Antiinfluenza Tetravalente. Suspensión Inyectable. Cada dosis de 0.5 ml
contiene Fracciones antigénicas purificadas e inactivadas de virus de influenza
tipo A y de virus de influenza tipo B correspondientes a las cepas autorizadas por
la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el periodo pre-invernal e invernal
de los años correspondientes del hemisferio norte. Caja con 10 frascos ámpula
con 5 mL cada uno correspondientes a 10 dosis de 0.5mL (100 dosis). | Caja con
10 frascos ámpula con 5 mL cada uno correspondientes a 10 dosis de 0.5mL
(100 dosis) Clave 020.000. 6317.01
8,157.0000
6275.00
51,185,175.00
TOTAL
123,861,784.60
GRAN TOTAL (PESOS)
194,819,624.56
Para efectos del presente ANEXO, el precio unitario definitivo dependerá del precio adjudicado que informe “LA SECRETARÍA”, por conducto de las Unidades
Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS”, derivado del procedimiento de contratación que se
realice al amparo de la normatividad aplicable y se asentará en el dictamen del “GTT” respectivo, de conformidad con lo establecido en el quinto y sexto párrafo
numerales 3 y 4 de la cláusula DÉCIMA PRIMERA de este “CONVENIO ESPECIFICO”, el cual formará parte integral del mismo.
Relación de insumos/bienes suministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" derivados de donativos recibidos por “LA SECRETARÍA” para la
operación de “LOS PROGRAMAS”.
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Programa: Salud Sexual y Reproductiva
Componente: Salud Materna
Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas
Institución
Secretaría de Salud
Servicios de Salud IMSS-Bienestar
Total
0
5,670
5,670
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARIA”, conforme a los requisitos y
disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a "EL EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del
presente instrumento jurídico.
La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
143
ANEXO 7
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1.1
Comunidades y municipios 1.1.1
Proceso
Número de Red Estatal de
Municipios por la Salud instalada
Número de Red Estatal de
Municipios por la Salud
Mide el número de Redes Estatales
de Municipios por la Salud
25
1
1.1
Comunidades y municipios 2.1.1
Proceso
Número
municipios
que
implementaron un programa de
trabajo
con
acciones
intersectoriales
y
de
salud
pública en el año
Número total de municipios en el
año t
Mide el porcentaje de municipios
que
están
implementando
un
Programa de Trabajo con acciones
intersectoriales y de salud pública
para
incidir
en
los
principales
problemas de salud a nivel local.
647
16
1.1
Comunidades y municipios 3.1.1
Resultado
Número de comunidades de 500
a 2500 habitantes certificadas
como saludables y en caso de
prioridad de salud pública en
localidades urbanas
Número
de
comunidades
programadas de 500 a 2500
habitantes
certificadas
como
saludables
y
en
caso
de
prioridad de salud pública en
localidades urbanas
Mide el número de comunidades
que lograron certificación mediante
el
trabajo
participativo
de
los
integrantes
de
ésta
(Personas,
familias, instituciones, OSC) para
mejorar su salud a través del control
de los determinantes sociales de la
salud.
433
16
1.1
Comunidades y municipios 4.1.1
Resultado
Número
de
Jurisdicciones
Sanitarias o Distritos de salud
que
realizarn
Jornadas
Nacionales de Salud Pública
Número
de
Jurisdicciones
Sanitarias o Distritos de Salud
con Jornadas Naciones de Salud
Pública programadas
Mide
el
número
de
Jornadad
Nacionales de Salud Pública por
Jurisdicción o Distrito que realizan
acciones de salud pública.
242
16
1.1
Comunidades y municipios 6.1.1
Proceso
Número
de
municipios
con
autoridades
municipales
sensibilizadas
en
la
implementación
de
proyectos
municipales de salud pública en
el año
Número total de municipios en el
año t
Mide el porcentaje de municipios
con autoridades sensibilizadas en la
implementación de proyectos con
acciones intersectoriales y de salud
pública
que
incidan
en
los
principales problemas de salud a
nivel local.
647
16
1.2
Estilos de vida saludables
1.1.1
Resultado
Escuelas
certificadas
como
promotoras de la salud de
educación
básica
y
media
superior
Total
de
escuelas
a
nivel
nacional de educación básica y
media superior
Mide la propoción de escuelas
certificadas como promotoras de la
salud con respecto a la totalidad de
escuelas de educación básica y
media superior
20
20
1.2
Estilos de vida saludables
2.2.1
Resultado
Entornos laborales certificados
como saludables
Entornos laborales programados
para certificar
Mide la propoción de entornos
laborales
certificados
como
saludables
90
90
1.2
Estilos de vida saludables
3.3.1
Resultado
Estrategias
educativas
para
promover
estilos
de
vida
saludables realizadas.
Estrategias
educativas
para
promover
estilos
de
vida
saludables programadas
Mide la proporción de estrategias
educativas
realizadas
para
el
fomento
de
estilos
de
vida
saludables
100
100
144
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.4
Mercadotecnia Social en
Salud - Laboratorios de
Comunicación de Riesgos
1.3.1
Proceso
Número de campañas en temas
de salud pública implementadas
en medios, digitales., , ,
Total de campañas en temas de
salud pública implementadas en
medios digitales programadas
*106
El indicador mide el porcentaje de
campañas en temas de salud
pública, difundidas a través de
medios digitales como Facebook,
Twitter,
Instagram,
Youtube,
páginas web, entre otros.
56
4
1.5
Personas en Movilidad
1.1.1
Proceso
Número
de
albergues
para
población
migrante
validados
como promotores de la salud
Número
de
albergues
para
población
migrante
validados
como promotores de la salud
Número
de
albergues
para
población migrante validados como
promotores de la salud
53
2
1.5
Personas en Movilidad
1.2.1
Resultado
Número de ferias de promoción
de
salud
para
población
migrante realizadas
Número de ferias de promoción
de
salud
para
población
migrante
Número de ferias de promoción de
salud para población migrante
228
16
1.6
SNSP
1.1.1
Resultado
Escuelas
certificadas
como
promotoras de la salud de
educación
básica
y
media
superior
Total
de
escuelas
a
nivel
nacional de educación básica y
media superior
Mide la propoción de escuelas
certificadas como promotoras de la
salud con respecto a la totalidad de
escuelas de educación básica y
media superior
20
20
1.6
SNSP
2.2.1
Resultado
Entornos laborales certificados
como saludables
Entornos laborales programados
para certificar
Mide la propoción de entornos
laborales
certificados
como
saludables
90
90
1.6
SNSP
3.3.1
Resultado
Estrategias
educativas
para
promover
estilos
de
vida
saludables realizadas.
Estrategias
educativas
para
promover
estilos
de
vida
saludables programadas
Mide la proporción de estrategias
educativas
realizadas
para
el
fomento
de
estilos
de
vida
saludables
100
100
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
1.1
Seguridad Vial
2.2.1
Proceso
Número
de
municipios
prioritarios que aplican controles
de alcoholimetría
Total de municipios prioritarios
por 100
Municipios prioritarios que aplican
controles de alcoholimetría
1
16
1.1
Seguridad Vial
4.2. 1
Resultado
Número
de
personas
sensibilizadas en seguridad vial
del grupo de edad de = 5 años
que ha recibido información para
la
prevención
de
lesiones
causadas por el tránsito
Total de población por entidad
federativa del grupo de edad de
= 5 años) x 100
Cobertura
de
personas
sensibilizadas para la identificación
de factores de riesgos y la adopción
de conductas seguras para la
prevención de lesiones causadas
por el tránsito
1
1.3%
1.2
PA en Grupos Vulnerables
1.1.1
Resultado
Número
de
mediciones
de
factores de riesgo realizadas
Número
de
mediciones
de
factores de riesgo programadas)
x 100
Las entidades federativas realizarán
el
levantamiento
de
datos
correspondiente a la identificación
de factores de riesgo en escuelas
primarias,
con
la
finalidad
de
establecer acciones de prevención
de lesiones accidentales.
100%
100
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
145
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.2
PA en Grupos Vulnerables
3.2.1
Resultado
Número
de
cursos
de
capacitación sobre prevención y
manejo de lesiones accidentales
realizados
Número
de
cursos
de
capacitación sobre prevención y
manejo de lesiones accidentales
programados) x 100
Las
entidades
federativas
coordinaran la realización de cursos
de
capacitación
dirigidos
a
profesionales vinculados con la
prevención y manejo de lesiones
accidentales
para
contribuir
a
disminuir los daños a la salud
ocasionados por estas causas.
100%
1
1.2
PA en Grupos Vulnerables
4.1.1
Resultado
Número
de
acciones
de
sensibilización sobre prevención
de
lesiones
accidentales
realizadas.
Número
de
acciones
de
sensibilización sobre prevención
de
lesiones
accidentales
programados) x 100
Las entidades federativas realizarán
acciones
de
sensibilización
de
acuerdo al grupo de edad de
pertenencia, con la finalidad de que
puedan identificar los principales
factores
de
riesgo
para
la
ocurrencia de lesiones accidentales.
100%
3
1.2
PA en Grupos Vulnerables
4.3.1
Proceso
Número
de
campañas
de
comunicación
de
lesiones
accidentales realizadas en la
entidad
Número
de
campañas
de
comunicación
de
lesiones
accidentales programadas en la
entidad) x 100
Mide
el
número
de
entidades
federativas que difunden, a través
de
diferentes
medios
de
comunicación,
acciones
de
prevención de lesiones accidentales
(ahogamientos,
asfixias,
cardas,
envenenamientos e intoxicaciones y
quemaduras).
100%
1
1.3
Modelo
de
Atención
Médica Prehospitalaria
1.1.1
Resultado
Número
de
cursos
de
capacitación
para
primeros
respondientes realizados
Número
de
cursos
de
capacitación
para
primeros
respondientes programados) x
100
El
Secretariado
Técnico
del
Consejo
Nacional
para
la
Prevención
de
Accidentes
por
medio de los COEPRAS realizan
las
intervenciones
sobre
la
capacitación
a
primero
respondientes
dentro
de
las
entidades obteniendo las evidencias
necesarias para su validación.
1
1
1.3
Modelo
de
Atención
Médica Prehospitalaria
2.2.1
Resultado
Implementación del Sistema de
comunicación de misión critica
para el fortalecimiento de los
CRUM funcionales
Total de estados federales por
100
Sistema de Radio Comunicación de
Emergencias que permita tener
compatibilidad
con
otras
dependencias
de
salud
y
dependencias de emergencias del
país para establecer comunicación
en la operatividad diaria, ante
contingencias incidentes con saldo
masivo de víctimas o desastres.
1
1
146
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Vigilancia Epidemiológica
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.1
Proceso
Número
de
indicadores
de
oportunidad de subsistemas del
SINAVE que mostraron mejoría
respecto al año previo
Numero
de
indicadores
de
oportunidad de los subsistemas
del SINAVE que se evaluaron
Evaluar
la
oportunidad
en
la
notificación de casos sujetos a
vigilancia epidemiológica por el
SINAVE
100%
100%
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.2
Proceso
Número de boletínes, informes y
panoramas publicados en el año
Número de boletínes, informes y
panoramas programados para
ser publicados en el año
Proporcionar información en salud
que permita tomar decisiones para
el control y la prevención de las
enfermedades que se vigilan
100%
100%
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.3
Proceso
Numero
de
Jurisdicciones
Programadas por cada Entidad
para ser Supervisadas durante
el año
Numero
de
Jurisdicciones
Programadas por cada Entidad
para ser Supervisadas durante el
año
Verificar
la
aplicación
de
los
procesos
de
vigilancia
epidemiológica en todos los niveles
técnico-administrativos del SINAVE
100%
100%
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.4
Proceso
Número
de
funciones
comprobadas que realiza la
UIES estatal
Número de funciones que debe
realizar la UIES estatal según el
lineamiento federal
Constatar que las UIES operan de
manera
integral
según
el
lineamiento federal
100%
100%
1
Vigilancia Epidemiológica
1.1.5
Proceso
Número
de
funciones
comprobadas que realizan los
Servicios
de
Sanidad
Internacional en la Entidad
Número de funciones que deben
realizar los Servicios de Sanidad
Internacional
en
la
entidad,
según el lineamiento federal.
Constatar que los Servicios de
Sanidad Internacional operan de
manera integral y coordinada según
el lineamiento federal
100%
100%
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
VIH y otras ITS
1
VIH y otras ITS
1.2.1
Proceso
Personas usuarias sin seguridad
social que recibieron PrEP al
menos una vez al año
Personas usuarias sin seguridad
social programadas para recibir
PrEP al menos una vez al año
Mide la proporción de personas
usuarias sin seguridad social que
recibieron PrEP, al menos una vez
al año, respecto de las personas
usuarias programadas, las cuales
reciben
paquetes
integrales
de
prevención combinada, entre los
que se encuentran condones y
lubricantes
100%
100%
1
VIH y otras ITS
11.6.1
Resultado
Detecciones
de
sífilis
en
personas sin seguridad social en
tratamiento antirretroviral, en el
año.
Personas sin seguridad social,
de 15 a 60 años que se
encuentran
en
tratamiento
antirretroviral, en el año.
Mide el número de detecciones de
sífilis realizadas por personas sin
seguridad
social
en
tratamiento
antirretroviral, de 15 a 60 años en el
año.
0.9
0.9
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
147
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
VIH y otras ITS
3.10.1
Resultado
Personas viviendo con VIH sin
seguridad
social
que
se
incorporan/reincorporan
a
la
atención cuyo primer recuento
de linfocitos CD4 es menor a
200 células/µl.
Personas viviendo con VIH sin
seguridad
social
incorporadas/reincorporadas
a
la atención que tuvieron su
primer recuento de linfocitos
CD4 en el periodo.
Es
la
proporción
de
personas
viviendo con VIH sin seguridad
social
que
se
incorporan/reincorporan
a
la
atención
con
un
recuento
de
linfocitos
CD4
menor
a
200
células/µl, con respecto al total de
las personas viviendo con VIH sin
seguridad
social
incorporadas/reincorporadas
a
la
atención en el año.
100%
100%
1
VIH y otras ITS
3.8.1
Proceso
Personal de salud contratado
por Ramo 12 para apoyo del
Programa de VIH e ITS, que
aprobaron
los
cursos
seleccionados.
Personal de salud contratado
por Ramo 12 para apoyo del
Programa de VIH e ITS.
Se refiere a la proporción de
personal de salud contratados por
Ramo 12 para apoyo del Programa
de VIH e ITS, que aprobaron los
cursos seleccionados*, con respecto
al personal de salud contratados por
Ramo 12, para apoyo del Programa
de VIH e ITS.
100%
100%
1
VIH y otras ITS
5.1.1
Proceso
Personas sin seguridad social
que
comenzaron
a
recibir
tratamiento antirretroviral.
Personas sin seguridad social
que se vincularon a la atención
de VIH.
Se refiere a la proporción de
personas sin seguridad social que
comenzaron a recibir tratamiento
antirretroviral,
respecto
de
las
personas sin seguridad social, que
se vincularon a la atención del VIH
en el año.
95%
95%
2
Virus de hepatitis C
2
Virus de hepatitis C
3.6.1
Proceso
Personas sin seguridad social,
diagnosticadas con VHC (con
carga viral positiva) que estan
en tratamiento antiviral.
Número
de
personas
sin
seguridad social, con carga viral
positiva a VHC en el periodo en
cuestión
Se refiere a la proporción de
personas sin seguridad social, que
reciben
tratamiento
antiviral,
respecto
de
las
personas
sin
seguridad social, que han sido
diagnosticadas con VHC en el
periodo.
90%
90%
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Salud Sexual y Reproductiva
1.1
SSR para Adolescentes
1.1.1
Proceso
Total de campañas y estrategias
de
IEC
realizadas
para
la
adecuada
difusión
de
los
derechos
sexuales
y
reproductivos.
N/A
Se
refiere
a
las
campañas
realizadas con el objetivo de difundir
los
derechos
sexuales
y
reproductivos.
64
2
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1
Estructura
Total de consultorios sexual-
MENTE responsables operando
en las entidades federativas
N/A
Número de consultorios sexual-
MENTE responsables operando en
las entidades federativas
67
2
148
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1
Estructura
Total de cursos de Capacitación
en marco Normativo y alineación
al SNSP para responsables
distritales
N/A
Se
refiere
al
número
de
capacitaciones
realizadas
en
materia de menstruación digna y su
importancia en el acceso al derecho
a la salud
160
5
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1
Proceso
Material impreso distribuido a
los SESA
Material impreso programado
Material de información , educación
y
comunicación
(IEC)
para
adolescentes
222450
10000
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1
Proceso
Material impreso distribuido a
los SESA
Material impreso programado
Material de información , educación
y
comunicación
(IEC)
para
adolescentes
500000
21600
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1
Proceso
Material impreso distribuido a
los SESA
Material impreso programado
Material de información , educación
y
comunicación
(IEC)
para
adolescentes
88980
4000
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1
Proceso
Número de niñas inscritas en 4°,
5° y 6° de educación primaria,
que han recibido un kit de
gestión menstrual
kit
de
gestión
menstrual
programado para entregar a
niñas inscritas en 4°, 5° y 6° de
educación primaria
Se refiere al número de niñas
inscritas en 4°, 5° y 6° de educación
primaria, que han recibido un kit de
gestión menstrual
981664
55597
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1
Proceso
Número de niñas inscritas en 4°,
5° y 6° de educación primaria,
que han recibido un kit de
gestión menstrual
kit
de
gestión
menstrual
programado para entregar a
niñas inscritas en 4°, 5° y 6° de
educación primaria
Se refiere al número de niñas
inscritas en 4°, 5° y 6° de educación
primaria, que han recibido un kit de
gestión menstrual
981664
58850
1.1
SSR para Adolescentes
1.2.1
Proceso
Total de campañas en materia
de
Menstruación
digna
realizadas
N/A
Se
refiere
a
las
campañas
realizadas con el objetivo de difundir
la menstruación digna, métodos de
gestión mesntrual y su importancia
en el acceso al derecho a la salud
64
2
1.1
SSR para Adolescentes
2.1.1
Proceso
Total
de
supervisiones
realizadas
NA
Se
refiere
a
las
visitas
de
supervisión realizadas durante el
año
177
4
1.1
SSR para Adolescentes
2.2.1
Estructura
Total de cursos de Capacitación
en marco Normativo y alineación
al SNSP para responsables
distritales
N/A
Se refiere a las capacitaciones
realizadas en materia de Marco
Normativo de SSRA y alineación al
SNSP para Jefes y resposables
distritales.
247
16
1.1
SSR para Adolescentes
2.2.1
Resultado
Mujeres
adolescentes
que
aceptan
un
método
anticonceptivo
de
larga
duración, otorgado inmediato al
evento obstétrico
Mujeres
adolescentes
con
evento obstétrico
Porcentaje de mujeres adolescentes
de 15 a 19 años que posterior a
algún evento obstétrico, aceptan un
método
anticonceptivo
de
larga
duración, excepto condón.
80%
71%
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
149
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.1
SSR para Adolescentes
2.5.3
Resultado
Total de mujeres adolescentes
menores de 20 años que son
usuarias activas de métodos
anticonceptivos en la Secretaría
de Salud
NA
Mujeres
adolescentes
con
vida
sexual activa, que son usuarias
activas de métodos anticonceptivos,
y
pertenecen
a
la
población
responsabilidad de la Secretaría de
Salud
484036
30471
1.2
PF y Anticoncepción
1.1.1
Resultado
Número de usuarias activas de
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en
la Secretaría de Salud
Total
de
usuarias
activas
programadas
de
métodos
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en
la Secretaría de Salud
Corresponde al número de usuarias
activas de métodos anticonceptivos
en
la
Secretaria
de
Salud,
registradas en consulta externa
durante
el
año
(no
incluye
oclusiones tubarias bilaterales ni
vasectomías)
4551462
163100
1.2
PF y Anticoncepción
2.1.1
Resultado
Número de nuevas aceptantes
de métodos anticonceptivos en
la
institución
(consultas
de
primera vez), incluye usuarias
de
condón
masculino
y
femenino
Total de nuevas aceptantes de
métodos anticonceptivos en la
institución (consultas de primera
vez), incluye usuarias de condón
masculino y femenino
Sistema de Información Básica en
materia de salud (SINBA), ,
670651
38866
1.2
PF y Anticoncepción
2.1.1
Resultado
Número de usuarias activas de
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en
la Secretaría de Salud
Total
de
usuarias
activas
programadas
de
métodos
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en
la Secretaría de Salud
Corresponde al número de usuarias
activas de métodos anticonceptivos
en
la
Secretaria
de
Salud,
registradas en consulta externa
durante
el
año
(no
incluye
oclusiones tubarias bilaterales ni
vasectomías)
4551462
163100
1.2
PF y Anticoncepción
2.2.1
Resultado
Número de usuarias activas de
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en
la Secretaría de Salud
Total
de
usuarias
activas
programadas
de
métodos
anticonceptivos
modernos
aplicados o proporcionados en
la Secretaría de Salud
Corresponde al número de usuarias
activas de métodos anticonceptivos
en
la
Secretaria
de
Salud,
registradas en consulta externa
durante
el
año
(no
incluye
oclusiones tubarias bilaterales ni
vasectomías)
4551462
163100
1.2
PF y Anticoncepción
2.2.2
Resultado
Mujeres que adoptan un método
anticonceptivo moderno antes
de su egreso hospitalario o bien
durante el puerperio (40 días
posteriores a la atención de su
evento obstétrico) en unidades
médicas de la SS o de los
Servicios
de
Salud
IMSS
Bienestar.
Mujeres a las que se les atendió
un evento obstétrico (parto,
aborto o cesárea) en unidades
médicas de la Secretaría de
Salud o de los Servicios de
Salud IMSS Bienestar.
Mujeres a las que se les atendió un
evento obstétrico (parto, aborto o
cesárea) y adoptan un método
anticonceptivo moderno antes de su
egreso hospitalario o bien dentro de
los 40 días posteriores a la atención
de su evento obstétrico en unidades
médicas de la Secretaría de Salud
(SS) o de los Servicios de Salud
IMSS-Bienestar.
76.5
70
150
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.2
PF y Anticoncepción
2.7.1
Resultado
Vasectomías realizadas
Total
de
vasectomías
programadas
Número de vasectomías realizadas
a hombres con paridad satisfecha,
responsabilidad de la Secretaría de
Salud,
48896
3851
1.3
Salud Materna
1.2.1
Proceso
Capacitaciones/supervisiones
realizadas en la implementación
de
las
intervenciones
comunitarias
Capacitaciones/supervisiones
programadas en intervenciones
comunitarias
Capacitación
y
supervisión
al
personal de salud en los distritos
sanitarios de su entidad de los
diferentes niveles en temas de
intervenciones comunitarias.
90%
90%
1.3
Salud Materna
1.3.1
Proceso
Total de impresiones de Plan de
Seguridad entregado a personas
gestantes
Total de impresiones de Plan de
Seguridad
Impresión
para
publicaciones
oficiales, información en general y
de difusión, material didáctico y de
promoción para los componentes de
Salud Materna (Plan de seguridad)
44804
44804
1.3
Salud Materna
1.3.1
Proceso
Total
de
impresiones
del
Lineamiento de Intervenciones
Comunitarias
y
material
de
Partería tradicional entregados
Total
de
impresiones
del
Lineamiento de Intervenciones
Comunitarias
y
material
de
Partería tradicional
Impresión
para
publicaciones
oficiales, información en general y
de difusión, material didáctico y de
promoción para los componentes de
Salud Materna (Lineamiento de
intervenciones
comunitarias
y
material de partería tradicional)
600
600
1.3
Salud Materna
2.2.1
Proceso
Campaña nacional en radio
realizadas
(Línea
materna,
signos y síntomas de alarma en
embarazo
y
puerperio,
depresión en el embarazo y
puerperio,
contingencias
epidemiológicas
en
el
embarazo)
Campaña nacional en radio
programadas (Línea materna,
signos y síntomas de alarma en
embarazo
y
puerperio,
depresión en el embarazo y
puerperio,
contingencias
epidemiológicas
en
el
embarazo)
Campaña nacional en radio (Línea
materna, signos y síntomas de
alarma en embarazo y puerperio,
depresión
en
el
embarazo
y
puerperio,
contingencias
epidemiológicas en el embarazo)
1
1
1.3
Salud Materna
2.2.1
Proceso
Capacitación realizada (reunión
nacional) con enfoque a la
atención materna
Capacitación
programadas
(reunión nacional)
Capacitación integral a las 32
entidades federativas para fortalecer
las acciones estrategicas enfocadas
a
la
salud
materna
(reunión
nacional)
1
1
1.3
Salud Materna
2.2.1
Proceso
Número de materiales utilizados
en la unidad médica y otorgados
a
la
paciente
embarazada
(Tarjeta de embarazo, puerperio
y lactancia -sis-38P, hoja de
valoracion de riesgo obstétrico,
valoración de depresión en el
embarazo y puerperio)
Número
de
materiales
ministrados por el CNEGSR de
impresión
para
publicaciones
oficiales, información en general
y de difusión, material didáctico
y
de
promoción
para
los
componentes de Salud Materna
(Tarjeta de embarazo, puerperio
y lactancia -sis-38P, hoja de
valoracion de riesgo obstétrico,
valoración de depresión en el
embarazo y puerperio)
Impresión
para
publicaciones
oficiales, información en general y
de difusión, material didáctico y de
promoción para los componentes de
Salud
Materna
(Tarjeta
de
embarazo, puerperio y lactancia -
sis-38P, carnet de atención integral
de embarazo, hoja de valoracion de
riesgo
obstétrico,
valoración
de
depresión
en
el
embarazo
y
puerperio)
48107
48107
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
151
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.3
Salud Materna
2.2.1
Proceso
Total de ácido fólico otorgado en
el primer trimestre del embarazo
Total de embarazadas atendidas
de primera vez en el primer
trimestre por 100
Proporción entre el número de
embarazadas de primera vez en el
primer trimestre, a las que se les
entregó ácido fólico y el total de
embarazadas de primera vez en el
primer trimestre atendidas
0.95
0.95
1.3
Salud Materna
2.2.1
Proceso
Total de embarazadas a las que
se les dotó de hierro
Total de embarazadas atendidas
de primera vez por 100
Proporción
del
número
de
embarazadas a las que se les
entregó fumarato ferroso y el total
de embarazadas de primera vez
atendidas
0.95
0.95
1.3
Salud Materna
2.2.1
Proceso
Total de pruebas rápidas de
Hepatitis C en embarazadas de
primera vez
Total
de
embarazadas
de
primera vez
Detección de Hepatitis C realizadas
en las pacientes embarazadas
1
1
1.3
Salud Materna
2.2.1
Proceso
Total de tiras de orina aplicadas
en embarazadas
Total de embarazadas primera
vez en cualquier trimestre del
embarazo por 100
Proporción entre el número de tiras
reactivas
y
el
número
de
embarazadas atendidas
0.95
0.95
1.3
Salud Materna
2.3.1
Proceso
Total de pruebas de VIH/Sífilis
aplicadas en embarazadas de
primera vez
Total de embarazadas atendidas
de primera vez
Detección de VIH/Sífilis realizadas
en las pacientes embarazadas de
primera vez
2
2
1.3
Salud Materna
2.5.1
Proceso
Capacitaciones realizadas en
emergencias obstétricas
Capacitaciones programadas en
emergencias obstétricas *100
Capacitación
integral
para
la
capacidad de respuesta para la
Atención
de
Emergencias
Obstétricas
90%
90%
1.3
Salud Materna
2.5.1
Proceso
Total de pruebas rápidas de
gonadotrofina realizadas en el
primer trimestre de primera vez
Total
de
mujeres
en
edad
reproductiva que se les aplicó la
prueba rápida GC
Detección oportuna del embarazo
en el primer trimestre
0.6
0.6
1.3
Salud Materna
2.5.1
Resultado
Muertes maternas en unidades
hospitalarias de segundo nivel y
en
unidades
básicas
comunitarias,
por
causa
de
hemorragia obstétrica
Total de egresos hospitalarios
con afección de hemorragia
obstétrica por 100
Porcentaje de muertes maternas por
causa de hemorragia obstétrica
0.1
0.1
1.3
Salud Materna
2.5.1
Resultado
Total
de
balones
de
bakri
utilizados
en
hemorragia
obstétrica (postparto/posaborto)
Total de partos / abortos con
hemorragia obstétrica
Contención
de
la
hemorragia
posparto y postaborto
0.1
0.1
1.3
Salud Materna
3.1.1
Proceso
Capacitación realizadas en el
servicio integral capacitación mil
días
Capacitación programadas en el
servicio integral capacitación mil
días
Servicio integral capacitación mil
días
90%
90%
1.3
Salud Materna
3.1.1
Proceso
Capacitaciones realizadas en
impulsar la mejora continua de
la
atención
integral
de
la
persona gestante, trabajo de
parto y puerperio desde un
enfoque centrado en la usuaria
(Salas
LPR)
mediante
el
cumplimiento de la normatividad
Capacitaciones programadas en
impulsar la mejora continua de
la
atención
integral
de
la
persona gestante, trabajo de
parto y puerperio desde un
enfoque centrado en la usuaria
(Salas
LPR)
mediante
el
cumplimiento de la normatividad
Capacitación en impulsar la mejora
continua de la atención integral de la
persona gestante, trabajo de parto y
puerperio
desde
un
enfoque
centrado en la usuaria (Salas LPR)
mediante el cumplimiento de la
normatividad
90%
90%
152
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.3
Salud Materna
3.1.1
Proceso
Capacitaciones realizadas en
integración y difusión del Norma
Oficial Mexicana PROY-NOM-
020-SSA-2024,
Para
establecimientos de salud y para
la práctica de la partería, en la
atención
integral
materna
y
neonatal, para dar a conocer al
personal operativo (Direcciones
de
Hospitales,
Jefes
de
Enseñanza,
etc.)
la
interculturalidad
y
derechos
humanos de la norma
Capacitaciones programadas en
integración y difusión del Norma
Oficial Mexicana PROY-NOM-
020-SSA-2024,
Para
establecimientos de salud y para
la práctica de la partería, en la
atención
integral
materna
y
neonatal, para dar a conocer al
personal operativo (Direcciones
de
Hospitales,
Jefes
de
Enseñanza,
etc.)
la
interculturalidad
y
derechos
humanos de la norma
Capacitación
en
integración
y
difusión del Norma Oficial Mexicana
PROY-NOM-020-SSA-2024,
Para
establecimientos de salud y para la
práctica de la partería, en la
atención
integral
materna
y
neonatal, para dar a conocer al
personal operativo (Direcciones de
Hospitales, Jefes de Enseñanza,
etc.) la interculturalidad y derechos
humanos de la norma
90%
90%
1.4
Salud Perinatal
1.1.1
Resultado
Capacitaciónes para fortalecer
la estrategia de los 1000 dias
con enfoque en salud perinatal
realizadas
Capacitaciónes para fortalecer
la estrategia de los 1000 dias
con enfoque en salud perinatal
programadas
Cursos realizados con enfoque en la
estrategia de los 1000 días en
capacitación de acciones de salud
perinatal y atención al recién nacido
1
1
1.4
Salud Perinatal
1.3.1
Resultado
Cursos de lactancia materna
realizados con fase practica
Cursos de lactancia materna
programados
Cursos realizados con enfoque en la
lactancia materna
1
1
1.4
Salud Perinatal
2.1.1
Resultado
Curso de formación de nuevos
instructores
de
reanimación
neonatal realizados
Curso de formación de nuevos
instructores
de
reanimación
neonatal programados
Curso de Formación de nuevos
Instructores
de
Reanimación
Neonatal
1
1
1.4
Salud Perinatal
2.3.1
Proceso
Personas recién nacidas vivas
sin derechohabiencia que se les
realiza el tamiz auditivo neonatal
Total de recién nacidos vivos sin
derechohabiencia
(Ninguna,
Seguro Popular/INSABI, IMSS
Bienestar OPD)
Personas recien nacidas con prueba
de tamiz auditivo neonatal
0.9
0.9
1.4
Salud Perinatal
2.4.1
Proceso
Personas recién nacidas vivas
sin derechohabiencia que se les
realiza
el
tamiz
metabólico
neonatal
Total de recién nacidos vivos sin
derechohabiencia
(Ninguna,
Seguro Popular/INSABI, IMSS
Bienestar OPD)
Personas
recien
nacidas
sin
derechohabiencia con prueba de
tamiz metabólico neonatal
0.95
0.95
1.4
Salud Perinatal
3.2.1
Proceso
Total
de
personas
recién
nacidas con seguimiento de
resultado sospechoso
Total
de
personas
recién
nacidas
con
resultado
sospechoso x 100
Personal para seguimiento de los
casos
sopechosos
de
tamiz
metabólico neonatal
90%
90%
1.5
Aborto Seguro
1.1.1
Proceso
Número
de
estrategias
de
comunicación dirigidas al sector
para la difusión de la atención al
aborto seguro
Número
de
estrategias
de
comunicación dirigidas al sector
para la difusión de la atención al
aborto seguro que han sido
programadas por el CNEGSR
Número
de
estrategias
de
comunicación dirigidas al sector
para la difusión de la atención al
aborto seguro programadas por el
CNEGSR
32
1
1.5
Aborto Seguro
2.2.1
Proceso
Número de modelos pélvicos
didácticos para la simulación y
entrenamiento en la técnica de
Aspiración Manual Endouterina
Número de modelos pélvicos
didácticos para la simulación y
entrenamiento en la técnica de
Aspiración Manual Endouterina
programados por el CNEGSR.
Número
de
modelos
pélvicos
didácticos para la simulación y
entrenamiento en la técnica de
Aspiración
Manual
Endouterina
programados por el CNEGSR
128
4
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
153
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.5
Aborto Seguro
2.3.1
Proceso
Número
de
piezas
de
Mifepristona distribuidas a las
unidades de salud para la
atención del aborto seguro en el
primer trimestre de gestación
Número
de
piezas
de
Mifepristona ministradas por el
CNEGSR
a
las
entidades
federativas para la atención del
aborto seguro en el primer
trimestre de gestación
Número de piezas de Mifepristona
ministradas por el CNEGSR a las
entidades
federativas
para
su
distribución en unidades de salud
que atienden abortos en primer
trimestre de gestación
3499
165
1.5
Aborto Seguro
2.3.2
Proceso
Número
de
piezas
de
Misoprostol distribuidas a las
unidades de salud para la
atención del aborto seguro en el
primer trimestre de gestación
Número
de
piezas
de
Misoprostol ministradas por el
CNEGSR
a
las
entidades
federativas para la atención del
aborto seguro en el primer
trimestre de gestación
Número de piezas de Misoprostol
ministradas por el CNEGSR a las
entidades
federativas
para
su
distribución en unidades de salud
que atienden abortos en primer
trimestre de gestación
4629
171
1.5
Aborto Seguro
2.3.3
Proceso
Número de piezas de Jeringas
de AMEU distribuidas a las
unidades de salud para la
atención del aborto seguro en el
primer trimestre de gestación
Número de piezas de Jeringas
de AMEU ministradas por el
CNEGSR
a
las
entidades
federativas para la atención del
aborto seguro en el primer
trimestre de gestación
Número de piezas de Jeringas de
AMEU ministradas por el CNEGSR
a las entidades federativas para su
distribución en unidades de salud
que atienden abortos en primer
trimestre de gestación
5657
360
1.5
Aborto Seguro
2.3.4
Proceso
Número
de
Aspiradores
Eléctricos
Endouterinos
que
serán distribuidos a las unidades
de salud para la atención del
aborto seguro.
Número
de
Aspiradores
Eléctricos Endouterinos para la
atención
del
aborto
seguro
programados por el CNEGSR
Número de Aspiradores Eléctricos
Endouterinos para la atención del
aborto seguro programados por el
CNEGSR
1
1
1.5
Aborto Seguro
2.5.1
Proceso
Número de Curso/Taller Básico
de Atención Integral al Aborto
Seguro otrogados al personal de
salud
Número de Curso/Taller Básico
de Atención Integral al Aborto
Seguro programados por el
CNEGSR
Número de Curso/Taller Básico de
Atención Integral al Aborto Seguro
otrogados al personal de salud,
respecto del número de curso/taller
programadas por el CNEGSR.
32
1
1.5
Aborto Seguro
2.5.2
Proceso
Número
de
Curso/Taller
Intermedio de Atención Integral
al Aborto Seguro otrogados al
personal de salud
Número
de
Curso/Taller
Intermedio de Atención Integral
al Aborto Seguro programados
por el CNEGSR
Número de Curso/Taller Intermedio
de Atención Integral al Aborto
Seguro otrogados al personal de
salud, respecto del número de
curso/tallerprogramadas
por
el
CNEGSR.
32
1
1.5
Aborto Seguro
2.5.3
Proceso
Número
de
Curso/Taller
Avanzado
Especializado
de
Atención
Integral
al
Aborto
Seguro otrogados al personal de
salud
Número
de
Curso/Taller
Especializado
de
Atención
Integral
al
Aborto
Seguro
programados por el CNEGSR
Número de Curso/Taller Avanzado
Especializado de Atención Integral
al
Aborto
Seguro
otrogado
al
personal de salud, respecto del
número de curso/tallerprogramadas
por el CNEGSR.
32
1
154
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.5
Aborto Seguro
3.4.1
Proceso
Número de Laptops adquiridas
para el desarrollo de acciones
de
gestión
(coordinación,
monitoreo, y capacitación) del
componente de aborto seguro
de manera intra e intersectorial.
Número de tables adquiridas
respecto de lo programado por
el CNEGSR para el desarrollo
de
acciones
de
gestión
(coordinación,
monitoreo,
y
capacitación) del componente
de aborto seguro de manera
intra e intersectorial.
Número
de
Laptops
adquiridas
respecto de lo programado por el
CNEGSR para el desarrollo de
acciones de gestión (coordinación,
monitoreo,
y
capacitación)
del
componente de aborto seguro de
manera intra e intersectorial.
1
1
1.5
Aborto Seguro
3.4.1
Proceso
Número
de
personal
de
medicina
contratado
para
capacitar y supervisar en las
instituciones
del
sector
la
aplicación
del
Lineamiento
Técnico
Número
de
personal
de
medicina programado por e
CNEGSR
para
capacitar
y
supervisar en las instituciones
del sector la aplicación del
Lineamiento Técnico.
Número de personal de medicina
contratado
para
capacitar
y
supervisar en las instituciones del
sector la aplicación del Lineamiento
Técnico, respecto de lo programado
por el CNEGSR
32
1
1.5
Aborto Seguro
3.4.1
Proceso
Número
de
Proyectores
adquiridos para el desarrollo de
acciones
de
gestión
(coordinación,
monitoreo,
y
capacitación) del componente
de aborto seguro de manera
intra e intersectorial.
Número
de
Proyectores
adquiridos
respecto
de
lo
programado por el CNEGSR
para el desarrollo de acciones
de
gestión
(coordinación,
monitoreo, y capacitación) del
componente de aborto seguro
de manera intra e intersectorial.
Número de Proyectores adquiridos
respecto de lo programado por el
CNEGSR para el desarrollo de
acciones de gestión (coordinación,
monitoreo,
y
capacitación)
del
componente de aborto seguro de
manera intra e intersectorial.
1
1
1.6
Violencia de Género
1.1.1
Proceso
Número
de
estrategias
de
comunicación
para
la
prevención y atención a la
violencia sexual y contra las
mujeres implementadas por las
entidades federativas
Número
de
estrategias
de
comunicación
para
la
prevención y atención a la
violencia sexual y contra las
mujeres programadas para cada
estado por el CNEGSR.
Mide el número de estrategias de
comunicación para la prevención y
atención a la violencia sexual y
contra las mujeres implementadas
por
las
entidades
federativas,
respecto al número de estrategias
de comunicación para la prevención
y atención a la violencia sexual y
contra las mujeres programadas
para cada estado por el CNEGSR.
32
1
1.6
Violencia de Género
2.1.1
Proceso
Número
de
botiquines
distribuidos en las unidades de
salud que atienden casos de
violación sexual
Número
de
botiquines
programados por el CNEGSR
Se refiere al número de unidades de
salud que cuentan con un botiquín
para la atención integral a la
violación sexual
616
43
1.6
Violencia de Género
2.1.1
Resultado
Número
de
personas
que
acuden a las unidades de salud
por motivo de violación sexual,
que son atendidas durante las
primeras 72 hrs desde ocurrido
el evento y a las que se les
otorgaron
medicamentos
antirretrovirales para disminuir el
riesgo de transmisión de VIH.
Número de personas atendidas
por motivo de violación sexual
en los servicios de salud.
Mide el porcentaje de personas
atendidas por violación sexual en
los servicios de salud, a las que se
les
otorgaron
medicamentos
antirretrovirales, antes de las 72 hrs
posteriores al evento, para disminuir
el riesgo de infección por VIH,
respecto del total de personas
atendidas por violación sexual.
50
45
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
155
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.6
Violencia de Género
2.2.1
Proceso
Taller
de
formación
sobre
Atención
Psicológica
Especializada a víctimas de
violencia de pareja, familiar y/o
sexual. Modalidad presencial, 20
horas, a personal de psicología.
Taller de formación programado
sobre
Atención
Psicológica
Especializada a víctimas de
violencia de pareja, familiar y/o
sexual. Modalidad presencial, 20
horas, a personal de psicología.
Realización del taller de formación
sobre
Atención
Psicológica
Especializada
a
víctimas
de
violencia de pareja, familiar y/o
sexual. Modalidad presencial, 20
horas, a personal de psicología.
32
1
1.6
Violencia de Género
2.2.2
Proceso
Curso realizados sobre Atención
Inmediata
a
Víctimas
de
Violación
Sexual
dirigido
al
personal
de
enfermería,
duración 20 hrs., Modalidad
presencial.,
20
personal
de
enfermería.
Curso
programados
sobre
Atención Inmediata a Víctimas
de Violación Sexual dirigido al
personal
de
enfermería,
duración 20 hrs., Modalidad
presencial.,
20
personal
de
enfermería.
Realización
del
Curso
sobre
Atención Inmediata a Víctimas de
Violación Sexual dirigido al personal
de enfermería, duración 20 hrs.,
Modalidad presencial., 20 personal
de enfermería.
32
1
1.6
Violencia de Género
2.2.3
Proceso
Curso realizados sobre Atención
Médica
a
Víctimas/Sobrevivientes
de
Violación
Sexual
dirigido
a
personal de medicina, duración
16 hrs. Modalidad presencial. 25
personal de médicina.
Curso
programados
sobre
Atención
Médica
a
Víctimas/Sobrevivientes
de
Violación
Sexual
dirigido
a
personal de medicina, duración
16 hrs. Modalidad presencial. 25
personal de médicina.
Realización
del
Curso
sobre
Atención
Médica
a
Víctimas/Sobrevivientes
de
Violación Sexual dirigido a personal
de medicina, duración 16 hrs.
Modalidad presencial. 25 personal
de médicina.
32
1
1.6
Violencia de Género
2.3.1
Resultado
Número
de
niñas,
niños
y
adolescentes atendidas en la
consulta
psicológica
especializada por motivo de
violación sexual en los servicios
de salud
Número
de
niñas,
niños
y
adolescentes identificados como
posibles
casos
de
violación
sexual en los servicios de salud
de priemer contacto.
Mide el porcentaje de niñas, niños y
adolescentes
atendidas
en
la
consulta psicológica especializada
por motivo de violación sexual en
los servicios de salud, respecto de
aquellas niñas, niños y adolescentes
identificados como posibles casos
de violación sexual en los servicios
de salud de priemer contacto.
44
36
1.6
Violencia de Género
2.3.2
Proceso
Número
de
responsables
estatales de violencia de género
y
sexual
que
cursaron
y
aprobaron
el
“Curso
de
Inteligencia Artificial para su
aplicación en la Salud Publica”
Número
de
responsables
estatales de violencia de género
y sexual que se inscribieron al
“Curso de Inteligencia Artificial
para su aplicación en la Salud
Publica”
Se
refiere
al
número
de
responsables estatales de violencia
de género y sexual que cursaron y
aprobaron el “Curso de Inteligencia
Artificial para su aplicación en la
Salud Publica”
32
1
1.6
Violencia de Género
2.4.1
Proceso
Número personal de medicina
contratado
para
capacitar
y
supervisar en las instituciones
del sector la aplicación de los
criterios de la NOM-046-SSA2-
2005
y
demás
documentos
normativos y técnicos sobre
prevención y atención a la
violencia sexual y contra las
mujeres.
Número personal de medicina
programado por el CNEGSR
para capacitar y supervisar en
las instituciones del sector la
aplicación de los criterios de la
NOM-046-SSA2-2005 y demás
documentos
normativos
y
técnicos sobre prevención y
atención a la violencia sexual y
contra las mujeres.
Número de personal de medicina
contratado
para
capacitar
y
supervisar en las instituciones del
sector la aplicación de los criterios
de la NOM-046-SSA2-2005 y demás
documentos normativos y técnicos
sobre prevención y atención a la
violencia
sexual
y
contra
las
mujeres.
32
1
156
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1.6
Violencia de Género
2.4.2
Proceso
Número personal de psicología
contratado
para
capacitar
y
supervisar en las instituciones
del sector la aplicación de los
criterios de la NOM-046-SSA2-
2005
y
demás
documentos
normativos y técnicos sobre
prevención y atención a la
violencia sexual y contra las
mujeres.
Número personal de psicología
programado por el CNEGSR
para capacitar y supervisar en
las instituciones del sector la
aplicación de los criterios de la
NOM-046-SSA2-2005 y demás
documentos
normativos
y
técnicos sobre prevención y
atención a la violencia sexual y
contra las mujeres.
Número de personal de psicología
contratado
para
capacitar
y
supervisar en las instituciones del
sector la aplicación de los criterios
de la NOM-046-SSA2-2005 y demás
documentos normativos y técnicos
sobre prevención y atención a la
violencia
sexual
y
contra
las
mujeres.
32
1
1.6
Violencia de Género
2.5.4
Proceso
Número de personal de trabajo
social
contratado
para
implementar
programa
de
coordinación interinstitucional e
intersectorial para la integración
de redes integrales de servicios
de prevención y atención a la
violencia
Número de personal de trabajo
social
programado
para
implementar
programa
de
coordinación interinstitucional e
intersectorial para la integración
de redes integrales de servicios
de prevención y atención a la
violencia
Número de personal de trabajo
social contratado para implementar
programa
de
coordinación
interinstitucional e intersectorial para
la integración de redes integrales de
servicios de prevención y atención a
la violencia
32
1
1.6
Violencia de Género
2.5.4
Proceso
Número de tables adquiridas
para el desarrollo de acciones
de
gestión
(coordinación,
monitoreo,
supervisión,
acompañamiento
y
capacitación) del componente
de violencia de género y sexual
de manera intra e intersectorial.
Número de tables adquiridas
respecto de lo programado por
el CNEGSR para el desarrollo
de
acciones
de
gestión
(coordinación,
monitoreo,
supervisión, acompañamiento y
capacitación) del componente
de violencia de género y sexual
de manera intra e intersectorial.
Número
de
tables
adquiridas
respecto de lo programado por el
CNEGSR para el desarrollo de
acciones de gestión (coordinación,
monitoreo,
supervisión,
acompañamiento y capacitación) del
componente de violencia de género
y
sexual
de
manera
intra
e
intersectorial.
128
4
1.6
Violencia de Género
3.2.1
Resultado
Realización de la capacitación
de formación de facilitadoras/es
de Reeducación para Víctimas y
Agresores
de
Violencia
de
Pareja
Programación de la capacitación
de formación de facilitadoras/es
de Reeducación para Víctimas y
Agresores
de
Violencia
de
Pareja
Realización
del
Curso
de
capacitación
de
formación
de
facilitadoras/es de Reeducación de
Víctimas y Agresores de Violencia
de Pareja
32
1
1.6
Violencia de Género
3.6.1
Proceso
Número
de
talleres
PRESENCIALES realizados de
Promoción del Buen Trato
Número
de
talleres
PRESENCIALES programados
de Promoción del Buen Trato
Porcentaje de talleres realizados de
Promoción del Buen Trato con
respecto de la meta
278
10
1.6
Violencia de Género
4.1.3
Proceso
Número de personal de salud
trasladado
a
la
Reunión
Nacional programada por el
CNEGSR
Número de personal de salud
programado para trasladarse a
la
a
la
Reunión
Nacional
programada por el CNEGSR
Número de personal de salud que
se trasladará para asistir a la
Reunión Nacional programada por
el CNEGSR
32
1
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
157
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
1
Prevención y Control de
Enfermedades Zoonóticas
y Emergentes
4.2.1
Proceso
Perros y gatos esterilizados
quirúrgicamente
Meta anual de perros y gatos a
vacunar contra la rabia x 100
Perros
y
gatos
esterilizados
quirúrgicamente
en
relación
al
universo anual de anumales a
vacunarse contra la rabia
4%
4%
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
2.1
Paludismo
3.1.1
Proceso
Localidades
Prioritarias
con
Ovitrampas
Número
de
Localidades
Prioritarias
Mide semanalmente la variación de
los
principales
indicadores
de
ovitrampas
en
las
Localidades
Prioritarias
100
100
2.1
Paludismo
4.1.1
Proceso
Número
de
localidades
de
riesgo
con
infestaciones
larvarias menores al 1% de
caladas positivas, posterior a la
intervención de control.
Número
de
localidades
de
riesgo con positividad larvaria
mayor a 1% en los estudios
entomológicos previos
Mide el impacto de las acciones
para la eliminación y modificación
de hábitats y criaderos de los
anofelinos.
100
100
2.5
Dengue
3.1.1
Proceso
Localidades
Prioritarias
con
Ovitrampas
Número
de
Localidades
Prioritarias
Mide semanalmente la variación de
los
principales
indicadores
de
ovitrampas
en
las
Localidades
Prioritarias
100
100
2.5
Dengue
8.1.1
Proceso
Número
de
Semanas
con
Captura
de
Información
en
Plataforma
Número de Semanas 48 con
Captura
de
Información
en
Plataforma
Mide la regularidad en el reporte
semanal de actividades mediante el
porcentaje de registro en Plataforma
de manera trimestral
48
48
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de
las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
2.1.1
Proceso
Total de casos nuevos de TB P
diagnosticados con Bk+ que
ingresan
a
tratamiento,
lo
terminan y curan.
Total de casos nuevos Número
de personas con TBP Bk+ que
ingresan a tratamiento
Porcentaje de casos nuevos de TBP
confirmada bacteriológicamente que
ingresa
a
tratamiento
primario
acortado los que terminan y los que
curan (Éxito de tratamiento).
86.0%
86.0%
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de
las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
3.1.1
Proceso
Número de casos TB TF nuevos
y previamente tratados que se
les
realizo
una
prueba
de
sensibilidad
al
diagnóstico,
incluye resultados de pruebas
moleculares (Xpert MTB/RIF)
así como de pruebas fenotípicas
convencionales
Número de casos nuevos y
previamente tratados notificados
X 100
Este indicador valorará la cobertura
de
pruebas
a
sensibilidad
a
fármacos
al
momento
del
diagnóstico, realizadas por métodos
moleculares o convencionales en
casos
nuevos
o
previamente
tratados (Reingresos y recaídas) a
todos los probables de TB TF.
40.0%
40.0%
158
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de
las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
3.1.1
Proceso
Número de casos TB TF nuevos
y previamente tratados que se
les
realizo
una
prueba
de
sensibilidad
al
diagnóstico,
incluye resultados de pruebas
moleculares (Xpert MTB/RIF)
así como de pruebas fenotípicas
convencionales
Número de casos nuevos y
previamente tratados notificados
X 109
Este indicador valorará la cobertura
de
pruebas
a
sensibilidad
a
fármacos
al
momento
del
diagnóstico, realizadas por métodos
moleculares o convencionales en
casos
nuevos
o
previamente
tratados (Reingresos y recaídas) a
todos los probables de TB TF.
40.0%
40.0%
3
Programa
Nacional
de
Prevención y Control de
las
micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)
4.1.1
Proceso
Número de casos que reciben
esquema de tratamiento con
fármacos
antituberculosis
de
2da línea en el año
Número de casos programados
con diagnóstico de resistencia a
fármacos en el año
El indicador evalúa el porcentaje de
casos de TB con resistencia a
fármacos que reciben esquema de
tratamiento
con
fármacos
antituberculosis de 2da línea.
90.0%
90.0%
4
Emergencias en Salud
4
Emergencias en Salud
1.1.1
Proceso
Kits de reservas estratégicas
integrados.
Kits de reservas estratégicas
programados
Integración de Kits de reservas
estratégicas para desastres.
115
4
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
6
Programa
de
Acción
Específico
para
la
Prevención y Control de
Enfermedades
Respiratorias Crónicas
3.1.1
Resultado
Número
de
pacientes
con
diagnóstico de EPOC y que
ingresaron a tratamiento
Total
de
pacientes
con
diagnóstico
de
EPOC
programados.
Porcentaje de pacientes con EPOC
que
cuentan
con
prueba
de
espirometría y evaluación clínica
para establecer su diagnóstico con
ingreso a tratamiento
60%
60%
6
Programa
de
Acción
Específico
para
la
Prevención y Control de
Enfermedades
Respiratorias Crónicas
3.3.1
Resultado
Número
de
pacientes
con
diagnóstico de asma y que
ingresaron a tratamiento
Total
de
pacientes
con
diagnóstico
de
asma
programados.
Porcentaje de pacientes con asma
que
cuentan
con
prueba
de
espirometría y evaluación clínica
para establecer su diagnóstico con
ingreso a tratamiento
50%
50%
7
Enfermedades Cardiometabólicas
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
Proceso
Número de pacientes con HTA
en el primer nivel de atención
que alcanzan el control con T/A
<140/90mmHg en población de
20 años y más en la Secretaría
de Salud
Número de pacientes con HTA
en tratamiento en población de
20 años y más en la Secretaría
de Salud
Se refiere al porcentaje de pacientes
con HTA en tratamiento en el primer
nivel de atención que alcanzan el
control con T/A <140/90mmHg en
población de 20 años y más en la
Secretaría de Salud
24057
24057
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.3.1
Proceso
Número de personal contratado
total de personal programado
para contratación
Número de profesionales de la salud
contratados para el programa de
Cardiometabólicas
1
1
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
8
Programa
de
Acción
Específico en Atención al
Envejecimiento
3.3.1
Resultado
Total de personas mayores con
tamizajes
realizados
de
alteraciones de memoria
Población de 60 y más años sin
derechohabiencia
Medir el porcentaje de mujeres y
hombres de 60 años y más, a
quienes se les realiza el tamizaje de
depresión
40%
40%
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
159
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
8
Programa
de
Acción
Específico en Atención al
Envejecimiento
3.3.1
Resultado
Total de personas mayores con
tamizajes
realizados
de
depresión
Población de 60 y más años sin
derechohabiencia
Medir el porcentaje de mujeres y
hombres de 60 años y más, a
quienes se les realiza el tamizaje de
alteraciones de memoria
40
40
8
Programa
de
Acción
Específico en Atención al
Envejecimiento
3.3.1
Resultado
Total de personas mayores con
tamizajes
realizados
de
depresión
Población de 60 y más años sin
derechohabiencia
Medir el porcentaje de mujeres y
hombres de 60 años y más, a
quienes se les realiza el tamizaje de
alteraciones de memoria
40%
40%
8
Programa
de
Acción
Específico en Atención al
Envejecimiento
3.3.1
Resultado
Total de personas mayores con
tamizajes
realizados
de
depresión
Población de 60 y más años sin
derechohabiencia
Medir el porcentaje de mujeres y
hombres de 60 años y más, a
quienes se les realiza el tamizaje de
depresión
40%
40%
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
9
Prevención, Detección y
Control
de
las
Enfermedades Bucales
10.1.1
Resultado
Reunión Nacional Realizada
N/A
Reunión Nacional de Responsables
Estatales del Programa de Salud
Bucal
1
1
9
Prevención, Detección y
Control
de
las
Enfermedades Bucales
11.1.2
Resultado
Informe
de
evaluación
y
seguimiento.
N/A
Apoyo al Responsable Estatal en
supervisión
y
evaluación
del
componente
Salud
Bucal
del
Preescolar y Escolar.
124
4
9
Prevención, Detección y
Control
de
las
Enfermedades Bucales
11.1.3
Resultado
Equipo de cómputo recibido
N/A
Contar con un equipo de cómputo
de escritorio o portátil para el
desarrollo
de
las
actividades
administrativas del Programa de
Salud Bucal.
31
1
9
Prevención, Detección y
Control
de
las
Enfermedades Bucales
5.2.2
Resultado
Total de Instrucciones de la
Técnica de Cepillado Dental
N/A
Instrucción de Técnica de Cepillado
Dental
8291519
4
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META
FEDERAL
META
ESTATAL
1
Vacunación Universal
1
Vacunación Universal
1.1.1
Resultado
Niñas y niños menores de 1 año
de edad sin derechohabiencia
que recibieron la 3er dosis de la
vacuna hexavalente acelular.
Total de niñas y niños menores
de
1
año
de
edad
sin
derechohabiencia (SSA)
Cobertura de vacunación al 95%
con
3ra
dosis
de
la
vacuna
hexavalente
en
niñas
y
niños
menores de 1 año de edad para la
Secretaría de Salud
95
95
1
Vacunación Universal
2.1.1
Resultado
Población sin derechohabiencia
que recibe la vacuna contra
influenza
estacional
en
la
temporada invernal 2025-2026
Total de población meta sin
derechohabiencia
a
vacunar
contra la influenza estacional.
Logro de aplicación de la Vacuna
contra la Influenza Estacional al
75% de la meta en el último
trimestre de 2025
75
75
160
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
ANEXO 8
Formato de Medición, Evaluación y Rendición de Cuentas, Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
1. Políticas de Salud Pública
1. Comunidades y municipios
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
1. Políticas de Salud Pública
2. Estilos de vida saludables
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta
estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
161
1. Políticas de Salud Pública
3. Indigenas
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta
estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
1. Políticas de Salud Pública
4. Mercadotecnia Social en Salud - Laboratorios de Comunicación de Riesgos
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta
estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
1. Políticas de Salud Pública
5. Personas en Movilidad
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
162
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
índice
Detalle del Indicador
Meta
estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
1. Políticas de Salud Pública
6. SNSP
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
1. Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
1. Seguridad Vial
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
163
1. Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
2. PA en Grupos Vulnerables
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
1. Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
3. Modelo de Atención Médica Prehospitalaria
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
1. Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial
4. Movilidad activa
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
164
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
1. Vigilancia Epidemiológica
1. Vigilancia Epidemiológica
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
2. Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio
1. Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
165
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
1. VIH y otras ITS
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
2. Virus de Hepatitis C
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
1. Salud Sexual y Reproductiva
1. SSR para Adolescentes
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
166
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
1. Salud Sexual y Reproductiva
2. PF y Anticoncepción
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
1. Salud Sexual y Reproductiva
3. Salud Materna
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
167
1. Salud Sexual y Reproductiva
4. Salud Perinatal
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
1. Salud Sexual y Reproductiva
5. Aborto Seguro
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
1. Salud Sexual y Reproductiva
6. Violencia de Género
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
168
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
2. Prevención y Control del Cáncer
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
3. Igualdad de Género
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
169
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
1. Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
1. Paludismo
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
2. Enfermedad de Chagas
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
170
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
3. Leishmaniasis
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
4. Intoxicación por Artrópodos
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
171
2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
5. Dengue
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
2. Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
6. Vigilancia Post Oncocercosis
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
3. Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
172
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
4. Emergencias en Salud
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
5. Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
173
6. Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
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índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
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Descripción del detalle del indicador
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Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
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9
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Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
7. Enfermedades Cardiometabólicas
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
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9,999,999.99
9,999,999.99
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índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
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Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
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9
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Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
8. Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
9,999,999.99
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9,999,999.99
174
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
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9
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Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
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9
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Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
999.99
9
999%
Semestral
9. Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
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9,999,999.99
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índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
(%)
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
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Semestral
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Descripción del detalle del indicador
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9
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Semestral
9.9.9.
Descripción del detalle del indicador
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9
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Semestral
10. Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
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índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
Cantidad
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Descripción del detalle del indicador
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Descripción del detalle del indicador
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Semestral
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Descripción del detalle del indicador
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9
999%
Semestral
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
175
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
1. Vacunación Universal
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
9,999,999.99
9,999,999.99
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índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
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Cantidad
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Descripción del detalle del indicador
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Semestral
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Descripción del detalle del indicador
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Semestral
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Descripción del detalle del indicador
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Semestral
2. Atención a la Salud de la Adolescencia
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
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índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
Frecuencia de medición
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Descripción del detalle del indicador
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Descripción del detalle del indicador
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Semestral
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Descripción del detalle del indicador
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Semestral
3. Atención a la Salud en la Infancia
Presupuesto del programa
Autorizado
Ministrado
Ejercido
Comprobado
Reintegrado
Pendiente de comprobar /
reintegrar
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índice
Detalle del Indicador
Meta estatal
Avance de meta
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Cantidad
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Descripción del detalle del indicador
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Descripción del detalle del indicador
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Semestral
176
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
ANEXO 9
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
177
178
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
179
ANEXO 10
Ejemplo de Formato de Acta de Conciliación de Insumos
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL
UA/OAD: .
PROGRAMA: .
Ejercicio Fiscal: .
Entidad Federativa: .
ACTA DE CONCILIACIÓN DE INSUMOS 2025
En la Ciudad de México, a 15 de marzo de 2026, __(#Titular de la UA/OAD)__, (#Representantes Estatales),
con el objeto realizar la conciliación respecto de las cantidades de insumos ministrados por la Secretaría de
Salud al __(#Entidad Federativa)__ en adelante __”(#Denominación de la Entidad Federativa)”_ , para el
__(#Nombre del Programa)__ con motivo de la suscripción del Convenio Específico de Coordinación en
Materia de Transferencia de Insumos y Ministración de Recursos Presupuestarios Federales para Realizar
Acciones en Materia de Salud Pública en Las Entidades Federativas, Convenio SaNAS, para el ejercicio
fiscal 2025 entre el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, en adelante
“LA SECRETARÍA” y __”(#Denominación de la Entidad Federativa)”_, hacen constar lo siguiente:
ANTECEDENTES
1.- Con fecha _#fechaConvenioEspecífico_, “LA SECRETARÍA” y _”(#Denominación de la Entidad
Federativa”, celebraron, el Convenio Específico de Coordinación en Materia de Transferencia de Insumos y
Ministración de Recursos Presupuestarios Federales para Realizar Acciones en Materia de Salud Pública en
Las Entidades Federativas, Convenio SaNAS 2025, con el objeto de ministrar recursos presupuestarios
federales y/o insumos federales a _”(#Denominación de la Entidad Federativa, a fin de coordinar su
participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a
_”(#Denominación de la Entidad Federativa” , la adecuada instrumentación, así como fortalecer la integridad
de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud.
2.- Con fecha _#fechaPrimerModificatorio_, “LA SECRETARÍA” y _”(#Denominación de la Entidad
Federativa”, celebraron el Convenio Modificatorio al Convenio SaNAS 2025, con el objeto de ajustar los
montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a _”(#Denominación de
la Entidad Federativa”.
3.- Que toda vez que al 31 de Diciembre de 2025, fecha en la que concluyó la vigencia del Convenio SaNAS
2025, no fue possible realizar la conciliación del total de los insumos ministrados por la “LA SECRETARÍA” a
_”(#Denominación de la Entidad Federativa”_,contra los programados en el Convenio SaNAS 2025, y
generar, en su caso, la emisión de un Convenio Modificatorio adicional a los señalados el numeral 2 del
presente documento, se acuerda:
ACUERDOS
PRIMERO.-Que las cantidades, precios unitarios e importes definitivos de los insumos ministrados con
motivo del cierre de laentrega-recepción de los insumos asignados al _#Nombre del Programa_, al 31 de
Diciembre de 2025, ministrados a _”(#Denominación de la Entidad Federativa”_, con motivo de la suscripción
del Convenio SaNAS 2025, son las que se muestran en el cuadro de conciliación siguiente:
180
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
CONCILIACIÓN DE INSUMOS MINISTRADOS CON MOTIVO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL
CONVENIO SaNAS 2025, A EL ESTADO DE _#ENTIDADFEDERATIVA_, PARA
EL PROGRAMA DE _#NOMBREDELPROGRAMA_
INSUMOS PROGRAMADOS EN EL CONVENIO SaNAS 2025
CONCEPTO
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
CANTIDAD
PRECIO
UNITARIO
MONTO
JUSTIFICACIÓN
DE LA
CONCILIACIÓN
INSUMOS ENVIADOS Y RECIBIDOS EN LOS ALMACENES DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD DEL
ESTADO
FOLIO DE MINISTRACIÓN
CANTIDAD MINISTRADA
PRECIO
UNITARIO
MONTO
MINISTRADO
Total ministrado
$
.00
Total ministrado de la Entidad Federativa: $
.00
SEGUNDO.- Que con la presente conciliación se deja constancia de la cantidad total de los insumos
ministrados a _”(#Denominación de la Entidad Federativa_”_, cumpliendo con lo establecido en el Convenio
SaNAS 2025.
TERCERO.- La suscripción de la presente acta no genera compromiso alguno para “LA SECRETARÍA” de
ministraciones posteriores, ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación.
CUARTO.- La suscripción de la presente acta no exime a _”(#Denominación de la Entidad Federativa_”_, de
la responsabilidad por el incumplimiento, que en su caso, haya incurrido respecto de las obligaciones
contraídas en el Convenios SaNAS 2025.
Previa lectura de la presente acta y no habiendo otro asunto que hacer constar, se firma por todos los que en
ella intervienen, para dejar constancia.
Por “LA SECRETARÍA”
DIRECTOR(A) GENERAL DE UA/OAD
Hoja de firmas por “LA SECRETARÍA” del Acta de Conciliación de Insumos 2025, suscrita el día 15 de
marzo de 2026.
Por _”(#Denominación de la Entidad Federativa_”_,
SECRETARIO(A) DE SALUD
DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Hoja de firmas por _”(#Denominación de la Entidad Federativa_”_,del Acta de Conciliación de Insumos 2025,
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
181
Ejemplo de Formato de Constancia de Cierre de Presupuesto
Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López
Elizalde.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular de la Dirección General de Políticas en Salud Pública, de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora
de Evidencia en Salud, Dra. Adriana Stanford Camargo.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología,
Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico
del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 del
Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella
Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y
Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de Prevención
y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro
Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.-
Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Dr. Daniel
Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea,
de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud,
Coordinadora Administrativa, Lic. Nérida Rodríguez Mejía.- Rúbrica.- Comisionado Nacional de Salud Mental
y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo de la Ciudad de México:
Titular de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México,
Dra. Nadine Flora Gasman Zylbermann.- Rúbrica.- Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas,
Lic. Juan Pablo de Botton Falcón.- Rúbrica.
182
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO
CONVENIO Marco de Coordinación para el ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento
del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de
Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Morelos y el Municipio de Atlatlahucan.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.-
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano
y Vivienda.
PROGRAMA DE MEJORAMIENTO URBANO 2025 VERTIENTE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN
MORELOS/MUNICIPIO DE ATLATLAHUCAN
CMC/PMU/VIE/005/2025
Convenio Marco de Coordinación para ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y
Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran el
Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo
“LA SEDATU”, a través de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, representada por
su Titular el Ciudadano Víctor Hugo Hofmann Aguirre, asistido por el Titular de la Dirección General de
Infraestructura y Equipamiento, “LA DGIE”, el Ciudadano Alfonso Maldonado Arellano, como Área
Responsable e “INSTANCIA EJECUTORA”; por el Gobierno del Estado de Morelos, en lo sucesivo
“EL ESTADO” representado por el Ciudadano Adolfo Barragán Cena, en su carácter de Secretario de
Infraestructura, y, por otra parte, el Municipio de Atlatlahucan, Estado de Morelos, en lo sucesivo
“LA INSTANCIA SOLICITANTE”, representado por el Ciudadano Agustín Toledano Amaro, en su carácter de
Presidente Municipal Constitucional, quien se encuentra asistido por el Ciudadano Ignacio Bello Torres,
en su calidad de Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, a quienes en conjunto se les denominará
“LAS PARTES”, al tenor de los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES
1.
El artículo 26, apartado A, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos (CPEUM), establece la obligación del Estado para organizar un sistema de planeación
democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y
equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social
y cultural de la nación.
2.
El artículo 134, primer párrafo, de la CPEUM establece que, los recursos económicos de que
dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales
de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y
honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
3.
El artículo 4, fracción I, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y
Desarrollo Urbano reconoce el derecho a la ciudad como un principio rector de la planeación,
regulación y gestión de los asentamientos humanos, y lo define como la obligación del Estado de
garantizar a todos los habitantes de un asentamiento humano o centros de población, el acceso a la
vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios básicos, a partir de los derechos reconocidos por
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales suscritos
por México en la materia.
4.
Los artículos 2 y 6 de la Ley de Vivienda, disponen que considera vivienda digna y decorosa la que
cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y
construcción, salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios
básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y
contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los
elementos naturales potencialmente agresivos; asimismo, que la Política Nacional de Vivienda tiene
por objeto promover oportunidades de acceso a la vivienda para la población, preferentemente para
aquella que se encuentre en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad e Incorporar
estrategias que fomenten la concurrencia de los sectores público, social y privado para satisfacer las
necesidades de vivienda, en sus diferentes tipos y modalidades, entre otros.
5.
Conforme a los artículos 2, fracción III, 74 y 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, los subsidios son asignaciones de recursos federales previstas en el
Presupuesto de Egresos que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes
sectores de la sociedad, a las entidades federativas o municipios para fomentar el desarrollo de
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
183
actividades sociales o económicas prioritarias de interés general, que serán ministrados por
las dependencias con cargo a sus presupuestos, asegurando la coordinación de acciones
entre dependencias y entidades, para evitar la duplicidad en el ejercicio de los recursos y reducir
gastos administrativos.
6.
El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024, contempla entre los programas presupuestarios
del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, el Programa de Mejoramiento
Urbano, en adelante “EL PROGRAMA”.
7.
El artículo 28, de la Ley de Planeación establece que, las acciones contenidas en el Plan Nacional de
Desarrollo, así como en los programas que de él emanen, deberán especificar las acciones que
serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; por tanto, en términos
del artículo 33, de dicho ordenamiento, se podrá convenir con los gobiernos locales, y la participación
que corresponda a los municipios, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan,
la coordinación que se requiera a efecto de que participen y coadyuven a la consecución de los
objetivos de la planeación nacional.
8.
Con fecha 15 de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Plan Nacional de
Desarrollo 2025-2030, en el que el Gobierno de México en el periodo 2025-2030, plantea en el Eje
General 2 “Desarrollo con Bienestar y Humanismo”, en su Objetivo 2.10: Promover entornos públicos
justos y adaptativos mediante la planificación de espacios rurales y urbanos, con el objetivo de
reducir las disparidades en el acceso a oportunidades y servicios entre diferentes regiones y
comunidades del país, señala en su Estrategia 2.10.2 que es necesario “Colaborar en el diseño,
construcción, renovación y ampliación de obras comunitarias y espacios urbanos con enfoque de
género, infancia y pertinencia cultural, mejorando el entorno habitable y garantizando el acceso
inclusivo a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos y de esparcimiento, así como la
mejora de servicios ambientales, con enfoque de seguridad, accesibilidad y habitabilidad.
9.
Mediante publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2025, se
dieron a conocer las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Urbano, para el ejercicio
fiscal 2025, que en lo sucesivo se denominarán “LAS REGLAS”.
10. “LAS REGLAS”, en su numeral “13.5 Coordinación institucional”, establecen que, con el propósito de
propiciar la sinergia con otros programas públicos y privados para el ordenamiento territorial, el
desarrollo regional y comunitario en las localidades, municipios, demarcaciones territoriales y
entidades federativas en las que interviene “EL PROGRAMA”, “LA SEDATU” promoverá la
coordinación de esfuerzos con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,
Estatal, Municipal, con instituciones y organismos privados, así como de la sociedad civil. Para ello,
en su caso, se suscribirán los instrumentos jurídicos de coordinación correspondientes.
11. “EL PROGRAMA”, es un instrumento congruente con los tratados internacionales a los que México
se ha adherido, como la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con el
objetivo 11, denominado Ciudades y Comunidades Sostenibles, el cual establece: "Lograr que las
ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles"; en
específico las metas 11.1, 11.3, 11.7, 11.a y 11.b, resaltan la importancia de asegurar el acceso de
todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles, así como
de mejorar los barrios marginales; de aumentar la urbanización inclusiva, sostenible y la capacidad
para una planificación y gestión participativas, integradas y sostenibles de los asentamientos
humanos; de proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y
accesibles, en particular para las mujeres y la niñez, las personas mayores de edad y las personas
con discapacidad; de apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las
zonas urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación del desarrollo
nacional y regional; y, finalmente, de aumentar sustancialmente el número de ciudades y
asentamientos humanos que adoptan y ponen en marcha políticas y planes integrados para
promover la inclusión, el uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la
adaptación a él y la resiliencia ante los desastres.
“LAS PARTES” manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.
“LA SEDATU” declara que:
I.1.
Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
1, 2, fracción I, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
184
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
I.2.
Conforme a las atribuciones contenidas en el artículo 41, fracciones X, XIII y XX de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal, “LA SEDATU”, a través de la Subsecretaría de
Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, tiene atribuciones para suscribir el presente
Convenio Marco de Coordinación.
I.3.
El C. Víctor Hugo Hofmann Aguirre, Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial,
Urbano y Vivienda, cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción I, inciso b), 7, fracción XI
y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
(RISEDATU). Asimismo, conforme a lo establecido en el numeral 11.2 fracción VII de
“LAS REGLAS”, a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda,
le corresponde suscribir los acuerdos de colaboración, coordinación, concertación y cualquier
otro instrumento jurídico, para la operación y ejecución de “EL PROGRAMA”, de conformidad
con la legislación y normatividad aplicable.
I.4.
El C. Alfonso Maldonado Arellano, Director General de Infraestructura y Equipamiento adscrito
a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, en lo sucesivo “DGIE” y
Área Responsable, cuenta con facultades y atribuciones para suscribir el presente Convenio,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción III, inciso g) y 9,
fracción IV, y 19, del RISEDATU; así como en los numerales 1.4, fracción V, inciso b) y 4.1,
de “LAS REGLAS”.
I.5.
Se señala como domicilio legal el ubicado en Calle Carolina, Número 77, Colonia Ciudad
de los Deportes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03710, Ciudad de México, CDMX, de
conformidad al ”ACUERDO por el que se da a conocer el cambio y nuevo domicilio de la
Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; así
como la suspensión de términos legales y recepción de cualquier tipo de documentación,
durante el periodo comprendido del 10 al 14 de marzo de 2025”, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 07 de marzo de 2025.
II.
“EL ESTADO” declara que:
0.1.
El Estado de Morelos, es parte integrante de la Federación, libre y soberano en su régimen
interior, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I, y 43, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Morelos.
0.2.
