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Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 015/2026, Edición Matutina del lunes 19 de enero de 2026 (incluye Decretos de reforma a la Ley Monetaria sobre monedas de diez y veinte pesos; Decreto por el que se expide la Ley General de Economía Circular; Anexo 18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (SIPRED 2025); Convenios de coordinación de SEDATU y de la Secretaría de las Mujeres; Calendario presupuestal de Talleres Gráficos de México; Tipo de cambio y tasas del Banco de México; Encadenamiento del INPC del INEGI; y Avisos judiciales y generales)
January 19, 2026 · Presidencia de la República; Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SAT); Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Secretaría de las Mujeres; Talleres Gráficos de México; Banco de México; Instituto Nacional de Estadística y Geografía
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No. de publicación: 015/2026
Ciudad de México, lunes 19 de enero de 2026
CONTENIDO
Presidencia de la República
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de las Mujeres
Talleres Gráficos de México
Banco de México
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Avisos
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
INDICE
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Decreto por el que se modifica el Artículo Tercero del “Decreto por el que se reforman y adicionan
diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las
características de las monedas de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos y de uno, dos, cinco y
diez pesos”, publicado el 22 de junio de 1992, en el Diario Oficial de la Federación, únicamente
por lo que hace a la moneda de diez pesos. ....................................................................................
4
Decreto por el que se reforma el Artículo Segundo del “Decreto que reforma el inciso b) del
artículo 2° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características
de la moneda de veinte pesos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre
de 1992. ...........................................................................................................................................
9
Decreto por el que se expide la Ley General de Economía Circular y, se reforman y adicionan
diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de
la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. ...........................................
11
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Anexo 18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 28 de diciembre
de 2025. ...........................................................................................................................................
31
Lista de valores mínimos para desechos de bienes muebles que generen las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal. ..............................................................................
680
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
Convenio de Coordinación Específico para la distribución y el ejercicio de los subsidios del
Programa de Mejoramiento Urbano de la Vertiente de Infraestructura y Equipamiento para el
ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el
Estado de México y el Municipio de Chimalhuacán. .........................................................................
685
SECRETARIA DE LAS MUJERES
Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría
de las Mujeres, el Estado de Morelos y el Municipio de Jojutla, que tiene por objeto el
otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-010, que permite brindar
protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su
caso, a sus hijas e hijos. ...................................................................................................................
700
Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de
las Mujeres, el Estado de Nuevo León y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León,
que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-039, que
permite brindar protección y atención integral y especializada para mujeres víctimas de violencia
de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. ....................................................................................
704
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
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Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de
las Mujeres, el Estado de Nuevo León y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León,
que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-040, que
permite brindar protección y atención integral y especializada para mujeres víctimas de violencia
de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. ....................................................................................
708
Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría
de las Mujeres, el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y el Instituto Veracruzano de
las Mujeres, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado
C-2025-024, que permite brindar protección y atención integral y especializada a mujeres
víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. ..................................................
712
Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de
las Mujeres, el Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax,
que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-035, que
permite brindar protección y atención integral y especializada para mujeres víctimas de violencia
de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. ....................................................................................
716
TALLERES GRAFICOS DE MEXICO
Calendario del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2026 por programa
presupuestario. .................................................................................................................................
720
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana. ........................................................................................................................
721
Tasas de interés interbancarias de equilibrio. ..................................................................................
721
Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................
721
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
Encadenamiento de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al
mes de diciembre de 2025. ..............................................................................................................
722
AVISOS
Judiciales y generales. .....................................................................................................................
740
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor.
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
DECRETO por el que se modifica el Artículo Tercero del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas
disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de las monedas
de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos y de uno, dos, cinco y diez pesos”, publicado el 22 de junio de 1992,
en el Diario Oficial de la Federación, únicamente por lo que hace a la moneda de diez pesos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE MODIFICA EL ARTÍCULO TERCERO DEL “DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS
DISPOSICIONES DE LA LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y SE SEÑALAN LAS
CARACTERÍSTICAS DE LAS MONEDAS DE CINCO, DIEZ, VEINTE Y CINCUENTA CENTAVOS Y DE UNO, DOS,
CINCO Y DIEZ PESOS”, PUBLICADO EL 22 DE JUNIO DE 1992, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN,
ÚNICAMENTE POR LO QUE HACE A LA MONEDA DE DIEZ PESOS
Artículo Único.- Se reforma el artículo Tercero del “Decreto por el que reforman y adicionan diversas
disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de las
monedas de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos y de uno, dos, cinco y diez pesos”, publicado el 22 de
junio de 1992, en el Diario Oficial de la Federación, únicamente por lo que hace a la moneda de diez pesos,
para quedar como sigue:
ARTÍCULO TERCERO.- ...
MONEDA DE DIEZ PESOS
I.
VALOR FACIAL:
$ 10.00 (Diez pesos 00/100 M.N.).
II.
FORMA:
Circular.
III.
DIÁMETRO:
28.0 mm (veintiocho milímetros).
IV.
COMPOSICIÓN:
La moneda será bimetálica y estará constituida por dos
aleaciones, una para su parte central y otra para su anillo
perimétrico, que serán como sigue:
1. Parte central de la moneda.
Podrá, conforme a lo previsto en el inciso b) del artículo 2° de
la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, ser
cualquiera de las aleaciones siguientes:
A)
Aleación de plata sterling.
Ley: 0.925.
Metal de liga: Cobre
Peso: 5.604 g (cinco gramos, seiscientos cuatro
milésimos).
Contenido: 5.184 g (cinco gramos, ciento ochenta y
cuatro milésimos), equivalente a 1/6 oz (un sexto de
onza) troy de plata pura.
Tolerancia en Ley: 0.005 (cinco milésimos) en más o
en menos.
Tolerancia en Peso por pieza: 0.090 g (noventa
milésimos de gramo) en más o en menos.
Tolerancia en Peso por conjunto de mil piezas:
1.75 g (un gramo, setenta y cinco centésimos) en
más o en menos.
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DIARIO OFICIAL
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B)
Aleación de alpaca plateada.
Peso: 4.75 g (cuatro gramos, setenta y cinco
centésimos).
Contenido: 65% (sesenta y cinco por ciento) de
cobre, 10% (diez por ciento) de níquel y 25%
(veinticinco por ciento) de zinc.
Tolerancia en Contenido: 2% (dos por ciento) por
elemento en más o en menos.
Tolerancia en Peso por Pieza: 0.190 g (ciento
noventa milésimos de gramo) en más o en menos.
C)
Aleación de acero recubierto de níquel.
Contenido: Esta aleación estará compuesta por dos
partes: un núcleo cuyo peso corresponderá entre
92% y 96% (noventa y dos por ciento y noventa y
seis por ciento) y un recubrimiento cuyo peso
corresponderá entre 8% y 4% (ocho por ciento y
cuatro por ciento) del peso total de la pieza. La
composición de cada una de estas partes será la
siguiente:
i.
Núcleo de acero.
Esta aleación estará integrada como sigue:
0.08% (ocho centésimos de punto porcentual) de
carbono, máximo;
0.40% (cuarenta centésimos de punto porcentual) de
manganeso, máximo;
0.04% (cuatro centésimos de punto porcentual) de
fósforo, máximo;
0.05% (cinco centésimos de punto porcentual) de
azufre, máximo;
y lo restante de hierro.
ii. Recubrimiento de níquel.
Estará integrado como sigue:
99.9% (noventa y nueve, nueve décimos por ciento)
de níquel, mínimo.
iii. En esta composición el peso será de 4.39 g
(cuatro gramos, treinta y nueve centésimos), y la
tolerancia en peso por pieza será de 0.17 g
(diecisiete centésimos de gramo), en más o en
menos.
2. Anillo perimétrico de la moneda.
Podrá, conforme a lo previsto en el inciso b) del artículo 2° de
la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, ser
cualquiera de las aleaciones siguientes:
A)
Aleación de bronce-aluminio.
Esta aleación estará integrada como sigue:
92% (noventa y dos por ciento) de cobre;
6% (seis por ciento) de aluminio; y
2% (dos por ciento) de níquel;
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DIARIO OFICIAL
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con una tolerancia, en más o en menos, de 1.5%
(uno, cinco décimos por ciento), por elemento.
En esta composición el peso será de 5.579 g (cinco
gramos, quinientos setenta y nueve milésimos), y la
tolerancia en peso por pieza será de 0.223 g
(doscientos veintitrés milésimos de gramo), en más
o en menos.
B)
Aleación de acero recubierto de bronce.
Esta aleación estará compuesta por dos partes: un
núcleo cuyo peso corresponderá entre 92% y 96%
(noventa y dos por ciento y noventa y seis por
ciento) y un recubrimiento cuyo peso corresponderá
entre 8% y 4% (ocho por ciento y cuatro por ciento)
del peso total de la pieza. La composición de cada
una de estas partes será la siguiente:
i.
Núcleo de acero.
Esta aleación estará integrada como sigue:
0.08% (ocho centésimos de punto porcentual) de
carbono, máximo;
0.40% (cuarenta centésimos de punto porcentual) de
manganeso, máximo;
0.04% (cuatro centésimos de punto porcentual) de
fósforo, máximo;
0.05% (cinco centésimos de punto porcentual) de
azufre, máximo;
y lo restante de hierro.
ii.
Recubrimiento de bronce.
Estará integrado como sigue:
Entre 86% y 90% (ochenta y seis por ciento y
noventa por ciento) de cobre.
Entre 14% y 10% (catorce por ciento y diez por
ciento) de estaño.
En esta composición el peso será de 5.509 g (cinco
gramos, quinientos nueve milésimos), y la tolerancia
en peso por pieza será de 0.220 g (doscientos veinte
milésimos de gramo), en más o en menos.
C)
Aleación de bronce-aluminio-hierro.
Esta aleación estará integrada como sigue:
5% (cinco por ciento) de níquel, máximo;
5% (cinco por ciento) de aluminio, máximo;
1% (uno por ciento) de hierro, máximo;
0.6% (seis décimos de punto porcentual) de
manganeso, máximo;
y lo restante de cobre.
En esta composición el peso será de 5.572 g (cinco
gramos, quinientos setenta y dos milésimos), y la
tolerancia en peso por pieza será de 0.223 g
(doscientos veintitrés milésimos de gramo), en más
o en menos.
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DIARIO OFICIAL
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D)
Aleación de alpaca dorada.
Esta aleación estará integrada como sigue:
70% (setenta por ciento) de cobre;
5.5% (cinco, cinco décimos por ciento) de níquel; y
24.5% (veinticuatro, cinco décimos por ciento) de
zinc; con una tolerancia, en más o en menos, de
1.5% (uno, cinco décimos por ciento), por elemento.
En esta composición el peso será de 6.060 g (seis
gramos, sesenta milésimos), y la tolerancia en peso
por pieza será de 0.242 g (doscientos cuarenta y
dos milésimos de gramo), en más o en menos.
3. Peso total: Será la suma de los pesos de la parte central y
del anillo perimétrico de la misma, que corresponderá:
Para el inciso A) del punto 1 anterior y para cada inciso del
punto 2 anterior, como a continuación se indica:
A)
11.183 g (once gramos, ciento ochenta y tres
milésimos), y las tolerancias en peso por pieza y por
conjunto de mil piezas serán respectivamente 0.313
g (trescientos trece milésimos de gramo) y 6.086 g
(seis gramos, ochenta y seis milésimos), ambas en
más o en menos.
B)
11.113 g (once gramos, ciento trece milésimos), y
las tolerancias en peso por pieza y por conjunto de
mil
piezas
serán
respectivamente
0.310
g
(trescientos diez milésimos de gramo) y 6.028 g
(seis gramos, veintiocho milésimos), ambas en más
o en menos.
C)
11.176 g (once gramos, ciento setenta y seis
milésimos), y las tolerancias en peso por pieza y por
conjunto de mil piezas serán respectivamente 0.313
g (trescientos trece milésimos de gramo) y 6.086 g
(seis gramos, ochenta y seis milésimos), ambas en
más o en menos.
D)
11.664 g (once gramos, seiscientos sesenta y cuatro
milésimos), y las tolerancias en peso por pieza y por
conjunto de mil piezas serán respectivamente 0.332
g (trescientos treinta y dos milésimos de gramo) y
6.456 g (seis gramos, cuatrocientos cincuenta y seis
milésimos), ambas en más o en menos.
Para el inciso B) del punto 1 anterior y para cada inciso
del punto 2 anterior, como a continuación se indica:
A)
10.329 g (diez gramos, trescientos veintinueve
milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.413 g
(cuatrocientos trece milésimos de gramo), en más o
en menos.
B)
10.259 g (diez gramos, doscientos cincuenta y
nueve milésimos), y la tolerancia en peso por pieza
0.410 g (cuatrocientos diez milésimos de gramo), en
más o en menos.
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C)
10.322 g (diez gramos, trescientos veintidós
milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.413 g
(cuatrocientos trece milésimos de gramo), en más o
en menos.
D)
10.810 g (diez gramos, ochocientos diez milésimos),
y la tolerancia en peso por pieza 0.432 g
(cuatrocientos treinta y dos milésimos de gramo), en
más o en menos.
Para el inciso C) del punto 1 anterior y para cada inciso
del punto 2 anterior, como a continuación se indica:
A)
9.969 g (nueve gramos, novecientos sesenta y
nueve milésimos), y la tolerancia en peso por pieza
0.393 g (trescientos noventa y tres milésimos de
gramo), en más o en menos.
B)
9.899 g (nueve gramos, ochocientos noventa y
nueve milésimos), y la tolerancia en peso por pieza
0.390 g (trescientos noventa milésimos de gramo),
en más o en menos.
C)
9.962 g (nueve gramos, novecientos sesenta y dos
milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.393 g
(trescientos noventa y tres milésimos de gramo), en
más o en menos.
D)
10.450 g (diez gramos, cuatrocientos cincuenta
milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.412 g
(cuatrocientos doce milésimos de gramo), en más o
en menos.
V. CUÑOS:
Anverso: El Escudo Nacional con la leyenda "ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS", formando el semicírculo superior.
Reverso: En la parte central está el círculo de la Piedra del Sol
que representa a Tonatiuh con la máscara de fuego. En el
anillo perimétrico, en la parte superior, al centro el símbolo
"$10", a la izquierda el año de acuñación y a la derecha el
símbolo de la Casa de Moneda de México "Mo", en la parte
inferior la leyenda "DIEZ PESOS". El marco liso con gráfila
escalonada.
VI. CANTO:
Estriado.
Transitorios
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.
Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2025.- Dip. Kenia López Rabadán, Presidenta.- Sen. Laura Itzel
Castillo Juárez, Presidenta.- Dip. Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Secretaria.- Sen. María Martina
Kantún Can, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 14 de enero de 2026.- Claudia Sheinbaum Pardo,
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria
de Gobernación.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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DECRETO por el que se reforma el Artículo Segundo del “Decreto que reforma el inciso b) del artículo 2° de la
Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de la moneda de veinte pesos”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 1992.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMA EL ARTÍCULO SEGUNDO DEL “DECRETO QUE REFORMA EL INCISO b) DEL ARTÍCULO 2° DE LA
LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y SE SEÑALAN LAS CARACTERÍSTICAS
DE LA MONEDA DE VEINTE PESOS”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 8 DE
DICIEMBRE DE 1992
Artículo Único.- Se reforma el Artículo Segundo del “Decreto que reforma el inciso b) del artículo 2° de la
Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de la moneda de veinte
pesos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 1992, para quedar como sigue:
ARTÍCULO SEGUNDO.- Las características de la moneda de veinte pesos, a que se refiere el inciso b) del
artículo 2° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, serán las siguientes:
MONEDA DE VEINTE PESOS
I.
Valor nominal:
$20.00 (Veinte pesos 00/100 M.N.).
II.
Forma:
Dodecagonal.
III.
Diámetro:
30.0 mm (treinta milímetros).
IV.
Canto:
Estriado discontinuo.
V.
Composición:
La moneda será bimetálica y estará constituida por dos
aleaciones, una para su parte central y otra para su anillo
perimétrico, que serán como sigue:
1.
Parte central de la moneda: Aleación de alpaca
plateada, que estará integrada como sigue:
1.1.
Contenido: 65% (sesenta y cinco por ciento) de
cobre; 10% (diez por ciento) de níquel, y 25%
(veinticinco por ciento) de zinc.
1.2.
Tolerancia en contenido: 1.5% (uno, cinco
décimos por ciento) por elemento, en más o en
menos.
1.3.
Peso: 5.51 g (cinco gramos, cincuenta y un
centigramos).
1.4.
Tolerancia en peso por pieza: 0.22 g (veintidós
centigramos), en más o en menos.
2.
Anillo perimétrico de la moneda.
Aleación de bronce-aluminio, que estará integrada como
sigue:
2.1.
Contenido: 92% (noventa y dos por ciento) de
cobre; 6% (seis por ciento) de aluminio, y 2%
(dos por ciento) de níquel.
2.2.
Tolerancia en contenido: 1.5% (uno, cinco
décimos por ciento) por elemento, en más
o en menos.
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Lunes 19 de enero de 2026
2.3.
Peso:
7.16
g
(siete
gramos,
dieciséis
centigramos).
2.4.
Tolerancia en peso por pieza: 0.29 g (veintinueve
centigramos), en más o en menos.
3.
Peso total: Será la suma de los pesos de la parte central
de la moneda y del anillo perimétrico de esta, referidos
en los puntos 1 y 2, conforme a lo siguiente:
Centro de aleación de alpaca plateada y anillo de
aleación de bronce-aluminio: 12.67 g (doce gramos,
sesenta y siete centigramos) y la tolerancia en peso por
pieza será de 0.51 g (cincuenta y un centigramos), en
más o en menos.
VI.
Cuños:
Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico,
con la leyenda “ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”, formando
el semicírculo superior.
Reverso: El diseño del motivo será el Templo de Kukulkán
en Chichén Itzá e incluirá el símbolo “$20”, el valor nominal
con texto “VEINTE PESOS”, el año de acuñación, la ceca de
la Casa de Moneda de México “Mo” y los elementos de
seguridad.
VII.
Elementos de Seguridad:
En el reverso de la moneda dentro del centro de la misma, el
microtexto “CHICHÉN ITZÁ, TEMPLO DE KUKULKÁN –
PATRIMONIO CULTURAL” y una imagen latente con el
numeral 20.
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Segundo. La moneda a que se refiere el presente Decreto podrá empezar a acuñarse a los 30 días
naturales siguientes a la publicación de este Decreto.
Tercero. Las monedas de veinte pesos emitidas de conformidad con el artículo 2°, inciso b), de la Ley
Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, cuyas características se modifican con el presente Decreto, así
como las que se emitan después de la entrada en vigor del mismo, continuarán con el poder liberatorio que
señala el artículo 5° de la Ley en comento, hasta que sean retiradas de la circulación por el Banco de México.
Cuarto. El Banco de México deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación un aviso en el que
indique que las piezas referidas en el artículo anterior ya han sido retiradas de circulación, fijando el plazo
necesario para realizar su canje.
Quinto. Corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que se requieran, los
que deberán ser acordes con las características esenciales de la moneda descrita en el presente Decreto.
Sexto. Corresponderá al Banco de México la titularidad de todos los derechos patrimoniales de autor y
cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual derivado del diseño y la acuñación de la moneda a
que se refiere el presente Decreto.
Séptimo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.
Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2025.- Dip. Kenia López Rabadán, Presidenta.- Sen. Laura Itzel
Castillo Juárez, Presidenta.- Dip. Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Secretaria.- Sen. María Martina
Kantún Can, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 14 de enero de 2026.- Claudia Sheinbaum Pardo,
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria
de Gobernación.- Rúbrica.
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DECRETO por el que se expide la Ley General de Economía Circular y, se reforman y adicionan diversas
disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la
Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE ECONOMÍA CIRCULAR Y, SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS
DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE Y DE LA
LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
Artículo Primero.- Se expide la Ley General de Economía Circular, para quedar como sigue:
LEY GENERAL DE ECONOMÍA CIRCULAR
Título Primero
Disposiciones Generales
Capítulo Primero
Del objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en el territorio
nacional y es reglamentaria de los artículos 4o., párrafo sexto; 25, párrafos primero y séptimo, y 73,
fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Ley tiene por objeto cuidar y conservar al medio ambiente a través de políticas y mecanismos en
materia de Economía Circular para incrementar la vida útil de los productos; minimizar, recuperar, aprovechar
y valorizar los residuos, así como establecer la concurrencia de atribuciones entre la Federación, entidades
federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
Artículo 2.- Son objetivos de la presente Ley, los siguientes:
I.
Impulsar y definir las políticas públicas en materia de Economía Circular con base en los
principios, criterios y definiciones de esta Ley;
II.
Instituir e impulsar los mecanismos directos e indirectos de circularidad que sean ambiental,
técnica y económicamente viables que deben aplicarse a los materiales, los residuos y las
categorías de productos;
III.
Establecer, los acuerdos generales de implementación de la REP con los que se obliga, por
sector industrial, comercial o de servicios, o por Producto, a obtener la inscripción de la
Gestión Circular en el Registro de Economía Circular y cumplir los términos y condiciones de
dicha gestión, con la participación del sector productivo;
IV.
Fijar la responsabilidad compartida en materia de circularidad de otros agentes económicos,
consumidores y entes públicos, la cual es complementaria a la REP;
V.
Disponer que para el cumplimiento de las disposiciones de circularidad y en atención al
principio de gradualidad deben considerarse las diferencias entre los sectores, los productos y
las personas productoras mediante la emisión de acuerdos generales de implementación de
la REP, la definición de metas, la aplicación de mecanismos directos e indirectos de
circularidad, así como la suscripción de convenios y la ejecución de las demás medidas que
establezca esta Ley;
VI.
Fomentar e impulsar la Economía Circular a través de instrumentos económicos y de
distintivos de comercialización que establezca la normativa aplicable;
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VII.
Establecer el procedimiento para la auditoría ambiental voluntaria, así como las medidas de
control y vigilancia, y
VIII.
Fomentar, impulsar e implementar la estrategia nacional y las políticas en la materia de
Economía Circular; la educación y cultura de la circularidad, la innovación tecnológica y la
infraestructura circular; el acopio de productos susceptibles de reciclaje; la reducción del
desperdicio de alimentos y el incremento en su aprovechamiento, y la cooperación
internacional.
Artículo 3.- Para efectos de esta Ley se entiende por:
I.
Actividad Económica: Conjunto de acciones de Producción realizadas por una persona física
o moral, productora o importadora;
II.
Análisis de Ciclo de Vida: Herramienta de análisis usada para evaluar el Ciclo de Vida, en los
términos de los acuerdos generales de implementación de la REP;
III.
Aprovechamiento Circular: Acciones cuyo objetivo es mantener o potenciar el valor económico
de los materiales y productos, o recuperar el valor económico de los residuos, mediante la
aplicación de mecanismos directos e indirectos de circularidad, conforme a los principios de
Economía Circular;
IV.
Cadena de Valor: Actividades que permiten la integración de materiales, productos o de los
residuos para su Aprovechamiento Circular, ya sea para el mismo proceso que lo generó
o en otros;
V.
Ciclo de Vida: Etapas consecutivas e interrelacionadas con los materiales, productos o
residuos, desde la extracción, Producción, vida útil, gestión integral de residuos,
Aprovechamiento Circular o, en su caso, disposición final;
VI.
Consumo Responsable: Adquisición, uso y disposición del Producto de manera informada de
los efectos ambientales y sociales que involucran dichos bienes y servicios;
VII.
Diseño Circular: Diseño del Producto que considere la Huella Ambiental con enfoque integral
y que incorpora principios y mecanismos directos e indirectos de circularidad en su Ciclo
de Vida;
VIII.
Economía Circular: Modelo económico de Producción y Consumo sostenible que incluye
soluciones sistémicas para el desarrollo económico, que disminuyen el impacto ambiental
mediante ciclos técnicos y biológicos que permiten la permanencia y reintegración sustentable
de los materiales de los productos a la economía, el cual tiene como principios rectores la
eliminación de residuos y la contaminación, mantener productos y materiales en uso, así
como regenerar los sistemas naturales;
IX.
Encadenamiento Sustentable: Vínculos entre personas compradoras, entre vendedoras y
entre unas y otras, en unidades productivas o sectores económicos, que involucran el
intercambio de materiales, productos y residuos bajo criterios de Economía Circular, conforme
a los objetivos y criterios del Programa Nacional, y como Mecanismo Indirecto de Circularidad
para cumplimiento de la REP;
X.
Gestión Circular: Conjunto de estrategias aplicadas a lo largo del Ciclo de Vida de materiales,
productos o residuos, incluido el Diseño Circular, para lograr la menor Huella Ambiental y el
máximo Aprovechamiento Circular, mediante la aplicación de mecanismos directos o
indirectos de circularidad;
XI.
Huella Ambiental: Impacto ambiental medible a través de indicadores de Economía Circular
que se produce por:
a)
Las actividades realizadas para generar un Producto, y
b)
Las características del Producto que permitan maximizar su vida útil y el
Aprovechamiento Circular como residuo;
XII.
Indicador de Economía Circular: Parámetro cuantitativo que permite medir el grado de
circularidad de un Producto, proceso o sistema, mediante los indicadores siguientes:
a)
Índice de materiales: La relación entre la masa de materiales obtenidos de mecanismos
de circularidad y la masa total de materiales utilizados en la Producción;
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b)
Huella de carbono: Cuantificación, a lo largo del Ciclo de Vida de un Producto, del valor
neto de las emisiones de gases de efecto invernadero, y de carbono negro en la
atmósfera, así como de las remociones correspondientes;
c)
Huella hídrica: Cuantificación del uso eficiente y sustentable del agua, y
d)
Índice de aprovechamiento energético: Cuantificación de la sustitución calorífica por
fuentes acorde a los principios de Economía Circular;
XIII.
Instrumento Económico: Mecanismos normativos o administrativos de carácter fiscal, aduanal,
financiero o de mercado, que se expida por la autoridad competente en los términos de las
disposiciones jurídicas aplicables, y mediante los cuales las personas asumen los beneficios y
costos ambientales que generen sus actividades económicas, que les incentiven a realizar
mecanismos directos e indirectos de circularidad;
XIV.
Ley: Ley General de Economía Circular;
XV.
LGPGIR: Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos;
XVI.
Material Virgen: Materias primas extraídas directamente de fuentes naturales, sin previamente
haber sido utilizadas o procesadas en un ciclo productivo;
XVII.
Materia Prima Secundaria: Material, sustancia u objeto que después de su Producción,
utilización
o
consumo
conserva
propiedades
que
permiten
su
procesamiento,
independientemente que derive de la Gestión Circular de un Producto o de un residuo;
XVIII.
Mecanismo Directo de Circularidad: Aquel que aplica principios, criterios, medidas,
instrumentos, procesos, estrategias o acciones de circularidad al Ciclo de Vida de productos,
materiales y residuos, las cuales comprenden:
a)
Para categorías de productos y para materiales: reúso, reducción, rediseño y
reacondicionamiento;
b)
Para residuos: recuperación, tratamiento, reciclaje y valorización, y
c)
Para ambas etapas: Diseño Circular, clasificación, reparación, remanufactura,
reutilización, aprovechamiento y reciclaje cuando aplique;
XIX.
Mecanismo Indirecto de Circularidad: Aquel que aplica principios, acciones, procesos o
estrategias de circularidad para el cumplimiento de la Gestión Circular inscrito en el Registro,
las cuales comprenden el Encadenamiento Sustentable y la compensación ambiental;
XX.
Modelo de Complementariedad: Aquel donde los sectores productivos aprovechan los
materiales de una empresa o sector como Materia Prima Secundaria o residuos en los
procesos de la otra empresa o sector para implementar, entre estos sectores, un eficiente y
óptimo Encadenamiento Sustentable;
XXI.
Modelo de Servicio: Estrategia empresarial basada en la transición de un modelo de
economía lineal a un modelo de Economía Circular, orientado a maximizar la vida útil del
Producto;
XXII.
Organismo Coordinador: Ente asociativo de carácter público, privado o mixto, constituido
legalmente, cuya finalidad es fomentar en la Actividad Económica los principios y criterios de
Economía Circular previstos en la legislación vigente, con representación para promover y
defender las actividades de las personas productoras, que manifiesten su incorporación, y que
puede ser constituido por sectores de la industria, el comercio o de servicios, y
corresponsable de la Gestión Circular en el sector productivo que represente, y registrado por
la Secretaría;
XXIII.
Persona recicladora de base o pepenadora: Persona que, de forma independiente o colectiva,
realiza la recolección, separación manual, comercialización y reciclaje de materias primas
secundarias;
XXIV.
Plataforma Nacional: Plataforma del Sistema Nacional de Información Pública de Economía
Circular;
XXV.
Producción: La acción de una persona física o moral que fabrica o importa un Producto;
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XXVI.
Producto: Bien físico que se fabrica o importa o servicio que se presta; que cuenta con valor
económico, y que se genera como resultado de un proceso de actividades en las que se
incluye la transformación de materiales;
XXVII.
Programa Nacional: Programa Nacional de Economía Circular;
XXVIII. Reciclaje Inclusivo: Modelos de gestión integral que reconocen el trabajo de las personas
recicladoras de base o pepenadoras y que promueven su inclusión en términos de las
disposiciones legales laborales o sociales aplicables;
XXIX.
Registro o Registro de Economía Circular: El registro público instalado en la Plataforma
Nacional con la función de inscribir en este la Gestión Circular;
XXX.
Reglamento: Reglamento de la Ley General de Economía Circular;
XXXI.
Responsabilidad Extendida del Productor o REP: Medio por el cual la persona productora o
importadora es responsable ambientalmente de su Producto en su Ciclo de Vida, en términos
de la Gestión Circular que inscriba ante la Secretaría. La REP y la responsabilidad compartida
prevista en la LGPGIR, así como aquellas que corresponden al consumidor y a la autoridad
competente pueden ser aplicables de manera complementaria y no se excluyen entre ellas;
XXXII.
Secretaría: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
XXXIII. Sistema: Sistema Nacional de Economía Circular.
Capítulo Segundo
Criterios y principios de Economía Circular
Artículo 4.- La Federación tiene a su cargo el diseño y la conducción de la política nacional en materia de
Economía Circular.
En la planeación y ejecución de las acciones para cuidar y conservar al medio ambiente, las dependencias
y entidades de la Administración Pública Federal, conforme a sus respectivas esferas de competencia, así
como en el ejercicio de las atribuciones, deben observar los siguientes enfoques de criterios y principios:
A.
Enfoques de criterios de Economía Circular:
I.
Fomentar e impulsar la Economía Circular que permita un desarrollo económico sustentable
de carácter restaurativo y regenerativo;
II.
Fomentar la integración de procesos productivos que extiendan la vida útil del Producto y sus
componentes, con lo cual se optimice su uso en cada etapa del Ciclo de Vida;
III.
Incentivar los mecanismos directos e indirectos de circularidad, así como las estrategias
circulares en los sectores productivos y de servicios, que faciliten el acceso a productos entre
particulares sin que necesariamente se transfieran la propiedad;
IV.
Incentivar hábitos de consumo social y ambientalmente responsable, que incluya la
separación de residuos;
V.
Promover el uso eficiente y prolongado del Producto, a fin de preservar y potenciar su valor
económico, así como recuperar el valor de los residuos;
VI.
Fomentar la sustentabilidad de la Actividad Económica que minimice los posibles impactos al
ambiente y se alinee con los principios de la Economía Circular;
VII.
Impulsar y fomentar que la generación del Producto se realice con la adopción de los criterios
y principios previstos en la presente Ley;
VIII.
Promover la Gestión Circular y la creación de cadenas de valor que integren distintos
componentes con fomento en el uso de materias primas secundarias y residuos en sus
procesos de generación, importación, exportación, transporte, distribución, comercialización y
consumo del Producto, con base en esquemas que permitan el máximo Aprovechamiento
Circular y la recuperación de los residuos a partir de su valorización;
IX.
Impulsar y Fomentar la Economía Circular entre la población y los sectores productivos, a
efecto de que se integren los principios y Gestión Circular en el desarrollo de la infraestructura
y tecnología, así como garantizar el acceso a la información en la materia;
X.
Fomentar el desarrollo de sectores productivos mediante la Economía Circular;
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XI.
Fomentar e incentivar las estrategias y actividades destinadas al desarrollo de la Economía
Circular en los sectores productivos de bienes y servicios;
XII.
Evitar la obsolescencia de los productos y su utilización como objetivo comercial o financiero,
en términos del acuerdo general de implementación de la REP correspondiente, y
XIII.
Fomentar el uso de materias primas secundarias en lugar de materiales vírgenes que
ofrezcan las mismas características, cuando sea ambiental, técnica y económicamente
viable, y
B.
Principios de Economía Circular:
I.
Atemporal: Permite a los productos trascender en el tiempo y ser vigentes y útiles el mayor
tiempo posible, mediante la Gestión Circular y mecanismos directos e indirectos de
circularidad, el uso de materiales adecuados, manufactura de calidad y modelos de diseño y
consumo que eviten promover su reemplazo periódico o prematuro, conforme a los principios
de la Economía Circular;
II.
Cautela o precaución: Acciones en los casos que haya riesgo de daño grave o irreversible al
medio ambiente, aún sin tener certeza científica sobre los impactos que genera una Actividad
Económica;
III.
Circularidad: Optimizar la Gestión y el Aprovechamiento Circular de los materiales y del
Producto, durante todo el Ciclo de Vida;
IV.
Gradualidad: Ajuste progresivo de los mecanismos directos e indirectos de circularidad
mediante la emisión de acuerdos generales de implementación de la REP, la definición de
metas, la suscripción de convenios y la ejecución de otras medidas previstas en el artículo 47
de esta Ley;
V.
Innovador: Incorporación continua de tecnologías, energías renovables y mejoras productivas
con beneficios ambientales, económicos y de bienestar social;
VI.
Integralidad: Articulación de políticas públicas con las actividades de los sectores y con
objetivos del desarrollo para satisfacer las necesidades de la población, con criterios
ecológicos, sociales y económicos de manera transversal;
VII.
Jerarquización: Orden de prioridad de los mecanismos directos e indirectos de circularidad en
la gestión de materiales, productos y residuos, para lograr los mejores resultados ambientales
en conjunto, con la prelación y los fines siguientes:
a)
Que los materiales se mantengan el mayor tiempo posible como Producto o Materia
Prima Secundaria;
b)
Que los productos incorporen materiales reciclados, reciclables o ambos;
c)
Que los residuos se reincorporen mediante la recuperación de su valor o del contenido
energético de los materiales que los componen, y
d)
Que los residuos solo se depositen o confinen en disposición final cuando técnica y
económicamente no sea viable ningún tipo de aprovechamiento y valorización;
VIII.
Modular: Enfocado a que los productos sean separables en componentes o módulos que
puedan ser reparados, actualizados o reutilizados de manera independiente, cuando sea
viable ambiental, técnica y económicamente;
IX.
Progresividad: Impulsar la implementación gradual de la Economía Circular, de tal forma que
siempre se avance hacia su fortalecimiento y no se realicen acciones que impliquen su
retroceso;
X.
Reparabilidad: Garantiza que los productos sean concebidos, fabricados, distribuidos,
importados y comercializados, mediante la provisión de información clara y accesible sobre la
posibilidad de repararlos; la disponibilidad de refacciones, herramientas, piezas de repuesto y
de lugares donde pueden repararse;
XI.
Responsabilidad Extendida del Productor: Obligación que se aplica de manera
complementaria y no excluyente a otras obligaciones de los entes públicos y de los
particulares en los términos que define esta Ley;
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XII.
Sistémico: Consideración de generación de productos analizados en su conjunto, así como en
correlación con su entorno, para identificar las implicaciones ecológicas, sociales y
económicas de sus procesos de elaboración, distribución, consumo y permanencia dentro del
ambiente, y maximizar la gestión y el uso de materiales, así como las acciones de
recuperación de los residuos a partir de su valorización;
XIII.
Sustentabilidad: Uso de los recursos naturales que permita, simultáneamente, preservar el
equilibrio ecológico, contribuir a la regeneración de los sistemas naturales e incrementar el
bienestar de las personas mediante la satisfacción de sus necesidades, sin comprometer las
de las generaciones futuras;
XIV.
Transversalidad: Coordinación y colaboración entre distintos órdenes de gobierno y sectores
académico, social y privado, a fin de alcanzar objetivos en Economía Circular, y
XV.
Trazabilidad: Información en toda la cadena de manejo de un determinado Producto o
material, con la finalidad de contar con un registro de los datos de los flujos del Ciclo de Vida,
conforme a la normativa aplicable.
Título Segundo
Sistema Nacional de Economía Circular y distribución de competencias
Capítulo Primero
Del Sistema Nacional de Economía Circular
Artículo 5.- El Sistema Nacional de Economía Circular tiene como objetivo la coordinación entre los tres
órdenes de gobierno para el cumplimiento de los fines de la Economía Circular de acuerdo con los criterios y
principios establecidos en esta Ley. La conducción del Sistema está a cargo de la Secretaría.
El Sistema se integra con los entes públicos siguientes:
I.
La Secretaría, quien preside el Sistema;
II.
La Secretaría de Economía;
III.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
IV.
La Secretaría de Energía;
V.
La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;
VI.
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes;
VII.
La Secretaría de Educación Pública;
VIII.
La Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, y
IX.
Cada entidad federativa, representada por conducto de la persona titular de la Secretaría o
institución con atribuciones en materia de medio ambiente y cuidado de los recursos
naturales.
A las sesiones deben concurrir las personas titulares de los referidos entes públicos, quienes pueden
designar como suplentes a las personas servidoras públicas con nivel mínimo de dirección general o un
equivalente.
El nombramiento como integrantes del Sistema y el de suplente son de carácter honorífico; por el
desempeño de estos cargos no percibirán emolumento o compensación económica alguna.
El Sistema Nacional de Economía Circular cuenta con una secretaría técnica, la cual está a cargo de la
subsecretaría competente de la Secretaría.
Los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México pueden asistir a las sesiones,
cuando así lo consideren la Presidencia del Sistema o por acuerdo de sus integrantes.
A las sesiones del Sistema se pueden convocar a los sectores público, social y privado, cuando así lo
soliciten o sean convocados.
El Sistema debe expedir las reglas para su operación y funcionamiento, conforme a las cuales se llevan a
cabo sus sesiones y las convocatorias a estas.
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Capítulo Segundo
De la distribución de competencias
Artículo 6.- La Federación, en el ámbito administrativo, a través de la Secretaría tiene las
atribuciones siguientes:
I.
Formular y conducir la política nacional en materia de Economía Circular, en coordinación con
las instancias que correspondan, así como elaborar el Programa Nacional correspondiente;
II.
Elaborar el Programa Nacional de Economía Circular que tendrá el carácter de especial y de
cumplimiento obligatorio de conformidad con la Ley de Planeación;
III.
Expedir la norma oficial mexicana de Economía Circular, los correspondientes estándares y
las demás disposiciones generales con carácter técnico y, conforme a los tratados
internacionales de los que México es parte, con la participación:
a)
Que competa a la Secretaría de Economía, y
b)
De la sociedad, en términos de la Ley de Planeación;
IV.
Coordinar, con la participación de las dependencias que sean competentes en la materia, la
implementación de modelos de Economía Circular en la Cadena de Valor, así como fomentar
la creación de organismos coordinadores, el Encadenamiento Sustentable, el Reciclaje
Inclusivo y espacios para la obtención de Materia Prima Secundaria;
V.
Celebrar convenios en materia de Economía Circular con las entidades federativas, los
municipios o las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como con los
sectores público, privado y social;
VI.
Integrar y operar la Plataforma Nacional, de conformidad con lo previsto en esta Ley y en el
Reglamento;
VII.
Coordinar, con las dependencias de la Administración Pública Federal competentes, acciones
y relaciones internacionales para promover y fomentar el cumplimiento de los principios y
objetivos establecidos en la presente Ley;
VIII.
Impulsar, en coordinación con las secretarías del ramo en materia de economía, y de ciencia,
humanidades, tecnología e innovación, las acciones de investigación, desarrollo, diseño e
innovación de tecnologías, equipos, materiales, sistemas, técnicas y procesos productivos
para transitar hacia una Economía Circular;
IX.
Diseñar y promover, con la participación activa de los sectores productivos, a fin de proponer
a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el establecimiento y aplicación de beneficios a
través de instrumentos económicos, que tengan por objeto fomentar la Economía Circular;
X.
Expedir acuerdos generales de implementación de la REP que, con base en el principio de
gradualidad, establezcan los mecanismos directos e indirectos de circularidad aplicables, la
definición de metas, así como la posibilidad de suscripción de convenios de concertación que
establecen las leyes aplicables, y las demás medidas en términos de la normativa ambiental;
XI.
Establecer o autorizar mecanismos indirectos de circularidad como formas alternativas de
cumplimiento;
XII.
Emitir disposiciones normativas orientadas a incentivar la generación de actividades
económicas circulares, la fabricación de productos para el Aprovechamiento Circular, y la
minimización gradual de aquellos de difícil aprovechamiento, cuando ello resulte ambiental,
técnica y económicamente viable conforme a las características del sector correspondiente;
XIII.
Fomentar que en los procesos se utilicen materias primas secundarias y se recuperen,
aprovechen y valoricen residuos cuando ello resulte ambiental, técnica y económicamente
viable;
XIV.
Verificar el cumplimiento de la normativa en las materias de su competencia e imponer las
medidas preventivas, de cautela, correctivas y sancionatorias que, en su caso, correspondan;
XV.
Brindar asesoría y asistencia técnica a las entidades federativas, municipios y demarcaciones
territoriales de la Ciudad de México en la integración, formulación e implementación de
proyectos y programas de fomento y desarrollo en materia de Economía Circular, conforme a
los convenios de coordinación que, en su caso, se celebren;
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XVI.
Promover un Modelo de Servicio que facilite la generación de negocios que se basen en el
acceso del Producto sin que necesariamente los consumidores o usuarios adquieran la
propiedad de estos, alineados con los principios y criterios de Economía Circular,
así como fortalecer los servicios ya existentes, incluso los que adopten modelos de
complementariedad, y
XVII.
Las demás que se establezcan en esta Ley, en el Reglamento y en otros ordenamientos
jurídicos que resulten aplicables.
Artículo 7.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que ejerzan atribuciones
que les confieran otros ordenamientos, cuyas disposiciones se relacionen con el objeto de la presente Ley,
deben ajustar su ejercicio a las disposiciones previstas en esta y a la normativa que derive de esta, incluidas
las normas oficiales mexicanas, estándares y demás disposiciones administrativas de carácter general.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus atribuciones y de
manera progresiva, implementarán programas internos de Economía Circular, para tal efecto, la Secretaría
debe emitir los lineamientos correspondientes.
Artículo 8.- Las entidades federativas tienen las atribuciones siguientes:
I.
Implementar las políticas estatales de Economía Circular alineadas con lo establecido en el
Programa Nacional, la Ley y el Reglamento;
II.
Impulsar y fomentar la investigación, desarrollo, e innovación de tecnologías, equipos,
materiales, sistemas y procesos que tengan como fin fomentar la Economía Circular;
III.
Promover la participación de los sectores privado, social, académico y de investigación, en el
diseño e instrumentación de acciones para fomentar la Economía Circular, conforme a la
presente Ley y el Reglamento;
IV.
Promover, a través de las autoridades competentes, la educación y la capacitación continua,
para fortalecer la cultura de corresponsabilidad social en la generación y consumo de
productos que cumplan con criterios de Economía Circular;
V.
Reportar y actualizar información sobre Economía Circular a la Federación, conforme a lo
establecido en el Reglamento;
VI.
Celebrar convenios con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, así
como con los sectores público, privado y social, para llevar a cabo acciones que coadyuven a
los objetivos de esta Ley;
VII.
Evaluar, en términos de los convenios que se celebren con la Secretaría, la implementación
de la Economía Circular en los sectores productivos de bienes y de prestación de servicios
que estén establecidos dentro de su territorio, conforme al Programa Nacional;
VIII.
Impulsar que la Actividad Económica se efectúe conforme a los principios de Economía
Circular previstos en la presente Ley;
IX.
Fomentar prácticas de economía local, colaborativa y solidaria;
X.
Fomentar y promover el emprendimiento con base en los principios de Economía Circular
establecidos en la presente Ley;
XI.
Solicitar asistencia técnica a la Secretaría de acuerdo con el ámbito competencial de estas, y
XII.
Las demás que se prevén en esta Ley y en otros ordenamientos que resulten aplicables.
Artículo 9.- Cada municipio, en el ámbito de su competencia, tiene las siguientes atribuciones:
I.
Aplicar, en el ejercicio de funciones de manejo integral de residuos sólidos urbanos, las
disposiciones previstas en la LGPGIR que impliquen la ejecución de los principios y criterios
de Economía Circular que establece la presente Ley;
II.
Elaborar y presentar programas de fomento y desarrollo en materia de Economía Circular, con
contenidos alineados con el Programa Nacional;
III.
Participar, en coordinación con las entidades federativas, en la promoción de modelos de
Economía Circular;
IV.
Promover y desarrollar proyectos en materia de Economía Circular para la mejora continua de
las capacidades laborales y productivas de las personas trabajadoras;
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V.
Impulsar ferias, exposiciones, congresos, eventos y actividades similares que promuevan la
economía local, sostenible, colaborativa, comunitaria y solidaria, así como el emprendimiento
con base en los principios de Economía Circular establecidos en la presente Ley;
VI.
Brindar a la población, información y capacitación, así como desarrollar campañas, en materia
de Economía Circular, de acuerdo con los criterios y principios de la presente Ley, y
VII.
Las demás que se prevén en esta Ley y en otros ordenamientos que resulten aplicables.
Corresponde al Gobierno de la Ciudad de México, ejercer las facultades y obligaciones que este
ordenamiento confiere a las entidades federativas y a los municipios respectivamente.
Título Tercero
De las políticas públicas y mecanismos de circularidad
Artículo 10.- La Secretaría, mediante acuerdos generales de implementación de la REP determinará
mecanismos para la implementación gradual de las obligaciones contenidas en esta Ley, por sector
productivo, Producto, o ambos. El sector productivo debe ser convocado a participar en la elaboración del
proyecto del acuerdo general correspondiente.
La Secretaría de Economía emitirá opinión previa sobre los acuerdos generales de implementación de la
REP en el ámbito de su competencia. En los casos que proceda, los anunciará, notificará o consultará, según
corresponda, en términos de los acuerdos internacionales en materia económica.
Asimismo, debe requerir al sector productivo, a la persona productora y, en su caso, a los organismos
coordinadores, a las confederaciones nacionales, o las cámaras nacionales, información para la elaboración
de acuerdos generales de implementación.
Las personas productoras e importadoras y, en su caso, los organismos coordinadores:
I.
Están sujetas al cumplimiento de las disposiciones de los acuerdos generales de
implementación de la REP, y
II.
Pueden celebrar convenios de concertación con la Secretaría en términos del artículo 48 de
esta Ley, así como de auditoría ambiental voluntaria con la Procuraduría Federal de
Protección al Ambiente conforme al artículo 35 de esta Ley.
Las autoridades competentes podrán otorgar estímulos fiscales en términos de la normativa aplicable.
Capítulo Primero
De la Gestión Circular y su registro
Artículo 11.- La Gestión Circular debe incorporar integralmente los aspectos ambientales, funcionales,
económicos y sociales a lo largo del Ciclo de Vida de materiales, productos y residuos.
Artículo 12.- Cuando la Secretaría publique en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo general de
implementación de la REP y, todas las personas productoras e importadoras o, en su caso, el Organismo
Coordinador, comprendidos en el acuerdo, tienen la obligación de elaborar la Gestión Circular y solicitar su
inscripción en el Registro, en los plazos que en el propio acuerdo se establezcan.
El acuerdo general de implementación de la REP debe prever las actividades que correspondan al sector
o categoría del Producto que regule, para que cada persona productora o importadora pueda ejecutar los
mecanismos directos o indirectos de circularidad respectivos, cuando sean ambiental, técnica y
económicamente viables; también debe establecer metas que cada persona productora o importadora debe
cumplir en los términos de la autorización de inscripción al Registro o en el convenio que, en su caso, se
suscriba, así como los indicadores y metodologías para medirlas.
Artículo 13.- Corresponde a la Secretaría analizar y autorizar la inscripción de la Gestión Circular. Para el
análisis de la Gestión Circular, la Secretaría puede formular observaciones o requerir información. En el acto
administrativo de registro, la Secretaría debe:
I.
Evaluar la Gestión Circular y, en estos casos, puede:
a)
Condicionar la inscripción con base en el acuerdo general de implementación de la
REP correspondientes, así como en los convenios de concertación que, en su caso,
se suscriban;
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b)
Sujetar la Gestión Circular a esquemas y metas de gradualidad de cumplimiento, en
términos del artículo 48 de esta Ley y del acuerdo general de implementación de la
REP y de los convenios de concertación suscritos correspondientes, y
c)
Considerar si el Producto cuenta o no con un plan de manejo en términos de la
LGPGIR. En caso de contar con dicho plan la Secretaría debe considerar las
autorizaciones o permisos ya existentes y reconocer la información que obra en sus
archivos;
II.
Autorizar la inscripción en el Registro, o
III.
Negar la inscripción cuando:
a)
Se contravenga lo establecido en esta Ley, en el Reglamento, en las normas oficiales
mexicanas, en el acuerdo general de implementación de la REP correspondiente, en el
convenio de concertación suscrito o en otras disposiciones ambientales aplicables;
b)
La Huella Ambiental que forme parte de la solicitud se incremente, permanezca o no se
reduzca significativamente en los plazos que señale el acuerdo general de
implementación de la REP, el convenio de concertación suscrito;
c)
Exista falsedad en la información proporcionada por la persona productora o
importadora o, en su caso, por el Organismo Coordinador, o
d)
El diseño del Producto carezca de medidas de compensación y no permita la
circularidad, salvo causa justificada por inviabilidad ambiental, técnica o económica.
Artículo 14.- La Gestión Circular que no sea autorizada o denegada por la Secretaría en un plazo de
sesenta días hábiles, contados a partir del día en el que fue cargado para su inscripción en la Plataforma
Nacional, adquiere el carácter de inscrito; en este caso, no es necesaria la notificación por parte de la
Secretaría.
Artículo 15.- La solicitud de inscripción de la Gestión Circular debe contener la información, datos y
documentos siguientes:
I.
Un Análisis del Ciclo de Vida por categoría de Producto. Cuando resulte ambiental, técnica y
económicamente inviable, la solicitud podrá contener un estudio del Ciclo de Vida conforme a
lo previsto en el acuerdo general de implementación de la REP y en los convenios de
concertación previstos en la presente Ley, bajo las modalidades simplificadas que en estos se
establezcan;
II.
Mecanismos directos o indirectos de circularidad que le apliquen y las metas que les
correspondan;
III.
Convenio de concertación, cuando se hubiese suscrito, y
IV.
Las demás que establezca el acuerdo general de implementación de la REP.
La Gestión Circular debe tener como fundamento las disposiciones aplicables de esta Ley, la LGPGIR, el
Reglamento, el acuerdo general de implementación de la REP, el Convenio de Concertación correspondiente
y demás normativa aplicable. Deben tomarse en cuenta los instrumentos ambientales autorizados y vigentes
que sean compatibles y congruentes con esta Ley.
Artículo 16.- La inscripción de la Gestión Circular y el cumplimiento a las metas de gradualidad y a las
demás obligaciones que de dicha inscripción emanan, están sujetas a reportes establecidos en el acuerdo
general de implementación de la REP y los convenios de concertación inscritos; la revisión puede ratificar,
modificar o cancelar la inscripción en el Registro y sus condiciones.
Capítulo Segundo
De los instrumentos de política pública
Artículo 17.- Son instrumentos de política pública en materia de Economía Circular:
I.
El Programa Nacional;
II.
Los programas locales y municipales de Economía Circular;
III.
La inscripción de la Gestión Circular;
IV.
Los programas de vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa;
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V.
La auditoría ambiental voluntaria;
VI.
El Distintivo Nacional de Economía Circular;
VII.
Los instrumentos económicos, y
VIII.
Los demás que establezca la normativa en la materia.
Sección Primera
Del Programa Nacional
Artículo 18.- El Programa Nacional es un instrumento de planeación, en los términos de la Ley de
Planeación, que integra, coordina e impulsa políticas públicas, subprogramas, proyectos y actividades, bajo
los criterios y principios de Economía Circular previstos en la presente Ley, con el fin de alcanzar objetivos de
protección ambiental, la implementación de mecanismos que sean ambiental, técnica y económicamente
viables para la promoción del desarrollo de la Economía Circular.
Los principios establecidos en el programa deben favorecer que los procesos productivos, sus productos o
materiales generen una menor Huella Ambiental, contribuyan a reducir emisiones contaminantes, ahorren
recursos naturales, minimicen residuos y en alineación con estándares nacionales e internacionales que
eviten crear barreras técnicas al comercio sin justificación.
El Programa Nacional debe alinearse con el Plan Nacional de Desarrollo y a los programas sectoriales, en
términos de la Ley de Planeación.
Artículo 19.- La Secretaría debe elaborar el Programa Nacional con apoyo de las secretarías del ramo
competentes, y con la participación de los sectores productivos.
Artículo 20.- El Programa Nacional debe establecer objetivos, ejes, metas generales, líneas estratégicas,
metodologías, indicadores de Economía Circular y evaluaciones; que resulten ambiental, técnica y
económicamente viables, así como los siguientes ejes de actuación:
I.
Establecer mecanismos que promuevan la coordinación entre la Federación, las entidades
federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para
transitar hacia una Economía Circular, con visión de corto, mediano y largo plazo, en el
ámbito de sus respectivas competencias;
II.
Impulsar la vinculación entre los diferentes participantes de las cadenas de valor, bajo los
principios de Economía Circular dispuestos en la presente Ley;
III.
Facilitar mecanismos de cooperación con gobiernos extranjeros, empresas, organizaciones
internacionales y agencias intergubernamentales, que fomenten e implementen la Economía
Circular, conforme a los objetivos legítimos previstos en el mismo programa;
IV.
Promover que los procesos de generación del Producto e importación se apeguen a los
principios, criterios y enfoques de la Gestión Circular y Economía Circular establecidos en la
presente Ley;
V.
Diseñar y promover, con la coordinación y participación que corresponda a la Secretaría de
Educación Pública y demás autoridades educativas, acciones orientadas a la difusión del
conocimiento en temas de Economía Circular, así como su incorporación en programas
educativos, que generen conciencia en la población e incidan en la transición hacia patrones
de consumo y Producción cada vez más sostenibles;
VI.
Prever esquemas de coordinación para la generación institucional de indicadores de
Economía Circular;
VII.
Establecer las medidas adecuadas para el desarrollo de mercados de materias primas
secundarias y de residuos;
VIII.
Establecer acciones de regulación, monitoreo y vigilancia para el cumplimiento de la
Responsabilidad Extendida del Productor;
IX.
Planear el desarrollo de indicadores de Economía Circular que permita evaluar el impacto de
la Economía Circular en el país;
X.
Fortalecer la vinculación entre sectores productivos para optimizar las cadenas de valor y
minimizar pérdidas de materiales vírgenes o materias primas secundarias;
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XI.
Fomentar la participación activa de las personas, la sociedad civil organizada y el sector
privado en las estrategias y acciones de Economía Circular;
XII.
Identificar los sectores productivos y categorías de productos sobre los cuales podrán emitirse
acuerdos generales de implementación de la REP, a partir de las necesidades ambientales y
la viabilidad técnica y económica;
XIII.
Promover sistemas que reduzcan los impactos negativos al ambiente, mediante mecanismos
directos e indirectos de circularidad y que fomenten la aplicación de los principios de
Economía Circular durante la Producción;
XIV.
Fomentar el desarrollo y uso de tecnologías sustentables, así como el uso de mecanismos
directos e indirectos de circularidad que favorezcan la transición hacia una Economía
Circular, y
XV.
Los demás que se establezcan en el Reglamento.
Artículo 21.- En los ejes de actuación del Programa Nacional, referidos en el artículo anterior, se deben
prever, conforme a la normativa aplicable, las siguientes acciones:
I.
Impulsar la Producción responsable y eficiente mediante modelos de desarrollo económico
sostenible que promuevan la protección ambiental, a través de acciones que faciliten
esquemas de Encadenamiento Sustentable que maximicen el uso y Aprovechamiento Circular
del Producto, de materiales y recursos dentro de la Cadena de Valor, que contribuyan a
reducir la extracción de materiales vírgenes y uso de sustancias tóxicas;
II.
Fomentar el Diseño Circular desde la Producción, con criterios que optimicen el uso de
Material Virgen, la incorporación de materias primas secundarias y materiales reciclados en la
Producción, así como la minimización del uso de sustancias tóxicas o contaminantes, a fin de
obtener productos de fácil Aprovechamiento Circular o, en su caso, de su disposición final;
III.
Fomentar modelos de servicio de uso compartido que permitan satisfacer necesidades sin
que sea indispensable la adquisición o posesión de los productos;
IV.
Diseñar y establecer programas de cultura de Consumo Responsable, mediante campañas
informativas a la ciudadanía sobre las implicaciones ambientales en cada etapa del Ciclo de
Vida de los productos, y las alternativas para el aprovechamiento de los materiales al final de
su vida útil, así como la separación en fuente de los residuos sólidos urbanos y de manejo
especial, su adecuada separación y aprovechamiento;
V.
Impulsar mercados circulares de materias primas secundarias y de residuos que faciliten su
incorporación en la Cadena de Valor y que, en consecuencia, reduzcan la extracción de
Material Virgen;
VI.
Prevenir y minimizar la generación de residuos, con el establecimiento de acciones
preventivas y mecanismos directos e indirectos de circularidad para la prevención de la
generación y minimización de residuos, con base en el principio de jerarquización establecido
en esta Ley;
VII.
Establecer como criterio el rediseño o modificación intencional de productos que no fueron
consumidos, conforme a la presente Ley, con la finalidad de reducir el impacto ambiental;
VIII.
Fomentar la cultura de la reutilización de productos y materiales, para incrementar la vida útil
de estos, y mantenerlos dentro de la economía el mayor tiempo posible;
IX.
Impulsar la Gestión Circular, incluido el Diseño Circular, y establecer esquemas que
contemplen la reparabilidad del Producto, así como facilitar la accesibilidad de las personas
consumidoras a esta acción, para fomentar la reparación de productos, antes que el desecho
y reemplazo del Producto;
X.
Impulsar la implementación de modelos de gestión con perspectiva de Reciclaje Inclusivo;
XI.
Fomentar la reutilización, reparación o reacondicionamiento de productos que pueden volver a
servir para lo que fueron creados;
XII.
Establecer la gradualidad y definir metas para:
a)
El uso sostenible de los recursos naturales y el aprovechamiento sostenible del agua;
b)
La clasificación adecuada de los residuos, que incluya lineamientos armonizados para
todas las entidades federativas;
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c)
La reducción del desperdicio de alimentos;
d)
El reciclaje de materiales y residuos de interés nacional, así como aquellos
comprometidos en convenios internacionales;
e)
La incorporación de materiales reciclados en productos y la sustitución en estos de
sustancias tóxicas por otras que no lo sean, y
f)
La reducción de la disposición final en rellenos sanitarios;
XIII.
Las demás actividades y acciones que permitan incentivar la transición a la Economía
Circular.
Artículo 22.- En los ejes de actuación del Programa Nacional, referidos en el artículo anterior de esta Ley,
se deben prever las siguientes acciones transversales para la Administración Pública Federal:
I.
Acción climática: Las acciones que contribuyan a disminuir emisiones de gases de efecto
invernadero y carbono negro, así como aquellas encaminadas a fortalecer la adaptación y
resiliencia al cambio climático, con atención prioritaria a grupos vulnerables, en congruencia
y de manera complementaria con lo establecido en la Ley General de Cambio Climático y
demás normativa aplicable;
II.
Creación de empleos: Acciones que generen puestos de trabajo relacionados con los Criterios
y Principios de Economía Circular para la protección y restauración del medio ambiente, que
incrementen la inclusión social y el crecimiento económico sostenible;
III.
Innovación tecnológica: Desarrollo y adopción de nuevas tecnologías que permitan optimizar
los procesos de generación de productos circulares, y dé prioridad a la eficiencia en el uso de
recursos;
IV.
Consumo Responsable: Promover la toma de decisiones informada con respecto al consumo
del Producto, para que los procesos productivos sean más eficientes y sustentables;
V.
Educación y cultura de la circularidad: Fortalecimiento del conocimiento de la población sobre
el tema de Economía Circular, a fin de facilitar su aplicación y la adopción de estilos de vida
sustentables;
VI.
Promover las buenas prácticas regulatorias;
VII.
Reciclaje Inclusivo: reconocer y visibilizar la aportación social, económica y ambiental de la
actividad de las personas recicladoras de base o pepenadoras, así como el desarrollo e
implementación de modelos que incluyan a estas personas en la Economía Circular;
VIII.
Implementar las medidas de control, inspección, vigilancia y verificación que, en su caso,
correspondan, y
IX.
Las demás que se establezcan en el Reglamento.
Sección Segunda
Del Distintivo Nacional de Economía Circular
Artículo 23.- La Secretaría autorizará el uso del Distintivo Nacional de Economía Circular para identificar
los productos que cumplen con los principios y criterios de Economía Circular. El distintivo brinda información
veraz, verificable y accesible al consumidor respecto del cumplimiento a lo dispuesto por esta Ley.
Los requisitos y formalidades para el uso del Distintivo Nacional de Economía Circular se establecen en el
Reglamento de la presente Ley.
El uso del Distintivo queda sujeto a la autorización que emita la Secretaría con base en el proceso de
auditoría ambiental voluntaria de acuerdo con el cumplimiento de los acuerdos generales de implementación
de la REP y los convenios de concertación.
Artículo 24.- El Distintivo Nacional de Economía Circular tiene una vigencia de tres años, con posibilidad
de renovarse, en cumplimiento con los fines de esta Ley y conforme a las disposiciones del Reglamento.
Artículo 25.- El Producto que cuente con la autorización para el uso del Distintivo Nacional de Economía
Circular tendrá preferencia para su adquisición, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en
materia de contrataciones públicas.
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Sección Tercera
Del Instrumento Económico
Artículo 26.- Al Ejecutivo Federal le corresponde la expedición de instrumentos económicos para fomentar
la Economía Circular, alineados con el Programa Nacional y al Reglamento de esta Ley. Los instrumentos que
contengan estímulos fiscales deben sujetarse a las disposiciones fiscales aplicables.
Artículo 27.- Las entidades federativas, conforme a sus atribuciones, diseñarán y promoverán
instrumentos económicos que fomenten la Economía Circular dentro de sus respectivas jurisdicciones
competenciales, así como proponer a la autoridad competente de la Administración Pública Federal los
instrumentos económicos que se puedan aplicar, incluidos a los modelos de complementariedad.
Título Cuarto
De la información, la educación, la cultura y la investigación
Capítulo Primero
De la Plataforma Nacional
Artículo 28.- A la Secretaría, en la calidad de presidencia del Sistema, le corresponde implementar,
coordinar y operar la Plataforma Nacional, para el registro y difusión de información en la materia de
Economía Circular, con la participación de las dependencias de la Administración Pública Federal en el ámbito
de sus respectivas competencias.
Artículo 29.- Para el funcionamiento y operación de la Plataforma Nacional, los sujetos obligados deben,
permanentemente integrar y actualizar el contenido de esta, así como realizar las acciones necesarias para
que la información del Sistema tenga la mayor difusión posible entre la población.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía participará en la implementación, coordinación y operación
de la Plataforma Nacional para registrar y difundir información sobre Economía Circular, con apego a lo
establecido en la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben proporcionar la información que
les soliciten las autoridades que coordinan la implementación y operación de la Plataforma Nacional, en los
términos de las disposiciones jurídicas aplicables y, en su caso, los convenios que se celebren para tales
efectos.
Artículo 30.- La Plataforma Nacional debe contener lo siguiente:
I.
El Programa Nacional;
II.
Información básica de divulgación sobre la Economía Circular;
III.
Información sobre los modelos de servicio, así como de otros modelos de negocio circulares
más representativos;
IV.
Información que permita la adopción de prácticas de Economía Circular en la población y los
sectores productivos;
V.
El directorio de empresas que cuentan con el Distintivo Nacional de Economía Circular y, en
su caso, otros distintivos de circularidad otorgados por entidades federativa en términos de las
disposiciones aplicables;
VI.
La trazabilidad de productos establecidos en los acuerdos generales de implementación de la
REP, y
VII.
La demás información que se requiera para alimentar a la Plataforma Nacional.
Capítulo Segundo
De la educación, la cultura y la investigación en materia de Economía Circular
Artículo 31.- El Gobierno Federal, los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y las
demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en sus respectivos ámbitos de competencia, deben
promover la participación y el involucramiento de los distintos sectores en la generación de materiales que
contribuyan a impulsar la corresponsabilidad social y la transición hacia modelos de Economía Circular, así
como propiciar la generación de campañas de comunicación masiva, para lo cual pueden utilizar diversos
medios, para el fortalecimiento de la conciencia ambiental y la adopción de hábitos de Consumo Responsable,
así como para la divulgación de una perspectiva de Reciclaje Inclusivo.
Los tres órdenes de gobierno deben propiciar la participación e involucramiento de los diferentes sectores
de la sociedad para el cumplimiento del presente artículo.
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Artículo 32.- La Secretaría, así como las secretarías del ramo en materia de economía, de educación
pública, de salud, y de ciencia, humanidades, tecnología e innovación deben establecer la coordinación que
sea necesaria para el cumplimiento de las atribuciones que esta Ley le confiere a la Administración
Pública Federal.
A la Secretaría de Educación Pública le corresponde promover que en los planes de educación media
superior y superior se desarrollen programas de estudio para la formación de especialistas en materia
medioambiental, particularmente en medio ambiente y sustentabilidad, gestión ambiental, Economía Circular y
demás campos de la ciencia que son afines para lograr los objetivos de la presente Ley.
Artículo 33.- La Secretaría en forma coordinada y con la participación de la Secretaría de Educación
Pública debe promover que las instituciones de educación media superior, superior, y los organismos
dedicados a la investigación científica y tecnológica, desarrollen planes y programas para la formación de
especialistas en la materia de Economía Circular en el territorio nacional, así como para la investigación y
generación de tecnologías que faciliten la transición hacia la Economía Circular.
Asimismo, la Secretaría de Educación Pública y las autoridades educativas de las entidades federativas,
en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán de manera progresiva programas escolares de
Economía Circular en los planteles públicos de educación básica, media superior y superior.
Artículo 34.- La Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación debe integrar en el ámbito
de sus atribuciones, la perspectiva de Economía Circular en la innovación, el desarrollo tecnológico y el
fortalecimiento de la planta productiva nacional, conforme a sus atribuciones y los ordenamientos aplicables.
Título Quinto
De las obligaciones y las responsabilidades ambientales
Capítulo Primero
De la auditoría ambiental voluntaria en
materia de economía circular
Artículo 35.- La Secretaría promoverá por conducto de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
la realización de auditorías ambientales voluntarias, conforme a las disposiciones de la presente Ley, la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y demás normativa aplicable.
La auditoría en materia de Economía Circular, para efectos de esta Ley, es el proceso sistemático de
verificación, y voluntario de carácter preventivo y, en su caso, correctivo, que permite evaluar el grado de
cumplimiento de los principios, disposiciones, criterios y objetivos en materia de Economía Circular, así como
de la normativa aplicable. La finalidad de la evaluación es identificar oportunidades de mejora en los procesos,
optimizar el uso de recursos y minimizar los impactos ambientales; así como favorecer la adopción de buenas
prácticas y el fortalecimiento de la competitividad del sector productivo.
El Reglamento debe prever los procedimientos, requisitos y demás disposiciones relativas a la auditoría en
materia de Economía Circular, a fin de establecer criterios técnicos, metodologías de evaluación, acreditación
de auditores y los mecanismos de supervisión que aseguren su implementación efectiva, con el objeto de
definir las medidas preventivas y correctivas necesarias.
Capítulo Segundo
De la responsabilidad empresarial y Responsabilidad Extendida del Productor o REP
Artículo 36.- Los sectores productivos tienen la obligación de generar o desarrollar productos con Diseño
Circular, cuando ello resulte ambiental, técnica y económicamente viable, así como implementar las políticas,
bases y principios de Economía Circular bajo un esquema de Responsabilidad Extendida del Productor en su
Actividad Económica conforme a los acuerdos generales de implementación de la REP y, en su caso, los
convenios de concertación.
Artículo 37.- Los sectores productivos e importadores están obligados a organizar, fomentar y, en su
caso, financiar los esquemas de Economía Circular de los productos que generan o importan, conforme a esta
Ley, los acuerdos de implementación de la REP y, en su caso, los convenios de concertación; o de los
aprovechamientos de los residuos y mediante la recuperación del valor de estos, conforme a las disposiciones
de la LGPGIR, con la finalidad de incorporar materias primas secundarias a las cadenas de valor.
Las obligaciones de la persona productora son complementarias y no excluyen las obligaciones que
surgen de la responsabilidad compartida prevista en la LGPGIR, así como aquellas que corresponden al
consumidor y a la autoridad competente.
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Artículo 38.- El Organismo Coordinador tiene la obligación de promover estrategias para implementar los
mecanismos directos e indirectos de circularidad en procesos productivos circulares, así como las demás
acciones que maximicen la vida útil del Producto, la recuperación del valor de los residuos, y que den impulso
a la Economía Circular.
El Organismo Coordinador es corresponsable con el sector de producción al que representa, en la
elaboración de la Gestión Circular que la persona productora o importadora debe inscribir en la Plataforma
Nacional, conforme a los términos de su representación, así como en el cumplimiento de las acciones que
conllevan dicho diseño, por lo que también le es aplicable la Responsabilidad Extendida del Productor.
Los requisitos y los procedimientos para la inscripción de la Gestión Circular en el Registro, así como las
funciones y mecanismos de supervisión que le corresponde efectuar al Organismo Coordinador se deben
pormenorizar en el Reglamento, con el fin de precisar su acreditación ante las autoridades, el alcance de sus
facultades y la forma de coordinarse con personas productoras, importadoras, autoridades y otros actores
involucrados en la Economía Circular.
Artículo 39.- La persona productora, importadora o, en su caso, el Organismo Coordinador tiene la
obligación de efectuar la inscripción en el Registro de la Gestión Circular en la Plataforma Nacional.
La Gestión Circular debe contener las etapas y las acciones que correspondan al Ciclo de Vida, incluido el
Diseño Circular, conforme al artículo 15 de esta Ley.
Artículo 40.- El cumplimiento de las obligaciones se clasifica como de:
I.
Cumplimiento directo, cuando la persona productora o importadora aplica mecanismos
directos de circularidad sin mediación de terceras personas, y
II.
Cumplimiento indirecto, cuando la persona productora o importadora aplica mecanismos
indirectos de circularidad con intervención de terceras personas, a través del acuerdo
celebrado para el Encadenamiento Sustentable o mediante compensación ambiental.
Artículo 41.- La Responsabilidad Extendida del Productor también puede cumplirse mediante las medidas
de compensación ambiental cuando, por causas debidamente justificadas, la persona productora, importadora
o, en su caso, el Organismo Coordinador no pueda cumplir con las obligaciones previstas en esta Ley bajo el
esquema de Responsabilidad Extendida del Productor; en estos casos debe cumplir con las medidas de
compensación ambiental previstas en la Gestión Circular registrada.
La Secretaría, mediante acuerdos generales de implementación de la REP, establecerá los casos, criterios
técnicos, procedimientos y condiciones para determinar dichas medidas.
En los casos en los que se apliquen medidas de compensación ambiental se debe mitigar o revertir de
manera proporcional a la Huella Ambiental. Estas pueden consistir en:
I.
Restauración ecológica;
II.
Conservación y preservación de áreas naturales protegidas;
III.
Reparación del daño ambiental, conforme a la legislación aplicable;
IV.
Reforestación;
V.
Reducción de emisiones contaminantes, y
VI.
Adquisición o generación de instrumentos financieros certificados, como bonos verdes,
créditos de carbono u otros mecanismos equivalentes, siempre y cuando dichos instrumentos
estén regulados o validados por la autoridad competente en materia financiera o ambiental.
La autoridad competente que conforme a sus atribuciones emita una resolución ambiental debe tomar en
cuenta las medidas equivalentes de compensación que lleve a cabo la persona productora en cumplimiento a
una resolución impuesta con base a otra normativa ambiental, cuando esté relacionada con el mismo hecho o
la misma conducta, siempre que tenga congruencia con el acuerdo general de implementación de la REP y
cumpla con indicadores de Economía Circular.
En el Reglamento se establecen los procedimientos para incluir las medidas de compensación ambiental
en la Gestión Circular.
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Capítulo Tercero
De la responsabilidad social y la participación de las personas consumidoras
Artículo 42.- La población participa en la Economía Circular mediante los hábitos de Consumo
Responsable siguientes:
I.
Realizar un Consumo Responsable, informado y sostenible de productos; con preferencia a
aquellos que son duraderos y son generados mediante un uso eficiente del agua y de energía,
y evitar aquellos productos de un solo uso;
II.
Adoptar medidas de Aprovechamiento Circular que optimicen la vida útil del Producto;
III.
Optar por modelos de servicio cuando se oferte que, sin adquirir la propiedad de los
productos, se satisfagan las necesidades de consumo;
IV.
Reducir la generación de residuos y el desperdicio de agua, de energía, de productos y de
alimentos;
V.
Separar los residuos en sus viviendas, de acuerdo con el sistema de clasificación que se
establezca para tal fin, y
VI.
Aprovechar al máximo los materiales y los residuos, mediante procesos de compostaje,
mecanismos de circularidad y prácticas de Reciclaje Inclusivo, entre otros.
Artículo 43.- Las personas físicas o morales tienen prohibido:
I.
Generar o utilizar información falsa respecto de las características medioambientales de uno o
más productos;
II.
Generar o utilizar información sobre el desarrollo de su Proceso o de sus procesos apegados
a criterios o principios de Economía Circular, cuando dicha información sea falsa;
III.
Realizar u omitir acciones que impidan maximizar la vida útil del Producto y su
Aprovechamiento Circular;
IV.
Usar en productos el Distintivo Nacional de Economía Circular, sin contar con la autorización
correspondiente;
V.
Usar el Distintivo Nacional de Economía Circular sin autorización de la Secretaría, o una
etiqueta o distintivo que pueda confundir a las personas consumidoras, y
VI.
Las demás que se establecen en el Reglamento.
Capítulo Cuarto
De las responsabilidades y sanciones
Artículo 44.- La persona productora, importadora o el Organismo Coordinador responsable de fuentes de
generación o manejo del Producto, o materias reguladas por esta Ley o en el Reglamento debe proporcionar a
la Secretaría los informes, o documentos conforme a las obligaciones previstas en la Gestión Circular inscrita
en el Registro, dentro del plazo que establecen las disposiciones jurídicas aplicables.
En caso de no cumplir con esta obligación se les aplicarán las sanciones administrativas previstas en la
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículo 45.- Las infracciones cometidas a esta Ley y a su Reglamento, serán sancionadas por la
Secretaría, conforme lo establecen los artículos 171 y 173 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente.
Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad por daños al ambiente, así como de las penas que
correspondan cuando los actos u omisiones constituyan delitos.
Artículo 46.- La Secretaría tiene la facultad potestativa de convenir con la persona infractora mecanismos
alternativos de solución de controversias.
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Capítulo Quinto
De la gradualidad
Artículo 47.- La Secretaría, mediante acuerdos generales de implementación de la REP que deben
publicarse en el Diario Oficial de la Federación, puede establecer la gradualidad diferenciada para el
cumplimiento de las disposiciones de circularidad, mediante metas que fije con base en las capacidades
económicas, financieras, y tecnológicas de cada persona productora, Producción o importación, en particular
de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como la aplicación de mecanismos directos e indirectos de
circularidad, la suscripción de convenios y la ejecución de las demás medidas que establece esta Ley.
Las micro, pequeñas y medianas empresas son aquellas que se prevén en sus términos en la Ley para el
Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Artículo 48.- La Secretaría debe establecer esquemas y metas de gradualidad de cumplimiento de las
obligaciones previstas en los artículos 13, 15, 23 y 47 de esta Ley, y para tal fin puede suscribir convenios de
concertación con la persona productora, importadora o con el Organismo Coordinador. Para la celebración de
estos convenios se deben evaluar los efectos que genere la gradualidad en las metas de cumplimiento y las
propuestas de la persona productora, en particular de las micro, pequeñas y medianas empresas,
importadoras o del Organismo Coordinador. Estos convenios son de interés general y se publicarán en el
Diario Oficial de la Federación.
Título Sexto
De la aplicación supletoria
Artículo 49.- En lo no previsto en esta Ley se aplicarán supletoriamente la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos, la
Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la normativa aplicable.
Artículo Segundo.- Se reforman los artículos 3o., fracción XXXII; 15, fracción VII y 39, primer párrafo, y
se adicionan la fracción III Bis al artículo 22 Bis, el Capítulo II Bis “Aprovechamiento Sustentable en las
Actividades Económicas” al Título Tercero, y los artículos 107 Bis 1 y 107 Bis 2, de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 3o.- ...
I.- a XXXI.- ...
XXXII.- Residuo: Material o producto cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentra en
estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, y que
puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a tratamiento o disposición final
conforme a la normativa ambiental aplicable;
XXXIII.- a XXXIX.- ...
ARTÍCULO 15.- ...
I.- a VI.- ...
VII.-
El aprovechamiento de los recursos naturales renovables debe realizarse de manera que se
asegure el mantenimiento de su diversidad y renovabilidad, así como sujetarse a las
modalidades que dicte el interés público y, en su caso, implementar mecanismos en materia
de economía circular;
VIII.- a XX.- ...
ARTÍCULO 22 Bis.- ...
I.- a III.- ...
III BIS.- El aprovechamiento de recursos naturales en los términos previstos en el artículo 107 Bis 1 de
esta Ley;
IV.- a VII.- ...
ARTÍCULO 39.- Las autoridades competentes promoverán la incorporación de contenidos relacionados
con la protección del ambiente, el desarrollo sustentable, la economía circular, la mitigación y adaptación al
cambio climático, así como la reducción de la vulnerabilidad ante sus efectos, además de conocimientos,
valores y competencias ambientales, en los diversos ciclos educativos, especialmente en el nivel básico, así
como en la formación cultural de la niñez y la juventud.
...
...
...
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TÍTULO TERCERO
CAPÍTULO II BIS
Aprovechamiento Sustentable en las Actividades Económicas
ARTÍCULO 107 BIS 1.- El aprovechamiento de materiales vírgenes extraídos de fuentes naturales para
destinarse a las actividades económicas, procesos productivos o generación de productos deberá cumplir con
los principios, criterios, estrategias, mecanismos y obligaciones previstos en materia de economía circular,
conforme a la legislación aplicable.
Cuando sea ambiental, técnica y económicamente viable, dicho aprovechamiento deberá fomentar el
encadenamiento productivo, privilegiando la integración progresiva de materias primas secundarias
provenientes de actividades económicas, procesos o productos valorizados, a fin de reducir la dependencia de
materiales vírgenes.
ARTÍCULO 107 BIS 2.- El aprovechamiento debe propiciar y maximizar la vida útil de los productos, la
valorización de los residuos, y garantizar la menor huella ambiental posible.
Artículo Tercero.- Se reforman los artículos 2, fracción XII; 5, fracciones II, XXIV y XLIII; 35, fracción I;
95; y 106, fracción II, y se adiciona un párrafo tercero, recorriéndose en su orden el último párrafo, al artículo
25, de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para quedar como sigue:
Artículo 2.- ...
I. a XI.
...
XII.
La valorización, la responsabilidad compartida y el manejo integral de residuos, aplicados bajo
condiciones de circularidad, eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social, en el
diseño de instrumentos, programas y planes de política ambiental para la gestión de residuos.
...
Artículo 5.- ...
I.
...
II.
Aprovechamiento de los Residuos: Conjunto de acciones cuyo objetivo es recuperar el valor
económico de los residuos mediante su reutilización, remanufactura, rediseño, tratamiento,
reciclado y recuperación de materiales secundarios o de energía;
III. a XXIII. ...
XXIV.
Producto: Bien que generan los procesos productivos a partir de la utilización de material
virgen o primario, o de materiales secundarios. Para los fines de los planes de manejo, un
producto envasado comprende sus ingredientes o componentes y su envase;
XXV. a XLII. ...
XLIII.
Termovalorización: Aprovechamiento de residuos orgánicos e inorgánicos para la generación
de energía eléctrica;
XLIV. a XLVI. ...
Artículo 25.- ...
...
También debe tener como base los principios de circularidad, jerarquización y trazabilidad, previstos en la
Ley General de Economía Circular.
...
Artículo 35.- ...
I.
Fomentarán y apoyarán la conformación, consolidación y operación de grupos intersectoriales
interesados en participar en el diseño e instrumentación de políticas y programas de
economía circular, y demás correspondientes, así como para prevenir la contaminación de
sitios con materiales y residuos y llevar a cabo su remediación;
II. a VII. ...
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Artículo 95.- La regulación de la generación y manejo integral de los residuos sólidos urbanos y los
residuos de manejo especial, se llevará a cabo conforme a lo que establezca la presente Ley, la Ley General
de Economía Circular, las disposiciones emitidas por las legislaturas de las entidades federativas y demás
disposiciones aplicables.
Artículo 106.- De conformidad con esta Ley y su Reglamento, serán sancionadas las personas que lleven
a cabo cualquiera de las siguientes actividades:
I.
...
II.
Incumplir durante el manejo integral de los residuos peligrosos, las disposiciones previstas por
esta Ley, la Ley General de Economía Circular, los acuerdos generales de implementación de
la responsabilidad extendida del productor y la normativa aplicable, así como en las
autorizaciones que al efecto se expidan;
III. a XXIV. ...
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo Federal, dentro de los ciento ochenta días naturales posteriores a la entrada en
vigor del presente Decreto, deberá expedir el o los reglamentos de la Ley General de Economía Circular.
Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal iniciarán el procedimiento
administrativo para modificar y adecuar las normas oficiales mexicanas existentes, así como el procedimiento
administrativo para la creación y expedición de las normas oficiales mexicanas que se requieran, conforme a
las disposiciones jurídicas aplicables.
Para la implementación de esta disposición transitoria debe seguirse lo establecido en la fracción III del
artículo 6 de esta Ley.
Tercero. El Programa Nacional de Economía Circular se publicará en el Diario Oficial de la Federación en
un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales, contados a partir de la publicación del Reglamento de la
presente Ley. En la identificación de sectores productivos y categorías de productos del Programa 2026-2030
deben incluirse aquellos correspondientes al plástico que, en términos de los procedimientos de la Ley de
Planeación, determine la Secretaría.
Cuarto. Dentro del plazo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la
presente Ley, las legislaturas de las entidades federativas adecuarán y armonizarán su legislación con las
disposiciones de la Ley General de Economía Circular que se expide con el presente Decreto.
Quinto. Las legislaturas locales que no efectúen la armonización que se indica en el transitorio anterior
deberán aplicar las disposiciones de esta Ley, en el ámbito local.
Sexto. A partir de la entrada en vigor de la presente Ley y dentro del plazo de cinco años con prórroga por
acuerdo casuístico, los rellenos sanitarios autorizados iniciarán un proceso progresivo de reconversión para
cumplir con las metas de reducción de la disposición final para promover su integración en el Modelo de
Economía Circular Nacional.
Séptimo. Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor de la presente
Ley se realizarán con cargo al presupuesto aprobado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes en el Presupuesto de Egresos de la Federación,
las modificaciones a la estructura orgánica deberán llevarse a cabo mediante movimientos compensados
conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, por lo que no incrementará su presupuesto regularizable de
gasto de operación ni de servicios personales y no se autorizarán recursos adicionales para el ejercicio fiscal
de que se trate.
Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2025.- Dip. Kenia López Rabadán, Presidenta.- Sen. Laura Itzel
Castillo Juárez, Presidenta.- Dip. Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Secretaria.- Sen. María Martina
Kantún Can, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 14 de enero de 2026.- Claudia Sheinbaum Pardo,
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria
de Gobernación.- Rúbrica.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
31
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ANEXO 18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 28 de diciembre de 2025.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración tributaria.
ANEXO 18 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2026
Dictamen de estados financieros para efectos fiscales (SIPRED 2025) Tipo I
Para los efectos de los artículos 32-A, párrafo quinto y 52, fracción IV del CFF, en relación con las reglas
1.4., fracción XVIII y 2.10.6., se dan a conocer los instructivos de integración y de características, así como los
formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros, utilizando el Sistema de Presentación
del Dictamen 2025 (SIPRED 2025) Tipo I, conforme a lo siguiente:
Contenido
Este anexo se integra de los instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación
del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito y de los
cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el contador público, por el ejercicio fiscal del 2025, utilizando el
Sistema de Presentación del Dictamen 2025 (SIPRED 2025), aplicable a los tipos de dictámenes que se mencionan.
Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por
contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2025, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2025
(SIPRED 2025).
Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales
emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2025 utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen
2025 (SIPRED 2025).
A.
Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros general, por el ejercicio fiscal del 2025.
Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).
Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público).
B.
Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a contribuyentes personas
morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas
que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje por el ejercicio fiscal
del 2025.
Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).
Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público).
C.
Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las casas de cambio, por el
ejercicio fiscal del 2025.
Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).
Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público).
D.
Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros de los intermediarios financieros no
bancarios, aplicable a las uniones de crédito, a los almacenes generales de depósito, a las arrendadoras financieras, a
las empresas de factoraje financiero, a las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, entidades de ahorro y
crédito popular conforme a la ley de ahorro y crédito popular y a otros intermediarios financieros no bancarios, por el
ejercicio fiscal del 2025.
Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).
Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público).
E.
Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a los fondos de inversión de
capitales, de renta variable y en instrumentos de deuda, por el ejercicio fiscal del 2025.
Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).
Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público).
Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos
fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2025, utilizando el sistema de
presentación del dictamen 2025 (SIPRED 2025), aplicable a los siguientes tipos de dictámenes:
A.
Estados financieros general.
B.
Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero,
silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de
autotransporte terrestre de carga o pasaje.
C.
Casas de cambio.
D.
Intermediarios financieros no bancarios.
E.
Fondos de inversión.
32
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
I.- Paquete utilizado para la generación del dictamen.
SIPRED 2025.
II.- Presentación del dictamen fiscal.
La presentación se integra por:
Los anexos del dictamen generado a través del SIPRED 2025.
La opinión del contador público inscrito que dictamina y el informe sobre la revisión de la situación
fiscal del contribuyente, así como:
El cuestionario de diagnóstico fiscal elaborado por el contador público.
El cuestionario en materia de precios de transferencia elaborado por el contador público.
En su caso, información adicional al dictamen.
III.- Características generales.
A.- Nombre del archivo.
La información se integrará en un solo archivo encriptado y ensobretado con extensión sb2x, el cual será
conformado por 26 caracteres (incluyendo extensión) y contendrá la información señalada en el punto II
anterior.
B.- La información de cada dictamen se integrará de la siguiente manera.
Estados financieros general.
No. de referencia
del anexo
Datos a contener
Datos fijos:
Datos de identificación:
-
Contribuyente.
-
Contador público.
-
Representante legal.
Datos generales.
Información del dictamen referente a:
1.-
Estado de situación financiera.
2.-
Estado de resultado integral.
3.-
Estado de cambios en el capital contable.
4.-
Estado de flujos de efectivo.
4.1.-
Notas a los estados financieros.
5.-
Integración analítica de ventas o ingresos netos.
6.-
Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta.
7.-
Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.
8.-
Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.
9.-
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de
retenedor.
9.1.-
Declaratoria.
10.-
Relación de contribuciones por pagar.
11.-
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.
12.-
Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.
13.-
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en
México.
14.-
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.
15.-
Conciliación entre los ingresos dictaminados según el estado de resultado integral y los
acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para
efectos del Impuesto al Valor Agregado.
16.-
Operaciones con partes relacionadas.
17.-
Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.
18.-
Datos informativos.
19.-
Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
33
No. de referencia
del anexo
Datos a contener
20.-
Inversiones.
21.-
Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.
22.-
Préstamos.
23.-
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
24.-
Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
25.-
Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador
público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación
fiscal del contribuyente.
Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público).
Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público).
Contribuyentes que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y
pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de
autotransporte terrestre de carga o pasaje.
No. de referencia
del anexo
Datos a contener
Datos fijos:
Datos de identificación:
-
Contribuyente.
-
Contador público.
-
Representante legal.
Datos generales.
Información del dictamen referente a:
1.-
Estado de situación financiera.
2.-
Estado de resultado integral.
3.-
Estado de cambios en el capital contable.
4.-
Estado de flujos de efectivo.
4.1.-
Notas a los estados financieros.
5.-
Integración analítica de ventas o ingresos netos.
6.-
Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta.
7.-
Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.
8.-
Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.
9.-
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de
retenedor.
9.1.-
Declaratoria.
10.-
Relación de contribuciones por pagar.
11.-
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.
12.-
Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.
13.-
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en
México.
14.-
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.
15.-
Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los
acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para
efectos del Impuesto al Valor Agregado.
16.-
Operaciones con partes relacionadas.
17.-
Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.
18.-
Datos informativos.
34
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
No. de referencia
del anexo
Datos a contener
19.-
Información de los integrantes de las personas morales como coordinados.
20.-
Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.
21.-
Inversiones.
22.-
Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera.
23.-
Préstamos.
24.-
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
25.-
Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
26.-
Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador
público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación
fiscal del contribuyente.
Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público).
Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público).
Casas de cambio.
No. de referencia
del anexo
Datos a contener
Datos fijos:
Datos de identificación:
-
Contribuyente.
-
Contador público.
-
Representante legal.
Datos generales.
Información del dictamen referente a:
1.-
Estado de situación financiera.
2.-
Estado de resultado integral.
3.-
Estado de cambios en el capital contable.
4.-
Estado de flujos de efectivo.
4.1.-
Notas a los estados financieros.
5.-
Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.
6.-
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de
retenedor.
6.1.-
Declaratoria.
7.-
Relación de contribuciones por pagar.
8.-
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.
9.-
Operaciones financieras derivadas.
10.-
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en
México.
11.-
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.
12.-
Operaciones con partes relacionadas.
13.-
Información del contribuyente sobre operaciones con partes relacionadas.
14.-
Datos informativos.
15.-
Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.
16.-
Inversiones.
17.-
Préstamos.
18.-
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
35
No. de referencia
del anexo
Datos a contener
19.-
Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
20.-
Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador
público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación
fiscal del contribuyente.
Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público).
Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público).
Intermediarios financieros no bancarios.
No. de referencia
del anexo
Datos a contener
Datos fijos:
Datos de identificación:
-
Contribuyente.
-
Contador público.
-
Representante legal.
Datos generales.
Información del dictamen referente a:
1.-
Estado de situación financiera.
2.-
Estado de resultado integral.
3.-
Estado de cambios en el capital contable.
4.-
Estado de flujos de efectivo.
4.1.-
Notas a los estados financieros.
5.-
Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta.
6.-
Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.
7.-
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de
retenedor.
7.1.-
Declaratoria.
8.-
Relación de contribuciones por pagar.
9.-
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.
10.-
Operaciones financieras derivadas.
11.-
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en
México.
12.-
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.
13.-
Operaciones con partes relacionadas.
14.-
Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.
15.-
Datos informativos.
16.-
Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.
17.-
Inversiones.
18.-
Préstamos.
19.-
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
20.-
Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
21.-
Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador
público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación
fiscal del contribuyente.
Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público).
Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público).
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Fondos de inversión.
No. de referencia
del anexo
Datos a contener
Datos fijos:
Datos de identificación:
-
Contribuyente.
-
Contador público.
-
Representante legal.
Datos generales.
Información del dictamen referente a:
1.-
Estado de situación financiera.
2.-
Estado de resultado integral.
3.-
Estado de cambios en el capital contable.
4.-
Estado de valuación de cartera de inversión.
4.1.-
Notas a los estados financieros.
5.-
Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.
6.-
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de
retenedor.
6.1.-
Declaratoria.
7.-
Relación de contribuciones por pagar.
8.-
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.
9.-
Operaciones financieras derivadas.
10.-
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en
México.
11.-
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.
12.-
Operaciones con partes relacionadas.
13.-
Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.
14.-
Datos informativos.
15.-
Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.
16.-
Inversiones.
17.-
Préstamos.
18.-
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
19.-
Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
20.-
Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador
público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación
fiscal del contribuyente.
Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público).
Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público).
C.- Formato de presentación en SIPRED 2025.
La información está integrada por los datos de identificación, datos generales, los estados financieros
básicos, notas a los mismos, explicación de las variaciones, conciliaciones, integraciones,
determinaciones y relaciones; y se presentarán en forma lineal vertical, de acuerdo a las reglas
específicas con las que el sistema opera, asimismo, contiene la opinión, el informe sobre la revisión
de la situación fiscal del contribuyente, el cuestionario de diagnóstico fiscal elaborado por el contador
público, el cuestionario del contador público en materia de precios de transferencia, y en su caso, la
información adicional al dictamen.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
37
D.- Presentación de la información.
Los dictámenes deberán elaborarse y prepararse para su envío invariablemente en el sistema
denominado SIPRED 2025, desarrollado por el Servicio de Administración Tributaria.
En los formatos de los anexos no se pueden adicionar columnas, ni se pueden adicionar renglones
con índices, salvo para la integración de los conceptos denominados “otros” o en los casos en que el
propio sistema lo permita; sin embargo, sí es posible agregar “notas” a los mismos, conforme al
apéndice III notas técnicas de este instructivo, así como las explicaciones de las variaciones.
Cabe señalar que los importes de los datos a proporcionar de los anexos del dictamen que no se
ocupen, podrán dejarse en blanco o bien poner un cero para evitar errores de omisión de la captura,
excepto en aquellos índices, que el propio sistema indique que no deben dejarse en blanco y se
requerirá que por lo menos se anote un cero.
La información deberá presentarse respetando la estructura de construcción y encriptación de datos
del SIPRED 2025. Asimismo, por ningún motivo podrá presentarla o editarla con algún otro software.
En la presentación de los importes, se podrán utilizar fórmulas, sumatorias y cualquier tipo de
operación o rutina que esté incluida en el SIPRED 2025.
Para escribir los textos de las notas a los estados financieros, la declaratoria de contribuciones a
cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor, la opinión, el informe
sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, la información adicional al dictamen, la
explicación de las variaciones podrá utilizar caracteres especiales (comas, puntos, paréntesis,
corchetes, etc.).
Las notas a los estados financieros, la declaratoria, la opinión, el informe, el cuestionario de
diagnóstico fiscal se deberán requisitar obligatoriamente en todos los casos y cuando le aplique al
contribuyente, también el cuestionario en materia de precios de transferencia y la explicación de las
variaciones, en el caso de información de textos, deberán contener un mínimo de 100 caracteres.
En el caso de utilizar el anexo de “información adicional”, se deberán capturar un mínimo de 100
caracteres.
Con la finalidad de realizar las acotaciones de los estados financieros, relaciones y conciliaciones
que estarán relacionadas con las notas a los mismos, se anotará la referencia inmediatamente
después del nombre de la cuenta o subcuenta que se va a referenciar insertando una nota por medio
del sistema con un máximo de 250 caracteres. En las notas relacionadas con cuentas adicionadas
mediante índices agregados, se debe indicar el índice al que se refiere la nota. Ejemplo:
Nota del índice 01010015000100…
Todos los datos de las celdas, se capturarán de acuerdo a las reglas de validación propias del
sistema.
Se explicarán para los siguientes anexos las variaciones de un año con otro de las cuentas que
representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada
“porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya
determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes al porcentaje en
relación con el total del concepto que se esté integrando.
Estado de situación financiera. Del total del activo.
Integración analítica de ventas o ingresos netos. Del total de ventas o ingresos netos
actualizados.
Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. Del total de gastos actualizados.
IV.- Características específicas.
A.- Las columnas.
Se deberá respetar el número de columnas establecidas para cada uno de los anexos
específicos.
Por ningún motivo se deberán incorporar columnas, archivos o anexos extras.
Las notas a los estados financieros, la declaratoria, la opinión, el informe, la información
adicional y la explicación de las variaciones no tendrán columnas de índices.
B.- Los índices.
Se manejarán nueve caracteres alfanuméricos para el caso de datos de identificación y datos
generales y catorce caracteres numéricos para los demás anexos.
El tratamiento del índice será como un carácter alfanumérico.
La justificación de los caracteres de los índices será centrada.
C.- Los conceptos.
Todos los textos utilizados se presentarán en letras mayúsculas y no podrán contener signos
especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Se podrán capturar con minúsculas; sin
embargo, el SIPRED 2025 automáticamente las convierte a mayúsculas.
38
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
D.- Las cantidades.
Las cifras de importes, podrán contener fórmulas, pero no signos especiales (signo de pesos,
comas, puntos, corchetes o paréntesis), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Los símbolos como los paréntesis, los separadores de miles, etc.; solamente serán los que el
sistema asigne (según la configuración que elija el usuario).
Las cantidades negativas deberán capturarse con signo negativo, anteponiéndose el signo a
dicha cantidad, pero podrán visualizarse con paréntesis (según la configuración que elija el
usuario).
Los campos numéricos que contengan información serán justificados a la derecha.
Los importes deberán anotarse invariablemente en pesos, no en miles de pesos.
Las cantidades representativas de porcentajes se deberán capturar con enteros y 2 decimales,
sin el signo de porcentaje, excepto en los casos en que dichas cantidades representen un factor
de actualización, los cuales deberán contener enteros y 4 decimales.
Ejemplos:
10 %
Se escribirá 10.00
28 %
Se escribirá 28.00
2.89078
Se escribirá 2.8907
4.56320
Se escribirá 4.5632
V.- Terminología utilizada.
Acuse
de
aceptación
electrónico.-
Mensaje de aceptación del dictamen, que emite y envía el SAT vía internet, a la dirección
del correo electrónico del contador público y del contribuyente, con el “sello digital”.
Alfabético.-
Cuando se capturan solo letras.
Alfanumérico.-
Cuando se captura una combinación de letra(s) y/o número(s).
Bytes.-
Unidad de medida de almacenamiento magnético equivalente a 8 bits (binary digit) o a un
carácter de información.
Carácter. -
Es la representación de cualquier letra o número en forma individual.
Celda.-
Se define por la intersección de una columna y un renglón.
Copy (copiar).-
Instrucción que permite tanto copiar uno o más archivos en otro disco como texto
seleccionado dentro de un mismo o diferente documento.
Directorio.-
Estructura que agrupa un conjunto de archivos o subdirectorios.
Documento digital.-
Todo mensaje de datos que contiene información o escritura generada, enviada, recibida o
archivada por medios electrónicos.
Encriptado.-
Formato de archivo el cual, siguiendo un conjunto de métodos, se oculta el contenido del
mismo a todos aquellos a quienes no esté dirigido.
Ensobretado o firmado
digital.-
Proceso de integración al dictamen fiscal de la garantía/certificado digital y llave privada de
un remitente y una garantía/certificado digital de un destinatario que permita garantizar su
autenticidad, integridad, confidencialidad y no repudiación de la información trasmitida.
Garantía / certificado digital
(llave pública).-
Documento electrónico que contiene un conjunto de información a la que se le ha fijado una
firma digital, por una autoridad certificadora, en este caso el Servicio de Administración
Tributaria, y se utiliza para firmar documentos electrónicos. Relacionada en forma
inequívoca con la llave privada.
Internet.-
Red de alcance mundial que interconecta una gran cantidad de equipos de cómputo.
Kilobyte (KB).-
Unidad de medida de almacenamiento equivalente a 1024 bytes.
Llave privada.-
Contraseña que permite identificar junto con la garantía/certificado digital (llave pública) que
el remitente y destinatario de la información son quienes dicen ser.
Megabyte (MB).-
Unidad de medida de almacenamiento equivalente a 1024 kilobytes.
Numérico.-
Cuando se capturan solo números.
Paste (pegar).-
Instrucción que permite tanto pegar uno o más archivos en otro disco como pegar texto
seleccionado dentro de un mismo o diferente documento.
Sello digital.-
Mensaje electrónico que acredita que un documento digital fue recibido por la autoridad
correspondiente en la hora y fecha que se consignen en el acuse de aceptación.
Subdirectorio.-
Estructura de almacenamiento que agrupa a un conjunto de archivos.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
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VI.- Procedimientos para utilizar el sistema SIPRED 2025.
Para efectos de utilizar el SIPRED 2025 se procederá como se indica a continuación:
A.- Requerimientos mínimos del equipo de cómputo:
Procesador Intel Core i3® iv a 1.7 GHz o superior.
4 Gb en memoria RAM (8gb recomendado).
Sistema operativo Microsoft Windows® 7 en adelante.
Microsoft Office® 2010, 2013 o 2016 a 32 o 64 bits.
Internet Explorer versión 11 o superior.
Espacio libre en disco duro total de 1 GB.
B.- Procedimiento de instalación del SIPRED.
La instalación se llevará a cabo siguiendo las instrucciones señaladas en el manual de instalación del
sistema, el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT.
C.- Procedimiento de entrada.
1.-
Iniciar una sesión de Excel.
2.-
Se procederá a la generación de un dictamen nuevo y al llenado de los datos de identificación
(del contribuyente, contador público inscrito, representante legal), datos generales y
posteriormente a los demás anexos del dictamen fiscal.
Apéndice I
Catálogo de claves de entidades federativas.
01
Aguascalientes
17
Morelos
02
Baja California
18
Nayarit
03
Baja California Sur
19
Nuevo León
04
Campeche
20
Oaxaca
05
Coahuila
21
Puebla
06
Colima
22
Querétaro
07
Chiapas
23
Quintana Roo
08
Chihuahua
24
San Luis Potosí
09
Ciudad de México
25
Sinaloa
10
Durango
26
Sonora
11
Guanajuato
27
Tabasco
12
Guerrero
28
Tamaulipas
13
Hidalgo
29
Tlaxcala
14
Jalisco
30
Veracruz
15
Estado de México
31
Yucatán
16
Michoacán
32
Zacatecas
El SIPRED cuenta con este catálogo del cual se podrá elegir la entidad federativa que corresponda.
Apéndice II
catálogo de claves de actividades para efectos fiscales.
Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo de actividades económicas, vigente a la fecha de
presentación del dictamen, el SIPRED contiene dicho catálogo actualizado, según el Anexo 6 publicado en el
DOF el 21 de julio de 2014 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones publicadas en
el mismo ordenamiento de fechas 22 de diciembre de 2014, 20 de noviembre de 2015, 12 de enero de 2016,
21 de agosto de 2019, 14 de mayo de 2020 y 30 de diciembre de 2024.
Apéndice III
Notas técnicas.
Generales:
Utilización de signos negativos.
Cuando las cuentas acreedoras tengan saldo deudor o bien las cuentas deudoras tengan saldo
acreedor, se les antepondrá el signo negativo y cuando se trate de cuentas que su saldo pueda ser tanto
acreedor como deudor, se deberá poner el signo negativo en dicha cuenta cuando:
Represente un saldo deudor, pero la cuenta se encuentre ubicada dentro de una clasificación de
cuentas acreedoras.
Represente un saldo acreedor, pero la cuenta se encuentre ubicada dentro de una clasificación de
cuentas deudoras.
Para efectos de una mejor visualización el sistema permite, a elección del usuario, ver las cantidades
negativas entre paréntesis.
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Utilización de índices.
Por ningún motivo se podrán agregar índices denominados “total”, que por esencia reflejen el importe de
un grupo de cuentas o subcuentas.
Tampoco se podrán agregar índices para desglosar el importe señalado en el índice preestablecido del
cual se derivan los índices agregados.
Tampoco se podrá utilizar un índice ya preestablecido para ser ocupado por otro concepto.
Cada índice se compone de nueve caracteres alfanuméricos para el caso de datos de identificación y
datos generales y catorce caracteres numéricos para los demás anexos, que identifican de manera única
a cada concepto.
El SIPRED permitirá adicionar renglones con índices en algunos lugares preestablecidos o notas a los
mismos, pero no permitirá adicionar columnas.
Los renglones que representen títulos no llevan índice y por lo tanto el SIPRED no permitirá anotar en
ellos ninguna cantidad o dato.
Construcción de nuevos índices.
En aquellos casos en que el contribuyente tenga en su contabilidad nombres de cuentas diferentes a las
que se mencionan en los anexos de información oficiales que integran el formato guía del dictamen
fiscal, deberá ubicar dichas cuentas en los conceptos de dicho formato que por su naturaleza sean
análogos a las cuentas que se desean incorporar, respetando los índices y conceptos ya establecidos.
En algunos casos específicos definidos en el propio SIPRED, podrá construir nuevos conceptos,
asignándoles un nuevo índice conforme a la definición de índices antes señalada, siempre y cuando no
haya podido ubicarlos como se indica en el párrafo anterior.
Asimismo, cuando existan conceptos de cuentas que no queden comprendidos en las cuentas
preestablecidas, se podrán agregar índices a las cuentas predeterminadas de “otros” y reflejar ahí estos
conceptos.
Diferencias de contribuciones determinadas por el contador público inscrito.
Para efectos de lo señalado en la regla 2.10.15., las omisiones a que se refiere serán solo aquellas que
el auditor detecte durante el curso normal de su auditoría de los estados financieros para efectos fiscales
sean o no materiales de conformidad con las Normas de Auditoría a que se refiere el artículo 60 del
Reglamento del CFF.
Cuando el contador público inscrito determine diferencias de contribuciones a cargo del contribuyente
como sujeto directo, o en su carácter de retenedor, en los siguientes anexos al dictamen fiscal, deberá
hacer una descripción detallada de los procedimientos de revisión que aplicó y que lo llevaron a
determinar dichas diferencias, la descripción deberá incluir una explicación pormenorizada del origen de
los montos determinados como diferencias de contribuciones, haciendo referencia al método o fórmula
utilizado en sus procedimientos de revisión que le permitieron identificar dichas diferencias, considerando
su objeto, base, tasa o tarifa (para los efectos del artículo 5, primer párrafo del CFF), dicha descripción
se deberá incorporar al informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente antes de asentar
su nombre y número de registro ante la AGAFF:
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de
retenedor.
Relación de contribuciones por pagar.
Para efectos de la auditoría de estados financieros, cuando el contador público inscrito observe
diferencias no materiales que en consecuencia no sean investigadas y que puedan tener una
repercusión fiscal, dicho contador público inscrito deberá señalar tal circunstancia en su informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente en un párrafo por separado y después de su opinión.
Además, estará a lo siguiente:
Siempre que pueda cuantificar su efecto en las contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto
directo o en su carácter de retenedor, o bien, las diferencias correspondan a las propias
contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor, deberá
reflejarlas en la columna denominada “Diferencias no materiales no investigadas por auditoría” del
anexo “Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de
retenedor” en el renglón de la contribución que corresponda.
De no poder cuantificar su efecto en las contribuciones a cargo del contribuyente, deberá hacer una
relación de los conceptos y montos por los cuales se determinaron diferencias no materiales no
investigadas e incluirlas en un párrafo por separado en el informe sobre la revisión de la situación
fiscal del contribuyente antes del nombre y número de inscripción del contador público.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
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Información adicional al dictamen.
Esta hoja es de captura con texto libre, y se utilizará para proporcionar información adicional a la
contenida en los anexos del dictamen, o bien, información que no está reflejada en los anexos, como
puede ser la que proporcionan las sociedades que se escindan o fusionen, asimismo, se podrá utilizar
para que el contribuyente o contador público inscrito realicen cualquier tipo de aclaración(es) y
explicación(es) con respecto a la información de cualquier anexo del dictamen.
Sociedades que se escindan.
Las sociedades que se escindan, además de presentar la información establecida anteriormente de
acuerdo con el tipo de dictamen que les corresponda, proporcionarán lo siguiente:
I.
La relación referente al por ciento de participación accionaria de cada accionista correspondiente
al año anterior al de la escisión, así como el número, valor y naturaleza de las acciones que
conforman el capital social de la sociedad escindente;
II. La relación de los accionistas de las sociedades escindidas y de la escindente, en el caso de
que esta última subsista, en la que se señale el número, valor y naturaleza de las acciones que
conforman el capital social de dichas sociedades con motivo de la escisión;
III. El estado de situación financiera de la sociedad escindente a la fecha de la escisión, y
IV. Una relación que contenga la distribución de los activos, pasivos y capital transmitidos con
motivo de la escisión.
Sociedades que se fusionen.
Las sociedades que subsistan o surjan con motivo de una fusión adicionalmente a la información
establecida anteriormente de acuerdo con el tipo de dictamen que les corresponda, proporcionarán
una relación de los socios o accionistas de la sociedad que surja o subsista con motivo de la fusión,
indicando su participación social o accionaria a la fecha en que se realizó la fusión, así como el
número, valor nominal y naturaleza de las partes sociales o acciones que conforman el capital social
a esa misma fecha.
Cualquier precisión o ampliación que se quisiera señalar con respecto a la información
proporcionada del contribuyente en algún anexo al dictamen fiscal, lo podrá hacer el
contribuyente por sí mismo o por conducto del contador público inscrito que dictaminó, a través
del anexo denominado información adicional.
Las notas técnicas que a continuación se mencionan serán aplicables para los tipos de dictámenes
que contengan la información o datos a que se refiere cada una de ellas.
Datos de identificación:
Del contribuyente.
La captura de los datos de identificación del contribuyente (con excepción del RFC) solamente se podrá
realizar obteniendo la información registrada en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través
del portal del SAT, previa identificación con la e.firma del contribuyente.
La información la remitirá el SAT vía correo electrónico al contribuyente, contenida en un archivo, con
esta información se llenarán los datos de identificación del contribuyente siguiendo las instrucciones que
se especifican en el manual del usuario del SIPRED el cual se podrá descargar y consultar en el portal
del SAT.
Cuando algunos de los datos del contribuyente que se encuentran registrados en el SAT no coincidan
con los actuales, podrá modificarlos en el llenado del dictamen; sin embargo, la actualización de esos
datos no lo exime de presentar el aviso de cambio correspondiente ante el SAT.
Para el llenado automático que el SIPRED realiza del concepto denominado “nombre del grupo
económico al que pertenece”, se toma en cuenta la descripción que al efecto se hace en el Anexo 6
publicado en el DOF el 21 de julio de 2014 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes
modificaciones publicadas en el mismo ordenamiento, de fechas 22 de diciembre de 2014, 20 de
noviembre de 2015, 12 de enero de 2016, 21 de agosto de 2019, 14 de mayo de 2020 y 30 de diciembre
de 2024, una vez que el usuario define su clave de actividad económica, en el catálogo contenido en la
aplicación.
Del contador público.
La captura de los datos de identificación del contador público solamente se podrá realizar obteniendo la
información registrada en el SAT, a través del portal del SAT previa identificación con la e.firma del
contador público.
La información la remitirá el SAT vía correo electrónico al contador público, contenida en un archivo, con
esta información se llenarán los datos de identificación del contador público siguiendo las instrucciones
que se especifican en el manual del usuario del SIPRED el cual se podrá descargar y consultar en el
portal del SAT.
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Cuando los datos del domicilio del contador público, registrados en el SAT no coincidan con los actuales,
podrá modificarlos en el llenado del dictamen; sin embargo, es necesario presentar el aviso de cambio
de domicilio correspondiente y notificar los datos correctos de su domicilio, ante la Administración
General de Auditoría Fiscal Federal, mediante el Portal del SAT, a través de Mi portal:
https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action
Es obligatoria la captura del dato “RFC del despacho”, cuando el contador público inscrito no pertenezca
a ningún despacho, deberá anotar su propio RFC.
Datos generales. (cuando resulte aplicable por el tipo de dictamen de que se trate).
Es obligatoria la captura de los datos “optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos
acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF)”, “optó por dictaminar sus estados
financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF)” y “optó por
dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo
32-A CFF)”.
Cuando se señale “no” en todos los datos del párrafo anterior, deberá mencionar el motivo por el que
presenta el dictamen.
Es obligatoria la captura del dato “tipo de contribuyente especial”; el sistema despliega una lista que
contiene los siguientes conceptos: “0.- ninguno”, “1.- fusión”, “2.- escisión”, “3.- liquidación”; “4.-
fideicomiso” y “5.- asociante en participación”, solamente debe señalarse uno de ellos, siempre y cuando
cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 32-A del CFF.
Cuando se esté obligado a la determinación del costo de ventas, se debe seleccionar solamente uno de
los datos siguientes:
Cuando se esté obligado a señalar el dato “seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos
fiscales”; el sistema despliega una lista que contiene los siguientes conceptos: “3.- costeo absorbente
[costos históricos]”, “4.- costeo absorbente [costos predeterminados estimados]”, “5.- costeo absorbente
y método de val. Costo estándar”, “6.- sistema distinto a los anteriores” y “7.- no aplica”; solamente debe
señalarse uno de ellos.
Es obligatoria la captura del dato: “tipo de opinión”, el sistema despliega una lista que contiene los
siguientes conceptos: “opinión no modificada”, “opinión modificada por una desviación y/o incumplimiento
con efecto en el cálculo de los impuestos y contribuciones”, “opinión modificada por desviación o
limitación al alcance sin efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones”, “opinión desfavorable
(Adversa) con efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones federales del ejercicio”, “opinión
desfavorable (Adversa) sin efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones” y “denegación
(Abstención) de opinión”; solamente debe señalarse uno de ellos. En su caso, es recomendable precisar
en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, el por qué se consideró que la
opinión de que se trate tuvo o no implicaciones fiscales en el cálculo de los impuestos o contribuciones
para lo cual se recomienda considerar lo siguiente:
Tipo de opinión
Observación
Opinión no modificada.
Se entenderá que el contribuyente cumple con las disposiciones fiscales,
aduaneras y contables en el marco normativo y legal aplicable.
Opinión modificada por una desviación y/o
incumplimiento con efecto en el cálculo de los
impuestos y contribuciones.
Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna
norma del marco contable al que está sujeto y/o no cumple con alguna
disposición fiscal y/o aduanera que llevó al auditor a emitir una opinión
modificada en consecuencia, existen diferencias no enteradas en el
cálculo de los impuestos o contribuciones.
Cualquier
diferencia
en
el
cálculo
de
las
contribuciones,
independientemente de su registro contable, debe ser evaluada como un
incumplimiento por el auditor ya sea material o no para efectos de su
auditoría. En caso de ser material para efectos de su auditoría, el auditor
debe evaluar la necesidad de considerar dicha diferencia como una
salvedad.
Opinión modificada por desviación o limitación
al alcance sin efecto en el cálculo de los
impuestos y/o contribuciones.
Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna
norma del marco contable al que está sujeto. Sin embargo, cumple con
las disposiciones fiscales y aduaneras a las que está sujeto por lo que
no existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos y/o
contribuciones.
Opinión desfavorable (Adversa) con efecto en
el cálculo de los impuestos y/o contribuciones
federales del ejercicio.
Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna
norma del marco contable al que está sujeto y/o no cumple con alguna
disposición fiscal y/o aduanera que llevó al auditor a emitir una opinión
desfavorable (Adversa) en consecuencia, existen diferencias no
enteradas en el cálculo de los impuestos o contribuciones.
Cualquier diferencia en el cálculo de los impuestos, independientemente
de su registro contable, debe ser evaluada como un incumplimiento por
el auditor ya sea material o no para efectos de su auditoría.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
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Opinión desfavorable (Adversa) sin efecto en el
cálculo de los impuestos y/o contribuciones.
Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna
norma del marco contable al que está sujeto de tal importancia que llevó
al auditor a emitir una opinión desfavorable (Adversa). Sin embargo,
cumple con las disposiciones fiscales y aduaneras a las que está sujeto
por lo que no existen diferencias no enteradas en el cálculo de los
impuestos y/o contribuciones.
Denegación (Abstención) de opinión.
Se entenderá que el auditor no tiene elementos para emitir su opinión,
en consecuencia, desconoce si el contribuyente cumplió o no con el
marco contable al que está sujeto y/o con sus obligaciones fiscales y/o
aduaneras.
Debe señalarse “si” solamente en uno de los datos siguientes: “estado de flujos de efectivo: utilizó el
método indirecto” o “estado de flujos de efectivo: utilizó el método directo”.
La información a que se refieren los índices: “RFC 1, 2, 3, 4 y 5”, corresponde al RFC de las personas
físicas o morales que asesoraron fiscalmente al contribuyente mediante una opinión por escrito durante
el ejercicio.
Cuando se señale “si” en el dato: “realizó operaciones con partes relacionadas”, se deberán llenar los
anexos: “operaciones con partes relacionadas” e “información del contribuyente sobre sus operaciones
con partes relacionadas”.
Cuando se señale “si” en el dato: “en el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar
de ejercicios anteriores para los efectos del artículo 9, fracción II de la LISR”, se deberá llenar el
anexo “integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores”.
Cuando se señale “si” en el dato: “el contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el
DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras”, se deberán
especificar el o los números de criterios en el índice “especifique el o los número(s) de criterio(s)” de los
datos generales del dictamen. Este dato se refiere a los criterios contenidos en el Anexo 3 de la RMF
vigente para 2025.
Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la
PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio”, se deberá indicar en el
concepto “se trata de”, si es una consulta o una autorización; además se señalará si se dio cumplimiento
a lo establecido en la resolución, en el concepto denominado “se cumplieron los requisitos establecidos
en la resolución”; asimismo, se deberá especificar los números de oficio y sus fechas en los índices:
“número de oficio 1, 2 y 3” y “fecha del oficio 1, 2 y 3”, de los datos generales del dictamen.
Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades
jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio” (incluye PTU), se
deberán especificar los números de resolución y sus fechas en los índices: “número de resolución 1, 2 y
3” y “fecha de la resolución 1, 2 y 3”, de los datos generales del dictamen.
Cuando se señale “si” en el dato: “celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos
fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta”, se deberá llenar el anexo “operaciones
financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero y en México”.
Cuando se señale “si” en el dato: “mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo “inversiones permanentes en subsidiarias,
asociadas y afiliadas residentes en el extranjero”.
Cuando se señale “si” en el dato: “llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero”, se
deberá llenar el anexo “operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero”.
Cuando se señale “si” en el dato “realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través
de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero”, se
deberá llenar el anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
Cuando se señale “si” en el dato: “mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y
extranjera durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo “cuentas y documentos por cobrar y por
pagar en moneda nacional y extranjera”.
Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo préstamos durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo
“préstamos”.
Cuando se señale “si” en el dato: “ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones
fiscales”, se deberá aclarar a través del anexo denominado información adicional, la disposición fiscal
controvertida, el medio de defensa interpuesto, así como el estatus del mismo al cierre del ejercicio.
Cuando se señale “si” en el dato: “indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio”,
se deberá indicar el nombre del comprador, así como el nombre de la parte relacionada, adicionalmente
deberá anotar el total de ingresos por venta de acciones, total de ingresos por venta de intangibles, total
de costo promedio de las acciones enajenadas y, por último, el total del monto original de la inversión
ajustado.
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
La información de los índices que contienen las preguntas relacionadas con el cuestionario de
diagnóstico fiscal del contribuyente, cuyas respuestas estarán a cargo del mismo, las respuestas serán
revisadas y validadas por el contador público de manera que dichas respuestas sean consistentes
con el resultado de su trabajo conforme a las Normas de Auditoría, y con base en el alcance de las
pruebas selectivas de su auditoría; cuando no pueda validar las respuestas del contribuyente o no esté
de acuerdo con alguna de ellas, deberá señalar el número de índice de la pregunta y explicar los motivos
en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente y, en su caso, hacer las salvedades
correspondientes.
Para efecto de dar respuesta a las preguntas anteriores, el contribuyente deberá realizar un
autodiagnóstico de cumplimiento a las diferentes disposiciones fiscales que estén relacionadas.
Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que
hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, conforme a la regla 2.10.15. de la RMF
para 2025.
Informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
Para los efectos de los artículos 32-A y 52 del CFF, 58, fracciones II y III del Reglamento del CFF, así
como con las reglas 2.10.15. y 2.10.19. de la RMF para 2025, publicada el 30 de diciembre de 2024 en el
DOF, el texto del dictamen deberá sujetarse a los formatos que utilice el colegio profesional la sociedad o
asociación de contadores públicos reconocida por la autoridad educativa que corresponda. Se considera
que el dictamen del contador público inscrito se integra por el informe del auditor independiente, así
como por el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Considerando lo establecido
en las Normas Internacionales de Auditoría aplicables.
Cuando el contribuyente haya realizado pagos provisionales en cantidades inferiores a las que debió
haber realizado de acuerdo con los cálculos del contador público que dictaminó los estados financieros y
se haya determinado una contribución a cargo anual, si el contribuyente pagó la actualización y los
recargos correspondientes, desde el mes en que debió hacer el pago provisional y hasta el mes en que
presentó su declaración anual, en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente se
hará esta aclaración, señalando el nombre de la contribución, el mes o periodo al que corresponde el
pago, el monto histórico no pagado, la actualización y los recargos enterados. En estos casos no se
mostrarán diferencias en aquellas contribuciones en las que sucedió tal circunstancia.
Estado de situación financiera (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).
En el índice “Impuesto al Valor Agregado no pagado” se reflejará el Impuesto al Valor Agregado que, no
obstante que consta en un comprobante fiscal a favor del contribuyente, por la adquisición de bienes y
servicios, o por el uso o goce temporal de bienes, al cierre del ejercicio está pendiente de pago, y por lo
tanto tiene derecho a acreditarlo hasta el momento en que efectivamente lo pague.
En el índice “Impuesto al Valor Agregado no cobrado” se reflejará el Impuesto al Valor Agregado que, no
obstante que consta en un comprobante fiscal expedido por el contribuyente, por la enajenación de
bienes y servicios, o por otorgar el uso o goce temporal de bienes, al cierre del ejercicio está pendiente
de cobro, y por lo tanto lo causa el contribuyente hasta el momento en que efectivamente lo cobre.
Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un
resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto
al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4%
en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total del activo (año actual)” o
“porcentaje en relación con el total del activo (año anterior)”.
ejemplo:
Índice
Concepto
2025
2024
Porcentaje
en relación
con el total
del activo
(ejercicio
fiscal)
Porcentaje
en relación
con el total
del activo
(ejercicio
fiscal
anterior)
Variación en
pesos
respecto al
ejercicio
fiscal
anterior
Porcentaje
de variación
en pesos
respecto al
ejercicio
fiscal
anterior
Explicar
variación
= > 4%
= > 4%
= > 14%
160100070
00000
Partes
relacionadas
44,880,451
28,574,305
39.21
25.61
16,306,146.00
57.07 Se otorgó en
el ejercicio un
préstamo
a
una
parte
relacionada…
16010078
000000
Total
del
activo
114,471,457
111,560,641
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DIARIO OFICIAL
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Estado de resultado integral (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).
Para el llenado de este anexo, es necesario capturar previamente la información de los anexos:
“integración analítica de ventas o ingresos netos”, “determinación del costo de lo vendido para efectos
contables y del Impuesto sobre la Renta” (cuando se esté obligado al llenado de este anexo), “análisis
comparativo de las subcuentas de gastos”, y “análisis comparativo de las subcuentas del resultado
integral de financiamiento”.
Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no
relacionadas”.
De manera opcional, el contribuyente podrá llenar la información comparativa con el ejercicio anterior.
Estado de cambios en el capital contable. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector
financiero).
Debido a la limitación para agregar nuevas columnas a los formatos, en el estado de cambios en el
capital contable se han incluido dos columnas para “otras cuentas de capital acreedoras” y “otras
cuentas de capital deudoras”, que podrán utilizarse cuando sea necesario reflejar conceptos del
capital contable que no tengan una columna específica.
Cuando se anoten cantidades en las columnas “otras cuentas de capital acreedoras” y “otras cuentas
de capital deudoras”, debido a que su saldo se integra por el importe de una o más cuentas, la
integración de las mismas se deberá presentar inmediatamente antes del índice “saldos al 31 de
diciembre de 2024” o del índice “saldos al 31 de diciembre de 2025”, según corresponda,
consignando en la columna de concepto el nombre de las cuentas que integran dicho saldo y en la
columna de referencia, el importe correspondiente a cada cuenta o concepto.
Estado de flujos de efectivo. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).
Se pondrá únicamente la información correspondiente al método elegido por el contribuyente.
Integración analítica de ventas o ingresos netos. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector
financiero).
Por el ejercicio fiscal de 2025 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información
financiera B-3 estado de resultado integral, ya no existe una separación de ingresos operativos y no
operativos (otros ingresos), ya que ambos son operativos, por lo que en este anexo se integrarán los
ingresos del contribuyente que no tengan relación con su resultado integral de financiamiento y, en
su caso, con su participación en resultados de subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios
conjuntos.
Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no
relacionadas”, por cada ejercicio.
En la integración analítica de ventas o ingresos netos, en las columnas denominadas “total
acumulables para ISR” y “total no acumulables para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos
de ingresos que se reportan tienen efectos fiscales. Los ingresos no acumulables se refieren a
partidas contables y no fiscales.
Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un
resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos
respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al
menos un 4% en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total de ventas
o ingresos netos actualizado (año actual)” o “porcentaje en relación con el total de ventas o
ingresos netos actualizado (año anterior)”.
Ejemplo:
Índice
Concepto
2025
2024
Porcentaje
en relación
con el total
de ventas o
ingresos
netos
actualizado
ejercicio
fiscal)
Porcentaje
en relación
con el total
de ventas o
ingresos
netos
actualizado
(ejercicio
fiscal
anterior)
Variación
en pesos
respecto al
ejercicio
fiscal
anterior
Porcentaje
de variación
en pesos
respecto al
ejercicio
fiscal
anterior
Explicar
variación
= > 4%
= > 4%
= > 14%
160500150
00000
Asistencia
técnica.
64,880,000
48,674,305
58.00
44.00
16,205,695
33.00 Se
pagó
asistencia
técnica a un
residente en
el
extranjero…
160500280
00000
Total de
ventas e
ingresos netos
actualizados.
110,000,500
108,560,000
46
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta.
(instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero, excepto en intermediarios financieros
no bancarios).
Los contribuyentes que se dediquen a la compraventa de bienes para su distribución dejarán en
blanco la determinación del “costo de producción terminada”.
Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no
relacionadas”, por cada ejercicio.
Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. (instrucción no aplicable para dictámenes del
sector financiero).
Por el ejercicio fiscal de 2025 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información
financiera B-3 estado de resultado integral, ya no se presentan otros gastos no operativos (otros
gastos) por separado de los gastos de operación, ya que son operativos, por lo que este tipo de
gastos se incluirán en este anexo como otros gastos distintos a gastos de fabricación, venta,
administración y generales.
Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no
relacionadas”, por cada ejercicio.
En el análisis comparativo de las subcuentas de gastos, las columnas denominadas: “total deducibles
para ISR” y “total no deducibles para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de gastos que
se reportan tienen efecto fiscal en el ejercicio que se dictamina. Las partidas no deducibles se
refieren a partidas contables y no fiscales.
Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un
resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos
respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al
menos un 4% en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total de gastos
actualizado (año actual)” o “porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (año
anterior)”.
Ejemplo:
Índice
Concepto
2025
2024
Porcentaje
en relación
con el total
de gastos
actualizado
(ejercicio
fiscal)
Porcentaje
en relación
con el total
de gastos
actualizado
(ejercicio
fiscal
anterior)
Variación
en pesos
respecto al
ejercicio
fiscal
anterior
Porcentaje
de variación
en pesos
respecto al
ejercicio
fiscal
anterior
Explicar
variación
= > 4%
= > 4%
= > 14%
160700670
00000
Patentes y
marcas.
70,000,000
40,000,000
58.00
40.00
30,000,000
75.00 Se pagó la
adquisición
de una
marca …
160700830
00000
Total de
gastos
actualizado.
120,000,000
100,000,000
Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. (instrucción no
aplicable para dictámenes del sector financiero).
En el análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento, las columnas
denominadas: “acumulables o deducibles para ISR”, “no acumulables o no afectos al ISR (ingresos)
no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos o gastos que
se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles, no acumulables o
no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales.
Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no
relacionadas”, por cada ejercicio.
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de
retenedor.
En esta relación, cuando existan diferencias entre la columna “contribución determinada por auditoría
a cargo o a favor” y la columna “contribución a cargo o saldo a favor determinado por el
contribuyente”, en uno o más índices del capítulo:
Impuesto sobre la Renta.
Se deberán reportar las diferencias detectadas en cada uno de los índices de dicho capítulo en la
columna de “diferencia”, en el índice correspondiente.
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La información que se revele en los índices correspondientes a la columna “contribución a cargo o
saldo a favor determinado por el contribuyente”, deberá corresponder a los impuestos efectivamente
pagados o a los saldos a favor manifestados por el contribuyente.
Como sujeto directo.
O
Impuesto al Valor Agregado, del índice “suma del IVA causado de los meses del ejercicio” al
índice “suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio”.
O
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del índice “suma del IEPS causado de los
meses del ejercicio” al índice “suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio”.
O
Impuesto al comercio exterior el índice “total de Impuestos al Comercio Exterior”.
En su carácter de retenedor.
Otras contribuciones retenidas, del índice “Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido
al índice “otros”.
Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas.
O
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de saldos a favor provenientes de: las
contribuciones señaladas del índice “Impuesto al Valor Agregado” al índice “otras contribuciones
federales”.
O
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio aplicadas a las contribuciones señaladas del
índice “Impuesto al Valor Agregado propio” al índice “otras contribuciones federales”.
O
Devoluciones obtenidas en el ejercicio, del índice “Impuesto al Valor Agregado” al índice “otras
contribuciones federales”.
O Para los efectos del artículo 52, fracción III del CFF y la fracción IV de la regla 2.10.15. de la
RMF 2025, “deberá señalarse que la revisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales,
incluye verificar que el contribuyente tiene el derecho a los saldos a favor solicitados en las
devoluciones o aplicados en compensaciones que se lleven a cabo durante el ejercicio sujeto a
revisión y que las cantidades pendientes de devolver o devueltas al contribuyente por la
autoridad fiscal deriven de dicho saldo. Cualquier incumplimiento o diferencia obtenida en el
ejercicio dictaminado debe ser revelada. De igual forma, debe evaluarse si dicho incumplimiento
representa una salvedad fiscal y su cuantificación para reintegrar el monto que corresponda a la
misma autoridad, en cuyo caso la diferencia deberá reportarse en la relación de contribuciones a
cargo del contribuyente en el rubro del impuesto que se haya devuelto o compensado en forma
improcedente.” Del mismo modo, si a la fecha de presentación del dictamen fiscal el
contribuyente no muestra evidencia de respuesta favorable de la autoridad respecto del trámite
de devolución o compensación al contador público inscrito, este último deberá mencionarlo en su
informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
Cuando en la columna de “tasa, tarifa o cuota”, correspondan varias tasas impositivas se anotará la
palabra “varias”.
En las siguientes contribuciones como sujeto directo, el contribuyente llenará los datos
correspondientes a la sumatoria de los pagos mensuales definitivos de enero a diciembre:
O
Impuesto al Valor Agregado, del índice “valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
16%” al índice “suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio”.
O
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del índice “valor de los actos o actividades
gravados a la tasa del 3%” al índice “suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio”.
Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
En relación con este concepto, se deberá considerar como base gravable la suma de todos los
ingresos gravables, utilidades o resultados fiscales que provengan de ingresos sujetos a regímenes
fiscales preferentes obtenidos por los contribuyentes a través de entidades o figuras jurídicas
extranjeras en las que participen, directa o indirectamente, en la proporción que les corresponda por
su participación en ellas, así como por los ingresos que obtengan a través de entidades o figuras
jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero, la sumatoria del impuesto
causado por cada una de las inversiones por las que se generó base gravable y el impuesto pagado
en el ejercicio. Se deberán omitir, en su caso, las utilidades o resultados fiscales en las que se haya
generado o amortizado pérdidas, es decir, únicamente se considerarán los ingresos gravables,
utilidades o resultados fiscales que hayan generado base gravable para la causación y entero del
Impuesto sobre la Renta.
“Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE” e
“Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos provenientes de CUFINRE”.
En relación con estos conceptos, en la columna “base gravable” se deberá señalar el monto del
dividendo distribuido adicionado con el Impuesto sobre la Renta que se debe pagar conforme a las
disposiciones fiscales.
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“Otros ingresos manifestados como persona física”.
En este concepto se deberán asentar en la columna de “base gravable” aquellos ingresos sujetos al
cálculo del impuesto anual no provenientes de actividades empresariales, no se deberá llenar
ninguna otra columna de este renglón.
En el índice “Impuesto sobre la Renta” se deberá asentar en la columna de “base gravable” la suma
del índice “otros ingresos manifestados como persona física”, más la utilidad gravable determinada
en la conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.
En relación con este concepto, el contador público inscrito podrá manifestar, en su caso, en el
"informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente" que no dictaminó dichos ingresos y
que los mismos le fueron proporcionados por el contribuyente.
Derechos por los servicios que presta:
El índice: “el Instituto Nacional de Migración (INM)”, corresponde a los derechos de visitante sin
permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley
Federal de Derechos vigente en 2025) y a los derechos de servicios migratorios (para los efectos del
artículo 12 de la Ley Federal de Derechos vigente en 2025).
El índice: “Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM)” corresponde a los
derechos establecidos en el artículo 289, fracciones I, II y III de la Ley Federal de Derechos, vigente
en 2025.
El índice: “Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)” corresponde a los derechos establecidos
en los artículos 244-B, 244-C, 244-D y 244-E de la Ley Federal de Derechos vigente en 2025.
En el índice: “otros especificar concepto” se anotarán los derechos federales más representativos en
cuanto a monto que haya causado el contribuyente durante el ejercicio. En el caso de contribuyentes
que se dediquen a las actividades mineras, deberán anotar los derechos sobre minería que hayan
causado.
Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas.
En relación con estos conceptos, se deberán considerar como compensaciones efectuadas durante
el ejercicio y como devoluciones obtenidas en el ejercicio, a las contribuciones que correspondan al
mismo ejercicio dictaminado, así como a las contribuciones compensadas efectuadas y a las
devoluciones obtenidas en el ejercicio por el cual se emite el dictamen fiscal que provengan de
ejercicios anteriores.
Para los efectos del artículo 52, fracción III del CFF y la fracción IV de la regla 2.10.15. de la RMF
2025, “deberá señalarse que la revisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales, incluye
verificar que el contribuyente tiene el derecho a los saldos a favor solicitados en las devoluciones o
aplicados en compensaciones que se lleven a cabo durante el ejercicio sujeto a revisión y que las
cantidades pendientes de devolver o devueltas al contribuyente por la autoridad fiscal deriven de
dicho saldo. Cualquier incumplimiento o diferencia obtenida en el ejercicio dictaminado debe ser
revelada. De igual forma, debe evaluarse si dicho incumplimiento representa una salvedad fiscal y su
cuantificación para reintegrar el monto que corresponda a la misma autoridad, en cuyo caso la
diferencia deberá reportarse en la relación de contribuciones a cargo del contribuyente en el rubro del
impuesto que se haya devuelto o compensado en forma improcedente.” Del mismo modo, si a la
fecha de presentación del dictamen fiscal el contribuyente no muestra evidencia de respuesta
favorable de la autoridad respecto del trámite de devolución o compensación al contador público
inscrito, este último deberá mencionarlo en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente.
Relación de contribuciones por pagar.
Las contribuciones que al cierre del ejercicio dictaminado se hubieren causado y estén pendientes de
pago, según el estado de situación financiera, se relacionarán en el anexo denominado “relación de
contribuciones por pagar”, identificándolas por tipo de contribución y dentro de esta, por mes,
ejercicio o periodo de causación, indicando el importe por pagar que es correspondiente al ejercicio
fiscal dictaminado, el importe por pagar proveniente de ejercicios anteriores, la suma de dichos
importes que representa el total de contribuciones por pagar al cierre del ejercicio dictaminado,
identificando, en su caso, del total de contribuciones, el importe de la contribución que se encuentra
en litigio, la fecha de pago y nombre de la institución de crédito o SAT en el que se efectuó el pago, o
en su caso, número de la operación, o bien, dejando en blanco estos datos con excepción del
importe, cuando no se hubiera cubierto la contribución a la fecha de presentación del dictamen.
El contador público que dictaminó deberá manifestar en el informe sobre la revisión de la situación
fiscal del contribuyente, los impuestos retenidos por concepto de ISR pendientes de pago a la fecha
de presentación del dictamen, señalando: la base deducida a la que corresponden dichas
retenciones, el periodo y el concepto del pago.
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El contador público que dictaminó quedará relevado de manifestar dicha información, cuando con
motivo de su auditoría, haya considerado como conceptos no deducibles para el Impuesto sobre la
Renta a cargo del contribuyente, las bases a las que corresponden los impuestos retenidos
pendientes de pago, debiendo precisar en su informe esta situación.
Los contribuyentes que estén efectuando el pago en parcialidades, de una o más contribuciones,
deberán anotar los datos del aviso de opción, (escrito libre): número de folio, fecha de presentación y
la administración receptora, así como los datos del oficio de autorización de pago en parcialidades,
indicando el número del oficio y la fecha.
Ejemplo de llenado del anexo en el caso de un contribuyente que presenta dictamen de estados
financieros general, con los supuestos siguientes:
El contribuyente provisionó desde hace dos ejercicios un monto de ISR anual a su cargo, que a
la fecha de presentación del dictamen no ha cubierto por cualquier circunstancia.
Se le determinó, con motivo del dictamen, una diferencia de ISR a cargo, que a la fecha de
presentación del dictamen no se ha cubierto.
Al cierre del ejercicio no ha efectuado los pagos provisionales del ISR a su cargo, de los meses
de noviembre y diciembre, mismos que quedan cubiertos en el mes de enero del año siguiente y
de los cuales se presenta una declaración complementaria en el mes de marzo del año
siguiente.
Al cierre del ejercicio no ha efectuado el entero de las retenciones del ISR sobre sueldos y
salarios de diciembre, mismas que quedaron cubiertas en el mes de enero del año siguiente.
Estos datos se reflejarán en el anexo “relación de contribuciones por pagar”, en los índices y con los
conceptos siguientes:
Impuesto sobre la Renta causado
como sujeto directo.
01100000000000
Determinado por el contribuyente
(del ejercicio).
Se llenará únicamente la columna de importe proveniente
de ejercicios anteriores.
01100001000000
Diferencia
determinada
por
el
contribuyente
(del
ejercicio
dictaminado).
Se
llenará
únicamente
la
columna
de
importe
correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado.
01100002000100
Pago provisional de noviembre de
2025.
Se llenarán, además de la columna de importe
correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que
apliquen para anotar la fecha y forma de pago.
01100002000200
Pago provisional complementario de
noviembre de 2025.
Se llenarán, además de la columna de importe
correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que
apliquen para anotar la fecha y forma de pago.
01100002000300
Pago provisional de diciembre de
2025.
Se llenarán, además de la columna de importe
correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que
apliquen para anotar la fecha y forma de pago.
01100002000400
Pago provisional complementario de
diciembre de 2025.
Se llenarán, además de la columna de importe
correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que
apliquen para anotar la fecha y forma de pago.
Impuesto sobre la Renta por salarios
y en general por la prestación de un
servicio personal subordinado en su
carácter de retenedor.
01100003000000
Correspondiente al mes de diciembre
de 2025.
Se llenarán, además de la columna de importe
correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que
apliquen para anotar la fecha y forma de pago.
Si por alguna razón el contribuyente refleja en sus cuentas del pasivo, contribuciones por pagar con
saldos de contribuciones no causadas al cierre del ejercicio, a partir del índice “especificar concepto y
periodo al que corresponde” deberá reflejar esos saldos.
En la columna “importe de la contribución en litigio”, se anotarán las contribuciones pendientes de
pago que se encuentran en litigio por el contribuyente y además deberá adicionar en la contribución
de que se trate en la columna de concepto, la palabra “litigio” para identificar la razón por la cual no
se ha cubierto esa contribución.
Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.
En el concepto “efecto de la inflación de la NIF B-10” se anotará el importe neto de la inflación
reconocido en la utilidad o pérdida neta sin considerar el resultado favorable o desfavorable
correspondiente al resultado por posición monetaria.
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En el concepto “pérdida en enajenación de acciones” se anotará el importe de la pérdida en
enajenación de acciones deducida en el ejercicio, por lo mismo dicho importe no deberá reflejarse
como parte de las deducciones fiscales no contables.
Cuando el contribuyente determine pérdida fiscal, solamente deberá llenar este anexo, hasta el
índice “pérdida fiscal del ejercicio”, concluyendo la conciliación. Por ningún motivo deberá anotar
el importe de la pérdida fiscal en el índice “resultado fiscal o utilidad gravable”.
Cuando el contribuyente amortice pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, no deberá asentar en
ese renglón un monto mayor al de la utilidad fiscal del ejercicio.
Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.
En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero,
globalizando las operaciones por tipo de operación y monto contratado.
En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará el número o clave de identificación
fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia, en caso de que en el país de
residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.
En la columna “país de residencia”, se deberá seleccionar la clave y nombre del país de residencia,
de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.
El dato de la columna “tipo de operación contratada, deuda o capital” se llenará de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 16-A, último párrafo del CFF, que establece lo siguiente:
“16-A para los efectos de las disposiciones fiscales, se entiende por operaciones financieras
derivadas las siguientes:
…se consideran operaciones financieras derivadas de deuda, aquellas que estén referidas a tasas
de interés, títulos de deuda o al índice nacional de precios al consumidor; asimismo, se entiende por
operaciones financieras derivadas de capital, aquellas que estén referidas a otros títulos,
mercancías, divisas o canastas o índices accionarios. Las operaciones financieras derivadas que no
se encuadren dentro de los supuestos a que se refiere este párrafo, se considerarán de capital o de
deuda atendiendo a la naturaleza del subyacente.”
El dato del “monto contratado” se expresará en moneda extranjera.
En el dato “tipo de moneda”, se seleccionará la moneda y el país al que corresponde de
conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.
El dato porcentaje de la columna “tasa de interés” se expresará en porcentaje.
En el dato de la “vigencia”, se deberá anotar “31 de diciembre de 2025”.
Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en
México.
En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero, que sea
una entidad subsidiaria, asociada o afiliada del contribuyente, globalizando las operaciones por
monto de la inversión.
Para estos efectos los términos “subsidiaria”, “asociada” o “parte relacionada” o “afiliada” serán los
definidos en las Normas de Información Financiera NIF B-7, B-8 y C-13 emitidas por el consejo
mexicano para la investigación y desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF), en los
términos siguientes:
Subsidiaria. - es una entidad que es controlada por otra entidad.
Asociada.- es una entidad en la cual otra entidad tiene una inversión permanente y ejerce sobre ella,
influencia significativa.
Afiliadas o partes relacionadas.- son aquellas entidades que entre otros aspectos tienen dueños
comunes.
En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará el dato del número o clave de
identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia, en caso de que
en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.
En la columna “país de residencia fiscal de la entidad”, se seleccionará la clave y nombre del país
de residencia fiscal de la entidad, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de
este instructivo.
En la columna “porcentaje de participación en el capital de la entidad” se anotará el porcentaje
de participación promedio durante el ejercicio fiscal de 2025, que representen las acciones, partes
sociales o sus equivalentes propiedad del contribuyente con respecto al total de acciones, partes
sociales o equivalentes que haya emitido la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero.
En la columna “monto de la inversión” se anotará el monto de las aportaciones al capital social o
su equivalente en la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero. O bien, el valor total
neto de adquisición de las acciones o partes sociales, incluyendo, en su caso, el monto
correspondiente al crédito mercantil o comercial; este último dato se podrá anotar en un renglón por
separado, asentando el monto en esta misma columna.
Lunes 19 de enero de 2026
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En la columna “monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de
participación” se anotarán las utilidades o pérdidas contables de ejercicios fiscales anteriores que
se hayan generado en la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero, desde el ejercicio
fiscal en el que el contribuyente es socio o accionista y hasta el ejercicio fiscal inmediato anterior del
contribuyente, estas utilidades o pérdidas contables de ejercicios fiscales anteriores, se deberán
multiplicar por el porcentaje de participación que en el capital social tenga el contribuyente en la
entidad residente en el extranjero, al cierre del ejercicio fiscal del contribuyente que se dictamina.
En la columna “monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación” se
deberá señalar la utilidad o pérdida contable correspondiente al ejercicio fiscal del contribuyente
multiplicada por el porcentaje de participación que en el capital social tenga el contribuyente que se
dictamina, en la entidad residente en el extranjero al cierre del mismo ejercicio fiscal.
En la columna “valor de la inversión” se anotará la suma de las cantidades asentadas por renglón
de las columnas: “monto de la inversión”, “monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores
en el porcentaje de participación” y “monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de
participación”, en ningún caso procederá anotar valores negativos en esta columna, por lo que, si
aritméticamente se diera el caso, se anotará “0”.
Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.
En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada socio o accionista que el
contribuyente haya tenido durante el ejercicio, cuando el socio o accionista no sea directamente una
persona física o moral sino un contrato de fideicomiso, se anotará el número de contrato del
fideicomiso y el nombre de la institución que actúa como fiduciaria.
Cuando existan acciones colocadas entre el gran público inversionista, se asentará en el renglón
correspondiente al socio o accionista “acciones colocadas entre el gran público inversionista”.
En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de
identificación fiscal que utiliza el socio o accionista en su país de residencia, en caso de que en el
país de residencia del socio o accionista no se utilice dicha clave, se anotará n/a. Cuando el socio o
accionista sea un residente en territorio nacional, se anotará el RFC. Cuando existan accionistas
público en general, se anotará “varios”, en ningún caso se anotará “varios” cuando los socios o
accionistas no sean público en general, por lo que siempre se deberá anotar el RFC o número o
clave de identificación fiscal del socio o accionista según corresponda.
En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se seleccionará la clave y nombre del
país de residencia para efectos fiscales del socio o accionista, de conformidad con el catálogo
contenido en el apéndice VI de este instructivo.
En la columna “porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio”, se anotará el
porcentaje de participación promedio durante el ejercicio fiscal de 2025, que presente las acciones
partes sociales propiedad de los socios o accionistas del contribuyente con respecto al total de
acciones o pares sociales emitidas por el propio contribuyente.
En la columna “periodo de tenencia” se señalará el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre,
cuando el socio o accionista se haya mantenido como tal durante el ejercicio fiscal del contribuyente
que se dictamina.
Cuando un socio o accionista haya dejado de tener tal carácter durante un ejercicio, el periodo de
tenencia terminará en la fecha en que se asiente en el registro de acciones o en el libro especial de
los socios, la transmisión de las acciones o partes sociales (para los efectos de los artículos 128 y
129, y 73, respectivamente de la Ley General de Sociedades Mercantiles).
Cuando un socio o accionista comience a tener tal carácter durante un ejercicio, el periodo de
tenencia iniciará en la fecha en que se asiente en el registro de acciones o en el libro especial de los
socios, la transmisión de las acciones o partes sociales (para los efectos de los artículos 128 y 129, y
73, respectivamente de la Ley General de Sociedades Mercantiles).
Para los accionistas público en general, se dejarán en blanco las fechas de la vigencia.
En las columnas “monto de aportaciones” y “monto de retiros de capital” se señalarán las
aportaciones y retiros efectuados que hayan afectado cuentas de capital contable, incluyendo
aportaciones para futuros aumentos de capital, de las cuales exista resolución en asamblea de
socios o accionistas para su aplicación en el futuro como aumento de capital social.
En las columnas “monto de préstamos: efectuados y recibidos”, se señalarán los préstamos
efectuados a los socios o accionistas, y los recibidos de estos que hayan afectado cuentas de pasivo,
incluyendo aportaciones para futuros aumentos de capital, de las cuales no exista resolución en
asamblea de socios o accionistas para su aplicación en el futuro como aumento de capital social.
Cuando en un ejercicio fiscal no haya habido transacciones con los socios o accionistas, ni
movimientos en la tenencia accionaria o en las partes sociales, se podrán dejar en blanco las
columnas: “monto de aportaciones”, “monto de retiros de capital” y “monto de préstamos: efectuados
y recibidos”.
52
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables
para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al
Valor Agregado.
Cuando de la comparación del renglón “total del valor de los actos o actividades para efectos del
Impuesto al Valor Agregado” del ejercicio, manifestados por el contribuyente en relación con el
determinado por el mismo concepto en la suma de las declaraciones presentadas correspondientes
al ejercicio que se dictamina resulte una diferencia positiva o negativa superior al 4%, el
contribuyente explicará la totalidad de la diferencia en el anexo de información adicional y el contador
público además de revisarla, hará referencia a dicha explicación en el informe sobre la revisión de la
situación fiscal del contribuyente, en forma expresa.
Operaciones con partes relacionadas.
En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada parte relacionada, globalizando las
operaciones por tipo de operación durante el ejercicio para efectos del Impuesto sobre la Renta.
Se deberán relacionar todas las operaciones que se hayan realizado en el ejercicio conforme al
catálogo de tipo de operación contenido en el apéndice IV de este instructivo.
Cuando la operación realizada que se relacione no tenga asociada algún valor de acumulación o
deducción se pondrá 0 (cero).
En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de
identificación fiscal que utiliza la parte relacionada en su país de residencia, en caso de que en el
país de residencia de la parte relacionada no se utilice dicha clave, se anotará n/a.
Cuando la parte relacionada sea un residente en territorio nacional, se anotará el RFC.
En la columna “tipo de operación”, se seleccionará la clave y descripción que corresponda al tipo
de operación realizada, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice IV de este
instructivo.
En la columna “en caso de que en la columna tipo de operación, haya seleccionado alguno de
los conceptos de otros ingresos u otros pagos”, se anotará la clave y descripción que
corresponda al tipo de operación realizada, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice
IV de este instructivo.
En la columna “país de residencia”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia, de
conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.
En la columna “valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor
cero)” contendrá los importes de las operaciones realizadas que dieron origen a ingresos
acumulables y deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta.
En la columna “método de precios de transferencia aplicado”, se seleccionará la clave y
descripción que corresponda al método de precios de transferencia aplicado, de conformidad con el
catálogo contenido en el apéndice V de este instructivo.
Cuando en la columna “la operación está pactada como con partes independientes en
operaciones comparables” se anote “si”, es porque se cuenta con la información que demuestra
que las operaciones están pactadas como lo harían partes independientes en operaciones
comparables.
En la columna “ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada
como con partes independientes en operaciones comparables” se deberá presentar el ajuste de
precios de transferencia que, de manera contable o fiscal, hayan realizado los contribuyentes para
que la operación con partes relacionadas que se está manifestando haya quedado determinada
como lo hubieran hecho partes independientes en operaciones comparables. En caso de no existir
ajuste se dejará en blanco el renglón de esta columna.
Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.
Cualquier explicación solicitada en este anexo, cuyo espacio asignado resulte insuficiente, deberá
hacerse a través del anexo denominado “información adicional”.
Si a criterio de la persona que responda el cuestionario no hay una respuesta posible para una
pregunta en un renglón determinado se podrá dejar en blanco el renglón que corresponda.
En este caso, se deberán hacer aclaraciones del por qué se quedó en blanco la respuesta a una
pregunta determinada, esto se podrá hacer en el anexo denominado información adicional, ya que de
no hacerlo el SAT entenderá que el contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio
cumplimiento.
En general una respuesta no aplicable (n/a) significa que el contribuyente no se encuentra ante el
supuesto establecido para la pregunta, por ejemplo:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
53
Pregunta
Significado de una respuesta n/a
El contribuyente cuenta con un estudio de precios de
transferencia (documentación a que se refiere el
artículo 76, fracción IX de la LISR).
Significa que:
A) el contribuyente se encuentra en el supuesto
establecido en el artículo 76, segundo párrafo,
fracción IX de la LISR, es decir, que realizó
actividades empresariales y obtuvo ingresos en el
ejercicio inmediato anterior que no hayan excedido
de
$13’000,000.00,
o
bien,
prestó
servicios
profesionales y obtuvo ingresos que no hubiesen
excedido en dicho ejercicio de $3’000,000.00,
siempre que no esté en el supuesto a que se refiere
el artículo 179, penúltimo párrafo de esta Ley.
B) el contribuyente no realizó operaciones con partes
relacionadas residentes en el extranjero.
El contribuyente presentó su declaración informativa
por sus operaciones con partes relacionadas (para los
efectos del artículo 76, fracción X de la LISR).
Significa que el contribuyente se encuentra en el
supuesto establecido en el artículo 182, penúltimo
párrafo de la LISR.
Si un contribuyente tiene más de una actividad preponderante se pueden presentar sin limitación
la(s) otra(s) actividades del contribuyente.
En el renglón “valor del activo intangible que tiene registrado en su contabilidad”, se asentará el saldo
final reflejado en los estados financieros del contribuyente. En caso de haber dado de baja o
enajenado durante el ejercicio algún activo intangible deberá reflejar el valor del mismo en los
estados financieros a la fecha de la baja o enajenación.
El renglón “el contribuyente cuenta con evidencia documental que demuestre haber dado
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracción XII de la LISR por sus operaciones con
partes relacionadas”, tanto para residentes en territorio nacional, como residentes en el extranjero,
se refiere a que los contribuyentes que celebraron operaciones con partes relacionadas deberán
contar con el soporte que acredite que se determinaron sus ingresos acumulables y deducciones
autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que
hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables, aplicando para
este efecto los métodos establecidos en el artículo 180 de la Ley del ISR, en el orden establecido en
el citado artículo.
En los renglones que se refieren al RFC de las personas que elaboraron la documentación que
demuestre haber dado cumplimiento para los efectos del artículo 76, fracciones IX y XII de la Ley del
ISR, o bien, que asesoraron en su formulación, se asentará el RFC de la persona física externa al
contribuyente y no del despacho donde labora dicha persona, la cual elaboró o asesoró al
contribuyente. Cuando haya sido el personal del propio contribuyente el que elaboró el estudio se
asentará el RFC del propio contribuyente.
En la sección “información financiera operativa sin las modificaciones al boletín B-3 estado de
resultado integral para 2013 de las Normas de Información Financiera” aplicables también para
el ejercicio fiscal de 2025, se determinará la utilidad operativa del contribuyente como se venía
haciendo con el boletín B-3 estado de resultados de las Normas de Información Financiera vigente
hasta 2012.
Cuando se seleccione “si” en el dato: “aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF
como criterios no vinculativos en materia de precios de transferencia las disposiciones
fiscales y aduaneras”, se deberá indicar el o los número(s) de criterio(s) utilizados por el
contribuyente en materia de precios de transferencia, por ejemplo, criterios 39 y 40.
Inversiones.
En este anexo se presentará para el ejercicio fiscal de 2025, agrupados por cada tasa de deducción y
tipo de concepto de inversiones relativo a los activos fijos, los gastos y cargos diferidos y las
erogaciones realizadas en periodos preoperativos a que se refiere la Ley del ISR.
La información que se anotará en este anexo es la que corresponda a los saldos y cálculos fiscales
realizados por el contribuyente como sigue:
En la columna “saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio”, se anotarán los saldos fiscales
actualizados utilizados para determinar la deducción.
En la columna “MOI de las adquisiciones durante el ejercicio”, deberán anotarse los saldos
fiscales actualizados conforme al periodo de utilización para determinar la deducción.
En la columna “enajenaciones y/o bajas”, se anotarán los saldos fiscales actualizados utilizados
para determinar el valor fiscal de la baja.
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En la columna “deducción en el ejercicio”, se anotará el importe de la deducción de inversiones
aplicada en el ejercicio.
En la columna “deducción inmediata en el ejercicio”, se anotará el importe de la deducción
inmediata de inversiones aplicada en el ejercicio.
En la columna “saldo pendiente de deducir al final del ejercicio”, se anotará el resultado de la
operación aritmética de sumar la columna “saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio",
más "MOI de las adquisiciones durante el ejercicio", menos "enajenaciones y/o bajas", menos
"deducción en el ejercicio", menos "deducción inmediata en el ejercicio".
Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera (no aplicable para
dictámenes del sector financiero).
En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero y en
territorio nacional, deudor o acreedor, globalizando las operaciones por concepto de saldos en
moneda extranjera.
En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de
identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia y que este
contenido en el(los) comprobante(s) correspondiente(s) a la(s) operación(es). En caso de que en el
país de residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.
En la columna “país de residencia fiscal”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia
fiscal, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.
En la columna “tipo de moneda”, se seleccionará el dato de la moneda y el país al que corresponde,
de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.
En la columna “saldo en moneda nacional” se anotará la conversión a moneda nacional del saldo
en moneda extranjera, deudor o acreedor de que se trate, cuyo monto forma parte integrante de los
saldos reflejados en el estado de posición financiera.
En la columna “concepto más importante que originó el saldo”, se anotará la clave y concepto
que originó la cuenta, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice IX de este instructivo.
En la columna “en caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo",
hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor especifique
concepto:”, se anotará el concepto que originó la cuenta.
Préstamos.
En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero y en el
país, globalizando las operaciones por tipo de financiamiento, o bien, por colocaciones en el
extranjero.
En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de
identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia y que esté
contenido en el(los) comprobante(s) correspondiente(s) a la(s) operación(es). En caso de que en el
país de residencia no se utilice dicha clave, se anotara n/a.
En las columnas “saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024” y “saldo insoluto al
31 de diciembre de 2025”, se anotarán los saldos correspondientes en moneda nacional que se
reflejan en el estado de posición financiera.
En la columna “tipo de financiamiento”, se seleccionará el dato de la clave y el concepto del tipo de
financiamiento, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice X de este instructivo.
En la columna “en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el
concepto "otro", especifique concepto:” se anotará el tipo de financiamiento.
Para el dato de la columna “fue beneficiario efectivo de los intereses”, se tomará en cuenta lo
dispuesto por el artículo 166 de la Ley del ISR, los tratados para evitar doble tributación celebrados
por México, así como por los comentarios del modelo de convenio para evitar la doble imposición e
impedir la evasión fiscal a que hace referencia la recomendación adoptada por el consejo de la
organización para la cooperación y el desarrollo económico, el 21 de septiembre de 1995, o aquella
que la sustituya, en la medida en que tales comentarios sean congruentes con las disposiciones de
los tratados internacionales celebrados por México.
En la columna “número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente
durante el ejercicio dictaminado”, se deberá anotar el número de registro de bancos, entidades de
financiamiento, fondos de pensiones y jubilaciones y fondos de inversión del extranjero para los
efectos de los artículos 153, 166 de la Ley del ISR, cuando no resulte aplicable este dato se anotará
n/a.
En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se seleccionará el dato de la clave y
nombre del país de residencia, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este
instructivo. En caso de haber anotado “si” en la columna “fue beneficiario efectivo de los intereses”, se
anotará la clave del país que fue beneficiario efectivo de los intereses.
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En la columna “tipo de moneda”, se seleccionará la moneda y el país al que corresponde de
conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.
En la columna “denominación de la tasa de interés”, se anotará el nombre de la tasa de interés de
referencia con la cual se pactó el préstamo. Ejemplo: “libor, prime rate, etc.”.
En la columna “porcentaje de la tasa de interés”, se anotará la tasa de interés pactada en términos
netos y en porcentaje, que fue la tasa de interés base del cálculo de los intereses devengados en
moneda extranjera.
Por ejemplo: si se pactara una tasa libor de un 8% más 3%, se expresará 11.00.
En la columna “importe total de los intereses pagados y/o exigibles” se anotarán los intereses en
moneda nacional que se hayan pagado en efectivo, en bienes, en servicios o en crédito, o bien que
hayan sido exigibles para su pago.
También se incluirá en esta columna los importes que correspondan al pago del Impuesto sobre la
Renta realizado por cuenta del contribuyente residente en el extranjero.
Por lo anterior, el importe reflejado en esta columna será la base del cálculo de la retención del
Impuesto sobre la Renta.
En la columna “frecuencia de exigibilidad del pago de intereses”, se seleccionará el dato de la
clave y el concepto de la frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, de conformidad con el
catálogo contenido en el apéndice XI de este instructivo.
En la columna “en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses
"haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto:”, se anotará la frecuencia pactada
para el pago de intereses.
Cuando se anote “si” en la columna “efectuó colocaciones en el extranjero”, este anexo se llenará
de la siguiente forma:
En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará “varios”.
En las columnas “saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024” y “saldo insoluto al 31
de diciembre de 2025”, se anotará el monto del total de la colocación en moneda nacional a esas
fechas.
En la columna “tipo de financiamiento”, se anotará “colocaciones”.
En las columnas “fue beneficiario efectivo de los intereses” y “número de registro del acreedor
residente en el extranjero ante el SAT”, se anotará “n/a”.
En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se anotará el país en el que se realizó la
colocación, si fueron varios países se anotará aquel en el que se colocó el importe más
representativo en cuanto a monto.
En la columna “tipo de moneda”, se pondrá la clave de la moneda y el país en el que se realizó la
colocación, si fueron varios países se anotará la de aquel en el que se colocó el importe más
representativo en cuanto a monto.
Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
La información de este anexo, se presentará solo cuando en el ejercicio existan movimientos distintos
de su actualización o de su incremento por la pérdida o por la participación de los trabajadores en las
utilidades de las empresas del propio ejercicio, para los efectos de los artículos 57 y 58 de la Ley del
ISR.
Cuando en el concepto “la pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una escisión”, se
anote “si”, es porque la pérdida fiscal de ejercicios anteriores aplicada en el ejercicio dictaminado
proviene de una escisión.
En el concepto “señale el RFC de la escindente”, se anotará el RFC de la entidad que transmitió la
pérdida fiscal aplicada en el ejercicio dictaminado proveniente de la escisión.
En el concepto “señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la escisión”, se anotará
el monto histórico de la pérdida fiscal aplicada según el ejercicio en el que fueron originadas.
En caso de que las pérdidas fiscales aplicadas en el ejercicio dictaminado, tengan como origen dos o
más escisiones, el contador público inscrito, deberá manifestar en el anexo denominado información
adicional del dictamen, la información mencionada en los tres párrafos anteriores.
Cuestionario de diagnóstico fiscal.
Papel del contador público inscrito en el tema del cuestionario de diagnóstico fiscal. Las
respuestas a este cuestionario estarán a cargo del contador público inscrito conforme a la revisión
que haga a los estados financieros del contribuyente, por lo que deberá manifestar en su informe
sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o
incumplimiento a las disposiciones fiscales, involucradas con las preguntas del cuestionario y que
haya detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente dentro del alcance de sus pruebas
selectivas llevadas a cabo en cumplimiento de las Normas de Auditoría y de Revisión Información
Financiera, considerando lo señalado por las guías de auditoría Normas de Información Financiera y
al alcance de las pruebas selectivas de su auditoría.
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En la columna de comentarios se podrán hacer aclaraciones que correspondan a cada respuesta,
deberán contener un máximo de 250 caracteres.
En la pregunta “detectó debilidades o desviaciones relacionadas con la estructura del control
interno del contribuyente con repercusión en su situación fiscal” se pretende que el contador
público inscrito describa, en su caso, en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente las deficiencias importantes en el diseño y operación de la estructura del control interno
que detectó y que a su juicio podrían afectar negativamente la capacidad del contribuyente para
registrar, procesar, resumir y reportar información financiera que tiene repercusión fiscal. A
continuación, se citan algunos ejemplos:
Diseño inadecuado de la estructura del control interno en general.
Falta de revisión y aprobación adecuada de las transacciones, pólizas contables o reportes
emitidos que tienen repercusión fiscal.
Procedimientos inadecuados para la evaluación y aplicación adecuada de Normas de
Información Financiera que tienen repercusión fiscal.
Aplicación indebida de Normas de Información Financiera que repercuten en la situación fiscal
del contribuyente.
Fallas en el diseño del sistema para suministrar información financiera y fiscal completa,
correcta, congruente y oportuna.
Deficiencias en los controles establecidos para la prevención y detección de omisiones en la
información contable y fiscal.
Fallas en el suministro oportuno de información financiera y fiscal completa.
Transacciones importantes con partes relacionadas no reveladas.
Cuestionario en materia de precios de transferencia.
Papel del contador público inscrito en el tema de precios de transferencia. El Servicio de
Administración Tributaria a través del cuestionario en materia de precios de transferencia que deben
llenar los contadores públicos inscritos pretende que el auditor se cerciore de que los contribuyentes
que están revisando cumplieron con sus obligaciones fiscales en materia de precios de transferencia
(para los efectos del artículo 76, fracciones IX, X y XII y 179, primer párrafo de la Ley del ISR), es
decir, que hayan presentado la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas y que
cuenten con documentación e información que acredite que las operaciones con partes relacionadas
se determinaron como lo harían partes independientes en operaciones comparables (estudios de
precios de transferencia). Para estos efectos se debe considerar lo dispuesto, entre otros, en los
boletines 230, 500, 501, 520, 550, 580, 620 y 800 de las Normas Internacionales de Auditoría.
En general una respuesta no aplicable (n/a) significa que el contribuyente no se encuentra ante el
supuesto establecido para la pregunta, por ejemplo (dictamen fiscal de estados financieros general):
Pregunta
Significado de una respuesta n/a
Sección referente al artículo 76, fracción IX de la
LISR
Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente
con esta obligación fiscal.
A
En
caso
de
incumplimiento
del
contribuyente,
mencionó tal circunstancia como una salvedad en su
dictamen.
Significa que:
A) El contribuyente se encuentra en el supuesto
establecido en el artículo 76, segundo párrafo, fracción
IX de la LISR, es decir, que realizó actividades
empresariales y obtuvo ingresos en el ejercicio
inmediato anterior que no hayan excedido de
$13’000,000.00, o bien, prestó servicios profesionales
y obtuvo ingresos que no hubiesen excedido en dicho
ejercicio de $3’000,000.00, siempre que no esté en el
supuesto a que se refiere el artículo 179, penúltimo
párrafo de esta Ley.
B) El contribuyente no realizó operaciones con partes
relacionadas.
Sección referente al artículo 76, fracción IX de la
LISR
Verificó la presentación oportuna de la información de
las operaciones con partes relacionadas, efectuadas
durante el año inmediato anterior.
A
En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia
como una salvedad en su dictamen.
Significa que el contribuyente se encuentra en el
supuesto establecido en el artículo 182, penúltimo
párrafo de la LISR.
En la sección verificó que la documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las
operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la Ley del ISR),
incluyera lo siguiente, se debe entender que el contador público inscrito debe dejar constancia de
haber revisado que la documentación comprobatoria correspondiente, incluya la información que la
disposición fiscal citada señala expresamente que debe contener.
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Esta sección solo se debe contestar cuando exista documentación comprobatoria de precios de
transferencia, por las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción
IX de la Ley del ISR).
En la pregunta que señala: “8) método aplicado para los efectos del artículo 180 de la LISR por
cada tipo de operación evaluada”, se pretende que el contador público inscrito se cerciore, de que,
en la documentación comprobatoria de precios de transferencia para cada una de las transacciones
con partes relacionadas residentes en el extranjero, se haya aplicado alguna de las metodologías a
que se refiere el artículo 180 de la Ley del ISR, sin que se juzgue si es la más apropiada.
En la pregunta que menciona: “9) información y documentación sobre operaciones o empresas
comparables por cada tipo de operación evaluada”, se pretende que el contador público inscrito
se cerciore, de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia para cada una de
las transacciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, en las que se haya aplicado
alguna de las metodologías a que se refiere el artículo 180 de la Ley del ISR, exista información y
documentación sobre operaciones o empresas comparables, incluyendo su fuente, sin que se juzgue
si dichas operaciones o empresas son o no comparables.
En la pregunta que indica: “verificó que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con partes relacionadas por el
contribuyente se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que
hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables”, se pretende que el
contador público inscrito se cerciore, de que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia, además, de cumplir con los requisitos que establece la Ley del ISR, se concluya que
las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero fueron pactadas como lo
hubieran hecho partes independientes en operaciones comparables, sin juzgar si la conclusión es
correcta o no.
En la pregunta que indica: “verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la
información de las operaciones con partes, efectuadas durante el año inmediato anterior
(Anexo 9 DIM) conforme a la información contenida en la documentación de precios de
transferencia para las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para
los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR)”, se pretende que se verifique que la
información contenida en la documentación de precios de transferencia sea coincidente con la del
anexo 9 DIM únicamente por cuanto hace al nombre de la parte relacionada contraparte del
contribuyente dictaminado, tipo de operación, método de precios de transferencia utilizado, país de
residencia y margen de utilidad que le corresponde a la operación.
Cuando en el cuestionario se haga mención conclusiones negativas se deberá entender en el caso
de preguntas relacionadas con el artículo 76, fracciones IX y XII de la Ley del ISR, que en la
documentación comprobatoria o evidencia documental del contribuyente correspondiente al
cumplimiento de dichas disposiciones fiscales, se concluye que las operaciones celebradas con
partes relacionadas por el contribuyente no se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de
contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables.
En la pregunta que señala “verificó en la evidencia documental referida en el índice
xxxx0040000000 la aplicación de los métodos de precios de transferencia para los efectos del
artículo 180 de la LISR en los términos del tercer párrafo del citado artículo”, “verificó que
exista evidencia documental a partir de la cual se pueda concluir que se determinaron
ingresos acumulables y deducciones autorizadas considerando para esas operaciones los
precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en
operaciones comparables”, tiene como objetivo que el contador público analice que en la evidencia
documental se incluya la aplicación de alguno de los métodos establecidos en el artículo 180 de la
Ley del ISR sin juzgar si es el más apropiado.
Nota: cabe señalar que “xxxx” hace referencia a que estos primeros cuatro dígitos de los índices de
este cuestionario van a variar dependiendo el tipo de dictamen.
Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que
hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, respecto de sus operaciones con
partes relacionadas conforme a las Normas Internacionales de Auditoría y al alcance de las pruebas
selectivas de su auditoría.
Aplicables a los dictámenes de los contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y
del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen
exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.
Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.
Por el ejercicio fiscal de 2025 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información
financiera B-3 estado de resultado integral, ya no se presentan otros gastos no operativos (otros
gastos) por separado de los gastos de operación, ya que son operativos, por lo que este tipo de
gastos se incluirán en este anexo como otros gastos.
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En el análisis comparativo de las subcuentas de gastos, las columnas denominadas: “total deducibles
para ISR”, “total no deducibles para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de gastos que se
reportan tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles se refieren a partidas contables y no fiscales.
Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.
En el análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento, las columnas
denominadas: “acumulables o deducibles para ISR”, “no acumulables o no afectos al ISR (ingresos)
no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos o gastos que
se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles, no acumulables o
no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales.
Los contribuyentes que realicen actividades de autotransporte terrestre foráneo de pasaje y
turismo y de carga federal, estarán a lo siguiente:
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de
retenedor.
En el anexo de la “relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su
carácter de retenedor” los contribuyentes estarán en la posibilidad de incorporar, en forma global, el
monto de la deducción autorizada a que se refiere la regla 2.3., y la regla 1.2., según se trate de
contribuyentes del sector de autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo o del sector de
autotransporte terrestre de carga federal, de la “Resolución de facilidades administrativas para los
sectores de Autotransporte Terrestre de Carga y de Pasajeros para 2025”, conforme a lo siguiente:
Como sujeto directo, cuando los contribuyentes cumplan sus obligaciones fiscales por cuenta propia,
consignando en forma global, el monto de la deducción autorizada citada, con el índice
40090043000000 con el concepto “Impuesto sobre la Renta correspondiente a la deducción del 8%
de los ingresos propios de la actividad sujeto directo”, la cual tiene el carácter de impuesto definitivo.
Como retenedor, cuando las personas morales cumplan por cuenta de sus integrantes sus
obligaciones fiscales, consignando en forma global, el monto de la deducción autorizada citada, con
el índice 40090212000000 con el concepto “Impuesto sobre la Renta correspondiente a la deducción
del 8% de los ingresos propios de la actividad retenedor”, la cual tiene el carácter de impuesto
definitivo.
Información de los integrantes de las personas morales como coordinados:
En este anexo se deberá proporcionar la información de todos los integrantes que realicen
actividades de autotransporte terrestre de carga o pasajeros, separando a los que optan por pagar el
impuesto por conducto del coordinado, de los que optan por pagar el impuesto en forma individual.
Cuando se proporcione la información de los integrantes que optan por pagar el impuesto por
conducto del coordinado, se deberá llenar la información referente al concepto del “nombre o razón
social de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado”, así como de
las columnas “RFC del integrante”, “total de ingresos acumulables ISR”, “total de deducciones
autorizadas ISR”, “monto de la deducción del 8% sobre ingresos acumulables sin documentación
(RFA)”, utilidad fiscal, conceptos disminuibles de la utilidad fiscal, monto del acreditamiento del IEPS
por la adquisición de diésel contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción IV de la
LIF)”, “monto del acreditamiento del 50% de los gastos por el uso de infraestructura carretera contra
el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción V de la LIF)”, “utilidad gravable”, “pérdida
fiscal”, “ISR a cargo”, ISR a favor”, “PTU por distribuir”, “importe total de las inversiones en equipo de
transporte de carga y de pasajeros de cada integrante en el ejercicio”, “número de unidades de
equipo de transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante durante el ejercicio” y “fecha
del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR)”.
Cuando se proporcione la información de los integrantes que optan por pagar el impuesto en forma
individual, se deberá llenar la información referente al concepto del “nombre o razón social de los
integrantes que optan por pagar el impuesto en lo individual” así como de las columnas “RFC del
integrante”, “importe total de las inversiones en equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada
integrante en el ejercicio”, “número de unidades de equipo de transporte de carga y de pasajeros
utilizadas por el integrante durante el ejercicio” y “fecha del aviso presentado por el integrante ante el
SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR)”, “importe total de los ingresos del integrante según
liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de la LISR)”, “importe total de las deducciones
del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de LISR)”, “importe total
de impuestos pagados por cuenta del integrante (para los efectos del artículo 72, fracción VI de la
LISR)”, e “importe total de las retenciones correspondientes al integrante según liquidación (para los
efectos del artículo 72, fracción III de la LISR)”.
La información de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado y la
de los que optan por pagar el impuesto en forma individual con relación a la liquidación que se
elabore de cada integrante, respecto de los ingresos, deducciones, impuestos y retenciones, será
revisada y validada por el contador público, conforme a las Normas Internacionales de Auditoría y al
alcance de las pruebas selectivas de su auditoría; cuando no pueda validar alguna información o no
esté de acuerdo con alguna de ellas, deberá explicar los motivos en el informe sobre la revisión de la
situación fiscal del contribuyente y, en su caso, hacer las salvedades correspondientes.
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Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que
hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, conforme a la regla 2.10.15. de la
RMF para 2025.
Asimismo, se podrá no proporcionar la información relacionada con la participación de los
trabajadores en las utilidades de las empresas, en su columna “PTU por distribuir”, siempre que
los contribuyentes, efectúen el cálculo de la PTU conforme a las bases contenidas en los contratos
colectivos de trabajo.
Aplicables a los dictámenes de las instituciones del sector financiero a que se refiere este
instructivo.
Las cuentas mostradas en los estados financieros básicos y en el análisis comparativo de las
cuentas del estado de resultados, están basadas en los catálogos autorizados que publican la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Estado de resultado integral.
Para el llenado de este anexo, es necesario capturar previamente la información del anexo
denominado: “análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados”.
Estado de cambios en el capital contable.
Debido a la limitación para agregar nuevas columnas a los formatos, en el estado de variaciones en
el capital contable, se han incluido dos columnas para “otras cuentas de capital contribuido” y “otras
cuentas de capital ganado”; según corresponda, que podrán utilizarse cuando sea necesario reflejar
conceptos del capital contable que no tengan una columna específica.
Cuando se anoten cantidades en las columnas “otras cuentas de capital contribuido” y “otras cuentas
de capital ganado”; según corresponda, debido a que su saldo se integra por el importe de una o más
cuentas, la integración de las mismas se deberá presentar antes del renglón “saldos al 31 de
diciembre de 2024” o el renglón “saldos al 31 de diciembre de 2025” en los renglones denominados
“otros”, según se trate, consignando en la columna de concepto el nombre de las cuentas que
integran dichos saldos y en la columna de referencia, el importe correspondiente a cada cuenta o
concepto.
Estado de flujos de efectivo.
La información de este estado deberá ser presentada en forma comparativa entre los ejercicios
fiscales de 2025 y 2024.
Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.
En lugar de presentar los anexos de “integración analítica de ventas o ingresos netos”,
“determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta”,
“análisis comparativo de las subcuentas de gastos” y “análisis comparativo de las subcuentas del
resultado integral de financiamiento”, se deberá presentar el anexo “análisis comparativo de las
cuentas del estado de resultados”.
En las columnas denominadas: “acumulables o deducibles para ISR” y “no acumulables o no afectos
al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de
ingresos o gastos que se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no
deducibles, no acumulables o no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales.
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de
retenedor.
Derechos por los servicios que presta:
El índice: “la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)”, corresponde a los derechos
establecidos por los servicios de inspección y vigilancia comprendidos en los artículos 29 al 29-H de
la Ley Federal de Derechos vigente en 2025.
Específicas:
Aplicables a los dictámenes de intermediarios financieros no bancarios.
Debido a la similitud en la denominación de las diversas cuentas que integran los catálogos de
cuentas autorizadas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para los almacenes generales de
depósito, empresas de factoraje financiero, arrendadoras financieras, sociedades financieras de
objeto múltiple reguladas, uniones de crédito, entidades de ahorro y crédito popular y otros
intermediarios financieros no bancarios, se hizo necesario conjuntar en un solo dictamen toda la
información de este tipo de entidades bajo la denominación genérica de “intermediarios financieros
no bancarios”.
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Aplicables a los dictámenes de fondos de inversión de capitales, de renta variable e
instrumentos de deuda.
Estado de valuación de cartera de inversión.
En lugar de presentar los estados de flujos de efectivo o de cambios en la situación financiera, se
deberá incluir el estado de valuación de cartera de inversión, en forma comparativa con el ejercicio
inmediato anterior.
Evidencia de la aplicación de los procedimientos de revisión sobre la situación fiscal del contribuyente
(papeles de trabajo).
El contador público inscrito deberá proporcionar a través de medios electrónicos, los papeles de trabajo
relativos a la revisión de la situación fiscal del contribuyente, para los efectos del artículo 57, último párrafo del
Reglamento del CFF y la RMF para 2025, considerando las siguientes:
I.- Paquete utilizado para la generación del archivo de papeles de trabajo (sbpt).
SIPRED 2025 (ver manual de usuario, apartado operación de la opción papeles de trabajo), el cual se
podrá descargar y consultar en el portal del SAT.
II.- Presentación del archivo de papeles de trabajo.
La presentación se integra por:
Los papeles de trabajo que el contador público conserve en el expediente de la auditoría practicada al
contribuyente de que se trate, en los que se muestre el trabajo realizado observando lo dispuesto en las
Normas de Auditoría que les sean aplicables, mismos que deberán incluir lo siguiente:
Procedimientos aplicados.
Conclusiones alcanzadas.
Evidencia de la revisión.
Evaluación del control interno.
Planeación de la auditoría.
La información de los papeles de trabajo estará conformada en archivos de Excel con extensión *.xlsx,
por uno o varios archivos, los cuales se integrarán como se señala en el punto III.
III.- Características generales permitidas.
Nombre del archivo.
La información se integrará en un solo archivo encriptado y ensobretado con extensión sbpt,
el cual será conformado por 26 caracteres (incluyendo extensión) y contendrá la información
señalada en el punto II anterior.
Tipo de fuente.
Calibri.
Tamaño de fuente.
10 máximo.
No permite.
Imágenes.
Vínculos externos al archivo.
Protección de libro u hojas.
Tamaño del archivo con extensión sbpt.
Como máximo 45 megabytes (Mb).
Apéndice IV.
Catálogo de “tipo de operación”, para efectos de los anexos “operaciones con partes
relacionadas” y “operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero”.
Clave
Operaciones de ingreso
100
Ingresos totales por venta de inventarios producidos terminados
101
Ingresos totales por venta de inventarios producidos semiterminados
200
Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos para distribución
201
Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos (materias primas)
202
Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos (artículos semiterminados)
300
Ingresos por prestación de servicios en general
301
Ingresos por prestación de servicios técnicos
302
Ingresos por prestación de servicios de manufactura
303
Ingresos por prestación de servicios financieros
400
Ingresos por maquila
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
61
Clave
Operaciones de ingreso
500
Ingresos por servicios administrativos
600
Ingresos por seguros y reaseguros
700
Ingresos por comisiones
800
Ingresos por regalías
900
Ingresos por asistencia técnica
1000
Ingresos por intereses devengados
1100
Ingresos por arrendamiento
1200
Ingreso por enajenación de acciones
1300
Ingresos por venta de activo fijo
1301
Ingresos por venta de terrenos
1302
Ingresos por condonación de deudas
1303
Ingresos por cantidades percibidas para efectuar gastos por cuenta de partes relacionadas
1304
Ganancia acumulable en operaciones financieras derivadas
1305
Interés a favor o acumulable que se determine por realizar operaciones financieras derivadas
1306
Acumulación de ingresos percibidos por operaciones financieras referidas a un subyacente que no cotice en
un mercado reconocido
1307
Ingresos por venta de intangibles
1308
Ingresos por venta de otros cargos y gastos diferidos
1309
Anticipos de clientes
1310
Ingresos atribuibles a establecimientos permanentes
1311
Ingresos por otorgar bienes en comodato
1312
Ingresos por enajenación de derechos
1313
Ingresos por reembolsos
1314
Ingresos por venta de cartera
1400
Otros ingresos (especificar)
Clave
Operaciones de costo y gastos
1500
Compra neta de inventarios de materia prima
1501
Compra neta de inventarios semiterminados
1600
Compra neta de inventarios adquiridos para distribución
1601
Compra de cartera
1700
Inversiones en activo fijo
1704
Costo fiscal en venta de activo fijo adquirido a partes relacionadas
1705
Costo fiscal en venta de títulos valor adquiridos a partes relacionadas
1706
Costo fiscal en venta de intangibles adquiridos a partes relacionadas
1707
Costo fiscal en venta de otros cargos y gastos diferidos adquiridos a partes relacionadas
1708
Costo fiscal en venta de terreno adquirido a partes relacionadas
1801
Regalías por uso de activos relacionados con el mercado
1802
Regalías por uso de activos relacionados con la cartera de clientes
1803
Regalías por uso de activos intelectuales o artísticos
1804
Regalías por uso de activos basados en contratos o derechos
1805
Regalías por uso de activos intangibles tecnológicos
1806
Regalías por uso de otros activos intangibles u otros conceptos
1900
Asistencia técnica
2000
Honorarios, incluye servicios administrativos y mano de obra
2100
Arrendamiento
2200
Garantías
62
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Clave
Operaciones de costo y gastos
2300
Publicidad
2400
Servicios de maquila
2500
Otros servicios prestados
2600
Servicios financieros
2700
Comisiones
2800
Intereses devengados a cargo
2801
Intereses por operaciones de venta de cartera
2900
Por primas pagadas por seguro y reaseguro
2901
Reaseguro cautivo
3000
Costo fiscal en venta de acciones adquiridas a partes relacionadas (costo comprobado de adquisición
actualizado)
3001
Gastos a prorrata
3002
Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios producidos terminados
3003
Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios producidos semiterminados
3004
Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos para distribución
3005
Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos (materias primas)
3006
Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos (artículos semiterminados)
3007
Por cantidades iniciales para adquirir el derecho de celebrar una operación financiera derivada
3008
Por cantidades iniciales para adquirir el derecho de celebrar una operación financiera
3009
Por recibir bienes en comodato
3010
Costos y/o por adquirir derechos
3011
Costos y/o por adquirir concesiones
3012
Inversiones en intangibles
3013
Costos y/o por reembolsos
3014
Inversiones en otros gastos y cargos diferidos
3015
Inversiones por adquirir acciones
3016
Anticipos de gastos
3100
Otros pagos (especificar)
Apéndice V.
Catálogo de “método de precios de transferencia aplicado”, para efectos del anexo
“operaciones con partes relacionadas”.
Clave
Método
PC
Precio comparable no controlado
PR
Precio de reventa
CA
Costo adicionado
PU
Participación de utilidades
RPU
Residual de participación de utilidades
MTU
Márgenes transaccionales de utilidades de operación
Apéndice VI.
Catálogo de “país de residencia”, “país de residencia para efectos fiscales”, “país de
residencia fiscal de la entidad” y “país de residencia del residente en el extranjero”.
Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo que se presenta a continuación.
Clave
Nombre del país
AF
Afganistán (Emirato Islámico de)
AL
Albania (República de)
DE
Alemania (República Federal de)
AD
Andorra (Principado de)
AO
Angola (República de)
AI
Anguila
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
63
Clave
Nombre del país
AQ
Antártida
AG
Antigua y Barbuda (Comunidad Británica de Naciones)
AN
Antillas Neerlandesas (Territorio Holandés de Ultramar)
SA
Arabia Saudita (Reino de)
DZ
Argelia (República Democrática y Popular de)
AR
Argentina (República)
AM
Armenia (República de)
AW
Aruba (Territorio Holandés de Ultramar)
AU
Australia (Comunidad de)
AT
Austria (República de)
AZ
Azerbaiyán (República Azerbaijani)
BS
Bahamas (Comunidad de las)
BH
Bahréin (Estado de)
BD
Bangladesh (República Popular de)
BB
Barbados (Comunidad Británica de Naciones)
BE
Bélgica (Reino de)
BZ
Belice
BJ
Benín (República de)
BM
Bermudas
BY
Bielorrusia (República de)
BO
Bolivia (República de)
BA
Bosnia y Herzegovina
BW
Botswana (República de)
BR
Brasil (República Federativa de)
BN
Brunei (Estado de) (Residencia de Paz)
BG
Bulgaria (República de)
BF
Burkina Faso
BI
Burundi (República de)
BT
Bután (Reino de)
CV
Cabo Verde (República de)
TD
Chad (República del)
KY
Caimán (Islas)
KH
Camboya (Reino de)
CM
Camerún (República del)
CA
Canadá
CL
Chile (República de)
CN
China (república popular)
CY
Chipre (República de)
VA
Ciudad del Vaticano (Estado de la)
CC
Cocos (Keeling, Islas Australianas)
CO
Colombia (República de)
KM
Comoras (Islas)
CG
Congo (República del)
CK
Cook (Islas)
KP
Corea (República Popular Democrática de) (Corea del Norte)
KR
Corea (República de) (Corea del Sur)
CI
Costa de Marfil (República de la)
64
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Clave
Nombre del país
CR
Costa Rica (República de)
HR
Croacia (República de)
CU
Cuba (República de)
DK
Dinamarca (Reino de)
DJ
Djibouti (República de)
DM
Dominica (Comunidad de)
EC
Ecuador (República del)
EG
Egipto (República Árabe de)
SV
El Salvador (República de)
AE
Emiratos Árabes Unidos
ER
Eritrea (Estado de)
SI
Eslovenia (República de)
ES
España (Reino de)
FM
Estado Federado de Micronesia
US
Estados Unidos de América
EE
Estonia (República de)
ET
Etiopia (República Democrática Federal)
FJ
Fidji (República de)
PH
Filipinas (República de las)
FI
Finlandia (República de)
FR
Francia (República francesa)
GA
Gabonesa (República)
GM
Gambia (República de la)
GE
Georgia (República de)
GH
Ghana (República de)
GI
Gibraltar (R.U.)
