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Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 015/2026, Edición Matutina del lunes 19 de enero de 2026 (incluye Decretos de reforma a la Ley Monetaria sobre monedas de diez y veinte pesos; Decreto por el que se expide la Ley General de Economía Circular; Anexo 18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (SIPRED 2025); Convenios de coordinación de SEDATU y de la Secretaría de las Mujeres; Calendario presupuestal de Talleres Gráficos de México; Tipo de cambio y tasas del Banco de México; Encadenamiento del INPC del INEGI; y Avisos judiciales y generales)

19 de enero de 2026 · Presidencia de la República; Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SAT); Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Secretaría de las Mujeres; Talleres Gráficos de México; Banco de México; Instituto Nacional de Estadística y Geografía

Extracción verbatim del documento del DOF. Las citas están ancladas y resaltadas.

No. de publicación: 015/2026 Ciudad de México, lunes 19 de enero de 2026 CONTENIDO Presidencia de la República Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Secretaría de las Mujeres Talleres Gráficos de México Banco de México Instituto Nacional de Estadística y Geografía Avisos 2 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 INDICE PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Decreto por el que se modifica el Artículo Tercero del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de las monedas de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos y de uno, dos, cinco y diez pesos”, publicado el 22 de junio de 1992, en el Diario Oficial de la Federación, únicamente por lo que hace a la moneda de diez pesos. .................................................................................... 4 Decreto por el que se reforma el Artículo Segundo del “Decreto que reforma el inciso b) del artículo 2° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de la moneda de veinte pesos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 1992. ........................................................................................................................................... 9 Decreto por el que se expide la Ley General de Economía Circular y, se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. ........................................... 11 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Anexo 18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 28 de diciembre de 2025. ........................................................................................................................................... 31 Lista de valores mínimos para desechos de bienes muebles que generen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. .............................................................................. 680 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Convenio de Coordinación Específico para la distribución y el ejercicio de los subsidios del Programa de Mejoramiento Urbano de la Vertiente de Infraestructura y Equipamiento para el ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de México y el Municipio de Chimalhuacán. ......................................................................... 685 SECRETARIA DE LAS MUJERES Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Morelos y el Municipio de Jojutla, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-010, que permite brindar protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. ................................................................................................................... 700 Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Nuevo León y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-039, que permite brindar protección y atención integral y especializada para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. .................................................................................... 704 Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 3 Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Nuevo León y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-040, que permite brindar protección y atención integral y especializada para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. .................................................................................... 708 Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y el Instituto Veracruzano de las Mujeres, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-024, que permite brindar protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. .................................................. 712 Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-035, que permite brindar protección y atención integral y especializada para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. .................................................................................... 716 TALLERES GRAFICOS DE MEXICO Calendario del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2026 por programa presupuestario. ................................................................................................................................. 720 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO DE MEXICO Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. ........................................................................................................................ 721 Tasas de interés interbancarias de equilibrio. .................................................................................. 721 Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................ 721 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA Encadenamiento de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al mes de diciembre de 2025. .............................................................................................................. 722 AVISOS Judiciales y generales. ..................................................................................................................... 740 El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor. 4 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DECRETO por el que se modifica el Artículo Tercero del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de las monedas de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos y de uno, dos, cinco y diez pesos”, publicado el 22 de junio de 1992, en el Diario Oficial de la Federación, únicamente por lo que hace a la moneda de diez pesos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE MODIFICA EL ARTÍCULO TERCERO DEL “DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y SE SEÑALAN LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS MONEDAS DE CINCO, DIEZ, VEINTE Y CINCUENTA CENTAVOS Y DE UNO, DOS, CINCO Y DIEZ PESOS”, PUBLICADO EL 22 DE JUNIO DE 1992, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ÚNICAMENTE POR LO QUE HACE A LA MONEDA DE DIEZ PESOS Artículo Único.- Se reforma el artículo Tercero del “Decreto por el que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de las monedas de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos y de uno, dos, cinco y diez pesos”, publicado el 22 de junio de 1992, en el Diario Oficial de la Federación, únicamente por lo que hace a la moneda de diez pesos, para quedar como sigue: ARTÍCULO TERCERO.- ... MONEDA DE DIEZ PESOS I. VALOR FACIAL: $ 10.00 (Diez pesos 00/100 M.N.). II. FORMA: Circular. III. DIÁMETRO: 28.0 mm (veintiocho milímetros). IV. COMPOSICIÓN: La moneda será bimetálica y estará constituida por dos aleaciones, una para su parte central y otra para su anillo perimétrico, que serán como sigue: 1. Parte central de la moneda. Podrá, conforme a lo previsto en el inciso b) del artículo 2° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, ser cualquiera de las aleaciones siguientes: A) Aleación de plata sterling. Ley: 0.925. Metal de liga: Cobre Peso: 5.604 g (cinco gramos, seiscientos cuatro milésimos). Contenido: 5.184 g (cinco gramos, ciento ochenta y cuatro milésimos), equivalente a 1/6 oz (un sexto de onza) troy de plata pura. Tolerancia en Ley: 0.005 (cinco milésimos) en más o en menos. Tolerancia en Peso por pieza: 0.090 g (noventa milésimos de gramo) en más o en menos. Tolerancia en Peso por conjunto de mil piezas: 1.75 g (un gramo, setenta y cinco centésimos) en más o en menos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 5 B) Aleación de alpaca plateada. Peso: 4.75 g (cuatro gramos, setenta y cinco centésimos). Contenido: 65% (sesenta y cinco por ciento) de cobre, 10% (diez por ciento) de níquel y 25% (veinticinco por ciento) de zinc. Tolerancia en Contenido: 2% (dos por ciento) por elemento en más o en menos. Tolerancia en Peso por Pieza: 0.190 g (ciento noventa milésimos de gramo) en más o en menos. C) Aleación de acero recubierto de níquel. Contenido: Esta aleación estará compuesta por dos partes: un núcleo cuyo peso corresponderá entre 92% y 96% (noventa y dos por ciento y noventa y seis por ciento) y un recubrimiento cuyo peso corresponderá entre 8% y 4% (ocho por ciento y cuatro por ciento) del peso total de la pieza. La composición de cada una de estas partes será la siguiente: i. Núcleo de acero. Esta aleación estará integrada como sigue: 0.08% (ocho centésimos de punto porcentual) de carbono, máximo; 0.40% (cuarenta centésimos de punto porcentual) de manganeso, máximo; 0.04% (cuatro centésimos de punto porcentual) de fósforo, máximo; 0.05% (cinco centésimos de punto porcentual) de azufre, máximo; y lo restante de hierro. ii. Recubrimiento de níquel. Estará integrado como sigue: 99.9% (noventa y nueve, nueve décimos por ciento) de níquel, mínimo. iii. En esta composición el peso será de 4.39 g (cuatro gramos, treinta y nueve centésimos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.17 g (diecisiete centésimos de gramo), en más o en menos. 2. Anillo perimétrico de la moneda. Podrá, conforme a lo previsto en el inciso b) del artículo 2° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, ser cualquiera de las aleaciones siguientes: A) Aleación de bronce-aluminio. Esta aleación estará integrada como sigue: 92% (noventa y dos por ciento) de cobre; 6% (seis por ciento) de aluminio; y 2% (dos por ciento) de níquel; 6 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 con una tolerancia, en más o en menos, de 1.5% (uno, cinco décimos por ciento), por elemento. En esta composición el peso será de 5.579 g (cinco gramos, quinientos setenta y nueve milésimos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.223 g (doscientos veintitrés milésimos de gramo), en más o en menos. B) Aleación de acero recubierto de bronce. Esta aleación estará compuesta por dos partes: un núcleo cuyo peso corresponderá entre 92% y 96% (noventa y dos por ciento y noventa y seis por ciento) y un recubrimiento cuyo peso corresponderá entre 8% y 4% (ocho por ciento y cuatro por ciento) del peso total de la pieza. La composición de cada una de estas partes será la siguiente: i. Núcleo de acero. Esta aleación estará integrada como sigue: 0.08% (ocho centésimos de punto porcentual) de carbono, máximo; 0.40% (cuarenta centésimos de punto porcentual) de manganeso, máximo; 0.04% (cuatro centésimos de punto porcentual) de fósforo, máximo; 0.05% (cinco centésimos de punto porcentual) de azufre, máximo; y lo restante de hierro. ii. Recubrimiento de bronce. Estará integrado como sigue: Entre 86% y 90% (ochenta y seis por ciento y noventa por ciento) de cobre. Entre 14% y 10% (catorce por ciento y diez por ciento) de estaño. En esta composición el peso será de 5.509 g (cinco gramos, quinientos nueve milésimos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.220 g (doscientos veinte milésimos de gramo), en más o en menos. C) Aleación de bronce-aluminio-hierro. Esta aleación estará integrada como sigue: 5% (cinco por ciento) de níquel, máximo; 5% (cinco por ciento) de aluminio, máximo; 1% (uno por ciento) de hierro, máximo; 0.6% (seis décimos de punto porcentual) de manganeso, máximo; y lo restante de cobre. En esta composición el peso será de 5.572 g (cinco gramos, quinientos setenta y dos milésimos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.223 g (doscientos veintitrés milésimos de gramo), en más o en menos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 7 D) Aleación de alpaca dorada. Esta aleación estará integrada como sigue: 70% (setenta por ciento) de cobre; 5.5% (cinco, cinco décimos por ciento) de níquel; y 24.5% (veinticuatro, cinco décimos por ciento) de zinc; con una tolerancia, en más o en menos, de 1.5% (uno, cinco décimos por ciento), por elemento. En esta composición el peso será de 6.060 g (seis gramos, sesenta milésimos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.242 g (doscientos cuarenta y dos milésimos de gramo), en más o en menos. 3. Peso total: Será la suma de los pesos de la parte central y del anillo perimétrico de la misma, que corresponderá: Para el inciso A) del punto 1 anterior y para cada inciso del punto 2 anterior, como a continuación se indica: A) 11.183 g (once gramos, ciento ochenta y tres milésimos), y las tolerancias en peso por pieza y por conjunto de mil piezas serán respectivamente 0.313 g (trescientos trece milésimos de gramo) y 6.086 g (seis gramos, ochenta y seis milésimos), ambas en más o en menos. B) 11.113 g (once gramos, ciento trece milésimos), y las tolerancias en peso por pieza y por conjunto de mil piezas serán respectivamente 0.310 g (trescientos diez milésimos de gramo) y 6.028 g (seis gramos, veintiocho milésimos), ambas en más o en menos. C) 11.176 g (once gramos, ciento setenta y seis milésimos), y las tolerancias en peso por pieza y por conjunto de mil piezas serán respectivamente 0.313 g (trescientos trece milésimos de gramo) y 6.086 g (seis gramos, ochenta y seis milésimos), ambas en más o en menos. D) 11.664 g (once gramos, seiscientos sesenta y cuatro milésimos), y las tolerancias en peso por pieza y por conjunto de mil piezas serán respectivamente 0.332 g (trescientos treinta y dos milésimos de gramo) y 6.456 g (seis gramos, cuatrocientos cincuenta y seis milésimos), ambas en más o en menos. Para el inciso B) del punto 1 anterior y para cada inciso del punto 2 anterior, como a continuación se indica: A) 10.329 g (diez gramos, trescientos veintinueve milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.413 g (cuatrocientos trece milésimos de gramo), en más o en menos. B) 10.259 g (diez gramos, doscientos cincuenta y nueve milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.410 g (cuatrocientos diez milésimos de gramo), en más o en menos. 8 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 C) 10.322 g (diez gramos, trescientos veintidós milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.413 g (cuatrocientos trece milésimos de gramo), en más o en menos. D) 10.810 g (diez gramos, ochocientos diez milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.432 g (cuatrocientos treinta y dos milésimos de gramo), en más o en menos. Para el inciso C) del punto 1 anterior y para cada inciso del punto 2 anterior, como a continuación se indica: A) 9.969 g (nueve gramos, novecientos sesenta y nueve milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.393 g (trescientos noventa y tres milésimos de gramo), en más o en menos. B) 9.899 g (nueve gramos, ochocientos noventa y nueve milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.390 g (trescientos noventa milésimos de gramo), en más o en menos. C) 9.962 g (nueve gramos, novecientos sesenta y dos milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.393 g (trescientos noventa y tres milésimos de gramo), en más o en menos. D) 10.450 g (diez gramos, cuatrocientos cincuenta milésimos), y la tolerancia en peso por pieza 0.412 g (cuatrocientos doce milésimos de gramo), en más o en menos. V. CUÑOS: Anverso: El Escudo Nacional con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS", formando el semicírculo superior. Reverso: En la parte central está el círculo de la Piedra del Sol que representa a Tonatiuh con la máscara de fuego. En el anillo perimétrico, en la parte superior, al centro el símbolo "$10", a la izquierda el año de acuñación y a la derecha el símbolo de la Casa de Moneda de México "Mo", en la parte inferior la leyenda "DIEZ PESOS". El marco liso con gráfila escalonada. VI. CANTO: Estriado. Transitorios Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto. Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2025.- Dip. Kenia López Rabadán, Presidenta.- Sen. Laura Itzel Castillo Juárez, Presidenta.- Dip. Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Secretaria.- Sen. María Martina Kantún Can, Secretaria.- Rúbricas." En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 14 de enero de 2026.- Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria de Gobernación.- Rúbrica. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 9 DECRETO por el que se reforma el Artículo Segundo del “Decreto que reforma el inciso b) del artículo 2° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de la moneda de veinte pesos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 1992. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE REFORMA EL ARTÍCULO SEGUNDO DEL “DECRETO QUE REFORMA EL INCISO b) DEL ARTÍCULO 2° DE LA LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y SE SEÑALAN LAS CARACTERÍSTICAS DE LA MONEDA DE VEINTE PESOS”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 8 DE DICIEMBRE DE 1992 Artículo Único.- Se reforma el Artículo Segundo del “Decreto que reforma el inciso b) del artículo 2° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de la moneda de veinte pesos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 1992, para quedar como sigue: ARTÍCULO SEGUNDO.- Las características de la moneda de veinte pesos, a que se refiere el inciso b) del artículo 2° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, serán las siguientes: MONEDA DE VEINTE PESOS I. Valor nominal: $20.00 (Veinte pesos 00/100 M.N.). II. Forma: Dodecagonal. III. Diámetro: 30.0 mm (treinta milímetros). IV. Canto: Estriado discontinuo. V. Composición: La moneda será bimetálica y estará constituida por dos aleaciones, una para su parte central y otra para su anillo perimétrico, que serán como sigue: 1. Parte central de la moneda: Aleación de alpaca plateada, que estará integrada como sigue: 1.1. Contenido: 65% (sesenta y cinco por ciento) de cobre; 10% (diez por ciento) de níquel, y 25% (veinticinco por ciento) de zinc. 1.2. Tolerancia en contenido: 1.5% (uno, cinco décimos por ciento) por elemento, en más o en menos. 1.3. Peso: 5.51 g (cinco gramos, cincuenta y un centigramos). 1.4. Tolerancia en peso por pieza: 0.22 g (veintidós centigramos), en más o en menos. 2. Anillo perimétrico de la moneda. Aleación de bronce-aluminio, que estará integrada como sigue: 2.1. Contenido: 92% (noventa y dos por ciento) de cobre; 6% (seis por ciento) de aluminio, y 2% (dos por ciento) de níquel. 2.2. Tolerancia en contenido: 1.5% (uno, cinco décimos por ciento) por elemento, en más o en menos. 10 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 2.3. Peso: 7.16 g (siete gramos, dieciséis centigramos). 2.4. Tolerancia en peso por pieza: 0.29 g (veintinueve centigramos), en más o en menos. 3. Peso total: Será la suma de los pesos de la parte central de la moneda y del anillo perimétrico de esta, referidos en los puntos 1 y 2, conforme a lo siguiente: Centro de aleación de alpaca plateada y anillo de aleación de bronce-aluminio: 12.67 g (doce gramos, sesenta y siete centigramos) y la tolerancia en peso por pieza será de 0.51 g (cincuenta y un centigramos), en más o en menos. VI. Cuños: Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico, con la leyenda “ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”, formando el semicírculo superior. Reverso: El diseño del motivo será el Templo de Kukulkán en Chichén Itzá e incluirá el símbolo “$20”, el valor nominal con texto “VEINTE PESOS”, el año de acuñación, la ceca de la Casa de Moneda de México “Mo” y los elementos de seguridad. VII. Elementos de Seguridad: En el reverso de la moneda dentro del centro de la misma, el microtexto “CHICHÉN ITZÁ, TEMPLO DE KUKULKÁN – PATRIMONIO CULTURAL” y una imagen latente con el numeral 20. Transitorios Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo. La moneda a que se refiere el presente Decreto podrá empezar a acuñarse a los 30 días naturales siguientes a la publicación de este Decreto. Tercero. Las monedas de veinte pesos emitidas de conformidad con el artículo 2°, inciso b), de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, cuyas características se modifican con el presente Decreto, así como las que se emitan después de la entrada en vigor del mismo, continuarán con el poder liberatorio que señala el artículo 5° de la Ley en comento, hasta que sean retiradas de la circulación por el Banco de México. Cuarto. El Banco de México deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación un aviso en el que indique que las piezas referidas en el artículo anterior ya han sido retiradas de circulación, fijando el plazo necesario para realizar su canje. Quinto. Corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que se requieran, los que deberán ser acordes con las características esenciales de la moneda descrita en el presente Decreto. Sexto. Corresponderá al Banco de México la titularidad de todos los derechos patrimoniales de autor y cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual derivado del diseño y la acuñación de la moneda a que se refiere el presente Decreto. Séptimo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto. Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2025.- Dip. Kenia López Rabadán, Presidenta.- Sen. Laura Itzel Castillo Juárez, Presidenta.- Dip. Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Secretaria.- Sen. María Martina Kantún Can, Secretaria.- Rúbricas." En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 14 de enero de 2026.- Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria de Gobernación.- Rúbrica. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 11 DECRETO por el que se expide la Ley General de Economía Circular y, se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE ECONOMÍA CIRCULAR Y, SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE Y DE LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS Artículo Primero.- Se expide la Ley General de Economía Circular, para quedar como sigue: LEY GENERAL DE ECONOMÍA CIRCULAR Título Primero Disposiciones Generales Capítulo Primero Del objeto y ámbito de aplicación Artículo 1.- La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en el territorio nacional y es reglamentaria de los artículos 4o., párrafo sexto; 25, párrafos primero y séptimo, y 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Ley tiene por objeto cuidar y conservar al medio ambiente a través de políticas y mecanismos en materia de Economía Circular para incrementar la vida útil de los productos; minimizar, recuperar, aprovechar y valorizar los residuos, así como establecer la concurrencia de atribuciones entre la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Artículo 2.- Son objetivos de la presente Ley, los siguientes: I. Impulsar y definir las políticas públicas en materia de Economía Circular con base en los principios, criterios y definiciones de esta Ley; II. Instituir e impulsar los mecanismos directos e indirectos de circularidad que sean ambiental, técnica y económicamente viables que deben aplicarse a los materiales, los residuos y las categorías de productos; III. Establecer, los acuerdos generales de implementación de la REP con los que se obliga, por sector industrial, comercial o de servicios, o por Producto, a obtener la inscripción de la Gestión Circular en el Registro de Economía Circular y cumplir los términos y condiciones de dicha gestión, con la participación del sector productivo; IV. Fijar la responsabilidad compartida en materia de circularidad de otros agentes económicos, consumidores y entes públicos, la cual es complementaria a la REP; V. Disponer que para el cumplimiento de las disposiciones de circularidad y en atención al principio de gradualidad deben considerarse las diferencias entre los sectores, los productos y las personas productoras mediante la emisión de acuerdos generales de implementación de la REP, la definición de metas, la aplicación de mecanismos directos e indirectos de circularidad, así como la suscripción de convenios y la ejecución de las demás medidas que establezca esta Ley; VI. Fomentar e impulsar la Economía Circular a través de instrumentos económicos y de distintivos de comercialización que establezca la normativa aplicable; 12 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 VII. Establecer el procedimiento para la auditoría ambiental voluntaria, así como las medidas de control y vigilancia, y VIII. Fomentar, impulsar e implementar la estrategia nacional y las políticas en la materia de Economía Circular; la educación y cultura de la circularidad, la innovación tecnológica y la infraestructura circular; el acopio de productos susceptibles de reciclaje; la reducción del desperdicio de alimentos y el incremento en su aprovechamiento, y la cooperación internacional. Artículo 3.- Para efectos de esta Ley se entiende por: I. Actividad Económica: Conjunto de acciones de Producción realizadas por una persona física o moral, productora o importadora; II. Análisis de Ciclo de Vida: Herramienta de análisis usada para evaluar el Ciclo de Vida, en los términos de los acuerdos generales de implementación de la REP; III. Aprovechamiento Circular: Acciones cuyo objetivo es mantener o potenciar el valor económico de los materiales y productos, o recuperar el valor económico de los residuos, mediante la aplicación de mecanismos directos e indirectos de circularidad, conforme a los principios de Economía Circular; IV. Cadena de Valor: Actividades que permiten la integración de materiales, productos o de los residuos para su Aprovechamiento Circular, ya sea para el mismo proceso que lo generó o en otros; V. Ciclo de Vida: Etapas consecutivas e interrelacionadas con los materiales, productos o residuos, desde la extracción, Producción, vida útil, gestión integral de residuos, Aprovechamiento Circular o, en su caso, disposición final; VI. Consumo Responsable: Adquisición, uso y disposición del Producto de manera informada de los efectos ambientales y sociales que involucran dichos bienes y servicios; VII. Diseño Circular: Diseño del Producto que considere la Huella Ambiental con enfoque integral y que incorpora principios y mecanismos directos e indirectos de circularidad en su Ciclo de Vida; VIII. Economía Circular: Modelo económico de Producción y Consumo sostenible que incluye soluciones sistémicas para el desarrollo económico, que disminuyen el impacto ambiental mediante ciclos técnicos y biológicos que permiten la permanencia y reintegración sustentable de los materiales de los productos a la economía, el cual tiene como principios rectores la eliminación de residuos y la contaminación, mantener productos y materiales en uso, así como regenerar los sistemas naturales; IX. Encadenamiento Sustentable: Vínculos entre personas compradoras, entre vendedoras y entre unas y otras, en unidades productivas o sectores económicos, que involucran el intercambio de materiales, productos y residuos bajo criterios de Economía Circular, conforme a los objetivos y criterios del Programa Nacional, y como Mecanismo Indirecto de Circularidad para cumplimiento de la REP; X. Gestión Circular: Conjunto de estrategias aplicadas a lo largo del Ciclo de Vida de materiales, productos o residuos, incluido el Diseño Circular, para lograr la menor Huella Ambiental y el máximo Aprovechamiento Circular, mediante la aplicación de mecanismos directos o indirectos de circularidad; XI. Huella Ambiental: Impacto ambiental medible a través de indicadores de Economía Circular que se produce por: a) Las actividades realizadas para generar un Producto, y b) Las características del Producto que permitan maximizar su vida útil y el Aprovechamiento Circular como residuo; XII. Indicador de Economía Circular: Parámetro cuantitativo que permite medir el grado de circularidad de un Producto, proceso o sistema, mediante los indicadores siguientes: a) Índice de materiales: La relación entre la masa de materiales obtenidos de mecanismos de circularidad y la masa total de materiales utilizados en la Producción; Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 13 b) Huella de carbono: Cuantificación, a lo largo del Ciclo de Vida de un Producto, del valor neto de las emisiones de gases de efecto invernadero, y de carbono negro en la atmósfera, así como de las remociones correspondientes; c) Huella hídrica: Cuantificación del uso eficiente y sustentable del agua, y d) Índice de aprovechamiento energético: Cuantificación de la sustitución calorífica por fuentes acorde a los principios de Economía Circular; XIII. Instrumento Económico: Mecanismos normativos o administrativos de carácter fiscal, aduanal, financiero o de mercado, que se expida por la autoridad competente en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, y mediante los cuales las personas asumen los beneficios y costos ambientales que generen sus actividades económicas, que les incentiven a realizar mecanismos directos e indirectos de circularidad; XIV. Ley: Ley General de Economía Circular; XV. LGPGIR: Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; XVI. Material Virgen: Materias primas extraídas directamente de fuentes naturales, sin previamente haber sido utilizadas o procesadas en un ciclo productivo; XVII. Materia Prima Secundaria: Material, sustancia u objeto que después de su Producción, utilización o consumo conserva propiedades que permiten su procesamiento, independientemente que derive de la Gestión Circular de un Producto o de un residuo; XVIII. Mecanismo Directo de Circularidad: Aquel que aplica principios, criterios, medidas, instrumentos, procesos, estrategias o acciones de circularidad al Ciclo de Vida de productos, materiales y residuos, las cuales comprenden: a) Para categorías de productos y para materiales: reúso, reducción, rediseño y reacondicionamiento; b) Para residuos: recuperación, tratamiento, reciclaje y valorización, y c) Para ambas etapas: Diseño Circular, clasificación, reparación, remanufactura, reutilización, aprovechamiento y reciclaje cuando aplique; XIX. Mecanismo Indirecto de Circularidad: Aquel que aplica principios, acciones, procesos o estrategias de circularidad para el cumplimiento de la Gestión Circular inscrito en el Registro, las cuales comprenden el Encadenamiento Sustentable y la compensación ambiental; XX. Modelo de Complementariedad: Aquel donde los sectores productivos aprovechan los materiales de una empresa o sector como Materia Prima Secundaria o residuos en los procesos de la otra empresa o sector para implementar, entre estos sectores, un eficiente y óptimo Encadenamiento Sustentable; XXI. Modelo de Servicio: Estrategia empresarial basada en la transición de un modelo de economía lineal a un modelo de Economía Circular, orientado a maximizar la vida útil del Producto; XXII. Organismo Coordinador: Ente asociativo de carácter público, privado o mixto, constituido legalmente, cuya finalidad es fomentar en la Actividad Económica los principios y criterios de Economía Circular previstos en la legislación vigente, con representación para promover y defender las actividades de las personas productoras, que manifiesten su incorporación, y que puede ser constituido por sectores de la industria, el comercio o de servicios, y corresponsable de la Gestión Circular en el sector productivo que represente, y registrado por la Secretaría; XXIII. Persona recicladora de base o pepenadora: Persona que, de forma independiente o colectiva, realiza la recolección, separación manual, comercialización y reciclaje de materias primas secundarias; XXIV. Plataforma Nacional: Plataforma del Sistema Nacional de Información Pública de Economía Circular; XXV. Producción: La acción de una persona física o moral que fabrica o importa un Producto; 14 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 XXVI. Producto: Bien físico que se fabrica o importa o servicio que se presta; que cuenta con valor económico, y que se genera como resultado de un proceso de actividades en las que se incluye la transformación de materiales; XXVII. Programa Nacional: Programa Nacional de Economía Circular; XXVIII. Reciclaje Inclusivo: Modelos de gestión integral que reconocen el trabajo de las personas recicladoras de base o pepenadoras y que promueven su inclusión en términos de las disposiciones legales laborales o sociales aplicables; XXIX. Registro o Registro de Economía Circular: El registro público instalado en la Plataforma Nacional con la función de inscribir en este la Gestión Circular; XXX. Reglamento: Reglamento de la Ley General de Economía Circular; XXXI. Responsabilidad Extendida del Productor o REP: Medio por el cual la persona productora o importadora es responsable ambientalmente de su Producto en su Ciclo de Vida, en términos de la Gestión Circular que inscriba ante la Secretaría. La REP y la responsabilidad compartida prevista en la LGPGIR, así como aquellas que corresponden al consumidor y a la autoridad competente pueden ser aplicables de manera complementaria y no se excluyen entre ellas; XXXII. Secretaría: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y XXXIII. Sistema: Sistema Nacional de Economía Circular. Capítulo Segundo Criterios y principios de Economía Circular Artículo 4.- La Federación tiene a su cargo el diseño y la conducción de la política nacional en materia de Economía Circular. En la planeación y ejecución de las acciones para cuidar y conservar al medio ambiente, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, conforme a sus respectivas esferas de competencia, así como en el ejercicio de las atribuciones, deben observar los siguientes enfoques de criterios y principios: A. Enfoques de criterios de Economía Circular: I. Fomentar e impulsar la Economía Circular que permita un desarrollo económico sustentable de carácter restaurativo y regenerativo; II. Fomentar la integración de procesos productivos que extiendan la vida útil del Producto y sus componentes, con lo cual se optimice su uso en cada etapa del Ciclo de Vida; III. Incentivar los mecanismos directos e indirectos de circularidad, así como las estrategias circulares en los sectores productivos y de servicios, que faciliten el acceso a productos entre particulares sin que necesariamente se transfieran la propiedad; IV. Incentivar hábitos de consumo social y ambientalmente responsable, que incluya la separación de residuos; V. Promover el uso eficiente y prolongado del Producto, a fin de preservar y potenciar su valor económico, así como recuperar el valor de los residuos; VI. Fomentar la sustentabilidad de la Actividad Económica que minimice los posibles impactos al ambiente y se alinee con los principios de la Economía Circular; VII. Impulsar y fomentar que la generación del Producto se realice con la adopción de los criterios y principios previstos en la presente Ley; VIII. Promover la Gestión Circular y la creación de cadenas de valor que integren distintos componentes con fomento en el uso de materias primas secundarias y residuos en sus procesos de generación, importación, exportación, transporte, distribución, comercialización y consumo del Producto, con base en esquemas que permitan el máximo Aprovechamiento Circular y la recuperación de los residuos a partir de su valorización; IX. Impulsar y Fomentar la Economía Circular entre la población y los sectores productivos, a efecto de que se integren los principios y Gestión Circular en el desarrollo de la infraestructura y tecnología, así como garantizar el acceso a la información en la materia; X. Fomentar el desarrollo de sectores productivos mediante la Economía Circular; Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 15 XI. Fomentar e incentivar las estrategias y actividades destinadas al desarrollo de la Economía Circular en los sectores productivos de bienes y servicios; XII. Evitar la obsolescencia de los productos y su utilización como objetivo comercial o financiero, en términos del acuerdo general de implementación de la REP correspondiente, y XIII. Fomentar el uso de materias primas secundarias en lugar de materiales vírgenes que ofrezcan las mismas características, cuando sea ambiental, técnica y económicamente viable, y B. Principios de Economía Circular: I. Atemporal: Permite a los productos trascender en el tiempo y ser vigentes y útiles el mayor tiempo posible, mediante la Gestión Circular y mecanismos directos e indirectos de circularidad, el uso de materiales adecuados, manufactura de calidad y modelos de diseño y consumo que eviten promover su reemplazo periódico o prematuro, conforme a los principios de la Economía Circular; II. Cautela o precaución: Acciones en los casos que haya riesgo de daño grave o irreversible al medio ambiente, aún sin tener certeza científica sobre los impactos que genera una Actividad Económica; III. Circularidad: Optimizar la Gestión y el Aprovechamiento Circular de los materiales y del Producto, durante todo el Ciclo de Vida; IV. Gradualidad: Ajuste progresivo de los mecanismos directos e indirectos de circularidad mediante la emisión de acuerdos generales de implementación de la REP, la definición de metas, la suscripción de convenios y la ejecución de otras medidas previstas en el artículo 47 de esta Ley; V. Innovador: Incorporación continua de tecnologías, energías renovables y mejoras productivas con beneficios ambientales, económicos y de bienestar social; VI. Integralidad: Articulación de políticas públicas con las actividades de los sectores y con objetivos del desarrollo para satisfacer las necesidades de la población, con criterios ecológicos, sociales y económicos de manera transversal; VII. Jerarquización: Orden de prioridad de los mecanismos directos e indirectos de circularidad en la gestión de materiales, productos y residuos, para lograr los mejores resultados ambientales en conjunto, con la prelación y los fines siguientes: a) Que los materiales se mantengan el mayor tiempo posible como Producto o Materia Prima Secundaria; b) Que los productos incorporen materiales reciclados, reciclables o ambos; c) Que los residuos se reincorporen mediante la recuperación de su valor o del contenido energético de los materiales que los componen, y d) Que los residuos solo se depositen o confinen en disposición final cuando técnica y económicamente no sea viable ningún tipo de aprovechamiento y valorización; VIII. Modular: Enfocado a que los productos sean separables en componentes o módulos que puedan ser reparados, actualizados o reutilizados de manera independiente, cuando sea viable ambiental, técnica y económicamente; IX. Progresividad: Impulsar la implementación gradual de la Economía Circular, de tal forma que siempre se avance hacia su fortalecimiento y no se realicen acciones que impliquen su retroceso; X. Reparabilidad: Garantiza que los productos sean concebidos, fabricados, distribuidos, importados y comercializados, mediante la provisión de información clara y accesible sobre la posibilidad de repararlos; la disponibilidad de refacciones, herramientas, piezas de repuesto y de lugares donde pueden repararse; XI. Responsabilidad Extendida del Productor: Obligación que se aplica de manera complementaria y no excluyente a otras obligaciones de los entes públicos y de los particulares en los términos que define esta Ley; 16 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 XII. Sistémico: Consideración de generación de productos analizados en su conjunto, así como en correlación con su entorno, para identificar las implicaciones ecológicas, sociales y económicas de sus procesos de elaboración, distribución, consumo y permanencia dentro del ambiente, y maximizar la gestión y el uso de materiales, así como las acciones de recuperación de los residuos a partir de su valorización; XIII. Sustentabilidad: Uso de los recursos naturales que permita, simultáneamente, preservar el equilibrio ecológico, contribuir a la regeneración de los sistemas naturales e incrementar el bienestar de las personas mediante la satisfacción de sus necesidades, sin comprometer las de las generaciones futuras; XIV. Transversalidad: Coordinación y colaboración entre distintos órdenes de gobierno y sectores académico, social y privado, a fin de alcanzar objetivos en Economía Circular, y XV. Trazabilidad: Información en toda la cadena de manejo de un determinado Producto o material, con la finalidad de contar con un registro de los datos de los flujos del Ciclo de Vida, conforme a la normativa aplicable. Título Segundo Sistema Nacional de Economía Circular y distribución de competencias Capítulo Primero Del Sistema Nacional de Economía Circular Artículo 5.- El Sistema Nacional de Economía Circular tiene como objetivo la coordinación entre los tres órdenes de gobierno para el cumplimiento de los fines de la Economía Circular de acuerdo con los criterios y principios establecidos en esta Ley. La conducción del Sistema está a cargo de la Secretaría. El Sistema se integra con los entes públicos siguientes: I. La Secretaría, quien preside el Sistema; II. La Secretaría de Economía; III. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público; IV. La Secretaría de Energía; V. La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; VI. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; VII. La Secretaría de Educación Pública; VIII. La Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, y IX. Cada entidad federativa, representada por conducto de la persona titular de la Secretaría o institución con atribuciones en materia de medio ambiente y cuidado de los recursos naturales. A las sesiones deben concurrir las personas titulares de los referidos entes públicos, quienes pueden designar como suplentes a las personas servidoras públicas con nivel mínimo de dirección general o un equivalente. El nombramiento como integrantes del Sistema y el de suplente son de carácter honorífico; por el desempeño de estos cargos no percibirán emolumento o compensación económica alguna. El Sistema Nacional de Economía Circular cuenta con una secretaría técnica, la cual está a cargo de la subsecretaría competente de la Secretaría. Los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México pueden asistir a las sesiones, cuando así lo consideren la Presidencia del Sistema o por acuerdo de sus integrantes. A las sesiones del Sistema se pueden convocar a los sectores público, social y privado, cuando así lo soliciten o sean convocados. El Sistema debe expedir las reglas para su operación y funcionamiento, conforme a las cuales se llevan a cabo sus sesiones y las convocatorias a estas. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 17 Capítulo Segundo De la distribución de competencias Artículo 6.- La Federación, en el ámbito administrativo, a través de la Secretaría tiene las atribuciones siguientes: I. Formular y conducir la política nacional en materia de Economía Circular, en coordinación con las instancias que correspondan, así como elaborar el Programa Nacional correspondiente; II. Elaborar el Programa Nacional de Economía Circular que tendrá el carácter de especial y de cumplimiento obligatorio de conformidad con la Ley de Planeación; III. Expedir la norma oficial mexicana de Economía Circular, los correspondientes estándares y las demás disposiciones generales con carácter técnico y, conforme a los tratados internacionales de los que México es parte, con la participación: a) Que competa a la Secretaría de Economía, y b) De la sociedad, en términos de la Ley de Planeación; IV. Coordinar, con la participación de las dependencias que sean competentes en la materia, la implementación de modelos de Economía Circular en la Cadena de Valor, así como fomentar la creación de organismos coordinadores, el Encadenamiento Sustentable, el Reciclaje Inclusivo y espacios para la obtención de Materia Prima Secundaria; V. Celebrar convenios en materia de Economía Circular con las entidades federativas, los municipios o las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como con los sectores público, privado y social; VI. Integrar y operar la Plataforma Nacional, de conformidad con lo previsto en esta Ley y en el Reglamento; VII. Coordinar, con las dependencias de la Administración Pública Federal competentes, acciones y relaciones internacionales para promover y fomentar el cumplimiento de los principios y objetivos establecidos en la presente Ley; VIII. Impulsar, en coordinación con las secretarías del ramo en materia de economía, y de ciencia, humanidades, tecnología e innovación, las acciones de investigación, desarrollo, diseño e innovación de tecnologías, equipos, materiales, sistemas, técnicas y procesos productivos para transitar hacia una Economía Circular; IX. Diseñar y promover, con la participación activa de los sectores productivos, a fin de proponer a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el establecimiento y aplicación de beneficios a través de instrumentos económicos, que tengan por objeto fomentar la Economía Circular; X. Expedir acuerdos generales de implementación de la REP que, con base en el principio de gradualidad, establezcan los mecanismos directos e indirectos de circularidad aplicables, la definición de metas, así como la posibilidad de suscripción de convenios de concertación que establecen las leyes aplicables, y las demás medidas en términos de la normativa ambiental; XI. Establecer o autorizar mecanismos indirectos de circularidad como formas alternativas de cumplimiento; XII. Emitir disposiciones normativas orientadas a incentivar la generación de actividades económicas circulares, la fabricación de productos para el Aprovechamiento Circular, y la minimización gradual de aquellos de difícil aprovechamiento, cuando ello resulte ambiental, técnica y económicamente viable conforme a las características del sector correspondiente; XIII. Fomentar que en los procesos se utilicen materias primas secundarias y se recuperen, aprovechen y valoricen residuos cuando ello resulte ambiental, técnica y económicamente viable; XIV. Verificar el cumplimiento de la normativa en las materias de su competencia e imponer las medidas preventivas, de cautela, correctivas y sancionatorias que, en su caso, correspondan; XV. Brindar asesoría y asistencia técnica a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en la integración, formulación e implementación de proyectos y programas de fomento y desarrollo en materia de Economía Circular, conforme a los convenios de coordinación que, en su caso, se celebren; 18 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 XVI. Promover un Modelo de Servicio que facilite la generación de negocios que se basen en el acceso del Producto sin que necesariamente los consumidores o usuarios adquieran la propiedad de estos, alineados con los principios y criterios de Economía Circular, así como fortalecer los servicios ya existentes, incluso los que adopten modelos de complementariedad, y XVII. Las demás que se establezcan en esta Ley, en el Reglamento y en otros ordenamientos jurídicos que resulten aplicables. Artículo 7.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que ejerzan atribuciones que les confieran otros ordenamientos, cuyas disposiciones se relacionen con el objeto de la presente Ley, deben ajustar su ejercicio a las disposiciones previstas en esta y a la normativa que derive de esta, incluidas las normas oficiales mexicanas, estándares y demás disposiciones administrativas de carácter general. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus atribuciones y de manera progresiva, implementarán programas internos de Economía Circular, para tal efecto, la Secretaría debe emitir los lineamientos correspondientes. Artículo 8.- Las entidades federativas tienen las atribuciones siguientes: I. Implementar las políticas estatales de Economía Circular alineadas con lo establecido en el Programa Nacional, la Ley y el Reglamento; II. Impulsar y fomentar la investigación, desarrollo, e innovación de tecnologías, equipos, materiales, sistemas y procesos que tengan como fin fomentar la Economía Circular; III. Promover la participación de los sectores privado, social, académico y de investigación, en el diseño e instrumentación de acciones para fomentar la Economía Circular, conforme a la presente Ley y el Reglamento; IV. Promover, a través de las autoridades competentes, la educación y la capacitación continua, para fortalecer la cultura de corresponsabilidad social en la generación y consumo de productos que cumplan con criterios de Economía Circular; V. Reportar y actualizar información sobre Economía Circular a la Federación, conforme a lo establecido en el Reglamento; VI. Celebrar convenios con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, así como con los sectores público, privado y social, para llevar a cabo acciones que coadyuven a los objetivos de esta Ley; VII. Evaluar, en términos de los convenios que se celebren con la Secretaría, la implementación de la Economía Circular en los sectores productivos de bienes y de prestación de servicios que estén establecidos dentro de su territorio, conforme al Programa Nacional; VIII. Impulsar que la Actividad Económica se efectúe conforme a los principios de Economía Circular previstos en la presente Ley; IX. Fomentar prácticas de economía local, colaborativa y solidaria; X. Fomentar y promover el emprendimiento con base en los principios de Economía Circular establecidos en la presente Ley; XI. Solicitar asistencia técnica a la Secretaría de acuerdo con el ámbito competencial de estas, y XII. Las demás que se prevén en esta Ley y en otros ordenamientos que resulten aplicables. Artículo 9.- Cada municipio, en el ámbito de su competencia, tiene las siguientes atribuciones: I. Aplicar, en el ejercicio de funciones de manejo integral de residuos sólidos urbanos, las disposiciones previstas en la LGPGIR que impliquen la ejecución de los principios y criterios de Economía Circular que establece la presente Ley; II. Elaborar y presentar programas de fomento y desarrollo en materia de Economía Circular, con contenidos alineados con el Programa Nacional; III. Participar, en coordinación con las entidades federativas, en la promoción de modelos de Economía Circular; IV. Promover y desarrollar proyectos en materia de Economía Circular para la mejora continua de las capacidades laborales y productivas de las personas trabajadoras; Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 19 V. Impulsar ferias, exposiciones, congresos, eventos y actividades similares que promuevan la economía local, sostenible, colaborativa, comunitaria y solidaria, así como el emprendimiento con base en los principios de Economía Circular establecidos en la presente Ley; VI. Brindar a la población, información y capacitación, así como desarrollar campañas, en materia de Economía Circular, de acuerdo con los criterios y principios de la presente Ley, y VII. Las demás que se prevén en esta Ley y en otros ordenamientos que resulten aplicables. Corresponde al Gobierno de la Ciudad de México, ejercer las facultades y obligaciones que este ordenamiento confiere a las entidades federativas y a los municipios respectivamente. Título Tercero De las políticas públicas y mecanismos de circularidad Artículo 10.- La Secretaría, mediante acuerdos generales de implementación de la REP determinará mecanismos para la implementación gradual de las obligaciones contenidas en esta Ley, por sector productivo, Producto, o ambos. El sector productivo debe ser convocado a participar en la elaboración del proyecto del acuerdo general correspondiente. La Secretaría de Economía emitirá opinión previa sobre los acuerdos generales de implementación de la REP en el ámbito de su competencia. En los casos que proceda, los anunciará, notificará o consultará, según corresponda, en términos de los acuerdos internacionales en materia económica. Asimismo, debe requerir al sector productivo, a la persona productora y, en su caso, a los organismos coordinadores, a las confederaciones nacionales, o las cámaras nacionales, información para la elaboración de acuerdos generales de implementación. Las personas productoras e importadoras y, en su caso, los organismos coordinadores: I. Están sujetas al cumplimiento de las disposiciones de los acuerdos generales de implementación de la REP, y II. Pueden celebrar convenios de concertación con la Secretaría en términos del artículo 48 de esta Ley, así como de auditoría ambiental voluntaria con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente conforme al artículo 35 de esta Ley. Las autoridades competentes podrán otorgar estímulos fiscales en términos de la normativa aplicable. Capítulo Primero De la Gestión Circular y su registro Artículo 11.- La Gestión Circular debe incorporar integralmente los aspectos ambientales, funcionales, económicos y sociales a lo largo del Ciclo de Vida de materiales, productos y residuos. Artículo 12.- Cuando la Secretaría publique en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo general de implementación de la REP y, todas las personas productoras e importadoras o, en su caso, el Organismo Coordinador, comprendidos en el acuerdo, tienen la obligación de elaborar la Gestión Circular y solicitar su inscripción en el Registro, en los plazos que en el propio acuerdo se establezcan. El acuerdo general de implementación de la REP debe prever las actividades que correspondan al sector o categoría del Producto que regule, para que cada persona productora o importadora pueda ejecutar los mecanismos directos o indirectos de circularidad respectivos, cuando sean ambiental, técnica y económicamente viables; también debe establecer metas que cada persona productora o importadora debe cumplir en los términos de la autorización de inscripción al Registro o en el convenio que, en su caso, se suscriba, así como los indicadores y metodologías para medirlas. Artículo 13.- Corresponde a la Secretaría analizar y autorizar la inscripción de la Gestión Circular. Para el análisis de la Gestión Circular, la Secretaría puede formular observaciones o requerir información. En el acto administrativo de registro, la Secretaría debe: I. Evaluar la Gestión Circular y, en estos casos, puede: a) Condicionar la inscripción con base en el acuerdo general de implementación de la REP correspondientes, así como en los convenios de concertación que, en su caso, se suscriban; 20 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 b) Sujetar la Gestión Circular a esquemas y metas de gradualidad de cumplimiento, en términos del artículo 48 de esta Ley y del acuerdo general de implementación de la REP y de los convenios de concertación suscritos correspondientes, y c) Considerar si el Producto cuenta o no con un plan de manejo en términos de la LGPGIR. En caso de contar con dicho plan la Secretaría debe considerar las autorizaciones o permisos ya existentes y reconocer la información que obra en sus archivos; II. Autorizar la inscripción en el Registro, o III. Negar la inscripción cuando: a) Se contravenga lo establecido en esta Ley, en el Reglamento, en las normas oficiales mexicanas, en el acuerdo general de implementación de la REP correspondiente, en el convenio de concertación suscrito o en otras disposiciones ambientales aplicables; b) La Huella Ambiental que forme parte de la solicitud se incremente, permanezca o no se reduzca significativamente en los plazos que señale el acuerdo general de implementación de la REP, el convenio de concertación suscrito; c) Exista falsedad en la información proporcionada por la persona productora o importadora o, en su caso, por el Organismo Coordinador, o d) El diseño del Producto carezca de medidas de compensación y no permita la circularidad, salvo causa justificada por inviabilidad ambiental, técnica o económica. Artículo 14.- La Gestión Circular que no sea autorizada o denegada por la Secretaría en un plazo de sesenta días hábiles, contados a partir del día en el que fue cargado para su inscripción en la Plataforma Nacional, adquiere el carácter de inscrito; en este caso, no es necesaria la notificación por parte de la Secretaría. Artículo 15.- La solicitud de inscripción de la Gestión Circular debe contener la información, datos y documentos siguientes: I. Un Análisis del Ciclo de Vida por categoría de Producto. Cuando resulte ambiental, técnica y económicamente inviable, la solicitud podrá contener un estudio del Ciclo de Vida conforme a lo previsto en el acuerdo general de implementación de la REP y en los convenios de concertación previstos en la presente Ley, bajo las modalidades simplificadas que en estos se establezcan; II. Mecanismos directos o indirectos de circularidad que le apliquen y las metas que les correspondan; III. Convenio de concertación, cuando se hubiese suscrito, y IV. Las demás que establezca el acuerdo general de implementación de la REP. La Gestión Circular debe tener como fundamento las disposiciones aplicables de esta Ley, la LGPGIR, el Reglamento, el acuerdo general de implementación de la REP, el Convenio de Concertación correspondiente y demás normativa aplicable. Deben tomarse en cuenta los instrumentos ambientales autorizados y vigentes que sean compatibles y congruentes con esta Ley. Artículo 16.- La inscripción de la Gestión Circular y el cumplimiento a las metas de gradualidad y a las demás obligaciones que de dicha inscripción emanan, están sujetas a reportes establecidos en el acuerdo general de implementación de la REP y los convenios de concertación inscritos; la revisión puede ratificar, modificar o cancelar la inscripción en el Registro y sus condiciones. Capítulo Segundo De los instrumentos de política pública Artículo 17.- Son instrumentos de política pública en materia de Economía Circular: I. El Programa Nacional; II. Los programas locales y municipales de Economía Circular; III. La inscripción de la Gestión Circular; IV. Los programas de vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa; Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 21 V. La auditoría ambiental voluntaria; VI. El Distintivo Nacional de Economía Circular; VII. Los instrumentos económicos, y VIII. Los demás que establezca la normativa en la materia. Sección Primera Del Programa Nacional Artículo 18.- El Programa Nacional es un instrumento de planeación, en los términos de la Ley de Planeación, que integra, coordina e impulsa políticas públicas, subprogramas, proyectos y actividades, bajo los criterios y principios de Economía Circular previstos en la presente Ley, con el fin de alcanzar objetivos de protección ambiental, la implementación de mecanismos que sean ambiental, técnica y económicamente viables para la promoción del desarrollo de la Economía Circular. Los principios establecidos en el programa deben favorecer que los procesos productivos, sus productos o materiales generen una menor Huella Ambiental, contribuyan a reducir emisiones contaminantes, ahorren recursos naturales, minimicen residuos y en alineación con estándares nacionales e internacionales que eviten crear barreras técnicas al comercio sin justificación. El Programa Nacional debe alinearse con el Plan Nacional de Desarrollo y a los programas sectoriales, en términos de la Ley de Planeación. Artículo 19.- La Secretaría debe elaborar el Programa Nacional con apoyo de las secretarías del ramo competentes, y con la participación de los sectores productivos. Artículo 20.- El Programa Nacional debe establecer objetivos, ejes, metas generales, líneas estratégicas, metodologías, indicadores de Economía Circular y evaluaciones; que resulten ambiental, técnica y económicamente viables, así como los siguientes ejes de actuación: I. Establecer mecanismos que promuevan la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para transitar hacia una Economía Circular, con visión de corto, mediano y largo plazo, en el ámbito de sus respectivas competencias; II. Impulsar la vinculación entre los diferentes participantes de las cadenas de valor, bajo los principios de Economía Circular dispuestos en la presente Ley; III. Facilitar mecanismos de cooperación con gobiernos extranjeros, empresas, organizaciones internacionales y agencias intergubernamentales, que fomenten e implementen la Economía Circular, conforme a los objetivos legítimos previstos en el mismo programa; IV. Promover que los procesos de generación del Producto e importación se apeguen a los principios, criterios y enfoques de la Gestión Circular y Economía Circular establecidos en la presente Ley; V. Diseñar y promover, con la coordinación y participación que corresponda a la Secretaría de Educación Pública y demás autoridades educativas, acciones orientadas a la difusión del conocimiento en temas de Economía Circular, así como su incorporación en programas educativos, que generen conciencia en la población e incidan en la transición hacia patrones de consumo y Producción cada vez más sostenibles; VI. Prever esquemas de coordinación para la generación institucional de indicadores de Economía Circular; VII. Establecer las medidas adecuadas para el desarrollo de mercados de materias primas secundarias y de residuos; VIII. Establecer acciones de regulación, monitoreo y vigilancia para el cumplimiento de la Responsabilidad Extendida del Productor; IX. Planear el desarrollo de indicadores de Economía Circular que permita evaluar el impacto de la Economía Circular en el país; X. Fortalecer la vinculación entre sectores productivos para optimizar las cadenas de valor y minimizar pérdidas de materiales vírgenes o materias primas secundarias; 22 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 XI. Fomentar la participación activa de las personas, la sociedad civil organizada y el sector privado en las estrategias y acciones de Economía Circular; XII. Identificar los sectores productivos y categorías de productos sobre los cuales podrán emitirse acuerdos generales de implementación de la REP, a partir de las necesidades ambientales y la viabilidad técnica y económica; XIII. Promover sistemas que reduzcan los impactos negativos al ambiente, mediante mecanismos directos e indirectos de circularidad y que fomenten la aplicación de los principios de Economía Circular durante la Producción; XIV. Fomentar el desarrollo y uso de tecnologías sustentables, así como el uso de mecanismos directos e indirectos de circularidad que favorezcan la transición hacia una Economía Circular, y XV. Los demás que se establezcan en el Reglamento. Artículo 21.- En los ejes de actuación del Programa Nacional, referidos en el artículo anterior, se deben prever, conforme a la normativa aplicable, las siguientes acciones: I. Impulsar la Producción responsable y eficiente mediante modelos de desarrollo económico sostenible que promuevan la protección ambiental, a través de acciones que faciliten esquemas de Encadenamiento Sustentable que maximicen el uso y Aprovechamiento Circular del Producto, de materiales y recursos dentro de la Cadena de Valor, que contribuyan a reducir la extracción de materiales vírgenes y uso de sustancias tóxicas; II. Fomentar el Diseño Circular desde la Producción, con criterios que optimicen el uso de Material Virgen, la incorporación de materias primas secundarias y materiales reciclados en la Producción, así como la minimización del uso de sustancias tóxicas o contaminantes, a fin de obtener productos de fácil Aprovechamiento Circular o, en su caso, de su disposición final; III. Fomentar modelos de servicio de uso compartido que permitan satisfacer necesidades sin que sea indispensable la adquisición o posesión de los productos; IV. Diseñar y establecer programas de cultura de Consumo Responsable, mediante campañas informativas a la ciudadanía sobre las implicaciones ambientales en cada etapa del Ciclo de Vida de los productos, y las alternativas para el aprovechamiento de los materiales al final de su vida útil, así como la separación en fuente de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, su adecuada separación y aprovechamiento; V. Impulsar mercados circulares de materias primas secundarias y de residuos que faciliten su incorporación en la Cadena de Valor y que, en consecuencia, reduzcan la extracción de Material Virgen; VI. Prevenir y minimizar la generación de residuos, con el establecimiento de acciones preventivas y mecanismos directos e indirectos de circularidad para la prevención de la generación y minimización de residuos, con base en el principio de jerarquización establecido en esta Ley; VII. Establecer como criterio el rediseño o modificación intencional de productos que no fueron consumidos, conforme a la presente Ley, con la finalidad de reducir el impacto ambiental; VIII. Fomentar la cultura de la reutilización de productos y materiales, para incrementar la vida útil de estos, y mantenerlos dentro de la economía el mayor tiempo posible; IX. Impulsar la Gestión Circular, incluido el Diseño Circular, y establecer esquemas que contemplen la reparabilidad del Producto, así como facilitar la accesibilidad de las personas consumidoras a esta acción, para fomentar la reparación de productos, antes que el desecho y reemplazo del Producto; X. Impulsar la implementación de modelos de gestión con perspectiva de Reciclaje Inclusivo; XI. Fomentar la reutilización, reparación o reacondicionamiento de productos que pueden volver a servir para lo que fueron creados; XII. Establecer la gradualidad y definir metas para: a) El uso sostenible de los recursos naturales y el aprovechamiento sostenible del agua; b) La clasificación adecuada de los residuos, que incluya lineamientos armonizados para todas las entidades federativas; Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 23 c) La reducción del desperdicio de alimentos; d) El reciclaje de materiales y residuos de interés nacional, así como aquellos comprometidos en convenios internacionales; e) La incorporación de materiales reciclados en productos y la sustitución en estos de sustancias tóxicas por otras que no lo sean, y f) La reducción de la disposición final en rellenos sanitarios; XIII. Las demás actividades y acciones que permitan incentivar la transición a la Economía Circular. Artículo 22.- En los ejes de actuación del Programa Nacional, referidos en el artículo anterior de esta Ley, se deben prever las siguientes acciones transversales para la Administración Pública Federal: I. Acción climática: Las acciones que contribuyan a disminuir emisiones de gases de efecto invernadero y carbono negro, así como aquellas encaminadas a fortalecer la adaptación y resiliencia al cambio climático, con atención prioritaria a grupos vulnerables, en congruencia y de manera complementaria con lo establecido en la Ley General de Cambio Climático y demás normativa aplicable; II. Creación de empleos: Acciones que generen puestos de trabajo relacionados con los Criterios y Principios de Economía Circular para la protección y restauración del medio ambiente, que incrementen la inclusión social y el crecimiento económico sostenible; III. Innovación tecnológica: Desarrollo y adopción de nuevas tecnologías que permitan optimizar los procesos de generación de productos circulares, y dé prioridad a la eficiencia en el uso de recursos; IV. Consumo Responsable: Promover la toma de decisiones informada con respecto al consumo del Producto, para que los procesos productivos sean más eficientes y sustentables; V. Educación y cultura de la circularidad: Fortalecimiento del conocimiento de la población sobre el tema de Economía Circular, a fin de facilitar su aplicación y la adopción de estilos de vida sustentables; VI. Promover las buenas prácticas regulatorias; VII. Reciclaje Inclusivo: reconocer y visibilizar la aportación social, económica y ambiental de la actividad de las personas recicladoras de base o pepenadoras, así como el desarrollo e implementación de modelos que incluyan a estas personas en la Economía Circular; VIII. Implementar las medidas de control, inspección, vigilancia y verificación que, en su caso, correspondan, y IX. Las demás que se establezcan en el Reglamento. Sección Segunda Del Distintivo Nacional de Economía Circular Artículo 23.- La Secretaría autorizará el uso del Distintivo Nacional de Economía Circular para identificar los productos que cumplen con los principios y criterios de Economía Circular. El distintivo brinda información veraz, verificable y accesible al consumidor respecto del cumplimiento a lo dispuesto por esta Ley. Los requisitos y formalidades para el uso del Distintivo Nacional de Economía Circular se establecen en el Reglamento de la presente Ley. El uso del Distintivo queda sujeto a la autorización que emita la Secretaría con base en el proceso de auditoría ambiental voluntaria de acuerdo con el cumplimiento de los acuerdos generales de implementación de la REP y los convenios de concertación. Artículo 24.- El Distintivo Nacional de Economía Circular tiene una vigencia de tres años, con posibilidad de renovarse, en cumplimiento con los fines de esta Ley y conforme a las disposiciones del Reglamento. Artículo 25.- El Producto que cuente con la autorización para el uso del Distintivo Nacional de Economía Circular tendrá preferencia para su adquisición, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en materia de contrataciones públicas. 24 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Sección Tercera Del Instrumento Económico Artículo 26.- Al Ejecutivo Federal le corresponde la expedición de instrumentos económicos para fomentar la Economía Circular, alineados con el Programa Nacional y al Reglamento de esta Ley. Los instrumentos que contengan estímulos fiscales deben sujetarse a las disposiciones fiscales aplicables. Artículo 27.- Las entidades federativas, conforme a sus atribuciones, diseñarán y promoverán instrumentos económicos que fomenten la Economía Circular dentro de sus respectivas jurisdicciones competenciales, así como proponer a la autoridad competente de la Administración Pública Federal los instrumentos económicos que se puedan aplicar, incluidos a los modelos de complementariedad. Título Cuarto De la información, la educación, la cultura y la investigación Capítulo Primero De la Plataforma Nacional Artículo 28.- A la Secretaría, en la calidad de presidencia del Sistema, le corresponde implementar, coordinar y operar la Plataforma Nacional, para el registro y difusión de información en la materia de Economía Circular, con la participación de las dependencias de la Administración Pública Federal en el ámbito de sus respectivas competencias. Artículo 29.- Para el funcionamiento y operación de la Plataforma Nacional, los sujetos obligados deben, permanentemente integrar y actualizar el contenido de esta, así como realizar las acciones necesarias para que la información del Sistema tenga la mayor difusión posible entre la población. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía participará en la implementación, coordinación y operación de la Plataforma Nacional para registrar y difundir información sobre Economía Circular, con apego a lo establecido en la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben proporcionar la información que les soliciten las autoridades que coordinan la implementación y operación de la Plataforma Nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables y, en su caso, los convenios que se celebren para tales efectos. Artículo 30.- La Plataforma Nacional debe contener lo siguiente: I. El Programa Nacional; II. Información básica de divulgación sobre la Economía Circular; III. Información sobre los modelos de servicio, así como de otros modelos de negocio circulares más representativos; IV. Información que permita la adopción de prácticas de Economía Circular en la población y los sectores productivos; V. El directorio de empresas que cuentan con el Distintivo Nacional de Economía Circular y, en su caso, otros distintivos de circularidad otorgados por entidades federativa en términos de las disposiciones aplicables; VI. La trazabilidad de productos establecidos en los acuerdos generales de implementación de la REP, y VII. La demás información que se requiera para alimentar a la Plataforma Nacional. Capítulo Segundo De la educación, la cultura y la investigación en materia de Economía Circular Artículo 31.- El Gobierno Federal, los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en sus respectivos ámbitos de competencia, deben promover la participación y el involucramiento de los distintos sectores en la generación de materiales que contribuyan a impulsar la corresponsabilidad social y la transición hacia modelos de Economía Circular, así como propiciar la generación de campañas de comunicación masiva, para lo cual pueden utilizar diversos medios, para el fortalecimiento de la conciencia ambiental y la adopción de hábitos de Consumo Responsable, así como para la divulgación de una perspectiva de Reciclaje Inclusivo. Los tres órdenes de gobierno deben propiciar la participación e involucramiento de los diferentes sectores de la sociedad para el cumplimiento del presente artículo. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 25 Artículo 32.- La Secretaría, así como las secretarías del ramo en materia de economía, de educación pública, de salud, y de ciencia, humanidades, tecnología e innovación deben establecer la coordinación que sea necesaria para el cumplimiento de las atribuciones que esta Ley le confiere a la Administración Pública Federal. A la Secretaría de Educación Pública le corresponde promover que en los planes de educación media superior y superior se desarrollen programas de estudio para la formación de especialistas en materia medioambiental, particularmente en medio ambiente y sustentabilidad, gestión ambiental, Economía Circular y demás campos de la ciencia que son afines para lograr los objetivos de la presente Ley. Artículo 33.- La Secretaría en forma coordinada y con la participación de la Secretaría de Educación Pública debe promover que las instituciones de educación media superior, superior, y los organismos dedicados a la investigación científica y tecnológica, desarrollen planes y programas para la formación de especialistas en la materia de Economía Circular en el territorio nacional, así como para la investigación y generación de tecnologías que faciliten la transición hacia la Economía Circular. Asimismo, la Secretaría de Educación Pública y las autoridades educativas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán de manera progresiva programas escolares de Economía Circular en los planteles públicos de educación básica, media superior y superior. Artículo 34.- La Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación debe integrar en el ámbito de sus atribuciones, la perspectiva de Economía Circular en la innovación, el desarrollo tecnológico y el fortalecimiento de la planta productiva nacional, conforme a sus atribuciones y los ordenamientos aplicables. Título Quinto De las obligaciones y las responsabilidades ambientales Capítulo Primero De la auditoría ambiental voluntaria en materia de economía circular Artículo 35.- La Secretaría promoverá por conducto de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente la realización de auditorías ambientales voluntarias, conforme a las disposiciones de la presente Ley, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y demás normativa aplicable. La auditoría en materia de Economía Circular, para efectos de esta Ley, es el proceso sistemático de verificación, y voluntario de carácter preventivo y, en su caso, correctivo, que permite evaluar el grado de cumplimiento de los principios, disposiciones, criterios y objetivos en materia de Economía Circular, así como de la normativa aplicable. La finalidad de la evaluación es identificar oportunidades de mejora en los procesos, optimizar el uso de recursos y minimizar los impactos ambientales; así como favorecer la adopción de buenas prácticas y el fortalecimiento de la competitividad del sector productivo. El Reglamento debe prever los procedimientos, requisitos y demás disposiciones relativas a la auditoría en materia de Economía Circular, a fin de establecer criterios técnicos, metodologías de evaluación, acreditación de auditores y los mecanismos de supervisión que aseguren su implementación efectiva, con el objeto de definir las medidas preventivas y correctivas necesarias. Capítulo Segundo De la responsabilidad empresarial y Responsabilidad Extendida del Productor o REP Artículo 36.- Los sectores productivos tienen la obligación de generar o desarrollar productos con Diseño Circular, cuando ello resulte ambiental, técnica y económicamente viable, así como implementar las políticas, bases y principios de Economía Circular bajo un esquema de Responsabilidad Extendida del Productor en su Actividad Económica conforme a los acuerdos generales de implementación de la REP y, en su caso, los convenios de concertación. Artículo 37.- Los sectores productivos e importadores están obligados a organizar, fomentar y, en su caso, financiar los esquemas de Economía Circular de los productos que generan o importan, conforme a esta Ley, los acuerdos de implementación de la REP y, en su caso, los convenios de concertación; o de los aprovechamientos de los residuos y mediante la recuperación del valor de estos, conforme a las disposiciones de la LGPGIR, con la finalidad de incorporar materias primas secundarias a las cadenas de valor. Las obligaciones de la persona productora son complementarias y no excluyen las obligaciones que surgen de la responsabilidad compartida prevista en la LGPGIR, así como aquellas que corresponden al consumidor y a la autoridad competente. 26 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Artículo 38.- El Organismo Coordinador tiene la obligación de promover estrategias para implementar los mecanismos directos e indirectos de circularidad en procesos productivos circulares, así como las demás acciones que maximicen la vida útil del Producto, la recuperación del valor de los residuos, y que den impulso a la Economía Circular. El Organismo Coordinador es corresponsable con el sector de producción al que representa, en la elaboración de la Gestión Circular que la persona productora o importadora debe inscribir en la Plataforma Nacional, conforme a los términos de su representación, así como en el cumplimiento de las acciones que conllevan dicho diseño, por lo que también le es aplicable la Responsabilidad Extendida del Productor. Los requisitos y los procedimientos para la inscripción de la Gestión Circular en el Registro, así como las funciones y mecanismos de supervisión que le corresponde efectuar al Organismo Coordinador se deben pormenorizar en el Reglamento, con el fin de precisar su acreditación ante las autoridades, el alcance de sus facultades y la forma de coordinarse con personas productoras, importadoras, autoridades y otros actores involucrados en la Economía Circular. Artículo 39.- La persona productora, importadora o, en su caso, el Organismo Coordinador tiene la obligación de efectuar la inscripción en el Registro de la Gestión Circular en la Plataforma Nacional. La Gestión Circular debe contener las etapas y las acciones que correspondan al Ciclo de Vida, incluido el Diseño Circular, conforme al artículo 15 de esta Ley. Artículo 40.- El cumplimiento de las obligaciones se clasifica como de: I. Cumplimiento directo, cuando la persona productora o importadora aplica mecanismos directos de circularidad sin mediación de terceras personas, y II. Cumplimiento indirecto, cuando la persona productora o importadora aplica mecanismos indirectos de circularidad con intervención de terceras personas, a través del acuerdo celebrado para el Encadenamiento Sustentable o mediante compensación ambiental. Artículo 41.- La Responsabilidad Extendida del Productor también puede cumplirse mediante las medidas de compensación ambiental cuando, por causas debidamente justificadas, la persona productora, importadora o, en su caso, el Organismo Coordinador no pueda cumplir con las obligaciones previstas en esta Ley bajo el esquema de Responsabilidad Extendida del Productor; en estos casos debe cumplir con las medidas de compensación ambiental previstas en la Gestión Circular registrada. La Secretaría, mediante acuerdos generales de implementación de la REP, establecerá los casos, criterios técnicos, procedimientos y condiciones para determinar dichas medidas. En los casos en los que se apliquen medidas de compensación ambiental se debe mitigar o revertir de manera proporcional a la Huella Ambiental. Estas pueden consistir en: I. Restauración ecológica; II. Conservación y preservación de áreas naturales protegidas; III. Reparación del daño ambiental, conforme a la legislación aplicable; IV. Reforestación; V. Reducción de emisiones contaminantes, y VI. Adquisición o generación de instrumentos financieros certificados, como bonos verdes, créditos de carbono u otros mecanismos equivalentes, siempre y cuando dichos instrumentos estén regulados o validados por la autoridad competente en materia financiera o ambiental. La autoridad competente que conforme a sus atribuciones emita una resolución ambiental debe tomar en cuenta las medidas equivalentes de compensación que lleve a cabo la persona productora en cumplimiento a una resolución impuesta con base a otra normativa ambiental, cuando esté relacionada con el mismo hecho o la misma conducta, siempre que tenga congruencia con el acuerdo general de implementación de la REP y cumpla con indicadores de Economía Circular. En el Reglamento se establecen los procedimientos para incluir las medidas de compensación ambiental en la Gestión Circular. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 27 Capítulo Tercero De la responsabilidad social y la participación de las personas consumidoras Artículo 42.- La población participa en la Economía Circular mediante los hábitos de Consumo Responsable siguientes: I. Realizar un Consumo Responsable, informado y sostenible de productos; con preferencia a aquellos que son duraderos y son generados mediante un uso eficiente del agua y de energía, y evitar aquellos productos de un solo uso; II. Adoptar medidas de Aprovechamiento Circular que optimicen la vida útil del Producto; III. Optar por modelos de servicio cuando se oferte que, sin adquirir la propiedad de los productos, se satisfagan las necesidades de consumo; IV. Reducir la generación de residuos y el desperdicio de agua, de energía, de productos y de alimentos; V. Separar los residuos en sus viviendas, de acuerdo con el sistema de clasificación que se establezca para tal fin, y VI. Aprovechar al máximo los materiales y los residuos, mediante procesos de compostaje, mecanismos de circularidad y prácticas de Reciclaje Inclusivo, entre otros. Artículo 43.- Las personas físicas o morales tienen prohibido: I. Generar o utilizar información falsa respecto de las características medioambientales de uno o más productos; II. Generar o utilizar información sobre el desarrollo de su Proceso o de sus procesos apegados a criterios o principios de Economía Circular, cuando dicha información sea falsa; III. Realizar u omitir acciones que impidan maximizar la vida útil del Producto y su Aprovechamiento Circular; IV. Usar en productos el Distintivo Nacional de Economía Circular, sin contar con la autorización correspondiente; V. Usar el Distintivo Nacional de Economía Circular sin autorización de la Secretaría, o una etiqueta o distintivo que pueda confundir a las personas consumidoras, y VI. Las demás que se establecen en el Reglamento. Capítulo Cuarto De las responsabilidades y sanciones Artículo 44.- La persona productora, importadora o el Organismo Coordinador responsable de fuentes de generación o manejo del Producto, o materias reguladas por esta Ley o en el Reglamento debe proporcionar a la Secretaría los informes, o documentos conforme a las obligaciones previstas en la Gestión Circular inscrita en el Registro, dentro del plazo que establecen las disposiciones jurídicas aplicables. En caso de no cumplir con esta obligación se les aplicarán las sanciones administrativas previstas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Artículo 45.- Las infracciones cometidas a esta Ley y a su Reglamento, serán sancionadas por la Secretaría, conforme lo establecen los artículos 171 y 173 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad por daños al ambiente, así como de las penas que correspondan cuando los actos u omisiones constituyan delitos. Artículo 46.- La Secretaría tiene la facultad potestativa de convenir con la persona infractora mecanismos alternativos de solución de controversias. 28 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Capítulo Quinto De la gradualidad Artículo 47.- La Secretaría, mediante acuerdos generales de implementación de la REP que deben publicarse en el Diario Oficial de la Federación, puede establecer la gradualidad diferenciada para el cumplimiento de las disposiciones de circularidad, mediante metas que fije con base en las capacidades económicas, financieras, y tecnológicas de cada persona productora, Producción o importación, en particular de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como la aplicación de mecanismos directos e indirectos de circularidad, la suscripción de convenios y la ejecución de las demás medidas que establece esta Ley. Las micro, pequeñas y medianas empresas son aquellas que se prevén en sus términos en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Artículo 48.- La Secretaría debe establecer esquemas y metas de gradualidad de cumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 13, 15, 23 y 47 de esta Ley, y para tal fin puede suscribir convenios de concertación con la persona productora, importadora o con el Organismo Coordinador. Para la celebración de estos convenios se deben evaluar los efectos que genere la gradualidad en las metas de cumplimiento y las propuestas de la persona productora, en particular de las micro, pequeñas y medianas empresas, importadoras o del Organismo Coordinador. Estos convenios son de interés general y se publicarán en el Diario Oficial de la Federación. Título Sexto De la aplicación supletoria Artículo 49.- En lo no previsto en esta Ley se aplicarán supletoriamente la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la normativa aplicable. Artículo Segundo.- Se reforman los artículos 3o., fracción XXXII; 15, fracción VII y 39, primer párrafo, y se adicionan la fracción III Bis al artículo 22 Bis, el Capítulo II Bis “Aprovechamiento Sustentable en las Actividades Económicas” al Título Tercero, y los artículos 107 Bis 1 y 107 Bis 2, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue: ARTÍCULO 3o.- ... I.- a XXXI.- ... XXXII.- Residuo: Material o producto cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, y que puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a tratamiento o disposición final conforme a la normativa ambiental aplicable; XXXIII.- a XXXIX.- ... ARTÍCULO 15.- ... I.- a VI.- ... VII.- El aprovechamiento de los recursos naturales renovables debe realizarse de manera que se asegure el mantenimiento de su diversidad y renovabilidad, así como sujetarse a las modalidades que dicte el interés público y, en su caso, implementar mecanismos en materia de economía circular; VIII.- a XX.- ... ARTÍCULO 22 Bis.- ... I.- a III.- ... III BIS.- El aprovechamiento de recursos naturales en los términos previstos en el artículo 107 Bis 1 de esta Ley; IV.- a VII.- ... ARTÍCULO 39.- Las autoridades competentes promoverán la incorporación de contenidos relacionados con la protección del ambiente, el desarrollo sustentable, la economía circular, la mitigación y adaptación al cambio climático, así como la reducción de la vulnerabilidad ante sus efectos, además de conocimientos, valores y competencias ambientales, en los diversos ciclos educativos, especialmente en el nivel básico, así como en la formación cultural de la niñez y la juventud. ... ... ... Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 29 TÍTULO TERCERO CAPÍTULO II BIS Aprovechamiento Sustentable en las Actividades Económicas ARTÍCULO 107 BIS 1.- El aprovechamiento de materiales vírgenes extraídos de fuentes naturales para destinarse a las actividades económicas, procesos productivos o generación de productos deberá cumplir con los principios, criterios, estrategias, mecanismos y obligaciones previstos en materia de economía circular, conforme a la legislación aplicable. Cuando sea ambiental, técnica y económicamente viable, dicho aprovechamiento deberá fomentar el encadenamiento productivo, privilegiando la integración progresiva de materias primas secundarias provenientes de actividades económicas, procesos o productos valorizados, a fin de reducir la dependencia de materiales vírgenes. ARTÍCULO 107 BIS 2.- El aprovechamiento debe propiciar y maximizar la vida útil de los productos, la valorización de los residuos, y garantizar la menor huella ambiental posible. Artículo Tercero.- Se reforman los artículos 2, fracción XII; 5, fracciones II, XXIV y XLIII; 35, fracción I; 95; y 106, fracción II, y se adiciona un párrafo tercero, recorriéndose en su orden el último párrafo, al artículo 25, de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para quedar como sigue: Artículo 2.- ... I. a XI. ... XII. La valorización, la responsabilidad compartida y el manejo integral de residuos, aplicados bajo condiciones de circularidad, eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social, en el diseño de instrumentos, programas y planes de política ambiental para la gestión de residuos. ... Artículo 5.- ... I. ... II. Aprovechamiento de los Residuos: Conjunto de acciones cuyo objetivo es recuperar el valor económico de los residuos mediante su reutilización, remanufactura, rediseño, tratamiento, reciclado y recuperación de materiales secundarios o de energía; III. a XXIII. ... XXIV. Producto: Bien que generan los procesos productivos a partir de la utilización de material virgen o primario, o de materiales secundarios. Para los fines de los planes de manejo, un producto envasado comprende sus ingredientes o componentes y su envase; XXV. a XLII. ... XLIII. Termovalorización: Aprovechamiento de residuos orgánicos e inorgánicos para la generación de energía eléctrica; XLIV. a XLVI. ... Artículo 25.- ... ... También debe tener como base los principios de circularidad, jerarquización y trazabilidad, previstos en la Ley General de Economía Circular. ... Artículo 35.- ... I. Fomentarán y apoyarán la conformación, consolidación y operación de grupos intersectoriales interesados en participar en el diseño e instrumentación de políticas y programas de economía circular, y demás correspondientes, así como para prevenir la contaminación de sitios con materiales y residuos y llevar a cabo su remediación; II. a VII. ... 30 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Artículo 95.- La regulación de la generación y manejo integral de los residuos sólidos urbanos y los residuos de manejo especial, se llevará a cabo conforme a lo que establezca la presente Ley, la Ley General de Economía Circular, las disposiciones emitidas por las legislaturas de las entidades federativas y demás disposiciones aplicables. Artículo 106.- De conformidad con esta Ley y su Reglamento, serán sancionadas las personas que lleven a cabo cualquiera de las siguientes actividades: I. ... II. Incumplir durante el manejo integral de los residuos peligrosos, las disposiciones previstas por esta Ley, la Ley General de Economía Circular, los acuerdos generales de implementación de la responsabilidad extendida del productor y la normativa aplicable, así como en las autorizaciones que al efecto se expidan; III. a XXIV. ... Transitorios Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo. El Ejecutivo Federal, dentro de los ciento ochenta días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, deberá expedir el o los reglamentos de la Ley General de Economía Circular. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal iniciarán el procedimiento administrativo para modificar y adecuar las normas oficiales mexicanas existentes, así como el procedimiento administrativo para la creación y expedición de las normas oficiales mexicanas que se requieran, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. Para la implementación de esta disposición transitoria debe seguirse lo establecido en la fracción III del artículo 6 de esta Ley. Tercero. El Programa Nacional de Economía Circular se publicará en el Diario Oficial de la Federación en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales, contados a partir de la publicación del Reglamento de la presente Ley. En la identificación de sectores productivos y categorías de productos del Programa 2026-2030 deben incluirse aquellos correspondientes al plástico que, en términos de los procedimientos de la Ley de Planeación, determine la Secretaría. Cuarto. Dentro del plazo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, las legislaturas de las entidades federativas adecuarán y armonizarán su legislación con las disposiciones de la Ley General de Economía Circular que se expide con el presente Decreto. Quinto. Las legislaturas locales que no efectúen la armonización que se indica en el transitorio anterior deberán aplicar las disposiciones de esta Ley, en el ámbito local. Sexto. A partir de la entrada en vigor de la presente Ley y dentro del plazo de cinco años con prórroga por acuerdo casuístico, los rellenos sanitarios autorizados iniciarán un proceso progresivo de reconversión para cumplir con las metas de reducción de la disposición final para promover su integración en el Modelo de Economía Circular Nacional. Séptimo. Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor de la presente Ley se realizarán con cargo al presupuesto aprobado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes en el Presupuesto de Egresos de la Federación, las modificaciones a la estructura orgánica deberán llevarse a cabo mediante movimientos compensados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, por lo que no incrementará su presupuesto regularizable de gasto de operación ni de servicios personales y no se autorizarán recursos adicionales para el ejercicio fiscal de que se trate. Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2025.- Dip. Kenia López Rabadán, Presidenta.- Sen. Laura Itzel Castillo Juárez, Presidenta.- Dip. Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Secretaria.- Sen. María Martina Kantún Can, Secretaria.- Rúbricas." En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 14 de enero de 2026.- Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria de Gobernación.- Rúbrica. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 31 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ANEXO 18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 28 de diciembre de 2025. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración tributaria. ANEXO 18 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2026 Dictamen de estados financieros para efectos fiscales (SIPRED 2025) Tipo I Para los efectos de los artículos 32-A, párrafo quinto y 52, fracción IV del CFF, en relación con las reglas 1.4., fracción XVIII y 2.10.6., se dan a conocer los instructivos de integración y de características, así como los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2025 (SIPRED 2025) Tipo I, conforme a lo siguiente: Contenido Este anexo se integra de los instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito y de los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el contador público, por el ejercicio fiscal del 2025, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2025 (SIPRED 2025), aplicable a los tipos de dictámenes que se mencionan.  Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2025, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2025 (SIPRED 2025).  Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2025 utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2025 (SIPRED 2025). A. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros general, por el ejercicio fiscal del 2025.  Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).  Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público). B. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje por el ejercicio fiscal del 2025.  Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).  Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público). C. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las casas de cambio, por el ejercicio fiscal del 2025.  Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).  Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público). D. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros de los intermediarios financieros no bancarios, aplicable a las uniones de crédito, a los almacenes generales de depósito, a las arrendadoras financieras, a las empresas de factoraje financiero, a las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, entidades de ahorro y crédito popular conforme a la ley de ahorro y crédito popular y a otros intermediarios financieros no bancarios, por el ejercicio fiscal del 2025.  Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).  Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público). E. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a los fondos de inversión de capitales, de renta variable y en instrumentos de deuda, por el ejercicio fiscal del 2025.  Cuestionario de diagnóstico fiscal (Revisión del Contador Público).  Cuestionario en materia de precios de transferencia (Revisión del Contador Público). Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2025, utilizando el sistema de presentación del dictamen 2025 (SIPRED 2025), aplicable a los siguientes tipos de dictámenes: A. Estados financieros general. B. Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje. C. Casas de cambio. D. Intermediarios financieros no bancarios. E. Fondos de inversión. 32 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 I.- Paquete utilizado para la generación del dictamen. SIPRED 2025. II.- Presentación del dictamen fiscal. La presentación se integra por:  Los anexos del dictamen generado a través del SIPRED 2025.  La opinión del contador público inscrito que dictamina y el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, así como:  El cuestionario de diagnóstico fiscal elaborado por el contador público.  El cuestionario en materia de precios de transferencia elaborado por el contador público.  En su caso, información adicional al dictamen. III.- Características generales. A.- Nombre del archivo. La información se integrará en un solo archivo encriptado y ensobretado con extensión sb2x, el cual será conformado por 26 caracteres (incluyendo extensión) y contendrá la información señalada en el punto II anterior. B.- La información de cada dictamen se integrará de la siguiente manera. Estados financieros general. No. de referencia del anexo Datos a contener Datos fijos: Datos de identificación: - Contribuyente. - Contador público. - Representante legal. Datos generales. Información del dictamen referente a: 1.- Estado de situación financiera. 2.- Estado de resultado integral. 3.- Estado de cambios en el capital contable. 4.- Estado de flujos de efectivo. 4.1.- Notas a los estados financieros. 5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos. 6.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. 7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. 8.- Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. 9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. 9.1.- Declaratoria. 10.- Relación de contribuciones por pagar. 11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. 12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. 13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. 15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según el estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. 16.- Operaciones con partes relacionadas. 17.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. 18.- Datos informativos. 19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 33 No. de referencia del anexo Datos a contener 20.- Inversiones. 21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. 22.- Préstamos. 23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. 25.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público). Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público). Contribuyentes que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje. No. de referencia del anexo Datos a contener Datos fijos: Datos de identificación: - Contribuyente. - Contador público. - Representante legal. Datos generales. Información del dictamen referente a: 1.- Estado de situación financiera. 2.- Estado de resultado integral. 3.- Estado de cambios en el capital contable. 4.- Estado de flujos de efectivo. 4.1.- Notas a los estados financieros. 5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos. 6.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. 7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. 8.- Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. 9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. 9.1.- Declaratoria. 10.- Relación de contribuciones por pagar. 11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. 12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. 13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. 15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. 16.- Operaciones con partes relacionadas. 17.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. 18.- Datos informativos. 34 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 No. de referencia del anexo Datos a contener 19.- Información de los integrantes de las personas morales como coordinados. 20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. 21.- Inversiones. 22.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. 23.- Préstamos. 24.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 25.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. 26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público). Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público). Casas de cambio. No. de referencia del anexo Datos a contener Datos fijos: Datos de identificación: - Contribuyente. - Contador público. - Representante legal. Datos generales. Información del dictamen referente a: 1.- Estado de situación financiera. 2.- Estado de resultado integral. 3.- Estado de cambios en el capital contable. 4.- Estado de flujos de efectivo. 4.1.- Notas a los estados financieros. 5.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. 6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. 6.1.- Declaratoria. 7.- Relación de contribuciones por pagar. 8.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. 9.- Operaciones financieras derivadas. 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. 12.- Operaciones con partes relacionadas. 13.- Información del contribuyente sobre operaciones con partes relacionadas. 14.- Datos informativos. 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. 16.- Inversiones. 17.- Préstamos. 18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 35 No. de referencia del anexo Datos a contener 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. 20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público). Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público). Intermediarios financieros no bancarios. No. de referencia del anexo Datos a contener Datos fijos: Datos de identificación: - Contribuyente. - Contador público. - Representante legal. Datos generales. Información del dictamen referente a: 1.- Estado de situación financiera. 2.- Estado de resultado integral. 3.- Estado de cambios en el capital contable. 4.- Estado de flujos de efectivo. 4.1.- Notas a los estados financieros. 5.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. 6.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. 7.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. 7.1.- Declaratoria. 8.- Relación de contribuciones por pagar. 9.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. 10.- Operaciones financieras derivadas. 11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. 12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. 13.- Operaciones con partes relacionadas. 14.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. 15.- Datos informativos. 16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. 17.- Inversiones. 18.- Préstamos. 19.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. 21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público). Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público). 36 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Fondos de inversión. No. de referencia del anexo Datos a contener Datos fijos: Datos de identificación: - Contribuyente. - Contador público. - Representante legal. Datos generales. Información del dictamen referente a: 1.- Estado de situación financiera. 2.- Estado de resultado integral. 3.- Estado de cambios en el capital contable. 4.- Estado de valuación de cartera de inversión. 4.1.- Notas a los estados financieros. 5.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. 6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. 6.1.- Declaratoria. 7.- Relación de contribuciones por pagar. 8.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. 9.- Operaciones financieras derivadas. 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. 12.- Operaciones con partes relacionadas. 13.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. 14.- Datos informativos. 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. 16.- Inversiones. 17.- Préstamos. 18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. 20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público). Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público). C.- Formato de presentación en SIPRED 2025. La información está integrada por los datos de identificación, datos generales, los estados financieros básicos, notas a los mismos, explicación de las variaciones, conciliaciones, integraciones, determinaciones y relaciones; y se presentarán en forma lineal vertical, de acuerdo a las reglas específicas con las que el sistema opera, asimismo, contiene la opinión, el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, el cuestionario de diagnóstico fiscal elaborado por el contador público, el cuestionario del contador público en materia de precios de transferencia, y en su caso, la información adicional al dictamen. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 37 D.- Presentación de la información. Los dictámenes deberán elaborarse y prepararse para su envío invariablemente en el sistema denominado SIPRED 2025, desarrollado por el Servicio de Administración Tributaria. En los formatos de los anexos no se pueden adicionar columnas, ni se pueden adicionar renglones con índices, salvo para la integración de los conceptos denominados “otros” o en los casos en que el propio sistema lo permita; sin embargo, sí es posible agregar “notas” a los mismos, conforme al apéndice III notas técnicas de este instructivo, así como las explicaciones de las variaciones. Cabe señalar que los importes de los datos a proporcionar de los anexos del dictamen que no se ocupen, podrán dejarse en blanco o bien poner un cero para evitar errores de omisión de la captura, excepto en aquellos índices, que el propio sistema indique que no deben dejarse en blanco y se requerirá que por lo menos se anote un cero. La información deberá presentarse respetando la estructura de construcción y encriptación de datos del SIPRED 2025. Asimismo, por ningún motivo podrá presentarla o editarla con algún otro software. En la presentación de los importes, se podrán utilizar fórmulas, sumatorias y cualquier tipo de operación o rutina que esté incluida en el SIPRED 2025. Para escribir los textos de las notas a los estados financieros, la declaratoria de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor, la opinión, el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, la información adicional al dictamen, la explicación de las variaciones podrá utilizar caracteres especiales (comas, puntos, paréntesis, corchetes, etc.). Las notas a los estados financieros, la declaratoria, la opinión, el informe, el cuestionario de diagnóstico fiscal se deberán requisitar obligatoriamente en todos los casos y cuando le aplique al contribuyente, también el cuestionario en materia de precios de transferencia y la explicación de las variaciones, en el caso de información de textos, deberán contener un mínimo de 100 caracteres. En el caso de utilizar el anexo de “información adicional”, se deberán capturar un mínimo de 100 caracteres. Con la finalidad de realizar las acotaciones de los estados financieros, relaciones y conciliaciones que estarán relacionadas con las notas a los mismos, se anotará la referencia inmediatamente después del nombre de la cuenta o subcuenta que se va a referenciar insertando una nota por medio del sistema con un máximo de 250 caracteres. En las notas relacionadas con cuentas adicionadas mediante índices agregados, se debe indicar el índice al que se refiere la nota. Ejemplo: Nota del índice 01010015000100… Todos los datos de las celdas, se capturarán de acuerdo a las reglas de validación propias del sistema. Se explicarán para los siguientes anexos las variaciones de un año con otro de las cuentas que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes al porcentaje en relación con el total del concepto que se esté integrando.  Estado de situación financiera. Del total del activo.  Integración analítica de ventas o ingresos netos. Del total de ventas o ingresos netos actualizados.  Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. Del total de gastos actualizados. IV.- Características específicas. A.- Las columnas.  Se deberá respetar el número de columnas establecidas para cada uno de los anexos específicos.  Por ningún motivo se deberán incorporar columnas, archivos o anexos extras.  Las notas a los estados financieros, la declaratoria, la opinión, el informe, la información adicional y la explicación de las variaciones no tendrán columnas de índices. B.- Los índices.  Se manejarán nueve caracteres alfanuméricos para el caso de datos de identificación y datos generales y catorce caracteres numéricos para los demás anexos.  El tratamiento del índice será como un carácter alfanumérico.  La justificación de los caracteres de los índices será centrada. C.- Los conceptos.  Todos los textos utilizados se presentarán en letras mayúsculas y no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Se podrán capturar con minúsculas; sin embargo, el SIPRED 2025 automáticamente las convierte a mayúsculas. 38 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 D.- Las cantidades.  Las cifras de importes, podrán contener fórmulas, pero no signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes o paréntesis), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.  Los símbolos como los paréntesis, los separadores de miles, etc.; solamente serán los que el sistema asigne (según la configuración que elija el usuario).  Las cantidades negativas deberán capturarse con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad, pero podrán visualizarse con paréntesis (según la configuración que elija el usuario).  Los campos numéricos que contengan información serán justificados a la derecha.  Los importes deberán anotarse invariablemente en pesos, no en miles de pesos.  Las cantidades representativas de porcentajes se deberán capturar con enteros y 2 decimales, sin el signo de porcentaje, excepto en los casos en que dichas cantidades representen un factor de actualización, los cuales deberán contener enteros y 4 decimales. Ejemplos: 10 % Se escribirá 10.00 28 % Se escribirá 28.00 2.89078 Se escribirá 2.8907 4.56320 Se escribirá 4.5632 V.- Terminología utilizada. Acuse de aceptación electrónico.- Mensaje de aceptación del dictamen, que emite y envía el SAT vía internet, a la dirección del correo electrónico del contador público y del contribuyente, con el “sello digital”. Alfabético.- Cuando se capturan solo letras. Alfanumérico.- Cuando se captura una combinación de letra(s) y/o número(s). Bytes.- Unidad de medida de almacenamiento magnético equivalente a 8 bits (binary digit) o a un carácter de información. Carácter. - Es la representación de cualquier letra o número en forma individual. Celda.- Se define por la intersección de una columna y un renglón. Copy (copiar).- Instrucción que permite tanto copiar uno o más archivos en otro disco como texto seleccionado dentro de un mismo o diferente documento. Directorio.- Estructura que agrupa un conjunto de archivos o subdirectorios. Documento digital.- Todo mensaje de datos que contiene información o escritura generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos. Encriptado.- Formato de archivo el cual, siguiendo un conjunto de métodos, se oculta el contenido del mismo a todos aquellos a quienes no esté dirigido. Ensobretado o firmado digital.- Proceso de integración al dictamen fiscal de la garantía/certificado digital y llave privada de un remitente y una garantía/certificado digital de un destinatario que permita garantizar su autenticidad, integridad, confidencialidad y no repudiación de la información trasmitida. Garantía / certificado digital (llave pública).- Documento electrónico que contiene un conjunto de información a la que se le ha fijado una firma digital, por una autoridad certificadora, en este caso el Servicio de Administración Tributaria, y se utiliza para firmar documentos electrónicos. Relacionada en forma inequívoca con la llave privada. Internet.- Red de alcance mundial que interconecta una gran cantidad de equipos de cómputo. Kilobyte (KB).- Unidad de medida de almacenamiento equivalente a 1024 bytes. Llave privada.- Contraseña que permite identificar junto con la garantía/certificado digital (llave pública) que el remitente y destinatario de la información son quienes dicen ser. Megabyte (MB).- Unidad de medida de almacenamiento equivalente a 1024 kilobytes. Numérico.- Cuando se capturan solo números. Paste (pegar).- Instrucción que permite tanto pegar uno o más archivos en otro disco como pegar texto seleccionado dentro de un mismo o diferente documento. Sello digital.- Mensaje electrónico que acredita que un documento digital fue recibido por la autoridad correspondiente en la hora y fecha que se consignen en el acuse de aceptación. Subdirectorio.- Estructura de almacenamiento que agrupa a un conjunto de archivos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 39 VI.- Procedimientos para utilizar el sistema SIPRED 2025. Para efectos de utilizar el SIPRED 2025 se procederá como se indica a continuación: A.- Requerimientos mínimos del equipo de cómputo: Procesador Intel Core i3® iv a 1.7 GHz o superior. 4 Gb en memoria RAM (8gb recomendado). Sistema operativo Microsoft Windows® 7 en adelante. Microsoft Office® 2010, 2013 o 2016 a 32 o 64 bits. Internet Explorer versión 11 o superior. Espacio libre en disco duro total de 1 GB. B.- Procedimiento de instalación del SIPRED. La instalación se llevará a cabo siguiendo las instrucciones señaladas en el manual de instalación del sistema, el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT. C.- Procedimiento de entrada. 1.- Iniciar una sesión de Excel. 2.- Se procederá a la generación de un dictamen nuevo y al llenado de los datos de identificación (del contribuyente, contador público inscrito, representante legal), datos generales y posteriormente a los demás anexos del dictamen fiscal. Apéndice I Catálogo de claves de entidades federativas. 01 Aguascalientes 17 Morelos 02 Baja California 18 Nayarit 03 Baja California Sur 19 Nuevo León 04 Campeche 20 Oaxaca 05 Coahuila 21 Puebla 06 Colima 22 Querétaro 07 Chiapas 23 Quintana Roo 08 Chihuahua 24 San Luis Potosí 09 Ciudad de México 25 Sinaloa 10 Durango 26 Sonora 11 Guanajuato 27 Tabasco 12 Guerrero 28 Tamaulipas 13 Hidalgo 29 Tlaxcala 14 Jalisco 30 Veracruz 15 Estado de México 31 Yucatán 16 Michoacán 32 Zacatecas El SIPRED cuenta con este catálogo del cual se podrá elegir la entidad federativa que corresponda. Apéndice II catálogo de claves de actividades para efectos fiscales. Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo de actividades económicas, vigente a la fecha de presentación del dictamen, el SIPRED contiene dicho catálogo actualizado, según el Anexo 6 publicado en el DOF el 21 de julio de 2014 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones publicadas en el mismo ordenamiento de fechas 22 de diciembre de 2014, 20 de noviembre de 2015, 12 de enero de 2016, 21 de agosto de 2019, 14 de mayo de 2020 y 30 de diciembre de 2024. Apéndice III Notas técnicas. Generales: Utilización de signos negativos.  Cuando las cuentas acreedoras tengan saldo deudor o bien las cuentas deudoras tengan saldo acreedor, se les antepondrá el signo negativo y cuando se trate de cuentas que su saldo pueda ser tanto acreedor como deudor, se deberá poner el signo negativo en dicha cuenta cuando:  Represente un saldo deudor, pero la cuenta se encuentre ubicada dentro de una clasificación de cuentas acreedoras.  Represente un saldo acreedor, pero la cuenta se encuentre ubicada dentro de una clasificación de cuentas deudoras.  Para efectos de una mejor visualización el sistema permite, a elección del usuario, ver las cantidades negativas entre paréntesis. 40 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Utilización de índices.  Por ningún motivo se podrán agregar índices denominados “total”, que por esencia reflejen el importe de un grupo de cuentas o subcuentas.  Tampoco se podrán agregar índices para desglosar el importe señalado en el índice preestablecido del cual se derivan los índices agregados.  Tampoco se podrá utilizar un índice ya preestablecido para ser ocupado por otro concepto.  Cada índice se compone de nueve caracteres alfanuméricos para el caso de datos de identificación y datos generales y catorce caracteres numéricos para los demás anexos, que identifican de manera única a cada concepto.  El SIPRED permitirá adicionar renglones con índices en algunos lugares preestablecidos o notas a los mismos, pero no permitirá adicionar columnas.  Los renglones que representen títulos no llevan índice y por lo tanto el SIPRED no permitirá anotar en ellos ninguna cantidad o dato. Construcción de nuevos índices.  En aquellos casos en que el contribuyente tenga en su contabilidad nombres de cuentas diferentes a las que se mencionan en los anexos de información oficiales que integran el formato guía del dictamen fiscal, deberá ubicar dichas cuentas en los conceptos de dicho formato que por su naturaleza sean análogos a las cuentas que se desean incorporar, respetando los índices y conceptos ya establecidos.  En algunos casos específicos definidos en el propio SIPRED, podrá construir nuevos conceptos, asignándoles un nuevo índice conforme a la definición de índices antes señalada, siempre y cuando no haya podido ubicarlos como se indica en el párrafo anterior.  Asimismo, cuando existan conceptos de cuentas que no queden comprendidos en las cuentas preestablecidas, se podrán agregar índices a las cuentas predeterminadas de “otros” y reflejar ahí estos conceptos. Diferencias de contribuciones determinadas por el contador público inscrito.  Para efectos de lo señalado en la regla 2.10.15., las omisiones a que se refiere serán solo aquellas que el auditor detecte durante el curso normal de su auditoría de los estados financieros para efectos fiscales sean o no materiales de conformidad con las Normas de Auditoría a que se refiere el artículo 60 del Reglamento del CFF.  Cuando el contador público inscrito determine diferencias de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo, o en su carácter de retenedor, en los siguientes anexos al dictamen fiscal, deberá hacer una descripción detallada de los procedimientos de revisión que aplicó y que lo llevaron a determinar dichas diferencias, la descripción deberá incluir una explicación pormenorizada del origen de los montos determinados como diferencias de contribuciones, haciendo referencia al método o fórmula utilizado en sus procedimientos de revisión que le permitieron identificar dichas diferencias, considerando su objeto, base, tasa o tarifa (para los efectos del artículo 5, primer párrafo del CFF), dicha descripción se deberá incorporar al informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente antes de asentar su nombre y número de registro ante la AGAFF:  Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.  Relación de contribuciones por pagar.  Para efectos de la auditoría de estados financieros, cuando el contador público inscrito observe diferencias no materiales que en consecuencia no sean investigadas y que puedan tener una repercusión fiscal, dicho contador público inscrito deberá señalar tal circunstancia en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente en un párrafo por separado y después de su opinión. Además, estará a lo siguiente:  Siempre que pueda cuantificar su efecto en las contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor, o bien, las diferencias correspondan a las propias contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor, deberá reflejarlas en la columna denominada “Diferencias no materiales no investigadas por auditoría” del anexo “Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor” en el renglón de la contribución que corresponda.  De no poder cuantificar su efecto en las contribuciones a cargo del contribuyente, deberá hacer una relación de los conceptos y montos por los cuales se determinaron diferencias no materiales no investigadas e incluirlas en un párrafo por separado en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente antes del nombre y número de inscripción del contador público. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 41 Información adicional al dictamen.  Esta hoja es de captura con texto libre, y se utilizará para proporcionar información adicional a la contenida en los anexos del dictamen, o bien, información que no está reflejada en los anexos, como puede ser la que proporcionan las sociedades que se escindan o fusionen, asimismo, se podrá utilizar para que el contribuyente o contador público inscrito realicen cualquier tipo de aclaración(es) y explicación(es) con respecto a la información de cualquier anexo del dictamen. Sociedades que se escindan. Las sociedades que se escindan, además de presentar la información establecida anteriormente de acuerdo con el tipo de dictamen que les corresponda, proporcionarán lo siguiente: I. La relación referente al por ciento de participación accionaria de cada accionista correspondiente al año anterior al de la escisión, así como el número, valor y naturaleza de las acciones que conforman el capital social de la sociedad escindente; II. La relación de los accionistas de las sociedades escindidas y de la escindente, en el caso de que esta última subsista, en la que se señale el número, valor y naturaleza de las acciones que conforman el capital social de dichas sociedades con motivo de la escisión; III. El estado de situación financiera de la sociedad escindente a la fecha de la escisión, y IV. Una relación que contenga la distribución de los activos, pasivos y capital transmitidos con motivo de la escisión. Sociedades que se fusionen. Las sociedades que subsistan o surjan con motivo de una fusión adicionalmente a la información establecida anteriormente de acuerdo con el tipo de dictamen que les corresponda, proporcionarán una relación de los socios o accionistas de la sociedad que surja o subsista con motivo de la fusión, indicando su participación social o accionaria a la fecha en que se realizó la fusión, así como el número, valor nominal y naturaleza de las partes sociales o acciones que conforman el capital social a esa misma fecha.  