El C. Adolfo Barragán Cena, en su carácter de Secretario de Infraestructura del Gobierno del
Estado de Morelos, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento jurídico, en
representación del Estado de Morelos, de conformidad con lo establecido en los artículos 70,
Fracción VI y 74, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que
reforma la del año de 1888; 9, fracción VI, 14, fracción VIII, 15, y 27, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos; 1, 2, 3, fracciones I, XII y
XV, 7 y 8, del Reglamento interior de la Secretaría de Infraestructura del Poder Ejecutivo
Estatal, y acredita su personalidad mediante el nombramiento expedido por la Gobernadora
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, de fecha primero de octubre del año
dos mil veinticuatro.
0.3.
Para efectos del presente instrumento, señala como su domicilio en la oficina administrativa
de la Secretaría de Infraestructura sita en el segundo piso de Palacio de Gobierno, ubicado en
Plaza de Armas General Emiliano Zapata Salazar, sin número, Colonia Centro, de la Ciudad
de Cuernavaca, Morelos, código postal 62000, mismo que señala para todos los efectos de
este contrato.
III.
“LA INSTANCIA SOLICITANTE” declara que:
III.1.
Es parte integrante de la división territorial y organización administrativa del Estado con
personalidad jurídico-política y territorio determinado, de conformidad con los artículos 115,
fracciones I, II y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 111 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos.
III.2.
De conformidad con el artículo 41 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, la
persona titular de la Presidencia Municipal tiene la representación política y dirección
administrativa, así como la ejecución de los acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento.
III.3.
El C. Agustín Toledano Amaro, en su carácter de Presidente Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de Atlatlahucan, se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente
Convenio, de conformidad con los artículos 112, de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Morelos; 41, Fracciones IX y XI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Morelos, así como el numeral 11.6, fracción II, inciso b) del Capítulo XI de “LAS REGLAS”.
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III.4.
El C. Ignacio Bello Torres, en su carácter de Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas
del Ayuntamiento de Atlatlahucan, cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio
en términos de los artículos 41, Fracción XII, 75, 127, 127 ter, Fracción VII, de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Morelos; 48, numeral 7, 76, 77, Fracción XVIII y 78, del Reglamento
de la Administración Pública del Ayuntamiento de Atlatlahucan, Morelos.
III.5.
Se señala como domicilio legal del Presidente Municipal, el ubicado en calle Independencia
# 12, Barrio San Mateo, C.P. 62840, Atlatlahucan, Morelos.
III.6.
Se señala como domicilio legal del Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, el ubicado
en calle Calvario S/N, Barrio San Mateo, C.P. 62840, Atlatlahucan, Morelos.
IV.
“LAS PARTES” declaran que:
IV.1
En la celebración del presente acto jurídico no existe error, dolo o mala fe, por lo que es
celebrado de manera voluntaria, y reconocen mutuamente la personalidad con que
comparecen sus respectivos representantes.
IV.2
Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparecen
cada una de “LAS PARTES” es su voluntad celebrar el presente Convenio Marco
de Coordinación.
IV.3
Cuentan con los medios necesarios para proporcionarse recíprocamente la asistencia,
coordinación y apoyo para la consecución del objeto de este instrumento jurídico.
Con fundamento en los artículos 26, apartado A, 90 y 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1°, 2°, 17 Bis, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
28 y 33, de la Ley de Planeación; 1, 4, fracción VII, 75 y 77, de la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria; 1, 176, 178 y 179, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria; 4, 8, 9, 48, 49, 50 y 51, de la Ley General de Asentamientos Humanos,
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 2 y 6, de la Ley de Vivienda; 65, fracción XIV, de la Ley General
de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 2, 7, fracciones XIII y XV, 9 y 19 del RISEDATU; las
disposiciones contenidas en “LAS REGLAS”, y demás disposiciones jurídicas aplicables, “LAS PARTES”
celebran el presente Convenio Marco de Coordinación, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El objeto del presente Convenio Marco es coordinar acciones entre “LAS PARTES” para el ejercicio de
subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano
correspondientes al ejercicio fiscal 2025, así como coadyuvar en el ámbito de sus respectivas atribuciones y
competencias para que se ejecuten y, en su caso, se activen los proyectos que deriven de las modalidades y
tipos de apoyo de dicho Programa, a los cuales, en lo sucesivo se les denominará como “LOS PROYECTOS”,
mismos que se realizarán en beneficio del Municipio de Atlatlahucan, integrante del Estado de Morelos.
SEGUNDA. EJECUCIÓN ESPECÍFICA DE “LOS PROYECTOS”
La implementación y ejecución de “EL PROGRAMA”, se dará de conformidad con la mecánica de
operación correspondiente a la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, para lo cual, “LAS PARTES”
acuerdan que “LA SEDATU” y “LA INSTANCIA SOLICITANTE” en su oportunidad llevarán a cabo la
formalización de los convenios de coordinación específicos o instrumentos jurídicos específicos aplicables,
acorde con lo establecido en “LAS REGLAS”, en los que se establecerán los datos de “LOS PROYECTOS”
que serán apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”; y en los cuales, aplicará el contenido de los
apartados de este Convenio Marco de Coordinación, en lo conducente y conforme a la normativa aplicable.
“LAS PARTES” convienen que, la ejecución de “LOS PROYECTOS” que sean apoyados con subsidios de
“EL PROGRAMA”, se realizará desde la firma de los convenios de coordinación específicos y hasta la
suscripción del Acta de Entrega-Recepción de las obras o acciones, obligándose a realizar las acciones que
resulten necesarias para recibirlas y, en su caso, activarlas, conforme a la normativa aplicable, con la
participación que resulte necesaria de “EL ESTADO”. para tal efecto y conforme a la normativa aplicable, sin
necesidad de intervención del “EL ESTADO”.
Los recursos financieros que, en su caso, aporte “LA SEDATU”, son subsidios que no pierden su carácter
federal y que provienen del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, asignados
a “EL PROGRAMA”.
Estos subsidios se encuentran sujetos a la disponibilidad presupuestal de “EL PROGRAMA”.
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TERCERA. NORMATIVIDAD.
La ejecución de “LOS PROYECTOS” que sean apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, está sujetos
a las disposiciones establecidas en: la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su
Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento, la Ley de Planeación; Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Presupuesto de Egresos de la Federación para
el Ejercicio Fiscal 2025; “LAS REGLAS”; este Convenio Marco de Coordinación; los convenios de
coordinación específicos o los instrumentos jurídicos específicos aplicables a la Vertiente Infraestructura y
Equipamiento, así como a las demás disposiciones jurídicas federales y locales aplicables.
CUARTA. INSTANCIA EJECUTORA DE “LOS PROYECTOS”.
En los convenios de coordinación específicos o los instrumentos jurídicos específicos aplicables,
se señalará la Instancia Ejecutora de “LOS PROYECTOS” que serán apoyados con subsidios de
“EL PROGRAMA”, la cual tendrá las obligaciones y responsabilidades que se establecen en “LAS REGLAS”
y demás normativa aplicable.
QUINTA. COMPROMISOS DE “LA SEDATU”.
a) Definir la cartera de proyectos y montos de apoyo de los subsidios federales para la ejecución de
"EL PROGRAMA";
b) Revisar, evaluar y en su caso, aprobar “LOS PROYECTOS” por conducto del Comité de Validación,
máximo órgano de decisión de “EL PROGRAMA”;
c) Promover, integrar y dar seguimiento a las actividades en materia de contraloría social; entre otras,
conformando y capacitando a los comités de contraloría social, ajustándose al esquema de operación, la guía
operativa y el programa anual de trabajo en la materia determinado por "EL PROGRAMA", y validados por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, con el apoyo que corresponde de “LAS PARTES”, y
d) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, y aquellas
que resulten aplicables conforme a lo que señalan "LAS REGLAS" y demás normativa aplicable.
SEXTA. COMPROMISOS DE “EL ESTADO”.
a) Apoyar en el cumplimiento de los objetivos y metas de “EL PROGRAMA”;
b) Apoyar, en caso de resultar necesario, a “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, en el ámbito de sus
atribuciones y competencias, en lo relativo a la obtención u otorgamiento de permisos, licencias,
autorizaciones y demás actos que se requieran para la realización de las obras o acciones que se contengan
en “LOS PROYECTOS” aprobados con subsidios de “EL PROGRAMA”;
c) Coadyuvar y apoyar a “LA INSTANCIA SOLICITANTE” en el ámbito de sus atribuciones y competencias
con aquellas acciones que resulten necesarias para salvaguardar y vigilar la correcta ejecución de
“LOS PROYECTOS”, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social
de las mismas, en términos de la normativa aplicable;
d) Apoyar conforme a sus atribuciones y competencias, en caso de ser necesario, para que los tipos de
apoyos otorgados en el marco de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento de “EL PROGRAMA” se reciban
y, en su caso, se activen por “LA INSTANCIA SOLICITANTE” o instancias competentes;
e) Conforme a sus atribuciones y competencias apoyar a “LA SEDATU” para que “LA INSTANCIA
SOLICITANTE” reciba los subsidios que refieran los Convenios de Coordinación Específicos que se suscriban
en el marco del presente instrumento jurídico y, en su caso, recibirlos con la intervención de la Secretaria de
Hacienda del estado, a través de la figura jurídica idónea, a nombre de “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, con
el fin de beneficiar a la población en general;
f) Coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos de "EL PROGRAMA" de conformidad con lo dispuesto en
"LAS REGLAS", y
g) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, en términos
de la normativa aplicable.
SÉPTIMA. COMPROMISOS DE “LA INSTANCIA SOLICITANTE”.
Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Marco de Coordinación, “LA INSTANCIA
SOLICITANTE” tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Proporcionar la documentación que acredite legalmente la propiedad o posesión del espacio o de los
inmuebles susceptibles de ser intervenidos en el marco de “EL PROGRAMA” o, en su defecto, continuar con
los trámites correspondientes que permitan la adecuada ejecución de “LOS PROYECTOS”, acorde con lo
establecido en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable;
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b) Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así
como dar cumplimiento a lo convenido;
c) En su caso, emitir las autorizaciones, licencias de construcción, dictámenes de factibilidad, entre otros,
de las obras y acciones propuestas, de conformidad con la normativa aplicable, así como cubrir la totalidad de
los costos asociados a estos conceptos;
d) Remitir a la autoridad competente las quejas y denuncias que se interpongan en relación con
“EL PROGRAMA”;
e) Cumplir con las responsabilidades específicas, aplicables a la Vertiente de “EL PROGRAMA”, que se
establecen en “LAS REGLAS”;
f) Otorgar, en su caso, las facilidades que permitan la recepción de los tipos de apoyo de
“EL PROGRAMA” por parte de otras autoridades, en beneficio de la población en general, conforme a lo
previsto en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable, y
g) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio y aquellas
que establezca la Instancia Normativa, conforme a “LAS REGLAS” y las disposiciones aplicables.
OCTAVA. CONTROL Y FISCALIZACIÓN
El ejercicio de los recursos federales de “EL PROGRAMA”, se encuentra sujeto a las disposiciones
federales aplicables, y podrán ser auditados por las siguientes instancias: el Órgano Interno de Control en
“LA SEDATU”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la
Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que por sus atribuciones resulten competentes,
conforme a la normativa aplicable.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública
Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que
intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este
instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
“LAS PARTES” acuerdan que el presente instrumento jurídico tiene sustento en el principio de la buena fe,
de común acuerdo, por lo que podrán convenir la terminación anticipada del mismo por la existencia de alguna
de las siguientes causas:
a) De presentarse caso fortuito, entendiéndose éste por un acontecimiento de la naturaleza;
b) Por fuerza mayor, entendiéndose un hecho humanamente inevitable, y
c) Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Convenio.
Queda expresamente pactado que “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios
que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que
desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción se reanudarán las tareas pactadas.
“LA SEDATU” podrá, en cualquier momento, rescindir el presente instrumento jurídico, sin que medie
resolución judicial, cuando cualquiera de “LAS PARTES” no cumpla en tiempo y forma con los compromisos
pactados en este Convenio Marco de Coordinación o de presentarse alguna circunstancia prevista en
“LAS REGLAS” y demás normativa aplicable, para tal efecto.
En ambos casos, las partes revisarán el avance de las actividades para establecer las bases para
su finiquito.
DÉCIMA. CESIÓN DE DERECHOS.
Ninguna de “LAS PARTES” podrá ceder los derechos u obligaciones a su cargo derivadas de este
Convenio o delegar cualquier deber u obligación bajo el mismo, sin el previo consentimiento por escrito de la
otra Parte.
DÉCIMA PRIMERA. MODIFICACIONES.
El presente instrumento podrá ser modificado o adicionado total o parcialmente durante su vigencia por
acuerdo de “LAS PARTES”, mediante el convenio modificatorio correspondiente en los términos previstos en
el mismo. Las modificaciones o adiciones deberán constar por escrito y formarán parte del presente
instrumento, sin que ello implique la novación de aquellas obligaciones que no sean objeto de modificación
o adición.
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DÉCIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y
competencias, para resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente
Convenio Marco de Coordinación; asimismo, convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo
dispuesto en los instrumentos legales y normativos señalados en la Cláusula Tercera de este Convenio.
De igual forma “LAS PARTES” reconocen que el presente instrumento no constituye alguna facultad
discrecional respecto al cumplimiento de las obligaciones que en este se plasman ya que constituye la
ejecución de una función administrativa, encaminada a surtir efectos jurídicos en beneficio de la población en
general, amparada por la presunción de legalidad y ejecutoriedad.
De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco
de Coordinación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo entre “LAS PARTES”, conocerán los
Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México.
DÉCIMA TERCERA. DIFUSIÓN.
“LAS PARTES” serán responsables de que durante la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con
subsidios de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones, estrategias y programas en materia de difusión,
que se encuentren señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal 2025, así como en “LAS REGLAS”.
La publicidad, información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas,
deberá identificarse con el escudo nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera
y el Himno Nacionales, y el artículo 28, fracción II, inciso a), del Decreto de Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 2025, e incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a
cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.
DÉCIMA CUARTA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR.
En caso de generarse derechos de propiedad intelectual con motivo de las actividades que se lleven a
cabo en el marco de este Convenio, así como del diseño y la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con
subsidios de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES" se obligan a reconocerse mutuamente los créditos
correspondientes y ajustarse a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, su Reglamento y demás
normatividad aplicable.
Asimismo, “LAS PARTES” convienen que, la propiedad intelectual y los derechos de autor resultantes de
las actividades que desarrollen conjuntamente, corresponderán a la parte que haya producido; o, en su caso,
a todas ellas en proporción a sus aportaciones. Los derechos de autor de carácter patrimonial que se deriven
del presente Convenio le corresponden a la parte que haya participado o que haya aportado recursos para su
realización, la cual, únicamente quedará obligada a otorgarle los créditos correspondientes por su autoría y
colaboración a la otra parte.
DÉCIMA QUINTA. CONTRALORÍA SOCIAL.
“LAS PARTES” serán responsables de que, durante la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con
subsidios de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones señaladas en “LAS REGLAS” en materia de
contraloría social; así como lo señalado en los Lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría
de Anticorrupción y Buen Gobierno, para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de
la vigilancia ciudadana, bajo el Esquema o Esquemas validados por la Secretaría de Anticorrupción
y Buen Gobierno.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL.
"LAS PARTES" convienen que, el personal designado, comisionado, contratado o utilizado por cada una
de estas, para la realización de “LOS PROYECTOS” apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se
entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su
responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o
sustitutos, de la otra. Quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial y
sindical que llegara a suscitarse.
DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
“LAS PARTES”, acuerdan guardar y proteger la información reservada y/o confidencial que generen,
obtengan, adquieran, transformen o se encuentre en su posesión, de acuerdo con la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en
Posesión de Sujetos Obligados, así como cualquier otro ordenamiento jurídico vigente en la materia,
incluyendo, desde luego, los supuestos de confidencialidad y reserva estipulados en los citados
ordenamientos de considerarse procedente.
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“LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, serán responsables en obtener el
consentimiento de los titulares de datos personales y/o datos personales sensibles, de conformidad con la Ley
General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad
aplicable, que se obtengan con motivo del cumplimiento del objeto del presente Convenio.
“LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, se obligan a realizar los avisos de privacidad
correspondientes, de conformidad con la mencionada ley, y obtener las autorizaciones correspondientes para
transferir dichos datos a la otra parte, cuando así sea necesario en términos de la legislación aplicable.
“LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, serán responsables del manejo,
almacenamiento y protección de los datos personales y los datos personales sensibles, que obtengan con
motivo del cumplimiento del presente Convenio.
DÉCIMA OCTAVA. INTEGRIDAD.
“LAS PARTES” se comprometen a actuar bajo los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia,
honestidad, e integridad, y a cumplir con todas las disposiciones en materia de responsabilidades
de servidores públicos, previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y el Código
Penal Federal.
“LAS PARTES” se comprometen a que, ni ellas, ni sus directores, funcionarios o empleados habrán
ofrecido, prometido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ninguna ventaja indebida, económica o de
otro tipo (o insinuado que lo harán o podrían hacerlo en el futuro) relacionada de algún modo con el presente
instrumento jurídico o con los que deriven del mismo y que habrán adoptado medidas razonables para evitar
que lo hagan los subcontratistas, agentes o cualquier otro tercero que se encuentre sujeto a su control o a su
influencia significativa.
Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio se limita al necesario para cumplir con los
fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”.
DÉCIMA NOVENA. ANTICORRUPCIÓN.
“LAS PARTES” se comprometen a no llevar a cabo acto de corrupción alguno, por lo que pactan que será
causal de suspensión o terminación de la relación derivada del presente Convenio, el conocimiento de que
la otra parte ha actuado en violación a la legislación aplicable en materia de anticorrupción, en particular al
involucrarse o tolerar algún acto de corrupción o ser utilizada como conducto para cometerlo.
Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio, se limita al necesario para cumplir con los
fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”.
VIGÉSIMA. DOMICILIOS.
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para toda clase de avisos, comunicaciones,
notificaciones y en general para todo lo relacionado con el presente Convenio, los señalados en sus
respectivas declaraciones. Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado por escrito,
dirigido a “LAS PARTES”, con acuse de recibo, por lo menos en un plazo de diez días hábiles de anticipación
a la fecha en que deba surtir efectos el cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán como
válidamente hechas en los domicilios aquí señalados.
VIGÉSIMA PRIMERA. PUBLICACIÓN.
El presente Convenio se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 36 de la Ley de Planeación y en el medio de difusión oficial de “EL ESTADO” de conformidad
con su normatividad aplicable.
VIGÉSIMA SEGUNDA. VIGENCIA.
El presente Convenio Marco de Coordinación estará vigente a partir del día de su firma y hasta el 31 de
diciembre de 2025.
Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio Marco de
Coordinación, en seis tantos, en la Ciudad de México, al día tres de junio de 2025.- Por la SEDATU:
el Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, C. Víctor Hugo Hofmann
Aguirre.- Rúbrica.- Director General de Infraestructura y Equipamiento, C. Alfonso Maldonado
Arellano.- Rúbrica.- Por el Estado: el Titular de la Secretaría de Infraestructura, C. Adolfo Barragán Cena.-
Rúbrica.- Por la Instancia Solicitante, Municipio de Atlatlahucan, Estado de Morelos: Presidente Municipal,
C. Agustín Toledano Amaro.- Rúbrica.- Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, C. Ignacio Bello
Torres.- Rúbrica.
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CONVENIO Marco de Coordinación para el ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento
del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de
Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Tlaxcala y el Municipio de Tlaxcala de Xicohténcatl.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.-
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano
y Vivienda.
PROGRAMA DE MEJORAMIENTO URBANO 2025 VERTIENTE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN
TLAXCALA/MUNICIPIO DE TLAXCALA DE XICOHTÉNCATL
CMC/PMU/VIE/007/2025
Convenio Marco de Coordinación para ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y
Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que celebran el
Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo
“LA SEDATU”, a través de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, representada por
su Titular el Ciudadano Víctor Hugo Hofmann Aguirre, asistido por el Encargado del Despacho de la Dirección
General de Infraestructura y Equipamiento “LA DGIE”, como Área Responsable e INSTANCIA EJECUTORA y
Director de Gestión y Vinculación el Ciudadano Alberto Martínez Flores; por el Gobierno del Estado de
Tlaxcala, en lo sucesivo “EL ESTADO” representado por el Ciudadano Eduardo Rubén Hernández Tapia, en
su carácter de Titular de la Secretaría de Infraestructura del Estado de Tlaxcala y, por otra parte, el Municipio
de Tlaxcala de Xicohténcatl, en lo sucesivo “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, representado por el Ciudadano
Alfonso Sánchez García, en su carácter de Presidente Municipal Constitucional, quien se encuentra asistido
por el Ciudadano Iram Papaqui Texpa, en su calidad de Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano del
Municipio de Tlaxcala de Xicohténcatl, a quienes en lo sucesivo se les denominará “LA INSTANCIA
SOLICITANTE”, a quienes en conjunto se les denominará “LAS PARTES”, al tenor de los antecedentes,
declaraciones y cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES
1.
El artículo 26, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM),
establece la obligación del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del
desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al
crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de
la nación.
2.
El artículo 134, primer párrafo, de la CPEUM establece que, los recursos económicos de que
dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales
de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y
honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
3.
El artículo 4, fracción I, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y
Desarrollo Urbano reconoce el derecho a la ciudad como un principio rector de la planeación,
regulación y gestión de los asentamientos humanos, y lo define como la obligación del Estado de
garantizar a todos los habitantes de un asentamiento humano o centros de población, el acceso a la
vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios básicos, a partir de los derechos reconocidos por
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales suscritos
por México en la materia.
4.
Los artículos 2 y 6 de la Ley de Vivienda, disponen que considera vivienda digna y decorosa la que
cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y
construcción, salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios
básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y
contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los
elementos naturales potencialmente agresivos; asimismo, que la Política Nacional de Vivienda tiene
por objeto promover oportunidades de acceso a la vivienda para la población, preferentemente para
aquella que se encuentre en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad e Incorporar
estrategias que fomenten la concurrencia de los sectores público, social y privado para satisfacer las
necesidades de vivienda, en sus diferentes tipos y modalidades, entre otros.
5.
Conforme a los artículos 2, fracción LIII, 74 y 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, los subsidios son asignaciones de recursos federales previstas en el
Presupuesto de Egresos que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes
sectores de la sociedad, a las entidades federativas o municipios para fomentar el desarrollo
de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general, que serán ministrados por
las dependencias con cargo a sus presupuestos, asegurando la coordinación de acciones
entre dependencias y entidades, para evitar la duplicidad en el ejercicio de los recursos y reducir
gastos administrativos.
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6.
El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024, contempla entre los programas presupuestarios
del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, el Programa de Mejoramiento
Urbano, en adelante “EL PROGRAMA”.
7.
El artículo 28, de la Ley de Planeación establece que, las acciones contenidas en el Plan Nacional de
Desarrollo, así como en los programas que de él emanen, deberán especificar las acciones que
serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; por tanto, en términos
del artículo 33, de dicho ordenamiento, se podrá convenir con los gobiernos locales, y la participación
que corresponda a los municipios, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan,
la coordinación que se requiera a efecto de que participen y coadyuven a la consecución de los
objetivos de la planeación nacional.
8.
Con fecha 15 de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Plan Nacional de
Desarrollo 2025-2030, en el que el Gobierno de México en el periodo 2025-2030, plantea en Eje
General 2 “Desarrollo de Bienestar y Humanismo”, en su Objetivo 2.10: Promover entornos públicos
justos y adaptativos mediante la planificación de espacios rurales y urbanos, con el objetivo de
reducir las disparidades en el acceso a oportunidades y servicios entre diferentes regionales y
comunidades del país, señala en su Estrategia 2.10.2 que es necesario “Colaborar en el diseño,
construcción, renovación y ampliación de obras comunitarias y espacios urbanos con enfoque de
género, infancia y pertinencia cultural, mejorando el entorno habitable y garantizando el acceso
inclusivo a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos y de esparcimiento, así como la
mejora de servicios ambientales, con enfoque de seguridad, accesibilidad y habitabilidad.
9.
Mediante publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2025, se
dieron a conocer las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Urbano, para el ejercicio
fiscal 2025, que en lo sucesivo se denominarán “LAS REGLAS”.
10. “LAS REGLAS”, en su numeral “13.5 Coordinación institucional”, establecen que, con el propósito de
propiciar la sinergia con otros programas públicos y privados para el ordenamiento territorial, el
desarrollo regional y comunitario en las localidades, municipios, demarcaciones territoriales y
entidades federativas en las que interviene “EL PROGRAMA”, “LA SEDATU” promoverá la
coordinación de esfuerzos con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,
Estatal, Municipal, con instituciones y organismos privados, así como de la sociedad civil. Para ello,
en su caso, se suscribirán los instrumentos jurídicos de coordinación correspondientes.
11. “EL PROGRAMA”, es un instrumento congruente con los tratados internacionales a los que México
se ha adherido, como la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con el
objetivo 11, denominado Ciudades y Comunidades Sostenibles, el cual establece: "Lograr que las
ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles"; en
específico las metas 11.1, 11.3, 11.7, 11.a y 11.b, resaltan la importancia de asegurar el acceso
de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles, así como de
mejorar los barrios marginales; de aumentar la urbanización inclusiva, sostenible y la capacidad para
una planificación y gestión participativas, integradas y sostenibles de los asentamientos humanos; de
proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles,
en particular para las mujeres y la niñez, las personas mayores de edad y las personas con
discapacidad; de apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas
urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación del desarrollo nacional y
regional; y, finalmente, de aumentar sustancialmente el número de ciudades y asentamientos
humanos que adoptan y ponen en marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el
uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia
ante los desastres.
“LAS PARTES” manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.
“LA SEDATU” declara que:
I.1.
Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
1, 2, fracción I, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2.
Conforme a las atribuciones contenidas en el artículo 41, fracciones X, XIII y XX de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal, “LA SEDATU”, a través de la Subsecretaría
de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, tiene atribuciones para suscribir el presente
Convenio Marco de Coordinación.
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I.3.
El C. Víctor Hugo Hofmann Aguirre, Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial,
Urbano y Vivienda, cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción I, inciso b), 7, fracción XI
y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
(RISEDATU). Asimismo, conforme a lo establecido en el numeral 11.2 fracción VII de
“LAS REGLAS”, a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda,
le corresponde suscribir los acuerdos de colaboración, coordinación, concertación y cualquier
otro instrumento jurídico, para la operación y ejecución de “EL PROGRAMA”, de conformidad
con la legislación y normatividad aplicable.
I.4.
El Encargado del Despacho de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, en lo
sucesivo “DGIE” y Área Responsable, y Director de Gestión y Vinculación, el Ciudadano
Alberto Martínez Flores, adscrito a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y
Vivienda, cuenta con facultades y atribuciones para suscribir el presente Convenio,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción III, inciso g) y 9
fracción IV y 19 del RISEDATU; así como en los numerales 1.4, fracción V, inciso b) y 4.1 de
“LAS REGLAS”.
I.5.
Se señala como su domicilio legal el ubicado en Calle Carolina, Número 77, Colonia Ciudad
de los Deportes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03710, Ciudad de México, CDMX, de
conformidad al ”ACUERDO por el que se da a conocer el cambio y nuevo domicilio de la
Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; así
como la suspensión de términos legales y recepción de cualquier tipo de documentación,
durante el periodo comprendido del 10 al 14 de marzo de 2025”, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 07 de marzo de 2025.
II.
“EL ESTADO” declara que:
II.1.
El Estado de Tlaxcala, es parte integrante de la Federación, libre y soberano en su régimen
interior, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 1 ro. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Tlaxcala.
II.2.
El C. Eduardo Rubén Hernández Tapia, en su carácter de Secretario de Infraestructura del
Estado de Tlaxcala, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento jurídico, en
representación del Estado de Tlaxcala, de conformidad con lo establecido en los artículos 18,
consecutivo sexto y 34 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Tlaxcala, así como por el artículo 11 fracción XIII del Reglamento Interior de la
Secretaría de Infraestructura del Estado de Tlaxcala.
II.3.
Para efectos de presente instrumento, señala como su domicilio legal el ubicado en
Km. 1.5 Carretera Tlaxcala Puebla Tlaxcala.
III.
“LA INSTANCIA SOLICITANTE” declara que:
III.1.
Es parte integrante de la división territorial y organización administrativa del Estado con
personalidad jurídico-política y territorio determinado, de conformidad con los artículos 115,
fracciones I, II y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, 5, 6, 7, 8 y
27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.
III.2.
De conformidad con el artículo 4, fracción X y 41 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala,
la persona titular de la Presidencia Municipal tiene la representación política y dirección
administrativa, así como la ejecución de los acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento.
III.3.
El C. Alfonso Sánchez García, Presidente Municipal Constitucional de Tlaxcala
de Xicohténcatl, se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente Convenio, de
conformidad con los artículos 90 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Tlaxcala; 41, fracción XVIII de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala; así como el
numeral 11.6 fracción II, inciso b) del Capítulo XI de “LAS REGLAS”.
III.4.
El C. Iram Papaqui Texpa, en su carácter de Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano,
cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio en términos de los artículos 74 Bis
de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala; 105 fracción XV, 126 fracción I, incisos d), e)
y f) del Reglamento Interno del Municipio de Tlaxcala, Tlaxcala.
III.5.
Señala como domicilio legal del Municipio, el ubicado en Portal Hidalgo No. 6, colonia Centro,
código postal 90000, Tlaxcala de Xicohténcatl, Tlaxcala.
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IV.
“LAS PARTES” declaran que:
IV.1
En la celebración del presente acto jurídico no existe error, dolo o mala fe, por lo que es
celebrado de manera voluntaria, y reconocen mutuamente la personalidad con que
comparecen sus respectivos representantes.
IV.2
Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparecen
cada una de “LAS PARTES” es su voluntad celebrar el presente Convenio Marco
de Coordinación.
IV.3
Cuentan con los medios necesarios para proporcionarse recíprocamente la asistencia,
coordinación y apoyo para la consecución del objeto de este instrumento jurídico.
Con fundamento en los artículos 26, apartado A, 90 y 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1°, 2°, 17 Bis, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
28 y 33 de la Ley de Planeación; 1, 4, fracción VII, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria; 1, 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria; 4, 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos,
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 2 y 6, de la Ley de Vivienda; 65, fracción XIV, de la Ley General
de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 2, 7, fracciones XIII y XV, 9 18 y 19 del RISEDATU;
las disposiciones contenidas en “LAS REGLAS”, y demás disposiciones jurídicas aplicables, “LAS PARTES”
celebran el presente Convenio Marco de Coordinación, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El objeto del presente Convenio Marco es coordinar acciones entre “LAS PARTES” para el ejercicio de
subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano
correspondientes al ejercicio fiscal 2025, así como coadyuvar en el ámbito de sus respectivas competencias
para que se ejecuten y, en su caso, se activen los proyectos que deriven de las modalidades y tipos de apoyo
de dicho Programa, a los cuales, en lo sucesivo se les denominará como “LOS PROYECTOS”, mismos que
se realizarán en beneficio del Municipio de Tlaxcala de Xicohténcatl, integrante del Estado de Tlaxcala.
SEGUNDA. EJECUCIÓN ESPECÍFICA DE “LOS PROYECTOS”
La implementación y ejecución de “EL PROGRAMA”, se dará de conformidad con la mecánica de
operación correspondiente a la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, para lo cual, “LAS PARTES”
acuerdan que “LA SEDATU” y “LA INSTANCIA SOLICITANTE” en su oportunidad llevarán a cabo la
formalización de los convenios de coordinación específicos o instrumentos jurídicos específicos aplicables,
acorde con lo establecido en “LAS REGLAS”, en los que se establecerán los datos de “LOS PROYECTOS”
que serán apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”; y en los cuales, aplicará el contenido de los
apartados de este Convenio Marco de Coordinación, en lo conducente y conforme a la normativa aplicable.
“LAS PARTES” convienen que, la ejecución de “LOS PROYECTOS” que sean apoyados con subsidios de
“EL PROGRAMA”, se realizará desde la firma de los convenios de coordinación específicos y hasta la
suscripción del Acta de Entrega-Recepción de las obras o acciones, obligándose a realizar las acciones que
resulten necesarias para recibirlas y, en su caso, activarlas, conforme a la normativa aplicable, con la
participación que resulte necesaria de “EL ESTADO” para tal efecto y conforme a la normativa aplicable, sin
que sea necesaria la participación de “EL ESTADO”.
Los recursos financieros que, en su caso, aporte “LA SEDATU”, son subsidios que no pierden su carácter
federal y que provienen del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, asignados
a “EL PROGRAMA”.
Estos subsidios se encuentran sujetos a la disponibilidad presupuestal de “EL PROGRAMA”.
TERCERA. NORMATIVIDAD.
La ejecución de “LOS PROYECTOS” que sean apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, está sujetos
a las disposiciones establecidas en: la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su
Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, la Ley de Planeación;
el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025; “LAS REGLAS”; este Convenio
Marco de Coordinación; los convenios de coordinación específicos o los instrumentos jurídicos específicos
aplicables a la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, así como a las demás disposiciones jurídicas
federales y locales aplicables.
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CUARTA. INSTANCIA EJECUTORA DE “LOS PROYECTOS”.
En los convenios de coordinación específicos o los instrumentos jurídicos específicos aplicables,
se señalará la Instancia Ejecutora de “LOS PROYECTOS” que serán apoyados con subsidios de
“EL PROGRAMA”, la cual tendrá las obligaciones y responsabilidades que se establecen en “LAS REGLAS”
y demás normativa aplicable.
QUINTA. COMPROMISOS DE “LA SEDATU”.
a) Definir la cartera de proyectos y montos de apoyo de los subsidios federales para la ejecución de
"EL PROGRAMA";
b) Revisar, evaluar y en su caso, aprobar “LOS PROYECTOS” por conducto del Comité de Validación,
máximo órgano de decisión de “EL PROGRAMA”;
c) Promover, integrar y dar seguimiento a las actividades en materia de contraloría social; entre otras,
conformando y capacitando a los comités de contraloría social, ajustándose al esquema de operación, la guía
operativa y el programa anual de trabajo en la materia determinado por "EL PROGRAMA", y validados por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, con el apoyo que corresponde de “LAS PARTES”, y
d) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, y aquellas
que resulten aplicables conforme a lo que señalan "LAS REGLAS" y demás normativa aplicable.
SEXTA. COMPROMISOS DE “EL ESTADO”.
a) Apoyar en el cumplimiento de los objetivos y metas de “EL PROGRAMA”;
b) Apoyar, en caso de resultar necesario, a “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, en el ámbito de su
competencia, en lo relativo a la obtención u otorgamiento de permisos, licencias, autorizaciones y demás
actos que se requieran para la realización de las obras o acciones que se contengan en “LOS PROYECTOS”
aprobados con subsidios de “EL PROGRAMA”;
c) Coadyuvar y apoyar a “LA INSTANCIA SOLICITANTE” en el ámbito de su competencia con aquellas
acciones que resulten necesarias para salvaguardar y vigilar la correcta ejecución de “LOS PROYECTOS”, así
como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social de las mismas, en términos de
la normativa aplicable;
d) Apoyar, en caso de ser necesario, para que los tipos de apoyos otorgados en el marco de la Vertiente
Infraestructura y Equipamiento de “EL PROGRAMA” se reciban y, en su caso, se activen por “LA INSTANCIA
SOLICITANTE” o instancias competentes;
e) Apoyar a “LA SEDATU” para que “LA INSTANCIA SOLICITANTE” reciba los subsidios que refieran los
Convenios de Coordinación Específicos que se suscriban en el marco del presente instrumento jurídico y, en
su caso, recibirlos a través de la figura jurídica idónea, a nombre de “LA INSTANCIA SOLICITANTE”, con el
fin de beneficiar a la población en general;
f) Coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos de "EL PROGRAMA" de conformidad con lo dispuesto en
"LAS REGLAS", y
g) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, en términos
de la normativa aplicable.
SÉPTIMA. COMPROMISOS DE “LA INSTANCIA SOLICITANTE”.
Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Marco de Coordinación, “LA INSTANCIA
SOLICITANTE” tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Proporcionar la documentación que acredite legalmente la propiedad o posesión del espacio o de los
inmuebles susceptibles de ser intervenidos en el marco de “EL PROGRAMA” o, en su defecto, continuar con
los trámites correspondientes que permitan la adecuada ejecución de “LOS PROYECTOS”, acorde con lo
establecido en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable;
b) Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así
como dar cumplimiento a lo convenido;
c) En su caso, emitir las autorizaciones, licencias de construcción, dictámenes de factibilidad, entre otros,
de las obras y acciones propuestas, de conformidad con la normativa aplicable, así como cubrir la totalidad de
los costos asociados a estos conceptos;
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d) Remitir a la autoridad competente las quejas y denuncias que se interpongan en relación con
“EL PROGRAMA”;
e) Cumplir con las responsabilidades específicas, aplicables a la Vertiente de “EL PROGRAMA”, que se
establecen en “LAS REGLAS”;
f) Otorgar, en su caso, las facilidades que permitan la recepción de los tipos de apoyo de
“EL PROGRAMA” por parte de otras autoridades, en beneficio de la población en general, conforme a lo
previsto en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable, y
g) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio y aquellas
que establezca la Instancia Normativa, conforme a “LAS REGLAS” y las disposiciones aplicables.
OCTAVA. CONTROL Y FISCALIZACIÓN
El ejercicio de los recursos federales de “EL PROGRAMA”, se encuentra sujeto a las disposiciones
federales aplicables, y podrán ser auditados por las siguientes instancias: el Órgano Interno de Control en
“LA SEDATU”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la
Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que por sus atribuciones resulten competentes,
conforme a la normativa aplicable.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública
Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que
intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este
instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
“LAS PARTES” acuerdan que el presente instrumento jurídico tiene sustento en el principio de la buena fe,
de común acuerdo, por lo que podrán convenir la terminación anticipada del mismo por la existencia de alguna
de las siguientes causas:
a) De presentarse caso fortuito, entendiéndose éste por un acontecimiento de la naturaleza;
b) Por fuerza mayor, entendiéndose un hecho humanamente inevitable, y
c) Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Convenio.
Queda expresamente pactado que “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios
que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que
desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción se reanudarán las tareas pactadas.
“LA SEDATU” podrá, en cualquier momento, rescindir el presente instrumento jurídico, sin que medie
resolución judicial, cuando cualquiera de “LAS PARTES” no cumpla en tiempo y forma con los compromisos
pactados en este Convenio Marco de Coordinación o de presentarse alguna circunstancia prevista en
“LAS REGLAS” y demás normativa aplicable, para tal efecto.
En ambos casos, las partes revisarán el avance de las actividades para establecer las bases para
su finiquito.
DÉCIMA. CESIÓN DE DERECHOS.
Ninguna de “LAS PARTES” podrá ceder los derechos u obligaciones a su cargo derivadas de este
Convenio o delegar cualquier deber u obligación bajo el mismo, sin el previo consentimiento por escrito de la
otra Parte.
DÉCIMA PRIMERA. MODIFICACIONES.
El presente instrumento podrá ser modificado o adicionado total o parcialmente durante su vigencia por
acuerdo de “LAS PARTES”, mediante el convenio modificatorio correspondiente en los términos previstos en
el mismo. Las modificaciones o adiciones deberán constar por escrito y formarán parte del presente
instrumento, sin que ello implique la novación de aquellas obligaciones que no sean objeto de modificación
o adición.
DÉCIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas
competencias, y para resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente
Convenio Marco de Coordinación; asimismo, convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo
dispuesto en los instrumentos legales y normativos señalados en la Cláusula Tercera de este Convenio.
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De igual forma “LAS PARTES” reconocen que el presente instrumento no constituye alguna facultad
discrecional respecto al cumplimiento de las obligaciones que en este se plasman ya que constituye la
ejecución de una función administrativa, encaminada a surtir efectos jurídicos en beneficio de la población en
general, amparada por la presunción de legalidad y ejecutoriedad.
De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Marco
de Coordinación, que no puedan ser resueltas de común acuerdo entre “LAS PARTES”, conocerán los
Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México.
DÉCIMA TERCERA. DIFUSIÓN.
“LAS PARTES” serán responsables de que durante la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con
subsidios de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones, estrategias y programas en materia de difusión,
que se encuentren señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal 2025, así como en “LAS REGLAS”.
La publicidad, información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas,
deberá identificarse con el escudo nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera
y el Himno Nacionales, y el artículo 28, fracción II, inciso a) del Decreto de Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 2025, e incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a
cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.
DÉCIMA CUARTA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR.
En caso de generarse derechos de propiedad intelectual con motivo de las actividades que se lleven a
cabo en el marco de este Convenio, así como del diseño y la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con
subsidios de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES" se obligan a reconocerse mutuamente los créditos
correspondientes y ajustarse a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, su Reglamento y demás
normatividad aplicable.
Asimismo, “LAS PARTES” convienen que, la propiedad intelectual y los derechos de autor resultantes de
las actividades que desarrollen conjuntamente, corresponderán a la parte que haya producido; o, en su caso,
a todas ellas en proporción a sus aportaciones. Los derechos de autor de carácter patrimonial que se deriven
del presente Convenio le corresponden a la parte que haya participado o que haya aportado recursos para su
realización, la cual, únicamente quedará obligada a otorgarle los créditos correspondientes por su autoría y
colaboración a la otra parte.
DÉCIMA QUINTA. CONTRALORÍA SOCIAL.
“LAS PARTES” serán responsables de que, durante la ejecución de “LOS PROYECTOS” apoyados con
subsidios de “EL PROGRAMA”, se cumplan las disposiciones señaladas en “LAS REGLAS” en materia
de contraloría social; así como lo señalado en los Lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría de
Anticorrupción y Buen Gobierno, para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de la
vigilancia ciudadana, bajo el Esquema o Esquemas validados por la Secretaría de Anticorrupción y Buen
Gobierno.
DÉCIMA SEXTA. RELACIÓN LABORAL.
"LAS PARTES" convienen que, el personal designado, comisionado, contratado o utilizado por cada una
de estas, para la realización de “LOS PROYECTOS” apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se
entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su
responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o
sustitutos, de la otra. Quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial y
sindical que llegara a suscitarse.
DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
“LAS PARTES”, acuerdan guardar y proteger la información reservada y/o confidencial que generen,
obtengan, adquieran, transformen o se encuentre en su posesión, de acuerdo con la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en
Posesión de Sujetos Obligados, así como cualquier otro ordenamiento jurídico vigente en la materia,
incluyendo, desde luego, los supuestos de confidencialidad y reserva estipulados en los citados
ordenamientos de considerarse procedente.
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“LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, serán responsables en obtener el
consentimiento de los titulares de datos personales y/o datos personales sensibles, de conformidad con la Ley
General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad
aplicable, que se obtengan con motivo del cumplimiento del objeto del presente Convenio.
“LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, se obligan a realizar los avisos de privacidad
correspondientes, de conformidad con la mencionada ley, y obtener las autorizaciones correspondientes para
transferir dichos datos a la otra parte, cuando así sea necesario en términos de la legislación aplicable.
“LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, serán responsables del manejo,
almacenamiento y protección de los datos personales y los datos personales sensibles, que obtengan con
motivo del cumplimiento del presente Convenio.
DÉCIMA OCTAVA. INTEGRIDAD.
“LAS PARTES” se comprometen a actuar bajo los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia,
honestidad, e integridad, y a cumplir con todas las disposiciones en materia de responsabilidades
de servidores públicos, previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y el Código
Penal Federal.
“LAS PARTES” se comprometen a que, ni ellas, ni sus directores, funcionarios o empleados habrán
ofrecido, prometido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ninguna ventaja indebida, económica o de
otro tipo (o insinuado que lo harán o podrían hacerlo en el futuro) relacionada de algún modo con el presente
instrumento jurídico o con los que deriven del mismo y que habrán adoptado medidas razonables para evitar
que lo hagan los subcontratistas, agentes o cualquier otro tercero que se encuentre sujeto a su control o a su
influencia significativa.
Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio se limita al necesario para cumplir con los
fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”.
DÉCIMA NOVENA. ANTICORRUPCIÓN.
“LAS PARTES” se comprometen a no llevar a cabo acto de corrupción alguno, por lo que pactan que será
causal de suspensión o terminación de la relación derivada del presente Convenio, el conocimiento de que la
otra parte ha actuado en violación a la legislación aplicable en materia de anticorrupción, en particular
al involucrarse o tolerar algún acto de corrupción o ser utilizada como conducto para cometerlo.
Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio, se limita al necesario para cumplir con los
fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”.
VIGÉSIMA. DOMICILIOS.
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para toda clase de avisos, comunicaciones,
notificaciones y en general para todo lo relacionado con el presente Convenio, los señalados en sus
respectivas declaraciones. Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado por escrito,
dirigido a “LAS PARTES”, con acuse de recibo, por lo menos en un plazo de diez días hábiles de anticipación
a la fecha en que deba surtir efectos el cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán como
válidamente hechas en los domicilios aquí señalados.
VIGÉSIMA. PRIMERA. PUBLICACIÓN.
El presente Convenio se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 36 de la Ley de Planeación y en el medio de difusión oficial de “EL ESTADO” de conformidad
con su normatividad aplicable.
VIGÉSIMA SEGUNDA. VIGENCIA.
El presente Convenio Marco de Coordinación estará vigente a partir del día de su firma y hasta el 31 de
diciembre de 2025.
Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio Marco de
Coordinación, en seis tantos, en la Ciudad de México, a los veintitrés días del mes de junio de 2025.- Por la
SEDATU: el Titular de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, C. Víctor Hugo
Hofmann Aguirre.- Rúbrica.- Encargado de Despacho de la Dirección General de Infraestructura y
Equipamiento y Director de Gestión y Vinculación, C. Alberto Martínez Flores.- Rúbrica.- Por el Estado: el
Titular de la Secretaría de Infraestructura del Estado de Tlaxcala, C. Eduardo Rubén Hernández
Tapia.- Rúbrica.- Por la Instancia Solicitante, Municipio de Tlaxcala de Xicohténcatl: Presidente Municipal,
C. Alfonso Sánchez García.- Rúbrica.- Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, C. Iram Papaqui
Texpa.- Rúbrica.
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SECRETARIA DE LAS MUJERES
CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de San Luis Potosí,
que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la operación del Centro de Justicia para las Mujeres con
sede en Matlapa, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención,
atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres y las niñas víctimas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MUJERES.- Secretaría de
las Mujeres.
MUJERES/CCA/2OPE/35/CJM/2025
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR
CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “MUJERES”,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS,
INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR, ASISTIDA POR LA DIRECTORA GENERAL DE ATENCIÓN Y ACCESO A LA
JUSTICIA, SAYURI HERRERA ROMÁN; Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
SAN LUIS POTOSI, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, JOSÉ RICARDO GALLARDO
CARDONA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, J. GUADALUPE TORRES SÁNCHEZ; POR LA
SECRETARIA DE FINANZAS, ARIANA GARCÍA VIDAL, Y, POR LA ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA
DE LAS MUJERES E IGUALDAD SUSTANTIVA, GLORIA MARIA GUADALUPE SERRATO SÁNCHEZ, A QUIENES EN LO
SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL “GOBIERNO DEL
ESTADO”; Y CUANDO ACTÚEN EN CONJUNTO, COMO “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
(CPEUM), las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y
los tratados internacionales de la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo
tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, establece que todas las autoridades en el ámbito
de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos
de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Es de considerar en el proceso que define este documento las disposiciones de la Convención sobre la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la Organización de las Naciones
Unidas, y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
(Convención de Belém do Pará), aplicables a los deberes estatales de prevención, atención, erradicación y
sanción de la violencia contra las mujeres.
El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW por
sus siglas en ingles), como órgano de experto independiente que supervisa la aplicación de la Convención
citada en el párrafo anterior después de examinar los informes periódicos séptimo y octavo combinados de
México (CEDAW/C/MEX/7-8) en sus reuniones 1051ª y 1052ª, como parte de sus observaciones finales, entre
otros aspectos, en su numeral 19 recomendó al Estado mexicano:
“... c) Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer, como la
violación, y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar,
enjuiciar y sancionar a los autores de actos de violencia contra la mujer;
d) Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de
los centros de justicia para las mujeres y poniendo estos centros al alcance de las mujeres y las
muchachas que son víctimas de la violencia, y
e) Adoptar medidas para mejorar los servicios de apoyo para las mujeres y las muchachas que son
víctimas de la violencia, entre otras cosas garantizando su acceso a centros de atención y refugios
establecidos …”.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), en su artículo 1o.
establece la coordinación entre la Federación, las Entidades Federativas, las demarcaciones territoriales de la
Ciudad de México y los municipios para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las
mujeres, adolescentes y niñas, así como para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y
fortalecer el régimen democrático establecidos en la CPEUM; mientras que, la fracción XXVI del artículo 42
Bis del mismo ordenamiento, establece que “MUJERES” debe impulsar en coordinación con las Entidades
Federativas, los Centros de Justicia para las Mujeres en todo el territorio nacional.
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En ese contexto, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) prevé en su
artículo 74 que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la
ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que
éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.
En términos del artículo 75 de la LFPRH los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad,
equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos:
identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad
federativa y municipio; incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que
permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; prever la temporalidad en su
otorgamiento; y reportar su ejercicio en los informes trimestrales, incluyendo el importe de los recursos.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las
Entidades Federativas y; en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de
los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación
(TESOFE), los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal
de que se trate, no se hayan devengado o no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y
obligaciones de pago.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF 2025),
publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2024, establece en su artículo 22,
las acciones que el Ejecutivo Federal deberá observar en el cumplimiento a la Ley General para la Igualdad
entre Mujeres y Hombres y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia; a través
de la incorporación de la perspectiva de género en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y
evaluación de resultados de los programas de la Administración Pública Federal, contemplados en el Anexo
13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, al Ramo 54 Mujeres, en los cuales se señalan los
montos autorizados para cada uno de los programas y actividades para promover la atención y prevención de
la violencia contra las mujeres.
En atención a lo anterior, el 28 de febrero de 2025 se publicaron en el portal oficial de la Secretaría de las
Mujeres los "Criterios que rigen el proceso para acceder a los subsidios federales para la Creación, el
Fortalecimiento y Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres en el Ejercicio Fiscal 2025"
(CRITERIOS CJM 2025).
En cumplimiento de dichos Criterios, el 10 de marzo de 2025 se emitió la convocatoria correspondiente,
por la que se asignaron recursos federales en forma de subsidios destinados a apoyar la creación,
fortalecimiento y operación de los Centros de Justicia para las Mujeres (CJM). Dado que estos centros, por su
naturaleza jurídica, se encuentran adscritos a autoridades de las entidades federativas, la aplicación de los
recursos asignados se encuentra sujeta tanto a los CRITERIOS CJM 2025 como a la disponibilidad
presupuestaria autorizada por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el
Ejercicio Fiscal 2025.
Una vez que las instancias locales participaron en dicha convocatoria y que el Comité de Evaluación
aprobó los proyectos conforme al numeral VIGÉSIMO SEGUNDO de los CRITERIOS CJM 2025, se generó
un remanente de los recursos federales otorgados.
Con base en lo anterior y a fin de dar prioridad a la apertura de CJM ya construidos, pero aún inconclusos,
que requieran iniciar operaciones a corto plazo, se destinó dicho remanente únicamente para las modalidades
de Fortalecimiento y Operación.
Cabe precisar que, para la modalidad de Creación, los recursos fueron asignados en su totalidad durante
la primera emisión, conforme el monto máximo establecido en los CRITERIOS CJM 2025, por lo que esta
modalidad no fue objeto de la convocatoria.
En virtud de lo anteriormente expuesto, el Gobierno de México y las Entidades Federativas reconocen la
necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello
estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención
y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en
el Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.
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Mediante oficio número SEMUJERES/DS/513/2025 del 07 de Julio de 2025, suscrito por Gloria María
Guadalupe Serrato Sánchez en su carácter de Encargada del Despacho de la Secretaría de las Mujeres e
Igualdad Sustantiva del Estado de San Luis Potosí se solicitó en tiempo y forma a “MUJERES”, recursos
federales para el acceso a los subsidios destinados para la modalidad de Operación del Centro de Justicia
para las Mujeres del Estado de San Luis Potosí (CJM).
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los CRITERIOS CJM 2025, el
Comité de Evaluación (COMITÉ) determinó viable el proyecto denominado “Operación del Centro de Justicia
de Matlapa, San Luis Potosí” el (PROYECTO), por lo que aprobó la cantidad de $800,000.00 (Ochocientos mil
pesos 00/100 M.N.), exclusivamente para la modalidad de Operación del CJM.
Dicha
situación
se
notificó
al
“GOBIERNO
DEL
ESTADO”
mediante
oficio
número
MUJERES/SDVL/DGGAJ/0443/2025 de fecha 24 de julio de 2025, suscrito por la Presidenta del COMITÉ.
El PROYECTO del CJM, se encuentra ubicado en Francisco I Madero número 150 Colonia 20 de
noviembre, Código Postal 79970, Municipio Matlapa, del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.
La Instancia Local Responsable del PROYECTO se compromete a cumplir el objetivo y meta del mismo,
dentro del presente ejercicio fiscal, de acuerdo a lo señalado en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a
más tardar el 31 de diciembre de 2025. En caso de que la totalidad del PROYECTO se haya programado para
su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su
conclusión y adecuado funcionamiento y demás programas que deriven del mismo.
Así, “LAS PARTES” manifiestan su interés en formalizar el presente instrumento de conformidad con las
siguientes:
DECLARACIONES
I.
“MUJERES” declara que:
I.1.
Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de conformidad
con los artículos 90 de la CPEUM; 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las
Mujeres (RISM).
I.2.
De conformidad con el artículo 42 Bis, fracción VI de la LOAPF, en el ámbito de su competencia,
tiene a su cargo la responsabilidad de promover, en coordinación con las dependencias y entidades
de la Administración Pública Federal en materia de igualdad sustantiva y derechos humanos de las
mujeres, una cultura de no violencia y no discriminación.
I.3.
La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar,
acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Presidenta de los Estados
Unidos Mexicanos, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con
las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o fracción I, numeral 2;
5o. fracciones I y XIV; y, 7o. del RISM.
I.4.
La Directora General de Atención y Acceso a la Justicia, Sayuri Herrera Román, cuenta con las
facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento
en los artículos 2o. fracción IV numeral 6, 5o., fracción XIV y 16 del RISM.
I.5.
Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos
económicos suficientes en la partida presupuestal número 43801 “Subsidios a Entidades
Federativas y Municipios”, y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria correspondiente.
I.6.
Señala como su domicilio el ubicado en la Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San
José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
II.
El “GOBIERNO DEL ESTADO” declara que:
II.1.
Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43, de la CPEUM; así como el artículo 2o. de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, es un estado libre y soberano
en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
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II.2.
El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado Libre
y Soberano de San Luis Potosí, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, José
Ricardo Gallardo Cardona, quien cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de
Coordinación y Adhesión, de conformidad con lo previsto en los artículos 72, 80, fracciones XXIX y
XXX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 2o. y 13 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí y acredita su personalidad
mediante la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección para la Gubernatura, expedido a su
favor por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí, del 23 de
Septiembre de 2021.
II.3.
El Secretario General de Gobierno, J. Guadalupe Torres Sánchez, cuenta con facultades para
suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 82 de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 13, 17, 18, 25, párrafo
segundo, 31, fracción I, 32 fracción XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de San Luis Potosí; 18, fracciones XV y XVI de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí; 1o., y 7o., fracciones XXII, XXIII y XLVI del
Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno., y acredita su personalidad mediante
nombramiento expedido a su favor por José Ricardo Gallardo Cardona, del 26 de septiembre de
2021.
II.4.
La Secretaria de Finanzas, Ariana García Vidal, cuenta con facultades para acompañar en la
suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 82
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 13, 17, 18, 25 párrafo
segundo, 31, fracción II y 33 fracción L de La Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
de San Luis Potosí; 4o. y 6o. fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del
Estado de San Luis Potosí, y acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor
por José Ricardo Gallardo Cardona, del 27 de septiembre de 2024.
II.5
La Secretaria de las Mujeres e Igualdad Sustantiva es un organismo de la administración pública de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de San Luis Potosí; 13, 17, 18, 25 párrafo segundo, 31, fracción XX y 41 QUINQUIES de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; 2o., 7o. y 9o. fracciones
II, XXI y XLVI del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva del
Estado de San Luis Potosí y su Titular, Gloria María Guadalupe Serrato Sánchez, al que está
adscrito el Centro Justicia para las Mujeres cuenta con las facultades para asistir en la suscripción
del presente Convenio, de conformidad con los artículos 41 QUINQUIES de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; 2o., 7o. y 9o. fracciones II, XXI y XLVI del
Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva del Estado de San Luis
Potosí.
II.6
No Cuenta con la capacidad económica presupuestal para aportar recursos de forma
complementaria al PROYECTO que se describe en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
II.7
La Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva acredita el domicilio del inmueble del CJM
ubicado en: Francisco I Madero, número 150, Colonia 20 de noviembre, Código Postal 79970,
municipio de Matlapa, en el Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, con el comprobante de
domicilio emitido por: Comisión Federal de Electricidad.
II.8
Para los efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en Madero,
número 100, Colonia San Luis Potosí Centro, Código Postal 78000, Municipio de San Luis Potosí,
del Estado de San Luis Potosí.
III.
“LAS PARTES” declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la
suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar
acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres,
en términos de la normatividad aplicable.
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III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y
niñas en el Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí para lo cual reconocen la utilidad de
instrumentar medidas preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la
LGAMVLV, así como la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las
encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencias, así como
las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de
violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con
características de violencias de género.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los CRITERIOS CJM 2025, que
regulan el presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
Expuesto lo anterior, “LAS PARTES” sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en
las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento
de subsidios para la Operación del CJM, en términos del PROYECTO, que permita planear, elaborar e
impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias
contra las mujeres y las niñas víctimas.
El PROYECTO se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico revisado, evaluado y
aprobado por el COMITÉ para el Ejercicio Fiscal 2025, en el que se establecen las características y objetivos
del mismo, así como el cronograma de avance físico-financiero, que permita vigilar su desarrollo, ejecución y
la correcta aplicación de los recursos otorgados.
En caso de que el PROYECTO descrito en el numeral 1 del Anexo Técnico, presente variaciones en
cuanto a las necesidades técnicas o materiales durante su ejecución, el “GOBIERNO DEL ESTADO”
se compromete a informar a “MUJERES” sobre cualquier diferencia que altere la estimación de la obra de
referencia, en términos de lo señalado en el numeral QUINCUAGÉSIMO CUARTO de los CRITERIOS
CJM 2025.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del OBJETO señalado en la
Cláusula anterior, “MUJERES”, asignará la cantidad de $800,000.00 (Ochocientos mil pesos 00/100 M.N.)
exclusivamente para el fortalecimiento del Centro de Justicia de Matlapa, San Luis Potosí.
Los recursos federales se transferirán al “GOBIERNO DEL ESTADO” en una ministración, a través de su
Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal
efecto, en la que se manejarán exclusivamente los recursos federales a los que refiere la presente Cláusula,
así como sus rendimientos, por lo que no podrá incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen,
en su caso, los beneficiarios del PROYECTO; ello, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental (LGCG).
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que el “GOBIERNO DEL ESTADO”, a
través de la Instancia Local Responsable, haya remitido a “MUJERES” la factura electrónica o Comprobante
Fiscal Digital por Internet (CFDI) en términos de los numerales TRIGÉSIMO NOVENO, CUADRAGÉSIMO y
CUADRAGÉSIMO PRIMERO, de los CRITERIOS CJM 2025, que regulan el presente Convenio de
Coordinación y Adhesión.
Para “MUJERES”, la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto
devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4o., fracciones XV, XVI y XVII de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental. Por su parte, el “GOBIERNO DEL ESTADO” deberá registrar en su contabilidad,
de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, los recursos federales recibidos y
rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los informes que sobre el
particular deban rendirse por conducto de “MUJERES”.
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas, se encuentran sujetos al presupuesto
autorizado y a la disponibilidad de los mismos, en términos del PEF 2025, por lo que “MUJERES” no será
responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones
administrativas presupuestarias ajenas a ella. “MUJERES”, a través del COMITÉ, comunicará mediante oficio
al “GOBIERNO DEL ESTADO” cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
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“MUJERES” será ajena a los procedimientos de contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a
cabo el “GOBIERNO DEL ESTADO” para la ejecución del proyecto aprobado, por lo que cualquier
controversia que en su caso derive de estas contrataciones estará sujeta a las disposiciones jurídicas
aplicables en la materia.
TERCERA. COMPROMISOS DE “LAS PARTES”. Además de lo previsto en los CRITERIOS CJM 2025,
para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, “LAS PARTES” se
comprometen a lo siguiente:
a.
Apegarse a lo establecido en la LFPRH, el RLFPRH, y demás legislación aplicable en materia de
subsidios;
b.
Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas respecto a la utilización de los recursos
aportados por el Gobierno Federal, así como para la planeación y asistencia técnica aportada por el
“GOBIERNO DEL ESTADO”; y,
c.
Revisar conjuntamente los informes trimestrales que se presenten respecto del avance del
PROYECTO.
CUARTA. COMPROMISOS DE “MUJERES”. Además de lo previsto en los CRITERIOS CJM 2025,
MUJERES, se obliga a:
a.
Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de
Coordinación y Adhesión, exclusivamente para la ejecución del PROYECTO a que se refieren las
cláusulas PRIMERA y SEGUNDA;
b.
Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre
el ejercicio del gasto público, a efecto de reportar la aplicación de los subsidios otorgados en el
marco del presente instrumento;
c.
Realizar el seguimiento de la aplicación del subsidio, así como el monitoreo del objetivo y meta
establecida en el numeral 1 del Anexo Técnico del presente Convenio, a través de los informes
trimestrales en donde se reporta el avance físico y financiero del PROYECTO;
d.
Realizar, en términos del numeral QUINCUAGÉSIMO OCTAVO de los CRITERIOS CJM 2025,
visita(s) al domicilio del Proyecto señalado en el Anexo Técnico, para corroborar la implementación
del Proyecto y verificar la conformación del expediente del subsidio por parte de la Instancia Local
Responsable del Proyecto sin que se requiera notificación previa; e,
e.
Integrar el expediente correspondiente al PROYECTO, con la documentación justificativa y
probatoria señalada en el numeral DÉCIMO SÉPTIMO, fracción VI de los CRITERIOS CJM 2025, el
cual estará a cargo la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional
de “MUJERES”.
QUINTA. COMPROMISOS DEL “GOBIERNO DEL ESTADO”. Además de lo previsto en los CRITERIOS
CJM 2025, el “GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a:
a.
Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados vía subsidio,
exclusivamente para los fines previstos en las Cláusulas PRIMERA y SEGUNDA del presente
Convenio de Coordinación y Adhesión, así como en el Anexo Técnico;
b.
Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el
31 de diciembre de 2025;
c.
Iniciar las acciones para dar cumplimiento al PROYECTO, dentro de los 20 (veinte) días naturales
siguientes a la fecha en que se realice la transferencia del recurso, mediante el recibo Cuenta por
Liquidar Certificada (CLC) a nombre del “GOBIERNO DEL ESTADO”, expedido por la Dirección de
Recursos Financieros de la Unidad de Administración y Finanzas de “MUJERES”, derivado de la
transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la Cláusula SEGUNDA del
presente Convenio de Coordinación y Adhesión; lo anterior, de conformidad con el numeral
CUADRAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025;
d.
Realizar las acciones y las adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del
PROYECTO, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos
reglamentos, y demás normatividad federal y local aplicable en la materia;
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e.
Recabar, resguardar y conservar por conducto de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad
Sustantiva, la documentación justificativa y probatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos
presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros
correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública Local, conforme sean devengados y
ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la
administración de estos;
f.
Entregar trimestralmente a “MUJERES”, un informe de conformidad con la Cláusula SÉPTIMA del
presente Convenio de Coordinación y Adhesión;
g.
Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, dentro de los
15 (quince) días hábiles siguientes a la conclusión del Ejercicio Fiscal 2025; los cuales deberán
estar cancelados con la leyenda “Operado con recursos del Programa Presupuestario E015
Promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres” en términos de lo previsto en
el artículo 70, fracción II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
h.
Presentar a “MUJERES”, a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de entrega de resultados y
sus anexos, rubricada y firmada por la persona titular de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad
Sustantiva, la que se observe el formato base establecido por “MUJERES”, mismo que deberá
contener la información señalada en los numerales DÉCIMO NOVENO fracción VIII,
QUINCUAGÉSIMO,
QUINCUAGÉSIMO
PRIMERO,
QUINCUAGÉSIMO
SEGUNDO
y
QUINCUAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025.
k.
Colaborar con “MUJERES” proporcionando la información trimestral mediante el reporte
denominado “Informe de Mujeres Atendidas”, de forma electrónica, de las mujeres, así como, de sus
hijas e hijos atendidas por primera vez y en seguimiento, así como los servicios brindados por el
CJM, una vez que se encuentre prestando servicios a las mujeres en situación de violencias.
l.
Colaborar con “MUJERES” proporcionando la información correspondiente respecto de la atención a
mujeres víctimas de violencias de género, así como, de sus hijas e hijos para la recopilación de
información del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las
Mujeres (BANAVIM);
m.
Señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno de México, a través de “MUJERES”, en
las acciones de difusión, divulgación y promoción del CJM, incluyendo en toda la papelería y
documentación oficial la leyenda “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político.
Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”, observando en todo
momento lo establecido en los artículos 28 de la Ley General de Desarrollo Social; así como el
artículo 209 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 28, fracción
II, inciso a) del PEF 2025; y numeral QUINCUAGÉSIMO NOVENO de los CRITERIOS CJM 2025 y
demás legislación aplicable en materia electoral.
n.
Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH, el
RLFPRH, el PEF 2025; así como las demás disposiciones federales aplicables a la materia.
SEXTA. ENLACES. Las personas servidoras públicas que fungirán como enlaces entre “LAS PARTES”
serán, por parte del “GOBIERNO DEL ESTADO”, Diana Edith Ortiz Pérez, designada mediante el oficio
número SEMUJERES/DS/514/2025 signado por Gloria María Guadalupe Serrato Sánchez, de conformidad
con el numeral VIGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025; y por “MUJERES” la persona servidora
pública en quien recaiga la titularidad de la Dirección General de Atención y Acceso a la Justicia de
“MUJERES”.
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de
la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión; además, serán las y los responsables
internos de las actividades encomendadas.
Asimismo, el “GOBIERNO DEL ESTADO” deberá notificar a “MUJERES”, cualquier cambio de la persona
enlace y del personal responsable del seguimiento del subsidio y del PROYECTO aprobado, en un plazo de
15 (quince) días hábiles contados a partir del cambio correspondiente, proporcionando los datos de contacto
de quien asumirá dichas funciones.
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SÉPTIMA. REPORTES TRIMESTRALES. El “GOBIERNO DEL ESTADO”, por conducto de la Secretaría
de las Mujeres e Igualdad Sustantiva deberá presentar de manera física y electrónica un informe de
implementación del PROYECTO a “MUJERES”, mediante oficio dirigido a la persona Titular de la Dirección
General de Atención y Acceso a la Justicia de “MUJERES”. Dicho informe deberá rendirse en los términos de
lo previsto en el CAPÍTULO XVIII. DE LOS INFORMES PARCIALES de los CRITERIOS CJM 2025,
adjuntando la documentación probatoria correspondiente.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al “GOBIERNO
DEL ESTADO” en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal,
por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y
contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal
vigente.
Los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria específica con característica de
productiva, así como los ahorros derivados de los procesos de contratación y adquisición, deberán ser
reintegrados a la TESOFE en los términos de los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH, y 85, párrafo
segundo del RLFPRH, y de acuerdo a las disposiciones aplicables en la materia.
NOVENA. DESTINO DE LOS RECURSOS. “LAS PARTES” convienen que los recursos federales que se
transferirán al “GOBIERNO DEL ESTADO”, se destinarán exclusivamente para el PROYECTO denominado
“Operación del Centro de Justicia de Matlapa, San Luis Potosí.
DÉCIMA. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA Y PROBATORIA. El resguardo y conservación de la
documentación original justificativa y probatoria correspondiente a la aplicación de los recursos a que se
refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión estará a cargo del “GOBIERNO DEL ESTADO” a
través de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva.
En el caso de “MUJERES”, la documentación justificativa es la que se requisita para la solicitud de
subsidio en cada una de las MODALIDADES, señalada en el Apartado 2: Procedimiento de los subsidios para
Creación, Fortalecimiento y Operación de los CJM. CAPÍTULO VIII. SOLICITUDES DEL SUBSIDIO EN
CUALQUIERA DE SUS MODALIDADES numeral VIGÉSIMO SEGUNDO de los CRITERIOS CJM 2025; la
cual será verificada e integrada en el expediente correspondiente por la Secretaría Técnica del COMITÉ, en
términos de las funciones señaladas en las fracciones II y VI del criterio DÉCIMO SÉPTIMO de los
CRITERIOS CJM 2025.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el “GOBIERNO DEL ESTADO”
no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles, incluyendo los
rendimientos financieros, que presente al 31 de diciembre de 2025; deberán ser reintegrados a la TESOFE a
más tardar dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes al cierre del Ejercicio Fiscal 2025, de
conformidad con lo establecido en los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH; 85 del RLFPRH y los
numerales VIGÉSIMO PRIMERO y QUINCUAGÉSIMO, inciso o) de los CRITERIOS CJM 2025.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales
federales aplicables, siendo responsabilidad del “GOBIERNO DEL ESTADO” dar aviso por escrito y solicitar a
“MUJERES” la(s) línea(s) de captura para realizar el (o los) reintegro(s) correspondiente(s). Una vez que
“MUJERES” otorgue la(s) línea(s) de captura a la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva, ésta
deberá remitir a “MUJERES” el comprobante original de pago del/de los reintegro(s) realizado(s) como anexo
del Acta de entrega de resultados de acuerdo con los numerales VIGÉSIMO PRIMERO y QUINCUAGÉSIMO,
inciso o) de los CRITERIOS CJM 2025.
Asimismo, el “GOBIERNO DEL ESTADO” estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que
no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. La misma obligación surgirá cuando se
hayan detectado desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos de conformidad con el
presente instrumento y el Anexo Técnico, incluyendo los importes equivalentes a las cargas financieras que se
generen desde la fecha en que los mismos se hayan ejercido para cubrir gastos no autorizados, así como los
rendimientos generados en el ejercicio fiscal inmediato posterior al que se otorgó el recurso.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado
por cada una de “LAS PARTES” para la instrumentación, ejecución y operación del presente Convenio de
Coordinación y Adhesión, continuará bajo la dirección y dependencia de la institución a la que pertenezca, por
lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la otra parte podrá ser considerada como patrón sustituto o
solidario, quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial y sindical que
llegara a suscitarse.
206
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
DÉCIMA TERCERA. DE LA SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE RECURSOS. “MUJERES” podrá
solicitar el reintegro de los recursos que con motivo de este instrumento se asignen al “GOBIERNO DEL
ESTADO”, cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en este
Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico, o por el incumplimiento de las obligaciones
contraídas en el mismo, previa audiencia del “GOBIERNO DEL ESTADO”, de conformidad con lo previsto en
el artículo 83 del RLFPRH.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. Los recursos del subsidio asignado para el PROYECTO del CJM no
son presupuestos regularizables y no pierden su carácter federal al ser transferidos a las entidades
federativas, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación, registro, vigilancia y control se sujetarán a lo
dispuesto en la LFPRH, el RLFPRH y el PEF 2025; así como a la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento; la
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento; la Ley Federal de
Austeridad Republicana; al Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz
de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como
para la modernización de la Administración Pública Federal; a los CRITERIOS CJM 2025 y demás
disposiciones aplicables en la materia.
Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Anticorrupción y Buen Gobierno a través del Órgano
Interno de Control Especializado que corresponda del ramo Mujeres, así como la Auditoría Superior de la
Federación y los Órganos Contralores Locales, podrán realizar actividades de fiscalización y auditoría,
correspondientes al ejercicio del subsidio en el ámbito de sus respectivas competencias, sujetándose a la
legislación aplicable en la materia.
Cabe destacar, que los subsidios para el PROYECTO, son adicionales y complementarios, y en ningún
caso sustituirán a los recursos regulares dirigidos a estos fines, por lo que no podrán duplicarse subsidios
para un mismo objetivo.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública
Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que
intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este
instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. LIMITACIÓN DE INTERVENCIÓN. La Unidad de Asuntos Jurídicos de “MUJERES”,
como instancia de asesoría jurídica, se limita a los elementos estrictamente jurídicos dentro del ámbito de
competencia de la propia Secretaría, cuya determinación sobre aspectos técnicos, operativos administrativos,
presupuestarios y/o de ejecución; así como los alcances del instrumento, se encuentran fuera de su ámbito de
facultades, al no establecerse compromisos o acciones a cargo de ésta.
DÉCIMA SEXTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que
“LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por el retraso en el cumplimiento del objeto del presente Convenio
de Coordinación y Adhesión; así como por los daños y perjuicios que pudieran causarse y que resulten directa
o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que
suscitaron su interrupción, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación y
Adhesión podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre
“LAS PARTES”, mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, el cual deberá sujetarse a lo dispuesto
en el numeral QUINCUAGÉSIMO SEXTO de los CRITERIOS CJM 2025, mismo que formará parte integrante
del presente instrumento, y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción.
DÉCIMA OCTAVA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión
podrá darse por terminado anticipadamente cuando se presente el siguiente supuesto:
a.
Por estar cumplido el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones
pendientes de cumplir por “LAS PARTES” y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los
recursos y rendimientos financieros que procedan.
DÉCIMA NOVENA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir
del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, no exime al “GOBIERNO DEL ESTADO”
de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados
a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o; en su
caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
207
VIGÉSIMA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” están de acuerdo en que el presente
Convenio de Coordinación y Adhesión es producto de la buena fe; en razón de lo cual los conflictos que
llegasen a presentarse por cuanto hacen a su interpretación, formalización, ejecución y cumplimiento, serán
resueltos de mutuo acuerdo por “LAS PARTES”.
En el supuesto de que subsista discrepancia, “LAS PARTES” están de acuerdo en someterse a la
jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando expresamente a
cualquier otro fuero o legislación que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros
o por cualquier otra causa.
VIGÉSIMA PRIMERA. INCUMPLIMIENTO. En el supuesto de que exista algún incumplimiento del
presente Convenio de Coordinación y Adhesión, “MUJERES”, lo hará del conocimiento de las instancias
competentes, sobre las acciones u omisiones que afecten el correcto ejercicio del subsidio otorgado.
VIGÉSIMA SEGUNDA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. “LAS PARTES” Se comprometen a
cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en
el DOF el 20 de marzo de 2025; y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y
Adhesión, si “LAS PARTES” que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar
en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio;
(II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos
jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a las otras
“PARTES” e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de
los datos personales tratados.
En caso de que alguna de “LAS PARTES” llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los
señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que
pertenezcan a la otra parte, en este acto se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos
establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección
de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025.