GD
Granada
GR
Grecia (República Helénica)
GL
Groenlandia (Dinamarca)
GP
Guadalupe (Departamento de)
GU
Guam (E.U.A.)
GT
Guatemala (República de)
GG
Guernsey
GW
Guinea-Bissau (República de)
GQ
Guinea Ecuatorial (República de)
GN
Guinea (República de)
GF
Guyana Francesa
GY
Guyana (República Cooperativa de)
HT
Haití (República de)
HN
Honduras (República de)
HK
Hong Kong (Región Administrativa Especial de la República)
HU
Hungría (República de)
IN
India (República de)
ID
Indonesia (República de)
IQ
Irak (República de)
IR
Irán (República Islámica del)
IE
Irlanda (República de)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
65
Clave
Nombre del país
IS
Islandia (República de)
BV
Isla Bouvet
IM
Isla de Man
AX
Islas Aland
FO
Islas Feroe
GS
Islas Georgia y Sandwich del Sur
HM
Islas Heard y Mcdonald
FK
Islas Malvinas (R.U.)
MP
Islas Marianas Septentrionales
MH
Islas Marshall
UM
Islas Menores de Ultramar de Estados Unidos de América
SB
Islas Salomón (Comunidad Británica de Naciones)
SJ
Islas Svalbard y Jan Mayen (Noruega)
TK
Islas Tokelau
WF
Islas Wallis y Futuna
IL
Israel (Estado de)
IT
Italia (República Italiana)
JM
Jamaica
JP
Japón
JE
Jersey
JO
Jordania (Reino Hachemita de)
KZ
Kazakhstan (República de)
KE
Kenya (República de)
KI
Kiribati (República de)
KW
Kuwait (Estado de)
KG
Kyrgyzstan (República Kirgyzia)
LS
Lesotho (Reino de)
LV
Letonia (República de)
LB
Líbano (República de)
LR
Liberia (República de)
LY
Libia (Jamahiriya Libia Árabe Popular Socialista)
LI
Liechtenstein (Principado de)
LT
Lituania (República de)
LU
Luxemburgo (Gran Ducado de)
MO
Macao
MK
Macedonia (Antigua República Yugoslava de)
MG
Madagascar (República de)
MY
Malasia
MW
Malawi (República de)
MV
Maldivas (República de)
ML
Mali (República de)
MT
Malta (República de)
MA
Marruecos (Reino de)
MQ
Martinica (Departamento de) (Francia)
MU
Mauricio (República de)
MR
Mauritania (República Islámica de)
YT
Mayotte
66
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Clave
Nombre del país
MX
México (Estados Unidos Mexicanos)
MD
Moldavia (República de)
MC
Mónaco (Principado de)
MN
Mongolia
MS
Monserrat (Isla)
ME
Montenegro
MZ
Mozambique (República de)
MM
Myanmar (Unión de)
NA
Namibia (República de)
NR
Nauru
CX
Navidad (Christmas) (Islas)
NP
Nepal (Reino de)
NI
Nicaragua (República de)
NE
Niger (República de)
NG
Nigeria (República Federal de)
NU
Nive (Isla)
NF
Norfolk (Isla)
NO
Noruega (Reino de)
NC
Nueva Caledonia (Territorio Francés de Ultramar)
NZ
Nueva Zelandia
OM
Omán (Sultanato de)
PIK
Pacífico, Islas del (Admón. E.U.A.)
NL
Países Bajos (Reino de los) (Holanda)
PK
Pakistán (República Islámica de)
PW
Palau (República de)
PS
Palestina
PA
Panamá (República de)
PG
Papua Nueva Guinea (Estado Independiente de)
PY
Paraguay (República del)
PE
Perú (República del)
PN
Pitcairns (Islas Dependencia Británica)
PF
Polinesia Francesa
PL
Polonia (República de)
PT
Portugal (República Portuguesa)
PR
Puerto Rico (Estado Libre Asociado de la Comunidad de)
QA
Qatar (Estado de)
GB
Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte
CZ
República Checa
CF
República Centroafricana
LA
República Democrática Popular Laos
RS
República de Serbia
DO
República Dominicana
SK
República Eslovaca
CD
República Popular del Congo
RW
República Ruandesa
RE
Reunión (Departamento de la) (Francia)
RO
Rumania
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
67
Clave
Nombre del país
RU
Rusia (Federación Rusa)
EH
Sahara Occidental (República Árabe Saharavi Democrática)
WS
Samoa (Estado Independiente de)
AS
Samoa Americana
BL
San Bartolomé
KN
San Cristóbal y Nieves (Federación de) (San Kitts-Nevis)
SM
San Marino (Serenísima República de)
MF
San Martín
PM
San Pedro y Miquelón
VC
San Vicente y las Granadinas
SH
Santa Elena
LC
Santa Lucia
ST
Santo Tome y Príncipe (República Democrática de)
SN
Senegal (República del)
SC
Seychelles (República de las)
SL
Sierra Leona (República de)
SG
Singapur (República de)
SY
Siria (República Árabe)
SO
Somalia
LK
Sri lanka (República Democrática Socialista de)
ZA
Sudáfrica (República de)
SD
Sudan (República del)
SE
Suecia (Reino de)
CH
Suiza (Confederación)
SR
Suriname (República de)
SZ
Swazilandia (Reino de)
TJ
Tadjikistan (República de)
TH
Tailandia (Reino de)
TW
Taiwán (República de China)
TZ
Tanzania (República Unida de)
IO
Territorios Británicos del Océano Indico
TF
Territorios Franceses, Australes y Antárticos
TL
Timor Oriental
TG
Togo (República Togolesa)
TO
Tonga (Reino de)
TT
Trinidad y Tobago (República de)
TN
Túnez (República de)
TC
Turcas y Caicos (Islas)
TM
Turkmenistán (República de)
TR
Turquía (República de)
TV
Tuvalu (Comunidad Británica de Naciones)
UA
Ucrania
UG
Uganda (República de)
UY
Uruguay (República Oriental del)
UZ
Uzbekistán (República de)
VU
Vanuatu
VE
Venezuela (República de)
68
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Clave
Nombre del país
VN
Vietnam (República Socialista de)
VG
Vírgenes. Islas (Británicas)
VI
Vírgenes. Islas (Norteamericanas)
YE
Yemen (República de)
ZM
Zambia (República de)
ZW
Zimbabwe (República de)
Apéndice VII.
Catálogo de “tipo de moneda”.
Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo vigente a la fecha de presentación del dictamen
fiscal, según el apéndice 5.- claves de monedas, del anexo 22 de las reglas de carácter general en materia de
comercio exterior para 2025, publicado en el DOF el 7 de enero de 2025, el cual se presenta a continuación.
País
Nombre moneda
África Central
Franco
Albania
Lek
Alemania
Euro
Antillas Holan
Florin
Arabia Saudita
Riyal
Argelia
Dinar
Argentina
Peso
Australia
Dólar
Austria
Euro
Bahamas
Dólar
Bahréin
Dinar
Barbados
Dólar
Bélgica
Euro
Belice
Dólar
Bermuda
Dólar
Bolivia
Boliviano
Brasil
Real
Bulgaria
Lev
Canadá
Dólar
Chile
Peso
China
Yuan continental
China
Yuan extracontinental
Chipre
Euro
Colombia
Peso
Corea del Norte
Won
Corea del Sur
Won
Costa Rica
Colón
Cuba
Peso
Croacia (República de)
Kuna
Dinamarca
Corona
Ecuador
Dólar
Egipto
Libra
El Salvador
Colón
Em. Árabes Unidos
Dirham
Eslovenia
Euro
España
Euro
Estonia
Euro
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
69
País
Nombre moneda
Etiopia
Birr
E.U.A.
Dólar
Fed. Rusa
Rublo
Fidji
Dólar
Filipinas
Peso
Finlandia
Euro
Francia
Euro
Ghana
Cedi
Gran Bretaña
Libra esterlina
Grecia
Euro
Guatemala
Quetzal
Guyana
Dólar
Haiti
Gourde
Holanda
Euro
Honduras
Lempira
Hong Kong
Dólar
Hungría
Forin
India
Rupia
Indonesia
Rupia
Irak
Dinar
Irán
Riyal
Irlanda
Euro
Islandia
Corona
Israel
Shekel
Italia
Euro
Jamaica
Dólar
Japon
Yen
Jordania
Dinar
Kenya
Chelin
Kuwait
Dinar
Letonia
Euro
Líbano
Libra
Libia
Dinar
Lituania
Litas
Luxemburgo
Euro
Malasia
Ringgit
Malta
Euro
Marruecos
Dirham
México
Peso
Montenegro
Euro
Nicaragua
Cordoba
Nigeria (Fed)
Naira
Noruega
Corona
Nueva Zelanda
Dólar
Pakistán
Rupia
Palestina
Shekel
Panamá
Balboa
70
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
País
Nombre moneda
Paraguay
Guaraní
Perú
N. Sol
Polonia
Zloty
Portugal
Euro
Puerto Rico
Dólar
República Checa
Corona
República Democrática del Congo
Franco
República de Serbia
Dinar
República Dominicana
Peso
República Eslovaca
Euro
Rumania
Leu
Singapur
Dólar
Siria
Libra
Sri-Lanka
Rupia
Suecia
Corona
Suiza
Franco
Surinam
Dólar
Tailandia
Baht
Taiwán
Nuevo dólar
Tanzania
Chelin
Trinidad y Tobago
Dólar
Turquía
Lira
Ucrania
Hryvna
Unión Sudafricana
Rand
Uruguay
Peso
U. Mon. Europea
Euro
Venezuela
Bolivar fuerte
Vietnam
Dong
Yemen (Dem. Pop.)
Rial
Yugoslavia
Dinar
Los demás países
Otras monedas
Apéndice VIII. Catálogo de “principales activos intangibles”, para efectos del anexo “información
sobre sus operaciones con partes relacionadas”.
Principales activos intangibles (apéndice B de la Norma de Información Financiera C-8 activos intangibles).
Clave
I. Activos relacionados con el mercado
IA)
Marcas registradas
IB)
Nombres comerciales
IC)
Marcas de servicio o certificación
ID)
Imagen de mercado
IE)
Nombres de portales o “sitios de red” en internet
IF)
Acuerdos de no competencia
IG)
Derechos (transmisión de radio, desarrollo, distribución de gas, aterrizaje, renta, mineros, servicio de hipoteca,
franquicia readquirida, servicio, corte de madera, uso o agua)
IH)
Otros
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
71
Clave
II. Activos relacionados con la cartera de clientes
IIA)
Listas de clientes
IIB)
Producción contratada y pedidos fincados
IIC)
Contratos con clientes y las correspondientes relaciones con clientes
IID)
Relaciones no contractuales con clientes
IIE)
Otros
Clave
III. Activos intelectuales o artísticos
IIIA)
Obras teatrales, operas, ballets, etc.
IIIB)
Libros, revistas, periódicos, manuscritos y otro material literario
IIIC)
Obras musicales
IIID)
Pinturas y fotografías
IIIE)
Material audiovisual, videos, películas, videos musicales y programas de televisión
IIIF)
Otros
Clave
IV. Activos basados en contratos o derechos
IVA)
Contratos de licencia de uso, regalía y prioridad
IVB)
Contratos de publicidad, construcción, administración, servicio o suministro
IVC)
Permisos o concesiones de explotación de recursos, así como de puertos y aeropuertos
IVD)
Contratos de arrendamiento
IVE)
Permisos de construcción
IVF)
Franquicias
IVG)
Permisos, concesiones o derechos de transmisión de cable, radio, televisión y teledifusión
IVH)
Permisos o derechos de suministro de agua, energía, distribución de gas, aterrizaje, renta, mineros, etc.
IVI)
Otros
Clave
V. Activos intangibles tecnológicos
VA)
Patentes tecnológicas
VB)
Investigación y desarrollo en proceso
VC)
Sistemas de cómputo (software), y licencias, programas de cómputo, sistemas de información, formatos, etc.
VD)
Tecnología no patentada, conocimiento técnico
VE)
Bases de datos, títulos de plantas
VF)
Procesos y fórmulas confidenciales
VG)
Dibujos técnicos, manuales de procedimientos técnicos, planos
VH)
Creación de procesos de manufactura, procedimientos, líneas de producción
VI)
Otros
Clave
VI. Activos intangibles distintos a los anteriores
VIA)
Otros
Apéndice IX.
Catálogo de “concepto más importante que originó el saldo”, para efectos del anexo
“cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera”, (no aplicable para
dictámenes fiscales del sector financiero).
Clave
Deudores
1
Fondo fijo
2
Cuenta de cheques
3
Cuenta de inversiones
4
Ventas de inventarios
72
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Clave
Deudores
5
Ventas de activo fijo
6
Ventas de intangibles
7
Ventas de acciones
8
Anticipos
9
Préstamos
10
Regalías
11
Asistencia técnica
12
Publicidad
13
Maquila
14
Venta de cartera
15
Reembolsos
16
Dividendos
17
Comisiones
18
Operaciones financieras derivadas
19
Arrendamiento
20
Prestación de servicios
21
Servicios administrativos
22
Intereses devengados
23
Gastos por cuenta de partes relacionadas
24
Enajenación de intangibles
25
Enajenación de otros cargos y gastos diferidos
26
Enajenación de acciones
27
Enajenación de activo fijo
28
Enajenación de terrenos
29
Otros deudores
Clave
Acreedores
1
Préstamos
2
Compras de inventarios
3
Compras de activo fijo
4
Compras de intangibles
5
Compras de acciones
6
Anticipos
7
Concesiones
8
Derechos
9
Por adquisición de acciones
10
Intereses por venta de cartera
11
Gastos a prorrata
12
Garantías
13
Honorarios
14
Publicidad
15
Maquila
16
Servicios
17
Comisiones
18
Intereses a cargo
19
Otros acreedores
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
73
Apéndice X.
Catálogo de “tipo de financiamiento”, para efectos del anexo “préstamos”.
Clave
Tipo de financiamiento
A
Aceptaciones bancarias
B
Cartas de crédito
C
Crédito puente
D
Directo
E
Habilitación o avío
F
Hipotecario
G
Líneas globales
H
Prendario
I
Protocolos
J
Quirografarios
K
Refaccionario
L
Revolvente
M
Sindicado
N
Otro
Apéndice XI.
Catálogo de “frecuencia de exigibilidad del pago de intereses”, para efectos del anexo
“préstamos”.
Clave
Frecuencia
1
Mensual
2
Trimestral
3
Semestral
4
Anual
5
Otro
Apéndice XII.
Catálogo de “tipo de ingresos en REFIPRES”, para efectos del anexo “operaciones
sujetas a regímenes fiscales preferentes”.
Clave
Frecuencia
1
Intereses en instituciones del sistema financiero
2
Derivados de sociedades o fondos de inversión
3
Otros ingresos derivados de entidades del sistema financiero (swaps, opciones, etc.)
4
Por la inversión en acciones de personas morales
5
Participación en fideicomisos y similares
6
Derivados de inversiones en asociaciones en participación y similares
7
Por venta de acciones
8
Por dividendos o utilidades
9
Otros ingresos
Apéndice XIII. Catálogo de “carácter de participación en fideicomiso o entidad o figura jurídica
extranjera”, para efectos del anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes”.
Clave
Frecuencia
1
Fideicomitente
2
Fideicomisario
3
Fiduciario
4
Beneficiario efectivo
5
Aportante de bienes o derechos
6
Administrador
74
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Apéndice XIV. Catálogo de “tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado para evitar la
doble tributación”, para efectos del anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes”.
Clave
Frecuencia
1
Tasa
2
Exención
3
Beneficio
4
Subsidio
5
Otros
Apéndice XV.
Catálogo de “vencimiento del plazo”, para efectos del anexo “. Operaciones
financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero”.
Clave
Vencimiento del plazo
1
Reestructuró
2
Recontrató
3
Reconfiguró
4
Cerró
5
Canceló
6
Liquidó de manera anticipada
7
Liquidó operación contraria
Apéndice XVI. Catálogo de “destino de préstamo”, para efectos del anexo “socios o accionistas que
tuvieron acciones o partes sociales”.
Clave
Destino de préstamo
1
Activo
2
Pasivo
3
Pago dividendos
4
Utilidades
5
Otros
Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para
efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2025 utilizando el
sistema de presentación del dictamen 2025 (SIPRED 2025), aplicable a los siguientes tipos de
dictámenes.
A.
Estados financieros general.
B.
Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero,
silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de
autotransporte terrestre de carga o pasaje.
C.
Casas de cambio.
D.
Intermediarios financieros no bancarios.
E.
Fondos de inversión.
Este instructivo es complemento de los formatos guía y del instructivo para la integración y presentación del
dictamen.
Contenido y características para el llenado del dictamen
Datos aplicables al dictamen de:
A.
Estados financieros general.
Datos de identificación
Datos a proporcionar:
Contribuyente, representante legal, contador público.
01A000000
RFC (del contribuyente).
01B000000
RFC (del contador público).
01B015000
RFC (del despacho).
01C000000
RFC (del representante legal).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
75
Dato, RFC, del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
-
Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
-
Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes
y dos para el día).
-
Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato,
se anotará lo siguiente:
REXT990101XXX.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter
&).
01A001000
Nombre (del contribuyente) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o razón social.
01B001000
Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).
01B014000
Nombre del despacho.
01C001000
Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).
Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido
paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
01A002000
CURP (del contribuyente persona física).
01B002000
CURP (del contador público).
01C004000
CURP (del representante legal).
Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
-
Cuatro caracteres alfabéticos.
-
Seis caracteres numéricos.
-
Seis caracteres alfabéticos.
-
Un carácter alfabético o numérico.
-
Un carácter numérico.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:
01A003000
Entidad federativa (del contribuyente).
01B004000
Entidad federativa (del contador público).
01C005000
Entidad federativa (del representante legal).
01C015000
Entidad en la que se ubica la notaría (representante legal).
Dato elegido de una lista (catálogo).
01A004000
Alcaldía o municipio (del contribuyente).
01B005000
Alcaldía o municipio (del contador público).
01C006000
Alcaldía o municipio (del representante legal).
Dato alcaldía o municipio completo.
Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01A005000
Colonia o localidad (del contribuyente).
01B006000
Colonia o localidad (del contador público).
01C007000
Colonia o localidad (del representante legal).
76
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Dato colonia o localidad completa.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01A006000
Código postal (del contribuyente).
01B007000
Código postal (del contador público).
01C008000
Código postal (del representante legal).
Dato código postal completa.
Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
01A007000
Calle, número exterior e interior (del contribuyente).
01B008000
Calle, número exterior e interior (del contador público).
01C009000
Calle, número exterior e interior (del representante legal).
Dato de calle y número completo.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01A008000
Ciudad o población (del contribuyente).
01B009000
Ciudad o población (del contador público).
01C010000
Ciudad o población (del representante legal).
Dato, ciudad o población completa.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01A009000
Teléfono (del contribuyente).
01B010000
Teléfono (del contador público o del despacho).
01C011000
Teléfono (del representante legal).
Dato de veinte caracteres numéricos máximo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes,
paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
01A010000
Correo electrónico (del contribuyente).
01B011000
Correo electrónico (del contador público).
01B012000
Correo electrónico del buzón tributario.
01C012000
Correo electrónico (del representante legal).
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.
Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).
01A011000
Nombre del grupo económico al que pertenece.
Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que
se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.
01A012000
Clave de actividad para efectos fiscales.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
77
Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado
automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se selecciona de un catálogo.
Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el
Anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01C002000
Nacional (representante legal).
01C003000
Extranjero (representante legal).
Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).
Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01C013000
Número de escritura (representante legal).
01C014000
Número de notaría (representante legal).
Datos de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.
Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
01C016000
Fecha del poder (representante legal).
01C017000
Fecha de designación (representante legal).
Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.
Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de
certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por
diagonales “/”).
01B003000
Número de registro (contador público).
01B016000
Número de registro del despacho.
Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría
Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.
Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis,
etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
01B013000
Colegio al que pertenece el contador público.
Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.
Dato de caracteres alfabéticos.
Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Datos generales
Datos a proporcionar:
01D000000
Autoridad competente (selección de un catálogo): Administración General de Grandes
Contribuyentes, Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal y Administración General
de Hidrocarburos.
01D001000
Sede a la que pertenece la ADAF (selección de un catálogo).
01D002000
Administración General y/o ADAF (selección de un catálogo).
01D003000
Obligado u optativo.
01D020000
Tipo de contribuyente especial (selección de un catálogo).
01D029000
Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales (selección de un catálogo):
costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo de adquisición para
efectos contables (costos históricos), costeo absorbente para efectos fiscales (costos
predeterminados estimados), costeo absorbente para efectos fiscales y el método de
valuación de costo estándar para efectos contables, sistema distinto a los anteriores, no
aplica.
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Lunes 19 de enero de 2026
01D034000
Tipo de opinión (selección de un catálogo): opinión no modificada, opinión modificada por una
desviación y/o incumplimiento con efecto en el cálculo de los impuestos y contribuciones,
opinión modificada por desviación o limitación al alcance sin efecto en el cálculo de los
impuestos y/o contribuciones, opinión desfavorable (Adversa) con efecto en el cálculo de los
impuestos y/o contribuciones federales del ejercicio, opinión desfavorable (Adversa) sin efecto
en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones y denegación (Abstención) de opinión.
01D074000
Se trata de:
01D166000
Se realizaron con fines de:
01D255000
En calidad de que participó en alguna fusión:
01D279000
En calidad de que participó en alguna escisión:
01D386000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el
estímulo fiscal de ISR:
01D389000
(1) Correspondiente al mes de:
01D392000
(2) Correspondiente al mes de:
01D395000
(3) Correspondiente al mes de:
01D398000
(4) Correspondiente al mes de:
01D401000
(5) Correspondiente al mes de:
01D404000
(6) Correspondiente al mes de:
01D407000
(7) Correspondiente al mes de:
01D410000
(8) Correspondiente al mes de:
01D413000
(9) Correspondiente al mes de:
01D416000
(10) Correspondiente al mes de:
01D419000
(11) Correspondiente al mes de:
01D422000
(12) Correspondiente al mes de:
01D446000
(1) Correspondiente al mes de:
01D449000
(2) Correspondiente al mes de:
01D452000
(3) Correspondiente al mes de:
01D455000
(4) Correspondiente al mes de:
01D458000
(5) Correspondiente al mes de:
01D461000
(6) Correspondiente al mes de:
01D464000
(7) Correspondiente al mes de:
01D467000
(8) Correspondiente al mes de:
01D470000
(9) Correspondiente al mes de:
01D473000
(10) Correspondiente al mes de:
01D476000
(11) Correspondiente al mes de:
01D479000
(12) Correspondiente al mes de:
01D482000
Cuál es su moneda funcional.
01D493000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el
estímulo fiscal de ISR.
01D496000
(1) Correspondiente al mes de:
01D499000
(2) Correspondiente al mes de:
01D502000
(3) Correspondiente al mes de:
01D505000
(4) Correspondiente al mes de:
01D508000
(5) Correspondiente al mes de:
01D511000
(6) Correspondiente al mes de:
01D514000
(7) Correspondiente al mes de:
01D517000
(8) Correspondiente al mes de:
01D520000
(9) Correspondiente al mes de:
01D523000
(10) Correspondiente al mes de:
01D526000
(11) Correspondiente al mes de:
01D529000
(12) Correspondiente al mes de:
01D553000
(1) Correspondiente al mes de:
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DIARIO OFICIAL
79
01D556000
(2) Correspondiente al mes de:
01D559000
(3) Correspondiente al mes de:
01D562000
(4) Correspondiente al mes de:
01D565000
(5) Correspondiente al mes de:
01D568000
(6) Correspondiente al mes de:
01D571000
(7) Correspondiente al mes de:
01D574000
(8) Correspondiente al mes de:
01D577000
(9) Correspondiente al mes de:
01D580000
(10) Correspondiente al mes de:
01D583000
(11) Correspondiente al mes de:
01D586000
(12) Correspondiente al mes de:
01D589000
Cuál es su moneda funcional.
Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez seleccionada una opción de una lista
(catálogo).
01D025000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal.
01D026000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal.
01D027000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.
01D028000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.
Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.
Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.
Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de
inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por
diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el
mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”).
ejemplo:
inicio
final
01/01/2025
31/12/2025
01D004000
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del
artículo 32-A CFF).
01D005000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo
32-A CFF).
01D006000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del
artículo 32-A CFF).
01D008000
Forma parte de una asociación en participación.
01D009000
Forma parte de un fideicomiso.
01D015000
Primer dictamen.
01D016000
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura.
01D017000
Realizó obras de construcción.
01D018000
En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos conforme al artículo 17, fracción IV de la
LISR.
01D019000
Industria maquiladora.
01D021000
Empresa filial.
01D022000
Empresa subsidiaria.
01D023000
Sociedad cooperativa.
01D024000
Inicio de operaciones.
01D035000
Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo debe llenar del índice
01040000000000 al 01040049000000 del Anexo 4).
01D042000
Realizó operaciones con partes relacionadas.
01D043000
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 01D042000.
(debe llenar los anexos 16 y 17).
01D044000
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.
80
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D045000
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.
01D046000
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera.
01D047000
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se
refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 23).
01D048000
Tratándose de sociedades que hayan tenido el carácter de controladoras, disminuyó la pérdida
por enajenación de acciones en algún ejercicio posterior a 2015 (para los efectos del artículo
segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de las disposiciones transitorias de la LISR vigente a partir
del 1 de enero de 2016).
01D049000
En caso afirmativo al índice anterior, señale si liquidó la totalidad del Impuesto Diferido (para los
efectos del artículo segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de las disposiciones transitorias de la
LISR vigente a partir del 1 de enero de 2016).
01D050000
Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.20. de la 3a RMRMF 2016.
01D051000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.22. de la RMF 2017.
01D052000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2018.
01D053000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2019.
01D054000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2020.
01D055000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2021.
01D056000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2022.
01D057000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2023.
01D058000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2024.
01D059000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2025.
01D060000
Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.19. de la 3a RMRMF 2016.
01D061000
Aplicó lo establecido en el transitorio quinto de la RMF 2017.
01D062000
Aplicó lo establecido en el transitorio trigésimo de la RMF 2018.
01D063000
Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el artículo 22 de la LISR.
01D068000
Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte relacionada.
01D069000
La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones pendientes de aplicar al cierre
del ejercicio.
01D071000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no
vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
01D073000
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado
su situación fiscal durante el ejercicio.
01D082000
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su
situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).
01D089000
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.
01D092000
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.
01D100000
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el
Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 12).
01D101000
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio
(en caso afirmativo debe llenar el Anexo 13).
01D102000
Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el
Anexo 19).
01D103000
Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio
(en caso afirmativo debe llenar el Anexo 21).
01D104000
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 22).
01D105000
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado.
01D106000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón
social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del
RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores.
01D112000
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.
01D113000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal
(para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).
01D114000
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado.
01D115000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades
económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
81
01D116000
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de
establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen
mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de
sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).
01D117000
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del
contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF.
01D118000
Tiene accionistas residentes en el país.
01D119000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para
los efectos del artículo 27 del CFF).
01D120000
Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o accionistas residentes
en el extranjero (para los efectos del artículo 27 del CFF).
01D121000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes.
01D122000
Tiene inventarios registrados en su contabilidad.
01D123000
En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, productos
en proceso y productos terminados, según se trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV
de la LISR).
01D126000
Realizó operaciones con el público en general.
01D127000
Tiene empleados.
01D135000
En caso negativo a la pregunta del índice 01D127000, tiene algún contrato de servicios
especializados u obras especializadas (REPSE).
01D141000
Enajenación de bienes.
01D142000
Prestación de servicios.
01D143000
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
01D144000
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
01D145000
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes fiscales preferentes.
01D146000
Otros, en caso afirmativo especificar abajo:
01D150000
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio.
01D151000
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una
reestructura o pago de dividendos o utilidades.
01D153000
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32,
fracción I de la LIVA.
01D154000
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal
(para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).
01D161000
Diario.
01D162000
Mayor.
01D163000
Actas de asamblea de socios o accionistas.
01D164000
Socios o accionistas.
01D165000
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR).
01D169000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus
acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus
acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR).
01D170000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión
indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF).
01D172000
El contribuyente cambió el modelo de negocios.
01D173000
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos de
los artículos 76, fracciones II y XVII y 110, fracciones III y IV de la LISR).
01D194000
Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio.
01D196000
Es parte relacionada.
01D198000
Es parte relacionada.
01D200000
Es parte relacionada.
01D202000
Es parte relacionada.
01D204000
Es parte relacionada.
01D207000
Efectuó retención.
01D210000
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.
01D211000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.
82
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D212000
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.
01D216000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones deriva de absorción de pérdidas
financieras.
01D217000
Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción de los donativos
autorizados para su deducción por las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27,
fracción I y 105, fracción II de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR).
01D219000
Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III y
105, último párrafo de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D220000
Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito o de servicios, o
monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de
bolsa, compensaciones o a través de distintas formas de extinción de las obligaciones cuando lo
señalen las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III y 105, último
párrafo de la LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D221000
Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los artículos 27, fracción IV y
105, último párrafo de la LISR y 44 del RLISR).
01D222000
Ser deducidas una sola vez (para los efectos de los artículos 27, fracción IV y 105, fracción IV de
la LISR).
01D224000
Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en forma expresa y por
separado cuando así sea procedente (para los efectos de los artículos 27, fracción VI y 105, último
párrafo de la LISR).
01D235000
Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se
reunieron los requisitos que para cada deducción en particular establece la LISR (para los efectos
de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como
con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D236000
Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las disposiciones fiscales y se
obtuvieron a más tardar el día en que debió presentar su declaración y que las fechas de
expedición correspondieron al ejercicio por el que se efectuó la deducción (para los efectos de los
artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR).
01D247000
Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le aplicaron para los efectos
del artículo 28 de la LISR.
01D254000
En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero,
cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del
RLISR.
01D330000
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles
(fibras).
01D331000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187
y 188 de la LISR.
01D332000
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra).
01D333000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187
y 188 de la LISR.
01D339000
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas
extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el
Anexo 24).
01D355000
Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las recibió en efectivo, en
bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren correspondido a anticipos, depósitos o a
cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designó, o bien, cuando el interés
del acreedor quedó satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den
lugar a las contraprestaciones (para los efectos del artículo 1o.-B de la LIVA).
01D357000
Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente cobrado, así como las
cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos,
intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto (para los
efectos de los artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del RLIVA, así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D361000
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con
actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas.
01D362000
El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o al uso o goce
temporal de bienes, estrictamente indispensables en los términos de la LISR para la realización de
actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta
LIVA o a las que se les aplique la tasa de 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la
LIVA).
01D363000
El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente constó por separado en
los comprobantes (para los efectos del artículo 5o., fracción II de la LIVA).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
83
01D364000
El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el mes de que se trate
(para los efectos del artículo 5o., fracción III de la LIVA).
01D365000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al
artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la
que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la
LIVA).
01D366000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al
artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró en los términos y plazos establecidos (para
los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).
01D367000
Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, en su totalidad
por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto, o le sea
aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso a) de la LIVA).
01D378000
Estuvo obligado al pago del IEPS en el ejercicio.
01D379000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar
del índice 01180125000000 al 01180153000000 del anexo 18).
01D381000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”.
01D385000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
01D388000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones
complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el
pago del ISR correspondiente.
01D426000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región
fronteriza norte es menor a 18 meses.
01D429000
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue
beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.
01D432000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo
séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte,
publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
01D436000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
01D438000
(a) enajenación de bienes.
01D439000
(b) prestación de servicios independientes.
01D440000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
01D441000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
01D444000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los
servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.
01D445000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la
retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.
01D483000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
01D484000
Es importador de un sector en específico.
01D486000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del
índice 01180154000000 al 01180182000000 del Anexo 18).
01D488000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”.
01D492000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
01D495000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones
complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el
pago del ISR correspondiente.
01D533000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región
fronteriza sur es menor a 18 meses.
01D536000
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue
beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.
01D539000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo
séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur,
publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
01D543000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D545000
(a) enajenación de bienes.
01D546000
(b) prestación de servicios independientes.
01D547000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
01D548000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
01D551000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los
servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.
01D552000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la
retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.
01D590000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
01D591000
Es importador de un sector en específico.
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01D075000
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta).
01D124000
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de
operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado.
01D125000
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal de
conformidad con el artículo 69-B del CFF.
01D134000
Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a
dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR).
01D155000
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las
operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente
(para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RIVA).
01D156000
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la
LIVA, 20 y 74 del RIVA).
01D157000
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos
previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con
las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D158000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las
personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así
como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D159000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago,
retención, acreditamiento y trasladó del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus
proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue
trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado
al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
01D171000
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior,
permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado.
01D174000
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a
residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los
efectos del artículo 76, fracción III de la LISR).
01D175000
Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos de los
artículos 76, fracción IV y 110, fracción V o en fecha distinta de acuerdo con los artículos 110 y
192 del RLISR).
01D176000
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los
efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR).
01D177000
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a
nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para
los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR).
01D178000
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en el
que se señale su monto, donde se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro
específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).
01D179000
Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a
través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervino (para
los efectos del artículo 76, fracción XIII de la LISR).
01D180000
Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las
contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de
oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos de los artículos 76,
fracción XV y 110, fracción VII de la LISR).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
85
01D181000
Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un reporte en el que se
informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el ejercicio inmediato anterior (para
los efectos de los artículos 76, fracción XIX de la LISR y 116 del RLISR).
01D182000
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de
capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores
a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así
como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D183000
Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos
(para los efectos del artículo 140, párrafo segundo de la LISR).
01D184000
Enajenación de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D185000
Prestación de servicios (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D186000
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción II de la
LISR).
01D187000
Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17, fracción III y 40 de la
LISR).
01D188000
Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, segundo
párrafo y 40 de la LISR).
01D189000
Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, tercer
párrafo y 40 de la LISR).
01D190000
Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad práctica de cobro (para
los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR).
01D191000
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para su cobro
(para los efectos de los artículos 17, penúltimo párrafo de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR).
01D192000
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente pagadas (para los efectos
de los artículos 17 de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR).
01D193000
Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra para los
efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.
01D218000
En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción (para los efectos de
los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR).
01D223000
Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros, así
como las demás formalidades establecidas (para los efectos de los artículos 27, fracción V y 105,
último párrafo de la LISR).
01D225000
En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan invertido en los fines
del negocio (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 45 del RLISR).
01D226000
Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a terceros, se aplicó el tope
establecido para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción VII de la LISR).
01D227000
Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a sociedades o asociaciones
civiles, a los que presten servicios domésticos de suministro de agua potable y de recolección de
basura y a los que obtengan donativos, fueron deducidos cuando fueron efectivamente erogados
(para los efectos del artículo 27, fracción VIII de la LISR).
01D228000
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes
generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole,
se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la
LISR).
01D229000
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya
comprobado que quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios
para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se llevaron a cabo (para los efectos de los
artículos 27, fracción X y 105, último párrafo de la LISR).
01D230000
Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones correspondientes se
otorgaron en forma general en beneficio de todos los trabajadores y que tratándose de vales de
despensa otorgados a trabajadores la entrega se realice a través de monederos electrónicos
autorizados. (para los efectos de los artículos 7 y 27, fracción XI de la LISR y 46, 47, 48 y 50 del
RLISR).
01D231000
Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito establecido en el índice
anterior se comprobó que el monto de las aportaciones efectuadas haya sido igual al monto
aportado por los trabajadores y no haya excedido los límites establecidos en las disposiciones
fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción XI y 105, último párrafo de la LISR y 49 del
RLISR).
01D232000
Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos
correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se consideró como no deducible el
excedente (para los efectos de los artículos 27, fracción XIII y 105, último párrafo de la LISR).
86
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D233000
En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos legales para su
importación (para los efectos de los artículos 27, fracción XIV y 105, último párrafo de la LISR y
demás aplicables de las disposiciones aduaneras).
01D234000
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas en el mes en que se
consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o antes siempre que haya sido notoria la
imposibilidad práctica de cobro y se puede comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción
XV de la LISR).
01D237000
En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción
(para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR).
01D238000
Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se
entreguen las cantidades que por dicho subsidio les correspondan y se dé cumplimiento a los
requisitos que lo regulan (para los efectos del artículo 27, fracción XIX de la LISR y Decreto
publicado en el DOF el 1 de mayo de 2024, modificado mediante Decreto por el que se modifica el
diverso que otorga el subsidio para el empleo, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2024).
01D239000
En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u otras causas no
imputables al propio contribuyente, se cumplieron con los requisitos establecidos (para los efectos
de los artículos 27, fracción XX de la LISR y 107, 109 y 124 del RLISR, así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
01D240000
En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR.
01D241000
En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje, alimentación, transporte, uso o
goce temporal de automóviles y pago de kilometraje cumplió con los requisitos establecidos para
su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción V y 103, último párrafo de la LISR y 57
y 58 del RLISR).
01D242000
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los
requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII y 103,
último párrafo de la LISR y 60 del RLISR).
01D243000
En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por socios, accionistas o
sus familiares sin relación laboral.
01D244000
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de
pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a
acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para
los efectos de los artículos 28, fracción XVII y 103, último párrafo, 121 último párrafo y 122 de la
LISR y 219 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D245000
En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos establecidos para su
deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XX y 103, último párrafo de la LISR y 61
del RLISR).
01D246000
Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se consideró
como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos de los
artículos 36, fracciones II y III respectivamente y 104 de la LISR).
01D248000
En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos establecidos para su
deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR).
01D249000
En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos establecidos para su
deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).
01D251000
La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años.
01D252000
La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice anterior.
01D253000
Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR.
01D281000
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.
01D334000
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que
acreditó.
01D335000
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en
el extranjero.
01D340000
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas.
01D342000
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.
01D344000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES.
01D346000
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
01D349000
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le
correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente.
01D350000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de
2013.
01D351000
Aplicó tratados para evitar la doble tributación.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
87
01D352000
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en
términos del artículo 4 de la LISR.
01D353000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial.
01D354000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de
2013.
01D356000
Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus inventarios (para los efectos de
los artículos 8o. de la LIVA y 25 del RLIVA).
01D358000
La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los efectos de los artículos 24,
fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA).
01D359000
El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes, excepto por los derivados
de transporte internacional (para los efectos de los artículos 24, fracción V de la LIVA, 48 y 49 del
RLIVA).
01D360000
Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o uso o goce temporal
de bienes intangibles o por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados (para los
efectos de los artículos 29, fracciones II, III y IV de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA).
01D368000
No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, por haber
realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del
artículo 5o., fracción V, inciso b) de la LIVA).
01D369000
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa
de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a
erogaciones distintas a las inversiones se acreditó en la proporción en la que el valor de las
actividades por las que deba pagar el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa
de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas que realizó en el mes de que
se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso c) de la LIVA así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
01D370000
Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, en su
totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto o le
sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la
LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D371000
No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su destino habitual, por haber
realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del
artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 2 de la LIVA).
01D372000
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa
de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a
inversiones conforme a su destino habitual, se acreditó en la proporción en la que el valor de las
actividades por las que deba pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa
de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas realizadas en el mes de que
se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 3 de la LIVA así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D373000
En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma exclusiva a las actividades a
que estaban previstas (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 4 de la LIVA).
01D374000
En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del Impuesto Acreditable (para los efectos del artículo
5o.-A de la LIVA y 19 del RLIVA).
01D375000
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de
intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del
artículo 5o., fracción I de la LIVA).
01D376000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26 de
diciembre de 2013.
01D377000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de
diciembre de 2013.
01D427000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región
fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado
en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
01D428000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
01D443000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
01D534000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región
fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado
en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
01D535000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
01D550000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
88
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
01D077000
Fecha del oficio 1.
01D079000
Fecha del oficio 2.
01D081000
Fecha del oficio 3.
01D084000
Fecha de la resolución 1.
01D086000
Fecha de la resolución 2.
01D088000
Fecha de la resolución 3.
01D090000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).
01D091000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria).
01D098000
Fecha de presentación de la declaración informativa normal.
01D099000
Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria).
01D256000
Fecha en que surtió efectos la fusión.
01D280000
Fecha en que surtió efectos la escisión.
01D326000
Fecha de inicio de la liquidación.
01D383000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
01D387000
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.
01D390000
(1) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D393000
(2) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D396000
(3) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D399000
(4) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D402000
(5) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D405000
(6) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D408000
(7) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D411000
(8) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D414000
(9) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D417000
(10) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D420000
(11) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D423000
(12) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D433000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.
01D437000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de
2018.
01D442000
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.
01D447000
(1) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D450000
(2) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D453000
(3) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D456000
(4) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D459000
(5) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D462000
(6) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
89
01D465000
(7) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D468000
(8) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D471000
(9) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D474000
(10) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D477000
(11) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D480000
(12) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D490000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
01D494000
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.
01D497000
(1) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D500000
(2) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D503000
(3) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D506000
(4) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D509000
(5) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D512000
(6) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D515000
(7) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D518000
(8) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D521000
(9) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D524000
(10) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D527000
(11) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D530000
(12) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
01D540000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.
01D544000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
01D549000
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.
01D554000
(1) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D557000
(2) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D560000
(3) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D563000
(4) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D566000
(5) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D569000
(6) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D572000
(7) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D575000
(8) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D578000
(9) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D581000
(10) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D584000
(11) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D587000
(12) fecha de presentación del entero del IVA retenido.
Datos de la fecha del oficio, de la resolución, declaración complementaria, entero del IVA retenido y
del envío de la declaración informativa múltiple.
Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del
oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para
el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).
90
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D010000
Denominación o razón social fideicomitente.
01D011000
Denominación o razón social fiduciario.
01D012000
Denominación o razón social fideicomisario (1).
01D013000
Denominación o razón social fideicomisario (2).
01D014000
Denominación o razón social fideicomisario (3).
01D064000
Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron.
01D072000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
01D076000
Número de oficio 1.
01D078000
Número de oficio 2.
01D080000
Número de oficio 3.
01D083000
Número de resolución 1.
01D085000
Número de resolución 2.
01D087000
Número de resolución 3.
01D093000
Número de identificación (campo 1).
01D094000
Número de identificación (campo 2).
01D095000
Número de identificación (campo 3).
01D096000
Número de identificación (campo 4).
01D097000
Número de identificación (campo 5).
01D195000
Nombre del comprador 1.
01D197000
Nombre del comprador 2.
01D199000
Nombre del comprador 3.
01D201000
Nombre del comprador 4.
01D203000
Nombre del comprador 5.
01D258000
Fusionante: denominación o razón social.
01D260000
Fusionada 1: denominación o razón social.
01D262000
Fusionada 2: denominación o razón social.
01D264000
Fusionada 3: denominación o razón social.
01D266000
Fusionada 4: denominación o razón social.
01D268000
Fusionada 5: denominación o razón social.
01D270000
Fusionada 6: denominación o razón social.
01D272000
Fusionada 7: denominación o razón social.
01D274000
Fusionada 8: denominación o razón social.
01D276000
Fusionada 9: denominación o razón social.
01D278000
Fusionada 10: denominación o razón social.
01D382000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
01D384000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”.
01D425000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.
01D430000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
01D434000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
01D435000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.
01D485000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cuál.
01D489000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
01D491000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”.
01D532000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.
01D537000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
01D541000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
01D542000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real.
01D592000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cuál.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
91
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes,
paréntesis, etc.).
01D037000
RFC 1.
01D038000
RFC 2.
01D039000
RFC 3.
01D040000
RFC 4.
01D041000
RFC 5.
01D107000
(especificar nombre anterior).
01D108000
(especificar nombre anterior).
01D109000
(especificar nombre anterior).
01D110000
(especificar nombre anterior).
01D111000
(especificar nombre anterior).
01D136000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
01D137000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
01D138000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
01D139000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
01D140000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
01D257000
Fusionante: RFC.
01D259000
Fusionada 1: RFC.
01D261000
Fusionada 2: RFC.
01D263000
Fusionada 3: RFC.
01D265000
Fusionada 4: RFC.
01D267000
Fusionada 5: RFC.
01D269000
Fusionada 6: RFC.
01D271000
Fusionada 7: RFC.
01D273000
Fusionada 8: RFC.
01D275000
Fusionada 9: RFC.
01D277000
Fusionada 10: RFC.
01D282000
Escindida 1: RFC.
01D286000
Escindida 2: RFC.
01D290000
Escindida 3: RFC.
01D294000
Escindida 4: RFC.
01D298000
Escindida 5: RFC.
01D302000
Escindida 6: RFC.
01D306000
Escindida 7: RFC.
01D310000
Escindida 8: RFC.
01D314000
Escindida 9: RFC.
01D318000
Escindida 10: RFC.
01D322000
Escindente: RFC.
01D327000
(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social).
01D328000
(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social).
01D329000
(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).
Dato, RFC.
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:
-
cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
-
seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes
y dos para el día).
-
tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
92
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el
carácter &).
01D147000
Especificar.
01D148000
Especificar.
01D149000
Especificar.
Para efectos de estos índices, se anotarán en el concepto datos referentes al concepto de “otros”.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes,
paréntesis, etc.).
01D007000
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 01D004000, 01D005000 y 01D006000
anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes,
paréntesis, etc.).
01D066000
Precio de venta de las acciones enajenadas.
01D067000
Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las acciones.
01D070000
En caso de que su respuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el importe de la pérdida por
enajenación de acciones actualizada al cierre del ejercicio.
01D128000
Número de trabajadores.
01D129000
Total del ISR retenido y enterado por salarios.
01D130000
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.
01D131000
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio.
01D132000
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.
01D133000
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.
01D152000
Monto de IVA que originó dicha operación.
01D160000
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción
IV del artículo 1o.-A de la LIVA.
01D167000
Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio.
01D168000
Monto de la pérdida deducible en el ejercicio.
01D205000
Total de ingresos por venta de intangibles.
01D206000
Total del monto original de la inversión ajustado.
01D208000
Monto del entero por la operación.
01D209000
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivadas pactadas fuera de mercados
reconocidos.
01D213000
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.
01D214000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.
01D215000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.
01D250000
Monto de la deuda que genera intereses a cargo.
01D283000
Valor activo:
01D284000
Valor pasivo:
01D285000
Valor capital social:
01D287000
Valor activo:
01D288000
Valor pasivo:
01D289000
Valor capital social:
01D291000
Valor activo:
01D292000
Valor pasivo:
01D293000
Valor capital social:
01D295000
Valor activo:
01D296000
Valor pasivo:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
93
01D297000
Valor capital social:
01D299000
Valor activo:
01D300000
Valor pasivo:
01D301000
Valor capital social:
01D303000
Valor activo:
01D304000
Valor pasivo:
01D305000
Valor capital social:
01D307000
Valor activo:
01D308000
Valor pasivo:
01D309000
Valor capital social:
01D311000
Valor activo:
01D312000
Valor pasivo:
01D313000
Valor capital social:
01D315000
Valor activo:
01D316000
Valor pasivo:
01D317000
Valor capital social:
01D319000
Valor activo:
01D320000
Valor pasivo:
01D321000
Valor capital social:
01D323000
Valor activo:
01D324000
Valor pasivo:
01D325000
Valor capital social:
01D336000
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el
extranjero.
01D337000
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero.
01D338000
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR.
01D341000
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES.
01D343000
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.
01D345000
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.
01D347000
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
01D348000
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo
párrafo del artículo 177 de la LISR.
01D391000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D394000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D397000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D400000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D403000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D406000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D409000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D412000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D415000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D418000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D421000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D424000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D431000
Monto del beneficio.
01D448000
(1) Monto pagado.
01D451000
(2) Monto pagado.
01D454000
(3) Monto pagado.
94
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D457000
(4) Monto pagado.
01D460000
(5) Monto pagado.
01D463000
(6) Monto pagado.
01D466000
(7) Monto pagado.
01D469000
(8) Monto pagado.
01D472000
(9) Monto pagado.
01D475000
(10) Monto pagado.
01D478000
(11) Monto pagado.
01D481000
(12) Monto pagado.
01D498000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D501000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D504000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D507000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D510000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D513000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D516000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D519000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D522000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D525000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D528000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D531000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D538000
Monto del beneficio.
01D555000
(1) Monto pagado.
01D558000
(2) Monto pagado.
01D561000
(3) Monto pagado.
01D564000
(4) Monto pagado.
01D567000
(5) Monto pagado.
01D570000
(6) Monto pagado.
01D573000
(7) Monto pagado.
01D576000
(8) Monto pagado.
01D579000
(9) Monto pagado.
01D582000
(10) Monto pagado.
01D585000
(11) Monto pagado.
01D588000
(12) Monto pagado.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos.
Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha
cantidad.
Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos,
paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
01D065000
Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que se enajenaron.
01D380000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la
región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.
01D487000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la
región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
95
Datos de caracteres numéricos con dos decimales.
Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
Anexo
Datos a proporcionar
1.-
Estado de situación financiera.
2025 y 2024 y variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.
2.-
Estado de resultado integral.
Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no
relacionadas 2025 y 2024.
3.-
Estado de cambios en el capital contable.
Capital social proveniente de aportaciones, capital social proveniente
de capitalización, aportaciones para futuros aumentos de capital,
prima en suscripción de acciones, reserva legal, utilidad neta, pérdida
neta,
utilidades
retenidas
de
ejercicios
anteriores,
pérdidas
acumuladas de ejercicios anteriores, otros resultados integrales
(deudor), otros resultados integrales (acreedor), exceso en la
actualización del capital contable, insuficiencia en la actualización del
capital contable, resultado por tenencia de activos no monetarios,
otras cuentas de capital acreedoras, otras cuentas de capital
deudoras y total del capital contable.
4.-
Estado de flujos de efectivo.
2025 y 2024.
5.-
Integración analítica de ventas o ingresos
netos.
2025 y 2024, variación en pesos respecto ejercicio fiscal anterior,
partes relacionadas 2025 y 2024, partes no relacionadas 2025 y
2024, total acumulables para ISR 2025 y 2024, total no acumulables
para ISR 2025 y 2024.
6.-
Determinación del costo de lo vendido para
efectos contables y del Impuesto sobre la
Renta.
Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no
relacionadas 2025 y 2024.
7.-
Análisis comparativo de las subcuentas de
gastos.
Gastos de fabricación, venta, administración y generales 2025 y
2024; gastos de fabricación, venta, administración y generales:
variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior; total 2025 y
2024; gastos de fabricación, venta, administración y generales partes
relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024 total deducibles
para ISR 2025 y 2024; total no deducibles para ISR 2025 y 2024.
8.-
Análisis comparativo de las subcuentas del
resultado integral de financiamiento.
2025 y 2024; acumulables o deducibles para ISR: 2025 y 2024;
partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024; no
acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos)
para ISR 2025 y 2024.
9.-
Relación de contribuciones a cargo del
contribuyente como sujeto directo o en su
carácter de retenedor.
Base gravable; contribución determinada por auditoría a cargo o a
favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el
contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas
por auditoría.
10.- Relación de contribuciones por pagar.
Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe
proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por
pagar, importe de la contribución en litigio.
11.- Conciliación entre el resultado contable y
fiscal para efectos del Impuesto sobre la
Renta.
2025 y 2024, variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.
12.- Operaciones
financieras
derivadas
contratadas con residentes en el extranjero.
Monto contratado; efecto fiscal que tuvo en el ejercicio ingreso
(deducción); importe del efecto fiscal que tuvo en el ejercicio; valor
pactado sobre el subyacente; indique el monto de ingreso
acumulable o (deducción autorizada) generado.
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias,
asociadas
y
afiliadas
residentes
en
el
extranjero y en México.
Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios
anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad
(pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación y valor de la
inversión.
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o
partes sociales.
Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de
acciones; monto de retiros de capital; monto de préstamos
efectuados y monto de préstamos recibidos; monto de prima en
suscripción de acciones.
15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados
según estado de resultado integral, los
acumulables para efectos del Impuesto sobre
la Renta y el total de actos o actividades para
efectos del Impuesto al Valor Agregado.
2025 y 2024, variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.
96
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
16.- Operaciones con partes relacionadas.
Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con
valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la
operación se considerase pactada como con partes independientes
en operaciones comparables, monto modificado, ISR retenido.
17.- Información del contribuyente sobre sus
operaciones con partes relacionadas.
Datos a proporcionar.
18.- Datos informativos.
Datos a proporcionar.
19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes
en el extranjero.
Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoría,
ISR retenido pagado y diferencia.
20.- Inversiones.
Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio, más: MOI de las
adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en
el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio, menos: deducción
inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del
ejercicio.
21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar
en moneda nacional y extranjera.
Saldo en moneda extranjera, saldo en moneda nacional.
22.- Préstamos.
Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024, conversión
de moneda, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR
retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025,
importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado.
24.-. Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes.
Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación
accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio,
participación directa o participación indirecta promedio por día del
contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y
reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas
durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de
reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la
entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o
pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en
régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el
ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente:
monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de
la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de
activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos
sujetos a REFIPRES.
25.-. Deducción de intereses netos del ejercicio
(para los efectos del artículo 28, fracción
XXXII de la LISR).
Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de
cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte
relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal
anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio
fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del
grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del
contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de
deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir
de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de
los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad
(pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas
(montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto
total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos
diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en
periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos,
intereses no deducibles.
Nota: el orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato
guía.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos.
Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha
cantidad.
Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos,
paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
97
Anexo
Datos a proporcionar
1.-
Estado de situación financiera.
Texto referente a la explicación de las variaciones.
5.-
Integración analítica de ventas o ingresos netos.
Texto referente a la explicación de las variaciones.
7.-
Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.
Texto referente a la explicación de las variaciones de gastos de
fabricación, venta, administración y generales.
4.1- Notas a los estados financieros.
Texto referente a las notas a los estados financieros.
9.1- Declaratoria.
Texto referente a la declaratoria.
11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal
para efectos del Impuesto sobre la Renta.
Texto referente a la explicación de las variaciones.
15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según
estado de resultado integral y los acumulables
para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total
de actos o actividades para efectos del Impuesto al
Valor Agregado.
Texto referente a la explicación de las variaciones.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Este texto sí podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis,
etc.).
El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.
Anexo
Datos a proporcionar
1.-
Estado de situación financiera.
Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal);
porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal anterior);
porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.
5.-
Integración analítica de ventas o ingresos
netos.
Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos
actualizado (ejercicio fiscal); porcentaje en relación con el total de
ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal anterior) y
porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.
7.-
Análisis comparativo de las subcuentas de
gastos.
Gastos de fabricación, gastos de venta, gastos de administración y
gastos generales: porcentaje en relación con el total de gastos
actualizado (ejercicio fiscal); porcentaje en relación con el total de
gastos actualizado (ejercicio fiscal anterior) y gastos de fabricación,
gastos de venta, gastos de administración y gastos generales:
porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior.
9.-
Relación de contribuciones a cargo del
contribuyente como sujeto directo o en su
carácter de retenedor.
Tasa, tarifa o cuota.
11.- Conciliación entre el resultado contable y
fiscal para efectos del Impuesto sobre la
Renta.
Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio
fiscal), porcentaje en relación con el total del año actualizado
(ejercicio fiscal anterior), porcentaje de variación en pesos respecto
al ejercicio fiscal anterior.
12.- Operaciones
financieras
derivadas
contratadas con residentes en el extranjero.
% de retención sobre la ganancia.
13.- Inversiones permanentes en subsidiarias,
asociadas
y
afiliadas
residentes
en
el
extranjero y en México.
Porcentaje de participación en el capital de la entidad.
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o
partes sociales.
Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio y
porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamos
recibidos.
15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados
según estado de resultado integral y los
acumulables para efectos del Impuesto sobre
la Renta y el total de actos o actividades para
efectos del Impuesto al Valor Agregado.
Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio
fiscal), porcentaje en relación con el total del año actualizado
(ejercicio fiscal anterior), porcentaje de variación en pesos respecto
al ejercicio fiscal anterior.
16.- Operaciones con partes relacionadas.
Tasa.
19.-. Operaciones llevadas a cabo con residentes
en el extranjero.
Tasa.
98
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Anexo
Datos a proporcionar
22.- Préstamos.
Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR.
24.-. Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes.
Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero
(menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o
participación indirecta promedio por día del contribuyente en el
ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado.
25.-. Deducción de intereses netos del ejercicio
(para los efectos del artículo 28, fracción
XXXII de la LISR).
Proporción de ingresos.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.
Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo
de porcentaje.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis,
etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo
Datos a proporcionar
10.- Relación de contribuciones por pagar.
Institución de crédito o SAT; pago en parcialidades (datos del escrito
libre): número de folio y administración receptora.
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas
con residentes en el extranjero.
País de residencia, tipo de operación contratada deuda o capital;
indique si antes del vencimiento del plazo realizó, tipo de moneda,
tipo de subyacente.
13.- Inversiones
permanentes
en
subsidiarias,
asociadas y afiliadas residentes en el extranjero
y en México.
País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia
de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.).
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o
partes sociales.
País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo y
forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o
deudas, etc.).
16.- Operaciones con partes relacionadas.
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros
ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia
y método de precios de transferencia aplicado.
19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en
el extranjero.
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros
ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia.
21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar
en moneda nacional y extranjera.
País de residencia fiscal, tipo de moneda, antigüedad de la cuenta
por cobrar y por pagar (meses), indique si la cuenta proviene de una
fusión, escisión de sociedades o cesión de derechos u obligaciones,
concepto más importante que originó el saldo, en caso de que en la
columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan
seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros
acreedor", especifique concepto:
22.- Préstamos.
Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de
financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique
concepto: país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda,
denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del
pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de
exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto
"otro”, especifique concepto.
24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes.
País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia
fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros
ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, en el caso de
ingresos generados en participación con otras entidades, actividad
que realiza la entidad en la que participa, operaciones con
fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente
fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter con el
que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica
extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de
impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado
México para evitar la doble tributación.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
99
Datos de caracteres alfanuméricos en mayúsculas.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo
Datos a proporcionar
10.- Relación de contribuciones por pagar.
Número de la operación; pago en parcialidades (datos del escrito
libre): número de folio y oficio de autorización de pago en
parcialidades: número.
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas
con residentes en el extranjero.
Número de identificación fiscal, en caso de que en la columna "tipo
de subyacente" haya seleccionado "otros" especifique concepto, en
caso de que haya liquidado mediante celebración de una operación
contraria, indique las razones.
13.- Inversiones
permanentes
en
subsidiarias,
asociadas
y
afiliadas
residentes
en
el
extranjero y en México.
Número de identificación fiscal.
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o
partes sociales.
Número de identificación fiscal o RFC.
16.- Operaciones con partes relacionadas.
Número de identificación fiscal o RFC.
19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en
el extranjero.
Número de identificación fiscal.
21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar
en moneda nacional y extranjera.
Número de identificación fiscal o RFC.
22.- Préstamos.
Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del
acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el
ejercicio dictaminado; destino del capital tomado en préstamo
número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en
el extranjero de valores emitidos en México.
23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes.
Número de identificación fiscal.
25.- Deducción de intereses netos del ejercicio
(para los efectos del artículo 28, fracción XXXII
de la LISR).
Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas
miembros del grupo o de cada parte relacionada.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 14.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales, 16.- operaciones con partes relacionadas y 23.- integración de pérdidas fiscales de
ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:
Datos de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.
Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha: (dos caracteres para año, dos para el
mes y dos para el día).
Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el
carácter &).
Anexo
Datos a proporcionar
10.- Relación de contribuciones por pagar.
Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre) fecha
de presentación y oficio de autorización de pago en parcialidades:
fecha.
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas
con residentes en el extranjero.
Fecha de celebración del contrato que le dio origen a la operación,
fecha de celebración de la más reciente adenda al contrato origen y
vigencia: del y al.
13.- Inversiones
permanentes
en
subsidiarias,
asociadas y afiliadas residentes en el extranjero
y en México.
Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria.
100
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o
partes sociales.
Periodo de tenencia: del y al.
22.- Préstamos.
Vigencia del préstamo del y al, fecha en la que se realizó la
conversión de moneda.
24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes.
Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente
fiscalmente: vigencia del y al.
Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el
mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2018.
Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.
Anexo
Datos a proporcionar
23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 al 2015.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis,
etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo
Datos a proporcionar
12.- Operaciones financieras derivadas contratadas
con residentes en el extranjero.
Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble
tributación (si o no) e indique si se contrató con una parte
relacionada (si o no).
16.- Operaciones con partes relacionadas.
La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en
caso afirmativo, indique en el anexo denominado información
adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la
operación está pactada como con partes independientes en
operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de
actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable
(deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de
transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2. fracción II, de la
RMF 2025) (si o no), indique si obtuvo beneficios de los tratados para
evitar la doble tributación (si, no, n/a), existió retención y entero de
ISR por esta operación.
19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes
en el extranjero.
México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el
país de la columna anterior (si o no); indique si es parte relacionada
(si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no),
aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para
evitar la doble tributación (si o no).
21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar
en moneda nacional y extranjera.
Indique si es parte relacionada (si o no), generó intereses (si o no) e
indique si la cuenta por cobrar o por pagar se encuentra cubierta por
algún instrumento financiero derivado. (si o no).
22.- Préstamos.
Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el
préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no).
23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 al 2015.
24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes.
La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene
alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos
generados en participación con otras entidades cuenta con la
información de la entidad que generó ingresos por participación con
otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la
entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar
si la información es para el caso de los ingresos generados en
fideicomisos y similares (si o no).
25.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para
los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere
el artículo 28, fracción XXXII de la LISR
(si o no).
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no, n/a) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
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101
Contenido y características para el llenado del dictamen
Datos aplicables al dictamen de:
B.
Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola,
ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las
actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje.
Datos de identificación
Datos a proporcionar:
Contribuyente, representante legal, contador público.
40A000000
RFC (del contribuyente).
40B000000
RFC (del contador público).
40B015000
RFC (del despacho).
40C000000
RFC (del representante legal).
Dato, RFC, del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
-
cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
-
seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes
y dos para el día).
-
tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato,
se anotará lo siguiente: REXT990101XXX.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter
&).
40A001000
Nombre (del contribuyente) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o razón social.
40B001000
Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).
40B014000
Nombre del despacho.
40C001000
Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).
Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido
paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
40A002000
CURP (del contribuyente persona física).
40B002000
CURP (del contador público).
40C004000
CURP (del representante legal).
Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
-
cuatro caracteres alfabéticos.
-
seis caracteres numéricos.
-
seis caracteres alfabéticos.
-
un carácter alfabético o numérico.
-
un carácter numérico.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:
40A003000
Entidad federativa (del contribuyente).
40B004000
Entidad federativa (del contador público).
40C005000
Entidad federativa (del representante legal).
40C015000
Entidad en la que se ubica la notaria (del representante legal).
102
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Dato elegido de una lista (catálogo).
40A004000
Alcaldía o municipio (del contribuyente).
40B005000
Alcaldía o municipio (del contador público).
40C006000
Alcaldía o municipio (del representante legal).
Dato alcaldía o municipio completo.
Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40A005000
Colonia o localidad (del contribuyente).
40B006000
Colonia o localidad (del contador público).
40C007000
Colonia o localidad (del representante legal).
Dato colonia o localidad completa.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40A006000
Código postal (del contribuyente).
40B007000
Código postal (del contador público).
40C008000
Código postal (del representante legal).
Dato código postal completa.
Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
40A007000
Calle, número exterior e interior (del contribuyente).
40B008000
Calle, número exterior e interior (del contador público).
40C009000
Calle, número exterior e interior (del representante legal).
Dato de calle y número completo.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40A008000
Ciudad o población (del contribuyente).
40B009000
Ciudad o población (del contador público).
40C010000
Ciudad o población (del representante legal).
Dato, ciudad o población completa.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40A009000
Teléfono (del contribuyente).
40B010000
Teléfono (del contador público o del despacho).
40C011000
Teléfono (del representante legal).
Dato de veinte caracteres numéricos máximo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes,
paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
40A010000
correo electrónico (del contribuyente).
40B011000
correo electrónico (del contador público).
40B011000
correo electrónico del buzón tributario.
40C012000
correo electrónico (del representante legal).
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.
Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).
40A011000
Nombre del grupo económico al que pertenece.
Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que
se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.
40A012000
clave de actividad para efectos fiscales.
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Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado
automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se selecciona de un catálogo.
Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el
Anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40C002000 Nacional (representante legal).
40C003000 Extranjero (representante legal).
Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).
Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40C013000 Número de escritura (representante legal).
40C014000 Número de notaría (representante legal).
Datos de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.
Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
40C016000 Fecha del poder (representante legal).
40C017000 Fecha de designación (representante legal).
Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.
Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de
certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por
diagonales “/”).
40B003000
Número de registro (contador público).
40B016000
Número de registro del despacho.
Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría
Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.
Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis,
etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
40B013000
Colegio al que pertenece el contador público.
Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.
Dato de caracteres alfabéticos.
Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Datos generales
Datos a proporcionar:
40D000000
Autoridad competente.
40D001000
Sede a la que pertenece la ADAF.
40D002000
Administración General y/o ADAF.
40D003000
Obligado u optativo.
40D022000
Tipo de contribuyente especial.
40D030000
Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales:
40D035000
Tipo de opinión.
40D061000
Se trata de:
40D154000
Se realizaron con fines de:
40D244000
En calidad de que participó en alguna fusión:
40D268000
En calidad de que participó en alguna escisión:
Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez seleccionada una opción de una lista
(catálogo).
40D026000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal.
40D027000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal.
40D028000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.
40D029000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.
104
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Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.
Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.
Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio
del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales
”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro
para el año, separados por diagonales ”/”).
ejemplo:
inicio
final
01/01/2025
31/12/2025
40D004000
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del
artículo 32-A CFF).
40D005000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del
artículo 32-A CFF).
40D006000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos
del artículo 32-A CFF).
40D008000
Forma parte de una asociación en participación.
40D009000
Forma parte de un fideicomiso.
40D015000
Primer dictamen.
40D016000
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e
infraestructura.
40D017000
Realizó obras de construcción.
40D018000
En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos para los efectos del artículo 17,
fracción IV de la LISR.
40D019000
Empresa dedicada a la actividad agrícola, ganadera, silvícola, pesquera o sociedad
cooperativa de producción.
40D020000
Empresa dedicada a la actividad de autotransporte terrestre de carga o de pasajeros o
complementarias.
40D021000
Empresa como coordinado.
40D023000
Empresa filial.
40D024000
Empresa subsidiaria.
40D025000
Inicio de operaciones.
40D036000
Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo debe llenar del
índice 40040000000000 al 40040050000000 del anexo 4).
40D043000
Realizó operaciones con partes relacionadas.
40D044000
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 40D043000.
(debe llenar los anexos 16 y 17).
40D045000
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.
40D046000
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.
40D047000
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera.
40D048000
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a
que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el
anexo 24).
40D050000
Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el artículo 22 de la
LISR.
40D055000
Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte relacionada.
40D056000
La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones pendientes de aplicar al
cierre del ejercicio.
40D058000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no
vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
40D060000
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya
afectado su situación fiscal durante el ejercicio.
40D069000
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya
afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).
40D076000
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.
40D079000
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.
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105
40D087000
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio
en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 12).
40D088000
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 13).
40D090000
Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el
anexo 20).
40D091000
Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 22).
40D092000
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 23).
40D093000
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado.
40D094000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o
razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29,
fracción I del RCFF) asimismo, especifique el RFC y nombres anteriores.
40D100000
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.
40D101000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio
fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).
40D102000
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal
auditado.
40D103000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de
actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF).
40D104000
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el
mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde
se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para
el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).
40D105000
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas
del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del
CFF.
40D106000
Tiene accionistas residentes en el país.
40D107000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes
(para los efectos del artículo 27 CFF).
40D108000
Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o accionistas
residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 27 CFF).
40D109000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes.
40D111000
En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas,
productos en proceso y productos terminados, según se trate (para los efectos del artículo
76, fracción XIV de la LISR).
40D114000
Realizó operaciones con el público en general.
40D115000
Tiene empleados.
40D123000
En caso negativo a la pregunta del índice 40D115000, tiene algún contrato de servicios
especializados u obras especializadas (REPSE).
40D129000
Enajenación de bienes.
40D130000
Prestación de servicios.
40D131000
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
40D132000
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en
México.
40D133000
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes fiscales
preferentes.
40D134000
Otros, en caso afirmativo especificar abajo:
40D138000
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio.
40D139000
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una
reestructura o pago de dividendos o utilidades.
40D141000
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo
32, fracción I de la LIVA.
40D142000
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio
fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).
40D149000
Diario.
40D150000
Mayor.
40D151000
Actas de asamblea de socios o accionistas.
106
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40D152000
Socios o accionistas.
40D153000
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR).
40D157000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación
de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la
enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del
artículo 24 de la LISR).
40D158000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión
indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B bis del CFF).
40D160000
El contribuyente cambió el modelo de negocios.
40D161000
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los
efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR).
40D182000
Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio.
40D184000
Es parte relacionada.
40D186000
Es parte relacionada.
40D188000
Es parte relacionada.
40D190000
Es parte relacionada.
40D192000
Es parte relacionada.
40D195000
Efectuó retención.
40D198000
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.
40D199000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.
40D200000
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.
40D204000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de
pérdidas financieras.
40D206000
Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción de los
donativos autorizados para su deducción por las disposiciones fiscales (para los efectos de
los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125, y 131 del RLISR).
40D208000
Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos del artículo 27, fracción III de
la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D209000
Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito o de servicios,
o monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o
casas de bolsa, compensaciones o a través de distintas formas de extinción de las
obligaciones cuando lo señalen las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos
27, fracción III de la LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF
para 2025).
40D210000
Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los artículos 27, fracción
IV de la LISR y 44 del RLISR).
40D211000
Ser deducidas una sola vez (para los efectos del artículo 27, fracción IV de la LISR).
40D213000
Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en forma expresa y por
separado cuando así sea procedente (para los efectos del artículo 27, fracción VI de la
LISR).
40D224000
Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio
se reunieron los requisitos que para cada deducción en particular establece la LISR (para
los efectos de los artículos 27, fracción XVIII de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como con
las reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D225000
Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las disposiciones fiscales y
se obtuvieron a más tardar el día en que debió presentar su declaración y que las fechas de
expedición correspondieron al ejercicio por el que se efectuó la deducción (para los efectos
del artículo 27, fracción XVIII de la LISR).
40D236000
Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le aplicaron a que hace
referencia el artículo 28 de la LISR.
40D243000
En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero,
cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52
del RLISR.
40D319000
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de
inmuebles (fibras).
40D320000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los
artículos 187 y 188 de la LISR.
40D321000
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra).
40D322000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los
artículos 187 y 188 de la LISR.
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DIARIO OFICIAL
107
40D328000
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras
jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo
debe llenar el anexo 25).
40D345000
Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las recibió en
efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren correspondido a anticipos,
depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designó, o
bien, cuando el interés del acreedor quedó satisfecho mediante cualquier forma de
extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones (para los efectos del
artículo 1o.-B de la LIVA).
40D347000
Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente cobrado, así
como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos,
derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro
concepto (para los efectos de los artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del
RLIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D351000
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado
con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas.
40D352000
El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o al uso o goce
temporal de bienes, estrictamente indispensables en los términos de la LISR para la
realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el
impuesto establecido en esta LIVA o a las que se les aplique la tasa de 0% (para los
efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).
40D353000
El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente constó por
separado en los comprobantes (para los efectos del artículo 5o., fracción II de la LIVA).
40D354000
El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el mes de que se
trate (para los efectos del artículo 5o., fracción III de la LIVA).
40D355000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al
artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración
en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o.,
fracción IV de la LIVA).
40D356000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al
artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró en los términos y plazos establecidos
(para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).
40D357000
Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, en su
totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el
impuesto, o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V
inciso a) de la LIVA).
40D368000
Estuvo obligado al pago del IEPS en el ejercicio.
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40D049000
Indique si promovió juicios que estén pendientes de resolver respecto a la desconsolidación.
40D062000
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta).
40D089000
La persona moral cumplió por cuenta de sus integrantes con lo dispuesto en los capítulos VII y VIII
(para los efectos de los artículos 72 y 73 de la LISR).
40D110000
Tiene inventarios registrados en su contabilidad.
40D112000
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones
presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado.
40D113000
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los
efectos del artículo 69-B del CFF.
40D122000
Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho
fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR).
40D143000
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones
que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de
los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).
40D144000
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA; 20
y 74 del RLIVA).
40D145000
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos
en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
40D146000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a
las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
108
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40D147000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago,
retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus
proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue
trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al
pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la
RMF para 2025).
40D159000
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior,
permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado.
40D162000
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en
el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo
76, fracción III de la LISR).
40D163000
Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos de los artículos
76, fracción IV o en fecha distinta de acuerdo al artículo 110 del RLISR).
40D164000
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de
los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR).
40D165000
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del
socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del
artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR).
40D166000
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en el que
se señale su monto, donde se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro
específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).
40D167000
Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través
de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervino (para los efectos
del artículo 76, fracción XIII de la LISR).
40D168000
Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones
recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo
monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos del artículo 76, fracción XV de la LISR).
40D169000
Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un reporte en el que se informe
sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el ejercicio inmediato anterior (para los efectos
de los artículos 76, fracción XIX de la LISR y 116 del RLISR).
40D170000
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o
aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000
(para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
40D171000
Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para
los efectos del artículo 140 párrafo segundo de la LISR).
40D172000
Enajenación de bienes (para los efectos de los artículos 17, fracción I de la LISR, así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D173000
Prestación de servicios (para los efectos de los artículos 17, fracción I de la LISR, así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D174000
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos de los artículos 17, fracción II de la
LISR).
40D175000
Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17, fracción III y 40 de la LISR).
40D176000
Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, segundo
párrafo y 40 de la LISR).
40D177000
Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, tercer párrafo y
40 de la LISR).
40D178000
Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad práctica de cobro (para los
efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR).
40D179000
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para su cobro (para
los efectos de los artículos 17, penúltimo párrafo de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR).
40D180000
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente pagadas (para los efectos de los
artículos 17 de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR).
40D181000
Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra para los
efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.
40D205000
Registró por separado los ingresos de las operaciones que realizó por cuenta de cada uno de sus
integrantes (para los efectos de los artículos 72, fracción IV y 75, fracción II LISR).
40D207000
En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción (para los efectos de los
artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR).
40D212000
Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros, así como
las demás formalidades establecidas (para los efectos del artículo 27, fracción V de la LISR).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
109
40D214000
En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan invertido en los fines del
negocio (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 45 del RLISR).
40D215000
Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a terceros, se aplicó el tope
establecido para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción VII de la LISR).
40D216000
Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a sociedades o asociaciones civiles, a
los que presten servicios domésticos de suministro de agua potable y de recolección de basura y a los
que obtengan donativos, fueron deducidos cuando fueron efectivamente erogados (para los efectos del
artículo 27, fracción VIII de la LISR).
40D217000
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales
o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los
requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR).
40D218000
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado
que quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó
en forma directa y efectivamente se llevaron a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la
LISR).
40D219000
Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones correspondientes se otorgaron en
forma general en beneficio de todos los trabajadores y que tratándose de vales de despensa otorgados
a trabajadores la entrega se realice a través de monederos electrónicos autorizados. (para los efectos
de los artículos 7 y 27, fracción XI de la LISR y 46, 47, 48 y 50 del RLISR).
40D220000
Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito establecido en el índice
anterior se comprobó que el monto de las aportaciones efectuadas haya sido igual al monto aportado
por los trabajadores y no haya excedido los límites establecidos en las disposiciones fiscales (para los
efectos de los artículos 27, fracción XI de la LISR y 49 del RLISR).
40D221000
Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos
correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se consideró como no deducible el
excedente (para los efectos del artículo 27, fracción XIII de la LISR).
40D222000
En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos legales para su importación
(para los efectos del artículo 27, fracción XIV de la LISR y demás aplicables de las disposiciones
aduaneras).
40D223000
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas en el mes en que se
consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o antes siempre que haya sido notoria la
imposibilidad práctica de cobro y se puede comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción XV de
la LISR).
40D226000
En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para
los efectos del artículo 27, fracción XVIII de la LISR).
40D227000
Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se entreguen
las cantidades que por dicho subsidio les correspondan y se dé cumplimiento a los requisitos que lo
regulan (para los efectos del artículo 27, fracción XIX de la LISR y Decreto publicado en el DOF el 1 de
mayo de 2024, modificado mediante Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio
para el empleo, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2024).
40D228000
En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u otras causas no imputables
al propio contribuyente, se cumplieron con los requisitos establecidos (para los efectos de los artículos
27, fracción XX de la LISR y 107, 109 y 124 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF
para 2025).
40D229000
En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR.
40D230000
En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce
temporal de automóviles y pago de kilometraje cumplió con los requisitos establecidos para su
deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción V de la LISR y 57 y 58 del RLISR).
40D231000
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los
requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y
60 del RLISR).
40D232000
En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por socios, accionistas o sus
familiares sin relación laboral.
40D233000
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de
pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a
acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los
efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para
2025).
40D234000
En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción
(para los efectos de los artículos 28, fracción XX de la LISR y 61 del RLISR).
40D235000
Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se consideró como
monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos del artículo 36,
fracciones II y III respectivamente de la LISR).
110
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40D237000
En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos establecidos para su
deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR).
40D238000
En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos establecidos para su
deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).
40D240000
La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años.
40D241000
La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice anterior.
40D242000
Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR.
40D270000
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.
40D323000
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó.
40D324000
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el
extranjero.
40D329000
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas
40D331000
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.
40D333000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES.
40D335000
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
40D338000
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le
correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente.
40D339000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.
40D340000
Aplicó tratados para evitar la doble tributación.
40D341000
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos
del artículo 4 de la LISR.
40D342000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial.
40D343000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.
40D344000
Efectuó por cuenta de sus integrantes las retenciones y entero de las mismas, y en su caso expidió las
constancias de dichas retenciones (para los efectos de los artículos 72, fracción III y 74, párrafo
séptimo, fracción III LISR).
40D346000
Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus inventarios (para los efectos de los
artículos 8 de la LIVA y 25 del RLIVA).
40D348000
La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los efectos de los artículos 24,
fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA).
40D349000
El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes, excepto por los derivados de
transporte internacional (para los efectos de los artículos 24, fracción V de la LIVA, 48 y 49 del RLIVA).
40D350000
Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o uso o goce temporal de
bienes intangibles o por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados (para los efectos de
los artículos 29, fracciones II, III y IV de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA).
40D358000
No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, por haber
realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del
artículo 5o., fracción V inciso b) de la LIVA).
40D359000
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%,
solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a erogaciones distintas
a las inversiones se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba
pagar el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total
de las actividades mencionadas que realizó en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o.,
fracción V, inciso c) de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D360000
Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, en su totalidad por
haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto o le sea aplicable la
tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la LIVA, así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D361000
No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su destino habitual, por haber
realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del
artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 2 de la LIVA).
40D362000
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%,
solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a inversiones conforme
a su destino habitual, se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba
pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total
de las actividades mencionadas realizadas en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o.,
fracción V, inciso d), punto 3 de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D363000
En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma exclusiva a las actividades a que
estaban previstas (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 4 de la LIVA).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
111
40D364000
En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos de los artículos
5o.-A de la LIVA y 19 del RLIVA).
40D365000
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses
se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o.,
fracción I de la LIVA).
40D366000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre
de 2013.
40D367000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre
de 2013.
Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
40D064000
Fecha del oficio 1.
40D066000
Fecha del oficio 2.
40D068000
Fecha del oficio 3.
40D071000
Fecha de la resolución 1.
40D073000
Fecha de la resolución 2.
40D075000
Fecha de la resolución 3.
40D077000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).
40D078000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria).
40D085000
Fecha de presentación de la declaración informativa normal.
40D086000
Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria).
40D245000
Fecha en que surtió efectos la fusión.
40D269000
Fecha en que surtió efectos la escisión.
40D315000
Fecha de inicio de la liquidación.
Datos de la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple.
Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de
presentación de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el
año separados por diagonales ”/”).
40D010000
Denominación o razón social fideicomitente.
40D011000
Denominación o razón social fiduciario.
40D012000
Denominación o razón social fideicomisario (1).
40D013000
Denominación o razón social fideicomisario (2).
40D014000
Denominación o razón social fideicomisario (3).
40D051000
Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron.
40D059000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
40D063000
Número de oficio 1.
40D065000
Número de oficio 2.
40D067000
Número de oficio 3.
40D070000
Número de resolución 1.
40D072000
Número de resolución 2.
40D074000
Número de resolución 3.
40D080000
Número de identificación (campo 1).
40D081000
Número de identificación (campo 2).
40D082000
Número de identificación (campo 3).
40D083000
Número de identificación (campo 4).
40D084000
Número de identificación (campo 5).
40D183000
Nombre del comprador 1.
40D185000
Nombre del comprador 2.
40D187000
Nombre del comprador 3.
40D189000
Nombre del comprador 4.
112
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40D191000
Nombre del comprador 5.
40D247000
Fusionante: denominación o razón social.
40D249000
Fusionada 1: denominación o razón social.
40D251000
Fusionada 2: denominación o razón social.
40D253000
Fusionada 3: denominación o razón social.
40D255000
Fusionada 4: denominación o razón social.
40D257000
Fusionada 5: denominación o razón social.
40D259000
Fusionada 6: denominación o razón social.
40D261000
Fusionada 7: denominación o razón social.
40D263000
Fusionada 8: denominación o razón social.
40D265000
Fusionada 9: denominación o razón social.
40D267000
Fusionada 10: denominación o razón social.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes,
paréntesis, etc.).
40D038000
RFC 1.
40D039000
RFC 2.
40D040000
RFC 3.
40D041000
RFC 4.
40D042000
RFC 5.
40D095000
(especificar nombre anterior).
40D096000
(especificar nombre anterior).
40D097000
(especificar nombre anterior).
40D098000
(especificar nombre anterior).
40D099000
(especificar nombre anterior).
40D124000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
40D125000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
40D126000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
40D127000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
40D128000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
40D246000
Fusionante: RFC.
40D248000
Fusionada 1: RFC.
40D250000
Fusionada 2: RFC.
40D252000
Fusionada 3: RFC.
40D254000
Fusionada 4: RFC.
40D256000
Fusionada 5: RFC.
40D258000
Fusionada 6: RFC.
40D260000
Fusionada 7: RFC.
40D262000
Fusionada 8: RFC.
40D264000
Fusionada 9: RFC.
40D266000
Fusionada 10: RFC.
40D271000
Escindida 1: RFC.
40D275000
Escindida 2: RFC.
40D279000
Escindida 3: RFC.
40D283000
Escindida 4: RFC.
40D287000
Escindida 5: RFC.
40D291000
Escindida 6: RFC.
40D295000
Escindida 7: RFC.
40D299000
Escindida 8: RFC.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
113
40D303000
Escindida 9: RFC.
40D307000
Escindida 10: RFC.
40D311000
Escindente: RFC.
40D316000
Liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social.
40D317000
Liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social.
40D318000
Liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social.
Dato, RFC.
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:
- cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y
dos para el día).
- tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &).
40D135000
Especificar.
40D136000
Especificar.
40D137000
Especificar.
Para efectos de estos índices, se anotarán en el concepto datos referentes al concepto de
“otros”.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales,
corchetes, paréntesis, etc.).
40D007000
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 40D004000, 40D005000 y 40D006000
anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales,
corchetes, paréntesis, etc.).
40D053000
Precio de venta de las acciones enajenadas.
40D054000
Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las acciones.
40D057000
En caso de que su repuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el importe de la pérdida por
enajenación de acciones actualizada al cierre del ejercicio.
40D116000
Número de trabajadores.
40D117000
Total del ISR retenido y enterado por salarios.
40D118000
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.
40D119000
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio.
40D120000
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.
40D121000
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.
40D140000
Monto de IVA que originó dicha operación.
40D148000
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción
IV del artículo 1o.-A de la LIVA.
40D155000
Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio.
40D156000
Monto de la pérdida deducible en el ejercicio.
40D193000
Total de ingresos por venta de intangibles.
40D194000
Total del monto original de la inversión ajustado.
40D196000
Monto del entero por la operación.
40D197000
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados
reconocidos.
40D201000
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.
40D202000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.
114
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40D203000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.
40D239000
Monto de la deuda que genera intereses a cargo.
40D272000
Valor activo:
40D273000
Valor pasivo:
40D274000
Valor capital social:
40D276000
Valor activo:
40D277000
Valor pasivo:
40D278000
Valor capital social:
40D280000
Valor activo:
40D281000
Valor pasivo:
40D282000
Valor capital social:
40D284000
Valor activo:
40D285000
Valor pasivo:
40D286000
Valor capital social:
40D288000
Valor activo:
40D289000
Valor pasivo:
40D290000
Valor capital social:
40D292000
Valor activo:
40D293000
Valor pasivo:
40D294000
Valor capital social:
40D296000
Valor activo:
40D297000
Valor pasivo:
40D298000
Valor capital social:
40D300000
Valor activo:
40D301000
Valor pasivo:
40D302000
Valor capital social:
40D304000
Valor activo:
40D305000
Valor pasivo:
40D306000
Valor capital social:
40D308000
Valor activo:
40D309000
Valor pasivo:
40D310000
Valor capital social:
40D312000
Valor activo:
40D313000
Valor pasivo:
40D314000
Valor capital social:
40D325000
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el
extranjero.
40D326000
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero.
40D327000
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5
de la LISR.
40D330000
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES.
40D332000
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.
40D334000
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.
40D336000
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
40D337000
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo
párrafo del artículo 177 LISR.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos.
Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a
dicha cantidad.
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115
Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos,
paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
40D052000
Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que se enajenaron.
Datos de caracteres numéricos con dos decimales.
Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
Anexo
Datos a proporcionar
1.-
Estado de situación financiera.
2025 y 2024.
2.-
Estado de resultado integral.
Total 2025 y 2024. Partes relacionadas 2025 y 2024 y partes no
relacionadas 2025 y 2024.
3.-
Estado de cambios en el capital contable.
Capital social: proveniente de aportaciones, capital social
proveniente de capitalización, aportaciones para futuros
aumentos de capital, prima en suscripción de acciones, reserva
legal, utilidad neta, pérdida neta, utilidades retenidas de
ejercicios anteriores, pérdidas acumuladas de ejercicios
anteriores, otros resultados integrales (deudor), otros resultados
integrales (acreedor), exceso en la actualización del capital
contable, insuficiencia en la actualización del capital contable,
resultado por tenencia de activos no monetarios, otras cuentas
de capital acreedoras, otras cuentas de capital deudoras y total
del capital contable.
4.-
Estado de flujos de efectivo.
2025 y 2024.
5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos.
2025 y 2024, total acumulables para ISR 2025 y 2024, partes
relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024, total no
acumulables para ISR 2025 y 2024.
6.- Determinación del costo de lo vendido para efectos
contables y del Impuesto sobre la Renta.
Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no
relacionadas 2025 y 2024.
7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.
Gastos de fabricación, venta, administración y generales 2025 y
2024; gastos de fabricación, venta, administración y generales:
total 2025 y 2024; gastos de fabricación, venta, administración y
generales partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y
2024, total deducibles para ISR 2025 y 2024; total no
deducibles para ISR 2025 y 2024.
8.- Análisis
comparativo
de
las
subcuentas
del
resultado integral de financiamiento.
2025 y 2024, acumulables o deducibles para ISR: 2025 y 2024,
partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024, no
acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducible
(gastos) para ISR: 2025 y 2024.
9.- Relación
de
contribuciones
a
cargo
del
contribuyente como sujeto directo o en su carácter
de retenedor.
Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o
a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el
contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no
investigadas por auditoría.
10.- Relación de contribuciones por pagar.
Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe
proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por
pagar, importe de la contribución en litigio.
11.-. Conciliación entre el resultado contable y fiscal para
efectos del Impuesto sobre la Renta.
2025 y 2024.
12.-. Operaciones financieras derivadas contratadas con
residentes en el extranjero.
Monto contratado, importe del efecto fiscal que tuvo en el
ejercicio, efecto fiscal que tuvo en el ejercicio ingreso
(deducción), indique el monto de ingreso acumulable o
(deducción autorizada) generado.
13.-. Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas
y afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de
ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de
la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de
participación, valor de la inversión.
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de
acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos:
efectuados, monto de préstamos recibidos y monto de prima en
suscripción de acciones.
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15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según
estado de resultado integral y, los acumulables para
efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de
actos o actividades para efectos del Impuesto al
Valor Agregado.
2025 y 2024.
16.- Operaciones con partes relacionadas.
Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso
con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que
la operación se considerase pactada como con partes
independientes
en
operaciones
comparables,
monto
modificado, ISR retenido.
17.-. Información
del
contribuyente
sobre
sus
operaciones con partes relacionadas.
Datos a proporcionar.
18.- Datos informativos.
Datos a proporcionar.
19.-. Información de los integrantes de las personas
morales como coordinados.
Total de ingresos acumulables ISR, total de deducciones
autorizadas ISR, monto de la deducción del 8% sobre ingresos
acumulables sin documentación (RFA), utilidad fiscal, conceptos
disminuibles de la utilidad fiscal, utilidad gravable, pérdida fiscal,
ISR a cargo y a favor, monto del acreditamiento del IEPS por la
adquisición de diésel contra el ISR a cargo (para los efectos del
artículo 16, fracción IV de la LIF), monto del acreditamiento del
50% de los gastos por el uso de infraestructura carretera contra
el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción V de la
LIF), PTU por distribuir, importe total de las inversiones en
equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada
integrante en el ejercicio, número de unidades de equipo de
transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante
durante el ejercicio, importe total de los ingresos del integrante
según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV
de la LISR), importe total de las deducciones del integrante
según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV
de la LISR), importe total de las retenciones correspondientes al
integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72,
fracción III de la LISR) importe total de impuestos pagados por
cuenta del integrante (para los efectos del artículo 72, fracción
VI de la LISR).
20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Monto de la operación, ISR por retención determinado por
auditoría, ISR retenido pagado y diferencia.
21.- Inversiones.
Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio más: MOI de
las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o
bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio menos:
deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir
al final del ejercicio.
22.-. Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en
moneda nacional y extranjera.
Saldo en moneda extranjera, saldo en moneda nacional.
23.- Préstamos.
Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024,
conversión de moneda, importe total de los intereses pagados
y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de
diciembre de 2025, importe total de los intereses deducidos en
el ejercicio dictaminado.
25.-. Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes.
Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la
participación accionaria, total de ingresos acumulables o
gravables en el ejercicio, participación directa o participación
indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio
(porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos:
monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas
durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de
reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la
entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades
o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en
régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el
ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal
preferente: monto total de activos no afectos a la actividad
empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal
preferente: monto total de activos afectos a la actividad
empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
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26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para
los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior
de cada una de las personas miembros del grupo o de cada
parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del
ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos
acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de
todas las personas miembros del grupo o de todas las partes
relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los
intereses devengados que deriven de deudas (montos
deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios
anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los
ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad
(pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de
deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos
fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total
deducido de cargos diferidos, monto total deducido de
erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal
ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles.
Nota: el orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato
guía.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos.
Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha
cantidad.
Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos,
paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
Anexo
Datos a proporcionar
4.1.- Notas a los estados financieros.
Texto referente a las notas a los estados financieros.
9.1.- Declaratoria.
Texto referente a la declaratoria.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Este texto sí podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis,
etc.).
El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.
Anexo
Datos a proporcionar
9.- Relación
de
contribuciones
a
cargo
del
contribuyente como sujeto directo o en su carácter
de retenedor.
Tasa, tarifa o cuota.
12.-. Operaciones financieras derivadas contratadas con
residentes en el extranjero.
% de retención sobre la ganancia.
13.-. Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas
y afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Porcentaje de participación en el capital de la entidad.
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio
y porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo
recibidos.
16.- Operaciones con partes relacionadas.
Tasa.
20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Tasa.
23.- Préstamos.
Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR.
25.-. Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes.
Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el
extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México),
participación directa o participación indirecta promedio por día
del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa
preferencial por tratado.
26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para
los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Proporción de ingresos.
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Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres alfanuméricos y dos decimales.
Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo
de porcentaje.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis,
etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo
Datos a proporcionar
10.- Relación de contribuciones por pagar.
Institución de crédito o SAT, pago en parcialidades (datos del
escrito libre) administración receptora.
12.-.Operaciones financieras derivadas contratadas con
residentes en el extranjero.
País de residencia, tipo de operación contratada deuda o
capital, valor pactado sobre el subyacente, tipo de subyacente,
en caso de que en la columna "tipo de subyacente" haya
seleccionado "otros" especifique concepto indique si antes del
vencimiento del plazo realizó, tipo de moneda, en caso de que
haya liquidado mediante celebración de una operación
contraria, indique las razones.
13.-.Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas
y afiliadas residentes en el extranjero y en México.
País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago
(transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas,
etc.).
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo,
formas de pago (transferencia de fondos, capitalización de
créditos o deudas, etc.).
16.- Operaciones con partes relacionadas.
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de
"otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de
residencia y método de precios de transferencia aplicado.
20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de
"otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de
residencia.
22.-.Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en
moneda nacional y extranjera.
País de residencia fiscal, tipo de moneda, antigüedad de la
cuenta por cobrar y por pagar (meses), indique si la cuenta
proviene de una fusión, escisión de sociedades o cesión de
derechos u obligaciones, concepto más importante que originó
el saldo, en caso de que en la columna "concepto más
importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de
los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor", especifique
concepto:
23.- Préstamos.
Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de
financiamiento"
haya
seleccionado
el
concepto
"otro",
especifique concepto, país de residencia para efectos fiscales,
tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia
de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la
columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses “haya
seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: y destino
del capital tomado en préstamo.
25.-.Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes.
País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia
fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de
"otros ingresos" u “otros pagos”, especifique concepto, carácter
con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura
jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó
una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que
tenga celebrado México para evitar la doble tributación, en el
caso de ingresos generados en participación con otras
entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa,
operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica
extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del
fideicomiso.
Datos de caracteres alfanuméricos en mayúsculas.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
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Anexo
Datos a proporcionar
10.- Relación de contribuciones por pagar.
Número de operación, pago en parcialidades (datos del escrito
libre): número de folio y oficio de autorización de pago en
parcialidades número.
12.-.Operaciones financieras derivadas contratadas con
residentes en el extranjero.
Número de identificación fiscal.
13.-.Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas
y afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Número de identificación fiscal.
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Número de identificación fiscal o RFC.
16.- Operaciones con partes relacionadas.
Número de identificación o RFC.
19.-.Información de los integrantes de las personas
morales como coordinados.
RFC del integrante.
20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Número de identificación fiscal.
22.-.Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en
moneda nacional y extranjera.
Número de identificación fiscal o RFC.
23.- Préstamos.
Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del
acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante
el ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la
CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos
en México.
24.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
25.-. Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes.
Número de identificación fiscal.
26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para
los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las
personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 14.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales, 16.- operaciones con partes relacionadas y 24.- integración de pérdidas fiscales de
ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:
Dato máximo de 13 caracteres alfanuméricos compuestos por:
-
Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
-
Caracteres numéricos que corresponden a la fecha: (cuatro caracteres para el año, dos para el
mes y dos para día).
-
Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el
carácter &).
Anexo
Datos a proporcionar
10.- Relación de contribuciones por pagar.
Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre):
fecha de presentación y oficio de autorización de pago en
parcialidades: fecha.
12.-.Operaciones financieras derivadas contratadas con
residentes en el extranjero.
Fecha de celebración del contrato que le dio origen a la
operación, fecha de celebración de la más reciente adenda al
contrato origen, vigencia: del y al.
13.-.Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas
y afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su
subsidiaria.
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Periodo de tenencia: del y al.
120
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19.-.Información de los integrantes de las personas
morales como coordinados.
Fecha del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para
los efectos del artículo 73 de la LISR).
23.- Préstamos.
Fecha en la que se realizó la conversión de moneda, vigencia
del préstamo del y al.
25.-.Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes.
Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente
fiscalmente:
Vigencia del y al.
Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el
mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo. 25/03/2015).
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis,
etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.
Anexo
Datos a proporcionar
24.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos de cuatro decimales.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos,
guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.
Anexo
Datos a proporcionar
12.-Operaciones financieras derivadas contratadas con
residentes en el extranjero.
Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble
tributación (si o no) e indique si se contrató con una parte
relacionada (si o no).
16.- Operaciones con partes relacionadas.
La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no)
en caso afirmativo indique en el anexo denominado información
adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la
operación está pactada como con partes independientes en
operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores
de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable
(deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de
transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de
la RMF 2025) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los
tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a), existió
retención y entero de ISR por esta operación.
20.-Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información
con el país de la columna anterior (si o no), indique si es parte
relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta
operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado
celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no).
22.-.Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en
moneda nacional y extranjera.
Indique si es parte relacionada (si o no), generó intereses (si o
no), indique si la cuenta por cobrar o por pagar se encuentra
cubierta por algún instrumento financiero derivado (si o no).
23.- Préstamos.
Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el
préstamo (si o no) y efectuó colocaciones en el extranjero (si o
no).
24.-Integración
de
pérdidas
fiscales
de
ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
25.-.Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes.
La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene
alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos
generados en participación con otras entidades cuenta con la
información de la entidad que generó ingresos por participación
con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con
la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente,
señalar si la información es para el caso de los ingresos
generados en fideicomisos y similares (si o no).
26.-
Deducción de intereses netos del ejercicio (para
los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se
refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no).
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
Datos de caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
En estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
121
Contenido y características para el llenado del dictamen
Datos aplicables al dictamen de:
C.
Casas de cambio
Datos de identificación
Datos a proporcionar:
Contribuyente, representante legal, contador público.
07A000000
RFC (del contribuyente).
07B000000
RFC (del contador público).
07B015000
RFC (del despacho).
07C000000
RFC (del representante legal).
Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
-
Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
-
Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (cuatro caracteres para año, dos para
mes y dos para el día).
-
Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato,
se anotará lo siguiente:
REXT990101XXX.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el
carácter &).
07A001000
Denominación o razón social.
07B001000
Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).
07B014000
Nombre del despacho.
07C001000
Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).
Dato, nombre completo, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del
representante legal, del contador público y del despacho.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
07B002000
CURP (del contador público).
07C004000
CURP (del representante legal).
Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
- Cuatro caracteres alfabéticos
- Seis caracteres numéricos.
-
Seis caracteres alfabéticos.
-
Un carácter alfabético o numérico.
-
Un carácter numérico.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:
07A002000
Entidad federativa (del contribuyente).
07B004000
Entidad federativa (del contador público).
07C005000
07C015000
Entidad federativa (del representante legal).
Entidad en la que se ubica la notaría (representante legal).
Dato elegido de una lista (catálogo).
07A003000
Alcaldía o municipio (del contribuyente).
07B005000
Alcaldía o municipio (del contador público).
07C006000
Alcaldía o municipio (del representante legal).
Dato alcaldía o municipio completo.
Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
122
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07A004000
Colonia o localidad (del contribuyente).
07B006000
Colonia o localidad (del contador público).
07C007000
Colonia o localidad (del representante legal).
Dato colonia o localidad completa.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07A005000
Código postal (del contribuyente).
07B007000
Código postal (del contador público).
07C008000
Código postal (del representante legal).
Dato código postal completa.
Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo
Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
07A006000
Calle, número exterior e interior (del contribuyente).
07B008000
Calle, número exterior e interior (del contador público).
07C009000
Calle, número exterior e interior (del representante legal).
Dato de calle y número completo.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07A007000
Ciudad o población (del contribuyente).
07B009000
Ciudad o población (del contador público).
07C010000
Ciudad o población (del representante legal).
Dato, ciudad o población completa.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07A008000
Teléfono (del contribuyente).
07B010000
Teléfono (del contador público o del despacho).
07C011000
Teléfono (del representante legal).
Dato de veinte caracteres numéricos máximo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes,
paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
07A009000
Correo electrónico (del contribuyente).
07B011000
Correo electrónico (del contador público).
07B012000
Correo electrónico del buzón tributario.
07C012000
Correo electrónico (del representante legal).
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.
Este dato si podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.)
07A010000
Nombre del grupo económico al que pertenece.
Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que
se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.
07A011000
Clave de actividad para efectos fiscales.
Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado
automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se selecciona de un catálogo.
Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el
Anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
123
07C002000
Nacional (representante legal).
07C003000
Extranjero (representante legal).
Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).
Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07C013000
Número de escritura (representante legal).
07C014000
Número de notaria (representante legal).
Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis,
etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
07C016000
Fecha del poder (representante legal).
07C017000
Fecha de designación (representante legal).
Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.
Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de
certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por
diagonales “/”).
07B003000
Número de registro del contador público.
07B016000
Número de registro del despacho.
Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría
Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.
Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis,
etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
07B013000
Colegio al que pertenece el contador público.
Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Datos generales.
Datos a proporcionar:
07D000000
Autoridad competente.
07D001000
Sede a la que pertenece la ADAF.
07D002000
Administración.
07D003000
Obligado u optativo.
07D017000
Tipo de contribuyente especial.
07D024000
Tipo de opinión.
07D039000
Se trata de:
07D164000
Se realizaron con fines de:
07D187000
En calidad de que participó en alguna fusión:
07D211000
En calidad de que participó en alguna escisión:
07D274000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la
Renta que acredita el contribuyente (1).
07D275000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la
Renta que acredita el contribuyente (2).
07D276000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la
Renta que acredita el contribuyente (3).
07D304000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo
fiscal de ISR.
07D307000
(1) Correspondiente al mes de:
07D310000
(2) Correspondiente al mes de:
07D313000
(3) Correspondiente al mes de:
07D316000
(4) Correspondiente al mes de:
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D319000
(5) Correspondiente al mes de:
07D322000
(6) Correspondiente al mes de:
07D325000
(7) Correspondiente al mes de:
07D328000
(8) Correspondiente al mes de:
07D331000
(9) Correspondiente al mes de:
07D334000
(10) Correspondiente al mes de:
07D337000
(11) Correspondiente al mes de:
07D340000
(12) Correspondiente al mes de:
07D364000
(1) Correspondiente al mes de:
07D367000
(2) Correspondiente al mes de:
07D370000
(3) Correspondiente al mes de:
07D373000
(4) Correspondiente al mes de:
07D376000
(5) Correspondiente al mes de:
07D379000
(6) Correspondiente al mes de:
07D382000
(7) Correspondiente al mes de:
07D385000
(8) Correspondiente al mes de:
07D388000
(9) Correspondiente al mes de:
07D391000
(10) Correspondiente al mes de:
07D394000
(11) Correspondiente al mes de:
07D397000
(12) Correspondiente al mes de:
07D400000
Cuál es su moneda funcional.
07D411000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo
fiscal de ISR.
07D414000
(1) Correspondiente al mes de:
07D417000
(2) Correspondiente al mes de:
07D420000
(3) Correspondiente al mes de:
07D423000
(4) Correspondiente al mes de:
07D426000
(5) Correspondiente al mes de:
07D429000
(6) Correspondiente al mes de:
07D432000
(7) Correspondiente al mes de:
07D435000
(8) Correspondiente al mes de:
07D438000
(9) Correspondiente al mes de:
07D441000
(10) Correspondiente al mes de:
07D444000
(11) Correspondiente al mes de:
07D447000
(12) Correspondiente al mes de:
07D471000
(1) Correspondiente al mes de:
07D474000
(2) Correspondiente al mes de:
07D477000
(3) Correspondiente al mes de:
07D480000
(4) Correspondiente al mes de:
07D483000
(5) Correspondiente al mes de:
07D486000
(6) Correspondiente al mes de:
07D489000
(7) Correspondiente al mes de:
07D492000
(8) Correspondiente al mes de:
07D495000
(9) Correspondiente al mes de:
07D498000
(10) Correspondiente al mes de:
07D501000
(11) Correspondiente al mes de:
07D504000
(12) Correspondiente al mes de:
07D507000
Cuál es su moneda funcional.
Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se seleccionó de una lista (catálogo).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
125
07D020000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal.
07D021000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal.
07D022000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.
07D023000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.
Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.
Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.
Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio
del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y
diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el
año, separados por diagonales “/”).
Ejemplo:
inicio
final
01/01/2025
31/12/2025
07D004000
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del
artículo 32-A CFF).
07D005000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del
artículo 32-A CFF).
07D006000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los
efectos del artículo 32-A CFF).
07D008000
Forma parte de una asociación en participación.
07D009000
Forma parte de un fideicomiso.
07D015000
Primer dictamen.
07D016000
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e
infraestructura.
07D018000
Empresa filial.
07D019000
Empresa subsidiaria.
07D030000
Realizó operaciones con partes relacionadas.
07D031000
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 07D030000.
(debe llenar los anexos 12 y 13).
07D032000
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.
07D033000
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.
07D034000
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera.
07D035000
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a
que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el
anexo 18).
07D036000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no
vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
07D038000
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación
fiscal durante el ejercicio.
07D047000
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya
afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).
07D054000
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.
07D057000
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.
07D065000
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio
en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 9).
07D066000
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el
ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10).
07D067000
Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el
anexo 15).
07D068000
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 17).
07D069000
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado.
07D070000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o
razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29,
fracción I del RCFF) asimismo, especifique el RFC y nombres anteriores.
07D076000
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.
126
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D077000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio
fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).
07D078000
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal
auditado.
07D079000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de
actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF).
07D080000
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el
mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde
se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para
el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).
07D081000
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas
del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del
CFF.
07D082000
Tiene accionistas residentes en el país.
07D083000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes
(para los efectos del artículo 27 CFF).
07D086000
Tiene empleados.
07D094000
En caso negativo a la pregunta del índice 07D086000 tiene algún contrato de servicios
especializados u obras especializadas (REPSE).
07D100000
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio.
07D101000
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una
reestructura o pago de dividendos o utilidades.
07D103000
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo
32, fracción I de la LIVA.
07D104000
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio
fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).
07D111000
Diario.
07D112000
Mayor.
07D113000
Actas de asamblea de socios o accionistas.
07D114000
Socios o accionistas.
07D115000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación
de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la
enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del
artículo 24 de la LISR).
07D116000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión
indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF).
07D118000
El contribuyente cambió el modelo de negocios.
07D119000
El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado
ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
07D120000
Reconoció o reportó dichos ingresos.
07D121000
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los
efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR).
07D128000
Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan generado
intereses.
07D129000
En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la autoridad fiscal.
07D130000
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del artículo 55 de la
LISR.
07D131000
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la
LISR.
07D132000
Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación, administración o
distribución a sociedades de inversión en instrumento de duda o sociedades de inversión
de renta variable, en los términos de la Ley de Sociedades de Inversión y demás normativa
legal aplicable.
07D133000
Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la obligación prevista en
la fracción II del artículo 55 de la LISR, tal y cual se prevé en el artículo 89 de esa misma
normativa.
07D134000
Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio.
07D136000
Es parte relacionada.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
127
07D138000
Es parte relacionada.
07D140000
Es parte relacionada.
07D142000
Es parte relacionada.
07D144000
Es parte relacionada.
07D147000
Efectuó retención.
07D150000
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.
07D151000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.
07D152000
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.
07D156000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de
pérdidas financieras.
07D163000
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR).
07D165000
En caso afirmativo, acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas.
07D167000
Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas.
07D169000
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los
términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR.
07D172000
Los quebrantos diversos reúnen la totalidad de requisitos de deducción que establece el
artículo 27 de la LISR.
07D262000
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de
inmuebles (fibras).
07D263000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los
artículos 187 y 188 de la LISR.
07D264000
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra).
07D265000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los
artículos 187 y 188 de la LISR.
07D267000
Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente
corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su
acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el SAT.
07D268000
El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero.
07D273000
Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el
extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del
contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos
previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento.
07D277000
Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio.
07D278000
Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero
correspondiente a ejercicios anteriores.
07D279000
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras
jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo
debe llenar el anexo 19).
07D295000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme
al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera enterado en los términos y plazos
establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).
07D297000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo
debe llenar del índice 07140129000000 al 07140157000000 del anexo 14).
07D299000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
norte”.
07D303000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
07D306000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones
complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso,
realizó el pago del ISR correspondiente.
07D344000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región
fronteriza norte es menor a 18 meses
07D347000
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le
otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.
128
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D350000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo
séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza
norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
07D354000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
07D356000
(a) enajenación de bienes.
07D357000
(b) prestación de servicios independientes.
07D358000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
07D359000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
07D362000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención
por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.
07D363000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la
retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente
pagada.
07D401000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
07D402000
Es importador de un sector en específico.
07D404000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo
debe llenar del índice 07140158000000 al 07140186000000 del anexo 14).
07D406000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
sur”.
07D410000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
07D413000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones
complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso,
realizó el pago del ISR correspondiente.
07D451000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región
fronteriza sur es menor a 18 meses.
07D454000
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue
beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.
07D457000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo
séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza
sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
07D461000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
07D463000
(a) enajenación de bienes.
07D464000
(b) prestación de servicios independientes.
07D465000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
07D466000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
07D469000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención
por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.
07D470000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la
retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente
pagada.
07D508000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
07D509000
Es importador de un sector en específico.
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si o no) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
07D040000
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta).
07D084000
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de
operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado.
07D085000
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto
fiscal para los efectos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
07D093000
Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios
a dicho fondo (para los efectos del artículo 29 de la LISR y 65 del RLISR).
07D105000
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las
operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del
comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
129
07D106000
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de
la LIVA, 20 y 74 del RLIVA).
07D107000
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los
casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA
así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
07D108000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las
personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la
LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
07D109000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el
pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las
operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa
a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades
por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la
LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
07D117000
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice
anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado.
07D122000
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a
residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido
(para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR).
07D123000
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para
los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR).
07D124000
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido
a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista
(para los efectos del artículo 76, fracción XI inciso a) de la LISR).
07D125000
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, constancia en la
que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen
de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso
b) de la LISR).
07D126000
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos
de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera,
mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de
la LISR, así como las reglas aplicables de la RMF para 2025).
07D127000
Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las
contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en
piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos del
artículo 76, fracción XV de la LISR).
07D157000
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores,
gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de
cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del
artículo 27, fracción IX de la LISR).
07D158000
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya
comprobado que, quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos
propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se hayan llevado a cabo
(para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR).
07D159000
En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran cumplido los
requisitos previstos en la fracción V, del artículo 28 de la LISR.
07D160000
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así
como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de
capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplió con los requisitos
establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR,
así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
07D161000
Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se
considera como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los
efectos del artículo 36, fracciones II y III de la LISR).
07D162000
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió
con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28,
fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR).
07D171000
Cuando se adquieran bienes o derechos por dación en pago o por adjudicación, que no
puedan conservar en propiedad por disposición legal, no se deducen conforme al artículo
25 de la LISR (para los efectos del artículo 53 de la LISR).
07D173000
Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad.
07D175000
Deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los fondos destinados a las
reservas para el otorgamiento de pensiones o jubilaciones de personal.
130
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D176000
La reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste anual inflacionario dentro de
los créditos.
07D177000
En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V del artículo 25 de
la LISR.
07D178000
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los requisitos que señala la
fracción XV del artículo 27 de la LISR.
07D179000
Por las cuentas incobrables o quebrantos, fueron incluidas para efectos del ajuste anual
por inflación hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio en que se deduzca, como
lo señala el artículo 27, fracción XV, cuarto párrafo de la LISR.
07D180000
Indique si dedujo para efectos fiscales provisiones.
07D181000
En caso afirmativo, indique si el pago y la documentación comprobatoria cumpliera con los
requisitos fiscales.
07D182000
Indique si redujo su capital social.
07D183000
En caso afirmativo, indique si la utilidad distribuible está determinada conforme al artículo
78 de la LISR.
07D184000
La CUCA y las aportaciones de capital coinciden contra el estado de cuenta bancario
engranado a la contabilidad, y las actas de asamblea.
07D185000
Indique si el saldo de la cuenta utilidad fiscal neta, coincide con las declaraciones del
ejercicio y actas de asamblea.
07D186000
Para efectos del ajuste anual por inflación, los créditos y las deudas en moneda extranjera
se valúan a la paridad existente al primer día del mes, como lo señala el artículo 44 de la
LISR.
07D213000
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.
07D266000
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que
acreditó.
07D269000
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR
pagado en el extranjero.
07D280000
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas.
07D282000
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.
07D284000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES.
07D286000
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
07D289000
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le
correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente.
07D290000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre
de 2013.
07D291000
Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación.
07D292000
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate,
en términos del artículo 4 de la LISR.
07D293000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial.
07D294000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre
de 2013.
07D296000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de
diciembre de 2013.
07D345000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la
región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza
norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
07D346000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
07D361000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
07D452000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la
región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza
sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
07D453000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
07D468000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
131
07D042000
Fecha del oficio 1.
07D044000
Fecha del oficio 2.
07D046000
Fecha del oficio 3.
07D049000
Fecha de la resolución 1.
07D051000
Fecha de la resolución 2.
07D053000
Fecha de la resolución 3.
07D055000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).
07D056000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria).
07D063000
Fecha de presentación de la declaración informativa normal.
07D064000
Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria).
07D188000
Fecha en que surtió efectos la fusión.
07D212000
Fecha en que surtió efectos la escisión.
07D258000
Fecha de inicio de la liquidación.
07D301000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
07D305000
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.
07D308000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D311000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D314000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D317000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D320000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D323000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D326000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D329000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D332000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D335000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
07D338000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
07D341000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
07D351000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
07D355000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en
el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de
2018.
07D360000
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.
07D365000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D368000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D371000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D374000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D377000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D380000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D383000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D386000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D389000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D392000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
132
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D395000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D398000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D408000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
07D412000
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.
07D415000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D418000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D421000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D424000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D427000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D430000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D433000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D436000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D439000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
07D442000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
07D445000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
07D448000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
07D458000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
07D462000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en
el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de
2020.
07D467000
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.
07D472000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D475000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D478000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D481000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D484000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D487000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D490000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D493000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D496000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D499000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D502000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D505000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
Datos de la fecha del oficio, de la resolución, del envío de la declaración informativa múltiple y en que
surtió efectos la escisión.
Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del
oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el
mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).
07D010000
Denominación o razón social fideicomitente.
07D011000
Denominación o razón social fiduciario.
07D012000
Denominación o razón social fideicomisario (1).
07D013000
Denominación o razón social fideicomisario (2).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
133
07D014000
Denominación o razón social fideicomisario (3).
07D037000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
07D041000
Número de oficio 1.
07D043000
Número de oficio 2.
07D045000
Número de oficio 3.
07D048000
Número de resolución 1.
07D050000
Número de resolución 2.
07D052000
Número de resolución 3.
07D058000
Número de identificación (campo 1).
07D059000
Número de identificación (campo 2).
07D060000
Número de identificación (campo 3).
07D061000
Número de identificación (campo 4).
07D062000
Número de identificación (campo 5).
07D135000
Nombre del comprador 1.
07D137000
Nombre del comprador 2.
07D139000
Nombre del comprador 3.
07D141000
Nombre del comprador 4.
07D143000
Nombre del comprador 5.
07D190000
Fusionante: denominación o razón social.
07D192000
Fusionada 1: denominación o razón social.
07D194000
Fusionada 2: denominación o razón social.
07D196000
Fusionada 3: denominación o razón social.
07D198000
Fusionada 4: denominación o razón social.
07D200000
Fusionada 5: denominación o razón social.
07D202000
Fusionada 6: denominación o razón social.
07D204000
Fusionada 7: denominación o razón social.
07D206000
Fusionada 8: denominación o razón social.
07D208000
Fusionada 9: denominación o razón social.
07D210000
Fusionada 10: denominación o razón social.
07D300000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
07D302000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
norte”.
07D343000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.
07D348000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
07D352000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
07D353000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
07D403000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
07D407000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
07D409000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
sur”.
07D450000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.
07D455000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
07D459000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
07D460000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
07D510000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes,
paréntesis, etc.).
134
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D025000
RFC 1.
07D026000
RFC 2.
07D027000
RFC 3.
07D028000
RFC 4.
07D029000
RFC 5.
07D071000
(especificar nombre anterior).
07D072000
(especificar nombre anterior).
07D073000
(especificar nombre anterior).
07D074000
(especificar nombre anterior).
07D075000
(especificar nombre anterior).
07D095000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
07D096000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
07D097000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
07D098000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
07D099000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
07D189000
Fusionante: RFC.
07D191000
Fusionada 1: RFC.
07D193000
Fusionada 2: RFC.
07D195000
Fusionada 3: RFC.
07D197000
Fusionada 4: RFC.
07D199000
Fusionada 5: RFC.
07D201000
Fusionada 6: RFC.
07D203000
Fusionada 7: RFC.
07D205000
Fusionada 8: RFC.
07D207000
Fusionada 9: RFC.
07D209000
Fusionada 10: RFC.
07D214000
Escindida 1: RFC.
07D218000
Escindida 2: RFC.
07D222000
Escindida 3: RFC.
07D226000
Escindida 4: RFC.
07D230000
Escindida 5: RFC.
07D234000
Escindida 6: RFC.
07D238000
Escindida 7: RFC.
07D242000
Escindida 8: RFC.
07D246000
Escindida 9: RFC.
07D250000
Escindida 10: RFC.
07D254000
Escindente: RFC.
07D259000
(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social).
07D260000
(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social).
07D261000
(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).
Dato, RFC.
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:
- cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y
dos para el día).
- tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter
&).
07D007000
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 07D004000, 07D005000 y 07D006000 anteriores,
mencione el motivo por el que presenta el dictamen.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes,
paréntesis, etc.).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
135
07D087000
Número de trabajadores.
07D088000
Total del ISR retenido y enterado por salarios.
07D089000
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.
07D090000
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio.
07D091000
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.
07D092000
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.
07D102000
Monto de IVA que originó dicha operación.
07D110000
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la
fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA.
07D145000
Total de ingresos por venta de intangibles.
07D146000
Total del monto original de la inversión ajustado.
07D148000
Monto del entero por la operación.
07D149000
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados
reconocidos.
07D153000
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.
07D154000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.
07D155000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.
07D166000
Indique el monto de la acumulación correspondiente.
07D168000
En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente.
07D170000
En caso afirmativo, indique el monto correspondiente.
07D174000
Indique si el monto total de la reserva para fondos de pensiones, jubilaciones y primas de
antigüedad, está invertida acorde a lo establecido en el artículo 29, fracción II de la LISR vigente
en el ejercicio revisado.
07D215000
Valor activo:
07D216000
Valor pasivo:
07D217000
Valor capital social:
07D219000
Valor activo:
07D220000
Valor pasivo:
07D221000
Valor capital social:
07D223000
Valor activo:
07D224000
Valor pasivo:
07D225000
Valor capital social:
07D227000
Valor activo:
07D228000
Valor pasivo:
07D229000
Valor capital social:
07D231000
Valor activo:
07D232000
Valor pasivo:
07D233000
Valor capital social:
07D235000
Valor activo:
07D236000
Valor pasivo:
07D237000
Valor capital social:
07D239000
Valor activo:
07D240000
Valor pasivo:
07D241000
Valor capital social:
07D243000
Valor activo:
07D244000
Valor pasivo:
07D245000
Valor capital social:
07D247000
Valor activo:
07D248000
Valor pasivo:
07D249000
Valor capital social:
07D251000
Valor activo:
136
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D252000
Valor pasivo:
07D253000
Valor capital social:
07D255000
Valor activo:
07D256000
Valor pasivo:
07D257000
Valor capital social:
07D270000
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes
en el extranjero.
07D271000
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero.
07D272000
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR.
07D281000
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES.
07D283000
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.
07D285000
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.
07D287000
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
07D288000
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del
décimo párrafo del artículo 177 LISR.
07D309000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D312000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D315000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D318000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D321000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D324000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D327000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D330000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D333000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D336000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D339000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D342000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D349000
Monto del beneficio.
07D366000
(1) Monto pagado.
07D369000
(2) Monto pagado.
07D372000
(3) Monto pagado.
07D375000
(4) Monto pagado.
07D378000
(5) Monto pagado.
07D381000
(6) Monto pagado.
07D384000
(7) Monto pagado.
07D387000
(8) Monto pagado.
07D390000
(9) Monto pagado.
07D393000
(10) Monto pagado.
07D396000
(11) Monto pagado.
07D399000
(12) Monto pagado.
07D416000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D419000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D422000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D425000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D428000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D431000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D434000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D437000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D440000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D443000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D446000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
137
07D449000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D456000
Monto del beneficio.
07D473000
(1) Monto pagado.
07D476000
(2) Monto pagado.
07D479000
(3) Monto pagado.
07D482000
(4) Monto pagado.
07D485000
(5) Monto pagado.
07D488000
(6) Monto pagado.
07D491000
(7) Monto pagado.
07D494000
(8) Monto pagado.
07D497000
(9) Monto pagado.
07D500000
(10) Monto pagado.
07D503000
(11) Monto pagado.
07D506000
(12) Monto pagado.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos.
Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha
cantidad.
Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos,
paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
07D298000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la
región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.
07D405000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la
región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.
Datos de caracteres numéricos con dos decimales.
Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
Anexo
Datos a proporcionar
1.- Estado de situación financiera.
2025 y 2024.
2.- Estado de resultado integral.
Total 2025 y 2024 partes relacionadas 2025 y 2024, partes no
relacionadas 2025 y 2024.
3.- Estado de cambios en el capital contable.
Capital contribuido: capital social, aportaciones para futuros
aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas,
prima en venta de acciones, otras cuentas de capital contribuido,
capital ganado: reservas de capital, resultados acumulados,
resultado de ejercicios anteriores, valuación de instrumentos
financieros para cobrar o vender, ingresos y gastos relacionados
con activos mantenidos para su disposición, remedición de
beneficios definidos a los empleados, resultado por tenencias de
activos no monetarios, participación en ORI de otras entidades,
otras cuentas de capital ganado, utilidad neta, pérdida neta, total
participación controladora, participación no controladora y total
capital contable.
4.-
Estado de flujos de efectivo.
2025 y 2024.
5.-
Análisis comparativo de las cuentas del estado de
resultados.
2025, 2024, partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y
2024, acumulables o deducibles para ISR: 2025 y 2024, no
acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos)
para ISR 2025 y 2024.
138
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Anexo
Datos a proporcionar
6.-
Relación
de
contribuciones
a
cargo
del
contribuyente como sujeto directo o en su
carácter de retenedor.
Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a
favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el
contribuyente,
diferencia
y
diferencias
no
materiales
no
investigadas por auditoría.
7.- Relación de contribuciones por pagar.
Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe
proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por
pagar e importe de la contribución en litigio.
8.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal
para efectos del Impuesto sobre la Renta.
2025 y 2024.
9.- Operaciones financieras derivadas.
Sumatoria de nocionales, utilidad por contraparte, pérdida por
contraparte, efecto neto.
10.- Inversiones
permanentes
en
subsidiarias,
asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y
en México.
Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de
ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la
utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación,
valor de la inversión.
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de
acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos
efectuados y recibidos, monto de prima en suscripción de
acciones.
12.- Operaciones con partes relacionadas.
Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso
con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la
operación
se
considerase
pactada
como
con
partes
independientes en operaciones comparables, monto modificado.
13.- Información del contribuyente sobre operaciones
con partes relacionadas.
Datos a proporcionar.
14.- Datos informativos.
Importe.
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Monto de la operación, ISR por retención determinado por
auditoría, ISR retenido pagado, diferencia.
16.- Inversiones.
MOI al inicio del ejercicio, saldo pendiente de deducir al inicio del
ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio,
menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción
en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo
pendiente de deducir al final del ejercicio.
17.- Préstamos.
Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024, importe
total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el
ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025, importe total
de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado.
19.- Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes.
Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación
accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el
ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio
por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe,
aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o
aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y
reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos
durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal
preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio,
datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de
utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada
en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la
actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen
fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad
empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
139
Anexo
Datos a proporcionar
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los
efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).
Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de
cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte
relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal
anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del
ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas
miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de
deducción del contribuyente, total de los intereses devengados
que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos
pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir
del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados,
intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses
devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto
total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos
diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total
deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos,
utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no
deducibles.
Nota:
El orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato
guía.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos.
Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha
cantidad.
Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos,
paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
Anexo
Datos a proporcionar
4.1.- Notas a los estados financieros.
Texto referente a las notas a los estados financieros.
6.1.- Declaratoria.
Texto referente a la declaratoria.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos textos sí podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.).
El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.
Anexo
Datos a proporcionar
6.-
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente
como sujeto directo o en su carácter de retenedor.
Tasa, tarifa o cuota.
9.- Operaciones financieras derivadas.
Porcentaje de liquidación en efectivo, porcentaje de
liquidación en especie, proporción que representa de
ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas.
10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Porcentaje de participación en el capital de la entidad.
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Porcentaje de participación del socio o accionista en el
ejercicio, porcentaje de tasa de interés pactada en caso de
préstamo recibidos.
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Tasa.
17.- Préstamos.
Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR.
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el
extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México),
participación directa o participación indirecta promedio por
día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje,
tasa preferencial por tratado.
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los
efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).
Proporción de ingresos.
140
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.
Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo
de porcentaje.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis,
etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo
Datos a proporcionar
7.-
Relación de contribuciones por pagar.
Institución de crédito o SAT, pago en parcialidades (datos del
escrito libre): administración receptora.
9.-
Operaciones financieras derivadas.
País de residencia, número de contratos celebrados,
concepto de operaciones financieras derivadas (para los
efectos del artículo 16-A CFF), tipo de operaciones
financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la
LISR), tipo de mercado y nombre del mercado.
10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el extranjero y en México.
País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago
(transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas,
etc.).
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
País de residencia para efectos fiscales, destino del
préstamo,
forma
de
pago
(transferencia
de
fondos,
capitalización de créditos o deudas, etc.).
12.- Operaciones con partes relacionadas.
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de
"otros ingresos" u "otros pagos" especifique concepto, país
de residencia, método de precios de transferencia aplicado.
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de
"otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país
de residencia.
17.- Préstamos.
Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo
de financiamiento", haya seleccionado el concepto “otros”
especifique concepto: país de residencia para efectos
fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés,
frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de
que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de
intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique
concepto: destino del capital tomado en préstamo.
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de
residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la
columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de
los conceptos de "otros ingresos" u “otros pagos”,
especifique concepto, en el caso de ingresos generados en
participación con otras entidades, actividad que realiza la
entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o
con la entidad o figura jurídica extranjera transparente
fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter
con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura
jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó
una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado
que tenga celebrado México para evitar la doble tributación.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo
Datos a proporcionar
7.-
Relación de contribuciones por pagar.
Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito
libre): fecha de presentación, oficio de autorización de pago
en parcialidades: fecha.
10.-. Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su
subsidiaria.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
141
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Periodo de tenencia: del y al.
17.- Préstamos.
Vigencia del préstamo del y al.
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
Fideicomiso
o
entidad
o
figura
jurídica
extranjera
transparente fiscalmente: vigencia del, fideicomiso o entidad
o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia
al.
Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el
mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2018.
Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.
Anexo
Datos a proporcionar
18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc.,
únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo
Datos a proporcionar
12.- Operaciones con partes relacionadas.
La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en
caso afirmativo indique en el anexo denominado información
adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la
operación está pactada como con partes independientes en
operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de
actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable
(deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de
transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción I, de la
RMF para 2025) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados
para evitar la doble tributación (si, no, n/a).
15.-.Operaciones llevadas a cabo con residentes en
el extranjero.
México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el
país de la columna anterior (si o no) indique si es parte relacionada
(si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no),
aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para
evitar la doble tributación (si o no).
17.- Préstamos.
Fue beneficiario efectivo, de los intereses (si o no), garantizó el
préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no).
18.-. Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes.
La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene
alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos
generados en participación con otras entidades cuenta con la
información de la entidad que generó ingresos por participación con
otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la
entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar
si la información es para el caso de los ingresos generados en
fideicomisos y similares (si o no).
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio
(para los efectos del artículo 28, fracción XXXII
de la LISR).
Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere
el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no).
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo
Datos a proporcionar
7.- Relación de contribuciones por pagar.
Número de la operación, pago en parcialidades (datos del escrito
libre): número de folio, oficio de autorización de pago en
parcialidades: número.
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
9.- Operaciones financieras derivadas.
Número de identificación fiscal o RFC.
10.- Inversiones
permanentes
en
subsidiarias,
asociadas y afiliadas residentes en el extranjero
y en México.
Número de identificación fiscal.
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o
partes sociales.
Número de identificación fiscal o RFC.
12.- Operaciones con partes relacionadas.
Número de identificación fiscal o RFC.
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Número de identificación fiscal.
17.- Préstamos.
Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del
acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el
ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la
CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en
México.
18.-.Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes.
Número de identificación fiscal.
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para
los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las
personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 11.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales, 12.- operaciones con partes relacionadas y 18.- integración de pérdidas fiscales de
ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.
Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (cuatro caracteres para el año, dos para
el mes y dos para el día).
Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el
carácter &).
Contenido y características para el llenado del dictamen.
Datos aplicables al dictamen de:
D.
Intermediarios financieros no bancarios
Datos de identificación
Datos a proporcionar:
Contribuyente, representante legal, contador público.
10A000000
RFC (del contribuyente).
10B000000
RFC (del contador público).
10B015000
RFC (del despacho).
10C000000
RFC (del representante legal).
Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
-
Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
-
Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes
y dos para el día).
-
Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
143
En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato,
se anotará lo siguiente: REXT990101XXX.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el
carácter &).
10A001000
Denominación o razón social.
10B001000
Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).
10B014000
Nombre del despacho.
10C001000
Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).
Dato, nombre completo se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante
legal, del contador público y del despacho.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
10B002000
CURP (del contador público).
10C004000
CURP (del representante legal).
Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
-
Cuatro caracteres alfabéticos.
-
Seis caracteres numéricos.
-
Seis caracteres alfabéticos.
-
Un carácter alfabético o numérico.
-
Un carácter numérico.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:
10A002000
Entidad federativa (del contribuyente).
10B004000
Entidad federativa (del contador público).
10C005000
Entidad federativa (del representante legal).
10C015000
Entidad en la que se ubica la notaria (representante legal).
Dato elegido de una lista (catálogo).
10A003000
Alcaldía o municipio (del contribuyente).
10B005000
Alcaldía o municipio (del contador público).
10C006000
Alcaldía o municipio (del representante legal).
Dato alcaldía o municipio completo.
Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10A004000
Colonia o localidad (del contribuyente).
10B006000
Colonia o localidad (del contador público).
10C007000
Colonia o localidad (del representante legal).
Dato colonia o localidad completa.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10A005000
Código postal (del contribuyente).
10B007000
Código postal (del contador público).
10C008000
Código postal (del representante legal).
Dato código postal completo.
Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
144
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Lunes 19 de enero de 2026
10A006000
Calle, número exterior e interior (del contribuyente).
10B008000
Calle, número exterior e interior (del contador público).
10C009000
Calle, número exterior e interior (del representante legal).
Dato de calle y número completo.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10A007000
Ciudad o población (del contribuyente).
10B009000
Ciudad o población (del contador público).
10C010000
Ciudad o población (del representante legal).
Dato, ciudad o población completa.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10A008000
Teléfono (del contribuyente).
10B010000
Teléfono (del contador público o del despacho).
10C011000
Teléfono (del representante legal).
Dato de veinte caracteres alfanuméricos máximo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes,
paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
10A009000
Correo electrónico (del contribuyente).
10B011000
Correo electrónico (del contador público).
10B012000
Correo electrónico del buzón tributario.
10C012000
Correo electrónico (del representante legal).
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.
Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).
10A010000
Nombre del grupo económico al que pertenece.
Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que
se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.
10A011000
Clave de actividad para efectos fiscales.
Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado
automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se selecciona de un catálogo.
Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el
Anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10C002000
Nacional (representante legal).
10C003000
Extranjero (representante legal).
Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).
Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10C013000
Número de escritura (representante legal).
10C014000
Número de notaria (representante legal).
Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis,
etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
10C016000
Fecha del poder (representante legal).
10C017000
Fecha de designación (representante legal).
Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.
Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de
certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por
diagonales “/”).
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DIARIO OFICIAL
145
10B003000
Número de registro del contador público.
10B016000
Número de registro del despacho.
Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría
Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.
Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis,
etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
10B013000
Colegio al que pertenece el contador público.
Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Datos generales.
Datos a proporcionar:
10D000000
Autoridad competente.
10D001000
Sede a la que pertenece la ADAF.
10D002000
Administración.
10D003000
Obligado u optativo.
10D008000
Tipo de sociedad.
10D018000
Tipo de contribuyente especial.
10D026000
Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales:
10D031000
Tipo de opinión.
10D046000
Se trata de:
10D182000
Se realizaron con fines de:
10D197000
En calidad de que participó en alguna fusión:
10D221000
En calidad de que participó en alguna escisión:
10D284000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la
Renta que acredita el contribuyente (1).
10D285000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la
Renta que acredita el contribuyente (2).
10D286000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la
Renta que acredita el contribuyente (3).
10D322000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo
fiscal de ISR.
10D325000
(1) Correspondiente al mes de:
10D328000
(2) Correspondiente al mes de:
10D331000
(3) Correspondiente al mes de:
10D334000
(4) Correspondiente al mes de:
10D337000
(5) Correspondiente al mes de:
10D340000
(6) Correspondiente al mes de:
10D343000
(7) Correspondiente al mes de:
10D346000
(8) Correspondiente al mes de:
10D349000
(9) Correspondiente al mes de:
10D352000
(10) Correspondiente al mes de:
10D355000
(11) Correspondiente al mes de:
10D358000
(12) Correspondiente al mes de:
10D382000
(1) Correspondiente al mes de:
10D385000
(2) Correspondiente al mes de:
10D388000
(3) Correspondiente al mes de:
10D391000
(4) Correspondiente al mes de:
10D394000
(5) Correspondiente al mes de:
10D397000
(6) Correspondiente al mes de:
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D400000
(7) Correspondiente al mes de:
10D403000
(8) Correspondiente al mes de:
10D406000
(9) Correspondiente al mes de:
10D409000
(10) Correspondiente al mes de:
10D412000
(11) Correspondiente al mes de:
10D415000
(12) Correspondiente al mes de:
10D418000
Cuál es su moneda funcional.
10D429000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo
fiscal de ISR.
10D432000
(1) Correspondiente al mes de:
10D435000
(2) Correspondiente al mes de:
10D438000
(3) Correspondiente al mes de:
10D441000
(4) Correspondiente al mes de:
10D444000
(5) Correspondiente al mes de:
10D447000
(6) Correspondiente al mes de:
10D450000
(7) Correspondiente al mes de:
10D453000
(8) Correspondiente al mes de:
10D456000
(9) Correspondiente al mes de:
10D459000
(10) Correspondiente al mes de:
10D462000
(11) Correspondiente al mes de:
10D465000
(12) Correspondiente al mes de:
10D489000
(1) Correspondiente al mes de:
10D492000
(2) Correspondiente al mes de:
10D495000
(3) Correspondiente al mes de:
10D498000
(4) Correspondiente al mes de:
10D501000
(5) Correspondiente al mes de:
10D504000
(6) Correspondiente al mes de:
10D507000
(7) Correspondiente al mes de:
10D510000
(8) Correspondiente al mes de:
10D513000
(9) Correspondiente al mes de:
10D516000
(10) Correspondiente al mes de:
10D519000
(11) Correspondiente al mes de:
10D522000
(12) Correspondiente al mes de:
10D525000
Cuál es su moneda funcional.
Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se seleccionó de una lista
(catálogo).
10D022000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal.
10D023000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal.
10D024000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.
10D025000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.
Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.
Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.
Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de
inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por
diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el
mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”).
Ejemplo:
inicio
final
01/01/2025
31/12/2025
10D004000
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del
artículo 32-A CFF).
10D005000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del
artículo 32-A CFF).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
147
10D006000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos
del artículo 32-A CFF).
10D009000
Forma parte de una asociación en participación.
10D010000
Forma parte de un fideicomiso.
10D016000
Primer dictamen.
10D017000
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e
infraestructura.
10D019000
Empresa filial.
10D020000
Empresa subsidiaria.
10D021000
Sociedad cooperativa.
10D037000
Realizó operaciones con partes relacionadas.
10D038000
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 10D037000
(debe llenar los anexos 13 y 14).
10D039000
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.
10D040000
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.
10D041000
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera.
10D042000
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a
que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el
anexo 19).
10D043000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no
vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
10D045000
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación
fiscal durante el ejercicio.
10D054000
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya
afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).
10D061000
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.
10D064000
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.
10D072000
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio
en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe de llenar el anexo 10).
10D073000
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 11).
10D074000
Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el
anexo 16).
10D075000
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18).
10D076000
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado.
10D077000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o
razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29,
fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores.
10D083000
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.
10D084000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio
fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).
10D085000
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal
auditado.
10D086000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de
actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII del
RCFF).
10D087000
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el
mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde
se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para
el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).
10D088000
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas
del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del
CFF.
10D089000
Tiene accionistas residentes en el país.
10D090000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes
(para los efectos del artículo 27 del CFF).
10D095000
Tiene empleados.
148
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D103000
En caso negativo a la pregunta del índice 10D095000, tiene algún contrato de servicios
especializados u obras especializadas (REPSE).
10D109000
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio.
10D110000
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una
reestructura o pago de dividendos o utilidades.
10D112000
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo
32, fracción I de la LIVA.
10D113000
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio
fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).
10D120000
Diario.
10D121000
Mayor.
10D122000
Actas de asamblea de socios o accionistas.
10D123000
Socios o accionistas.
10D124000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación
de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la
enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece. (para los efectos del
artículo 24 de la LISR).
10D125000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión
indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF).
10D127000
El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado
ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
10D128000
Reconoció o reportó dichos ingresos.
10D129000
El contribuyente cambió el modelo de negocios.
10D130000
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los
efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR).
10D137000
Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan generado
intereses.
10D138000
En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la autoridad fiscal.
10D139000
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del artículo 55 de la LISR.
10D140000
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR.
10D141000
Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación, administración o
distribución a sociedades de inversión en instrumento de deuda o sociedades de inversión
de renta variable, en los términos de la Ley de Sociedades de Inversión y demás normativa
legal aplicable.
10D142000
Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la obligación prevista en
la fracción II del artículo 55 de la LISR, tal y cual se prevé en el artículo 89 de esa misma
normativa.
10D143000
Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio.
10D145000
Es parte relacionada.
10D147000
Es parte relacionada.
10D149000
Es parte relacionada.
10D151000
Es parte relacionada.
10D153000
Es parte relacionada.
10D156000
Efectuó retención.
10D159000
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.
10D160000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.
10D161000
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.
10D165000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de absorción de
pérdidas financieras.
10D173000
Los quebrantos diversos reunieron la totalidad de requisitos de deducción que establece el
artículo 27 de la LISR.
10D174000
Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad.
10D176000
Indique si deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los fondos destinados a
las reservas para el otorgamiento de pensiones o jubilaciones de personal.
10D177000
Indique si la reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste anual inflacionario
dentro de los créditos.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
149
10D178000
En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V del artículo 25 de la
LISR.
10D179000
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los requisitos que señala la
fracción XV del artículo 27 de la LISR.
10D181000
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR).
10D183000
En caso afirmativo acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas.
10D185000
Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas.
10D187000
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los
términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR.
10D272000
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de
inmuebles (fibras).
10D273000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los
artículos 187 y 188 de la LISR.
10D274000
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra).
10D275000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los
artículos 187 y 188 de la LISR.
10D277000
Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente
corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento,
de conformidad con las reglas generales expedidas por el Servicio de Administración
Tributaria.
10D278000
El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero.
10D283000
Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el
extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del
contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos
previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento.
10D287000
Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio.
10D288000
Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero
correspondiente a ejercicios anteriores.
10D289000
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras
jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo
debe llenar el anexo 20).
10D305000
Realiza actos o actividades no afectas al impuesto al valor agregado.
10D306000
Cumplió con las disposiciones fiscales para determinar los actos o actividades gravados y
exentos.
10D307000
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado
con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas.
10D308000
Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales definitivos del Impuesto
al Valor Agregado acredita impuesto al 100%.
10D309000
Realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la
LIVA).
10D311000
Excluye los conceptos señalados en las fracciones IV, V, VI y IX del artículo 5o.-C de la Ley,
para calcular la proporción a que se hace mención en el primer párrafo del artículo 5o.-C de
la Ley. (para los efectos del artículo 5o.-C de la Ley).
10D312000
En el supuesto de que sea sociedad financiera de objeto múltiple no integrante del sistema
financiero, en términos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la
Renta, gravó el IVA a los intereses pagados.
10D315000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo
debe llenar del índice 10150131000000 al 10150159000000 del anexo 15).
10D317000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
norte”.
10D321000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
10D324000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones
complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso,
realizó el pago del ISR correspondiente.
10D362000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región
fronteriza norte es menor a 18 meses.
10D365000
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le
otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.
150
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D368000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo
séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza
norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
10D372000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
10D374000
(a) enajenación de bienes.
10D375000
(b) prestación de servicios independientes.
10D376000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
10D377000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
10D380000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención
por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.
10D381000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la
retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente
pagada.
10D419000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
10D420000
Es importador de un sector en específico.
10D422000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo
debe llenar del índice 01150160000000 al 01150188000000 del anexo 15).
10D424000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
sur”.
10D428000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
10D431000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones
complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso,
realizó el pago del ISR correspondiente.
10D469000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región
fronteriza sur es menor a 18 meses.
10D472000
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue
beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.
10D475000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo
séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur,
publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
10D479000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
10D481000
(a) enajenación de bienes.
10D482000
(b) prestación de servicios independientes.
10D483000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
10D484000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
10D487000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención
por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.
10D488000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la
retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente
pagada.
10D526000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
10D527000
Es importador de un sector en específico.
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si o no) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10D047000
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta).
10D091000
Tiene inventarios en sus registros contables.
10D092000
En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, producción
en proceso y productos terminados según se trate (para los efectos del artículo ISR 76, fracción
XIV de la Ley de ISR).
10D093000
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de
operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado.
10D094000
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para
los efectos del artículo 69-B del CFF.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
151
10D102000
Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a
dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR.).
10D114000
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las
operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente
(para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).
10D115000
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la
LIVA; 20 y 74 del RLIVA).
10D116000
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos
previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con
las reglas aplicables de la RMF para 2025).
10D117000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las
personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así
como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
10D118000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago,
retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus
proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue
trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado
al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
10D126000
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior
permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado.
10D131000
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a
residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los
efectos del artículo 76, fracción III de la LISR).
10D132000
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los
efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR).
10D133000
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a
nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para
los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR).
10D134000
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en la
que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de
alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la
LISR).
10D135000
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de
capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores
a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así
como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
10D136000
Retener y enterara el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos
(para los efectos del artículo 140, párrafo segundo de la LISR).
10D166000
De ser el caso, cuando tenga capitales tomados en préstamo y otorgue préstamos a terceros, se
haya aplicado el tope establecido para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción
VII de la LISR y 38 de su RLISR).
10D167000
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes
generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole,
se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la
LISR).
10D168000
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya
comprobado que, quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios
para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se hayan llevado a cabo (para los efectos
del artículo 27, fracción X de la LISR).
10D169000
En el caso del costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos,
correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se hubiese considerado como no
deducible el excedente (para los efectos del artículo 27, fracción XIII de la LISR).
10D170000
En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran cumplido los requisitos
previstos en la fracción V del artículo 28 de la LISR.
10D171000
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los
requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la
LISR y 60 del RLISR).
10D172000
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de
pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a
acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para
los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF
para 2025).
152
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D180000
En caso de que en el ejercicio haya dejado de utilizar el sistema de costeo directo con base a
costos históricos, consideró para efectos fiscales como inventario inicial del ejercicio el valor del
inventario final valuado con el sistema de costeo directo con base a costos históricos (para los
efectos del artículo 69 G, fracción II del Reglamento de la LISR).
10D189000
Se considera como integrante del sistema financiero. (para los efectos del artículo 7, tercer
párrafo de la Ley).
10D190000
Cuenta con resolución particular del Servicio de Administración Tributaria, para ser considerada
como integrante del sistema financiero. (para los efectos del artículo 7, cuarto párrafo de la Ley).
10D191000
Aplica las disposiciones específicas establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta, para los
contribuyentes que forman parte del sistema financiero.
10D192000
Atendiendo al nivel de operación por el que fue autorizada la unión de crédito, esta realizó única y
exclusivamente las operaciones listadas en el artículo 40 de la Ley de Uniones de Crédito.
10D193000
Durante el ejercicio realizó operaciones de descuento, préstamo o crédito de cualquier clase con
personas que no eran socios de la unión de crédito, excepto con las personas y fideicomisos
expresamente autorizados en el artículo 40, fracciones I y II de la Ley de Uniones de Crédito.
10D194000
Levantó inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos del artículo
76, fracción IV de la Ley).
10D195000
Dedujo el monto constituido o incrementado en el ejercicio, previa revisión de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores, la reserva de contingencia (para los efectos del artículo 47 de la
Ley).
10D196000
Si al término del ejercicio, procedió la disminución de la reserva de contingencia aplicable a
almacenes generales de depósito, con respecto a las constituidas en el ejercicio inmediato
anterior, la diferencia se consideró como ingreso acumulable en el ejercicio (para los efectos del
artículo 47 de la Ley).
10D223000
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.
10D276000
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que
acreditó.
10D279000
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en
el extranjero.
10D290000
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas.
10D292000
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.
10D294000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES.
10D296000
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
10D299000
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le
correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente.
10D300000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y
establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de
2013.
10D301000
Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación.
10D302000
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en
términos del artículo 4 de la LISR.
10D303000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial.
10D304000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y
establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de
2013.
10D310000
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de
intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del
artículo 5o., fracción I de la LIVA).
10D313000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto que compila diversos beneficios
fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de
diciembre de 2013.
10D314000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto que compila diversos beneficios
fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de
diciembre de 2013.
10D363000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región
fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado
en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
10D364000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
153
10D379000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
10D470000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región
fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado
en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
10D471000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
10D486000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
10D049000
Fecha del oficio 1.
10D051000
Fecha del oficio 2.
10D053000
Fecha del oficio 3.
10D056000
Fecha de la resolución 1.
10D058000
Fecha de la resolución 2.
10D060000
Fecha de la resolución 3.
10D062000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).
10D063000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria).
10D070000
Fecha de presentación de la declaración informativa normal.
10D071000
Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria).
10D198000
Fecha en que surtió efectos la fusión.
10D222000
Fecha en que surtió efectos la escisión.
10D268000
Fecha de inicio de la liquidación.
10D319000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
10D323000
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.
10D326000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D329000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D332000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D335000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D338000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D341000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D344000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D347000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D350000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D353000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
10D356000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
10D359000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
10D369000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
10D373000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en
el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de
2018.
10D378000
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.
154
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D383000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D386000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D389000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D392000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D395000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D398000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D401000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D404000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D407000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D410000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D413000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D416000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D426000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
10D430000
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.
10D433000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D436000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D439000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D442000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D445000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D448000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D451000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D454000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D457000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
10D460000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
10D463000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
10D466000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
10D476000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
10D480000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en
el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de
2020.
10D485000
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.
10D490000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D493000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D496000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D499000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D502000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D505000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D508000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D511000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D514000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
155
10D517000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D520000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D523000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
Datos de la fecha del oficio, de la resolución, del envío de la declaración informativa múltiple y en que
surtió efectos la escisión.
Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del
oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el
mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).
10D011000
Denominación o razón social fideicomitente.
10D012000
Denominación o razón social fiduciario.
10D013000
Denominación o razón social fideicomisario (1).
10D014000
Denominación o razón social fideicomisario (2).
10D015000
Denominación o razón social fideicomisario (3).
10D044000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
10D048000
Número de oficio 1.
10D050000
Número de oficio 2.
10D052000
Número de oficio 3.
10D055000
Número de resolución 1.
10D057000
Número de resolución 2.
10D059000
Número de resolución 3.
10D065000
Número de identificación (campo 1).
10D066000
Número de identificación (campo 2).
10D067000
Número de identificación (campo 3).
10D068000
Número de identificación (campo 4).
10D069000
Número de identificación (campo 5).
10D144000
Nombre del comprador 1.
10D146000
Nombre del comprador 2.
10D148000
Nombre del comprador 3.
10D150000
Nombre del comprador 4.
10D152000
Nombre del comprador 5.
10D200000
Fusionante: denominación o razón social.
10D202000
Fusionada 1: denominación o razón social.
10D204000
Fusionada 2: denominación o razón social.
10D206000
Fusionada 3: denominación o razón social.
10D208000
Fusionada 4: denominación o razón social.
10D210000
Fusionada 5: denominación o razón social.
10D212000
Fusionada 6: denominación o razón social.
10D214000
Fusionada 7: denominación o razón social.
10D216000
Fusionada 8: denominación o razón social.
10D218000
Fusionada 9: denominación o razón social.
10D220000
Fusionada 10: denominación o razón social.
10D318000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
10D320000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
norte”.
10D361000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.
10D366000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
10D370000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
10D371000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
10D421000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
10D425000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
156
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D427000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
sur”.
10D468000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.
10D473000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
10D477000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
10D478000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
10D528000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes,
paréntesis, etc.).
10D032000
RFC 1.
10D033000
RFC 2.
10D034000
RFC 3.
10D035000
RFC 4.
10D036000
RFC 5.
10D078000
(especificar nombre anterior).
10D079000
(especificar nombre anterior).
10D080000
(especificar nombre anterior).
10D081000
(especificar nombre anterior).
10D082000
(especificar nombre anterior).
10D104000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
10D105000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
10D106000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
10D107000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
10D108000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
10D199000
Fusionante: RFC.
10D201000
Fusionada 1: RFC.
10D203000
Fusionada 2: RFC.
10D205000
Fusionada 3: RFC.
10D207000
Fusionada 4: RFC.
10D209000
Fusionada 5: RFC.
10D211000
Fusionada 6: RFC.
10D213000
Fusionada 7: RFC.
10D215000
Fusionada 8: RFC.
10D217000
Fusionada 9: RFC.
10D219000
Fusionada 10: RFC.
10D224000
Escindida 1: RFC.
10D228000
Escindida 2: RFC.
10D232000
Escindida 3: RFC.
10D236000
Escindida 4: RFC.
10D240000
Escindida 5: RFC.
10D244000
Escindida 6: RFC.
10D248000
Escindida 7: RFC.
10D252000
Escindida 8: RFC.
10D256000
Escindida 9: RFC.
10D260000
Escindida 10: RFC.
10D264000
Escindente: RFC.
10D269000
(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social).
10D270000
(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social).
10D271000
(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
157
Dato, RFC.
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:
- Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter
&).
10D007000
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 10D004000, 10D005000 y 10D006000 anteriores,
mencione el motivo por el que presenta el dictamen.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes,
paréntesis, etc.).
10D096000
Número de trabajadores.
10D097000
Total del ISR retenido y enterado por salarios.
10D098000
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.
10D099000
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio.
10D100000
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.
10D101000
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.
10D111000
Monto de IVA que originó dicha operación.
10D119000
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la
fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA.
10D154000
Total de ingresos por venta de intangibles.
10D155000
Total del monto original de la inversión ajustado.
10D157000
Monto del entero por la operación.
10D158000
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivadas pactadas fuera de mercados
reconocidos.
10D162000
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.
10D163000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.
10D164000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.
10D175000
Indique el monto total de la reserva para fondos de pensiones, jubilaciones y primas de
antigüedad, está invertida acorde a lo establecido en el artículo 29, fracción II, de la LISR vigente
en el ejercicio revisado.
10D184000
Indique el monto de la acumulación correspondiente.
10D186000
En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente.
10D188000
En caso afirmativo, indique el monto correspondiente.
10D225000
Valor activo:
10D226000
Valor pasivo:
10D227000
Valor capital social:
10D229000
Valor activo:
10D230000
Valor pasivo:
10D231000
Valor capital social:
10D233000
Valor activo:
10D234000
Valor pasivo:
10D235000
Valor capital social:
10D237000
Valor activo:
10D238000
Valor pasivo:
10D239000
Valor capital social:
10D241000
Valor activo:
10D242000
Valor pasivo:
10D243000
Valor capital social:
10D245000
Valor activo:
158
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D246000
Valor pasivo:
10D247000
Valor capital social:
10D249000
Valor activo:
10D250000
Valor pasivo:
10D251000
Valor capital social:
10D253000
Valor activo:
10D254000
Valor pasivo:
10D255000
Valor capital social:
10D257000
Valor activo:
10D258000
Valor pasivo:
10D259000
Valor capital social:
10D261000
Valor activo:
10D262000
Valor pasivo:
10D263000
Valor capital social:
10D265000
Valor activo:
10D266000
Valor pasivo:
10D267000
Valor capital social:
10D280000
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes
en el extranjero.
10D281000
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero.
10D282000
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR.
10D291000
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES.
10D293000
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.
10D295000
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.
10D297000
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
10D298000
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del
décimo párrafo del artículo 177 LISR.
10D327000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D330000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D333000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D336000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D339000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D342000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D345000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D348000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D351000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D354000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D357000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D360000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D367000
Monto del beneficio.
10D384000
(1) Monto pagado.
10D387000
(2) Monto pagado.
10D390000
(3) Monto pagado.
10D393000
(4) Monto pagado.
10D396000
(5) Monto pagado.
10D399000
(6) Monto pagado.
10D402000
(7) Monto pagado.
10D405000
(8) Monto pagado.
10D408000
(9) Monto pagado.
10D411000
(10) Monto pagado.
10D414000
(11) Monto pagado.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
159
10D417000
(12) Monto pagado.
10D434000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D437000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D440000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D443000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D446000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D449000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D452000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D455000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D458000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D461000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D464000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D467000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D474000
Monto del beneficio.
10D491000
(1) Monto pagado.
10D494000
(2) Monto pagado.
10D497000
(3) Monto pagado.
10D500000
(4) Monto pagado.
10D503000
(5) Monto pagado.
10D506000
(6) Monto pagado.
10D509000
(7) Monto pagado.
10D512000
(8) Monto pagado.
10D515000
(9) Monto pagado.
10D518000
(10) Monto pagado.
10D521000
(11) Monto pagado.
10D524000
(12) Monto pagado.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos.
Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha
cantidad.
Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos,
paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
10D316000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región
fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.
10D423000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región
fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.
Datos de caracteres numéricos con dos decimales.
Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
Anexo
Datos a proporcionar
1.- Estado de situación financiera.
2025 y 2024.
2.- Estado de resultado integral.
Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no
relacionadas 2025 y 2024.
160
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
3.- Estado de cambios en el capital contable.
Capital contribuido: capital social, aportaciones para futuros
aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas,
aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por
su consejo de administración, capital social: certificados de
aportación ordinarios (para el caso de sociedades cooperativas
de ahorro y préstamo), capital social: certificados excedentes
voluntarios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y
préstamo), capital social: certificados para capital de riesgo (para
el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo),
aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por
su asamblea general de socios (para el caso de sociedades
cooperativas de ahorro y préstamo), efecto por incorporación al
régimen de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, prima
en venta de acciones, instrumentos financieros que califican
como
capital,
obligaciones
subordinadas
en
circulación,
aportaciones de sociedades financieras comunitarias, patrimonio
fundacional, efecto por incorporación al régimen de sociedades
financieras populares, otras cuentas de capital contribuido,
capital ganado: reservas de capital, resultados acumulados,
valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender,
valuación de instrumentos financieros derivados de cobertura de
flujos de efectivo, ingresos y gastos relacionados con activos
mantenidos para su disposición, fondo de reserva, resultado de
ejercicios
anteriores,
resultado
por
valuación
de
títulos
disponibles
para
la
venta,
resultado
por
valuación
de
instrumentos de cobertura de flujo de efectivo, efecto acumulado
por conversión, remediciones por beneficios definidos a los
empleados, resultado por tenencia de activos no monetarios (por
valuación de activo fijo), participación ORI de otras entidades,
otras cuentas de capital ganado, utilidad neta, pérdida neta, total
participación
de
la
controladora,
total
participación
no
controladora, total de capital contable.
4.-
Estado de flujos de efectivo.
2025 y 2024.
5.-
Determinación del costo de lo vendido para
efectos contables y del Impuesto sobre la Renta.
Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no
relacionadas 2025 y 2024.
6.-
Análisis comparativo de las cuentas del estado de
resultados.
2025 y 2024, partes relacionadas y partes no relacionadas 2025
y 2024, acumulables o deducibles para ISR: 2025, 2024 y no
acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles
(gastos) para ISR 2025 y 2024.
7.-
Relación de contribuciones a cargo del
contribuyente como sujeto directo o en su carácter
de retenedor.
Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o
a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el
contribuyente,
diferencia
y diferencias no materiales no
investigadas por auditoría.
8.- Relación de contribuciones por pagar.
Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe
proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por
pagar e importe de la contribución en litigio.
9.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal
para efectos del Impuesto sobre la Renta.
2025 y 2024.
10.- Operaciones financieras derivadas.
Sumatoria de nocionales, utilidad por contraparte, pérdida por
contraparte, efecto neto.
11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas
y afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de
ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de
la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación,
valor de la inversión.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
161
12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de
acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos:
efectuados y recibidos, monto de prima en suscripción de
acciones.
13.- Operaciones con partes relacionadas.
Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso
con valor cero), monto, ajuste fiscal del contribuyente para que la
operación
se
considerase
pactada
como
con
partes
independientes en operaciones comparables, monto modificado.
14.- Información del contribuyente sobre sus
operaciones con partes relacionadas.
Datos a proporcionar.
15.- Datos informativos.
Importe.
16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Monto de la operación, ISR por retención determinado por
auditoria, ISR retenido pagado, diferencia.
17.- Inversiones.
MOI al inicio del ejercicio, saldo pendiente de deducir al inicio del
ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio,
menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos:
deducción en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el
ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio.
18.- Préstamos.
Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024, importe
total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el
ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025, importe total
de los intereses deducidos en el ejercicio.
20.- Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes.
Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la
participación accionaria, total de ingresos acumulables o
gravables en el ejercicio, participación directa o participación
indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio
(porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de
las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio,
aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital
recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en
régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales
del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal
preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de
la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de
activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad
ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos
afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos
sujetos a REFIPRES.
21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los
efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).
Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de
cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte
relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio
fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables
del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las
personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas,
límite de deducción del contribuyente, total de los intereses
devengados que deriven de deudas (montos deducibles),
intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores
(aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por
intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal,
total de intereses devengados que deriven de deudas (montos
deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total
deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos
diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en
periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses
netos, intereses no deducibles.
Nota: El orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato
guía.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos.
Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha
cantidad.
162
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos,
paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
Anexo
Datos a proporcionar
4.1.- Notas a los estados financieros.
Texto referente a las notas a los estados financieros.
7.1.- Declaratoria.
Texto referente a la declaratoria.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos textos sí podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.).
El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.
Anexo
Datos a proporcionar
7.-
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente
como sujeto directo o en su carácter de retenedor.
Tasa, tarifa o cuota.
10.- Operaciones financieras derivadas.
Porcentaje de liquidación en efectivo, porcentaje de
liquidación en especie, proporción que representa de
ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas.
11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Porcentaje de participación en el capital de la entidad.
12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Porcentaje de participación del socio o accionista en el
ejercicio, porcentaje de tasa de interés pactada en caso de
préstamos recibidos.
16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Tasa.
18.- Préstamos.
Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR.
20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el
extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México),
participación directa o participación indirecta promedio por
día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje,
tasa preferencial por tratado.
21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los
efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).
Proporción de ingresos.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.
Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo
de porcentaje.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc.,
únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo
Datos a proporcionar
8.-
Relación de contribuciones por pagar.
Institución de crédito o SAT y pago en parcialidades (datos
del escrito libre): administración receptora.
10.- Operaciones financieras derivadas.
País de residencia, número de contratos celebrados,
concepto de operaciones financieras derivadas (para los
efectos del artículo 16-A del CFF), tipo de operaciones
financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la
LISR), tipo de mercado, nombre del mercado.
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11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el extranjero y en México.
País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago
(transferencia de fondos, capitalización de créditos o
deudas, etc.).
12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
País de residencia para efectos fiscales, destino del
préstamo, forma de pago (transferencia de fondos,
capitalización de créditos o deudas, etc.).
13.- Operaciones con partes relacionadas.
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de
"otros ingresos" u "otros pagos" especifique concepto, país
de residencia, método de precios de transferencia aplicado.
16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de
"otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país
de residencia.
18.- Préstamos.
Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo
de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro",
especifique concepto: país de residencia para efectos
fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés,
frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de
que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de
intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique
concepto: destino del capital tomado en préstamo.
20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de
residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la
columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de
los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos",
especifique concepto, en el caso de ingresos generados en
participación con otras entidades, actividad que realiza la
entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o
con la entidad o figura jurídica extranjera transparente
fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter
con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura
jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó
una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado
que tenga celebrado México para evitar la doble tributación.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo
Datos a proporcionar
8.-
Relación de contribuciones por pagar.
Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito
libre): fecha de presentación, oficio de autorización de pago
en parcialidades: fecha.
11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su
subsidiaria.
12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Periodo de tenencia: del y al.
18.- Préstamos.
Vigencia del préstamo del y al.
20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
Fideicomiso
o
entidad
o
figura
jurídica
extranjera
transparente fiscalmente: vigencia del, fideicomiso o entidad
o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia
al.
Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el
mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2022.
Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.
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Anexo
Datos a proporcionar
19.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc.,
únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo
Datos a proporcionar
13.- Operaciones con partes relacionadas.
La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en
caso afirmativo, indique en el anexo denominado información
adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la
operación está pactada como con partes independientes en
operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de
actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable
(deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de
transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II, de la
RMF para 2025) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados
para evitar la doble tributación (si, no, n/a).
16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en
el extranjero.
México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con
el país de la columna anterior (si o no), indique si es parte
relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación
(si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México
para evitar la doble tributación (si o no).
18.- Préstamos.
Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el
préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no).
20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes.
La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene
alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos
generados en participación con otras entidades cuenta con la
información de la entidad que generó ingresos por participación con
otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la
entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar
si la información es para el caso de los ingresos generados en
fideicomisos y similares (si o no).
21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para
los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere
el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no).
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo
Datos a proporcionar
8.- Relación de contribuciones por pagar.
Número de la operación, pago en parcialidades (datos del escrito
libre) número de folio, número de oficio de autorización de pago en
parcialidades.
10.- Operaciones financieras derivadas.
Número de identificación fiscal o RFC.
11.- Inversiones permanentes en subsidiarias,
asociadas y afiliadas residentes en el extranjero
y en México.
Número de identificación fiscal.
12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o
partes sociales.
Número de identificación fiscal o RFC.
13.- Operaciones con partes relacionadas.
Número de identificación fiscal o RFC.
16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en
el extranjero.
Número de identificación fiscal.
18.- Préstamos.
Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del
acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el
ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la CNBV
de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México.
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19.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes.
Número de identificación fiscal.
21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para
los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas
miembros del grupo o de cada parte relacionada.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Para efectos del dato RFC de los anexos: 12.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales, 13.- operaciones con partes relacionadas y 19.- integración de pérdidas fiscales de
ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.
Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el año, dos para el
mes y dos para el día).
Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el
carácter &).
Contenido y características para el llenado del dictamen.
Datos aplicables al dictamen de:
E.
Fondos de inversión
Datos de identificación
Datos a proporcionar:
Contribuyente, representante legal, contador público.
42A000000
RFC (del contribuyente).
42B000000
RFC (del contador público).
42B015000
RFC (del despacho).
42C000000
RFC (del representante legal).
Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
-
Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
-
Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes
y dos para el día).
-
Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato,
se anotara lo siguiente: REXT990101XXX.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el
carácter &).
42A001000
Denominación o razón social.
42A012000
Nombre del contribuyente:
42B001000
Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).
42B014000
Nombre del despacho.
42C001000
Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).
Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido
paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
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42B002000
CURP (del contador público).
42C004000
CURP (del representante legal).
Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
-
Cuatro caracteres alfabéticos.
-
Seis caracteres numéricos.
-
Seis caracteres alfabéticos.
-
Un carácter alfabético o numérico.
-
Un carácter numérico.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público:
42A002000
Entidad federativa (del contribuyente).
42B004000
Entidad federativa (del contador público).
42C005000
Entidad federativa (del representante legal).
42C015000
Entidad en la que se ubica la notaria (representante legal).
Dato elegido de una lista (catálogo).
42A003000
Alcaldía o municipio (del contribuyente).
42B005000
Alcaldía o municipio (del contador público).
42C006000
Alcaldía o municipio (del representante legal).
Dato alcaldía o municipio completo.
Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42A004000
Colonia o localidad (del contribuyente).
42B006000
Colonia o localidad (del contador público).
42C007000
Colonia o localidad (del representante legal).
Dato colonia o localidad completa.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42A005000
Código postal (del contribuyente).
42B007000
Código postal (del contador público).
42C008000
Código postal (del representante legal).
Dato código postal completa.
Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
42A006000
Calle, número exterior e interior (del contribuyente).
42B008000
Calle, número exterior e interior (del contador público).
42C009000
Calle, número exterior e interior (del representante legal).
Dato de calle y número completo.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42A007000
Ciudad o población (del contribuyente).
42B009000
Ciudad o población (del contador público).
42C010000
Ciudad o población (del representante legal).
Dato, ciudad o población completa.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
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42A008000
Teléfono (del contribuyente).
42B010000
Teléfono (del contador público o del despacho).
42C011000
Teléfono (del representante legal).
Dato de veinte caracteres alfanuméricos máximo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes,
paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
42A009000
Correo electrónico (del contribuyente).
42B011000
Correo electrónico (del contador público).
42B012000
Correo electrónico del buzón tributario.
42C012000
Correo electrónico (del representante legal)
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.
Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.).
42A010000
Nombre del grupo económico al que pertenece.
Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que
se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales.
42A011000
Clave de actividad para efectos fiscales.
Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado
automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se selecciona de un catálogo.
Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el
Anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42C002000
Nacional (representante legal).
42C003000
Extranjero (representante legal).
Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).
Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42C013000
Número de escritura (representante legal).
42C014000
Número de notaria (representante legal).
Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis,
etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
42C016000
Fecha del poder (representante legal).
42C017000
Fecha de designación (representante legal).
Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.
Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de
certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por
diagonales “/”).
42B003000
Número de registro del contador público.
42B014000
Número de registro del despacho.
Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría
Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.
Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.
Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis,
etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.
42B013000
Colegio al que pertenece el contador público.
Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
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Datos generales.
Datos a proporcionar:
42D000000
Autoridad competente.
42D001000
Sede a la que pertenece la ADAF.
42D002000
Administración.
42D003000
Obligado u optativo.
42D008000
Tipo de fondo.
42D018000
Tipo de contribuyente especial.
42D025000
Tipo de opinión.
42D040000
Se trata de:
42D165000
Se realizaron con fines de:
42D172000
En calidad de que participó en alguna fusión:
42D196000
En calidad de que participó en alguna escisión:
42D259000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la
Renta que acredita el contribuyente (1).
42D260000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la
Renta que acredita el contribuyente (2).
42D261000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la
Renta que acredita el contribuyente (3).
42D294000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo
fiscal de ISR.
42D297000
(1) Correspondiente al mes de:
42D300000
(2) Correspondiente al mes de:
42D303000
(3) Correspondiente al mes de:
42D306000
(4) Correspondiente al mes de:
42D309000
(5) Correspondiente al mes de:
42D312000
(6) Correspondiente al mes de:
42D315000
(7) Correspondiente al mes de:
42D318000
(8) Correspondiente al mes de:
42D321000
(9) Correspondiente al mes de:
42D324000
(10) Correspondiente al mes de:
42D327000
(11) Correspondiente al mes de:
42D330000
(12) Correspondiente al mes de:
42D354000
(1) Correspondiente al mes de:
42D357000
(2) Correspondiente al mes de:
42D360000
(3) Correspondiente al mes de:
42D363000
(4) Correspondiente al mes de:
42D366000
(5) Correspondiente al mes de:
42D369000
(6) Correspondiente al mes de:
42D372000
(7) Correspondiente al mes de:
42D375000
(8) Correspondiente al mes de:
42D378000
(9) Correspondiente al mes de:
42D381000
(10) Correspondiente al mes de:
42D384000
(11) Correspondiente al mes de:
42D387000
(12) Correspondiente al mes de:
42D390000
Cuál es su moneda funcional.
42D401000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo
fiscal de ISR.
42D404000
(1) Correspondiente al mes de:
42D407000
(2) Correspondiente al mes de:
42D410000
(3) Correspondiente al mes de:
42D413000
(4) Correspondiente al mes de:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
169
42D416000
(5) Correspondiente al mes de:
42D419000
(6) Correspondiente al mes de:
42D422000
(7) Correspondiente al mes de:
42D425000
(8) Correspondiente al mes de:
42D428000
(9) Correspondiente al mes de:
42D431000
(10) Correspondiente al mes de:
42D434000
(11) Correspondiente al mes de:
42D437000
(12) Correspondiente al mes de:
42D461000
(1) Correspondiente al mes de:
42D464000
(2) Correspondiente al mes de:
42D467000
(3) Correspondiente al mes de:
42D470000
(4) Correspondiente al mes de:
42D473000
(5) Correspondiente al mes de:
42D476000
(6) Correspondiente al mes de:
42D479000
(7) Correspondiente al mes de:
42D482000
(8) Correspondiente al mes de:
42D485000
(9) Correspondiente al mes de:
42D488000
(10) Correspondiente al mes de:
42D491000
(11) Correspondiente al mes de:
42D494000
(12) Correspondiente al mes de:
42D497000
Cuál es su moneda funcional.
Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se seleccionó de una lista
(catálogo).
42D021000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal.
42D022000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal.
42D023000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.
42D024000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.
Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.
Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.
Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de
inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por
diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el
mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”).
Ejemplo:
inicio
final
01/01/2025
31/12/2025
42D004000
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del
artículo 32-A del CFF).
42D005000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del
artículo 32-A del CFF).
42D006000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los
efectos del artículo 32-A del CFF).
42D009000
Forma parte de una asociación en participación.
42D010000
Forma parte de un fideicomiso.
42D016000
Primer dictamen.
42D017000
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e
infraestructura.
42D019000
Empresa filial.
42D020000
Empresa subsidiaria.
42D031000
Realizó operaciones con partes relacionadas.
42D032000
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 42D031000
(debe llenar los anexos 12 y 13).
170
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D033000
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.
42D034000
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.
42D035000
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera.
42D036000
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a
que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el
anexo 18).
42D037000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no
vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
42D039000
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación
fiscal durante el ejercicio.
42D048000
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya
afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).
42D055000
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.
42D058000
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.
42D066000
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio
en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 9).
42D067000
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el
ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10).
42D068000
Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el
anexo 15).
42D069000
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 17).
42D070000
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado.
42D071000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o
razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29,
fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores.
42D077000
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado
42D078000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio
fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).
42D079000
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal
auditado.
42D080000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de
actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF).
42D081000
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el
mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde
se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para
el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).
42D082000
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas
del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del
CFF.
42D083000
Tiene accionistas residentes en el país.
42D084000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes
(para los efectos del artículo 27 CFF).
42D087000
Tiene empleados.
42D095000
En caso negativo a la pregunta del índice 42D087000 tiene algún contrato de servicios
especializados u obras especializadas (REPSE).
42D101000
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio.
42D102000
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una
reestructura o pago de dividendos o utilidades.
42D104000
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo
32, fracción I de la LIVA.
42D105000
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio
fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).
42D112000
Diario.
42D113000
Mayor.
42D114000
Actas de asamblea de socios o accionistas.
42D115000
Socios o accionistas.
42D116000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación
de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la
enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del
artículo 24 de la LISR).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
171
42D117000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión
indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF).
42D119000
El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado
ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
42D120000
Reconoció o reporto dichos ingresos.
42D121000
El contribuyente cambió el modelo de negocios.
42D131000
Hasta el 31 de diciembre de 2014, ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo
50 de la LISR vigente hasta 2013.
42D132000
En caso afirmativo, señale si durante el ejercicio dictaminado distribuyó dividendos en favor
de sus accionistas.
42D138000
Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio.
42D140000
Es parte relacionada.
42D142000
Es parte relacionada.
42D144000
Es parte relacionada.
42D146000
Es parte relacionada.
42D148000
Es parte relacionada.
42D151000
Efectuó retención.
42D154000
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.
42D155000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.
42D156000
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.
42D160000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de
pérdidas financieras.
42D164000
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR).
42D166000
En caso afirmativo, acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas.
42D168000
Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas.
42D170000
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los
términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR.
42D247000
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de
inmuebles (fibras).
42D248000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los
artículos 187 y 188 de la LISR.
42D249000
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra).
42D250000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los
artículos 187 y 188 de la LISR.
42D252000
Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente
corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su
acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el Servicio de
Administración Tributaria.
42D253000
El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero.
42D258000
Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el
extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del
contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos
previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento.
42D262000
Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio.
42D263000
Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero
correspondiente a ejercicios anteriores.
42D264000
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras
jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo
debe llenar el anexo 19).
42D279000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme
al artículo 1o.-A, se acreditó en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración
en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o.,
fracción IV de la LIVA).
42D280000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme
al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera enterado en los términos y plazos
establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).
42D281000
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado
con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas.
172
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D282000
Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales definitivos del
Impuesto al Valor Agregado acredita impuesto al 100%.
42D283000
Diga si incluye en la determinación de la proporción de acreditamiento, los ingresos por
intereses cobrados provenientes de las operaciones financieras derivadas.
42D284000
Realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la
LIVA).
42D287000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo
debe llenar del índice 42140131000000 al 42140159000000 del anexo 14).
42D289000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
norte”.
42D293000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
42D296000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones
complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso,
realizó el pago del ISR correspondiente.
42D334000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región
fronteriza norte es menor a 18 meses.
42D337000
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le
otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.
42D340000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo
séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza
norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
42D344000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
42D346000
(a) enajenación de bienes.
42D347000
(b) prestación de servicios independientes.
42D348000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
42D349000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
42D352000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención
por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.
42D353000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la
retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente
pagada.
42D391000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
42D392000
Es importador de un sector en específico.
42D394000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo
debe llenar del índice 42140160000000 al 42140188000000 del anexo 14).
42D396000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
sur”.
42D400000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
42D403000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones
complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso,
realizó el pago del ISR correspondiente.
42D441000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región
fronteriza sur es menor a 18 meses.
42D444000
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue
beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios.
42D447000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo
séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza
sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
42D451000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
42D453000
(a) enajenación de bienes.
42D454000
(b) prestación de servicios independientes.
42D455000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
173
42D456000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
42D459000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención
por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA.
42D460000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la
retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente
pagada.
42D498000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
42D499000
Es importador de un sector en específico.
Datos de dos caracteres alfabéticos (si o no) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42D041000
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta).
42D085000
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de
operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado.
42D086000
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para
los efectos del artículo 69-B del CFF.
42D094000
Creo una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a
dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR).
42D106000
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las
operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente
(para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).
42D107000
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la
LIVA, 20 y 74 del RLIVA).
42D108000
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos
previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con
las reglas aplicables de la RMF para 2025).
42D109000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las
personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así
como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
42D110000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago,
retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus
proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue
trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado
al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
42D118000
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior,
permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado.
42D122000
Para el caso de las sociedades en instrumentos de deuda, señale si la cartera de inversión está
conformada a su vez por acciones de fondos de inversión extranjeros.
42D123000
Si la respuesta es afirmativa, señale si hubo retención del ISR, por el pago de intereses a
personas físicas.
42D124000
Si la respuesta es negativa señale si les fue informado a las personas físicas en la constancia, el
monto de los intereses reales ganados durante el ejercicio en que se mantuvo la inversión en
dichos fondos.
42D125000
Para el caso de las sociedades en instrumentos de renta variable, señale si la cartera de inversión
está conformada a su vez por acciones de fondos de inversión extranjeros.
42D126000
En caso afirmativo, señale si las ganancias en enajenación de las acciones de dicho fondo de
inversión extranjero, las consideró gravadas para las personas físicas.
42D127000
Señale si le fue informada en la constancia a las personas físicas la ganancia que obtuvieron en
el ejercicio en que mantuvo su inversión.
42D128000
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a
nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para
los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR).
42D129000
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, constancia en la que se
señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna
cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).
42D130000
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de
capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores
a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así
como las reglas aplicables de la RMF para 2025).
174
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D137000
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los
efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR).
42D161000
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes
generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole,
se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la
LISR).
42D162000
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de
pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a
acciones o índices accionarios, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción
(para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la
RMF para 2025).
42D163000
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, cumplió con los requisitos
establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XIII de la LISR).
42D198000
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.
42D251000
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que
acreditó.
42D254000
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en
el extranjero.
42D265000
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas.
42D267000
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.
42D269000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES.
42D271000
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
42D274000
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le
correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente.
42D275000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de
2013.
42D276000
Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación.
42D277000
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en
términos del artículo 4 de la LISR.
42D278000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial.
42D285000
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de
intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del
artículo 5o., fracción I de la LIVA).
42D286000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de
diciembre de 2013.
42D335000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región
fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado
en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
42D336000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
42D351000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
42D442000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región
fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado
en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
42D443000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
42D458000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
42D043000
Fecha del oficio 1.
42D045000
Fecha del oficio 2.
42D047000
Fecha del oficio 3.
42D050000
Fecha de la resolución 1.
42D052000
Fecha de la resolución 2.
42D054000
Fecha de la resolución 3.
42D056000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
175
42D057000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria).
42D064000
Fecha de presentación de la declaración informativa normal.
42D065000
Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria).
42D173000
Fecha en que surtió efectos la fusión.
42D197000
Fecha en que surtió efectos la escisión.
42D243000
Fecha de inicio de la liquidación.
42D291000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
42D295000
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.
42D298000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D301000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D304000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D307000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D310000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D313000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D316000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D319000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D322000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D325000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
42D328000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
42D331000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
42D341000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
42D345000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en
el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de
2018.
42D350000
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.
42D355000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D358000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D361000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D364000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D367000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D370000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D373000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D376000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D379000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D382000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D385000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D388000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D398000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
42D402000
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores.
42D405000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
176
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D408000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D411000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D414000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D417000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D420000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D423000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D426000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D429000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que
aplicó el estímulo.
42D432000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
42D435000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
42D438000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el
que aplicó el estímulo.
42D448000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
42D452000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en
el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de
2020.
42D457000
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.
42D462000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D465000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D468000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D471000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D474000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D477000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D480000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D483000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D486000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D489000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D492000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D495000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
Datos de la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple.
Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del
oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el
mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”).
42D011000
Denominación o razón social fideicomitente.
42D012000
Denominación o razón social fiduciario.
42D013000
Denominación o razón social fideicomisario (1).
42D014000
Denominación o razón social fideicomisario (2).
42D015000
Denominación o razón social fideicomisario (3).
42D038000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
42D042000
Número de oficio 1.
42D044000
Número de oficio 2.
42D046000
Número de oficio 3.
42D049000
Número de resolución 1.
42D051000
Número de resolución 2.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
177
42D053000
Número de resolución 3.
42D059000
Número de identificación (campo 1).
42D060000
Número de identificación (campo 2).
42D061000
Número de identificación (campo 3).
42D062000
Número de identificación (campo 4).
42D063000
Número de identificación (campo 5).
42D139000
Nombre del comprador 1.
42D141000
Nombre del comprador 2.
42D143000
Nombre del comprador 3.
42D145000
Nombre del comprador 4.
42D147000
Nombre del comprador 5.
42D175000
Fusionante: denominación o razón social.
42D177000
Fusionada 1: denominación o razón social.
42D179000
Fusionada 2: denominación o razón social.
42D181000
Fusionada 3: denominación o razón social.
42D183000
Fusionada 4: denominación o razón social.
42D185000
Fusionada 5: denominación o razón social.
42D187000
Fusionada 6: denominación o razón social.
42D189000
Fusionada 7: denominación o razón social.
42D191000
Fusionada 8: denominación o razón social.
42D193000
Fusionada 9: denominación o razón social.
42D195000
Fusionada 10: denominación o razón social
42D290000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
42D292000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
norte”.
42D333000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.
42D338000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
42D342000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
42D343000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
42D393000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
42D397000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
42D399000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
sur”.
42D440000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro.
42D445000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
42D449000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
42D450000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo
real.
42D500000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes,
paréntesis, etc.).
42D026000
RFC 1.
42D027000
RFC 2.
42D028000
RFC 3.
42D029000
RFC 4.
42D030000
RFC 5.
42D072000
(especificar nombre anterior).
42D073000
(especificar nombre anterior).
178
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D074000
(especificar nombre anterior).
42D075000
(especificar nombre anterior).
42D076000
(especificar nombre anterior).
42D096000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
42D097000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
42D098000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
42D099000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
42D100000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE).
42D174000
Fusionante: RFC.
42D176000
Fusionada 1: RFC.
42D178000
Fusionada 2: RFC.
42D180000
Fusionada 3: RFC.
42D182000
Fusionada 4: RFC.
42D184000
Fusionada 5: RFC.
42D186000
Fusionada 6: RFC.
42D188000
Fusionada 7: RFC.
42D190000
Fusionada 8: RFC.
42D192000
Fusionada 9: RFC.
42D194000
Fusionada 10: RFC.
42D199000
Escindida 1: RFC.
42D203000
Escindida 2: RFC.
42D207000
Escindida 3: RFC.
42D211000
Escindida 4: RFC.
42D215000
Escindida 5: RFC.
42D219000
Escindida 6: RFC.
42D223000
Escindida 7: RFC.
42D227000
Escindida 8: RFC.
42D231000
Escindida 9: RFC.
42D235000
Escindida 10: RFC.
42D239000
Escindente: RFC.
42D244000
(liquidador 1 especificar nombre, denominación o razón social).
42D245000
(liquidador 2 especificar nombre, denominación o razón social).
42D246000
(liquidador 3 especificar nombre, denominación o razón social).
Dato, RFC.
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por:
- Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales.
- Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y
dos para el día).
- Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter
&).
42D007000
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 42D004000, 42D005000 y 42D006000 anteriores,
mencione el motivo por el que presenta el dictamen.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes,
paréntesis, etc.).
42D088000
Número de trabajadores.
42D089000
Total del ISR retenido y enterado por salarios.
42D090000
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.
42D091000
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
179
42D092000
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.
42D093000
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.
42D103000
Monto de IVA que originó dicha operación.
42D111000
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la
fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA.
42D133000
Monto distribuido.
42D134000
Monto de los dividendos distribuidos provenientes de la cuenta de utilidad fiscal neta.
42D135000
Monto considerado como ingreso acumulable para efectos del Impuesto sobre la Renta, derivado
de ganancias por enajenación de acciones, intereses y ajuste anual por inflación,
correspondientes a las inversiones promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que
ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa fecha.
42D136000
Monto considerado como deducción autorizada para efectos del Impuesto sobre la Renta,
derivado de pérdidas por enajenación de acciones, intereses y ajuste anual por inflación,
correspondientes a las inversiones promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que
ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa fecha.
42D149000
Total de ingresos por venta de intangibles.
42D150000
Total del monto original de la inversión ajustado.
42D152000
Monto del entero por la operación.
42D153000
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados
reconocidos.
42D157000
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.
42D158000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.
42D159000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.
42D167000
Indique el monto de la acumulación correspondiente.
42D169000
En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente.
42D171000
En caso afirmativo, indique el monto correspondiente.
42D200000
Valor activo:
42D201000
Valor pasivo:
42D202000
Valor capital social:
42D204000
Valor activo:
42D205000
Valor pasivo:
42D206000
Valor capital social:
42D208000
Valor activo:
42D209000
Valor pasivo:
42D210000
Valor capital social:
42D212000
Valor activo:
42D213000
Valor pasivo:
42D214000
Valor capital social:
42D216000
Valor activo:
42D217000
Valor pasivo:
42D218000
Valor capital social:
42D220000
Valor activo:
42D221000
Valor pasivo:
42D222000
Valor capital social:
42D224000
Valor activo:
42D225000
Valor pasivo:
42D226000
Valor capital social:
42D228000
Valor activo:
42D229000
Valor pasivo:
42D230000
Valor capital social:
42D232000
Valor activo:
42D233000
Valor pasivo:
42D234000
Valor capital social:
180
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D236000
Valor activo:
42D237000
Valor pasivo:
42D238000
Valor capital social:
42D240000
Valor activo:
42D241000
Valor pasivo:
42D242000
Valor capital social:
42D255000
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes
en el extranjero.
42D256000
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero.
42D257000
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR.
42D266000
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES.
42D268000
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.
42D270000
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.
42D272000
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
42D273000
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del
décimo párrafo del artículo 177 de la LISR.
42D299000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D302000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D305000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D308000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D311000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D314000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D317000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D320000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D323000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D326000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D329000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D332000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D339000
Monto del beneficio.
42D356000
(1) Monto pagado.
42D359000
(2) Monto pagado.
42D362000
(3) Monto pagado.
42D365000
(4) Monto pagado.
42D368000
(5) Monto pagado.
42D371000
(6) Monto pagado.
42D374000
(7) Monto pagado.
42D377000
(8) Monto pagado.
42D380000
(9) Monto pagado.
42D383000
(10) Monto pagado.
42D386000
(11) Monto pagado.
42D389000
(12) Monto pagado.
42D406000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D409000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D412000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D415000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D418000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D421000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D424000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D427000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D430000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D433000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
181
42D436000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D439000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D446000
Monto del beneficio.
42D463000
(1) Monto pagado.
42D466000
(2) Monto pagado.
42D469000
(3) Monto pagado.
42D472000
(4) Monto pagado.
42D475000
(5) Monto pagado.
42D478000
(6) Monto pagado.
42D481000
(7) Monto pagado.
42D484000
(8) Monto pagado.
42D487000
(9) Monto pagado.
42D490000
(10) Monto pagado.
42D493000
(11) Monto pagado.
42D496000
(12) Monto pagado.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos.
Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha
cantidad.
Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos,
paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
42D288000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región
fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.
42D395000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región
fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.
Datos de caracteres numéricos con dos decimales.
Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.
Anexo
Datos a proporcionar
1.- Estado de situación financiera.
2025 y 2024.
2.- Estado de resultado integral.
Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no
relacionadas 2025 y 2024.
3.- Estado de cambios en el capital contable.
Capital contribuido: capital social, capital social no exhibido,
aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en
asamblea de accionistas, aportaciones para futuros aumentos de
capital formalizadas por su órgano de gobierno (para el caso de
fondos de inversión), prima en venta de acciones, instrumentos
financieros que califican como capital, otras cuentas de capital
contribuido, capital ganado: reservas de capital, reserva por
adquisición
de
acciones
propias,
resultados
acumulados,
resultado de ejercicios anteriores, valuación de instrumentos
derivados de cobertura de flujo de efectivo, resultado por
evaluación de inversiones permanentes en acciones de empresas
promovidas, valuación de instrumentos financieros para cobrar o
vender, ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos
para su disposición, remedición de beneficios a los empleados,
resultado por tenencia de activos no monetarios, participación en
ORI de otras entidades, otras cuentas de capital ganado, utilidad
neta, pérdida neta, total participación de la controladora,
participación no controladora y total capital contable.
4.- Estado de valuación de cartera de inversión.
Cantidad de títulos operados, costo total de adquisición, valor
razonable o contable total.
182
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Anexo
Datos a proporcionar
5.-
Análisis comparativo de las cuentas del estado
de resultados.
2025 y 2024, partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y
2024, acumulables o deducibles para ISR: 2025 y 2024, no
acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos)
para ISR: 2025 y 2024.
6.-
Relación
de
contribuciones
a
cargo
del
contribuyente como sujeto directo o en su
carácter de retenedor.
Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a
favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el
contribuyente, diferencias y diferencias no materiales no
investigadas por auditoría.
7.-
Relación de contribuciones por pagar.
Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe
proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por
pagar, importe de la contribución en litigio.
8.-
Conciliación entre el resultado contable y fiscal
para efectos del Impuesto sobre la Renta.
2025 y 2024.
9.-
Operaciones financieras derivadas.
Sumatoria de nocionales, utilidad por contraparte, pérdida por
contraparte, efecto neto.
10.- Inversiones
permanentes
en
subsidiarias,
asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y
en México.
Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de
ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la
utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación,
valor de la inversión.
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o
partes sociales.
Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de
acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos
efectuados y recibidos, monto de prima en suscripción de
acciones.
12.- Operaciones con partes relacionadas.
Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso
con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la
operación
se
considerase
pactada
como
con
partes
independientes en operaciones comparables, monto modificado.
13.- Información
del
contribuyente
sobre
sus
operaciones con partes relacionadas.
Datos a proporcionar.
14.- Datos informativos.
Importe.
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en
el extranjero.
Monto de la operación, ISR por retención determinado por
auditoría, ISR retenido pagado, diferencia.
16.- Inversiones.
MOI al inicio del ejercicio, saldo pendiente de deducir al inicio del
ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio,
menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción
en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo
pendiente de deducir al final del ejercicio.
17.- Préstamos.
Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024, importe
total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el
ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025, importe total
de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
183
Anexo
Datos a proporcionar
19.- Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes.
Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación
accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el
ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio
por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe,
aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o
aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y
reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos
durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal
preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio,
datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de
utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada
en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la
actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen
fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad
empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para
los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de
cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte
relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal
anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del
ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas
miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de
deducción del contribuyente, total de los intereses devengados
que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos
pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir
del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados,
intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses
devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto
total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos
diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total
deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos,
utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no
deducibles.
Nota:
El orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato
guía.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos.
Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha
cantidad.
Para las cantidades positivas se omitirá el signo.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos,
paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos.
Anexo
Datos a proporcionar
4.1.- Notas a los estados financieros.
Texto referente a las notas a los estados financieros.
6.1.- Declaratoria.
Texto referente a la declaratoria.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Estos textos sí podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.).
El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas.
Anexo
Datos a proporcionar
4.-
Estado de valuación de cartera de inversión.
Porcentaje de participación, tasa al valuar.
6.-
Relación de contribuciones a cargo del contribuyente
como sujeto directo o en su carácter de retenedor.
Tasa, tarifa o cuota.
184
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
9.-
Operaciones financieras derivadas.
Porcentaje de liquidación en efectivo, porcentaje de
liquidación en especie, proporción que representa de
ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas.
10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Porcentaje de participación en el capital de la entidad.
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Porcentaje de participación del socio o accionista en el
ejercicio, porcentaje de tasa de interés pactada en caso de
préstamo recibidos.
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Tasa.
17.- Préstamos
Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR.
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el
extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México),
participación directa o participación indirecta promedio por
día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje,
tasa preferencial por tratado.
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los
efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).
Proporción de ingresos.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.
Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo
de porcentaje.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis,
etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo
Datos a proporcionar
4.-
Estado de valuación de cartera de inversión.
Emisora, serie, tipo de valor, calificación o bursatilidad,
cantidad de títulos operados, cantidad de títulos liquidados,
total de títulos de la emisión, costo promedio unitario de
adquisición, valor razonable o contable unitario, días por
vencer.
7.-
Relación de contribuciones por pagar.
Institución de crédito o SAT y pago en parcialidades (datos
del escrito libre): administración receptora.
9.-
Operaciones financieras derivadas.
País de residencia, número de contratos celebrados,
concepto de operaciones financieras derivadas (para los
efectos del artículo 16-A del CFF), tipo de operaciones
financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la
LISR), tipo de mercado, nombre del mercado.
10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el extranjero y en México.
País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago
(transferencia de fondos, capitalización de créditos o
deudas, etc.).
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
País de residencia para efectos fiscales, destino del
préstamo, forma de pago (transferencia de fondos,
capitalización de créditos o deuda, etc.).
12.- Operaciones con partes relacionadas.
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de
"otros ingresos" u "otros pagos" especifique concepto, país
de residencia, método de precios de transferencia aplicado.
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de
"otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país
de residencia
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
185
17.- Préstamos
Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo
de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro",
especifique concepto: país de residencia para efectos
fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés,
frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de
que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de
intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique
concepto: destino del capital tomado en préstamo.
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de
residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la
columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de
los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos",
especifique concepto, en el caso de ingresos generados en
participación con otras entidades, actividad que realiza la
entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o
con la entidad o figura jurídica extranjera transparente
fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter
con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura
jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó
una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado
que tenga celebrado México para evitar la doble tributación.
Datos de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo
Datos a proporcionar
7.-
Relación de contribuciones por pagar.
Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito
libre): fecha de presentación, oficio de autorización de pago
en parcialidades: fecha.
10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su
subsidiaria.
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Periodo de tenencia: del y al.
17.- Préstamos.
Vigencia del préstamo del y al.
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera
transparente fiscalmente: vigencia del, fideicomiso o entidad
o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia
al.
Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el
mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2018.
Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones,
paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”.
Anexo
Datos a proporcionar
18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.
Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.
Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc.,
únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.
Anexo
Datos a proporcionar
12.- Operaciones con partes relacionadas.
La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en
caso afirmativo, indique en el anexo denominado información
adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la
operación está pactada como con partes independientes en
operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de
actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable
(deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de
transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II, de la
RMF para 2025) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados
para evitar la doble tributación (si, no, n/a).
186
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en
el extranjero.
México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el
país de la columna anterior (si o no) indique si es parte relacionada
(si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no),
aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para
evitar la doble tributación (si o no).
17.- Préstamos.
Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el
préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no).
18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes.
La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene
alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos
generados en participación con otras entidades cuenta con la
información de la entidad que generó ingresos por participación con
otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la
entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar
si la información es para el caso de los ingresos generados en
fideicomisos y similares (si o no).
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para
los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la
LISR).
Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere
el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no).
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.
Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.
Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.).
Anexo
Datos a proporcionar
7.-
Relación de contribuciones por pagar.
Número de la operación; pago en parcialidades (datos del
escrito libre): número de folio, oficio de autorización de pago
en parcialidades: número.
9.-
Operaciones financieras derivadas.
Número de identificación fiscal o RFC.
10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el extranjero y en México.
Número de identificación fiscal.
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales.
Número de identificación fiscal o RFC.
12.- Operaciones con partes relacionadas
Número de identificación fiscal o RFC.
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero.
Número de identificación fiscal.
17.- Préstamos.
Número de identificación fiscal o RFC, número de registro
del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente
durante el ejercicio dictaminado, número de oficio de
autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero
de valores emitidos en México.
18.- Integración
de
pérdidas
fiscales
de
ejercicios
anteriores.
2024 a 2015.
19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.
Número de identificación fiscal.
20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los
efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR).
Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las
personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.
Para efecto de estos datos, se anotarán las cifras referentes a los datos indicados.
Dato de caracteres alfanuméricos.
Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.
Para efectos del dato “RFC” de los anexos 11.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales, 12.- operaciones con partes relacionadas y 18.- integración de pérdidas fiscales de
ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:
Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:
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DIARIO OFICIAL
187
Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.
Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el año, dos para el
mes y dos para el día).
Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.
Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.
Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el
carácter &).
A. Formato Guía para la presentación del Dictamen Fiscal de Estados Financieros General, por el ejercicio fiscal del
2025.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Datos de identificación del Contribuyente
01A000000
RFC:
01A001000
Nombre
(apellido
paterno,
apellido
materno,
nombre(s)),
denominación o razón social:
01A002000
CURP:
Domicilio Fiscal:
01A003000
Entidad Federativa:
01A004000
Alcaldía o Municipio:
01A005000
Colonia o Localidad:
01A006000
Código Postal:
01A007000
Calle, número exterior e interior:
01A008000
Ciudad o Población:
01A009000
Teléfono:
01A010000
Correo electrónico:
01A011000
Nombre del grupo económico al que pertenece:
01A012000
Clave de actividad para efectos fiscales:
Declaratoria del Contribuyente:
Declaro que la información proporcionada en este documento,
refleja las operaciones reales que llevé a cabo durante el
ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se
encuentran amparadas con documentación comprobatoria.
01A013000
Nombre del Contribuyente:
188
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Datos de identificación del Contador Público
01B000000
RFC:
01B001000
Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)):
01B002000
CURP:
01B003000
Número de Registro:
Domicilio Fiscal:
01B004000
Entidad Federativa:
01B005000
Alcaldía o Municipio:
01B006000
Colonia o Localidad:
01B007000
Código Postal:
01B008000
Calle, número exterior e interior:
01B009000
Ciudad o Población:
01B010000
Teléfono del CPI o Despacho:
01B011000
Correo electrónico:
01B012000
Correo electrónico del Buzón Tributario:
01B013000
Colegio al que pertenece:
01B014000
Nombre del Despacho:
01B015000
RFC del Despacho:
01B016000
Número de Registro del Despacho:
Declaratoria del Contador Público que dictaminó:
Declaro que la información que proporciona el contribuyente citado, consta en
libros, registros, documentos y declaraciones en poder del propio contribuyente,
mismos que examiné, como lo manifiesto en el informe del auditor independiente
y en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente que
adjunto.
01B017000
Nombre del Contador Público que dictaminó:
Datos de identificación del Representante Legal
01C000000
RFC:
01C001000
Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)):
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
189
01C002000
Nacional:
01C003000
Extranjero:
01C004000
CURP:
Domicilio Fiscal:
01C005000
Entidad Federativa:
01C006000
Alcaldía o Municipio:
01C007000
Colonia o Localidad:
01C008000
Código Postal:
01C009000
Calle, número exterior e interior:
01C010000
Ciudad o Población:
01C011000
Teléfono:
01C012000
Correo electrónico:
01C013000
Número de Escritura:
01C014000
Número de Notaría:
01C015000
Entidad en la que se ubica la Notaría:
01C016000
Fecha del Poder:
01C017000
Fecha de designación:
Declaratoria del Representante Legal:
Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las
operaciones reales que llevó a cabo mi representada durante el ejercicio, mismas
que están registradas contablemente y se encuentran amparadas con
documentación comprobatoria.
01C018000
Nombre del Representante Legal:
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Datos Generales
01D000000
Autoridad competente:
01D001000
Sede a la que pertenece la ADAF:
01D002000
Administración General y/o ADAF:
01D003000
Obligado u optativo:
190
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D004000
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los
efectos del artículo 32-A del CFF).
01D005000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los
efectos del artículo 32-A del CFF).
01D006000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para
los efectos del artículo 32-A del CFF).
01D007000
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 01D004000, 01D005000
y 01D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.
01D008000
Forma parte de una asociación en participación.
01D009000
Forma parte de un fideicomiso.
En caso afirmativo al índice anterior, indique denominación o razón social
del fideicomiso:
01D010000
Denominación o razón social fideicomitente.
01D011000
Denominación o razón social fiduciario.
01D012000
Denominación o razón social fideicomisario (1).
01D013000
Denominación o razón social fideicomisario (2).
01D014000
Denominación o razón social fideicomisario (3).
01D015000
Primer dictamen.
01D016000
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad
e infraestructura.
01D017000
Realizó obras de construcción.
01D018000
En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos para los efectos del
artículo 17, fracción IV de la LISR.
01D019000
Industria maquiladora.
01D020000
Tipo de contribuyente especial.
01D021000
Empresa filial.
01D022000
Empresa subsidiaria.
01D023000
Sociedad cooperativa.
01D024000
Inicio de operaciones.
01D025000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal.
01D026000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal.
01D027000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.
01D028000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.
01D029000
Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales:
En caso de haber seleccionado algún sistema de costeo, estará a lo
siguiente:
01D030000
Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales y
el método de valuación de costo de adquisición para efectos contables (costos
históricos) (en caso afirmativo debe llenar del índice 01060000000000 al
01060030000000 del anexo 6).
01D031000
Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales
(costos predeterminados estimados) (en caso afirmativo debe llenar del índice
01060000000000 al 01060030000000 del anexo 6).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
191
01D032000
Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales y
el método de valuación de costo estándar para efectos contables (en caso
afirmativo debe llenar del índice 01060000000000 al 01060030000000 del anexo
6).
01D033000
Costo de ventas: utiliza un sistema distinto a los anteriores (en caso afirmativo
debe llenar del índice 01060031000000 al 01060040000000 del anexo 6).
01D034000
Tipo de opinión.
01D035000
Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo debe
llenar del índice 01040000000000 al 01040050000000 del Anexo 4).
01D036000
Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método directo (en caso afirmativo debe
llenar del índice 01040051000000 al 01040089000000 del Anexo 4).
Indique el RFC de la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que asesoró(aron)
fiscalmente al contribuyente, mediante una opinión por escrito:
01D037000
RFC 1:
01D038000
RFC 2:
01D039000
RFC 3:
01D040000
RFC 4:
01D041000
RFC 5:
Efectos fiscales
01D042000
Realizó operaciones con partes relacionadas.
01D043000
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 01D042000
(debe llenar los anexos 16 y 17).
01D044000
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.
01D045000
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.
01D046000
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica
extranjera.
01D047000
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios
anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo
debe llenar el anexo 23).
01D048000
Tratándose de sociedades que hayan tenido el carácter de controladoras,
disminuyó la pérdida por enajenación de acciones en algún ejercicio posterior a
2015 (para los efectos del artículo segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de las
disposiciones transitorias de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2016).
01D049000
En caso afirmativo al índice anterior, señale si liquidó la totalidad del impuesto
diferido (para los efectos del artículo segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de
las disposiciones transitorias de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2016).
01D050000
Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.20. de la 3a RMRMF 2016.
01D051000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.22. de la RMF 2017.
01D052000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2018.
01D053000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2019.
01D054000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2020.
01D055000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2021.
01D056000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2022.
01D057000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2023.
01D058000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2024.
01D059000
Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2025.
192
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D060000
Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.19. de la 3a RMRMF 2016.
01D061000
Aplicó lo establecido en el transitorio quinto de la RMF 2017.
01D062000
Aplicó lo establecido en el transitorio trigésimo de la RMF 2018.
01D063000
Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el artículo
22 de la LISR.
En caso de que la respuesta a la pregunta anterior sea afirmativa indique lo
siguiente:
01D064000
Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron.
01D065000
Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que se
enajenaron.
01D066000
Precio de venta de las acciones enajenadas.
01D067000
Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las
acciones.
01D068000
Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte relacionada.
01D069000
La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones pendientes
de aplicar al cierre del ejercicio.
01D070000
En caso de que su repuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el
importe de la pérdida por enajenación de acciones actualizada al cierre del
ejercicio.
Otros aspectos
01D071000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como
criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
01D072000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
01D073000
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON
que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
01D074000
Se trata de:
01D075000
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o
consulta).
01D076000
Número de oficio 1.
01D077000
Fecha del oficio 1.
01D078000
Número de oficio 2.
01D079000
Fecha del oficio 2.
01D080000
Número de oficio 3.
01D081000
Fecha del oficio 3.
01D082000
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que
haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).
En caso afirmativo al índice anterior, indique el número y fecha de la
resolución:
01D083000
Número de resolución 1.
01D084000
Fecha de la resolución 1.
01D085000
Número de resolución 2.
01D086000
Fecha de la resolución 2.
01D087000
Número de resolución 3.
01D088000
Fecha de la resolución 3.
01D089000
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
193
En caso afirmativo al índice anterior, aclarar a través del anexo
denominado información adicional, la disposición fiscal controvertida, el
medio de defensa interpuesto así como el estatus del medio de defensa
interpuesto al cierre del ejercicio.
01D090000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal)
01D091000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria)
01D092000
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
Número de identificación otorgado por el SAT al esquema reportable.
01D093000
Número de identificación (campo 1):
01D094000
Número de identificación (campo 2):
01D095000
Número de identificación (campo 3):
01D096000
Número de identificación (campo 4):
01D097000
Número de identificación (campo 5):
01D098000
Fecha de presentación de la declaración informativa normal:
01D099000
Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria):
Operaciones financieras, inversiones, financiamiento, moneda extrajera y
residentes al extranjero
01D100000
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante
el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el
Anexo 12).
01D101000
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante
el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 13).
01D102000
Llevó
a
cabo
operaciones
con
residentes
en
el
extranjero
(en caso afirmativo debe llenar el Anexo 19).
01D103000
Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante
el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 21).
01D104000
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 22).
Diagnóstico fiscal del contribuyente
Generalidades fiscales
01D105000
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal
auditado.
01D106000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de
denominación o razón social ante el Registro Federal de Contribuyentes (para
los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y
nombres anteriores.
01D107000
(Especificar nombre anterior).
01D108000
(Especificar nombre anterior).
01D109000
(Especificar nombre anterior).
01D110000
(Especificar nombre anterior).
01D111000
(Especificar nombre anterior).
01D112000
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.
01D113000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de
domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).
01D114000
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio
fiscal auditado.
194
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D115000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de
actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del
artículo 29, fracción VII RCFF).
01D116000
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados
durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o
semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier
local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades
(para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).
01D117000
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron
vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo
26, fracción XI del CFF.
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, describa cómo dio
cumplimiento y con qué documentación lo acredita, a través del anexo
denominado información adicional del dictamen.
01D118000
Tiene accionistas residentes en el país.
01D119000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el Registro Federal de
Contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF).
01D120000
Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o
accionistas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 27 del CFF).
01D121000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el Registro Federal de
Contribuyentes.
01D122000
Tiene inventarios registrados en su contabilidad.
01D123000
En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias
primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate (para los
efectos del artículo 76, fracción XIV de la LISR).
01D124000
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el
SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal
revisado.
01D125000
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé
efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF.
01D126000
Realizó operaciones con el público en general.
01D127000
Tiene empleados.
En caso afirmativo a la pregunta del índice anterior, indique:
01D128000
Número de trabajadores.
01D129000
Total del ISR retenido y enterado por salarios.
01D130000
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.
01D131000
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio.
01D132000
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.
01D133000
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.
01D134000
Creo una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien
efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y
65 del RLISR).
01D135000
En caso negativo a la pregunta del índice 01D127000, tiene algún contrato de
servicios especializados u obras especializadas (REPSE).
En caso de tener algún contrato de servicios especializados u obras
especializadas (REPSE), señale el RFC y nombre de la(s) sociedad(es) que
le presta(n) los servicios especializados u obras especializadas (REPSE).
01D136000
(Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE.)
01D137000
(Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE.)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
195
01D138000
(Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE.)
01D139000
(Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE.)
01D140000
(Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE.)
Obtuvo ingresos por:
01D141000
Enajenación de bienes.
01D142000
Prestación de servicios.
01D143000
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
01D144000
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento
permanente en México.
01D145000
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes fiscales
preferentes.
01D146000
Otros, en caso afirmativo especificar abajo:
01D147000
(Especificar).
01D148000
(Especificar).
01D149000
(Especificar).
01D150000
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el
ejercicio.
01D151000
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte
de una reestructura o pago de dividendos o utilidades.
01D152000
Monto de IVA que originó dicha operación.
Contabilidad
01D153000
Llevó contabilidad de conformidad con el artículo 28 del CFF, su reglamento y
con el artículo 32, fracción I de la LIVA.
01D154000
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en
su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).
Nota: en caso negativo al índice anterior, señale el domicilio en el cual
conserva la documentación comprobatoria de los registros o asientos, a
través del anexo denominado información adicional del dictamen.
Para efectos del IVA indique lo siguiente:
01D155000
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros
de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por
cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y
35 del RLIVA).
01D156000
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32,
fracción III de la LIVA; 20 y 74 del RLIVA).
01D157000
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen
en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32,
fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D158000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información
sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo
32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para
2025).
01D159000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información
sobre el pago, retención, acreditamiento y trasladó del Impuesto al Valor
Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los
actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al
Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago
(para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
01D160000
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que
hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA.
196
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Cuenta con los siguientes libros actualizados:
01D161000
Diario.
01D162000
Mayor.
01D163000
Actas de asamblea de socios o accionistas.
01D164000
Socios o accionistas.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
01D165000
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la
LISR).
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
01D166000
Se realizaron con fines de:
01D167000
Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio.
01D168000
Monto de la pérdida deducible en el ejercicio.
01D169000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la
enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto
derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece
(para los efectos del artículo 24 de la LISR).
01D170000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una
transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis
del CFF).
01D171000
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere
el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio
dictaminado.
01D172000
El contribuyente cambió el modelo de negocios.
Dio cumplimiento a las siguientes obligaciones fiscales:
01D173000
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos
(para los efectos de los artículos 76, fracciones II y XVII y 110, fracciones III y IV
de la LISR).
01D174000
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos
efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y
del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR).
01D175000
Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los
efectos de los artículos 76, fracción IV y 110, fracción V o en fecha distinta de
acuerdo con los artículos 110 y 192 del RLISR).
01D176000
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en
serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del
RLISR).
01D177000
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable
expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos
al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la
LISR).
01D178000
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos,
comprobante fiscal en el que se señale su monto, donde se indique si los
dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del
artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).
01D179000
Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de
calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades
empresariales en los que intervino (para los efectos del artículo 76, fracción XIII
de la LISR).
01D180000
Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de
las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera,
así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos
(para los efectos de los artículos 76, fracción XV y 110, fracción VII de la LISR).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
197
01D181000
Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un
reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales
por el ejercicio inmediato anterior (para los efectos de los artículos 76, fracción
XIX de la LISR y 116 del RLISR).
01D182000
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros
aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda
nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18,
fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la
RMF para 2025).
01D183000
Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o
utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140 párrafo segundo de la
LISR).
(ISR) obtuvo ingresos por
01D184000
Enajenación de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así
como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D185000
Prestación de servicios (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así
como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D186000
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos del artículo
17, fracción II de la LISR).
01D187000
Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17,
fracción III y 40 de la LISR).
01D188000
Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17,
fracción III, segundo párrafo y 40 de la LISR).
01D189000
Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17,
fracción III, tercer párrafo y 40 de la LISR).
01D190000
Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad
práctica de cobro (para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR).
01D191000
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o
aprobadas para su cobro (para los efectos de los artículos 17, penúltimo párrafo
de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR).
01D192000
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente pagadas
(para los efectos de los artículos 17 de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR).
01D193000
Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance
de obra para los efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el DOF el 26
de diciembre de 2013.
01D194000
Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
01D195000
Nombre del comprador 1.
01D196000
Es parte relacionada.
01D197000
Nombre del comprador 2.
01D198000
Es parte relacionada.
01D199000
Nombre del comprador 3.
01D200000
Es parte relacionada.
01D201000
Nombre del comprador 4.
01D202000
Es parte relacionada.
01D203000
Nombre del comprador 5.
01D204000
Es parte relacionada.
01D205000
Total de ingresos por venta de intangibles.
01D206000
Total del monto original de la inversión ajustado.
01D207000
Efectuó retención.
01D208000
Monto del entero por la operación.
01D209000
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivadas pactadas
fuera de mercados reconocidos.
198
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Indique lo siguiente en calidad de emisora de las acciones:
01D210000
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.
01D211000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.
01D212000
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.
01D213000
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.
01D214000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.
01D215000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.
01D216000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de
absorción de pérdidas financieras.
Deducciones (ISR)
Reunió los siguientes requisitos fiscales para sus deducciones:
01D217000
Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción de
los donativos autorizados para su deducción por las disposiciones fiscales (para
los efectos de los artículos 27, fracción I y 105, fracción II de la LISR y 36, 37,
38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR).
01D218000
En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción
(para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108,
124, 125 y 131 del RLISR).
01D219000
Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos
27, fracción III y 105, último párrafo de la LISR, así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
01D220000
Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito o de
servicios, o monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas en
instituciones de crédito o casas de bolsa, compensaciones o a través de distintas
formas de extinción de las obligaciones cuando lo señalen las disposiciones
fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III y 105, último párrafo de
la LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para
2025).
01D221000
Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los artículos
27, fracción IV y 105, último párrafo de la LISR y 44 del RLISR).
01D222000
Ser deducidas una sola vez (para los efectos de los artículos 27, fracción IV y
105, fracción IV de la LISR).
01D223000
Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo
de terceros, así como las demás formalidades establecidas (para los efectos de
los artículos 27, fracción V y 105, último párrafo de la LISR).
01D224000
Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en forma
expresa y por separado cuando así sea procedente (para los efectos de los
artículos 27, fracción VI y 105, último párrafo de la LISR).
01D225000
En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan
invertido en los fines del negocio (para los efectos de los artículos 27, fracción
VII de la LISR y 45 del RLISR).
01D226000
Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a terceros, se
aplicó el tope establecido para su deducción (para los efectos del artículo 27,
fracción VII de la LISR).
01D227000
Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a sociedades o
asociaciones civiles, a los que presten servicios domésticos de suministro de
agua potable y de recolección de basura y a los que obtengan donativos, fueron
deducidos cuando fueron efectivamente erogados (para los efectos del artículo
27, fracción VIII de la LISR).
01D228000
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios,
directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia,
consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están
sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR).
01D229000
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías,
se haya comprobado que quien proporcionó los conocimientos contaba con
elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente
se llevaron a cabo (para los efectos de los artículos 27, fracción X y 105, último
párrafo de la LISR).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
199
01D230000
Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones
correspondientes se otorgaron en forma general en beneficio de todos los
trabajadores y que tratándose de vales de despensa otorgados a trabajadores la
entrega se realice a través de monederos electrónicos autorizados. (para los
efectos de los artículos 7 y 27, fracción XI de la LISR y 46, 47, 48 y 50 del
RLISR).
01D231000
Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito
establecido en el índice anterior se comprobó que el monto de las aportaciones
efectuadas haya sido igual al monto aportado por los trabajadores y no haya
excedido los límites establecidos en las disposiciones fiscales (para los efectos
de los artículos 27, fracción XI y 105, último párrafo de la LISR y 49 del RLISR).
01D232000
Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de
créditos recibidos correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se
consideró como no deducible el excedente (para los efectos de los artículos 27,
fracción XIII y 105, último párrafo de la LISR).
01D233000
En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos legales
para su importación (para los efectos de los artículos 27, fracción XIV y 105,
último párrafo de la LISR y demás aplicables de las disposiciones aduaneras).
01D234000
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas en el
mes en que se consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o antes
siempre que haya sido notoria la imposibilidad práctica de cobro y se puede
comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción XV de la LISR).
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el anexo denominado
información adicional del dictamen la causa que originó la deducción.
01D235000
Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del
ejercicio se reunieron los requisitos que para cada deducción en particular
establece la LISR (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105,
último párrafo de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como con las reglas aplicables
de la RMF para 2025).
01D236000
Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las
disposiciones fiscales y se obtuvieron a más tardar el día en que debió presentar
su declaración y que las fechas de expedición correspondieron al ejercicio por el
que se efectuó la deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y
105, último párrafo de la LISR).
01D237000
En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos para
su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último
párrafo de la LISR).
01D238000
Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo,
efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio les
correspondan y se dé cumplimiento a los requisitos que lo regulan (para los
efectos del artículo 27, fracción XIX de la LISR y Decreto publicado en el DOF el
1 de mayo de 2024, modificado mediante Decreto por el que se modifica el
diverso que otorga el subsidio para el empleo, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2024).
01D239000
En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u otras
causas no imputables al propio contribuyente, se cumplieron con los requisitos
establecidos (para los efectos de los artículos 27, fracción XX de la LISR y 107,
109 y 124 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D240000
En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR.
01D241000
En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje, alimentación,
transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje cumplió
con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los
artículos 28, fracción V y 103, último párrafo de la LISR y 57 y 58 del RLISR).
01D242000
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones,
cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de
los artículos 28, fracción XIII y 103, último párrafo de la LISR y 60 del RLISR).
01D243000
En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por socios,
accionistas o sus familiares sin relación laboral.
01D244000
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos
valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones
financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se
cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los
artículos 28, fracción XVII y 103 último párrafo, 121, último párrafo y 122 de la
LISR y 219 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
200
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D245000
En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos
establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XX
y 103, último párrafo de la LISR y 61 del RLISR).
01D246000
Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y
aviones se consideró como monto original de la inversión el monto máximo
autorizado en Ley (para los efectos de los artículos 36, fracciones II y III
respectivamente y 104 de la LISR).
01D247000
Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le aplicaron a
que hace referencia el artículo 28 de la LISR.
01D248000
En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos
establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII
de la LISR).
01D249000
En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos
establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII
de la LISR).
En caso afirmativo al índice anterior, señala lo siguiente:
01D250000
Monto de la deuda que genera intereses a cargo.
01D251000
La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años.
01D252000
La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice anterior.
01D253000
Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR.
01D254000
En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el
extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los
efectos del artículo 52 del RLISR.
01D255000
En calidad de que participó en alguna fusión:
01D256000
Fecha en que surtió efectos la fusión.
En caso de ser fusionada, deberá anotar:
01D257000
Fusionante: RFC
01D258000
Fusionante: denominación o razón social
En caso de ser fusionante, deberá anotar:
01D259000
Fusionada 1: RFC.
01D260000
Fusionada 1: denominación o razón social.
01D261000
Fusionada 2: RFC.
01D262000
Fusionada 2: denominación o razón social.
01D263000
Fusionada 3: RFC.
01D264000
Fusionada 3: denominación o razón social.
01D265000
Fusionada 4: RFC.
01D266000
Fusionada 4: denominación o razón social.
01D267000
Fusionada 5: RFC.
01D268000
Fusionada 5: denominación o razón social.
01D269000
Fusionada 6: RFC.
01D270000
Fusionada 6: denominación o razón social.
01D271000
Fusionada 7: RFC.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
201
01D272000
Fusionada 7: denominación o razón social.
01D273000
Fusionada 8: RFC.
01D274000
Fusionada 8: denominación o razón social.
01D275000
Fusionada 9: RFC.
01D276000
Fusionada 9: denominación o razón social.
01D277000
Fusionada 10: RFC.
01D278000
Fusionada 10: denominación o razón social.
Nota: en caso de haber sido fusionante, y el espacio anterior es
insuficiente, señale en el anexo denominado información adicional del
dictamen: el RFC, nombre de la entidad(es) fusionada(s), fecha en que
surtió efectos la fusión y el porcentaje de participación accionaria.
01D279000
En calidad de qué participó en alguna escisión:
01D280000
Fecha en que surtió efectos la escisión.
01D281000
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.
Parte del activo, pasivo y capital social correspondiente aportado por la
escindente y recibido por:
01D282000
Escindida 1: RFC
01D283000
Valor activo:
01D284000
Valor pasivo:
01D285000
Valor capital social:
01D286000
Escindida 2: RFC
01D287000
Valor activo:
01D288000
Valor pasivo:
01D289000
Valor capital social:
01D290000
Escindida 3: RFC
01D291000
Valor activo:
01D292000
Valor pasivo:
01D293000
Valor capital social:
01D294000
Escindida 4: RFC
01D295000
Valor activo:
01D296000
Valor pasivo:
01D297000
Valor capital social:
01D298000
Escindida 5: RFC
01D299000
Valor activo:
01D300000
Valor pasivo:
01D301000
Valor capital social:
202
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D302000
Escindida 6: RFC
01D303000
Valor activo:
01D304000
Valor pasivo:
01D305000
Valor capital social:
01D306000
Escindida 7: RFC
01D307000
Valor activo:
01D308000
Valor pasivo:
01D309000
Valor capital social:
01D310000
Escindida 8: RFC
01D311000
Valor activo:
01D312000
Valor pasivo:
01D313000
Valor capital social:
01D314000
Escindida 9: RFC
01D315000
Valor activo:
01D316000
Valor pasivo:
01D317000
Valor capital social:
01D318000
Escindida 10: RFC
01D319000
Valor activo:
01D320000
Valor pasivo:
01D321000
Valor capital social:
01D322000
Escindente: RFC
01D323000
Valor activo:
01D324000
Valor pasivo:
01D325000
Valor capital social:
En caso de liquidación, señalar:
01D326000
Fecha de inicio de la liquidación:
Indique el nombre o denominación o razón social y RFC del liquidador:
01D327000
(Liquidador 1 especificar nombre, denominación o razón social).
01D328000
(Liquidador 2 especificar nombre, denominación o razón social).
01D329000
(Liquidador 3 especificar nombre, denominación o razón social).
01D330000
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción
de inmuebles (fibras).
01D331000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos
en los artículos 187 y 188 de la LISR.
01D332000
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles
(fibra).
01D333000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos
en los artículos 187 y 188 de la LISR.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
203
Acreditamientos
01D334000
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el
extranjero que acreditó.
01D335000
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar
el ISR pagado en el extranjero.
01D336000
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades
recibidos de residentes en el extranjero.
01D337000
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el
extranjero.
01D338000
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la
LISR.
Regímenes fiscales preferentes
01D339000
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o
figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en
caso afirmativo debe llenar el anexo 24).
01D340000
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas.
01D341000
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de
REFIPRES.
01D342000
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.
01D343000
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.
01D344000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de
REFIPRES.
01D345000
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.
01D346000
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
01D347000
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
01D348000
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los
términos del décimo párrafo del artículo 177 de la LISR.
Retenciones y/o responsabilidad solidaria
01D349000
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el
ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el
propio contribuyente.
01D350000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de
diciembre de 2013.
01D351000
Aplicó tratados para evitar la doble tributación.
En caso afirmativo:
01D352000
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de
que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR.
01D353000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial.
01D354000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de
diciembre de 2013.
Impuesto al Valor Agregado
Actos o actividades (IVA)
01D355000
Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las
recibió en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren
correspondido a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el
nombre con el que se les designo, o bien, cuando el interés del acreedor quedo
satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den
lugar a las contraprestaciones (para los efectos del artículo 1o.-B de la LIVA).
204
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D356000
Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus inventarios
(para los efectos de los artículos 8 de la LIVA y 25 del RLIVA).
01D357000
Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente
cobrado, así como las cantidades que además se carguen o cobren al
adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios,
penas convencionales o cualquier otro concepto (para los efectos de los
artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del RLIVA, así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
Consideró como acto o actividad gravada la importación de los siguientes bienes
o servicios:
01D358000
La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los efectos
de los artículos 24, fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA).
01D359000
El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes, excepto
por los derivados de transporte internacional (para los efectos de los artículos
24, fracción V de la LIVA; 48 y 49 del RLIVA).
01D360000
Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o uso
o goce temporal de bienes intangibles o por el aprovechamiento en el extranjero
de servicios prestados (para los efectos de los artículos 29, fracciones II, III y IV
de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA).
Acreditamiento (IVA)
Requisitos de acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado
01D361000
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no
identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y
exentas.
01D362000
El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o al
uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables en los términos de
la LISR para la realización de actividades distintas de la importación, por las que
se deba pagar el impuesto establecido en esta LIVA o a las que se les aplique la
tasa de 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).
01D363000
El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente consto
por separado en los comprobantes (para los efectos del artículo 5o., fracción II
de la LIVA).
01D364000
El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el mes
de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción III de la LIVA).
01D365000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido
conforme al artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de pago mensual
siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención
(para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).
01D366000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido
conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró en los términos
y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).
01D367000
Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las
inversiones, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por
los que debe pagar el impuesto, o le sea aplicable la tasa del 0% (para los
efectos del artículo 5o., fracción V, inciso a) de la LIVA).
01D368000
No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las
inversiones, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe
pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso b) de la
LIVA).
01D369000
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea
aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el
impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones se acreditó
en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagar el
Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en
el valor total de las actividades mencionadas que realizó en el mes de que se
trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso c) de la LIVA así como
con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D370000
Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino
habitual, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los
que debe pagar el impuesto o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos
del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la LIVA así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
205
01D371000
No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su destino
habitual, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe
pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 2
de la LIVA).
01D372000
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea
aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el
impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, se
acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba
pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%,
representó en el valor total de las actividades mencionadas realizadas en el mes
de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 3 de
la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
01D373000
En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma exclusiva a
las actividades a que estaban previstas (para los efectos del artículo 5o., fracción
V, inciso d), punto 4 de la LIVA).
01D374000
En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del Impuesto Acreditable (para los
efectos de los artículos 5-A de la LIVA y 19 del RLIVA).
01D375000
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA
derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su
acreditamiento
(para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).
Aplicación de estímulos fiscales
01D376000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado en el
DOF el 26 de diciembre de 2013.
01D377000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el
DOF el 26 de diciembre de 2013.
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS)
01D378000
Estuvo obligado al pago del IEPS en el ejercicio.
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
En materia de Impuesto sobre la Renta
01D379000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018
(en caso afirmativo debe llenar del índice 01180125000000 al 01180153000000
del Anexo 18).
01D380000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato
anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos
obtenidos fuera de esta.
01D381000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región
fronteriza norte”.
01D382000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
01D383000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
01D384000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la
región fronteriza norte”.
01D385000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
206
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D386000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de
aplicar el estímulo fiscal de ISR.
01D387000
Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los
supuestos anteriores.
01D388000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las
declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el
estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el mes
del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las
declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado:
01D389000
(1) Correspondiente al mes de:
01D390000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D391000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D392000
(2) Correspondiente al mes de:
01D393000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D394000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D395000
(3) Correspondiente al mes de:
01D396000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D397000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D398000
(4) Correspondiente al mes de:
01D399000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D400000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D401000
(5) Correspondiente al mes de:
01D402000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D403000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D404000
(6) correspondiente al mes de:
01D405000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D406000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D407000
(7) Correspondiente al mes de:
01D408000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D409000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D410000
(8) Correspondiente al mes de:
01D411000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D412000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D413000
(9) Correspondiente al mes de:
01D414000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D415000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D416000
(10) Correspondiente al mes de:
01D417000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D418000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D419000
(11) Correspondiente al mes de:
01D420000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D421000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
207
01D422000
(12) Correspondiente al mes de:
01D423000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D424000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D425000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u
otro.
01D426000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro
en la región fronteriza norte es menor a 18 meses.
01D427000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado
dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
01D428000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
01D429000
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal
que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo
exenciones o subsidios.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo
siguiente:
01D430000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
01D431000
Monto del beneficio.
01D432000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos
del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
01D433000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
01D434000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración
al programa de verificación en tiempo real.
01D435000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
En materia de Impuesto al Valor Agregado
01D436000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
01D437000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de
IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte,
publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo:
01D438000
(A) enajenación de bienes.
01D439000
(B) prestación de servicios independientes.
01D440000
(C) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
01D441000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
01D442000
Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA.
01D443000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31
de diciembre de 2018.
01D444000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la
retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley
del IVA.
208
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D445000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por
efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la
contraprestación efectivamente pagada.
En relación a la pregunta anterior, señale el mes al que corresponde, la
fecha de presentación del entero del IVA retenido y el monto pagado.
01D446000
(1) Correspondiente al mes de:
01D447000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D448000
(1) Monto pagado.
01D449000
(2) Correspondiente al mes de:
01D450000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D451000
(2) Monto pagado.
01D452000
(3) Correspondiente al mes de:
01D453000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D454000
(3) Monto pagado.
01D455000
(4) Correspondiente al mes de:
01D456000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D457000
(4) Monto pagado.
01D458000
(5) Correspondiente al mes de:
01D459000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D460000
(5) Monto pagado.
01D461000
(6) Correspondiente al mes de:
01D462000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D463000
(6) Monto pagado.
01D464000
(7) Correspondiente al mes de:
01D465000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D466000
(7) Monto pagado.
01D467000
(8) Correspondiente al mes de:
01D468000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D469000
(8) Monto pagado.
01D470000
(9) Correspondiente al mes de:
01D471000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D472000
(9) Monto pagado.
01D473000
(10) Correspondiente al mes de:
01D474000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D475000
(10) Monto pagado.
01D476000
(11) Correspondiente al mes de:
01D477000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D478000
(11) Monto pagado.
01D479000
(12) Correspondiente al mes de:
01D480000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D481000
(12) Monto pagado.
01D482000
Cuál es su moneda funcional.
01D483000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
01D484000
Es importador de un sector en específico.
01D485000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual;
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
En materia de Impuesto sobre la Renta
01D486000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020
(en caso afirmativo debe llenar del índice 01180154000000 al 01180182000000
del Anexo 18).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
209
01D487000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato
anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos
obtenidos fuera de ésta.
01D488000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región
fronteriza sur”.
01D489000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
01D490000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
01D491000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la
región fronteriza sur”.
01D492000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre
de 2020.
01D493000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de
aplicar el estímulo fiscal de ISR.
01D494000
Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los
supuestos anteriores.
01D495000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las
declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el
estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el mes
del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las
declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado:
01D496000
(1) Correspondiente al mes de:
01D497000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D498000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D499000
(2) Correspondiente al mes de:
01D500000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D501000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D502000
(3) Correspondiente al mes de:
01D503000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D504000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D505000
(4) Correspondiente al mes de:
01D506000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D507000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D508000
(5) Correspondiente al mes de:
01D509000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D510000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D511000
(6) Correspondiente al mes de:
01D512000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D513000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D514000
(7) Correspondiente al mes de:
01D515000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D516000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D517000
(8) Correspondiente al mes de:
01D518000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
210
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D519000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D520000
(9) Correspondiente al mes de:
01D521000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D522000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D523000
(10) Correspondiente al mes de:
01D524000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D525000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D526000
(11) Correspondiente al mes de:
01D527000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D528000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D529000
(12) Correspondiente al mes de:
01D530000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
01D531000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
01D532000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u
otro.
01D533000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro
en la región fronteriza sur es menor a 18 meses.
01D534000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado
dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
01D535000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre
de 2020.
01D536000
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que
le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o
subsidios.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo
siguiente:
01D537000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
01D538000
Monto del beneficio.
01D539000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos
del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
01D540000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
01D541000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración
al programa de verificación en tiempo real.
01D542000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
En materia de Impuesto al Valor Agregado
01D543000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre
de 2020.
01D544000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de
IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado
en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo:
01D545000
(A) enajenación de bienes.
01D546000
(B) prestación de servicios independientes.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
211
01D547000
(C) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
01D548000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre
de 2020.
01D549000
Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA.
01D550000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
01D551000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la
retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley
del IVA.
01D552000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por
efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la
contraprestación efectivamente pagada.
En relación a la pregunta anterior, señale las fechas de presentación del
entero del IVA retenido y los montos pagados.
01D553000
(1) Correspondiente al mes de:
01D554000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D555000
(1) Monto pagado.
01D556000
(2) Correspondiente al mes de:
01D557000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D558000
(2) Monto pagado.
01D559000
(3) Correspondiente al mes de:
01D560000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D561000
(3) Monto pagado.
01D562000
(4) Correspondiente al mes de:
01D563000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D564000
(4) Monto pagado.
01D565000
(5) Correspondiente al mes de:
01D566000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D567000
(5) Monto pagado.
01D568000
(6) Correspondiente al mes de:
01D569000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D570000
(6) Monto pagado.
01D571000
(7) Correspondiente al mes de:
01D572000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D573000
(7) Monto pagado.
01D574000
(8) Correspondiente al mes de:
01D575000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D576000
(8) Monto pagado.
01D577000
(9) Correspondiente al mes de:
01D578000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D579000
(9) Monto pagado.
01D580000
(10) Correspondiente al mes de:
01D581000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D582000
(10) Monto pagado.
01D583000
(11) Correspondiente al mes de:
01D584000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
01D585000
(11) Monto pagado.
01D586000
(12) Correspondiente al mes de:
01D587000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
212
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01D588000
(12) Monto pagado.
01D589000
Cuál es su moneda funcional.
01D590000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
01D591000
Es importador de un sector en específico.
01D592000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
1.- Estado de situación financiera
Por los ejercicios terminados al 31 de
diciembre de 2025 y de 2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
Activo
Activo circulante
Efectivo e instrumentos financieros
01010000000000
Efectivo en caja y bancos nacionales.
01010001000000
Efectivo en caja y bancos del extranjero.
01010002000000
Valores de inmediata realización nacionales.
01010003000000
Valores de inmediata realización del extranjero.
01010004000000
Inversiones en renta fija nacional.
01010005000000
Inversiones en renta fija del extranjero.
01010006000000
Otros instrumentos financieros nacionales.
01010007000000
Otros instrumentos financieros del extranjero.
01010008000000
Total de efectivo e instrumentos financieros.
Cuentas por cobrar
01010009000000
Clientes nacionales (partes relacionadas).
01010010000000
Clientes nacionales (partes no relacionadas).
01010011000000
Clientes del extranjero (partes relacionadas).
01010012000000
Clientes del extranjero (partes no relacionadas).
01010013000000
Documentos
por
cobrar
nacionales
(partes
relacionadas).
01010014000000
Documentos por cobrar nacionales (partes no
relacionadas).
01010015000000
Documentos por cobrar del extranjero (partes
relacionadas).
01010016000000
Documentos por cobrar del extranjero (partes no
relacionadas).
01010017000000
Deudores diversos.
01010018000000
Estimación de cuentas incobrables.
01010019000000
Otras cuentas por cobrar nacionales (partes
relacionadas).
01010020000000
Otras cuentas por cobrar nacionales (partes no
relacionadas).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
213
01010021000000
Otras cuentas por cobrar del extranjero (partes
relacionadas).
01010022000000
Otras cuentas por cobrar del extranjero (partes no
relacionadas).
01010023000000
Total de cuentas por cobrar.
Contribuciones a favor
01010024000000
Impuesto al Valor Agregado por recuperar.
01010025000000
Impuesto sobre la Renta por recuperar.
01010026000000
Otros impuestos por recuperar.
01010027000000
Total de contribuciones a favor.
Inventarios
01010028000000
Productos terminados.
01010029000000
Producción en proceso.
01010030000000
Materias primas y materiales.
01010031000000
Estimación de obsolescencia.
01010032000000
Pérdida por deterioro.
01010033000000
Otros.
01010034000000
Total de inventarios.
Pagos anticipados
01010035000000
Rentas pagadas por anticipado.
01010036000000
Anticipo a proveedores.
01010037000000
Otros pagos anticipados.
01010038000000
Pérdida por deterioro de pagos anticipados.
01010039000000
Total de pagos anticipados.
01010040000000
Otros activos a corto plazo.
01010041000000
Impuesto al Valor Agregado no pagado.
01010042000000
Total del activo circulante.
Activo no circulante
Cuentas por cobrar a largo plazo
01010043000000
Cuentas por cobrar nacionales a largo plazo
(partes relacionadas).
01010044000000
Cuentas por cobrar nacionales a largo plazo
(partes no relacionadas).
01010045000000
Cuentas por cobrar del extranjero a largo plazo
(partes relacionadas).
01010046000000
Cuentas por cobrar del extranjero a largo plazo
(partes no relacionadas).
01010047000000
Total de cuentas por cobrar a largo plazo.
214
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Pagos anticipados a largo plazo
01010048000000
Anticipo a proveedores nacionales.
01010049000000
Anticipo a proveedores del extranjero.
01010050000000
Otros pagos anticipados nacionales.
01010051000000
Otros pagos anticipados del extranjero.
01010052000000
Total de pagos anticipados a largo plazo.
Inversiones permanentes
01010053000000
(Inversiones permanentes nacionales).
01010054000000
(Inversiones permanentes del extranjero).
01010055000000
Total de inversiones permanentes.
Activo fijo
Inmuebles, maquinaria y equipo
01010056000000
Terrenos.
01010057000000
Edificios.
01010058000000
Maquinaria.
01010059000000
Equipo de transporte.
01010060000000
Mobiliario y equipo.
01010061000000
Equipo de cómputo.
01010062000000
Otros activos fijos.
01010063000000
Total de inmuebles, maquinaria y equipo.
Depreciaciones acumuladas
01010064000000
Depreciación acumulada de edificios.
01010065000000
Depreciación acumulada de maquinaria.
01010066000000
Depreciación acumulada de equipo de transporte.
01010067000000
Depreciación acumulada de mobiliario y equipo.
01010068000000
Depreciación acumulada de equipo de cómputo.
01010069000000
Depreciación acumulada de otros activos fijos.
01010070000000
Total de depreciación acumulada.
Pérdida por deterioro acumulado
01010071000000
Pérdida por deterioro acumulado de edificios.
01010072000000
Pérdida por deterioro acumulado de maquinaria.
01010073000000
Pérdida por deterioro acumulado de equipo de
transporte.
01010074000000
Pérdida por deterioro acumulado de mobiliario y
equipo.
01010075000000
Pérdida por deterioro acumulado de equipo de
cómputo.
01010076000000
Pérdida por deterioro acumulado de otros activos
fijos.
01010077000000
Total de pérdida por deterioro acumulado.
01010078000000
Total de inmuebles, maquinaria y equipo neto.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
215
Activos intangibles
01010079000000
Gastos preoperativos.
01010080000000
Investigación de mercado.
01010081000000
Patentes y marcas.
01010082000000
Amortizaciones.
01010083000000
Pérdida por deterioro.
01010084000000
Otros activos intangibles.
01010085000000
Total de activos intangibles.
Otros activos
01010086000000
Crédito mercantil.
01010087000000
Pérdida por deterioro.
01010088000000
Impuesto sobre la Renta diferido.
01010089000000
Participación de los trabajadores en las utilidades
diferida.
01010090000000
Instrumentos financieros a largo plazo.
01010091000000
Otros activos.
01010092000000
Total de otros activos.
01010093000000
Total del activo no circulante.
01010094000000
Total del activo.
Pasivo
Pasivo a corto plazo
Documentos por pagar
01010095000000
Nacionales (partes relacionadas).
01010096000000
Nacionales (partes no relacionadas).
01010097000000
Del extranjero (partes relacionadas).
01010098000000
Del extranjero (partes no relacionadas).
01010099000000
Total de documentos por pagar.
Instrumentos financieros
01010100000000
Instrumentos financieros nacionales.
01010101000000
Instrumentos financieros del extranjero.
01010102000000
Otros nacionales.
01010103000000
Otros del extranjero.
01010104000000
Total de instrumentos financieros.
Acreedores diversos
01010105000000
Nacionales (partes relacionadas).
01010106000000
Nacionales (partes no relacionadas).
01010107000000
Del extranjero (partes relacionadas).
01010108000000
Del extranjero (partes no relacionadas).
01010109000000
Total de acreedores diversos.
216
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Proveedores
01010110000000
Nacionales (partes relacionadas).
01010111000000
Nacionales (partes no relacionadas).
01010112000000
Del extranjero (partes relacionadas).
01010113000000
Del extranjero (partes no relacionadas).
01010114000000
Total de proveedores.
Contribuciones por pagar
01010115000000
Impuesto sobre la Renta.
01010116000000
Impuesto al Activo.
01010117000000
Impuesto al Valor Agregado.
01010118000000
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
01010119000000
Impuesto sobre Automóviles Nuevos.
01010120000000
Impuestos Locales.
01010121000000
Cuotas patronales seguro social.
01010122000000
Cuotas obreras seguro social.
01010123000000
Aportaciones al INFONAVIT.
01010124000000
Aportaciones al SAR.
01010125000000
Otros impuestos y contribuciones.
01010126000000
Total de contribuciones por pagar.
Otros pasivos
01010127000000
Impuesto al Valor Agregado no cobrado.
01010128000000
Participación de los trabajadores en las utilidades.
01010129000000
Anticipos
de
clientes
nacionales
(partes
relacionadas).
01010130000000
Anticipos de clientes nacionales (partes no
relacionadas).
01010131000000
Anticipos
de
clientes
extranjeros
(partes
relacionadas).
01010132000000
Anticipos de clientes extranjeros (partes no
relacionadas).
01010133000000
Otras cuentas por cobrar a corto plazo nacionales
(partes relacionadas).
01010134000000
Otras cuentas por cobrar a corto plazo nacionales
(partes no relacionadas).
01010135000000
Otras cuentas por cobrar a corto plazo del
extranjero (partes relacionadas).
01010136000000
Otras cuentas por cobrar a corto plazo del
extranjero (partes no relacionadas).
01010137000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital.
01010138000000
Ingresos por realizar.
01010139000000
Otros nacionales.
01010140000000
Otros del extranjero.
01010141000000
Total de otros pasivos.
01010142000000
Porción circulante del pasivo a corto plazo de
deuda financiera.
01010143000000
Total del pasivo a corto plazo.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
217
Pasivo a largo plazo
Deudas a largo plazo
01010144000000
Documentos
por
pagar
nacionales
(partes
relacionadas).
01010145000000
Documentos por pagar nacionales (partes no
relacionadas).
01010146000000
Documentos por pagar con el extranjero (partes
relacionadas).
01010147000000
Documentos por pagar con el extranjero (partes
no relacionadas).
01010148000000
Otras cuentas por cobrar a largo plazo nacionales
(partes relacionadas).
01010149000000
Otras cuentas por cobrar a largo plazo nacionales
(partes no relacionadas).
01010150000000
Otras cuentas por cobrar a largo plazo del
extranjero (partes relacionadas).
01010151000000
Otras cuentas por cobrar a largo plazo del
extranjero (partes no relacionadas).
01010152000000
Instrumentos financieros a largo plazo.
01010153000000
Total de deudas a largo plazo.
01010154000000
Beneficio a empleados.
Otros pasivos
01010155000000
Rentas cobradas por anticipado.
01010156000000
Impuesto sobre la Renta Diferido.
01010157000000
Participación de los trabajadores en las utilidades
diferida.
01010158000000
Otros.
01010159000000
Total de otros pasivos.
01010160000000
Total de pasivo a largo plazo.
01010161000000
Total del pasivo.
Capital contable
01010162000000
Capital social proveniente de aportaciones.
01010163000000
Capital social proveniente de capitalización.
01010164000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital.
01010165000000
Prima en suscripción de acciones.
01010166000000
Reserva legal.
01010167000000
Utilidad neta.
01010168000000
Pérdida neta.
01010169000000
Utilidades retenidas de ejercicios anteriores.
01010170000000
Pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores.
01010171000000
Otros resultados integrales (deudor).
01010172000000
Otros resultados integrales (acreedor).
218
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01010173000000
Exceso en la actualización del capital contable.
01010174000000
Insuficiencia en la actualización del capital
contable.
01010175000000
Resultado por tenencia de activos no monetarios.
01010176000000
Otras cuentas de capital acreedoras.
01010177000000
Otras cuentas de capital deudoras.
01010178000000
Total del capital contable.
01010179000000
Total del pasivo y del capital contable.
Las notas adjuntas son parte integrante de este
estado financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Porcentaje
en relación
con el total
del activo
(ejercicio fiscal)
Porcentaje
en relación
con el total
del activo
(ejercicio fiscal
anterior)
Variación
en pesos respecto al
ejercicio fiscal
anterior
Porcentaje
de variación
en pesos
respecto al ejercicio
fiscal anterior
Explicar
variación
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
2.- Estado de resultado integral
Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31
de diciembre de 2025 y de 2024
Total 2025
Partes relacionadas
2025
(Cifras en pesos)
Nota:
Para el llenado de este anexo es necesario capturar primero la información de los anexos 5, 6
(cuando se esté obligado al llenado de este anexo), 7 y 8.
01020000000000
Total de ventas o ingresos netos.
Menos:
01020001000000
Costo de ventas.
01020002000000
Pérdida bruta.
01020003000000
Utilidad bruta.
Menos:
Gastos de operación
01020004000000
Gastos generales.
01020005000000
Gastos de administración.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
219
01020006000000
Gastos de venta.
01020007000000
Total.
01020008000000
Pérdida de operación.
01020009000000
Utilidad de operación.
Más (menos):
Resultado integral de financiamiento
01020010000000
Intereses a favor.
01020011000000
Intereses a cargo.
01020012000000
Intereses moratorios a favor.
01020013000000
Intereses moratorios a cargo.
01020014000000
Utilidad cambiaria.
01020015000000
Pérdida cambiaria.
01020016000000
Resultado por posición monetaria favorable.
01020017000000
Resultado por posición monetaria desfavorable.
01020018000000
Cambios en el valor razonable de activos y pasivos
financieros deudor.
01020019000000
Cambios en el valor razonable de activos y pasivos
financieros acreedor.
01020020000000
Otros conceptos financieros a favor.
01020021000000
Otros conceptos financieros a cargo.
01020022000000
Total.
Más (menos):
Participación en la utilidad o pérdida neta de otras
entidades
01020023000000
Pérdida neta por participación en los resultados de
subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios
conjuntos.
01020024000000
Utilidad neta por participación en los resultados de
subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios
conjuntos.
01020025000000
Pérdida antes de Impuestos a la Utilidad.
01020026000000
Utilidad antes de Impuestos a la Utilidad.
Menos:
Impuestos a la Utilidad
01020027000000
Impuesto sobre la Renta.
01020028000000
Impuesto sobre la Renta Diferido.
01020029000000
Otras provisiones.
01020030000000
Total.
Más (menos):
220
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Otros ingresos (gastos)
01020031000000
Reversión del deterioro del crédito mercantil.
01020032000000
Reversión del deterioro de los demás activos de larga
duración.
01020033000000
Operaciones discontinuadas favorables.
01020034000000
Operaciones discontinuadas desfavorables.
01020035000000
Total otros ingresos (gastos), neto.
01020036000000
Pérdida neta.
01020037000000
Utilidad neta.
Más (menos):
Otros resultados integrales
01020038000000
Resultado por conversión de operaciones extranjeras
favorables.
01020039000000
Resultado por conversión de operaciones extranjeras
desfavorables.
01020040000000
Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos
financieros favorable.
01020041000000
Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos
financieros desfavorable.
01020042000000
Valuación
de
coberturas
de
flujo
de
efectivo
y/o
instrumentos financieros favorable.
01020043000000
Valuación
de
coberturas
de
flujo
de
efectivo
y/o
instrumentos financieros desfavorable.
01020044000000
Participación de los otros resultados integrales de
asociadas favorables.
01020045000000
Participación de los otros resultados integrales de
asociadas desfavorables.
01020046000000
Impuestos a la Utilidad de otros resultados integrales.
01020047000000
PTU de otros resultados integrales.
01020048000000
Otros.
01020049000000
Suma de otros resultados integrales.
01020050000000
Resultado integral deudor.
01020051000000
Resultado integral acreedor.
01020052000000
Utilidad básica por acción ordinaria.
Las notas adjuntas son parte integrante de este estado
financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes no
relacionadas
2025
Total 2024
Partes
relacionadas
2024
Partes no
relacionadas
2024
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
221
Este anexo consta de 19 columnas y está dividido en cuatro partes
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
3.- Estado de cambios en el
capital contable
Por los ejercicios terminados al
31 de diciembre de 2025 y de
2024
Capital social:
proveniente de
aportaciones
Capital social:
proveniente de
capitalización
(Cifras en pesos)
01030000000000
(Saldos al 1 de enero de 2024
previamente reportados).
01030001000000
Ajuste por aplicación retrospectiva
por
cambios
contables
y
correcciones de errores.
01030002000000
(Saldos al 1 de enero de 2024
ajustados).
01030003000000
Aportaciones de capital.
01030004000000
Reembolsos de capital.
01030005000000
Dividendos pagados.
01030006000000
Dividendos en acciones.
01030007000000
Cambios
en
la
participación
controladora
que
no
implican
pérdidas de control.
01030008000000
(Utilidad neta de 2024).
01030009000000
(Pérdida neta de 2024).
01030010000000
Resultado por tenencia de activos
no monetarios.
01030011000000
Recompra de acciones.
01030012000000
Efecto de valuación de ejercicio de
instrumentos financieros.
01030013000000
Efecto de conversión del ejercicio
de operaciones extranjeras.
01030014000000
Resultado
por
conversión
de
operaciones extranjeras favorables.
01030015000000
Resultado
por
conversión
de
operaciones
extranjeras
desfavorables.
01030016000000
Resultado no realizado en y/o sobre
instrumentos financieros favorable.
01030017000000
Resultado no realizado en y/o sobre
instrumentos
financieros
desfavorable.
01030018000000
Valuación de coberturas de flujo de
efectivo y/o instrumentos financieros
favorable.
01030019000000
Valuación de coberturas de flujo de
efectivo y/o instrumentos financieros
desfavorable.
01030020000000
Participación de los otros resultados
integrales de asociadas favorables.
222
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01030021000000
Participación de los otros resultados
integrales
de
asociadas
desfavorables.
01030022000000
Impuestos a la utilidad de otros
resultados integrales.
01030023000000
PTU de otros resultados integrales.
01030024000000
Otros.
01030025000000
(Saldos al 31 de diciembre de
2024).
01030026000000
(Saldos al 1 de enero de 2025
previamente reportados).
01030027000000
Ajuste por aplicación retrospectiva
por
cambios
contables
y
correcciones de errores.
01030028000000
(Saldos al 1 de enero de 2025
ajustados).
01030029000000
Aportaciones de capital.
01030030000000
Reembolsos de capital.
01030031000000
Dividendos pagados.
01030032000000
Dividendos en acciones.
01030033000000
Cambios
en
la
participación
controladora
que
no
implican
pérdidas de control.
01030034000000
(Utilidad neta de 2025).
01030035000000
(Pérdida neta de 2025).
01030036000000
Resultado por tenencia de activos
no monetarios.
01030037000000
Recompra de acciones.
01030038000000
Efecto de valuación del ejercicio de
instrumentos financieros.
01030039000000
Efecto de conversión del ejercicio
de operaciones extranjeras.
01030040000000
Resultado
por
conversión
de
operaciones extranjeras favorables.
01030041000000
Resultado
por
conversión
de
operaciones
extranjeras
desfavorables.
01030042000000
Resultado no realizado en y/o sobre
instrumentos financieros favorable.
01030043000000
Resultado no realizado en y/o sobre
instrumentos
financieros
desfavorable.
01030044000000
Valuación de coberturas de flujo de
efectivo y/o instrumentos financieros
favorable.
01030045000000
Valuación de coberturas de flujo de
efectivo y/o instrumentos financieros
desfavorable.
01030046000000
Participación de los otros resultados
integrales de asociadas favorables.
01030047000000
Participación de los otros resultados
integrales
de
asociadas
desfavorables.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
223
01030048000000
Impuestos a la Utilidad de otros
resultados integrales.
01030049000000
PTU de otros resultados integrales.
01030050000000
Otros.
01030051000000
(Saldos al 31 de diciembre de
2025).
Las
notas
adjuntas
son
parte
integrante de este estado financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Aportaciones para
futuros aumentos
de capital
Prima en suscripción
de acciones
Reserva
legal
Utilidad
neta
Pérdida
neta
Parte III
Datos a proporcionar
Utilidades retenidas
de ejercicios
anteriores
Pérdidas
acumuladas
de ejercicios
anteriores
Otros resultados
integrales
(deudor)
Otros resultados
integrales (acreedor)
Exceso en la
actualización del
capital contable
Parte IV
Datos a proporcionar
Insuficiencia en la
actualización del
capital contable
Resultado por
tenencia de activos
no monetarios
Otras cuentas de
capital acreedoras
Otras cuentas
de capital
deudoras
Total del capital
contable
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
4.- Estado de flujos de efectivo
Por los ejercicios terminados al 31 de
diciembre de 2025 y de 2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
Conforme al método indirecto
Actividades de operación
01040000000000
Utilidad antes de Impuestos a la Utilidad.
01040001000000
Pérdida antes de Impuestos a la Utilidad.
Partidas relacionadas con actividades de
inversión
01040002000000
Depreciaciones y amortizaciones.
01040003000000
Pérdida por deterioro de activos.
01040004000000
Utilidad por venta de activo fijo y terreno.
01040005000000
Intereses a favor.
01040006000000
Dividendos cobrados.
224
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01040007000000
Otras partidas relacionadas con actividades
de inversión.
01040008000000
Suma
de
partidas
relacionadas
con
actividades de inversión.
Partidas relacionadas con actividades de
financiamiento
01040009000000
Intereses a cargo.
01040010000000
Otras partidas relacionadas con actividades
de financiamiento.
01040011000000
Suma
de
partidas
relacionadas
con
actividades de financiamiento.
Más (menos):
01040012000000
Incremento en cuentas por cobrar y otros.
01040013000000
Disminución en inventarios.
01040014000000
Disminución en proveedores.
01040015000000
Impuesto sobre la Renta Pagado.
01040016000000
Otras partidas.
01040017000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
operación.
Actividades de inversión
01040018000000
Negocio adquirido (crédito mercantil y/o
comercial).
01040019000000
Intereses cobrados.
01040020000000
Dividendos cobrados.
01040021000000
Adquisición de activo fijo y terreno.
01040022000000
Cobros por venta de activo fijo y terreno.
01040023000000
Adquisición de acciones.
01040024000000
Adquisición de activos intangibles.
01040025000000
Adquisición de otros activos.
01040026000000
Otras partidas relacionadas con actividades
de inversión.
01040027000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
inversión.
01040028000000
Efectivo
excedente
para
aplicar
en
actividades
de
financiamiento
(resultado
positivo).
01040029000000
Efectivo
a
obtener
de
actividades
de
financiamiento (resultado negativo).
Actividades de financiamiento
01040030000000
Entrada de efectivo por emisión de capital.
01040031000000
Entrada de efectivo por aportaciones para
futuros aumentos de capital.
01040032000000
Obtención
de
préstamos
con
partes
relacionadas.
01040033000000
Obtención de préstamos con partes no
relacionadas.
01040034000000
Pago de pasivos.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
225
01040035000000
Pago de préstamos con partes relacionadas.
01040036000000
Pago
de
préstamos
con
partes
no
relacionadas.
01040037000000
Pago de pasivos derivados de arrendamiento
financiero.
01040038000000
Intereses pagados.
01040039000000
Pago de dividendos.
01040040000000
Emisión de deuda.
01040041000000
Otras partidas relacionadas con actividades
de financiamiento.
01040042000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
financiamiento.
01040043000000
Incremento
neto
de
efectivo
y
demás
equivalentes de efectivo.
Efectos por cambios en el valor del
efectivo
01040044000000
Efectos por cambios en el valor del efectivo
por conversión de los saldos y flujos de
efectivo de sus operaciones extranjeras, a la
moneda de informe.
01040045000000
Efectos por cambios en el valor del efectivo
por inflación asociado con los saldos y flujos
de efectivo de entidades que conforman la
entidad económica consolidada.
01040046000000
Otros efectos por cambios en el valor del
efectivo.
01040047000000
Total de efectos por cambios en el valor del
efectivo.
01040048000000
Efectivo al principio del periodo.
01040049000000
Efectivo al final del periodo.
Conforme al método directo
Actividades de operación
01040050000000
Cobro a clientes.
01040051000000
Pagos a proveedores.
01040052000000
Pago a empleados y otros proveedores de
bienes y servicios.
01040053000000
Impuesto sobre la Renta pagado.
01040054000000
Otras actividades de operación.
01040055000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
operación.
Actividades de inversión
01040056000000
Negocio adquirido (crédito mercantil y/o
comercial).
01040057000000
Intereses cobrados.
01040058000000
Dividendos cobrados.
01040059000000
Adquisición de activo fijo y terreno.
01040060000000
Cobros por venta de activo fijo y terreno.
01040061000000
Adquisición de acciones.
226
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01040062000000
Adquisición de activos intangibles.
01040063000000
Adquisición de otros activos.
01040064000000
Otras partidas relacionadas con actividades
de inversión.
01040065000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
inversión.
01040066000000
Efectivo
excedente
para
aplicar
en
actividades
de
financiamiento
(resultado
positivo).
01040067000000
Efectivo
a
obtener
de
actividades
de
financiamiento (resultado negativo).
Actividades de financiamiento
01040068000000
Entrada de efectivo por emisión de capital.
01040069000000
Entrada de efectivo por aportaciones para
futuros aumentos de capital.
01040070000000
Obtención
de
préstamos
con
partes
relacionadas.
01040071000000
Obtención de préstamos con partes no
relacionadas.
01040072000000
Pago de pasivos.
01040073000000
Pago de préstamos con partes relacionadas.
01040074000000
Pago
de
préstamos
con
partes
no
relacionadas.
01040075000000
Pago de pasivos derivados de arrendamiento
financiero.
01040076000000
Intereses pagados.
01040077000000
Pago de dividendos.
01040078000000
Emisión de deuda.
01040079000000
Otras partidas relacionadas con actividades
de financiamiento.
01040080000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
financiamiento.
01040081000000
Incremento
neto
de
efectivo
y
demás
equivalentes de efectivo.
Efectos por cambios en el valor del
efectivo
01040082000000
Efectos por cambios en el valor del efectivo
por conversión de los saldos y flujos de
efectivo de sus operaciones extranjeras, a la
moneda de informe.
01040083000000
Efectos por cambios en el valor del efectivo
por inflación asociado con los saldos y flujos
de efectivo de entidades que conforman la
entidad económica consolidada.
01040084000000
Otros efectos por cambios en el valor del
efectivo.
01040085000000
Total de efectos por cambios en el valor del
efectivo.
01040086000000
Efectivo al principio del periodo.
01040087000000
Efectivo al final del periodo.
Las notas adjuntas son parte integrante de
este estado financiero.
Concepto
4.1.- Notas a los estados financieros
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
227
Este anexo consta de 17 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
5.-
Integración
analítica
de
ventas
o ingresos netos
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y
de 2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
01050000000000
Ventas totales a nacionales de inventarios producidos.
01050001000000
Ventas totales al extranjero de inventarios producidos.
01050002000000
Total de ventas de inventarios producidos.
01050003000000
Ventas totales a nacionales de inventarios adquiridos para su
distribución.
01050004000000
Ventas totales al extranjero de inventarios adquiridos para su
distribución.
01050005000000
Total de ventas de inventarios para su distribución.
01050006000000
Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre ventas
nacionales.
01050007000000
Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre ventas al
extranjero.
01050008000000
Ventas netas.
Ingresos netos por:
01050009000000
Servicios en general nacionales.
01050010000000
Servicios en general del extranjero.
01050011000000
Maquila nacionales.
01050012000000
Maquila al extranjero.
01050013000000
Servicios administrativos nacionales.
01050014000000
Servicios administrativos del extranjero.
01050015000000
Seguros y reaseguros nacionales.
01050016000000
Seguros y reaseguros del extranjero.
01050017000000
Comisiones nacionales.
01050018000000
Comisiones del extranjero.
01050019000000
Regalías nacionales.
01050020000000
Regalías del extranjero.
01050021000000
Asistencia técnica nacionales.
01050022000000
Asistencia técnica del extranjero.
01050023000000
Arrendamiento nacionales.
01050024000000
Arrendamiento del extranjero.
01050025000000
Ganancia en enajenación de acciones.
01050026000000
Ganancia en enajenación de activo fijo.
01050027000000
Ganancia en enajenación de activos intangibles.
01050028000000
Ganancia en enajenación de terrenos.
01050029000000
Recuperación de cuentas incobrables.
01050030000000
Recuperación por seguros.
01050031000000
Dividendos provenientes de residentes en el país.
01050032000000
Dividendos provenientes de residentes en el extranjero.
01050033000000
Otros.
01050034000000
Total de ingresos netos.
01050035000000
Total de ventas o ingresos netos.
01050036000000
Ajuste por actualización.
01050037000000
Total de ventas o ingresos netos actualizados.
228
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte II
Datos a proporcionar
Porcentaje
en relación
con el total
de ventas o ingresos
netos
actualizado
(ejercicio fiscal)
Porcentaje
en relación
con el total
de ventas o ingresos
netos
actualizado
(ejercicio fiscal
anterior)
Variación en pesos
respecto al ejercicio
fiscal anterior
Porcentaje
de variación
en pesos
respecto al ejercicio
fiscal anterior
Explicar variación
Parte III
Datos a proporcionar
Partes relacionadas 2025
Partes no relacionadas
2025
Partes relacionadas 2024
Partes no relacionadas
2024
Parte IV
Datos a proporcionar
Total acumulables
para ISR 2025
Total no acumulables
para ISR 2025
Total acumulables
para ISR 2024
Total no acumulables
para ISR 2024
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
6.- Determinación del costo de lo vendido para
efectos contables y del Impuesto sobre la Renta
Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al
31 de diciembre de 2025 y de 2024
Total
2025
Partes
relacionadas 2025
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya elegido algún tipo de sistema
de costeo en el índice “01D029000” del anexo de datos generales.
Conforme al sistema de costeo absorbente, sobre
la base de costos históricos o predeterminados
para efectos fiscales y con los métodos de
valuación de costo de adquisición y costo estándar
para efectos contables
01060000000000
Inventario inicial de materia prima.
Más:
01060001000000
Compras nacionales de materia prima.
01060002000000
Compras importación de materia prima.
Menos:
01060003000000
Inventario final de materia prima.
01060004000000
Materia prima directa utilizada para la producción.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
229
Más:
01060005000000
Mano de obra directa.
01060006000000
Costo primo de la producción.
Más:
01060007000000
Materia prima indirecta.
01060008000000
Mano de obra indirecta.
01060009000000
Gastos de fabricación.
01060010000000
Costo de producción.
Más:
01060011000000
Inventario inicial de producción en proceso.
01060012000000
Compras de producción en proceso.
Menos:
01060013000000
Inventario final de producción en proceso.
01060014000000
Costo de producción terminada.
Más:
01060015000000
Inventario inicial de productos terminados.
01060016000000
Compras de productos terminados.
Menos:
01060017000000
Inventario final de productos terminados.
01060018000000
Efecto ueps eliminado del costo de ventas.
01060019000000
Otros conceptos de costo de ventas.
01060020000000
Costo de ventas contable.
01060021000000
Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF B-
10.
01060022000000
Costo de lo vendido contable histórico.
Menos:
01060023000000
Compras de materias primas, producción en proceso y
terminada no deducibles.
01060024000000
Mano de obra no deducible.
01060025000000
Gastos de fabricación no deducibles.
01060026000000
Depreciación contable en gastos de fabricación.
01060027000000
Otros conceptos no deducibles.
Más:
01060028000000
Depreciación fiscal de inversiones relacionadas con la
producción.
01060029000000
Otros conceptos deducibles.
01060030000000
Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la
Renta.
230
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Conforme a un sistema distinto al anterior
01060031000000
Gastos de fabricación.
01060032000000
Otros conceptos de costo de ventas.
01060033000000
Costo de ventas contable.
01060034000000
Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF B-
10.
01060035000000
Costo de lo vendido contable histórico.
Menos:
01060036000000
Conceptos no deducibles sin incluir depreciación.
01060037000000
Depreciación contable.
Más:
01060038000000
Depreciación fiscal.
01060039000000
Otros conceptos deducibles.
01060040000000
Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la
Renta.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes no
relacionadas
2025
Total
2024
Partes
relacionadas
2024
Partes no
relacionadas
2024
Este anexo consta de 56 columnas y está dividido en doce partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025
y de 2024
Gastos de
fabricación
2025
Gastos de
fabricación
2024
(Cifras en pesos)
Remuneraciones
01070000000000
Sueldos y salarios.
01070001000000
Compensaciones.
01070002000000
Horas extras.
01070003000000
Vacaciones.
01070004000000
Prima vacacional.
01070005000000
Gratificaciones.
01070006000000
Indemnizaciones.
01070007000000
Participación de los trabajadores en las utilidades causada.
01070008000000
Participación de los trabajadores en las utilidades diferida.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
231
01070009000000
Sueldos, salarios y prestaciones a trabajadores con
discapacidad y/o adultos mayores.
01070010000000
Otras remuneraciones.
01070011000000
Total de remuneraciones.
Prestaciones al personal
01070012000000
Prestaciones de retiro.
01070013000000
Estímulos al personal.
01070014000000
Previsión social.
01070015000000
Aportaciones para plan de jubilación.
01070016000000
Otras prestaciones.
01070017000000
Total de prestaciones al personal.
Impuestos y aportaciones sobre sueldos y salarios
01070018000000
Cuotas al IMSS.
01070019000000
Aportaciones al INFONAVIT.
01070020000000
Impuesto sobre nóminas.
01070021000000
Seguro de retiro.
01070022000000
Otros impuestos y aportaciones.
01070023000000
Total de impuestos y aportaciones sobre sueldos y salarios.
Honorarios
01070024000000
A personas físicas residentes en el país.
01070025000000
A personas morales residentes en el país.
01070026000000
A residentes en el extranjero.
01070027000000
Subtotal.
01070028000000
Al consejo de administración.
01070029000000
Total de honorarios.
Arrendamientos
01070030000000
A personas físicas residentes en el país.
01070031000000
A personas morales residentes en el país.
01070032000000
A residentes en el extranjero.
01070033000000
Total de arrendamientos.
Depreciaciones y amortizaciones
01070034000000
(Depreciaciones).
01070035000000
Total de depreciaciones.
01070036000000
(Amortizaciones).
01070037000000
Total de amortizaciones.
Otros gastos
01070038000000
Combustibles y lubricantes.
01070039000000
Correos.
01070040000000
Internet.
232
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01070041000000
Viáticos y gastos de viaje.
01070042000000
Gastos de representación.
01070043000000
Teléfono.
01070044000000
Agua.
01070045000000
Electricidad.
01070046000000
Vigilancia y limpieza.
01070047000000
Materiales de oficina.
01070048000000
Gastos legales.
01070049000000
Mantenimiento y conservación.
01070050000000
Seguros y fianzas.
01070051000000
Gastos no deducibles.
01070052000000
Otros impuestos y derechos.
01070053000000
Recargos fiscales.
01070054000000
Cuotas y suscripciones.
01070055000000
Propaganda y publicidad.
01070056000000
Fotocopiado.
01070057000000
Donativos.
01070058000000
Asistencia técnica.
01070059000000
Fletes y acarreos pagados a personas físicas.
01070060000000
Fletes y acarreos pagados a personas morales.
01070061000000
Impuesto de importación.
01070062000000
Impuesto de exportación.
01070063000000
Regalías sin retención.
01070064000000
Regalías sujetas al 5%.
01070065000000
Regalías sujetas al 10%.
01070066000000
Regalías sujetas al 25%.
01070067000000
Regalías sujetas al 35%.
01070068000000
Comisiones sobre ventas.
01070069000000
Patentes y marcas.
01070070000000
Materias primas de producción.
01070071000000
Materiales auxiliares de producción.
01070072000000
Maquilas.
01070073000000
Comisiones bancarias.
01070074000000
Pérdida en venta de terrenos.
01070075000000
Pérdida en venta de edificios y construcciones.
01070076000000
Pérdida en venta de maquinaria.
01070077000000
Pérdida en venta de equipo de transporte.
01070078000000
Pérdida en venta de mobiliario y equipo.
01070079000000
Pérdida en venta de equipo de cómputo.
01070080000000
Pérdida en enajenación de acciones.
01070081000000
Pérdida por deterioro de activos.
01070082000000
Pérdida por créditos incobrables.
01070083000000
Consumo en restaurantes.
01070084000000
Pérdida por operaciones financieras derivadas.
01070085000000
Deducción por concepto de ayuda alimentaria para los
trabajadores.
01070086000000
Uso o goce temporal de automóviles con propulsión de
baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos con
motor de combustión interna o accionado por hidrógeno.
01070087000000
Monto deducible de los pagos efectuados por el uso o goce
temporal de automóviles.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
233
01070088000000
Otros.
01070089000000
Total de otros gastos.
01070090000000
Total de gastos.
01070091000000
Efecto de reexpresión.
01070092000000
Total de gastos actualizado.
Parte II
Datos a proporcionar
Gastos de
fabricación:
porcentaje
en relación
con el total
de gastos
actualizado
(ejercicio fiscal)
Gastos de
fabricación:
porcentaje
en relación
con el total
de gastos
actualizado
(ejercicio fiscal
anterior)
Gastos de
fabricación: variación
en pesos respecto al
ejercicio fiscal
anterior
Gastos de
fabricación:
porcentaje
de variación
en pesos
respecto al ejercicio
fiscal anterior
Gastos de
fabricación: explicar
variación
Parte III
Datos a proporcionar
Gastos de
fabricación: partes
relacionadas 2025
Gastos de
fabricación: partes
no relacionadas 2025
Gastos de
fabricación: partes
relacionadas 2024
Gastos de
fabricación: partes
no relacionadas 2024
Parte IV
Datos a proporcionar
Gastos de
venta 2025
Gastos de
venta 2024
Gastos de venta:
porcentaje
en relación
con el total
de gastos
actualizado
(ejercicio fiscal)
Gastos de venta:
porcentaje
en relación
con el total
de gastos
actualizado
(ejercicio fiscal
anterior)
Gastos de venta:
variación
en pesos respecto al
ejercicio fiscal
anterior
Parte V
Datos a proporcionar
Gastos de venta:
porcentaje
de variación
en pesos
respecto al
ejercicio fiscal
anterior
Gastos
de venta:
explicar
variación
Gastos de venta:
partes relacionadas
2025
Gastos de
venta: partes
no
relacionadas
2025
Gastos de venta:
partes
relacionadas 2024
Gastos de venta:
partes no
relacionadas 2024
Parte VI
Datos a proporcionar
Gastos de
administración 2025
Gastos de
administración 2024
Gastos de
administración:
porcentaje
en relación
con el total
de gastos
actualizado
(ejercicio fiscal)
Gastos de
administración:
porcentaje
en relación
con el total
de gastos
actualizado
(ejercicio fiscal
anterior)
Gastos de
administración:
variación
en pesos respecto al
ejercicio fiscal
anterior
234
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte VII
Datos a proporcionar
Gastos de
administración:
porcentaje
de variación
en pesos
respecto al ejercicio
fiscal anterior
Gastos de
administración:
explicar variación
Gastos de
administración:
partes relacionadas
2025
Gastos de
administración:
partes no
relacionadas 2025
Gastos de
administración:
partes relacionadas
2024
Parte VIII
Datos a proporcionar
Gastos de
administración:
partes no
relacionadas 2024
Gastos
generales
2025
Gastos
generales
2024
Gastos generales:
porcentaje
en relación
con el total
de gastos
actualizado
(ejercicio fiscal)
Gastos generales:
porcentaje
en relación
con el total
de gastos actualizado
(ejercicio fiscal
anterior)
Parte IX
Datos a proporcionar
Gastos generales:
variación
en pesos respecto al
ejercicio fiscal
anterior
Gastos generales:
porcentaje
de variación
en pesos
respecto al ejercicio
fiscal anterior
Gastos generales:
explicar variación
Gastos generales:
partes relacionadas
2025
Gastos generales:
partes no
relacionadas 2025
Parte X
Datos a proporcionar
Gastos generales:
partes relacionadas
2024
Gastos generales:
partes no
relacionadas 2024
Total 2025
Total 2024
Total partes
relacionadas
2025
Total partes no
relacionadas
2025
Parte XI
Datos a proporcionar
Total partes
relacionadas 2024
Total partes no
relacionadas 2024
Total deducibles
para ISR 2025
Total deducibles
para ISR 2024
Parte XII
Datos a proporcionar
Total no
deducibles
para ISR 2025
Total no deducibles
para ISR 2024
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
235
Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
8.-
Análisis
comparativo
de
las
subcuentas del resultado integral de
financiamiento
Por los ejercicios terminados al 31 de
diciembre de 2025 y de 2024
2025
Partes relacionadas 2025
(Cifras en pesos)
Intereses a favor
Nacionales
01080000000000
Bancarios.
01080001000000
Personas físicas.
01080002000000
Personas morales.
01080003000000
Efecto de reexpresión.
01080004000000
Total intereses a favor nacionales.
Extranjeros
01080005000000
Bancarios.
01080006000000
Personas físicas.
01080007000000
Personas morales.
01080008000000
Efecto de reexpresión.
01080009000000
Total intereses a favor del extranjero.
01080010000000
Total de intereses a favor.
Intereses a cargo
Nacionales
01080011000000
Bancarios.
01080012000000
Personas físicas.
01080013000000
Personas morales.
01080014000000
Efecto de reexpresión.
01080015000000
Total intereses a cargo nacionales.
Extranjeros
01080016000000
Bancarios.
01080017000000
Personas físicas.
01080018000000
Personas morales.
01080019000000
Efecto de reexpresión.
01080020000000
Total intereses a cargo del extranjero.
01080021000000
Total de intereses a cargo.
236
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Intereses moratorios a favor
Nacionales
01080022000000
Nacionales.
01080023000000
Efecto de reexpresión.
01080024000000
Total
intereses
moratorios
a
favor
nacionales.
Extranjeros
01080025000000
Extranjeros.
01080026000000
Efecto de reexpresión.
01080027000000
Total intereses moratorios a favor del
extranjero.
01080028000000
Total de intereses moratorios a favor.
Intereses moratorios a cargo
Nacionales
01080029000000
Nacionales.
01080030000000
Efecto de reexpresión.
01080031000000
Total
intereses
moratorios
a
cargo
nacionales.
Extranjeros
01080032000000
Extranjeros.
01080033000000
Efecto de reexpresión.
01080034000000
Total intereses moratorios a cargo del
extranjero.
01080035000000
Total de intereses moratorios a cargo.
Resultado cambiario
01080036000000
Pérdida cambiaria.
01080037000000
Efecto de reexpresión.
01080038000000
Total de pérdida cambiaria.
01080039000000
Utilidad cambiaria.
01080040000000
Efecto de reexpresión.
01080041000000
Total de utilidad cambiaria.
01080042000000
Total de resultado cambiario.
Resultado por posición monetaria
01080043000000
Resultado
por
posición
monetaria
favorable.
01080044000000
Efecto de reexpresión.
01080045000000
Total de resultado por posición monetaria
favorable.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
237
01080046000000
Resultado
por
posición
monetaria
desfavorable.
01080047000000
Efecto de reexpresión.
01080048000000
Total de resultado por posición monetaria
desfavorable
01080049000000
Total de resultado por posición monetaria.
Cambios en el valor razonable de
activos y pasivos financieros
01080050000000
Cambios en el valor razonable de activos y
pasivos financieros deudor.
01080051000000
Efecto de reexpresión.
01080052000000
Total de cambios en el valor razonable de
activos y pasivos financieros deudor.
01080053000000
Cambios en el valor razonable de activos y
pasivos financieros acreedor.
01080054000000
Efecto de reexpresión.
01080055000000
Total de cambios en el valor razonable de
activos y pasivos financieros acreedor.
01080056000000
Total de cambios en el valor razonable de
activos y pasivos financieros.
Otros conceptos financieros
Otros a favor
Nacionales
01080057000000
Nacionales.
01080058000000
Efecto de reexpresión.
01080059000000
Total de otros a favor nacionales.
Extranjero
01080060000000
Extranjero.
01080061000000
Efecto de reexpresión.
01080062000000
Total de otros a favor del extranjero.
01080063000000
Total de otros a favor.
Otros a cargo
Nacionales
01080064000000
Nacionales.
01080065000000
Efecto de reexpresión.
01080066000000
Total de otros a cargo nacionales.
238
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Extranjero
01080067000000
Extranjeros.
01080068000000
Efecto de reexpresión.
01080069000000
Total de otros a cargo del extranjero.
01080070000000
Total de otros a cargo.
01080071000000
Total de otros conceptos financieros.
01080072000000
Total
de
resultado
integral
de
financiamiento.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes no relacionadas
2025
2024
Partes relacionadas 2024
Partes no relacionadas
2024
Parte III
Datos a proporcionar
Acumulables o deducibles
para ISR 2025
Acumulables o deducibles
para ISR 2024
No acumulables o no
afectos al ISR
(ingresos) no deducibles
(gastos)
para ISR 2025
No acumulables o no
afectos al ISR (ingresos)
no deducibles (gastos)
para ISR 2024
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente
como sujeto directo o en su carácter de retenedor
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Base gravable
Tasa, tarifa o
cuota
(Cifras en pesos)
Contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto
directo
Impuesto sobre la Renta (ISR)
01090000000000
Impuesto sobre la Renta.
01090001000000
Otras reducciones del ISR.
01090002000000
ISR causado en el ejercicio.
01090003000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal
por proyectos en investigación y desarrollo tecnológico
autorizado en ejercicios anteriores.
01090004000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal
por proyectos de inversión en la producción cinematográfica
nacional de ejercicios anteriores.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
239
01090005000000
Estímulo por proyectos de inversión en la producción
cinematográfica nacional.
01090006000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal
a proyectos de inversión en las artes de ejercicios
anteriores.
01090007000000
Estímulo a proyectos de inversión en las artes.
01090008000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2025.
01090009000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2024.
01090010000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2023.
01090011000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2022.
01090012000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2021.
01090013000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2020.
01090014000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2019.
01090015000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2018.
01090016000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2017.
01090017000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2016.
01090018000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2015.
01090019000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2014.
01090020000000
Monto pendiente de aplicar por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico".
01090021000000
Estímulo por la inversión en proyectos y programas para el
deporte de alto rendimiento.
01090022000000
Monto pendiente de aplicar por la inversión en proyectos y
programas para el deporte de alto rendimiento.
01090023000000
Ingresos obtenidos por apoyos gubernamentales.
01090024000000
Monto pendiente de aplicar del estímulo por la inversión en
equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos.
01090025000000
Monto del estímulo fiscal por biodiesel y sus mezclas.
01090026000000
Otros estímulos.
01090027000000
Total de estímulos.
01090028000000
Pagos provisionales efectuados enterados a la federación.
01090029000000
ISR retenido al contribuyente.
01090030000000
ISR acreditable pagado en el extranjero.
01090031000000
ISR acreditable por dividendos o utilidades distribuidos.
01090032000000
Otras cantidades a cargo.
01090033000000
Otras cantidades a favor.
01090034000000
Diferencia a cargo.
01090035000000
Diferencia a favor.
01090036000000
Impuesto sobre la Renta a cargo del ejercicio.
01090037000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta
señalado en el Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de
2018, aplicado en el ejercicio 2025.
240
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01090038000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta
señalado en el Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de
2020, aplicado en el ejercicio 2025.
01090039000000
Impuesto sobre la Renta pagado en declaraciones anual,
normal y complementarias.
01090040000000
Diferencia a cargo del ejercicio.
01090041000000
ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU.
01090042000000
Saldo a favor del ejercicio.
Otros datos
01090043000000
Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes
fiscales preferentes.
01090044000000
Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos no
provenientes de CUFIN ni de CUFINRE.
01090045000000
Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos
provenientes de CUFINRE.
Persona física.
01090046000000
Otros ingresos manifestados como persona física.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
01090047000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%.
01090048000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 0%.
01090049000000
Suma del valor de los actos o actividades gravados.
01090050000000
Valor de los actos o actividades por los que no se está
obligado al pago (exentos).
01090051000000
Total del valor de los actos o actividades.
01090052000000
Valor de los actos o actividades no objeto.
01090053000000
Suma del IVA causado de los meses del ejercicio.
01090054000000
Suma del IVA acreditable de los meses del ejercicio sin
incluir saldos a favor.
01090055000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado
señalado en el Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de
2018, aplicado en el ejercicio 2025.
01090056000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado
señalado en el Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de
2020, aplicado en el ejercicio 2025.
01090057000000
Suma de compensaciones aplicadas al IVA de otras
contribuciones federales en los meses del ejercicio.
01090058000000
Suma de acreditamientos de saldos a favor de IVA.
01090059000000
Suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
241
01090060000000
Acreditamiento del IVA por las inversiones o gastos en
periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5,
fracción VI y 5-B, segundo párrafo de la LIVA).
01090061000000
Incremento del IVA por las inversiones o gastos en periodos
preoperativos (para los efectos de los artículos 5, fracción VI
y 5-B, segundo párrafo de la LIVA).
01090062000000
Reintegro del IVA por las inversiones o gastos en periodos
preoperativos (para los efectos de los artículos 5, fracción VI
y 5-B, segundo párrafo de la LIVA).
01090063000000
Monto de los servicios de tecnologías de la información
prestados en el extranjero considerados como exportados y
sujetos a la tasa del 0% del IVA (para los efectos del artículo
29, fracción IV, inciso I) de la LIVA).
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
01090064000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 3 %
(redes públicas de telecomunicaciones).
01090065000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 25 %
(bebidas energizantes, así como concentrados, polvos y
jarabes para preparar bebidas energizantes).
01090066000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 26.5
% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con
graduación alcohólica de hasta 14°G.L.).
01090067000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30%
(bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación
alcohólica de más de 14°G.L. y hasta 20°G.L.).
01090068000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30 %
(juegos con apuestas y sorteos).
01090069000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30.4
% (tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados hechos
enteramente a mano).
01090070000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 50 %
(alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables).
01090071000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 53 %
(bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación
alcohólica de más de 20°G.L.).
01090072000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 160%
(tabacos labrados, cigarros).
01090073000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 160%
(tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados).
01090074000000
Valor de los actos o actividades gravados a otras tasas.
01090075000000
Suma del valor de los actos o actividades gravados.
01090076000000
Valor de los actos o actividades por los que no se está
obligado al pago (exentos).
01090077000000
Total del valor de los actos o actividades.
01090078000000
Total de litros enajenados de bebidas saborizadas.
01090079000000
Monto total de enajenaciones de plaguicidas categorías 1 y
2 a la tasa del 9%.
01090080000000
Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 3 a la
tasa del 7%.
242
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01090081000000
Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 4 a la
tasa del 6%.
01090082000000
Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 5.
01090083000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de botanas a la tasa del 8%.
01090084000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de productos de confitería a
la tasa del 8%.
01090085000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de chocolate y demás
productos derivados del cacao a la tasa del 8%.
01090086000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de flanes y pudines a la tasa
del 8%.
01090087000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de dulces de frutas y
hortalizas a la tasa del 8%.
01090088000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de cremas de cacahuate y
avellanas a la tasa del 8%.
01090089000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de dulces de leche a la tasa
del 8%.
01090090000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de alimentos preparados a
base de cereales a la tasa del 8%.
01090091000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de helados, nieves y paletas
de hielo a la tasa del 8%.
01090092000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de propano (cuota
de $9.7551 por litro).
01090093000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de butano (cuota de
$12.6241 por litro).
01090094000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de gasolinas y
gasavión (cuota de $17.1107 por litro).
01090095000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de turbosina y otros
kerosenos (cuota de $20.4363 por litro).
01090096000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de diésel (cuota de
$20.7623 por litro).
01090097000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de combustóleo
(cuota de $22.1578 por litro).
01090098000000
Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de coque de
petróleo (cuota de $25.7183 por tonelada).
01090099000000
Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de coque de
carbón (cuota de $60.2921 por tonelada).
01090100000000
Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de carbón
mineral (cuota de $45.3984 por tonelada).
01090101000000
Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de otros
combustibles fósiles (cuota de $65.6262 por tonelada).
01090102000000
Suma del IEPS causado de los meses del ejercicio.
01090103000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 25
% (bebidas energizantes, así como concentrados, polvos y
jarabes para preparar bebidas energizantes).
01090104000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa del
26.5 % (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con
graduación alcohólica de hasta 14°G.L.).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
243
01090105000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 30
% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con
graduación alcohólica de más de 14°G.L. y hasta 20°G.L.).
01090106000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa del
30.4 % (tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados
hechos enteramente a mano).
01090107000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 53
% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con
graduación alcohólica de más de 20°G.L.).
01090108000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa del
160% (tabacos labrados, cigarros).
01090109000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa del
160% (tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados).
01090110000000
Valor de los actos o actividades importados a otras tasas.
01090111000000
Suma del valor de los actos o actividades importados.
01090112000000
Total de litros importados de bebidas saborizadas.
01090113000000
Monto total de importaciones de plaguicidas categorías 1 y 2
a la tasa del 9%.
01090114000000
Monto total de importaciones de plaguicidas categoría 3 a la
tasa del 7%.
01090115000000
Monto total de importaciones de plaguicidas categoría 4 a la
tasa del 6%.
01090116000000
Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 5.
01090117000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de botanas a la tasa del 8%.
01090118000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de productos de confitería a la
tasa del 8%.
01090119000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de chocolate y demás
productos derivados del cacao a la tasa del 8%.
01090120000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de flanes y pudines a la tasa
del 8%.
01090121000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de dulces de frutas y
hortalizas a la tasa del 8%.
01090122000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de cremas de cacahuate y
avellanas a la tasa del 8%.
01090123000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de dulces de leche a la tasa
del 8%.
01090124000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de alimentos preparados a
base de cereales a la tasa del 8%.
01090125000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de helados, nieves y paletas
de hielo a la tasa del 8%.
01090126000000
Combustibles fósiles, litros importados de propano (cuota de
$9.7551 por litro).
01090127000000
Combustibles fósiles, litros importados de butano (cuota de
$12.6241 por litro).
244
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01090128000000
Combustibles fósiles, litros importados de gasolinas y
gasavión (cuota de $17.1107 por litro).
01090129000000
Combustibles fósiles, litros importados de turbosina y otros
kerosenos (cuota de $20.4363 por litro).
01090130000000
Combustibles fósiles, litros importados de diésel (cuota de
$20.7623 por litro).
01090131000000
Combustibles fósiles, litros importados de combustóleo
(cuota de $22.1578 por litro).
01090132000000
Combustibles fósiles, toneladas importadas de coque de
petróleo (cuota de $25.7183 por tonelada).
01090133000000
Combustibles fósiles, toneladas importadas de coque de
carbón (cuota de $60.2921 por tonelada).
01090134000000
Combustibles fósiles, toneladas importadas de carbón
mineral (cuota de $45.3984 por tonelada).
01090135000000
Combustibles fósiles, toneladas importadas de otros
combustibles fósiles (cuota de $65.6262 por tonelada).
01090136000000
Valor de los cigarros enajenados (cuota de $ 0.6445 por
cigarro).
01090137000000
Valor de los cigarros importados (cuota de $ 0.6445 por
cigarro).
01090138000000
Valor del peso total en gramos de puros y otros tabacos
labrados enajenados distintos a los cigarros entre 0.75
(cuota $ 0.6445).
01090139000000
Valor del peso total en gramos de puros y otros tabacos
labrados importados distintos a los cigarros entre 0.75
(cuota $ 0.6445).
01090140000000
Impuesto causado por cuota de cigarros enajenados.
01090141000000
Impuesto causado por cuota de cigarros importados.
01090142000000
Impuesto causado por cuota de puros y otros tabacos
labrados correspondiente al peso total en gramos (puros y
otros tabacos labrados gravados enajenados entre 0.75).
01090143000000
Impuesto causado por cuota de puros y otros tabacos
labrados correspondiente al peso total en gramos (puros y
otros tabacos labrados gravados importados entre 0.75).
01090144000000
Suma del IEPS acreditable de los meses del ejercicio.
01090145000000
Suma de compensaciones de saldos a favor de IEPS.
01090146000000
Suma de compensaciones aplicadas al IEPS de otras
contribuciones federales en los meses del ejercicio.
01090147000000
Suma de acreditamientos de saldos a favor de IEPS.
01090148000000
Suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio.
01090149000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del
apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025.
01090150000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del
apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025.
Impuesto al Comercio Exterior
01090151000000
Impuesto general de importación.
01090152000000
Impuesto general de exportación.
01090153000000
Total de impuestos al comercio exterior.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
245
Aportaciones de seguridad social
01090154000000
Cuotas patronales al IMSS.
01090155000000
Aportaciones al INFONAVIT.
01090156000000
Aportaciones al seguro de retiro.
Derechos por los servicios que presta
01090157000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin
permiso para realizar actividades remuneradas (para los
efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de
Derechos).
01090158000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios
migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley
Federal de Derechos).
01090159000000
Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano
(SENEAM).
01090160000000
Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
01090161000000
Otros especificar concepto.
Contribuciones de las que es retenedor:
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Por pagos a residentes en el país
01090162000000
Por salarios.
01090163000000
Honorarios al 35% art. 96 de la LISR.
01090164000000
Premios.
01090165000000
Honorarios al 10%.
01090166000000
Arrendamiento al 10%.
01090167000000
Enajenación de otros bienes al 20%.
01090168000000
Intereses al 0.08%, sobre el monto del capital.
01090169000000
Intereses al 20%.
01090170000000
Intereses y ganancia cambiaria al 35%.
01090171000000
Comisiones.
01090172000000
Por dividendos al 10%.
01090173000000
Otros.
01090174000000
Total de ISR retenido a residentes en el país.
Por pagos a residentes en el extranjero
01090175000000
Salarios al 15%.
01090176000000
Salarios al 30%.
01090177000000
Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 15%.
01090178000000
Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 30%.
01090179000000
Honorarios al 25%.
246
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01090180000000
Regalías al 5%.
01090181000000
Regalías al 10%.
01090182000000
Regalías al 25%.
01090183000000
Regalías al 35%.
01090184000000
Asistencia técnica.
01090185000000
Mediaciones.
01090186000000
Arrendamiento de inmuebles.
01090187000000
Arrendamiento de muebles al 25%.
01090188000000
Intercambio de deuda pública por capital.
01090189000000
Arrendamiento financiero.
01090190000000
Premios.
01090191000000
Servicio turístico de tiempo compartido.
01090192000000
Intereses al 4.9%.
01090193000000
Intereses al 10%.
01090194000000
Intereses al 15%.
01090195000000
Intereses al 21%.
01090196000000
Intereses al 35%.
01090197000000
Enajenación de inmuebles.
01090198000000
Enajenación de acciones.
01090199000000
Operaciones financieras derivadas de capital.
01090200000000
Operaciones financieras derivadas de deuda.
01090201000000
Construcción de obra, instalación, mantenimiento o montaje
en bienes inmuebles.
01090202000000
Contrato de fletamento.
01090203000000
Espectáculos públicos, artísticos y deportivos.
01090204000000
Por dividendos al 10%.
01090205000000
Otros.
01090206000000
Total de ISR retenido a residentes en el extranjero.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
01090207000000
Servicios
personales
independientes
prestados
por
personas físicas.
01090208000000
Uso o goce temporal de bienes prestados u otorgados por
personas físicas.
01090209000000
Adquisición de desperdicios.
01090210000000
Servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados
por personas físicas o morales.
01090211000000
Servicios prestados por comisionistas personas físicas.
01090212000000
Adquisición, o uso o goce temporal de bienes tangibles, que
enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin
establecimiento permanente en el país.
01090213000000
Otros.
01090214000000
Total de IVA retenido.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
247
Otras contribuciones retenidas
01090215000000
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido.
01090216000000
Cuotas obreras al IMSS.
01090217000000
Otros.
Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de
saldos a favor provenientes de:
A valor histórico de:
01090218000000
Impuesto al Valor Agregado.
01090219000000
Impuesto sobre la Renta.
01090220000000
Otras contribuciones federales.
A valor actualizado de:
01090221000000
Impuesto al Valor Agregado.
01090222000000
Impuesto sobre la Renta.
01090223000000
Otras contribuciones federales.
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio
aplicadas a:
01090224000000
Impuesto al Valor Agregado propio proveniente de Impuesto
al Valor Agregado propio.
01090225000000
Impuesto sobre la Renta propio proveniente de Impuesto
sobre la Renta propio.
01090226000000
Otras contribuciones federales.
Devoluciones obtenidas en el ejercicio
01090227000000
Otras contribuciones federales.
De:
01090228000000
Impuesto al Valor Agregado.
01090229000000
Impuesto sobre la Renta.
01090230000000
Otras contribuciones federales.
Parte II
Datos a proporcionar
Contribución determinada
por auditoría a cargo o a
favor
Contribución a cargo o
saldo a favor determinado
por el contribuyente
Diferencia
Diferencias
no materiales
no investigadas
por auditoría
Concepto
9.1.- Declaratoria
248
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
10.- Relación de contribuciones por
pagar
Al 31 de diciembre de 2025
Importe
correspondiente al
ejercicio fiscal
dictaminado
Importe proveniente de
ejercicios anteriores
(Cifras en pesos)
Impuesto sobre la Renta causado como
sujeto directo
01100000000000
Determinado por el contribuyente (del
ejercicio).
01100001000000
Diferencia
determinada
por
el
contribuyente (del ejercicio dictaminado).
Pagos provisionales y/o definitivos
determinados por el contribuyente por
concepto de:
Impuesto sobre la Renta pagos
provisionales propios
01100002000000
Correspondiente al mes o periodo de:
Impuesto sobre la Renta por salarios y
en general por la prestación de un
servicio personal subordinado en su
carácter de retenedor
01100003000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
honorarios en su carácter de retenedor
01100004000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
arrendamientos en su carácter de
retenedor
01100005000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
intereses en su carácter de retenedor
01100006000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta (otras
retenciones a residentes en México) en
su carácter de retenedor
01100007000000
Correspondiente al mes de:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
249
Impuesto sobre la Renta sobre
dividendos como sujeto directo
01100008000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta regímenes
fiscales preferentes como sujeto
directo
01100009000000
Correspondiente al ejercicio de:
Impuesto sobre la Renta por pagos al
extranjero en su carácter de retenedor
01100010000000
Correspondiente al mes de:
Información determinada por el
contribuyente:
Impuesto al Activo como sujeto directo
01100011000000
Correspondiente
al
ejercicio
de:
(especifique el ejercicio)
Impuesto al Valor Agregado causado
como sujeto directo
01100012000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto al Valor Agregado en su
carácter de retenedor
01100013000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios causado como sujeto directo
01100014000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios en su carácter de retenedor
01100015000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre Automóviles Nuevos
01100016000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto Mexicano del
Seguro Social
01100017000000
Correspondiente al mes de:
250
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Aportaciones al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores
01100018000000
Correspondiente al bimestre de:
Aportaciones al seguro de retiro
01100019000000
Correspondiente al bimestre de:
Impuestos Locales
01100020000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Sobre Nóminas
01100021000000
Correspondiente al mes de:
Derechos por los servicios que presta
01100022000000
El Instituto Nacional de Migración (INM)
visitante
sin
permiso
para
realizar
actividades remuneradas (para los efectos
del artículo 8, fracción I Ley Federal de
Derechos) correspondiente al mes de:
01100023000000
El Instituto Nacional de Migración (INM)
servicios migratorios (para los efectos del
artículo 12 Ley Federal de Derechos)
correspondiente al mes de:
01100024000000
Servicios a la Navegación en el Espacio
Aéreo
Mexicano
(SENEAM),
correspondiente al mes de:
01100025000000
Instituto Federal de Telecomunicaciones
(IFT), correspondiente al mes de:
01100026000000
Otros especificar concepto y periodo al
que corresponde:
Otras contribuciones
01100027000000
Especificar concepto y periodo al que
corresponde:
Diferencias no consideradas por el
contribuyente en el ejercicio fiscal
dictaminado:
01100028000000
Diferencia determinada por dictamen no
considerada por el contribuyente (del
ejercicio dictaminado)
Impuesto sobre la Renta pagos
provisionales
01100029000000
Correspondiente al mes o periodo de:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
251
Impuesto sobre la Renta retenciones a
residentes en México
01100030000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta retenciones a
residentes en el extranjero
01100031000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta sobre
dividendos
01100032000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta regímenes
fiscales preferentes como sujeto
directo
01100033000000
Correspondiente al ejercicio
Impuesto al Valor Agregado como
sujeto directo
01100034000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto al Valor Agregado en su
carácter de retenedor
01100035000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial Sobre Producción y
Servicios como sujeto directo
01100036000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial Sobre Producción y
Servicios en su carácter de retenedor
01100037000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre Automóviles Nuevos
01100038000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto Mexicano del
Seguro Social
01100039000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores
01100040000000
Correspondiente al bimestre de:
252
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Aportaciones al seguro de retiro
01100041000000
Correspondiente al bimestre de:
Impuestos Locales
01100042000000
Correspondiente al mes de:
Derechos
01100043000000
Correspondiente al derecho
Otras contribuciones
01100044000000
Especificar concepto y periodo al que
corresponde:
01100045000000
Total
Parte II
Datos a proporcionar
Total de contribuciones
por pagar
Importe de la contribución
en litigio
Fecha de pago
Institución de crédito o SAT
Parte III
Datos a proporcionar
Número de la operación
Pago en parcialidades
(datos del escrito libre):
número de folio
Pago en parcialidades
(datos del escrito libre)
fecha de presentación
Pago en parcialidades
(datos del escrito libre)
administración receptora
Parte IV
Datos a proporcionar
Oficio de autorización de
pago en parcialidades:
número
Oficio de autorización de
pago en parcialidades fecha
Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos
del Impuesto sobre la Renta
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2025
2024
(Cifras en pesos)
01110000000000
Utilidad neta.
01110001000000
Pérdida neta.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
253
Más-menos:
01110002000000
Efecto de la inflación de la NIF B-10.
01110003000000
Resultado por posición monetaria favorable.
01110004000000
Resultado por posición monetaria desfavorable.
01110005000000
Utilidad neta histórica.
01110006000000
Pérdida neta histórica.
Más:
01110007000000
Ingresos fiscales no contables.
Más:
01110008000000
Deducciones contables no fiscales.
Menos:
01110009000000
Deducciones fiscales no contables.
Menos:
01110010000000
Ingresos contables no fiscales.
01110011000000
Pérdida fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones.
01110012000000
Utilidad fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones.
01110013000000
Pérdida en enajenación de acciones.
01110014000000
Pérdida fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio.
01110015000000
Utilidad fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio.
Más o menos:
01110016000000
PTU pagada en el ejercicio.
01110017000000
Pérdida fiscal del ejercicio.
01110018000000
Utilidad fiscal del ejercicio.
01110019000000
Deducción adicional del fomento al primer empleo del ejercicio (para
los efectos del artículo noveno fracción XXXVII de las disposiciones
transitorias de la LISR para 2014).
01110020000000
Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores.
01110021000000
Resultado fiscal y/o utilidad gravable.
Ingresos fiscales no contables
01110022000000
Ajuste anual por inflación acumulable.
01110023000000
Utilidad cambiaria fiscal.
01110024000000
Utilidad fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles.
01110025000000
Utilidad fiscal por reembolso de capital.
01110026000000
Utilidad fiscal en enajenación de activo fijo.
01110027000000
Utilidad fiscal en enajenación de terrenos.
254
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01110028000000
Utilidad fiscal en fideicomisos.
01110029000000
Anticipos de clientes.
01110030000000
Ingresos cobrados del ejercicio anterior (personas físicas).
01110031000000
Intereses moratorios efectivamente cobrados.
01110032000000
Ingresos por avance de obra.
01110033000000
Inventario acumulable.
01110034000000
Estímulos fiscales.
01110035000000
Ajuste de precios de transferencia.
01110036000000
Otros ingresos fiscales no contables.
01110037000000
Total de ingresos fiscales no contables.
Deducciones contables no fiscales
01110038000000
Impuesto sobre la Renta.
01110039000000
Participación de utilidades.
01110040000000
Multas.
01110041000000
Gastos no deducibles.
01110042000000
Costo de ventas contable.
01110043000000
Depreciación contable.
01110044000000
Provisiones.
01110045000000
Estimaciones.
01110046000000
Pérdida contable en enajenación de acciones y/o intangibles.
01110047000000
Costo de ventas (personas físicas).
01110048000000
Pérdida cambiaria.
01110049000000
Amortizaciones contables.
01110050000000
Pérdida contable en enajenación de activo fijo.
01110051000000
Pérdida contable en enajenación de terrenos.
01110052000000
Pérdida contable en fideicomisos.
01110053000000
Pérdida contable en asociación en participación.
01110054000000
Honorarios, rentas e intereses no pagados al cierre del ejercicio.
01110055000000
Pérdida en participación subsidiaria.
01110056000000
Intereses devengados que exceden del valor de mercado y moratorios
pagados o no.
01110057000000
Proporción de pagos que sean ingresos exentos para el trabajador.
01110058000000
Operaciones con partes relacionadas no deducibles.
01110059000000
Otras deducciones contables no fiscales.
01110060000000
Total de deducciones contables no fiscales.
Las partidas no deducibles se contabilizan en:
01110061000000
Gastos de fabricación.
01110062000000
Gastos de venta.
01110063000000
Gastos generales.
01110064000000
Gastos de administración.
La depreciación contable se integra por:
01110065000000
Gastos de fabricación.
01110066000000
Gastos de venta.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
255
01110067000000
Gastos generales.
01110068000000
Gastos de administración.
Deducciones fiscales no contables
01110069000000
Compras (personas físicas).
01110070000000
Mano de obra (personas físicas).
01110071000000
Maquilas (personas físicas).
01110072000000
Gastos de fabricación (personas físicas).
01110073000000
Depreciación fiscal.
01110074000000
Estímulo fiscal por deducción inmediata de inversiones.
01110075000000
Amortización fiscal.
01110076000000
Pérdida fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles.
01110077000000
Pérdida fiscal en enajenación de activo fijo.
01110078000000
Pérdida fiscal enajenación de terrenos.
01110079000000
Pérdida fiscal en fideicomisos.
01110080000000
Ajuste anual por inflación deducible.
01110081000000
Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta.
01110082000000
Pérdida cambiaria fiscal.
01110083000000
Cargos a provisiones.
01110084000000
Cargos a estimaciones.
01110085000000
Honorarios, rentas e intereses que afectaron el resultado del ejercicio
anterior pagados en este.
01110086000000
Anticipos de clientes del ejercicio anterior.
01110087000000
Pérdida por créditos incobrables.
01110088000000
Intereses moratorios efectivamente pagados.
01110089000000
Deducción adicional por donación de bienes básicos para la
subsistencia humana (para los efectos del artículo 1.3. del Decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de
2013).
01110090000000
Deducción del monto adicional del 25% del salario (para los efectos
del artículo 1.5. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de
2013 y artículo 186 de la LISR).
01110091000000
Deducción adicional para maquiladoras.
01110092000000
Estímulo fiscal por contratar personas con discapacidad y/o adultos
mayores.
01110093000000
Deducción del Impuesto sobre la Renta retenido a personas con
discapacidad y/o adultos mayores.
01110094000000
Ajuste de precios de transferencia.
01110095000000
Intereses netos de ejercicios anteriores.
01110096000000
Intereses netos del ejercicio.
01110097000000
Otras deducciones fiscales no contables.
01110098000000
Total de deducciones fiscales no contables.
Ingresos contables no fiscales
01110099000000
Utilidad cambiaria.
01110100000000
Utilidad contable en enajenación de acciones y/o intangibles.
01110101000000
Utilidad contable en enajenación de activo fijo.
01110102000000
Utilidad contable en enajenación de terrenos.
01110103000000
Utilidad contable en fideicomisos.
01110104000000
Utilidad contable en asociación en participación.
256
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01110105000000
Ventas anticipadas acumuladas en el ejercicio anterior y devengadas
en este.
01110106000000
Cancelación de estimaciones.
01110107000000
Cancelación de provisiones.
01110108000000
Ingresos por dividendos.
01110109000000
Ingresos por avance de obra.
01110110000000
Intereses moratorios devengados a favor cobrados o no.
01110111000000
Utilidad en participación subsidiaria.
01110112000000
Anticipo de clientes de ejercicios anteriores considerados como
ingresos en el ejercicio.
01110113000000
Ingresos del ejercicio no cobrados (personas físicas).
01110114000000
Saldos a favor de impuestos y su actualización.
01110115000000
Otros ingresos contables no fiscales.
01110116000000
Total de ingresos contables no fiscales.
Parte II
Datos a proporcionar
Porcentaje
en relación
con el total
del año
actualizado
(ejercicio fiscal)
Porcentaje en
relación con el total
del año actualizado
(ejercicio fiscal
anterior)
Variación en pesos
respecto al ejercicio
fiscal anterior
Porcentaje de
variación en pesos
respecto al ejercicio
fiscal anterior
Explicar variación
Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en cinco partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
12.- Operaciones financieras derivadas
contratadas
con
residentes
en
el
extranjero
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación fiscal
País de residencia
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“01D100000", del anexo de datos generales.
nombre, denominación o razón social del
residente en el extranjero
01120000000000
(Especificar).
01120001000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Fecha de celebración del
contrato que le dio origen
a la operación
Fecha de celebración de la
más reciente adenda al
contrato origen
Tipo de operación
contratada, deuda o capital
Monto contratado
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
257
Parte III
Datos a proporcionar
Efecto fiscal que tuvo en
el ejercicio ingreso
(deducción)
Importe del efecto fiscal
que tuvo en el ejercicio
Tipo de
moneda
Valor pactado sobre el
subyacente
Parte IV
Datos a proporcionar
Tipo de subyacente
En caso de que en la
columna "tipo de
subyacente" haya
seleccionado "otros"
especifique concepto
Indique si antes del
vencimiento del plazo
realizó:
En caso de que haya
liquidado mediante
celebración de una
operación contraria,
indique las razones
Parte V
Datos a proporcionar
Indique el monto de
ingreso acumulable o
(deducción autorizada)
generado
% de retención sobre
la ganancia
Vigencia del
Vigencia
al
Indique si obtuvo
beneficio de los
tratados para
evitar la doble
tributación
(si o no)
Indique si se
contrató con una
parte relacionada
(si o no)
Este anexo consta de 11 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
13.-
Inversiones
permanentes
en
subsidiarias,
asociadas
y
afiliadas
residentes en el extranjero y en México
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación fiscal
País de residencia
fiscal de la entidad
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“01D101000”, del anexo de datos generales.
Nombre, denominación o razón social de
la subsidiaria, asociada o afiliada
extranjeras
01130000000000
(Especificar).
01130001000000
Total.
Nombre, denominación o razón social de
la subsidiaria, asociada o afiliada en
México
01130002000000
(Especificar).
01130003000000
Total.
258
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte II
Datos a proporcionar
Porcentaje
de participación en
el capital de la
entidad
Monto de la
inversión
Monto de las
utilidades
(pérdidas) de
ejercicios
anteriores en el
porcentaje de
participación
Forma de pago
(transferencia de
fondos,
capitalización de
créditos o
deudas, etc.)
Monto de la
utilidad (pérdida)
del ejercicio en el
porcentaje de
participación
Valor de la
inversión
Parte III
Datos a proporcionar
Fecha en que se efectuó la aportación
de capital en su subsidiaria
Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
14.- Socios o accionistas que tuvieron
acciones o partes sociales
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre
de 2025
Número de
identificación fiscal
o RFC
País de
residencia para
efectos fiscales
(Cifras en pesos)
Nombre, denominación o razón social del
socio o accionista
01140000000000
(Especificar).
01140001000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Porcentaje de
participación del socio o
accionista en el ejercicio
Periodo de tenencia del
Periodo de tenencia al
Monto de Aportaciones que
no sean prima en
suscripción de acciones
Parte III
Datos a proporcionar
Monto de retiros de capital
Monto de préstamos efectuados
Monto de préstamos recibidos
Parte IV
Datos a proporcionar
Porcentaje de tasa de interés
pactada en caso de préstamo
recibidos
Destino del
préstamo
Monto de prima en suscripción
de acciones
Forma de pago
(transferencia de fondos,
capitalización de créditos o
deudas, etc.)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
259
Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según
estado de resultado integral y los acumulables para efectos
del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades
para efectos del Impuesto al Valor Agregado
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2025
2024
(Cifras en pesos)
01150000000000
Total de ventas o ingresos netos.
Más:
01150001000000
Total de intereses a favor.
01150002000000
Utilidad cambiaria.
01150003000000
Efecto de reexpresión de la utilidad cambiaria.
01150004000000
Resultado por posición monetaria favorable.
01150005000000
Efecto de reexpresión del resultado por posición monetaria
favorable.
01150006000000
Otros conceptos financieros a favor.
01150007000000
Efecto de reexpresión de otros conceptos financieros a favor.
01150008000000
Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros a
favor.
01150009000000
Efecto de reexpresión de cambios en el valor razonable de activos
y pasivos financieros a favor.
01150010000000
Total de productos financieros.
01150011000000
Resultado integral de financiamiento capitalizable.
01150012000000
Utilidad neta por participación en los resultados de subsidiarias no
consolidadas y asociadas.
01150013000000
Ingresos por las operaciones discontinuadas.
01150014000000
Resultado favorable por conversión de operaciones extranjeras.
01150015000000
Resultado favorable no realizado en y/o sobre instrumentos
financieros.
01150016000000
Valuación favorable de coberturas de flujo de efectivo y/o
instrumentos financieros.
01150017000000
Participación favorable de los otros resultados integrales de
asociadas.
01150018000000
Otros.
01150019000000
Impuesto diferido acreedor.
01150020000000
Total de otros conceptos a favor.
01150021000000
Total de ventas o ingresos netos reportados en el estado de
resultado integral.
Menos :
01150022000000
Método de participación en subsidiarias, asociadas, etcétera.
01150023000000
Efecto de reexpresión de la utilidad cambiaria.
01150024000000
Resultado por posición monetaria favorable.
260
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01150025000000
Efecto de reexpresión del resultado por posición monetaria
favorable.
01150026000000
Efecto de reexpresión de otros conceptos financieros a favor.
01150027000000
Efecto de reexpresión de ventas o ingresos brutos propios de la
actividad.
01150028000000
Efecto de reexpresión de cambios en el valor razonable de activos
y pasivos financieros a favor.
01150029000000
Otros.
01150030000000
Total.
Más:
01150031000000
Ajuste anual por inflación acumulable.
01150032000000
Anticipos de clientes.
01150033000000
Ingresos por dividendos provenientes del extranjero.
01150034000000
Ganancia fiscal en la enajenación de activo fijo.
01150035000000
Ganancia fiscal en la enajenación de terrenos.
01150036000000
Ganancia fiscal en la enajenación de acciones o partes sociales
y/o intangibles.
01150037000000
Ganancia fiscal en la enajenación de títulos valor.
01150038000000
Ganancia realizada en fusión o escisión de sociedades.
01150039000000
Ganancia proveniente de reducción de capital o liquidación de
sociedades mercantiles residentes en el extranjero.
01150040000000
Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre ventas o
ingresos nacionales.
01150041000000
Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre ventas o
ingresos al extranjero.
01150042000000
Cantidades recibidas en efectivo, en moneda nacional o extranjera
por préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o
aumentos de capital mayores a $600,000.00.
01150043000000
Ajuste de precios de transferencia.
01150044000000
Otros.
01150045000000
Total.
Menos:
01150046000000
Anticipos de clientes de ejercicios anteriores.
01150047000000
Utilidad contable en enajenación de activo fijo.
01150048000000
Utilidad contable en enajenación de terrenos.
01150049000000
Utilidad contable en enajenación de acciones o partes sociales y/o
intangibles.
01150050000000
Utilidad contable en enajenación de títulos valor.
01150051000000
Utilidad contable en fusión o escisión de sociedades.
01150052000000
Ingresos por dividendos o utilidades percibidos de otras personas
morales residentes en México.
01150053000000
Impuesto diferido acreedor.
01150054000000
Otros.
01150055000000
Total.
01150056000000
Ingresos acumulables para el Impuesto sobre la Renta.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
261
Más:
01150057000000
Ventas o ingresos de ejercicios anteriores cobrados en el ejercicio.
01150058000000
Costo fiscal por la enajenación de activo fijo.
01150059000000
Costo fiscal por enajenación de terrenos.
01150060000000
Otros.
01150061000000
Total.
Menos:
01150062000000
Ajuste anual por inflación acumulable.
01150063000000
Ganancia fiscal en la enajenación de acciones o partes sociales.
01150064000000
Ganancia fiscal en la enajenación de títulos valor.
01150065000000
Ganancia realizada en fusión o escisión de sociedades.
01150066000000
Ganancia proveniente de reducción de capital o liquidación de
sociedades mercantiles residentes en el extranjero.
01150067000000
Pérdida fiscal en la enajenación de activo fijo.
01150068000000
Pérdida fiscal en la enajenación de terrenos.
01150069000000
Utilidad cambiaria.
01150070000000
Ventas o ingresos no cobrados en el ejercicio.
01150071000000
Ingresos por dividendos provenientes del extranjero.
01150072000000
Intereses que generaron IVA y que están en reserva de capital.
01150073000000
Otros.
01150074000000
Total.
01150075000000
Total del valor de los actos o actividades para efectos del Impuesto
al Valor Agregado.
Parte II
Datos a proporcionar
Porcentaje en relación
con el total del año
actualizado (ejercicio
fiscal)
Porcentaje en relación
con el total del año
actualizado (ejercicio
fiscal anterior)
Variación en
pesos respecto al
ejercicio fiscal
anterior
Porcentaje de
variación en pesos
respecto al
ejercicio fiscal
anterior
Explicar variación
Este anexo consta de 17 columnas y está dividido en cinco partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
16.- Operaciones con partes relacionadas
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre
de 2025
Número de
identificación fiscal
o RFC
Tipo de operación
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“01D042000”, del anexo de datos generales.
262
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Impuesto sobre la Renta
Denominación o razón social de la parte
relacionada
Ingresos acumulables
01160000000000
(Especificar).
01160001000000
Total de ingresos acumulables.
Deducciones autorizadas
01160002000000
(Especificar).
01160003000000
Total de deducciones autorizadas.
Parte II
Datos a proporcionar
En caso de que en la
columna "tipo de
operación", haya
seleccionado alguno de
los conceptos de "otros
ingresos" u "otros pagos",
especifique concepto
País de residencia
Valor de la operación y/o
inversión para efectos
fiscales (incluso con valor
cero)
Método de precios de
transferencia aplicado
Parte III
Datos a proporcionar
La operación involucra
contribuciones únicas y valiosas (si
o no) en caso afirmativo indique en
el anexo denominado información
adicional, de que contribuciones
únicas y valiosas se tratan
La operación está pactada como con
partes independientes en
operaciones comparables
(si o no)
Monto ajuste fiscal del contribuyente
para que la operación se considere
pactada como con partes
independientes en operaciones
comparables
Parte IV
Datos a proporcionar
Se modificaron los valores de actos
o actividades para IVA, o bien, del
IVA acreditable (deducciones) como
consecuencia de un ajuste de
precios de transferencia (para los
efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II
de la RMF 2025) (si o no)
Indique si obtuvo beneficio de los
tratados para evitar la doble
tributación (si, no, n/a)
Monto modificado
Parte V
Datos a proporcionar
Existió retención y entero de ISR por esta operación
Tasa
ISR retenido
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
263
Índice
Concepto
Datos a
proporcionar
17.-
Información
del
contribuyente
sobre
sus operaciones con partes relacionadas
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“01D042000”, del anexo de datos generales.
Conocimiento del negocio. Información general
Cuál(es) es (son) la (s) actividad(es) preponderante(s)
del contribuyente:
01170000000000
Distribución.
01170001000000
Manufactura.
01170002000000
Maquiladora.
01170003000000
Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes.
01170004000000
Servicios.
01170005000000
Otros (especificar).
01170006000000
El contribuyente es propietario de los activos que utiliza para
realizar su actividad preponderante mismos que están
registrados en su contabilidad.
01170007000000
El contribuyente posee o usa activos intangibles los cuales
se encuentran registrados en su contabilidad.
Especifique los cinco principales activos intangibles que usa
el contribuyente (ver apéndice VIII) que se encuentran
registrados en su contabilidad.
01170008000000
Campo 1.
01170009000000
Campo 2.
01170010000000
Campo 3.
01170011000000
Campo 4.
01170012000000
Campo 5.
01170013000000
Monto de la regalía por el uso de activos intangibles.
Especifique los cinco principales activos intangibles por los
que otorga el uso o goce (ver apéndice VIII).
01170014000000
Campo 1.
01170015000000
Campo 2.
01170016000000
Campo 3.
01170017000000
Campo 4.
01170018000000
Campo 5.
01170019000000
Monto de la regalía por el que se otorga el uso de activos
intangibles.
Especifique los cinco principales activos intangibles de los
que es propietario y que tiene registrados en su contabilidad
(ver apéndice VIII).
264
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01170020000000
Campo 1.
01170021000000
Campo 2.
01170022000000
Campo 3.
01170023000000
Campo 4.
01170024000000
Campo 5.
01170025000000
Valor del activo intangible que tiene registrado en su
contabilidad.
01170026000000
El contribuyente obtuvo un acuerdo anticipado de precios
(APA) aplicable al ejercicio fiscal.
01170027000000
Número de oficio.
01170028000000
Fecha del oficio.
01170029000000
Indique si se encuentra en trámite un acuerdo anticipado de
precios (APA) aplicable al ejercicio fiscal.
01170030000000
Fecha de presentación de la promoción.
01170031000000
El contribuyente obtuvo alguna resolución favorable del SAT
que involucre transacciones con partes relacionadas.
01170032000000
Número de oficio.
01170033000000
Fecha del oficio.
01170034000000
Dedujo en el ejercicio inventarios iniciales provenientes de
operaciones
con
partes
relacionadas
efectuadas
en
ejercicios anteriores.
01170035000000
Dedujo en el ejercicio depreciaciones o amortizaciones
provenientes de operaciones con partes relacionadas
efectuadas en ejercicios anteriores.
01170036000000
El
contribuyente
cuenta
con
la
documentación
comprobatoria a que se refiere la fracción IX del artículo 76
de la LISR (estudio(s) de precios de transferencia).
01170037000000
El contribuyente presentó su declaración informativa por sus
operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del
artículo 76, fracción X de la LISR).
01170038000000
Fecha de presentación (última presentada).
01170039000000
El contribuyente cuenta con evidencia documental que
demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la
fracción XII del artículo 76 de la LISR por sus operaciones
con partes relacionadas:
RFC de las personas que elaboraron la información y
documentación que demuestre el cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo 76, fracciones IX y XII de la
LISR, o bien, que asesoraron en su formulación.
Elaboradores
01170040000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
01170041000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
01170042000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
Asesores
01170043000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
01170044000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
01170045000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
265
RFC de las personas
que asesoraron fiscalmente
en términos del título VI del CFF
Asesores fiscales
01170046000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
01170047000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
01170048000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
Obligaciones en materia de precios de transferencia
01170049000000
Las cifras reportadas en la declaración informativa de
operaciones con partes relacionadas son coincidentes con
las manifestadas en los estudios de precios de transferencia
(documentación
comprobatoria)
(fracciones
X
y
IX
respectivamente del artículo 76 de la LISR).
01170050000000
En caso de discrepancia, especifique:
01170051000000
Las cifras reportadas en la declaración informativa (Para los
efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) son
coincidentes con las manifestadas en el anexo 16 del
dictamen, ambas referentes a operaciones con partes
relacionadas.
01170052000000
En caso de discrepancia, especifique:
01170053000000
Las cifras reportadas para las operaciones con partes
relacionadas en la evidencia documental que demuestre
haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII
del artículo 76 de la LISR son coincidentes con las
manifestadas en el anexo 16 del dictamen.
01170054000000
En caso de discrepancia, especifique:
01170055000000
En alguna(s) de las transacciones analizadas en la diversa
documentación
de
precios
de
transferencia
del
contribuyente, se eligió como parte examinada a la parte
relacionada residente en el extranjero.
01170056000000
Indique las transacciones realizadas.
01170057000000
Monto de las transacciones.
01170058000000
El contribuyente tiene en su poder toda la información
financiera y fiscal de la parte relacionada residente en el
extranjero que es necesaria para corroborar el análisis y las
conclusiones
de
la
documentación
de
precios
de
transferencia en donde dicha parte relacionada fue elegida
como la parte a examinar.
Ajustes de precios de transferencia
01170059000000
Realizó algún ajuste en materia de precios de transferencia
para que los precios, montos de contraprestaciones o
márgenes de utilidad de las operaciones celebradas con
partes relacionadas se consideren como pactadas como lo
harían con o entre partes independientes en operaciones
comparables.
Nota: en caso de que en el anexo 16 se presente
información en la columna “monto ajuste fiscal del
contribuyente para que la operación se considere
pactada
como
con
partes
independientes
en
operaciones
comparables”
conteste
lo
siguiente
(efectos fiscales no contables):
266
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01170060000000
El monto del incremento a los ingresos acumulables para
efectos de la LISR.
01170061000000
El monto del incremento a las deducciones autorizadas para
efectos de la LISR, incluso por disminuir ingresos.
01170062000000
El monto del incremento a las deducciones autorizadas para
efectos de la LISR.
01170063000000
Monto incrementado en las declaraciones presentadas por
el ejercicio fiscal por impuestos retenidos por pagos al
extranjero, como consecuencia de ajustes de precios de
transferencia.
01170064000000
Monto disminuido en las declaraciones presentadas por el
ejercicio fiscal por IVA acreditable, como consecuencia de
ajustes de precios de transferencia.
01170065000000
Se cuenta con documentación comprobatoria que sustente
los ajustes reales realizados.
01170066000000
Modificó los valores de actos o actividades para IEPS o
bien,
del
IEPS
acreditable
(deducciones)
como
consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para
los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF para
2025).
01170067000000
Señale monto modificado de actos o actividades (RMF).
01170068000000
Señale monto modificado de IEPS acreditable (RMF).
01170069000000
Cumplió con los requisitos establecidos en la RMF vigente
para considerar deducible un ajuste de precios de
transferencia que incremento sus deducciones.
01170070000000
En el caso de ajustes voluntarios presentó aviso para la
modificación de las deducciones autorizadas señalado en la
RMF.
Intereses con partes relacionadas considerados como
dividendos
01170071000000
El contribuyente consideró intereses devengados como
dividendos de acuerdo con lo previsto por el artículo 11,
fracción II de la LISR.
01170072000000
Monto de los intereses considerados como dividendos.
Costo de ventas con partes relacionadas:
01170073000000
Analizo el costo de ventas correspondiente a enajenaciones
a partes relacionadas de acuerdo con lo previsto por las
fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR (para los
efectos del artículo 42, segundo párrafo de la LISR).
En caso afirmativo indique el costo de ventas determinado
conforme a las fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR
y la opción seleccionada.
01170074000000
Artículo 180, fracción I de la LISR.
01170075000000
Artículo 180, fracción II de la LISR.
01170076000000
Artículo 180, fracción III de la LISR.
01170077000000
Costo de ventas con partes relacionadas deducido sin la
aplicación de las fracciones I, II y III del artículo 180 de la
LISR.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
267
Gastos deducibles y no deducibles
01170078000000
Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el
tercer y antepenúltimo párrafos de la fracción XXIII del
artículo 28 de la LISR.
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el
anexo denominado información adicional con que
documentación
cuenta
para
acreditar
que
sus
deducciones no se tratan de acuerdos estructurados o
mecanismos híbridos.
01170079000000
Indique el monto de la deducción realizada.
01170080000000
Consideró
como
no
deducibles
gastos
con
partes
relacionadas de los referidos en la fracción XXIII del artículo
28 de la LISR.
01170081000000
Indique el monto del gasto considerado como no deducible.
01170082000000
Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el
segundo párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la
LISR.
01170083000000
Indique el monto de la deducción realizada.
01170084000000
Consideró
como
no
deducibles
gastos
con
partes
relacionadas de los referidos en el primer párrafo de la
fracción XXIX del artículo 28 de la LISR.
01170085000000
Indique el monto del gasto considerado como no deducible.
01170086000000
Consideró como no deducibles intereses de los referidos en
la fracción XXXII del artículo 28 de la LISR.
Gastos por reembolsos (al costo)
01170087000000
Dedujo gastos con partes relacionadas por reembolsos al
costo.
En caso afirmativo.
01170088000000
Cuenta con toda la documentación soporte, por un lado, de
su parte relacionada y, por otro lado, con la documentación
emitida por terceros independientes a la parte relacionada
con la que se pueda demostrar que se trata de un
reembolso al costo.
Gastos a prorrata
01170089000000
Dedujo gastos con partes relacionadas efectuados en el
extranjero a prorrata.
01170090000000
Indique el monto de la deducción de gastos efectuados en el
extranjero a prorrata.
01170091000000
Cuantifique el beneficio recibido o se espera recibir del gasto
a prorrata.
01170092000000
Cumplió con lo señalado en la regla 3.3.1.27. de la RMF
para 2025.
Ganancias y/o pérdidas por enajenación de acciones
01170093000000
Obtuvo ganancia y/o pérdida fiscal al realizar una operación
de enajenación de acciones con y entre partes relacionadas.
Nota:
en
caso
afirmativo,
señale
en
el
anexo
denominado información adicional la razón de negocio
para enajenar las acciones.
268
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01170094000000
Indique el valor del precio de enajenación del paquete
accionario enajenado.
01170095000000
Indique el costo comprobado de adquisición del paquete
accionario enajenado.
01170096000000
Nombre de la emisora.
01170097000000
RFC o tax ID de la emisora.
01170098000000
Indicar el capital contable de la emisora.
01170099000000
Nombre del adquirente.
01170100000000
RFC o tax ID del adquirente.
01170101000000
Presentó a las autoridades fiscales el estudio sobre la
determinación del precio de venta de las acciones en los
términos de los artículos 179 y 180 de la LISR con los
elementos contenidos en el inciso e) de la fracción I del
artículo 179 de la LISR (segundo párrafo del inciso B)
correspondiente a su vez al cuarto párrafo de la fracción
XVII del artículo 28 de la LISR).
01170102000000
Fecha de presentación ante las autoridades fiscales el
estudio sobre la determinación del precio de venta de las
acciones.
01170103000000
Autoridad fiscal en la que se presentó.
01170104000000
Mencione la razón de negocio para enajenar las acciones.
01170105000000
Mencione si realizó la valuación de la enajenación
efectuada.
01170106000000
El
contribuyente
cuenta
con
la
documentación
comprobatoria de la valuación de la enajenación efectuada.
En caso afirmativo al índice anterior, indique RFC y
nombre del perito valuador:
01170107000000
Nombre del perito.
01170108000000
RFC:
Operaciones financieras derivadas con partes
relacionadas
01170109000000
Acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras
derivadas.
01170110000000
Indique el monto de la acumulación correspondiente.
01170111000000
Efectuó
deducciones
relacionadas
con
operaciones
financieras derivadas.
01170112000000
Indique el monto de la deducción correspondiente.
01170113000000
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con
partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción
XIX de la LISR.
01170114000000
Indique el monto correspondiente.
01170115000000
Realizó pagos de cantidades iniciales por el derecho a
adquirir o vender, bienes, divisas, acciones u otros títulos
valor que no cotizaron en mercados reconocidos conforme a
lo referido en el artículo 28, fracción XXIV de la LISR.
01170116000000
Indique el monto correspondiente.
Capitalización insuficiente:
01170117000000
Determino intereses no deducibles de acuerdo a lo previsto
por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
01170118000000
Saldo promedio anual de todas las deudas del contribuyente
que devengaron intereses a cargo, determinadas en los
términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
01170119000000
Capital contable al inicio del ejercicio determinado en los
términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
269
01170120000000
Capital contable al final del ejercicio determinado en los
términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
01170121000000
Capital contable promedio.
01170122000000
Capital contable promedio por tres.
01170123000000
Saldo promedio anual de deudas del contribuyente
contraídas con partes relacionadas residentes en el
extranjero, determinadas en los términos del artículo 28,
fracción XXVII de la LISR.
01170124000000
Intereses no deducibles determinados en los términos del
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
01170125000000
Optó por considerar como capital contable del ejercicio los
saldos iniciales y finales del ejercicio de sus cuentas de
capital de aportación, utilidad fiscal neta y utilidad fiscal neta
reinvertida.
Ajustes correspondientes
01170126000000
Realizó durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio
sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores)
algún ajuste en materia de precios de transferencia como
consecuencia de aplicar lo señalado en la documentación de
precios de transferencia de alguna parte relacionada
residente en el extranjero.
01170127000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
01170128000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
01170129000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
01170130000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
01170131000000
Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios
de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio
ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios
anteriores) sin cumplir con lo establecido en el artículo 184
de la LISR.
01170132000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
01170133000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
01170134000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
01170135000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
01170136000000
Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios
de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio
ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios
anteriores) como consecuencia de operaciones con partes
relacionadas residentes en países con los cuales México no
tiene celebrados tratados internacionales en materia fiscal y
realizados por las autoridades de dichos países.
01170137000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
01170138000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
01170139000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
01170140000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
Artículo 76-A de la LISR (2025)
01170141000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista
en la fracción I (maestra de partes relacionadas).
01170142000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista
en la fracción II (local de partes relacionadas).
01170143000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista
en la fracción III (país por país).
En caso afirmativo en este último caso, especifique el
supuesto de obligación:
270
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01170144000000
Por ser persona moral controladora multinacional (fracción
III, inciso a).
01170145000000
Por ser designada (fracción III, inciso b).
Tiene conocimiento si la persona moral controladora
multinacional a la que su empresa pertenece, está obligada
a presentar directamente o por conducto de alguna
designada, las siguientes declaraciones informativas de
partes relacionadas:
01170146000000
Obligación de presentar la declaración maestra.
01170147000000
Obligación de presentar la declaración país por país.
Declaraciones anuales informativas
de partes relacionadas de 2024
presentadas en 2025
(para los efectos del artículo 76-A de la LISR)
01170148000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa
maestra de partes relacionadas del grupo empresarial
multinacional del ejercicio fiscal de 2024.
01170149000000
Fecha de presentación (última presentada).
01170150000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa local
de partes relacionadas del ejercicio fiscal de 2024.
01170151000000
Fecha de elaboración de la información y documentación de
precios de transferencia asociada con la declaración.
01170152000000
Fecha de presentación (última presentada).
01170153000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa país
por país del grupo empresarial multinacional del ejercicio
fiscal de 2024.
01170154000000
Fecha de presentación (última presentada).
Información financiera operativa sin las modificaciones
al Boletín B-3 estado de resultado integral para 2013 de
las Normas de Información Financiera (aplicable
ejercicio 2025)
01170155000000
Aplicó el método de márgenes transaccionales de utilidad de
operación con base en su información financiera global y/o
segmentada, sin considerar las modificaciones al Boletín B-3
estado de resultado integral para 2013 de las Normas de
Información Financiera (aplicable ejercicio 2025).
En caso afirmativo a la respuesta anterior, deberá presentar
la siguiente información:
01170156000000
Total de ventas o ingresos netos.
Menos conceptos no operativos:
01170157000000
Ganancia en venta de activos fijos.
01170158000000
Recuperación de cuentas.
01170159000000
Dividendos.
01170160000000
Ganancia en enajenación de acciones.
01170161000000
Servicios.
01170162000000
Comisiones.
01170163000000
Otros.
01170164000000
Suma.
Igual:
01170165000000
Total de ventas o ingresos netos propios operativos.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
271
01170166000000
Costo de ventas.
01170167000000
Gastos de operación.
Menos conceptos no operativos:
01170168000000
Otros gastos no operativos.
Igual:
01170169000000
Gastos de operación sin otros gastos no operativos.
01170170000000
Utilidad operativa sin las modificaciones al boletín B-3
estado de resultado integral para 2013 de las Normas de
Información Financiera (aplicable ejercicio 2025).
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
01170171000000
Realizó operaciones con contribuyentes que están en la
región fronteriza norte.
01170172000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas
generados dentro de los municipios de la región fronteriza
norte.
01170173000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que
se
encuentran
dentro
de
los municipios de la región fronteriza norte.
01170174000000
Monto
de
deducciones
con
partes
relacionadas
generados dentro de los municipios de la región fronteriza
norte.
01170175000000
Monto de deducciones con partes relacionadas que se
encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza
norte.
01170176000000
Presentó la declaración informativa por sus operaciones con
partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76,
fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las
operaciones con partes relacionadas residentes en territorio
nacional como lo contempla el trámite fiscal 5/DEC-12.
Criterios no vinculativos
01170177000000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados
en el DOF como criterios no vinculativos en materia de
precios de transferencia de las disposiciones fiscales y
aduaneras.
01170178000000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
Maquilas
01170179000000
Realizó operaciones de maquila con una parte relacionada
residente en el extranjero.
En caso afirmativo a la respuesta anterior, deberá presentar
la siguiente información:
01170180000000
Indique si celebró operaciones de maquila conforme a lo
establecido en el artículo 181 de la LISR con una parte
relacionada residente en el extranjero.
01170181000000
Indique si se trata de una empresa bajo el programa de
albergue.
272
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01170182000000
Si la empresa actuó bajo el programa de albergue, se
cuenta con evidencia documental que demuestre haber
dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 183,
segundo y cuarto párrafos de la LISR.
01170183000000
El contribuyente presentó su declaración informativa de
empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de
exportación (DIEMSE) (para los efectos de los artículos 182
y 183 de la LISR).
01170184000000
Fecha de presentación (última presentada).
Indique por qué párrafo del artículo 182 de la LISR optó
en el ejercicio
01170185000000
Primero (safe harbour).
01170186000000
Antepenúltimo acuerdo anticipado de precios (APA).
Valor de los activos fijos e inventarios propiedad de
residentes en el extranjero
Valor de los inventarios de materias primas, productos
semiterminados y terminados
01170187000000
Saldo inicial de enero en dólares.
01170188000000
Saldo inicial de enero en pesos.
01170189000000
Saldo final de enero en dólares o su equivalente.
01170190000000
Saldo final de enero en pesos.
01170191000000
Saldo promedio de enero en pesos.
01170192000000
Saldo final de febrero en dólares o su equivalente.
01170193000000
Saldo final de febrero en pesos.
01170194000000
Saldo promedio de febrero en pesos.
01170195000000
Saldo final de marzo en dólares o su equivalente.
01170196000000
Saldo final de marzo en pesos.
01170197000000
Saldo promedio de marzo en pesos.
01170198000000
Saldo final de abril en dólares o su equivalente.
01170199000000
Saldo final de abril en pesos.
01170200000000
Saldo promedio de abril en pesos.
01170201000000
Saldo final de mayo en dólares o su equivalente.
01170202000000
Saldo final de mayo en pesos.
01170203000000
Saldo promedio de mayo en pesos.
01170204000000
Saldo final de junio en dólares o su equivalente.
01170205000000
Saldo final de junio en pesos.
01170206000000
Saldo promedio de junio en pesos.
01170207000000
Saldo final de julio en dólares o su equivalente.
01170208000000
Saldo final de julio en pesos.
01170209000000
Saldo promedio de julio en pesos.
01170210000000
Saldo final de agosto en dólares o su equivalente.
01170211000000
Saldo final de agosto en pesos.
01170212000000
Saldo promedio de agosto en pesos.
01170213000000
Saldo final de septiembre en dólares o su equivalente.
01170214000000
Saldo final de septiembre en pesos.
01170215000000
Saldo promedio de septiembre en pesos.
01170216000000
Saldo final de octubre en dólares o su equivalente.
01170217000000
Saldo final de octubre en pesos.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
273
01170218000000
Saldo promedio de octubre en pesos.
01170219000000
Saldo final de noviembre en dólares o su equivalente.
01170220000000
Saldo final de noviembre en pesos.
01170221000000
Saldo promedio de noviembre en pesos.
01170222000000
Saldo final de diciembre en dólares o su equivalente.
01170223000000
Saldo final de diciembre en pesos.
01170224000000
Saldo promedio de diciembre en pesos.
01170225000000
Saldo promedio anual en pesos.
Valor de los activos fijos
pendiente por deducir
01170226000000
Monto original de la inversión para el residente en el
extranjero en dólares o su equivalente en otra moneda
extranjera.
01170227000000
Monto original de la inversión para el residente en el
extranjero pesos.
01170228000000
Depreciación acumulada en dólares o su equivalente en otra
moneda extranjera.
01170229000000
Depreciación acumulada pesos.
01170230000000
Monto pendiente por deducir en dólares o su equivalente en
otra moneda extranjera.
01170231000000
Monto pendiente por deducir pesos.
01170232000000
Si el residente en el extranjero tiene un establecimiento
permanente en el país, derivado de las relaciones de
carácter jurídico o económico que mantiene con el
contribuyente el cual lleva a cabo operaciones de maquila,
indique el nombre del residente en el extranjero que se
considera que tiene un establecimiento permanente.
01170233000000
Indique el número de identificación fiscal del residente en el
extranjero que se considera que tiene un establecimiento
permanente.
01170234000000
País de residencia del residente en el extranjero.
01170235000000
Ingresos atribuibles al establecimiento permanente en el
país en los términos del artículo 2 de la LISR.
01170236000000
Valor de los otros ingresos derivados de su actividad
productiva relacionados con su operación de maquila (RMF
vigente).
01170237000000
Optó por aplicar el estímulo fiscal consistente en una
deducción adicional calculada para los efectos del artículo
primero del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre
de 2013.
01170238000000
Monto de la deducción adicional.
01170239000000
Optó por aplicar lo dispuesto por el artículo segundo del
Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.
Cumplimiento fiscal genérico para maquiladoras
En caso de que se haya contestado en la pregunta
correspondiente al índice 01170026000000 que no, conteste
lo siguiente:
01170240000000
Monto acumulado de intereses devengados a favor (para los
efectos del artículo 18, fracción IX de la LISR).
01170241000000
Monto acumulado de utilidad cambiaria devengada a favor
(para los efectos del artículo 18, fracción IX de la LISR).
01170242000000
Monto acumulado de ajuste anual por inflación (para los
efectos del artículo 18, fracción X de la LISR).
274
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01170243000000
Monto deducido de intereses devengados a cargo (para los
efectos del artículo 25, fracción VII de la LISR).
01170244000000
Monto deducido de pérdida en cambios devengada a cargo
(para los efectos del artículo 25, fracción VII de la LISR).
01170245000000
Monto deducido de ajuste anual por inflación (para los
efectos del artículo 25, fracción VIII de la LISR).
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
01170246000000
Realizó operaciones con contribuyentes que están en la
región fronteriza sur.
01170247000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas
generados dentro de los municipios de la región fronteriza
sur.
01170248000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que
se
encuentran
dentro
de
los municipios de la región fronteriza sur.
01170249000000
Monto
de
deducciones
con
partes
relacionadas
generados dentro de los municipios de la región fronteriza
sur.
01170250000000
Monto de deducciones con partes relacionadas que se
encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza
sur.
01170251000000
Presentó la declaración informativa por sus operaciones con
partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76,
fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las
operaciones con partes relacionadas residentes en territorio
nacional como lo contempla la ficha de trámite fiscal 5/DEC-
12.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
18.- Datos informativos
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
(Cifras en pesos)
Datos informativos del contribuyente
01180000000000
Se encuentra amparado para notificación por medio de buzón tributario.
Datos informativos del contribuyente
como representante legal
01180001000000
Es socio o accionista de algunos contribuyentes que representa.
01180002000000
Número de entidades en las que participa como representante legal.
Indique los cinco principales RFC de la(s) persona(s) moral(es) en
las que participa como representante legal:
01180003000000
RFC 1:
01180004000000
RFC 2:
01180005000000
RFC 3:
01180006000000
RFC 4:
01180007000000
RFC 5:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
275
01180008000000
Es representante legal de un residente en el extranjero sin
establecimiento permanente en territorio nacional.
Indique los cinco principales nombres o razones sociales de los
residentes en el extranjero:
01180009000000
Nombre 1:
01180010000000
Nombre 2:
01180011000000
Nombre 3:
01180012000000
Nombre 4:
01180013000000
Nombre 5:
Participación de los trabajadores en las utilidades
01180014000000
PTU generada durante el ejercicio.
01180015000000
PTU no cobrada en el ejercicio anterior.
01180016000000
PTU pagada en el ejercicio.
01180017000000
Renta gravable base para PTU.
Cifras al cierre del ejercicio Impuesto sobre la Renta
01180018000000
Deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta.
01180019000000
Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente.
01180020000000
Ingresos por dividendos de personas residentes en el país.
01180021000000
Ingresos por dividendos de personas residentes en el extranjero.
01180022000000
Ingresos por dividendos distribuidos que no provienen de CUFIN ni de
CUFIN reinvertida.
01180023000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de fusión.
01180024000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de escisión.
01180025000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de
reducciones de capital de sociedades residentes en el extranjero en las
que el contribuyente es socio o accionista.
01180026000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de
liquidación de sociedades residentes en el extranjero en las que el
contribuyente es socio o accionista.
01180027000000
Pérdida deducida derivada de fusión.
01180028000000
Pérdida deducida derivada de escisión.
01180029000000
Pérdida deducida derivada de reducción de capital.
01180030000000
Pérdida deducida derivada de liquidación de sociedades.
01180031000000
Total de ingresos acumulables.
01180032000000
Total de ingresos acumulables obtenidos en la región fronteriza norte
en el ejercicio fiscal anterior.
01180033000000
Total de ingresos por actividades empresariales obtenidos en la región
fronteriza norte.
01180034000000
Saldo de CUFIN determinado conforme al quinto párrafo del artículo 77
de la LISR.
01180035000000
Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador.
01180036000000
Monto deducible al 47% (pagos que son ingresos exentos para el
trabajador).
01180037000000
Monto deducible al 53% (pagos que son ingresos exentos para el
trabajador).
01180038000000
Dividendos pagados provenientes de CUFIN y CUFINRE.
01180039000000
Dividendos pagados no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE.
276
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicios de 2014 a 2025
01180040000000
Saldo inicial CUFIN actualizado al inicio del ejercicio.
01180041000000
Actualización antes de dividendos.
Más:
01180042000000
Dividendos o utilidades cobrados nacionales.
01180043000000
Dividendos o utilidades cobrados REFIPRES.
Menos:
01180044000000
Dividendos o utilidades pagados nacionales.
01180045000000
Dividendos o utilidades pagados a residentes en el extranjero.
01180046000000
Dividendos o utilidades pagados REFIPRES.
Igual:
01180047000000
Remanente después de dividendos.
01180048000000
Actualización desde la última modificación y hasta el cierre del ejercicio.
Más:
01180049000000
Utilidad fiscal neta del ejercicio.
01180050000000
Saldo CUFIN al cierre del ejercicio.
Más: Resultado positivo, o menos:
Resultado negativo, UFIN del ejercicio
01180051000000
Resultado fiscal del ejercicio.
Menos:
01180052000000
ISR (para los efectos del art. 9, primer párrafo LISR).
01180053000000
Partidas no deducibles, excepto provisiones y reservas (para los
efectos del artículo 28, fracciones VIII y IX LISR).
01180054000000
Efecto de Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero por pago de
dividendos al contribuyente (para los efectos del artículo 77, cuarto
párrafo LISR).
01180055000000
ISR acreditado en el ejercicio de dividendos o utilidades no
provenientes de CUFIN entre el factor.
Igual:
01180056000000
Resultado positivo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto
párrafo de la LISR).
01180057000000
Resultado negativo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto
párrafo de la LISR).
Otros conceptos especificar:
01180058000000
(Especificar).
01180059000000
(Especificar).
01180060000000
(Especificar).
01180061000000
(Especificar).
01180062000000
(Especificar).
01180063000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios
de 2014 a 2025.
01180064000000
Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza norte
del ejercicio 2025.
01180065000000
Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza sur del
ejercicio 2025.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
277
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicios de 2001 a 2013
01180066000000
Saldo inicial CUFIN actualizado.
Más:
01180067000000
Dividendos cobrados.
Menos:
01180068000000
Dividendos pagados.
Más:
01180069000000
Actualización por inflación.
Otros conceptos especificar:
01180070000000
(Especificar).
01180071000000
(Especificar).
01180072000000
(Especificar).
01180073000000
(Especificar).
01180074000000
(Especificar).
01180075000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios
de 2001 a 2013.
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicios anteriores a 2001
01180076000000
Saldo inicial CUFIN actualizado.
Más:
01180077000000
Dividendos cobrados.
Menos:
01180078000000
Dividendos pagados.
Más:
01180079000000
Actualización por inflación.
01180080000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios
anteriores a 2001.
Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida
01180081000000
Saldo inicial CUFINRE actualizado.
01180082000000
Dividendos pagados.
Más:
01180083000000
Actualización por inflación.
Otros conceptos especificar:
01180084000000
(Especificar).
01180085000000
(Especificar).
01180086000000
(Especificar).
01180087000000
(Especificar).
01180088000000
(Especificar).
01180089000000
Saldo de CUFINRE total al cierre del ejercicio actualizado.
278
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Saldos actualizados (Impuesto sobre la Renta) al cierre del
ejercicio de:
01180090000000
Cuenta de Utilidad Fiscal Neta.
01180091000000
Cuenta de Utilidad Fiscal Neta Reinvertida.
01180092000000
Cuenta de Utilidad Fiscal Neta por inversión en energía renovable.
01180093000000
Cuenta de capital de aportación.
01180094000000
Impuesto al activo por recuperar de 10 años anteriores.
01180095000000
Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
Comercio exterior
01180096000000
Valor declarado en aduana de importaciones definitivas.
01180097000000
Valor declarado en aduana de exportaciones definitivas.
Impuesto al Valor Agregado
01180098000000
IVA pagado en aduanas durante el ejercicio.
01180099000000
IVA causado por importación de bienes intangibles adquiridos.
01180100000000
IVA causado por importación del uso o goce de bienes intangibles.
01180101000000
IVA causado por importación de servicios.
01180102000000
IVA acreditable por intereses.
01180103000000
IVA acreditado por la importación de bienes intangibles adquiridos.
01180104000000
IVA acreditado por la importación del uso o goce de bienes intangibles.
01180105000000
IVA acreditado por la importación de servicios.
01180106000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 8%.
01180107000000
Total de IVA de los actos o actividades pagados a la tasa del 8%.
01180108000000
Valor de los actos o actividades no objeto.
01180109000000
Valor de los actos o actividades exentos.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
01180110000000
IEPS pagado en aduanas durante el ejercicio.
01180111000000
Número de cigarros enajenados durante el ejercicio.
01180112000000
Número de cigarros importados durante el ejercicio.
01180113000000
Cantidad de litros comprados de gasolina menor a 91 octanos durante
el ejercicio.
01180114000000
Cantidad de litros comprados de gasolina mayor o igual a 91 octanos
durante el ejercicio.
01180115000000
Cantidad de litros comprados de diésel durante el ejercicio.
01180116000000
Durante el ejercicio realizó venta final al público en general en territorio
nacional de gasolinas y/o diésel.
En
caso
afirmativo
al
índice
anterior,
deberá
manifestar
información en los siguientes renglones:
01180117000000
Cantidad de litros vendidos de gasolina menor a 91 octanos durante el
ejercicio.
01180118000000
Cantidad de litros vendidos de gasolina mayor o igual a 91 octanos
durante el ejercicio.
01180119000000
Cantidad de litros vendidos de diésel durante el ejercicio.
01180120000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A del
artículo 16 de la LIF 2025.
01180121000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado A
del artículo 16 de la LIF 2025.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
279
Información de consolidación financiera
01180122000000
Es una entidad controladora en términos de la norma contable de
información financiera que aplica el contribuyente.
Nota: en caso de una respuesta afirmativa al índice anterior,
deberá manifestar información en los siguientes dos índices:
01180123000000
Total de ventas o ingresos netos consolidados determinados conforme
a la norma contable de información financiera que aplica el
contribuyente.
01180124000000
Tiene subsidiarias en términos de la norma contable de información
financiera
que
aplica
el
contribuyente
en
el
extranjero,
o
establecimientos permanentes residentes o ubicados en el extranjero.
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
Impuesto sobre la Renta
Ingresos exclusivos de
región fronteriza norte
(para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto)
01180125000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte.
Menos:
01180126000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
01180127000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
norte.
Menos:
01180128000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
01180129000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital.
Entre:
01180130000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
01180131000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos
totales de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del
contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región
fronteriza norte,
pero cuenten con una sucursal, agencia
o cualquier otro establecimiento
dentro de la misma
(para los efectos del artículo quinto, primer párrafo del Decreto)
01180132000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal,
agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región
fronteriza norte.
01180133000000
Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados en la región fronteriza norte.
280
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Menos:
01180134000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
01180135000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
norte.
Menos:
01180136000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
01180137000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Entre:
01180138000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
01180139000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de
la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente
obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen
su domicilio fiscal en la
región fronteriza norte,
pero cuenten con sucursales,
agencias o cualquier otro
establecimiento
fuera de ella
(para los efectos del artículo quinto, segundo párrafo
del Decreto)
01180140000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza norte.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal
ubicado en la región fronteriza norte.
01180141000000
Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región
fronteriza norte.
Menos:
01180142000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
01180143000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
norte.
Menos:
01180144000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
01180145000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Entre:
01180146000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
01180147000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del
domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte, del total de los
ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
281
Determinación del crédito fiscal aplicable
01180148000000
ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el
ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR").
01180149000000
Ingresos totales de la región fronteriza norte.
Entre:
01180150000000
Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Igual:
01180151000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de
la región fronteriza norte.
01180152000000
Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el
ejercicio fiscal índice 01180148000000 por la proporción que
representan los ingresos de la región fronteriza norte índice
01180151000000.
01180153000000
Crédito
fiscal
aplicable
con
base
en
el
índice
anterior
(primer párrafo, artículo segundo del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte).
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
Impuesto sobre la Renta
Ingresos exclusivos de
región fronteriza sur
(para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto)
01180154000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur.
Menos:
01180155000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
Menos:
01180156000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur.
Menos:
01180157000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
01180158000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital.
Entre:
01180159000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
01180160000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos
totales de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del
contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región
fronteriza sur,
pero cuenten con una sucursal, agencia
o cualquier otro establecimiento
dentro de la misma
(para los efectos del artículo cuarto, primer párrafo del Decreto)
01180161000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal,
agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región
fronteriza sur.
282
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01180162000000
Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados en la región fronteriza sur.
Menos:
01180163000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
Menos:
01180164000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur.
Menos:
01180165000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
01180166000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Entre:
01180167000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
01180168000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de
la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente
obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen
su domicilio fiscal en la
región fronteriza sur,
pero cuenten con sucursales,
agencias o cualquier otro
establecimiento fuera de ella
(para los efectos del artículo cuarto, tercero párrafo
del Decreto)
01180169000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza sur.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal
ubicado en la región fronteriza sur.
01180170000000
Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región
fronteriza sur.
Menos:
01180171000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
Menos:
01180172000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur.
Menos:
01180173000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
01180174000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Entre:
01180175000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
01180176000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del
domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur, del total de los
ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
283
Determinación del crédito fiscal aplicable
01180177000000
ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el
ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR").
01180178000000
Ingresos totales de la región fronteriza sur.
Entre:
01180179000000
Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Igual:
01180180000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de
la región fronteriza sur.
01180181000000
Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el
ejercicio fiscal índice 01180177000000 por la proporción que
representan
los
ingresos
de
la
región
fronteriza
sur
índice
01180180000000.
01180182000000
Crédito
fiscal
aplicable
con
base
en
el
índice
anterior
(primer párrafo, artículo segundo del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur).
Enajenación de acciones
01180183000000
Realizó enajenación de acciones.
01180184000000
Fecha de la operación.
01180185000000
Tipo de enajenación.
01180186000000
Otros (especificar).
01180187000000
Nombre de la sociedad emisora de las acciones enajenadas.
01180188000000
País de residencia fiscal de la emisora.
01180189000000
RFC o ID.
01180190000000
Número acciones enajenadas.
01180191000000
Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble
tributación.
01180192000000
Precio de venta.
01180193000000
Costo fiscal de las acciones.
01180194000000
Aplicó pérdidas por enajenación de acciones.
En caso afirmativo, indique:
01180195000000
Si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con
pérdidas fiscales por enajenación de acciones pendientes de aplicar.
01180196000000
En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó
aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación.
01180197000000
Monto total de las pérdidas por enajenación de acciones al cierre del
ejercicio.
01180198000000
Importe de la pérdida por enajenación de acciones determinada.
01180199000000
Indique si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta
con importes pendientes de acreditar por concepto de ISR pagado en el
extranjero para los efectos del artículo 5 de la LISR.
En caso afirmativo, indique:
01180200000000
Monto pendiente de acreditar.
01180201000000
Concepto por el que fue pagado el Impuesto sobre la Renta en el
extranjero.
284
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
19.- Operaciones llevadas a cabo con
residentes en el extranjero
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación fiscal
Tipo de operación
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“01D102000”, del anexo de datos generales.
Impuesto sobre la Renta
Denominación o razón social
Ingresos acumulables
01190000000000
(Especificar).
01190001000000
Total de ingresos acumulables.
Deducciones autorizadas
01190002000000
(Especificar).
01190003000000
Total de deducciones autorizadas.
Parte II
Datos a proporcionar
En caso de que en la
columna "tipo de
operación", haya
seleccionado alguno
de los conceptos de
"otros ingresos" u
"otros pagos",
especifique
concepto
País de
residencia
México tiene un
acuerdo amplio de
intercambio de
información con el
país de la columna
anterior (si o no)
Monto de la
operación
Indique si es
parte
relacionada (si o
no)
Efectuó
retención y
entero por esta
operación (si o
no)
Parte III
Datos a proporcionar
Tasa
ISR por retención
determinado por auditoría
ISR retenido
pagado
Diferencia
Aplicó los
beneficios de
algún tratado
celebrado por
México para evitar
la doble
tributación (si o
no)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
285
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
20.- Inversiones
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de
2025
Saldo pendiente de
deducir al inicio del
ejercicio
Más: MOI de las
adquisiciones
durante el
ejercicio
(Cifras en pesos)
Activos fijos
01200000000000
Construcciones.
01200001000000
Construcciones en proceso.
01200002000000
Inmuebles considerados históricos.
01200003000000
Ferrocarriles.
01200004000000
Mobiliario y equipo de oficina.
01200005000000
Aviones.
01200006000000
Embarcaciones.
01200007000000
Equipo de transporte automóviles.
01200008000000
Equipo de transporte: automóviles con propulsión
de baterías eléctricas recargables y automóviles
eléctricos con motor de combustión interna o
accionado por hidrógeno.
01200009000000
Equipo de transporte: bicicletas convencionales,
bicicletas y motocicletas con propulsión de
baterías eléctricas recargables.
01200010000000
Equipo de transporte (otros).
01200011000000
Equipos fijos de alimentación para vehículos
eléctricos.
01200012000000
Equipo de cómputo.
01200013000000
Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental.
01200014000000
Comunicaciones telefónicas.
01200015000000
Comunicaciones satelitales.
01200016000000
Terrenos (costo de adquisición).
01200017000000
Adaptación a instalaciones para personas con
capacidades diferentes.
01200018000000
Maquinaria y equipo para la generación de energía
proveniente de fuentes renovables o de sistemas
de cogeneración de electricidad eficiente.
01200019000000
Maquinaria y equipo.
01200020000000
Oleoductos, gasoductos, terminales, y tanques de
almacenamiento de hidrocarburos.
01200021000000
Inversiones
realizadas
para
la
exploración,
recuperación
secundaria
y
mejorada,
y
el
mantenimiento
no
capitalizable
(aplicable
a
contribuyentes de hidrocarburos).
01200022000000
Inversiones
realizadas
para
el
desarrollo
y
explotación de yacimientos de petróleo o gas
natural
(aplicable
a
contribuyentes
de
hidrocarburos).
01200023000000
Inversiones
realizadas
en
infraestructura
de
almacenamiento
y
transporte
(aplicable
a
contribuyentes de hidrocarburos).
01200024000000
Otros activos fijos.
01200025000000
Suma activo fijo.
286
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Gastos y cargos diferidos
01200026000000
Patentes.
01200027000000
Marcas registradas.
01200028000000
Regalías.
01200029000000
Gastos de instalación.
01200030000000
Gastos de organización.
01200031000000
Concesiones.
01200032000000
Otros gastos y cargos diferidos.
01200033000000
Suma gastos y cargos diferidos.
Erogaciones en periodos preoperativos
01200034000000
(Especificar).
01200035000000
Suma erogaciones preoperativas.
01200036000000
Total de inversiones.
Parte II
Datos a proporcionar
Menos: enajenaciones y/o
bajas en el ejercicio
Menos: deducción en el ejercicio
Menos: deducción
inmediata en el
ejercicio
saldo pendiente de
deducir al final del
ejercicio
Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
21.- Cuentas y documentos por cobrar y
por pagar en moneda nacional y extranjera
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación fiscal o
RFC
País de residencia
fiscal
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“01D103000”, del anexo de datos generales.
Cuentas por cobrar
Nombre, denominación o razón social del
deudor
01210000000000
(Especificar).
01210001000000
Total de cuentas por cobrar.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
287
Cuentas por pagar
Nombre, denominación o razón social del
acreedor
01210002000000
(Especificar).
01210003000000
Total de cuentas por pagar.
Parte II
Datos a proporcionar
Tipo de
moneda
Antigüedad de la
cuenta por cobrar
y por pagar
(meses)
Saldo en moneda
extranjera
Saldo en
moneda
nacional
Indique si la cuenta
proviene de una fusión,
escisión de sociedades o
cesión de derechos u
obligaciones
Concepto
más importante
que originó
el saldo
Parte III
Datos a proporcionar
En caso de que en la columna
"concepto más importante que
originó el saldo", hayan
seleccionado alguno de los
conceptos de "otros deudor" u
"otros acreedor", especifique
concepto:
Indique si
es parte relacionada
(si o no)
Generó intereses
(si o no)
Indique si la cuenta por cobrar
o por pagar se encuentra
cubierta por algún
instrumento financiero
derivado. (si o no)
Este anexo consta de 27 columnas y está dividido en seis partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
22.- Préstamos
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal o RFC
Saldo insoluto
del préstamo al
31 de diciembre
de 2024
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“01D104000”, del anexo de datos generales
Nombre, denominación o razón
social del residente en el extranjero
Partes relacionadas
01220000000000
(Especificar).
01220001000000
Total de partes relacionadas.
288
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Partes no relacionadas
01220002000000
(Especificar).
01220003000000
Total de partes no relacionadas.
Nombre, denominación o razón
social del residente en México
Partes relacionadas
01220004000000
(Especificar).
01220005000000
Total de partes relacionadas.
Partes no relacionadas
01220006000000
(Especificar).
01220007000000
Total de partes no relacionadas.
Parte II
Datos a proporcionar
Tipo de
financiamiento
En caso de que en la
columna "tipo de
financiamiento" haya
seleccionado el concepto
"otro", especifique
concepto:
Fue beneficiario
efectivo de
los intereses
(si o no)
Número de registro
del acreedor
residente en el
extranjero ante el
SAT vigente durante
el ejercicio
dictaminado
País de
residencia
para efectos
fiscales
Parte III
Datos a proporcionar
Tipo de
moneda
Conversión de
moneda
Fecha en la que se
realizó la conversión
de moneda
Denominación
de la tasa
de interés
Porcentaje
de la tasa
de interés
Parte IV
Datos a proporcionar
Importe
total de los intereses
pagados
y/o exigibles
Tasa de
retención
del ISR
ISR
retenido
en el
ejercicio
Vigencia
del préstamo
del
Parte V
Datos a proporcionar
Vigencia
del préstamo
al
Saldo
insoluto al
31 de diciembre
de 2025
Frecuencia de
exigibilidad
del pago de
intereses
En caso de que en la
columna "frecuencia
de exigibilidad del
pago de intereses"
haya seleccionado el
concepto "otro",
especifique
concepto:
Garantizó el
préstamo
(si o no)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
289
Parte VI
Datos a proporcionar
Importe
total de
los intereses
deducidos en el
ejercicio dictaminado
Destino del capital
tomado en préstamo
Efectuó colocaciones en el
extranjero
(si o no)
Número de oficio
de autorización
de la CNBV de
la oferta pública
en el extranjero de
valores emitidos
en México
Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2024
2023
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“01D047000”, del anexo de datos generales.
01230000000000
La pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una
escisión.
01230001000000
Señale el RFC de la escindente.
01230002000000
Señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la
escisión.
Nota: en caso de escisiones sucesivas deberá manifestar
a través del anexo denominado información adicional del
dictamen, la información correspondiente a los índices
anteriores.
01230003000000
Monto original de la pérdida fiscal.
01230004000000
INPC del último mes del ejercicio en que se generó la pérdida
fiscal.
01230005000000
INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que
se generó la pérdida fiscal.
01230006000000
Factor de actualización del periodo.
01230007000000
Pérdida fiscal actualizada por el ejercicio en que se generó.
01230008000000
INPC del último mes de la primera mitad del ejercicio en que
se aplica o actualiza la pérdida fiscal.
01230009000000
INPC del mes en que se actualizo por última vez la pérdida
fiscal.
01230010000000
Factor de actualización del periodo.
01230011000000
Pérdida fiscal actualizada en el ejercicio en que se aplica o
actualiza.
Nota: los conceptos de los índices 01230008000000 al
01230011000000 deben repetirse para actualizar las pérdidas
fiscales ocurridas de 2015 a 2024, o aplicadas en los
ejercicios de 2016 a 2025.
290
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01230012000000
(Monto de la disminución de la pérdida fiscal en el ejercicio:)
Nota: el concepto del índice 01230012000000 debe repetirse
las veces que sea necesario para indicar el ejercicio en el que
se amortizan las pérdidas fiscales, anotando el importe
aplicado en la columna a la que corresponda la pérdida fiscal.
01230013000000
Monto de la pérdida fiscal pendiente de aplicar.
Parte II
Datos a proporcionar
2022
2021
2020
2019
2018
2017
2016
Parte III
Datos a proporcionar
2015
Este anexo consta de 30 columnas y está dividido en siete partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
24.- Operaciones sujetas a regímenes
fiscales preferentes
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal
País de residencia
fiscal
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“01D339000”, del anexo de datos generales.
Denominación o razón social
Ingresos
01240000000000
(Especificar).
01240001000000
Total de ingresos.
Gastos
01240002000000
(Especificar).
01240003000000
Total de gastos.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
291
Parte II
Datos a proporcionar
Tasa efectiva del
Impuesto sobre la
Renta pagada en el
extranjero (menor al
75% del que se
pagaría en México)
Tipo de moneda
del país de
residencia fiscal
Tipo de operación
En caso de que en la
columna "tipo de
operación", haya
seleccionado alguno de los
conceptos de "otros
ingresos" u "otros pagos",
especifique concepto
Monto total de las
utilidades o pérdidas
fiscales en la
participación
accionaria
Parte III
Datos a proporcionar
Total de ingresos
acumulables o
gravables en el
ejercicio
Participación directa
o participación
indirecta promedio
por día del
contribuyente en el
ejercicio
(porcentaje):
porcentaje
Participación directa o
participación indirecta
promedio por día del
contribuyente en el
ejercicio (porcentaje):
importe
Aportaciones y
reembolsos: monto
total de las
inversiones o
aportaciones
efectuadas durante
el ejercicio
Aportaciones y
reembolsos: monto
total de reembolsos
de capital recibidos
durante el ejercicio
Parte IV
Datos a proporcionar
La contabilidad está
a disposición de la
autoridad (si o no)
Tiene alguna entidad
interpuesta (si o no)
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente:
total de utilidades o
pérdidas fiscales del
ejercicio
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente:
total de utilidades
distribuidas en el
ejercicio
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente:
monto total de
activos no afectos a
la actividad
empresarial
Parte V
Datos a proporcionar
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente:
monto total de
activos afectos a la
actividad
empresarial
En el caso de
ingresos generados
en participación con
otras entidades
cuenta con la
información de la
entidad que generó
ingresos por
participación con
otras entidades (si o
no)
En el caso de
ingresos generados
en participación con
otras entidades,
actividad que realiza
la entidad en la que
participa
Operaciones con
fideicomiso o con la
entidad o figura
jurídica extranjera
transparente
fiscalmente, señalar
si la información es
para el caso de los
ingresos generados
en fideicomisos y
similares (si o no)
Operaciones con
fideicomiso o con la
entidad o figura
jurídica extranjera
transparente
fiscalmente,
descripción del
objeto del
fideicomiso
Parte VI
Datos a proporcionar
Fideicomiso o
entidad o figura
jurídica extranjera
transparente
fiscalmente:
vigencia del
Fideicomiso o
entidad o figura
jurídica extranjera
transparente
fiscalmente: vigencia
al
Carácter con el que
participa en el
fideicomiso o en la
entidad o figura
jurídica extranjera
transparente
fiscalmente
Indique si utilizó una
tasa de impuesto o
exención prevista en
algún tratado que
tenga celebrado
México para evitar la
doble tributación
Tasa preferencial por
tratado
Parte VII
Datos a proporcionar
Impuesto sobre
ingresos sujetos a
REFIPRES
292
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en seis partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
25.- Deducción de intereses
Netos del ejercicio
(para los efectos del artículo 28,
fracción XXXII de la LISR)
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Monto de los ingresos
acumulables del
ejercicio fiscal anterior
de cada una de las
personas miembros del
grupo o de cada parte
relacionada
Número de identificación
fiscal o RFC de cada una
de las personas
miembros del grupo o de
cada parte relacionada
(Cifras en pesos)
Denominación o razón social
01250000000000
(Especificar).
01250001000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Monto de los ingresos
acumulables del ejercicio
fiscal anterior del
contribuyente
Total de ingresos
acumulables del ejercicio
fiscal anterior del
contribuyente y de todas
las personas miembros del
grupo o de todas las partes
relacionadas
Proporción de Ingresos
Límite de deducción del
contribuyente
Parte III
Datos a proporcionar
Total de los intereses
devengados que deriven
de deudas (montos
deducibles)
Intereses netos pendientes
de deducir de ejercicios
anteriores (aplicable a
partir del ejercicio 2021)
Total de los ingresos por
intereses acumulados
Intereses netos
Parte IV
Datos a proporcionar
Utilidad (pérdida) fiscal
Total de intereses
devengados que deriven de
deudas (montos
deducibles)
Monto total deducido de
activos fijos
Monto total deducido de
gastos diferidos
Parte V
Datos a proporcionar
Monto total deducido de
cargos diferidos
Monto total deducido de
erogaciones realizadas en
periodos preoperativos
Utilidad fiscal ajustada
Límite intereses netos
Parte VI
Datos a proporcionar
Intereses no deducibles
Se ubica en alguna de las
excepciones establecidas a
que se refiere el artículo 28,
fracción XXXII de la LISR (si
o no)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
293
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión
efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman
parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
Toda pregunta debe ser entendida con respecto al ejercicio fiscal sujeto a revisión. En aquellos
cuestionamientos que no apliquen al contribuyente, así como cuando a criterio del contador público que
responda el cuestionario no haya una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado, o bien,
simplemente no fue revisado por no caer en el alcance de revisión, se podrá dejar en blanco el renglón que
corresponda, haciendo las aclaraciones correspondientes en el informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente, ya que de no hacerlo el Servicio de Administración Tributaria, entenderá que el
contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento.
Índice
Concepto
Datos a
proporcionar
Comentarios
Cuestionario de diagnóstico fiscal
(revisión del contador público)
Por el ejercicio terminado
al 31 de diciembre de 2025
Procedimientos de auditoría aplicados para la
revisión de estados financieros
01260000000000
Realizó la evaluación del control interno del
contribuyente.
01260001000000
En caso afirmativo al índice anterior, conserva la
evidencia de la evaluación del control interno en
sus papeles de trabajo.
01260002000000
Detectó debilidades o desviaciones relacionadas
con
la
estructura
del
control
interno
del
contribuyente con repercusión en su situación
fiscal.
Nota:
en
caso
afirmativo,
describa
las
irregularidades en el informe sobre la revisión
de la situación fiscal.
01260003000000
Como consecuencia de la realización de su
trabajo, propuso ajustes financieros que afectaron
la situación fiscal del contribuyente.
01260004000000
Como consecuencia de la realización de su
trabajo encontró diferencias en partidas no
materiales que puedan tener repercusión fiscal.
01260005000000
En caso afirmativo a los índices anteriores, los
ajustes afectaron la base y la determinación de
las
contribuciones
a
que
está
sujeto
el
contribuyente.
Como consecuencia de la realización de su
trabajo, el contribuyente corrigió a la fecha de
envío del dictamen fiscal lo siguiente:
01260006000000
Partidas
que
el
contribuyente
dedujo
indebidamente en el Impuesto sobre la Renta.
01260007000000
Ingresos que el contribuyente omitió en el
Impuesto sobre la Renta.
01260008000000
Actos o actividades que el contribuyente omitió en
el Impuesto al Valor Agregado.
01260009000000
Acreditamientos indebidos efectuados contra el
Impuesto sobre la Renta.
01260010000000
Acreditamientos indebidos efectuados contra el
Impuesto al Valor Agregado.
En caso negativo, explique los motivos en el
informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente.
294
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01260011000000
En caso de haber detectado en su auditoría
alguna irregularidad de las señaladas en los
índices 01260006000000 al 01260010000000,
indique si reveló alguna salvedad en el informe
sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente.
01260012000000
En caso de haber contestado afirmativamente en
el
índice
01260004000000,
reveló
dicha
circunstancia en el informe sobre la revisión de la
situación fiscal del contribuyente.
De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el
alcance a las mismas y con la evidencia que
conserva en sus papeles de trabajo, responda
si se cercioró de que el contribuyente
cumpliera con lo siguiente:
01260013000000
El contribuyente recibió asesoría de un experto de
la dirección en materia fiscal.
En caso afirmativo, señale:
01260014000000
Evaluó la competencia, capacidad y objetividad
del experto de la dirección en materia fiscal.
01260015000000
Obtuvo conocimiento del trabajo del experto.
01260016000000
Evaluó la adecuación del trabajo del experto.
01260017000000
Si el contribuyente obtuvo un documento por
escrito.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Ingresos (ISR)
01260018000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento a lo previsto en los índices
01D184000 al 01D216000 del diagnóstico fiscal,
se propusieron las correcciones correspondientes.
01260019000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de
esta revisión.
Deducciones (ISR)
01260020000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento a lo previsto en los índices
01D217000 al 01D254000 del diagnóstico fiscal,
se propuso que se hicieran no deducibles las
partidas correspondientes.
01260021000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de
esta revisión.
Declaración informativa múltiple
01260022000000
Verificó la información contenida en el anexo
información sobre pagos y retenciones del ISR,
IVA e IEPS (para los efectos del artículo noveno
de las disposiciones transitorias de la LISR 2014,
fracción X).
01260023000000
Verificó la información contenida en el anexo
información sobre residentes en el extranjero,
tratándose de residentes en el extranjero (para los
efectos del artículo noveno de las disposiciones
transitorias de la LISR 2014, fracción X).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
295
01260024000000
Verificó la información contenida en el anexo
información sobre residentes en el extranjero
(para los efectos del artículo 76, fracción VI de la
LISR).
01260025000000
Verificó la información contenida en el anexo de
ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes
(para los efectos del artículo 178 de la LISR).
01260026000000
Verificó la información contenida en el anexo de
operaciones efectuadas a través de fideicomisos
(para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la
LISR).
Impuesto Diferido (ISR)
01260027000000
Diga si de acuerdo con normas y procedimientos
de
auditoría
se
allegó
de
la
evidencia
comprobatoria suficiente y competente para
efectos de verificar la determinación del impuesto
diferido por parte del contribuyente.
Regímenes fiscales preferentes
01260028000000
Verificó la información contenida en el anexo de
ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
Impuesto al Valor Agregado
Actos o actividades (IVA)
01260029000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento a lo previsto en los índices
01D355000 al 01D360000 del diagnóstico fiscal,
propuso
que
se
hicieran
las
correcciones
correspondientes.
01260030000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de
esta revisión.
Acreditamiento (IVA)
Se
verificaron
los
siguientes
requisitos
de
acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado.
01260031000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento a lo previsto en los índices
01D361000 al 01D375000 del diagnóstico fiscal,
propuso
que
se
hicieran
las
correcciones
correspondientes en el acreditamiento.
01260032000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de
esta revisión.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión
del
contador
público)
por
el
ejercicio
terminado
al 31 de diciembre de 2025.
De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las
mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de
trabajo responda si se cercioró de que el contribuyente
cumpliera con lo siguiente:
296
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Capitalización insuficiente (para los efectos del artículo 28,
fracción XXVII de la LISR)
01270000000000
Verificó si el contribuyente dio cumplimiento a lo dispuesto por el
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
01270001000000
Detectó algún incumpliendo a lo dispuesto por el artículo 28,
fracción XXVII de la LISR.
01270002000000
Monto de intereses no deducibles por capitalización insuficiente.
En caso de considerar cuentas fiscales para el cálculo,
señale el monto de:
01270003000000
Cuentas de capital de aportación.
01270004000000
Utilidad fiscal neta y utilidad neta reinvertida.
01270005000000
En caso de haber observado que las respuestas del
contribuyente
a
los
índices
01170117000000
y/o
01170124000000 del anexo 17 no eran correctas y haber
detectado algún incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en
su informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente.
01270006000000
En adición, de haber contestado de forma afirmativa el índice
01270005000000, señaló alguna salvedad en su dictamen.
Documentación comprobatoria de precios de transferencia
(estudio de precios de transferencia) por operaciones con
partes relacionadas residentes en el extranjero
(para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR)
01270007000000
Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta
obligación fiscal.
01270008000000
En caso de incumplimiento del contribuyente se consideraron
como deducibles las transacciones con partes relacionadas que
le representaron un costo o gasto.
01270009000000
En caso de incumplimiento del contribuyente a esta obligación
fiscal, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su
informe sobre la revisión de la situación fiscal.
01270010000000
En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su dictamen.
Verificó que la documentación comprobatoria de precios de
transferencia, por las operaciones con partes relacionadas
(para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR),
incluyera lo siguiente:
Nota: las preguntas referidas en los índices 01270011000000
al 01270028000000 solo se contestarán cuando se haya
contestado que “si” en el renglón 01170036000000 del anexo
17.
01270011000000
1) nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia
fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebraron
operaciones.
01270012000000
2) que se consideraran todas las partes relacionadas de acuerdo
con la definición contenida en los párrafos quinto y sexto del
artículo 179 de la LISR.
01270013000000
3) documentación que demuestre la participación directa e
indirecta entre las partes relacionadas.
01270014000000
4) información relativa a las funciones o actividades por cada tipo
de operación evaluada.