Cualquier precisión o ampliación que se quisiera señalar con respecto a la información proporcionada del contribuyente en algún anexo al dictamen fiscal, lo podrá hacer el contribuyente por sí mismo o por conducto del contador público inscrito que dictaminó, a través del anexo denominado información adicional. Las notas técnicas que a continuación se mencionan serán aplicables para los tipos de dictámenes que contengan la información o datos a que se refiere cada una de ellas. Datos de identificación: Del contribuyente.  La captura de los datos de identificación del contribuyente (con excepción del RFC) solamente se podrá realizar obteniendo la información registrada en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través del portal del SAT, previa identificación con la e.firma del contribuyente. La información la remitirá el SAT vía correo electrónico al contribuyente, contenida en un archivo, con esta información se llenarán los datos de identificación del contribuyente siguiendo las instrucciones que se especifican en el manual del usuario del SIPRED el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT. Cuando algunos de los datos del contribuyente que se encuentran registrados en el SAT no coincidan con los actuales, podrá modificarlos en el llenado del dictamen; sin embargo, la actualización de esos datos no lo exime de presentar el aviso de cambio correspondiente ante el SAT.  Para el llenado automático que el SIPRED realiza del concepto denominado “nombre del grupo económico al que pertenece”, se toma en cuenta la descripción que al efecto se hace en el Anexo 6 publicado en el DOF el 21 de julio de 2014 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones publicadas en el mismo ordenamiento, de fechas 22 de diciembre de 2014, 20 de noviembre de 2015, 12 de enero de 2016, 21 de agosto de 2019, 14 de mayo de 2020 y 30 de diciembre de 2024, una vez que el usuario define su clave de actividad económica, en el catálogo contenido en la aplicación. Del contador público.  La captura de los datos de identificación del contador público solamente se podrá realizar obteniendo la información registrada en el SAT, a través del portal del SAT previa identificación con la e.firma del contador público. La información la remitirá el SAT vía correo electrónico al contador público, contenida en un archivo, con esta información se llenarán los datos de identificación del contador público siguiendo las instrucciones que se especifican en el manual del usuario del SIPRED el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT. 42 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Cuando los datos del domicilio del contador público, registrados en el SAT no coincidan con los actuales, podrá modificarlos en el llenado del dictamen; sin embargo, es necesario presentar el aviso de cambio de domicilio correspondiente y notificar los datos correctos de su domicilio, ante la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, mediante el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action Es obligatoria la captura del dato “RFC del despacho”, cuando el contador público inscrito no pertenezca a ningún despacho, deberá anotar su propio RFC. Datos generales. (cuando resulte aplicable por el tipo de dictamen de que se trate).  Es obligatoria la captura de los datos “optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF)”, “optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF)” y “optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF)”.  Cuando se señale “no” en todos los datos del párrafo anterior, deberá mencionar el motivo por el que presenta el dictamen.  Es obligatoria la captura del dato “tipo de contribuyente especial”; el sistema despliega una lista que contiene los siguientes conceptos: “0.- ninguno”, “1.- fusión”, “2.- escisión”, “3.- liquidación”; “4.- fideicomiso” y “5.- asociante en participación”, solamente debe señalarse uno de ellos, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 32-A del CFF.  Cuando se esté obligado a la determinación del costo de ventas, se debe seleccionar solamente uno de los datos siguientes:  Cuando se esté obligado a señalar el dato “seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales”; el sistema despliega una lista que contiene los siguientes conceptos: “3.- costeo absorbente [costos históricos]”, “4.- costeo absorbente [costos predeterminados estimados]”, “5.- costeo absorbente y método de val. Costo estándar”, “6.- sistema distinto a los anteriores” y “7.- no aplica”; solamente debe señalarse uno de ellos.  Es obligatoria la captura del dato: “tipo de opinión”, el sistema despliega una lista que contiene los siguientes conceptos: “opinión no modificada”, “opinión modificada por una desviación y/o incumplimiento con efecto en el cálculo de los impuestos y contribuciones”, “opinión modificada por desviación o limitación al alcance sin efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones”, “opinión desfavorable (Adversa) con efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones federales del ejercicio”, “opinión desfavorable (Adversa) sin efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones” y “denegación (Abstención) de opinión”; solamente debe señalarse uno de ellos. En su caso, es recomendable precisar en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, el por qué se consideró que la opinión de que se trate tuvo o no implicaciones fiscales en el cálculo de los impuestos o contribuciones para lo cual se recomienda considerar lo siguiente: Tipo de opinión Observación Opinión no modificada. Se entenderá que el contribuyente cumple con las disposiciones fiscales, aduaneras y contables en el marco normativo y legal aplicable. Opinión modificada por una desviación y/o incumplimiento con efecto en el cálculo de los impuestos y contribuciones. Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna norma del marco contable al que está sujeto y/o no cumple con alguna disposición fiscal y/o aduanera que llevó al auditor a emitir una opinión modificada en consecuencia, existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos o contribuciones. Cualquier diferencia en el cálculo de las contribuciones, independientemente de su registro contable, debe ser evaluada como un incumplimiento por el auditor ya sea material o no para efectos de su auditoría. En caso de ser material para efectos de su auditoría, el auditor debe evaluar la necesidad de considerar dicha diferencia como una salvedad. Opinión modificada por desviación o limitación al alcance sin efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones. Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna norma del marco contable al que está sujeto. Sin embargo, cumple con las disposiciones fiscales y aduaneras a las que está sujeto por lo que no existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones. Opinión desfavorable (Adversa) con efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones federales del ejercicio. Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna norma del marco contable al que está sujeto y/o no cumple con alguna disposición fiscal y/o aduanera que llevó al auditor a emitir una opinión desfavorable (Adversa) en consecuencia, existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos o contribuciones. Cualquier diferencia en el cálculo de los impuestos, independientemente de su registro contable, debe ser evaluada como un incumplimiento por el auditor ya sea material o no para efectos de su auditoría. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 43 Opinión desfavorable (Adversa) sin efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones. Se entenderá que el contribuyente no aplica adecuadamente alguna norma del marco contable al que está sujeto de tal importancia que llevó al auditor a emitir una opinión desfavorable (Adversa). Sin embargo, cumple con las disposiciones fiscales y aduaneras a las que está sujeto por lo que no existen diferencias no enteradas en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones. Denegación (Abstención) de opinión. Se entenderá que el auditor no tiene elementos para emitir su opinión, en consecuencia, desconoce si el contribuyente cumplió o no con el marco contable al que está sujeto y/o con sus obligaciones fiscales y/o aduaneras.  Debe señalarse “si” solamente en uno de los datos siguientes: “estado de flujos de efectivo: utilizó el método indirecto” o “estado de flujos de efectivo: utilizó el método directo”.  La información a que se refieren los índices: “RFC 1, 2, 3, 4 y 5”, corresponde al RFC de las personas físicas o morales que asesoraron fiscalmente al contribuyente mediante una opinión por escrito durante el ejercicio.  Cuando se señale “si” en el dato: “realizó operaciones con partes relacionadas”, se deberán llenar los anexos: “operaciones con partes relacionadas” e “información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas”.  Cuando se señale “si” en el dato: “en el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores para los efectos del artículo 9, fracción II de la LISR”, se deberá llenar el anexo “integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores”.  Cuando se señale “si” en el dato: “el contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras”, se deberán especificar el o los números de criterios en el índice “especifique el o los número(s) de criterio(s)” de los datos generales del dictamen. Este dato se refiere a los criterios contenidos en el Anexo 3 de la RMF vigente para 2025.  Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio”, se deberá indicar en el concepto “se trata de”, si es una consulta o una autorización; además se señalará si se dio cumplimiento a lo establecido en la resolución, en el concepto denominado “se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución”; asimismo, se deberá especificar los números de oficio y sus fechas en los índices: “número de oficio 1, 2 y 3” y “fecha del oficio 1, 2 y 3”, de los datos generales del dictamen.  Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio” (incluye PTU), se deberán especificar los números de resolución y sus fechas en los índices: “número de resolución 1, 2 y 3” y “fecha de la resolución 1, 2 y 3”, de los datos generales del dictamen.  Cuando se señale “si” en el dato: “celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta”, se deberá llenar el anexo “operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero y en México”.  Cuando se señale “si” en el dato: “mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo “inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero”.  Cuando se señale “si” en el dato: “llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero”, se deberá llenar el anexo “operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero”.  Cuando se señale “si” en el dato “realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero”, se deberá llenar el anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes.  Cuando se señale “si” en el dato: “mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo “cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera”.  Cuando se señale “si” en el dato: “obtuvo préstamos durante el ejercicio”, se deberá llenar el anexo “préstamos”.  Cuando se señale “si” en el dato: “ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales”, se deberá aclarar a través del anexo denominado información adicional, la disposición fiscal controvertida, el medio de defensa interpuesto, así como el estatus del mismo al cierre del ejercicio.  Cuando se señale “si” en el dato: “indique si enajenó acciones o intangibles durante el ejercicio”, se deberá indicar el nombre del comprador, así como el nombre de la parte relacionada, adicionalmente deberá anotar el total de ingresos por venta de acciones, total de ingresos por venta de intangibles, total de costo promedio de las acciones enajenadas y, por último, el total del monto original de la inversión ajustado. 44 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  La información de los índices que contienen las preguntas relacionadas con el cuestionario de diagnóstico fiscal del contribuyente, cuyas respuestas estarán a cargo del mismo, las respuestas serán revisadas y validadas por el contador público de manera que dichas respuestas sean consistentes con el resultado de su trabajo conforme a las Normas de Auditoría, y con base en el alcance de las pruebas selectivas de su auditoría; cuando no pueda validar las respuestas del contribuyente o no esté de acuerdo con alguna de ellas, deberá señalar el número de índice de la pregunta y explicar los motivos en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente y, en su caso, hacer las salvedades correspondientes.  Para efecto de dar respuesta a las preguntas anteriores, el contribuyente deberá realizar un autodiagnóstico de cumplimiento a las diferentes disposiciones fiscales que estén relacionadas.  Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, conforme a la regla 2.10.15. de la RMF para 2025. Informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.  Para los efectos de los artículos 32-A y 52 del CFF, 58, fracciones II y III del Reglamento del CFF, así como con las reglas 2.10.15. y 2.10.19. de la RMF para 2025, publicada el 30 de diciembre de 2024 en el DOF, el texto del dictamen deberá sujetarse a los formatos que utilice el colegio profesional la sociedad o asociación de contadores públicos reconocida por la autoridad educativa que corresponda. Se considera que el dictamen del contador público inscrito se integra por el informe del auditor independiente, así como por el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Considerando lo establecido en las Normas Internacionales de Auditoría aplicables.  Cuando el contribuyente haya realizado pagos provisionales en cantidades inferiores a las que debió haber realizado de acuerdo con los cálculos del contador público que dictaminó los estados financieros y se haya determinado una contribución a cargo anual, si el contribuyente pagó la actualización y los recargos correspondientes, desde el mes en que debió hacer el pago provisional y hasta el mes en que presentó su declaración anual, en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente se hará esta aclaración, señalando el nombre de la contribución, el mes o periodo al que corresponde el pago, el monto histórico no pagado, la actualización y los recargos enterados. En estos casos no se mostrarán diferencias en aquellas contribuciones en las que sucedió tal circunstancia. Estado de situación financiera (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).  En el índice “Impuesto al Valor Agregado no pagado” se reflejará el Impuesto al Valor Agregado que, no obstante que consta en un comprobante fiscal a favor del contribuyente, por la adquisición de bienes y servicios, o por el uso o goce temporal de bienes, al cierre del ejercicio está pendiente de pago, y por lo tanto tiene derecho a acreditarlo hasta el momento en que efectivamente lo pague.  En el índice “Impuesto al Valor Agregado no cobrado” se reflejará el Impuesto al Valor Agregado que, no obstante que consta en un comprobante fiscal expedido por el contribuyente, por la enajenación de bienes y servicios, o por otorgar el uso o goce temporal de bienes, al cierre del ejercicio está pendiente de cobro, y por lo tanto lo causa el contribuyente hasta el momento en que efectivamente lo cobre.  Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total del activo (año actual)” o “porcentaje en relación con el total del activo (año anterior)”. ejemplo: Índice Concepto 2025 2024 Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal) Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal anterior) Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Explicar variación = > 4% = > 4% = > 14% 160100070 00000 Partes relacionadas 44,880,451 28,574,305 39.21 25.61 16,306,146.00 57.07 Se otorgó en el ejercicio un préstamo a una parte relacionada… 16010078 000000 Total del activo 114,471,457 111,560,641 Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 45 Estado de resultado integral (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).  Para el llenado de este anexo, es necesario capturar previamente la información de los anexos: “integración analítica de ventas o ingresos netos”, “determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta” (cuando se esté obligado al llenado de este anexo), “análisis comparativo de las subcuentas de gastos”, y “análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento”.  Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”.  De manera opcional, el contribuyente podrá llenar la información comparativa con el ejercicio anterior. Estado de cambios en el capital contable. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).  Debido a la limitación para agregar nuevas columnas a los formatos, en el estado de cambios en el capital contable se han incluido dos columnas para “otras cuentas de capital acreedoras” y “otras cuentas de capital deudoras”, que podrán utilizarse cuando sea necesario reflejar conceptos del capital contable que no tengan una columna específica.  Cuando se anoten cantidades en las columnas “otras cuentas de capital acreedoras” y “otras cuentas de capital deudoras”, debido a que su saldo se integra por el importe de una o más cuentas, la integración de las mismas se deberá presentar inmediatamente antes del índice “saldos al 31 de diciembre de 2024” o del índice “saldos al 31 de diciembre de 2025”, según corresponda, consignando en la columna de concepto el nombre de las cuentas que integran dicho saldo y en la columna de referencia, el importe correspondiente a cada cuenta o concepto. Estado de flujos de efectivo. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero). Se pondrá únicamente la información correspondiente al método elegido por el contribuyente. Integración analítica de ventas o ingresos netos. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).  Por el ejercicio fiscal de 2025 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información financiera B-3 estado de resultado integral, ya no existe una separación de ingresos operativos y no operativos (otros ingresos), ya que ambos son operativos, por lo que en este anexo se integrarán los ingresos del contribuyente que no tengan relación con su resultado integral de financiamiento y, en su caso, con su participación en resultados de subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios conjuntos.  Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio.  En la integración analítica de ventas o ingresos netos, en las columnas denominadas “total acumulables para ISR” y “total no acumulables para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos que se reportan tienen efectos fiscales. Los ingresos no acumulables se refieren a partidas contables y no fiscales.  Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (año actual)” o “porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (año anterior)”. Ejemplo: Índice Concepto 2025 2024 Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado ejercicio fiscal) Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal anterior) Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Explicar variación = > 4% = > 4% = > 14% 160500150 00000 Asistencia técnica. 64,880,000 48,674,305 58.00 44.00 16,205,695 33.00 Se pagó asistencia técnica a un residente en el extranjero… 160500280 00000 Total de ventas e ingresos netos actualizados. 110,000,500 108,560,000 46 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero, excepto en intermediarios financieros no bancarios).  Los contribuyentes que se dediquen a la compraventa de bienes para su distribución dejarán en blanco la determinación del “costo de producción terminada”.  Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).  Por el ejercicio fiscal de 2025 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información financiera B-3 estado de resultado integral, ya no se presentan otros gastos no operativos (otros gastos) por separado de los gastos de operación, ya que son operativos, por lo que este tipo de gastos se incluirán en este anexo como otros gastos distintos a gastos de fabricación, venta, administración y generales.  Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio.  En el análisis comparativo de las subcuentas de gastos, las columnas denominadas: “total deducibles para ISR” y “total no deducibles para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de gastos que se reportan tienen efecto fiscal en el ejercicio que se dictamina. Las partidas no deducibles se refieren a partidas contables y no fiscales.  Se explicarán las variaciones de un año con otro que representen para el rubro de que se trate, un resultado por arriba del 14% en la columna denominada “porcentaje de variación en pesos respecto al año anterior” y siempre que para dicho rubro se haya determinado un resultado de al menos un 4% en las columnas correspondientes a “porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (año actual)” o “porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (año anterior)”. Ejemplo: Índice Concepto 2025 2024 Porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal) Porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal anterior) Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Explicar variación = > 4% = > 4% = > 14% 160700670 00000 Patentes y marcas. 70,000,000 40,000,000 58.00 40.00 30,000,000 75.00 Se pagó la adquisición de una marca … 160700830 00000 Total de gastos actualizado. 120,000,000 100,000,000 Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. (instrucción no aplicable para dictámenes del sector financiero).  En el análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento, las columnas denominadas: “acumulables o deducibles para ISR”, “no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos o gastos que se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles, no acumulables o no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales.  Deberá llenarse la información correspondiente a las columnas de “partes relacionadas” y “partes no relacionadas”, por cada ejercicio. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.  En esta relación, cuando existan diferencias entre la columna “contribución determinada por auditoría a cargo o a favor” y la columna “contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente”, en uno o más índices del capítulo:  Impuesto sobre la Renta.  Se deberán reportar las diferencias detectadas en cada uno de los índices de dicho capítulo en la columna de “diferencia”, en el índice correspondiente. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 47  La información que se revele en los índices correspondientes a la columna “contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente”, deberá corresponder a los impuestos efectivamente pagados o a los saldos a favor manifestados por el contribuyente. Como sujeto directo. O Impuesto al Valor Agregado, del índice “suma del IVA causado de los meses del ejercicio” al índice “suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio”. O Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del índice “suma del IEPS causado de los meses del ejercicio” al índice “suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio”. O Impuesto al comercio exterior el índice “total de Impuestos al Comercio Exterior”. En su carácter de retenedor.  Otras contribuciones retenidas, del índice “Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido al índice “otros”. Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas. O Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de saldos a favor provenientes de: las contribuciones señaladas del índice “Impuesto al Valor Agregado” al índice “otras contribuciones federales”. O Compensaciones efectuadas durante el ejercicio aplicadas a las contribuciones señaladas del índice “Impuesto al Valor Agregado propio” al índice “otras contribuciones federales”. O Devoluciones obtenidas en el ejercicio, del índice “Impuesto al Valor Agregado” al índice “otras contribuciones federales”. O Para los efectos del artículo 52, fracción III del CFF y la fracción IV de la regla 2.10.15. de la RMF 2025, “deberá señalarse que la revisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales, incluye verificar que el contribuyente tiene el derecho a los saldos a favor solicitados en las devoluciones o aplicados en compensaciones que se lleven a cabo durante el ejercicio sujeto a revisión y que las cantidades pendientes de devolver o devueltas al contribuyente por la autoridad fiscal deriven de dicho saldo. Cualquier incumplimiento o diferencia obtenida en el ejercicio dictaminado debe ser revelada. De igual forma, debe evaluarse si dicho incumplimiento representa una salvedad fiscal y su cuantificación para reintegrar el monto que corresponda a la misma autoridad, en cuyo caso la diferencia deberá reportarse en la relación de contribuciones a cargo del contribuyente en el rubro del impuesto que se haya devuelto o compensado en forma improcedente.” Del mismo modo, si a la fecha de presentación del dictamen fiscal el contribuyente no muestra evidencia de respuesta favorable de la autoridad respecto del trámite de devolución o compensación al contador público inscrito, este último deberá mencionarlo en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.  Cuando en la columna de “tasa, tarifa o cuota”, correspondan varias tasas impositivas se anotará la palabra “varias”.  En las siguientes contribuciones como sujeto directo, el contribuyente llenará los datos correspondientes a la sumatoria de los pagos mensuales definitivos de enero a diciembre: O Impuesto al Valor Agregado, del índice “valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%” al índice “suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio”. O Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del índice “valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 3%” al índice “suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio”.  Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.  En relación con este concepto, se deberá considerar como base gravable la suma de todos los ingresos gravables, utilidades o resultados fiscales que provengan de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes obtenidos por los contribuyentes a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras en las que participen, directa o indirectamente, en la proporción que les corresponda por su participación en ellas, así como por los ingresos que obtengan a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero, la sumatoria del impuesto causado por cada una de las inversiones por las que se generó base gravable y el impuesto pagado en el ejercicio. Se deberán omitir, en su caso, las utilidades o resultados fiscales en las que se haya generado o amortizado pérdidas, es decir, únicamente se considerarán los ingresos gravables, utilidades o resultados fiscales que hayan generado base gravable para la causación y entero del Impuesto sobre la Renta.  “Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE” e “Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos provenientes de CUFINRE”.  En relación con estos conceptos, en la columna “base gravable” se deberá señalar el monto del dividendo distribuido adicionado con el Impuesto sobre la Renta que se debe pagar conforme a las disposiciones fiscales. 48 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  “Otros ingresos manifestados como persona física”. En este concepto se deberán asentar en la columna de “base gravable” aquellos ingresos sujetos al cálculo del impuesto anual no provenientes de actividades empresariales, no se deberá llenar ninguna otra columna de este renglón. En el índice “Impuesto sobre la Renta” se deberá asentar en la columna de “base gravable” la suma del índice “otros ingresos manifestados como persona física”, más la utilidad gravable determinada en la conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. En relación con este concepto, el contador público inscrito podrá manifestar, en su caso, en el "informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente" que no dictaminó dichos ingresos y que los mismos le fueron proporcionados por el contribuyente.  Derechos por los servicios que presta: El índice: “el Instituto Nacional de Migración (INM)”, corresponde a los derechos de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos vigente en 2025) y a los derechos de servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de Derechos vigente en 2025). El índice: “Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM)” corresponde a los derechos establecidos en el artículo 289, fracciones I, II y III de la Ley Federal de Derechos, vigente en 2025. El índice: “Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)” corresponde a los derechos establecidos en los artículos 244-B, 244-C, 244-D y 244-E de la Ley Federal de Derechos vigente en 2025. En el índice: “otros especificar concepto” se anotarán los derechos federales más representativos en cuanto a monto que haya causado el contribuyente durante el ejercicio. En el caso de contribuyentes que se dediquen a las actividades mineras, deberán anotar los derechos sobre minería que hayan causado.  Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas. En relación con estos conceptos, se deberán considerar como compensaciones efectuadas durante el ejercicio y como devoluciones obtenidas en el ejercicio, a las contribuciones que correspondan al mismo ejercicio dictaminado, así como a las contribuciones compensadas efectuadas y a las devoluciones obtenidas en el ejercicio por el cual se emite el dictamen fiscal que provengan de ejercicios anteriores. Para los efectos del artículo 52, fracción III del CFF y la fracción IV de la regla 2.10.15. de la RMF 2025, “deberá señalarse que la revisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales, incluye verificar que el contribuyente tiene el derecho a los saldos a favor solicitados en las devoluciones o aplicados en compensaciones que se lleven a cabo durante el ejercicio sujeto a revisión y que las cantidades pendientes de devolver o devueltas al contribuyente por la autoridad fiscal deriven de dicho saldo. Cualquier incumplimiento o diferencia obtenida en el ejercicio dictaminado debe ser revelada. De igual forma, debe evaluarse si dicho incumplimiento representa una salvedad fiscal y su cuantificación para reintegrar el monto que corresponda a la misma autoridad, en cuyo caso la diferencia deberá reportarse en la relación de contribuciones a cargo del contribuyente en el rubro del impuesto que se haya devuelto o compensado en forma improcedente.” Del mismo modo, si a la fecha de presentación del dictamen fiscal el contribuyente no muestra evidencia de respuesta favorable de la autoridad respecto del trámite de devolución o compensación al contador público inscrito, este último deberá mencionarlo en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Relación de contribuciones por pagar.  Las contribuciones que al cierre del ejercicio dictaminado se hubieren causado y estén pendientes de pago, según el estado de situación financiera, se relacionarán en el anexo denominado “relación de contribuciones por pagar”, identificándolas por tipo de contribución y dentro de esta, por mes, ejercicio o periodo de causación, indicando el importe por pagar que es correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, el importe por pagar proveniente de ejercicios anteriores, la suma de dichos importes que representa el total de contribuciones por pagar al cierre del ejercicio dictaminado, identificando, en su caso, del total de contribuciones, el importe de la contribución que se encuentra en litigio, la fecha de pago y nombre de la institución de crédito o SAT en el que se efectuó el pago, o en su caso, número de la operación, o bien, dejando en blanco estos datos con excepción del importe, cuando no se hubiera cubierto la contribución a la fecha de presentación del dictamen.  El contador público que dictaminó deberá manifestar en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, los impuestos retenidos por concepto de ISR pendientes de pago a la fecha de presentación del dictamen, señalando: la base deducida a la que corresponden dichas retenciones, el periodo y el concepto del pago. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 49  El contador público que dictaminó quedará relevado de manifestar dicha información, cuando con motivo de su auditoría, haya considerado como conceptos no deducibles para el Impuesto sobre la Renta a cargo del contribuyente, las bases a las que corresponden los impuestos retenidos pendientes de pago, debiendo precisar en su informe esta situación.  Los contribuyentes que estén efectuando el pago en parcialidades, de una o más contribuciones, deberán anotar los datos del aviso de opción, (escrito libre): número de folio, fecha de presentación y la administración receptora, así como los datos del oficio de autorización de pago en parcialidades, indicando el número del oficio y la fecha. Ejemplo de llenado del anexo en el caso de un contribuyente que presenta dictamen de estados financieros general, con los supuestos siguientes:  El contribuyente provisionó desde hace dos ejercicios un monto de ISR anual a su cargo, que a la fecha de presentación del dictamen no ha cubierto por cualquier circunstancia.  Se le determinó, con motivo del dictamen, una diferencia de ISR a cargo, que a la fecha de presentación del dictamen no se ha cubierto.  Al cierre del ejercicio no ha efectuado los pagos provisionales del ISR a su cargo, de los meses de noviembre y diciembre, mismos que quedan cubiertos en el mes de enero del año siguiente y de los cuales se presenta una declaración complementaria en el mes de marzo del año siguiente.  Al cierre del ejercicio no ha efectuado el entero de las retenciones del ISR sobre sueldos y salarios de diciembre, mismas que quedaron cubiertas en el mes de enero del año siguiente. Estos datos se reflejarán en el anexo “relación de contribuciones por pagar”, en los índices y con los conceptos siguientes: Impuesto sobre la Renta causado como sujeto directo. 01100000000000 Determinado por el contribuyente (del ejercicio). Se llenará únicamente la columna de importe proveniente de ejercicios anteriores. 01100001000000 Diferencia determinada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado). Se llenará únicamente la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado. 01100002000100 Pago provisional de noviembre de 2025. Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago. 01100002000200 Pago provisional complementario de noviembre de 2025. Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago. 01100002000300 Pago provisional de diciembre de 2025. Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago. 01100002000400 Pago provisional complementario de diciembre de 2025. Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago. Impuesto sobre la Renta por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en su carácter de retenedor. 01100003000000 Correspondiente al mes de diciembre de 2025. Se llenarán, además de la columna de importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado las que apliquen para anotar la fecha y forma de pago.  Si por alguna razón el contribuyente refleja en sus cuentas del pasivo, contribuciones por pagar con saldos de contribuciones no causadas al cierre del ejercicio, a partir del índice “especificar concepto y periodo al que corresponde” deberá reflejar esos saldos.  En la columna “importe de la contribución en litigio”, se anotarán las contribuciones pendientes de pago que se encuentran en litigio por el contribuyente y además deberá adicionar en la contribución de que se trate en la columna de concepto, la palabra “litigio” para identificar la razón por la cual no se ha cubierto esa contribución. Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta.  En el concepto “efecto de la inflación de la NIF B-10” se anotará el importe neto de la inflación reconocido en la utilidad o pérdida neta sin considerar el resultado favorable o desfavorable correspondiente al resultado por posición monetaria. 50 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  En el concepto “pérdida en enajenación de acciones” se anotará el importe de la pérdida en enajenación de acciones deducida en el ejercicio, por lo mismo dicho importe no deberá reflejarse como parte de las deducciones fiscales no contables.  Cuando el contribuyente determine pérdida fiscal, solamente deberá llenar este anexo, hasta el índice “pérdida fiscal del ejercicio”, concluyendo la conciliación. Por ningún motivo deberá anotar el importe de la pérdida fiscal en el índice “resultado fiscal o utilidad gravable”.  Cuando el contribuyente amortice pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, no deberá asentar en ese renglón un monto mayor al de la utilidad fiscal del ejercicio. Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.  En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero, globalizando las operaciones por tipo de operación y monto contratado.  En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.  En la columna “país de residencia”, se deberá seleccionar la clave y nombre del país de residencia, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.  El dato de la columna “tipo de operación contratada, deuda o capital” se llenará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16-A, último párrafo del CFF, que establece lo siguiente: “16-A para los efectos de las disposiciones fiscales, se entiende por operaciones financieras derivadas las siguientes: …se consideran operaciones financieras derivadas de deuda, aquellas que estén referidas a tasas de interés, títulos de deuda o al índice nacional de precios al consumidor; asimismo, se entiende por operaciones financieras derivadas de capital, aquellas que estén referidas a otros títulos, mercancías, divisas o canastas o índices accionarios. Las operaciones financieras derivadas que no se encuadren dentro de los supuestos a que se refiere este párrafo, se considerarán de capital o de deuda atendiendo a la naturaleza del subyacente.”  El dato del “monto contratado” se expresará en moneda extranjera.  En el dato “tipo de moneda”, se seleccionará la moneda y el país al que corresponde de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.  El dato porcentaje de la columna “tasa de interés” se expresará en porcentaje.  En el dato de la “vigencia”, se deberá anotar “31 de diciembre de 2025”. Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México.  En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero, que sea una entidad subsidiaria, asociada o afiliada del contribuyente, globalizando las operaciones por monto de la inversión. Para estos efectos los términos “subsidiaria”, “asociada” o “parte relacionada” o “afiliada” serán los definidos en las Normas de Información Financiera NIF B-7, B-8 y C-13 emitidas por el consejo mexicano para la investigación y desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF), en los términos siguientes: Subsidiaria. - es una entidad que es controlada por otra entidad. Asociada.- es una entidad en la cual otra entidad tiene una inversión permanente y ejerce sobre ella, influencia significativa. Afiliadas o partes relacionadas.- son aquellas entidades que entre otros aspectos tienen dueños comunes.  En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará el dato del número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.  En la columna “país de residencia fiscal de la entidad”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia fiscal de la entidad, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.  En la columna “porcentaje de participación en el capital de la entidad” se anotará el porcentaje de participación promedio durante el ejercicio fiscal de 2025, que representen las acciones, partes sociales o sus equivalentes propiedad del contribuyente con respecto al total de acciones, partes sociales o equivalentes que haya emitido la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero.  En la columna “monto de la inversión” se anotará el monto de las aportaciones al capital social o su equivalente en la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero. O bien, el valor total neto de adquisición de las acciones o partes sociales, incluyendo, en su caso, el monto correspondiente al crédito mercantil o comercial; este último dato se podrá anotar en un renglón por separado, asentando el monto en esta misma columna. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 51  En la columna “monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación” se anotarán las utilidades o pérdidas contables de ejercicios fiscales anteriores que se hayan generado en la entidad subsidiaria, asociada o afiliada en el extranjero, desde el ejercicio fiscal en el que el contribuyente es socio o accionista y hasta el ejercicio fiscal inmediato anterior del contribuyente, estas utilidades o pérdidas contables de ejercicios fiscales anteriores, se deberán multiplicar por el porcentaje de participación que en el capital social tenga el contribuyente en la entidad residente en el extranjero, al cierre del ejercicio fiscal del contribuyente que se dictamina.  En la columna “monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación” se deberá señalar la utilidad o pérdida contable correspondiente al ejercicio fiscal del contribuyente multiplicada por el porcentaje de participación que en el capital social tenga el contribuyente que se dictamina, en la entidad residente en el extranjero al cierre del mismo ejercicio fiscal.  En la columna “valor de la inversión” se anotará la suma de las cantidades asentadas por renglón de las columnas: “monto de la inversión”, “monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación” y “monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación”, en ningún caso procederá anotar valores negativos en esta columna, por lo que, si aritméticamente se diera el caso, se anotará “0”. Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.  En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada socio o accionista que el contribuyente haya tenido durante el ejercicio, cuando el socio o accionista no sea directamente una persona física o moral sino un contrato de fideicomiso, se anotará el número de contrato del fideicomiso y el nombre de la institución que actúa como fiduciaria.  Cuando existan acciones colocadas entre el gran público inversionista, se asentará en el renglón correspondiente al socio o accionista “acciones colocadas entre el gran público inversionista”.  En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el socio o accionista en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia del socio o accionista no se utilice dicha clave, se anotará n/a. Cuando el socio o accionista sea un residente en territorio nacional, se anotará el RFC. Cuando existan accionistas público en general, se anotará “varios”, en ningún caso se anotará “varios” cuando los socios o accionistas no sean público en general, por lo que siempre se deberá anotar el RFC o número o clave de identificación fiscal del socio o accionista según corresponda.  En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia para efectos fiscales del socio o accionista, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.  En la columna “porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio”, se anotará el porcentaje de participación promedio durante el ejercicio fiscal de 2025, que presente las acciones partes sociales propiedad de los socios o accionistas del contribuyente con respecto al total de acciones o pares sociales emitidas por el propio contribuyente.  En la columna “periodo de tenencia” se señalará el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre, cuando el socio o accionista se haya mantenido como tal durante el ejercicio fiscal del contribuyente que se dictamina.  Cuando un socio o accionista haya dejado de tener tal carácter durante un ejercicio, el periodo de tenencia terminará en la fecha en que se asiente en el registro de acciones o en el libro especial de los socios, la transmisión de las acciones o partes sociales (para los efectos de los artículos 128 y 129, y 73, respectivamente de la Ley General de Sociedades Mercantiles).  Cuando un socio o accionista comience a tener tal carácter durante un ejercicio, el periodo de tenencia iniciará en la fecha en que se asiente en el registro de acciones o en el libro especial de los socios, la transmisión de las acciones o partes sociales (para los efectos de los artículos 128 y 129, y 73, respectivamente de la Ley General de Sociedades Mercantiles).  Para los accionistas público en general, se dejarán en blanco las fechas de la vigencia.  En las columnas “monto de aportaciones” y “monto de retiros de capital” se señalarán las aportaciones y retiros efectuados que hayan afectado cuentas de capital contable, incluyendo aportaciones para futuros aumentos de capital, de las cuales exista resolución en asamblea de socios o accionistas para su aplicación en el futuro como aumento de capital social.  En las columnas “monto de préstamos: efectuados y recibidos”, se señalarán los préstamos efectuados a los socios o accionistas, y los recibidos de estos que hayan afectado cuentas de pasivo, incluyendo aportaciones para futuros aumentos de capital, de las cuales no exista resolución en asamblea de socios o accionistas para su aplicación en el futuro como aumento de capital social.  Cuando en un ejercicio fiscal no haya habido transacciones con los socios o accionistas, ni movimientos en la tenencia accionaria o en las partes sociales, se podrán dejar en blanco las columnas: “monto de aportaciones”, “monto de retiros de capital” y “monto de préstamos: efectuados y recibidos”. 52 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado.  Cuando de la comparación del renglón “total del valor de los actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado” del ejercicio, manifestados por el contribuyente en relación con el determinado por el mismo concepto en la suma de las declaraciones presentadas correspondientes al ejercicio que se dictamina resulte una diferencia positiva o negativa superior al 4%, el contribuyente explicará la totalidad de la diferencia en el anexo de información adicional y el contador público además de revisarla, hará referencia a dicha explicación en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa. Operaciones con partes relacionadas.  En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada parte relacionada, globalizando las operaciones por tipo de operación durante el ejercicio para efectos del Impuesto sobre la Renta.  Se deberán relacionar todas las operaciones que se hayan realizado en el ejercicio conforme al catálogo de tipo de operación contenido en el apéndice IV de este instructivo.  Cuando la operación realizada que se relacione no tenga asociada algún valor de acumulación o deducción se pondrá 0 (cero).  En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza la parte relacionada en su país de residencia, en caso de que en el país de residencia de la parte relacionada no se utilice dicha clave, se anotará n/a. Cuando la parte relacionada sea un residente en territorio nacional, se anotará el RFC.  En la columna “tipo de operación”, se seleccionará la clave y descripción que corresponda al tipo de operación realizada, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice IV de este instructivo.  En la columna “en caso de que en la columna tipo de operación, haya seleccionado alguno de los conceptos de otros ingresos u otros pagos”, se anotará la clave y descripción que corresponda al tipo de operación realizada, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice IV de este instructivo.  En la columna “país de residencia”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.  En la columna “valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero)” contendrá los importes de las operaciones realizadas que dieron origen a ingresos acumulables y deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta.  En la columna “método de precios de transferencia aplicado”, se seleccionará la clave y descripción que corresponda al método de precios de transferencia aplicado, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice V de este instructivo.  Cuando en la columna “la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables” se anote “si”, es porque se cuenta con la información que demuestra que las operaciones están pactadas como lo harían partes independientes en operaciones comparables.  En la columna “ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables” se deberá presentar el ajuste de precios de transferencia que, de manera contable o fiscal, hayan realizado los contribuyentes para que la operación con partes relacionadas que se está manifestando haya quedado determinada como lo hubieran hecho partes independientes en operaciones comparables. En caso de no existir ajuste se dejará en blanco el renglón de esta columna. Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas.  Cualquier explicación solicitada en este anexo, cuyo espacio asignado resulte insuficiente, deberá hacerse a través del anexo denominado “información adicional”.  Si a criterio de la persona que responda el cuestionario no hay una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado se podrá dejar en blanco el renglón que corresponda. En este caso, se deberán hacer aclaraciones del por qué se quedó en blanco la respuesta a una pregunta determinada, esto se podrá hacer en el anexo denominado información adicional, ya que de no hacerlo el SAT entenderá que el contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento.  En general una respuesta no aplicable (n/a) significa que el contribuyente no se encuentra ante el supuesto establecido para la pregunta, por ejemplo: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 53 Pregunta Significado de una respuesta n/a El contribuyente cuenta con un estudio de precios de transferencia (documentación a que se refiere el artículo 76, fracción IX de la LISR). Significa que: A) el contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 76, segundo párrafo, fracción IX de la LISR, es decir, que realizó actividades empresariales y obtuvo ingresos en el ejercicio inmediato anterior que no hayan excedido de $13’000,000.00, o bien, prestó servicios profesionales y obtuvo ingresos que no hubiesen excedido en dicho ejercicio de $3’000,000.00, siempre que no esté en el supuesto a que se refiere el artículo 179, penúltimo párrafo de esta Ley. B) el contribuyente no realizó operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero. El contribuyente presentó su declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR). Significa que el contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 182, penúltimo párrafo de la LISR.  Si un contribuyente tiene más de una actividad preponderante se pueden presentar sin limitación la(s) otra(s) actividades del contribuyente.  En el renglón “valor del activo intangible que tiene registrado en su contabilidad”, se asentará el saldo final reflejado en los estados financieros del contribuyente. En caso de haber dado de baja o enajenado durante el ejercicio algún activo intangible deberá reflejar el valor del mismo en los estados financieros a la fecha de la baja o enajenación.  El renglón “el contribuyente cuenta con evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracción XII de la LISR por sus operaciones con partes relacionadas”, tanto para residentes en territorio nacional, como residentes en el extranjero, se refiere a que los contribuyentes que celebraron operaciones con partes relacionadas deberán contar con el soporte que acredite que se determinaron sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables, aplicando para este efecto los métodos establecidos en el artículo 180 de la Ley del ISR, en el orden establecido en el citado artículo.  En los renglones que se refieren al RFC de las personas que elaboraron la documentación que demuestre haber dado cumplimiento para los efectos del artículo 76, fracciones IX y XII de la Ley del ISR, o bien, que asesoraron en su formulación, se asentará el RFC de la persona física externa al contribuyente y no del despacho donde labora dicha persona, la cual elaboró o asesoró al contribuyente. Cuando haya sido el personal del propio contribuyente el que elaboró el estudio se asentará el RFC del propio contribuyente.  En la sección “información financiera operativa sin las modificaciones al boletín B-3 estado de resultado integral para 2013 de las Normas de Información Financiera” aplicables también para el ejercicio fiscal de 2025, se determinará la utilidad operativa del contribuyente como se venía haciendo con el boletín B-3 estado de resultados de las Normas de Información Financiera vigente hasta 2012.  Cuando se seleccione “si” en el dato: “aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos en materia de precios de transferencia las disposiciones fiscales y aduaneras”, se deberá indicar el o los número(s) de criterio(s) utilizados por el contribuyente en materia de precios de transferencia, por ejemplo, criterios 39 y 40. Inversiones.  En este anexo se presentará para el ejercicio fiscal de 2025, agrupados por cada tasa de deducción y tipo de concepto de inversiones relativo a los activos fijos, los gastos y cargos diferidos y las erogaciones realizadas en periodos preoperativos a que se refiere la Ley del ISR.  La información que se anotará en este anexo es la que corresponda a los saldos y cálculos fiscales realizados por el contribuyente como sigue:  En la columna “saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio”, se anotarán los saldos fiscales actualizados utilizados para determinar la deducción.  En la columna “MOI de las adquisiciones durante el ejercicio”, deberán anotarse los saldos fiscales actualizados conforme al periodo de utilización para determinar la deducción.  En la columna “enajenaciones y/o bajas”, se anotarán los saldos fiscales actualizados utilizados para determinar el valor fiscal de la baja. 54 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  En la columna “deducción en el ejercicio”, se anotará el importe de la deducción de inversiones aplicada en el ejercicio.  En la columna “deducción inmediata en el ejercicio”, se anotará el importe de la deducción inmediata de inversiones aplicada en el ejercicio.  En la columna “saldo pendiente de deducir al final del ejercicio”, se anotará el resultado de la operación aritmética de sumar la columna “saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio", más "MOI de las adquisiciones durante el ejercicio", menos "enajenaciones y/o bajas", menos "deducción en el ejercicio", menos "deducción inmediata en el ejercicio". Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera (no aplicable para dictámenes del sector financiero).  En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero y en territorio nacional, deudor o acreedor, globalizando las operaciones por concepto de saldos en moneda extranjera.  En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia y que este contenido en el(los) comprobante(s) correspondiente(s) a la(s) operación(es). En caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotará n/a.  En la columna “país de residencia fiscal”, se seleccionará la clave y nombre del país de residencia fiscal, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo.  En la columna “tipo de moneda”, se seleccionará el dato de la moneda y el país al que corresponde, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.  En la columna “saldo en moneda nacional” se anotará la conversión a moneda nacional del saldo en moneda extranjera, deudor o acreedor de que se trate, cuyo monto forma parte integrante de los saldos reflejados en el estado de posición financiera.  En la columna “concepto más importante que originó el saldo”, se anotará la clave y concepto que originó la cuenta, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice IX de este instructivo.  En la columna “en caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor especifique concepto:”, se anotará el concepto que originó la cuenta. Préstamos.  En este anexo los datos se proporcionarán agrupados por cada residente en el extranjero y en el país, globalizando las operaciones por tipo de financiamiento, o bien, por colocaciones en el extranjero.  En la columna “número de identificación fiscal o RFC”, se anotará el número o clave de identificación fiscal que utiliza el residente en el extranjero en su país de residencia y que esté contenido en el(los) comprobante(s) correspondiente(s) a la(s) operación(es). En caso de que en el país de residencia no se utilice dicha clave, se anotara n/a.  En las columnas “saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024” y “saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025”, se anotarán los saldos correspondientes en moneda nacional que se reflejan en el estado de posición financiera.  En la columna “tipo de financiamiento”, se seleccionará el dato de la clave y el concepto del tipo de financiamiento, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice X de este instructivo.  En la columna “en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto:” se anotará el tipo de financiamiento.  Para el dato de la columna “fue beneficiario efectivo de los intereses”, se tomará en cuenta lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley del ISR, los tratados para evitar doble tributación celebrados por México, así como por los comentarios del modelo de convenio para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal a que hace referencia la recomendación adoptada por el consejo de la organización para la cooperación y el desarrollo económico, el 21 de septiembre de 1995, o aquella que la sustituya, en la medida en que tales comentarios sean congruentes con las disposiciones de los tratados internacionales celebrados por México.  En la columna “número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado”, se deberá anotar el número de registro de bancos, entidades de financiamiento, fondos de pensiones y jubilaciones y fondos de inversión del extranjero para los efectos de los artículos 153, 166 de la Ley del ISR, cuando no resulte aplicable este dato se anotará n/a.  En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se seleccionará el dato de la clave y nombre del país de residencia, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VI de este instructivo. En caso de haber anotado “si” en la columna “fue beneficiario efectivo de los intereses”, se anotará la clave del país que fue beneficiario efectivo de los intereses. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 55  En la columna “tipo de moneda”, se seleccionará la moneda y el país al que corresponde de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice VII de este instructivo.  En la columna “denominación de la tasa de interés”, se anotará el nombre de la tasa de interés de referencia con la cual se pactó el préstamo. Ejemplo: “libor, prime rate, etc.”.  En la columna “porcentaje de la tasa de interés”, se anotará la tasa de interés pactada en términos netos y en porcentaje, que fue la tasa de interés base del cálculo de los intereses devengados en moneda extranjera. Por ejemplo: si se pactara una tasa libor de un 8% más 3%, se expresará 11.00.  En la columna “importe total de los intereses pagados y/o exigibles” se anotarán los intereses en moneda nacional que se hayan pagado en efectivo, en bienes, en servicios o en crédito, o bien que hayan sido exigibles para su pago. También se incluirá en esta columna los importes que correspondan al pago del Impuesto sobre la Renta realizado por cuenta del contribuyente residente en el extranjero. Por lo anterior, el importe reflejado en esta columna será la base del cálculo de la retención del Impuesto sobre la Renta.  En la columna “frecuencia de exigibilidad del pago de intereses”, se seleccionará el dato de la clave y el concepto de la frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, de conformidad con el catálogo contenido en el apéndice XI de este instructivo.  En la columna “en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses "haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto:”, se anotará la frecuencia pactada para el pago de intereses.  Cuando se anote “si” en la columna “efectuó colocaciones en el extranjero”, este anexo se llenará de la siguiente forma:  En la columna “número de identificación fiscal”, se anotará “varios”.  En las columnas “saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024” y “saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025”, se anotará el monto del total de la colocación en moneda nacional a esas fechas.  En la columna “tipo de financiamiento”, se anotará “colocaciones”.  En las columnas “fue beneficiario efectivo de los intereses” y “número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT”, se anotará “n/a”.  En la columna “país de residencia para efectos fiscales”, se anotará el país en el que se realizó la colocación, si fueron varios países se anotará aquel en el que se colocó el importe más representativo en cuanto a monto.  En la columna “tipo de moneda”, se pondrá la clave de la moneda y el país en el que se realizó la colocación, si fueron varios países se anotará la de aquel en el que se colocó el importe más representativo en cuanto a monto. Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.  La información de este anexo, se presentará solo cuando en el ejercicio existan movimientos distintos de su actualización o de su incremento por la pérdida o por la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas del propio ejercicio, para los efectos de los artículos 57 y 58 de la Ley del ISR.  Cuando en el concepto “la pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una escisión”, se anote “si”, es porque la pérdida fiscal de ejercicios anteriores aplicada en el ejercicio dictaminado proviene de una escisión.  En el concepto “señale el RFC de la escindente”, se anotará el RFC de la entidad que transmitió la pérdida fiscal aplicada en el ejercicio dictaminado proveniente de la escisión.  En el concepto “señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la escisión”, se anotará el monto histórico de la pérdida fiscal aplicada según el ejercicio en el que fueron originadas.  En caso de que las pérdidas fiscales aplicadas en el ejercicio dictaminado, tengan como origen dos o más escisiones, el contador público inscrito, deberá manifestar en el anexo denominado información adicional del dictamen, la información mencionada en los tres párrafos anteriores. Cuestionario de diagnóstico fiscal.  Papel del contador público inscrito en el tema del cuestionario de diagnóstico fiscal. Las respuestas a este cuestionario estarán a cargo del contador público inscrito conforme a la revisión que haga a los estados financieros del contribuyente, por lo que deberá manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales, involucradas con las preguntas del cuestionario y que haya detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente dentro del alcance de sus pruebas selectivas llevadas a cabo en cumplimiento de las Normas de Auditoría y de Revisión Información Financiera, considerando lo señalado por las guías de auditoría Normas de Información Financiera y al alcance de las pruebas selectivas de su auditoría. 56 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  En la columna de comentarios se podrán hacer aclaraciones que correspondan a cada respuesta, deberán contener un máximo de 250 caracteres.  En la pregunta “detectó debilidades o desviaciones relacionadas con la estructura del control interno del contribuyente con repercusión en su situación fiscal” se pretende que el contador público inscrito describa, en su caso, en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente las deficiencias importantes en el diseño y operación de la estructura del control interno que detectó y que a su juicio podrían afectar negativamente la capacidad del contribuyente para registrar, procesar, resumir y reportar información financiera que tiene repercusión fiscal. A continuación, se citan algunos ejemplos:  Diseño inadecuado de la estructura del control interno en general.  Falta de revisión y aprobación adecuada de las transacciones, pólizas contables o reportes emitidos que tienen repercusión fiscal.  Procedimientos inadecuados para la evaluación y aplicación adecuada de Normas de Información Financiera que tienen repercusión fiscal.  Aplicación indebida de Normas de Información Financiera que repercuten en la situación fiscal del contribuyente.  Fallas en el diseño del sistema para suministrar información financiera y fiscal completa, correcta, congruente y oportuna.  Deficiencias en los controles establecidos para la prevención y detección de omisiones en la información contable y fiscal.  Fallas en el suministro oportuno de información financiera y fiscal completa.  Transacciones importantes con partes relacionadas no reveladas. Cuestionario en materia de precios de transferencia.  Papel del contador público inscrito en el tema de precios de transferencia. El Servicio de Administración Tributaria a través del cuestionario en materia de precios de transferencia que deben llenar los contadores públicos inscritos pretende que el auditor se cerciore de que los contribuyentes que están revisando cumplieron con sus obligaciones fiscales en materia de precios de transferencia (para los efectos del artículo 76, fracciones IX, X y XII y 179, primer párrafo de la Ley del ISR), es decir, que hayan presentado la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas y que cuenten con documentación e información que acredite que las operaciones con partes relacionadas se determinaron como lo harían partes independientes en operaciones comparables (estudios de precios de transferencia). Para estos efectos se debe considerar lo dispuesto, entre otros, en los boletines 230, 500, 501, 520, 550, 580, 620 y 800 de las Normas Internacionales de Auditoría.  En general una respuesta no aplicable (n/a) significa que el contribuyente no se encuentra ante el supuesto establecido para la pregunta, por ejemplo (dictamen fiscal de estados financieros general): Pregunta Significado de una respuesta n/a Sección referente al artículo 76, fracción IX de la LISR Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta obligación fiscal. A En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Significa que: A) El contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 76, segundo párrafo, fracción IX de la LISR, es decir, que realizó actividades empresariales y obtuvo ingresos en el ejercicio inmediato anterior que no hayan excedido de $13’000,000.00, o bien, prestó servicios profesionales y obtuvo ingresos que no hubiesen excedido en dicho ejercicio de $3’000,000.00, siempre que no esté en el supuesto a que se refiere el artículo 179, penúltimo párrafo de esta Ley. B) El contribuyente no realizó operaciones con partes relacionadas. Sección referente al artículo 76, fracción IX de la LISR Verificó la presentación oportuna de la información de las operaciones con partes relacionadas, efectuadas durante el año inmediato anterior. A En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Significa que el contribuyente se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 182, penúltimo párrafo de la LISR.  En la sección verificó que la documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la Ley del ISR), incluyera lo siguiente, se debe entender que el contador público inscrito debe dejar constancia de haber revisado que la documentación comprobatoria correspondiente, incluya la información que la disposición fiscal citada señala expresamente que debe contener. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 57 Esta sección solo se debe contestar cuando exista documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la Ley del ISR).  En la pregunta que señala: “8) método aplicado para los efectos del artículo 180 de la LISR por cada tipo de operación evaluada”, se pretende que el contador público inscrito se cerciore, de que, en la documentación comprobatoria de precios de transferencia para cada una de las transacciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, se haya aplicado alguna de las metodologías a que se refiere el artículo 180 de la Ley del ISR, sin que se juzgue si es la más apropiada.  En la pregunta que menciona: “9) información y documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación evaluada”, se pretende que el contador público inscrito se cerciore, de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia para cada una de las transacciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, en las que se haya aplicado alguna de las metodologías a que se refiere el artículo 180 de la Ley del ISR, exista información y documentación sobre operaciones o empresas comparables, incluyendo su fuente, sin que se juzgue si dichas operaciones o empresas son o no comparables. En la pregunta que indica: “verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con partes relacionadas por el contribuyente se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables”, se pretende que el contador público inscrito se cerciore, de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia, además, de cumplir con los requisitos que establece la Ley del ISR, se concluya que las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero fueron pactadas como lo hubieran hecho partes independientes en operaciones comparables, sin juzgar si la conclusión es correcta o no.  En la pregunta que indica: “verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la información de las operaciones con partes, efectuadas durante el año inmediato anterior (Anexo 9 DIM) conforme a la información contenida en la documentación de precios de transferencia para las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR)”, se pretende que se verifique que la información contenida en la documentación de precios de transferencia sea coincidente con la del anexo 9 DIM únicamente por cuanto hace al nombre de la parte relacionada contraparte del contribuyente dictaminado, tipo de operación, método de precios de transferencia utilizado, país de residencia y margen de utilidad que le corresponde a la operación. Cuando en el cuestionario se haga mención conclusiones negativas se deberá entender en el caso de preguntas relacionadas con el artículo 76, fracciones IX y XII de la Ley del ISR, que en la documentación comprobatoria o evidencia documental del contribuyente correspondiente al cumplimiento de dichas disposiciones fiscales, se concluye que las operaciones celebradas con partes relacionadas por el contribuyente no se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables.  En la pregunta que señala “verificó en la evidencia documental referida en el índice xxxx0040000000 la aplicación de los métodos de precios de transferencia para los efectos del artículo 180 de la LISR en los términos del tercer párrafo del citado artículo”, “verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y deducciones autorizadas considerando para esas operaciones los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables”, tiene como objetivo que el contador público analice que en la evidencia documental se incluya la aplicación de alguno de los métodos establecidos en el artículo 180 de la Ley del ISR sin juzgar si es el más apropiado. Nota: cabe señalar que “xxxx” hace referencia a que estos primeros cuatro dígitos de los índices de este cuestionario van a variar dependiendo el tipo de dictamen.  Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, respecto de sus operaciones con partes relacionadas conforme a las Normas Internacionales de Auditoría y al alcance de las pruebas selectivas de su auditoría. Aplicables a los dictámenes de los contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos.  Por el ejercicio fiscal de 2025 para ser acordes con las modificaciones de la norma de información financiera B-3 estado de resultado integral, ya no se presentan otros gastos no operativos (otros gastos) por separado de los gastos de operación, ya que son operativos, por lo que este tipo de gastos se incluirán en este anexo como otros gastos. 58 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  En el análisis comparativo de las subcuentas de gastos, las columnas denominadas: “total deducibles para ISR”, “total no deducibles para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de gastos que se reportan tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles se refieren a partidas contables y no fiscales. Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento.  En el análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento, las columnas denominadas: “acumulables o deducibles para ISR”, “no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos o gastos que se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles, no acumulables o no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales. Los contribuyentes que realicen actividades de autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo y de carga federal, estarán a lo siguiente: Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.  En el anexo de la “relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor” los contribuyentes estarán en la posibilidad de incorporar, en forma global, el monto de la deducción autorizada a que se refiere la regla 2.3., y la regla 1.2., según se trate de contribuyentes del sector de autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo o del sector de autotransporte terrestre de carga federal, de la “Resolución de facilidades administrativas para los sectores de Autotransporte Terrestre de Carga y de Pasajeros para 2025”, conforme a lo siguiente:  Como sujeto directo, cuando los contribuyentes cumplan sus obligaciones fiscales por cuenta propia, consignando en forma global, el monto de la deducción autorizada citada, con el índice 40090043000000 con el concepto “Impuesto sobre la Renta correspondiente a la deducción del 8% de los ingresos propios de la actividad sujeto directo”, la cual tiene el carácter de impuesto definitivo.  Como retenedor, cuando las personas morales cumplan por cuenta de sus integrantes sus obligaciones fiscales, consignando en forma global, el monto de la deducción autorizada citada, con el índice 40090212000000 con el concepto “Impuesto sobre la Renta correspondiente a la deducción del 8% de los ingresos propios de la actividad retenedor”, la cual tiene el carácter de impuesto definitivo. Información de los integrantes de las personas morales como coordinados:  En este anexo se deberá proporcionar la información de todos los integrantes que realicen actividades de autotransporte terrestre de carga o pasajeros, separando a los que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado, de los que optan por pagar el impuesto en forma individual.  Cuando se proporcione la información de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado, se deberá llenar la información referente al concepto del “nombre o razón social de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado”, así como de las columnas “RFC del integrante”, “total de ingresos acumulables ISR”, “total de deducciones autorizadas ISR”, “monto de la deducción del 8% sobre ingresos acumulables sin documentación (RFA)”, utilidad fiscal, conceptos disminuibles de la utilidad fiscal, monto del acreditamiento del IEPS por la adquisición de diésel contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción IV de la LIF)”, “monto del acreditamiento del 50% de los gastos por el uso de infraestructura carretera contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción V de la LIF)”, “utilidad gravable”, “pérdida fiscal”, “ISR a cargo”, ISR a favor”, “PTU por distribuir”, “importe total de las inversiones en equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada integrante en el ejercicio”, “número de unidades de equipo de transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante durante el ejercicio” y “fecha del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR)”.  Cuando se proporcione la información de los integrantes que optan por pagar el impuesto en forma individual, se deberá llenar la información referente al concepto del “nombre o razón social de los integrantes que optan por pagar el impuesto en lo individual” así como de las columnas “RFC del integrante”, “importe total de las inversiones en equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada integrante en el ejercicio”, “número de unidades de equipo de transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante durante el ejercicio” y “fecha del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR)”, “importe total de los ingresos del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de la LISR)”, “importe total de las deducciones del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de LISR)”, “importe total de impuestos pagados por cuenta del integrante (para los efectos del artículo 72, fracción VI de la LISR)”, e “importe total de las retenciones correspondientes al integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción III de la LISR)”.  La información de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado y la de los que optan por pagar el impuesto en forma individual con relación a la liquidación que se elabore de cada integrante, respecto de los ingresos, deducciones, impuestos y retenciones, será revisada y validada por el contador público, conforme a las Normas Internacionales de Auditoría y al alcance de las pruebas selectivas de su auditoría; cuando no pueda validar alguna información o no esté de acuerdo con alguna de ellas, deberá explicar los motivos en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente y, en su caso, hacer las salvedades correspondientes. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 59  Los contadores públicos deberán manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que hayan detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente, conforme a la regla 2.10.15. de la RMF para 2025.  Asimismo, se podrá no proporcionar la información relacionada con la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, en su columna “PTU por distribuir”, siempre que los contribuyentes, efectúen el cálculo de la PTU conforme a las bases contenidas en los contratos colectivos de trabajo. Aplicables a los dictámenes de las instituciones del sector financiero a que se refiere este instructivo.  Las cuentas mostradas en los estados financieros básicos y en el análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados, están basadas en los catálogos autorizados que publican la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Estado de resultado integral.  Para el llenado de este anexo, es necesario capturar previamente la información del anexo denominado: “análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados”. Estado de cambios en el capital contable.  Debido a la limitación para agregar nuevas columnas a los formatos, en el estado de variaciones en el capital contable, se han incluido dos columnas para “otras cuentas de capital contribuido” y “otras cuentas de capital ganado”; según corresponda, que podrán utilizarse cuando sea necesario reflejar conceptos del capital contable que no tengan una columna específica.  Cuando se anoten cantidades en las columnas “otras cuentas de capital contribuido” y “otras cuentas de capital ganado”; según corresponda, debido a que su saldo se integra por el importe de una o más cuentas, la integración de las mismas se deberá presentar antes del renglón “saldos al 31 de diciembre de 2024” o el renglón “saldos al 31 de diciembre de 2025” en los renglones denominados “otros”, según se trate, consignando en la columna de concepto el nombre de las cuentas que integran dichos saldos y en la columna de referencia, el importe correspondiente a cada cuenta o concepto. Estado de flujos de efectivo.  La información de este estado deberá ser presentada en forma comparativa entre los ejercicios fiscales de 2025 y 2024. Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.  En lugar de presentar los anexos de “integración analítica de ventas o ingresos netos”, “determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta”, “análisis comparativo de las subcuentas de gastos” y “análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento”, se deberá presentar el anexo “análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados”.  En las columnas denominadas: “acumulables o deducibles para ISR” y “no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR”, se pondrá el monto que de los conceptos de ingresos o gastos que se reportan, según corresponda, tienen efecto fiscal. Las partidas no deducibles, no acumulables o no afectos se refieren a partidas contables y no fiscales. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor.  Derechos por los servicios que presta: El índice: “la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)”, corresponde a los derechos establecidos por los servicios de inspección y vigilancia comprendidos en los artículos 29 al 29-H de la Ley Federal de Derechos vigente en 2025. Específicas: Aplicables a los dictámenes de intermediarios financieros no bancarios.  Debido a la similitud en la denominación de las diversas cuentas que integran los catálogos de cuentas autorizadas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para los almacenes generales de depósito, empresas de factoraje financiero, arrendadoras financieras, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, uniones de crédito, entidades de ahorro y crédito popular y otros intermediarios financieros no bancarios, se hizo necesario conjuntar en un solo dictamen toda la información de este tipo de entidades bajo la denominación genérica de “intermediarios financieros no bancarios”. 60 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Aplicables a los dictámenes de fondos de inversión de capitales, de renta variable e instrumentos de deuda. Estado de valuación de cartera de inversión.  En lugar de presentar los estados de flujos de efectivo o de cambios en la situación financiera, se deberá incluir el estado de valuación de cartera de inversión, en forma comparativa con el ejercicio inmediato anterior. Evidencia de la aplicación de los procedimientos de revisión sobre la situación fiscal del contribuyente (papeles de trabajo). El contador público inscrito deberá proporcionar a través de medios electrónicos, los papeles de trabajo relativos a la revisión de la situación fiscal del contribuyente, para los efectos del artículo 57, último párrafo del Reglamento del CFF y la RMF para 2025, considerando las siguientes: I.- Paquete utilizado para la generación del archivo de papeles de trabajo (sbpt). SIPRED 2025 (ver manual de usuario, apartado operación de la opción papeles de trabajo), el cual se podrá descargar y consultar en el portal del SAT. II.- Presentación del archivo de papeles de trabajo. La presentación se integra por:  Los papeles de trabajo que el contador público conserve en el expediente de la auditoría practicada al contribuyente de que se trate, en los que se muestre el trabajo realizado observando lo dispuesto en las Normas de Auditoría que les sean aplicables, mismos que deberán incluir lo siguiente:  Procedimientos aplicados.  Conclusiones alcanzadas.  Evidencia de la revisión.  Evaluación del control interno.  Planeación de la auditoría.  La información de los papeles de trabajo estará conformada en archivos de Excel con extensión *.xlsx, por uno o varios archivos, los cuales se integrarán como se señala en el punto III. III.- Características generales permitidas.  Nombre del archivo.  La información se integrará en un solo archivo encriptado y ensobretado con extensión sbpt, el cual será conformado por 26 caracteres (incluyendo extensión) y contendrá la información señalada en el punto II anterior.  Tipo de fuente.  Calibri.  Tamaño de fuente.  10 máximo.  No permite.  Imágenes.  Vínculos externos al archivo.  Protección de libro u hojas.  Tamaño del archivo con extensión sbpt.  Como máximo 45 megabytes (Mb). Apéndice IV. Catálogo de “tipo de operación”, para efectos de los anexos “operaciones con partes relacionadas” y “operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero”. Clave Operaciones de ingreso 100 Ingresos totales por venta de inventarios producidos terminados 101 Ingresos totales por venta de inventarios producidos semiterminados 200 Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos para distribución 201 Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos (materias primas) 202 Ingresos totales por venta de inventarios adquiridos (artículos semiterminados) 300 Ingresos por prestación de servicios en general 301 Ingresos por prestación de servicios técnicos 302 Ingresos por prestación de servicios de manufactura 303 Ingresos por prestación de servicios financieros 400 Ingresos por maquila Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 61 Clave Operaciones de ingreso 500 Ingresos por servicios administrativos 600 Ingresos por seguros y reaseguros 700 Ingresos por comisiones 800 Ingresos por regalías 900 Ingresos por asistencia técnica 1000 Ingresos por intereses devengados 1100 Ingresos por arrendamiento 1200 Ingreso por enajenación de acciones 1300 Ingresos por venta de activo fijo 1301 Ingresos por venta de terrenos 1302 Ingresos por condonación de deudas 1303 Ingresos por cantidades percibidas para efectuar gastos por cuenta de partes relacionadas 1304 Ganancia acumulable en operaciones financieras derivadas 1305 Interés a favor o acumulable que se determine por realizar operaciones financieras derivadas 1306 Acumulación de ingresos percibidos por operaciones financieras referidas a un subyacente que no cotice en un mercado reconocido 1307 Ingresos por venta de intangibles 1308 Ingresos por venta de otros cargos y gastos diferidos 1309 Anticipos de clientes 1310 Ingresos atribuibles a establecimientos permanentes 1311 Ingresos por otorgar bienes en comodato 1312 Ingresos por enajenación de derechos 1313 Ingresos por reembolsos 1314 Ingresos por venta de cartera 1400 Otros ingresos (especificar) Clave Operaciones de costo y gastos 1500 Compra neta de inventarios de materia prima 1501 Compra neta de inventarios semiterminados 1600 Compra neta de inventarios adquiridos para distribución 1601 Compra de cartera 1700 Inversiones en activo fijo 1704 Costo fiscal en venta de activo fijo adquirido a partes relacionadas 1705 Costo fiscal en venta de títulos valor adquiridos a partes relacionadas 1706 Costo fiscal en venta de intangibles adquiridos a partes relacionadas 1707 Costo fiscal en venta de otros cargos y gastos diferidos adquiridos a partes relacionadas 1708 Costo fiscal en venta de terreno adquirido a partes relacionadas 1801 Regalías por uso de activos relacionados con el mercado 1802 Regalías por uso de activos relacionados con la cartera de clientes 1803 Regalías por uso de activos intelectuales o artísticos 1804 Regalías por uso de activos basados en contratos o derechos 1805 Regalías por uso de activos intangibles tecnológicos 1806 Regalías por uso de otros activos intangibles u otros conceptos 1900 Asistencia técnica 2000 Honorarios, incluye servicios administrativos y mano de obra 2100 Arrendamiento 2200 Garantías 62 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Clave Operaciones de costo y gastos 2300 Publicidad 2400 Servicios de maquila 2500 Otros servicios prestados 2600 Servicios financieros 2700 Comisiones 2800 Intereses devengados a cargo 2801 Intereses por operaciones de venta de cartera 2900 Por primas pagadas por seguro y reaseguro 2901 Reaseguro cautivo 3000 Costo fiscal en venta de acciones adquiridas a partes relacionadas (costo comprobado de adquisición actualizado) 3001 Gastos a prorrata 3002 Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios producidos terminados 3003 Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios producidos semiterminados 3004 Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos para distribución 3005 Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos (materias primas) 3006 Devoluciones, rebajas y descuentos sobre venta de inventarios adquiridos (artículos semiterminados) 3007 Por cantidades iniciales para adquirir el derecho de celebrar una operación financiera derivada 3008 Por cantidades iniciales para adquirir el derecho de celebrar una operación financiera 3009 Por recibir bienes en comodato 3010 Costos y/o por adquirir derechos 3011 Costos y/o por adquirir concesiones 3012 Inversiones en intangibles 3013 Costos y/o por reembolsos 3014 Inversiones en otros gastos y cargos diferidos 3015 Inversiones por adquirir acciones 3016 Anticipos de gastos 3100 Otros pagos (especificar) Apéndice V. Catálogo de “método de precios de transferencia aplicado”, para efectos del anexo “operaciones con partes relacionadas”. Clave Método PC Precio comparable no controlado PR Precio de reventa CA Costo adicionado PU Participación de utilidades RPU Residual de participación de utilidades MTU Márgenes transaccionales de utilidades de operación Apéndice VI. Catálogo de “país de residencia”, “país de residencia para efectos fiscales”, “país de residencia fiscal de la entidad” y “país de residencia del residente en el extranjero”. Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo que se presenta a continuación. Clave Nombre del país AF Afganistán (Emirato Islámico de) AL Albania (República de) DE Alemania (República Federal de) AD Andorra (Principado de) AO Angola (República de) AI Anguila Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 63 Clave Nombre del país AQ Antártida AG Antigua y Barbuda (Comunidad Británica de Naciones) AN Antillas Neerlandesas (Territorio Holandés de Ultramar) SA Arabia Saudita (Reino de) DZ Argelia (República Democrática y Popular de) AR Argentina (República) AM Armenia (República de) AW Aruba (Territorio Holandés de Ultramar) AU Australia (Comunidad de) AT Austria (República de) AZ Azerbaiyán (República Azerbaijani) BS Bahamas (Comunidad de las) BH Bahréin (Estado de) BD Bangladesh (República Popular de) BB Barbados (Comunidad Británica de Naciones) BE Bélgica (Reino de) BZ Belice BJ Benín (República de) BM Bermudas BY Bielorrusia (República de) BO Bolivia (República de) BA Bosnia y Herzegovina BW Botswana (República de) BR Brasil (República Federativa de) BN Brunei (Estado de) (Residencia de Paz) BG Bulgaria (República de) BF Burkina Faso BI Burundi (República de) BT Bután (Reino de) CV Cabo Verde (República de) TD Chad (República del) KY Caimán (Islas) KH Camboya (Reino de) CM Camerún (República del) CA Canadá CL Chile (República de) CN China (república popular) CY Chipre (República de) VA Ciudad del Vaticano (Estado de la) CC Cocos (Keeling, Islas Australianas) CO Colombia (República de) KM Comoras (Islas) CG Congo (República del) CK Cook (Islas) KP Corea (República Popular Democrática de) (Corea del Norte) KR Corea (República de) (Corea del Sur) CI Costa de Marfil (República de la) 64 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Clave Nombre del país CR Costa Rica (República de) HR Croacia (República de) CU Cuba (República de) DK Dinamarca (Reino de) DJ Djibouti (República de) DM Dominica (Comunidad de) EC Ecuador (República del) EG Egipto (República Árabe de) SV El Salvador (República de) AE Emiratos Árabes Unidos ER Eritrea (Estado de) SI Eslovenia (República de) ES España (Reino de) FM Estado Federado de Micronesia US Estados Unidos de América EE Estonia (República de) ET Etiopia (República Democrática Federal) FJ Fidji (República de) PH Filipinas (República de las) FI Finlandia (República de) FR Francia (República francesa) GA Gabonesa (República) GM Gambia (República de la) GE Georgia (República de) GH Ghana (República de) GI Gibraltar (R.U.) GD Granada GR Grecia (República Helénica) GL Groenlandia (Dinamarca) GP Guadalupe (Departamento de) GU Guam (E.U.A.) GT Guatemala (República de) GG Guernsey GW Guinea-Bissau (República de) GQ Guinea Ecuatorial (República de) GN Guinea (República de) GF Guyana Francesa GY Guyana (República Cooperativa de) HT Haití (República de) HN Honduras (República de) HK Hong Kong (Región Administrativa Especial de la República) HU Hungría (República de) IN India (República de) ID Indonesia (República de) IQ Irak (República de) IR Irán (República Islámica del) IE Irlanda (República de) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 65 Clave Nombre del país IS Islandia (República de) BV Isla Bouvet IM Isla de Man AX Islas Aland FO Islas Feroe GS Islas Georgia y Sandwich del Sur HM Islas Heard y Mcdonald FK Islas Malvinas (R.U.) MP Islas Marianas Septentrionales MH Islas Marshall UM Islas Menores de Ultramar de Estados Unidos de América SB Islas Salomón (Comunidad Británica de Naciones) SJ Islas Svalbard y Jan Mayen (Noruega) TK Islas Tokelau WF Islas Wallis y Futuna IL Israel (Estado de) IT Italia (República Italiana) JM Jamaica JP Japón JE Jersey JO Jordania (Reino Hachemita de) KZ Kazakhstan (República de) KE Kenya (República de) KI Kiribati (República de) KW Kuwait (Estado de) KG Kyrgyzstan (República Kirgyzia) LS Lesotho (Reino de) LV Letonia (República de) LB Líbano (República de) LR Liberia (República de) LY Libia (Jamahiriya Libia Árabe Popular Socialista) LI Liechtenstein (Principado de) LT Lituania (República de) LU Luxemburgo (Gran Ducado de) MO Macao MK Macedonia (Antigua República Yugoslava de) MG Madagascar (República de) MY Malasia MW Malawi (República de) MV Maldivas (República de) ML Mali (República de) MT Malta (República de) MA Marruecos (Reino de) MQ Martinica (Departamento de) (Francia) MU Mauricio (República de) MR Mauritania (República Islámica de) YT Mayotte 66 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Clave Nombre del país MX México (Estados Unidos Mexicanos) MD Moldavia (República de) MC Mónaco (Principado de) MN Mongolia MS Monserrat (Isla) ME Montenegro MZ Mozambique (República de) MM Myanmar (Unión de) NA Namibia (República de) NR Nauru CX Navidad (Christmas) (Islas) NP Nepal (Reino de) NI Nicaragua (República de) NE Niger (República de) NG Nigeria (República Federal de) NU Nive (Isla) NF Norfolk (Isla) NO Noruega (Reino de) NC Nueva Caledonia (Territorio Francés de Ultramar) NZ Nueva Zelandia OM Omán (Sultanato de) PIK Pacífico, Islas del (Admón. E.U.A.) NL Países Bajos (Reino de los) (Holanda) PK Pakistán (República Islámica de) PW Palau (República de) PS Palestina PA Panamá (República de) PG Papua Nueva Guinea (Estado Independiente de) PY Paraguay (República del) PE Perú (República del) PN Pitcairns (Islas Dependencia Británica) PF Polinesia Francesa PL Polonia (República de) PT Portugal (República Portuguesa) PR Puerto Rico (Estado Libre Asociado de la Comunidad de) QA Qatar (Estado de) GB Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte CZ República Checa CF República Centroafricana LA República Democrática Popular Laos RS República de Serbia DO República Dominicana SK República Eslovaca CD República Popular del Congo RW República Ruandesa RE Reunión (Departamento de la) (Francia) RO Rumania Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 67 Clave Nombre del país RU Rusia (Federación Rusa) EH Sahara Occidental (República Árabe Saharavi Democrática) WS Samoa (Estado Independiente de) AS Samoa Americana BL San Bartolomé KN San Cristóbal y Nieves (Federación de) (San Kitts-Nevis) SM San Marino (Serenísima República de) MF San Martín PM San Pedro y Miquelón VC San Vicente y las Granadinas SH Santa Elena LC Santa Lucia ST Santo Tome y Príncipe (República Democrática de) SN Senegal (República del) SC Seychelles (República de las) SL Sierra Leona (República de) SG Singapur (República de) SY Siria (República Árabe) SO Somalia LK Sri lanka (República Democrática Socialista de) ZA Sudáfrica (República de) SD Sudan (República del) SE Suecia (Reino de) CH Suiza (Confederación) SR Suriname (República de) SZ Swazilandia (Reino de) TJ Tadjikistan (República de) TH Tailandia (Reino de) TW Taiwán (República de China) TZ Tanzania (República Unida de) IO Territorios Británicos del Océano Indico TF Territorios Franceses, Australes y Antárticos TL Timor Oriental TG Togo (República Togolesa) TO Tonga (Reino de) TT Trinidad y Tobago (República de) TN Túnez (República de) TC Turcas y Caicos (Islas) TM Turkmenistán (República de) TR Turquía (República de) TV Tuvalu (Comunidad Británica de Naciones) UA Ucrania UG Uganda (República de) UY Uruguay (República Oriental del) UZ Uzbekistán (República de) VU Vanuatu VE Venezuela (República de) 68 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Clave Nombre del país VN Vietnam (República Socialista de) VG Vírgenes. Islas (Británicas) VI Vírgenes. Islas (Norteamericanas) YE Yemen (República de) ZM Zambia (República de) ZW Zimbabwe (República de) Apéndice VII. Catálogo de “tipo de moneda”. Para los efectos de este apéndice, se aplicará el catálogo vigente a la fecha de presentación del dictamen fiscal, según el apéndice 5.- claves de monedas, del anexo 22 de las reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2025, publicado en el DOF el 7 de enero de 2025, el cual se presenta a continuación. País Nombre moneda África Central Franco Albania Lek Alemania Euro Antillas Holan Florin Arabia Saudita Riyal Argelia Dinar Argentina Peso Australia Dólar Austria Euro Bahamas Dólar Bahréin Dinar Barbados Dólar Bélgica Euro Belice Dólar Bermuda Dólar Bolivia Boliviano Brasil Real Bulgaria Lev Canadá Dólar Chile Peso China Yuan continental China Yuan extracontinental Chipre Euro Colombia Peso Corea del Norte Won Corea del Sur Won Costa Rica Colón Cuba Peso Croacia (República de) Kuna Dinamarca Corona Ecuador Dólar Egipto Libra El Salvador Colón Em. Árabes Unidos Dirham Eslovenia Euro España Euro Estonia Euro Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 69 País Nombre moneda Etiopia Birr E.U.A. Dólar Fed. Rusa Rublo Fidji Dólar Filipinas Peso Finlandia Euro Francia Euro Ghana Cedi Gran Bretaña Libra esterlina Grecia Euro Guatemala Quetzal Guyana Dólar Haiti Gourde Holanda Euro Honduras Lempira Hong Kong Dólar Hungría Forin India Rupia Indonesia Rupia Irak Dinar Irán Riyal Irlanda Euro Islandia Corona Israel Shekel Italia Euro Jamaica Dólar Japon Yen Jordania Dinar Kenya Chelin Kuwait Dinar Letonia Euro Líbano Libra Libia Dinar Lituania Litas Luxemburgo Euro Malasia Ringgit Malta Euro Marruecos Dirham México Peso Montenegro Euro Nicaragua Cordoba Nigeria (Fed) Naira Noruega Corona Nueva Zelanda Dólar Pakistán Rupia Palestina Shekel Panamá Balboa 70 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 País Nombre moneda Paraguay Guaraní Perú N. Sol Polonia Zloty Portugal Euro Puerto Rico Dólar República Checa Corona República Democrática del Congo Franco República de Serbia Dinar República Dominicana Peso República Eslovaca Euro Rumania Leu Singapur Dólar Siria Libra Sri-Lanka Rupia Suecia Corona Suiza Franco Surinam Dólar Tailandia Baht Taiwán Nuevo dólar Tanzania Chelin Trinidad y Tobago Dólar Turquía Lira Ucrania Hryvna Unión Sudafricana Rand Uruguay Peso U. Mon. Europea Euro Venezuela Bolivar fuerte Vietnam Dong Yemen (Dem. Pop.) Rial Yugoslavia Dinar Los demás países Otras monedas Apéndice VIII. Catálogo de “principales activos intangibles”, para efectos del anexo “información sobre sus operaciones con partes relacionadas”. Principales activos intangibles (apéndice B de la Norma de Información Financiera C-8 activos intangibles). Clave I. Activos relacionados con el mercado IA) Marcas registradas IB) Nombres comerciales IC) Marcas de servicio o certificación ID) Imagen de mercado IE) Nombres de portales o “sitios de red” en internet IF) Acuerdos de no competencia IG) Derechos (transmisión de radio, desarrollo, distribución de gas, aterrizaje, renta, mineros, servicio de hipoteca, franquicia readquirida, servicio, corte de madera, uso o agua) IH) Otros Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 71 Clave II. Activos relacionados con la cartera de clientes IIA) Listas de clientes IIB) Producción contratada y pedidos fincados IIC) Contratos con clientes y las correspondientes relaciones con clientes IID) Relaciones no contractuales con clientes IIE) Otros Clave III. Activos intelectuales o artísticos IIIA) Obras teatrales, operas, ballets, etc. IIIB) Libros, revistas, periódicos, manuscritos y otro material literario IIIC) Obras musicales IIID) Pinturas y fotografías IIIE) Material audiovisual, videos, películas, videos musicales y programas de televisión IIIF) Otros Clave IV. Activos basados en contratos o derechos IVA) Contratos de licencia de uso, regalía y prioridad IVB) Contratos de publicidad, construcción, administración, servicio o suministro IVC) Permisos o concesiones de explotación de recursos, así como de puertos y aeropuertos IVD) Contratos de arrendamiento IVE) Permisos de construcción IVF) Franquicias IVG) Permisos, concesiones o derechos de transmisión de cable, radio, televisión y teledifusión IVH) Permisos o derechos de suministro de agua, energía, distribución de gas, aterrizaje, renta, mineros, etc. IVI) Otros Clave V. Activos intangibles tecnológicos VA) Patentes tecnológicas VB) Investigación y desarrollo en proceso VC) Sistemas de cómputo (software), y licencias, programas de cómputo, sistemas de información, formatos, etc. VD) Tecnología no patentada, conocimiento técnico VE) Bases de datos, títulos de plantas VF) Procesos y fórmulas confidenciales VG) Dibujos técnicos, manuales de procedimientos técnicos, planos VH) Creación de procesos de manufactura, procedimientos, líneas de producción VI) Otros Clave VI. Activos intangibles distintos a los anteriores VIA) Otros Apéndice IX. Catálogo de “concepto más importante que originó el saldo”, para efectos del anexo “cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera”, (no aplicable para dictámenes fiscales del sector financiero). Clave Deudores 1 Fondo fijo 2 Cuenta de cheques 3 Cuenta de inversiones 4 Ventas de inventarios 72 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Clave Deudores 5 Ventas de activo fijo 6 Ventas de intangibles 7 Ventas de acciones 8 Anticipos 9 Préstamos 10 Regalías 11 Asistencia técnica 12 Publicidad 13 Maquila 14 Venta de cartera 15 Reembolsos 16 Dividendos 17 Comisiones 18 Operaciones financieras derivadas 19 Arrendamiento 20 Prestación de servicios 21 Servicios administrativos 22 Intereses devengados 23 Gastos por cuenta de partes relacionadas 24 Enajenación de intangibles 25 Enajenación de otros cargos y gastos diferidos 26 Enajenación de acciones 27 Enajenación de activo fijo 28 Enajenación de terrenos 29 Otros deudores Clave Acreedores 1 Préstamos 2 Compras de inventarios 3 Compras de activo fijo 4 Compras de intangibles 5 Compras de acciones 6 Anticipos 7 Concesiones 8 Derechos 9 Por adquisición de acciones 10 Intereses por venta de cartera 11 Gastos a prorrata 12 Garantías 13 Honorarios 14 Publicidad 15 Maquila 16 Servicios 17 Comisiones 18 Intereses a cargo 19 Otros acreedores Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 73 Apéndice X. Catálogo de “tipo de financiamiento”, para efectos del anexo “préstamos”. Clave Tipo de financiamiento A Aceptaciones bancarias B Cartas de crédito C Crédito puente D Directo E Habilitación o avío F Hipotecario G Líneas globales H Prendario I Protocolos J Quirografarios K Refaccionario L Revolvente M Sindicado N Otro Apéndice XI. Catálogo de “frecuencia de exigibilidad del pago de intereses”, para efectos del anexo “préstamos”. Clave Frecuencia 1 Mensual 2 Trimestral 3 Semestral 4 Anual 5 Otro Apéndice XII. Catálogo de “tipo de ingresos en REFIPRES”, para efectos del anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes”. Clave Frecuencia 1 Intereses en instituciones del sistema financiero 2 Derivados de sociedades o fondos de inversión 3 Otros ingresos derivados de entidades del sistema financiero (swaps, opciones, etc.) 4 Por la inversión en acciones de personas morales 5 Participación en fideicomisos y similares 6 Derivados de inversiones en asociaciones en participación y similares 7 Por venta de acciones 8 Por dividendos o utilidades 9 Otros ingresos Apéndice XIII. Catálogo de “carácter de participación en fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera”, para efectos del anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes”. Clave Frecuencia 1 Fideicomitente 2 Fideicomisario 3 Fiduciario 4 Beneficiario efectivo 5 Aportante de bienes o derechos 6 Administrador 74 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Apéndice XIV. Catálogo de “tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado para evitar la doble tributación”, para efectos del anexo “operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes”. Clave Frecuencia 1 Tasa 2 Exención 3 Beneficio 4 Subsidio 5 Otros Apéndice XV. Catálogo de “vencimiento del plazo”, para efectos del anexo “. Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero”. Clave Vencimiento del plazo 1 Reestructuró 2 Recontrató 3 Reconfiguró 4 Cerró 5 Canceló 6 Liquidó de manera anticipada 7 Liquidó operación contraria Apéndice XVI. Catálogo de “destino de préstamo”, para efectos del anexo “socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales”. Clave Destino de préstamo 1 Activo 2 Pasivo 3 Pago dividendos 4 Utilidades 5 Otros Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, por el ejercicio fiscal del 2025 utilizando el sistema de presentación del dictamen 2025 (SIPRED 2025), aplicable a los siguientes tipos de dictámenes. A. Estados financieros general. B. Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje. C. Casas de cambio. D. Intermediarios financieros no bancarios. E. Fondos de inversión. Este instructivo es complemento de los formatos guía y del instructivo para la integración y presentación del dictamen. Contenido y características para el llenado del dictamen Datos aplicables al dictamen de: A. Estados financieros general. Datos de identificación Datos a proporcionar: Contribuyente, representante legal, contador público. 01A000000 RFC (del contribuyente). 01B000000 RFC (del contador público). 01B015000 RFC (del despacho). 01C000000 RFC (del representante legal). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 75  Dato, RFC, del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por: - Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales. - Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día). - Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia. En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente: REXT990101XXX. Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas. Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). 01A001000 Nombre (del contribuyente) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o razón social. 01B001000 Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). 01B014000 Nombre del despacho. 01C001000 Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).  Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas. 01A002000 CURP (del contribuyente persona física). 01B002000 CURP (del contador público). 01C004000 CURP (del representante legal).  Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por: - Cuatro caracteres alfabéticos. - Seis caracteres numéricos. - Seis caracteres alfabéticos. - Un carácter alfabético o numérico. - Un carácter numérico.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público: 01A003000 Entidad federativa (del contribuyente). 01B004000 Entidad federativa (del contador público). 01C005000 Entidad federativa (del representante legal). 01C015000 Entidad en la que se ubica la notaría (representante legal).  Dato elegido de una lista (catálogo). 01A004000 Alcaldía o municipio (del contribuyente). 01B005000 Alcaldía o municipio (del contador público). 01C006000 Alcaldía o municipio (del representante legal).  Dato alcaldía o municipio completo.  Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 01A005000 Colonia o localidad (del contribuyente). 01B006000 Colonia o localidad (del contador público). 01C007000 Colonia o localidad (del representante legal). 76 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  Dato colonia o localidad completa.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 01A006000 Código postal (del contribuyente). 01B007000 Código postal (del contador público). 01C008000 Código postal (del representante legal).  Dato código postal completa.  Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 01A007000 Calle, número exterior e interior (del contribuyente). 01B008000 Calle, número exterior e interior (del contador público). 01C009000 Calle, número exterior e interior (del representante legal).  Dato de calle y número completo.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 01A008000 Ciudad o población (del contribuyente). 01B009000 Ciudad o población (del contador público). 01C010000 Ciudad o población (del representante legal).  Dato, ciudad o población completa.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 01A009000 Teléfono (del contribuyente). 01B010000 Teléfono (del contador público o del despacho). 01C011000 Teléfono (del representante legal).  Dato de veinte caracteres numéricos máximo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 01A010000 Correo electrónico (del contribuyente). 01B011000 Correo electrónico (del contador público). 01B012000 Correo electrónico del buzón tributario. 01C012000 Correo electrónico (del representante legal).  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.  Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.). 01A011000 Nombre del grupo económico al que pertenece.  Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales. 01A012000 Clave de actividad para efectos fiscales. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 77  Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se selecciona de un catálogo.  Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el Anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 01C002000 Nacional (representante legal). 01C003000 Extranjero (representante legal).  Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).  Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 01C013000 Número de escritura (representante legal). 01C014000 Número de notaría (representante legal).  Datos de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.  Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 01C016000 Fecha del poder (representante legal). 01C017000 Fecha de designación (representante legal).  Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.  Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”). 01B003000 Número de registro (contador público). 01B016000 Número de registro del despacho.  Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.  Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 01B013000 Colegio al que pertenece el contador público.  Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.  Dato de caracteres alfabéticos.  Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Datos generales Datos a proporcionar: 01D000000 Autoridad competente (selección de un catálogo): Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal y Administración General de Hidrocarburos. 01D001000 Sede a la que pertenece la ADAF (selección de un catálogo). 01D002000 Administración General y/o ADAF (selección de un catálogo). 01D003000 Obligado u optativo. 01D020000 Tipo de contribuyente especial (selección de un catálogo). 01D029000 Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales (selección de un catálogo): costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo de adquisición para efectos contables (costos históricos), costeo absorbente para efectos fiscales (costos predeterminados estimados), costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo estándar para efectos contables, sistema distinto a los anteriores, no aplica. 78 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D034000 Tipo de opinión (selección de un catálogo): opinión no modificada, opinión modificada por una desviación y/o incumplimiento con efecto en el cálculo de los impuestos y contribuciones, opinión modificada por desviación o limitación al alcance sin efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones, opinión desfavorable (Adversa) con efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones federales del ejercicio, opinión desfavorable (Adversa) sin efecto en el cálculo de los impuestos y/o contribuciones y denegación (Abstención) de opinión. 01D074000 Se trata de: 01D166000 Se realizaron con fines de: 01D255000 En calidad de que participó en alguna fusión: 01D279000 En calidad de que participó en alguna escisión: 01D386000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR: 01D389000 (1) Correspondiente al mes de: 01D392000 (2) Correspondiente al mes de: 01D395000 (3) Correspondiente al mes de: 01D398000 (4) Correspondiente al mes de: 01D401000 (5) Correspondiente al mes de: 01D404000 (6) Correspondiente al mes de: 01D407000 (7) Correspondiente al mes de: 01D410000 (8) Correspondiente al mes de: 01D413000 (9) Correspondiente al mes de: 01D416000 (10) Correspondiente al mes de: 01D419000 (11) Correspondiente al mes de: 01D422000 (12) Correspondiente al mes de: 01D446000 (1) Correspondiente al mes de: 01D449000 (2) Correspondiente al mes de: 01D452000 (3) Correspondiente al mes de: 01D455000 (4) Correspondiente al mes de: 01D458000 (5) Correspondiente al mes de: 01D461000 (6) Correspondiente al mes de: 01D464000 (7) Correspondiente al mes de: 01D467000 (8) Correspondiente al mes de: 01D470000 (9) Correspondiente al mes de: 01D473000 (10) Correspondiente al mes de: 01D476000 (11) Correspondiente al mes de: 01D479000 (12) Correspondiente al mes de: 01D482000 Cuál es su moneda funcional. 01D493000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 01D496000 (1) Correspondiente al mes de: 01D499000 (2) Correspondiente al mes de: 01D502000 (3) Correspondiente al mes de: 01D505000 (4) Correspondiente al mes de: 01D508000 (5) Correspondiente al mes de: 01D511000 (6) Correspondiente al mes de: 01D514000 (7) Correspondiente al mes de: 01D517000 (8) Correspondiente al mes de: 01D520000 (9) Correspondiente al mes de: 01D523000 (10) Correspondiente al mes de: 01D526000 (11) Correspondiente al mes de: 01D529000 (12) Correspondiente al mes de: 01D553000 (1) Correspondiente al mes de: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 79 01D556000 (2) Correspondiente al mes de: 01D559000 (3) Correspondiente al mes de: 01D562000 (4) Correspondiente al mes de: 01D565000 (5) Correspondiente al mes de: 01D568000 (6) Correspondiente al mes de: 01D571000 (7) Correspondiente al mes de: 01D574000 (8) Correspondiente al mes de: 01D577000 (9) Correspondiente al mes de: 01D580000 (10) Correspondiente al mes de: 01D583000 (11) Correspondiente al mes de: 01D586000 (12) Correspondiente al mes de: 01D589000 Cuál es su moneda funcional.  Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez seleccionada una opción de una lista (catálogo). 01D025000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal. 01D026000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal. 01D027000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. 01D028000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.  Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.  Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.  Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”). ejemplo: inicio final 01/01/2025 31/12/2025 01D004000 Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF). 01D005000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF). 01D006000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF). 01D008000 Forma parte de una asociación en participación. 01D009000 Forma parte de un fideicomiso. 01D015000 Primer dictamen. 01D016000 Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. 01D017000 Realizó obras de construcción. 01D018000 En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos conforme al artículo 17, fracción IV de la LISR. 01D019000 Industria maquiladora. 01D021000 Empresa filial. 01D022000 Empresa subsidiaria. 01D023000 Sociedad cooperativa. 01D024000 Inicio de operaciones. 01D035000 Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo debe llenar del índice 01040000000000 al 01040049000000 del Anexo 4). 01D042000 Realizó operaciones con partes relacionadas. 01D043000 Si su respuesta fue afirmativa en el índice 01D042000. (debe llenar los anexos 16 y 17). 01D044000 Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. 80 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D045000 Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. 01D046000 Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. 01D047000 En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 23). 01D048000 Tratándose de sociedades que hayan tenido el carácter de controladoras, disminuyó la pérdida por enajenación de acciones en algún ejercicio posterior a 2015 (para los efectos del artículo segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de las disposiciones transitorias de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2016). 01D049000 En caso afirmativo al índice anterior, señale si liquidó la totalidad del Impuesto Diferido (para los efectos del artículo segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de las disposiciones transitorias de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2016). 01D050000 Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.20. de la 3a RMRMF 2016. 01D051000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.22. de la RMF 2017. 01D052000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2018. 01D053000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2019. 01D054000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2020. 01D055000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2021. 01D056000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2022. 01D057000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2023. 01D058000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2024. 01D059000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2025. 01D060000 Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.19. de la 3a RMRMF 2016. 01D061000 Aplicó lo establecido en el transitorio quinto de la RMF 2017. 01D062000 Aplicó lo establecido en el transitorio trigésimo de la RMF 2018. 01D063000 Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el artículo 22 de la LISR. 01D068000 Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte relacionada. 01D069000 La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones pendientes de aplicar al cierre del ejercicio. 01D071000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. 01D073000 Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. 01D082000 Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). 01D089000 Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. 01D092000 Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. 01D100000 Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 12). 01D101000 Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 13). 01D102000 Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 19). 01D103000 Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 21). 01D104000 Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 22). 01D105000 Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. 01D106000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores. 01D112000 Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. 01D113000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). 01D114000 Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. 01D115000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 81 01D116000 Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). 01D117000 Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. 01D118000 Tiene accionistas residentes en el país. 01D119000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF). 01D120000 Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o accionistas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 27 del CFF). 01D121000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes. 01D122000 Tiene inventarios registrados en su contabilidad. 01D123000 En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV de la LISR). 01D126000 Realizó operaciones con el público en general. 01D127000 Tiene empleados. 01D135000 En caso negativo a la pregunta del índice 01D127000, tiene algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE). 01D141000 Enajenación de bienes. 01D142000 Prestación de servicios. 01D143000 Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 01D144000 Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México. 01D145000 Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes fiscales preferentes. 01D146000 Otros, en caso afirmativo especificar abajo: 01D150000 Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. 01D151000 Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. 01D153000 Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. 01D154000 La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). 01D161000 Diario. 01D162000 Mayor. 01D163000 Actas de asamblea de socios o accionistas. 01D164000 Socios o accionistas. 01D165000 Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). 01D169000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). 01D170000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). 01D172000 El contribuyente cambió el modelo de negocios. 01D173000 Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos de los artículos 76, fracciones II y XVII y 110, fracciones III y IV de la LISR). 01D194000 Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio. 01D196000 Es parte relacionada. 01D198000 Es parte relacionada. 01D200000 Es parte relacionada. 01D202000 Es parte relacionada. 01D204000 Es parte relacionada. 01D207000 Efectuó retención. 01D210000 Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. 01D211000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. 82 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D212000 Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. 01D216000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones deriva de absorción de pérdidas financieras. 01D217000 Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción de los donativos autorizados para su deducción por las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción I y 105, fracción II de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR). 01D219000 Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III y 105, último párrafo de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D220000 Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito o de servicios, o monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, compensaciones o a través de distintas formas de extinción de las obligaciones cuando lo señalen las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III y 105, último párrafo de la LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D221000 Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los artículos 27, fracción IV y 105, último párrafo de la LISR y 44 del RLISR). 01D222000 Ser deducidas una sola vez (para los efectos de los artículos 27, fracción IV y 105, fracción IV de la LISR). 01D224000 Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en forma expresa y por separado cuando así sea procedente (para los efectos de los artículos 27, fracción VI y 105, último párrafo de la LISR). 