VIGÉSIMA TERCERA. PUBLICACIÓN. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de
Planeación, el presente instrumento será publicado en el DOF, y en el periódico oficial del “GOBIERNO DEL
ESTADO” lo publicará de conformidad con el CAPÍTULO XIV DE LA PUBLICACIÓN, del numeral TRIGÉSIMO
SÉPTIMO de los CRITERIOS CJM 2025 y la normativa estatal aplicable.
VIGÉSIMA CUARTA. DIFUSIÓN. “LAS PARTES” acuerdan que en la publicidad y difusión del programa
se deberá incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda
prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”, de conformidad con lo establecido en
el artículo 28, fracción II, inciso a, del PEF 2025. De igual manera, todo gasto en la comunicación y
divulgación se deberá señalar en forma expresa e idéntica, que se realiza con los recursos federales
aprobados en el PEF 2025.
VIGÉSIMA QUINTA. NOTIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que cualquier comunicación o
notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será vía correo electrónico, o mediante
oficio signado por la autoridad competente remitido por servicio de mensajería en los domicilios señalados en
las Declaraciones. Por lo que hace a las comunicaciones telefónicas, “MUJERES” deberá levantar constancia
de la comunicación. Cualquier cambio de domicilio que “LAS PARTES” efectúen en lo sucesivo, lo deberán
notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes,
contados a partir del cambio correspondiente.
Leído lo que fue el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, y estando enteradas “LAS PARTES”
del contenido, valor y alcance legal de sus Cláusulas, lo firman en 3 (tres) ejemplares en la Ciudad de México,
a los 15 días del mes de agosto de 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de
Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Directora General de Atención y Acceso a la Justicia,
Sayuri Herrera Román.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador del Estado Libre y Soberano de
San Luis Potosí, José Ricardo Gallardo Cardona.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno, J. Guadalupe
Torres Sánchez.- Rúbrica.- Secretaria de Finanzas, Ariana García Vidal.- Rúbrica.- Encargada del
Despacho de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva, Gloria María Guadalupe Serrato
Sánchez.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
ANEXO TÉCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL
CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES EN MATLAPA
1)
NOMBRE, OBJETIVO, DESCRIPCIÓN Y META DE “EL PROYECTO”:
a)
Nombre o denominación: Operación del Centro de Justicia para las Mujeres en Matlapa
b)
Objetivo: Equipar el Centro de justicia para las Mujeres en Matlapa.
c)
Descripción del proyecto en su ejecución en el 2025 y meta:
Mejorar la operación del Centro de Justicia para las Mujeres en Matlapa, con la finalidad de
fortalecer su funcionamiento; mediante la adquisición de mobiliario y equipos de cómputo,
así como mobiliario para la recepción, la estancia transitoria y la compra de un vehículo
para beneficio de las mujeres usuarias del centro.
2)
JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO:
El Centro de Justicia para las Mujeres, es el encargado de brindar atención y servicios integrales,
multidisciplinarios y transversales en el mismo techo a las mujeres víctimas de violencia y sus hijos e
hijas, en el caso del Centro de Justicia para las Mujeres ubicado en el municipio de Matlapa, es el
único en la Zona Huasteca del Estado San Luis Potosí, por su ubicación tiene bajo su
responsabilidad la atención, especialmente a mujeres de pueblos y comunidades indígenas.
Con base en el Modelo de los Centros de Justicia para las Mujeres, Guía Metodológica, se destaca
que, las directrices arquitectónicas con áreas básicas para la distribución y manejo de los espacios
dentro de los Centros incorporan dos importantes características y/o distinciones; la primera de ellas
busca reunir todos los servicios ofrecidos en un único espacio, y la segunda lograr el matiz de
confort, seguridad y recreación de espacios que generen climas de confianza, inspiradores
de tranquilidad y armonía tanto a usuarias de los servicios como a las mujeres, hijas e hijos que viven
violencia, a las directoras, a las y los operadores, a la red interinstitucional y a la red de colaboración,
concentradas en los Centros.
Una de las características relevantes de los Centros de Justicia para las Mujeres, es la imagen
distintiva que se proyecta por medio del mobiliario y el interiorismo. Se busca transformar el
paradigma de los edificios de los servicios públicos fríos, sobrios y austeros. Es recomendable que el
mobiliario se asemeje a la representación de una casa más que a la de una procuraduría u oficina.
Debe ser un lugar cómodo y cálido, donde las usuarias y las mujeres que viven violencia, sus hijas e
hijos, se sientan seguras y acogidas.
En ese orden de ideas, el proyecto de solicitud del subsidio para la operación, ve su justificación
considerando que se enfoca en las bondades de contar con mobiliario tanto para las personas
operadoras como para las mujeres usuarias de los servicios.
Asimismo, es preciso señalar que este CJM atiende a mujeres indígenas, sus hijas e hijos, de
municipios aledaños a Matlapa como Axtla de Terrazas, Xilitla, Tamazunchale, San Martín
Chalchicuautla, Tampacán, Huehuetlán y Coxcatlán.
Con relación a lo anterior, la población de los ocho municipios suma un total de 270,128 personas, de
las cuales 140,816 son mujeres; de la población total, 112,651 son hablantes de luenga indígena y
en promedio el 50% de esa población son mujeres, de acuerdo con datos e información del INEGI.
En términos de atenciones, en el periodo comprendido de enero a junio de la presente anualidad, el
Centro de Justicia para las Mujeres de Matlapa ha brindado servicios gratuitos a 149 mujeres
víctimas quienes acudieron por primera vez; así como a un total de 1,035 mujeres.
Este proyecto considera que el beneficio para las mujeres usuarias de los servicios del CJM, será
directo e indirecto porque se solicita mobiliario y equipamiento para el uso directo de ellas, pero
también en beneficio del personal.
En la búsqueda de optimizar la operación del CJM, se realizó una revisión detallada identificando las
siguientes necesidades: aíre acondicionado para la recepción, equipos de cómputo, equipo
multifuncional, sillas secretariales, sillas para la recepción, escritorios, electrodomésticos para la
estancia transitoria y el vehículo automotriz.
Con base en lo anterior, es evidente para quienes laboramos en este espacio, la necesidad de contar
con aire acondicionado en el área de recepción dado que es el espacio ocupado por las mujeres
usuarias mientras esperan ser atendidas, esto al considerar que las temperaturas que se registran en
Matlapa superan, en ocasiones los 40° centígrados.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
209
Por otro lado, desde la constitución del CJM en 2017, se trasfirió parte del mobiliario y equipo con el
que actualmente cuenta para su operación, esto se precisa para dar a conocer que el Centro fue
equipado tanto con mobiliario nuevo como usado; que luego de ocho años ese es uno de los motivos
por el que los escritorios, las sillas de escritorio, las sillas de la recepción y las computadoras se
encuentren desgastados y algunos sumamente deteriorados, (como se puede ver en las imágenes
anexas a esta justificación).
Cuando los espacios de trabajo son dignos, se favorece al desempeño de la organización; por ello,
con relación a los equipos de cómputo más que sofisticados deberán tener el rendimiento necesario
para sostener reuniones virtuales o comunicación a distancia, trasferencia de información, capacidad
de almacenamiento y velocidad que les permita trabajar de manera eficiente y óptima.
Asimismo, las necesidades que se tienen con relación al mobiliario consistente en sillas secretariales,
sillas para la recepción y escritorios, radican en que algunos de estos muebles se han deteriorado lo
suficiente con el paso del tiempo; por ejemplo, los escritorios se encuentran vencidos o declinados
por el propio uso, las sillas de la recepción de igual manera están vencidas de la parte de abajo del
asiento y otras endebles.
En ese sentido, es indiscutible la urgencia de adquirir mobiliario y equipo nuevo, al considerar que
son herramientas de trabajo y que eso repercutirá directamente para que los servicios sean
brindados con eficacia y en tiempo.
Para la impresión de materiales derivados del trabajo realizado por 12 personas profesionistas del
CJM, oficios de canalización y otros, bitácoras de trabajo, informes, listas, correos electrónicos,
actualización de los expedientes, y demás diligencias de oficina, es la razón por la que se solicita la
adquisición de un multifuncional.
Dentro de la operatividad hay que considerar el óptimo funcionamiento de la Estancia Transitoria que
sirve para acoger a las mujeres sus hijas e hijos, este representa comodidad, confort y se asemeja a
una vivienda, en ese sentido, se solicita el equipamiento con un antecomedor, un refrigerador, un
microondas y el reemplazo de una tarja-fregadero para lavado de utensilios.
Con el uso de estos electrodomésticos y muebles de cocina se garantiza que la estancia sea
apropiada y cumpla con el estándar por el que fue creado el CJM; el funcionamiento de la cocineta
es integral, tanto la refrigeración, conserva y para calentar los alimentos, son necesidades básicas
que deben estar cubiertas en este espacio, considerando que se activan en cuanto llega una mujer
víctima sus hijas e hijos;
Por otro lado, con un refrigerador se conservarán alimentos perecederos, frutas y productos lácteos,
que generalmente, consumen las niñas y niños; con microondas se satisface la necesidad de
calentar la leche para los niñas y niñas que son lactantes y otros alimentos.
Se justifica también que, las mujeres sus hijas a e hijos que ocupen el espacio de la estancia
transitoria, tengan una mesa con sillas, que les permita comer con dignidad y seguridad, esto debido
a que las sillas que acompañan a la mesa de comedor se encuentran en un estado deplorable e
inseguro como se puede ver en el anexo de las imágenes.
Para concluir con las necesidades identificadas en la estancia transitoria, se solicita el remplazo de la
tarja-fregadero, ya que se cuenta con utensilios de reusó lavables, asimismo, se considera que la
higiene favorece la conservación de la cocineta.
Otro aspecto vital de la operatividad del Centro de Justicia para Mujeres de Matlapa, es el traslado
y/o trasporte para las mujeres víctimas sus hijos e hijas; este tipo de apoyo es obligado cuando se
requiere traslado al refugio, a la Fiscalía, en momentos de riesgo o urgentes; pero también resulta útil
cuando se realizan visitas de seguimiento para las órdenes de protección.
La seguridad y la integridad de las mujeres sus hijas hijos, se ven salvaguardados cuando la
intervención para efectuar el traslado es inmediata y oportuna, por ello, en este proyecto se solicita la
compra y la adquisición de un vehículo para el trasporte y traslado de las mujeres usuarias;
Finalmente, con todo lo señalado se abastecen las necesidades en materia de operatividad que tiene
el Centro de Justicia de Matlapa.
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DIARIO OFICIAL
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3)
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE DEL PROYECTO
Datos de la persona Titular de la Fiscalía General del Estado o de la Instancia Local
Responsable
a)
Nombre: Gloria María Guadalupe Serrato Sánchez
b)
Cargo: Encargada del Despacho de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva
c)
Adscripción: Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva
d)
Teléfono: 444- 1442920
e)
Domicilio para recibir notificaciones: Jardín Colón No. 23, Barrio de San Miguelito,
SAN Luis Potosí, C.P.78339
f)
Correo electrónico: despachosemujeresslp@gmail.com
Datos de la persona designada como enlace con la Secretaría de las Mujeres:
a)
Nombre: Diana Edith Ortiz Pérez
b)
Cargo: Encargada de la Dirección General de Innovación Estratégica y Planeación
c)
Adscripción: Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva
d)
Teléfono: 444 1442920 ext. 251. Teléfono Celular: 4448008101
e)
Correos electrónicos: innovacion.semujeresslp@gmail.com
Descripción de las funciones del enlace con la Secretaría de las Mujeres:
Fungir como enlace para la comunicación oficial durante la ejecución del proyecto;
Realizar informes parciales sobre el avance del proyecto;
Mantener informada a la Titular o Encargada del Despacho de la Secretaría de las Mujeres
e Igualdad Sustantiva, sobre las observaciones o solicitudes realizadas por MUJERES;
Monitorear y dar seguimiento el avance en las adquisiciones y compras del mobiliario y
equipos;
Participar en las reuniones o actividades con MUJERES;
4)
NOMBRE DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, INCLUYENDO LA DESCRIPCIÓN DE SUS
RESPONSABILIDADES EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN:
1.- Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva
2.- Las responsabilidades correspondientes se encuentran establecidas en la Cláusula Quinta del
Convenio de Coordinación.
LUGAR QUE SE EQUIPARÁ
A.
Ubicación o domicilio completo: Calle Francisco I. Madero # 150, Colonia 20 de
noviembre, Matlapa S.L.P., C.P. 79970.
B.
Nombre del Centro de Justicia que se equipará: Centro de Justicia para las Mujeres en
Matlapa
5)
MONTO AUTORIZADO
Aportación Federal otorgada por la SECRETARIA DE LAS MUJERES: $800,000.00 (Ochocientos mil
pesos 00/100M.N.)
6)
FECHA INICIO Y CONCLUSIÓN
a.
Fecha estimada del inicio del proyecto en 2025:
i.
Fecha: 01 de agosto 2025
Nota: la fecha de inicio puede variar de acuerdo con la trasferidos los recursos federales
asignados.
b.
Fecha estimada para la conclusión del proyecto en 2025:
i.
Fecha: 31 de diciembre 2025
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DIARIO OFICIAL
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7)
CRONOGRAMA DE AVANCE FÍSICO-FINANCIERO DEL PROYECTO.
Operación del CJM
Adquisición de equipamiento desglosado en el catálogo de conceptos: XXX días naturales.
Descripción del
concepto de
equipamiento
Total del monto
a ejecutar
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Reunión del comité de
adquisiciones,
para
presentar
las
necesidades de compra
del Proyecto.
$0
X
Inicio del procedimiento
de
adquisiciones
y
compra.
Solicitud
de
cotizaciones. Elaboración
de cuadros comparativos
de equipos y materiales y
vehículo.
$0
X
Reunión del comité de
adquisiciones,
para
autorización
de
las
compras
$0
X
Compra
de
nueve
equipos de cómputo, con
un costo estimado de
$17,000.00 diecisiete mil
pesos cada uno.
$ 153,000.00
X
X
Compra
de
un
multifuncional,
con
un
costo
estimado
de
$15,000.00
quince
mil
pesos.
$ 15,000.00
X
X
Compra
de
nueve
escritorios, con un costo
estimado de $15,000.00
quince mil pesos cada
uno.
$ 135,000.00
X
X
Compra de nueve sillas
secretariales,
con
un
costo
estimado
de
$2,500,
dos
mil
quinientos pesos cada
una.
$ 22,500.00
X
X
Compra de 10 sillas para
la
recepción,
con
un
costo
estimado
de
$1,500,
mil
quinientos
pesos cada una.
$ 15,000.00
X
X
Compra
de
un
antecomedor,
con
un
costo
estimado
de
$14,000.00 catorce mil
pesos 00/100 M.N.
$ 14,000.00
X
X
Compra de refrigerador
electrodoméstico para la
operación de la estancia
transitoria, con un costo
estimado de $ 12,000
doce mil pesos.
$ 12,000.00
X
X
212
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Compra
de
un
microondas
electrodoméstico para la
operación de la estancia
transitoria, con un costo
de $2,500.00 dos mil
quinientos pesos
$ 2,500.00
X
X
Compra de una tarja-
fregadero,
para
la
operación de la estancia
transitoria, con un costo
estimado de $2,000.00
dos mil pesos.
$ 2,000.00
X
X
Compra de dos aires
acondicionados para la
recepción del CJM, con
un costo estimado de
$17,000.00 diecisiete mil
pesos cada uno.
$ 34,000.00
X
X
Compra
del
Vehículo
automotriz, con base en
los criterios de la Ley
Federal
de
Austeridad
Republicana y en apego
a
la
Ley
de
Adquisiciones,
arrendamientos
y
servicios
del
Sector
Público y con el visto
bueno de la Contraloría
General
del
Estado
durante el proceso de
compra. En Ley Federal
de Austeridad se indica
que el costo del vehículo
se
encuentra
en
el
supuesto del artículo 16,
debido a que éste no
supera las cuatro mil
trescientas
cuarenta
y
tres Unidades de Medida
y
Actualización
diaria
vigente.
$ 395,000.00
X
X
X
TOTAL:
$ 800,000.00
8)
CATÁLOGO DE CONCEPTOS DE GASTOS DEL PROYECTO EN 2025:
Concepto de gasto
Uni
Cant.
P. UNITARIO
SUBTOTAL
IVA
TOTAL
Equipos de cómputo
Nueve (9) equipos de cómputo
Características:
Laptop Ideapad slim 3 15 iah8/core
i5-12450h 2.0 ghz/16gb/1tb ssd/15.6
touch/color gris ártico/win 11 home.
0
9
$14,280.00
$128,520.00
$24,480.00
$153,000.00
Equipo Multifuncional
Un (1) equipo multifuncional
Características:
Multifuncional laser monocromático,
cama de cristal tamaño oficio, 52
ppm, wifi, ethernet, usb, adf 70 hojas.
Memoria 512 mb, full duplex,
0
1
$12,600.00
$12,600.00
$2,400.00
$15,000.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
213
Escritorios
Nueve (9) escritorios
Características:
Escritorio
ejecutivo/secretarial,
cubierta de melanina, estructura de
melanina,
de
2
a
3
cajones,
dimensiones: 180 cm x 80 cm.
0
9
$12,600.00
$113,400.00
$21,600.00
$135,000.00
Sillas
Nueve (9) sillas secretariales
Características:
Tapizado en tela en asiento y
meshen respaldo.
Base:
estrella
inyectada
en
polipropileno de 660 mm con 5
rodajas en color negro de 55 mm de
polipropileno de alta densidad.
Respaldo en mesh. Marco en nylon.
Soporte lumbar. Asiento: acolchado
con espuma con densidad de 30 y
grosor de 5cm. Soporte de peso: 120
kg, Tapiz color único. Peso: 15 kg.
0
9
$2,100.00
$18,900.00
$3,600.00
$22,500.00
Sillas para oficinas
(10) sillas de oficina
Características:
Estructura: Estibable tubular ovalado
de 15 x 30 cal. 18 en patas, soporte
de respaldo en cal. 20 tubo redondo
de 7/8", terminado en pintura epóxica
texturizada con soporte en asiento de
tubo redondo de 5/8” cal. 18, tapones
de polietileno en terminales para
evitar rayaduras a pisos.
Respaldo y asiento: - Plástico de
polipropileno en asiento y respaldo
tapizado, con tapa de plástico de
polipropileno en respaldo y asiento.
Acojinamiento: - Hule espuma en
asiento y respaldo 4 cm. de espesor,
asiento y respaldo d. 17 kg/m³. Peso
aproximado de resistencia: 100 kg.
dimensiones:
Frente: 54 cm, Fondo: 49 cm, Altura
Piso- Asiento: 50 cm., Altura Piso-
Respaldo: 83 cm.
10
$1,260.00
$12,600.00
$2,400.00
$15,000.00
Antecomedor
Un (1) antecomedor para 6 personas
Características:
Acabado de melanina, contiene 1
mesa y 6 sillas, material de acero y
Melanina, dimensiones 0.9 m X 0.77
m x 0.90 m
0
1
$11,760.00
$11,760.00
$2,240
$14,000.00
Tarja /fregadero para cocina
Una (1) tarja/fregadero para cocina
Características:
Tina sencilla con escurridor derecho,
llave mezcladora modelo eb aqm-pl
para uso en baja presión, contra
1
$1,680.00
$1,680.00
$320.00
$2,000.00
214
DIARIO OFICIAL
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canasta
modelo
cc-520,
céspol
sencillo ces-3114 y 2 mangueras
alimentadoras.
Instalación
de
sobreponer.
fregadero
de
acero
inoxidable. Profundidad de 14 cm,
calibre 24 y dimensiones generales
de 75 x 48 cm. Dimensiones en tina
de 36 x 36 cm.
Refrigerador
Un (1) refrigerador
Características:
Capacidad de volumen: 3.35 metros
m3, puerta estándar, 6 anaqueles,
consumo de energía de 322 kWh
1
$10,080.00
$10,080.00
$1,920.00
$12,000.00
Horno de Microondas
Un (1) horno de microonda
Características:
1.4
pies,
Acero
inoxidable,
dimensiones, 43.9 cm x 55.5 x 31.3
cm.
Capacidad de 40 litros, 1,600 watts.
1
$2,100.00
$2,100.00
$400.00
$2,500.00
Aire Acondicionado
dos (2) Aire Acondicionado
Características:
2
toneladas,
220
V,
tipo
de
compresor: Inverter.
2
$14,280.00
$28,560.00
$5,440.00
$34,000.00
Vehículo
Un (1) Vehículo
Características:
6
bolsas
de
aire,
sistema
de
seguridad: ABS
Rines de aluminio de 16”, Aire
acondicionado automático.
(De acuerdo a la Ley Federal de
Austeridad Republicana, se indica
que
el
costo
del
vehículo
se
encuentra en el supuesto del artículo
16, debido a que éste no supera las
cuatro mil trescientas cuarenta y tres
Unidades de Medida y Actualización
diaria vigente).
1
$331,800.00
$331,800.00
$63,200.00
$395,000.00
IMPORTES
$672,000.00
$128,000.00
$800,000.00
Anticipo
$800,000.00
Finiquito
$800,000.00
Total
incluyendo
I.V.A.
$800,000.00
Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido y alcance del Anexo Técnico, lo firman en 3 (tres)
ejemplares en la Ciudad de México, a los 15 días del mes de agosto de 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del
Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Directora General de
Atención y Acceso a la Justicia, Sayuri Herrera Román.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, José Ricardo Gallardo Cardona.- Rúbrica.-
Secretario General de Gobierno, J. Guadalupe Torres Sánchez.- Rúbrica.- Secretaria de Finanzas, Ariana
García Vidal.- Rúbrica.- Encargada del Despacho de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva,
Gloria María Guadalupe Serrato Sánchez.- Rúbrica.
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CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Sinaloa, que
tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en
el Municipio de Guasave, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de
prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres y las niñas víctimas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MUJERES.- Secretaría de
las Mujeres.
MUJERES/CCA/2OPE/28/CJM/2025
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR
CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “MUJERES”,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS,
INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR, ASISTIDA POR LA DIRECTORA GENERAL DE ATENCIÓN Y ACCESO A LA
JUSTICIA, SAYURI HERRERA ROMÁN; Y POR OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO
DE SINALOA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, RUBÉN ROCHA MOYA, ASISTIDO POR
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, FELICIANO CASTRO MELÉNDREZ; POR EL SECRETARIO DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, JOAQUÍN ALBERTO LANDEROS GUICHO; Y, POR LA SECRETARIA DE LAS
MUJERES, ANA FRANCIS CHIQUETE ELIZALDE, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL
PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL “GOBIERNO DEL ESTADO”; Y CUANDO ACTÚEN EN
CONJUNTO, COMO “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
(CPEUM), las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y
los tratados internacionales de la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo
tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, establece que todas las autoridades en el ámbito
de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos
de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Es de considerar en el proceso que define este documento las disposiciones de la Convención sobre la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la Organización de las Naciones
Unidas, y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
(Convención de Belém do Pará), aplicables a los deberes estatales de prevención, atención, erradicación y
sanción de la violencia contra las mujeres.
El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW por
sus siglas en ingles), como órgano de experto independiente que supervisa la aplicación de la Convención
citada en el párrafo anterior después de examinar los informes periódicos séptimo y octavo combinados de
México (CEDAW/C/MEX/7-8) en sus reuniones 1051ª y 1052ª, como parte de sus observaciones finales, entre
otros aspectos, en su numeral 19 recomendó al Estado mexicano:
“... c) Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer, como la
violación, y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar,
enjuiciar y sancionar a los autores de actos de violencia contra la mujer;
d) Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de los
centros de justicia para las mujeres y poniendo estos centros al alcance de las mujeres y las
muchachas que son víctimas de la violencia, y
e) Adoptar medidas para mejorar los servicios de apoyo para las mujeres y las muchachas que son
víctimas de la violencia, entre otras cosas garantizando su acceso a centros de atención y refugios
establecidos …”.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), en su artículo 1o.
establece la coordinación entre la Federación, las Entidades Federativas, las demarcaciones territoriales de la
Ciudad de México y los municipios para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las
mujeres, adolescentes y niñas, así como para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y
fortalecer el régimen democrático establecidos en la CPEUM; mientras que, la fracción XXVI del artículo 42
Bis del mismo ordenamiento, establece que “MUJERES” debe impulsar en coordinación con las Entidades
Federativas, los Centros de Justicia para las Mujeres en todo el territorio nacional.
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En ese contexto, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) prevé en su
artículo 74 que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la
ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que
éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.
En términos del artículo 75 de la LFPRH los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad,
equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos:
identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad
federativa y municipio; incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que
permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; prever la temporalidad en su
otorgamiento; y reportar su ejercicio en los informes trimestrales, incluyendo el importe de los recursos.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las
Entidades Federativas y; en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de
los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación
(TESOFE), los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal
de que se trate, no se hayan devengado o no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y
obligaciones de pago.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF 2025),
publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2024, establece en su artículo 22,
las acciones que el Ejecutivo Federal deberá observar en el cumplimiento a la Ley General para la Igualdad
entre Mujeres y Hombres y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia; a través
de la incorporación de la perspectiva de género en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y
evaluación de resultados de los programas de la Administración Pública Federal, contemplados en el Anexo
13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, al Ramo 54 Mujeres, en los cuales se señalan los
montos autorizados para cada uno de los programas y actividades para promover la atención y prevención de
la violencia contra las mujeres.
En atención a lo anterior, el 28 de febrero de 2025 se publicaron en el portal oficial de la Secretaría de las
Mujeres los "Criterios que rigen el proceso para acceder a los subsidios federales para la Creación, el
Fortalecimiento y Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres en el Ejercicio Fiscal 2025"
(CRITERIOS CJM 2025).
En cumplimiento de dichos Criterios, el 10 de marzo de 2025 se emitió la convocatoria correspondiente,
por la que se asignaron recursos federales en forma de subsidios destinados a apoyar la creación,
fortalecimiento y operación de los Centros de Justicia para las Mujeres (CJM). Dado que estos centros, por su
naturaleza jurídica, se encuentran adscritos a autoridades de las entidades federativas, la aplicación de los
recursos asignados se encuentra sujeta tanto a los CRITERIOS CJM 2025 como a la disponibilidad
presupuestaria autorizada por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el
Ejercicio Fiscal 2025.
Una vez que las instancias locales participaron en dicha convocatoria y que el Comité de Evaluación
aprobó los proyectos conforme al numeral VIGÉSIMO SEGUNDO de los CRITERIOS CJM 2025, se generó
un remanente de los recursos federales otorgados.
Con base en lo anterior y a fin de dar prioridad a la apertura de CJM ya construidos, pero aún inconclusos,
que requieran iniciar operaciones a corto plazo, se destinó dicho remanente únicamente para las modalidades
de Fortalecimiento y Operación.
Cabe precisar que, para la modalidad de Creación, los recursos fueron asignados en su totalidad durante
la primera emisión, conforme el monto máximo establecido en los CRITERIOS CJM 2025, por lo que esta
modalidad no fue objeto de la convocatoria.
En virtud de lo anteriormente expuesto, el Gobierno de México y las Entidades Federativas reconocen la
necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello
estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención
y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en
el Estado de Sinaloa.
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Mediante oficio número SM/338/2025, del 01 de julio de 2025, suscrito por Ana Francis Chiquete Elizalde,
en su carácter de Secretaria de las Mujeres, del Estado de Sinaloa, se solicitó en tiempo y forma a
“MUJERES”, recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para la modalidad de Operación del
Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el Municipio de Guasave CJM.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los CRITERIOS CJM 2025, el
Comité de Evaluación (COMITÉ) determinó viable el proyecto denominado “Proyecto Equipamiento y
Operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el Municipio de Guasave” el (PROYECTO), por
lo que aprobó la cantidad de $1,223,950.48 (Un millón doscientos veintitrés mil novecientos cincuenta pesos
48/100 M.N.), exclusivamente para la modalidad de Operación del CJM.
Dicha
situación
se
notificó
al
“GOBIERNO
DEL
ESTADO”
mediante
oficio
número
MUJERES/SDVLV/DGAAJ/0436/2025 de fecha 24 de julio de 2025, suscrito por la Presidenta del COMITÉ.
El PROYECTO del CJM, se encuentra ubicado en Lote de terreno Urbano, Número 20 F, Colonia Fundo
Legal, Código Postal 81000, Municipio de Guasave, del Estado de Sinaloa.
La Instancia Local Responsable del PROYECTO se compromete a cumplir el objetivo y meta del mismo,
dentro del presente ejercicio fiscal, de acuerdo a lo señalado en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a
más tardar el 31 de diciembre de 2025. En caso de que la totalidad del PROYECTO se haya programado para
su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su
conclusión y adecuado funcionamiento y demás programas que deriven del mismo.
Así, “LAS PARTES” manifiestan su interés en formalizar el presente instrumento de conformidad con las
siguientes:
DECLARACIONES
I.
“MUJERES” declara que:
I.1.
Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de conformidad
con los artículos 90 de la CPEUM; 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las
Mujeres (RISM).
I.2.
De conformidad con el artículo 42 Bis, fracción VI de la LOAPF, en el ámbito de su competencia,
tiene a su cargo la responsabilidad de promover, en coordinación con las dependencias y entidades
de la Administración Pública Federal en materia de igualdad sustantiva y derechos humanos de las
mujeres, una cultura de no violencia y no discriminación.
I.3.
La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar,
acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Presidenta de los Estados
Unidos Mexicanos, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con
las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o fracción I, numeral 2;
5o. fracciones I y XIV; y, 7o. del RISM.
I.4.
La Directora General de Atención y Acceso a la Justicia, Sayuri Herrera Román, cuenta con las
facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento
en los artículos 2o. fracción IV numeral 6, 5o., fracción XIV y 16 del RISM.
I.5.
Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos
económicos suficientes en la partida presupuestal número 43801 “Subsidios a Entidades
Federativas y Municipios”, y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria correspondiente.
I.6.
Señala como su domicilio el ubicado en la Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San
José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
II.
El “GOBIERNO DEL ESTADO” declara que:
II.1.
Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43, de la CPEUM; así como como 1o., 2o., 3o. y
17 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, es un estado libre y soberano en todo lo
concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2.
El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado
Sinaloa, cuyo ejercicio se deposita el Gobernador Constitucional del Estado, Rubén Rocha Moya,
quien cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de
conformidad con lo previsto en los artículos 55 y 65, fracciones XXIII BIS y XXV de la Constitución
Política del Estado de Sinaloa; 2o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Sinaloa y 7o. del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado, y acredita su
personalidad mediante la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección para la Gubernatura,
expedido a su favor por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, de 13 de
junio de 2021.
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II.3.
El Secretario General de Gobierno Feliciano Castro Meléndez, cuenta con facultades para suscribir
el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 66 y 72 de la
Constitución Política del Estado de Sinaloa; 3o., 10, 11 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Sinaloa; 15, fracción I, 16, fracción X, 34 y 35 del Reglamento Orgánico de la
Administración Pública del Estado; así como 1o., 9o., fracción X y 10, fracciones VII y XX, del
Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, y acredita su personalidad mediante
nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa, Rubén
Rocha Moya, del 02 de octubre de 2024
II.4.
El Secretario de Administración y Finanzas, Joaquín Alberto Landeros Guicho, cuenta con
facultades para acompañar en la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de
conformidad con los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 3o., 10, 11 y
21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 15, fracción II, 17 fracción
XIV, 34 y 35 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; sí como
1o., 9o., fracción I y 10, fracciones VI y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de
Administración y Finanzas, y acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor
por el Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa Rubén Rocha Moya del 06 de agosto de
2024.
II.5
La Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa es una dependencia de la Administración
Pública Estatal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66 y 72 de la Constitución Política
del Estado de Sinaloa; y, 3o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa
y su Titular, Ana Francis Chiquete Elizalde, al que está adscrito el Centro Justicia para las Mujeres
cuenta con las facultades para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con
los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 10, 11, 21 y 22 Bis de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 15, fracción VII, 22, 34 y 35 del
Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; y 1o., 2o., 8o., 9o.,
fracciones VI y VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres.
II.6
No cuenta con la capacidad económica presupuestal para aportar recursos de forma
complementaria al PROYECTO que se describe en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
II.7
La Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa acredita el domicilio del inmueble del CJM
ubicado en: Lote de Terreno Urbano, número 20-F, Colonia Fundo Legal, Código Postal 81000,
municipio de Guasave en el Estado de Sinaloa, con el comprobante de domicilio emitido por: La
Secretaria de Administración y Finanzas, Instituto Catastral del Estado de Sinaloa con Clave
catastral rústica 005-13580-001.
II.8
Para los efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en Palacio de
Gobierno 2do. Piso, Código Postal 80129, Culiacán del Estado de Sinaloa.
III.
“LAS PARTES” declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la
suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar
acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres,
en términos de la normatividad aplicable.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y
niñas en el Estado de Sinaloa, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas
preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV, así como la Ley
de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Sinaloa.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las
encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencias, así como
las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de
violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con
características de violencias de género.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los CRITERIOS CJM 2025, que
regulan el presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
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Expuesto lo anterior, “LAS PARTES” sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en
las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento
de subsidios para la Operación del CJM, en términos del PROYECTO, que permita planear, elaborar e
impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias
contra las mujeres y las niñas víctimas.
El PROYECTO se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico revisado, evaluado y
aprobado por el COMITÉ para el Ejercicio Fiscal 2025, en el que se establecen las características y objetivos
del mismo, así como el cronograma de avance físico-financiero, que permita vigilar su desarrollo, ejecución y
la correcta aplicación de los recursos otorgados.
En caso de que el PROYECTO descrito en el numeral 1 del Anexo Técnico, presente variaciones en
cuanto a las necesidades técnicas o materiales durante su ejecución, el “GOBIERNO DEL ESTADO”
se compromete a informar a “MUJERES” sobre cualquier diferencia que altere la estimación de la obra de
referencia, en términos de lo señalado en el numeral QUINCUAGÉSIMO CUARTO de los CRITERIOS
CJM 2025.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del OBJETO señalado en la
Cláusula anterior, “MUJERES”, asignará la cantidad de $1,223,950.48 (un millón doscientos veintitrés mil
novecientos cincuenta pesos 48/100 M.N.) exclusivamente para el fortalecimiento del Proyecto Equipamiento
y Operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el Municipio de Guasave.
Los recursos federales se transferirán al “GOBIERNO DEL ESTADO” en una ministración, a través de su
Secretaría de Administración y Finanzas en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva,
aperturada para tal efecto, en la que se manejarán exclusivamente los recursos federales a los que refiere la
presente Cláusula, así como sus rendimientos, por lo que no podrá incorporar recursos locales ni las
aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios del PROYECTO; ello, de conformidad con el artículo
69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que el “GOBIERNO DEL ESTADO”, a
través de la Instancia Local Responsable, haya remitido a “MUJERES” la factura electrónica o Comprobante
Fiscal Digital por Internet (CFDI) en términos de los numerales TRIGÉSIMO NOVENO, CUADRAGÉSIMO y
CUADRAGÉSIMO PRIMERO, de los CRITERIOS CJM 2025, que regulan el presente Convenio de
Coordinación y Adhesión.
Para “MUJERES”, la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto
devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4o., fracciones XV, XVI y XVII de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental. Por su parte, el “GOBIERNO DEL ESTADO” deberá registrar en su contabilidad,
de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, los recursos federales recibidos y
rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los informes que sobre el
particular deban rendirse por conducto de “MUJERES”.
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas, se encuentran sujetos al presupuesto
autorizado y a la disponibilidad de los mismos, en términos del PEF 2025, por lo que “MUJERES” no será
responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones
administrativas presupuestarias ajenas a ella. “MUJERES”, a través del COMITÉ, comunicará mediante oficio
al “GOBIERNO DEL ESTADO” cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
“MUJERES” será ajena a los procedimientos de contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a
cabo el “GOBIERNO DEL ESTADO” para la ejecución del proyecto aprobado, por lo que cualquier
controversia que en su caso derive de estas contrataciones estará sujeta a las disposiciones jurídicas
aplicables en la materia.
TERCERA. COMPROMISOS DE “LAS PARTES”. Además de lo previsto en los CRITERIOS CJM 2025,
para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, “LAS PARTES” se
comprometen a lo siguiente:
a.
Apegarse a lo establecido en la LFPRH, el RLFPRH, y demás legislación aplicable en materia de
subsidios;
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b.
Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas respecto a la utilización de los recursos
aportados por el Gobierno Federal, así como para la planeación y asistencia técnica aportada por el
“GOBIERNO DEL ESTADO”; y,
c.
Revisar conjuntamente los informes trimestrales que se presenten respecto del avance del
PROYECTO.
CUARTA. COMPROMISOS DE “MUJERES”. Además de lo previsto en los CRITERIOS CJM 2025,
MUJERES, se obliga a:
a.
Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de
Coordinación y Adhesión, exclusivamente para la ejecución del PROYECTO a que se refieren las
cláusulas PRIMERA y SEGUNDA;
b.
Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre
el ejercicio del gasto público, a efecto de reportar la aplicación de los subsidios otorgados en el
marco del presente instrumento;
c.
Realizar el seguimiento de la aplicación del subsidio, así como el monitoreo del objetivo y meta
establecida en el numeral 1 del Anexo Técnico del presente Convenio, a través de los informes
trimestrales en donde se reporta el avance físico y financiero del PROYECTO;
d.
Realizar, en términos del numeral QUINCUAGÉSIMO OCTAVO de los CRITERIOS CJM 2025,
visita(s) al domicilio del Proyecto señalado en el Anexo Técnico, para corroborar la implementación
del Proyecto y verificar la conformación del expediente del subsidio por parte de la Instancia Local
Responsable del Proyecto sin que se requiera notificación previa; e,
e.
Integrar el expediente correspondiente al PROYECTO, con la documentación justificativa y
probatoria señalada en el numeral DÉCIMO SÉPTIMO, fracción VI de los CRITERIOS CJM 2025, el
cual estará a cargo la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional
de “MUJERES”.
QUINTA. COMPROMISOS DEL “GOBIERNO DEL ESTADO”. Además de lo previsto en los CRITERIOS
CJM 2025, el “GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a:
a.
Destinar por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas, los recursos asignados vía
subsidio, exclusivamente para los fines previstos en las Cláusulas PRIMERA y SEGUNDA del
presente Convenio de Coordinación y Adhesión, así como en el Anexo Técnico;
b.
Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el
31 de diciembre de 2025;
c.
Iniciar las acciones para dar cumplimiento al PROYECTO, dentro de los 20 (veinte) días naturales
siguientes a la fecha en que se realice la transferencia del recurso, mediante el recibo Cuenta por
Liquidar Certificada (CLC) a nombre del “GOBIERNO DEL ESTADO”, expedido por la Dirección de
Recursos Financieros de la Unidad de Administración y Finanzas de “MUJERES”, derivado de la
transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la Cláusula SEGUNDA del
presente Convenio de Coordinación y Adhesión; lo anterior, de conformidad con el numeral
CUADRAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025;
d.
Realizar las acciones y las adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del
PROYECTO, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos
reglamentos, y demás normatividad federal y local aplicable en la materia;
e.
Recabar, resguardar y conservar por conducto de la Secretaría de las Mujeres del Estado de
Sinaloa, la documentación justificativa y probatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos
presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros
correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública Local, conforme sean devengados y
ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la
administración de estos;
f.
Entregar trimestralmente a “MUJERES”, un informe de conformidad con la Cláusula SÉPTIMA del
presente Convenio de Coordinación y Adhesión;
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221
g.
Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, dentro de los
15 (quince) días hábiles siguientes a la conclusión del Ejercicio Fiscal 2025; los cuales deberán
estar cancelados con la leyenda “Operado con recursos del Programa Presupuestario E015
Promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres” en términos de lo previsto en
el artículo 70, fracción II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
h.
Presentar a “MUJERES”, a más tardar el 15 de enero de 2026, un Acta de entrega de resultados y
sus anexos, rubricada y firmada por la persona titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de
Sinaloa, en la que se observe el formato base establecido por “MUJERES”, mismo que deberá
contener la información señalada en los numerales DÉCIMO NOVENO fracción VIII,
QUINCUAGÉSIMO,
QUINCUAGÉSIMO
PRIMERO,
QUINCUAGÉSIMO
SEGUNDO
y
QUINCUAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025.
i.
Colaborar con “MUJERES” proporcionando la información trimestral mediante el reporte
denominado “Informe de Mujeres Atendidas”, de forma electrónica, de las mujeres, así como, de sus
hijas e hijos atendidas por primera vez y en seguimiento, así como los servicios brindados por el
CJM, una vez que se encuentre prestando servicios a las mujeres en situación de violencias.
j.
Colaborar con “MUJERES” proporcionando la información correspondiente respecto de la atención a
mujeres víctimas de violencias de género, así como, de sus hijas e hijos para la recopilación de
información del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las
Mujeres (BANAVIM);
k.
Señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno de México, a través de “MUJERES”, en
las acciones de difusión, divulgación y promoción del CJM, incluyendo en toda la papelería y
documentación oficial la leyenda “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político.
Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”, observando en todo
momento lo establecido en los artículos 28 de la Ley General de Desarrollo Social; así como el
artículo 209 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 28, fracción
II, inciso a) del PEF 2025; y numeral QUINCUAGÉSIMO NOVENO de los CRITERIOS CJM 2025 y
demás legislación aplicable en materia electoral.
l.
Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH, el
RLFPRH, el PEF 2025; así como las demás disposiciones federales aplicables a la materia.
SEXTA. ENLACES. Las personas servidoras públicas que fungirán como enlaces entre “LAS PARTES”
serán, por parte del “GOBIERNO DEL ESTADO”, Merle Dinora López Mariscal, Directora Jurídica y Operativa
del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Sinaloa, designada mediante el oficio número
SM/340/2025, del 21 de julio de 2025 signado por Ana Francis Chiquete Elizalde, Secretaria de las Mujeres
del Estado de Sinaloa, de conformidad con el numeral VIGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2025; y
por “MUJERES” la persona servidora pública en quien recaiga la titularidad de la Dirección General de
Atención y Acceso a la Justicia de “MUJERES”.
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de
la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión; además, serán las y los responsables
internos de las actividades encomendadas.
Asimismo, el “GOBIERNO DEL ESTADO” deberá notificar a “MUJERES”, cualquier cambio de la persona
enlace y del personal responsable del seguimiento del subsidio y del PROYECTO aprobado, en un plazo de
15 (quince) días hábiles contados a partir del cambio correspondiente, proporcionando los datos de contacto
de quien asumirá dichas funciones.
SÉPTIMA. REPORTES TRIMESTRALES. El “GOBIERNO DEL ESTADO”, por conducto de Secretaría
de las Mujeres del Estado de Sinaloa deberá presentar de manera física y electrónica un informe de
implementación del PROYECTO a “MUJERES”, mediante oficio dirigido a la persona Titular de la Dirección
General de Atención y Acceso a la Justicia de “MUJERES”. Dicho informe deberá rendirse en los términos de
lo previsto en el CAPÍTULO XVIII. DE LOS INFORMES PARCIALES de los CRITERIOS CJM 2025,
adjuntando la documentación probatoria correspondiente.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al “GOBIERNO
DEL ESTADO” en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal,
por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y
contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación
federal vigente.
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Los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria específica con característica de
productiva, así como los ahorros derivados de los procesos de contratación y adquisición, deberán ser
reintegrados a la TESOFE en los términos de los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH, y 85, párrafo
segundo del RLFPRH, y de acuerdo a las disposiciones aplicables en la materia.
NOVENA. DESTINO DE LOS RECURSOS. “LAS PARTES” convienen que los recursos federales que se
transferirán al “GOBIERNO DEL ESTADO”, se destinarán exclusivamente para el PROYECTO denominado
Proyecto Equipamiento y Operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en el Municipio
de Guasave.
DÉCIMA. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA Y PROBATORIA. El resguardo y conservación de la
documentación original justificativa y probatoria correspondiente a la aplicación de los recursos a que se
refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión estará a cargo del “GOBIERNO DEL ESTADO” a
través de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa.
En el caso de “MUJERES”, la documentación justificativa es la que se requisita para la solicitud de
subsidio en cada una de las MODALIDADES, señalada en el Apartado 2: Procedimiento de los subsidios para
Creación, Fortalecimiento y Operación de los CJM. CAPÍTULO VIII. SOLICITUDES DEL SUBSIDIO EN
CUALQUIERA DE SUS MODALIDADES numeral VIGÉSIMO SEGUNDO de los CRITERIOS CJM 2025; la
cual será verificada e integrada en el expediente correspondiente por la Secretaría Técnica del COMITÉ, en
términos de las funciones señaladas en las fracciones II y VI del criterio DÉCIMO SÉPTIMO de los
CRITERIOS CJM 2025.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el “GOBIERNO DEL ESTADO”
no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles, incluyendo los
rendimientos financieros, que presente al 31 de diciembre de 2025; deberán ser reintegrados a la TESOFE a
más tardar dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes al cierre del Ejercicio Fiscal 2025, de
conformidad con lo establecido en los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH; 85 del RLFPRH y los
numerales VIGÉSIMO PRIMERO y QUINCUAGÉSIMO, inciso o) de los CRITERIOS CJM 2025.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales
federales aplicables, siendo responsabilidad del “GOBIERNO DEL ESTADO” dar aviso por escrito y solicitar a
“MUJERES” la(s) línea(s) de captura para realizar el (o los) reintegro(s) correspondiente(s). Una vez que
“MUJERES” otorgue la(s) línea(s) de captura a la Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa, ésta
deberá remitir a “MUJERES” el comprobante original de pago del/de los reintegro(s) realizado(s) como anexo
del Acta de entrega de resultados de acuerdo con los numerales VIGÉSIMO PRIMERO y QUINCUAGÉSIMO,
inciso o) de los CRITERIOS CJM 2025.
Asimismo, el “GOBIERNO DEL ESTADO” estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que
no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. La misma obligación surgirá cuando se
hayan detectado desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos de conformidad con el
presente instrumento y el Anexo Técnico, incluyendo los importes equivalentes a las cargas financieras que se
generen desde la fecha en que los mismos se hayan ejercido para cubrir gastos no autorizados, así como los
rendimientos generados en el ejercicio fiscal inmediato posterior al que se otorgó el recurso.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado
por cada una de “LAS PARTES” para la instrumentación, ejecución y operación del presente Convenio de
Coordinación y Adhesión, continuará bajo la dirección y dependencia de la institución a la que pertenezca, por
lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la otra parte podrá ser considerada como patrón sustituto o
solidario, quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial y sindical que
llegara a suscitarse.
DÉCIMA TERCERA. DE LA SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE RECURSOS. “MUJERES” podrá
solicitar el reintegro de los recursos que con motivo de este instrumento se asignen al “GOBIERNO DEL
ESTADO”, cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en este
Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico, o por el incumplimiento de las obligaciones
contraídas en el mismo, previa audiencia del “GOBIERNO DEL ESTADO”, de conformidad con lo previsto en
el artículo 83 del RLFPRH.
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DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. Los recursos del subsidio asignado para el PROYECTO del CJM no
son presupuestos regularizables y no pierden su carácter federal al ser transferidos a las entidades
federativas, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación, registro, vigilancia y control se sujetarán a lo
dispuesto en la LFPRH, el RLFPRH y el PEF 2025; así como a la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento; la
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento; la Ley Federal de
Austeridad Republicana; al Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz
de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como
para la modernización de la Administración Pública Federal; a los CRITERIOS CJM 2025 y demás
disposiciones aplicables en la materia.
Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Anticorrupción y Buen Gobierno a través del Órgano
Interno de Control Especializado que corresponda del ramo Mujeres, así como la Auditoría Superior de la
Federación y los Órganos Contralores Locales, podrán realizar actividades de fiscalización y auditoría,
correspondientes al ejercicio del subsidio en el ámbito de sus respectivas competencias, sujetándose a la
legislación aplicable en la materia.
Cabe destacar, que los subsidios para el PROYECTO son adicionales y complementarios, y en ningún
caso sustituirán a los recursos regulares dirigidos a estos fines, por lo que no podrán duplicarse subsidios
para un mismo objetivo.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública
Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que
intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este
instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. LIMITACIÓN DE INTERVENCIÓN. La Unidad de Asuntos Jurídicos de “MUJERES”,
como instancia de asesoría jurídica, se limita a los elementos estrictamente jurídicos dentro del ámbito de
competencia de la propia Secretaría, cuya determinación sobre aspectos técnicos, operativos administrativos,
presupuestarios y/o de ejecución; así como los alcances del instrumento, se encuentran fuera de su ámbito de
facultades, al no establecerse compromisos o acciones a cargo de ésta.
DECIMA SEXTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que
“LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por el retraso en el cumplimiento del objeto del presente Convenio
de Coordinación y Adhesión; así como por los daños y perjuicios que pudieran causarse y que resulten directa
o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que
suscitaron su interrupción, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación y
Adhesión podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre
“LAS PARTES”, mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, el cual deberá sujetarse a lo dispuesto
en el numeral QUINCUAGÉSIMO SEXTO de los CRITERIOS CJM 2025, mismo que formará parte integrante
del presente instrumento, y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción.
DÉCIMA OCTAVA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión
podrá darse por terminado anticipadamente cuando se presente el siguiente supuesto:
a.
Por estar cumplido el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones
pendientes de cumplir por “LAS PARTES” y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los
recursos y rendimientos financieros que procedan.
DÉCIMA NOVENA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir
del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, no exime al “GOBIERNO DEL ESTADO”
de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados
a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o; en su
caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
VIGÉSIMA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” están de acuerdo en que el presente
Convenio de Coordinación y Adhesión es producto de la buena fe; en razón de lo cual los conflictos que
llegasen a presentarse por cuanto hacen a su interpretación, formalización, ejecución y cumplimiento, serán
resueltos de mutuo acuerdo por “LAS PARTES”.
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En el supuesto de que subsista discrepancia, “LAS PARTES” están de acuerdo en someterse a la
jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando expresamente
a cualquier otro fuero o legislación que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o
futuros o por cualquier otra causa.
VIGÉSIMA PRIMERA. INCUMPLIMIENTO. En el supuesto de que exista algún incumplimiento del
presente Convenio de Coordinación y Adhesión, “MUJERES”, lo hará del conocimiento de las instancias
competentes, sobre las acciones u omisiones que afecten el correcto ejercicio del subsidio otorgado.
VIGÉSIMA SEGUNDA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. “LAS PARTES” Se comprometen a
cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en
el DOF el 20 de marzo de 2025; y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y
Adhesión, si “LAS PARTES” que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar
en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio;
(II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos
jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a las otras
“PARTES” e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de
los datos personales tratados.
En caso de que alguna de “LAS PARTES” llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los
señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que
pertenezcan a la otra parte, en este acto se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos
establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección
de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025.
VIGÉSIMA TERCERA. PUBLICACIÓN. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de
Planeación, el presente instrumento será publicado en el DOF, y en el periódico oficial del “GOBIERNO DEL
ESTADO” lo publicará de conformidad con el CAPÍTULO XIV DE LA PUBLICACIÓN, del numeral TRIGÉSIMO
SÉPTIMO de los CRITERIOS CJM 2025 y la normativa estatal aplicable.
VIGÉSIMA CUARTA. DIFUSIÓN. “LAS PARTES” acuerdan que en la publicidad y difusión del programa
se deberá incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda
prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”, de conformidad con lo establecido en
el artículo 28, fracción II, inciso a, del PEF 2025. De igual manera, todo gasto en la comunicación y
divulgación se deberá señalar en forma expresa e idéntica, que se realiza con los recursos federales
aprobados en el PEF 2025.
VIGÉSIMA QUINTA. NOTIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que cualquier comunicación o
notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será vía correo electrónico, o mediante
oficio signado por la autoridad competente remitido por servicio de mensajería en los domicilios señalados en
las Declaraciones. Por lo que hace a las comunicaciones telefónicas, “MUJERES” deberá levantar constancia
de la comunicación. Cualquier cambio de domicilio que “LAS PARTES” efectúen en lo sucesivo, lo deberán
notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes,
contados a partir del cambio correspondiente.
Leído lo que fue el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, y estando enteradas “LAS PARTES”
del contenido, valor y alcance legal de sus Cláusulas, lo firman en 3 (tres) ejemplares en la Ciudad de México,
a los 15 días del mes de agosto de 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de
Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Directora General de Atención y Acceso a la Justicia,
Sayuri Herrera Román.- Rúbrica.- Por el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado: Gobernador
Constitucional del Estado de Sinaloa, Rubén Rocha Moya.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno,
Feliciano Castro Meléndrez.- Rúbrica.- Secretario de Administración y Finanzas, Joaquín Alberto Landeros
Guicho.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Ana Francis
Chiquete Elizalde.- Rúbrica.
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ANEXO TÉCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL
CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES EN GUASAVE.
1)
NOMBRE, OBJETIVO, DESCRIPCIÓN Y META DE “EL PROYECTO”:
a)
Nombre o denominación: Operación del Centro de Justicia para las Mujeres en Guasave.
b)
Objetivo: Operar el Centro Regional de Justicia para las Mujeres del municipio de Guasave, con la
finalidad de concentrar en un mismo lugar, los servicios interinstitucionales y especializados que
faciliten el acceso a la justicia, el respeto y protección de los derechos humanos de las mujeres y en
su caso a sus hijas e hijos que transiten por alguna situación de violencia de género.
c)
Descripción del proyecto en su ejecución en el 2025 y meta: Durante el ejercicio fiscal 2025, el
proyecto contempla la puesta en operación del Centro Regional de Justicia para las Mujeres en
el municipio de Guasave, como parte de la estrategia Estatal para fortalecer el acceso a la justicia y
la atención integral a mujeres en situación de violencia de género.
La ejecución integral del proyecto para operar el Centro Regional de Justicia para las Mujeres en
Guasave, incluye la adquisición de mobiliario adecuado en las áreas del centro, así como la compra
de equipos de cómputo e impresoras que faciliten la gestión de información confidencial, elaboración
de informes, seguimiento de casos y comunicación interinstitucional. Además, se adquirirán test
psicológicos validados que permitan realizar diagnósticos precisos y fortalecer los procesos de
atención psicológica y evaluación de riesgo.
El proyecto, también contempla la adquisición de un vehículo de traslado que garantice la movilidad
segura y autónoma de las usuarias y en su caso sus hijas e hijos, hacia las diferentes instancias
judiciales y de atención coordinada, mejorando la eficiencia y seguridad del proceso. Asimismo, se
contratará un equipo multidisciplinario compuesto por una trabajadora social, una abogada, una
psicóloga y una médica, quienes brindarán atención integral con perspectiva de género. Asimismo,
se establecerán protocolos de actuación y líneas de atención con perspectiva de género para
garantizar un trato digno y seguro a las usuarias.
En este sentido, se tiene como meta que el CRJM Guasave, inicie su operación durante el segundo
semestre del año, brindando atención a mujeres y en su caso a sus hijas e hijos, que se encuentren
en situación de violencia de género, beneficiando no solo a las mujeres del municipio de Guasave,
sino también a las mujeres de los municipios colindantes, como es el caso de Juan José Ríos,
Sinaloa municipio, Salvador Alvarado.
2)
JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO: La construcción y puesta en operación del Centro Regional de
Justicia para las Mujeres en el municipio de Guasave obedece a la necesidad estratégica de ampliar
la cobertura de servicios especializados en atención a mujeres, niñas, niños y adolescentes en
situación de violencia de género en la zona norte del estado de Sinaloa. Esta acción se enmarca en
los compromisos asumidos a partir de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género emitida el 31
de marzo de 2017, que incluyó a Guasave entre los municipios prioritarios. El Centro, tiene como
finalidad acercar servicios interinstitucionales con perspectiva de género que favorezcan el acceso a
la justicia, la atención integral y la protección de los derechos de las mujeres en situación de
violencia. Su ubicación geográfica permitirá beneficiar no solo a la población del municipio de
Guasave, sino también a los municipios colindantes como, Juan José Ríos, Sinaloa, Salvador
Alvarado, optimizando la respuesta institucional ante casos de violencia.
En este sentido, resulta indispensable garantizar el equipamiento adecuado mediante la asignación
de recursos materiales suficientes que aseguren su óptimo funcionamiento. La implementación de
esta estrategia requiere la participación coordinada de los distintos órdenes de gobierno y la
sociedad civil, a fin de generar condiciones dignas, seguras y accesibles para las usuarias,
contribuyendo así a la atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en la
región.
3)
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE DEL PROYECTO
Datos de la persona Titular de la Fiscalía General del Estado o de la Instancia Local
Responsable
a)
Nombre: Lcda. Ana Francis Chiquete Elizalde
b)
Cargo: Titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa.
c)
Adscripción: Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa
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d)
Teléfono: 667-758-70-00 ext. 39149.
e)
Domicilio para recibir notificaciones: Palacio de Gobierno, 2do. Piso, C.P. 80129, Culiacán,
Sinaloa.
f)
Correo electrónico: secretaria.semujeres@sinaloa.gob.mx
Datos de la persona designada como enlace con la Secretaría de las Mujeres:
a)
Nombre: Lcda. Merle Dinora López Mariscal
b)
Cargo: Directora Jurídica y Operativa del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de
Sinaloa.
c)
Adscripción: Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Sinaloa.
d)
Teléfono: 6676882633 Teléfono Celular: 667 187 1855
e)
Correos electrónicos: direccionjuridicayoperativa.cjm@sinaloa.gob.mx
En el marco del proyecto denominado Operación del Centro de Justicia para las Mujeres en
Guasave, todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de
Coordinación se realizarán a través de las personas designadas como enlaces. Dichas personas
fungirán, además, como responsables internas e internos del cumplimiento y seguimiento de las
actividades que les sean encomendadas en el ámbito de sus respectivas competencias.
4)
NOMBRE DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, INCLUYENDO LA DESCRIPCIÓN DE
SUS RESPONSABILIDADES EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN:
Secretaría de las Mujeres del Estado de Sinaloa
Las correspondientes en las cláusulas tercera y quinta del Convenio de Coordinación y
Adhesión.
LUGAR QUE SE EQUIPARÁ
a)
Ubicación o domicilio completo: Lote de terreno Urbano 20-F, de la Colonia Fundo Legal,
Código Postal 8100, Municipio de Guasave, Estado de Sinaloa.
b) Nombre del Centro de Justicia que se equipará: Centro Regional de Justicia para las
Mujeres en el municipio de Guasave.
5)
MONTO AUTORIZADO
$1,223,950.48 (un millón doscientos veintitrés mil novecientos cincuenta pesos 48/100 M.N.)
6)
FECHA INICIO Y CONCLUSIÓN
a.
Fecha estimada del inicio del proyecto en 2025:
Fecha: 01 de septiembre de 2025
Nota: la fecha de inicio puede variar de acuerdo con la transferidos los recursos federales asignados.
b.
Fecha estimada para la conclusión del proyecto en 2025:
Fecha: 31 de diciembre de 2025
7)
CRONOGRAMA DE AVANCE FÍSICO-FINANCIERO DEL PROYECTO.
EQUIPO
AVANCE
MES-1
MES-2
MES-3
MES-4
E1-
COMPUTADORAS DE
ESCRITORIO
FINANCIERO
306,000.00
FISICO %
100
E2-
IMPRESORA
MULTIFUNCIONAL
FINANCIERO
108,000.00
FISICO %
100
E3-
LAPTOP
FINANCIERO
78,000.00
FISICO %
100
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E4-
PANTALLA PARA
PROYECTAR
FINANCIERO
6,000.00
FISICO %
100
E5-
VIDEO PROYECTOR
FINANCIERO
15,000.000
FISICO %
100
E6-
VEHÍCULO NISSAN VERSA
FINANCIERO
378,900.000
FISICO %
100
E7-
SILLON DE 1 PLAZA
FINANCIERO
56,000.00
FISICO
100
E8-
TEST PSICOLÓGIO MMPI-2
FINANCIERO
18,950.00
FISICO
100
E9-
TEST PSICOLÓGIO WAIS-IV
(escala
de
inteligencia
para
adultos)
FINANCIERO
17,100.000
FISICO
100
MES-03
MES-04
MES-05
MES-06
TOTAL EJERCIDO POR MES
(INCLUYE I.V.A. DEL 16 % )
486,900.00
399,000.00
23,100.00
74,950.00
PORCENTAJE DE AVANCE FISICO
ACUMULADO
49.484
90.035
92.383
100.000
TOTAL DEL COSTO
NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.
$ 983,950.00
CONTRATACION DE PERSONAL
ESPECIALIZADO
AVANCE
MES-01
MES-02
E10-
TRABAJO SOCIAL
FINANCIERO
15000.03
15000.03
FISICO %
25
25
E11-
PSICOLOGÍA
FINANCIERO
15000.03
15000.03
FISICO
25
25
E12-
JURÍDICO
FINANCIERO
15000.03
15000.03
FISICO
25
25
E13-
MÉDICA
FINANCIERO
15000.03
15000.03
FISICO
25
25
MES-03
MES-04
TOTAL, EJERCIDO POR MES
( INCLUYE I.V.A. DEL 16 % )
60,000.12
60,000.12
PORCENTAJE DE AVANCE FISICO
ACUMULADO
75.000
100.000
TOTAL DEL COSTO
DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS 48/100 M.N.
$ 240,000.48
TOTAL DEL PROYECTO DE OPERACIÓN
EQUIPO
$ 983,950.00
CONTRATACION DE PERSONAL
ESPECIALIZADO
$ 240,000.48
$1,223,950.48
228
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8)
CATÁLOGO DE CONCEPTOS DE GASTOS DEL PROYECTO DE OPERACIÓN DEL CENTRO DE
JUSTICIA PARA LAS MUJERES EN GUASAVE 2025.
SOLICITUD DE MOBILIARIO CRJM GUASAVE
No.
DESCRIPCIÓN
CANTIDAD
P/UNITARIO
TOTAL
ÁREA DE ASIGNACIÓN
1
Computadoras de escritorio:
Chipset
Procesador
Intel
®
Corei5.
Onceava
generación.
Memoria RAM 8GB DDR4, Disco
Duro 512GB SSD. Tarjeta de
Red Gigabit LAN, VGA, HDMI,
TPM 2.0, 8 USB, EPA GOLD
Windows 10 PRO (64 Bits). Wifi
AC+BT, Teclado y Mouse con
Scroll.
Monitor LED 24” (Área Visible
23.8” HD 1920X1080), Puertos
HDMI/VGA, Cables HDMI Y
VGA, (3 años de garantía).
17
$18,000.00
$306,000.00
Áreas de atención: psicología,
trabajo social, jurídica, médica.
Áreas administrativas.
El equipo de cómputo es
fundamental
para
el
funcionamiento
eficiente
y
efectivo del CRJM durante la
atención
a
mujeres
en
situación
de
violencia.
Fortalece
la
gestión
y
la
planificación de los servicios.
2
Impresora
Multifuncional
a
Color:
Impresión,
copiado,
escaneo y conexión inalámbrica,
calidad de impresión (óptima)
color. Funciones de software
inteligente, impresión a doble
cara. Resolución de escaneo
óptica:
Hasta
1.200
PPP;
Formato
de
archivo
de
digitalización: JPEG, TIFF, PDF,
BMP,
PNG;
Windows
10,7.,
Suministro de tinta continua.
12
$9,000.00
$108,000.00
Áreas de atención: psicología,
trabajo social, jurídica, médica.
Áreas administrativas.
El equipo de impresión es
prioritario
para
el
funcionamiento
eficiente
y
efectivo
del
CRJM
en
la
atención
a
mujeres
en
situación
de
violencia.
Fortalece
la
gestión
y
la
planificación de los servicios.
3
Laptop: Procesador 15-1145G7,
con 512 GB SSD, 8 MB cache
L2, 4 CORES, 8GB RAM. 8
Hilos, frecuencia base de 2.4
GHZ y máxima a 4.20 GHZ.
Velocidad de Bus de 4GT/S,
TDP 12W con tecnología que
reduzca
ciberataques
o
su
equivalente a su desempeño.
Cámara web HD o superior con
ventana de privacidad integrada
al marco de pantalla. Puerto
USB, conector para micrófono,
audio y video integrado. Con
características de uso rudo.
3
$26,000.00
$78,000.00
Áreas administrativas
Sala de usos múltiples.
Dos
de
las
computadoras
serán
instaladas
en
áreas
administrativas, que facilitarán
la gestión de la información de
las mujeres usuarias y en su
caso sus hijas e hijo, así como
la generación de informes,
estadísticas, etc.
4
Pantalla
para
proyectar:
Pantalla
de
100”
diagonal,
eléctrica, incluye control remoto
inalámbrico y control remoto
alámbrico, formato 1:1, 213 CM,
empotrable pared o techo, color
blanco mate.
1
$6,000.00
$6,000.00
Esta pantalla de proyección se
usará en el espacio de usos
múltiples, donde se impartirán
cursos y talleres grupales,
como un proceso por el cual
las mujeres puedan fortalecer
su autonomía económica y
emocional.
5
Video
Proyector:
Contar
mínimamente con número de
píxeles: 2.073.600 píxeles (1.920
PX x 1.080 PX) x 3 luminosidad
en
color
:4.000
Lúmenes,
resolución nativa: full HD, Tipo
lámpara: 230 W UHE vida útil de
la lámpara 5.500 horas (normal)
12.000 horas (ECO) relación de
contraste
hasta
16.000:
1
reproducción del color: hasta 1
billón de colores.
1
$15,000.00
$15,000.00
El video proyector se usará en
el espacio de usos múltiples,
con la finalidad de tener los
medios
suficientes
para
impartir
cursos
y
talleres
grupales, como un proceso por
el cual las mujeres puedan
fortalecer
su
autonomía
económica y emocional.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
229
6
Vehículo versión sense CVT
modelo
2025,
transmisión
automática, con A/A, vidrios y
seguro eléctricos, volante con
ajuste de altura y profundidad,
alarma antirrobo, 4 bolsas de
aire, sistema de audio 2 bocinas
y rines 16 de acero (con tapón)
1
$378,900.00
$378,900.00
Traslado
a
las
mujeres
usuarias y en su caso sus hijas
e
hijos,
a
las
diferencias
instancias
de
Procuración
Justicia
(Sede
de
Juicios
Orales, Juzgados Familiares,
Vicefiscalía región norte, o
bien, a los lugares que sean
necesarios, de acuerdo a los
procesos
que
cada
mujer
decida iniciar),
7
Sillón de 1 plaza
Ancho
del
Producto
Ensamblado
80 cm
Color
Gris
Material
Madera de Pino, Hule Espuma,
Poliéster,
delcrón,
Tela
importada
Longitud
del
Producto
Ensamblado
85 cm
8
$7,000.00
$56,000.00
Áreas de atención: psicología,
trabajo social, jurídica, médica.
Áreas administrativas, lo que
permitirá contar con espacios
dignos para la atención a
personas usuarias.
8
Test psicológico MMPI-2
1
$18,950.00
$18,950.00
A través de la adquisición de
este test, se podrá fortalecer el
proceso
de
evaluación
y
atención a las usuarias, y en
su caso sus hijas e hijos,
garantizando
un
abordaje
técnico,
especializado
y
confiable.
9
Test
psicológico
WAIS-IV(
escala
de
inteligencia
para
adultos)
1
$17,100.00
$ 17,100.00
A través de la adquisición de
este test, se podrá fortalecer el
proceso
de
evaluación
y
atención a las usuarias, y en
su caso sus hijas e hijos,
garantizando
un
abordaje
técnico,
especializado
y
confiable.
MONTO TOTAL SOLICITADO
$ 983,950.00
Conceptos de Gastos para la Contratación de Personal Especializado
PERSONAL
No. DE
PLAZAS
SUBTOTAL
IVA
TOTAL
BRUTO
RETENCIÓN
DE ISR
TOTAL
NETO
MENSUAL
TOTAL ANUAL
(4 MESES).
TRABAJO
SOCIAL
1
$12,931.06
$2068.97
$15,000.03
$1,293.11
$13,706.92
$60,000.12
PSICOLOGÍA
1
$12,931.06
$2,068.7
$15,000.03
$1,293.11
$13,706.92
$60,000.12
JURÍDICO
1
$12,931.06
$2,068.97
$15,000.03
$1,293.11
$13,706.92
$60,000.12
MÉDICA
1
$12,931.06
$2,068.97
$15,000.03
$1,293.11
$13,706.92
$60,000.12
MONTO TOTAL SOLICITADO
$240,000.48
Leído POR “LAS PARTES” y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en tres
(3) ejemplares en la Ciudad de México, a los 15 días del mes de agosto de 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria
del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracibar.- Rúbrica.- Directora General de
Atención y Acceso a la Justicia, Sayuri Herrera Román.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador
Constitucional del Estado de Sinaloa, Rubén Rocha Moya.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno,
Feliciano Castro Meléndrez.- Rúbrica.- Secretario de Administración y Finanzas, Joaquín Alberto Landeros
Guicho.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Ana Francis
Chiquete Elizalde.- Rúbrica.
230
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el
Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax, Yucatán, que tiene por objeto
el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado C-2025-035, que permite brindar
protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas
e hijos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
MUJERES/CMCCA/C-2025-035/IMMTEKAX
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA
PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “MUJERES”, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO
A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA
SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS; Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER
EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS, EN ADELANTE LA “SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR JUAN GABRIEL SÁNCHEZ ÁLVAREZ, Y EL
INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE TEKAX YUCATÁN, REPRESENTADO EN ESTE ACTO
POR, MIRIAM NOEMÍ LÓPEZ SULUB, EN ADELANTE EL “CENTRO EXTERNO”; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA
CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha 23 de mayo de 2025, “LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión
“CONVENIO”, con una vigencia a partir de su suscripción al 31 de diciembre de 2025 el cual tiene por objeto
el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado C-2025-035, que permite brindar
protección y atención integral y especializada, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus
hijas e hijos; conforme a los alcances, objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y
montos autorizados por “MUJERES”.
Mediante escrito IMM-83/2025 de fecha 31 de julio de 2025, el "CENTRO EXTERNO” hizo de
conocimiento de la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de “MUJERES”,
Enna Paloma Ayala Sierra que, en el caso del Municipio de Tekax, Yucatán, la transferencia de recursos se
realizó a una cuenta bancaria municipal.
Lo anterior, debido a que el Ayuntamiento dentro del expediente financiero, remitió la cuenta municipal y
no la cuenta que corresponde a la Secretaría de Administración y Finanzas, por lo que, a fin de regularizar la
cuenta bancaria productiva específica en cita, de conformidad con el numeral 3.3 sobre los “Criterios de
Elegibilidad y requisitos” de los Lineamientos del Programa y realizar la devolución de pago improcedente
para su posterior transferencia a la cuenta de la entidad federativa en términos de lo previsto en el numeral
4.7 de la “Entrega y Ejercicio de los Recursos”, así como lo previsto en la Ley Federal de Presupuesta y
responsabilidad Hacendaria, Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás legislación aplicable en
materia de Subsidios, se formaliza el presente instrumento.
En ese sentido, la Cláusula Tercera del “CONVENIO”, expresa lo siguiente:
”TERCERA. COMPROMISO DE “MUJERES”. Además de los previstos en los Lineamientos,
Mujeres, se obliga a: (..)
b) Verificar cuando así lo determine y en coordinación con el “Centro Exrerno” la documentación que
permita observar el correcto ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud
del presente Convenio de Concertación de Acciones, así como los rendimientos financieros
generados; para lo cual este último se obliga a exhibir el original de la documentación que sea
requerida, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias
competentes del Ejecutivo federal;
c) Verificar que la documentación que remita el “Centro externo” para justificar y comprobar el
ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferido, cumplan con lo establecido en las
disposiciones fiscales aplicables, así como con los requisitos estipulados en los correspondientes
anexos. (…)”
Adicionalmente, la Cláusula Décima Octava del “CONVENIO”, refiere:
“DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente
Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito
mediante el convenio modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de
fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (…).”
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
231
En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario regularizar la cuenta bancaria productiva
específica, se adiciona una cláusula que corresponde a pagos improcedentes en el “CONVENIO” para
realizar, por una parte, el requerimiento de la devolución del pago efectuado en una cuenta improcedente y,
por otra, se efectúe la transferencia de los recursos presupuestarios federales ministrados para el desarrollo
del PROYECTO en la cuenta correcta de la Entidad Federativa, por lo que “LAS PARTES” manifiestan que es
su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.
“MUJERES” declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto
por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o.,
fracción I, 26, Fracción XXI y 42 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
(LOAPF), así como 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2. La Dirección General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, en adelante
“DIRECCIÓN” es una unidad administrativa integrante de “MUJERES”, de conformidad con el
artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM.
I.3. La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala
Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la titular de
“MUJERES”, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las
atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio de conformidad con
los artículos 2o. fracción IV numeral 5, 5o. fracciones I y XIV y 15 del RISM.
I.4. Señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San
José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro
Federal de Contribuyentes SMU250101CS8.
II.
La “SECRETARÍA”, declara que:
II.1. Con fundamento los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; 12 y 13 párrafo segundo de
la Constitución Política del Estado de Yucatán, el Estado de Yucatán es una Entidad Federativa que
es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en su régimen
interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2. El Secretario de Finanzas y Administración, Juan Gabriel Sánchez Álvarez, acredita su personalidad
con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán,
Joaquín Jesús Díaz Mena, el 01 de octubre de 2024; y cuenta con sus atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 57 de la Constitución Política del
Estado de Yucatán; 22, fracción II, 23 párrafo primero, 24, 27, fracción I, IV y XXVI, y 31 del Código
de la Administración Pública de Yucatán; 11, Apartado B, fracción III y VI, y 59 fracción XLVIII del
Reglamento del Código de Administración Pública de Yucatán.
II.3. Para los efectos jurídicos el presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal ubicado en
Calle 59, Sin Número, Colonia Centro, Código Postal 97000, Mérida Yucatán.
II.4. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes SHA840512SX1.
III.
El “CENTRO EXTERNO” declara que:
III.1. La Directora General del Instituto Municipal de la Mujer, Miriam Noemi López Sulub, acredita su
personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Ayuntamiento de Tekax, Yucatán, en la
Vigésima Primera Acta de la Sexta Sesión Extraordinaria de Cabildo el 12 de marzo de 2025; cuenta
con las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio Modificatorio al Convenio
de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 7o., fracción XX y 11, fracción III del
Reglamento Interno del Instituto Municipal de las Mujeres en Tekax Yucatán
III.2. Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los asentados
en la documentación proporcionada a “MUJERES” que sirvió de base para la realización del presente
instrumento jurídico.
III.3. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio de Modificatorio, señala como domicilio legal
el ubicado en palacio municipal, Sin Número, Código Postal 97970, Tekax, Yucatán.
IV. “LAS PARTES” declaran que:
IV.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción
del presente Convenio Modificatorio al “CONVENIO”.
IV.2. Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos del primer párrafo de la
Cláusula Décima Octava del “CONVENIO”.
232
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
IV.3. Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan con
las facultades necesarias para su suscripción.
IV.4. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones
manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual, se
reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”.