01270015000000
5) información relativa a los activos utilizados en cada tipo de
operación evaluada.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
297
01270016000000
6) información relativa a los riesgos asumidos en cada tipo de
operación evaluada.
01270017000000
7) información y documentación sobre las operaciones con partes
relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por
cada tipo de operación evaluada.
01270018000000
8) método aplicado conforme al artículo 180 de la LISR por cada
tipo de operación evaluada.
01270019000000
9) información y documentación sobre operaciones o empresas
comparables por cada tipo de operación evaluada.
01270020000000
10) se identificaron en los registros de contabilidad que la
totalidad de las operaciones con partes relacionadas residentes
en el extranjero estuvieran debidamente asentadas.
01270021000000
En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos
antes referidos, señale si mencionó tal circunstancia en su
informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
01270022000000
En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos
antes referidos señale si mencionó tal circunstancia en su
dictamen.
01270023000000
Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con
partes relacionadas por el contribuyente se efectuaron de
acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que
hubieran
utilizado
partes
independientes
en
operaciones
comparables.
01270024000000
En caso de una conclusión negativa, indique si reveló alguna
salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente.
01270025000000
En caso de una conclusión negativa en la documentación
comprobatoria, indique si reveló alguna salvedad en el dictamen.
01270026000000
En caso de que en la documentación comprobatoria de precios
de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia
que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en el
informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
01270027000000
En caso de que la documentación comprobatoria de precios de
transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que
el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en dictamen.
01270028000000
En estos últimos casos, consideró el contribuyente como
deducibles las transacciones con partes relacionadas que le
representaron un costo o gasto.
Declaración informativa de operaciones con partes
relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción X de
la LISR)
01270029000000
Verificó la presentación oportuna de la información de las
operaciones con partes relacionadas, efectuadas durante el año
inmediato anterior (anexo 9 DIM).
01270030000000
Verificó si las cifras reportadas en esa declaración coinciden con
las manifestadas en la documentación a que se refiere el artículo
76, fracción IX de la LISR (estudio de precios de transferencia).
01270031000000
Verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la
información de las operaciones con partes relacionadas,
efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM)
conforme a la información contenida en la documentación de
precios de transferencia para las operaciones con partes
relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del
artículo 76, fracción IX de la LISR).
01270032000000
En caso de haber observado errores en el llenado, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión
de la situación fiscal del contribuyente.
298
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
En caso negativo, especifique:
01270033000000
Consideró el contribuyente como deducibles las transacciones
con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto.
01270034000000
En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una
salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente.
01270035000000
En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una
salvedad en su dictamen.
Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas
(para los efectos del artículo 76-A, fracción X de la LISR) de
2024 presentadas en 2025
01270036000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial
multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.
01270037000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa local de partes relacionadas correspondiente al
ejercicio fiscal de 2024.
01270038000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa país por país del grupo empresarial multinacional
correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.
01270039000000
En caso de haber observado errores en el llenado de las
declaraciones anuales informativas de partes relacionadas
correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión
de la situación fiscal del contribuyente.
Cumplimiento de la obligación respecto de las operaciones
con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76,
fracción XII de la LISR)
01270040000000
Verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se
pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y
deducciones autorizadas considerando para esas operaciones
los precios o montos de contraprestaciones que hubieran
utilizado partes independientes en operaciones comparables.
01270041000000
En caso negativo, consideró el contribuyente como deducibles
las transacciones con partes relacionadas que le representaron
un costo o gasto.
01270042000000
En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental,
indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión
de la situación fiscal del contribuyente.
01270043000000
En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental,
indique si reveló alguna salvedad en su dictamen.
01270044000000
Verificó en la evidencia documental referida en el índice
01270040000000 la aplicación de los métodos de precios de
transferencia establecidos en el artículo 180 de la LISR en los
términos del tercer párrafo del citado artículo.
01270045000000
En caso de no haberlos aplicado, indique si reveló alguna
salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente, o bien en su dictamen.
Operaciones con partes relacionadas
nacionales informadas
01270046000000
En caso de haber señalado que sí en el índice 01D043000 del
anexo "datos generales", verificó que la declaración informativa
por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el
extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR
y anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes
relacionadas residentes en territorio nacional.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
299
01270047000000
En caso de haber señalado que sí en el índice 01170176000000
del anexo 17, verificó que la declaración informativa por sus
operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero
(Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR y anexo 9
de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas
residentes en territorio nacional.
Ajustes de precios de transferencia
01270048000000
Verificó en el caso de ajustes de precios de transferencia que
hayan incrementado las deducciones del contribuyente, que se
cumplieran todos los requisitos establecidos en la regla 3.9.1.3.
de la RMF para 2025.
Intereses considerados como dividendos (para los efectos
del artículo 11 de la LISR)
01270049000000
En caso de haber observado que las respuestas del
contribuyente
a
los
índices
01170071000000
y/o
01170072000000 del anexo 17 no eran correctas y lo llevaron a
un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe
sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en
su dictamen.
Metodología de precios de transferencia (para los efectos del
artículo 180 de la LISR) por transacción con partes
relacionadas
01270050000000
Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia, exista evidencia de que se intentó aplicar en primer
término el método de precio comparable no controlado (previsto
por la fracción I del artículo 180 de la LISR) para cada una de sus
transacciones con partes relacionadas que validó en sus estudios
de precios de transferencia.
01270051000000
Observó alguna inconsistencia de índole formal, por parte del
contribuyente
en
las
respuestas
de
la
información
del
contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.
01270052000000
En caso afirmativo, reveló alguna salvedad en el informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien, en su
dictamen.
En el caso de maquiladoras (para los efectos de los artículos
182 y 183 de la LISR)
01270053000000
Verificó en el caso de que la empresa actuara bajo el programa
de albergue, que el contribuyente hubiera dado cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo 183, segundo y cuarto párrafos de la
LISR.
01270054000000
Verificó que el contribuyente contara con un programa vigente,
autorizado por la Secretaría de Economía, para realizar
operaciones de manufactura, en cualquiera de sus modalidades.
01270055000000
Verificó que la empresa actuara bajo el programa de albergue.
Verificó por las operaciones de maquila la correcta aplicación de
lo dispuesto por el artículo 182 aplicado por el contribuyente, es
decir, con los párrafos:
01270056000000
Primero, fracción I.
01270057000000
Primero, fracción II.
01270058000000
Segundo (presentación oportuna de la declaración informativa de
empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de
exportación (DIEMSE).
300
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
01270059000000
Verificó si las cifras reportadas en esta última declaración
coinciden con las registradas en contabilidad del contribuyente,
incluso en cuentas de orden.
01270060000000
Antepenúltimo acuerdo anticipado de precios (APA).
01270061000000
En caso de haber observado que las respuestas del
contribuyente a los índices 01170240000000 al 01170245000000
del anexo 17 no eran correctas, mencionó alguna salvedad en su
informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
01270062000000
Verificó la aplicación por parte del contribuyente de lo dispuesto
por el artículo primero del Decreto publicado en el DOF el 26 de
diciembre de 2013.
01270063000000
Verificó que las operaciones con partes relacionadas que no
tengan relación con maquila, hayan cumplido con lo dispuesto
por las disposiciones fiscales en materia de precios de
transferencia.
01270064000000
En
caso
de
incumplimientos
del
contribuyente
(índices
01270062000000
al
01270063000000)
mencionó
tal
circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión
de la situación fiscal del contribuyente.
B. Formato guía para la presentación del dictamen de estados financieros aplicable a los contribuyentes personas
morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas
físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades autotransporte terrestre de carga o pasaje.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Datos de identificación:
Contribuyente:
40A000000
RFC:
40A001000
Nombre
(apellido
paterno,
apellido
materno,
nombre(s)),
denominación o razón social:
40A002000
CURP:
Domicilio fiscal:
40A003000
Entidad federativa:
40A004000
Alcaldía o municipio:
40A005000
Colonia o localidad:
40A006000
Código postal:
40A007000
Calle, número exterior e interior:
40A008000
Ciudad o población:
40A009000
Teléfono:
40A010000
Correo electrónico:
40A011000
Nombre del grupo económico al que pertenece:
40A012000
Clave de actividad para efectos fiscales:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
301
Declaratoria del contribuyente:
Declaro que la información proporcionada en este documento,
refleja las operaciones reales que lleve a cabo durante el
ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se
encuentran amparadas con documentación comprobatoria.
40A013000
Nombre del contribuyente:
Contador público:
40B000000
RFC:
40B001000
Nombre (apellido paterno, apellido materno y nombre(s)):
40B002000
CURP:
40B003000
Número de registro:
Domicilio fiscal:
40B004000
Entidad federativa:
40B005000
Alcaldía o municipio:
40B006000
Colonia o localidad:
40B007000
Código postal:
40B008000
Calle, número exterior e interior:
40B009000
Ciudad o población:
40B010000
Teléfono del CPI o despacho:
40B011000
40B012000
Correo electrónico:
Correo electrónico del buzón tributario:
40B013000
Colegio al que pertenece:
40B014000
Nombre del despacho:
40B015000
RFC del despacho:
40B016000
Número de registro del despacho:
Declaratoria del contador público que dictaminó:
Declaro que la información que proporciona el contribuyente citado,
consta en libros, registros, documentos y declaraciones en poder
del propio contribuyente, mismos que examine, como lo manifiesto
en el informe del auditor independiente y en el informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente que adjunto.
40B017000
Nombre del contador público que dictaminó:
302
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Representante legal:
40C000000
RFC:
40C001000
Nombre (apellido paterno, apellido materno y nombre(s)):
40C002000
Nacional:
40C003000
Extranjero:
40C004000
CURP:
Domicilio fiscal:
40C005000
Entidad federativa:
40C006000
Alcaldía o municipio:
40C007000
Colonia o localidad:
40C008000
Código postal:
40C009000
Calle, número exterior e interior:
40C010000
Ciudad o población:
40C011000
Teléfono:
40C012000
Correo electrónico:
40C013000
Número de escritura:
40C014000
Número de notaria:
40C015000
Entidad en la que se ubica la notaria:
40C016000
Fecha del poder:
40C017000
Fecha de designación:
Declaratoria del representante legal:
Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las
operaciones reales que llevó a cabo mi representada durante el ejercicio,
mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas
con documentación comprobatoria.
40C018000
Declaratoria representante legal:
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Datos generales:
40D000000
Autoridad competente.
40D001000
Sede a la que pertenece la ADAF.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
303
40D002000
Administración general y/o ADAF.
40D003000
Obligado u optativo.
40D004000
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para
los efectos del artículo 32-A del CFF).
40D005000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para
los efectos del artículo 32-A del CFF).
40D006000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores
(para los efectos del artículo 32-A del CFF).
40D007000
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 40D004000,
40D005000 y 40D006000 anteriores, mencione el motivo por el que
presenta el dictamen.
40D008000
Forma parte de una asociación en participación.
40D009000
Forma parte de un fideicomiso.
En caso afirmativo al índice anterior, indique denominación o razón
social del fideicomiso:
40D010000
Denominación o razón social fideicomitente.
40D011000
Denominación o razón social fiduciario.
40D012000
Denominación o razón social fideicomisario (1).
40D013000
Denominación o razón social fideicomisario (2).
40D014000
Denominación o razón social fideicomisario (3).
40D015000
Primer dictamen.
40D016000
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía,
electricidad e infraestructura.
40D017000
Realizó obras de construcción.
40D018000
En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos conforme al artículo
17, fracción IV de la LISR.
40D019000
Empresa dedicada a la actividad agrícola, ganadera, silvícola, pesquera o
sociedad cooperativa de producción.
40D020000
Empresa dedicada a la actividad de autotransporte terrestre de carga o de
pasajeros o complementarias.
40D021000
Empresa como coordinado.
40D022000
Tipo de contribuyente especial.
40D023000
Empresa filial.
40D024000
Empresa subsidiaria.
40D025000
Inicio de operaciones.
40D026000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal.
40D027000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal.
40D028000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.
40D029000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.
40D030000
Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales:
En caso de haber seleccionado algún sistema de costeo, estará a lo
siguiente:
40D031000
Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos
fiscales y el método de valuación de costo de adquisición para efectos
contables (costos históricos) (en caso afirmativo debe llenar del índice
40060000000000 al 40060030000000 del anexo 6).
40D032000
Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos
fiscales (costos predeterminados estimados) (en caso afirmativo debe llenar
del índice 40060000000000 al 40060030000000 del anexo 6).
304
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40D033000
Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos
fiscales y el método de valuación de costo estándar para efectos contables
(en
caso
afirmativo
debe
llenar
del
índice
40060000000000
al
40060030000000 del anexo 6).
40D034000
Costo de ventas: utiliza un sistema distinto a los anteriores (en caso
afirmativo debe llenar del índice 40060031000000 al 40060040000000 del
anexo 6).
40D035000
Tipo de opinión.
40D036000
Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo
debe llenar del índice 40040000000000 al 40040050000000 del anexo 4).
40D037000
Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método directo (en caso afirmativo
debe llenar del índice 40040051000000 al 40040089000000 del anexo 4).
Indique el RFC de la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que asesoro(aron)
fiscalmente al contribuyente, mediante una opinión por escrito:
40D038000
RFC 1:
40D039000
RFC 2:
40D040000
RFC 3:
40D041000
RFC 4:
40D042000
RFC 5:
Efectos fiscales
40D043000
Realizó operaciones con partes relacionadas.
40D044000
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 40D043000
(debe llenar los anexos 16 y 17).
40D045000
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.
40D046000
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.
40D047000
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica
extranjera.
40D048000
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de
ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 24).
40D049000
Indique si promovió juicios que estén pendientes de resolver respecto a la
desconsolidación.
40D050000
Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el
artículo 22 de la LISR.
En caso de que la respuesta a la pregunta anterior sea afirmativa indique lo
siguiente:
40D051000
Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron.
40D052000
Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que
se enajenaron.
40D053000
Precio de venta de las acciones enajenadas.
40D054000
Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las
acciones.
40D055000
Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte
relacionada.
40D056000
La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones
pendientes de aplicar al cierre del ejercicio.
40D057000
En caso de que su repuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el
importe de la pérdida por enajenación de acciones actualizada al cierre del
ejercicio.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
305
Otros aspectos
40D058000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como
criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
40D059000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
40D060000
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la
PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
40D061000
Se trata de:
40D062000
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o
consulta).
40D063000
Número de oficio 1.
40D064000
Fecha del oficio 1.
40D065000
Número de oficio 2.
40D066000
Fecha del oficio 2.
40D067000
Número de oficio 3.
40D068000
Fecha del oficio 3.
40D069000
Obtuvo
alguna
resolución
favorable
por
parte
de
autoridades
jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio
(incluye PTU).
En caso afirmativo al índice anterior, indique el número y fecha de la
resolución:
40D070000
Número de resolución 1.
40D071000
Fecha de la resolución 1.
40D072000
Número de resolución 2.
40D073000
Fecha de la resolución 2.
40D074000
Número de resolución 3.
40D075000
Fecha de la resolución 3.
40D076000
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.
En caso afirmativo al índice anterior, aclarar a través del anexo
denominado información adicional, la disposición fiscal controvertida,
el medio de defensa interpuesto así como el estatus del medio de
defensa interpuesto al cierre del ejercicio.
40D077000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).
40D078000
Fecha
de
envío
de
la
declaración
informativa
múltiple.
(última
complementaria).
40D079000
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
Número de identificación otorgado por el SAT al esquema reportable.
40D080000
Número de identificación (campo 1).
40D081000
Número de identificación (campo 2).
40D082000
Número de identificación (campo 3).
40D083000
Número de identificación (campo 4).
40D084000
Número de identificación (campo 5).
40D085000
Fecha de presentación de la declaración informativa normal.
40D086000
Fecha
de
presentación
de
la
declaración
informativa
(última
complementaria).
306
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Operaciones financieras, inversiones, financiamiento, moneda
extrajera y residentes al extranjero
40D087000
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales
durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe
llenar el anexo 12).
40D088000
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas
durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 13).
40D089000
La persona moral cumplió por cuenta de sus integrantes con lo dispuesto en
los capítulos VII y VIII (para los efectos de los artículos 72 y 73 de la LISR).
40D090000
Llevó
a
cabo
operaciones
con
residentes
en
el
extranjero
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 20).
40D091000
Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera
durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 22).
40D092000
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo
23).
Diagnóstico fiscal del contribuyente
Generalidades fiscales.
40D093000
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal
auditado.
40D094000
En caso afirmativo, al índice anterior cuenta con los avisos de cambio de
denominación o razón social ante el Registro Federal de Contribuyentes
(para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF) asimismo especifique
el RFC y nombres anteriores.
40D095000
(Especificar nombre anterior).
40D096000
(Especificar nombre anterior).
40D097000
(Especificar nombre anterior).
40D098000
(Especificar nombre anterior).
40D099000
(Especificar nombre anterior).
40D100000
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.
40D101000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio
de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).
40D102000
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el
ejercicio fiscal auditado.
40D103000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de
actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos
del artículo 29, fracción VII del RCFF).
40D104000
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre
realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales,
puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en
general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño
de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).
40D105000
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente
fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en
el artículo 26, fracción XI del CFF.
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, describa cómo dio
cumplimiento y con qué documentación lo acredita, a través del anexo
denominado información adicional del dictamen.
40D106000
Tiene accionistas residentes en el país.
40D107000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de
contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF).
40D108000
Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o
accionistas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 27 del
CFF).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
307
40D109000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de
contribuyentes.
40D110000
Tiene inventarios registrados en su contabilidad.
40D111000
En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías,
materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se
trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV de la LISR).
40D112000
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido
por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio
fiscal revisado.
40D113000
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les
dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF.
40D114000
Realizó operaciones con el público en general.
40D115000
Tiene empleados.
En caso afirmativo a la pregunta del índice anterior indique:
40D116000
Número de trabajadores.
40D117000
Total del ISR retenido y enterado por salarios.
40D118000
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.
40D119000
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el
ejercicio.
40D120000
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.
40D121000
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.
40D122000
Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien
efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la
LISR y 65 del RLISR).
40D123000
En caso negativo a la pregunta del índice 40D115000 tiene algún contrato
de servicios especializados u obras especializadas (REPSE).
En caso de tener algún contrato de servicios especializados u obras
especializadas (REPSE), señale el RFC y nombre de la(s) sociedad(es)
que le presta(n) los servicios especializados u obras especializadas
(REPSE).
40D124000
(Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
40D125000
(Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
40D126000
(Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
40D127000
(Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
40D128000
(Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
Obtuvo ingresos por:
40D129000
Enajenación de bienes.
40D130000
Prestación de servicios.
40D131000
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
40D132000
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento
permanente en México.
40D133000
Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes
fiscales preferentes.
40D134000
Otros, en caso afirmativo especificar abajo:
40D135000
(Especificar).
308
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40D136000
(Especificar).
40D137000
(Especificar).
40D138000
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en
el ejercicio.
40D139000
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como
parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades.
40D140000
Monto de IVA que originó dicha operación.
Contabilidad
40D141000
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y
con el artículo 32, fracción I de la LIVA.
40D142000
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible
en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).
Nota: en caso negativo al índice anterior, señale el domicilio en el cual
conserva la documentación comprobatoria de los registros o asientos,
a través del anexo denominado información adicional del dictamen.
Para efectos del IVA indique lo siguiente:
40D143000
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y
registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que
efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32,
fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).
40D144000
Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos
32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA).
40D145000
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se
efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del
artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la
RMF para 2025).
40D146000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la
información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los
efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
40D147000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la
información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto
al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el
valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue
trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las
que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción
VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D148000
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los
que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA.
Cuenta con los siguientes libros actualizados:
40D149000
Diario.
40D150000
Mayor.
40D151000
Actas de asamblea de socios o accionistas.
40D152000
Socios o accionistas.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
40D153000
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20
de la LISR).
En caso afirmativo al índice anterior indique lo siguiente:
40D154000
Se realizaron con fines de:
40D155000
Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio.
40D156000
Monto de la pérdida deducible en el ejercicio.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
309
40D157000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado
la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del
impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al
que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR).
40D158000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado
una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo
69-B Bis del CFF).
40D159000
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se
refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante
el ejercicio dictaminado.
40D160000
El contribuyente cambió el modelo de negocios.
Dio cumplimiento a las siguientes obligaciones fiscales:
40D161000
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los
archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR).
40D162000
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los
pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V
de la LISR y del Impuesto Retenido (para los efectos de los artículos 76,
fracción III de la LISR).
40D163000
Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para
los efectos de los artículos 76, fracción IV o en fecha distinta de acuerdo al
artículo 110 del RLISR).
40D164000
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos
en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111
del RLISR).
40D165000
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no
negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de
transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo
76, fracción XI, inciso a) de la LISR).
40D166000
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos,
comprobante fiscal en el que se señale su monto, donde se indique si los
dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los
efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).
40D167000
Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de
calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen
actividades empresariales en los que intervino (para los efectos del artículo
76, fracción XIII de la LISR).
40D168000
Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales
de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o
extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a
cien mil pesos (para los efectos del artículo 76, fracción XV de la LISR).
40D169000
Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un
reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales por el ejercicio inmediato anterior (para los efectos de los artículos
76, fracción XIX de la LISR y 116 del RLISR).
40D170000
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para
futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo,
en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000.00 (para los efectos
de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con
las reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D171000
Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o
utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140, párrafo segundo de
la LISR).
(ISR) obtuvo ingresos por
40D172000
Enajenación de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción I de la
LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D173000
Prestación de servicios (para los efectos del artículo 17, fracción I de la
LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
310
DIARIO OFICIAL
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40D174000
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos del
artículo 17, fracción II de la LISR).
40D175000
Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17,
fracción III y 40 de la LISR).
40D176000
Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17,
fracción III, segundo párrafo y 40 de la LISR).
40D177000
Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17,
fracción III, tercer párrafo y 40 de la LISR).
40D178000
Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad
práctica de cobro (para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR).
40D179000
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o
aprobadas para su cobro (para los efectos de los artículos 17, penúltimo
párrafo de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR).
40D180000
Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente
pagadas (para los efectos de los artículos 17, de la LISR y 17, 18 y 19 del
RLISR).
40D181000
Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el
avance de obra para los efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el
DOF el 26 de diciembre de 2013.
40D183000
Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
40D183000
Nombre del comprador 1.
40D184000
Es parte relacionada.
40D185000
Nombre del comprador 2.
40D186000
Es parte relacionada.
40D187000
Nombre del comprador 3.
40D188000
Es parte relacionada.
40D189000
Nombre del comprador 4.
40D190000
Es parte relacionada.
40D191000
Nombre del comprador 5.
40D192000
Es parte relacionada.
40D193000
Total de ingresos por venta de intangibles.
40D194000
Total del monto original de la inversión ajustado.
40D195000
Efectuó retención.
40D196000
Monto del entero por la operación.
40D197000
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas
fuera de mercados reconocidos.
Indique lo siguiente en calidad de emisora de las acciones:
40D198000
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.
40D199000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.
40D200000
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.
40D201000
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.
40D202000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.
40D203000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.
40D204000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de
absorción de pérdidas financieras.
40D205000
Registro por separado los ingresos de las operaciones que realizó por
cuenta de cada uno de sus integrantes (para los efectos de los artículos 72,
fracción IV y 75, fracción II de la LISR).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
311
Deducciones (ISR)
Reunió los siguientes requisitos fiscales para sus deducciones:
40D206000
Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción
de los donativos autorizados para su deducción por las disposiciones
fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37,
38, 107, 108, 124, 125, y 131 del RLISR).
40D207000
En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción
(para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107,
108, 124, 125 y 131 del RLISR).
40D208000
Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos del artículo
27, fracción III de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF
para 2025).
40D209000
Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito
o de servicios, o monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas
en instituciones de crédito o casas de bolsa, compensaciones o a través de
distintas formas de extinción de las obligaciones cuando lo señalen las
disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III de la
LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para
2025).
40D210000
Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los
artículos 27, fracción IV de la LISR y 44 del RLISR).
40D211000
Ser deducidas una sola vez (para los efectos del artículo 27, fracción IV de
la LISR).
40D212000
Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a
cargo de terceros, así como las demás formalidades establecidas (para los
efectos del artículo 27, fracción V de la LISR).
40D213000
Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en
forma expresa y por separado cuando así sea procedente (para los efectos
del artículo 27, fracción VI de la LISR).
40D214000
En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan
invertido en los fines del negocio (para los efectos de los artículos 27,
fracción VII de la LISR y 45 del RLISR).
40D215000
Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a
terceros, se aplicó el tope establecido para su deducción (para los efectos
del artículo 27, fracción VII de la LISR).
40D216000
Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a
sociedades o asociaciones civiles, a los que presten servicios domésticos
de suministro de agua potable y de recolección de basura y a los que
obtengan donativos, fueron deducidos cuando fueron efectivamente
erogados (para los efectos del artículo 27, fracción VIII de la LISR).
40D217000
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios,
directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de
vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los
requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX
de la LISR).
40D218000
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de
regalías, se haya comprobado que quien proporcionó los conocimientos
contaba con elementos técnicos propios para ello, los presto en forma
directa y efectivamente se llevaron a cabo (para los efectos del artículo 27,
fracción X de la LISR).
40D219000
Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones
correspondientes se otorgaron en forma general en beneficio de todos los
trabajadores y que tratándose de vales de despensa otorgados a
trabajadores la entrega se realice a través de monederos electrónicos
autorizados. (para los efectos de los artículos 7 y 27, fracción XI de la LISR
y 46, 47, 48 y 50 del RLISR).
40D220000
Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito
establecido en el índice anterior se comprobó que el monto de las
aportaciones efectuadas haya sido igual al monto aportado por los
trabajadores y no haya excedido los límites establecidos en las
disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción XI de la
LISR y 49 del RLISR).
312
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40D221000
Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de
créditos recibidos correspondan a los del mercado y cuando hayan
excedido se consideró como no deducible el excedente (para los efectos del
artículo 27, fracción XIII de la LISR).
40D222000
En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos
legales para su importación (para los efectos del artículo 27, fracción XIV de
la LISR y demás aplicables de las disposiciones aduaneras).
40D223000
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas
en el mes en que se consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o
antes siempre que haya sido notoria la imposibilidad práctica de cobro y se
puede comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción XV de la LISR).
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el anexo
denominado información adicional del dictamen la causa que originó
la deducción.
40D224000
Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último
día del ejercicio se reunieron los requisitos que para cada deducción en
particular establece la LISR (para los efectos de los artículos 27, fracción
XVIII de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como con las reglas aplicables de
la RMF para 2025).
40D225000
Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las
disposiciones fiscales y se obtuvieron a más tardar el día en que debió
presentar su declaración y que las fechas de expedición correspondieron al
ejercicio por el que se efectuó la deducción (para los efectos del artículo 27,
fracción XVIII de la LISR).
40D226000
En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos
para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción XVIII de la
LISR).
40D227000
Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo,
efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio les
correspondan y se dé cumplimiento a los requisitos que lo regulan (para los
efectos del artículo 27, fracción XIX de la LISR y Decreto publicado en el
DOF el 1 de mayo de 2024, modificado mediante Decreto por el que se
modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo, publicado en el
DOF el 31 de diciembre de 2024).
40D228000
En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u
otras causas no imputables al propio contribuyente, se cumplieron con los
requisitos establecidos (para los efectos de los artículos 27, fracción XX de
la LISR y 107, 109 y 124 del RLISR, así como con las reglas aplicables de
la RMF para 2025).
40D229000
En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR.
40D230000
En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje,
alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de
kilometraje cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para
los efectos de los artículos 28, fracción V de la LISR y 57 y 58 del RLISR).
40D231000
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y
aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los
efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR).
40D232000
En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por
socios, accionistas o sus familiares sin relación laboral.
40D233000
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros
títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de
operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices
accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción
(para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D234000
En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos
establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28,
fracción XX de la LISR y 61 del RLISR).
40D235000
Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y
aviones se consideró como monto original de la inversión el monto máximo
autorizado en Ley (para los efectos del artículo 36, fracciones II y III
respectivamente de la LISR).
40D236000
Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le
aplicaron a que hace referencia el artículo 28 de la LISR.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
313
40D237000
En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos
establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción
XXVII de la LISR).
40D238000
En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos
establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción
XXXII de la LISR).
En caso afirmativo al índice anterior, señala lo siguiente:
40D239000
Monto de la deuda que genera intereses a cargo.
40D240000
La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años.
40D241000
La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice
anterior.
40D242000
Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR.
40D243000
En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en
el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación
para los efectos del artículo 52 del RLISR.
40D244000
En calidad de qué participó en alguna fusión:
40D245000
Fecha en que surtió efectos la fusión.
En caso de ser fusionada, deberá anotar:
40D246000
Fusionante: RFC.
40D247000
Fusionante: denominación o razón social.
En caso de ser fusionante, deberá anotar:
40D248000
Fusionada 1: RFC.
40D249000
Fusionada 1: denominación o razón social.
40D250000
Fusionada 2: RFC.
40D251000
Fusionada 2: denominación o razón social.
40D252000
Fusionada 3: RFC.
40D253000
Fusionada 3: denominación o razón social.
40D254000
Fusionada 4: RFC.
40D255000
Fusionada 4: denominación o razón social.
40D256000
Fusionada 5: RFC.
40D257000
Fusionada 5: denominación o razón social.
40D258000
Fusionada 6: RFC.
40D259000
Fusionada 6: denominación o razón social.
40D260000
Fusionada 7: RFC.
40D261000
Fusionada 7: denominación o razón social.
40D262000
Fusionada 8: RFC.
40D263000
Fusionada 8: denominación o razón social.
40D264000
Fusionada 9: RFC.
40D265000
Fusionada 9: denominación o razón social.
314
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40D266000
Fusionada 10: RFC.
40D267000
Fusionada 10: denominación o razón social.
Nota: en caso de haber sido fusionante, y el espacio anterior es
insuficiente, señale en el anexo denominado información adicional del
dictamen: el RFC, nombre de la entidad(es) fusionada(s), fecha en que
surtió efectos la fusión y el porcentaje de participación accionaria.
40D268000
En calidad de que participó en alguna escisión:
40D269000
Fecha en que surtió efectos la escisión.
40D270000
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.
Parte del activo, pasivo y capital social correspondiente aportado por
la escindente y recibido por:
40D271000
Escindida 1: RFC.
40D272000
Valor activo:
40D273000
Valor pasivo:
40D274000
Valor capital social:
40D275000
Escindida 2: RFC.
40D276000
Valor activo:
40D277000
Valor pasivo:
40D278000
Valor capital social:
40D279000
Escindida 3: RFC.
40D280000
Valor activo:
40D281000
Valor pasivo:
40D282000
Valor capital social:
40D283000
Escindida 4: RFC.
40D284000
Valor activo:
40D285000
Valor pasivo:
40D286000
Valor capital social:
40D287000
Escindida 5: RFC.
40D288000
Valor activo:
40D289000
Valor pasivo:
40D290000
Valor capital social:
40D291000
Escindida 6: RFC.
40D292000
Valor activo:
40D293000
Valor pasivo:
40D294000
Valor capital social:
40D295000
Escindida 7: RFC.
40D296000
Valor activo:
40D297000
Valor pasivo:
40D298000
Valor capital social:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
315
40D299000
Escindida 8: RFC.
40D300000
Valor activo:
40D301000
Valor pasivo:
40D302000
Valor capital social:
40D303000
Escindida 9: RFC.
40D304000
Valor activo:
40D305000
Valor pasivo:
40D306000
Valor capital social:
40D307000
Escindida 10: RFC.
40D308000
Valor activo:
40D309000
Valor pasivo:
40D310000
Valor capital social:
40D311000
Escindente: RFC.
40D312000
Valor activo:
40D313000
Valor pasivo:
40D314000
Valor capital social:
En caso de liquidación, señalar:
40D315000
Fecha de inicio de la liquidación.
Indique el nombre o denominación o razón social y RFC del liquidador:
40D316000
(Liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social).
40D317000
(Liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social).
40D318000
(Liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).
40D319000
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o
construcción de inmuebles (fibras).
40D320000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos
previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.
40D321000
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de
inmuebles (fibra).
40D322000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos
previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.
Acreditamientos
40D323000
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el
extranjero que acreditó.
40D324000
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para
acreditar el ISR pagado en el extranjero.
40D325000
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades
recibidos de residentes en el extranjero.
40D326000
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en
el extranjero
40D327000
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la
LISR.
316
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Regímenes fiscales preferentes
40D328000
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de
entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en
el
extranjero
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 25).
40D329000
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones
efectuadas.
40D330000
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de
REFIPRES.
40D331000
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.
40D332000
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.
40D333000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente
de REFIPRES.
40D334000
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.
40D335000
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
40D336000
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
40D337000
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes
en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR.
Retenciones y/o responsabilidad solidaria
40D338000
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el
que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue
cubierto por el propio contribuyente.
40D339000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el
26 de diciembre de 2013.
40D340000
Aplicó tratados para evitar la doble tributación.
En caso afirmativo:
40D341000
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país
de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR.
40D342000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención
preferencial.
40D343000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26
de diciembre de 2013.
40D344000
Efectuó por cuenta de sus integrantes las retenciones y entero de las
mismas, y en su caso expidió las constancias de dichas retenciones (para
los efectos de los artículos 72, fracción III y 74 párrafo séptimo, fracción III
de la LISR).
Impuesto al Valor Agregado
Actos o actividades (IVA)
40D345000
Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las
recibió en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren
correspondido a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin
importar el nombre con el que se les designó, o bien, cuando el interés del
acreedor quedo satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las
obligaciones que den lugar a las contraprestaciones (para los efectos del
artículo 1o.-B de la LIVA).
40D346000
Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus
inventarios (para los efectos de los artículos 8 de la LIVA y 25 del RLIVA).
40D347000
Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente
cobrado, así como las cantidades que además se carguen o cobren al
adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios,
penas convencionales o cualquier otro concepto (para los efectos de los
artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del RLIVA, así como con
las reglas aplicables de la RMF para 2025).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
317
Consideró como acto o actividad gravada la importación de los
siguientes bienes o servicios:
40D348000
La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los
efectos de los artículos 24, fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA).
40D349000
El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes,
excepto por los derivados de transporte internacional (para los efectos de
los artículos 24, fracción V de la LIVA, 48 y 49 del RLIVA).
40D350000
Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o
uso o goce temporal de bienes intangibles o por el aprovechamiento en el
extranjero de servicios prestados (para los efectos de los artículos 29,
fracciones II, III y IV de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA).
Acreditamiento (IVA)
Requisitos de acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado
40D351000
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto
no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0%
y exentas.
40D352000
El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o
al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables en los
términos de la LISR para la realización de actividades distintas de la
importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta
LIVA o a las que se les aplique la tasa de 0% (para los efectos del artículo
5o., fracción I de la LIVA).
40D353000
El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente
consto por separado en los comprobantes (para los efectos del artículo 5o.,
fracción II de la LIVA).
40D354000
El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el
mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción III de la
LIVA).
40D355000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese
retenido conforme al artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de
pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el
entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la
LIVA).
40D356000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese
retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró
en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o.,
fracción IV de la LIVA).
40D357000
Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las
inversiones, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente
por los que debe pagar el impuesto, o le sea aplicable la tasa del 0% (para
los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso a) de la LIVA).
40D358000
No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las
inversiones, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no
debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso
b) de la LIVA).
40D359000
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando
sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que
realizó, el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las
inversiones se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades
por las que deba pagar el Impuesto al Valor Agregado o a las que se
aplique la tasa de 0%, represento en el valor total de las actividades
mencionadas que realizó en el mes de que se trate (para los efectos del
artículo 5o., fracción V, inciso c) de la LIVA, así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
40D360000
Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino
habitual, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por
los que debe pagar el impuesto o le sea aplicable la tasa del 0% (para los
efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la LIVA, así como
con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
318
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40D361000
No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su
destino habitual, por haber realizado actividades exclusivamente por los que
no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V,
inciso d), punto 2 de la LIVA).
40D362000
Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando
sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que
realizó, el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino
habitual, se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades
por las que deba pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se
aplique la tasa de 0%, represento en el valor total de las actividades
mencionadas realizadas en el mes de que se trate (para los efectos del
artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 3 de la LIVA, así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
40D363000
En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma
exclusiva a las actividades a que estaban previstas (para los efectos del
artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 4 de la LIVA).
40D364000
En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para
los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA y 19 del RLIVA).
40D365000
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de
IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para
su
acreditamiento
(para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).
Aplicación de estímulos fiscales
40D366000
Aplicó lo previsto en el artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26
de diciembre de 2013.
40D367000
Aplicó lo previsto en el artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26
de diciembre de 2013.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
40D368000
Estuvo obligado al pago del IEPS. en el ejercicio.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
1.- Estado de situación financiera
Por los ejercicios terminados al 31 de
diciembre de 2025 y de 2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
Activo
Activo circulante
Efectivo e instrumentos financieros
40010000000000
Efectivo en caja y bancos nacionales.
40010001000000
Efectivo en caja y bancos del extranjero.
40010002000000
Valores de inmediata realización nacionales.
40010003000000
Valores de inmediata realización del extranjero.
40010004000000
Inversiones en renta fija nacionales.
40010005000000
Inversiones en renta fija del extranjero.
40010006000000
Otros instrumentos financieros nacionales.
40010007000000
Otros instrumentos financieros del extranjero.
40010008000000
Total de efectivo e instrumentos financieros.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
319
Cuentas por cobrar
40010009000000
Clientes nacionales (partes relacionadas).
40010010000000
Clientes nacionales (partes no relacionadas).
40010011000000
Clientes del extranjero (partes relacionadas).
40010012000000
Clientes del extranjero (partes no relacionadas).
40010013000000
Documentos por cobrar nacionales (partes
relacionadas).
40010014000000
Documentos por cobrar nacionales (partes no
relacionadas).
40010015000000
Documentos por cobrar del extranjero (partes
relacionadas).
40010016000000
Documentos por cobrar del extranjero (partes no
relacionadas).
40010017000000
Deudores diversos.
40010018000000
Estimación de cuentas incobrables.
40010019000000
Otras cuentas por cobrar nacionales (partes
relacionadas).
40010020000000
Otras cuentas por cobrar nacionales (partes no
relacionadas).
40010021000000
Otras cuentas por cobrar del extranjero (partes
relacionadas).
40010022000000
Otras cuentas por cobrar del extranjero (partes
no relacionadas).
40010023000000
Total de cuentas por cobrar.
Contribuciones a favor
40010024000000
Impuesto al Valor Agregado por recuperar.
40010025000000
Impuesto sobre la Renta por recuperar.
40010026000000
Otros impuestos por recuperar.
40010027000000
Total de contribuciones a favor.
Inventarios
40010028000000
Productos terminados.
40010029000000
Producción en proceso.
40010030000000
Materias primas y materiales.
40010031000000
Estimación de obsolescencia.
40010032000000
Pérdida por deterioro.
40010033000000
Otros.
40010034000000
Total de inventarios.
Pagos anticipados
40010035000000
Rentas pagadas por anticipado.
40010036000000
Anticipo a proveedores.
40010037000000
Otros pagos anticipados.
40010038000000
Pérdida por deterioro de pagos anticipados.
40010039000000
Total de pagos anticipados.
40010040000000
Otros activos a corto plazo.
40010041000000
Impuesto al Valor Agregado no pagado.
40010042000000
Total del activo circulante.
320
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Activo no circulante
Cuentas por cobrar a largo plazo
40010043000000
Cuentas por cobrar nacionales a largo plazo
(partes relacionadas).
40010044000000
Cuentas por cobrar nacionales a largo plazo
(partes no relacionadas).
40010045000000
Cuentas por cobrar del extranjero a largo plazo
(partes relacionadas).
40010046000000
Cuentas por cobrar del extranjero a largo plazo
(partes no relacionadas).
40010047000000
Total de cuentas por cobrar a largo plazo.
Pagos anticipados a largo plazo
40010048000000
Anticipo a proveedores nacionales.
40010049000000
Anticipo a proveedores del extranjero.
40010050000000
Otros pagos anticipados nacionales.
40010051000000
Otros pagos anticipados del extranjero.
40010052000000
Total de pagos anticipados a largo plazo.
Inversiones permanentes
40010053000000
(Inversiones permanentes nacionales).
40010054000000
(Inversiones permanentes del extranjero).
40010055000000
Total de inversiones permanentes.
Activo fijo
Inmuebles, maquinaria y equipo
40010056000000
Terrenos.
40010057000000
Edificios.
40010058000000
Maquinaria.
40010059000000
Equipo de transporte.
40010060000000
Mobiliario y equipo.
40010061000000
Equipo de cómputo.
40010062000000
Otros activos fijos.
40010063000000
Total de inmuebles, maquinaria y equipo.
Depreciaciones acumuladas
40010064000000
Depreciación acumulada de edificios.
40010065000000
Depreciación acumulada de maquinaria.
40010066000000
Depreciación
acumulada
de
equipo
de
transporte.
40010067000000
Depreciación acumulada de mobiliario y equipo.
40010068000000
Depreciación acumulada de equipo de cómputo.
40010069000000
Depreciación acumulada de otros activos fijos.
40010070000000
Total de depreciación acumulada.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
321
Pérdida por deterioro acumulado
40010071000000
Pérdida por deterioro acumulado de edificios.
40010072000000
Pérdida por deterioro acumulado de maquinaria.
40010073000000
Pérdida por deterioro acumulado de equipo de
transporte.
40010074000000
Pérdida por deterioro acumulado de mobiliario y
equipo.
40010075000000
Pérdida por deterioro acumulado de equipo de
cómputo.
40010076000000
Pérdida por deterioro acumulado de otros
activos fijos.
40010077000000
Total de pérdida por deterioro acumulado.
40010078000000
Total de inmuebles, maquinaria y equipo neto.
Activos intangibles
40010079000000
Gastos preoperativos.
40010080000000
Investigación de mercado.
40010081000000
Patentes y marcas.
40010082000000
Amortizaciones.
40010083000000
Pérdida por deterioro.
40010084000000
Otros activos intangibles.
40010085000000
Total de activos intangibles.
Otros activos
40010086000000
Crédito mercantil.
40010087000000
Pérdida por deterioro.
40010088000000
Impuesto sobre la Renta diferido.
40010089000000
Participación
de
los
trabajadores
en
las
utilidades diferida.
40010090000000
Instrumentos financieros a largo plazo.
40010091000000
Otros activos.
40010092000000
Total de otros activos.
40010093000000
Total del activo no circulante.
40010094000000
Total del activo.
Pasivo
Pasivo a corto plazo
Documentos por pagar
40010095000000
Nacionales (partes relacionadas).
40010096000000
Nacionales (partes no relacionadas).
40010097000000
Del extranjero (partes relacionadas).
40010098000000
Del extranjero (partes no relacionadas).
40010099000000
Total de documentos por pagar.
322
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Instrumentos financieros
40010100000000
Instrumentos financieros nacionales.
40010101000000
Instrumentos financieros del extranjero.
40010102000000
Otros nacionales.
40010103000000
Otros del extranjero.
40010104000000
Total de instrumentos financieros.
Acreedores diversos
40010105000000
Nacionales (partes relacionadas).
40010106000000
Nacionales (partes no relacionadas).
40010107000000
Del extranjero (partes relacionadas).
40010108000000
Del extranjero (partes no relacionadas).
40010109000000
Total de acreedores diversos.
Proveedores
40010110000000
Nacionales (partes relacionadas).
40010111000000
Nacionales (partes no relacionadas).
40010112000000
Del extranjero (partes relacionadas).
40010113000000
Del extranjero (partes no relacionadas).
40010114000000
Total de proveedores.
Contribuciones por pagar
40010115000000
Impuesto sobre la Renta.
40010116000000
Impuesto al Activo.
40010117000000
Impuesto al Valor Agregado.
40010118000000
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
40010119000000
Impuesto sobre Automóviles Nuevos.
40010120000000
Impuestos Locales.
40010121000000
Cuotas patronales seguro social.
40010122000000
Cuotas obreras seguro social.
40010123000000
Aportaciones al INFONAVIT.
40010124000000
Aportaciones al SAR.
40010125000000
Otros impuestos y contribuciones.
40010126000000
Total de contribuciones por pagar.
Otros pasivos
40010127000000
Impuesto al Valor Agregado no cobrado.
40010128000000
Participación
de
los
trabajadores
en
las
utilidades.
40010129000000
Anticipos
de
clientes
nacionales
(partes
relacionadas).
40010130000000
Anticipos de clientes nacionales (partes no
relacionadas).
40010131000000
Anticipos
de
clientes
extranjeros
(partes
relacionadas).
40010132000000
Anticipos de clientes extranjeros (partes no
relacionadas).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
323
40010133000000
Otras cuentas por cobrar a corto plazo
nacionales (partes relacionadas).
40010134000000
Otras cuentas por cobrar a corto plazo
nacionales (partes no relacionadas).
40010135000000
Otras cuentas por cobrar a corto plazo del
extranjero (partes relacionadas).
40010136000000
Otras cuentas por cobrar a corto plazo del
extranjero (partes no relacionadas).
40010137000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital.
40010138000000
Ingresos por realizar.
40010139000000
Otros nacionales.
40010140000000
Otros del extranjero.
40010141000000
Total de otros pasivos.
40010142000000
Porción circulante del pasivo a corto plazo de
deuda financiera.
40010143000000
Total del pasivo a corto plazo.
Pasivo a largo plazo
Deudas a largo plazo
40010144000000
Documentos por pagar nacionales (partes
relacionadas).
40010145000000
Documentos por pagar nacionales (partes no
relacionadas).
40010146000000
Documentos por pagar con el extranjero (partes
relacionadas).
40010147000000
Documentos por pagar con el extranjero (partes
no relacionadas).
40010148000000
Otras cuentas por cobrar a largo plazo
nacionales (partes relacionadas).
40010149000000
Otras cuentas por cobrar a largo plazo
nacionales (partes no relacionadas).
40010150000000
Otras cuentas por cobrar a largo plazo del
extranjero (partes relacionadas).
40010151000000
Otras cuentas por cobrar a largo plazo del
extranjero (partes no relacionadas).
40010152000000
Instrumentos financieros a largo plazo.
40010153000000
Total de deudas a largo plazo.
40010154000000
Beneficio a empleados.
Otros pasivos
40010155000000
Rentas cobradas por anticipado.
40010156000000
Impuesto sobre la Renta diferido.
40010157000000
Participación
de
los
trabajadores
en
las
utilidades diferidas.
40010158000000
Otros.
40010159000000
Total de otros pasivos.
40010160000000
Total de pasivo a largo plazo.
40010161000000
Total del pasivo.
324
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Capital contable
40010162000000
Capital social proveniente de aportaciones.
40010163000000
Capital social proveniente de capitalización.
40010164000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital.
40010165000000
Prima en suscripción de acciones.
40010166000000
Reserva legal.
40010167000000
Utilidad neta.
40010168000000
Pérdida neta.
40010169000000
Utilidades retenidas de ejercicios anteriores.
40010170000000
Pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores.
40010171000000
Otros resultados integrales (deudor).
40010172000000
Otros resultados integrales (acreedor).
40010173000000
Exceso en la actualización del capital contable.
40010174000000
Insuficiencia en la actualización del capital
contable.
40010175000000
Resultado
por
tenencia
de
activos
no
monetarios.
40010176000000
Otras cuentas de capital acreedoras.
40010177000000
Otras cuentas de capital deudoras.
40010178000000
Total del capital contable.
40010179000000
Total del pasivo y del capital contable.
Las notas adjuntas son parte integrante de este
estado financiero.
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
2.- Estado de resultado integral
Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31
de diciembre de 2025 y de 2024
Total 2025
Partes
relacionadas
2025
(Cifras en pesos)
Nota: para el llenado de este anexo es necesario capturar
primero la información de los anexos 5, 6 (cuando se esté
obligado al llenado de este anexo), 7 y 8.
40020000000000
Total de ventas o ingresos netos.
Menos:
40020001000000
Costo de ventas.
40020002000000
Pérdida bruta.
40020003000000
Utilidad bruta.
Menos:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
325
Gastos de operación
40020004000000
Gastos generales.
40020005000000
Gastos de administración.
40020006000000
Gastos de venta.
40020007000000
Total.
40020008000000
Pérdida de operación.
40020009000000
Utilidad de operación.
Más (menos):
Resultado integral de financiamiento
40020010000000
Intereses a favor.
40020011000000
Intereses a cargo.
40020012000000
Intereses moratorios a favor.
40020013000000
Intereses moratorios a cargo.
40020014000000
Utilidad cambiaria.
40020015000000
Pérdida cambiaria.
40020016000000
Resultado por posición monetaria favorable.
40020017000000
Resultado por posición monetaria desfavorable.
40020018000000
Cambios en el valor razonable de activos y pasivos
financieros deudor.
40020019000000
Cambios en el valor razonable de activos y pasivos
financieros acreedor.
40020020000000
Otros conceptos financieros a favor.
40020021000000
Otros conceptos financieros a cargo.
40020022000000
Total.
Más (menos):
Participación en la utilidad o pérdida neta de otras
entidades
40020023000000
Pérdida neta por participación en los resultados de
subsidiarias
no
consolidadas,
asociadas
y
negocios
conjuntos.
40020024000000
Utilidad neta por participación en los resultados de
subsidiarias
no
consolidadas,
asociadas
y
negocios
conjuntos.
40020025000000
Pérdida antes de impuestos a la utilidad.
40020026000000
Utilidad antes de impuestos a la utilidad.
Menos:
Impuestos a la utilidad
40020027000000
Impuesto sobre la Renta.
40020028000000
Impuesto sobre la Renta diferido.
40020029000000
Otras provisiones.
40020030000000
Total.
Más (menos):
326
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Otros ingresos (gastos)
40020031000000
Reversión del deterioro del crédito mercantil.
40020032000000
Reversión del deterioro de los demás activos de larga
duración.
40020033000000
Operaciones discontinuadas favorables.
40020034000000
Operaciones discontinuadas desfavorables.
40020035000000
Total otros ingresos (gastos), neto.
40020036000000
Pérdida neta.
40020037000000
Utilidad neta.
Más (menos):
Otros resultados integrales
40020038000000
Resultado por conversión de operaciones extranjeras
favorables.
40020039000000
Resultado por conversión de operaciones extranjeras
desfavorables.
40020040000000
Resultado
no
realizado
en
y/o
sobre
instrumentos
financieros favorable.
40020041000000
Resultado
no
realizado
en
y/o
sobre
instrumentos
financieros desfavorable.
40020042000000
Valuación
de
coberturas
de
flujo
de
efectivo
y/o
instrumentos financieros favorable.
40020043000000
Valuación
de
coberturas
de
flujo
de
efectivo
y/o
instrumentos financieros desfavorable.
40020044000000
Participación de los otros resultados integrales de asociadas
favorables.
40020045000000
Participación de los otros resultados integrales de asociadas
desfavorables.
40020046000000
Impuestos a la utilidad de otros resultados integrales.
40020047000000
PTU de otros resultados integrales.
40020048000000
Otros.
40020049000000
Suma de otros resultados integrales.
40020050000000
Resultado integral deudor.
40020051000000
Resultado integral acreedor.
40020052000000
Utilidad básica por acción ordinaria.
Las notas adjuntas son parte integrante de este estado
financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes no
relacionadas
2025
Total 2024
Partes
relacionadas
2024
Partes no
relacionadas
2024
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
327
Este anexo consta de 19 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
3.- Estado de cambios en el capital contable
Por los ejercicios terminados al 31 de
diciembre de 2025 y de 2024
Capital social
proveniente de
aportaciones
Capital social
proveniente de
capitalización
(Cifras en pesos)
40030000000000
(Saldos al 1 de enero de 2024 previamente
reportados).
40030001000000
Ajuste por aplicación retrospectiva por cambios
contables y correcciones de errores.
40030002000000
(Saldos al 1 de enero de 2023 ajustados).
40030003000000
Aportaciones de capital.
40030004000000
Reembolsos de capital.
40030005000000
Dividendos pagados.
40030006000000
Dividendos en acciones.
40030007000000
Cambios en la participación controladora que no
implican pérdidas de control.
40030008000000
(Utilidad neta de 2023).
40030009000000
(Pérdida neta de 2024).
40030010000000
Resultado por tenencia de activos no monetarios.
40030011000000
Recompra de acciones.
40030012000000
Efecto de valuación de ejercicio de instrumentos
financieros.
40030013000000
Efecto de conversión del ejercicio de operaciones
extranjeras.
40030014000000
Resultado
por
conversión
de
operaciones
extranjeras favorables.
40030015000000
Resultado
por
conversión
de
operaciones
extranjeras desfavorables.
40030016000000
Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos
financieros favorable.
40030017000000
Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos
financieros desfavorable.
40030018000000
Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o
instrumentos financieros favorable.
40030019000000
Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o
instrumentos financieros desfavorable.
40030020000000
Participación de los otros resultados integrales de
asociadas favorables.
40030021000000
Participación de los otros resultados integrales de
asociadas desfavorables.
40030022000000
Impuestos a la utilidad de otros resultados
integrales.
40030023000000
PTU de otros resultados integrales.
40030024000000
Otros.
40030025000000
(Saldos al 31 de diciembre de 2024).
40030026000000
(Saldos al 1 de enero de 2025 previamente
reportados).
328
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40030027000000
Ajuste por aplicación retrospectiva por cambios
contables y correcciones de errores.
40030028000000
(Saldos al 1 de enero de 2025 ajustados).
40030029000000
Aportaciones de capital.
40030030000000
Reembolsos de capital.
40030031000000
Dividendos pagados.
40030032000000
Dividendos en acciones.
40030033000000
Cambios en la participación controladora que no
implican pérdidas de control.
40030034000000
(Utilidad neta de 2025).
40030035000000
(Pérdida neta de 2025).
40030036000000
Resultado por tenencia de activos no monetarios.
40030037000000
Recompra de acciones.
40030038000000
Efecto de valuación del ejercicio de instrumentos
financieros.
40030039000000
Efecto de conversión del ejercicio de operaciones
extranjeras.
40030040000000
Resultado
por
conversión
de
operaciones
extranjeras favorables.
40030041000000
Resultado
por
conversión
de
operaciones
extranjeras desfavorables.
40030042000000
Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos
financieros favorable.
40030043000000
Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos
financieros desfavorable.
40030044000000
Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o
instrumentos financieros favorable.
40030045000000
Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o
instrumentos financieros desfavorable.
40030046000000
Participación de los otros resultados integrales de
asociadas favorables.
40030047000000
Participación de los otros resultados integrales de
asociadas desfavorables.
40030048000000
Impuestos a la utilidad de otros resultados
integrales.
40030049000000
PTU de otros resultados integrales.
40030050000000
Otros.
40030051000000
(Saldos al 31 de diciembre de 2025).
Las notas adjuntas son parte integrante de este
estado financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Aportaciones para
futuros aumentos
de capital
Prima en suscripción
de acciones
Reserva
legal
Utilidad
neta
Pérdida
neta
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
329
Parte III
Datos a proporcionar
Utilidades retenidas
de ejercicios
anteriores
Pérdidas
acumuladas
de ejercicios
anteriores
Otros resultados
integrales
(deudor)
Otros resultados
integrales (acreedor)
Exceso en la
actualización del
capital contable
Parte IV
Datos a proporcionar
Insuficiencia en la
actualización del
capital contable
Resultado por
tenencia de activos
no monetarios
Otras cuentas de
capital acreedoras
Otras cuentas
de capital
deudoras
Total del capital
contable
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
4.- Estado de flujos de efectivo
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de
2025 y de 2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
Conforme al método indirecto
Actividades de operación
40040000000000
Utilidad antes de impuestos a la utilidad.
40040001000000
Pérdida antes de impuestos a la utilidad.
Partidas relacionadas con
Actividades de inversión
40040002000000
Depreciaciones y amortizaciones.
40040003000000
Pérdida por deterioro de activos.
40040004000000
Utilidad por venta de activo fijo y terreno.
40040005000000
Intereses a favor.
40040006000000
Dividendos cobrados.
40040007000000
Otras partidas relacionadas con actividades de inversión.
40040008000000
Suma de partidas relacionadas con actividades de
inversión.
Partidas relacionadas con actividades de
financiamiento
40040009000000
Intereses a cargo.
40040010000000
Otras partidas relacionadas con actividades de
financiamiento.
40040011000000
Suma de partidas relacionadas con actividades
de financiamiento.
330
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Más (menos):
40040012000000
Incremento en cuentas por cobrar y otros.
40040013000000
Disminución en inventarios.
40040014000000
Disminución en proveedores.
40040015000000
Impuesto sobre la Renta pagado.
40040016000000
Otras partidas.
40040017000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
operación.
Actividades de inversión
40040018000000
Negocio
adquirido
(crédito
mercantil
y/o
comercial).
40040019000000
Intereses cobrados.
40040020000000
Dividendos cobrados.
40040021000000
Adquisición de activo fijo y terreno.
40040022000000
Cobros por venta de activo fijo y terreno.
40040023000000
Adquisición de acciones.
40040024000000
Adquisición de activos intangibles.
40040025000000
Adquisición de otros activos.
40040026000000
Otras partidas relacionadas con actividades de
inversión.
40040027000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
inversión.
40040028000000
Efectivo excedente para aplicar en actividades de
financiamiento (resultado positivo).
40040029000000
Efectivo
a
obtener
de
actividades
de
financiamiento (resultado negativo).
Actividades de financiamiento
40040030000000
Entrada de efectivo por emisión de capital.
40040031000000
Entrada de efectivo por aportaciones para futuros
aumentos de capital.
40040032000000
Obtención de préstamos con partes relacionadas.
40040033000000
Obtención
de
préstamos
con
partes
no
relacionadas.
40040034000000
Pago de pasivos.
40040035000000
Pago de préstamos con partes relacionadas.
40040036000000
Pago de préstamos con partes no relacionadas.
40040037000000
Pago de pasivos derivados de arrendamiento
financiero.
40040038000000
Intereses pagados.
40040039000000
Pago de dividendos.
40040040000000
Emisión de deuda.
40040041000000
Otras partidas relacionadas con actividades de
financiamiento.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
331
40040042000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
financiamiento.
40040043000000
Incremento
neto
de
efectivo
y
demás
equivalentes de efectivo.
Efectos por cambios en el valor del efectivo
40040044000000
Efectos por cambios en el valor del efectivo por
conversión de los saldos y flujos de efectivo de
sus operaciones extranjeras, a la moneda de
informe.
40040045000000
Efectos por cambios en el valor del efectivo por
inflación asociado con los saldos y flujos de
efectivo de entidades que conforman la entidad
económica consolidada.
40040046000000
Otros efectos por cambios en el valor del
efectivo.
40040047000000
Total de efectos por cambios en el valor del
efectivo.
40040048000000
Efectivo al principio del periodo.
40040049000000
Efectivo al final del periodo.
Conforme al método directo
Actividades de operación
40040050000000
Cobro a clientes.
40040051000000
Pagos a proveedores.
40040052000000
Pago a empleados y otros proveedores de bienes
y servicios.
40040053000000
Impuesto sobre la Renta pagado.
40040054000000
Otras actividades de operación.
40040055000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
operación.
Actividades de inversión
40040056000000
Negocio
adquirido
(crédito
mercantil
y/o
comercial).
40040057000000
Intereses cobrados.
40040058000000
Dividendos cobrados.
40040059000000
Adquisición de activo fijo y terreno.
40040060000000
Cobros por venta de activo fijo y terreno.
40040061000000
Adquisición de acciones.
40040062000000
Adquisición de activos intangibles.
40040063000000
Adquisición de otros activos.
40040064000000
Otras partidas relacionadas con actividades de
inversión.
40040065000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
inversión.
332
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40040066000000
Efectivo excedente para aplicar en actividades de
financiamiento (resultado positivo).
40040067000000
Efectivo
a
obtener
de
actividades
de
financiamiento (resultado negativo).
Actividades de financiamiento
40040068000000
Entrada de efectivo por emisión de capital.
40040069000000
Entrada de efectivo por aportaciones para futuros
aumentos de capital.
40040070000000
Obtención de préstamos con partes relacionadas.
40040071000000
Obtención
de
préstamos
con
partes
no
relacionadas.
40040072000000
Pago de pasivos.
40040073000000
Pago de préstamos con partes relacionadas.
40040074000000
Pago de préstamos con partes no relacionadas.
40040075000000
Pago de pasivos derivados de arrendamiento
financiero.
40040076000000
Intereses pagados.
40040077000000
Pago de dividendos.
40040078000000
Emisión de deuda.
40040079000000
Otras partidas relacionadas con actividades de
financiamiento.
40040080000000
Flujos netos de efectivo de actividades de
financiamiento.
40040081000000
Incremento
neto
de
efectivo
y
demás
equivalentes de efectivo.
Efectos por cambios en el valor del efectivo
40040082000000
Efectos por cambios en el valor del efectivo por
conversión de los saldos y flujos de efectivo de
sus operaciones extranjeras, a la moneda de
informe.
40040083000000
Efectos por cambios en el valor del efectivo por
inflación asociado con los saldos y flujos de
efectivo de entidades que conforman la entidad
económica consolidada.
40040084000000
Otros efectos por cambios en el valor del
efectivo.
40040085000000
Total de efectos por cambios en el valor del
efectivo.
40040086000000
Efectivo al principio del periodo.
40040087000000
Efectivo al final del periodo.
Las notas adjuntas son parte integrante de este
estado financiero.
Concepto
4.1.- Notas a los estados financieros.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
333
Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
5.- Integración analítica de ventas
o ingresos netos
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de
2025 y de 2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
40050000000000
Ventas totales a nacionales de inventarios producidos.
40050001000000
Ventas totales al extranjero de inventarios producidos.
40050002000000
Total de ventas de inventarios producidos.
40050003000000
Ventas totales a nacionales de inventarios adquiridos
para su distribución.
40050004000000
Ventas totales al extranjero de inventarios adquiridos
para su distribución.
40050005000000
Total de ventas de inventarios para su distribución.
40050006000000
Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre
ventas nacionales.
40050007000000
Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre
ventas al extranjero.
40050008000000
Ventas netas.
Ingresos netos por:
40050009000000
Servicios en general nacionales.
40050010000000
Servicios en general del extranjero.
40050011000000
Maquila nacionales.
40050012000000
Maquila al extranjero.
40050013000000
Servicios administrativos nacionales.
40050014000000
Servicios administrativos del extranjero.
40050015000000
Seguros y reaseguros nacionales.
40050016000000
Seguros y reaseguros del extranjero.
40050017000000
Comisiones nacionales.
40050018000000
Comisiones del extranjero.
40050019000000
Regalías nacionales.
40050020000000
Regalías del extranjero.
40050021000000
Asistencia técnica nacionales.
40050022000000
Asistencia técnica del extranjero.
40050023000000
Arrendamiento nacionales.
40050024000000
Arrendamiento del extranjero.
40050025000000
Ganancia en enajenación de acciones.
40050026000000
Ganancia en enajenación de activo fijo.
40050027000000
Ganancia en enajenación de activos intangibles.
40050028000000
Ganancia en enajenación de terrenos.
40050029000000
Recuperación de cuentas incobrables.
40050030000000
Recuperación por seguros.
334
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40050031000000
Dividendos provenientes de residentes en el país.
40050032000000
Dividendos provenientes de residentes en el extranjero.
40050033000000
Otros.
40050034000000
Total de ingresos netos.
40050035000000
Total de ventas o ingresos netos.
40050036000000
Ajuste por actualización.
40050037000000
Total de ventas o ingresos netos actualizados.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes relacionadas 2025
Partes no relacionadas 2025
Partes relacionadas 2024
Partes no relacionadas
2024
Parte III
Datos a proporcionar
Total acumulables para ISR
2025
Total no acumulables para
ISR 2025
Total acumulables para ISR
2024
Total no acumulables
para ISR 2024
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
6.- Determinación del costo de lo vendido para efectos
contables y del Impuesto sobre la Renta
Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31 de
diciembre de 2025 y de 2024
Total 2025
Partes
relacionadas
2025
(Cifras en pesos)
Nota: solamente se captura la información de este anexo
cuando se haya elegido algún tipo de sistema de costeo en el
índice "40D030000" del anexo de datos generales.
Conforme al sistema de costeo absorbente, sobre la base
de costos históricos o predeterminados para efectos
fiscales y con los métodos de valuación de costo de
adquisición y costo estándar para efectos contables
40060000000000
Inventario inicial de materia prima.
Más:
40060001000000
Compras nacionales de materia prima.
40060002000000
Compras importación de materia prima.
Menos:
40060003000000
Inventario final de materia prima.
40060004000000
Materia prima directa utilizada para la producción.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
335
Más:
40060005000000
Mano de obra directa.
40060006000000
Costo primo de la producción.
Más:
40060007000000
Materia prima indirecta.
40060008000000
Mano de obra indirecta.
40060009000000
Gastos de fabricación.
40060010000000
Costo de producción.
Más:
40060011000000
Inventario inicial de producción en proceso.
40060012000000
Compras de producción en proceso.
Menos:
40060013000000
Inventario final de producción en proceso.
40060014000000
Costo de producción terminada.
Más:
40060015000000
Inventario inicial de productos terminados.
40060016000000
Compras de productos terminados.
Menos:
40060017000000
Inventario final de productos terminados.
40060018000000
Efecto UEPS eliminado del costo de ventas.
40060019000000
Otros conceptos de costo de ventas.
40060020000000
Costo de ventas contable.
40060021000000
Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF B-10.
40060022000000
Costo de lo vendido contable histórico.
Menos:
40060023000000
Compras de materias primas, producción en proceso y
terminada no deducibles.
40060024000000
Mano de obra no deducible.
40060025000000
Gastos de fabricación no deducibles.
40060026000000
Depreciación contable en gastos de fabricación.
40060027000000
Otros conceptos no deducibles.
336
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Más:
40060028000000
Depreciación fiscal de inversiones relacionadas con la
producción.
40060029000000
Otros conceptos deducibles.
40060030000000
Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta.
Conforme a un sistema distinto al anterior
40060031000000
Gastos de fabricación.
40060032000000
Otros conceptos de costo de ventas.
40060033000000
Costo de ventas contable.
40060034000000
Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF B-10.
40060035000000
Costo de lo vendido contable histórico.
Menos:
40060036000000
Conceptos no deducibles sin incluir depreciación.
40060037000000
Depreciación contable.
Más:
40060038000000
Depreciación fiscal.
40060039000000
Otros conceptos deducibles.
40060040000000
Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes no relacionadas
2025
Total 2024
Partes relacionadas 2024
Partes no relacionadas
2024
Este anexo consta de 36 columnas y está dividido en nueve partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
7.- Análisis comparativo de las subcuentas de
gastos
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre
de 2025 y de 2024
Gastos de
fabricación 2025
Gastos de
fabricación 2024
(Cifras en pesos)
Remuneraciones
40070000000000
Sueldos y salarios.
40070001000000
Compensaciones.
40070002000000
Horas extras.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
337
40070003000000
Vacaciones.
40070004000000
Prima vacacional.
40070005000000
Gratificaciones.
40070006000000
Indemnizaciones.
40070007000000
Participación de los trabajadores en las utilidades
causadas.
40070008000000
Participación de los trabajadores en las utilidades
diferidas.
40070009000000
Sueldos, salarios y prestaciones a trabajadores con
discapacidad y/o adultos mayores.
40070010000000
Otras remuneraciones.
40070011000000
Total de remuneraciones.
Prestaciones al personal
40070012000000
Prestaciones de retiro.
40070013000000
Estímulos al personal.
40070014000000
Previsión social.
40070015000000
Aportaciones para plan de jubilación.
40070016000000
Otras prestaciones.
40070017000000
Total de prestaciones al personal.
Impuestos y aportaciones sobre sueldos y
salarios
40070018000000
Cuotas al IMSS.
40070019000000
Aportaciones al INFONAVIT.
40070020000000
Impuesto Sobre Nóminas.
40070021000000
Seguro de retiro.
40070022000000
Otros impuestos y aportaciones.
40070023000000
Total de impuestos y aportaciones sobre sueldos y
salarios.
Honorarios
40070024000000
A personas físicas residentes en el país.
40070025000000
A personas morales residentes en el país.
40070026000000
A residentes en el extranjero.
40070027000000
Subtotal.
40070028000000
Al consejo de administración.
40070029000000
Total de honorarios.
Arrendamientos
40070030000000
A personas físicas residentes en el país.
40070031000000
A personas morales residentes en el país.
40070032000000
A residentes en el extranjero.
40070033000000
Total de arrendamientos.
338
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Depreciaciones y amortizaciones
40070034000000
(Depreciaciones).
40070035000000
Total de depreciaciones.
40070036000000
(Amortizaciones).
40070037000000
Total de amortizaciones.
Otros gastos
40070038000000
Combustibles y lubricantes.
40070039000000
Correos.
40070040000000
Internet.
40070041000000
Viáticos y gastos de viaje.
40070042000000
Gastos de representación.
40070043000000
Teléfono.
40070044000000
Agua.
40070045000000
Electricidad.
40070046000000
Vigilancia y limpieza.
40070047000000
Materiales de oficina.
40070048000000
Gastos legales.
40070049000000
Mantenimiento y conservación.
40070050000000
Seguros y fianzas.
40070051000000
Gastos no deducibles.
40070052000000
Otros impuestos y derechos.
40070053000000
Recargos fiscales.
40070054000000
Cuotas y suscripciones.
40070055000000
Propaganda y publicidad.
40070056000000
Fotocopiado.
40070057000000
Donativos.
40070058000000
Asistencia técnica.
40070059000000
Fletes y acarreos pagados a personas físicas.
40070060000000
Fletes y acarreos pagados a personas morales.
40070061000000
Impuesto de importación.
40070062000000
Impuesto de exportación.
40070063000000
Regalías sin retención.
40070064000000
Regalías sujetas al 5%.
40070065000000
Regalías sujetas al 10%.
40070066000000
Regalías sujetas al 25%.
40070067000000
Regalías sujetas al 35%.
40070068000000
Comisiones sobre ventas.
40070069000000
Patentes y marcas.
40070070000000
Materias primas de producción.
40070071000000
Materiales auxiliares de producción.
40070072000000
Maquilas.
40070073000000
Comisiones bancarias.
40070074000000
Pérdida en venta de terrenos.
40070075000000
Pérdida en venta de edificios y construcciones.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
339
40070076000000
Pérdida en venta de maquinaria.
40070077000000
Pérdida en venta de equipo de transporte.
40070078000000
Pérdida en venta de mobiliario y equipo.
40070079000000
Pérdida en venta de equipo de cómputo.
40070080000000
Pérdida en enajenación de acciones.
40070081000000
Pérdida por deterioro de activos.
40070082000000
Pérdida por créditos incobrables.
40070083000000
Consumo en restaurantes.
40070084000000
Pérdida por operaciones financieras derivadas.
40070085000000
Deducción por concepto de ayuda alimentaria para
los trabajadores.
40070086000000
Uso o goce temporal de automóviles con propulsión
de baterías eléctricas recargables y automóviles
eléctricos con motor de combustión interna o
accionado por hidrógeno.
40070087000000
Monto deducible de los pagos efectuados por el uso o
goce temporal de automóviles.
40070088000000
Otros.
40070089000000
Total de otros gastos.
40070090000000
Total de gastos.
40070091000000
Efecto de reexpresión.
40070092000000
Total de gastos actualizado.
Parte II
Datos a proporcionar
Gastos de fabricación:
partes relacionadas 2025
Gastos de fabricación:
partes no relacionadas
2025
Gastos de fabricación:
partes relacionadas 2024
Gastos de fabricación:
partes no relacionadas
2024
Parte III
Datos a proporcionar
Gastos de venta 2025
Gastos de venta 2024
Gastos de venta: partes
relacionadas 2025
Gastos de venta: partes no
relacionadas 2025
Parte IV
Datos a proporcionar
Gastos de venta: partes
relacionadas 2024
Gastos de venta: partes no
relacionadas 2024
Gastos de administración
2025
Gastos de administración
2024
Parte V
Datos a proporcionar
Gastos de administración:
partes relacionadas 2025
Gastos de administración:
partes no relacionadas
2025
Gastos de administración:
partes relacionadas 2024
Gastos de administración:
partes no relacionadas 2024
340
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte VI
Datos a proporcionar
Gastos generales 2025
Gastos generales 2024
Gastos generales: partes
relacionadas 2025
Gastos generales: partes
no relacionadas 2025
Parte VII
Datos a proporcionar
Gastos generales: partes
relacionadas 2024
Gastos generales: partes
no relacionadas 2024
Total 2025
Total 2024
Parte VIII
Datos a proporcionar
Total partes relacionadas
2025
Total partes no
relacionadas 2025
Total partes relacionadas
2024
Total partes no
relacionadas 2024
Parte IX
Datos a proporcionar
Total deducibles para ISR
2025
Total deducibles para ISR
2024
Total no deducibles para
ISR 2025
Total no deducibles para
ISR 2024
Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
8.- Análisis comparativo de las subcuentas del
resultado integral de financiamiento
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre
de 2025 y de 2024
2025
Partes
relacionadas 2025
(Cifras en pesos)
Intereses a favor
Nacionales
40080000000000
Bancarios.
40080001000000
Personas físicas.
40080002000000
Personas morales.
40080003000000
Efecto de reexpresión.
40080004000000
Total intereses a favor nacionales.
Extranjeros
40080005000000
Bancarios.
40080006000000
Personas físicas.
40080007000000
Personas morales.
40080008000000
Efecto de reexpresión.
40080009000000
Total intereses a favor del extranjero.
40080010000000
Total de intereses a favor.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
341
Intereses a cargo
Nacionales
40080011000000
Bancarios.
40080012000000
Personas físicas.
40080013000000
Personas morales.
40080014000000
Efecto de reexpresión.
40080015000000
Total intereses a cargo nacionales.
Extranjeros
40080016000000
Bancarios.
40080017000000
Personas físicas.
40080018000000
Personas morales.
40080019000000
Efecto de reexpresión.
40080020000000
Total intereses a cargo del extranjero.
40080021000000
Total de intereses a cargo.
Intereses moratorios a favor
Nacionales
40080022000000
Nacionales.
40080023000000
Efecto de reexpresión.
40080024000000
Total intereses moratorios a favor nacionales.
Extranjeros
40080025000000
Extranjeros.
40080026000000
Efecto de reexpresión.
40080027000000
Total intereses moratorios a favor del extranjero.
40080028000000
Total de intereses moratorios a favor.
Intereses moratorios a cargo
Nacionales
40080029000000
Nacionales.
40080030000000
Efecto de reexpresión.
40080031000000
Total intereses moratorios a cargo nacionales.
Extranjeros
40080032000000
Extranjeros.
40080033000000
Efecto de reexpresión.
40080034000000
Total intereses moratorios a cargo del extranjero.
40080035000000
Total de intereses moratorios a cargo.
342
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Resultado cambiario
40080036000000
Pérdida cambiaria.
40080037000000
Efecto de reexpresión.
40080038000000
Total de pérdida cambiaria.
40080039000000
Utilidad cambiaria.
40080040000000
Efecto de reexpresión.
40080041000000
Total de utilidad cambiaria.
40080042000000
Total de resultado cambiario.
Resultado por posición monetaria
40080043000000
Resultado por posición monetaria favorable.
40080044000000
Efecto de reexpresión.
40080045000000
Total de resultado por posición monetaria favorable.
40080046000000
Resultado por posición monetaria desfavorable.
40080047000000
Efecto de reexpresión.
40080048000000
Total
de
resultado
por
posición
monetaria
desfavorable.
40080049000000
Total de resultado por posición monetaria.
Cambios en el valor razonable de activos y
pasivos financieros
40080050000000
Cambios en el valor razonable de activos y pasivos
financieros deudor.
40080051000000
Efecto de reexpresión.
40080052000000
Total de cambios en el valor razonable de activos y
pasivos financieros deudor.
40080053000000
Cambios en el valor razonable de activos y pasivos
financieros acreedor.
40080054000000
Efecto de reexpresión.
40080055000000
Total de cambios en el valor razonable de activos y
pasivos financieros acreedor.
40080056000000
Total de cambios en el valor razonable de activos y
pasivos financieros.
Otros conceptos financieros
Otros a favor
Nacionales
40080057000000
Nacionales.
40080058000000
Efecto de reexpresión.
40080059000000
Total de otros a favor nacionales.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
343
Extranjero
40080060000000
Extranjero.
40080061000000
Efecto de reexpresión.
40080062000000
Total de otros a favor del extranjero.
40080063000000
Total de otros a favor.
Otros a cargo
Nacionales
40080064000000
Nacionales.
40080065000000
Efecto de reexpresión.
40080066000000
Total de otros a cargo nacionales.
Extranjero
40080067000000
Extranjeros.
40080068000000
Efecto de reexpresión.
40080069000000
Total de otros a cargo del extranjero.
40080070000000
Total de otros a cargo.
40080071000000
Total de otros conceptos financieros.
40080072000000
Total de resultado integral de financiamiento.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes no relacionadas
2025
2024
Partes relacionadas 2024
Partes no relacionadas
2024
Parte III
Datos a proporcionar
Acumulables o deducibles
para ISR 2025
Acumulables o deducibles
para ISR 2024
No acumulables o no
afectos al ISR (ingresos)
no deducibles (gastos)
para ISR 2025
No acumulables o no
afectos al ISR (ingresos)
no deducibles (gastos)
para ISR 2024
344
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
9.- Relación de contribuciones a cargo del
contribuyente como sujeto directo o en su carácter
de retenedor
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de
2025
Base gravable
Tasa, tarifa o
cuota
(Cifras en pesos)
Contribuciones a cargo del contribuyente como
sujeto directo
Impuesto sobre la Renta (ISR)
40090000000000
Impuesto sobre la Renta.
40090001000000
Otras reducciones del ISR.
40090002000000
ISR causado en el ejercicio.
40090003000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo
fiscal por proyectos en investigación y desarrollo
tecnológico autorizado en ejercicios anteriores.
40090004000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo
fiscal por proyectos de inversión en la producción
cinematográfica nacional de ejercicios anteriores.
40090005000000
Estímulo por proyectos de inversión en la producción
cinematográfica nacional.
40090006000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo
fiscal a proyectos de inversión en las artes de ejercicios
anteriores.
40090007000000
Estímulo a proyectos de inversión en las artes.
40090008000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2025
40090009000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2024.
40090010000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2023.
40090011000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2022.
40090012000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2021.
40090013000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2020.
40090014000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2019.
40090015000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2018.
40090016000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2017.
40090017000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2016.
40090018000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2015.
40090019000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2014.
40090020000000
Monto pendiente de aplicar por "proyectos en
investigación y desarrollo tecnológico".
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
345
40090021000000
Estímulo por la inversión en proyectos y programas
para el deporte de alto rendimiento.
40090022000000
Monto pendiente de aplicar por la inversión en
proyectos y programas para el deporte de alto
rendimiento.
40090023000000
Ingresos obtenidos por apoyos gubernamentales.
40090024000000
Monto pendiente de aplicar del estímulo por la
inversión en equipos fijos de alimentación para
vehículos eléctricos.
40090025000000
Monto del estímulo fiscal por biodiesel y sus mezclas.
40090026000000
Otros estímulos.
40090027000000
Total de estímulos.
40090028000000
Pagos
provisionales
efectuados
enterados
a
la
federación.
40090029000000
ISR retenido al contribuyente.
40090030000000
ISR acreditable pagado en el extranjero.
40090031000000
ISR acreditable por dividendos o utilidades distribuidos.
40090032000000
Otras cantidades a cargo.
40090033000000
Otras cantidades a favor.
40090034000000
Diferencia a cargo.
40090035000000
Diferencia a favor.
40090036000000
Impuesto sobre la Renta a cargo del ejercicio.
40090037000000
Impuesto sobre la Renta pagado en declaraciones
anual, normal y complementarias.
40090038000000
Diferencia a cargo del ejercicio.
40090039000000
ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU.
40090040000000
Saldo a favor del ejercicio.
Otros datos
40090041000000
Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a
regímenes fiscales preferentes.
40090042000000
Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos
no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE.
40090043000000
Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos
provenientes de CUFINRE.
40090044000000
Impuesto sobre la Renta correspondiente a la
deducción del 8% de los ingresos propios de la
actividad sujeto directo.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
40090045000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
16%.
40090046000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
0%.
40090047000000
Suma del valor de los actos o actividades gravados.
346
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40090048000000
Valor de los actos o actividades por los que no se está
obligado al pago (exentos).
40090049000000
Total del valor de los actos o actividades.
40090050000000
Valor de los actos o actividades no objeto.
40090051000000
Suma del IVA causado de los meses del ejercicio.
40090052000000
Suma del IVA acreditable de los meses del ejercicio sin
incluir saldos a favor.
40090053000000
Suma de compensaciones aplicadas al IVA de otras
contribuciones federales en los meses del ejercicio.
40090054000000
Suma de acreditamientos de saldos a favor del IVA.
40090055000000
Suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio.
40090056000000
Acreditamiento del IVA por las inversiones o gastos en
periodos preoperativos (para los efectos de los
artículos 5, fracción VI y 5-B, segundo párrafo de la
LIVA).
40090057000000
Incremento del IVA por las inversiones o gastos en
periodos preoperativos (para los efectos de los
artículos 5, fracción VI y 5-B, segundo párrafo de la
LIVA).
40090058000000
Reintegro del IVA por las inversiones o gastos en
periodos preoperativos (para los efectos de los
artículos 5, fracción VI y 5-B, segundo párrafo de la
LIVA).
40090059000000
Monto de los servicios de tecnologías de la información
prestados
en
el
extranjero
considerados
como
exportados y sujetos a la tasa del 0% del IVA (para los
efectos del artículo 29, fracción IV, inciso i) de la LIVA).
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
(IEPS)
40090060000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
3% (redes públicas de telecomunicaciones).
40090061000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
25% (bebidas energizantes, así como concentrados,
polvos y jarabes para preparar bebidas energizantes).
40090062000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
26.5% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con
graduación alcohólica de hasta 14°G.L.).
40090063000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
30% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con
graduación alcohólica de más de 14°G.L. y hasta
20°G.L.).
40090064000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
30% (juegos con apuestas y sorteos).
40090065000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
30.4% (tabacos labrados, puros y otros tabacos
labrados hechos enteramente a mano).
40090066000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
50% (alcohol, alcohol desnaturalizado
y
mieles
incristalizables).
40090067000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
53% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con
graduación alcohólica de más de 20°G.L.).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
347
40090068000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
160% (tabacos labrados, cigarros).
40090069000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del
160% (tabacos labrados, puros y otros tabacos
labrados).
40090070000000
Valor de los actos o actividades gravados a otras tasas.
40090071000000
Suma del valor de los actos o actividades gravados.
40090072000000
Valor de los actos o actividades por los que no se está
obligado al pago (exentos).
40090073000000
Total del valor de los actos o actividades.
40090074000000
Total de litros enajenados de bebidas saborizadas.
40090075000000
Monto total de enajenaciones de plaguicidas categorías
1 y 2 a la tasa del 9%.
40090076000000
Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría
3 a la tasa del 7%.
40090077000000
Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría
4 a la tasa del 6%.
40090078000000
Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría
5.
40090079000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de botanas a la tasa del
8%.
40090080000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de productos de
confitería a la tasa del 8%.
40090081000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de chocolate y demás
productos derivados del cacao a la tasa del 8%.
40090082000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de flanes y pudines a la
tasa del 8%.
40090083000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de dulces de frutas y
hortalizas a la tasa del 8%.
40090084000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de cremas de cacahuate
y avellanas a la tasa del 8%.
40090085000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de dulces de leche a la
tasa del 8%.
40090086000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de alimentos preparados
a base de cereales a la tasa del 8%.
40090087000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las enajenaciones de helados, nieves y
paletas de hielo a la tasa del 8%.
40090088000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de propano
(cuota de $9.7551 por litro).
40090089000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de butano
(cuota de $12.6241 por litro).
40090090000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de gasolinas y
gasavion (cuota de $17.1107 por litro).
348
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40090091000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de turbosina y
otros kerosenos (cuota de $20.4363 por litro).
40090092000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de diésel (cuota
de $20.7623 por litro).
40090093000000
Combustibles fósiles, litros enajenados de combustóleo
(cuota de $22.1578 por litro).
40090094000000
Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de coque
de petróleo (cuota de $25.7183 por tonelada).
40090095000000
Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de coque
de carbón (cuota de $60.2921 por tonelada).
40090096000000
Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de carbón
mineral (cuota de $45.3984 por tonelada).
40090097000000
Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de otros
combustibles fósiles (cuota de $65.6262 por tonelada).
40090098000000
Suma del IEPS causado de los meses del ejercicio.
40090099000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa
del
25%
(bebidas
energizantes,
así
como
concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas
energizantes).
40090100000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa
del 26.5% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza
con graduación alcohólica de hasta 14°G.L.).
40090101000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa
del 30% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza
con graduación alcohólica de más de 14°G.L. y hasta
20°G.L.).
40090102000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa
del 30.4 % (tabacos labrados, puros y otros tabacos
labrados hechos enteramente a mano).
40090103000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa
del 53 % (bebidas con contenido alcohólico y cerveza
con graduación alcohólica de más de 20°G.L.).
40090104000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa
del 160% (tabacos labrados, cigarros).
40090105000000
Valor de los actos o actividades importados a la tasa
del 160% (tabacos labrados, puros y otros tabacos
labrados).
40090106000000
Valor de los actos o actividades importados a otras
tasas.
40090107000000
Suma del valor de los actos o actividades importados.
40090108000000
Total de litros importados de bebidas saborizadas.
40090109000000
Monto total de importaciones de plaguicidas categorías
1 y 2 a la tasa del 9%.
40090110000000
Monto total de importaciones de plaguicidas categoría
3 a la tasa del 7%.
40090111000000
Monto total de importaciones de plaguicidas categoría
4 a la tasa del 6%.
40090112000000
Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría
5.
40090113000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de botanas a la tasa del
8%.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
349
40090114000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de productos de
confitería a la tasa del 8%.
40090115000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de chocolate y demás
productos derivados del cacao a la tasa del 8%.
40090116000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de flanes y pudines a la
tasa del 8%.
40090117000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de dulces de frutas y
hortalizas a la tasa del 8%.
40090118000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de cremas de cacahuate
y avellanas a la tasa del 8%.
40090119000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de dulces de leche a la
tasa del 8%.
40090120000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de alimentos preparados
a base de cereales a la tasa del 8%.
40090121000000
Monto total de alimentos no básicos con alta densidad
calórica por las importaciones de helados, nieves y
paletas de hielo a la tasa del 8%.
40090122000000
Combustibles fósiles, litros importados de propano
(cuota de $9.7551 por litro).
40090123000000
Combustibles fósiles, litros importados de butano
(cuota de $12.6241 por litro).
40090124000000
Combustibles fósiles, litros importados de gasolinas y
gasavión (cuota de $17.1107 por litro).
40090125000000
Combustibles fósiles, litros importados de turbosina y
otros kerosenos (cuota de $20.4363 por litro).
40090126000000
Combustibles fósiles, litros importados de diésel (cuota
de $20.7623 por litro).
40090127000000
Combustibles fósiles, litros importados de combustóleo
(cuota de $22.1578 por litro).
40090128000000
Combustibles fósiles, toneladas importadas de coque
de petróleo (cuota de $25.7183 por tonelada).
40090129000000
Combustibles fósiles, toneladas importadas de coque
de carbón (cuota de $60.2921 por tonelada).
40090130000000
Combustibles fósiles, toneladas importadas de carbón
mineral (cuota de $45.3984 por tonelada).
40090131000000
Combustibles fósiles, toneladas importadas de otros
combustibles fósiles (cuota de $65.6262 por tonelada).
40090132000000
Valor de los cigarros enajenados (cuota de $0.6445 por
cigarro).
40090133000000
Valor de los cigarros importados (cuota de $0.6445 por
cigarro).
40090134000000
Valor del peso total en gramos de puros y otros
tabacos labrados enajenados distintos a los cigarros
entre 0.75 (cuota $0.6445).
40090135000000
Valor del peso total en gramos de puros y otros
tabacos labrados importados distintos a los cigarros
entre 0.75 (cuota $0.6445).
40090136000000
Impuesto causado por cuota de cigarros enajenados.
40090137000000
Impuesto causado por cuota de cigarros importados.
350
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40090138000000
Impuesto causado por cuota de puros y otros tabacos
labrados correspondiente al peso total en gramos
(puros y otros tabacos labrados gravados enajenados
entre 0.75).
40090139000000
Impuesto causado por cuota de puros y otros tabacos
labrados correspondiente al peso total en gramos
(puros y otros tabacos labrados gravados importados
entre 0.75).
40090140000000
Suma del IEPS acreditable de los meses del ejercicio.
40090141000000
Suma de compensaciones de saldos a favor de IEPS.
40090142000000
Suma de compensaciones aplicadas al IEPS de otras
contribuciones federales en los meses del ejercicio.
40090143000000
Suma de acreditamientos de saldos a favor de IEPS.
40090144000000
Suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio.
40090145000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I
del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025.
40090146000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV
del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025.
Impuesto al Comercio Exterior
40090147000000
Impuesto general de importación.
40090148000000
Impuesto general de exportación.
40090149000000
Total de impuestos al comercio exterior.
Aportaciones de seguridad social
40090150000000
Cuotas patronales al IMSS.
40090151000000
Aportaciones al INFONAVIT.
40090152000000
Aportaciones al seguro de retiro.
Derechos por los servicios que presta
40090153000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin
permiso para realizar actividades remuneradas (para
los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal
de Derechos).
40090154000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios
migratorios (para los efectos del artículo 12 de la ley
federal de derechos).
40090155000000
Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo
Mexicano (SENEAM).
40090156000000
Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
40090157000000
Otros especificar concepto.
Contribuciones de las que es retenedor:
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Por pagos a residentes en el país
40090158000000
Por salarios.
40090159000000
Honorarios al 35% art. 96 de la LISR.
40090160000000
Premios.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
351
40090161000000
Honorarios al 10%.
40090162000000
Arrendamiento al 10%.
40090163000000
Enajenación de otros bienes al 20%.
40090164000000
Intereses al 0.08%, sobre el monto del capital.
40090165000000
Intereses al 20%.
40090166000000
Intereses y ganancia cambiaria al 35%.
40090167000000
Comisiones.
40090168000000
Por dividendos al 10%.
40090169000000
Otros.
40090170000000
Total de ISR retenido a residentes en el país.
Por pagos a residentes en el extranjero
40090171000000
Salarios al 15%.
40090172000000
Salarios al 30%.
40090173000000
Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 15%.
40090174000000
Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 30%.
40090175000000
Honorarios al 25%.
40090176000000
Regalías al 5%.
40090177000000
Regalías al 10%.
40090178000000
Regalías al 25%.
40090179000000
Regalías al 35%.
40090180000000
Asistencia técnica.
40090181000000
Mediaciones.
40090182000000
Arrendamiento de inmuebles.
40090183000000
Arrendamiento de muebles al 25%.
40090184000000
Intercambio de deuda pública por capital.
40090185000000
Arrendamiento financiero.
40090186000000
Premios.
40090187000000
Servicio turístico de tiempo compartido.
40090188000000
Intereses al 4.9%.
40090189000000
Intereses al 10%.
40090190000000
Intereses al 15%.
40090191000000
Intereses al 21%.
40090192000000
Intereses al 35%.
40090193000000
Enajenación de inmuebles.
40090194000000
Enajenación de acciones.
40090195000000
Operaciones financieras derivadas de capital.
40090196000000
Operaciones financieras derivadas de deuda.
40090197000000
Construcción de obra, instalación, mantenimiento o
montaje en bienes inmuebles.
40090198000000
Contrato de fletamento.
40090199000000
Espectáculos públicos, artísticos y deportivos.
40090200000000
Por dividendos al 10%.
40090201000000
Otros.
40090202000000
Total de ISR retenido a residentes en el extranjero.
352
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
40090203000000
Servicios personales independientes prestados por
personas físicas.
40090204000000
Uso o goce temporal de bienes prestados u otorgados
por personas físicas.
40090205000000
Adquisición de desperdicios.
40090206000000
Servicios de autotransporte
terrestre de bienes
prestados por personas físicas o morales.
40090207000000
Servicios prestados por comisionistas personas físicas.
40090208000000
Adquisición, o uso o goce temporal de bienes tangibles,
que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin
establecimiento permanente en el país.
40090209000000
Otros.
40090210000000
Total de IVA retenido.
Otras contribuciones retenidas
40090211000000
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
retenido.
40090212000000
Cuotas obreras al IMSS.
40090213000000
Impuesto sobre la Renta correspondiente a la
deducción del 8% de los ingresos propios de la
actividad retenedor.
40090214000000
Otros.
Compensaciones efectuadas y devoluciones
obtenidas
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de
saldos a favor provenientes de:
A valor histórico de:
40090215000000
Impuesto al Valor Agregado.
40090216000000
Impuesto sobre la Renta.
40090217000000
Otras contribuciones federales.
A valor actualizado de:
40090218000000
Impuesto al Valor Agregado.
40090219000000
Impuesto sobre la Renta.
40090220000000
Otras contribuciones federales.
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio
aplicadas a:
40090221000000
Impuesto al Valor Agregado propio proveniente del
Impuesto al Valor Agregado propio.
40090222000000
Impuesto sobre la Renta propio proveniente del
Impuesto sobre la Renta propio.
40090223000000
Otras contribuciones federales.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
353
Devoluciones obtenidas en el ejercicio
40090224000000
Otras contribuciones federales.
De:
40090225000000
Impuesto al Valor Agregado.
40090226000000
Impuesto sobre la Renta.
40090227000000
Otras contribuciones federales.
Parte II
Datos a proporcionar
Contribución determinada
por auditoría a cargo o a
favor
Contribución a cargo o
saldo a favor determinado
por el contribuyente
Diferencia
Diferencias no materiales
no investigadas por
auditoría
Concepto
9.1.- Declaratoria.
Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
10.- Relación de contribuciones por pagar
Al 31 de diciembre de 2025
Importe
correspondiente al
ejercicio fiscal
dictaminado
Importe proveniente
de ejercicios
anteriores
(Cifras en pesos)
Impuesto sobre la Renta causado como
sujeto directo
40100000000000
Determinado
por
el
contribuyente
(del
ejercicio).
40100001000000
Diferencia determinada por el contribuyente
(del ejercicio dictaminado).
Pagos
provisionales
y/o
definitivos
determinados
por
el
contribuyente
por
concepto de:
Impuesto sobre la Renta pagos
provisionales propios
40100002000000
Correspondiente al mes o periodo de:
Impuesto sobre la Renta por salarios y en
general por la prestación de un servicio
personal subordinado en su carácter de
retenedor
40100003000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
honorarios en su carácter de retenedor
40100004000000
Correspondiente al mes de:
354
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Impuesto sobre la Renta por pago de
arrendamientos en su carácter de
retenedor
40100005000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
intereses en su carácter de retenedor
40100006000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta (otras
retenciones a residentes en México) en su
carácter de retenedor
40100007000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta sobre dividendos
como sujeto directo
40100008000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta regímenes
fiscales preferentes como sujeto directo
40100009000000
Correspondiente al ejercicio de:
Impuesto sobre la Renta por pagos al
extranjero en su carácter de retenedor
40100010000000
Correspondiente al mes de:
Información determinada por el
contribuyente:
Impuesto al Activo como sujeto directo
40100011000000
Correspondiente al ejercicio de: (especifique
el ejercicio).
Impuesto al Valor Agregado causado
como sujeto directo
40100012000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto al Valor Agregado en su carácter
de retenedor
40100013000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios causado como sujeto directo
40100014000000
Correspondiente al mes de:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
355
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios en su carácter de retenedor
40100015000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre Automóviles Nuevos
40100016000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto Mexicano del
Seguro Social
40100017000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores
40100018000000
Correspondiente al bimestre de:
Aportaciones al seguro de retiro
40100019000000
Correspondiente al bimestre de:
Impuestos Locales
40100020000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Sobre Nóminas
40100021000000
Correspondiente al mes de:
Derechos por los servicios que presta
40100022000000
El Instituto Nacional de Migración (INM)
visitante sin permiso para realizar actividades
remuneradas (para los efectos del artículo 8,
fracción I de la Ley Federal de Derechos)
correspondiente al mes de:
40100023000000
El Instituto Nacional de Migración (INM)
servicios migratorios (para los efectos del
artículo 12 de Ley Federal de Derechos)
correspondiente al mes de:
40100024000000
Servicios a la Navegación en el Espacio
Aéreo Mexicano (SENEAM), correspondiente
al mes de:
40100025000000
Instituto
Federal
de
Telecomunicaciones
(IFT), correspondiente al mes de:
40100026000000
Otros especificar concepto y periodo al que
corresponde:
Otras contribuciones
40100027000000
Especificar concepto y periodo al que
corresponde:
356
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Diferencias no consideradas por el
contribuyente en el ejercicio fiscal
dictaminado:
40100028000000
Diferencia determinada por dictamen no
considerada
por
el
contribuyente
(del
ejercicio dictaminado).
Impuesto sobre la Renta pagos
provisionales
40100029000000
Correspondiente al mes o periodo de:
Impuesto sobre la Renta retenciones a
residentes en México
40100030000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta retenciones a
residentes en el extranjero
40100031000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta sobre dividendos
40100032000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta regímenes
fiscales preferentes como sujeto directo
40100033000000
Correspondiente al ejercicio
Impuesto al Valor Agregado como sujeto
directo
40100034000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto al Valor Agregado en su carácter
de retenedor
40100035000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios como sujeto directo
40100036000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios en su carácter de retenedor
40100037000000
Correspondiente al mes de:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
357
Impuesto sobre Automóviles Nuevos
40100038000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto Mexicano del
Seguro Social
40100039000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores
40100040000000
Correspondiente al bimestre de:
Aportaciones al seguro de retiro
40100041000000
Correspondiente al bimestre de:
Impuestos Locales
40100042000000
Correspondiente al mes de:
Derechos
40100043000000
Correspondiente al derecho.
Otras contribuciones
40100044000000
Especificar concepto y periodo al que
corresponde:
40100045000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Total de
contribuciones por
pagar
Importe de la
contribución en litigio
Fecha de pago
Institución de crédito
o SAT
Número de la
operación
Parte III
Datos a proporcionar
Pago en
parcialidades
(datos del escrito
libre) número de
folio
Pago en
parcialidades (datos
del escrito libre)
fecha de
presentación
Pago en parcialidades
(datos del escrito libre)
administración receptora
Oficio de
autorización de
pago en
parcialidades
número
Oficio de autorización
de pago en
parcialidades fecha
358
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para
efectos del Impuesto sobre la Renta
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2025
2024
(Cifras en pesos)
40110000000000
Utilidad neta.
40110001000000
Pérdida neta.
Más-menos:
40110002000000
Efecto de la inflación de la NIF B-10.
40110003000000
Resultado por posición monetaria favorable.
40110004000000
Resultado por posición monetaria desfavorable.
40110005000000
Utilidad neta histórica.
40110006000000
Pérdida neta histórica.
Más:
40110007000000
Ingresos fiscales no contables.
Más:
40110008000000
Deducciones contables no fiscales.
Menos:
40110009000000
Deducciones fiscales no contables.
Menos:
40110010000000
Ingresos contables no fiscales.
40110011000000
Pérdida fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones.
40110012000000
Utilidad fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones.
40110013000000
Pérdida en enajenación de acciones.
40110014000000
Pérdida fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio.
40110015000000
Utilidad fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio.
Más o menos:
40110016000000
PTU pagada en el ejercicio.
40110017000000
Pérdida fiscal del ejercicio.
40110018000000
Utilidad fiscal del ejercicio.
40110019000000
Deducción adicional del fomento al primer empleo del ejercicio
(para los efectos del artículo noveno, fracción XXXVII de las
disposiciones transitorias de la LISR para 2014).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
359
40110020000000
Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores.
40110021000000
Resultado fiscal y/o utilidad gravable.
Ingresos fiscales no contables
40110022000000
Ajuste anual por inflación acumulable.
40110023000000
Utilidad cambiaria fiscal.
40110024000000
Utilidad fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles.
40110025000000
Utilidad fiscal por reembolso de capital.
40110026000000
Utilidad fiscal en enajenación de activo fijo.
40110027000000
Utilidad fiscal en enajenación de terrenos.
40110028000000
Utilidad fiscal en fideicomisos.
40110029000000
Anticipos de clientes.
40110030000000
Intereses moratorios efectivamente cobrados.
40110031000000
Ingresos por avance de obra.
40110032000000
Inventario acumulable.
40110033000000
Estímulos fiscales.
40110034000000
Ajuste de precios de transferencia.
40110035000000
Otros ingresos fiscales no contables.
40110036000000
Total de ingresos fiscales no contables.
Deducciones contables no fiscales
40110037000000
Impuesto sobre la Renta.
40110038000000
Participación de utilidades.
40110039000000
Multas.
40110040000000
Gastos no deducibles.
40110041000000
Costo de ventas contable.
40110042000000
Depreciación contable.
40110043000000
Provisiones.
40110044000000
Estimaciones.
40110045000000
Pérdida contable en enajenación de acciones y/o intangibles.
40110046000000
Costo de ventas contable.
40110047000000
Pérdida cambiaria.
40110048000000
Amortizaciones contables.
40110049000000
Pérdida contable en enajenación de activo fijo.
40110050000000
Pérdida contable en enajenación de terrenos.
40110051000000
Pérdida contable en fideicomisos.
40110052000000
Pérdida contable en asociación en participación.
40110053000000
Honorarios, rentas e intereses no pagados al cierre del ejercicio.
40110054000000
Pérdida en participación subsidiaria.
40110055000000
Intereses devengados que exceden del valor de mercado y
moratorios pagados o no.
40110056000000
Proporción de pagos que sean ingresos exentos para el
trabajador.
40110057000000
Operaciones con partes relacionadas no deducibles.
40110058000000
Otras deducciones contables no fiscales.
40110059000000
Total de deducciones contables no fiscales.
360
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Las partidas no deducibles se contabilizan en:
40110060000000
Gastos de fabricación.
40110061000000
Gastos de venta.
40110062000000
Gastos generales.
40110063000000
Gastos de administración.
La depreciación contable se integra por:
40110064000000
Gastos de fabricación.
40110065000000
Gastos de venta.
40110066000000
Gastos generales.
40110067000000
Gastos de administración.
Deducciones fiscales no contables
40110068000000
Adquisición
de
mercancías,
materias
primas,
productos
semiterminados que se utilicen para prestar servicios, para
fabricar bienes o para enajenarlos.
40110069000000
Mano de obra.
40110070000000
Maquilas.
40110071000000
Gastos de fabricación.
40110072000000
Depreciación fiscal.
40110073000000
Estímulo fiscal por deducción inmediata de inversiones.
40110074000000
Amortización fiscal.
40110075000000
Pérdida fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles.
40110076000000
Pérdida fiscal en venta de activo fijo.
40110077000000
Pérdida fiscal enajenación de terrenos.
40110078000000
Pérdida fiscal en fideicomisos.
40110079000000
Ajuste anual por inflación deducible.
40110080000000
Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta.
40110081000000
Pérdida cambiaria fiscal.
40110082000000
Cargos a provisiones.
40110083000000
Cargos a estimaciones.
40110084000000
Honorarios, rentas e intereses que afectaron el resultado del
ejercicio anterior pagados en este.
40110085000000
Anticipos de clientes del ejercicio anterior.
40110086000000
Pérdida por créditos incobrables.
40110087000000
Intereses moratorios efectivamente pagados.
40110088000000
Costo de ventas fiscales.
40110089000000
Deducción adicional por donación de bienes básicos para la
subsistencia humana (para los efectos del artículo 1.3. del Decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre
de 2013).
40110090000000
Deducción del monto adicional del 25% del salario (para los
efectos del artículo 1.5. del Decreto publicado en el DOF el 26 de
diciembre de 2013 y artículo 186 de la LISR).
40110091000000
Deducción adicional para maquiladoras.
40110092000000
Estímulo fiscal por contratar personas con discapacidad y/o
adultos mayores.
40110093000000
Deducción del Impuesto sobre la Renta retenido a personas con
discapacidad y/o adultos mayores.
40110094000000
Ajuste de precios de transferencia.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
361
40110095000000
Intereses netos de ejercicios anteriores.
40110096000000
Intereses netos del ejercicio.
40110097000000
Otras deducciones fiscales no contables.
40110098000000
Total de deducciones fiscales no contables.
Ingresos contables no fiscales
40110099000000
Utilidad cambiaria.
40110100000000
Utilidad contable en enajenación de acciones y/o intangibles.
40110101000000
Utilidad contable en enajenación de activo fijo.
40110102000000
Utilidad contable en enajenación de terrenos.
40110103000000
Utilidad contable en fideicomisos.
40110104000000
Utilidad contable en asociación en participación.
40110105000000
Ventas anticipadas acumuladas en el ejercicio anterior y
devengadas en este.
40110106000000
Cancelación de estimaciones.
40110107000000
Cancelación de provisiones.
40110108000000
Ingresos por dividendos.
40110109000000
Ingresos por avance de obra.
40110110000000
Intereses moratorios devengados a favor cobrados o no.
40110111000000
Utilidad en participación subsidiaria.
40110112000000
Anticipo de clientes de ejercicios anteriores considerados como
ingresos en el ejercicio.
40110113000000
Saldos a favor de impuestos y su actualización.
40110114000000
Otros ingresos contables no fiscales.
40110115000000
Total de ingresos contables no fiscales.
Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en cinco partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
12.- Operaciones financieras
derivadas
contratadas
con
residentes en el extranjero
Por el ejercicio terminado al
31 de diciembre de 2025
Número de
identificación fiscal
País de
residencia
Fecha de
celebración del
contrato que le dio
origen a la
operación
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto
“40D087000", del anexo de datos generales.
Nombre, denominación o
razón social del residente en
el extranjero
40120000000000
(Especificar).
40120001000000
Total.
362
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte II
Datos a proporcionar
Fecha de celebración
de la más reciente
adenda al contrato
origen
Tipo de operación
contratada, deuda
o capital
Monto contratado
Efecto fiscal que
tuvo en el ejercicio el
ingreso (deducción)
Importe del efecto
fiscal que tuvo en el
ejercicio
Parte III
Datos a proporcionar
Tipo de
moneda
Valor pactado sobre el
subyacente
Tipo de subyacente
En caso de que en la columna "tipo
de subyacente" haya seleccionado
"otros" especifique concepto
Parte IV
Datos a proporcionar
Indique si antes del
vencimiento del plazo
realizó:
En caso de que haya liquidado mediante
celebración de una operación contraria,
indique las razones
Indique el monto de ingreso acumulable o
(deducción autorizada) generado
Parte V
Datos a proporcionar
% de retención sobre
la ganancia
Vigencia del
Vigencia al
Indique si obtuvo beneficio de
los tratados para evitar la doble
tributación (sí o no)
Indique si se contrató
con una parte
relacionada (sí o no)
Este anexo consta de 11 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
13.-Inversiones
permanentes
en
subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el
extranjero y en México
Por el ejercicio terminado
al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación fiscal
País de
residencia
fiscal de la
entidad
Porcentaje de
participación en el
capital de la entidad
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto
“40D088000”, del anexo de datos generales.
Nombre, denominación o
razón social de la
subsidiaria, asociada o
afiliada extranjera
40130000000000
(Especificar).
40130001000000
Total.
Nombre, denominación o
razón social de la
subsidiaria, asociada o
afiliada
en México
40130002000000
(Especificar).
40130003000000
Total.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
363
Parte II
Datos a proporcionar
Monto de la
inversión
Monto de las utilidades
(pérdidas) de ejercicios
anteriores en el
porcentaje de
participación
Forma de pago
(transferencia de
fondos, capitalización
de créditos o deudas,
etc.)
Monto de la utilidad
(pérdida) del ejercicio
en el porcentaje de
participación
Valor de la
inversión
Parte III
Datos a proporcionar
Fecha en que se efectuó la aportación de capital en
su subsidiaria
Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o
partes sociales
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal o RFC
País de
residencia para
efectos fiscales
(Cifras en pesos)
Nombre, denominación o razón social del socio o
accionista
40140000000000
(Especificar).
40140001000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Porcentaje de
participación del
socio o accionista en
el ejercicio
Periodo de tenencia del
Periodo de
tenencia al
Monto de aportaciones
que no sean prima en
suscripción de acciones
Monto de retiros
de capital
Parte III
Datos a proporcionar
Monto de préstamos
efectuados
Monto de
préstamos
recibidos
Porcentaje de tasa de interés pactada en
caso de préstamos recibidos
Destino del préstamo
Parte IV
Datos a proporcionar
Monto de prima en
suscripción de acciones
Forma de pago (transferencia de
fondos, capitalización de
créditos o deudas, etc.)
364
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según el
estado de resultado integral y los acumulables para efectos
del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades
para efectos del Impuesto al Valor Agregado
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2025
2024
(Cifras en pesos)
40150000000000
Total de ventas o ingresos netos.
Más:
40150001000000
Total de intereses a favor.
40150002000000
Utilidad cambiaria.
40150003000000
Efecto de reexpresión de la utilidad cambiaria.
40150004000000
Resultado por posición monetaria favorable.
40150005000000
Efecto de reexpresión del resultado por posición monetaria
favorable.
40150006000000
Otros conceptos financieros a favor.
40150007000000
Efecto de reexpresión de otros conceptos financieros a favor.
40150008000000
Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros a
favor.
40150009000000
Efecto de reexpresión de cambios en el valor razonable de
activos y pasivos financieros a favor.
40150010000000
Total de productos financieros.
40150011000000
Resultado integral de financiamiento capitalizable.
40150012000000
Utilidad neta por participación en los resultados de subsidiarias
no consolidadas y asociadas.
40150013000000
Ingresos por las operaciones discontinuadas.
40150014000000
Resultado favorable por conversión de operaciones extranjeras.
40150015000000
Resultado favorable no realizado en y/o sobre instrumentos
financieros.
40150016000000
Valuación favorable de coberturas de flujo de efectivo y/o
instrumentos financieros.
40150017000000
Participación favorable de los otros resultados integrales de
asociadas.
40150018000000
Impuesto diferido acreedor.
40150019000000
Otros.
40150020000000
Total de otros conceptos a favor.
40150021000000
Total de ventas o ingresos netos reportados en el estado de
resultado integral.
Menos :
40150022000000
Método de participación en subsidiarias, asociadas, etcétera.
40150023000000
Efecto de reexpresión de la utilidad cambiaria.
40150024000000
Resultado por posición monetaria favorable.
40150025000000
Efecto de reexpresión del resultado por posición monetaria
favorable.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
365
40150026000000
Efecto de reexpresión de otros conceptos financieros a favor.
40150027000000
Efecto de reexpresión de ventas o ingresos brutos propios de la
actividad.
40150028000000
Efecto de reexpresión de cambios en el valor razonable de
activos y pasivos financieros a favor.
40150029000000
Otros.
40150030000000
Total.
Más:
40150031000000
Ajuste anual por inflación acumulable.
40150032000000
Anticipos de clientes.
40150033000000
Ingresos por dividendos provenientes del extranjero.
40150034000000
Ganancia fiscal en la enajenación de activo fijo.
40150035000000
Ganancia fiscal en la enajenación de terrenos.
40150036000000
Ganancia fiscal en la enajenación de acciones o partes sociales
y/o intangibles.
40150037000000
Ganancia fiscal en la enajenación de títulos valor.
40150038000000
Ganancia realizada en fusión o escisión de sociedades.
40150039000000
Ganancia proveniente de reducción de capital o liquidación de
sociedades mercantiles residentes en el extranjero.
40150040000000
Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre ventas o
ingresos nacionales.
40150041000000
Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre ventas o
ingresos al extranjero.
40150042000000
Cantidades recibidas en efectivo, en moneda nacional o
extranjera por préstamos, aportaciones para futuros aumentos de
capital o aumentos de capital mayores a $600,000.00.
40150043000000
Ajuste de precios de transferencia.
40150044000000
Otros.
40150045000000
Total.
Menos:
40150046000000
Anticipos de clientes de ejercicios anteriores.
40150047000000
Utilidad contable en enajenación de activo fijo.
40150048000000
Utilidad contable en enajenación de terrenos.
40150049000000
Utilidad contable en enajenación de acciones o partes sociales
y/o intangibles.
40150050000000
Utilidad contable en enajenación de títulos valor.
40150051000000
Utilidad contable en fusión o escisión de sociedades.
40150052000000
Ingresos por dividendos o utilidades percibidos de otras personas
morales residentes en México.
40150053000000
Impuesto diferido acreedor.
40150054000000
Otros.
40150055000000
Total.
40150056000000
Ingresos acumulables para el Impuesto sobre la Renta.
Más:
40150057000000
Ventas o ingresos de ejercicios anteriores cobrados en el
ejercicio.
40150058000000
Costo fiscal por la enajenación de activo fijo.
366
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40150059000000
Costo fiscal por enajenación de terrenos.
40150060000000
Otros.
40150061000000
Total.
Menos:
40150062000000
Ajuste anual por inflación acumulable.
40150063000000
Ganancia fiscal en la enajenación de acciones o partes sociales.
40150064000000
Ganancia fiscal en la enajenación de títulos valor.
40150065000000
Ganancia realizada en fusión o escisión de sociedades.
40150066000000
Ganancia proveniente de reducción de capital o liquidación de
sociedades mercantiles residentes en el extranjero.
40150067000000
Pérdida fiscal en la enajenación de activo fijo.
40150068000000
Pérdida fiscal en la enajenación de terrenos.
40150069000000
Utilidad cambiaria.
40150070000000
Ventas o ingresos no cobrados en el ejercicio.
40150071000000
Ingresos por dividendos provenientes del extranjero.
40150072000000
Intereses que generaron IVA y que están en reserva de capital.
40150073000000
Otros.
40150074000000
Total.
40150075000000
Total del valor de los actos o actividades para efectos del
Impuesto al Valor Agregado.
Este anexo consta de 17 columnas y está dividido en cinco partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
16.-
Operaciones
con
partes
relacionadas
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación fiscal o
RFC
Tipo de operación
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto
“40D043000”, del anexo de datos generales.
Impuesto sobre la Renta
Denominación o razón social de la
parte relacionada
Ingresos acumulables
40160000000000
(Especificar).
40160001000000
Total de ingresos acumulables.
Deducciones autorizadas
40160002000000
(Especificar).
40160003000000
Total de deducciones autorizadas.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
367
Parte II
Datos a proporcionar
En caso de que en la columna "tipo de
operación", haya seleccionado alguno
de los conceptos de "otros ingresos" u
"otros pagos", especifique concepto
País de residencia
Valor de la
operación y/o
inversión para
efectos fiscales
(incluso con valor
cero)
Método de precios de
transferencia aplicado
Parte III
Datos a proporcionar
La operación involucra contribuciones
únicas y valiosas (sí o no) en caso
afirmativo, indique en el anexo
denominado información adicional, de
que contribuciones únicas y valiosas
se tratan
La operación involucra
contribuciones únicas y
valiosas (sí o no)
Monto ajuste fiscal
del contribuyente
para que la
operación se
considere pactada
como con partes
independientes en
operaciones
comparables
La operación está
pactada como con partes
independientes en
operaciones
comparables (sí o no)
Parte IV
Datos a proporcionar
Se modificaron los valores de actos o
actividades para IVA, o bien, del IVA
acreditable (deducciones) como
consecuencia de un ajuste de precios
de transferencia (para los efectos de la
regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF
2025) (sí o no)
Indique si obtuvo beneficio de los tratados
para evitar la doble tributación (sí, no, n/a)
Monto modificado
Parte V
Datos a proporcionar
Existió retención y entero de ISR
por esta operación
Tasa
ISR retenido
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
17.- Información del contribuyente sobre sus operaciones
con partes relacionadas
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“40D043000”, del anexo de datos generales.
Conocimiento del negocio. Información general
Cuál(es) es (son) la (s) actividad(es) preponderante(s) del
contribuyente:
40170000000000
Distribución.
40170001000000
Manufactura.
368
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40170002000000
Maquiladora.
40170003000000
Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes.
40170004000000
Servicios.
40170005000000
Otros (especificar).
40170006000000
El contribuyente es propietario de los activos que utiliza para
realizar su actividad preponderante mismos que están
registrados en su contabilidad.
40170007000000
El contribuyente posee o usa activos intangibles los cuales se
encuentran registrados en su contabilidad.
Especifique los cinco principales activos intangibles que usa el
contribuyente
(ver
apéndice
VIII)
que
se
encuentran
registrados en su contabilidad.
40170008000000
Campo 1.
40170009000000
Campo 2.
40170010000000
Campo 3.
40170011000000
Campo 4.
40170012000000
Campo 5.
40170013000000
Monto de la regalía por el uso de activos intangibles.
Especifique los cinco principales activos intangibles por los
que otorga el uso o goce (ver apéndice VIII).
40170014000000
Campo 1.
40170015000000
Campo 2.
40170016000000
Campo 3.
40170017000000
Campo 4.
40170018000000
Campo 5.
40170019000000
Monto de la regalía por el que se otorga el uso de activos
intangibles.
Especifique los cinco principales activos intangibles de los que
es propietario y que tiene registrados en su contabilidad (ver
apéndice VIII)
40170020000000
Campo 1.
40170021000000
Campo 2.
40170022000000
Campo 3.
40170023000000
Campo 4.
40170024000000
Campo 5.
40170025000000
Valor del activo intangible que tiene registrado en su
contabilidad.
40170026000000
El contribuyente obtuvo un acuerdo anticipado de precios
(APA) aplicable al ejercicio fiscal.
40170027000000
Número de oficio.
40170028000000
Fecha del oficio.
40170029000000
Indique si se encuentra en trámite un acuerdo anticipado de
precios (APA) aplicable al ejercicio fiscal.
40170030000000
Fecha de presentación de la promoción.
40170031000000
El contribuyente obtuvo alguna resolución favorable del SAT
que involucre transacciones con partes relacionadas.
40170032000000
Número de oficio.
40170033000000
Fecha del oficio.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
369
40170034000000
Dedujo en el ejercicio inventarios iniciales provenientes de
operaciones con partes relacionadas efectuadas en ejercicios
anteriores.
40170035000000
Dedujo en el ejercicio depreciaciones o amortizaciones
provenientes
de
operaciones
con
partes
relacionadas
efectuadas en ejercicios anteriores.
40170036000000
El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria
a que se refiere la fracción IX del artículo 76 de la LISR
(estudio(s) de precios de transferencia).
40170037000000
El contribuyente presentó su declaración informativa por sus
operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del
artículo 76, fracción X de la LISR).
40170038000000
Fecha de presentación (última presentada).
40170039000000
El contribuyente cuenta con evidencia documental que
demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la
fracción XII, del artículo 76 de la LISR por sus operaciones
con partes relacionadas:
RFC de las personas que elaboraron la información y
documentación que demuestre el cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo 76, fracciones IX y XII de la LISR,
o bien, que asesoraron en su formulación.
Elaboradores
40170040000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
40170041000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
40170042000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
Asesores
40170043000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
40170044000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
40170045000000
RFC o número de identificación fiscal 3
RFC de las personas
que asesoraron fiscalmente
en términos del título VI del CFF
Asesores fiscales
40170046000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
40170047000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
40170048000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
Obligaciones en materia de precios de transferencia
40170049000000
Las cifras reportadas en la declaración informativa de
operaciones con partes relacionadas son coincidentes con las
manifestadas en los estudios de precios de transferencia
(documentación
comprobatoria)
(fracciones
X
y
IX
respectivamente del artículo 76 de la LISR).
40170050000000
En caso de discrepancia, especifique:
370
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40170051000000
Las cifras reportadas en la declaración informativa (para los
efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) son coincidentes
con las manifestadas en el anexo 16 del dictamen, ambas
referentes a operaciones con partes relacionadas.
40170052000000
En caso de discrepancia, especifique:
40170053000000
Las cifras reportadas para las operaciones con partes
relacionadas en la evidencia documental que demuestre
haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII, del
artículo 76 de la LISR son coincidentes con las manifestadas
en el anexo 16 del dictamen.
40170054000000
En caso de discrepancia, especifique:
40170055000000
En alguna(s) de las transacciones analizadas en la diversa
documentación de precios de transferencia del contribuyente,
se eligió como parte examinada a la parte relacionada
residente en el extranjero.
40170056000000
Indique las transacciones realizadas.
40170057000000
Monto de las transacciones.
40170058000000
El contribuyente tiene en su poder toda la información
financiera y fiscal de la parte relacionada residente en el
extranjero que es necesaria para corroborar el análisis y las
conclusiones de la documentación de precios de transferencia
en donde dicha parte relacionada fue elegida como la parte a
examinar.
Ajustes de precios de transferencia
40170059000000
Realizó algún ajuste en materia de precios de transferencia
para que los precios, montos de contraprestaciones o
márgenes de utilidad de las operaciones celebradas con
partes relacionadas se consideren como pactadas como lo
harían con o entre partes independientes en operaciones
comparables.
Nota: en caso de que en el anexo 16 se presente
información en la columna “monto ajuste fiscal del
contribuyente para que la operación se considere pactada
como
con
partes
independientes
en
operaciones
comparables” conteste lo siguiente (efectos fiscales no
contables):
40170060000000
El monto del incremento a los ingresos acumulables para
efectos de la LISR.
40170061000000
El monto del incremento a las deducciones autorizadas para
efectos de la LISR, incluso por disminuir ingresos.
40170062000000
El monto disminuido a las deducciones autorizadas para
efectos de la LISR.
40170063000000
Monto incrementado en las declaraciones presentadas por el
ejercicio fiscal por impuestos retenidos por pagos al
extranjero, como consecuencia de ajustes de precios de
transferencia.
40170064000000
Monto disminuido en las declaraciones presentadas por el
ejercicio fiscal por IVA acreditable, como consecuencia de
ajustes de precios de transferencia.
40170065000000
Se cuenta con documentación comprobatoria que sustente los
ajustes reales realizados.
40170066000000
Modificó los valores de actos o actividades para IEPS o bien,
del IEPS acreditable (deducciones) como consecuencia de un
ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla
3.9.1.2., fracción II de la RMF para 2025).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
371
40170067000000
Señale monto modificado de actos o actividades. (RMF).
40170068000000
Señale monto modificado de IEPS acreditable. (RMF).
40170069000000
Cumplió con los requisitos establecidos en la RMF vigente
para
considerar
deducible
un
ajuste
de
precios
de
transferencia que incrementó sus deducciones.
40170070000000
En el caso de ajustes voluntarios presentó aviso para la
modificación de las deducciones autorizadas señalado en la
RMF.
Intereses con partes relacionadas considerados como
dividendos
40170071000000
El contribuyente consideró intereses devengados como
dividendos de acuerdo con lo previsto por el artículo 11,
fracción II de la LISR.
40170072000000
Monto de los intereses considerados como dividendos.
Costo de ventas con partes relacionadas:
40170073000000
El costo de ventas correspondiente a enajenaciones a partes
relacionadas de acuerdo con lo previsto por las fracciones I, II
y III del artículo 180 de la LISR (para los efectos del artículo
42, segundo párrafo LISR).
En caso afirmativo indique el costo de ventas determinado
conforme a las fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR y
la opción seleccionada.
40170074000000
Artículo 180, fracción I de la LISR.
40170075000000
Artículo 180, fracción II de la LISR.
40170076000000
Artículo 180, fracción III de la LISR.
40170077000000
Costo de ventas con partes relacionadas deducido sin la
aplicación de las fracciones I, II y III del artículo 180 de la
LISR.
Gastos deducibles y no deducibles
40170078000000
Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el
tercer y antepenúltimo párrafos de la fracción XXIII, del
artículo 28 de la LISR.
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el
anexo
denominado
información
adicional
con
que
documentación
cuenta
para
acreditar
que
sus
deducciones no se tratan de acuerdos estructurados o
mecanismos híbridos.
40170079000000
Indique el monto de la deducción realizada.
40170080000000
Consideró
como
no
deducibles
gastos
con
partes
relacionadas de los referidos en la fracción XXIII, del artículo
28 de la LISR.
40170081000000
Indique el monto del gasto considerado como no deducible.
40170082000000
Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el
segundo párrafo de la fracción XXIX, del artículo 28 de la
LISR.
40170083000000
Indique el monto de la deducción realizada.
40170084000000
Consideró
como
no
deducibles
gastos
con
partes
relacionadas de los referidos en el primer párrafo de la
fracción XXIX, del artículo 28 de la LISR.
40170085000000
Indique el monto del gasto considerado como no deducible.
372
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40170086000000
Consideró como no deducibles intereses de los referidos en la
fracción XXXII, del artículo 28 de la LISR.
Gastos por reembolsos (al costo)
40170087000000
Dedujo gastos con partes relacionadas por reembolsos al
costo.
En caso afirmativo.
40170088000000
Cuenta con toda la documentación soporte, por un lado, de su
parte relacionada y, por otro lado, con la documentación
emitida por terceros independientes a la parte relacionada con
la que se pueda demostrar que se trata de un reembolso al
costo.
Gastos a prorrata
40170089000000
Dedujo gastos con partes relacionadas efectuados en el
extranjero a prorrata.
40170090000000
Indique el monto de la deducción de gastos efectuados en el
extranjero a prorrata.
40170091000000
Cuantifique el beneficio recibido o se espera recibir del gasto
a prorrata.
40170092000000
Cumplió con lo señalado en la regla 3.3.1.27. de la RMF para
2025.
Ganancias y/o pérdidas por enajenación de acciones
40170093000000
Obtuvo ganancia y/o pérdida fiscal al realizar una operación
de enajenación de acciones con y entre partes relacionadas.
Nota: en caso afirmativo, señale en el anexo denominado
información adicional la razón de negocio para enajenar
las acciones.
40170094000000
Indique el valor del precio de enajenación del paquete
accionario enajenado.
40170095000000
Indique el costo comprobado de adquisición del paquete
accionario enajenado.
40170096000000
Nombre de la emisora.
40170097000000
RFC o tax id de la emisora.
40170098000000
Indicar el capital contable de la emisora.
40170099000000
Nombre del adquirente.
40170100000000
RFC o tax id del adquirente.
40170101000000
Presentó a las autoridades fiscales el estudio sobre la
determinación del precio de venta de las acciones en los
términos de los artículos 179 y 180 de la LISR con los
elementos contenidos en el inciso e) de la fracción I del
artículo 179 de la LISR (segundo párrafo del inciso b)
correspondiente a su vez al cuarto párrafo de la fracción XVII
del artículo 28 de la LISR).
40170102000000
Fecha de presentación ante las autoridades fiscales el estudio
sobre la determinación del precio de venta de las acciones.
40170103000000
Autoridad fiscal en la que se presentó.
40170104000000
Mencione la razón de negocio para enajenar las acciones.
40170105000000
Mencione si realizó la valuación de la enajenación efectuada.
40170106000000
El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria
de la valuación de la enajenación efectuada.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
373
En caso afirmativo al índice anterior, indique RFC y
nombre del perito valuador:
40170107000000
Nombre del perito.
40170108000000
RFC:
Operaciones financieras derivadas con partes
relacionadas
40170109000000
Acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras
derivadas.
40170110000000
Indique el monto de la acumulación correspondiente.
40170111000000
Efectuó
deducciones
relacionadas
con
operaciones
financieras derivadas.
40170112000000
Indique el monto de la deducción correspondiente.
40170113000000
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con
partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción
XIX de la LISR.
40170114000000
Indique el monto correspondiente.
40170115000000
Realizó pagos de cantidades iniciales por el derecho a adquirir
o vender, bienes, divisas, acciones u otros títulos valor que no
cotizaron en mercados reconocidos conforme a lo referido en
el artículo 28, fracción XXIV de la LISR.
40170116000000
Indique el monto correspondiente.
Capitalización insuficiente:
40170117000000
Determinó intereses no deducibles de acuerdo a lo previsto
por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
40170118000000
Saldo promedio anual de todas las deudas del contribuyente
que devengaron intereses a cargo, determinadas en los
términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
40170119000000
Capital contable al inicio del ejercicio determinado en los
términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
40170120000000
Capital contable al final del ejercicio determinado en los
términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
40170121000000
Capital contable promedio.
40170122000000
Capital contable promedio por tres.
40170123000000
Saldo promedio anual de deudas del contribuyente contraídas
con
partes
relacionadas
residentes
en
el
extranjero,
determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII
de la LISR.
40170124000000
Intereses no deducibles determinados en los términos del
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
40170125000000
Optó por considerar como capital contable del ejercicio los
saldos iniciales y finales del ejercicio de sus cuentas de capital
de aportación, utilidad fiscal neta y utilidad fiscal neta
reinvertida.
Ajustes correspondientes
40170126000000
Realizó durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto
a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) algún ajuste
en materia de precios de transferencia como consecuencia de
aplicar lo señalado en la documentación de precios de
transferencia de alguna parte relacionada residente en el
extranjero.
40170127000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
374
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40170128000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
40170129000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
40170130000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
40170131000000
Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios
de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio
ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios
anteriores) sin cumplir con lo establecido en el artículo 184 de
la LISR.
40170132000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
40170133000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
40170134000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
40170135000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
40170136000000
Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios
de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio
ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios
anteriores) como consecuencia de operaciones con partes
relacionadas residentes en países con los cuales México no
tiene celebrados tratados internacionales en materia fiscal y
realizados por las autoridades de dichos países.
40170137000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
40170138000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
40170139000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
40170140000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
Artículo 76-A de la LISR (2025)
40170141000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista
en la fracción I (maestra de partes relacionadas).
40170142000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista
en la fracción II (local de partes relacionadas).
40170143000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista
en la fracción III (país por país).
En caso afirmativo en este último caso, especifique el
supuesto de obligación:
40170144000000
Por ser persona moral controladora multinacional (fracción III,
inciso a)
40170145000000
Por ser designada (fracción III, inciso b)
Tiene conocimiento si la persona moral controladora
multinacional a la que su empresa pertenece, está obligada a
presentar directamente o por conducto de alguna designada,
las
siguientes
declaraciones
informativas
de
partes
relacionadas:
40170146000000
Obligación de presentar la declaración maestra.
40170147000000
Obligación de presentar la declaración país por país.
Declaraciones anuales informativas
de partes relacionadas de 2024
presentadas en 2025
(para los efectos del artículo 76-A de la LISR)
40170148000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa maestra
de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional del
ejercicio fiscal de 2024.
40170149000000
Fecha de presentación (última presentada).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
375
40170150000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa local de
partes relacionadas del ejercicio fiscal de 2024.
40170151000000
Fecha de elaboración de la información y documentación de
precios de transferencia asociada con la declaración.
40170152000000
Fecha de presentación (última presentada).
40170153000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa país por
país del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de
2024.
40170154000000
Fecha de presentación (última presentada).
Información financiera operativa sin las modificaciones al
Boletín B-3 estado de resultado integral para 2013 de las
Normas de Información Financiera (aplicable ejercicio
2025)
40170155000000
Aplicó el método de márgenes transaccionales de utilidad de
operación con base en su información financiera global y/o
segmentada, sin considerar las modificaciones al boletín B-3
estado de resultado integral para 2013 de las Normas de
Información Financiera (aplicable ejercicio 2025).
En caso afirmativo a la respuesta anterior, deberá presentar la
siguiente información:
40170156000000
Total de ventas o ingresos netos.
Menos conceptos no operativos:
40170157000000
Ganancia en venta de activos fijos.
40170158000000
Recuperación de cuentas.
40170159000000
Dividendos.
40170160000000
Ganancia en enajenación de acciones.
40170161000000
Servicios.
40170162000000
Comisiones.
40170163000000
Otros.
40170164000000
Suma.
Igual:
40170165000000
Total de ventas o ingresos netos propios operativos.
40170166000000
Costo de ventas.
40170167000000
Gastos de operación.
Menos conceptos no operativos:
40170168000000
Otros gastos no operativos.
Igual:
40170169000000
Gastos de operación sin otros gastos no operativos.
40170170000000
Utilidad operativa sin las modificaciones al boletín B-3 estado
de resultado integral para 2013 de las Normas de Información
Financiera (aplicable ejercicio 2025).
376
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Criterios no vinculativos
40170171000000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en
el DOF como criterios no vinculativos en materia de precios de
transferencia de las disposiciones fiscales y aduaneras.
40170172000000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
Valor de los activos fijos e inventarios propiedad de
residentes en el extranjero
Valor de los inventarios de materias primas, productos
semiterminados y terminados
40170173000000
Saldo inicial de enero en dólares.
40170174000000
Saldo inicial de enero en pesos.
40170175000000
Saldo final de enero en dólares o su equivalente.
40170176000000
Saldo final de enero en pesos.
40170177000000
Saldo promedio de enero en pesos.
40170178000000
Saldo final de febrero en dólares o su equivalente.
40170179000000
Saldo final de febrero en pesos.
40170180000000
Saldo promedio de febrero en pesos.
40170181000000
Saldo final de marzo en dólares o su equivalente.
40170182000000
Saldo final de marzo en pesos.
40170183000000
Saldo promedio de marzo en pesos.
40170184000000
Saldo final de abril en dólares o su equivalente.
40170185000000
Saldo final de abril en pesos.
40170186000000
Saldo promedio de abril en pesos.
40170187000000
Saldo final de mayo en dólares o su equivalente.
40170188000000
Saldo final de mayo en pesos.
40170189000000
Saldo promedio de mayo en pesos.
40170190000000
Saldo final de junio en dólares o su equivalente.
40170191000000
Saldo final de junio en pesos.
40170192000000
Saldo promedio de junio en pesos.
40170193000000
Saldo final de julio en dólares o su equivalente.
40170194000000
Saldo final de julio en pesos.
40170195000000
Saldo promedio de julio en pesos.
40170196000000
Saldo final de agosto en dólares o su equivalente.
40170197000000
Saldo final de agosto en pesos.
40170198000000
Saldo promedio de agosto en pesos.
40170199000000
Saldo final de septiembre en dólares o su equivalente.
40170200000000
Saldo final de septiembre en pesos.
40170201000000
Saldo promedio de septiembre en pesos.
40170202000000
Saldo final de octubre en dólares o su equivalente.
40170203000000
Saldo final de octubre en pesos.
40170204000000
Saldo promedio de octubre en pesos.
40170205000000
Saldo final de noviembre en dólares o su equivalente.
40170206000000
Saldo final de noviembre en pesos.
40170207000000
Saldo promedio de noviembre en pesos.
40170208000000
Saldo final de diciembre en dólares o su equivalente.
40170209000000
Saldo final de diciembre en pesos.
40170210000000
Saldo promedio de diciembre en pesos.
40170211000000
Saldo promedio anual en pesos.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
377
Valor de los activos fijos
pendiente por deducir
40170212000000
Monto original de la inversión para el residente en el
extranjero en dólares o su equivalente en otra moneda
extranjera.
40170213000000
Monto original de la inversión para el residente en el
extranjero pesos.
40170214000000
Depreciación acumulada en dólares o su equivalente en otra
moneda extranjera.
40170215000000
Depreciación acumulada pesos.
40170216000000
Monto pendiente por deducir en dólares o su equivalente en
otra moneda extranjera.
40170217000000
Monto pendiente por deducir pesos.
40170218000000
Si no optó por lo dispuesto en el artículo 182 de la LISR,
indique el nombre del residente en el extranjero que se
considera que tiene un establecimiento permanente.
40170219000000
Indique el número de identificación fiscal del residente en el
extranjero que se considera que tiene un establecimiento
permanente.
40170220000000
País de residencia del residente en el extranjero.
40170221000000
Ingresos atribuibles al establecimiento permanente en el país
en los términos del artículo 2 de la LISR.
40170222000000
Valor de los otros ingresos derivados de su actividad
productiva relacionados con su operación de maquila (RMF
vigente).
40170223000000
Optó por aplicar el estímulo fiscal consistente en una
deducción adicional calculada de conformidad con el artículo
primero del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre
de 2013.
40170224000000
Monto de la deducción adicional.
40170225000000
Optó por aplicar lo dispuesto por el artículo segundo del
Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.
Cumplimiento fiscal genérico
para maquiladoras
En caso de que se haya contestado en la pregunta
correspondiente al índice 40170026000000 que no, conteste
lo siguiente:
40170226000000
Monto acumulado de intereses devengados a favor (para los
efectos del artículo 18, fracción IX de la LISR).
40170227000000
Monto acumulado de utilidad cambiaria devengada a favor
(para los efectos del artículo 18, fracción IX de la LISR).
40170228000000
Monto acumulado de ajuste anual por inflación (para los
efectos del artículo 18, fracción X de la LISR).
40170229000000
Monto deducido de intereses devengados a cargo (para los
efectos del artículo 25, fracción VII de la LISR).
40170230000000
Monto deducido de pérdida en cambios devengada a cargo
(para los efectos del artículo 25, fracción VII de la LISR).
40170231000000
Monto deducido de ajuste anual por inflación (para los efectos
del artículo 25, fracción VIII de la LISR).
378
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
18.- Datos informativos
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
(Cifras en pesos)
Datos informativos del contribuyente
40180000000000
Se encuentra amparado para notificación por medio de buzón
tributario.
Datos informativos del contribuyente
como representante legal
40180001000000
Es socio o accionista de algunos contribuyentes que representa.
40180002000000
Número de entidades en las que participa como representante legal.
Indique los cinco principales RFC de la(s) persona(s) moral(es)
en las que participa como representante legal:
40180003000000
RFC 1:
40180004000000
RFC 2:
40180005000000
RFC 3:
40180006000000
RFC 4:
40180007000000
RFC 5:
40180008000000
Es representante legal de un residente en el extranjero sin
establecimiento permanente en territorio nacional.
Indique los cinco principales nombres o razones sociales de los
residentes en el extranjero:
40180009000000
Nombre 1.
40180010000000
Nombre 2.
40180011000000
Nombre 3.
40180012000000
Nombre 4.
40180013000000
Nombre 5.
Participación de los trabajadores en las utilidades
40180014000000
PTU generada durante el ejercicio.
40180015000000
PTU no cobrada en el ejercicio anterior.
40180016000000
PTU pagada en el ejercicio.
40180017000000
Renta gravable base para PTU.
Cifras al cierre del ejercicio Impuesto sobre la Renta
40180018000000
Deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta.
40180019000000
Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente.
40180020000000
Ingresos por dividendos de personas residentes en el país.
40180021000000
Ingresos por dividendos de personas residentes en el extranjero.
40180022000000
Ingresos por dividendos distribuidos que no provienen de CUFIN ni
de CUFIN reinvertida.
40180023000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de fusión.
40180024000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de
escisión.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
379
40180025000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de
reducciones de capital de sociedades residentes en el extranjero en
las que el contribuyente es socio o accionista.
40180026000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de
liquidación de sociedades residentes en el extranjero en las que el
contribuyente es socio o accionista.
40180027000000
Pérdida deducida derivada de fusión.
40180028000000
Pérdida deducida derivada de escisión.
40180029000000
Pérdida deducida derivada de reducción de capital.
40180030000000
Pérdida deducida derivada de liquidación de sociedades.
40180031000000
Total de ingresos acumulables.
40180032000000
Saldo de CUFIN determinado conforme al quinto párrafo del artículo
77 de la LISR.
40180033000000
Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el
trabajador.
40180034000000
Monto deducible al 47% (pagos que son ingresos exentos para el
trabajador).
40180035000000
Monto deducible al 53% (pagos que son ingresos exentos para el
trabajador).
40180036000000
Dividendos pagados provenientes de CUFIN y CUFINRE.
40180037000000
Dividendos pagados no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE.
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicio 2014 a 2025
40180038000000
Saldo inicial CUFIN actualizado al inicio del ejercicio.
40180039000000
Actualización antes de dividendos.
Más:
40180040000000
Dividendos o utilidades cobrados nacionales.
40180041000000
Dividendos o utilidades cobrados REFIPRES.
Menos:
40180042000000
Dividendos o utilidades pagados nacionales.
40180043000000
Dividendos o utilidades pagados a residentes en el extranjero.
40180044000000
Dividendos o utilidades pagados REFIPRES.
Igual:
40180045000000
Remanente después de dividendos.
40180046000000
Actualización desde la última modificación y hasta el cierre del
ejercicio.
Más:
40180047000000
Utilidad fiscal neta del ejercicio.
40180048000000
Saldo CUFIN al cierre del ejercicio.
Más: resultado positivo, o menos: resultado negativo, UFIN del
ejercicio
40180049000000
Resultado fiscal del ejercicio.
Menos:
40180050000000
ISR (para los efectos del art. 9, primer párrafo LISR).
40180051000000
Partidas no deducibles, excepto provisiones y reservas (para los
efectos del artículo 28, fracciones VIII y IX LISR).
380
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40180052000000
Efecto de Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero por pago
de dividendos al contribuyente (para los efectos del artículo 77,
cuarto párrafo LISR).
40180053000000
ISR acreditado en el ejercicio de dividendos o utilidades no
provenientes de CUFIN entre el factor.
Igual:
40180054000000
Resultado positivo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto
párrafo de la LISR).
40180055000000
Resultado negativo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto
párrafo de la LISR).
Otros conceptos especificar:
40180056000000
(Especificar).
40180057000000
(Especificar).
40180058000000
(Especificar).
40180059000000
(Especificar).
40180060000000
(Especificar).
40180061000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los
ejercicios de 2014 a 2025.
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicios de 2001 a 2013
40180062000000
Saldo inicial CUFIN actualizado.
Más:
40180063000000
Dividendos cobrados.
Menos:
40180064000000
Dividendos pagados.
Más:
40180065000000
Actualización por inflación.
Otros conceptos especificar:
40180066000000
(Especificar).
40180067000000
(Especificar).
40180068000000
(Especificar).
40180069000000
(Especificar).
40180070000000
(Especificar).
40180071000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los
ejercicios de 2001 a 2013.
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicios anteriores a 2001
40180072000000
Saldo inicial CUFIN actualizado.
Más:
40180073000000
Dividendos cobrados.
Menos:
40180074000000
Dividendos pagados.
Más:
40180075000000
Actualización por inflación.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
381
40180076000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los
ejercicios anteriores a 2001.
Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida
40180077000000
Saldo inicial CUFINRE actualizado.
40180078000000
Dividendos pagados.
Más:
40180079000000
Actualización por inflación.
Otros conceptos especificar:
40180080000000
(Especificar).
40180081000000
(Especificar).
40180082000000
(Especificar).
40180083000000
(Especificar).
40180084000000
(Especificar).
40180085000000
Saldo de CUFINRE total al cierre del ejercicio actualizado.
Saldos actualizados (Impuesto sobre la Renta) al cierre del
ejercicio de:
40180086000000
Cuenta de utilidad fiscal neta.
40180087000000
Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida.
40180088000000
Cuenta de utilidad fiscal neta por inversión en energía renovable.
40180089000000
Cuenta de capital de aportación.
40180090000000
Impuesto al Activo por recuperar de 10 años anteriores.
40180091000000
Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
Comercio exterior
40180092000000
Valor declarado en aduana de importaciones definitivas.
40180093000000
Valor declarado en aduana de exportaciones definitivas.
Impuesto al Valor Agregado
40180094000000
IVA pagado en aduanas durante el ejercicio.
40180095000000
IVA causado por importación de bienes intangibles adquiridos.
40180096000000
IVA causado por importación del uso o goce de bienes intangibles.
40180097000000
IVA causado por importación de servicios.
40180098000000
IVA acreditable por intereses.
40180099000000
IVA acreditado por la importación de bienes intangibles adquiridos.
40180100000000
IVA acreditado por la importación del uso o goce de bienes
intangibles.
40180101000000
IVA acreditado por la importación de servicios.
40180102000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 8%.
40180103000000
Total de IVA de los actos o actividades pagados a la tasa del 8%.
40180104000000
Valor de los actos o actividades no objeto.
40180105000000
Valor de los actos o actividades exentos.
382
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
40180106000000
IEPS pagado en aduanas durante el ejercicio.
40180107000000
Número de cigarros enajenados durante el ejercicio.
40180108000000
Número de cigarros importados durante el ejercicio.
40180109000000
Cantidad de litros comprados de gasolina menor a 91 octanos
durante el ejercicio.
40180110000000
Cantidad de litros comprados de gasolina mayor o igual a 91 octanos
durante el ejercicio.
40180111000000
Cantidad de litros comprados de diésel durante el ejercicio.
40180112000000
Durante el ejercicio realizó venta final al público en general en
territorio nacional de gasolinas y/o diésel.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá manifestar
información en los siguientes renglones:
40180113000000
Cantidad de litros vendidos de gasolina menor a 91 octanos durante
el ejercicio.
40180114000000
Cantidad de litros vendidos de gasolina mayor o igual a 91 octanos
durante el ejercicio.
40180115000000
Cantidad de litros vendidos de diésel durante el ejercicio.
40180116000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A,
del artículo 16 de la LIF 2025.
40180117000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado
A, del artículo 16 de la LIF 2025.
Información de consolidación financiera
40180118000000
Es una entidad controladora en términos de la norma contable de
información financiera que aplica el contribuyente.
Nota: en caso de una respuesta afirmativa al índice anterior,
deberá manifestar información en los siguientes dos índices:
40180119000000
Total de ventas o ingresos netos consolidados determinados
conforme a la norma contable de información financiera que aplica el
contribuyente.
40180120000000
Tiene subsidiarias en términos de la norma contable de información
financiera que aplica el contribuyente en el extranjero, o
establecimientos
permanentes
residentes
o
ubicados
en
el
extranjero.
Enajenación de acciones
40180121000000
Realizó enajenación de acciones.
40180122000000
Fecha de la operación.
40180123000000
Tipo de enajenación.
40180124000000
Otros (especificar).
40180125000000
Nombre de la sociedad emisora de las acciones enajenadas.
40180126000000
País de residencia fiscal de la emisora.
40180127000000
RFC o ID.
40180128000000
Número acciones enajenadas.
40180129000000
Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble
tributación.
40180130000000
Precio de venta.
40180131000000
Costo fiscal de las acciones.
40180132000000
Aplicó pérdidas por enajenación de acciones.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
383
En caso afirmativo, indique:
40180133000000
Si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con
pérdidas fiscales por enajenación de acciones pendientes de aplicar.
40180134000000
En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones,
presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la
operación.
40180135000000
Monto total de las pérdidas por enajenación de acciones al cierre del
ejercicio.
40180136000000
Importe de la pérdida por enajenación de acciones determinada.
40180137000000
Indique si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente
cuenta con importes pendientes de acreditar por concepto de ISR
pagado en el extranjero de conformidad con el artículo 5 de la LISR.
En caso afirmativo, indique:
40180138000000
Monto pendiente de acreditar.
40180139000000
Concepto por el que fue pagado el Impuesto sobre la Renta en el
extranjero.
Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en cinco partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
19.- Información de los integrantes de las
personas morales como coordinados
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de
2025
RFC del integrante
(Cifras en pesos)
Nombre o razón social de los integrantes que
optan por pagar el impuesto por conducto del
coordinado
40190000000000
(Especificar).
40190001000000
Total.
Nombre o razón social de los integrantes que
optan por pagar el impuesto en lo individual
40190002000000
(Especificar).
40190003000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Total de ingresos
acumulables ISR
Total de deducciones
autorizadas ISR
Monto de la
deducción del 8%
sobre ingresos
acumulables sin
documentación
(RFA)
Utilidad fiscal
Conceptos
disminuibles de la
utilidad fiscal
384
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte III
Datos a proporcionar
Utilidad gravable
Pérdida fiscal
ISR a cargo
ISR a favor
Monto del
acreditamiento del
IEPS por la
adquisición de
diésel contra el ISR
a cargo (para los
efectos del artículo
16, fracción IV de
la LIF)
Parte IV
Datos a proporcionar
Monto del
acreditamiento del
50% de los gastos
por el uso de
infraestructura
carretera contra el
ISR a cargo (para los
efectos del artículo
16, fracción V de la
LIF)
PTU por distribuir
Importe total de las
inversiones en
equipo de transporte
de carga y de
pasajeros de cada
integrante en el
ejercicio
Número de unidades
de equipo de
transporte de carga y
de pasajeros
utilizadas por el
integrante durante el
ejercicio
Fecha del aviso
presentado por el
integrante ante el
SAT (para los
efectos del artículo
73 de la LISR)
Parte V
Datos a proporcionar
Importe total de los
ingresos del
integrante según
liquidación (para
los efectos del
artículo 72, fracción
IV de la LISR)
Importe total de las
deducciones del
integrante según
liquidación (para los
efectos del artículo
72, fracción IV de la
LISR)
Importe total de las
retenciones
correspondientes al
integrante según
liquidación (para los
efectos del artículo 72,
fracción III de la LISR)
Importe total de impuestos pagados por
cuenta del integrante (para los efectos del
artículo 72, fracción VI de la LISR)
Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en
el extranjero
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación fiscal
(Cifras en pesos)
Nota: solamente se captura la información de este
anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto
“40D090000”, del anexo de datos generales.
Impuesto sobre la Renta
Denominación o razón social
Ingresos acumulables
40200000000000
(Especificar).
40200001000000
Total de ingresos acumulables.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
385
Deducciones autorizadas
40200002000000
(Especificar).
40200003000000
Total de deducciones autorizadas.
Parte II
Datos a proporcionar
Tipo de operación
En caso de que en la
columna "tipo de
operación", haya
seleccionado alguno de
los conceptos de "otros
ingresos" u "otros pagos",
especifique concepto
País de residencia
México tiene un acuerdo
amplio de intercambio de
información con el país de la
columna anterior (sí o no)
Parte III
Datos a proporcionar
Monto de la
operación
Indique si es parte
relacionada (sí o no)
Efectuó retención y
entero por esta
operación (sí o no)
Tasa
ISR por retención
determinado por
auditoría
Parte IV
ISR retenido pagado
Diferencia
Aplicó los beneficios de algún tratado
celebrado por México para evitar la
doble tributación (sí o no)
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
21.- Inversiones
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre
de 2025
Saldo pendiente
de deducir al
inicio del ejercicio
Más: MOI
de las
adquisiciones
durante
el ejercicio
(Cifras en pesos)
Activos fijos
40210000000000
Construcciones.
40210001000000
Construcciones en proceso.
40210002000000
Inmuebles considerados históricos.
40210003000000
Ferrocarriles.
40210004000000
Mobiliario y equipo de oficina.
40210005000000
Aviones.
40210006000000
Embarcaciones.
40210007000000
Equipo de transporte automóviles.
40210008000000
Equipo de transporte: automóviles con propulsión
de baterías eléctricas recargables y automóviles
eléctricos con motor de combustión interna o
accionado por hidrogeno.
386
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40210009000000
Equipo de transporte: bicicletas convencionales,
bicicletas y motocicletas con propulsión de
baterías eléctricas recargables.
40210010000000
Equipo de transporte (otros).
40210011000000
Equipos fijos de alimentación para vehículos
eléctricos.
40210012000000
Equipo de cómputo.
40210013000000
Dados,
troqueles,
moldes,
matrices
y
herramental.
40210014000000
Comunicaciones telefónicas.
40210015000000
Comunicaciones satelitales.
40210016000000
Terrenos (costo de adquisición).
40210017000000
Adaptación a instalaciones para personas con
capacidades diferentes.
40210018000000
Maquinaria y equipo para la generación de
energía proveniente de fuentes renovables o de
sistemas
de
cogeneración
de
electricidad
eficiente.
40210019000000
Maquinaria y equipo.
40210020000000
Oleoductos, gasoductos, terminales, y tanques
de almacenamiento de hidrocarburos.
40210021000000
Inversiones realizadas para la exploración,
recuperación secundaria y mejorada, y el
mantenimiento no capitalizable (aplicable a
contribuyentes de hidrocarburos).
40210022000000
Inversiones realizadas para el desarrollo y
explotación de yacimientos de petróleo o gas
natural
(aplicable
a
contribuyentes
de
hidrocarburos).
40210023000000
Inversiones realizadas en infraestructura de
almacenamiento
y
transporte
(aplicable
a
contribuyentes de hidrocarburos).
40210024000000
Otros activos fijos.
40210025000000
Suma activo fijo.
Gastos y cargos diferidos
40210026000000
Patentes.
40210027000000
Marcas registradas.
40210028000000
Regalías.
40210029000000
Gastos de instalación.
40210030000000
Gastos de organización.
40210031000000
Concesiones.
40210032000000
Otros gastos y cargos diferidos.
40210033000000
Suma gastos y cargos diferidos.
Erogaciones en periodos preoperativos
40210034000000
(Especificar).
40210035000000
Suma erogaciones preoperativas.
40210036000000
Total de inversiones.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
387
Parte II
Datos a proporcionar
Menos: enajenaciones y/o
bajas en el ejercicio
Menos: deducción en el ejercicio
Menos: deducción
inmediata en el
ejercicio
Saldo pendiente de
deducir al final del
ejercicio
Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
22.- Cuentas y documentos por cobrar y
por pagar en moneda nacional y extranjera
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación fiscal o
RFC
País de residencia
fiscal
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto
“40D091000”, del anexo de datos generales.
Cuentas por cobrar
Nombre, denominación o razón social
del deudor
40220000000000
(Especificar).
40220001000000
Total de cuentas por cobrar.
Cuentas por pagar
Nombre, denominación o razón social
del acreedor
40220002000000
(Especificar).
40220003000000
Total de cuentas por pagar.
Parte II
Datos a proporcionar
Tipo de
moneda
Antigüedad de la
cuenta por cobrar y
por pagar (meses)
Saldo en
moneda
extranjera
Saldo en
moneda
nacional
Indique si la cuenta
proviene de una
fusión, escisión de
sociedades o cesión
de derechos u
obligaciones
Concepto
más importante
que originó
el saldo
Parte III
Datos a proporcionar
En caso de que en la columna
"concepto más importante que
originó el saldo", hayan
seleccionado alguno de los
conceptos de "otros deudor" u
"otros acreedor", especifique
concepto:
Indique si
es parte relacionada
(sí o no)
Generó intereses
(sí o no)
Indique si la cuenta por cobrar o
por pagar se encuentra cubierta
por algún instrumento financiero
derivado. (sí o no)
388
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Este anexo consta de 27 columnas y está dividido en seis partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
23.- Préstamos
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal o RFC
Saldo insoluto
del préstamo al
31 de diciembre
de 2024
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto
“40D092000”, del anexo de datos generales.
Nombre, denominación o razón social
del residente en el extranjero
Partes relacionadas
40230000000000
(Especificar).
40230001000000
Total de partes relacionadas.
Partes no relacionadas
40230002000000
(Especificar).
40230003000000
Total de partes no relacionadas.
Nombre, denominación o razón social
del residente en México
Partes relacionadas
40230004000000
(Especificar).
40230005000000
Total de partes relacionadas.
Partes no relacionadas
40230006000000
(Especificar).
40230007000000
Total de partes no relacionadas.
Parte II
Datos a proporcionar
Tipo de
financiamiento
En caso de que
en la columna
"tipo de financiamiento"
haya
seleccionado
el concepto
"otro",
especifique
concepto:
Fue beneficiario
efectivo de
los intereses
(sí o no)
Número de
registro
del acreedor
residente en el
extranjero ante
el SAT vigente
durante el
ejercicio
dictaminado
País de
residencia
para efectos
fiscales
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
389
Parte III
Datos a proporcionar
Tipo de
moneda
Conversión de
moneda
Fecha en la que se
realizó la conversión
de moneda
Denominación
de la tasa
de interés
Porcentaje
de la tasa
de interés
Parte IV
Datos a proporcionar
Importe
total de
los intereses
pagados
y/o exigibles
Tasa de
retención
del ISR
ISR
retenido
en el
ejercicio
Vigencia
del préstamo
del
Vigencia
del préstamo
al
Parte V
Datos a proporcionar
Saldo
insoluto al
31 de diciembre
de 2025
Frecuencia de
exigibilidad
del pago de
intereses
En caso de que en la
columna "frecuencia de
exigibilidad del pago de
intereses" haya
seleccionado el
concepto "otro",
especifique concepto:
Garantizó el
préstamo
(sí o no)
Importe
total de
los intereses
deducidos en el
ejercicio dictaminado
Parte VI
Destino del Capital tomado en
préstamo
Efectuó colocaciones en el extranjero
(sí o no)
Número de oficio
de autorización
de la CNBV de
la oferta pública
en el extranjero de
valores emitidos
en México
Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
24.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2024
2023
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto
“40D048000”, del anexo de datos generales.
40240000000000
La pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una
escisión.
40240001000000
Señale el RFC de la escindente.
40240002000000
Señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la
escisión.
Nota: en caso de escisiones sucesivas deberá manifestar
a través del anexo denominado información adicional del
dictamen, la información correspondiente a los índices
anteriores.
40240003000000
Monto original de la pérdida fiscal.
390
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40240004000000
INPC del último mes del ejercicio en que se generó la pérdida
fiscal.
40240005000000
INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que
se generó la pérdida fiscal.
40240006000000
Factor de actualización del periodo.
40240007000000
Pérdida fiscal actualizada por el ejercicio en que se generó.
40240008000000
INPC del último mes de la primera mitad del ejercicio en que
se aplica o actualiza la pérdida fiscal.
40240009000000
INPC del mes en que se actualizo por última vez la pérdida
fiscal.
40240010000000
Factor de actualización del periodo.
40240011000000
Pérdida fiscal actualizada en el ejercicio en que se aplica o
actualiza.
Nota: los conceptos de los índices 40240008000000 al
40240011000000 deben repetirse para actualizar las pérdidas
fiscales ocurridas de 2015 a 2024, o aplicadas en los
ejercicios de 2016 a 2025.
40240012000000
(Monto de la disminución de la pérdida fiscal en el ejercicio:)
Nota: el concepto del índice 40240012000000 debe repetirse
las veces que sea necesario para indicar el ejercicio en el que
se amortizan las pérdidas fiscales, anotando el importe
aplicado en la columna a la que corresponda la pérdida fiscal.
40240013000000
Monto de la pérdida fiscal pendiente de aplicar.
Parte II
Datos a proporcionar
2022
2021
2020
2019
2018
2017
2016
Parte III
Datos a proporcionar
2015
Este anexo consta de 30 columnas y está dividido en siete partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
25.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales
preferentes
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre
de 2025
Número de
identificación fiscal
País de residencia
fiscal
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto
“40D328000”, del anexo de datos generales.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
391
Denominación o razón social
Ingresos
40250000000000
(Especificar).
40250001000000
Total de ingresos.
Gastos
40250002000000
(Especificar).
40250003000000
Total de gastos.
Parte II
Datos a proporcionar
Tasa efectiva del
Impuesto sobre
la Renta pagada
en el extranjero
(menor al 75%
del que se
pagaría en
México)
Tipo de moneda del país
de residencia fiscal
Tipo de ingreso
En caso de que en la
columna "tipo de
ingreso", haya
seleccionado "otros
ingresos",
especifique
concepto
Monto total de las
utilidades o
pérdidas fiscales en
la participación
accionaria
Parte III
Datos a proporcionar
Total de
ingresos
acumulables o
gravables en el
ejercicio
Participación directa o
participación indirecta
promedio por día del
contribuyente en el
ejercicio (porcentaje):
porcentaje
Participación directa o
participación indirecta
promedio por día del
contribuyente en el
ejercicio (porcentaje):
importe
Aportaciones y
reembolsos: monto
total de las
inversiones o
aportaciones
efectuadas durante
el ejercicio
Aportaciones y
reembolsos: monto
total de reembolsos
de capital recibidos
durante el ejercicio
Parte IV
Datos a proporcionar
La contabilidad
está a
disposición de
la autoridad (sí o
no)
Tiene alguna entidad
interpuesta (sí o no)
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente: Total
de utilidades o pérdidas
fiscales del ejercicio
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente:
total de utilidades
distribuidas en el
ejercicio
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente:
Monto total de
activos no afectos a
la actividad
empresarial
Parte V
Datos a proporcionar
Datos de la
entidad ubicada
en régimen
fiscal
preferente:
monto total de
activos afectos
a la actividad
empresarial
En el caso de ingresos
generados en
participación con otras
entidades cuenta con la
información de la entidad
que generó ingresos por
participación con otras
entidades (sí o no)
En el caso de ingresos
generados en
participación con otras
entidades, actividad
que realiza la entidad
en la que participa
Operaciones con
fideicomiso o con la
entidad o figura
jurídica extranjera
transparente
fiscalmente, señalar
si la información es
para el caso de los
ingresos generados
en fideicomisos y
similares (sí o no)
Operaciones con
fideicomiso o con la
entidad o figura
jurídica extranjera
transparente
fiscalmente,
descripción del
objeto del
fideicomiso
392
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte VI
Datos a proporcionar
Fideicomiso o
entidad o figura
jurídica
extranjera
transparente
fiscalmente:
vigencia del
Fideicomiso o entidad o
figura jurídica extranjera
transparente fiscalmente:
vigencia al
Carácter con el que
participa en el
fideicomiso o en la
entidad o figura jurídica
extranjera transparente
fiscalmente
Indique si utilizó una
tasa de impuesto o
exención prevista en
algún tratado que
tenga celebrado
México para evitar la
doble tributación
Tasa preferencial
por tratado
Parte VII
Datos a proporcionar
Impuesto sobre ingresos
sujetos a REFIPRES
Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en seis partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
26.- Deducción de intereses
netos del ejercicio
(para los efectos del artículo 28,
fracción XXXII de la LISR)
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Monto de los ingresos
acumulables del ejercicio
fiscal anterior de cada una de
las personas miembros del
grupo o de cada parte
relacionada
Número de
identificación fiscal o
RFC de cada una de
las personas
miembros del grupo o
de cada parte
relacionada
(Cifras en pesos)
Denominación o razón social
40260000000000
(Especificar).
40260001000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Monto de los ingresos
acumulables del ejercicio
fiscal anterior del
contribuyente
Total de ingresos
acumulables del ejercicio
fiscal anterior del
contribuyente y de todas
las personas miembros del
grupo o de todas las partes
relacionadas
Proporción de Ingresos
Límite de deducción del
contribuyente
Parte III
Datos a proporcionar
Total de los intereses
devengados que deriven
de deudas (montos
deducibles)
Intereses netos pendientes
de deducir de ejercicios
anteriores (aplicable a
partir del ejercicio 2021)
Total de los ingresos por
intereses acumulados
Intereses Netos
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
393
Parte IV
Datos a proporcionar
Utilidad (pérdida) Fiscal
Total de intereses
devengados que deriven de
deudas (montos
deducibles)
Monto total deducido de
Activos fijos
Monto total deducido de
Gastos diferidos
Parte V
Datos a proporcionar
Monto total deducido de
Cargos diferidos
Monto total deducido de
erogaciones realizadas en
periodos preoperativos
Utilidad fiscal ajustada
Límite intereses Netos
Parte VI
Datos a proporcionar
Intereses no deducibles
Se ubica en alguna de las
excepciones establecidas a
que se refiere el artículo 28,
fracción XXXII de la LISR
(si o no)
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión
efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman
parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
Toda pregunta debe ser entendida con respecto al ejercicio fiscal sujeto a revisión. En aquellos
cuestionamientos que no apliquen al contribuyente, así como cuando a criterio del contador público que
responda el cuestionario no haya una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado, o bien,
simplemente no fue revisado por no caer en el alcance de revisión, se podrá dejar en blanco el renglón que
corresponda, haciendo las aclaraciones correspondientes en el informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente, ya que de no hacerlo el Servicio de Administración Tributaria entenderá que el
contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento.
Índice
Concepto
Datos a
proporcionar
Comentarios
Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del
contador público)
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de
2025
Procedimientos de auditoría aplicados para
la revisión de estados financieros
40270000000000
Realizó la evaluación del control interno del
contribuyente.
40270001000000
En caso afirmativo al índice anterior, conserva la
evidencia de la evaluación del control interno en
sus papeles de trabajo.
40270002000000
Detectó debilidades o desviaciones relacionadas
con
la
estructura
del
control
interno
del
contribuyente con repercusión en su situación
fiscal.
Nota:
en
caso
afirmativo
describa
las
irregularidades en el informe sobre la revisión
de la situación fiscal.
394
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40270003000000
Como consecuencia de la realización de su
trabajo, propuso ajustes financieros que afectaron
la situación fiscal del contribuyente.
40270004000000
Como consecuencia de la realización de su trabajo
encontró diferencias en partidas no materiales que
puedan tener repercusión fiscal.
40270005000000
En caso afirmativo a los índices anteriores, los
ajustes afectaron la base y la determinación de las
contribuciones a que está sujeto el contribuyente.
Como consecuencia de la realización de su
trabajo, el contribuyente corrigió a la fecha de
envío del dictamen fiscal lo siguiente:
40270006000000
Partidas
que
el
contribuyente
dedujo
indebidamente en el ISR.
40270007000000
Ingresos que el contribuyente omitió en el
Impuesto sobre la Renta.
40270008000000
Actos o actividades que el contribuyente omitió en
el IVA.
40270009000000
Acreditamientos indebidos efectuados contra el
ISR.
40270010000000
Acreditamientos indebidos efectuados contra el
IVA.
En caso negativo, explique los motivos en el
informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente.
40270011000000
En caso de haber detectado en su auditoría alguna
irregularidad de las señaladas en los índices
40270006000000 al 40270010000000, indique si
reveló alguna salvedad en el informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente.
40270012000000
En caso de haber contestado afirmativamente en
el
índice
40270004000000,
reveló
dicha
circunstancia en el informe sobre la revisión de la
situación fiscal del contribuyente.
De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el
alcance a las mismas y con la evidencia que
conserva en sus papeles de trabajo, responda
si se cercioró de que el contribuyente
cumpliera con lo siguiente:
40270013000000
El contribuyente recibió asesoría de un experto de
la dirección en materia fiscal.
En caso afirmativo, señale:
40270014000000
Evaluó la competencia, capacidad y objetividad del
experto de la dirección en materia fiscal.
40270015000000
Obtuvo conocimiento del trabajo del experto.
40270016000000
Evaluó la adecuación del trabajo del experto.
40270017000000
Si el contribuyente obtuvo un documento por
escrito.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Ingresos (ISR)
40270018000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento
a lo previsto
en los índices
40D172000 al 40D205000 del diagnóstico fiscal,
se propusieron las correcciones correspondientes.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
395
40270019000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de esta
revisión.
Deducciones (ISR)
40270020000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento
a lo previsto
en los índices
40D206000 al 40D243000 del diagnóstico fiscal,
se propuso que se hicieran no deducibles las
partidas correspondientes.
40270021000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de esta
revisión.
Declaración informativa múltiple
40270022000000
Verificó la información contenida en el anexo
información sobre pagos y retenciones del ISR,
IVA e IEPS (para los efectos del artículo noveno
de las disposiciones transitorias de la LISR 2014,
fracción X).
40270023000000
Verificó la información contenida en el anexo
información sobre residentes en el extranjero,
tratándose de residentes en el extranjero (para los
efectos del artículo noveno de las disposiciones
transitorias de la LISR 2014, fracción X).
40270024000000
Verificó la información contenida en el anexo
información sobre residentes en el extranjero (para
los efectos del artículo 76, fracción VI, de la LISR).
40270025000000
Verificó la información contenida en el anexo de
ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes
(para los efectos del artículo 178 de la LISR).
40270026000000
Verificó la información contenida en el anexo de
operaciones efectuadas a través de fideicomisos
(para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la
LISR).
Impuesto Diferido (ISR)
40270027000000
Diga si de acuerdo con normas y procedimientos
de
auditoría
se
allego
de
la
evidencia
comprobatoria
suficiente
y
competente
para
efectos de verificar la determinación del impuesto
diferido por parte del contribuyente.
Regímenes fiscales preferentes
40270028000000
Verificó la información contenida en el anexo de
ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Actos o actividades (IVA)
40270029000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento
a lo previsto
en los índices
40D345000 al 40D350000 del diagnóstico fiscal,
propuso
que
se
hicieran
las
correcciones
correspondientes.
396
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40270030000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de esta
revisión.
Acreditamiento (IVA)
Se
verificaron
los
siguientes
requisitos
de
acreditamiento del IVA.
40270031000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento
a lo previsto
en los índices
40D351000 al 40D365000 del diagnóstico fiscal,
propuso
que
se
hicieran
las
correcciones
correspondientes en el acreditamiento.
40270032000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de esta
revisión.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Cuestionario en materia de precios de transferencia
(revisión del contador público)
Por el ejercicio terminado
al 31 de diciembre de 2025
De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las
mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de
trabajo responda si se cercioró de que el contribuyente
cumpliera con lo siguiente:
Capitalización insuficiente (para los efectos del artículo 28,
fracción XXVII de la LISR)
40280000000000
Verificó si el contribuyente dio cumplimiento a lo dispuesto por
el artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
40280001000000
Detectó algún incumpliendo a lo dispuesto por el artículo 28,
fracción XXVII de la LISR.
40280002000000
Monto
de
intereses
no
deducibles
por
capitalización
insuficiente.
En caso de considerar cuentas fiscales para el cálculo,
señale el monto de:
40280003000000
Cuentas de capital de aportación.
40280004000000
Utilidad fiscal neta y utilidad neta reinvertida.
40280005000000
En caso de haber observado que las respuestas del
contribuyente
a
los
índices
40170117000000
y/o
40170125000000 del anexo 17 no eran correctas y haber
detectado algún incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad
en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente.
40280006000000
En adición, de haber contestado de forma afirmativa el índice
40280005000000, señaló alguna salvedad en su dictamen.
Documentación comprobatoria de precios de transferencia
(estudio de precios de transferencia) por operaciones con
partes relacionadas residentes en el extranjero (para los
efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR)
40280007000000
Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta
obligación fiscal.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
397
40280008000000
En caso de incumplimiento del contribuyente se consideraron
como deducibles las transacciones con partes relacionadas
que le representaron un costo o gasto.
40280009000000
En caso de incumplimiento del contribuyente a esta obligación
fiscal, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su
informe sobre la revisión de la situación fiscal.
40280010000000
En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su dictamen.
Verificó que la documentación comprobatoria de precios
de transferencia, por las operaciones con partes
relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción IX
de la LISR), incluyera lo siguiente:
Nota: las preguntas referidas en los índices 40280011000000
al 40280028000000 solo se contestarán cuando se haya
contestado que “sí” en el índice 40170036000000 del anexo
17.
40280011000000
1) Nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia
fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebraron
operaciones.
40280012000000
2) Que se consideraran todas las partes relacionadas de
acuerdo con la definición contenida en los párrafos quinto y
sexto del artículo 179 de la LISR.
40280013000000
3) Documentación que demuestre la participación directa e
indirecta entre las partes relacionadas.
40280014000000
4) Información relativa a las funciones o actividades por cada
tipo de operación evaluada.
40280015000000
5) Información relativa a los activos utilizados en cada tipo de
operación evaluada.
40280016000000
6) Información relativa a los riesgos asumidos en cada tipo de
operación evaluada.
40280017000000
7) Información y documentación sobre las operaciones con
partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y
por cada tipo de operación evaluada.
40280018000000
8) Método aplicado conforme al artículo 180 de la LISR por
cada tipo de operación evaluada.
40280019000000
9) Información y documentación sobre operaciones o empresas
comparables por cada tipo de operación evaluada.
40280020000000
10) Se identificaron en los registros de contabilidad que la
totalidad de las operaciones con partes relacionadas residentes
en el extranjero estuvieran debidamente asentadas.
40280021000000
En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos
antes referidos, señale si mencionó tal circunstancia en su
informe
sobre
la
revisión
de
la
situación
fiscal
del
contribuyente.
40280022000000
En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos
antes referidos señale si mencionó tal circunstancia en su
dictamen.
40280023000000
Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia se concluyera que las operaciones celebradas
con partes relacionadas por el contribuyente se efectuaron de
acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que
hubieran utilizado partes independientes en operaciones
comparables.
40280024000000
En caso de una conclusión negativa, indique si reveló alguna
salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente.
40280025000000
En caso de una conclusión negativa en la documentación
comprobatoria, indique si reveló alguna salvedad en el
dictamen.
398
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40280026000000
En caso de que en la documentación comprobatoria de precios
de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia
que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en el
informe
sobre
la
revisión
de
la
situación
fiscal
del
contribuyente.
40280027000000
En caso de que la documentación comprobatoria de precios de
transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia
que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en
dictamen.
40280028000000
En estos últimos casos, consideró el contribuyente como
deducibles las transacciones con partes relacionadas que le
representaron un costo o gasto.
Declaración informativa de operaciones con partes
relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción X de
la LISR)
40280029000000
Verificó la presentación oportuna de la información de las
operaciones con partes relacionadas, efectuadas durante el
año inmediato anterior (anexo 9 DIM).
40280030000000
Verificó si las cifras reportadas en esa declaración coinciden
con las manifestadas en la documentación a que se refiere el
artículo 76, fracción IX de la LISR (estudio de precios de
transferencia).
40280031000000
Verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la
información de las operaciones con partes relacionadas,
efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM)
conforme a la información contenida en la documentación de
precios de transferencia para las operaciones con partes
relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del
artículo 76, fracción IX de la LISR).
40280032000000
En caso de haber observado errores en el llenado, mencionó
tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente.
En caso negativo, especifique:
40280033000000
Consideró el contribuyente como deducibles las transacciones
con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto.
40280034000000
En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como
una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación
fiscal del contribuyente.
40280035000000
En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como
una salvedad en su dictamen.
Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas
(para los efectos del artículo 76-A, fracción X de la LISR)
de 2024 presentadas en 2025
40280036000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa maestra de partes relacionadas del grupo
empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de
2024.
40280037000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa local de partes relacionadas correspondiente al
ejercicio fiscal de 2024.
40280038000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa país por país del grupo empresarial multinacional
correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.
40280039000000
En caso de haber observado errores en el llenado de las
declaraciones anuales informativas de partes relacionadas
correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
399
Cumplimiento de la obligación respecto de las operaciones
con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76,
fracción XII de la LISR)
40280040000000
Verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se
pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y
deducciones autorizadas considerando para esas operaciones
los precios o montos de contraprestaciones que hubieran
utilizado partes independientes en operaciones comparables.
40280041000000
En caso negativo, consideró el contribuyente como deducibles
las transacciones con partes relacionadas que le representaron
un costo o gasto.
40280042000000
En caso de una conclusión negativa en la evidencia
documental, indique si reveló alguna salvedad en el informe
sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
40280043000000
En caso de una conclusión negativa en la evidencia
documental, indique si reveló alguna salvedad en su dictamen.
40280044000000
Verificó en la evidencia documental referida en el índice
40280040000000 la aplicación de los métodos de precios de
transferencia establecidos en el artículo 180 de la LISR en los
términos del tercer párrafo del citado artículo.
40280045000000
En caso de no haberlos aplicado, indique si reveló alguna
salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente, o bien en su dictamen.
Operaciones con partes relacionadas
nacionales informadas
40280046000000
En caso de haber señalado que si en el índice 40D044000 del
anexo "datos generales", verificó que la declaración informativa
por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el
extranjero (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la
LISR, anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes
relacionadas residentes en territorio nacional.
Ajustes de precios de transferencia
40280047000000
Verificó en el caso de ajustes de precios de transferencia que
hayan incrementado las deducciones del contribuyente, que se
cumplieran todos los requisitos establecidos en la regla 3.9.1.3.
de la RMF para 2025.
Intereses considerados como dividendos (para los efectos
del artículo 11 de la LISR)
40280048000000
En caso de haber observado que las respuestas del
contribuyente
a
los
índices
40170071000000
y/o
40170072000000 del anexo 17 no eran correctas y lo llevaron
a un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su
informe
sobre
la
revisión
de
la
situación
fiscal
del
contribuyente, o bien en su dictamen.
Metodología de precios de transferencia (para los efectos
del artículo 180 de la LISR) por transacción con partes
relacionadas
40280049000000
Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia, exista evidencia de que se intentó aplicar en
primer término el método de precio comparable no controlado
(previsto por la fracción I del artículo 180 de la LISR) para cada
una de sus transacciones con partes relacionadas que validó
en sus estudios de precios de transferencia.
400
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
40280050000000
Observó alguna inconsistencia de índole formal, por parte del
contribuyente en las respuestas de la información del
contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.
40280051000000
En caso afirmativo, reveló alguna salvedad en el informe sobre
la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien, en su
dictamen.
40280052000000
Verificó la aplicación por parte del contribuyente de lo
dispuesto por el artículo primero del Decreto publicado en el
DOF el 26 de diciembre de 2013.
40280053000000
Verificó que las operaciones con partes relacionadas que no
tengan relación con maquila, hayan cumplido con lo dispuesto
por las disposiciones fiscales en materia de precios de
transferencia.
40280054000000
En caso de incumplimientos del contribuyente (índices
40280052000000
al
40280053000000)
mencionó
tal
circunstancia como una salvedad en su informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente.
C.
Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las casas de
cambio, por el ejercicio fiscal del 2025.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Datos de identificación del contribuyente
07A000000
RFC:
07A001000
Denominación o razón social:
Domicilio fiscal:
07A002000
Entidad federativa:
07A003000
Alcaldía o municipio:
07A004000
Colonia o localidad:
07A005000
Código postal:
07A006000
Calle, número exterior e interior:
07A007000
Ciudad o población:
07A008000
Teléfono:
07A009000
Correo electrónico:
07A010000
Nombre del grupo económico al que pertenece:
07A011000
Clave de actividad para efectos fiscales:
Declaratoria del contribuyente:
Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las
operaciones reales que lleve a cabo durante el ejercicio, mismas que están
registradas contablemente y se encuentran amparadas con documentación
comprobatoria.
07A012000
Nombre del contribuyente:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
401
Datos de identificación del contador público
07B000000
RFC:
07B001000
Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)):
07B002000
CURP:
07B003000
Número de registro:
Domicilio fiscal:
07B004000
Entidad federativa:
07B005000
Alcaldía o municipio:
07B006000
Colonia o localidad:
07B007000
Código postal:
07B008000
Calle, número exterior e interior:
07B009000
Ciudad o población:
07B010000
Teléfono del CPI o despacho:
07B011000
Correo electrónico:
07B012000
Correo electrónico del buzón tributario:
07B013000
Colegio al que pertenece:
07B014000
Nombre del despacho:
07B015000
RFC del despacho:
07B016000
Número de registro del despacho:
Declaratoria del contador público que dictaminó:
Declaro que la información que proporciona el contribuyente citado, consta
en libros, registros, documentos y declaraciones en poder del propio
contribuyente, mismos que examiné, como lo manifiesto en el informe del
auditor independiente y en el informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente que adjunto.
07B017000
Nombre del contador público que dictaminó:
Datos de identificación del representante legal
07C000000
RFC:
07C001000
Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)):
402
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07C002000
Nacional:
07C003000
Extranjero:
07C004000
CURP:
Domicilio fiscal:
07C005000
Entidad federativa:
07C006000
Alcaldía o municipio:
07C007000
Colonia o localidad:
07C008000
Código postal:
07C009000
Calle, número exterior e interior:
07C010000
Ciudad o población:
07C011000
Teléfono:
07C012000
Correo electrónico:
07C013000
Número de escritura:
07C014000
Número de notaria:
07C015000
Entidad en la que se ubica la notaria:
07C016000
Fecha del poder:
07C017000
Fecha de designación:
Declaratoria del representante legal:
Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las
operaciones reales que llevó a cabo mi representada durante el ejercicio,
mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas
con documentación comprobatoria.
07C018000
Nombre del representante legal:
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Datos generales
07D000000
Autoridad competente:
07D001000
Sede a la que pertenece la ADAF:
07D002000
Administración:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
403
07D003000
Obligado u optativo:
07D004000
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para
los efectos del artículo 32-A del CFF).
07D005000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para
los efectos del artículo 32-A del CFF).
07D006000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores
(para los efectos del artículo 32-A del CFF).
07D007000
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 07D004000,
07D005000 y 07D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta
el dictamen.
07D008000
Forma parte de una asociación en participación.
07D009000
Forma parte de un fideicomiso.
En caso afirmativo al índice anterior, indique denominación o razón
social del fideicomiso:
07D010000
Denominación o razón social fideicomitente.
07D011000
Denominación o razón social fiduciario.
07D012000
Denominación o razón social fideicomisario (1).
07D013000
Denominación o razón social fideicomisario (2).
07D014000
Denominación o razón social fideicomisario (3).
07D015000
Primer dictamen.
07D016000
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía,
electricidad e infraestructura.
07D017000
Tipo de contribuyente especial.
07D018000
Empresa filial.
07D019000
Empresa subsidiaria.
07D020000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal.
07D021000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal.
07D022000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.
07D023000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.
07D024000
Tipo de opinión.
Indique el RFC de la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que asesoro(aron)
fiscalmente al contribuyente, mediante una opinión por escrito:
07D025000
RFC 1:
07D026000
RFC 2:
07D027000
RFC 3:
07D028000
RFC 4:
07D029000
RFC 5:
Efectos fiscales
07D030000
Realizó operaciones con partes relacionadas.
07D031000
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 07D030000
(debe llenar los anexos 12 y 13).
07D032000
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.
07D033000
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.
404
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D034000
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica
extranjera.
07D035000
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de
ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 18).
Otros aspectos
07D036000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF Como
criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
07D037000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
07D038000
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya
afectado su situación fiscal durante el ejercicio.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
07D039000
Se trata de:
07D040000
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o
consulta).
07D041000
Número de oficio 1.
07D042000
Fecha del oficio 1.
07D043000
Número de oficio 2.
07D044000
Fecha del oficio 2.
07D045000
Número de oficio 3.
07D046000
Fecha del oficio 3.
07D047000
Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales
que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU).
En caso afirmativo al índice anterior, indique el número y fecha de la
resolución:
07D048000
Número de resolución 1.
07D049000
Fecha de la resolución 1.
07D050000
Número de resolución 2.
07D051000
Fecha de la resolución 2.
07D052000
Número de resolución 3.
07D053000
Fecha de la resolución 3.
07D054000
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.
En caso afirmativo al índice anterior, aclarar a través del anexo
denominado información adicional, la disposición fiscal controvertida,
el medio de defensa interpuesto, así como el estatus del medio de
defensa interpuesto al cierre del ejercicio.
07D055000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple (normal).
07D056000
Fecha
de
envío
de
la
declaración
informativa
múltiple
(última
complementaria).
07D057000
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
Número de identificación otorgado por el SAT al esquema reportable.
07D058000
Número de identificación (campo 1).
07D059000
Número de identificación (campo 2).
07D060000
Número de identificación (campo 3).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
405
07D061000
Número de identificación (campo 4).
07D062000
Número de identificación (campo 5).
07D063000
Fecha de presentación de la declaración informativa normal.
07D064000
Fecha
de
presentación
de
la
declaración
informativa
(última
complementaria).
Operaciones financieras, inversiones, financiamiento, moneda extrajera
y residentes al extranjero
07D065000
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales
durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe
llenar el anexo 9).
07D066000
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas
durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10).
07D067000
Llevó
a
cabo
operaciones
con
residentes
en
el
extranjero
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 15).
07D068000
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo
17).
Diagnóstico fiscal del contribuyente
Generalidades fiscales
07D069000
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal
auditado.
07D070000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de
denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para
los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el
RFC y nombres anteriores.
07D071000
(especificar nombre anterior).
07D072000
(especificar nombre anterior).
07D073000
(especificar nombre anterior).
07D074000
(especificar nombre anterior).
07D075000
(especificar nombre anterior).
07D076000
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.
07D077000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio
de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF).
07D078000
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el
ejercicio fiscal auditado.
07D079000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de
actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del
artículo 29, fracción VII del RCFF).
07D080000
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados
durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o
semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier
local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades
(para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF).
07D081000
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente
fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el
artículo 26, fracción XI del CFF.
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, describa como dio
cumplimiento y con qué documentación lo acredita, a través del anexo
denominado información adicional del dictamen.
07D082000
Tiene accionistas residentes en el país.
07D083000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de
contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF).
406
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D084000
Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido
por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio
fiscal revisado.
07D085000
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les
dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF.
07D086000
Tiene empleados.
En caso afirmativo a la pregunta del índice anterior, indique:
07D087000
Número de trabajadores.
07D088000
Total del ISR retenido y enterado por salarios.
07D089000
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.
07D090000
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el
ejercicio.
07D091000
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.
07D092000
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.
07D093000
Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien
efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la
LISR y 65 del RLISR).
07D094000
En caso negativo a la pregunta del índice 07D086000 tiene algún contrato
de servicios especializados u obras especializadas (REPSE).
En caso de tener algún contrato de servicios especializados u obras
especializadas (REPSE), señale el RFC y nombre de la(s) sociedad(es)
que le presta(n) los servicios especializados u obras especializadas
(REPSE).
07D095000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
07D096000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
07D097000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
07D098000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
07D099000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
07D100000
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en
el ejercicio.
07D101000
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como
parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades.
07D102000
Monto de IVA que originó dicha operación.
Contabilidad
07D103000
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y
con el artículo 32, fracción I de la LIVA.
07D104000
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible
en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF).
Nota: en caso negativo al índice anterior, señale el domicilio en el cual
conserva la documentación comprobatoria de los registros o asientos,
a través del anexo denominado información adicional del dictamen.
Para efectos del IVA indique lo siguiente:
07D105000
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y
registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que
efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32,
fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
407
07D106000
Expidió y entrego comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos
32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA).
07D107000
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se
efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del
artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la
RMF para 2025).
07D108000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la
información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los
efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
07D109000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la
información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en
las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o
actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el IVA, incluyendo
actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del
artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la
RMF para 2025).
07D110000
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que
hace referencia la fracción IV, del artículo 1o.-A de la LIVA.
Cuenta con los siguientes libros actualizados:
07D111000
Diario.
07D112000
Mayor.
07D113000
Actas de asamblea de socios o accionistas.
07D114000
Socios o accionistas.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
07D115000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado
la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del
impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al
que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR).
07D116000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado
una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo
69-B Bis del CFF).
07D117000
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se
refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante
el ejercicio dictaminado.
07D118000
El contribuyente cambió el modelo de negocios.
07D119000
El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que
hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
07D120000
Reconoció o reporto dichos ingresos.
Nota. En caso negativo, señale el motivo a través del anexo
denominado información adicional del dictamen.
Dio cumplimiento a las siguientes obligaciones fiscales:
07D121000
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los
archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR).
07D122000
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos
efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la
LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de
la LISR).
07D123000
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos
en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111
del RLISR).
07D124000
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no
negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de
transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo
76, fracción XI, inciso a) de la LISR).
408
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D125000
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos,
constancia en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se
indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico
(para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).
07D126000
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para
futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo,
en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de
los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
07D127000
Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales
de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o
extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a
cien mil pesos (para los efectos del artículo 76, fracción XV de la LISR).
07D128000
Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan
generado intereses.
07D129000
En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la
autoridad fiscal.