01D235000 Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reunieron los requisitos que para cada deducción en particular establece la LISR (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D236000 Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las disposiciones fiscales y se obtuvieron a más tardar el día en que debió presentar su declaración y que las fechas de expedición correspondieron al ejercicio por el que se efectuó la deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR). 01D247000 Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le aplicaron para los efectos del artículo 28 de la LISR. 01D254000 En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR. 01D330000 Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). 01D331000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 01D332000 Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). 01D333000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 01D339000 Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 24). 01D355000 Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las recibió en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren correspondido a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designó, o bien, cuando el interés del acreedor quedó satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones (para los efectos del artículo 1o.-B de la LIVA). 01D357000 Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente cobrado, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto (para los efectos de los artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del RLIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D361000 Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. 01D362000 El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables en los términos de la LISR para la realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta LIVA o a las que se les aplique la tasa de 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). 01D363000 El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente constó por separado en los comprobantes (para los efectos del artículo 5o., fracción II de la LIVA). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 83 01D364000 El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción III de la LIVA). 01D365000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 01D366000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 01D367000 Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto, o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso a) de la LIVA). 01D378000 Estuvo obligado al pago del IEPS en el ejercicio. 01D379000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01180125000000 al 01180153000000 del anexo 18). 01D381000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 01D385000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D388000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. 01D426000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses. 01D429000 Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. 01D432000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D436000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D438000 (a) enajenación de bienes. 01D439000 (b) prestación de servicios independientes. 01D440000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 01D441000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D444000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 01D445000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. 01D483000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 01D484000 Es importador de un sector en específico. 01D486000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01180154000000 al 01180182000000 del Anexo 18). 01D488000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 01D492000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D495000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. 01D533000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses. 01D536000 Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. 01D539000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D543000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 84 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D545000 (a) enajenación de bienes. 01D546000 (b) prestación de servicios independientes. 01D547000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 01D548000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D551000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 01D552000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. 01D590000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 01D591000 Es importador de un sector en específico.  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 01D075000 Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). 01D124000 Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. 01D125000 Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF. 01D134000 Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR). 01D155000 Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RIVA). 01D156000 Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RIVA). 01D157000 Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D158000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D159000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y trasladó del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D171000 Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. 01D174000 Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR). 01D175000 Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos de los artículos 76, fracción IV y 110, fracción V o en fecha distinta de acuerdo con los artículos 110 y 192 del RLISR). 01D176000 Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). 01D177000 Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). 01D178000 Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en el que se señale su monto, donde se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). 01D179000 Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervino (para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la LISR). 01D180000 Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos de los artículos 76, fracción XV y 110, fracción VII de la LISR). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 85 01D181000 Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el ejercicio inmediato anterior (para los efectos de los artículos 76, fracción XIX de la LISR y 116 del RLISR). 01D182000 Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D183000 Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140, párrafo segundo de la LISR). 01D184000 Enajenación de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D185000 Prestación de servicios (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D186000 Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción II de la LISR). 01D187000 Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17, fracción III y 40 de la LISR). 01D188000 Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, segundo párrafo y 40 de la LISR). 01D189000 Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, tercer párrafo y 40 de la LISR). 01D190000 Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad práctica de cobro (para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR). 01D191000 Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para su cobro (para los efectos de los artículos 17, penúltimo párrafo de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). 01D192000 Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente pagadas (para los efectos de los artículos 17 de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). 01D193000 Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra para los efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 01D218000 En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR). 01D223000 Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros, así como las demás formalidades establecidas (para los efectos de los artículos 27, fracción V y 105, último párrafo de la LISR). 01D225000 En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan invertido en los fines del negocio (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 45 del RLISR). 01D226000 Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a terceros, se aplicó el tope establecido para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción VII de la LISR). 01D227000 Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a sociedades o asociaciones civiles, a los que presten servicios domésticos de suministro de agua potable y de recolección de basura y a los que obtengan donativos, fueron deducidos cuando fueron efectivamente erogados (para los efectos del artículo 27, fracción VIII de la LISR). 01D228000 En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). 01D229000 En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se llevaron a cabo (para los efectos de los artículos 27, fracción X y 105, último párrafo de la LISR). 01D230000 Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones correspondientes se otorgaron en forma general en beneficio de todos los trabajadores y que tratándose de vales de despensa otorgados a trabajadores la entrega se realice a través de monederos electrónicos autorizados. (para los efectos de los artículos 7 y 27, fracción XI de la LISR y 46, 47, 48 y 50 del RLISR). 01D231000 Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito establecido en el índice anterior se comprobó que el monto de las aportaciones efectuadas haya sido igual al monto aportado por los trabajadores y no haya excedido los límites establecidos en las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción XI y 105, último párrafo de la LISR y 49 del RLISR). 01D232000 Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se consideró como no deducible el excedente (para los efectos de los artículos 27, fracción XIII y 105, último párrafo de la LISR). 86 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D233000 En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos legales para su importación (para los efectos de los artículos 27, fracción XIV y 105, último párrafo de la LISR y demás aplicables de las disposiciones aduaneras). 01D234000 En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas en el mes en que se consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o antes siempre que haya sido notoria la imposibilidad práctica de cobro y se puede comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción XV de la LISR). 01D237000 En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR). 01D238000 Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio les correspondan y se dé cumplimiento a los requisitos que lo regulan (para los efectos del artículo 27, fracción XIX de la LISR y Decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2024, modificado mediante Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2024). 01D239000 En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u otras causas no imputables al propio contribuyente, se cumplieron con los requisitos establecidos (para los efectos de los artículos 27, fracción XX de la LISR y 107, 109 y 124 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D240000 En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR. 01D241000 En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción V y 103, último párrafo de la LISR y 57 y 58 del RLISR). 01D242000 En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII y 103, último párrafo de la LISR y 60 del RLISR). 01D243000 En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por socios, accionistas o sus familiares sin relación laboral. 01D244000 En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XVII y 103, último párrafo, 121 último párrafo y 122 de la LISR y 219 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D245000 En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XX y 103, último párrafo de la LISR y 61 del RLISR). 01D246000 Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se consideró como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos de los artículos 36, fracciones II y III respectivamente y 104 de la LISR). 01D248000 En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR). 01D249000 En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). 01D251000 La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años. 01D252000 La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice anterior. 01D253000 Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR. 01D281000 Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. 01D334000 Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. 01D335000 Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. 01D340000 Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. 01D342000 Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. 01D344000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. 01D346000 Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 01D349000 El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. 01D350000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 01D351000 Aplicó tratados para evitar la doble tributación. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 87 01D352000 Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. 01D353000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. 01D354000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 01D356000 Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus inventarios (para los efectos de los artículos 8o. de la LIVA y 25 del RLIVA). 01D358000 La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los efectos de los artículos 24, fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA). 01D359000 El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes, excepto por los derivados de transporte internacional (para los efectos de los artículos 24, fracción V de la LIVA, 48 y 49 del RLIVA). 01D360000 Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o uso o goce temporal de bienes intangibles o por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados (para los efectos de los artículos 29, fracciones II, III y IV de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA). 01D368000 No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso b) de la LIVA). 01D369000 Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagar el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas que realizó en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso c) de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D370000 Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D371000 No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su destino habitual, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 2 de la LIVA). 01D372000 Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas realizadas en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 3 de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D373000 En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma exclusiva a las actividades a que estaban previstas (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 4 de la LIVA). 01D374000 En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del Impuesto Acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA y 19 del RLIVA). 01D375000 En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). 01D376000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 01D377000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 01D427000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D428000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D443000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D534000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D535000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D550000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 88 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 01D077000 Fecha del oficio 1. 01D079000 Fecha del oficio 2. 01D081000 Fecha del oficio 3. 01D084000 Fecha de la resolución 1. 01D086000 Fecha de la resolución 2. 01D088000 Fecha de la resolución 3. 01D090000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). 01D091000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). 01D098000 Fecha de presentación de la declaración informativa normal. 01D099000 Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). 01D256000 Fecha en que surtió efectos la fusión. 01D280000 Fecha en que surtió efectos la escisión. 01D326000 Fecha de inicio de la liquidación. 01D383000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 01D387000 Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 01D390000 (1) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D393000 (2) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D396000 (3) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D399000 (4) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D402000 (5) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D405000 (6) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D408000 (7) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D411000 (8) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D414000 (9) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D417000 (10) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D420000 (11) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D423000 (12) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D433000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 01D437000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D442000 Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. 01D447000 (1) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D450000 (2) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D453000 (3) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D456000 (4) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D459000 (5) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D462000 (6) fecha de presentación del entero del IVA retenido. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 89 01D465000 (7) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D468000 (8) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D471000 (9) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D474000 (10) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D477000 (11) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D480000 (12) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D490000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 01D494000 Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 01D497000 (1) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D500000 (2) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D503000 (3) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D506000 (4) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D509000 (5) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D512000 (6) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D515000 (7) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D518000 (8) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D521000 (9) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D524000 (10) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D527000 (11) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D530000 (12) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D540000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 01D544000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D549000 Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. 01D554000 (1) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D557000 (2) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D560000 (3) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D563000 (4) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D566000 (5) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D569000 (6) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D572000 (7) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D575000 (8) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D578000 (9) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D581000 (10) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D584000 (11) fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D587000 (12) fecha de presentación del entero del IVA retenido.  Datos de la fecha del oficio, de la resolución, declaración complementaria, entero del IVA retenido y del envío de la declaración informativa múltiple.  Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”). 90 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D010000 Denominación o razón social fideicomitente. 01D011000 Denominación o razón social fiduciario. 01D012000 Denominación o razón social fideicomisario (1). 01D013000 Denominación o razón social fideicomisario (2). 01D014000 Denominación o razón social fideicomisario (3). 01D064000 Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron. 01D072000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). 01D076000 Número de oficio 1. 01D078000 Número de oficio 2. 01D080000 Número de oficio 3. 01D083000 Número de resolución 1. 01D085000 Número de resolución 2. 01D087000 Número de resolución 3. 01D093000 Número de identificación (campo 1). 01D094000 Número de identificación (campo 2). 01D095000 Número de identificación (campo 3). 01D096000 Número de identificación (campo 4). 01D097000 Número de identificación (campo 5). 01D195000 Nombre del comprador 1. 01D197000 Nombre del comprador 2. 01D199000 Nombre del comprador 3. 01D201000 Nombre del comprador 4. 01D203000 Nombre del comprador 5. 01D258000 Fusionante: denominación o razón social. 01D260000 Fusionada 1: denominación o razón social. 01D262000 Fusionada 2: denominación o razón social. 01D264000 Fusionada 3: denominación o razón social. 01D266000 Fusionada 4: denominación o razón social. 01D268000 Fusionada 5: denominación o razón social. 01D270000 Fusionada 6: denominación o razón social. 01D272000 Fusionada 7: denominación o razón social. 01D274000 Fusionada 8: denominación o razón social. 01D276000 Fusionada 9: denominación o razón social. 01D278000 Fusionada 10: denominación o razón social. 01D382000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 01D384000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 01D425000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 01D430000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 01D434000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 01D435000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 01D485000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cuál. 01D489000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 01D491000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 01D532000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 01D537000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 01D541000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 01D542000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 01D592000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cuál. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 91  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). 01D037000 RFC 1. 01D038000 RFC 2. 01D039000 RFC 3. 01D040000 RFC 4. 01D041000 RFC 5. 01D107000 (especificar nombre anterior). 01D108000 (especificar nombre anterior). 01D109000 (especificar nombre anterior). 01D110000 (especificar nombre anterior). 01D111000 (especificar nombre anterior). 01D136000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 01D137000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 01D138000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 01D139000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 01D140000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 01D257000 Fusionante: RFC. 01D259000 Fusionada 1: RFC. 01D261000 Fusionada 2: RFC. 01D263000 Fusionada 3: RFC. 01D265000 Fusionada 4: RFC. 01D267000 Fusionada 5: RFC. 01D269000 Fusionada 6: RFC. 01D271000 Fusionada 7: RFC. 01D273000 Fusionada 8: RFC. 01D275000 Fusionada 9: RFC. 01D277000 Fusionada 10: RFC. 01D282000 Escindida 1: RFC. 01D286000 Escindida 2: RFC. 01D290000 Escindida 3: RFC. 01D294000 Escindida 4: RFC. 01D298000 Escindida 5: RFC. 01D302000 Escindida 6: RFC. 01D306000 Escindida 7: RFC. 01D310000 Escindida 8: RFC. 01D314000 Escindida 9: RFC. 01D318000 Escindida 10: RFC. 01D322000 Escindente: RFC. 01D327000 (liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social). 01D328000 (liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social). 01D329000 (liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).  Dato, RFC.  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por: - cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales. - seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día). - tres caracteres alfanuméricos para la homonimia. 92 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). 01D147000 Especificar. 01D148000 Especificar. 01D149000 Especificar.  Para efectos de estos índices, se anotarán en el concepto datos referentes al concepto de “otros”.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). 01D007000 En caso negativo en todas las preguntas de los índices 01D004000, 01D005000 y 01D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). 01D066000 Precio de venta de las acciones enajenadas. 01D067000 Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las acciones. 01D070000 En caso de que su respuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el importe de la pérdida por enajenación de acciones actualizada al cierre del ejercicio. 01D128000 Número de trabajadores. 01D129000 Total del ISR retenido y enterado por salarios. 01D130000 Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. 01D131000 Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. 01D132000 Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. 01D133000 Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. 01D152000 Monto de IVA que originó dicha operación. 01D160000 Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. 01D167000 Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio. 01D168000 Monto de la pérdida deducible en el ejercicio. 01D205000 Total de ingresos por venta de intangibles. 01D206000 Total del monto original de la inversión ajustado. 01D208000 Monto del entero por la operación. 01D209000 Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivadas pactadas fuera de mercados reconocidos. 01D213000 Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. 01D214000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. 01D215000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. 01D250000 Monto de la deuda que genera intereses a cargo. 01D283000 Valor activo: 01D284000 Valor pasivo: 01D285000 Valor capital social: 01D287000 Valor activo: 01D288000 Valor pasivo: 01D289000 Valor capital social: 01D291000 Valor activo: 01D292000 Valor pasivo: 01D293000 Valor capital social: 01D295000 Valor activo: 01D296000 Valor pasivo: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 93 01D297000 Valor capital social: 01D299000 Valor activo: 01D300000 Valor pasivo: 01D301000 Valor capital social: 01D303000 Valor activo: 01D304000 Valor pasivo: 01D305000 Valor capital social: 01D307000 Valor activo: 01D308000 Valor pasivo: 01D309000 Valor capital social: 01D311000 Valor activo: 01D312000 Valor pasivo: 01D313000 Valor capital social: 01D315000 Valor activo: 01D316000 Valor pasivo: 01D317000 Valor capital social: 01D319000 Valor activo: 01D320000 Valor pasivo: 01D321000 Valor capital social: 01D323000 Valor activo: 01D324000 Valor pasivo: 01D325000 Valor capital social: 01D336000 Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. 01D337000 Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. 01D338000 Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. 01D341000 Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. 01D343000 Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. 01D345000 Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. 01D347000 Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 01D348000 Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 de la LISR. 01D391000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D394000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D397000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D400000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D403000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D406000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D409000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D412000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D415000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D418000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D421000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D424000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D431000 Monto del beneficio. 01D448000 (1) Monto pagado. 01D451000 (2) Monto pagado. 01D454000 (3) Monto pagado. 94 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D457000 (4) Monto pagado. 01D460000 (5) Monto pagado. 01D463000 (6) Monto pagado. 01D466000 (7) Monto pagado. 01D469000 (8) Monto pagado. 01D472000 (9) Monto pagado. 01D475000 (10) Monto pagado. 01D478000 (11) Monto pagado. 01D481000 (12) Monto pagado. 01D498000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D501000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D504000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D507000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D510000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D513000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D516000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D519000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D522000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D525000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D528000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D531000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D538000 Monto del beneficio. 01D555000 (1) Monto pagado. 01D558000 (2) Monto pagado. 01D561000 (3) Monto pagado. 01D564000 (4) Monto pagado. 01D567000 (5) Monto pagado. 01D570000 (6) Monto pagado. 01D573000 (7) Monto pagado. 01D576000 (8) Monto pagado. 01D579000 (9) Monto pagado. 01D582000 (10) Monto pagado. 01D585000 (11) Monto pagado. 01D588000 (12) Monto pagado.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos.  Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.  Para las cantidades positivas se omitirá el signo.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.  Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos. 01D065000 Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que se enajenaron. 01D380000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. 01D487000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 95  Datos de caracteres numéricos con dos decimales.  Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje. Anexo Datos a proporcionar 1.- Estado de situación financiera. 2025 y 2024 y variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. 2.- Estado de resultado integral. Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no relacionadas 2025 y 2024. 3.- Estado de cambios en el capital contable. Capital social proveniente de aportaciones, capital social proveniente de capitalización, aportaciones para futuros aumentos de capital, prima en suscripción de acciones, reserva legal, utilidad neta, pérdida neta, utilidades retenidas de ejercicios anteriores, pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, otros resultados integrales (deudor), otros resultados integrales (acreedor), exceso en la actualización del capital contable, insuficiencia en la actualización del capital contable, resultado por tenencia de activos no monetarios, otras cuentas de capital acreedoras, otras cuentas de capital deudoras y total del capital contable. 4.- Estado de flujos de efectivo. 2025 y 2024. 5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos. 2025 y 2024, variación en pesos respecto ejercicio fiscal anterior, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no relacionadas 2025 y 2024, total acumulables para ISR 2025 y 2024, total no acumulables para ISR 2025 y 2024. 6.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no relacionadas 2025 y 2024. 7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. Gastos de fabricación, venta, administración y generales 2025 y 2024; gastos de fabricación, venta, administración y generales: variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior; total 2025 y 2024; gastos de fabricación, venta, administración y generales partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024 total deducibles para ISR 2025 y 2024; total no deducibles para ISR 2025 y 2024. 8.- Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. 2025 y 2024; acumulables o deducibles para ISR: 2025 y 2024; partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024; no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2025 y 2024. 9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. Base gravable; contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría. 10.- Relación de contribuciones por pagar. Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar, importe de la contribución en litigio. 11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. 2025 y 2024, variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. 12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. Monto contratado; efecto fiscal que tuvo en el ejercicio ingreso (deducción); importe del efecto fiscal que tuvo en el ejercicio; valor pactado sobre el subyacente; indique el monto de ingreso acumulable o (deducción autorizada) generado. 13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación y valor de la inversión. 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones; monto de retiros de capital; monto de préstamos efectuados y monto de préstamos recibidos; monto de prima en suscripción de acciones. 15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral, los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. 2025 y 2024, variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. 96 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 16.- Operaciones con partes relacionadas. Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado, ISR retenido. 17.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. Datos a proporcionar. 18.- Datos informativos. Datos a proporcionar. 19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoría, ISR retenido pagado y diferencia. 20.- Inversiones. Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio. 21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. Saldo en moneda extranjera, saldo en moneda nacional. 22.- Préstamos. Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024, conversión de moneda, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado. 24.-. Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 25.-. Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles. Nota: el orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos.  Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.  Para las cantidades positivas se omitirá el signo.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.  Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 97 Anexo Datos a proporcionar 1.- Estado de situación financiera. Texto referente a la explicación de las variaciones. 5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos. Texto referente a la explicación de las variaciones. 7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. Texto referente a la explicación de las variaciones de gastos de fabricación, venta, administración y generales. 4.1- Notas a los estados financieros. Texto referente a las notas a los estados financieros. 9.1- Declaratoria. Texto referente a la declaratoria. 11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. Texto referente a la explicación de las variaciones. 15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. Texto referente a la explicación de las variaciones.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Este texto sí podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).  El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas. Anexo Datos a proporcionar 1.- Estado de situación financiera. Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal); porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal anterior); porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. 5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos. Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal); porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal anterior) y porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. 7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. Gastos de fabricación, gastos de venta, gastos de administración y gastos generales: porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal); porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal anterior) y gastos de fabricación, gastos de venta, gastos de administración y gastos generales: porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. 9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. Tasa, tarifa o cuota. 11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal), porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal anterior), porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. 12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. % de retención sobre la ganancia. 13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Porcentaje de participación en el capital de la entidad. 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio y porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamos recibidos. 15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal), porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal anterior), porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior. 16.- Operaciones con partes relacionadas. Tasa. 19.-. Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Tasa. 98 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Anexo Datos a proporcionar 22.- Préstamos. Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR. 24.-. Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado. 25.-. Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Proporción de ingresos.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.  Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. Anexo Datos a proporcionar 10.- Relación de contribuciones por pagar. Institución de crédito o SAT; pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio y administración receptora. 12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. País de residencia, tipo de operación contratada deuda o capital; indique si antes del vencimiento del plazo realizó, tipo de moneda, tipo de subyacente. 13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo y forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). 16.- Operaciones con partes relacionadas. Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia y método de precios de transferencia aplicado. 19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia. 21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. País de residencia fiscal, tipo de moneda, antigüedad de la cuenta por cobrar y por pagar (meses), indique si la cuenta proviene de una fusión, escisión de sociedades o cesión de derechos u obligaciones, concepto más importante que originó el saldo, en caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor", especifique concepto: 22.- Préstamos. Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro”, especifique concepto. 24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 99  Datos de caracteres alfanuméricos en mayúsculas.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Anexo Datos a proporcionar 10.- Relación de contribuciones por pagar. Número de la operación; pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio y oficio de autorización de pago en parcialidades: número. 12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. Número de identificación fiscal, en caso de que en la columna "tipo de subyacente" haya seleccionado "otros" especifique concepto, en caso de que haya liquidado mediante celebración de una operación contraria, indique las razones. 13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Número de identificación fiscal. 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Número de identificación fiscal o RFC. 16.- Operaciones con partes relacionadas. Número de identificación fiscal o RFC. 19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Número de identificación fiscal. 21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. Número de identificación fiscal o RFC. 22.- Préstamos. Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado; destino del capital tomado en préstamo número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México. 23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015. 24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Número de identificación fiscal. 25.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 14.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 16.- operaciones con partes relacionadas y 23.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:  Datos de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:  Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.  Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha: (dos caracteres para año, dos para el mes y dos para el día).  Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). Anexo Datos a proporcionar 10.- Relación de contribuciones por pagar. Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre) fecha de presentación y oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha. 12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. Fecha de celebración del contrato que le dio origen a la operación, fecha de celebración de la más reciente adenda al contrato origen y vigencia: del y al. 13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria. 100 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Periodo de tenencia: del y al. 22.- Préstamos. Vigencia del préstamo del y al, fecha en la que se realizó la conversión de moneda. 24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del y al.  Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2018.  Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”. Anexo Datos a proporcionar 23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 al 2015.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9. Anexo Datos a proporcionar 12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si o no) e indique si se contrató con una parte relacionada (si o no). 16.- Operaciones con partes relacionadas. La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo, indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2. fracción II, de la RMF 2025) (si o no), indique si obtuvo beneficios de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a), existió retención y entero de ISR por esta operación. 19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no); indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no). 21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. Indique si es parte relacionada (si o no), generó intereses (si o no) e indique si la cuenta por cobrar o por pagar se encuentra cubierta por algún instrumento financiero derivado. (si o no). 22.- Préstamos. Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no). 23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 al 2015. 24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no). 25.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no).  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no, n/a) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 101 Contenido y características para el llenado del dictamen Datos aplicables al dictamen de: B. Contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades de autotransporte terrestre de carga o pasaje. Datos de identificación Datos a proporcionar: Contribuyente, representante legal, contador público. 40A000000 RFC (del contribuyente). 40B000000 RFC (del contador público). 40B015000 RFC (del despacho). 40C000000 RFC (del representante legal).  Dato, RFC, del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por: - cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales. - seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día). - tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente: REXT990101XXX.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). 40A001000 Nombre (del contribuyente) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o razón social. 40B001000 Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). 40B014000 Nombre del despacho. 40C001000 Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).  Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas. 40A002000 CURP (del contribuyente persona física). 40B002000 CURP (del contador público). 40C004000 CURP (del representante legal).  Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por: - cuatro caracteres alfabéticos. - seis caracteres numéricos. - seis caracteres alfabéticos. - un carácter alfabético o numérico. - un carácter numérico.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público: 40A003000 Entidad federativa (del contribuyente). 40B004000 Entidad federativa (del contador público). 40C005000 Entidad federativa (del representante legal). 40C015000 Entidad en la que se ubica la notaria (del representante legal). 102 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  Dato elegido de una lista (catálogo). 40A004000 Alcaldía o municipio (del contribuyente). 40B005000 Alcaldía o municipio (del contador público). 40C006000 Alcaldía o municipio (del representante legal).  Dato alcaldía o municipio completo.  Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 40A005000 Colonia o localidad (del contribuyente). 40B006000 Colonia o localidad (del contador público). 40C007000 Colonia o localidad (del representante legal).  Dato colonia o localidad completa.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 40A006000 Código postal (del contribuyente). 40B007000 Código postal (del contador público). 40C008000 Código postal (del representante legal).  Dato código postal completa.  Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 40A007000 Calle, número exterior e interior (del contribuyente). 40B008000 Calle, número exterior e interior (del contador público). 40C009000 Calle, número exterior e interior (del representante legal).  Dato de calle y número completo.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 40A008000 Ciudad o población (del contribuyente). 40B009000 Ciudad o población (del contador público). 40C010000 Ciudad o población (del representante legal).  Dato, ciudad o población completa.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 40A009000 Teléfono (del contribuyente). 40B010000 Teléfono (del contador público o del despacho). 40C011000 Teléfono (del representante legal).  Dato de veinte caracteres numéricos máximo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 40A010000 correo electrónico (del contribuyente). 40B011000 correo electrónico (del contador público). 40B011000 correo electrónico del buzón tributario. 40C012000 correo electrónico (del representante legal).  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.  Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.). 40A011000 Nombre del grupo económico al que pertenece.  Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales. 40A012000 clave de actividad para efectos fiscales. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 103  Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se selecciona de un catálogo.  Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el Anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 40C002000 Nacional (representante legal). 40C003000 Extranjero (representante legal).  Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).  Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 40C013000 Número de escritura (representante legal). 40C014000 Número de notaría (representante legal).  Datos de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.  Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 40C016000 Fecha del poder (representante legal). 40C017000 Fecha de designación (representante legal).  Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.  Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”). 40B003000 Número de registro (contador público). 40B016000 Número de registro del despacho.  Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.  Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 40B013000 Colegio al que pertenece el contador público.  Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.  Dato de caracteres alfabéticos.  Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Datos generales Datos a proporcionar: 40D000000 Autoridad competente. 40D001000 Sede a la que pertenece la ADAF. 40D002000 Administración General y/o ADAF. 40D003000 Obligado u optativo. 40D022000 Tipo de contribuyente especial. 40D030000 Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales: 40D035000 Tipo de opinión. 40D061000 Se trata de: 40D154000 Se realizaron con fines de: 40D244000 En calidad de que participó en alguna fusión: 40D268000 En calidad de que participó en alguna escisión:  Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez seleccionada una opción de una lista (catálogo). 40D026000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal. 40D027000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal. 40D028000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. 40D029000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior. 104 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.  Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.  Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales ”/”). ejemplo: inicio final 01/01/2025 31/12/2025 40D004000 Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF). 40D005000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF). 40D006000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF). 40D008000 Forma parte de una asociación en participación. 40D009000 Forma parte de un fideicomiso. 40D015000 Primer dictamen. 40D016000 Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. 40D017000 Realizó obras de construcción. 40D018000 En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR. 40D019000 Empresa dedicada a la actividad agrícola, ganadera, silvícola, pesquera o sociedad cooperativa de producción. 40D020000 Empresa dedicada a la actividad de autotransporte terrestre de carga o de pasajeros o complementarias. 40D021000 Empresa como coordinado. 40D023000 Empresa filial. 40D024000 Empresa subsidiaria. 40D025000 Inicio de operaciones. 40D036000 Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo debe llenar del índice 40040000000000 al 40040050000000 del anexo 4). 40D043000 Realizó operaciones con partes relacionadas. 40D044000 Si su respuesta fue afirmativa en el índice 40D043000. (debe llenar los anexos 16 y 17). 40D045000 Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. 40D046000 Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. 40D047000 Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. 40D048000 En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 24). 40D050000 Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el artículo 22 de la LISR. 40D055000 Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte relacionada. 40D056000 La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones pendientes de aplicar al cierre del ejercicio. 40D058000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. 40D060000 Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. 40D069000 Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). 40D076000 Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. 40D079000 Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 105 40D087000 Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 12). 40D088000 Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 13). 40D090000 Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 20). 40D091000 Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 22). 40D092000 Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 23). 40D093000 Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. 40D094000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF) asimismo, especifique el RFC y nombres anteriores. 40D100000 Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. 40D101000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). 40D102000 Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. 40D103000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF). 40D104000 Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). 40D105000 Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. 40D106000 Tiene accionistas residentes en el país. 40D107000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF). 40D108000 Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o accionistas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 27 CFF). 40D109000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes. 40D111000 En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV de la LISR). 40D114000 Realizó operaciones con el público en general. 40D115000 Tiene empleados. 40D123000 En caso negativo a la pregunta del índice 40D115000, tiene algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE). 40D129000 Enajenación de bienes. 40D130000 Prestación de servicios. 40D131000 Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 40D132000 Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México. 40D133000 Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes fiscales preferentes. 40D134000 Otros, en caso afirmativo especificar abajo: 40D138000 Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. 40D139000 Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. 40D141000 Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. 40D142000 La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). 40D149000 Diario. 40D150000 Mayor. 40D151000 Actas de asamblea de socios o accionistas. 106 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40D152000 Socios o accionistas. 40D153000 Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). 40D157000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). 40D158000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B bis del CFF). 40D160000 El contribuyente cambió el modelo de negocios. 40D161000 Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR). 40D182000 Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio. 40D184000 Es parte relacionada. 40D186000 Es parte relacionada. 40D188000 Es parte relacionada. 40D190000 Es parte relacionada. 40D192000 Es parte relacionada. 40D195000 Efectuó retención. 40D198000 Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. 40D199000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. 40D200000 Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. 40D204000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de pérdidas financieras. 40D206000 Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción de los donativos autorizados para su deducción por las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125, y 131 del RLISR). 40D208000 Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos del artículo 27, fracción III de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D209000 Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito o de servicios, o monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, compensaciones o a través de distintas formas de extinción de las obligaciones cuando lo señalen las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III de la LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D210000 Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los artículos 27, fracción IV de la LISR y 44 del RLISR). 40D211000 Ser deducidas una sola vez (para los efectos del artículo 27, fracción IV de la LISR). 40D213000 Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en forma expresa y por separado cuando así sea procedente (para los efectos del artículo 27, fracción VI de la LISR). 40D224000 Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reunieron los requisitos que para cada deducción en particular establece la LISR (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D225000 Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las disposiciones fiscales y se obtuvieron a más tardar el día en que debió presentar su declaración y que las fechas de expedición correspondieron al ejercicio por el que se efectuó la deducción (para los efectos del artículo 27, fracción XVIII de la LISR). 40D236000 Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le aplicaron a que hace referencia el artículo 28 de la LISR. 40D243000 En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR. 40D319000 Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). 40D320000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 40D321000 Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). 40D322000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 107 40D328000 Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 25). 40D345000 Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las recibió en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren correspondido a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designó, o bien, cuando el interés del acreedor quedó satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones (para los efectos del artículo 1o.-B de la LIVA). 40D347000 Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente cobrado, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto (para los efectos de los artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del RLIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D351000 Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. 40D352000 El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables en los términos de la LISR para la realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta LIVA o a las que se les aplique la tasa de 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). 40D353000 El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente constó por separado en los comprobantes (para los efectos del artículo 5o., fracción II de la LIVA). 40D354000 El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción III de la LIVA). 40D355000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 40D356000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 40D357000 Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto, o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V inciso a) de la LIVA). 40D368000 Estuvo obligado al pago del IEPS en el ejercicio.  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 40D049000 Indique si promovió juicios que estén pendientes de resolver respecto a la desconsolidación. 40D062000 Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). 40D089000 La persona moral cumplió por cuenta de sus integrantes con lo dispuesto en los capítulos VII y VIII (para los efectos de los artículos 72 y 73 de la LISR). 40D110000 Tiene inventarios registrados en su contabilidad. 40D112000 Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. 40D113000 Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del CFF. 40D122000 Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR). 40D143000 Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). 40D144000 Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA; 20 y 74 del RLIVA). 40D145000 Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D146000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 108 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40D147000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D159000 Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. 40D162000 Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR). 40D163000 Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos de los artículos 76, fracción IV o en fecha distinta de acuerdo al artículo 110 del RLISR). 40D164000 Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). 40D165000 Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). 40D166000 Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en el que se señale su monto, donde se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). 40D167000 Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervino (para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la LISR). 40D168000 Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos del artículo 76, fracción XV de la LISR). 40D169000 Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el ejercicio inmediato anterior (para los efectos de los artículos 76, fracción XIX de la LISR y 116 del RLISR). 40D170000 Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D171000 Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140 párrafo segundo de la LISR). 40D172000 Enajenación de bienes (para los efectos de los artículos 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D173000 Prestación de servicios (para los efectos de los artículos 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D174000 Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos de los artículos 17, fracción II de la LISR). 40D175000 Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17, fracción III y 40 de la LISR). 40D176000 Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, segundo párrafo y 40 de la LISR). 40D177000 Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, tercer párrafo y 40 de la LISR). 40D178000 Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad práctica de cobro (para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR). 40D179000 Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para su cobro (para los efectos de los artículos 17, penúltimo párrafo de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). 40D180000 Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente pagadas (para los efectos de los artículos 17 de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). 40D181000 Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra para los efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 40D205000 Registró por separado los ingresos de las operaciones que realizó por cuenta de cada uno de sus integrantes (para los efectos de los artículos 72, fracción IV y 75, fracción II LISR). 40D207000 En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR). 40D212000 Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros, así como las demás formalidades establecidas (para los efectos del artículo 27, fracción V de la LISR). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 109 40D214000 En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan invertido en los fines del negocio (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 45 del RLISR). 40D215000 Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a terceros, se aplicó el tope establecido para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción VII de la LISR). 40D216000 Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a sociedades o asociaciones civiles, a los que presten servicios domésticos de suministro de agua potable y de recolección de basura y a los que obtengan donativos, fueron deducidos cuando fueron efectivamente erogados (para los efectos del artículo 27, fracción VIII de la LISR). 40D217000 En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). 40D218000 En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se llevaron a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR). 40D219000 Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones correspondientes se otorgaron en forma general en beneficio de todos los trabajadores y que tratándose de vales de despensa otorgados a trabajadores la entrega se realice a través de monederos electrónicos autorizados. (para los efectos de los artículos 7 y 27, fracción XI de la LISR y 46, 47, 48 y 50 del RLISR). 40D220000 Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito establecido en el índice anterior se comprobó que el monto de las aportaciones efectuadas haya sido igual al monto aportado por los trabajadores y no haya excedido los límites establecidos en las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción XI de la LISR y 49 del RLISR). 40D221000 Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se consideró como no deducible el excedente (para los efectos del artículo 27, fracción XIII de la LISR). 40D222000 En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos legales para su importación (para los efectos del artículo 27, fracción XIV de la LISR y demás aplicables de las disposiciones aduaneras). 40D223000 En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas en el mes en que se consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o antes siempre que haya sido notoria la imposibilidad práctica de cobro y se puede comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción XV de la LISR). 40D226000 En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción XVIII de la LISR). 40D227000 Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio les correspondan y se dé cumplimiento a los requisitos que lo regulan (para los efectos del artículo 27, fracción XIX de la LISR y Decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2024, modificado mediante Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2024). 40D228000 En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u otras causas no imputables al propio contribuyente, se cumplieron con los requisitos establecidos (para los efectos de los artículos 27, fracción XX de la LISR y 107, 109 y 124 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D229000 En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR. 40D230000 En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción V de la LISR y 57 y 58 del RLISR). 40D231000 En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR). 40D232000 En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por socios, accionistas o sus familiares sin relación laboral. 40D233000 En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D234000 En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XX de la LISR y 61 del RLISR). 40D235000 Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se consideró como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos del artículo 36, fracciones II y III respectivamente de la LISR). 110 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40D237000 En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR). 40D238000 En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). 40D240000 La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años. 40D241000 La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice anterior. 40D242000 Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR. 40D270000 Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. 40D323000 Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. 40D324000 Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. 40D329000 Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas 40D331000 Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. 40D333000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. 40D335000 Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 40D338000 El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. 40D339000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 40D340000 Aplicó tratados para evitar la doble tributación. 40D341000 Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. 40D342000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. 40D343000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 40D344000 Efectuó por cuenta de sus integrantes las retenciones y entero de las mismas, y en su caso expidió las constancias de dichas retenciones (para los efectos de los artículos 72, fracción III y 74, párrafo séptimo, fracción III LISR). 40D346000 Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus inventarios (para los efectos de los artículos 8 de la LIVA y 25 del RLIVA). 40D348000 La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los efectos de los artículos 24, fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA). 40D349000 El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes, excepto por los derivados de transporte internacional (para los efectos de los artículos 24, fracción V de la LIVA, 48 y 49 del RLIVA). 40D350000 Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o uso o goce temporal de bienes intangibles o por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados (para los efectos de los artículos 29, fracciones II, III y IV de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA). 40D358000 No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V inciso b) de la LIVA). 40D359000 Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagar el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas que realizó en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso c) de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D360000 Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D361000 No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su destino habitual, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 2 de la LIVA). 40D362000 Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas realizadas en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 3 de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D363000 En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma exclusiva a las actividades a que estaban previstas (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 4 de la LIVA). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 111 40D364000 En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos de los artículos 5o.-A de la LIVA y 19 del RLIVA). 40D365000 En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). 40D366000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 40D367000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.  Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 40D064000 Fecha del oficio 1. 40D066000 Fecha del oficio 2. 40D068000 Fecha del oficio 3. 40D071000 Fecha de la resolución 1. 40D073000 Fecha de la resolución 2. 40D075000 Fecha de la resolución 3. 40D077000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). 40D078000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). 40D085000 Fecha de presentación de la declaración informativa normal. 40D086000 Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). 40D245000 Fecha en que surtió efectos la fusión. 40D269000 Fecha en que surtió efectos la escisión. 40D315000 Fecha de inicio de la liquidación.  Datos de la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple.  Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de presentación de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”). 40D010000 Denominación o razón social fideicomitente. 40D011000 Denominación o razón social fiduciario. 40D012000 Denominación o razón social fideicomisario (1). 40D013000 Denominación o razón social fideicomisario (2). 40D014000 Denominación o razón social fideicomisario (3). 40D051000 Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron. 40D059000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). 40D063000 Número de oficio 1. 40D065000 Número de oficio 2. 40D067000 Número de oficio 3. 40D070000 Número de resolución 1. 40D072000 Número de resolución 2. 40D074000 Número de resolución 3. 40D080000 Número de identificación (campo 1). 40D081000 Número de identificación (campo 2). 40D082000 Número de identificación (campo 3). 40D083000 Número de identificación (campo 4). 40D084000 Número de identificación (campo 5). 40D183000 Nombre del comprador 1. 40D185000 Nombre del comprador 2. 40D187000 Nombre del comprador 3. 40D189000 Nombre del comprador 4. 112 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40D191000 Nombre del comprador 5. 40D247000 Fusionante: denominación o razón social. 40D249000 Fusionada 1: denominación o razón social. 40D251000 Fusionada 2: denominación o razón social. 40D253000 Fusionada 3: denominación o razón social. 40D255000 Fusionada 4: denominación o razón social. 40D257000 Fusionada 5: denominación o razón social. 40D259000 Fusionada 6: denominación o razón social. 40D261000 Fusionada 7: denominación o razón social. 40D263000 Fusionada 8: denominación o razón social. 40D265000 Fusionada 9: denominación o razón social. 40D267000 Fusionada 10: denominación o razón social.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). 40D038000 RFC 1. 40D039000 RFC 2. 40D040000 RFC 3. 40D041000 RFC 4. 40D042000 RFC 5. 40D095000 (especificar nombre anterior). 40D096000 (especificar nombre anterior). 40D097000 (especificar nombre anterior). 40D098000 (especificar nombre anterior). 40D099000 (especificar nombre anterior). 40D124000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 40D125000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 40D126000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 40D127000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 40D128000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 40D246000 Fusionante: RFC. 40D248000 Fusionada 1: RFC. 40D250000 Fusionada 2: RFC. 40D252000 Fusionada 3: RFC. 40D254000 Fusionada 4: RFC. 40D256000 Fusionada 5: RFC. 40D258000 Fusionada 6: RFC. 40D260000 Fusionada 7: RFC. 40D262000 Fusionada 8: RFC. 40D264000 Fusionada 9: RFC. 40D266000 Fusionada 10: RFC. 40D271000 Escindida 1: RFC. 40D275000 Escindida 2: RFC. 40D279000 Escindida 3: RFC. 40D283000 Escindida 4: RFC. 40D287000 Escindida 5: RFC. 40D291000 Escindida 6: RFC. 40D295000 Escindida 7: RFC. 40D299000 Escindida 8: RFC. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 113 40D303000 Escindida 9: RFC. 40D307000 Escindida 10: RFC. 40D311000 Escindente: RFC. 40D316000 Liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social. 40D317000 Liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social. 40D318000 Liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social.  Dato, RFC.  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por: - cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales. - seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día). - tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas. Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). 40D135000 Especificar. 40D136000 Especificar. 40D137000 Especificar.  Para efectos de estos índices, se anotarán en el concepto datos referentes al concepto de “otros”.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). 40D007000 En caso negativo en todas las preguntas de los índices 40D004000, 40D005000 y 40D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). 40D053000 Precio de venta de las acciones enajenadas. 40D054000 Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las acciones. 40D057000 En caso de que su repuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el importe de la pérdida por enajenación de acciones actualizada al cierre del ejercicio. 40D116000 Número de trabajadores. 40D117000 Total del ISR retenido y enterado por salarios. 40D118000 Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. 40D119000 Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. 40D120000 Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. 40D121000 Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. 40D140000 Monto de IVA que originó dicha operación. 40D148000 Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. 40D155000 Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio. 40D156000 Monto de la pérdida deducible en el ejercicio. 40D193000 Total de ingresos por venta de intangibles. 40D194000 Total del monto original de la inversión ajustado. 40D196000 Monto del entero por la operación. 40D197000 Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos. 40D201000 Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. 40D202000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. 114 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40D203000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. 40D239000 Monto de la deuda que genera intereses a cargo. 40D272000 Valor activo: 40D273000 Valor pasivo: 40D274000 Valor capital social: 40D276000 Valor activo: 40D277000 Valor pasivo: 40D278000 Valor capital social: 40D280000 Valor activo: 40D281000 Valor pasivo: 40D282000 Valor capital social: 40D284000 Valor activo: 40D285000 Valor pasivo: 40D286000 Valor capital social: 40D288000 Valor activo: 40D289000 Valor pasivo: 40D290000 Valor capital social: 40D292000 Valor activo: 40D293000 Valor pasivo: 40D294000 Valor capital social: 40D296000 Valor activo: 40D297000 Valor pasivo: 40D298000 Valor capital social: 40D300000 Valor activo: 40D301000 Valor pasivo: 40D302000 Valor capital social: 40D304000 Valor activo: 40D305000 Valor pasivo: 40D306000 Valor capital social: 40D308000 Valor activo: 40D309000 Valor pasivo: 40D310000 Valor capital social: 40D312000 Valor activo: 40D313000 Valor pasivo: 40D314000 Valor capital social: 40D325000 Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. 40D326000 Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. 40D327000 Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. 40D330000 Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. 40D332000 Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. 40D334000 Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. 40D336000 Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 40D337000 Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos.  Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 115  Para las cantidades positivas se omitirá el signo.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.  Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos. 40D052000 Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que se enajenaron.  Datos de caracteres numéricos con dos decimales.  Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje. Anexo Datos a proporcionar 1.- Estado de situación financiera. 2025 y 2024. 2.- Estado de resultado integral. Total 2025 y 2024. Partes relacionadas 2025 y 2024 y partes no relacionadas 2025 y 2024. 3.- Estado de cambios en el capital contable. Capital social: proveniente de aportaciones, capital social proveniente de capitalización, aportaciones para futuros aumentos de capital, prima en suscripción de acciones, reserva legal, utilidad neta, pérdida neta, utilidades retenidas de ejercicios anteriores, pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, otros resultados integrales (deudor), otros resultados integrales (acreedor), exceso en la actualización del capital contable, insuficiencia en la actualización del capital contable, resultado por tenencia de activos no monetarios, otras cuentas de capital acreedoras, otras cuentas de capital deudoras y total del capital contable. 4.- Estado de flujos de efectivo. 2025 y 2024. 5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos. 2025 y 2024, total acumulables para ISR 2025 y 2024, partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024, total no acumulables para ISR 2025 y 2024. 6.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no relacionadas 2025 y 2024. 7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos. Gastos de fabricación, venta, administración y generales 2025 y 2024; gastos de fabricación, venta, administración y generales: total 2025 y 2024; gastos de fabricación, venta, administración y generales partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024, total deducibles para ISR 2025 y 2024; total no deducibles para ISR 2025 y 2024. 8.- Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento. 2025 y 2024, acumulables o deducibles para ISR: 2025 y 2024, partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024, no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducible (gastos) para ISR: 2025 y 2024. 9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría. 10.- Relación de contribuciones por pagar. Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar, importe de la contribución en litigio. 11.-. Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. 2025 y 2024. 12.-. Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. Monto contratado, importe del efecto fiscal que tuvo en el ejercicio, efecto fiscal que tuvo en el ejercicio ingreso (deducción), indique el monto de ingreso acumulable o (deducción autorizada) generado. 13.-. Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación, valor de la inversión. 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos: efectuados, monto de préstamos recibidos y monto de prima en suscripción de acciones. 116 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y, los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. 2025 y 2024. 16.- Operaciones con partes relacionadas. Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado, ISR retenido. 17.-. Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. Datos a proporcionar. 18.- Datos informativos. Datos a proporcionar. 19.-. Información de los integrantes de las personas morales como coordinados. Total de ingresos acumulables ISR, total de deducciones autorizadas ISR, monto de la deducción del 8% sobre ingresos acumulables sin documentación (RFA), utilidad fiscal, conceptos disminuibles de la utilidad fiscal, utilidad gravable, pérdida fiscal, ISR a cargo y a favor, monto del acreditamiento del IEPS por la adquisición de diésel contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción IV de la LIF), monto del acreditamiento del 50% de los gastos por el uso de infraestructura carretera contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción V de la LIF), PTU por distribuir, importe total de las inversiones en equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada integrante en el ejercicio, número de unidades de equipo de transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante durante el ejercicio, importe total de los ingresos del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de la LISR), importe total de las deducciones del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de la LISR), importe total de las retenciones correspondientes al integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción III de la LISR) importe total de impuestos pagados por cuenta del integrante (para los efectos del artículo 72, fracción VI de la LISR). 20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoría, ISR retenido pagado y diferencia. 21.- Inversiones. Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio. 22.-. Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. Saldo en moneda extranjera, saldo en moneda nacional. 23.- Préstamos. Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024, conversión de moneda, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado. 25.-. Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 117 26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles. Nota: el orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos.  Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.  Para las cantidades positivas se omitirá el signo.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9.  Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos. Anexo Datos a proporcionar 4.1.- Notas a los estados financieros. Texto referente a las notas a los estados financieros. 9.1.- Declaratoria. Texto referente a la declaratoria.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Este texto sí podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).  El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas. Anexo Datos a proporcionar 9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. Tasa, tarifa o cuota. 12.-. Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. % de retención sobre la ganancia. 13.-. Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Porcentaje de participación en el capital de la entidad. 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio y porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo recibidos. 16.- Operaciones con partes relacionadas. Tasa. 20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Tasa. 23.- Préstamos. Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR. 25.-. Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado. 26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Proporción de ingresos. 118 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres alfanuméricos y dos decimales.  Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. Anexo Datos a proporcionar 10.- Relación de contribuciones por pagar. Institución de crédito o SAT, pago en parcialidades (datos del escrito libre) administración receptora. 12.-.Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. País de residencia, tipo de operación contratada deuda o capital, valor pactado sobre el subyacente, tipo de subyacente, en caso de que en la columna "tipo de subyacente" haya seleccionado "otros" especifique concepto indique si antes del vencimiento del plazo realizó, tipo de moneda, en caso de que haya liquidado mediante celebración de una operación contraria, indique las razones. 13.-.Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo, formas de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). 16.- Operaciones con partes relacionadas. Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia y método de precios de transferencia aplicado. 20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia. 22.-.Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. País de residencia fiscal, tipo de moneda, antigüedad de la cuenta por cobrar y por pagar (meses), indique si la cuenta proviene de una fusión, escisión de sociedades o cesión de derechos u obligaciones, concepto más importante que originó el saldo, en caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor", especifique concepto: 23.- Préstamos. Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto, país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses “haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: y destino del capital tomado en préstamo. 25.-.Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u “otros pagos”, especifique concepto, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso.  Datos de caracteres alfanuméricos en mayúsculas.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 119 Anexo Datos a proporcionar 10.- Relación de contribuciones por pagar. Número de operación, pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio y oficio de autorización de pago en parcialidades número. 12.-.Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. Número de identificación fiscal. 13.-.Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Número de identificación fiscal. 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Número de identificación fiscal o RFC. 16.- Operaciones con partes relacionadas. Número de identificación o RFC. 19.-.Información de los integrantes de las personas morales como coordinados. RFC del integrante. 20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Número de identificación fiscal. 22.-.Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. Número de identificación fiscal o RFC. 23.- Préstamos. Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México. 24.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015. 25.-. Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Número de identificación fiscal. 26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 14.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 16.- operaciones con partes relacionadas y 24.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:  Dato máximo de 13 caracteres alfanuméricos compuestos por: - Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales. - Caracteres numéricos que corresponden a la fecha: (cuatro caracteres para el año, dos para el mes y dos para día). - Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). Anexo Datos a proporcionar 10.- Relación de contribuciones por pagar. Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación y oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha. 12.-.Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. Fecha de celebración del contrato que le dio origen a la operación, fecha de celebración de la más reciente adenda al contrato origen, vigencia: del y al. 13.-.Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria. 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Periodo de tenencia: del y al. 120 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 19.-.Información de los integrantes de las personas morales como coordinados. Fecha del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR). 23.- Préstamos. Fecha en la que se realizó la conversión de moneda, vigencia del préstamo del y al. 25.-.Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: Vigencia del y al.  Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo. 25/03/2015).  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”. Anexo Datos a proporcionar 24.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos de cuatro decimales.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”. Anexo Datos a proporcionar 12.-Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero. Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si o no) e indique si se contrató con una parte relacionada (si o no). 16.- Operaciones con partes relacionadas. La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF 2025) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a), existió retención y entero de ISR por esta operación. 20.-Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no), indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no). 22.-.Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera. Indique si es parte relacionada (si o no), generó intereses (si o no), indique si la cuenta por cobrar o por pagar se encuentra cubierta por algún instrumento financiero derivado (si o no). 23.- Préstamos. Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no) y efectuó colocaciones en el extranjero (si o no). 24.-Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015. 25.-.Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no). 26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no).  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.  Datos de caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.  En estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 121 Contenido y características para el llenado del dictamen Datos aplicables al dictamen de: C. Casas de cambio Datos de identificación Datos a proporcionar: Contribuyente, representante legal, contador público. 07A000000 RFC (del contribuyente). 07B000000 RFC (del contador público). 07B015000 RFC (del despacho). 07C000000 RFC (del representante legal).  Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por: - Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales. - Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (cuatro caracteres para año, dos para mes y dos para el día). - Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente: REXT990101XXX.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). 07A001000 Denominación o razón social. 07B001000 Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). 07B014000 Nombre del despacho. 07C001000 Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).  Dato, nombre completo, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas. 07B002000 CURP (del contador público). 07C004000 CURP (del representante legal).  Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por: - Cuatro caracteres alfabéticos - Seis caracteres numéricos. - Seis caracteres alfabéticos. - Un carácter alfabético o numérico. - Un carácter numérico.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público: 07A002000 Entidad federativa (del contribuyente). 07B004000 Entidad federativa (del contador público). 07C005000 07C015000 Entidad federativa (del representante legal). Entidad en la que se ubica la notaría (representante legal).  Dato elegido de una lista (catálogo). 07A003000 Alcaldía o municipio (del contribuyente). 07B005000 Alcaldía o municipio (del contador público). 07C006000 Alcaldía o municipio (del representante legal).  Dato alcaldía o municipio completo.  Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 122 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07A004000 Colonia o localidad (del contribuyente). 07B006000 Colonia o localidad (del contador público). 07C007000 Colonia o localidad (del representante legal).  Dato colonia o localidad completa.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 07A005000 Código postal (del contribuyente). 07B007000 Código postal (del contador público). 07C008000 Código postal (del representante legal).  Dato código postal completa.  Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo  Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 07A006000 Calle, número exterior e interior (del contribuyente). 07B008000 Calle, número exterior e interior (del contador público). 07C009000 Calle, número exterior e interior (del representante legal).  Dato de calle y número completo.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 07A007000 Ciudad o población (del contribuyente). 07B009000 Ciudad o población (del contador público). 07C010000 Ciudad o población (del representante legal).  Dato, ciudad o población completa.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 07A008000 Teléfono (del contribuyente). 07B010000 Teléfono (del contador público o del despacho). 07C011000 Teléfono (del representante legal).  Dato de veinte caracteres numéricos máximo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 07A009000 Correo electrónico (del contribuyente). 07B011000 Correo electrónico (del contador público). 07B012000 Correo electrónico del buzón tributario. 07C012000 Correo electrónico (del representante legal).  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.  Este dato si podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.) 07A010000 Nombre del grupo económico al que pertenece.  Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales. 07A011000 Clave de actividad para efectos fiscales.  Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se selecciona de un catálogo.  Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el Anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 123 07C002000 Nacional (representante legal). 07C003000 Extranjero (representante legal).  Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).  Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 07C013000 Número de escritura (representante legal). 07C014000 Número de notaria (representante legal).  Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 07C016000 Fecha del poder (representante legal). 07C017000 Fecha de designación (representante legal).  Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.  Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”). 07B003000 Número de registro del contador público. 07B016000 Número de registro del despacho.  Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.  Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 07B013000 Colegio al que pertenece el contador público.  Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Datos generales. Datos a proporcionar: 07D000000 Autoridad competente. 07D001000 Sede a la que pertenece la ADAF. 07D002000 Administración. 07D003000 Obligado u optativo. 07D017000 Tipo de contribuyente especial. 07D024000 Tipo de opinión. 07D039000 Se trata de: 07D164000 Se realizaron con fines de: 07D187000 En calidad de que participó en alguna fusión: 07D211000 En calidad de que participó en alguna escisión: 07D274000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1). 07D275000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2). 07D276000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3). 07D304000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D307000 (1) Correspondiente al mes de: 07D310000 (2) Correspondiente al mes de: 07D313000 (3) Correspondiente al mes de: 07D316000 (4) Correspondiente al mes de: 124 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D319000 (5) Correspondiente al mes de: 07D322000 (6) Correspondiente al mes de: 07D325000 (7) Correspondiente al mes de: 07D328000 (8) Correspondiente al mes de: 07D331000 (9) Correspondiente al mes de: 07D334000 (10) Correspondiente al mes de: 07D337000 (11) Correspondiente al mes de: 07D340000 (12) Correspondiente al mes de: 07D364000 (1) Correspondiente al mes de: 07D367000 (2) Correspondiente al mes de: 07D370000 (3) Correspondiente al mes de: 07D373000 (4) Correspondiente al mes de: 07D376000 (5) Correspondiente al mes de: 07D379000 (6) Correspondiente al mes de: 07D382000 (7) Correspondiente al mes de: 07D385000 (8) Correspondiente al mes de: 07D388000 (9) Correspondiente al mes de: 07D391000 (10) Correspondiente al mes de: 07D394000 (11) Correspondiente al mes de: 07D397000 (12) Correspondiente al mes de: 07D400000 Cuál es su moneda funcional. 07D411000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D414000 (1) Correspondiente al mes de: 07D417000 (2) Correspondiente al mes de: 07D420000 (3) Correspondiente al mes de: 07D423000 (4) Correspondiente al mes de: 07D426000 (5) Correspondiente al mes de: 07D429000 (6) Correspondiente al mes de: 07D432000 (7) Correspondiente al mes de: 07D435000 (8) Correspondiente al mes de: 07D438000 (9) Correspondiente al mes de: 07D441000 (10) Correspondiente al mes de: 07D444000 (11) Correspondiente al mes de: 07D447000 (12) Correspondiente al mes de: 07D471000 (1) Correspondiente al mes de: 07D474000 (2) Correspondiente al mes de: 07D477000 (3) Correspondiente al mes de: 07D480000 (4) Correspondiente al mes de: 07D483000 (5) Correspondiente al mes de: 07D486000 (6) Correspondiente al mes de: 07D489000 (7) Correspondiente al mes de: 07D492000 (8) Correspondiente al mes de: 07D495000 (9) Correspondiente al mes de: 07D498000 (10) Correspondiente al mes de: 07D501000 (11) Correspondiente al mes de: 07D504000 (12) Correspondiente al mes de: 07D507000 Cuál es su moneda funcional.  Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se seleccionó de una lista (catálogo). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 125 07D020000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal. 07D021000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal. 07D022000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. 07D023000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.  Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.  Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.  Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”). Ejemplo: inicio final 01/01/2025 31/12/2025 07D004000 Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF). 07D005000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF). 07D006000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF). 07D008000 Forma parte de una asociación en participación. 07D009000 Forma parte de un fideicomiso. 07D015000 Primer dictamen. 07D016000 Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. 07D018000 Empresa filial. 07D019000 Empresa subsidiaria. 07D030000 Realizó operaciones con partes relacionadas. 07D031000 Si su respuesta fue afirmativa en el índice 07D030000. (debe llenar los anexos 12 y 13). 07D032000 Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. 07D033000 Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. 07D034000 Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. 07D035000 En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18). 07D036000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. 07D038000 Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. 07D047000 Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). 07D054000 Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. 07D057000 Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. 07D065000 Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 9). 07D066000 Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10). 07D067000 Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 15). 07D068000 Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 17). 07D069000 Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. 07D070000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF) asimismo, especifique el RFC y nombres anteriores. 07D076000 Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. 126 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D077000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). 07D078000 Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. 07D079000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF). 07D080000 Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). 07D081000 Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. 07D082000 Tiene accionistas residentes en el país. 07D083000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF). 07D086000 Tiene empleados. 07D094000 En caso negativo a la pregunta del índice 07D086000 tiene algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE). 07D100000 Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. 07D101000 Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. 07D103000 Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. 07D104000 La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). 07D111000 Diario. 07D112000 Mayor. 07D113000 Actas de asamblea de socios o accionistas. 07D114000 Socios o accionistas. 07D115000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). 07D116000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). 07D118000 El contribuyente cambió el modelo de negocios. 07D119000 El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. 07D120000 Reconoció o reportó dichos ingresos. 07D121000 Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR). 07D128000 Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan generado intereses. 07D129000 En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la autoridad fiscal. 07D130000 Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del artículo 55 de la LISR. 07D131000 Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR. 07D132000 Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación, administración o distribución a sociedades de inversión en instrumento de duda o sociedades de inversión de renta variable, en los términos de la Ley de Sociedades de Inversión y demás normativa legal aplicable. 07D133000 Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR, tal y cual se prevé en el artículo 89 de esa misma normativa. 07D134000 Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio. 07D136000 Es parte relacionada. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 127 07D138000 Es parte relacionada. 07D140000 Es parte relacionada. 07D142000 Es parte relacionada. 07D144000 Es parte relacionada. 07D147000 Efectuó retención. 07D150000 Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. 07D151000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. 07D152000 Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. 07D156000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de pérdidas financieras. 07D163000 Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). 07D165000 En caso afirmativo, acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. 07D167000 Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. 07D169000 Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. 07D172000 Los quebrantos diversos reúnen la totalidad de requisitos de deducción que establece el artículo 27 de la LISR. 07D262000 Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). 07D263000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 07D264000 Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). 07D265000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 07D267000 Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el SAT. 07D268000 El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero. 07D273000 Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento. 07D277000 Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio. 07D278000 Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores. 07D279000 Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19). 07D295000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera enterado en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 07D297000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 07140129000000 al 07140157000000 del anexo 14). 07D299000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 07D303000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D306000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. 07D344000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses 07D347000 Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. 128 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D350000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D354000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D356000 (a) enajenación de bienes. 07D357000 (b) prestación de servicios independientes. 07D358000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 07D359000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D362000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 07D363000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. 07D401000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 07D402000 Es importador de un sector en específico. 07D404000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 07140158000000 al 07140186000000 del anexo 14). 07D406000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 07D410000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D413000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. 07D451000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses. 07D454000 Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. 07D457000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D461000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D463000 (a) enajenación de bienes. 07D464000 (b) prestación de servicios independientes. 07D465000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 07D466000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D469000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 07D470000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. 07D508000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 07D509000 Es importador de un sector en específico.  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si o no) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 07D040000 Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). 07D084000 Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. 07D085000 Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. 07D093000 Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos del artículo 29 de la LISR y 65 del RLISR). 07D105000 Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 129 07D106000 Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA). 07D107000 Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 07D108000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 07D109000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 07D117000 Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. 07D122000 Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR). 07D123000 Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). 07D124000 Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI inciso a) de la LISR). 07D125000 Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, constancia en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). 07D126000 Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como las reglas aplicables de la RMF para 2025). 07D127000 Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos del artículo 76, fracción XV de la LISR). 07D157000 En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). 07D158000 En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que, quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se hayan llevado a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR). 07D159000 En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran cumplido los requisitos previstos en la fracción V, del artículo 28 de la LISR. 07D160000 En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 07D161000 Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se considera como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos del artículo 36, fracciones II y III de la LISR). 07D162000 En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR). 07D171000 Cuando se adquieran bienes o derechos por dación en pago o por adjudicación, que no puedan conservar en propiedad por disposición legal, no se deducen conforme al artículo 25 de la LISR (para los efectos del artículo 53 de la LISR). 07D173000 Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad. 07D175000 Deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los fondos destinados a las reservas para el otorgamiento de pensiones o jubilaciones de personal. 130 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D176000 La reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste anual inflacionario dentro de los créditos. 07D177000 En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V del artículo 25 de la LISR. 07D178000 En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los requisitos que señala la fracción XV del artículo 27 de la LISR. 07D179000 Por las cuentas incobrables o quebrantos, fueron incluidas para efectos del ajuste anual por inflación hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio en que se deduzca, como lo señala el artículo 27, fracción XV, cuarto párrafo de la LISR. 07D180000 Indique si dedujo para efectos fiscales provisiones. 07D181000 En caso afirmativo, indique si el pago y la documentación comprobatoria cumpliera con los requisitos fiscales. 07D182000 Indique si redujo su capital social. 07D183000 En caso afirmativo, indique si la utilidad distribuible está determinada conforme al artículo 78 de la LISR. 07D184000 La CUCA y las aportaciones de capital coinciden contra el estado de cuenta bancario engranado a la contabilidad, y las actas de asamblea. 07D185000 Indique si el saldo de la cuenta utilidad fiscal neta, coincide con las declaraciones del ejercicio y actas de asamblea. 07D186000 Para efectos del ajuste anual por inflación, los créditos y las deudas en moneda extranjera se valúan a la paridad existente al primer día del mes, como lo señala el artículo 44 de la LISR. 07D213000 Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. 07D266000 Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. 07D269000 Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. 07D280000 Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. 07D282000 Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. 07D284000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. 07D286000 Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 07D289000 El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. 07D290000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 07D291000 Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación. 07D292000 Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. 07D293000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. 07D294000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 07D296000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 07D345000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D346000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D361000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D452000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D453000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D468000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.  Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 131 07D042000 Fecha del oficio 1. 07D044000 Fecha del oficio 2. 07D046000 Fecha del oficio 3. 07D049000 Fecha de la resolución 1. 07D051000 Fecha de la resolución 2. 07D053000 Fecha de la resolución 3. 07D055000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). 07D056000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). 07D063000 Fecha de presentación de la declaración informativa normal. 07D064000 Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). 07D188000 Fecha en que surtió efectos la fusión. 07D212000 Fecha en que surtió efectos la escisión. 07D258000 Fecha de inicio de la liquidación. 07D301000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D305000 Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 07D308000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D311000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D314000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D317000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D320000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D323000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D326000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D329000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D332000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D335000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D338000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D341000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D351000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 07D355000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D360000 Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. 07D365000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D368000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D371000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D374000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D377000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D380000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D383000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D386000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D389000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D392000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 132 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D395000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D398000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D408000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D412000 Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 07D415000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D418000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D421000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D424000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D427000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D430000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D433000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D436000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D439000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D442000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D445000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D448000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D458000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 07D462000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D467000 Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. 07D472000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D475000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D478000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D481000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D484000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D487000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D490000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D493000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D496000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D499000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D502000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D505000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.  Datos de la fecha del oficio, de la resolución, del envío de la declaración informativa múltiple y en que surtió efectos la escisión.  Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”). 07D010000 Denominación o razón social fideicomitente. 07D011000 Denominación o razón social fiduciario. 07D012000 Denominación o razón social fideicomisario (1). 07D013000 Denominación o razón social fideicomisario (2). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 133 07D014000 Denominación o razón social fideicomisario (3). 07D037000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). 07D041000 Número de oficio 1. 07D043000 Número de oficio 2. 07D045000 Número de oficio 3. 07D048000 Número de resolución 1. 07D050000 Número de resolución 2. 07D052000 Número de resolución 3. 07D058000 Número de identificación (campo 1). 07D059000 Número de identificación (campo 2). 07D060000 Número de identificación (campo 3). 07D061000 Número de identificación (campo 4). 07D062000 Número de identificación (campo 5). 07D135000 Nombre del comprador 1. 07D137000 Nombre del comprador 2. 07D139000 Nombre del comprador 3. 07D141000 Nombre del comprador 4. 07D143000 Nombre del comprador 5. 07D190000 Fusionante: denominación o razón social. 07D192000 Fusionada 1: denominación o razón social. 07D194000 Fusionada 2: denominación o razón social. 07D196000 Fusionada 3: denominación o razón social. 07D198000 Fusionada 4: denominación o razón social. 07D200000 Fusionada 5: denominación o razón social. 07D202000 Fusionada 6: denominación o razón social. 07D204000 Fusionada 7: denominación o razón social. 07D206000 Fusionada 8: denominación o razón social. 07D208000 Fusionada 9: denominación o razón social. 07D210000 Fusionada 10: denominación o razón social. 07D300000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D302000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 07D343000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 07D348000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 07D352000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 07D353000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 07D403000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. 07D407000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D409000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 07D450000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 07D455000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 07D459000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 07D460000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 07D510000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). 134 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D025000 RFC 1. 07D026000 RFC 2. 07D027000 RFC 3. 07D028000 RFC 4. 07D029000 RFC 5. 07D071000 (especificar nombre anterior). 07D072000 (especificar nombre anterior). 07D073000 (especificar nombre anterior). 07D074000 (especificar nombre anterior). 07D075000 (especificar nombre anterior). 07D095000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 07D096000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 07D097000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 07D098000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 07D099000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 07D189000 Fusionante: RFC. 07D191000 Fusionada 1: RFC. 07D193000 Fusionada 2: RFC. 07D195000 Fusionada 3: RFC. 07D197000 Fusionada 4: RFC. 07D199000 Fusionada 5: RFC. 07D201000 Fusionada 6: RFC. 07D203000 Fusionada 7: RFC. 07D205000 Fusionada 8: RFC. 07D207000 Fusionada 9: RFC. 07D209000 Fusionada 10: RFC. 07D214000 Escindida 1: RFC. 07D218000 Escindida 2: RFC. 07D222000 Escindida 3: RFC. 07D226000 Escindida 4: RFC. 07D230000 Escindida 5: RFC. 07D234000 Escindida 6: RFC. 07D238000 Escindida 7: RFC. 07D242000 Escindida 8: RFC. 07D246000 Escindida 9: RFC. 07D250000 Escindida 10: RFC. 07D254000 Escindente: RFC. 07D259000 (liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social). 07D260000 (liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social). 07D261000 (liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social).  Dato, RFC.  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por: - cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales. - seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día). - tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas. Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). 07D007000 En caso negativo en todas las preguntas de los índices 07D004000, 07D005000 y 07D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 135 07D087000 Número de trabajadores. 07D088000 Total del ISR retenido y enterado por salarios. 07D089000 Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. 07D090000 Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. 07D091000 Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. 07D092000 Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. 07D102000 Monto de IVA que originó dicha operación. 07D110000 Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. 07D145000 Total de ingresos por venta de intangibles. 07D146000 Total del monto original de la inversión ajustado. 07D148000 Monto del entero por la operación. 07D149000 Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos. 07D153000 Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. 07D154000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. 07D155000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. 07D166000 Indique el monto de la acumulación correspondiente. 07D168000 En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente. 07D170000 En caso afirmativo, indique el monto correspondiente. 07D174000 Indique si el monto total de la reserva para fondos de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad, está invertida acorde a lo establecido en el artículo 29, fracción II de la LISR vigente en el ejercicio revisado. 07D215000 Valor activo: 07D216000 Valor pasivo: 07D217000 Valor capital social: 07D219000 Valor activo: 07D220000 Valor pasivo: 07D221000 Valor capital social: 07D223000 Valor activo: 07D224000 Valor pasivo: 07D225000 Valor capital social: 07D227000 Valor activo: 07D228000 Valor pasivo: 07D229000 Valor capital social: 07D231000 Valor activo: 07D232000 Valor pasivo: 07D233000 Valor capital social: 07D235000 Valor activo: 07D236000 Valor pasivo: 07D237000 Valor capital social: 07D239000 Valor activo: 07D240000 Valor pasivo: 07D241000 Valor capital social: 07D243000 Valor activo: 07D244000 Valor pasivo: 07D245000 Valor capital social: 07D247000 Valor activo: 07D248000 Valor pasivo: 07D249000 Valor capital social: 07D251000 Valor activo: 136 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D252000 Valor pasivo: 07D253000 Valor capital social: 07D255000 Valor activo: 07D256000 Valor pasivo: 07D257000 Valor capital social: 07D270000 Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. 07D271000 Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. 07D272000 Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. 07D281000 Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. 07D283000 Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. 07D285000 Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. 07D287000 Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 07D288000 Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR. 07D309000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D312000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D315000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D318000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D321000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D324000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D327000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D330000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D333000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D336000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D339000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D342000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D349000 Monto del beneficio. 07D366000 (1) Monto pagado. 