Expuesto lo anterior, “LAS PARTES” sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en el
Convenio Modificatorio para quedar conforme las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan añadir al “CONVENIO” celebrado el 23 de mayo de 2025,
las CLÁUSULA SEGUNDA BIS y SEGUNDA TER, para quedar como se señala a continuación:
“SEGUNDA BIS. DE PAGOS IMPROCEDENTES. “LAS PARTES” se comprometen a que en el
supuesto de detectarse un pago improcedente, se estará a lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley
de Tesorería de la Federación, por lo que “MUJERES” requerirá la devolución conforme al
procedimiento previsto en la normatividad aplicable.
“SEGUNDA TER. Una vez verificado el cumplimiento de lo anterior, “MUJERES” realizará la
transferencia a la cuenta bancaria productiva especifica aperturada para tal efecto.”
SEGUNDA. - Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES”
convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, en 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que
continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados.
TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al
Proyecto C-2025-035; y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción.
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en
tres (3) ejemplares en la Ciudad de México el 19 de septiembre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de
Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría:
Secretario de Administración y Finanzas, Juan Gabriel Sánchez Álvarez.- Rúbrica.- Por el Centro Externo:
Directora General del Instituto Municipal de la Mujer, Miriam Noemí López Sulub.- Rúbrica.
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el
Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax, Yucatán, que tiene por objeto
el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado R-2025-064, que permite brindar
protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas
e hijos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
MUJERES/CMCCA/R-2025-064/IMMTEKAX
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA
PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “MUJERES”, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO
A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA
SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS; Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER
EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS, EN ADELANTE LA “SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR JUAN GABRIEL SÁNCHEZ ÁLVAREZ, Y EL
INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE TEKAX, YUCATÁN, REPRESENTADO EN ESTE
ACTO POR MIRIAM NOEMÍ LÓPEZ SULUB, EN ADELANTE EL “REFUGIO”; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA
CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha 23 de mayo de 2025, “LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión
“CONVENIO”, con una vigencia a partir de su suscripción al 31 de diciembre de 2025 que tiene por objeto el
otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado R-2025-064, en adelante el PROYECTO,
que permite brindar protección y atención integral y especializada, a mujeres víctimas de violencia de género,
y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances, objetivos, metas, indicadores, actividades,
cronograma de actividades y montos autorizados por “MUJERES”.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
233
Mediante escrito IMM-84/2025 de 31 de julio de 2025, el “REFUGIO” hizo de conocimiento de la Directora
General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de “MUJERES”, Enna Paloma Ayala Sierra
que, en el caso del Municipio de Tekax, Yucatán, la transferencia de recursos se realizó a una cuenta
bancaria municipal aperturada para tal efecto.
Lo anterior, debido a que el Ayuntamiento dentro del expediente financiero, remitió la cuenta municipal y
no la cuenta que corresponde a la Secretaría de Administración y Finanzas, por lo que, a fin de regularizar la
cuenta bancaria productiva específica en cita, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.3 sobre los
“Criterios de Elegibilidad y requisitos” de los Lineamientos del Programa y realizar la devolución de pago
improcedente para su posterior transferencia a la cuenta de la entidad federativa en términos de lo previsto en
el numeral 4.7 de la “Entrega y Ejercicio de los Recursos”, así como lo previsto en la Ley Federal de
Presupuesta y responsabilidad Hacendaria, Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás legislación
aplicable en materia de Subsidios, se formaliza el presente instrumento.
En ese sentido, la Cláusula Tercera del “CONVENIO”, expresa lo siguiente:
”TERCERA. COMPROMISO DE “MUJERES”. Además de los previstos en los Lineamientos,
Mujeres, se obliga a: (..)
“b) Verificar cuando así lo determine y en coordinación con el “Refugio” la documentación que
permita observar el correcto ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud
del presente Convenio de Concertación de Acciones, así como los rendimientos financieros
generados; para lo cual este último se obliga a exhibir el original de la documentación que sea
requerida, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias
competentes del Ejecutivo federal;
“c) Verificar que la documentación que remita el “Refugio” para justificar y comprobar el ejercicio de
los recursos presupuestarios federales transferido, cumplan con lo establecido en las disposiciones
fiscales aplicables, así como con los requisitos estipulados en los correspondientes anexos. (…)”
Adicionalmente, la Cláusula Décima Octava del “CONVENIO”, refiere:
“DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente
Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito
mediante el convenio modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de
fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (…).”
En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario regularizar la cuenta bancaria productiva
específica, se adiciona una cláusula que corresponde a pagos improcedentes en el “CONVENIO” para
realizar, por una parte, el requerimiento de la devolución del pago efectuado en una cuenta improcedente y,
por otra, se efectúe la transferencia de los recursos presupuestarios federales ministrados para el desarrollo
del PROYECTO en la cuenta correcta de la Entidad Federativa, por lo que las “LAS PARTES” manifiestan que
es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio conforme a las siguientes:
DECLARACIONES
I.
“MUJERES” declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción
I, 26, Fracción XXI y 42 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), así
como 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2. La Dirección General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, en adelante
“DIRECCIÓN”, es una unidad administrativa integrante de “MUJERES”, de conformidad con el
artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM.
I.3. La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala
Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la titular de
“MUJERES”, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con las
atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio de conformidad con los
artículos 2o. fracción IV numeral 5, 5o. fracciones I y XIV y 15 del RISM.
I.4. Señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San
José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro
Federal de Contribuyentes SMU250101CS8.
II.
La “SECRETARÍA”, declara que:
II.1. Con fundamento los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; 12 y 13 párrafo segundo de
la Constitución Política del Estado de Yucatán, el Estado de Yucatán es una Entidad Federativa que
es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en su régimen
interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
234
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
II.2. El Secretario de Finanzas y Administración, Juan Gabriel Sánchez Álvarez, acredita su personalidad
con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán,
Joaquín Jesús Díaz Mena, el 01 de octubre de 2024; y cuenta con sus atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 57 de la Constitución Política del
Estado de Yucatán; 22, fracción II, 23 párrafo primero, 24, 27, fracción I, IV y XXVI, y 31 del Código
de la Administración Pública de Yucatán; 11, Apartado B, fracción III y VI, y 59 fracción XLVIII del
Reglamento del Código de Administración Pública de Yucatán.
II.3. Para los efectos jurídicos el presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal ubicado en
Calle 59, Sin Número, Colonia Centro, Código Postal 97000, Mérida Yucatán.
II.4. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes SHA840512SX1.
III.
El “REFUGIO” declara que:
III.1. La Directora General del Instituto Municipal de la Mujer, Miriam Noemi López Sulub, acredita su
personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Ayuntamiento de Tekax, Yucatán, en la
Vigésima Primera Acta de la Sexta Sesión Extraordinaria de Cabildo el 12 de marzo de 2025; cuenta
con las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio Modificatorio al Convenio de
Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 7o., fracción XX y 11, fracción III del
Reglamento Interno del Instituto Municipal de las Mujeres en Tekax, Yucatán.
III.2. Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los asentados
en la documentación proporcionada a “MUJERES” que sirvió de base para la realización del presente
instrumento jurídico.
III.3. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal el
ubicado en palacio municipal, Sin Número, Codigo Postal 97970, Tekax Yucatán.
IV. “LAS PARTES” declaran que:
IV.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción
del presente Convenio Modificatorio al “CONVENIO”.
IV.2. Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos del primer párrafo de la
Cláusula Décima Octava del “CONVENIO”.
IV.3. Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan con
las facultades necesarias para su suscripción.
IV.4. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones
manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual, se
reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”.
Expuesto lo anterior, “LAS PARTES” sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en el
Convenio Modificatorio para quedar conforme las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan añadir al “CONVENIO” celebrado el 23 de mayo de 2025,
las CLÁUSULA SEGUNDA BIS y SEGUNDA TER, para quedar como se señala a continuación:
“SEGUNDA BIS. DE PAGOS IMPROCEDENTES. “LAS PARTES” se comprometen a que en el
supuesto de detectarse un pago improcedente, se estará a lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley
de Tesorería de la Federación, por lo que “MUJERES” requerirá la devolución conforme al
procedimiento previsto en la normatividad aplicable.
“SEGUNDA TER. Una vez verificado el cumplimiento de lo anterior, “MUJERES” realizará la
transferencia a la cuenta bancaria productiva especifica aperturada para tal efecto.”
SEGUNDA. - Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES”
convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, en 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que
continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados.
TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al
Proyecto R-2025-064; y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción.
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en
tres (3) ejemplares en la Ciudad de México el 19 de septiembre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de
Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría:
Secretario de Administración y Finanzas, Juan Gabriel Sánchez Álvarez.- Rúbrica.- Por el Refugio: Directora
General del Instituto Municipal de la Mujer, Miriam Noemí López Sulub.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
235
COMISION NACIONAL FORESTAL
PROGRAMA Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Medio Ambiente.-
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Comisión Nacional Forestal.
PROGRAMA INSTITUCIONAL DE LA COMISIÓN NACIONAL FORESTAL 2025-2030
1. Índice
1.
Índice
2.
Señalamiento del origen de los recursos del Programa
3.
Siglas y acrónimos
4.
Fundamento normativo
5.
Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
6.
Objetivos
6.1 Relevancia del objetivo 1: Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas
naturales para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios
de vida de las comunidades.
6.2 Relevancia del objetivo 2: Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por
los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del
territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria.
6.3 Relevancia del objetivo 3: Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad,
funcionalidad ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al
bienestar de las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y
justicia social.
6.4 Relevancia del objetivo 4: Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la
protección del patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y
aumento de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente
y efectiva a sus causas.
6.5 Relevancia del Objetivo 5: Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal
sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo
tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un
enfoque de género e inclusión.
6.6 Relevancia del Objetivo 6: Optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño
institucional mediante un enfoque basado en resultados y sustentado en información oportuna y
metodologías rigurosas.
6.6 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030
7.
Estrategias y líneas de acción
Objetivo 1. Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que
aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de
las comunidades.
Objetivo 2. Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas
forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los
recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria.
Objetivo 3. Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad
ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de
las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social.
Objetivo 4. Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del
patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la
mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas.
Objetivo 5. Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable,
mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de
capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género
e inclusión.
Objetivo 6. Optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño institucional mediante
un enfoque basado en resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas.
8.
Indicadores y metas
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
2. Señalamiento del origen de los recursos del Programa
La totalidad de las acciones que se consideran en el Programa, incluyendo aquellas correspondientes
a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinación interinstitucional para la
instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se
realizarán con cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio respectivo.
3. Siglas y acrónimos
ANP – Área Natural Protegida
APF – Administración Pública Federal
ATP – Auditorías Técnicas Preventivas
CGCR – Coordinación General de Conservación y Restauración (CONAFOR)
CGDIPEE-UOR – Coordinación General de Desarrollo Institucional y Proyectos Especiales – Unidad de
Operación Regional
CGPI Coordinación General de Planeación e Información (CONAFOR)
CGPP – Coordinación General de Producción y Productividad
CONAFOR – Comisión Nacional Forestal
DGFSSOE – Dirección General de Gestión Forestal Suelos y Ordenamiento Ecológico
GEI – Gases de efecto invernadero
GMF – Gerencia de Manejo del Fuego
INECC – Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático
INFyS – Inventario Nacional Forestal y de Suelos
LGDFS – Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
LP – Ley de Planeación
NDC – Contribución Determinada a Nivel Nacional de México
OMECS – Otras Medidas Efectivas de Conservación Basadas en Áreas
ORE – Oficinas de Representación Estatal
PFC – Plantaciones Forestales Comerciales
PIB – Producto Interno Bruto
PIC – Programa Institucional de la CONAFOR
PND – Plan Nacional de Desarrollo
PNF – Programa Nacional Forestal
PSA – Pago por Servicios Ambientales
SAMOF – Sistema Satelital de Monitoreo Forestal
SEMARNAT – Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
SNGF – Sistema Nacional de Gestión Forestal
SUMA – Sistema de Unidades de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre
UAF – Unidad de Administración y Finanzas
4. Fundamento normativo
El Programa Institucional de la CONAFOR 2025–2030 (PIC 2025-2030) se fundamenta en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes en materia de planeación y desarrollo forestal
sustentable, así como en compromisos internacionales asumidos por México.
En el ámbito constitucional, el artículo 4º reconoce el derecho de toda persona a un medio ambiente sano
para su desarrollo y bienestar y establece que el Estado garantizará el respeto a ese derecho. El artículo 25
otorga al Estado la rectoría del desarrollo nacional con criterios de equidad y sustentabilidad, mientras que el
artículo 26 establece un sistema de planeación democrática con participación social.
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DIARIO OFICIAL
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Por su parte, la Ley de Planeación (LP) en su artículo 2o, mandata que la planeación deberá llevarse a
cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo,
incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género,
y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales, ambientales y
económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, en el artículo
9o. dispone que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán planear y
conducir sus actividades con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo. En
este contexto, el 15 de abril de 2025 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Plan Nacional de
Desarrollo (PND) 2025-2030 en el que se establece al Desarrollo Sustentable como Eje General 4, poniendo
como base del Proyecto de Nación lograr un equilibrio entre desarrollo económico, social y ambiental que
preserve el medio ambiente y evite un daño irreversible, al tiempo que busca evitar que se agoten los recursos
naturales y permitir su disfrute a las generaciones futuras.
Asimismo, el PND establece como prioritario implementar políticas para reducir y revertir el daño
ambiental, proteger los ecosistemas estratégicos del país, como bosques, selvas y cuerpos de agua.
Asimismo, la Ley de Planeación, en su artículo 17 fracción II establece que a las entidades paraestatales
deberán elaborar sus respectivos programas institucionales, atendiendo a las previsiones contenidas en el
programa sectorial correspondiente observando en lo conducente las variables ambientales, económicas,
sociales y culturales respectivas.
El artículo 24 de la misma Ley establece que los programas institucionales se sujetarán a las previsiones
contenidas en el Plan y en el programa sectorial correspondiente. Las entidades, al elaborar sus programas
institucionales, se ajustarán a lo previsto en la LP, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o, en su
caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento.
Por su parte, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) faculta a la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales para formular y conducir la política forestal; y el artículo 15 establece que el
objeto de la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades
productivas,
de
protección,
conservación,
restauración,
aprovechamiento
sustentable,
producción,
comercialización y educación técnica forestal, así como las cadenas productivas y redes de valor en materia
forestal, que conforme a la Ley se declaran como áreas prioritarias del desarrollo, y participar en la
formulación de los planes y programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus
instrumentos.
Considerando lo anterior, el Programa Institucional de la CONAFOR, además contribuirá a cumplir con los
compromisos internacionales en materia forestal que México ha adquirido, como la Convención Marco de
las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Acuerdo de París, la Convención sobre la Diversidad
Biológica, la Convención contra la Desertificación, y la Agenda 2030. En este contexto, como parte de sus
Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC), México se comprometió a alcanzar la deforestación neta
cero para 2030 y fortalecer los sumideros de carbono en ecosistemas forestales; para lo cual el PIC será un
instrumento de planeación clave.
Considerando lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional Forestal asume el liderazgo para coordinar
la integración, publicación, ejecución, seguimiento y rendición de cuentas del Programa Institucional de la
Comisión Nacional Forestal 2025-2030.
5. Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo
México se encuentra en una posición privilegiada de biodiversidad a nivel mundial. Su posición geográfica
delimitada por los océanos Pacífico y Atlántico, orografía y condiciones climáticas dan origen a una
considerable diversidad de ecosistemas que albergan hábitats y especies únicas en el mundo. De tal forma
que, 138.7 millones de hectáreas, es decir, cerca del 70.6% del territorio mexicano está cubierto por algún tipo
de vegetación forestal: los matorrales xerófilos ocupan 56.2 millones de hectáreas y representan el 40.5% de
la superficie forestal nacional, seguidos de los bosques y selvas con 34.8 y 30.3 millones de hectáreas que
representan el 25.1% y 21.9%, respectivamente.
Asimismo, México es culturalmente diverso, de acuerdo al Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades
Indígenas y Afromexicanas publicado el 9 de agosto de 2024 existen 72 pueblos indígenas1 hablantes de 68
lenguas. Esta diversidad natural y cultural coexiste, el 30% de los ecosistemas forestales está habitado por
poblaciones de indígenas en alrededor de 22 regiones bioculturales.
1 Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. 2024. Publicado en: https://catalogo.inpi.gob.mx/consulta-por-
pueblo/
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En el contexto social, particularmente, en las zonas forestales de México habitan 11,875,192 personas, es
decir, el 9.42% de la población total, las cuales viven, en condiciones de alto rezago en educación, salud
y vivienda. Otra particularidad es la tenencia de la tierra, 70.6 millones de hectáreas de superficie forestal
son de propiedad social, distribuida en 16,953 núcleos agrarios. Es decir, el 50.9% de la superficie forestal
del país.
Los ecosistemas forestales constituyen un componente fundamental de la identidad y bienestar de la
población mexicana. Fundamentalmente, los bosques, selvas y manglares capturan anualmente un total de
178.9 millones de toneladas de CO2, equivalentes al 23.2% de la emisión total de gases de efecto
invernadero del país.
Además, durante el periodo 2018-2023 se registró una generación promedio anual de energía eléctrica de
324,141 GWh. De este total, y para el mismo periodo, la energía hidroeléctrica representó entre un promedio
del 9% de la generación anual; este tipo de energía proviene de centrales hidroeléctricas, que dependen de la
conservación de los bosques y selvas para mantener el flujo hidroeléctrico y evitar el azolve de las mismas.
Con acciones de conservación y protección de los ecosistemas forestales de las cuencas que abastecen a las
centrales hidroeléctricas se asegura este abasto y se tiene el potencial de generar hasta el 12% de la energía
total generada en el país2.
Asimismo, estimaciones indican que cerca de 100 millones de hectáreas de vegetación forestal son la
principal fuente de forraje para la ganadería extensiva, de los cuales 77 millones corresponden a superficie
con vegetación forestal, el estimado del valor generado por el forraje de los ecosistemas forestales traducido
en becerros en pie, es de 119.4 mil mdp anuales3. De igual forma, los manglares cubren una superficie de 905
mil hectáreas que generan aproximadamente 36 mil mdp del valor de las pesquerías ribereñas.
Adicionalmente, muchas de las zonas forestales, son de gran importancia en el ciclo hidrológico, ya que
funcionan como zonas de recarga natural de los acuíferos, debido a las características del suelo, relieve,
cobertura vegetal, capacidad de infiltración, presencia de rocas permeables, que permiten la infiltración del
agua en el subsuelo a partir de la precipitación o el escurrimiento de agua superficial, que posteriormente
alcanza la zona saturada del acuífero y se convierte en recarga natural. Por lo que, la preservación
y manejo adecuado de las zonas forestales contribuye de manera relevante al equilibrio hidrológico del
agua subterránea.
La actividad antropogénica altera las características de estos importantes y frágiles sitios que
corresponden a zonas de recarga de acuíferos, especialmente al implementar agricultura intensiva, ganadería
extensiva, sobrepastoreo, monocultivos, cambios de uso del suelo diferentes a su capacidad de uso,
deforestación, urbanismo, entre otras; que han causado erosión, compactación, e impermeabilización del
terreno, que impiden la infiltración del agua, y en su lugar favorecen mayor escorrentía superficial y
consecuentemente disminuye la recarga de los acuíferos, lo que a su vez provoca efectos adversos en el
agua subterránea, tanto en cantidad, como en calidad, derivado de la contaminación del agua subterránea,
que impiden su utilización para uso y consumo humano sin previa potabilización.
Aspectos generales
De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 20204, en México habitan 126.01 millones de personas,
de las cuales el 49% son hombres y el 51% son mujeres. En este sentido se estima que, la población total en
hogares indígenas registrada en el año 2020 fue de 11.8 millones de personas, es decir el 9.4% de la
población total del país. Las entidades que concentran la mayor cantidad de personas en hogares indígenas
se ubican en el sureste y centro del país, distribuidas entre los estados de Chiapas (12.3%), Oaxaca (10.6%),
Veracruz (7.1%), Guerrero (7.0%), México (5.8%), Puebla (5.8%) y Michoacán (5.3%); representando en
conjunto el 54.0%.
Particularmente, en localidades forestales habitan 11,875,192 personas5. Una de las características más
importantes de las zonas forestales del país es la población indígena que habita en ellas, estimada en
3.6 millones de personas. Es decir, el 30.3% de la población en hogares indígenas a nivel nacional habita en
localidades forestales. Los estados con mayor población en hogares indígenas en localidades forestales son:
Chiapas, Oaxaca y Guerrero, en donde se concentra el 53.7% de dicha población.
Asimismo, en las localidades forestales se encuentra una proporción similar de población entre hombres
y mujeres (49% y 51% respectivamente). Los estados de Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Veracruz, Puebla y
México concentran la mayor cantidad de mujeres en las localidades forestales, representando el 50% de las
mujeres que habitan estas zonas.
2 Estimaciones de la Unidad de Asuntos Internacionales y Fomento Financiero de la CONAFOR. 2025.
3 Estimaciones de la Unidad de Asuntos Internacionales y Fomento Financiero de la CONAFOR. 2025.
4 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (15
de diciembre de 2022). Censo de Población y Vivienda 2020.
https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/
5 Estimación realizada considerando localidades menores a 2 mil 500 habitantes, ubicadas dentro de terrenos que sustentan vegetación
forestal y en un radio máximo de 500 metros a las áreas forestales, con base en la Carta de Uso de Suelo y Vegetación, Serie VII de
INEGI 2018 y los datos del Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI.
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No obstante, a pesar del gran potencial económico, cultural y social de las zonas forestales, la población
que habita estos espacios presenta un alto rezago en educación, salud y vivienda, además de tener acceso
limitado a servicios básicos como agua potable, drenaje y electricidad, entre otros. Al respecto, 13% de la
población de 15 años y más es analfabeta, 8% de la población de 6 a 14 años no asiste a la escuela, y 21%
de la población de 15 años y más no concluyó la educación básica. Por otra parte, el 23% de la población en
localidades forestales carece de acceso a servicios de salud. Además, el porcentaje de viviendas particulares
habitadas sin drenaje es cinco veces mayor en las áreas forestales que en el resto del país. Algo similar
se observa con respecto a la disponibilidad de agua entubada, en donde el porcentaje nacional es de 3% de
viviendas sin este servicio, en contraste en las áreas forestales, es de 9%.
Asimismo, dentro de las localidades forestales, se observa que, de la población de 15 años y más
analfabeta, el 59.2% son mujeres y el 40.7% son hombres. De la población de 6 a 14 años que no asiste a la
escuela 47.8% son mujeres y 52% son hombres. Por otro lado, se observa que la población económicamente
activa en localidades forestales se trata en mayor proporción de hombres que de mujeres, siendo el 66.5%
hombres y 33.4% mujeres.
Por otra parte, respecto a la tenencia de la tierra en México resalta la de carácter social a través de ejidos
y comunidades. En este sentido, de acuerdo con datos del Registro Agrario Nacional, hasta 2023 se tiene
registro de 33,993 núcleos agrarios (31,139 ejidos y 2,854 comunidades), de los cuales 32,251 núcleos
agrarios cuentan con certificado6. La propiedad social en el país, considerando los núcleos agrarios
certificados, se puede estimar que está integrada por 29,837 ejidos7 y 2,424 comunidades8 que en total
suman 99.6 millones de hectáreas. De esta, la superficie bajo propiedad ejidal registrada supera
las 82.2 millones de hectáreas9, mientras que la extensión registrada bajo propiedad comunal ronda los
17.4 millones de hectáreas10.
Es importante mencionar que 5.1 millones de personas son personas agrarias: 3.3 millones son personas
ejidatarias, 912.2 mil comuneros, 669.9 mil son personas posesionarias y 219.8 mil son personas
avecindadas; de los cuales el 26.4% son mujeres ejidatarias y el 30.1%11 son comuneras.
En cuanto a la propiedad social, en los ejidos se concentra la mayor superficie forestal (aproximadamente
60.5 millones de hectáreas), equivalente al 43.6% de la superficie forestal del país. Para el caso específico de
comunidades agrarias, éstas concentran 10.1 millones de hectáreas, correspondiente al 7.3% de la superficie
forestal nacional. Dicha superficie, constituida por 16,953 núcleos agrarios, representa en conjunto 70.6
millones de hectáreas, es decir, el 50.9% de la superficie forestal de México12. Le siguen la propiedad privada
(30.4%), en menor medida la propiedad pública (2.9%), otros tipos de propiedad (2.5%) y no definidas
(13.3%).
Situación de las mujeres en el sector forestal
Es importante señalar que las mujeres desempeñan un papel fundamental dentro de la protección,
conservación y restauración del medio ambiente, posicionándose como agentes de conocimiento y de cambio.
Las mujeres son quienes impulsan la lucha y defensa permanente de la tierra y de las prácticas
ancestrales de cuidado de la naturaleza, en contra de las políticas extractivistas, coloniales y patriarcales que
generan conflictos en territorio, criminalizan la lucha y la defensa de los territorios, ataca a los pueblos
indígenas, incluso a los cuerpos de las mujeres indígenas y despliega una serie de mecanismos de violencia
y opresión.
Así mismo, se reconocen los riesgos y amenazas que enfrentan las mujeres como defensoras del medio
ambiente: a) Economía capitalista y de despojo; b) Presencia militar y crimen organizado; c) Violencia
sistémica y Violencia psicológica.
Además, la brecha de género también es una limitante en los procesos de emprendimiento forestal,
impactando en el acceso a recursos y oportunidades. La desigualdad en la tenencia de la tierra, restringe la
capacidad de las mujeres para desarrollar proyectos productivos y fortalecer sus economías locales. Así
mismo, la desigualdad de representación en los espacios de toma de decisiones, impiden que sus
perspectivas, en gran medida enfocadas a la conservación y el bienestar comunitario, influyan en las políticas
y proyectos forestales.
6 De los cuales, 30,419 cuentan con información sobre su delimitación en formato geoespacial.
7 RAN, 2023. http://www.ran.gob.mx/ran/indic_bps/1_ER.pdf
8 RAN, 2023. http://www.ran.gob.mx/ran/indic_bps/16_CR.pdf
9 RAN, 2023. http://www.ran.gob.mx/ran/indic_bps/2_SER.pdf
10 RAN, 2023. http://www.ran.gob.mx/ran/indic_bps/17_SCR.pdf
11 RAN, 2024. http://www.ran.gob.mx/ran/indic_gen/nucag-certynocert-resultados-2024.pdf
12 Ejidos y Comunidades identificados por la CONAFOR por contar con 200 o más hectáreas de cobertura forestal. Estimación realizada
considerando la cobertura 2023 de perimetrales del RAN y la Carta de Uso de Suelo y Vegetación, Serie VII de INEGI 2018.
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1. Bajo desempeño en producción, competitividad y uso diversificado de los recursos forestales
En promedio anual, durante el periodo 2000-2023, la producción forestal maderable fue de 6.9 millones
de metros cúbicos de madera en rollo, frente a un consumo nacional aparente promedio de 22.53 millones de
metros cúbicos de madera en el mismo periodo, lo que refleja que el nivel de producción está muy por debajo
de las necesidades de la población, a pesar de que el país tiene el potencial para satisfacer la demanda.
De acuerdo con la SEMARNAT, la producción forestal maderable del país se registró en 8.2 millones
de m3 para 2019, 7.2 millones de m3 para 2020, 7.6 millones de m3 para 2021, 7.1 millones de m3 para 2022 y
6.6 millones de m3 para 202313. Dentro de estos volúmenes, con base en estimaciones de la CONAFOR, se
estimó que la contribución a la producción maderable proveniente del aprovechamiento de plantaciones
forestales comerciales es de 0.7 millones de m3 para 2019, 1.0 millones de m3 para 2020 y 1.2 millones de m3
para 2021. Estos valores indican que México produce únicamente la tercera parte de los productos
maderables que consume. La balanza comercial del sector forestal da cuenta de ello, pues entre 2014 y 2024
se registró un déficit promedio de 6,664.18 millones de dólares, de los cuales 1,307.54 millones de dólares
corresponden a productos maderables. Lo anterior representa una oportunidad para incorporar terrenos
forestales al manejo forestal sustentable y al establecimiento de plantaciones forestales comerciales,
pues existe un mercado que se ha mantenido hasta ahora con volúmenes bajos de producción maderable
(Gráfica 1 y 2).
Gráfica 1. Producción forestal maderable consumo aparente en el periodo 2000-2023
Fuente:
SEMARNAT. 2025. Datos proporcionados por la SEMARNAT.
Gráfica 2. Producción proveniente de Plantaciones Forestales Comerciales
Fuente:
CONAFOR. 2024. Datos proporcionados por la Coordinación General de Producción y Productividad.
13 SEMARNAT, 2024. Datos proporcionados por la SEMARNAT.
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DIARIO OFICIAL
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Adicionalmente, la producción forestal maderable es poco diversificada y de bajo valor agregado, ejemplo
de esto es que, en 2023, la producción se distribuye de la siguiente manera: en madera para escuadría
(80.84%), leña (7.32%), productos celulósicos (3.74%) y carbón (3.70)14, respecto al total de la producción
forestal maderable (Tabla 1).
Tabla 1. Producción forestal maderable por producto 2022 y 2023 (m³ rollo)
Producto
Producción 2022 Participación %
Producción 2023
Participación %
Variación porcentual
2022 respecto 2023
Escuadría*
5,282,706
73.93
5,352,615
80.84
1.32%
Celulósicos
389,957
5.46
247,634
3.74
-36.50%
Chapa y triplay
176,172
2.47
7,983
0.12
-95.47%
Postes
264,807
3.71
282,733
4.27
6.77%
Leña
506,121
7.08
484,753
7.32
-4.22%
Carbón
326,962
4.58
245,062
3.70
-25.05%
Durmientes
198,559
2.78
263
0.00
-99.87%
Total
7,145,284
100.00
6,621,043
100
-7.33%
Fuente:
SEMARNAT. 2025. Datos proporcionados por la SEMARNAT.
Por otro lado, el empleo en el sector forestal se compone de los subsectores aprovechamiento forestal y
empleo en la industria de la madera. En 2024, el porcentaje de empleos correspondiente a estos subsectores
fue del 29.42% y 70.58%, respectivamente. El sector forestal contribuyó con el 0.40% del empleo total en
México (Tabla 2).
Tabla 2. Empleo en el Sector Forestal en México en el periodo 2016-2024
Subsector
2016
2017
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
Empleo
aprovechamiento
forestal_SIAN1130
62,832
55,873
49,539
68,418
55,689
56,178
62,826
81,005
70,128
Empleo industria
de la
madera_3210
154,802
133,677
152,892
151,495
124,692
145,083
168,459
182,532
168,268
Total
217,634
189,550
202,431
219,913
180,381
201,261
231,285
263,537
238,396
Empleo total en
México
51,594,748 52,340,749 53,721,195
54,993,594
51,190,507
55,165,865
57,322,399 59,772,301 60,278,774
Aportación Sector
Forestal
0.4%
0.3%
0.3%
0.4%
0.3%
0.3%
0.4%
0.44%
0.40%
Tasa de
crecimiento anual
del empleo en el
Sector Forestal
-12.9%
6.8%
8.6%
-17.9%
11.5%
14.9%
4.27%
0.85%
Fuente:
CONAFOR. 2025. Con información de INEGI, 2025. Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE)15
Por su parte, en la producción forestal no maderable se destaca la producción de resina, las actividades
de recolección de fibras, ceras, tierra de monte y otros (hongos, semillas, hojas, pencas de nopal, tallos,
frutos, musgo, heno y plantas completas); en 2021 obtuvo un valor de producción de 150,357 toneladas,
mientras que en 2022 alcanzó las 134,012 toneladas. Los estados con mayor participación en la producción
de productos no maderables son: Michoacán (17.18%), Morelos (13.41%), San Luis Potosí (13.08%),
Veracruz (13.08%) y Durango (9.17%). Particularmente, en la producción de resina, el estado de Michoacán
contribuye con el 86.12% del total nacional. En cuanto a las fibras, Guerrero contribuyó con el 45.37% y ceras,
Coahuila contribuyó con el 47.77%, de la producción total nacional. Finalmente, en Morelos se produjo
el 68.47% de la tierra de monte de todo el país. El reto consiste en impulsar la diversificación de los
recursos forestales.
14 SEMARNAT, 2025. Los valores para el año 2022 son preliminares.
15 INEGI, 2025. Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). https://www.inegi.org.mx/programas/enoe/15ymas/#Microdatos
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DIARIO OFICIAL
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Por otra parte, para 2023 (según datos preliminares proporcionados por la SEMARNAT), hubo 1,771
predios bajo manejo forestal no maderable, lo que representa 1.79 Mha bajo manejo forestal no maderable
(Gráfica 3).
Grafica 3. Superficie y predios incorporados al manejo forestal no maderable 2023 (preliminar)
Fuente:
Datos preliminares proporcionados por SEMARNAT.
Por otra parte, la alta proporción de superficie forestal en México bajo el régimen de propiedad social
(50.5% de la superficie forestal nacional) conlleva desafíos y oportunidades para incrementar la producción
forestal sostenible. En 2023, de acuerdo con datos de la SEMARNAT, solo 8.3 millones de hectáreas estaban
bajo aprovechamiento forestal; incluyendo autorizaciones de aprovechamiento maderable (5.94 millones de
hectáreas), no maderable (1.79 millones de hectáreas) y plantaciones forestales comerciales (0.66 millones
de hectáreas). De esta superficie, 5.25 millones de hectáreas corresponden a propiedad ejidal, 1.11 millones a
propiedad comunal y 2.0 millones a pequeñas propiedades. Además, el volumen maderable promedio
autorizado por año es de 15.3 millones de m3, de los cuales, 8.5 millones de m3 son autorizados a ejidos
(Gráfica 4).
Gráfica 4. Superficie y predios incorporados al manejo forestal maderable 2024
Fuente:
SEMARNAT. 2024. Datos proporcionados por SEMARNAT.
Por otra parte, en cuanto a avisos de plantaciones forestales comerciales la SEMARNAT tiene registros
por 660,355 hectáreas; de esta última, la CONAFOR ha estimado que cerca de 85 mil hectáreas de
plantaciones forestales comerciales están establecidas y en crecimiento.
A pesar de los avances que esto representa, existe superficie de bosques, selvas, acahuales y vegetación
de zonas áridas con potencial efectivo de incorporarse al aprovechamiento forestal sustentable, el cual se
estima en 20.7 millones de hectáreas. Entre las principales barreras para la incorporación de estas superficies
al aprovechamiento sustentable, persiste el insuficiente desarrollo de condiciones habilitadoras para las
personas propietarias y poseedoras de terrenos forestales, como un marco normativo y administrativo
altamente burocrático, por ejemplo la poca capacidad para la gobernanza u organización interna de los ejidos
y comunidades, incertidumbre en la tenencia de la tierra, conflictos agrarios y falta de acompañamiento
técnico de calidad; factores que incrementan los costos de transacción que deben asumir, lo que desalienta su
incorporación en los esquemas de conservación y manejo.
Por su parte, se ha impulsado el establecimiento de plantaciones forestales comerciales para aumentar la
producción forestal del país, y con ello mejorar la productividad y competitividad de las materias primas
forestales, con miras a reducir el déficit nacional de abasto y generar alternativas de desarrollo sustentable en
las zonas rurales. En este sentido, hasta el 2023, de acuerdo con registros de SEMARNAT, los avisos de
plantaciones forestales comerciales tienen fines de producción de semilla, árboles de navidad, árboles
completos con cepellón, aserrío, carbón y leña, celulosa, chapa, no maderable, entre otros. Sin embargo, el
establecimiento de plantaciones conlleva altos costos de inversión con periodos largos de recuperación.
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243
Además, alrededor del 42.5% (2.47 millones de hectáreas) de la superficie forestal maderable que se
encuentra bajo aprovechamiento forestal, cuenta con un certificado que avala el desarrollo de buenas
prácticas de manejo: 1.82 millones de hectáreas está certificada conforme al estándar internacional
Forest Stewardship Council, 622 mil hectáreas están certificadas con el estándar nacional establecido en
la NMX-AA-143-SCFI-2015 y 26 mil hectáreas bajo el instrumento de Auditoría Técnica Preventiva. De los
2.47 millones de hectáreas certificadas bajo estándar nacional o internacional, 2.37 millones de hectáreas son
propiedad de ejidos, comunidades y uniones entre ellos, mientras que las pequeñas propiedades aportan
98.12 mil hectáreas16. Es importante señalar que, a pesar de la relevancia de la certificación del manejo
forestal para garantizar la sostenibilidad de los ecosistemas, existen limitaciones significativas; entre las que
se destacan los altos costos que representa para las personas productoras un mercado poco conocido
y de difícil acceso para los productos forestales, lo cual se debe principalmente a la falta de mecanismos que
fomenten el crecimiento de la demanda de productos certificados.
Adicionalmente, la limitada capacidad para aprovechar los recursos forestales de manera integral,
sostenible y productiva es el resultado del debilitamiento de las asambleas ejidales o comunales como
órganos legítimos de gobierno, los conflictos agrarios, el predominio de intereses individuales de corto plazo
que favorecen la sobreexplotación de recursos, y la dificultad de los núcleos agrarios para desarrollar modelos
de negocio estratégicos y rentables.
Por ello, solo fortaleciendo la gobernabilidad y reduciendo la brecha de género, será posible incorporar a
las personas dueñas y poseedoras de los recursos forestales en las distintas etapas de la cadena de valor
forestal, hasta comercializar sus productos en mercados convencionales y acceder a mercados
especializados a través de la diversificación de productos con alto valor agregado. En este sentido, es
necesario fortalecer las capacidades - técnicas, administrativas y gerenciales de las personas dueñas,
poseedoras y habitantes de las áreas forestales, para incrementar la autogestión de sus recursos de manera
productiva, igualitaria, integral y sostenible.
En este contexto, el manejo forestal comunitario e inclusivo busca contribuir a la conservación de los
ecosistemas forestales e impulsar el desarrollo rural de manera igualitaria y sostenible. Es por ello, que el
objetivo 1 del PIC es fomentar las actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales
para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de
las comunidades.
2. Procesos de deforestación y degradación forestal que ponen en riesgo el bienestar de
las personas
Los ecosistemas forestales proveen de servicios ambientales como la regulación del ciclo hidrológico, la
recarga natural de acuíferos el control de la erosión, captura de carbono, protección contra eventos
climatológicos extraordinarios, provisión de alimentos, productos medicinales y bienes maderables y no
maderables, entre otros. Estos servicios son un bien público, esencial para el bienestar de las personas y el
desarrollo sostenible. Sin embargo, los ecosistemas forestales están sujetos a procesos de cambio a
magnitudes, escalas y horizontes de tiempo distintos. Entre los disturbios de escala espacial y temporal
amplia se encuentran el cambio climático, la fragmentación del hábitat y la degradación del suelo. Mientras
que, en los disturbios de escala espacial y temporal reducida se encuentran los incendios forestales, las
plagas y enfermedades forestales, el cambio de uso de suelo y los eventos hidrometeorológicos extremos.
Estos procesos de cambio se exacerban por la persistencia del modelo de crecimiento extractivista que
favorece la dinámica de producción y consumo que acelera la pérdida de cobertura forestal, a lo que se suma
también la desarticulación de las políticas públicas que convergen en medios rurales, acompañados de una
irregular o poco oportuna aplicación de los marcos regulatorios. Además, el costo de oportunidad de mantener
el uso forestal en comparación con alternativas como la agricultura intensiva o la especulación de tierras, se
incrementa debido a factores como la crisis alimentaria global y creciente demanda de servicios turísticos
e inmobiliarios.
Uno de los instrumentos de la política ambiental nacional que ha resultado fundamental y con resultados
reconocidos para la conservación de los ecosistemas, especialmente forestales, es el Programa de Pago por
Servicios Ambientales (PSA). Este esquema de conservación activa busca recompensar a las personas
propietarias de terrenos forestales, para que los conserven y realicen prácticas de diversificación productiva,
lo anterior con la finalidad de que continúen los servicios ambientales que producen.
16 CONAFOR, junio 2025. Coordinación General de Producción y Productividad.
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Gráfica 5. Superficie incorporada al Programa de Pago por Servicios Ambientales, 2019-2024
Fuente:
CONAFOR. 2024. Coordinación General de Conservación y Restauración.
Entre 2019 y 2024, el PSA apoyó 2.77 millones de hectáreas, con un promedio de la superficie beneficiada
anualmente de 462 mil hectáreas (Gráfica 5). Los beneficios abarcaron 2,658 ejidos y comunidades (con una
cobertura de 94.4% de la superficie beneficiada) y 849 pequeños propietarios que representó 5.6% de la
superficie (Mapa 1). Dados los buenos resultados ambientales y sociales de este programa, este gobierno se
ha planteado continuar apoyándolo no sólo a través de recursos fiscales, sino también en coordinación con los
gobiernos estatales y el sector privado.
Mapa 1. Superficie apoyada con el Programa de Pago por Servicios Ambientales, 2019-2024
Fuente:
CONAFOR. 2024. México.
En este escenario, en los próximos años México deberá aumentar la superficie conservada para sumarse
a las metas globales de proteger 30% de su superficie terrestre y marina17, por lo que además de consolidar
los instrumentos de conservación existentes, deberá implementar otros esquemas efectivos de protección,
conservación y gobernanza.
17 CBD. 2022. Kunming-Montreal Global Biodiversity Framework
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En este contexto, mediante los objetivo 2 y 3 del PIC se busca mantener la provisión de bienes y servicios
ambientales generados por los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de
manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención
prioritaria; y restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y
capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades
forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social; respectivamente.
Deforestación
La deforestación afecta la capacidad de los ecosistemas forestales para proveer de servicios ambientales,
que a su vez constituyen un riesgo para la seguridad alimentaria. En este sentido, la deforestación es uno de
los principales factores de disturbios en las áreas forestales del país que puede clasificarse como gradual o
rápido, dependiendo de su dinámica. La LGDFS define a la deforestación como la conversión de terrenos
forestales arbolados a otro tipo de uso de la tierra, por causas inducidas o naturales, o bien, a la reducción
permanente de la cobertura de copa por debajo del umbral del 10% (Artículo 7. Fracción XIX de la LGDFS).
La CONAFOR estima la deforestación bruta a nivel nacional, empleando el enfoque de muestreo del
Sistema Satelital de Monitoreo Forestal (SAMOF), en el cual se realiza la evaluación de la pérdida o
permanencia de la cobertura forestal en los conglomerados o parcelas de muestreo del Inventario Nacional
Forestal y de Suelos (INFyS). Durante el periodo 2001 al 2024 se han deforestado 4.89 millones de hectáreas
(Gráfica 6).
Gráfica 6. Superficie anual de Deforestación Bruta Nacional 2001-2024 (hectáreas)
Fuente:
CONAFOR. 2025. Deforestación. Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF). Consultado en:
https://snmf.cnf.gob.mx/deforestacion/ [Fecha de consulta: julio de 2025]18.
La deforestación promedio anual en el periodo de análisis fue de 203,552 hectáreas. Con relación al
periodo 2013-2018, la deforestación tuvo valores significativos que obedecen a la conversión de tierras
forestales a pastizales que son utilizados para actividades pecuarias19.
18 Las líneas negras en cada barra muestran el nivel de incertidumbre de la estimación de deforestación, es decir el margen de error de los
datos, indicando que el valor real podría variar dentro de ese rango.
19 La identificación de praderas dedicadas para fines pecuarios se fundamenta en el análisis de imágenes satelitales de alta y muy alta
resolución, donde se reconocen patrones asociados a actividades ganaderas, como la presencia de cercos, abrevaderos u otra
infraestructura para la producción pecuaria, o la gestión de pastos, así como evidencia de pastoreo o ramoneo (p.ej. caminos utilizados
por el ganado, reducción de la cobertura herbácea o similar), y la ubicación dentro o adyacente a zonas de producción pecuaria. Estos
criterios, detallados en la metodología del SAMOF, permiten clasificar dichas áreas bajo la categoría IPCC "Praderas" (GL), asegurando
que correspondan a usos destinados a la actividad pecuaria.
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En este contexto, la pérdida de cobertura forestal en el periodo 2001-2024 ha sido motivada
principalmente por la actividad pecuaria. Se estima que el 73.3% de la deforestación bruta fue ocasionada por
la conversión de terrenos forestales a praderas para uso ganadero; el 22% se debió a la conversión de
terrenos forestales para utilizarlos en cultivos agrícolas. Las principales ecorregiones afectadas son las selvas
cálido húmedas (42%), selvas cálido secas (27%), sierras templado frías (17%) y otras (14%).
Con base en el análisis, se puede deducir que el 95% de la deforestación ocurre de manera ilegal, pues la
SEMARNAT solamente autoriza por excepción el cambio de uso del suelo en un promedio 12 a 13 mil
hectáreas al año, mientras que la deforestación bruta promedio anual es de 203,552 hectáreas al año (periodo
2001-2024). Las actividades productivas que inciden en la deforestación son aquellas que involucran
actividades agropecuarias comerciales altamente rentables en comparación con la actividad forestal, como la
expansión del agave para producir tequila o mezcal que ocasiona la pérdida de cobertura en las selvas
caducifolias de los estados de Jalisco, Oaxaca, Michoacán, Guerrero, Guanajuato y Nayarit. La expansión
de los cultivos como la palma de aceite, la soya, el sorgo, maíz, caña de azúcar y cítricos en Campeche,
Yucatán y Quintana Roo, y el aguacate en los bosques de pino, principalmente en los estados de
Michoacán de Ocampo y Jalisco. Otras actividades de alto impacto, pero con afectaciones menores en
términos de superficie deforestada, son los desarrollos turísticos, la minería y los proyectos inmobiliarios
y de infraestructura.
Lo anterior destaca que, la deforestación es un fenómeno multifactorial y multicausal, por lo que, para
reducirlo y detenerlo el manejo forestal debe dirigirse hacia el aprovechamiento sustentable y complementarse
con mecanismos innovadores de mantenimiento de servicios ambientales, con perspectiva de manejo
integrado del paisaje, donde las áreas destinadas a conservación no sean vistas de forma aislada, sino que se
incorporen al manejo activo, se fomenten actividades productivas a largo plazo y se incrementen las
capacidades locales de gestión ambiental, lo cual deberá consolidarse con instrumentos de ordenamiento
territoriales. Esto detendrá el avance sobre la frontera forestal para alcanzar la meta de cero deforestación.
Tala y comercio ilegal
La tala ilegal, es ejecutada fundamentalmente por personas o grupos ajenos a las comunidades forestales.
El INECC (2022)20 estima que las pérdidas económicas por la tala ilegal en México ascienden hasta 97 mil
millones de pesos anuales y 20.7 mil millones en ingresos fiscales. Los principales efectos derivados de la tala
ilegal, de acuerdo con el INECC, son: a) el valor de la producción ilegal no se registra en la economía formal;
b) evasión de impuestos asociados a la comercialización de productos extraídos de manera ilegal; c) pérdida
de oportunidades de generación de empleos verdes y pérdidas económicas de las familias productoras;
d) competencia desleal contra la actividad regulada y pérdida de competitividad; e) pérdida de ingresos en el
aprovechamiento regulado, por la disminución de la cantidad y calidad de los recursos forestales; f) reducción
en el valor del bosque y la promoción del cambio de uso del suelo; y g) pérdida de servicios ecosistémicos de
los bosques.
Por otra parte, de acuerdo con Torres-Rojo (2021), el volumen ilegal promedio en los últimos 20 años es
del orden de 6.355 a 7.091 Mm³ por año. Ambas cifras son elevadas en comparación con los 6.772 Mm³
anuales de producción legal promedio en los últimos 20 años. Si consideramos las estimaciones del Análisis
del equilibrio de la madera, la pérdida anual promedio es de aproximadamente 270 millones de dólares
(año base = 2019), equivalente al 0,213% del PIB del país. Es decir, el problema de la tala ilegal es tan
importante que se estima que el volumen de madera ilegal que se comercializa en el mercado interno
mexicano puede ser mayor que el que se comercializa de manera legal. Por ello, es necesario fortalecer
los mecanismos de vigilancia y aplicación de la ley en territorios estratégicos, con la participación activa de las
comunidades y del Estado, sin que implique transferir o eludir responsabilidades (CEIBA, 2018).
Incendios forestales
Los incendios forman parte de la dinámica de los ecosistemas, pueden ser una herramienta de manejo de
los ecosistemas forestales, y también un factor de deterioro ambiental, según las condiciones en las que se
presente. Para la gente y para los ecosistemas, los incendios pueden llegar a ser dañinos o benéficos, según
dónde y cómo ocurren.
En este sentido, el reconocimiento social del rol ecológico del fuego en los ecosistemas forestales motiva a
orientar a la política pública nacional a impulsar acciones en Manejo del Fuego, entendiendo que existen tanto
ecosistemas que requieren de fuego para poder desarrollarse, como aquellos donde el fuego juega un papel
de posible degradación, dado que no presentan adaptaciones a este fuego; recordando que la alteración a los
regímenes de fuego es el principal problema en la presencia de incendios forestales dañinos.
20 INECC.
2022.
Estimación
de
las
pérdidas
económicas
por
la
tala
ilegal
en
México.
Disponible
en:https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/781684/162_2022_Perdidas_Economicas_por_Tala.pdf
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En algunos casos, se vuelven extremadamente dañinos para aquellos ecosistemas sensibles, con plantas
y animales que no poseen las adaptaciones que les permitan sobrevivir o aprovechar el fuego.
Sin embargo, se vuelve necesario distinguir entre incendios como perturbaciones ecológicas, de aquellas
de las perturbaciones ligadas directamente a procesos de deforestación por cambio de uso de suelo,
actividades agropecuarias intensivas o expansión urbana, las cuales sí representan una amenaza significativa
para la cobertura forestal.
Con base en datos estadísticos, durante en el periodo comprendido de 2018 a 2024 en México se
presentaron en promedio 7,137 incendios forestales y una superficie quemada de 802,345 hectáreas por año
(Gráfica 7).
Gráfica 7. Registro de incendios forestales ocurridos y superficie quemada en el periodo 2018-2024
Fuente:
CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración.
Asimismo, durante el periodo de 2018-2024, el 49% de los incendios forestales han tenido un tamaño
menor a 5 hectáreas, mientras que el 14% de los incendios han registrado un tamaño mayor a 100 hectáreas
(Gráfica 8, Tabla 3).
Grafica 8. Tamaño de incendios forestales, 2018-2024
Fuente:
CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración.
Tabla 3. Tamaño de incendios forestales, 2018-2024
0 a 5
Hectáreas
11 a 20
Hectáreas
21 a 50
Hectáreas
51 a 100
Hectáreas
6 a 10
Hectáreas
Mayor a 100
Hectáreas
TOTAL
Número
de
incendios
24,371
4,615
5,282
3,257
5,546
6,891
49,962
Porcentaje
49%
9%
11%
7%
11%
14%
100%
Fuente:
CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración.
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En cuanto a la duración de los incendios registrados en ese mismo periodo, el 71% de los incendios
forestales han durado hasta un día, mientras que el 4% de los incendios han durado más de 7 días (Gráfica 9
y Tabla 4).
Gráfica 9. Duración de incendios forestales, 2018-2024
Fuente:
CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración.
Tabla 4. Duración de incendios forestales, 2018-2024
Duración (días)
1
2 a 3
4 a 7
Mayor de 7
Total
Número de incendios
35,467
8,517
3,908
2,070
49,962
Porcentaje
71%
17%
8%
4%
100%
Fuente:
CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración.
Posibles causas
En México, el 98% de los incendios forestales son ocasionados por las personas. Dentro del periodo de
2018 al 2024, en promedio (7,137), más del 31% de los incendios forestales fueron originados,
presumiblemente, por actividades agropecuarias, con 2,208 incendios, mientras que otro 30% se presume por
que fueron intencionales, con 2,113 incendios registrados Gráfica 10.
Gráfica 10. Promedio de posibles causas de incendios forestales ocurridos
durante el periodo 2018-2024
Fuente:
CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración.
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Régimen del fuego
A partir del registro estadístico de incendios forestales del año 2020 al 2024, se ha observado un
incremento gradual en la cantidad, así como en la superficie de los mismos, lo cual representa un posible
cambio en la dinámica poblacional a favor o en contra, según el tipo de ecosistema en el que se presenten
(Gráfica 11).
Gráfica 11. Promedio de incendios forestales ocurridos y superficie afectada según su adaptación al
fuego durante el periodo 2020-202421
Fuente:
CONAFOR. 2025. Información de la Coordinación General de Conservación y Restauración.
Plagas y enfermedades forestales
La variabilidad en las condiciones del clima, así como los factores de estrés de los ecosistemas forestales
han propiciado que durante el periodo de 2014 a 2024 se registre una superficie promedio anual afectada por
plagas y enfermedades forestales de 92,699 hectáreas, distribuidas principalmente en los estados de Oaxaca,
Guerrero, Durango, Jalisco, Michoacán de Ocampo y Querétaro (Gráfica 12).
Gráfica 12. Superficie (ha) con notificación por plagas y enfermedades forestales
en el periodo 2014–2024
Fuente:
Sistema Nacional de Gestión Forestal. 31/Diciembre/2024.
En este mismo periodo, los principales agentes causales de daño han sido: plantas parásitas (40.3%),
insectos descortezadores (24.6%), insectos defoliadores (23.2%), otras plagas22 (5.4%), enfermedades
(3.9%), enfermedades foliares, cancros, marchitamiento, pudrición y roya) e insectos barrenadores (2.6%)
(Gráfica 13).
21 Otros agrupa regímenes de fuego Influido, Condiciones especiales e Independiente.
22 Otras plagas: ácaro rojo, avispa agalladora, chinche del pino, chupadores, plantas trepadoras y termitas
250
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Gráfica 13. Superficie afectada (ha) por agente causal de daño en el periodo 2014–Diciembre 2024
Fuente:
SEMARNAT/CONAFOR-Sistema Nacional de Gestión Forestal (SNGF). 31/Diciembre/2024.
Para atender dichos problemas públicos, el PIC 2025-2030, mediante su objetivo 4, busca frenar los
procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del país,
disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto
invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas.
3. Otros factores relevantes que limitan el desarrollo forestal y la generación de bienestar para
la población
Uno de los factores que limitan el desarrollo forestal, se encuentra la limitada gobernanza forestal que
determina la insuficiente cultura de prevención, protección, manejo y aprovechamiento sustentable de los
ecosistemas forestales.
Por otro lado, persiste el desconocimiento sobre la importancia y valoración de los bienes y servicios que
proveen los recursos forestales. Esta desvalorización se traduce en el uso de prácticas inadecuadas de cultivo
y aprovechamiento, poco favorables para la protección y conservación de los recursos forestales o la
adopción de modelos de producción y consumo responsables con el cuidado del medio ambiente. Asimismo,
no asignar un valor económico directo a los beneficios tangibles e intangibles que los ecosistemas forestales y
su biodiversidad brindan a la sociedad; genera que no haya una retribución hacia la conservación y gestión
sostenible para garantizar la provisión de los servicios ambientales en el largo plazo.
Otro factor que contribuye a la degradación y deforestación de los ecosistemas forestales es la debilidad
del estado de derecho, que se refleja en la existencia de corrupción, insuficiente inspección y vigilancia,
presencia del crimen organizado e impunidad, facilita la extracción clandestina y el “lavado” de materias
primas forestales, principalmente de madera, para uso comercial. La extracción y comercialización informal o
ilegal de madera impacta negativamente la competitividad forestal. Estos productos compiten de manera
directa con los de procedencia legal y crean distorsiones de mercado que desincentivan la inversión
productiva en el sector forestal. Esta dinámica menoscaba el potencial de desarrollo del sector forestal para
motivar la participación social, generar la inclusión de grupos vulnerables, creación de empleos formales,
contribuir a la economía rural, impulsar el desarrollo y favorecer al bienestar de las personas.
Lo anterior, en combinación con las acciones derivadas de programas presupuestarios operados por
distintas entidades y dependencias, que confluyen en un mismo espacio pero se desarrollan de manera
aislada, sin considerar la perspectiva de paisaje. Además de, los pocos incentivos para incorporar el
paradigma de la sustentabilidad en las actividades productivas agropecuarias y forestales; y la presión de la
demanda de los mercados nacionales e internacionales de productos alimenticios, minerales, combustibles,
fibras, entre otros; ha desencadenado efectos adversos en el manejo del territorio. Por lo cual, es necesario
mejorar la transversalidad y coordinación entre las dependencias y órdenes de gobierno, conceptualizando el
manejo integrado del paisaje en el que se involucre a la sociedad y actores en la toma de decisiones basado
en unidades de paisaje, donde se perciba al ámbito territorial como un espacio con múltiples usos de suelo en
los que se pueden desarrollar actividades de índole ambiental, social y económica23.
En este contexto, mediante el objetivo 5, el PIC 2025-2030 busca fortalecer el marco institucional para que
impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza
territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones,
bajo un enfoque de género e inclusión.
23 Constanza et al.1997. The value of the world’s ecosystem services and natural capital. Nature. pp 387: 253-260
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4. Debilidades en la administración de los recursos institucionales
Las problemáticas socioambientales tienen una estrecha relación con la gestión de los recursos. En este
sentido, el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos
Naturales 2025-2030 plantean la digitalización y simplificación de trámites y servicios para combatir la
corrupción, optimizar el uso de los recursos públicos y brindar servicios de calidad con un gobierno cercano
a la gente y transparente.
Actualmente las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal tienen el gran reto de
cumplir sus objetivos con menor presupuesto; para ello, requieren un replanteamiento para el uso de los
recursos disponibles orientado a maximizar su eficiencia e impacto.
En este contexto, la Comisión Nacional Forestal evalúa los instrumentos vinculados a la operatividad de la
institución, incluyendo los recursos materiales y humanos; reconociendo que, pese a contar con una
estructura sólida de instrumentos vinculados a la operatividad, se requiere su simplificación y articulación
eficiente de los mismos, así como su adaptación con un enfoque de género y pertinencia cultural para
fortalecer la participación ciudadana como pilar de la política ambiental.
En materia de recursos humanos, la plantilla de CONAFOR está compuesta de personas con perfiles
adecuados y especializados en el ámbito forestal. Sin embargo, persiste la incertidumbre en los esquemas de
contratación, lo que propicia la rotación del personal, en mayor medida del personal de tipo eventual y como
consecuencia, la debilitación de la estructura de las Unidades Administrativas y la pérdida de conocimiento y
experiencia institucional.
La CONAFOR tiene presencia en territorio a través de las Oficinas de Representación Estatal, lo que
posibilita la construcción de estrategias de manejo y conservación de los ecosistemas forestales cercanas a la
gente; sin embargo, se deben reforzar y avanzar en la actualización constante de los procesos de planeación,
programación y presupuestación para asegurar que las acciones de la institución sean inclusivas, accesibles y
respondan a las necesidades de la población.
Por otra parte, se han mantenido y generado mecanismos institucionales de evaluación y de resolución de
conflictos internos como el Sistema de Evaluación del Desempeño y el Comité de Ética; no obstante, estos
deben priorizar la comunicación y la coordinación al interior de la institución.
Respecto a los recursos materiales, si bien la infraestructura de la institución es robusta, se reconoce la
necesidad de que se fortalezca, sobre todo al interior del territorio, y la necesidad de que se destine
presupuesto para el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles y la adquisición de equipos de
cómputo y software especializados.
Por lo anterior, mediante el objetivo 6 del PIC 2025-2030, se pretende optimizar la gestión de los recursos
que fortalezca el desempeño institucional mediante un enfoque basado en resultados y sustentado en
información oportuna y metodologías rigurosas.
Visión de largo plazo
Considerando la diversidad natural y cultural de México, la Política Forestal del País se distinguirá por
estar adaptada a la heterogeneidad del territorio y de la población, permitirá abatir las brechas de desigualdad
en el ámbito rural-forestal; generará las condiciones para que las personas habitantes en ecosistemas
forestales tengan una vida digna, próspera y sustentable; atenderá las causas de la deforestación y la
degradación de los ecosistemas forestales y contribuirá a la lucha contra el cambio climático; disminuirá
la vulnerabilidad de las personas ante desastres hidrometeorológicos y; desarrollará un marco institucional
facilitador del desarrollo forestal sustentable.
México gestionará de manera integral sus ecosistemas forestales, destacándose no solo por sus avances
en conservación y producción sustentable, sino también por su enfoque en igualdad de género y la
participación de las mujeres, jóvenes y pueblos indígenas y afromexicanos en la gestión forestal. Para 2030,
México avanzará en la restauración de ecosistemas degradados, la conservación de áreas prioritarias para el
País, y en la producción forestal maderable y no maderable; beneficiando con ello a las personas.
El modelo de manejo forestal comunitario implementado, promoverá la economía local, reduciendo la
pobreza y la desigualdad en comunidades rurales, incluyendo de manera activa a las mujeres, jóvenes y
pueblos indígenas y afromexicanos en la gestión forestal; permitiendo su participación en la toma de
decisiones y en el desarrollo de proyectos productivos sustentables. Para 2030 las mujeres liderarán
cooperativas y empresas comunitarias, impulsando la reforestación, el aprovechamiento sustentable de los
recursos y la mitigación del cambio climático.
El éxito del manejo forestal en México se sostendrá en dos ejes fundamentales que seguirán guiando su
desarrollo en los próximos años: el freno a la deforestación y el fortalecimiento de cadenas productivas
sustentables, a través de estrategias y alianzas, que impulsarán la producción forestal sin comprometer la
biodiversidad, asegurando beneficios económicos sostenibles para las comunidades, y la consolidación del
desarrollo forestal comunitario.
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La gestión gubernamental forestal será reconocida por su liderazgo, transparencia y capacidad de
coordinación interinstitucional, consolidándose como una gestión clave en la conservación forestal.
Con lo anterior, México reafirmará su compromiso con la conservación de los bosques y el desarrollo
sostenible, demostrando que la lucha contra el cambio climático sólo es posible con la participación de toda la
sociedad, especialmente de las mujeres, jóvenes, pueblos originarios y afromexicanos, quienes son
protagonistas en la gestión de los recursos naturales.
6. Objetivos
El Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025–2030 fue formulado mediante un proceso
riguroso de planeación estratégica, que integró mecanismos de participación ciudadana, consulta pública y
retroalimentación por parte de los órganos de consulta del sector forestal, así como de diversas dependencias
de la Administración Pública Federal (APF). En el marco de los foros estatales de consulta, se contó con la
intervención de actores clave, entre ellos, personas propietarias y poseedoras de terrenos forestales;
representantes de pueblos indígenas; mujeres y jóvenes vinculados a la actividad forestal; organizaciones de
productores; miembros de la sociedad civil; personas académicas e investigadoras; agentes del sector
industrial forestal y técnicos forestales; así como autoridades estatales, municipales y federales.
Este proceso permitió recabar y sistematizar información relevante sobre la problemática estructural del
sector forestal, su nivel de afectación, las prioridades de intervención y las propuestas orientadas a su
atención. Con base en este análisis colectivo, el Programa establece 5 objetivos prioritarios.
Objetivos del Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030
1.- Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la
productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades.
2.- Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el
bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de
inclusión de los grupos de población de atención prioritaria.
3.- Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad
productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales,
bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social.
4.- Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del
país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto
invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas.
5.- Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y
simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la
información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión.
6. Optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño institucional mediante un enfoque basado
en resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas.
6.1 Relevancia del objetivo 1: Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas
naturales para que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios
de vida de las comunidades.
México posee una vasta riqueza forestal: 138.7 millones de hectáreas cubiertas por algún tipo de
vegetación forestal, donde habita el 9.42% de la población nacional, es decir, cerca de 11.9 millones
de personas. Sin embargo, esta enorme potencialidad contrasta con una realidad marcada por desigualdades
estructurales. De esta población, el 39% enfrenta condiciones de rezago social alto o muy alto y el 35% vive
con un grado de marginación alto o muy alto, cifras que evidencian la urgencia de atender esta problemática
de forma prioritaria.
Estas comunidades, tienen en los ecosistemas forestales no sólo su fuente de sustento, sino también un
vínculo cultural, histórico y espiritual. No obstante, las limitadas oportunidades económicas, la escasa
infraestructura productiva, la débil articulación con el mercado y la falta de acceso a servicios financieros, han
perpetuado un ciclo de pobreza y exclusión. Esta situación ha generado una presión directa sobre los
ecosistemas, incentivando prácticas de corto plazo que exacerban la deforestación, el cambio de uso de suelo
y el aprovechamiento no regulado de los recursos naturales.
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A nivel territorial, se estima que al menos 20.8 millones de hectáreas podrían incorporarse al manejo
forestal sustentable, con potencial para detonar actividades productivas sostenibles, generar empleos dignos y
fortalecer las economías locales. Sin embargo, estas áreas aún enfrentan barreras como la falta de
acompañamiento técnico especializado, debilidad organizativa de las empresas comunitarias y carencia
de mecanismos de financiamiento adecuados a la naturaleza y tiempos del sector forestal.
Desde esta perspectiva, el objetivo de fortalecer los medios de vida y reducir las brechas de desigualdad
en zonas forestales responde a la necesidad de transformar las condiciones estructurales de rezago en
oportunidades de desarrollo, mediante estrategias que integran el manejo forestal comunitario, el uso
sostenible y diversificado de los recursos forestales y la consolidación de redes locales de valor. Se trata de
un enfoque que reconoce a las comunidades como protagonistas de la conservación y el desarrollo,
promoviendo su organización productiva, la planeación territorial, la adopción de prácticas certificadas y la
diversificación de modelos productivos adaptados a cada territorio.
Este objetivo se alinea directamente con el modelo de desarrollo planteado en el Segundo Piso de
la Cuarta Transformación, al apostar por la justicia social, el desarrollo desde lo local, el combate a la
desigualdad estructural y la transición hacia una economía productiva, verde y regenerativa. Con ello, se
busca pasar de una visión asistencialista a una estrategia de fortalecimiento de capacidades comunitarias,
donde el Estado acompaña, articula y facilita el acceso equitativo a los recursos, tecnologías y mercados.
Al impulsar cadenas de valor sostenibles, mecanismos de financiamiento innovadores, y esquemas
de comercialización responsables, este objetivo contribuye a la generación de empleos locales, mejora del
ingreso familiar, conservación de la biodiversidad y resiliencia frente al cambio climático. De igual forma,
promueve la inclusión de mujeres, juventudes y pueblos indígenas, reconociendo su papel central en la
gestión de los recursos naturales y la reproducción social de los territorios forestales.
En suma, atender prioritariamente la situación de las comunidades forestales no sólo representa una
necesidad urgente desde el punto de vista social y ambiental, sino una oportunidad estratégica para construir
un modelo de desarrollo incluyente, solidario y sustentable, que permita avanzar hacia el bienestar de todas y
todos los mexicanos, sin dejar a nadie atrás y sin dejar a nadie fuera.
Así, el PIC 2025-2030 reafirma su compromiso con una visión de desarrollo que articula productividad,
sostenibilidad ambiental y justicia social, reconociendo que la conservación de los ecosistemas forestales está
estrechamente ligada a la mejora de las condiciones de vida de quienes los habitan y cuidan.
6.2 Relevancia del objetivo 2: Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados
por los ecosistemas forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado
del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención
prioritaria.
Los ecosistemas forestales son fundamentales para el bienestar de la población mexicana, al constituir
una fuente clave de servicios ambientales —como la regulación hídrica, la captura de carbono, la provisión
de alimentos y medicinas, y el resguardo de la biodiversidad— que sustentan la vida y el desarrollo en
múltiples territorios del país. Además de su relevancia ecológica, estos ecosistemas sostienen la identidad
sociocultural de numerosos pueblos indígenas y comunidades rurales, siendo parte integral de los paisajes
bioculturales de México.
No obstante, más del 60% del territorio nacional presenta algún grado de degradación ambiental, siendo la
deforestación y el cambio de uso de suelo dos de los principales motores de pérdida de biodiversidad y de
servicios ecosistémicos. Esta situación se agrava por la falta de valoración económica de estos servicios en
los mercados tradicionales, lo que ha contribuido a su sobreexplotación y deterioro; por ejemplo, la pérdida
de cobertura forestal afecta directamente la disponibilidad de agua, la productividad agrícola y eleva la
vulnerabilidad frente al cambio climático, particularmente en zonas rurales con alta marginación.
En este contexto, el presente objetivo cobra una importancia estratégica para el desarrollo nacional al
plantear un modelo de conservación que articula la protección de los recursos forestales y de la biodiversidad
con un enfoque de manejo integrado del territorio, inclusión social y sostenibilidad económica. Esto responde
a una visión de desarrollo centrada en el bienestar de las personas, especialmente de aquellas comunidades
en condiciones de vulnerabilidad, y promueve una justicia ambiental que fortalece el tejido social, impulsa la
soberanía alimentaria y refuerza la resiliencia de los territorios frente a los efectos del cambio climático.
La atención prioritaria a esta problemática parte de reconocer que aproximadamente el 70% de las zonas
con ecosistemas forestales se ubican en territorios de pueblos indígenas y núcleos agrarios, los cuales
enfrentan históricamente rezagos en acceso a infraestructura, financiamiento y oportunidades de desarrollo.
La incorporación de estos territorios al esquema de Pago por Servicios Ambientales (PSA), al Fondo
Patrimonial de Biodiversidad y a proyectos en corredores ecológicos o paisajes bioculturales, busca cerrar
dichas brechas con acciones concretas que reconocen y fortalecen su rol como guardianes del territorio.
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Además, se han identificado zonas estratégicas como las cuencas hidrográficas prioritarias, selvas secas y
bosques de coníferas, cuya conservación es clave para mantener la funcionalidad ecológica y evitar mayores
impactos económicos y sociales por fenómenos como la sequía, la erosión y las inundaciones. Esto se vuelve
aún más urgente considerando que el 75% del agua para riego agrícola en México proviene de ecosistemas
forestales, y que la degradación de estos compromete la seguridad alimentaria nacional.
Este objetivo también reconoce la necesidad de integrar el uso sustentable de la biodiversidad en el sector
forestal, en concordancia con la Estrategia Nacional sobre Biodiversidad, promoviendo actividades
productivas sostenibles que se armonicen con la conservación, como la ganadería sustentable bajo selvas
secas, la diversificación productiva en comunidades rurales y el fortalecimiento de cadenas de valor forestales
con enfoque biocultural.
En suma, el Objetivo 2 responde a una problemática estructural de pérdida de capital natural que afecta de
manera desproporcionada a las comunidades más vulnerables, y propone una vía transformadora para
restaurar el equilibrio entre conservación, bienestar humano y desarrollo sostenible. Su implementación es
indispensable para construir una nueva relación con la naturaleza, basada en la corresponsabilidad social, la
equidad territorial y el reconocimiento del valor de los servicios ecosistémicos como bienes públicos
esenciales para el futuro del país.
6.3 Relevancia del objetivo 3: Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad,
funcionalidad ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al
bienestar de las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y
justicia social.
La degradación ambiental en México es una de las principales amenazas al bienestar social y económico
de muchas comunidades rurales. Los procesos de deforestación, erosión del suelo, y pérdida de
biodiversidad, no solo afectan la capacidad de los ecosistemas para proveer servicios ambientales, sino que
también agravan problemas estructurales como la exclusión social, la inseguridad alimentaria y la pobreza.
Aproximadamente el 60% de las zonas forestales de México se encuentran degradadas, lo que impacta
gravemente su capacidad productiva y aumenta la vulnerabilidad de las comunidades que dependen de ellas
para su sustento diario.
La restauración de los ecosistemas forestales prioritarios es crucial para revertir esta tendencia y
proporcionar soluciones integrales que aborden tanto los problemas ecológicos como los sociales. A través de
estrategias de restauración que incluyan sistemas silvopastoriles, agroforestales y otros enfoques basados en
la naturaleza, se puede recuperar la capacidad productiva de las zonas forestales, restablecer la seguridad
alimentaria y crear nuevas oportunidades de desarrollo económico para las comunidades. La restauración no
solo implica la recuperación de las funciones ecológicas, sino también el fortalecimiento del tejido social y el
impulso de prácticas productivas sostenibles que contribuyan al bienestar a largo plazo.
El enfoque territorial y participativo es fundamental, ya que cada ecosistema tiene características
específicas que requieren soluciones adaptadas a su realidad local. Las áreas prioritarias incluyen selvas,
manglares, cuencas hidrográficas y zonas áridas. La restauración debe considerar, en primer lugar, los
ecosistemas que son claves para la seguridad hídrica y la biodiversidad, como las cuencas costeras,
manglares y humedales, que ofrecen protección natural contra fenómenos climáticos extremos y contribuyen a
la resiliencia de las comunidades más vulnerables.
Además, se debe priorizar a las comunidades rurales que, en muchos casos, enfrentan brechas
significativas en términos de acceso a recursos, servicios básicos y oportunidades de desarrollo. En particular,
las zonas donde las poblaciones indígenas y afrodescendientes habitan son algunas de las más afectadas por
la degradación forestal, lo que resalta la necesidad de implementar proyectos de restauración que no solo
busquen restaurar la cobertura forestal, sino también garantizar los derechos de las comunidades, fortalecer
sus capacidades productivas y mejorar sus medios de vida.
El objetivo de restaurar estos ecosistemas prioritarios se alinea con una visión de desarrollo que fomenta
la justicia ambiental y la inclusión social, garantizando que las personas más afectadas por la degradación
forestal puedan beneficiarse directamente de los proyectos de restauración. En este sentido, la restauración
se convierte en una herramienta clave para mejorar la calidad de vida de las comunidades forestales, reducir
los riesgos climáticos y contribuir al desarrollo sostenible del país.
Por todo lo anterior, es urgente atender las áreas prioritarias con un enfoque que integre criterios
ambientales, sociales, culturales y económicos, lo que permitirá avanzar hacia la recuperación de
la capacidad productiva de las zonas forestales degradadas y, con ello, mejorar los medios de vida de las
comunidades rurales. Este proceso también contribuirá a las metas de seguridad alimentaria, equidad social y
adaptación al cambio climático, claves para la consolidación de un México más resiliente y sostenible.
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6.4 Relevancia del objetivo 4: Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la
protección del patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y
aumento de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente
y efectiva a sus causas.
La deforestación y la degradación forestal representan actualmente una de las mayores amenazas para el
patrimonio natural de México y para la resiliencia de los territorios frente al cambio climático. Esto no solo
compromete la biodiversidad y la funcionalidad de los ecosistemas, sino que también afectan de forma directa
los medios de vida de las comunidades locales.
Estos procesos tienen su origen en condiciones estructurales arraigadas en dinámicas históricas de uso
insostenible del territorio, marcos institucionales fragmentados y modelos de desarrollo que han priorizado la
expansión productiva por encima de la conservación y gestión sustentable de los ecosistemas forestales. Por
ello, detener su avance se vuelve una prioridad nacional, indispensable para proteger el patrimonio natural y
garantizar la continuidad de los servicios ecosistémicos que sostienen el bienestar de las comunidades.
Para lograrlo, es prioritario fortalecer la coordinación entre dependencias y entre órdenes de gobierno,
superando la fragmentación de esfuerzos y capacidades. Esta articulación debe sustentarse en una visión
compartida del territorio rural como un paisaje integrado, en el que converjan funciones ecológicas,
productivas, sociales y culturales, y donde las acciones de conservación y desarrollo se implementen de forma
conjunta y complementaria.