07D130000
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del
artículo 55 de la LISR.
07D131000
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II, del
artículo 55 de la LISR.
07D132000
Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación,
administración o distribución a sociedades de inversión en instrumento de
duda o sociedades de inversión de renta variable, en los términos de la Ley
de Sociedades de Inversión y demás normativa legal aplicable.
07D133000
Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la
obligación prevista en la fracción II, del artículo 55 de la LISR, tal y cual se
prevé en el artículo 89, de esa misma normativa.
(ISR) obtuvo ingresos por
07D134000
Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
07D135000
Nombre del comprador 1.
07D136000
Es parte relacionada.
07D137000
Nombre del comprador 2.
07D138000
Es parte relacionada.
07D139000
Nombre del comprador 3.
07D140000
Es parte relacionada.
07D141000
Nombre del comprador 4.
07D142000
Es parte relacionada.
07D143000
Nombre del comprador 5.
07D144000
Es parte relacionada.
07D145000
Total de ingresos por venta de intangibles.
07D146000
Total del monto original de la inversión ajustado.
07D147000
Efectuó retención.
07D148000
Monto del entero por la operación.
07D149000
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas
fuera de mercados reconocidos.
Indique lo siguiente en calidad de emisora de las acciones:
07D150000
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.
07D151000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.
07D152000
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
409
07D153000
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.
07D154000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.
07D155000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.
07D156000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de
absorción de pérdidas financieras.
Deducciones (ISR)
Reunió los siguientes requisitos fiscales en sus deducciones:
07D157000
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios,
directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de
vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos
a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR).
07D158000
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de
regalías, se haya comprobado que, quien proporcionó los conocimientos
contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma
directa y efectivamente se hayan llevado a cabo (para los efectos del artículo
27, fracción X de la LISR).
07D159000
En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran
cumplido los requisitos previstos en la fracción V, del artículo 28 de la LISR.
07D160000
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos
valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones
financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios,
se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los
efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
07D161000
Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y
aviones se considera como monto original de la inversión el monto máximo
autorizado en Ley (para los efectos del artículo 36, fracciones II y III de la
LISR).
07D162000
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y
aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los
efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR).
07D163000
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20
de la LISR).
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
07D164000
Se realizaron con fines de:
07D165000
En caso afirmativo, acumuló ingresos provenientes de operaciones
financieras derivadas.
07D166000
Indique el monto de la acumulación correspondiente.
07D167000
Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas.
07D168000
En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente.
07D169000
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes
relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR.
07D170000
En caso afirmativo, indique el monto correspondiente.
Deducciones específicas (ISR)
07D171000
Cuando se adquieran bienes o derechos por dación en pago o por
adjudicación, que no puedan conservar en propiedad por disposición legal,
no se deducen conforme al artículo 25 de la LISR (para los efectos del
artículo 53 de la LISR).
07D172000
Los quebrantos diversos reúnen la totalidad de requisitos de deducción que
establece el artículo 27 de la LISR.
07D173000
Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad.
En caso afirmativo:
07D174000
Indique si el monto total de la reserva para fondos de pensiones, jubilaciones
y primas de antigüedad, está invertida acorde a lo establecido en el artículo
29, fracción II, de la LISR vigente en el ejercicio revisado.
410
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D175000
Deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los fondos
destinados a las reservas para el otorgamiento de pensiones o jubilaciones
de personal.
07D176000
La reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste anual
inflacionario dentro de los créditos.
07D177000
En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V, del
artículo 25 de la LISR.
07D178000
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los requisitos
que señala la fracción XV, artículo 27 de la LISR.
07D179000
Por las cuentas incobrables o quebrantos, fueron incluidas para efectos del
ajuste anual por inflación hasta el último mes de la primera mitad del
ejercicio en que se deduzca, como lo señala el artículo 27, fracción XV,
cuarto párrafo, de la LISR.
07D180000
Indique si dedujo para efectos fiscales provisiones.
07D181000
En caso afirmativo, indique si el pago y la documentación comprobatoria
cumpliera con los requisitos fiscales.
07D182000
Indique si redujo su capital social.
07D183000
En caso afirmativo, indique si la utilidad distribuible está determinada
conforme al artículo 78 de la LISR.
07D184000
La CUCA y las aportaciones de capital coinciden contra el estado de cuenta
bancario engranado a la contabilidad, y las actas de asamblea.
07D185000
Indique si el saldo de la cuenta utilidad fiscal neta, coincide con las
declaraciones del ejercicio y actas de asamblea.
07D186000
Para efectos del ajuste anual por inflación, los créditos y las deudas en
moneda extranjera se valúan a la paridad existente al primer día del mes,
como lo señala el artículo 44 de la LISR.
07D187000
En calidad de que participó en alguna fusión:
07D188000
Fecha en que surtió efectos la fusión:
En caso de ser fusionada, deberá anotar:
07D189000
Fusionante: RFC.
07D190000
Fusionante: denominación o razón social.
En caso de ser fusionante, deberá anotar:
07D191000
Fusionada 1: RFC.
07D192000
Fusionada 1: denominación o razón social.
07D193000
Fusionada 2: RFC.
07D194000
Fusionada 2: denominación o razón social.
07D195000
Fusionada 3: RFC.
07D196000
Fusionada 3: denominación o razón social.
07D197000
Fusionada 4: RFC.
07D198000
Fusionada 4: denominación o razón social.
07D199000
Fusionada 5: RFC.
07D200000
Fusionada 5: denominación o razón social.
07D201000
Fusionada 6: RFC.
07D202000
Fusionada 6: denominación o razón social.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
411
07D203000
Fusionada 7: RFC.
07D204000
Fusionada 7: denominación o razón social.
07D205000
Fusionada 8: RFC.
07D206000
Fusionada 8: denominación o razón social.
07D207000
Fusionada 9: RFC.
07D208000
Fusionada 9: denominación o razón social.
07D209000
Fusionada 10: RFC.
07D210000
Fusionada 10: denominación o razón social.
Nota: en caso de haber sido fusionante, y el espacio anterior es
insuficiente, señale en el anexo denominado información adicional del
dictamen: el RFC, nombre de la entidad(es) fusionada(s), fecha en que
surtió efectos la fusión y el porcentaje de participación accionaria.
07D211000
En calidad de que participó en alguna escisión:
07D212000
Fecha en que surtió efectos la escisión:
07D213000
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.
Parte del activo, pasivo y capital social correspondiente, aportado por la
escindente y recibido por:
07D214000
Escindida 1: RFC.
07D215000
Valor activo:
07D216000
Valor pasivo:
07D217000
Valor capital social:
07D218000
Escindida 2: RFC
07D219000
Valor activo:
07D220000
Valor pasivo:
07D221000
Valor capital social:
07D222000
Escindida 3: RFC
07D223000
Valor activo:
07D224000
Valor pasivo:
07D225000
Valor capital social:
07D226000
Escindida 4: RFC
07D227000
Valor activo:
07D228000
Valor pasivo:
07D229000
Valor capital social:
07D230000
Escindida 5: RFC
07D231000
Valor activo:
07D232000
Valor pasivo:
07D233000
Valor capital social:
07D234000
Escindida 6: RFC
07D235000
Valor activo:
07D236000
Valor pasivo:
07D237000
Valor capital social:
412
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D238000
Escindida 7: RFC
07D239000
Valor activo:
07D240000
Valor pasivo:
07D241000
Valor capital social:
07D242000
Escindida 8: RFC
07D243000
Valor activo:
07D244000
Valor pasivo:
07D245000
Valor capital social:
07D246000
Escindida 9: RFC
07D247000
Valor activo:
07D248000
Valor pasivo:
07D249000
Valor capital social:
07D250000
Escindida 10: RFC
07D251000
Valor activo:
07D252000
Valor pasivo:
07D253000
Valor capital social:
07D254000
Escindente: RFC
07D255000
Valor activo:
07D256000
Valor pasivo:
07D257000
Valor capital social:
En caso de liquidación, señalar:
07D258000
Fecha de inicio de la liquidación.
Indique el nombre o denominación o razón social y RFC del liquidador:
07D259000
(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social).
07D260000
(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social).
07D261000
(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).
07D262000
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o
construcción de inmuebles (FIBRAS).
07D263000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos
previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.
07D264000
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de
inmuebles (fibra).
07D265000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos
previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.
Acreditamientos
07D266000
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el
extranjero que acreditó.
07D267000
Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio,
efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se
tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales
expedidas por el Servicio de Administración Tributaria.
07D268000
El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el
extranjero.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
413
07D269000
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para
acreditar el ISR pagado en el extranjero.
07D270000
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades
recibidos de residentes en el extranjero.
07D271000
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en
el extranjero.
07D272000
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la
LISR.
07D273000
Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades
residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o
utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen
cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad
fiscal aplicable para su acreditamiento.
07D274000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron
el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1).
07D275000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron
el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2).
07D276000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron
el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3).
07D277000
Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en
el ejercicio.
07D278000
Señale si acredita un remanente del ISR pagado en el extranjero
correspondiente a ejercicios anteriores.
Regímenes fiscales preferentes
07D279000
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de
entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en
el extranjero. (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19).
07D280000
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones
efectuadas.
07D281000
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de
REFIPRES.
07D282000
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.
07D283000
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.
07D284000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente
de REFIPRES.
07D285000
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.
07D286000
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
07D287000
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
07D288000
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en
los términos del décimo párrafo del artículo 177 de la LISR.
Retenciones y/o responsabilidad solidaria
07D289000
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el
que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue
cubierto por el propio contribuyente.
07D290000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el
26 de diciembre de 2013.
07D291000
Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación.
En caso afirmativo:
07D292000
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país
de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR.
07D293000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención
preferencial.
07D294000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. Del Decreto publicado en el DOF el 26
de diciembre de 2013.
414
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Acreditamiento (IVA)
Cumplió con los siguientes requisitos de acreditamiento del Impuesto al
Valor Agregado:
07D295000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese
retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera
enterado en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo
5o., fracción IV de la LIVA).
Aplicación de estímulos fiscales
07D296000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. Del Decreto publicado en
el DOF el 26 de diciembre de 2013.
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
En materia de Impuesto sobre la Renta (ISR)
07D297000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre
de
2018
(en
caso
afirmativo
debe
llenar
del
índice
07140129000000 al 07140157000000 del anexo 14).
07D298000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato
anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos
obtenidos fuera de esta.
07D299000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la
región fronteriza norte”.
07D300000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
07D301000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
07D302000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para
la región fronteriza norte”.
07D303000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto
de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
07D304000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de
aplicar el estímulo fiscal de ISR.
07D305000
Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los
supuestos anteriores.
07D306000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las
declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó
el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el
mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las
declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado:
07D307000
(1) Correspondiente al mes de:
07D308000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D309000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D310000
(2) Correspondiente al mes de:
07D311000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
415
07D312000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D313000
(3) Correspondiente al mes de:
07D314000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D315000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D316000
(4) Correspondiente al mes de:
07D317000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D318000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D319000
(5) Correspondiente al mes de:
07D320000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D321000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D322000
(6) Correspondiente al mes de:
07D323000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D324000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D325000
(7) Correspondiente al mes de:
07D326000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D327000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D328000
(8) Correspondiente al mes de:
07D329000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D330000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D331000
(9) Correspondiente al mes de:
07D332000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D333000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D334000
(10) Correspondiente al mes de:
07D335000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
07D336000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D337000
(11) Correspondiente al mes de:
07D338000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
07D339000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D340000
(12) Correspondiente al mes de:
07D341000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
07D342000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D343000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal,
establecimiento u otro.
07D344000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u
otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses.
07D345000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado
dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de
2018.
07D346000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
07D347000
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento
fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo
exenciones o subsidios.
416
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo
siguiente:
07D348000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
07D349000
Monto del beneficio.
07D350000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real al que hace
referencia el artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
07D351000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
07D352000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de
colaboración al programa de verificación en tiempo real.
07D353000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
En materia de Impuesto al Valor Agregado
07D354000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto
de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
07D355000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia
de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte,
publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo:
07D356000
(a) enajenación de bienes.
07D357000
(b) prestación de servicios independientes.
07D358000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
07D359000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto
de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
07D360000
Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA.
07D361000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el
31 de diciembre de 2018.
07D362000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a
efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción
IV de la Ley del IVA.
07D363000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó
por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la
contraprestación efectivamente pagada.
En relación a la pregunta anterior, señale el mes al que corresponde, la
fecha de presentación del entero del IVA retenido y el monto pagado.
07D364000
(1) Correspondiente al mes de:
07D365000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D366000
(1) Monto pagado.
07D367000
(2) Correspondiente al mes de:
07D368000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D369000
(2) Monto pagado.
07D370000
(3) Correspondiente al mes de:
07D371000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D372000
(3) Monto pagado.
07D373000
(4) Correspondiente al mes de:
07D374000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
417
07D375000
(4) Monto pagado.
07D376000
(5) Correspondiente al mes de:
07D377000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D378000
(5) Monto pagado.
07D379000
(6) Correspondiente al mes de:
07D380000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D381000
(6) Monto pagado.
07D382000
(7) Correspondiente al mes de:
07D383000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D384000
(7) Monto pagado.
07D385000
(8) Correspondiente al mes de:
07D386000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D387000
(8) Monto pagado.
07D388000
(9) Correspondiente al mes de:
07D389000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D390000
(9) Monto pagado.
07D391000
(10) Correspondiente al mes de:
07D392000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D393000
(10) Monto pagado.
07D394000
(11) Correspondiente al mes de:
07D395000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D396000
(11) Monto pagado.
07D397000
(12) Correspondiente al mes de:
07D398000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D399000
(12) Monto pagado.
07D400000
Cuál es su moneda funcional.
07D401000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
07D402000
Es importador de un sector en específico.
07D403000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
En materia de Impuesto sobre la Renta (ISR)
07D404000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre
de
2020
(en
caso
afirmativo
debe
llenar
del
índice
07140158000000 al 07140186000000 del anexo 14).
07D405000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato
anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos
obtenidos fuera de esta.
07D406000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la
región fronteriza sur”.
07D407000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
07D408000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
07D409000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para
la región fronteriza sur”.
07D410000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto
de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
418
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D411000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de
aplicar el estímulo fiscal de ISR.
07D412000
Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los
supuestos anteriores.
07D413000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las
declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó
el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el
mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las
declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado:
07D414000
(1) Correspondiente al mes de:
07D415000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D416000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D417000
(2) Correspondiente al mes de:
07D418000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D419000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D420000
(3) Correspondiente al mes de:
07D421000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D422000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D423000
(4) Correspondiente al mes de:
07D424000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D425000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D426000
(5) Correspondiente al mes de:
07D427000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D428000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D429000
(6) Correspondiente al mes de:
07D430000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D431000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D432000
(7) Correspondiente al mes de:
07D433000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D434000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D435000
(8) Correspondiente al mes de:
07D436000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D437000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D438000
(9) Correspondiente al mes de:
07D439000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago
provisional en el que aplicó el estímulo.
07D440000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D441000
(10) Correspondiente al mes de:
07D442000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
07D443000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D444000
(11) Correspondiente al mes de:
07D445000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
07D446000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D447000
(12) Correspondiente al mes de:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
419
07D448000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
07D449000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
07D450000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal,
establecimiento u otro.
07D451000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u
otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses.
07D452000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado
dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos
fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de
2020.
07D453000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
07D454000
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal
que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo
exenciones o subsidios.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo
siguiente:
07D455000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
07D456000
Monto del beneficio.
07D457000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los
efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
07D458000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
07D459000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de
colaboración al programa de verificación en tiempo real.
07D460000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
En materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA)
07D461000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto
de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
07D462000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia
de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur,
publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo:
07D463000
(a) enajenación de bienes.
07D464000
(b) prestación de servicios independientes.
07D465000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
07D466000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto
de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
07D467000
Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA.
07D468000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el
30 de diciembre de 2020.
420
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07D469000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a
efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o.,
fracción IV de la Ley del IVA.
07D470000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó
por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la
contraprestación efectivamente pagada.
En relación a la pregunta anterior, señale las fechas de presentación
del entero del IVA retenido y los montos pagados
07D471000
(1) Correspondiente al mes de:
07D472000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D473000
(1) Monto pagado.
07D474000
(2) Correspondiente al mes de:
07D475000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D476000
(2) Monto pagado.
07D477000
(3) Correspondiente al mes de:
07D478000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D479000
(3) Monto pagado.
07D480000
(4) Correspondiente al mes de:
07D481000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D482000
(4) Monto pagado.
07D483000
(5) Correspondiente al mes de:
07D484000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D485000
(5) Monto pagado.
07D486000
(6) Correspondiente al mes de:
07D487000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D488000
(6) Monto pagado.
07D489000
(7) Correspondiente al mes de:
07D490000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D491000
(7) Monto pagado.
07D492000
(8) Correspondiente al mes de:
07D493000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D494000
(8) Monto pagado.
07D495000
(9) Correspondiente al mes de:
07D496000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D497000
(9) Monto pagado.
07D498000
(10) Correspondiente al mes de:
07D499000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D500000
(10) Monto pagado.
07D501000
(11) Correspondiente al mes de:
07D502000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D503000
(11) Monto pagado.
07D504000
(12) Correspondiente al mes de:
07D505000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
07D506000
(12) Monto pagado.
07D507000
Cuál es su moneda funcional.
07D508000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
07D509000
Es importador de un sector en específico.
07D510000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
421
Índice
Concepto
Datos informativos
1.- Estado de situación financiera
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y
de 2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
Activo
Efectivo y equivalentes de efectivo
07010000000000
Caja, billetes y monedas extranjeras.
07010001000000
Bancos.
07010002000000
Documentos de cobro inmediato.
07010003000000
Metales preciosos amonedados.
07010004000000
Instrumentos financieros de alta liquidez.
07010005000000
Remesas en tránsito.
07010006000000
Efectivo y equivalentes de efectivo restringidos o dados en
garantía.
07010007000000
Otros.
07010008000000
Total de efectivo y equivalentes de efectivo.
Inversiones en instrumentos financieros
07010009000000
Instrumentos financieros negociables.
07010010000000
Instrumentos financieros para cobrar o vender.
07010011000000
Títulos conservados a vencimiento.
07010012000000
Instrumentos financieros para cobrar principal e interés (valores)
(neto).
07010013000000
Otras inversiones en instrumentos financieros.
07010014000000
Total de inversiones en instrumentos financieros.
07010015000000
Deudores por reporto.
07010016000000
Cuentas por cobrar (neto).
07010017000000
Impuesto al Valor Agregado no pagado.
07010018000000
Bienes adjudicados (neto).
07010019000000
Activos de larga duración mantenidos para la venta o para
distribuir a los propietarios.
07010020000000
Pagos anticipados y otros activos (neto).
07010021000000
Propiedades, mobiliario y equipo (neto).
07010022000000
Activos por derechos de uso de propiedades mobiliario y equipo
(neto).
422
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07010023000000
Activo por impuestos a la utilidad diferidos (neto).
07010024000000
Inversiones permanentes.
07010025000000
Activos intangibles (neto).
07010026000000
Activos por derechos de uso de activos intangibles (neto).
07010027000000
Crédito mercantil.
Impuestos y PTU diferidos
07010028000000
ISR diferido.
07010029000000
PTU diferida.
07010030000000
Total de impuestos y PTU diferidos.
Otros activos
07010031000000
Cargos diferidos.
07010032000000
Pagos anticipados.
07010033000000
Intangibles.
07010034000000
Otros activos a corto y largo plazo.
07010035000000
Total de otros activos.
07010036000000
Total activo.
Pasivo y capital
Pasivo
Préstamos bancarios y de otros organismos
07010037000000
De corto plazo.
07010038000000
De largo plazo.
07010039000000
Total de préstamos bancarios y de otros organismos.
Préstamos de propietarios
07010040000000
De corto plazo.
07010041000000
De largo plazo.
07010042000000
Total de préstamos de propietarios.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
423
Colaterales vendidos
07010043000000
Reportos (saldo acreedor).
07010044000000
Otros colaterales vendidos.
07010045000000
Total de colaterales vendidos.
07010046000000
Pasivo por arrendamiento.
Otras cuentas por pagar
Contribuciones por pagar
07010047000000
Impuesto sobre la Renta.
07010048000000
Impuesto al Activo.
07010049000000
Impuesto al Valor Agregado.
07010050000000
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
07010051000000
Impuesto sobre Automóviles Nuevos.
07010052000000
Impuestos Locales.
07010053000000
Cuotas al seguro social.
07010054000000
Aportaciones al INFONAVIT.
07010055000000
Aportaciones al SAR.
07010056000000
Otros impuestos y contribuciones.
07010057000000
Total de contribuciones por pagar.
07010058000000
Participación de los trabajadores en las utilidades por pagar.
07010059000000
Acreedores por liquidación de operaciones.
07010060000000
Acreedores por colaterales recibidos en efectivo.
07010061000000
Contribuciones por pagar.
07010062000000
Acreedores diversos y otras cuentas por pagar.
07010063000000
Total de otras cuentas por pagar.
07010064000000
Impuesto al Valor Agregado no cobrado.
Impuestos y PTU diferidos
07010065000000
ISR diferido.
07010066000000
PTU diferida.
07010067000000
Total de impuestos y PTU diferidos.
07010068000000
Pasivos relacionados con grupos de activos mantenidos para la
venta.
07010069000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de
formalizar en asamblea de accionistas.
07010070000000
Obligaciones asociadas con el retiro de componentes de
propiedades, mobiliario y equipo.
424
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07010071000000
Pasivo por impuestos a la utilidad.
07010072000000
Pasivo por beneficios a los empleados.
07010073000000
Créditos diferidos y cobros anticipados.
07010074000000
Total pasivo.
Capital contable
Capital contribuido
07010075000000
Capital social.
07010076000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en
asamblea de accionistas.
07010077000000
Prima en venta de acciones.
07010078000000
Otras cuentas de capital contribuido.
07010079000000
Total capital contribuido.
Capital ganado
07010080000000
Reservas de capital.
07010081000000
Resultados acumulados.
07010082000000
Otros resultados integrales.
07010083000000
Resultado de ejercicios anteriores.
07010084000000
Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender.
07010085000000
Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su
disposición.
07010086000000
Remedición de beneficios definidos a los empleados.
07010087000000
Resultado por tenencia de activos no monetarios.
07010088000000
Participación en ORI de otras entidades.
07010089000000
Otras cuentas de capital ganado.
07010090000000
Utilidad neta.
07010091000000
Pérdida neta.
07010092000000
Total capital ganado.
07010093000000
Total participación controladora.
07010094000000
Total participación no controladora.
07010095000000
Total capital contable.
07010096000000
Total pasivo y capital contable.
Cuentas de orden
07010097000000
Cheques de viajero en consignación.
07010098000000
Giros en tránsito.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
425
07010099000000
Activos y pasivos contingentes.
07010100000000
Divisas a entregar por ventas diferidas.
07010101000000
Divisas a recibir por compras diferidas.
07010102000000
Posición de divisas.
07010103000000
Colaterales recibidos por la entidad.
07010104000000
Colaterales recibidos y vendidos por la entidad.
07010105000000
Operaciones por cuenta de terceros.
07010106000000
Documentos a cobranza (salvo buen cobro).
07010107000000
Otras cuentas de registro.
07010108000000
Total de cuentas de orden.
Las notas adjuntas son parte integrante de este estado
financiero.
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
2.- Estado de resultado integral
Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al
31 de diciembre de 2025 y de 2024
Total 2025
Partes
relacionadas
2025
(Cifras en pesos)
Nota:
Para el llenado de este anexo es necesario capturar primero la información del anexo 5.
07020000000000
Resultado por compraventa de divisas.
07020001000000
Resultado por valuación de divisas.
07020002000000
Ingresos por intereses.
Menos:
07020003000000
Gastos por intereses.
Más: menos:
07020004000000
Resultado
por
posición
monetaria
neto
(margen
financiero).
07020005000000
Margen financiero.
Más:
07020006000000
Comisiones y tarifas cobradas.
Menos:
07020007000000
Comisiones y tarifas pagadas.
426
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Más: menos:
07020008000000
Resultado por intermediación.
07020009000000
Otros ingresos (egresos) de la operación.
Menos:
07020010000000
Gastos de administración y promoción.
07020011000000
Utilidad de la operación.
07020012000000
Pérdida de la operación.
Más: menos:
07020013000000
Participación en el resultado neto de otras entidades.
07020014000000
Utilidad antes de impuestos a la utilidad.
07020015000000
Pérdida antes de impuestos a la utilidad.
Menos:
07020016000000
ISR causado.
07020017000000
ISR diferido.
07020018000000
Otros.
07020019000000
Utilidad antes de operaciones discontinuadas.
07020020000000
Pérdida antes de operaciones discontinuadas.
Más: menos:
07020021000000
Operaciones discontinuadas.
07020022000000
Utilidad neta.
07020023000000
Pérdida neta.
07020024000000
Resultado integral.
Resultado neto atribuible a:
07020025000000
Participación controladora.
07020026000000
Participación no controladora.
Resultado integral atribuible a:
07020027000000
Participación controladora.
07020028000000
Participación no controladora.
07020029000000
Utilidad básica por acción ordinaria.
Las notas adjuntas son parte integrante de este estado
financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes no relacionadas
2025
Total 2024
Partes relacionadas 2024
Partes no relacionadas
2024
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
427
Este anexo consta de 20 columnas y está dividido en cinco partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
3.- Estado de cambios en el capital
contable
Por los ejercicios terminados al 31 de
diciembre de 2025 y de 2024
Capital contribuido:
capital
social
Capital
contribuido:
aportaciones
para futuros aumentos
de capital formalizadas
en asamblea
de accionistas
(Cifras en pesos)
07030000000000
(Saldos al 31 de diciembre de 2023).
07030001000000
Ajustes
retrospectivos
por
cambios
contables.
07030002000000
Ajustes retrospectivos por correcciones de
errores.
07030003000000
(Saldo al 31 de diciembre de 2023 ajustado).
Movimientos de propietarios
07030004000000
Suscripción de acciones.
07030005000000
Capitalización de utilidades.
07030006000000
Constitución de reservas.
07030007000000
Traspaso de resultados neto a resultado de
ejercicios anteriores.
07030008000000
Pago de dividendos.
07030009000000
Aportaciones de capital.
07030010000000
Reembolsos de capital.
07030011000000
Decreto de dividendos.
07030012000000
Capitalización de otros conceptos de capital
contable.
07030013000000
Cambios en la participación controladora que
no implican pérdida de control.
07030014000000
Otros.
07030015000000
Total.
Movimientos de reserva
07030016000000
Reserva de capital.
Resultado integral
07030017000000
Utilidad neta.
07030018000000
Pérdida neta.
428
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Otros resultados integrales
07030019000000
Valuación de instrumentos financieros para
cobrar o vender.
07030020000000
Ingresos y gastos relacionados con activos
mantenidos para su disposición.
07030021000000
Remedición de beneficios definidos a los
empleados.
07030022000000
Resultado por tenencia de activos no
monetarios.
07030023000000
Participación en ORI de otras entidades.
07030024000000
Otros.
07030025000000
Total.
07030026000000
(Saldo al 31 de diciembre de 2024).
07030027000000
Ajustes
retrospectivos
por
cambios
contables.
07030028000000
Ajustes retrospectivos por correcciones de
errores.
07030029000000
(Saldo al 31 de diciembre de 2024 ajustado).
Movimientos de propietarios
07030030000000
Suscripción de acciones.
07030031000000
Capitalización de utilidades.
07030032000000
Constitución de reservas.
07030033000000
Traspaso de resultados neto a resultado de
ejercicios anteriores.
07030034000000
Pago de dividendos.
07030035000000
Aportaciones de capital.
07030036000000
Reembolsos de capital.
07030037000000
Decreto de dividendos.
07030038000000
Capitalización de otros conceptos de capital
contable.
07030039000000
Cambios en la participación controladora que
no implican pérdida de control.
07030040000000
Otros.
07030041000000
Total.
Movimientos de reserva
07030042000000
Reserva de capital.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
429
Resultado integral
07030043000000
Utilidad neta.
07030044000000
Pérdida neta.
Otros resultados integrales
07030045000000
Valuación de instrumentos financieros para
cobrar o vender.
07030046000000
Ingresos y gastos relacionados con activos
mantenidos para su disposición.
07030047000000
Remedición de beneficios definidos a los
empleados.
07030048000000
Resultado por tenencia de activos no
monetarios.
07030049000000
Participación en ORI de otras entidades.
07030050000000
Otros.
07030051000000
Total.
07030052000000
(Saldo al 31 de diciembre de 2025).
Las notas adjuntas son parte integrante de
este estado financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Capital
contribuido:
prima en venta
de acciones
Capital
contribuido:
otras cuentas
de capital contribuido
Capital
ganado:
reservas
de capital
Capital
ganado:
resultados acumulados
Parte III
Datos a proporcionar
Capital
ganado:
resultado de
ejercicios
anteriores
Capital
ganado:
valuación de instrumentos
financieros para cobrar o
vender
Capital
ganado:
ingresos y gastos
relacionados con activos
mantenidos para su
disposición
Capital
ganado:
remedición de beneficios
definidos a los empleados
Parte IV
Datos a proporcionar
Capital
ganado:
resultado
por tenencia
de activos no
monetarios
Capital
ganado:
participación en ORI de
otras entidades
Capital
ganado:
otras cuentas
de capital
ganado
Capital
ganado:
utilidad
neta
Parte V
Datos a proporcionar
Capital
ganado:
pérdida
neta
Total participación
controladora
Participación no
controladora
Total
Capital
Contable
430
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
4.- Estado de flujos de efectivo
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025
y de 2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
07040000000000
Utilidad neta.
07040001000000
Pérdida neta.
Ajustes por partidas asociadas con actividades de
inversión:
07040002000000
Depreciación de propiedades, mobiliario y equipo.
07040003000000
Amortizaciones de activos intangibles.
07040004000000
Pérdidas o reversión de pérdidas por deterioro de activos de
larga duración.
07040005000000
Participación en el resultado neto de otras entidades.
07040006000000
Provisiones.
07040007000000
Impuestos a la utilidad causados y diferidos.
07040008000000
Participación en el resultado de subsidiarias no consolidadas
y asociadas.
07040009000000
Operaciones discontinuadas.
07040010000000
Activos de larga duración mantenidos para la venta o para
distribuir a los propietarios.
07040011000000
Otros ajustes por partidas asociadas con actividades de
inversión.
07040012000000
Suma de ajustes por partidas asociadas con actividades de
inversión.
Ajustes por partidas asociadas con actividades de
financiamiento:
07040013000000
Intereses asociados con préstamos bancarios y de otros
organismos.
07040014000000
Intereses asociados con préstamos de propietarios.
07040015000000
Otros intereses.
07040016000000
Suma.
Cambios en partidas de operación
07040017000000
Cambio en inversiones en instrumentos financieros (valores)
(neto).
07040018000000
Cambio en deudores por reporto.
07040019000000
Cambio en cuentas por cobrar (neto).
07040020000000
Cambio en bienes adjudicados (neto).
07040021000000
Cambio en otros activos operativos (neto).
07040022000000
Cambio en préstamos bancarios y de otros organismos.
07040023000000
Cambio en préstamos de accionistas.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
431
07040024000000
Cambio en colaterales vendidos.
07040025000000
Cambio en activos/pasivos por beneficios a los empleados.
07040026000000
Cambio en otras cuentas por pagar.
07040027000000
Cambio en otras provisiones.
07040028000000
Cambio en otros pasivos operativos.
07040029000000
Devoluciones de impuestos a la utilidad.
07040030000000
Pagos de impuestos a la utilidad.
07040031000000
Otras partidas relacionadas con actividades de operación.
07040032000000
Flujos netos de efectivo de actividades de operación.
Actividades de inversión
07040033000000
Pagos por instrumentos financieros a largo plazo.
07040034000000
Cobros por instrumentos financieros a largo plazo.
07040035000000
Pagos por adquisición de propiedades, mobiliario y equipo.
07040036000000
Cobros por disposición de propiedades, mobiliario y equipo.
07040037000000
Pagos por operaciones discontinuadas.
07040038000000
Cobros por operaciones discontinuadas.
07040039000000
Pagos por adquisición de subsidiarias.
07040040000000
Cobros por disposición de subsidiarias.
07040041000000
Pagos por adquisición de asociadas, negocios conjuntos y
otras inversiones permanentes.
07040042000000
Cobros por disposición de asociadas, negocios conjuntos y
otras inversiones permanentes.
07040043000000
Cobros
de
dividendos
en
efectivo
de
inversiones
permanentes.
07040044000000
Pagos por adquisición de activos intangibles.
07040045000000
Cobros por disposición de activos intangibles.
07040046000000
Cobros por disposición de activos de larga duración
disponibles para la venta.
07040047000000
Cobros por disposición de otros activos de larga duración.
07040048000000
Pagos por adquisición de otros activos de larga duración.
07040049000000
Otros cobros por actividades de inversión.
07040050000000
Otros pagos por actividades de inversión.
07040051000000
Otras partidas relacionadas con actividades de inversión.
07040052000000
Flujos netos de efectivo de actividades de inversión.
Actividades de financiamiento
07040053000000
Cobros por la obtención de préstamos bancarios y de otros
organismos.
07040054000000
Pagos de préstamos bancarios y de otros organismos.
07040055000000
Cobro por la obtención de préstamos de propietarios.
07040056000000
Pagos de préstamos de propietarios.
07040057000000
Pagos de pasivo por arrendamiento.
07040058000000
Cobros por emisión de acciones.
07040059000000
Pagos por reembolsos de capital social.
07040060000000
Pagos de dividendos en efectivo.
07040061000000
Pagos asociados a la recompra de acciones propias.
07040062000000
Pago por intereses de pasivo por arrendamiento.
07040063000000
Otros cobros por actividades de financiamiento.
07040064000000
Otros pagos por actividades de financiamiento.
432
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07040065000000
Otras
partidas
relacionadas
con
actividades
de
financiamiento.
07040066000000
Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento.
07040067000000
Incremento o disminución neta de efectivo y equivalentes de
efectivo.
Efectos por cambios en el valor del efectivo y
equivalentes de efectivo
07040068000000
Efecto por conversión por haber utilizado distintos tipos de
cambio para la conversión del saldo inicial, del saldo final y
de los flujos de efectivo.
07040069000000
Efecto de las variaciones en el tipo de cambio del efectivo y
equivalentes de efectivo mantenido o a pagar en moneda
extranjera.
07040070000000
Efecto en los saldos de efectivo y equivalentes de efectivo
por cambios en su valor resultantes de fluctuaciones en su
valor razonable.
07040071000000
Efectos por inflación asociados con los saldos y los flujos de
efectivo de cualquiera de las entidades que conforman la
entidad económica consolidada bajo un entorno económico
inflacionario.
07040072000000
Otros efectos por cambios en el valor del efectivo y
equivalentes de efectivo.
07040073000000
Total de efectos por cambios en el valor del efectivo y
equivalentes de efectivo.
07040074000000
Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del periodo.
07040075000000
Efectivo y equivalentes de efectivo al final del periodo.
Las notas adjuntas son parte integrante de este estado
financiero.
Concepto
4.1.- Notas a los estados financieros
Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
5.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de
resultados
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de
2025 y de 2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
Resultado por compraventa de divisas
07050000000000
Por compraventa de divisas.
07050001000000
Por metales finos amonedados.
07050002000000
Otros.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
433
07050003000000
Incremento
por
actualización
del
resultado
por
compraventa de divisas.
07050004000000
Total de resultado por compraventa de divisas.
Resultado por valuación de divisas
07050005000000
Por valuación de divisas.
07050006000000
Por valuación de metales finos amonedados.
07050007000000
Otros.
07050008000000
Incremento por actualización del resultado por valuación
de divisas.
07050009000000
Total de resultado por valuación de divisas.
Ingresos por intereses
Intereses de disponibilidades
07050010000000
Bancos.
07050011000000
Disponibilidades restringidas o dadas en garantía.
07050012000000
Otros.
07050013000000
Total de intereses de disponibilidades.
Intereses y rendimientos a favor provenientes de
inversiones en valores
07050014000000
Por títulos para negociar.
07050015000000
Por títulos disponibles para la venta.
07050016000000
Por títulos conservados a vencimiento.
07050017000000
Otros.
07050018000000
Total de intereses y rendimientos a favor provenientes de
inversiones en valores.
07050019000000
Premios e intereses a favor en operaciones de reporto.
07050020000000
Premios e intereses a favor en préstamo de valores.
07050021000000
Dividendos de instrumentos de patrimonio neto.
Utilidad por valorización
07050022000000
Utilidad en cambios por valorización.
07050023000000
Valorización de instrumentos indizados.
07050024000000
Valorización de partidas en udis.
07050025000000
Otros.
07050026000000
Total de utilidad por valorización.
434
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07050027000000
Incremento por actualización de ingresos por intereses.
07050028000000
Total de ingresos por intereses.
Gastos por intereses
07050029000000
Premios e intereses a cargo en operaciones de reporto.
07050030000000
Premios e intereses a cargo en préstamo de valores.
07050031000000
Intereses por préstamos bancarios y de otros organismos.
07050032000000
Intereses por préstamos de accionistas.
Pérdida por valorización
07050033000000
Pérdida en cambios por valorización.
07050034000000
Valorización de instrumentos indizados.
07050035000000
Valorización de partidas en udis.
07050036000000
Otras.
07050037000000
Total de pérdida por valorización.
07050038000000
Otros.
07050039000000
Incremento por actualización de gastos por intereses.
07050040000000
Total de gastos por intereses.
Resultado por posición monetaria neto (margen
financiero)
07050041000000
Resultado
por
posición
monetaria
proveniente
de
posiciones que generan margen financiero (saldo
deudor).
07050042000000
Resultado
por
posición
monetaria
proveniente
de
posiciones que generan margen financiero (saldo
acreedor).
07050043000000
Incremento por actualización del resultado por posición
monetaria neto (margen financiero).
07050044000000
Total de resultado por posición monetaria neto (margen
financiero).
Comisiones y tarifas cobradas
07050045000000
Documentos de cobro inmediato y remesas.
07050046000000
Cheques de viajero.
07050047000000
Transferencia de fondos.
07050048000000
Servicios de distribución de acciones de sociedades de
inversión.
07050049000000
Otras comisiones y tarifas cobradas.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
435
07050050000000
Incremento por actualización de comisiones y tarifas
cobradas.
07050051000000
Total de comisiones y tarifas cobradas.
Comisiones y tarifas pagadas
07050052000000
Transferencia de fondos.
07050053000000
Préstamos recibidos.
07050054000000
Otras comisiones y tarifas pagadas.
07050055000000
Incremento por actualización de comisiones y tarifas
pagadas.
07050056000000
Total de comisiones y tarifas pagadas.
Resultado por intermediación
Resultado por valuación a valor razonable
07050057000000
Títulos para negociar.
07050058000000
Colaterales vendidos.
07050059000000
Otros.
07050060000000
Total de resultado por valuación a valor razonable.
Pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro
de títulos
07050061000000
Títulos disponibles para la venta.
07050062000000
Títulos conservados a vencimiento.
07050063000000
Otros.
07050064000000
Total de pérdida por deterioro o efecto por reversión del
deterioro de títulos.
Resultado por compraventa de valores
07050065000000
Títulos para negociar.
07050066000000
Títulos disponibles para la venta.
07050067000000
Títulos conservados a vencimiento.
07050068000000
Otros.
07050069000000
Total de resultado por compraventa de valores.
Costos de transacción
07050070000000
Por títulos para negociar.
07050071000000
Otros.
07050072000000
Total costos de transacción.
436
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07050073000000
Resultado por venta de colaterales recibidos.
07050074000000
Incremento
por
actualización
del
resultado
por
intermediación.
07050075000000
Total de resultado por intermediación.
Otros ingresos (egresos) de la operación
Recuperaciones
07050076000000
Impuestos.
07050077000000
Otras recuperaciones.
07050078000000
Total de recuperaciones.
07050079000000
Costo financiero por arrendamiento capitalizable.
07050080000000
Afectaciones a la estimación por irrecuperabilidad o difícil
cobro.
Quebrantos
07050081000000
Fraudes.
07050082000000
Siniestros.
07050083000000
Otros quebrantos.
07050084000000
Total de quebrantos.
Dividendos de inversiones permanentes
07050085000000
Dividendos de otras inversiones permanentes.
07050086000000
Dividendos de inversiones permanentes en asociadas
disponibles para la venta.
07050087000000
Otros.
07050088000000
Total de dividendos de inversiones permanentes.
07050089000000
Donativos.
07050090000000
Pérdida por adjudicación de bienes.
07050091000000
Resultado en venta de bienes adjudicados.
07050092000000
Resultado por valuación de bienes adjudicados.
Pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro
07050093000000
De bienes inmuebles.
07050094000000
De crédito mercantil.
07050095000000
De otras inversiones permanentes valuadas al costo.
07050096000000
De otros activos de larga duración.
07050097000000
De otros activos.
07050098000000
Total de pérdida por deterioro o efecto por reversión del
deterioro.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
437
07050099000000
Intereses a cargo en financiamiento para adquisición de
activos.
07050100000000
Utilidad en venta de inmuebles, mobiliario y equipo.
07050101000000
Pérdida en venta de inmuebles, mobiliario y equipo.
07050102000000
Cancelación de la estimación por irrecuperabilidad o difícil
cobro.
07050103000000
Cancelación de otras cuentas de pasivo.
07050104000000
Intereses
a
favor
provenientes
de
préstamos
a
funcionarios y empleados.
07050105000000
Otras partidas de los ingresos (egresos) de la operación.
07050106000000
Resultado por posición monetaria originado por partidas
no relacionadas con el margen financiero.
07050107000000
Resultado por valorización de partidas no relacionadas
con el margen financiero.
07050108000000
Incremento por actualización de otros ingresos (egresos)
de la operación.
07050109000000
Total de otros ingresos (egresos) de la operación.
Gastos de administración
07050110000000
Beneficios directos de corto plazo.
Costo neto del periodo derivado de beneficios a los
empleados
07050111000000
Beneficios directos a largo plazo.
Beneficios post-empleo
07050112000000
Pensiones.
07050113000000
Prima de antigüedad.
07050114000000
Otros beneficios post-empleo.
07050115000000
Total de beneficios post-empleo.
Beneficios por terminación
07050116000000
Beneficios por terminación por causas distintas a la
reestructuración.
07050117000000
Beneficios por terminación por causa de reestructuración.
07050118000000
Total de beneficios por terminación.
07050119000000
Total de costo neto del periodo derivado de beneficios a
los empleados.
438
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Participación de los trabajadores en las utilidades
07050120000000
Participación de los trabajadores en las utilidades
causada.
07050121000000
Participación de los trabajadores en las utilidades diferida.
07050122000000
Estimación por participación de los trabajadores en las
utilidades diferida no recuperable.
07050123000000
Total de participación de los trabajadores en las
utilidades.
07050124000000
Sueldos, salarios y prestaciones a trabajadores con
discapacidad y/o adultos mayores.
07050125000000
Honorarios.
07050126000000
Rentas.
07050127000000
Gastos de promoción y publicidad.
07050128000000
Impuestos y derechos diversos.
07050129000000
Gastos no deducibles.
07050130000000
Gastos en tecnología.
07050131000000
Depreciaciones.
07050132000000
Amortizaciones.
07050133000000
Fletes y acarreos pagados a personas físicas.
07050134000000
Fletes y acarreos pagados a personas morales.
07050135000000
Pérdida por créditos incobrables.
07050136000000
Consumo en restaurantes.
07050137000000
Pérdida por operaciones financieras derivadas.
07050138000000
Deducción por concepto de ayuda alimentaria para los
trabajadores.
07050139000000
Uso o goce temporal de automóviles con propulsión de
baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos
con motor de combustión interna o accionado por
hidrogeno.
07050140000000
Monto deducible de los pagos efectuados por el uso o
goce temporal de automóviles.
07050141000000
Otros gastos de administración.
07050142000000
Incremento por actualización de gastos de administración.
07050143000000
Total de gastos de administración.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes relacionadas 2025
Partes no relacionadas
2025
Partes relacionadas
2024
Partes no relacionadas
2024
Parte III
Datos a proporcionar
Acumulables o deducibles
para ISR 2025
Acumulables o deducibles
para ISR 2024
No acumulables
o no afectos
al ISR (ingresos)
no deducibles
(gastos)
para ISR
2025
No acumulables
o no afectos
al ISR (ingresos)
no deducibles
(gastos)
para ISR
2024
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
439
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente
como sujeto directo o en su carácter de retenedor
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Base
gravable
Tasa,
tarifa o
cuota
(Cifras en pesos)
Contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto
directo
Impuesto sobre la Renta (ISR)
07060000000000
Impuesto sobre la Renta.
07060001000000
Otras reducciones del ISR.
07060002000000
ISR causado en el ejercicio.
07060003000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal
por proyectos en investigación y desarrollo tecnológico
autorizado en ejercicios anteriores.
07060004000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal
por proyectos de inversión en la producción cinematográfica
nacional de ejercicios anteriores.
07060005000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal
a proyectos de inversión en las artes de ejercicios
anteriores.
07060006000000
Estímulo por proyectos de inversión en la producción
cinematográfica nacional.
07060007000000
Estímulo a proyectos de inversión en las artes.
07060008000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2025.
07060009000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2024.
07060010000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2023.
07060011000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2022.
07060012000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2021.
07060013000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2020.
07060014000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2019.
07060015000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2018.
07060016000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2017.
07060017000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2016.
07060018000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2015.
07060019000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2014.
440
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07060020000000
Monto pendiente de aplicar por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico".
07060021000000
Estímulo por la inversión en proyectos y programas para el
deporte de alto rendimiento.
07060022000000
Monto pendiente de aplicar por la inversión en proyectos y
programas para el deporte de alto rendimiento.
07060023000000
Ingresos obtenidos por apoyos gubernamentales.
07060024000000
Monto pendiente de aplicar del estímulo por la inversión en
equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos.
07060025000000
Monto del estímulo fiscal por biodiesel y sus mezclas.
07060026000000
Otros estímulos.
07060027000000
Total de estímulos.
07060028000000
Pagos provisionales efectuados enterados a la federación.
07060029000000
ISR retenido al contribuyente.
07060030000000
ISR acreditable pagado en el extranjero.
07060031000000
ISR acreditable por dividendos o utilidades distribuidos.
07060032000000
Otras cantidades a cargo.
07060033000000
Otras cantidades a favor.
07060034000000
Diferencia a cargo.
07060035000000
Diferencia a favor.
07060036000000
Impuesto sobre la Renta a cargo del ejercicio.
07060037000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta
señalado en el decreto de estímulos fiscales región
fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de
2018, aplicado en el ejercicio 2025.
07060038000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta
señalado en el decreto de estímulos fiscales región
fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de
2020, aplicado en el ejercicio 2025.
07060039000000
Impuesto sobre la Renta pagado en declaraciones anual,
normal y complementarias.
07060040000000
Diferencia a cargo del ejercicio.
07060041000000
ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU.
07060042000000
Saldo a favor del ejercicio.
Otros datos
07060043000000
Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes
fiscales preferentes.
07060044000000
Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos no
provenientes de CUFIN ni de CUFINRE.
07060045000000
Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos
provenientes de CUFINRE.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
07060046000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%.
07060047000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 0%.
07060048000000
Suma del valor de los actos o actividades gravados.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
441
07060049000000
Valor de los actos o actividades por los que no se está
obligado al pago (exentos).
07060050000000
Total del valor de los actos o actividades.
07060051000000
Valor de los actos o actividades no objeto.
07060052000000
Suma del IVA causado de los meses del ejercicio.
07060053000000
Suma del IVA acreditable de los meses del ejercicio sin
incluir saldos a favor.
07060054000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado
señalado en el decreto de estímulos fiscales región
fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de
2018, aplicado en el ejercicio 2025.
07060055000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado
señalado en el decreto de estímulos fiscales región
fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de
2020, aplicado en el ejercicio 2025.
07060056000000
Suma de compensaciones aplicadas al IVA de otras
contribuciones federales en los meses del ejercicio.
07060057000000
Suma de acreditamientos de saldos a favor de IVA.
07060058000000
Suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio.
07060059000000
Acreditamiento del IVA por las inversiones o gastos en
periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5o.,
fracción VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA).
07060060000000
Incremento del IVA por las inversiones o gastos en periodos
preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción
VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA).
07060061000000
Reintegro del IVA por las inversiones o gastos en periodos
preoperativos (para los efectos de los artículos 5o, fracción
VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA).
07060062000000
Monto de los servicios de tecnologías de la información
prestados en el extranjero considerados como exportados y
sujetos
a
la
tasa
del
0%
del
IVA
(para los efectos del artículo 29, fracción IV, inciso i) de la
LIVA).
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
07060063000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30 %
(juegos con apuestas y sorteos).
07060064000000
Suma del IEPS causado de los meses del ejercicio.
07060065000000
Suma de compensaciones aplicadas al IEPS de otras
contribuciones federales en los meses del ejercicio.
07060066000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del
Apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025.
07060067000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del
Apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025.
442
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Impuestos al Comercio Exterior
07060068000000
Impuesto general de importación.
07060069000000
Impuesto general de exportación.
07060070000000
Total de impuestos al comercio exterior.
Aportaciones de seguridad social
07060071000000
Cuotas obrero patronales al IMSS.
07060072000000
Aportaciones al INFONAVIT.
07060073000000
Aportaciones al seguro de retiro.
Derechos por los servicios que presta
07060074000000
Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
07060075000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin
permiso para realizar actividades remuneradas (para los
efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de
Derechos).
07060076000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios
migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley
Federal de Derechos).
07060077000000
Otros especificar concepto.
Contribuciones de las que es retenedor:
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Por pagos a residentes en el país
07060078000000
Por salarios.
07060079000000
Honorarios al 35% art. 96 de la LISR.
07060080000000
Premios.
07060081000000
Honorarios al 10%.
07060082000000
Arrendamiento al 10%.
07060083000000
Enajenación de otros bienes al 20%.
07060084000000
Intereses al 0.08%, sobre el monto del capital.
07060085000000
Intereses al 20%.
07060086000000
Comisiones.
07060087000000
Intereses y ganancia cambiaria al 35%.
07060088000000
Por dividendos al 10%.
07060089000000
Otros.
07060090000000
Total de ISR retenido a residentes en el país.
Por pagos a residentes en el extranjero
07060091000000
Salarios al 15%.
07060092000000
Salarios al 30%.
07060093000000
Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 15%.
07060094000000
Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 30%.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
443
07060095000000
Honorarios al 25%.
07060096000000
Regalías al 5%.
07060097000000
Regalías al 10%.
07060098000000
Regalías al 25%.
07060099000000
Regalías al 35%.
07060100000000
Asistencia técnica.
07060101000000
Mediaciones.
07060102000000
Arrendamiento de inmuebles.
07060103000000
Arrendamiento de muebles al 25%.
07060104000000
Intercambio de deuda pública por capital.
07060105000000
Arrendamiento financiero.
07060106000000
Premios.
07060107000000
Servicio turístico de tiempo compartido.
07060108000000
Intereses al 4.9%.
07060109000000
Intereses al 10%.
07060110000000
Intereses al 15%.
07060111000000
Intereses al 21%.
07060112000000
Intereses al 35%.
07060113000000
Enajenación de inmuebles.
07060114000000
Enajenación de acciones.
07060115000000
Operaciones financieras derivadas de capital.
07060116000000
Operaciones financieras derivadas de deuda.
07060117000000
Construcción de obra, instalación, mantenimiento o montaje
en bienes inmuebles.
07060118000000
Contrato de fletamento.
07060119000000
Espectáculos públicos, artísticos y deportivos.
07060120000000
Por dividendos al 10%.
07060121000000
Otros.
07060122000000
Total de ISR retenido a residentes en el extranjero.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
07060123000000
Servicios
personales
independientes
prestados
por
personas físicas.
07060124000000
Uso o goce temporal de bienes prestados u otorgados por
personas físicas.
07060125000000
Servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados
por personas físicas o morales.
07060126000000
Servicios prestados por comisionistas personas físicas.
07060127000000
Adquisición, o uso o goce temporal de bienes tangibles, que
enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin
establecimiento permanente en el país.
07060128000000
Otros.
07060129000000
Total de IVA retenido.
Otras contribuciones retenidas
07060130000000
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido.
07060131000000
Otros.
444
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de
saldos a favor provenientes de:
A valor histórico de:
07060132000000
Impuesto al Valor Agregado.
07060133000000
Impuesto sobre la Renta.
07060134000000
Otras contribuciones federales.
A valor actualizado de:
07060135000000
Impuesto al Valor Agregado.
07060136000000
Impuesto sobre la Renta.
07060137000000
Otras contribuciones federales.
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio
aplicadas a:
07060138000000
Impuesto al Valor Agregado propio proveniente de Impuesto
al Valor Agregado propio.
07060139000000
Impuesto sobre la Renta propio proveniente de Impuesto
sobre la Renta propio.
07060140000000
Otras contribuciones federales.
Devoluciones obtenidas en el ejercicio
07060141000000
Otras contribuciones federales.
De:
07060142000000
Impuesto al Valor Agregado.
07060143000000
Impuesto sobre la Renta.
07060144000000
Otras contribuciones federales.
Parte II
Datos a proporcionar
Contribución determinada
por auditoría a cargo o a
favor
Contribución a cargo o
saldo a favor determinado
por el contribuyente
Diferencia
Diferencias no materiales
no investigadas por
auditoría
Concepto
6.1.- Declaratoria
Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
7.- Relación de contribuciones por
pagar
Al 31 de diciembre de 2025
Importe
correspondiente
al ejercicio fiscal
dictaminado
Importe proveniente de
ejercicios anteriores
(Cifras en pesos)
Impuesto sobre la Renta causado
como sujeto directo
07070000000000
Determinado por el contribuyente (del
ejercicio).
07070001000000
Diferencia
determinada
por
el
contribuyente (del ejercicio dictaminado).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
445
Pagos provisionales y/o definitivos
determinados por el contribuyente
por concepto de:
Impuesto sobre la Renta pagos
provisionales propios
07070002000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por salarios
y en general por la prestación de un
servicio personal subordinado en su
carácter de retenedor
07070003000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
honorarios en su carácter de
retenedor
07070004000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
arrendamientos en su carácter de
retenedor
07070005000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
intereses en su carácter de retenedor
07070006000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta (otras
retenciones a residentes en México)
en su carácter de retenedor
07070007000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta sobre
dividendos como sujeto directo
07070008000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta regímenes
fiscales preferentes como sujeto
directo
07070009000000
Correspondiente al ejercicio de:
Impuesto sobre la Renta por pagos al
extranjero en su carácter de retenedor
07070010000000
Correspondiente al mes de:
446
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Información determinada por el
contribuyente:
Impuesto al Activo como sujeto
directo
07070011000000
Correspondiente
al
ejercicio
de:
(especifique el ejercicio)
Impuesto al Valor Agregado causado
como sujeto directo
07070012000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto al Valor Agregado en su
carácter de retenedor
07070013000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción
y Servicios causado como sujeto
directo
07070014000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción
y Servicios en su carácter de
retenedor
07070015000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre Automóviles Nuevos
07070016000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto Mexicano
del Seguro Social
07070017000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores
07070018000000
Correspondiente al bimestre de:
Aportaciones al seguro de retiro
07070019000000
Correspondiente al bimestre de:
Impuestos Locales
07070020000000
Correspondiente al mes de:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
447
Impuesto Sobre Nóminas
07070021000000
Correspondiente al mes de:
Derechos por los servicios que presta
07070022000000
La Comisión Nacional Bancaria y de
Valores (CNBV), correspondiente al mes
de:
07070023000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).-
visitante
sin
permiso
para
realizar
actividades
remuneradas
(para
los
efectos del artículo 8, fracción I de la Ley
Federal de Derechos).
07070024000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).-
servicios migratorios (para los efectos
del artículo 12 de la Ley Federal de
Derechos).
07070025000000
Otros especificar concepto y periodo al
que corresponde:
Otras contribuciones
07070026000000
Especificar concepto y periodo al que
corresponde:
Diferencias no consideradas por el
contribuyente en el ejercicio fiscal
dictaminado:
07070027000000
Diferencia determinada por dictamen no
considerada por el contribuyente (del
ejercicio dictaminado).
Impuesto sobre la Renta pagos
provisionales
07070028000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta retenciones
a residentes en México
07070029000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta retenciones
a residentes en el extranjero
07070030000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta sobre
dividendos
07070031000000
Correspondiente al mes de:
448
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Impuesto sobre la Renta regímenes
fiscales preferentes como sujeto
directo
07070032000000
Correspondiente al ejercicio
Impuesto al Valor Agregado como
sujeto directo
07070033000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto al Valor Agregado en su
carácter de retenedor
07070034000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción
y Servicios como sujeto directo
07070035000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción
y Servicios en su carácter de
retenedor
07070036000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre Automóviles Nuevos
07070037000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto Mexicano
del Seguro Social
07070038000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores
07070039000000
Correspondiente al bimestre de:
Aportaciones al seguro de retiro
07070040000000
Correspondiente al bimestre de:
Impuestos Locales
07070041000000
Correspondiente al mes de:
Derechos
07070042000000
Correspondiente al derecho.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
449
Otras contribuciones
07070043000000
Especificar concepto y periodo al que
corresponde:
07070044000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Total de
contribuciones por
pagar
Importe de la
contribución
en litigio
Fecha de
pago
Institución de Crédito
o SAT
Número de la
Operación
Parte III
Datos a proporcionar
Pago en
parcialidades
(datos del escrito
libre):
número de folio
Pago en
parcialidades
(datos del escrito
libre):
fecha de
presentación
Pago en
parcialidades
(datos del escrito
libre):
administración
receptora
Oficio de autorización
de pago en
parcialidades:
número
Oficio de autorización
de pago en
parcialidades: fecha
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
8.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos
del Impuesto sobre la Renta
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2025
2024
(Cifras en pesos)
07080000000000
Utilidad neta.
07080001000000
Pérdida neta.
Más-menos:
07080002000000
Efecto de la inflación de la NIF B-10.
07080003000000
Resultado por posición monetaria favorable.
07080004000000
Resultado por posición monetaria desfavorable.
07080005000000
Utilidad neta histórica.
07080006000000
Pérdida neta histórica.
Más:
07080007000000
Ingresos fiscales no contables.
Más:
07080008000000
Deducciones contables no fiscales.
450
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Menos:
07080009000000
Deducciones fiscales no contables.
Menos:
07080010000000
Ingresos contables no fiscales.
07080011000000
Pérdida fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones.
07080012000000
Utilidad fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones.
07080013000000
Pérdida en enajenación de acciones.
07080014000000
Pérdida fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio.
07080015000000
Utilidad fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio.
Más o menos:
07080016000000
PTU pagada en el ejercicio.
07080017000000
Pérdida fiscal del ejercicio.
07080018000000
Utilidad fiscal del ejercicio.
07080019000000
Deducción adicional del fomento al primer empleo del ejercicio (para
los efectos del artículo noveno fracción XXXVII de las disposiciones
transitorias de la LISR para 2014).
07080020000000
Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores.
07080021000000
Resultado fiscal.
Ingresos fiscales no contables
07080022000000
Ajuste anual por inflación acumulable.
07080023000000
Utilidad fiscal en enajenación de inmuebles.
07080024000000
Utilidad fiscal por reembolso de capital.
07080025000000
Utilidad fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles.
07080026000000
Utilidad fiscal en enajenación de mobiliario y equipo.
07080027000000
Intereses moratorios efectivamente cobrados.
07080028000000
Anticipo de clientes.
07080029000000
Utilidad cambiaria fiscal.
07080030000000
Utilidad fiscal en enajenación de bienes adjudicados.
07080031000000
Utilidad fiscal en fideicomisos.
07080032000000
Ajuste de precios de transferencia.
07080033000000
Resultado por liquidación de operaciones derivadas en efectivo.
07080034000000
Resultado por liquidación de operaciones derivadas en especie.
07080035000000
Resultado por compraventa de divisas.
07080036000000
Otros ingresos fiscales no contables.
07080037000000
Total.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
451
Deducciones contables no fiscales
07080038000000
ISR de las personas morales.
07080039000000
Participación de utilidades.
07080040000000
Gastos por atenciones a clientes.
07080041000000
Donativos.
07080042000000
Sanciones, indemnizaciones y penas convencionales.
07080043000000
Depreciación contable.
07080044000000
Gastos de automóviles de uso no indispensable para los fines del
negocio.
07080045000000
Impuesto al Valor Agregado.
07080046000000
Pérdida contable en enajenación de inmuebles.
07080047000000
Pérdida contable en enajenación de acciones y/o intangibles.
07080048000000
Honorarios y rentas de personas físicas no pagadas al cierre del
ejercicio.
07080049000000
Estimación no deducible por baja de valores.
07080050000000
Rentas pagadas por arrendamiento financiero.
07080051000000
Amortización contable de transferencia de tecnología.
07080052000000
Pérdida en participación subsidiaria.
07080053000000
Intereses devengados que exceden del valor de mercado y
moratorios pagados o no.
07080054000000
Gastos no deducibles.
07080055000000
Multas.
07080056000000
Pérdida contable en enajenación de mobiliario y equipo.
07080057000000
Quebrantos diversos.
07080058000000
Amortización contable.
07080059000000
Pérdida cambiaria contable.
07080060000000
Estimaciones.
07080061000000
Pérdida contable en enajenación de bienes adjudicados.
07080062000000
Pérdida contable en fideicomisos.
07080063000000
Pérdida contable en asociación en participación.
07080064000000
Proporción de pagos que sean ingresos exentos para el trabajador.
07080065000000
Operaciones con partes relacionadas no deducibles.
07080066000000
Otras deducciones contables no fiscales.
07080067000000
Total.
Las partidas no deducibles se contabilizan en:
07080068000000
Intereses pagados.
07080069000000
Gastos de administración.
07080070000000
ISR y PTU causados.
07080071000000
ISR y PTU diferidos.
La depreciación y amortización contable se integra por:
07080072000000
Depreciaciones.
07080073000000
Amortizaciones.
452
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Deducciones fiscales no contables
07080074000000
Ajuste anual por inflación deducible.
07080075000000
Pérdida fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles.
07080076000000
Pérdida fiscal en enajenación de inmuebles.
07080077000000
Depreciación fiscal.
07080078000000
Estímulo fiscal por deducción inmediata de inversiones.
07080079000000
Cargos a provisiones.
07080080000000
Cargos a estimaciones.
07080081000000
Honorarios, rentas e intereses de personas físicas que afectaron el
resultado del ejercicio anterior pagados en este.
07080082000000
Intereses moratorios efectivamente pagados.
07080083000000
Pérdida por créditos incobrables.
07080084000000
Pérdida fiscal en enajenación de mobiliario y equipo.
07080085000000
Amortización fiscal.
07080086000000
Pérdida cambiaria fiscal.
07080087000000
Pérdida fiscal en enajenación de bienes adjudicados.
07080088000000
Pérdidas fiscales en fideicomisos.
07080089000000
Deducción adicional por donación de bienes básicos para la
subsistencia humana (para los efectos del artículo 1.3. Del Decreto
publicado en el diario oficial de la federación el 26 de diciembre de
2013).
07080090000000
Deducción del monto adicional del 25% del salario (para los efectos
del artículo 1.5. Del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre
de 2013 y artículo 186 de la LISR).
07080091000000
Estímulo fiscal por contratar personas con discapacidad y/o adultos
mayores.
07080092000000
Deducción del Impuesto sobre la Renta retenido a personas con
discapacidad y/o adultos mayores.
07080093000000
Ajuste de precios de transferencia.
07080094000000
Intereses netos de ejercicios anteriores.
07080095000000
Intereses netos del ejercicio.
07080096000000
Otras deducciones fiscales no contables.
07080097000000
Total.
Ingresos contables no fiscales
07080098000000
Ingresos por dividendos de residentes en el país.
07080099000000
Utilidad contable en enajenación de inmuebles.
07080100000000
Utilidad contable en enajenación de acciones y/o intangibles.
07080101000000
Utilidad cambiaria contable.
07080102000000
Cancelación de estimaciones.
07080103000000
Cancelación de provisiones.
07080104000000
Intereses moratorios devengados a favor cobrados o no.
07080105000000
Utilidad en participación subsidiaria.
07080106000000
Ventas anticipadas acumuladas en el ejercicio anterior y
devengadas en este.
07080107000000
Utilidad contable en fideicomisos.
07080108000000
Utilidad contable en asociación en participación.
07080109000000
Utilidad contable en bienes adjudicados.
07080110000000
Utilidad contable en enajenación de mobiliario y equipo.
07080111000000
Recuperación de gastos considerados no deducibles en ejercicios
anteriores.
07080112000000
Saldos a favor de impuestos y su actualización.
07080113000000
Recuperación de cartera de crédito.
07080114000000
Otros ingresos contables no fiscales.
07080115000000
Total de ingresos contables no fiscales.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
453
Este anexo consta de 16 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
9.- Operaciones financieras derivadas
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de
2025
Número de
identificación fiscal
o RFC
País de
residencia
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“07D065000" del anexo de datos generales.
Nombre de la contraparte
07090000000000
(especificar).
07090001000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Número de
contratos celebrados
Concepto
de operaciones
financieras derivadas
(para los efectos del
artículo 16-A CFF)
Tipo de
operaciones
financieras derivadas
(para los efectos del
artículo 20 de la LISR)
Sumatoria de nocionales
Parte III
Datos a proporcionar
Tipo de
mercado
Nombre
del
mercado
Porcentaje de
liquidación en
efectivo
Porcentaje de
liquidación
en especie
Parte IV
Datos a proporcionar
Utilidad por contraparte
Pérdida por contraparte
Efecto
neto
Proporción que representa
de ingresos acumulables
y/o deducciones
autorizadas
Este anexo consta de 11 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
10.- Inversiones permanentes
en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el
extranjero y en México
Por el ejercicio terminado al 31
de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal
País de residencia
fiscal de la entidad
Porcentaje de
participación
en el capital de
la entidad
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“07D066000” del anexo de datos generales.
454
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Nombre, denominación o razón
social de la subsidiaria,
asociada o afiliada extranjeras
07100000000000
(especificar).
07100001000000
Total.
Nombre, denominación o razón
social de la subsidiaria,
asociada o afiliada
en México
07100002000000
(especificar).
07100003000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Monto de la
inversión
Monto de las
utilidades (pérdidas) de ejercicios
anteriores en el porcentaje de
participación
Forma de pago (transferencia de fondos,
capitalización de créditos o deudas, etc.)
Parte III
Datos a proporcionar
Monto de la
utilidad (pérdida)
del ejercicio en el porcentaje de participación
Valor
de la
inversión
Fecha en que se efectuó la
aportación de capital en su
subsidiaria
Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o
partes sociales
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal o RFC
País de residencia
para efectos
fiscales
(Cifras en pesos)
Nombre, denominación o razón social del socio o
accionista
07110000000000
(especificar).
07110001000000
Total.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
455
Parte II
Datos a proporcionar
Porcentaje de
participación del socio o
accionista
en el ejercicio
Periodo de
tenencia
del
Periodo de
tenencia
al
Monto de Aportaciones
que no sean Prima en
Suscripción de acciones
Parte III
Datos a proporcionar
Monto de
retiros de
capital
Monto de
préstamos efectuados
Monto de
préstamos
recibidos
Porcentaje de tasa de
interés pactada en caso de
préstamo recibidos
Parte IV
Datos a proporcionar
Destino del préstamo
Monto de prima en suscripción de
acciones
Forma de pago (transferencia de
fondos, capitalización de créditos o
deudas, etc.)
Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
12.- Operaciones con partes
relacionadas
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal o RFC
Tipo de
operación
En caso de que
en la columna
"tipo de
operación",
haya
seleccionado
alguno
de los
conceptos de
"otros ingresos"
u
"otros pagos",
especifique
concepto
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“07D030000” del anexo de datos generales.
Impuesto sobre la Renta
Denominación o razón social de la
parte relacionada
Ingresos acumulables
07120000000000
(especificar).
07120001000000
Total de ingresos acumulables.
456
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Lunes 19 de enero de 2026
Deducciones autorizadas
07120002000000
(especificar).
07120003000000
Total de deducciones autorizadas.
Parte II
Datos a proporcionar
País de
residencia
Valor de la
operación y/o
inversión para
efectos fiscales
(incluso con
valor cero)
Método de precios
de transferencia
aplicado
La operación
involucra
contribuciones
únicas y valiosas (si
o no) en caso
afirmativo indique en
el anexo
denominado
información
adicional, de qué
contribuciones
únicas y valiosa se
tratan
La operación está
pactada como con
partes
independientes en
operaciones
comparables
(si o no)
Parte III
Datos a proporcionar
Monto ajuste fiscal del
contribuyente para
que la operación se
considere pactada
como con partes
independientes en
operaciones
comparables
Se modificaron los valores de
actos o actividades para IVA,
o bien, del IVA acreditable
(deducciones) como consecuencia
de un ajuste de
precios de transferencia (para los
efectos de la regla 3.9.1.2.,
fracción II de la RMF 2025)
(si o no)
Indique si obtuvo
beneficio de los tratados
para evitar la doble
tributación (si, no, n/a)
Monto modificado
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
13.- Información del contribuyente sobre operaciones con partes
relacionadas
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“07D030000” del anexo de datos generales.
Conocimiento del negocio, información general
Cuál(es) es (son) la (s) actividad(es) preponderante(s) del
contribuyente:
07130000000000
Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes.
07130001000000
Servicios.
07130002000000
Otros (especificar).
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457
07130003000000
El contribuyente es propietario de los activos que utiliza para realizar
su actividad preponderante mismos que están registrados en su
contabilidad.
07130004000000
El contribuyente posee o usa activos intangibles los cuales se
encuentran registrados en su contabilidad.
Especifique los cinco principales activos intangibles que usa el
contribuyente (ver apéndice VIII) que se encuentran registrados en
su contabilidad.
07130005000000
Campo 1.
07130006000000
Campo 2.
07130007000000
Campo 3.
07130008000000
Campo 4.
07130009000000
Campo 5.
07130010000000
Monto de la regalía por el uso de activos intangibles.
Especifique los cinco principales activos intangibles por los que
otorga el uso o goce (ver apéndice VIII).
07130011000000
Campo 1.
07130012000000
Campo 2.
07130013000000
Campo 3.
07130014000000
Campo 4.
07130015000000
Campo 5.
07130016000000
Monto de la regalía por el que se otorga el uso de activos intangibles.
Especifique los cinco principales activos intangibles de los que es
propietario y que tiene registrados en su contabilidad (ver apéndice
VIII).
07130017000000
Campo 1.
07130018000000
Campo 2.
07130019000000
Campo 3.
07130020000000
Campo 4.
07130021000000
Campo 5.
07130022000000
Valor del activo intangible que tiene registrado en su contabilidad.
07130023000000
El contribuyente obtuvo un acuerdo anticipado de precios (APA)
aplicable al ejercicio fiscal.
07130024000000
Número de oficio.
07130025000000
Fecha del oficio.
07130026000000
Indique si se encuentra en trámite un acuerdo anticipado de precios
(APA) aplicable al ejercicio fiscal.
07130027000000
Fecha de presentación de la promoción.
07130028000000
El contribuyente obtuvo alguna resolución favorable del SAT que
involucre transacciones con partes relacionadas.
07130029000000
Número de oficio.
07130030000000
Fecha del oficio.
07130031000000
Dedujo en el ejercicio depreciaciones o amortizaciones provenientes
de operaciones con partes relacionadas efectuadas en ejercicios
anteriores.
07130032000000
El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria a que
se refiere la fracción IX del artículo 76 de la LISR (estudio(s) de
precios de transferencia).
458
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Lunes 19 de enero de 2026
07130033000000
El contribuyente presentó su declaración informativa por sus
operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del artículo
76, fracción X de la LISR).
07130034000000
Fecha de presentación (última presentada).
07130035000000
El contribuyente cuenta con evidencia documental que demuestre
haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII del
artículo 76 de la LISR por sus operaciones con partes relacionadas.
RFC de las personas que elaboraron la documentación que
demuestre el cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76,
fracciones IX y XII de la LISR, o bien, que asesoraron en su
formulación
Elaboradores
07130036000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
07130037000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
07130038000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
Asesores
07130039000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
07130040000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
07130041000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
RFC de las personas
que asesoraron fiscalmente
en términos del título VI del CFF
Asesores fiscales
07130042000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
07130043000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
07130044000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
Obligaciones en materia de precios de transferencia
07130045000000
Las cifras reportadas en la declaración informativa de operaciones
con partes relacionadas son coincidentes con las manifestadas en
los
estudios
de
precios
de
transferencia
(documentación
comprobatoria) (fracciones X y IX respectivamente del artículo 76 de
la LISR).
07130046000000
En caso de discrepancia, especifique:
07130047000000
Las cifras reportadas en la declaración informativa (Para los efectos
del artículo 76, fracción X de la LISR) son coincidentes con las
manifestadas en el anexo 12 del dictamen, ambas referentes a
operaciones con partes relacionadas.
07130048000000
En caso de discrepancia, especifique:
07130049000000
Las cifras reportadas para las operaciones con partes relacionadas
en la evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento
a lo dispuesto por la fracción XII del artículo 76 de la LISR son
coincidentes con las manifestadas en el anexo 12 del dictamen.
07130050000000
En caso de discrepancia, especifique:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
459
07130051000000
En alguna(s) de las transacciones analizadas en la diversa
documentación de precios de transferencia del contribuyente, se
eligió como parte examinada a la parte relacionada residente en el
extranjero.
07130052000000
Indique las transacciones realizadas.
07130053000000
Monto de las transacciones.
07130054000000
El contribuyente tiene en su poder toda la información financiera y
fiscal de la parte relacionada que es necesaria para demostrar el
análisis y las conclusiones de la documentación de precios de
transferencia en donde dicha parte relacionada fue elegida como la
parte a examinar.
Ajustes de precios de transferencia
07130055000000
Realizó algún ajuste en materia de precios de transferencia para que
los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad de
las operaciones celebradas con partes relacionadas se consideren
como pactadas como lo harían con o entre partes independientes en
operaciones comparables.
Nota: en caso de que el anexo 12 se presente información en la
columna "monto ajuste fiscal del contribuyente para que la
operación
se
considere
pactada
como
con
partes
independientes en operaciones comparables” conteste lo
siguiente (efectos fiscales no contables):
07130056000000
El monto del incremento a los ingresos acumulables para efectos de
la LISR.
07130057000000
El monto del incremento a las deducciones autorizadas para efectos
de la LISR, incluso por disminuir ingresos.
07130058000000
El monto disminuido a las deducciones autorizadas para efectos de
la LISR.
07130059000000
Monto incrementado en las declaraciones presentadas por el
ejercicio fiscal por impuestos retenidos por pagos al extranjero, como
consecuencia de ajustes de precios de transferencia.
07130060000000
Monto disminuido en las declaraciones presentadas por el ejercicio
fiscal por IVA acreditable, como consecuencia de ajustes de precios
de transferencia.
07130061000000
Se cuenta con documentación comprobatoria que sustente los
ajustes reales realizados.
07130062000000
Modificó los valores de actos o actividades para IEPS o bien, del
IEPS acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de
precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2.,
fracción II de la RMF para 2025).
07130063000000
Señale monto modificado de actos o actividades. (RMF)
07130064000000
Señale monto modificado de IEPS acreditable. (RMF)
07130065000000
Cumplió con los requisitos establecidos en la RMF vigente para
considerar deducible un ajuste de precios de transferencia que
incremento sus deducciones.
07130066000000
En el caso de ajustes voluntarios presentó aviso para la modificación
de las deducciones autorizadas señalado en la RMF.
Intereses con partes relacionadas considerados como
dividendos
07130067000000
El contribuyente consideró intereses devengados como dividendos
de acuerdo con lo previsto por el artículo 11, fracción II de la LISR.
07130068000000
Monto de los intereses considerados como dividendos.
460
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Gastos deducibles y no deducibles
07130069000000
Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el tercer y
antepenúltimo párrafos de la fracción XXIII del artículo 28 de la LISR.
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el anexo
denominado información adicional con qué documentación
cuenta para acreditar que sus deducciones no se tratan de
acuerdos estructurados o mecanismos híbridos.
07130070000000
Indique el monto de la deducción realizada.
07130071000000
Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los
referidos en la fracción XXIII del artículo 28 de la LISR.
07130072000000
Indique el monto del gasto considerado como no deducible.
07130073000000
Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el
segundo párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la LISR.
07130074000000
Indique el monto de la deducción realizada.
07130075000000
Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los
referidos en el primer párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la
LISR.
07130076000000
Indique el monto del gasto considerado como no deducible.
07130077000000
Consideró como no deducibles intereses de los referidos en la
fracción XXXII del artículo 28 de la LISR.
Gastos por reembolsos (al costo)
07130078000000
Dedujo gastos con partes relacionadas por reembolsos al costo.
En caso afirmativo.
07130079000000
Cuenta con toda la documentación soporte, por un lado, de su parte
relacionada y, por otro lado, con la documentación emitida por
terceros independientes a la parte relacionada con la que se pueda
demostrar que se trata de un reembolso al costo.
Gastos a prorrata
07130080000000
Dedujo gastos con partes relacionadas efectuados en el extranjero a
prorrata.
07130081000000
Indique el monto de la deducción de gastos efectuados en el
extranjero a prorrata.
07130082000000
Cuantifique el beneficio recibido o se espera recibir del gasto a
prorrata.
07130083000000
Cumplió con lo señalado en la regla 3.3.1.27. de la RMF para 2025.
Ganancia y/o pérdidas por enajenación de acciones
07130084000000
Obtuvo ganancia y/o pérdida fiscal al realizar una operación de
enajenación de acciones con y entre partes relacionadas.
Nota: en caso afirmativo, señale en el anexo denominado
información adicional la razón de negocio para enajenar las
acciones.
07130085000000
Indique el valor del precio de enajenación del paquete accionario
enajenado.
07130086000000
Indique el costo comprobado de adquisición del paquete accionario
enajenado.
07130087000000
Nombre de la emisora.
07130088000000
RFC o tax id de la emisora.
07130089000000
Indicar el capital contable de la emisora.
07130090000000
Nombre del adquirente.
07130091000000
RFC o tax id del adquirente.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
461
07130092000000
Presentó a las autoridades fiscales el estudio sobre la determinación
del precio de venta de las acciones en los términos de los artículos
179 y 180 de la LISR con los elementos contenidos en el inciso e) de
la fracción I del artículo 179 de la LISR (segundo párrafo del inciso b)
correspondiente a su vez al cuarto párrafo de la fracción XVII del
artículo 28 de la LISR).
07130093000000
Fecha de presentación ante las autoridades fiscales el estudio sobre
la determinación del precio de venta de las acciones.
07130094000000
Autoridad fiscal en la que se presentó.
07130095000000
Mencione la razón de negocio para enajenar las acciones.
07130096000000
Mencione si realizó la valuación de la enajenación efectuada.
07130097000000
El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria de la
valuación de la enajenación efectuada.
En caso afirmativo al índice anterior, indique RFC y nombre del
perito valuador:
07130098000000
Nombre del perito.
07130099000000
RFC.
Operaciones financieras derivadas con partes relacionadas
07130100000000
Acumuló
ingresos
provenientes
de
operaciones
financieras
derivadas.
07130101000000
Indique el monto de la acumulación correspondiente.
07130102000000
Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras
derivadas.
07130103000000
Indique el monto de la deducción correspondiente.
07130104000000
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes
relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR.
07130105000000
Indique el monto correspondiente.
07130106000000
Realizó pagos de cantidades iniciales por el derecho a adquirir o
vender, bienes, divisas, acciones u otros títulos valor que no
cotizaron en mercados reconocidos conforme a lo referido en el
artículo 28, fracción XXIV de la LISR.
07130107000000
Indique el monto correspondiente.
Capitalización insuficiente:
07130108000000
Determinó intereses no deducibles de acuerdo a lo previsto por el
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
07130109000000
Saldo promedio anual de todas las deudas del contribuyente que
devengaron intereses a cargo, determinadas en los términos del
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
07130110000000
Capital contable al inicio del ejercicio determinado en los términos del
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
07130111000000
Capital contable al final del ejercicio determinado en los términos del
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
07130112000000
Capital contable promedio.
07130113000000
Capital contable promedio por tres.
07130114000000
Saldo promedio anual de deudas del contribuyente contraídas con
partes relacionadas residentes en el extranjero, determinadas en los
términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
07130115000000
Intereses no deducibles determinados en los términos del artículo 28,
fracción XXVII de la LISR.
07130116000000
Optó por considerar como capital contable del ejercicio los saldos
iniciales y finales del ejercicio de sus cuentas de capital de
aportación, utilidad fiscal neta y utilidad fiscal neta reinvertida.
462
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Ajustes correspondientes
07130117000000
Realizó durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a
revisión o para efectos de ejercicios anteriores) algún ajuste en
materia de precios de transferencia como consecuencia de aplicar lo
señalado en la documentación de precios de transferencia de alguna
parte relacionada residente en el extranjero.
07130118000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
07130119000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
07130120000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
07130121000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
07130122000000
Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de
transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a
revisión o para efectos de ejercicios anteriores) como consecuencia
de operaciones con partes relacionadas residentes en países con los
cuales México no tiene celebrados tratados internacionales en
materia fiscal y realizados por las autoridades de dichos países.
07130123000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
07130124000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
07130125000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
07130126000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
07130127000000
Llevo a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de
transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a
revisión o para efectos de ejercicios anteriores) como consecuencia
de operaciones con partes relacionadas residentes en países con los
cuales México no tiene celebrados tratados internacionales en
materia fiscal y realizados por las autoridades de dichos países.
07130128000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
07130129000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
07130130000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
07130131000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
Artículo 76-A de la LISR (2025)
07130132000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la
fracción I (maestra de partes relacionadas).
07130133000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la
fracción II (local de partes relacionadas).
07130134000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la
fracción III (país por país).
En caso afirmativo en este último caso, especifique el supuesto de
obligación:
07130135000000
Por ser persona moral controladora multinacional (fracción III, inciso
a)).
07130136000000
Por ser designada (fracción III, inciso b)).
Tiene conocimiento si la persona moral controladora multinacional a
la que su empresa pertenece, está obligada a presentar directamente
o por conducto de alguna designada, las siguientes declaraciones
informativas de partes relacionadas:
07130137000000
Obligación de presentar la declaración maestra.
07130138000000
Obligación de presentar la declaración país por país.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
463
Declaraciones anuales informativas
de partes relacionadas de 2024
presentadas en 2025
(para los efectos del artículo 76-A de la LISR)
07130139000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa maestra de
partes relacionadas del grupo empresarial multinacional del ejercicio
fiscal de 2024.
07130140000000
Fecha de presentación (última presentada).
07130141000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa local de partes
relacionadas del ejercicio fiscal de 2024.
07130142000000
Fecha de elaboración de la información y documentación de precios
de transferencia asociada con la declaración.
07130143000000
Fecha de presentación (última presentada).
07130144000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa país por país
del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de 2024.
07130145000000
Fecha de presentación (última presentada).
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
07130146000000
Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región
fronteriza norte.
07130147000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas generados
dentro de los municipios de la región fronteriza norte.
07130148000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se
encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza norte.
07130149000000
Monto
de
deducciones
con
partes
relacionadas
generados dentro de los municipios de la región fronteriza norte.
07130150000000
Monto de deducciones con partes relacionadas que se encuentran
dentro de los municipios de la región fronteriza norte.
07130151000000
Presentó la declaración informativa por sus operaciones con partes
relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR,
anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones con partes
relacionadas residentes en territorio nacional como lo contempla el
trámite fiscal 5/DEC-12.
Criterios no vinculativos
07130152000000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF
como criterios no vinculativos en materia de precios de transferencia
de las disposiciones fiscales y aduaneras.
07130153000000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
07130154000000
Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región
fronteriza sur.
07130155000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas generados
dentro de los municipios de la región fronteriza sur.
07130156000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se
encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza sur.
07130157000000
Monto de deducciones con partes relacionadas generados dentro de
los municipios de la región fronteriza sur.
07130158000000
Monto de deducciones con partes relacionadas que se encuentran
dentro de los municipios de la región fronteriza sur.
07130159000000
Presentó la declaración informativa por sus operaciones con partes
(Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la
DIM) incluyendo las operaciones con partes relacionadas residentes
en territorio nacional como lo contempla el trámite fiscal 5/DEC-12.
464
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
14.- Datos informativos
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Importe
(Cifras en pesos)
Datos informativos del contribuyente
07140000000000
Se encuentra amparado para notificación por medio de buzón
tributario.
Datos informativos del contribuyente
como representante legal
07140001000000
Es socio o accionista de algunos contribuyentes que representa.
07140002000000
Número de entidades en las que participa como representante legal.
Indique los cinco principales RFC de la(s) persona(s) moral(es)
en las que participa como representante legal:
07140003000000
RFC 1.
07140004000000
RFC 2.
07140005000000
RFC 3.
07140006000000
RFC 4.
07140007000000
RFC 5.
07140008000000
Es representante legal de un residente en el extranjero sin
establecimiento permanente en territorio nacional.
Indique los cinco principales nombres o razones sociales de los
residentes en el extranjero:
07140009000000
Nombre 1.
07140010000000
Nombre 2.
07140011000000
Nombre 3.
07140012000000
Nombre 4.
07140013000000
Nombre 5.
Participación de los trabajadores en las utilidades
07140014000000
PTU generada durante el ejercicio.
07140015000000
PTU no cobrada en el ejercicio anterior.
07140016000000
PTU pagada en el ejercicio.
07140017000000
Renta gravable base para PTU.
Cifras al cierre del ejercicio Impuesto sobre la Renta
07140018000000
Deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta.
07140019000000
Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente.
07140020000000
Ingresos por dividendos de personas residentes en el país.
07140021000000
Ingresos por dividendos de personas residentes en el extranjero.
07140022000000
Ingresos por dividendos distribuidos que no provienen de CUFIN ni de
CUFIN reinvertida.
07140023000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de fusión.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
465
07140024000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de
escisión.
07140025000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de
reducciones de capital de sociedades residentes en el extranjero en
las que el contribuyente es socio o accionista.
07140026000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de
liquidación de sociedades residentes en el extranjero en las que el
contribuyente es socio o accionista.
07140027000000
Pérdida deducida derivada de fusión.
07140028000000
Pérdida deducida derivada de escisión.
07140029000000
Pérdida deducida derivada de reducción de capital.
07140030000000
Pérdida deducida derivada de liquidación de sociedades.
07140031000000
Dividendos pagados provenientes de CUFIN y CIFINRE.
07140032000000
Dividendos pagados no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE.
07140033000000
Total de ingresos acumulables.
07140034000000
Total de ingresos acumulables obtenidos en la región fronteriza norte
en el ejercicio fiscal anterior.
07140035000000
Saldo de CUFIN determinado conforme al quinto párrafo del artículo
77 de la LISR.
07140036000000
Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el
trabajador.
07140037000000
Monto deducible al 47% (pagos que son ingresos exentos para el
trabajador).
07140038000000
Monto deducible al 53% (pagos que son ingresos exentos para el
trabajador).
Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda
extranjera
Cuentas y documentos por cobrar en moneda extranjera
07140039000000
Saldo de cuentas y documentos por cobrar originados en moneda
extranjera (pesos).
Indique los tres principales tipos de moneda:
07140040000000
Campo 1.
07140041000000
Campo 2.
07140042000000
Campo 3.
Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo:
07140043000000
(especificar).
07140044000000
(especificar).
07140045000000
(especificar).
07140046000000
Indique el monto de cuentas y documentos por cobrar en moneda
extranjera que provengan de operaciones con partes relacionadas.
466
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Cuentas y documentos por pagar en moneda extranjera
07140047000000
Saldo de cuentas y documentos por pagar originados en moneda
extranjera (pesos).
Indique los tres principales tipos de moneda:
07140048000000
Campo 1.
07140049000000
Campo 2.
07140050000000
Campo 3.
Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo:
07140051000000
(especificar).
07140052000000
(especificar).
07140053000000
(especificar).
07140054000000
Indique el monto de cuentas y documentos por pagar en moneda
extranjera que provengan de operaciones con partes relacionadas.
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicios de 2014 a 2025
07140055000000
Saldo inicial CUFIN actualizado al inicio del ejercicio.
07140056000000
Actualización antes de dividendos.
Más:
07140057000000
Dividendos o utilidades cobrados nacionales.
07140058000000
Dividendos o utilidades cobrados REFIPRES.
Menos:
07140059000000
Dividendos o utilidades pagados nacionales.
07140060000000
Dividendos o utilidades pagados a residentes en el extranjero.
07140061000000
Dividendos o utilidades pagados REFIPRES.
Igual:
07140062000000
Remanente después de dividendos.
07140063000000
Actualización desde la última modificación y hasta el cierre del
ejercicio.
Más:
07140064000000
Utilidad fiscal neta del ejercicio.
07140065000000
Saldo CUFIN al cierre del ejercicio.
Más: resultado positivo, o menos: resultado negativo, UFIN del
ejercicio
07140066000000
Resultado fiscal del ejercicio.
Menos:
07140067000000
ISR (para los efectos del art. 9, primer párrafo LISR).
07140068000000
Partidas no deducibles, excepto provisiones y reservas (para los
efectos del artículo 28, fracciones VIII y IX LISR).
07140069000000
Efecto de Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero por pago
de dividendos al contribuyente (para los efectos del artículo 77, cuarto
párrafo LISR).
07140070000000
ISR acreditado en el ejercicio de dividendos o utilidades no
provenientes de CUFIN entre el factor.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
467
Igual:
07140071000000
Resultado positivo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto
párrafo de la LISR).
07140072000000
Resultado negativo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto
párrafo de la LISR).
Otros conceptos especificar:
07140073000000
(especificar).
07140074000000
(especificar).
07140075000000
(especificar).
07140076000000
(especificar).
07140077000000
(especificar).
07140078000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los
ejercicios de 2014 al 2025.
07140079000000
Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza norte
del ejercicio 2025.
07140080000000
Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza sur
del ejercicio 2025.
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicios de 2001 a 2013
07140081000000
Saldo inicial CUFIN actualizado.
Más:
07140082000000
Dividendos cobrados.
Menos:
07140083000000
Dividendos pagados.
Más:
07140084000000
Actualización por inflación.
Otros conceptos. Especificar
07140085000000
(especificar).
07140086000000
(especificar).
07140087000000
(especificar).
07140088000000
(especificar).
07140089000000
(especificar).
07140090000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los
ejercicios de 2001 a 2013.
Cuenta de utilidad fiscal neta
Ejercicios anteriores a 2001
07140091000000
Saldo inicial CUFIN actualizado.
Más:
07140092000000
Dividendos cobrados.
Menos:
07140093000000
Dividendos pagados.
468
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Más:
07140094000000
Actualización por inflación.
07140095000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los
ejercicios anteriores a 2000.
Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida
07140096000000
Saldo inicial CUFINRE actualizado.
07140097000000
Dividendos pagados.
Más:
07140098000000
Actualización por inflación.
Otros conceptos. Especificar
07140099000000
(especificar).
07140100000000
(especificar).
07140101000000
(especificar).
07140102000000
(especificar).
07140103000000
(especificar).
07140104000000
Saldo de CUFINRE total al cierre del ejercicio actualizado.
Saldos actualizados
(Impuesto sobre la Renta)
al cierre del ejercicio de:
07140105000000
Cuenta de utilidad fiscal neta.
07140106000000
Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida.
07140107000000
Cuenta de utilidad fiscal neta por inversión en energía renovable.
07140108000000
Cuenta de capital de aportación.
07140109000000
Impuesto al Activo por recuperar de 10 años anteriores.
07140110000000
Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
Comercio exterior
07140111000000
Valor declarado en aduana de importaciones definitivas.
07140112000000
Valor declarado en aduana de exportaciones definitivas.
Impuesto al Valor Agregado
07140113000000
IVA pagado en aduanas durante el ejercicio.
07140114000000
IVA causado por importación de bienes intangibles adquiridos.
07140115000000
IVA causado por importación del uso o goce de bienes intangibles.
07140116000000
IVA causado por importación de servicios.
07140117000000
IVA acreditable por intereses.
07140118000000
IVA acreditado por la importación de bienes intangibles adquiridos.
07140119000000
IVA acreditado por la importación del uso o goce de bienes
intangibles.
07140120000000
IVA acreditado por la importación de servicios.
07140121000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 8%.
07140122000000
Total de IVA de los actos o actividades pagados a la tasa del 8%.
07140123000000
Valor de los actos o actividades no objeto.
07140124000000
Valor de los actos o actividades exentos.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
469
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
07140125000000
IEPS pagado en aduanas durante el ejercicio.
Información de consolidación financiera
07140126000000
Es una entidad controladora en términos de la norma contable de
información financiera que aplica el contribuyente.
Nota: en caso de una respuesta afirmativa al índice anterior,
deberá manifestar información en los siguientes dos índices
07140127000000
Total de ventas o ingresos netos consolidados determinados
conforme a la norma contable de información financiera que aplica el
contribuyente.
07140128000000
Tiene subsidiarias en términos de la norma contable de información
financiera
que
aplica
el
contribuyente
en
el
extranjero,
o
establecimientos permanentes residentes o ubicados en el extranjero.
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
Impuesto sobre la Renta
Ingresos exclusivos de
región fronteriza norte
(para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto)
07140129000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte.
Menos:
07140130000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
07140131000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
norte.
Menos:
07140132000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los
términos de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
07140133000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital.
Entre:
07140134000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
07140135000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos
totales de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del
contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región
fronteriza norte,
pero cuenten con una sucursal, agencia
o cualquier otro establecimiento
dentro de la misma
(para los efectos del artículo quinto, primer párrafo del Decreto)
07140136000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte.
470
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la
sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en
la región fronteriza norte.
07140137000000
Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados en la región fronteriza norte.
Menos:
07140138000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
07140139000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
norte.
Menos:
07140140000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los
términos de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
07140141000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Entre:
07140142000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
07140143000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos
de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente
obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen
su domicilio fiscal en la
región fronteriza norte,
pero cuenten con sucursales,
agencias o cualquier otro
establecimiento
fuera de ella
(para los efectos del artículo quinto, segundo párrafo
del Decreto)
07140144000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza norte.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal
ubicado en la región fronteriza norte.
07140145000000
Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región
fronteriza norte.
Menos:
07140146000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
07140147000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
norte.
Menos:
07140148000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los
términos de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
07140149000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
471
Entre:
07140150000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
07140151000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos
del domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte, del total de
los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Determinación del crédito fiscal aplicable
07140152000000
ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el
ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR").
07140153000000
Ingresos totales de la región fronteriza norte.
Entre:
07140154000000
Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Igual:
07140155000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos
de la región fronteriza norte.
07140156000000
Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en
el ejercicio fiscal índice 07140152000000 por la proporción que
representan los ingresos de la región fronteriza norte índice
07140155000000.
07140157000000
Crédito
fiscal
aplicable
con
base
en
el
índice
anterior
(primer párrafo, artículo segundo del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte).
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
Impuesto sobre la Renta
Ingresos exclusivos de
región fronteriza sur
(para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto)
07140158000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur.
Menos:
07140159000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
Menos:
07140160000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
sur.
Menos:
07140161000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los
términos de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
07140162000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital.
Entre:
07140163000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
07140164000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos
totales de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del
contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
472
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región
fronteriza sur, pero cuenten con una sucursal, agencia o
cualquier otro establecimiento
dentro de la misma
(para los efectos del artículo cuarto, primer párrafo del Decreto)
07140165000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la
sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en
la región fronteriza sur
07140166000000
Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados en la región fronteriza sur.
Menos:
07140167000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
Menos:
07140168000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
sur.
Menos:
07140169000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los
términos de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
07140170000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Entre:
07140171000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
07140172000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos
de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente
obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen
su domicilio fiscal en la
región fronteriza sur,
pero cuenten con sucursales,
agencias o cualquier otro
establecimiento fuera de ella
(para los efectos del artículo cuarto, tercero párrafo
del Decreto)
07140173000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza sur.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal
ubicado en la región fronteriza sur
07140174000000
Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región
fronteriza sur.
Menos:
07140175000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
Menos:
07140176000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
sur.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
473
Menos:
07140177000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los
términos de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
07140178000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Entre:
07140179000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
07140180000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos
del domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur, del total de los
ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Determinación del crédito fiscal aplicable
07140181000000
ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el
ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR").
07140182000000
Ingresos totales de la región fronteriza sur.
Entre:
07140183000000
Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Igual:
07140184000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos
de la región fronteriza sur.
07140185000000
Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en
el ejercicio fiscal índice 07140181000000 por la proporción que
representan los ingresos de la región fronteriza sur índice
07140184000000.
07140186000000
Crédito
fiscal
aplicable
con
base
en
el
índice
anterior
(primer párrafo, artículo segundo del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur).
Enajenación de acciones
07140187000000
Realizó enajenación de acciones.
07140188000000
Fecha de la operación.
07140189000000
Tipo de enajenación.
07140190000000
Otros (especificar).
07140191000000
Nombre de la sociedad emisora de las acciones enajenadas.
07140192000000
País de residencia fiscal de la emisora.
07140193000000
RFC o id.
07140194000000
Número acciones enajenadas.
07140195000000
Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble
tributación.
07140196000000
Precio de venta.
07140197000000
Costo fiscal de las acciones.
07140198000000
Aplicó pérdidas por enajenación de acciones.
En caso afirmativo indique:
07140199000000
Si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con
pérdidas fiscales por enajenación de acciones pendientes de aplicar.
474
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07140200000000
En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones,
presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la
operación.
07140201000000
Monto total de las pérdidas por enajenación de acciones al cierre del
ejercicio.
07140202000000
Importe de la pérdida por enajenación de acciones determinada.
07140203000000
Indique si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente
cuenta con importes pendientes de acreditar por concepto de ISR
pagado en el extranjero de conformidad con el artículo 5 de la LISR.
En caso afirmativo indique:
07140204000000
Monto pendiente de acreditar.
07140205000000
Concepto por el que fue pagado el Impuesto sobre la Renta en el
extranjero.
Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en
el extranjero
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal
Tipo de
operación
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
"07D067000", del anexo de datos generales.
Impuesto sobre la Renta
Denominación o razón social
Ingresos acumulables
07150000000000
(especificar).
07150001000000
Total de ingresos acumulables.
Deducciones autorizadas
07150002000000
(especificar).
07150003000000
Total de deducciones autorizadas.
Parte II
Datos a proporcionar
En caso de que en la
columna "tipo de
operación", haya
seleccionado alguno de
los conceptos de "otros
ingresos" u "otros
pagos", especifique
concepto
País de residencia
México tiene un
acuerdo amplio de
intercambio de
información con
el país de la
columna anterior
(si o no)
Monto de la
operación
Indique si es parte
relacionada (si o
no)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
475
Parte III
Datos a proporcionar
Efectuó retención y
entero por esta
operación (si o no)
Tasa
ISR por
retención
determinado por
auditoría
ISR retenido
pagado
Diferencia
Aplicó los beneficios
de algún tratado
celebrado por México
para evitar la doble
tributación (si o no)
Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
16.- Inversiones
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre
de 2025
MOI al inicio
del ejercicio
Saldo pendiente
de deducir al inicio
del ejercicio
(Cifras en pesos)
Activos fijos
07160000000000
Construcciones.
07160001000000
Construcciones en proceso.
07160002000000
Inmuebles considerados históricos.
07160003000000
Ferrocarriles.
07160004000000
Mobiliario y equipo de oficina.
07160005000000
Aviones.
07160006000000
Embarcaciones.
07160007000000
Equipo de transporte automóviles.
07160008000000
Equipo de transporte: automóviles con propulsión
de baterías eléctricas recargables y automóviles
eléctricos con motor de combustión interna o
accionado por hidrogeno.
07160009000000
Equipo de transporte: bicicletas convencionales,
bicicletas y motocicletas con propulsión de
baterías eléctricas recargables.
07160010000000
Equipo de transporte (otros).
07160011000000
Equipos fijos de alimentación para vehículos
eléctricos.
07160012000000
Equipo de cómputo.
07160013000000
Dados,
troqueles,
moldes,
matrices
y
herramental.
07160014000000
Comunicaciones telefónicas.
07160015000000
Comunicaciones satelitales.
07160016000000
Terrenos (costo de adquisición).
07160017000000
Adaptación a instalaciones para personas con
capacidades diferentes.
07160018000000
Maquinaria y equipo para la generación de
energía proveniente de fuentes renovables o de
sistemas
de
cogeneración
de
electricidad
eficiente.
07160019000000
Maquinaria y equipo.
07160020000000
Oleoductos, gasoductos, terminales, y tanques
de almacenamiento de hidrocarburos.
476
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07160021000000
Inversiones realizadas para la exploración,
recuperación secundaria y mejorada, y el
mantenimiento no capitalizable (aplicable a
contribuyentes de hidrocarburos).
07160022000000
Inversiones realizadas para el desarrollo y
explotación de yacimientos de petróleo o gas
natural
(aplicable
a
contribuyentes
de
hidrocarburos).
07160023000000
Inversiones realizadas en infraestructura de
almacenamiento
y
transporte
(aplicable
a
contribuyentes de hidrocarburos).
07160024000000
Otros activos fijos.
07160025000000
Suma activo fijo.
Gastos y cargos diferidos
07160026000000
Patentes.
07160027000000
Marcas registradas.
07160028000000
Regalías.
07160029000000
Gastos de instalación.
07160030000000
Gastos de organización.
07160031000000
Concesiones.
07160032000000
Otros gastos y cargos diferidos.
07160033000000
Suma gastos y cargos diferidos.
Erogaciones en periodos preoperativos
07160034000000
(especificar).
07160035000000
Suma erogaciones preoperativas.
07160036000000
Total de inversiones.
Parte II
Datos a proporcionar
Más: MOI de las
adquisiciones durante el
ejercicio
Menos: enajenaciones
y/o bajas en el
ejercicio
Menos: deducción en
el ejercicio
Menos: deducción
inmediata en el
ejercicio
Saldo pendiente
de deducir al final
del ejercicio
Este anexo consta de 25 columnas y está dividido en cinco partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
17.- Préstamos
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal o RFC
Saldo insoluto
del préstamo al
31 de diciembre
de 2024
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“07D068000” del anexo de datos generales.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
477
Nombre, denominación o razón
social del residente en el extranjero
Partes relacionadas
07170000000000
(especificar).
07170001000000
Total de partes relacionadas.
Partes no relacionadas
07170002000000
(especificar).
07170003000000
Total de partes no relacionadas.
Nombre, denominación o razón
social del residente en México
Partes relacionadas
07170004000000
(especificar).
07170005000000
Total de partes relacionadas.
Partes no relacionadas
07170006000000
(especificar).
07170007000000
Total de partes no relacionadas.
Parte II
Datos a proporcionar
Tipo de
financiamiento
En caso de que en la
columna "tipo de
financiamiento" haya
seleccionado el concepto
"otro", especifique
concepto:
Fue beneficiario
efectivo de
los intereses
(si o no)
Número de
registro
del acreedor
residente en el
extranjero ante
el SAT vigente
durante el
ejercicio
dictaminado
País de
residencia
para efectos
fiscales
Parte III
Datos a proporcionar
Tipo de
moneda
Denominación
de la tasa
de interés
Porcentaje
de la tasa
de interés
Importe
total de
los intereses
pagados
y/o exigibles
Tasa de
retención
del ISR
478
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte IV
Datos a proporcionar
ISR
retenido
en el
ejercicio
Vigencia
del préstamo
del
Vigencia
del préstamo
al
Saldo
insoluto al
31 de diciembre
de 2025
Frecuencia de
exigibilidad
del pago de
intereses
Parte V
Datos a proporcionar
En caso de que en
la columna
"frecuencia de
exigibilidad del
pago de intereses"
haya seleccionado
el concepto "otro",
especifique
concepto:
Garantizó el
préstamo
(si o no)
Importe
total de
los intereses
deducidos en el
ejercicio
Destino del
capital tomado
en préstamo
Efectuó
colocaciones en
el extranjero
(si o no)
Número de oficio
de autorización
de la CNBV de
la oferta pública
en el extranjero de
valores emitidos
en México
Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2024
2023
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“07D035000”, del anexo de datos generales.
07180000000000
La pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una
escisión.
07180001000000
Señale el RFC de la escindente.
07180002000000
Señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la
escisión.
Nota: en caso de escisiones sucesivas deberá manifestar
a través del anexo denominado información adicional del
dictamen, la información correspondiente a los índices
anteriores.
07180003000000
Monto original de la pérdida fiscal.
07180004000000
INPC del último mes del ejercicio en que se generó la pérdida
fiscal.
07180005000000
INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que
se generó la pérdida fiscal.
07180006000000
Factor de actualización del periodo.
07180007000000
Pérdida fiscal actualizada por el ejercicio en que se generó.
07180008000000
INPC del último mes de la primera mitad del ejercicio en que
se aplica o actualiza la pérdida fiscal.
07180009000000
INPC del mes en que se actualizo por última vez la pérdida
fiscal.
07180010000000
Factor de actualización del periodo.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
479
07180011000000
Pérdida fiscal actualizada en el ejercicio en que se aplica o
actualiza.
Nota: los conceptos de los índices 07180008000000 al
07180011000000 deben repetirse para actualizar las pérdidas
fiscales ocurridas de 2015 a 2024, o aplicadas en los ejercicios
de 2016 a 2025.
07180012000000
(monto de la disminución de la pérdida fiscal en el ejercicio).
Nota: el concepto del índice 07180012000000 debe repetirse
las veces que sea necesario para indicar el ejercicio en el que
se amortizan las pérdidas fiscales, anotando el importe
aplicado en la columna a la que corresponda la pérdida fiscal.
07180013000000
Monto de la pérdida fiscal pendiente de aplicar.
Parte II
Datos a proporcionar
2022
2021
2020
2019
2018
2017
2016
Parte III
Datos a proporcionar
2015
Este anexo consta de 30 columnas y está dividido en siete partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
19.-
Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal
País de
residencia
fiscal
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“07D279000", del anexo de datos generales.
Denominación o razón social
Ingresos
07190000000000
(especificar).
07190001000000
Total de ingresos.
Gastos
07190002000000
(especificar).
07190003000000
Total de gastos.
480
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte II
Datos a proporcionar
Tasa efectiva del
Impuesto sobre la
Renta pagada en el
extranjero (menor al
75% del que se
pagaría en México)
Tipo de moneda del
país de residencia
fiscal
Tipo de operación
En caso de que en la
columna "tipo de
operación", haya
seleccionado alguno de
los conceptos de "otros
ingresos" u "otros
pagos", especifique
concepto
Monto total de las
utilidades o
pérdidas fiscales en
la participación
accionaria
Parte III
Datos a proporcionar
Total de
ingresos
acumulables o
gravables en el
ejercicio
Participación directa o
participación indirecta
promedio por día del
contribuyente en el
ejercicio (porcentaje):
porcentaje
Participación directa o
participación indirecta
promedio por día del
contribuyente en el
ejercicio (porcentaje):
importe
Aportaciones y
reembolsos: monto
total de las
inversiones o
aportaciones
efectuadas durante
el ejercicio
Aportaciones y
reembolsos: monto
total de reembolsos
de capital recibidos
durante el ejercicio
Parte IV
Datos a proporcionar
La contabilidad
está a
disposición de
la autoridad (si o
no)
Tiene alguna entidad
interpuesta (si o no)
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente: total
de utilidades o pérdidas
fiscales del ejercicio
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente:
total de utilidades
distribuidas en el
ejercicio
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente:
monto total de
activos no afectos a
la actividad
empresarial
Parte V
Datos a proporcionar
Datos de la
entidad ubicada
en régimen
fiscal
preferente:
monto total de
activos afectos
a la actividad
empresarial
En el caso de ingresos
generados en
participación con otras
entidades cuenta con la
información de la entidad
que generó ingresos por
participación con otras
entidades (si o no)
En el caso de ingresos
generados en
participación con otras
entidades, actividad
que realiza la entidad
en la que participa
Operaciones con
fideicomiso o con la
entidad o figura
jurídica extranjera
transparente
fiscalmente, señalar
si la información es
para el caso de los
ingresos generados
en fideicomisos y
similares (si o no)
Operaciones con
fideicomiso o con la
entidad o figura
jurídica extranjera
transparente
fiscalmente,
descripción del
objeto del
fideicomiso
Parte VI
Datos a proporcionar
Fideicomiso o entidad o
figura jurídica extranjera
transparente
fiscalmente: vigencia
del
Fideicomiso o entidad
o figura jurídica
extranjera
transparente
fiscalmente: vigencia
al
Carácter con el que participa en
el fideicomiso o en la entidad o
figura jurídica extranjera
transparente fiscalmente
Indique si utilizó una tasa de
impuesto o exención prevista
en algún tratado que tenga
celebrado México para evitar
la doble tributación
Parte VII
Datos a proporcionar
Tasa preferencial por
tratado
Impuesto sobre
ingresos sujetos a
REFIPRES
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
481
Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en seis partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
20.- Deducción de intereses
Netos del ejercicio
(para los efectos del artículo 28,
fracción XXXII de la LISR)
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Monto de los ingresos
acumulables del
ejercicio fiscal
anterior de cada una
de las personas
miembros del grupo o
de cada parte
relacionada
Número de identificación
fiscal o RFC de cada una
de las personas
miembros del grupo o de
cada parte relacionada
(Cifras en pesos)
Denominación o razón social
07200000000000
(especificar).
07200001000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Monto de los ingresos
acumulables del ejercicio
fiscal anterior del
contribuyente
Total de ingresos
acumulables del ejercicio
fiscal anterior del
contribuyente y de todas
las personas miembros del
grupo o de todas las partes
relacionadas
Proporción de ingresos
Límite de deducción del
contribuyente
Parte III
Datos a proporcionar
Total de los intereses
devengados que deriven
de deudas (montos
deducibles)
Intereses netos pendientes
de deducir de ejercicios
anteriores (aplicable a
partir del ejercicio 2022)
Total de los ingresos por
intereses acumulados
Intereses netos
Parte IV
Datos a proporcionar
Utilidad (pérdida) fiscal
Total de intereses
devengados que deriven de
deudas (montos
deducibles)
Monto total deducido de
activos fijos
Monto total deducido de
gastos diferidos
Parte V
Datos a proporcionar
Monto total deducido de
cargos diferidos
Monto total deducido de
erogaciones realizadas en
periodos preoperativos
Utilidad fiscal ajustada
Límite intereses netos
Parte VI
Datos a proporcionar
Intereses no deducibles
Se ubica en alguna de las
excepciones establecidas a
que se refiere el artículo 28,
fracción XXXII de la LISR (si
o no)
482
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión
efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman
parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
Toda pregunta debe ser entendida con respecto al ejercicio fiscal sujeto a revisión. En aquellos
cuestionamientos que no apliquen al contribuyente, así como cuando a criterio del contador público que
responda el cuestionario no haya una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado, o bien,
simplemente no fue revisado por no caer en el alcance de revisión, se podrá dejar en blanco el renglón que
corresponda, haciendo las aclaraciones correspondientes en el informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente, ya que de no hacerlo el Servicio de Administración Tributaria, entenderá que el
contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento.
Índice
Concepto
Datos a
proporcionar
Comentarios
Cuestionario de diagnóstico fiscal
(revisión del contador público)
Por el ejercicio terminado
al 31 de diciembre de 2025
Procedimientos de auditoría aplicados para la revisión
de estados financieros
07210000000000
Realizó la evaluación del control interno del contribuyente.
07210001000000
En caso afirmativo al índice anterior, conserva la evidencia
de la evaluación del control interno en sus papeles de
trabajo.
07210002000000
Detecto debilidades o desviaciones relacionadas con la
estructura del control interno del contribuyente con
repercusión en su situación fiscal.
Nota: en caso afirmativo describa las irregularidades en
el informe sobre la revisión de la situación fiscal.
07210003000000
Como consecuencia de la realización de su trabajo,
propuso ajustes financieros que afectaron la situación fiscal
del contribuyente.
07210004000000
Como consecuencia de la realización de su trabajo
encontró diferencias en partidas no materiales que puedan
tener repercusión fiscal.
07210005000000
En caso afirmativo a los índices anteriores, los ajustes
afectaron la base y la determinación de las contribuciones a
que está sujeto el contribuyente.
Como consecuencia de la realización de su trabajo, el
contribuyente corrigió a la fecha de envío del dictamen
fiscal lo siguiente:
07210006000000
Partidas que el contribuyente dedujo indebidamente en el
Impuesto sobre la Renta.
07210007000000
Ingresos que el contribuyente omitió en el Impuesto Sobre
la Renta.
07210008000000
Actos o actividades que el contribuyente omitió en el
Impuesto al Valor Agregado.
07210009000000
Acreditamientos indebidos efectuados contra el Impuesto
Sobre la Renta.
07210010000000
Acreditamientos indebidos efectuados contra el Impuesto al
Valor Agregado.
En caso negativo, explique los motivos en el informe
sobre
la
revisión
de
la
situación
fiscal
del
contribuyente.
07210011000000
En caso de haber detectado en su auditoría alguna
irregularidad
de
las
señaladas
en
los
índices
07210006000000 al 07210010000000, indique si reveló
alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la
situación fiscal del contribuyente.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
483
07210012000000
En caso de haber contestado afirmativamente en el índice
07210004000000, reveló dicha circunstancia en el informe
sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a
las mismas y con la evidencia que conserva en sus
papeles de trabajo, responda si se cercioró de que el
contribuyente cumpliera con lo siguiente:
07210013000000
El contribuyente recibió asesoría de un experto de la
dirección en materia fiscal.
En caso afirmativo señale:
07210014000000
Evaluó la competencia, capacidad y objetividad del experto
de la dirección en materia fiscal.
07210015000000
Obtuvo conocimiento del trabajo del experto.
07210016000000
Evaluó la adecuación del trabajo del experto.
07210017000000
Si el contribuyente obtuvo un documento por escrito.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Deducciones (ISR)
07210018000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento a lo previsto en los índices 07D157000 al
07D170000 del diagnóstico fiscal, se propuso que se
hicieran no deducibles las partidas correspondientes.
07210019000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones
complementarias con motivo de esta revisión.
Deducciones específicas (ISR)
07210020000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento a lo previsto en los índices 07D171000 al
07D186000 del diagnóstico fiscal, se propuso que se
hicieran no deducibles las partidas relacionadas con
deducciones.
07210021000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones
complementarias con motivo de esta revisión.
Declaración informativa múltiple
07210022000000
Verificó la información contenida en el anexo información
sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS (para los
efectos del artículo noveno de las disposiciones transitorias
de la LISR 2014, fracción X).
07210023000000
Verificó la información contenida en el anexo información
sobre residentes en el extranjero, tratándose de residentes
en el extranjero (para los efectos del artículo noveno de las
disposiciones transitorias de la LISR 2014, fracción X).
07210024000000
Verificó la información contenida en el anexo información
sobre residentes en el extranjero (para los efectos del
artículo 76, fracción VI, de la LISR).
07210025000000
Verificó la información contenida en el anexo de ingresos
sujetos a regímenes fiscales preferentes (para los efectos
del artículo 178, de la LISR).
07210026000000
Verificó la información contenida en el anexo de
operaciones efectuadas a través de fideicomisos (para los
efectos del artículo 76, fracción XIII, de la LISR).
484
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Regímenes fiscales preferentes
07210027000000
Verificó la información contenida en el anexo de ingresos
sujetos a regímenes fiscales preferentes.
Impuesto al Valor Agregado
Acreditamiento (IVA)
07210028000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento a lo previsto en el índice 07D295000 del
diagnóstico fiscal, propuso que se hicieran las correcciones
correspondientes en el acreditamiento.
07210029000000
En caso afirmativo el contribuyente presentó declaraciones
complementarias con motivo de esta revisión.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Cuestionario en materia de precios de transferencia
(revisión del contador público)
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las
mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de
trabajo responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera
con lo siguiente:
Capitalización insuficiente
(para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR)
07220000000000
Verificó si el contribuyente dio cumplimiento a lo dispuesto por el
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
07220001000000
Detecto algún incumpliendo a lo dispuesto por el artículo 28,
fracción XXVII de la LISR.
07220002000000
Monto de intereses no deducibles por capitalización insuficiente.
En caso de considerar cuentas fiscales para el cálculo,
señale el monto de:
07220003000000
Cuentas de capital de aportación.
07220004000000
Utilidad fiscal neta y utilidad neta reinvertida.
07220005000000
En caso de haber observado que las respuestas del
contribuyente
a
los
índices
07130108000000
y/o
07130115000000, del anexo 13, no eran correctas y lo llevaron a
un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe
sobre la revisión de la situación fiscal.
07220006000000
En adición de haber contestado de forma afirmativa el índice
07220005000000, señaló alguna salvedad en su dictamen.
Documentación comprobatoria de precios de transferencia
(estudio de precios de transferencia) por operaciones con
partes relacionadas residentes en el extranjero (para los
efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR)
07220007000000
Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta
obligación fiscal.
07220008000000
En caso de incumplimiento del contribuyente se consideró como
deducibles las transacciones con partes relacionadas que le
representaron un costo o gasto.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
485
07220009000000
En caso de incumplimiento del contribuyente a esta obligación
fiscal, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su
informe sobre la revisión de la situación fiscal.
07220010000000
En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su dictamen.
Verificó que la documentación comprobatoria de precios de
transferencia, por las operaciones con partes relacionadas
residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76,
fracción IX de la LISR), incluyera lo siguiente:
Nota: las preguntas referidas en los índices 07220011000000 al
07220028000000
solo
se
contestarán
cuando
se
haya
contestado que “si” en el índice 07130032000000 del anexo 13.
07220011000000
1) nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia
fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebraron
operaciones.
07220012000000
2) que se consideraran todas las partes relacionadas de acuerdo
con la definición contenida en los párrafos quinto y sexto del
artículo 179 de la LISR.
07220013000000
3) documentación que demuestre la participación directa e
indirecta entre las partes relacionadas.
07220014000000
4) información relativa a las funciones o actividades por cada tipo
de operación evaluada.
07220015000000
5) información relativa a los activos utilizados en cada tipo de
operación evaluada.
07220016000000
6) información relativa a los riesgos asumidos en cada tipo de
operación evaluada.
07220017000000
7) información y documentación sobre las operaciones con
partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y
por cada tipo de operación evaluada.
07220018000000
8) método aplicado conforme al artículo 180 de la LISR por cada
tipo de operación evaluada.
07220019000000
9) información y documentación sobre operaciones o empresas
comparables por cada tipo de operación evaluada.
07220020000000
10) se identificaron en los registros de contabilidad que la
totalidad de las operaciones con partes relacionadas residentes
en el extranjero estuvieran debidamente asentadas.
07220021000000
En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos
antes referidos, señale si mencionó tal circunstancia en su
informe sobre la revisión de la situación fiscal.
07220022000000
En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos
antes referidos señale si mencionó tal circunstancia en su
dictamen.
07220023000000
Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con
partes relacionadas residentes en el extranjero por el
contribuyente se efectuaron de acuerdo a los precios o montos
de
contraprestaciones
que
hubieran
utilizado
partes
independientes en operaciones comparables.
07220024000000
En caso de una conclusión negativa indique si reveló alguna
salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente.
07220025000000
En caso de una conclusión negativa en la documentación
comprobatoria, indique si reveló alguna salvedad en el dictamen.
07220026000000
En caso de que en la documentación comprobatoria de precios
de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia
que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en el
informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
07220027000000
En caso de que la documentación comprobatoria de precios de
transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que
el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en dictamen.
486
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
07220028000000
En estos últimos casos, consideró el contribuyente como
deducibles las transacciones con partes relacionadas que le
representaron un costo o gasto.
Declaración informativa de operaciones con partes
relacionadas residentes en el extranjero
(para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR)
07220029000000
Verificó la presentación oportuna de la información de las
operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero,
efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM).
07220030000000
Verificó si las cifras reportadas en esa declaración coinciden con
las manifestadas en la documentación a que se refiere el artículo
76, fracción IX de la LISR (estudio de precios de transferencia).
07220031000000
Verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la
información de las operaciones con partes relacionadas
residentes en el extranjero, efectuadas durante el año inmediato
anterior (anexo 9 DIM) conforme a la información contenida en la
documentación de precios de transferencia para las operaciones
con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los
efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR).
07220032000000
En caso de haber observado errores en el llenado, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión
de la situación fiscal del contribuyente.
En caso negativo, especifique:
07220033000000
Consideró el contribuyente como deducibles las transacciones
con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto.
07220034000000
En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una
salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente.
07220035000000
En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una
salvedad en su dictamen.
Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas (para
los efectos del artículo 76-A fracción X de la LISR) de 2024
presentadas en 2025.
07220036000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa
maestra
de
partes
relacionadas
del
grupo
empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de
2024.
07220037000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa local de partes relacionadas correspondiente al
ejercicio fiscal de 2024.
07220038000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa país por país del grupo empresarial multinacional
correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.
07220039000000
En caso de haber observado errores en el llenado de las
declaraciones anuales informativas de partes relacionadas
correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión
de la situación fiscal del contribuyente.
Cumplimiento de la obligación respecto de las operaciones
con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76,
fracción XII de la LISR)
07220040000000
Verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se
pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y
deducciones autorizadas considerando para esas operaciones
los precios o montos de contraprestaciones que hubieran
utilizado partes independientes en operaciones comparables.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
487
07220041000000
En caso negativo, consideró el contribuyente como deducibles
las transacciones con partes relacionadas que le representaron
un costo o gasto.
07220042000000
En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental,
indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión
de la situación fiscal del contribuyente.
07220043000000
En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental
indique si reveló alguna salvedad en su dictamen.
07220044000000
Verificó en la evidencia documental referida en el índice
07220040000000 la aplicación de los métodos de precios de
transferencia establecidos en el artículo 180 de la LISR en los
términos del tercer párrafo del citado artículo.
07220045000000
En caso de no haberlos aplicado, indique si reveló alguna
salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente, o bien en su dictamen.
Operaciones con partes relacionadas
nacionales informadas
07220046000000
En caso de haber señalado que si en el índice 07D031000 del
anexo "datos generales", verificó que la declaración informativa
por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el
extranjero (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR,
anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas
residentes en territorio nacional.
07220047000000
En caso de haber señalado que si en el índice 07130151000000
del anexo 13, verificó que la declaración informativa por sus
operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero
(Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9
de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas
residentes en territorio nacional.
Ajustes de precios de transferencia
07220048000000
Verificó en el caso de ajustes de precios de transferencia que
hayan incrementado las deducciones del contribuyente, que se
cumplieran todos los requisitos establecidos en la regla 3.9.1.3.
de la RMF para 2025.
Intereses considerados como dividendos
(para los efectos del artículo 11 de la LISR)
07220049000000
En caso de haber observado que las respuestas del
contribuyente
a
los
índices
07130067000000
y/o
07130068000000 del anexo 13 no eran correctas y lo llevaron a
un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe
sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en
su dictamen.
Metodología de precios de transferencia (para los efectos
del artículo 180 de la LISR) por transacción con partes
relacionadas
07220050000000
Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia, exista evidencia de que se intentó aplicar en
primer término el método de precio comparable no controlado
(previsto por la fracción I del artículo 180 de la LISR) para cada
una de sus transacciones con partes relacionadas que validó en
sus estudios de precios de transferencia.
07220051000000
Observó alguna inconsistencia de índole formal, por parte del
contribuyente en las respuestas de la información del
contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.
07220052000000
En caso afirmativo reveló alguna salvedad en el informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien, en su
dictamen.
488
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
D.
Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros de los intermediarios
financieros no bancarios, aplicable a las uniones de crédito, a los almacenes generales de depósito, a las
arrendadoras financieras, a las empresas de factoraje financiero, a las sociedades financieras de objeto
múltiple reguladas, entidades de ahorro y crédito popular conforme a la Ley de Ahorro y Crédito Popular y a
otros intermediarios financieros no bancarios, por el ejercicio fiscal del 2025.
índice
Concepto
Datos a proporcionar
Datos de identificación del contribuyente
10A000000
RFC:
10A001000
Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o
razón social:
Domicilio fiscal:
10A002000
Entidad federativa:
10A003000
Alcaldía o municipio:
10A004000
Colonia o localidad:
10A005000
Código postal:
10A006000
Calle, número exterior e interior:
10A007000
Ciudad o población:
10A008000
Teléfono:
10A009000
Correo electrónico:
10A010000
Nombre del grupo económico al que pertenece:
10A011000
Clave de actividad para efectos fiscales:
Declaratoria del contribuyente:
Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las
operaciones reales que lleve a cabo durante el ejercicio, mismas que
están registradas contablemente y se encuentran amparadas con
documentación comprobatoria.
10A012000
Nombre del contribuyente:
Datos de identificación del contador público
10B000000
RFC:
10B001000
Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)):
10B002000
CURP:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
489
10B003000
Número de registro:
Domicilio fiscal:
10B004000
Entidad federativa:
10B005000
Alcaldía o municipio:
10B006000
Colonia o localidad:
10B007000
Código postal.
10B008000
Calle, número exterior e interior:
10B009000
Ciudad o población:
10B010000
Teléfono del CPI o despacho:
10B011000
Correo electrónico:
10B012000
Correo electrónico del buzón tributario:
10B013000
Colegio al que pertenece:
10B014000
Nombre del despacho:
10B015000
RFC del despacho:
10B016000
Número de registro del despacho:
Declaratoria del contador público que dictaminó:
Declaro que la información que proporciona el contribuyente citado,
consta en libros, registros, documentos y declaraciones en poder del
propio contribuyente, mismos que examine, como lo manifiesto en el
informe del auditor independiente y en el informe sobre la revisión de la
situación fiscal del contribuyente que adjunto.
10B017000
Nombre del contador público que dictaminó:
Datos de identificación del representante legal
10C000000
RFC:
10C001000
Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)):
10C002000
Nacional:
10C003000
Extranjero:
10C004000
CURP:
Domicilio fiscal
10C005000
Entidad federativa:
490
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10C006000
Alcaldía o municipio:
10C007000
Colonia o localidad:
10C008000
Código postal:
10C009000
Calle, número exterior e interior:
10C010000
Ciudad o población:
10C011000
Teléfono
10C012000
Correo electrónico:
10C013000
Número de escritura:
10C014000
Número de notaria:
10C015000
Entidad en la que se ubica la notaria:
10C016000
Fecha del poder:
10C017000
Fecha de designación:
Declaratoria del representante legal:
Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las
operaciones reales que llevó a cabo mi representada durante el
ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran
amparadas con documentación comprobatoria.
10C018000
Nombre del representante legal:
Índice
Concepto.
Datos a proporcionar
Datos generales
10D000000
Autoridad competente.
10D001000
Sede a la que pertenece la ADAF.
10D002000
Administración.
10D003000
Obligado u optativo.
10D004000
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables
(para los efectos del artículo 32-A CFF).
10D005000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para
los efectos del artículo 32-A CFF).
10D006000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de
trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
491
10D007000
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 10D004000,
10D005000 y 10D006000 anteriores, mencione el motivo por el que
presenta el dictamen.
10D008000
Tipo de sociedad.
10D009000
Forma parte de una asociación en participación.
10D010000
Forma parte de un fideicomiso.
En caso afirmativo al índice anterior, indique denominación o razón
social del fideicomiso:
10D011000
Denominación o razón social fideicomitente.
10D012000
Denominación o razón social fiduciario.
10D013000
Denominación o razón social fideicomisario (1).
10D014000
Denominación o razón social fideicomisario (2).
10D015000
Denominación o razón social fideicomisario (3).
10D016000
Primer dictamen.
10D017000
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía,
electricidad e infraestructura.
10D018000
Tipo de contribuyente especial.
10D019000
Empresa filial.
10D020000
Empresa subsidiaria.
10D021000
Sociedad cooperativa.
10D022000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal.
10D023000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal.
10D024000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.
10D025000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.
10D026000
Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales:
En caso de haber seleccionado algún sistema de costeo, estará a lo
siguiente:
10D027000
Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos
fiscales y el método de valuación de costo de adquisición para efectos
contables (costos históricos) (en caso afirmativo debe llenar del índice
10050000000000 al 10050030000000 del anexo 5).
10D028000
Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos
fiscales (costos predeterminados estimados) (en caso afirmativo debe
llenar del índice 1005000000000 al 10050030000000 del anexo 5).
10D029000
Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos
fiscales y el método de valuación de costo estándar para efectos
contables (en caso afirmativo debe llenar del índice 10050000000000 al
10050030000000 del anexo 5).
10D030000
Costo de ventas: utiliza un sistema distinto a los anteriores (en caso
afirmativo debe llenar del índice 10050031000000 al 10050040000000 del
anexo 5).
10D031000
Tipo de opinión.
492
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Indique el RFC de la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que asesoro(aron)
fiscalmente al contribuyente, mediante una opinión por escrito:
10D032000
RFC 1:
10D033000
RFC 2:
10D034000
RFC 3:
10D035000
RFC 4:
10D036000
RFC 5:
Efectos fiscales
10D037000
Realizó operaciones con partes relacionadas.
10D038000
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 10D037000
(debe llenar los anexos 13 y 14).
10D039000
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.
10D040000
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.
10D041000
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura
jurídica extranjera.
10D042000
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de
ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 19).
Otros aspectos
10D043000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF
como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
10D044000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
10D045000
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya
afectado su situación fiscal durante el ejercicio.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente
10D046000
Se trata de:
10D047000
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o
consulta).
10D048000
Número de oficio 1.
10D049000
Fecha del oficio 1.
10D050000
Número de oficio 2.
10D051000
Fecha del oficio 2.
10D052000
Número de oficio 3.
10D053000
Fecha del oficio 3.
10D054000
Obtuvo
alguna
resolución
favorable
por
parte
de
autoridades
jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio
(incluye PTU).
En caso afirmativo al índice anterior, indique el número y fecha de la
resolución:
10D055000
Número de resolución 1.
10D056000
Fecha de la resolución 1.
10D057000
Número de resolución 2.
10D058000
Fecha de la resolución 2.
10D059000
Número de resolución 3.
10D060000
Fecha de la resolución 3.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
493
10D061000
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.
En caso afirmativo al índice anterior, aclarar a través del anexo
denominado
información
adicional,
la
disposición
fiscal
controvertida, el medio de defensa interpuesto así como el estatus
del medio de defensa interpuesto al cierre del ejercicio
10D062000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal).
10D063000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última
complementaria).
10D064000
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
Número de identificación otorgado por el SAT al esquema reportable
10D065000
Número de identificación (campo 1).
10D066000
Número de identificación (campo 2).
10D067000
Número de identificación (campo 3).
10D068000
Número de identificación (campo 4).
10D069000
Número de identificación (campo 5).
10D070000
Fecha de presentación de la declaración informativa normal.
10D071000
Fecha
de
presentación
de
la
declaración
informativa
(última
complementaria).
Operaciones financieras, inversiones, financiamiento, moneda
extrajera y residentes al extranjero
10D072000
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales
durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo
debe de llenar el anexo 10).
10D073000
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas
durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 11).
10D074000
Llevó
a
cabo
operaciones
con
residentes
en
el
extranjero
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 16).
10D075000
Tuvo prestamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el
anexo 18).
Diagnóstico fiscal del contribuyente
Generalidades fiscales
10D076000
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio
fiscal auditado.
10D077000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de
denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes
(para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo
especifique el RFC y nombres anteriores.
10D078000
(especificar nombre anterior).
10D079000
(especificar nombre anterior).
10D080000
(especificar nombre anterior).
10D081000
(especificar nombre anterior).
10D082000
(especificar nombre anterior).
494
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D083000
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.
10D084000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de
cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del
RCFF).
10D085000
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el
ejercicio fiscal auditado.
10D086000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de
actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos
del artículo 29, fracción VII RCFF).
10D087000
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre
realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales,
puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en
general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño
de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del
RCFF).
10D088000
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente
fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto
en el artículo 26, fracción XI del CFF.
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, describa como dio
cumplimiento y con qué documentación lo acredita, a través del
anexo denominado información adicional del dictamen
10D089000
Tiene accionistas residentes en el país.
10D090000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal
de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF).
10D091000
Tiene inventarios en sus registros contables.
10D092000
En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías,
materias primas, producción en proceso y productos terminados según se
trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV de la Ley de ISR).
10D093000
Indique si identifico proveedores o clientes con el listado definitivo emitido
por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el
ejercicio fiscal revisado.
10D094000
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se
les dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF.
10D095000
Tiene empleados.
En caso afirmativo a la pregunta del índice anterior indique:
10D096000
Número de trabajadores.
10D097000
Total del ISR retenido y enterado por salarios.
10D098000
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.
10D099000
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el
ejercicio.
10D100000
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.
10D101000
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.
10D102000
Creo una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien
efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos del artículo 29 de la LISR
y 65 del RLISR.)
10D103000
En caso negativo a la pregunta del índice 10D095000, tiene algún
contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE).
En caso de tener algún contrato de servicios especializados u obras
especializadas (REPSE), señale el RFC y nombre de la(s)
sociedad(es) que le presta(n) los servicios especializados u obras
especializadas (REPSE)
10D104000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
10D105000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
495
10D106000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
10D107000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
10D108000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
10D109000
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar
en el ejercicio.
10D110000
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como
parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades.
10D111000
Monto de IVA que origino dicha operación.
Contabilidad
10D112000
Llevó contabilidad de conformidad con el artículo 28 del CFF, su
reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA.
10D113000
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está
disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción
III del CFF).
Nota: en caso negativo al índice anterior, señale el domicilio en el
cual conserva la documentación comprobatoria de los registros o
asientos, a través del anexo denominado información adicional del
dictamen.
Para efectos del IVA indique lo siguiente:
10D114000
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y
registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las
que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos
32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).
10D115000
Expidió y entrego comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos
32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA).
10D116000
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se
efectúen en los casos previstos en el artículo 1o-A, (para los efectos del
artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la
RMF para 2025).
10D117000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la
información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los
efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
10D118000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la
información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del
Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores,
desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó
o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades
por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32,
fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF
para 2025).
10D119000
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los
que hace referencia la fracción IV, del artículo 1o.-A de la LIVA.
Cuenta con los siguientes libros actualizados:
10D120000
Diario.
10D121000
Mayor.
10D122000
Actas de asamblea de socios o accionistas.
10D123000
Socios o accionistas.
496
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Impuesto sobre la Renta (ISR)
10D124000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya
autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el
diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones
dentro del grupo al que pertenece. (para los efectos del artículo 24 de la
LISR).
10D125000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado
una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo
69-B Bis del CFF).
10D126000
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se
refiere el índice anterior permanecieron en el grupo reestructurado
durante el ejercicio dictaminado.
10D127000
El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que
hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
10D128000
Reconoció o reporto dichos ingresos
Nota. En caso negativo, señale el motivo a través del anexo
denominado información adicional del dictamen
10D129000
El contribuyente cambió el modelo de negocios.
Dio cumplimiento a las siguientes obligaciones fiscales:
10D130000
Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los
archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR).
10D131000
Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los
pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V
de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76,
fracción III de la LISR).
10D132000
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor
emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la
LISR y 111 del RLISR).
10D133000
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no
negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de
transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo
76, fracción XI, inciso a) de la LISR).
10D134000
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos,
comprobante fiscal en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el
que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro
específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la
LISR).
10D135000
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para
futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en
efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los
efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así
como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
10D136000
Retener y enterara el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos
o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140, párrafo segundo
de la LISR).
10D137000
Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan
generado intereses.
10D138000
En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la
autoridad fiscal.
10D139000
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del
artículo 55 de la LISR.
10D140000
Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II del
artículo 55 de la LISR.
10D141000
Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación,
administración o distribución a sociedades de inversión en instrumento de
duda o sociedades de inversión de renta variable, en los términos de la
Ley de Sociedades de Inversión y demás normativa legal aplicable.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
497
10D142000
Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la
obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR, tal y cual se
prevé en el artículo 89 de esa misma normativa.
(ISR) obtuvo ingresos por
10D143000
Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
10D144000
Nombre del comprador 1.
10D145000
Es parte relacionada.
10D146000
Nombre del comprador 2.
10D147000
Es parte relacionada.
10D148000
Nombre del comprador 3.
10D149000
Es parte relacionada.
10D150000
Nombre del comprador 4.
10D151000
Es parte relacionada.
10D152000
Nombre del comprador 5.
10D153000
Es parte relacionada.
10D154000
Total de ingresos por venta de intangibles.
10D155000
Total del monto original de la inversión ajustado.
10D156000
Efectuó retención.
10D157000
Monto del entero por la operación.
10D158000
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas
fuera de mercados reconocidos.
Indique lo siguiente en calidad de emisora de las acciones:
10D159000
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.
10D160000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.
10D161000
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.
10D162000
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.
10D163000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78.
10D164000
Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78.
10D165000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de
absorción de pérdidas financieras.
Deducciones (ISR)
Reunió los siguientes requisitos fiscales para sus deducciones:
10D166000
De ser el caso, cuando tenga capitales tomados en préstamo y otorgue
préstamos a terceros, se haya aplicado el tope establecido para su
deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y
38 de su RLISR).
10D167000
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios,
directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de
vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los
requisitos
a
que
están
sujetos
(para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR).
10D168000
En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de
regalías, se haya comprobado que, quien proporcionó los conocimientos
contaba con elementos técnicos propios para ello, los presto en forma
directa y efectivamente se hayan llevado a cabo (para los efectos del
artículo 27, fracción X de la LISR).
10D169000
En el caso del costo de adquisición o los intereses que se deriven de
créditos recibidos, correspondan a los del mercado y cuando hayan
excedido se hubiese considerado como no deducible el excedente (para
los efectos del artículo 27, fracción XIII de la LISR).
498
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D170000
En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran
cumplido los requisitos previstos en la fracción V del artículo 28 de la
LISR.
10D171000
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y
aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para
los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR).
10D172000
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros
títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de
operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o
índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su
deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así
como con las reglas aplicables de la RMF para 2025).
10D173000
Los quebrantos diversos reunieron la totalidad de requisitos de deducción
que establece el artículo 27 de la LISR.
10D174000
Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad.
En caso afirmativo:
10D175000
Indique el monto total de la reserva para fondos de pensiones,
jubilaciones y primas de antigüedad, está invertida acorde a lo establecido
en el artículo 29, fracción II, de la LISR vigente en el ejercicio revisado.
10D176000
Indique si deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los
fondos destinados a las reservas para el otorgamiento de pensiones o
jubilaciones de personal.
10D177000
Indique si la reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste
anual inflacionario dentro de los créditos
10D178000
En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V
del artículo 25 de la LISR.
10D179000
En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los
requisitos que señala la fracción XV, artículo 27 de la LISR.
10D180000
En caso de que en el ejercicio haya dejado de utilizar el sistema de costeo
directo con base a costos históricos, consideró para efectos fiscales como
inventario inicial del ejercicio el valor del inventario final valuado con el
sistema de costeo directo con base a costos históricos (para los efectos
del artículo 69 G, fracción II del reglamento de la LISR).
10D181000
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20
de la LISR).
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
10D182000
Se realizaron con fines de:
10D183000
En caso afirmativo acumuló ingresos provenientes de operaciones
financieras derivadas.
10D184000
Indique el monto de la acumulación correspondiente.
10D185000
Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas.
10D186000
En caso afirmativo indique el monto de la deducción correspondiente.
10D187000
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes
relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR.
10D188000
En caso afirmativo indique el monto correspondiente.
Disposiciones específicas (ISR)
Sociedades financieras de objeto múltiple
10D189000
Se considera como integrante del sistema financiero. (para los efectos del
artículo 7, tercer párrafo de la Ley).
10D190000
Cuenta con resolución particular del Servicio de Administración Tributaria,
para ser considerada como integrante del sistema financiero. (para los
efectos del artículo 7, cuarto párrafo de la Ley).
10D191000
Aplica las disposiciones específicas establecidas en la Ley del Impuesto
sobre la Renta, para los contribuyentes que forman parte del sistema
financiero.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
499
Uniones de crédito
10D192000
Atendiendo al nivel de operación por el que fue autorizada la unión de
crédito, esta realizó única y exclusivamente las operaciones listadas en el
artículo 40 de la Ley de Uniones de Crédito.
10D193000
Durante el ejercicio realizó operaciones de descuento, préstamo o crédito
de cualquier clase con personas que no eran socios de la unión de
crédito, excepto con las personas y fideicomisos expresamente
autorizados en el artículo 40, fracciones I y II de la Ley de Uniones de
Crédito.
Almacenes generales de depósito
10D194000
Levantó inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para
los efectos del artículo 76, fracción IV de la Ley).
10D195000
Dedujo el monto constituido o incrementado en el ejercicio, previa revisión
de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la reserva de contingencia
(para los efectos del artículo 47 de la Ley).
10D196000
Si al término del ejercicio, procedió la disminución de la reserva de
contingencia aplicable a almacenes generales de depósito, con respecto a
las constituidas en el ejercicio inmediato anterior, la diferencia se
consideró como ingreso acumulable en el ejercicio (para los efectos del
artículo 47 de la Ley).
10D197000
En calidad de que participó en alguna fusión:
10D198000
Fecha en que surtió efectos la fusión.
En caso de ser fusionada, deberá anotar:
10D199000
Fusionante: RFC.
10D200000
Fusionante: denominación o razón social.
En caso de ser fusionante, deberá anotar:
10D201000
Fusionada 1: RFC.
10D202000
Fusionada 1: denominación o razón social.
10D203000
Fusionada 2: RFC.
10D204000
Fusionada 2: denominación o razón social.
10D205000
Fusionada 3: RFC.
10D206000
Fusionada 3: denominación o razón social.
10D207000
Fusionada 4: RFC.
10D208000
Fusionada 4: denominación o razón social.
10D209000
Fusionada 5: RFC.
10D210000
Fusionada 5: denominación o razón social.
10D211000
Fusionada 6: RFC.
10D212000
Fusionada 6: denominación o razón social.
10D213000
Fusionada 7: RFC.
10D214000
Fusionada 7: denominación o razón social.
500
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D215000
Fusionada 8: RFC.
10D216000
Fusionada 8: denominación o razón social.
10D217000
Fusionada 9: RFC.
10D218000
Fusionada 9: denominación o razón social.
10D219000
Fusionada 10: RFC.
10D220000
Fusionada 10: denominación o razón social.
Nota: en caso de haber sido fusionante, y el espacio anterior es
insuficiente, señale en el anexo denominado información adicional
del dictamen: el RFC, nombre de la entidad(es) fusionada(s), fecha
en que surtió efectos la fusión y el porcentaje de participación
accionaria.
10D221000
En calidad de que participó en alguna escisión:
10D222000
Fecha en que surtió efectos la escisión.
10D223000
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.
Parte del activo, pasivo y capital social correspondiente, aportado por la
escindente y recibido por:
10D224000
Escindida 1: RFC.
10D225000
Valor activo:
10D226000
Valor pasivo:
10D227000
Valor capital social:
10D228000
Escindida 2: RFC.
10D229000
Valor activo:
10D230000
Valor pasivo:
10D231000
Valor capital social:
10D232000
Escindida 3: RFC.
10D233000
Valor activo:
10D234000
Valor pasivo:
10D235000
Valor capital social:
10D236000
Escindida 4: RFC.
10D237000
Valor activo:
10D238000
Valor pasivo:
10D239000
Valor capital social:
10D240000
Escindida 5: RFC.
10D241000
Valor activo:
10D242000
Valor pasivo:
10D243000
Valor capital social:
10D244000
Escindida 6: RFC.
10D245000
Valor activo:
10D246000
Valor pasivo:
10D247000
Valor capital social:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
501
10D248000
Escindida 7: RFC.
10D249000
Valor activo:
10D250000
Valor pasivo:
10D251000
Valor capital social:
10D252000
Escindida 8: RFC.
10D253000
Valor activo:
10D254000
Valor pasivo:
10D255000
Valor capital social:
10D256000
Escindida 9: RFC.
10D257000
Valor activo:
10D258000
Valor pasivo:
10D259000
Valor capital social:
10D260000
Escindida 10: RFC.
10D261000
Valor activo:
10D262000
Valor pasivo:
10D263000
Valor capital social:
10D264000
Escindente: RFC.
10D265000
Valor activo:
10D266000
Valor pasivo:
10D267000
Valor capital social:
En caso de liquidación, señalar:
10D268000
Fecha de inicio de la liquidación.
Indique el nombre o denominación o razón social y RFC del
liquidador:
10D269000
(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social).
10D270000
(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social).
10D271000
(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).
10D272000
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o
construcción de inmuebles (fibras).
10D273000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos
previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.
10D274000
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de
inmuebles (fibra).
10D275000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos
previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.
Acreditamientos
10D276000
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en
el extranjero que acreditó.
10D277000
Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el
ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el
que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas
generales expedidas por el Servicio de Administración Tributaria.
10D278000
El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el
extranjero.
502
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D279000
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para
acreditar el ISR pagado en el extranjero.
10D280000
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades
recibidos de residentes en el extranjero.
10D281000
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza
en el extranjero.
10D282000
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de
la LISR.
10D283000
Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades
residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o
utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen
cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la
normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento.
10D284000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero
pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1).
10D285000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero
pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2).
10D286000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero
pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3).
10D287000
Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero
en el ejercicio.
10D288000
Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en
el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores.
Regímenes fiscales preferentes
10D289000
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de
entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales
en
el
extranjero
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 20).
10D290000
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones
efectuadas.
10D291000
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de
REFIPRES.
10D292000
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.
10D293000
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.
10D294000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención
proveniente de REFIPRES.
10D295000
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.
10D296000
Indique si declaro impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
10D297000
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
10D298000
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes
en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR.
Retenciones y/o responsabilidad solidaria
10D299000
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el
que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue
cubierto por el propio contribuyente.
10D300000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. Del Decreto publicado en el DOF
el 26 de diciembre de 2013.
10D301000
Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación.
En caso afirmativo:
10D302000
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del
país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR.
10D303000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención
preferencial.
10D304000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. Del Decreto publicado en el DOF el
26 de diciembre de 2013.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
503
Impuesto al Valor Agregado
Actos o actividades (IVA).
10D305000
Realiza actos o actividades no afectas al Impuesto al Valor Agregado.
10D306000
Cumplió con las disposiciones fiscales para determinar los actos o
actividades gravados y exentos.
Acreditamiento (IVA).
Requisitos de acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado
10D307000
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del
impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique
la tasa 0% y exentas.
10D308000
Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales
definitivos del Impuesto al Valor Agregado acredita impuesto al 100%.
10D309000
Realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos del
artículo 5o.-A de la LIVA).
10D310000
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento
de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos
para
su
acreditamiento
(para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).
Específicas del Impuesto al Valor Agregado.
10D311000
Excluye los conceptos señalados en las fracciones IV, V, VI, y IX del
artículo 5o.-C de la Ley, para calcular la proporción a que se hace
mención en el primer párrafo del artículo 5o.-C de la ley. (para los efectos
del artículo 5o.-C de la Ley).
Sociedades financieras de objeto múltiple.
10D312000
En el supuesto de que sea sociedad financiera de objeto múltiple no
integrante del sistema financiero, en términos de lo dispuesto en el
artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, gravó el IVA a los
intereses pagados.
Aplicación de estímulos fiscales
10D313000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado
en el DOF el 26 de diciembre de 2013.
10D314000
Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado
en el DOF el 26 de diciembre de 2013.
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
En materia de Impuesto sobre la Renta
10D315000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice
10150131000000 al 10150159000000 del anexo 15).
10D316000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato
anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de
ingresos obtenidos fuera de esta.
504
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D317000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la
región fronteriza norte”.
10D318000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
10D319000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
10D320000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo
para la región fronteriza norte”.
10D321000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF
el 31 de diciembre de 2018.
10D322000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó
de aplicar el estímulo fiscal de ISR.
10D323000
Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los
supuestos anteriores.
10D324000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja,
las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que
aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale
el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de
las declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado:
10D325000
(1) Correspondiente al mes de:
10D326000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D327000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D328000
(2) Correspondiente al mes de:
10D329000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D330000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D331000
(3) Correspondiente al mes de:
10D332000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D333000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria
10D334000
(4) Correspondiente al mes de:
10D335000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D336000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D337000
(5) Correspondiente al mes de:
10D338000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D339000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D340000
(6) Correspondiente al mes de:
10D341000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D342000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D343000
(7) Correspondiente al mes de:
10D344000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D345000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D346000
(8) Correspondiente al mes de:
10D347000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D348000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D349000
(9) Correspondiente al mes de:
10D350000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D351000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
505
10D352000
(10) Correspondiente al mes de:
10D353000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D354000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D355000
(11) Correspondiente al mes de:
10D356000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D357000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D358000
(12) Correspondiente al mes de:
10D359000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D360000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D361000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal,
establecimiento u otro.
10D362000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u
otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses.
10D363000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento
ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
10D364000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
10D365000
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento
fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales,
incluyendo exenciones o subsidios.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo
siguiente:
10D366000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que
aplicó.
10D367000
Monto del beneficio.
10D368000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los
efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
10D369000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
10D370000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de
colaboración al programa de verificación en tiempo real.
10D371000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
En materia de Impuesto al Valor Agregado
10D372000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF
el 31 de diciembre de 2018.
10D373000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en
materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo:
10D374000
(a) enajenación de bienes.
10D375000
(b) prestación de servicios independientes.
10D376000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
10D377000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF
el 31 de diciembre de 2018.
10D378000
Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA.
506
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D379000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF
el 31 de diciembre de 2018.
10D380000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a
efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o.,
fracción IV de la ley del IVA.
10D381000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si
optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor
de la contraprestación efectivamente pagada.
En relación a la pregunta anterior, señale el mes al que corresponde,
la fecha de presentación del entero del IVA retenido y el monto
pagado
10D382000
(1) Correspondiente al mes de:
10D383000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D384000
(1) Monto pagado.
10D385000
(2) Correspondiente al mes de:
10D386000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D387000
(2) Monto pagado.
10D388000
(3) Correspondiente al mes de:
10D389000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D390000
(3) Monto pagado.
10D391000
(4) Correspondiente al mes de:
10D392000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido
10D393000
(4) Monto pagado.
10D394000
(5) Correspondiente al mes de:
10D395000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido
10D396000
(5) Monto pagado.
10D397000
(6) Correspondiente al mes de:
10D398000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido
10D399000
(6) Monto pagado.
10D400000
(7) Correspondiente al mes de:
10D401000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido
10D402000
(7) Monto pagado.
10D403000
(8) Correspondiente al mes de:
10D404000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido
10D405000
(8) Monto pagado.
10D406000
(9) Correspondiente al mes de:
10D407000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido
10D408000
(9) Monto pagado.
10D409000
(10) Correspondiente al mes de:
10D410000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D411000
(10) Monto pagado.
10D412000
(11) Correspondiente al mes de:
10D413000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D414000
(11) Monto pagado.
10D415000
(12) Correspondiente al mes de:
10D416000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D417000
(12) Monto pagado.
10D418000
Cuál es su moneda funcional.
10D419000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
10D420000
Es importador de un sector en específico.
10D421000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
507
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
En materia de Impuesto sobre la Renta
10D422000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice
01150160000000 al 01150188000000 del anexo 15).
10D423000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato
anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de
ingresos obtenidos fuera de esta.
10D424000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la
región fronteriza sur”.
10D425000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
10D426000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
10D427000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo
para la región fronteriza sur”.
10D428000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el
30 de diciembre de 2020.
10D429000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó
de aplicar el estímulo fiscal de ISR.
10D430000
Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los
supuestos anteriores.
10D431000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja,
las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que
aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale
el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de
las declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado:
10D432000
(1) Correspondiente al mes de:
10D433000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D434000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D435000
(2) Correspondiente al mes de:
10D436000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D437000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D438000
(3) Correspondiente al mes de:
10D439000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D440000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D441000
(4) Correspondiente al mes de:
10D442000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D443000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D444000
(5) Correspondiente al mes de:
10D445000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D446000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria
10D447000
(6) Correspondiente al mes de:
10D448000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D449000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D450000
(7) Correspondiente al mes de:
508
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D451000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D452000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D453000
(8) Correspondiente al mes de:
10D454000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D455000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D456000
(9) Correspondiente al mes de:
10D457000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D458000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D459000
(10) Correspondiente al mes de:
10D460000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D461000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D462000
(11) Correspondiente al mes de:
10D463000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D464000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D465000
(12) Correspondiente al mes de:
10D466000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
10D467000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
10D468000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal,
establecimiento u otro.
10D469000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u
otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses.
10D470000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento
ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
10D471000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
10D472000
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento
fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales,
incluyendo exenciones o subsidios.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique
lo siguiente:
10D473000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que
aplicó.
10D474000
Monto del beneficio.
10D475000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los
efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
10D476000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
10D477000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de
colaboración al programa de verificación en tiempo real.
10D478000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
En materia de Impuesto al Valor Agregado
10D479000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el
30 de diciembre de 2020.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
509
10D480000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en
materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo:
10D481000
(a) enajenación de bienes.
10D482000
(b) prestación de servicios independientes.
10D483000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
10D484000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el
30 de diciembre de 2020.
10D485000
Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA.
10D486000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el
30 de diciembre de 2020.
10D487000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a
efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o.,
fracción IV de la Ley del IVA.
10D488000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si
optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor
de la contraprestación efectivamente pagada.
En relación a la pregunta anterior, señale las fechas de presentación
del entero del IVA retenido y los montos pagados
10D489000
(1) Correspondiente al mes de:
10D490000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D491000
(1) Monto pagado.
10D492000
(2) Correspondiente al mes de:
10D493000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D494000
(2) Monto pagado.
10D495000
(3) Correspondiente al mes de:
10D496000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D497000
(3) Monto pagado.
10D498000
(4) Correspondiente al mes de:
10D499000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D500000
(4) Monto pagado.
10D501000
(5) Correspondiente al mes de:
10D502000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D503000
(5) Monto pagado.
10D504000
(6) Correspondiente al mes de:
10D505000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D506000
(6) Monto pagado.
10D507000
(7) Correspondiente al mes de:
10D508000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D509000
(7) Monto pagado.
10D510000
(8) Correspondiente al mes de:
10D511000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D512000
(8) Monto pagado.
10D513000
(9) Correspondiente al mes de:
10D514000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D515000
(9) Monto pagado.
10D516000
(10) Correspondiente al mes de:
10D517000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D518000
(10) Monto pagado.
10D519000
(11) Correspondiente al mes de:
10D520000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
510
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10D521000
(11) Monto pagado.
10D522000
(12) Correspondiente al mes de:
10D523000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
10D524000
(12) Monto pagado.
10D525000
Cuál es su moneda funcional.
10D526000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
10D527000
Es importador de un sector en específico.
10D528000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
1.- Estado de situación financiera
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de
2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
Activo
10010000000000
Efectivo y equivalentes de efectivo.
10010001000000
Cuentas de margen.
Inversiones en instrumentos financieros
10010002000000
Instrumentos financieros negociables.
10010003000000
Instrumentos financieros para cobrar o vender.
10010004000000
Instrumentos financieros para cobrar principal e interés (valores)
(neto).
10010005000000
Otras inversiones en instrumentos financieros.
10010006000000
Total de inversiones en instrumentos financieros.
Inversiones en valores
10010007000000
Títulos para negociar.
10010008000000
Títulos disponibles para la venta.
10010009000000
Títulos conservados a vencimiento.
10010010000000
Otras inversiones en valores.
10010011000000
Total de inversiones en valores.
10010012000000
Deudores por reporto (saldo deudor).
10010013000000
Préstamo de valores.
Instrumentos financieros derivados
10010014000000
Con fines de negociación.
10010015000000
Con fines de cobertura.
10010016000000
Total de instrumentos financieros derivados.
10010017000000
Ajustes de valuación por cobertura de activos financieros.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
511
Cartera de crédito vigente
Créditos comerciales
10010018000000
Actividad empresarial o comercial.
10010019000000
Préstamos de liquidez a otras sociedades financieras populares o
comunitarias.
10010020000000
Entidades financieras.
10010021000000
Entidades gubernamentales.
10010022000000
Documentados con garantía inmobiliaria.
10010023000000
Documentados con otras garantías.
10010024000000
Sin garantía.
10010025000000
Operaciones de factoraje financiero, descuento o cesión de derechos
de crédito.
10010026000000
Operaciones de arrendamiento capitalizable.
10010027000000
Total de créditos comerciales.
Créditos al consumo
10010028000000
Adquisición de bienes muebles.
10010029000000
Automotriz.
10010030000000
Otros bienes de consumo.
10010031000000
Total de créditos al consumo.
10010032000000
Créditos a la vivienda.
10010033000000
Otros créditos.
10010034000000
Total de cartera de crédito vigente.
Cartera de crédito vencida
Créditos comerciales
10010035000000
Actividad empresarial o comercial.
10010036000000
Préstamos de liquidez a otras sociedades financieras populares o
comunitarias.
10010037000000
Entidades financieras.
10010038000000
Entidades gubernamentales.
10010039000000
Documentados con garantía inmobiliaria.
10010040000000
Documentados con otras garantías.
10010041000000
Sin garantía.
10010042000000
Operaciones de factoraje financiero, descuento o cesión de derechos
de crédito.
10010043000000
Operaciones de arrendamiento capitalizable.
10010044000000
Total de créditos comerciales.
Créditos al consumo
10010045000000
Adquisición de bienes muebles.
10010046000000
Automotriz.
10010047000000
Otros bienes de consumo.
10010048000000
Total de créditos al consumo.
512
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10010049000000
Créditos a la vivienda.
10010050000000
Otros créditos.
10010051000000
Total de cartera de crédito vencida.
Cartera de crédito con riesgo de crédito
Etapa 1
10010052000000
Actividad empresarial o comercial.
10010053000000
Entidades financieras.
10010054000000
Créditos comerciales.
10010055000000
Créditos de consumo.
10010056000000
Créditos a la vivienda.
10010057000000
Otros créditos.
10010058000000
Total cartera de crédito con riesgo de crédito etapa 1.
Cartera de crédito con riesgo de crédito
Etapa 2
10010059000000
Actividad empresarial o comercial.
10010060000000
Entidades financieras.
10010061000000
Créditos comerciales.
10010062000000
Créditos de consumo.
10010063000000
Créditos a la vivienda.
10010064000000
Otros créditos.
10010065000000
Total cartera de crédito con riesgo de crédito etapa 2.
Cartera de crédito con riesgo de crédito
Etapa 3
10010066000000
Actividad empresarial o comercial.
10010067000000
Entidades financieras.
10010068000000
Créditos comerciales.
10010069000000
Créditos de consumo.
10010070000000
Créditos a la vivienda.
10010071000000
Otros créditos.
10010072000000
Total cartera de crédito con riesgo de crédito etapa 3.
10010073000000
Total de cartera de crédito.
10010074000000
Cartera de crédito valuada a valor razonable.
10010075000000
Cartera de crédito.
Más: menos
10010076000000
Partidas diferidas.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
513
Menos:
10010077000000
Estimación preventiva para riesgos crediticios.
10010078000000
Cartera de crédito (neto).
10010079000000
Derechos de cobro adquiridos.
Menos:
10010080000000
Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro.
10010081000000
Derechos de cobro (neto).
10010082000000
Total de cartera de crédito (neto).
10010083000000
Beneficios por recibir en operaciones bursatilización.
10010084000000
Otras cuentas por cobrar (neto).
10010085000000
Inventario de mercancías.
10010086000000
Bienes adjudicados (neto).
10010087000000
Pagos anticipados y otros activos (neto).
10010088000000
Propiedades, mobiliario y equipo (neto).
10010089000000
Activos por derechos de uso de propiedades, mobiliario y equipo
(neto).
10010090000000
Inversiones permanentes.
10010091000000
Activos de larga duración disponibles para la venta o para distribuir a
los propietarios.
10010092000000
Activo por impuestos a la utilidad diferidos (neto).
10010093000000
Activos intangibles (neto).
10010094000000
Activos por derechos de uso de activos intangibles (neto).
10010095000000
Crédito mercantil.
Impuestos y PTU diferidos
10010096000000
ISR diferido.
10010097000000
PTU diferida.
10010098000000
Total de impuestos y PTU diferidos.
514
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Otros activos
10010099000000
Cargos diferido.
10010100000000
Pagos anticipados.
10010101000000
Intangibles.
10010102000000
Otros activos a corto y largo plazo.
10010103000000
Total de otros activos.
10010104000000
Total activo.
Pasivo y capital
Pasivo
Captación tradicional (para el caso de entidades de ahorro y
crédito popular y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo)
10010105000000
Depósitos de exigibilidad inmediata.
10010106000000
Depósitos a plazo.
10010107000000
Títulos de crédito emitidos.
10010108000000
Cuentas sin movimiento.
10010109000000
Total de captación tradicional.
10010110000000
Pasivos bursátiles.
Préstamos bancarios y de otros organismos
10010111000000
De corto plazo.
10010112000000
De largo plazo.
10010113000000
Total de préstamos bancarios y de otros organismos.
10010114000000
Acreedores por reporto.
10010115000000
Préstamo de valores.
Colaterales vendidos
10010116000000
Reportos (saldo acreedor).
10010117000000
Préstamo de valores.
10010118000000
Instrumentos financieros derivados.
10010119000000
Otros colaterales vendidos.
10010120000000
Total de colaterales vendidos.
Instrumentos financieros derivados
10010121000000
Con fines de negociación.
10010122000000
Con fines de cobertura.
10010123000000
Total de instrumentos financieros derivados.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
515
10010124000000
Ajustes de valuación por cobertura de pasivos financieros.
10010125000000
Obligaciones en operaciones de bursatilización.
10010126000000
Pasivo por arrendamiento.
Otras cuentas por pagar.
Contribuciones por pagar.
10010127000000
Impuesto sobre la Renta.
10010128000000
Impuesto al Activo.
10010129000000
Impuesto al Valor Agregado.
10010130000000
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
10010131000000
Impuesto sobre Automóviles Nuevos.
10010132000000
Impuestos Locales.
10010133000000
Cuotas al seguro social.
10010134000000
Aportaciones al INFONAVIT.
10010135000000
Aportaciones al SAR.
10010136000000
Otros impuestos y contribuciones.
10010137000000
Total de contribuciones por pagar.
10010138000000
Impuestos a la utilidad por pagar.
10010139000000
Participación de los trabajadores en las utilidades por pagar.
10010140000000
Proveedores.
10010141000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de
formalizar en asamblea de accionistas, consejo de administración o
asamblea general de socios.
10010142000000
Acreedores por liquidación de operaciones.
10010143000000
Fondo de previsión social (para el caso de sociedades cooperativas
de ahorro y préstamo).
10010144000000
Fondo de educación cooperativa (para el caso de entidades de ahorro
y crédito popular y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo).
10010145000000
Acreedores por liquidación de operaciones (para el caso de
sociedades cooperativas de ahorro y préstamo).
10010146000000
Acreedores por cuenta de margen.
10010147000000
Acreedores por colaterales recibidos en efectivo.
10010148000000
Acreedores diversos y otras cuentas por pagar.
10010149000000
Total de otras cuentas por pagar.
10010150000000
Impuesto al Valor Agregado no cobrado.
Pasivos relacionados con grupos de activos mantenidos para la
venta.
Instrumentos financieros que califican como pasivo.
10010151000000
Obligaciones subordinadas en circulación.
10010152000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de
formalizar en asamblea de accionistas.
10010153000000
Otros.
10010154000000
Obligaciones asociadas con el retiro de componentes de propiedades,
mobiliario y equipo.
516
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Impuestos y PTU diferidos
10010155000000
ISR diferido.
10010156000000
PTU diferida.
10010157000000
Total de impuestos y PTU diferidos.
10010158000000
Pasivo por impuestos a la utilidad.
10010159000000
Pasivo por beneficios a los empleados.
10010160000000
Créditos diferidos y cobros anticipados.
10010161000000
Total pasivo.
Capital contable
Capital contribuido
10010162000000
Capital social.
10010163000000
Aportaciones de sociedades financieras comunitarias.
10010164000000
Patrimonio fundacional.
10010165000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su
consejo de administración.
10010166000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en
asamblea de accionistas.
10010167000000
Certificados de aportación ordinarios (para el caso de sociedades
cooperativas de ahorro y préstamo).
10010168000000
Certificados excedentes voluntarios (para el caso de sociedades
cooperativas de ahorro y préstamo).
10010169000000
Certificados para capital de riesgo (para el caso de sociedades
cooperativas de ahorro y préstamo).
10010170000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su
asamblea general de socios (para el caso de sociedades cooperativas
de ahorro y préstamo).
10010171000000
Efecto por incorporación al régimen de sociedades cooperativas de
ahorro y préstamo.
10010172000000
Prima en venta de acciones.
10010173000000
Instrumentos financieros que califican como capital.
10010174000000
Obligaciones subordinadas en circulación.
10010175000000
Efecto por incorporación al régimen de sociedades financieras
populares.
10010176000000
Otras cuentas de capital contribuido.
10010177000000
Total de capital contribuido.
Capital ganado
10010178000000
Reservas de capital.
10010179000000
Resultados acumulados.
10010180000000
Otros resultados integrales.
10010181000000
Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender.
10010182000000
Valuación de instrumentos financieros derivados de cobertura de
flujos de efectivo.
10010183000000
Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su
disposición.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
517
10010184000000
Fondo social de reserva.
10010185000000
Fondo de reserva comunitaria.
10010186000000
Fondo de reserva.
10010187000000
Otras reservas de capital.
10010188000000
Resultado de ejercicios anteriores.
10010189000000
Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta.
10010190000000
Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujo de
efectivo.
10010191000000
Efecto acumulado por conversión.
10010192000000
Remediciones por beneficios definidos a los empleados.
10010193000000
Resultado por tenencia de activos no monetarios.
10010194000000
Participación en ORI de otras entidades.
10010195000000
Otras cuentas de capital ganado.
10010196000000
Utilidad neta.
10010197000000
Pérdida neta.
10010198000000
Total de capital ganado.
10010199000000
Total participación controladora.
10010200000000
Total participación no controladora.
10010201000000
Total capital contable.
10010202000000
Total pasivo y capital contable.
Cuentas de orden
10010203000000
Avales otorgados.
10010204000000
Activos y pasivos contingentes.
10010205000000
Compromisos crediticios.
10010206000000
Bienes en custodia o en administración.
10010207000000
Depósitos de bienes.
10010208000000
Colaterales recibidos por la entidad.
10010209000000
Colaterales recibidos y vendidos o dados en garantía por la entidad.
10010210000000
Rentas devengadas no cobradas derivadas de operaciones de
arrendamiento operativo.
10010211000000
Bienes en fideicomiso o mandato.
1001021200000
Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito
vencida.
10010213000000
Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito
con riesgo de crédito etapa 3.
10010214000000
Otras cuentas de registro.
10010215000000
Total de cuentas de orden.
Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero.
518
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
2.- Estado de resultado integral
Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31
de diciembre de 2025 y de 2024
Total 2025
Partes
relacionadas
2025
(Cifras en pesos)
Nota:
Para el llenado de este anexo es necesario capturar primero la información del anexo 6.
10020000000000
Ingresos por servicios.
10020001000000
Ingresos por intereses.
Menos:
10020002000000
Gastos por maniobras.
10020003000000
Gastos por intereses.
Más: menos:
10020004000000
Resultado por posición monetaria neto (margen financiero).
10020005000000
Margen financiero.
10020006000000
Estimación preventiva para riesgos crediticios.
10020007000000
Margen financiero ajustado por riesgos crediticios.
Más:
10020008000000
Comisiones y tarifas cobradas.
Menos:
10020009000000
Comisiones y tarifas pagadas.
Más: menos:
10020010000000
Resultado por intermediación.
10020011000000
Resultado por arrendamiento operativo.
10020012000000
Otros ingresos (egresos) de la operación.
Menos:
10020013000000
Gastos de administración y promoción.
10020014000000
Utilidad de la operación.
10020015000000
Pérdida de la operación.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
519
Más: menos:
10020016000000
Participación
en
el
resultado
de
subsidiarias
no
consolidadas, asociadas y negocios conjuntos.
10020017000000
Utilidad antes de impuestos a la utilidad.
10020018000000
Pérdida antes de impuestos a la utilidad.
10020019000000
ISR causado.
10020020000000
ISR diferido.
10020021000000
Otros.
Más: menos:
10020022000000
Utilidad antes de operaciones discontinuadas.
10020023000000
Pérdida antes de operaciones discontinuadas.
Más: menos:
10020024000000
Operaciones discontinuadas.
10020025000000
Utilidad neta.
10020026000000
Pérdida neta.
10020027000000
Otros resultados integrales.
10020028000000
Participación en otros resultados integrales de otras
entidades.
10020029000000
Resultado integral.
Resultado neto atribuible a:
10020030000000
Participación controladora.
10020031000000
Participación no controladora.
Resultado integral atribuible a:
10020032000000
Participación controladora.
10020033000000
Participación no controladora.
10020034000000
Utilidad básica por acción ordinaria.
Las notas adjuntas son parte integrante de este estado
financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes no relacionadas
2025
Total 2024
Partes relacionadas 2024
Partes no relacionadas
2024
520
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Este anexo consta de 36 columnas y está dividido en nueve partes
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
3.- Estado de cambios en el capital contable
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de
2025 y de 2024
Capital
contribuido:
capital
social
Capital
contribuido:
aportaciones
para futuros
aumentos
de capital
formalizadas
en asamblea
de accionistas
(Cifras en pesos)
10030000000000
(Saldos al 31 de diciembre de 2023)
10030001000000
Ajustes retrospectivos por cambios contables.
10030002000000
Ajustes retrospectivos por correcciones de errores.
10030003000000
(Saldo al 31 de diciembre de 2023 ajustado).
Movimientos de propietarios
10030004000000
Aportaciones de capital.
10030005000000
Reembolsos de capital.
10030006000000
Decreto de dividendos.
10030007000000
Capitalización de otros conceptos del capital contable.
10030008000000
Cambios en la participación controladora que no implican
pérdida de control.
10030009000000
Suscripción de acciones.
10030010000000
Suscripción de certificados de aportación.
10030011000000
Capitalización de utilidades.
10030012000000
Constitución de reservas.
10030013000000
Traspaso del resultado neto a resultado de ejercicios
anteriores.
10030014000000
Pago de dividendos o distribución de excedentes.
10030015000000
Otros.
10030016000000
Total.
Movimientos de reservas
10030017000000
Reservas de capital.
Resultado integral
10030018000000
Utilidad neta.
10030019000000
Pérdida neta.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
521
Otros resultados integrales
10030020000000
Valuación de instrumentos financieros para cobrar o
vender.
10030021000000
Valuación de instrumentos financieros derivados de
cobertura de flujos de efectivo.
10030022000000
Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos
para su disposición.
10030023000000
Efecto acumulado por conversión.
10030024000000
Remediciones por beneficios definidos a los empleados.
10030025000000
Resultado por tenencia de activos no monetarios.
10030026000000
Participación en ORI de otras entidades.
10030027000000
Otros.
10030028000000
Total.
10030029000000
(Saldo al 31 de diciembre de 2024).
10030030000000
Ajustes retrospectivos por cambios contables.
10030031000000
Ajustes retrospectivos por correcciones de errores.
10030032000000
(Saldo al 31 de diciembre de 2024 ajustado).
Movimientos de propietarios
10030033000000
Aportaciones de capital.
10030034000000
Reembolsos de capital.
10030035000000
Decreto de dividendos.
10030036000000
Capitalización de otros conceptos del capital contable.
10030037000000
Cambios en la participación controladora que no implican
pérdida de control.
10030038000000
Suscripción de acciones.
10030039000000
Suscripción de certificados de aportación.
10030040000000
Capitalización de utilidades.
10030041000000
Constitución de reservas.
10030042000000
Traspaso del resultado neto a resultado de ejercicios
anteriores.
10030043000000
Pago de dividendos o distribución de excedentes.
10030044000000
Otros.
10030045000000
Total.
Movimientos de reservas
10030046000000
Reservas de capital.
522
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Resultado integral
10030047000000
Utilidad neta.
10030048000000
Pérdida neta.
Otros resultados integrales
10030049000000
Valuación de instrumentos financieros para cobrar o
vender.
10030050000000
Valuación de instrumentos financieros derivados de
cobertura de flujos de efectivo.
10030051000000
Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos
para su disposición.
10030052000000
Efecto acumulado por conversión.
10030053000000
Remediciones por beneficios definidos a los empleados.
10030054000000
Resultado por tenencia de activos no monetarios.
10030055000000
Participación en ORI de otras entidades.
10030056000000
Otros.
10030057000000
Total.
10030058000000
(Saldo al 31 de diciembre de 2025).
Las notas adjuntas son parte integrante de este estado
financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Capital contribuido:
aportaciones para futuros
aumentos de capital
formalizadas por su
consejo de administración
Capital contribuido: capital
social: certificados de
aportación ordinarios (para
el caso de sociedades
cooperativas de ahorro y
préstamo)
Capital contribuido: capital
social: certificados
excedentes voluntarios
(para el caso de
sociedades cooperativas
de ahorro y préstamo)
Capital contribuido: capital
social: certificados para
capital de riesgo (para el
caso de sociedades
cooperativas de ahorro y
préstamo)
Parte III
Datos a proporcionar
Capital contribuido:
aportaciones para futuros
aumentos de capital
formalizadas por su
asamblea general de
socios (para el caso de
sociedades cooperativas
de ahorro y préstamo)
Capital contribuido: efecto
por incorporación al
régimen de sociedades
cooperativas de ahorro y
préstamo
Capital contribuido: prima
en venta de acciones
Capital contribuido:
instrumentos financieros
que califican como capital
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
523
Parte IV
Datos a proporcionar
Capital contribuido:
obligaciones subordinadas
en circulación
Capital contribuido:
aportaciones de
sociedades financieras
comunitarias
Capital contribuido:
patrimonio fundacional
Capital contribuido: efecto
por incorporación al régimen
de sociedades financieras
populares
Parte V
Datos a proporcionar
Capital contribuido:
otras cuentas de capital
contribuido
Capital ganado:
reservas de capital
Capital ganado:
resultados acumulados
Capital ganado: valuación
de instrumentos
financieros para cobrar o
vender
Parte VI
Datos a proporcionar
Capital ganado: valuación de
instrumentos financieros
derivados de cobertura de
flujos de efectivo
Capital ganado: ingresos
y gastos relacionados con
activos mantenidos para
su disposición
Capital ganado:
fondo de reserva
Capital ganado:
resultado de ejercicios
anteriores
Parte VII
Datos a proporcionar
Capital ganado:
resultado por valuación de
títulos disponibles para la
venta
Capital ganado:
resultado por valuación
de instrumentos de
cobertura de flujo de
efectivo
Capital ganado:
efecto acumulado por
conversión
Capital ganado:
remediciones por
beneficios definidos a los
empleados
Parte VIII
Datos a proporcionar
Capital ganado:
resultado por tenencia de
activos no monetarios (por
valuación de activo fijo)
Capital ganado:
participación en ORI de
otras entidades
Capital ganado:
otras cuentas de capital
ganado
Capital ganado:
utilidad neta
Parte IX
Datos a proporcionar
Capital ganado:
pérdida neta
Total participación de la
controladora
Total participación no
controladora
Total de capital contable
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
4.- Estado de flujos de efectivo
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de
2025 y de 2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
10040000000000
Utilidad neta.
10040001000000
Pérdida neta.
524
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Ajustes por partidas asociadas con actividades de
inversión
10040002000000
Pérdidas por deterioro o efecto por reversión del deterioro
asociados a actividades de inversión.
10040003000000
Depreciaciones de propiedades, mobiliario y equipo.
10040004000000
Amortizaciones de activos intangibles.
10040005000000
Pérdidas o reversión de pérdidas por deterioro de activos
de larga duración.
10040006000000
Provisiones.
10040007000000
Impuestos a la utilidad causados y diferidos.
10040008000000
Participación en el resultado neto de otras entidades.
10040009000000
Operaciones discontinuadas.
10040010000000
Otros ajustes por partidas asociadas con actividades de
inversión.
10040011000000
Activos de larga duración mantenidos para la venta o para
distribuir a los propietarios.
Ajustes por partidas asociadas con actividades de
financiamiento
10040012000000
Intereses asociados con préstamos bancarios y de otros
organismos.
10040013000000
Intereses asociados con instrumentos financieros que
califican como pasivo.
10040014000000
Intereses asociados con instrumentos financieros que
califican como capital.
10040015000000
Otros intereses.
10040016000000
Suma.
Cambios en partidas de operación
10040017000000
Cambios de préstamos bancarios y de otros organismos.
10040018000000
Cambio en cuentas de margen (instrumentos financieros
derivados).
10040019000000
Cambio en inversiones en instrumentos financieros
(valores) (neto).
10040020000000
Cambio en deudores por reporto (neto).
10040021000000
Cambio en préstamo de valores (activo) (aplicable
únicamente para entidades vinculadas con instituciones de
crédito).
10040022000000
Cambio en instrumentos financieros derivados (activo).
10040023000000
Cambio en cartera de crédito (neto).
10040024000000
Cambio en derechos de cobro adquiridos (neto).
10040025000000
Cambio en beneficios por recibir en operaciones de
bursatilización.
10040026000000
Cambio en otras cuentas por cobrar (neto).
10040027000000
Cambio en bienes adjudicados (neto).
10040028000000
Cambio en inventario.
10040029000000
Cambio en otros activos operativos (neto).
10040030000000
Cambio en captación tradicional.
10040031000000
Cambio en pasivos bursátiles.
10040032000000
Cambio en acreedores por reporto.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
525
10040033000000
Cambio en préstamos bancarios y de otros organismos.
10040034000000
Cambio en colaterales vendidos o dados en garantía.
10040035000000
Cambio en instrumentos financieros derivados (pasivo).
10040036000000
Cambio en obligaciones en operaciones de bursatilización.
10040037000000
Cambio en obligaciones subordinadas con características
de pasivo.
10040038000000
Cambio en otros pasivos operativos.
10040039000000
Cambio
en
instrumentos
financieros
derivados
de
cobertura
(de
partidas
cubiertas
relacionadas
con
actividades de operación).
10040040000000
Cobros de impuestos a la utilidad (devoluciones).
10040041000000
Cambio
en
activos/pasivos
por
beneficios
a
los
empleados.
10040042000000
Cambio en otras cuentas por pagar.
10040043000000
Cambio en otras provisiones.
10040044000000
Devoluciones de impuestos a la utilidad.
10040045000000
Pagos de impuestos a la utilidad.
10040046000000
Otras partidas relacionadas con actividades de operación.
10040047000000
Flujos netos de efectivo de actividades de operación.
Actividades de inversión
10040048000000
Pagos por instrumentos financieros a largo plazo.
10040049000000
Cobros por instrumentos financieros a largo plazo.
10040050000000
Cobros por disposición de propiedades, mobiliario y
equipo.
10040051000000
Pagos por adquisición de propiedades, mobiliario y
equipo.
10040052000000
Pagos por operaciones discontinuadas.
10040053000000
Cobros por operaciones discontinuadas.
10040054000000
Cobros por disposición de subsidiarias.
10040055000000
Pagos por adquisición de subsidiarias.
10040056000000
Cobros por disposición de asociadas, negocios conjuntos
y otras inversiones permanentes.
10040057000000
Pagos por adquisición de asociadas, negocios conjuntos y
otras inversiones permanentes.
10040058000000
Cobros de dividendos en efectivo de inversiones
permanentes.
10040059000000
Pagos por adquisición de activos intangibles.
10040060000000
Cobros por disposición de activos intangibles.
10040061000000
Cobros por disposición de activos de larga duración
disponibles para la venta.
10040062000000
Cobros por disposición de otros activos de larga duración.
10040063000000
Pagos por adquisición de otros activos de larga duración.
10040064000000
Cobros asociados con instrumentos financieros derivados
de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con
actividades de inversión).
10040065000000
Pagos asociados con instrumentos financieros derivados
de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con
actividades de inversión).
10040066000000
Otros cobros por actividades de inversión.
10040067000000
Otros pagos por actividades de inversión.
10040068000000
Otras partidas relacionadas con actividades de inversión.
10040069000000
Flujos netos de efectivo de actividades de inversión.
526
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Actividades de financiamiento
10040070000000
Cobros por la obtención de préstamos bancarios y de
otros organismos.
10040071000000
Pagos de préstamos bancarios y de otros organismos.
10040072000000
Pagos de pasivo por arrendamiento.
10040073000000
Cobros por emisión de acciones.
10040074000000
Cobros por emisión de certificados de aportación.
10040075000000
Retiro de aportaciones.
10040076000000
Distribución de excedentes en efectivo y equivalentes de
efectivo.
10040077000000
Pagos por reembolsos de capital social.
10040078000000
Pagos de dividendos en efectivo.
10040079000000
Pagos asociados a la recompra de acciones propias.
10040080000000
Cobros por la emisión de instrumentos financieros que
califican como capital.
10040081000000
Pagos asociados a instrumentos financieros que califican
como capital.
10040082000000
Cobros por la emisión de obligaciones subordinadas con
características de capital.
10040083000000
Pagos asociados a obligaciones subordinadas con
características de capital.
10040084000000
Cobros por la emisión de instrumentos financieros que
califican como pasivo.
10040085000000
Pagos asociados con instrumentos financieros que
califican como pasivo.
10040086000000
Pagos por intereses por pasivo por arrendamiento.
10040087000000
Cobros asociados con instrumentos financieros derivados
de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con
actividades de financiamiento).
10040088000000
Pagos asociados con instrumentos financieros derivados
de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con
actividades de financiamiento).
10040089000000
Otros cobros por actividades de financiamiento.
10040090000000
Otros pagos por actividades de financiamiento.
10040091000000
Otras
partidas
relacionadas
con
actividades
de
financiamiento.
10040092000000
Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento.
10040093000000
Incremento o disminución neta de efectivo y equivalentes
de efectivo.
Efectos por cambios en el valor del
efectivo y equivalentes de efectivo
10040094000000
Efecto por conversión por haber utilizado distintos tipos de
cambio para la conversión del saldo inicial, del saldo final
y de los flujos de efectivo.
10040095000000
Efecto de las variaciones en el tipo de cambio del efectivo
y equivalentes de efectivo mantenido o a pagar en
moneda extranjera.
10040096000000
Efecto en los saldos de efectivo y equivalentes de efectivo
por cambio en su valor resultantes de fluctuaciones en su
valor razonable.
10040097000000
Efectos por inflación asociados con los saldos y los flujos
de efectivo de cualquiera de las entidades que conforman
la entidad económica consolidada bajo un entorno
económico inflacionario.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
527
10040098000000
Otros efectos por cambios en el valor del efectivo y
equivalentes de efectivo.
10040099000000
Total de efectos por cambios en el valor del efectivo y
equivalentes de efectivo.
10040100000000
Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del periodo.
10040101000000
Efectivo y equivalentes de efectivo al final del periodo.
Las notas adjuntas son parte integrante de este estado
financiero.
Concepto
4.1.- Notas a los estados financieros
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
5.- Determinación del costo de lo vendido para
efectos contables y del Impuesto sobre la Renta
Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero
al 31 de diciembre de 2025 y de 2024
Total
2025
Partes
Relacionadas
2025
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya elegido algún tipo de sistema
de costeo en el índice “10D026000”, del anexo de datos generales.
Conforme al sistema de costeo absorbente,
sobre la base de costos históricos o
predeterminados para efectos fiscales y con los
métodos de valuación de costo de adquisición y
costo estándar para efectos contables
10050000000000
Inventario inicial de materia prima.
Más:
10050001000000
Compras nacionales de materia prima.
10050002000000
Compras importación de materia prima.
Menos:
10050003000000
Inventario final de materia prima.
10050004000000
Materia prima directa utilizada para la producción.
528
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Más:
10050005000000
Mano de obra directa.
10050006000000
Costo primo de la producción.
Más:
10050007000000
Materia prima indirecta.
10050008000000
Mano de obra indirecta.
10050009000000
Gastos de fabricación.
10050010000000
Costo de producción.
Más:
10050011000000
Inventario inicial de producción en proceso.
10050012000000
Compras de producción en proceso.
Menos:
10050013000000
Inventario final de producción en proceso.
10050014000000
Costo de producción terminada.
Más:
10050015000000
Inventario inicial de productos terminados.
10050016000000
Compras de productos terminados.
Menos:
10050017000000
Inventario final de productos terminados.
10050018000000
Efecto ueps eliminado del costo de ventas.
10050019000000
Otros conceptos de costo de ventas.
10050020000000
Costo de ventas contable.
10050021000000
Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF
B-10.
10050022000000
Costo de lo vendido contable histórico.
Menos:
10050023000000
Compras de materias primas, producción en
proceso y terminada no deducibles.
10050024000000
Mano de obra no deducible.
10050025000000
Gastos de fabricación no deducibles.
10050026000000
Depreciación contable en gastos de fabricación.
10050027000000
Otros conceptos no deducibles.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
529
Más:
10050028000000
Depreciación fiscal de inversiones relacionadas con
la producción.
10050029000000
Otros conceptos deducibles.
10050030000000
Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre
la Renta.
Conforme a un sistema
distinto al anterior
10050031000000
Gastos de fabricación.
10050032000000
Otros conceptos de costo de ventas.
10050033000000
Costo de ventas contable.
10050034000000
Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF
B-10.
10050035000000
Costo de lo vendido contable histórico.
Menos:
10050036000000
Conceptos no deducibles sin incluir depreciación.
10050037000000
Depreciación contable.
Más:
10050038000000
Depreciación fiscal.
10050039000000
Otros conceptos deducibles.
10050040000000
Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre
la Renta.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes no relacionadas 2025
Total 2024
Partes relacionadas 2024
Partes no relacionadas
2024
Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
6.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de
resultados
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de
2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
530
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Ingresos por servicios
10060000000000
De almacenaje.
10060001000000
De manejo de seguros.
10060002000000
De maniobras.
10060003000000
De fumigación.
10060004000000
De clasificación y criba.
10060005000000
De maquilas.
10060006000000
De alquiler de envases.
10060007000000
De transformación de productos.
10060008000000
De otros ingresos por servicios.
10060009000000
Incremento por actualización de ingresos por servicios.
10060010000000
Total de ingresos por servicios.
Ingresos por intereses
Intereses de disponibilidades
10060011000000
Bancos.
10060012000000
Disponibilidades restringidas o dadas en garantía.
10060013000000
Otros.
10060014000000
Total de intereses de disponibilidades.
Intereses y rendimientos a favor provenientes de cuentas de
margen
10060015000000
Efectivo.