07D369000 (2) Monto pagado. 07D372000 (3) Monto pagado. 07D375000 (4) Monto pagado. 07D378000 (5) Monto pagado. 07D381000 (6) Monto pagado. 07D384000 (7) Monto pagado. 07D387000 (8) Monto pagado. 07D390000 (9) Monto pagado. 07D393000 (10) Monto pagado. 07D396000 (11) Monto pagado. 07D399000 (12) Monto pagado. 07D416000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D419000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D422000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D425000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D428000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D431000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D434000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D437000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D440000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D443000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D446000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 137 07D449000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D456000 Monto del beneficio. 07D473000 (1) Monto pagado. 07D476000 (2) Monto pagado. 07D479000 (3) Monto pagado. 07D482000 (4) Monto pagado. 07D485000 (5) Monto pagado. 07D488000 (6) Monto pagado. 07D491000 (7) Monto pagado. 07D494000 (8) Monto pagado. 07D497000 (9) Monto pagado. 07D500000 (10) Monto pagado. 07D503000 (11) Monto pagado. 07D506000 (12) Monto pagado.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos.  Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.  Para las cantidades positivas se omitirá el signo.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.  Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos. 07D298000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. 07D405000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.  Datos de caracteres numéricos con dos decimales.  Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje. Anexo Datos a proporcionar 1.- Estado de situación financiera. 2025 y 2024. 2.- Estado de resultado integral. Total 2025 y 2024 partes relacionadas 2025 y 2024, partes no relacionadas 2025 y 2024. 3.- Estado de cambios en el capital contable. Capital contribuido: capital social, aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas, prima en venta de acciones, otras cuentas de capital contribuido, capital ganado: reservas de capital, resultados acumulados, resultado de ejercicios anteriores, valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender, ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición, remedición de beneficios definidos a los empleados, resultado por tenencias de activos no monetarios, participación en ORI de otras entidades, otras cuentas de capital ganado, utilidad neta, pérdida neta, total participación controladora, participación no controladora y total capital contable. 4.- Estado de flujos de efectivo. 2025 y 2024. 5.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. 2025, 2024, partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024, acumulables o deducibles para ISR: 2025 y 2024, no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2025 y 2024. 138 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Anexo Datos a proporcionar 6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría. 7.- Relación de contribuciones por pagar. Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar e importe de la contribución en litigio. 8.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. 2025 y 2024. 9.- Operaciones financieras derivadas. Sumatoria de nocionales, utilidad por contraparte, pérdida por contraparte, efecto neto. 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación, valor de la inversión. 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos efectuados y recibidos, monto de prima en suscripción de acciones. 12.- Operaciones con partes relacionadas. Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado. 13.- Información del contribuyente sobre operaciones con partes relacionadas. Datos a proporcionar. 14.- Datos informativos. Importe. 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoría, ISR retenido pagado, diferencia. 16.- Inversiones. MOI al inicio del ejercicio, saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio. 17.- Préstamos. Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 139 Anexo Datos a proporcionar 20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles. Nota: El orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos.  Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.  Para las cantidades positivas se omitirá el signo.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.  Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos. Anexo Datos a proporcionar 4.1.- Notas a los estados financieros. Texto referente a las notas a los estados financieros. 6.1.- Declaratoria. Texto referente a la declaratoria.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos textos sí podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).  El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas. Anexo Datos a proporcionar 6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. Tasa, tarifa o cuota. 9.- Operaciones financieras derivadas. Porcentaje de liquidación en efectivo, porcentaje de liquidación en especie, proporción que representa de ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas. 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Porcentaje de participación en el capital de la entidad. 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio, porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo recibidos. 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Tasa. 17.- Préstamos. Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado. 20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Proporción de ingresos. 140 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.  Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9. Anexo Datos a proporcionar 7.- Relación de contribuciones por pagar. Institución de crédito o SAT, pago en parcialidades (datos del escrito libre): administración receptora. 9.- Operaciones financieras derivadas. País de residencia, número de contratos celebrados, concepto de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 16-A CFF), tipo de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR), tipo de mercado y nombre del mercado. 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). 12.- Operaciones con partes relacionadas. Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos" especifique concepto, país de residencia, método de precios de transferencia aplicado. 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia. 17.- Préstamos. Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento", haya seleccionado el concepto “otros” especifique concepto: país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: destino del capital tomado en préstamo. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u “otros pagos”, especifique concepto, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Anexo Datos a proporcionar 7.- Relación de contribuciones por pagar. Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación, oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha. 10.-. Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 141 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Periodo de tenencia: del y al. 17.- Préstamos. Vigencia del préstamo del y al. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del, fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia al.  Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2018.  Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”. Anexo Datos a proporcionar 18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9. Anexo Datos a proporcionar 12.- Operaciones con partes relacionadas. La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción I, de la RMF para 2025) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a). 15.-.Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no) indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no). 17.- Préstamos. Fue beneficiario efectivo, de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no). 18.-. Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no). 20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no).  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Anexo Datos a proporcionar 7.- Relación de contribuciones por pagar. Número de la operación, pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio, oficio de autorización de pago en parcialidades: número. 142 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 9.- Operaciones financieras derivadas. Número de identificación fiscal o RFC. 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Número de identificación fiscal. 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Número de identificación fiscal o RFC. 12.- Operaciones con partes relacionadas. Número de identificación fiscal o RFC. 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Número de identificación fiscal. 17.- Préstamos. Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México. 18.-.Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Número de identificación fiscal. 20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Para efectos del dato “RFC” de los anexos: 11.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 12.- operaciones con partes relacionadas y 18.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:  Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.  Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (cuatro caracteres para el año, dos para el mes y dos para el día).  Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). Contenido y características para el llenado del dictamen. Datos aplicables al dictamen de: D. Intermediarios financieros no bancarios Datos de identificación Datos a proporcionar: Contribuyente, representante legal, contador público. 10A000000 RFC (del contribuyente). 10B000000 RFC (del contador público). 10B015000 RFC (del despacho). 10C000000 RFC (del representante legal).  Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por: - Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales. - Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día). - Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 143  En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotará lo siguiente: REXT990101XXX.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). 10A001000 Denominación o razón social. 10B001000 Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). 10B014000 Nombre del despacho. 10C001000 Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).  Dato, nombre completo se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas. 10B002000 CURP (del contador público). 10C004000 CURP (del representante legal).  Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por: - Cuatro caracteres alfabéticos. - Seis caracteres numéricos. - Seis caracteres alfabéticos. - Un carácter alfabético o numérico. - Un carácter numérico.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público: 10A002000 Entidad federativa (del contribuyente). 10B004000 Entidad federativa (del contador público). 10C005000 Entidad federativa (del representante legal). 10C015000 Entidad en la que se ubica la notaria (representante legal).  Dato elegido de una lista (catálogo). 10A003000 Alcaldía o municipio (del contribuyente). 10B005000 Alcaldía o municipio (del contador público). 10C006000 Alcaldía o municipio (del representante legal).  Dato alcaldía o municipio completo.  Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 10A004000 Colonia o localidad (del contribuyente). 10B006000 Colonia o localidad (del contador público). 10C007000 Colonia o localidad (del representante legal).  Dato colonia o localidad completa.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 10A005000 Código postal (del contribuyente). 10B007000 Código postal (del contador público). 10C008000 Código postal (del representante legal).  Dato código postal completo.  Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 144 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10A006000 Calle, número exterior e interior (del contribuyente). 10B008000 Calle, número exterior e interior (del contador público). 10C009000 Calle, número exterior e interior (del representante legal).  Dato de calle y número completo.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 10A007000 Ciudad o población (del contribuyente). 10B009000 Ciudad o población (del contador público). 10C010000 Ciudad o población (del representante legal).  Dato, ciudad o población completa.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 10A008000 Teléfono (del contribuyente). 10B010000 Teléfono (del contador público o del despacho). 10C011000 Teléfono (del representante legal).  Dato de veinte caracteres alfanuméricos máximo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 10A009000 Correo electrónico (del contribuyente). 10B011000 Correo electrónico (del contador público). 10B012000 Correo electrónico del buzón tributario. 10C012000 Correo electrónico (del representante legal).  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.  Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.). 10A010000 Nombre del grupo económico al que pertenece.  Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales. 10A011000 Clave de actividad para efectos fiscales.  Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se selecciona de un catálogo.  Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el Anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 10C002000 Nacional (representante legal). 10C003000 Extranjero (representante legal).  Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).  Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 10C013000 Número de escritura (representante legal). 10C014000 Número de notaria (representante legal).  Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 10C016000 Fecha del poder (representante legal). 10C017000 Fecha de designación (representante legal).  Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.  Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 145 10B003000 Número de registro del contador público. 10B016000 Número de registro del despacho.  Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.  Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 10B013000 Colegio al que pertenece el contador público.  Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Datos generales. Datos a proporcionar: 10D000000 Autoridad competente. 10D001000 Sede a la que pertenece la ADAF. 10D002000 Administración. 10D003000 Obligado u optativo. 10D008000 Tipo de sociedad. 10D018000 Tipo de contribuyente especial. 10D026000 Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales: 10D031000 Tipo de opinión. 10D046000 Se trata de: 10D182000 Se realizaron con fines de: 10D197000 En calidad de que participó en alguna fusión: 10D221000 En calidad de que participó en alguna escisión: 10D284000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1). 10D285000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2). 10D286000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3). 10D322000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 10D325000 (1) Correspondiente al mes de: 10D328000 (2) Correspondiente al mes de: 10D331000 (3) Correspondiente al mes de: 10D334000 (4) Correspondiente al mes de: 10D337000 (5) Correspondiente al mes de: 10D340000 (6) Correspondiente al mes de: 10D343000 (7) Correspondiente al mes de: 10D346000 (8) Correspondiente al mes de: 10D349000 (9) Correspondiente al mes de: 10D352000 (10) Correspondiente al mes de: 10D355000 (11) Correspondiente al mes de: 10D358000 (12) Correspondiente al mes de: 10D382000 (1) Correspondiente al mes de: 10D385000 (2) Correspondiente al mes de: 10D388000 (3) Correspondiente al mes de: 10D391000 (4) Correspondiente al mes de: 10D394000 (5) Correspondiente al mes de: 10D397000 (6) Correspondiente al mes de: 146 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D400000 (7) Correspondiente al mes de: 10D403000 (8) Correspondiente al mes de: 10D406000 (9) Correspondiente al mes de: 10D409000 (10) Correspondiente al mes de: 10D412000 (11) Correspondiente al mes de: 10D415000 (12) Correspondiente al mes de: 10D418000 Cuál es su moneda funcional. 10D429000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 10D432000 (1) Correspondiente al mes de: 10D435000 (2) Correspondiente al mes de: 10D438000 (3) Correspondiente al mes de: 10D441000 (4) Correspondiente al mes de: 10D444000 (5) Correspondiente al mes de: 10D447000 (6) Correspondiente al mes de: 10D450000 (7) Correspondiente al mes de: 10D453000 (8) Correspondiente al mes de: 10D456000 (9) Correspondiente al mes de: 10D459000 (10) Correspondiente al mes de: 10D462000 (11) Correspondiente al mes de: 10D465000 (12) Correspondiente al mes de: 10D489000 (1) Correspondiente al mes de: 10D492000 (2) Correspondiente al mes de: 10D495000 (3) Correspondiente al mes de: 10D498000 (4) Correspondiente al mes de: 10D501000 (5) Correspondiente al mes de: 10D504000 (6) Correspondiente al mes de: 10D507000 (7) Correspondiente al mes de: 10D510000 (8) Correspondiente al mes de: 10D513000 (9) Correspondiente al mes de: 10D516000 (10) Correspondiente al mes de: 10D519000 (11) Correspondiente al mes de: 10D522000 (12) Correspondiente al mes de: 10D525000 Cuál es su moneda funcional.  Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se seleccionó de una lista (catálogo). 10D022000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal. 10D023000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal. 10D024000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. 10D025000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.  Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.  Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.  Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”). Ejemplo: inicio final 01/01/2025 31/12/2025 10D004000 Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF). 10D005000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 147 10D006000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF). 10D009000 Forma parte de una asociación en participación. 10D010000 Forma parte de un fideicomiso. 10D016000 Primer dictamen. 10D017000 Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. 10D019000 Empresa filial. 10D020000 Empresa subsidiaria. 10D021000 Sociedad cooperativa. 10D037000 Realizó operaciones con partes relacionadas. 10D038000 Si su respuesta fue afirmativa en el índice 10D037000 (debe llenar los anexos 13 y 14). 10D039000 Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. 10D040000 Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. 10D041000 Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. 10D042000 En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19). 10D043000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. 10D045000 Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. 10D054000 Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). 10D061000 Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. 10D064000 Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. 10D072000 Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe de llenar el anexo 10). 10D073000 Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 11). 10D074000 Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 16). 10D075000 Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18). 10D076000 Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. 10D077000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores. 10D083000 Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. 10D084000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). 10D085000 Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. 10D086000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII del RCFF). 10D087000 Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). 10D088000 Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. 10D089000 Tiene accionistas residentes en el país. 10D090000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF). 10D095000 Tiene empleados. 148 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D103000 En caso negativo a la pregunta del índice 10D095000, tiene algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE). 10D109000 Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. 10D110000 Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. 10D112000 Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. 10D113000 La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). 10D120000 Diario. 10D121000 Mayor. 10D122000 Actas de asamblea de socios o accionistas. 10D123000 Socios o accionistas. 10D124000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece. (para los efectos del artículo 24 de la LISR). 10D125000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). 10D127000 El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. 10D128000 Reconoció o reportó dichos ingresos. 10D129000 El contribuyente cambió el modelo de negocios. 10D130000 Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR). 10D137000 Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan generado intereses. 10D138000 En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la autoridad fiscal. 10D139000 Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del artículo 55 de la LISR. 10D140000 Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR. 10D141000 Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación, administración o distribución a sociedades de inversión en instrumento de deuda o sociedades de inversión de renta variable, en los términos de la Ley de Sociedades de Inversión y demás normativa legal aplicable. 10D142000 Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR, tal y cual se prevé en el artículo 89 de esa misma normativa. 10D143000 Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio. 10D145000 Es parte relacionada. 10D147000 Es parte relacionada. 10D149000 Es parte relacionada. 10D151000 Es parte relacionada. 10D153000 Es parte relacionada. 10D156000 Efectuó retención. 10D159000 Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. 10D160000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. 10D161000 Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. 10D165000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de absorción de pérdidas financieras. 10D173000 Los quebrantos diversos reunieron la totalidad de requisitos de deducción que establece el artículo 27 de la LISR. 10D174000 Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad. 10D176000 Indique si deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los fondos destinados a las reservas para el otorgamiento de pensiones o jubilaciones de personal. 10D177000 Indique si la reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste anual inflacionario dentro de los créditos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 149 10D178000 En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V del artículo 25 de la LISR. 10D179000 En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los requisitos que señala la fracción XV del artículo 27 de la LISR. 10D181000 Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). 10D183000 En caso afirmativo acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. 10D185000 Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. 10D187000 Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. 10D272000 Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). 10D273000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 10D274000 Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). 10D275000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 10D277000 Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el Servicio de Administración Tributaria. 10D278000 El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero. 10D283000 Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento. 10D287000 Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio. 10D288000 Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores. 10D289000 Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 20). 10D305000 Realiza actos o actividades no afectas al impuesto al valor agregado. 10D306000 Cumplió con las disposiciones fiscales para determinar los actos o actividades gravados y exentos. 10D307000 Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. 10D308000 Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales definitivos del Impuesto al Valor Agregado acredita impuesto al 100%. 10D309000 Realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA). 10D311000 Excluye los conceptos señalados en las fracciones IV, V, VI y IX del artículo 5o.-C de la Ley, para calcular la proporción a que se hace mención en el primer párrafo del artículo 5o.-C de la Ley. (para los efectos del artículo 5o.-C de la Ley). 10D312000 En el supuesto de que sea sociedad financiera de objeto múltiple no integrante del sistema financiero, en términos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, gravó el IVA a los intereses pagados. 10D315000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 10150131000000 al 10150159000000 del anexo 15). 10D317000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 10D321000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D324000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. 10D362000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses. 10D365000 Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. 150 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D368000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D372000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D374000 (a) enajenación de bienes. 10D375000 (b) prestación de servicios independientes. 10D376000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 10D377000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D380000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 10D381000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. 10D419000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 10D420000 Es importador de un sector en específico. 10D422000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01150160000000 al 01150188000000 del anexo 15). 10D424000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 10D428000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D431000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. 10D469000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses. 10D472000 Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. 10D475000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D479000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D481000 (a) enajenación de bienes. 10D482000 (b) prestación de servicios independientes. 10D483000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 10D484000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D487000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 10D488000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. 10D526000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 10D527000 Es importador de un sector en específico.  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si o no) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 10D047000 Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). 10D091000 Tiene inventarios en sus registros contables. 10D092000 En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, producción en proceso y productos terminados según se trate (para los efectos del artículo ISR 76, fracción XIV de la Ley de ISR). 10D093000 Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. 10D094000 Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del CFF. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 151 10D102000 Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR.). 10D114000 Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). 10D115000 Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA; 20 y 74 del RLIVA). 10D116000 Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 10D117000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 10D118000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 10D126000 Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. 10D131000 Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR). 10D132000 Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). 10D133000 Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). 10D134000 Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). 10D135000 Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 10D136000 Retener y enterara el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140, párrafo segundo de la LISR). 10D166000 De ser el caso, cuando tenga capitales tomados en préstamo y otorgue préstamos a terceros, se haya aplicado el tope establecido para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 38 de su RLISR). 10D167000 En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). 10D168000 En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que, quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se hayan llevado a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR). 10D169000 En el caso del costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos, correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se hubiese considerado como no deducible el excedente (para los efectos del artículo 27, fracción XIII de la LISR). 10D170000 En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran cumplido los requisitos previstos en la fracción V del artículo 28 de la LISR. 10D171000 En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR). 10D172000 En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 152 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D180000 En caso de que en el ejercicio haya dejado de utilizar el sistema de costeo directo con base a costos históricos, consideró para efectos fiscales como inventario inicial del ejercicio el valor del inventario final valuado con el sistema de costeo directo con base a costos históricos (para los efectos del artículo 69 G, fracción II del Reglamento de la LISR). 10D189000 Se considera como integrante del sistema financiero. (para los efectos del artículo 7, tercer párrafo de la Ley). 10D190000 Cuenta con resolución particular del Servicio de Administración Tributaria, para ser considerada como integrante del sistema financiero. (para los efectos del artículo 7, cuarto párrafo de la Ley). 10D191000 Aplica las disposiciones específicas establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta, para los contribuyentes que forman parte del sistema financiero. 10D192000 Atendiendo al nivel de operación por el que fue autorizada la unión de crédito, esta realizó única y exclusivamente las operaciones listadas en el artículo 40 de la Ley de Uniones de Crédito. 10D193000 Durante el ejercicio realizó operaciones de descuento, préstamo o crédito de cualquier clase con personas que no eran socios de la unión de crédito, excepto con las personas y fideicomisos expresamente autorizados en el artículo 40, fracciones I y II de la Ley de Uniones de Crédito. 10D194000 Levantó inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos del artículo 76, fracción IV de la Ley). 10D195000 Dedujo el monto constituido o incrementado en el ejercicio, previa revisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la reserva de contingencia (para los efectos del artículo 47 de la Ley). 10D196000 Si al término del ejercicio, procedió la disminución de la reserva de contingencia aplicable a almacenes generales de depósito, con respecto a las constituidas en el ejercicio inmediato anterior, la diferencia se consideró como ingreso acumulable en el ejercicio (para los efectos del artículo 47 de la Ley). 10D223000 Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. 10D276000 Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. 10D279000 Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. 10D290000 Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. 10D292000 Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. 10D294000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. 10D296000 Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 10D299000 El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. 10D300000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 10D301000 Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación. 10D302000 Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. 10D303000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. 10D304000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 10D310000 En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). 10D313000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 10D314000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 10D363000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D364000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 153 10D379000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D470000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D471000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D486000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.  Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 10D049000 Fecha del oficio 1. 10D051000 Fecha del oficio 2. 10D053000 Fecha del oficio 3. 10D056000 Fecha de la resolución 1. 10D058000 Fecha de la resolución 2. 10D060000 Fecha de la resolución 3. 10D062000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). 10D063000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). 10D070000 Fecha de presentación de la declaración informativa normal. 10D071000 Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). 10D198000 Fecha en que surtió efectos la fusión. 10D222000 Fecha en que surtió efectos la escisión. 10D268000 Fecha de inicio de la liquidación. 10D319000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 10D323000 Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 10D326000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D329000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D332000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D335000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D338000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D341000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D344000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D347000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D350000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D353000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D356000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D359000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D369000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 10D373000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D378000 Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. 154 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D383000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D386000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D389000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D392000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D395000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D398000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D401000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D404000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D407000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D410000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D413000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D416000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D426000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 10D430000 Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 10D433000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D436000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D439000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D442000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D445000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D448000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D451000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D454000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D457000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D460000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D463000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D466000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D476000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 10D480000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D485000 Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. 10D490000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D493000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D496000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D499000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D502000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D505000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D508000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D511000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D514000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 155 10D517000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D520000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D523000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.  Datos de la fecha del oficio, de la resolución, del envío de la declaración informativa múltiple y en que surtió efectos la escisión.  Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”). 10D011000 Denominación o razón social fideicomitente. 10D012000 Denominación o razón social fiduciario. 10D013000 Denominación o razón social fideicomisario (1). 10D014000 Denominación o razón social fideicomisario (2). 10D015000 Denominación o razón social fideicomisario (3). 10D044000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). 10D048000 Número de oficio 1. 10D050000 Número de oficio 2. 10D052000 Número de oficio 3. 10D055000 Número de resolución 1. 10D057000 Número de resolución 2. 10D059000 Número de resolución 3. 10D065000 Número de identificación (campo 1). 10D066000 Número de identificación (campo 2). 10D067000 Número de identificación (campo 3). 10D068000 Número de identificación (campo 4). 10D069000 Número de identificación (campo 5). 10D144000 Nombre del comprador 1. 10D146000 Nombre del comprador 2. 10D148000 Nombre del comprador 3. 10D150000 Nombre del comprador 4. 10D152000 Nombre del comprador 5. 10D200000 Fusionante: denominación o razón social. 10D202000 Fusionada 1: denominación o razón social. 10D204000 Fusionada 2: denominación o razón social. 10D206000 Fusionada 3: denominación o razón social. 10D208000 Fusionada 4: denominación o razón social. 10D210000 Fusionada 5: denominación o razón social. 10D212000 Fusionada 6: denominación o razón social. 10D214000 Fusionada 7: denominación o razón social. 10D216000 Fusionada 8: denominación o razón social. 10D218000 Fusionada 9: denominación o razón social. 10D220000 Fusionada 10: denominación o razón social. 10D318000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 10D320000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 10D361000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 10D366000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 10D370000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 10D371000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 10D421000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. 10D425000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 156 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D427000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 10D468000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 10D473000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 10D477000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 10D478000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 10D528000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). 10D032000 RFC 1. 10D033000 RFC 2. 10D034000 RFC 3. 10D035000 RFC 4. 10D036000 RFC 5. 10D078000 (especificar nombre anterior). 10D079000 (especificar nombre anterior). 10D080000 (especificar nombre anterior). 10D081000 (especificar nombre anterior). 10D082000 (especificar nombre anterior). 10D104000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 10D105000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 10D106000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 10D107000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 10D108000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 10D199000 Fusionante: RFC. 10D201000 Fusionada 1: RFC. 10D203000 Fusionada 2: RFC. 10D205000 Fusionada 3: RFC. 10D207000 Fusionada 4: RFC. 10D209000 Fusionada 5: RFC. 10D211000 Fusionada 6: RFC. 10D213000 Fusionada 7: RFC. 10D215000 Fusionada 8: RFC. 10D217000 Fusionada 9: RFC. 10D219000 Fusionada 10: RFC. 10D224000 Escindida 1: RFC. 10D228000 Escindida 2: RFC. 10D232000 Escindida 3: RFC. 10D236000 Escindida 4: RFC. 10D240000 Escindida 5: RFC. 10D244000 Escindida 6: RFC. 10D248000 Escindida 7: RFC. 10D252000 Escindida 8: RFC. 10D256000 Escindida 9: RFC. 10D260000 Escindida 10: RFC. 10D264000 Escindente: RFC. 10D269000 (liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social). 10D270000 (liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social). 10D271000 (liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 157  Dato, RFC.  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por: - Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales. - Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas. Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). 10D007000 En caso negativo en todas las preguntas de los índices 10D004000, 10D005000 y 10D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). 10D096000 Número de trabajadores. 10D097000 Total del ISR retenido y enterado por salarios. 10D098000 Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. 10D099000 Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. 10D100000 Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. 10D101000 Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. 10D111000 Monto de IVA que originó dicha operación. 10D119000 Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. 10D154000 Total de ingresos por venta de intangibles. 10D155000 Total del monto original de la inversión ajustado. 10D157000 Monto del entero por la operación. 10D158000 Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivadas pactadas fuera de mercados reconocidos. 10D162000 Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. 10D163000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. 10D164000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. 10D175000 Indique el monto total de la reserva para fondos de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad, está invertida acorde a lo establecido en el artículo 29, fracción II, de la LISR vigente en el ejercicio revisado. 10D184000 Indique el monto de la acumulación correspondiente. 10D186000 En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente. 10D188000 En caso afirmativo, indique el monto correspondiente. 10D225000 Valor activo: 10D226000 Valor pasivo: 10D227000 Valor capital social: 10D229000 Valor activo: 10D230000 Valor pasivo: 10D231000 Valor capital social: 10D233000 Valor activo: 10D234000 Valor pasivo: 10D235000 Valor capital social: 10D237000 Valor activo: 10D238000 Valor pasivo: 10D239000 Valor capital social: 10D241000 Valor activo: 10D242000 Valor pasivo: 10D243000 Valor capital social: 10D245000 Valor activo: 158 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D246000 Valor pasivo: 10D247000 Valor capital social: 10D249000 Valor activo: 10D250000 Valor pasivo: 10D251000 Valor capital social: 10D253000 Valor activo: 10D254000 Valor pasivo: 10D255000 Valor capital social: 10D257000 Valor activo: 10D258000 Valor pasivo: 10D259000 Valor capital social: 10D261000 Valor activo: 10D262000 Valor pasivo: 10D263000 Valor capital social: 10D265000 Valor activo: 10D266000 Valor pasivo: 10D267000 Valor capital social: 10D280000 Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. 10D281000 Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. 10D282000 Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. 10D291000 Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. 10D293000 Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. 10D295000 Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. 10D297000 Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 10D298000 Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR. 10D327000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D330000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D333000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D336000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D339000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D342000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D345000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D348000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D351000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D354000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D357000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D360000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D367000 Monto del beneficio. 10D384000 (1) Monto pagado. 10D387000 (2) Monto pagado. 10D390000 (3) Monto pagado. 10D393000 (4) Monto pagado. 10D396000 (5) Monto pagado. 10D399000 (6) Monto pagado. 10D402000 (7) Monto pagado. 10D405000 (8) Monto pagado. 10D408000 (9) Monto pagado. 10D411000 (10) Monto pagado. 10D414000 (11) Monto pagado. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 159 10D417000 (12) Monto pagado. 10D434000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D437000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D440000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D443000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D446000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D449000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D452000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D455000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D458000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D461000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D464000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D467000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D474000 Monto del beneficio. 10D491000 (1) Monto pagado. 10D494000 (2) Monto pagado. 10D497000 (3) Monto pagado. 10D500000 (4) Monto pagado. 10D503000 (5) Monto pagado. 10D506000 (6) Monto pagado. 10D509000 (7) Monto pagado. 10D512000 (8) Monto pagado. 10D515000 (9) Monto pagado. 10D518000 (10) Monto pagado. 10D521000 (11) Monto pagado. 10D524000 (12) Monto pagado.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos.  Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.  Para las cantidades positivas se omitirá el signo.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.  Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos. 10D316000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. 10D423000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.  Datos de caracteres numéricos con dos decimales.  Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje. Anexo Datos a proporcionar 1.- Estado de situación financiera. 2025 y 2024. 2.- Estado de resultado integral. Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no relacionadas 2025 y 2024. 160 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 3.- Estado de cambios en el capital contable. Capital contribuido: capital social, aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas, aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su consejo de administración, capital social: certificados de aportación ordinarios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), capital social: certificados excedentes voluntarios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), capital social: certificados para capital de riesgo (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su asamblea general de socios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo), efecto por incorporación al régimen de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, prima en venta de acciones, instrumentos financieros que califican como capital, obligaciones subordinadas en circulación, aportaciones de sociedades financieras comunitarias, patrimonio fundacional, efecto por incorporación al régimen de sociedades financieras populares, otras cuentas de capital contribuido, capital ganado: reservas de capital, resultados acumulados, valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender, valuación de instrumentos financieros derivados de cobertura de flujos de efectivo, ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición, fondo de reserva, resultado de ejercicios anteriores, resultado por valuación de títulos disponibles para la venta, resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujo de efectivo, efecto acumulado por conversión, remediciones por beneficios definidos a los empleados, resultado por tenencia de activos no monetarios (por valuación de activo fijo), participación ORI de otras entidades, otras cuentas de capital ganado, utilidad neta, pérdida neta, total participación de la controladora, total participación no controladora, total de capital contable. 4.- Estado de flujos de efectivo. 2025 y 2024. 5.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta. Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no relacionadas 2025 y 2024. 6.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. 2025 y 2024, partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024, acumulables o deducibles para ISR: 2025, 2024 y no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2025 y 2024. 7.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencia y diferencias no materiales no investigadas por auditoría. 8.- Relación de contribuciones por pagar. Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar e importe de la contribución en litigio. 9.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. 2025 y 2024. 10.- Operaciones financieras derivadas. Sumatoria de nocionales, utilidad por contraparte, pérdida por contraparte, efecto neto. 11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación, valor de la inversión. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 161 12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos: efectuados y recibidos, monto de prima en suscripción de acciones. 13.- Operaciones con partes relacionadas. Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto, ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado. 14.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. Datos a proporcionar. 15.- Datos informativos. Importe. 16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoria, ISR retenido pagado, diferencia. 17.- Inversiones. MOI al inicio del ejercicio, saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio. 18.- Préstamos. Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio. 20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles. Nota: El orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos.  Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad. 162 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026  Para las cantidades positivas se omitirá el signo.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.  Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos. Anexo Datos a proporcionar 4.1.- Notas a los estados financieros. Texto referente a las notas a los estados financieros. 7.1.- Declaratoria. Texto referente a la declaratoria.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos textos sí podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).  El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas. Anexo Datos a proporcionar 7.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. Tasa, tarifa o cuota. 10.- Operaciones financieras derivadas. Porcentaje de liquidación en efectivo, porcentaje de liquidación en especie, proporción que representa de ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas. 11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Porcentaje de participación en el capital de la entidad. 12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio, porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamos recibidos. 16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Tasa. 18.- Préstamos. Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR. 20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado. 21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Proporción de ingresos.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.  Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje. Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9. Anexo Datos a proporcionar 8.- Relación de contribuciones por pagar. Institución de crédito o SAT y pago en parcialidades (datos del escrito libre): administración receptora. 10.- Operaciones financieras derivadas. País de residencia, número de contratos celebrados, concepto de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 16-A del CFF), tipo de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR), tipo de mercado, nombre del mercado. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 163 11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). 12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). 13.- Operaciones con partes relacionadas. Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos" especifique concepto, país de residencia, método de precios de transferencia aplicado. 16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia. 18.- Préstamos. Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: destino del capital tomado en préstamo. 20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Anexo Datos a proporcionar 8.- Relación de contribuciones por pagar. Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación, oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha. 11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria. 12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Periodo de tenencia: del y al. 18.- Préstamos. Vigencia del préstamo del y al. 20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del, fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia al.  Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2022.  Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”. 164 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Anexo Datos a proporcionar 19.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9. Anexo Datos a proporcionar 13.- Operaciones con partes relacionadas. La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo, indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II, de la RMF para 2025) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a). 16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no), indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no). 18.- Préstamos. Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no). 20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no). 21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no).  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Anexo Datos a proporcionar 8.- Relación de contribuciones por pagar. Número de la operación, pago en parcialidades (datos del escrito libre) número de folio, número de oficio de autorización de pago en parcialidades. 10.- Operaciones financieras derivadas. Número de identificación fiscal o RFC. 11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Número de identificación fiscal. 12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Número de identificación fiscal o RFC. 13.- Operaciones con partes relacionadas. Número de identificación fiscal o RFC. 16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Número de identificación fiscal. 18.- Préstamos. Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 165 19.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015. 20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Número de identificación fiscal. 21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Para efectos del dato RFC de los anexos: 12.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 13.- operaciones con partes relacionadas y 19.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por:  Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.  Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el año, dos para el mes y dos para el día).  Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). Contenido y características para el llenado del dictamen. Datos aplicables al dictamen de: E. Fondos de inversión Datos de identificación Datos a proporcionar: Contribuyente, representante legal, contador público. 42A000000 RFC (del contribuyente). 42B000000 RFC (del contador público). 42B015000 RFC (del despacho). 42C000000 RFC (del representante legal).  Dato, RFC del contribuyente, del representante legal, del contador público y del despacho.  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por: - Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales. - Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha, (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día). - Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  En el caso de que el representante legal sea residente en el extranjero que no cuente con este dato, se anotara lo siguiente: REXT990101XXX.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). 42A001000 Denominación o razón social. 42A012000 Nombre del contribuyente: 42B001000 Nombre (del contador público) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)). 42B014000 Nombre del despacho. 42C001000 Nombre (del representante legal) (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)).  Dato, nombre completo del contribuyente. Tratándose de personas físicas, se anotará: apellido paterno, apellido materno y nombre(s), del representante legal, del contador público y del despacho.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas. 166 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42B002000 CURP (del contador público). 42C004000 CURP (del representante legal).  Dato de 18 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por: - Cuatro caracteres alfabéticos. - Seis caracteres numéricos. - Seis caracteres alfabéticos. - Un carácter alfabético o numérico. - Un carácter numérico.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Domicilio fiscal del contribuyente, del representante legal y del contador público: 42A002000 Entidad federativa (del contribuyente). 42B004000 Entidad federativa (del contador público). 42C005000 Entidad federativa (del representante legal). 42C015000 Entidad en la que se ubica la notaria (representante legal).  Dato elegido de una lista (catálogo). 42A003000 Alcaldía o municipio (del contribuyente). 42B005000 Alcaldía o municipio (del contador público). 42C006000 Alcaldía o municipio (del representante legal).  Dato alcaldía o municipio completo.  Dato de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 42A004000 Colonia o localidad (del contribuyente). 42B006000 Colonia o localidad (del contador público). 42C007000 Colonia o localidad (del representante legal).  Dato colonia o localidad completa.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 42A005000 Código postal (del contribuyente). 42B007000 Código postal (del contador público). 42C008000 Código postal (del representante legal).  Dato código postal completa.  Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signos de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 42A006000 Calle, número exterior e interior (del contribuyente). 42B008000 Calle, número exterior e interior (del contador público). 42C009000 Calle, número exterior e interior (del representante legal).  Dato de calle y número completo.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 42A007000 Ciudad o población (del contribuyente). 42B009000 Ciudad o población (del contador público). 42C010000 Ciudad o población (del representante legal).  Dato, ciudad o población completa.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 167 42A008000 Teléfono (del contribuyente). 42B010000 Teléfono (del contador público o del despacho). 42C011000 Teléfono (del representante legal).  Dato de veinte caracteres alfanuméricos máximo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, corchetes, paréntesis, etc.) Únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 42A009000 Correo electrónico (del contribuyente). 42B011000 Correo electrónico (del contador público). 42B012000 Correo electrónico del buzón tributario. 42C012000 Correo electrónico (del representante legal)  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos se podrán anotar en minúsculas.  Este dato sí podrá contener signos especiales (puntos, guiones, arroba, etc.). 42A010000 Nombre del grupo económico al que pertenece.  Texto o nombre del grupo económico, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se seleccionó la clave de actividad para efectos fiscales. 42A011000 Clave de actividad para efectos fiscales.  Dato actividad económica o actividad preponderante denominado también giro, asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se selecciona de un catálogo.  Para efectos de este dato se deberá tomar en cuenta la descripción que al efecto se hace en el Anexo 6 de la RMF vigente para 2014 y sus correspondientes modificaciones.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 42C002000 Nacional (representante legal). 42C003000 Extranjero (representante legal).  Dato de dos caracteres alfabéticos (si o no).  Utilización únicamente de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 42C013000 Número de escritura (representante legal). 42C014000 Número de notaria (representante legal).  Dato de quince y diez caracteres alfanuméricos máximo sin signo, respectivamente.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 42C016000 Fecha del poder (representante legal). 42C017000 Fecha de designación (representante legal).  Dato de la certificación del poder y de la designación del cargo.  Este dato estará compuesto por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de certificación del poder (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales “/”). 42B003000 Número de registro del contador público. 42B014000 Número de registro del despacho.  Para efectos de este dato se anotará el número asignado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal al contador público inscrito y a su despacho.  Dato de cinco caracteres numéricos exacto, sin signo.  Este dato no podrá contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberá constar de los dígitos del 0 al 9. 42B013000 Colegio al que pertenece el contador público.  Dato, nombre del colegio al que pertenece el contador público inscrito.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Este texto no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 168 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Datos generales. Datos a proporcionar: 42D000000 Autoridad competente. 42D001000 Sede a la que pertenece la ADAF. 42D002000 Administración. 42D003000 Obligado u optativo. 42D008000 Tipo de fondo. 42D018000 Tipo de contribuyente especial. 42D025000 Tipo de opinión. 42D040000 Se trata de: 42D165000 Se realizaron con fines de: 42D172000 En calidad de que participó en alguna fusión: 42D196000 En calidad de que participó en alguna escisión: 42D259000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1). 42D260000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2). 42D261000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3). 42D294000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D297000 (1) Correspondiente al mes de: 42D300000 (2) Correspondiente al mes de: 42D303000 (3) Correspondiente al mes de: 42D306000 (4) Correspondiente al mes de: 42D309000 (5) Correspondiente al mes de: 42D312000 (6) Correspondiente al mes de: 42D315000 (7) Correspondiente al mes de: 42D318000 (8) Correspondiente al mes de: 42D321000 (9) Correspondiente al mes de: 42D324000 (10) Correspondiente al mes de: 42D327000 (11) Correspondiente al mes de: 42D330000 (12) Correspondiente al mes de: 42D354000 (1) Correspondiente al mes de: 42D357000 (2) Correspondiente al mes de: 42D360000 (3) Correspondiente al mes de: 42D363000 (4) Correspondiente al mes de: 42D366000 (5) Correspondiente al mes de: 42D369000 (6) Correspondiente al mes de: 42D372000 (7) Correspondiente al mes de: 42D375000 (8) Correspondiente al mes de: 42D378000 (9) Correspondiente al mes de: 42D381000 (10) Correspondiente al mes de: 42D384000 (11) Correspondiente al mes de: 42D387000 (12) Correspondiente al mes de: 42D390000 Cuál es su moneda funcional. 42D401000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D404000 (1) Correspondiente al mes de: 42D407000 (2) Correspondiente al mes de: 42D410000 (3) Correspondiente al mes de: 42D413000 (4) Correspondiente al mes de: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 169 42D416000 (5) Correspondiente al mes de: 42D419000 (6) Correspondiente al mes de: 42D422000 (7) Correspondiente al mes de: 42D425000 (8) Correspondiente al mes de: 42D428000 (9) Correspondiente al mes de: 42D431000 (10) Correspondiente al mes de: 42D434000 (11) Correspondiente al mes de: 42D437000 (12) Correspondiente al mes de: 42D461000 (1) Correspondiente al mes de: 42D464000 (2) Correspondiente al mes de: 42D467000 (3) Correspondiente al mes de: 42D470000 (4) Correspondiente al mes de: 42D473000 (5) Correspondiente al mes de: 42D476000 (6) Correspondiente al mes de: 42D479000 (7) Correspondiente al mes de: 42D482000 (8) Correspondiente al mes de: 42D485000 (9) Correspondiente al mes de: 42D488000 (10) Correspondiente al mes de: 42D491000 (11) Correspondiente al mes de: 42D494000 (12) Correspondiente al mes de: 42D497000 Cuál es su moneda funcional.  Dato asignado automáticamente por el SIPRED 2025 una vez que se seleccionó de una lista (catálogo). 42D021000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal. 42D022000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal. 42D023000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. 42D024000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior.  Datos del ejercicio fiscal que se dictamina y del ejercicio fiscal anterior.  Dividido en inicio del ejercicio y terminación del ejercicio.  Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha de inicio del ejercicio fiscal (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”) y diez para la fecha de terminación del ejercicio fiscal, (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”). Ejemplo: inicio final 01/01/2025 31/12/2025 42D004000 Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 42D005000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 42D006000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 42D009000 Forma parte de una asociación en participación. 42D010000 Forma parte de un fideicomiso. 42D016000 Primer dictamen. 42D017000 Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. 42D019000 Empresa filial. 42D020000 Empresa subsidiaria. 42D031000 Realizó operaciones con partes relacionadas. 42D032000 Si su respuesta fue afirmativa en el índice 42D031000 (debe llenar los anexos 12 y 13). 170 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D033000 Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. 42D034000 Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. 42D035000 Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. 42D036000 En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18). 42D037000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. 42D039000 Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. 42D048000 Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). 42D055000 Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. 42D058000 Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. 42D066000 Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 9). 42D067000 Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10). 42D068000 Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 15). 42D069000 Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 17). 42D070000 Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. 42D071000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores. 42D077000 Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado 42D078000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). 42D079000 Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. 42D080000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF). 42D081000 Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). 42D082000 Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. 42D083000 Tiene accionistas residentes en el país. 42D084000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF). 42D087000 Tiene empleados. 42D095000 En caso negativo a la pregunta del índice 42D087000 tiene algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE). 42D101000 Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. 42D102000 Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. 42D104000 Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. 42D105000 La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). 42D112000 Diario. 42D113000 Mayor. 42D114000 Actas de asamblea de socios o accionistas. 42D115000 Socios o accionistas. 42D116000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 171 42D117000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). 42D119000 El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. 42D120000 Reconoció o reporto dichos ingresos. 42D121000 El contribuyente cambió el modelo de negocios. 42D131000 Hasta el 31 de diciembre de 2014, ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta 2013. 42D132000 En caso afirmativo, señale si durante el ejercicio dictaminado distribuyó dividendos en favor de sus accionistas. 42D138000 Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio. 42D140000 Es parte relacionada. 42D142000 Es parte relacionada. 42D144000 Es parte relacionada. 42D146000 Es parte relacionada. 42D148000 Es parte relacionada. 42D151000 Efectuó retención. 42D154000 Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. 42D155000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. 42D156000 Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. 42D160000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivada de absorción de pérdidas financieras. 42D164000 Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). 42D166000 En caso afirmativo, acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. 42D168000 Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. 42D170000 Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. 42D247000 Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). 42D248000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 42D249000 Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). 42D250000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 42D252000 Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el Servicio de Administración Tributaria. 42D253000 El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero. 42D258000 Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento. 42D262000 Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio. 42D263000 Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores. 42D264000 Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19). 42D279000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, se acreditó en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 42D280000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera enterado en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 42D281000 Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. 172 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D282000 Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales definitivos del Impuesto al Valor Agregado acredita impuesto al 100%. 42D283000 Diga si incluye en la determinación de la proporción de acreditamiento, los ingresos por intereses cobrados provenientes de las operaciones financieras derivadas. 42D284000 Realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA). 42D287000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 42140131000000 al 42140159000000 del anexo 14). 42D289000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 42D293000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D296000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. 42D334000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses. 42D337000 Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. 42D340000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D344000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D346000 (a) enajenación de bienes. 42D347000 (b) prestación de servicios independientes. 42D348000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 42D349000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D352000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 42D353000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. 42D391000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 42D392000 Es importador de un sector en específico. 42D394000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 42140160000000 al 42140188000000 del anexo 14). 42D396000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 42D400000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D403000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. 42D441000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses. 42D444000 Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. 42D447000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D451000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D453000 (a) enajenación de bienes. 42D454000 (b) prestación de servicios independientes. 42D455000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 173 42D456000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D459000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 42D460000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. 42D498000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 42D499000 Es importador de un sector en específico.  Datos de dos caracteres alfabéticos (si o no) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 42D041000 Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). 42D085000 Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. 42D086000 Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal para los efectos del artículo 69-B del CFF. 42D094000 Creo una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR). 42D106000 Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). 42D107000 Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA). 42D108000 Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 42D109000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 42D110000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 42D118000 Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. 42D122000 Para el caso de las sociedades en instrumentos de deuda, señale si la cartera de inversión está conformada a su vez por acciones de fondos de inversión extranjeros. 42D123000 Si la respuesta es afirmativa, señale si hubo retención del ISR, por el pago de intereses a personas físicas. 42D124000 Si la respuesta es negativa señale si les fue informado a las personas físicas en la constancia, el monto de los intereses reales ganados durante el ejercicio en que se mantuvo la inversión en dichos fondos. 42D125000 Para el caso de las sociedades en instrumentos de renta variable, señale si la cartera de inversión está conformada a su vez por acciones de fondos de inversión extranjeros. 42D126000 En caso afirmativo, señale si las ganancias en enajenación de las acciones de dicho fondo de inversión extranjero, las consideró gravadas para las personas físicas. 42D127000 Señale si le fue informada en la constancia a las personas físicas la ganancia que obtuvieron en el ejercicio en que mantuvo su inversión. 42D128000 Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). 42D129000 Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, constancia en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). 42D130000 Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como las reglas aplicables de la RMF para 2025). 174 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D137000 Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). 42D161000 En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). 42D162000 En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 42D163000 En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XIII de la LISR). 42D198000 Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. 42D251000 Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. 42D254000 Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. 42D265000 Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. 42D267000 Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. 42D269000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. 42D271000 Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 42D274000 El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. 42D275000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 42D276000 Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación. 42D277000 Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. 42D278000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. 42D285000 En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). 42D286000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 42D335000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D336000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D351000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D442000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D443000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D458000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.  Datos de tres caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). 42D043000 Fecha del oficio 1. 42D045000 Fecha del oficio 2. 42D047000 Fecha del oficio 3. 42D050000 Fecha de la resolución 1. 42D052000 Fecha de la resolución 2. 42D054000 Fecha de la resolución 3. 42D056000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 175 42D057000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). 42D064000 Fecha de presentación de la declaración informativa normal. 42D065000 Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). 42D173000 Fecha en que surtió efectos la fusión. 42D197000 Fecha en que surtió efectos la escisión. 42D243000 Fecha de inicio de la liquidación. 42D291000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D295000 Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 42D298000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D301000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D304000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D307000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D310000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D313000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D316000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D319000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D322000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D325000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D328000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D331000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D341000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 42D345000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D350000 Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. 42D355000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D358000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D361000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D364000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D367000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D370000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D373000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D376000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D379000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D382000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D385000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D388000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D398000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D402000 Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 42D405000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 176 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D408000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D411000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D414000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D417000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D420000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D423000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D426000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D429000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D432000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D435000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D438000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D448000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 42D452000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D457000 Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. 42D462000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D465000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D468000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D471000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D474000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D477000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D480000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D483000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D486000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D489000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D492000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D495000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido.  Datos de la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple.  Estos datos estarán compuestos por diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha del oficio, de la resolución y del envío de la declaración informativa múltiple (dos para el día, dos para el mes y cuatro para el año separados por diagonales ”/”). 42D011000 Denominación o razón social fideicomitente. 42D012000 Denominación o razón social fiduciario. 42D013000 Denominación o razón social fideicomisario (1). 42D014000 Denominación o razón social fideicomisario (2). 42D015000 Denominación o razón social fideicomisario (3). 42D038000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). 42D042000 Número de oficio 1. 42D044000 Número de oficio 2. 42D046000 Número de oficio 3. 42D049000 Número de resolución 1. 42D051000 Número de resolución 2. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 177 42D053000 Número de resolución 3. 42D059000 Número de identificación (campo 1). 42D060000 Número de identificación (campo 2). 42D061000 Número de identificación (campo 3). 42D062000 Número de identificación (campo 4). 42D063000 Número de identificación (campo 5). 42D139000 Nombre del comprador 1. 42D141000 Nombre del comprador 2. 42D143000 Nombre del comprador 3. 42D145000 Nombre del comprador 4. 42D147000 Nombre del comprador 5. 42D175000 Fusionante: denominación o razón social. 42D177000 Fusionada 1: denominación o razón social. 42D179000 Fusionada 2: denominación o razón social. 42D181000 Fusionada 3: denominación o razón social. 42D183000 Fusionada 4: denominación o razón social. 42D185000 Fusionada 5: denominación o razón social. 42D187000 Fusionada 6: denominación o razón social. 42D189000 Fusionada 7: denominación o razón social. 42D191000 Fusionada 8: denominación o razón social. 42D193000 Fusionada 9: denominación o razón social. 42D195000 Fusionada 10: denominación o razón social 42D290000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D292000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 42D333000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 42D338000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 42D342000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 42D343000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 42D393000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. 42D397000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D399000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 42D440000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 42D445000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 42D449000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 42D450000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 42D500000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). 42D026000 RFC 1. 42D027000 RFC 2. 42D028000 RFC 3. 42D029000 RFC 4. 42D030000 RFC 5. 42D072000 (especificar nombre anterior). 42D073000 (especificar nombre anterior). 178 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D074000 (especificar nombre anterior). 42D075000 (especificar nombre anterior). 42D076000 (especificar nombre anterior). 42D096000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 42D097000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 42D098000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 42D099000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 42D100000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 42D174000 Fusionante: RFC. 42D176000 Fusionada 1: RFC. 42D178000 Fusionada 2: RFC. 42D180000 Fusionada 3: RFC. 42D182000 Fusionada 4: RFC. 42D184000 Fusionada 5: RFC. 42D186000 Fusionada 6: RFC. 42D188000 Fusionada 7: RFC. 42D190000 Fusionada 8: RFC. 42D192000 Fusionada 9: RFC. 42D194000 Fusionada 10: RFC. 42D199000 Escindida 1: RFC. 42D203000 Escindida 2: RFC. 42D207000 Escindida 3: RFC. 42D211000 Escindida 4: RFC. 42D215000 Escindida 5: RFC. 42D219000 Escindida 6: RFC. 42D223000 Escindida 7: RFC. 42D227000 Escindida 8: RFC. 42D231000 Escindida 9: RFC. 42D235000 Escindida 10: RFC. 42D239000 Escindente: RFC. 42D244000 (liquidador 1 especificar nombre, denominación o razón social). 42D245000 (liquidador 2 especificar nombre, denominación o razón social). 42D246000 (liquidador 3 especificar nombre, denominación o razón social). Dato, RFC.  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo compuesto por: - Cuatro letras para personas físicas; o guion bajo y tres letras para personas morales. - Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para año, dos para mes y dos para el día). - Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas. Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). 42D007000 En caso negativo en todas las preguntas de los índices 42D004000, 42D005000 y 42D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos datos sí podrán contener signos especiales (comas, puntos, guiones, diagonales, corchetes, paréntesis, etc.). 42D088000 Número de trabajadores. 42D089000 Total del ISR retenido y enterado por salarios. 42D090000 Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. 42D091000 Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 179 42D092000 Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. 42D093000 Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. 42D103000 Monto de IVA que originó dicha operación. 42D111000 Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. 42D133000 Monto distribuido. 42D134000 Monto de los dividendos distribuidos provenientes de la cuenta de utilidad fiscal neta. 42D135000 Monto considerado como ingreso acumulable para efectos del Impuesto sobre la Renta, derivado de ganancias por enajenación de acciones, intereses y ajuste anual por inflación, correspondientes a las inversiones promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa fecha. 42D136000 Monto considerado como deducción autorizada para efectos del Impuesto sobre la Renta, derivado de pérdidas por enajenación de acciones, intereses y ajuste anual por inflación, correspondientes a las inversiones promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa fecha. 42D149000 Total de ingresos por venta de intangibles. 42D150000 Total del monto original de la inversión ajustado. 42D152000 Monto del entero por la operación. 42D153000 Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos. 42D157000 Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. 42D158000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. 42D159000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. 42D167000 Indique el monto de la acumulación correspondiente. 42D169000 En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente. 42D171000 En caso afirmativo, indique el monto correspondiente. 42D200000 Valor activo: 42D201000 Valor pasivo: 42D202000 Valor capital social: 42D204000 Valor activo: 42D205000 Valor pasivo: 42D206000 Valor capital social: 42D208000 Valor activo: 42D209000 Valor pasivo: 42D210000 Valor capital social: 42D212000 Valor activo: 42D213000 Valor pasivo: 42D214000 Valor capital social: 42D216000 Valor activo: 42D217000 Valor pasivo: 42D218000 Valor capital social: 42D220000 Valor activo: 42D221000 Valor pasivo: 42D222000 Valor capital social: 42D224000 Valor activo: 42D225000 Valor pasivo: 42D226000 Valor capital social: 42D228000 Valor activo: 42D229000 Valor pasivo: 42D230000 Valor capital social: 42D232000 Valor activo: 42D233000 Valor pasivo: 42D234000 Valor capital social: 180 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D236000 Valor activo: 42D237000 Valor pasivo: 42D238000 Valor capital social: 42D240000 Valor activo: 42D241000 Valor pasivo: 42D242000 Valor capital social: 42D255000 Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. 42D256000 Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. 42D257000 Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. 42D266000 Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. 42D268000 Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. 42D270000 Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. 42D272000 Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 42D273000 Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 de la LISR. 42D299000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D302000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D305000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D308000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D311000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D314000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D317000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D320000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D323000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D326000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D329000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D332000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D339000 Monto del beneficio. 42D356000 (1) Monto pagado. 42D359000 (2) Monto pagado. 42D362000 (3) Monto pagado. 42D365000 (4) Monto pagado. 42D368000 (5) Monto pagado. 42D371000 (6) Monto pagado. 42D374000 (7) Monto pagado. 42D377000 (8) Monto pagado. 42D380000 (9) Monto pagado. 42D383000 (10) Monto pagado. 42D386000 (11) Monto pagado. 42D389000 (12) Monto pagado. 42D406000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D409000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D412000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D415000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D418000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D421000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D424000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D427000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D430000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D433000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 181 42D436000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D439000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D446000 Monto del beneficio. 42D463000 (1) Monto pagado. 42D466000 (2) Monto pagado. 42D469000 (3) Monto pagado. 42D472000 (4) Monto pagado. 42D475000 (5) Monto pagado. 42D478000 (6) Monto pagado. 42D481000 (7) Monto pagado. 42D484000 (8) Monto pagado. 42D487000 (9) Monto pagado. 42D490000 (10) Monto pagado. 42D493000 (11) Monto pagado. 42D496000 (12) Monto pagado.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos.  Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.  Para las cantidades positivas se omitirá el signo.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.  Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos. 42D288000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. 42D395000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta.  Datos de caracteres numéricos con dos decimales.  Se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje. Anexo Datos a proporcionar 1.- Estado de situación financiera. 2025 y 2024. 2.- Estado de resultado integral. Total 2025 y 2024, partes relacionadas 2025 y 2024, partes no relacionadas 2025 y 2024. 3.- Estado de cambios en el capital contable. Capital contribuido: capital social, capital social no exhibido, aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas, aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su órgano de gobierno (para el caso de fondos de inversión), prima en venta de acciones, instrumentos financieros que califican como capital, otras cuentas de capital contribuido, capital ganado: reservas de capital, reserva por adquisición de acciones propias, resultados acumulados, resultado de ejercicios anteriores, valuación de instrumentos derivados de cobertura de flujo de efectivo, resultado por evaluación de inversiones permanentes en acciones de empresas promovidas, valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender, ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición, remedición de beneficios a los empleados, resultado por tenencia de activos no monetarios, participación en ORI de otras entidades, otras cuentas de capital ganado, utilidad neta, pérdida neta, total participación de la controladora, participación no controladora y total capital contable. 4.- Estado de valuación de cartera de inversión. Cantidad de títulos operados, costo total de adquisición, valor razonable o contable total. 182 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Anexo Datos a proporcionar 5.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. 2025 y 2024, partes relacionadas y partes no relacionadas 2025 y 2024, acumulables o deducibles para ISR: 2025 y 2024, no acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR: 2025 y 2024. 6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. Base gravable, contribución determinada por auditoría a cargo o a favor, contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente, diferencias y diferencias no materiales no investigadas por auditoría. 7.- Relación de contribuciones por pagar. Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado, importe proveniente de ejercicios anteriores, total de contribuciones por pagar, importe de la contribución en litigio. 8.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta. 2025 y 2024. 9.- Operaciones financieras derivadas. Sumatoria de nocionales, utilidad por contraparte, pérdida por contraparte, efecto neto. 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Monto de la inversión, monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación, monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación, valor de la inversión. 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones, monto de retiros de capital, monto de préstamos efectuados y recibidos, monto de prima en suscripción de acciones. 12.- Operaciones con partes relacionadas. Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero), monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considerase pactada como con partes independientes en operaciones comparables, monto modificado. 13.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. Datos a proporcionar. 14.- Datos informativos. Importe. 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Monto de la operación, ISR por retención determinado por auditoría, ISR retenido pagado, diferencia. 16.- Inversiones. MOI al inicio del ejercicio, saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio, más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio, menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio, menos: deducción en el ejercicio, menos: deducción inmediata en el ejercicio, saldo pendiente de deducir al final del ejercicio. 17.- Préstamos. Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024, importe total de los intereses pagados y/o exigibles, ISR retenido en el ejercicio, saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025, importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 183 Anexo Datos a proporcionar 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria, total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio, participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe, aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio, aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial, datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial, impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada, monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente, total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas, límite de deducción del contribuyente, total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021), total de los ingresos por intereses acumulados, intereses netos, utilidad (pérdida) fiscal, total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles), monto total deducido de activos fijos, monto total deducido de gastos diferidos, monto total deducido de cargos diferidos, monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos, utilidad fiscal ajustada, límite intereses netos, intereses no deducibles. Nota: El orden de estos datos es únicamente informativo, para su captura referenciar al formato guía.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras de importes referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos.  Las cantidades negativas se deberán presentar con signo negativo, anteponiéndose el signo a dicha cantidad.  Para las cantidades positivas se omitirá el signo.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, puntos, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9.  Las cantidades indicativas de importes deberán anotarse en pesos, no en miles de pesos. Anexo Datos a proporcionar 4.1.- Notas a los estados financieros. Texto referente a las notas a los estados financieros. 6.1.- Declaratoria. Texto referente a la declaratoria.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Estos textos sí podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.).  El texto alfabético deberá ser utilizado únicamente en letras mayúsculas. Anexo Datos a proporcionar 4.- Estado de valuación de cartera de inversión. Porcentaje de participación, tasa al valuar. 6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor. Tasa, tarifa o cuota. 184 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 9.- Operaciones financieras derivadas. Porcentaje de liquidación en efectivo, porcentaje de liquidación en especie, proporción que representa de ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas. 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Porcentaje de participación en el capital de la entidad. 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio, porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo recibidos. 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Tasa. 17.- Préstamos Porcentaje de la tasa de interés, tasa de retención del ISR. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México), participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje, tasa preferencial por tratado. 20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Proporción de ingresos.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres alfanuméricos con decimales.  Las cantidades representativas de porcentaje se anotarán con enteros y dos decimales, sin el signo de porcentaje.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9. Anexo Datos a proporcionar 4.- Estado de valuación de cartera de inversión. Emisora, serie, tipo de valor, calificación o bursatilidad, cantidad de títulos operados, cantidad de títulos liquidados, total de títulos de la emisión, costo promedio unitario de adquisición, valor razonable o contable unitario, días por vencer. 7.- Relación de contribuciones por pagar. Institución de crédito o SAT y pago en parcialidades (datos del escrito libre): administración receptora. 9.- Operaciones financieras derivadas. País de residencia, número de contratos celebrados, concepto de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 16-A del CFF), tipo de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR), tipo de mercado, nombre del mercado. 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. País de residencia fiscal de la entidad, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.). 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. País de residencia para efectos fiscales, destino del préstamo, forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deuda, etc.). 12.- Operaciones con partes relacionadas. Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos" especifique concepto, país de residencia, método de precios de transferencia aplicado. 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, país de residencia Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 185 17.- Préstamos Tipo de financiamiento, en caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: país de residencia para efectos fiscales, tipo de moneda, denominación de la tasa de interés, frecuencia de exigibilidad del pago de intereses, en caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: destino del capital tomado en préstamo. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. País de residencia fiscal, tipo de moneda del país de residencia fiscal, tipo de operación, en caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto, en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa, operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso, carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación.  Datos de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Estos textos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Anexo Datos a proporcionar 7.- Relación de contribuciones por pagar. Fecha de pago, pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación, oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha. 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria. 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Periodo de tenencia: del y al. 17.- Préstamos. Vigencia del préstamo del y al. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del, fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia al.  Diez caracteres alfanuméricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el día, dos para el mes y cuatro para el año, separados por diagonales “/”, ejemplo 25/03/2018.  Estos datos no podrán contener signos especiales (signo de pesos, comas, puntos, guiones, paréntesis, etc.), únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9 y la diagonal “/”. Anexo Datos a proporcionar 18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015.  Para efectos de estos datos, se anotarán cifras referentes a los datos indicados.  Datos de caracteres numéricos con cuatro decimales.  Estos datos no podrán contener signos especiales tales como: signo de pesos, comas, paréntesis, etc., únicamente deberán constar de los dígitos del 0 al 9. Anexo Datos a proporcionar 12.- Operaciones con partes relacionadas. La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo, indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan, la operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no), se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II, de la RMF para 2025) (si o no), indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a). 186 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no) indique si es parte relacionada (si o no), efectuó retención y entero por esta operación (si o no), aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no). 17.- Préstamos. Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no), garantizó el préstamo (si o no), efectuó colocaciones en el extranjero (si o no). 18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no), tiene alguna entidad interpuesta (si o no), en el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no), operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no). 20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no).  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no) en mayúsculas.  Datos de dos caracteres alfabéticos, (si, no o n/a) en mayúsculas.  Estos datos no podrán contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc.). Anexo Datos a proporcionar 7.- Relación de contribuciones por pagar. Número de la operación; pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio, oficio de autorización de pago en parcialidades: número. 9.- Operaciones financieras derivadas. Número de identificación fiscal o RFC. 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México. Número de identificación fiscal. 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales. Número de identificación fiscal o RFC. 12.- Operaciones con partes relacionadas Número de identificación fiscal o RFC. 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero. Número de identificación fiscal. 17.- Préstamos. Número de identificación fiscal o RFC, número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado, número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México. 18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 2024 a 2015. 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes. Número de identificación fiscal. 20.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada.  Para efecto de estos datos, se anotarán las cifras referentes a los datos indicados.  Dato de caracteres alfanuméricos.  Los caracteres alfabéticos únicamente en mayúsculas.  Para efectos del dato “RFC” de los anexos 11.- socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, 12.- operaciones con partes relacionadas y 18.- integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, se anotarán los datos de acuerdo a las características siguientes:  Dato de 13 caracteres alfanuméricos máximo, compuesto por: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 187  Cuatro letras para personas físicas, o guion bajo y tres letras para personas morales.  Seis caracteres numéricos que corresponden a la fecha (dos caracteres para el año, dos para el mes y dos para el día).  Tres caracteres alfanuméricos para la homonimia.  Utilización de caracteres alfabéticos en mayúsculas.  Este dato no podrá contener signos especiales (comas, corchetes, paréntesis, etc., salvo el carácter &). A. Formato Guía para la presentación del Dictamen Fiscal de Estados Financieros General, por el ejercicio fiscal del 2025. Índice Concepto Datos a proporcionar Datos de identificación del Contribuyente 01A000000 RFC: 01A001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o razón social: 01A002000 CURP: Domicilio Fiscal: 01A003000 Entidad Federativa: 01A004000 Alcaldía o Municipio: 01A005000 Colonia o Localidad: 01A006000 Código Postal: 01A007000 Calle, número exterior e interior: 01A008000 Ciudad o Población: 01A009000 Teléfono: 01A010000 Correo electrónico: 01A011000 Nombre del grupo económico al que pertenece: 01A012000 Clave de actividad para efectos fiscales: Declaratoria del Contribuyente: Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las operaciones reales que llevé a cabo durante el ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas con documentación comprobatoria. 01A013000 Nombre del Contribuyente: 188 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Datos de identificación del Contador Público 01B000000 RFC: 01B001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)): 01B002000 CURP: 01B003000 Número de Registro: Domicilio Fiscal: 01B004000 Entidad Federativa: 01B005000 Alcaldía o Municipio: 01B006000 Colonia o Localidad: 01B007000 Código Postal: 01B008000 Calle, número exterior e interior: 01B009000 Ciudad o Población: 01B010000 Teléfono del CPI o Despacho: 01B011000 Correo electrónico: 01B012000 Correo electrónico del Buzón Tributario: 01B013000 Colegio al que pertenece: 01B014000 Nombre del Despacho: 01B015000 RFC del Despacho: 01B016000 Número de Registro del Despacho: Declaratoria del Contador Público que dictaminó: Declaro que la información que proporciona el contribuyente citado, consta en libros, registros, documentos y declaraciones en poder del propio contribuyente, mismos que examiné, como lo manifiesto en el informe del auditor independiente y en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente que adjunto. 01B017000 Nombre del Contador Público que dictaminó: Datos de identificación del Representante Legal 01C000000 RFC: 01C001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)): Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 189 01C002000 Nacional: 01C003000 Extranjero: 01C004000 CURP: Domicilio Fiscal: 01C005000 Entidad Federativa: 01C006000 Alcaldía o Municipio: 01C007000 Colonia o Localidad: 01C008000 Código Postal: 01C009000 Calle, número exterior e interior: 01C010000 Ciudad o Población: 01C011000 Teléfono: 01C012000 Correo electrónico: 01C013000 Número de Escritura: 01C014000 Número de Notaría: 01C015000 Entidad en la que se ubica la Notaría: 01C016000 Fecha del Poder: 01C017000 Fecha de designación: Declaratoria del Representante Legal: Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las operaciones reales que llevó a cabo mi representada durante el ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas con documentación comprobatoria. 01C018000 Nombre del Representante Legal: Índice Concepto Datos a proporcionar Datos Generales 01D000000 Autoridad competente: 01D001000 Sede a la que pertenece la ADAF: 01D002000 Administración General y/o ADAF: 01D003000 Obligado u optativo: 190 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D004000 Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 01D005000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 01D006000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 01D007000 En caso negativo en todas las preguntas de los índices 01D004000, 01D005000 y 01D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen. 01D008000 Forma parte de una asociación en participación. 01D009000 Forma parte de un fideicomiso. En caso afirmativo al índice anterior, indique denominación o razón social del fideicomiso: 01D010000 Denominación o razón social fideicomitente. 01D011000 Denominación o razón social fiduciario. 01D012000 Denominación o razón social fideicomisario (1). 01D013000 Denominación o razón social fideicomisario (2). 01D014000 Denominación o razón social fideicomisario (3). 01D015000 Primer dictamen. 01D016000 Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. 01D017000 Realizó obras de construcción. 01D018000 En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR. 01D019000 Industria maquiladora. 01D020000 Tipo de contribuyente especial. 01D021000 Empresa filial. 01D022000 Empresa subsidiaria. 01D023000 Sociedad cooperativa. 01D024000 Inicio de operaciones. 01D025000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal. 01D026000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal. 01D027000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. 01D028000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior. 01D029000 Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales: En caso de haber seleccionado algún sistema de costeo, estará a lo siguiente: 01D030000 Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo de adquisición para efectos contables (costos históricos) (en caso afirmativo debe llenar del índice 01060000000000 al 01060030000000 del anexo 6). 01D031000 Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales (costos predeterminados estimados) (en caso afirmativo debe llenar del índice 01060000000000 al 01060030000000 del anexo 6). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 191 01D032000 Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo estándar para efectos contables (en caso afirmativo debe llenar del índice 01060000000000 al 01060030000000 del anexo 6). 01D033000 Costo de ventas: utiliza un sistema distinto a los anteriores (en caso afirmativo debe llenar del índice 01060031000000 al 01060040000000 del anexo 6). 01D034000 Tipo de opinión. 01D035000 Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo debe llenar del índice 01040000000000 al 01040050000000 del Anexo 4). 01D036000 Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método directo (en caso afirmativo debe llenar del índice 01040051000000 al 01040089000000 del Anexo 4). Indique el RFC de la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que asesoró(aron) fiscalmente al contribuyente, mediante una opinión por escrito: 01D037000 RFC 1: 01D038000 RFC 2: 01D039000 RFC 3: 01D040000 RFC 4: 01D041000 RFC 5: Efectos fiscales 01D042000 Realizó operaciones con partes relacionadas. 01D043000 Si su respuesta fue afirmativa en el índice 01D042000 (debe llenar los anexos 16 y 17). 01D044000 Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. 01D045000 Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. 01D046000 Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. 01D047000 En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 23). 01D048000 Tratándose de sociedades que hayan tenido el carácter de controladoras, disminuyó la pérdida por enajenación de acciones en algún ejercicio posterior a 2015 (para los efectos del artículo segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de las disposiciones transitorias de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2016). 01D049000 En caso afirmativo al índice anterior, señale si liquidó la totalidad del impuesto diferido (para los efectos del artículo segundo, fracción IX, penúltimo párrafo de las disposiciones transitorias de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2016). 01D050000 Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.20. de la 3a RMRMF 2016. 01D051000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.22. de la RMF 2017. 01D052000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2018. 01D053000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.15. de la RMF 2019. 01D054000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2020. 01D055000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.14. de la RMF 2021. 01D056000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2022. 01D057000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2023. 01D058000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2024. 01D059000 Aplicó lo establecido en la regla 3.23.8. de la RMF 2025. 192 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D060000 Aplicó lo establecido en la regla 11.7.1.19. de la 3a RMRMF 2016. 01D061000 Aplicó lo establecido en el transitorio quinto de la RMF 2017. 01D062000 Aplicó lo establecido en el transitorio trigésimo de la RMF 2018. 01D063000 Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el artículo 22 de la LISR. En caso de que la respuesta a la pregunta anterior sea afirmativa indique lo siguiente: 01D064000 Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron. 01D065000 Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que se enajenaron. 01D066000 Precio de venta de las acciones enajenadas. 01D067000 Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las acciones. 01D068000 Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte relacionada. 01D069000 La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones pendientes de aplicar al cierre del ejercicio. 01D070000 En caso de que su repuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el importe de la pérdida por enajenación de acciones actualizada al cierre del ejercicio. Otros aspectos 01D071000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. 01D072000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). 01D073000 Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 01D074000 Se trata de: 01D075000 Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). 01D076000 Número de oficio 1. 01D077000 Fecha del oficio 1. 01D078000 Número de oficio 2. 01D079000 Fecha del oficio 2. 01D080000 Número de oficio 3. 01D081000 Fecha del oficio 3. 01D082000 Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). En caso afirmativo al índice anterior, indique el número y fecha de la resolución: 01D083000 Número de resolución 1. 01D084000 Fecha de la resolución 1. 01D085000 Número de resolución 2. 01D086000 Fecha de la resolución 2. 01D087000 Número de resolución 3. 01D088000 Fecha de la resolución 3. 01D089000 Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 193 En caso afirmativo al índice anterior, aclarar a través del anexo denominado información adicional, la disposición fiscal controvertida, el medio de defensa interpuesto así como el estatus del medio de defensa interpuesto al cierre del ejercicio. 01D090000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal) 01D091000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria) 01D092000 Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: Número de identificación otorgado por el SAT al esquema reportable. 01D093000 Número de identificación (campo 1): 01D094000 Número de identificación (campo 2): 01D095000 Número de identificación (campo 3): 01D096000 Número de identificación (campo 4): 01D097000 Número de identificación (campo 5): 01D098000 Fecha de presentación de la declaración informativa normal: 01D099000 Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria): Operaciones financieras, inversiones, financiamiento, moneda extrajera y residentes al extranjero 01D100000 Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 12). 01D101000 Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 13). 01D102000 Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 19). 01D103000 Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 21). 01D104000 Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el Anexo 22). Diagnóstico fiscal del contribuyente Generalidades fiscales 01D105000 Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. 01D106000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el Registro Federal de Contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores. 01D107000 (Especificar nombre anterior). 01D108000 (Especificar nombre anterior). 01D109000 (Especificar nombre anterior). 01D110000 (Especificar nombre anterior). 01D111000 (Especificar nombre anterior). 01D112000 Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. 01D113000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). 01D114000 Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. 194 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D115000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF). 01D116000 Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). 01D117000 Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. Nota: en caso afirmativo al índice anterior, describa cómo dio cumplimiento y con qué documentación lo acredita, a través del anexo denominado información adicional del dictamen. 01D118000 Tiene accionistas residentes en el país. 01D119000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF). 01D120000 Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o accionistas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 27 del CFF). 01D121000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes. 01D122000 Tiene inventarios registrados en su contabilidad. 01D123000 En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV de la LISR). 01D124000 Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. 01D125000 Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF. 01D126000 Realizó operaciones con el público en general. 01D127000 Tiene empleados. En caso afirmativo a la pregunta del índice anterior, indique: 01D128000 Número de trabajadores. 01D129000 Total del ISR retenido y enterado por salarios. 01D130000 Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. 01D131000 Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. 01D132000 Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. 01D133000 Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. 01D134000 Creo una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR). 01D135000 En caso negativo a la pregunta del índice 01D127000, tiene algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE). En caso de tener algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE), señale el RFC y nombre de la(s) sociedad(es) que le presta(n) los servicios especializados u obras especializadas (REPSE). 01D136000 (Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE.) 01D137000 (Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE.) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 195 01D138000 (Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE.) 01D139000 (Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE.) 01D140000 (Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE.) Obtuvo ingresos por: 01D141000 Enajenación de bienes. 01D142000 Prestación de servicios. 01D143000 Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 01D144000 Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México. 01D145000 Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes fiscales preferentes. 01D146000 Otros, en caso afirmativo especificar abajo: 01D147000 (Especificar). 01D148000 (Especificar). 01D149000 (Especificar). 01D150000 Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. 01D151000 Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. 01D152000 Monto de IVA que originó dicha operación. Contabilidad 01D153000 Llevó contabilidad de conformidad con el artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. 01D154000 La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). Nota: en caso negativo al índice anterior, señale el domicilio en el cual conserva la documentación comprobatoria de los registros o asientos, a través del anexo denominado información adicional del dictamen. Para efectos del IVA indique lo siguiente: 01D155000 Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). 01D156000 Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA; 20 y 74 del RLIVA). 01D157000 Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D158000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D159000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y trasladó del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D160000 Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. 196 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Cuenta con los siguientes libros actualizados: 01D161000 Diario. 01D162000 Mayor. 01D163000 Actas de asamblea de socios o accionistas. 01D164000 Socios o accionistas. Impuesto sobre la Renta (ISR) 01D165000 Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 01D166000 Se realizaron con fines de: 01D167000 Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio. 01D168000 Monto de la pérdida deducible en el ejercicio. 01D169000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). 01D170000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). 01D171000 Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. 01D172000 El contribuyente cambió el modelo de negocios. Dio cumplimiento a las siguientes obligaciones fiscales: 01D173000 Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos de los artículos 76, fracciones II y XVII y 110, fracciones III y IV de la LISR). 