Abordar la deforestación y la degradación desde un enfoque de paisaje permite construir soluciones más
eficaces, inclusivas y sostenibles, que reconozcan la diversidad biocultural de los territorios y promuevan la
participación activa de los actores locales. Solo mediante esta mirada integral y coordinada será posible
salvaguardar el capital natural del país, revertir los procesos de deterioro ambiental y avanzar hacia un
modelo de desarrollo forestal resiliente y justo para las generaciones presentes y futuras.
6.5 Relevancia del Objetivo 5: Fortalecer el marco institucional que impulse el desarrollo forestal
sustentable, mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo
tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un
enfoque de género e inclusión.
Para que el desarrollo forestal sustentable en México sea una realidad, es indispensable contar con un
marco institucional que facilite su implementación, eliminando obstáculos normativos y operativos que
históricamente han limitado el alcance de las políticas públicas en el sector. La dispersión de normas, los
procesos administrativos complejos y la débil coordinación entre instituciones han dificultado la gestión
efectiva de los recursos forestales y restringido la participación de los actores locales.
Frente a este escenario, se vuelve prioritario mejorar y simplificar la normativa, no solo para agilizar
trámites y reducir cargas burocráticas, sino también para asegurar reglas claras, justas y adaptadas a las
realidades de los territorios. Esta transformación institucional debe ir de la mano del fortalecimiento de
la gobernanza territorial, entendida como la capacidad de articular actores clave, alrededor de una visión
compartida del uso y conservación de los ecosistemas.
Una gobernanza sólida requiere, además, mecanismos efectivos de participación social, en los que las
comunidades no solo sean consultadas, sino reconocidas como protagonistas en la toma de decisiones.
La inclusión de sus voces y saberes resulta fundamental para diseñar estrategias que respondan a sus
necesidades, fortalezcan sus capacidades y promuevan el uso sostenible de los recursos, las cuales pueden
potenciarse con la integración de procesos de innovación social, investigación y desarrollo tecnológico. Esto
es especialmente relevante en contextos de desigualdad estructural, donde mujeres, pueblos indígenas y
grupos históricamente excluidos enfrentan barreras persistentes para ejercer sus derechos.
En este proceso, el acceso a la información, la transparencia y el monitoreo de las acciones juegan un
papel clave para construir confianza pública, asegurar la rendición de cuentas y permitir ajustes oportunos
en la política forestal. Solo con información clara, accesible y verificable es posible evaluar el impacto de los
programas y garantizar la toma de decisiones informada.
Finalmente, el nuevo marco institucional debe construirse con un enfoque de inclusión transversal, que
reconozca la diversidad social, territorial, cultural e incorpore de manera prioritaria la perspectiva de género.
Garantizar la participación plena y equitativa de mujeres, pueblos indígenas y comunidades locales no solo es
un principio de justicia, sino una condición esencial para la eficiencia y legitimidad de las políticas forestales.
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6.6 Relevancia del Objetivo 6: Optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño
institucional mediante un enfoque basado en resultados y sustentado en información oportuna y
metodologías rigurosas.
La CONAFOR cuenta con una base institucional sólida que ha permitido la implementación de políticas,
programas y acciones de alcance nacional en el sector forestal. Esta capacidad institucional consolidada a lo
largo del tiempo, constituye un pilar fundamental para atender los retos ambientales y sociales que enfrenta el
sector forestal a nivel nacional. No obstante, los cambios en el contexto forestal, así como la creciente
demanda de una gestión pública más eficiente, incluyente y orientada hacia resultados, hacen necesario
fortalecer la estructura organizacional, los procesos institucionales y los mecanismos de coordinación
y operación.
En este contexto, optimizar la gestión de los recursos institucionales se vuelve una prioridad estratégica.
La capacidad de transformar los recursos humanos, técnicos, financieros y tecnológicos en acciones eficaces,
focalizadas y evaluables, es determinante para consolidar un desempeño institucional más eficiente y con
mayor incidencia en el territorio. Esto requiere avanzar en la simplificación administrativa y normativa,
la descentralización de funciones, el fortalecimiento de la operación en oficinas de representación, y la
disposición de herramientas informáticas y operativas adecuadas para alcanzar los objetivos y resultados
estratégicos institucionales.
La orientación hacia resultados dota de intencionalidad y sentido estratégico a la operación institucional,
alineando esfuerzos con las prioridades sectoriales y territoriales, en un marco que prioriza la eficiencia, la
transparencia y la rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos.
Al fortalecer su gestión, la CONAFOR consolida su papel como entidad rectora de la política forestal
nacional, optimiza su desempeño institucional y garantiza que sus intervenciones generen valor público de
manera efectiva y sostenible.
6.7 Vinculación de los objetivos del Programa Institucional de la Comisión Nacional
Forestal 2025-2030
En el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática que señala la Ley de Planeación, las
dependencias y entidades de la APF tienen la obligación de integrar, publicar en el Diario Oficial de
la Federación y dar seguimiento a los programas de tipo sectorial, especial, regional e institucional que
derivan del Plan Nacional de Desarrollo.
Objetivos del Programa
Institucional de la Comisión
Nacional Forestal 2025-2030
Objetivos del Programa Sectorial
de Medio Ambiente y Recursos
Naturales 2025–2030
Estrategias del Programa Sectorial de
Medio Ambiente y Recursos Naturales
2025–2030
1.- Fomentar actividades productivas
sustentables
en
los
ecosistemas
naturales para que aumenten la
productividad forestal, protejan la
biodiversidad y mejoren los medios
de vida de las comunidades.
Objetivo 1. Conservar, proteger y
aprovechar
sustentablemente
los
ecosistemas para salvaguardar la
biodiversidad
y
sus
servicios
ambientales, consolidándolos como
un medio para erradicar la pobreza,
reducir desigualdades y fortalecer el
tejido social, con respeto a los
derechos
humanos
e
igualdad,
priorizando comunidades indígenas y
afromexicanas.
Estrategia
1.4
Impulsar
actividades
productivas
sustentables
en
los
ecosistemas
forestales
que
permitan
incrementar
la
productividad
y
competitividad
forestal,
proteger
la
biodiversidad y mejorar los medios de vida
de las personas propietarias o poseedoras
de los recursos forestales.
2.- Mantener la provisión de bienes y
servicios ambientales generados por
los ecosistemas forestales para el
bienestar de la población, con un
enfoque de manejo integrado del
territorio, de los recursos hídricos y
de inclusión de los grupos de
población de atención prioritaria.
Objetivo 1. Conservar, proteger y
aprovechar
sustentablemente
los
ecosistemas para salvaguardar la
biodiversidad
y
sus
servicios
ambientales, consolidándolos como
un medio para erradicar la pobreza,
reducir desigualdades y fortalecer el
tejido social, con respeto a los
derechos
humanos
e
igualdad,
priorizando comunidades indígenas y
afromexicanas.
Estrategia 1.1 Incrementar la superficie y
efectividad del manejo de las áreas
naturales protegidas y otros esquemas de
conservación y protección de ecosistemas
naturales,
para
salvaguardar
la
biodiversidad, mejorar la calidad de vida de
las
comunidades
y
contribuir
en
el
cumplimiento
de
los
compromisos
mundiales.
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3.-
Restaurar
los
ecosistemas
prioritarios
que
mejoren
la
conectividad, funcionalidad ecológica
y capacidad productiva de las zonas
forestales degradadas, contribuyendo
al bienestar de las comunidades
forestales, bajo los principios de
igualdad
sustantiva,
inclusión
y
justicia social.
Objetivo 2. Restaurar ecosistemas
naturales
prioritarios
para
la
biodiversidad
y
sus
servicios
ambientales,
con
enfoque
interdisciplinario, intersectorial y con
la
participación
de
comunidades
locales, indígenas y afromexicanas,
basado en principios de igualdad,
inclusión y justicia ambiental.
Estrategia
2.1
Restaurar
ecosistemas
terrestres, acuáticos, costeros, marinos e
insulares
degradados,
priorizando
soluciones basadas en la naturaleza e
innovación tecnológica, para recuperar la
biodiversidad, mejorar medios de vida y
promover
la
adaptación
climática
en
comunidades, en coordinación con otros
órdenes de gobierno y la sociedad.
4.-
Frenar
los
procesos
de
deforestación y degradación forestal,
para la protección del patrimonio
natural del país, disminución de la
vulnerabilidad al cambio climático y
aumento de la mitigación de los
gases
de
efecto
invernadero,
mediante la atención pertinente y
efectiva a sus causas.
Objetivo 1. Conservar, proteger y
aprovechar
sustentablemente
los
ecosistemas para salvaguardar la
biodiversidad
y
sus
servicios
ambientales, consolidándolos como
un medio para erradicar la pobreza,
reducir desigualdades y fortalecer el
tejido social, con respeto a los
derechos
humanos
e
igualdad,
priorizando comunidades indígenas y
afromexicanas.
Estrategia
1.2
Detener
la
pérdida
y
degradación de los ecosistemas naturales,
combatiendo
sus
causas,
con
la
coordinación de la Administración Pública
Federal y la participación de otros órdenes
de gobierno y la sociedad.
5.- Fortalecer el marco institucional
para
que
impulse
el
desarrollo
forestal
sustentable,
mediante
la
mejora y simplificación normativa, la
gobernanza
territorial,
desarrollo
tecnológico,
de
capacidades,
el
acceso
a
la
información
y
el
monitoreo de las acciones, bajo un
enfoque de género e inclusión.
Objetivo 5. Impulsar una política
ecológica
humanista,
con
participación ciudadana, inclusiva y
de acceso a la justicia ambiental,
respaldada por una cultura ambiental
e información relevante para la toma
de decisiones, con enfoque territorial.
Estrategia 5.2 Fortalecer la participación
ciudadana en la toma de decisiones, con
enfoque de derechos humanos, igualdad e
interculturalidad,
con
la
finalidad
de
promover la corresponsabilidad en las
decisiones de la política pública ambiental.
Estrategia 5.4 Fortalecer y fomentar la
investigación científica que realiza el sector
y el uso del conocimiento tradicional en
materia ambiental, con el fin de generar
información que apoye el diseño de la
política pública y la toma de decisiones y
contribuya al desarrollo sostenible y la
protección al ambiente.
Estrategia 5.5 Contribuir a garantizar el
acceso a información ambiental relevante,
veraz, oportuna y útil para la ciudadanía y
la toma de decisiones de la política pública.
Estrategia 5.6 Promover estrategias de
educación,
capacitación,
cultura
y
comunicación ambiental que contribuyan en
la formación de una sociedad sensible,
consciente
y
responsable
del
medio
ambiente, con la participación de otros
órdenes de gobierno y del sector social.
6.
Optimizar
la
gestión
de
los
recursos
que
fortalezca
el
desempeño institucional mediante un
enfoque basado en resultados y
sustentado en información oportuna y
metodologías rigurosas.
Objetivo 5. Impulsar una política
ecológica
humanista,
con
participación ciudadana, inclusiva y
de acceso a la justicia ambiental,
respaldada por una cultura ambiental
e información relevante para la toma
de decisiones, con enfoque territorial.
Estrategia 5.3 Implementar mecanismos de
digitalización de trámites y simplificación de
servicios para transitar hacia una gestión
ambiental moderna y transparente que
reduzca los niveles de corrupción en
beneficio de la ciudadanía.
Estrategia 5.5 Contribuir a garantizar el
acceso a información ambiental relevante,
veraz, oportuna y útil para la ciudadanía y
la toma de decisiones de la política pública.
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7. Estrategias y líneas de acción
Para atender la problemática identificada en el diagnóstico y lograr cada uno de los objetivos antes
mencionados, se plantean 25 estrategias y 166 líneas de acción a implementar por la Comisión Nacional
Forestal, durante el período 2025-2030.
Objetivo 1. Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para
que aumenten la productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de
las comunidades.
Estrategia 1.1 Reactivar la producción forestal con base en el desarrollo de alianzas
intersectoriales que articulen el aprovechamiento forestal con los mercados.
Línea de acción
1.1.1 Impulsar redes de confianza y certidumbre forestal mediante alianzas entre productores, comunidades y
organizaciones sociales y privadas, que fortalezca la gestión forestal territorial en el fomento de la producción,
conservación, manejo y restauración de ecosistemas forestales y servicios ambientales.
1.1.2 Apoyar la incorporación o reincorporación de superficie al manejo sustentable, a través del manejo
forestal comunitario, el fortalecimiento de empresas forestales y orientando la producción hacia las demandas
del mercado.
1.1.3 Impulsar la planeación territorial, basada en la elaboración de planes de ordenamiento territorial que
articulen el aprovechamiento, conservación y restauración forestal con cadenas de valor y mercados.
1.1.4 Promover el desarrollo de capacidades de las personas prestadoras de servicios forestales para que
respondan a las necesidades de acompañamiento técnico de las comunidades, ejidos, pueblos indígenas y
afromexicanos, y personas productoras forestales, con un enfoque de perspectiva de género e inclusión.
1.1.5 Desarrollar una estrategia de focalización de zonas productoras clave y con potencial productivo de
incorporarse al manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales maderables y no
maderables.
1.1.6 Fortalecer el desarrollo de empresas forestales comunitarias a través de alianzas estratégicas entre
comunidades y empresas, con financiamiento y capacitación técnica que les permita acceder a mercados,
tecnologías y conocimientos.
1.1.7 Mejorar la competitividad forestal a través del fortalecimiento de los distintos eslabones de las cadenas
de valor de productos forestales maderables y no maderables.
1.1.8 Impulsar la especialización de prestadores de servicios técnicos y la iniciativa de mi primer empleo
forestal, para que respondan a las necesidades de comunidades, ejidos, pueblos indígenas y afromexicanos,
y personas productoras forestales, con enfoque de género e inclusión.
1.1.9 Certificar corredores biológicos productivos en la Selva Maya mediante esquemas y estándares que
propicien el aprovechamiento de la biodiversidad y manejo forestal sustentable.
Estrategia 1.2 Fortalecer las actividades productivas diversificadas de las comunidades forestales,
consolidando medios de vida con el manejo sustentable de la biodiversidad y el acceso a mercados
solidarios.
Línea de acción
1.2.1 Desarrollar planes de uso o aprovechamiento de recursos biológicos en comunidades, ejidos y
pequeños productores.
1.2.2 Apoyar la diversificación productiva de las actividades forestales, plantaciones familiares y
agroforestales.
1.2.3 Acreditar comunidades y microrregiones forestales bajo la categoría de OMECS (Otras Medidas
Efectivas de Conservación Basadas en Áreas) basada en una gestión forestal con resultados positivos y
sostenidos en la conservación de la biodiversidad.
1.2.4 Fortalecer el Sistema de Unidades de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre (SUMA),
incorporándolas a cadenas de valor para contribuir a la conservación de la biodiversidad y mejorar los medios
de vida de las comunidades locales, indígenas y afromexicanas.
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DIARIO OFICIAL
259
Estrategia 1.3 Invertir en infraestructura y tecnología para modernizar el sector forestal y alcanzar
economías de escala que maximicen la producción y competitividad.
Línea de acción
1.3.1 Promover la articulación de la oferta y demanda de productos forestales con la participación de actores
clave para identificar necesidades de producción a nivel local y regional.
1.3.2 Promover y apoyar la ejecución de prácticas silvícolas y de manejo del hábitat, en terrenos bajo manejo
forestal autorizado, para incrementar la productividad de los terrenos forestales y la conservación de la
biodiversidad.
1.3.3 Fomentar la implementación de prácticas de silvicultura adaptativa que contribuyan a disminuir la
vulnerabilidad de las personas y los ecosistemas al cambio climático.
1.3.4 Impulsar el establecimiento y desarrollo de plantaciones forestales comerciales, integrándolas a cadenas
de valor competitivas y fomentando la asociatividad de empresas forestales comerciales, mixtas y privadas
para lograr economías de escala.
1.3.5 Impulsar la diversificación productiva y de servicios a través de plantaciones forestales en sistemas
agroforestales, silvopastoriles y el aprovechamiento de productos maderables y no maderables, considerando
la vocación de cada territorio.
1.3.6 Fomentar el manejo forestal sustentable con actividades productivas en áreas naturales protegidas,
conforme lo permita su zonificación y subzonificación.
1.3.7 Promover el desarrollo de mercados de carbono forestal nacional y el acceso a las áreas bajo manejo
forestal como incentivo para incrementar productividad.
1.3.8 Fomentar proyectos de innovación tecnológica y transferencia de tecnología para impulsar el desarrollo
e integración de las cadenas locales de valor que generen economías locales, sustentables y solidarias.
1.3.9 Impulsar modelos de negocio forestales que promuevan la economía circular y el aprovechamiento
sustentable, con enfoque local, con inclusión y equidad de género.
1.3.10 Apoyar la integración y el desarrollo de empresas forestales comunitarias y empresas forestales de
mujeres, Jóvenes y Pueblos Indígenas y Afromexicanas que permitan detonar economías de escala y el
empoderamiento de los procesos productivos.
Estrategia 1.4 Promover la certificación y ejecución de prácticas mejoradas de manejo forestal
a través de estándares nacionales e internacionales que contribuyan a la conservación de la
biodiversidad y al bienestar de las personas.
Línea de acción
1.4.1 Impulsar la certificación forestal como mecanismo para la adopción e implementación de buenas
prácticas de manejo forestal, bajo estándares nacionales e internacionales.
1.4.2 Apoyar el acompañamiento a las Auditorías Técnicas Preventivas (ATP), Certificación Forestal Nacional
o Internacional o Auditorías Intermedias.
1.4.3 Impulsar modelo de producción y consumo responsable y el desarrollo de mercados que valoren
adecuadamente los productos legales, sustentables, trazables y/o certificados y aquellos bienes y servicios
generados, a través de procesos comunitarios.
1.4.4 Fomentar el financiamiento de incubadoras de negocios forestales para jóvenes y con enfoque de
género, que fortalezca la permanencia de estas poblaciones y el relevo generacional en las comunidades
forestales.
1.4.5 Impulsar esquemas de certificación de la industria forestal, mediante la ejecución de prácticas
responsables bajo estándares internacionales.
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Estrategia 1.5 Promover y diversificar modelos de comercio y financiamiento que permitan el
acceso oportuno a recursos económicos, financieros, de infraestructura y servicios para impulsar
el manejo forestal sustentable competitivo y en beneficio de las comunidades.
Línea de acción
1.5.1 Desarrollar e implementar una estrategia de movilización de financiamiento nacional e internacional que
favorezca el desarrollo forestal sustentable a largo plazo.
1.5.2 Impulsar el desarrollo de instrumentos financieros adaptados al sector forestal, que impulsen el
desarrollo de empresas forestales comunitarias, mixtas y privadas de mujeres, jóvenes y pueblos indígenas y
afromexicanos competitivas y que promuevan la equidad e inclusión.
1.5.3 Fomentar mecanismos de financiamiento y compensación que consideren la valoración e internalización
de los servicios ecosistémicos en los mercados regulados y voluntarios de bonos de carbono vinculados a las
áreas de restauración y manejo forestal mejorado y las cadenas de producción.
1.5.4 Identificar fuentes de financiamiento concurrente y complementario, proveniente de instancias sociales,
públicas, privadas y de fondos internacionales, buscando sinergias con otras dependencias y programas.
1.5.5 Promover la formación de microrregiones forestales mediante la articulación de ejidos y comunidades
vecinas para planificar el manejo integrado del territorio, optimizar infraestructura compartida y acceder a
mercados especializados.
1.5.6 Establecer plataformas de comercialización directa y justa entre productores forestales y consumidores,
optimizando los canales de distribución.
Objetivo 2. Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas
forestales para el bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los
recursos hídricos y de inclusión de los grupos de población de atención prioritaria.
Estrategia 2.1 Conservar los ecosistemas forestales del país bajo el enfoque de conservación
activa, basada en el uso y manejo sustentable para mantener la provisión de los servicios ambientales
en beneficio de la población y del desarrollo sostenible.
Línea de acción
2.1.1 Incorporar superficie de ecosistemas forestales y áreas de alto valor de biodiversidad al esquema de
Pago por Servicios Ambientales en áreas prioritarias conservando la biodiversidad y los ecosistemas, así
como reduciendo la vulnerabilidad al cambio climático.
2.1.2 Fortalecer y ampliar la cobertura de Pago por Servicios Ambientales a través de mecanismos de
concurrencia de recursos financieros públicos y/o privados.
2.1.3 Incorporar superficie forestal en áreas con alto valor de biodiversidad y sociocultural al esquema de
Fondo Patrimonial de Biodiversidad, con enfoque de conectividad.
2.1.4 Fomentar la incorporación de superficie forestal en zonas de recarga natural de acuíferos y reserva de
agua, cuencas, subcuencas prioritarias al esquema de Pago por Servicios Ambientales para favorecer la
gestión del recurso hídrico para uso público urbano y generación de energía.
2.1.5 Apoyar a las personas beneficiarias del Pago por Servicios Ambientales para que desarrollen
actividades de diversificación productiva con enfoque de manejo integrado del paisaje, género e inclusión.
2.1.6 Fomentar mecanismos e instrumentos habilitadores para que las empresas, organizaciones,
instituciones públicas y la sociedad en general, destinen recursos económicos para conservar los ecosistemas
forestales y evitar el crecimiento de la frontera agropecuaria.
2.1.7 Integrar a la conservación activa en la agenda e instrumentos de política pública bajo el reconocimiento
de que los servicios ambientales son bienes públicos necesarios para el desarrollo sustentable.
2.1.8 Fortalecer la colaboración con las personas usuarias de Distritos y Unidades de Riego para implementar
el Pago por Servicios Ambientales para mantener la funcionalidad en las cuencas hidrológicas que abastecen
las presas de almacenamiento para el riego agrícola que minimicen los efectos de la sequía.
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Estrategia 2.2 Integrar la visión de Conservación y el Uso Sustentable de la Biodiversidad en el
Sector Forestal en el marco de la Estrategia Nacional sobre Biodiversidad de México.
Línea de acción
2.2.1 Promover la producción y productividad forestal con criterios de sustentabilidad, perspectiva biocultural,
de género e inclusión y enfoque de cuencas de abasto y la participación equitativa de todos los sectores
sociales.
2.2.2 Promover el aprovechamiento sustentable de los recursos forrajeros de ecosistemas de selvas secas,
mediante su reconocimiento y acciones de capacitación y acompañamiento técnico.
2.2.3 Propiciar la implementación de proyectos estratégicos en paisajes clave de bosques de coníferas, selvas
medianas y bajas, manglares, zonas áridas y semiáridas, contribuyendo a su conservación, bajo principios de
equidad e inclusión.
2.2.4 Fortalecer la participación de comunidades forestales en la implementación de los sistemas de
monitoreo y evaluación comunitario implementados en la “Estrategia de integración para la conservación y el
uso sustentable de la biodiversidad del sector forestal”.
Objetivo 3. Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad
ecológica y capacidad productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de
las comunidades forestales, bajo los principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social.
Estrategia prioritaria 3.1 Impulsar la restauración de ecosistemas prioritarios mediante un enfoque
territorial y participativo que integre criterios ambientales y sociales, priorizando las soluciones
basadas en la naturaleza para la reducción de desastres naturales.
Línea de acción
3.1.1 Diseñar e implementar acciones de restauración forestal, en zonas prioritarias considerando ANP,
ecosistemas críticos, zonas de recarga de acuíferos, corredores biológicos y áreas representativas, integrando
la visión de comunidades, mujeres, pueblos indígenas y afromexicanas y autoridades locales.
3.1.2 Implementar esquemas de restauración forestal en zonas de recarga natural de acuíferos, cuencas,
subcuencas prioritarias, así como áreas afectadas por incendios forestales de muy alta y extrema severidad, y
en ecosistemas sensibles al fuego donde la recuperación natural se encuentre comprometida.
3.1.3 Integrar el enfoque de adaptación y mitigación al cambio climático y reducción de riesgos, en los
instrumentos de planeación y acciones de restauración forestal, con enfoque territorial, género e inclusión.
3.1.4 Apoyar la restauración de cuencas costeras prioritarias, manglares y humedales que reduzcan la
vulnerabilidad de la población y ecosistemas, aumentando su capacidad de adaptación a los efectos del
cambio climático; y que contribuyan a la mitigación del mismo.
Estrategia prioritaria 3.2 Impulsar la restauración forestal productiva, mediante sistemas
silvopastoriles y agroforestales, para aumentar la producción y productividad en ecosistemas
forestales, en beneficio de las comunidades rurales, las mujeres y pueblos indígenas y afromexicanos.
Línea de acción
3.2.1 Impulsar la adopción de sistemas silvopastoriles y agroforestales, mediante capacitación técnica,
incentivos productivos y acompañamiento comunitario, en ecosistemas preferentemente forestales.
3.2.2 Establecer alianzas con personas con actividad ganadera, organizaciones de productores, autoridades e
instituciones de financiamiento para impulsar prácticas agroforestales y silvopastoriles sustentables que
garanticen la compatibilidad con la conservación y restauración de los ecosistemas forestales.
3.2.3 Diseñar e implementar programas de capacitación, con enfoque de género e inclusión, para el manejo
sustentable del suelo, el agua, el uso responsable del fuego y actividades de restauración forestal productiva.
3.2.4 Promover la movilización de recursos económicos y técnicos para el desarrollo de programas de apoyo
dirigidos a personas productoras de ganado para la implementación de proyectos de restauración forestal
productiva para las personas productoras de ganado.
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Estrategia prioritaria 3.3 Fomentar la diversificación productiva y el desarrollo de cadenas de valor
sostenibles, asociadas a la restauración forestal, en beneficio de comunidades rurales, mujeres,
pueblos indígenas y afromexicanos que dependen de los ecosistemas forestales.
Línea de acción
3.3.1 Identificar e impulsar productos forestales maderables y no maderables con potencial de valor agregado
vinculados a procesos de restauración forestal en regiones prioritarias del país que contribuyan a mejorar los
medios de vida de la población.
3.3.2 Impulsar modelos de negocio comunitarios que integren actividades de restauración forestal con
aprovechamiento sostenible, impulsando cadenas de valor con enfoque local y comunitario y con enfoque de
género e inclusión.
3.3.3 Capacitar a las personas y organizaciones comunitarias para la gestión de micro, pequeñas y medianas
empresas vinculadas a la restauración forestal, en buenas prácticas de transformación, comercialización y
trazabilidad, mediante alianzas con centros de educación, investigación y extensionistas rurales además de
equipamiento e inclusión financiera.
3.3.4 Fortalecer las capacidades de organizaciones comunitarias para la gestión de micro, pequeñas y
medianas empresas vinculadas a la restauración forestal, a través de asistencia técnica, equipamiento e
inclusión financiera.
3.3.5 Establecer mecanismos de acceso preferente a mercados locales y regionales para productos derivados
de la restauración forestal, a través de ferias, distintivos comunitarios y plataformas digitales promovidas por
instituciones federales.
3.3.6 Impulsar esquemas de financiamiento público y mixto dirigidos a iniciativas productivas sostenibles
relacionadas con la restauración forestal, priorizando proyectos liderados por mujeres, jóvenes y pueblos
indígenas y afromexicanos.
3.3.7 Diseñar de un sistema nacional de monitoreo de acciones de restauración, basado en las mejoras
prácticas nacionales e internacionales, con indicadores ecológicos y sociales con enfoque de diferenciado que
permita optimizar el uso de recursos en los proyectos de restauración y evaluar sus resultados e impactos.
Objetivo 4. Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del
patrimonio natural del país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento
de la mitigación de los gases de efecto invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva
a sus causas.
Estrategia 4.1 Fortalecer acciones para reducir las emisiones por deforestación y degradación
forestal, reducir la emisión de gases efecto invernadero y, aumentar los acervos de carbono forestal
para contribuir a alcanzar cero emisiones netas y aumentar la capacidad de adaptación a los efectos
del cambio climático.
Línea de Acción
4.1.1 Implementar el enfoque de manejo integrado del territorio para la articulación efectiva de programas y
acciones que frenen la deforestación y degradación forestal, e incrementen los acervos de carbono forestal
para alcanzar cero emisiones netas de gases y compuestos de efecto invernadero.
4.1.2 Establecer arreglos institucionales que faciliten la articulación de programas y acciones en el territorio
considerando la participación de las personas propietarias y poseedoras de terrenos forestales y
agropecuarios para la reducción de emisiones de GEI y el aumento de los acervos de carbono forestal.
4.1.3 Actualizar la normativa sobre carbono y emisiones evitadas en el sector forestal para impulsar
mecanismos de pago por resultados y proyectos del mercado voluntario que fortalezcan la implementación de
la ENAREDD+ y aseguren la distribución equitativa de beneficios.
4.1.4 Diseñar y promover mecanismos de financiamiento flexibles, diversos, graduales y eficientes para la
implementación de programas y acciones para reducir emisiones de gases efecto invernadero derivados de
la deforestación y degradación forestal, la conservación e incremento de los acervos de carbono.
4.1.5 Fortalecer el sistema nacional de salvaguardas sociales y ambientales con enfoque de género e
inclusión para informar sobre cómo se abordan y respetan en el marco de programas y actividades REDD+.
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4.1.6 Diseñar y establecer un mecanismo de certificación de cadenas de suministro de productos
agropecuarios sustentable, libre de deforestación y de bajas emisiones de carbono.
4.1.7 Impulsar la participación de personas dueñas y poseedoras de terrenos forestales en mercados
voluntarios de carbono, fomentando condiciones de información suficiente para todas las personas
participantes e impulsando medidas para contribuir a que sean equitativos y competitivos.
4.1.8 Promover la participación en mecanismos cooperativos y de mercado de reducciones evitadas,
nacionales e internacionales, cuando sea favorable para el país y para las personas que habitan los
ecosistemas forestales.
4.1.9 Promover alianzas estratégicas para implementar prácticas de reconversión productiva, ganadería
sustentable o regenerativa, asegurando su compatibilidad con el manejo sustentable de los ecosistemas
forestales.
Estrategia 4.2 Mejorar las capacidades institucionales para el monitoreo de la cobertura forestal y
la contabilidad de emisiones de GEI, mediante el fortalecimiento de sistemas, enfoques metodológicos
y el uso de la mejor información disponible, que contribuyan a la toma de decisiones informadas.
Línea de acción
4.2.1 Fortalecer el Sistema Satelital de Monitoreo Forestal para la estimación de la deforestación bruta
nacional y subnacional que sirva como indicador para el monitoreo y la evaluación de las programas y
acciones implementadas para frenar la deforestación.
4.2.2 Avanzar en el desarrollo de un sistema de alertas tempranas de deforestación a escalas nacional y
estatal cuya información contribuya al diseño e implementación de acciones para reducir la deforestación.
4.2.3 Apoyar a las autoridades e instituciones competentes y legalmente facultadas para realizar acciones de
inspección y vigilancia ambiental y forestal, mediante la atención de solicitudes de información que
contribuyan a la integración de procedimientos judiciales y administrativos para sancionar a infractores
que realicen cambios de uso de suelo no autorizados.
4.2.4 Consolidar el desarrollo e implementación del instrumento de información que contribuya al
cumplimiento del artículo 24 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, así como de iniciativas
nacionales e internacionales similares, para impulsar la producción de bienes agropecuarios libres de
deforestación.
4.2.5 Consolidar el Sistema Nacional de Medición, Reporte y Verificación para la contabilidad de las
absorciones y emisiones de gases de efecto invernadero en el sector forestal y estimar la contribución de
las acciones institucionales a la mitigación del cambio climático, así como para dar cumplimiento a los
compromisos de reporte nacional e internacional en materia de mitigación del cambio climático.
Estrategia prioritaria 4.3 Implementar el Programa de Manejo del Fuego en Ecosistemas Forestales,
con el propósito de reducir la degradación de los ecosistemas forestales ocasionada por los cambios
en los regímenes de fuego.
Línea de acción
4.3.1 Impulsar el reconocimiento social del rol ecológico del fuego en los ecosistemas forestales, promoviendo
la capacitación y difusión en el tema a fin de incrementar y fortalecer las acciones encaminadas al manejo del
fuego en el país.
4.3.2 Fortalecer las acciones de coordinación interinstitucional para el manejo del fuego, promoviendo la
responsabilidad compartida entre gobierno, personas propietarias y poseedores de terrenos forestales,
sociedad civil organizada, centros de investigación y academia.
4.3.3 Fortalecer la participación social en el manejo del fuego, incrementando la superficie con acciones de
protección contra la presencia de incendios forestales dañinos, que disminuya la presencia de incendios
forestales dañinos e, incremente la superficie con manejo de combustibles.
4.3.4 Mantener y fortalecer el programa de supresión de incendios forestales dañinos, mediante el uso óptimo
de la infraestructura, equipamiento y capacitación para personal profesionalizado.
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4.3.5 Impulsar y fortalecer las acciones de manejo de combustibles forestales a fin de incrementar la
superficie con acciones de protección contra la presencia de incendios forestales dañinos.
4.3.6 Promover la investigación aplicada para el Manejo del fuego en ecosistemas forestales a través de la
Red Mexicana de Manejo del Fuego, instituciones académicas y centros de investigación.
4.3.7 Fortalecer la cooperación internacional para obtener y transferir conocimientos para el manejo del fuego,
así como para promover el incremento en la capacidad de respuesta a nivel global, con enfoque de género e
inclusión.
4.3.8 Diseñar e implementar, en coordinación con AGRICULTURA, la estrategia de manejo del fuego
agropecuario, a fin de disminuir la presencia de incendios forestales dañinos.
Estrategia prioritaria 4.4 Detectar de manera temprana y reducir las afectaciones de plagas y
enfermedades forestales nativas y exóticas, a través de su manejo y control oportuno, a fin de
proteger la salud de los ecosistemas forestales.
Línea de acción
4.4.1 Fortalecer el sistema de alerta temprana en su componente de Conocimiento del Riesgo, para
determinar las áreas geográficas que presentan las condiciones de mayor riesgo por la posible presencia de
plagas y enfermedades forestales.
4.4.2 Fortalecer y promover la participación y esquemas de capacitación estandarizada de quienes intervienen
en las acciones de detección, manejo y control de plagas y enfermedades forestales incluyendo a las
personas propietarias y/o poseedoras de terrenos forestales.
4.4.3 Fortalecer la coordinación intra e interinstitucional en materia de sanidad forestal, para la realización de
acciones coordinadas que permitan atender la problemática fitosanitaria a nivel nacional, en el ámbito de
competencia de cada actor involucrado.
4.4.4 Monitorear y vigilar oportunamente las áreas con cobertura forestal, priorizando las identificadas con
mayor riesgo, con la finalidad de detectar de manera temprana la presencia de plagas nativas y exóticas.
4.4.5 Promover y fomentar la generación de conocimientos, mediante el desarrollo y transferencia de
tecnología, para la implementación de medidas e instrumentos de prevención, combate, manejo y control
de plagas y enfermedades forestales.
4.4.6 Atender de manera oportuna y dar seguimiento al trámite de aviso de la posible presencia de plagas o
enfermedades forestales, para la emisión de las notificaciones de saneamiento.
4.4.7 Fortalecer la capacidad de respuesta a nivel local para realizar acciones de saneamiento forestal.
4.4.8 Fortalecer el Sistema de Alerta Temprana mejorando la comunicación y difusión de información
relevante en materia de Sanidad Forestal para las y los actores involucrados en diferentes niveles territoriales.
Objetivo 5. Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable,
mediante la mejora y simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de
capacidades, el acceso a la información y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género
e inclusión.
Estrategia 5.1 Mejorar y simplificar el marco normativo y administrativo que impulse y facilite la
conservación, protección, restauración y el uso sustentable de los ecosistemas forestales,
favoreciendo la participación de mujeres, personas jóvenes, pueblos y comunidades indígenas
y afromexicanas.
Línea de acción
5.1.1 Fortalecer el marco legal y normativo que incide en el sector forestal, actualizándolo a las necesidades
del sector para que sea congruente a las condiciones del territorio y simplificado para el entendimiento y
cumplimiento de las personas.
5.1.2 Desarrollar acciones de mejora regulatoria, mediante la simplificación de trámites en materia forestal,
que garantice su atención oportuna, reduzca los costos de transacción de las personas, brinde certeza jurídica
y favorezca la legalidad en el manejo y aprovechamiento de los recursos forestales.
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5.1.3 Fortalecer los marcos normativos y mecanismos institucionales que reconozcan los derechos colectivos
sobre los territorios forestales, atendiendo las necesidades de mujeres, personas jóvenes, pueblos y
comunidades indígenas y afromexicanos.
5.1.4 Actualizar el marco normativo y regulatorio, reconociendo y garantizando los derechos de las mujeres en
el territorio y en el desarrollo forestal sustentable.
5.1.5 Impulsar mecanismos fiscales con atención diferenciada, pertinente y simplificada para la realización de
acciones de conservación, protección, restauración y uso sustentable de los recursos forestales.
5.1.6 Fortalecer, actualizar y simplificar los programas e instrumentos económicos de apoyo al sector forestal,
garantizando su pertinencia cultural y el acceso preferencial a mujeres, personas jóvenes, pueblos y
comunidades indígenas y afromexicanas.
Estrategia 5.2 Desarrollar e impulsar mecanismos de coordinación interinstitucional, que articulen
programas, acciones y recursos en el territorio rural, y aseguren una implementación eficiente,
transparente, inclusiva y con enfoque de largo plazo en materia de desarrollo forestal sustentable.
Línea de acción
5.2.1 Consolidar los instrumentos de coordinación interinstitucional enfocados a impulsar esquemas de
manejo integrado del territorio rural, que contribuyan a la conservación y manejo de los ecosistemas
forestales, así como al desarrollo de actividades productivas sustentables en el medio rural.
5.2.2 Fortalecer e impulsar la descentralización de atribuciones que mejore la coordinación y articulación entre
dependencias a nivel federal, estatal y municipal en el territorio.
5.2.3 Implementar proyectos intersectoriales con enfoque integral de cuencas y acuíferos, género y derechos
humanos en territorios prioritarios, que disminuyan la presión sobre los ecosistemas, la vulnerabilidad al
cambio climático y contribuyan al bienestar de la población en zonas forestales.
5.2.4 Promover la interoperabilidad de sistemas de información entre dependencias y órdenes de gobierno
mediante una eficaz y eficiente cooperación interinstitucional e intersectorial.
5.2.5 Impulsar mecanismos de cofinanciamiento o complementariedad para potenciar el impacto de los
proyectos forestales en el territorio mediante el fortalecimiento de la cooperación interinstitucional que facilite
la identificación e implementación de sinergias en el territorio.
5.2.6 Fortalecer la cooperación interinstitucional e internacional en financiamiento, cambio climático y
cooperación técnica, mediante la canalización de recursos para la adopción de prácticas innovadoras
orientadas al desarrollo forestal.
Estrategia 5.3 Fortalecer los sistemas de gobernanza territorial a diferentes escalas, para
desarrollar capacidades para la participación y toma de decisiones de las comunidades locales,
indígenas y afromexicanas, así como de otras personas y actores locales relevantes, con un enfoque
de igualdad sustantiva.
Línea de acción
5.3.1 Impulsar el desarrollo de capacidades, con interculturalidad y perspectiva de género, dirigido a las
diferentes personas que integran el sector forestal, que fortalezcan la organización, la planeación, el liderazgo
local en la gestión forestal y promuevan redes comunitarias de intercambio de saberes.
5.3.2 Diseñar metodologías participativas, interculturales e inclusivas en núcleos agrarios que integren las
perspectivas de los grupos históricamente excluidos en la planeación, implementación y evaluación de
políticas forestales.
5.3.3 Impulsar el desarrollo de capacidades en materia de planeación y gestión del territorio en ecosistemas
forestales con los tres órdenes de gobierno, para contribuir a conservar, proteger y manejar los recursos
forestales, con la participación de las personas actoras del sector forestal.
5.3.4 Desarrollar mecanismos de participación social para el seguimiento, evaluación y rendición de cuentas
de los programas y acciones a desarrollar mediante la difusión de esquemas de contraloría social.
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5.3.5 Fortalecer capacidades locales para la detección y denuncia de afectaciones socioambientales,
mediante formación en monitoreo comunitario y uso de nuevas tecnologías.
5.3.6 Diseñar e implementar protocolos comunitarios para la atención y resolución de conflictos
socioambientales, basados en el diálogo intercultural, la corresponsabilidad entre personas y colectivos
involucrados y el fortalecimiento de la gobernanza territorial.
5.3.7 Fortalecer los espacios regionales de gobernanza colaborativa, que articulen a comunidades,
autoridades, academia y sociedad civil, en la identificación de prioridades y la formulación de políticas
públicas.
5.3.8 Impulsar la implementación de criterios nacionales para la aplicación de salvaguardas sociales y
ambientales, con enfoque de derechos, igualdad sustantiva y diversidad territorial en la gestión forestal.
5.3.9 Incorporar las salvaguardas sociales y ambientales en la planeación, operación y evaluación de
programas forestales, como requisito obligatorio y transversal.
5.3.10 Fortalecer las capacidades técnicas e institucionales para la implementación efectiva de salvaguardas,
especialmente en territorios indígenas, comunidades forestales y zonas de alta vulnerabilidad al cambio
climático.
Estrategia 5.4 Impulsar un modelo integral de asistencia técnica, investigación e innovación que
articule saberes locales y científicos, fortalezca capacidades comunitarias y territoriales, y mejore la
implementación de políticas públicas y el manejo sustentable del territorio.
Línea de acción
5.4.1 Fortalecer el modelo de servicios forestales y asistencia técnica, mediante el monitoreo, evaluación y
capacitación continua, incorporando saberes tradicionales, gobernanza comunitaria y enfoque de género.
5.4.2 Desarrollar competencias de las personas asesoras técnicas para mejorar su apoyo a comunidades,
ejidos, Pueblos Indígenas, afromexicanos y productores forestales, considerando género, inclusión,
pertinencia cultural y diálogo de saberes.
5.4.3 Integrar capacitación, innovación y tecnología, mediante la actualización participativa de las necesidades
del sector, que mejoren los proyectos de conservación, restauración y manejo sostenible.
5.4.4 Fomentar redes de colaboración entre instituciones académicas, centros de investigación y actores del
sector forestal para generar proyectos, innovación y transferencia tecnológica alineada con las necesidades
detectadas.
5.4.5 Impulsar la investigación aplicada, innovación y tecnología con la participación activa de comunidades,
ejidos, Pueblos Indígenas y afromexicanos, empresas forestales y personas productoras, incluyendo mujeres
y jóvenes, para fortalecer su desarrollo sostenible.
5.4.6 Difundir conocimiento técnico, científico y tradicional de libre acceso, promoviendo el intercambio de
saberes entre comunidades, universidades y actores clave para fortalecer capacidades técnicas y
organizativas.
Estrategia 5.5 Fortalecer el acceso equitativo a la información y la transparencia proactiva en el
sector forestal, mediante el desarrollo y consolidación de sistemas de información y plataformas de
monitoreo pertinentes, que fortalezcan la gobernanza, con perspectiva de género, enfoque
intercultural e interseccional.
Línea de acción
5.5.1 Integrar los principios de transparencia y rendición de cuentas en la gestión forestal, con enfoque
territorial e intercultural, y con énfasis en la participación igualitaria de mujeres, juventudes, poblaciones
indígenas y afrodescendientes y otros grupos históricamente discriminados.
5.5.2 Fortalecer las plataformas y sistemas de acceso libre a información forestal y territorial mediante el uso
de formatos abiertos, accesibles y con pertinencia lingüística y cultural, que aseguren la comprensión efectiva
y fortalezcan la participación ciudadana y la toma de decisiones informada e inclusiva.
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5.5.3 Fortalecer el sistema nacional de monitoreo forestal mediante la generación de información útil,
oportuna, confiable y transparente, con desagregación por género, edad, discapacidad, afrodescendencia y
población, para el diseño e implementación de políticas forestales y la toma de decisiones.
5.5.4 Fortalecer el Sistema Nacional de Monitoreo Forestal, integrando y articulando sus componentes clave
para garantizar la generación y actualización de información forestal útil, oportuna, confiable y transparente
que apoye el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas forestales.
5.5.5 Implementar mecanismos de transparencia participativa, mejorando la pertinencia cultural y
accesibilidad, que permitan a las comunidades, mujeres, juventudes y personas mayores su empoderamiento
y participación activa en la gestión de los recursos a través de mecanismos de contraloría social.
5.5.6 Fomentar procesos de monitoreo comunitario y ciudadano, mediante la capacitación inclusiva que
atienda las distintas barreras y favorezca la participación de mujeres, juventudes y grupos prioritarios en la
generación y análisis de información estratégica sobre los territorios forestales.
5.5.7 Fortalecer la implementación del Inventario Nacional Forestal y de Suelos con enfoque de monitoreo
forestal comunitario que impulse la participación de núcleos agrarios, mujeres, juventudes y grupos
prioritarios, para la generación de información estratégica sobre los ecosistemas forestales.
5.5.8 Impulsar el uso de la información de la Zonificación Forestal para apoyar el diseño e implementación de
programas y acciones orientados a la conservación, restauración y manejo sustentable de los ecosistemas
forestales.
5.5.9 Articular redes comunitarias, académicas, institucionales, organizaciones de mujeres y poblaciones
indígenas para el seguimiento colaborativo e informado de políticas forestales, que reconozcan tradiciones y
saberes ancestrales y comunitarios como fuentes legítimas de información.
Estrategia 5.6 Diseñar una estrategia educativa, cultural y lingüísticamente pertinente, con enfoque
de género y territorial, que fortalezca capacidades, difunda la cultura forestal y promueva la
participación social corresponsable hacia el desarrollo forestal sustentable.
Línea de acción
5.6.1 Implementar un programa de educación y cultura forestal que apoye la conservación, restauración y uso
sostenible de los recursos, con enfoque participativo y adaptado a contextos locales.
5.6.2 Diseñar campañas en lenguas Indígenas y formatos accesibles para fomentar conciencia ambiental,
diversidad cultural y manejo forestal responsable mediante el uso de medios y lenguaje pertinente.
5.6.3 Crear materiales educativos que respeten las cosmovisiones de los Pueblos Indígenas, con enfoque
intercultural, de género y generacional para el manejo sostenible del entorno.
5.6.4 Mejorar la difusión sobre derechos, gobernanza y conservación mediante el uso de medios pertinentes y
tecnologías accesibles para brindar información sobre, fortaleciendo la participación local.
5.6.5 Promover la comunicación participativa, mediante la generación de mensajes de las comunidades en los
que se difunda información que valore sus saberes y prácticas sobre conservación y manejo forestal.
5.6.6 Promover la articulación de redes de divulgación entre comunidades, instituciones y sociedad civil,
visibilizando el rol local en la gestión forestal y el intercambio de saberes.
5.6.7 Fomentar la participación comunitaria en programas de educación ambiental, desarrollando valores,
ciudadanía responsable y materiales contextualizados.
5.6.8 Diseñar e implementar acciones de divulgación forestal con pertinencia cultural, favoreciendo el
intercambio de conocimiento y capacidades de los actores del sector para un desarrollo sustentable.
5.6.9 Impulsar la educación y la cultura socioambiental en escuelas y comunidades, promoviendo el cuidado
de la naturaleza con enfoque territorial y respeto a la diversidad.
5.6.10 Consolidar redes de divulgación de cultura forestal, impulsando la formación, profesionalización y
capacidades del sector y personas interesadas.
268
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Estrategia 5.7 Impulsar la perspectiva de género e inclusión, transversalizando los derechos y
saberes de mujeres, población indígena, afrodescendiente, con discapacidad, jóvenes y personas de
la diversidad sexogenérica, promoviendo su participación efectiva y paritaria y fortaleciendo
capacidades.
Línea de acción
5.7.1 Impulsar procesos formativos integrales, fortaleciendo capacidades y habilidades de mujeres forestales y
poblaciones de atención prioritaria, que contribuyan a su bienestar y participación activa, igualitaria y
equitativa en el desarrollo forestal sustentable.
5.7.2 Garantizar la participación igualitaria, equitativa y paritaria de mujeres, y poblaciones de atención
prioritaria en espacios de representación y toma de decisiones en distintos niveles y esquemas de gobernanza
mediante acompañamiento intercultural y mecanismos afirmativos.
5.7.3 Fomentar la inclusión de las mujeres en el desarrollo forestal sustentable a través de proyectos para
mujeres y acciones afirmativas, con enfoque de autonomía económica y resiliencia territorial que representen
una mejora para su bienestar.
5.7.4 Diseñar e implementar acciones interculturales de comunicación y capacitación, con lenguaje accesible,
pertinencia cultural, a través acciones de prevención de las violencias, que fomenten el respeto a la diversidad
y visibilice el rol de las mujeres y sus saberes en el manejo forestal sustentable.
Objetivo 6. Optimizar la operación institucional y territorial mediante un enfoque basado en
resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas para fortalecer la gestión y
aprovechamiento sostenible de los recursos forestales.
Estrategia 6.1 Optimizar la operación institucional y territorial, mediante un enfoque basado en
resultados y participación comunitaria para fortalecer una operación efectiva, pertinente y oportuna en
territorio nacional.
Línea de acción
6.1.1 Optimizar la estructura organizacional mediante el rediseño de funciones y procesos, para fortalecer una
operación efectiva, pertinente y oportuna en el territorio.
6.1.2 Fortalecer a través de la capacitación, las capacidades y habilidades de las personas servidoras
públicas de la CONAFOR alineadas al cumplimiento de los objetivos y resultados estratégicos de la
institución.
6.1.3 Impulsar el desarrollo de sistemas digitales y uso de tecnologías emergentes mediante capacitación
técnica, inversión en infraestructura y colaboración interinstitucional en entidades federativas prioritarias para
optimizar el uso de recursos públicos.
6.1.4 Mejorar la atención a la ciudadanía en todas las oficinas de representación estatal, mediante el
fortalecimiento del equipamiento e infraestructura.
6.1.5 Fortalecer los mecanismos institucionales de comunicación, organización y distribución de funciones,
mediante plataformas digitales, protocolos operativos y capacitación que agilicen la gestión y optimicen la
obtención de resultados.
6.1.6 Intensificar la identificación y análisis de fuentes de financiamiento concurrentes y complementarias,
fomentando sinergias con otras organizaciones, dependencias, iniciativas y programas que aumenten el
acceso a mecanismos financieros diversificados que maximicen el impacto de instituciones.
6.1.7 Fortalecer la capacidad operativa y de gestión, a través de alianzas estratégicas con instituciones de
enseñanza e investigación, organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil y otros agentes
de desarrollo territorial, como las juntas intermunicipales.
6.1.8 Favorecer la profesionalización y mejora continua de las personas servidoras públicas de la CONAFOR,
mediante el fortalecimiento de mecanismos de evaluación de desempeño
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
269
Estrategia 6.2 Impulsar una gestión integral del conocimiento institucional para fortalecer la cultura
organizacional y fomente una cultura de paz y no violencia.
Línea de acción
6.2.1 Establecer un sistema integral para conservar y aprovechar el conocimiento institucional, mediante la
documentación sistemática de procesos, aprendizajes y buenas prácticas.
6.2.2 Fomentar el acceso a procesos y resultados de la investigación y el desarrollo tecnológico, mediante la
sistematización y divulgación del conocimiento científico, la asistencia técnica y el fortalecimiento de
capacidades a nivel local.
6.2.3 Desarrollar e implementar plataformas digitales y sistemas de información interactivos integrales para la
gestión del conocimiento institucional, mediante el desarrollo de una estrategia Institucional de gestión del
conocimiento.
6.2.4 Fortalecer e implementar mecanismos de reclutamiento, promoción y desarrollo profesional con enfoque
de género que garanticen la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en todos los niveles
jerárquicos de la institución.
6.2.5 Fortalecer e implementar mecanismos institucionales de prevención y atención de la violencia y el acoso
sexual y laboral, que aseguren entornos laborales seguros, incluyentes y libres de impunidad para todas
las personas.
Estrategia 6.3 Impulsar un marco normativo habilitador de las condiciones requeridas para la
obtención de resultados y objetivos estratégicos de la institución.
Línea de acción
6.3.1 Impulsar la revisión, reestructuración y simplificación en la gestión de los recursos materiales, con
énfasis en las necesidades del territorio y orientada a la obtención de resultados y que considere las
necesidades del territorio.
6.3.2 Simplificar, digitalizar y automatizar los procesos administrativos y operativos internos para fortalecer su
efectividad y alinearlos al enfoque hacia resultados.
6.3.3 Promover la actualización del marco normativo y de la política nacional e institucional, con el fin de
reducir riesgos jurídicos y facilitar el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la institución.
6.3.4 Optimizar los procesos jurídicos institucionales para garantizar una atención oportuna y eficaz a las
necesidades operativas y estratégicas de la institución.
6.3.5 Impulsar la simplificación y digitalización de trámites y servicios para las personas beneficiarias de los
programas de la CONAFOR, facilitando el acceso y reduciendo cargas administrativas.
Estrategia 6.4 Impulsar el desarrollo y fortalecimiento de sistemas de información, planeación y
evaluación oportunos, pertinentes y con enfoque hacia resultados, para respaldar la toma de
decisiones con base en la mejor información disponible y de fácil acceso para la ciudadanía.
Línea de acción
6.4.1 Fomentar mecanismos institucionales de coordinación para la sistematización y registro de información
que respalde la toma de decisiones con base en información y datos confiables, actualizados y accesibles.
6.4.2 Promover la innovación y el desarrollo de tecnologías de la información y comunicación que optimicen la
operación de la CONAFOR y que faciliten la generación, acceso, uso y aprovechamiento de la información
tanto por las personas servidoras públicas como por la ciudadanía.
6.4.3 Impulsar procesos de planeación estratégica integral, alineada a la capacidad operativa en el territorio,
enfocada en la optimización de los recursos para incrementar el alcance y resultados de la institución.
6.4.4 Fortalecer y mejorar los sistemas para la gestión y seguimiento de la información generada sobre los
subsidios que otorga la CONAFOR, que permita tener información oportuna y basta para la operación de los
distintos programas de la CONAFOR.
6.4.5 Establecer sistemas de monitoreo y evaluación colaborativos con enfoque hacia resultados, que permita
la mejora continua de las acciones institucionales y el desarrollo de estrategias institucionales y la
comunicación efectiva de sus impactos.
6.4.6 Establecer mecanismos de seguimiento para los hallazgos de las evaluaciones realizadas, que permitan
la mejora continua de los proyectos y programas de la institución.
270
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
8. Indicadores y metas
Para verificar el progreso de los seis Objetivos del Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal
2025-2030 (PIC 2025-2030), se han planteado 13 indicadores. En ellos se ha fijado una meta específica con
la cual se podrá verificar progresivamente su avance y su logro al final de la administración en 2030.
Indicador 1.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
1.1. Tasa de variación de la superficie forestal bajo aprovechamiento sustentable y establecida con plantaciones
forestales comerciales apoyada por la CONAFOR a nivel nacional.
Objetivo
Objetivo 1. Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la
productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades
Definición o
descripción
El indicador mide la tasa de variación de la superficie, que se mantiene vigente con autorización para el
aprovechamiento sustentable maderable y no maderable y la superficie establecida de plantaciones forestales
comerciales del periodo 2025-2030, con relación a la superficie observada en el año de la línea base para
aprovechamiento sustentable maderable y no maderable y para plantaciones forestales comerciales la acumulada
establecida en el periodo 2019-2024.
Derecho asociado
CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia de
medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la información
Durante enero del siguiente año
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección de los
datos
De enero a diciembre del año a medir
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de reportar el
avance
16.- Medio Ambiente y Recursos
Naturales –
RHQ Comisión Nacional Forestal
Método de cálculo
Tasa de variación de la superficie forestal bajo aprovechamiento sustentable y establecida con plantaciones forestales
comerciales apoyada por la CONAFOR a nivel nacional = [(superficie vigente con autorización Mad + NoMad en el año
t + superficie establecida de PFC de 2019 al año t) - (superficie vigente con autorización Mad + NoMad en el año de la
línea base + superficie establecida de PFC del periodo 2019-2024) / (superficie vigente con autorización Mad + NoMad
en el año de la línea base + superficie establecida de PFC del periodo 2019-2024)] * 100
Donde:
Mad: Aprovechamiento forestal maderable, apoyada de 2013 a t
NoMad: Aprovechamiento forestal no maderable, apoyada de 2013 a t
PFC: plantaciones forestales comerciales y agroforestales
Observaciones
-
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Superficie vigente con
autorización Mad +
NoMad en el año t
Valor
variable 1
3,836,750.83 hectáreas
Desglose:
Maderable: 3,080,458.20 hectáreas
No Maderable: 756,292.62 hectáreas
Fuente de
información
variable 1
CONAFOR –
Coordinación General
de Producción y
Productividad (CGPP)
Nombre variable 2
Superficie vigente con
autorización Mad +
NoMad en el año de
la línea base
Valor
variable 2
3,836,750.83 hectáreas
Desglose:
Maderable: 3,080,458.20 hectáreas
No Maderable: 756,292.62 hectáreas
Fuente de
información
variable 2
CONAFOR - CGPP
Nombre variable 3
Superficie establecida
de PFC de 2019 al
año t
Valor
variable 3
24,297.36 hectáreas
Fuente de
información
variable 3
CONAFOR -CGPP
Nombre variable 4
Superficie establecida
de PFC del periodo
2019-2024
Valor
variable 4
24,297.36 hectáreas
Fuente de
información
variable 4
CONAFOR - CGPP
Sustitución en
método de cálculo
Tasa de variación de la superficie forestal bajo aprovechamiento sustentable y establecida con plantaciones forestales
comerciales apoyada por la CONAFOR a nivel nacional = [((3,836,750.83+24,297.36) – (3,836,750.83+24,297.36)) /
(3,836,750.83+24,297.36)] * 100 = 0
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0%
La superficie apoyada por CONAFOR de 2013 a 2024 que cuentan con autorización vigente
es de 3,836,750.83 hectáreas y la establecida de PFC es de 24,297.36 hectáreas, en total
3,861,048.19 hectáreas. La tasa de variación parte de cero por ciento.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
30.13%
La meta considera lograr incrementar la superficie forestal con aprovechamiento sustentable
en un 30%, es decir pasar 3.8 millones de hectáreas vigentes en 2024 a 4.9 millones de
hectáreas en el 2030 y la de PFC en un 50%, es decir pasar 24,297.36 hectáreas establecidas
de PFC del periodo 2019 – 2024, a pasar a 36,447.36 hectáreas establecidas para el periodo
2019-2030.
En total, por ambos esquemas, la meta considera incrementar la superficie en un 30.13%, es
decir pasar de 3,861,048.19 hectáreas a 5,024,223.43 hectáreas en 2030.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
0%
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
6.87%
10.81%
14.74%
19.98%
25.21%
30.13%
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
271
Indicador 1.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
1.2. Tasa de variación de la superficie forestal certificada en el buen manejo forestal a nivel nacional.
Objetivo
Objetivo 1. Fomentar actividades productivas sustentables en los ecosistemas naturales para que aumenten la
productividad forestal, protejan la biodiversidad y mejoren los medios de vida de las comunidades.
Definición o
descripción
El indicador mide la variación en porcentaje de la superficie con certificación forestal vigente en el periodo 2025 al 2030
con relación a la superficie forestal con certificación forestal vigente al año 2024. La superficie certificada puede estar
bajo los estándares promovidos por la CONAFOR el Forest Stewardship Council (FSC), Norma Nacional o bajo
Auditoría Técnica Preventiva.
Derecho asociado
CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia
de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Durante enero del siguiente año a medir
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección de
los datos
De enero a diciembre del año
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
16.- Medio Ambiente y Recursos
Naturales
RHQ Comisión Nacional Forestal
Método de cálculo
Tasa de variación de la superficie forestal certificada en el buen manejo forestal a nivel nacional = [(superficie forestal
certificada vigente en el año t) - (superficie forestal certificada vigente en el año de línea base ) / (superficie forestal
certificada vigente en el año de línea base )] * 100
Observaciones
-
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Superficie forestal
certificada vigente en
el año t
Valor variable 1
2,036,580 hectáreas
Fuente de
información
variable 1
CONAFOR -CGPP
Nombre variable 2
Superficie forestal
certificada vigente en
el año de línea base
Valor variable 2
2,036,580 hectáreas
Fuente de
información
variable 2
CONAFOR - CGPP
Sustitución en
método de cálculo
Tasa de variación de la superficie forestal certificada en el buen manejo forestal a nivel nacional = [(2,036,580 –
2,036,580) / (2,036,580)] * 100 = 0
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0%
La superficie forestal certificada vigente al cierre de 2024 fue de
2.036 millones de hectáreas. La tasa de variación es de cero por ciento
dado que parte de 2024.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
71.86%
La meta estimada considera incrementar la superficie en un 71.86%, es
decir pasar 2.03 millones de hectáreas vigentes en 2024 a pasar a 3.5
millones de hectáreas en el 2030.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
0%
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
3.11%
17.84%
32.58%
42.40%
52.22%
71.86%
272
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Indicador 2.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
2.1. Tasa de variación de la superficie vigente con Pago por Servicios Ambientales a nivel nacional.
Objetivo
Objetivo 2. Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el
bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de
los grupos de población de atención prioritaria.
Definición o
descripción
El indicador mide la tasa de variación de la superficie que se mantiene vigente con PSA con relación
al año de línea base.
Derecho asociado
CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia
de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Enero del año siguiente.
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
De enero a diciembre del año a medir
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
16.- Medio Ambiente y Recursos
Naturales
RHQ Comisión Nacional Forestal
Método de cálculo
Tasa de variación de la superficie vigente con Pago por Servicios Ambientales (PSA) a nivel nacional = [(superficie
vigente con PSA en el año t) - (superficie vigente con PSA en el año de línea base) / (superficie vigente con PSA en el
año de línea base)] * 100
Observaciones
-
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Superficie vigente con
PSA en el año t
Valor variable 1
1,645,868
Fuente de
información
variable 1
CONAFOR-
Coordinación General
de Conservación y
Restauración (CGCR)
Nombre variable 2
Superficie vigente con
PSA en el año de línea
base
Valor variable 2
1,645,868
Fuente de
información
variable 2
CONAFOR-CGCR
Sustitución en
método de cálculo
Tasa de variación de la superficie vigente con PSA a nivel nacional = [(1,645,868 – 1,645,868) / (1,645,868)] * 100 = 0
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0%
La superficie vigente con PSA al cierre de 2024 fue de
1.64 millones de hectáreas. La tasa de variación es de cero dado
que parte de 2024.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
29.73%
La meta considera la proyección de lograr pasar de 1.64 millones
de hectáreas registradas en 2024 a pasar a 2.13 millones de
hectáreas vigentes en 2030.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
ND
ND
ND
ND
ND
ND
0%
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
4.95%
9.91%
14.86%
19.82%
24.77%
29.73%
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
273
Indicador 2.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
2.2. Porcentaje de superficie prioritaria incorporada al Pago por Servicios Ambientales a nivel nacional.
Objetivo
Objetivo 2. Mantener la provisión de bienes y servicios ambientales generados por los ecosistemas forestales para el
bienestar de la población, con un enfoque de manejo integrado del territorio, de los recursos hídricos y de inclusión de
los grupos de población de atención prioritaria.
Definición o
descripción
El indicador mide el porcentaje de superficie incorporada al PSA para el periodo 2024-2030 respecto a la prioritaria
para el PSA.
Derecho asociado
CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la
información
Enero del año siguiente.
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
De enero a diciembre del año a medir
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales
RHQ Comisión Nacional Forestal
Método de cálculo
Porcentaje de superficie prioritaria incorporada al Pago por Servicios Ambientales a nivel nacional = (Superficie
incorporada al PSA en el periodo 2024 al año t) / (Superficie prioritaria para el PSA) * 100
Observaciones
-
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Superficie incorporada
al PSA en el periodo
2024 al año t
Valor variable 1
342,519
Fuente de
información
variable 1
CONAFOR-
Coordinación General
de Conservación y
Restauración (CGCR)
Nombre variable 2
Superficie prioritaria
para el PSA
Valor variable 2
11,348,654
Fuente de
información
variable 2
CONAFOR-CGCR
Sustitución en
método de cálculo
Porcentaje de superficie prioritaria incorporada al Pago por Servicios Ambientales a nivel nacional = (342,519) /
(11,348,654) * 100 = 3.0 %
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
3.0%
-
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
30.8%
La meta considera la proyección de lograr incorporar al PSA el
30.8% de la superficie prioritaria para el PSA partiendo de 2024.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
ND
ND
ND
ND
ND
ND
3.0%
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
6.5%
11.4%
16.2%
21.1%
25.9%
30.8%
274
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Indicador 3.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
3.1. Porcentaje de superficie prioritaria con acciones de restauración forestal a nivel nacional.
Objetivo
Objetivo 3.- Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad
productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales, bajo los
principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de hectáreas atendidas con acciones de restauración forestal en cuencas, microcuencas y
ecosistemas estratégicos con enfoque de manejo integrado del territorio respecto a la superficie potencial definida.
Derecho asociado
CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la
información
Enero del año siguiente.
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
De enero a diciembre del año a medir
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
16.- Medio Ambiente y Recursos
Naturales
RHQ Comisión Nacional Forestal
Método de cálculo
Porcentaje de superficie prioritaria con acciones de restauración forestal a nivel nacional = [(Total de hectáreas con
acciones de restauración forestal en el periodo de 2019 al año t)/(Total de hectáreas potenciales de atención mediante
acciones de restauración forestal)]*100
Observaciones
-
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Total de hectáreas con
acciones de
restauración forestal en
el periodo de 2019 al
año t
Valor variable 1
184,944.31 hectáreas
Fuente de
información
variable 1
CONAFOR-
Coordinación General
de Conservación y
Restauración (CGCR)
Nombre variable 2
Total de hectáreas
potenciales de atención
mediante acciones de
restauración forestal
Valor variable 2
12,000,000 hectáreas
Fuente de
información
variable 2
CONAFOR-CGCR
Sustitución en
método de cálculo
Porcentaje de superficie prioritaria con acciones de restauración forestal a nivel nacional = [(184,944.31) /
(12,000,000)] * 100 = 1.54%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
1.54%
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
2.37%
La meta considera la proyección de lograr pasar de 184,944.31 de
hectáreas con acciones de restauración a pasar a 284,944.31 hectáreas
en el 2030 (incremento de 100 mil hectáreas respecto al año base)
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
0%
0.76%
0.85%
1.02%
1.13%
1.34%
1.54%
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
1.71%
1.87%
2.04%
2.21%
2.33%
2.37%
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
275
Indicador 3.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
3.2. Porcentaje de superficie con acciones de restauración forestal para fomentar la reconversión productiva en áreas
de uso agropecuario en ecosistemas prioritarios a nivel nacional.
Objetivo
Objetivo 3.- Restaurar los ecosistemas prioritarios que mejoren la conectividad, funcionalidad ecológica y capacidad
productiva de las zonas forestales degradadas, contribuyendo al bienestar de las comunidades forestales, bajo los
principios de igualdad sustantiva, inclusión y justicia social.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de hectáreas atendidas con acciones de restauración forestal en cuencas, microcuencas y
ecosistemas prioritarios en terrenos que actualmente tengan un uso agropecuario y que su vocación original es forestal
o preferentemente forestal, con el propósito de restablecer la cobertura forestal e incrementar bienes y servicios
ambientales.
Derecho asociado
CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la
información
Enero del año siguiente.
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
De enero a diciembre del año a medir
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales
RHQ Comisión Nacional Forestal
Método de cálculo
Porcentaje de superficie con acciones de restauración forestal para fomentar la reconversión productiva en áreas de
uso agropecuario en ecosistemas prioritarios a nivel nacional = [(Total de hectáreas con reconversión productiva de
2019 al año t) / (Total de hectáreas potenciales para realizar acciones de reconversión productiva en ecosistemas
prioritarios)] * 100
Observaciones
-
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Total de hectáreas con
reconversión productiva de
2019 al año t
Valor
variable 1
52,404.89 hectáreas
Fuente de
información
variable 1
CONAFOR-
Coordinación General
de Conservación y
Restauración (CGCR)
Nombre variable 2
Total de hectáreas
potenciales para realizar
acciones de reconversión
productiva en ecosistemas
prioritarios
Valor
variable 2
2,100,000 hectáreas
Fuente de
información
variable 2
CONAFOR-CGCR
Sustitución en
método de cálculo
Porcentaje de superficie con acciones de restauración forestal para fomentar la reconversión productiva en áreas de
uso agropecuario en ecosistemas prioritarios a nivel nacional = [(52,404.89) / (2,100,000)] * 100 = 2.50%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
2.50%
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
3.77%
La meta considera la proyección de lograr pasar de 52,404.89
hectáreas registrados en 2024 a pasar a 79,154.89 hectáreas en el
2030 (incremente de 26,750 hectáreas)
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
0%
0%
1.32%
1.59%
1.85%
2.23%
2.50%
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
2.70%
2.91%
3.13%
3.34%
3.55%
3.77%
276
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Indicador 4.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
4.1. Porcentaje de ecosistemas forestales protegidos frente a incendios forestales dañinos, según la clasificación de su
respuesta a los regímenes de fuego a nivel nacional.
Objetivo
Objetivo 4. Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del
país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto
invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas.
Definición o
descripción
El indicador mide el porcentaje de la superficie de ecosistemas forestales protegidos frente a los incendios forestales
dañinos, según su régimen de respuesta al fuego con relación a la superficie total de ecosistemas forestales del país,
considerando que dentro de un régimen sensible al fuego se presenta un daño mayor al ecosistema forestal en
comparación con los demás regímenes de respuesta al fuego.
Derecho asociado
CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Durante el mes de enero del siguiente año a medir
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Enero - Diciembre
Tendencia
esperada
Constante
Unidad responsable de
reportar el avance
16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales - RHQ
Comisión Nacional Forestal
Método de cálculo
Porcentaje de ecosistemas forestales protegidos frente a incendios forestales dañinos, según la clasificación de su
respuesta a los regímenes de fuego = (Superficie de ecosistemas sensibles al fuego sin ocurrencia de incendios
forestales en el año t + Superficie de ecosistemas dependientes, independientes, influidos y especiales sin ocurrencia
de incendios forestales en el año t + Superficie de ecosistemas dependientes, independientes, influidos y especiales
con ocurrencia de incendios forestales no dañinos en el año t) / (Superficie total de ecosistemas forestales del país.)
*100
Observaciones
Los ecosistemas sensibles al fuego son aquellos que sufren daños considerables cuando se presenta un incendio
forestal, por lo cual posterior al incendio, es probable que se tengan que realizar actividades de restauración, en
contraparte, el resto de los ecosistemas no presentan la misma afectación después de un incendio forestal y se
regeneran naturalmente, únicamente se consideran efectos dañinos cuando se presenta una intensidad calórica muy
alta y extrema (mayor a 750 MW/Km2)
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Superficie de ecosistemas
sensibles al fuego sin ocurrencia
de incendios forestales en el año t
Valor
variable 1
40,216,529
Fuente de
información
variable 1
CONAFOR - Coordinación
General de Conservación y
Restauración (CGCR)
Nombre variable 2
Superficie de ecosistemas
dependientes, independientes,
influidos y especiales sin
ocurrencia de incendios forestales
en el año t
Valor
variable 2
96,806,484
Fuente de
información
variable 2
CONAFOR - CGCR
Nombre de la
variable 3
Superficie de ecosistemas
dependientes, independientes,
influidos y especiales con
ocurrencia de incendios forestales
no dañinos en el año t
Valor
variable
3
1,375,406
Fuente de
información
variable 3
CONAFOR - CGCR
Nombre variable 4
Superficie total de ecosistemas
forestales del país
Valor
variable 4
138,695,229.8
Fuente de
información
variable 4
CONAFOR
GSNMF
Sustitución en
método de cálculo
Porcentaje de ecosistemas forestales protegidos frente a incendios forestales dañinos, según la clasificación de su
respuesta a los regímenes de fuego = [(40,216,529 + 96,806,484 + 1,375,406) / (138,695,229.8)] × 100 = 99.79%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
99.79%
El parámetro se obtiene derivado del análisis sobre la superficie quemada en
ecosistemas sensibles al fuego, más la superficie quemada en ecosistemas
dependientes, independientes, influidos y especiales sin afectación de acuerdo la
intensidad calórica observada en los incendios, utilizando los datos estadísticos
generados por las Oficinas de Representación Estatal de las 32 entidades
federativas y validada por la Gerencia de Manejo del Fuego; más la información
arrojada por el Sistema de Predicción de Peligro de Incendios Forestales.
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
99.80%
La meta considera la estrategia de manejo del fuego, la predicción de superficie
protegida de ecosistemas sensibles al fuego, la predicción de la superficie
protegida de ecosistemas dependientes, independientes, influidos y especiales,
así como la proyección de pasar de 99.79% en 2024 a 99.80% en 2030.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
99.79%
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
99.80%
99.80%
99.80%
99.80%
99.80%
99.80%
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
277
Indicador 4.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
4.2. Porcentaje de superficie con vegetación forestal sin notificación de saneamiento a nivel nacional.
Objetivo
Objetivo 4.- Frenar los procesos de deforestación y degradación forestal, para la protección del patrimonio natural del
país, disminución de la vulnerabilidad al cambio climático y aumento de la mitigación de los gases de efecto
invernadero, mediante la atención pertinente y efectiva a sus causas.
Definición o
descripción
El indicador mide el porcentaje de la superficie forestal sin notificación de saneamiento por plagas o enfermedades
forestales al año t, respecto al total de la superficie de vegetación forestal de bosques, selvas, matorral xerófilo y
manglar del país.
Derecho asociado
CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Enero del año siguiente.
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
De enero a diciembre del año a medir
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales
RHQ Comisión Nacional Forestal
Método de cálculo
Porcentaje de superficie con vegetación forestal sin notificación de saneamiento a nivel nacional = [Superficie con
vegetación forestal de bosques, selvas, matorral xerófilo y manglar sin notificación de saneamiento en el año t) /
Superficie total con vegetación forestal de bosques, selvas, matorral xerófilo y manglar)]*100
Observaciones
Hasta 2024 se consideró un denominador de 121,471,576.51 hectáreas ya que la estimación consideró las
formaciones vegetales de interés para la variable con base en la Carta de Uso de Suelo y Vegetación de INEGI Serie
VI. A partir de 2025 se considerarán las formaciones vegetales de interés para la variable con base en la Carta de Uso
de Suelo y Vegetación de INEGI Serie VII, 2018
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Superficie con vegetación forestal
de bosques, selvas, matorral
xerófilo y manglar sin notificación
de saneamiento en el año t
Valor
variable 1
121,383,931.33
Fuente de
información
variable 1
CONAFOR –
Coordinación General
de Conservación y
Restauración (CGCR)
Nombre variable 2
Superficie total con vegetación
forestal de bosques, selvas,
matorral xerófilo y manglar
Valor
variable 2
121,471,576.51
Fuente de
información
variable 2
CONAFOR - CGCR
Sustitución en
método de cálculo
(121,383,931.33) / (121,471,576.51) * 100 = 99.928%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
99.928%
-
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
99.939%
La meta implica que se espera contar con el 99.939% de la
superficie de bosques, selvas, matorral xerófilo y manglar sin
notificación de saneamiento, respecto a las formaciones vegetales
de interés para la variable con base en la Carta de Uso de Suelo y
Vegetación de INEGI Serie VII, 2018, que se estima en
122,631,953.13 hectáreas.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
ND
99.96%
99.963%
99.957%
99.952%
99.941%
99.928%
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
99.931%
99.935%
99.935%
99.935%
99.939%
99.939%
278
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Indicador 5.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
5.1. Índice de Participación Social y Ciudadana en el Sector Forestal (IIPS) a nivel nacional.