10060016000000
Valores.
10060017000000
Otros activos.
10060018000000
Total de intereses y rendimientos a favor provenientes de cuentas
de margen.
Intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones
en valores.
10060019000000
Por títulos para negociar.
10060020000000
Por títulos disponibles para la venta.
10060021000000
Por títulos conservados a vencimiento.
10060022000000
Otros.
10060023000000
Total de intereses y rendimientos a favor provenientes de
inversiones en valores.
10060024000000
Intereses y rendimientos a favor en operaciones de reporto.
10060025000000
Ingresos provenientes de operaciones de cobertura.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
531
Intereses de cartera de crédito vigente
10060026000000
Actividad empresarial o comercial.
10060027000000
Préstamos de liquidez a otras sociedades financieras populares o
comunitarias.
10060028000000
Créditos de consumo.
10060029000000
Entidades financieras.
10060030000000
Entidades gubernamentales.
10060031000000
Créditos a la vivienda.
10060032000000
Documentos con garantía inmobiliaria.
10060033000000
Documentos con otras garantías.
10060034000000
Sin garantía.
10060035000000
Otros.
10060036000000
Total de intereses de cartera de crédito vigente.
Intereses cobrados de cartera de crédito vencida
10060037000000
Actividad empresarial o comercial.
10060038000000
Préstamos de liquidez a otras sociedades financieras populares o
comunitarias.
10060039000000
Créditos de consumo.
10060040000000
Entidades financieras.
10060041000000
Entidades gubernamentales.
10060042000000
Créditos a la vivienda.
10060043000000
Documentos con garantía inmobiliaria.
10060044000000
Documentos con otras garantías.
10060045000000
Sin garantía.
10060046000000
Otros.
10060047000000
Total de intereses cobrados de cartera de crédito vencida.
Comisiones por el otorgamiento inicial del crédito
10060048000000
Actividad empresarial o comercial.
10060049000000
Créditos de consumo.
10060050000000
Entidades financieras.
10060051000000
Créditos a la vivienda.
10060052000000
Documentos con garantía inmobiliaria.
10060053000000
Documentos con otras garantías.
10060054000000
Sin garantía.
10060055000000
Operaciones de factoraje financiero, descuento o cesión de
derechos de crédito.
10060056000000
Operaciones de arrendamiento capitalizable.
10060057000000
Préstamos a otras uniones de crédito.
10060058000000
Otros.
10060059000000
Total de comisiones por el otorgamiento inicial del crédito.
10060060000000
Premios e intereses a favor en préstamo de valores.
10060061000000
Premios por colocación de deuda.
10060062000000
Dividendos de instrumentos de patrimonio neto.
532
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Utilidad por valorización
10060063000000
Utilidad en cambios por valorización.
10060064000000
Valorización de instrumentos indizados.
10060065000000
Valorización de partidas en udis.
10060066000000
Valorización de créditos en vsm.
10060067000000
Otros.
10060068000000
Total de utilidad por valorización.
10060069000000
Incremento por actualización de ingresos por intereses.
10060070000000
Total de ingresos por intereses.
Gastos por maniobras
10060071000000
En bodegas propias.
10060072000000
En bodegas habilitadas.
10060073000000
Otros.
10060074000000
Incremento por actualización de gastos por maniobras.
10060075000000
Total de gastos por maniobras.
Gastos por intereses
10060076000000
Intereses por pasivos bursátiles.
10060077000000
Intereses por depósitos de exigibilidad inmediata.
10060078000000
Intereses por depósitos a plazo.
10060079000000
Intereses a cargo asociados con cuentas de captación sin
movimiento.
10060080000000
Intereses por títulos de crédito emitidos.
10060081000000
Intereses por préstamos bancarios, de socios y de otros
organismos.
10060082000000
Intereses por obligaciones subordinadas.
10060083000000
Gastos provenientes de operaciones de cobertura.
10060084000000
Intereses y rendimientos a cargo en operaciones de reporto.
10060085000000
Sobre precio pagado en inversiones en valores.
10060086000000
Premios e intereses a cargo en préstamo de valores.
10060087000000
Descuentos por colocación de deuda.
10060088000000
Gastos de emisión por colocación de deuda.
10060089000000
Costos y gastos asociados con el otorgamiento del crédito.
10060090000000
Otros.
Pérdida por valorización
10060091000000
Pérdida en cambios por valorización.
10060092000000
Valorización de instrumentos indizados.
10060093000000
Valorización de partidas en udis.
10060094000000
Otros.
10060095000000
Total de pérdida por valorización
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
533
10060096000000
Incremento por actualización de gastos por intereses.
10060097000000
Total de gastos por intereses.
Resultado por posición monetaria neto (margen financiero)
10060098000000
Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que
generan margen financiero (saldo deudor).
10060099000000
Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que
generan margen financiero (saldo acreedor).
10060100000000
Incremento por actualización del resultado por posición monetaria
neto (margen financiero).
10060101000000
Total de resultado por posición monetaria neto (margen
financiero).
Estimación preventiva para riesgos crediticios
10060102000000
Estimación preventiva para riesgos crediticios derivados de la
calificación.
Estimación preventiva para riesgos crediticios derivada de la
metodología establecida por la administración
10060103000000
Actividad empresarial o comercial.
10060104000000
Préstamos de liquidez a otras sociedades financieras populares o
comunitarias.
10060105000000
Créditos de consumo.
10060106000000
Entidades financieras.
10060107000000
Créditos a la vivienda.
10060108000000
Otros adeudos vencidos.
10060109000000
Total de estimación preventiva para riesgos crediticios derivada de
la metodología establecida por la administración.
Estimación preventiva para riesgos crediticios adicional
10060110000000
Por intereses devengados sobre créditos vencidos.
10060111000000
Para cobertura de riesgo sobre cartera de vivienda vencida.
10060112000000
Por riesgos operativos (sociedades de información crediticia).
10060113000000
Ordenada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
10060114000000
Reconocida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
10060115000000
Operaciones contingentes y avales.
10060116000000
Ordenada por la federación.
10060117000000
Otras estimaciones.
10060118000000
Total de estimación preventiva para riesgos crediticios adicional.
10060119000000
Incremento por actualización de estimación preventiva para
riesgos crediticios.
10060120000000
Total de estimación preventiva para riesgos crediticios.
Comisiones y tarifas cobradas
10060121000000
Operaciones de crédito.
10060122000000
Avales.
10060123000000
Aceptaciones por cuentas de terceros.
534
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10060124000000
Apertura de cuenta.
10060125000000
Manejo de cuenta.
10060126000000
Transferencia de fondos.
10060127000000
Operaciones de mandato.
10060128000000
Cartas de crédito sin refinanciamiento.
10060129000000
Compraventa de valores.
10060130000000
Actividades fiduciarias.
10060131000000
Administración de bienes.
10060132000000
Custodia o administración de bienes.
10060133000000
Alquiler de cajas de seguridad.
10060134000000
Otras comisiones y tarifas cobradas.
10060135000000
Incremento por actualización de comisiones y tarifas cobradas.
10060136000000
Total de comisiones y tarifas cobradas.
Comisiones y tarifas pagadas
10060137000000
Socaps corresponsales.
10060138000000
Por servicios.
10060139000000
Comisionistas.
10060140000000
Compra venta de valores.
10060141000000
Transferencia de fondos.
10060142000000
Préstamos recibidos.
10060143000000
Colocación de deuda.
10060144000000
Otras comisiones y tarifas pagadas.
10060145000000
Incremento por actualización de comisiones y tarifas pagadas.
10060146000000
Total de comisiones y tarifas pagadas.
Resultado por intermediación
Resultado por valuación a valor razonable
10060147000000
Títulos para negociar.
10060148000000
Derivados con fines de negociación.
10060149000000
Derivados con fines de cobertura.
10060150000000
De títulos disponibles para la venta en coberturas de valor
razonable.
10060151000000
Colaterales vendidos.
10060152000000
Otros.
10060153000000
Total de resultado por valuación a valor razonable
Pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro de
títulos y derivados
10060154000000
Títulos disponibles para la venta.
10060155000000
Títulos conservados a vencimiento.
10060156000000
Derivados.
10060157000000
Total de pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro
de títulos derivados.
10060158000000
Resultado por valuación de divisas.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
535
Resultado por compraventa de valores
10060159000000
Títulos para negociar.
10060160000000
Títulos disponibles para la venta.
10060161000000
Títulos conservados a vencimiento.
10060162000000
Derivados con fines de negociación.
10060163000000
Derivados con fines de cobertura.
10060164000000
Otros.
10060165000000
Total de resultado por compraventa de valores e instrumentos
financieros derivados.
10060166000000
Resultado por compraventa de divisas.
Costos de transacción
10060167000000
Por títulos para negociar.
10060168000000
Por compra venta de derivados.
10060169000000
Total de costo de transacción.
10060170000000
Resultado por venta de colaterales recibidos.
10060171000000
Incremento por actualización del resultado por intermediación.
10060172000000
Total de resultado por intermediación.
Otros ingresos (egresos) de la operación
10060173000000
Recuperación de cartera de crédito.
Recuperaciones
10060174000000
Impuestos.
10060175000000
Derechos de cobro.
10060176000000
Exceso en beneficios por recibir en operaciones de bursatilización.
10060177000000
Deudores por servicio.
10060178000000
Otras recuperaciones.
10060179000000
Total de recuperaciones.
10060180000000
Ingresos por adquisición de cartera de crédito.
10060181000000
Gastos por adquisición de cartera de crédito.
10060182000000
Utilidad por cesión de cartera de crédito.
10060183000000
Pérdida por cesión de cartera de crédito.
10060184000000
Ingresos por opción de compra en operaciones de arrendamiento
capitalizable.
10060185000000
Ingresos por participación del precio de venta en operaciones de
arrendamiento capitalizable.
10060186000000
Costo financiero por arrendamiento capitalizable.
10060187000000
Cancelación de excedentes de estimación preventiva para riesgos
crediticios.
10060188000000
Afectaciones a la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro.
536
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Quebrantos
10060189000000
Por falta de sucursales.
10060190000000
Fraudes.
10060191000000
Siniestros.
10060192000000
Otros quebrantos.
10060193000000
Total de quebrantos.
Dividendos de inversiones permanentes
10060194000000
Dividendos de otras inversiones permanentes.
10060195000000
Dividendos de inversiones permanentes en asociación disponibles
para la venta.
10060196000000
Total de dividendos de inversiones permanentes.
10060197000000
Donativos.
10060198000000
Pérdida por adjudicación de bienes.
10060199000000
Resultado en venta de bienes adjudicados.
10060200000000
Resultado por valuación de bienes adjudicados.
10060201000000
Estimación por pérdida de valor de bienes adjudicados.
10060202000000
Pérdida en custodia y administración de bienes.
10060203000000
Pérdida en operaciones de fideicomiso.
10060204000000
Pérdida en operaciones de mandato.
10060205000000
Pérdida en administración de bienes.
Pérdida por deterioro o efecto por
reversión del deterioro
10060206000000
De bienes inmuebles.
10060207000000
De crédito mercantil.
10060208000000
De otras inversiones permanentes valuadas a costo.
10060209000000
De otros activos de larga duración.
10060210000000
De otros activos.
10060211000000
Total de pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro.
10060212000000
Intereses por certificados de excedentes o voluntarios.
10060213000000
Afectaciones
a
la
reserva
de
contingencia
para
cubrir
reclamaciones por faltantes de mercancías.
10060214000000
Intereses a cargo en financiamiento para adquisición de activos.
10060215000000
Cancelación de la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro.
10060216000000
Cancelación de otras cuentas de pasivo.
10060217000000
Utilidad proveniente de contratos de asociación en participación.
10060218000000
Intereses a favor provenientes de préstamos a funcionarios y
empleados.
10060219000000
Utilidad por valuación de los beneficios por recibir en operaciones
de bursatilización.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
537
10060220000000
Utilidad por valuación del activo por administración de activos
transferidos.
10060221000000
Utilidad por valuación del pasivo por administración de activos
transferidos.
10060222000000
Ingresos por arrendamiento.
10060223000000
Ventas.
10060224000000
Ingresos.
10060225000000
Costo de ventas.
10060226000000
Otros renglones de productos del departamento especial.
10060227000000
Pérdida en venta de propiedades, mobiliario y equipo.
10060228000000
Utilidad en venta de propiedades, mobiliario y equipo.
10060229000000
Cancelación de operaciones sin movimiento.
10060230000000
Pérdida por valuación de los beneficios por recibir en operaciones
de bursatilización.
10060231000000
Estimación para la obsolescencia de inventarios.
10060232000000
Resultado
en
beneficios
por
recibir
en
operaciones
de
bursatilización.
10060233000000
Resultado por posición monetaria originado por partidas no
relacionadas con el margen financiero.
10060234000000
Resultado por valorización de partidas no relacionadas con el
margen financiero.
10060235000000
Otras partidas de los ingresos (egresos) de la operación.
10060236000000
Incremento por actualización de otros ingresos (egresos) de la
operación.
10060237000000
Total de otros ingresos (egresos) de la operación.
Gastos de administración y promoción
10060238000000
Beneficios directos de corto plazo.
Costo neto del periodo derivado de
beneficios a los empleados
10060239000000
Beneficios directos a largo plazo.
Beneficios post-empleo
10060240000000
Pensiones.
10060241000000
Prima de antigüedad.
10060242000000
Otros beneficios post-empleo.
10060243000000
Total de beneficios al retiro.
Beneficios por terminación
10060244000000
Beneficios
por
terminación
por
causas
distintas
a
la
reestructuración.
10060245000000
Beneficios por terminación por causa de reestructuración.
10060246000000
Total de beneficios por terminación.
538
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Participación de los trabajadores
en las utilidades
10060247000000
Participación de los trabajadores en las utilidades causada.
10060248000000
Participación de los trabajadores en las utilidades diferida.
10060249000000
Estimación por participación de los trabajadores en las utilidades
diferida no recuperable.
10060250000000
Total de participación de los trabajadores en las utilidades.
10060251000000
Sueldos, salarios y prestaciones a trabajadores con discapacidad
y/o adultos mayores.
10060252000000
Honorarios.
10060253000000
Rentas.
10060254000000
Seguros y fianzas.
10060255000000
Gastos de promoción y publicidad.
10060256000000
Portaciones al fondo de protección.
10060257000000
Impuestos y derechos diversos.
10060258000000
Gastos no deducibles.
10060259000000
Gastos en tecnología.
10060260000000
Depreciaciones.
10060261000000
Uso o goce temporal de automóviles con propulsión de baterías
eléctricas recargables y automóviles eléctricos con motor de
combustión interna o accionado por hidrogeno.
10060262000000
Monto deducible de los pagos efectuados por el uso o goce
temporal de automóviles.
10060263000000
Amortizaciones.
10060264000000
Gastos por asistencia técnica.
10060265000000
Gastos por mantenimiento.
10060266000000
Fletes y acarreos pagados a personas físicas.
10060267000000
Fletes y acarreos pagados a personas morales.
10060268000000
Consumibles y enseres menores.
10060269000000
Pérdida por créditos incobrables.
10060270000000
Consumo en restaurantes.
10060271000000
Pérdida por operaciones financieras derivadas.
10060272000000
Deducción
por
concepto
de
ayuda
alimentaria
para
los
trabajadores.
10060273000000
Otros gastos de administración y promoción.
10060274000000
Incremento por actualización de gastos de administración y
promoción.
10060275000000
Total de gastos de administración.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes relacionadas 2025
Partes no relacionadas
2025
Partes relacionadas 2024
Partes no relacionadas
2024
Parte III
Datos a proporcionar
Acumulables o
deducibles
para ISR
2025
Acumulables o
deducibles
para ISR
2024
No acumulables
o no afectos
al ISR (ingresos)
no deducibles
(gastos)
para ISR 2025
No acumulables
o no afectos
al ISR (ingresos)
no deducibles
(gastos)
para ISR 2024
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
539
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
7.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente
como sujeto directo o en su carácter de retenedor
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Base
gravable
Tasa,
tarifa o
cuota
(Cifras en pesos)
Contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto
directo
Impuesto sobre la Renta (ISR)
10070000000000
Impuesto sobre la Renta.
10070001000000
Otras reducciones del ISR.
10070002000000
ISR causado en el ejercicio.
10070003000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por
proyectos en investigación y desarrollo tecnológico autorizado
en ejercicios anteriores.
10070004000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por
proyectos de inversión en la producción cinematográfica
nacional de ejercicios anteriores.
10070005000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal a
proyectos de inversión en las artes de ejercicios anteriores.
10070006000000
Estímulo por proyectos de inversión en la producción
cinematográfica nacional.
10070007000000
Estímulo a proyectos de inversión en las artes.
10070008000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2025.
10070009000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2024.
10070010000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2023.
10070011000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2022.
10070012000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2021.
10070013000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2020.
10070014000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2019.
10070015000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2018.
10070016000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2017.
10070017000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2016.
10070018000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2015.
10070019000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2014.
10070020000000
Monto pendiente de aplicar por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico".
540
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10070021000000
Estímulo por la inversión en proyectos y programas para el
deporte de alto rendimiento.
10070022000000
Monto pendiente de aplicar por la inversión en proyectos y
programas para el deporte de alto rendimiento.
10070023000000
Ingresos obtenidos por apoyos gubernamentales.
10070024000000
Monto pendiente de aplicar del estímulo por la inversión en
equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos.
10070025000000
Monto del estímulo fiscal por biodiesel y sus mezclas.
10070026000000
Otros estímulos.
10070027000000
Total de estímulos.
10070028000000
Pagos provisionales efectuados enterados a la federación.
10070029000000
ISR retenido al contribuyente.
10070030000000
ISR acreditable pagado en el extranjero.
10070031000000
ISR acreditable por dividendos o utilidades distribuidos.
10070032000000
Otras cantidades a cargo.
10070033000000
Otras cantidades a favor.
10070034000000
Diferencia a cargo.
10070035000000
Diferencia a favor.
10070036000000
Impuesto sobre la Renta a cargo del ejercicio.
10070037000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta señalado
en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte,
publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018, aplicado en el
ejercicio 2025.
10070038000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta señalado
en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur,
publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado en el
ejercicio 2025.
10070039000000
Impuesto sobre la Renta pagado en declaraciones anual,
normal y complementarias.
10070040000000
Diferencia a cargo del ejercicio.
10070041000000
ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU.
10070042000000
Saldo a favor del ejercicio.
Otros datos
10070043000000
Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes
fiscales preferentes.
10070044000000
Impuesto sobre la renta sobre dividendos distribuidos no
provenientes de CUFIN ni de CUFINRE.
10070045000000
Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos
provenientes de CUFINRE.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
10070046000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%.
10070047000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 0%.
10070048000000
Suma del valor de los actos o actividades gravados.
10070049000000
Valor de los actos o actividades por los que no se está obligado
al pago (exentos).
10070050000000
Total del valor de los actos o actividades.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
541
10070051000000
Valor de los actos o actividades no objeto.
10070052000000
Suma del IVA causado de los meses del ejercicio.
10070053000000
Suma del IVA acreditable de los meses del ejercicio sin incluir
saldos a favor.
10070054000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado
señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza
norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018,
aplicado en el ejercicio 2025.
10070055000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado
señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza
sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado
en el ejercicio 2025.
10070056000000
Suma de compensaciones aplicadas al IVA de otras
contribuciones federales en los meses del ejercicio.
10070057000000
Suma de acreditamientos de saldos a favor de IVA.
10070058000000
Suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio.
10070059000000
Acreditamiento del IVA por las inversiones o gastos en periodos
preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI
y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA).
10070060000000
Incremento del IVA por las inversiones o gastos en periodos
preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI
y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA).
10070061000000
Reintegro del IVA por las inversiones o gastos en periodos
preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI
y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA).
10070062000000
Monto de los servicios de tecnologías de la información
prestados en el extranjero considerados como exportados y
sujetos a la tasa del 0% del IVA (para los efectos del artículo
29, fracción IV, inciso i) de la LIVA).
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
10070063000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30 %
(juegos con apuestas y sorteos).
10070064000000
Suma del IEPS causado de los meses del ejercicio.
10070065000000
Suma de compensaciones aplicadas al IEPS de otras
contribuciones federales en los meses del ejercicio.
10070066000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del
apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025.
10070067000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del
apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025.
Impuestos al Comercio Exterior
10070068000000
Impuesto general de importación.
10070069000000
Impuesto general de exportación.
10070070000000
Total de impuestos al comercio exterior.
542
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Aportaciones de seguridad social
10070071000000
Cuotas obrero patronales al IMSS.
10070072000000
Aportaciones al INFONAVIT.
10070073000000
Aportaciones al seguro de retiro.
Derechos por los servicios que presta
10070074000000
Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
10070075000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin permiso
para realizar actividades remuneradas (para los efectos del
artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos).
10070076000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios migratorios
(para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de
Derechos).
10070077000000
Otros especificar concepto.
Contribuciones de las que es retenedor:
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Por pagos a residentes en el país
10070078000000
Por salarios.
10070079000000
Honorarios al 35% art. 96 de la LISR.
10070080000000
Premios.
10070081000000
Honorarios al 10%.
10070082000000
Arrendamiento al 10%.
10070083000000
Enajenación de otros bienes al 20%.
10070084000000
Intereses al 0.08%, sobre el monto del capital.
10070085000000
Intereses al 20%.
10070086000000
Comisiones.
10070087000000
Intereses y ganancia cambiaria al 35%.
10070088000000
Por dividendos al 10%.
10070089000000
Otros.
10070090000000
Total de ISR retenido a residentes en el país.
Por pagos a residentes en el extranjero
10070091000000
Salarios al 15%.
10070092000000
Salarios al 30%.
10070093000000
Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 15%.
10070094000000
Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 30%.
10070095000000
Honorarios al 25%.
10070096000000
Regalías al 5%.
10070097000000
Regalías al 10%.
10070098000000
Regalías al 25%.
10070099000000
Regalías al 35%.
10070100000000
Asistencia técnica.
10070101000000
Mediaciones.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
543
10070102000000
Arrendamiento de inmuebles.
10070103000000
Arrendamiento de muebles al 25%.
10070104000000
Intercambio de deuda pública por capital.
10070105000000
Arrendamiento financiero.
10070106000000
Premios.
10070107000000
Servicio turístico de tiempo compartido.
10070108000000
Intereses al 4.9%.
10070109000000
Intereses al 10%.
10070110000000
Intereses al 15%.
10070111000000
Intereses al 21%.
10070112000000
Intereses al 35%.
10070113000000
Enajenación de inmuebles.
10070114000000
Enajenación de acciones.
10070115000000
Operaciones financieras derivadas de capital.
10070116000000
Operaciones financieras derivadas de deuda.
10070117000000
Construcción de obra, instalación, mantenimiento o montaje en
bienes inmuebles.
10070118000000
Contrato de fletamento.
10070119000000
Espectáculos públicos, artísticos y deportivos.
10070120000000
Por dividendos al 10%.
10070121000000
Otros.
10070122000000
Total de ISR retenido a residentes en el extranjero.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
10070123000000
Servicios personales independientes prestados por personas
físicas.
10070124000000
Uso o goce temporal de bienes prestados u otorgados por
personas físicas.
10070125000000
Servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por
personas físicas o morales.
10070126000000
Servicios prestados por comisionistas personas físicas.
10070127000000
Adquisición, o uso o goce temporal de bienes tangibles, que
enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin
establecimiento permanente en el país.
10070128000000
Otros.
10070129000000
Total de IVA retenido.
Otras contribuciones retenidas
10070130000000
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido.
10070131000000
Otros.
Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de saldos
a favor provenientes de:
A valor histórico de:
10070132000000
Impuesto al Valor Agregado.
10070133000000
Impuesto sobre la Renta.
10070134000000
Otras contribuciones federales.
544
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
A valor actualizado de:
10070135000000
Impuesto al Valor Agregado.
10070136000000
Impuesto sobre la Renta.
10070137000000
Otras contribuciones federales.
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio aplicadas
a:
10070138000000
Impuesto al Valor Agregado propio proveniente de Impuesto al
Valor Agregado propio.
10070139000000
Impuesto sobre la Renta propio proveniente de Impuesto sobre
la Renta propio.
10070140000000
Otras contribuciones federales.
Devoluciones obtenidas en el ejercicio
10070141000000
Otras contribuciones federales.
De:
10070142000000
Impuesto al Valor Agregado.
10070143000000
Impuesto sobre la Renta.
10070144000000
Otras contribuciones federales.
Parte II
Datos a proporcionar
Contribución determinada
por auditoría
a cargo o
a favor
Contribución
a cargo o
saldo a favor
determinado por
el contribuyente
Diferencia
Diferencias
no materiales
no investigadas
por auditoría
Concepto
7.1.- Declaratoria
Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
8.- Relación de contribuciones por
pagar
Al 31 de diciembre de 2025
Importe correspondiente
al ejercicio fiscal
dictaminado
Importe
proveniente
de ejercicios
anteriores
(Cifras en pesos)
Impuesto sobre la Renta causado
como sujeto directo
10080000000000
Determinado por el contribuyente (del
ejercicio).
10080001000000
Diferencia
determinada
por
el
contribuyente (del ejercicio dictaminado).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
545
Pagos provisionales y/o definitivos
determinados por el contribuyente por
concepto de:
Impuesto sobre la Renta pagos
provisionales propios
10080002000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por salarios y
en general por la prestación de un
servicio personal subordinado en su
carácter de retenedor
10080003000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
honorarios en su carácter de
retenedor
10080004000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
arrendamientos en su carácter de
retenedor
10080005000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
intereses en su carácter de retenedor
10080006000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta (otras
retenciones a residentes en México)
en su carácter de retenedor
10080007000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta sobre
dividendos como sujeto directo
10080008000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta regímenes
fiscales preferentes como sujeto
directo
10080009000000
Correspondiente al ejercicio de:
Impuesto sobre la Renta por pagos al
extranjero en su carácter de retenedor
10080010000000
Correspondiente al mes de:
546
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Información determinada por el
contribuyente:
Impuesto al Activo como sujeto
directo
10080011000000
Correspondiente
al
ejercicio
de:
(especifique el ejercicio).
Impuesto al Valor Agregado causado
como sujeto directo
10080012000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto al Valor Agregado en su
carácter de retenedor
10080013000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios causado como sujeto
directo
10080014000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios en su carácter de retenedor
10080015000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre Automóviles nuevos
10080016000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto Mexicano del
Seguro Social
10080017000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores
10080018000000
Correspondiente al bimestre de:
Aportaciones al seguro de retiro
10080019000000
Correspondiente al bimestre de:
Impuestos Locales
10080020000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Sobre Nóminas
10080021000000
Correspondiente al mes de:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
547
Derechos por los servicios que presta
10080022000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).-
visitante
sin
permiso
para
realizar
actividades
remuneradas
(para
los
efectos del artículo 8, fracción I de la Ley
Federal de Derechos) correspondiente al
mes de:
10080023000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).-
servicios migratorios (para los efectos del
artículo 12 de la Ley Federal de
Derechos).
10080024000000
La Comisión Nacional Bancaria y de
Valores (CNBV).
10080025000000
Otros especificar concepto y periodo al
que corresponde:
Otras contribuciones
10080026000000
Especificar concepto y periodo al que
corresponde:
Diferencias no consideradas por el
contribuyente en el ejercicio fiscal
dictaminado:
10080027000000
Diferencia determinada por dictamen no
considerada por el contribuyente (del
ejercicio dictaminado).
Impuesto sobre la Renta pagos
provisionales
10080028000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta retenciones a
residentes en México
10080029000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta retenciones a
residentes en el extranjero
10080030000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta sobre
dividendos
10080031000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta regímenes
fiscales preferentes como sujeto
directo
10080032000000
Correspondiente al ejercicio.
Impuesto al Valor Agregado como
sujeto directo
548
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10080033000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto al Valor Agregado en su
carácter de retenedor
10080034000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios como sujeto directo
10080035000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios en su carácter de retenedor
10080036000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre Automóviles Nuevos
10080037000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto Mexicano del
Seguro Social
10080038000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores
10080039000000
Correspondiente al bimestre de:
Aportaciones al seguro de retiro
10080040000000
Correspondiente al bimestre de:
Impuestos Locales
10080041000000
Correspondiente al mes de:
Derechos
10080042000000
Correspondiente al derecho.
Otras contribuciones
10080043000000
Especificar concepto y periodo al que
corresponde:
10080044000000
Total.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
549
Parte II
Datos a proporcionar
Total de
contribuciones
por pagar
Importe de la
contribución
en litigio
Fecha de
pago
Institución de
crédito o
SAT
Número
de la
operación
Parte III
Datos a proporcionar
Pago en
parcialidades
(datos del escrito
libre)
número de folio
Pago en
parcialidades
(datos del
escrito libre):
fecha de
presentación
Pago en
parcialidades
(datos del escrito
libre)
administración
receptora
Oficio de
autorización de
pago en
parcialidades
número
Oficio de
autorización de
pago en
parcialidades:
fecha
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
9.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos
del Impuesto sobre la Renta
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2025
2024
(Cifras en pesos)
10090000000000
Utilidad neta.
10090001000000
Pérdida neta.
Más-menos:
10090002000000
Efecto de la inflación de la NIF B-10.
10090003000000
Resultado por posición monetaria favorable.
10090004000000
Resultado por posición monetaria desfavorable.
10090005000000
Utilidad neta histórica.
10090006000000
Pérdida neta histórica.
Más:
10090007000000
Ingresos fiscales no contables.
10090008000000
Deducciones contables no fiscales.
Menos:
10090009000000
Deducciones fiscales no contables.
10090010000000
Ingresos contables no fiscales.
10090011000000
Pérdida fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones.
10090012000000
Utilidad fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones.
550
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10090013000000
Pérdida en enajenación de acciones.
10090014000000
Pérdida fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio.
10090015000000
Utilidad fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio.
Más o menos:
10090016000000
PTU pagada en el ejercicio.
10090017000000
Pérdida fiscal del ejercicio.
10090018000000
Utilidad fiscal del ejercicio.
10090019000000
Deducción adicional del fomento al primer empleo del ejercicio (para
los efectos del artículo noveno fracción XXXVII de las disposiciones
transitorias de la LISR para 2014).
10090020000000
Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores.
10090021000000
Resultado fiscal.
Ingresos fiscales no contables
10090022000000
Ajuste anual por inflación acumulable.
10090023000000
Utilidad fiscal en enajenación de inmuebles.
10090024000000
Utilidad fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles.
10090025000000
Utilidad fiscal por reembolso de capital.
10090026000000
Utilidad fiscal en enajenación de mobiliario y equipo.
10090027000000
Intereses moratorios efectivamente cobrados.
10090028000000
Inventario acumulable.
10090029000000
Anticipo a clientes.
10090030000000
Utilidad cambiaria fiscal.
10090031000000
Ingreso acumulable fiscal por disminución de la reserva de
contingencia.
10090032000000
Utilidad fiscal en enajenación de bienes adjudicados.
10090033000000
Utilidad fiscal en fideicomisos.
10090034000000
Ajuste de precios de transferencia.
10090035000000
Resultado por liquidación de operaciones derivadas en efectivo.
10090036000000
Resultado por liquidación de operaciones derivadas en especie.
10090037000000
Resultado por compraventa de divisas.
10090038000000
Otros ingresos fiscales no contables.
10090039000000
Total de ingresos fiscales no contables.
Deducciones contables no fiscales
10090040000000
Impuesto sobre la Renta.
10090041000000
Participación de las utilidades.
10090042000000
Gastos por atención a clientes.
10090043000000
Donativos.
10090044000000
Sanciones, indemnizaciones y penas convencionales.
10090045000000
Depreciación contable.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
551
10090046000000
Gastos de automóviles de uso no indispensable para los fines del
negocio.
10090047000000
Impuesto al Valor Agregado.
10090048000000
Pérdida contable en enajenación de inmuebles, mobiliario y equipo.
10090049000000
Pérdida contable en enajenación de acciones y/o intangibles.
10090050000000
Honorarios y rentas de personas físicas no pagadas al cierre del
ejercicio.
10090051000000
Estimación no deducible por baja de valores.
10090052000000
Rentas pagadas por arrendamiento financiero.
10090053000000
Amortización contable de transferencia de tecnología.
10090054000000
Pérdida en participación subsidiaria.
10090055000000
Intereses devengados que exceden del valor de mercado y moratorios
pagados o no.
10090056000000
Gastos no deducibles.
10090057000000
Multas.
10090058000000
Compras de materias primas, de producción en proceso y de artículos
terminados no deducibles.
10090059000000
Mano de obra no deducible.
10090060000000
Gastos de fabricación no deducibles.
10090061000000
Amortización contable.
10090062000000
Provisiones.
10090063000000
Pérdida cambiaria.
10090064000000
Estimaciones.
10090065000000
Costo de lo vendido contable.
10090066000000
Pérdida contable en enajenación de bienes adjudicados.
10090067000000
Pérdida contable en fideicomisos.
10090068000000
Pérdida contable en asociación en participación.
10090069000000
Total del inventario inicial del ejercicio fiscal de 2011 determinado con
el sistema de costeo directo con base a costos históricos.
10090070000000
Proporción de pagos que sean ingresos exentos para el trabajador.
10090071000000
Operaciones con partes relacionadas no deducibles.
10090072000000
Otras deducciones contables no fiscales.
10090073000000
Total de deducciones contables no fiscales.
Las partidas no deducibles se contabilizan en:
10090074000000
Intereses pagados.
10090075000000
Conceptos no deducibles para ISR.
10090076000000
Otros honorarios.
10090077000000
Rentas pagadas.
La depreciación y amortización contable se integra por:
10090078000000
Depreciaciones.
10090079000000
Amortizaciones.
Deducciones fiscales no contables
10090080000000
Ajuste anual por inflación deducible.
10090081000000
Pérdida fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles.
10090082000000
Pérdida fiscal en enajenación de inmuebles, mobiliario y equipo.
552
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10090083000000
Depreciación fiscal.
10090084000000
Estímulo fiscal por deducción inmediata de inversiones.
10090085000000
Cargos a provisiones.
10090086000000
Cargos a estimaciones.
10090087000000
Honorarios y rentas de personas físicas que no afectaron el resultado
del ejercicio anterior pagados en este.
10090088000000
Intereses moratorios efectivamente pagados.
10090089000000
Pérdida por créditos incobrables.
10090090000000
Costo de lo vendido deducible.
10090091000000
Amortización fiscal.
10090092000000
Pérdida cambiaria fiscal.
10090093000000
Reserva de contingencia.
10090094000000
Pérdida fiscal en enajenación de bienes adjudicados.
10090095000000
Pérdida fiscal en fideicomisos.
10090096000000
20% del total del inventario inicial del ejercicio fiscal de 2011
determinado con el sistema de costeo con base a costos históricos.
10090097000000
Deducción adicional por donación de bienes básicos para la
subsistencia humana (para los efectos del artículo 1.3. del Decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de
2013).
10090098000000
Deducción del monto adicional del 25% del salario (para los efectos del
artículo 1.5. del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 26 de diciembre de 2013 y artículo 186 de la LISR).
10090099000000
Estímulo fiscal por contratar personas con discapacidad y/o adultos
mayores.
10090100000000
Deducción del Impuesto sobre la Renta retenido a personas con
discapacidad y/o adultos mayores.
10090101000000
Ajuste de precios de transferencia.
10090102000000
Intereses netos de ejercicios anteriores.
10090103000000
Intereses netos del ejercicio.
10090104000000
Otras deducciones fiscales no contables.
10090105000000
Total de deducciones fiscales no contables.
Ingresos contables no fiscales
10090106000000
Ingresos por dividendos de residentes en el país.
10090107000000
Utilidad contable en enajenación de inmuebles, mobiliario y equipo.
10090108000000
Utilidad contable en enajenación de acciones y/o intangibles.
10090109000000
Utilidad cambiaria.
10090110000000
Cancelación de estimaciones.
10090111000000
Cancelación de provisiones.
10090112000000
Intereses moratorios devengados a favor cobrados o no.
10090113000000
Utilidad en participación subsidiaria.
10090114000000
Ventas anticipadas acumuladas en el ejercicio anterior y devengadas
en este.
10090115000000
Utilidad contable en venta de bienes adjudicados.
10090116000000
Utilidad contable en fideicomisos.
10090117000000
Utilidad contable en asociación en participación.
10090118000000
Saldos a favor de impuestos y su actualización.
10090119000000
Recuperación de cartera de crédito.
10090120000000
Otros ingresos contables no fiscales.
10090121000000
Total de ingresos contables no fiscales.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
553
Este anexo consta de 16 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
10.- Operaciones financieras derivadas
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal o
RFC
País de
residencia
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
10D072000 del anexo de datos generales.
Nombre de la contraparte
10100000000000
(especificar).
10100001000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Número de
contratos celebrados
Concepto
de operaciones
financieras derivadas (para
los efectos del artículo 16-A
CFF)
Tipo de
operaciones
financieras
derivadas
(para los efectos del
artículo 20 de la LISR)
Sumatoria de nocionales
Parte III
Datos a proporcionar
Tipo de
mercado
Nombre del
mercado
Porcentaje de liquidación
en efectivo
Porcentaje de
liquidación
en especie
Parte IV
Datos a proporcionar
Utilidad por contraparte
Pérdida por contraparte
Efecto
neto
Proporción que representa
de ingresos acumulables
y/o deducibles autorizadas
Este anexo consta de 11 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
11.-
Inversiones
permanentes
en
subsidiarias, asociadas
y afiliadas residentes
en el extranjero y en
México
Por
el
ejercicio
terminado
al
31
de
diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal
País de residencia
fiscal de la entidad
Porcentaje de
participación en el
capital de la entidad
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“10D073000”, del anexo de datos generales.
554
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Nombre, denominación
o razón social de la
subsidiaria, asociada o
afiliada extranjeras
10110000000000
(especificar).
10110001000000
Total.
Nombre, denominación
o razón social de la
subsidiaria, asociada o
afiliada
en México
10110002000000
(especificar).
10110003000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Monto
de la
inversión
Monto de las
utilidades (pérdidas) de ejercicios
anteriores en el porcentaje de
participación
Forma de pago (transferencia de fondos,
capitalización de créditos o deudas, etc.)
Parte III
Datos a proporcionar
Monto de la
utilidad (pérdida)
del ejercicio
en el porcentaje
de participación
Valor
de la
inversión
Fecha en que se efectuó la
aportación de capital en su
subsidiaria
Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o
partes sociales
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal o RFC
País de
residencia para
efectos fiscales
(Cifras en pesos)
Nombre, denominación o razón social del socio o
accionista
10120000000000
(especificar).
10120001000000
Total.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
555
Parte II
Datos a proporcionar
Porcentaje de
participación del socio o
accionista en el ejercicio
Periodo de tenencia del
Periodo de tenencia
al
Monto de aportaciones
que no sean Prima en
Suscripción de acciones
Parte III
Datos a proporcionar
Monto de
retiros de capital
Monto de préstamos efectuados
Monto de
préstamos recibidos
Parte IV
Datos a proporcionar
Porcentaje de tasa de
interés pactada en caso de
préstamo recibidos
Destino del préstamo
Monto de prima en
suscripción de acciones
Forma de pago
(transferencia de fondos,
capitalización de créditos
o deudas, etc.)
Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
13.- Operaciones con
partes relacionadas
Por
el
ejercicio
terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de identificación
fiscal o RFC
Tipo de
operación
En caso de que en la
columna "tipo de
operación" haya
seleccionado alguno de
los conceptos de "otros
ingresos" u "otros pagos"
especifique concepto
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“10D037000”, del anexo de datos generales.
Impuesto sobre la
Renta
Denominación o razón
social de la parte
relacionada
Ingresos acumulables
10130000000000
(especificar).
10130001000000
Total
de
ingresos
acumulables.
Deducciones
autorizadas
10130002000000
(especificar).
10130003000000
Total de deducciones
autorizadas.
556
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte II
Datos a proporcionar
País de
residencia
Valor de la operación
y/o inversión para
efectos fiscales
(incluso con valor
cero)
Método de precios de
transferencia
aplicado
La operación
involucra
contribuciones
únicas y valiosas (si
o no) en caso
afirmativo indique en
el anexo denominado
información
adicional, de qué
contribuciones
únicas y valiosas se
tratan
La operación
está pactada como
con partes
independientes en
operaciones
comparables
(si o no)
Parte III
Datos a proporcionar
Monto ajuste fiscal del
contribuyente para que la
operación se considere
pactada como con partes
independientes en
operaciones comparables
Se modificaron los valores
de actos o actividades para
IVA, o bien, del IVA
acreditable (deducciones)
como consecuencia de un
ajuste de precios de
transferencia (para los
efectos de la regla 3.9.1.2.,
fracción II de la RMF 2025)
(si o no)
Indique si obtuvo beneficio
de los tratados para evitar
la doble tributación (si, no,
n/a)
Monto modificado
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
14.-
Información
del
contribuyente
sobre
sus
operaciones con partes relacionadas
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“10D037000”, del anexo de datos generales.
Conocimiento del negocio,
información general
Cuál(es) es (son) la (s) actividad(es) preponderante(s)
del contribuyente:
10140000000000
Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes.
10140001000000
Servicios.
10140002000000
Otros (especificar).
10140003000000
El contribuyente es propietario de los activos que utiliza
para realizar su actividad preponderante mismos que
están registrados en su contabilidad.
10140004000000
El contribuyente posee o usa activos intangibles los cuales
se encuentran registrados en su contabilidad.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
557
Especifique los cinco principales activos intangibles que
usa el contribuyente (ver apéndice VIII) que se encuentran
registrados en su contabilidad.
10140005000000
Campo 1.
10140006000000
Campo 2.
10140007000000
Campo 3.
10140008000000
Campo 4.
10140009000000
Campo 5.
10140010000000
Monto de la regalía por el uso de activos intangibles.
Especifique los cinco principales activos intangibles por los
que otorga el uso o goce (ver apéndice VIII).
10140011000000
Campo 1.
10140012000000
Campo 2.
10140013000000
Campo 3.
10140014000000
Campo 4.
10140015000000
Campo 5.
10140016000000
Monto de la regalía por el que se otorga el uso de activos
intangibles.
Especifique los cinco principales activos intangibles de los
que es propietario y que tiene registrados en su
contabilidad (ver apéndice VIII).
10140017000000
Campo 1.
10140018000000
Campo 2.
10140019000000
Campo 3.
10140020000000
Campo 4.
10140021000000
Campo 5.
10140022000000
Valor del activo intangible que tiene registrado en su
contabilidad.
10140023000000
El contribuyente obtuvo un acuerdo anticipado de precios
(apa) aplicable al ejercicio fiscal.
10140024000000
Número de oficio.
10140025000000
Fecha del oficio.
10140026000000
Indique si se encuentra en trámite un acuerdo anticipado
de precios (apa) aplicable al ejercicio fiscal.
10140027000000
Fecha de presentación de la promoción.
10140028000000
El contribuyente obtuvo alguna resolución favorable del
SAT que involucre transacciones con partes relacionadas.
10140029000000
Número de oficio.
10140030000000
Fecha del oficio.
10140031000000
Dedujo en el ejercicio inventarios iniciales provenientes de
operaciones con partes relacionadas efectuadas en
ejercicios anteriores.
10140032000000
Dedujo en el ejercicio depreciaciones o amortizaciones
provenientes de operaciones con partes relacionadas
efectuadas en ejercicios anteriores.
10140033000000
El
contribuyente
cuenta
con
la
documentación
comprobatoria a que se refiere la fracción IX del artículo
76 de la LISR (estudio(s) de precios de transferencia).
10140034000000
El contribuyente presentó su declaración informativa por
sus operaciones con partes relacionadas (Para los efectos
del artículo 76, fracción X de la LISR).
558
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10140035000000
Fecha de presentación (última presentada).
10140036000000
El contribuyente cuenta con evidencia documental que
demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la
fracción XII del artículo 76 de la LISR por sus operaciones
con partes relacionadas.
RFC de las personas que elaboraron la información y
documentación que demuestre el cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo 76, fracciones IX y XII de la
LISR, o bien, que asesoraron en su formulación
Elaboradores
10140037000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
10140038000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
10140039000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
Asesores
10140040000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
10140041000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
10140042000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
RFC de las personas
que asesoraron fiscalmente
en términos del título VI del CFF
Asesores fiscales
10140043000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
10140044000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
10140045000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
Obligaciones en materia de precios de transferencia
10140046000000
Las cifras reportadas en la declaración informativa de
operaciones con partes relacionadas son coincidentes con
las manifestadas en los estudios de precios de
transferencia (documentación comprobatoria) (fracciones
X y IX respectivamente del artículo 76 de la LISR).
10140047000000
En caso de discrepancia, especifique:
10140048000000
Las cifras reportadas en la declaración informativa (Para
los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) son
coincidentes con las manifestadas en el anexo 13 del
dictamen, ambas referentes a operaciones con partes
relacionadas.
10140049000000
En caso de discrepancia, especifique:
10140050000000
Las cifras reportadas para las operaciones con partes
relacionadas en la evidencia documental que demuestre
haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII
del artículo 76 de la LISR son coincidentes con las
manifestadas en el anexo 13 del dictamen.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
559
10140051000000
En caso de discrepancia, especifique:
10140052000000
En alguna(s) de las transacciones analizadas en la diversa
documentación
de
precios
de
transferencia
del
contribuyente, se eligió como parte examinada a la parte
relacionada residente en el extranjero.
10140053000000
Indique las transacciones realizadas.
10140054000000
Monto de las transacciones.
10140055000000
El contribuyente tiene en su poder toda la información
financiera y fiscal de la parte relacionada que es necesaria
para corroborar el análisis y las conclusiones de la
documentación de precios de transferencia en donde
dicha parte relacionada fue elegida como la parte a
examinar.
Ajustes de precios de transferencia
10140056000000
Realizó
algún
ajuste
en
materia
de
precios
de
transferencia
para
que
los
precios,
montos
de
contraprestaciones o márgenes de utilidad de las
operaciones celebradas con partes relacionadas se
consideren como pactadas como lo harían con o entre
partes independientes en operaciones comparables.
Nota: en caso de que el anexo 13 se presente
información en la columna "monto ajuste fiscal del
contribuyente para que la operación se considere
pactada
como
con
partes
independientes
en
operaciones comparables” conteste lo siguiente
(efectos fiscales no contables):
10140057000000
El monto del incremento a los ingresos acumulables para
efectos de la LISR.
10140058000000
El monto del incremento a las deducciones autorizadas
para efectos de la LISR, incluso por disminuir ingresos.
10140059000000
El monto disminuido a las deducciones autorizadas para
efectos de la LISR.
10140060000000
Monto incrementado en las declaraciones presentadas por
el ejercicio fiscal por impuestos retenidos por pagos al
extranjero, como consecuencia de ajustes de precios de
transferencia.
10140061000000
Monto disminuido en las declaraciones presentadas por el
ejercicio fiscal por IVA acreditable, como consecuencia de
ajustes de precios de transferencia.
10140062000000
Se cuenta con documentación comprobatoria que sustente
los ajustes reales realizados.
10140063000000
Modificó los valores de actos o actividades para IEPS o
bien,
del
IEPS
acreditable
(deducciones)
como
consecuencia de un ajuste de precios de transferencia
(para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF
para 2025).
10140064000000
Señale monto modificado de actos o actividades (RMF).
10140065000000
Señale monto modificado de IEPS acreditable. (RMF).
10140066000000
Cumplió con los requisitos establecidos en la RMF vigente
para considerar deducible un ajuste de precios de
transferencia que incremento sus deducciones.
10140067000000
En el caso de ajustes voluntarios presentó aviso para la
modificación de las deducciones autorizadas señalado en
la RMF.
560
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Intereses con partes relacionadas considerados como
dividendos
10140068000000
El contribuyente consideró intereses devengados como
dividendos de acuerdo con lo previsto por el artículo 11,
fracción II de la LISR.
10140069000000
Monto de los intereses considerados como dividendos.
Costo de ventas con partes relacionadas
10140070000000
Analizó
el
costo
de
ventas
correspondiente
a
enajenaciones a partes relacionadas de acuerdo con lo
previsto por las fracciones I, II y III del artículo 180 de la
LISR (para los efectos del artículo 42, segundo párrafo
LISR).
En caso afirmativo indique el costo de ventas determinado
conforme a las fracciones I, II y III del artículo 180 de la
LISR y la opción seleccionada.
10140071000000
Artículo 180, fracción I de la LISR.
10140072000000
Artículo 180, fracción II de la LISR.
10140073000000
Artículo 180, fracción III de la LISR.
10140074000000
Costo de ventas con partes relacionadas deducido sin la
aplicación de las fracciones I, II y III del artículo 180 de la
LISR.
Gastos deducibles y no deducibles
10140075000000
Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en
el tercer y antepenúltimo párrafos de la fracción XXIII del
artículo 28 de la LISR.
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el
anexo denominado información adicional con que
documentación
cuenta
para
acreditar
que
sus
deducciones no se tratan de acuerdos estructurados o
mecanismos híbridos
10140076000000
Indique el monto de la deducción realizada.
10140077000000
Consideró como no deducibles gastos con partes
relacionadas de los referidos en la fracción XXIII del
artículo 28 de la LISR.
10140078000000
Indique el monto del gasto considerado como no
deducible.
10140079000000
Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en
el segundo párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la
LISR.
10140080000000
Indique el monto de la deducción realizada.
10140081000000
Consideró como no deducibles gastos con partes
relacionadas de los referidos en el primer párrafo de la
fracción XXIX del artículo 28 de la LISR.
10140082000000
Indique el monto del gasto considerado como no
deducible.
10140083000000
Consideró como no deducibles intereses de los referidos
en la fracción XXXII del artículo 28 de la LISR.
Gastos por reembolsos (al costo)
10140084000000
Dedujo gastos con partes relacionadas por reembolsos al
costo.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
561
En caso afirmativo.
10140085000000
Cuenta con toda la documentación soporte, por un lado,
de su parte relacionada y, por otro lado, con la
documentación emitida por terceros independientes a la
parte relacionada con la que se pueda demostrar que se
trata de un reembolso al costo.
Gastos a prorrata
10140086000000
Dedujo gastos con partes relacionadas efectuados en el
extranjero a prorrata.
10140087000000
Indique el monto de la deducción de gastos efectuados en
el extranjero a prorrata.
10140088000000
Cuantifique el beneficio recibido o se espera recibir del
gasto a prorrata.
10140089000000
Cumplió con lo señalado en la regla 3.3.1.27. de la RMF
para 2025.
Ganancias y/o pérdidas por enajenación de acciones
10140090000000
Obtuvo ganancia y/o pérdida fiscal al realizar una
operación de enajenación de acciones con y entre partes
relacionadas.
Nota: en caso afirmativo, señale en el anexo
denominado información adicional la razón de negocio
para enajenar las acciones.
10140091000000
Indique el valor del precio de enajenación del paquete
accionario enajenado.
10140092000000
Indique el costo comprobado de adquisición del paquete
accionario enajenado.
10140093000000
Nombre de la emisora.
10140094000000
RFC o tax id de la emisora.
10140095000000
Indicar el capital contable de la emisora.
10140096000000
Nombre del adquirente.
10140097000000
RFC o tax id del adquirente.
10140098000000
Presentó a las autoridades fiscales el estudio sobre la
determinación del precio de venta de las acciones en los
términos de los artículos 179 y 180 de la LISR con los
elementos contenidos en el inciso e) de la fracción I del
artículo 179 de la LISR (segundo párrafo del inciso b)
correspondiente a su vez al cuarto párrafo de la fracción
XVII del artículo 28 de la LISR).
10140099000000
Fecha de presentación ante las autoridades fiscales el
estudio sobre la determinación del precio de venta de las
acciones.
10140100000000
Autoridad fiscal en la que se presentó.
10140101000000
Mencione la razón de negocio para enajenar las acciones.
10140102000000
Mencione si realizó la valuación de la enajenación
efectuada.
10140103000000
El
contribuyente
cuenta
con
la
documentación
comprobatoria
de la valuación de la enajenación
efectuada.
En caso afirmativo al índice anterior, indique RFC y
nombre del perito valuador:
10140104000000
Nombre del perito.
10140105000000
RFC :
562
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Operaciones financieras derivadas con partes
relacionadas
10140106000000
Acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras
derivadas.
10140107000000
Indique el monto de la acumulación correspondiente.
10140108000000
Efectuó
deducciones
relacionadas
con
operaciones
financieras derivadas.
10140109000000
Indique el monto de la deducción correspondiente.
10140110000000
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con
partes relacionadas en los términos del artículo 28,
fracción XIX de la LISR.
10140111000000
Indique el monto correspondiente.
10140112000000
Realizó pagos de cantidades iniciales por el derecho a
adquirir o vender, bienes, divisas, acciones u otros títulos
valor que no cotizaron en mercados reconocidos conforme
a lo referido en el artículo 28, fracción XXIV de la LISR.
10140113000000
Indique el monto correspondiente.
Capitalización insuficiente:
10140114000000
Determinó intereses no deducibles de acuerdo a lo
previsto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
10140115000000
Saldo promedio anual de todas las deudas que
devengaron intereses a cargo, determinadas en los
términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
10140116000000
Capital contable al inicio del ejercicio determinado en los
términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
10140117000000
Capital contable al final del ejercicio determinado en los
términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
10140118000000
Capital contable promedio.
10140119000000
Capital contable promedio por tres.
10140120000000
Saldo promedio anual de deudas del contribuyente
contraídas con partes relacionadas residentes en el
extranjero, determinadas en los términos del artículo 28,
fracción XXVII de la LISR.
10140121000000
Intereses no deducibles determinados en los términos del
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
10140122000000
Optó por considerar como capital contable del ejercicio los
saldos iniciales y finales del ejercicio de sus cuentas de
capital de aportación, utilidad fiscal neta y utilidad fiscal
neta reinvertida.
Ajustes correspondientes
10140123000000
Realizó durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio
sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores)
algún ajuste en materia de precios de transferencia como
consecuencia de aplicar lo señalado en la documentación
de precios de transferencia de alguna parte relacionada
residente en el extranjero.
10140124000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
10140125000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
10140126000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
10140127000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
563
10140128000000
Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de
precios de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el
propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de
ejercicios anteriores) sin cumplir con lo establecido en el
artículo 184 de la LISR.
10140129000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
10140130000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
10140131000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
10140132000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
10140133000000
Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de
precios de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el
propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de
ejercicios anteriores) sin cumplir con lo establecido en el
artículo 184 de la LISR.
10140134000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
10140135000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
10140136000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
10140137000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
Artículo 76-A de la LISR (2025)
10140138000000
Está obligado a presentar la declaración informativa
prevista en la fracción I (maestra de partes relacionadas).
10140139000000
Está obligado a presentar la declaración informativa
prevista en la fracción II (local de partes relacionadas).
10140140000000
Está obligado a presentar la declaración informativa
prevista en la fracción III (país por país).
En caso afirmativo en este último caso, especifique el
supuesto de obligación:
10140141000000
Por ser persona moral controladora multinacional (fracción
III, inciso a).
10140142000000
Por ser designada (fracción III, inciso b)).
Tiene conocimiento si la persona moral controladora
multinacional a la que su empresa pertenece, está
obligada a presentar directamente o por conducto de
alguna
designada,
las
siguientes
declaraciones
informativas de partes relacionadas:
10140143000000
Obligación de presentar la declaración maestra.
10140144000000
Obligación de presentar la declaración país por país.
Declaraciones anuales informativas de partes
relacionadas de 2024 presentadas en 2025
(para los efectos del artículo 76-A de la LISR)
10140145000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa
maestra de partes relacionadas del grupo empresarial
multinacional del ejercicio fiscal de 2024.
10140146000000
Fecha de presentación (última presentada).
10140147000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa
local de partes relacionadas del ejercicio fiscal de 2024.
10140148000000
Fecha de elaboración de la información y documentación
de precios de transferencia asociada con la declaración.
10140149000000
Fecha de presentación (última presentada).
10140150000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa país
por país del grupo empresarial multinacional del ejercicio
fiscal de 2024.
10140151000000
Fecha de presentación (última presentada).
564
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
10140152000000
Realizó operaciones con contribuyentes que están en la
región fronteriza norte.
10140153000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas
generados dentro de los municipios de la región fronteriza
norte.
10140154000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas
que
se
encuentran
dentro
de
los municipios de la región fronteriza norte.
10140155000000
Monto
de
deducciones
con
partes
relacionadas
generados dentro de los municipios de la región fronteriza
norte.
10140156000000
Monto de deducciones con partes relacionadas que se
encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza
norte.
10140157000000
Presentó la declaración informativa por sus operaciones
con partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76,
fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las
operaciones con partes relacionadas residentes en
territorio nacional como lo contempla el trámite fiscal
5/DEC-12.
Criterios no vinculativos
10140158000000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados
en el DOF como criterios no vinculativos en materia de
precios de transferencia de las disposiciones fiscales y
aduaneras.
10140159000000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
10140160000000
Realizó operaciones con contribuyentes que están en la
región fronteriza sur.
10140161000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas
generados dentro de los municipios de la región fronteriza
sur.
10140162000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas
que
se
encuentran
dentro
de
los municipios de la región fronteriza sur.
10140163000000
Monto
de
deducciones
con
partes
relacionadas
generados dentro de los municipios de la región fronteriza
sur.
10140164000000
Monto de deducciones con partes relacionadas que se
encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza
sur.
10140165000000
Presentó la declaración informativa por sus operaciones
con partes (Para los efectos del artículo 76, fracción X de
la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones
con partes relacionadas residentes en territorio nacional
como lo contempla el trámite fiscal 5/DEC-12.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
565
Índice
Concepto
Datos informativos
15.- Datos informativos
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Importe
(Cifras en pesos)
Datos informativos del contribuyente
10150000000000
Se encuentra amparado para notificación por medio de buzón tributario.
Datos informativos del contribuyente
como representante legal
10150001000000
Es socio o accionista de algunos contribuyentes que representa.
10150002000000
Número de entidades en las que participa como representante legal.
Indique los cinco principales RFC de la(s) persona(s) moral(es) en las
que participa como representante legal:
10150003000000
RFC 1:
10150004000000
RFC 2:
10150005000000
RFC 3:
10150006000000
RFC 4:
10150007000000
RFC 5:
10150008000000
Es representante legal de un residente en el extranjero sin establecimiento
permanente en territorio nacional.
Indique los cinco principales nombres o razones sociales de los
residentes en el extranjero:
10150009000000
Nombre 1.
10150010000000
Nombre 2.
10150011000000
Nombre 3.
10150012000000
Nombre 4.
10150013000000
Nombre 5.
Participación de los trabajadores en las utilidades
10150014000000
PTU generada durante el ejercicio.
10150015000000
PTU no cobrada en el ejercicio anterior.
10150016000000
PTU pagada en el ejercicio.
10150017000000
Renta gravable base para PTU.
Cifras al cierre del ejercicio Impuesto sobre la Renta
10150018000000
Deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta.
10150019000000
Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente.
10150020000000
Ingresos por dividendos de personas residentes en el país.
10150021000000
Ingresos por dividendos de personas residentes en el extranjero.
10150022000000
Ingresos por dividendos distribuidos que no provienen de CUFIN ni de
CUFIN reinvertida.
10150023000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de fusión.
566
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10150024000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de escisión.
10150025000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de reducciones
de capital de sociedades residentes en el extranjero en las que el
contribuyente es socio o accionista.
10150026000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de liquidación de
sociedades residentes en el extranjero en las que el contribuyente es socio o
accionista.
10150027000000
Pérdida deducida derivada de fusión.
10150028000000
Pérdida deducida derivada de escisión.
10150029000000
Pérdida deducida derivada de reducción de capital.
10150030000000
Pérdida deducida derivada de liquidación de sociedades.
10150031000000
Dividendos pagados provenientes de CUFIN y CUFINRE.
10150032000000
Dividendos pagados no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE.
10150033000000
Total de ingresos acumulables.
10150034000000
Total de ingresos acumulables obtenidos en la región fronteriza norte en el
ejercicio fiscal anterior.
10150035000000
Saldo de CUFIN determinado conforme al quinto párrafo del artículo 77
LISR.
10150036000000
Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador.
10150037000000
Monto deducible al 47% (pagos que son ingresos exentos para el
trabajador).
10150038000000
Monto deducible al 53% (pagos que son ingresos exentos para el
trabajador).
Cuentas y documentos por cobrar
y por pagar en moneda extranjera
Cuentas y documentos por cobrar
en moneda extranjera
10150039000000
Saldo de cuentas y documentos por cobrar originados en moneda extranjera
(pesos).
Indique los tres principales tipos de moneda:
10150040000000
Campo 1.
10150041000000
Campo 2.
10150042000000
Campo 3.
Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo:
10150043000000
(especificar).
10150044000000
(especificar).
10150045000000
(especificar).
10150046000000
Indique el monto de cuentas y documentos por cobrar en moneda extranjera
que provengan de operaciones con partes relacionadas.
Cuentas y documentos por pagar
en moneda extranjera
10150047000000
Saldo de cuentas y documentos por pagar originados en moneda extranjera
(pesos).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
567
Indique los tres principales tipos de moneda:
10150048000000
Campo 1.
10150049000000
Campo 2.
10150050000000
Campo 3.
Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo:
10150051000000
(especificar).
10150052000000
(especificar).
10150053000000
(especificar).
10150054000000
Indique el monto de cuentas y documentos por pagar en moneda extranjera
que provengan de operaciones con partes relacionadas.
Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios de 2014 a 2025
10150055000000
Saldo inicial CUFIN actualizado al inicio del ejercicio.
10150056000000
Actualización antes de dividendos.
Más:
10150057000000
Dividendos o utilidades cobrados nacionales.
10150058000000
Dividendos o utilidades cobrados REFIPRES.
Menos:
10150059000000
Dividendos o utilidades pagados nacionales.
10150060000000
Dividendos o utilidades pagados a residentes en el extranjero.
10150061000000
Dividendos o utilidades pagados REFIPRES.
Igual:
10150062000000
Remanente después de dividendos.
10150063000000
Actualización desde la última modificación y hasta el cierre del ejercicio.
Más:
10150064000000
Utilidad fiscal neta del ejercicio.
10150065000000
Saldo CUFIN al cierre del ejercicio.
Más: resultado positivo, o menos: resultado negativo, UFIN del
ejercicio
10150066000000
Resultado fiscal del ejercicio.
Menos:
10150067000000
ISR (para los efectos del art. 9, primer párrafo LISR).
10150068000000
Partidas no deducibles, excepto provisiones y reservas (para los efectos del
artículo 28, fracciones VIII y IX LISR).
10150069000000
Efecto de Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero por pago de
dividendos al contribuyente (para los efectos del artículo 77, cuarto párrafo
LISR).
10150070000000
ISR acreditado en el ejercicio de dividendos o utilidades no provenientes de
CUFIN entre el factor.
Igual:
10150071000000
Resultado positivo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo
de la LISR).
10150072000000
Resultado negativo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo
de la LISR).
568
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Otros conceptos especificar:
10150073000000
(especificar).
10150074000000
(especificar).
10150075000000
(especificar).
10150076000000
(especificar).
10150077000000
(especificar).
10150078000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de
2014 a 2025.
10150079000000
Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza norte del
ejercicio 2025.
10150080000000
Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza sur del
ejercicio 2025.
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicios de 2001 a 2013
10150081000000
Saldo inicial CUFIN actualizado.
Más:
10150082000000
Dividendos cobrados.
Menos:
10150083000000
Dividendos pagados.
Más:
10150084000000
Actualización por inflación.
Otros conceptos. Especificar
10150085000000
(especificar).
10150086000000
(especificar).
10150087000000
(especificar).
10150088000000
(especificar).
10150089000000
(especificar).
10150090000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de
2001 a 2013.
Cuenta de utilidad fiscal neta
Ejercicios anteriores a 2001
10150091000000
Saldo inicial CUFIN actualizado.
Más:
10150092000000
Dividendos cobrados.
Menos:
10150093000000
Dividendos pagados.
Más:
10150094000000
Actualización por inflación.
10150095000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios
anteriores a 2001.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
569
Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida
10150096000000
Saldo inicial CUFINRE actualizado.
10150097000000
Dividendos pagados.
Más:
10150098000000
Actualización por inflación.
Otros conceptos. Especificar
10150099000000
(especificar).
10150100000000
(especificar).
10150101000000
(especificar).
10150102000000
(especificar).
10150103000000
(especificar).
10150104000000
Saldo de CUFINRE total al cierre del ejercicio actualizado.
Saldos actualizados
(Impuesto sobre la Renta)
al cierre del ejercicio de:
10150105000000
Cuenta de utilidad fiscal neta.
10150106000000
Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida.
10150107000000
Cuenta de utilidad fiscal neta por inversión en energía renovable.
10150108000000
Cuenta de capital de aportación.
10150109000000
Impuesto al Activo por recuperar de 10 años anteriores.
10150110000000
Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
Comercio exterior
10150111000000
Valor declarado en aduana de importaciones definitivas.
10150112000000
Valor declarado en aduana de exportaciones definitivas.
Impuesto al Valor Agregado
10150113000000
IVA pagado en aduanas durante el ejercicio.
10150114000000
IVA causado por importación de bienes intangibles adquiridos.
10150115000000
IVA causado por importación del uso o goce de bienes intangibles.
10150116000000
IVA causado por importación de servicios.
10150117000000
IVA acreditable por intereses.
10150118000000
IVA acreditado por la importación de bienes intangibles adquiridos.
10150119000000
IVA acreditado por la importación del uso o goce de bienes intangibles.
10150120000000
IVA acreditado por la importación de servicios.
10150121000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 8%.
10150122000000
Total de IVA de los actos o actividades pagados a la tasa del 8%.
10150123000000
Valor de los actos o actividades no objeto.
10150124000000
Valor de los actos o actividades exentos.
570
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
10150125000000
IEPS pagado en aduanas durante el ejercicio.
10150126000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A, del
artículo 16 de la LIF 2025.
10150127000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado A, del
artículo 16 de la LIF 2025.
Información de consolidación financiera
10150128000000
Es una entidad controladora en términos de la norma contable de
información financiera que aplica el contribuyente.
Nota: en caso de una respuesta afirmativa al índice anterior, deberá
manifestar información en los siguientes dos índices:
10150129000000
Total de ventas o ingresos netos consolidados determinados conforme a la
norma contable de información financiera que aplica el contribuyente.
10150130000000
Tiene subsidiarias en términos de la norma contable de información
financiera que aplica el contribuyente en el extranjero, o establecimientos
permanentes residentes o ubicados en el extranjero.
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
Impuesto sobre la Renta
Ingresos exclusivos de
región fronteriza norte
(para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto)
10150131000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte.
Menos:
10150132000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
10150133000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte.
Menos:
10150134000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la
Ley Federal del Trabajo.
Igual:
10150135000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte
sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio
digital.
Entre:
10150136000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
10150137000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos totales
de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente
obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región
fronteriza norte,
pero cuenten con una sucursal, agencia
o cualquier otro establecimiento
dentro de la misma
(para los efectos del artículo quinto, primer párrafo del Decreto)
10150138000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados en la región fronteriza norte.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
571
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal,
agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región
fronteriza norte
10150139000000
Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados en la región fronteriza norte.
Menos:
10150140000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
10150141000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte
Menos:
10150142000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la
Ley Federal del Trabajo.
Igual:
10150143000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte
sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio
digital o suministro de personal.
Entre:
10150144000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
10150145000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de la
región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos
en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen
su domicilio fiscal en la
región fronteriza norte,
pero cuenten con sucursales,
agencias o cualquier otro
establecimiento
fuera de ella
(para los efectos del artículo quinto, segundo párrafo
del Decreto)
10150146000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados fuera la región fronteriza norte.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal
ubicado en la región fronteriza norte
10150147000000
Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza
norte.
Menos:
10150148000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
10150149000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte.
Menos:
10150150000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la
Ley Federal del Trabajo.
Igual:
10150151000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte
sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio
digital o suministro de personal.
Entre:
10150152000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
572
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Igual:
10150153000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del
domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte, del total de los ingresos
del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Determinación del crédito fiscal aplicable
10150154000000
ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el
ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR").
10150155000000
Ingresos totales de la región fronteriza norte.
Entre:
10150156000000
Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Igual:
10150157000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de la
región fronteriza norte.
10150158000000
Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el
ejercicio fiscal índice 10150154000000 por la proporción que representan los
ingresos de la región fronteriza norte índice 10150157000000.
10150159000000
Crédito
fiscal
aplicable
con
base
en
el
índice
anterior
(artículo segundo, primer párrafo del Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza norte).
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
Impuesto sobre la Renta
Ingresos exclusivos de
región fronteriza sur
(para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto)
10150160000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur.
Menos:
10150161000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
Menos:
10150162000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur.
Menos:
10150163000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la
Ley Federal del Trabajo.
Igual:
10150164000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin
incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital.
Entre:
10150165000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
10150166000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos totales
de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente
obtenidos en el ejercicio fiscal.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
573
Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región
fronteriza sur,
pero cuenten con una sucursal, agencia
o cualquier otro establecimiento
dentro de la misma
(para los efectos del artículo cuarto, primer párrafo del Decreto)
10150167000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados en la región fronteriza sur.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal,
agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región
fronteriza sur
10150168000000
Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados en la región fronteriza sur.
Menos:
10150169000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
Menos:
10150170000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur.
Menos:
10150171000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la
Ley Federal del Trabajo.
Igual:
10150172000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin
incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital
o suministro de personal.
Entre:
10150173000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
10150174000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de la
región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en
el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen
su domicilio fiscal en la
región fronteriza sur,
pero cuenten con sucursales,
agencias o cualquier otro
establecimiento fuera de ella
(para los efectos del artículo cuarto, tercero párrafo
del Decreto)
10150175000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados fuera la región fronteriza sur.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal
ubicado en la región fronteriza sur
10150176000000
Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza
sur.
Menos:
10150177000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
574
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Menos:
10150178000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur.
Menos:
10150179000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la
Ley Federal del Trabajo.
Igual:
10150180000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin
incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital
o suministro de personal.
Entre:
10150181000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
10150182000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del
domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur, del total de los ingresos
del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Determinación del crédito fiscal aplicable
10150183000000
ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el
ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR").
10150184000000
Ingresos totales de la región fronteriza sur.
Entre:
10150185000000
Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Igual:
10150186000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de la
región fronteriza sur.
10150187000000
Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el
ejercicio fiscal índice 10150183000000 por la proporción que representan los
ingresos de la región fronteriza sur índice 10150186000000.
10150188000000
Crédito
fiscal
aplicable
con
base
en
el
índice
anterior
(artículo segundo, primer párrafo del Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza sur).
Enajenación de acciones
10150189000000
Realizó enajenación de acciones.
10150190000000
Fecha de la operación.
10150191000000
Tipo de enajenación.
10150192000000
Otros (especificar).
10150193000000
Nombre de la sociedad emisora de las acciones enajenadas.
10150194000000
País de residencia fiscal de la emisora.
10150195000000
RFC o id.
10150196000000
Número acciones enajenadas.
10150197000000
Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación.
10150198000000
Precio de venta.
10150199000000
Costo fiscal de las acciones.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
575
10150200000000
Aplicó pérdidas por enajenación de acciones.
En caso afirmativo indique:
10150201000000
Si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con pérdidas
fiscales por enajenación de acciones pendientes de aplicar.
10150202000000
En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó
aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación.
10150203000000
Monto total de las pérdidas por enajenación de acciones al cierre del
ejercicio.
10150204000000
Importe de la pérdida por enajenación de acciones determinada.
10150205000000
Indique si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con
importes pendientes de acreditar por concepto de ISR pagado en el
extranjero de conformidad con el artículo 5 de la LISR.
En caso afirmativo indique:
10150206000000
Monto pendiente de acreditar.
10150207000000
Concepto por el que fue pagado el Impuesto sobre la Renta en el extranjero.
Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal
Tipo de
operación
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“10D074000, del anexo de datos generales.
Impuesto sobre la Renta
Denominación o razón social
Ingresos acumulables
10160000000000
(especificar).
10160001000000
Total de ingresos acumulables.
Deducciones autorizadas
10160002000000
(especificar).
10160003000000
Total de deducciones autorizadas.
Parte II
Datos a proporcionar
En caso de que en la columna
"tipo de operación", haya
seleccionado alguno de los
conceptos de "otros ingresos" u
"otros pagos", especifique
concepto
País de residencia
México tiene un
acuerdo amplio de
intercambio de
información con el
país de la columna
anterior (si o no)
Monto de la
operación
Indique si es parte
relacionada (si o
no)
576
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte III
Datos a proporcionar
Efectuó retención y entero por
esta operación (si o no)
Tasa
ISR por retención
determinado por
auditoría
ISR retenido
pagado
Diferencia
Parte IV
Datos a proporcionar
Aplicó los beneficios de algún tratado celebrado
por México para evitar la doble tributación (si o
no)
Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
17.- Inversiones
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre
de 2025
MOI al inicio
del ejercicio
Saldo pendiente
de deducir al inicio
del ejercicio
(Cifras en pesos)
Activos fijos
10170000000000
Construcciones.
10170001000000
Construcciones en proceso.
10170002000000
Inmuebles considerados históricos.
10170003000000
Ferrocarriles.
10170004000000
Mobiliario y equipo de oficina.
10170005000000
Aviones.
10170006000000
Embarcaciones.
10170007000000
Equipo de transporte automóviles.
10170008000000
Equipo de transporte: automóviles con propulsión
de baterías eléctricas recargables y automóviles
eléctricos con motor de combustión interna o
accionado por hidrogeno.
10170009000000
Equipo de transporte: bicicletas convencionales,
bicicletas y motocicletas con propulsión de
baterías eléctricas recargables.
10170010000000
Equipo de transporte (otros).
10170011000000
Equipos fijos de alimentación para vehículos
eléctricos.
10170012000000
Equipo de cómputo.
10170013000000
Dados,
troqueles,
moldes,
matrices
y
herramental.
10170014000000
Comunicaciones telefónicas.
10170015000000
Comunicaciones satelitales.
10170016000000
Terrenos (costo de adquisición).
10170017000000
Adaptación a instalaciones para personas con
capacidades diferentes.
10170018000000
Maquinaria y equipo para la generación de
energía proveniente de fuentes renovables o de
sistemas
de
cogeneración
de
electricidad
eficiente.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
577
10170019000000
Maquinaria y equipo.
10170020000000
Oleoductos, gasoductos, terminales, y tanques de
almacenamiento de hidrocarburos.
10170021000000
Inversiones
realizadas
para
la
exploración,
recuperación
secundaria
y
mejorada,
y
el
mantenimiento no capitalizable (aplicable a
contribuyentes de hidrocarburos).
10170022000000
Inversiones realizadas para el desarrollo y
explotación de yacimientos de petróleo o gas
natural
(aplicable
a
contribuyentes
de
hidrocarburos).
10170023000000
Inversiones realizadas en infraestructura de
almacenamiento
y
transporte
(aplicable
a
contribuyentes de hidrocarburos).
10170024000000
Otros activos fijos.
10170025000000
Suma activo fijo.
Gastos y cargos diferidos
10170026000000
Patentes.
10170027000000
Marcas registradas.
10170028000000
Regalías.
10170029000000
Gastos de instalación.
10170030000000
Gastos de organización.
10170031000000
Concesiones.
10170032000000
Otros gastos y cargos diferidos.
10170033000000
Suma gastos y cargos diferidos.
Erogaciones en periodos preoperativos
10170034000000
(especificar).
10170035000000
Suma erogaciones preoperativas.
10170036000000
Total de inversiones.
Parte II
Datos a proporcionar
Más: MOI de las
adquisiciones durante el
ejercicio
Menos: enajenaciones y/o
bajas en el ejercicio
Menos: deducción
en el ejercicio
Menos: deducción
inmediata en el
ejercicio
Saldo pendiente
de deducir al final
del ejercicio
Este anexo consta de 25 columnas y está dividido en seis partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
18.- Préstamos
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal o RFC
Saldo insoluto
del préstamo al
31 de diciembre
de 2024
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“10D075000”, del anexo de datos generales.
578
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Nombre, denominación o razón social
del residente en el extranjero
Partes relacionadas
10180000000000
(especificar).
10180001000000
Total de partes relacionadas.
Partes no relacionadas
10180002000000
(especificar).
10180003000000
Total de partes no relacionadas.
Nombre, denominación o razón social
del residente en México
Partes relacionadas
10180004000000
(especificar).
10180005000000
Total de partes relacionadas
Partes no relacionadas
10180006000000
(especificar).
10180007000000
Total de partes no relacionadas.
Parte II
Datos a proporcionar
Tipo de
financiamiento
En caso de que en la
columna "tipo de
financiamiento" haya
seleccionado el concepto
"otro", especifique
concepto:
Fue beneficiario
efectivo de
los intereses
(si o no)
Número de
registro
del acreedor
residente en el
extranjero ante
el SAT vigente
durante el
ejercicio
dictaminado
País de
residencia
para efectos
fiscales
Parte III
Datos a proporcionar
Tipo de
moneda
Denominación
de la tasa
de interés
Porcentaje
de la tasa
de interés
Importe
total de
los intereses
pagados
y/o exigibles
Tasa de
retención
del ISR
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
579
Parte IV
Datos a proporcionar
ISR
retenido
en el
ejercicio
Vigencia
del préstamo
del
Vigencia
del préstamo
al
Saldo
insoluto al
31 de diciembre
de 2025
Frecuencia de
exigibilidad
del pago de
intereses
Parte V
Datos a proporcionar
En caso de que en la columna "frecuencia
de exigibilidad del pago de intereses" haya
seleccionado el concepto "otro",
especifique concepto:
Garantizó el
préstamo
(si o no)
Importe
total de
los intereses
deducidos en el
ejercicio
Destino del Capital
tomado en préstamo
Parte VI
Datos a proporcionar
Efectuó colocaciones en el extranjero
(si o no) garantizó el préstamo
(si o no)
Número de oficio
de autorización
de la CNBV de
la oferta pública
en el extranjero de
valores emitidos
en México
Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
19.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2024
2023
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“10D042000”, del anexo de datos generales.
10190000000000
La pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una
escisión.
10190001000000
Señale el RFC de la escindente.
10190002000000
Señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la
escisión.
Nota: en caso de escisiones sucesivas deberá manifestar a
través del anexo denominado información adicional del
dictamen, la información correspondiente a los índices
anteriores
10190003000000
Monto original de la pérdida fiscal.
10190004000000
INPC del último mes del ejercicio en que se generó la pérdida
fiscal.
10190005000000
INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que
se generó la pérdida fiscal.
10190006000000
Factor de actualización del periodo.
580
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10190007000000
Pérdida fiscal actualizada por el ejercicio en que se generó.
10190008000000
INPC del último mes de la primera mitad del ejercicio en que se
aplica o actualiza la pérdida fiscal.
10190009000000
INPC del mes en que se actualizo por última vez la pérdida
fiscal.
10190010000000
Factor de actualización del periodo.
10190011000000
Pérdida fiscal actualizada en el ejercicio en que se aplica o
actualiza.
Nota: los conceptos de los índices 10190008000000 al
10190011000000 deben repetirse para actualizar las pérdidas
fiscales ocurridas de 2015 a 2024, o aplicadas en los ejercicios
de 2016 a 2025.
10190012000000
(monto de la disminución de la pérdida fiscal en el ejercicio).
Nota: el concepto del índice 10190012000000 debe repetirse
las veces que sea necesario para indicar el ejercicio en el que
se amortizan las pérdidas fiscales, anotando el importe
aplicado en la columna a la que corresponda la pérdida fiscal.
10190013000000
Monto de la pérdida fiscal pendiente de aplicar.
Parte II
Datos a proporcionar
2022
2021
2020
2019
2018
2017
2016
Parte III
Datos a proporcionar
2015
Este anexo consta de 30 columnas y está dividido en siete partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
20.-
Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal
País de
residencia
fiscal
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“10D289000”, del anexo de datos generales.
Denominación o razón social
Ingresos
10200000000000
(especificar).
10200001000000
Total de ingresos.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
581
Gastos
10200002000000
(especificar).
10200003000000
Total de gastos.
Parte II
Datos a proporcionar
Tasa efectiva
del Impuesto
sobre la Renta
pagada en el
extranjero
(menor al 75%
del que se
pagaría
en México)
Tipo de
moneda del
país de
residencia
fiscal
Tipo de
operación
En caso de que En
la columna "tipo de
operación", haya
seleccionado alguno
de los conceptos de
"otros ingresos" u
"otros pagos",
especifique
concepto
Monto
total
de las
utilidades
o pérdidas
fiscales
en la
participación
accionaria
Parte III
Datos a proporcionar
Total de
ingresos
acumulables o
gravables en
el ejercicio
Participación
directa o
participación
indirecta
promedio
por día del contribuyente
en el ejercicio
(porcentaje):
porcentaje
Participación
directa o
participación
indirecta
promedio
por día del
contribuyente
en el ejercicio
(porcentaje):
importe
Aportaciones y
reembolsos:
monto total de
las inversiones
o aportaciones
efectuadas
durante
el ejercicio
Aportaciones y
reembolsos:
monto total
de reembolsos
de capital
recibidos
durante
el ejercicio
Parte IV
Datos a proporcionar
La contabilidad
está a
disposición de
la autoridad
(si o no)
Tiene
alguna
entidad
interpuesta
(si o no)
Datos de la
entidad ubicada
en régimen
fiscal
preferente:
total de
utilidades
o pérdidas
fiscales
del ejercicio
Datos de la
entidad ubicada
en régimen
fiscal
preferente:
total de
utilidades
distribuidas
en el ejercicio
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente:
monto total de
activos no
afectos
a la actividad
empresarial
Parte V
Datos a proporcionar
Datos de la
entidad ubicada
en régimen
fiscal
preferente:
monto total de
activos
afectos
a la actividad
empresarial
En el caso de
ingresos generados
en participación
con otras entidades
cuenta con la
información
de la entidad
que generó
ingresos por
participación
con otras
entidades
(si o no)
En el caso de ingresos
generados en
participación
con otras entidades,
actividad que realiza
la entidad
en la que participa
Operaciones
con fideicomiso
o con la entidad o
figura jurídica
extranjera
transparente
fiscalmente,
señalar si la
información es
para el caso
de los ingresos
generados en
fideicomisos y
similares
(si o no)
Operaciones con
fideicomiso
o con la entidad o
figura
jurídica extranjera
transparente
fiscalmente,
descripción del
objeto
del fideicomiso
582
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte VI
Datos a proporcionar
Fideicomiso o
entidad o
figura jurídica
extranjera
transparente
fiscalmente:
vigencia
del
Fideicomiso o
entidad o
figura jurídica extranjera
transparente fiscalmente:
vigencia
al
Carácter
con el que
participa en
el fideicomiso
o en la entidad
o figura jurídica
extranjera
transparente
fiscalmente
Indique si utilizó
una tasa de
impuesto o
exención
prevista en
algún
tratado que
tenga
celebrado
México para
evitar la
doble
tributación
Tasa
preferencial
por tratado
Parte VII
Datos a
proporcionar
Impuesto sobre
ingresos sujetos
a REFIPRES
Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en seis partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
21.- Deducción de intereses
netos del ejercicio
(para los efectos del artículo 28, fracción XXXII
de la LISR)
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de
2025
Monto de los
ingresos
acumulables del
ejercicio fiscal
anterior de cada una
de las personas
miembros del grupo
o de cada parte
relacionada
Número de
identificación fiscal o
RFC de cada una de
las personas
miembros del grupo o
de cada parte
relacionada
(Cifras en pesos)
Denominación o razón social
10210000000000
(especificar)
10210001000000
Total
Parte II
Datos a proporcionar
Monto de los ingresos
acumulables del ejercicio
fiscal anterior del
contribuyente
Total de ingresos
acumulables del ejercicio
fiscal anterior del
contribuyente y de todas
las personas miembros del
grupo o de todas las partes
relacionadas
Proporción de
Ingresos
Límite de deducción del
contribuyente
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DIARIO OFICIAL
583
Parte III
Datos a proporcionar
Total de los intereses
devengados que deriven de
deudas (montos deducibles)
Intereses netos pendientes de deducir
de ejercicios anteriores (aplicable a
partir del ejercicio 2021)
Total de los ingresos
por intereses
acumulados
Intereses
Netos
Parte IV
Datos a proporcionar
Utilidad (pérdida) fiscal
Total de intereses
devengados que deriven de
deudas (montos
deducibles)
Monto total deducido de
activos fijos
Monto total deducido de
gastos diferidos
Parte V
Datos a proporcionar
Monto total deducido de
cargos diferidos
Monto total deducido de
erogaciones realizadas en
periodos preoperativos
Utilidad fiscal ajustada
Límite intereses netos
Parte VI
Datos a proporcionar
Intereses no deducibles
Se ubica en alguna de las
excepciones establecidas a
que se refiere el artículo 28,
fracción XXXII de la LISR (si
o no)
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión
efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman
parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
Toda pregunta debe ser entendida con respecto al ejercicio fiscal sujeto a revisión. En aquellos
cuestionamientos que no apliquen al contribuyente, así como cuando a criterio del contador público que
responda el cuestionario no haya una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado, o bien,
simplemente no fue revisado por no caer en el alcance de revisión, se podrá dejar en blanco el renglón que
corresponda, haciendo las aclaraciones correspondientes en el informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente, ya que de no hacerlo el Servicio de Administración Tributaria, entenderá que el
contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento.
Índice
Concepto
Datos a
proporcionar
Comentarios
Cuestionario de diagnóstico fiscal
(revisión del contador público)
Por el ejercicio terminado
al 31 de diciembre de 2025
Procedimientos de auditoría aplicados para la
revisión de estados financieros
10220000000000
Realizó la evaluación del control interno del
contribuyente.
10220001000000
En caso afirmativo al índice anterior, conserva la
evidencia de la evaluación del control interno en sus
papeles de trabajo.
10220002000000
Detecto debilidades o desviaciones relacionadas
con
la
estructura
del
control
interno
del
contribuyente con repercusión en su situación fiscal.
Nota:
en
caso
afirmativo
describa
las
irregularidades en el informe sobre la revisión
de la situación fiscal
584
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10220003000000
Como consecuencia de la realización de su trabajo,
propuso ajustes financieros que afectaron la
situación fiscal del contribuyente.
10220004000000
Como consecuencia de la realización de su trabajo
encontró diferencias en partidas no materiales que
puedan tener repercusión fiscal
10220005000000
En caso afirmativo a los índices anteriores, los
ajustes afectaron la base y la determinación de las
contribuciones a que está sujeto el contribuyente.
Como consecuencia de la realización de su trabajo,
el contribuyente corrigió a la fecha de envío del
dictamen fiscal lo siguiente:
10220006000000
Partidas que el contribuyente dedujo indebidamente
en el Impuesto sobre la Renta.
10220007000000
Ingresos que el contribuyente omitió en el Impuesto
sobre la Renta.
10220008000000
Actos o actividades que el contribuyente omitió en el
Impuesto al Valor Agregado.
10220009000000
Acreditamientos indebidos efectuados contra el
Impuesto Sobre la Renta.
10220010000000
Acreditamientos indebidos efectuados contra el
Impuesto al Valor Agregado.
En caso negativo, explique los motivos en el
informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente.
10220011000000
En caso de haber detectado en su auditoría alguna
irregularidad de las señaladas en los índices
10220006000000 al 10220010000000, indique si
reveló alguna salvedad en el informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente.
10220012000000
En caso de haber contestado afirmativamente en el
índice 10220004000000, reveló dicha circunstancia
en el informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente.
De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el
alcance a las mismas y con la evidencia que
conserva en sus papeles de trabajo, responda si
se cercioró de que el contribuyente cumpliera
con lo siguiente:
10220013000000
El contribuyente recibió asesoría de un experto de la
dirección en materia fiscal.
En caso afirmativo señale:
10220014000000
Evaluó la competencia, capacidad y objetividad del
experto de la dirección en materia fiscal.
10220015000000
Obtuvo conocimiento del trabajo del experto.
10220016000000
Evaluó la adecuación del trabajo del experto.
10220017000000
Si el contribuyente obtuvo un documento por escrito.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Deducciones (ISR)
10220018000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento
a
lo
previsto
en
los
índices
10D166000 al 10D188000 del diagnóstico fiscal, se
propuso que se hicieran no deducibles las partidas
correspondientes.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
585
10220019000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de esta
revisión.
Disposiciones específicas (ISR)
10220020000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento
a
lo
previsto
en
los
índices
10D189000 al 10D196000 (según corresponda) del
diagnóstico fiscal, se propuso que se hicieran no
deducibles
las
partidas
relacionadas
con
deducciones.
10220021000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de esta
revisión.
Declaración informativa múltiple
10220022000000
Verificó la información contenida en el anexo de
operaciones efectuadas a través de fideicomisos
(para los efectos del artículo 76, fracción XIII, de la
LISR).
10220023000000
Verificó la información contenida en el anexo
información sobre residentes en el extranjero,
tratándose de residentes en el extranjero (para los
efectos del artículo noveno de las disposiciones
transitorias de la LISR 2014, fracción X).
10220024000000
Verificó la información contenida en el anexo
información sobre residentes en el extranjero (para
los efectos del artículo 76, fracción VI, de la LISR).
10220025000000
Verificó la información contenida en el anexo de
ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes
(para los efectos del artículo 178, de la LISR).
10220026000000
Verificó la información contenida en el anexo de
operaciones efectuadas a través de fideicomisos
(para los efectos del artículo 76, fracción XIII, de la
LISR).
Regímenes fiscales preferentes
10220027000000
Verificó la información contenida en el anexo de
ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
Impuesto al Valor Agregado
Actos o actividades (IVA)
10220028000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento
a
lo
previsto
en
los
índices
10D305000 al 10D306000 del diagnóstico fiscal,
propuso
que
se
hicieran
las
correcciones
correspondientes.
10220029000000
En caso afirmativo el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de esta
revisión.
Acreditamiento (IVA)
10220030000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento
a
lo
previsto
en
los
índices
10D307000 al 10D310000 del diagnóstico fiscal,
propuso
que
se
hicieran
las
correcciones
correspondientes en el acreditamiento.
10220031000000
En caso afirmativo el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de esta
revisión.
586
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión
del contador público)
por el ejercicio terminado
al 31 de diciembre de 2025
De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las
mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de
trabajo responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera
con lo siguiente:
Capitalización insuficiente
(para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR)
10230000000000
Verificó si el contribuyente dio cumplimiento a lo dispuesto por el
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
10230001000000
Detecto algún incumpliendo a lo dispuesto por el artículo 28,
fracción XXVII de la LISR.
10230002000000
Monto de intereses no deducibles por capitalización insuficiente.
En caso de considerar cuentas fiscales para el cálculo,
señale el monto de:
10230003000000
Cuentas de capital de aportación.
10230004000000
Utilidad fiscal neta y utilidad neta reinvertida.
10230005000000
En caso de haber observado que las respuestas del
contribuyente
a
los
índices
10140114000000
y/o
10140122000000 del anexo 14, no eran correctas y lo llevaron a
un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe
sobre la revisión de la situación fiscal.
10230006000000
En adición de haber contestado de forma afirmativa el índice
10230005000000, señaló alguna salvedad en su dictamen.
Documentación comprobatoria de precios de transferencia
(estudio de precios de transferencia) por operaciones con
partes relacionadas residentes en el extranjero
(para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR)
10230007000000
Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta
obligación fiscal.
10230008000000
En caso de incumplimiento del contribuyente se consideró como
deducibles las transacciones con partes relacionadas que le
representaron un costo o gasto.
10230009000000
En caso de incumplimiento del contribuyente a esta obligación
fiscal, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su
informe sobre la revisión de la situación fiscal.
10230010000000
En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su dictamen.
Verificó que la documentación comprobatoria de precios de
transferencia, por las operaciones con partes relacionadas
residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76,
fracción IX de la LISR), incluyera lo siguiente:
Nota: las preguntas referidas en los índices 1023011000000 a
10230028000000 solo se contestarán cuando se haya contestado
que “si” en el renglón 10140033000000 del anexo 14.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
587
10230011000000
1) nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia
fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebraron
operaciones.
10230012000000
2) que se considerarán todas las partes relacionadas de acuerdo
con la definición contenida en el artículo 179, quinto y sexto
párrafo de la LISR.
10230013000000
3) documentación que demuestre la participación directa e
indirecta entre las partes relacionadas.
10230014000000
4) información relativa a las funciones o actividades por cada tipo
de operación evaluada.
10230015000000
5) información relativa a los activos utilizados en cada tipo de
operación evaluada.
10230016000000
6) información relativa a los riesgos asumidos en cada tipo de
operación evaluada.
10230017000000
7) información y documentación sobre las operaciones con partes
relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por cada
tipo de operación evaluada.
10230018000000
8) método aplicado conforme al artículo 180 de la LISR por cada
tipo de operación evaluada.
10230019000000
9) información y documentación sobre operaciones o empresas
comparables por cada tipo de operación evaluada.
10230020000000
10) se identificaron en los registros de contabilidad que la
totalidad de las operaciones con partes relacionadas residentes
en el extranjero estuvieran debidamente asentadas.
10230021000000
En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos
antes referidos, señale si mencionó tal circunstancia en su
informe sobre la revisión de la situación fiscal.
10230022000000
En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos
antes referidos señale si mencionó tal circunstancia en su
dictamen.
10230023000000
Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con
partes
relacionadas
residentes
en
el
extranjero
por
el
contribuyente se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de
contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes
en operaciones comparables.
10230024000000
En caso de una conclusión negativa indique si reveló alguna
salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente.
10230025000000
En caso de una conclusión negativa en la documentación
comprobatoria, indique si reveló alguna salvedad en el dictamen.
10230026000000
En caso de que en la documentación comprobatoria de precios
de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia
que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en el
informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
10230027000000
En caso de que la documentación comprobatoria de precios de
transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que
el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en dictamen.
10230028000000
En estos últimos casos, consideró el contribuyente como
deducibles las transacciones con partes relacionadas que le
representaron un costo o gasto.
Declaración informativa de operaciones con partes
relacionadas
residentes en el extranjero
(para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR)
10230029000000
Verificó la presentación oportuna de la información de las
operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero,
efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM).
588
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
10230030000000
Verificó si las cifras reportadas en esa declaración coinciden con
las manifestadas en la documentación a que se refiere el artículo
76, fracción IX de la LISR (estudio de precios de transferencia).
10230031000000
Verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la
información de las operaciones con partes relacionadas
residentes en el extranjero, efectuadas durante el año inmediato
anterior (anexo 9 DIM) conforme a la información contenida en la
documentación de precios de transferencia para las operaciones
con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los
efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR).
10230032000000
En caso de haber observado errores en el llenado, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión
de la situación fiscal del contribuyente.
En caso negativo, especifique:
10230033000000
Consideró el contribuyente como deducibles las transacciones
con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto.
10230034000000
En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una
salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente.
10230035000000
En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una
salvedad en su dictamen.
Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas (para
los efectos del artículo 76-A fracción X de la LISR) de 2024
presentadas en 2025.
10230036000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial
multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.
10230037000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa local de partes relacionadas correspondiente al
ejercicio fiscal de 2024.
10230038000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa país por país del grupo empresarial multinacional
correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.
10230039000000
En caso de haber observado errores en el llenado de las
declaraciones anuales informativas de partes relacionadas
correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión
de la situación fiscal del contribuyente.
Cumplimiento de la obligación respecto de las operaciones
con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76,
fracción XII de la LISR)
10230040000000
Verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se
pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y
deducciones autorizadas considerando para esas operaciones los
precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado
partes independientes en operaciones comparables.
10230041000000
En caso negativo, consideró el contribuyente como deducibles las
transacciones con partes relacionadas que le representaron un
costo o gasto.
10230042000000
En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental,
indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión
de la situación fiscal del contribuyente.
10230043000000
En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental
indique si reveló alguna salvedad en su dictamen.
10230044000000
Verificó en la evidencia documental referida en el índice
10230040000000 la aplicación de los métodos de precios de
transferencia establecidos en el artículo 180 de la LISR en los
términos del tercer párrafo del citado artículo.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
589
10230045000000
En caso de no haberlos aplicado, indique si reveló alguna
salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente, o bien en su dictamen.
Operaciones con partes relacionadas
nacionales informadas
10230046000000
En caso de haber señalado que si en el índice 10D038000 del
anexo "datos generales", verificó que la declaración informativa
por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el
extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR,
anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas
residentes en territorio nacional.
10230047000000
En caso de haber señalado que si en el índice 10140157000000
del anexo 14, verificó que la declaración informativa por sus
operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero
(para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, (anexo 9
de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas
residentes en territorio nacional.
Ajustes de precios de transferencia
10230048000000
Verificó en el caso de ajustes de precios de transferencia que
hayan incrementado las deducciones del contribuyente, que se
cumplieran todos los requisitos establecidos en la regla 3.9.1.3.
de la RMF para 2025.
Intereses considerados como dividendos
(para los efectos del artículo 11 de la LISR)
10230049000000
En caso de haber observado que las respuestas del
contribuyente
a
los
índices
10140068000000
y/o
10140069000000 del anexo 14 no eran correctas y lo llevaron a
un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe
sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en
su dictamen.
Metodología de precios de transferencia (para los efectos del
artículo 180 de la LISR) por transacción con partes
relacionadas.
10230050000000
Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia, exista evidencia de que se intentó aplicar en primer
término el método de precio comparable no controlado (previsto
por el artículo 180, fracción I de la LISR) para cada una de sus
transacciones con partes relacionadas que validó en sus estudios
de precios de transferencia.
10230051000000
Observó alguna inconsistencia de índole formal, por parte del
contribuyente
en
las
respuestas
de
la
información
del
contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.
10230052000000
En caso afirmativo reveló alguna salvedad en el informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien, en su
dictamen.
E.
Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a los fondos de
inversión de capitales, de renta variable y en instrumentos de deuda, por el ejercicio fiscal del 2025.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Datos de identificación del contribuyente:
42A000000
RFC:
42A001000
Denominación o razón social:
590
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Domicilio fiscal:
42A002000
Entidad federativa:
42A003000
Alcaldía o municipio:
42A004000
Colonia o localidad:
42A005000
Código postal:
42A006000
Calle, número exterior e interior:
42A007000
Ciudad o población:
42A008000
Teléfono:
42A009000
Correo electrónico:
42A010000
Nombre del grupo económico al que pertenece:
42A011000
Clave de actividad para efectos fiscales:
Declaratoria del contribuyente:
Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las
operaciones reales que lleve a cabo durante el ejercicio, mismas que
están registradas contablemente y se encuentran amparadas con
documentación comprobatoria.
42A012000
Nombre del contribuyente:
Datos de identificación del contador público:
42B000000
RFC:
42B001000
Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)):
42B002000
CURP:
42B003000
Número de registro:
Domicilio fiscal:
42B004000
Entidad federativa:
42B005000
Alcaldía o municipio:
42B006000
Colonia o localidad:
42B007000
Código postal:
42B008000
Calle, número exterior e interior:
42B009000
Ciudad o población:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
591
42B010000
Teléfono del CPI o despacho:
42B011000
Correo electrónico:
42B012000
Correo electrónico del buzón tributario:
42B013000
Colegio al que pertenece:
42B014000
Nombre del despacho:
42B015000
RFC del despacho:
42B016000
Número de registro del despacho:
Declaratoria del contador público que dictaminó:
Declaro que la información que proporciona el contribuyente citado, consta
en libros, registros, documentos y declaraciones en poder del propio
contribuyente, mismos que examine, como lo manifiesto en el informe del
auditor independiente y en el informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente que adjunto.
42B017000
Nombre del contador público que dictaminó:
Datos de identificación del representante legal:
42C000000
RFC:
42C001000
Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)):
42C002000
Nacional:
42C003000
Extranjero:
42C004000
CURP:
Domicilio fiscal:
42C005000
Entidad federativa:
42C006000
Alcaldía o municipio:
42C007000
Colonia o localidad:
42C008000
Código postal:
42C009000
Calle, número exterior e interior:
42C010000
Ciudad o población:
42C011000
Teléfono:
42C012000
Correo electrónico:
592
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42C013000
Número de escritura:
42C014000
Número de notaria:
42C015000
Entidad en la que se ubica la notaria:
42C016000
Fecha del poder:
42C017000
Fecha de designación:
Declaratoria del representante legal:
Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las
operaciones reales que llevó a cabo mi representada durante el
ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran
amparadas con documentación comprobatoria.
42C018000
Nombre del representante legal:
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Datos generales:
42D000000
Autoridad competente.
42D001000
Sede a la que pertenece la ADAF.
42D002000
Administración.
42D003000
Obligado u optativo.
42D004000
Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables
(para los efectos del artículo 32-A CFF).
42D005000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para
los efectos del artículo 32-A CFF).
42D006000
Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores
(para los efectos del artículo 32-A CFF).
42D007000
En caso negativo en todas las preguntas de los índices 42D004000,
42D005000 y 42D006000 anteriores, mencione el motivo por el que
presenta el dictamen.
42D008000
Tipo de fondo.
42D009000
Forma parte de una asociación en participación.
42D010000
Forma parte de un fideicomiso.
En caso afirmativo al índice anterior, indique denominación o razón
social del fideicomiso:
42D011000
Denominación o razón social fideicomitente.
42D012000
Denominación o razón social fiduciario.
42D013000
Denominación o razón social fideicomisario (1).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
593
42D014000
Denominación o razón social fideicomisario (2).
42D015000
Denominación o razón social fideicomisario (3).
42D016000
Primer dictamen.
42D017000
Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía,
electricidad e infraestructura.
42D018000
Tipo de contribuyente especial.
42D019000
Empresa filial.
42D020000
Empresa subsidiaria.
42D021000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal.
42D022000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal.
42D023000
Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior.
42D024000
Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.
42D025000
Tipo de opinión.
Indique el RFC de la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que asesoro(aron)
fiscalmente al contribuyente, mediante una opinión por escrito:
42D026000
RFC 1:
42D027000
RFC 2:
42D028000
RFC 3:
42D029000
RFC 4:
42D030000
RFC 5:
Efectos fiscales
42D031000
Realizó operaciones con partes relacionadas.
42D032000
Si su respuesta fue afirmativa en el índice 42D031000
(debe llenar los anexos 12 y 13).
42D033000
Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales.
42D034000
Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras.
42D035000
Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura
jurídica extranjera.
42D036000
En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de
ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en
caso afirmativo debe llenar el anexo 18).
Otros aspectos
42D037000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF
como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
42D038000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
42D039000
Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya
afectado su situación fiscal durante el ejercicio.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
42D040000
Se trata de:
42D041000
Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o
consulta).
594
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D042000
Número de oficio 1.
42D043000
Fecha del oficio 1.
42D044000
Número de oficio 2.
42D045000
Fecha del oficio 2.
42D046000
Número de oficio 3.
42D047000
Fecha del oficio 3.
42D048000
Obtuvo
alguna
resolución
favorable
por
parte
de
autoridades
jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio
(incluye PTU).
En caso afirmativo al índice anterior, indique el número y fecha de la
resolución:
42D049000
Número de resolución 1.
42D050000
Fecha de la resolución 1.
42D051000
Número de resolución 2.
42D052000
Fecha de la resolución 2.
42D053000
Número de resolución 3.
42D054000
Fecha de la resolución 3.
42D055000
Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales.
En caso afirmativo al índice anterior, aclarar a través del anexo
denominado
información
adicional,
la
disposición
fiscal
controvertida, el medio de defensa interpuesto así como el estatus
del medio de defensa interpuesto al cierre del ejercicio.
42D056000
Fecha de envío de la declaración informativa múltiple (normal).
42D057000
Fecha
de
envío
de
la
declaración
informativa
múltiple
(última
complementaria).
42D058000
Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
Número de identificación otorgado por el SAT al esquema reportable.
42D059000
Número de identificación (campo 1).
42D060000
Número de identificación (campo 2).
42D061000
Número de identificación (campo 3).
42D062000
Número de identificación (campo 4).
42D063000
Número de identificación (campo 5).
42D064000
Fecha de presentación de la declaración informativa normal.
42D065000
Fecha
de
presentación
de
la
declaración
informativa
(última
complementaria).
Operaciones financieras, inversiones, financiamiento, moneda
extrajera y residentes al extranjero
42D066000
Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales
durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe
llenar el anexo 9).
42D067000
Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas
durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10).
42D068000
Llevó
a
cabo
operaciones
con
residentes
en
el
extranjero
(en caso afirmativo debe llenar el anexo 15).
42D069000
Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el
anexo 17).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
595
Diagnóstico fiscal del contribuyente
Generalidades fiscales
42D070000
Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio
fiscal auditado.
42D071000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de
denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes
(para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo
especifique el RFC y nombres anteriores.
42D072000
(especificar nombre anterior).
42D073000
(especificar nombre anterior).
42D074000
(especificar nombre anterior).
42D075000
(especificar nombre anterior).
42D076000
(especificar nombre anterior).
42D077000
Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado.
42D078000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de
cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del
RCFF).
42D079000
Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el
ejercicio fiscal auditado.
42D080000
En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de
actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos
del artículo 29, fracción VII RCFF).
42D081000
Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre
realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales,
puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en
general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño
de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del
RCFF).
42D082000
Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente
fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en
el artículo 26, fracción XI del CFF.
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, describa como dio
cumplimiento y con qué documentación lo acredita, a través del
anexo denominado información adicional del dictamen.
42D083000
Tiene accionistas residentes en el país.
42D084000
En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal
de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF).
42D085000
Indique si identifico proveedores o clientes con el listado definitivo emitido
por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio
fiscal revisado.
42D086000
Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se
les dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF.
42D087000
Tiene empleados.
En caso afirmativo a la pregunta del índice anterior indique:
42D088000
Número de trabajadores.
42D089000
Total del ISR retenido y enterado por salarios.
42D090000
Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios.
42D091000
Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el
ejercicio.
42D092000
Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados.
596
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D093000
Total de ingresos exentos por sueldos y salarios.
42D094000
Creo una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien
efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la
LISR y 65 del RLISR).
42D095000
En caso negativo a la pregunta del índice 42D087000 tiene algún contrato
de servicios especializados u obras especializadas (REPSE).
En caso de tener algún contrato de servicios especializados u obras
especializadas (REPSE), señale el RFC
y
nombre
de la(s)
sociedad(es) que le presta(n) los servicios especializados u obras
especializadas (REPSE).
42D096000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
42D097000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
42D098000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
42D099000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
42D100000
(especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras
especializadas REPSE).
42D101000
Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en
el ejercicio.
42D102000
Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como
parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades.
42D103000
Monto de IVA que originó dicha operación.
Contabilidad
42D104000
Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento
y con el artículo 32, fracción I de la LIVA.
42D105000
La documentación comprobatoria de los registros o asientos está
disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción
III del CFF).
Nota: en caso negativo al índice anterior, señale el domicilio en el
cual conserva la documentación comprobatoria de los registros o
asientos, a través del anexo denominado información adicional del
dictamen.
Para efectos del IVA indique lo siguiente:
42D106000
Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y
registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las
que efectúen por cuenta del comitente, (para los efectos de los artículos
32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA).
42D107000
Expidió y entrego comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos
32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA).
42D108000
Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se
efectúen en los casos previstos en el artículo 1o-A, de la LIVA (para los
efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
42D109000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la
información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los
efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas
aplicables de la RMF para 2025).
42D110000
Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la
información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del
Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores,
desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado
o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades
por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32,
fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para
2025).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
597
42D111000
Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los
que hace referencia el artículo 1o.-A, fracción IV de la LIVA.
Cuenta con los siguientes libros actualizados:
42D112000
Diario.
42D113000
Mayor.
42D114000
Actas de asamblea de socios o accionistas.
42D115000
Socios o accionistas.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
42D116000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado
la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del
impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al
que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR).
42D117000
El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado
una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo
69-B Bis del CFF).
42D118000
Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se
refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado
durante el ejercicio dictaminado.
42D119000
El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que
hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
42D120000
Reconoció o reporto dichos ingresos.
Nota. En caso negativo, señale el motivo a través del anexo
denominado información adicional del dictamen.
42D121000
El contribuyente cambió el modelo de negocios.
Dio cumplimiento a las siguientes obligaciones fiscales:
42D122000
Para el caso de las sociedades en instrumentos de deuda, señale si la
cartera de inversión está conformada a su vez por acciones de fondos de
inversión extranjeros.
42D123000
Si la respuesta es afirmativa, señale si hubo retención del ISR, por el pago
de intereses a personas físicas.
42D124000
Si la respuesta es negativa señale si les fue informado a las personas
físicas en la constancia, el monto de los intereses reales ganados durante
el ejercicio en que se mantuvo la inversión en dichos fondos.
42D125000
Para el caso de las sociedades en instrumentos de renta variable, señale
si la cartera de inversión está conformada a su vez por acciones de fondos
de inversión extranjeros.
42D126000
En caso afirmativo señale si las ganancias en enajenación de las acciones
de dicho fondo de inversión extranjero, las consideró gravadas para las
personas físicas.
42D127000
Señale si le fue informada en la constancia a las personas físicas la
ganancia que obtuvieron en el ejercicio en que mantuvo su inversión.
42D128000
Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no
negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de
transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo
76, fracción XI inciso a) de la LISR).
42D129000
Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos,
constancia en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se
indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico
(para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR).
42D130000
Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para
futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo,
en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de
los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
598
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D131000
Hasta el 31 de diciembre de 2014, ejerció la opción de acumulación
prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta 2013.
42D132000
En caso afirmativo, señale si durante el ejercicio dictaminado distribuyo
dividendos en favor de sus accionistas.
42D133000
Monto distribuido.
42D134000
Monto de los dividendos distribuidos provenientes de la cuenta de utilidad
fiscal neta.
42D135000
Monto considerado como ingreso acumulable para efectos del Impuesto
sobre la Renta, derivado de ganancias por enajenación de acciones,
intereses y ajuste anual por inflación, correspondientes a las inversiones
promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que ejerció la opción
de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa
fecha.
42D136000
Monto considerado como deducción autorizada para efectos del Impuesto
sobre la Renta, derivado de pérdidas por enajenación de acciones,
intereses y ajuste anual por inflación, correspondientes a las inversiones
promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que ejerció la opción
de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa
fecha.
42D137000
Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos
en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111
del RLISR).
(ISR) obtuvo ingresos por
42D138000
Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio.
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
42D139000
Nombre del comprador 1.
42D140000
Es parte relacionada.
42D141000
Nombre del comprador 2.
42D142000
Es parte relacionada.
42D143000
Nombre del comprador 3.
42D144000
Es parte relacionada.
42D145000
Nombre del comprador 4.
42D146000
Es parte relacionada.
42D147000
Nombre del comprador 5.
42D148000
Es parte relacionada.
42D149000
Total de ingresos por venta de intangibles.
42D150000
Total del monto original de la inversión ajustado.
42D151000
Efectuó retención.
42D152000
Monto del entero por la operación.
42D153000
Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas
fuera de mercados reconocidos.
Indique lo siguiente en calidad de emisora de las acciones:
42D154000
Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%.
42D155000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones.
42D156000
Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones.
42D157000
Monto del reembolso o reducción de capital efectuado.
42D158000
Impuesto sobre la Renta derivado del artículo 78, fracción I.
42D159000
Impuesto sobre la Renta derivado del artículo 78, fracción II.
42D160000
Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de
absorción de pérdidas financieras.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
599
Deducciones (ISR)
Reunió los siguientes requisitos fiscales para sus deducciones:
42D161000
En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios,
directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de
vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los
requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX
de la LISR).
42D162000
En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros
títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de
operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices
accionarios, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción
(para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las
reglas aplicables de la RMF para 2025).
42D163000
En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles,
cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los
efectos del artículo 28, fracción XIII de la LISR).
42D164000
Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20
de la LISR).
En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente:
42D165000
Se realizaron con fines de:
42D166000
En caso afirmativo acumuló ingresos provenientes de operaciones
financieras derivadas.
42D167000
Indique el monto de la acumulación correspondiente.
42D168000
Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas.
42D169000
En caso afirmativo indique el monto de la deducción correspondiente.
42D170000
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes
relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR.
42D171000
En caso afirmativo indique el monto correspondiente.
42D172000
En calidad de que participó en alguna fusión:
42D173000
Fecha en que surtió efectos la fusión.
En caso de ser fusionada, deberá anotar:
42D174000
Fusionante: RFC.
42D175000
Fusionante: denominación o razón social.
En caso de ser fusionante, deberá anotar:
42D176000
Fusionada 1: RFC.
42D177000
Fusionada 1: denominación o razón social.
42D178000
Fusionada 2: RFC.
42D179000
Fusionada 2: denominación o razón social.
42D180000
Fusionada 3: RFC.
42D181000
Fusionada 3: denominación o razón social.
42D182000
Fusionada 4: RFC.
42D183000
Fusionada 4: denominación o razón social.
42D184000
Fusionada 5: RFC.
42D185000
Fusionada 5: denominación o razón social.
600
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D186000
Fusionada 6: RFC.
42D187000
Fusionada 6: denominación o razón social.
42D188000
Fusionada 7: RFC.
42D189000
Fusionada 7: denominación o razón social.
42D190000
Fusionada 8: RFC.
42D191000
Fusionada 8: denominación o razón social.
42D192000
Fusionada 9: RFC.
42D193000
Fusionada 9: denominación o razón social.
42D194000
Fusionada 10: RFC.
42D195000
Fusionada 10: denominación o razón social.
Nota: en caso de haber sido fusionante, y el espacio anterior es
insuficiente, señale en el anexo denominado información adicional
del dictamen: el RFC, nombre de la entidad(es) fusionada(s), fecha en
que surtió efectos la fusión y el porcentaje de participación
accionaria.
42D196000
En calidad de que participó en alguna escisión:
42D197000
Fecha en que surtió efectos la escisión.
42D198000
Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA.
Parte del activo, pasivo y capital social correspondiente, aportado por la
escindente y recibido por:
42D199000
Escindida 1: RFC.
42D200000
Valor activo:
42D201000
Valor pasivo:
42D202000
Valor capital social:
42D203000
Escindida 2: RFC.
42D204000
Valor activo:
42D205000
Valor pasivo:
42D206000
Valor capital social:
42D207000
Escindida 3: RFC.
42D208000
Valor activo:
42D209000
Valor pasivo:
42D210000
Valor capital social:
42D211000
Escindida 4: RFC.
42D212000
Valor activo:
42D213000
Valor pasivo:
42D214000
Valor capital social:
42D215000
Escindida 5: RFC.
42D216000
Valor activo:
42D217000
Valor pasivo:
42D218000
Valor capital social:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
601
42D219000
Escindida 6: RFC.
42D220000
Valor activo:
42D221000
Valor pasivo:
42D222000
Valor capital social:
42D223000
Escindida 7: RFC.
42D224000
Valor activo:
42D225000
Valor pasivo:
42D226000
Valor capital social:
42D227000
Escindida 8: RFC.
42D228000
Valor activo:
42D229000
Valor pasivo:
42D230000
Valor capital social:
42D231000
Escindida 9: RFC.
42D232000
Valor activo:
42D233000
Valor pasivo:
42D234000
Valor capital social:
42D235000
Escindida 10: RFC.
42D236000
Valor activo:
42D237000
Valor pasivo:
42D238000
Valor capital social:
42D239000
Escindente: RFC.
42D240000
Valor activo:
42D241000
Valor pasivo:
42D242000
Valor capital social:
En caso de liquidación, señalar:
42D243000
Fecha de inicio de la liquidación.
Indique el nombre o denominación o razón social y RFC del
liquidador:
42D244000
(liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social).
42D245000
(liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social).
42D246000
(liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).
42D247000
Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o
construcción de inmuebles (fibras).
42D248000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos
previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR.
42D249000
Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de
inmuebles (fibra).
42D250000
En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos
previstos en los 187 y 188 de la LISR.
Acreditamientos
42D251000
Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en
el extranjero que acreditó.
602
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D252000
Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el
ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el
que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas
generales expedidas por el Servicio de Administración Tributaria.
42D253000
El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el
extranjero.
42D254000
Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para
acreditar el ISR pagado en el extranjero.
42D255000
Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades
recibidos de residentes en el extranjero.
42D256000
Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en
el extranjero.
42D257000
Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5o. de
la LISR.
42D258000
Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades
residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o
utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen
cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la
normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento.
42D259000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero
pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1).
42D260000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero
pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2).
42D261000
Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero
pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3).
42D262000
Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero
en el ejercicio.
42D263000
Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el
extranjero correspondiente a ejercicios anteriores.
Regímenes fiscales preferentes
42D264000
Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de
entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales
en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19).
42D265000
Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones
efectuadas.
42D266000
Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de
REFIPRES.
42D267000
Acreditó impuesto pagado en REFIPRES.
42D268000
Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero.
42D269000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente
de REFIPRES.
42D270000
Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido.
42D271000
Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
42D272000
Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES.
42D273000
Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes
en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR.
Retenciones y/o responsabilidad solidaria
42D274000
El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el
que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue
cubierto por el propio contribuyente.
42D275000
Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. Del Decreto publicado en el DOF el
26 de diciembre de 2013.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
603
42D276000
Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación.
En caso afirmativo:
42D277000
Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país
de que se trate, en términos del artículo 4o. de la LISR.
42D278000
Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención
preferencial.
Impuesto al Valor Agregado
Obligaciones (IVA)
Cumplió con las siguientes obligaciones:
42D279000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese
retenido conforme al artículo 1o.-A, se acreditó en la declaración de pago
mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero
de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA).
42D280000
Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese
retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera
enterado en los términos y plazos establecidos (para los efectos del
artículo 5o., fracción IV de la LIVA).
Acreditamiento (IVA)
Requisitos de acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado
42D281000
Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del
impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique
la tasa 0% y exentas.
42D282000
Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales
definitivos del Impuesto al Valor Agregado acredita impuesto al 100%.
42D283000
Diga si incluye en la determinación de la proporción de acreditamiento, los
ingresos por intereses cobrados provenientes de las operaciones
financieras derivadas.
42D284000
Realizó ajustes al valor del Impuesto Acreditable (para los efectos del
artículo 5o.-A de la LIVA).
42D285000
En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento
de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos
para
su
acreditamiento
(para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA).
Aplicación de estímulos fiscales
42D286000
Aplicó lo previsto en el artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26
de diciembre de 2013.
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
En materia de Impuesto sobre la Renta
42D287000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice
42140131000000 al 42140159000000 del anexo 14).
42D288000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato
anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de
ingresos obtenidos fuera de esta.
604
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D289000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la
región fronteriza norte”.
42D290000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
42D291000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
42D292000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo
para la región fronteriza norte”.
42D293000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto
de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
42D294000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó
de aplicar el estímulo fiscal de ISR.
42D295000
Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los
supuestos anteriores.
42D296000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja,
las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que
aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale
el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las
declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado:
42D297000
(1) Correspondiente al mes de:
42D298000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D299000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D300000
(2) Correspondiente al mes de:
42D301000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D302000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D303000
(3) Correspondiente al mes de:
42D304000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D305000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D306000
(4) Correspondiente al mes de:
42D307000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D308000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D309000
(5) Correspondiente al mes de:
42D310000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D311000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D312000
(6) Correspondiente al mes de:
42D313000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D314000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D315000
(7) Correspondiente al mes de:
42D316000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D317000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D318000
(8) Correspondiente al mes de:
42D319000
(8) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D320000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D321000
(9) Correspondiente al mes de:
42D322000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
605
42D323000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D324000
(10) Correspondiente al mes de:
42D325000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D326000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D327000
(11) Correspondiente al mes de:
42D328000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D329000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D330000
(12) correspondiente al mes de:
42D331000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D332000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D333000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal,
establecimiento u otro.
42D334000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u
otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses.
42D335000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado
dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
42D336000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de
diciembre de 2018.
42D337000
Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento
fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales,
incluyendo exenciones o subsidios.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo
siguiente:
42D338000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
42D339000
Monto del beneficio.
42D340000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los
efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
42D341000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
42D342000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de
colaboración al programa de verificación en tiempo real.
42D343000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
En materia de Impuesto al Valor Agregado
42D344000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF
el 31 de diciembre de 2018.
42D345000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en
materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo:
42D346000
(a) enajenación de bienes.
42D347000
(b) prestación de servicios independientes.
42D348000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
606
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D349000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF
el 31 de diciembre de 2018.
42D350000
Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA.
42D351000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF
el 31 de diciembre de 2018.
42D352000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a
efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o.,
fracción IV de la Ley del IVA.
42D353000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si
optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor
de la contraprestación efectivamente pagada.
En relación a la pregunta anterior, señale el mes al que corresponde,
la fecha de presentación del entero del IVA retenido y el monto
pagado.
42D354000
(1) Correspondiente al mes de:
42D355000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D356000
(1) Monto pagado.
42D357000
(2) Correspondiente al mes de:
42D358000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D359000
(2) Monto pagado.
42D360000
(3) Correspondiente al mes de:
42D361000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D362000
(3) Monto pagado.
42D363000
(4) Correspondiente al mes de:
42D364000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido
42D365000
(4) Monto pagado
42D366000
(5) Correspondiente al mes de:
42D367000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D368000
(5) Monto pagado.
42D369000
(6) Correspondiente al mes de:
42D370000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D371000
(6) Monto pagado.
42D372000
(7) Correspondiente al mes de:
42D373000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D374000
(7) Monto pagado.
42D375000
(8) Correspondiente al mes de:
42D376000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D377000
(8) Monto pagado.
42D378000
(9) Correspondiente al mes de:
42D379000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D380000
(9) Monto pagado.
42D381000
(10) Correspondiente al mes de:
42D382000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D383000
(10) Monto pagado.
42D384000
(11) Correspondiente al mes de:
42D385000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D386000
(11) Monto pagado.
42D387000
(12) Correspondiente al mes de:
42D388000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
607
42D389000
(12) Monto pagado.
42D390000
Cuál es su moneda funcional.
42D391000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
42D392000
Es importador de un sector en específico.
42D393000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
En materia de Impuesto sobre la Renta
42D394000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020
(en caso afirmativo debe llenar del índice 42140160000000 al
42140188000000 del anexo 14).
42D395000
Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato
anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos
obtenidos fuera de esta.
42D396000
Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la
región fronteriza sur”.
42D397000
Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
42D398000
Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR.
42D399000
Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo
para la región fronteriza sur”.
42D400000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto
de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
42D401000
En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó
de aplicar el estímulo fiscal de ISR.
42D402000
Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los
supuestos anteriores.
42D403000
Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja,
las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que
aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale
el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las
declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado:
42D404000
(1) Correspondiente al mes de:
42D405000
(1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D406000
(1) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D407000
(2) Correspondiente al mes de:
42D408000
(2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D409000
(2) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D410000
(3) Correspondiente al mes de:
42D411000
(3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D412000
(3) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D413000
(4) Correspondiente al mes de:
42D414000
(4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D415000
(4) Monto pagado en la declaración complementaria.
608
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D416000
(5) Correspondiente al mes de:
42D417000
(5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D418000
(5) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D419000
(6) Correspondiente al mes de:
42D420000
(6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D421000
(6) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D422000
(7) Correspondiente al mes de:
42D423000
(7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D424000
(7) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D425000
(8) Correspondiente al mes de:
42D426000
(8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D427000
(8) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D428000
(9) Correspondiente al mes de:
42D429000
(9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D430000
(9) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D431000
(10) Correspondiente al mes de:
42D432000
(10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D433000
(10) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D434000
(11) Correspondiente al mes de:
42D435000
(11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D436000
(11) Monto pagado en la declaración complementaria.
42D437000
(12) Correspondiente al mes de:
42D438000
(12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al
pago provisional en el que aplicó el estímulo.
42D439000
(12) Monto pagado en la declaración complementaria
42D440000
Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal,
establecimiento u otro.
42D441000
La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u
otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses.
42D442000
Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado
dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
42D443000
Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
42D444000
Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento
fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales,
incluyendo exenciones o subsidios.
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique
lo siguiente:
42D445000
Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó.
42D446000
Monto del beneficio.
42D447000
Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los
efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de
estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de
diciembre de 2020.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
609
42D448000
Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
42D449000
Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de
colaboración al programa de verificación en tiempo real.
42D450000
Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de
verificación en tiempo real.
En materia de Impuesto al Valor Agregado
42D451000
Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el
30 de diciembre de 2020.
42D452000
Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en
materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región
fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo:
42D453000
(a) enajenación de bienes.
42D454000
(b) prestación de servicios independientes.
42D455000
(c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
42D456000
Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el
30 de diciembre de 2020.
42D457000
Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA.
42D458000
Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del
Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el
30 de diciembre de 2020.
42D459000
Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a
efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o.,
fracción IV de la Ley del IVA.
42D460000
En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si
optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor
de la contraprestación efectivamente pagada.
En relación a la pregunta anterior, señale las fechas de presentación
del entero del IVA retenido y los montos pagados.
42D461000
(1) Correspondiente al mes de:
42D462000
(1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D463000
(1) Monto pagado.
42D464000
(2) Correspondiente al mes de:
42D465000
(2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D466000
(2) Monto pagado.
42D467000
(3) Correspondiente al mes de:
42D468000
(3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D469000
(3) Monto pagado.
42D470000
(4) Correspondiente al mes de:
42D471000
(4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D472000
(4) Monto pagado.
42D473000
(5) Correspondiente al mes de:
42D474000
(5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D475000
(5) Monto pagado.
42D476000
(6) Correspondiente al mes de:
42D477000
(6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
610
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42D478000
(6) Monto pagado.
42D479000
(7) Correspondiente al mes de:
42D480000
(7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D481000
(7) Monto pagado.
42D482000
(8) Correspondiente al mes de:
42D483000
(8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D484000
(8) Monto pagado.
42D485000
(9) Correspondiente al mes de:
42D486000
(9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D487000
(9) Monto pagado.
42D488000
(10) Correspondiente al mes de:
42D489000
(10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D490000
(10) Monto pagado.
42D491000
(11) Correspondiente al mes de:
42D492000
(11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D493000
(11) Monto pagado.
42D494000
(12) Correspondiente al mes de:
42D495000
(12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.
42D496000
(12) Monto pagado.
42D497000
Cuál es su moneda funcional.
42D498000
Se encuentra obligado a llevar control volumétrico.
42D499000
Es importador de un sector en específico.
42D500000
En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
1.- Estado de situación financiera
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de
2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
Activo
42010000000000
Efectivo y equivalentes de efectivo.
42010001000000
Cuentas de margen (instrumentos financieros derivados)
Inversiones en instrumentos financieros
42010002000000
Instrumentos financieros negociables.
42010003000000
Instrumentos financieros para cobrar o vender.
42010004000000
Instrumentos financieros para cobrar principal e interés (valores)
(neto).
42010005000000
Otras inversiones en instrumentos financieros.
42010006000000
Total de inversiones en instrumentos financieros.
42010007000000
Deudores por reporto (saldo deudor).
42010008000000
Préstamo de valores (premios a recibir).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
611
Instrumentos financieros derivados.
42010009000000
Con fines de negociación (saldo deudor).
42010010000000
Con fines de cobertura (saldo deudor).
42010011000000
Total de instrumentos financieros derivados.
42010012000000
Ajustes de valuación por cobertura de activos financieros.
42010013000000
Cuentas por cobrar (neto).
42010014000000
Impuesto al Valor Agregado no pagado.
42010015000000
Bienes adjudicados (neto).
42010016000000
Activos de larga duración mantenidos para la venta o para
distribuir a los propietarios.
42010017000000
Pagos anticipados y otros activos (neto).
42010018000000
Propiedades, mobiliario y equipo (neto).
42010019000000
Activos por derechos de uso de propiedades, mobiliario y equipo
(neto).
42010020000000
Inversiones permanentes en acciones de empresas promovidas.
42010021000000
Activo por impuestos a la utilidad diferidos (neto).
42010022000000
Activos intangibles (neto).
42010023000000
Activos por derechos de uso de activos intangibles (neto).
42010024000000
Crédito mercantil.
Impuestos diferidos (a favor)
42010025000000
ISR diferido.
42010026000000
PTU diferida.
42010027000000
Total de impuestos diferidos (a favor).
Otros activos
42010028000000
Cargos diferidos.
42010029000000
Pagos anticipados.
42010030000000
Intangibles.
42010031000000
Otros activos a corto y largo plazo.
42010032000000
Total de otros activos.
42010033000000
Total activo.
612
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Pasivo y capital
Pasivo
Préstamos bancarios y de otros organismos
42010034000000
De corto plazo.
42010035000000
De largo plazo.
42010036000000
Total de préstamos bancarios y de otros organismos.
42010037000000
Acreedores por reporto.
42010038000000
Préstamo de valores (premios a entregar).
Colaterales vendidos
o dados en garantía
42010039000000
Reportos (saldo acreedor).
42010040000000
Préstamo de valores.
42010041000000
Instrumentos financieros derivados.
42010042000000
Otros colaterales vendidos o dados en garantía.
42010043000000
Total de colaterales vendidos o dados en garantía.
Instrumentos financieros derivados (saldo acreedor)
42010044000000
Con fines de negociación (saldo acreedor).
42010045000000
Con fines de cobertura (saldo acreedor).
42010046000000
Total de derivados (saldo acreedor).
42010047000000
Ajustes de valuación por cobertura de pasivos financieros.
42010048000000
Pasivo por arrendamiento.
Otras cuentas por pagar
Contribuciones por pagar
42010049000000
Impuesto sobre la Renta.
42010050000000
Impuesto al Activo.
42010051000000
Impuesto al Valor Agregado.
42010052000000
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
42010053000000
Impuesto sobre Automóviles Nuevos.
42010054000000
Impuestos Locales.
42010055000000
Cuotas al seguro social.
42010056000000
Aportaciones al INFONAVIT.
42010057000000
Aportaciones al SAR.
42010058000000
Otros impuestos y contribuciones.
42010059000000
Total de contribuciones por pagar.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
613
42010060000000
Participación de los trabajadores en las utilidades por pagar.
42010061000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de
formalizar en asamblea de accionistas.
42010062000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de
formalizar por su órgano de gobierno (para el caso de fondos de
inversión).
42010063000000
Acreedores por liquidación de operaciones.
42010064000000
Acreedores por cuentas de margen.
42010065000000
Acreedores por colaterales recibidos en efectivo.
42010066000000
Acreedores diversos y otras cuentas por pagar.
42010067000000
Total de otras cuentas por pagar.
42010068000000
Impuesto al Valor Agregado no cobrado.
Impuestos diferidos (a cargo)
42010069000000
ISR diferido.
42010070000000
PTU diferida.
42010071000000
Total de impuestos diferidos (a cargo).
Pasivos relacionados con grupos de activos mantenidos para
la venta
Instrumentos financieros que califican como pasivo
42010072000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de
formalizar por su órgano de gobierno.
42010073000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de
formalizar por su asamblea de accionistas.
42010074000000
Otros.
42010075000000
Obligaciones asociadas con el retiro de componentes de
propiedades, mobiliario y equipo.
42010076000000
Pasivo por impuestos a la utilidad.
42010077000000
Pasivo por beneficios a los empleados.
42010078000000
Créditos diferidos y cobros anticipados.
42010079000000
Total pasivo.
614
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Capital contable
Capital contribuido
42010080000000
Capital social.
42010081000000
Capital social no exhibido.
42010082000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en
asamblea de accionistas.
42010083000000
Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su
órgano de gobierno (para el caso de fondos de inversión).
42010084000000
Prima en venta de acciones.
42010085000000
Instrumentos financieros que califican como capital.
42010086000000
Otras cuentas de capital contribuido.
42010087000000
Total capital contribuido.
Capital ganado
42010088000000
Reservas de capital.
42010089000000
Reserva por adquisición de acciones propias.
42010090000000
Resultados acumulados.
42010091000000
Otros resultados integrales.
42010092000000
Resultado de ejercicios anteriores.
42010093000000
Valuación de instrumentos financieros derivados de cobertura de
flujos de efectivo.
42010094000000
Resultado por valuación de inversiones permanentes en acciones
de empresas promovidas.
42010095000000
Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender.
42010096000000
Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su
disposición.
42010097000000
Remedición de beneficios definidos a los empleados.
42010098000000
Resultado por tenencia de activos no monetarios.
42010099000000
Participación en ORI de empresas promovidas.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
615
42010100000000
Otras cuentas de capital ganado.
42010101000000
Total participación controladora.
42010102000000
Total participación no controladora.
42010103000000
Utilidad neta.
42010104000000
Pérdida neta.
42010105000000
Total capital ganado.
42010106000000
Total capital contable.
42010107000000
Total pasivo y capital contable.
Cuentas de orden
42010108000000
Activos y pasivos contingentes.
42010109000000
Bienes en fideicomiso.
42010110000000
Bienes en custodia o en administración.
42010111000000
Capital social autorizado.
42010112000000
Acciones emitidas.
42010113000000
Colaterales recibidos por la entidad.
42010114000000
Colaterales recibidos y vendidos o entregados en garantía por la
entidad.
42010115000000
Colaterales recibidos y vendidos por la entidad.
42010116000000
Otras cuentas de registro.
42010117000000
Total cuentas de orden.
Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero.
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
2.- Estado de resultado integral
Por los ejercicios comprendidos del 01 de
enero al 31 de diciembre de 2025 y de
2024
Total 2025
Partes relacionadas
2025
(Cifras en pesos)
Nota:
Para el llenado de este anexo es necesario capturar primero la información del anexo 5.
Ingresos de la operación
42020000000000
Resultado por valuación de instrumentos
financieros a valor razonable.
616
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42020001000000
Resultado por compraventa.
42020002000000
Resultado por participación en acciones de
empresas promovidas (neto).
42020003000000
Ingresos por intereses.
42020004000000
Otros ingresos de la operación.
42020005000000
Total de ingresos de la operación.
Egresos de la operación
42020006000000
Servicios administrativos y de distribución
pagados a la sociedad operadora.
42020007000000
Servicios administrativos y de distribución
pagados a otras entidades.
42020008000000
Gastos por intereses.
42020009000000
Otros egresos de la operación.
42020010000000
Gastos de administración y promoción.
42020011000000
Total de egresos de la operación.
42020012000000
Utilidad antes de impuestos a la utilidad.
42020013000000
Pérdida antes de impuestos a la utilidad.
Menos:
42020014000000
ISR causado.
42020015000000
ISR diferido.
42020016000000
Utilidad
antes
de
operaciones
discontinuadas.
42020017000000
Pérdida
antes
de
operaciones
discontinuadas.
Más: menos.
42020018000000
Operaciones discontinuadas.
42020019000000
Utilidad neta.
42020020000000
Pérdida neta.
42020021000000
Otros resultados integrales.
42020022000000
Participación en otros resultados integrales
de otras entidades.
42020023000000
Resultado integral.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
617
Resultado neto atribuible a:
42020024000000
Participación controladora.
42020025000000
Participación no controladora.
Resultado integral atribuible a:
42020026000000
Participación controladora.
42020027000000
Participación no controladora.
42020028000000
Utilidad básica por acción ordinaria.
Las notas adjuntas son parte integrante de
este estado financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes no Relacionadas
2025
Total 2024
Partes Relacionadas 2024
Partes no Relacionadas
2024
Este anexo consta de 26 columnas y está dividido en seis partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
3.- Estado de cambios en el capital contable
Por los ejercicios terminados al 31 de
diciembre de 2025 y de 2024
Capital contribuido:
capital social
Capital
contribuido:
capital social
no exhibido
(Cifras en pesos)
42030000000000
(Saldos al 31 de diciembre de 2023).
42030001000000
Ajustes retrospectivos por cambios contables.
42030002000000
Ajustes
retrospectivos
por
correcciones
de
errores.
42030003000000
(Saldo al 31 de diciembre de 2023 ajustado).
Movimientos de propietarios
42030004000000
Aportaciones de capital.
42030005000000
Reembolsos de capital.
42030006000000
Decreto de dividendos.
42030007000000
Capitalización de otros conceptos del capital
contable.
42030008000000
Cambios en la participación controladora que no
implican pérdida de control.
42030009000000
Suscripción de acciones.
42030010000000
Capitalización de utilidades.
42030011000000
Constitución de reservas de capital.
618
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42030012000000
Traspaso del resultado neto a resultado de
ejercicios anteriores.
42030013000000
Pago de dividendos.
42030014000000
Otros.
42030015000000
Total.
Movimientos de reservas
42030016000000
Reservas de capital.
Resultado integral
42030017000000
Utilidad neta.
42030018000000
Pérdida neta.
Otros resultados integrales
42030019000000
Valuación de instrumentos financieros para cobrar
o vender.
42030020000000
Ingresos y gastos relacionados con activos
mantenidos para su disposición.
42030021000000
Remedición
de
beneficios
definidos
a
los
empleados.
42030022000000
Resultado por tenencia de activos no monetarios.
42030023000000
Participación en ORI de otras entidades.
42030024000000
Otros.
42030025000000
Total.
42030026000000
(Saldo al 31 de diciembre de 2024).
42030027000000
Ajustes retrospectivos por cambios contables.
42030028000000
Ajustes
retrospectivos
por
correcciones
de
errores.
42030029000000
(Saldo al 31 de diciembre de 2024 ajustado).
Movimientos de propietarios
42030030000000
Aportaciones de capital.
42030031000000
Reembolsos de capital.
42030032000000
Decreto de dividendos.
42030033000000
Capitalización de otros conceptos del capital
contable.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
619
42030034000000
Cambios en la participación controladora que no
implican pérdida de control.
42030035000000
Suscripción de acciones.
42030036000000
Capitalización de utilidades.
42030037000000
Constitución de reservas de capital.
42030038000000
Traspaso del resultado neto a resultado de
ejercicios anteriores.
42030039000000
Pago de dividendos.
42030040000000
Otros.
42030041000000
Total.
Movimientos de reservas
42030042000000
Reservas de capital.
Resultado integral
42030043000000
Utilidad neta.
42030044000000
Pérdida neta.
Otros resultados integrales
42030045000000
Valuación de instrumentos financieros para cobrar
o vender.
42030046000000
Ingresos y gastos relacionados con activos
mantenidos para su disposición.
42030047000000
Remedición
de
beneficios
definidos
a
los
empleados.
42030048000000
Resultado por tenencia de activos no monetarios.
42030049000000
Participación en ORI de otras entidades.
42030050000000
Otros.
42030051000000
Total.
42030052000000
(Saldo al 31 de diciembre del 2025).
Las notas adjuntas son parte integrante de este
estado financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Capital
contribuido:
aportaciones
para futuros
aumentos
de capital
formalizadas
en asamblea
de accionistas
Capital
contribuido:
aportaciones
para futuros
aumentos
de capital
formalizadas
por su órgano
de gobierno
(para el caso
de fondos de
inversión)
Capital
contribuido:
prima en venta
de acciones
Capital contribuido:
instrumentos
financieros que
califican como capital
Capital
contribuido:
otras
cuentas
de capital
contribuido
620
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte III
Datos a proporcionar
Capital
ganado:
reservas
de capital
Capital
ganado:
reserva por
adquisición
de acciones
propias
Capital ganado:
resultados
acumulados
Capital
ganado:
resultado de
ejercicios
anteriores
Capital
ganado:
valuación de
instrumentos
derivados
de cobertura
de flujo
de efectivo
Parte IV
Datos a proporcionar
Capital
ganado:
resultado por
valuación de
inversiones
permanentes
en acciones
de empresas
promovidas
Capital ganado:
valuación de instrumentos
financieros para
cobrar o vender
Capital ganado:
ingresos y gastos
relacionados con activos
mantenidos para su
disposición
Capital ganado:
remedición de beneficios
definidos a los empleados
Parte V
Datos a proporcionar
Capital ganado:
resultado por tenencia de
activos
no monetarios
Capital ganado:
participación en ORI
de otras entidades
Capital
ganado:
otras
cuentas
de capital
ganado
Capital
ganado:
utilidad
neta
Parte VI
Datos a proporcionar
Capital
ganado:
pérdida
neta
Total participación de la
controladora
Participación no
controladora
Total
capital
contable
Este anexo consta de 16 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
4.- Estado de valuación de cartera de inversión
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de
2025 y de 2024
Porcentaje
de
participación
Emisora
(Cifras en pesos)
Efectivo y equivalentes de efectivo
42040000000000
Efectivo y equivalentes de efectivo sin restricción.
42040001000000
Efectivo y equivalentes de efectivo restringidos o dados
en garantía.
42040002000000
Total de efectivo y equivalentes de efectivo.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
621
Instrumentos financieros negociables
Inversión en instrumentos financieros de capital
42040003000000
Acciones nacionales.
42040004000000
Acciones extranjeras.
42040005000000
Acciones de fondos de inversión.
42040006000000
Certificados de fideicomisos de inversión en bienes
raíces.
42040007000000
Títulos
fiduciarios
de
capital,
hipotecarios
y
de
desarrollo.
42040008000000
Títulos referenciados a activos.
42040009000000
Certificados de fondos de inversión cotizados.
42040010000000
Fondos de inversión en instrumentos de deuda.
42040011000000
Fondos de inversión en renta variable.
42040012000000
Fondos de inversión de capitales.
42040013000000
Fondos de inversión de objeto limitado.
42040014000000
Empresas industriales.
42040015000000
Empresas comerciales.
42040016000000
Empresas de servicios.
42040017000000
Empresas controladoras.
42040018000000
Instituciones de crédito.
42040019000000
Sociedades o fondos de inversión.
42040020000000
Grupos financieros.
42040021000000
Otros.
42040022000000
Total de inversión en instrumentos financieros de capital.
Inversión en instrumentos financieros de deuda
42040023000000
Valores gubernamentales.
42040024000000
Títulos bancarios.
42040025000000
Papel privado.
42040026000000
Otros.
42040027000000
Total de inversión en instrumentos financieros de deuda.
42040028000000
Total de instrumentos financieros negociables.
Instrumentos financieros para cobrar o vender
Inversión en instrumentos de patrimonio neto
42040029000000
Fondos de inversión en instrumentos de deuda.
42040030000000
Fondos de inversión en renta variable.
42040031000000
Fondos de inversión de capitales.
42040032000000
Fondos de inversión de objeto limitado.
42040033000000
Empresas industriales.
42040034000000
Empresas comerciales.
42040035000000
Empresas de servicios.
42040036000000
Empresas controladoras.
622
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42040037000000
Instituciones de crédito.
42040038000000
Grupos financieros.
42040039000000
Otros.
42040040000000
Total de inversión en instrumentos de patrimonio neto.
Inversión en instrumentos financieros de deuda
42040041000000
Valores gubernamentales.
42040042000000
Títulos bancarios.
42040043000000
Papel privado.
42040044000000
Otros.
42040045000000
Total de inversión en instrumentos financieros de deuda.
42040046000000
Total de instrumentos financieros para cobrar o vender.
Instrumentos financieros para cobrar principal e
interés
Inversión en instrumentos financieros de deuda
42040047000000
Valores gubernamentales.
42040048000000
Títulos bancarios.
42040049000000
Papel privado.
42040050000000
Otros.
42040051000000
Total de inversión en instrumentos financieros de deuda.
42040052000000
Total de instrumentos financieros para cobrar principal e
interés.
Reportos
42040053000000
Deudores por reportos.
Préstamos de valores
42040054000000
Valores objeto de la operación.
42040055000000
Premios devengados por operaciones de préstamo de
valores.
Operaciones con instrumentos financieros
derivados
42040056000000
Futuros.
42040057000000
Contratos adelantados.
42040058000000
Opciones.
42040059000000
Swaps.
42040060000000
Paquetes de instrumentos financieros derivados.
42040061000000
Otras.
42040062000000
Total
operaciones
con
instrumentos
financieros
derivados.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
623
Inversiones permanentes en acciones de empresas
promovidas
Inversiones en acciones de empresas promovidas
42040063000000
Empresas industriales.
42040064000000
Empresas comerciales.
42040065000000
Empresas de servicios.
42040066000000
Otros.
42040067000000
Total de inversiones en acciones de empresas
promovidas.
42040068000000
Total de inversiones permanentes en acciones de
empresas promovidas.
Inversiones permanentes en acciones
42040069000000
Fondos de inversión en instrumentos de deuda.
42040070000000
Fondos de inversión en renta variable.
42040071000000
Fondos de inversión de capitales.
42040072000000
Fondos de inversión de objeto limitado.
42040073000000
Empresas de servicios.
42040074000000
Otros.
42040075000000
Total de inversiones permanentes en acciones.
42040076000000
Total de valuación de cartera de inversión al 31 de
diciembre de 2024.
Efectivo y equivalentes de efectivo
42040077000000
Efectivo y equivalentes de efectivo sin restricción.
42040078000000
Efectivo y equivalentes de efectivo restringidos o dados
en garantía.
42040079000000
Total de efectivo y equivalentes de efectivo.
Instrumentos financieros negociables
Inversión en instrumentos financieros de capital
42040080000000
Acciones nacionales.
42040081000000
Acciones extranjeras.
42040082000000
Acciones de fondos de inversión.
42040083000000
Certificados de fideicomisos de inversión en bienes
raíces.
42040084000000
Títulos
fiduciarios
de
capital,
hipotecarios
y
de
desarrollo.
42040085000000
Títulos referenciados a activos.
42040086000000
Certificados de fondos de inversión cotizados.
42040087000000
Fondos de inversión en instrumentos de deuda.
624
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42040088000000
Fondos de inversión en renta variable.
42040089000000
Fondos de inversión de capitales.
42040090000000
Fondos de inversión de objeto limitado.
42040091000000
Empresas industriales.
42040092000000
Empresas comerciales.
42040093000000
Empresas de servicios.
42040094000000
Empresas controladoras.
42040095000000
Instituciones de crédito.
42040096000000
Sociedades o fondos de inversión.
42040097000000
Grupos financieros.
42040098000000
Otros.
42040099000000
Total de inversión en instrumentos financieros de capital.
Inversión en instrumentos financieros de deuda
42040100000000
Valores gubernamentales.
42040101000000
Títulos bancarios.
42040102000000
Papel privado.
42040103000000
Otros.
42040104000000
Total de inversión en instrumentos financieros de deuda.
42040105000000
Total de instrumentos financieros negociables.
Instrumentos financieros para cobrar o vender
Inversión en instrumentos de patrimonio neto
42040106000000
Fondos de inversión en instrumentos de deuda.
42040107000000
Fondos de inversión en renta variable.
42040108000000
Fondos de inversión de capitales.
42040109000000
Fondos de inversión de objeto limitado.
42040110000000
Empresas industriales.
42040111000000
Empresas comerciales.
42040112000000
Empresas de servicios.
42040113000000
Empresas controladoras.
42040114000000
Instituciones de crédito.
42040115000000
Grupos financieros.
42040116000000
Otros.
42040117000000
Total de inversión en instrumentos de patrimonio neto.
Inversión en instrumentos financieros de deuda
42040118000000
Valores gubernamentales.
42040119000000
Títulos bancarios.
42040120000000
Papel privado.
42040121000000
Otros.
42040122000000
Total de inversión en instrumentos financieros de deuda.
42040123000000
Total de instrumentos financieros para cobrar o vender.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
625
Instrumentos financieros para cobrar principal e
interés
Inversión en instrumentos financieros de deuda
42040124000000
Valores gubernamentales.
42040125000000
Títulos bancarios.
42040126000000
Papel privado.
42040127000000
Otros.
42040128000000
Total de inversión en instrumentos financieros de deuda.
42040129000000
Total de instrumentos financieros para cobrar principal e
interés.
Reportos
42040130000000
Deudores por reportos.
Préstamos de valores
42040131000000
Valores objeto de la operación.
42040132000000
Premios devengados por operaciones de préstamo de
valores.
Operaciones con instrumentos financieros
derivados
42040133000000
Futuros.
42040134000000
Contratos adelantados.
42040135000000
Opciones.
42040136000000
Swaps.
42040137000000
Paquetes de instrumentos financieros derivados.
42040138000000
Otras.
42040139000000
Total
operaciones
con
instrumentos
financieros
derivados.
Inversiones permanentes en acciones de empresas
promovidas
Inversiones en acciones de empresas promovidas
42040140000000
Empresas industriales.
42040141000000
Empresas comerciales.
42040142000000
Empresas de servicios.
42040143000000
Otros.
42040144000000
Total de inversiones en acciones de empresas
promovidas.
42040145000000
Total de inversiones permanentes en acciones de
empresas promovidas.
626
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Inversiones permanentes en acciones
42040146000000
Fondos de inversión en instrumentos de deuda.
42040147000000
Fondos de inversión en renta variable.
42040148000000
Fondos de inversión de capitales.
42040149000000
Fondos de inversión de objeto limitado.
42040150000000
Empresas de servicios.
42040151000000
Otros.
42040152000000
Total de inversiones permanentes en acciones.
42040153000000
Total de valuación de cartera de inversión al 31 de
diciembre de 2025.
Las notas adjuntas son parte integrante de este estado
financiero.
Parte II
Datos a proporcionar
Serie
Tipo de valor
Tasa al
valuar
Calificación o
bursatilidad
Cantidad de
títulos
operados
Cantidad de
títulos
liquidados
Parte III
Datos a proporcionar
Total de
títulos de
la emisión
Costo promedio
unitario de
adquisición
Costo total
de adquisición
Valor razonable
o contable
unitario
Valor
razonable o
contable
total
Días por
vencer
Concepto
4.1.- Notas a los estados financieros.
Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
5.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de
resultados
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de
2025 y de 2024
2025
2024
(Cifras en pesos)
Ingresos de la operación
Resultado por valuación de instrumentos financieros
a valor razonable
Resultado por valuación de instrumentos financieros
a valor razonable
42050000000000
Títulos para negociar.
42050001000000
Derivados con fines de negociación.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
627
42050002000000
Derivados con fines de cobertura.
42050003000000
Colaterales vendidos.
42050004000000
Otros.
42050005000000
Total de resultado por valuación de instrumentos
financieros a valor razonable.
42050006000000
Resultado por valuación de divisas.
42050007000000
Otros.
42050008000000
Total de resultado por valuación de instrumentos
financieros a valor razonable.
Resultado por compraventa
Resultado por compraventa de valores y derivados
42050009000000
Títulos para negociar.
42050010000000
Derivados con fines de negociación.
42050011000000
Derivados con fines de cobertura.
42050012000000
Otros.
42050013000000
Total de resultado por compraventa de valores y
derivados.
42050014000000
Resultado por compraventa de divisas.
42050015000000
Resultado por compraventa de colaterales recibidos.
42050016000000
Otros.
42050017000000
Total de resultado por compraventa.
42050018000000
Resultado por participación en acciones de empresas
promovidas.
Ingresos por intereses
Intereses de disponibilidades
42050019000000
Bancos.
42050020000000
Disponibilidades restringidas o dadas en garantía.
42050021000000
Otros.
42050022000000
Total de intereses de disponibilidades.
Intereses y rendimientos a favor provenientes de
cuentas de margen
42050023000000
Efectivo.
42050024000000
Valores.
42050025000000
Otros activos.
42050026000000
Total de intereses y rendimientos a favor provenientes de
cuentas de margen.
628
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Intereses y rendimientos a favor provenientes de
inversiones en valores
42050027000000
Títulos para negociar.
42050028000000
Otros.
42050029000000
Total de intereses y rendimientos a favor provenientes de
inversiones en valores.
42050030000000
Premios e intereses a favor en operaciones de reporto.
42050031000000
Premios e intereses a favor en préstamo de valores.
42050032000000
Ingresos provenientes de operaciones de cobertura.
42050033000000
Dividendos de instrumentos de patrimonio neto.
Utilidad por valorización
42050034000000
Utilidad en cambios por valorización.
42050035000000
Valorización de instrumentos indizados.
42050036000000
Valorización de partidas en udis.
42050037000000
Otros.
42050038000000
Total de utilidad por valorización.
42050039000000
Total de ingresos por intereses.
Otros ingresos de la operación
Recuperaciones
42050040000000
Impuestos.
42050041000000
Otras recuperaciones.
42050042000000
Total de recuperaciones.
42050043000000
Utilidad por adjudicación de bienes.
42050044000000
Utilidad en venta de bienes adjudicados.
42050045000000
Utilidad por valuación de bienes adjudicados.
Efecto por reversión del deterioro
42050046000000
De bienes inmuebles.
42050047000000
De crédito mercantil.
42050048000000
De otros activos.
42050049000000
Total de efecto por reversión del deterioro.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
629
42050050000000
Utilidad en venta de propiedades, mobiliario y equipo.
42050051000000
Cancelación de la estimación por irrecuperabilidad o difícil
cobro.
42050052000000
Cancelación de otras cuentas de pasivo.
42050053000000
Otras partidas de los ingresos de la operación.
42050054000000
Total de otros ingresos de la operación.
42050055000000
Total de ingresos de la operación.
Egresos de la operación
Servicios administrativos y de distribución pagados a
la sociedad operadora
42050056000000
Administración de activos.
42050057000000
Administración de activos sobre desempeño.
42050058000000
Distribución.
42050059000000
Valuación.
42050060000000
Depósito de acciones de la sociedad de inversión o fondo
de inversión.
42050061000000
Depósito de valores de la sociedad de inversión o del
fondo de inversión.
42050062000000
Depósito de valores.
42050063000000
Custodia de acciones de la sociedad de inversión o del
fondo de inversión.
42050064000000
Custodia de valores de la sociedad de inversión o del
fondo de inversión.
42050065000000
Custodia de valores.
42050066000000
Contabilidad.
42050067000000
Administración de la sociedad o del fondo.
42050068000000
Sistemas.
42050069000000
Administración de riesgos.
42050070000000
Otros.
42050071000000
Total de servicios administrativos y de distribución
pagados a la sociedad operadora.
Servicios administrativos y de distribución pagados a
otras entidades
42050072000000
Distribución.
42050073000000
Valuación.
42050074000000
Calificación.
42050075000000
Proveeduría de precios.
42050076000000
Depósito de acciones de la sociedad de inversión o del
fondo de inversión.
42050077000000
Depósito de valores de la sociedad de inversión o del
fondo de inversión.
42050078000000
Depósito de valores.
42050079000000
Custodia de acciones de la sociedad de inversión o del
fondo de inversión.
42050080000000
Custodia de valores de la sociedad de inversión o del
fondo de inversión.
630
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42050081000000
Custodia de valores.
42050082000000
Contabilidad.
42050083000000
Administración de la sociedad o del fondo.
42050084000000
Sistemas.
42050085000000
Administración de riesgos.
42050086000000
Otros.
42050087000000
Total de servicios administrativos y de distribución
pagados a otras entidades.
Gastos por intereses
42050088000000
Premios e intereses a cargo en operaciones de reporto.
42050089000000
Premios e intereses a cargo en préstamo de valores.
42050090000000
Gastos provenientes de operaciones de cobertura.
42050091000000
Comisiones pagadas.
Pérdida por valorización
42050092000000
Pérdida en cambios por valorización.
42050093000000
Valorización de instrumentos indizados.
42050094000000
Valorización de partidas en udis.
42050095000000
Otros.
42050096000000
Total de pérdida por valorización.
42050097000000
Total de gastos por intereses.
Otros egresos de la operación
Costos de transacción
42050098000000
Por compra venta de títulos para negociar.
42050099000000
Por compraventa de derivados.
42050100000000
Total de costos de transacción.
42050101000000
Afectaciones a la estimación por irrecuperabilidad o difícil
cobro.
Quebrantos
42050102000000
Fraudes.
42050103000000
Siniestros.
42050104000000
Otros quebrantos.
42050105000000
Total de quebrantos.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
631
42050106000000
Intereses a cargo en financiamiento para adquisición de
activos.
42050107000000
Pérdida por adjudicación de bienes.
42050108000000
Pérdida en venta de bienes adjudicados.
42050109000000
Pérdida por valuación de bienes adjudicados.
Pérdida por deterioro
42050110000000
De propiedades, mobiliario y equipo.
42050111000000
De crédito mercantil.
42050112000000
De otras inversiones permanentes valuadas a costo.
42050113000000
De otros activos.
42050114000000
Total de pérdida por deterioro.
42050115000000
Pérdida en venta de propiedades, mobiliario y equipo.
42050116000000
Otras partidas de los egresos de la operación.
42050117000000
Total de otros egresos de la operación.
Gastos de administración y promoción
42050118000000
Remuneraciones y prestaciones a consejeros.
42050119000000
Sueldos, salarios y prestaciones a trabajadores con
discapacidad y/o adultos mayores.
42050120000000
Honorarios.
42050121000000
Rentas.
42050122000000
Gastos de promoción y publicidad.
42050123000000
Impuestos y derechos diversos.
42050124000000
Gastos no deducibles.
42050125000000
Gastos en tecnología.
42050126000000
Depreciaciones.
42050127000000
Uso o goce temporal de automóviles con propulsión de
baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos
con motor de combustión interna o accionado por
hidrogeno.
42050128000000
Monto deducible de los pagos efectuados por el uso o
goce temporal de automóviles.
42050129000000
Amortizaciones.
42050130000000
Correos y teléfonos.
42050131000000
Mantenimiento y conservación.
42050132000000
Fletes y acarreos pagados a personas físicas.
42050133000000
Fletes y acarreos pagados a personas morales.
42050134000000
Pérdida por créditos incobrables.
42050135000000
Consumo en restaurantes.
42050136000000
Pérdida por operaciones financieras derivadas.
42050137000000
Deducción por concepto de ayuda alimentaria para los
trabajadores.
632
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42050138000000
Otros gastos de administración.
42050139000000
Total de gastos de administración y promoción.
42050140000000
Total de egresos de la operación.
Parte II
Datos a proporcionar
Partes relacionadas 2025
Partes no relacionadas
2025
Partes relacionadas 2024
Partes no relacionadas
2024
Parte III
Datos a proporcionar
Acumulable o
deducible para ISR:
2025
Acumulable o
deducible para ISR:
2024
No acumulables o no
afectos al
ISR (ingresos) no
deducibles (gastos)
para ISR:
2025
No acumulables o no
afectos al
ISR (ingresos) no
deducibles (gastos)
para ISR:
2024
Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente
como sujeto directo o en su carácter de retenedor
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Base
gravable
Tasa,
tarifa o
cuota
(Cifras en pesos)
Contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto
directo
Impuesto sobre la Renta (ISR)
42060000000000
Impuesto sobre la Renta.
42060001000000
Otras reducciones del ISR.
42060002000000
ISR causado en el ejercicio.
42060003000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por
proyectos en investigación y desarrollo tecnológico autorizado
en ejercicios anteriores.
42060004000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por
proyectos de inversión en la producción cinematográfica
nacional de ejercicios anteriores.
42060005000000
Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal a
proyectos de inversión en las artes de ejercicios anteriores.
42060006000000
Estímulo por proyectos de inversión en la producción
cinematográfica nacional.
42060007000000
Estímulo a proyectos de inversión en las artes.
42060008000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2025.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
633
42060009000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2024.
42060010000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2023.
42060011000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2022.
42060012000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2021.
42060013000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2020.
42060014000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2019.
42060015000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2018.
42060016000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2017.
42060017000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2016.
42060018000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2015.
42060019000000
Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2014.
42060020000000
Monto pendiente de aplicar por "proyectos en investigación y
desarrollo tecnológico".
42060021000000
Estímulo por la inversión en proyectos y programas para el
deporte de alto rendimiento.
42060022000000
Monto pendiente de aplicar por la inversión en proyectos y
programas para el deporte de alto rendimiento.
42060023000000
Ingresos obtenidos por apoyos gubernamentales.
42060024000000
Monto pendiente de aplicar del estímulo por la inversión en
equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos.
42060025000000
Monto del estímulo fiscal por biodiesel y sus mezclas.
42060026000000
Otros estímulos.
42060027000000
Total de estímulos.
42060028000000
Pagos provisionales efectuados enterados a la federación.
42060029000000
ISR retenido al contribuyente.
42060030000000
ISR acreditable pagado en el extranjero.
42060031000000
ISR acreditable por dividendos o utilidades distribuidos.
42060032000000
Otras cantidades a cargo.
42060033000000
Otras cantidades a favor.
42060034000000
Diferencia a cargo.
42060035000000
Diferencia a favor.
42060036000000
Impuesto sobre la Renta a cargo del ejercicio.
42060037000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta
señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza
norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018,
aplicado en el ejercicio 2025.
42060038000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta
señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza
sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado
en el ejercicio 2025.
42060039000000
Impuesto sobre la Renta pagado en declaraciones anual,
normal y complementarias.
634
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42060040000000
Diferencia a cargo del ejercicio.
42060041000000
ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU.
42060042000000
Saldo a favor del ejercicio.
Otros datos
42060043000000
Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes
fiscales preferentes.
42060044000000
Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos no
provenientes de CUFIN ni de CUFINRE.
42060045000000
Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos
provenientes de CUFINRE.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
42060046000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%.
42060047000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 0%.
42060048000000
Suma del valor de los actos o actividades gravados.
42060049000000
Valor de los actos o actividades por los que no se está obligado
al pago (exentos).
42060050000000
Total del valor de los actos o actividades.
42060051000000
Valor de los actos o actividades no objeto.
42060052000000
Suma del IVA causado de los meses del ejercicio.
42060053000000
Suma del IVA acreditable de los meses del ejercicio sin incluir
saldos a favor.
42060054000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado
señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza
norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018,
aplicado en el ejercicio 2025.
42060055000000
Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado
señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza
sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado
en el ejercicio 2025.
42060056000000
Suma de compensaciones aplicadas al IVA de otras
contribuciones federales en los meses del ejercicio.
42060057000000
Suma de acreditamientos de saldos a favor de IVA.
42060058000000
Suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio.
42060059000000
Acreditamiento del IVA por las inversiones o gastos en
periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5o.,
fracción VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA).
42060060000000
Incremento del IVA por las inversiones o gastos en periodos
preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI
y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA).
42060061000000
Reintegro del IVA por las inversiones o gastos en periodos
preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI
y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA).
42060062000000
Monto de los servicios de tecnologías de la información
prestados en el extranjero considerados como exportados y
sujetos
a
la
tasa
del
0%
del
IVA
(para los efectos del artículo 29, fracción IV, inciso i) de la
LIVA).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
635
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
42060063000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30 %
(juegos con apuestas y sorteos).
42060064000000
Suma del IEPS causado de los meses del ejercicio
42060065000000
Suma de compensaciones aplicadas al IEPS de otras
contribuciones federales en los meses del ejercicio.
42060066000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del
apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025.
42060067000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del
apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025.
Impuestos al Comercio Exterior
42060068000000
Impuesto general de importación.
42060069000000
Impuesto general de exportación.
42060070000000
Total de impuestos al comercio exterior.
Aportaciones de seguridad social
42060071000000
Cuotas obrero patronales al IMSS.
42060072000000
Aportaciones al INFONAVIT.
42060073000000
Aportaciones al seguro de retiro.
Derechos por los servicios que presta
42060074000000
Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
42060075000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin permiso
para realizar actividades remuneradas (para los efectos del
artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos).
42060076000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios migratorios
(para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de
Derechos).
42060077000000
Otros especificar concepto.
Contribuciones de las que es retenedor:
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Por pagos a residentes en el país
42060078000000
Por salarios.
42060079000000
Honorarios al 35% art. 96 de la LISR.
42060080000000
Premios.
42060081000000
Honorarios al 10%.
42060082000000
Arrendamiento al 10%.
42060083000000
Enajenación de otros bienes al 20%.
42060084000000
Intereses al 0.08%, sobre el monto del capital.
42060085000000
Intereses al 20%.
636
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42060086000000
Comisiones.
42060087000000
Intereses y ganancia cambiaria al 35%.
42060088000000
Por dividendos al 10%.
42060089000000
Otros.
42060090000000
Total de ISR retenido a residentes en el país.
Por pagos a residentes en el extranjero
42060091000000
Salarios al 15%.
42060092000000
Salarios al 30%.
42060093000000
Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 15%.
42060094000000
Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 30%.
42060095000000
Honorarios al 25%.
42060096000000
Regalías al 5%.
42060097000000
Regalías al 10%.
42060098000000
Regalías al 25%.
42060099000000
Regalías al 35%.
42060100000000
Asistencia técnica.
42060101000000
Mediaciones.
42060102000000
Arrendamiento de inmuebles.
42060103000000
Arrendamiento de muebles al 5%.
42060104000000
Arrendamiento de muebles al 25%.
42060105000000
Intercambio de deuda pública por capital.
42060106000000
Arrendamiento financiero.
42060107000000
Premios.
42060108000000
Servicio turístico de tiempo compartido.
42060109000000
Intereses al 4.9%.
42060110000000
Intereses al 10%.
42060111000000
Intereses al 15%.
42060112000000
Intereses al 21%.
42060113000000
Intereses al 35%.
42060114000000
Enajenación de inmuebles.
42060115000000
Enajenación de acciones.
42060116000000
Operaciones financieras derivadas de capital.
42060117000000
Operaciones financieras derivadas de deuda.
42060118000000
Construcción de obra, instalación, mantenimiento o montaje en
bienes inmuebles.
42060119000000
Contrato de fletamento.
42060120000000
Espectáculos públicos, artísticos y deportivos.
42060121000000
Por dividendos al 10%.
42060122000000
Otros.
42060123000000
Total de ISR retenido a residentes en el extranjero.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
42060124000000
Servicios personales independientes prestados por personas
físicas.
42060125000000
Uso o goce temporal de bienes prestados u otorgados por
personas físicas.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
637
42060126000000
Servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por
personas físicas o morales.
42060127000000
Servicios prestados por comisionistas personas físicas.
42060128000000
Adquisición, o uso o goce temporal de bienes tangibles, que
enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin
establecimiento permanente en el país.
42060129000000
Otros.
42060130000000
Total de IVA retenido.
Otras contribuciones retenidas
42060131000000
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido.
42060132000000
Otros.
Compensaciones efectuadas y
devoluciones obtenidas
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de saldos
a favor provenientes de:
A valor histórico de:
42060133000000
Impuesto al Valor Agregado.
42060134000000
Impuesto sobre la Renta.
42060135000000
Otras contribuciones federales.
A valor actualizado de:
42060136000000
Impuesto al Valor Agregado.
42060137000000
Impuesto sobre la Renta.
42060138000000
Otras contribuciones federales.
Compensaciones efectuadas durante el ejercicio aplicadas
a:
42060139000000
Impuesto al Valor Agregado propio proveniente de Impuesto al
Valor Agregado propio.
42060140000000
Impuesto sobre la Renta propio proveniente de Impuesto sobre
la Renta propio.
42060141000000
Otras contribuciones federales.
Devoluciones obtenidas en el ejercicio
42060142000000
Otras contribuciones federales.
De:
42060143000000
Impuesto al Valor Agregado.
42060144000000
Impuesto sobre la Renta.
42060145000000
Otras contribuciones federales.
Parte II
Datos a proporcionar
Contribución determinada
por auditoría a cargo o a
favor
Contribución a cargo o
saldo a favor
determinado por el
contribuyente
Diferencias
Diferencias no materiales
no investigadas por
auditoría
Concepto
6.1.- Declaratoria.
638
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
7.- Relación de contribuciones por
pagar
Al 31 de diciembre de 2025
Importe
correspondiente
al ejercicio fiscal
dictaminado
Importe
proveniente de
ejercicios
anteriores
(Cifras en pesos)
Impuesto sobre la Renta causado
como sujeto directo
42070000000000
Determinado por el contribuyente (del
ejercicio).
42070001000000
Diferencia
determinada
por
el
contribuyente (del ejercicio dictaminado).
Pagos provisionales y/o definitivos
determinados por el contribuyente por
concepto de:
Impuesto sobre la Renta pagos
provisionales propios
42070002000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por salarios y
en general por la prestación de un
servicio personal subordinado en su
carácter de retenedor
42070003000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
honorarios en su carácter de
retenedor
42070004000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
arrendamientos en su carácter de
retenedor
42070005000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta por pago de
intereses
en su carácter de retenedor
42070006000000
Correspondiente al mes de:
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
639
Impuesto sobre la Renta (otras
retenciones a
residentes en México) en su carácter
de retenedor
42070007000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta sobre
dividendos como sujeto directo
42070008000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta regímenes
fiscales preferentes como sujeto
directo
42070009000000
Correspondiente al ejercicio de:
Impuesto sobre la Renta por pagos al
extranjero en su carácter de retenedor
42070010000000
Correspondiente al mes de:
Información determinada por el
contribuyente:
Impuesto al Activo como sujeto
directo
42070011000000
Correspondiente
al
ejercicio
de:
(especifique el ejercicio).
Impuesto al Valor Agregado causado
como sujeto directo
42070012000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto al Valor Agregado en su
carácter de retenedor
42070013000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios
causado como sujeto directo
42070014000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios
en su carácter de retenedor
42070015000000
Correspondiente al mes de:
640
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Impuesto sobre Automóviles Nuevos
42070016000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto Mexicano del
Seguro Social
42070017000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores
42070018000000
Correspondiente al bimestre de:
Aportaciones al seguro de retiro
42070019000000
Correspondiente al bimestre de:
Impuestos Locales
42070020000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Sobre Nóminas
42070021000000
Correspondiente al mes de:
Derechos por los servicios que presta
42070022000000
La Comisión Nacional Bancaria y de
Valores (CNBV), correspondiente al mes
de:
42070023000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).-
visitante
sin
permiso
para
realizar
actividades
remuneradas
(para
los
efectos del artículo 8, fracción I de la Ley
Federal de Derechos).
42070024000000
El Instituto Nacional de Migración (INM).-
servicios migratorios (para los efectos del
artículo 12 de la Ley Federal de
Derechos).
42070025000000
Otros especificar concepto y periodo al
que corresponde:
Otras contribuciones
42070026000000
Especificar concepto y periodo al que
corresponde:
Diferencias no consideradas por el
contribuyente en el ejercicio fiscal
dictaminado:
42070027000000
Diferencia determinada por dictamen no
considerada por el contribuyente (del
ejercicio dictaminado).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
641
Impuesto sobre la Renta pagos
provisionales
42070028000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta retenciones a
residentes en México
42070029000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta retenciones a
residentes en el extranjero
42070030000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta sobre
dividendos
42070031000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre la Renta regímenes
fiscales preferentes como sujeto
directo
42070032000000
Correspondiente al ejercicio.
Impuesto al Valor Agregado como
sujeto directo
42070033000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto al Valor Agregado en su
carácter de retenedor
42070034000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios como sujeto directo
42070035000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios
en su carácter de retenedor
42070036000000
Correspondiente al mes de:
Impuesto sobre Automóviles Nuevos
42070037000000
Correspondiente al mes de:
Aportaciones al Instituto Mexicano del
Seguro Social
42070038000000
Correspondiente al mes de:
642
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Aportaciones al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores
42070039000000
Correspondiente al bimestre de:
Aportaciones al seguro de retiro
42070040000000
Correspondiente al bimestre de:
Impuestos Locales
42070041000000
Correspondiente al mes de:
Derechos
42070042000000
Correspondiente al derecho.
Otras contribuciones
42070043000000
Especificar concepto y periodo al que
corresponde:
42070044000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Total de
contribuciones
por pagar
Importe de la
contribución
en litigio
Fecha de
pago
Institución de
crédito o
SAT
Número
de la
operación
Parte III
Datos a proporcionar
Pago en
parcialidades
(datos del escrito
libre):
número
de folio
Pago en
parcialidades
(datos del escrito
libre):
fecha de
presentación
Pago en parcialidades
(datos del escrito
libre):
administración
receptora
Oficio de autorización
de
pago en parcialidades:
número
Oficio de
autorización de
pago en
parcialidades:
fecha
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
8.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para
efectos del Impuesto sobre la Renta
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2025
2024
(Cifras en pesos)
42080000000000
Utilidad neta.
42080001000000
Pérdida neta.
Más-menos:
42080002000000
Efecto de la inflación de la NIF B-10.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
643
42080003000000
Resultado por posición monetaria favorable.
42080004000000
Resultado por posición monetaria desfavorable.
42080005000000
Utilidad neta histórica.
42080006000000
Pérdida neta histórica.
Más:
42080007000000
Ingresos fiscales no contables.
Más:
42080008000000
Deducciones contables no fiscales.
Menos:
42080009000000
Deducciones fiscales no contables.
Menos:
42080010000000
Ingresos contables no fiscales.
42080011000000
Pérdida fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones.
42080012000000
Utilidad fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones.
42080013000000
Pérdida en enajenación de acciones.
42080014000000
Pérdida fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio.
42080015000000
Utilidad fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio.
Más o menos:
42080016000000
PTU pagada en el ejercicio.
42080017000000
Pérdida fiscal del ejercicio.
42080018000000
Utilidad fiscal del ejercicio.
42080019000000
Deducción adicional del fomento al primer empleo en el ejercicio
(para los efectos del artículo noveno fracción XXXVII de las
disposiciones transitorias de la LISR para 2014).
42080020000000
Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores.
42080021000000
Resultado fiscal.
Ingresos fiscales no contables
42080022000000
Ajuste anual por inflación acumulable.
42080023000000
Utilidad fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles.
42080024000000
Utilidad fiscal por reembolso de capital.
42080025000000
Utilidad fiscal en enajenación de activo fijo.
42080026000000
Utilidad fiscal en fideicomisos.
42080027000000
Ajuste de precios de transferencia.
42080028000000
Resultado por liquidación de operaciones derivadas en efectivo.
42080029000000
Resultado por liquidación de operaciones derivadas en especie.
42080030000000
Resultado por compraventa de divisas.
42080031000000
Otros ingresos fiscales no contables.
42080032000000
Total de ingresos fiscales no contables.
644
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Deducciones contables no fiscales
42080033000000
Impuesto sobre la Renta.
42080034000000
Cuentas incobrables.
42080035000000
Depreciaciones.
42080036000000
Amortizaciones.
42080037000000
Pérdida contable en enajenación de acciones y/o intangibles.
42080038000000
Pérdida contable en enajenación de valores.
42080039000000
Pérdida contable en venta de activo fijo.
42080040000000
Intereses de personas físicas no pagados al cierre del ejercicio.
42080041000000
Estimación no deducible por baja de valores.
42080042000000
Pérdida contable en fideicomisos.
42080043000000
Pérdida contable en asociación en participación.
42080044000000
Conceptos no deducibles para ISR.
42080045000000
Otros conceptos no deducibles para ISR.
42080046000000
Proporción de pagos que sean ingresos exentos para el
trabajador.
42080047000000
Operaciones con partes relacionadas no deducibles.
42080048000000
Otras deducciones no contables fiscales.
42080049000000
Total de deducciones contables no fiscales.
Las partidas no deducibles se contabilizan en:
42080050000000
Otros gastos.
42080051000000
Gastos por intereses.
La depreciación contable se integra por:
42080052000000
Depreciaciones y amortizaciones.
Deducciones fiscales no contables
42080053000000
Ajuste anual por inflación deducible.
42080054000000
Pérdida fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles.
42080055000000
Depreciación fiscal.
42080056000000
Estímulo fiscal por deducción inmediata de inversiones.
42080057000000
Amortización fiscal.
42080058000000
Cargos a provisiones.
42080059000000
Cargos a estimaciones.
42080060000000
Honorarios y rentas de personas físicas que no afectaron el
resultado del ejercicio anterior pagados en este.
42080061000000
Pérdida fiscal en fideicomisos.
42080062000000
Deducción adicional por donación de bienes básicos para la
subsistencia humana (para los efectos del artículo 1.3. Del
Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de
diciembre de 2013).
42080063000000
Deducción del monto adicional del 25% del salario (para los
efectos del artículo 1.5. Del Decreto publicado en el DOF el 26
de diciembre de 2013 y artículo 186 de la LISR).
42080064000000
Estímulo fiscal por contratar personas con discapacidad y/o
adultos mayores.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
645
42080065000000
Deducción del Impuesto sobre la Renta retenido a personas con
discapacidad y/o adultos mayores.
42080066000000
Ajuste de precios de transferencia.
42080067000000
Intereses netos de ejercicios anteriores.
42080068000000
Intereses netos del ejercicio.
42080069000000
Otras deducciones fiscales no contables.
42080070000000
Total de deducciones fiscales no contables.
Ingresos contables no fiscales
42080071000000
Dividendos cobrados en efectivo.
42080072000000
Utilidad contable en enajenación de acciones y/o intangibles.
42080073000000
Utilidad contable en enajenación de activo fijo.
42080074000000
Cancelación de estimaciones.
42080075000000
Cancelación de provisiones.
42080076000000
Utilidad contable en fideicomisos.
42080077000000
Utilidad contable en asociación en participación.
42080078000000
Saldos a favor de impuestos y su actualización.
42080079000000
Recuperación de cartera de crédito.
42080080000000
Otros ingresos contables no fiscales.
42080081000000
Total de ingresos contables no fiscales.
Este anexo consta de 16 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
9.- Operaciones financieras derivadas
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal o
RFC
País de
residencia
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“42D066000", del anexo de datos generales.
Nombre de la contraparte
42090000000000
(especificar).
42090001000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Número de
contratos celebrados
Concepto
de operaciones
financieras derivadas (para
los efectos del artículo 16-
A CFF)
Tipo de
operaciones
financieras
derivadas
(para los efectos del
artículo 20 de la LISR)
Sumatoria de nocionales
646
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte III
Datos a proporcionar
Tipo de
mercado
Nombre del
mercado
Porcentaje de liquidación
en efectivo
Porcentaje de
liquidación
en especie
Parte IV
Datos a proporcionar
Utilidad por contraparte
Pérdida por contraparte
Efecto
neto
Proporción que representa
de ingresos acumulables
y/o deducciones
autorizadas
Este anexo consta de 11 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
10.- Inversiones permanentes en
subsidiarias,
asociadas
y
afiliadas
residentes
en
el
extranjero y en México
Por el ejercicio terminado al 31
de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal
País de
residencia
fiscal de la
entidad
Porcentaje
de participación
en el capital
de la entidad
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“42D067000”, del anexo de datos generales.
Nombre, denominación o razón
social de la subsidiaria, asociada
o afiliada extranjera
42100000000000
(especificar).
42100001000000
Total.
Nombre, denominación o razón
social de la subsidiaria, asociada
o afiliada
en México
42100002000000
(especificar).
42100003000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Monto de la
inversión
Monto de las
utilidades (pérdidas) de ejercicios
anteriores en el
porcentaje de
participación
Forma de pago (transferencia de fondos,
capitalización de créditos o deudas, etc.)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
647
Parte III
Datos a proporcionar
Monto de la
utilidad (pérdida)
del ejercicio en el porcentaje de
participación
Valor
de la
inversión
Fecha en que se efectuó la aportación
de capital en su subsidiaria
Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
11.-
Socios
o
accionistas
que
tuvieron
acciones o partes sociales
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre
de 2025
Número de
identificación
fiscal o RFC
País de
residencia para
efectos fiscales
(Cifras en pesos)
Nombre, denominación o razón social del
socio o accionista
42110000000000
(especificar).
42110001000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Porcentaje de
participación del socio o
accionista
en el ejercicio
Periodo de
tenencia
del
Periodo de
tenencia
al
Monto de Aportaciones que
no sean Prima en
Suscripción de acciones
Parte III
Datos a proporcionar
Monto de
retiros de
capital
Monto de
préstamos efectuados
Monto de
préstamos
recibidos
Porcentaje de tasa de
interés pactada en caso de
préstamo recibidos
Parte IV
Datos a proporcionar
Destino del préstamo
Monto de prima en suscripción de
acciones
Forma de pago (transferencia de
fondos, capitalización de créditos o
deudas, etc.)
648
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Lunes 19 de enero de 2026
Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
12.- Operaciones con partes relacionadas
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre
de 2025
Número de
identificación
fiscal o RFC
Tipo de
operación
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“42D031000”, del anexo de datos generales.
Impuesto sobre la Renta
Denominación o razón social de la parte
relacionada
Ingresos acumulables
42120000000000
(especificar).
42120001000000
Total de ingresos acumulables.
Deducciones autorizadas
42120002000000
(especificar).
42120003000000
Total de deducciones autorizadas.
Parte II
Datos a proporcionar
En caso de que en la columna "tipo de
operación" haya seleccionado alguno de
los conceptos de "otros ingresos" u
"otros pagos" especifique el concepto
País de
residencia
Valor de la operación
y/o inversión para
efectos fiscales
(incluso con valor
cero)
Método de precios
de transferencia
aplicado
Parte III
Datos a proporcionar
La operación involucra contribuciones únicas y
valiosas (si o no) en caso afirmativo, indique en el
anexo denominado información adicional, de qué
contribuciones únicas y valiosa se tratan
La operación involucra
contribuciones únicas y
valiosas (si o no)
Monto ajuste fiscal del
contribuyente para que la
operación se considere pactada
como con partes independientes
en operaciones comparables
Parte IV
Datos a proporcionar
Se modificaron
los valores
de actos o
actividades
para IVA,
o bien, del IVA acreditable (deducciones)
como consecuencia
de un ajuste de
precios de
transferencia
(para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II
de la RMF 2025)
(si o no)
Indique si obtuvo beneficio de los tratados
para evitar la doble tributación (si, no, n/a)
Monto modificado
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
649
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
13.- información del contribuyente sobre sus operaciones
con partes relacionadas
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“42D031000”, del anexo de datos generales.
Conocimiento del negocio,
información general
Cuál(es) es (son) la (s) actividad(es) preponderante(s) del
contribuyente:
42130000000000
Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes.
42130001000000
Servicios.
42130002000000
Otros (especificar).
42130003000000
El contribuyente es propietario de los activos que utiliza para
realizar su actividad preponderante mismos que están registrados
en su contabilidad.
42130004000000
El contribuyente posee o usa activos intangibles los cuales se
encuentran registrados en su contabilidad.
Especifique los cinco principales activos intangibles que usa el
contribuyente (ver apéndice VIII) que se encuentran registrados
en su contabilidad.
42130005000000
Campo 1.
42130006000000
Campo 2.
42130007000000
Campo 3.
42130008000000
Campo 4.
42130009000000
Campo 5.
42130010000000
Monto de la regalía por el uso de activos intangibles.
Especifique los cinco principales activos intangibles por los que
se otorga el uso o goce (ver apéndice VIII).
42130011000000
Campo 1.
42130012000000
Campo 2.
42130013000000
Campo 3.
42130014000000
Campo 4.
42130015000000
Campo 5.
42130016000000
Monto de la regalía por el que se otorga el uso de activos
intangibles.
Especifique los cinco principales activos intangibles de los que es
propietario y que tiene registrados en su contabilidad (ver
apéndice VIII).
42130017000000
Campo 1.
42130018000000
Campo 2.
42130019000000
Campo 3.
42130020000000
Campo 4.
42130021000000
Campo 5.
42130022000000
Valor del activo intangible que tiene registrado en su contabilidad.
42130023000000
El contribuyente obtuvo un acuerdo anticipado de precios (apa)
aplicable al ejercicio fiscal.
42130024000000
Número de oficio.
42130025000000
Fecha del oficio.
42130026000000
Indique si se encuentra en trámite un acuerdo anticipado de
precios (apa) aplicable al ejercicio fiscal.
650
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42130027000000
Fecha de presentación de la promoción.
42130028000000
El contribuyente obtuvo alguna resolución favorable del SAT que
involucre transacciones con partes relacionadas.
42130029000000
Número de oficio.
42130030000000
Fecha del oficio.
42130031000000
Dedujo
en
el
ejercicio
depreciaciones
o
amortizaciones
provenientes de operaciones con partes relacionadas efectuadas
en ejercicios anteriores.
42130032000000
El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria a
que se refiere el artículo 76, fracción IX de la LISR (estudio(s) de
precios de transferencia).
42130033000000
El contribuyente presentó su declaración informativa por sus
operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo
76, fracción X de la LISR).
42130034000000
Fecha de presentación (última presentada).
42130035000000
El contribuyente cuenta con evidencia documental que demuestre
haber dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76,
fracción XII de la LISR por sus operaciones con partes
relacionadas.
RFC de las personas que elaboraron la información y
documentación que demuestre el cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo 76, fracciones IX y XII de la LISR, o
bien, que asesoraron en su formulación.
Elaboradores
42130036000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
42130037000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
42130038000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
Asesores
42130039000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
42130040000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
42130041000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
RFC de las personas
que asesoraron fiscalmente
en términos del título VI del CFF
Asesores fiscales
42130042000000
RFC o número de identificación fiscal 1.
42130043000000
RFC o número de identificación fiscal 2.
42130044000000
RFC o número de identificación fiscal 3.
Obligaciones en materia de precios de transferencia
42130045000000
Las cifras reportadas en
la declaración informativa de
operaciones con partes relacionadas son coincidentes con las
manifestadas en los estudios de precios de transferencia
(documentación comprobatoria) (para los efectos del artículo 76,
fracciones IX y X de la LISR).
42130046000000
En caso de discrepancia, especifique:
42130047000000
Las cifras reportadas en la declaración informativa (para los
efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) son coincidentes
con las manifestadas en el anexo 12 del dictamen, ambas
referentes a operaciones con partes relacionadas.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
651
42130048000000
En caso de discrepancia, especifique:
42130049000000
Las cifras reportadas para las operaciones con partes
relacionadas en la evidencia documental que demuestre haber
dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracción XII
de la LISR son coincidentes con las manifestadas en el anexo 12
del dictamen.
42130050000000
En caso de discrepancia, especifique:
42130051000000
En alguna(s) de las transacciones analizadas en la diversa
documentación de precios de transferencia del contribuyente, se
eligió como parte examinada a la parte relacionada residente en
el extranjero.
42130052000000
Indique las transacciones realizadas.
42130053000000
Monto de las transacciones.
42130054000000
El contribuyente tiene en su poder toda la información financiera
y fiscal de la parte relacionada que es necesaria para corroborar
el análisis y las conclusiones de la documentación de precios de
transferencia en donde dicha parte relacionada fue elegida como
la parte a examinar.
Ajustes de precios de transferencia
42130055000000
Realizó algún ajuste en materia de precios de transferencia para
que los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de
utilidad de las operaciones celebradas con partes relacionadas se
consideren como pactadas como lo harían con o entre partes
independientes en operaciones comparables.
Nota: en caso de que el anexo 12 se presente información en
la columna "monto ajuste fiscal del contribuyente para que la
operación
se
considere
pactada
como
con
partes
independientes en operaciones comparables” conteste lo
siguiente (efectos fiscales no contables):
42130056000000
El monto del incremento a los ingresos acumulables para efectos
de la LISR.
42130057000000
El monto del incremento a las deducciones autorizadas para
efectos de la LISR, incluso por disminuir ingresos.
42130058000000
El monto del incremento a las deducciones autorizadas para
efectos de la LISR.
42130059000000
Monto incrementado en las declaraciones presentadas por el
ejercicio fiscal por impuestos retenidos por pagos al extranjero,
como consecuencia de ajustes de precios de transferencia.