01D174000 Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR). 01D175000 Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos de los artículos 76, fracción IV y 110, fracción V o en fecha distinta de acuerdo con los artículos 110 y 192 del RLISR). 01D176000 Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). 01D177000 Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). 01D178000 Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en el que se señale su monto, donde se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). 01D179000 Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervino (para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la LISR). 01D180000 Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos de los artículos 76, fracción XV y 110, fracción VII de la LISR). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 197 01D181000 Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el ejercicio inmediato anterior (para los efectos de los artículos 76, fracción XIX de la LISR y 116 del RLISR). 01D182000 Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D183000 Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140 párrafo segundo de la LISR). (ISR) obtuvo ingresos por 01D184000 Enajenación de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D185000 Prestación de servicios (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D186000 Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción II de la LISR). 01D187000 Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17, fracción III y 40 de la LISR). 01D188000 Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, segundo párrafo y 40 de la LISR). 01D189000 Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, tercer párrafo y 40 de la LISR). 01D190000 Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad práctica de cobro (para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR). 01D191000 Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para su cobro (para los efectos de los artículos 17, penúltimo párrafo de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). 01D192000 Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente pagadas (para los efectos de los artículos 17 de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). 01D193000 Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra para los efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 01D194000 Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 01D195000 Nombre del comprador 1. 01D196000 Es parte relacionada. 01D197000 Nombre del comprador 2. 01D198000 Es parte relacionada. 01D199000 Nombre del comprador 3. 01D200000 Es parte relacionada. 01D201000 Nombre del comprador 4. 01D202000 Es parte relacionada. 01D203000 Nombre del comprador 5. 01D204000 Es parte relacionada. 01D205000 Total de ingresos por venta de intangibles. 01D206000 Total del monto original de la inversión ajustado. 01D207000 Efectuó retención. 01D208000 Monto del entero por la operación. 01D209000 Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivadas pactadas fuera de mercados reconocidos. 198 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Indique lo siguiente en calidad de emisora de las acciones: 01D210000 Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. 01D211000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. 01D212000 Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. 01D213000 Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. 01D214000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. 01D215000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. 01D216000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de absorción de pérdidas financieras. Deducciones (ISR) Reunió los siguientes requisitos fiscales para sus deducciones: 01D217000 Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción de los donativos autorizados para su deducción por las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción I y 105, fracción II de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR). 01D218000 En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR). 01D219000 Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III y 105, último párrafo de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D220000 Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito o de servicios, o monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, compensaciones o a través de distintas formas de extinción de las obligaciones cuando lo señalen las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III y 105, último párrafo de la LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D221000 Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los artículos 27, fracción IV y 105, último párrafo de la LISR y 44 del RLISR). 01D222000 Ser deducidas una sola vez (para los efectos de los artículos 27, fracción IV y 105, fracción IV de la LISR). 01D223000 Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros, así como las demás formalidades establecidas (para los efectos de los artículos 27, fracción V y 105, último párrafo de la LISR). 01D224000 Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en forma expresa y por separado cuando así sea procedente (para los efectos de los artículos 27, fracción VI y 105, último párrafo de la LISR). 01D225000 En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan invertido en los fines del negocio (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 45 del RLISR). 01D226000 Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a terceros, se aplicó el tope establecido para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción VII de la LISR). 01D227000 Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a sociedades o asociaciones civiles, a los que presten servicios domésticos de suministro de agua potable y de recolección de basura y a los que obtengan donativos, fueron deducidos cuando fueron efectivamente erogados (para los efectos del artículo 27, fracción VIII de la LISR). 01D228000 En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). 01D229000 En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se llevaron a cabo (para los efectos de los artículos 27, fracción X y 105, último párrafo de la LISR). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 199 01D230000 Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones correspondientes se otorgaron en forma general en beneficio de todos los trabajadores y que tratándose de vales de despensa otorgados a trabajadores la entrega se realice a través de monederos electrónicos autorizados. (para los efectos de los artículos 7 y 27, fracción XI de la LISR y 46, 47, 48 y 50 del RLISR). 01D231000 Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito establecido en el índice anterior se comprobó que el monto de las aportaciones efectuadas haya sido igual al monto aportado por los trabajadores y no haya excedido los límites establecidos en las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción XI y 105, último párrafo de la LISR y 49 del RLISR). 01D232000 Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se consideró como no deducible el excedente (para los efectos de los artículos 27, fracción XIII y 105, último párrafo de la LISR). 01D233000 En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos legales para su importación (para los efectos de los artículos 27, fracción XIV y 105, último párrafo de la LISR y demás aplicables de las disposiciones aduaneras). 01D234000 En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas en el mes en que se consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o antes siempre que haya sido notoria la imposibilidad práctica de cobro y se puede comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción XV de la LISR). Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el anexo denominado información adicional del dictamen la causa que originó la deducción. 01D235000 Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reunieron los requisitos que para cada deducción en particular establece la LISR (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D236000 Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las disposiciones fiscales y se obtuvieron a más tardar el día en que debió presentar su declaración y que las fechas de expedición correspondieron al ejercicio por el que se efectuó la deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR). 01D237000 En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII y 105, último párrafo de la LISR). 01D238000 Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio les correspondan y se dé cumplimiento a los requisitos que lo regulan (para los efectos del artículo 27, fracción XIX de la LISR y Decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2024, modificado mediante Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2024). 01D239000 En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u otras causas no imputables al propio contribuyente, se cumplieron con los requisitos establecidos (para los efectos de los artículos 27, fracción XX de la LISR y 107, 109 y 124 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D240000 En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR. 01D241000 En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción V y 103, último párrafo de la LISR y 57 y 58 del RLISR). 01D242000 En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII y 103, último párrafo de la LISR y 60 del RLISR). 01D243000 En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por socios, accionistas o sus familiares sin relación laboral. 01D244000 En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XVII y 103 último párrafo, 121, último párrafo y 122 de la LISR y 219 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 200 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D245000 En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XX y 103, último párrafo de la LISR y 61 del RLISR). 01D246000 Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se consideró como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos de los artículos 36, fracciones II y III respectivamente y 104 de la LISR). 01D247000 Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le aplicaron a que hace referencia el artículo 28 de la LISR. 01D248000 En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR). 01D249000 En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). En caso afirmativo al índice anterior, señala lo siguiente: 01D250000 Monto de la deuda que genera intereses a cargo. 01D251000 La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años. 01D252000 La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice anterior. 01D253000 Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR. 01D254000 En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR. 01D255000 En calidad de que participó en alguna fusión: 01D256000 Fecha en que surtió efectos la fusión. En caso de ser fusionada, deberá anotar: 01D257000 Fusionante: RFC 01D258000 Fusionante: denominación o razón social En caso de ser fusionante, deberá anotar: 01D259000 Fusionada 1: RFC. 01D260000 Fusionada 1: denominación o razón social. 01D261000 Fusionada 2: RFC. 01D262000 Fusionada 2: denominación o razón social. 01D263000 Fusionada 3: RFC. 01D264000 Fusionada 3: denominación o razón social. 01D265000 Fusionada 4: RFC. 01D266000 Fusionada 4: denominación o razón social. 01D267000 Fusionada 5: RFC. 01D268000 Fusionada 5: denominación o razón social. 01D269000 Fusionada 6: RFC. 01D270000 Fusionada 6: denominación o razón social. 01D271000 Fusionada 7: RFC. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 201 01D272000 Fusionada 7: denominación o razón social. 01D273000 Fusionada 8: RFC. 01D274000 Fusionada 8: denominación o razón social. 01D275000 Fusionada 9: RFC. 01D276000 Fusionada 9: denominación o razón social. 01D277000 Fusionada 10: RFC. 01D278000 Fusionada 10: denominación o razón social. Nota: en caso de haber sido fusionante, y el espacio anterior es insuficiente, señale en el anexo denominado información adicional del dictamen: el RFC, nombre de la entidad(es) fusionada(s), fecha en que surtió efectos la fusión y el porcentaje de participación accionaria. 01D279000 En calidad de qué participó en alguna escisión: 01D280000 Fecha en que surtió efectos la escisión. 01D281000 Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. Parte del activo, pasivo y capital social correspondiente aportado por la escindente y recibido por: 01D282000 Escindida 1: RFC 01D283000 Valor activo: 01D284000 Valor pasivo: 01D285000 Valor capital social: 01D286000 Escindida 2: RFC 01D287000 Valor activo: 01D288000 Valor pasivo: 01D289000 Valor capital social: 01D290000 Escindida 3: RFC 01D291000 Valor activo: 01D292000 Valor pasivo: 01D293000 Valor capital social: 01D294000 Escindida 4: RFC 01D295000 Valor activo: 01D296000 Valor pasivo: 01D297000 Valor capital social: 01D298000 Escindida 5: RFC 01D299000 Valor activo: 01D300000 Valor pasivo: 01D301000 Valor capital social: 202 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D302000 Escindida 6: RFC 01D303000 Valor activo: 01D304000 Valor pasivo: 01D305000 Valor capital social: 01D306000 Escindida 7: RFC 01D307000 Valor activo: 01D308000 Valor pasivo: 01D309000 Valor capital social: 01D310000 Escindida 8: RFC 01D311000 Valor activo: 01D312000 Valor pasivo: 01D313000 Valor capital social: 01D314000 Escindida 9: RFC 01D315000 Valor activo: 01D316000 Valor pasivo: 01D317000 Valor capital social: 01D318000 Escindida 10: RFC 01D319000 Valor activo: 01D320000 Valor pasivo: 01D321000 Valor capital social: 01D322000 Escindente: RFC 01D323000 Valor activo: 01D324000 Valor pasivo: 01D325000 Valor capital social: En caso de liquidación, señalar: 01D326000 Fecha de inicio de la liquidación: Indique el nombre o denominación o razón social y RFC del liquidador: 01D327000 (Liquidador 1 especificar nombre, denominación o razón social). 01D328000 (Liquidador 2 especificar nombre, denominación o razón social). 01D329000 (Liquidador 3 especificar nombre, denominación o razón social). 01D330000 Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). 01D331000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 01D332000 Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). 01D333000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 203 Acreditamientos 01D334000 Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. 01D335000 Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. 01D336000 Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. 01D337000 Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. 01D338000 Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. Regímenes fiscales preferentes 01D339000 Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 24). 01D340000 Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. 01D341000 Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. 01D342000 Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. 01D343000 Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. 01D344000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. 01D345000 Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. 01D346000 Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 01D347000 Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 01D348000 Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 de la LISR. Retenciones y/o responsabilidad solidaria 01D349000 El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. 01D350000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 01D351000 Aplicó tratados para evitar la doble tributación. En caso afirmativo: 01D352000 Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. 01D353000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. 01D354000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. Impuesto al Valor Agregado Actos o actividades (IVA) 01D355000 Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las recibió en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren correspondido a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designo, o bien, cuando el interés del acreedor quedo satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones (para los efectos del artículo 1o.-B de la LIVA). 204 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D356000 Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus inventarios (para los efectos de los artículos 8 de la LIVA y 25 del RLIVA). 01D357000 Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente cobrado, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto (para los efectos de los artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del RLIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). Consideró como acto o actividad gravada la importación de los siguientes bienes o servicios: 01D358000 La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los efectos de los artículos 24, fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA). 01D359000 El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes, excepto por los derivados de transporte internacional (para los efectos de los artículos 24, fracción V de la LIVA; 48 y 49 del RLIVA). 01D360000 Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o uso o goce temporal de bienes intangibles o por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados (para los efectos de los artículos 29, fracciones II, III y IV de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA). Acreditamiento (IVA) Requisitos de acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado 01D361000 Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. 01D362000 El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables en los términos de la LISR para la realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta LIVA o a las que se les aplique la tasa de 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). 01D363000 El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente consto por separado en los comprobantes (para los efectos del artículo 5o., fracción II de la LIVA). 01D364000 El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción III de la LIVA). 01D365000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 01D366000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 01D367000 Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto, o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso a) de la LIVA). 01D368000 No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso b) de la LIVA). 01D369000 Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagar el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas que realizó en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso c) de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D370000 Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 205 01D371000 No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su destino habitual, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 2 de la LIVA). 01D372000 Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, representó en el valor total de las actividades mencionadas realizadas en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 3 de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 01D373000 En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma exclusiva a las actividades a que estaban previstas (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 4 de la LIVA). 01D374000 En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del Impuesto Acreditable (para los efectos de los artículos 5-A de la LIVA y 19 del RLIVA). 01D375000 En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). Aplicación de estímulos fiscales 01D376000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 01D377000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) 01D378000 Estuvo obligado al pago del IEPS en el ejercicio. Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte En materia de Impuesto sobre la Renta 01D379000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01180125000000 al 01180153000000 del Anexo 18). 01D380000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. 01D381000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 01D382000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 01D383000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 01D384000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 01D385000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 206 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D386000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 01D387000 Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 01D388000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado: 01D389000 (1) Correspondiente al mes de: 01D390000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D391000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D392000 (2) Correspondiente al mes de: 01D393000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D394000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D395000 (3) Correspondiente al mes de: 01D396000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D397000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D398000 (4) Correspondiente al mes de: 01D399000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D400000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D401000 (5) Correspondiente al mes de: 01D402000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D403000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D404000 (6) correspondiente al mes de: 01D405000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D406000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D407000 (7) Correspondiente al mes de: 01D408000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D409000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D410000 (8) Correspondiente al mes de: 01D411000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D412000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D413000 (9) Correspondiente al mes de: 01D414000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D415000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D416000 (10) Correspondiente al mes de: 01D417000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D418000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D419000 (11) Correspondiente al mes de: 01D420000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D421000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 207 01D422000 (12) Correspondiente al mes de: 01D423000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D424000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D425000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 01D426000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses. 01D427000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D428000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D429000 Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo siguiente: 01D430000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 01D431000 Monto del beneficio. 01D432000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D433000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 01D434000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 01D435000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. En materia de Impuesto al Valor Agregado 01D436000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D437000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo: 01D438000 (A) enajenación de bienes. 01D439000 (B) prestación de servicios independientes. 01D440000 (C) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 01D441000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D442000 Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA. 01D443000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 01D444000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 208 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D445000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. En relación a la pregunta anterior, señale el mes al que corresponde, la fecha de presentación del entero del IVA retenido y el monto pagado. 01D446000 (1) Correspondiente al mes de: 01D447000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D448000 (1) Monto pagado. 01D449000 (2) Correspondiente al mes de: 01D450000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D451000 (2) Monto pagado. 01D452000 (3) Correspondiente al mes de: 01D453000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D454000 (3) Monto pagado. 01D455000 (4) Correspondiente al mes de: 01D456000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D457000 (4) Monto pagado. 01D458000 (5) Correspondiente al mes de: 01D459000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D460000 (5) Monto pagado. 01D461000 (6) Correspondiente al mes de: 01D462000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D463000 (6) Monto pagado. 01D464000 (7) Correspondiente al mes de: 01D465000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D466000 (7) Monto pagado. 01D467000 (8) Correspondiente al mes de: 01D468000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D469000 (8) Monto pagado. 01D470000 (9) Correspondiente al mes de: 01D471000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D472000 (9) Monto pagado. 01D473000 (10) Correspondiente al mes de: 01D474000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D475000 (10) Monto pagado. 01D476000 (11) Correspondiente al mes de: 01D477000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D478000 (11) Monto pagado. 01D479000 (12) Correspondiente al mes de: 01D480000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D481000 (12) Monto pagado. 01D482000 Cuál es su moneda funcional. 01D483000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 01D484000 Es importador de un sector en específico. 01D485000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual; Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur En materia de Impuesto sobre la Renta 01D486000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01180154000000 al 01180182000000 del Anexo 18). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 209 01D487000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de ésta. 01D488000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 01D489000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 01D490000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 01D491000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 01D492000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D493000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 01D494000 Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 01D495000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado: 01D496000 (1) Correspondiente al mes de: 01D497000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D498000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D499000 (2) Correspondiente al mes de: 01D500000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D501000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D502000 (3) Correspondiente al mes de: 01D503000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D504000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D505000 (4) Correspondiente al mes de: 01D506000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D507000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D508000 (5) Correspondiente al mes de: 01D509000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D510000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D511000 (6) Correspondiente al mes de: 01D512000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D513000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D514000 (7) Correspondiente al mes de: 01D515000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D516000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D517000 (8) Correspondiente al mes de: 01D518000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 210 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D519000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D520000 (9) Correspondiente al mes de: 01D521000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D522000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D523000 (10) Correspondiente al mes de: 01D524000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D525000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D526000 (11) Correspondiente al mes de: 01D527000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D528000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D529000 (12) Correspondiente al mes de: 01D530000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 01D531000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 01D532000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 01D533000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses. 01D534000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D535000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D536000 Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo siguiente: 01D537000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 01D538000 Monto del beneficio. 01D539000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D540000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 01D541000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 01D542000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. En materia de Impuesto al Valor Agregado 01D543000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D544000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo: 01D545000 (A) enajenación de bienes. 01D546000 (B) prestación de servicios independientes. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 211 01D547000 (C) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 01D548000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D549000 Fecha en que dejó de aplicar el estímulo en materia de IVA. 01D550000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 01D551000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 01D552000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. En relación a la pregunta anterior, señale las fechas de presentación del entero del IVA retenido y los montos pagados. 01D553000 (1) Correspondiente al mes de: 01D554000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D555000 (1) Monto pagado. 01D556000 (2) Correspondiente al mes de: 01D557000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D558000 (2) Monto pagado. 01D559000 (3) Correspondiente al mes de: 01D560000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D561000 (3) Monto pagado. 01D562000 (4) Correspondiente al mes de: 01D563000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D564000 (4) Monto pagado. 01D565000 (5) Correspondiente al mes de: 01D566000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D567000 (5) Monto pagado. 01D568000 (6) Correspondiente al mes de: 01D569000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D570000 (6) Monto pagado. 01D571000 (7) Correspondiente al mes de: 01D572000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D573000 (7) Monto pagado. 01D574000 (8) Correspondiente al mes de: 01D575000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D576000 (8) Monto pagado. 01D577000 (9) Correspondiente al mes de: 01D578000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D579000 (9) Monto pagado. 01D580000 (10) Correspondiente al mes de: 01D581000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D582000 (10) Monto pagado. 01D583000 (11) Correspondiente al mes de: 01D584000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 01D585000 (11) Monto pagado. 01D586000 (12) Correspondiente al mes de: 01D587000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 212 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01D588000 (12) Monto pagado. 01D589000 Cuál es su moneda funcional. 01D590000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 01D591000 Es importador de un sector en específico. 01D592000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 1.- Estado de situación financiera Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) Activo Activo circulante Efectivo e instrumentos financieros 01010000000000 Efectivo en caja y bancos nacionales. 01010001000000 Efectivo en caja y bancos del extranjero. 01010002000000 Valores de inmediata realización nacionales. 01010003000000 Valores de inmediata realización del extranjero. 01010004000000 Inversiones en renta fija nacional. 01010005000000 Inversiones en renta fija del extranjero. 01010006000000 Otros instrumentos financieros nacionales. 01010007000000 Otros instrumentos financieros del extranjero. 01010008000000 Total de efectivo e instrumentos financieros. Cuentas por cobrar 01010009000000 Clientes nacionales (partes relacionadas). 01010010000000 Clientes nacionales (partes no relacionadas). 01010011000000 Clientes del extranjero (partes relacionadas). 01010012000000 Clientes del extranjero (partes no relacionadas). 01010013000000 Documentos por cobrar nacionales (partes relacionadas). 01010014000000 Documentos por cobrar nacionales (partes no relacionadas). 01010015000000 Documentos por cobrar del extranjero (partes relacionadas). 01010016000000 Documentos por cobrar del extranjero (partes no relacionadas). 01010017000000 Deudores diversos. 01010018000000 Estimación de cuentas incobrables. 01010019000000 Otras cuentas por cobrar nacionales (partes relacionadas). 01010020000000 Otras cuentas por cobrar nacionales (partes no relacionadas). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 213 01010021000000 Otras cuentas por cobrar del extranjero (partes relacionadas). 01010022000000 Otras cuentas por cobrar del extranjero (partes no relacionadas). 01010023000000 Total de cuentas por cobrar. Contribuciones a favor 01010024000000 Impuesto al Valor Agregado por recuperar. 01010025000000 Impuesto sobre la Renta por recuperar. 01010026000000 Otros impuestos por recuperar. 01010027000000 Total de contribuciones a favor. Inventarios 01010028000000 Productos terminados. 01010029000000 Producción en proceso. 01010030000000 Materias primas y materiales. 01010031000000 Estimación de obsolescencia. 01010032000000 Pérdida por deterioro. 01010033000000 Otros. 01010034000000 Total de inventarios. Pagos anticipados 01010035000000 Rentas pagadas por anticipado. 01010036000000 Anticipo a proveedores. 01010037000000 Otros pagos anticipados. 01010038000000 Pérdida por deterioro de pagos anticipados. 01010039000000 Total de pagos anticipados. 01010040000000 Otros activos a corto plazo. 01010041000000 Impuesto al Valor Agregado no pagado. 01010042000000 Total del activo circulante. Activo no circulante Cuentas por cobrar a largo plazo 01010043000000 Cuentas por cobrar nacionales a largo plazo (partes relacionadas). 01010044000000 Cuentas por cobrar nacionales a largo plazo (partes no relacionadas). 01010045000000 Cuentas por cobrar del extranjero a largo plazo (partes relacionadas). 01010046000000 Cuentas por cobrar del extranjero a largo plazo (partes no relacionadas). 01010047000000 Total de cuentas por cobrar a largo plazo. 214 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Pagos anticipados a largo plazo 01010048000000 Anticipo a proveedores nacionales. 01010049000000 Anticipo a proveedores del extranjero. 01010050000000 Otros pagos anticipados nacionales. 01010051000000 Otros pagos anticipados del extranjero. 01010052000000 Total de pagos anticipados a largo plazo. Inversiones permanentes 01010053000000 (Inversiones permanentes nacionales). 01010054000000 (Inversiones permanentes del extranjero). 01010055000000 Total de inversiones permanentes. Activo fijo Inmuebles, maquinaria y equipo 01010056000000 Terrenos. 01010057000000 Edificios. 01010058000000 Maquinaria. 01010059000000 Equipo de transporte. 01010060000000 Mobiliario y equipo. 01010061000000 Equipo de cómputo. 01010062000000 Otros activos fijos. 01010063000000 Total de inmuebles, maquinaria y equipo. Depreciaciones acumuladas 01010064000000 Depreciación acumulada de edificios. 01010065000000 Depreciación acumulada de maquinaria. 01010066000000 Depreciación acumulada de equipo de transporte. 01010067000000 Depreciación acumulada de mobiliario y equipo. 01010068000000 Depreciación acumulada de equipo de cómputo. 01010069000000 Depreciación acumulada de otros activos fijos. 01010070000000 Total de depreciación acumulada. Pérdida por deterioro acumulado 01010071000000 Pérdida por deterioro acumulado de edificios. 01010072000000 Pérdida por deterioro acumulado de maquinaria. 01010073000000 Pérdida por deterioro acumulado de equipo de transporte. 01010074000000 Pérdida por deterioro acumulado de mobiliario y equipo. 01010075000000 Pérdida por deterioro acumulado de equipo de cómputo. 01010076000000 Pérdida por deterioro acumulado de otros activos fijos. 01010077000000 Total de pérdida por deterioro acumulado. 01010078000000 Total de inmuebles, maquinaria y equipo neto. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 215 Activos intangibles 01010079000000 Gastos preoperativos. 01010080000000 Investigación de mercado. 01010081000000 Patentes y marcas. 01010082000000 Amortizaciones. 01010083000000 Pérdida por deterioro. 01010084000000 Otros activos intangibles. 01010085000000 Total de activos intangibles. Otros activos 01010086000000 Crédito mercantil. 01010087000000 Pérdida por deterioro. 01010088000000 Impuesto sobre la Renta diferido. 01010089000000 Participación de los trabajadores en las utilidades diferida. 01010090000000 Instrumentos financieros a largo plazo. 01010091000000 Otros activos. 01010092000000 Total de otros activos. 01010093000000 Total del activo no circulante. 01010094000000 Total del activo. Pasivo Pasivo a corto plazo Documentos por pagar 01010095000000 Nacionales (partes relacionadas). 01010096000000 Nacionales (partes no relacionadas). 01010097000000 Del extranjero (partes relacionadas). 01010098000000 Del extranjero (partes no relacionadas). 01010099000000 Total de documentos por pagar. Instrumentos financieros 01010100000000 Instrumentos financieros nacionales. 01010101000000 Instrumentos financieros del extranjero. 01010102000000 Otros nacionales. 01010103000000 Otros del extranjero. 01010104000000 Total de instrumentos financieros. Acreedores diversos 01010105000000 Nacionales (partes relacionadas). 01010106000000 Nacionales (partes no relacionadas). 01010107000000 Del extranjero (partes relacionadas). 01010108000000 Del extranjero (partes no relacionadas). 01010109000000 Total de acreedores diversos. 216 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Proveedores 01010110000000 Nacionales (partes relacionadas). 01010111000000 Nacionales (partes no relacionadas). 01010112000000 Del extranjero (partes relacionadas). 01010113000000 Del extranjero (partes no relacionadas). 01010114000000 Total de proveedores. Contribuciones por pagar 01010115000000 Impuesto sobre la Renta. 01010116000000 Impuesto al Activo. 01010117000000 Impuesto al Valor Agregado. 01010118000000 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. 01010119000000 Impuesto sobre Automóviles Nuevos. 01010120000000 Impuestos Locales. 01010121000000 Cuotas patronales seguro social. 01010122000000 Cuotas obreras seguro social. 01010123000000 Aportaciones al INFONAVIT. 01010124000000 Aportaciones al SAR. 01010125000000 Otros impuestos y contribuciones. 01010126000000 Total de contribuciones por pagar. Otros pasivos 01010127000000 Impuesto al Valor Agregado no cobrado. 01010128000000 Participación de los trabajadores en las utilidades. 01010129000000 Anticipos de clientes nacionales (partes relacionadas). 01010130000000 Anticipos de clientes nacionales (partes no relacionadas). 01010131000000 Anticipos de clientes extranjeros (partes relacionadas). 01010132000000 Anticipos de clientes extranjeros (partes no relacionadas). 01010133000000 Otras cuentas por cobrar a corto plazo nacionales (partes relacionadas). 01010134000000 Otras cuentas por cobrar a corto plazo nacionales (partes no relacionadas). 01010135000000 Otras cuentas por cobrar a corto plazo del extranjero (partes relacionadas). 01010136000000 Otras cuentas por cobrar a corto plazo del extranjero (partes no relacionadas). 01010137000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital. 01010138000000 Ingresos por realizar. 01010139000000 Otros nacionales. 01010140000000 Otros del extranjero. 01010141000000 Total de otros pasivos. 01010142000000 Porción circulante del pasivo a corto plazo de deuda financiera. 01010143000000 Total del pasivo a corto plazo. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 217 Pasivo a largo plazo Deudas a largo plazo 01010144000000 Documentos por pagar nacionales (partes relacionadas). 01010145000000 Documentos por pagar nacionales (partes no relacionadas). 01010146000000 Documentos por pagar con el extranjero (partes relacionadas). 01010147000000 Documentos por pagar con el extranjero (partes no relacionadas). 01010148000000 Otras cuentas por cobrar a largo plazo nacionales (partes relacionadas). 01010149000000 Otras cuentas por cobrar a largo plazo nacionales (partes no relacionadas). 01010150000000 Otras cuentas por cobrar a largo plazo del extranjero (partes relacionadas). 01010151000000 Otras cuentas por cobrar a largo plazo del extranjero (partes no relacionadas). 01010152000000 Instrumentos financieros a largo plazo. 01010153000000 Total de deudas a largo plazo. 01010154000000 Beneficio a empleados. Otros pasivos 01010155000000 Rentas cobradas por anticipado. 01010156000000 Impuesto sobre la Renta Diferido. 01010157000000 Participación de los trabajadores en las utilidades diferida. 01010158000000 Otros. 01010159000000 Total de otros pasivos. 01010160000000 Total de pasivo a largo plazo. 01010161000000 Total del pasivo. Capital contable 01010162000000 Capital social proveniente de aportaciones. 01010163000000 Capital social proveniente de capitalización. 01010164000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital. 01010165000000 Prima en suscripción de acciones. 01010166000000 Reserva legal. 01010167000000 Utilidad neta. 01010168000000 Pérdida neta. 01010169000000 Utilidades retenidas de ejercicios anteriores. 01010170000000 Pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores. 01010171000000 Otros resultados integrales (deudor). 01010172000000 Otros resultados integrales (acreedor). 218 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01010173000000 Exceso en la actualización del capital contable. 01010174000000 Insuficiencia en la actualización del capital contable. 01010175000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 01010176000000 Otras cuentas de capital acreedoras. 01010177000000 Otras cuentas de capital deudoras. 01010178000000 Total del capital contable. 01010179000000 Total del pasivo y del capital contable. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal) Porcentaje en relación con el total del activo (ejercicio fiscal anterior) Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Explicar variación Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 2.- Estado de resultado integral Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Total 2025 Partes relacionadas 2025 (Cifras en pesos) Nota: Para el llenado de este anexo es necesario capturar primero la información de los anexos 5, 6 (cuando se esté obligado al llenado de este anexo), 7 y 8. 01020000000000 Total de ventas o ingresos netos. Menos: 01020001000000 Costo de ventas. 01020002000000 Pérdida bruta. 01020003000000 Utilidad bruta. Menos: Gastos de operación 01020004000000 Gastos generales. 01020005000000 Gastos de administración. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 219 01020006000000 Gastos de venta. 01020007000000 Total. 01020008000000 Pérdida de operación. 01020009000000 Utilidad de operación. Más (menos): Resultado integral de financiamiento 01020010000000 Intereses a favor. 01020011000000 Intereses a cargo. 01020012000000 Intereses moratorios a favor. 01020013000000 Intereses moratorios a cargo. 01020014000000 Utilidad cambiaria. 01020015000000 Pérdida cambiaria. 01020016000000 Resultado por posición monetaria favorable. 01020017000000 Resultado por posición monetaria desfavorable. 01020018000000 Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros deudor. 01020019000000 Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros acreedor. 01020020000000 Otros conceptos financieros a favor. 01020021000000 Otros conceptos financieros a cargo. 01020022000000 Total. Más (menos): Participación en la utilidad o pérdida neta de otras entidades 01020023000000 Pérdida neta por participación en los resultados de subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios conjuntos. 01020024000000 Utilidad neta por participación en los resultados de subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios conjuntos. 01020025000000 Pérdida antes de Impuestos a la Utilidad. 01020026000000 Utilidad antes de Impuestos a la Utilidad. Menos: Impuestos a la Utilidad 01020027000000 Impuesto sobre la Renta. 01020028000000 Impuesto sobre la Renta Diferido. 01020029000000 Otras provisiones. 01020030000000 Total. Más (menos): 220 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Otros ingresos (gastos) 01020031000000 Reversión del deterioro del crédito mercantil. 01020032000000 Reversión del deterioro de los demás activos de larga duración. 01020033000000 Operaciones discontinuadas favorables. 01020034000000 Operaciones discontinuadas desfavorables. 01020035000000 Total otros ingresos (gastos), neto. 01020036000000 Pérdida neta. 01020037000000 Utilidad neta. Más (menos): Otros resultados integrales 01020038000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras favorables. 01020039000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras desfavorables. 01020040000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros favorable. 01020041000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros desfavorable. 01020042000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros favorable. 01020043000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros desfavorable. 01020044000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas favorables. 01020045000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas desfavorables. 01020046000000 Impuestos a la Utilidad de otros resultados integrales. 01020047000000 PTU de otros resultados integrales. 01020048000000 Otros. 01020049000000 Suma de otros resultados integrales. 01020050000000 Resultado integral deudor. 01020051000000 Resultado integral acreedor. 01020052000000 Utilidad básica por acción ordinaria. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Partes no relacionadas 2025 Total 2024 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 221 Este anexo consta de 19 columnas y está dividido en cuatro partes Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 3.- Estado de cambios en el capital contable Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Capital social: proveniente de aportaciones Capital social: proveniente de capitalización (Cifras en pesos) 01030000000000 (Saldos al 1 de enero de 2024 previamente reportados). 01030001000000 Ajuste por aplicación retrospectiva por cambios contables y correcciones de errores. 01030002000000 (Saldos al 1 de enero de 2024 ajustados). 01030003000000 Aportaciones de capital. 01030004000000 Reembolsos de capital. 01030005000000 Dividendos pagados. 01030006000000 Dividendos en acciones. 01030007000000 Cambios en la participación controladora que no implican pérdidas de control. 01030008000000 (Utilidad neta de 2024). 01030009000000 (Pérdida neta de 2024). 01030010000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 01030011000000 Recompra de acciones. 01030012000000 Efecto de valuación de ejercicio de instrumentos financieros. 01030013000000 Efecto de conversión del ejercicio de operaciones extranjeras. 01030014000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras favorables. 01030015000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras desfavorables. 01030016000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros favorable. 01030017000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros desfavorable. 01030018000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros favorable. 01030019000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros desfavorable. 01030020000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas favorables. 222 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01030021000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas desfavorables. 01030022000000 Impuestos a la utilidad de otros resultados integrales. 01030023000000 PTU de otros resultados integrales. 01030024000000 Otros. 01030025000000 (Saldos al 31 de diciembre de 2024). 01030026000000 (Saldos al 1 de enero de 2025 previamente reportados). 01030027000000 Ajuste por aplicación retrospectiva por cambios contables y correcciones de errores. 01030028000000 (Saldos al 1 de enero de 2025 ajustados). 01030029000000 Aportaciones de capital. 01030030000000 Reembolsos de capital. 01030031000000 Dividendos pagados. 01030032000000 Dividendos en acciones. 01030033000000 Cambios en la participación controladora que no implican pérdidas de control. 01030034000000 (Utilidad neta de 2025). 01030035000000 (Pérdida neta de 2025). 01030036000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 01030037000000 Recompra de acciones. 01030038000000 Efecto de valuación del ejercicio de instrumentos financieros. 01030039000000 Efecto de conversión del ejercicio de operaciones extranjeras. 01030040000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras favorables. 01030041000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras desfavorables. 01030042000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros favorable. 01030043000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros desfavorable. 01030044000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros favorable. 01030045000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros desfavorable. 01030046000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas favorables. 01030047000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas desfavorables. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 223 01030048000000 Impuestos a la Utilidad de otros resultados integrales. 01030049000000 PTU de otros resultados integrales. 01030050000000 Otros. 01030051000000 (Saldos al 31 de diciembre de 2025). Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Aportaciones para futuros aumentos de capital Prima en suscripción de acciones Reserva legal Utilidad neta Pérdida neta Parte III Datos a proporcionar Utilidades retenidas de ejercicios anteriores Pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores Otros resultados integrales (deudor) Otros resultados integrales (acreedor) Exceso en la actualización del capital contable Parte IV Datos a proporcionar Insuficiencia en la actualización del capital contable Resultado por tenencia de activos no monetarios Otras cuentas de capital acreedoras Otras cuentas de capital deudoras Total del capital contable Índice Concepto Datos a proporcionar 4.- Estado de flujos de efectivo Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) Conforme al método indirecto Actividades de operación 01040000000000 Utilidad antes de Impuestos a la Utilidad. 01040001000000 Pérdida antes de Impuestos a la Utilidad. Partidas relacionadas con actividades de inversión 01040002000000 Depreciaciones y amortizaciones. 01040003000000 Pérdida por deterioro de activos. 01040004000000 Utilidad por venta de activo fijo y terreno. 01040005000000 Intereses a favor. 01040006000000 Dividendos cobrados. 224 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01040007000000 Otras partidas relacionadas con actividades de inversión. 01040008000000 Suma de partidas relacionadas con actividades de inversión. Partidas relacionadas con actividades de financiamiento 01040009000000 Intereses a cargo. 01040010000000 Otras partidas relacionadas con actividades de financiamiento. 01040011000000 Suma de partidas relacionadas con actividades de financiamiento. Más (menos): 01040012000000 Incremento en cuentas por cobrar y otros. 01040013000000 Disminución en inventarios. 01040014000000 Disminución en proveedores. 01040015000000 Impuesto sobre la Renta Pagado. 01040016000000 Otras partidas. 01040017000000 Flujos netos de efectivo de actividades de operación. Actividades de inversión 01040018000000 Negocio adquirido (crédito mercantil y/o comercial). 01040019000000 Intereses cobrados. 01040020000000 Dividendos cobrados. 01040021000000 Adquisición de activo fijo y terreno. 01040022000000 Cobros por venta de activo fijo y terreno. 01040023000000 Adquisición de acciones. 01040024000000 Adquisición de activos intangibles. 01040025000000 Adquisición de otros activos. 01040026000000 Otras partidas relacionadas con actividades de inversión. 01040027000000 Flujos netos de efectivo de actividades de inversión. 01040028000000 Efectivo excedente para aplicar en actividades de financiamiento (resultado positivo). 01040029000000 Efectivo a obtener de actividades de financiamiento (resultado negativo). Actividades de financiamiento 01040030000000 Entrada de efectivo por emisión de capital. 01040031000000 Entrada de efectivo por aportaciones para futuros aumentos de capital. 01040032000000 Obtención de préstamos con partes relacionadas. 01040033000000 Obtención de préstamos con partes no relacionadas. 01040034000000 Pago de pasivos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 225 01040035000000 Pago de préstamos con partes relacionadas. 01040036000000 Pago de préstamos con partes no relacionadas. 01040037000000 Pago de pasivos derivados de arrendamiento financiero. 01040038000000 Intereses pagados. 01040039000000 Pago de dividendos. 01040040000000 Emisión de deuda. 01040041000000 Otras partidas relacionadas con actividades de financiamiento. 01040042000000 Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento. 01040043000000 Incremento neto de efectivo y demás equivalentes de efectivo. Efectos por cambios en el valor del efectivo 01040044000000 Efectos por cambios en el valor del efectivo por conversión de los saldos y flujos de efectivo de sus operaciones extranjeras, a la moneda de informe. 01040045000000 Efectos por cambios en el valor del efectivo por inflación asociado con los saldos y flujos de efectivo de entidades que conforman la entidad económica consolidada. 01040046000000 Otros efectos por cambios en el valor del efectivo. 01040047000000 Total de efectos por cambios en el valor del efectivo. 01040048000000 Efectivo al principio del periodo. 01040049000000 Efectivo al final del periodo. Conforme al método directo Actividades de operación 01040050000000 Cobro a clientes. 01040051000000 Pagos a proveedores. 01040052000000 Pago a empleados y otros proveedores de bienes y servicios. 01040053000000 Impuesto sobre la Renta pagado. 01040054000000 Otras actividades de operación. 01040055000000 Flujos netos de efectivo de actividades de operación. Actividades de inversión 01040056000000 Negocio adquirido (crédito mercantil y/o comercial). 01040057000000 Intereses cobrados. 01040058000000 Dividendos cobrados. 01040059000000 Adquisición de activo fijo y terreno. 01040060000000 Cobros por venta de activo fijo y terreno. 01040061000000 Adquisición de acciones. 226 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01040062000000 Adquisición de activos intangibles. 01040063000000 Adquisición de otros activos. 01040064000000 Otras partidas relacionadas con actividades de inversión. 01040065000000 Flujos netos de efectivo de actividades de inversión. 01040066000000 Efectivo excedente para aplicar en actividades de financiamiento (resultado positivo). 01040067000000 Efectivo a obtener de actividades de financiamiento (resultado negativo). Actividades de financiamiento 01040068000000 Entrada de efectivo por emisión de capital. 01040069000000 Entrada de efectivo por aportaciones para futuros aumentos de capital. 01040070000000 Obtención de préstamos con partes relacionadas. 01040071000000 Obtención de préstamos con partes no relacionadas. 01040072000000 Pago de pasivos. 01040073000000 Pago de préstamos con partes relacionadas. 01040074000000 Pago de préstamos con partes no relacionadas. 01040075000000 Pago de pasivos derivados de arrendamiento financiero. 01040076000000 Intereses pagados. 01040077000000 Pago de dividendos. 01040078000000 Emisión de deuda. 01040079000000 Otras partidas relacionadas con actividades de financiamiento. 01040080000000 Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento. 01040081000000 Incremento neto de efectivo y demás equivalentes de efectivo. Efectos por cambios en el valor del efectivo 01040082000000 Efectos por cambios en el valor del efectivo por conversión de los saldos y flujos de efectivo de sus operaciones extranjeras, a la moneda de informe. 01040083000000 Efectos por cambios en el valor del efectivo por inflación asociado con los saldos y flujos de efectivo de entidades que conforman la entidad económica consolidada. 01040084000000 Otros efectos por cambios en el valor del efectivo. 01040085000000 Total de efectos por cambios en el valor del efectivo. 01040086000000 Efectivo al principio del periodo. 01040087000000 Efectivo al final del periodo. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Concepto 4.1.- Notas a los estados financieros Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 227 Este anexo consta de 17 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) 01050000000000 Ventas totales a nacionales de inventarios producidos. 01050001000000 Ventas totales al extranjero de inventarios producidos. 01050002000000 Total de ventas de inventarios producidos. 01050003000000 Ventas totales a nacionales de inventarios adquiridos para su distribución. 01050004000000 Ventas totales al extranjero de inventarios adquiridos para su distribución. 01050005000000 Total de ventas de inventarios para su distribución. 01050006000000 Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre ventas nacionales. 01050007000000 Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre ventas al extranjero. 01050008000000 Ventas netas. Ingresos netos por: 01050009000000 Servicios en general nacionales. 01050010000000 Servicios en general del extranjero. 01050011000000 Maquila nacionales. 01050012000000 Maquila al extranjero. 01050013000000 Servicios administrativos nacionales. 01050014000000 Servicios administrativos del extranjero. 01050015000000 Seguros y reaseguros nacionales. 01050016000000 Seguros y reaseguros del extranjero. 01050017000000 Comisiones nacionales. 01050018000000 Comisiones del extranjero. 01050019000000 Regalías nacionales. 01050020000000 Regalías del extranjero. 01050021000000 Asistencia técnica nacionales. 01050022000000 Asistencia técnica del extranjero. 01050023000000 Arrendamiento nacionales. 01050024000000 Arrendamiento del extranjero. 01050025000000 Ganancia en enajenación de acciones. 01050026000000 Ganancia en enajenación de activo fijo. 01050027000000 Ganancia en enajenación de activos intangibles. 01050028000000 Ganancia en enajenación de terrenos. 01050029000000 Recuperación de cuentas incobrables. 01050030000000 Recuperación por seguros. 01050031000000 Dividendos provenientes de residentes en el país. 01050032000000 Dividendos provenientes de residentes en el extranjero. 01050033000000 Otros. 01050034000000 Total de ingresos netos. 01050035000000 Total de ventas o ingresos netos. 01050036000000 Ajuste por actualización. 01050037000000 Total de ventas o ingresos netos actualizados. 228 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte II Datos a proporcionar Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal) Porcentaje en relación con el total de ventas o ingresos netos actualizado (ejercicio fiscal anterior) Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Explicar variación Parte III Datos a proporcionar Partes relacionadas 2025 Partes no relacionadas 2025 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Parte IV Datos a proporcionar Total acumulables para ISR 2025 Total no acumulables para ISR 2025 Total acumulables para ISR 2024 Total no acumulables para ISR 2024 Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Índice Concepto Datos a proporcionar 6.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Total 2025 Partes relacionadas 2025 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya elegido algún tipo de sistema de costeo en el índice “01D029000” del anexo de datos generales. Conforme al sistema de costeo absorbente, sobre la base de costos históricos o predeterminados para efectos fiscales y con los métodos de valuación de costo de adquisición y costo estándar para efectos contables 01060000000000 Inventario inicial de materia prima. Más: 01060001000000 Compras nacionales de materia prima. 01060002000000 Compras importación de materia prima. Menos: 01060003000000 Inventario final de materia prima. 01060004000000 Materia prima directa utilizada para la producción. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 229 Más: 01060005000000 Mano de obra directa. 01060006000000 Costo primo de la producción. Más: 01060007000000 Materia prima indirecta. 01060008000000 Mano de obra indirecta. 01060009000000 Gastos de fabricación. 01060010000000 Costo de producción. Más: 01060011000000 Inventario inicial de producción en proceso. 01060012000000 Compras de producción en proceso. Menos: 01060013000000 Inventario final de producción en proceso. 01060014000000 Costo de producción terminada. Más: 01060015000000 Inventario inicial de productos terminados. 01060016000000 Compras de productos terminados. Menos: 01060017000000 Inventario final de productos terminados. 01060018000000 Efecto ueps eliminado del costo de ventas. 01060019000000 Otros conceptos de costo de ventas. 01060020000000 Costo de ventas contable. 01060021000000 Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF B- 10. 01060022000000 Costo de lo vendido contable histórico. Menos: 01060023000000 Compras de materias primas, producción en proceso y terminada no deducibles. 01060024000000 Mano de obra no deducible. 01060025000000 Gastos de fabricación no deducibles. 01060026000000 Depreciación contable en gastos de fabricación. 01060027000000 Otros conceptos no deducibles. Más: 01060028000000 Depreciación fiscal de inversiones relacionadas con la producción. 01060029000000 Otros conceptos deducibles. 01060030000000 Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta. 230 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Conforme a un sistema distinto al anterior 01060031000000 Gastos de fabricación. 01060032000000 Otros conceptos de costo de ventas. 01060033000000 Costo de ventas contable. 01060034000000 Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF B- 10. 01060035000000 Costo de lo vendido contable histórico. Menos: 01060036000000 Conceptos no deducibles sin incluir depreciación. 01060037000000 Depreciación contable. Más: 01060038000000 Depreciación fiscal. 01060039000000 Otros conceptos deducibles. 01060040000000 Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta. Parte II Datos a proporcionar Partes no relacionadas 2025 Total 2024 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Este anexo consta de 56 columnas y está dividido en doce partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Gastos de fabricación 2025 Gastos de fabricación 2024 (Cifras en pesos) Remuneraciones 01070000000000 Sueldos y salarios. 01070001000000 Compensaciones. 01070002000000 Horas extras. 01070003000000 Vacaciones. 01070004000000 Prima vacacional. 01070005000000 Gratificaciones. 01070006000000 Indemnizaciones. 01070007000000 Participación de los trabajadores en las utilidades causada. 01070008000000 Participación de los trabajadores en las utilidades diferida. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 231 01070009000000 Sueldos, salarios y prestaciones a trabajadores con discapacidad y/o adultos mayores. 01070010000000 Otras remuneraciones. 01070011000000 Total de remuneraciones. Prestaciones al personal 01070012000000 Prestaciones de retiro. 01070013000000 Estímulos al personal. 01070014000000 Previsión social. 01070015000000 Aportaciones para plan de jubilación. 01070016000000 Otras prestaciones. 01070017000000 Total de prestaciones al personal. Impuestos y aportaciones sobre sueldos y salarios 01070018000000 Cuotas al IMSS. 01070019000000 Aportaciones al INFONAVIT. 01070020000000 Impuesto sobre nóminas. 01070021000000 Seguro de retiro. 01070022000000 Otros impuestos y aportaciones. 01070023000000 Total de impuestos y aportaciones sobre sueldos y salarios. Honorarios 01070024000000 A personas físicas residentes en el país. 01070025000000 A personas morales residentes en el país. 01070026000000 A residentes en el extranjero. 01070027000000 Subtotal. 01070028000000 Al consejo de administración. 01070029000000 Total de honorarios. Arrendamientos 01070030000000 A personas físicas residentes en el país. 01070031000000 A personas morales residentes en el país. 01070032000000 A residentes en el extranjero. 01070033000000 Total de arrendamientos. Depreciaciones y amortizaciones 01070034000000 (Depreciaciones). 01070035000000 Total de depreciaciones. 01070036000000 (Amortizaciones). 01070037000000 Total de amortizaciones. Otros gastos 01070038000000 Combustibles y lubricantes. 01070039000000 Correos. 01070040000000 Internet. 232 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01070041000000 Viáticos y gastos de viaje. 01070042000000 Gastos de representación. 01070043000000 Teléfono. 01070044000000 Agua. 01070045000000 Electricidad. 01070046000000 Vigilancia y limpieza. 01070047000000 Materiales de oficina. 01070048000000 Gastos legales. 01070049000000 Mantenimiento y conservación. 01070050000000 Seguros y fianzas. 01070051000000 Gastos no deducibles. 01070052000000 Otros impuestos y derechos. 01070053000000 Recargos fiscales. 01070054000000 Cuotas y suscripciones. 01070055000000 Propaganda y publicidad. 01070056000000 Fotocopiado. 01070057000000 Donativos. 01070058000000 Asistencia técnica. 01070059000000 Fletes y acarreos pagados a personas físicas. 01070060000000 Fletes y acarreos pagados a personas morales. 01070061000000 Impuesto de importación. 01070062000000 Impuesto de exportación. 01070063000000 Regalías sin retención. 01070064000000 Regalías sujetas al 5%. 01070065000000 Regalías sujetas al 10%. 01070066000000 Regalías sujetas al 25%. 01070067000000 Regalías sujetas al 35%. 01070068000000 Comisiones sobre ventas. 01070069000000 Patentes y marcas. 01070070000000 Materias primas de producción. 01070071000000 Materiales auxiliares de producción. 01070072000000 Maquilas. 01070073000000 Comisiones bancarias. 01070074000000 Pérdida en venta de terrenos. 01070075000000 Pérdida en venta de edificios y construcciones. 01070076000000 Pérdida en venta de maquinaria. 01070077000000 Pérdida en venta de equipo de transporte. 01070078000000 Pérdida en venta de mobiliario y equipo. 01070079000000 Pérdida en venta de equipo de cómputo. 01070080000000 Pérdida en enajenación de acciones. 01070081000000 Pérdida por deterioro de activos. 01070082000000 Pérdida por créditos incobrables. 01070083000000 Consumo en restaurantes. 01070084000000 Pérdida por operaciones financieras derivadas. 01070085000000 Deducción por concepto de ayuda alimentaria para los trabajadores. 01070086000000 Uso o goce temporal de automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos con motor de combustión interna o accionado por hidrógeno. 01070087000000 Monto deducible de los pagos efectuados por el uso o goce temporal de automóviles. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 233 01070088000000 Otros. 01070089000000 Total de otros gastos. 01070090000000 Total de gastos. 01070091000000 Efecto de reexpresión. 01070092000000 Total de gastos actualizado. Parte II Datos a proporcionar Gastos de fabricación: porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal) Gastos de fabricación: porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal anterior) Gastos de fabricación: variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Gastos de fabricación: porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Gastos de fabricación: explicar variación Parte III Datos a proporcionar Gastos de fabricación: partes relacionadas 2025 Gastos de fabricación: partes no relacionadas 2025 Gastos de fabricación: partes relacionadas 2024 Gastos de fabricación: partes no relacionadas 2024 Parte IV Datos a proporcionar Gastos de venta 2025 Gastos de venta 2024 Gastos de venta: porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal) Gastos de venta: porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal anterior) Gastos de venta: variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Parte V Datos a proporcionar Gastos de venta: porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Gastos de venta: explicar variación Gastos de venta: partes relacionadas 2025 Gastos de venta: partes no relacionadas 2025 Gastos de venta: partes relacionadas 2024 Gastos de venta: partes no relacionadas 2024 Parte VI Datos a proporcionar Gastos de administración 2025 Gastos de administración 2024 Gastos de administración: porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal) Gastos de administración: porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal anterior) Gastos de administración: variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior 234 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte VII Datos a proporcionar Gastos de administración: porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Gastos de administración: explicar variación Gastos de administración: partes relacionadas 2025 Gastos de administración: partes no relacionadas 2025 Gastos de administración: partes relacionadas 2024 Parte VIII Datos a proporcionar Gastos de administración: partes no relacionadas 2024 Gastos generales 2025 Gastos generales 2024 Gastos generales: porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal) Gastos generales: porcentaje en relación con el total de gastos actualizado (ejercicio fiscal anterior) Parte IX Datos a proporcionar Gastos generales: variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Gastos generales: porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Gastos generales: explicar variación Gastos generales: partes relacionadas 2025 Gastos generales: partes no relacionadas 2025 Parte X Datos a proporcionar Gastos generales: partes relacionadas 2024 Gastos generales: partes no relacionadas 2024 Total 2025 Total 2024 Total partes relacionadas 2025 Total partes no relacionadas 2025 Parte XI Datos a proporcionar Total partes relacionadas 2024 Total partes no relacionadas 2024 Total deducibles para ISR 2025 Total deducibles para ISR 2024 Parte XII Datos a proporcionar Total no deducibles para ISR 2025 Total no deducibles para ISR 2024 Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 235 Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 8.- Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 Partes relacionadas 2025 (Cifras en pesos) Intereses a favor Nacionales 01080000000000 Bancarios. 01080001000000 Personas físicas. 01080002000000 Personas morales. 01080003000000 Efecto de reexpresión. 01080004000000 Total intereses a favor nacionales. Extranjeros 01080005000000 Bancarios. 01080006000000 Personas físicas. 01080007000000 Personas morales. 01080008000000 Efecto de reexpresión. 01080009000000 Total intereses a favor del extranjero. 01080010000000 Total de intereses a favor. Intereses a cargo Nacionales 01080011000000 Bancarios. 01080012000000 Personas físicas. 01080013000000 Personas morales. 01080014000000 Efecto de reexpresión. 01080015000000 Total intereses a cargo nacionales. Extranjeros 01080016000000 Bancarios. 01080017000000 Personas físicas. 01080018000000 Personas morales. 01080019000000 Efecto de reexpresión. 01080020000000 Total intereses a cargo del extranjero. 01080021000000 Total de intereses a cargo. 236 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Intereses moratorios a favor Nacionales 01080022000000 Nacionales. 01080023000000 Efecto de reexpresión. 01080024000000 Total intereses moratorios a favor nacionales. Extranjeros 01080025000000 Extranjeros. 01080026000000 Efecto de reexpresión. 01080027000000 Total intereses moratorios a favor del extranjero. 01080028000000 Total de intereses moratorios a favor. Intereses moratorios a cargo Nacionales 01080029000000 Nacionales. 01080030000000 Efecto de reexpresión. 01080031000000 Total intereses moratorios a cargo nacionales. Extranjeros 01080032000000 Extranjeros. 01080033000000 Efecto de reexpresión. 01080034000000 Total intereses moratorios a cargo del extranjero. 01080035000000 Total de intereses moratorios a cargo. Resultado cambiario 01080036000000 Pérdida cambiaria. 01080037000000 Efecto de reexpresión. 01080038000000 Total de pérdida cambiaria. 01080039000000 Utilidad cambiaria. 01080040000000 Efecto de reexpresión. 01080041000000 Total de utilidad cambiaria. 01080042000000 Total de resultado cambiario. Resultado por posición monetaria 01080043000000 Resultado por posición monetaria favorable. 01080044000000 Efecto de reexpresión. 01080045000000 Total de resultado por posición monetaria favorable. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 237 01080046000000 Resultado por posición monetaria desfavorable. 01080047000000 Efecto de reexpresión. 01080048000000 Total de resultado por posición monetaria desfavorable 01080049000000 Total de resultado por posición monetaria. Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros 01080050000000 Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros deudor. 01080051000000 Efecto de reexpresión. 01080052000000 Total de cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros deudor. 01080053000000 Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros acreedor. 01080054000000 Efecto de reexpresión. 01080055000000 Total de cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros acreedor. 01080056000000 Total de cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros. Otros conceptos financieros Otros a favor Nacionales 01080057000000 Nacionales. 01080058000000 Efecto de reexpresión. 01080059000000 Total de otros a favor nacionales. Extranjero 01080060000000 Extranjero. 01080061000000 Efecto de reexpresión. 01080062000000 Total de otros a favor del extranjero. 01080063000000 Total de otros a favor. Otros a cargo Nacionales 01080064000000 Nacionales. 01080065000000 Efecto de reexpresión. 01080066000000 Total de otros a cargo nacionales. 238 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Extranjero 01080067000000 Extranjeros. 01080068000000 Efecto de reexpresión. 01080069000000 Total de otros a cargo del extranjero. 01080070000000 Total de otros a cargo. 01080071000000 Total de otros conceptos financieros. 01080072000000 Total de resultado integral de financiamiento. Parte II Datos a proporcionar Partes no relacionadas 2025 2024 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Parte III Datos a proporcionar Acumulables o deducibles para ISR 2025 Acumulables o deducibles para ISR 2024 No acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2025 No acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2024 Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Base gravable Tasa, tarifa o cuota (Cifras en pesos) Contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo Impuesto sobre la Renta (ISR) 01090000000000 Impuesto sobre la Renta. 01090001000000 Otras reducciones del ISR. 01090002000000 ISR causado en el ejercicio. 01090003000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por proyectos en investigación y desarrollo tecnológico autorizado en ejercicios anteriores. 01090004000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional de ejercicios anteriores. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 239 01090005000000 Estímulo por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional. 01090006000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal a proyectos de inversión en las artes de ejercicios anteriores. 01090007000000 Estímulo a proyectos de inversión en las artes. 01090008000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2025. 01090009000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2024. 01090010000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2023. 01090011000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2022. 01090012000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2021. 01090013000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2020. 01090014000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2019. 01090015000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2018. 01090016000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2017. 01090017000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2016. 01090018000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2015. 01090019000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2014. 01090020000000 Monto pendiente de aplicar por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico". 01090021000000 Estímulo por la inversión en proyectos y programas para el deporte de alto rendimiento. 01090022000000 Monto pendiente de aplicar por la inversión en proyectos y programas para el deporte de alto rendimiento. 01090023000000 Ingresos obtenidos por apoyos gubernamentales. 01090024000000 Monto pendiente de aplicar del estímulo por la inversión en equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos. 01090025000000 Monto del estímulo fiscal por biodiesel y sus mezclas. 01090026000000 Otros estímulos. 01090027000000 Total de estímulos. 01090028000000 Pagos provisionales efectuados enterados a la federación. 01090029000000 ISR retenido al contribuyente. 01090030000000 ISR acreditable pagado en el extranjero. 01090031000000 ISR acreditable por dividendos o utilidades distribuidos. 01090032000000 Otras cantidades a cargo. 01090033000000 Otras cantidades a favor. 01090034000000 Diferencia a cargo. 01090035000000 Diferencia a favor. 01090036000000 Impuesto sobre la Renta a cargo del ejercicio. 01090037000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018, aplicado en el ejercicio 2025. 240 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01090038000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado en el ejercicio 2025. 01090039000000 Impuesto sobre la Renta pagado en declaraciones anual, normal y complementarias. 01090040000000 Diferencia a cargo del ejercicio. 01090041000000 ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU. 01090042000000 Saldo a favor del ejercicio. Otros datos 01090043000000 Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. 01090044000000 Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE. 01090045000000 Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos provenientes de CUFINRE. Persona física. 01090046000000 Otros ingresos manifestados como persona física. Impuesto al Valor Agregado (IVA) 01090047000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%. 01090048000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 0%. 01090049000000 Suma del valor de los actos o actividades gravados. 01090050000000 Valor de los actos o actividades por los que no se está obligado al pago (exentos). 01090051000000 Total del valor de los actos o actividades. 01090052000000 Valor de los actos o actividades no objeto. 01090053000000 Suma del IVA causado de los meses del ejercicio. 01090054000000 Suma del IVA acreditable de los meses del ejercicio sin incluir saldos a favor. 01090055000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018, aplicado en el ejercicio 2025. 01090056000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado en el ejercicio 2025. 01090057000000 Suma de compensaciones aplicadas al IVA de otras contribuciones federales en los meses del ejercicio. 01090058000000 Suma de acreditamientos de saldos a favor de IVA. 01090059000000 Suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 241 01090060000000 Acreditamiento del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5, fracción VI y 5-B, segundo párrafo de la LIVA). 01090061000000 Incremento del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5, fracción VI y 5-B, segundo párrafo de la LIVA). 01090062000000 Reintegro del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5, fracción VI y 5-B, segundo párrafo de la LIVA). 01090063000000 Monto de los servicios de tecnologías de la información prestados en el extranjero considerados como exportados y sujetos a la tasa del 0% del IVA (para los efectos del artículo 29, fracción IV, inciso I) de la LIVA). Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) 01090064000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 3 % (redes públicas de telecomunicaciones). 01090065000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 25 % (bebidas energizantes, así como concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energizantes). 01090066000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 26.5 % (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de hasta 14°G.L.). 01090067000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de más de 14°G.L. y hasta 20°G.L.). 01090068000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30 % (juegos con apuestas y sorteos). 01090069000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30.4 % (tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano). 01090070000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 50 % (alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables). 01090071000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 53 % (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de más de 20°G.L.). 01090072000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 160% (tabacos labrados, cigarros). 01090073000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 160% (tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados). 01090074000000 Valor de los actos o actividades gravados a otras tasas. 01090075000000 Suma del valor de los actos o actividades gravados. 01090076000000 Valor de los actos o actividades por los que no se está obligado al pago (exentos). 01090077000000 Total del valor de los actos o actividades. 01090078000000 Total de litros enajenados de bebidas saborizadas. 01090079000000 Monto total de enajenaciones de plaguicidas categorías 1 y 2 a la tasa del 9%. 01090080000000 Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 3 a la tasa del 7%. 242 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01090081000000 Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 4 a la tasa del 6%. 01090082000000 Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 5. 01090083000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de botanas a la tasa del 8%. 01090084000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de productos de confitería a la tasa del 8%. 01090085000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de chocolate y demás productos derivados del cacao a la tasa del 8%. 01090086000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de flanes y pudines a la tasa del 8%. 01090087000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de dulces de frutas y hortalizas a la tasa del 8%. 01090088000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de cremas de cacahuate y avellanas a la tasa del 8%. 01090089000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de dulces de leche a la tasa del 8%. 01090090000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de alimentos preparados a base de cereales a la tasa del 8%. 01090091000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de helados, nieves y paletas de hielo a la tasa del 8%. 01090092000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de propano (cuota de $9.7551 por litro). 01090093000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de butano (cuota de $12.6241 por litro). 01090094000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de gasolinas y gasavión (cuota de $17.1107 por litro). 01090095000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de turbosina y otros kerosenos (cuota de $20.4363 por litro). 01090096000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de diésel (cuota de $20.7623 por litro). 01090097000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de combustóleo (cuota de $22.1578 por litro). 01090098000000 Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de coque de petróleo (cuota de $25.7183 por tonelada). 01090099000000 Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de coque de carbón (cuota de $60.2921 por tonelada). 01090100000000 Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de carbón mineral (cuota de $45.3984 por tonelada). 01090101000000 Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de otros combustibles fósiles (cuota de $65.6262 por tonelada). 01090102000000 Suma del IEPS causado de los meses del ejercicio. 01090103000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 25 % (bebidas energizantes, así como concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energizantes). 01090104000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 26.5 % (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de hasta 14°G.L.). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 243 01090105000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 30 % (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de más de 14°G.L. y hasta 20°G.L.). 01090106000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 30.4 % (tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano). 01090107000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 53 % (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de más de 20°G.L.). 01090108000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 160% (tabacos labrados, cigarros). 01090109000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 160% (tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados). 01090110000000 Valor de los actos o actividades importados a otras tasas. 01090111000000 Suma del valor de los actos o actividades importados. 01090112000000 Total de litros importados de bebidas saborizadas. 01090113000000 Monto total de importaciones de plaguicidas categorías 1 y 2 a la tasa del 9%. 01090114000000 Monto total de importaciones de plaguicidas categoría 3 a la tasa del 7%. 01090115000000 Monto total de importaciones de plaguicidas categoría 4 a la tasa del 6%. 01090116000000 Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 5. 01090117000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de botanas a la tasa del 8%. 01090118000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de productos de confitería a la tasa del 8%. 01090119000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de chocolate y demás productos derivados del cacao a la tasa del 8%. 01090120000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de flanes y pudines a la tasa del 8%. 01090121000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de dulces de frutas y hortalizas a la tasa del 8%. 01090122000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de cremas de cacahuate y avellanas a la tasa del 8%. 01090123000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de dulces de leche a la tasa del 8%. 01090124000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de alimentos preparados a base de cereales a la tasa del 8%. 01090125000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de helados, nieves y paletas de hielo a la tasa del 8%. 01090126000000 Combustibles fósiles, litros importados de propano (cuota de $9.7551 por litro). 01090127000000 Combustibles fósiles, litros importados de butano (cuota de $12.6241 por litro). 244 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01090128000000 Combustibles fósiles, litros importados de gasolinas y gasavión (cuota de $17.1107 por litro). 01090129000000 Combustibles fósiles, litros importados de turbosina y otros kerosenos (cuota de $20.4363 por litro). 01090130000000 Combustibles fósiles, litros importados de diésel (cuota de $20.7623 por litro). 01090131000000 Combustibles fósiles, litros importados de combustóleo (cuota de $22.1578 por litro). 01090132000000 Combustibles fósiles, toneladas importadas de coque de petróleo (cuota de $25.7183 por tonelada). 01090133000000 Combustibles fósiles, toneladas importadas de coque de carbón (cuota de $60.2921 por tonelada). 01090134000000 Combustibles fósiles, toneladas importadas de carbón mineral (cuota de $45.3984 por tonelada). 01090135000000 Combustibles fósiles, toneladas importadas de otros combustibles fósiles (cuota de $65.6262 por tonelada). 01090136000000 Valor de los cigarros enajenados (cuota de $ 0.6445 por cigarro). 01090137000000 Valor de los cigarros importados (cuota de $ 0.6445 por cigarro). 01090138000000 Valor del peso total en gramos de puros y otros tabacos labrados enajenados distintos a los cigarros entre 0.75 (cuota $ 0.6445). 01090139000000 Valor del peso total en gramos de puros y otros tabacos labrados importados distintos a los cigarros entre 0.75 (cuota $ 0.6445). 01090140000000 Impuesto causado por cuota de cigarros enajenados. 01090141000000 Impuesto causado por cuota de cigarros importados. 01090142000000 Impuesto causado por cuota de puros y otros tabacos labrados correspondiente al peso total en gramos (puros y otros tabacos labrados gravados enajenados entre 0.75). 01090143000000 Impuesto causado por cuota de puros y otros tabacos labrados correspondiente al peso total en gramos (puros y otros tabacos labrados gravados importados entre 0.75). 01090144000000 Suma del IEPS acreditable de los meses del ejercicio. 01090145000000 Suma de compensaciones de saldos a favor de IEPS. 01090146000000 Suma de compensaciones aplicadas al IEPS de otras contribuciones federales en los meses del ejercicio. 01090147000000 Suma de acreditamientos de saldos a favor de IEPS. 01090148000000 Suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio. 01090149000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. 01090150000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. Impuesto al Comercio Exterior 01090151000000 Impuesto general de importación. 01090152000000 Impuesto general de exportación. 01090153000000 Total de impuestos al comercio exterior. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 245 Aportaciones de seguridad social 01090154000000 Cuotas patronales al IMSS. 01090155000000 Aportaciones al INFONAVIT. 01090156000000 Aportaciones al seguro de retiro. Derechos por los servicios que presta 01090157000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos). 01090158000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de Derechos). 01090159000000 Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM). 01090160000000 Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). 01090161000000 Otros especificar concepto. Contribuciones de las que es retenedor: Impuesto sobre la Renta (ISR) Por pagos a residentes en el país 01090162000000 Por salarios. 01090163000000 Honorarios al 35% art. 96 de la LISR. 01090164000000 Premios. 01090165000000 Honorarios al 10%. 01090166000000 Arrendamiento al 10%. 01090167000000 Enajenación de otros bienes al 20%. 01090168000000 Intereses al 0.08%, sobre el monto del capital. 01090169000000 Intereses al 20%. 01090170000000 Intereses y ganancia cambiaria al 35%. 01090171000000 Comisiones. 01090172000000 Por dividendos al 10%. 01090173000000 Otros. 01090174000000 Total de ISR retenido a residentes en el país. Por pagos a residentes en el extranjero 01090175000000 Salarios al 15%. 01090176000000 Salarios al 30%. 01090177000000 Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 15%. 01090178000000 Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 30%. 01090179000000 Honorarios al 25%. 246 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01090180000000 Regalías al 5%. 01090181000000 Regalías al 10%. 01090182000000 Regalías al 25%. 01090183000000 Regalías al 35%. 01090184000000 Asistencia técnica. 01090185000000 Mediaciones. 01090186000000 Arrendamiento de inmuebles. 01090187000000 Arrendamiento de muebles al 25%. 01090188000000 Intercambio de deuda pública por capital. 01090189000000 Arrendamiento financiero. 01090190000000 Premios. 01090191000000 Servicio turístico de tiempo compartido. 01090192000000 Intereses al 4.9%. 01090193000000 Intereses al 10%. 01090194000000 Intereses al 15%. 01090195000000 Intereses al 21%. 01090196000000 Intereses al 35%. 01090197000000 Enajenación de inmuebles. 01090198000000 Enajenación de acciones. 01090199000000 Operaciones financieras derivadas de capital. 01090200000000 Operaciones financieras derivadas de deuda. 01090201000000 Construcción de obra, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles. 01090202000000 Contrato de fletamento. 01090203000000 Espectáculos públicos, artísticos y deportivos. 01090204000000 Por dividendos al 10%. 01090205000000 Otros. 01090206000000 Total de ISR retenido a residentes en el extranjero. Impuesto al Valor Agregado (IVA) 01090207000000 Servicios personales independientes prestados por personas físicas. 01090208000000 Uso o goce temporal de bienes prestados u otorgados por personas físicas. 01090209000000 Adquisición de desperdicios. 01090210000000 Servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas físicas o morales. 01090211000000 Servicios prestados por comisionistas personas físicas. 01090212000000 Adquisición, o uso o goce temporal de bienes tangibles, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país. 01090213000000 Otros. 01090214000000 Total de IVA retenido. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 247 Otras contribuciones retenidas 01090215000000 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido. 01090216000000 Cuotas obreras al IMSS. 01090217000000 Otros. Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de saldos a favor provenientes de: A valor histórico de: 01090218000000 Impuesto al Valor Agregado. 01090219000000 Impuesto sobre la Renta. 01090220000000 Otras contribuciones federales. A valor actualizado de: 01090221000000 Impuesto al Valor Agregado. 01090222000000 Impuesto sobre la Renta. 01090223000000 Otras contribuciones federales. Compensaciones efectuadas durante el ejercicio aplicadas a: 01090224000000 Impuesto al Valor Agregado propio proveniente de Impuesto al Valor Agregado propio. 01090225000000 Impuesto sobre la Renta propio proveniente de Impuesto sobre la Renta propio. 01090226000000 Otras contribuciones federales. Devoluciones obtenidas en el ejercicio 01090227000000 Otras contribuciones federales. De: 01090228000000 Impuesto al Valor Agregado. 01090229000000 Impuesto sobre la Renta. 01090230000000 Otras contribuciones federales. Parte II Datos a proporcionar Contribución determinada por auditoría a cargo o a favor Contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente Diferencia Diferencias no materiales no investigadas por auditoría Concepto 9.1.- Declaratoria 248 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 10.- Relación de contribuciones por pagar Al 31 de diciembre de 2025 Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado Importe proveniente de ejercicios anteriores (Cifras en pesos) Impuesto sobre la Renta causado como sujeto directo 01100000000000 Determinado por el contribuyente (del ejercicio). 01100001000000 Diferencia determinada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado). Pagos provisionales y/o definitivos determinados por el contribuyente por concepto de: Impuesto sobre la Renta pagos provisionales propios 01100002000000 Correspondiente al mes o periodo de: Impuesto sobre la Renta por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en su carácter de retenedor 01100003000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de honorarios en su carácter de retenedor 01100004000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de arrendamientos en su carácter de retenedor 01100005000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de intereses en su carácter de retenedor 01100006000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta (otras retenciones a residentes en México) en su carácter de retenedor 01100007000000 Correspondiente al mes de: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 249 Impuesto sobre la Renta sobre dividendos como sujeto directo 01100008000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta regímenes fiscales preferentes como sujeto directo 01100009000000 Correspondiente al ejercicio de: Impuesto sobre la Renta por pagos al extranjero en su carácter de retenedor 01100010000000 Correspondiente al mes de: Información determinada por el contribuyente: Impuesto al Activo como sujeto directo 01100011000000 Correspondiente al ejercicio de: (especifique el ejercicio) Impuesto al Valor Agregado causado como sujeto directo 01100012000000 Correspondiente al mes de: Impuesto al Valor Agregado en su carácter de retenedor 01100013000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios causado como sujeto directo 01100014000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en su carácter de retenedor 01100015000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre Automóviles Nuevos 01100016000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social 01100017000000 Correspondiente al mes de: 250 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores 01100018000000 Correspondiente al bimestre de: Aportaciones al seguro de retiro 01100019000000 Correspondiente al bimestre de: Impuestos Locales 01100020000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Sobre Nóminas 01100021000000 Correspondiente al mes de: Derechos por los servicios que presta 01100022000000 El Instituto Nacional de Migración (INM) visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I Ley Federal de Derechos) correspondiente al mes de: 01100023000000 El Instituto Nacional de Migración (INM) servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 Ley Federal de Derechos) correspondiente al mes de: 01100024000000 Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM), correspondiente al mes de: 01100025000000 Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), correspondiente al mes de: 01100026000000 Otros especificar concepto y periodo al que corresponde: Otras contribuciones 01100027000000 Especificar concepto y periodo al que corresponde: Diferencias no consideradas por el contribuyente en el ejercicio fiscal dictaminado: 01100028000000 Diferencia determinada por dictamen no considerada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado) Impuesto sobre la Renta pagos provisionales 01100029000000 Correspondiente al mes o periodo de: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 251 Impuesto sobre la Renta retenciones a residentes en México 01100030000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta retenciones a residentes en el extranjero 01100031000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta sobre dividendos 01100032000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta regímenes fiscales preferentes como sujeto directo 01100033000000 Correspondiente al ejercicio Impuesto al Valor Agregado como sujeto directo 01100034000000 Correspondiente al mes de: Impuesto al Valor Agregado en su carácter de retenedor 01100035000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios como sujeto directo 01100036000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios en su carácter de retenedor 01100037000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre Automóviles Nuevos 01100038000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social 01100039000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores 01100040000000 Correspondiente al bimestre de: 252 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Aportaciones al seguro de retiro 01100041000000 Correspondiente al bimestre de: Impuestos Locales 01100042000000 Correspondiente al mes de: Derechos 01100043000000 Correspondiente al derecho Otras contribuciones 01100044000000 Especificar concepto y periodo al que corresponde: 01100045000000 Total Parte II Datos a proporcionar Total de contribuciones por pagar Importe de la contribución en litigio Fecha de pago Institución de crédito o SAT Parte III Datos a proporcionar Número de la operación Pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio Pago en parcialidades (datos del escrito libre) fecha de presentación Pago en parcialidades (datos del escrito libre) administración receptora Parte IV Datos a proporcionar Oficio de autorización de pago en parcialidades: número Oficio de autorización de pago en parcialidades fecha Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2025 2024 (Cifras en pesos) 01110000000000 Utilidad neta. 01110001000000 Pérdida neta. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 253 Más-menos: 01110002000000 Efecto de la inflación de la NIF B-10. 01110003000000 Resultado por posición monetaria favorable. 01110004000000 Resultado por posición monetaria desfavorable. 01110005000000 Utilidad neta histórica. 01110006000000 Pérdida neta histórica. Más: 01110007000000 Ingresos fiscales no contables. Más: 01110008000000 Deducciones contables no fiscales. Menos: 01110009000000 Deducciones fiscales no contables. Menos: 01110010000000 Ingresos contables no fiscales. 01110011000000 Pérdida fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones. 01110012000000 Utilidad fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones. 01110013000000 Pérdida en enajenación de acciones. 01110014000000 Pérdida fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio. 01110015000000 Utilidad fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio. Más o menos: 01110016000000 PTU pagada en el ejercicio. 01110017000000 Pérdida fiscal del ejercicio. 01110018000000 Utilidad fiscal del ejercicio. 01110019000000 Deducción adicional del fomento al primer empleo del ejercicio (para los efectos del artículo noveno fracción XXXVII de las disposiciones transitorias de la LISR para 2014). 01110020000000 Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores. 01110021000000 Resultado fiscal y/o utilidad gravable. Ingresos fiscales no contables 01110022000000 Ajuste anual por inflación acumulable. 01110023000000 Utilidad cambiaria fiscal. 01110024000000 Utilidad fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles. 01110025000000 Utilidad fiscal por reembolso de capital. 01110026000000 Utilidad fiscal en enajenación de activo fijo. 01110027000000 Utilidad fiscal en enajenación de terrenos. 254 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01110028000000 Utilidad fiscal en fideicomisos. 01110029000000 Anticipos de clientes. 01110030000000 Ingresos cobrados del ejercicio anterior (personas físicas). 01110031000000 Intereses moratorios efectivamente cobrados. 01110032000000 Ingresos por avance de obra. 01110033000000 Inventario acumulable. 01110034000000 Estímulos fiscales. 01110035000000 Ajuste de precios de transferencia. 01110036000000 Otros ingresos fiscales no contables. 01110037000000 Total de ingresos fiscales no contables. Deducciones contables no fiscales 01110038000000 Impuesto sobre la Renta. 01110039000000 Participación de utilidades. 01110040000000 Multas. 01110041000000 Gastos no deducibles. 01110042000000 Costo de ventas contable. 01110043000000 Depreciación contable. 01110044000000 Provisiones. 01110045000000 Estimaciones. 01110046000000 Pérdida contable en enajenación de acciones y/o intangibles. 01110047000000 Costo de ventas (personas físicas). 01110048000000 Pérdida cambiaria. 01110049000000 Amortizaciones contables. 01110050000000 Pérdida contable en enajenación de activo fijo. 01110051000000 Pérdida contable en enajenación de terrenos. 01110052000000 Pérdida contable en fideicomisos. 01110053000000 Pérdida contable en asociación en participación. 01110054000000 Honorarios, rentas e intereses no pagados al cierre del ejercicio. 01110055000000 Pérdida en participación subsidiaria. 01110056000000 Intereses devengados que exceden del valor de mercado y moratorios pagados o no. 01110057000000 Proporción de pagos que sean ingresos exentos para el trabajador. 01110058000000 Operaciones con partes relacionadas no deducibles. 01110059000000 Otras deducciones contables no fiscales. 01110060000000 Total de deducciones contables no fiscales. Las partidas no deducibles se contabilizan en: 01110061000000 Gastos de fabricación. 01110062000000 Gastos de venta. 01110063000000 Gastos generales. 01110064000000 Gastos de administración. La depreciación contable se integra por: 01110065000000 Gastos de fabricación. 01110066000000 Gastos de venta. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 255 01110067000000 Gastos generales. 01110068000000 Gastos de administración. Deducciones fiscales no contables 01110069000000 Compras (personas físicas). 01110070000000 Mano de obra (personas físicas). 01110071000000 Maquilas (personas físicas). 01110072000000 Gastos de fabricación (personas físicas). 01110073000000 Depreciación fiscal. 01110074000000 Estímulo fiscal por deducción inmediata de inversiones. 01110075000000 Amortización fiscal. 01110076000000 Pérdida fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles. 01110077000000 Pérdida fiscal en enajenación de activo fijo. 01110078000000 Pérdida fiscal enajenación de terrenos. 01110079000000 Pérdida fiscal en fideicomisos. 01110080000000 Ajuste anual por inflación deducible. 01110081000000 Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta. 01110082000000 Pérdida cambiaria fiscal. 01110083000000 Cargos a provisiones. 01110084000000 Cargos a estimaciones. 01110085000000 Honorarios, rentas e intereses que afectaron el resultado del ejercicio anterior pagados en este. 01110086000000 Anticipos de clientes del ejercicio anterior. 01110087000000 Pérdida por créditos incobrables. 01110088000000 Intereses moratorios efectivamente pagados. 01110089000000 Deducción adicional por donación de bienes básicos para la subsistencia humana (para los efectos del artículo 1.3. del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013). 01110090000000 Deducción del monto adicional del 25% del salario (para los efectos del artículo 1.5. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013 y artículo 186 de la LISR). 01110091000000 Deducción adicional para maquiladoras. 01110092000000 Estímulo fiscal por contratar personas con discapacidad y/o adultos mayores. 01110093000000 Deducción del Impuesto sobre la Renta retenido a personas con discapacidad y/o adultos mayores. 01110094000000 Ajuste de precios de transferencia. 01110095000000 Intereses netos de ejercicios anteriores. 01110096000000 Intereses netos del ejercicio. 01110097000000 Otras deducciones fiscales no contables. 01110098000000 Total de deducciones fiscales no contables. Ingresos contables no fiscales 01110099000000 Utilidad cambiaria. 01110100000000 Utilidad contable en enajenación de acciones y/o intangibles. 01110101000000 Utilidad contable en enajenación de activo fijo. 01110102000000 Utilidad contable en enajenación de terrenos. 01110103000000 Utilidad contable en fideicomisos. 01110104000000 Utilidad contable en asociación en participación. 256 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01110105000000 Ventas anticipadas acumuladas en el ejercicio anterior y devengadas en este. 01110106000000 Cancelación de estimaciones. 01110107000000 Cancelación de provisiones. 01110108000000 Ingresos por dividendos. 01110109000000 Ingresos por avance de obra. 01110110000000 Intereses moratorios devengados a favor cobrados o no. 01110111000000 Utilidad en participación subsidiaria. 01110112000000 Anticipo de clientes de ejercicios anteriores considerados como ingresos en el ejercicio. 01110113000000 Ingresos del ejercicio no cobrados (personas físicas). 01110114000000 Saldos a favor de impuestos y su actualización. 01110115000000 Otros ingresos contables no fiscales. 01110116000000 Total de ingresos contables no fiscales. Parte II Datos a proporcionar Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal) Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal anterior) Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Explicar variación Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en cinco partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “01D100000", del anexo de datos generales. nombre, denominación o razón social del residente en el extranjero 01120000000000 (Especificar). 01120001000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Fecha de celebración del contrato que le dio origen a la operación Fecha de celebración de la más reciente adenda al contrato origen Tipo de operación contratada, deuda o capital Monto contratado Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 257 Parte III Datos a proporcionar Efecto fiscal que tuvo en el ejercicio ingreso (deducción) Importe del efecto fiscal que tuvo en el ejercicio Tipo de moneda Valor pactado sobre el subyacente Parte IV Datos a proporcionar Tipo de subyacente En caso de que en la columna "tipo de subyacente" haya seleccionado "otros" especifique concepto Indique si antes del vencimiento del plazo realizó: En caso de que haya liquidado mediante celebración de una operación contraria, indique las razones Parte V Datos a proporcionar Indique el monto de ingreso acumulable o (deducción autorizada) generado % de retención sobre la ganancia Vigencia del Vigencia al Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si o no) Indique si se contrató con una parte relacionada (si o no) Este anexo consta de 11 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 13.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia fiscal de la entidad (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “01D101000”, del anexo de datos generales. Nombre, denominación o razón social de la subsidiaria, asociada o afiliada extranjeras 01130000000000 (Especificar). 01130001000000 Total. Nombre, denominación o razón social de la subsidiaria, asociada o afiliada en México 01130002000000 (Especificar). 01130003000000 Total. 258 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte II Datos a proporcionar Porcentaje de participación en el capital de la entidad Monto de la inversión Monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación Forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.) Monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación Valor de la inversión Parte III Datos a proporcionar Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC País de residencia para efectos fiscales (Cifras en pesos) Nombre, denominación o razón social del socio o accionista 01140000000000 (Especificar). 01140001000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio Periodo de tenencia del Periodo de tenencia al Monto de Aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones Parte III Datos a proporcionar Monto de retiros de capital Monto de préstamos efectuados Monto de préstamos recibidos Parte IV Datos a proporcionar Porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo recibidos Destino del préstamo Monto de prima en suscripción de acciones Forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 259 Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2025 2024 (Cifras en pesos) 01150000000000 Total de ventas o ingresos netos. Más: 01150001000000 Total de intereses a favor. 01150002000000 Utilidad cambiaria. 01150003000000 Efecto de reexpresión de la utilidad cambiaria. 01150004000000 Resultado por posición monetaria favorable. 01150005000000 Efecto de reexpresión del resultado por posición monetaria favorable. 01150006000000 Otros conceptos financieros a favor. 01150007000000 Efecto de reexpresión de otros conceptos financieros a favor. 01150008000000 Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros a favor. 01150009000000 Efecto de reexpresión de cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros a favor. 01150010000000 Total de productos financieros. 01150011000000 Resultado integral de financiamiento capitalizable. 01150012000000 Utilidad neta por participación en los resultados de subsidiarias no consolidadas y asociadas. 01150013000000 Ingresos por las operaciones discontinuadas. 01150014000000 Resultado favorable por conversión de operaciones extranjeras. 01150015000000 Resultado favorable no realizado en y/o sobre instrumentos financieros. 01150016000000 Valuación favorable de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros. 01150017000000 Participación favorable de los otros resultados integrales de asociadas. 01150018000000 Otros. 01150019000000 Impuesto diferido acreedor. 01150020000000 Total de otros conceptos a favor. 01150021000000 Total de ventas o ingresos netos reportados en el estado de resultado integral. Menos : 01150022000000 Método de participación en subsidiarias, asociadas, etcétera. 01150023000000 Efecto de reexpresión de la utilidad cambiaria. 01150024000000 Resultado por posición monetaria favorable. 260 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01150025000000 Efecto de reexpresión del resultado por posición monetaria favorable. 01150026000000 Efecto de reexpresión de otros conceptos financieros a favor. 01150027000000 Efecto de reexpresión de ventas o ingresos brutos propios de la actividad. 01150028000000 Efecto de reexpresión de cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros a favor. 01150029000000 Otros. 01150030000000 Total. Más: 01150031000000 Ajuste anual por inflación acumulable. 01150032000000 Anticipos de clientes. 01150033000000 Ingresos por dividendos provenientes del extranjero. 01150034000000 Ganancia fiscal en la enajenación de activo fijo. 01150035000000 Ganancia fiscal en la enajenación de terrenos. 01150036000000 Ganancia fiscal en la enajenación de acciones o partes sociales y/o intangibles. 01150037000000 Ganancia fiscal en la enajenación de títulos valor. 01150038000000 Ganancia realizada en fusión o escisión de sociedades. 01150039000000 Ganancia proveniente de reducción de capital o liquidación de sociedades mercantiles residentes en el extranjero. 01150040000000 Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre ventas o ingresos nacionales. 01150041000000 Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre ventas o ingresos al extranjero. 01150042000000 Cantidades recibidas en efectivo, en moneda nacional o extranjera por préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital mayores a $600,000.00. 01150043000000 Ajuste de precios de transferencia. 01150044000000 Otros. 01150045000000 Total. Menos: 01150046000000 Anticipos de clientes de ejercicios anteriores. 01150047000000 Utilidad contable en enajenación de activo fijo. 01150048000000 Utilidad contable en enajenación de terrenos. 01150049000000 Utilidad contable en enajenación de acciones o partes sociales y/o intangibles. 01150050000000 Utilidad contable en enajenación de títulos valor. 01150051000000 Utilidad contable en fusión o escisión de sociedades. 01150052000000 Ingresos por dividendos o utilidades percibidos de otras personas morales residentes en México. 01150053000000 Impuesto diferido acreedor. 01150054000000 Otros. 01150055000000 Total. 01150056000000 Ingresos acumulables para el Impuesto sobre la Renta. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 261 Más: 01150057000000 Ventas o ingresos de ejercicios anteriores cobrados en el ejercicio. 01150058000000 Costo fiscal por la enajenación de activo fijo. 01150059000000 Costo fiscal por enajenación de terrenos. 01150060000000 Otros. 01150061000000 Total. Menos: 01150062000000 Ajuste anual por inflación acumulable. 01150063000000 Ganancia fiscal en la enajenación de acciones o partes sociales. 01150064000000 Ganancia fiscal en la enajenación de títulos valor. 01150065000000 Ganancia realizada en fusión o escisión de sociedades. 01150066000000 Ganancia proveniente de reducción de capital o liquidación de sociedades mercantiles residentes en el extranjero. 01150067000000 Pérdida fiscal en la enajenación de activo fijo. 01150068000000 Pérdida fiscal en la enajenación de terrenos. 01150069000000 Utilidad cambiaria. 01150070000000 Ventas o ingresos no cobrados en el ejercicio. 01150071000000 Ingresos por dividendos provenientes del extranjero. 01150072000000 Intereses que generaron IVA y que están en reserva de capital. 01150073000000 Otros. 01150074000000 Total. 01150075000000 Total del valor de los actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. Parte II Datos a proporcionar Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal) Porcentaje en relación con el total del año actualizado (ejercicio fiscal anterior) Variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Porcentaje de variación en pesos respecto al ejercicio fiscal anterior Explicar variación Este anexo consta de 17 columnas y está dividido en cinco partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 16.- Operaciones con partes relacionadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC Tipo de operación (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “01D042000”, del anexo de datos generales. 262 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Impuesto sobre la Renta Denominación o razón social de la parte relacionada Ingresos acumulables 01160000000000 (Especificar). 01160001000000 Total de ingresos acumulables. Deducciones autorizadas 01160002000000 (Especificar). 01160003000000 Total de deducciones autorizadas. Parte II Datos a proporcionar En caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto País de residencia Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero) Método de precios de transferencia aplicado Parte III Datos a proporcionar La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo indique en el anexo denominado información adicional, de que contribuciones únicas y valiosas se tratan La operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no) Monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables Parte IV Datos a proporcionar Se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF 2025) (si o no) Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a) Monto modificado Parte V Datos a proporcionar Existió retención y entero de ISR por esta operación Tasa ISR retenido Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 263 Índice Concepto Datos a proporcionar 17.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “01D042000”, del anexo de datos generales. Conocimiento del negocio. Información general Cuál(es) es (son) la (s) actividad(es) preponderante(s) del contribuyente: 01170000000000 Distribución. 01170001000000 Manufactura. 01170002000000 Maquiladora. 01170003000000 Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes. 01170004000000 Servicios. 01170005000000 Otros (especificar). 01170006000000 El contribuyente es propietario de los activos que utiliza para realizar su actividad preponderante mismos que están registrados en su contabilidad. 01170007000000 El contribuyente posee o usa activos intangibles los cuales se encuentran registrados en su contabilidad. Especifique los cinco principales activos intangibles que usa el contribuyente (ver apéndice VIII) que se encuentran registrados en su contabilidad. 01170008000000 Campo 1. 01170009000000 Campo 2. 01170010000000 Campo 3. 01170011000000 Campo 4. 01170012000000 Campo 5. 01170013000000 Monto de la regalía por el uso de activos intangibles. Especifique los cinco principales activos intangibles por los que otorga el uso o goce (ver apéndice VIII). 01170014000000 Campo 1. 01170015000000 Campo 2. 01170016000000 Campo 3. 01170017000000 Campo 4. 01170018000000 Campo 5. 01170019000000 Monto de la regalía por el que se otorga el uso de activos intangibles. Especifique los cinco principales activos intangibles de los que es propietario y que tiene registrados en su contabilidad (ver apéndice VIII). 264 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01170020000000 Campo 1. 01170021000000 Campo 2. 01170022000000 Campo 3. 01170023000000 Campo 4. 01170024000000 Campo 5. 01170025000000 Valor del activo intangible que tiene registrado en su contabilidad. 01170026000000 El contribuyente obtuvo un acuerdo anticipado de precios (APA) aplicable al ejercicio fiscal. 01170027000000 Número de oficio. 01170028000000 Fecha del oficio. 01170029000000 Indique si se encuentra en trámite un acuerdo anticipado de precios (APA) aplicable al ejercicio fiscal. 01170030000000 Fecha de presentación de la promoción. 01170031000000 El contribuyente obtuvo alguna resolución favorable del SAT que involucre transacciones con partes relacionadas. 01170032000000 Número de oficio. 01170033000000 Fecha del oficio. 01170034000000 Dedujo en el ejercicio inventarios iniciales provenientes de operaciones con partes relacionadas efectuadas en ejercicios anteriores. 01170035000000 Dedujo en el ejercicio depreciaciones o amortizaciones provenientes de operaciones con partes relacionadas efectuadas en ejercicios anteriores. 01170036000000 El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria a que se refiere la fracción IX del artículo 76 de la LISR (estudio(s) de precios de transferencia). 01170037000000 El contribuyente presentó su declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR). 01170038000000 Fecha de presentación (última presentada). 01170039000000 El contribuyente cuenta con evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII del artículo 76 de la LISR por sus operaciones con partes relacionadas: RFC de las personas que elaboraron la información y documentación que demuestre el cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracciones IX y XII de la LISR, o bien, que asesoraron en su formulación. Elaboradores 01170040000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 01170041000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 01170042000000 RFC o número de identificación fiscal 3. Asesores 01170043000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 01170044000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 01170045000000 RFC o número de identificación fiscal 3. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 265 RFC de las personas que asesoraron fiscalmente en términos del título VI del CFF Asesores fiscales 01170046000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 01170047000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 01170048000000 RFC o número de identificación fiscal 3. Obligaciones en materia de precios de transferencia 01170049000000 Las cifras reportadas en la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas son coincidentes con las manifestadas en los estudios de precios de transferencia (documentación comprobatoria) (fracciones X y IX respectivamente del artículo 76 de la LISR). 01170050000000 En caso de discrepancia, especifique: 01170051000000 Las cifras reportadas en la declaración informativa (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) son coincidentes con las manifestadas en el anexo 16 del dictamen, ambas referentes a operaciones con partes relacionadas. 01170052000000 En caso de discrepancia, especifique: 01170053000000 Las cifras reportadas para las operaciones con partes relacionadas en la evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII del artículo 76 de la LISR son coincidentes con las manifestadas en el anexo 16 del dictamen. 01170054000000 En caso de discrepancia, especifique: 01170055000000 En alguna(s) de las transacciones analizadas en la diversa documentación de precios de transferencia del contribuyente, se eligió como parte examinada a la parte relacionada residente en el extranjero. 01170056000000 Indique las transacciones realizadas. 01170057000000 Monto de las transacciones. 