Objetivo
Objetivo 5. Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y
simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información y
el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión.
Definición o
descripción
El IPSC es una medida estadística diseñada para observar la variación de las acciones de sector forestal en las que se
involucra a la ciudadanía. Su objetivo es medir la participación informada y activa de la sociedad, y su apego a los
principios de inclusión, igualdad y equidad.
Derecho asociado
CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Enero del año siguiente.
Unidad de medida
Índice
Periodo de recolección
de los datos
De enero a diciembre del año a medir
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales
RHQ Comisión Nacional Forestal
Método de cálculo
IPSC= (suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría de participación social y ciudadana)
(0.45) + (la suma del valor ponderado de las variables de la categoría atención ciudadana) (0.30) + (la suma del valor
ponderado de las variables participación incluyente) (0.25)
Observaciones
El índice incluye 28 indicadores, agrupados en tres categorías y 11 subíndices. Cada categoría, subíndice e indicador
tienen un peso ponderado.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Suma del valor ponderado de las
subvariables de la categoría de
participación social y ciudadana
Valor
variable 1
39.1122
Fuente de
información
variable 1
CONAFOR – Coordinación General
de Desarrollo Institucional y Proyectos
Especiales (CGDIPEE) -Unidad de
Operación Regional (UOR)
Nombre variable 2
Suma del valor ponderado de las
subvariables de la categoría de
atención ciudadana
Valor
variable 2
79
Fuente de
información
variable 2
CONAFOR – CGDIPE -UOR
Nombre variable 3
Suma del valor ponderado de las
subvariables de la categoría de
participación incluyente
Valor
variable 3
96.235
Fuente de
información
variable 3
CONAFOR – CGDIPE -UOR
Sustitución en
método de cálculo
IIPS = (39.1122)*0.45+(79)*0.3+(96.235)*0.25 = 65.36
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
65.36
-
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
90
Se espera llegar en 2030 a una meta de 90 en el IIPS.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
21.53
48.75
49.78
61.77
71.65
65.68
65.36
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
65.36
70.29
75.22
80.15
85.08
90.00
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
279
Indicador 5.2
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
5.2. Índice de gestión territorial en el sector forestal a nivel nacional.
Objetivo
Objetivo 5. Fortalecer el marco institucional para que impulse el desarrollo forestal sustentable, mediante la mejora y
simplificación normativa, la gobernanza territorial, desarrollo tecnológico, de capacidades, el acceso a la información
y el monitoreo de las acciones, bajo un enfoque de género e inclusión.
Definición o
descripción
Este Índice evalúa la capacidad operativa de las Oficinas de Representación Estatal (ORE), con base en su
coordinación con actores del territorio, la disponibilidad de recursos, la eficiencia en la gestión de subsidios y su
contribución al cumplimiento de metas institucionales
Derecho asociado
CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia
de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Periódico
Disponibilidad de la
información
Enero del año siguiente.
Unidad de medida
Índice
Periodo de recolección de
los datos
De enero a diciembre del año a medir
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales
RHQ Comisión Nacional Forestal
Método de cálculo
Índice de gestión territorial en el sector forestal a nivel nacional = (suma del valor ponderado de las subvariables de la
categoría de Coordinación sobre el territorio) (0.3) + (la suma del valor ponderado de las subvariables de la categoría
Adecuaciones estructurales de recursos humanos y materiales) (0.2) + (la suma del valor ponderado de las
subvariables de la categoría Gestión de Subsidios) (0.2) + (la suma del valor ponderado de las subvariables de la
categoría Contribución a las metas Institucionales) (0.3)
Observaciones
El índice incluye 4 variables y 14 subvariables, cada una tienen un peso ponderado.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Suma del valor ponderado de las
subvariables de la categoría de
Coordinación sobre el territorio
Valor variable 1
83.21
Fuente de
información
variable 1
CGDIPE-UOR
CGCR y CGPP
Nombre variable 2
Suma del valor ponderado de las
subvariables de la categoría de
Adecuaciones estructurales de
recursos humanos y materiales
Valor variable 2
97.54
Fuente de
información
variable 2
CGDIPE-UOR
UAF
Nombre variable 3
Suma del valor ponderado de las
subvariables de la categoría de
Gestión de Subsidios
Valor variable 3
97.58
Fuente de
información
variable 3
CGDIPE-UOR
CGCR y CGPP
Nombre variable 4
Suma del valor ponderado de las
subvariables de la categoría de
Contribución a las metas
Institucionales
Valor variable 4
93.00
Fuente de
información
variable 4
CGDIPE-UOR
CGPI-GPE
Sustitución en
método de cálculo
Índice de gestión territorial en el sector forestal a nivel nacional = (83.21)*0.3 + (97.54)*0.2 + (97.58)*0.2 + (93.00)*0.3
= 91.89
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
91.89
-
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
94.28
El cumplimiento de la meta se verá influenciado por factores
externos,
concretamente
con
la
disponibilidad
de
plazas
autorizadas y recursos financieros para la operación de oficinas.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
91.89
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
91.94
92.26
92.49
92.83
93.85
94.28
280
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Indicador 6.1
ELEMENTOS DEL INDICADOR
Nombre
6.1. Porcentaje de procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la CONAFOR.
Objetivo
Objetivo 6. Optimizar la gestión de los recursos que fortalezca el desempeño institucional mediante un enfoque basado
en resultados y sustentado en información oportuna y metodologías rigurosas.
Definición o
descripción
El indicador mide el porcentaje de procesos simplificados o sistematizados respecto a los proyectados a realizar.
Derecho asociado
CPEUM artículo 4o. Derecho a un medio ambiente sano
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Acumulado o
periódico
Acumulado
Disponibilidad de la
información
En el primer bimestre del siguiente
año de reporte
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
De enero a diciembre del año.
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable de
reportar el avance
16.- Medio Ambiente y Recursos Naturales
RHQ Comisión Nacional Forestal
Método de cálculo
Porcentaje de procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la CONAFOR =
(Procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la CONAFOR realizados al
año t) / (Procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la CONAFOR
proyectados) * 100
Observaciones
-
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
Nombre variable 1
Procesos administrativos
simplificados o sistematizados en la
gestión administrativa de la
CONAFOR realizados al año t
Valor
variable 1
0
Fuente de
información
variable 1
CONAFOR –
Unidad de
Administración y
Finanzas (UAF)
Nombre variable 2
Procesos administrativos
simplificados o sistematizados en la
gestión administrativa de la
CONAFOR proyectados
Valor
variable 2
20
Fuente de
información
variable 2
CONAFOR - UAF
Sustitución en
método de cálculo
Porcentaje de procesos administrativos simplificados o sistematizados en la gestión administrativa de la
CONAFOR = ( 0 ) / ( 20 ) * 100 = 0%
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0%
-
Año
2024
Meta 2030
Nota sobre la meta 2030
100%
Se alcanzaría un total de 20 procesos simplificados o
sistematizados, los avances se observarán a partir de 2026.
No existen antecedentes en años anteriores.
SERIE HISTÓRICA DEL INDICADOR
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
NA
NA
NA
NA
NA
NA
0%
METAS
2025
2026
2027
2028
2029
2030
0%
20%
40%
60%
80%
100%
Quien suscribe, como Director General de la Comisión Nacional Forestal expreso que el presente
Programa Institucional de la Comisión Nacional Forestal 2025-2030, fue formulado por este organismo público
descentralizado, presentado y aprobado por su Junta de Gobierno en su tercera sesión ordinaria celebrada el
7 de octubre de 2025, mismo órgano de gobierno que es presidido por la Titular de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales como dependencia coordinadora de sector, lo anterior en términos de los 58
fracción II, 59 fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 29 tercer párrafo de la Ley de
Planeación y 15, 18, 20 fracciones I y II de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Zapopan, Jalisco a 10 de octubre de 2025.- Director General de la Comisión Nacional Forestal, Sergio H.
Graf Montero.- Rúbrica.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
281
BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2025, Año de la Mujer Indígena''.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS
EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco
de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de
cambio obtenido el día de hoy fue de $18.5947 M.N. (dieciocho pesos con cinco mil novecientos cuarenta y
siete diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
Ciudad de México, a 5 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico,
Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés
Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena".
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10o. del Reglamento Interior del Banco
de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su
Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo
de 28 días obtenida el día de hoy, fue de 7.7712%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.8209%;
y a plazo de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.8936%.
Ciudad de México, a 5 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico,
Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés
Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.
TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena".
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10o. del Reglamento Interior del Banco
de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su
Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil
bancario en moneda nacional determinada el día de hoy, fue de 7.51 por ciento.
Ciudad de México, a 4 de noviembre de 2025.- BANCO DE MÉXICO: Director General Jurídico,
Mtro. Erik Mauricio Sánchez Medina.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés
Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Análisis de Mercados Nacionales, Lic. Dafne Ramos Ruiz.- Rúbrica.
282
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
EQUIVALENCIA de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América,
correspondiente al mes de octubre de 2025.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2025, Año de la Mujer Indígena".
EQUIVALENCIA DE LAS MONEDAS DE DIVERSOS PAÍSES CON EL DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, CORRESPONDIENTE AL MES DE OCTUBRE DE 2025
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o., 10, 17 y 19 del Reglamento Interior del Banco
de México, así como Segundo, fracciones VI y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas
del Banco de México y de conformidad con lo señalado en el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación,
da a conocer para efectos fiscales la cotización de las monedas de diversos países contra el dólar de los
EE.UU.A., observada en los mercados internacionales.
Las monedas de los países que se listan corresponden: i) a los principales socios comerciales de México,
tanto en exportaciones como en importaciones, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía
(INEGI)1*, ii) a las divisas más operadas en el mercado de cambios a nivel mundial, de conformidad con la
encuesta oficial publicada por el Banco de Pagos Internacionales (BIS)2** y iii) a las divisas solicitadas a este
Instituto Central para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
País 1/
Moneda
Equivalencia de la
moneda extranjera
oct-2025
en dólares de los
E.E.U.U.A
Arabia Saudita
Riyal
0.26660
Argelia
Dinar
0.00770
Argentina
Peso
0.00070
Australia
Dólar
0.65505
Bahamas
Dólar
1.00000
Barbados
Dólar
0.50000
Belice
Dólar
0.50000
Bermuda
Dólar
1.00000
Bolivia
Boliviano
0.14500
Brasil
Real
0.18550
Canadá
Dólar
0.71380
Chile
Peso
0.00106
China
Yuan continental
0.14048
China
Yuan extracontinental 2/
0.14040
Colombia
Peso 3/
0.25889
Corea del Sur
Won 3/
0.69960
Costa Rica
Colón
0.00199
Cuba
Peso
0.04170
Dinamarca
Corona
0.15446
Ecuador
Dólar
1.00000
Egipto
Libra
0.02120
El Salvador
Colón
0.11430
Emiratos Árabes Unidos
Dirham
0.27230
Estados Unidos de América
Dólar
1.00000
Federación Rusa
Rublo
0.01236
Fiyi
Dólar
0.43760
Filipinas
Peso
0.01702
Gran Bretaña
Libra esterlina
1.31240
Guatemala
Quetzal
0.13050
Guyana
Dólar
0.00478
Honduras
Lempira
0.03810
Hong Kong
Dólar
0.12869
1* Conforme a los datos publicados por el INEGI se consideró el promedio de las importaciones y exportaciones de México de los últimos
cinco años.
2** De acuerdo a la Encuesta Trienal de Bancos Centrales realizada por el Banco de Pagos Internacionales (BIS) durante abril de 2022 y
publicada en octubre del mismo año.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
283
País 1/
Moneda
Equivalencia de la
moneda extranjera
oct-2025
en dólares de los
E.E.U.U.A
Hungría
Florín
0.00297
India
Rupia
0.01127
Indonesia
Rupia 3/
0.06013
Irak
Dinar
0.00076
Israel
Shekel
0.30754
Jamaica
Dólar
0.00626
Japón
Yen
0.00650
Kenia
Chelín
0.00770
Kuwait
Dinar
3.25810
Malasia
Ringgit
0.23870
Marruecos
Dirham
0.10750
Nicaragua
Córdoba
0.02720
Nigeria
Naira
0.00070
Noruega
Corona
0.09890
Nueva Zelanda
Dólar
0.57300
Panamá
Balboa
1.00000
Paraguay
Guaraní 3/
0.14100
Perú
Sol
0.29592
Polonia
Esloti
0.27090
Puerto Rico
Dólar
1.00000
Rep. Checa
Corona
0.04739
Rep. de Sudáfrica
Rand
0.05759
Rep. Dominicana
Peso
0.01557
Rumania
Leu
0.22680
Singapur
Dólar
0.76820
Suecia
Corona
0.10544
Suiza
Franco
1.24440
Tailandia
Baht
0.03091
Taiwán
Nuevo dólar
0.03254
Trinidad y Tobago
Dólar
0.14820
Turquía
Lira
0.02378
Ucrania
Hryvnia
0.02380
Unión Monetaria Europea
Euro 4/
1.15350
Uruguay
Peso
0.02510
Venezuela
Bolívar digital 5/
0.00455
Vietnam
Dong 3/
0.03801
Derecho Especial de Giro
DEG
1.35839
1/ El nombre con el que se mencionan los países no necesariamente coincide con su nombre oficial y se
listan sin perjuicio del reconocimiento que en su caso se les otorgue como país independiente.
2/ Corresponde al tipo de cambio cuya cotización es realizada fuera de China continental.
3/ El tipo de cambio está expresado en dólares por mil unidades domésticas.
4/ Los países que utilizan el euro como moneda son: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Croacia,
Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania,
Luxemburgo, Malta, Países Bajos y Portugal.
5/ A partir del 1 de octubre de 2021 el bolívar soberano fue sustituido por el bolívar digital. Para
cotizaciones anteriores a esta fecha, el tipo de cambio está expresado en dólares por millón de unidades
domésticas.
Ciudad de México, a 31 de octubre de 2025.- BANCO DE MEXICO: Gerente de Operaciones
Internacionales, Lic. Ximena Alfarache Morales.- Rúbrica.- Director General Jurídico, Mtro. Erik Mauricio
Sánchez Medina.- Rúbrica.- Subgerente de Inversiones y Futuros Financieros, Lic. Bárbara Martínez Licón.-
Rúbrica.
284
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-24-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://compranet.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho
S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos:
5387 5212 y 5395 7943 del 3 de noviembre al 8 de diciembre de 2025.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-24-2026
Objeto de la Licitación.
“Mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos de
la Cmcia. del CE.NA.VI. del E.M.C.D.N.”.
Fecha de Publicación.
3/11/2025.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
11/11/2025, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
18/11/2025, 08:00 horas
Fallo.
8/12/2025, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570136)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-25-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://compranet.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho
S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos:
5387 5212 y 5395 7943 del 3 de noviembre al 8 de diciembre de 2025.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-25-2026
Objeto de la Licitación.
“Servicio de mantenimiento integral a la subestación
eléctrica elevadora del Parque Eólico SEDENA”.
Fecha de Publicación.
3/11/2025.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
11/11/2025, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
18/11/2025, 08:00 horas
Fallo.
8/12/2025, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570137)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
285
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-28-2026
cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://compranet.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho
S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos:
5387 5212 y 5395 7943 del 4 de noviembre al 9 de diciembre de 2025.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-28-2026
Objeto de la Licitación.
“Servicio de mantenimiento a equipos industriales del
Centro de Mezclas”.
Fecha de Publicación.
4/11/2025.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
12/11/2025, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
19/11/2025, 08:00 horas
Fallo.
9/12/2025, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570146)
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-07-110-007000999-N-29-202
6cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en Internet
http://compranet.gob.mx o bien en Avenida Industria Militar esquina Boulevard Manuel Avila Camacho
S/N Colonia Lomas de Sotelo Código Postal 11200 Alcaldía Miguel Hidalgo Ciudad de México Teléfonos:
5387 5212 y 5395 7943 del 4 de noviembre al 9 de diciembre de 2025.
No. de Licitación.
LA-07-110-007000999-N-29-2026
Objeto de la Licitación.
“Servicio de mantenimiento a equipo de porteo de las 12
RR.MM.”.
Fecha de Publicación.
4/11/2025.
Visita a Instalaciones.
No hay visita a instalaciones.
Junta de Aclaraciones.
12/11/2025, 08:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones.
19/11/2025, 08:00 horas
Fallo.
9/12/2025, 11:00 horas
LOMAS DE SOTELO, CIUDAD DE MEXICO, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SECCION DE ADQUISICIONES ESPECIALES DIR. GRAL. ADMON.
JEFE INTERINO DEL GRUPO DE COORDINACION Y CONVOCATORIAS
ADIN ABED PASTRANA CRUZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570145)
286
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA
DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA DE CARACTER NACIONAL
ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica, número
LA-48-E00-048E00995-N-1254-2025, cuya convocatoria contiene las bases de participación, disponibles para
consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en el domicilio de la Convocante en Av. Juárez No. 101,
piso 16, Colonia Centro Histórico, C.P. 06040, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, tel.: 1000-4622
ext. 1662 y 1603, los días lunes a viernes del año en curso de las 9:00 a 18:00 horas conforme a lo siguiente:
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE UN SISTEMA DE ADMINISTRACION
ESCOLAR PARA LAS ESCUELAS Y CENTROS DE
INVESTIGACION ARTISTICAS, DEPENDIENTES DE LA
SUBDIRECCION
GENERAL
DE
EDUCACION
E
INVESTIGACION ARTISTICAS, ASI COMO AQUELLAS
CON CONVENIO CON EL INSTITUTO NACIONAL DE
BELLAS ARTES Y LITERATURA
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
03 de noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
07 de noviembre de 2025 a las 10:00 horas
Entrega de Muestras
No aplica
Presentación y apertura de proposiciones
13 de noviembre de 2025 a las 11:00 horas
Fecha de notificación de fallo
18 de noviembre de 2025 a las 13:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE NOVIEMBRE DE 2025.
COORDINADORA DE RECURSOS MATERIALES
VIRIDIANA REYES ZAMORANO
RUBRICA.
(R.- 570115)
COMISION NACIONAL FORESTAL
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, relativo a la obligación de publicar la información sobre el fallo
de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, ésta Comisión Nacional Forestal ubicada
en Periférico Poniente número 5360, Código Postal 45019, Colonia San Juan de Ocotán, Zapopan, Jalisco,
Teléfono: (0133)3777-7000 ext. 3331 y 3339, hace del conocimiento lo siguiente:
Con fecha del 12 de Septiembre de 2025, se notificó el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la
Cobertura de Tratados número LA-16-RHQ-016RHQ001-T-212-2025, referente a la “ADQUISICION E
INSTALACION DE SISTEMA FOTOVOLTAICO INTERCONECTADO PARA EL EDIFICIO RAMON
CARDOZA EN LAS OFICINAS CENTRALES DE LA CONAFOR” con los siguientes datos:
LICITANTE
DOMICILIO DEL
LICITANTE
PARTIDA
ADJUDICADA
MONTO ADJUDICADO
Corf Maquinaria
y Construcción,
S.A. de C.V.
Buenos Aires #8,
Colonia: Valle de la
Providencia, C.P. 45200,
Zapopan, Jalisco
1
Monto de $3, 387,930.84 (Tres
millones trescientos ochenta y siete
mil novecientos treinta pesos
84/100 M.N.), sin incluir el Impuesto
al Valor Agregado (IVA).
ZAPOPAN, JALISCO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
C. EVA GUADALUPE BARRIOS GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 570095)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
287
COMISION NACIONAL FORESTAL
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, relativo a la obligación de publicar la información sobre el fallo
de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, ésta Comisión Nacional Forestal ubicada
en Periférico Poniente número 5360, Código Postal 45019, Colonia San Juan de Ocotán, Zapopan, Jalisco,
Teléfono: (0133)3777-7000 ext. 3331 y 3339, hace del conocimiento lo siguiente:
Con fecha del 01 de Octubre de 2025, se notificó el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la
Cobertura de Tratados número LA-16-RHQ-016RHQ001-T-216-2025, referente a la “ADQUISICION DE
INSUMOS PARA LA VIGILANCIA DE PLAGAS EXOTICAS Y NATIVAS” con los siguientes datos:
LICITANTE
DOMICILIO DEL
LICITANTE
PARTIDAS
ADJUDICADAS
MONTO ADJUDICADO
SISTEMA
INJECTHOR DE
MEXICO, S. DE
R.L. DE C.V.
Buenos Aires #8,
Colonia: Valle de la
Providencia,
C.P. 45200,
Zapopan, Jalisco
Feromona Quercivorol
(Euwallacea fornicatus),
Feromona Copaeno
(Xyleborus glabratus) y
Trampas de Embudo
Monto de $1,021,080.00
(Un millón veintiún mil ochenta
pesos 00/100 M.N.), sin incluir el
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
a la tasa del 0% (cero por ciento)
ZAPOPAN, JALISCO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
C. EVA GUADALUPE BARRIOS GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 570116)
COMISION NACIONAL FORESTAL
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, relativo a la obligación de publicar la información sobre el fallo
de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, ésta Comisión Nacional Forestal ubicada
en Periférico Poniente número 5360, Código Postal 45019, Colonia San Juan de Ocotán, Zapopan, Jalisco,
Teléfono: (0133)3777-7000 ext. 3331 y 3339, hace del conocimiento lo siguiente:
Con fecha del 30 de septiembre de 2025 se notificó el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la
Cobertura de Tratados número LA-16-RHQ-016RHQ001-T-203-2025, referente a la “ADQUISICION DE
TERMO DE AGUA PARA PERSONA COMBATIENTE DE INCENDIOS FORESTALES”, en el que se declara
el procedimiento desierto.
ZAPOPAN, JALISCO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
C. EVA GUADALUPE BARRIOS GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 570117)
288
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
COMISION NACIONAL FORESTAL
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, relativo a la obligación de publicar la información sobre el fallo
de la Licitación Pública Internacional Bajo la Cobertura de Tratados, ésta Comisión Nacional Forestal ubicada
en Periférico Poniente número 5360, Código Postal 45019, Colonia San Juan de Ocotán, Zapopan, Jalisco,
Teléfono: (0133)3777-7000 ext. 3331 y 3339, hace del conocimiento lo siguiente:
Con fecha del 10 de septiembre de 2025 se notificó el fallo de la Licitación Pública Internacional Bajo la
Cobertura de Tratados número LA-16-RHQ-016RHQ001-T-211-2025, referente a la “ADQUISICION DE
EQUIPO DE ENFRIAMIENTO TIPO CHILLER EN LAS OFICINAS CENTRALES DE LA CONAFOR”, en el que
se declara el procedimiento desierto.
ZAPOPAN, JALISCO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
C. EVA GUADALUPE BARRIOS GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 570114)
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
GERENCIA DE LICITACIONES
AVISO DE FALLO
Aeropuertos y Servicios Auxiliares, con domicilio en Avenida 602, número 161, Colonia Zona Federal
Aeropuerto Internacional Ciudad de México, C.P. 15620, Alcaldía Venustiano Carranza, en la Ciudad de
México, en cumplimiento con las disposiciones que se establecen en el artículo 58, del Reglamento de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), hace del conocimiento general el
resultado de la licitación pública internacional bajo la cobertura de los capítulos de compras gubernamentales
de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que a continuación se anota:
Los bienes de la Licitación Pública Internacional Electrónica bajo la cobertura de los Capítulos de Compras
Gubernamentales de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos clave
Compras
Mx
LA-09-JZL-009JZL002-T-123-2025,
para
la
“ADQUISICION
DE
REFACCIONES
INDUSTRIALES PARA UNIDADES DE SERVICIO”, se adjudicaron las partidas 1, 2, 3 y 4 a INGENIERIA Y
SUPERVISION GAMA, S.A. DE C.V., con domicilio en Paseo de San Isidro, 301 A, Planta Alta, Colonia Barrio
de Santiaguito, Metepec, Estado de México, C.P. 52140, por un monto de $117,354.00 (USD); las partidas
5 y 6 a AVIATION CONSULTING, con domicilio en NW 98th TERRACE, 2181, Pembroke Pines, Broward,
Florida, C.P. 33024, por un monto de $31,925.68 (USD); con fecha de fallo 02 de octubre de 2025.
CIUDAD DE MEXICO, A 31 DE OCTUBRE DE 2025.
GERENTE DE SERVICIOS GENERALES
LIC. JAVIER CORDOVA CRUZ
RUBRICA.
(R.- 570160)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
289
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE
INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que la convocatoria a la
licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así como la descripción
de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra disponible para su consulta
en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/sitiopublico/#/, y cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
Licitación Pública Nacional Electrónica número
LA-09-J0U-009J0U001-N-154-2025
Objeto de la Licitación
Contratación del servicio de mantenimiento del
licenciamiento del software SAP, para las
Redes “CAPUFE” para Caminos y Puentes
Federales de Ingresos y Servicios Conexos y
“FONADIN” Fondo Nacional de Infraestructura.
Volumen a adquirir
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en la página
de la plataforma Compras MX
03/11/2025
Fecha y hora para celebrar la junta de aclaraciones
11/11/2025, 11:00 horas.
Fecha y hora para realizar la visita a instalaciones
No habrá visitas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
19/11/2025, 10:00 horas
Fecha y Hora para emitir el fallo
27/11/2025, 13:00 horas
CUERNAVACA, MORELOS, A 3 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
GUILLERMO ZAPIEN HEREDIA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570159)
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica, cuyas Convocatorias que contienen las
bases de participación se encuentran disponibles para consulta en Internet: https://upcp-compranet.buen
gobierno.gob.mx/
LA-51-GYN-051GYN005-N-470-2025
Descripción de la Licitación
PARA
LA
ADJUDICACION
DEL
CONTRATO
ABIERTO RELATIVO A LA PRESTACION DEL
SERVICIO
DE
SISTEMA
INTEGRAL
DE
VIDEOVIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA UNIDADES
DE VENTA DE SUPERISSSTE.
Volumen de la Licitación
Se detalla en la Convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
03/11/2025
Junta de Aclaraciones
12/11/2025 10:00 Horas
Visita a Instalaciones
N/A
Presentación y Apertura de Proposiciones
19/11/2025 10:00 Horas
Fecha de Fallo
21/11/2025 17:00 Horas
FO-CON-07
CIUDAD DE MEXICO, A 3 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBDIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
JESSICA RODRIGUEZ CAÑETE
RUBRICA.
(R.- 570107)
290
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA
ESTATAL GUANAJUATO
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
En cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y los artículos 35 fracción I, 37, 39 fracción I, 40, 41, 45 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación para la
adquisición de bienes y contratación de servicios, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación
están disponibles para consulta en Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/contrataciones y serán
gratuitas o bien se pondrá ejemplar impreso a disposición de los interesados exclusivamente para su consulta
en: calle Suecia esquina con calle España S/N, Colonia Los Paraísos, C.P. 37320, León, Guanajuato,
teléfono: (477) 773 0580, de Lunes a Viernes de las 9:00 a 15:00 horas.
RESUMEN DE CONVOCATORIA 14-2025
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-1-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Servicio de toma e interpretación de mastografías
de tamizaje en gabinete 2026
Volumen a adquirir
12,495 servicios
Fecha de publicación en Compras MX
06 de noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
14/11/2025, 10:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
21/11/2025, 10:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-2-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Suministro de víveres todos los grupos para
Unidades Médicas y guarderías 2026
Volumen a adquirir
7,300 artículos de abarrotes, 3,750 artículos de jugo,
4,350 kg. de carne de cerdo, 4,830 kg. de pescado,
10,930 kg. de carne de res, 19,502 kg. de pollo, 4,750 kg.
de huevo, 3,630 kg. de carnes frías, 71,840 kg. de
verdura y 92,350 kg. de frutas.
Fecha de publicación en Compras MX
06 de noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
14/11/2025, 11:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
21/11/2025, 11:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-3-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Suministro de víveres pan y tortilla para
Unidades Médicas y guarderías 2026
Volumen a adquirir
108,310 piezas de pan dulce, 43,400 piezas de pan
industrializado y 29,650 kg de tortilla
Fecha de publicación en Compras MX
06 de noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
14/11/2025, 12:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
21/11/2025, 12:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-4-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Servicio de fumigación 2026
Volumen a adquirir
239,356 mts
Fecha de publicación en Compras MX
06 de noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
14/11/2025, 13:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
21/11/2025, 13:00 horas
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
291
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-5-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Servicio de traslado de bienes de consumo y maniobras
2026
Volumen a adquirir
2,450 servicios
Fecha de publicación en Compras MX
06 de noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
14/11/2025, 14:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
21/11/2025, 14:00 horas
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR027-N-6-2026
Carácter de la Licitación
Nacional
Descripción de la licitación
Mantenimiento de alberca 2026
Volumen a adquirir
4,004 mts3
Fecha de publicación en Compras MX
06 de noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
14/11/2025, 15:00 horas
Visita a instalaciones
No habrá visitas a instalaciones
Presentación y apertura de proposiciones
21/11/2025, 15:00 horas
Todos los eventos se llevarán a cabo a través a Plataforma Digital de Contrataciones Públicas, en la dirección:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/contrataciones
LEON, GUANAJUATO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
LIC. NOHEMI PATRICIA RANGEL DIAZ
RUBRICA.
(R.- 570153)
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL CHIAPAS
OFICINA DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA 002/2025
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo que establece el Artículo 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los Artículos 35 Fracción I, 36, 39 Fracción I,
40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 66, 67 y 68 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, y demás correlativos de su Reglamento; las Políticas, Bases y Lineamientos en
Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social vigentes y
demás disposiciones aplicables en la materia, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones
Públicas Nacionales, correspondientes al ejercicio 2026, de conformidad con lo siguiente:
Número de la licitación
LA-50-GYR-050GYR004-N-404-2025
Carácter de la licitación
Nacional
Descripción de la licitación u objeto
Servicio de mastografía ambulatoria del Régimen Ordinario
para el Ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
13,828 Estudios
Fecha de publicación en Compras MX
06/11/2025
Visita a instalaciones
No hay visitas
Junta de aclaraciones
21/11/2025 09:00 a.m.
Presentación y apertura de proposiciones
27/11/2025 09:00 a.m.
Fecha y Hora del Fallo:
04/12/2025 12:00 p.m.
Número de la licitación
LA-50-GYR-050GYR004-N-405-2025
Carácter de la licitación
Nacional
Descripción de la licitación u objeto
Servicios médicos y hospitalización subrogada, para
unidades médicas y hospitalarias del Ambito Delegacional,
Régimen Ordinario, Ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
19 Servicios.
Fecha de publicación en Compras MX
06/11/2025
Visita a instalaciones
No hay visitas
292
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Junta de aclaraciones
19/11/2025 11:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
25/11/2025 11:00 a. m.
Fecha y Hora del Fallo:
02/12/2025 02:00 p. m.
Número de la licitación
LA-50-GYR-050GYR004-N-406-2025
Carácter de la licitación
Nacional
Descripción de la licitación u objeto
Servicio de elaboración y suministro de Fórmulas
Magistrales, del Régimen Ordinario para el Ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
12,000 Fórmulas
Fecha de publicación en Compras MX
06/11/2025
Visita a instalaciones
No hay visitas
Junta de aclaraciones
19/11/2025 10:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
25/11/2025 10:00 a. m.
Fecha y Hora del Fallo:
02/12/2025 01:00 p. m.
Número de la licitación
LA-50-GYR-050GYR004-N-408-2025
Carácter de la licitación
Nacional
Descripción de la licitación u objeto
Servicio de suministro de agua purificada en garrafón
Régimen Ordinario e IMSS-Coplamar, para el Ejercicio
2026.
Volumen a adquirir
41,506 Garrafones
Fecha de publicación en Compras MX
06/11/2025
Visita a instalaciones
No hay visitas
Junta de aclaraciones
18/11/2025 09:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
24/11/2025 09:00 a. m.
Fecha y Hora del Fallo:
01/12/2025 12:00 p. m.
Número de la licitación
LA-50-GYR-050GYR004-N-407-2025
Carácter de la licitación
Nacional.
Descripción de la licitación u objeto
Servicio de suministro de agua potable en autotransporte
tipo cisterna con capacidad de 10,000 litros, para las
Unidades Médicas y Administrativas, Régimen Ordinario,
Ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
3,065 Pipas
Fecha de publicación en Compras MX
06/11/2025
Visita a instalaciones
No hay visitas
Junta de aclaraciones
20/11/2025 11:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
26/11/2025 11:00 a. m.
Fecha y Hora del Fallo:
03/12/2025 02:00 p. m.
Número de la licitación
LA-50-GYR-050GYR004-N-410-2025
Carácter de la licitación
Nacional
Descripción de la licitación u objeto
Servicio de mensajería y paquetería del Régimen
Ordinario, para el Ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
21,625 Envíos.
Fecha de publicación en Compras MX
06/11/2025
Visita a instalaciones
No hay visitas
Junta de aclaraciones
20/11/2025 10:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
26/11/2025 10:00 a. m.
Fecha y Hora del Fallo:
03/12/2025 01:00 p. m.
Número de la licitación
LA-50-GYR-050GYR004-N-411-2025
Carácter de la licitación
Nacional.
Descripción de la licitación u objeto
Servicio de mantenimiento y operación de planta de
tratamiento de aguas residuales, para las Unidades y
Hospitales Rurales; UMF 01 Tapachula. HR de Altamirano,
HR de Venustiano Carranza, HR de Guadalupe Tepeyac y
HR de Benemérito de las Américas, del Régimen Ordinario
del OOAD estatal Chiapas, para el Ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
74 Servicios.
Fecha de publicación en Compras MX
06/11/2025
Visita a instalaciones
Los días 03/11/2025, 04/11/2025, 05/11/2025, 06/11/2025
y 07/11/2025 de 08:00 a. m. a 04:00 p. m. en cada unidad
donde se ubican las plantas de tratamiento de aguas,
descritas en el Anexo 1 de las bases de la convocatoria.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
293
Junta de aclaraciones
18/11/2025 10:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
24/11/2025 10:00 a. m.
Fecha y Hora del Fallo:
01/12/2025 01:00 p. m.
Número de la licitación
LA-50-GYR-050GYR004-N-412-2025
Carácter de la licitación
Nacional.
Descripción de la licitación u objeto
Servicio de fumigación y control de fauna nociva en
Unidades Médicas, no médicas y Hospitales Rurales del
Régimen Ordinario del OOAD estatal Chiapas, para el
Ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
2,675,052 Metros Cuadrados.
Fecha de publicación en Compras MX
06/11/2025
Visita a instalaciones
Los días 10/11/2025, 11/11/2025, 12/11/2025, 13/11/2025
y 14/11/2025 de 08:00 a. m. a 04:00 p. m. En cada una de
las Jefaturas de Conservación de las Unidades, contenidas
en las bases de la convocatoria.
Junta de aclaraciones
19/11/2025 09:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
25/11/2025 09:00 a. m.
Fecha y Hora del Fallo:
02/12/2025 12:00 p. m.
Número de la licitación
LA-50-GYR-050GYR004-N-413-2025
Carácter de la licitación
Nacional
Descripción de la licitación u objeto
Servicio de suministro de diésel para maquinaria ultrabajo
en azufre y servicio de flete para traslado de diésel a
Unidades Médicas del Régimen Ordinario y Régimen IMSS
Coplamar, Ejercicio 2026.
Volumen a adquirir
811,100 Litros.
Fecha de publicación en Compras MX
06/11/2025
Visita a instalaciones
No hay visitas
Junta de aclaraciones
20/11/2025 09:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
26/11/2025 09:00 a. m.
Fecha y Hora del Fallo:
03/12/2025 12:00 p. m.
Número de la licitación
LA-50-GYR-050GYR004-N-414-2025
Carácter de la licitación
Nacional.
Descripción de la licitación u objeto
Servicio de mantenimiento de áreas pétreas, chaporreo de
maleza, jardinería, poda de árboles y alberca en Unidades
Médicas, no médicas y Hospitales Rurales del Régimen
Ordinario del OOAD estatal Chiapas, para el Ejercicio 2026
Volumen a adquirir
1,869,792 Metros Cuadrados.
Fecha de publicación en Compras MX
06/11/2025
Visita a instalaciones
Los días 10/11/2025, 11/11/2025, 12/11/2025, 13/11/2025
y 14/11/2025 de 08:00 a. m. a 04:00 p. m. En cada una de
las Jefaturas de Conservación de las Unidades, contenidas
en las bases de la convocatoria.
Junta de aclaraciones
18/11/2025 11:00 a. m.
Presentación y apertura de proposiciones
24/11/2025 11:00 a. m.
Fecha y Hora del Fallo:
01/12/2025 02:00 p. m.
•
Las bases establecidas en la convocatoria se encuentran disponibles para consulta en internet a través
de la página: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, y de manera impresa se pone a disposición
de los interesados exclusivamente para consulta en las instalaciones de la Coordinación de
Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Costera y anillo periférico Sin Número, Colonia
Centro, C.P. 30700, Tapachula, Chiapas, los días Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 horas.
•
Los eventos se realizarán en la Sala de Juntas de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento,
ubicada en Carretera Costera y anillo periférico Sin Número, Colonia Centro, C.P. 30700, Tapachula de
Córdova y Ordóñez, Chiapas.
TAPACHULA DE CORDOVA Y ORDOÑEZ, CHIAPAS, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
TITULAR DE LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
ING. GUILLERMO ALBERTO AVENDAÑO ARZATE
RUBRICA.
(R.- 570155)
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
294
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO
JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO Y EQUIPAMIENTO
RESUMEN DE CONVOCATORIA
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los Artículos 35 fracción I, 36, 37, 39 fracción I, 40
fracción III, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 67, 68 y 96 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación cuya Convocatoria que contiene las bases de participación está disponible para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ en la plataforma Compras MX, mismas que serán gratuitas o bien, se pondrá un ejemplar impreso a disposición de los
interesados exclusivamente para su consulta, en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento, ubicada en Carretera Durango-México Km. 5, Col. 15 de octubre,
C.P. 34285, Durango, Dgo., con teléfonos (618) 129-80-20 y 129-80-54, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas.
No. Licitación
LA-50-GYR-050GYR010-N-130-2025
Tipo
PUBLICA NACIONAL
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE ARTICULOS DEPORTIVOS, MATERIAL DE APOYO PARA LOS DOCENTES
QUE LABORAN EN LOS CENTROS DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA OOAD DURANGO.
Volumen a adquirir
MAXIMO: 1927 ARTICULOS
Fecha de publicación en Compras Mx
22 DE OCTUBRE DE 2025
Junta de aclaraciones
30 DE OCTUBRE DE 2025; 09:00 HORAS
Visita a instalaciones
NO HABRA VISITA A INSTALACIONES
Presentación y apertura de proposiciones
07 DE NOVIEMBRE DE 2025; 09:00 HORAS
•
Todos los eventos se llevarán a cabo en las fechas indicadas en cada licitación, a través del sistema electrónico de información pública gubernamental
denominado Compras MX.
DURANGO, DGO., A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
DEL ORGANO DE OPERACION ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL DURANGO
LIC. JOSE MAGDALENO VARELA GUTIERREZ
RUBRICA.
(R.- 570157)
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
295
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
DIRECCION DE ADMINISTRACION
UNIDAD DE ADQUISICIONES
COORDINACION DE ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS
COORDINACION TECNICA DE ADQUISICION DE BIENES DE INVERSION Y ACTIVOS
DIVISION DE EQUIPO Y MOBILIARIO MEDICO
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de
conformidad con los Artículos 6, fracción III, 33, tercer párrafo, 35, fracción I, 36, 39, fracción II, 40, 47, 48 fracción I, 49, 50, 65 y 67 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y demás correlativos de su Reglamento, convoca a los interesados en participar en la licitación que se detalla, conforme
a lo siguiente:
RESUMEN DE CONVOCATORIA
Número de Licitación
LA-50-GYR-050GYR040-T-11-2025
Carácter de la Licitación
Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio
Objeto de la licitación
Programa Nacional de Adquisición de Aceleradores Lineales 2024-2026
Volumen para adquirir
3 bienes
Fecha de publicación en Compras MX
04/11/2025
Junta de aclaraciones
12/11/2025, 12:00 pm
Presentación y apertura de proposiciones
15/12/2025, 11:00 am
Fallo
26/12/2025, 17:00 pm
•
La convocatoria de la licitación se encuentra disponible para consulta, en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas, denominada Compras MX en la página
de internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx
•
Todos los eventos se realizarán de manera electrónica a través de la plataforma Compras MX por parte de la División de Equipo y Mobiliario Médico.
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
TITULAR DE LA DIVISION DE EQUIPO Y MOBILIARIO MEDICO
LIC. KARLA PACHECO VILLANUEVA
RUBRICA
(R.- 570156)
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
296
SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR
(IMSS-BIENESTAR)
DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS ELECTRONICA
No. LA-47-AYO-047AYO954-T-414-2025
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40, 41, 44, 45, 46, 48, 49, y
50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 39 y 42 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico de
los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los
interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así
como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://upcp-
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro
Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información
relevante es:
Carácter, Medio y No. de Licitación
Internacional Bajo la Cobertura de Tratados
No. LA-47-AYO-047AYO954-T-416-2025
Objeto de la Licitación.
ADQUISICION DE BIENES PARA EL PROGRAMA DE INVERSION DENOMINADO SUSTITUCION DE
EQUIPO DE RADIOTERAPIA
Volumen a adquirir
Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria.
Fecha de publicación en Compras Mx
04 de noviembre de 2025.
Junta de Aclaraciones
25 de noviembre de 2025 a las 12:00 horas.
Visita a Instalaciones
Conforme al Anexo técnico
Presentación y Apertura de Proposiciones
16 de diciembre de 2025 a las 12:00 horas.
Acto de Fallo
23 de diciembre de 2025 a las 17:00 horas.
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD
Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES
LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 570119)
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
297
SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR
(IMSS-BIENESTAR)
DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD Y OTROS SERVICIOS
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
No. LA-47-AYO-047AYO954-N-415-2025
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 fracción I, 36, 37, 39, 40, 41, 44, 45, 46, 48, 49, y
50, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 39 y 42 de su Reglamento, así como el artículo 35 fracción I, del Estatuto Orgánico de
los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y otras disposiciones aplicables en la materia; se informa a los
interesados en participar en licitaciones públicas, que la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así
como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentran disponibles para su consulta en https://upcp-
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en el domicilio de la convocante en: Gustavo E. Campa, Número 54, Piso 1, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro
Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, en días hábiles de lunes a viernes con horario de 09:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas, y cuya información
relevante es:
Carácter, Medio y No. de Licitación
Nacional Electrónica
No. LA-47-AYO-047AYO954-N-415-2025
Objeto de la Licitación.
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO PARA EQUIPO MEDICO DE
ALTA TECNOLOGIA
Volumen a adquirir
Los establecidos en el requerimiento conforme a la convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
04 de noviembre de 2025.
Junta de Aclaraciones
13 de noviembre de 2025 a las 10:00 horas.
Visita a Instalaciones
Conforme al Anexo técnico
Presentación y Apertura de Proposiciones
20 de noviembre de 2025 a las 10:00 horas.
Acto de Fallo
26 de noviembre de 2025 a las 17:30 horas.
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
TITULAR DE LA DIVISION DE ADJUDICACION DE CONTRATOS DE INSUMOS PARA LA SALUD
Y OTROS SERVICIOS DE LA COORDINACION DE RECURSOS MATERIALES
LIC. CARLOS ROMAN MOLINA GONZALEZ
RUBRICA.
(R.- 570118)
298
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
082V61 - SISTEMA PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA FAMILIA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA-82-V61-
923050992-N-2-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en Av. Adolfo López Mateos No. 441, Col.
Campestre, en la ciudad de Chetumal, Quintana Roo de 9:00 a 15:00 horas.
Nombre del Procedimiento de contratación
FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA MUNICIPAL DIF
BENITO JUAREZ
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
31 de Octubre de 2025
Fecha y hora de junta de aclaraciones
7 de Noviembre de 2025 a las 10:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
No hay visita a las instalaciones
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
18 de Noviembre de 2025 a las 11:00
Fecha y hora de fallo
19 de Noviembre de 2025 a las 15:00
31 DE OCTUBRE DE 2025.
SUBDIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA Y DE ARCHIVOS
C.P. VERONICA DEL PILAR ZAVALA PEREZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570029)
AEROPUERTO INTERNACIONAL DE
LA CIUDAD DE MEXICO, S.A. DE C.V.
SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-13-KDN-013KDN001-N-100-
2025, la convocatoria que contiene las bases de participación se encuentran disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la Gerencia Recursos Materiales sita en la oficina
No. 69 del mezzanine Avenida Capitán Carlos León sin número, Colonia Peñón de los Baños, C.P. 15620,
Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, teléfono: 552482-2544, los días lunes a viernes, en el
horario de 9:00 a 17:00 horas.
Descripción de la licitación
SERVICIO DE SUSCRIPCION DE SOFTWARE DE SOPORTE
PARA
LAS
ACTIVIDADES
ADMINISTRATIVAS
Y
SUSTANTIVAS DE DISEÑO Y DESARROLLO PARA EL
AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE
MEXICO, S.A. DE C.V.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
03/11/2025
Junta de aclaraciones
12/11/2025 09:00 horas
Presentación y apertura
de proposiciones
19/11/2025 12:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
GERENTE DE RECURSOS MATERIALES
LIC. MARLENE HERNANDEZ HERNANDEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570097)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
299
BANCO NACIONAL DEL EJERCITO,
FUERZA AEREA Y ARMADA, S.N.C.
GERENCIA DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y 42 de su Reglamento, se informa a los interesados en participar en licitaciones públicas que
la convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante las cuales se desarrollará el procedimiento, así
como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se encuentra
disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, o bien, en: Av. Industria Militar
No. 1055, Colonia Lomas de Sotelo, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México, teléfono 5626-
0500 extensión 2587, 04 de noviembre al 11 de noviembre de 2025, de lunes a viernes de las 08:00 a las
16:00 horas, cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación
LA-06-G1H-006G1H001-I-96-2025.
Objeto de la Licitación
Adquisición de equipo y material para la credencialización
de personal de Banjercito.
Volumen a adquirir
Se detalla en la convocatoria.
Fecha de publicación en ComprasMX
04/11/2025
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones
11/11/2025 09:00 horas
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones
18/11/2025 11:00 horas
Fecha y hora para emitir el fallo
25/11/2025 12:00 horas
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
EL CAP. 1/o. F.A.A.M.A. E.M. RET. SUBDIR. DE RECS. MATS.
CESAR ALEJANDRO ORTA LOPEZ
RUBRICA.
(R.- 570142)
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 80 y 82 de la
Ley de Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las Disposiciones 2 fracción I y II,
30 fracción I, inciso b), 31, 33 fracciones IV, VI, VII y X, 37 fracción I, 51 y 55 fracciones III y IV de las
Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución
de obras de CFE, se hace saber a los interesados la publicación de la Convocatoria Internacional Bajo la
Cobertura de los Tratados de Libre Comercio, de conformidad con lo siguiente:
CFE-0001-CAAAT-0087-2025
Maquinaria Pesada, Montacargas, Camión con Grúa Hidráulica, Camión Redilas, Plataforma
Elevadora y Grúas Hidráulicas para el proceso de Generación de la Región de Producción Noroeste
Fecha de publicación en Micrositio:
3/11/2025
Sesión de Aclaraciones:
7/11/2025, 10:00 hrs
Límite para presentación de ofertas:
15/12/2025, 10:30 hrs
Apertura Técnica:
15/12/2025, 11:00 hrs
Apertura Económica:
22/12/2025, 11:00 hrs
Fallo
5/1/2026, 14:00 hrs
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con
clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía
Sánchez, con Clave de Agente Contratante A1A0A40 y el Lic. Daniel Miranda Velázquez con Clave de Agente
Contratante A1A0A08, con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P.
06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487 y 83494, con los correos electrónicos:
jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx. Los interesados podrán obtener la Convocatoria y Pliego de
Requisitos, a través del Micrositio de Concursos de CFE en el sitio https://msc.cfe.mx/Aplicaciones/NCFE/
Concursos/, a partir de la fecha de publicación en Micrositio
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570091)
300
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los
Artículos 80 y 82 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en las
disposiciones 2 fracción I, 30 fracción I, inciso b), 31, 33 fracciones IV, VI y VII, 34, 37 fracción I y 55
fracciones III y IV de las Disposiciones Generales en materia de adquisiciones, arrendamientos, contratación
de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas
Subsidiarias (en lo sucesivo Disposiciones Generales).
CFE-0001-CAAAT-0089-2025
Adquisición de equipos de radio portátiles para el enlace y coordinación
de las operaciones que materializa el Cuerpo de Seguridad Física
Fecha de publicación en Micrositio:
4/11/2025
Sesión de Aclaraciones:
10/11/2025, 11:30 hrs
Límite para presentación de ofertas:
15/12/2025, 11:30 hrs
Apertura Técnica:
15/12/2025, 12:00 hrs
Apertura Económica:
22/12/2025, 12:00 hrs
Fallo
7/01/2026, 12:00 hrs
El Area Contratante que publica la presente convocatoria es la Gerencia de Abastecimientos de la CFE, con
clave 0001, a través de la Subgerencia de Adquisiciones cuyos contactos son: el Mtro. José Arturo Mejía
Sánchez, con Clave de Agente Contratante A1A0A40 y el Lic. Daniel Miranda Velázquez, con Clave de
Agente Contratante A1A0A08 con domicilio en Río Ródano No. 14, piso 4, sala 402, Col. Cuauhtémoc,
Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487, con los correos
electrónicos: jose.mejias@cfe.mx y daniel.miranda@cfe.mx teléfono (55) 5229 4400 ext. 83487.
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBGERENTE DE ADQUISICIONES
L.A. JOSE AURELIO DE LA VEGA ANGELES
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570147)
CFE COORDINACION REGIONAL DE PRODUCCION NOROESTE
CONVOCATORIA CONCURSO ABIERTO INTERNACIONAL BAJO COBERTURA DE LOS TRATADOS
Con fundamento en la Disposiciones 37 Fracción I de las Disposiciones Generales en materia de
adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y ejecución de obras de la Comisión Federal de
Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias se informa a los interesados a participar en Concurso
Abierto que contiene la Convocatoria en los cuales se desarrollará el procedimiento, así como el Pliego de
Requisitos de participación, que se encuentra disponible para su consulta en: https://msc.cfe.mx. Este
procedimiento de contratación se llevará a cabo de manera electrónica. El siguiente calendario describe las
etapas del procedimiento, así como la fecha y hora de las actividades:
Carácter, medio y No. de Concurso Abierto
Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados No. CFE-
0600-CAAAT-0017-2025
Objeto del Concurso Abierto
Adq supervisión asistencia y pruebas a bomba de alta
presión KSB - HGC 5/7 para U11 CCC Presidente Juárez
Volumen a adquirir
1 pieza
Fecha de publicación en Micrositio
04/noviembre/2025
Fecha y hora de Visita al sitio
N/A
Fecha y hora para celebrar
la Sesión de Aclaraciones
20/noviembre/2025, 09:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones Técnicas:
17/diciembre/2025, 10:00 horas.
Fecha y hora para realizar el Resultado
Técnico y apertura Económica:
07/enero/2026, 10:00 horas.
Fecha y Hora para emitir el fallo
14/enero/2026, 11:00 horas.
ATENTAMENTE
HERMOSILLO, SONORA, MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTOS CFE
COORDINACION REGIONAL DE PRODUCCION NOROESTE
C.P. JOSE EVERARDO INDA GALLARDO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570122)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
301
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA
CONVOCATORIA
Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo
13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y
sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras
del Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del
Estado, Petróleos Mexicanos; 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos
Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2 de las Políticas y
Lineamientos para Abastecimiento, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto
Electrónico Internacional bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio con plazo reducido
No. DEE-CAT-S-GCMCYLM-823-105520-25-1 que tiene por objeto el “Servicio integral y rehabilitación de
los sistemas de aire acondicionado y refrigeración en instalaciones costa afuera”, de acuerdo
con lo siguiente:
Evento
Fecha
Notificación de Aclaración de Dudas
a las Bases de Contratación
14 de noviembre de 2025
Presentación y Apertura de Propuestas
02 de diciembre de 2025, a las 09:00 horas
Notificación del Resultado del Concurso
29 de diciembre de 2025
•
Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de
Contrataciones” (SISCEP).
•
Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de
países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en
materia de Compras del Sector Público y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los
países socios en tratados.
•
No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren
impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones así como con aquellas que se
encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de
personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales.
•
La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos
con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública.
•
Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/
concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. Los interesados en participar deberán
remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo
asociado al procedimiento de contratación en SISCEP email2workspace-prod+PEMEX+WS5406980746
+tevb@ansmtp.ariba.com.
•
La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex,
mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración
Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente.
•
Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en el carácter de Gerenta de
Contrataciones
para
Mantenimiento,
Confiabilidad
y
Logística
Marina,
de
la
Coordinación
de Abastecimiento para Exploración y Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección de
Administración y Servicios de Petróleos Mexicanos conforme al fundamento indicado más adelante, podrá
delegar la suscripción de documentos y actos de trámite del procedimiento de contratación, de modo que
surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en él, acepta dichos términos y
representaciones.
CD. DEL CARMEN, CAMPECHE, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
MARIA ISABEL SEGOVIA MAGAÑA
GERENTA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA
DESIGNADA MEDIANTE OFICIO DAS-0791-2025 CON EFECTO A PARTIR DEL 01 DE JUNIO DE 2025,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23 FRACCION III Y 228
FRACCION IV DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS
MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS
EN DONDE ESTE PUEDE SER CONSULTADO, FUERON PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025, MISMAS QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO REVOCADAS,
LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570027)
302
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
CONVOCATORIA
Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo
13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y
sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del
Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del
Estado, Petróleos Mexicanos (la Ley); 13, 19 y 20, de las Disposiciones Generales de Contratación para
Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, (Disposiciones); y Numerales IV.7 inciso b),
IV.12.2, de las Políticas y Lineamientos para Abastecimiento, a nombre de Petróleos Mexicanos Empresa
Pública del Estado, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto Electrónico Internacional
bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio número DEE-CAT-S-GCEE-401-102417-25-2, que tiene
por objeto el “Servicio de maquinados de partes y accesorios para el mantenimiento de los equipos
instalados en el Activo de Producción Veracruz”, de acuerdo con lo siguiente:
Evento
Fecha
Recepción de dudas a las bases de contratación
12 de noviembre de 2025
Notificación de Aclaraciones de Dudas a las Bases de Contratación
14 de noviembre de 2025
Presentación y Apertura de Propuestas
01 de diciembre de 2025
Notificación de Resultado de Evaluación de Propuestas
11 de diciembre de 2025
Notificación del Resultado del Concurso y fallo
15 de diciembre de 2025
•
Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de
Contrataciones” (SISCeP)
•
pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de países con los
que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en materia de
Compras del Sector Público, y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los países
socios en tratados
•
No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren
impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones, así como aquellas que se
encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de
personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales
•
La información confidencial o reservada que presenten los participantes podrá ser identificada en el
documento que forma parte de las Bases del Concurso con la finalidad que se le dé el tratamiento
correspondiente en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
•
Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/
concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. Los interesados en participar deberán
remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo
asociado al procedimiento de contratación en SISCeP email2workspace-prod+PEMEX+WS5424683366+
jd5b@ansmtp.ariba.com
•
La firma del contrato correspondiente se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma
e-firma de Pemex, mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de
Administración Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella
oportunamente
•
Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, en mi carácter de Titular de la Gerencia de
Contrataciones para Exploración y Extracción de la Coordinación de Abastecimiento para Exploración y
Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección de Administración y Servicios de Petróleos
Mexicanos, conforme a las facultades indicadas más adelante, puedo delegar la suscripción de actos de
trámite, de modo que surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en el
procedimiento de contratación, acepta dichos términos y estas representaciones
VILLAHERMOSA,, TABASCO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
ING. MA LUZ LOZANO RODRIGUEZ
GERENTE DE CONTRATACIONES PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
ADSCRITA A LA COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION DE
LA SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO, EN TERMINOS DEL OFICIO DAS-0792-2025 DE FECHA
1 DE JUNIO DE 2025 Y LOS ARTICULOS 23 FRACCION III, 229 FRACCION IV Y 322 DEL ESTATUTO
ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS MEXICANOS; CUYO AVISO POR EL
QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS EN QUE PUEDE SER CONSULTADO,
FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570158)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
303
PETROLEOS MEXICANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS
SUBDIRECCION DE ABASTECIMIENTO
COORDINACION DE ABASTECIMIENTO PARA EXPLORACION Y EXTRACCION
GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA
CONVOCATORIA
Con fundamento en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Capítulo
13 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (“T-MEC”) y
sus correlativos de cualquier Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente con Título o Capítulo de Compras del
Sector Público celebrados por los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 80 de la Ley de la Empresa Pública del
Estado, Petróleos Mexicanos; 13, 19 y 20 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos
Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias y Numerales IV.7 inciso b), IV.12.2 de las Políticas y
Lineamientos para Abastecimiento, se convoca a los interesados a participar en el Concurso Abierto
Electrónico Internacional bajo la cobertura de los Tratados de Libre Comercio con plazo reducido
No. DEE-CAT-S-GCMCYLM-823-104459-25-2 que tiene por objeto el “Mantenimiento a Equipos de
Caminos, Equipos Ligeros, Semipesados, Pesados y de Transporte de la Terminal Marítima Dos
Bocas”, de acuerdo con lo siguiente:
Evento
Fecha
Notificación de Aclaraciones de Dudas
a las Bases de Contratación
18 de noviembre de 2025
Presentación y Apertura de Propuestas
04 de diciembre de 2025, a las 09:00 horas
Notificación del Resultado del Concurso
26 de diciembre de 2025
•
Este concurso abierto se llevará a cabo a través de medios electrónicos en el “Sistema Electrónico de
Contrataciones” (SISCEP).
•
Unicamente pueden participar personas físicas o morales de nacionalidad mexicana o extranjeras de
países con los que los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un TLC vigente, con disposiciones en
materia de Compras del Sector Público y los bienes a adquirir sean de origen nacional u originarios de los
países socios en tratados.
•
No podrán participar en el presente concurso las personas físicas o morales que se encuentren
impedidas en términos de la Ley, su Reglamento y las Disposiciones así como con aquellas que se
encuentren relacionadas por parentesco con la Presidenta de la República incluyendo para el caso de
personas morales a los integrantes de su estructura accionaria o Beneficiarios finales.
•
La información confidencial o reservada que presenten los participantes deberá ser así indicada por ellos
con la finalidad que se le dé el tratamiento correspondiente en términos de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública.
•
Las Bases de Concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la publicación de la
convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/
concursosabiertos/Paginas/Pemex-Exploracion-y-Produccion.aspx. Los interesados en participar deberán
remitir su manifiesto de interés en participar y la documentación requerida para participar, al correo
asociado al procedimiento de contratación en SISCEP: email2workspace-prod+PEMEX+WS5416771896+
3634@ansmtp.ariba.com.
•
La firma del contrato se llevará a cabo por medios electrónico a través de la plataforma e-firma de Pemex,
mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada vigente que emita el Sistema de Administración
Tributaria, por lo que los participantes deberán asegurarse de contar con ella oportunamente.
•
Para la substanciación del Procedimiento de Contratación, la suscrita en el carácter de Gerente de
Contrataciones
para
Mantenimiento,
Confiabilidad
y
Logística
Marina,
de
la
Coordinación
de Abastecimiento para Exploración y Extracción de la Subdirección de Abastecimiento, Dirección de
Administración y Servicios de Petróleos Mexicanos conforme al fundamento indicado más adelante, podrá
delegar la suscripción de documentos y actos de trámite del procedimiento de contratación, de modo que
surtirán plenos efectos, por lo que quien participe voluntariamente en él, acepta dichos términos y
representaciones.
CD. DEL CARMEN, CAMPECHE, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
MARIA ISABEL SEGOVIA MAGAÑA
GERENTA DE CONTRATACIONES PARA MANTENIMIENTO, CONFIABILIDAD Y LOGISTICA MARINA
DESIGNADA MEDIANTE OFICIO DAS-0791-2025 CON EFECTO A PARTIR DEL 01 DE JUNIO DE 2025,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTICULOS 23 FRACCION III Y 228
FRACCION IV DEL ESTATUTO ORGANICO DE LA EMPRESA PUBLICA DEL ESTADO, PETROLEOS
MEXICANOS, CUYO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DIRECCIONES ELECTRONICAS
EN DONDE ESTE PUEDE SER CONSULTADO, FUERON PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 30 DE MAYO DE 2025, MISMAS QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO REVOCADAS,
LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570093)
304
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
UNIDAD ESPECIALIZADA DE RECURSOS, SERVICIOS E INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACIONES PUBLICAS
No. LA-49-830-049830002-N-21-2025
De conformidad con lo previsto en la Subsección II.4.3. numeral 13 del Acuerdo A/OM/06/2025 por el que se
emiten las Disposiciones en materia de recursos materiales, servicios generales y contrataciones públicas de
la Fiscalía General de la República, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional
número LA-49-830-049830002-N-21-2025, cuya convocatoria que contiene las bases de participación se
encuentra disponible para consulta en la siguiente liga: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx o bien
en: Calle Río Elba No. 17, Piso 2, Col. Cuauhtémoc, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad
de México, teléfonos 55 5346-5427 y 55 5346-5510, de lunes a viernes; en un horario de 9:00 a 14:00 horas.
Descripción de la licitación
Adquisición de Mobiliario para el Edificio “B” del INACIPE
Volumen a adquirir
El detalle de la partida única se determina en la
convocatoria de la Licitación Pública Nacional No. LA-49-
830-049830002-N-21-2025, conforme al Anexo Técnico.
Fecha de Publicación en la Plataforma
Digital de Contrataciones Públicas.
04 de noviembre de 2025.
Junta de Aclaraciones
07 de noviembre de 2025 a las 10:00 hrs.
Presentación y Apertura de Proposiciones
21 de noviembre de 2025 a las 10:00 hrs.
Fallo
27 de noviembre de 2025 a las 17:00 hrs.
ATENTAMENTE
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
ADMINISTRADORA ESPECIALIZADA DE ADQUISICION DE BIENES
LCDA. FABIOLA FERNANDA TORRES LOZANO
RUBRICA.
(R.- 570099)
BANCO DE MEXICO
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL
No. BM-SAFB-25-0997-1
Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de su Ley, en las Normas del Banco de
México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables,
convoca a todos los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM-SAFB-
25-0997-1 con el objeto de adquirir sistemas de extracción de aire y la contratación de los servicios para su
instalación y puesta en marcha. El volumen de los bienes y servicios materia de licitación es de 12.
Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación:
a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 19 de noviembre de 2025.
b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 26 de noviembre de 2025.
c) Comunicación del fallo: A más tardar el 16 de diciembre de 2025
La convocatoria respectiva, fue publicada el día 04 de noviembre de 2025, en el Portal de Contrataciones
Banxico (POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/Portal
Proveedores/
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
BANCO DE MEXICO
SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO
A FABRICA DE BILLETES
ING. MANUEL FLORES ZARZA
FIRMA ELECTRONICA.
ANALISTA DE CONTRATACIONES DE LA OFICINA DE
CONTRATACIONES PARA FABRICA DE BILLETES
LIC. SERGIO IVAN RAMIREZ GOMEZ
FIRMA ELECTRONICA.
Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco
de México; Segundo del Acuerdo de Adscripción de sus Unidades Administrativas, y en los artículos 2,
fracción IX y 6, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y
arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios.
(R.- 570134)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
305
BANCO DE MEXICO
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL
No. BM-SACRH-25-0191-3
Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV de su Ley, en las Normas del Banco de
México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables,
convoca a todos los interesados a participar en la LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL No. BM-
SACRH-25-0191-3 con el objeto de ADQUIRIR CALZADO. El volumen de los bienes materia de licitación es
de 904 pares.
Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación:
a) Respuesta a las solicitudes de aclaración a la licitación: 18 de noviembre de 2025.
b) Acto de presentación y apertura de proposiciones: 25 de noviembre de 2025.
c) Comunicación del fallo: A más tardar el 15 de diciembre de 2025.
La convocatoria respectiva, fue publicada el día 4 de noviembre de 2025, en el Portal de Contrataciones
Banxico (POC Banxico), ubicado en la página de internet del Banco https://www.banxico.org.mx/Portal
Proveedores/
ATENTAMENTE
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
BANCO DE MEXICO
SUBGERENTE DE ABASTECIMIENTO
A CAJA Y RECURSOS HUMANOS
MTRA. MARIA ELENA GONZALEZ TIRADO
FIRMA ELECTRONICA.
ANALISTA DE CONTRATACIONES
DE LA OFICINA DE CONTRATACIONES
PARA CAJA Y RECURSOS HUMANOS
LIC. SAILE COATLICUE ROLDAN PADILLA
FIRMA ELECTRONICA.
Firmado electrónicamente con fundamento en los artículos 8, 10 y 27 Bis del Reglamento Interior del Banco
de México; Segundo del Acuerdo de Adscripción de sus Unidades Administrativas, y en los artículos 2,
fracción IX y 6, primer párrafo, de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y
arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios.
(R.- 570154)
COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
DIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA: 17
En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad
con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a
participar en la licitación pública nacional mixta, que a continuación se indica:
00442002-17-25
Objeto de la licitación
Vales de despensa para fin de año y día de reyes.
Volumen de licitación
Se detalla en la convocatoria
Fecha de publicación en: www.cndh.org.mx
06/11/2025
Junta de Aclaraciones
12/11/2025, 11:00 horas
Presentación y Apertura de Proposiciones
20/11/2025, 11:00 horas.
Fallo
25/11/2025, 17:00 horas.
El texto de la convocatoria de la licitación se encuentra disponible para consulta y obtención gratuita a través
de la página de internet de la Convocante cuya dirección electrónica es http://appweb.cndh.org.mx/
contrataciones/, que corresponde al vínculo Unidad de Transparencia /Obligaciones de Transparencia / XIII
Contrataciones / “Procedimientos de Adjudicación LAASSP y LOPYSRM”, o bien en la oficina de la
Subdirección de Adquisiciones, ubicada en: Boulevard Adolfo López Mateos número 1922, Piso 4, Colonia
Tlacopac, C.P. 01049, Demarcación Territorial Alvaro Obregón, Ciudad de México, teléfono: 1719-2000 ext.
8005 y 8084, del 06 de noviembre al 19 de noviembre de 2025; con horario de 09:00 a 14:00 horas en días
hábiles. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 71 y 90 de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
LIC. RAFAEL ALBERTO CARMONA ARANA
RUBRICA.
(R.- 570108)
306
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
DIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
De conformidad con las Normas en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto
Nacional de Estadística y Geografía, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública
Nacional Electrónica No. LA-40-100-040100992-N-34-2025, cuya Convocatoria que contiene las bases de
participación estará disponible para consulta en las páginas de Internet: https://comprasmx.buen
gobierno.gob.mx/ y https://www.inegi.org.mx/inegi/vendelealinegi/, o bien, en: Avenida Héroe de Nacozari
Sur No. 2301, Fraccionamiento Jardines del Parque, C.P. 20276, Aguascalientes, Aguascalientes, teléfono:
449 910 5300 extensiones 31 4968 y 31 5653, los días de lunes a viernes, en horario de 09:00 a 16:00 horas.
Descripción de la licitación
Adquisición y suministro de agua purificada envasada
para las oficinas ubicadas en inmuebles del Instituto
Nacional de Estadística y Geografía en la ciudad de
Aguascalientes.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
03/11/2025
Junta de aclaraciones
12/11/2025, 13:00 horas
Visita a instalaciones
11/11/2025, 09:30 horas
Presentación y apertura de proposiciones
20/11/2025, 10:00 horas
AGUASCALIENTES, AGS., MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE ADQUISICIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
CELSO BAILON DIAZ
RUBRICA.
(R.- 570129)
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
RESUMEN DE CONVOCATORIA 033-2025
En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como lo establecido en el artículo 37 del Reglamento del Instituto Nacional Electoral en
materia de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y Servicios, se convoca a personas Físicas o
Morales de nacionalidad mexicana o extranjera, interesadas en participar en la Licitación Pública que se
describe a continuación:
Número de la licitación
LP-INE-033/2025
Carácter de la licitación
Internacional Abierta Presencial
Descripción de la licitación
Servicio de producción de la credencial para votar
Fecha de publicación en INE
31 de octubre de 2025
Junta de aclaraciones
6 de noviembre de 2025, 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
13 de noviembre de 2025,10:00:00 horas
Fallo
3 de diciembre de 2025, se notificará por escrito
La convocatoria se encuentra disponible para obtención y consulta en la página del Instituto
https://www.ine.mx/licitaciones-contrataciones-presenciales/. El acto de Junta de Aclaraciones y el acto de
Presentación y Apertura de Proposiciones se llevarán a cabo en los lugares, fechas y horarios señalados en
la convocatoria.
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
SUBDIRECTORA DE ADQUISICIONES
MTRA. MARIANA NOSTI VILLANUEVA
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570032)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
307
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
DIRECCION GENERAL DE PROVEEDURIA
DIRECCION DE ADQUISICIONES
Para los interesados en participar en la Licitación Pública de carácter Internacional No. DGPR-LPI-032/2025
para la adquisición de “Equipo Perimetral de Protección de Red, Firewall NGFW”, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el pasado 28 de octubre de 2025, se les comunica la nota aclaratoria a la Convocatoria de
acuerdo a lo siguiente:
Dice:
Costo de
las bases
Plazo para
adquirir
bases
Junta de
aclaraciones
Presentación de
proposiciones y
apertura técnica
Apertura de
propuestas
económicas
Fallo de la
licitación
$6,000.00
Del 28 de oct. al
12 de nov. 2025
13 de oct.
de 2025
12:00 hrs.
19 de nov.
de 2025
11:00 hrs.
26 de nov.
de 2025
11:00 hrs.
28 de nov.
de 2025
17:30 hrs.
Debe decir:
Costo de
las bases
Plazo para
adquirir
bases
Junta de
aclaraciones
Presentación de
proposiciones y
apertura técnica
Apertura de
propuestas
económicas
Fallo de la
licitación
$6,000.00
Del 28 de oct. al
12 de nov. 2025
13 de nov.
de 2025
12:00 hrs.
19 de nov.
de 2025
11:00 hrs.
26 de nov.
de 2025
11:00 hrs.
28 de nov.
de 2025
17:30 hrs.
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE 2025.
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
EL DIRECTOR GENERAL DE PROVEEDURIA
DR. ISIDRO AVILA MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 570127)
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
DIRECCION GENERAL DE PROVEEDURIA
DIRECCION DE ADQUISICIONES
LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, de conformidad
con la Normatividad de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UNAM, se convoca a las personas
interesadas en participar en la Licitación Pública de carácter Internacional para la adquisición de equipo para
la “Actualización de Switches Tercera y Cuarta Etapa”, requerido por la Dirección General de Cómputo y de
Tecnologías de Información y Comunicación de la UNAM, de conformidad con lo siguiente:
No. de Licitación DGPR-LPI-035/2025
Costo de
las Bases
Fecha para
adquirir Bases
Junta de
aclaraciones
Presentación de
proposiciones y
apertura técnica
Acto de apertura
de propuestas
económicas
Fallo de la
licitación
$6,000.00
Del 06 al 18 de
nov. de 2025
19 de nov.
de 2025
16:30 hrs.
25 de nov. 2025
13:00 hrs.
04 de dic. 2025
11:00 hrs.
08 de dic.
2025
11:00 hrs.
Partida
Cantidad
Unidad de Medida
Descripción de los bienes
2
128
Pieza
Equipo de red integrado con 48 puertos POE, POE+ RJ-
45 10/100/1000 Mbps, 4 ranuras para módulos SFP+
Las Bases de la Licitación se encuentran disponibles para consulta a través de internet en la página
electrónica www.proveeduria.unam.mx, a partir de esta fecha, donde encontrará horarios e indicaciones
para adquirirlas.
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
EL DIRECTOR GENERAL DE PROVEEDURIA
DR. ISIDRO AVILA MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 570130)
308
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
DIRECCION GENERAL DE PROVEEDURIA
DIRECCION DE ADQUISICIONES
LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, de conformidad
con la Normatividad de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UNAM, se convoca a las personas
interesadas en participar en la Licitación Pública de carácter Internacional para la adquisición de “Equipo
de Cómputo, Escáneres y Servidores”, requerida por diversas entidades universitarias, de conformidad con
lo siguiente:
No. de Licitación: DGPR-LPI-036/2025
Costo de
las bases
Fecha para
Adquirir bases
Junta de
aclaraciones
Presentación de
proposiciones y
apertura técnica
Apertura de
propuestas
económicas
Fallo de la
licitación
$6,000.00
del 06 al 19 de
nov. de 2025
20 de nov.
de 2025
13:00 hrs.
26 de nov. de 2025
18:00 hrs.
09 de dic.
de 2025
14:30 hrs.
10 de dic.
de 2025
19:00 hrs.
Lote
Cantidad
Unidad de Medida
Descripción
4
110
Pieza
Equipo de cómputo de escritorio
5
150
Pieza
Equipo de cómputo de escritorio
Las Bases de la Licitación se encuentran disponibles para consulta a través de internet en la página
electrónica www.proveeduria.unam.mx, a partir de esta fecha, donde encontrará horarios e indicaciones para
adquirirlas.
CIUDAD DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
EL DIRECTOR GENERAL DE PROVEEDURIA
DR. ISIDRO AVILA MARTINEZ
RUBRICA.
(R.- 570132)
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
COORDINACION DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
LICITACION PUBLICA NACIONAL
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, de conformidad
con la Normatividad de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la UNAM, se convoca a las personas
interesadas en participar en la Licitación Pública de carácter Nacional para la “Adquisición de Mobiliario para
Laboratorio por Lote Unico”, requerido por la Escuela Nacional de Estudios Superiores Unidad Juriquilla, de
conformidad con lo siguiente:
No. de Licitación: COSJ/UPROV/ENESJ/02/2025
Costo de
las bases
Plazo para adquirir
bases
Visita a
sitio
Junta de
aclaraciones
Presentación de
proposiciones y
apertura técnica
Apertura de
propuestas
económicas
$4,000.00
Del 06 de Nov. Al
18 de Nov. 2025
14 de Nov.
2025
10:00 hrs.
19 de Nov.
2025
12:00 hrs.
26 de Nov. 2025
12:00 hrs.
04 de Dic. 2025
12:00 hrs.
Fallo de la licitación
Partidas
Descripción
09 de Dic. 2025
12:00 hrs.
Lote Unico
Se detalla en las bases de la Licitación
Las Bases de la Licitación se encuentran disponibles únicamente para consulta a través de internet en la
página electrónica https://www.campusjuriquilla.unam.mx/proveeduria/unidad-de-proveeduria/ a partir de esta
fecha, donde encontrará horarios e indicaciones para adquirirlas.