42130060000000
Monto disminuido en las declaraciones presentadas por el
ejercicio fiscal por IVA acreditable, como consecuencia de ajustes
de precios de transferencia.
42130061000000
Se cuenta con documentación comprobatoria que sustente los
ajustes reales realizados.
42130062000000
Modificó los valores de actos o actividades para IEPS o bien, del
IEPS acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste
de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2.,
fracción II de la RMF para 2025).
42130063000000
Señale monto modificado de actos o actividades. (RMF).
42130064000000
Señale monto modificado de IEPS acreditable. (RMF).
42130065000000
Cumplió con los requisitos establecidos en la RMF vigente para
considerar deducible un ajuste de precios de transferencia que
incremento sus deducciones.
42130066000000
En el caso de ajustes voluntarios presentó aviso para la
modificación de las deducciones autorizadas señalado en la
RMF.
652
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Intereses con partes relacionadas considerados como
dividendos
42130067000000
El
contribuyente
consideró
intereses
devengados
como
dividendos de acuerdo con lo previsto por el artículo 11, fracción
II de la LISR.
42130068000000
Monto de los intereses considerados como dividendos.
Gastos deducibles y no deducibles
42130069000000
Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el
tercer y antepenúltimo párrafos de la fracción XXIII del artículo 28
de la LISR.
Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el
anexo
denominado
información
adicional
con
que
documentación cuenta para acreditar que sus deducciones
no se tratan de acuerdos estructurados o mecanismos
híbridos.
42130070000000
Indique el monto de la deducción realizada.
42130071000000
Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de
los referidos en la fracción XXIII del artículo 28 de la LISR.
42130072000000
Indique el monto del gasto considerado como no deducible.
42130073000000
Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el
segundo párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la LISR.
42130074000000
Indique el monto de la deducción realizada.
42130075000000
Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de
los referidos en el artículo 28, primer párrafo, fracción XXIX de la
LISR.
42130076000000
Indique el monto del gasto considerado como no deducible.
42130077000000
Consideró como no deducibles intereses de los referidos en el
artículo 28, fracción XXXII de la LISR.
Gastos por reembolsos (al costo)
42130078000000
Dedujo gastos con partes relacionadas por reembolsos al costo.
En caso afirmativo.
42130079000000
Cuenta con toda la documentación soporte, por un lado, de su
parte relacionada y, por otro lado, con la documentación emitida
por terceros independientes a la parte relacionada con la que se
pueda demostrar que se trata de un reembolso al costo.
Gastos a prorrata
42130080000000
Dedujo gastos con partes relacionadas efectuados en el
extranjero a prorrata.
42130081000000
Indique el monto de la deducción de gastos efectuados en el
extranjero a prorrata.
42130082000000
Cuantifique el beneficio recibido o se espera recibir del gasto a
prorrata.
42130083000000
Cumplió con lo señalado en la regla 3.3.1.27. de la RMF para
2025.
Ganancias y/o pérdidas por enajenación de acciones
42130084000000
Obtuvo ganancia y/o pérdida fiscal al realizar una operación de
enajenación de acciones con y entre partes relacionadas.
Nota: en caso afirmativo, señale en el anexo denominado
información adicional la razón de negocio para enajenar las
acciones.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
653
42130085000000
Indique el valor del precio de enajenación del paquete accionario
enajenado.
42130086000000
Indique el costo comprobado de adquisición del paquete
accionario enajenado.
42130087000000
Nombre de la emisora.
42130088000000
RFC o tax id de la emisora.
42130089000000
Indicar el capital contable de la emisora.
42130090000000
Nombre del adquirente.
42130091000000
RFC o tax id del adquirente.
42130092000000
Presentó a las autoridades fiscales el estudio sobre la
determinación del precio de venta de las acciones en los términos
de los artículos 179 y 180 de la LISR con los elementos
contenidos en el inciso e) de la fracción I del artículo 179 de la
LISR (segundo párrafo del inciso b) correspondiente a su vez al
cuarto párrafo de la fracción XVII del artículo 28 de la LISR).
42130093000000
Fecha de presentación ante las autoridades fiscales el estudio
sobre la determinación del precio de venta de las acciones.
42130094000000
Autoridad fiscal en la que se presentó.
42130095000000
Mencione la razón de negocio para enajenar las acciones.
42130096000000
Mencione si realizó la valuación de la enajenación efectuada.
42130097000000
El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria de
la valuación de la enajenación efectuada.
En caso afirmativo al índice anterior, indique RFC y nombre
del perito valuador:
42130098000000
Nombre del perito.
42130099000000
RFC :
Operaciones financieras derivadas con partes relacionadas
42130100000000
Acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras
derivadas.
42130101000000
Indique el monto de la acumulación correspondiente.
42130102000000
Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras
derivadas.
42130103000000
Indique el monto de la deducción correspondiente.
42130104000000
Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes
relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la
LISR.
42130105000000
Indique el monto correspondiente.
42130106000000
Realizó pagos de cantidades iniciales por el derecho a adquirir o
vender, bienes, divisas, acciones u otros títulos valor que no
cotizaron en mercados reconocidos conforme a lo referido en el
artículo 28, fracción XXIV de la LISR.
42130107000000
Indique el monto correspondiente.
Capitalización insuficiente:
42130108000000
Determinó intereses no deducibles de acuerdo a lo previsto por el
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
42130109000000
Saldo promedio anual de todas las deudas del contribuyente que
devengaron intereses a cargo, determinadas en los términos del
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
42130110000000
Capital contable al inicio del ejercicio determinado en los términos
del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
42130111000000
Capital contable al final del ejercicio determinado en los términos
del artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
654
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42130112000000
Capital contable promedio.
42130113000000
Capital contable promedio por tres.
42130114000000
Saldo promedio anual de deudas del contribuyente contraídas
con
partes
relacionadas
residentes
en
el
extranjero,
determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la
LISR.
42130115000000
Intereses no deducibles determinados en los términos del artículo
28, fracción XXVII de la LISR.
42130116000000
Optó por considerar como capital contable del ejercicio los saldos
iniciales y finales del ejercicio de sus cuentas de capital de
aportación, utilidad fiscal neta y utilidad fiscal neta reinvertida.
Ajustes correspondientes
42130117000000
Realizó durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a
revisión o para efectos de ejercicios anteriores) algún ajuste en
materia de precios de transferencia como consecuencia de
aplicar lo señalado en la documentación de precios de
transferencia de alguna parte relacionada residente en el
extranjero.
42130118000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
42130119000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
42130120000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
42130121000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
42130122000000
Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de
transferencia durante el ejercicio fiscal, (en el propio ejercicio
sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) sin
cumplir con lo establecido en el artículo 184 de la LISR.
42130123000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
42130124000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
42130125000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
42130126000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
42130127000000
Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de
transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio
sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) como
consecuencia de operaciones con partes relacionadas residentes
en países con los cuales México no tiene celebrados tratados
internacionales en materia fiscal y realizados por las autoridades
de dichos países.
42130128000000
En caso afirmativo, indique el monto de los mismos.
42130129000000
El ejercicio fiscal ajustado (1).
42130130000000
El ejercicio fiscal ajustado (2).
42130131000000
El ejercicio fiscal ajustado (3).
Artículo 76-A de la LISR (2025)
42130132000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la
fracción I (maestra de partes relacionadas).
42130133000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la
fracción II (local de partes relacionadas).
42130134000000
Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la
fracción III (país por país).
En caso afirmativo en este último caso, especifique el supuesto
de obligación:
42130135000000
Por ser persona moral controladora multinacional (fracción III,
inciso a)).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
655
42130136000000
Por ser designada (fracción III, inciso b)).
Tiene
conocimiento
si
la
persona
moral
controladora
multinacional a la que su empresa pertenece, está obligada a
presentar directamente o por conducto de alguna designada, las
siguientes declaraciones informativas de partes relacionadas:
42130137000000
Obligación de presentar la declaración maestra.
42130138000000
Obligación de presentar la declaración país por país.
Declaraciones anuales informativas
de partes relacionadas de 2024
presentadas en 2025
(para los efectos del artículo 76-A de la LISR)
42130139000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa maestra de
partes relacionadas del grupo empresarial multinacional del
ejercicio fiscal de 2024.
42130140000000
Fecha de presentación (última presentada).
42130141000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa local de
partes relacionadas del ejercicio fiscal de 2024.
42130142000000
Fecha de elaboración de la información y documentación de
precios de transferencia asociada con la declaración.
42130143000000
Fecha de presentación (última presentada).
42130144000000
Presentó en tiempo y forma la declaración informativa país por
país del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de
2024.
42130145000000
Fecha de presentación (última presentada).
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
42130146000000
Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región
fronteriza norte.
42130147000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas
generados dentro de los municipios de la región fronteriza norte.
42130148000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se
encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza norte.
42130149000000
Monto de deducciones con partes relacionadas generados dentro
de los municipios de la región fronteriza norte.
42130150000000
Monto de deducciones con partes relacionadas que se
encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza norte.
42130151000000
Presentó la declaración informativa por sus operaciones con
partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X
de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones con
partes relacionadas residentes en territorio nacional como lo
contempla el trámite fiscal 5/DEC-12.
Criterios no vinculativos
42130152000000
El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el
DOF como criterios no vinculativos en materia de precios de
transferencia de las disposiciones fiscales y aduaneras.
42130153000000
Especifique el o los número(s) de criterio(s).
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
42130154000000
Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región
fronteriza sur.
656
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42130155000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas
generados dentro de los municipios de la región fronteriza sur.
42130156000000
Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se
encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza sur.
42130157000000
Monto de deducciones con partes relacionadas generados dentro
de los municipios de la región fronteriza sur.
42130158000000
Monto de deducciones con partes relacionadas que se
encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza sur.
42130159000000
Presentó la declaración informativa por sus operaciones con
partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X
de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones con
partes relacionadas residentes en territorio nacional como lo
contempla el trámite fiscal 5/DEC-12.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
14.- Datos informativos
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Importe
(Cifras en pesos)
Datos informativos del contribuyente
42140000000000
Se encuentra amparado para notificación por medio de buzón
tributario.
Datos informativos del contribuyente
como representante legal
42140001000000
Es socio o accionista de algunos contribuyentes que representa.
42140002000000
Número de entidades en las que participa como representante legal.
Indique los cinco principales RFC de la(s) persona(s) moral(es) en
las que participa como representante legal:
42140003000000
RFC 1:
42140004000000
RFC 2:
42140005000000
RFC 3:
42140006000000
RFC 4:
42140007000000
RFC 5:
42140008000000
Es representante legal de un residente en el extranjero sin
establecimiento permanente en territorio nacional.
Indique los cinco principales nombres o razones sociales de los
residentes en el extranjero:
42140009000000
Nombre 1.
42140010000000
Nombre 2.
42140011000000
Nombre 3.
42140012000000
Nombre 4.
42140013000000
Nombre 5.
Participación de los trabajadores
en las utilidades
42140014000000
PTU generada durante el ejercicio.
42140015000000
PTU no cobrada en el ejercicio anterior.
42140016000000
PTU pagada en el ejercicio.
42140017000000
Renta gravable base para PTU.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
657
Cifras al cierre del ejercicio
Impuesto sobre la Renta
42140018000000
Deducciones autorizadas para efectos del Impuesto Sobre la Renta.
42140019000000
Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente.
42140020000000
Ingresos por dividendos de personas residentes en el país.
42140021000000
Ingresos por dividendos de personas residentes en el extranjero.
42140022000000
Ingresos por dividendos distribuidos que no provienen de CUFIN ni de
CUFIN reinvertida.
42140023000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de fusión.
42140024000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de escisión.
42140025000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de
reducciones de capital de sociedades residentes en el extranjero en las
que el contribuyente es socio o accionista.
42140026000000
Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de
liquidación de sociedades residentes en el extranjero en las que el
contribuyente es socio o accionista.
42140027000000
Pérdida deducida derivada de fusión.
42140028000000
Pérdida deducida derivada de escisión.
42140029000000
Pérdida deducida derivada de reducción de capital.
42140030000000
Pérdida deducida derivada de liquidación de sociedades.
42140031000000
Dividendos pagados provenientes de CUFIN y CUFINRE.
42140032000000
Dividendos pagados no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE.
42140033000000
Total de ingresos acumulables.
42140034000000
Total de ingresos acumulables obtenidos en la región fronteriza norte
en el ejercicio fiscal anterior.
42140035000000
Saldo de CUFIN determinado conforme al quinto párrafo del artículo 77
de la LISR.
42140036000000
Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador.
42140037000000
Monto deducible al 47% (pagos que son ingresos exentos para el
trabajador).
42140038000000
Monto deducible al 53% (pagos que son ingresos exentos para el
trabajador).
Cuentas y documentos por cobrar
y por pagar en moneda extranjera
Cuentas y documentos por cobrar
en moneda extranjera
42140039000000
Saldo de cuentas y documentos por cobrar originados en moneda
extranjera (pesos).
Indique los tres principales tipos de moneda:
42140040000000
Campo 1.
42140041000000
Campo 2.
42140042000000
Campo 3.
Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo:
42140043000000
(especificar).
42140044000000
(especificar).
42140045000000
(especificar).
42140046000000
Indique el monto de cuentas y documentos por cobrar en moneda
extranjera que provengan de operaciones con partes relacionadas.
658
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Cuentas y documentos por pagar
en moneda extranjera
42140047000000
Saldo de cuentas y documentos por pagar originados en moneda
extranjera (pesos).
Indique los tres principales tipos de moneda:
42140048000000
Campo 1.
42140049000000
Campo 2.
42140050000000
Campo 3.
Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo:
42140051000000
(especificar).
42140052000000
(especificar).
42140053000000
(especificar).
42140054000000
Indique el monto de cuentas y documentos por pagar en moneda
extranjera que provengan de operaciones con partes relacionadas.
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicios de 2014 a 2025
42140055000000
Saldo inicial CUFIN actualizado al inicio del ejercicio.
42140056000000
Actualización antes de dividendos.
Más:
42140057000000
Dividendos o utilidades cobrados nacionales.
42140058000000
Dividendos o utilidades cobrados REFIPRES.
Menos:
42140059000000
Dividendos o utilidades pagados nacionales.
42140060000000
Dividendos o utilidades pagados a residentes en el extranjero.
42140061000000
Dividendos o utilidades pagados REFIPRES.
Igual:
42140062000000
Remanente después de dividendos.
42140063000000
Actualización desde la última modificación y hasta el cierre del
ejercicio.
Más:
42140064000000
Utilidad fiscal neta del ejercicio.
42140065000000
Saldo CUFIN al cierre del ejercicio.
Más: resultado positivo, o menos: resultado negativo, UFIN del
ejercicio
42140066000000
Resultado fiscal del ejercicio.
Menos:
42140067000000
ISR (para los efectos del art. 9, primer párrafo LISR).
42140068000000
Partidas no deducibles, excepto provisiones y reservas (para los
efectos del artículo 28, fracciones VIII y IX LISR).
42140069000000
Efecto de Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero por pago
de dividendos al contribuyente (para los efectos del artículo 77, cuarto
párrafo LISR).
42140070000000
ISR acreditado en el ejercicio de dividendos o utilidades no
provenientes de CUFIN entre el factor.
Igual:
42140071000000
Resultado positivo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto
párrafo de la LISR).
42140072000000
Resultado negativo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto
párrafo de la LISR).
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
659
Otros conceptos especificar:
42140073000000
(especificar).
42140074000000
(especificar).
42140075000000
(especificar).
42140076000000
(especificar).
42140077000000
(especificar).
42140078000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios
de 2014 a 2025.
42140079000000
Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza norte
del ejercicio 2025.
42140080000000
Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza sur del
ejercicio 2025.
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicios de 2001 a 2013
42140081000000
Saldo inicial CUFIN actualizado.
Más:
42140082000000
Dividendos cobrados.
Menos:
42140083000000
Dividendos pagados.
Más:
42140084000000
Actualización por inflación.
Otros conceptos. Especificar
42140085000000
(especificar).
42140086000000
(especificar).
42140087000000
(especificar).
42140088000000
(especificar).
42140089000000
(especificar).
42140090000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios
de 2001 a 2013.
Cuenta de utilidad fiscal neta
ejercicios anteriores a 2001
42140091000000
Saldo inicial CUFIN actualizado.
Más:
42140092000000
Dividendos cobrados.
Menos:
42140093000000
Dividendos pagados.
Más:
42140094000000
Actualización por inflación.
42140095000000
Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios
anteriores a 2001.
Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida
42140096000000
Saldo inicial CUFINRE actualizado.
42140097000000
Dividendos pagados.
660
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Más:
42140098000000
Actualización por inflación.
Otros conceptos. Especificar
42140099000000
(especificar).
42140100000000
(especificar).
42140101000000
(especificar).
42140102000000
(especificar).
42140103000000
(especificar).
42140104000000
Saldo de CUFINRE total al cierre del ejercicio actualizado.
Saldos actualizados
(Impuesto sobre la Renta)
al cierre del ejercicio de:
42140105000000
Cuenta de utilidad fiscal neta.
42140106000000
Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida.
42140107000000
Cuenta de utilidad fiscal neta por inversión en energía renovable.
42140108000000
Cuenta de capital de aportación.
42140109000000
Impuesto al Activo por recuperar de 10 años anteriores.
42140110000000
Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
Comercio exterior
42140111000000
Valor declarado en aduana de importaciones definitivas.
42140112000000
Valor declarado en aduana de exportaciones definitivas.
Impuesto al Valor Agregado
42140113000000
IVA pagado en aduanas durante el ejercicio.
42140114000000
IVA causado por importación de bienes intangibles adquiridos.
42140115000000
IVA causado por importación del uso o goce de bienes intangibles.
42140116000000
IVA causado por importación de servicios.
42140117000000
IVA acreditable por intereses.
42140118000000
IVA acreditado por la importación de bienes intangibles adquiridos.
42140119000000
IVA acreditado por la importación del uso o goce de bienes intangibles.
42140120000000
IVA acreditado por la importación de servicios.
42140121000000
Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 8%.
42140122000000
Total de IVA de los actos o actividades pagados a la tasa del 8%.
42140123000000
Valor de los actos o actividades no objeto.
42140124000000
Valor de los actos o actividades exentos.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
42140125000000
IEPS pagado en aduanas durante el ejercicio.
42140126000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A,
del artículo 16 de la LIF 2025.
42140127000000
Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado A,
del artículo 16 de la LIF 2025.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
661
Información de consolidación financiera
42140128000000
Es una entidad controladora en términos de la norma contable de
información financiera que aplica el contribuyente.
Nota: en caso de una respuesta afirmativa al índice anterior,
deberá manifestar información en los siguientes dos índices:
42140129000000
Total de ventas o ingresos netos consolidados determinados conforme
a la norma contable de información financiera que aplica el
contribuyente.
42140130000000
Tiene subsidiarias en términos de la norma contable de información
financiera
que
aplica
el
contribuyente
en
el
extranjero,
o
establecimientos permanentes residentes o ubicados en el extranjero.
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte
Impuesto sobre la Renta
Ingresos exclusivos de
región fronteriza norte
(para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto)
42140131000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte.
Menos:
42140132000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
42140133000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
norte.
Menos:
42140134000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
42140135000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital.
Entre:
42140136000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
42140137000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos
totales de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del
contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región
fronteriza norte,
pero cuenten con una sucursal, agencia
o cualquier otro establecimiento
dentro de la misma
(para los efectos del artículo quinto, primer párrafo del Decreto)
42140138000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal,
agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región
fronteriza norte.
42140139000000
Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados en la región fronteriza norte.
662
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Menos:
42140140000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
42140141000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
norte.
Menos:
42140142000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
42140143000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Entre:
42140144000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
42140145000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de
la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente
obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen
su domicilio fiscal en la
región fronteriza norte,
pero cuenten con sucursales,
agencias o cualquier otro
establecimiento
fuera de ella
(para los efectos del artículo quinto, segundo párrafo
del Decreto)
42140146000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza norte.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal
ubicado en la región fronteriza norte.
42140147000000
Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región
fronteriza norte.
Menos:
42140148000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte.
Menos:
42140149000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
norte.
Menos:
42140150000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
42140151000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Entre:
42140152000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
42140153000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del
domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte, del total de los
ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
663
Determinación del crédito fiscal aplicable
42140154000000
ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el
ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR").
42140155000000
Ingresos totales de la región fronteriza norte.
Entre:
42140156000000
Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Igual:
42140157000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de
la región fronteriza norte.
42140158000000
Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el
ejercicio fiscal índice 42140154000000 por la proporción que
representan los ingresos de la región fronteriza norte índice
42140157000000.
42140159000000
Crédito
fiscal
aplicable
con
base
en
el
índice
anterior
(artículo segundo, primer párrafo del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza norte).
Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur
Impuesto sobre la Renta
Ingresos exclusivos de
región fronteriza sur
(para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto)
42140160000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur.
Menos:
42140161000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
Menos:
42140162000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
sur.
Menos:
42140163000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
42140164000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital.
Entre:
42140165000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
42140166000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos
totales de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del
contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región
fronteriza sur,
pero cuenten con una sucursal, agencia
o cualquier otro establecimiento
dentro de la misma
(para los efectos del artículo cuarto, primer párrafo del Decreto)
42140167000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal,
agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región
fronteriza sur.
664
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42140168000000
Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro
establecimiento ubicados en la región fronteriza sur.
Menos:
42140169000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
Menos:
42140170000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
sur.
Menos:
42140171000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
42140172000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Entre:
42140173000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
42140174000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de
la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente
obtenidos en el ejercicio fiscal.
Contribuyentes que tienen
su domicilio fiscal en la
región fronteriza sur,
pero cuenten con sucursales,
agencias o cualquier otro
establecimiento fuera de ella
(para los efectos del artículo cuarto, tercer párrafo
del Decreto)
42140175000000
Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier
otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza sur.
En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del
siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal
ubicado en la región fronteriza sur.
42140176000000
Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región
fronteriza sur.
Menos:
42140177000000
Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur.
Menos:
42140178000000
Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza
sur.
Menos:
42140179000000
Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la
subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos
de la Ley Federal del Trabajo.
Igual:
42140180000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza
sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al
comercio digital o suministro de personal.
Entre:
42140181000000
Ingresos totales obtenidos por el contribuyente.
Igual:
42140182000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del
domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur, del total de los
ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
665
Determinación del crédito fiscal aplicable
42140183000000
ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el
ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR").
42140184000000
Ingresos totales de la región fronteriza sur.
Entre:
42140185000000
Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal.
Igual:
42140186000000
Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de
la región fronteriza sur.
42140187000000
Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el
ejercicio fiscal índice 42140183000000 por la proporción que
representan los ingresos de la región fronteriza sur índice
42140186000000.
42140188000000
Crédito
fiscal
aplicable
con
base
en
el
índice
anterior
(primer párrafo, artículo segundo del Decreto de estímulos fiscales
región fronteriza sur).
Enajenación de acciones
42140189000000
Realizó enajenación de acciones.
42140190000000
Fecha de la operación.
42140191000000
Tipo de enajenación.
42140192000000
Otros (especificar).
42140193000000
Nombre de la sociedad emisora de las acciones enajenadas.
42140194000000
País de residencia fiscal de la emisora.
42140195000000
RFC o id.
42140196000000
Número acciones enajenadas.
42140197000000
Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble
tributación.
42140198000000
Precio de venta.
42140199000000
Costo fiscal de las acciones.
42140200000000
Aplicó pérdidas por enajenación de acciones.
En caso afirmativo indique:
42140201000000
Si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con
pérdidas fiscales por enajenación de acciones pendientes de aplicar.
42140202000000
En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones,
presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la
operación.
42140203000000
Monto total de las pérdidas por enajenación de acciones al cierre del
ejercicio.
42140204000000
Importe de la pérdida por enajenación de acciones determinada.
42140205000000
Indique si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta
con importes pendientes de acreditar por concepto de ISR pagado en
el extranjero de conformidad con el artículo 5o. de la LISR.
En caso afirmativo indique:
42140206000000
Monto pendiente de acreditar.
42140207000000
Concepto por el que fue pagado el Impuesto sobre la Renta en el
extranjero.
666
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el
extranjero
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal
Tipo de
operación
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“42D068000, del anexo de datos generales.
Impuesto sobre la Renta
Denominación o razón social
Ingresos acumulables
42150000000000
(especificar).
42150001000000
Total de ingresos acumulables.
Deducciones autorizadas
42150002000000
(especificar).
42150003000000
Total de deducciones autorizadas.
Parte II
Datos a proporcionar
En caso de que en la columna
"tipo de operación", haya
seleccionado alguno de los
conceptos de "otros ingresos" u
"otros pagos", especifique
concepto
País de residencia
México tiene un acuerdo
amplio de intercambio de
información con el país de
la columna anterior (si o no)
Monto de la operación
Parte III
Datos a proporcionar
Indique si es parte
relacionada (si o
no)
Efectuó retención y
entero por esta operación
(si o no)
Tasa
ISR por retención
determinado por
auditoría
ISR Retenido
Pagado
Parte IV
Datos a proporcionar
Diferencia
Aplicó los beneficios de algún tratado
celebrado por México para evitar la
doble tributación (si o no)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
667
Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
16.- Inversiones
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
MOI al inicio
del ejercicio
Saldo pendiente
de deducir al inicio
del ejercicio
(Cifras en pesos)
Activos fijos
42160000000000
Construcciones.
42160001000000
Construcciones en proceso.
42160002000000
Inmuebles considerados históricos.
42160003000000
Ferrocarriles.
42160004000000
Mobiliario y equipo de oficina.
42160005000000
Aviones.
42160006000000
Embarcaciones.
42160007000000
Equipo de transporte automóviles.
42160008000000
Equipo
de
transporte:
automóviles
con
propulsión de baterías eléctricas recargables
y automóviles eléctricos con motor de
combustión
interna
o
accionado
por
hidrogeno.
42160009000000
Equipo
de
transporte:
bicicletas
convencionales, bicicletas y motocicletas con
propulsión de baterías eléctricas recargables.
42160010000000
Equipo de transporte (otros).
42160011000000
Equipos fijos de alimentación para vehículos
eléctricos.
42160012000000
Equipo de cómputo.
42160013000000
Dados,
troqueles,
moldes,
matrices
y
herramental.
42160014000000
Comunicaciones telefónicas.
42160015000000
Comunicaciones satelitales.
42160016000000
Terrenos (costo de adquisición).
42160017000000
Adaptación a instalaciones para personas
con capacidades diferentes.
42160018000000
Maquinaria y equipo para la generación de
energía proveniente de fuentes renovables o
de sistemas de cogeneración de electricidad
eficiente.
42160019000000
Maquinaria y equipo.
42160020000000
Oleoductos,
gasoductos,
terminales,
y
tanques
de
almacenamiento
de
hidrocarburos.
42160021000000
Inversiones realizadas para la exploración,
recuperación secundaria y mejorada, y el
mantenimiento no capitalizable (aplicable a
contribuyentes de hidrocarburos).
42160022000000
Inversiones realizadas para el desarrollo y
explotación de yacimientos de petróleo o gas
natural
(aplicable
a
contribuyentes
de
hidrocarburos).
668
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42160023000000
Inversiones realizadas en infraestructura de
almacenamiento y transporte (aplicable a
contribuyentes de hidrocarburos).
42160024000000
Otros activos fijos.
42160025000000
Suma activo fijo.
Gastos y cargos diferidos
42160026000000
Patentes.
42160027000000
Marcas registradas.
42160028000000
Regalías.
42160029000000
Gastos de instalación.
42160030000000
Gastos de organización.
42160031000000
Concesiones.
42160032000000
Otros gastos y cargos diferidos.
42160033000000
Suma gastos y cargos diferidos.
Erogaciones en periodos preoperativos
42160034000000
(especificar).
42160035000000
Suma erogaciones preoperativas.
42160036000000
Total de inversiones.
Parte II
Datos a proporcionar
Más: MOI de las
adquisiciones
durante el ejercicio
Menos: enajenaciones
y/o bajas en el ejercicio
Menos: deducción
en el ejercicio
Menos: deducción
inmediata en el
ejercicio
Saldo pendiente de
deducir al final del
ejercicio
Este anexo consta de 25 columnas y está dividido en seis partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
17.- Préstamos
Por el ejercicio terminado al 31 de
diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal o RFC
Saldo insoluto
del préstamo al
31 de diciembre
de 2024
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“42D069000”, del anexo de datos generales.
Nombre, denominación o razón social
del residente en el extranjero
Partes relacionadas
42170000000000
(especificar).
42170001000000
Total de partes relacionadas.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
669
Partes no relacionadas
42170002000000
(especificar).
42170003000000
Total de partes no relacionadas.
Nombre, denominación o razón social
del residente en México
Partes relacionadas
42170004000000
(especificar).
42170005000000
Total de partes relacionadas.
Partes no relacionadas
42170006000000
(especificar).
42170007000000
Total de partes no relacionadas.
Parte II
Datos a proporcionar
Tipo de
financiamiento
En caso de que en la
columna "tipo de
financiamiento" haya
seleccionado el concepto
"otro", especifique
concepto:
Fue beneficiario
efectivo de
los intereses
(si o no)
Número de
registro
del acreedor
residente en el
extranjero ante
el SAT vigente
durante el
ejercicio
dictaminado
País de
residencia
para efectos
fiscales
Parte III
Datos a proporcionar
Tipo de
moneda
Denominación
de la tasa
de interés
Porcentaje
de la tasa
de interés
Importe
total de
los intereses
pagados
y/o exigibles
Tasa de
retención
del ISR
Parte IV
Datos a proporcionar
ISR
retenido
en el
ejercicio
Vigencia
del préstamo
del
Vigencia
del préstamo
al
Saldo
insoluto al
31 de diciembre
de 2025
Frecuencia de
exigibilidad
del pago de
intereses
Parte V
Datos a proporcionar
En caso de que en la columna "frecuencia
de exigibilidad del pago de intereses" haya
seleccionado el concepto "otro",
especifique concepto:
Garantizó el
préstamo
(si o no)
Importe
total de
los intereses
deducidos en el
ejercicio
Destino del capital
tomado en préstamo
670
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte VI
Datos a proporcionar
Efectuó colocaciones en el
extranjero
(si o no)
Número de oficio
de autorización
de la CNBV de
la oferta pública
en el extranjero de
valores emitidos
en México
Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios
anteriores
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
2024
2023
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“42D036000, del anexo de datos generales.
42180000000000
La pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una
escisión.
42180001000000
Señale el RFC de la escindente.
42180002000000
Señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la
escisión.
Nota: en caso de escisiones sucesivas deberá manifestar
a través del anexo denominado información adicional del
dictamen, la información correspondiente a los índices
anteriores
42180003000000
Monto original de la pérdida fiscal.
42180004000000
INPC del último mes del ejercicio en que se generó la pérdida
fiscal.
42180005000000
INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que
se generó la pérdida fiscal.
42180006000000
Factor de actualización del periodo.
42180007000000
Pérdida fiscal actualizada por el ejercicio en que se generó.
42180008000000
INPC del último mes de la primera mitad del ejercicio en que
se aplica o actualiza la pérdida fiscal.
42180009000000
INPC del mes en que se actualizo por última vez la pérdida
fiscal.
42180010000000
Factor de actualización del periodo.
42180011000000
Pérdida fiscal actualizada en el ejercicio en que se aplica o
actualiza.
Nota: los conceptos de los índices 42180008000000 al
42180011000000 deben repetirse para actualizar las pérdidas
fiscales ocurridas de 2015 a 2024, o aplicadas en los ejercicios
de 2016 a 2025.
42180012000000
(monto de la disminución de la pérdida fiscal en el ejercicio:)
Nota: el concepto del índice 42180012000000 debe repetirse
las veces que sea necesario para indicar el ejercicio en el que
se amortizan las pérdidas fiscales, anotando el importe
aplicado en la columna a la que corresponda la pérdida fiscal.
42180013000000
Monto de la pérdida fiscal pendiente de aplicar.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
671
Parte II
Datos a proporcionar
2022
2021
2020
2019
2018
2017
2016
Parte III
Datos a proporcionar
2015
Este anexo consta de 30 columnas y está dividido en siete partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
19.-
Operaciones
sujetas
a
regímenes
fiscales
preferentes
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025
Número de
identificación
fiscal
País de
residencia
fiscal
(Cifras en pesos)
Nota:
Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto
“42D264000, del anexo de datos generales.
Denominación o razón social
Ingresos
42190000000000
(especificar).
42190001000000
Total de ingresos.
Gastos
42190002000000
(especificar).
42190003000000
Total de gastos.
Parte II
Datos a proporcionar
Tasa efectiva
del Impuesto
Sobre la Renta
pagada en el
extranjero
(menor al 75%
del que se
pagaría
en México)
Tipo de
moneda del
país de
residencia
fiscal
Tipo de
operación
En caso de que en la
columna "tipo de
operación", haya
seleccionado alguno
de los conceptos de
"otros ingresos" u
"otros pagos",
especifique
concepto
Monto
total
de las
utilidades
o pérdidas
fiscales
en la
participación
accionaria
672
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte III
Datos a proporcionar
Total de
ingresos
acumulables o
gravables en
el ejercicio
Participación
directa o
participación
indirecta
promedio
por día del
contribuyente
en el ejercicio
(porcentaje):
porcentaje
Participación
directa o
participación
indirecta
promedio
por día del
contribuyente
en el ejercicio
(porcentaje):
importe
Aportaciones y
reembolsos:
monto total de
las inversiones
o aportaciones
efectuadas
durante
el ejercicio
Aportaciones y
reembolsos:
monto total
de reembolsos
de capital
recibidos
durante
el ejercicio
Parte IV
Datos a proporcionar
La contabilidad
está a
disposición de
la autoridad
(si o no)
Tiene
alguna
entidad
interpuesta
(si o no)
Datos de la
entidad ubicada
en régimen
fiscal
preferente:
total de
utilidades
o pérdidas
fiscales
del ejercicio
Datos de la
entidad ubicada
en régimen
fiscal
preferente:
total de
utilidades
distribuidas
en el ejercicio
Datos de la entidad
ubicada en régimen
fiscal preferente:
monto total de
activos no
afectos
a la actividad
empresarial
Parte V
Datos a proporcionar
Datos de la
entidad ubicada
en régimen
fiscal
preferente:
monto total de
activos
afectos
a la actividad
empresarial
En el caso de
ingresos generados
en participación
con otras entidades
cuenta con la
información
de la entidad
que generó
ingresos por
participación
con otras
entidades
(si o no)
En el caso de ingresos
generados en
participación
con otras entidades,
actividad que realiza
la entidad
en la que participa
Operaciones
con fideicomiso
o con la entidad o
figura jurídica
extranjera
transparente
fiscalmente,
señalar si la
información es
para el caso
de los ingresos
generados en
fideicomisos y
similares
(si o no)
Operaciones con
fideicomiso
o con la entidad o
figura
jurídica extranjera
transparente
fiscalmente,
descripción del
objeto
del fideicomiso
Parte VI
Datos a proporcionar
Fideicomiso o
entidad o
figura jurídica
extranjera
transparente
fiscalmente:
vigencia
del
Fideicomiso o
entidad o
figura jurídica extranjera
transparente fiscalmente:
vigencia
al
Carácter
con el que
participa en
el fideicomiso
o en la entidad
o figura jurídica
extranjera
transparente
fiscalmente
Indique si utilizó
una tasa de
impuesto o
exención
prevista en
algún
tratado que
tenga
celebrado
México para
evitar la
doble
tributación
Tasa
preferencial
por tratado
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
673
Parte VII
Datos a
proporcionar
Impuesto sobre
ingresos sujetos
a REFIPRES
Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en seis partes.
Parte I
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
20.- Deducción de intereses
Netos del ejercicio
(para los efectos del artículo 28, fracción
XXXII de la LISR)
Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre
de 2025
Monto de los ingresos
acumulables del
ejercicio fiscal anterior
de cada una de las
personas miembros del
grupo o de cada parte
relacionada
Número de
identificación fiscal
o RFC de cada una
de las personas
miembros del
grupo o de cada
parte relacionada
(Cifras en pesos)
Denominación o razón social
42200000000000
(especificar).
42200001000000
Total.
Parte II
Datos a proporcionar
Monto de los ingresos
acumulables del ejercicio
fiscal anterior del
contribuyente
Total de ingresos
acumulables del ejercicio
fiscal anterior del
contribuyente y de todas
las personas miembros del
grupo o de todas las partes
relacionadas
Proporción de ingresos
Límite de deducción del
contribuyente
Parte III
Datos a proporcionar
Total de los intereses
devengados que deriven
de deudas (montos
deducibles)
Intereses netos pendientes
de deducir de ejercicios
anteriores (aplicable a
partir del ejercicio 2021)
Total de los ingresos por
intereses acumulados
Intereses netos
Parte IV
Datos a proporcionar
Utilidad (pérdida) fiscal
Total de intereses
devengados que deriven de
deudas (montos
deducibles)
Monto total deducido de
activos fijos
Monto total deducido de
gastos diferidos
674
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Parte V
Datos a proporcionar
Monto total deducido de
cargos diferidos
Monto total deducido de
erogaciones realizadas en
periodos preoperativos
Utilidad fiscal ajustada
Límite intereses netos
Parte VI
Datos a proporcionar
Intereses no deducibles
Se ubica en alguna de las
excepciones establecidas a
que se refiere el artículo 28,
fracción XXXII de la LISR (si
o no)
Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión
efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman
parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
Toda pregunta debe ser entendida con respecto al ejercicio fiscal sujeto a revisión. En aquellos
cuestionamientos que no apliquen al contribuyente, así como cuando a criterio del contador público que
responda el cuestionario no haya una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado, o bien,
simplemente no fue revisado por no caer en el alcance de revisión, se podrá dejar en blanco el renglón que
corresponda, haciendo las aclaraciones correspondientes en el informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente, ya que de no hacerlo el Servicio de Administración Tributaria, entenderá que el
contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Comentarios
Cuestionario de diagnóstico fiscal
(revisión del contador público)
Por el ejercicio terminado
al 31 de diciembre de 2025
Procedimientos de auditoría aplicados para la
revisión de estados financieros
42210000000000
Realizó la evaluación del control interno del
contribuyente.
42210001000000
En caso afirmativo al índice anterior, conserva la
evidencia de la evaluación del control interno en sus
papeles de trabajo.
42210002000000
Detecto debilidades o desviaciones relacionadas
con
la
estructura
del
control
interno
del
contribuyente con repercusión en su situación fiscal.
Nota:
en
caso
afirmativo
describa
las
irregularidades en el informe sobre la revisión de
la situación fiscal.
42210003000000
Como consecuencia de la realización de su trabajo,
propuso ajustes financieros que afectaron la
situación fiscal del contribuyente.
42210004000000
Como consecuencia de la realización de su trabajo
encontró diferencias en partidas no materiales que
puedan tener repercusión fiscal
42210005000000
En caso afirmativo a los índices anteriores, los
ajustes afectaron la base y la determinación de las
contribuciones a que está sujeto el contribuyente.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
675
Como consecuencia de la realización de su trabajo,
el contribuyente corrigió a la fecha de envío del
dictamen fiscal lo siguiente:
42210006000000
Partidas que el contribuyente dedujo indebidamente
en el Impuesto sobre la Renta.
42210007000000
Ingresos que el contribuyente omitió en el Impuesto
sobre la Renta.
42210008000000
Ingresos que el contribuyente omitió en el Impuesto
al Valor Agregado.
42210009000000
Acreditamientos indebidos efectuados contra el
Impuesto sobre la Renta.
42210010000000
Acreditamientos indebidos efectuados contra el
Impuesto al Valor Agregado.
En caso negativo, explique los motivos en el
informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente.
42210011000000
En caso de haber detectado en su auditoría alguna
irregularidad de las señaladas en los índices
42210006000000 al 422100010000000, indique si
reveló alguna salvedad en el informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente.
42210012000000
En caso de haber contestado afirmativamente en el
índice 42210004000000 reveló dicha circunstancia
en el informe sobre la revisión de la situación fiscal
del contribuyente.
De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el
alcance a las mismas y con la evidencia que
conserva en sus papeles de trabajo, responda si
se cercioró de que el contribuyente cumpliera
con lo siguiente:
42210013000000
El contribuyente recibió asesoría de un experto de la
dirección en materia fiscal.
En caso afirmativo señale:
42210014000000
Evaluó la competencia, capacidad y objetividad del
experto de la dirección en materia fiscal.
42210015000000
Obtuvo conocimiento del trabajo del experto.
42210016000000
Evaluó la adecuación del trabajo del experto.
42210017000000
Si el contribuyente obtuvo un documento por escrito.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Deducciones (ISR)
42210018000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento a lo previsto en los índices 42D161000
al 42D171000 del diagnóstico fiscal, se propuso que
se
hicieran
no
deducibles
las
partidas
correspondientes.
42210019000000
En caso afirmativo, el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de esta
revisión.
Declaración informativa múltiple
42210020000000
Verificó la información contenida en el anexo de
operaciones efectuadas a través de fideicomisos
(para los efectos del artículo 76, fracción XIII, de la
LISR).
676
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Lunes 19 de enero de 2026
42210021000000
Verificó la información contenida en el anexo
información sobre residentes en el extranjero,
tratándose de residentes en el extranjero (para los
efectos del artículo noveno de las disposiciones
transitorias de la LISR 2014, fracción X).
42210022000000
Verificó la información contenida en el anexo
información sobre residentes en el extranjero (para
los efectos del artículo 76, fracción VI, de la LISR).
42210023000000
Verificó la información contenida en el anexo de
ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes
(para los efectos del artículo 178, de la LISR).
42210024000000
Verificó la información contenida en el anexo de
operaciones efectuadas a través de fideicomisos
(para los efectos del artículo 76, fracción XIII, de la
LISR).
Regímenes fiscales preferentes
42210025000000
Verificó la información contenida en el anexo de
ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
Impuesto al Valor Agregado
Obligaciones (IVA)
42210026000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento a lo previsto en los índices 42D279000
y 42D280000 del diagnóstico fiscal, se propusieron
las correcciones correspondientes.
42210027000000
En caso afirmativo el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de esta
revisión.
Acreditamiento (IVA)
42210028000000
En caso de que el contribuyente no haya dado
cumplimiento a lo previsto en los índices 42D281000
al 42D285000 del diagnóstico fiscal, se propuso que
se hicieran correcciones correspondientes.
42210029000000
En caso afirmativo el contribuyente presentó
declaraciones complementarias con motivo de esta
revisión.
Índice
Concepto
Datos a proporcionar
Cuestionario en materia de precios de transferencia
(revisión del contador público)
Por el ejercicio terminado
al 31 de diciembre de 2025
De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las mismas
y con la evidencia que conserva en sus papeles de trabajo
responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera con lo
siguiente:
Capitalización insuficiente
(para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR)
42220000000000
Verificó si el contribuyente dio cumplimiento a lo dispuesto por el
artículo 28, fracción XXVII de la LISR.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
677
42220001000000
Detecto algún incumpliendo a lo dispuesto por el artículo 28, fracción
XXVII de la LISR.
42220002000000
Monto de intereses no deducibles por capitalización insuficiente.
En caso de considerar cuentas fiscales para el cálculo, señale el
monto de:
42220003000000
Cuentas de capital de aportación.
42220004000000
Utilidad fiscal neta y utilidad neta reinvertida.
42220005000000
En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a
los índices 42130108000000 y/o 42130115000000, del anexo 13, no
eran correctas y lo llevaron a un incumplimiento fiscal, señaló alguna
salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal.
42220006000000
En adición de haber contestado de forma afirmativa el índice
42220005000000, señaló alguna salvedad en su dictamen.
Documentación comprobatoria de precios de transferencia
(estudio de precios de transferencia) por operaciones con partes
relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del
artículo 76, fracción IX de la LISR)
42220007000000
Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta
obligación fiscal.
42220008000000
En caso de incumplimiento del contribuyente se consideró como
deducibles las transacciones con partes relacionadas que le
representaron un costo o gasto.
42220009000000
En caso de incumplimiento del contribuyente a esta obligación fiscal,
mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la
revisión de la situación fiscal.
42220010000000
En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su dictamen.
Verificó que la documentación comprobatoria de precios de
transferencia, por las operaciones con partes relacionadas residentes
en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la
LISR), incluyera lo siguiente:
Nota: las preguntas referidas en los índices 42220011000000 al
42220028000000 solo se contestarán cuando se haya contestado que
“si” en el renglón 42130032000000 del anexo 13.
42220011000000
1) nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal,
de las personas relacionadas con las que se celebraron operaciones.
42220012000000
2) que se considerarán todas las partes relacionadas de acuerdo con
la definición contenida en el artículo 179, párrafos quinto y sexto de la
LISR.
42220013000000
3) documentación que demuestre la participación directa e indirecta
entre las partes relacionadas.
42220014000000
4) información relativa a las funciones o actividades por cada tipo de
operación evaluada.
42220015000000
5) información relativa a los activos utilizados en cada tipo de
operación evaluada.
42220016000000
6) información relativa a los riesgos asumidos en cada tipo de
operación evaluada.
42220017000000
7) información y documentación sobre las operaciones con partes
relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por cada tipo
de operación evaluada.
42220018000000
8) método aplicado conforme al artículo 180 de la LISR por cada tipo
de operación evaluada.
42220019000000
9) información y documentación sobre operaciones o empresas
comparables por cada tipo de operación evaluada.
42220020000000
10) se identificaron en los registros de contabilidad que la totalidad de
las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero
estuvieran debidamente asentadas.
42220021000000
En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes
referidos, señale si mencionó tal circunstancia en su informe sobre la
revisión de la situación fiscal.
42220022000000
En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes
referidos señale si mencionó tal circunstancia en su dictamen.
42220023000000
Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con
partes relacionadas residentes en el extranjero por el contribuyente se
efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones
que hubieran utilizado partes independientes en operaciones
comparables.
678
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42220024000000
En caso de una conclusión negativa indique si reveló alguna salvedad
en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.
42220025000000
En caso de una conclusión negativa en la documentación
comprobatoria, indique si reveló alguna salvedad en el dictamen.
42220026000000
En caso de que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el
contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en el informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente.
42220027000000
En caso de que la documentación comprobatoria de precios de
transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el
contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en dictamen.
42220028000000
En estos últimos casos, consideró el contribuyente como deducibles
las transacciones con partes relacionadas que le representaron un
costo o gasto.
Declaración informativa de operaciones con partes relacionadas
residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76,
fracción X de la LISR)
42220029000000
Verificó la presentación oportuna de la información de las operaciones
con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas
durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM).
42220030000000
Verificó si las cifras reportadas en esa declaración coinciden con las
manifestadas en la documentación a que se refiere el artículo 76,
fracción IX de la LISR (estudio de precios de transferencia).
42220031000000
Verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la
información de las operaciones con partes relacionadas residentes en
el extranjero, efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9
DIM) conforme a la información contenida en la documentación de
precios de transferencia para las operaciones con partes relacionadas
residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX
de la LISR).
42220032000000
En caso de haber observado errores en el llenado, mencionó tal
circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la
situación fiscal del contribuyente.
En caso negativo, especifique:
42220033000000
Consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con
partes relacionadas que le representaron un costo o gasto.
42220034000000
En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una
salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente.
42220035000000
En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una
salvedad en su dictamen.
Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas (para
los efectos del artículo 76-A, fracción X de la LISR) de 2024
presentadas en 2025
42220036000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial
multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.
42220037000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa local de partes relacionadas correspondiente al ejercicio
fiscal de 2024.
42220038000000
Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración
informativa país por país del grupo empresarial multinacional
correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.
42220039000000
En caso de haber observado errores en el llenado de las
declaraciones
anuales
informativas
de
partes
relacionadas
correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, mencionó tal circunstancia
como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación
fiscal del contribuyente.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
679
Cumplimiento de la obligación respecto de las operaciones con
partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción XII
de la LISR)
42220040000000
Verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se pueda
concluir que se determinaron ingresos acumulables y deducciones
autorizadas considerando para esas operaciones los precios o montos
de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en
operaciones comparables.
42220041000000
En caso negativo, consideró el contribuyente como deducibles las
transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o
gasto.
42220042000000
En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental,
indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la
situación fiscal del contribuyente.
42220043000000
En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental
indique si reveló alguna salvedad en su dictamen.
42220044000000
Verificó
en
la
evidencia
documental
referida
en
el
índice
42220040000000 la aplicación de los métodos de precios de
transferencia establecidos en el artículo 180 de la LISR en los
términos del tercer párrafo del citado artículo.
42220045000000
En caso de no haberlos aplicado, indique si reveló alguna salvedad en
el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o
bien en su dictamen.
Operaciones con partes relacionadas
nacionales informadas
42220046000000
En caso de haber señalado que si en el índice 42D032000 del anexo
"datos generales", verificó que la declaración informativa por sus
operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (Para
los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM)
incluya operaciones con partes relacionadas residentes en territorio
nacional.
42220047000000
En caso de haber señalado que si en el índice 42130151000000 del
anexo 13, verificó que la declaración informativa por sus operaciones
con partes relacionadas residentes en el extranjero (Para los efectos
del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluya
operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional.
Ajustes de precios de transferencia
42220048000000
Verificó en el caso de ajustes de precios de transferencia que hayan
incrementado las deducciones del contribuyente, que se cumplieran
todos los requisitos establecidos en la regla 3.9.1.3. de la RMF para
2025.
Intereses considerados como dividendos
(para los efectos del artículo 11 de la LISR)
42220049000000
En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a
los índices 42130067000000 y/o 42130068000000 del anexo 13 no
eran correctas y lo llevaron a un incumplimiento fiscal, señaló alguna
salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del
contribuyente, o bien en su dictamen.
Metodología de precios de transferencia (para los efectos del artículo
180 de la LISR) por transacción con partes relacionadas
42220050000000
Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de
transferencia, exista evidencia de que se intentó aplicar en primer
término el método de precio comparable no controlado (previsto en el
artículo 180, fracción I de la LISR) para cada una de sus transacciones
con partes relacionadas que validó en sus estudios de precios de
transferencia.
42220051000000
Observó alguna inconsistencia de índole formal, por parte del
contribuyente en las respuestas de la información del contribuyente
sobre sus operaciones con partes relacionadas.
42220052000000
En caso afirmativo reveló alguna salvedad en el informe sobre la
revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien, en su dictamen.
Atentamente.
Ciudad de México, a 17 de diciembre de 2025.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de
Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio
de
Administración
Tributaria,
firma
el
Administrador
General
Jurídico,
Lic. Ricardo
Carrasco
Varona.- Rúbrica.
680
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
LISTA de valores mínimos para desechos de bienes muebles que generen las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
LISTA DE VALORES MÍNIMOS PARA DESECHOS DE BIENES MUEBLES QUE GENEREN LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
Con fundamento en los artículos 101, fracción I, 132, quinto párrafo, de la Ley General de Bienes
Nacionales; 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4°, apartado G,
fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3, fracciones VII
y XXIX, 4, fracción I, inciso a), 6, fracción XXXVI del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de
Bienes Nacionales; y en la Norma Segunda, fracción XXVIII del “ACUERDO por el que se expiden las Normas
Generales a las que se sujetará el registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles de la
Administración Pública Federal Centralizada”, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales
expide la siguiente:
LISTA DE VALORES MÍNIMOS PARA DESECHOS DE BIENES MUEBLES QUE GENEREN LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
C O N C E P T O
UNIDAD DE MEDIDA
VALOR UNITARIO
PESOS (M.N.)
Aceite quemado
Litro
2.4288
Acero cobrizado (copperweld)
Kilogramo
2.7392
Acero inoxidable (baleros, instrumental médico dañado y pedacería)
Kilogramo
13.4898
Acero inoxidable 430
Kilogramo
13.0710
Acumuladores
Kilogramo
13.3353
Aisladores de porcelana
Kilogramo
0.6077
Alambre de cobre con papel
Kilogramo
132.9107
Alfombra y bajo alfombra
Kilogramo
2.6707
Aluminio
Kilogramo
28.7507
Aluminio granular
Kilogramo
26.0686
Artículos de porcelana con herraje
Kilogramo
0.6700
Aserrín
Kilogramo
1.5315
Balastra
Kilogramo
1.9243
Block de grafito
Kilogramo
29.2436
Boleto de metro
Kilogramo
1.7190
Bolsas de polietileno
Kilogramo
4.2189
Bronce
Kilogramo
116.1451
Cable aluminio (AAC)
Kilogramo
31.8735
Cable aluminio (ACSR)
Kilogramo
21.2001
Cable aluminio con forro
Kilogramo
23.8812
Cable armado (TAFP)
Kilogramo
40.4646
Cable cobre concéntrico
Kilogramo
67.6375
Cable cobre conductor (EKC y EKI)
Kilogramo
147.0000
Cable cobre y forro de plástico autosoportado
Kilogramo
54.8774
Cable cobre con forro de plomo (TA y TAP)
Kilogramo
27.1673
Cable cobre paralelo con forro
Kilogramo
68.5764
Cable de fuerza
Kilogramo
98.8701
Cable polilam
Kilogramo
42.3057
Cámara de hule
Kilogramo
1.2390
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
681
Carretes de madera:
0.60 m
Pieza
87.3658
0.80 m
Pieza
104.1229
1.00 m
Pieza
129.2965
1.20 m
Pieza
163.8322
1.40 m
Pieza
299.9064
1.60 m
Pieza
310.1002
1.70 m
Pieza
343.9284
1.80 m
Pieza
355.8937
2.00 m
Pieza
429.8383
2.20 m
Pieza
455.0766
Cartón
Kilogramo
2.4296
Cartón de tapas
Kilogramo
2.4296
Cartoncillo (cubierta defectuosa)
Kilogramo
1.7372
Cartuchos de cinta para máquina de escribir
Kilogramo
2.5461
Cintas correctores IBM
Kilogramo
1.6463
Cobre desnudo
Kilogramo
159.6299
Conductores eléctricos de cobre con forro de plástico de diversos tipos y
calibres
Kilogramo
114.8112
Corbatas de hule
Kilogramo
0.2211
Costales:
a) Henequén y palma (cortados)
Pieza
0.7571
b) Yute capacidad de 40-50 Kg
Pieza
3.9705
c) Yute capacidad de 70-75 Kg (cortados transversalmente)
Pieza
0.7551
Cubeta para cera (plástico)
Pieza
3.1638
Cuchillas corta circuito con aislante de porcelana
Kilogramo
6.2781
Cuñetes:
a) Capacidad de 50 Kg
Pieza
23.5408
b) Capacidad de 100 Kg
Pieza
41.2418
Desecho ferroso:
a) Primera especial.- Acero al carbón, fierro dulce, accesorios de vía,
sobrantes de piezas troqueladas, etc., que no requiere preparación (corte)
para fundición.
Kilogramo
4.5787
b) Primera.- Acero al carbón, fierro dulce, cigüeñal de locomotora,
durmiente metálico, bastidor de truck, placa proveniente de carros,
tanques y toneles de ferrocarril, etc., que requiere preparación (corte) para
fundición.
Kilogramo
3.7607
c) Segunda.- Alambre y cable de acero, fierro galvanizado, postes
metálicos, tubería de acero, desecho mixto de fierro y lámina.
Kilogramo
3.8036
d) Tercera.- Fleje, lámina y cable galvanizado
Kilogramo
3.2818
e) Mixto contaminado
Kilogramo
0.9015
Desecho ferroso proveniente de:
a) Compactadoras
Kilogramo
4.6743
b) Motoconformadoras
Kilogramo
4.6743
682
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
c) Pavimentadoras
Kilogramo
4.8535
d) Petrolizadoras
Kilogramo
4.0368
e) Tractores
Kilogramo
4.6743
f) Tractores agrícolas
Kilogramo
4.6618
Desecho ferroso vehicular
Kilogramo
5.4444
Desperdicios alimenticios:
a) Proveniente de cocina
Kg/l
0.5154
b) Proveniente de comedor y dietología
Kg/l
0.6045
c) Proveniente de planta
Kilogramo
0.6045
Durmientes de madera de 4a
Pieza
26.0780
Ejes de carro de ferrocarril y locomotora
Kilogramo
5.1831
Escoria de bronce
Kilogramo
118.0493
Escoria de hierro
Kilogramo
1.1335
Esferas para máquina de escribir
Kilogramo
9.4971
Fierro colado
Kilogramo
5.3455
Garrafón:
a) Plástico de un galón
Pieza
1.1947
b) Plástico de 18 l
Pieza
2.5346
c) Plástico de 20 l
Pieza
2.3300
d) Plástico de 50 l
Pieza
8.4200
e) Vidrio de 20 l
Pieza
13.1125
Grasa de coco
Kilogramo
14.2932
Grasa de soya
Kilogramo
11.8967
Grasas diferentes especificaciones (contaminada)
Kilogramo
9.0279
Ladrillo refractario (pedacería)
Kilogramo
1.8206
Lata alcoholera
Pieza
6.1218
Latón
Kilogramo
108.9519
Leña común
Kilogramo
0.4852
Líquido fijador cansado con recuperación de gramos-plata por litro:
a) Hasta 3.9 g/l
Litro
66.0084
b) De 4.0 g/l hasta 4.9 g/l
Litro
76.3714
c) De 5.0 g/l hasta 5.9 g/l
Litro
91.8702
d) A partir de 6.0 g/l
Litro
101.5514
Literas (tubulares)
Kilogramo
3.2914
Luminaria (desecho)
Kilogramo
3.2271
Llantas:
a) Completas y/o renovables
Kilogramo
2.7257
b) Segmentadas y/o no renovables
Kilogramo
0.6282
Machimbradoras manuales
Kilogramo
11.1651
Madera creosotada
Kilogramo
0.6162
Madera de empaque
Kilogramo
0.8908
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
683
Madera proveniente del desmantelamiento de coches y carros de
ferrocarril
Kilogramo
0.7514
Madera proveniente de tarimas
Kilogramo
1.7475
Mancuerna de carro y coche de ferrocarril
Kilogramo
5.3352
Medidores de energía eléctrica, de gas, registradores de potencia y factor
de potencia
Kilogramo
4.4226
Papel archivo
Kilogramo
2.5050
Papel archivo con calca
Kilogramo
0.3743
Papel cesto
Kilogramo
0.2399
Papel con tubo
Kilogramo
1.3514
Papel de capa o lomo
Kilogramo
1.1829
Papel de revoltura
Kilogramo
0.6110
Papel kraft
Kilogramo
1.8104
Papel listado de computadora (forma continua)
Kilogramo
1.9927
Papel periódico
Kilogramo
1.6926
Papel pliego impreso
Kilogramo
1.9776
Papel proveniente de imprenta (impreso y recorte de bond ahuesado y
cartulina)
Kilogramo
1.8911
Papel proveniente de revistas, publicaciones y folletos
Kilogramo
1.4332
Papel viruta color
Kilogramo
1.6036
Papel viruta de 2a. con goma
Kilogramo
1.3027
Piedra de esmeril
Kilogramo
0.3901
Pintura caduca y gelada
Litro
2.1775
Plástico
Kilogramo
5.1269
Plástico acrílico
Kilogramo
4.1778
Plomo
Kilogramo
16.0530
Plomo con clavo y pabilo
Kilogramo
16.9083
Polietileno
Kilogramo
4.9533
Polipropileno
Kilogramo
7.1990
Polvo de grafito
Kilogramo
1.4978
Postes de concreto
Pieza
54.0243
Postes de madera
Kilogramo
0.8859
Radiadores de ferrocarril y automotrices
Kilogramo
80.0827
Rebaba de acero tipo listón y granel
Kilogramo
2.6058
Rebaba de aluminio
Kilogramo
18.2218
Rebaba de bronce
Kilogramo
91.1822
Rebaba de cobre
Kilogramo
127.8461
Rebaba de fierro colado
Kilogramo
1.5155
Residuos de catalizador automotriz
Kilogramo
0.3793
684
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Riel de ferrocarril:
a) 4 Rayas mayor de 3.05 m (sin cortar)
Kilogramo
6.1282
b) 4 Rayas menor de 3.05 m (sin cortar)
Kilogramo
5.6928
Rodillos de computadora
Kilogramo
0.8941
Rueda de acero de carro y coche de ferrocarril
Kilogramo
6.4415
Sacos:
a) Manta
Pieza
5.6932
b) Papel kraft y polietileno (multicapas)
Pieza
1.1557
c) Polipropileno
Pieza
5.7830
d) Polipropileno (pedacería)
Kilogramo
4.2432
Tambos de lámina capacidad de 200 l:
a) Buenos
Pieza
104.2635
b) Regulares
Pieza
50.0465
c) Mal estado (picado o corroído)
Pieza
20.8527
Tambos de plástico capacidad de 200 l
Pieza
181.9449
Tarjeta IBM
Kilogramo
4.1862
Tela (recorte de maquila)
Kilogramo
2.5748
Tierra de plomo
Kilogramo
16.1514
Tierra de zinc
Kilogramo
24.9817
Transformadores de corriente
Kilogramo
16.4847
Transformadores de distribución y potencia con aceite
Kilogramo
13.5087
Transformadores de distribución y potencia sin aceite
Kilogramo
16.4111
Trapos:
a) Colchas, cobijas, sábanas, cortinas, vestuarios, campos, portacharolas
y otros de tela proveniente de los hospitales (limpios)
Kilogramo
12.1998
b) Desperdicios sucios y manchados (no contaminados)
Kilogramo
7.0501
Tubería admiralty
Kilogramo
103.0629
Tubería de cuproníquel
Kilogramo
147.2658
Tubería HK 40
Kilogramo
39.9948
Tubos de acero al carbón en tramos mayores de 3 m de longitud con
diámetro exterior:
a) Hasta 33.40 mm (1 5/16")
Kilogramo
26.0465
b) Mayor de 33.40 mm hasta 114.30 mm (4 1/2")
Kilogramo
26.0465
c) Mayor de 114.30 mm hasta 219.08 mm (8 5/8")
Kilogramo
18.5464
d) Mayor de 219.08 mm hasta 406.40 mm (16")
Kilogramo
14.7245
e) Mayor de 406.40 mm hasta 1,219.20 mm (48")
Kilogramo
15.3631
Tubos fluorescentes (rotos)
Kilogramo
0.3148
Vidrio pedacería
Kilogramo
0.1152
Zinc metálico (desecho)
Kilogramo
43.0503
Los valores de la presente lista no incluyen el Impuesto al Valor Agregado y entrarán en vigor al día
siguiente de su publicación, la cual estará vigente hasta en tanto no se emita una nueva.
Ciudad de México a dos de enero de dos mil veintiséis.- Presidente del Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales, Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya.- Rúbrica.
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
685
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO
CONVENIO de Coordinación Específico para la distribución y el ejercicio de los subsidios del Programa de
Mejoramiento Urbano de la Vertiente de Infraestructura y Equipamiento para el ejercicio fiscal 2025, que
celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de México y el Municipio de
Chimalhuacán.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.-
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano
y Vivienda.
PROGRAMA DE MEJORAMIENTO URBANO 2025 VERTIENTE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
CONVENIO DE COORDINACION ESPECIFICO
ESTADO DE MÉXICO/MUNICIPIO DE CHIMALHUACÁN
CCE/DGIE/023/2025
Convenio de Coordinación Específico para la distribución y el Ejercicio de los Subsidios del Programa de
Mejoramiento Urbano de la Vertiente de Infraestructura y Equipamiento para el ejercicio fiscal 2025, que
celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y
Urbano, en lo sucesivo “LA SEDATU”, a través de Juan Martín Amparano Rodríguez, Director General de
Infraestructura y Equipamiento, “LA DGIE”, asistido por la Ciudadana Aurora del Socorro Muñoz Martínez,
Directora General de Coordinación de Oficinas de Representación y el Ciudadano Axayácatl Emiliano
Ramírez Chávez, Titular de la Oficina de Representación en el Estado de México, en lo sucesivo
“LA INSTANCIA AUXILIAR”; el poder ejecutivo del gobierno del Estado de México, en lo sucesivo
“EL ESTADO”, representado por el Mtro. Horacio Duarte Olivares, Secretario General de Gobierno del Estado
de México y el C.P. Oscar Flores Jiménez, Secretario de Finanzas del Estado de México; y por otra parte el
Municipio de Chimalhuacán, Estado de México, que en lo sucesivo indistintamente y para efectos del presente
convenio podrá ser denominado como “EL MUNICIPIO”, "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA”,
“LA INSTANCIA SOLICITANTE” o “LA INSTANCIA EJECUTORA”, según corresponda, representado por la
Ciudadana Xóchitl Flores Jiménez, en su carácter de Presidenta Municipal Constitucional, quien se encuentra
asistida por la Ciudadana Patricia Josefina Jiménez Hernández, en su calidad de Secretaria del Ayuntamiento
del Municipio de Chimalhuacán, Estado de México; a quienes en conjunto se les denominará “LAS PARTES”,
al tenor de los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES
1. El artículo 26, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM),
establece la obligación del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo
nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la
economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
2. El artículo 134 de la CPEUM establece que, los recursos económicos de que dispongan la Federación,
las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se
administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los
que estén destinados.
3. El artículo 4, fracción I, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y
Desarrollo Urbano reconoce el derecho a la ciudad como un principio rector de la planeación, regulación y
gestión de los asentamientos humanos, y lo define como la obligación del Estado de garantizar a todos los
habitantes de un asentamiento humano o centros de población, el acceso a la vivienda, infraestructura,
equipamiento y servicios básicos, a partir de los derechos reconocidos por la CPEUM y los tratados
internacionales suscritos por México en la materia.
4. Que los artículos 2 y 6, de la Ley de Vivienda, disponen que se considera vivienda digna y decorosa la
que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción,
salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos y brinde a sus
ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la
prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente
agresivos; asimismo, que la Política Nacional de Vivienda tiene por objeto promover oportunidades de acceso
a la vivienda para la población, preferentemente para aquella que se encuentre en situación de pobreza,
marginación o vulnerabilidad e incorporar estrategias que fomenten la concurrencia de los sectores público,
social y privado para satisfacer las necesidades de vivienda, en sus diferentes tipos y modalidades,
entre otros.
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5. Conforme a los artículos 2, fracción LIII, 74 y 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, los subsidios son asignaciones de recursos federales previstas en el
Presupuesto de Egresos que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores
de la sociedad, a las entidades federativas o municipios para fomentar el desarrollo de actividades sociales o
económicas prioritarias de interés general, que serán ministrados por las dependencias con cargo a sus
presupuestos, asegurando la coordinación de acciones entre dependencias y entidades, para evitar la
duplicidad en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos.
6. El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 24 de diciembre de 2024, contempla entre los programas presupuestarios del Ramo
Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, el Programa de Mejoramiento Urbano en adelante
“EL PROGRAMA”.
7. El artículo 28, de la Ley de Planeación establece que, las acciones contenidas en el Plan Nacional de
Desarrollo, así como en los programas que de él emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto
de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; por tanto, en términos del artículo 33 de dicho
ordenamiento, se podrá convenir con los gobiernos locales, y la participación que corresponda a los
municipios, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a
efecto de que participen y coadyuven a la consecución de los objetivos de la planeación nacional.
8. Los artículos 74 y 75, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria disponen lo
correspondiente a la autorización de la ministración de subsidios y transferencias con cargo a los
presupuestos de las dependencias, que se aprueben en el Presupuesto de Egresos, así como que dichos
subsidios están sujetos a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y
temporalidad.
9. El artículo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que las
dependencias podrán transferir recursos presupuestarios a las entidades federativas con el propósito de
descentralizar o reasignar la ejecución de programas o proyectos federales, entre otros, con cargo a sus
presupuestos y por medio de convenios de coordinación que serán públicos.
10. El artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental establece que, para efectos de la
presentación de la información financiera y la cuenta pública, debe existir una cuenta bancaria productiva
específica por cada fondo de programa de subsidios u otros, a través de los cuales se ministren recursos
federales. En las cuentas bancarias productivas específicas se manejarán exclusivamente los recursos
federales del ejercicio fiscal respectivo y sus rendimientos, y no podrá incorporar recursos locales ni las
aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios de las obras y acciones; así como que los recursos
federales sólo pueden ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
a dichas cuentas bancarias productivas específicas, a través de las tesorerías de las entidades federativas,
salvo en el caso de ministraciones relacionadas con obligaciones de las entidades federativas o municipios,
así como las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, que estén garantizadas con la afectación de sus
participaciones o aportaciones federales, en términos de lo dispuesto por los artículos 9, 50 y 51 de la Ley de
Coordinación Fiscal y los demás casos previstos en las disposiciones legales aplicables.
11. El Plan Nacional de Desarrollo 2025 – 2030, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de
abril de 2025, en su Eje General 2: Desarrollo con bienestar y humanismo, en su objetivo 2.19: Promover
entornos públicos justos y adaptativos mediante la planificación de espacios rurales y urbanos, con el objetivo
de reducir las disparidades en el acceso a oportunidades y servicios entre diferentes regiones y comunidades
del país, prevé la estrategia 2.10.2 Colaborar en el diseño, construcción, renovación y ampliación de obras
comunitarias y espacios urbanos con enfoque de género, infancia y pertinencia cultural, mejorando el entorno
habitable y garantizando el acceso inclusivo a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos y de
esparcimiento, así como la mejora de servicios ambientales, con enfoque de seguridad, accesibilidad y
habitabilidad, a lo que se ajusta el Programa de Mejoramiento Urbano, que para efectos de este instrumento,
será denominado como “EL PROGRAMA”.
12. De conformidad con el artículo 28, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal
2025, el día 05 de febrero de 2025 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación
del Programa de Mejoramiento Urbano, para el ejercicio fiscal 2025, que en lo sucesivo se denominarán
“LAS REGLAS”.
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13. “LAS REGLAS” en su numeral 6.6 señalan que, una vez comunicada la disponibilidad presupuestaria y
el número de proyecto, el Área Responsable, a petición de la Instancia Ejecutora, podrá solicitar a la Dirección
General de Programación y Presupuesto de "LA SEDATU", la radicación de recursos vía el instrumento
financiero que al efecto corresponda, de conformidad con los montos de los subsidios autorizados y a la
disponibilidad presupuestal del Programa. Para las radicaciones subsecuentes al proyecto, estas quedarán
sujetas a la debida comprobación del gasto por parte de la Instancia Ejecutora, conforme a la normativa
aplicable.
14. “LAS REGLAS”, en su numeral “13.5 Coordinación institucional”, Con el propósito de propiciar la
sinergia con otros Programas públicos y privados para el ordenamiento territorial, el desarrollo regional y
comunitario en las localidades, municipios, demarcaciones territoriales y entidades federativas en las que
interviene “EL PROGRAMA” y “LA SEDATU” promoverá la coordinación de esfuerzos con dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal, con instituciones y organismos privados,
así como de la sociedad civil. Para ello, en su caso, se suscribirán los instrumentos jurídicos de coordinación
correspondientes.
15. “EL PROGRAMA”, es un instrumento congruente con los tratados internacionales a los que México se
ha adherido, como la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con el objetivo 11,
denominado Ciudades y Comunidades Sostenibles, el cual establece: "Lograr que las ciudades y los
asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles"; en específico las metas 11.1,
11.3, 11.7, 11.a y 11.b, resaltan la importancia de asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y
servicios básicos adecuados, seguros y asequibles, así como de mejorar los barrios marginales; de aumentar
la urbanización inclusiva, sostenible y la capacidad para una planificación y gestión participativas, integradas y
sostenibles de los asentamientos humanos; de proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios
públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y la niñez, las personas mayores de
edad y las personas con discapacidad; de apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos
entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación del desarrollo
nacional y regional; y, finalmente, de aumentar sustancialmente el número de ciudades y asentamientos
humanos que adoptan y ponen en marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso
eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia ante los
desastres.
16. “LA SEDATU”, el Estado de México y “LA INSTANCIA SOLICITANTE” suscribieron el Convenio Marco
de Coordinación número CMC/PMU/VIE/002/2025, de fecha 13 de mayo de 2025 para el ejercicio de
subsidios de la Vertiente de Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano,
correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
17. De conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, con fecha 22 de abril de 2025, en la Cuarta
Sesión Extraordinaria del Comité de Validación de “EL PROGRAMA”, se autorizó el Plan de Acciones
Urbanas, concerniente al municipio de Chimalhuacán, en el Estado de México, mismo que contiene la cartera
de acciones y/o proyectos, susceptibles a recibir recursos de “EL PROGRAMA”, y sus montos máximos de
asignación presupuestal por intervención.
18. “EL MUNICIPIO”, además de pedir el apoyo de “EL PROGRAMA”, ha solicitado ser Instancia Ejecutora
de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, conforme a lo dispuesto en los numerales 11.7, inciso e) de
“LAS REGLAS”, para la ejecución de los proyectos materia del presente instrumento jurídico.
“LAS PARTES” manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. “LA SEDATU” declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I, 26 y 41, de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal; y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano (RISEDATU).
I.2. Entre sus atribuciones están las de: “Planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la
ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo
sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
competentes, y coordinar las acciones que el Ejecutivo Federal convenga con los gobiernos de las entidades
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federativas y municipales para la realización de acciones en esta materia, con la participación de los sectores
social y privado”; “Promover y concertar programas de vivienda y de desarrollo urbano y metropolitano, y
apoyar su ejecución, con la participación de los gobiernos de las entidades federativas y municipales, así
como de los sectores social y privado, a efecto de que el desarrollo nacional en la materia se oriente hacia
una planeación sustentable y de integración”, y “Promover y ejecutar la construcción de obras de
infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y urbano, en coordinación con los gobiernos
estatales y municipales y con la participación de los sectores social y privado”, de conformidad con lo
establecido por el artículo 41, fracciones X, XIII y XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.3. El Titular de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, Juan Martín Amparano
Rodríguez, adscrito a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, en lo sucesivo
“LA DGIE” y Área Responsable de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, cuenta con facultades y
atribuciones para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2,
apartado A, fracción I, inciso b; 9, fracción IV y 19 del “RISEDATU"; así como en los numerales 4.1, 6.1, 6.5.2,
fracción VIII, 11.4, fracción II, inciso i) y 13.5 de “LAS REGLAS”.
I.4. La Directora General de Coordinación de Oficinas de Representación, Aurora Del Socorro Muñoz
Martínez, en su carácter de superior jerárquico de la Oficina de Representación en el Estado de México,
cuenta con facultades y atribuciones para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 2, apartado A, fracción III, inciso r), 9, fracción IV y 36 del “RISEDATU”, quien podrá nombrar a un
servidor público para que, en su representación, dé seguimiento a las funciones que le correspondan
conforme a la normatividad aplicable, comunicándolo a las demás instancias participantes.
I.5. El C. Axayácatl Emiliano Ramírez Chávez, Titular de la Oficina de Representación en el Estado de
México, cuenta con atribuciones para suscribir el presente Convenio, de acuerdo con lo señalado en los
artículos 2, apartado A, fracción V, 38, y 39 del RISEDATU; y numerales I y VI de “LAS REGLAS”.
I.6. Para efectos de este Convenio de Coordinación Específico, señala como su domicilio legal el ubicado
en Avenida Nuevo León 210, colonia Hipódromo, demarcación territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06100,
Ciudad de México.
II.- "EL ESTADO" declara, por conducto de sus representantes, que:
II.1. El Estado de México, es parte integrante de la Federación, libre y soberano en su régimen interior, de
conformidad con los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1 y 3 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
II.2. El Secretario General de Gobierno, Mtro. Horacio Duarte Olivares, cuenta con atribuciones para
suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en r los artículos 78 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de México: 4, 6, 19, 23, fracción I, 24 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de México, así como 2, 6 y 7 del Reglamento Interior de la Secretaría General de
Gobierno.
II.3. El Secretario de Finanzas, C.P Oscar Flores Jiménez, acredita su personalidad con el nombramiento
expedido a su favor por la Gobernadora Constitucional del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez, el 16 de
noviembre de 2024; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento
en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 4, 6, 19, 23, fracción III,
28 y 29, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 6 y 7 fracciones V y XLVII del
Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas.
II.4. Para efectos del presente convenio, señala como domicilio legal el ubicado en Palacio
de Gobierno del Estado de México, Lerdo Poniente 300, puerta 250, colonia Centro, código postal 50000,
Toluca de Lerdo, México.
III.- Declara “EL MUNICIPIO”, en su carácter de "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", por
conducto de sus representantes, que:
III.1. El Municipio de Chimalhuacán es una institución de derecho público que posee personalidad jurídica
y patrimonio propio, con autonomía para la administración de su hacienda, conforme a lo dispuesto por el
artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 112 y 117
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y de conformidad con lo establecido en los
artículos 5, 6 y 16 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
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III.2. Xóchitl Flores Jiménez, Presidenta Municipal del Honorable Ayuntamiento de Chalco, Estado de
México, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, en términos de lo previsto por
los artículos 122, 125 y 128 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, así como por
las atribuciones que le confiere el artículo 48 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Así como el
numeral 11.6 de “LAS REGLAS”.
III.3. Patricia Josefina Jiménez Hernández, en su carácter de Secretaria del Ayuntamiento, cuenta con
facultades para asistir a la Presidenta Municipal en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con
lo dispuesto en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y con las atribuciones previstas
en el artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, relativas a la Secretaría del
Ayuntamiento y a las funciones de su titular. Así como el numeral 11.6 de “LAS REGLAS”.
III.4. Señala como su domicilio legal el ubicado en Ignacio Zaragoza S/N, Cabecera Municipal,
código postal 56330, Chimalhuacán, Estado de México.
IV.- “LAS PARTES” declaran que:
IV.1. En la celebración del presente acto jurídico no existe error, dolo o mala fe, por lo que es celebrado de
manera voluntaria, y reconocen mutuamente la personalidad con que comparecen sus respectivos
representantes.
IV.2. Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparecen cada una
de “LAS PARTES” es su voluntad celebrar el presente Convenio de Coordinación Específico.
IV.3. Reconocen y es aplicable el contenido del Convenio Marco de Coordinación para la distribución y
ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano,
correspondientes al ejercicio fiscal 2025, suscrito por "LAS PARTES".
IV.4. Reconocen que el presente instrumento no constituye alguna facultad discrecional respecto al
cumplimiento de las obligaciones que en este Convenio se plasman, encaminadas a surtir efectos jurídicos en
beneficio de la población en general, al amparo de la presunción de legalidad y ejecutoriedad.
IV.5. En la Cláusulas TERCERA y QUINTA del Convenio Marco, se establece que, para la implementación
y ejecución de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES” suscribirán los Convenios de Coordinación Específicos o
instrumentos jurídicos específicos, en los que se establecerán los datos de "LOS PROYECTOS" que serán
apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA” y en los cuales aplicará el contenido de todos los apartados del
Convenio Marco de Coordinación; así como que en los Convenios de Coordinación Específicos se señalará
que “LA INSTANCIA SOLICITANTE” fungirá como Ejecutora de "LOS PROYECTOS".
Con fundamento en los artículos 26, apartado A, 90 y 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1, 2, 17 Bis, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 28 y 33 de la
Ley de Planeación; 1,4, 74, 75, 77 y 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1,
176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4, 8, 9, 48,
49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 65,
fracción XIV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025; artículos 1 y 2, Apartado A, fracciones I, inciso b) y
III, incisos g) y h); 18, 19 y 20 del Reglamento Interior de "LA SEDATU"; lo dispuesto en “LAS REGLAS”, y
demás disposiciones jurídicas aplicables, "LAS PARTES" manifiestan su voluntad de celebrar el presente
Convenio de Coordinación Específico, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases y mecanismos sobre los
cuales "LA SEDATU" transferirá, con la participación de "EL ESTADO" a “EL MUNICIPIO”, en su carácter de
"LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", los recursos presupuestarios federales con carácter de
subsidios, en lo sucesivo “LOS SUBSIDIOS", para la ejecución de los proyectos de la Vertiente Infraestructura
y Equipamiento de "EL PROGRAMA" que dispone la presente cláusula, correspondientes al ejercicio fiscal
2025, a los que para efectos del presente convenio se entenderán como "LOS PROYECTOS", que han sido
aprobados por el Comité de Validación de “EL PROGRAMA”, en términos de lo establecido
en “LAS REGLAS”, los cuales se ejecutarán en el municipio de Chimalhuacán, con el fin de beneficiar a la
población del Estado de México, para lo cual, “EL MUNICIPIO” debe garantizar la correcta utilización y
comprobación de "LOS SUBSIDIOS", los cuales se ejecutarán en términos de los numerales 6.6 y demás
relativos y aplicables de “LAS REGLAS”.
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"LOS PROYECTOS" autorizados en términos de las disposiciones establecidas en “LAS REGLAS” y que
recibirán en el ejercicio fiscal 2025, los subsidios federales por los montos aproximados son los siguientes:
Vertiente
Modalidad
Proyecto
Importe
Infraestructura y
Equipamiento
Equipamiento
y
Espacio Público
Proyecto integral que incluye la elaboración y
desarrollo del proyecto ejecutivo y la ejecución de la
Adecuación de infraestructura del Colector Huatongo,
en el Municipio de Chimalhuacán, Estado de México.
$27,400,000.00
Total con IVA
(Veintisiete millones cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.)
$27,400,000.00
Dicho importe incluye los conceptos que, en su momento "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA"
pudiera generar por el Impuesto al Valor Agregado que derive de algún proceso de contratación o cualquier
otro que se pudiera generar exclusivamente para la ejecución de dichos proyectos y tipos de apoyo.
SEGUNDA. APLICACIÓN DEL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN. “LAS PARTES” acuerdan que
el presente Convenio de Coordinación Especifico deriva del Convenio Marco de Coordinación celebrado en el
presente ejercicio fiscal entre "LAS PARTES" con fecha 13 de mayo de 2025, por lo que el contenido de todos
los apartados de dicho Convenio es aplicable a este instrumento jurídico, conforme a lo previsto
en “LAS REGLAS”.
TERCERA. MONTO DE LOS RECURSOS. Para la realización de las acciones objeto del presente
instrumento "LA SEDATU" transferirá, con la participación correspondiente de "EL ESTADO", a través de una
cuenta bancaria única productiva a “EL MUNICIPIO” recursos presupuestarios federales del ejercicio fiscal
2025, hasta por un total de $27,400,000.00 (veintisiete millones cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.),
conforme al monto autorizado en el Informe Técnico de Justificación y Viabilidad para el Otorgamiento del
Subsidio de la Vertiente que se presentó ante el Comité de Validación de “EL PROGRAMA”, sin perjuicio de la
aportación que, en su caso, y de forma separada "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" destine
para cumplir con los alcances de "LOS PROYECTOS".
En ese sentido, "LAS PARTES" acuerdan y se comprometen, conforme a lo previsto en el presente
instrumento, a que “LOS SUBSIDIOS" que transfiere "LA SEDATU", conforme a la Ley General de
Contabilidad Gubernamental, a "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", con la participación que
corresponda a “EL ESTADO", se aplicarán única y exclusivamente para la ejecución de "LOS PROYECTOS"
señalados en la CLÁUSULA PRIMERA de este convenio, quedando bajo su responsabilidad el cumplimiento
de las disposiciones aplicables a "LOS SUBSIDIOS".
"LOS SUBSIDIOS" que transfiera "LA SEDATU", en los términos de este Convenio de Coordinación
Específico, corresponden a un porcentaje del subsidio que proviene del Ramo Administrativo 15 "Desarrollo
Agrario, Territorial y Urbano", asignados a “EL PROGRAMA”, que no pierden su carácter federal.
"LOS SUBSIDIOS" que se transfieren con motivo del presente instrumento estarán, en todo momento,
sujetos a la disponibilidad presupuestal de “EL PROGRAMA” en el ejercicio fiscal vigente, por lo que deben
sujetarse a lo autorizado por el Comité de Validación de “EL PROGRAMA” y a lo establecido en el presente
documento. Lo anterior, sin perjuicio de las aportaciones que de forma independiente realice "LA INSTANCIA
SOLICITANTE Y EJECUTORA" para cumplir con el objeto del presente convenio o, en su caso, a
modificaciones que procedan conforme a lo previsto en este convenio.
"LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" debe remitir a “LA DGIE” el documento con las
especificaciones de las aportaciones locales, sean recursos monetarios, acciones o aportaciones en especie a
que refiere el numeral 6.2 de “LAS REGLAS”, dentro de los cuarenta y cinco (45) días naturales siguientes al
inicio de sus obras o, en su caso, informar de manera fundada y motivada que no cuenta con la suficiencia
presupuestaria para su desarrollo o ejecución.
CUARTA. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD DE LOS PROYECTOS. “LA INSTANCIA SOLICITANTE Y
EJECUTORA”, bajo protesta de decir verdad, manifiesta que “LOS PROYECTOS” aprobados cumplen con los
requisitos de elegibilidad señalados en “LAS REGLAS”; o, en su defecto, deberá continuar con los trámites
correspondientes que permitan su ejecución.
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"LAS PARTES" acuerdan que "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" podrá realizar ajustes y
modificaciones a "LOS PROYECTOS" que refiere la CLÁUSULA PRIMERA del presente instrumento, con
cargo a su presupuesto, y siempre y cuando resulten necesarias para el correcto funcionamiento de los
mismos, así como para beneficiar al mayor número de población que radica en el Estado de México previo
conocimiento y acuerdo con “LA SEDATU”, a través de “LA DGIE” y, en su caso, del Comité de Validación de
“EL PROGRAMA”.
QUINTA. DE LA TRANSFERENCIA DE "LOS SUBSIDIOS".- El mecanismo de transferencia
de "LOS SUBSIDIOS", ejecución y comprobación debe llevarse a cabo observando los criterios de eficiencia,
eficacia, economía, transparencia y honradez que aseguren las mejores condiciones disponibles en cuanto a
precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, previstos en el artículo 134,
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el principio de anualidad, disposiciones y
destinos previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025; los criterios
generales que rigen la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos
previstos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental; los criterios generales de responsabilidad
hacendaria y financiera que rigen a los Municipios y Alcaldías, así como a sus respectivos Entes Públicos,
previstos en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; los criterios de
objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, así como para la programación,
presupuestación, ejercicio, control y evaluación aplicables a los recursos federales previstos en la Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público y su Reglamento, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas y su Reglamento, “LAS REGLAS” y demás disposiciones aplicables.
Los subsidios federales que refiere el párrafo anterior serán transferidos por "LA SEDATU"
a "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", con la participación correspondiente de “EL ESTADO",
conforme al Convenio Marco de Coordinación celebrado con el mismo, y deben ser utilizados de acuerdo con
los plazos señalados en el calendario de ejecución y el avance de obra comprobable a través de las
estimaciones correspondientes, conforme a la normativa aplicable.
Para tal efecto, "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA” manifiesta que los recursos podrán ser
radicados en la cuenta bancaria productiva, única y específica siguiente:
Número de cuenta
CLABE Bancaria
Institución Bancaria
Sucursal
0126131018
012420001261310180
BBVA México, S.A., Institución de Banca
Múltiple, Grupo Financiero BBVA México
0710
Lo anterior, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente
identificados, debiendo remitir copia certificada del contrato a "LA SEDATU", en un plazo no mayor a tres (03)
días hábiles posteriores a la firma del presente instrumento, en términos de las disposiciones aplicables.
Para tal efecto, se compromete a enviar a “LA SEDATU" el comprobante fiscal oficial por el monto total de
los recursos transferidos, conforme a los establecidos en el numeral 6.6 de “LAS REGLAS”
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales, "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y
EJECUTORA" se obliga a usarlos íntegramente y enterar a la Tesorería de la Federación (TESOFE), los
rendimientos financieros que se generen, de la cuenta bancaria productiva específica para la administración
de los recursos federales de “EL PROGRAMA”.
De igual forma, en caso de existir economías derivadas del proceso de contratación o durante la ejecución
de "LOS PROYECTOS" por cualquier circunstancia, "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" debe
reintegrar el recurso a la TESOFE, en términos de la normativa aplicable y lo que establezca “LAS REGLAS”.
No obstante lo previsto en el párrafo anterior, en caso de haber economías y siempre y cuando se
beneficie a la población, previo acuerdo con "LA SEDATU” y con la autorización correspondiente conforme a
“LAS REGLAS”, los recursos que deriven de economías podrán ser reasignados, redistribuidos o ampliar los
alcances de los tipos de apoyo, conforme a los supuestos que para tal efecto estén dispuestos
en “LAS REGLAS”.
SEXTA. NORMATIVA. La distribución y ejecución de "LOS PROYECTOS" que serán apoyados con
subsidios de “EL PROGRAMA”, están sujetos a las disposiciones establecidas en la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas y su Reglamento; la Ley General de Contabilidad Gubernamental; la Ley de
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Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; el Presupuesto de Egresos de
la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025; la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Urbano; 2 y 6, de la Ley de Vivienda: la Ley General de Transparencia y Acceso a la
Información Pública; la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;
“LAS REGLAS”; este Convenio de Coordinación Específico; así como a las demás disposiciones jurídicas
federales y locales aplicables.
SÉPTIMA. INSTANCIA EJECUTORA. "LAS PARTES" acuerdan que “EL MUNICIPIO” es "LA INSTANCIA
EJECUTORA" de "LOS PROYECTOS” que refiere el presente Convenio, y será la responsable de aplicar
"LOS SUBSIDIOS" asignados en el marco de “EL PROGRAMA”, en apego a “LAS REGLAS” y las
disposiciones jurídicas aplicables que rigen el ejercicio del gasto público federal, así como dar cumplimiento a
las obligaciones establecidas por “LAS REGLAS” para dicha instancia.
OCTAVA. RESPONSABILIDADES DE “LA SEDATU". Para el cumplimiento del objeto del presente
Convenio de Coordinación Específico, "LA SEDATU”, a través de “LA DGIE", conforme a lo establecido en
“LAS REGLAS”, tendrá las siguientes responsabilidades:
1.
Asesorar a la "INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", cuando esta lo requiera, sobre
cuestiones técnicas y normativas, dentro de sus ámbitos de responsabilidad;
2.
Establecer las acciones de capacitación y orientación en la aplicación de "LOS SUBSIDIOS";
3.
Apoyar en la integración y operación de los Comités de Contraloría Social, en los términos que se
establecen en “LAS REGLAS” y la normativa de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno;
4.
En caso de ser requerido por "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", proporcionarle los
elementos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Convenio;
5.
A través de la Dirección General de Programación y Presupuesto de “LA SEDATU" transferir
"LOS SUBSIDIOS" que refiere la CLÁUSULA TERCERA del presente Convenio específico
a "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA”, a través de la Secretaría de Finanzas
de "EL ESTADO", y con la participación que corresponda de Dirección General de Obras
Comunitarias y “LA DGIE” de "LA SEDATU”, a efecto de que sean aplicados específicamente en
"LOS PROYECTOS" autorizado por el Comité de Validación de “EL PROGRAMA”, mediante una
cuenta bancaria productiva, conforme al proceso de elegibilidad, descrito en “LAS REGLAS” y la
normativa aplicable;
6.
Recibir el reporte trimestral de "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", para su revisión y,
en su caso, emitir las observaciones procedentes en un plazo no mayor a cinco días hábiles a partir
de la fecha de su recepción;
7.
En el ámbito de su competencia, proponer mecanismos que permitan que "LOS SUBSIDIOS", sean
aplicados a la realización del objeto al que son destinados, sin perjuicio de las atribuciones que en la
materia correspondan a otras instancias competentes;
8.
Dar seguimiento al avance físico financiero de las obras, conforme a la normativa aplicable;
9.
Solicitar la entrega del expediente que contenga los avances en el cumplimiento del objeto del
presente instrumento, así como el avance de obra que sustenten y fundamenten la aplicación de los
recursos presupuestarios federales a "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA";
10. Recibir y, en su caso, requerir a “EL MUNICIPIO”, los estados de cuenta mensuales de la cuenta
bancaria productiva, única y específica que refiere la CLÁUSULA QUINTA del presente instrumento
jurídico;
11. Dar seguimiento, en coordinación con "LA INSTANCIA AUXILIAR” y con "LA INSTANCIA
SOLICITANTE Y EJECUTORA", al avance y cumplimiento del objeto del presente instrumento, y
12. Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, las que
establezcan la Instancia Normativa, conforme a sus atribuciones reglamentarias, “LAS REGLAS” y
demás disposiciones aplicables.
NOVENA. RESPONSABILIDADES DE "LA INSTANCIA AUXILIAR". Para el cumplimiento del objeto del
presente instrumento jurídico, la Oficina de Representación, en su carácter de “LA INSTANCIA AUXILIAR",
bajo la supervisión de la Dirección General de Coordinación de Oficinas de Representación, tendrá los
siguientes compromisos:
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a.
Apoyar a "LAS PARTES", en la coordinación de acciones con las autoridades estatales y
municipales;
b.
Promover y difundir “EL PROGRAMA”, así como la(s) Convocatoria(s) que emita "LA SEDATU", con
el fin de dar cumplimiento al objeto del presente instrumento jurídico;
c.
Colaborar con "LAS PARTES" en las actividades para la elaboración validación y suscripción de los
instrumentos jurídicos relacionados con “EL PROGRAMA”;
d.
Dar seguimiento a la ejecución, operación y ejercicio del gasto de las obras y acciones e informar
periódicamente su evolución a "LA SEDATU";
e.
Coadyuvar con "LA SEDATU” para la correcta y oportuna operación de “EL PROGRAMA”;
f.
Asesorar a la “INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", en los distintos procesos relacionados
con la solicitud, operación, conservación y mantenimiento de las obras y acciones apoyadas por el
“EL PROGRAMA”;
g.
Apoyar a la “INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA” en el registro de "LOS PROYECTOS" en el
Sistema de Información determinado por "LA SEDATU”, de acuerdo con la Apertura Programática,
así como al expediente técnico de cada obra o acción, conforme a lo previsto en “LAS REGLAS”;
h.
Coadyuvar, en su caso, con la "INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" para recolectar y
capturar la información socioeconómica en el sistema que determine "LA SEDATU", en el registro de
beneficiarios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, en caso de resultar procedente o
conforme a la normativa aplicable;
i.
En coordinación con la "INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" verificar, la correcta conclusión
de los trabajos y de acciones apoyadas por “EL PROGRAMA” y, en su caso, la definición del
mecanismo establecido para el mantenimiento y conservación de las obras;
j.
Remitir a la autoridad competente, las denuncias de las que tengan conocimiento con relación
a “EL PROGRAMA”, conforme a la normativa aplicable;
k.
En su caso, participar, promover, operar, difundir y dar seguimiento a las actividades de contraloría
social en términos de “LAS REGLAS” y la normativa aplicable;
l.
Coadyuvar en coordinación con “LA SEDATU" en el seguimiento de las acciones que lleve a cabo la
"INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA” en el desarrollo y ejecución de las obras
complementarias que convenga con "LA SEDATU", así como en la remisión, a "LA DGIE", del anexo
con las especificaciones de las obras o acciones complementarias en un máximo de 45 días
naturales siguientes al inicio de obras por la "INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", y
m.
Las demás que establezcan la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda en su
carácter de Instancia Normativa, "LA DGIE”, “LA DGOC", la Dirección General de Coordinación de
Oficinas de Representación, “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable.
DÉCIMA. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación Específico,
"EL ESTADO" tendrá las siguientes responsabilidades:
a)
Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables,
así como dar cumplimiento a lo convenido;
b)
Aperturar una cuenta bancaria productiva específica para que “LA SEDATU” transfiera los subsidios
en favor de "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA”, para la administración de los recursos
federales aportados por “EL PROGRAMA”, y esta sea remitida a "LA SEDATU", de conformidad a lo
dispuesto por el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, “LAS REGLAS” y
demás normativa aplicable;
c)
Transferir, radicar, ministrar, según sea el caso, los subsidios entregados por "LA SEDATU" a la
"INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles
posteriores a su recepción, e informa a “LA SEDATU", en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles;
d)
Registrar los recursos de los subsidios que reciba por parte de "LA SEDATU”, en los sistemas
contables, que permitan acceder a la información financiera, así como presentar los informes
previstos en la legislación local y federal, en materia de ingreso y gasto público.
e)
Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio y aquellas
que establezca la Instancia Normativa o la Unidad Responsable de “EL PROGRAMA”,
“LAS REGLAS” y las disposiciones aplicables.
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DÉCIMO PRIMERA. RESPONSABILIDADES DE "EL MUNICIPIO, en su carácter de “INSTANCIA
EJECUTORA". Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, “EL MUNICIPIO” tendrá las siguientes
responsabilidades:
a) Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables;
b) Cumplir con la normatividad aplicable en materia de protección civil y reglamentos de construcción; así
como, con las Normas Oficiales Mexicanas y estándares que correspondan;
c) Acreditar y, en su caso, requerir a las autoridades correspondientes, los documentos que acrediten la
propiedad de los inmuebles propuestos para ser intervenidos por “EL PROGRAMA” remitiendo la inscripción
correspondiente en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio o instancia equivalente o, en caso de
ser propiedad de cualquier otro ente público o ser del dominio público, la posesión legítima o usufructo,
conforme a lo dispuesto en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable.
d) En su caso, remitir escrito en el que asume la obligación de realizar las acciones legales necesarias
para contar con los documentos relacionados con su derecho respecto a los inmuebles susceptibles de ser
apoyados en el marco del “EL PROGRAMA”, cuando se encuentren a favor de un gobierno local o ente
público de cualquier naturaleza, así como cubrir los gastos inherentes a este proceso, y deberán entregar a
"LA SEDATU” la documentación que acredite los trámites y/o procedimientos jurídicos correspondientes,
conforme a lo que establecen “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable.
Para efectos del presente inciso la “INSTANCIA EJECUTORA" se compromete a informar a "LA SEDATU"
sobre cualquier litigio o circunstancia que pudiera presentarse respecto a "LOS PROYECTOS" materia del
presente instrumento, así como a atenderlo, y sacar en paz y a salvo a “LA SEDATU" por la información o
falta de esta, para acreditar su derecho respecto a los inmuebles a intervenir, liberándola de cualquier tipo de
responsabilidad, ya sea penal, civil, administrativa o de cualquier otra naturaleza;
e) Aperturar una cuenta bancaria productiva específica para la recepción y administración
de "LOS SUBSIDIOS" que transfiera “LA SEDATU" y que son aportados por “EL PROGRAMA”, debiendo
remitir copia del contrato a “LA SEDATU", de conformidad a lo dispuesto por el artículo 69 de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental, “LAS REGLAS” y demás normatividad aplicable;
f) Remitir mensualmente a “LA DGIE” el estado de cuenta de la cuenta bancaria productiva, única y
específica;
g) Proporcionar a "LA SEDATU" los elementos relacionados con la atención a los Anexos Transversales a
que refiere el artículo 41, fracción II, incisos j), o), p), q), r), s), t), u) y v) de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025,
cuando así corresponda, conforme a la naturaleza de los proyectos, obras o acciones;
h) Ejecutar "LOS PROYECTOS" previa autorización o modificación por parte del Comité de Validación de
“EL PROGRAMA” al Informe Técnico de Justificación y Viabilidad para el Otorgamiento del Subsidio de la
Vertiente correspondiente, conforme al proyecto ejecutivo que se presente ante "LA SEDATU". Proyectos que
no podrán ser modificados sin conocimiento previo de "LA SEDATU" y, en su caso, del Comité de Validación
de “EL PROGRAMA”;
i) Registrar en el Módulo de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento (MOD-VIB) del Sistema
de “EL PROGRAMA”, los tipos de apoyo autorizados por el Comité de Validación de “EL PROGRAMA”,
conforme a lo previsto en “LAS REGLAS”, de acuerdo con los Formatos Anexo Técnico (Formato VIE-01), y a
la Apertura Programática del Programa (Formato PMU03);
j) Enterar a la TESOFE los rendimientos financieros de la cuenta bancaria productiva específica para la
administración de los recursos federales de “EL PROGRAMA”;
k) Reintegrar a la TESOFE, en caso de existir economías derivadas del proceso de contratación o durante
la ejecución de "LOS PROYECTOS", por cualquier circunstancia, el recurso transferido por "LA SEDATU", en
términos de la normativa aplicable o lo que establezcan “LAS REGLAS”;
l) Ejercer "LOS SUBSIDIOS” de “EL PROGRAMA” conforme a lo dispuesto en “LAS REGLAS” y la
normatividad federal aplicable;
m) Realizar los procesos de licitación, adjudicación y/o contratación de conformidad con la normativa
aplicable, una vez aprobado "LOS PROYECTOS" por el Comité de Validación de “EL PROGRAMA”, en
términos de lo previsto en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable;
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DIARIO OFICIAL
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n) Elaborar, integrar y conservar el expediente de cada obra o acción relacionada con el presente
instrumento y remitirlos a “LA DGIE” y, en su caso, a otras instancias, en términos de la normativa aplicable;
o) Elaborar y mantener actualizado un registro de los subsidios de “EL PROGRAMA” y de los recursos
financieros locales, aportados y ejercidos;
p) Vigilar que el ejercicio de los recursos para la ejecución de las obras y acciones se realice mediante
instrumentos que garanticen su transparencia e idoneidad financiera;
q) Solicitar y justificar la autorización de modificación y, en su caso, la cancelación de las obras y acciones
cuando la obra o acción tenga cambios en los conceptos autorizados, en términos de la normativa aplicable;
r) Integrar y actualizar el sistema de información determinado por "LA SEDATU" para la conformación del
padrón de beneficiarios correspondiente;
s) Proporcionar a "LA SEDATU", durante los primeros cinco días hábiles del mes inmediato posterior al
trimestre que se reporta, debidamente requisitado y firmado el informe de avance de las obras y acciones
apoyadas por “EL PROGRAMA”, así como la que permita dar seguimiento, utilizando para ello el formato que
se determine;
t) Supervisar directamente o, en su caso, mediante la contratación de un tercero, la ejecución de las obras,
así como brindar la información y las facilidades necesarias a instancias y órganos competentes, para llevar a
cabo la fiscalización, verificación o evaluación de las obras y acciones apoyadas por “EL PROGRAMA”;
u) Brindar la información y las facilidades necesarias a instancias y órganos competentes, para llevar a
cabo la fiscalización, verificación o evaluación de las obras y acciones apoyadas por “EL PROGRAMA”;
v) Elaborar la justificación técnica y social de las obras y acciones para lo cual deberán cumplir con los
criterios de equidad, inclusión, integralidad, desarrollo urbano y sustentabilidad; en términos de la legislación y
normatividad en la materia;
w) Dar seguimiento a las quejas y denuncias que, en su caso, se interpongan en relación a las obras y
acciones apoyadas por “EL PROGRAMA” conforme a este Convenio;
x) Garantizar que "LOS PROYECTOS" propuesto tengan la factibilidad de conexión a la red de servicios
básicos, como son agua, drenaje, electrificación, entre otros, y una vez terminadas las obras ponerlos en
operación y funcionamiento, en beneficio del Municipio, conforme a la normativa aplicable;
y) Generar las condiciones que resulten necesarias, con el fin de hacer del conocimiento
de "LA SEDATU", las conexiones, instalaciones y servicios públicos municipales interconectadas o vinculadas
con las obras o proyectos materia del presente instrumento jurídico;
z) Aplicar con el apoyo de “LA INSTANCIA AUXILIAR", el instrumento de registro de personas
beneficiarias recabando, en su caso, el consentimiento para el manejo de datos personales e integrar,
actualizar y alimentar el Sistema de Información determinado por “LA SEDATU" para la conformación del
padrón correspondiente;
aa) Tramitar y obtener de las autoridades competentes los dictámenes, permisos, licencias, derechos que
correspondan para realizar las obras y acciones a apoyar por “EL PROGRAMA”, conforme a lo dispuesto por
la normativa aplicable;
bb) En su caso, promover, integrar y dar seguimiento, con el apoyo de "LA SEDATU", a las actividades en
materia de Contraloría Social; entre otras, conformando y capacitando a los comités de Contraloría Social,
ajustándose al Esquema o Esquemas validados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno;
cc) Apoyar a “LA DGIE” en las acciones de verificación de las obras y acciones apoyadas
por “EL PROGRAMA”, conforme a los formatos correspondientes;
dd) Presentar a "LA SEDATU" los documentos que esta requiera para el cierre del ejercicio fiscal;
ee) Presentar el Informe del Cierre de Ejercicio (Formato VIE-03), en el Módulo de la Vertiente
Infraestructura y Equipamiento (MOD-VIE) del Sistema “EL PROGRAMA” (SIG), que serán remitidos al Área
Responsable, en versión impresa y digital, debidamente firmados dentro del primer trimestre del ejercicio fiscal
subsecuente, formato que puede ser consultado en el micrositio del Programa https://mimexicolate.gob.mx/;
ff) Cualquier modificación, alteración, intervención o cambio que requiera realizar a "LOS PROYECTOS"
con motivo del presente Convenio y al amparo de “EL PROGRAMA”, debe ser notificado a “LA SEDATU” y, en
su caso, solicitar la autorización correspondiente.
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Por tratarse de obras realizadas mediante la transferencia de "LOS SUBSIDIOS" de carácter federal, la
obligación prevista en el presente inciso subsistirá aun cuando hubiere concluido la vigencia del presente
Convenio de Coordinación Específico.
Cualquier alteración, modificación o destrucción que realice "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y
EJECUTORA", sin el previo consentimiento de "LA SEDATU", será única y exclusivamente su
responsabilidad, en términos de las disposiciones aplicables en materia de responsabilidad de los servidores
públicos y demás normativa aplicable;
gg) Realizar las acciones que resulten necesarias para salvaguardar y vigilar la correcta ejecución de
“LOS PROYECTOS", así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social de
las mismas, en términos de la normativa aplicable;
hh) En caso de que se suscite cualquier evento, incluyendo caso fortuito o fuerza mayor, que directa o
indirectamente pudiere impedir total o parcialmente la ejecución de cualquier de las acciones u obras descritas
en el presente convenio, deben informar de forma inmediata dicha circunstancia a "LA SEDATU”, y
ii) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento jurídico,
coadyuvar en la operación, seguimiento y ejecución de “EL PROGRAMA”; así como las que establezcan la
Instancia Normativa, "LA DGIE”, “LAS REGLAS” y la normativa aplicable.
DÉCIMO SEGUNDA. RESPONSABILIDADES DE “EL MUNICIPIO”, en su carácter de "INSTANCIA
SOLICITANTE”. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, “EL MUNICIPIO” tendrá las
siguientes responsabilidades:
a) A través de su unidad administrativa facultada para ello, se hará cargo y debe llevar a cabo los
procesos y trámites correspondientes, que permitan que "LOS PROYECTOS" cuenten con los servicios
públicos en las obras que se ejecuten en el marco del presente instrumento, y ponerlos en funcionamiento,
conforme a la normativa aplicable;
b) Llevar a cabo acciones con el propósito de que "LOS PROYECTOS" materia del presente instrumento
se encuentren en operación y funcionamiento, a más tardar dentro de los 45 días naturales siguientes a su
conclusión y la celebración del acta de Entrega-Recepción respectiva, y
c) Las demás que le corresponden a las Instancias Solicitantes, conforme a “LAS REGLAS” y demás
normativa aplicable.
DÉCIMO TERCERA. ENLACES. “LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA” designa como enlace
ante "LAS PARTES" al C. Patricia Josefina Jiménez Hernández, en su calidad de Secretaria del Ayuntamiento
del Municipio de Chimalhuacán, Estado de México, quien asistirá para todos los temas inherentes al presente
Convenio de Coordinación Específico.
Por su parte, "LA SEDATU" designa como enlaces, por parte de “LA DGIE” a Juan Martín Amparano
Rodríguez, en su carácter de Director General de Infraestructura y Equipamiento; y por parte de la por parte
de "LA INSTANCIA AUXILIAR" a la persona Titular de la Oficina de Representación en el Estado de México.
“EL ESTADO" designa como enlace con “LAS PARTES” al Titular de la Secretaría General de Gobierno
del Estado de México, por su titular el Mtro. Horacio Duarte Olivares.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" cambie a su enlace de manera distinta a lo previsto en la
presente cláusula, lo hará de conocimiento a todos los firmantes o a quien los sustituya en el empleo, cargo o
comisión, por escrito, señalando la fecha en que surtirá efectos la designación, señalando los mecanismos de
contacto de sus enlaces.
En caso de no atender lo previsto en el presente párrafo, todas las comunicaciones que requieran se
atenderán conforme a los enlaces previstos en los párrafos anteriores.
DÉCIMO CUARTA.
CONTROL Y FISCALIZACIÓN. El ejercicio de
los recursos federales
de “EL PROGRAMA” se encuentra sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por
el Órgano Interno de Control en “LA SEDATU”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de
sus respectivas atribuciones resulten competentes, conforme a la normativa aplicable.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública
Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que
intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este
instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
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DIARIO OFICIAL
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DÉCIMO QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. “LAS PARTES” acuerdan que, atendiendo que el
presente instrumento jurídico observa el principio de la buena fe, de común acuerdo podrán convenir la
terminación anticipada del mismo.
El presente Convenio de Coordinación Específico se podrá dar por terminado de manera anticipada por la
existencia de alguna de las siguientes causas:
a)
Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Convenio;
b)
Todas aquellas que contravengan lo dispuesto por “LAS REGLAS”.
“LA SEDATU” podrá, en cualquier momento, rescindir el presente instrumento jurídico, sin que medie
resolución judicial, sin responsabilidad alguna, y sin que resulte necesaria la autorización de otras
de "LAS PARTES", cuando se presente alguna de las circunstancias descritas en la presente cláusula o
cuando "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA”, no cumpla en tiempo forma con los compromisos
pactados en este Convenio de Coordinación Específico, en lo dispuesto en “LAS REGLAS” o en la normativa
aplicable, lo que podrá ser comunicado por "LA SEDATU" por oficio.
En el caso de que se actualice la terminación anticipada o la rescisión, "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y
EJECUTORA”, se compromete a reintegrar a la TESOFE los recursos entregados para la ejecución
de "LOS PROYECTOS", junto con los intereses que se hubiesen generado. El reintegro debe realizarse
dentro de los quince (15) días naturales de que opere la terminación anticipada del presente instrumento por
el monto total o la proporción de "LOS SUBSIDIOS" que no haya sido erogada al momento de la terminación
anticipada del presente convenio coordinación según lo determine “LA SEDATU".
DÉCIMO SEXTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Ninguna de “LAS PARTES” se considerará en
incumplimiento de sus obligaciones al tenor del Convenio si dicho incumplimiento es originado por caso
fortuito o fuerza mayor, entendiendo por ello los hechos o acontecimientos del hombre o de la naturaleza que
no sean previsibles o, cuando siendo previsibles, no puedan evitarse por “LAS PARTES” con el uso de la
debida diligencia, siempre y cuando los efectos causados no se deriven o sean consecuencia directa o
indirecta de la culpa, dolo o negligencia de la parte que lo sufre.
Queda expresamente pactado que “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios
que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que
desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMO SÉPTIMA. RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los
remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales radicados a la “INSTANCIA
SOLICITANTE Y EJECUTORA" en la cuenta bancaria productiva específica, incluyendo los rendimientos
financieros generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y
obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2025, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo
de quince (15) días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones
aplicables.
DÉCIMO OCTAVA. CESIÓN DE DERECHOS. Ninguna de “LAS PARTES” podrá ceder los derechos u
obligaciones a su cargo derivadas de este Convenio o delegar cualquier deber u obligación bajo el mismo, sin
el previo consentimiento por escrito de la otra Parte.
DÉCIMO NOVENA. MODIFICACIONES. El presente Convenio podrá ser modificado de común acuerdo y
por escrito mediante convenio modificatorio, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones
jurídicas aplicables, y entrarán en vigor a partir de su suscripción. Las modificaciones serán suscritas
por "LAS PARTES” en la fecha en que se firmen los documentos y se entenderán incorporadas al presente
instrumento.
VIGÉSIMA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para resolver
de común acuerdo, todas las desavenencias de interpretación o cumplimiento que deriven del presente
Convenio de Coordinación Específico a través de medios alternativos de solución de conflictos; asimismo,
convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo dispuesto en los instrumentos legales y
normativos señalados en la Cláusula Sexta de este Convenio.
De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio de
Coordinación Específico, que no puedan ser resueltas de común acuerdo entre “LAS PARTES”, conocerán los
Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México.
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VIGÉSIMO PRIMERA. DIFUSIÓN. “LAS PARTES” serán responsables de que, durante la ejecución del
objeto de este Convenio de Coordinación Específico, se cumplan las disposiciones, estrategias y programas
referentes a comunicación social y publicidad, y que se encuentren señaladas en el Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025; así como en “LAS REGLAS”.
La publicidad, información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas deberá
identificarse con el escudo nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el
Himno Nacionales, y el artículo 28, fracción II, inciso a) del Decreto de Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 2025, e incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a
cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.
VIGÉSIMO SEGUNDA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR. "LAS PARTES"
acuerdan reconocerse recíprocamente la titularidad de los derechos de autor y de propiedad industrial que
cada una tiene sobre patentes, marcas, modelos, dibujos industriales y derechos de autor, obligándose a
mantenerlos vigentes durante la ejecución de este Convenio de Coordinación Específico. En caso de
generarse derechos de propiedad intelectual con motivo de las actividades que se lleven a cabo en el marco
de este instrumento, así como del diseño y la ejecución de las obras o acciones de "LOS PROYECTOS"
apoyado con subsidios de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES" se obligan a reconocerse mutuamente respecto
a los créditos correspondientes y ajustarse a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, su
Reglamento y demás normativa aplicable.
Asimismo, “LAS PARTES” convienen que, la propiedad intelectual y los derechos de autor resultantes de
las actividades que desarrollen conjuntamente corresponderán a la parte que haya producido o, en su caso, a
todas ellas en proporción a sus aportaciones. Los derechos de autor de carácter patrimonial que se deriven
del presente Convenio de Coordinación Específico le corresponderán a la parte que haya participado o que
haya aportado recursos para su realización, la cual, únicamente quedará obligada a otorgarle los créditos
correspondientes por su autoría y colaboración a la otra parte.
VIGÉSIMO TERCERA. CONTRALORÍA SOCIAL. “LAS PARTES” serán responsables de que durante la
ejecución de los proyectos apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA” se cumplan las disposiciones
señaladas en “LAS REGLAS” en materia de Contraloría Social; así como lo señalado en los Lineamientos
vigentes emitidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, para promover las acciones necesarias
que permitan la efectividad de la vigilancia ciudadana, bajo el Esquema de Contraloría Social validado por
dicha dependencia.
VIGÉSIMO CUARTA. RELACIÓN LABORAL. “LAS PARTES” convienen que, el personal aportado por
cada una para la realización de los proyectos apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se entenderá
relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su
responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos
de la otra.
VIGÉSIMO QUINTA. TRANSPARENCIA. “LAS PARTES” manifiestan que, el presente instrumento jurídico
es público de acuerdo con lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y
la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que, la información a la que tengan
acceso y aquella que se genere para su cumplimiento, deberá sujetarse a los principios de la normativa de la
materia, incluyendo, desde luego, los supuestos de confidencialidad y reserva estipulados en los citados
ordenamientos de considerarse procedente.
VIGÉSIMO SEXTA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. “LAS PARTES”, en sus respectivos
ámbitos de competencia, serán responsables en obtener el consentimiento de los titulares de datos
personales y/o datos personales sensibles de conformidad con la Ley General de Protección de Datos
Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable, que se obtengan con motivo
del cumplimiento del objeto del presente Convenio.
“LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, se obligan a realizar los avisos de privacidad
correspondientes, de conformidad con la mencionada ley, y obtener las autorizaciones correspondientes para
transferir dichos datos a la otra parte, cuando así sea necesario en términos de la legislación aplicable.
“LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, serán responsables del manejo,
almacenamiento y protección de los datos personales y los datos personales sensibles, que obtengan con
motivo del cumplimiento del presente Convenio.
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VIGÉSIMO SÉPTIMA. INTEGRIDAD. “LAS PARTES”, se comprometen a actuar bajo los principios de
legalidad, imparcialidad, transparencia, honestidad e integridad, y a cumplir con todas las disposiciones en
materia de responsabilidades de servidores públicos, previstas en la Ley General de Responsabilidades
Administrativas; así como en lo dispuesto por el Código de Ética de las personas servidoras públicas del
Gobierno Federal o su Código de Ética local o el instrumento análogo que en la especie aplique.
Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio de Coordinación Específico se limita al
necesario para cumplir con los fines de condición normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”.
“LAS PARTES” se comprometen a que, ni ellas, ni sus directores, funcionarios o empleados habrán
ofrecido, prometido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ninguna ventaja indebida, económica o de
otro tipo (o insinuado que lo harán o podrían hacerlo en el futuro) relacionada de algún modo con el presente
instrumento jurídico o con los que deriven del mismo y que habrán adoptado medidas razonables para evitar
que lo hagan los subcontratistas, agentes o cualquier otro tercero que se encuentre sujeto a su control o a su
influencia significativa.
VIGÉSIMO OCTAVA. ANTICORRUPCIÓN. “LAS PARTES”, se comprometen a no llevar a cabo acto de
corrupción alguno, por lo que pactan que será causal de suspensión o terminación de la relación derivada del
presente Convenio de Coordinación Específico, el conocimiento de que la otra parte ha actuado en violación a
la legislación aplicable en materia de anticorrupción, en particular al involucrarse o tolerar algún acto de
corrupción o ser utilizada como conducto para cometerlo.
Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio de Coordinación Específico se limita al
necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”.
VIGÉSIMO NOVENA. PROTECCIÓN DE RECURSOS EN PROCESOS ELECTORALES. “LAS PARTES”,
se comprometen a que los recursos asignados por “LA SEDATU”, atendiendo a los principios de
imparcialidad, equidad y neutralidad, no serán utilizados con fines político-electorales, evitando que durante la
ejecución de las obras o acciones de “LOS PROYECTOS” se confundan con actos de naturaleza proselitista,
ajustándose a lo establecido en la normativa en materia electoral y demás aplicables.
Lo anterior, en virtud de que este programa es público, ajeno a cualquier partido político, por lo que queda
prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el mismo.
TRIGÉSIMA. DOMICILIOS. “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para toda clase
de avisos, comunicaciones, notificaciones y en general para todo lo relacionado con el presente Convenio, los
señalados en sus respectivas declaraciones. Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado
por escrito, dirigido a “LAS PARTES”, con acuse de recibo, por lo menos en un plazo de diez días hábiles de
anticipación a la fecha en que deba surtir efectos el cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se
entenderán como válidamente hechas en los domicilios aquí señalados.
TRIGÉSIMO PRIMERA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación Específico estará vigente a
partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025, conforme a la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Disciplina Financiera
de las Entidades Federativas y los Municipios y demás normativa que, en materia del ejercicio de los recursos
previstos en el presente convenio, resulte aplicable.
TRIGÉSIMO SEGUNDA. PUBLICACIÓN. El presente Convenio se publicará en el Diario Oficial de la
Federación y la página electrónica de "LA SEDATU": https://www.gob.mx/sedatu, en el micrositio del
Programa: https://mimexicolate.gob.mx/, así como en la Plataforma Nacional de Transparencia de
conformidad a lo establecido en el numeral 13.3 de “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable.
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso
para fines distintos a los establecidos del programa”
Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio de Coordinación
Específico en seis tantos en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de noviembre del 2025.- Por la
SEDATU: Director General de Infraestructura y Equipamiento, C. Juan Martín Amparano Rodríguez.-
Rúbrica.- Directora General de Coordinación de Oficinas de Representación, C. Aurora del Socorro Muñoz
Martínez.- Rúbrica.- Titular de la Oficina de Representación en el Estado de México, C. Axayácatl Emiliano
Ramírez Chávez.- Rúbrica.- Por la Instancia Solicitante: Presidenta Municipal, C. Xóchitl Flores Jiménez.-
Rúbrica.- Secretaria del H. Ayuntamiento, C. Patricia Josefina Jiménez Hernández.- Rúbrica.- Por el Estado:
Secretario General de Gobierno, Mtro. Horacio Duarte Olivares.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas del
Estado de México, C.P. Oscar Flores Jiménez.- Rúbrica.
700
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
SECRETARIA DE LAS MUJERES
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el
Estado de Morelos y el Municipio de Jojutla, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto
denominado C-2025-010, que permite brindar protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de
violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
MUJERES/AMP/CM/C-2025-010/MUJ
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA
PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUJERES, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A
UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA
SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, EN LO SUCESIVO LA “DIRECCIÓN”; Y, POR
LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE ESTADO DE MORELOS, A TRAVÉS DE
LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL EN ADELANTE LA
SECRETARÍA, REPRESENTADA POR JORGE SALAZAR ACOSTA, Y EL MUNICIPIO DE JOJUTLA, EN ADELANTE EL
CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ALAN FRANCISCO MARTINEZ GARCÍA; A
QUIENES
ACTUANDO
DE
MANERA
CONJUNTA
SE
LES
DENOMINARÁ,
“LAS
PARTES”,
CONFORME
A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha 23 de mayo de 2025, MUJERES y EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN en adelante
“LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir
de su suscripción al 31 de diciembre de 2025, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a
cabo el Proyecto denominado C-2025-010, que permite brindar protección y atención integral y especializada,
a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances,
objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por MUJERES.
El 01 de septiembre de 2025, se llevó a cabo la publicación en la página oficial de MUJERES la
CIRCULAR por la que los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil, cuyos proyectos resultaron
aprobados en la convocatoria que se publicó el pasado 7 de marzo, podrán solicitar una ampliación de
recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de
Atención”, de conformidad con el numeral 4.6.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo
para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio
fiscal 2025.”, respecto de los siguientes rubros y conceptos:
Rubro
Conceptos de Gasto
a) Mantenimiento
Albañilería, resane y remodelación
Cancelería, herrería y vidrios
Carpintería
Cerrajería
Desazolve
Equipo de aire acondicionado
Fumigación
Desinfección de espacios
Impermeabilización
Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas
Pintura
Plomería
Sistema Eléctrico
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
701
b) Equipamiento
Audio, video y electrónicos
Enseres industriales
Equipo electrodoméstico
Equipo de computo
Equipo de jardinería
Equipo para inserción laboral
Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas
Mobiliario general
Mobiliario y equipo de oficina
Mobiliario y equipo médico.
c) Seguridad
Vigilancia propia
Vigilancia subrogada
Equipamiento de seguridad
Instalaciones de seguridad
d) Programa de profesionalización para
personas colaboradoras
Prestación de servicios
e) Servicios y Asesorías
Contabilidad
Nutrición
Otros
Se podrá incluir otro rubro para satisfacer las
necesidades de atención a las personas usuarias,
debidamente justificado.
Mediante escrito MJ/RAA/173/2025, de fecha 05 de septiembre de 2025, el Presidente Municipal de
Jojutla, Morelos por el CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, Alan Francisco Martínez García, hizo de
conocimiento a la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de MUJERES,
Enna Paloma Ayala Sierra, la solicitud de ampliación de recursos bajo el concepto “Fortalecimiento de
servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN.
En sesión de 03 de octubre de 2025, de la Mesa de Análisis: “Fortalecimiento de Servicios de Atención del
Refugio y Centro externo de Atención” se sometieron a revisión y evaluación los proyectos participantes en la
Convocatoria de Solicitud de Ampliación y se emitieron los resultados de los proyectos aprobados y lo montos
autorizados, mismos que fueron publicados en el sitio oficial de MUJERES el 07 de octubre de la presente
anualidad, en cumplimiento con el numeral 4.4 y 4.4.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de
Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el
ejercicio fiscal 2025”, lo que motiva la suscripción del presente Convenio Modificatorio.
Al respecto, la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”, expresa lo siguiente:
“DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio
de Coordinación y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito mediante el
Convenio Modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de fuerza mayor, y
previa autorización de la Unidad Responsable (...).
“Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse la ampliación de recursos en
diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer Proyecto presentado, dando
prioridad a la atención de situaciones relativas a algún caso fortuito o de fuerza mayor, de
acuerdo con los supuestos señalados en el numeral 4.5.2 “Convenio Modificatorio” de los
LINEAMIENTO.”
702
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario la ampliación de recursos bajo el concepto de
“Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO
DE ATENCIÓN, “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio
conforme a las siguientes:
DECLARACIONES
I.
MUJERES declara que:
I.1.
Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o.,
fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
(LOAPF), y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.
La DIRECCIÓN es una unidad administrativa integrante de MUJERES, de conformidad con el
artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM.
I.3.
La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala
Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Titular de
MUJERES, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025; y cuenta con las
atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio, con fundamento en los
artículos 2o. fracción IV numeral 5, y 5o. fracciones I y XIV, así como 15 del RISM.
I.4.
Para dar cumplimiento al presente Convenio Modificatorio cuenta con los recursos económicos y
suficientes de la partida presupuestal 43401, relativamente de subsidios y Entidades Federativas y
Municipios, así como Suficiencia Presupuestaria.
I.5.
Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio señala como su domicilio el
ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía
Benito Juárez, Código Postal 03900 Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II.
La SECRETARÍA, declara que:
II.1.
Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; 1o. de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888, el Estado de
Morelos es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y
población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano,
representativo y popular.
II.2.
El Secretario de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal, Jorge Salazar Acosta,
acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por Margarita González Saravia
Calderón, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, el 03 de octubre de
2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en
los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la
del año de 1888; 3, párrafo primero y segundo, 9, fracción III, 14 fracción VIII, 15 y 24 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 53, fracción VI, de
la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos; y 2, 7 y 8
fracciones XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo Estatal.
II.3.
Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal
ubicado en Plaza de Armas General Emiliano Zapata Salazar, Sin Número, Colonia Cuernavaca
Centro, Código Postal 62000, Cuernavaca, Morelos.
II.4.
Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes GEM720601TW9.
III.
El CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN declara que:
III.1.
El Presidente Municipal de Jojutla, Alan Francisco Martínez García, acredita su personalidad con la
constancia de mayoría y validez de la Elección a la Presidencia Municipal, emitida por el Instituto
Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, el 7 de junio de 2024; y cuenta con
plenas facultades para suscribir el presente Convenio Modificatorio, según consta en los artículos
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DIARIO OFICIAL
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3o., 7o., fracción II del Reglamento General de Gobierno y Administración Pública Municipal de
Jojutla, Morelos; y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron
conferidas no le han sido modificadas, limitadas o revocadas en forma alguna, por lo que surte
plenos efectos para la celebración del presente instrumento jurídico.
III.2.
Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los
asentados en la documentación proporcionada a MUJERES que sirvió de base para la realización
del presente instrumento jurídico.
III.3.
Externa su aceptación y su voluntad para celebrar el Convenio Modificatorio al “CONVENIO”, y
manifiesta no tener ninguna objeción para que se lleve a cabo su celebración.
IV.
"LAS PARTES" declaran que:
IV.1.
Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y manifiestan su
conformidad para la suscripción de este Convenio Modificatorio del “CONVENIO”.
IV.2.
Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos de la Cláusula DÉCIMA
OCTAVA del “CONVENIO”.
IV.3.
Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan
con las facultades necesarias para su suscripción.
IV.4.
En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones
manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual,
se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”.
En este sentido, “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, única y exclusivamente
en lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS, donde se ampliará el recurso
bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del
“CONVENIO”, para obligarse de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, celebrado el 23 de
mayo de 2025, únicamente en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS del “CONVENIO”,
para quedar como se señala a continuación:
“SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con las disposiciones
aplicables en la materia (...)
“[...]
“MUJERES transferirá al CENTRO EXTERNO por calidad de ampliación de recursos
presupuestarios federales, una cantidad de $333,244.00 (trescientos treinta y tres mil
doscientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.); a efecto de cumplir con la CIRCULAR
publicada en la página oficial de MUJERES el 01 de septiembre de 2025, así como con la
publicación de resultados de proyectos aprobados de fecha 07 de octubre de 2025.
“[...]“
SEGUNDA.- Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES”
convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, el 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que
continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados.
TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al
Proyecto C-2025-010; y surtirá efectos a partir de la fecha de suscripción.
Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 3
(tres) ejemplares en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de
Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría:
Secretario de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal, Jorge Salazar Acosta.- Rúbrica.- Por el
Centro Externo de Atención: Presidente Municipal de Jojutla, Alan Francisco Martinez García.- Rúbrica.
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CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el
Estado de Nuevo León y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, que tiene por objeto el
otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-039, que permite brindar protección y atención
integral y especializada para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
MUJERES/AMP/CM/C-2025-039/SMNL-1
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA
PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUJERES, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A
UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA
SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, EN LO SUCESIVO LA “DIRECCIÓN”; Y, POR
LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, A TRAVÉS DE LA
SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL, EN ADELANTE LA SECRETARÍA, REPRESENTADA POR
CARLOS ALBERTO GARZA IBARRA, Y LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, EN
ADELANTE EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR GRACIELA GUADALUPE
BUCHANAN ORTEGA; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”,
CONFORME A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha 23 de mayo de 2025, MUJERES y EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN en adelante
“LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir
de su suscripción al 31 de diciembre de 2025, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a
cabo el Proyecto denominado C-2025-039, que permite brindar protección y atención integral y especializada,
a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances,
objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por MUJERES.
El 01 de septiembre de 2025, se llevó a cabo la publicación en la página oficial de MUJERES la
CIRCULAR por la que los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil, cuyos proyectos resultaron
aprobados en la convocatoria que se publicó el pasado 7 de marzo, podrán solicitar una ampliación de
recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de
Atención”, de conformidad con el numeral 4.6.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo
para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio
fiscal 2025.”, respecto de los siguientes rubros y conceptos:
Rubro
Conceptos de Gasto
a) Mantenimiento
Albañilería, resane y remodelación
Cancelería, herrería y vidrios
Carpintería
Cerrajería
Desazolve
Equipo de aire acondicionado
Fumigación
Desinfección de espacios
Impermeabilización
Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas
Pintura
Plomería
Sistema Eléctrico
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b) Equipamiento
Audio, video y electrónicos
Enseres industriales
Equipo electrodoméstico
Equipo de computo
Equipo de jardinería
Equipo para inserción laboral
Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas
Mobiliario general
Mobiliario y equipo de oficina
Mobiliario y equipo médico.
c) Seguridad
Vigilancia propia
Vigilancia subrogada
Equipamiento de seguridad
Instalaciones de seguridad
d) Programa de profesionalización para
personas colaboradoras
Prestación de servicios
e) Servicios y Asesorías
Contabilidad
Nutrición
Otros
Se podrá incluir otro rubro para satisfacer las
necesidades de atención a las personas usuarias,
debidamente justificado.
Mediante escrito SM/0248/2025, de fecha 08 de septiembre de 2025, la Secretaria de las Mujeres del
Estado de Nuevo León del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, Graciela G. Buchanan Ortega, hizo de
conocimiento a la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de MUJERES,
Enna Paloma Ayala Sierra, la solicitud de ampliación de recursos bajo el concepto “Fortalecimiento de
servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN.
En sesión de 03 de octubre de 2025, de la Mesa de Análisis: “Fortalecimiento de Servicios de Atención del
Refugio y Centro externo de Atención” se sometieron a revisión y evaluación los proyectos participantes en la
Convocatoria de Solicitud de Ampliación y se emitieron los resultados de los proyectos aprobados y lo montos
autorizados, mismos que fueron publicados en el sitio oficial de MUJERES el 07 de octubre de la presente
anualidad, en cumplimiento con el numeral 4.4 y 4.4.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de
Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el
ejercicio fiscal 2025”, lo que motiva la suscripción del presente Convenio Modificatorio.
Al respecto, la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”, expresa lo siguiente:
“DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio
de Concertación de Acciones y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito
mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de
fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (...).
“Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse la ampliación de recursos en
diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer Proyecto presentado, dando
prioridad a la atención de situaciones relativas a algún caso fortuito o de fuerza mayor, de
acuerdo con los supuestos señalados en el numeral 4.5.2 “Convenio Modificatorio” de los
LINEAMIENTO.”
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario la ampliación de recursos bajo el concepto de
“Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO
DE ATENCIÓN, “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio
conforme a las siguientes:
DECLARACIONES
I.
MUJERES declara que:
I.1.
Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o.,
fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
(LOAPF), y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.
La DIRECCIÓN es una unidad administrativa integrante de MUJERES, de conformidad con el
artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM.
I.3.
La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala
Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Titular de
MUJERES, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025; y cuenta con las
atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio, con fundamento en los
artículos 2o. fracción IV numeral 5, y 5o. fracciones I y XIV, así como 15 del RISM.
I.4.
Para dar cumplimiento al presente Convenio Modificatorio cuenta con los recursos económicos y
suficientes de la partida presupuestal 43401, relativamente de subsidios y Entidades Federativas y
Municipios, así como Suficiencia Presupuestaria.
I.5.
Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio señala como su domicilio el
ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía
Benito Juárez, Código Postal 03900 Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II.
La SECRETARÍA, declara que:
II.1.
Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; así como 1o., 2o. y 62
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el Estado de Nuevo León
es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre
y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo
y popular.
II.2.
El Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra, acredita su
personalidad con el nombramiento expedido a su favor por Samuel Alejandro García Sepúlveda,
Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 14 de octubre de 2021; y cuenta con
atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 124 y
188 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4o., 18, apartado A,
fracción III y 24, fracción XXXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de
Nuevo León; y, 2o. y 4o., fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y
Tesorería General del Estado.
II.3.
Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal
ubicado en Calle Mariano Escobedo Sur, Número 333, Piso Número 3, Colonia Monterrey Centro,
Código Postal 64000, Monterrey, Nuevo León.
II.4.
Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes GEN620601DTA.
III.
El CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN declara que:
III.1.
La titular de Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, Graciela Guadalupe Buchanan
Ortega, acredita su personalidad con nombramiento expedido a su favor por Samuel Alejandro
García Sepúlveda, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 7 de junio de 2022; y
cuenta con plenas facultades para suscribir el presente Convenio Modificatorio, según consta en
los artículos 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4, 18,
apartado C, fracción IV, 37, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
707
Nuevo León; y, 1o., 10 y 11 fracciones XXVI, y XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de las
Mujeres; y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron conferidas no
le han sido modificadas, limitadas o revocadas en forma alguna, por lo que surte plenos efectos
para la celebración del presente instrumento jurídico.
III.2.
Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los
asentados en la documentación proporcionada a MUJERES que sirvió de base para la realización
del presente instrumento jurídico.
III.3.
Externa su aceptación y su voluntad para celebrar el Convenio Modificatorio al “CONVENIO”, y
manifiesta no tener ninguna objeción para que se lleve a cabo su celebración.
IV.
"LAS PARTES" declaran que:
IV.1.
Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y manifiestan su
conformidad para la suscripción de este Convenio Modificatorio del “CONVENIO”.
IV.2.
Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos de la Cláusula DÉCIMA
OCTAVA del “CONVENIO”.
IV.3.
Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan
con las facultades necesarias para su suscripción.
IV.4.
En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones
manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual,
se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”.
En este sentido, “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, única y exclusivamente
en lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS, donde se ampliará el recurso
bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del
“CONVENIO”, para obligarse de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, celebrado el 23 de
mayo de 2025, únicamente en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS del “CONVENIO”,
para quedar como se señala a continuación:
“SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con las disposiciones
aplicables en la materia (...)
“[...]
“MUJERES transferirá al CENTRO EXTERNO por calidad de ampliación de recursos
presupuestarios federales, una cantidad de $65,500.00 (sesenta y cinco mil quinientos pesos
00/100 M.N.); a efecto de cumplir con la CIRCULAR publicada en la página oficial de
MUJERES el 01 de septiembre de 2025, así como con la publicación de resultados de
proyectos aprobados de fecha 07 de octubre de 2025.
“[...]“
SEGUNDA.- Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES”
convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, el 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que
continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados.
TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al
Proyecto C-2025-039; y surtirá efectos a partir de la fecha de suscripción.
Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 3
(tres) ejemplares en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de
Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría:
Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra.- Rúbrica.- Por el Centro
Externo de Atención: Secretaria de las Mujeres del Estado de Nuevo León, Graciela Guadalupe Buchanan
Ortega.- Rúbrica.
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Lunes 19 de enero de 2026
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el
Estado de Nuevo León y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, que tiene por objeto el
otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-040, que permite brindar protección y atención
integral y especializada para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
MUJERES/AMP/CM/C-2025-040/SMNL-2
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA
PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUJERES, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A
UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA
SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, EN LO SUCESIVO LA “DIRECCIÓN”; Y, POR
LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, A TRAVÉS DE LA
SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL, EN ADELANTE LA SECRETARÍA, REPRESENTADA POR
CARLOS ALBERTO GARZA IBARRA, Y LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, EN
ADELANTE EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR GRACIELA GUADALUPE
BUCHANAN ORTEGA; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”,
CONFORME A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha 23 de mayo de 2025, MUJERES y EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN en adelante
“LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir
de su suscripción al 31 de diciembre de 2025, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a
cabo el Proyecto denominado C-2025-040, que permite brindar protección y atención integral y especializada,
a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances,
objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por MUJERES.
El 01 de septiembre de 2025, se llevó a cabo la publicación en la página oficial de MUJERES la
CIRCULAR por la que los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil, cuyos proyectos resultaron
aprobados en la convocatoria que se publicó el pasado 7 de marzo, podrán solicitar una ampliación de
recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de
Atención”, de conformidad con el numeral 4.6.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo
para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio
fiscal 2025.”, respecto de los siguientes rubros y conceptos:
Rubro
Conceptos de Gasto
a) Mantenimiento
Albañilería, resane y remodelación
Cancelería, herrería y vidrios
Carpintería
Cerrajería
Desazolve
Equipo de aire acondicionado
Fumigación
Desinfección de espacios
Impermeabilización
Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas
Pintura
Plomería
Sistema Eléctrico
Lunes 19 de enero de 2026
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b) Equipamiento
Audio, video y electrónicos
Enseres industriales
Equipo electrodoméstico
Equipo de computo
Equipo de jardinería
Equipo para inserción laboral
Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas
Mobiliario general
Mobiliario y equipo de oficina
Mobiliario y equipo médico.
c) Seguridad
Vigilancia propia
Vigilancia subrogada
Equipamiento de seguridad
Instalaciones de seguridad
d) Programa de profesionalización para
personas colaboradoras
Prestación de servicios
e) Servicios y Asesorías
Contabilidad
Nutrición
Otros
Se podrá incluir otro rubro para satisfacer las
necesidades de atención a las personas usuarias,
debidamente justificado.
Mediante escrito SM/0249/2025, de fecha 08 de septiembre de 2025, la Secretaria de las Mujeres del
Estado de Nuevo León del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, Graciela G. Buchanan Ortega, hizo de
conocimiento a la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de MUJERES,
Enna Paloma Ayala Sierra, la solicitud de ampliación de recursos bajo el concepto “Fortalecimiento de
servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN.
En sesión de 03 de octubre de 2025, de la Mesa de Análisis: “Fortalecimiento de Servicios de Atención del
Refugio y Centro externo de Atención” se sometieron a revisión y evaluación los proyectos participantes en la
Convocatoria de Solicitud de Ampliación y se emitieron los resultados de los proyectos aprobados y lo montos
autorizados, mismos que fueron publicados en el sitio oficial de MUJERES el 07 de octubre de la presente
anualidad, en cumplimiento con el numeral 4.4 y 4.4.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de
Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el
ejercicio fiscal 2025”, lo que motiva la suscripción del presente Convenio Modificatorio.
Al respecto, la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”, expresa lo siguiente:
“DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio
de Concertación de Acciones y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito
mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de
fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (...).
“Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse la ampliación de recursos en
diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer Proyecto presentado, dando
prioridad a la atención de situaciones relativas a algún caso fortuito o de fuerza mayor, de
acuerdo con los supuestos señalados en el numeral 4.5.2 “Convenio Modificatorio” de los
LINEAMIENTO.”
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario la ampliación de recursos bajo el concepto de
“Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO
DE ATENCIÓN, “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio
conforme a las siguientes:
DECLARACIONES
I.
MUJERES declara que:
I.1.
Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o.,
fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
(LOAPF), y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.
La DIRECCIÓN es una unidad administrativa integrante de MUJERES, de conformidad con el
artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM.
I.3.
La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala
Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Titular de
MUJERES, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025; y cuenta con las
atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio, con fundamento en los
artículos 2o. fracción IV numeral 5, y 5o. fracciones I y XIV, así como 15 del RISM.
I.4.
Para dar cumplimiento al presente Convenio Modificatorio cuenta con los recursos económicos y
suficientes de la partida presupuestal 43401, relativamente de subsidios y Entidades Federativas y
Municipios, así como Suficiencia Presupuestaria.
I.5.
Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio señala como su domicilio el
ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía
Benito Juárez, Código Postal 03900 Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II.
La SECRETARÍA, declara que:
II.1.
Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; 1o., 2o. y 62 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el Estado de Nuevo León es una
Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y
soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo
y popular.
II.2.
El Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra, acredita su
personalidad con el nombramiento expedido a su favor por Samuel Alejandro García Sepúlveda,
Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 14 de octubre de 2021; y cuenta con
atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 124 y
188 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4o., 18, apartado A,
fracción III y 24, fracción XXXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de
Nuevo León; y, 2o. y 4o., fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y
Tesorería General del Estado.
II.3.
Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal
ubicado en Calle Mariano Escobedo Sur, Número 333, Piso Número 3, Colonia Monterrey Centro,
Código Postal 64000, Monterrey, Nuevo León.
II.4.
Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes GEN620601DTA.
III.
El CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN declara que:
III.1.
La titular de Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, Graciela Guadalupe Buchanan
Ortega, acredita su personalidad con nombramiento expedido a su favor por Samuel Alejandro
García Sepúlveda, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 7 de junio de 2022; y
cuenta con plenas facultades para suscribir el presente Convenio Modificatorio, según consta en
los artículos 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4, 18,
apartado C, fracción IV, 37, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de
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DIARIO OFICIAL
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Nuevo León; y, 1o., 10 y 11 fracciones XXVI, y XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de las
Mujeres; y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron conferidas no
le han sido modificadas, limitadas o revocadas en forma alguna, por lo que surte plenos efectos
para la celebración del presente instrumento jurídico.
III.2.
Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los
asentados en la documentación proporcionada a MUJERES que sirvió de base para la realización
del presente instrumento jurídico.
III.3.
Externa su aceptación y su voluntad para celebrar el Convenio Modificatorio al “CONVENIO”, y
manifiesta no tener ninguna objeción para que se lleve a cabo su celebración.
IV.
"LAS PARTES" declaran que:
IV.1.
Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y manifiestan su
conformidad para la suscripción de este Convenio Modificatorio del “CONVENIO”.
IV.2.
Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos de la Cláusula DÉCIMA
OCTAVA del “CONVENIO”.
IV.3.
Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan
con las facultades necesarias para su suscripción.
IV.4.
En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones
manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual,
se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”.
En este sentido, “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, única y exclusivamente
en lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS, donde se ampliará el recurso
bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del
“CONVENIO”, para obligarse de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, celebrado el 23 de
mayo de 2025, únicamente en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS del “CONVENIO”,
para quedar como se señala a continuación:
“SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con las disposiciones
aplicables en la materia (...)
“[...]
“MUJERES transferirá al CENTRO EXTERNO por calidad de ampliación de recursos
presupuestarios federales, una cantidad de $65,500.00 (sesenta y cinco mil quinientos pesos
00/100 M.N.); a efecto de cumplir con la CIRCULAR publicada en la página oficial de
MUJERES el 01 de septiembre de 2025, así como con la publicación de resultados de
proyectos aprobados de fecha 07 de octubre de 2025.
“[...]“
SEGUNDA.- Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES”
convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, el 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que
continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados.
TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al
Proyecto C-2025-040; y surtirá efectos a partir de la fecha de suscripción.
Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 3
(tres) ejemplares en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de
Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría:
Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra.- Rúbrica.- Por el Centro
Externo de Atención: Secretaria de las Mujeres del Estado de Nuevo León, Graciela Guadalupe Buchanan
Ortega.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y el Instituto Veracruzano de las Mujeres, que tiene por objeto el
otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-024, que permite brindar protección y atención
integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
MUJERES/AMP/CM/C-2025-024/IVM
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA
PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUJERES, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A
UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA
SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, EN LO SUCESIVO LA “DIRECCIÓN”; Y, POR
LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE
IGNACIO DE LA LLAVE, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN EN ADELANTE LA
SECRETARÍA, REPRESENTADA POR MIGUEL SANTIAGO REYES HERNÁNDEZ, Y EL INSTITUTO VERACRUZANO DE
LAS MUJERES, EN ADELANTE EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ZAIRA
FABIOLA DEL TORO OLIVARES; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ,
“LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha 23 de mayo de 2025, MUJERES y EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN en adelante
“LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir
de su suscripción al 31 de diciembre de 2025, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a
cabo el Proyecto denominado C-2025-024, que permite brindar protección y atención integral y especializada,
a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances,
objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por MUJERES.
El 01 de septiembre de 2025, se llevó a cabo la publicación en la página oficial de MUJERES la
CIRCULAR por la que los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil, cuyos proyectos resultaron
aprobados en la convocatoria que se publicó el pasado 7 de marzo, podrán solicitar una ampliación de
recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de
Atención”, de conformidad con el numeral 4.6.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo
para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio
fiscal 2025.”, respecto de los siguientes rubros y conceptos:
Rubro
Conceptos de Gasto
a) Mantenimiento
Albañilería, resane y remodelación
Cancelería, herrería y vidrios
Carpintería
Cerrajería
Desazolve
Equipo de aire acondicionado
Fumigación
Desinfección de espacios
Impermeabilización
Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas
Pintura
Plomería
Sistema Eléctrico
Lunes 19 de enero de 2026
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713
b) Equipamiento
Audio, video y electrónicos
Enseres industriales
Equipo electrodoméstico
Equipo de computo
Equipo de jardinería
Equipo para inserción laboral
Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas
Mobiliario general
Mobiliario y equipo de oficina
Mobiliario y equipo médico.
c) Seguridad
Vigilancia propia
Vigilancia subrogada
Equipamiento de seguridad
Instalaciones de seguridad
d) Programa de profesionalización para
personas colaboradoras
Prestación de servicios
e) Servicios y Asesorías
Contabilidad
Nutrición
Otros
Se podrá incluir otro rubro para satisfacer las
necesidades de atención a las personas usuarias,
debidamente justificado.
Mediante escrito IVM/DG/DA/2972/2025, de fecha 05 de septiembre de 2025, la Directora General del
Instituto Veracruzano de las Mujeres del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, Zaira Fabiola Del Toro
Olivares, hizo de conocimiento a la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias
de MUJERES, Enna Paloma Ayala Sierra, la solicitud de ampliación de recursos bajo el concepto
“Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO
DE ATENCIÓN.
En sesión de 03 de octubre de 2025, de la Mesa de Análisis: “Fortalecimiento de Servicios de Atención del
Refugio y Centro externo de Atención” se sometieron a revisión y evaluación los proyectos participantes en la
Convocatoria de Solicitud de Ampliación y se emitieron los resultados de los proyectos aprobados y lo montos
autorizados, mismos que fueron publicados en el sitio oficial de MUJERES el 07 de octubre de la presente
anualidad, en cumplimiento con el numeral 4.4 y 4.4.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de
Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el
ejercicio fiscal 2025”, lo que motiva la suscripción del presente Convenio Modificatorio.
Al respecto, la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”, expresa lo siguiente:
“DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio
de Concertación de Acciones y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito
mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de
fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (...).
“Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse la ampliación de recursos en
diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer Proyecto presentado, dando
prioridad a la atención de situaciones relativas a algún caso fortuito o de fuerza mayor, de
acuerdo con los supuestos señalados en el numeral 4.5.2 “Convenio Modificatorio” de los
LINEAMIENTOS.”
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DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario la ampliación de recursos bajo el concepto de
“Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO
DE ATENCIÓN, “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio
conforme a las siguientes:
DECLARACIONES
I.
MUJERES declara que:
I.1.
Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o.,
fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
(LOAPF), y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.
La DIRECCIÓN es una unidad administrativa integrante de MUJERES, de conformidad con el
artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM.
I.3.
La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala
Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Titular de
MUJERES, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025; y cuenta con las
atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio, con fundamento en los
artículos 2o. fracción IV numeral 5, y 5o. fracciones I y XIV, así como 15 del RISM.
I.4.
Para dar cumplimiento al presente Convenio Modificatorio cuenta con los recursos económicos y
suficientes de la partida presupuestal 43401, relativamente de subsidios y Entidades Federativas y
Municipios, así como Suficiencia Presupuestaria.
I.5.
Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio señala como su domicilio el
ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía
Benito Juárez, Código Postal 03900 Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II.
La SECRETARÍA, declara que:
II.1.
Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; así como 1o., 2o., y 3o.
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, el
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave es una Entidad Federativa que es parte integrante de la
Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido
como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.
El Secretario de Finanzas y Planeación, Miguel Santiago Reyes Hernández, acredita su
personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora Constitucional del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Norma Rocío Nahle García, el 1 de diciembre de 2024;
y cuenta con sus atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en
los artículos 50, primero y quinto párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Veracruz de Ignacio de la Llave; 9o., fracción III, 12, fracciones I, II, VII y XIX, 19 y 20 de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 2o. y 14, fracción XXX
y XLIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación.
II.3.
Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal
ubicado en Avenida Xalapa, Número 301, Colonia Unidad del Bosque Pensiones, Código Postal
91017, Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.4.
Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes SFP000520C28.
III.
El CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN declara que:
III.1.
La Directora General del Instituto Veracruzano de las Mujeres, Zaira Fabiola Del Toro Olivares,
acredita su personalidad con nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora Constitucional
del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Norma Rocío Nahle García, el 22 de abril de 2025;
cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de Coordinación y
Adhesión, de conformidad con los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz
de Ignacio de la Llave; 3o. y 15 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
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Veracruz de Ignacio de la Llave; 8o., fracción XVIII, 9o. fracción II y 17, fracción XIX de la Ley
número 613 que Crea el Instituto Veracruzano de las Mujeres; y 20, fracciones VI, XIII y XV del
Reglamento Interno del citado Instituto y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las
facultades que le fueron conferidas no le han sido modificadas, limitadas o revocadas en forma
alguna, por lo que surte plenos efectos para la celebración del presente instrumento jurídico.
III.2.
Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los
asentados en la documentación proporcionada a MUJERES que sirvió de base para la realización
del presente instrumento jurídico.
III.3.
Externa su aceptación y su voluntad para celebrar el Convenio Modificatorio al “CONVENIO”, y
manifiesta no tener ninguna objeción para que se lleve a cabo su celebración.
IV.
"LAS PARTES" declaran que:
IV.1.
Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y manifiestan su
conformidad para la suscripción de este Convenio Modificatorio del “CONVENIO”.
IV.2.
Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos de la Cláusula DÉCIMA
OCTAVA del “CONVENIO”.
IV.3.
Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan
con las facultades necesarias para su suscripción.
IV.4.
En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones
manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual,
se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”.
En este sentido, “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, única y exclusivamente
en lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS, donde se ampliará el recurso
bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del
“CONVENIO”, para obligarse de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, celebrado el 23 de
mayo de 2025, únicamente en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS del “CONVENIO”,
para quedar como se señala a continuación:
“SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con las disposiciones
aplicables en la materia (...)
“[...]
“MUJERES transferirá al CENTRO EXTERNO por calidad de ampliación de recursos
presupuestarios federales, una cantidad de $346,152.00 (trescientos cuarenta y seis mil ciento
cincuenta y dos pesos 00/100 M.N.); a efecto de cumplir con la CIRCULAR publicada en la
página oficial de MUJERES el 01 de septiembre de 2025, así como con la publicación de
resultados de proyectos aprobados de fecha 07 de octubre de 2025.
“[...]“
SEGUNDA.- Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES”
convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, el 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que
continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados.
TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al
Proyecto C-2025-024; y surtirá efectos a partir de la fecha de suscripción.
Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 3
(tres) ejemplares en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de
Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría:
Secretario de Finanzas y Planeación, Miguel Santiago Reyes Hernández.- Rúbrica.- Por el Centro Externo
de Atención: Directora General del Instituto Veracruzano de las Mujeres, Zaira Fabiola del Toro
Olivares.- Rúbrica.
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Lunes 19 de enero de 2026
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el
Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax, que tiene por objeto el
otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-035, que permite brindar protección y atención
integral y especializada para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de
las Mujeres.
MUJERES/AMP/CM/C-2025-035/IMMTEKAX
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA
PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUJERES, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A
UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA
SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, EN LO SUCESIVO LA “DIRECCIÓN”; Y, POR
LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, A TRAVÉS DE LA
SECRETARÍA ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, EN ADELANTE LA SECRETARÍA, REPRESENTADA POR JUAN
GABRIEL SÁNCHEZ ÁLVAREZ, Y EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE TEKAX, EN
ADELANTE EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR MIRIAM NOEMÍ LÓPEZ
SULUB; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”, CONFORME A LOS
SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha 23 de mayo de 2025, MUJERES y EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN en adelante
“LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir
de su suscripción al 31 de diciembre de 2025, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a
cabo el Proyecto denominado C-2025-035, que permite brindar protección y atención integral y especializada,
a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances,
objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por MUJERES.
El 01 de septiembre de 2025, se llevó a cabo la publicación en la página oficial de MUJERES la
CIRCULAR por la que los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil, cuyos proyectos resultaron
aprobados en la convocatoria que se publicó el pasado 7 de marzo, podrán solicitar una ampliación de
recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de
Atención”, de conformidad con el numeral 4.6.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo
para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio
fiscal 2025.”, respecto de los siguientes rubros y conceptos:
Rubro
Conceptos de Gasto
a) Mantenimiento
Albañilería, resane y remodelación
Cancelería, herrería y vidrios
Carpintería
Cerrajería
Desazolve
Equipo de aire acondicionado
Fumigación
Desinfección de espacios
Impermeabilización
Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas
Pintura
Plomería
Sistema Eléctrico
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b) Equipamiento
Audio, video y electrónicos
Enseres industriales
Equipo electrodoméstico
Equipo de computo
Equipo de jardinería
Equipo para inserción laboral
Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas
Mobiliario general
Mobiliario y equipo de oficina
Mobiliario y equipo médico.
c) Seguridad
Vigilancia propia
Vigilancia subrogada
Equipamiento de seguridad
Instalaciones de seguridad
d) Programa de profesionalización para
personas colaboradoras
Prestación de servicios
e) Servicios y Asesorías
Contabilidad
Nutrición
Otros
Se podrá incluir otro rubro para satisfacer las
necesidades de atención a las personas usuarias,
debidamente justificado.
Mediante oficio IMM/90-2025, de fecha 08 de septiembre de 2025, la Directora General del Instituto
Municipal de la Mujer del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, Miriam Noemí López Sulub, hizo de
conocimiento a la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de MUJERES,
Enna Paloma Ayala Sierra, la solicitud de ampliación de recursos bajo el concepto “Fortalecimiento de
servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN.
En sesión de 03 de octubre de 2025, de la Mesa de Análisis: “Fortalecimiento de Servicios de Atención del
Refugio y Centro externo de Atención” se sometieron a revisión y evaluación los proyectos participantes en la
Convocatoria de Solicitud de Ampliación y se emitieron los resultados de los proyectos aprobados y lo montos
autorizados, mismos que fueron publicados en el sitio oficial de MUJERES el 07 de octubre de la presente
anualidad, en cumplimiento con el numeral 4.4 y 4.4.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de
Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el
ejercicio fiscal 2025”, lo que motiva la suscripción del presente Convenio Modificatorio.
Al respecto, la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”, expresa lo siguiente:
“DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio
de Concertación de Acciones y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito
mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de
fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (...).
“Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse la ampliación de recursos en
diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer Proyecto presentado, dando
prioridad a la atención de situaciones relativas a algún caso fortuito o de fuerza mayor, de
acuerdo con los supuestos señalados en el numeral 4.5.2 “Convenio Modificatorio” de los
LINEAMIENTO.”
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En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario la ampliación de recursos bajo el concepto de
“Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO
DE ATENCIÓN, “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio
conforme a las siguientes:
DECLARACIONES
I.
MUJERES declara que:
I.1.
Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o.,
fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
(LOAPF), y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.
La DIRECCIÓN es una unidad administrativa integrante de MUJERES, de conformidad con el
artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM.
I.3.
La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala
Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Titular de
MUJERES, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025; y cuenta con las
atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio, con fundamento en los
artículos 2o. fracción IV numeral 5, y 5o. fracciones I y XIV, así como 15 del RISM.
I.4.
Para dar cumplimiento al presente Convenio Modificatorio cuenta con los recursos económicos y
suficientes de la partida presupuestal 43401, relativamente de subsidios y Entidades Federativas y
Municipios, así como Suficiencia Presupuestaria.
I.5.
Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio señala como su domicilio el
ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía
Benito Juárez, Código Postal 03900 Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II.
La SECRETARÍA, declara que:
II.1.
Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; así como 12 y 13,
párrafo segundo, de la Constitución Política del Estado de Yucatán, el Estado de Yucatán es una
Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y
soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y
popular.
II.2.
El Secretario de Administración y Finanzas, Juan Gabriel Sánchez Álvarez, acredita su
personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por Joaquín Jesús Díaz Mena,
Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán, el 01 de octubre de 2024, y manifiesta
encontrarse debidamente facultado para la firma del presente Convenio de Coordinación y
Adhesión, de acuerdo con lo establecido en los artículos 57 de la Constitución Política del Estado
de Yucatán; 22, fracción II, 23 párrafo primero, 24, 27, fracción I, IV y XXVI, y 31 del Código de la
Administración Pública de Yucatán; 11, Apartado B, fracción III y VI, y 59 fracción XLVIII del
Reglamento del Código de Administración Pública de Yucatán.
II.3.
Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal
ubicado en Calle 59, Sin Número, Colonia Centro, Código Postal 97000, Mérida, Yucatán.
II.4.
Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes SHA840512SX1.
III.
El CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN declara que:
III.1.
La Directora General del Instituto Municipal de la Mujer, Miriam Noemí López Sulub, acredita su
personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Ayuntamiento de Tekax, Yucatán,
Vigésima Primera Acta de la Sexta Sesión Extraordinaria de Cabildo, el 12 de marzo de 2025;
cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de Coordinación y
Adhesión, de conformidad con los artículos 7o., fracción XX y 11, fracción III del Reglamento
Interno del Instituto Municipal de las Mujeres en Tekax, Yucatán y manifiesta bajo protesta de decir
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verdad, que las facultades que le fueron conferidas no le han sido modificadas, limitadas o
revocadas en forma alguna, por lo que surte plenos efectos para la celebración del presente
instrumento jurídico.
III.2.
Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los
asentados en la documentación proporcionada a MUJERES que sirvió de base para la realización
del presente instrumento jurídico.
III.3.
Externa su aceptación y su voluntad para celebrar el Convenio Modificatorio al “CONVENIO”, y
manifiesta no tener ninguna objeción para que se lleve a cabo su celebración.
IV.
"LAS PARTES" declaran que:
IV.1.
Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y manifiestan su
conformidad para la suscripción de este Convenio Modificatorio del “CONVENIO”.
IV.2.
Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos de la Cláusula DÉCIMA
OCTAVA del “CONVENIO”.
IV.3.
Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan
con las facultades necesarias para su suscripción.
IV.4.
En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones
manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual,
se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”.
En este sentido, “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, única y exclusivamente
en lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS, donde se ampliará el recurso
bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del
“CONVENIO”, para obligarse de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, celebrado el 23 de
mayo de 2025, únicamente en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS del “CONVENIO”,
para quedar como se señala a continuación:
“SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con las disposiciones
aplicables en la materia (...)
“[...]
“MUJERES transferirá al CENTRO EXTERNO por calidad de ampliación de recursos
presupuestarios federales, una cantidad de $286,486.00 (doscientos ochenta y seis mil
cuatrocientos ochenta y seis pesos 00/100 M.N.); a efecto de cumplir con la CIRCULAR
publicada en la página oficial de MUJERES el 01 de septiembre de 2025, así como con la
publicación de resultados de proyectos aprobados de fecha 07 de octubre de 2025.
“[...]“
SEGUNDA.- Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES”
convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, el 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que
continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados.
TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al
Proyecto C-2025-035; y surtirá efectos a partir de la fecha de suscripción.
Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 3
(tres) ejemplares en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de
Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría:
Secretario de Administración y Finanzas, Juan Gabriel Sánchez Álvarez.- Rúbrica.- Por el Centro Externo de
Atención: Directora General del Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax, Miriam Noemí
López Sulub.- Rúbrica.
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TALLERES GRAFICOS DE MEXICO
CALENDARIO del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2026 por programa presupuestario.
E2D Talleres Gráficos de México / 04 Secretaría de Gobernación.
CALENDARIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026 POR PROGRAMA PRESUPUESTARIO.
ARTURO MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Director General, con fundamento en los artículos 23, cuarto párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria; 22 fracción IX inciso b) de su Reglamento y 21 fracción II del Estatuto Orgánico de Talleres Gráficos de México, doy a conocer el calendario de
presupuesto autorizado por programa presupuestario para el ejercicio fiscal 2026.
CALENDARIO DEL PRESUPUESTO DE GASTO 2026 (pesos)
Programa
Presupuestario
TOTAL
ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
1,049,923,875
68,578,632
63,475,331
90,869,905
88,892,148
89,350,964
89,220,928
89,496,977
87,551,761
97,304,759
88,027,774
100,660,512
96,494,184
B001
Edición y artes
gráficas para el
Gobierno
Federal
938,976,596
60,029,732
54,767,674
81,051,721
80,570,780
80,878,744
80,631,638
81,040,764
79,785,844
86,255,252
80,047,864
88,665,266
85,251,317
M001
Actividades
de
apoyo
Administrativo
102,754,946
8,051,875
8,242,201
9,002,894
7,824,369
7,829,913
7,812,176
7,882,363
7,300,461
9,963,832
7,482,911
11,076,508
10,285,443
O001
Actividades
de
apoyo
a
la
función pública y
buen gobierno
8,192,333
497,025
465,456
815,290
496,999
642,307
777,114
573,850
465,456
1,085,675
496,999
918,738
957,424
Ciudad de México, a trece de enero de dos mil veintiséis.- El Director General de Talleres Gráficos de México, Arturo Manuel Chávez López.- Rúbrica.
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BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS
EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de
México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo
de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.6867 M.N. (diecisiete pesos con seis mil ochocientos sesenta y
siete diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
Ciudad de México, a 16 de enero de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de
Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José
Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Disposiciones de Banca Central, Lic. Luis Manuel Rivas
Gómez.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días
obtenida el día de hoy, fue de 7.2584%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3016%; y a plazo
de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3646%.
Ciudad de México, a 16 de enero de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de
Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José
Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Disposiciones de Banca Central, Lic. Luis Manuel Rivas
Gómez.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica.
TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda
nacional determinada el día de hoy, fue de 7.00 por ciento.
Ciudad de México, a 15 de enero de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de
Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José
Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Disposiciones de Banca Central, Lic. Luis Manuel Rivas
Gómez.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica.
722
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Lunes 19 de enero de 2026
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
ENCADENAMIENTO de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al mes de
diciembre de 2025.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR
ENCADENAMIENTO
DE
PRODUCTOS
DEL
ÍNDICE
NACIONAL
DE
PRECIOS
AL
CONSUMIDOR,
CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE DE 2025.
Al respecto, hago de su conocimiento que de conformidad con los artículos 59 fracción III, inciso a) de la
Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, 20 y 20-bis del Código Fiscal
de la Federación, y 29 fracción X del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y
tomando en cuenta el cierre o ampliación de fuentes de información y la desaparición o ampliación de marcas,
modelos, presentaciones o modalidades, este Instituto ha resuelto encadenar los productos y servicios cuyas
claves de identificación y especificación se encuentran indicadas en el anexo de la presente publicación. Ha
de señalarse que en los nuevos artículos se da a conocer el precio correspondiente al cierre del mes de
diciembre de 2025 como precio de referencia.
Ciudad de México, a 8 de enero de 2026.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía: Director General
Adjunto de Índices de Precios, Lic. Jorge Alberto Reyes Moreno.- Rúbrica.