01170058000000 El contribuyente tiene en su poder toda la información financiera y fiscal de la parte relacionada residente en el extranjero que es necesaria para corroborar el análisis y las conclusiones de la documentación de precios de transferencia en donde dicha parte relacionada fue elegida como la parte a examinar. Ajustes de precios de transferencia 01170059000000 Realizó algún ajuste en materia de precios de transferencia para que los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad de las operaciones celebradas con partes relacionadas se consideren como pactadas como lo harían con o entre partes independientes en operaciones comparables. Nota: en caso de que en el anexo 16 se presente información en la columna “monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables” conteste lo siguiente (efectos fiscales no contables): 266 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01170060000000 El monto del incremento a los ingresos acumulables para efectos de la LISR. 01170061000000 El monto del incremento a las deducciones autorizadas para efectos de la LISR, incluso por disminuir ingresos. 01170062000000 El monto del incremento a las deducciones autorizadas para efectos de la LISR. 01170063000000 Monto incrementado en las declaraciones presentadas por el ejercicio fiscal por impuestos retenidos por pagos al extranjero, como consecuencia de ajustes de precios de transferencia. 01170064000000 Monto disminuido en las declaraciones presentadas por el ejercicio fiscal por IVA acreditable, como consecuencia de ajustes de precios de transferencia. 01170065000000 Se cuenta con documentación comprobatoria que sustente los ajustes reales realizados. 01170066000000 Modificó los valores de actos o actividades para IEPS o bien, del IEPS acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF para 2025). 01170067000000 Señale monto modificado de actos o actividades (RMF). 01170068000000 Señale monto modificado de IEPS acreditable (RMF). 01170069000000 Cumplió con los requisitos establecidos en la RMF vigente para considerar deducible un ajuste de precios de transferencia que incremento sus deducciones. 01170070000000 En el caso de ajustes voluntarios presentó aviso para la modificación de las deducciones autorizadas señalado en la RMF. Intereses con partes relacionadas considerados como dividendos 01170071000000 El contribuyente consideró intereses devengados como dividendos de acuerdo con lo previsto por el artículo 11, fracción II de la LISR. 01170072000000 Monto de los intereses considerados como dividendos. Costo de ventas con partes relacionadas: 01170073000000 Analizo el costo de ventas correspondiente a enajenaciones a partes relacionadas de acuerdo con lo previsto por las fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR (para los efectos del artículo 42, segundo párrafo de la LISR). En caso afirmativo indique el costo de ventas determinado conforme a las fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR y la opción seleccionada. 01170074000000 Artículo 180, fracción I de la LISR. 01170075000000 Artículo 180, fracción II de la LISR. 01170076000000 Artículo 180, fracción III de la LISR. 01170077000000 Costo de ventas con partes relacionadas deducido sin la aplicación de las fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 267 Gastos deducibles y no deducibles 01170078000000 Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el tercer y antepenúltimo párrafos de la fracción XXIII del artículo 28 de la LISR. Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el anexo denominado información adicional con que documentación cuenta para acreditar que sus deducciones no se tratan de acuerdos estructurados o mecanismos híbridos. 01170079000000 Indique el monto de la deducción realizada. 01170080000000 Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los referidos en la fracción XXIII del artículo 28 de la LISR. 01170081000000 Indique el monto del gasto considerado como no deducible. 01170082000000 Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el segundo párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la LISR. 01170083000000 Indique el monto de la deducción realizada. 01170084000000 Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los referidos en el primer párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la LISR. 01170085000000 Indique el monto del gasto considerado como no deducible. 01170086000000 Consideró como no deducibles intereses de los referidos en la fracción XXXII del artículo 28 de la LISR. Gastos por reembolsos (al costo) 01170087000000 Dedujo gastos con partes relacionadas por reembolsos al costo. En caso afirmativo. 01170088000000 Cuenta con toda la documentación soporte, por un lado, de su parte relacionada y, por otro lado, con la documentación emitida por terceros independientes a la parte relacionada con la que se pueda demostrar que se trata de un reembolso al costo. Gastos a prorrata 01170089000000 Dedujo gastos con partes relacionadas efectuados en el extranjero a prorrata. 01170090000000 Indique el monto de la deducción de gastos efectuados en el extranjero a prorrata. 01170091000000 Cuantifique el beneficio recibido o se espera recibir del gasto a prorrata. 01170092000000 Cumplió con lo señalado en la regla 3.3.1.27. de la RMF para 2025. Ganancias y/o pérdidas por enajenación de acciones 01170093000000 Obtuvo ganancia y/o pérdida fiscal al realizar una operación de enajenación de acciones con y entre partes relacionadas. Nota: en caso afirmativo, señale en el anexo denominado información adicional la razón de negocio para enajenar las acciones. 268 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01170094000000 Indique el valor del precio de enajenación del paquete accionario enajenado. 01170095000000 Indique el costo comprobado de adquisición del paquete accionario enajenado. 01170096000000 Nombre de la emisora. 01170097000000 RFC o tax ID de la emisora. 01170098000000 Indicar el capital contable de la emisora. 01170099000000 Nombre del adquirente. 01170100000000 RFC o tax ID del adquirente. 01170101000000 Presentó a las autoridades fiscales el estudio sobre la determinación del precio de venta de las acciones en los términos de los artículos 179 y 180 de la LISR con los elementos contenidos en el inciso e) de la fracción I del artículo 179 de la LISR (segundo párrafo del inciso B) correspondiente a su vez al cuarto párrafo de la fracción XVII del artículo 28 de la LISR). 01170102000000 Fecha de presentación ante las autoridades fiscales el estudio sobre la determinación del precio de venta de las acciones. 01170103000000 Autoridad fiscal en la que se presentó. 01170104000000 Mencione la razón de negocio para enajenar las acciones. 01170105000000 Mencione si realizó la valuación de la enajenación efectuada. 01170106000000 El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria de la valuación de la enajenación efectuada. En caso afirmativo al índice anterior, indique RFC y nombre del perito valuador: 01170107000000 Nombre del perito. 01170108000000 RFC: Operaciones financieras derivadas con partes relacionadas 01170109000000 Acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. 01170110000000 Indique el monto de la acumulación correspondiente. 01170111000000 Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. 01170112000000 Indique el monto de la deducción correspondiente. 01170113000000 Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. 01170114000000 Indique el monto correspondiente. 01170115000000 Realizó pagos de cantidades iniciales por el derecho a adquirir o vender, bienes, divisas, acciones u otros títulos valor que no cotizaron en mercados reconocidos conforme a lo referido en el artículo 28, fracción XXIV de la LISR. 01170116000000 Indique el monto correspondiente. Capitalización insuficiente: 01170117000000 Determino intereses no deducibles de acuerdo a lo previsto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 01170118000000 Saldo promedio anual de todas las deudas del contribuyente que devengaron intereses a cargo, determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 01170119000000 Capital contable al inicio del ejercicio determinado en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 269 01170120000000 Capital contable al final del ejercicio determinado en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 01170121000000 Capital contable promedio. 01170122000000 Capital contable promedio por tres. 01170123000000 Saldo promedio anual de deudas del contribuyente contraídas con partes relacionadas residentes en el extranjero, determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 01170124000000 Intereses no deducibles determinados en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 01170125000000 Optó por considerar como capital contable del ejercicio los saldos iniciales y finales del ejercicio de sus cuentas de capital de aportación, utilidad fiscal neta y utilidad fiscal neta reinvertida. Ajustes correspondientes 01170126000000 Realizó durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) algún ajuste en materia de precios de transferencia como consecuencia de aplicar lo señalado en la documentación de precios de transferencia de alguna parte relacionada residente en el extranjero. 01170127000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 01170128000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 01170129000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 01170130000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). 01170131000000 Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) sin cumplir con lo establecido en el artículo 184 de la LISR. 01170132000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 01170133000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 01170134000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 01170135000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). 01170136000000 Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) como consecuencia de operaciones con partes relacionadas residentes en países con los cuales México no tiene celebrados tratados internacionales en materia fiscal y realizados por las autoridades de dichos países. 01170137000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 01170138000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 01170139000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 01170140000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). Artículo 76-A de la LISR (2025) 01170141000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción I (maestra de partes relacionadas). 01170142000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción II (local de partes relacionadas). 01170143000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción III (país por país). En caso afirmativo en este último caso, especifique el supuesto de obligación: 270 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01170144000000 Por ser persona moral controladora multinacional (fracción III, inciso a). 01170145000000 Por ser designada (fracción III, inciso b). Tiene conocimiento si la persona moral controladora multinacional a la que su empresa pertenece, está obligada a presentar directamente o por conducto de alguna designada, las siguientes declaraciones informativas de partes relacionadas: 01170146000000 Obligación de presentar la declaración maestra. 01170147000000 Obligación de presentar la declaración país por país. Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas de 2024 presentadas en 2025 (para los efectos del artículo 76-A de la LISR) 01170148000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de 2024. 01170149000000 Fecha de presentación (última presentada). 01170150000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa local de partes relacionadas del ejercicio fiscal de 2024. 01170151000000 Fecha de elaboración de la información y documentación de precios de transferencia asociada con la declaración. 01170152000000 Fecha de presentación (última presentada). 01170153000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de 2024. 01170154000000 Fecha de presentación (última presentada). Información financiera operativa sin las modificaciones al Boletín B-3 estado de resultado integral para 2013 de las Normas de Información Financiera (aplicable ejercicio 2025) 01170155000000 Aplicó el método de márgenes transaccionales de utilidad de operación con base en su información financiera global y/o segmentada, sin considerar las modificaciones al Boletín B-3 estado de resultado integral para 2013 de las Normas de Información Financiera (aplicable ejercicio 2025). En caso afirmativo a la respuesta anterior, deberá presentar la siguiente información: 01170156000000 Total de ventas o ingresos netos. Menos conceptos no operativos: 01170157000000 Ganancia en venta de activos fijos. 01170158000000 Recuperación de cuentas. 01170159000000 Dividendos. 01170160000000 Ganancia en enajenación de acciones. 01170161000000 Servicios. 01170162000000 Comisiones. 01170163000000 Otros. 01170164000000 Suma. Igual: 01170165000000 Total de ventas o ingresos netos propios operativos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 271 01170166000000 Costo de ventas. 01170167000000 Gastos de operación. Menos conceptos no operativos: 01170168000000 Otros gastos no operativos. Igual: 01170169000000 Gastos de operación sin otros gastos no operativos. 01170170000000 Utilidad operativa sin las modificaciones al boletín B-3 estado de resultado integral para 2013 de las Normas de Información Financiera (aplicable ejercicio 2025). Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte 01170171000000 Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región fronteriza norte. 01170172000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 01170173000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 01170174000000 Monto de deducciones con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 01170175000000 Monto de deducciones con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 01170176000000 Presentó la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional como lo contempla el trámite fiscal 5/DEC-12. Criterios no vinculativos 01170177000000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos en materia de precios de transferencia de las disposiciones fiscales y aduaneras. 01170178000000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). Maquilas 01170179000000 Realizó operaciones de maquila con una parte relacionada residente en el extranjero. En caso afirmativo a la respuesta anterior, deberá presentar la siguiente información: 01170180000000 Indique si celebró operaciones de maquila conforme a lo establecido en el artículo 181 de la LISR con una parte relacionada residente en el extranjero. 01170181000000 Indique si se trata de una empresa bajo el programa de albergue. 272 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01170182000000 Si la empresa actuó bajo el programa de albergue, se cuenta con evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 183, segundo y cuarto párrafos de la LISR. 01170183000000 El contribuyente presentó su declaración informativa de empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación (DIEMSE) (para los efectos de los artículos 182 y 183 de la LISR). 01170184000000 Fecha de presentación (última presentada). Indique por qué párrafo del artículo 182 de la LISR optó en el ejercicio 01170185000000 Primero (safe harbour). 01170186000000 Antepenúltimo acuerdo anticipado de precios (APA). Valor de los activos fijos e inventarios propiedad de residentes en el extranjero Valor de los inventarios de materias primas, productos semiterminados y terminados 01170187000000 Saldo inicial de enero en dólares. 01170188000000 Saldo inicial de enero en pesos. 01170189000000 Saldo final de enero en dólares o su equivalente. 01170190000000 Saldo final de enero en pesos. 01170191000000 Saldo promedio de enero en pesos. 01170192000000 Saldo final de febrero en dólares o su equivalente. 01170193000000 Saldo final de febrero en pesos. 01170194000000 Saldo promedio de febrero en pesos. 01170195000000 Saldo final de marzo en dólares o su equivalente. 01170196000000 Saldo final de marzo en pesos. 01170197000000 Saldo promedio de marzo en pesos. 01170198000000 Saldo final de abril en dólares o su equivalente. 01170199000000 Saldo final de abril en pesos. 01170200000000 Saldo promedio de abril en pesos. 01170201000000 Saldo final de mayo en dólares o su equivalente. 01170202000000 Saldo final de mayo en pesos. 01170203000000 Saldo promedio de mayo en pesos. 01170204000000 Saldo final de junio en dólares o su equivalente. 01170205000000 Saldo final de junio en pesos. 01170206000000 Saldo promedio de junio en pesos. 01170207000000 Saldo final de julio en dólares o su equivalente. 01170208000000 Saldo final de julio en pesos. 01170209000000 Saldo promedio de julio en pesos. 01170210000000 Saldo final de agosto en dólares o su equivalente. 01170211000000 Saldo final de agosto en pesos. 01170212000000 Saldo promedio de agosto en pesos. 01170213000000 Saldo final de septiembre en dólares o su equivalente. 01170214000000 Saldo final de septiembre en pesos. 01170215000000 Saldo promedio de septiembre en pesos. 01170216000000 Saldo final de octubre en dólares o su equivalente. 01170217000000 Saldo final de octubre en pesos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 273 01170218000000 Saldo promedio de octubre en pesos. 01170219000000 Saldo final de noviembre en dólares o su equivalente. 01170220000000 Saldo final de noviembre en pesos. 01170221000000 Saldo promedio de noviembre en pesos. 01170222000000 Saldo final de diciembre en dólares o su equivalente. 01170223000000 Saldo final de diciembre en pesos. 01170224000000 Saldo promedio de diciembre en pesos. 01170225000000 Saldo promedio anual en pesos. Valor de los activos fijos pendiente por deducir 01170226000000 Monto original de la inversión para el residente en el extranjero en dólares o su equivalente en otra moneda extranjera. 01170227000000 Monto original de la inversión para el residente en el extranjero pesos. 01170228000000 Depreciación acumulada en dólares o su equivalente en otra moneda extranjera. 01170229000000 Depreciación acumulada pesos. 01170230000000 Monto pendiente por deducir en dólares o su equivalente en otra moneda extranjera. 01170231000000 Monto pendiente por deducir pesos. 01170232000000 Si el residente en el extranjero tiene un establecimiento permanente en el país, derivado de las relaciones de carácter jurídico o económico que mantiene con el contribuyente el cual lleva a cabo operaciones de maquila, indique el nombre del residente en el extranjero que se considera que tiene un establecimiento permanente. 01170233000000 Indique el número de identificación fiscal del residente en el extranjero que se considera que tiene un establecimiento permanente. 01170234000000 País de residencia del residente en el extranjero. 01170235000000 Ingresos atribuibles al establecimiento permanente en el país en los términos del artículo 2 de la LISR. 01170236000000 Valor de los otros ingresos derivados de su actividad productiva relacionados con su operación de maquila (RMF vigente). 01170237000000 Optó por aplicar el estímulo fiscal consistente en una deducción adicional calculada para los efectos del artículo primero del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 01170238000000 Monto de la deducción adicional. 01170239000000 Optó por aplicar lo dispuesto por el artículo segundo del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. Cumplimiento fiscal genérico para maquiladoras En caso de que se haya contestado en la pregunta correspondiente al índice 01170026000000 que no, conteste lo siguiente: 01170240000000 Monto acumulado de intereses devengados a favor (para los efectos del artículo 18, fracción IX de la LISR). 01170241000000 Monto acumulado de utilidad cambiaria devengada a favor (para los efectos del artículo 18, fracción IX de la LISR). 01170242000000 Monto acumulado de ajuste anual por inflación (para los efectos del artículo 18, fracción X de la LISR). 274 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01170243000000 Monto deducido de intereses devengados a cargo (para los efectos del artículo 25, fracción VII de la LISR). 01170244000000 Monto deducido de pérdida en cambios devengada a cargo (para los efectos del artículo 25, fracción VII de la LISR). 01170245000000 Monto deducido de ajuste anual por inflación (para los efectos del artículo 25, fracción VIII de la LISR). Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur 01170246000000 Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región fronteriza sur. 01170247000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 01170248000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 01170249000000 Monto de deducciones con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 01170250000000 Monto de deducciones con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 01170251000000 Presentó la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional como lo contempla la ficha de trámite fiscal 5/DEC- 12. Índice Concepto Datos a proporcionar 18.- Datos informativos Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 (Cifras en pesos) Datos informativos del contribuyente 01180000000000 Se encuentra amparado para notificación por medio de buzón tributario. Datos informativos del contribuyente como representante legal 01180001000000 Es socio o accionista de algunos contribuyentes que representa. 01180002000000 Número de entidades en las que participa como representante legal. Indique los cinco principales RFC de la(s) persona(s) moral(es) en las que participa como representante legal: 01180003000000 RFC 1: 01180004000000 RFC 2: 01180005000000 RFC 3: 01180006000000 RFC 4: 01180007000000 RFC 5: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 275 01180008000000 Es representante legal de un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional. Indique los cinco principales nombres o razones sociales de los residentes en el extranjero: 01180009000000 Nombre 1: 01180010000000 Nombre 2: 01180011000000 Nombre 3: 01180012000000 Nombre 4: 01180013000000 Nombre 5: Participación de los trabajadores en las utilidades 01180014000000 PTU generada durante el ejercicio. 01180015000000 PTU no cobrada en el ejercicio anterior. 01180016000000 PTU pagada en el ejercicio. 01180017000000 Renta gravable base para PTU. Cifras al cierre del ejercicio Impuesto sobre la Renta 01180018000000 Deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta. 01180019000000 Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente. 01180020000000 Ingresos por dividendos de personas residentes en el país. 01180021000000 Ingresos por dividendos de personas residentes en el extranjero. 01180022000000 Ingresos por dividendos distribuidos que no provienen de CUFIN ni de CUFIN reinvertida. 01180023000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de fusión. 01180024000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de escisión. 01180025000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de reducciones de capital de sociedades residentes en el extranjero en las que el contribuyente es socio o accionista. 01180026000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de liquidación de sociedades residentes en el extranjero en las que el contribuyente es socio o accionista. 01180027000000 Pérdida deducida derivada de fusión. 01180028000000 Pérdida deducida derivada de escisión. 01180029000000 Pérdida deducida derivada de reducción de capital. 01180030000000 Pérdida deducida derivada de liquidación de sociedades. 01180031000000 Total de ingresos acumulables. 01180032000000 Total de ingresos acumulables obtenidos en la región fronteriza norte en el ejercicio fiscal anterior. 01180033000000 Total de ingresos por actividades empresariales obtenidos en la región fronteriza norte. 01180034000000 Saldo de CUFIN determinado conforme al quinto párrafo del artículo 77 de la LISR. 01180035000000 Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador. 01180036000000 Monto deducible al 47% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador). 01180037000000 Monto deducible al 53% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador). 01180038000000 Dividendos pagados provenientes de CUFIN y CUFINRE. 01180039000000 Dividendos pagados no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE. 276 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios de 2014 a 2025 01180040000000 Saldo inicial CUFIN actualizado al inicio del ejercicio. 01180041000000 Actualización antes de dividendos. Más: 01180042000000 Dividendos o utilidades cobrados nacionales. 01180043000000 Dividendos o utilidades cobrados REFIPRES. Menos: 01180044000000 Dividendos o utilidades pagados nacionales. 01180045000000 Dividendos o utilidades pagados a residentes en el extranjero. 01180046000000 Dividendos o utilidades pagados REFIPRES. Igual: 01180047000000 Remanente después de dividendos. 01180048000000 Actualización desde la última modificación y hasta el cierre del ejercicio. Más: 01180049000000 Utilidad fiscal neta del ejercicio. 01180050000000 Saldo CUFIN al cierre del ejercicio. Más: Resultado positivo, o menos: Resultado negativo, UFIN del ejercicio 01180051000000 Resultado fiscal del ejercicio. Menos: 01180052000000 ISR (para los efectos del art. 9, primer párrafo LISR). 01180053000000 Partidas no deducibles, excepto provisiones y reservas (para los efectos del artículo 28, fracciones VIII y IX LISR). 01180054000000 Efecto de Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero por pago de dividendos al contribuyente (para los efectos del artículo 77, cuarto párrafo LISR). 01180055000000 ISR acreditado en el ejercicio de dividendos o utilidades no provenientes de CUFIN entre el factor. Igual: 01180056000000 Resultado positivo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo de la LISR). 01180057000000 Resultado negativo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo de la LISR). Otros conceptos especificar: 01180058000000 (Especificar). 01180059000000 (Especificar). 01180060000000 (Especificar). 01180061000000 (Especificar). 01180062000000 (Especificar). 01180063000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de 2014 a 2025. 01180064000000 Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza norte del ejercicio 2025. 01180065000000 Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza sur del ejercicio 2025. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 277 Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios de 2001 a 2013 01180066000000 Saldo inicial CUFIN actualizado. Más: 01180067000000 Dividendos cobrados. Menos: 01180068000000 Dividendos pagados. Más: 01180069000000 Actualización por inflación. Otros conceptos especificar: 01180070000000 (Especificar). 01180071000000 (Especificar). 01180072000000 (Especificar). 01180073000000 (Especificar). 01180074000000 (Especificar). 01180075000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de 2001 a 2013. Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios anteriores a 2001 01180076000000 Saldo inicial CUFIN actualizado. Más: 01180077000000 Dividendos cobrados. Menos: 01180078000000 Dividendos pagados. Más: 01180079000000 Actualización por inflación. 01180080000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios anteriores a 2001. Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida 01180081000000 Saldo inicial CUFINRE actualizado. 01180082000000 Dividendos pagados. Más: 01180083000000 Actualización por inflación. Otros conceptos especificar: 01180084000000 (Especificar). 01180085000000 (Especificar). 01180086000000 (Especificar). 01180087000000 (Especificar). 01180088000000 (Especificar). 01180089000000 Saldo de CUFINRE total al cierre del ejercicio actualizado. 278 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Saldos actualizados (Impuesto sobre la Renta) al cierre del ejercicio de: 01180090000000 Cuenta de Utilidad Fiscal Neta. 01180091000000 Cuenta de Utilidad Fiscal Neta Reinvertida. 01180092000000 Cuenta de Utilidad Fiscal Neta por inversión en energía renovable. 01180093000000 Cuenta de capital de aportación. 01180094000000 Impuesto al activo por recuperar de 10 años anteriores. 01180095000000 Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. Comercio exterior 01180096000000 Valor declarado en aduana de importaciones definitivas. 01180097000000 Valor declarado en aduana de exportaciones definitivas. Impuesto al Valor Agregado 01180098000000 IVA pagado en aduanas durante el ejercicio. 01180099000000 IVA causado por importación de bienes intangibles adquiridos. 01180100000000 IVA causado por importación del uso o goce de bienes intangibles. 01180101000000 IVA causado por importación de servicios. 01180102000000 IVA acreditable por intereses. 01180103000000 IVA acreditado por la importación de bienes intangibles adquiridos. 01180104000000 IVA acreditado por la importación del uso o goce de bienes intangibles. 01180105000000 IVA acreditado por la importación de servicios. 01180106000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 8%. 01180107000000 Total de IVA de los actos o actividades pagados a la tasa del 8%. 01180108000000 Valor de los actos o actividades no objeto. 01180109000000 Valor de los actos o actividades exentos. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 01180110000000 IEPS pagado en aduanas durante el ejercicio. 01180111000000 Número de cigarros enajenados durante el ejercicio. 01180112000000 Número de cigarros importados durante el ejercicio. 01180113000000 Cantidad de litros comprados de gasolina menor a 91 octanos durante el ejercicio. 01180114000000 Cantidad de litros comprados de gasolina mayor o igual a 91 octanos durante el ejercicio. 01180115000000 Cantidad de litros comprados de diésel durante el ejercicio. 01180116000000 Durante el ejercicio realizó venta final al público en general en territorio nacional de gasolinas y/o diésel. En caso afirmativo al índice anterior, deberá manifestar información en los siguientes renglones: 01180117000000 Cantidad de litros vendidos de gasolina menor a 91 octanos durante el ejercicio. 01180118000000 Cantidad de litros vendidos de gasolina mayor o igual a 91 octanos durante el ejercicio. 01180119000000 Cantidad de litros vendidos de diésel durante el ejercicio. 01180120000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A del artículo 16 de la LIF 2025. 01180121000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado A del artículo 16 de la LIF 2025. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 279 Información de consolidación financiera 01180122000000 Es una entidad controladora en términos de la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente. Nota: en caso de una respuesta afirmativa al índice anterior, deberá manifestar información en los siguientes dos índices: 01180123000000 Total de ventas o ingresos netos consolidados determinados conforme a la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente. 01180124000000 Tiene subsidiarias en términos de la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente en el extranjero, o establecimientos permanentes residentes o ubicados en el extranjero. Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte Impuesto sobre la Renta Ingresos exclusivos de región fronteriza norte (para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto) 01180125000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte. Menos: 01180126000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 01180127000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte. Menos: 01180128000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 01180129000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital. Entre: 01180130000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 01180131000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos totales de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región fronteriza norte, pero cuenten con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento dentro de la misma (para los efectos del artículo quinto, primer párrafo del Decreto) 01180132000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte. 01180133000000 Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte. 280 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Menos: 01180134000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 01180135000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte. Menos: 01180136000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 01180137000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 01180138000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 01180139000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal en la región fronteriza norte, pero cuenten con sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento fuera de ella (para los efectos del artículo quinto, segundo párrafo del Decreto) 01180140000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza norte. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte. 01180141000000 Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte. Menos: 01180142000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 01180143000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte. Menos: 01180144000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 01180145000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 01180146000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 01180147000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 281 Determinación del crédito fiscal aplicable 01180148000000 ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR"). 01180149000000 Ingresos totales de la región fronteriza norte. Entre: 01180150000000 Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Igual: 01180151000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de la región fronteriza norte. 01180152000000 Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el ejercicio fiscal índice 01180148000000 por la proporción que representan los ingresos de la región fronteriza norte índice 01180151000000. 01180153000000 Crédito fiscal aplicable con base en el índice anterior (primer párrafo, artículo segundo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte). Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur Impuesto sobre la Renta Ingresos exclusivos de región fronteriza sur (para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto) 01180154000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur. Menos: 01180155000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. Menos: 01180156000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Menos: 01180157000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 01180158000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital. Entre: 01180159000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 01180160000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos totales de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región fronteriza sur, pero cuenten con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento dentro de la misma (para los efectos del artículo cuarto, primer párrafo del Decreto) 01180161000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur. 282 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01180162000000 Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur. Menos: 01180163000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. Menos: 01180164000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Menos: 01180165000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 01180166000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 01180167000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 01180168000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal en la región fronteriza sur, pero cuenten con sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento fuera de ella (para los efectos del artículo cuarto, tercero párrafo del Decreto) 01180169000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza sur. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur. 01180170000000 Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur. Menos: 01180171000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. Menos: 01180172000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Menos: 01180173000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 01180174000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 01180175000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 01180176000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 283 Determinación del crédito fiscal aplicable 01180177000000 ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR"). 01180178000000 Ingresos totales de la región fronteriza sur. Entre: 01180179000000 Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Igual: 01180180000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de la región fronteriza sur. 01180181000000 Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el ejercicio fiscal índice 01180177000000 por la proporción que representan los ingresos de la región fronteriza sur índice 01180180000000. 01180182000000 Crédito fiscal aplicable con base en el índice anterior (primer párrafo, artículo segundo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur). Enajenación de acciones 01180183000000 Realizó enajenación de acciones. 01180184000000 Fecha de la operación. 01180185000000 Tipo de enajenación. 01180186000000 Otros (especificar). 01180187000000 Nombre de la sociedad emisora de las acciones enajenadas. 01180188000000 País de residencia fiscal de la emisora. 01180189000000 RFC o ID. 01180190000000 Número acciones enajenadas. 01180191000000 Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación. 01180192000000 Precio de venta. 01180193000000 Costo fiscal de las acciones. 01180194000000 Aplicó pérdidas por enajenación de acciones. En caso afirmativo, indique: 01180195000000 Si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con pérdidas fiscales por enajenación de acciones pendientes de aplicar. 01180196000000 En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación. 01180197000000 Monto total de las pérdidas por enajenación de acciones al cierre del ejercicio. 01180198000000 Importe de la pérdida por enajenación de acciones determinada. 01180199000000 Indique si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con importes pendientes de acreditar por concepto de ISR pagado en el extranjero para los efectos del artículo 5 de la LISR. En caso afirmativo, indique: 01180200000000 Monto pendiente de acreditar. 01180201000000 Concepto por el que fue pagado el Impuesto sobre la Renta en el extranjero. 284 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 19.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal Tipo de operación (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “01D102000”, del anexo de datos generales. Impuesto sobre la Renta Denominación o razón social Ingresos acumulables 01190000000000 (Especificar). 01190001000000 Total de ingresos acumulables. Deducciones autorizadas 01190002000000 (Especificar). 01190003000000 Total de deducciones autorizadas. Parte II Datos a proporcionar En caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto País de residencia México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no) Monto de la operación Indique si es parte relacionada (si o no) Efectuó retención y entero por esta operación (si o no) Parte III Datos a proporcionar Tasa ISR por retención determinado por auditoría ISR retenido pagado Diferencia Aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 285 Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 20.- Inversiones Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio Más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio (Cifras en pesos) Activos fijos 01200000000000 Construcciones. 01200001000000 Construcciones en proceso. 01200002000000 Inmuebles considerados históricos. 01200003000000 Ferrocarriles. 01200004000000 Mobiliario y equipo de oficina. 01200005000000 Aviones. 01200006000000 Embarcaciones. 01200007000000 Equipo de transporte automóviles. 01200008000000 Equipo de transporte: automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos con motor de combustión interna o accionado por hidrógeno. 01200009000000 Equipo de transporte: bicicletas convencionales, bicicletas y motocicletas con propulsión de baterías eléctricas recargables. 01200010000000 Equipo de transporte (otros). 01200011000000 Equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos. 01200012000000 Equipo de cómputo. 01200013000000 Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental. 01200014000000 Comunicaciones telefónicas. 01200015000000 Comunicaciones satelitales. 01200016000000 Terrenos (costo de adquisición). 01200017000000 Adaptación a instalaciones para personas con capacidades diferentes. 01200018000000 Maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente. 01200019000000 Maquinaria y equipo. 01200020000000 Oleoductos, gasoductos, terminales, y tanques de almacenamiento de hidrocarburos. 01200021000000 Inversiones realizadas para la exploración, recuperación secundaria y mejorada, y el mantenimiento no capitalizable (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 01200022000000 Inversiones realizadas para el desarrollo y explotación de yacimientos de petróleo o gas natural (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 01200023000000 Inversiones realizadas en infraestructura de almacenamiento y transporte (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 01200024000000 Otros activos fijos. 01200025000000 Suma activo fijo. 286 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Gastos y cargos diferidos 01200026000000 Patentes. 01200027000000 Marcas registradas. 01200028000000 Regalías. 01200029000000 Gastos de instalación. 01200030000000 Gastos de organización. 01200031000000 Concesiones. 01200032000000 Otros gastos y cargos diferidos. 01200033000000 Suma gastos y cargos diferidos. Erogaciones en periodos preoperativos 01200034000000 (Especificar). 01200035000000 Suma erogaciones preoperativas. 01200036000000 Total de inversiones. Parte II Datos a proporcionar Menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio Menos: deducción en el ejercicio Menos: deducción inmediata en el ejercicio saldo pendiente de deducir al final del ejercicio Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 21.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC País de residencia fiscal (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “01D103000”, del anexo de datos generales. Cuentas por cobrar Nombre, denominación o razón social del deudor 01210000000000 (Especificar). 01210001000000 Total de cuentas por cobrar. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 287 Cuentas por pagar Nombre, denominación o razón social del acreedor 01210002000000 (Especificar). 01210003000000 Total de cuentas por pagar. Parte II Datos a proporcionar Tipo de moneda Antigüedad de la cuenta por cobrar y por pagar (meses) Saldo en moneda extranjera Saldo en moneda nacional Indique si la cuenta proviene de una fusión, escisión de sociedades o cesión de derechos u obligaciones Concepto más importante que originó el saldo Parte III Datos a proporcionar En caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor", especifique concepto: Indique si es parte relacionada (si o no) Generó intereses (si o no) Indique si la cuenta por cobrar o por pagar se encuentra cubierta por algún instrumento financiero derivado. (si o no) Este anexo consta de 27 columnas y está dividido en seis partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 22.- Préstamos Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “01D104000”, del anexo de datos generales Nombre, denominación o razón social del residente en el extranjero Partes relacionadas 01220000000000 (Especificar). 01220001000000 Total de partes relacionadas. 288 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Partes no relacionadas 01220002000000 (Especificar). 01220003000000 Total de partes no relacionadas. Nombre, denominación o razón social del residente en México Partes relacionadas 01220004000000 (Especificar). 01220005000000 Total de partes relacionadas. Partes no relacionadas 01220006000000 (Especificar). 01220007000000 Total de partes no relacionadas. Parte II Datos a proporcionar Tipo de financiamiento En caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no) Número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado País de residencia para efectos fiscales Parte III Datos a proporcionar Tipo de moneda Conversión de moneda Fecha en la que se realizó la conversión de moneda Denominación de la tasa de interés Porcentaje de la tasa de interés Parte IV Datos a proporcionar Importe total de los intereses pagados y/o exigibles Tasa de retención del ISR ISR retenido en el ejercicio Vigencia del préstamo del Parte V Datos a proporcionar Vigencia del préstamo al Saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025 Frecuencia de exigibilidad del pago de intereses En caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: Garantizó el préstamo (si o no) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 289 Parte VI Datos a proporcionar Importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado Destino del capital tomado en préstamo Efectuó colocaciones en el extranjero (si o no) Número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 23.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2024 2023 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “01D047000”, del anexo de datos generales. 01230000000000 La pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una escisión. 01230001000000 Señale el RFC de la escindente. 01230002000000 Señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la escisión. Nota: en caso de escisiones sucesivas deberá manifestar a través del anexo denominado información adicional del dictamen, la información correspondiente a los índices anteriores. 01230003000000 Monto original de la pérdida fiscal. 01230004000000 INPC del último mes del ejercicio en que se generó la pérdida fiscal. 01230005000000 INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que se generó la pérdida fiscal. 01230006000000 Factor de actualización del periodo. 01230007000000 Pérdida fiscal actualizada por el ejercicio en que se generó. 01230008000000 INPC del último mes de la primera mitad del ejercicio en que se aplica o actualiza la pérdida fiscal. 01230009000000 INPC del mes en que se actualizo por última vez la pérdida fiscal. 01230010000000 Factor de actualización del periodo. 01230011000000 Pérdida fiscal actualizada en el ejercicio en que se aplica o actualiza. Nota: los conceptos de los índices 01230008000000 al 01230011000000 deben repetirse para actualizar las pérdidas fiscales ocurridas de 2015 a 2024, o aplicadas en los ejercicios de 2016 a 2025. 290 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01230012000000 (Monto de la disminución de la pérdida fiscal en el ejercicio:) Nota: el concepto del índice 01230012000000 debe repetirse las veces que sea necesario para indicar el ejercicio en el que se amortizan las pérdidas fiscales, anotando el importe aplicado en la columna a la que corresponda la pérdida fiscal. 01230013000000 Monto de la pérdida fiscal pendiente de aplicar. Parte II Datos a proporcionar 2022 2021 2020 2019 2018 2017 2016 Parte III Datos a proporcionar 2015 Este anexo consta de 30 columnas y está dividido en siete partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 24.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia fiscal (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “01D339000”, del anexo de datos generales. Denominación o razón social Ingresos 01240000000000 (Especificar). 01240001000000 Total de ingresos. Gastos 01240002000000 (Especificar). 01240003000000 Total de gastos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 291 Parte II Datos a proporcionar Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México) Tipo de moneda del país de residencia fiscal Tipo de operación En caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria Parte III Datos a proporcionar Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio Participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje Participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe Aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio Aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio Parte IV Datos a proporcionar La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no) Tiene alguna entidad interpuesta (si o no) Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial Parte V Datos a proporcionar Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial En el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no) En el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa Operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no) Operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso Parte VI Datos a proporcionar Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia al Carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente Indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación Tasa preferencial por tratado Parte VII Datos a proporcionar Impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES 292 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en seis partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 25.- Deducción de intereses Netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada (Cifras en pesos) Denominación o razón social 01250000000000 (Especificar). 01250001000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente Total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas Proporción de Ingresos Límite de deducción del contribuyente Parte III Datos a proporcionar Total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles) Intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021) Total de los ingresos por intereses acumulados Intereses netos Parte IV Datos a proporcionar Utilidad (pérdida) fiscal Total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles) Monto total deducido de activos fijos Monto total deducido de gastos diferidos Parte V Datos a proporcionar Monto total deducido de cargos diferidos Monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos Utilidad fiscal ajustada Límite intereses netos Parte VI Datos a proporcionar Intereses no deducibles Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 293 Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Toda pregunta debe ser entendida con respecto al ejercicio fiscal sujeto a revisión. En aquellos cuestionamientos que no apliquen al contribuyente, así como cuando a criterio del contador público que responda el cuestionario no haya una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado, o bien, simplemente no fue revisado por no caer en el alcance de revisión, se podrá dejar en blanco el renglón que corresponda, haciendo las aclaraciones correspondientes en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, ya que de no hacerlo el Servicio de Administración Tributaria, entenderá que el contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento. Índice Concepto Datos a proporcionar Comentarios Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Procedimientos de auditoría aplicados para la revisión de estados financieros 01260000000000 Realizó la evaluación del control interno del contribuyente. 01260001000000 En caso afirmativo al índice anterior, conserva la evidencia de la evaluación del control interno en sus papeles de trabajo. 01260002000000 Detectó debilidades o desviaciones relacionadas con la estructura del control interno del contribuyente con repercusión en su situación fiscal. Nota: en caso afirmativo, describa las irregularidades en el informe sobre la revisión de la situación fiscal. 01260003000000 Como consecuencia de la realización de su trabajo, propuso ajustes financieros que afectaron la situación fiscal del contribuyente. 01260004000000 Como consecuencia de la realización de su trabajo encontró diferencias en partidas no materiales que puedan tener repercusión fiscal. 01260005000000 En caso afirmativo a los índices anteriores, los ajustes afectaron la base y la determinación de las contribuciones a que está sujeto el contribuyente. Como consecuencia de la realización de su trabajo, el contribuyente corrigió a la fecha de envío del dictamen fiscal lo siguiente: 01260006000000 Partidas que el contribuyente dedujo indebidamente en el Impuesto sobre la Renta. 01260007000000 Ingresos que el contribuyente omitió en el Impuesto sobre la Renta. 01260008000000 Actos o actividades que el contribuyente omitió en el Impuesto al Valor Agregado. 01260009000000 Acreditamientos indebidos efectuados contra el Impuesto sobre la Renta. 01260010000000 Acreditamientos indebidos efectuados contra el Impuesto al Valor Agregado. En caso negativo, explique los motivos en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 294 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01260011000000 En caso de haber detectado en su auditoría alguna irregularidad de las señaladas en los índices 01260006000000 al 01260010000000, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 01260012000000 En caso de haber contestado afirmativamente en el índice 01260004000000, reveló dicha circunstancia en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de trabajo, responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera con lo siguiente: 01260013000000 El contribuyente recibió asesoría de un experto de la dirección en materia fiscal. En caso afirmativo, señale: 01260014000000 Evaluó la competencia, capacidad y objetividad del experto de la dirección en materia fiscal. 01260015000000 Obtuvo conocimiento del trabajo del experto. 01260016000000 Evaluó la adecuación del trabajo del experto. 01260017000000 Si el contribuyente obtuvo un documento por escrito. Impuesto sobre la Renta (ISR) Ingresos (ISR) 01260018000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 01D184000 al 01D216000 del diagnóstico fiscal, se propusieron las correcciones correspondientes. 01260019000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Deducciones (ISR) 01260020000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 01D217000 al 01D254000 del diagnóstico fiscal, se propuso que se hicieran no deducibles las partidas correspondientes. 01260021000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Declaración informativa múltiple 01260022000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS (para los efectos del artículo noveno de las disposiciones transitorias de la LISR 2014, fracción X). 01260023000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre residentes en el extranjero, tratándose de residentes en el extranjero (para los efectos del artículo noveno de las disposiciones transitorias de la LISR 2014, fracción X). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 295 01260024000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción VI de la LISR). 01260025000000 Verificó la información contenida en el anexo de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes (para los efectos del artículo 178 de la LISR). 01260026000000 Verificó la información contenida en el anexo de operaciones efectuadas a través de fideicomisos (para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la LISR). Impuesto Diferido (ISR) 01260027000000 Diga si de acuerdo con normas y procedimientos de auditoría se allegó de la evidencia comprobatoria suficiente y competente para efectos de verificar la determinación del impuesto diferido por parte del contribuyente. Regímenes fiscales preferentes 01260028000000 Verificó la información contenida en el anexo de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. Impuesto al Valor Agregado Actos o actividades (IVA) 01260029000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 01D355000 al 01D360000 del diagnóstico fiscal, propuso que se hicieran las correcciones correspondientes. 01260030000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Acreditamiento (IVA) Se verificaron los siguientes requisitos de acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado. 01260031000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 01D361000 al 01D375000 del diagnóstico fiscal, propuso que se hicieran las correcciones correspondientes en el acreditamiento. 01260032000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Índice Concepto Datos a proporcionar Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público) por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025. De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de trabajo responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera con lo siguiente: 296 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Capitalización insuficiente (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR) 01270000000000 Verificó si el contribuyente dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 01270001000000 Detectó algún incumpliendo a lo dispuesto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 01270002000000 Monto de intereses no deducibles por capitalización insuficiente. En caso de considerar cuentas fiscales para el cálculo, señale el monto de: 01270003000000 Cuentas de capital de aportación. 01270004000000 Utilidad fiscal neta y utilidad neta reinvertida. 01270005000000 En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a los índices 01170117000000 y/o 01170124000000 del anexo 17 no eran correctas y haber detectado algún incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 01270006000000 En adición, de haber contestado de forma afirmativa el índice 01270005000000, señaló alguna salvedad en su dictamen. Documentación comprobatoria de precios de transferencia (estudio de precios de transferencia) por operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR) 01270007000000 Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta obligación fiscal. 01270008000000 En caso de incumplimiento del contribuyente se consideraron como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 01270009000000 En caso de incumplimiento del contribuyente a esta obligación fiscal, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal. 01270010000000 En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Verificó que la documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR), incluyera lo siguiente: Nota: las preguntas referidas en los índices 01270011000000 al 01270028000000 solo se contestarán cuando se haya contestado que “si” en el renglón 01170036000000 del anexo 17. 01270011000000 1) nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebraron operaciones. 01270012000000 2) que se consideraran todas las partes relacionadas de acuerdo con la definición contenida en los párrafos quinto y sexto del artículo 179 de la LISR. 01270013000000 3) documentación que demuestre la participación directa e indirecta entre las partes relacionadas. 01270014000000 4) información relativa a las funciones o actividades por cada tipo de operación evaluada. 01270015000000 5) información relativa a los activos utilizados en cada tipo de operación evaluada. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 297 01270016000000 6) información relativa a los riesgos asumidos en cada tipo de operación evaluada. 01270017000000 7) información y documentación sobre las operaciones con partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por cada tipo de operación evaluada. 01270018000000 8) método aplicado conforme al artículo 180 de la LISR por cada tipo de operación evaluada. 01270019000000 9) información y documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación evaluada. 01270020000000 10) se identificaron en los registros de contabilidad que la totalidad de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero estuvieran debidamente asentadas. 01270021000000 En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes referidos, señale si mencionó tal circunstancia en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 01270022000000 En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes referidos señale si mencionó tal circunstancia en su dictamen. 01270023000000 Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con partes relacionadas por el contribuyente se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. 01270024000000 En caso de una conclusión negativa, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 01270025000000 En caso de una conclusión negativa en la documentación comprobatoria, indique si reveló alguna salvedad en el dictamen. 01270026000000 En caso de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 01270027000000 En caso de que la documentación comprobatoria de precios de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en dictamen. 01270028000000 En estos últimos casos, consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. Declaración informativa de operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) 01270029000000 Verificó la presentación oportuna de la información de las operaciones con partes relacionadas, efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM). 01270030000000 Verificó si las cifras reportadas en esa declaración coinciden con las manifestadas en la documentación a que se refiere el artículo 76, fracción IX de la LISR (estudio de precios de transferencia). 01270031000000 Verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la información de las operaciones con partes relacionadas, efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM) conforme a la información contenida en la documentación de precios de transferencia para las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR). 01270032000000 En caso de haber observado errores en el llenado, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 298 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 En caso negativo, especifique: 01270033000000 Consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 01270034000000 En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 01270035000000 En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas (para los efectos del artículo 76-A, fracción X de la LISR) de 2024 presentadas en 2025 01270036000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 01270037000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa local de partes relacionadas correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 01270038000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 01270039000000 En caso de haber observado errores en el llenado de las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Cumplimiento de la obligación respecto de las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción XII de la LISR) 01270040000000 Verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y deducciones autorizadas considerando para esas operaciones los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. 01270041000000 En caso negativo, consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 01270042000000 En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 01270043000000 En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental, indique si reveló alguna salvedad en su dictamen. 01270044000000 Verificó en la evidencia documental referida en el índice 01270040000000 la aplicación de los métodos de precios de transferencia establecidos en el artículo 180 de la LISR en los términos del tercer párrafo del citado artículo. 01270045000000 En caso de no haberlos aplicado, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en su dictamen. Operaciones con partes relacionadas nacionales informadas 01270046000000 En caso de haber señalado que sí en el índice 01D043000 del anexo "datos generales", verificó que la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR y anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 299 01270047000000 En caso de haber señalado que sí en el índice 01170176000000 del anexo 17, verificó que la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR y anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional. Ajustes de precios de transferencia 01270048000000 Verificó en el caso de ajustes de precios de transferencia que hayan incrementado las deducciones del contribuyente, que se cumplieran todos los requisitos establecidos en la regla 3.9.1.3. de la RMF para 2025. Intereses considerados como dividendos (para los efectos del artículo 11 de la LISR) 01270049000000 En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a los índices 01170071000000 y/o 01170072000000 del anexo 17 no eran correctas y lo llevaron a un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en su dictamen. Metodología de precios de transferencia (para los efectos del artículo 180 de la LISR) por transacción con partes relacionadas 01270050000000 Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia, exista evidencia de que se intentó aplicar en primer término el método de precio comparable no controlado (previsto por la fracción I del artículo 180 de la LISR) para cada una de sus transacciones con partes relacionadas que validó en sus estudios de precios de transferencia. 01270051000000 Observó alguna inconsistencia de índole formal, por parte del contribuyente en las respuestas de la información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. 01270052000000 En caso afirmativo, reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien, en su dictamen. En el caso de maquiladoras (para los efectos de los artículos 182 y 183 de la LISR) 01270053000000 Verificó en el caso de que la empresa actuara bajo el programa de albergue, que el contribuyente hubiera dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 183, segundo y cuarto párrafos de la LISR. 01270054000000 Verificó que el contribuyente contara con un programa vigente, autorizado por la Secretaría de Economía, para realizar operaciones de manufactura, en cualquiera de sus modalidades. 01270055000000 Verificó que la empresa actuara bajo el programa de albergue. Verificó por las operaciones de maquila la correcta aplicación de lo dispuesto por el artículo 182 aplicado por el contribuyente, es decir, con los párrafos: 01270056000000 Primero, fracción I. 01270057000000 Primero, fracción II. 01270058000000 Segundo (presentación oportuna de la declaración informativa de empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación (DIEMSE). 300 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 01270059000000 Verificó si las cifras reportadas en esta última declaración coinciden con las registradas en contabilidad del contribuyente, incluso en cuentas de orden. 01270060000000 Antepenúltimo acuerdo anticipado de precios (APA). 01270061000000 En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a los índices 01170240000000 al 01170245000000 del anexo 17 no eran correctas, mencionó alguna salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 01270062000000 Verificó la aplicación por parte del contribuyente de lo dispuesto por el artículo primero del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 01270063000000 Verificó que las operaciones con partes relacionadas que no tengan relación con maquila, hayan cumplido con lo dispuesto por las disposiciones fiscales en materia de precios de transferencia. 01270064000000 En caso de incumplimientos del contribuyente (índices 01270062000000 al 01270063000000) mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. B. Formato guía para la presentación del dictamen de estados financieros aplicable a los contribuyentes personas morales que tributen como coordinados y del régimen agrícola, ganadero, silvícola y pesquero y las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades autotransporte terrestre de carga o pasaje. Índice Concepto Datos a proporcionar Datos de identificación: Contribuyente: 40A000000 RFC: 40A001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o razón social: 40A002000 CURP: Domicilio fiscal: 40A003000 Entidad federativa: 40A004000 Alcaldía o municipio: 40A005000 Colonia o localidad: 40A006000 Código postal: 40A007000 Calle, número exterior e interior: 40A008000 Ciudad o población: 40A009000 Teléfono: 40A010000 Correo electrónico: 40A011000 Nombre del grupo económico al que pertenece: 40A012000 Clave de actividad para efectos fiscales: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 301 Declaratoria del contribuyente: Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las operaciones reales que lleve a cabo durante el ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas con documentación comprobatoria. 40A013000 Nombre del contribuyente: Contador público: 40B000000 RFC: 40B001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno y nombre(s)): 40B002000 CURP: 40B003000 Número de registro: Domicilio fiscal: 40B004000 Entidad federativa: 40B005000 Alcaldía o municipio: 40B006000 Colonia o localidad: 40B007000 Código postal: 40B008000 Calle, número exterior e interior: 40B009000 Ciudad o población: 40B010000 Teléfono del CPI o despacho: 40B011000 40B012000 Correo electrónico: Correo electrónico del buzón tributario: 40B013000 Colegio al que pertenece: 40B014000 Nombre del despacho: 40B015000 RFC del despacho: 40B016000 Número de registro del despacho: Declaratoria del contador público que dictaminó: Declaro que la información que proporciona el contribuyente citado, consta en libros, registros, documentos y declaraciones en poder del propio contribuyente, mismos que examine, como lo manifiesto en el informe del auditor independiente y en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente que adjunto. 40B017000 Nombre del contador público que dictaminó: 302 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Representante legal: 40C000000 RFC: 40C001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno y nombre(s)): 40C002000 Nacional: 40C003000 Extranjero: 40C004000 CURP: Domicilio fiscal: 40C005000 Entidad federativa: 40C006000 Alcaldía o municipio: 40C007000 Colonia o localidad: 40C008000 Código postal: 40C009000 Calle, número exterior e interior: 40C010000 Ciudad o población: 40C011000 Teléfono: 40C012000 Correo electrónico: 40C013000 Número de escritura: 40C014000 Número de notaria: 40C015000 Entidad en la que se ubica la notaria: 40C016000 Fecha del poder: 40C017000 Fecha de designación: Declaratoria del representante legal: Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las operaciones reales que llevó a cabo mi representada durante el ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas con documentación comprobatoria. 40C018000 Declaratoria representante legal: Índice Concepto Datos a proporcionar Datos generales: 40D000000 Autoridad competente. 40D001000 Sede a la que pertenece la ADAF. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 303 40D002000 Administración general y/o ADAF. 40D003000 Obligado u optativo. 40D004000 Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 40D005000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 40D006000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 40D007000 En caso negativo en todas las preguntas de los índices 40D004000, 40D005000 y 40D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen. 40D008000 Forma parte de una asociación en participación. 40D009000 Forma parte de un fideicomiso. En caso afirmativo al índice anterior, indique denominación o razón social del fideicomiso: 40D010000 Denominación o razón social fideicomitente. 40D011000 Denominación o razón social fiduciario. 40D012000 Denominación o razón social fideicomisario (1). 40D013000 Denominación o razón social fideicomisario (2). 40D014000 Denominación o razón social fideicomisario (3). 40D015000 Primer dictamen. 40D016000 Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. 40D017000 Realizó obras de construcción. 40D018000 En caso afirmativo al índice anterior, acumuló ingresos conforme al artículo 17, fracción IV de la LISR. 40D019000 Empresa dedicada a la actividad agrícola, ganadera, silvícola, pesquera o sociedad cooperativa de producción. 40D020000 Empresa dedicada a la actividad de autotransporte terrestre de carga o de pasajeros o complementarias. 40D021000 Empresa como coordinado. 40D022000 Tipo de contribuyente especial. 40D023000 Empresa filial. 40D024000 Empresa subsidiaria. 40D025000 Inicio de operaciones. 40D026000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal. 40D027000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal. 40D028000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. 40D029000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior. 40D030000 Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales: En caso de haber seleccionado algún sistema de costeo, estará a lo siguiente: 40D031000 Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo de adquisición para efectos contables (costos históricos) (en caso afirmativo debe llenar del índice 40060000000000 al 40060030000000 del anexo 6). 40D032000 Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales (costos predeterminados estimados) (en caso afirmativo debe llenar del índice 40060000000000 al 40060030000000 del anexo 6). 304 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40D033000 Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo estándar para efectos contables (en caso afirmativo debe llenar del índice 40060000000000 al 40060030000000 del anexo 6). 40D034000 Costo de ventas: utiliza un sistema distinto a los anteriores (en caso afirmativo debe llenar del índice 40060031000000 al 40060040000000 del anexo 6). 40D035000 Tipo de opinión. 40D036000 Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método indirecto (en caso afirmativo debe llenar del índice 40040000000000 al 40040050000000 del anexo 4). 40D037000 Estado de flujos de efectivo. Utilizó el método directo (en caso afirmativo debe llenar del índice 40040051000000 al 40040089000000 del anexo 4). Indique el RFC de la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que asesoro(aron) fiscalmente al contribuyente, mediante una opinión por escrito: 40D038000 RFC 1: 40D039000 RFC 2: 40D040000 RFC 3: 40D041000 RFC 4: 40D042000 RFC 5: Efectos fiscales 40D043000 Realizó operaciones con partes relacionadas. 40D044000 Si su respuesta fue afirmativa en el índice 40D043000 (debe llenar los anexos 16 y 17). 40D045000 Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. 40D046000 Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. 40D047000 Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. 40D048000 En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 24). 40D049000 Indique si promovió juicios que estén pendientes de resolver respecto a la desconsolidación. 40D050000 Indique si la contribuyente aplicó los procedimientos establecidos en el artículo 22 de la LISR. En caso de que la respuesta a la pregunta anterior sea afirmativa indique lo siguiente: 40D051000 Nombre de la emisora de las acciones que se enajenaron. 40D052000 Porcentaje de participación en el capital de la emisora de las acciones que se enajenaron. 40D053000 Precio de venta de las acciones enajenadas. 40D054000 Importe de la utilidad o (pérdida) determinada por la enajenación de las acciones. 40D055000 Indique si la adquiriente de las acciones enajenadas es una parte relacionada. 40D056000 La contribuyente cuenta con pérdidas por enajenación de acciones pendientes de aplicar al cierre del ejercicio. 40D057000 En caso de que su repuesta a la pregunta anterior sea afirmativa, indique el importe de la pérdida por enajenación de acciones actualizada al cierre del ejercicio. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 305 Otros aspectos 40D058000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. 40D059000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). 40D060000 Obtuvo alguna resolución por parte del SAT, de la SHCP o de la PRODECON que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 40D061000 Se trata de: 40D062000 Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). 40D063000 Número de oficio 1. 40D064000 Fecha del oficio 1. 40D065000 Número de oficio 2. 40D066000 Fecha del oficio 2. 40D067000 Número de oficio 3. 40D068000 Fecha del oficio 3. 40D069000 Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). En caso afirmativo al índice anterior, indique el número y fecha de la resolución: 40D070000 Número de resolución 1. 40D071000 Fecha de la resolución 1. 40D072000 Número de resolución 2. 40D073000 Fecha de la resolución 2. 40D074000 Número de resolución 3. 40D075000 Fecha de la resolución 3. 40D076000 Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. En caso afirmativo al índice anterior, aclarar a través del anexo denominado información adicional, la disposición fiscal controvertida, el medio de defensa interpuesto así como el estatus del medio de defensa interpuesto al cierre del ejercicio. 40D077000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). 40D078000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). 40D079000 Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: Número de identificación otorgado por el SAT al esquema reportable. 40D080000 Número de identificación (campo 1). 40D081000 Número de identificación (campo 2). 40D082000 Número de identificación (campo 3). 40D083000 Número de identificación (campo 4). 40D084000 Número de identificación (campo 5). 40D085000 Fecha de presentación de la declaración informativa normal. 40D086000 Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). 306 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Operaciones financieras, inversiones, financiamiento, moneda extrajera y residentes al extranjero 40D087000 Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 12). 40D088000 Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 13). 40D089000 La persona moral cumplió por cuenta de sus integrantes con lo dispuesto en los capítulos VII y VIII (para los efectos de los artículos 72 y 73 de la LISR). 40D090000 Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 20). 40D091000 Mantuvo saldos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 22). 40D092000 Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 23). Diagnóstico fiscal del contribuyente Generalidades fiscales. 40D093000 Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. 40D094000 En caso afirmativo, al índice anterior cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el Registro Federal de Contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF) asimismo especifique el RFC y nombres anteriores. 40D095000 (Especificar nombre anterior). 40D096000 (Especificar nombre anterior). 40D097000 (Especificar nombre anterior). 40D098000 (Especificar nombre anterior). 40D099000 (Especificar nombre anterior). 40D100000 Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. 40D101000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). 40D102000 Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. 40D103000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII del RCFF). 40D104000 Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). 40D105000 Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. Nota: en caso afirmativo al índice anterior, describa cómo dio cumplimiento y con qué documentación lo acredita, a través del anexo denominado información adicional del dictamen. 40D106000 Tiene accionistas residentes en el país. 40D107000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF). 40D108000 Se encuentra obligado a solicitar la inscripción en el RFC de sus socios o accionistas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 27 del CFF). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 307 40D109000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes. 40D110000 Tiene inventarios registrados en su contabilidad. 40D111000 En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV de la LISR). 40D112000 Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. 40D113000 Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF. 40D114000 Realizó operaciones con el público en general. 40D115000 Tiene empleados. En caso afirmativo a la pregunta del índice anterior indique: 40D116000 Número de trabajadores. 40D117000 Total del ISR retenido y enterado por salarios. 40D118000 Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. 40D119000 Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. 40D120000 Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. 40D121000 Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. 40D122000 Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR). 40D123000 En caso negativo a la pregunta del índice 40D115000 tiene algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE). En caso de tener algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE), señale el RFC y nombre de la(s) sociedad(es) que le presta(n) los servicios especializados u obras especializadas (REPSE). 40D124000 (Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 40D125000 (Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 40D126000 (Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 40D127000 (Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 40D128000 (Especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). Obtuvo ingresos por: 40D129000 Enajenación de bienes. 40D130000 Prestación de servicios. 40D131000 Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 40D132000 Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México. 40D133000 Dividendos obtenidos de residentes en el extranjero sujetos a regímenes fiscales preferentes. 40D134000 Otros, en caso afirmativo especificar abajo: 40D135000 (Especificar). 308 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40D136000 (Especificar). 40D137000 (Especificar). 40D138000 Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. 40D139000 Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. 40D140000 Monto de IVA que originó dicha operación. Contabilidad 40D141000 Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. 40D142000 La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). Nota: en caso negativo al índice anterior, señale el domicilio en el cual conserva la documentación comprobatoria de los registros o asientos, a través del anexo denominado información adicional del dictamen. Para efectos del IVA indique lo siguiente: 40D143000 Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). 40D144000 Expidió y entregó comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA). 40D145000 Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D146000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D147000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D148000 Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV del artículo 1o.-A de la LIVA. Cuenta con los siguientes libros actualizados: 40D149000 Diario. 40D150000 Mayor. 40D151000 Actas de asamblea de socios o accionistas. 40D152000 Socios o accionistas. Impuesto sobre la Renta (ISR) 40D153000 Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). En caso afirmativo al índice anterior indique lo siguiente: 40D154000 Se realizaron con fines de: 40D155000 Monto de la ganancia acumulable en el ejercicio. 40D156000 Monto de la pérdida deducible en el ejercicio. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 309 40D157000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). 40D158000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). 40D159000 Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. 40D160000 El contribuyente cambió el modelo de negocios. Dio cumplimiento a las siguientes obligaciones fiscales: 40D161000 Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR). 40D162000 Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del Impuesto Retenido (para los efectos de los artículos 76, fracción III de la LISR). 40D163000 Levantar inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos de los artículos 76, fracción IV o en fecha distinta de acuerdo al artículo 110 del RLISR). 40D164000 Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). 40D165000 Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). 40D166000 Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en el que se señale su monto, donde se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). 40D167000 Presentar en tiempo la declaración de operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervino (para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la LISR). 40D168000 Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos del artículo 76, fracción XV de la LISR). 40D169000 Dar a conocer en la asamblea general ordinaria de accionistas o socios un reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales por el ejercicio inmediato anterior (para los efectos de los artículos 76, fracción XIX de la LISR y 116 del RLISR). 40D170000 Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000.00 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D171000 Retener y enterar el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140, párrafo segundo de la LISR). (ISR) obtuvo ingresos por 40D172000 Enajenación de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D173000 Prestación de servicios (para los efectos del artículo 17, fracción I de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 310 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40D174000 Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (para los efectos del artículo 17, fracción II de la LISR). 40D175000 Contratos de arrendamiento financiero (para los efectos de los artículos 17, fracción III y 40 de la LISR). 40D176000 Enajenaciones a plazo. Precio pactado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, segundo párrafo y 40 de la LISR). 40D177000 Enajenaciones a plazo. Precio cobrado (para los efectos de los artículos 17, fracción III, tercer párrafo y 40 de la LISR). 40D178000 Deudas no cubiertas por prescripción, condonación o notoria imposibilidad práctica de cobro (para los efectos del artículo 17, fracción IV de la LISR). 40D179000 Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para su cobro (para los efectos de los artículos 17, penúltimo párrafo de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). 40D180000 Contratos de obra inmueble. Que las estimaciones sean efectivamente pagadas (para los efectos de los artículos 17, de la LISR y 17, 18 y 19 del RLISR). 40D181000 Consideró como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra para los efectos del artículo 1.7. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 40D183000 Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 40D183000 Nombre del comprador 1. 40D184000 Es parte relacionada. 40D185000 Nombre del comprador 2. 40D186000 Es parte relacionada. 40D187000 Nombre del comprador 3. 40D188000 Es parte relacionada. 40D189000 Nombre del comprador 4. 40D190000 Es parte relacionada. 40D191000 Nombre del comprador 5. 40D192000 Es parte relacionada. 40D193000 Total de ingresos por venta de intangibles. 40D194000 Total del monto original de la inversión ajustado. 40D195000 Efectuó retención. 40D196000 Monto del entero por la operación. 40D197000 Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos. Indique lo siguiente en calidad de emisora de las acciones: 40D198000 Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. 40D199000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. 40D200000 Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. 40D201000 Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. 40D202000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. 40D203000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. 40D204000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de absorción de pérdidas financieras. 40D205000 Registro por separado los ingresos de las operaciones que realizó por cuenta de cada uno de sus integrantes (para los efectos de los artículos 72, fracción IV y 75, fracción II de la LISR). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 311 Deducciones (ISR) Reunió los siguientes requisitos fiscales para sus deducciones: 40D206000 Ser estrictamente indispensables para los fines de su actividad, a excepción de los donativos autorizados para su deducción por las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125, y 131 del RLISR). 40D207000 En el caso de donativos cumplió con todos los requisitos para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción I de la LISR y 36, 37, 38, 107, 108, 124, 125 y 131 del RLISR). 40D208000 Estar amparados con comprobantes fiscales (para los efectos del artículo 27, fracción III de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D209000 Efectuar pagos a través de cheque nominativo, tarjetas de crédito, de débito o de servicios, o monederos electrónicos autorizados, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, compensaciones o a través de distintas formas de extinción de las obligaciones cuando lo señalen las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción III de la LISR y 42 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D210000 Estar debidamente registradas en contabilidad (para los efectos de los artículos 27, fracción IV de la LISR y 44 del RLISR). 40D211000 Ser deducidas una sola vez (para los efectos del artículo 27, fracción IV de la LISR). 40D212000 Cumplir las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros, así como las demás formalidades establecidas (para los efectos del artículo 27, fracción V de la LISR). 40D213000 Que en el comprobante fiscal, el Impuesto al Valor Agregado conste en forma expresa y por separado cuando así sea procedente (para los efectos del artículo 27, fracción VI de la LISR). 40D214000 En el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, estos se hayan invertido en los fines del negocio (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 45 del RLISR). 40D215000 Por capitales tomados en préstamo y otorgamiento de préstamos a terceros, se aplicó el tope establecido para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción VII de la LISR). 40D216000 Los pagos a personas físicas, a personas morales coordinados, a sociedades o asociaciones civiles, a los que presten servicios domésticos de suministro de agua potable y de recolección de basura y a los que obtengan donativos, fueron deducidos cuando fueron efectivamente erogados (para los efectos del artículo 27, fracción VIII de la LISR). 40D217000 En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). 40D218000 En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los presto en forma directa y efectivamente se llevaron a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR). 40D219000 Por los gastos de previsión social, se comprobó que las prestaciones correspondientes se otorgaron en forma general en beneficio de todos los trabajadores y que tratándose de vales de despensa otorgados a trabajadores la entrega se realice a través de monederos electrónicos autorizados. (para los efectos de los artículos 7 y 27, fracción XI de la LISR y 46, 47, 48 y 50 del RLISR). 40D220000 Cuando existan aportaciones para fondos de ahorro, además del requisito establecido en el índice anterior se comprobó que el monto de las aportaciones efectuadas haya sido igual al monto aportado por los trabajadores y no haya excedido los límites establecidos en las disposiciones fiscales (para los efectos de los artículos 27, fracción XI de la LISR y 49 del RLISR). 312 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40D221000 Se comprobó que el costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se consideró como no deducible el excedente (para los efectos del artículo 27, fracción XIII de la LISR). 40D222000 En el caso de importación de mercancías se cumplió con los requisitos legales para su importación (para los efectos del artículo 27, fracción XIV de la LISR y demás aplicables de las disposiciones aduaneras). 40D223000 En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se consideraron realizadas en el mes en que se consumó el plazo de prescripción, que corresponda, o antes siempre que haya sido notoria la imposibilidad práctica de cobro y se puede comprobar (para los efectos del artículo 27, fracción XV de la LISR). Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el anexo denominado información adicional del dictamen la causa que originó la deducción. 40D224000 Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reunieron los requisitos que para cada deducción en particular establece la LISR (para los efectos de los artículos 27, fracción XVIII de la LISR y 53 y 54 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D225000 Los comprobantes fiscales reúnen los requisitos que establecen las disposiciones fiscales y se obtuvieron a más tardar el día en que debió presentar su declaración y que las fechas de expedición correspondieron al ejercicio por el que se efectuó la deducción (para los efectos del artículo 27, fracción XVIII de la LISR). 40D226000 En el caso de anticipos por gastos se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 27, fracción XVIII de la LISR). 40D227000 Cuando los trabajadores hayan tenido derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio les correspondan y se dé cumplimiento a los requisitos que lo regulan (para los efectos del artículo 27, fracción XIX de la LISR y Decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2024, modificado mediante Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2024). 40D228000 En el caso de inventarios deducidos que perdieron su valor por deterioro u otras causas no imputables al propio contribuyente, se cumplieron con los requisitos establecidos (para los efectos de los artículos 27, fracción XX de la LISR y 107, 109 y 124 del RLISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D229000 En el caso de inversiones, aplicó los porcientos autorizados por la LISR. 40D230000 En el caso de gastos de viaje cuando se destinaron al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción V de la LISR y 57 y 58 del RLISR). 40D231000 En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR). 40D232000 En el caso de los dos conceptos anteriores, fueron gastos efectuados por socios, accionistas o sus familiares sin relación laboral. 40D233000 En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D234000 En el caso de consumos en restaurantes, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XX de la LISR y 61 del RLISR). 40D235000 Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se consideró como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos del artículo 36, fracciones II y III respectivamente de la LISR). 40D236000 Fueron considerados como no deducibles todos los conceptos que le aplicaron a que hace referencia el artículo 28 de la LISR. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 313 40D237000 En el caso de intereses derivados de deuda, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR). 40D238000 En el caso de intereses netos del ejercicio, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR). En caso afirmativo al índice anterior, señala lo siguiente: 40D239000 Monto de la deuda que genera intereses a cargo. 40D240000 La deuda tiene antigüedad mayor a cinco años. 40D241000 La deuda fue reestructurada respecto al periodo señalado en el índice anterior. 40D242000 Optó y cumplió con lo dispuesto en el artículo 30 de la LISR. 40D243000 En el caso de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, cumplen con los requisitos de información y documentación para los efectos del artículo 52 del RLISR. 40D244000 En calidad de qué participó en alguna fusión: 40D245000 Fecha en que surtió efectos la fusión. En caso de ser fusionada, deberá anotar: 40D246000 Fusionante: RFC. 40D247000 Fusionante: denominación o razón social. En caso de ser fusionante, deberá anotar: 40D248000 Fusionada 1: RFC. 40D249000 Fusionada 1: denominación o razón social. 40D250000 Fusionada 2: RFC. 40D251000 Fusionada 2: denominación o razón social. 40D252000 Fusionada 3: RFC. 40D253000 Fusionada 3: denominación o razón social. 40D254000 Fusionada 4: RFC. 40D255000 Fusionada 4: denominación o razón social. 40D256000 Fusionada 5: RFC. 40D257000 Fusionada 5: denominación o razón social. 40D258000 Fusionada 6: RFC. 40D259000 Fusionada 6: denominación o razón social. 40D260000 Fusionada 7: RFC. 40D261000 Fusionada 7: denominación o razón social. 40D262000 Fusionada 8: RFC. 40D263000 Fusionada 8: denominación o razón social. 40D264000 Fusionada 9: RFC. 40D265000 Fusionada 9: denominación o razón social. 314 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40D266000 Fusionada 10: RFC. 40D267000 Fusionada 10: denominación o razón social. Nota: en caso de haber sido fusionante, y el espacio anterior es insuficiente, señale en el anexo denominado información adicional del dictamen: el RFC, nombre de la entidad(es) fusionada(s), fecha en que surtió efectos la fusión y el porcentaje de participación accionaria. 40D268000 En calidad de que participó en alguna escisión: 40D269000 Fecha en que surtió efectos la escisión. 40D270000 Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. Parte del activo, pasivo y capital social correspondiente aportado por la escindente y recibido por: 40D271000 Escindida 1: RFC. 40D272000 Valor activo: 40D273000 Valor pasivo: 40D274000 Valor capital social: 40D275000 Escindida 2: RFC. 40D276000 Valor activo: 40D277000 Valor pasivo: 40D278000 Valor capital social: 40D279000 Escindida 3: RFC. 40D280000 Valor activo: 40D281000 Valor pasivo: 40D282000 Valor capital social: 40D283000 Escindida 4: RFC. 40D284000 Valor activo: 40D285000 Valor pasivo: 40D286000 Valor capital social: 40D287000 Escindida 5: RFC. 40D288000 Valor activo: 40D289000 Valor pasivo: 40D290000 Valor capital social: 40D291000 Escindida 6: RFC. 40D292000 Valor activo: 40D293000 Valor pasivo: 40D294000 Valor capital social: 40D295000 Escindida 7: RFC. 40D296000 Valor activo: 40D297000 Valor pasivo: 40D298000 Valor capital social: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 315 40D299000 Escindida 8: RFC. 40D300000 Valor activo: 40D301000 Valor pasivo: 40D302000 Valor capital social: 40D303000 Escindida 9: RFC. 40D304000 Valor activo: 40D305000 Valor pasivo: 40D306000 Valor capital social: 40D307000 Escindida 10: RFC. 40D308000 Valor activo: 40D309000 Valor pasivo: 40D310000 Valor capital social: 40D311000 Escindente: RFC. 40D312000 Valor activo: 40D313000 Valor pasivo: 40D314000 Valor capital social: En caso de liquidación, señalar: 40D315000 Fecha de inicio de la liquidación. Indique el nombre o denominación o razón social y RFC del liquidador: 40D316000 (Liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social). 40D317000 (Liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social). 40D318000 (Liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social). 40D319000 Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). 40D320000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 40D321000 Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). 40D322000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. Acreditamientos 40D323000 Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. 40D324000 Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. 40D325000 Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. 40D326000 Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero 40D327000 Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. 316 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Regímenes fiscales preferentes 40D328000 Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 25). 40D329000 Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. 40D330000 Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. 40D331000 Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. 40D332000 Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. 40D333000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. 40D334000 Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. 40D335000 Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 40D336000 Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 40D337000 Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR. Retenciones y/o responsabilidad solidaria 40D338000 El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. 40D339000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 40D340000 Aplicó tratados para evitar la doble tributación. En caso afirmativo: 40D341000 Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. 40D342000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. 40D343000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 40D344000 Efectuó por cuenta de sus integrantes las retenciones y entero de las mismas, y en su caso expidió las constancias de dichas retenciones (para los efectos de los artículos 72, fracción III y 74 párrafo séptimo, fracción III de la LISR). Impuesto al Valor Agregado Actos o actividades (IVA) 40D345000 Consideró como efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando las recibió en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquellas hubieren correspondido a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designó, o bien, cuando el interés del acreedor quedo satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones (para los efectos del artículo 1o.-B de la LIVA). 40D346000 Consideró como enajenación el valor del faltante de bienes en sus inventarios (para los efectos de los artículos 8 de la LIVA y 25 del RLIVA). 40D347000 Consideró como valor para calcular el impuesto, el importe efectivamente cobrado, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto (para los efectos de los artículos 12, 18 y 23 de la LIVA y 42, 43, 44 y 45 del RLIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 317 Consideró como acto o actividad gravada la importación de los siguientes bienes o servicios: 40D348000 La adquisición o el uso o goce temporal de bienes intangibles (para los efectos de los artículos 24, fracciones II y III de la LIVA y 50 del RLIVA). 40D349000 El aprovechamiento en territorio nacional de servicios independientes, excepto por los derivados de transporte internacional (para los efectos de los artículos 24, fracción V de la LIVA, 48 y 49 del RLIVA). 40D350000 Realizó exportaciones de bienes o servicios por concepto de enajenación o uso o goce temporal de bienes intangibles o por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados (para los efectos de los artículos 29, fracciones II, III y IV de la LIVA y 57 a 63 del RLIVA). Acreditamiento (IVA) Requisitos de acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado 40D351000 Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. 40D352000 El Impuesto al Valor Agregado acreditado correspondió a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables en los términos de la LISR para la realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta LIVA o a las que se les aplique la tasa de 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). 40D353000 El Impuesto al Valor Agregado acreditado fue trasladado expresamente consto por separado en los comprobantes (para los efectos del artículo 5o., fracción II de la LIVA). 40D354000 El Impuesto al Valor Agregado trasladado fue efectivamente pagado en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción III de la LIVA). 40D355000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, fue acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 40D356000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se enteró en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 40D357000 Se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto, o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso a) de la LIVA). 40D358000 No se acreditó el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso b) de la LIVA). 40D359000 Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a erogaciones distintas a las inversiones se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagar el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, represento en el valor total de las actividades mencionadas que realizó en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso c) de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D360000 Acreditó el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, en su totalidad por haber realizado actividades exclusivamente por los que debe pagar el impuesto o le sea aplicable la tasa del 0% (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 1 de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 318 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40D361000 No acreditó el impuesto que corresponda a inversiones, conforme a su destino habitual, por haber realizado actividades exclusivamente por los que no debe pagar el impuesto (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 2 de la LIVA). 40D362000 Cuando se esté obligado al pago del Impuesto al Valor Agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0%, solo por una parte de las actividades que realizó, el impuesto que correspondió a inversiones conforme a su destino habitual, se acreditó en la proporción en la que el valor de las actividades por las que deba pagarse el Impuesto al Valor Agregado o a las que se aplique la tasa de 0%, represento en el valor total de las actividades mencionadas realizadas en el mes de que se trate (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 3 de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 40D363000 En meses posteriores las inversiones dejaron de destinarse en forma exclusiva a las actividades a que estaban previstas (para los efectos del artículo 5o., fracción V, inciso d), punto 4 de la LIVA). 40D364000 En caso afirmativo, realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA y 19 del RLIVA). 40D365000 En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). Aplicación de estímulos fiscales 40D366000 Aplicó lo previsto en el artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 40D367000 Aplicó lo previsto en el artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) 40D368000 Estuvo obligado al pago del IEPS. en el ejercicio. Índice Concepto Datos a proporcionar 1.- Estado de situación financiera Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) Activo Activo circulante Efectivo e instrumentos financieros 40010000000000 Efectivo en caja y bancos nacionales. 40010001000000 Efectivo en caja y bancos del extranjero. 40010002000000 Valores de inmediata realización nacionales. 40010003000000 Valores de inmediata realización del extranjero. 40010004000000 Inversiones en renta fija nacionales. 40010005000000 Inversiones en renta fija del extranjero. 40010006000000 Otros instrumentos financieros nacionales. 40010007000000 Otros instrumentos financieros del extranjero. 40010008000000 Total de efectivo e instrumentos financieros. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 319 Cuentas por cobrar 40010009000000 Clientes nacionales (partes relacionadas). 40010010000000 Clientes nacionales (partes no relacionadas). 40010011000000 Clientes del extranjero (partes relacionadas). 40010012000000 Clientes del extranjero (partes no relacionadas). 40010013000000 Documentos por cobrar nacionales (partes relacionadas). 40010014000000 Documentos por cobrar nacionales (partes no relacionadas). 40010015000000 Documentos por cobrar del extranjero (partes relacionadas). 40010016000000 Documentos por cobrar del extranjero (partes no relacionadas). 40010017000000 Deudores diversos. 40010018000000 Estimación de cuentas incobrables. 40010019000000 Otras cuentas por cobrar nacionales (partes relacionadas). 40010020000000 Otras cuentas por cobrar nacionales (partes no relacionadas). 40010021000000 Otras cuentas por cobrar del extranjero (partes relacionadas). 40010022000000 Otras cuentas por cobrar del extranjero (partes no relacionadas). 40010023000000 Total de cuentas por cobrar. Contribuciones a favor 40010024000000 Impuesto al Valor Agregado por recuperar. 40010025000000 Impuesto sobre la Renta por recuperar. 40010026000000 Otros impuestos por recuperar. 40010027000000 Total de contribuciones a favor. Inventarios 40010028000000 Productos terminados. 40010029000000 Producción en proceso. 40010030000000 Materias primas y materiales. 40010031000000 Estimación de obsolescencia. 40010032000000 Pérdida por deterioro. 40010033000000 Otros. 40010034000000 Total de inventarios. Pagos anticipados 40010035000000 Rentas pagadas por anticipado. 40010036000000 Anticipo a proveedores. 40010037000000 Otros pagos anticipados. 40010038000000 Pérdida por deterioro de pagos anticipados. 40010039000000 Total de pagos anticipados. 40010040000000 Otros activos a corto plazo. 40010041000000 Impuesto al Valor Agregado no pagado. 40010042000000 Total del activo circulante. 320 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Activo no circulante Cuentas por cobrar a largo plazo 40010043000000 Cuentas por cobrar nacionales a largo plazo (partes relacionadas). 40010044000000 Cuentas por cobrar nacionales a largo plazo (partes no relacionadas). 40010045000000 Cuentas por cobrar del extranjero a largo plazo (partes relacionadas). 40010046000000 Cuentas por cobrar del extranjero a largo plazo (partes no relacionadas). 40010047000000 Total de cuentas por cobrar a largo plazo. Pagos anticipados a largo plazo 40010048000000 Anticipo a proveedores nacionales. 40010049000000 Anticipo a proveedores del extranjero. 40010050000000 Otros pagos anticipados nacionales. 40010051000000 Otros pagos anticipados del extranjero. 40010052000000 Total de pagos anticipados a largo plazo. Inversiones permanentes 40010053000000 (Inversiones permanentes nacionales). 40010054000000 (Inversiones permanentes del extranjero). 40010055000000 Total de inversiones permanentes. Activo fijo Inmuebles, maquinaria y equipo 40010056000000 Terrenos. 40010057000000 Edificios. 40010058000000 Maquinaria. 40010059000000 Equipo de transporte. 40010060000000 Mobiliario y equipo. 40010061000000 Equipo de cómputo. 40010062000000 Otros activos fijos. 40010063000000 Total de inmuebles, maquinaria y equipo. Depreciaciones acumuladas 40010064000000 Depreciación acumulada de edificios. 40010065000000 Depreciación acumulada de maquinaria. 40010066000000 Depreciación acumulada de equipo de transporte. 40010067000000 Depreciación acumulada de mobiliario y equipo. 40010068000000 Depreciación acumulada de equipo de cómputo. 40010069000000 Depreciación acumulada de otros activos fijos. 40010070000000 Total de depreciación acumulada. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 321 Pérdida por deterioro acumulado 40010071000000 Pérdida por deterioro acumulado de edificios. 40010072000000 Pérdida por deterioro acumulado de maquinaria. 40010073000000 Pérdida por deterioro acumulado de equipo de transporte. 40010074000000 Pérdida por deterioro acumulado de mobiliario y equipo. 40010075000000 Pérdida por deterioro acumulado de equipo de cómputo. 40010076000000 Pérdida por deterioro acumulado de otros activos fijos. 40010077000000 Total de pérdida por deterioro acumulado. 40010078000000 Total de inmuebles, maquinaria y equipo neto. Activos intangibles 40010079000000 Gastos preoperativos. 40010080000000 Investigación de mercado. 40010081000000 Patentes y marcas. 40010082000000 Amortizaciones. 40010083000000 Pérdida por deterioro. 40010084000000 Otros activos intangibles. 40010085000000 Total de activos intangibles. Otros activos 40010086000000 Crédito mercantil. 40010087000000 Pérdida por deterioro. 40010088000000 Impuesto sobre la Renta diferido. 40010089000000 Participación de los trabajadores en las utilidades diferida. 40010090000000 Instrumentos financieros a largo plazo. 40010091000000 Otros activos. 40010092000000 Total de otros activos. 40010093000000 Total del activo no circulante. 40010094000000 Total del activo. Pasivo Pasivo a corto plazo Documentos por pagar 40010095000000 Nacionales (partes relacionadas). 40010096000000 Nacionales (partes no relacionadas). 40010097000000 Del extranjero (partes relacionadas). 40010098000000 Del extranjero (partes no relacionadas). 40010099000000 Total de documentos por pagar. 322 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Instrumentos financieros 40010100000000 Instrumentos financieros nacionales. 40010101000000 Instrumentos financieros del extranjero. 40010102000000 Otros nacionales. 40010103000000 Otros del extranjero. 40010104000000 Total de instrumentos financieros. Acreedores diversos 40010105000000 Nacionales (partes relacionadas). 40010106000000 Nacionales (partes no relacionadas). 40010107000000 Del extranjero (partes relacionadas). 40010108000000 Del extranjero (partes no relacionadas). 40010109000000 Total de acreedores diversos. Proveedores 40010110000000 Nacionales (partes relacionadas). 40010111000000 Nacionales (partes no relacionadas). 40010112000000 Del extranjero (partes relacionadas). 40010113000000 Del extranjero (partes no relacionadas). 40010114000000 Total de proveedores. Contribuciones por pagar 40010115000000 Impuesto sobre la Renta. 40010116000000 Impuesto al Activo. 40010117000000 Impuesto al Valor Agregado. 40010118000000 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. 40010119000000 Impuesto sobre Automóviles Nuevos. 40010120000000 Impuestos Locales. 40010121000000 Cuotas patronales seguro social. 40010122000000 Cuotas obreras seguro social. 40010123000000 Aportaciones al INFONAVIT. 40010124000000 Aportaciones al SAR. 40010125000000 Otros impuestos y contribuciones. 40010126000000 Total de contribuciones por pagar. Otros pasivos 40010127000000 Impuesto al Valor Agregado no cobrado. 40010128000000 Participación de los trabajadores en las utilidades. 40010129000000 Anticipos de clientes nacionales (partes relacionadas). 40010130000000 Anticipos de clientes nacionales (partes no relacionadas). 40010131000000 Anticipos de clientes extranjeros (partes relacionadas). 40010132000000 Anticipos de clientes extranjeros (partes no relacionadas). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 323 40010133000000 Otras cuentas por cobrar a corto plazo nacionales (partes relacionadas). 40010134000000 Otras cuentas por cobrar a corto plazo nacionales (partes no relacionadas). 40010135000000 Otras cuentas por cobrar a corto plazo del extranjero (partes relacionadas). 40010136000000 Otras cuentas por cobrar a corto plazo del extranjero (partes no relacionadas). 40010137000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital. 40010138000000 Ingresos por realizar. 40010139000000 Otros nacionales. 40010140000000 Otros del extranjero. 40010141000000 Total de otros pasivos. 40010142000000 Porción circulante del pasivo a corto plazo de deuda financiera. 40010143000000 Total del pasivo a corto plazo. Pasivo a largo plazo Deudas a largo plazo 40010144000000 Documentos por pagar nacionales (partes relacionadas). 40010145000000 Documentos por pagar nacionales (partes no relacionadas). 40010146000000 Documentos por pagar con el extranjero (partes relacionadas). 40010147000000 Documentos por pagar con el extranjero (partes no relacionadas). 40010148000000 Otras cuentas por cobrar a largo plazo nacionales (partes relacionadas). 40010149000000 Otras cuentas por cobrar a largo plazo nacionales (partes no relacionadas). 40010150000000 Otras cuentas por cobrar a largo plazo del extranjero (partes relacionadas). 40010151000000 Otras cuentas por cobrar a largo plazo del extranjero (partes no relacionadas). 40010152000000 Instrumentos financieros a largo plazo. 40010153000000 Total de deudas a largo plazo. 40010154000000 Beneficio a empleados. Otros pasivos 40010155000000 Rentas cobradas por anticipado. 40010156000000 Impuesto sobre la Renta diferido. 40010157000000 Participación de los trabajadores en las utilidades diferidas. 40010158000000 Otros. 40010159000000 Total de otros pasivos. 40010160000000 Total de pasivo a largo plazo. 40010161000000 Total del pasivo. 324 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Capital contable 40010162000000 Capital social proveniente de aportaciones. 40010163000000 Capital social proveniente de capitalización. 40010164000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital. 40010165000000 Prima en suscripción de acciones. 40010166000000 Reserva legal. 40010167000000 Utilidad neta. 40010168000000 Pérdida neta. 40010169000000 Utilidades retenidas de ejercicios anteriores. 40010170000000 Pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores. 40010171000000 Otros resultados integrales (deudor). 40010172000000 Otros resultados integrales (acreedor). 40010173000000 Exceso en la actualización del capital contable. 40010174000000 Insuficiencia en la actualización del capital contable. 40010175000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 40010176000000 Otras cuentas de capital acreedoras. 40010177000000 Otras cuentas de capital deudoras. 40010178000000 Total del capital contable. 40010179000000 Total del pasivo y del capital contable. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 2.- Estado de resultado integral Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Total 2025 Partes relacionadas 2025 (Cifras en pesos) Nota: para el llenado de este anexo es necesario capturar primero la información de los anexos 5, 6 (cuando se esté obligado al llenado de este anexo), 7 y 8. 40020000000000 Total de ventas o ingresos netos. Menos: 40020001000000 Costo de ventas. 40020002000000 Pérdida bruta. 40020003000000 Utilidad bruta. Menos: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 325 Gastos de operación 40020004000000 Gastos generales. 40020005000000 Gastos de administración. 40020006000000 Gastos de venta. 40020007000000 Total. 40020008000000 Pérdida de operación. 40020009000000 Utilidad de operación. Más (menos): Resultado integral de financiamiento 40020010000000 Intereses a favor. 40020011000000 Intereses a cargo. 40020012000000 Intereses moratorios a favor. 40020013000000 Intereses moratorios a cargo. 40020014000000 Utilidad cambiaria. 40020015000000 Pérdida cambiaria. 40020016000000 Resultado por posición monetaria favorable. 40020017000000 Resultado por posición monetaria desfavorable. 40020018000000 Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros deudor. 40020019000000 Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros acreedor. 40020020000000 Otros conceptos financieros a favor. 40020021000000 Otros conceptos financieros a cargo. 40020022000000 Total. Más (menos): Participación en la utilidad o pérdida neta de otras entidades 40020023000000 Pérdida neta por participación en los resultados de subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios conjuntos. 40020024000000 Utilidad neta por participación en los resultados de subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios conjuntos. 40020025000000 Pérdida antes de impuestos a la utilidad. 40020026000000 Utilidad antes de impuestos a la utilidad. Menos: Impuestos a la utilidad 40020027000000 Impuesto sobre la Renta. 40020028000000 Impuesto sobre la Renta diferido. 40020029000000 Otras provisiones. 40020030000000 Total. Más (menos): 326 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Otros ingresos (gastos) 40020031000000 Reversión del deterioro del crédito mercantil. 40020032000000 Reversión del deterioro de los demás activos de larga duración. 40020033000000 Operaciones discontinuadas favorables. 40020034000000 Operaciones discontinuadas desfavorables. 40020035000000 Total otros ingresos (gastos), neto. 40020036000000 Pérdida neta. 40020037000000 Utilidad neta. Más (menos): Otros resultados integrales 40020038000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras favorables. 40020039000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras desfavorables. 40020040000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros favorable. 40020041000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros desfavorable. 40020042000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros favorable. 40020043000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros desfavorable. 40020044000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas favorables. 40020045000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas desfavorables. 40020046000000 Impuestos a la utilidad de otros resultados integrales. 40020047000000 PTU de otros resultados integrales. 40020048000000 Otros. 40020049000000 Suma de otros resultados integrales. 40020050000000 Resultado integral deudor. 40020051000000 Resultado integral acreedor. 40020052000000 Utilidad básica por acción ordinaria. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Partes no relacionadas 2025 Total 2024 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 327 Este anexo consta de 19 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 3.- Estado de cambios en el capital contable Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Capital social proveniente de aportaciones Capital social proveniente de capitalización (Cifras en pesos) 40030000000000 (Saldos al 1 de enero de 2024 previamente reportados). 40030001000000 Ajuste por aplicación retrospectiva por cambios contables y correcciones de errores. 40030002000000 (Saldos al 1 de enero de 2023 ajustados). 40030003000000 Aportaciones de capital. 40030004000000 Reembolsos de capital. 40030005000000 Dividendos pagados. 40030006000000 Dividendos en acciones. 40030007000000 Cambios en la participación controladora que no implican pérdidas de control. 40030008000000 (Utilidad neta de 2023). 40030009000000 (Pérdida neta de 2024). 40030010000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 40030011000000 Recompra de acciones. 40030012000000 Efecto de valuación de ejercicio de instrumentos financieros. 40030013000000 Efecto de conversión del ejercicio de operaciones extranjeras. 40030014000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras favorables. 40030015000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras desfavorables. 40030016000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros favorable. 40030017000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros desfavorable. 40030018000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros favorable. 40030019000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros desfavorable. 40030020000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas favorables. 40030021000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas desfavorables. 40030022000000 Impuestos a la utilidad de otros resultados integrales. 40030023000000 PTU de otros resultados integrales. 40030024000000 Otros. 40030025000000 (Saldos al 31 de diciembre de 2024). 40030026000000 (Saldos al 1 de enero de 2025 previamente reportados). 328 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40030027000000 Ajuste por aplicación retrospectiva por cambios contables y correcciones de errores. 40030028000000 (Saldos al 1 de enero de 2025 ajustados). 40030029000000 Aportaciones de capital. 40030030000000 Reembolsos de capital. 40030031000000 Dividendos pagados. 40030032000000 Dividendos en acciones. 40030033000000 Cambios en la participación controladora que no implican pérdidas de control. 40030034000000 (Utilidad neta de 2025). 40030035000000 (Pérdida neta de 2025). 40030036000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 40030037000000 Recompra de acciones. 40030038000000 Efecto de valuación del ejercicio de instrumentos financieros. 40030039000000 Efecto de conversión del ejercicio de operaciones extranjeras. 40030040000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras favorables. 40030041000000 Resultado por conversión de operaciones extranjeras desfavorables. 40030042000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros favorable. 40030043000000 Resultado no realizado en y/o sobre instrumentos financieros desfavorable. 40030044000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros favorable. 40030045000000 Valuación de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros desfavorable. 40030046000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas favorables. 40030047000000 Participación de los otros resultados integrales de asociadas desfavorables. 40030048000000 Impuestos a la utilidad de otros resultados integrales. 40030049000000 PTU de otros resultados integrales. 40030050000000 Otros. 40030051000000 (Saldos al 31 de diciembre de 2025). Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Aportaciones para futuros aumentos de capital Prima en suscripción de acciones Reserva legal Utilidad neta Pérdida neta Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 329 Parte III Datos a proporcionar Utilidades retenidas de ejercicios anteriores Pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores Otros resultados integrales (deudor) Otros resultados integrales (acreedor) Exceso en la actualización del capital contable Parte IV Datos a proporcionar Insuficiencia en la actualización del capital contable Resultado por tenencia de activos no monetarios Otras cuentas de capital acreedoras Otras cuentas de capital deudoras Total del capital contable Índice Concepto Datos a proporcionar 4.- Estado de flujos de efectivo Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) Conforme al método indirecto Actividades de operación 40040000000000 Utilidad antes de impuestos a la utilidad. 40040001000000 Pérdida antes de impuestos a la utilidad. Partidas relacionadas con Actividades de inversión 40040002000000 Depreciaciones y amortizaciones. 40040003000000 Pérdida por deterioro de activos. 40040004000000 Utilidad por venta de activo fijo y terreno. 40040005000000 Intereses a favor. 40040006000000 Dividendos cobrados. 40040007000000 Otras partidas relacionadas con actividades de inversión. 40040008000000 Suma de partidas relacionadas con actividades de inversión. Partidas relacionadas con actividades de financiamiento 40040009000000 Intereses a cargo. 40040010000000 Otras partidas relacionadas con actividades de financiamiento. 40040011000000 Suma de partidas relacionadas con actividades de financiamiento. 330 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Más (menos): 40040012000000 Incremento en cuentas por cobrar y otros. 40040013000000 Disminución en inventarios. 40040014000000 Disminución en proveedores. 40040015000000 Impuesto sobre la Renta pagado. 40040016000000 Otras partidas. 40040017000000 Flujos netos de efectivo de actividades de operación. Actividades de inversión 40040018000000 Negocio adquirido (crédito mercantil y/o comercial). 40040019000000 Intereses cobrados. 40040020000000 Dividendos cobrados. 40040021000000 Adquisición de activo fijo y terreno. 40040022000000 Cobros por venta de activo fijo y terreno. 40040023000000 Adquisición de acciones. 40040024000000 Adquisición de activos intangibles. 40040025000000 Adquisición de otros activos. 40040026000000 Otras partidas relacionadas con actividades de inversión. 40040027000000 Flujos netos de efectivo de actividades de inversión. 40040028000000 Efectivo excedente para aplicar en actividades de financiamiento (resultado positivo). 40040029000000 Efectivo a obtener de actividades de financiamiento (resultado negativo). Actividades de financiamiento 40040030000000 Entrada de efectivo por emisión de capital. 40040031000000 Entrada de efectivo por aportaciones para futuros aumentos de capital. 40040032000000 Obtención de préstamos con partes relacionadas. 40040033000000 Obtención de préstamos con partes no relacionadas. 40040034000000 Pago de pasivos. 40040035000000 Pago de préstamos con partes relacionadas. 40040036000000 Pago de préstamos con partes no relacionadas. 40040037000000 Pago de pasivos derivados de arrendamiento financiero. 40040038000000 Intereses pagados. 40040039000000 Pago de dividendos. 40040040000000 Emisión de deuda. 40040041000000 Otras partidas relacionadas con actividades de financiamiento. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 331 40040042000000 Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento. 40040043000000 Incremento neto de efectivo y demás equivalentes de efectivo. Efectos por cambios en el valor del efectivo 40040044000000 Efectos por cambios en el valor del efectivo por conversión de los saldos y flujos de efectivo de sus operaciones extranjeras, a la moneda de informe. 40040045000000 Efectos por cambios en el valor del efectivo por inflación asociado con los saldos y flujos de efectivo de entidades que conforman la entidad económica consolidada. 40040046000000 Otros efectos por cambios en el valor del efectivo. 40040047000000 Total de efectos por cambios en el valor del efectivo. 40040048000000 Efectivo al principio del periodo. 40040049000000 Efectivo al final del periodo. Conforme al método directo Actividades de operación 40040050000000 Cobro a clientes. 40040051000000 Pagos a proveedores. 40040052000000 Pago a empleados y otros proveedores de bienes y servicios. 40040053000000 Impuesto sobre la Renta pagado. 40040054000000 Otras actividades de operación. 40040055000000 Flujos netos de efectivo de actividades de operación. Actividades de inversión 40040056000000 Negocio adquirido (crédito mercantil y/o comercial). 40040057000000 Intereses cobrados. 40040058000000 Dividendos cobrados. 40040059000000 Adquisición de activo fijo y terreno. 40040060000000 Cobros por venta de activo fijo y terreno. 40040061000000 Adquisición de acciones. 40040062000000 Adquisición de activos intangibles. 40040063000000 Adquisición de otros activos. 40040064000000 Otras partidas relacionadas con actividades de inversión. 40040065000000 Flujos netos de efectivo de actividades de inversión. 332 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40040066000000 Efectivo excedente para aplicar en actividades de financiamiento (resultado positivo). 40040067000000 Efectivo a obtener de actividades de financiamiento (resultado negativo). Actividades de financiamiento 40040068000000 Entrada de efectivo por emisión de capital. 40040069000000 Entrada de efectivo por aportaciones para futuros aumentos de capital. 40040070000000 Obtención de préstamos con partes relacionadas. 40040071000000 Obtención de préstamos con partes no relacionadas. 40040072000000 Pago de pasivos. 40040073000000 Pago de préstamos con partes relacionadas. 40040074000000 Pago de préstamos con partes no relacionadas. 40040075000000 Pago de pasivos derivados de arrendamiento financiero. 40040076000000 Intereses pagados. 40040077000000 Pago de dividendos. 40040078000000 Emisión de deuda. 40040079000000 Otras partidas relacionadas con actividades de financiamiento. 40040080000000 Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento. 40040081000000 Incremento neto de efectivo y demás equivalentes de efectivo. Efectos por cambios en el valor del efectivo 40040082000000 Efectos por cambios en el valor del efectivo por conversión de los saldos y flujos de efectivo de sus operaciones extranjeras, a la moneda de informe. 40040083000000 Efectos por cambios en el valor del efectivo por inflación asociado con los saldos y flujos de efectivo de entidades que conforman la entidad económica consolidada. 40040084000000 Otros efectos por cambios en el valor del efectivo. 40040085000000 Total de efectos por cambios en el valor del efectivo. 40040086000000 Efectivo al principio del periodo. 40040087000000 Efectivo al final del periodo. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Concepto 4.1.- Notas a los estados financieros. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 333 Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 5.- Integración analítica de ventas o ingresos netos Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) 40050000000000 Ventas totales a nacionales de inventarios producidos. 40050001000000 Ventas totales al extranjero de inventarios producidos. 40050002000000 Total de ventas de inventarios producidos. 40050003000000 Ventas totales a nacionales de inventarios adquiridos para su distribución. 40050004000000 Ventas totales al extranjero de inventarios adquiridos para su distribución. 40050005000000 Total de ventas de inventarios para su distribución. 40050006000000 Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre ventas nacionales. 40050007000000 Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre ventas al extranjero. 40050008000000 Ventas netas. Ingresos netos por: 40050009000000 Servicios en general nacionales. 40050010000000 Servicios en general del extranjero. 40050011000000 Maquila nacionales. 40050012000000 Maquila al extranjero. 40050013000000 Servicios administrativos nacionales. 40050014000000 Servicios administrativos del extranjero. 40050015000000 Seguros y reaseguros nacionales. 40050016000000 Seguros y reaseguros del extranjero. 40050017000000 Comisiones nacionales. 40050018000000 Comisiones del extranjero. 40050019000000 Regalías nacionales. 40050020000000 Regalías del extranjero. 40050021000000 Asistencia técnica nacionales. 40050022000000 Asistencia técnica del extranjero. 40050023000000 Arrendamiento nacionales. 40050024000000 Arrendamiento del extranjero. 40050025000000 Ganancia en enajenación de acciones. 40050026000000 Ganancia en enajenación de activo fijo. 40050027000000 Ganancia en enajenación de activos intangibles. 40050028000000 Ganancia en enajenación de terrenos. 40050029000000 Recuperación de cuentas incobrables. 40050030000000 Recuperación por seguros. 334 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40050031000000 Dividendos provenientes de residentes en el país. 40050032000000 Dividendos provenientes de residentes en el extranjero. 40050033000000 Otros. 40050034000000 Total de ingresos netos. 40050035000000 Total de ventas o ingresos netos. 40050036000000 Ajuste por actualización. 40050037000000 Total de ventas o ingresos netos actualizados. Parte II Datos a proporcionar Partes relacionadas 2025 Partes no relacionadas 2025 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Parte III Datos a proporcionar Total acumulables para ISR 2025 Total no acumulables para ISR 2025 Total acumulables para ISR 2024 Total no acumulables para ISR 2024 Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 6.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Total 2025 Partes relacionadas 2025 (Cifras en pesos) Nota: solamente se captura la información de este anexo cuando se haya elegido algún tipo de sistema de costeo en el índice "40D030000" del anexo de datos generales. Conforme al sistema de costeo absorbente, sobre la base de costos históricos o predeterminados para efectos fiscales y con los métodos de valuación de costo de adquisición y costo estándar para efectos contables 40060000000000 Inventario inicial de materia prima. Más: 40060001000000 Compras nacionales de materia prima. 40060002000000 Compras importación de materia prima. Menos: 40060003000000 Inventario final de materia prima. 40060004000000 Materia prima directa utilizada para la producción. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 335 Más: 40060005000000 Mano de obra directa. 40060006000000 Costo primo de la producción. Más: 40060007000000 Materia prima indirecta. 40060008000000 Mano de obra indirecta. 40060009000000 Gastos de fabricación. 40060010000000 Costo de producción. Más: 40060011000000 Inventario inicial de producción en proceso. 40060012000000 Compras de producción en proceso. Menos: 40060013000000 Inventario final de producción en proceso. 40060014000000 Costo de producción terminada. Más: 40060015000000 Inventario inicial de productos terminados. 40060016000000 Compras de productos terminados. Menos: 40060017000000 Inventario final de productos terminados. 40060018000000 Efecto UEPS eliminado del costo de ventas. 40060019000000 Otros conceptos de costo de ventas. 40060020000000 Costo de ventas contable. 40060021000000 Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF B-10. 40060022000000 Costo de lo vendido contable histórico. Menos: 40060023000000 Compras de materias primas, producción en proceso y terminada no deducibles. 40060024000000 Mano de obra no deducible. 40060025000000 Gastos de fabricación no deducibles. 40060026000000 Depreciación contable en gastos de fabricación. 40060027000000 Otros conceptos no deducibles. 336 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Más: 40060028000000 Depreciación fiscal de inversiones relacionadas con la producción. 40060029000000 Otros conceptos deducibles. 40060030000000 Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta. Conforme a un sistema distinto al anterior 40060031000000 Gastos de fabricación. 40060032000000 Otros conceptos de costo de ventas. 40060033000000 Costo de ventas contable. 40060034000000 Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF B-10. 40060035000000 Costo de lo vendido contable histórico. Menos: 40060036000000 Conceptos no deducibles sin incluir depreciación. 40060037000000 Depreciación contable. Más: 40060038000000 Depreciación fiscal. 40060039000000 Otros conceptos deducibles. 40060040000000 Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta. Parte II Datos a proporcionar Partes no relacionadas 2025 Total 2024 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Este anexo consta de 36 columnas y está dividido en nueve partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 7.- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Gastos de fabricación 2025 Gastos de fabricación 2024 (Cifras en pesos) Remuneraciones 40070000000000 Sueldos y salarios. 40070001000000 Compensaciones. 40070002000000 Horas extras. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 337 40070003000000 Vacaciones. 40070004000000 Prima vacacional. 40070005000000 Gratificaciones. 40070006000000 Indemnizaciones. 40070007000000 Participación de los trabajadores en las utilidades causadas. 40070008000000 Participación de los trabajadores en las utilidades diferidas. 40070009000000 Sueldos, salarios y prestaciones a trabajadores con discapacidad y/o adultos mayores. 40070010000000 Otras remuneraciones. 40070011000000 Total de remuneraciones. Prestaciones al personal 40070012000000 Prestaciones de retiro. 40070013000000 Estímulos al personal. 40070014000000 Previsión social. 40070015000000 Aportaciones para plan de jubilación. 40070016000000 Otras prestaciones. 40070017000000 Total de prestaciones al personal. Impuestos y aportaciones sobre sueldos y salarios 40070018000000 Cuotas al IMSS. 40070019000000 Aportaciones al INFONAVIT. 40070020000000 Impuesto Sobre Nóminas. 40070021000000 Seguro de retiro. 40070022000000 Otros impuestos y aportaciones. 40070023000000 Total de impuestos y aportaciones sobre sueldos y salarios. Honorarios 40070024000000 A personas físicas residentes en el país. 40070025000000 A personas morales residentes en el país. 40070026000000 A residentes en el extranjero. 40070027000000 Subtotal. 40070028000000 Al consejo de administración. 40070029000000 Total de honorarios. Arrendamientos 40070030000000 A personas físicas residentes en el país. 40070031000000 A personas morales residentes en el país. 40070032000000 A residentes en el extranjero. 40070033000000 Total de arrendamientos. 338 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Depreciaciones y amortizaciones 40070034000000 (Depreciaciones). 40070035000000 Total de depreciaciones. 40070036000000 (Amortizaciones). 40070037000000 Total de amortizaciones. Otros gastos 40070038000000 Combustibles y lubricantes. 40070039000000 Correos. 40070040000000 Internet. 40070041000000 Viáticos y gastos de viaje. 40070042000000 Gastos de representación. 40070043000000 Teléfono. 40070044000000 Agua. 40070045000000 Electricidad. 40070046000000 Vigilancia y limpieza. 40070047000000 Materiales de oficina. 40070048000000 Gastos legales. 40070049000000 Mantenimiento y conservación. 40070050000000 Seguros y fianzas. 40070051000000 Gastos no deducibles. 40070052000000 Otros impuestos y derechos. 40070053000000 Recargos fiscales. 40070054000000 Cuotas y suscripciones. 40070055000000 Propaganda y publicidad. 40070056000000 Fotocopiado. 40070057000000 Donativos. 40070058000000 Asistencia técnica. 40070059000000 Fletes y acarreos pagados a personas físicas. 40070060000000 Fletes y acarreos pagados a personas morales. 40070061000000 Impuesto de importación. 40070062000000 Impuesto de exportación. 40070063000000 Regalías sin retención. 40070064000000 Regalías sujetas al 5%. 40070065000000 Regalías sujetas al 10%. 40070066000000 Regalías sujetas al 25%. 40070067000000 Regalías sujetas al 35%. 40070068000000 Comisiones sobre ventas. 40070069000000 Patentes y marcas. 40070070000000 Materias primas de producción. 40070071000000 Materiales auxiliares de producción. 40070072000000 Maquilas. 40070073000000 Comisiones bancarias. 40070074000000 Pérdida en venta de terrenos. 40070075000000 Pérdida en venta de edificios y construcciones. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 339 40070076000000 Pérdida en venta de maquinaria. 40070077000000 Pérdida en venta de equipo de transporte. 40070078000000 Pérdida en venta de mobiliario y equipo. 40070079000000 Pérdida en venta de equipo de cómputo. 40070080000000 Pérdida en enajenación de acciones. 40070081000000 Pérdida por deterioro de activos. 40070082000000 Pérdida por créditos incobrables. 40070083000000 Consumo en restaurantes. 40070084000000 Pérdida por operaciones financieras derivadas. 40070085000000 Deducción por concepto de ayuda alimentaria para los trabajadores. 40070086000000 Uso o goce temporal de automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos con motor de combustión interna o accionado por hidrógeno. 40070087000000 Monto deducible de los pagos efectuados por el uso o goce temporal de automóviles. 40070088000000 Otros. 40070089000000 Total de otros gastos. 40070090000000 Total de gastos. 40070091000000 Efecto de reexpresión. 40070092000000 Total de gastos actualizado. Parte II Datos a proporcionar Gastos de fabricación: partes relacionadas 2025 Gastos de fabricación: partes no relacionadas 2025 Gastos de fabricación: partes relacionadas 2024 Gastos de fabricación: partes no relacionadas 2024 Parte III Datos a proporcionar Gastos de venta 2025 Gastos de venta 2024 Gastos de venta: partes relacionadas 2025 Gastos de venta: partes no relacionadas 2025 Parte IV Datos a proporcionar Gastos de venta: partes relacionadas 2024 Gastos de venta: partes no relacionadas 2024 Gastos de administración 2025 Gastos de administración 2024 Parte V Datos a proporcionar Gastos de administración: partes relacionadas 2025 Gastos de administración: partes no relacionadas 2025 Gastos de administración: partes relacionadas 2024 Gastos de administración: partes no relacionadas 2024 340 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte VI Datos a proporcionar Gastos generales 2025 Gastos generales 2024 Gastos generales: partes relacionadas 2025 Gastos generales: partes no relacionadas 2025 Parte VII Datos a proporcionar Gastos generales: partes relacionadas 2024 Gastos generales: partes no relacionadas 2024 Total 2025 Total 2024 Parte VIII Datos a proporcionar Total partes relacionadas 2025 Total partes no relacionadas 2025 Total partes relacionadas 2024 Total partes no relacionadas 2024 Parte IX Datos a proporcionar Total deducibles para ISR 2025 Total deducibles para ISR 2024 Total no deducibles para ISR 2025 Total no deducibles para ISR 2024 Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 8.- Análisis comparativo de las subcuentas del resultado integral de financiamiento Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 Partes relacionadas 2025 (Cifras en pesos) Intereses a favor Nacionales 40080000000000 Bancarios. 40080001000000 Personas físicas. 40080002000000 Personas morales. 40080003000000 Efecto de reexpresión. 40080004000000 Total intereses a favor nacionales. Extranjeros 40080005000000 Bancarios. 40080006000000 Personas físicas. 40080007000000 Personas morales. 40080008000000 Efecto de reexpresión. 40080009000000 Total intereses a favor del extranjero. 40080010000000 Total de intereses a favor. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 341 Intereses a cargo Nacionales 40080011000000 Bancarios. 40080012000000 Personas físicas. 40080013000000 Personas morales. 40080014000000 Efecto de reexpresión. 40080015000000 Total intereses a cargo nacionales. Extranjeros 40080016000000 Bancarios. 40080017000000 Personas físicas. 40080018000000 Personas morales. 40080019000000 Efecto de reexpresión. 40080020000000 Total intereses a cargo del extranjero. 40080021000000 Total de intereses a cargo. Intereses moratorios a favor Nacionales 40080022000000 Nacionales. 40080023000000 Efecto de reexpresión. 40080024000000 Total intereses moratorios a favor nacionales. Extranjeros 40080025000000 Extranjeros. 40080026000000 Efecto de reexpresión. 40080027000000 Total intereses moratorios a favor del extranjero. 40080028000000 Total de intereses moratorios a favor. Intereses moratorios a cargo Nacionales 40080029000000 Nacionales. 40080030000000 Efecto de reexpresión. 40080031000000 Total intereses moratorios a cargo nacionales. Extranjeros 40080032000000 Extranjeros. 40080033000000 Efecto de reexpresión. 40080034000000 Total intereses moratorios a cargo del extranjero. 40080035000000 Total de intereses moratorios a cargo. 342 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Resultado cambiario 40080036000000 Pérdida cambiaria. 40080037000000 Efecto de reexpresión. 40080038000000 Total de pérdida cambiaria. 40080039000000 Utilidad cambiaria. 40080040000000 Efecto de reexpresión. 40080041000000 Total de utilidad cambiaria. 40080042000000 Total de resultado cambiario. Resultado por posición monetaria 40080043000000 Resultado por posición monetaria favorable. 40080044000000 Efecto de reexpresión. 40080045000000 Total de resultado por posición monetaria favorable. 40080046000000 Resultado por posición monetaria desfavorable. 40080047000000 Efecto de reexpresión. 40080048000000 Total de resultado por posición monetaria desfavorable. 40080049000000 Total de resultado por posición monetaria. Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros 40080050000000 Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros deudor. 40080051000000 Efecto de reexpresión. 40080052000000 Total de cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros deudor. 40080053000000 Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros acreedor. 40080054000000 Efecto de reexpresión. 40080055000000 Total de cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros acreedor. 40080056000000 Total de cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros. Otros conceptos financieros Otros a favor Nacionales 40080057000000 Nacionales. 40080058000000 Efecto de reexpresión. 40080059000000 Total de otros a favor nacionales. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 343 Extranjero 40080060000000 Extranjero. 40080061000000 Efecto de reexpresión. 40080062000000 Total de otros a favor del extranjero. 40080063000000 Total de otros a favor. Otros a cargo Nacionales 40080064000000 Nacionales. 40080065000000 Efecto de reexpresión. 40080066000000 Total de otros a cargo nacionales. Extranjero 40080067000000 Extranjeros. 40080068000000 Efecto de reexpresión. 40080069000000 Total de otros a cargo del extranjero. 40080070000000 Total de otros a cargo. 40080071000000 Total de otros conceptos financieros. 40080072000000 Total de resultado integral de financiamiento. Parte II Datos a proporcionar Partes no relacionadas 2025 2024 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Parte III Datos a proporcionar Acumulables o deducibles para ISR 2025 Acumulables o deducibles para ISR 2024 No acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2025 No acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2024 344 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 9.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Base gravable Tasa, tarifa o cuota (Cifras en pesos) Contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo Impuesto sobre la Renta (ISR) 40090000000000 Impuesto sobre la Renta. 40090001000000 Otras reducciones del ISR. 40090002000000 ISR causado en el ejercicio. 40090003000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por proyectos en investigación y desarrollo tecnológico autorizado en ejercicios anteriores. 40090004000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional de ejercicios anteriores. 40090005000000 Estímulo por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional. 40090006000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal a proyectos de inversión en las artes de ejercicios anteriores. 40090007000000 Estímulo a proyectos de inversión en las artes. 40090008000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2025 40090009000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2024. 40090010000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2023. 40090011000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2022. 40090012000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2021. 40090013000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2020. 40090014000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2019. 40090015000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2018. 40090016000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2017. 40090017000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2016. 40090018000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2015. 40090019000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2014. 40090020000000 Monto pendiente de aplicar por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico". Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 345 40090021000000 Estímulo por la inversión en proyectos y programas para el deporte de alto rendimiento. 40090022000000 Monto pendiente de aplicar por la inversión en proyectos y programas para el deporte de alto rendimiento. 40090023000000 Ingresos obtenidos por apoyos gubernamentales. 40090024000000 Monto pendiente de aplicar del estímulo por la inversión en equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos. 40090025000000 Monto del estímulo fiscal por biodiesel y sus mezclas. 40090026000000 Otros estímulos. 40090027000000 Total de estímulos. 40090028000000 Pagos provisionales efectuados enterados a la federación. 40090029000000 ISR retenido al contribuyente. 40090030000000 ISR acreditable pagado en el extranjero. 40090031000000 ISR acreditable por dividendos o utilidades distribuidos. 40090032000000 Otras cantidades a cargo. 40090033000000 Otras cantidades a favor. 40090034000000 Diferencia a cargo. 40090035000000 Diferencia a favor. 40090036000000 Impuesto sobre la Renta a cargo del ejercicio. 40090037000000 Impuesto sobre la Renta pagado en declaraciones anual, normal y complementarias. 40090038000000 Diferencia a cargo del ejercicio. 40090039000000 ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU. 40090040000000 Saldo a favor del ejercicio. Otros datos 40090041000000 Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. 40090042000000 Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE. 40090043000000 Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos provenientes de CUFINRE. 40090044000000 Impuesto sobre la Renta correspondiente a la deducción del 8% de los ingresos propios de la actividad sujeto directo. Impuesto al Valor Agregado (IVA) 40090045000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%. 40090046000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 0%. 40090047000000 Suma del valor de los actos o actividades gravados. 346 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40090048000000 Valor de los actos o actividades por los que no se está obligado al pago (exentos). 40090049000000 Total del valor de los actos o actividades. 40090050000000 Valor de los actos o actividades no objeto. 40090051000000 Suma del IVA causado de los meses del ejercicio. 40090052000000 Suma del IVA acreditable de los meses del ejercicio sin incluir saldos a favor. 40090053000000 Suma de compensaciones aplicadas al IVA de otras contribuciones federales en los meses del ejercicio. 40090054000000 Suma de acreditamientos de saldos a favor del IVA. 40090055000000 Suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio. 40090056000000 Acreditamiento del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5, fracción VI y 5-B, segundo párrafo de la LIVA). 40090057000000 Incremento del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5, fracción VI y 5-B, segundo párrafo de la LIVA). 40090058000000 Reintegro del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5, fracción VI y 5-B, segundo párrafo de la LIVA). 40090059000000 Monto de los servicios de tecnologías de la información prestados en el extranjero considerados como exportados y sujetos a la tasa del 0% del IVA (para los efectos del artículo 29, fracción IV, inciso i) de la LIVA). Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) 40090060000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 3% (redes públicas de telecomunicaciones). 40090061000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 25% (bebidas energizantes, así como concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energizantes). 40090062000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 26.5% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de hasta 14°G.L.). 40090063000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de más de 14°G.L. y hasta 20°G.L.). 40090064000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30% (juegos con apuestas y sorteos). 40090065000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30.4% (tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano). 40090066000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 50% (alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables). 40090067000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 53% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de más de 20°G.L.). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 347 40090068000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 160% (tabacos labrados, cigarros). 40090069000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 160% (tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados). 40090070000000 Valor de los actos o actividades gravados a otras tasas. 40090071000000 Suma del valor de los actos o actividades gravados. 40090072000000 Valor de los actos o actividades por los que no se está obligado al pago (exentos). 40090073000000 Total del valor de los actos o actividades. 40090074000000 Total de litros enajenados de bebidas saborizadas. 40090075000000 Monto total de enajenaciones de plaguicidas categorías 1 y 2 a la tasa del 9%. 40090076000000 Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 3 a la tasa del 7%. 40090077000000 Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 4 a la tasa del 6%. 40090078000000 Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 5. 40090079000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de botanas a la tasa del 8%. 40090080000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de productos de confitería a la tasa del 8%. 40090081000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de chocolate y demás productos derivados del cacao a la tasa del 8%. 40090082000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de flanes y pudines a la tasa del 8%. 40090083000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de dulces de frutas y hortalizas a la tasa del 8%. 40090084000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de cremas de cacahuate y avellanas a la tasa del 8%. 40090085000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de dulces de leche a la tasa del 8%. 40090086000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de alimentos preparados a base de cereales a la tasa del 8%. 40090087000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las enajenaciones de helados, nieves y paletas de hielo a la tasa del 8%. 40090088000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de propano (cuota de $9.7551 por litro). 40090089000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de butano (cuota de $12.6241 por litro). 40090090000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de gasolinas y gasavion (cuota de $17.1107 por litro). 348 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40090091000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de turbosina y otros kerosenos (cuota de $20.4363 por litro). 40090092000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de diésel (cuota de $20.7623 por litro). 40090093000000 Combustibles fósiles, litros enajenados de combustóleo (cuota de $22.1578 por litro). 40090094000000 Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de coque de petróleo (cuota de $25.7183 por tonelada). 40090095000000 Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de coque de carbón (cuota de $60.2921 por tonelada). 40090096000000 Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de carbón mineral (cuota de $45.3984 por tonelada). 40090097000000 Combustibles fósiles, toneladas enajenadas de otros combustibles fósiles (cuota de $65.6262 por tonelada). 40090098000000 Suma del IEPS causado de los meses del ejercicio. 40090099000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 25% (bebidas energizantes, así como concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energizantes). 40090100000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 26.5% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de hasta 14°G.L.). 40090101000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 30% (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de más de 14°G.L. y hasta 20°G.L.). 40090102000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 30.4 % (tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano). 40090103000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 53 % (bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de más de 20°G.L.). 40090104000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 160% (tabacos labrados, cigarros). 40090105000000 Valor de los actos o actividades importados a la tasa del 160% (tabacos labrados, puros y otros tabacos labrados). 40090106000000 Valor de los actos o actividades importados a otras tasas. 40090107000000 Suma del valor de los actos o actividades importados. 40090108000000 Total de litros importados de bebidas saborizadas. 40090109000000 Monto total de importaciones de plaguicidas categorías 1 y 2 a la tasa del 9%. 40090110000000 Monto total de importaciones de plaguicidas categoría 3 a la tasa del 7%. 40090111000000 Monto total de importaciones de plaguicidas categoría 4 a la tasa del 6%. 40090112000000 Monto total de enajenaciones de plaguicidas categoría 5. 40090113000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de botanas a la tasa del 8%. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 349 40090114000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de productos de confitería a la tasa del 8%. 40090115000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de chocolate y demás productos derivados del cacao a la tasa del 8%. 40090116000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de flanes y pudines a la tasa del 8%. 40090117000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de dulces de frutas y hortalizas a la tasa del 8%. 40090118000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de cremas de cacahuate y avellanas a la tasa del 8%. 40090119000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de dulces de leche a la tasa del 8%. 40090120000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de alimentos preparados a base de cereales a la tasa del 8%. 40090121000000 Monto total de alimentos no básicos con alta densidad calórica por las importaciones de helados, nieves y paletas de hielo a la tasa del 8%. 40090122000000 Combustibles fósiles, litros importados de propano (cuota de $9.7551 por litro). 40090123000000 Combustibles fósiles, litros importados de butano (cuota de $12.6241 por litro). 40090124000000 Combustibles fósiles, litros importados de gasolinas y gasavión (cuota de $17.1107 por litro). 40090125000000 Combustibles fósiles, litros importados de turbosina y otros kerosenos (cuota de $20.4363 por litro). 40090126000000 Combustibles fósiles, litros importados de diésel (cuota de $20.7623 por litro). 40090127000000 Combustibles fósiles, litros importados de combustóleo (cuota de $22.1578 por litro). 40090128000000 Combustibles fósiles, toneladas importadas de coque de petróleo (cuota de $25.7183 por tonelada). 40090129000000 Combustibles fósiles, toneladas importadas de coque de carbón (cuota de $60.2921 por tonelada). 40090130000000 Combustibles fósiles, toneladas importadas de carbón mineral (cuota de $45.3984 por tonelada). 40090131000000 Combustibles fósiles, toneladas importadas de otros combustibles fósiles (cuota de $65.6262 por tonelada). 40090132000000 Valor de los cigarros enajenados (cuota de $0.6445 por cigarro). 40090133000000 Valor de los cigarros importados (cuota de $0.6445 por cigarro). 40090134000000 Valor del peso total en gramos de puros y otros tabacos labrados enajenados distintos a los cigarros entre 0.75 (cuota $0.6445). 40090135000000 Valor del peso total en gramos de puros y otros tabacos labrados importados distintos a los cigarros entre 0.75 (cuota $0.6445). 40090136000000 Impuesto causado por cuota de cigarros enajenados. 40090137000000 Impuesto causado por cuota de cigarros importados. 350 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40090138000000 Impuesto causado por cuota de puros y otros tabacos labrados correspondiente al peso total en gramos (puros y otros tabacos labrados gravados enajenados entre 0.75). 40090139000000 Impuesto causado por cuota de puros y otros tabacos labrados correspondiente al peso total en gramos (puros y otros tabacos labrados gravados importados entre 0.75). 40090140000000 Suma del IEPS acreditable de los meses del ejercicio. 40090141000000 Suma de compensaciones de saldos a favor de IEPS. 40090142000000 Suma de compensaciones aplicadas al IEPS de otras contribuciones federales en los meses del ejercicio. 40090143000000 Suma de acreditamientos de saldos a favor de IEPS. 40090144000000 Suma del IEPS devuelto en los meses del ejercicio. 40090145000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. 40090146000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. Impuesto al Comercio Exterior 40090147000000 Impuesto general de importación. 40090148000000 Impuesto general de exportación. 40090149000000 Total de impuestos al comercio exterior. Aportaciones de seguridad social 40090150000000 Cuotas patronales al IMSS. 40090151000000 Aportaciones al INFONAVIT. 40090152000000 Aportaciones al seguro de retiro. Derechos por los servicios que presta 40090153000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos). 40090154000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de la ley federal de derechos). 40090155000000 Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM). 40090156000000 Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). 40090157000000 Otros especificar concepto. Contribuciones de las que es retenedor: Impuesto sobre la Renta (ISR) Por pagos a residentes en el país 40090158000000 Por salarios. 40090159000000 Honorarios al 35% art. 96 de la LISR. 40090160000000 Premios. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 351 40090161000000 Honorarios al 10%. 40090162000000 Arrendamiento al 10%. 40090163000000 Enajenación de otros bienes al 20%. 40090164000000 Intereses al 0.08%, sobre el monto del capital. 40090165000000 Intereses al 20%. 40090166000000 Intereses y ganancia cambiaria al 35%. 40090167000000 Comisiones. 40090168000000 Por dividendos al 10%. 40090169000000 Otros. 40090170000000 Total de ISR retenido a residentes en el país. Por pagos a residentes en el extranjero 40090171000000 Salarios al 15%. 40090172000000 Salarios al 30%. 40090173000000 Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 15%. 40090174000000 Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 30%. 40090175000000 Honorarios al 25%. 40090176000000 Regalías al 5%. 40090177000000 Regalías al 10%. 40090178000000 Regalías al 25%. 40090179000000 Regalías al 35%. 40090180000000 Asistencia técnica. 40090181000000 Mediaciones. 40090182000000 Arrendamiento de inmuebles. 40090183000000 Arrendamiento de muebles al 25%. 40090184000000 Intercambio de deuda pública por capital. 40090185000000 Arrendamiento financiero. 40090186000000 Premios. 40090187000000 Servicio turístico de tiempo compartido. 40090188000000 Intereses al 4.9%. 40090189000000 Intereses al 10%. 40090190000000 Intereses al 15%. 40090191000000 Intereses al 21%. 40090192000000 Intereses al 35%. 40090193000000 Enajenación de inmuebles. 40090194000000 Enajenación de acciones. 40090195000000 Operaciones financieras derivadas de capital. 40090196000000 Operaciones financieras derivadas de deuda. 40090197000000 Construcción de obra, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles. 40090198000000 Contrato de fletamento. 40090199000000 Espectáculos públicos, artísticos y deportivos. 40090200000000 Por dividendos al 10%. 40090201000000 Otros. 40090202000000 Total de ISR retenido a residentes en el extranjero. 352 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Impuesto al Valor Agregado (IVA) 40090203000000 Servicios personales independientes prestados por personas físicas. 40090204000000 Uso o goce temporal de bienes prestados u otorgados por personas físicas. 40090205000000 Adquisición de desperdicios. 40090206000000 Servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas físicas o morales. 40090207000000 Servicios prestados por comisionistas personas físicas. 40090208000000 Adquisición, o uso o goce temporal de bienes tangibles, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país. 40090209000000 Otros. 40090210000000 Total de IVA retenido. Otras contribuciones retenidas 40090211000000 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido. 40090212000000 Cuotas obreras al IMSS. 40090213000000 Impuesto sobre la Renta correspondiente a la deducción del 8% de los ingresos propios de la actividad retenedor. 40090214000000 Otros. Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de saldos a favor provenientes de: A valor histórico de: 40090215000000 Impuesto al Valor Agregado. 40090216000000 Impuesto sobre la Renta. 40090217000000 Otras contribuciones federales. A valor actualizado de: 40090218000000 Impuesto al Valor Agregado. 40090219000000 Impuesto sobre la Renta. 40090220000000 Otras contribuciones federales. Compensaciones efectuadas durante el ejercicio aplicadas a: 40090221000000 Impuesto al Valor Agregado propio proveniente del Impuesto al Valor Agregado propio. 40090222000000 Impuesto sobre la Renta propio proveniente del Impuesto sobre la Renta propio. 40090223000000 Otras contribuciones federales. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 353 Devoluciones obtenidas en el ejercicio 40090224000000 Otras contribuciones federales. De: 40090225000000 Impuesto al Valor Agregado. 40090226000000 Impuesto sobre la Renta. 40090227000000 Otras contribuciones federales. Parte II Datos a proporcionar Contribución determinada por auditoría a cargo o a favor Contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente Diferencia Diferencias no materiales no investigadas por auditoría Concepto 9.1.- Declaratoria. Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 10.- Relación de contribuciones por pagar Al 31 de diciembre de 2025 Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado Importe proveniente de ejercicios anteriores (Cifras en pesos) Impuesto sobre la Renta causado como sujeto directo 40100000000000 Determinado por el contribuyente (del ejercicio). 40100001000000 Diferencia determinada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado). Pagos provisionales y/o definitivos determinados por el contribuyente por concepto de: Impuesto sobre la Renta pagos provisionales propios 40100002000000 Correspondiente al mes o periodo de: Impuesto sobre la Renta por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en su carácter de retenedor 40100003000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de honorarios en su carácter de retenedor 40100004000000 Correspondiente al mes de: 354 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Impuesto sobre la Renta por pago de arrendamientos en su carácter de retenedor 40100005000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de intereses en su carácter de retenedor 40100006000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta (otras retenciones a residentes en México) en su carácter de retenedor 40100007000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta sobre dividendos como sujeto directo 40100008000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta regímenes fiscales preferentes como sujeto directo 40100009000000 Correspondiente al ejercicio de: Impuesto sobre la Renta por pagos al extranjero en su carácter de retenedor 40100010000000 Correspondiente al mes de: Información determinada por el contribuyente: Impuesto al Activo como sujeto directo 40100011000000 Correspondiente al ejercicio de: (especifique el ejercicio). Impuesto al Valor Agregado causado como sujeto directo 40100012000000 Correspondiente al mes de: Impuesto al Valor Agregado en su carácter de retenedor 40100013000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios causado como sujeto directo 40100014000000 Correspondiente al mes de: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 355 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en su carácter de retenedor 40100015000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre Automóviles Nuevos 40100016000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social 40100017000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores 40100018000000 Correspondiente al bimestre de: Aportaciones al seguro de retiro 40100019000000 Correspondiente al bimestre de: Impuestos Locales 40100020000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Sobre Nóminas 40100021000000 Correspondiente al mes de: Derechos por los servicios que presta 40100022000000 El Instituto Nacional de Migración (INM) visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos) correspondiente al mes de: 40100023000000 El Instituto Nacional de Migración (INM) servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de Ley Federal de Derechos) correspondiente al mes de: 40100024000000 Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM), correspondiente al mes de: 40100025000000 Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), correspondiente al mes de: 40100026000000 Otros especificar concepto y periodo al que corresponde: Otras contribuciones 40100027000000 Especificar concepto y periodo al que corresponde: 356 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Diferencias no consideradas por el contribuyente en el ejercicio fiscal dictaminado: 40100028000000 Diferencia determinada por dictamen no considerada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado). Impuesto sobre la Renta pagos provisionales 40100029000000 Correspondiente al mes o periodo de: Impuesto sobre la Renta retenciones a residentes en México 40100030000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta retenciones a residentes en el extranjero 40100031000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta sobre dividendos 40100032000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta regímenes fiscales preferentes como sujeto directo 40100033000000 Correspondiente al ejercicio Impuesto al Valor Agregado como sujeto directo 40100034000000 Correspondiente al mes de: Impuesto al Valor Agregado en su carácter de retenedor 40100035000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios como sujeto directo 40100036000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en su carácter de retenedor 40100037000000 Correspondiente al mes de: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 357 Impuesto sobre Automóviles Nuevos 40100038000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social 40100039000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores 40100040000000 Correspondiente al bimestre de: Aportaciones al seguro de retiro 40100041000000 Correspondiente al bimestre de: Impuestos Locales 40100042000000 Correspondiente al mes de: Derechos 40100043000000 Correspondiente al derecho. Otras contribuciones 40100044000000 Especificar concepto y periodo al que corresponde: 40100045000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Total de contribuciones por pagar Importe de la contribución en litigio Fecha de pago Institución de crédito o SAT Número de la operación Parte III Datos a proporcionar Pago en parcialidades (datos del escrito libre) número de folio Pago en parcialidades (datos del escrito libre) fecha de presentación Pago en parcialidades (datos del escrito libre) administración receptora Oficio de autorización de pago en parcialidades número Oficio de autorización de pago en parcialidades fecha 358 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Índice Concepto Datos a proporcionar 11.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2025 2024 (Cifras en pesos) 40110000000000 Utilidad neta. 40110001000000 Pérdida neta. Más-menos: 40110002000000 Efecto de la inflación de la NIF B-10. 40110003000000 Resultado por posición monetaria favorable. 40110004000000 Resultado por posición monetaria desfavorable. 40110005000000 Utilidad neta histórica. 40110006000000 Pérdida neta histórica. Más: 40110007000000 Ingresos fiscales no contables. Más: 40110008000000 Deducciones contables no fiscales. Menos: 40110009000000 Deducciones fiscales no contables. Menos: 40110010000000 Ingresos contables no fiscales. 40110011000000 Pérdida fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones. 40110012000000 Utilidad fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones. 40110013000000 Pérdida en enajenación de acciones. 40110014000000 Pérdida fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio. 40110015000000 Utilidad fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio. Más o menos: 40110016000000 PTU pagada en el ejercicio. 40110017000000 Pérdida fiscal del ejercicio. 40110018000000 Utilidad fiscal del ejercicio. 40110019000000 Deducción adicional del fomento al primer empleo del ejercicio (para los efectos del artículo noveno, fracción XXXVII de las disposiciones transitorias de la LISR para 2014). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 359 40110020000000 Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores. 40110021000000 Resultado fiscal y/o utilidad gravable. Ingresos fiscales no contables 40110022000000 Ajuste anual por inflación acumulable. 40110023000000 Utilidad cambiaria fiscal. 40110024000000 Utilidad fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles. 40110025000000 Utilidad fiscal por reembolso de capital. 40110026000000 Utilidad fiscal en enajenación de activo fijo. 40110027000000 Utilidad fiscal en enajenación de terrenos. 40110028000000 Utilidad fiscal en fideicomisos. 40110029000000 Anticipos de clientes. 40110030000000 Intereses moratorios efectivamente cobrados. 40110031000000 Ingresos por avance de obra. 40110032000000 Inventario acumulable. 40110033000000 Estímulos fiscales. 40110034000000 Ajuste de precios de transferencia. 40110035000000 Otros ingresos fiscales no contables. 40110036000000 Total de ingresos fiscales no contables. Deducciones contables no fiscales 40110037000000 Impuesto sobre la Renta. 40110038000000 Participación de utilidades. 40110039000000 Multas. 40110040000000 Gastos no deducibles. 40110041000000 Costo de ventas contable. 40110042000000 Depreciación contable. 40110043000000 Provisiones. 40110044000000 Estimaciones. 40110045000000 Pérdida contable en enajenación de acciones y/o intangibles. 40110046000000 Costo de ventas contable. 40110047000000 Pérdida cambiaria. 40110048000000 Amortizaciones contables. 40110049000000 Pérdida contable en enajenación de activo fijo. 40110050000000 Pérdida contable en enajenación de terrenos. 40110051000000 Pérdida contable en fideicomisos. 40110052000000 Pérdida contable en asociación en participación. 40110053000000 Honorarios, rentas e intereses no pagados al cierre del ejercicio. 40110054000000 Pérdida en participación subsidiaria. 40110055000000 Intereses devengados que exceden del valor de mercado y moratorios pagados o no. 40110056000000 Proporción de pagos que sean ingresos exentos para el trabajador. 40110057000000 Operaciones con partes relacionadas no deducibles. 40110058000000 Otras deducciones contables no fiscales. 40110059000000 Total de deducciones contables no fiscales. 360 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Las partidas no deducibles se contabilizan en: 40110060000000 Gastos de fabricación. 40110061000000 Gastos de venta. 40110062000000 Gastos generales. 40110063000000 Gastos de administración. La depreciación contable se integra por: 40110064000000 Gastos de fabricación. 40110065000000 Gastos de venta. 40110066000000 Gastos generales. 40110067000000 Gastos de administración. Deducciones fiscales no contables 40110068000000 Adquisición de mercancías, materias primas, productos semiterminados que se utilicen para prestar servicios, para fabricar bienes o para enajenarlos. 40110069000000 Mano de obra. 40110070000000 Maquilas. 40110071000000 Gastos de fabricación. 40110072000000 Depreciación fiscal. 40110073000000 Estímulo fiscal por deducción inmediata de inversiones. 40110074000000 Amortización fiscal. 40110075000000 Pérdida fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles. 40110076000000 Pérdida fiscal en venta de activo fijo. 40110077000000 Pérdida fiscal enajenación de terrenos. 40110078000000 Pérdida fiscal en fideicomisos. 40110079000000 Ajuste anual por inflación deducible. 40110080000000 Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta. 40110081000000 Pérdida cambiaria fiscal. 40110082000000 Cargos a provisiones. 40110083000000 Cargos a estimaciones. 40110084000000 Honorarios, rentas e intereses que afectaron el resultado del ejercicio anterior pagados en este. 40110085000000 Anticipos de clientes del ejercicio anterior. 40110086000000 Pérdida por créditos incobrables. 40110087000000 Intereses moratorios efectivamente pagados. 40110088000000 Costo de ventas fiscales. 40110089000000 Deducción adicional por donación de bienes básicos para la subsistencia humana (para los efectos del artículo 1.3. del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013). 40110090000000 Deducción del monto adicional del 25% del salario (para los efectos del artículo 1.5. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013 y artículo 186 de la LISR). 40110091000000 Deducción adicional para maquiladoras. 40110092000000 Estímulo fiscal por contratar personas con discapacidad y/o adultos mayores. 40110093000000 Deducción del Impuesto sobre la Renta retenido a personas con discapacidad y/o adultos mayores. 40110094000000 Ajuste de precios de transferencia. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 361 40110095000000 Intereses netos de ejercicios anteriores. 40110096000000 Intereses netos del ejercicio. 40110097000000 Otras deducciones fiscales no contables. 40110098000000 Total de deducciones fiscales no contables. Ingresos contables no fiscales 40110099000000 Utilidad cambiaria. 40110100000000 Utilidad contable en enajenación de acciones y/o intangibles. 40110101000000 Utilidad contable en enajenación de activo fijo. 40110102000000 Utilidad contable en enajenación de terrenos. 40110103000000 Utilidad contable en fideicomisos. 40110104000000 Utilidad contable en asociación en participación. 40110105000000 Ventas anticipadas acumuladas en el ejercicio anterior y devengadas en este. 40110106000000 Cancelación de estimaciones. 40110107000000 Cancelación de provisiones. 40110108000000 Ingresos por dividendos. 40110109000000 Ingresos por avance de obra. 40110110000000 Intereses moratorios devengados a favor cobrados o no. 40110111000000 Utilidad en participación subsidiaria. 40110112000000 Anticipo de clientes de ejercicios anteriores considerados como ingresos en el ejercicio. 40110113000000 Saldos a favor de impuestos y su actualización. 40110114000000 Otros ingresos contables no fiscales. 40110115000000 Total de ingresos contables no fiscales. Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en cinco partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 12.- Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia Fecha de celebración del contrato que le dio origen a la operación (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto “40D087000", del anexo de datos generales. Nombre, denominación o razón social del residente en el extranjero 40120000000000 (Especificar). 40120001000000 Total. 362 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte II Datos a proporcionar Fecha de celebración de la más reciente adenda al contrato origen Tipo de operación contratada, deuda o capital Monto contratado Efecto fiscal que tuvo en el ejercicio el ingreso (deducción) Importe del efecto fiscal que tuvo en el ejercicio Parte III Datos a proporcionar Tipo de moneda Valor pactado sobre el subyacente Tipo de subyacente En caso de que en la columna "tipo de subyacente" haya seleccionado "otros" especifique concepto Parte IV Datos a proporcionar Indique si antes del vencimiento del plazo realizó: En caso de que haya liquidado mediante celebración de una operación contraria, indique las razones Indique el monto de ingreso acumulable o (deducción autorizada) generado Parte V Datos a proporcionar % de retención sobre la ganancia Vigencia del Vigencia al Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (sí o no) Indique si se contrató con una parte relacionada (sí o no) Este anexo consta de 11 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 13.-Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia fiscal de la entidad Porcentaje de participación en el capital de la entidad (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto “40D088000”, del anexo de datos generales. Nombre, denominación o razón social de la subsidiaria, asociada o afiliada extranjera 40130000000000 (Especificar). 40130001000000 Total. Nombre, denominación o razón social de la subsidiaria, asociada o afiliada en México 40130002000000 (Especificar). 40130003000000 Total. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 363 Parte II Datos a proporcionar Monto de la inversión Monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación Forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.) Monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación Valor de la inversión Parte III Datos a proporcionar Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 14.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC País de residencia para efectos fiscales (Cifras en pesos) Nombre, denominación o razón social del socio o accionista 40140000000000 (Especificar). 40140001000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio Periodo de tenencia del Periodo de tenencia al Monto de aportaciones que no sean prima en suscripción de acciones Monto de retiros de capital Parte III Datos a proporcionar Monto de préstamos efectuados Monto de préstamos recibidos Porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamos recibidos Destino del préstamo Parte IV Datos a proporcionar Monto de prima en suscripción de acciones Forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.) 364 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Índice Concepto Datos a proporcionar 15.- Conciliación entre los ingresos dictaminados según el estado de resultado integral y los acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2025 2024 (Cifras en pesos) 40150000000000 Total de ventas o ingresos netos. Más: 40150001000000 Total de intereses a favor. 40150002000000 Utilidad cambiaria. 40150003000000 Efecto de reexpresión de la utilidad cambiaria. 40150004000000 Resultado por posición monetaria favorable. 40150005000000 Efecto de reexpresión del resultado por posición monetaria favorable. 40150006000000 Otros conceptos financieros a favor. 40150007000000 Efecto de reexpresión de otros conceptos financieros a favor. 40150008000000 Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros a favor. 40150009000000 Efecto de reexpresión de cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros a favor. 40150010000000 Total de productos financieros. 40150011000000 Resultado integral de financiamiento capitalizable. 40150012000000 Utilidad neta por participación en los resultados de subsidiarias no consolidadas y asociadas. 40150013000000 Ingresos por las operaciones discontinuadas. 40150014000000 Resultado favorable por conversión de operaciones extranjeras. 40150015000000 Resultado favorable no realizado en y/o sobre instrumentos financieros. 40150016000000 Valuación favorable de coberturas de flujo de efectivo y/o instrumentos financieros. 40150017000000 Participación favorable de los otros resultados integrales de asociadas. 40150018000000 Impuesto diferido acreedor. 40150019000000 Otros. 40150020000000 Total de otros conceptos a favor. 40150021000000 Total de ventas o ingresos netos reportados en el estado de resultado integral. Menos : 40150022000000 Método de participación en subsidiarias, asociadas, etcétera. 40150023000000 Efecto de reexpresión de la utilidad cambiaria. 40150024000000 Resultado por posición monetaria favorable. 40150025000000 Efecto de reexpresión del resultado por posición monetaria favorable. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 365 40150026000000 Efecto de reexpresión de otros conceptos financieros a favor. 40150027000000 Efecto de reexpresión de ventas o ingresos brutos propios de la actividad. 40150028000000 Efecto de reexpresión de cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros a favor. 40150029000000 Otros. 40150030000000 Total. Más: 40150031000000 Ajuste anual por inflación acumulable. 40150032000000 Anticipos de clientes. 40150033000000 Ingresos por dividendos provenientes del extranjero. 40150034000000 Ganancia fiscal en la enajenación de activo fijo. 40150035000000 Ganancia fiscal en la enajenación de terrenos. 40150036000000 Ganancia fiscal en la enajenación de acciones o partes sociales y/o intangibles. 40150037000000 Ganancia fiscal en la enajenación de títulos valor. 40150038000000 Ganancia realizada en fusión o escisión de sociedades. 40150039000000 Ganancia proveniente de reducción de capital o liquidación de sociedades mercantiles residentes en el extranjero. 40150040000000 Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre ventas o ingresos nacionales. 40150041000000 Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre ventas o ingresos al extranjero. 40150042000000 Cantidades recibidas en efectivo, en moneda nacional o extranjera por préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital mayores a $600,000.00. 40150043000000 Ajuste de precios de transferencia. 40150044000000 Otros. 40150045000000 Total. Menos: 40150046000000 Anticipos de clientes de ejercicios anteriores. 40150047000000 Utilidad contable en enajenación de activo fijo. 40150048000000 Utilidad contable en enajenación de terrenos. 40150049000000 Utilidad contable en enajenación de acciones o partes sociales y/o intangibles. 40150050000000 Utilidad contable en enajenación de títulos valor. 40150051000000 Utilidad contable en fusión o escisión de sociedades. 40150052000000 Ingresos por dividendos o utilidades percibidos de otras personas morales residentes en México. 40150053000000 Impuesto diferido acreedor. 40150054000000 Otros. 40150055000000 Total. 40150056000000 Ingresos acumulables para el Impuesto sobre la Renta. Más: 40150057000000 Ventas o ingresos de ejercicios anteriores cobrados en el ejercicio. 40150058000000 Costo fiscal por la enajenación de activo fijo. 366 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40150059000000 Costo fiscal por enajenación de terrenos. 40150060000000 Otros. 40150061000000 Total. Menos: 40150062000000 Ajuste anual por inflación acumulable. 40150063000000 Ganancia fiscal en la enajenación de acciones o partes sociales. 40150064000000 Ganancia fiscal en la enajenación de títulos valor. 40150065000000 Ganancia realizada en fusión o escisión de sociedades. 40150066000000 Ganancia proveniente de reducción de capital o liquidación de sociedades mercantiles residentes en el extranjero. 40150067000000 Pérdida fiscal en la enajenación de activo fijo. 40150068000000 Pérdida fiscal en la enajenación de terrenos. 40150069000000 Utilidad cambiaria. 40150070000000 Ventas o ingresos no cobrados en el ejercicio. 40150071000000 Ingresos por dividendos provenientes del extranjero. 40150072000000 Intereses que generaron IVA y que están en reserva de capital. 40150073000000 Otros. 40150074000000 Total. 40150075000000 Total del valor de los actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado. Este anexo consta de 17 columnas y está dividido en cinco partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 16.- Operaciones con partes relacionadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC Tipo de operación (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto “40D043000”, del anexo de datos generales. Impuesto sobre la Renta Denominación o razón social de la parte relacionada Ingresos acumulables 40160000000000 (Especificar). 40160001000000 Total de ingresos acumulables. Deducciones autorizadas 40160002000000 (Especificar). 40160003000000 Total de deducciones autorizadas. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 367 Parte II Datos a proporcionar En caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto País de residencia Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero) Método de precios de transferencia aplicado Parte III Datos a proporcionar La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (sí o no) en caso afirmativo, indique en el anexo denominado información adicional, de que contribuciones únicas y valiosas se tratan La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (sí o no) Monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables La operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (sí o no) Parte IV Datos a proporcionar Se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF 2025) (sí o no) Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (sí, no, n/a) Monto modificado Parte V Datos a proporcionar Existió retención y entero de ISR por esta operación Tasa ISR retenido Índice Concepto Datos a proporcionar 17.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “40D043000”, del anexo de datos generales. Conocimiento del negocio. Información general Cuál(es) es (son) la (s) actividad(es) preponderante(s) del contribuyente: 40170000000000 Distribución. 40170001000000 Manufactura. 368 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40170002000000 Maquiladora. 40170003000000 Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes. 40170004000000 Servicios. 40170005000000 Otros (especificar). 40170006000000 El contribuyente es propietario de los activos que utiliza para realizar su actividad preponderante mismos que están registrados en su contabilidad. 40170007000000 El contribuyente posee o usa activos intangibles los cuales se encuentran registrados en su contabilidad. Especifique los cinco principales activos intangibles que usa el contribuyente (ver apéndice VIII) que se encuentran registrados en su contabilidad. 40170008000000 Campo 1. 40170009000000 Campo 2. 40170010000000 Campo 3. 40170011000000 Campo 4. 40170012000000 Campo 5. 40170013000000 Monto de la regalía por el uso de activos intangibles. Especifique los cinco principales activos intangibles por los que otorga el uso o goce (ver apéndice VIII). 40170014000000 Campo 1. 40170015000000 Campo 2. 40170016000000 Campo 3. 40170017000000 Campo 4. 40170018000000 Campo 5. 40170019000000 Monto de la regalía por el que se otorga el uso de activos intangibles. Especifique los cinco principales activos intangibles de los que es propietario y que tiene registrados en su contabilidad (ver apéndice VIII) 40170020000000 Campo 1. 40170021000000 Campo 2. 40170022000000 Campo 3. 40170023000000 Campo 4. 40170024000000 Campo 5. 40170025000000 Valor del activo intangible que tiene registrado en su contabilidad. 40170026000000 El contribuyente obtuvo un acuerdo anticipado de precios (APA) aplicable al ejercicio fiscal. 40170027000000 Número de oficio. 40170028000000 Fecha del oficio. 40170029000000 Indique si se encuentra en trámite un acuerdo anticipado de precios (APA) aplicable al ejercicio fiscal. 40170030000000 Fecha de presentación de la promoción. 40170031000000 El contribuyente obtuvo alguna resolución favorable del SAT que involucre transacciones con partes relacionadas. 40170032000000 Número de oficio. 40170033000000 Fecha del oficio. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 369 40170034000000 Dedujo en el ejercicio inventarios iniciales provenientes de operaciones con partes relacionadas efectuadas en ejercicios anteriores. 40170035000000 Dedujo en el ejercicio depreciaciones o amortizaciones provenientes de operaciones con partes relacionadas efectuadas en ejercicios anteriores. 40170036000000 El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria a que se refiere la fracción IX del artículo 76 de la LISR (estudio(s) de precios de transferencia). 40170037000000 El contribuyente presentó su declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR). 40170038000000 Fecha de presentación (última presentada). 40170039000000 El contribuyente cuenta con evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII, del artículo 76 de la LISR por sus operaciones con partes relacionadas: RFC de las personas que elaboraron la información y documentación que demuestre el cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracciones IX y XII de la LISR, o bien, que asesoraron en su formulación. Elaboradores 40170040000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 40170041000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 40170042000000 RFC o número de identificación fiscal 3. Asesores 40170043000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 40170044000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 40170045000000 RFC o número de identificación fiscal 3 RFC de las personas que asesoraron fiscalmente en términos del título VI del CFF Asesores fiscales 40170046000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 40170047000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 40170048000000 RFC o número de identificación fiscal 3. Obligaciones en materia de precios de transferencia 40170049000000 Las cifras reportadas en la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas son coincidentes con las manifestadas en los estudios de precios de transferencia (documentación comprobatoria) (fracciones X y IX respectivamente del artículo 76 de la LISR). 40170050000000 En caso de discrepancia, especifique: 370 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40170051000000 Las cifras reportadas en la declaración informativa (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) son coincidentes con las manifestadas en el anexo 16 del dictamen, ambas referentes a operaciones con partes relacionadas. 40170052000000 En caso de discrepancia, especifique: 40170053000000 Las cifras reportadas para las operaciones con partes relacionadas en la evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII, del artículo 76 de la LISR son coincidentes con las manifestadas en el anexo 16 del dictamen. 40170054000000 En caso de discrepancia, especifique: 40170055000000 En alguna(s) de las transacciones analizadas en la diversa documentación de precios de transferencia del contribuyente, se eligió como parte examinada a la parte relacionada residente en el extranjero. 40170056000000 Indique las transacciones realizadas. 40170057000000 Monto de las transacciones. 40170058000000 El contribuyente tiene en su poder toda la información financiera y fiscal de la parte relacionada residente en el extranjero que es necesaria para corroborar el análisis y las conclusiones de la documentación de precios de transferencia en donde dicha parte relacionada fue elegida como la parte a examinar. Ajustes de precios de transferencia 40170059000000 Realizó algún ajuste en materia de precios de transferencia para que los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad de las operaciones celebradas con partes relacionadas se consideren como pactadas como lo harían con o entre partes independientes en operaciones comparables. Nota: en caso de que en el anexo 16 se presente información en la columna “monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables” conteste lo siguiente (efectos fiscales no contables): 40170060000000 El monto del incremento a los ingresos acumulables para efectos de la LISR. 40170061000000 El monto del incremento a las deducciones autorizadas para efectos de la LISR, incluso por disminuir ingresos. 40170062000000 El monto disminuido a las deducciones autorizadas para efectos de la LISR. 40170063000000 Monto incrementado en las declaraciones presentadas por el ejercicio fiscal por impuestos retenidos por pagos al extranjero, como consecuencia de ajustes de precios de transferencia. 40170064000000 Monto disminuido en las declaraciones presentadas por el ejercicio fiscal por IVA acreditable, como consecuencia de ajustes de precios de transferencia. 40170065000000 Se cuenta con documentación comprobatoria que sustente los ajustes reales realizados. 40170066000000 Modificó los valores de actos o actividades para IEPS o bien, del IEPS acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF para 2025). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 371 40170067000000 Señale monto modificado de actos o actividades. (RMF). 40170068000000 Señale monto modificado de IEPS acreditable. (RMF). 40170069000000 Cumplió con los requisitos establecidos en la RMF vigente para considerar deducible un ajuste de precios de transferencia que incrementó sus deducciones. 40170070000000 En el caso de ajustes voluntarios presentó aviso para la modificación de las deducciones autorizadas señalado en la RMF. Intereses con partes relacionadas considerados como dividendos 40170071000000 El contribuyente consideró intereses devengados como dividendos de acuerdo con lo previsto por el artículo 11, fracción II de la LISR. 40170072000000 Monto de los intereses considerados como dividendos. Costo de ventas con partes relacionadas: 40170073000000 El costo de ventas correspondiente a enajenaciones a partes relacionadas de acuerdo con lo previsto por las fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR (para los efectos del artículo 42, segundo párrafo LISR). En caso afirmativo indique el costo de ventas determinado conforme a las fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR y la opción seleccionada. 40170074000000 Artículo 180, fracción I de la LISR. 40170075000000 Artículo 180, fracción II de la LISR. 40170076000000 Artículo 180, fracción III de la LISR. 40170077000000 Costo de ventas con partes relacionadas deducido sin la aplicación de las fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR. Gastos deducibles y no deducibles 40170078000000 Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el tercer y antepenúltimo párrafos de la fracción XXIII, del artículo 28 de la LISR. Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el anexo denominado información adicional con que documentación cuenta para acreditar que sus deducciones no se tratan de acuerdos estructurados o mecanismos híbridos. 40170079000000 Indique el monto de la deducción realizada. 40170080000000 Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los referidos en la fracción XXIII, del artículo 28 de la LISR. 40170081000000 Indique el monto del gasto considerado como no deducible. 40170082000000 Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el segundo párrafo de la fracción XXIX, del artículo 28 de la LISR. 40170083000000 Indique el monto de la deducción realizada. 40170084000000 Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los referidos en el primer párrafo de la fracción XXIX, del artículo 28 de la LISR. 40170085000000 Indique el monto del gasto considerado como no deducible. 372 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40170086000000 Consideró como no deducibles intereses de los referidos en la fracción XXXII, del artículo 28 de la LISR. Gastos por reembolsos (al costo) 40170087000000 Dedujo gastos con partes relacionadas por reembolsos al costo. En caso afirmativo. 40170088000000 Cuenta con toda la documentación soporte, por un lado, de su parte relacionada y, por otro lado, con la documentación emitida por terceros independientes a la parte relacionada con la que se pueda demostrar que se trata de un reembolso al costo. Gastos a prorrata 40170089000000 Dedujo gastos con partes relacionadas efectuados en el extranjero a prorrata. 40170090000000 Indique el monto de la deducción de gastos efectuados en el extranjero a prorrata. 40170091000000 Cuantifique el beneficio recibido o se espera recibir del gasto a prorrata. 40170092000000 Cumplió con lo señalado en la regla 3.3.1.27. de la RMF para 2025. Ganancias y/o pérdidas por enajenación de acciones 40170093000000 Obtuvo ganancia y/o pérdida fiscal al realizar una operación de enajenación de acciones con y entre partes relacionadas. Nota: en caso afirmativo, señale en el anexo denominado información adicional la razón de negocio para enajenar las acciones. 40170094000000 Indique el valor del precio de enajenación del paquete accionario enajenado. 40170095000000 Indique el costo comprobado de adquisición del paquete accionario enajenado. 40170096000000 Nombre de la emisora. 40170097000000 RFC o tax id de la emisora. 40170098000000 Indicar el capital contable de la emisora. 40170099000000 Nombre del adquirente. 40170100000000 RFC o tax id del adquirente. 40170101000000 Presentó a las autoridades fiscales el estudio sobre la determinación del precio de venta de las acciones en los términos de los artículos 179 y 180 de la LISR con los elementos contenidos en el inciso e) de la fracción I del artículo 179 de la LISR (segundo párrafo del inciso b) correspondiente a su vez al cuarto párrafo de la fracción XVII del artículo 28 de la LISR). 40170102000000 Fecha de presentación ante las autoridades fiscales el estudio sobre la determinación del precio de venta de las acciones. 40170103000000 Autoridad fiscal en la que se presentó. 40170104000000 Mencione la razón de negocio para enajenar las acciones. 40170105000000 Mencione si realizó la valuación de la enajenación efectuada. 40170106000000 El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria de la valuación de la enajenación efectuada. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 373 En caso afirmativo al índice anterior, indique RFC y nombre del perito valuador: 40170107000000 Nombre del perito. 40170108000000 RFC: Operaciones financieras derivadas con partes relacionadas 40170109000000 Acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. 40170110000000 Indique el monto de la acumulación correspondiente. 40170111000000 Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. 40170112000000 Indique el monto de la deducción correspondiente. 40170113000000 Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. 40170114000000 Indique el monto correspondiente. 40170115000000 Realizó pagos de cantidades iniciales por el derecho a adquirir o vender, bienes, divisas, acciones u otros títulos valor que no cotizaron en mercados reconocidos conforme a lo referido en el artículo 28, fracción XXIV de la LISR. 40170116000000 Indique el monto correspondiente. Capitalización insuficiente: 40170117000000 Determinó intereses no deducibles de acuerdo a lo previsto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 40170118000000 Saldo promedio anual de todas las deudas del contribuyente que devengaron intereses a cargo, determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 40170119000000 Capital contable al inicio del ejercicio determinado en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 40170120000000 Capital contable al final del ejercicio determinado en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 40170121000000 Capital contable promedio. 40170122000000 Capital contable promedio por tres. 40170123000000 Saldo promedio anual de deudas del contribuyente contraídas con partes relacionadas residentes en el extranjero, determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 40170124000000 Intereses no deducibles determinados en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 40170125000000 Optó por considerar como capital contable del ejercicio los saldos iniciales y finales del ejercicio de sus cuentas de capital de aportación, utilidad fiscal neta y utilidad fiscal neta reinvertida. Ajustes correspondientes 40170126000000 Realizó durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) algún ajuste en materia de precios de transferencia como consecuencia de aplicar lo señalado en la documentación de precios de transferencia de alguna parte relacionada residente en el extranjero. 40170127000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 374 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40170128000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 40170129000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 40170130000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). 40170131000000 Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) sin cumplir con lo establecido en el artículo 184 de la LISR. 40170132000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 40170133000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 40170134000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 40170135000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). 40170136000000 Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) como consecuencia de operaciones con partes relacionadas residentes en países con los cuales México no tiene celebrados tratados internacionales en materia fiscal y realizados por las autoridades de dichos países. 40170137000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 40170138000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 40170139000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 40170140000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). Artículo 76-A de la LISR (2025) 40170141000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción I (maestra de partes relacionadas). 40170142000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción II (local de partes relacionadas). 40170143000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción III (país por país). En caso afirmativo en este último caso, especifique el supuesto de obligación: 40170144000000 Por ser persona moral controladora multinacional (fracción III, inciso a) 40170145000000 Por ser designada (fracción III, inciso b) Tiene conocimiento si la persona moral controladora multinacional a la que su empresa pertenece, está obligada a presentar directamente o por conducto de alguna designada, las siguientes declaraciones informativas de partes relacionadas: 40170146000000 Obligación de presentar la declaración maestra. 40170147000000 Obligación de presentar la declaración país por país. Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas de 2024 presentadas en 2025 (para los efectos del artículo 76-A de la LISR) 40170148000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de 2024. 40170149000000 Fecha de presentación (última presentada). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 375 40170150000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa local de partes relacionadas del ejercicio fiscal de 2024. 40170151000000 Fecha de elaboración de la información y documentación de precios de transferencia asociada con la declaración. 40170152000000 Fecha de presentación (última presentada). 40170153000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de 2024. 40170154000000 Fecha de presentación (última presentada). Información financiera operativa sin las modificaciones al Boletín B-3 estado de resultado integral para 2013 de las Normas de Información Financiera (aplicable ejercicio 2025) 40170155000000 Aplicó el método de márgenes transaccionales de utilidad de operación con base en su información financiera global y/o segmentada, sin considerar las modificaciones al boletín B-3 estado de resultado integral para 2013 de las Normas de Información Financiera (aplicable ejercicio 2025). En caso afirmativo a la respuesta anterior, deberá presentar la siguiente información: 40170156000000 Total de ventas o ingresos netos. Menos conceptos no operativos: 40170157000000 Ganancia en venta de activos fijos. 40170158000000 Recuperación de cuentas. 40170159000000 Dividendos. 40170160000000 Ganancia en enajenación de acciones. 40170161000000 Servicios. 40170162000000 Comisiones. 40170163000000 Otros. 40170164000000 Suma. Igual: 40170165000000 Total de ventas o ingresos netos propios operativos. 40170166000000 Costo de ventas. 40170167000000 Gastos de operación. Menos conceptos no operativos: 40170168000000 Otros gastos no operativos. Igual: 40170169000000 Gastos de operación sin otros gastos no operativos. 40170170000000 Utilidad operativa sin las modificaciones al boletín B-3 estado de resultado integral para 2013 de las Normas de Información Financiera (aplicable ejercicio 2025). 376 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Criterios no vinculativos 40170171000000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos en materia de precios de transferencia de las disposiciones fiscales y aduaneras. 40170172000000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). Valor de los activos fijos e inventarios propiedad de residentes en el extranjero Valor de los inventarios de materias primas, productos semiterminados y terminados 40170173000000 Saldo inicial de enero en dólares. 40170174000000 Saldo inicial de enero en pesos. 40170175000000 Saldo final de enero en dólares o su equivalente. 40170176000000 Saldo final de enero en pesos. 40170177000000 Saldo promedio de enero en pesos. 40170178000000 Saldo final de febrero en dólares o su equivalente. 40170179000000 Saldo final de febrero en pesos. 40170180000000 Saldo promedio de febrero en pesos. 40170181000000 Saldo final de marzo en dólares o su equivalente. 40170182000000 Saldo final de marzo en pesos. 40170183000000 Saldo promedio de marzo en pesos. 40170184000000 Saldo final de abril en dólares o su equivalente. 40170185000000 Saldo final de abril en pesos. 40170186000000 Saldo promedio de abril en pesos. 40170187000000 Saldo final de mayo en dólares o su equivalente. 40170188000000 Saldo final de mayo en pesos. 40170189000000 Saldo promedio de mayo en pesos. 40170190000000 Saldo final de junio en dólares o su equivalente. 40170191000000 Saldo final de junio en pesos. 40170192000000 Saldo promedio de junio en pesos. 40170193000000 Saldo final de julio en dólares o su equivalente. 40170194000000 Saldo final de julio en pesos. 40170195000000 Saldo promedio de julio en pesos. 40170196000000 Saldo final de agosto en dólares o su equivalente. 40170197000000 Saldo final de agosto en pesos. 40170198000000 Saldo promedio de agosto en pesos. 40170199000000 Saldo final de septiembre en dólares o su equivalente. 40170200000000 Saldo final de septiembre en pesos. 40170201000000 Saldo promedio de septiembre en pesos. 40170202000000 Saldo final de octubre en dólares o su equivalente. 40170203000000 Saldo final de octubre en pesos. 40170204000000 Saldo promedio de octubre en pesos. 40170205000000 Saldo final de noviembre en dólares o su equivalente. 40170206000000 Saldo final de noviembre en pesos. 40170207000000 Saldo promedio de noviembre en pesos. 40170208000000 Saldo final de diciembre en dólares o su equivalente. 40170209000000 Saldo final de diciembre en pesos. 40170210000000 Saldo promedio de diciembre en pesos. 40170211000000 Saldo promedio anual en pesos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 377 Valor de los activos fijos pendiente por deducir 40170212000000 Monto original de la inversión para el residente en el extranjero en dólares o su equivalente en otra moneda extranjera. 40170213000000 Monto original de la inversión para el residente en el extranjero pesos. 40170214000000 Depreciación acumulada en dólares o su equivalente en otra moneda extranjera. 40170215000000 Depreciación acumulada pesos. 40170216000000 Monto pendiente por deducir en dólares o su equivalente en otra moneda extranjera. 40170217000000 Monto pendiente por deducir pesos. 40170218000000 Si no optó por lo dispuesto en el artículo 182 de la LISR, indique el nombre del residente en el extranjero que se considera que tiene un establecimiento permanente. 40170219000000 Indique el número de identificación fiscal del residente en el extranjero que se considera que tiene un establecimiento permanente. 40170220000000 País de residencia del residente en el extranjero. 40170221000000 Ingresos atribuibles al establecimiento permanente en el país en los términos del artículo 2 de la LISR. 40170222000000 Valor de los otros ingresos derivados de su actividad productiva relacionados con su operación de maquila (RMF vigente). 40170223000000 Optó por aplicar el estímulo fiscal consistente en una deducción adicional calculada de conformidad con el artículo primero del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 40170224000000 Monto de la deducción adicional. 40170225000000 Optó por aplicar lo dispuesto por el artículo segundo del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. Cumplimiento fiscal genérico para maquiladoras En caso de que se haya contestado en la pregunta correspondiente al índice 40170026000000 que no, conteste lo siguiente: 40170226000000 Monto acumulado de intereses devengados a favor (para los efectos del artículo 18, fracción IX de la LISR). 40170227000000 Monto acumulado de utilidad cambiaria devengada a favor (para los efectos del artículo 18, fracción IX de la LISR). 40170228000000 Monto acumulado de ajuste anual por inflación (para los efectos del artículo 18, fracción X de la LISR). 40170229000000 Monto deducido de intereses devengados a cargo (para los efectos del artículo 25, fracción VII de la LISR). 40170230000000 Monto deducido de pérdida en cambios devengada a cargo (para los efectos del artículo 25, fracción VII de la LISR). 40170231000000 Monto deducido de ajuste anual por inflación (para los efectos del artículo 25, fracción VIII de la LISR). 378 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Índice Concepto Datos a proporcionar 18.- Datos informativos Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 (Cifras en pesos) Datos informativos del contribuyente 40180000000000 Se encuentra amparado para notificación por medio de buzón tributario. Datos informativos del contribuyente como representante legal 40180001000000 Es socio o accionista de algunos contribuyentes que representa. 40180002000000 Número de entidades en las que participa como representante legal. Indique los cinco principales RFC de la(s) persona(s) moral(es) en las que participa como representante legal: 40180003000000 RFC 1: 40180004000000 RFC 2: 40180005000000 RFC 3: 40180006000000 RFC 4: 40180007000000 RFC 5: 40180008000000 Es representante legal de un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional. Indique los cinco principales nombres o razones sociales de los residentes en el extranjero: 40180009000000 Nombre 1. 40180010000000 Nombre 2. 40180011000000 Nombre 3. 40180012000000 Nombre 4. 40180013000000 Nombre 5. Participación de los trabajadores en las utilidades 40180014000000 PTU generada durante el ejercicio. 40180015000000 PTU no cobrada en el ejercicio anterior. 40180016000000 PTU pagada en el ejercicio. 40180017000000 Renta gravable base para PTU. Cifras al cierre del ejercicio Impuesto sobre la Renta 40180018000000 Deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta. 40180019000000 Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente. 40180020000000 Ingresos por dividendos de personas residentes en el país. 40180021000000 Ingresos por dividendos de personas residentes en el extranjero. 40180022000000 Ingresos por dividendos distribuidos que no provienen de CUFIN ni de CUFIN reinvertida. 40180023000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de fusión. 40180024000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de escisión. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 379 40180025000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de reducciones de capital de sociedades residentes en el extranjero en las que el contribuyente es socio o accionista. 40180026000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de liquidación de sociedades residentes en el extranjero en las que el contribuyente es socio o accionista. 40180027000000 Pérdida deducida derivada de fusión. 40180028000000 Pérdida deducida derivada de escisión. 40180029000000 Pérdida deducida derivada de reducción de capital. 40180030000000 Pérdida deducida derivada de liquidación de sociedades. 40180031000000 Total de ingresos acumulables. 40180032000000 Saldo de CUFIN determinado conforme al quinto párrafo del artículo 77 de la LISR. 40180033000000 Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador. 40180034000000 Monto deducible al 47% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador). 40180035000000 Monto deducible al 53% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador). 40180036000000 Dividendos pagados provenientes de CUFIN y CUFINRE. 40180037000000 Dividendos pagados no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE. Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicio 2014 a 2025 40180038000000 Saldo inicial CUFIN actualizado al inicio del ejercicio. 40180039000000 Actualización antes de dividendos. Más: 40180040000000 Dividendos o utilidades cobrados nacionales. 40180041000000 Dividendos o utilidades cobrados REFIPRES. Menos: 40180042000000 Dividendos o utilidades pagados nacionales. 40180043000000 Dividendos o utilidades pagados a residentes en el extranjero. 40180044000000 Dividendos o utilidades pagados REFIPRES. Igual: 40180045000000 Remanente después de dividendos. 40180046000000 Actualización desde la última modificación y hasta el cierre del ejercicio. Más: 40180047000000 Utilidad fiscal neta del ejercicio. 40180048000000 Saldo CUFIN al cierre del ejercicio. Más: resultado positivo, o menos: resultado negativo, UFIN del ejercicio 40180049000000 Resultado fiscal del ejercicio. Menos: 40180050000000 ISR (para los efectos del art. 9, primer párrafo LISR). 40180051000000 Partidas no deducibles, excepto provisiones y reservas (para los efectos del artículo 28, fracciones VIII y IX LISR). 380 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40180052000000 Efecto de Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero por pago de dividendos al contribuyente (para los efectos del artículo 77, cuarto párrafo LISR). 40180053000000 ISR acreditado en el ejercicio de dividendos o utilidades no provenientes de CUFIN entre el factor. Igual: 40180054000000 Resultado positivo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo de la LISR). 40180055000000 Resultado negativo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo de la LISR). Otros conceptos especificar: 40180056000000 (Especificar). 40180057000000 (Especificar). 40180058000000 (Especificar). 40180059000000 (Especificar). 40180060000000 (Especificar). 40180061000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de 2014 a 2025. Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios de 2001 a 2013 40180062000000 Saldo inicial CUFIN actualizado. Más: 40180063000000 Dividendos cobrados. Menos: 40180064000000 Dividendos pagados. Más: 40180065000000 Actualización por inflación. Otros conceptos especificar: 40180066000000 (Especificar). 40180067000000 (Especificar). 40180068000000 (Especificar). 40180069000000 (Especificar). 40180070000000 (Especificar). 40180071000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de 2001 a 2013. Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios anteriores a 2001 40180072000000 Saldo inicial CUFIN actualizado. Más: 40180073000000 Dividendos cobrados. Menos: 40180074000000 Dividendos pagados. Más: 40180075000000 Actualización por inflación. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 381 40180076000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios anteriores a 2001. Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida 40180077000000 Saldo inicial CUFINRE actualizado. 40180078000000 Dividendos pagados. Más: 40180079000000 Actualización por inflación. Otros conceptos especificar: 40180080000000 (Especificar). 40180081000000 (Especificar). 40180082000000 (Especificar). 40180083000000 (Especificar). 40180084000000 (Especificar). 40180085000000 Saldo de CUFINRE total al cierre del ejercicio actualizado. Saldos actualizados (Impuesto sobre la Renta) al cierre del ejercicio de: 40180086000000 Cuenta de utilidad fiscal neta. 40180087000000 Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida. 40180088000000 Cuenta de utilidad fiscal neta por inversión en energía renovable. 40180089000000 Cuenta de capital de aportación. 40180090000000 Impuesto al Activo por recuperar de 10 años anteriores. 40180091000000 Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. Comercio exterior 40180092000000 Valor declarado en aduana de importaciones definitivas. 40180093000000 Valor declarado en aduana de exportaciones definitivas. Impuesto al Valor Agregado 40180094000000 IVA pagado en aduanas durante el ejercicio. 40180095000000 IVA causado por importación de bienes intangibles adquiridos. 40180096000000 IVA causado por importación del uso o goce de bienes intangibles. 40180097000000 IVA causado por importación de servicios. 40180098000000 IVA acreditable por intereses. 40180099000000 IVA acreditado por la importación de bienes intangibles adquiridos. 40180100000000 IVA acreditado por la importación del uso o goce de bienes intangibles. 40180101000000 IVA acreditado por la importación de servicios. 40180102000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 8%. 40180103000000 Total de IVA de los actos o actividades pagados a la tasa del 8%. 40180104000000 Valor de los actos o actividades no objeto. 40180105000000 Valor de los actos o actividades exentos. 382 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 40180106000000 IEPS pagado en aduanas durante el ejercicio. 40180107000000 Número de cigarros enajenados durante el ejercicio. 40180108000000 Número de cigarros importados durante el ejercicio. 40180109000000 Cantidad de litros comprados de gasolina menor a 91 octanos durante el ejercicio. 40180110000000 Cantidad de litros comprados de gasolina mayor o igual a 91 octanos durante el ejercicio. 40180111000000 Cantidad de litros comprados de diésel durante el ejercicio. 40180112000000 Durante el ejercicio realizó venta final al público en general en territorio nacional de gasolinas y/o diésel. En caso afirmativo al índice anterior, deberá manifestar información en los siguientes renglones: 40180113000000 Cantidad de litros vendidos de gasolina menor a 91 octanos durante el ejercicio. 40180114000000 Cantidad de litros vendidos de gasolina mayor o igual a 91 octanos durante el ejercicio. 40180115000000 Cantidad de litros vendidos de diésel durante el ejercicio. 40180116000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. 40180117000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. Información de consolidación financiera 40180118000000 Es una entidad controladora en términos de la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente. Nota: en caso de una respuesta afirmativa al índice anterior, deberá manifestar información en los siguientes dos índices: 40180119000000 Total de ventas o ingresos netos consolidados determinados conforme a la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente. 40180120000000 Tiene subsidiarias en términos de la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente en el extranjero, o establecimientos permanentes residentes o ubicados en el extranjero. Enajenación de acciones 40180121000000 Realizó enajenación de acciones. 40180122000000 Fecha de la operación. 40180123000000 Tipo de enajenación. 40180124000000 Otros (especificar). 40180125000000 Nombre de la sociedad emisora de las acciones enajenadas. 40180126000000 País de residencia fiscal de la emisora. 40180127000000 RFC o ID. 40180128000000 Número acciones enajenadas. 40180129000000 Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación. 40180130000000 Precio de venta. 40180131000000 Costo fiscal de las acciones. 40180132000000 Aplicó pérdidas por enajenación de acciones. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 383 En caso afirmativo, indique: 40180133000000 Si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con pérdidas fiscales por enajenación de acciones pendientes de aplicar. 40180134000000 En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación. 40180135000000 Monto total de las pérdidas por enajenación de acciones al cierre del ejercicio. 40180136000000 Importe de la pérdida por enajenación de acciones determinada. 40180137000000 Indique si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con importes pendientes de acreditar por concepto de ISR pagado en el extranjero de conformidad con el artículo 5 de la LISR. En caso afirmativo, indique: 40180138000000 Monto pendiente de acreditar. 40180139000000 Concepto por el que fue pagado el Impuesto sobre la Renta en el extranjero. Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en cinco partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 19.- Información de los integrantes de las personas morales como coordinados Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 RFC del integrante (Cifras en pesos) Nombre o razón social de los integrantes que optan por pagar el impuesto por conducto del coordinado 40190000000000 (Especificar). 40190001000000 Total. Nombre o razón social de los integrantes que optan por pagar el impuesto en lo individual 40190002000000 (Especificar). 40190003000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Total de ingresos acumulables ISR Total de deducciones autorizadas ISR Monto de la deducción del 8% sobre ingresos acumulables sin documentación (RFA) Utilidad fiscal Conceptos disminuibles de la utilidad fiscal 384 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte III Datos a proporcionar Utilidad gravable Pérdida fiscal ISR a cargo ISR a favor Monto del acreditamiento del IEPS por la adquisición de diésel contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción IV de la LIF) Parte IV Datos a proporcionar Monto del acreditamiento del 50% de los gastos por el uso de infraestructura carretera contra el ISR a cargo (para los efectos del artículo 16, fracción V de la LIF) PTU por distribuir Importe total de las inversiones en equipo de transporte de carga y de pasajeros de cada integrante en el ejercicio Número de unidades de equipo de transporte de carga y de pasajeros utilizadas por el integrante durante el ejercicio Fecha del aviso presentado por el integrante ante el SAT (para los efectos del artículo 73 de la LISR) Parte V Datos a proporcionar Importe total de los ingresos del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de la LISR) Importe total de las deducciones del integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción IV de la LISR) Importe total de las retenciones correspondientes al integrante según liquidación (para los efectos del artículo 72, fracción III de la LISR) Importe total de impuestos pagados por cuenta del integrante (para los efectos del artículo 72, fracción VI de la LISR) Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 20.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal (Cifras en pesos) Nota: solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto “40D090000”, del anexo de datos generales. Impuesto sobre la Renta Denominación o razón social Ingresos acumulables 40200000000000 (Especificar). 40200001000000 Total de ingresos acumulables. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 385 Deducciones autorizadas 40200002000000 (Especificar). 40200003000000 Total de deducciones autorizadas. Parte II Datos a proporcionar Tipo de operación En caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto País de residencia México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (sí o no) Parte III Datos a proporcionar Monto de la operación Indique si es parte relacionada (sí o no) Efectuó retención y entero por esta operación (sí o no) Tasa ISR por retención determinado por auditoría Parte IV ISR retenido pagado Diferencia Aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (sí o no) Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 21.- Inversiones Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio Más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio (Cifras en pesos) Activos fijos 40210000000000 Construcciones. 40210001000000 Construcciones en proceso. 40210002000000 Inmuebles considerados históricos. 40210003000000 Ferrocarriles. 40210004000000 Mobiliario y equipo de oficina. 40210005000000 Aviones. 40210006000000 Embarcaciones. 40210007000000 Equipo de transporte automóviles. 40210008000000 Equipo de transporte: automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos con motor de combustión interna o accionado por hidrogeno. 386 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40210009000000 Equipo de transporte: bicicletas convencionales, bicicletas y motocicletas con propulsión de baterías eléctricas recargables. 40210010000000 Equipo de transporte (otros). 40210011000000 Equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos. 40210012000000 Equipo de cómputo. 40210013000000 Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental. 40210014000000 Comunicaciones telefónicas. 40210015000000 Comunicaciones satelitales. 40210016000000 Terrenos (costo de adquisición). 40210017000000 Adaptación a instalaciones para personas con capacidades diferentes. 40210018000000 Maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente. 40210019000000 Maquinaria y equipo. 40210020000000 Oleoductos, gasoductos, terminales, y tanques de almacenamiento de hidrocarburos. 40210021000000 Inversiones realizadas para la exploración, recuperación secundaria y mejorada, y el mantenimiento no capitalizable (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 40210022000000 Inversiones realizadas para el desarrollo y explotación de yacimientos de petróleo o gas natural (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 40210023000000 Inversiones realizadas en infraestructura de almacenamiento y transporte (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 40210024000000 Otros activos fijos. 40210025000000 Suma activo fijo. Gastos y cargos diferidos 40210026000000 Patentes. 40210027000000 Marcas registradas. 40210028000000 Regalías. 40210029000000 Gastos de instalación. 40210030000000 Gastos de organización. 40210031000000 Concesiones. 40210032000000 Otros gastos y cargos diferidos. 40210033000000 Suma gastos y cargos diferidos. Erogaciones en periodos preoperativos 40210034000000 (Especificar). 40210035000000 Suma erogaciones preoperativas. 40210036000000 Total de inversiones. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 387 Parte II Datos a proporcionar Menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio Menos: deducción en el ejercicio Menos: deducción inmediata en el ejercicio Saldo pendiente de deducir al final del ejercicio Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 22.- Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda nacional y extranjera Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC País de residencia fiscal (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto “40D091000”, del anexo de datos generales. Cuentas por cobrar Nombre, denominación o razón social del deudor 40220000000000 (Especificar). 40220001000000 Total de cuentas por cobrar. Cuentas por pagar Nombre, denominación o razón social del acreedor 40220002000000 (Especificar). 40220003000000 Total de cuentas por pagar. Parte II Datos a proporcionar Tipo de moneda Antigüedad de la cuenta por cobrar y por pagar (meses) Saldo en moneda extranjera Saldo en moneda nacional Indique si la cuenta proviene de una fusión, escisión de sociedades o cesión de derechos u obligaciones Concepto más importante que originó el saldo Parte III Datos a proporcionar En caso de que en la columna "concepto más importante que originó el saldo", hayan seleccionado alguno de los conceptos de "otros deudor" u "otros acreedor", especifique concepto: Indique si es parte relacionada (sí o no) Generó intereses (sí o no) Indique si la cuenta por cobrar o por pagar se encuentra cubierta por algún instrumento financiero derivado. (sí o no) 388 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Este anexo consta de 27 columnas y está dividido en seis partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 23.- Préstamos Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto “40D092000”, del anexo de datos generales. Nombre, denominación o razón social del residente en el extranjero Partes relacionadas 40230000000000 (Especificar). 40230001000000 Total de partes relacionadas. Partes no relacionadas 40230002000000 (Especificar). 40230003000000 Total de partes no relacionadas. Nombre, denominación o razón social del residente en México Partes relacionadas 40230004000000 (Especificar). 40230005000000 Total de partes relacionadas. Partes no relacionadas 40230006000000 (Especificar). 40230007000000 Total de partes no relacionadas. Parte II Datos a proporcionar Tipo de financiamiento En caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: Fue beneficiario efectivo de los intereses (sí o no) Número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado País de residencia para efectos fiscales Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 389 Parte III Datos a proporcionar Tipo de moneda Conversión de moneda Fecha en la que se realizó la conversión de moneda Denominación de la tasa de interés Porcentaje de la tasa de interés Parte IV Datos a proporcionar Importe total de los intereses pagados y/o exigibles Tasa de retención del ISR ISR retenido en el ejercicio Vigencia del préstamo del Vigencia del préstamo al Parte V Datos a proporcionar Saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025 Frecuencia de exigibilidad del pago de intereses En caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: Garantizó el préstamo (sí o no) Importe total de los intereses deducidos en el ejercicio dictaminado Parte VI Destino del Capital tomado en préstamo Efectuó colocaciones en el extranjero (sí o no) Número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 24.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2024 2023 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto “40D048000”, del anexo de datos generales. 40240000000000 La pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una escisión. 40240001000000 Señale el RFC de la escindente. 40240002000000 Señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la escisión. Nota: en caso de escisiones sucesivas deberá manifestar a través del anexo denominado información adicional del dictamen, la información correspondiente a los índices anteriores. 40240003000000 Monto original de la pérdida fiscal. 390 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40240004000000 INPC del último mes del ejercicio en que se generó la pérdida fiscal. 40240005000000 INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que se generó la pérdida fiscal. 40240006000000 Factor de actualización del periodo. 40240007000000 Pérdida fiscal actualizada por el ejercicio en que se generó. 40240008000000 INPC del último mes de la primera mitad del ejercicio en que se aplica o actualiza la pérdida fiscal. 40240009000000 INPC del mes en que se actualizo por última vez la pérdida fiscal. 40240010000000 Factor de actualización del periodo. 40240011000000 Pérdida fiscal actualizada en el ejercicio en que se aplica o actualiza. Nota: los conceptos de los índices 40240008000000 al 40240011000000 deben repetirse para actualizar las pérdidas fiscales ocurridas de 2015 a 2024, o aplicadas en los ejercicios de 2016 a 2025. 40240012000000 (Monto de la disminución de la pérdida fiscal en el ejercicio:) Nota: el concepto del índice 40240012000000 debe repetirse las veces que sea necesario para indicar el ejercicio en el que se amortizan las pérdidas fiscales, anotando el importe aplicado en la columna a la que corresponda la pérdida fiscal. 40240013000000 Monto de la pérdida fiscal pendiente de aplicar. Parte II Datos a proporcionar 2022 2021 2020 2019 2018 2017 2016 Parte III Datos a proporcionar 2015 Este anexo consta de 30 columnas y está dividido en siete partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 25.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia fiscal (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “sí” en el concepto “40D328000”, del anexo de datos generales. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 391 Denominación o razón social Ingresos 40250000000000 (Especificar). 40250001000000 Total de ingresos. Gastos 40250002000000 (Especificar). 40250003000000 Total de gastos. Parte II Datos a proporcionar Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México) Tipo de moneda del país de residencia fiscal Tipo de ingreso En caso de que en la columna "tipo de ingreso", haya seleccionado "otros ingresos", especifique concepto Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria Parte III Datos a proporcionar Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio Participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje Participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe Aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio Aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio Parte IV Datos a proporcionar La contabilidad está a disposición de la autoridad (sí o no) Tiene alguna entidad interpuesta (sí o no) Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: Total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: Monto total de activos no afectos a la actividad empresarial Parte V Datos a proporcionar Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial En el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (sí o no) En el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa Operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (sí o no) Operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso 392 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte VI Datos a proporcionar Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia al Carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente Indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación Tasa preferencial por tratado Parte VII Datos a proporcionar Impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en seis partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 26.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada (Cifras en pesos) Denominación o razón social 40260000000000 (Especificar). 40260001000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente Total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas Proporción de Ingresos Límite de deducción del contribuyente Parte III Datos a proporcionar Total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles) Intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021) Total de los ingresos por intereses acumulados Intereses Netos Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 393 Parte IV Datos a proporcionar Utilidad (pérdida) Fiscal Total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles) Monto total deducido de Activos fijos Monto total deducido de Gastos diferidos Parte V Datos a proporcionar Monto total deducido de Cargos diferidos Monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos Utilidad fiscal ajustada Límite intereses Netos Parte VI Datos a proporcionar Intereses no deducibles Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no) Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Toda pregunta debe ser entendida con respecto al ejercicio fiscal sujeto a revisión. En aquellos cuestionamientos que no apliquen al contribuyente, así como cuando a criterio del contador público que responda el cuestionario no haya una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado, o bien, simplemente no fue revisado por no caer en el alcance de revisión, se podrá dejar en blanco el renglón que corresponda, haciendo las aclaraciones correspondientes en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, ya que de no hacerlo el Servicio de Administración Tributaria entenderá que el contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento. Índice Concepto Datos a proporcionar Comentarios Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Procedimientos de auditoría aplicados para la revisión de estados financieros 40270000000000 Realizó la evaluación del control interno del contribuyente. 40270001000000 En caso afirmativo al índice anterior, conserva la evidencia de la evaluación del control interno en sus papeles de trabajo. 40270002000000 Detectó debilidades o desviaciones relacionadas con la estructura del control interno del contribuyente con repercusión en su situación fiscal. Nota: en caso afirmativo describa las irregularidades en el informe sobre la revisión de la situación fiscal. 394 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40270003000000 Como consecuencia de la realización de su trabajo, propuso ajustes financieros que afectaron la situación fiscal del contribuyente. 40270004000000 Como consecuencia de la realización de su trabajo encontró diferencias en partidas no materiales que puedan tener repercusión fiscal. 40270005000000 En caso afirmativo a los índices anteriores, los ajustes afectaron la base y la determinación de las contribuciones a que está sujeto el contribuyente. Como consecuencia de la realización de su trabajo, el contribuyente corrigió a la fecha de envío del dictamen fiscal lo siguiente: 40270006000000 Partidas que el contribuyente dedujo indebidamente en el ISR. 40270007000000 Ingresos que el contribuyente omitió en el Impuesto sobre la Renta. 40270008000000 Actos o actividades que el contribuyente omitió en el IVA. 40270009000000 Acreditamientos indebidos efectuados contra el ISR. 40270010000000 Acreditamientos indebidos efectuados contra el IVA. En caso negativo, explique los motivos en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 40270011000000 En caso de haber detectado en su auditoría alguna irregularidad de las señaladas en los índices 40270006000000 al 40270010000000, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 40270012000000 En caso de haber contestado afirmativamente en el índice 40270004000000, reveló dicha circunstancia en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de trabajo, responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera con lo siguiente: 40270013000000 El contribuyente recibió asesoría de un experto de la dirección en materia fiscal. En caso afirmativo, señale: 40270014000000 Evaluó la competencia, capacidad y objetividad del experto de la dirección en materia fiscal. 40270015000000 Obtuvo conocimiento del trabajo del experto. 40270016000000 Evaluó la adecuación del trabajo del experto. 40270017000000 Si el contribuyente obtuvo un documento por escrito. Impuesto sobre la Renta (ISR) Ingresos (ISR) 40270018000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 40D172000 al 40D205000 del diagnóstico fiscal, se propusieron las correcciones correspondientes. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 395 40270019000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Deducciones (ISR) 40270020000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 40D206000 al 40D243000 del diagnóstico fiscal, se propuso que se hicieran no deducibles las partidas correspondientes. 40270021000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Declaración informativa múltiple 40270022000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS (para los efectos del artículo noveno de las disposiciones transitorias de la LISR 2014, fracción X). 40270023000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre residentes en el extranjero, tratándose de residentes en el extranjero (para los efectos del artículo noveno de las disposiciones transitorias de la LISR 2014, fracción X). 40270024000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción VI, de la LISR). 40270025000000 Verificó la información contenida en el anexo de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes (para los efectos del artículo 178 de la LISR). 40270026000000 Verificó la información contenida en el anexo de operaciones efectuadas a través de fideicomisos (para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la LISR). Impuesto Diferido (ISR) 40270027000000 Diga si de acuerdo con normas y procedimientos de auditoría se allego de la evidencia comprobatoria suficiente y competente para efectos de verificar la determinación del impuesto diferido por parte del contribuyente. Regímenes fiscales preferentes 40270028000000 Verificó la información contenida en el anexo de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. Impuesto al Valor Agregado (IVA) Actos o actividades (IVA) 40270029000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 40D345000 al 40D350000 del diagnóstico fiscal, propuso que se hicieran las correcciones correspondientes. 396 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40270030000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Acreditamiento (IVA) Se verificaron los siguientes requisitos de acreditamiento del IVA. 40270031000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 40D351000 al 40D365000 del diagnóstico fiscal, propuso que se hicieran las correcciones correspondientes en el acreditamiento. 40270032000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Índice Concepto Datos a proporcionar Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de trabajo responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera con lo siguiente: Capitalización insuficiente (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR) 40280000000000 Verificó si el contribuyente dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 40280001000000 Detectó algún incumpliendo a lo dispuesto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 40280002000000 Monto de intereses no deducibles por capitalización insuficiente. En caso de considerar cuentas fiscales para el cálculo, señale el monto de: 40280003000000 Cuentas de capital de aportación. 40280004000000 Utilidad fiscal neta y utilidad neta reinvertida. 40280005000000 En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a los índices 40170117000000 y/o 40170125000000 del anexo 17 no eran correctas y haber detectado algún incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 40280006000000 En adición, de haber contestado de forma afirmativa el índice 40280005000000, señaló alguna salvedad en su dictamen. Documentación comprobatoria de precios de transferencia (estudio de precios de transferencia) por operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR) 40280007000000 Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta obligación fiscal. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 397 40280008000000 En caso de incumplimiento del contribuyente se consideraron como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 40280009000000 En caso de incumplimiento del contribuyente a esta obligación fiscal, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal. 40280010000000 En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Verificó que la documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR), incluyera lo siguiente: Nota: las preguntas referidas en los índices 40280011000000 al 40280028000000 solo se contestarán cuando se haya contestado que “sí” en el índice 40170036000000 del anexo 17. 40280011000000 1) Nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebraron operaciones. 40280012000000 2) Que se consideraran todas las partes relacionadas de acuerdo con la definición contenida en los párrafos quinto y sexto del artículo 179 de la LISR. 40280013000000 3) Documentación que demuestre la participación directa e indirecta entre las partes relacionadas. 