JURIQUILLA, QUERETARO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
CAMPUS JURIQUILLA
TITULAR DE LA COORDINACION DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
DRA. ANAID ANTARAMIAN SALAS
RUBRICA.
(R.- 570031)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
309
067020 - JUNTA MUNICIPAL DE AGUA
Y SANEAMIENTO DE DELICIAS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, se
convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LO-67-020-908073995-N-12-2025,
cuya Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://upcp-
compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en avenida del parque y central poniente #2, Delicias, Chihuahua de
09:00 a 14:00.
Nombre del Procedimiento de contratación
SECTORIZACION EN RED HIDRAULICA 1ER ETAPA
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en CompraNet
06 de Noviembre del 2025
Fecha y hora de junta de aclaraciones
10 de Noviembre de 2025 a las 11:00
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
No Aplica
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
17 de Noviembre de 2025 a las 11:00
Fecha y hora de fallo
19 de Noviembre de 2025 a las 12:00
6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR EJECUTIVO
LIC. JUAN CARLOS VELASCO PONCE
RUBRICA.
(R.- 570125)
JUNTA MUNICIPAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DE JUAREZ
RESUMEN DE CONVOCATORIA A LA LICITACION PUBLICA, NACIONAL, ELECTRONICA NUMERO
LA-67-021-908069995-N-8-2025 RELATIVA A LA ADQUISICION DE INSUMOS PARA LA REPOSICION DE
LA ETAPA 1 DEL COLECTOR CANDELARIA DE DRENAJE SANITARIO, SOBRE AV. CLARA FUENTES
EMPEZANDO EN EL BLVD. INDEPENDENCIA HASTA LA AV. WATERFILL EN CIUDAD JUAREZ,
CHIHUAHUA
De conformidad con el Artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública, Nacional, Electrónica número
LA-67-021-908069995-N-8-2025, cuya convocatoria contiene las Bases de Licitación, están disponibles para
consulta en la página de internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/ o bien en la oficina del Area
de Licitaciones ubicada en la Calle Sierra Morones número 6504, Colonia La Cuesta, Código Postal 32650, en
el Municipio de Juárez, Chihuahua, como contactos de la convocante se cuenta con el correo electrónico
licitaciones@jmasjuarez.gob.mx y teléfonos (656) 686-0086 y 686-0087, ext. 4090 a 4096, de Lunes a Viernes
en horario de 9:00 a 15:00 horas.
Descripción de la Convocatoria:
ADQUISICION DE INSUMOS PARA LA REPOSICION
DE LA ETAPA 1 DEL COLECTOR CANDELARIA DE
DRENAJE SANITARIO, SOBRE AV. CLARA FUENTES
EMPEZANDO EN EL BLVD. INDEPENDENCIA HASTA
LA
AV.
WATERFILL
EN
CIUDAD
JUAREZ,
CHIHUAHUA
Fecha de publicación
06 de noviembre de 2025
Junta de Aclaraciones
12 de noviembre de 2025 a las 09:00 horas.
Presentación y Apertura de Proposiciones
21 de noviembre de 2025 a las 09:00 horas.
Comunicación del Fallo
27 de noviembre de 2025 a las 15:00 horas.
CD. JUAREZ, CHIHUAHUA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
PRESIDENTA DEL COMITE DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACION
DE SERVICIOS DE LA JUNTA MUNICIPAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DE CIUDAD JUAREZ
C.P. CRUZ ELENA MORENO LOERA
RUBRICA.
(R.- 570103)
310
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONANITLA
DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS
CONVOCATORIA 005
La Dirección de Obras Públicas, con fundamento en lo establecido en los Artículos 129 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México, 12.4, 12.5, 12.20, 12.23 fracción I; 12.25 del Libro Décimo
Segundo del Código Administrativo del Estado de México; artículos del 26 al 47, del 49 al 63 y 93 del
Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México, convoca a las
personas físicas y morales con capacidad legal para contratar e interesados en participar en las Licitación
Pública de Carácter Nacional Número: TON-OP/25-03-LP/REC-PROP, de la misma forma toda la información
relevante al presente procedimiento se encontrará disponible en la plataforma https://tonanitla.gob.mx/,
para su consulta, y las bases para la participación están disponibles en las oficinas que ocupa la Dirección de
Obras Públicas, ubicadas en Calle Bicentenario No. 1, Colonia Centro, Municipio de Tonanitla, Estado
de México. C.P. 55785, Teléfono: 5589675018 ext. 113, de Lunes a Viernes del año en curso de 09:00
a 14:00 hrs.
DESCRIPCION DE LA LICITACION
CONSTRUCCION DE ARCOTECHO EN AREA GIMNASIO Y
TECHUMBRE VELARIA EN AREA DE JUEGOS, EN
DEPORTIVO TONANITLA, COLONIA LA CONCEPCION,
MUNICIPIO DE TONANITLA, ESTADO DE MEXICO.
VOLUMEN DE OBRA
Descrito en las bases de licitación
FECHA DE PUBLICACION DOF
Y PAGINA DEL MUNICIPIO
06 de NOVIEMBRE de 2025
VISITA AL LUGAR DE LOS TRABAJOS
11 DE NOVIEMBRE DE 2025 10:00 horas
JUNTA DE ACLATACIONES
11 DE NOVIEMBRE de 2025 10:30 horas
APERTURA DE PROPUESTAS
18 de NOVIEMBRE de 2025 10:00 horas
FALLO
22 de NOVIEMBRE de 2025 10:00 horas
MUNICIPIO DE TONANITLA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS DEL MUNICIPIO DE TONANITLA, ESTADO DE MEXICO
ARQ. RAUL ALEJANDRO VALDEZ DURAN
RUBRICA.
(R.- 570148)
074112 - FISCALIA GENERAL DE JUSTICIA
DEL ESTADO DE MEXICO
DIRECCION DE PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS, ALMACEN E INVENTARIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL ELECTRONICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la Licitación Nacional número LA-74-112-
915017988-N-1-2025, cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en
Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en avenida Morelos Oriente número 1300, esquina
Jaime Nunó, mezzanine, colonia San Sebastián, Toluca, Estado de México, código postal 50090, los días 06
al 20 de noviembre del año en curso, en un horario de 9:00 a18:00 horas, cuya información relevante es:
Carácter, medio y No. de Licitación.
Carácter: Nacional.
Medio: Electrónico.
Número de Licitación: LA-74-112-915017988-N-1-2025
Objeto de la Licitación.
Adquisición de Uniformes.
Volumen a adquirir.
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX.
06 de noviembre de 2025.
Fecha y hora para celebrar
la junta de aclaraciones.
14 de noviembre de 2025 a las 12:00 horas.
Fecha y hora para realizar la presentación
y apertura de proposiciones.
21 de noviembre de 2025 a las 10:00 horas.
Fecha y hora de fallo.
24 de noviembre de 2025 a las 15:00 horas.
ATENTAMENTE
TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
OFICIAL MAYOR
M. EN A.P. ANGEL IVAN LUGO COLIN
RUBRICA.
(R.- 570140)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
311
CENTRO DE CONCILIACION LABORAL
DEL ESTADO DE MORELOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL, CON FORMA DE PARTICIPACION ELECTRONICA
De conformidad con la LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PUBLICO, se convoca a los interesados a participar en la licitación NACIONAL número LA- CCLEM-01-
10-2025, CUYA Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para su consulta en
internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien, en el domicilio de la convocante ubicado en la
Av. Central, número 19, local 5b, colonia Cuauhnáhuac, Cuernavaca, Morelos, 62430, con número de teléfono
777 4867840, de lunes a viernes de las 08:00 a las 16:00 horas
Nombre del Procedimiento de contratación
Adquisición de mobiliario
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha y hora de publicación en Compras MX
5 de noviembre 25.
Fecha y hora de junta de aclaraciones
12 de noviembre 25.a las 11:00 hrs.
Fecha y hora de la visita a las instalaciones
No hay visita
Fecha y hora de presentación
y apertura de proposiciones
18 de noviembre de 2025 a las 11:00 hrs.
Fecha y hora de fallo
20 de noviembre 25 a las 11:00 hrs.
3 DE NOVIEMBRE DE 2025.
LA CONVOCANTE ENCARGADA DE DESPACHO DEL CENTRO
DE CONCILIACION LABORAL DEL ESTADO DE MORELOS
MALU ESTEFANIA AYALA GUTIERREZ
RUBRICA.
(R.- 570133)
GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEON
078031 - SECRETARIA DE ADMINISTRACION
DIRECCION GENERAL DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS
DIRECCION DE CONCURSOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA DE LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 fracción I, cuarto párrafo, y 36 ambos de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se informa a los interesados en participar que la
convocatoria a la licitación que contiene las bases mediante la cual se desarrollará el procedimiento
electrónico, así como la descripción de los requisitos de participación y el modelo de contrato específico, se
encuentra disponible para su consulta en: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/, a partir de la fecha de
publicación, y cuya información relevante es:
Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-78-031-919059964-N-18-2025.
Objeto de la Licitación:
Adquisición de cincuenta y cuatro (54) camionetas pick
up doble cabina, equipadas como patrullas y con
balizamiento municipal para 28 municipios del Estado de
Nuevo León, solicitado por el Secretariado Ejecutivo del
Consejo de Coordinación del Sistema Integral de
Seguridad Pública del Estado de Nuevo León.
Volumen por adquirir:
Según ficha técnica.
Fecha de publicación en ComprasMX:
06/11/2025.
Junta de Aclaraciones:
19/11/2025 a las 11:30 horas.
Visita a Instalaciones:
No hay visita.
Presentación y Apertura de Proposiciones:
25/11/2025 a las 11:00 horas.
Fallo Definitivo y Adjudicación:
27/11/2025 a las 11:00 horas.
MONTERREY, NUEVO LEON, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE CONCURSOS DE LA DIRECCION GENERAL DE
ADQUISICIONES Y SERVICIOS DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION
LIC. CARLOS JAVIER GONZALEZ JASSO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570089)
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
312
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON
DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA
DIRECCION DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación pública cuya
Convocatoria que contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet: https://upcp-compranet.buengobierno.gob.mx/o bien en la Dirección de
Adquisiciones, ubicada en el Segundo Piso, Ala Sur de la Torre de Rectoría, Campus Ciudad Universitaria, Av. Universidad s/n, San Nicolás de los Garza, Nuevo León,
teléfono (81)8329-4023 Ext. 5471 y 5429 horario comprendido en días hábiles de lunes a viernes de las 8:30 horas a las 13:00 horas.
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE UNIFORMES SECRETARIALES TEMPORADA PRIMAVERA-VERANO
2026, OTOÑO INVIERNO 2026,
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
06-11-25
Junta de aclaraciones
11-11-25 13:00 hrs
Presentación y apertura de proposiciones
21-11-25 13:00 hrs
Fallo
28-11-25 13:00 hrs
Descripción de la licitación
SERVICIO DE SOLUCION DE FIREWALL PARA SEGURIDAD DE LAS APLICACIONES DE
LA RED UNIVERSITARIA
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en CompraNet
06-11-25
Junta de aclaraciones
19-11-25 10:00 hrs
Presentación y apertura de proposiciones
24-11-25 11:00 hrs
Fallo
01-12-25 11:00 hrs
CIUDAD UNIVERSITARIA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTORA DE ADQUISICIONES
M.M. OTILIA MARIA MAYELA AGUILAR GUARDADO
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570161)
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
313
GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA
SECRETARIA DE PLANEACION, FINANZAS Y ADMINISTRACION
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
DIRECCION GENERAL DE ADJUDICACIONES
DIRECCION DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
RESUMEN DE CONVOCATORIA 02
La Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, a través de la Dirección de Adquisiciones de Bienes y Servicios, de
conformidad con los artículos 35 fracción I, 36, 39 fracción I y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente, artículo 33 fracción
LXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, artículos 5 fracción VI, inciso c), numeral 1, 9, 13 fracción III y 68 fracciones II y III del
Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, convoca a los interesados a participar en la
siguiente Licitación Pública Nacional Electrónica, reducción de plazos cuya convocatoria contiene las bases de participación disponibles para su consulta en
Internet a través de la página: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien las oficinas de la Dirección de Adquisiciones de Bienes y Servicios, ubicadas en la
Planta baja del edificio que ocupa Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, Avenida 11 Oriente. No 2224, Colonia Azcárate, C.P. 72501, en la ciudad de
Puebla, Puebla, teléfono: (222) 2 29 7000 extensión 5062, a partir de la fecha de publicación de la Convocatoria, en horario de 9:00 a 17:00 horas de lunes a viernes
(días hábiles).
No. de licitación
LA-80-U88-921002997-N-21-2025 (GEP-SPFA-LPNF-003-633/2025)
Descripción de la Licitación.
Adquisición de equipos de rayos X para la revisión de bultos, enseres y alimentos que ingresan a los Centros
Penitenciarios para el Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Volumen a adquirir
Se detalla en la convocatoria
Fecha de Publicación en Plataforma
06/11/2025
Junta de Aclaraciones
13/11/2025, 17:30 horas
Presentación y apertura de proposiciones
24/11/2025, 11:00 horas
Fallo
28/11/2025, 15:00 horas
ATENTAMENTE
CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTORA GENERAL DE ADJUDICACIONES EN LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DE LA
SECRETARIA DE PLANEACION, FINANZAS Y ADMINISTRACION DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA
ALMA DIANA GARCIA RODRIGUEZ
FIRMA ELECTRONICA.
(R.- 570135)
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
314
INSTITUTO SINALOENSE DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA
DEPARTAMENTO DE LICITACION DE OBRAS Y ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA ELECTRONICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en las Licitaciones Públicas
Nacionales cuyas Convocatorias contienen las bases de participación disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Bahía de Navachiste
No. 609 Pte., Colonia Balcones del Nuevo Culiacán, C.P. 80170, Culiacán, Sinaloa, teléfonos: 01 (667) 713-33-63, 713-34-63, 712-70-14, los días de Lunes a Viernes
de las 08:00 a 15:00 horas.
Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-84-W43-925005997-N-3-2025
Objeto de la Licitación
EQUIPAMIENTO PARA INSTITUTO TECNOLOGICO DE MAZATLAN
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la Convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet
06/Noviembre/2025
Junta de Aclaraciones
13/11/2020 11:00 horas
Visita a Instalaciones
No habrá visita a instalaciones.
Presentación y Apertura de Proposiciones
20/11//2025, 10:00 horas
Fallo
26/11/2025, 10:00 horas
Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-84-W43-925005997-N-4-2025
Objeto de la Licitación
EQUIPAMIENTO PARA INSTITUTO TECNOLOGICO DE LOS MOCHIS
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la Convocatoria.
Fecha de publicación en CompraNet
06/Noviembre/2025
Junta de Aclaraciones
13/11/2020 13:00 horas
Visita a Instalaciones
No habrá visita a instalaciones.
Presentación y Apertura de Proposiciones
20/11//2025, 11:00 horas
Fallo
26/11/2025, 12:00 horas
CULIACAN, SINALOA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DEL ISIFE
ARQ. HUGO ECHAVE MENESES
RUBRICA.
(R.- 570138)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
315
MUNICIPIO DE SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA
LICITACION PUBLICA NACIONAL No. LA-85-I03-826055984-N-2-2025 y LA-85-I03-826055984-N-3-2025
El Municipio de San Luis Río Colorado, Sonora, acatando lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, y lo dispuesto en los artículos 35, 39, 40, 41 y 42 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento, convoca a las personas físicas
y morales que posean los recursos técnicos, económicos y demás necesarios para participar en las
Licitaciones Públicas Nacionales para la contratación de: ADQUISICION DE PATRULLAS PARA LA
DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL DE SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA; y
ADQUISICION DE GRUA PLATAFORMA PARA LA DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL
DE SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA conforme a lo siguiente:
No. de Licitación
Junta de Aclaraciones
Presentación y apertura de propuestas
LA-85-I03-826055984-
N-2-2025
07 de noviembre de 2025
10:00 hrs
18 de noviembre de 2025
10:00 hrs
Plazo de Entrega
Descripción general de la Adquisición
30 Días Naturales
ADQUISICION DE PATRULLAS PARA LA DIRECCION DE SEGURIDAD
PUBLICA MUNICIPAL DE SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA
No. de Licitación
Junta de Aclaraciones
Presentación y apertura de propuestas
LA-85-I03-826055984-
N-3-2025
07 de noviembre de 2025
12:00 hrs
18 de noviembre de 2025
11:30 hrs
Plazo de Entrega
Descripción general de la Adquisición
30 Días Naturales
ADQUISICION DE GRUA PLATAFORMA PARA LA DIRECCION DE
SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL DE SAN LUIS RIO COLORADO,
SONORA
I.
CONSULTA DE BASES DE LICITACION: Las bases de la licitación se encuentran disponibles para su
consulta en la página de Internet: https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ y a partir de la publicación de
la presente convocatoria y hasta la fecha límite de inscripción en: La Dirección de Servicios
Administrativos en Av. Juárez y Calle 4ta. Número s/n, Colonia Comercial, C.P. 83400, San Luis Río
Colorado, Sonora, teléfono: Tel. (653) 536-6655, en días hábiles de 9:00 a 15:00 hrs.
II.
Se exhorta a todos los licitantes a registrarse en el Sistema https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/
III. Asimismo, y con fundamento en lo que establecen los artículos 36 y 37 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, este procedimiento será ELECTRONICO, en la cual
exclusivamente se permitirá la participación de los Licitantes a través de la Plataforma Digital de
Contrataciones Públicas de la Administración Pública Federal denominada Compras MX, utilizando
medios de identificación electrónica
IV. JUNTA DE ACLARACIONES: La junta de aclaraciones se llevará a cabo en la Sala de cabildo ubicada en
Av. Juárez y Calle 4ta, planta alta, Col. Comercial, C.P. 83449, San Luis Río Colorado, Sonora, fecha y
hora señaladas en el recuadro.
V. PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS: El acto de presentación de proposiciones y apertura
se realizará por medios electrónicos conforme a lo establecido en la ley de la materia.
VI. ANTICIPOS: No se otorgarán anticipos para las adquisición de los bienes estipulados en la presente
convocatoria.
VII. ORIGEN DE LOS RECURSOS: del Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento de los Municipios
2025.
VIII. El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español.
IX. La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Pesos Mexicanos.
X. Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de esta licitación, así como en las proposiciones
presentadas por los licitantes, podrán ser negociables.
Cabe señalar que la descripción de cada uno de los requisitos señalados anteriormente, se encuentran en las
bases de la licitación, mismas que están a su disposición tal y como se señala en la presente convocatoria.
Para ser agraciado con la adjudicación del contrato los interesados deberán cumplir con los requisitos
establecidos en las bases de licitación, los mismos que serán revisados por el Municipio de San Luis Río
Colorado y, en su caso, los interesados se comprometerán a otorgar las facilidades necesarias para
comprobar su veracidad y verificar que éstos cumplan con los requisitos de la presente convocatoria.
ATENTAMENTE
SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA, A 4 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES
ING. JUAN DAGOBERTO BUZANI CASILLAS
RUBRICA.
(R.- 570111)
316
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 018-26
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública Nacional modalidad electrónica número LA-85-W83-
926014991-N-18-2026, cuya convocatoria de licitación está disponible para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en calle 5 de Febrero Número 818
Sur, Colonia Centro, C.P. 85000, Cajeme, Sonora, teléfono: 644-410-09-18 ext. 2919 y 2044, los días de lunes
a viernes con el siguiente horario: de 8:00 a 16:00 Hrs.
Número de Licitación
LA-85-W83-926014991-N-18-2026
Descripción de la licitación
SERVICIOS
DE
SEGURIDAD
Y
VIGILANCIA
ESPECIALIZADOS PARA LAS INSTALACIONES DEL
INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
30/10/2025
Visita a instalaciones
06 y 07 de noviembre, según convocatoria.
Junta de aclaraciones
11/11/2025 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
19/11/2025 11:00 horas
CIUDAD OBREGON, SONORA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
MTRO. RODOLFO MANUEL TAMAYO CUEVAS
RUBRICA.
(R.- 570106)
INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 019-26
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública Nacional modalidad electrónica número LA-85-W83-
926014991-N-19-2026, cuya convocatoria de licitación está disponible para consulta en Internet:
https://comprasmx.buengobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en calle 5 de Febrero Número 818
Sur, Colonia Centro, C.P. 85000, Cajeme, Sonora, teléfono: 644-410-09-18 ext. 2919 y 2044, los días de lunes
a viernes con el siguiente horario: de 8:00 a 16:00 Hrs.
Número de Licitación
LA-85-W83-926014991-N-19-2026
Descripción de la licitación
RENOVACION DE LICENCIAS ZOOM Y GOOGLE
TEACHING AND LEARNING
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
30/10/2025
Visita a instalaciones
No aplica.
Junta de aclaraciones
07/11/2025 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
15/11/2025 10:00 horas
CIUDAD OBREGON, SONORA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
MTRO. RODOLFO MANUEL TAMAYO CUEVAS
RUBRICA.
(R.- 570109)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
317
INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 020-26
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública Nacional modalidad electrónica número LA-85-W83-
926014991-N-20-2026, cuya convocatoria de licitación está disponible para consulta en Internet:
https://comprasmx.buen gobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en calle 5 de Febrero Número 818
Sur, Colonia Centro, C.P. 85000, Cajeme, Sonora, teléfono: 644-410-09-18 ext. 2919 y 2044, los días de lunes
a viernes con el siguiente horario: de 8:00 a 16:00 Hrs.
Número de Licitación
LA-85-W83-926014991-N-20-2026
Descripción de la licitación
CONTRATACION DEL SERVICIO ESPECIALIZADO DE
LIMPIEZA INTEGRAL PARA LAS INSTALACIONES DEL
INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
31/10/2025
Visita a instalaciones
10 y 11 de noviembre, según convocatoria.
Junta de aclaraciones
13/11/2025 09:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
21/11/2025 11:00 horas
CIUDAD OBREGON, SONORA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
MTRO. RODOLFO MANUEL TAMAYO CUEVAS
RUBRICA.
(R.- 570110)
INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 021-26
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública Nacional modalidad electrónica número LA-85-W83-
926014991-N-21-2026, cuya convocatoria de licitación está disponible para consulta en Internet:
https://comprasmx.buen gobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en calle 5 de Febrero Número 818
Sur, Colonia Centro, C.P. 85000, Cajeme, Sonora, teléfono: 644-410-09-18 ext. 2919 y 2044, los días de lunes
a viernes con el siguiente horario: de 8:00 a 16:00 Hrs.
Número de Licitación
LA-85-W83-926014991-N-21-2026
Descripción de la licitación
ADQUISICION DE TINTAS Y TONER PARA EL
INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria
Fecha de publicación en Compras MX
31/10/2025
Visita a instalaciones
No aplica.
Junta de aclaraciones
14/11/2025 09:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
22/11/2025 10:00 horas
CIUDAD OBREGON, SONORA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
MTRO. RODOLFO MANUEL TAMAYO CUEVAS
RUBRICA.
(R.- 570112)
318
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
INSTITUTO TECNOLOGICO DE SONORA
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
RESUMEN DE CONVOCATORIA No. 157-25
De conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los
interesados a participar en la licitación pública Nacional modalidad electrónica número LA-85-W83-
926014991-N-157-2025, cuya convocatoria de licitación está disponible para consulta en Internet:
https://comprasmx.buen gobierno.gob.mx/ o bien en la convocante ubicada en calle 5 de Febrero Número 818
Sur, Colonia Centro, C.P. 85000, Cajeme, Sonora, teléfono: 644-410-09-18 ext. 2919 y 2044, los días de lunes
a viernes con el siguiente horario: de 8:00 a 16:00 Hrs.
Número de Licitación
LA-85-W83-926014991-N-157-2025
Descripción de la licitación
SUMINISTRO E INSTALACION DE CABLEADO
ESTRUCTURADO Y FIBRA OPTICA
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación en Compras MX
31/10/2025
Visita a instalaciones
06 y 07 de noviembre, según convocatoria.
Junta de aclaraciones
12/11/2025 10:00 horas
Presentación y apertura de proposiciones
20/11//2025 12:00 horas
CIUDAD OBREGON, SONORA, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
MTRO. RODOLFO MANUEL TAMAYO CUEVAS
RUBRICA.
(R.- 570104)
AVISO
Se informan los requisitos para publicar documentos en el Diario Oficial de la Federación:
•
Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del
documento, fundando su petición conforme a la normatividad aplicable, en original y dos copias.
•
Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y
firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.
•
Versión electrónica del documento a publicar, en formato word contenida en un solo archivo,
correctamente identificado.
•
Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales
realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico
e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000.
El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de
personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales, en original
y copia simple.
Consideraciones Adicionales:
1.
En caso de documentos a publicar emitidos en representación de personas morales, se deberán
presentar los siguientes documentos en original y copia, para cotejo y resguardo en el DOF:
•
Acta constitutiva de la persona moral solicitante.
•
Instrumento público mediante el cual quien suscribe el documento a publicar y la solicitud
acredite su cualidad de representante de la empresa.
•
Instrumento público mediante el cual quien realiza el trámite acredite su cualidad de apoderado o
representante de la empresa para efectos de solicitud de publicación de documentos en el DOF.
2.
Los pagos por concepto de derecho de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio
fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados
en 2024 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2025.
3.
No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta
adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de
las instituciones bancarias.
4.
Todos los documentos originales, entregados al DOF, quedarán resguardados en sus archivos.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
319
GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN
INSTITUTO PARA LA CONSTRUCCION Y CONSERVACION DE OBRA PUBLICA EN YUCATAN
RESUMEN DE CONVOCATORIA
LICITACION PUBLICA NACIONAL
De conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional, cuya convocatoria que contiene las bases de
participación se encuentran disponibles para su consulta en Compras MX: https://upcp-compranet.buen
gobierno.gob.mx/ desde la fecha de publicación o bien en el Departamento de Concursos ubicado en la
Avenida Itzáes S/N Interior A por 59-A y 59, Colonia Centro C.P. 97000, Mérida, Yucatán, teléfono
999.930.33.00 extensión 50093, en el horario de 08:00 a 15:00 horas de lunes a viernes (días hábiles).
Licitación Pública Nacional No. LO-90-Z28-931059970-N-5-2025
Descripción de la Licitación
Remodelación,
reacondicionamiento
y
rehabilitación
de
las
instalaciones del Centro de Atención Infantil, “Creciendo con Amor”
en el municipio de Tizimín.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación
en Compras MX
06 de noviembre de 2025.
Visita a instalaciones
10 de noviembre de 2025, 09:00 horas. Punto de reunión de acuerdo
a lo indicado en la convocatoria de las bases de licitación.
Junta de Aclaraciones
13 de noviembre de 2025, 10:00 horas. Punto de reunión en la sala
de Dirección General del INCCOPY.
Presentación y Apertura
de Proposiciones
20 de noviembre de 2025, 10:00 horas. Punto de reunión en la sala
de usos múltiples del INCCOPY.
Licitación Pública Nacional No. LO-90-Z28-931059970-N-6-2025
Descripción de la Licitación
Remodelación,
Reacondicionamiento
y
Rehabilitación
de
las
instalaciones del Centro de Asistencia Social para Niñas, Niños,
Adolescentes Migrantes en Yucatán "Casa U'ulab" en el municipio
de Mérida.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación
en Compras MX
06 de noviembre de 2025.
Visita a instalaciones
10 de noviembre de 2025, 09:30 horas. Punto de reunión de acuerdo
a lo indicado en la convocatoria de las bases de licitación.
Junta de Aclaraciones
13 de noviembre de 2025, 12:00 horas. Punto de reunión en la sala
de Dirección General del INCCOPY.
Presentación y Apertura
de Proposiciones
20 de noviembre de 2025, 12:00 horas. Punto de reunión en la sala
de usos múltiples del INCCOPY.
Licitación Pública Nacional No. LO-90-Z28-931059970-N-7-2025
Descripción de la Licitación
Construcción de Puente peatonal ubicado en el circuito periférico Lic.
Manuel Berzunza y Berzunza, Km. 23.5 Centro de Rehabilitación
Cottolengo en el municipio de Mérida.
Volumen a adquirir
Los detalles se determinan en la propia convocatoria.
Fecha de publicación
en Compras MX
06 de noviembre de 2025.
Visita a instalaciones
10 de noviembre de 2025, 10:00 horas. Punto de reunión de acuerdo
a lo indicado en la convocatoria de las bases de licitación.
Junta de Aclaraciones
13 de noviembre de 2025, 14:00 horas. Punto de reunión en la sala
de Dirección General del INCCOPY.
Presentación y Apertura
de Proposiciones
20 de noviembre de 2025, 14:30 horas. Punto de reunión en la sala
de usos múltiples del INCCOPY.
ATENTAMENTE
MERIDA, YUCATAN, A 6 DE NOVIEMBRE DE 2025.
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO PARA LA CONSTRUCCION
Y CONSERVACION DE OBRA PUBLICA EN YUCATAN
ING. JOSE ISAAC GONZALEZ BERNAL
RUBRICA.
(R.- 570124)
320
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas
Zacatecas
EDICTO
Por ignorar el domicilio del tercero interesado, con fundamento en el artículo 315, del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, el Juez Segundo de Distrito en el
Estado de Zacatecas, ordenó emplazar por edictos Alan Omar García Espinoza, haciéndole saber que en este
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas, se ventila Juicio de Amparo 826/2024 promovido por
Tony de Marco Ramírez Romero, por su propio derecho, actos del Pleno del Tribunal Superior de Justicia en
el Estado de Zacatecas y otras autoridades, que hizo consistir en: “El auto de quince de mayo de dos mil
veinticuatro, en que la diversa responsable, Juez de Control del distrito Judicial de Jerez de García Salinas,
Zacatecas, declaró improcedente, desechando de plano, el recurso de revocación planteado contra lo resuelto
en audiencia de trece de mayo citado, dentro de la carpeta de impugnación marcada con el número 07/2024,
instaurada contra Ma. Eva García Espinoza y otros”; se le previene para que comparezca en el término de
treinta días, que contarán a partir del siguiente de la última publicación, apercibido que de no hacerlo, no
imponerse de los autos, las siguientes notificaciones se le harán por medio de lista que se publica en este
juzgado. Asimismo, se ordena fijar en los estrados de este Tribunal una copia del presente edicto hasta en
tanto se tenga por legalmente notificados a la citada tercera interesada.
Atentamente
Zacatecas, Zacatecas, veintisiete de agosto de dos mil veinticinco.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas
Lic. Adriana Salazar Orozco
Rúbrica.
(R.- 569255)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Zapopan, Jal.
EDICTO
DIRIGIDO A:
TERCERA INTERESADA: ANDREAS PAPADIMITRIOU.
Se emplaza al Amparo Directo 442/2025-I, promovido por el quejoso LUIS RODOLFO DE LA TORRE
BARBARINO, por conducto de su abogado patrono CARLOS EDUARDO QUEVEDO ARANDA, contra la
sentencia de veintiocho de marzo de dos mil veinticinco, dictada por la Cuarta Sala del Supremo Tribunal de
Justicia del Estado de Jalisco, emitida en el toca 109/2025. Quedan a su disposición copias de la demanda
de amparo en la secretaría del tribunal. Haciéndole saber que tiene treinta días para presentarse a hacer valer
sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo se harán por lista,
artículos 27 y 181 de la Ley de Amparo y conforme al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles,
deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico
de mayor circulación en la Republica.
Zapopan, Jalisco, a veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco.
La Secretaria del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Licenciada Brenda Sarai Zúñiga Moreno
Rúbrica.
(R.- 569339)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
321
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.P. 950/2024-V, promovido por Edi Ramírez Vázquez, contra la
sentencia de veintiséis de octubre de dos mil diecisiete, dictada por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia
Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del toca 544/2017, de
su índice, en virtud de que no se ha emplazado a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27,
fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos
Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a la tercera interesada María Rosa Tapia Portillo,
publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en
uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la
parte tercera interesada que deberán presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día
siguiente al de la última publicación; apercibidos que de no comparecer en este juicio, las subsecuente
notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este
Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 569502)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.P. 375/2025-V, promovido por Ricardo San Martín Simbrón,
contra la sentencia de cuatro de marzo de dos mil dieciséis, dictada por el Primer Tribunal de Alzada en
Materia Penal de Texcoco, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del toca
751/2015, de su índice, en virtud de que no se ha emplazado a los terceros interesados, con fundamento en el
artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese a juicio a los terceros interesados Gerardo José
Valencia Becerril y María del Socorro Sánchez Becerril, publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE
días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la
República Mexicana el citado edicto; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberán presentarse
en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibidos que
de no comparecer en este juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por
medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 569503)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Sonora,
con sede en Hermosillo
EDICTO.
Grupo Riviera, S.A. de C.V..
En el juicio de amparo 266/2024, promovido por Estructuras y Servicios de Ensenada, Sociedad Anónima
de Capital Variable, a través de su administrador único Miguel Vásquez Rascón, contra unos actos del
Juzgado Tercero de Primera Instancia de lo Mercantil, con sede en esta ciudad, y otras autoridades, el ocho
de octubre de dos mil veinticinco este Juzgado Federal ordenó emplazar por edictos en su carácter de tercera
interesada a la moral Grupo Riviera, S.A. de C.V., que se publicarán por tres veces de siete en siete días
naturales en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico nacional de mayor circulación, a fin de que
comparezca ante este órgano jurisdiccional dentro del plazo de treinta días contado a partir del siguiente al en
que se efectúe la última publicación por apoderado o por gestor que pueda representarlo o defender sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles,
322
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, apercibida que de no hacerlo en el término señalado, las
ulteriores notificaciones aun las de carácter personal se harán por medio de lista, de conformidad con lo
previsto por el numeral 26, fracción III, de la Ley de Amparo, en relación con los diversos 305 y 306 del
Código Federal de Procedimientos Civiles; en la inteligencia de que la copia de la demanda de amparo queda
en la Secretaría de este Juzgado Federal a su disposición.
Fecha para la audiencia constitucional: diez horas con un minuto del veintitrés de octubre
de dos mil veinticinco.
Para ser publicado tres veces, de siete en siete días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en el
periódico nacional de mayor circulación.
Atentamente
Hermosillo, Sonora, 09 de octubre de 2025.
Juez Decimoprimero de Distrito en el Estado de Sonora
Antonio Mora Díez
Rúbrica.
(R.- 569468)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.C. 313/2025-III, promovido por Félix Santiago Cruz, contra la
sentencia de cinco de marzo de dos mil veinticinco, dictada por la Primera Sala Colegiada Civil de Texcoco,
del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en los autos del Toca 134/2025, de su índice, en virtud
de que no se ha emplazado al tercero interesado, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la
Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado
supletoriamente, emplácese a juicio al tercero interesado Miguel Flores Paez o Miguel Flores, publicándose
por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación el citado edicto, así
como en un periódico de mayor circulación; haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá
presentarse en el término de TREINTA DÍAS, contado a partir del día siguiente al de la última publicación;
apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuente notificaciones, aún las de carácter personal
se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos
Lic. Guadalupe Margarita Reyes Carmona
Rúbrica.
(R.- 569505)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
Juicio de amparo: D.C. 489/2024
Quejosa: Elia Adriana Moreno Díaz.
Tercera interesada: Margarita Olmos Arcíenega.
Se hace de su conocimiento que Jeymi Alejandra García Aguilar, promovió amparo directo contra la
resolución de trece de junio de dos mil dieciocho, por el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de
Texcoco del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca de apelación 176/2018; y en
virtud de que no fue posible emplazar a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III,
inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles,
emplácese a juicio a la tercera interesada Margarita Olmos Arcíenega por edictos; publicándose por TRES
veces, de SIETE en SIETE días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor
circulación en la República Mexicana; haciéndole saber, que deberá presentarse dentro del término de
TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; apercibida que de
no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por
medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Colegiado de Circuito. Doy Fe.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Hilda Esther Castro Castañeda
Rúbrica.
(R.- 569509)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
323
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
Juicio de amparo: D.P. 169/2023
Quejoso: Omar Gutiérrez Martell.
Tercero interesados: Marco Antonio Trejo Reyes y Aldo Vargas Meneses.
Se hace de su conocimiento que Omar Gutiérrez Martell, promovió amparo directo contra la resolución de
tres de agosto de dos mil veinte, por el Tercer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, Estado
de México, en el toca penal 102/2020; y en virtud de que no fue posible emplazar a la tercera interesada,
con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, emplácese a juicio a los terceros interesados Marco Antonio Trejo
Reyes y Aldo Vargas Meneses por edictos; publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días, en el
Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana;
haciéndole saber, que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día
siguiente de la última publicación, a apersonarse; apercibidos que de no comparecer en este juicio, las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por medio de lista que se fija en los
estrados de este Tribunal Colegiado de Circuito. Doy Fe.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Hilda Esther Castro Castañeda
Rúbrica.
(R.- 569524)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
Tercero Interesado
José Luis Vite Ángel.
En el juicio de amparo 933/2024, promovido por JESÚS ABDIEL VEGA LEMUS, por conducto de su
defensor particular, contra el acto que reclama a la Primera Sala Especializada en Ejecución de Sanciones
Penales del Tribunal Superior de Justicia de esta ciudad; al tener el carácter de tercero interesado y
desconocerse su domicilio actual; por tanto, con fundamento en la fracción III, inciso b), párrafo segundo, del
artículo 27 de la Ley de Amparo, se otorga su emplazamiento al juicio mencionado por edictos, los que se
publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos
de mayor circulación nacional, y se le hace saber que cuenta con el término de treinta días, contados a partir
de la última publicación de tales edictos para que ocurra al Juzgado a hacer valer sus derechos, lo cual podrá
hacerlo por conducto de su apoderado, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se le
practicaran por lista que se publica en este Juzgado de Distrito.
En la Ciudad de México, a dos de julio de dos mil veinticinco.
Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
María Fernanda Zaragoza Gómez
Rúbrica.
(R.- 569525)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
Juicio de amparo: D.P. 729/2022
Quejosa: Jeymi Alejandra García Aguilar.
Tercero interesado: Luis Ángel Pérez Felipe, en representación del menor de iniciales E.O.P.R.
Se hace de su conocimiento que Jeymi Alejandra García Aguilar, promovió amparo directo contra la
resolución de trece de junio de dos mil dieciocho, por el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de
Texcoco del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el toca de apelación 176/2018; y en
virtud de que no fue posible emplazar a la tercera interesada, con fundamento en el artículo 27, fracción III,
inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles,
324
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
emplácese a juicio al tercero interesado Luis Ángel Pérez Felipe, en representación del menor de iniciales
E.O.P.R. por edictos; publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días, en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber, que
deberá presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última
publicación, a apersonarse; apercibido que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones,
aún las de carácter personal se les harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal
Colegiado de Circuito. Doy Fe.
Atentamente
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito,
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
Lic. Hilda Esther Castro Castañeda
Rúbrica.
(R.- 569511)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Nezahualcóyotl
Amparo Indirecto 1477/2023
EDICTO
C.C. Francisco Alcázar Falcón y Josué Uriel Alcázar Albor.
En cumplimiento a lo señalado en proveído de veintisiete de junio de dos mil veinticinco, en los autos
del juicio de amparo 1477/2023-0, promovido por Axel Octavio Sánchez Moreno, defensor del quejoso Daniel
Gambino Álvarez, contra actos del Juez de Control del Distrito Judicial de Texcoco, Estado de México y
otra autoridad, se ordena emplazarlos a ustedes como terceros interesados, mediante edictos, los cuales se
publicarán, por tres veces, de siete en siete días, para que comparezcan a deducir sus derechos, en el
término de treinta días, contados a partir del día siguiente al en que se efectúe la última publicación;
apercibiéndolos que, de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones,
aún las de carácter personal se les practicarán mediante lista que se fije en el tablero de avisos de este
Juzgado de Distrito; se les notifica que la audiencia constitucional tendrá verificativo a las diez horas con
doce minutos del nueve de julio de dos mil veinticinco, la cual será diferida tomando en cuenta el término
de la última publicación, además se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple
de la demanda de amparo.
Atentamente
La Secretaria del Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México
Lic. Ana Fernández Fernández
Rúbrica.
(R.- 569527)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 424/2025, promovido por Reyes Gutiérrez Pérez contra la
Primera Sala Especializada en Ejecución de Sanciones Penales del Tribunal Superior de Justicia del Poder
Judicial de la Ciudad de México, se ordenó emplazar por edictos a la tercera interesada Laura Janet Ferral
Gutiérrez y se le concede un plazo de treinta días contado a partir de la última publicación para que
comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta
ciudad, apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicarán
por medio de lista.
Atentamente
Ciudad de México, a 01 de octubre de 2025.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
Nelly Salazar Enríquez
Rúbrica.
(R.- 569566)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
325
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan
EDICTO
Tercero Interesado: Roberto Israel Mendoza Martínez.
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a veintisiete de agosto de dos mil veinticinco. En los autos del
juicio de amparo 409/2025-V, promovido por Oscar Rodríguez Reyes y Marco Antonio Hernández Espinoza,
contra actos del Juez de Control de Ecatepec, Estado de México, se hace del conocimiento al tercero
interesado Roberto Israel Mendoza Martínez, que deberá presentarse en las instalaciones de este Juzgado
Federal a fin de apersonarse al presente juicio un término que no será inferior a quince días ni excederá de
treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados;
apercibido que de no comparecer en el término señalado, se continuará con la prosecución de este juicio
constitucional y las notificaciones, aún las de carácter personal, se le practicará por medio de lista, quedando
a su disposición en la actuaría de este juzgado copia simple de la demanda de amparo.
Atentamente
En Naucalpan de Juárez, Estado de México, a veintisiete de agosto de dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de México
Germán Jaén León
Rúbrica.
(R.- 569710)
Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo,
con sede en Cancún
EDICTO
Emplazamiento a: Grupo Mercadotecnia Thanos, sociedad anónima de capital variable, AT&T Ventas y
Servicios, sociedad anónima de capital variable y Rosendo Quintal Ake.
Se le hace saber que en este órgano jurisdiccional se tramita el juicio ordinario 388/2024 promovido por
Edith García Vega, en donde le reclama la indemnización constitucional y diversas prestaciones legales
derivadas de un despido injustificado. Se ordenó emplazarlos por medio de edictos que serán publicados dos
veces, con un lapso de tres días entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de
mayor circulación en la República y en un periódico local de amplia circulación del Estado de Quintana Roo,
haciéndoles saber que deberán presentarse ante este tribunal, dentro del término de quince días, contados a
partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer lo que a su derecho convenga, apercibidos
que de no realizar manifestación alguna, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, por
perdido su derecho a ofrecer pruebas y a objetar las pruebas de la contraparte. Asimismo, deberá señalar
domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de residencia de este Tribunal, apercibida que, de no
hacerlo, las notificaciones personales se realizarán por boletín laboral. Doy fe.
Cancún, Quintana Roo, 14 de octubre de 2025.
Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales
en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún
Mireya Ortiz Landaverde
Rúbrica.
(R.- 569781)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS
Al margen de un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado
Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, quince de julio de dos mil veinticinco.
En los autos del juicio de amparo número 105/2024-VII, promovido por Santa Medina Alba, quien se
ostenta presunta heredera de la sucesión a bienes de Alba Granados Jesús, contra actos del Juez Décimo
Tercero de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, con fecha diez de julio
de dos mil veinticinco, se dictó un auto por el que se ordena emplazar al tercero interesado José Alba
Granados, por medio de edictos, que se publicaran por tres veces, de siete en siete días en el diario oficial de
la federación, y en un periódico de mayor circulación en esta ciudad, a fin de que comparezca a este juicio a
deducir sus derechos en el término de treinta días, contados a partir del siguiente al en que se efectúe la
326
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
última publicación, quedando en esta secretaria a su disposición, copia simple de la demanda de garantías y
demás anexos exhibidos, apercibida que de no apersonarse al presente juicio, las ulteriores notificaciones se
harán en términos de lo dispuesto artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, asimismo, se
señalaron las diez horas con cuarenta y seis minutos del veintiuno de mayo de dos mil veinticinco, para
que tenga verificativo la Audiencia Constitucional. En acatamiento al auto de mérito, se procede a hacer una
relación sucinta de la demanda de garantías, en la que la parte quejosa señalo como tercero interesado al
antes señalado, y precisa como acto reclamado la resolución de seis de diciembre de dos mil veintitrés,
emitida por el Juez Décimo Tercero Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el
juicio sucesorio 2270/2016 que inadmite el recurso de revocación el auto de veintidós de noviembre de dos mil
veintitrés.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Eulalio Reséndiz Hernández
Rúbrica.
(R.- 569513)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.-
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.-
JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
TERCERO INTERESADO:
PAOLA DOMÍNGUEZ RAMOS
En los autos del juicio de amparo número 772/2025, promovido por el menor de identidad reservada
E.G.D., por conducto de su progenitor Omar Guadarrama Gutiérrez, contra actos del Juez Octavo de lo
Familiar de la Ciudad de México, en el que se señaló como tercera interesada a Paola Domínguez Ramos, y
al desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción III, inciso b) del artículo 27 de la Ley de
Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de
tres en tres días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación, se hace de su conocimiento que en la secretaría
II de trámite de amparo de este juzgado, queda a su disposición copia simple de la demanda y auto admisorio
a efecto de que en un término de veinte días contados a partir de la última publicación de tales edictos,
ocurra al juzgado para hacer valer su derecho.
Atentamente
Ciudad de México, a catorce de octubre de dos mil veinticinco.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Selene Martínez Jiménez
Rúbrica.
(R.- 569900)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Juicio de Amparo 241/2024-3
EDICTO
En el juicio de amparo 241/2024-3, promovido por María Concepción De la Torre Bravo por propio derecho
y en representación de la sucesión a bienes de José Jesús Zarate Vázquez, con fundamento en el artículo
135 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, emplácese por
este medio al tercero interesado Edith Orozco Zepeda, quienes deben presentarse dentro del término de
treinta días, contactos a partir del día siguiente al de la última publicación, a hacer valer sus derechos en el
presente juicio, apercibidos que de no hacerlo, se seguirá el procedimiento, y las subsecuentes notificaciones,
se harán por lista, en términos del artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, asimismo se hace
de su conocimiento que se fijaron las doce horas con treinta minutos del diez de septiembre de dos mil
veinticinco par que tenga verificativo la audiencia constitucional y queda a su disposición en la Secretaría de
este Juzgado, la copia de la demanda.
Atentamente
Zapopan, Jalisco; ocho de septiembre del dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Alberto Oliveros Vega
Rúbrica.
(R.- 569925)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Juicio de Amparo 869/2025
M1-OJ2
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado en auto de diez de octubre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de
amparo número 869/2025, promovido por Víctor Berumen Guerrero, contra los actos que reclama del Juez y
Secretario Ejecutor, Adscritos al Juzgado Octavo de lo Civil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco,
así como Director del Registro Público de la Propiedad y Comercio con sede en Guadalajara, Jalisco y
Director de Catastro del Municipio de Guadalajara, Jalisco, se emplaza a juicio a J.O. Inmobiliaria Sociedad
Anónima de Capital Variable, con el carácter de tercero interesado, de conformidad con el artículo 315 del
Código Federal de Procedimiento Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Quedan a su
disposición, en la Secretaría de este Órgano Judicial, copia simple de la demanda de amparo. Se le hace
saber que cuenta con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación
del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a su interés convenga y señale
domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad. Se le apercibe que de incumplir esto último, las
ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por lista. Se hace de su conocimiento que se
encuentran señaladas las DIEZ HORAS CON TREINTA Y SEIS MINUTOS DEL VEINTIUNO DE OCTUBRE
DE DOS MIL VEINTICINCO, para la celebración de la audiencia constitucional.
Atentamente
Zapopan, Jalisco; 16 de octubre de 2025.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Lic. Luis Fernando Vázquez Michel
Rúbrica.
(R.- 570113)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Mixto de Primera Instancia
Puruándiro, Michoacán
EDICTO
Juzgado Mixto de primera instancia del Distrito Judicial de Puruándiro, Michoacán.
En acatamiento a lo ordenado en auto de fecha 13 trece de uno de este año, dictado dentro de las
Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Familiar número 97/2025, sobre declaración de ausencia por
desaparición de Rogelio Ramos Robledo, promovidas por Dayani Alejandra Cruz Raya; se llama a cualquier
persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de declaración especial de ausencia de la persona
mencionada en líneas procedentes, para que comparezcan ante el juzgado actuante, a manifestar lo que a
sus intereses convenga y para los efectos legales correspondientes.
Puruándiro, Michoacán, a 18 dieciocho de junio de 2025 dos mil veinticinco.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Jerónimo Sánchez García
Rúbrica.
(E.- 000783)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la
Federación. Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios
Federales San Andrés Cholula, Puebla, Ana Rosa Leticia Muñoz Buaun, por propio derecho y en su carácter
de albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de Irene Buaun Cuervo, tercera interesada dentro del
juicio de amparo 821/2024, se ordenó emplazarla a juicio en términos de lo dispuesto por el artículo 27,
fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo y se hace de su conocimiento que el quejoso, Emmanuel Martínez
Forcelledo, por propio derecho, interpuso demanda de amparo contra un acto del Juez de lo Civil y de lo Penal
del Distrito Judicial de Izúcar de Matamoros, Puebla y otra, que hizo consistir en la resolución de fecha
dieciséis de octubre del año dos mil veintitrés, dictada dentro del expediente de origen. Se le previene se
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
presente al juicio de amparo de mérito dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, de no
hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho proceda, y las subsecuentes notificaciones se le hará por lista en
los estrados de este Juzgado, quedando a su disposición en la secretaría, copias simples de traslado de la
demanda; se le hace saber que se encuentran señaladas las diez horas diez minutos del cinco de noviembre
de dos mil veinticinco, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo.
Para su publicación en cualquier periódico de circulación nacional y en el Diario Oficial de la Federación, por
tres veces consecutivas de siete en siete días.
San Andrés Cholula, Puebla; tres de octubre de 2025.
El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo y de Juicios Federales San Andrés Cholula, Puebla
Lic. Víctor Eduardo Herrera Martínez
Rúbrica.
(R.- 569602)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Mixto de Primera Instancia
Puruándiro, Michoacán
EDICTO
Juzgado Mixto de primera instancia del Distrito Judicial de Puruándiro, Michoacán.
En acatamiento a lo ordenado en auto de fecha 08 ocho de julio de este año, marcado como acuerdo [I],
dictado dentro de las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Familiar número 290/2025, sobre declaración de
ausencia por desaparición de José Alfredo Botello Rangel, promovidas por Miriam Jazmín Saldaña Olmos;
se llama a cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de declaración especial de
ausencia de la persona mencionada en líneas procedentes, para que comparezcan ante el juzgado actuante,
a manifestar lo que a sus intereses convenga y para los efectos legales correspondientes.
Puruándiro, Michoacán, a 21 veintiuno de agosto de 2025 dos mil veinticinco.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Paloma Tafolla Chávez
Rúbrica.
(E.- 000784)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Mixto de Primera Instancia
Puruándiro, Michoacán
EDICTO
Juzgado Mixto de primera instancia del Distrito Judicial de Puruándiro, Michoacán.
En acatamiento a lo ordenado en auto de fecha 13 trece de junio de este año, dictado dentro de las
Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Familiar número 96/2025, sobre declaración de ausencia por
desaparición de Rebeca Hernández Chávez, promovidas por Ma de la Luz Chávez Andrade también
conocida como Ma Luz Chávez Andrade y/o María de la Luz Chávez Andrade; se llama a cualquier
persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de declaración especial de ausencia de la persona
mencionada en líneas procedentes, para que comparezcan ante el juzgado actuante, a manifestar lo que a
sus intereses convenga y para los efectos legales correspondientes.
Puruándiro, Michoacán, a 22 veintidós de agosto de 2025 dos mil veinticinco.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Paloma Tafolla Chávez
Rúbrica.
(E.- 000785)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
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Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Quintana Roo,
con sede en Cancún
EDICTO
Emplazamiento a: Ecoparc KB, sociedad anónima de capital variable.
Se le hace saber que en este órgano jurisdiccional se tramita el juicio laboral 21/2024, promovido por
Miguel Ángel Aguilera Hurtado, por su propio derecho, en donde le reclama la indemnización constitucional,
así como, el pago de diversas prestaciones legales que se derivan del despido injustificado del que dice fue
objeto. Se ordenó emplazar al demandado por medio de edictos que serán publicados dos veces, con un
lapso de tres días entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, en un periódico de mayor circulación
en la República y en un periódico local de amplia circulación del Estado de Quintana Roo, haciéndole saber
que deberá presentarse ante este tribunal, dentro del término de quince días, contados a partir del día
siguiente al de la última publicación, para hacer valer lo que a su derecho convenga, apercibido que de no
realizar manifestación alguna, se tendrá por admitidas las peticiones de la parte actora. Asimismo, en el
término de tres días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por conducto de su apoderado,
manifieste lo que a su derecho convenga con relación al incidente de falta de personalidad planteado y
ofrezca pruebas, apercibido de que no hacerlo así, se tendrá por perdido su derecho para ello y se continuará
con la secuela procesal del presente asunto; de igual manera, deberá señalar domicilio para oír y recibir
notificaciones dentro de la sede de este Tribunal, esto es, la ciudad de Cancún, Quintana Roo, apercibida que,
de no hacerlo, las notificaciones personales se realizarán por boletín. Doy fe.
Cancún, Quintana Roo, 07 de octubre de 2025.
Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales
en el Estado de Quintana Roo, con sede en Cancún
Mireya Ortiz Landaverde
Rúbrica.
(R.- 569807)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Villahermosa, Tabasco
EDICTO
PARA EMPLAZAR A: Construcciones y Reparaciones del Sur, Sociedad Anónima de Capital Variable.
En los autos del juicio ordinario laboral 278/2023, antes 1471/2022, Iván Zúñiga Gómez, demandó a la
referida moral, la indemnización constitucional por despido injustificado y otras prestaciones que derivan del
despido, la cual fue admitida en auto de 24 de noviembre de 2022 y en proveído de 08 de octubre de 2025, se
ordenó emplazarlas por medio de edictos, a fin de que dentro del término de treinta y cinco días hábiles,
acuda al local que ocupa este tribunal a producir su contestación, con la aclaración de que la notificación
realizada de esta forma surte sus efectos a partir del día siguiente de la última publicación. Queda a
disposición de la demandada, en las oficinas que ocupa este órgano jurisdiccional, sito en Circuito Interior
Carlos Pellicer Cámara número 3302, colonia Carrizal, Tabasco 2000, Villahermosa, Tabasco, las copias de
los proveídos de 20 de septiembre y veinticuatro de noviembre de 2022, así como de los escritos de demanda
y aclaratorio, con sus anexos. En caso de no comparecer y no dar contestación a la demanda, dentro del
término establecido, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, salvo aquellas que sean
contrarias a lo dispuesto por la ley, así como por perdido su derecho a ofrecer pruebas y en su caso a
formular reconvención, sin perjuicio de que antes de la audiencia preliminar pueda ofrecer pruebas, para
demostrar que el actor no era su trabajador, que no existió el despido o que no son ciertos los hechos
afirmados por la parte actora. Finalmente, se previene a las demandadas que señale domicilio para oír y
recibir notificaciones, dentro de la residencia de este Tribunal, pues de no hacerlo así, las posteriores
notificaciones se realizarán por boletín.
El Secretario del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Villahermosa, Tabasco
Carlos Rodríguez Escobar
Rúbrica.
(R.- 569813)
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado 2do. de Distrito
Pachuca, Hidalgo
EDICTO
En el juicio de amparo 996/2025-6, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo,
promovido por Gabriel Roldán Cruz, contra actos que reclama del Juez Penal de Ejecución perteneciente al
Segundo Circuito Judicial con sede en Tulancingo de Bravo, Hidalgo y otras autoridades, se dictó
acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento del tercero
interesado Quirino Arias Trejo, a quien se hace de su conocimiento que ante este Juzgado se encuentra
radicado el juicio de derechos arriba indicado, en el que se reclama a) la orden de aprehensión y b) la
ejecución de dicho mandato; por ello, se hace saber a Quirino Arias Trejo, que deberá presentarse ante este
Juzgado Federal sito en Boulevard Luis Donaldo Colosio número 1209, Reserva Aquiles Serdán,
Fraccionamiento Colosio I, primera etapa, Edificio “B”, 2º. Piso, Palacio de Justicia Federal, código postal
42084, Pachuca de Soto, Hidalgo, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de
la última publicación a deducir los derechos que le correspondan, en el entendido que deberá identificarse con
alguno de los siguientes documentos: credencial expedida por el Instituto Nacional Electoral, pasaporte,
licencia para conducir o cartilla del servicio militar nacional, documentos anteriores que deberán estar
vigentes, bajo apercibimiento que de no señalar domicilio, se seguirá el presente juicio, haciéndose las
ulteriores notificaciones por lista que se fijará en este Juzgado; asimismo, se le comunica que en autos están
programadas las diez horas con dos minutos del dieciséis de octubre de dos mil veinticinco para la
celebración de la audiencia constitucional.
Pachuca de Soto, Hidalgo, 11 de septiembre de 2025.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo
Ricardo Flores Abrego
Rúbrica.
(R.- 569834)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Juicio de Amparo 834/2025-IV
EDICTO
En los autos del juicio de amparo indirecto 834/2025, del índice del Juzgado Décimo Segundo de
Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, promovido por Inmobiliaria Jerónimo, Sociedad Anónima
de Capital Variable, por conducto de su apoderado Edson Abundis Velázquez, contra actos de la Octava Sala
Civil y Jueza Trigésimo Tercero de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la
Ciudad de México, en el que reclama la resolución de veintitrés de abril de dos mil veinticinco emitida por la
Octava Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México en la que confirmó la resolución
interlocutoria de once de febrero de dos mil veinticinco dictada por el juez de origen en la controversia de
arrendamiento 321/2019, en la que se declaró nula la diligencia de veinticinco de octubre de dos mil
veinticuatro, en donde se precisó que el inmueble en litis se encontraba con sellos clausurados, por lo que no
se pudo hacer la entrega a la parte actora; y ante la imposibilidad de llamar a las terceras interesadas Pista
de Patinaje Sobre Ruedas, Sociedad Anónima de Capital Variable y Pista de Hielo de Cuernavaca, Sociedad
Anónima de Capital Variable, se ordenó su emplazamiento por medio de EDICTOS, los que deberán
publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional por tres veces, de
tres en tres días, apercibiéndolas que tienen el plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la
última publicación, para comparecer a este juicio por conducto de quien legalmente las represente, quedando
a su disposición en el local de este juzgado copia de la demanda de amparo, auto admisorio, además del
acuerdo de siete de octubre de dos mil veinticinco, en el que se ordenó su emplazamiento por edictos;
también que, de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de este órgano
federal o de no comparecer, las subsecuentes notificaciones se le harán por medio de lista.
Ciudad de México, 07 de octubre de 2025.
La Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Yadira Figueroa García
Rúbrica.
(R.- 569943)
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DIARIO OFICIAL
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito
Monterrey, Nuevo León
EDICTOS
TERCEROS INTERESADOS
América Guevara Ojeda, en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de América Eleydi
Gutiérrez Guevara.
César Juan Gutiérrez Guevara
(DOMICILIOS IGNORADOS).
Por este conducto, se ordena emplazar a los terceros interesados, dentro del juicio de amparo
directo número 245/2025, promovido por Mario Alberto Martínez Campos, contra el acto del magistrado de la
Octava Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
Acto reclamado: La sentencia de veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada dentro del toca
de apelación en definitiva 350/2024, deducido del expediente judicial 1596/2023, relativo al juicio ordinario
civil promovido por Mario Alberto Martínez Campos, en contra de América Guevara Ojeda, en su carácter de
albacea de la sucesión a bienes de América Eleydi Gutiérrez Guevara, César Juan Gutiérrez Guevara y
Yudith Marlene Álvarez Moncada.
Preceptos constitucionales cuya violación se reclaman: 4, 14 y 16.
Se hace saber a los terceros interesados que deben presentarse ante este tribunal, dentro del término
de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación, a fin de que hagan valer
sus derechos y se impongan de la tramitación de este juicio de amparo, apercibidos que de no comparecer, se
continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en la lista de acuerdos
electrónica y en la que se fija en este tribunal.
Monterrey, Nuevo León, a 26 de agosto de 2025.
La Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito
Lic. Claudia Judith Patena Puente
Rúbrica.
(R.- 570025)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado
Cancún, Q. Roo
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 438/2025-IV, promovido por Paul Andrew Rangel Merkley, apoderado
de DESARROLLOS HIDRÁULICOS DE CANCÚN, sociedad anónima de capital variable, contra el actos
que reclama de la Junta Especial de Conciliación y Arbitraje Número Uno en Benito Juárez
y otras autoridades, consistentes en el emplazamiento -o la falta de éste-, y como consecuencia,
todo lo actuado en el juicio laboral 751/2014, en específico, la orden relativa al embargo de las
cuentas bancarias..
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de seis de octubre de dos mil veinticinco, se ordenó
emplazar los edictos a los terceros interesados Rubén Israel Burgos Tzab y Humberto José Cortes Pérez.
Hágasele saber a los referidos terceros interesados, que deberán presentarse ante este juzgado dentro
del término de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los
presentes edictos, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado, copia del traslado, apercibidos
que de no comparecer dentro del término señalado las ulteriores notificaciones del presente juicio, aun las de
carácter personal se les harán por medio de lista que se fije en los estrados del Juzgado Tercero de Distrito en
el Estado de Quintana Roo, con residencia en Cancún.
Expidiéndose el presente edicto para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario
Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; lo anterior
en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 27, Fracción III, Inciso b), segundo párrafo, de la Ley de
Amparo, en relación con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado
supletoriamente a la Ley de la materia.
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DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
La publicación de los edictos deberá realizarse en el día séptimo después de cada publicación, (es decir
procurando que entre cada divulgación hayan pasado seis días); y que las publicaciones citadas, sean en un
día hábil.
Por último, hágasele saber a dicha tercera interesada que la audiencia constitucional se encuentra fijada
para tener verificativo a las nueve horas con treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil
veinticinco.
Atentamente
Cancún, Quintana Roo, a 09 de octubre de 2025.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Quintana Roo
Raúl Miguel Gaspar Pech Marínez
Rúbrica.
(R.- 569343)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en San Andrés Cholula
EDICTO.
En el juicio de amparo indirecto 354/2023, se ordenó emplazar por edictos a las partes terceras
interesadas María Luisa Romano; Agapito Guzmán Amador, Liliana Cebada Puente; Víctor López Martínez;
Jacinto Notario Núñez; María Concepción Cazares Ruiz; Manuel Pineda Cortés; Alicia Suárez Manzano,
Jesús Hernández Castillo; María Luisa Teutle Villegas; Jocabed Rosas Sánchez y Alejandro Corona Méndez,
lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en
relación al diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; y se hace de su conocimiento que
Leonardo Tiro Moranchel, en su carácter de quejoso promovió juicio de amparo indirecto contra actos del Juez
Quinto de lo Penal del Distrito Judicial de Puebla, el acto reclamado es la omisión de dictar sentencia en el
proceso 338/2009, la omisión de acumular todos los procesos penales que se siguen en su contra, a la
diversa causa penal 338/2009, el ser juzgado por el mismo delito (fraude) dos veces o más y la prolongación
de la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en su contra. Se le previene a los terceros interesados
en mención, para que comparezcan por escrito ante este Juzgado de Distrito dentro del plazo de los treinta
días hábiles siguientes al de la última publicación y señalen domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona
conurbada (San Pedro Cholula, San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las
subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se les harán por lista que se fije en este
juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo seguirá conforme a derecho proceda; queda a su
disposición copia simple de la demanda e impresión del auto admisorio; asimismo, se les hace saber que se
encuentran señaladas las diez horas con cuarenta minutos del cinco de septiembre de dos mil veinticinco,
para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo; se les informa que desde que sean
emplazados, quedan a su vista los informes justificados y constancias que se han recibido en este juicio, ello
en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo Para su publicación en los periódicos “EXCÉLSIOR”,“EL
UNIVERSAL” o “REFORMA”; y en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces
consecutivas de siete en siete días hábiles.
San Andrés Cholula, Puebla, siete de agosto de dos mil veinticinco.
Secretaria en funciones de Jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla;
autorizada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de dos
de abril de dos mil veinticinco; notificada en el Oficio SEADS/1163/2025
Nahieli Avendaño Palacios
Rúbrica.
(R.- 570037)
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DIARIO OFICIAL
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Ciudad de México
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Juzgado Trigésimo Sexto de lo Civil
“2025, Año de la Mujer Indígena”
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
Que en los autos del expediente número 360/2025, deducido del ESPECIAL DE CANCELACIÓN Y
REPOSICIÓN POR EXTRAVIÓ del TÍTULO DE ACCIONES NÚMERO 53 (CINCUENTA Y TRES),, seguido
por TENEDORA DE SERVICIOS SACA, S.A. DE C.V., en contra de G COLLADO SOCIEDAD ANÓNIMA
BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE.,., la C. Juez Trigésimo Sexto Civil de la Ciudad de México ordeno la
siguiente publicación en los siguientes términos:
CIUDAD DE MÉXICO A VEINTICINCO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO.
SE ORDENA PUBLICAR UN EXTRACTO DEL AUTO ADMISORIO QUE A LA LETRA DICE:“…Se le tiene
demandando a G GOLLADO SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE, el procedimiento
ESPECIAL DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN POR EXTRAVIÓ del TÍTULO DE ACCIONES NÚMERO 53
(CINCUENTA Y TRES), emitido en fecha veintisiete de junio de dos mil trece, por G. COLLADO, SOCIEDAD
ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE, que ampara $1,570,717 (un millón quinientos setenta mil
setecientas diecisiete) acciones de la Serie Única. Clase I, ordinarias, nominativas, liberadas, sin expresión de
valor nominal, de las 185,252,593 (ciento ochenta y cinco millones doscientas cincuenta y dos mil quinientas
noventa y tres) acciones en circulación, representativas del capital mínimo fijo de G COLLADO, SOCIEDAD
ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE….” NOTIFÍQUESE. LO PROVEYÓ Y FIRMA EL C. JUEZ
INTERINO TRIGÉSIMO SEXTO DE LO CIVIL DE PROCESO ESCRITO DEL TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LICENCIADO JORGE MALDONADO SEVILLA, ASISTIDO DE LA
C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B” LICENCIADA JULIA NOLASCO OCHOA, QUE AUTORIZA Y DA FE.
DOY FE.
Ciudad de México a siete de octubre del dos mil veinticinco.- Agréguese a sus autos el escrito de
cuanta de la apoderada de la parte actora, visto lo solicitado, y a fin de evitar dilaciones innecesarias, y no
para perjuicio a ninguna de las partes, así como para evitar futuras nulidades o reposiciones, atendiendo a los
principios de congruencia y no contradicción que debe prevalecer en todas las resoluciones judiciales, así
como por corresponder a las constancias de autos se precisa el auto de veinticinco de agosto del año en
curso…” el cual contienen un error mecanográfico; en su parte conducente donde dice: “… se tiene
demandando a G. GOLLADO SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE …” debe decir
“…se tiene demandando a G. COLLADO SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE…”, que
es lo correcto por corresponder así a las constancias de autos, formando parte integrante de la citada
resolución que se precisa, el presente proveído; lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 81 y
84 del Código de Procedimientos Civiles-NOTIFÍQUESE. Así Lo proveyó y firma la C. Juez Trigésimo Sexto
de lo Civil, LICENCIADA MELINA MENDOZA GUEVARA quien actúa asistido del C. Secretario de Acuerdos
Licenciada JULIA NOLASCO OCHOA que autoriza y da fe. - Doy fe
PARA SU PUBLICACIÓN POR UNA SOLA VEZ.
Atentamente
Ciudad de México a 08 de octubre del año 2025.
La Secretaria de Acuerdos “B” del Juzgado Trigésimo Sexto de lo Civil de Proceso Escrito
Lic. Julia Nolasco Ochoa
Rúbrica.
(R.- 570105)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Puente Grande, Jal.
Juicio de Amparo 783/2024-6-A
EDICTO
Tercero interesado: Eliseo de la Torre González.
En cumplimiento al auto de veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de
amparo 783/2024-6, promovido por Guadalupe Gordian López, Ángel Villalobos Aguayo e Irving Alonso
Palcito Araiza, contra actos de la Fiscalía General de la República y otra autoridad, de quienes reclama
Las órdenes de resguardo, cuidado, administración y responsabilidad sobre el inmueble identificado como lote
de terreno número 21 del Condominio Horizontal Bosques de las Lomas, marcado con el número 1171, de la
Avenida Juan Palomar y Arias, dentro de la acción urbanística denominada Bosques de las Lomas, en
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DIARIO OFICIAL
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Zapopan, Jalisco, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Jalisco, bajo el
folio real número 2492458, que procede del folio 2492390, el cual fue adjudicado a la parte quejosa en el
procedimiento laboral 1110/2020/4-D, del índice de la Cuarta Junta Especial de la Local de Conciliación y
Arbitraje del Estado de Jalisco; por acuerdo de veintiocho de agosto del dos mil veinticinco, se le reconoció el
carácter de tercero interesado a Eliseo de la Torre González, sin embargo, al desconocerse su domicilio
actual, con fundamento en los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 209 fracción II del
Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aplicado supletoriamente, se le emplaza mediante
edictos y se hace de su conocimiento que si a sus intereses conviene, se apersone por sí o por conducto de
su representante legal dentro del término de treinta días computados a partir del siguiente al de la última
publicación ante este órgano de control constitucional, ubicado en kilómetro 17.5 Carretera Libre a
Zapotlanejo, Complejo Penitenciario de la Zona Metropolitana de Guadalajara, código postal 45427, Puente
Grande, Jalisco, en el horario comprendido de las nueve horas con treinta minutos a las catorce horas con
treinta minutos los días lunes a viernes hábiles.
De la misma forma, se le hace saber que la audiencia constitucional está señalada para las nueve horas
con treinta y seis minutos del siete de octubre de dos mil veinticinco.
Por otra parte, deberá señalar domicilio para recibir notificaciones en la zona metropolitana de
Guadalajara, Jalisco, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le serán practicadas mediante
lista que se fije en los estrados de este juzgado; finalmente comuníquesele que en la secretaría de este
órgano jurisdiccional queda a su disposición copia autorizada de la demanda de amparo, auto admisorio y de
las demás constancias que integran el presente juicio de amparo.
Puente Grande, Jalisco, 01 de octubre de 2025.
Por Acuerdo del Juez Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco
El Secretario
Luis Rey Sánchez Castillo
Rúbrica.
(R.- 570086)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Extinción de Dominio 31/2025
EDICTO
A CUALQUIER PERSONA QUE TENGA UN DERECHO SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA ACCIÓN
DE EXTINCIÓN DE DOMINIO.
EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 31/2025-I, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA DE
EXTINCIÓN DE DOMINIO CON COMPETENCIA EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y ESPECIALIZADO EN
JUICIOS ORALES MERCANTILES EN EL PRIMER CIRCUITO, CON SEDE EN LA CIUDAD MÉXICO.
En el juicio de extinción de dominio 31/2025-I, la Juez Segundo de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, licenciada Ana Lilia Osorno Arroyo, ordenó en proveído
de seis de octubre de dos mil veinticinco, emplazar por medio de edictos a cualquier persona que tenga un
derecho sobre el bien objeto de la acción de extinción de dominio, mismos que deberán publicarse por tres
veces consecutivas tanto en el Diario Oficial de la Federación, el Periódico Oficial "Tierra y Libertad"
del Estado de Morelos y por internet en la página de la Fiscalía General de la República, para hacerles
saber que cuentan con el plazo de treinta días, contado a partir de que surta efectos la publicación del
último edicto, a fin de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que
a su derecho convenga, quedando a su disposición copia de la demanda y anexos en la secretaría
de este juzgado.
Asimismo, se hace constar que las partes en el juicio son:
Actora: Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia
de Extinción de Dominio, de la Fiscalía Especializada de Control Regional de la Fiscalía General
de la República.
Demandada: Combustibles Zapata, sociedad anónima de capital variable.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
335
El bien sobre el cual se ejerce la acción de extinción de dominio es:
1) Lote 1, manzana 2, zona 1 del poblado de Emiliano Zapata, Municipio de Emiliano Zapata, en el Estado
de Morelos, con folio electrónico inmobiliario 688547, del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del
Estado de Morelos.
2) También identificado como Avenida Temixco, número 161, colonia Palo Escrito municipio de Emiliano
Zapata, Estado de Morelos, localizado en las coordenadas, geográficas 18'50'33.9”N 99'11'56.4”W.
3) También identificado como Temixco- Zapata, número 161, colonia Benito Juárez, código postal 62765,
localidad Emiliano Zapata, Estado de Morelos, con clave catastral 1200-020054-053.
Ciudad de México, a dieciséis de octubre de dos mil veinticinco.
Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
David Asdrival Villa Camacho
Rúbrica.
(E.- 000798)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
PARA PUBLICAR LA SENTENCIA DEFINITIVA DE TREINTA DE MAYO
DE DOS MIL VEINTICINCO DICTADA EN ESTE PROCEDIMIENTO DE
DECLARACIÓN ESPECIAL DE AUSENCIA DE ANA ROSA PICCINI CANALES
En los autos del procedimiento especial de declaración de ausencia 1671/2025, iniciado por Juan Manuel
Romero Piccini y Luis Daniel Romero Piccini; por auto de veinte de octubre de dos mil veinticinco,
causo ejecutoria la sentencia de treinta de mayo de dos mil veinticinco, por la cual se resolvió el
procedimiento especial de declaración de ausencia para personas desaparecidas respecto de Ana Rosa
Piccini Canales; cuyos resolutivos son:
“Resuelve
Primero. Este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México es legalmente
competente para conocer y resolver sobre el presente procedimiento especial de declaración de ausencia de
persona desaparecida 1671/2025; el cual se declara procedente.
Segundo. Se reconoce la ausencia por desaparición de Ana Rosa Piccini Canales, en los términos
señalados de esta resolución.
Tercero. La presente resolución implica los efectos y medidas definitivas para proteger a la persona
desaparecida y sus familiares, en los términos señalados previamente.
Cuarto. Una vez que la presente resolución adquiera firmeza, emítase por parte de la persona secretaria
la certificación respectiva para que se realice la inscripción en [1] el Registro Civil de la Ciudad de México,
en un plazo no mayor de tres días hábiles; asimismo, publíquese este fallo en [2] el Diario Oficial de la
Federación, en [3] la página electrónica del Poder Judicial de la Federación, así como en [4] la Comisión
Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, como se expuso en la presente resolución.”
En consecuencia, hágase del conocimiento al [1] Registro Civil de la Ciudad de México, para que en un
plazo no mayor a TRES DÍAS hábiles realice la inscripción en el acta de nacimiento de Ana Rosa Piccini
Canales referente a la presente declaración de ausencia, y a [2] el Diario Oficial de la Federación, [3] el Poder
Judicial de la Federación -a través de la página electrónica a su institución- y en [4] la Comisión Nacional de
Búsqueda de Personas Desaparecidas para que se publique el presente extracto de la sentencia definitiva
de treinta de mayo de dos mil veinticinco.