ANEXO
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA
ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR
ENCADENAMIENTOS
Precio
Clave
Nueva especificación
Promedio ($)
Unidad
Causa de sustitución
Diciembre 2025
01 004026
NABISCO, DULCES, MARBU DORADA, CAJA DE 696 G
113.51
KG
CAMBIO DE MARCA
01 012003
MARINELA, PASTELILLO, MINI PINGÜINOS, C/8 PZAS, CAJA DE 200
324.50
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 020017
PARMA, DE CERDO, A GRANEL
140.00
KG
CAMBIO DE MARCA
01 033035
ALPURA, EVAPORADA, BOTE DE 340 ML
77.94
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
01 041045
BENE GASTRO, P/BEBER, CON ALIV, BOTE DE 240 G
75.00
KG
CAMBIO DE MARCA
01 058021
GALIL, EN ALMIBAR, MANDARINA ENTERA, LATA DE 312 G
160.26
KG
CAMBIO DE MARCA
01 082016
DAILY, SUSTITUTO, LIQUIDO DE STEVIA C/AGAVE, FCO DE 100 ML
410.00
LT
CAMBIO DE MARCA
01 090028
NESTLE, MATERNIZADA, NIDAL, ETAPA 2, BOLSA DE 120 G
416.67
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
01 097005
LA FINCA, REGULAR, GOURMET, BOLSA DE 340 G
361.77
KG
CAMBIO DE MARCA
01 098014
SARA, DESHIDRATADO, YERBA MATE, EXTRA SUAVE, BOLSA DE 1 KG
321.00
KG
CAMBIO DE MARCA
01 103018
TORRES 10, GRAN RESERVA, BOTELLA DE 700 ML
422.86
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 105004
CAZADORES, BLANCO, BOTELLA DE 950 ML
325.26
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 106005
SANTA CLARA, ROMPOPE, BOTELLA DE 1 LT
195.00
LT
CAMBIO DE MARCA
01 110014
NAUTICA, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
649.00
PZA
NUEVO MODELO
01 114002
REFILL, CAMISA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
329.00
PZA
NUEVO MODELO
01 115011
SPORTPOL, PLAYERA, 100% ALGODON
322.15
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 116004
YALE, PANTALON, 100% ALGODON
699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 119003
LAOLA, CHAMARRA, 95% POLIESTER- 5% ELASTANO
399.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 119032
PULL & BEAR, SUDADERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
849.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119049
CUIDADO CON EL PERRO MP, CHAMARRA, 100% POLIESTER
599.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119062
LEVIS, CHAMARRA, 100% POLIESTER
2799.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119065
MP, MP, CHAMARRA, 100% POLIESTER
999.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119102
PUMA, SUDADERA, 68% ALGODON - 32% POLIESTER
759.05
PZA
NUEVO MODELO
01 119131
SIMPLY BASIC, SUETER, 77% POLIESTER - 19% VISCOSA - 4% ELAST
289.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119167
CUIDADO CON EL PERRO MP, SUDADERA, 100% ALGODON
379.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119173
REFILL, CHAMARRA, 75% ALGODON - 23% POLIESTER - 2% ELASTANO
629.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 119177
PERRY ELLIS, CHAMARRA, 100% POLIESTER
1699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 119202
WEEKEND, CHAMARRA, 80% ALGODON - 20% POLIESTER
899.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119240
CHAMARRA, 100% POLIESTER
350.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 119264
GOYO, CHAMARRA, 100% POLIESTER
495.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 119272
JULIO MP, SUETER, 52% VISCOSA - 28% POLIESTER - 20% POLIAMID
1599.00
PZA
NUEVO MODELO
01 119290
PULL & BEAR MP, CHAMARRA, 100% POLIESTER
849.00
PZA
NUEVO MODELO
01 121027
ILUSION, PANTALETA, PAQ C/2 PZAS, 87% POLIAMIDA - 13% ELASTA
179.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 124022
CARLO CORINTO, TRAJE, 76% POLIESTER - 20% VISCOSA - 4% ELAST
3599.10
TRAJE
NUEVO MODELO
01 126002
VERTICHE MP, FALDA, 45% POLIESTER - 35% VISCOSA - 20% POLIAM
299.99
PZA
NUEVO MODELO
01 126016
CHARME, VESTIDO, 100% POLIESTER
2399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 126020
C&A MP, VESTIDO, 100% POLIESTER
599.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 126035
ZARA MP, VESTIDO, 81% MODAL - 19% POLIESTER
999.00
PZA
NUEVO MODELO
01 128009
STAR WEST, PIJAMA, 100% POLIESTER
799.00
PZA
NUEVO MODELO
01 128060
CUIDADO CON EL PERRO MP, PANTS, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO
399.00
PZA
NUEVO MODELO
01 128066
C&A MP, PANTS, 60% ALGODON - 40% POLIESTER
399.00
PZA
NUEVO MODELO
01 128080
RIO BEACH, TRAJE DE BAÑO, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO
228.32
PZA
NUEVO MODELO
01 128081
PULL & BEAR MP, PANTS, 78% POLIESTER, 14% VISCOSA - 8% ELAST
849.00
PZA
NUEVO MODELO
01 128084
BERSHKA MP, PANTS, 100% ALGODON
1199.00
PZA
NUEVO MODELO
01 128108
CONCORD, BATA DE BAÑO, 100% ALGODON
1055.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 128115
POLO CLUB, PANTS, 100% POLIESTER
379.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 128143
CHAMPION, PANTS, 61% ALGODON - 39% POLIESTER
649.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 129083
SPRING, PANTS, 80% POLIESTER - 20% ELASTANO
451.46
PZA
NUEVO MODELO
01 133016
ELEGA, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
259.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
01 136021
GRAFITO, ZAPATOS, P/NIÑO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
449.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
723
01 137014
CHARLY, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
899.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
01 147017
AMERICA, MATRIMONIAL, MOD MATISSE
36860.00
PZA
NUEVO MODELO
01 148009
MP PH, COMEDOR, 5 PZAS, (M-4S), MOD LIEBERMAN
39560.00
JGO
NUEVO MODELO
01 149104
HAUS, SILLA, MADERA - TELA, MOD SEREN
2449.13
PZA
NUEVO MODELO
01 150013
TEKA, CAMPANA EXTRACTORA, MOD C8310
6199.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
01 155053
JUNCO MP, CORTINAS, TELA, TERGAL, DISCOVERY, 100% POLIESTER
289.99
MT
NUEVO MODELO
01 155075
HOME STYLE, TOALLAS, DE BAÑO, 100% ALGODON, DE 1.50 X 84 M
329.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 156006
BECKON, CALEFACTOR, DE TORRE, MOD BC-1X
1589.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 158007
MABE, 6 QUEM, 30ˮ, ENC ELECT, C/HORNO, SILVER, MOD 7654BFIS
8980.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 159012
TEKA, 1.1 PIES, ACERO INOX, MOD MWG11X
3699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 161001
MIDEA, 10 PIES, BLUE STEEL, MOUNT, MOD MDRT280WINDXW
13430.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 162007
OSTER, CAFETERA, DE GOTEO, CAP 10 TAZAS, MOD BVSTDC05013
499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 162010
OSTER, CAFETERA, CAPUCHINERA, MOD PRIMA LATE TOUCH
7241.15
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 162026
OSTER, CAFETERA, DE GOTEO, CAP 12 TAZAS, PROGRAMABLE, MOD 20
1495.15
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 164016
T-FAL, VAPOR C/ROCIO, ANTIAD MOD. 2613
1395.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 165008
ILKO, EXPRIMIDOR, DESIGN, P/LIMONES, DE PLASTICO, MOD. 2258
56.50
PZA
NUEVO MODELO
01 167004
SANTOS, CRISTALERIA, VASO, CAP 255 ML, TIPO CAFETERO
14.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
01 167007
KASA BLANCA, CUBIERTOS, JGO DE 16 PZAS, MOD EMPIRE
2294.15
JGO
CAMBIO DE MARCA
01 168005
CUBASA, CONTENEDOR, DE 2.6 L, C/TAPA, MOD 0703
71.00
PZA
NUEVO MODELO
01 169006
MP, AHORRADOR, LUZ CALIDA, A 19, 10 W, 15000 H
18.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
01 172092
VALLEY FOODS, CUBIERTOS, GRANDES, COMPOSTABLES, PAQ C/25 PZA
16.90
PAQ
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
01 176041
PERSIL, LIQUIDO, GEL, BOTELLA DE 4650 ML
42.47
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
01 187014
FLANAX, TABLETAS, 6 DE 550 MG, LAB BAYER
100.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
01 197009
VITASCOM, AGUA OXIGENADA, BOTELLA DE 480 ML
22.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 199023
DURANTE EL EMBARAZO, GINECOLOGO, PRIMERA VEZ
800.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 199028
DURANTE EL EMBARAZO, GINECOLOGO, PRIMERA VEZ
1000.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
01 199047
ESPECIALISTA, PSICOLOGO
400.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
01 199053
ESPECIALISTA, PSICOLOGO
700.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
01 202001
HABITACION ST, POR DIA
3397.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
01 206002
USOS MULTIPLES
316900.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 206003
DE LUJO
826900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206006
USOS MULTIPLES
398900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206009
DE LUJO
919900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206010
DEPORTIVO
471900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206013
SUBCOMPACTO
544800.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 206017
COMPACTO
341900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206022
COMPACTO
605900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206026
USOS MULTIPLES
584900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206028
SUBCOMPACTO
454990.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 206029
DE LUJO
999900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 206030
COMPACTO
494100.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 206045
DE LUJO
899900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 223009
CHALCO-TOREO, SERVICIO ORDINARIO, TARIFA UNICA
9.50
VIAJE
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 230010
GOOGLE, VIDEO, DISP. P/STREAMING, CHROMECAST TV, MOD GA03131
1490.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 230026
AMAZON, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, FIRE TV STICK 4K, MAX WF 6
1699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 230027
ROKU, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, MOD ROK3840MX
899.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 231002
SANSUI, 32ˮ, PANTALLA 720P HD, MOD SMX32VAHW
6999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 231014
HISENSE, 43ˮ, PANTALLA SMART, UHD 4K, MOD 43A6NV
6999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 231017
HYUNDAI, 40ˮ, PANTALLA LED TCL, FHD SMART, MOD HYLED4026WIM
3224.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
01 240016
HOT WHEELS, JUGUETE, AUTOPISTA, MOD ATAQUE DE COBRA
599.00
PZA
NUEVO MODELO
01 241021
SPALDING, EQ Y ACC, BALON, BASQUETBOL, MOD. BASIC BROWN N7
199.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 246017
ACT RECR, PASEO TUR, PASEO A CABALLO, UNA HORA
260.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 247034
TRES PINOS, INSTRUMENTOS MUSICALES, GUITARRA, ACUSTICA MOD T
3320.00
PZA
NUEVO MODELO
01 247065
DREAMTECH, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ACUSTICA, MOD. DT-GA40
1699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 248024
CINEPOLIS, FIN DE SEMANA, SABADO, TRADICIONAL, DESPUES DE LA
85.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 253044
EL ECONOMISTA, PERIODICO, EDICION LUN - VIE
15.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
01 263019
BIRRIA, PLATO GRANDE DE CARNERO, A GRANEL
130.00
PLATO
CAMBIO DE PRESENTACION
01 264018
SABRITAS, CHICHARRON, DE CERDO, BOLSA DE 105 G
557.14
KG
CAMBIO DE MARCA
01 265009
TORTERIA, 3 COSTILLAS, DE 15 CM Y AGUA DE 600 ML
134.00
ORDEN
CAMBIO DE MODALIDAD
01 266004
TOMMY, COCINADA, HAWAIANA, MEDIANA, POR PZA
197.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
01 268068
CANTINA, BRAVULL, COPA DE 500 ML
100.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 270012
POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA
2235.00
TARI/D
CAMBIO DE MODALIDAD
01 270026
POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA
2500.00
TARI/D
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
01 272012
PHILIPS, RASURADORA, SHAVER 3000 SERIES, MOD X3O21/00
999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
01 275006
NIVEA, CORPORAL, MILK NUTRITIVA, PIEL EXTRA, BOTELLA DE 625
192.00
LT
CAMBIO DE MARCA
01 281013
ELITE, PAPEL HIGIENICO, PREMIUM SOFT, XL, PAQ C/16 ROLLOS, D
119.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
01 284005
BABY ESSENTIALS, P/BEBE, TOALLITAS HUMEDAS, PAQ C/100 PZAS
54.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
01 287002
Q&Q, RELOJ, P/MUJER, ACERO INOXIDABLE, MOD ELEGANTE
850.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 287006
ALE, JOYERIA, CADENA, DE ORO, 14K, MOD ALEVCL025-40F
5960.00
PZA
NUEVO MODELO
01 288058
SAMSONITE, MALETA, DE 55.5 X 36 X 24.5 CM, AIR SHOCK BLACK,
4999.00
PZA
NUEVO MODELO
01 288059
CALVIN KLEIN, MALETA, RIGIDA 100% SINTETICO, MOD LH418CP4BLU
4529.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
01 288096
AMERICAN TOURISTER, MALETA, CAP 3.8 KG, MOD 20608
4999.00
PZA
NUEVO MODELO
02 058008
FRUTA SECA, UVA PASA, EN PASTA, A GRANEL
80.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
02 074006
SABRITAS, ORIGINAL, BOLSA DE 42 G
476.19
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
02 083003
CHOCO MILK, EN POLVO, MENOS AZUCAR, SOBRE DE 280 G
204.46
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
02 088004
KNORR, DE POLLO, PAQ DE 2 PZAS DE 21 G
5.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
02 101013
GATORADE, ISOTONICA, MORA, BOTELLA DE 600 ML
41.67
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
02 103001
DON PEDRO, RESERVA, ESPECIAL, BOTELLA DE 750 ML
252.00
LT
CAMBIO DE MARCA
02 103004
PRESIDENTE, SOLERA, BOTELLA DE 900 ML
224.44
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
02 110005
GUESS, BLUSA, 95% ALGODON - 5% SPANDEX
690.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
02 115005
BASIC CONCEPTS, PLAYERA, 100% ALGODON
199.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
02 118003
RAGAZZO, PANTALON, 100% POLIESTER
189.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
02 121004
ANN CHERY, FAJA, 87% POLIAMIDA - 13% ELASTANO
1099.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
02 129003
CREACIONES PARISINA, BATA, 80% POLIESTER - 20% POLIAMIDA
799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
02 137002
ADIDAS, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
1299.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
02 149017
PRINSEL, CUNA, CORRAL, GRIS, MOD 6050
2299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
02 154002
MP, MATRIMONIAL, 100% ALGODON, MOD 17672
1199.00
JGO
NUEVO MODELO
02 160005
MIDEA, LAVADORA, 17 KG, MOD MA500W17/W
8753.81
UNIDAD
NUEVO MODELO
02 166005
TRAMONTINA, BATERIA, JGO DE 10 PZAS, ACERO INOX, MOD 8987
2649.00
JGO
NUEVO MODELO
02 167006
DEAR, LOZA, TAZAS, DE 400 ML, MOD GB464-SU2149
129.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
02 170006
EVANS, ACCESORIOS, BOMBA PERIFERICA, 1/2 HP, MOD 12111
631.60
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
02 178001
ZOTE, LIQUIDO, BLANCO, BOTELLA DE 1 L
42.50
LT
CAMBIO DE MARCA
02 206006
SUBCOMPACTO
437900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
02 212006
TRW, LIQUIDO P/FRENOS, DOT3 LF3, BOTE DE 500 ML
120.00
LT
CAMBIO DE MARCA
02 241005
MOLTEN, EQ Y ACC, BALON, DE FUTBOL, MOD 10
530.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
02 269003
ENSALADA, DE CODITOS, BOTE MEDIANO
45.00
BOTE
CAMBIO DE PRESENTACION
02 269004
BACHOCO, GUISADO, FILETE MEZQUITE, PAQ DE 700 G
337.15
KG
CAMBIO DE MARCA
724
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
02 270019
POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA
1398.00
TARI/D
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
02 274002
COLGATE, CREMA DENTAL, ACCION TRIPLE, TUBO DE 140 ML
214.29
LT
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
02 282005
CAPRICE, FIJADOR, SPRAY, NATURALS, BOTE DE 316 ML
211.77
LT
CAMBIO DE MARCA
02 282006
VANART, CHAMPU, CLASICO, BOTELLA DE 750 ML
78.80
LT
CAMBIO DE MARCA
03 014008
A GRANEL
22.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 016004
MP, TOTOPOS, BOLSA DE 280 GR
92.86
KG
CAMBIO DE MARCA
03 017005
CHULETA, NATURAL, A GRANEL
175.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 074002
BARCEL, CHIPS, SAL, BOLSA DE 52 GR
423.08
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
03 085004
CLEMENTE JACQUES, MERMELADA, DE FRESA, FCO DE 300 GR
108.33
KG
CAMBIO DE MARCA
03 086003
NESTLE, HELADO, BOTE DE 708 ML
131.36
LT
CAMBIO DE MARCA
03 090001
GERBER, PAPILLA, COLADO, E1, MANGO, FCO DE 71 GR
161.97
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
03 094001
PRECISSIMO, ESPECIAS, CANELA, ENTERA, BOLSA DE 30 GR
816.67
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
03 105007
JOSE CUERVO, REPOSADO, TRADICIONAL, BOTELLA DE 695 ML
562.57
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
03 106008
JHONNIE WALKER, WHISKY, BLACK LEBEL, BOTELLA DE 750 ML
1371.97
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
03 114001
C&E MP, CAMISA, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO
469.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 115010
C&E MP, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
119.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 116003
C&E MP, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
499.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 116007
CALVIN KLEIN, PANTALON, 99% ALGODON - 1% ELASTANO
1999.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 117004
CHEROKEE, PANTALON, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
599.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 118005
C&E MP, PANTALON, 66% ALGODON - 32% POLIESTER - 2% ELASTANO
399.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 118011
PIQUE NIQUE, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
549.00
PZA
NUEVO MODELO
03 119023
C&E M, CHAMARRA, 100% POLIESTER
649.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 119030
PULL & BEAR, SUDADERA, 80% ALGODON - 20% POLIESTER
849.00
PZA
NUEVO MODELO
03 126011
C&E MP, VESTIDO, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
699.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 127001
C&E MP, FALDA, 100% ALGODON
349.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 128002
ADIDAS, PANTS, 100% POLIESTER
1299.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
03 129003
ZARA MP, PIJAMA, 2 PZAS, 100% ALGODON
1199.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 129011
MAP, PIJAMA, 2 PZAS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
899.00
JGO
NUEVO MODELO
03 149016
HOME NATURE, SILLA, RATAN Y MADERA, C/BRAZOS, MOD 689704
6999.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
03 158002
ACROS, 6 QUEM, DE PISO, MOD AFR2110B
7999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 161002
SAMSUNG, 11 PIES, EASY ACCESS, MOD RT31DG5224S9EM
13449.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
03 166001
CINSA, CACEROLA, TIPO BUDINERA, C/TAPA, 26 CM, MOD 320960
299.00
PZA
NUEVO MODELO
03 179006
JHONSON, INSECTICIDA, AEROSOL, BOTE DE 400 ML
85.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
03 182002
PRECISSIMO, VELADORA, VASO CRUZ, DE CRISTAL, CHICO
11.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
03 185006
ERITROMICINA MP, TABLETAS, 20 DE 500 MG, LAB BENAVIDES
129.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
03 198003
MELROSE, LENTES, ARMAZON, MICAS POLICAR/ANTIRE, MOD
2599.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
03 206002
SUBCOMPACTO
309900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 207003
ITALIKA, URBANA, 196 CC, CARGA 150 K, MOD 200Z
53999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 207005
YAMAHA, SCOOTER, RAY ZR BLUE CORE, MOD 2026
38999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 207006
ITALIKA, URBANA, 149 CC, BLANCA, MOD DM150 2026
24499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 207007
KTM, URBANA, DUKE 200, MOD 2026
87900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 215005
LAVADO, PAQ 2 MINI HATCH BACK
145.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
03 222010
PAQUETERIA
215.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 230001
KEISER, ACCESORIOS, BOCINA, USB, MICRO SD, MOD KSW3008
799.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
03 230005
VIOS, ACCESORIOS, BOCINA, DOBLE 8ˮ, MOD VS-28
890.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
03 231006
SAMSUNG, 43ˮ, LED, MOD LH43BETMLGKXZX
6804.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
03 231007
HISENSE, 32ˮ, SMART, MOD 32A4HNR A4
3299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
03 269005
ALITAS, A GRANEL
187.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
03 272004
REVLON, CEPILLO DE AIRE, MOD RVST2218LA1
765.00
PZA
NUEVO MODELO
03 273005
MAYBELLNE, RIMEL, SKY HIGH, DE 24 OZ, PZA DE 7.2 ML
305.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
03 279004
GILLETE, RASTRILLO, 2 HOJAS, DAISY, PAQ DE 2 PZAS
32.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
03 280004
KIDDIES, INFANTE, GRANDE, X GDE, TALLA 5, PAQ DE 40 PZAS
267.60
PAQ
CAMBIO DE MARCA
03 287004
ARTRE, JOYERIA, DIJE, MOD FLORES
1299.00
PZA
NUEVO MODELO
03 288001
TRUZT, MOCHILA, MOD 171156
599.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
04 010004
MERKA DONUTS, DONA, C/TOPPING, PZA
36.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
04 018023
RETAZO, C/HUESO, A GRANEL
180.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
04 044005
PRESIDENT, S/SAL, BARRA DE 200 GR
542.90
KG
CAMBIO DE MARCA
04 058007
PIKIS, SEMILLAS, CACAHUATES, BOTANA, BOLSA 200 GR
215.00
KG
CAMBIO DE MARCA
04 089007
JELL-O, DE AGUA, RINDE 1 LT, DE 25 GR
894.40
KG
CAMBIO DE MARCA
04 096002
GARAT, REGULAR, GOURMET, FCO DE 125 GR
1048.00
KG
CAMBIO DE MARCA
04 096010
JUAN VALDEZ, DESCAFEINADO, FCO DE 95 GR
1789.47
KG
CAMBIO DE MARCA
04 098007
MCCORMICK, DESHIDRATADO, 25 SOBRES DE 1.4 G C/U, CAJA 35 G
48.80
CAJA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
04 108008
VICTORIA, OSCURA, LATA DE 473 ML
61.78
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
04 111009
OYSHO STUDIO, PROTECTOPIE, 2 PARES, 85% ALGODON - 15% OT
399.00
PAQ
NUEVO MODELO
04 119027
BANANA LEMON, ABRIGO, 100% POLIÉSTER, SKU 94671065, NEGRO
2999.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
04 124001
PIERRE CARDIN, TRAJE, 70% POLIÉSTER - 30% OTROS, 91695930
3299.00
TRAJE
CAMBIO DE MARCA
04 124003
ALDO CONTTI, TRAJE, 68% POLIESTER - 28% VISCOSA - 4% ELASTANO
5999.00
TRAJE
NUEVO MODELO
04 126002
THAT S IT, FALDA, 100% ALGODON
799.00
PZA
NUEVO MODELO
04 126005
JULIO, VESTIDO, 100% VISCOSA
1999.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
04 129006
DOMMY ANIMAL, PIJAMA, 1 PZA, 100% POLIESTER
320.00
PZA
NUEVO MODELO
04 149030
CLOSET, MADERA INDUSTRIALIZADA, MOD ALEMANIA
7699.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
04 153001
HOME NATURE, FRAZADA, 127 X 152, SKU 40840224, CAFE
1299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
04 156002
MIRAGE, MINISPLIT, 1 TON INVERTER 115V, MOD SETCDF120F
6149.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
04 157003
KOBLENZ, ASPIRADORA, GEMINIS, ADVANCE
1190.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
04 158001
KOBLENZ, 6 QUEM, SKU 91561693, GRIS
17549.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 160004
WHIRLPOOL, LAVADORA, 24 KG, MOD 980023060, GRIS NEGRA
15594.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
04 161003
LG, 14 PIES, MOD 980038922, GRIS
16496.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 161004
WHIRLPOOL, 17 PIES, MOD. WT1736N GRIS
13549.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
04 182004
PRECISSIMO, VELADORA, MOD LIMONERO
19.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
04 207009
HONDA, URBANA, DE TRABAJO, MOD CARGO 150 2026
39990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
04 208002
STREET RUNNER, DE MONTAÑA, AZUL, R-24, SKU 90382446
6999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 208010
TURBO, DE MONTAÑA, R-20, MOD RACING
5999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
04 222012
PAQUETERIA
3761.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
04 231002
TCL, 50ˮ, PANTALLA SMART TV, 4K, MOD 50Q3K
7490.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 231008
HISENSE, 40ˮ, SMART TV, 4K, UHD, MOD 40A4NR
4559.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
04 238013
FOTOGRAFO, TAMAÑO CREDENCIAL, 6 FOTOS, A COLOR
130.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
04 238022
TAPO, CAMARA DE VIDEO, EXT. 1080 P HD 500
899.00
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
04 239007
PLAY STATION, CONSOLA, 1TB, ASTRO BOT, GRAN TURISMO 7
13999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
04 247024
DESCARGA DE AUDIO, MUSICA, DISCO DIOSA DE LA NOCHE
90.00
CUOTA
CAMBIO DE MARCA
04 248004
CINEPOLIS, FIN DE SEMANA, ADMISIÓN GRAL SALA TRAD ADULTO16.0
58.00
BOLETO
CAMBIO DE MODALIDAD
04 248006
CINEPOLIS, FIN DE SEMANA, DOMINGO, TRADICIONAL, ADULTO
60.00
BOLETO
CAMBIO DE MODALIDAD
04 248020
CINEPOLIS, MIERCOLES, SALA VIP, ADULTO
225.00
BOLETO
CAMBIO DE MODALIDAD
04 249011
MUSEO, ENTRADA, ADULTO
150.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 251017
ESPAÑOL, PRIMARIA, EJERCICIO DE ORTOGRAFIA, 2DO, ED LAROUSSE
68.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
04 251019
PRECALCULO, PREPA, MATEMÁTICAS, ED UDEG
210.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
04 252003
MONTENA, LITERARIO, CULPA MIA, MERCEDES RON
419.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
04 254007
PAPER MATE, BOLIGRAFO, INKJOY, PUNTO MEDIO
6.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
725
04 268030
REST, BUFETE Y REFRESCO
446.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
04 272004
BABYLISS, ALACIADORA, AZUL, SKU 75277340
2299.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
04 272005
BABYLISS PRO, ALACIADORA, ÓPTIMA 3000 A TITANIUM
3799.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 002010
BOTANAS CACHITO, FRITURAS, BOLSA DE 1 KG
86.90
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 022028
PILGRIMS, ENTERO, C/VISCERAS, A GRANEL
53.90
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
05 029004
ALTAMAR, EN CONSERVA, ALMEJAS, LATA DE 210 G
251.86
KG
CAMBIO DE MARCA
05 032005
NESTLE, ENTERA, NIDO, FORTI CRECE, BOTE DE 1.08 KG 1080
175.92
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
05 034003
SANTA CLARA, SABORIZADA, CHOCOLATE, BOTE DE 180 ML
66.67
LT
CAMBIO DE MARCA
05 036001
LALA, AMERICANO, PAQ DE 144 G
279.43
KG
CAMBIO DE MARCA
05 040003
FUD, O/QUESOS, GOUDA, A GRANEL
190.00
KG
CAMBIO DE MARCA
05 042004
1-2-3, ACEITE, MIXTO, BOTELLA DE 500 ML
54.00
LT
CAMBIO DE MARCA
05 066007
LA COSTEÑA, JALAPEÑOS, EN RAJAS, LATA DE 380 G
100.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 077003
DEL MONTE, ENVASADAS, MIXTAS, LATA DE 215 G
66.51
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 079011
NOR-VER, LENTEJAS, BOLSA DE 200 G
42.50
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 086003
HOLANDA, HELADO, NAPOLITANO, BOTE DE 1.17 L 1170
62.31
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
05 089002
JELL-O, DE LECHE, FLAN, SABOR A VAINILLA, CAJA DE 85 G
188.24
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 091001
MCCORMICK, MOSTAZA, FCO DE 210 G
90.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 094013
ESPECIAS, CANELA, BOLSA DE 100 G
172.00
KG
CAMBIO DE MARCA
05 098004
MCCORMICK, DESHIDRATADO, VERDE, CAJA C/25 SOBRES DE 35 G
40.00
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
05 100028
COCA-COLA, REFRESCO, COLA, BOTELLA DE 2.5 L 2500
19.20
LT
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
05 106016
JOHNNIE WALKER, WHISKY, RED LABEL, BOTELLA DE 700 ML
470.01
LT
CAMBIO DE MARCA
05 110006
LOVE CULTURE, BLUSA, 100% POLIESTER
249.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 112007
PIERRE CARDIN, CALCETINES, 3 PARES, 79% POLIESTER - 18% ELAS
199.00
PAQ
NUEVO MODELO
05 112008
FILE, CALCETINES, 3 PARES, 78% ALGODON - 20% POLIESTER - 2%
69.99
PAQ
NUEVO MODELO
05 115008
MILO ARLUCCI, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
179.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 117008
ANA GRAM, PANTALON, 75% ALGODON - 21% POLIESTER - 3% SPANDEX
199.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 118010
JOGGER, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
249.99
PZA
NUEVO MODELO
05 119052
GENERRA, SUETER, 100% ACRILICO
1059.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 119055
OVH, SUETER, 100% ACRILICO
269.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 119064
WEEKEND, SUDADERA, 60% ALGODON - 40% POLIESTER
499.00
PZA
NUEVO MODELO
05 120009
TEJEDOR, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
69.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 121007
CALVIN KLEIN, BRASIER, 80% NYLON - 20% ELASTANO
1159.00
PZA
NUEVO MODELO
05 121010
SONATA, BRASIER, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
89.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 122046
BLUEY, P/NIÑA, PANTALETA, 96% ALGODON - 4% ELASTANO
39.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 126009
TOKYO, FALDA, 100% VISCOSA
219.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 127008
JUST FOR GIRLS, VESTIDO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
149.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 128015
POLO, BATA DE BAÑO, 100% POLIESTER
299.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 129003
C PARISINAS, PIJAMA, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
819.00
JGO
NUEVO MODELO
05 136002
LETHER, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
779.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
05 137014
CHARLY, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
399.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
05 152006
SALA, ESQUINERA, MOD HARPER
10683.59
JGO
NUEVO MODELO
05 157009
DREAME, ASPIRADORA, 700 W, MOD Z20 STATION
13661.10
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 157013
KOBLENZ, ASPIRADORA, 2.5 GAL, MOD WD2.5 MA
1150.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 157018
KOBLENZ, ASPIRADORA, MANUAL, MOD HV-120 KG3
1100.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 158005
MABE, 6 QUEM, ENC ELEC, ACERO INOX, MOD EMH7613DATSSO
31427.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 160004
MABE, LAVADORA, CAP 24 KG, AUTOMATICA, MOD LMA74215WBAB1
12799.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 160005
MABE, LAVADORA, 24 KG, AUTOMATICA, MOD LMA74215WBAB1-BLANCO
9899.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 162030
T-FAL, TOSTADOR, ULTRA TOASTER, INOX, 6 NIVELES
899.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 162031
AIRON, VENTILADOR, 3 VEL, ASPA FIERRO, MOD SFM-50
1499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 163009
OSTER, 2 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD BLSTKAG-BPB
899.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 167002
CRISA, CRISTALERIA, TARRO, CAP DE 1 L
99.99
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
05 167006
CRISA, LOZA, VAJILLA, 12 PZAS, MOD IDEAL
211.41
JGO
NUEVO MODELO
05 167007
VSANTOS, CRISTALERIA, VASOS, JGO DE 6 PZAS, MOD VERONA
75.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
05 172003
EASY SHINE, GUANTES, DE LATEX, MULTIUSOS, BOLSA C/1 PAR
35.50
PAR
CAMBIO DE MARCA
05 172019
JAGUAR, PLATOS, NO 9, FIBRA DE CAÑA, BOLSA C/12 PZAS
37.50
BOLSA
CAMBIO DE MARCA
05 172026
VALLEY FOODS, PLATOS, CHAROLA, MEDIANA, C/25 PZAS
59.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
05 172032
VALLEY FOODS, CUBIERTOS, TENEDOR, JUMBO, BOLSA C/25 PZAS
24.90
BOLSA
CAMBIO DE MARCA
05 172044
REYMA, BOLSA, ROLLO DE 1 KG, DE 20 X 23 CM
61.00
BOLSA
NUEVO MODELO
05 176014
PERSIL, LIQUIDO, ACCION PROFUNDA, BOLSA DE 830 ML
36.14
LT
CAMBIO DE MARCA
05 193008
GLIMETAL LEX, MED P/DIAB, TAB, 16 DE 4/850 MG, LAB SILANES
1285.01
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
05 196022
ATIVAN, O/MED, PSIQ, LORAZEPAM, TAB, 40 DE 2 MG, LAB PFIZER
999.99
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
05 206011
DE LUJO
1394000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 206012
SUBCOMPACTO
1042200.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 206023
COMPACTO
398900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 207004
VENTO, URBANA, CYCLONE, MOD 210-C 2026
25499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 215002
LAVADO, SHAMPOO, ASPIRADO, CERA, BRILLO LLANTAS, CRISTA
230.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
05 230017
STEREN, ACCESORIOS, AUDIFONOS, ALAMBRICOS, MOD AUD-390
159.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 230019
APPLE, ACCESORIOS, AUDIFONOS, AIRPODS PRO 3
6419.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 231010
HYUNDAI, 43ˮ, ROKU, SMART TV HD, MOD HYLED-4327QR
4649.50
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 238001
ADVENTURE FORCE, DRONE, CONTROL REMOTO, MOD F15
1499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 238004
FUJI, CAMARA FOTOGRAFICA, DIGITAL, INSTAX PAL VERDE
2594.58
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 238015
CANON, CAMARA FOTOGRAFICA, VIDEO 4K, RF-S, 18-45MM, MOD EOS
19000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
05 239003
PLAYSTATION, VIDEOJUEGO, DISCO, SMARVEL´S PIDER-MAN 2
1809.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 241008
GATTUSO, CALZADO, P/FUTBOL, 100% VINIL
399.50
PAR
CAMBIO DE MARCA
05 242003
NATURALES, FLORES, BOUQUET, DE 24 ROSAS
349.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
05 247004
YAMAHA, INSTR MUSICALES, FLAUTA PROFESIONAL, MOD S 16
3369.00
PZA
NUEVO MODELO
05 247009
FENDER, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ELECTROACUSTICA, MOD 5A
3200.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
05 251011
MCGRAW HILL, PREPA, CIENCIAS DE LA COMUNICACION, DE BEATRIZ
363.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
05 254014
PELIKAN, TIJERAS, MOD FANY
44.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 267001
MARKETSIDE, ROSTIZADO, POR PZA
135.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
05 274007
SENSODYNE, CREMA DENTAL, WHITENING, ANTI SARRO, TUBO DE 90 G
988.89
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
05 275004
NIVEA, CORPORAL, LIQUIDA, MILK NUTRITIVA, DE 400 ML
212.48
LT
CAMBIO DE MARCA
05 279006
BIC, RASTRILLO, SOLEIL, PAQ C/2 PZAS
69.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
05 282002
CAPRICE, CHAMPU, CONTROL CASPA, PZA DE 750 ML
100.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
05 288017
GUESS, LENTES OSCUROS, P/MUJER, MOD GU7815
2099.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
06 004012
MARINELA, DULCES, SPONCH, PAQ DE 180 G
213.89
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
06 035001
SILK, DE ALMENDRA, SIN AZÚCAR, LIQUIDA, BOTE DE 946 ML
58.14
LT
CAMBIO DE MARCA
06 110003
JENIFER MOORE, BLUSA, 85% POLIESTER - 15% ELASTANO
199.99
PZA
NUEVO MODELO
06 115002
JEANIOUS COMPANY, PLAYERA, 60% ALGODON - 40% POLIESTER
399.00
PZA
NUEVO MODELO
06 117006
SECRETO, PANTALON, 76% ALGODON - 22% POLIESTER - 2% ELASTANO
249.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
06 119027
GIOVANNI GALI, CHAMARRA, 100% POLIESTER
1307.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
06 124003
WALL STREET, TRAJE, 90% POLIESTER - 10% VISCOSA
1149.00
TRAJE
NUEVO MODELO
06 126004
JCI, FALDA, 96% POLIESTER - 2% METAL - 2% ELASTANO
199.99
PZA
NUEVO MODELO
06 128006
MILANO, PANTS, 60% ALGODON - 40% POLIESTER
149.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
06 153002
STARHAUS, COBERTOR, INDIVIDUAL, 100% POLIESTER
449.00
PZA
NUEVO MODELO
06 157003
OSTER, HORNO ELECTRICO, MOD 145965
1749.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
06 160004
SAMSUNG, LAVADORA, MOD WA21A3341GW/AX
15699.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
726
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
06 161005
LG, 20 PIES, SMART, MOD 649571
17149.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 199005
DURANTE EL EMBARAZO, GINECOLOGO, SUBSECUENTE
600.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
06 210002
MICHELIN, RIN 16, 245/75, 120/116R, MOD AGILIS
8176.00
PZA
NUEVO MODELO
06 230007
DAEWOO, ACCESORIOS, BOCINA, MOD DW BOOMBOX
1303.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
06 231002
HISENSE, 55ˮ, PANTALLA, 4K, QLED, MOD 55QD6QV
9999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 231004
JVC, 55ˮ, 4K, ROKU, SMART TV, MOD SI55URF
8240.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
06 238001
GOPRO, CAMARA FOTOGRAFICA, HERO 103, MOD 262596
9999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 239001
EASPORT, VIDEOJUEGO, DISCO, XBOX ONE, FC25
1126.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
06 276003
REXONA, ROLL ON, ADVANCED, PZA DE 50 ML
44.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
06 277005
LIRIO, BARRA, DERMATOLOGICO, PZA DE 200 G
134.50
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
06 287003
JOYERIA, ARETES, BROQUEL, CRISTALINO
387.83
PAR
NUEVO MODELO
06 287006
JOYERIA, PULSERA, CARTIER, PLATA 4.2 G
1076.07
PZA
NUEVO MODELO
06 287007
CASIO, RELOJ, P/HOMBRE, MOD GRANDE
671.40
PZA
NUEVO MODELO
06 288004
ARMANI, LENTES OSCUROS, PZA, MOD 2033/313273
3499.00
PZA
NUEVO MODELO
07 002001
ACT II, PALOMITAS, EXTRA MANTEQUILLA, BOLSA DE 80 GR
19.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
07 077008
HERDEZ, ENVASADAS, CHAMPIÑONES, LATA DE 186 GR
131.72
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
07 085003
MP, DULCES DE LECHE, CAJETA, QUEMADA, BOTE DE 660 G
150.57
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
07 113011
CREYSI SOCKS, CALCETINES, PAQ C/2 PARES, 62% ALGODON - 38% PO
166.64
PAQ
CAMBIO DE MARCA
07 115011
PIQUE NIQUE, CAMISA, 100% ALGODON
464.56
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 118001
THAT'S IT, PANTALON, SKINNY, 100% ALGODON
650.76
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 119030
SAHARA, CHALECO, 100% POLIESTER
399.00
PZA
NUEVO MODELO
07 119034
ORIGINAL DISOJ, SUETER, 100% ACRILICO
450.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
07 122009
SKINY TEENS, P/NIÑA, CORPIÑO, 100% ALGODON
157.33
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 122019
THAT´S IT, P/NIÑO, TRUSA, PAQ C/4 PIEZAS, 100% ALGODON
371.46
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 122023
DISNEY, P/NIÑA, PANTALETAS, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
120.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 127007
VKA, PANTALON, 95% ALGODON - 5% SPANDEX
279.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 134004
JBE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
790.41
PAR
CAMBIO DE MARCA
07 135002
FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
1162.81
PAR
NUEVO MODELO
07 141002
CUOTAS DE VIGILANCIA, MENSUAL
400.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
07 153005
HAUS, JGO DE CAMA, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER, MOD 6015
957.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 156004
LG, MINISPLIT, INVERTER, FRIO/CALOR, MOD VM242H9
24499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
07 159004
CHEFMAN, 0.7 PIES, MOD RJ55-7
2792.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
07 161005
LG, 20 PIES, 2 PTAS, 110V, MOD LT57BPSX
19456.96
UNIDAD
NUEVO MODELO
07 163004
OSTER, 3 VEL, VASO DE VIDRIO, CLÁSICA, MOD2770
2000.71
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
07 164001
TFAL EASY, C/VAPOR, MOD FV1942
363.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
07 164002
T-FAL, VAPOR, EXPRESS STEAM, MOD FV2864
869.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
07 165003
KITCHENLAB, PELADOR, GRIS, MOD HG16A1KT
120.09
JGO
CAMBIO DE MARCA
07 180004
PETALO, SERVILLETAS, PAQ C/200 PZAS
21.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
07 206003
COMPACTO
361300.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
07 209003
DURALAST, GOLD, MOD 35-DLG
3199.00
PZA
NUEVO MODELO
07 222009
PRIMERA CLASE
1998.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
07 230001
BOSE, ACCESORIOS, BOCINA, CHICA, MOD783342
2512.76
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
07 231007
SAMSUNG, 55ˮ, CRISTAL, UHD, MOD 55DU8000
17688.06
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
07 246004
BORUNDA, ACT RECR, PARQUE DE DIV, ENTRADA INDV
15.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
07 246006
ACT RECR, PASEO TUR CASA DE JUAN GABRIEL, RECORRIDO COM
370.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
07 247001
LA ESPAÑOLA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ACÚSTICA, MOD M09
1250.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
07 270008
POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA
2175.00
TARI/D
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
07 276001
SAVILLE, BARRA, AGUA DE ROSAS, PZA DE 45 GR
45.10
PZA
CAMBIO DE MARCA
07 287001
CASIO, RELOJ, P/HOMBRE, DIGITAL
5681.53
PZA
CAMBIO DE MARCA
08 004006
NABISCO, DULCES, OREO, CHOCOLATE, PAQ DE 105 G
200.00
KG
CAMBIO DE MARCA
08 032002
NESTLE, DESLACTOSADA, CARNATION, BOLSA DE 460 G
154.35
KG
CAMBIO DE MARCA
08 035002
LALA, DE ALMENDRA, VITA, SIN ENDULZAR, BOTE DE 960 ML
41.67
LT
CAMBIO DE MARCA
08 090003
HEINZ, PAPILLA, COLADO, MANZANA, ETAPA 2, FCO DE 113 G
159.29
KG
CAMBIO DE MARCA
08 116008
CONTEMPO, PANTALON, 68% POLIESTER - 30% VISCOSA - 2% ELASTAN
449.00
PZA
NUEVO MODELO
08 122031
CREYSI, P/NIÑO, TRUSA, BOXER, PAQ DE 3 PZAS, 100% ALGODON
429.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
08 123003
FANTASTIC, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
89.90
PZA
NUEVO MODELO
08 129003
OKI-DOW, TRAJE DE BAÑO, 85% POLIESTER - 15% ELASTANO
729.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
08 147007
SELTHER, INDIVIDUAL, MOD TRANQUILITY
3999.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
08 153002
VIANNEY, EDREDON, KING SIZE, 100% POLIESTER, MOD NOVO
699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
08 158005
KOBLENZ, 6 QUEM, C/HORNO, 30 P, MOD EK-1131-CD-NIHIF CADIZ
8840.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
08 163007
T-FAL, 2 VEL, MOD POWER MIX
659.45
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
08 164001
RECORD, MOD 7212
649.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
08 168004
EKCO, CUCHARA, MOD 43810
29.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
08 169001
VOLTECK, AHORRADOR, 50 W, LUZ FRIA, MOD F-13EM
40.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
08 180007
PETALO, SERVILLETAS, PAQ DE 100 PZAS
20.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
08 191002
BUSCAPINA, TABLETAS, COMPOSITUM, 20 DE 10 MG, LAB SANOFI
414.26
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
08 206012
MINIVAN
998900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
08 210002
FIRESTONE, RIN 14, 185/65 R14, MOD FIREHAWK
1813.00
PZA
NUEVO MODELO
08 230007
KAISER, ACCESORIOS, BOCINA, 40, 000 W, MOD KSB4220
2999.90
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
08 231002
SHARP, 55ˮ, PANTALLA 4K, ROKU, MOD 4TC55EL8UR
7795.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
08 239001
WARNER BROS, VIDEOJUEGO, SHADOW OF WARD, RAGNAROK PS5
578.00
PZA
NUEVO MODELO
08 281010
REGIO, PAPEL HIGIENICO, LUXURY, PAQ DE 4 ROLLOS
34.99
PAQ
CAMBIO DE MARCA
09 018009
MP, MOLIDA, POPULAR, 70-30, PAQ DE 500 G
112.00
KG
CAMBIO DE MARCA
09 019009
FRESKECITO, PROCESADAS, NUGGETS, DE POLLO, A GRANEL
118.90
KG
CAMBIO DE MARCA
09 020004
CHATA, DE CERDO, PAQ DE 215 G
106.98
KG
CAMBIO DE MARCA
09 023005
FUD, DE PAVO, PAQ DE 2700 G (2.7 KG)
62.54
GR
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
09 101009
POWER ADE, ISOTONICA, BOTELLA DE 600 ML
41.67
LT
CAMBIO DE MARCA
09 101034
PRIME, ISOTONICA, BOTELLA DE 500 ML
78.00
LT
CAMBIO DE MARCA
09 101044
PREDATOR ENERGY, ENERGIZANTE, LATA 473 ML
42.28
LT
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
09 101047
AMPER, ENERGIZANTE, PUNCH, LATA DE 473 ML
52.85
LT
CAMBIO DE MARCA
09 118001
LYON KIDS, PANTALON, 87% POLIÉSTER - 10% RAYON - 3% SPANDEX
599.00
PZA
NUEVO MODELO
09 122019
APPLE TREE, P/NIÑA, PANTALETAS, DE 7 PZAS, 100% ALGODON
139.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
09 126008
SAHARA, VESTIDO, 100% POLIESTER
499.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
09 127001
BASIC CONCEPTS KIDS, PANTALON, 75% ALGODON - 25% POLIÉSTER
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
09 127004
FUNNY KIDS, VESTIDO, 100% POLIESTER
829.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
09 130040
NEW ERA, GORRA, 100% POLIESTER, MOD 2413
999.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
09 149029
MOBI, LIBRERO, MOD DALTON
2849.00
PZA
NUEVO MODELO
09 153005
HOME BASICS, FRAZADA, 100% POLIESTER, MOD G20-BD92, 2 X 1.5M
799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
09 155001
MAINSTAYS, BLANCOS, MANTEL, RECTANGULAR, MOD MAS430569352001
289.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
09 155019
SOLA TEXTIL, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 100% ALGODON, MOD ANNIE
299.00
PZA
NUEVO MODELO
09 158001
KOBLENZ, 6 QUEM, MOD EKE-506 PALERMO
16499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 158002
IEM, 6 QUEM, MOD EI3520BAPSI SILVER
7549.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 177007
MARÍA JOSE, UTENSILIOS, ESCOBA, PALO ROJO
93.80
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
09 188005
TARKA, TABLETAS, 15 DE 180MG/2MG, LAB ABBOTT
798.03
CAJA
CAMBIO DE MARCA
09 193004
XIGDUO XR, MED P/DIAB, TABLETAS, 28, 10/1000 MG, AZTRAZENECA
1750.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
09 196003
SYNALAR, O/MED, OFTAL, SOL OPTICA, 15 ML, .025%, LAB CHINOIN
216.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
09 206009
MINIVAN
807900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
727
09 206010
SUBCOMPACTO
559900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 207004
ITALIKA, CUATRIMOTO, ATV 200, MOD 2026
49999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
09 231002
LG, 55ˮ, LED, SMART, 4K, MOD 55UT800AUA
11259.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
09 288011
PERSOL, LENTES OSCUROS, MOD PO3274S
10839.00
PZA
NUEVO MODELO
10 003002
KELLOGS, DE MAIZ, ORIGINAL, CAJA DE 370 GR
117.57
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
10 009001
BIMBO, BLANCO, BOLSA DE 620 GR
88.71
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
10 015006
DEL HOGAR, BOLSA CON 15 PZAS, 300 GR
50.00
KG
CAMBIO DE MARCA
10 046003
MELOCOTON, A GRANEL
105.00
KG
CAMBIO DE MARCA
10 095005
JUMEX, DE FRUTAS, ENVASE DE 960 ML
26.87
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
10 095006
JUMEX, DE FRUTAS, MANGO, BOTELLA DE 413 ML
50.85
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
10 098004
MCCORMICK, DESHIDRATADO, CAJA DE 25 PZAS, DE 36 GR
666.67
KG
CAMBIO DE MARCA
10 117001
CIMARRON, PANTALON, 77.6% ALGODON -18.7% - POLIESTER - 3.7%
319.00
PZA
NUEVO MODELO
10 118002
CIMARRON, PANTALON, 74.6% ALGODON - 21.1% POLIESTER - 4.3%
259.00
PZA
NUEVO MODELO
10 118006
JORDACHE, PANTALON, MOD 71435
249.00
PZA
NUEVO MODELO
10 119033
POLO CLUB, CHALECO, 100% POLIESTER
1399.00
PZA
NUEVO MODELO
10 119036
H&M, SUDADERA, 70% ALGODON - 30% POLIESTER
549.00
PZA
NUEVO MODELO
10 122019
SKINY, P/NIÑA, CORPIÑO, 100% ALGODON
169.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 124004
ALDO CONTI MP, TRAJE, 58% POLIESTER - 20% VISCOSA - 2% ELAST
7499.00
TRAJE
NUEVO MODELO
10 124010
BRUNO MAGNANI, TRAJE, 81% POLIESTER - 17% RAYON - 2% ELA
3299.00
TRAJE
NUEVO MODELO
10 126006
ADOLFO DOMINGUEZ MP, VESTIDO, 51% VISCOSA - 49% POLIAMIDA
6590.00
PZA
NUEVO MODELO
10 127005
ZARA KIDS MP, VESTIDO, 99% POLIESTER - 1% ELASTANO - 1%OTRAS F
749.00
PZA
NUEVO MODELO
10 129006
H&M MP, PANTS, 70% ALGODON - 30% POLIESTER
449.00
PZA
NUEVO MODELO
10 133006
KAROL Y DAVID, HUARACHES, MOD3504
428.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
10 136002
MANHATTAN, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA, MOD 6080
349.50
PAR
CAMBIO DE MARCA
10 141001
PLOMERO, INSTALACION, TUBERIA P/BAÑO
2000.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
10 143002
JARDINERIA, PODA DE ARBOL
250.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
10 147001
AMEICA, KING SIZE, MOD 135 - 510, VALERY
16399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 148002
ANTONELLA, ANTECOMEDOR, 5 PZAS (M-4S), SKU 86955591
21999.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
10 149007
CLOSET, ROPERO, CON MALETERO, MOD ROMA
6528.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
10 152002
SALA, MODULAR, 4 PIEZAS, 8 COJINES, MOD MARICELA
7990.00
JGO
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
10 153010
HOMAGE, EDREDON, 100% POLIESTER, MATRIMONIAL
699.00
PZA
NUEVO MODELO
10 155009
CORTINAS, TELA, YUTE, 1.50 ANCHO, MOD TULUM 21500
129.00
MT
CAMBIO DE MARCA
10 155012
ZARA HOME MP, CORTINAS, 140 X 270 CM, 100% LINO
1699.00
PZA
NUEVO MODELO
10 155015
HOME, CORTINAS, 100% ALGODON, 1 PZA
140.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 161004
MABE, 14 PIES, 2 PTAS, MOD RME360PVMRM0
12127.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
10 167002
HAUS, CUBIERTOS, ACERO INOXIDABLE, JGO 24 PZAS, MOD DAZZLE
1199.00
JGO
NUEVO MODELO
10 167008
ENOLA, CUBIERTOS, ACERO INOXIDABLE, JGO DE 16 PZAS
769.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
10 170002
BOSCH, HERRAMIENTA, ROTOMARTILLO, MOD 18V 2.0 AH LI-ON
5399.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
10 172016
REYMA, CUBIERTOS, BOLSA CON 25 CUCHARAS GRANDE TRANSPARENTE
15.00
BOLSA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
10 182003
CRISTO REY, VELADORA, REPUESTO, NO18, SAN JUDAS TADEO
16.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 183001
SERV DOM, ASEO GRAL, 2 DIAS POR SEMANA, MEDIO TIEMPO
500.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
10 189004
NEUTROGENA, GEL, LIMPIADOR FACIAL, FCO DE 177 ML, LAB JOHNSO
255.90
FCO
CAMBIO DE MARCA
10 206010
DE LUJO
398900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
10 206011
COMPACTO
336700.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
10 207003
BMW, DE PISTA, ROADSTER, 313 CC, MOD G310R, 2026
125700.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
10 207004
SUZUKI, URBANA, 124 CC, MOD GN125F, MOD 2026
38999.99
UNIDAD
NUEVO MODELO
10 209003
LTH, 14 PLACAS, 12 V, MOD L-47-LN2-550
3699.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
10 210005
DOVROAD, RIN 14, 175/70, R14, 88T, MOD ZYPHIRA
780.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
10 210006
BF GOODRICH, RIN 15, 262/70, MOD ADVANTAGE, 50821
1722.00
PZA
NUEVO MODELO
10 211001
SYD, REFACCIONES, AMORTIGUADORES, P/TSURU, PZA, MOD 92- 2
665.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 223001
RUTA EXPRES, E-04, SAN JUAN BOSCO-PUERTA DEL MILEN
14.00
VIAJE
CAMBIO DE MODALIDAD
10 230007
JBL, ACCESORIOS, AUDIFONOS, SKU 94894170
199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
10 231001
ADVIO, 43ˮ, HDMI, MOD
4290.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
10 231004
TLC, 85ˮ, SMART TV 4K, MOD 85Q5K
20499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
10 251008
OYE EDITORES, PREPA, CULTURA DIGITAL 1, ALAN JARA PEDROZA
260.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
10 268015
CAFETERIA, CAFE LATTE VAINILLA Y GALLETA DECORADA
139.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
10 274008
ORAL-B, CREMA DENTAL, PRO ENCIAS, TUBO DE 75 ML
966.67
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
10 277004
PALMOLIVE, BARRA, NEUTRO BALANCE, PZA DE 120 GR
200.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
10 281004
SUAVEL, PAPEL HIGIENICO, PAQ C/4 ROLLOS
23.50
PAQ
CAMBIO DE MARCA
10 288001
SPORT TIME, MOCHILA, COOLCAPITAL 100% POLIESTER
599.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
10 292002
NOTARIO, INICIO DE JUICIO, SUCESION TESTAMENTARIA
10000.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
10 292007
NOTARIO, CARTA DE AUTORIZACION, VIAJE PARA MENORES
3000.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
11 002003
SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHURRUMAIS, BOLSA DE 65 G
369.23
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
11 008007
BOLILLO, PZA
4.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
11 019002
NORSON, CHULETA AHUMADA, A GRANEL
136.90
KG
CAMBIO DE MARCA
11 019003
CAPISTRANO, O/EMBUTIDOS, QUESO DE PUERCO, PAQ DE 250 G
308.00
KG
CAMBIO DE MARCA
11 027004
CAMARON, CRUDO, CRISTAL, GRANDE, A GRANEL
268.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
11 029001
BARAJAS, PESCADO SECO, CHARALES, CAJA DE 150 GR
232.67
KG
CAMBIO DE MARCA
11 034001
MP, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, BOTE DE 1 L
20.00
LT
CAMBIO DE MARCA
11 034007
NESTLE, SABORIZADA, ABUELITA, CHOCOLATE, BOTE DE 930 ML
41.94
LT
CAMBIO DE MARCA
11 041024
ALPURA, P/BEBER, SABOR FRESA, BOTE DE 220 GR
59.09
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 042005
NEGRITA, ACEITE, MIXTO, BOTELLA DE 800 ML
37.50
LT
CAMBIO DE MARCA
11 047013
A GRANEL
26.75
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 048015
AGRIO, A GRANEL
19.86
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 050011
CHINO, PZA
47.50
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 051015
VALENCIA, A GRANEL
20.25
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 057010
THOMPSON, A GRANEL
100.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
11 059035
O/FRUTAS, FRESA, A GRANEL
182.15
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 059036
O/FRUTAS, JICAMA, A GRANEL
26.27
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 060015
ITALIANA, A GRANEL
21.88
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 061013
BLANCA, A GRANEL
18.23
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 062013
S/ESPINAS, A GRANEL
18.90
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 063010
A GRANEL
28.95
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 065013
A GRANEL
62.50
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 067012
A GRANEL
32.43
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 068018
NEGRO, A GRANEL
31.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 068020
NEGRO, A GRANEL
34.50
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 070015
SALADETTE, A GRANEL
16.50
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 071015
COL, BLANCA, PZA
30.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
11 074002
SABRITAS, RUFFLES, MIX, BOLSA DE 70 G
457.14
KG
CAMBIO DE MARCA
11 094005
HIERBAS, OREGANO, A GRANEL
80.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
11 100010
MANZANITA SOL, REFRESCO, SABOR, MANZANA, BOTELLA DE 600 ML
25.83
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 111005
CIRCULATION, TOBIMEDIAS, 85% POLIAMIDA - 15% ELASTANO
79.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
11 112001
POLO CLUB, CALCETINES, 49% POLIESTER - 47% ALGODON - 4% OTRO
79.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
11 119076
ZARA MP, SUETER, 84% POLIESTER - 14% ACRILICO - 2% ELASTANO
1199.00
PZA
NUEVO MODELO
11 120001
ATLETICA, CAMISETA, PAQ DE 3 PZAS, 100% ALGODON
164.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
11 122031
GIRLS ATTITUDE, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 3 PZAS, 92% POLIA
139.00
PAQ
NUEVO MODELO
728
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
11 135002
WEEKEND, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
249.00
PAR
NUEVO MODELO
11 154006
DALFIORI, INDIVIDUAL, ARENA, JGO DE 3 PZAS, 100% POL, MOD SC
859.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
11 157006
KOBLENZ, ASPIRADORA, MOD WD-5 L2
1629.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
11 159001
MIDEA, 0.7 PIES, NEGRO, MOD MMDF07S2MB
1999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
11 167001
HAUS, CRISTALERIA, VASOS, MOD 399737
73.43
PZA
NUEVO MODELO
11 176012
ROMA, EN POLVO, BOLSA DE 250 G
52.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 207002
DINAMO, CUATRIMOTO, 125 CC, 9 HP, MOD SUPER ROCKY-20269
35590.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
11 230002
LG, ACCESORIOS, BOCINA, MOD XBOOM XL5T
10665.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
11 239002
NINTENDO, VIDEOJUEGO, SWITCH, LEYENDAS POKEMON Z-A
1199.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
11 285004
CORTE DE CABELLO, CABALLERO, BASICO
70.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
11 292005
ABOGADO, JUICIO DE ALIMENTOS
8000.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
12 009006
BIMBO, TOSTADO, PAQ DE 210 G
172.33
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
12 034010
LALA, PASTEURIZADA, BOTE DE 1.86 L, 1860 ML
31.05
LT
CAMBIO DE MARCA
12 040009
PHILADELPHIA, O/QUESOS, CREMA, PAQ DE 144 G
243.05
KG
CAMBIO DE MARCA
12 049005
HARVEST, GOLDEN, A GRANEL
49.80
KG
CAMBIO DE MARCA
12 069004
LA SIERRA, ENTEROS, BAYOS, BOLSA 473 G
34.88
KG
CAMBIO DE MARCA
12 079003
LENTEJAS, A GRANEL
32.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
12 096004
URUAPAN, REGULAR, BOLSA DE 250 G
400.00
KG
CAMBIO DE MARCA
12 100008
SIDRAL MUNDET, REFRESCO, SABOR, BOTELLA DE 600 ML
36.67
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
12 117005
JENNIFER MOORE, PANTALON, 100% POLIESTER
289.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
12 126006
JENNIFER MOORE, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
179.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
12 126008
GEORGE, VESTIDO, 100% POLIESTER
399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
12 136002
CHABELO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
599.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
12 147007
SERTAPEDIC, MATRIMONIAL, MOD EXCLUSIVE
14804.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
12 152006
LIZ MUEBLES, SOFA, DE TELA, MOD GRIS
20999.00
PZA
NUEVO MODELO
12 155006
ULTRAFRESH, BLANCOS, ALMOHADA, PAQ C/2 PZAS, MOD AFES0005
449.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
12 156003
DREAMTECH, CALEFACTOR, DE GAS, MOD IRAN
3299.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
12 161002
MABE, 11 PIES, DOS PUERTAS, MOD RMB300IZMRP0
21799.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
12 176002
ROMA, EN POLVO, CAJA DE 10 KG, 10000 G
34.90
KG
CAMBIO DE MARCA
12 176004
MAESTRO LIMPIO, EN POLVO, BOLSA DE 1 K, 1000 G
40.00
KG
CAMBIO DE MARCA
12 185006
AUGMENTIN, SUSPENSION, PEDIATRICO, 156 ML, LAB GSK
252.00
FCO
CAMBIO DE PRESENTACION
12 189001
DERMALIVE, POMADA, CREMA, 0.05%, TUBO DE 30 G, LAB ADVAITA P
387.20
CAJA
CAMBIO DE MARCA
12 196008
ROTUMAL, O/MED, NEUROL, CAPSULAS, 90 DE 25 MG, LAB GELPHAR
239.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
12 196014
PAXIL, O/MED, PSIQ, TAB, 30 DE 25 MG, LAB GSK
1640.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
12 197006
PLASTIPAK, JERINGAS, BD 3 ML, 22GX25MM
6.50
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
12 206007
USOS MULTIPLES
599990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
12 227001
NACIONAL, SENCILLO
2575.09
VIAJE
CAMBIO DE MODALIDAD
12 230008
HKPRO, AUDIO, ESTEREO, MOD HKPMH210
3499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
12 230018
AMAZON, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, FITETV STICK, MOD S3L46N
919.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
12 274007
LISTERINE, ENJUAGUE, COOL MINT, BOTELLA DE 180 ML
273.61
LT
CAMBIO DE MARCA
12 274009
CREST, CREMA DENTAL, ANTISARRO, TUBO DE 140 ML
392.86
LT
CAMBIO DE MARCA
12 279009
SCHICK, RASTRILLO, DESECHABLE
19.35
PZA
CAMBIO DE MARCA
12 281002
QUALITY DAY, PAPEL HIGIENICO, PAQ 9 ROLLOS, DE 500 HOJAS DOB
89.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
12 284002
JOHNSON, ART DE TOCADOR, HISOPO, PAQ DE 300 PZAS
64.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
13 003005
KELLOGG´S, DE MAIZ, ZUCARITAS, CAJA DE 260 G
173.08
KG
CAMBIO DE MARCA
13 012002
BIMBO, PAN DULCE, ROLES DE CANELA, PAQ DE 365 G
115.07
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 015001
TIA ROSA, BOLSA DE 22 PZAS, DE 561 G
67.74
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 026004
YAVAROS, SARDINA, EN SALSA DE TOMATE, 425 G
108.24
KG
CAMBIO DE MARCA
13 026005
DOLORES, SARDINA, EN SALSA DE TOMATE, 425 G
88.82
KG
CAMBIO DE MARCA
13 029002
CAMARON SECO, MEDIANO, A GRANEL
280.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
13 034004
LALA, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, BOTE DE 1 L
28.00
LT
CAMBIO DE MARCA
13 039002
EL VAQUERO, OAXACA, A GRANEL
130.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 040003
KRAFT, O/QUESOS, PARMESANO, BOTE DE 227 G
146.25
BOTE
CAMBIO DE MARCA
13 045002
HASS, A GRANEL
81.36
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
13 055004
TABASCO, A GRANEL
10.69
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 095002
DEL VALLE, DE FRUTAS, DE DURAZNO, LATA DE 453 ML
39.74
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 099002
AGUAFIEL, NATURAL, BOTELLA DE 500 ML
18.00
LT
CAMBIO DE MARCA
13 105002
CENTENARIO, BLANCO, BOTELLA DE 950 ML
589.47
LT
CAMBIO DE MARCA
13 107004
CUATRO SOLES, TINTO, AFRUTADO, BOTELLA DE 750 ML
159.00
LT
CAMBIO DE MARCA
13 110007
LIZ MINELLI MP, BLUSA, 86% VISCOSA - 14% POLIAMIDA
499.00
PZA
NUEVO MODELO
13 116004
REPUBLIC, BERMUDAS, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
329.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 117007
STUDIO F, PANTALON, 87% VISCOSA - 13% POLIAMIDA
1767.96
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 120001
RIMBROS, CAMISETA, PAQ 2 PZAS, 100% ALGODON
179.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 121001
LA EXPRESS, BRASIER, PAQ DE 3 PZAS, 86% POLIAMIDA - 14% ELAS
219.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 133011
LIZ MINELLI MP, ZAPATILLAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETIC
749.00
PAR
NUEVO MODELO
13 136003
ELEFANTE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
836.96
PAR
CAMBIO DE MARCA
13 148005
DIPER, COMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD LORCA
37239.06
JGO
NUEVO MODELO
13 153008
CONCORD MP, COLCHA, JGO DE 2 PZAS, 100% MICROFIBRA, MOD LOVE
799.00
JGO
NUEVO MODELO
13 155006
INTIMA HOGAR, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 100% ALGODON
389.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 167004
GLASSIA, CRISTALERIA, JARRA, 1.7 L, MOD CASALE
72.50
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 168003
MP, GANCHOS, PAQ DE 10 PZAS
33.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
13 172003
JAGUAR, CUBIERTOS, CUCHARAS, PASTELERA, PAQ DE 50 PZAS
11.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 174003
CLASICOS DE LUJO, PAQ DE 10 CAJAS, DE 50 LUCES C/U
21.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 184004
PARACETAMOL GI, TABLETAS, 10 DE 500 MG, LAB ALPHARMA
15.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
13 186003
XL 3 XTRA, CAPSULAS, 12 DE 2/5/10/250 MG, LAB GENOMMA
79.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
13 188003
COZAAR, TABLETAS, 30 DE 100 MG, LAB MERCK SHARP
1969.00
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
13 192003
SENSIBIT, SOLUCION, PEDIATRICO, FCO DE 30 ML, LAB LIOMONT
126.50
FCO
CAMBIO DE MARCA
13 193001
GLIMEPIRIDA GI, MED P/DIAB, TABLETAS, 30 DE 2 MG, LAB MEDLEY
70.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
13 216004
SERV DE MANTENIMIENTO, 15 MIL KM, MOD TERRITORY 2023
4811.90
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
13 241002
REKORD, EQ Y ACC, RODILLERAS, MEÑISCOS, MOD AJUSTABLE
129.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
13 242001
NATURALES, FLORES, BOUQUET DE 12 ROSAS
139.00
DOCENA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 246006
ACT RECR, BOLICHE, LINEA INDIVIDUAL, INCLUYE ZAPATOS
129.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 246009
ACT RECR, BALNEARIO, ACUARIO INTERACTIVO, ENTRADA GENER
100.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 246012
ACT RECR, JGOS INFANT, GO KARTS, UNA CARRERA
130.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
13 250002
MUSICA, DJ, LUCES, PISTA Y ACCS DE FIESTA, SERV DE 5 HR
3800.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
13 268002
REST, FILETE DE PESCADO EMPANIZADO Y NARANJADA DE 480 M
340.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
13 269003
GUISADO, ESPAGUETI, CHAROLA DE 360 GR
83.33
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 272004
CONAIR, SECADORA, MULTIFUNCIONAL, MOD DIGITAL AIR
2791.24
UNIDAD
CAMBIO DE PRESENTACION
13 274002
LISTERINE, ENJUAGUE, CUIDADO TOTAL, BOTELLA DE 500 ML
270.00
LT
CAMBIO DE MARCA
13 276003
OBAO, ROLL ON, FRESQUISIMA, PZA DE 65 G
33.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
13 280003
TENA, ADULTO, PANTS, GRANDE, PAQ DE 48 PZAS
594.94
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
14 099009
BONAFONT, SABORIZADA, GUAYABA, BOTELLA DE 1 L
18.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
14 114002
VERRAZANO, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
190.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
14 115007
POLO CLUB, PLAYERA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
549.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
14 118007
MP, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
229.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
14 120006
MSM, BOXER, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO
30.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
14 120008
ZAGA, TRUSA, 100% ALGODON
100.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
729
14 121009
RED SKY, BRASIER, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
99.90
PZA
NUEVO MODELO
14 122025
A&A, P/NIÑA, PANTALETAS, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
25.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
14 128015
VIANNEY, PIJAMA, 100% POLIESTER
822.35
PZA
CAMBIO DE MARCA
14 129012
CUIDADO CON EL PERRO MP, PIJAMA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
299.00
PZA
NUEVO MODELO
14 133008
LOBO SOLO, HUARACHES, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA
1399.50
PAR
CAMBIO DE MARCA
14 133011
SINFONIA INFINITO, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTET
199.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
14 133012
CARRAS, PANTUFLAS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
99.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
14 133013
STAHL, PANTUFLAS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
439.50
PAR
CAMBIO DE MARCA
14 134002
CHRISTIAN GALLERY, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
989.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
14 136006
PICA-PINO, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
269.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
14 147004
LORD, MATRIMONIAL, MOD TOSCANO
3499.00
PZA
NUEVO MODELO
14 150003
NEW CHALLENGE, COCINA INTEGRAL, MOD VICTORIA
42799.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
14 153006
VENADO HOGAR, FRAZADA, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER
189.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
14 156004
HKPRO, CALEFACTOR, ELECTRICO, MOD EHOO318
1449.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
14 160001
ACROS, LAVADORA, 22 KG, MANUAL, MOD ALF2253EC
4890.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
14 163005
TEFAL, 2 VEL, MOD POWER MIX
553.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
14 167001
CRISA, CRISTALERIA, COPAS, MOD CHABELA
61.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
14 196013
CIALIS, O/MED, UROL, TABLETA DE 20 MG, LAB LILLY ICOS
474.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
14 198003
OMRON, APARATOS MEDICOS, BAUMANOMETRO, DIGITAL, MOD HEM-6124
679.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
14 206004
SUBCOMPACTO
468200.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
14 230008
LG, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD.CJ45
7699.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
14 230016
JBL, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD TUNE5 20T
799.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
14 231001
SAMSUNG, 43ˮ, TIZEN SMART, MOD LH43BETMLGKZX
7999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
14 231005
TCL, 32ˮ, ANDROID, MOD 32Q3K
6099.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
14 234001
TELMEX, INTERNET, 100 MEGAS, MENSUAL
399.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
14 247001
JENDRIX, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, MOD ESCOLAR
60.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
14 247003
AMADEUS CELLINI, INSTR MUSICALES, VIOLIN, ESTUDIANTE, MOD 3/
3725.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
14 247004
BABILON, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ACUSTICA, MOD MALAGA
6000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
14 247005
MAPEX, INSTR MUSICALES, BATERIA, ACUSTICA, MOD VE5295FTC
18030.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
14 251001
ONCE 70, MI LIBRO MAGICO, PREESC, CUADERNO DE TRABAJO, CARME
280.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
14 254004
FIRST CLASS, CARPETA, 1ˮ, ARILLO EN D, 27 X 30, MOD 7022
160.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
14 288010
TODO MODA MP, BOLSA, 100% POLIAMIDA
249.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
15 005001
PRECISSIMO, P/HOT CAKES, DE TRIGO, TRADICIONALES, PAQ DE 1 K
37.50
KG
CAMBIO DE MARCA
15 101006
VIVE 100%, ENERGIZANTE, BLUEBERRY, BOTELLA DE 600 ML
23.33
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
15 113006
ATLETICOS, CALCETINES, PAQ DE 3 PARES, 92% POLIESTER - 8% OT
59.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
15 123006
BABY OPTIMA, PAÑALERO, 100% ALGODON
59.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
15 126004
MAMA BELLA, VESTIDO, 100% POLIESTER
389.00
PZA
NUEVO MODELO
15 130008
NUVAN, GORRA, 100% POLIESTER, MOD LISA
69.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
15 141011
CERRAJERO, APERTURA DE CASA A DOMICILIO
200.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
15 155009
HAUS, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 100% ALGODON
229.00
PZA
NUEVO MODELO
15 163002
TAURUS, 1.65 LT, MOD HALEY
379.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
15 166003
MAINSTAYS, SARTEN, 30. 5CM, HIERRO FUNDIDO
329.00
PZA
NUEVO MODELO
15 167005
COOLER, CRISTALERIA, VASOS, MOD BARCEELONA
24.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
15 168001
BORIS, CESTO, 8 LT
29.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
15 195005
NUTRICEL SWISS, POLVO, BOTE DE 600 GR, GRUPO MARYAP
521.45
LATA
CAMBIO DE PRESENTACION
15 206003
COMPACTO
517900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
15 206007
DEPORTIVO
314400.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
15 206008
DE LUJO
422900.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
15 206009
SUBCOMPACTO
291900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
15 210003
MICHELLIN, RIN 16, 205/60, 96H, PRIMACY 4
4309.40
PZA
NUEVO MODELO
15 237004
AMAZON MUSIC, MUSICA, STREAMING, PAGO MENSUAL
129.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
15 255004
AGUASCALIENTES, ARMADO, TERRESTRE, 3 NOCHES, HOTEL 3 ESTRELL
4293.40
PAQ
CAMBIO DE MODALIDAD
15 273003
MAYBELLINE, MAQUILLAJE LIQUIDO, SUPERSTAY, PZA DE 35 ML
329.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
17 002002
SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, FRITOS, LIMON Y SAL, BOLSA DE 6
283.33
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
17 015004
TIA ROSA, TORTILLINAS, BOLSA DE 561 G
67.74
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
17 034001
BOVE, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, ORGANICA, BOTE DE 1 L
44.00
LT
CAMBIO DE MARCA
17 069001
LA SIERRA, ENTEROS, BAYOS, LATA DE 560 G
26.79
KG
CAMBIO DE MARCA
17 077005
LA PRATERIA, ENVASADAS, MIXTAS, ENSALADA DE VERDURAS, LATA D
40.00
KG
CAMBIO DE MARCA
17 077007
LA HUERTA, CONGELADAS, BROCOLI, BOLSA DE 500 G
115.80
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
17 084004
DULCES, GOMITAS, MANZANA, ENCHILADA, A GRANEL
110.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
17 094008
CLEMENTE JACQUES, CONDIMENTOS, VINAGRE, BLANCO, BOTELLA DE 1
56.68
LT
CAMBIO DE MARCA
17 096003
NESCAFE, REGULAR, CAFE DE OLLA, FCO DE 46 G
847.82
KG
CAMBIO DE MARCA
17 115005
SIMPLY BASIC, PLAYERA, 100% ALGODON
95.00
PZA
NUEVO MODELO
17 116011
REGENT STREET, PANTALON, 100% ALGODON
799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
17 126016
BERSHKA MP, VESTIDO, 68% VISCOSA - 28% POLIAMIDA - 4% ELASTA
699.00
PZA
NUEVO MODELO
17 133006
MANCHITAS, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICO
249.50
PAR
CAMBIO DE MARCA
17 150002
MOBI, ALACENA, MOD ROMA
5299.00
PZA
NUEVO MODELO
17 150007
MABE, CAMPANA EXTRACTORA, 76 CM, MOD CM7641B
2299.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
17 153004
STARHAUS, COLCHA, MAT, JGO DE 3 PZAS, 100% POL, MOD DAKOTA
499.00
JGO
NUEVO MODELO
17 158005
ACROS, 6 QUEM, 30ˮ, TITANIO, MOD AFR7130G
8190.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
17 159001
ASPIX, 1.5 PIES, MOD AX24MWO15SN
3499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
17 169004
SANELEC, LED, LUZ FRIA, 14 W, MOD 1334
16.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
17 174001
LA CENTRAL, FLAMA, PAQ DE 5 PZAS DE 115 LUCES C/U
35.50
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
17 198004
EQUATE, ORTOPEDICOS, BASTON, HASTA 136.07 KG, MOD 72
215.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
17 206001
USOS MULTIPLES
561900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
17 206009
COMPACTO
542990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
17 208005
FULL BIKE, DE MONTAÑA, R 24, NEGRO-GRIS, MOD CONVENCIONAL
2890.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
17 217005
REP DE FRENOS, DELANTEROS, JETTA MOD 2025, MANO DE OBRA
1700.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
17 230008
LG, AUDIO, ESTEREO, MINICOMPONENTE, XBOOM, MOD CK43N
3299.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
17 231004
PHILIPS, 40ˮ, LED, FULL HD, ROKU TV, MOD 40PFL6654/F8
4490.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
17 231005
HKPRO, 50ˮ, LED, SMART, ROKU TV, UHD, MOD HKP50RUHD3
5199.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
17 241007
CHARLY, CALZADO, P/FUTBOL, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
866.00
PAR
CAMBIO DE PRESENTACION
17 241012
BORN, EQ Y ACC, P/EJERCICIO, TAPETE DE YOGA, MOD WAVE
1520.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
17 268016
CAFETERIA, FRAPPE CAPUCHINO GDE Y REB TORTA DE ELOTE
196.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
17 282001
L’OREAL, TINTE, EXCELLENCE, CREME, TONO, CAJA DE 4 PZAS
107.00
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
17 284003
CAPENT, P/BEBE, CREMA, CORPORAL, LINEA CLASICA, BOTE DE 400
165.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
17 288003
VEK, BOLSA, DE MANO, VEGAN, 100% POLIURETANO, MOD TOTE
989.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
17 288014
CHAMPION, LENTES OSCUROS, MOD 05193
1199.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
18 006008
OVARB, POZOLERO, PRECOCIDO, BOLSA DE 1 KG
53.90
KG
CAMBIO DE MARCA
18 026005
ANCLA, ATUN, EN AGUA, ALETA AMARILLA, LATA DE 120 GR
139.58
KG
CAMBIO DE MARCA
18 057002
HRONIS, RED GLOBO, S/SEMILLA, PAQ DE 907 GR
95.37
KG
CAMBIO DE MARCA
18 117001
ANAGRAM, PANTALON, 76% ALGODON - 21% POLIESTER - 3% ELASTANO
219.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 119002
USTED BY ME, CHAMARRAS Y ABRIGOS, CHAMARRA, MUJER, 100% POLI
399.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 119003
FRUIT OF T, CHAMARRAS Y ABRIGOS, SUDADERA, 60% ALGODON - 40%
289.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 119007
ROOSEVELT, CHAMARRAS Y ABRIGOS, SUDADERA, 100% POLIESTER
499.00
PZA
NUEVO MODELO
18 119018
GIOVANNI, CHAMARRAS Y ABRIGOS, CHAMARRA, 100% POLIESTER
559.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 119027
MIKERINOS, CHAMARRAS Y ABRIGOS, SUETER, 100% ACRILICO
569.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
730
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
18 121001
BIKER, FAJA, 82% POLIÉSTER - 18% ELASTANO
149.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 122010
PUNTO BLANCO, P/NIÑO, TRUSA, 100% ALGODON
179.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 122013
GEORGE, P/NIÑA, CORPIÑO, 95% ALGODÓN - 5% ELASTANO
89.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 133005
VIZZANO, SANDALIAS, 100% MAT SINTETICO
499.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
18 147004
CANADA, MATRIMONIAL, ERGOMAX, 100% POLIESTER, MOD 2677
2490.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 155004
SOLA TEXTIL, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 70 X 130 CM, 100% ALGODON
99.00
PZA
NUEVO MODELO
18 177002
COARAZZI, TEXTIL, TELA MULTIUSOS, VALZER, MOD 1154
16.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 198002
HOMECARE, ORTOPEDICOS, COLLARIN, CERVICAL, BLANDO, MOD MED
95.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 200003
CUIDADO DENTAL, RESINA, APLICACIÓN
350.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
18 207006
ITALIKA, URBANA, 125 Z, MOD 2026
31899.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 208002
VOLX, INFANTILES, RIN 16, MOD 3949
2499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 208003
BENOTTO, DE CARRERA, R-20, MOD CULT2.0
3599.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
18 208005
HUFFY, URBANA, BRAWN, R - 27.5, MOD 980036652
6598.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
18 208010
GETGO, URBANA, GET JOY, R24, MOD 597971
5499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
18 210004
PIRELLI, RIN 16, MEDIDA 205/55/16, MOD CINTURATO P7
1886.98
PZA
NUEVO MODELO
18 210005
TORNEL, RIN 14, MEDIDA 18560R14, MOD VERSIÓN REAL
1170.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 231004
SAMSUNG, 55ˮ, PANTALLA, CRYSTAL UHD, MOD UN55U8000FF
9990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
18 237001
YOUTUBE, PELICULA, STREAMING, ROBOT SALVAJE, RENTA, MENSUAL
55.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
18 238016
IMPRESION DIGITAL, COLOR, PZA DE 5 X 7ˮ
7.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
18 242001
ARTEVASI, OTROS, MACETA, CERÁMICA, MOD EMERA
599.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 247005
SILVERTON, INSTR MUSICALES, TROMPETA, MODSLTP007
4003.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 279006
GILLETTE, RASTRILLO, PAQ DE 2 PZAS, ULTRAGRIP2
89.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
18 284004
REVLON, ART DE TOCADOR, CORTAUÑAS, MOD 4009
103.50
PZA
NUEVO MODELO
18 287002
VERÓNICA MEZA, BISUTERIA, CADENA, C/DIJE, PLATA, MOD 5050
570.76
PZA
CAMBIO DE MARCA
18 287021
CALVIN KLEIN, RELOJ, P/MUJER, MOD K0064
3930.43
PZA
CAMBIO DE MARCA
19 032006
NESTLE, ENTERA, NUTRI RINDES, BOLSA DE 460 GR
138.04
KG
CAMBIO DE MARCA
19 077002
HERDEZ, ENVASADAS, CHICHAROS, LATA DE 215 GR
60.00
KG
CAMBIO DE MARCA
19 084006
NESTLE, CHOCOLATE, EN TABLETA, ABUELITA, PAQ 270 GR
261.11
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
19 102002
ZUKO, POLVO, TÉ VERDE, DE LIMON, SOBRE DE 13 GR
8.40
SOBRE
CAMBIO DE MARCA
19 114007
CUIDADO CON EL PERRO MP, CAMISA, 100% LYOCELL
329.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
19 116004
DENIN GEAR, PANTALON, 90% ALGODON - 10% POLIESTER
129.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
19 119003
DOCKERS, CHAMARRA, 100% POLIESTER
2199.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
19 119021
THAT´S IT CHAMARRA, 100% POLIESTER
899.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
19 120003
HUMMO, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIEST
199.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
19 128003
HUMMO, PIJAMA, 100% POLIESTER
299.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
19 129002
CUIDADO CON EL PERRO MP, TOP, 80% POLIESTER - 20% ELASTANO
149.00
PZA
NUEVO MODELO
19 130034
LAMBERTI, CINTURON, 100% PIEL DE VACUNO
599.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
19 134002
DOCKERS, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
2149.00
PAR
NUEVO MODELO
19 134008
GINO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
1498.90
PAR
NUEVO MODELO
19 136003
COLOSO, P/BEBE, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
629.90
PAR
NUEVO MODELO
19 152002
PELEY, SALA, 3-2-1, GRIS, MOD MONACO
22945.00
JGO
NUEVO MODELO
19 157004
BISSELL, ASPIRADORA, MOD POWER FORCE
3900.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
19 167005
GM, LOZA, VAJILLA, JGO DE 16 PZAS, MOD GIBSON
1025.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
19 178004
MP, BARRA, ROSA, PZA DE 350 GR
57.14
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
19 206002
USOS MULTIPLES
832100.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
19 206011
COMPACTO
471900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
19 216002
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO, 10,000 KM, SENTRA SENSE CVT
3660.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
19 240001
MATTEL, JGO DE MESA, UNO, MOD PARTY
429.90
CAJA
NUEVO MODELO
19 248003
CINEMEX, ENTRE SEMANA, TRADICINAL, A PARTIR DE 3 PM, ADM GEN
53.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
19 252001
EMU, LITERARIO, EL PRINCIPE Y EL MENDIGO, MARK TWAIN
115.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
19 252003
EMU, LITERARIO, MUJERCITAS, LOUISA MAY ALCOTT
125.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
19 263002
BARBACOA, DE RES, A GRANEL
480.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
20 064001
VERDE VALLE, GUAJILLO, BOLSA DE 75 GR
513.33
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
20 111009
ABRIL, TINES, PAQ DE 3 PZAS, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
49.99
PAQ
CAMBIO DE MARCA
20 112001
CUIDADO CON EL PERRO MP, CALCETINES, 76.7% ALGODON - 20.8% P
99.90
PAQ
NUEVO MODELO
20 117001
MILANO MP, PANTALON, 98% ALGODON - 2% ELASTANO
279.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
20 117012
JENIFER MOORE, PANTALON, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
199.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
20 117014
ANAGRAM, PANTALON, 100% POLIESTER
179.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
20 117015
PASSIONNE, PANTALON, 100% POLIESTER
349.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
20 121008
MARCE, BOXER, 93% POLIESTER - 7% ELASTANO
149.00
PZA
NUEVO MODELO
20 121010
AMORARMA, PANTALETA, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO
44.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
20 128009
CUIDADO CON EL PERRO MP, PANTS, 88% ALGODON - 12% POLIESTER
319.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
20 133002
EVA, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
140.00
PAR
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
20 168005
PLASTIC TRENDS, CESTO, C/TAPA, 60 LT, MOD C060TZK0
376.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
20 177008
J.M., UTENSILIOS, ESCOBA, CORTA, MOD MEDIANA
58.90
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
20 194002
NATURES SUNSHINE MP, NATURISTA, ESPIRULINA, 100 CAPS DE 500 MG
700.00
BOTE
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
20 279005
BIC, RASTRILLO, CONFORT, 2SENSITIVE, PAQ DE 5 PZAS
77.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
20 282002
EGO, FIJADOR, CERA, BOTE C/ 25 GR
26.00
BOTE
CAMBIO DE MARCA
21 034002
MP, PASTEURIZADA, ENTERA, BOTE DE 1890 ML
19.52
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
21 101002
POCARI SWEAT, ISOTONICA, BOTELLA DE 500 ML
52.20
LT
CAMBIO DE MARCA
21 115009
DISNEY, PLAYERA, 100% ALGODON
105.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
21 119015
GEORGE, CHAMARRA, 100% POLIESTER
629.00
PZA
NUEVO MODELO
21 119030
OKEY, SUETER, 62% POLIESTER - 38% POLIESTER
675.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
21 125003
PC, ESCOLAR, PANTALON Y PLAYERA TIPO POLO, TALLA M, CONALEP
640.00
JGO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
21 126007
EXTRA BELLEZA, VESTIDO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
129.90
PZA
NUEVO MODELO
21 127004
MELY ONLY DENIM, PANTALON, 100% ALGODON
249.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
21 136002
GEORGE, BOTAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
429.00
PAR
NUEVO MODELO
21 136004
MODA LINDA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
249.50
PAR
NUEVO MODELO
21 137005
BASIC CONCEPTS, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
299.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
21 140003
DEVCON, MATERIAL, SILICON, TRANSPARENTE, TUBO DE 280 ML
86.71
PZA
CAMBIO DE MARCA
21 153010
CONCORD, COLCHA, MAT, C/FUNDAS, 100% POLIESTER, MOD NAPOLI
899.00
JGO
NUEVO MODELO
21 162004
TAURUS, CAFETERA, P/1 TZA, MOD 2000
222.50
UNIDAD
NUEVO MODELO
21 181005
DOWNY, SUAVIZANTE, ROMANCE, BOTELLA DE 750 ML
47.99
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
21 189001
QUADRIDERM NF, POMADA, TUBO DE 30 GR, LAB ORGANON
649.00
TUBO
CAMBIO DE MARCA
21 195002
FERRANINA FOL, TABLETAS, DE 30 DE 100 MG, LAB TAKEDA
649.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
21 230001
MEGAFIRE, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD MF319
450.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
21 244001
VETERINARIO, VACUNA, ANTIRABICA
300.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
21 254010
TASKY, CUADERNO, PROFESIONAL, DE RAYA, CON 100 HOJAS
24.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
21 272003
HENG LIAN, RASURADORA, INALAMBRICA, MOD MR107P
70.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
21 272004
CONAIR, RASURADORA, MAQUINA RECORTADORA, MOD GMT909ES
399.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
21 288002
GRENOBIL, BOLSA, MOD 28Y
280.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
22 143002
JARDINERIA, PODA DE PASTO Y ARBOLES, MENSUAL
200.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
22 153011
HOMAGE, FRAZADA, 1.50 X 1.15 M, 100% POLIESTER, MOD 29731
129.00
PZA
NUEVO MODELO
22 164007
OSTER, MOD R-3973
555.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
22 175001
ANITA, SANITARIO, FLORAL, PASTILLA DE 100 G
20.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
22 182003
PRECISSIMO, VELADORA, VASO DE PLASTICO, MOD ECO GDE AMARILLA
43.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
22 182006
ASUNCION, VELADORA, C/PAPEL, PARAFINA, MOD CB50012
17.95
PZA
CAMBIO DE MARCA
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
731
22 216004
AFINACION, MANO DE OBRA, TERRITORY, 4 CIL, MOD 2023 A 2
4200.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
22 230004
STF, AUDIO, ESTEREO, XONORUM, PROFESIONAL, MOD ST-S68559
14999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
22 230005
JBL, ACCESORIOS, AUDIFONOS, INALAMBRICOS, MOD T770NCBLUAM
1789.00
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
22 234001
TELMEX, INTERNET, MENSUAL, 80 MB
349.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
22 241007
VOIT, EQ Y ACC, BALON, BASKETBALL, MOD 84786
1399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
22 255006
CANCUN, ARMADO, AEREO, 5 NOCHES, HOTEL 4 ESTRELLAS
17152.50
PAQ
CAMBIO DE MODALIDAD
22 274003
PRO, CEPILLO, MOD 8583K2
16.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 003001
QUAKER, DE AVENA, FRESAS CON CREMA, CAJA DE 240 G
259.38
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
23 004013
GAMESA, SALADAS, PAQ DE 140 G
150.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
23 018009
MOLIDA, ESPECIAL 80/20, A GRANEL
108.03
KG
CAMBIO DE MARCA
23 028010
ENTERO, FRESCO, A GRANEL
399.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
23 035001
NATURES HEART, DE ALMENDRA, VAINILLA, BOTE DE 946 ML
44.40
LT
CAMBIO DE MARCA
23 035002
MP, DE SOYA, BOTE DE 1 L
35.00
LT
CAMBIO DE MARCA
23 035011
BOTNATURA, DE SOYA, BOLSA DE 500 G
280.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 058002
MP, SEMILLAS, CACAHUATES, JAPONES, BOLSA DE 100 G
100.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
23 064001
ANCHO, A GRANEL
318.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
23 074004
MAIZIN, BOLSA DE 400 G
262.50
KG
CAMBIO DE MARCA
23 077012
LA CIBELES, ENVASADAS, ACEITUNAS, NEGRAS CON HUESO, LATA DE
126.67
KG
CAMBIO DE MARCA
23 084008
MILKYWAY, CHOCOLATE, BARRA DE 48 G
520.83
KG
CAMBIO DE MARCA
23 101011
AMBER, ENERGIZANTE, WORK HARD, LATA DE 473 ML
44.40
LT
CAMBIO DE MARCA
23 103001
PRESIDENTE, SOLERA, BOTELLA DE 900 ML
210.00
LT
CAMBIO DE MARCA
23 104004
CAPTAIN MORGAN, AÑEJO, SPICED ORIGINAL, BOTELLA DE 700 ML
350.01
LT
CAMBIO DE MARCA
23 105001
CAMPO AZUL, REPOSADO, BOTELLA DE 1 L
149.00
LT
CAMBIO DE MARCA
23 112004
SIMPLY BASIC, TINES, PAQ DE 6 PARES, 97% POLIESTER - 2% ELAS
49.63
PAQ
NUEVO MODELO
23 112008
SENSIPIE, CALCETINES, PAQ DE 3, 66% ALGODON - 30% POLIESTER
149.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
23 114004
WALLSTRET, CAMISA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
479.00
PZA
NUEVO MODELO
23 114011
VARANASI, PLAYERA, 94% ALGODON - 6% OTRAS FIBRAS
440.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 116009
YALE, PANTALON, 100% POLIESTER
379.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 117003
CIMARRON, PANTALON, 78.3% ALGODON - 18.6% POLIESTER - 3.1% E
310.25
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 118001
REFILL, PANTALON, 81% ALGODON - 17% POLIESTER - 2% ELASTANO
259.00
PZA
NUEVO MODELO
23 119003
OTHIS FIT, SUDADERA, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO
135.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 121001
SONATA, PANTALETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
29.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 121006
BERLEI, BRASIER, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO
369.00
PZA
NUEVO MODELO
23 121012
MY SPECIALS, TANGA, 81% POLIAMIDA - 19% ELASTANO
430.00
PZA
NUEVO MODELO
23 137006
CHARLY, P/ADULTO, CORTE VINIL - SUELA SINTETICA
799.90
PAR
NUEVO MODELO
23 137008
FLEXI, P/ADULTO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
1199.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
23 141009
ELECTRICO, COLOCACION LAMPARA SPOT
200.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 150005
ALACENA, LAMINADO, MOD EBANO INDI, 1.20 X .70 X .30
3534.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 156002
MIDEA, MINISPLIT, INVERTER, FRIO-CALOR, MOD MAS12H1ECS
6999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
23 156003
MIRAGE, MINISPLIT, MOD SETCLC121D
12978.90
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
23 160005
MABE, LAVADORA, 20 KG, MOD LMA70214VBAB
10283.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
23 166001
COOK MARK, SARTEN, CERAMICO, JGO 3 PZAS
950.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 177002
DESECHABLES JESUS, UTENSILIOS, TRAPEADOR, MOD 24
45.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 177004
VILEDA, UTENSILIOS, TRAPEADOR, MOD MOP MAXI
92.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
23 206002
USOS MULTIPLES
528900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
23 206003
SUBCOMPACTO
542990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
23 206009
DE LUJO
603900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
23 206012
SUBCOMPACTO
425200.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
23 207007
HONDA, SCOOTER, WAVE 110, 109.1 CC, MOD 2026
34990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
23 216013
SERV DE MANTENIMIENTO, 12, 000 KM, AVEO 2024
3149.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
23 216014
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO, AUTO CHICO, MARCH
900.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 216015
PULIDO Y ENCERADO, AUTO CHICO, MARCH
3500.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 216017
AFINACION, CON ACEITE SINTETICO, SERVICIO COMPLETO
3000.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 216019
CAMBIO DE AMORTIGUADORES, DELANTEROS, MANO DE OBRA
2220.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 216020
SERV DE MANTENIMIENTO, REEMPLAZO ACEITE DE MOTOR
1100.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 230010
BOSE, ACCESORIOS, BOCINA, PORTATIL, MOD SOUNDLINK PLUS
6599.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
23 230014
LOGITECH, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD H390
799.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
23 246005
ACT RECR, JGOS INFANT, ENTRADA POR NIÑO, POR HORA
90.00
CUOTA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 247005
GOOGLE PLAY, DESCARGA DE VIDEO, PELICULA, COMPRA, F1
290.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
23 268007
REST, QUESO FUNDIDO, MOLE ESTOFADO, AGUA HORCHATA
362.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
23 288016
SM, LENTES OSCUROS, MOD AVIADOR
50.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 019002
SUKARNE, PROCESADAS, CARNE P/HAMBURGUESAS, PAQ 720 GR
141.67
KG
CAMBIO DE MARCA
24 036001
SABORI, AMERICANO, PAQ DE 144 GR
309.03
KG
CAMBIO DE MARCA
24 051011
VALENCIA, A GRANEL
36.88
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
24 060006
CRIOLLA, A GRANEL
31.61
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
24 068002
DIAMCERS, PERUANO, BOLSA DE 750 GR
63.20
KG
CAMBIO DE MARCA
24 083003
CAL-C-TOSE, EN POLVO, LATA DE 400 GR
202.25
KG
CAMBIO DE MARCA
24 118004
GFTD, PANTALON, 72% ALGODON - 23% POLIESTER - 15% OTROS
229.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 119021
GIOVANNI GALI, CHAMARRA P/NIÑA, 100% POLIESTER
549.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 119034
LEEHANTON, SUDADERA, 100% POLIESTER
289.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 126003
VESTIDO, 100% POLIESTER
300.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
24 133002
AQUASTAR, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
101.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
24 133003
UMBRO, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
325.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
24 135002
FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
1149.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
24 137005
PANAM, P/INFANTE, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
519.00
PAR
NUEVO MODELO
24 147008
AMERICA, MATRIMONIAL, MOD TIFFANY
10899.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 150007
WHIRLPOOL, CAMPANA EXTRACTORA, MOD 76 CMSIL
3249.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
24 151003
RECAMARA, KING SIZE, 5 PZAS, MOD MARGOT
33702.00
JGO
NUEVO MODELO
24 154003
HOME EXPRESSIONS, KING SIZE, 100% POLIESTER
699.00
JGO
NUEVO MODELO
24 155016
STARHOUSE, CORTINAS, MOD NAVA 426887
419.00
JGO
NUEVO MODELO
24 163001
HAMILTON BEACH, 12 VEL, 800 WATTS, MOD 53531FG
849.15
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
24 169001
AKSI, LED, PAQ DE 6 PZAS, MOD A19
94.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
24 176006
MP, LIQUIDO, CON BICARBONATO, BOTELLA DE 7 LT (700
24.01
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
24 206006
COMPACTO
309000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
24 206012
DE LUJO
1119900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
24 230004
LG, ACCESORIOS, BOCINA, BARRA DE SONIDO, MOD SH5A
4299.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
24 230007
SAMSUNG, ACCESORIOS, BOCINA, MOD SRS XE300
2729.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
24 239004
EA SPORTS, VIDEOJUEGO, PS4, FC26
1675.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
24 241001
LMB, EQ Y ACC, PELOTA, MOD LMB 100
100.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
24 255004
GUADALAJARA, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 4 ESTRELLAS
12742.75
PAQ
CAMBIO DE MARCA
24 268016
CAFETERIA, MOKA GRANDE Y PAN DE ZANAHORIA
125.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
24 278001
AÑEJA LAVANDA, LOCION, FCO DE 415 ML
160.65
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
24 281001
REGIO, PAPEL HIGIENICO, PAQ DE 4 ROLLOS DE 180 HOJAS DOBLES
35.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
24 281005
ELITE, PAÑUELOS, ESENCIAS, CAJA DE 90 PZAS
36.50
CAJA
CAMBIO DE MARCA
25 040001
PARMA, O/QUESOS, PARMESANO, BOTE DE 227 GR
665.20
KG
CAMBIO DE MARCA
25 049003
GOLDEN, A GRANEL
44.50
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
25 050002
CHINO, A GRANEL
29.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
732
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
25 051004
VALENCIA, A GRANEL
29.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
25 056003
CHARLESTON, A GRANEL
17.25
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
25 059004
MANGO, ATAULFO, A GRANEL
70.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
25 072001
PICADOS, BOLSA DE 500 GR
45.80
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
25 073004
PAPA, BLANCA, A GRANEL
30.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
25 079001
VALLE VERDE, HABAS, BOLSA DE 500 GR
169.80
KG
CAMBIO DE MARCA
25 114002
SIMPLY BASIC, CAMISA, 66% POLIESTER - 34% ALGODON
239.00
PZA
NUEVO MODELO
25 118004
GEORGE, PANTALON, 100% ALGODON
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
25 120001
POLO CLUB, CAMISETA, 100% ALGODON
89.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
25 129002
MON AMOUR, PIJAMA, JGO DE 2 PZAS, 100% POLIESTER
349.90
JGO
CAMBIO DE MARCA
25 153009
STARHAUS, EDREDON, MAT, 3 PZAS, 100% POLIESTER, MOD SOHO
759.00
JGO
NUEVO MODELO
25 158001
SAMSUN, 6 QUEM, C/HORNO, 30ˮ, MOD NX52T5411MS/AX
11699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
25 196004
DEXNE, O/MED, OFTAL, GOTAS, FCO DE 4 ML, LAB OFFENBACH
110.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
25 199007
DURANTE EL EMBARAZO, GINECOLOGO, CONSULTA
600.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
25 206005
COMPACTO
408900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
25 207004
VELOCI, URBANA, ATRIO EVO SPORT, 200CC, MOD 2026
34999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
25 208001
ZIGNA, DE MONTAÑA, R - 27.5, 21 VEL, MOD SHOCK
5164.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
25 208004
RISING, DE MONTAÑA, R - 27.5, 21 VEL, MOD TIGER
5129.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
25 246003
CTRO NOCT, BEBIDA, MARGARITA, COPA
80.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
25 273006
MAYBELLINE, RIMEL, IMPACTO 360, PZA DE 10 ML, MOD 801
295.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
25 286005
MANICURE, PEDICURE
500.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
25 288011
DEL SOL MP, BOLSA, VINYL, MOD TIPO MOCHILA
350.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
26 004023
LARA, DULCES, CANAPINAS, PAQ DE 80 G
175.00
KG
CAMBIO DE MARCA
26 006005
POZOLERO, PRECOCIDO, BOLSA DE 1 K
26.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
26 036001
LA VILLITA, AMERICANO, PAQ 10 PZAS, DE 175 G
171.43
KG
CAMBIO DE MARCA
26 058002
MAFER, SEMILLAS, CACAHUATES, SAZONADO, BOLSA DE 240 G
245.84
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
26 084004
HERSHEYS, CHOCOLATE, C/ALMENDRAS, KISSES, CAJA DE 123 G
731.71
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
26 084010
ABUELITA, CHOCOLATE, TABLETA DE 270 G
261.11
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
26 094004
ECODYN, O/PRODUCTOS, MICROBICIDA, FCO DE 14 ML
25.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
26 112003
CCP, CALCETINES, PAQ 2 PARES, 52.4% ALGODON - 44.2% POLIAMID
69.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
26 120001
EVERLAST, BOXER, PAQ 3 PZAS, 47% ALGODON - 47% POLIESTER - 6
349.00
PAQ
NUEVO MODELO
26 126001
LO’FASSI, VESTIDO, 55% POLIESTER - 45% VISCOSA
1499.00
PZA
NUEVO MODELO
26 126003
GEORGE, VESTIDO, 100% VISCOSA, MOD G025A10631
299.00
PZA
NUEVO MODELO
26 126007
C & A MP, VESTIDO, 100% POLIESTER
599.00
PZA
NUEVO MODELO
26 127003
CCP MP, PANTALON, 98% ALGODON - 2% ELASTANO
269.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
26 136004
ANDANENES, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
689.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
26 159002
KOBLENZ, 1.6 PIES, MOD MWKM-1IHA
3199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
26 159010
HAMILTON BEACH, 1.4 PIES, MOD HB-D10034ASRLIII-J9E
2796.50
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
26 168002
PLASTIC TRENDS, CONTENEDOR, CAJA 19 LT, C/TAPA Y BROCHES
95.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
26 175002
MP, AMBIENTAL, AEROSOL, BOTE DE 226 G
34.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
26 179003
BAYGON, INSECTICIDA, AEROSOL, ULTRA VERDE, BOTE DE 400 ML
82.00
BOTE
CAMBIO DE PRESENTACION
26 190004
HISTIACIL NF, DESCONGESTIVOS, JARABE, ADULTO 150 ML, LAB SAN
168.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
26 191004
ELECTROLITO, SUERO REHIDRATANTE, BOTELLA DE 625 ML
25.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
26 206008
SUBCOMPACTO
551900.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
26 208010
GREENPLUS, DE MONTAÑA, R29, FRENOS HIDRAULICOS, MOD XC MTB
10500.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
26 212004
RALOY, ACEITE, MONOGRADO, RACING, SAE 50, BOTELLA DE 1 LT
85.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
26 231005
RCA, 55ˮ, UHD, GOOGLE TV, MOD R55M-U4G
8299.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
26 273007
NATURAL, DELINEADOR, EN PLUMON, DE 8 G
44.50
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
26 283007
NATURELLA, TOALLAS, REGULAR, PAQ DE 10 PZAS
25.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
27 069005
LA SIERRA, ENTEROS, NEGROS, SOBRE DE 454 G
41.63
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
27 086011
HELADOS DEL PUEBLO, PALETA, PZA DE 110 G
227.27
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
27 094001
PRECISSIMO, CONDIMENTOS, AJO EN POLVO, FCO DE 90 G
327.78
KG
CAMBIO DE MARCA
27 103006
TORRES, SOLERA, 10, BOTELLA DE 700 ML
494.30
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
27 108012
BOHEMIA, CLARA, CRISTAL, LATA DE 355 ML
64.79
LT
CAMBIO DE MARCA
27 113001
BABY CREYSI, TINES, PAQ C/6 PARES, 85% ALGODON - 15% NAYLON
369.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
27 114006
NAVEGATION, CAMISA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
395.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 119007
REFILL, SUETER, 60% ALGODON - 40% POLIESTER
449.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 119015
JENIFER MOORE, ABRIGO, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
499.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 119024
SILVER SPOON, CHAMARRA, 100% POLIESTER
299.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 122017
SKI, P/NIÑO, CAMISETA, PAQ C/2, 100% ALGODON
249.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
27 126006
ANDROMEDA, FALDA, 100% POLIESTER
495.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 133001
KLIPA, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
269.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
27 133010
AU PETIT JEAN, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
299.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
27 147009
SELTHER, MATRIMONIAL, ORTOPEDICO, MOD BRUCK
3590.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 154003
HOME EXPRESSIONS, INDIVIDUAL, 100% POLIESTER
499.00
JGO
NUEVO MODELO
27 155002
MAINSTAYS, CORTINAS, 76.2 X 157.5 CM, MOD 7908-37
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 155003
HOME STYLE DESIGN, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 80 X 150 CM, MOD AZ
499.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 157004
BLACK + DECKER, ASPIRADORA, MOD VCBD8090
3679.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
27 159005
HKPRO, 1.6 PIES, MOD HKHM25-160
3149.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
27 159006
HISENSE, 1.4 PIES, MOD HMMS3411BMV
2990.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
27 160007
MABE, LAVADORA, 21 KG, MOD LMA71214VBAB0
12499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
27 210002
TORNEL, RIN 15, MOD DIR
1899.00
PZA
NUEVO MODELO
27 210003
MICHELIN, RIN 14, MOD AGILIS 3 102//100R
6020.40
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 230007
LG, ACCESORIOS, BOCINA, MOD XG2TBK
1399.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
27 230014
LG, AUDIO, ESTEREO, MOD CJ45
5849.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
27 240003
TOTTE, JGO DE MESA, ROMPECABEZAS, FRUTAS, CAJA 12 PZAS
165.00
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
27 251004
ONCE 70, PRIMARIA, MI LIBRO MAGICO, CARMEN ESPINOSA
460.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
27 270004
POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA
1350.00
TARI/D
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
27 273005
PROSA, RIMEL, PZA DE 14 G
68.00
PZA
NUEVO MODELO
27 276003
GARNIER, AEROSOL, OBAO, DERMO-EFICACIA, PZA DE 150 ML
67.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
27 282007
BIOEXPERT, CHAMPU, PLACENTA, BOTE DE 650 ML
141.54
LT
CAMBIO DE MARCA
27 287001
BULOVA, RELOJ, P/HOMBRE, MOD ELO96A268
10932.00
PZA
NUEVO MODELO
28 097003
LEGAL, REGULAR, REGULAR, MOLIDO, BOLSA DE 200 GR
297.50
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
28 143001
JARDINERIA, PODA Y LIMPIEZA DE JARDIN, MENSUAL
450.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
28 143005
JARDINERIA, CHAPEO 10X5 MT, MENSUAL
400.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
28 196004
SOPHIXIN DX, O/MED, OFTAL, GOTERO DE 5ML DE 3MG/1MG/ML, LAB
735.00
FCO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
28 231003
ATVIO, 50ˮ, SMART, 4K UHD, MOD ARK5017ILED
5763.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
28 237004
APPLE MUSIC, MUSICA, STREAMING, MENSUALIDAD
199.00
SERV
CAMBIO DE MARCA
28 270007
POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA
5370.00
TARI/D
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
28 274006
COLGATE, CREMA DENTAL, TOTAL, PREVENCION ACTIVA, TUBO 65 ML
30.00
TUBO
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
28 285002
CORTE DE CABELLO, P/CABALLERO
180.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
28 286002
PERMANENTES, RIZADO DE PESTAÑAS
240.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
28 286003
MANICURE, C/SPA, SERV
280.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
28 286004
DEPILACION, DE AXILAS
260.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
29 016003
CHARRAS, TOSTADAS, ORIGINAL, PAQ DE 300 GR
38.50
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
29 150004
MABE, CAMPANA EXTRACTORA, 76CM, 3 VEL, MOD CMPU76GX0
2426.98
PZA
NUEVO MODELO
29 159004
MABE, 1.1, 10 NIVELES POTENCIA, MOD HMM111SEJ
3233.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
733
29 197001
SICO, PRESERVATIVOS, SAFETY, FLAB CPR PRODUK, CAJA DE 3 PZA
78.84
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
29 206002
SUBCOMPACTO
344400.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
29 206003
USOS MULTIPLES
250200.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
29 207001
ITALIKA, URBANA, GPS, AZUL, MOD MODENA 175
31999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
29 207002
YAMAHA, URBANA, RAY ZR, 4 TIEMPOS, 113 CC, MOD 2026
38999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
29 268009
CAFETERIA, LATTE, ALTO, PANQUE DE LIMON
126.00
ORDEN
CAMBIO DE MODALIDAD
30 026004
CORINA, ATUN, EN ACEITE, LATA DE 130 G
153.85
KG
CAMBIO DE MARCA
30 085006
MCCORMICK, MERMELADA, FCO DE 450 G
102.22
KG
CAMBIO DE MARCA
30 119001
POLO RETRO, CHAMARRA, 100% POLIESTER
920.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
30 122008
SIMPLY BASIC, P/NIÑA, CAMISETA, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
59.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
30 181008
VEL ROSITA, SUAVIZANTE, BOLSA DE 500 ML
92.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
30 194002
BELACAPS, NATURISTA, COLAG, CAPSULAS, 60, 500 MG, L. SOLANUM
184.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
30 230002
LG, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD CK99
28499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
30 274007
COLGATE, ENJUAGUE, LUMINOUS WHITE, BOTELLA DE 250 ML
248.00
LT
CAMBIO DE MARCA
30 276005
PALMOLIVE, ROLL ON, NEUTRO BALANCE, DE 65 ML
45.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
30 279008
GILLETTE, RASTRILLO, 4 PZAS, VENUS, SENSITIVE
151.50
PAQ
CAMBIO DE MARCA
31 110003
OPTIMA MP, BLUSA, 65% ALGODON - 35% POLIESTER
190.50
PZA
NUEVO MODELO
31 124001
POLO CLUB, TRAJE, 2 PZAS, 83% POLIESTER - 17% VISCOSA
1349.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
31 127001
OPTIMA GIRLS MP, VESTIDO, 100% ALGODON
289.00
PZA
NUEVO MODELO
31 148004
TAOSA, COMEDOR, 7 PZAS (M-6 SILLAS), MOD ALANIS
19194.00
JGO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
31 149013
SULA, CTRO ENTRETENIMIENTO, MOD LUNA
14247.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
31 153005
ONIX, FRAZADA, 100% POLIESTER, MOD POX2187
561.61
PZA
CAMBIO DE MARCA
31 154001
NUBILIA, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER, MOD MONARCA
509.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
31 206001
USOS MULTIPLES
559900.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
31 206002
COMPACTO
457150.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
31 206004
SUBCOMPACTO
517900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
32 098005
MCCORMICK, DESHIDRATADO, CAJA DE 27 SOBRES DE 30 GR
26.00
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
32 109002
PALL MALL, C/FILTRO, TOKYO, CAJETILLA DE 20 PZAS
80.00
CAJETI
CAMBIO DE PRESENTACION
32 113004
TOMMAS, CALCETAS, PAQ DE 3 PARES, 75% ALGODON - 25% OTROS
34.99
PAQ
CAMBIO DE MARCA
32 116007
BOLERO, PANTALON, 100% ALGODÓN
289.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 117004
CATTALEYA, PANTALON, 80% ALGODON - 20% POLIESTER
249.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 118006
FANTASTIC, PANTALON, M&P, 100% ALGODON
229.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 119001
BASIC CONCEPTS, CHAMARRA, WOMAN, 100% POLIESTER
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 122009
CARNIVAL, P/NIÑA, BRASIER, 82% POLIÉSTER -18% ELASTANO,
98.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 126004
BASIC CONCEPTS, VESTIDO, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
229.00
PZA
NUEVO MODELO
32 129001
LOVE POEM, TOP, 92% NYLON - 8% SPANDEX
175.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 154004
HOME BÁSICS, INDIVIDUAL, 100% POLIESTER, MOD ESTAMPADO
189.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
32 163005
OSTER, 6 VEL, 600 WATTS, MOD BLSTPEG-NPB
1499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
32 169002
MEGALUX, AHORRADOR, 100 WATTS, MOD ML-W100
16.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 198002
ELEGANCIA, LENTES, ARMAZON, MOD E-87025
460.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
32 206004
SUBCOMPACTO
304900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
32 207003
ITALIKA, URBANA, MOD 150 GRAFITO NEGRA, 2026
15999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
32 208002
TORO26, URBANA, R-26, MOD SENCILLO
2100.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
32 208003
FGBIKES, URBANA, AUSTERA, R-26, MOD TORO
2570.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
32 209001
LTH, 17 PLACAS, MOD L-65-800
3330.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
32 212003
STP, ACEITE, MULTIGRADO, SAE 10W-40, BOTE DE 946 ML
146.94
LT
CAMBIO DE MARCA
32 230002
KAISER, ACCESORIOS, BOCINA, MOD KSW-1108
1399.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
32 245002
GIMNASIO, S/DESCUENTO, NORMAL, CUOTA MENSUAL
350.00
CUOTA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
32 279001
FARMACIAS BENAVIDES MP, RASTRILLO, PAQ DE 2 PZAS
70.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
33 002003
SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHURRUMAIS, BOLSA 65 G
276.92
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
33 030003
LALA, CREMA, ENTERA, VASO DE 196 G
88.52
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
33 103002
AZTECA DE ORO, SOLERA, BOTELLA DE 700 ML
412.87
LT
CAMBIO DE MARCA
33 170013
CORONA, ACCESORIOS, BOMBA DE AGUA, 1 HP, MOD Y00136OS1XCPW56
2451.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
33 176003
ROMA, EN POLVO, BOLSA DE 1 KG
37.50
KG
CAMBIO DE MARCA
33 181005
SUAVITEL, SUAVIZANTE, COMPLETE, BOTELLA DE 760 ML
35.53
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
33 234002
TELCEL, INTERNET, EN TU CASA, 100000 MB, MENSUALIDAD
399.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
33 240002
JUGUETE, MUÑECO, MOD GORILA DE PLASTICO MEDIANO C/SONID
250.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
33 254004
KING, PAPEL BOND, CARTA, PAQ DE 500 HOJAS
159.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
33 284001
MENNEN, P/BEBE, TALCO, HIPOALERGENICO, BOTE DE 400 G
124.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
34 004013
GAMESA, SALADAS, PAQ DE 140 GR
223.99
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
34 018015
MP, MOLIDA, POPULAR, 70/30, PAQ DE 500 GR
95.00
KG
CAMBIO DE MARCA
34 042005
NUTRIOLI, ACEITE, SOYA, BOTELLA DE 400 ML
63.75
LT
CAMBIO DE MARCA
34 084007
TURIN, CHOCOLATE, CONEJOS, CON LECHE, PZA DE 20 GR
700.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
34 088007
KNORR, DE POLLO, 8 CUBOS, PAQ DE 88 GR CON CILANTRO
335.23
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
34 098004
THERBAL, DESHIDRATADO, C/25 SOBRES, DE 2 GR C/U, VERDE 50 GR
1100.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
34 105004
CENTENARIO, REPOSADO, BOTELLA DE 700 ML
481.43
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
34 116003
JBE, PANTALON, 98% ALGODON, 2% ELASTANO
799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
34 152004
SALA, ESQUINERA, MOD FINLANDIA
26999.00
PZA
NUEVO MODELO
34 164004
OSTER, MOD GCSTAC7402-013, AERO CERAMIC, MENTA
599.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
34 208006
UNIBIKE, URBANA, R-12, INFANTIL, MOD POWER
3028.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
34 283005
SABA, TOALLAS, FEM, C/ALAS, PAQ C/10 PZAS, REGULAR
27.50
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
35 084002
CORONADO, DULCES, PALETAS, BOLSA C/10 PZAS, 140 GR
177.86
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
35 104003
MATUSALEM, BLANCO, BOTELLA DE 750 ML
459.79
LT
CAMBIO DE MARCA
35 269001
ARROZ, A LA MEXICANA, PAQ MEDIANO DE 500 GR
78.00
KG
CAMBIO DE MARCA
36 006001
POZOLES LA ILUSION, POZOLERO, PRECOCIDO, BOLSA DE 500 G
43.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
36 026006
MAZATUN, ATUN, EN AGUA, LATA DE 130 G
169.23
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
36 026008
MAZATUN, ATUN, EN ACEITE, LATA DE 130 G
138.46
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
36 034007
LECHE QUEEN, PASTEURIZADA, BOTE DE 1.8 L 1800
28.34
LT
CAMBIO DE MARCA
36 058003
MAXIMA, EN ALMIBAR, PIÑA EN REBANADAS, LATA DE 800 G
78.13
KG
CAMBIO DE MARCA
36 074008
BARCEL, CHIP´S, JALAPEÑO, BOLSA DE 52 G
442.31
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
36 096001
NESCAFE, REGULAR, CLASICO, SOBRE DE 28 G
785.71
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
36 099007
CIEL, NATURAL, BOTELLA DE 1.5 L 1500
11.33
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
36 101003
POWERADE, ISOTONICA, FRUTAS, BOTELLA DE 1 L
32.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
36 101006
GATORADE, ISOTONICA, BOTELLA DE 1 L
23.25
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
36 106007
SMIRNOFF, VODKA, BOTELLA DE 750 ML
318.66
LT
CAMBIO DE MARCA
36 111001
CIRCULATION, TOBIMEDIAS, 86% POLIAMIDA - 14% ELASTANO
99.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
36 113002
WILSON, TINES, 5 PARES, 97% POLIESTER - 3% OTRAS FIBRAS
109.00
PAQ
NUEVO MODELO
36 119033
TOMY HILFIGER, CHAMARRA, 100% POLIAMIDA
2500.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
36 127007
BOMBOLI, VESTIDO, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
639.00
PZA
NUEVO MODELO
36 130038
BASIC CONCEPTS, CINTURON, 100% SINTETICO, ESTILO C56
179.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
36 133004
UMBRO, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
299.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
36 133008
OTHIS FIT, PANTUFLAS, CORTE ALGODON - SUELA SINTETICA
220.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
36 136006
BLASITO, BOTAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
579.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
36 148001
DIMAP, COMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD LUXEMBURGO
13299.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
36 149024
DECORA HOGAR, MESA, VIDRIO C/PATAS HIERRO, 6660
7495.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
36 150001
MOBI, ALACENA, C/ESPECIERO, MOD MAXI
5299.00
PZA
NUEVO MODELO
36 152002
KRILL, SALA, 2 PZAS, MOD 2522
27590.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
36 152004
DIMAP, SOFA CAMA, MOD MYTHO
6399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
36 152007
MARBY, SALA, 3-2, CHOCOLATE, MOD ANDROMEDA
18879.20
JGO
CAMBIO DE MARCA
734
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
36 153012
HOME NATURE, EDREDON, KING, 70% ALGODON - 30% LINO
2999.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
36 153013
VIANNEY, EDREDON, MAT, 100% POLIESTER, MOD NOVO MILAN
519.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
36 157006
KOBLENZ, ASPIRADORA, MULTIUSOS, MOD WD 2L
899.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
36 160002
MABE, LAVADORA, 19 KG, AUT, CARGA SUP, MOD LMA79114VBAK00
8889.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
36 160006
MABE, LAVADORA, 20 KG, 11 CICLOS, MOD LMA70215VBABO/WBABO
16999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
36 164002
TEFAL, EXPRESS STEAM, SUELA ANTIADHERENTE, AZUL, MOD FV
1499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
36 166002
TRAMONTINA, SARTEN, ACERO INOX, 24 CM, CAP 2.1 L, MOD ALLEGR
899.00
PZA
NUEVO MODELO
36 167003
LUNITA, CRISTALERIA, VASOS, POR PZA
25.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
36 171005
PANASONIC, AA, PAQ C/1 PZA
20.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
36 175001
GLADE, AMBIENTAL, BOTE DE 400 G
72.90
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
36 182006
LA GLORIA, VELADORA, MOD VASO LIMONERO
17.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
36 206011
USOS MULTIPLES
395500.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
36 208001
GETGO, INFANTILES, R-16, 1 VEL, LLANTAS ENTRENADORAS, MOD GE
3199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
36 230003
SONY, ACCESORIOS, AUDIFONOS, REALITY AUDIO, 360, MOD WF-C710
2856.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
36 231006
HISENSE, 55ˮ, SMART TV, ULTRA HD, 4K, MOD 55A65NV
10079.20
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
36 240009
MATTEL, JUGUETE, FISHER-PRICE, MEGA BLOKS, C/60 PZAS
279.00
PAQ
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
36 243001
WHISKAS, SECO P/GATO, BOLSA DE 10 KG 10000
49.50
KG
CAMBIO DE MARCA
36 247010
CASIO, INSTR MUSICALES, TECLADO, CASIOTONE, 61 TECLAS, MOD C
4799.00
PZA
NUEVO MODELO
36 250002
SALON DE FIESTAS, PAQ BASICO, 150 INVITADOS
54000.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
36 264003
CARNITAS, A GRANEL
395.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
36 272006
GA MA ITALY, SECADORA, C/ACCESORIOS, 4 EN 1, MOD UNIQ STYLER
2399.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
36 272007
REVLON, SECADORA, CONTROL DE FRIZZ, MOD RVDR5191LA1
583.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
36 274003
CREST, CREMA DENTAL, BICARBONATO, TUBO DE 150 G
371.67
KG
CAMBIO DE MARCA
36 274007
COLGATE, CREMA DENTAL, COMPLETE, TRIPLE ACCION, TUBO DE 100
300.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
36 277002
ROSA VENUS, BARRA, PZA DE 150 G
116.67
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
36 281003
ADORABLE, PAPEL HIGIENICO, 4 ROLLOS DE 400 HOJAS C/U
35.50
PAQ
CAMBIO DE MARCA
37 001002
LA MERCED, BLANCO, SUPER EXTRA, SUPER EXTRA, BOLSA DE 907 G
23.15
KG
CAMBIO DE MARCA
37 001004
SOS, BLANCO, SUPER EXTRA, BOLSA DE 1 KG
33.00
KG
CAMBIO DE MARCA
37 004004
GAMESA, SALADAS, CRACKETS, PAQ DE 135 G
133.33
KG
CAMBIO DE MARCA
37 021010
NUTRI DELI, DE PAVO, VIRGINIA, PAQ DE 250 G
132.00
KG
CAMBIO DE MARCA
37 028002
ENTERO, SIERRA, A GRANEL
120.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
37 035004
SOYAPAC, DE SOYA, BOLSA DE 1 KG
330.00
KG
CAMBIO DE MARCA
37 044001
CHILCHOTA, S/SAL, BARRA DE 90 G
207.78
KG
CAMBIO DE MARCA
37 045005
HASS, A GRANEL
60.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 081004
PIMIENTO MORRON, A GRANEL
60.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 084003
TAMBORILES, DULCES, ENCHILADO, BOLSA DE 30 PZAS, DE 135 GR
184.44
KG
CAMBIO DE MARCA
37 093002
CAMPBELL´S, CREMA, DE ELOTE, BOTE DE 430 G
109.07
KG
CAMBIO DE MARCA
37 093003
KNORR, CREMA, DE CHAMPIÑONES, BOTE DE 510 G
86.28
KG
CAMBIO DE MARCA
37 102003
ZUKO, POLVO, SABOR PIÑA, RINDE 2 L, SOBRE DE 13 G
7.00
SOBRE
CAMBIO DE PRESENTACION
37 102008
ZUKO, POLVO, SABOR MELON, RINDE 2 L, SOBRE DE 13 G
6.00
SOBRE
CAMBIO DE PRESENTACION
37 110004
GUESS, PLAYERA, 85% ALGODON - 15% VISCOSA
690.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 111011
ABRIL, TINES, PAQ DE 3 PARES, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
49.99
PAQ
CAMBIO DE MARCA
37 112007
GEORGE, TINES, PAQ 5 PZAS, 97% POLIESTER - 3% OTRAS FIBRAS
69.00
PAQ
NUEVO MODELO
37 117009
WILSON, PANTALON, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
289.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 117014
AERO STRONG WOMEN, PANTALON, 98% ALGODON - 2% POLIESTER
229.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 121004
BEAUTY SECRET, BRASIER, PAQ DE 2 PZAS, 95% POLIESTER - 5% EL
299.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
37 122019
THAT´S IT, P/NIÑA, BRASIER, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO
199.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 125004
CONTINENTAL, DEPORTIVO, JGO DE 2 PZAS, 100% POLIESTER
249.90
JGO
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
37 127005
MATT & MEGAN, VESTIDO, 100% ALGODON
699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 136002
HUSH PUPPIES, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
999.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
37 149008
MESA, DE CENTRO, JGO DE 3 PZAS, MOD LUCERNA
3770.00
JGO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 150003
WHIRLPOOL, CAMPANA EXTRACTORA, ACERO INOX, MOD WHW9910S
10495.36
PZA
NUEVO MODELO
37 153006
SOFT SENSATIONS, COBERTOR, MATRIMONIAL, MOD 3510, 100% POLIE
549.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 153007
926, COBERTOR, MAT, 100% POLIESTER, MOD 9ZY6
799.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
37 158002
WHIRLPOOL, 6 QUEM, 30ˮ, ENC ELECT, HORNO, MOD WFR5100S
19899.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 160003
SAMSUNG, LAVADORA, 22 KG, 8 CICLOS, MOD WA22A3350GW
11690.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
37 160005
KOBLENZ, LAVADORA, 23 KG, MOD LRK-2311A
4499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
37 160007
MAYTAG, LAVADORA, 25 KG, 11 CICLOS, MOD 7MMVW5035PW
26899.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 163002
RECORD, 5 VEL, VASO PLASTICO, MOD HS-200D
1999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
37 164007
T-FAL, VAPOR, SUELA ANTIADHERENTE, MOD FV2880X0
1599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
37 166004
TRAMONTINA, BATERIA, JGO DE 18 PZAS, MOD M-4146, COLOR NEGRO
2639.50
JGO
CAMBIO DE MARCA
37 167002
MAINSTAYS, LOZA, VAJILLA, CERAMICA, JGO DE 16 PZS, MOD 1436
899.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
37 169001
PHILCO, LED, 8.5 WATTS, LUZ BLANCA, PAQ 3 PZAS, MOD 57025
72.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
37 169006
GEO POWER, LED, LUZ BLANCA, DE 10W
18.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 171001
ENERGIZER, AAA, RECARGABLE, PAQ DE 4 PZAS, MOD 1520
299.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
37 183006
SERV DOM, ASEO GRAL, PAGO SEMANAL
500.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 199008
DURANTE EL EMBARAZO, GINECOLOGO, PRIMERA VEZ
1550.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 204003
RENTA DE QUIROFANO, POR HORA
1860.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
37 206003
SUBCOMPACTO
399000.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 206004
COMPACTO
353500.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 206008
COMPACTO
362400.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 206011
USOS MULTIPLES
702900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 207001
ITALIKA, SCOOTER, WS150 SPORT, 150 CC, MOD 2025
23999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 207003
DINAMO, DE PISTA, R4, 250 CC, MOD 2025
59690.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 207004
ITALIKA, SCOOTER, D150, 149 CC, MOD 2025
20999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
37 215006
LAVADO Y ENGRASADO, DE MOTOR, INC/ASPIRADO Y ENCERADO
340.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
37 216012
CAMBIO DE AMORTIGUADORES, SEDAN, JGO DELANTERO, MANO DE
500.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 216014
CAMBIO DE BALATAS, MANO DE OBRA, POR LLANTA
200.00
SERV
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
37 230001
SOUNDCORE, ACCESORIOS, BOCINA, 140 W, PORTATIL, MOD RAVE3S
4999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
37 230004
SELECT SOUND, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETOOH, RAVE, MOD BT2018
2459.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
37 230005
APPLE, ACCESORIOS, ASIST VIRTUAL, HOMEPOD, MOD 1106672373
2299.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 230010
VSONIC, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETHOOT, MOD BESTISAN SE02
2399.00
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
37 231006
ATVIO, 50ˮ, PANTALLA, ROKU, TV, MOD ATV-50FRF
6715.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
37 231008
JVC, 75ˮ, ROKU TV, MOD SI75URF
12990.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
37 231010
SAMSUNG, 43ˮ, NEO QLED, MOD QN43QN90DAFXZX
18819.85
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 237005
CLARO VIDEO, PELICULA, STREAMING, INFANTIL, RENTA, POR 24 HR
57.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 247007
SELANUSA, INSTR MUSICALES, PANDERO, DE PLASTICO, CHICO
58.50
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
37 247008
DELTA, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, MOD FDD1
88.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
37 247010
YAMAHA, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, MOD YRS-24B
130.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 265004
LONCHERIA, HAMBURGUESA, SINCRONIZADA, REFRESCO
109.00
ORDEN
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 274002
CREST, CREMA DENTAL, ANTI-SARRO, TUBO DE 140 ML
407.15
LT
CAMBIO DE MARCA
37 281002
REGIO, PAPEL HIGIENICO, PAQ DE 40 ROLLOS DE 230 HOJAS C/U, NA
199.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
37 282008
OLD SPICE, CHAMPU, REFRESH, BOTE DE 400 ML
250.00
LT
CAMBIO DE MARCA
37 285004
CORTE DE CABELLO, CABALLERO, A TIJERA
50.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 286001
TINTE, P/DAMA, MATERIAL Y MANO DE OBRA
250.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
37 288006
TRUZT, MOCHILA, 100% POLIESTER, MOD TRENDY
699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
38 011006
LA MODERNA, CODITOS, BOLSA DE 200 G
45.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
38 035001
MP, DE COCO, BOTE DE 1 L
35.00
LT
CAMBIO DE MARCA
38 042007
PATRONA, ACEITE, MIXTO, BOTELLA DE 500 ML
45.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
735
38 083004
HERSHEY´S, LIQUIDO, CHOCOLATE, BOTE DE 589 G
171.48
KG
CAMBIO DE MARCA
38 098009
EURO TE, DESHIDRATADO, VERDE, CAJA DE 40 G
1925.00
KG
CAMBIO DE MARCA
38 099003
SANTA MARIA, NATURAL, BOTELLA DE 1 L
14.75
LT
CAMBIO DE MARCA
38 104002
BACARDI, AÑEJO, CARTA SELECTA, BOTELLA DE 980 ML
487.75
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
38 104004
FLOR DE CAÑA, BLANCO, BOTELLA DE 750 ML
257.70
LT
CAMBIO DE MARCA
38 122022
APPLE TREE, P/NIÑA, CORPIÑO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
34.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
38 148003
MOVVEL, COMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD IRLANDA
8799.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
38 149030
CORAZON DE PAROTA, ESCRITORIO, MOD TILCAJETE PAROTA
11970.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
38 169001
MP, AHORRADOR, ESPIRAL, 23 WATTS, MOD GVASP-23W
40.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
38 182003
LUNITA, VELADORA, VASO, MOD SEMANAL
35.00
PZA
NUEVO MODELO
38 206001
SUBCOMPACTO
336700.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
38 206005
SUBCOMPACTO
349400.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
38 206006
SUBCOMPACTO
449400.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
38 206011
COMPACTO
361300.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
38 207009
HONDA, URBANA, GL150, CARGO 2026
39990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
38 211002
TYG, AUTOPARTES, FACIA DELANTERA, VERSA, MOD 2019
1150.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
38 216002
CAMBIO DE BALATAS, DELANTERAS, INCLUYE MANO DE OBRA, MO
1856.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
38 242004
SURTIPLANT, ARTIFICIALES, FLORES, RAMO, VIOLETA, MOD GL6 151
34.99
JGO
NUEVO MODELO
38 253015
EL IMPARCIAL, PERIODICO, MATUTINO, LOCAL
13.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
38 265002
LONCHERIA, CLUB SANDWICH, AGUA DE SABOR LIMON, GDE
110.00
ORDEN
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
39 001006
BLANCO, LARGO, DELGADO, A GRANEL
19.13
KG
CAMBIO DE MARCA
39 046001
AMARILLO, A GRANEL
130.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
39 059035
O/FRUTAS, JICAMA, A GRANEL
13.25
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
39 063007
A GRANEL
42.50
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
39 084012
NESTLE, CHOCOLATE, ABUELITA, 6 PZAS, CAJA DE 540 GR
259.26
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
39 089007
JELL-O, DE AGUA, SIN AZUCAR, SOBRE DE 25 GR
565.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
39 093002
CAMPBELL´S, CREMA, CHAMPIÑON, LATA DE 300 GR
130.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
39 098001
MCCORMICK, DESHIDRATADO, CAJA C/20 SOBRES DE 24 GR
1166.67
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
39 102005
NESTEA, POLVO, ORIGINAL, RINDE 2 LT, SOBRE DE 25 GR
9.50
SOBRE
CAMBIO DE PRESENTACION
39 103003
PRESIDENTE, SOLERA, BOTELLA DE 900 ML
226.67
LT
CAMBIO DE MARCA
39 111007
PATY, PANTIMEDIAS, 98% POLIAMIDA - 2% ELASTANO
40.00
PAQ
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
39 119001
VITOS, SUETER, 100% ACRILICO
1199.00
PZA
NUEVO MODELO
39 119036
MASSIMO DUTTI, CHAMARRA, 100% POLIESTER
3295.00
PZA
NUEVO MODELO
39 128001
RACO MEN, PANTS, 100% POLIESTER
159.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
40 017005
CHULETA, NATURAL, A GRANEL
130.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 018030
MOLIDA, ESPECIAL, A GRANEL
200.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 018031
COSTILLA, P/ASAR, A GRANEL
250.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 018033
RETAZO, C/HUESO, A GRANEL
150.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 025006
CARNEMART MP, TRIPAS, EN CUBO, A GRANEL
93.90
KG
CAMBIO DE MARCA
40 084011
TRIDENT, DULCES, CHICLES, 18 PZAS, CAJA DE 34 G
970.59
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
40 089008
PRONTO, DE LECHE, FLAN C/CARAMELO, RINDE 1 L, CAJA DE 136 G
117.65
KG
CAMBIO DE MARCA
40 095005
DEL VALLE, DE FRUTAS, DE DURAZNO, BOTELLA DE 413 ML
36.21
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
40 098003
DAVENPORT, DESHIDRATADO, FRAMBUESA, 20 PZAS, CAJA DE 40 G
73.50
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
40 119022
MANCHESTER, SUETER, 50% ALGODON - 50% ACRILAN
999.00
PZA
NUEVO MODELO
40 122025
RIMBROS, P/NIÑO, TRUSA, PAQ DE 2 PZAS, 100% ALGODON
149.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
40 126010
ZUCCA, VESTIDO, 100% POLIESTER
699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
40 127005
POLO CLUB, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
549.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
40 196016
QUETIAPINA GI, O/MED, PSIQ, TABLETAS, 60 DE 100 MG, LAB ULTR
299.00
CAJA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
40 198005
XIKU, LENTES, ARMAZON Y MICAS, C/ANTIREFLEJANTE, MOD FC8008
1499.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
40 212003
QUAKER STATE, ACEITE, MULTIGRADO, SAE 20W-50, BOLSA 946 ML
137.42
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
40 238020
CANON, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD EOS R50 RF-S 18-45MM F4.5-6.3
24999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
40 239003
EA SPORT, VIDEOJUEGO, DISCO, P/SWITCH, FC26
1499.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 005005
SAN BLAS, DE TRIGO, PAQ DE 1 KG
18.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 006012
SAN MIGUEL, POZOLERO, PRECOCIDO, BOLSA DE 900 GR
34.44
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 020009
SAN ANTONIO, DE CERDO, A GRANEL
88.00
KG
CAMBIO DE MARCA
41 038002
ZWAN, MANCHEGO, A GRANEL
188.00
KG
CAMBIO DE MARCA
41 042001
CANOIL, ACEITE, CANOLA, BOTELLA DE 946 ML
59.46
LT
CAMBIO DE MARCA
41 047002
A GRANEL
18.25
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 050011
CHINO, PZA
27.25
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 058012
DON AGUSTIN, EN ALMIBAR, DURAZNOS, MITADES, LATA DE 820 G
60.98
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 066003
LA MORENA, JALAPEÑOS, ENTEROS, LATA DE 380 G
71.05
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 084015
TRIDENT, DULCES, CHICLES, MENTA, PAQ DE 18 PZAS, 30.6 G
653.59
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 084024
DE LA ROSA, DULCES, MALVAVISCOS, BIANCHI, GRANDE, BOLSA DE 4
100.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 085008
ST DALFOUR, MERMELADA, DE FRESA, FCO DE 284 G
348.59
KG
CAMBIO DE MARCA
41 099011
PEÑAFIEL, MINERAL, BOTELLA DE 1 L
21.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 101001
PREDATOR, ENERGIZANTE, ENERGY, RED APPLE, LATA DE 473 ML
35.94
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 105005
GRAN CENTENARIO, REPOSADO, BOTELLA DE 950 ML
336.84
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 108008
DOS EQUIS XX, CLARA, LAGER, LATADE 473 ML
50.74
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
41 116001
WEEKEND, PANTALON, 99% POLIESTER - 1% ELASTANO
499.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 121009
CUIDADO CON EL PERRO MP, TANGA, 76% POLIAMIDA - 24% ELASTANO
89.90
PZA
NUEVO MODELO
41 122006
CREYSI, P/NIÑA, CAMISETA, 100% ALGODON
429.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 122011
BARBIE, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 3 PZAS, 50% ALGODON - 50%
55.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
41 123007
ANGELITOS, PLAYERA, 100% ALGODON
42.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 124003
GIANFRANCO, TRAJE, 64% POLIESTER - 32% VISCOSA - 4% ELASTANO
1999.00
TRAJE
CAMBIO DE MARCA
41 127001
GEORGE, VESTIDO, 100% ALGODON
179.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 137003
VOIT, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
339.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
41 141005
COLOCACION DE PISO, LOZETA, INSTALACION, COSTO POR MT2
190.00
SERV
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
41 160003
LG, LAVASECADORA, 14 KG, GRIS, MOD WD14VV3S6C
16499.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
41 161006
MABE, 10 PIES, C/DISPENSADOR DE AGUA, MOD RMA250FYMRQ
7059.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
41 162002
RECORD, VENTILADOR, DE PEDESTAL, 12ˮ, MOD RASHI
1799.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
41 163007
HAMILTON BEACH, 3 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD 58600
1499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
41 175003
HARPIC, SANITARIO, WHITE&SHINE, PAQ DE 5 PASTILLAS, 45 G C/U
74.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
41 182009
BIG DE JESUS, VELADORA, VASODE CRISTAL, MOD ESPIRAL
35.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 194004
CBD LIFE, NATURISTA, GOMITAS, FRUTOS ROJOS, BOTE DE 30 PZAS,
309.00
FCO
CAMBIO DE PRESENTACION
41 222005
SEGUNDA CLASE
29.00
BOLETO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
41 230011
STF, ACCESORIOS, BOCINA, PORTATIL, MOD ST-S49308
1899.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
41 268012
REST, DESAYUNO, PAQ CLUB ESPECIAL, SANDWICH, FRUTA, JUG
119.00
ORDEN
CAMBIO DE MODALIDAD
41 277001
NIVEA, CREMA P/AFEITAR, MEN, PROTEC & CARE, LATA DE 200 ML
99.95
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 282007
PALMOLIVE, CHAMPU, CAPRICE, NATURALS, ACEITE HERBAL, BOTELLA
61.33
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
41 284002
MENNEN, P/BEBE, ACEITE, BABY MAGIC, HUMECTANTE, BOTE DE 200
99.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 284010
EQUATE, ART DE TOCADOR, QUITA ESMALTE, BOTELLA DE 550 ML
63.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
41 287007
BISUTERIA, ARETES, MOD CRUZ
45.32
PAR
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
42 001002
JB, BLANCO, SUPER EXTRA, BOLSA DE 900 G
27.22
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
42 002001
BARCEL, FRITURAS, DE MAIZ, TAKIS, FUEGO, BOLSA DE 70 G
278.57
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
42 002003
SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHEETOS, TORCIDITOS, BOLSA DE 5
254.55
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
42 013001
PASTEL, FRUTAL, MEDIAND, PZA
289.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
42 032002
NESTLE, PROD LACTEO, SVELTY, BAJO EN GRASA, LATA DE 1600 G
178.13
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
42 034004
FORTI PLUS, RECONSTITUIDA, BOTE DE 1 L
16.25
LT
CAMBIO DE MARCA
42 040003
DANONINO, O/QUESOS, PETIT SUISSE, FRESA, PAQ DE 4 PZAS DE 84
138.39
KG
CAMBIO DE MARCA
736
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
42 069003
ISADORA, REFRITOS, PERUANOS, BOLSA DE 400 G
45.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
42 069004
ISADORA, REFRITOS, NEGROS, BOLSA DE 400 GR,
50.00
KG
CAMBIO DE MARCA
42 086003
MAGNUM, PALETA, ALMENDRAS, PZA DE 72.1 G
721.22
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
42 090004
ENFAGROW, MATERNIZADA, PRO SELECT, ETAPA 3, LATA DE 375 G
480.01
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
42 096004
INTERNACIONAL, REGULAR, TRADICIONAL, FCO DE 50 G
510.00
KG
CAMBIO DE MARCA
42 098003
MCCORMICK, DESHIDRATADO, TE NEGRO, CAJA DE 25 SOBRES, 37.5 G
31.00
CAJA
CAMBIO DE PRESENTACION
42 105001
JOSE CUERVO, REPOSADO, ESPECIAL, BOTELLA DE 990 ML
213.64
LT
CAMBIO DE MARCA
42 110005
DENNISE COLLINS, BLUSA, 98% ALGODON - 2% ELASTANO
199.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
42 116007
SILVERADO, PANTALON, 99% ALGODON - 1% OTROS
329.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
42 117001
CIMARRON, PANTALON, 77.5% ALGODON - 22.5% OTROS
289.00
PZA
NUEVO MODELO
42 117004
REFILL, PANTALON, 75% ALGODON - 25% OTROS
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
42 117009
JENNIFER MOORE, SHORT, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
199.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
42 117010
SIMPLY BASIC, SHORT, 100% POLIESTER
169.00
PZA
NUEVO MODELO
42 118003
CIMARRON, PANTALON, 64% ALGODON - 36% OTROS
249.00
PZA
NUEVO MODELO
42 118009
LEVI´S, SHORT, 100% ALGODON
449.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
42 122010
DISNEY, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 2 PZAS, 97% ALGODON - 3%
79.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
42 123012
BABY COLORS, PAÑALERO, PAQ DE 3 PZAS, 50% ALGODON - 50% POLI
199.00
PAQ
NUEVO MODELO
42 127006
SIMPLY BASIC, PANTALON, 73% ALGODON - 27% OTROS
269.00
PZA
NUEVO MODELO
42 129008
LOVEST, PIJAMA, JGO DE 2 PZAS, 100% POLIESTER
319.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
42 135006
CKLASS, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
599.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
42 151002
GONCAD, BASE P/COLCHON, INDIVIDUAL, MOD CORREA
3235.00
PZA
NUEVO MODELO
42 153005
PROVIDENCIA, COBERTOR, IND, 100% POL, MOD PAW PATROL
269.00
PZA
NUEVO MODELO
42 154004
STARHAUS, MATRIMONIAL, JGO DE 4 PZAS, 100% MICROFIBRA, MOD I
329.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
42 156003
CONTINENTAL, MINISPLIT, 115V, MOD CEDAC011MX
5995.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
42 162007
OSTER, BATIDORA, 5 VEL, MOD 2499-013
599.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
42 162008
OSTER, PROCESADOR, DE ALIMENTOS, MOD BLSTAFB-013
922.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
42 164001
KOBLENZ, VAPOR, KERAMIK, MOD PKK-950SAZ
2099.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
42 168001
SUPER EL GALLO, GANCHOS, DE ROPA, PAQ DE 10 PZAS, MOD GRANDE
35.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
42 171003
EVEREADY, AAA, GOLD, PAQ DE 4 PZAS, MOD 7421
84.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
42 179003
SC JOHNSON, INSECTICIDA, AEROSOL, RAID, MAX, BOTE DE 285 ML
69.50
BOTE
CAMBIO DE PRESENTACION
42 198001
HOME CARE, APARATOS MEDICOS, BAUMANOMETRO, MOD 2600
330.00
PZA
NUEVO MODELO
42 207004
HERO, URBANA, 160 CC, MOD 160 HUNK 2026
45999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
42 212003
LTH, ACEITE, MULTIGRADO, SAE 20W-50, BOTE DE 946 ML
105.71
LT
CAMBIO DE MARCA
42 230003
EVL, ACCESORIOS, BOCINA, MOD BF-14-01
3599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
42 239002
SONY, CONSOLA, PS5, 1TB, ASTRO BOT, GT7, MOD STANDARD BUNDLE
13999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
42 239003
MOJANG, VIDEOJUEGO, MINECRAFT, STARTE COLLECTION, PLAYSTATIO
879.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
42 247002
KAISER, INSTR MUSICALES, TECLADO, MOD MTC5490
1900.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
42 263002
BARBACOA, DE BORREGO, A GRANEL
400.00
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
42 272001
TIMCO, RASURADORA, MOD BSK-9300
273.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
42 278005
MAJA, LOCION, CLASICA, BOTELLA DE 100 ML
391.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
42 283004
NATURELLA, TOALLAS, INVISIBLE NOCTURNO, C/ALAS, PAQ DE 10 PZ
45.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
43 007004
MASA DE MAIZ, A GRANEL
18.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
43 020004
EL MEXICANO, DE CERDO, RANCHERO, A GRANEL
107.13
KG
CAMBIO DE MARCA
43 059011
TORONJA, AMARILLA, A GRANEL
12.25
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
43 082004
MP, REFINADA, BOLSA DE 2 KG (2000 G)
36.48
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
43 084016
IBARRA, CHOCOLATE, EN TABLETA, PAQ DE 540 G
195.41
KG
CAMBIO DE MARCA
43 115004
FABRIK, PLAYERA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
69.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
43 115005
BLUE SIXTEEN, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
169.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
43 118008
NEO CITY, PANTALON, 96% ALGODON - 4% ELASTANO
339.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
43 122019
OPTIMA MP, P/NIÑA, CAMISETA, 100% ALGODON
44.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
43 137002
FILA, P/ADULTO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
1499.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
43 147014
AMERICA, QUEEN SIZE, MOD 135-510 MILAN
5349.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
43 151002
FLAROMA, RECAMARA, KING SIZE, JGO DE 5 PZAS, MOD HADAR PAROT
11999.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
43 159011
LG, 1.1 PIES, MOD TOUCH
3090.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
43 172006
MP, PAPEL, ALUMINIO, ROLLO DE 24 MT
84.00
ROLLO
CAMBIO DE MARCA
43 178002
PRINCESA, LIQUIDO, BLANCO, BOTE DE 3.5 L (3500 ML)
33.71
LT
CAMBIO DE MARCA
43 182009
PROFINA, VELADORA, FAROLITO, REPUESTO, MOD NO 4
18.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
43 206008
COMPACTO
826900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
43 206009
SUBCOMPACTO
348700.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
43 207003
HONDA, URBANA, NAVI, 110 CC, MOD 2026
33490.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
43 207010
VENTO, SCOOTER, AXUS, 170 CC, MOD 2026
19999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
43 210011
CENTELLA, RIN 14, 185/65, MOD MAGNA
829.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
43 230011
ROKU, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, STICK PLUS, MOD 3830MX
1195.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
43 230018
HKPRO, ACCESORIOS, BOCINA, MOD HKSB120
1199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
43 239009
SONY, CONSOLA, PS5, 825 GB, MOD DIGITAL BUNDLE
12999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
43 247006
CANVA, DESCARGA DE SOFTWARE, PLAN PRO, ANUAL
1210.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
43 252005
PLANETA, LITERARIO, NOSOTROS EN LA LUNA, KELLEN ALICE
398.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
43 268004
REST, SOPA DE TORTILLA, NEW YORK GRILL Y CERVEZA
490.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
43 282009
BIOEXPERT, ACONDICIONADOR, PLACENTA VEGET, BOTELLA D 650 ML
132.31
LT
CAMBIO DE MARCA
43 284002
NUVEL, P/BEBE, LOCION, COLONIA, FCO DE 225 ML
20.00
FCO
CAMBIO DE PRESENTACION
43 284006
DE LA VEGA, ART DE TOCADOR, CORTAUÑAS, GRANDE, MOD 2564
50.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
43 287019
GUTZA, BISUTERIA, COLLAR, MOD GM1316-2C-5
44.82
PZA
CAMBIO DE MARCA
44 003001
KELLOGGS, DE MAIZ, ZUCARITAS, CAJA DE 380 GR
147.37
KG
CAMBIO DE MARCA
44 009003
BIMBO, INTEGRAL, PAQUETE DE 610 GR
121.14
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
44 032002
ALPURA, DESLACTOSADA, BOLSA DE 150 GR
226.67
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
44 074002
SABRITAS, RUFLES QUESO, BOLSA DE 48 GR
416.67
KG
CAMBIO DE MARCA
44 155008
SM, CORTINA, ENCAJE, 2 X 2.80, FORRO
260.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
44 182005
VELADORA MEXICO, VELADORA, MICHELADA, SAGRADO CORAZON
32.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
44 208001
X- RUSH, INFANTILES, R 22, MOD XR-R22B-02
2490.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
44 210001
MARSHAL, RIN 14, 185/70 R14, MOD MH15
1164.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
44 238003
FOTOGRAFIA, VIDEO, SESSION, TRASH THE DRESS, ALBUM DIG
14000.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
44 239005
EA SPORTS, VIDEOJUEGO, XBOX, MOD FC 26
1399.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
44 284001
CONAIR, ART DE TOCADOR, CEPILLO, OVALADO, PEINE, MOD.85533X
69.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
44 291003
PAQ PREVISION, ATAUD MADERA MDF, ECO, FUNE Y TRASL
24000.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
45 093002
HERDEZ, PURE DE TOMATE, CONDIMENTADO, CAJA DE 210 G
37.14
KG
CAMBIO DE MARCA
45 113005
SIMPLY BASIC, TINES, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
14.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
45 127005
GEORGE, PANTALON, 64% ALGODON - 29% POLIESTER - 7% OTRAS FIB
279.00
PZA
NUEVO MODELO
45 128003
ECKO UNLTD, PANTS, 100% POLIESTER
417.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
45 133002
KINDER, HUARACHES, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
460.00
PAR
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
45 135003
KARLE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
400.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
45 148003
DOMOBLE, ANTECOMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD CHOCOLATE
13900.00
JGO
NUEVO MODELO
45 151005
MELE, BASE P/COLCHON, MATRIMONIAL, MOD LAREDO
5699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
45 178001
PINOL, LIQUIDO, BOTELLA DE 828 ML
39.86
LT
CAMBIO DE MARCA
45 180003
ADORABLE, SERVILLETAS, PAQ DE 500 PZAS
46.50
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
45 206002
USOS MULTIPLES
533740.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
45 239003
EA SPORTS, VIDEOJUEGO, DISCO, PS5, MOD FC26
1579.00
PZA
NUEVO MODELO
46 033001
CORINA, EVAPORADA, LATA DE 354 ML
67.77
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
46 040002
PREMIUM, O/QUESOS, GOUDA, CREMA, PZA DE 400 GR
234.75
KG
CAMBIO DE MARCA
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
737
46 100007
COCA COLA, REFRESCO, COLA, BOTELLA DE 600 ML
37.50
LT
CAMBIO DE MARCA
46 107003
RIUNITE, TINTO, LAMBRUSCO, BOTELLA DE 750 ML
211.55
LT
CAMBIO DE MARCA
46 116009
YALE, PANTALON, 100% POLIESTER
334.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 117004
STRONA, PANTALON, 73.7% ALGODON - 19.2% POL - 6% RAY - 1.1%
399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 117009
ANAGRAM, PANTALON, 100% POLIESTER
179.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 118004
AMERICAN CREW, PANTALON, 79% ALGODON - 18% POLIESTER - 3% EL
229.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 119019
SILK SKIM, SUDADERA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
750.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 120003
PERLA NEGRA, BOXER, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
39.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 122005
SIMPLY BASIC, P/NIÑA, CORPIÑO, 95% ALGODÓN - 5% ELASTANO
49.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 123010
CARYCAR, TRAJE, 100% POLIESTER, DE 4 PZAS
1540.00
PZA
NUEVO MODELO
46 126010
BASIC CONCEPTS, VESTIDO, 83% POLIESTER - 12% VISCOSA - 5% EL
349.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 129003
DARONG COLLECTION, PIJAMA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
299.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
46 129006
M S M, MALLON, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
80.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
46 148002
ROMASA, ANTECOMEDOR, JGO DE 7 PZAS (M-6S), MOD DIAMANTE
18360.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
46 149007
PROMISA, CAJONERA, MOD LARI
3438.50
PZA
NUEVO MODELO
46 150002
MABE, CAMPANA EXTRACTORA, MOD CMID90SSXO
9630.00
PZA
NUEVO MODELO
46 162003
TAURUS, BATIDORA, MOD MIX & CO
319.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
46 171002
MITZU, AA, RECARGABLES, PAQ DE 2 PZAS
114.80
PAQ
CAMBIO DE MARCA
46 172002
REYNOLDS WRAP, PAPEL, ROLLO DE 10 MT
74.00
ROLLO
CAMBIO DE MARCA
46 206007
SUBCOMPACTO
339990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
46 212004
LUCAS, ADITIVO, PARA GASOLINA, BOTE DE 155 ML
793.55
LT
CAMBIO DE MARCA
46 230004
FIVE TV, ACCESORIOS, ASIST VIRTUAL, ALEXA, MOD H97N6S
2049.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
46 230005
XONORUM, ACCESORIOS, BOCINA, MOD ST-S68566
8049.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
47 093003
MARUCHAN, SOPA, INSTANTANEA, CAMARON, BOTE 64 G
421.88
KG
CAMBIO DE MARCA
47 122011
P/NIÑA, PANTALETAS, 100% ALGODON
13.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
47 126008
NOVEDADES EIRA VAZQUEZ, FALDA, 100% POLIESTER
169.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
47 140004
LAMOSA, PISO, AZULEJO, 44 X 44, MOD SINTRA
139.00
MT2
CAMBIO DE MARCA
47 148002
COMEDOR, 5 PZAS (M-4S), MOD GALES
10999.00
JGO
NUEVO MODELO
47 149010
CAJONERA, MOD 5 CAJONES
2600.00
PZA
NUEVO MODELO
47 151002
RECAMARA, KS, 5 PZAS, MOD NEVADA
18999.00
JGO
NUEVO MODELO
47 151004
RECAMARA, 5 PZAS, KS, MOD NEVADA
18999.00
JGO
NUEVO MODELO
47 164001
POWERXL, VAPOR, SUELA CERAMICA, MOD MINERAL GLIDE
890.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
47 164005
T FAL, MOD FV6843
2299.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
47 165004
HKPRO, EXPRIMIDOR, DE CITRICOS, ELECTRICO, MOD HKE-24
799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
47 179001
H24, INSECTICIDA, AEROSOL, CASA Y JARDIN, BOTE DE 460 ML
72.00
BOTE
CAMBIO DE MARCA
47 208005
BENOTTO, DE MONTAÑA, R29, 21 VEL, MOD E291DS
5999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
47 230001
STF, ACCESORIOS, AUDIFONOS, INALAMBRICO, MOD AURUM
399.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
47 231001
ATVIO, 50ˮ, ROKU TV, 4K UHD, MOD ARK5017
6190.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
47 231002
DAEWOO, 50ˮ, SMART TV, 4K, MOD DAW50UR
7499.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
48 129001
BEAUTY SECRET, CAMISON, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
229.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
48 150002
DICO MP, ALACENA, MADERA, MOD YECT CAFE
3649.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
48 162009
VORTEX, VENTILADOR, DE MESA 18ˮ, MOD AFV1212
895.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
48 168002
PYMSA, JARRA, DE 5L, C/TAPA, MOD JUMBO
98.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
48 195007
NUTRISA MP, CAPSULAS, VITAMINA E, FCO 120 DE 550 MG
255.00
FCO
CAMBIO DE MARCA
48 206012
USOS MULTIPLES
520900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
48 207004
ITALIKA, URBANA, CC149.6, WS150 SPORT, MOD 2026
25999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
48 207005
YAMAHA, SCOOTER, RAY ZR, MOD 2026
39999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
48 216002
ALINEACION Y BALANCEO, NISSAN VERSA 2023
750.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
48 222007
SERVICIO DE LUJO
999.00
BOLETO
CAMBIO DE MODALIDAD
48 230004
JBL, ACCESORIOS, BOCINA, MOD PARTY BOX ENCORE ESSENT
3999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
48 231002
HISENSE, 65ˮ, SMART TV UHD 4K, MOD 65A65NFM
10636.99
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
49 001003
VERDE VALLE, BLANCO, SUPER EXTRA, BOLSA DE 1 KG
39.75
KG
CAMBIO DE MARCA
49 002001
SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHEETOS, TORCIDITOS, BOLSA DE 5
318.18
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
49 010001
OREJA, PZA
10.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
49 016002
DEL HOGAR, TOTOPOS, BOLSA DE 280 G
117.86
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
49 017004
LOMO, BISTEC, A GRANEL
159.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
49 029004
ALTAMAR, EN CONSERVA, ALMEJAS, EN SALMUERA, LATA DE 210 G
259.52
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
49 030004
YOPLAIT, PROD DE LECHE, FLAN, VAINILLA, VASO DE 100 G
80.00
KG
CAMBIO DE MARCA
49 040002
MP, O/QUESOS, GOUDA, REBANADO, PAQ DE 600 G
220.00
KG
CAMBIO DE MARCA
49 042004
YBARRA, ACEITE, OLIVA, EXTRA VIRGEN, AROMATICO, BOTELLA DE 5
420.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 048002
PERSA, A GRANEL
8.75
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
49 054003
MIEL, MEDIANA, PZA
21.25
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
49 059001
PARADISE, O/FRUTAS, FRAMBUESA, CAJA DE 125 G
312.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
49 059004
O/FRUTAS, COCO, PZA
43.70
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
49 074003
BARCEL, CHIP´S, SAL, BOLSA DE 170 G
294.12
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 074004
BARCEL, CHIP´S, JALAPEÑO, BOLSA DE 52 G
384.62
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
49 084001
DE LA ROSA, DULCES, ENCHILADO, PULPARINDO, ORIGINAL, CAJA DE
251.78
KG
CAMBIO DE MARCA
49 096002
JACOBS, REGULAR, GOURMET, SUAVE, FCO DE 95 G
1147.37
KG
CAMBIO DE MARCA
49 100010
COCA COLA, REFRESCO, COLA, RETORNABLE, BOTELLA DE 2500 ML
17.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 110003
OPTIMA MP, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
79.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
49 112004
OPTIMA MP, CALCETAS P/HOMBRE, PAQ DE 5 PARES, 97% POLIESTER
119.00
PAQ
NUEVO MODELO
49 119029
LOB MP, CHAMARRA, 100% POLIAMIDA
499.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 122016
BEBE, P/NIÑA, BRASIER, JGO DE 2 PZAS, 90% POLIESTER - 10% EL
199.00
JGO
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
49 122024
BC KIDS, P/NIÑA, PANTALETAS, 89% POLIAMIDA - 11% ELASTANO
89.50
PZA
CAMBIO DE MARCA
49 124004
ROSSELLINI, TRAJE, JGO DE 3 PZAS, 100% POLIESTER
1299.99
TRAJE
CAMBIO DE MARCA
49 124008
CARLO CORINTO, TRAJE, 77% POLIESTER - 23% OTROS
2990.00
TRAJE
CAMBIO DE MARCA
49 126002
LOB MP, VESTIDO, 88% POLIESTER - 12% ELASTANO
699.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 126008
SIMPLE FASHION, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
239.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
49 126010
COFFEE BEAN, VESTIDO, 85% VISCOSA - 15% POLIAMIDA
699.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
49 126012
THAT´S IT, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
799.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
49 126036
JENNIFER MOORE, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
149.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
49 129012
ROSE GIRL, BATA, JGO DE 2 PZAS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
150.00
JGO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 130026
LEVI´S, GORRA, 100% ALGODON, MOD 0418
539.10
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
49 134002
FORESTER, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
549.50
PAR
CAMBIO DE MARCA
49 134003
DOROTHY GAYNOR MP, ZAPATOS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
949.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
49 137005
VOIT, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
339.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
49 147002
SERTA, MATRIMONIAL, MOD VISTA
4999.00
PZA
NUEVO MODELO
49 151002
SEALY, BASE P/COLCHON, QUEEN SIDE, MOD ENERGY 2
4949.00
PZA
NUEVO MODELO
49 154007
VIANNEY MP, KING SIZE, 100% POL, MOD VIASOFT
699.00
JGO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 155014
VIANNEY MP, TOALLAS, DE BAÑO, 100% ALGODON, MOD CARIBE
389.00
PZA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
49 156001
HISENSE, MINISPLIT, 220V, MOD ART122KAW
6439.44
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
49 157006
RCA, ASPIRADORA, CANISTER, MOD RC-A2
1895.00
UNIDAD
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
49 162006
BLACK+DECKER, CAFETERA, 12 TAZAS, MOD CM1331S-LA
929.79
UNIDAD
NUEVO MODELO
49 166005
T-FAL, SARTEN, VITAL, JGO DE 2 PZAS, 20/24 CM, MOD 038500202
799.90
JGO
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
49 169002
MP, LED, 15 WATTS, LUZ BLANCA, MOD 8989
25.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
49 196014
LEVONERGESTREL GI, ANTICONCEP, TAB, 1 DE 1.5 MG, LAB FA
86.50
CAJA
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
49 199008
ESPECIALISTA, TRAUMATOLOGO
1000.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
49 206001
COMPACTO
546900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
738
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
49 206010
DE LUJO
682900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
49 230006
HKPRO, ACCESORIOS, BOCINA, PROF, 12ˮ, MOD HKSB165
1599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
49 238003
GO PRO, CAMARA DE VIDEO, MOD HERO 13 BLACK
9399.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
49 247003
YAMAHA, INSTR MUSICALES, TECLADO, MOD PSR - E383
5398.65
PZA
NUEVO MODELO
49 251004
LAROUSSE, PRIMARIA, LIBRO INTEGRADO 1, ANA ESQUIVEL SANTOS
229.00
EJEMPL
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 251014
LAROUSSE, SECUNDARIA, HISTORIA 3, LORENA ARENAS VALLE
284.00
EJEMPL
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
49 254002
KYMA, CARPETA, PANORAMICA DE ARGOLLA, 1ˮ, ROSA, 200 HOJAS,
74.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
49 254010
OFFICE MAX MP, BOLIGRAFO, DE GEL, PAQ DE 6 PZAS, MOD 62065
63.50
PAQ
NUEVO MODELO
49 274001
SENSODYNE, CREMA DENTAL, REPARA Y PROTEGE, TUBO DE 100 G
1155.00
KG
CAMBIO DE MARCA
49 284003
FANELLE, ART DE TOCADOR, CEPILLO, MOD FCE9
90.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
49 284008
HUGGIES, P/BEBE, CREMA, SUEÑOS DE LAVANDA, BOTE DE 250 ML
59.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 001006
PRECISSIMO, BLANCO, EXTRA, LARGO, BOLSA DE 900 GR
21.67
KG
CAMBIO DE MARCA
50 002002
BARCEL, FRITURAS, DE MAIZ, TAKIS FUEGO, BOLSA DE 150 GR
399.34
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
50 002003
POPCORNOPOLIS, PALOMITAS, POP, KARAMELADAS, BOLSA DE 45 GR
305.56
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
50 012002
MARINELA, PASTELILLO, GANSITO, BOLSA DE 150 GR
372.67
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
50 022001
BACHOCO, EN PZAS, PECHUGA, FILETE, S/HUESO, A GRANEL
190.90
KG
CAMBIO DE MARCA
50 029004
ALTAMAR, EN CONSERVA, MEJILLONES, AHUMADOS, ENTEROS, 85 GR
645.88
KG
CAMBIO DE MARCA
50 081009
PIMIENTO MORRON, VERDE, A GRANEL
51.50
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
50 084002
MP, DULCES, MALVAVISCOS, BOLSA DE 210 GR
90.48
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
50 090003
NAN, MATERNIZADA, ETAPA 2, LATA DE 1200 GR
420.82
KG
CAMBIO DE MARCA
50 093005
DEL FUERTE, PURE DE TOMATE, BOLSA DE 3000 GR
61.66
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
50 100001
PEPSI, REFRESCO, SABOR, VITA, FRESA, BOTELLA DE 600 ML
26.67
LT
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
50 101003
VIVE 100, ENERGIZANTE, ORIGINAL, BOTELLA DE 400 ML
27.50
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
50 112002
WILSON, CALCETAS P/HOMBRE, 100% FIBRAS RECUPERADAS
145.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
50 114007
CUIDADO CON EL PERRO MP, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
99.90
PZA
NUEVO MODELO
50 115006
MAYORAL, CAMISA, 100% ALGODON
720.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 116005
WILSON, SHORT, 100% POLIESTER
209.00
PZA
NUEVO MODELO
50 118010
PUSH, PANTALON, 82% ALGODON - 16% POLIESTER - 2% ELASTANO
499.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 119016
FANTASTIC GIRLS, SUETER P/NIÑA, 50% VISCOSA - 28% POLIESTER -
279.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 119032
REFILL, SUDADERA, 100% POLIESTER
529.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 123009
BABY COLORS, VESTIDO, 100% POLIESTER
299.00
PZA
NUEVO MODELO
50 128004
CHEROKEE, PIJAMA, 100% POLIESTER
399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 133001
SINFONIA KB, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
149.00
PAR
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
50 135001
IVANNA FUENTES, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
179.00
PAR
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
50 148005
NEW WORKS, ANTECOMEDOR, 5 PZAS, (M-4S), MOD ALTO GIA BROWN
12499.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
50 150003
GE PROFILE, CAMPANA EXTRACTORA, MOD CAP9019P
23270.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
50 154004
HAUS, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER
989.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
50 155010
ELRENE, CORTINAS, TELA, 100% COTTON, MOD WILTON
66.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
50 156001
ATVIO, CALEFACTOR, CUARZO ALTO, MOD QH24
799.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
50 158001
WHIRLPOOL, 6 QUEM, 30ˮ, ACERO INOX, MOD WFR700B
9699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
50 159006
VISSANI, 1.1 PIES, ACERO, MOD 167378
2425.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
50 160001
OSTER, LAVADORA, 20 KG, MOD OS-SAWMK0020GW
7990.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
50 161001
MABE, 11 PIES, MOD RMA300FJMRE0
10199.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 165004
HANDY HELPERS, BATIDORA MANUAL, MOD 30571303
70.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 172002
GRAND BRAND, BOLSA, GRANDE, C/14 PZAS.
44.90
CAJA
CAMBIO DE MARCA
50 174003
FLAMA, PAQ DE 10 DE 32 LUCES C/U
23.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
50 177001
REYNERA, UTENSILIOS, ESCOBA, MOD BASIC-A
62.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 177005
FIBRASOL, FIBRA, CON ESPONJA, MOD 02636
15.00
PZA
NUEVO MODELO
50 196011
SOLDRIN, O/MED, OFTAL, 10 ML, LAB PIZA
8200.00
LT
CAMBIO DE MARCA
50 206001
SUBCOMPACTO
387795.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 206003
COMPACTO
427900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 206005
COMPACTO
506700.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 206006
SUBCOMPACTO
599990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 208001
GETGO, URBANA, R-26, MOD GETLUCKY MORADO
4899.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 230004
SELECT SOUND, ACCESORIOS, BOCINA, MOD BT1017
299.90
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
50 230008
LG XBOOM, ACCESORIOS, BOCINA, MOD GRAB
2999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
50 238003
DREAMTECH, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD CAM4K
1599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
50 241004
CHARLY, CALZADO, P/FUTBOL, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
939.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
50 273001
ULTRA KEHEL, RIMEL, PZA DE 13 GRS
42.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
50 281006
REGIO, PAPEL HIGIENICO, JUST-1, PAQ DE 12 ROLLOS 4X
210.00
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
50 287005
NICOLE, BISUTERIA, COLLAR, MOD 30402157
27.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
51 084006
SNICKERS, CHOCOLATE, RELLENO DE CARAMELO, CACAHUATE, PZA DE
479.17
KG
CAMBIO DE MARCA
51 086003
MAGNUM, PALETA, CLASICA, VAINILLA C/COBERTURA DE CHOCOLATE,
422.22
LT
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
51 086004
DON SEBASTIAN, HELADO, NUEZ, VASO CHICO
30.00
VASO
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
51 096001
VILAFLOR, REGULAR, FCO DE 90 G
746.67
KG
CAMBIO DE MARCA
51 119014
GIANNI FERAUD, SUETER, 65% VISCOSA - 35% POLIESTER
199.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
51 153002
INTIMAHOGAR, COLCHA, KS, 4 PZAS, 100% POL, MOD CIUDAD LUZ
1299.00
JGO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
51 158002
KOBLENZ, 6 QUEM, MOD EK-1131 VA-ICHIC
9299.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
51 160005
KOBLENZ, LAVADORA, 22 KG, MOD LR-2213P ZORAYA
5990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
51 161002
WINIA, 9 PIES, MOD WRT-9000WATX
6699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
51 177003
IDEAL, UTENSILIOS, ESCOBA, MOD CEPILLO
79.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
51 207003
HONDA, URBANA, 162.7 CC, INVICTA, MOD CB160F-2026
51990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
51 230008
ROKU, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, K4, MOD STICK PLUS - 3830X
1049.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
51 239001
SONY, CONSOLA, PS5, 1TB, ED DIGITAL SLIM, MOD CFI-2015
13999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
51 253001
THE MIXTECA TIMES, PERIODICO, ED MARTES
12.00
EJEMPL
CAMBIO DE MARCA
51 254001
NORMA, COLORES, CAJA DE 24 PZAS
165.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
52 002004
SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHEETOS, BOLSA DE 55 G
309.09
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
52 005005
TRES ESTRELLAS, P/HOT CAKES, TRADICIONALES, CAJA DE 500 G
71.00
KG
CAMBIO DE MARCA
52 019001
MARKETSIDE, PROCESADAS, CARNE P/HAMBURGUESAS, PAQ DE 8 PZAS
142.71
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
52 025004
TRIPAS, A GRANEL
100.00
KG
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
52 032003
NESTLE, ENTERA, NIDO, KINDER 1+, BOTE DE 360 G
270.28
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
52 042005
CANOIL, ACEITE, CANOLA, BOTELLA DE 946 ML
42.18
LT
CAMBIO DE MARCA
52 074004
SABRITAS, ORIGINAL, BOLSA DE 42 G
476.19
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
52 084009
SNICKERS, CHOCOLATE, BARRA DE 48 G
416.67
KG
CAMBIO DE MARCA
52 095004
DEL VALLE, DE FRUTAS, MANGO, BOTELLA DE 413 ML
53.27
LT
CAMBIO DE MARCA
52 101003
VOLT, ENERGIZANTE, LATA DE 473 ML
46.51
LT
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
52 110002
PHILOSOPHY, BLUSA, 80% VISCOSA - 20% POLIAMIDA
599.00
PZA
NUEVO MODELO
52 113003
CCP KIDS, TINES, PAQ DE 4 PARES, 73.4% ALG - 23.8% POL - 2.8
99.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
52 113004
DRAGON BALL Z, CALCETINES, 51.70% ALG - 40.30% POL - 8% OTRO
59.90
PAR
CAMBIO DE MARCA
52 119039
VITTORIO FORTI MP, CHAMARRA, 100% POLIAMIDA
690.00
PZA
NUEVO MODELO
52 147002
SPRING AIR, INDIVIDUAL, MOD REGULAR CONFORT FIRME
12149.55
PZA
NUEVO MODELO
52 150003
´TEKA, FREGADERO, 2 TINAS, S/ESCURRIDOR, MOD DM33.22, 2C
6900.00
PZA
NUEVO MODELO
52 153003
MAINSTAYS, EDRECOLCHA, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER, MOD CERE
389.00
JGO
NUEVO MODELO
52 158002
MABE, 6 QUEM, 30ˮ, ACERO INOXIDABLE, MOD EMH7602JBS0
17199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
52 159002
MABE, 1.05 PIES, MOD 3MH7032
3959.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
52 159003
MABE, 1.1 PIES, MOD HMM111BS
2225.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
52 160002
MABE, LAVADORA, 19 KG, CARGA SUPERIOR, MOD LMA79114VBAK0
13449.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
52 161002
SAMSUNG, 22 PIES, MOD RF22A4110S9
25099.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
739
52 164001
T-FAL, MOD ULTRAGLISS PLUS FV6822
1614.15
UNIDAD
NUEVO MODELO
52 164002
OSTER, 1600 W, MOD GCSTAC6901-013
660.00
UNIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
52 164004
OSTER, VAPOR, C/ROCIO, MOD GCSTBS-3801
359.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
52 166001
JADECOOK, BATERIA, 13 PZAS, MOD JADE PRO SERIES
4724.14
JGO
CAMBIO DE MARCA
52 206012
SUBCOMPACTO
496900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
52 207002
DINAMO, CROSS, MOTOR 250, MOD SPORT R4 2026
64465.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
52 207004
HONDA, DE PISTA, 162.7 CC, MOTOR OHC, MOD CBF160 INVICTA 202
38986.77
UNIDAD
NUEVO MODELO
52 207006
YAMAHA, URBANA, 5 VEL, MOD YBR125EXPRESS 2026
38999.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
52 230004
KSR, ACCESORIOS, BOCINA, MOD MSA-7515SC
2199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
52 238008
DREAMTECH, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD CAM4K
1599.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
52 250001
SALON DE FIESTAS, P/100 PERSONAS, C/MOBILIARIO Y ESTACI
7000.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
52 274001
CREST, CREMA DENTAL, BICARBONATO, TUBO DE 150 ML
400.00
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
52 279004
GILLETTE, RASTRILLO, VENUS, SUAVE, PAQ DE 2 PZAS
79.50
PAQ
CAMBIO DE PRESENTACION
53 033008
PRONTO, CONDENSADA, LATA DE 380 GR
72.96
KG
CAMBIO DE MARCA
53 035001
NATURE´S HEART, DE ALMENDRA, SIN AZUCAR, BOTE DE 946 ML
46.25
LT
CAMBIO DE MARCA
53 058004
BOTANUKAS, SEMILLAS, CACAHUATES, ENCHILADOS, BOLSA DE 135 GR
155.56
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
53 093003
CUP NOODLES, SOPA, DE POLLO, VASO DE 64 GR
203.13
KG
CAMBIO DE MARCA
53 100013
JOYA, REFRESCO, SABOR, DURAZNO, BOTELLA 600 ML
35.00
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
53 101001
BOOST, ENERGIZANTE, MORA AZUL, LATA 235 ML
101.70
LT
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
53 105005
JOSE CUERVO, REPOSADO, AGAVE AZUL, BOTELLA DE 695 ML
266.19
LT
CAMBIO DE MARCA
53 116018
CIMARRON, PANTALON, 100% ALGODON
319.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
53 119007
AEROPOSTALE, CHAMARRA, 75% POLIESTER - 25% POLIURETANO
1499.00
PZA
NUEVO MODELO
53 119033
MIO MIO, SUETER, 40% VISCOSA - 32% NYLON - 28% OTROS
399.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
53 122017
CARTER´S, P/NIÑO, TRUSA, PAQ DE 6 PZAS, 60% ALGODON - 40% PO
349.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
53 122018
MP, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 5 PZAS, 100% ALGODON
139.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
53 123012
GEORGE, PANTALON, 65% POLIESTER - 35% ELASTOIDENO
209.00
PZA
NUEVO MODELO
53 124009
WALL STREET, SACO, 83% POLIESTER - 17% OTROS
799.00
PZA
NUEVO MODELO
53 127006
REFILL, VESTIDO, 100% ALGODON
329.00
PZA
NUEVO MODELO
53 131003
LAVADO Y SECADO, SERVICIO DE 2 KG
80.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
53 133005
SIMPLY BASIC, PANTUFLAS, CORTE TEXTIL - SUELA TEXTIL
179.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
53 135003
JOYCE, ZAPATOS, CORTE CHAROL - SUELA SINTETICA
1999.00
PAR
NUEVO MODELO
53 137005
NEW BALANCE, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
1999.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
53 141002
COLOCACION DE PISO, METRO CUADRADO
130.00
SERV
CAMBIO DE MODALIDAD
53 153006
REGINA, EDREDON, MAT, 4 PZAS, 100% POLIESTER, MOD CARLA
2199.00
JGO
CAMBIO DE MARCA
53 162001
MYTEK, VENTILADOR, 3 VEL, MOD 3197
459.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
53 172007
COSTALITOS, BOLSA, MED, P/8 GALONES, PAQ DE 22 PZAS
35.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
53 174004
CLASICOS, PAQ DE 10, 50 LUCES C/U
27.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
53 206003
USOS MULTIPLES
879900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
53 206006
USOS MULTIPLES
483900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
53 206009
SUBCOMPACTO
434900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
53 206011
COMPACTO
398900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
53 206013
SUBCOMPACTO
329900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
53 230010
ROKU, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, STICK PLUS 4K, MOD 3830MX
1199.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
53 230015
ROKU, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, EXPRESS, HD, 4 K, MOD 39
1199.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
53 231005
SONY, 50 PULGADAS, LED, SMART TV, ULTRA HD 4K, MOD KD-50X77L
11999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
53 238002
IMPRESION DIGITAL, IMPRESION 4 X 6
6.50
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
53 239006
LENOVO, CONSOLA, PORTATIL, 8ˮ, 512 G, MOD LEGION GO S 8ARP1
13999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
53 276003
REXONA, AEROSOL, ANTITRANSPIRANTE, MARINE, PZA DE 150 ML
83.90
PZA
CAMBIO DE MARCA
54 002003
SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, DORITOS NACHOS, BOLSA 58 G
401.38
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
54 003002
DE MAIZ, A GRANEL
66.50
KG
CAMBIO DE MARCA
54 004006
CUETARA, SALADAS, PAN CUETARA, PAQ DE 150 G
62.00
KG
CAMBIO DE MARCA
54 004009
MARINELA, DULCES, TRIKI TRAKES, PAQ DE 215 G
209.30
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
54 029002
CABO DE PEÑAS, EN CONSERVA, CALAMARES, AMERICANA, LATA DE 11
330.43
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
54 033009
NESTLE, CONDENSADA, LA LECHERA, ORIGINAL, LATA DE 387 G
78.81
KG
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 037003
DOBLE CREMA, BARRA
170.00
PZA
CAMBIO DE PRESENTACION
54 074001
BARCEL, CHIP´S, SAL, BOLSA DE 52 G
423.08
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
54 090010
NUTRI FORMULA PLUS, MATERNIZADA, ETAPA 1, LATA DE 400 G
335.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
54 096005
MAXIMA PREMIUM, REGULAR, FCO DE 50 G
870.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
54 105002
100 AÑOS, REPOSADO, BOTELLA DE 650 ML
314.09
LT
CAMBIO DE PRESENTACION
54 110008
KIWI, PLAYERA, 100% ALGODON
139.99
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 111008
ABRIL, TINES, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
14.99
PAR
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 115002
CCP KIDS, PLAYERA, 100% ALGODON
129.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
54 117011
ANAGRAM, PANTALON, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
199.99
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 119001
OVH, SUETER, 100% ACRILICO
299.99
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 122005
BLUEY, P/NIÑA, PANTALETAS, 96% ALGODON - 4% ELASTANO
199.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
54 126010
TOKYO, FALDA, 50% POLIURETANO - 50% POLIESTER
149.99
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 128006
K & D, PANTS, 90% POLIESTER - 10% ALGODON
139.99
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
54 134002
WEEKEND, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
849.00
PAR
NUEVO MODELO
54 137003
AEROPOSTALE, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
699.00
PAR
CAMBIO DE MARCA
54 147001
SEALY, INDIVIDUAL, C/BOX, MOD VALENTINO
9799.20
JGO
CAMBIO DE MARCA
54 150006
ACROS, CAMPANA EXTRACTORA, MOD AH7510D
3749.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
54 170013
BELLOTA, HERRAMIENTA, MARTILLO, MOD MAR-16
125.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
54 170015
FOY, HERRAMIENTA, PINZAS, DE ELECTRICISTA, MOD 142043
174.99
PZA
CAMBIO DE MARCA
54 171004
RAYOVAC, AAA, ALCALINAS, PAQ DE 10 PZAS
104.50
PAQ
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
54 176002
UTIL, EN POLVO, FUERZA ACTIVA, BOLSA DE 1 KG
30.00
KG
CAMBIO DE MARCA
54 192001
AVAPENA, TABLETAS, 20 DE 25 MG, LAB SANDOZ
230.00
CAJA
CAMBIO DE MARCA
54 195001
CENTRUM, TABLETAS, FCO DE 60, LAB HALEON
347.02
FCO
CAMBIO DE MARCA
54 206005
SUBCOMPACTO
468900.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
54 207003
MB, URBANA, 250 CC, SUPER 7 R LINE, MOD 2025
48999.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
54 207007
HONDA, URBANA, GL150, MOD CARG 2026
39990.00
UNIDAD
NUEVO MODELO
54 230001
JBL, ACCESORIOS, BOCINA, INALAMBRICA, MOD CHARGE 6
4464.05
UNIDAD
NUEVO MODELO
54 239001
EA SPORT, VIDEOJUEGO, DISCO, XBOX, SERIES X, MOD FC 26
1799.00
PZA
NUEVO MODELO
54 279005
PRECISSIMO, RASTRILLO, DESECHABLES, PAQ DE 10 PZAS
37.90
PAQ
CAMBIO DE MARCA
55 038008
LALA, MANCHEGO, PAQ DE 200 G
340.00
KG
CAMBIO DE MARCA
55 044001
PRIMAVERA, S/SAL, BARRA DE 460 G
175.00
KG
CAMBIO DE PRESENTACION
55 077005
HERDEZ, ENVASADAS, MIXTAS, ENSALADA, LATA DE 220 G
68.18
KG
CAMBIO DE MARCA
55 110011
OKEY, BLUSA, 83% VISCOSA - 17% POLIAMIDA
538.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
55 117010
OKEY, PANTALON, 68% POLIESTER - 27% POLIAMIDA - 5% ELASTANO
685.00
PZA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
55 119033
SILVER SPOON, CHAMARRA P/NIÑA, 100% POLIESTER
299.00
PZA
CAMBIO DE MARCA
55 126005
OKEY, TRAJE, CONJUNTO, 2 PZAS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
1198.00
TRAJE
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
55 137011
GOLDEN XL, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
349.00
PAR
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
55 162009
OSTER, CAFETERA, 12 TAZAS, MOD BVSTOCS12RN
524.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
55 162011
BLACK+DECKER, CAFETERA, 12 TAZAS, MOD CM0916B
469.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
55 172003
FANTASY, CUBIERTOS, CUCHARAS, 50 PZAS
10.00
PAQ
CAMBIO DE MARCA
55 200002
CUIDADO DENTAL, EXTRACCION, MOLAR
600.00
SERV
ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO
55 215001
LAVADO, CARROCERIA, AUTO CHICO
150.00
SERV
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
55 272003
HAIRSTAR, ALACIADORA, HAIR STRAIGHTENER
600.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
55 272004
CONAIR, CEPILLO DE AIRE, MOD 74108
699.00
UNIDAD
CAMBIO DE MARCA
__________________________
740
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Juicio de Amparo 1278/2024-II
EDICTO
En auto de dos de diciembre de dos mil veinticuatro, emitido en el juicio de amparo 1278/2024-II, este
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, admitió la
demanda promovida por Jesús Muñoz Enríquez, por propio derecho, contra actos del Fiscal Especializado en
Delitos Cometidos por Fraccionadores y Contra el Ambiente de la Fiscalía General de Justicia del Estado de
México y otra autoridad y, en diverso de once de junio de dos mil veinticinco, se tuvo como persona tercera
interesada a Carlos Antonio Pazarán Benavides y se ordenó su emplazamiento. El uno de diciembre de dos
mil veinticinco, se ordenó emplazar al citado tercero interesado por medio de edictos, a fin de hacerle saber la
radicación del juicio y que puede comparecer al mismo a defender sus derechos dentro del término de treinta
días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente, por lo que queda en la Secretaría
de este Juzgado, a su disposición, copia simple de la demanda de amparo, ocurso aclaratorio, escritos de
ampliación y auto admisorio. Asimismo, se le informa que la celebración de la audiencia constitucional se fijó
para las DIEZ HORAS CON VEINTIOCHO MINUTOS DEL DIEZ DE DICIEMBRE DE DOS MIL
VEINTICINCO.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Estado de México, cinco de diciembre de dos mil veinticinco.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México,
con residencia en Naucalpan de Juárez
Bernabé Vázquez Pérez
Rúbrica.
(R.- 571975)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
con sede en Zapopan
EDICTO:
Mediante auto de seis de febrero de dos mil veinticinco, este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil
en el Estado, admitió la demanda de garantías promovida por IGNACIO LUIS BASICH MORENO por propio
derecho, contra actos del JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL DEL
ESTADO DE JALISCO, CON SEDE EN ZAPOPAN, JALISCO, JUEZ MIXTO DE TEQUILA JALISCO, Y
DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD, DEL ESTADO DE JALISCO; quedó registrada
con el número 63/2025, en la que reclamó todo lo actuado en el juicio 2365/2017 del índice de la autoridad
responsable, el cual derivó en el embargo del bien inmueble propiedad del quejoso; así como el exhorto
243/2017 diligenciado en auxilio del JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DEL PRIMER PARTIDO
JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO y la inscripción del embargo sobre el bien inmueble materia del
amparo; en la cual se tuvo a Alfredo Cisneros Camacho, en su carácter de endosatario en Procuración de
“DALUX”, Sociedad Anónima de Capital Variable, El Río Hábitat, Sociedad Anónima de Capital Variable y El
Arenal Consoricio Empresarial Sociedad Anónima de Capital Variable, como terceros interesados,
ordenándose emplazarlos a juicio, sin que a la fecha, se haya logrado los emplazamientos a todos los terceros
ya que se encuentra pendiente el de El Arenal Consoricio Empresarial Sociedad Anónima de Capital
Variable; por tanto, a fin de hacerle saber la radicación del juicio y pueda comparecer a éste a defender su
derecho dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del
presente; queda en la Secretaría de este Juzgado, a su disposición, copia simple de la demanda de garantías.
Asimismo, se informa que la fecha para celebración de la audiencia constitucional está señalada para las
DIEZ HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.
Atentamente
"2025, Año de la Mujer Indígena"
Zapopan, Jalisco, 30 de octube de 2025.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Lic. Marcos Estrada Villanueva
Rúbrica.
(R.- 571038)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
741
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial Federal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Zapopan, Jal.
EDICTOS A LAS
TERCERAS INTERESADAS
Zonia Cobar Vélez y Bernabé Veliz Gómez, también conocida como Bernabé Vélez Gómez
En el amparo directo 527/2025 promovido por Francisco Bustos Valdivia, abogado patrono de la sucesión
a bienes de Benjamín Martínez Barrios, contra actos de la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del
Estado de Jalisco, consistente en la sentencia de tres de junio de dos mil veinticinco, dictada en el toca
173/2025; se ordenó emplazarlas por edictos para que comparezcan dentro de los treinta días siguientes de la
última publicación, si a su interés legal conviene; en el entendido de que en la secretaría de acuerdos quedan
a su disposición las copias de la demanda.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y el
periódico Excélsior.
Zapopan, Jalisco, a veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco.
El Secretario de Tribunal
José Neguib Beltrán Fernández
Rúbrica.
(R.- 571173)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco,
con residencia en Zapopan
EDICTO
Tercero interesado Sindicato Único de Trabajadores Agropecuarios de Jalisco "Ricardo Flores Magón".
En el juicio de amparo 1891/2025, promovido por Antonio Espinoza Delgado, contra las autoridades y
actos reclamados precisados en el escrito inicial de demanda, por este medio se determinó emplazarlo como
tercero interesado; se le hace saber que puede apersonarse dentro del término de treinta días, contado a
partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, a promover lo que a su interés estime pertinente,
y que en la secretaría de este Juzgado está a su disposición copia de la demanda de amparo; apercibido que
de no comparecer dentro de dicho término, se seguirá el juicio sin su intervención y las ulteriores
notificaciones, incluso las de carácter personal se le practicarán por medio de lista.
Ciudad Judicial Federal, Zapopan, Jalisco, 25 de noviembre de 2025.
Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco
Luis Antonio Castellanos Sánchez
Rúbrica.
(R.- 571546)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito
Los Mochis, Sinaloa
Amparo Indirecto 1020/2023-2
EDICTO
Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Séptimo de
Distrito en el Estado de Sinaloa. Los Mochis, Sinaloa, treinta de octubre de dos mil veinticinco.
Centro de Población Agrícola denominado "Niños Héroes de Chapultepec",
municipio de Ahome, Estado de Sinaloa tercero interesado
Domicilio ignorado
En el juicio de amparo 1020/2023-2, promovido por Marisol Moreno Delgado, en su carácter de albacea
de la Sucesión de Ramón Moreno Robles y/o Ramón de Jesús Alfredo Moreno Robles, contra actos del
Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, con sede en la Ciudad de México y otras
autoridades, se le reclama:
742
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
1.
La afectación, privación ilegal, invasión y despojo de tierras de propiedad del quejoso RAMÓN
MORENO ROBLES, también conocido como RAMÓN DE JESÚS ALFREDO MORENO ROBLES, que se
destinaron a constituir el nuevo centro de población agrícola que se denominó "NIÑOS HÉROES DE
CHAPULTEPEC", ubicado en el Municipio de Ahorne, del Estado de Sinaloa afectándose a mi representada la
superficie de 1,302 hectáreas, con las características que se describen en el plano inserto en el hecho noveno
de esta demanda.
2.
La resolución presidencial publicada con fecha 21 de mayo de 1960 en el Diario Oficial de la
Federación de fecha 4 de julio de 1960, por la cual se creó un nuevo centro de población agrícola denominado
"Niños Héroes de Chapultepec", ubicado en el Municipio de Ahorne, en el Estado de Sinaloa, que fue
dotado con una superficie total de 1,640 hectáreas las que fueron tomadas PARCIALMENTE de la finca
rústica 1883, denominada "JAMBIOLABAMPO", finca propiedad del señor RAMÓN MORENO ROBLES,
también conocido como RAMÓN DE JESÚS ALFREDO MORENO ROBLES, ahora su Sucesión como
causahabiente de sus derechos la Sucesión quejosa.
3.
La falta de notificación personal de dichos Decretos y resoluciones al señor RAMÓN MORENO
ROBLES, también conocido como RAMÓN DE JESÚS ALFREDO MORENO ROBLES, ahora su Sucesión
como causahabiente de sus derechos, habiéndose dejado de cumplir con las formalidades esenciales del
procedimiento y violando sus garantías individuales y derechos humanos, contenidos en los artículos 1°,
14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Como se ignora domicilio del Centro de Población Agrícola denominado "Niños Héroes de Chapultepec",
municipio de Ahome, Estado de Sinaloa, tercero interesado en juicio, se hace saber la existencia del amparo
1020/2023-2, admitido y se emplaza para que en treinta días ocurra al mismo, requiriéndole señale domicilio
en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibida de no hacerlo, la subsecuentes aún las de carácter
personal se le harán por lista que se fije en estrados este juzgado. La copia de demanda de amparo queda a
su disposición en secretaría de este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Sinaloa, ubicado en
Boulevard Adolfo López Mateos y Fuente de Artemisa 2213, fraccionamiento Las Fuentes, altos, tercer piso,
de Los Mochis, Sinaloa. Estos edictos se publicarán tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la
Federación y Excélsior, de mayor circulación en el país, editado en la Ciudad de México, y el periódico
"El Debate", de esta ciudad.
La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Sinaloa
Lic. Nazaret Peñuelas Villegas
Rúbrica.
(R.- 572044)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Ciudad de México
DC 556/2025
“2025, Año de la Mujer Indígena”
EDICTO
En los autos del juicio de amparo directo D.C 556/2025, promovido por Forever 21 México, sociedad
de responsabilidad limitada de capital variable, por conducto de su apoderada legal Mariana Alexandra
Sánchez Pérez, contra actos del Juzgado Vigésimo de lo Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México,
este Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito dictó un acuerdo que a la letra dice:
“Ciudad de México, once de noviembre de dos mil veinticinco.
“... se ordena emplazar por medio de edictos a la tercera interesada Herrero Verve, sociedad anónima
de capital variable, a costa de la parte quejosa, mismos que deberán publicarse por tres veces de siete en
siete días en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional…
…en los edictos que se elaboren para emplazar a la parte tercera interesada Herrero Verve, sociedad
anónima de capital variable, hágasele saber que deberá acudir al juicio en un plazo de treinta días contados
a partir del siguiente a la última publicación, una vez hecho lo anterior o transcurrido ese plazo, contará con el
término de quince días para formular alegatos o presentar amparo adhesivo, ante este Tribunal Colegiado,
lo anterior con fundamento en los artículos 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles y 181 de la
Ley de Amparo.”
La Secretaria del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Yazmín Giselle Osorio Lecona
Rúbrica.
(R.- 571263)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
743
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Oaxaca
Consejo de la Judicatura
Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y
Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado
Actuaría
EDICTO
CC. MARIA CRISTINA JACINTO MONTES Y SERGIO FABIO GOMEZ MONTES
P R E S E N T E.
En cumplimiento a lo dictado en autos de treinta de mayo y quince de julio ambos del dos mil veinticinco,
dictado dentro del expediente Oral Mercantil número 147/2023, promovido por CARLOS LÓPEZ ESPINOZA,
como apoderado legal del BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE
BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de MARÍA CRISTINA JACINTO MONTES
en su carácter de acreditada Y SERGIO FABIO GOMEZ MONTES, en su carácter obligado solidario.
Los emplazo por esta vía para que dentro de un PLAZO DE TREINTA DIAS, contados a partir del día
siguiente a aquel en que queden legalmente notificados, comparezcan a deducir sus derechos contestando la
demanda entablada en su contra, así mismo le informo que las copias del traslado correspondiente se
encuentran a su disposición en la Primera Secretaría del Juzgado Especializado en Materia Oral Mercantil del
Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado, para que se
imponga de las mismas. Apercibiéndolos que de no dar contestación al plazo concedido se le tendrá por
perdido el derecho no ejercitado y se continuará con la siguiente etapa, lo anterior con fundamentos en los
artículos 1070 del Código de Comercio, y 115 del Código Local de Procedimientos Civiles en vigor, aplicado
en forma supletoria al de materia.
Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 22 de agosto de 2025.
El Actuario del Juzgado
Lic. Omar Sánchez Juárez
Rúbrica.
(R.- 571789)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Juicio de Amparo 816/2025-VI
EDICTO
En los autos del juicio de amparo indirecto 816/2025-VI, promovido por Scotiabank Inverlat, Sociedad
Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Scotiabank Inverlat, por conducto de su apoderado
Cristian Iván López Páez, contra actos de la Junta Especial Número Catorce de la Local de Conciliación y
Arbitraje de la Ciudad de México, consistente en la resolución de siete de febrero de dos mil veinticinco,
mediante la cual declaró improcedente el incidente innominado de control constitucional, dictada en el juicio
laboral 1161/2018; con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación
con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese por este medio
a los terceros interesados José Gorbeña Marenco y Don Pepe Coffee, Sociedad Anónima de Capital Variable,
al referido juicio de amparo, debido a que no fue posible su localización, agotada la búsqueda
correspondiente, publicándose el presente edicto por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el
Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana;
haciéndoles saber que deberán presentarse a las instalaciones que ocupa este órgano jurisdiccional, ubicado
en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación en San Lázaro, Eduardo Molina, Número 2, acceso 10,
Nivel Plaza, Colonia del Parque, Delegación Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, en
el término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, apercibida que de no
comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por
medio de lista que se fija en los estrados de este Juzgado de Distrito.
Atentamente
Ciudad de México, a 25 de noviembre de 2025.
Secretario de Juzgado
Cristina Jovani Ramos Quintero
Rúbrica.
(R.- 571875)
744
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Amparo Indirecto 1180/2025-V
EDICTO
TERCERO INTERESADO:
- Claudia Isela Guzmán González.
En los autos del juicio de amparo indirecto 1180/2025-V, formado con motivo de la demanda promovida
por Banca Afirme, Sociedad Anónima, Institución De Banca Múltiple, Afirme Grupo Financiero, se advierte que
por auto de siete de octubre de dos mil veinticinco, se admitió a trámite y se señaló como acto reclamado
la sentencia de cinco de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en el toca 1148/2025/1, por la Séptima
Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en la que resolvió lo conducente al
recurso de apelación contra el auto de veintitrés de mayo de dos mil veinticinco, deducido del expediente
1809/2024, del índice del Juzgado Sexagésimo Cuarto Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, y
mediante proveído de veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar por medio de
edictos a la tercera interesada referida, que se tienen que publicar por una sola ocasión, requiriéndole para
que se presente ante este juzgado dentro del término de treinta días contados del siguiente al de la
publicación, ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal,
por medio de lista, en los estrados de este juzgado; asimismo, hágase del conocimiento de dicha tercera
interesada que queda a su disposición en este Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en la Ciudad
de México, copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio.
Ciudad de México, a 26 de noviembre de 2025.
El Secretario
Raul Paredes León
Rúbrica.
(R.- 572005)
AVISO
Se informa que para la inserción de documentos en el Diario Oficial de la Federación, se deberán cubrir
los siguientes requisitos:
• Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del
documento, fundando y motivando su petición conforme a la normatividad aplicable, con dos copias legibles.
• Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre
y firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.
• Versión electrónica del documento a publicar, en formato Word, contenida en un solo archivo,
correctamente identificado.
• Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos
Federales realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico
e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000.
El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de personas
físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales. El comprobante de pago se
presenta en original y copia simple. El original del pago queda bajo resguardo de esta Coordinación del Diario
Oficial de la Federación.
Nota: No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta
adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las
instituciones bancarias.
Todos los documentos originales, entregados al Diario Oficial de la Federación, quedarán resguardados en
sus archivos.
Las solicitudes de publicación de licitaciones para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y
Servicios, así como los Concursos a Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera, se podrán tramitar
a través de la herramienta “Solicitud de publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación a
través de medios remotos”, para lo cual además de presentar en archivo electrónico el documento a publicar,
el pago correspondiente (sólo en convocatorias para licitaciones públicas) y la e.firma de la autoridad emisora
del documento, deberá contar con el usuario y contraseña que proporciona la Coordinación del Diario Oficial
de la Federación.
Por ningún motivo se dará trámite a las solicitudes que no cumplan los requisitos antes señalados.
Teléfonos: 55 50 93 32 00 y 55 51 28 00 00, extensiones 35078 y 35079.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
745
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Aguascalientes
Amparo Indirecto 185/2025
EDICTO.
Por ignorarse el domicilio de First Home Solutions, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital
Variable, en su carácter de tercera interesada, por acuerdos de fecha veintidós de octubre y veintiocho de
noviembre de dos mil veinticinco, con fundamento en el último párrafo del inciso b), de la fracción III, del
artículo 27, de la Ley de Amparo, en relación con el numeral 315, del Código Federal de Procedimientos
Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa del ordinal 2o del cuerpo de leyes
invocado en último término; se ordena el emplazamiento de la referida tercera interesada por medio de
edictos, haciéndole saber la radicación en el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Aguascalientes, con
sede en la ciudad del mismo nombre, del juicio de amparo 185/2025-VIII, promovido por Ghislaine Arlet Frías
Sánchez por su propio derecho, contra el acto reclamado al Director del Registro Público de la Propiedad y
del Comercio del Estado de Aguascalientes, Juez Quinto de lo Mercantil del Estado de Aguascalientes,
así como al Notificador y Ejecutor adscritos al Poder Judicial del Estado de Aguascalientes; se le hace
saber que debe presentarse ante este Juzgado dentro del término de treinta días contados a partir del
siguiente al de la última publicación, apercibida que, de no comparecer dentro del plazo concedido, se le
harán las posteriores notificaciones por medio de lista que se fije y publique en los estrados de este órgano
jurisdiccional; bajo el entendido que en lo que atañe a la citada persona moral, ésta podrá comparecer por
conducto de su representante legal. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, por tres ocasiones, de
siete en siete días.
Aguascalientes, Aguascalientes, a uno de diciembre de dos mil veinticinco.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Aguascalientes
Licenciada María Soledad Torres Muguiro
Rúbrica.
(R.- 572145)
AVISOS GENERALES
Estados Unidos Mexicanos
Gobierno de México
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
PUBLICACIÓN DE SANCIÓN.
El diecinueve de diciembre del dos mil veinticinco, en el expediente administrativo número
DGSP/DELC/PAS/073/2025, que obra en los archivos de la Dirección General de Seguridad Privada, se
impuso a la prestadora de servicios de seguridad privada denominada AGENCIA T. RANGO, S.A. DE C.V.,
con número de autorización DGSP/008-20/4029 y domicilio ubicado en AV. PASEO DE LA REFORMA NÚM.
403 PISO 3, INT. 301, COLONIA CUAUHTÉMOC, CIUDAD DE MÉXICO, las siguientes sanciones:
SUSPENSIÓN POR UN MES de los efectos de la revalidación de su autorización para prestar servicios de
seguridad privada, prevista en el artículo 42 fracción III inciso a) de la Ley Federal de Seguridad Privada, la
cual abarcara el ámbito territorial que tenga autorizado, incluida su oficina matriz y de ser el caso las
sucursales con las que cuente, puesto que omitió atender el citatorio del dos de junio del dos mil veinticinco
en consecuencia no permitió el acceso y no dio las facilidades necesarias para desarrollar la diligencia a la
que se le citó, configurándose la oposición del prestador de servicios de referencia; por lo que incumple con
los artículos 32 fracción XXV de la Ley Federal de Seguridad Privada y 53 fracción I de su Reglamento.
Así lo resolvió y firma el Director General de Seguridad Privada, de la Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana.
Ciudad de México, a 22 de diciembre de 2025.
Director General de Seguridad Privada
Enrique Martínez Garza
Rúbrica.
(R.- 572147)
746
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
Expediente: 1459/25-EPI-01-5
Actor: Emilio Larrosa Irigoyen
“EDICTO”
VERÓNICA SUÁREZ SOTO y ALEJANDRO POHLENZ SCHOENFELDER
En el juicio 1459/25-EPI-01-5 promovido por EMILIO LARROSA IRIGOYEN en contra del Instituto
Nacional del Derecho de Autor, en el que demanda la nulidad de 1) La autorización para que Emilio Larrosa
Irigoyen sea excluido como autor de la obra titulada “Dos Mujeres un Camino” y que manifiesta desconocer, y
2) La anotación marginal de 14 de julio de 1994, que manifiesta conocer únicamente en copia simple más no
en original, se dictó un auto el 27 de octubre de 2025 que ordenó emplazar a los terceros interesados
VERÓNICA SUÁREZ SOTO y ALEJANDRO POHLENZ SCHOENFELDER por edictos con fundamento en los
artículos 14, penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, haciéndosele saber que tiene un término de treinta días hábiles
contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del edicto, para que comparezca en esta Sala
ubicada en Av. México 710, Piso 4, Colonia San Jerónimo Lídice, Alcaldía Magdalena Contreras, C.P. 10200,
Ciudad de México, apercibido que en caso contrario las notificaciones se realizarán por boletín jurisdiccional.
Ciudad de México, a 27 de octubre de 2025.
La Magistrada Instructora.
Primer Secretario de Acuerdos de la Segunda Ponencia, en suplencia por la falta temporal de la Magistrada
Titular e Instructora, ELIZABETH ORTIZ GUZMÁN, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 48,
tercer párrafo, y 59, fracción X, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Mtro. Omar Herrera Salazar
Rúbrica.
Secretario de Acuerdos
Lic. Andrés López Lara
Rúbrica.
(R.- 571977)
Estados Unidos Mexicanos
Querétaro, Querétaro
Fiscalía General del Estado de Querétaro
Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción
Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Con fundamento en los artículos 82 fracción III, 83, 229, 230, 231 y 232 del Código Nacional de
Procedimientos Penales, en cumplimiento a lo resuelto por un Juez del Sistema Penal Acusatorio y Oral
del Distrito Judicial de Querétaro, en funciones de Juez del Control, mediante resolución del 22 de octubre de
dos mil veinticinco; se notifica al propietario y/o interesado, que el vehículo Marca Tesla, tipo Cybertruk,
color negro, modelo 2024, serie 7G2CEHED6RA005334, se encuentra asegurado como bien objeto
material del delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, dentro del número único de
causa CI/QRO/32109/2025, solicitado por la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica de la Fiscalía
Especializada en el Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del Estado de Querétaro.
El vehículo permanecerá en resguardo de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, con las medidas
de seguridad y control pertinentes, quedando a disposición del propietario y/o interesado el registro de
aseguramiento para que manifieste lo que a su derecho convenga.
Se le apercibe al propietario, interesado o su representante legal, que deberá abstenerse de ejercer actos
de dominio sobre el bien asegurado y que de no manifestar lo que a su derecho convenga en un término de
noventa días naturales siguientes a la notificación, el bien causará abandono a favor del Gobierno del
Estado de Querétaro, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código Nacional de
Procedimientos Penales.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Querétaro, Querétaro, 01 de diciembre de 2025.
Fiscal Acusador Especializado, encargado de la Unidad de Inteligencia Patrimonial
y Económica de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción
Licenciado Roberto García Muñiz
Rúbrica.
(R.- 571972)
Lunes 19 de enero de 2026
DIARIO OFICIAL
747
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN
DE GAS NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA ÚNICA UBICADA
EN EL MUNICIPIO DE ACUÑA, COAHUILA DE ZARAGOZA
PERMISO G/25914/DIS/2024
Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial
Torreón, Coah., C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la
Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural
DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de
distribución de gas natural en la Zona Geográfica Única ubicada en el municipio de Acuña, Coahuila de
Zaragoza, la lista de tarifas máximas aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor
cinco días hábiles después de la presente publicación.
Lista de tarifas máximas – pesos de octubre de 2025
Cargos tarifarios
Unidades
Residencial
Comercial/
Industrial 1
Industrial 2
Rangos de consumo
(Gigajoule/Mes)
0.00 -
Infinito
0.00 –
13,000.00
13,000.01 –
Infinito
Cargo por servicio
Pesos/Mes
39.7898
194.0194
2,084.5750
Distribución con comercialización1
Pesos/GJ
104.5577
34.6202
0.0000
Distribución simple
Cargo por capacidad
Pesos/GJ
99.8348
33.0564
16.2877
Cargo por uso
Pesos/GJ
4.7229
1.5638
0.7705
Cifras expresadas en pesos de octubre de 2025.
1/ El cargo de distribución con comercialización aplica únicamente a usuarios con consumo de hasta
5,000.00 Gigajoules anuales.
Otros cargos regulados – pesos de octubre de 2025
Cargos tarifarios
Unidades
Residencial
Comercial/
Industrial 1
Industrial 2
Rangos de consumo (GJ/Mes)
0.00 -
Infinito
0.00 –
13,000.00
13,000.01 –
Infinito
Conexión estándar2
Pesos/Acto
0.0000
6,829.9978
59,699.0753
Conexión no estándar
Pesos/Metro
852.8128
1,314.2768
2,071.2899
Desconexión/Reconexión
Pesos/Acto
163.9873
491.9933
585.4720
Cifras expresadas en pesos de octubre de 2025.
2/ Corresponde a la tubería, válvula, medidor y accesorios para la conducción de energía con una longitud
de hasta 30 metros.
Torreón, Coahuila., a 02 de enero de 2026.
Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V.
Representante Legal
Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio
Rúbrica.
(R.- 572144)
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación a partir del 1 de enero de 2026, son las
siguientes:
1/8
de plana
$ 2,843.00
2/8
de plana
$ 5,686.00
3/8
de plana
$ 8,529.00
4/8
de plana
$ 11,372.00
6/8
de plana
$ 17,058.00
1
plana
$ 22,744.00
1 4/8
planas
$ 34,116.00
2
planas
$ 45,488.00
Los Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales por
concepto de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo
que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores para solicitar la prestación
de un servicio en 2026.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
748
DIARIO OFICIAL
Lunes 19 de enero de 2026
Diario Oficial de la Federación
Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
Directorio
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos
Claudia Sheinbaum Pardo
Secretaria de Gobernación
Rosa Icela Rodríguez Velázquez
Subsecretario de Gobernación
César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera
Titular de la Unidad de Gobierno
Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara
Coordinador del Diario Oficial de la Federación
Alejandro López González
Cuotas por derecho de publicación:
Oficinas ubicadas en:
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.
Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios.
Página web: www.dof.gob.mx
Esta edición consta de 748 páginas
1/8 de plana..................
$
2,843.00
4/8 plana ......................
$ 11,372.00
1 plana .........................
$ 22,744.00