Se expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de veinte de octubre de dos
mil veinticinco.
Ciudad de México, veinte de octubre de dos mil veinticinco.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Patricia Ponce de León Cruz
Rúbrica.
(E.- 000801)
336
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Juicio de Extinción de Dominio 27/2025
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN O EN LA GACETA O EN EL
PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS Y, POR INTERNET, EN LA PÁGINA
DE LA FISCALÍA.
E D I C T O
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
INSERTO: “Se comunica a toda persona afectada que considere tener interés jurídico sobre el vehículo
objeto de la acción de extinción de dominio, que en este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de
Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el
Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de dos de octubre de dos mil
veinticinco, se admitió a trámite la demanda de extinción de Dominio promovida por Juan Carlos Peña Cano,
Román Villegas Torres, Michelle Oliva Torres y María de Jesús Coy Carrera, Agentes del Ministerio Público de
la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía
Especializada de Control Regional de la Fiscalía General de la República, contra de la demandada Marueel
Vázquez Solórzano, así como a cualquier persona que tenga derecho sobre el vehículo objeto de la acción de
extinción de dominio; se registró con el número 27/2025, en la cual se ejerce la acción de extinción de dominio
(vía y forma propuesta por la parte actora), cuyas pretensiones, son: A. la declaración judicial de que ha sido
procedente la acción de dominio, respecto de los derechos que la demandada tiene sobre el siguiente bien:
Vehículo marca Chevrolet GMC, clase camioneta, tipo SUV, año modelo 2017, modelo tahoe, versión premier,
carrocería cabina convencional cuatro puertas, color negro, con placas de circulación DRH747D, tipo
transporte privado automóvil del Estado de Chiapas, con número de identificación vehicular
1GNSK7KC9HR334366, correspondiente a un vehículo de origen extranjero, con un valor de $795,400.00
(setecientos noventa y cinco cuatrocientos pesos 00/100 Moneda Nacional), como se advierte del dictamen en
materia de valuación folio CE-2957 del diez de junio de dos mil veinticinco, suscrito por perito adscrito a la
fiscalía general de la República.B. La declaración judicial de extinción de dominio, consistente en la pérdida
de derechos sin contraprestación ni compensación para su propietario o poseedor, y para quien se ostente
como tal, derivado de la Extinción de Dominio del bien descrito con antelación. C. como consecuencia de lo
anterior, una vez que cause ejecutoria lla sentencia que llegue a dictarse en el presente asunto, girar atento
oficio al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), para los efectos legales conducentes.
Asimismo, en cumplimiento al auto de NUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, con fundamento
en los artículos 86 y 193, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena el emplazamiento al
presente juicio, por medio de edictos, a cualquier persona que tenga un derecho sobre el vehículo
objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, los
cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación o en la
Gaceta o en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas y, por Internet, en la página de la
Fiscalía, para lo cual se procederá a realizar una relación sucinta de la demanda y del presente auto, a fin de
hacer accesible el conocimiento de la notificación a toda persona afectada que considere tener interés
jurídico sobre el vehículo materia de la acción de extinción de dominio; quien deberá comparecer ante este
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República
Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la
Ciudad de México, ubicado en Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo
Molina No. 2, Colonia del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960,
dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la
publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y
expresar lo que a su derecho convenga.--- COPIAS DE TRASLADO. Se hace del conocimiento de toda
persona afectada, que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de
este Juzgado.---. ESTRADOS. Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una reproducción sucinta
del auto que admitió a trámite la demanda por todo el tiempo que dure el emplazamiento ordenado en el
presente acuerdo--- (…) PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Asimismo, la parte actora, deberá llevar a cabo la publicación de la notificación por, medio de edicto, a
cualquier persona que tenga un derecho sobre el vehículo objeto de la acción de extinción de dominio, en
razón de los efectos universales del presente juicio, a través del sitio especial habilitado en el portal de
internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de la República; esto es, en la página de internet
http://www.gob.mx/fgr; (…)”.
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A CATORCE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Karin Marín Jasso
Rúbrica.
(E.- 000799)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
337
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Oaxaca
Consejo de la Judicatura
Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del
Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado
EDICTO
C.C. AL PÚBLICO EN GENERAL, PERSONA INTERESADA (AFECTADAS) QUE TENGA DERECHOS
SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO Y SE
CONSIDEREN AFECTADAS RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN CARRETERA PÉREZ
GAZGA DE PUTLA DE GUERRERO, OAXACA, TAMBIEN CONOCIDO COMO PARAJE ORIENTE DE
MERCADO PÚBLICO DE PUTLA, TRAMO CALAVERAS, CENTRO DE PUTLA DE GUERRERO y/o LOTE
NÚMERO CUATRO DEL SOLAR UBICADO HACIA EL ORIENTE DEL MERCADO PÚBLICO DE LA
JURISDICCIÓN DE VILLA DE PUTLA DE GUERRERO, ESTADO DE OAXACA.
P R E S E N T E.
En cumplimiento al auto dictado el veintiséis de junio del dos mil veinticinco, en la Vía del proceso
Especial de Extinción de Dominio número 90/2025, promovido por LA LICENCIADA RUBI JAACZANIA
SOLÓRZANO MARTÍNEZ AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITA A LA UNIDAD DE EXTINCIÓN
DE DOMINIO, DEPENDIENTE DE LA VICEFISCALIA GENERAL DE CONTROL OPERATIVO DE LA
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE OAXACA, en contra de ROLANDO CRUZ RIOS.
Les hago de su conocimiento que se dio trámite a la demanda presentada de extinción de dominio
la que fue admitida de la forma siguiente:
90/2025
OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA, A VEINTISEIS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO. - - - - - - - - - - -
Dada cuenta con dos ocursos de Rubí Jaaczania Solórzano Martínez, anexando al primero, copia de
oficio VGCO/EXT.DOM./566/2025 y copia simple de acta de defunción, y al segundo una copia certificada de
acta de defunción, presentados el dos y cuatro del presente mes.
Visto el contenido de ambos escritos, mismos que se acuerdan de manera conjunta por tener similitud
en sus contenidos, se tiene a la ocursante cumpliendo con el requerimiento de auto de fecha veintitrés de
mayo del dos mil veinticinco de la siguiente forma:
•
Acreditando con prueba idónea el fallecimiento de Guadalupe Ríos Lucero, lo anterior en virtud de
haber exhibido una copia certificada de acta de defunción de Guadalupe Ríos Lucero o Guadalupe Sixta Ríos
Lucero, misma que se manda a agregar a los autos para que surta los efectos legales correspondientes.
•
Señalando domicilio para emplazar a Rolando Cruz Ríos, dentro del interior de la República
Mexicana, siendo el ubicado en Calle Guerrero, número 28, Colonia Centro de Putla Villa de Guerrero,
Oaxaca.
Tomando en consideración, que por auto de fecha veintitrés de mayo de esta anualidad, se hizo mención
de la importancia de llamar a juicio a Guadalupe Ríos Lucero, en tanto no se tuviera certeza de su
fallecimiento, por lo mencionado en líneas que anteceden, queda en evidencia el fallecimiento de la
multicitada con la copia certificada del acta de defunción de Guadalupe Sixta Ríos Lucero, en virtud que la
parte actora manifiesta resulta ser la misma persona, por lo que se procede acordar el escrito de demanda en
los siguientes términos:
Admisión de Demanda
Con apoyo en los numerales 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
3,4,7,8,16,21,191,193,195 y demás relativos y aplicables de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se
admite a trámite la demanda planteada en la VÍA ESPECIAL DE JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO que
promueve la Licenciada Rubí Jaaczania Solórzano Martínez, Agente del Ministerio Público adscrita al
área de Extinción de Dominio de la Dirección de asuntos Jurídicos de la Fiscalía General del Estado de
Oaxaca, en contra de ROLANDO CRUZ RIOS en su calidad de propietario, de quien reclama las siguientes
prestaciones; A).- La declaración judicial de extinción de dominio a favor del Gobierno del Estado de
Oaxaca, respecto del inmueble sin número, localizado sobre carretera Pérez Gazga, Barrio Calavera, Putla
Villa de Guerrero, Oaxaca, con un área de 547.52 metros cuadrados, y que se individualiza en el siguiente
cuadro de construcción que especifica sus vértices y coordenadas geográficas en formato UTM:
CUADRO DE CONSTRUCCIÓN
VERTICE
LADO
DIST.
ANGULO
ESTE
NORTE
P1
P1-P2
18.60
72°20´59”
614422.635
1882568.710
P2
P2-P3
17.35
107°7’50”
614410.201
1882582.543
P3
P3-P4
2.87
215°20’8”
614394.454
1882575.260
P4
P4-P5
6.48
54°7’47”
614391.632
1882575.784
P5
P5-P6
2.66
252°55’35”
614393.407
1882569.928
P6
P6-P7
0.72
94°12’12”
614392.444
1882568.134
P7
P7-P8
12.07
277°2’11”
614392.889
1882567.568
P8
P8-P9
9.80
91°14’48”
614382.564
1882561.318
P9
P9-P1
38.60
95°38’31”
614387.455
1882552.825
338
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Inmueble también conocido o identificado como paraje Oriente del Mercado Público de Putla, tramo
calaveras, centro de Putla Villa de Guerrero y/o Lote número cuatro del solar ubicado hacia el oriente del
mercado público en la jurisdicción de Villa de Putla de Guerrero, Estado de Oaxaca. Toda vez que sirvió como
INSTRUMENTO en la comisión del hecho ilícito que dio origen a la carpeta de investigación número
24681/FDAI/UETP/2024 iniciada por el hecho ilícito de trata de personas en su modalidad de explotación
sexual ajena, a través de la promoción y publicidad de actos sexuales simulados; B) La pérdida de los
derechos de propiedad, sin contraprestación, ni compensación alguna para su dueño, poseedor o quien
se ostente o comporte como tal o acredite tener derechos reales sobre el bien mueble afecto, en términos de
lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio; C).- Una vez declarada la acción de
extinción de dominio, se adjudique a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, y se ponga a disposición
de la Autoridad Administradora, en términos de lo previsto en los artículos 212 y 233, primer y segundo
párrafo de la Ley Nacional de Extinción de Dominio; D).- Una vez que cause ejecutoria la sentencia, de vista a
la autoridad administradora y a la Unidad de Extinción de Dominio de la Vicefiscalía General de Control
Operativo de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, para que determine el destino final que habrá de
darse inmueble, de conformidad con el artículo 212 segundo párrafo, de la Ley Nacional de Extinción de
Dominio; E).- Ordenar el registro del inmueble sujeto a acción de Extinción de Dominio ante el Instituto
Catastral de Estado de Oaxaca, para que proporcione clave catastral a favor del Gobierno del Estado de
Oaxaca, o de quien se adjudique el inmueble; F).- Ordene el Registro del bien inmueble sujeto de la acción de
extinción de dominio, ante el Instituto de la Función Registral a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, de
conformidad con el artículo 214, párrafo segundo de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
Orden de emplazamiento, llamamiento judicial
Tomando en consideración que el domicilio señalado como del demandado Rolando Cruz Ríos, se ubica
en Calle Guerrero, número veintiocho (28), Colonia centro de Putla Villa de Guerrero, Oaxaca, se encuentra
fuera de la jurisdicción de este juzgado, con fundamento en los artículos 83, 84 segundo párrafo, 98 y 195 de
la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena girar exhorto con los insertos necesarios al JUEZ
MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUTLA DE GUERRERO, OAXACA, para
que en auxilio de las labores de este Juzgado ordene a quien corresponda, que dentro de un plazo que no
deberá exceder de quince días hábiles contados a partir de la fecha en que se recepcione el citado exhorto,
se constituya en el domicilio precisado como de la parte demandada y cerciorado de ser el domicilio buscado,
debiendo asentar los medios respectivos efectúe el emplazamiento entregándole el correspondiente
instructivo de notificación, así mismo, les corra traslado con la copia simple de la demanda y anexos,
debidamente cotejados y sellados, emplazándolos para que dentro del plazo de QUINCE DÍAS conteste por
escrito la demanda entablada en su contra ante este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del
Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca,
debiendo precisársele que la misma deberá reunir los requisitos que establecen los artículos 191, 198, y 199
de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, deberá contar con asesoría jurídica profesional a través de
profesionistas particulares, o en su caso, deberá acudir a la DEFENSORIA PUBLICA DEL ESTADO DE
OAXACA ubicada en Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial General Porfirio Diaz,
“Soldado de la Patria”, Edificio G, María Sabina 4° Nivel, Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec,
Oaxaca, para que se le designe un defensor público y comparezcan debidamente asesorados, a manifestar lo
que a su derecho convenga, hacer valer las excepciones que considere pertinente y adjunte los documentos
justificativos de sus excepciones y ofrezca las pruebas que las acrediten, apercibiéndolo que de no dar
contestación dentro del plazo concedido, se hará la declaración de rebeldía y se tendrá por contestada la
demanda en sentido afirmativo y por precluido sus derechos procesales que no hizo valer, en términos del
precepto 196 del mismo ordenamiento.
Asimismo, lo requiera para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de
residencia de este juzgado, mismo que será para las notificaciones personales que este procedimiento
establece, con el apercibimiento que de no proporcionarlo se tendrá por señalado los estrados de este
Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de
Dominio para todo el Estado de Oaxaca, en observancia al numeral 87 de la ley en consulta. Debiendo el
actuario regir su actuación de acuerdo a las formalidades que exige el dispositivo 83 de la Ley
Nacional de Extinción de Dominio, hecho lo anterior lo devuelva debidamente diligenciado.
Publicación de Edictos
De conformidad con los artículos 86, 87 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publíquese
mediante edicto el presente proveído tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación, en el
Periódico Oficial del Estado para una mayor difusión y por Internet en la página de la Fiscalía General de
Justicia del Estado de Oaxaca, llamando a cualquier persona interesada (afectada) que considere tener un
derecho sobre los bienes inmuebles objeto de la acción, en razón de los efectos universales del presente
juicio, para que comparezcan a este procedimiento en el término de TREINTA DÍAS HÁBILES siguientes,
contados a partir del día siguiente a la última publicación del edicto, a efecto de dar contestación a la
demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Queda a disposición de la
ocursante los edictos respectivos para que pase a recogerlos, gestione su trámite y exhiba de manera
oportuna las correspondientes publicaciones, ordenándose entregar en archivo electrónico el
documento a publicar en formato Word (.doc o .docx) para Windows.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
339
Pruebas
Por otro lado, se tiene a la promovente ofreciendo las pruebas que refiere, mismas que será proveídas en
el momento procesal oportuno, en cuanto a su admisión, preparación o desechamiento, Lo anterior con
fundamento en el artículo 101 de la ley en consulta.
Medida Cautelar
Por lo que respecta a la medida cautelar de retención del aseguramiento registral y la prohibición de
enajenar, disponer, gravar o cualquier acto jurídico que comprometa el dominio del bien ubicado en Carretera
Pérez Gazga de Putla Villa de Guerrero, Oaxaca, tambien conocido como paraje Oriente de Mercado
Público de Putla, tramo Calaveras, Centro de Putla Villa de Guerrero y/o lote número cuatro del solar
ubicado hacie el oriente del Mercado Público en la jurisdicción de Villa de Putla de Guerrero, Estado
de Oaxaca, de conformidad con el artículo 175 fracción II de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, misma
que por auto de fecha veintitrés de mayo del dos mil veinticinco, fue decratada.
Notificaciones procesales
Se tiene a la promovente señalando el domicilio que indica en el de cuente, mismo que será para las
notificaciones personales que este procedimiento establece, autorizando para oír y recibir notificaciones a las
personas que menciona.
Hágase del conocimiento de las partes que las determinaciones dictadas en este juicio serán notificadas
mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no comparecer se practicarán por
medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado, con excepción del emplazamiento que se
practicará en forma personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Nacional de
Extinción de Dominio, y las dictadas en las audiencias se tendrán por notificadas en ese mismo acto.
Por otra parte, mediante Acuerdo General conjunto 9/2020 relativo al plan retorno gradual para el
desarrollo de actividades jurisdiccionales, ante la pandemia causada por el coronavirus, en el considerando
noveno, punto cinco, se estableció que las notificaciones deberán practicarse a través de correo electrónico
ante el portal del tribunal virtual. Ante tal circunstancia, al momento del emplazamiento invítese a la parte
demandada, para que se inscriba en el Registro Único para Notificaciones Electrónicas (RUNE) del Poder
Judicial del Estado, con la finalidad de que las subsecuentes notificaciones se le practiquen por medio del
tribunal virtual, para tal efecto, al dar contestación a la demanda deberá proporcionar número de usuario y
correo electrónico, para que se le haga llegar vía correo electrónico copia de los acuerdos que se dicten en
la fase escrita de este expediente, de igual forma, dígasele que, en caso de no proporcionar cuenta
electrónica, serán notificados mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no
comparecer se practicarán por medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado.
Transparencia y publicación de datos personales
En cumplimiento al artículo 11 y 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el
Estado de Oaxaca, hágase saber a las partes: a).- Que la sentencia que se dicte en este asunto, estará a
disposición del público para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso de
información; b).- Asimismo y con fundamento en el numeral 1079 Fracción VI del Código de Comercio aludido,
requiérase a la parte actora para que dentro del término de tres días y a la parte demandada que al contestar
la demanda, otorguen su consentimiento por escrito respecto de que su nombre y datos personales no se
incluyan en la publicación de la sentencia, en el entendido de que la unidad administrativa que lo tenga bajo
su resguardo determinará si tal oposición puede surtir efectos, tomando en cuenta, si la resolución solicitada
contiene información considerada como reservada; en la inteligencia de que la falta de oposición expresa en
el plazo concedido, conllevará a su oposición. Notifiquese y Cumplase.
Así lo proveyó y firma el Ciudadano Licenciado Jessica Maribel Arango Bravo Juez del Juzgado
Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio
para todo el Estado.
Quien actúa con la Secretaria de Acuerdos, que autoriza y da fe, Licenciada Evelia Bohórquez Díaz.
Por lo anterior, lo emplazo por esta vía para que, dentro de un PLAZO DE TREINTA DÍAS hábiles
contados a partir de cuándo haya surtido efecto la publicación del último edicto, comparezca a deducir
sus derechos contestando la demanda entablada en su contra, así mismo le informo que las copias del
traslado correspondiente se encuentran a su disposición en la Segunda Secretaría del Juzgado
Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de
Dominio para todo el Estado de Oaxaca, ubicado en Calle División Oriente número 618, Colonia Ex
Marquesado, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, para que se imponga de las mismas. Apercibiéndolos que de
no dar contestación al plazo concedido se le tendrá por perdido el derecho no ejercitado y se
continuará con la siguiente etapa, de conformidad con los artículos 86, 87, 88, 89 y demás aplicables a
la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
Oaxaca de Juárez, Oaxaca a dos de septiembre del dos mil veinticinco.
El Actuario Judicial
Lic. Fernando Vargas Carreño
Rúbrica.
(E.- 000802)
340
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Oaxaca
Consejo de la Judicatura
Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del
Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado
EDICTO
C.C. AL PÚBLICO EN GENERAL, PERSONA INTERESADA (AFECTADAS) QUE TENGA DERECHOS
SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO Y SE
CONSIDEREN AFECTADAS RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN TRAMO CARRETERO
INTERNACIONAL CIENTO NOVENTA, MUNICIPIO DE MAGDALENA APASCO, ETLA, OAXACA.
P R E S E N T E.
En cumplimiento al auto dictado el catorce de julio de dos veinticinco, en la Vía del proceso
Especial de Extinción de Dominio número 134/2025, promovido por EL LICENCIADO MIGUEL ÁNGEL
LÓPEZ AYALA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO A LA UNIDAD DE EXTINCIÓN DE
DOMINIO, DEPENDIENTE DE LA VICEFISCALIA GENERAL DE CONTROL OPERATIVO DE LA FISCALÍA
GENERAL DEL ESTADO DE OAXACA, en contra de LEOBARDA CRUZ MARTINEZ.
Les hago de su conocimiento que se dio trámite a la demanda presentada de extinción de dominio
la que fue admitida de la forma siguiente:
0134/2025
OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA, A CATORCE DE JULIO DEL DOS MIL VEINTICINCO. - - - - - - - - - - -
Dada cuenta con el escrito de MIGUEL ANGEL LOPEZ AYALA, al que anexa los documentos detallados
en la certificación que inmediatamente antecede; y dos traslados; presentado ante la Oficialía de Partes
Común de los Juzgados Civiles y Familiares del Centro del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del
Estado el día ocho de julio del dos mil veinticinco y recibido en este Juzgado el dieciséis de mayo del dos mil
veinticinco; con el cual, fórmese expediente y regístrese en el sistema computacional que se lleva en este
juzgado con el número 134/2025, Segunda Secretaría.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Competencia
Este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de
Extinción de Dominio para todo el Estado, es competente para conocer de este juicio de conformidad con el
acuerdo general 14/2021 de fecha veintitrés de abril del dos mil veintiuno, mediante el cual se brindó de
competencia para conocer de los asuntos en materia de extinción de dominio para todo el estado, en relación
con el artículo 17 y 18 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, habida cuenta que se trata de un asunto
de extinción de dominio sobre el inmueble sin número ubicado en tramo carretero internacional ciento
noventa, Municipio de Magdalena Apasco, Etla, Oaxaca, se localiza bajo cuadro de construcción de
construcción con coordenadas UTM siguiente:
CUADRO DE CONSTRUCCION CON COORDENADAS UNIVERSAL TRANSVERSE MERCATOR
VÉRTICE
LADO
DIST.
ANGULO
ESTE
NORTE
P1
P1-P2
37-50
93°3´32”
731068.252
1907437.764
P2
P2-P3
61.50
87°25´44”
731104.360
1907429.690
P3
P3-P4
37.50
91°46´8”
731115.075
1907490.249
P4
P4-P1
61.00
87°44´36”
731078.368
1907497.920
Inmueble que se encuentra bajo régimen agrario comunal en la comunidad de la Magdalena
Apasco, Etla, Oaxaca, toda vez que sirvió como instrumento en la comisión del hecho ilícito contra la salud
en su modalidad de narcomenudeo en su hipótesis de posesión de cocaína y diacetil morfina con fines
de comercio o suministro. Delito que se encuentra dentro del catálogo que establece el artículo 22 párrafo
cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para la procedencia de la acción de
extinción de dominio, en relación con el artículo 1 inciso d) de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
Personalidad Jurídica
En cuanto a la personalidad jurídica del promovente MIGUEL ANGEL LOPEZ AYALA, es de referirse que
comparece con el carácter de Agente del Ministerio Público Adscrito la Unidad de Extinción de Dominio
dependiente de la Vicefiscalía General de Control Operativo de la Fiscalía General de Estado de Oaxaca, lo
que se acredita con la copia certificada de constancia laboral suscrita por Mtra. Arima Ojeda Santiago, en su
carácter de Oficial Mayor, de fecha siete de julio del dos mil veinticinco, de la que se advierte la calidad con la
que se ostenta, documental que con fundamento en los preceptos 2 fracción XVIII y 25 de la Ley Nacional de
Extinción de Dominio, se acredita la personalidad del compareciente.
Admisión de Demanda
Con apoyo en los numerales 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
3,4,7,8,16,21,191,193,195 y demás relativos y aplicables de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se
admite a trámite la demanda planteada en la VÍA DEL PROCESO ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO,
en ejercicio de la ACCION DE EXTINCION DE DOMINIO que promueve MIGUEL ANGEL LOPEZ AYALA,
Agente del Ministerio Público adscrito a la Unidad de Extinción de Dominio dependiente de la
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Vicefiscalía General de Control Operativo de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, en contra de
LEOBARDA CRUZ MARTINEZ en su calidad de afectada, de quien se reclama las siguientes prestaciones;
A).- La declaración judicial de extinción de dominio, a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, respecto
del inmueble sin número ubicado en tramo carretero internacional 190, Municipio de Magdalena Apasco, Etla,
Oaxaca, objeto de la presente Acción de Extinción de Dominio; B).- La pérdida de los derechos de posesión,
uso, goce y disfrute, sin contraprestación ni compensación alguna para su poseedor, o quien se ostente o
comporte como tal o acredite tener derechos reales sobre el bien inmueble multicitado, en términos de lo
establecido en el artículo 3 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio; C).- Una vez declarada procedente la
acción de extinción de dominio del referido inmueble a favor del Estado de Oaxaca, a través de la autoridad
administradora, o del Depositario Judicial de dicho bien, se ordene poner a disposición de la Asamblea
Comunal de La Magdalena Apasco Etla, Oaxaca, el inmueble materia de la litis, a efecto de que se reasigne
en beneficio del núcleo de población, en el entendido de que esta resignación será en beneficio del mismo
núcleo, en términos de los previsto en el artículo 233 último párrafo de la Ley Nacional de Extinción
de Dominio.
Orden de emplazamiento, llamamiento judicial
Tomando en consideración que el domicilio de LEOBARDA CRUZ MARTINEZ es señalado en el Calle
Nicolás Bravo, número uno, Magdalena Apasco Etla, Oaxaca y, se encuentra fuera de la jurisdicción de este
juzgado, con fundamento en los artículos 83, 84 segundo párrafo, 98 y 195 de la Ley Nacional de Extinción de
Dominio, se ordena girar exhorto con los insertos necesarios al JUZGADO FAMILIAR Y CIVIL EN TURNO
DEL DISTRITO JUDICIAL DE ETLA, OAXACA, para que en auxilio de las labores de este Juzgado ordene a
quien corresponda, que dentro de un plazo que no deberá exceder de quince días hábiles contados a partir de
la fecha en que se recepcione el citado exhorto, se constituya en el domicilio precisado como de la parte
demandada y cerciorado de ser el domicilio buscado, debiendo asentar los medios respectivos efectúe el
emplazamiento entregándole el correspondiente instructivo de notificación, así mismo, les corra traslado con
la copia simple de la demanda y anexos, debidamente cotejados y sellados, emplazándolos para que dentro
del plazo de QUINCE DÍAS conteste por escrito la demanda entablada en su contra ante este Juzgado
Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de
Dominio para todo el Estado de Oaxaca, debiendo precisársele que la misma deberá reunir los requisitos
que establecen los artículos 191, 198, y 199 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, deberá contar con
asesoría jurídica profesional a través de profesionistas particulares, o en su caso, deberá acudir a la
DEFENSORIA PUBLICA DEL ESTADO DE OAXACA ubicada en Centro Administrativo del Poder
Ejecutivo y Judicial General Porfirio Diaz, “Soldado de la Patria”, Edificio G, María Sabina 4° Nivel,
Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, para que se le designe un defensor público y
comparezcan debidamente asesorados, a manifestar lo que a su derecho convenga, hacer valer las
excepciones que considere pertinente y adjunte los documentos justificativos de sus excepciones y ofrezca las
pruebas que las acrediten, apercibiéndolo que de no dar contestación dentro del plazo concedido, se hará la
declaración de rebeldía y se tendrá por contestada la demanda en sentido afirmativo y por precluido sus
derechos procesales que no hizo valer, en términos del precepto 196 del mismo ordenamiento.
Asimismo, lo requiera para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de
residencia de este juzgado, mismo que será para las notificaciones personales que este procedimiento
establece, con el apercibimiento que de no proporcionarlo se tendrá por señalado los estrados de este
Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de
Dominio para todo el Estado de Oaxaca, en observancia al numeral 87 de la ley en consulta. Debiendo el
actuario regir su actuación de acuerdo con las formalidades que exige el dispositivo 83 de la Ley
Nacional de Extinción de Dominio, hecho lo anterior lo devuelva debidamente diligenciado.
Publicación de Edictos
De conformidad con los artículos 86, 87 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publíquese
mediante edicto el presente proveído tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación, en el
Periódico Oficial del Estado para una mayor difusión y por Internet en la página de la Fiscalía General de
Justicia del Estado de Oaxaca, llamando a cualquier persona interesada (afectada) que considere tener un
derecho sobre el bien mueble objeto de la acción, en razón de los efectos universales del presente juicio, para
que comparezcan a este procedimiento en el término de TREINTA DÍAS HÁBILES siguientes, contados a
partir del día siguiente a la última publicación del edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar
su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Queda a disposición del ocursante los edictos
respectivos para que pase a recogerlos, gestione su trámite y exhiba de manera oportuna las
correspondientes publicaciones, ordenándose entregar en archivo electrónico el documento a
publicar en formato Word (.doc o .docx) para Windows.
Pruebas
Por otro lado, se tiene al promovente ofreciendo las pruebas que refiere, mismas que será proveídas en el
momento procesal oportuno, en cuanto a su admisión, preparación o desechamiento, Lo anterior con
fundamento en el artículo 101 de la ley en consulta.
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Medida Cautelar
Por lo que respecta a la medida cautelar de aseguramiento en sus variantes físico y registral, así como la
prohibición de enajenar, disponer, gravar o cualquier acto jurídico que comprometa el dominio del bien
consistente en el inmueble sin número, ubicado en tramo carretero internacional ciento noventa, Municipio de
Magdalena Apasco, Etla, Oaxaca, de conformidad con el artículo 175 fracción II de la Ley Nacional de
Extinción de Dominio, se ordena sustanciarse en incidente de forma separada en su respectivo cuaderno. - - -
Notificaciones procesales
Se tiene al promovente señalando el domicilio que indica en el de cuenta, mismo que será para las
notificaciones personales que este procedimiento establece, autorizando para oír y recibir notificaciones a las
personas que menciona.
Hágase del conocimiento de las partes que las determinaciones dictadas en este juicio serán notificadas
mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no comparecer se practicarán por
medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado, con excepción del emplazamiento que se
practicará en forma personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Nacional de
Extinción de Dominio, y las dictadas en las audiencias se tendrán por notificadas en ese mismo acto.
Se tiene a la parte actora proporcionando ID de usuario 001162025, autorizando dicha cuenta para ser
notificada por medios electrónicos. Envíese a la cuenta proporcionada copia de los acuerdos que se lleguen a
dictar en el presente asunto.
Por otra parte, mediante Acuerdo General conjunto 9/2020 relativo al plan retorno gradual para el
desarrollo de actividades jurisdiccionales, ante la pandemia causada por el coronavirus, en el considerando
noveno, punto cinco, se estableció que las notificaciones deberán practicarse a través de correo electrónico
ante el portal del tribunal virtual. Ante tal circunstancia, al momento del emplazamiento invítese a la parte
demandada, para que se inscriba en el Registro Único para Notificaciones Electrónicas (RUNE) del Poder
Judicial del Estado, con la finalidad de que las subsecuentes notificaciones se le practiquen por medio del
tribunal virtual, para tal efecto, al dar contestación a la demanda deberá proporcionar número de usuario y
correo electrónico, para que se le haga llegar vía correo electrónico copia de los acuerdos que se dicten en
la fase escrita de este expediente, de igual forma, dígasele que, en caso de no proporcionar cuenta
electrónica, serán notificados mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no
comparecer se practicarán por medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado.
Transparencia y publicación de datos personales
En cumplimiento al artículo 11 y 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y buen
gobierno para el Estado de Oaxaca, hágase saber a las partes: a).- Que la sentencia que se dicte en este
asunto, estará a disposición del público para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento
de acceso de información; b).- Asimismo y con fundamento en el numeral 1079 Fracción VI del Código de
Comercio aludido, requiérase a la parte actora para que dentro del término de tres días y a la parte
demandada que al contestar la demanda, otorguen su consentimiento por escrito respecto de que su nombre
y datos personales no se incluyan en la publicación de la sentencia, en el entendido de que la unidad
administrativa que lo tenga bajo su resguardo determinará si tal oposición puede surtir efectos, tomando en
cuenta, si la resolución solicitada contiene información considerada como reservada; en la inteligencia de que
la falta de oposición expresa en el plazo concedido, conllevará a su oposición. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.
Así lo proveyó y firma el Ciudadano Licenciado JESSICA MARIBEL ARANGO BRAVO Juez del Juzgado
Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio
para todo el Estado.
Quien actúa con la Secretaria de Acuerdos, que autoriza y da fe, Licenciada EVELIA BOHORQUEZ DIAZ.
Por lo anterior, lo emplazo por esta vía para que, dentro de un PLAZO DE TREINTA DÍAS hábiles
contados a partir de cuándo haya surtido efecto la publicación del último edicto, comparezca a deducir
sus derechos contestando la demanda entablada en su contra, así mismo le informo que las copias del
traslado correspondiente se encuentran a su disposición en la Segunda Secretaría del Juzgado
Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de
Dominio para todo el Estado de Oaxaca, ubicado en Calle División Oriente número 618, Colonia Ex
Marquesado, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, para que se imponga de las mismas. Apercibiéndolos que de
no dar contestación al plazo concedido se le tendrá por perdido el derecho no ejercitado y se
continuará con la siguiente etapa, de conformidad con los artículos 86, 87, 88, 89 y demás aplicables a
la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
Oaxaca de Juárez, Oaxaca a ocho de septiembre del dos mil veinticinco.
El Actuario Judicial
Lic. Fernando Vargas Carreño
Rúbrica.
(E.- 000803)
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Oaxaca
Consejo de la Judicatura
Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del
Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado
EDICTO
C.C. AL PÚBLICO EN GENERAL, PERSONA INTERESADA (AFECTADAS) QUE TENGA DERECHOS
SOBRE LOS BIENES PATRIMONIALES DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO SE CONSIDERE
AFECTADA RESPECTO DEL VEHÍCULO DE MOTOR MARCA HONDA, TIPO CR-V TOURING CTV,
MODELO DOS MIL DIECIOCHO, CON NÚMERO DE SERIE 1HGRW1893JL901816, NÚMERO DE MOTOR
L15BE2026604, COLOR PLATA LUNAR, SIN PLACAS DE CIRCULACIÓN, IDENTIFICADO CON LA
FACTURA NÚMERO FVD-2336 EXPEDIDA EL VEINTCINCO DE MARZO DEL DOS MIL VEINTITRÉS POR
HONDA DEL VALLE, AUTOMÓVILES AVENIDA S.A. DE C.V.,
En cumplimiento al auto dictado el treinta de septiembre del dos mil veinticinco, en el Juicio ESPECIAL DE
EXTINCION DE DOMINIO 205/2025, promovido por LA LICENCIADA SOLEDAD ESTEFANIA DE LOS
SANTOS MELÉNDEZ, AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO ADSCRITA AL ÁREA DE EXTINCIÓN DE
DOMINIO DEPENDIENTE DE LA VICEFISCALIA GENERAL DE CONTROL OPERATIVO DE LA FISCALIA
GENERAL DEL ESTADO DE OAXACA, en contra de LUIS ALBERTO AMAYA RAMIREZ en su calidad
de propietario.
Les hago de su conocimiento que se dio trámite a la demanda presentada de extinción de dominio la que
fue admitida de la forma siguiente:
0205/2025 TRANSCRIPCION DEL AUTO
OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA, A TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL VEINTICINCO. - - - - - - -
Dada cuenta con el escrito de SOLEDAD ESTEFANIA DE LOS SANTOS MELENDEZ, al que anexa los
documentos detallados en la certificación que inmediatamente antecede; y dos traslados; presentado ante la
Oficialía de Partes Común de los Juzgados Civiles y Familiares del Centro del Consejo de la Judicatura del
Poder Judicial del Estado el día veinticuatro de septiembre del dos mil veinticinco y recibido en este Juzgado
el veinticinco de septiembre del dos mil veinticinco; con el cual, fórmese expediente y regístrese en el sistema
computacional que se lleva en este juzgado con el número 205/2025, Primera Secretaría.
Competencia
Este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de
Extinción de Dominio para todo el Estado, es competente para conocer de este juicio de conformidad con el
acuerdo general 14/2021 de fecha veintitrés de abril del dos mil veintiuno, mediante el cual se brindó de
competencia para conocer de los asuntos en materia de extinción de dominio para todo el estado, en relación
con el artículo 17 y 18 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, habida cuenta que se trata de un asunto
de extinción de dominio sobre un bien mueble consistente en el vehículo de motor marca Honda, tipo
CR-V TOURING CTV, modelo dos mil dieciocho, con número de serie 1HGRW1893JL901816, número
de motor L15BE2026604, color plata lunar, sin placas de circulación, identificado con la factura
número FVD-2336 expedida el veintcinco de marzo del dos mil veintitrés por Honda del Valle,
Automóviles Avenida S.A. de C.V., a nombre de LUIS ALBERTO AMAYA RAMIREZ, toda vez que sirvió
como instrumento en la comisión del hecho ilícito de robo de vehículo. Delito que se encuentra dentro del
catálogo que establece el artículo 22 párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos para la procedencia de la acción de extinción de dominio, en relación con el artículo 1 inciso I) de
la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
Personalidad Jurídica
En cuanto a la personalidad jurídica de la promovente SOLEDAD ESTEFANIA DE LOS SANTOS
MELENDEZ, es de referirse que comparece con el carácter de Agente del Ministerio Público Adscrita a la
Unidad de Extinción de Dominio dependiente de la Vicefiscalía General de Control Operativo de la Fiscalía
General de Estado de Oaxaca, lo que se acredita con la copia certificada de nombramiento definitivo de fecha
primero de marzo del dos mil veintiuno, suscrito por el entonces Fiscal General del Estado Rubén
Vasconcelos Méndez, de la que se advierte la calidad con la que se ostenta, documental que con fundamento
en los preceptos 2 fracción XVIII y 25 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se acredita la personalidad
de la compareciente.
Admisión de Demanda
Con apoyo en los numerales 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
3,4,7,8,16,21,191,193,195 y demás relativos y aplicables de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se
admite a trámite la demanda planteada en la VÍA ESPECIAL DE JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO en
ejercicio de la acción de EXTINCIÓN DE DOMINIO que promueve la Licenciada Soledad Estefanía de los
Santos Meléndez, Agente del Ministerio Público adscrita a la Unidad de Extinción de Dominio
dependiente de la Vicefiscalía General de Control Operativo de la Fiscalía General de Estado de
Oaxaca, en contra de LUIS ALBERTO AMAYA RAMIREZ, de quien reclama las siguientes prestaciones; A).-
La declaración judicial de extinción de dominio del vehículo de motor marca Honda, tipo CR-V TOURING
CTV, modelo dos mil dieciocho, con número de serie 1HGRW1893JL901816, número de motor
L15BE2026604, color plata lunar, sin placas de circulación, a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, sin
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contraprestación, ni compensación alguna para su dueño o quien ostente o comporte como tal, ni para quien,
por cualquier circunstancia, pasea o detente el citado bien; B) La pérdida de los derechos sin
contraprestación, ni compensación alguna para su dueño o quien se ostente o comporte como tal o
acredite tener derechos sobre el vehículo de motor marca Honda tipo CR-V TOURING CTV, modelo dos mil
dieciocho, con número de serie 1HGRW1893JL901816, número de motor L15BE2026604, color plata lunar,
sin placas de circulación; C).- Declarada la acción de extinción de dominio del vehículo de motor marca Honda
tipo CR-V TOURING CTV, modelo dos mil dieciocho, con número de serie 1HGRW1893JL901816, número de
motor L15BE2026604, color plata lunar, sin placas de circulación, ordene se cedan los derechos de la factura
que acredita su propiedad a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, o en su caso se expida factura judicial;
D).- Como consecuencia de lo anterior se proceda a la inscripción del vehículo de motor marca Honda tipo
CR-V TOURING CTV, modelo dos mil dieciocho, con número de serie 1HGRW1893JL901816, número de
motor L15BE2026604, color plata lunar, sin placas de circulación, ante la Dirección de Licencias y
Emplacamiento Vehicular perteneciente a la Secretaría de Movilidad del Estado de Oaxaca, en favor del
Gobierno del Estado de Oaxaca; F).- Una vez que la sentencia cause ejecutoria, se destine el referido bien
mueble en términos del artículo 234 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio por conducto de la
autoridad administradora.
Orden de emplazamiento, llamamiento judicial
Tomando en consideración que el domicilio señalado como del demandado Luis Alberto Amaya Ramírez,
se ubica dentro de la jurisdicción de este Juzgado por ende, se ordena al actuario adscrito a efecto de que se
constituya en el domicilio de la parte demandada y cerciorado de ser el domicilio buscado, debiendo asentar
los medios respectivos efectúe el emplazamiento entregándole el correspondiente instructivo de notificación,
así mismo, les corra traslado con la copia simple de la demanda y anexos, debidamente cotejados y sellados,
emplazándolos para que dentro del plazo de QUINCE DÍAS conteste por escrito la demanda entablada en su
contra ante este Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en
Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado de Oaxaca, debiendo precisársele que la misma
deberá reunir los requisitos que establecen los artículos 191, 198, y 199 de la Ley Nacional de Extinción de
Dominio, deberá contar con asesoría jurídica profesional a través de profesionistas particulares, o en su
caso, deberá acudir a la DEFENSORIA PUBLICA DEL ESTADO DE OAXACA ubicada en Centro
Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial General Porfirio Diaz, “Soldado de la Patria”, Edificio G,
María Sabina 4° Nivel, Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, para que se le designe un
defensor público y comparezcan debidamente asesorados, a manifestar lo que a su derecho convenga, hacer
valer las excepciones que considere pertinente y adjunte los documentos justificativos de sus excepciones y
ofrezca las pruebas que las acrediten, apercibiéndolo que de no dar contestación dentro del plazo
concedido, se hará la declaración de rebeldía y se tendrá por contestada la demanda en sentido afirmativo y
por precluido sus derechos procesales que no hizo valer, en términos del precepto 196 del mismo
ordenamiento.
Asimismo, lo requiera para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de
residencia de este juzgado, mismo que será para las notificaciones personales que este procedimiento
establece, con el apercibimiento que de no proporcionarlo se tendrá por señalado los estrados de este
Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de
Dominio para todo el Estado de Oaxaca, en observancia al numeral 87 de la ley en consulta. Debiendo el
actuario regir su actuación de acuerdo con las formalidades que exige el dispositivo 83 de la Ley
Nacional de Extinción de Dominio, hecho lo anterior lo devuelva debidamente diligenciado.
Publicación de Edictos
De conformidad con los artículos 86, 87 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publíquese
mediante edicto el presente proveído tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación, en el
Periódico Oficial del Estado para una mayor difusión y por Internet en la página de la Fiscalía General de
Justicia del Estado de Oaxaca, llamando a cualquier persona interesada (afectada) que considere tener un
derecho sobre los bienes inmuebles objeto de la acción, en razón de los efectos universales del presente
juicio, para que comparezcan a este procedimiento en el término de TREINTA DÍAS HÁBILES siguientes,
contados a partir del día siguiente a la última publicación del edicto, a efecto de dar contestación a la
demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga. Queda a disposición del
ocursante los edictos respectivos para que pase a recogerlos, gestione su trámite y exhiba de manera
oportuna las correspondientes publicaciones, ordenándose entregar en archivo electrónico el
documento a publicar en formato Word (.doc o .docx) para Windows.
Pruebas
Por otro lado, se tiene a la promovente ofreciendo las pruebas que refiere, mismas que será proveídas en
el momento procesal oportuno, en cuanto a su admisión, preparación o desechamiento, Lo anterior con
fundamento en el artículo 101 de la ley en consulta.
Medida Cautelar
Por lo que respecta a la medida cautelar de aseguramiento físico y registral del bien mueble consistente
en el vehículo de motor marca Honda tipo CR-V TOURING CTV, modelo dos mil dieciocho, con número
de serie 1HGRW1893JL901816, número de motor L15BE2026604, color plata lunar, sin placas de
circulación, de conformidad con el artículo 175 fracción II de la Ley Nacional de Extinción de Dominio,
se ordena sustanciarse en incidente de forma separada en su respectivo cuaderno. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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DIARIO OFICIAL
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Notificaciones procesales
Se tiene a la promovente señalando el domicilio que indica en el de cuente, mismo que será para las
notificaciones personales que este procedimiento establece, autorizando para oír y recibir notificaciones a las
personas que menciona.
Hágase del conocimiento de las partes que las determinaciones dictadas en este juicio serán notificadas
mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no comparecer se practicarán por
medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado, con excepción del emplazamiento que se
practicará en forma personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Nacional de
Extinción de Dominio, y las dictadas en las audiencias se tendrán por notificadas en ese mismo acto.
Se
tiene
a
la
parte
actora
proporcionando
cuenta
de
correo
electrónico
extinciondedominiofgeo@outlook.es con ID de usuario 016642021, autorizando dicha cuenta para ser
notificada por medios electrónicos. Envíese a la cuenta proporcionada copia de los acuerdos que se lleguen a
dictar en el presente asunto.
Por otra parte, mediante Acuerdo General conjunto 9/2020 relativo al plan retorno gradual para el
desarrollo de actividades jurisdiccionales, ante la pandemia causada por el coronavirus, en el considerando
noveno, punto cinco, se estableció que las notificaciones deberán practicarse a través de correo electrónico
ante el portal del tribunal virtual. Ante tal circunstancia, al momento del emplazamiento invítese a la parte
demandada, para que se inscriba en el Registro Único para Notificaciones Electrónicas (RUNE) del Poder
Judicial del Estado, con la finalidad de que las subsecuentes notificaciones se le practiquen por medio del
tribunal virtual, para tal efecto, al dar contestación a la demanda deberá proporcionar número de usuario y
correo electrónico, para que se le haga llegar vía correo electrónico copia de los acuerdos que se dicten en
la fase escrita de este expediente, de igual forma, dígasele que, en caso de no proporcionar cuenta
electrónica, serán notificados mediante comparecencia del interesado en el local del juzgado y en caso de no
comparecer se practicarán por medio de lista que se fijará en los estrados de este juzgado.
Transparencia y publicación de datos personales
En cumplimiento al artículo 11 y 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el
Estado de Oaxaca, hágase saber a las partes: a).- Que la sentencia que se dicte en este asunto, estará a
disposición del público para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso de
información; b).- Asimismo y con fundamento en el numeral 1079 Fracción VI del Código de Comercio aludido,
requiérase a la parte actora para que dentro del término de tres días y a la parte demandada que al contestar
la demanda, otorguen su consentimiento por escrito respecto de que su nombre y datos personales no se
incluyan en la publicación de la sentencia, en el entendido de que la unidad administrativa que lo tenga bajo
su resguardo determinará si tal oposición puede surtir efectos, tomando en cuenta, si la resolución solicitada
contiene información considerada como reservada; en la inteligencia de que la falta de oposición expresa en
el plazo concedido, conllevará a su oposición.
Finalmente, tomando en consideración que este órgano jurisdiccional lleva un control de digitalización de
los expedientes radicados a través del sistema electrónico “procedimientos civiles y familiares de primera
instancia” y del escrito de demanda se aprecia que se encuentra de baja calidad la impresión, que si bien
permite su lectura con un poco de dificultad, lo cierto es que imposibilita de forma correcta su escaneo, al igual
que su fotocopiado, ante tal circunstancia, con fundamento en el dispositivo 57 de la Ley Nacional de
Extinción de Dominio, se requiere a la ocursante para que dentro del plazo de tres días exhiba una
reproducción integra del escrito original que sea legible en su totalidad para que esta autoridad pueda
escanearlo y subirlo al sistema electrónico de control de expedientes digitalizados, además para el caso de
ser necesaria la obtención de su reproducción a través del fotocopiado para atención del mismo proceso.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.
Así lo proveyó y firma la Ciudadana Licenciada MARTHA ELENA GOMEZ CARREÑO Juez del Juzgado
Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio
para todo el Estado.
Quien actúa con la Secretaria de Acuerdos, que autoriza y da fe, Licenciada REYNA EMELIA OROZCO
ESPINOSA.
Por lo anterior, los emplazo por esta vía para que, dentro de un PLAZO DE TREINTA DIAS hábiles
contados a partir de cuando haya surtido efecto la publicación del último edicto, comparezcan a deducir
sus derechos contestando la demanda entablada en su contra, así mismo le informo que las copias del
traslado correspondiente se encuentran a su disposición en la Primera Secretaría del Juzgado Especializado
en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del centro y Civil en Materia de Extinción de dominio para todo el
Estado de Oaxaca, para que se imponga de las mismas. Apercibiéndolos que de no dar contestación al plazo
concedido se le tendrá por perdido el derecho no ejercitado y se continuará con la siguiente etapa, de
conformidad con los artículos 86, 87, 88, 89 y demás aplicables a la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
Oaxaca de Juárez, Oaxaca a siete de octubre del 2025.
El Actuario del Juzgado
Lic. Omar Sánchez Juárez
Rúbrica.
(E.- 000804)
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AVISOS GENERALES
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sala Regional en Yucatán
Expediente: 1088/22-16-01-6
Actor: Instituto Gardner México Americano, S.C.
"EDICTO"
TRABAJADORES DE LA PERSONA MORAL INSTITUTO GARDNER
MÉXICO AMERICANO, S.C., EN EL EJERCICIO FISCAL COMPRENDIDO
DEL 1 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017.
En los autos del juicio contencioso administrativo número 1088/22-16-01-6, promovido por Instituto
Gardner México Americano, S.C., en contra de la Administradora Desconcentrada de Auditoría Fiscal de
Campeche "1", en el que demanda la resolución contenida en el oficio 500-14-00-06-02-2022-1203, de 16 de
junio de 2022, emitida por la Administradora Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Campeche "1", a través
de la cual, se determinó un crédito fiscal en cantidad total de $7'529,705.15, así como se determinó como
renta gravable base del reparto de utilidades el importe $9'091,183.99, por lo que se deberá efectuar a sus
trabajadores el reparto de utilidades en cantidad de $909,118.39, por el ejercicio fiscal comprendido del 1 de
enero de 2017 al 31 de diciembre de 2017, se ordenó emplazar a los TERCEROS INTERESADOS, por medio
de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo, 18, de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo, y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria,
para lo cual, se le hace saber que tiene un término de treinta días contados a partir del día hábil siguiente de
la última publicación del Edicto ordenado, para que comparezcan en esta Sala Regional en Yucatán del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el domicilio ubicado en: calle 56-A (Paseo de Montejo), número
483-B, por 41, Colonia Centro, C.P. 97000, en esta Ciudad de Mérida, Yucatán, apercibida de que en caso
contrario, las siguientes notificaciones se realizarán por boletín jurisdiccional, como lo establece el artículo 315
en cita, en relación con el 67, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de
los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la parte actora.
Ciudad de Mérida, a 5 de septiembre de 2025.
Magistrado Instructor de la Tercera Ponencia de la Sala Regional
Peninsular del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Rafael Quero Mijangos
Rúbrica.
La Secretaria de Acuerdos
Ana María Sánchez Correa
Rúbrica.
(R.- 570010)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
347
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Región Estado de México I
Primera Sala Regional en el del Estado de México I
Expediente: 1412/19-11-01-2 y 2298/19-11-01-7 ACUM
Actora: Laboratorios Tornel, S.A. de C.V.
“EDICTO”
En los autos del juicio contencioso administrativo 1412/19-11-01-2 Y 2298/19-11-01-7 ACUM, la C. Mayra
Eblin Salgado Rebolledo, en representación legal de LABORATORIOS TORNEL, S.A. DE C.V., promovió
demanda de nulidad en contra de La resolución contenida en el oficio 600-36-08-54-2019-2521, de 25 de
marzo de 2019, por la cual el Administrador Desconcentrado Jurídico de México “2” del Servicio
de Administración Tributaria, resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto en contra de la
resolución contenida en el oficio 500-36-05-03-01-2018-29963, de 30 de julio de 2018, mediante la cual se
determinó un crédito fiscal a su cargo en cantidad total de $69´081,904.27 por concepto de impuesto sobre
la renta, así como la obligación de efectuar el reparto adicional a los trabajadores, de las utilidades de la
empresa respecto del ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014, en el sentido de
confirmar la misma. En el acuerdo 19 de septiembre de 2025, se ordenó la notificación por edictos del
emplazamiento a los trabajadores de la accionante que prestaron sus servicios en el ejercicio 2014, en su
carácter de terceros interesados, por conducto de su representante legal, con fundamento en los artículos 14,
penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, así como la notificación de los acuerdos: 1. 10 de mayo de 2019 por el que
se admitió a trámite la demanda; con copia del escrito inicial; 2. 05 de junio de 2019, por el que se tuvo por
cumplido el requerimiento y admisión de pruebas; 3. 11 de junio de 2025, por el que se tuvo por contestada la
demanda; 4. 12 de agosto de 2025, sentencia interlocutoria del recurso de reclamación, 5. 14 de agosto
de 2019, sentencia interlocutoria donde resulto procedente la acumulación del juicio 2298/19-11-01-7; 6. 15 de
agosto de 2019, proveído por el cual se levantó la suspensión del procedimiento; 7. 15 de agosto de 2019, por
el que se le otorgó el término al perito de la autoridad demandada para rendir y ratificar su dictamen; 8. 21 de
agosto de 2019, por el que se requiere a la actora para que presente a su perito para aceptar y protestar el
cargo; 9. 9 de septiembre de 2019, por el que el perito de la autoridad demandada, rinde el dictamen; 10. 23
de septiembre de 2019, por el que se le otorgó el término al perito de la actora para rendir y ratificar su
dictamen; 11. 2 de octubre de 2019, por el que se tuvo por contestada la demanda; 12. 16 de octubre de
2019, por el que el perito de la actora, rinde el dictamen; 13. 16 de octubre de 2019, por el que se solicita
perito tercero en materia contable; 14. 28 de octubre de 2019, por el que se designa perito tercero en materia
contable; 15. 22 de enero de 2020, por el que el perito tercero rinde y ratifica el dictamen; 16. 26 de agosto de
2025 y 18 de septiembre de 2025, por los que se tuvieron rendidos los informes requeridos en el auto de 5 de
agosto de 2025; Para lo cual se les hace saber que tienen un término de treinta días hábiles, contados a partir
del día hábil siguiente de la última publicación del edicto ordenado, para que comparezcan por escrito, a
través de su representante quien deberá acreditar su personalidad, ante esta Primera Sala Regional en el
Estado de México I, ubicada en Avenida Primero de Mayo, Número 120, Piso 6, Naucalpan de Juárez, Código
Postal 53500, Estado de México, requiriéndoles para que señalen un domicilio dentro de la jurisdicción de esta
Sala, y también un correo electrónico a efecto de que se les realicen los avisos respectivos, apercibidos que
de no hacerlo, se tendrá por precluido su derecho para realizar manifestaciones, y las notificaciones
subsecuentes se efectuarán por boletín jurisdiccional, sin el aviso previo que establece el artículo 65 de la Ley
Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Asimismo, se les informa que las copias de los
traslados de la demanda, de la citada resolución, y de los restantes anexos que obren en autos, se
encuentran a su disposición para que los recojan en el local que ocupa esta Sala.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a 19 de septiembre de 2025.
Magistrado Instructor de la Segunda Ponencia de la Primera Sala Regional en el Estado de México I
Lic. Oscar Alberto Estrada Chávez
Firmado en suplencia por ausencia la Primer Secretaria de Acuerdos, Licenciada Guadalupe
Villaseñor Hurtado, con fundamento en el artículo 48, tercer párrafo de la
Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Rúbrica.
(R.- 569688)
348
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Comisión Federal de Electricidad
Distribución División Centro Oriente
LICITACIÓN PÚBLICA No. LPDCOT-0325
CONVOCATORIA
Comisión Federal de Electricidad a través de Distribución División Centro Oriente, en cumplimiento con
el artículo 95 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad y las Políticas que
regulan la Disposición y Enajenación de Bienes Muebles de la Comisión Federal de Electricidad, sus
Empresas Productivas Subsidiarias y en su caso Empresas Filiales, convoca a las personas físicas y morales
nacionales, a participar el día 24 de noviembre de 2025, en la Licitación Pública No. LPDCOT-0325 para la
venta de los bienes muebles no útiles que a continuación se indican:
Lote No.
Descripción, cantidad aproximada y unidad de
medida de los bienes muebles no útiles
Valor mínimo
para venta $
(sin IVA)
Depósito en
garantía $
(sin IVA)
1, 2, 3,4
y 5
739,811.55 kilogramos y 1,037 piezas de diversos bienes
muebles no útiles correspondientes a: acumuladores,
artículos de porcelana con herraje, cable aluminio (AAC),
cable aluminio (ACSR), cable aluminio con forro, cartón,
cobre desnudo, desecho ferroso de segunda, medidores
de energía eléctrica, plástico, postes de concreto, vidrio
pedacería, transformadores de distribución y potencia con
y sin aceite, desecho ferroso vehicular etc. y 26 vehículos
tipo pick up (ANEXO 1 de las Bases).
$6,944,877.07
$694,487.71
Los bienes se localizan en diversos almacenes cuyas cantidades se detallan en el “ANEXO 1”
y los domicilios en “ANEXO 2” de las Bases de la Licitación Pública. Los interesados podrán
consultar y adquirir las Bases de la Licitación Pública del 06 de noviembre de 2025 al 20 de
noviembre
de
2025,
en
días
hábiles,
consultando
la
página
electrónica
de
CFE:
https://www.cfe.mx/concursoscontratos/ventabienes/pages/muebles.aspx y realizando el pago de $10,000.00
(Diez mil pesos 00/100 M.N.) más IVA, mediante transferencia electrónica interbancaria en la cuenta
No.
3000999789,
CLABE
072650030009997892,
Convenio
CIE
005562,
referencia
bancaria
48008510011048016228, en la Institución Bancaria Banorte a nombre de la Comisión Federal de
Electricidad; solicitando al teléfono 222-229-0438, extensión 11574 o al correo luis.rodriguezn@cfe.mx,
referencia bancaria para realizar su pago, en horario local de 09:00 a 14:00 horas; previo a realizar el pago
de las Bases deberá consultar la Lista de Licitantes Sancionados, impedidos para participar en procedimientos
de Venta de Bienes que convoque la CFE, disponible en la página electrónica de CFE:
https://www.cfe.mx/concursoscontratos/ventabienes/pages/bienesmuebles.aspx, y una vez efectuado el pago
enviar copia clara del comprobante de pago al Departamento Divisional de Almacenes, al correo electrónico
fernando.patino@cfe.mx, con copia a luis.rodriguezn@cfe.mx y roberto.cano@cfe.mx, agregando los datos
del comprador correspondiente a: nombre, domicilio fiscal, teléfono, correo electrónico, folio de comprador de
CFE (en su caso), anexando copia de Constancia de Situación Fiscal SAT, con fecha de expedición no mayor
a un mes y copia de Identificación Oficial vigente (INE o Pasaporte), y confirmar su recepción al teléfono
222-229-0438, ext. 11574, en horario local de 09:00 a 14:00 horas, en días hábiles, o acudir a las Oficinas
del Departamento de Almacenes con dirección en Prolongación 27 Norte No. 52, Col. Santa María La
Ribera, C.P. 72010, Puebla, Puebla; en horario local de 09:00 a 14:00 horas, en días hábiles, y presentar la
misma documentación descrita para la opción por correo electrónico. En caso de que el interesado efectúe el
pago de las Bases incompleto, fuera del periodo establecido para tal efecto o se encuentre en la Lista de
Licitantes Sancionados, impedidos para participar en procedimientos de Venta de Bienes que convoque la
CFE, el importe respectivo no será reembolsado y no podrá participar en la Licitación Pública. La factura por el
pago de las Bases será enviada al correo electrónico en el que se recibió su comprobante de pago.
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
349
Las personas que hayan adquirido las Bases podrán realizar la inspección física de los bienes
acudiendo a los lugares donde se localizan del 06 de noviembre de 2025 al 20 de noviembre de 2025, en
días hábiles, en horario local de 09:00 a 14:00 horas, previa cita concertada. El Registro de Participantes y
Recepción de la Documentación establecida en las Bases para participar en la Licitación Pública se
efectuará el día 19 de noviembre de 2025, en horario local de 09:00 a 09:30 horas, en la Sala de
Capacitación del Almacén Divisional San Felipe División Centro Oriente, con domicilio en
Prolongación 27 Norte No. 52, Col. Santa María La Ribera, C.P. 72010, Puebla, Puebla y de no presentar
en este horario la documentación solicitada, ésta no se recibirá en horario distinto, en virtud de que al concluir
el horario citado se iniciará la revisión de la misma en presencia del interesado.
Los depósitos en garantía del sostenimiento de ofertas se constituirán mediante cheque o cheques de
caja, expedidos por una Institución de Banca y Crédito a favor de Comisión Federal de Electricidad, por el
importe establecido para cada uno de los lotes de bienes que se licitan (uno o varios cheques). El Acto de
Presentación y Apertura de Ofertas será el día 24 de noviembre de 2025, a las 11:00 horas, horario local
o al concluir la revisión de documentos, en la Sala de Capacitación del Almacén Divisional San Felipe
División Centro Oriente, en el domicilio antes citado, en el entendido de que los interesados deberán cumplir
con lo establecido en las Bases respectivas y en caso contrario no podrán participar en el Evento. El Acto de
Fallo correspondiente se efectuará el día 24 de noviembre de 2025, al término del Acto de Apertura de
Ofertas, en la Sala de Capacitación antes citada. De no lograrse la venta de los bienes, una vez emitido el
Fallo de la Licitación Pública, se procederá a la Subasta Ascendente de los lotes que resulten desiertos,
en el mismo lugar y fecha, siendo postura legal la que cubra al menos el valor convocado de los bienes que se
licitan. El retiro de los bienes se realizará en un plazo máximo de 15 días hábiles conforme a lo establecido
en las Bases de la Licitación Pública.
Atentamente
Puebla, Puebla a 06 de noviembre de 2025.
Gerente Divisional de Distribución Centro Oriente
Ing. Félix Omar Flores Peraza
Rúbrica.
(R.- 570014)
Instituto Mexicano del Seguro Social
Coordinación de Unidades Médicas de Alta Especialidad
UMAE Hospital de Oncología de C.M.N. Siglo XXI
Dirección General
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN/IMSS/HOCMNSXXI/DCSG-EBBMD-002-2025 PARA LA
ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL EJERCICIO FISCAL 2025
En cumplimiento con las disposiciones que establece el Título Quinto, Artículos 131 y 132 de la Ley
General de Bienes Nacionales y en base a la Norma que establece las Bases Generales para el Registro,
Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles del Instituto Mexicano del Seguro Social, la UMAE
Hospital de Oncología de CMNSXXI, por conducto del Departamento de Conservación y Servicios Generales,
llevará
a
cabo
el
proceso
de
Enajenación
mediante
Licitación
Pública
Nacional
No.
LPN/IMSS/HOCMNSXXI/DCSG-EBBMD-002-2025, para lo cual convoca a participar a personas físicas y
morales “PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL EJERCICIO FISCAL 2025” de acuerdo a
la partida descrita a continuación:
LISTADO DE BIENES MUEBLES 2025-2
UNIDAD
GENERADORA
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DE
LOS BIENES
PIEZAS
PRECIO
TOTAL DEL
AVALUO
SIN IVA
DEPOSITO
EN
GARANTÍA
UMAE HOSPITAL DE
ONCOLOGIA DEL
CENTRO MEDICO
NACIONAL SIGLO XXI
PARTIDA I
BIENES MUEBLES
CAPITALIZABLES
(SE ANEXAN 4
LISTADOS DE
BIENES)
372
$127,464.00
$12,746.40
Fecha de publicación en DOF y sito web IMSS:
HTTPS://SIDOF.SEGOB.GOB.MX/NOTAS/
http://compras.imss.gob.mx/?p=imssvende
06 de noviembre de 2025
Visita de verificación y venta de Bases
07 de noviembre de 2025
Junta de Aclaraciones
10 de noviembre de 2025
Presentación y Apertura de Proposiciones
12 de noviembre de 2025
Acto de Fallo
14 de noviembre de 2025
350
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
NOTA:
•
Los valores arriba indicados no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
•
Los precios para venta indicados, corresponde al avaluó.
Todos los eventos se realizarán frente a auditorio, en el aula 1 en el piso 2p de la consulta externa,
Hospital de Oncología de CMN Siglo XXI, Avenida Cuauhtémoc Numero 330, Colonia Doctores, Código postal
06720, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, teléfono 5627-6900, EXT. 21817.
Ciudad de México, a 06 de noviembre de 2025.
Hospital de Oncología de C.M.N. Siglo XXI
Director General de la UMAE
Dr. Rafael Medrano Guzman
Rúbrica.
(R.- 570013)
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE GAS
NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA DE LARA GRAJALES - SAN JOSÉ CHIAPA
PERMISO G/20229/DIS/2017
Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial
Torreón, Coah., C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la
Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural
DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de
distribución de gas natural en la Zona Geográfica de Lara Grajales - San José Chiapa, la lista de tarifas
máximas, aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después
de la presente publicación.
Lista de tarifas máximas – pesos de junio de 2025
Cargos tarifarios
Unidades
Residencial
Comercial/
Industrial 2
Industrial 3
Rangos de consumo
(Gj/Mes)
0.00 - Infinito
Industrial 1
0.00 - 1,500.00
1,500.01 -
3,500.00
3,500.01 -
Infinito
Cargo por servicio
Pesos/Mes
25.3056
73.6246
775.4899
1,653.3716
Distribución con
comercialización1
Pesos/Gj
125.0081
53.0680
0.0000
0.0000
Distribución simple
Cargo por capacidad
Pesos/Gj
117.6456
49.9425
35.2609
19.7618
Cargo por uso
Pesos/Gj
7.3624
3.1255
2.2067
1.2367
Cifras expresadas en pesos de junio de 2025.
1/ El cargo de distribución con comercialización aplica únicamente a usuarios con consumo de hasta
5,000.00 Gigajoules anuales.
Otros cargos regulados – pesos de junio de 2025
Cargos tarifarios
Rangos de consumo
Unidades
Residencial
0.00 -
Comercial/
Industrial 1
Industrial 2
1,500.01 -
Industrial 3
3,500.01 -
(Gj/Mes)
Infinito
0.00 - 1,500.00
3,500.00
Infinito
Conexión estándar2
Pesos/Acto
0.0000
7,204.9491
62,976.4187
324,328.5564
Conexión no estándar
Pesos/Metro
1,104.7835
1,274.7501
1,953.4106
3,279.3894
Desconexión/Reconexión
Pesos/Acto
172.9898
519.0026
617.6131
710.2550
Cifras expresadas en pesos de junio de 2025.
2/ Corresponde a la tubería, válvula, medidor y accesorios para la conducción de energía con una longitud
de hasta 30 metros.
Torreón, Coahuila., a 16 de octubre de 2025.
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
Representante Legal
Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio
Rúbrica.
(R.- 570073)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
351
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE GAS
NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA DEL NOROESTE
PERMISO G/347/DIS/2014
Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial
Torreón, Coah., C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la
Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural
DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de
distribución de gas natural en la Zona Geográfica del Noroeste, la lista de tarifas máximas, aprobadas por la
Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación.
Lista de tarifas máximas – pesos de marzo de 2025
Cargos tarifarios
Unidades
Residencial
Comercial/
Industrial 2
Industrial 3
Rangos de consumo
(Gigajoule/Mes)
0.00 - Infinito
Industrial 1
0.00 - 125.00
125.01 -
3,489.00
3,489.01 -
Infinito
Cargo por servicio
Pesos/Mes
32.9370
32.8958
2,095.5619
82,487.0712
Distribución con
comercialización1
Pesos/Gj
33.7101
37.3983
17.8344
0.0000
Distribución simple
Cargo por capacidad
Pesos/Gj
33.4505
37.1103
17.6970
14.3011
Cargo por uso
Pesos/Gj
0.2596
0.2880
0.1374
0.1110
Cifras expresadas en pesos de marzo de 2025.
1/ El cargo de distribución con comercialización aplica únicamente a usuarios con consumo de hasta
5,000.00 Gigajoules anuales.
Lista de tarifas máximas otros cargos regulados – pesos de marzo de 2025
Cargos tarifarios
Unidades
Residencial
Comercial/
Industrial 2
Industrial 3
Rangos de consumo
(Gj/Mes)
0.00 - Infinito
Industrial 1
0.00 - 125.00
125.01 -
3,489.00
3,489.01 -
Infinito
Conexión estándar2
Pesos/Acto
0.0000
0.0001
59,118.8196
513,427.1985
Conexión no estándar
Pesos/Metro
901.9997
1,390.0791
3,140.4038
4,611.9053
Desconexión/Reconexión
Pesos/Acto
173.4455
356.4350
619.2397
712.1257
Cifras expresadas en pesos de marzo de 2025.
2/ Corresponde a la tubería, válvula, medidor y accesorios para la conducción de energía con una longitud
de hasta 30 metros.
Torreón, Coahuila., a 16 de octubre de 2025.
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
Representante Legal
Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio
Rúbrica.
(R.- 570057)
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
1/8
de plana
$ 2,739.00
2/8
de plana
$ 5,478.00
3/8
de plana
$ 8,217.00
4/8
de plana
$ 10,956.00
6/8
de plana
$ 16,434.00
1
plana
$ 21,912.00
1 4/8
planas
$ 32,868.00
2
planas
$ 43,824.00
Los Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales por
concepto de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo
que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2024 o anteriores para solicitar la prestación
de un servicio en 2025.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
352
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE
GAS NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA DE LA LAGUNA - DURANGO
PERMISO G/13496/DIS/2016
Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial Torreón, Coah., C.P. 27019; en cumplimiento a lo
establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas
Natural DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de distribución de gas natural en la Zona Geográfica de
la Laguna - Durango, la lista de tarifas máximas, aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente
publicación.
Lista de tarifas máximas – pesos de mayo de 2025
Cargos tarifarios
Unidades
Residencial
0.00 - Infinito
Comercial/
Industrial 1
Industrial 2
320.01 –
Industrial 3
5,000.01 -
Industrial 4
32,000.01 -
Rangos de consumo (Gigajoule/Mes)
0.00 - 320.00
5,000.00
32,000.00
Infinito
Cargo por servicio
Pesos/Mes
30.2526
69.1841
689.6321
1,766.7506
7,066.5110
Distribución con comercialización1
Pesos/Gj
154.9186
117.6043
57.7029
0.0000
0.0000
Distribución simple
Cargo por capacidad
Pesos/Gj
149.4818
113.4771
55.6779
14.1269
7.8167
Cargo por uso
Pesos/Gj
5.4368
4.1272
2.0250
0.5138
0.2843
Cifras expresadas en pesos de mayo de 2025.
1/ El cargo de distribución con comercialización aplica únicamente a usuarios con consumo de hasta 5,000.00 Gigajoules anuales.
Otros cargos regulados – pesos de mayo de 2025
Cargos tarifarios
Unidades
Residencial
0.00 - Infinito
Comercial/
Industrial 1
Industrial 2
320.01 –
Industrial 3
5,000.01 -
Industrial 4
32,000.01 -
Rangos de consumo (Gj/Mes)
0.00 - 320.00
5,000.00
32,000.00
Infinito
Conexión estándar2
Pesos/Acto
0.0000
12,663.5368
42,756.3882
208,340.6274
208,340.6274
Conexión no estándar
Pesos/Metro
0.0000
1,265.8933
1,965.9820
2,285.1312
2,285.1312
Desconexión/Reconexión
Pesos/Acto
182.3269
416.7095
650.9485
748.5908
1,015.2209
Cifras expresadas en pesos de mayo de 2025.
2/ Corresponde a la tubería, válvula, medidor y accesorios para la conducción de energía con una longitud de hasta 30 metros.
Torreón, Coahuila., a 16 de octubre de 2025.
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
Representante Legal
Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio
Rúbrica.
(R.- 570055)
Jueves 6 de noviembre de 2025
DIARIO OFICIAL
353
6 de Noviembre
Conmemoración de la promulgación del Acta Solemne de la Declaratoria
de Independencia de la América Septentrional por el Primer Congreso de
Anáhuac sancionada en el Palacio de Chilpancingo, en 1813
El Acta Solemne de Independencia de la América Septentrional por parte del Congreso de Anáhuac,
reunido en la ciudad de Chilpancingo el 6 de noviembre de 1813, condensa los ideales de la lucha por la
Independencia Nacional.
En octubre de 1810, José María Morelos asumió la encomienda de Miguel Hidalgo para insurreccionar el
sur de la Nueva España, ocupar el puerto de Acapulco y favorecer la formación de un gobierno americano,
con un congreso representativo de las corporaciones y provincias del país.
Además de las campañas militares que emprendió, Morelos tuvo trascendencia política y obtuvo el apoyo
de hombres prominentes como Andrés Quintana Roo, Carlos María de Bustamante, Ignacio López Rayón,
José Sixto Verduzco, José María Liceaga y José María Cos, quienes adoptaron el ideario condensado en los
Sentimientos de la Nación, en el que destacan los principios de libertad e independencia de América respecto
a España, la soberanía popular depositada en el Congreso, la división de poderes en Legislativo, Ejecutivo y
Judicial, la igualdad jurídica de los ciudadanos, la abolición de la esclavitud y del sistema de castas, el respeto
a la propiedad y al domicilio, la prohibición de la tortura, así como la exclusión de tropas extranjeras en
territorio nacional. De manera particular, el punto 12 de los Sentimientos enunciaba: “como la buena ley es
superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y
patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore
sus costumbres, alejando la ignorancia, la rapiña y el hurto”.
Bajo la protección política y militar de Morelos se organizó el Congreso de Anáhuac, inaugurado en la
ciudad de Chilpancingo, el 14 de septiembre de 1813, cuerpo representativo de la Nación que proclamó el
Acta Solemne de la Declaración de Independencia de la América Septentrional, el 6 de noviembre, y un año
después promulgó el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, mejor conocido como
Constitución de Apatzingán, el 22 de octubre de 1814.
Redactada por Carlos María de Bustamante, el Acta de Independencia significó la declaración formal de la
Independencia política respecto a España. El Congreso declaró: “[…] que por las presentes circunstancias de
la Europa [la América Septentrional] ha recobrado el ejercicio de su soberanía usurpado; que en tal concepto
queda rota para siempre jamás y disuelta la dependencia del trono español; que es arbitra para establecer las
leyes que le convengan para el mejor arreglo y felicidad interior; para hacer la guerra y la paz, y establecer
alianzas con los monarcas y repúblicas del antiguo continente”. El Acta fue firmada por Andrés Quintana Roo,
Ignacio López Rayón, José Manuel de Herrera, Carlos María de Bustamante, José Sixto Verdusco, José
María Liceaga y Cornelio Ortiz de Zárate. Proclama las aspiraciones de independencia política de la
insurgencia mexicana y del gobierno representativo y soberano de México.
El desarrollo subsecuente de los acontecimientos a partir de diciembre de 1815, prolongó la consumación
efectiva de la Independencia mexicana, hasta septiembre de 1821, con la entrada del Ejército Trigarante y la
promulgación del Acta de independencia del Imperio mexicano, el 28 de septiembre de 1821, por parte de
la Suprema Junta Provisional Gubernativa, con Agustín de Iturbide como presidente de la regencia.
Día de fiesta y solemne para la Nación. La Bandera Nacional deberá izarse a toda asta.
Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México
354
DIARIO OFICIAL
Jueves 6 de noviembre de 2025
Diario Oficial de la Federación
Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
Directorio
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos
Claudia Sheinbaum Pardo
Secretaria de Gobernación
Rosa Icela Rodríguez Velázquez
Subsecretario de Gobernación
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Titular de la Unidad de Gobierno
Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara
Coordinador del Diario Oficial de la Federación
Alejandro López González
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