40280014000000 4) Información relativa a las funciones o actividades por cada tipo de operación evaluada. 40280015000000 5) Información relativa a los activos utilizados en cada tipo de operación evaluada. 40280016000000 6) Información relativa a los riesgos asumidos en cada tipo de operación evaluada. 40280017000000 7) Información y documentación sobre las operaciones con partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por cada tipo de operación evaluada. 40280018000000 8) Método aplicado conforme al artículo 180 de la LISR por cada tipo de operación evaluada. 40280019000000 9) Información y documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación evaluada. 40280020000000 10) Se identificaron en los registros de contabilidad que la totalidad de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero estuvieran debidamente asentadas. 40280021000000 En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes referidos, señale si mencionó tal circunstancia en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 40280022000000 En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes referidos señale si mencionó tal circunstancia en su dictamen. 40280023000000 Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con partes relacionadas por el contribuyente se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. 40280024000000 En caso de una conclusión negativa, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 40280025000000 En caso de una conclusión negativa en la documentación comprobatoria, indique si reveló alguna salvedad en el dictamen. 398 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40280026000000 En caso de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 40280027000000 En caso de que la documentación comprobatoria de precios de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en dictamen. 40280028000000 En estos últimos casos, consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. Declaración informativa de operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) 40280029000000 Verificó la presentación oportuna de la información de las operaciones con partes relacionadas, efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM). 40280030000000 Verificó si las cifras reportadas en esa declaración coinciden con las manifestadas en la documentación a que se refiere el artículo 76, fracción IX de la LISR (estudio de precios de transferencia). 40280031000000 Verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la información de las operaciones con partes relacionadas, efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM) conforme a la información contenida en la documentación de precios de transferencia para las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR). 40280032000000 En caso de haber observado errores en el llenado, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. En caso negativo, especifique: 40280033000000 Consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 40280034000000 En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 40280035000000 En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas (para los efectos del artículo 76-A, fracción X de la LISR) de 2024 presentadas en 2025 40280036000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 40280037000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa local de partes relacionadas correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 40280038000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 40280039000000 En caso de haber observado errores en el llenado de las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 399 Cumplimiento de la obligación respecto de las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción XII de la LISR) 40280040000000 Verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y deducciones autorizadas considerando para esas operaciones los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. 40280041000000 En caso negativo, consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 40280042000000 En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 40280043000000 En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental, indique si reveló alguna salvedad en su dictamen. 40280044000000 Verificó en la evidencia documental referida en el índice 40280040000000 la aplicación de los métodos de precios de transferencia establecidos en el artículo 180 de la LISR en los términos del tercer párrafo del citado artículo. 40280045000000 En caso de no haberlos aplicado, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en su dictamen. Operaciones con partes relacionadas nacionales informadas 40280046000000 En caso de haber señalado que si en el índice 40D044000 del anexo "datos generales", verificó que la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional. Ajustes de precios de transferencia 40280047000000 Verificó en el caso de ajustes de precios de transferencia que hayan incrementado las deducciones del contribuyente, que se cumplieran todos los requisitos establecidos en la regla 3.9.1.3. de la RMF para 2025. Intereses considerados como dividendos (para los efectos del artículo 11 de la LISR) 40280048000000 En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a los índices 40170071000000 y/o 40170072000000 del anexo 17 no eran correctas y lo llevaron a un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en su dictamen. Metodología de precios de transferencia (para los efectos del artículo 180 de la LISR) por transacción con partes relacionadas 40280049000000 Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia, exista evidencia de que se intentó aplicar en primer término el método de precio comparable no controlado (previsto por la fracción I del artículo 180 de la LISR) para cada una de sus transacciones con partes relacionadas que validó en sus estudios de precios de transferencia. 400 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 40280050000000 Observó alguna inconsistencia de índole formal, por parte del contribuyente en las respuestas de la información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. 40280051000000 En caso afirmativo, reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien, en su dictamen. 40280052000000 Verificó la aplicación por parte del contribuyente de lo dispuesto por el artículo primero del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 40280053000000 Verificó que las operaciones con partes relacionadas que no tengan relación con maquila, hayan cumplido con lo dispuesto por las disposiciones fiscales en materia de precios de transferencia. 40280054000000 En caso de incumplimientos del contribuyente (índices 40280052000000 al 40280053000000) mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. C. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las casas de cambio, por el ejercicio fiscal del 2025. Índice Concepto Datos a proporcionar Datos de identificación del contribuyente 07A000000 RFC: 07A001000 Denominación o razón social: Domicilio fiscal: 07A002000 Entidad federativa: 07A003000 Alcaldía o municipio: 07A004000 Colonia o localidad: 07A005000 Código postal: 07A006000 Calle, número exterior e interior: 07A007000 Ciudad o población: 07A008000 Teléfono: 07A009000 Correo electrónico: 07A010000 Nombre del grupo económico al que pertenece: 07A011000 Clave de actividad para efectos fiscales: Declaratoria del contribuyente: Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las operaciones reales que lleve a cabo durante el ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas con documentación comprobatoria. 07A012000 Nombre del contribuyente: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 401 Datos de identificación del contador público 07B000000 RFC: 07B001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)): 07B002000 CURP: 07B003000 Número de registro: Domicilio fiscal: 07B004000 Entidad federativa: 07B005000 Alcaldía o municipio: 07B006000 Colonia o localidad: 07B007000 Código postal: 07B008000 Calle, número exterior e interior: 07B009000 Ciudad o población: 07B010000 Teléfono del CPI o despacho: 07B011000 Correo electrónico: 07B012000 Correo electrónico del buzón tributario: 07B013000 Colegio al que pertenece: 07B014000 Nombre del despacho: 07B015000 RFC del despacho: 07B016000 Número de registro del despacho: Declaratoria del contador público que dictaminó: Declaro que la información que proporciona el contribuyente citado, consta en libros, registros, documentos y declaraciones en poder del propio contribuyente, mismos que examiné, como lo manifiesto en el informe del auditor independiente y en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente que adjunto. 07B017000 Nombre del contador público que dictaminó: Datos de identificación del representante legal 07C000000 RFC: 07C001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)): 402 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07C002000 Nacional: 07C003000 Extranjero: 07C004000 CURP: Domicilio fiscal: 07C005000 Entidad federativa: 07C006000 Alcaldía o municipio: 07C007000 Colonia o localidad: 07C008000 Código postal: 07C009000 Calle, número exterior e interior: 07C010000 Ciudad o población: 07C011000 Teléfono: 07C012000 Correo electrónico: 07C013000 Número de escritura: 07C014000 Número de notaria: 07C015000 Entidad en la que se ubica la notaria: 07C016000 Fecha del poder: 07C017000 Fecha de designación: Declaratoria del representante legal: Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las operaciones reales que llevó a cabo mi representada durante el ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas con documentación comprobatoria. 07C018000 Nombre del representante legal: Índice Concepto Datos a proporcionar Datos generales 07D000000 Autoridad competente: 07D001000 Sede a la que pertenece la ADAF: 07D002000 Administración: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 403 07D003000 Obligado u optativo: 07D004000 Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 07D005000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 07D006000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A del CFF). 07D007000 En caso negativo en todas las preguntas de los índices 07D004000, 07D005000 y 07D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen. 07D008000 Forma parte de una asociación en participación. 07D009000 Forma parte de un fideicomiso. En caso afirmativo al índice anterior, indique denominación o razón social del fideicomiso: 07D010000 Denominación o razón social fideicomitente. 07D011000 Denominación o razón social fiduciario. 07D012000 Denominación o razón social fideicomisario (1). 07D013000 Denominación o razón social fideicomisario (2). 07D014000 Denominación o razón social fideicomisario (3). 07D015000 Primer dictamen. 07D016000 Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. 07D017000 Tipo de contribuyente especial. 07D018000 Empresa filial. 07D019000 Empresa subsidiaria. 07D020000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal. 07D021000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal. 07D022000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. 07D023000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior. 07D024000 Tipo de opinión. Indique el RFC de la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que asesoro(aron) fiscalmente al contribuyente, mediante una opinión por escrito: 07D025000 RFC 1: 07D026000 RFC 2: 07D027000 RFC 3: 07D028000 RFC 4: 07D029000 RFC 5: Efectos fiscales 07D030000 Realizó operaciones con partes relacionadas. 07D031000 Si su respuesta fue afirmativa en el índice 07D030000 (debe llenar los anexos 12 y 13). 07D032000 Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. 07D033000 Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. 404 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D034000 Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. 07D035000 En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18). Otros aspectos 07D036000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF Como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. 07D037000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). 07D038000 Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 07D039000 Se trata de: 07D040000 Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). 07D041000 Número de oficio 1. 07D042000 Fecha del oficio 1. 07D043000 Número de oficio 2. 07D044000 Fecha del oficio 2. 07D045000 Número de oficio 3. 07D046000 Fecha del oficio 3. 07D047000 Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). En caso afirmativo al índice anterior, indique el número y fecha de la resolución: 07D048000 Número de resolución 1. 07D049000 Fecha de la resolución 1. 07D050000 Número de resolución 2. 07D051000 Fecha de la resolución 2. 07D052000 Número de resolución 3. 07D053000 Fecha de la resolución 3. 07D054000 Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. En caso afirmativo al índice anterior, aclarar a través del anexo denominado información adicional, la disposición fiscal controvertida, el medio de defensa interpuesto, así como el estatus del medio de defensa interpuesto al cierre del ejercicio. 07D055000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple (normal). 07D056000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple (última complementaria). 07D057000 Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: Número de identificación otorgado por el SAT al esquema reportable. 07D058000 Número de identificación (campo 1). 07D059000 Número de identificación (campo 2). 07D060000 Número de identificación (campo 3). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 405 07D061000 Número de identificación (campo 4). 07D062000 Número de identificación (campo 5). 07D063000 Fecha de presentación de la declaración informativa normal. 07D064000 Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). Operaciones financieras, inversiones, financiamiento, moneda extrajera y residentes al extranjero 07D065000 Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 9). 07D066000 Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10). 07D067000 Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 15). 07D068000 Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 17). Diagnóstico fiscal del contribuyente Generalidades fiscales 07D069000 Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. 07D070000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores. 07D071000 (especificar nombre anterior). 07D072000 (especificar nombre anterior). 07D073000 (especificar nombre anterior). 07D074000 (especificar nombre anterior). 07D075000 (especificar nombre anterior). 07D076000 Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. 07D077000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). 07D078000 Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. 07D079000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII del RCFF). 07D080000 Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). 07D081000 Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. Nota: en caso afirmativo al índice anterior, describa como dio cumplimiento y con qué documentación lo acredita, a través del anexo denominado información adicional del dictamen. 07D082000 Tiene accionistas residentes en el país. 07D083000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF). 406 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D084000 Indique si identificó proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. 07D085000 Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF. 07D086000 Tiene empleados. En caso afirmativo a la pregunta del índice anterior, indique: 07D087000 Número de trabajadores. 07D088000 Total del ISR retenido y enterado por salarios. 07D089000 Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. 07D090000 Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. 07D091000 Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. 07D092000 Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. 07D093000 Creó una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR). 07D094000 En caso negativo a la pregunta del índice 07D086000 tiene algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE). En caso de tener algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE), señale el RFC y nombre de la(s) sociedad(es) que le presta(n) los servicios especializados u obras especializadas (REPSE). 07D095000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 07D096000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 07D097000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 07D098000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 07D099000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 07D100000 Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. 07D101000 Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. 07D102000 Monto de IVA que originó dicha operación. Contabilidad 07D103000 Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. 07D104000 La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). Nota: en caso negativo al índice anterior, señale el domicilio en el cual conserva la documentación comprobatoria de los registros o asientos, a través del anexo denominado información adicional del dictamen. Para efectos del IVA indique lo siguiente: 07D105000 Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 407 07D106000 Expidió y entrego comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA). 07D107000 Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 07D108000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 07D109000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el IVA, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 07D110000 Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV, del artículo 1o.-A de la LIVA. Cuenta con los siguientes libros actualizados: 07D111000 Diario. 07D112000 Mayor. 07D113000 Actas de asamblea de socios o accionistas. 07D114000 Socios o accionistas. Impuesto sobre la Renta (ISR) 07D115000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). 07D116000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). 07D117000 Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. 07D118000 El contribuyente cambió el modelo de negocios. 07D119000 El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. 07D120000 Reconoció o reporto dichos ingresos. Nota. En caso negativo, señale el motivo a través del anexo denominado información adicional del dictamen. Dio cumplimiento a las siguientes obligaciones fiscales: 07D121000 Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR). 07D122000 Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR). 07D123000 Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). 07D124000 Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). 408 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D125000 Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, constancia en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). 07D126000 Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como las reglas aplicables de la RMF para 2025). 07D127000 Informar a las autoridades fiscales como señalan las disposiciones fiscales de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos (para los efectos del artículo 76, fracción XV de la LISR). 07D128000 Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan generado intereses. 07D129000 En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la autoridad fiscal. 07D130000 Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del artículo 55 de la LISR. 07D131000 Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II, del artículo 55 de la LISR. 07D132000 Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación, administración o distribución a sociedades de inversión en instrumento de duda o sociedades de inversión de renta variable, en los términos de la Ley de Sociedades de Inversión y demás normativa legal aplicable. 07D133000 Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la obligación prevista en la fracción II, del artículo 55 de la LISR, tal y cual se prevé en el artículo 89, de esa misma normativa. (ISR) obtuvo ingresos por 07D134000 Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 07D135000 Nombre del comprador 1. 07D136000 Es parte relacionada. 07D137000 Nombre del comprador 2. 07D138000 Es parte relacionada. 07D139000 Nombre del comprador 3. 07D140000 Es parte relacionada. 07D141000 Nombre del comprador 4. 07D142000 Es parte relacionada. 07D143000 Nombre del comprador 5. 07D144000 Es parte relacionada. 07D145000 Total de ingresos por venta de intangibles. 07D146000 Total del monto original de la inversión ajustado. 07D147000 Efectuó retención. 07D148000 Monto del entero por la operación. 07D149000 Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos. Indique lo siguiente en calidad de emisora de las acciones: 07D150000 Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. 07D151000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. 07D152000 Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 409 07D153000 Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. 07D154000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. 07D155000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. 07D156000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de absorción de pérdidas financieras. Deducciones (ISR) Reunió los siguientes requisitos fiscales en sus deducciones: 07D157000 En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). 07D158000 En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que, quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los prestó en forma directa y efectivamente se hayan llevado a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR). 07D159000 En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran cumplido los requisitos previstos en la fracción V, del artículo 28 de la LISR. 07D160000 En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 07D161000 Para la determinación de las deducciones por inversiones en automóviles y aviones se considera como monto original de la inversión el monto máximo autorizado en Ley (para los efectos del artículo 36, fracciones II y III de la LISR). 07D162000 En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR). 07D163000 Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 07D164000 Se realizaron con fines de: 07D165000 En caso afirmativo, acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. 07D166000 Indique el monto de la acumulación correspondiente. 07D167000 Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. 07D168000 En caso afirmativo, indique el monto de la deducción correspondiente. 07D169000 Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. 07D170000 En caso afirmativo, indique el monto correspondiente. Deducciones específicas (ISR) 07D171000 Cuando se adquieran bienes o derechos por dación en pago o por adjudicación, que no puedan conservar en propiedad por disposición legal, no se deducen conforme al artículo 25 de la LISR (para los efectos del artículo 53 de la LISR). 07D172000 Los quebrantos diversos reúnen la totalidad de requisitos de deducción que establece el artículo 27 de la LISR. 07D173000 Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad. En caso afirmativo: 07D174000 Indique si el monto total de la reserva para fondos de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad, está invertida acorde a lo establecido en el artículo 29, fracción II, de la LISR vigente en el ejercicio revisado. 410 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D175000 Deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los fondos destinados a las reservas para el otorgamiento de pensiones o jubilaciones de personal. 07D176000 La reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste anual inflacionario dentro de los créditos. 07D177000 En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V, del artículo 25 de la LISR. 07D178000 En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los requisitos que señala la fracción XV, artículo 27 de la LISR. 07D179000 Por las cuentas incobrables o quebrantos, fueron incluidas para efectos del ajuste anual por inflación hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio en que se deduzca, como lo señala el artículo 27, fracción XV, cuarto párrafo, de la LISR. 07D180000 Indique si dedujo para efectos fiscales provisiones. 07D181000 En caso afirmativo, indique si el pago y la documentación comprobatoria cumpliera con los requisitos fiscales. 07D182000 Indique si redujo su capital social. 07D183000 En caso afirmativo, indique si la utilidad distribuible está determinada conforme al artículo 78 de la LISR. 07D184000 La CUCA y las aportaciones de capital coinciden contra el estado de cuenta bancario engranado a la contabilidad, y las actas de asamblea. 07D185000 Indique si el saldo de la cuenta utilidad fiscal neta, coincide con las declaraciones del ejercicio y actas de asamblea. 07D186000 Para efectos del ajuste anual por inflación, los créditos y las deudas en moneda extranjera se valúan a la paridad existente al primer día del mes, como lo señala el artículo 44 de la LISR. 07D187000 En calidad de que participó en alguna fusión: 07D188000 Fecha en que surtió efectos la fusión: En caso de ser fusionada, deberá anotar: 07D189000 Fusionante: RFC. 07D190000 Fusionante: denominación o razón social. En caso de ser fusionante, deberá anotar: 07D191000 Fusionada 1: RFC. 07D192000 Fusionada 1: denominación o razón social. 07D193000 Fusionada 2: RFC. 07D194000 Fusionada 2: denominación o razón social. 07D195000 Fusionada 3: RFC. 07D196000 Fusionada 3: denominación o razón social. 07D197000 Fusionada 4: RFC. 07D198000 Fusionada 4: denominación o razón social. 07D199000 Fusionada 5: RFC. 07D200000 Fusionada 5: denominación o razón social. 07D201000 Fusionada 6: RFC. 07D202000 Fusionada 6: denominación o razón social. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 411 07D203000 Fusionada 7: RFC. 07D204000 Fusionada 7: denominación o razón social. 07D205000 Fusionada 8: RFC. 07D206000 Fusionada 8: denominación o razón social. 07D207000 Fusionada 9: RFC. 07D208000 Fusionada 9: denominación o razón social. 07D209000 Fusionada 10: RFC. 07D210000 Fusionada 10: denominación o razón social. Nota: en caso de haber sido fusionante, y el espacio anterior es insuficiente, señale en el anexo denominado información adicional del dictamen: el RFC, nombre de la entidad(es) fusionada(s), fecha en que surtió efectos la fusión y el porcentaje de participación accionaria. 07D211000 En calidad de que participó en alguna escisión: 07D212000 Fecha en que surtió efectos la escisión: 07D213000 Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. Parte del activo, pasivo y capital social correspondiente, aportado por la escindente y recibido por: 07D214000 Escindida 1: RFC. 07D215000 Valor activo: 07D216000 Valor pasivo: 07D217000 Valor capital social: 07D218000 Escindida 2: RFC 07D219000 Valor activo: 07D220000 Valor pasivo: 07D221000 Valor capital social: 07D222000 Escindida 3: RFC 07D223000 Valor activo: 07D224000 Valor pasivo: 07D225000 Valor capital social: 07D226000 Escindida 4: RFC 07D227000 Valor activo: 07D228000 Valor pasivo: 07D229000 Valor capital social: 07D230000 Escindida 5: RFC 07D231000 Valor activo: 07D232000 Valor pasivo: 07D233000 Valor capital social: 07D234000 Escindida 6: RFC 07D235000 Valor activo: 07D236000 Valor pasivo: 07D237000 Valor capital social: 412 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D238000 Escindida 7: RFC 07D239000 Valor activo: 07D240000 Valor pasivo: 07D241000 Valor capital social: 07D242000 Escindida 8: RFC 07D243000 Valor activo: 07D244000 Valor pasivo: 07D245000 Valor capital social: 07D246000 Escindida 9: RFC 07D247000 Valor activo: 07D248000 Valor pasivo: 07D249000 Valor capital social: 07D250000 Escindida 10: RFC 07D251000 Valor activo: 07D252000 Valor pasivo: 07D253000 Valor capital social: 07D254000 Escindente: RFC 07D255000 Valor activo: 07D256000 Valor pasivo: 07D257000 Valor capital social: En caso de liquidación, señalar: 07D258000 Fecha de inicio de la liquidación. Indique el nombre o denominación o razón social y RFC del liquidador: 07D259000 (liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social). 07D260000 (liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social). 07D261000 (liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social). 07D262000 Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (FIBRAS). 07D263000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 07D264000 Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). 07D265000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. Acreditamientos 07D266000 Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. 07D267000 Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el Servicio de Administración Tributaria. 07D268000 El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 413 07D269000 Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. 07D270000 Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. 07D271000 Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. 07D272000 Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. 07D273000 Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento. 07D274000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1). 07D275000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2). 07D276000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3). 07D277000 Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio. 07D278000 Señale si acredita un remanente del ISR pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores. Regímenes fiscales preferentes 07D279000 Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero. (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19). 07D280000 Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. 07D281000 Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. 07D282000 Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. 07D283000 Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. 07D284000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. 07D285000 Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. 07D286000 Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 07D287000 Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 07D288000 Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 de la LISR. Retenciones y/o responsabilidad solidaria 07D289000 El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. 07D290000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 07D291000 Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación. En caso afirmativo: 07D292000 Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. 07D293000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. 07D294000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. Del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 414 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Impuesto al Valor Agregado (IVA) Acreditamiento (IVA) Cumplió con los siguientes requisitos de acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado: 07D295000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera enterado en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). Aplicación de estímulos fiscales 07D296000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. Del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte En materia de Impuesto sobre la Renta (ISR) 07D297000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 07140129000000 al 07140157000000 del anexo 14). 07D298000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. 07D299000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 07D300000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D301000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D302000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 07D303000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D304000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D305000 Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 07D306000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado: 07D307000 (1) Correspondiente al mes de: 07D308000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D309000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D310000 (2) Correspondiente al mes de: 07D311000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 415 07D312000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D313000 (3) Correspondiente al mes de: 07D314000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D315000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D316000 (4) Correspondiente al mes de: 07D317000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D318000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D319000 (5) Correspondiente al mes de: 07D320000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D321000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D322000 (6) Correspondiente al mes de: 07D323000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D324000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D325000 (7) Correspondiente al mes de: 07D326000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D327000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D328000 (8) Correspondiente al mes de: 07D329000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D330000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D331000 (9) Correspondiente al mes de: 07D332000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D333000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D334000 (10) Correspondiente al mes de: 07D335000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D336000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D337000 (11) Correspondiente al mes de: 07D338000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D339000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D340000 (12) Correspondiente al mes de: 07D341000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D342000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D343000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 07D344000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses. 07D345000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D346000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D347000 Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. 416 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo siguiente: 07D348000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 07D349000 Monto del beneficio. 07D350000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real al que hace referencia el artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D351000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 07D352000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 07D353000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. En materia de Impuesto al Valor Agregado 07D354000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D355000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo: 07D356000 (a) enajenación de bienes. 07D357000 (b) prestación de servicios independientes. 07D358000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 07D359000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D360000 Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA. 07D361000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 07D362000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 07D363000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. En relación a la pregunta anterior, señale el mes al que corresponde, la fecha de presentación del entero del IVA retenido y el monto pagado. 07D364000 (1) Correspondiente al mes de: 07D365000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D366000 (1) Monto pagado. 07D367000 (2) Correspondiente al mes de: 07D368000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D369000 (2) Monto pagado. 07D370000 (3) Correspondiente al mes de: 07D371000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D372000 (3) Monto pagado. 07D373000 (4) Correspondiente al mes de: 07D374000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 417 07D375000 (4) Monto pagado. 07D376000 (5) Correspondiente al mes de: 07D377000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D378000 (5) Monto pagado. 07D379000 (6) Correspondiente al mes de: 07D380000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D381000 (6) Monto pagado. 07D382000 (7) Correspondiente al mes de: 07D383000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D384000 (7) Monto pagado. 07D385000 (8) Correspondiente al mes de: 07D386000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D387000 (8) Monto pagado. 07D388000 (9) Correspondiente al mes de: 07D389000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D390000 (9) Monto pagado. 07D391000 (10) Correspondiente al mes de: 07D392000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D393000 (10) Monto pagado. 07D394000 (11) Correspondiente al mes de: 07D395000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D396000 (11) Monto pagado. 07D397000 (12) Correspondiente al mes de: 07D398000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D399000 (12) Monto pagado. 07D400000 Cuál es su moneda funcional. 07D401000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 07D402000 Es importador de un sector en específico. 07D403000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur En materia de Impuesto sobre la Renta (ISR) 07D404000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 07140158000000 al 07140186000000 del anexo 14). 07D405000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. 07D406000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 07D407000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D408000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D409000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 07D410000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 418 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D411000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 07D412000 Fecha que dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 07D413000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado: 07D414000 (1) Correspondiente al mes de: 07D415000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D416000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D417000 (2) Correspondiente al mes de: 07D418000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D419000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D420000 (3) Correspondiente al mes de: 07D421000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D422000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D423000 (4) Correspondiente al mes de: 07D424000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D425000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D426000 (5) Correspondiente al mes de: 07D427000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D428000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D429000 (6) Correspondiente al mes de: 07D430000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D431000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D432000 (7) Correspondiente al mes de: 07D433000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D434000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D435000 (8) Correspondiente al mes de: 07D436000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D437000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D438000 (9) Correspondiente al mes de: 07D439000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D440000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D441000 (10) Correspondiente al mes de: 07D442000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D443000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D444000 (11) Correspondiente al mes de: 07D445000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D446000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D447000 (12) Correspondiente al mes de: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 419 07D448000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 07D449000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 07D450000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 07D451000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses. 07D452000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D453000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D454000 Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo siguiente: 07D455000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 07D456000 Monto del beneficio. 07D457000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D458000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 07D459000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 07D460000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. En materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA) 07D461000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D462000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo: 07D463000 (a) enajenación de bienes. 07D464000 (b) prestación de servicios independientes. 07D465000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 07D466000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 07D467000 Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA. 07D468000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 420 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07D469000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 07D470000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. En relación a la pregunta anterior, señale las fechas de presentación del entero del IVA retenido y los montos pagados 07D471000 (1) Correspondiente al mes de: 07D472000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D473000 (1) Monto pagado. 07D474000 (2) Correspondiente al mes de: 07D475000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D476000 (2) Monto pagado. 07D477000 (3) Correspondiente al mes de: 07D478000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D479000 (3) Monto pagado. 07D480000 (4) Correspondiente al mes de: 07D481000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D482000 (4) Monto pagado. 07D483000 (5) Correspondiente al mes de: 07D484000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D485000 (5) Monto pagado. 07D486000 (6) Correspondiente al mes de: 07D487000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D488000 (6) Monto pagado. 07D489000 (7) Correspondiente al mes de: 07D490000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D491000 (7) Monto pagado. 07D492000 (8) Correspondiente al mes de: 07D493000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D494000 (8) Monto pagado. 07D495000 (9) Correspondiente al mes de: 07D496000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D497000 (9) Monto pagado. 07D498000 (10) Correspondiente al mes de: 07D499000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D500000 (10) Monto pagado. 07D501000 (11) Correspondiente al mes de: 07D502000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D503000 (11) Monto pagado. 07D504000 (12) Correspondiente al mes de: 07D505000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 07D506000 (12) Monto pagado. 07D507000 Cuál es su moneda funcional. 07D508000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 07D509000 Es importador de un sector en específico. 07D510000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 421 Índice Concepto Datos informativos 1.- Estado de situación financiera Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) Activo Efectivo y equivalentes de efectivo 07010000000000 Caja, billetes y monedas extranjeras. 07010001000000 Bancos. 07010002000000 Documentos de cobro inmediato. 07010003000000 Metales preciosos amonedados. 07010004000000 Instrumentos financieros de alta liquidez. 07010005000000 Remesas en tránsito. 07010006000000 Efectivo y equivalentes de efectivo restringidos o dados en garantía. 07010007000000 Otros. 07010008000000 Total de efectivo y equivalentes de efectivo. Inversiones en instrumentos financieros 07010009000000 Instrumentos financieros negociables. 07010010000000 Instrumentos financieros para cobrar o vender. 07010011000000 Títulos conservados a vencimiento. 07010012000000 Instrumentos financieros para cobrar principal e interés (valores) (neto). 07010013000000 Otras inversiones en instrumentos financieros. 07010014000000 Total de inversiones en instrumentos financieros. 07010015000000 Deudores por reporto. 07010016000000 Cuentas por cobrar (neto). 07010017000000 Impuesto al Valor Agregado no pagado. 07010018000000 Bienes adjudicados (neto). 07010019000000 Activos de larga duración mantenidos para la venta o para distribuir a los propietarios. 07010020000000 Pagos anticipados y otros activos (neto). 07010021000000 Propiedades, mobiliario y equipo (neto). 07010022000000 Activos por derechos de uso de propiedades mobiliario y equipo (neto). 422 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07010023000000 Activo por impuestos a la utilidad diferidos (neto). 07010024000000 Inversiones permanentes. 07010025000000 Activos intangibles (neto). 07010026000000 Activos por derechos de uso de activos intangibles (neto). 07010027000000 Crédito mercantil. Impuestos y PTU diferidos 07010028000000 ISR diferido. 07010029000000 PTU diferida. 07010030000000 Total de impuestos y PTU diferidos. Otros activos 07010031000000 Cargos diferidos. 07010032000000 Pagos anticipados. 07010033000000 Intangibles. 07010034000000 Otros activos a corto y largo plazo. 07010035000000 Total de otros activos. 07010036000000 Total activo. Pasivo y capital Pasivo Préstamos bancarios y de otros organismos 07010037000000 De corto plazo. 07010038000000 De largo plazo. 07010039000000 Total de préstamos bancarios y de otros organismos. Préstamos de propietarios 07010040000000 De corto plazo. 07010041000000 De largo plazo. 07010042000000 Total de préstamos de propietarios. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 423 Colaterales vendidos 07010043000000 Reportos (saldo acreedor). 07010044000000 Otros colaterales vendidos. 07010045000000 Total de colaterales vendidos. 07010046000000 Pasivo por arrendamiento. Otras cuentas por pagar Contribuciones por pagar 07010047000000 Impuesto sobre la Renta. 07010048000000 Impuesto al Activo. 07010049000000 Impuesto al Valor Agregado. 07010050000000 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. 07010051000000 Impuesto sobre Automóviles Nuevos. 07010052000000 Impuestos Locales. 07010053000000 Cuotas al seguro social. 07010054000000 Aportaciones al INFONAVIT. 07010055000000 Aportaciones al SAR. 07010056000000 Otros impuestos y contribuciones. 07010057000000 Total de contribuciones por pagar. 07010058000000 Participación de los trabajadores en las utilidades por pagar. 07010059000000 Acreedores por liquidación de operaciones. 07010060000000 Acreedores por colaterales recibidos en efectivo. 07010061000000 Contribuciones por pagar. 07010062000000 Acreedores diversos y otras cuentas por pagar. 07010063000000 Total de otras cuentas por pagar. 07010064000000 Impuesto al Valor Agregado no cobrado. Impuestos y PTU diferidos 07010065000000 ISR diferido. 07010066000000 PTU diferida. 07010067000000 Total de impuestos y PTU diferidos. 07010068000000 Pasivos relacionados con grupos de activos mantenidos para la venta. 07010069000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar en asamblea de accionistas. 07010070000000 Obligaciones asociadas con el retiro de componentes de propiedades, mobiliario y equipo. 424 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07010071000000 Pasivo por impuestos a la utilidad. 07010072000000 Pasivo por beneficios a los empleados. 07010073000000 Créditos diferidos y cobros anticipados. 07010074000000 Total pasivo. Capital contable Capital contribuido 07010075000000 Capital social. 07010076000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas. 07010077000000 Prima en venta de acciones. 07010078000000 Otras cuentas de capital contribuido. 07010079000000 Total capital contribuido. Capital ganado 07010080000000 Reservas de capital. 07010081000000 Resultados acumulados. 07010082000000 Otros resultados integrales. 07010083000000 Resultado de ejercicios anteriores. 07010084000000 Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender. 07010085000000 Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición. 07010086000000 Remedición de beneficios definidos a los empleados. 07010087000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 07010088000000 Participación en ORI de otras entidades. 07010089000000 Otras cuentas de capital ganado. 07010090000000 Utilidad neta. 07010091000000 Pérdida neta. 07010092000000 Total capital ganado. 07010093000000 Total participación controladora. 07010094000000 Total participación no controladora. 07010095000000 Total capital contable. 07010096000000 Total pasivo y capital contable. Cuentas de orden 07010097000000 Cheques de viajero en consignación. 07010098000000 Giros en tránsito. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 425 07010099000000 Activos y pasivos contingentes. 07010100000000 Divisas a entregar por ventas diferidas. 07010101000000 Divisas a recibir por compras diferidas. 07010102000000 Posición de divisas. 07010103000000 Colaterales recibidos por la entidad. 07010104000000 Colaterales recibidos y vendidos por la entidad. 07010105000000 Operaciones por cuenta de terceros. 07010106000000 Documentos a cobranza (salvo buen cobro). 07010107000000 Otras cuentas de registro. 07010108000000 Total de cuentas de orden. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 2.- Estado de resultado integral Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Total 2025 Partes relacionadas 2025 (Cifras en pesos) Nota: Para el llenado de este anexo es necesario capturar primero la información del anexo 5. 07020000000000 Resultado por compraventa de divisas. 07020001000000 Resultado por valuación de divisas. 07020002000000 Ingresos por intereses. Menos: 07020003000000 Gastos por intereses. Más: menos: 07020004000000 Resultado por posición monetaria neto (margen financiero). 07020005000000 Margen financiero. Más: 07020006000000 Comisiones y tarifas cobradas. Menos: 07020007000000 Comisiones y tarifas pagadas. 426 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Más: menos: 07020008000000 Resultado por intermediación. 07020009000000 Otros ingresos (egresos) de la operación. Menos: 07020010000000 Gastos de administración y promoción. 07020011000000 Utilidad de la operación. 07020012000000 Pérdida de la operación. Más: menos: 07020013000000 Participación en el resultado neto de otras entidades. 07020014000000 Utilidad antes de impuestos a la utilidad. 07020015000000 Pérdida antes de impuestos a la utilidad. Menos: 07020016000000 ISR causado. 07020017000000 ISR diferido. 07020018000000 Otros. 07020019000000 Utilidad antes de operaciones discontinuadas. 07020020000000 Pérdida antes de operaciones discontinuadas. Más: menos: 07020021000000 Operaciones discontinuadas. 07020022000000 Utilidad neta. 07020023000000 Pérdida neta. 07020024000000 Resultado integral. Resultado neto atribuible a: 07020025000000 Participación controladora. 07020026000000 Participación no controladora. Resultado integral atribuible a: 07020027000000 Participación controladora. 07020028000000 Participación no controladora. 07020029000000 Utilidad básica por acción ordinaria. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Partes no relacionadas 2025 Total 2024 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 427 Este anexo consta de 20 columnas y está dividido en cinco partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 3.- Estado de cambios en el capital contable Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Capital contribuido: capital social Capital contribuido: aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas (Cifras en pesos) 07030000000000 (Saldos al 31 de diciembre de 2023). 07030001000000 Ajustes retrospectivos por cambios contables. 07030002000000 Ajustes retrospectivos por correcciones de errores. 07030003000000 (Saldo al 31 de diciembre de 2023 ajustado). Movimientos de propietarios 07030004000000 Suscripción de acciones. 07030005000000 Capitalización de utilidades. 07030006000000 Constitución de reservas. 07030007000000 Traspaso de resultados neto a resultado de ejercicios anteriores. 07030008000000 Pago de dividendos. 07030009000000 Aportaciones de capital. 07030010000000 Reembolsos de capital. 07030011000000 Decreto de dividendos. 07030012000000 Capitalización de otros conceptos de capital contable. 07030013000000 Cambios en la participación controladora que no implican pérdida de control. 07030014000000 Otros. 07030015000000 Total. Movimientos de reserva 07030016000000 Reserva de capital. Resultado integral 07030017000000 Utilidad neta. 07030018000000 Pérdida neta. 428 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Otros resultados integrales 07030019000000 Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender. 07030020000000 Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición. 07030021000000 Remedición de beneficios definidos a los empleados. 07030022000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 07030023000000 Participación en ORI de otras entidades. 07030024000000 Otros. 07030025000000 Total. 07030026000000 (Saldo al 31 de diciembre de 2024). 07030027000000 Ajustes retrospectivos por cambios contables. 07030028000000 Ajustes retrospectivos por correcciones de errores. 07030029000000 (Saldo al 31 de diciembre de 2024 ajustado). Movimientos de propietarios 07030030000000 Suscripción de acciones. 07030031000000 Capitalización de utilidades. 07030032000000 Constitución de reservas. 07030033000000 Traspaso de resultados neto a resultado de ejercicios anteriores. 07030034000000 Pago de dividendos. 07030035000000 Aportaciones de capital. 07030036000000 Reembolsos de capital. 07030037000000 Decreto de dividendos. 07030038000000 Capitalización de otros conceptos de capital contable. 07030039000000 Cambios en la participación controladora que no implican pérdida de control. 07030040000000 Otros. 07030041000000 Total. Movimientos de reserva 07030042000000 Reserva de capital. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 429 Resultado integral 07030043000000 Utilidad neta. 07030044000000 Pérdida neta. Otros resultados integrales 07030045000000 Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender. 07030046000000 Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición. 07030047000000 Remedición de beneficios definidos a los empleados. 07030048000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 07030049000000 Participación en ORI de otras entidades. 07030050000000 Otros. 07030051000000 Total. 07030052000000 (Saldo al 31 de diciembre de 2025). Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Capital contribuido: prima en venta de acciones Capital contribuido: otras cuentas de capital contribuido Capital ganado: reservas de capital Capital ganado: resultados acumulados Parte III Datos a proporcionar Capital ganado: resultado de ejercicios anteriores Capital ganado: valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender Capital ganado: ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición Capital ganado: remedición de beneficios definidos a los empleados Parte IV Datos a proporcionar Capital ganado: resultado por tenencia de activos no monetarios Capital ganado: participación en ORI de otras entidades Capital ganado: otras cuentas de capital ganado Capital ganado: utilidad neta Parte V Datos a proporcionar Capital ganado: pérdida neta Total participación controladora Participación no controladora Total Capital Contable 430 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Índice Concepto Datos a proporcionar 4.- Estado de flujos de efectivo Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) 07040000000000 Utilidad neta. 07040001000000 Pérdida neta. Ajustes por partidas asociadas con actividades de inversión: 07040002000000 Depreciación de propiedades, mobiliario y equipo. 07040003000000 Amortizaciones de activos intangibles. 07040004000000 Pérdidas o reversión de pérdidas por deterioro de activos de larga duración. 07040005000000 Participación en el resultado neto de otras entidades. 07040006000000 Provisiones. 07040007000000 Impuestos a la utilidad causados y diferidos. 07040008000000 Participación en el resultado de subsidiarias no consolidadas y asociadas. 07040009000000 Operaciones discontinuadas. 07040010000000 Activos de larga duración mantenidos para la venta o para distribuir a los propietarios. 07040011000000 Otros ajustes por partidas asociadas con actividades de inversión. 07040012000000 Suma de ajustes por partidas asociadas con actividades de inversión. Ajustes por partidas asociadas con actividades de financiamiento: 07040013000000 Intereses asociados con préstamos bancarios y de otros organismos. 07040014000000 Intereses asociados con préstamos de propietarios. 07040015000000 Otros intereses. 07040016000000 Suma. Cambios en partidas de operación 07040017000000 Cambio en inversiones en instrumentos financieros (valores) (neto). 07040018000000 Cambio en deudores por reporto. 07040019000000 Cambio en cuentas por cobrar (neto). 07040020000000 Cambio en bienes adjudicados (neto). 07040021000000 Cambio en otros activos operativos (neto). 07040022000000 Cambio en préstamos bancarios y de otros organismos. 07040023000000 Cambio en préstamos de accionistas. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 431 07040024000000 Cambio en colaterales vendidos. 07040025000000 Cambio en activos/pasivos por beneficios a los empleados. 07040026000000 Cambio en otras cuentas por pagar. 07040027000000 Cambio en otras provisiones. 07040028000000 Cambio en otros pasivos operativos. 07040029000000 Devoluciones de impuestos a la utilidad. 07040030000000 Pagos de impuestos a la utilidad. 07040031000000 Otras partidas relacionadas con actividades de operación. 07040032000000 Flujos netos de efectivo de actividades de operación. Actividades de inversión 07040033000000 Pagos por instrumentos financieros a largo plazo. 07040034000000 Cobros por instrumentos financieros a largo plazo. 07040035000000 Pagos por adquisición de propiedades, mobiliario y equipo. 07040036000000 Cobros por disposición de propiedades, mobiliario y equipo. 07040037000000 Pagos por operaciones discontinuadas. 07040038000000 Cobros por operaciones discontinuadas. 07040039000000 Pagos por adquisición de subsidiarias. 07040040000000 Cobros por disposición de subsidiarias. 07040041000000 Pagos por adquisición de asociadas, negocios conjuntos y otras inversiones permanentes. 07040042000000 Cobros por disposición de asociadas, negocios conjuntos y otras inversiones permanentes. 07040043000000 Cobros de dividendos en efectivo de inversiones permanentes. 07040044000000 Pagos por adquisición de activos intangibles. 07040045000000 Cobros por disposición de activos intangibles. 07040046000000 Cobros por disposición de activos de larga duración disponibles para la venta. 07040047000000 Cobros por disposición de otros activos de larga duración. 07040048000000 Pagos por adquisición de otros activos de larga duración. 07040049000000 Otros cobros por actividades de inversión. 07040050000000 Otros pagos por actividades de inversión. 07040051000000 Otras partidas relacionadas con actividades de inversión. 07040052000000 Flujos netos de efectivo de actividades de inversión. Actividades de financiamiento 07040053000000 Cobros por la obtención de préstamos bancarios y de otros organismos. 07040054000000 Pagos de préstamos bancarios y de otros organismos. 07040055000000 Cobro por la obtención de préstamos de propietarios. 07040056000000 Pagos de préstamos de propietarios. 07040057000000 Pagos de pasivo por arrendamiento. 07040058000000 Cobros por emisión de acciones. 07040059000000 Pagos por reembolsos de capital social. 07040060000000 Pagos de dividendos en efectivo. 07040061000000 Pagos asociados a la recompra de acciones propias. 07040062000000 Pago por intereses de pasivo por arrendamiento. 07040063000000 Otros cobros por actividades de financiamiento. 07040064000000 Otros pagos por actividades de financiamiento. 432 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07040065000000 Otras partidas relacionadas con actividades de financiamiento. 07040066000000 Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento. 07040067000000 Incremento o disminución neta de efectivo y equivalentes de efectivo. Efectos por cambios en el valor del efectivo y equivalentes de efectivo 07040068000000 Efecto por conversión por haber utilizado distintos tipos de cambio para la conversión del saldo inicial, del saldo final y de los flujos de efectivo. 07040069000000 Efecto de las variaciones en el tipo de cambio del efectivo y equivalentes de efectivo mantenido o a pagar en moneda extranjera. 07040070000000 Efecto en los saldos de efectivo y equivalentes de efectivo por cambios en su valor resultantes de fluctuaciones en su valor razonable. 07040071000000 Efectos por inflación asociados con los saldos y los flujos de efectivo de cualquiera de las entidades que conforman la entidad económica consolidada bajo un entorno económico inflacionario. 07040072000000 Otros efectos por cambios en el valor del efectivo y equivalentes de efectivo. 07040073000000 Total de efectos por cambios en el valor del efectivo y equivalentes de efectivo. 07040074000000 Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del periodo. 07040075000000 Efectivo y equivalentes de efectivo al final del periodo. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Concepto 4.1.- Notas a los estados financieros Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 5.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) Resultado por compraventa de divisas 07050000000000 Por compraventa de divisas. 07050001000000 Por metales finos amonedados. 07050002000000 Otros. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 433 07050003000000 Incremento por actualización del resultado por compraventa de divisas. 07050004000000 Total de resultado por compraventa de divisas. Resultado por valuación de divisas 07050005000000 Por valuación de divisas. 07050006000000 Por valuación de metales finos amonedados. 07050007000000 Otros. 07050008000000 Incremento por actualización del resultado por valuación de divisas. 07050009000000 Total de resultado por valuación de divisas. Ingresos por intereses Intereses de disponibilidades 07050010000000 Bancos. 07050011000000 Disponibilidades restringidas o dadas en garantía. 07050012000000 Otros. 07050013000000 Total de intereses de disponibilidades. Intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores 07050014000000 Por títulos para negociar. 07050015000000 Por títulos disponibles para la venta. 07050016000000 Por títulos conservados a vencimiento. 07050017000000 Otros. 07050018000000 Total de intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores. 07050019000000 Premios e intereses a favor en operaciones de reporto. 07050020000000 Premios e intereses a favor en préstamo de valores. 07050021000000 Dividendos de instrumentos de patrimonio neto. Utilidad por valorización 07050022000000 Utilidad en cambios por valorización. 07050023000000 Valorización de instrumentos indizados. 07050024000000 Valorización de partidas en udis. 07050025000000 Otros. 07050026000000 Total de utilidad por valorización. 434 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07050027000000 Incremento por actualización de ingresos por intereses. 07050028000000 Total de ingresos por intereses. Gastos por intereses 07050029000000 Premios e intereses a cargo en operaciones de reporto. 07050030000000 Premios e intereses a cargo en préstamo de valores. 07050031000000 Intereses por préstamos bancarios y de otros organismos. 07050032000000 Intereses por préstamos de accionistas. Pérdida por valorización 07050033000000 Pérdida en cambios por valorización. 07050034000000 Valorización de instrumentos indizados. 07050035000000 Valorización de partidas en udis. 07050036000000 Otras. 07050037000000 Total de pérdida por valorización. 07050038000000 Otros. 07050039000000 Incremento por actualización de gastos por intereses. 07050040000000 Total de gastos por intereses. Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) 07050041000000 Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo deudor). 07050042000000 Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo acreedor). 07050043000000 Incremento por actualización del resultado por posición monetaria neto (margen financiero). 07050044000000 Total de resultado por posición monetaria neto (margen financiero). Comisiones y tarifas cobradas 07050045000000 Documentos de cobro inmediato y remesas. 07050046000000 Cheques de viajero. 07050047000000 Transferencia de fondos. 07050048000000 Servicios de distribución de acciones de sociedades de inversión. 07050049000000 Otras comisiones y tarifas cobradas. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 435 07050050000000 Incremento por actualización de comisiones y tarifas cobradas. 07050051000000 Total de comisiones y tarifas cobradas. Comisiones y tarifas pagadas 07050052000000 Transferencia de fondos. 07050053000000 Préstamos recibidos. 07050054000000 Otras comisiones y tarifas pagadas. 07050055000000 Incremento por actualización de comisiones y tarifas pagadas. 07050056000000 Total de comisiones y tarifas pagadas. Resultado por intermediación Resultado por valuación a valor razonable 07050057000000 Títulos para negociar. 07050058000000 Colaterales vendidos. 07050059000000 Otros. 07050060000000 Total de resultado por valuación a valor razonable. Pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro de títulos 07050061000000 Títulos disponibles para la venta. 07050062000000 Títulos conservados a vencimiento. 07050063000000 Otros. 07050064000000 Total de pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro de títulos. Resultado por compraventa de valores 07050065000000 Títulos para negociar. 07050066000000 Títulos disponibles para la venta. 07050067000000 Títulos conservados a vencimiento. 07050068000000 Otros. 07050069000000 Total de resultado por compraventa de valores. Costos de transacción 07050070000000 Por títulos para negociar. 07050071000000 Otros. 07050072000000 Total costos de transacción. 436 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07050073000000 Resultado por venta de colaterales recibidos. 07050074000000 Incremento por actualización del resultado por intermediación. 07050075000000 Total de resultado por intermediación. Otros ingresos (egresos) de la operación Recuperaciones 07050076000000 Impuestos. 07050077000000 Otras recuperaciones. 07050078000000 Total de recuperaciones. 07050079000000 Costo financiero por arrendamiento capitalizable. 07050080000000 Afectaciones a la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro. Quebrantos 07050081000000 Fraudes. 07050082000000 Siniestros. 07050083000000 Otros quebrantos. 07050084000000 Total de quebrantos. Dividendos de inversiones permanentes 07050085000000 Dividendos de otras inversiones permanentes. 07050086000000 Dividendos de inversiones permanentes en asociadas disponibles para la venta. 07050087000000 Otros. 07050088000000 Total de dividendos de inversiones permanentes. 07050089000000 Donativos. 07050090000000 Pérdida por adjudicación de bienes. 07050091000000 Resultado en venta de bienes adjudicados. 07050092000000 Resultado por valuación de bienes adjudicados. Pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro 07050093000000 De bienes inmuebles. 07050094000000 De crédito mercantil. 07050095000000 De otras inversiones permanentes valuadas al costo. 07050096000000 De otros activos de larga duración. 07050097000000 De otros activos. 07050098000000 Total de pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 437 07050099000000 Intereses a cargo en financiamiento para adquisición de activos. 07050100000000 Utilidad en venta de inmuebles, mobiliario y equipo. 07050101000000 Pérdida en venta de inmuebles, mobiliario y equipo. 07050102000000 Cancelación de la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro. 07050103000000 Cancelación de otras cuentas de pasivo. 07050104000000 Intereses a favor provenientes de préstamos a funcionarios y empleados. 07050105000000 Otras partidas de los ingresos (egresos) de la operación. 07050106000000 Resultado por posición monetaria originado por partidas no relacionadas con el margen financiero. 07050107000000 Resultado por valorización de partidas no relacionadas con el margen financiero. 07050108000000 Incremento por actualización de otros ingresos (egresos) de la operación. 07050109000000 Total de otros ingresos (egresos) de la operación. Gastos de administración 07050110000000 Beneficios directos de corto plazo. Costo neto del periodo derivado de beneficios a los empleados 07050111000000 Beneficios directos a largo plazo. Beneficios post-empleo 07050112000000 Pensiones. 07050113000000 Prima de antigüedad. 07050114000000 Otros beneficios post-empleo. 07050115000000 Total de beneficios post-empleo. Beneficios por terminación 07050116000000 Beneficios por terminación por causas distintas a la reestructuración. 07050117000000 Beneficios por terminación por causa de reestructuración. 07050118000000 Total de beneficios por terminación. 07050119000000 Total de costo neto del periodo derivado de beneficios a los empleados. 438 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Participación de los trabajadores en las utilidades 07050120000000 Participación de los trabajadores en las utilidades causada. 07050121000000 Participación de los trabajadores en las utilidades diferida. 07050122000000 Estimación por participación de los trabajadores en las utilidades diferida no recuperable. 07050123000000 Total de participación de los trabajadores en las utilidades. 07050124000000 Sueldos, salarios y prestaciones a trabajadores con discapacidad y/o adultos mayores. 07050125000000 Honorarios. 07050126000000 Rentas. 07050127000000 Gastos de promoción y publicidad. 07050128000000 Impuestos y derechos diversos. 07050129000000 Gastos no deducibles. 07050130000000 Gastos en tecnología. 07050131000000 Depreciaciones. 07050132000000 Amortizaciones. 07050133000000 Fletes y acarreos pagados a personas físicas. 07050134000000 Fletes y acarreos pagados a personas morales. 07050135000000 Pérdida por créditos incobrables. 07050136000000 Consumo en restaurantes. 07050137000000 Pérdida por operaciones financieras derivadas. 07050138000000 Deducción por concepto de ayuda alimentaria para los trabajadores. 07050139000000 Uso o goce temporal de automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos con motor de combustión interna o accionado por hidrogeno. 07050140000000 Monto deducible de los pagos efectuados por el uso o goce temporal de automóviles. 07050141000000 Otros gastos de administración. 07050142000000 Incremento por actualización de gastos de administración. 07050143000000 Total de gastos de administración. Parte II Datos a proporcionar Partes relacionadas 2025 Partes no relacionadas 2025 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Parte III Datos a proporcionar Acumulables o deducibles para ISR 2025 Acumulables o deducibles para ISR 2024 No acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2025 No acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2024 Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 439 Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Base gravable Tasa, tarifa o cuota (Cifras en pesos) Contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo Impuesto sobre la Renta (ISR) 07060000000000 Impuesto sobre la Renta. 07060001000000 Otras reducciones del ISR. 07060002000000 ISR causado en el ejercicio. 07060003000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por proyectos en investigación y desarrollo tecnológico autorizado en ejercicios anteriores. 07060004000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional de ejercicios anteriores. 07060005000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal a proyectos de inversión en las artes de ejercicios anteriores. 07060006000000 Estímulo por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional. 07060007000000 Estímulo a proyectos de inversión en las artes. 07060008000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2025. 07060009000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2024. 07060010000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2023. 07060011000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2022. 07060012000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2021. 07060013000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2020. 07060014000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2019. 07060015000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2018. 07060016000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2017. 07060017000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2016. 07060018000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2015. 07060019000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2014. 440 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07060020000000 Monto pendiente de aplicar por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico". 07060021000000 Estímulo por la inversión en proyectos y programas para el deporte de alto rendimiento. 07060022000000 Monto pendiente de aplicar por la inversión en proyectos y programas para el deporte de alto rendimiento. 07060023000000 Ingresos obtenidos por apoyos gubernamentales. 07060024000000 Monto pendiente de aplicar del estímulo por la inversión en equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos. 07060025000000 Monto del estímulo fiscal por biodiesel y sus mezclas. 07060026000000 Otros estímulos. 07060027000000 Total de estímulos. 07060028000000 Pagos provisionales efectuados enterados a la federación. 07060029000000 ISR retenido al contribuyente. 07060030000000 ISR acreditable pagado en el extranjero. 07060031000000 ISR acreditable por dividendos o utilidades distribuidos. 07060032000000 Otras cantidades a cargo. 07060033000000 Otras cantidades a favor. 07060034000000 Diferencia a cargo. 07060035000000 Diferencia a favor. 07060036000000 Impuesto sobre la Renta a cargo del ejercicio. 07060037000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018, aplicado en el ejercicio 2025. 07060038000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado en el ejercicio 2025. 07060039000000 Impuesto sobre la Renta pagado en declaraciones anual, normal y complementarias. 07060040000000 Diferencia a cargo del ejercicio. 07060041000000 ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU. 07060042000000 Saldo a favor del ejercicio. Otros datos 07060043000000 Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. 07060044000000 Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE. 07060045000000 Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos provenientes de CUFINRE. Impuesto al Valor Agregado (IVA) 07060046000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%. 07060047000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 0%. 07060048000000 Suma del valor de los actos o actividades gravados. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 441 07060049000000 Valor de los actos o actividades por los que no se está obligado al pago (exentos). 07060050000000 Total del valor de los actos o actividades. 07060051000000 Valor de los actos o actividades no objeto. 07060052000000 Suma del IVA causado de los meses del ejercicio. 07060053000000 Suma del IVA acreditable de los meses del ejercicio sin incluir saldos a favor. 07060054000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018, aplicado en el ejercicio 2025. 07060055000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado en el ejercicio 2025. 07060056000000 Suma de compensaciones aplicadas al IVA de otras contribuciones federales en los meses del ejercicio. 07060057000000 Suma de acreditamientos de saldos a favor de IVA. 07060058000000 Suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio. 07060059000000 Acreditamiento del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA). 07060060000000 Incremento del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA). 07060061000000 Reintegro del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5o, fracción VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA). 07060062000000 Monto de los servicios de tecnologías de la información prestados en el extranjero considerados como exportados y sujetos a la tasa del 0% del IVA (para los efectos del artículo 29, fracción IV, inciso i) de la LIVA). Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) 07060063000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30 % (juegos con apuestas y sorteos). 07060064000000 Suma del IEPS causado de los meses del ejercicio. 07060065000000 Suma de compensaciones aplicadas al IEPS de otras contribuciones federales en los meses del ejercicio. 07060066000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del Apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. 07060067000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del Apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. 442 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Impuestos al Comercio Exterior 07060068000000 Impuesto general de importación. 07060069000000 Impuesto general de exportación. 07060070000000 Total de impuestos al comercio exterior. Aportaciones de seguridad social 07060071000000 Cuotas obrero patronales al IMSS. 07060072000000 Aportaciones al INFONAVIT. 07060073000000 Aportaciones al seguro de retiro. Derechos por los servicios que presta 07060074000000 Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). 07060075000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos). 07060076000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de Derechos). 07060077000000 Otros especificar concepto. Contribuciones de las que es retenedor: Impuesto sobre la Renta (ISR) Por pagos a residentes en el país 07060078000000 Por salarios. 07060079000000 Honorarios al 35% art. 96 de la LISR. 07060080000000 Premios. 07060081000000 Honorarios al 10%. 07060082000000 Arrendamiento al 10%. 07060083000000 Enajenación de otros bienes al 20%. 07060084000000 Intereses al 0.08%, sobre el monto del capital. 07060085000000 Intereses al 20%. 07060086000000 Comisiones. 07060087000000 Intereses y ganancia cambiaria al 35%. 07060088000000 Por dividendos al 10%. 07060089000000 Otros. 07060090000000 Total de ISR retenido a residentes en el país. Por pagos a residentes en el extranjero 07060091000000 Salarios al 15%. 07060092000000 Salarios al 30%. 07060093000000 Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 15%. 07060094000000 Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 30%. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 443 07060095000000 Honorarios al 25%. 07060096000000 Regalías al 5%. 07060097000000 Regalías al 10%. 07060098000000 Regalías al 25%. 07060099000000 Regalías al 35%. 07060100000000 Asistencia técnica. 07060101000000 Mediaciones. 07060102000000 Arrendamiento de inmuebles. 07060103000000 Arrendamiento de muebles al 25%. 07060104000000 Intercambio de deuda pública por capital. 07060105000000 Arrendamiento financiero. 07060106000000 Premios. 07060107000000 Servicio turístico de tiempo compartido. 07060108000000 Intereses al 4.9%. 07060109000000 Intereses al 10%. 07060110000000 Intereses al 15%. 07060111000000 Intereses al 21%. 07060112000000 Intereses al 35%. 07060113000000 Enajenación de inmuebles. 07060114000000 Enajenación de acciones. 07060115000000 Operaciones financieras derivadas de capital. 07060116000000 Operaciones financieras derivadas de deuda. 07060117000000 Construcción de obra, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles. 07060118000000 Contrato de fletamento. 07060119000000 Espectáculos públicos, artísticos y deportivos. 07060120000000 Por dividendos al 10%. 07060121000000 Otros. 07060122000000 Total de ISR retenido a residentes en el extranjero. Impuesto al Valor Agregado (IVA) 07060123000000 Servicios personales independientes prestados por personas físicas. 07060124000000 Uso o goce temporal de bienes prestados u otorgados por personas físicas. 07060125000000 Servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas físicas o morales. 07060126000000 Servicios prestados por comisionistas personas físicas. 07060127000000 Adquisición, o uso o goce temporal de bienes tangibles, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país. 07060128000000 Otros. 07060129000000 Total de IVA retenido. Otras contribuciones retenidas 07060130000000 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido. 07060131000000 Otros. 444 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de saldos a favor provenientes de: A valor histórico de: 07060132000000 Impuesto al Valor Agregado. 07060133000000 Impuesto sobre la Renta. 07060134000000 Otras contribuciones federales. A valor actualizado de: 07060135000000 Impuesto al Valor Agregado. 07060136000000 Impuesto sobre la Renta. 07060137000000 Otras contribuciones federales. Compensaciones efectuadas durante el ejercicio aplicadas a: 07060138000000 Impuesto al Valor Agregado propio proveniente de Impuesto al Valor Agregado propio. 07060139000000 Impuesto sobre la Renta propio proveniente de Impuesto sobre la Renta propio. 07060140000000 Otras contribuciones federales. Devoluciones obtenidas en el ejercicio 07060141000000 Otras contribuciones federales. De: 07060142000000 Impuesto al Valor Agregado. 07060143000000 Impuesto sobre la Renta. 07060144000000 Otras contribuciones federales. Parte II Datos a proporcionar Contribución determinada por auditoría a cargo o a favor Contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente Diferencia Diferencias no materiales no investigadas por auditoría Concepto 6.1.- Declaratoria Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 7.- Relación de contribuciones por pagar Al 31 de diciembre de 2025 Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado Importe proveniente de ejercicios anteriores (Cifras en pesos) Impuesto sobre la Renta causado como sujeto directo 07070000000000 Determinado por el contribuyente (del ejercicio). 07070001000000 Diferencia determinada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 445 Pagos provisionales y/o definitivos determinados por el contribuyente por concepto de: Impuesto sobre la Renta pagos provisionales propios 07070002000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en su carácter de retenedor 07070003000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de honorarios en su carácter de retenedor 07070004000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de arrendamientos en su carácter de retenedor 07070005000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de intereses en su carácter de retenedor 07070006000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta (otras retenciones a residentes en México) en su carácter de retenedor 07070007000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta sobre dividendos como sujeto directo 07070008000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta regímenes fiscales preferentes como sujeto directo 07070009000000 Correspondiente al ejercicio de: Impuesto sobre la Renta por pagos al extranjero en su carácter de retenedor 07070010000000 Correspondiente al mes de: 446 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Información determinada por el contribuyente: Impuesto al Activo como sujeto directo 07070011000000 Correspondiente al ejercicio de: (especifique el ejercicio) Impuesto al Valor Agregado causado como sujeto directo 07070012000000 Correspondiente al mes de: Impuesto al Valor Agregado en su carácter de retenedor 07070013000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios causado como sujeto directo 07070014000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en su carácter de retenedor 07070015000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre Automóviles Nuevos 07070016000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social 07070017000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores 07070018000000 Correspondiente al bimestre de: Aportaciones al seguro de retiro 07070019000000 Correspondiente al bimestre de: Impuestos Locales 07070020000000 Correspondiente al mes de: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 447 Impuesto Sobre Nóminas 07070021000000 Correspondiente al mes de: Derechos por los servicios que presta 07070022000000 La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), correspondiente al mes de: 07070023000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos). 07070024000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de Derechos). 07070025000000 Otros especificar concepto y periodo al que corresponde: Otras contribuciones 07070026000000 Especificar concepto y periodo al que corresponde: Diferencias no consideradas por el contribuyente en el ejercicio fiscal dictaminado: 07070027000000 Diferencia determinada por dictamen no considerada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado). Impuesto sobre la Renta pagos provisionales 07070028000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta retenciones a residentes en México 07070029000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta retenciones a residentes en el extranjero 07070030000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta sobre dividendos 07070031000000 Correspondiente al mes de: 448 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Impuesto sobre la Renta regímenes fiscales preferentes como sujeto directo 07070032000000 Correspondiente al ejercicio Impuesto al Valor Agregado como sujeto directo 07070033000000 Correspondiente al mes de: Impuesto al Valor Agregado en su carácter de retenedor 07070034000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios como sujeto directo 07070035000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en su carácter de retenedor 07070036000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre Automóviles Nuevos 07070037000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social 07070038000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores 07070039000000 Correspondiente al bimestre de: Aportaciones al seguro de retiro 07070040000000 Correspondiente al bimestre de: Impuestos Locales 07070041000000 Correspondiente al mes de: Derechos 07070042000000 Correspondiente al derecho. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 449 Otras contribuciones 07070043000000 Especificar concepto y periodo al que corresponde: 07070044000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Total de contribuciones por pagar Importe de la contribución en litigio Fecha de pago Institución de Crédito o SAT Número de la Operación Parte III Datos a proporcionar Pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio Pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación Pago en parcialidades (datos del escrito libre): administración receptora Oficio de autorización de pago en parcialidades: número Oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha Índice Concepto Datos a proporcionar 8.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2025 2024 (Cifras en pesos) 07080000000000 Utilidad neta. 07080001000000 Pérdida neta. Más-menos: 07080002000000 Efecto de la inflación de la NIF B-10. 07080003000000 Resultado por posición monetaria favorable. 07080004000000 Resultado por posición monetaria desfavorable. 07080005000000 Utilidad neta histórica. 07080006000000 Pérdida neta histórica. Más: 07080007000000 Ingresos fiscales no contables. Más: 07080008000000 Deducciones contables no fiscales. 450 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Menos: 07080009000000 Deducciones fiscales no contables. Menos: 07080010000000 Ingresos contables no fiscales. 07080011000000 Pérdida fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones. 07080012000000 Utilidad fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones. 07080013000000 Pérdida en enajenación de acciones. 07080014000000 Pérdida fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio. 07080015000000 Utilidad fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio. Más o menos: 07080016000000 PTU pagada en el ejercicio. 07080017000000 Pérdida fiscal del ejercicio. 07080018000000 Utilidad fiscal del ejercicio. 07080019000000 Deducción adicional del fomento al primer empleo del ejercicio (para los efectos del artículo noveno fracción XXXVII de las disposiciones transitorias de la LISR para 2014). 07080020000000 Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores. 07080021000000 Resultado fiscal. Ingresos fiscales no contables 07080022000000 Ajuste anual por inflación acumulable. 07080023000000 Utilidad fiscal en enajenación de inmuebles. 07080024000000 Utilidad fiscal por reembolso de capital. 07080025000000 Utilidad fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles. 07080026000000 Utilidad fiscal en enajenación de mobiliario y equipo. 07080027000000 Intereses moratorios efectivamente cobrados. 07080028000000 Anticipo de clientes. 07080029000000 Utilidad cambiaria fiscal. 07080030000000 Utilidad fiscal en enajenación de bienes adjudicados. 07080031000000 Utilidad fiscal en fideicomisos. 07080032000000 Ajuste de precios de transferencia. 07080033000000 Resultado por liquidación de operaciones derivadas en efectivo. 07080034000000 Resultado por liquidación de operaciones derivadas en especie. 07080035000000 Resultado por compraventa de divisas. 07080036000000 Otros ingresos fiscales no contables. 07080037000000 Total. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 451 Deducciones contables no fiscales 07080038000000 ISR de las personas morales. 07080039000000 Participación de utilidades. 07080040000000 Gastos por atenciones a clientes. 07080041000000 Donativos. 07080042000000 Sanciones, indemnizaciones y penas convencionales. 07080043000000 Depreciación contable. 07080044000000 Gastos de automóviles de uso no indispensable para los fines del negocio. 07080045000000 Impuesto al Valor Agregado. 07080046000000 Pérdida contable en enajenación de inmuebles. 07080047000000 Pérdida contable en enajenación de acciones y/o intangibles. 07080048000000 Honorarios y rentas de personas físicas no pagadas al cierre del ejercicio. 07080049000000 Estimación no deducible por baja de valores. 07080050000000 Rentas pagadas por arrendamiento financiero. 07080051000000 Amortización contable de transferencia de tecnología. 07080052000000 Pérdida en participación subsidiaria. 07080053000000 Intereses devengados que exceden del valor de mercado y moratorios pagados o no. 07080054000000 Gastos no deducibles. 07080055000000 Multas. 07080056000000 Pérdida contable en enajenación de mobiliario y equipo. 07080057000000 Quebrantos diversos. 07080058000000 Amortización contable. 07080059000000 Pérdida cambiaria contable. 07080060000000 Estimaciones. 07080061000000 Pérdida contable en enajenación de bienes adjudicados. 07080062000000 Pérdida contable en fideicomisos. 07080063000000 Pérdida contable en asociación en participación. 07080064000000 Proporción de pagos que sean ingresos exentos para el trabajador. 07080065000000 Operaciones con partes relacionadas no deducibles. 07080066000000 Otras deducciones contables no fiscales. 07080067000000 Total. Las partidas no deducibles se contabilizan en: 07080068000000 Intereses pagados. 07080069000000 Gastos de administración. 07080070000000 ISR y PTU causados. 07080071000000 ISR y PTU diferidos. La depreciación y amortización contable se integra por: 07080072000000 Depreciaciones. 07080073000000 Amortizaciones. 452 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Deducciones fiscales no contables 07080074000000 Ajuste anual por inflación deducible. 07080075000000 Pérdida fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles. 07080076000000 Pérdida fiscal en enajenación de inmuebles. 07080077000000 Depreciación fiscal. 07080078000000 Estímulo fiscal por deducción inmediata de inversiones. 07080079000000 Cargos a provisiones. 07080080000000 Cargos a estimaciones. 07080081000000 Honorarios, rentas e intereses de personas físicas que afectaron el resultado del ejercicio anterior pagados en este. 07080082000000 Intereses moratorios efectivamente pagados. 07080083000000 Pérdida por créditos incobrables. 07080084000000 Pérdida fiscal en enajenación de mobiliario y equipo. 07080085000000 Amortización fiscal. 07080086000000 Pérdida cambiaria fiscal. 07080087000000 Pérdida fiscal en enajenación de bienes adjudicados. 07080088000000 Pérdidas fiscales en fideicomisos. 07080089000000 Deducción adicional por donación de bienes básicos para la subsistencia humana (para los efectos del artículo 1.3. Del Decreto publicado en el diario oficial de la federación el 26 de diciembre de 2013). 07080090000000 Deducción del monto adicional del 25% del salario (para los efectos del artículo 1.5. Del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013 y artículo 186 de la LISR). 07080091000000 Estímulo fiscal por contratar personas con discapacidad y/o adultos mayores. 07080092000000 Deducción del Impuesto sobre la Renta retenido a personas con discapacidad y/o adultos mayores. 07080093000000 Ajuste de precios de transferencia. 07080094000000 Intereses netos de ejercicios anteriores. 07080095000000 Intereses netos del ejercicio. 07080096000000 Otras deducciones fiscales no contables. 07080097000000 Total. Ingresos contables no fiscales 07080098000000 Ingresos por dividendos de residentes en el país. 07080099000000 Utilidad contable en enajenación de inmuebles. 07080100000000 Utilidad contable en enajenación de acciones y/o intangibles. 07080101000000 Utilidad cambiaria contable. 07080102000000 Cancelación de estimaciones. 07080103000000 Cancelación de provisiones. 07080104000000 Intereses moratorios devengados a favor cobrados o no. 07080105000000 Utilidad en participación subsidiaria. 07080106000000 Ventas anticipadas acumuladas en el ejercicio anterior y devengadas en este. 07080107000000 Utilidad contable en fideicomisos. 07080108000000 Utilidad contable en asociación en participación. 07080109000000 Utilidad contable en bienes adjudicados. 07080110000000 Utilidad contable en enajenación de mobiliario y equipo. 07080111000000 Recuperación de gastos considerados no deducibles en ejercicios anteriores. 07080112000000 Saldos a favor de impuestos y su actualización. 07080113000000 Recuperación de cartera de crédito. 07080114000000 Otros ingresos contables no fiscales. 07080115000000 Total de ingresos contables no fiscales. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 453 Este anexo consta de 16 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 9.- Operaciones financieras derivadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC País de residencia (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “07D065000" del anexo de datos generales. Nombre de la contraparte 07090000000000 (especificar). 07090001000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Número de contratos celebrados Concepto de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 16-A CFF) Tipo de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR) Sumatoria de nocionales Parte III Datos a proporcionar Tipo de mercado Nombre del mercado Porcentaje de liquidación en efectivo Porcentaje de liquidación en especie Parte IV Datos a proporcionar Utilidad por contraparte Pérdida por contraparte Efecto neto Proporción que representa de ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas Este anexo consta de 11 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia fiscal de la entidad Porcentaje de participación en el capital de la entidad (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “07D066000” del anexo de datos generales. 454 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Nombre, denominación o razón social de la subsidiaria, asociada o afiliada extranjeras 07100000000000 (especificar). 07100001000000 Total. Nombre, denominación o razón social de la subsidiaria, asociada o afiliada en México 07100002000000 (especificar). 07100003000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Monto de la inversión Monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación Forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.) Parte III Datos a proporcionar Monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación Valor de la inversión Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC País de residencia para efectos fiscales (Cifras en pesos) Nombre, denominación o razón social del socio o accionista 07110000000000 (especificar). 07110001000000 Total. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 455 Parte II Datos a proporcionar Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio Periodo de tenencia del Periodo de tenencia al Monto de Aportaciones que no sean Prima en Suscripción de acciones Parte III Datos a proporcionar Monto de retiros de capital Monto de préstamos efectuados Monto de préstamos recibidos Porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo recibidos Parte IV Datos a proporcionar Destino del préstamo Monto de prima en suscripción de acciones Forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.) Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 12.- Operaciones con partes relacionadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC Tipo de operación En caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “07D030000” del anexo de datos generales. Impuesto sobre la Renta Denominación o razón social de la parte relacionada Ingresos acumulables 07120000000000 (especificar). 07120001000000 Total de ingresos acumulables. 456 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Deducciones autorizadas 07120002000000 (especificar). 07120003000000 Total de deducciones autorizadas. Parte II Datos a proporcionar País de residencia Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero) Método de precios de transferencia aplicado La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosa se tratan La operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no) Parte III Datos a proporcionar Monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables Se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF 2025) (si o no) Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a) Monto modificado Índice Concepto Datos a proporcionar 13.- Información del contribuyente sobre operaciones con partes relacionadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “07D030000” del anexo de datos generales. Conocimiento del negocio, información general Cuál(es) es (son) la (s) actividad(es) preponderante(s) del contribuyente: 07130000000000 Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes. 07130001000000 Servicios. 07130002000000 Otros (especificar). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 457 07130003000000 El contribuyente es propietario de los activos que utiliza para realizar su actividad preponderante mismos que están registrados en su contabilidad. 07130004000000 El contribuyente posee o usa activos intangibles los cuales se encuentran registrados en su contabilidad. Especifique los cinco principales activos intangibles que usa el contribuyente (ver apéndice VIII) que se encuentran registrados en su contabilidad. 07130005000000 Campo 1. 07130006000000 Campo 2. 07130007000000 Campo 3. 07130008000000 Campo 4. 07130009000000 Campo 5. 07130010000000 Monto de la regalía por el uso de activos intangibles. Especifique los cinco principales activos intangibles por los que otorga el uso o goce (ver apéndice VIII). 07130011000000 Campo 1. 07130012000000 Campo 2. 07130013000000 Campo 3. 07130014000000 Campo 4. 07130015000000 Campo 5. 07130016000000 Monto de la regalía por el que se otorga el uso de activos intangibles. Especifique los cinco principales activos intangibles de los que es propietario y que tiene registrados en su contabilidad (ver apéndice VIII). 07130017000000 Campo 1. 07130018000000 Campo 2. 07130019000000 Campo 3. 07130020000000 Campo 4. 07130021000000 Campo 5. 07130022000000 Valor del activo intangible que tiene registrado en su contabilidad. 07130023000000 El contribuyente obtuvo un acuerdo anticipado de precios (APA) aplicable al ejercicio fiscal. 07130024000000 Número de oficio. 07130025000000 Fecha del oficio. 07130026000000 Indique si se encuentra en trámite un acuerdo anticipado de precios (APA) aplicable al ejercicio fiscal. 07130027000000 Fecha de presentación de la promoción. 07130028000000 El contribuyente obtuvo alguna resolución favorable del SAT que involucre transacciones con partes relacionadas. 07130029000000 Número de oficio. 07130030000000 Fecha del oficio. 07130031000000 Dedujo en el ejercicio depreciaciones o amortizaciones provenientes de operaciones con partes relacionadas efectuadas en ejercicios anteriores. 07130032000000 El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria a que se refiere la fracción IX del artículo 76 de la LISR (estudio(s) de precios de transferencia). 458 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07130033000000 El contribuyente presentó su declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR). 07130034000000 Fecha de presentación (última presentada). 07130035000000 El contribuyente cuenta con evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII del artículo 76 de la LISR por sus operaciones con partes relacionadas. RFC de las personas que elaboraron la documentación que demuestre el cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracciones IX y XII de la LISR, o bien, que asesoraron en su formulación Elaboradores 07130036000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 07130037000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 07130038000000 RFC o número de identificación fiscal 3. Asesores 07130039000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 07130040000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 07130041000000 RFC o número de identificación fiscal 3. RFC de las personas que asesoraron fiscalmente en términos del título VI del CFF Asesores fiscales 07130042000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 07130043000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 07130044000000 RFC o número de identificación fiscal 3. Obligaciones en materia de precios de transferencia 07130045000000 Las cifras reportadas en la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas son coincidentes con las manifestadas en los estudios de precios de transferencia (documentación comprobatoria) (fracciones X y IX respectivamente del artículo 76 de la LISR). 07130046000000 En caso de discrepancia, especifique: 07130047000000 Las cifras reportadas en la declaración informativa (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) son coincidentes con las manifestadas en el anexo 12 del dictamen, ambas referentes a operaciones con partes relacionadas. 07130048000000 En caso de discrepancia, especifique: 07130049000000 Las cifras reportadas para las operaciones con partes relacionadas en la evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII del artículo 76 de la LISR son coincidentes con las manifestadas en el anexo 12 del dictamen. 07130050000000 En caso de discrepancia, especifique: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 459 07130051000000 En alguna(s) de las transacciones analizadas en la diversa documentación de precios de transferencia del contribuyente, se eligió como parte examinada a la parte relacionada residente en el extranjero. 07130052000000 Indique las transacciones realizadas. 07130053000000 Monto de las transacciones. 07130054000000 El contribuyente tiene en su poder toda la información financiera y fiscal de la parte relacionada que es necesaria para demostrar el análisis y las conclusiones de la documentación de precios de transferencia en donde dicha parte relacionada fue elegida como la parte a examinar. Ajustes de precios de transferencia 07130055000000 Realizó algún ajuste en materia de precios de transferencia para que los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad de las operaciones celebradas con partes relacionadas se consideren como pactadas como lo harían con o entre partes independientes en operaciones comparables. Nota: en caso de que el anexo 12 se presente información en la columna "monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables” conteste lo siguiente (efectos fiscales no contables): 07130056000000 El monto del incremento a los ingresos acumulables para efectos de la LISR. 07130057000000 El monto del incremento a las deducciones autorizadas para efectos de la LISR, incluso por disminuir ingresos. 07130058000000 El monto disminuido a las deducciones autorizadas para efectos de la LISR. 07130059000000 Monto incrementado en las declaraciones presentadas por el ejercicio fiscal por impuestos retenidos por pagos al extranjero, como consecuencia de ajustes de precios de transferencia. 07130060000000 Monto disminuido en las declaraciones presentadas por el ejercicio fiscal por IVA acreditable, como consecuencia de ajustes de precios de transferencia. 07130061000000 Se cuenta con documentación comprobatoria que sustente los ajustes reales realizados. 07130062000000 Modificó los valores de actos o actividades para IEPS o bien, del IEPS acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF para 2025). 07130063000000 Señale monto modificado de actos o actividades. (RMF) 07130064000000 Señale monto modificado de IEPS acreditable. (RMF) 07130065000000 Cumplió con los requisitos establecidos en la RMF vigente para considerar deducible un ajuste de precios de transferencia que incremento sus deducciones. 07130066000000 En el caso de ajustes voluntarios presentó aviso para la modificación de las deducciones autorizadas señalado en la RMF. Intereses con partes relacionadas considerados como dividendos 07130067000000 El contribuyente consideró intereses devengados como dividendos de acuerdo con lo previsto por el artículo 11, fracción II de la LISR. 07130068000000 Monto de los intereses considerados como dividendos. 460 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Gastos deducibles y no deducibles 07130069000000 Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el tercer y antepenúltimo párrafos de la fracción XXIII del artículo 28 de la LISR. Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el anexo denominado información adicional con qué documentación cuenta para acreditar que sus deducciones no se tratan de acuerdos estructurados o mecanismos híbridos. 07130070000000 Indique el monto de la deducción realizada. 07130071000000 Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los referidos en la fracción XXIII del artículo 28 de la LISR. 07130072000000 Indique el monto del gasto considerado como no deducible. 07130073000000 Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el segundo párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la LISR. 07130074000000 Indique el monto de la deducción realizada. 07130075000000 Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los referidos en el primer párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la LISR. 07130076000000 Indique el monto del gasto considerado como no deducible. 07130077000000 Consideró como no deducibles intereses de los referidos en la fracción XXXII del artículo 28 de la LISR. Gastos por reembolsos (al costo) 07130078000000 Dedujo gastos con partes relacionadas por reembolsos al costo. En caso afirmativo. 07130079000000 Cuenta con toda la documentación soporte, por un lado, de su parte relacionada y, por otro lado, con la documentación emitida por terceros independientes a la parte relacionada con la que se pueda demostrar que se trata de un reembolso al costo. Gastos a prorrata 07130080000000 Dedujo gastos con partes relacionadas efectuados en el extranjero a prorrata. 07130081000000 Indique el monto de la deducción de gastos efectuados en el extranjero a prorrata. 07130082000000 Cuantifique el beneficio recibido o se espera recibir del gasto a prorrata. 07130083000000 Cumplió con lo señalado en la regla 3.3.1.27. de la RMF para 2025. Ganancia y/o pérdidas por enajenación de acciones 07130084000000 Obtuvo ganancia y/o pérdida fiscal al realizar una operación de enajenación de acciones con y entre partes relacionadas. Nota: en caso afirmativo, señale en el anexo denominado información adicional la razón de negocio para enajenar las acciones. 07130085000000 Indique el valor del precio de enajenación del paquete accionario enajenado. 07130086000000 Indique el costo comprobado de adquisición del paquete accionario enajenado. 07130087000000 Nombre de la emisora. 07130088000000 RFC o tax id de la emisora. 07130089000000 Indicar el capital contable de la emisora. 07130090000000 Nombre del adquirente. 07130091000000 RFC o tax id del adquirente. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 461 07130092000000 Presentó a las autoridades fiscales el estudio sobre la determinación del precio de venta de las acciones en los términos de los artículos 179 y 180 de la LISR con los elementos contenidos en el inciso e) de la fracción I del artículo 179 de la LISR (segundo párrafo del inciso b) correspondiente a su vez al cuarto párrafo de la fracción XVII del artículo 28 de la LISR). 07130093000000 Fecha de presentación ante las autoridades fiscales el estudio sobre la determinación del precio de venta de las acciones. 07130094000000 Autoridad fiscal en la que se presentó. 07130095000000 Mencione la razón de negocio para enajenar las acciones. 07130096000000 Mencione si realizó la valuación de la enajenación efectuada. 07130097000000 El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria de la valuación de la enajenación efectuada. En caso afirmativo al índice anterior, indique RFC y nombre del perito valuador: 07130098000000 Nombre del perito. 07130099000000 RFC. Operaciones financieras derivadas con partes relacionadas 07130100000000 Acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. 07130101000000 Indique el monto de la acumulación correspondiente. 07130102000000 Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. 07130103000000 Indique el monto de la deducción correspondiente. 07130104000000 Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. 07130105000000 Indique el monto correspondiente. 07130106000000 Realizó pagos de cantidades iniciales por el derecho a adquirir o vender, bienes, divisas, acciones u otros títulos valor que no cotizaron en mercados reconocidos conforme a lo referido en el artículo 28, fracción XXIV de la LISR. 07130107000000 Indique el monto correspondiente. Capitalización insuficiente: 07130108000000 Determinó intereses no deducibles de acuerdo a lo previsto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 07130109000000 Saldo promedio anual de todas las deudas del contribuyente que devengaron intereses a cargo, determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 07130110000000 Capital contable al inicio del ejercicio determinado en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 07130111000000 Capital contable al final del ejercicio determinado en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 07130112000000 Capital contable promedio. 07130113000000 Capital contable promedio por tres. 07130114000000 Saldo promedio anual de deudas del contribuyente contraídas con partes relacionadas residentes en el extranjero, determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 07130115000000 Intereses no deducibles determinados en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 07130116000000 Optó por considerar como capital contable del ejercicio los saldos iniciales y finales del ejercicio de sus cuentas de capital de aportación, utilidad fiscal neta y utilidad fiscal neta reinvertida. 462 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Ajustes correspondientes 07130117000000 Realizó durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) algún ajuste en materia de precios de transferencia como consecuencia de aplicar lo señalado en la documentación de precios de transferencia de alguna parte relacionada residente en el extranjero. 07130118000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 07130119000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 07130120000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 07130121000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). 07130122000000 Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) como consecuencia de operaciones con partes relacionadas residentes en países con los cuales México no tiene celebrados tratados internacionales en materia fiscal y realizados por las autoridades de dichos países. 07130123000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 07130124000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 07130125000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 07130126000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). 07130127000000 Llevo a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) como consecuencia de operaciones con partes relacionadas residentes en países con los cuales México no tiene celebrados tratados internacionales en materia fiscal y realizados por las autoridades de dichos países. 07130128000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 07130129000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 07130130000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 07130131000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). Artículo 76-A de la LISR (2025) 07130132000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción I (maestra de partes relacionadas). 07130133000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción II (local de partes relacionadas). 07130134000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción III (país por país). En caso afirmativo en este último caso, especifique el supuesto de obligación: 07130135000000 Por ser persona moral controladora multinacional (fracción III, inciso a)). 07130136000000 Por ser designada (fracción III, inciso b)). Tiene conocimiento si la persona moral controladora multinacional a la que su empresa pertenece, está obligada a presentar directamente o por conducto de alguna designada, las siguientes declaraciones informativas de partes relacionadas: 07130137000000 Obligación de presentar la declaración maestra. 07130138000000 Obligación de presentar la declaración país por país. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 463 Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas de 2024 presentadas en 2025 (para los efectos del artículo 76-A de la LISR) 07130139000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de 2024. 07130140000000 Fecha de presentación (última presentada). 07130141000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa local de partes relacionadas del ejercicio fiscal de 2024. 07130142000000 Fecha de elaboración de la información y documentación de precios de transferencia asociada con la declaración. 07130143000000 Fecha de presentación (última presentada). 07130144000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de 2024. 07130145000000 Fecha de presentación (última presentada). Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte 07130146000000 Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región fronteriza norte. 07130147000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 07130148000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 07130149000000 Monto de deducciones con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 07130150000000 Monto de deducciones con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 07130151000000 Presentó la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional como lo contempla el trámite fiscal 5/DEC-12. Criterios no vinculativos 07130152000000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos en materia de precios de transferencia de las disposiciones fiscales y aduaneras. 07130153000000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur 07130154000000 Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región fronteriza sur. 07130155000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 07130156000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 07130157000000 Monto de deducciones con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 07130158000000 Monto de deducciones con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 07130159000000 Presentó la declaración informativa por sus operaciones con partes (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional como lo contempla el trámite fiscal 5/DEC-12. 464 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Índice Concepto Datos a proporcionar 14.- Datos informativos Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Importe (Cifras en pesos) Datos informativos del contribuyente 07140000000000 Se encuentra amparado para notificación por medio de buzón tributario. Datos informativos del contribuyente como representante legal 07140001000000 Es socio o accionista de algunos contribuyentes que representa. 07140002000000 Número de entidades en las que participa como representante legal. Indique los cinco principales RFC de la(s) persona(s) moral(es) en las que participa como representante legal: 07140003000000 RFC 1. 07140004000000 RFC 2. 07140005000000 RFC 3. 07140006000000 RFC 4. 07140007000000 RFC 5. 07140008000000 Es representante legal de un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional. Indique los cinco principales nombres o razones sociales de los residentes en el extranjero: 07140009000000 Nombre 1. 07140010000000 Nombre 2. 07140011000000 Nombre 3. 07140012000000 Nombre 4. 07140013000000 Nombre 5. Participación de los trabajadores en las utilidades 07140014000000 PTU generada durante el ejercicio. 07140015000000 PTU no cobrada en el ejercicio anterior. 07140016000000 PTU pagada en el ejercicio. 07140017000000 Renta gravable base para PTU. Cifras al cierre del ejercicio Impuesto sobre la Renta 07140018000000 Deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta. 07140019000000 Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente. 07140020000000 Ingresos por dividendos de personas residentes en el país. 07140021000000 Ingresos por dividendos de personas residentes en el extranjero. 07140022000000 Ingresos por dividendos distribuidos que no provienen de CUFIN ni de CUFIN reinvertida. 07140023000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de fusión. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 465 07140024000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de escisión. 07140025000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de reducciones de capital de sociedades residentes en el extranjero en las que el contribuyente es socio o accionista. 07140026000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de liquidación de sociedades residentes en el extranjero en las que el contribuyente es socio o accionista. 07140027000000 Pérdida deducida derivada de fusión. 07140028000000 Pérdida deducida derivada de escisión. 07140029000000 Pérdida deducida derivada de reducción de capital. 07140030000000 Pérdida deducida derivada de liquidación de sociedades. 07140031000000 Dividendos pagados provenientes de CUFIN y CIFINRE. 07140032000000 Dividendos pagados no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE. 07140033000000 Total de ingresos acumulables. 07140034000000 Total de ingresos acumulables obtenidos en la región fronteriza norte en el ejercicio fiscal anterior. 07140035000000 Saldo de CUFIN determinado conforme al quinto párrafo del artículo 77 de la LISR. 07140036000000 Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador. 07140037000000 Monto deducible al 47% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador). 07140038000000 Monto deducible al 53% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador). Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda extranjera Cuentas y documentos por cobrar en moneda extranjera 07140039000000 Saldo de cuentas y documentos por cobrar originados en moneda extranjera (pesos). Indique los tres principales tipos de moneda: 07140040000000 Campo 1. 07140041000000 Campo 2. 07140042000000 Campo 3. Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo: 07140043000000 (especificar). 07140044000000 (especificar). 07140045000000 (especificar). 07140046000000 Indique el monto de cuentas y documentos por cobrar en moneda extranjera que provengan de operaciones con partes relacionadas. 466 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Cuentas y documentos por pagar en moneda extranjera 07140047000000 Saldo de cuentas y documentos por pagar originados en moneda extranjera (pesos). Indique los tres principales tipos de moneda: 07140048000000 Campo 1. 07140049000000 Campo 2. 07140050000000 Campo 3. Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo: 07140051000000 (especificar). 07140052000000 (especificar). 07140053000000 (especificar). 07140054000000 Indique el monto de cuentas y documentos por pagar en moneda extranjera que provengan de operaciones con partes relacionadas. Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios de 2014 a 2025 07140055000000 Saldo inicial CUFIN actualizado al inicio del ejercicio. 07140056000000 Actualización antes de dividendos. Más: 07140057000000 Dividendos o utilidades cobrados nacionales. 07140058000000 Dividendos o utilidades cobrados REFIPRES. Menos: 07140059000000 Dividendos o utilidades pagados nacionales. 07140060000000 Dividendos o utilidades pagados a residentes en el extranjero. 07140061000000 Dividendos o utilidades pagados REFIPRES. Igual: 07140062000000 Remanente después de dividendos. 07140063000000 Actualización desde la última modificación y hasta el cierre del ejercicio. Más: 07140064000000 Utilidad fiscal neta del ejercicio. 07140065000000 Saldo CUFIN al cierre del ejercicio. Más: resultado positivo, o menos: resultado negativo, UFIN del ejercicio 07140066000000 Resultado fiscal del ejercicio. Menos: 07140067000000 ISR (para los efectos del art. 9, primer párrafo LISR). 07140068000000 Partidas no deducibles, excepto provisiones y reservas (para los efectos del artículo 28, fracciones VIII y IX LISR). 07140069000000 Efecto de Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero por pago de dividendos al contribuyente (para los efectos del artículo 77, cuarto párrafo LISR). 07140070000000 ISR acreditado en el ejercicio de dividendos o utilidades no provenientes de CUFIN entre el factor. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 467 Igual: 07140071000000 Resultado positivo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo de la LISR). 07140072000000 Resultado negativo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo de la LISR). Otros conceptos especificar: 07140073000000 (especificar). 07140074000000 (especificar). 07140075000000 (especificar). 07140076000000 (especificar). 07140077000000 (especificar). 07140078000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de 2014 al 2025. 07140079000000 Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza norte del ejercicio 2025. 07140080000000 Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza sur del ejercicio 2025. Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios de 2001 a 2013 07140081000000 Saldo inicial CUFIN actualizado. Más: 07140082000000 Dividendos cobrados. Menos: 07140083000000 Dividendos pagados. Más: 07140084000000 Actualización por inflación. Otros conceptos. Especificar 07140085000000 (especificar). 07140086000000 (especificar). 07140087000000 (especificar). 07140088000000 (especificar). 07140089000000 (especificar). 07140090000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de 2001 a 2013. Cuenta de utilidad fiscal neta Ejercicios anteriores a 2001 07140091000000 Saldo inicial CUFIN actualizado. Más: 07140092000000 Dividendos cobrados. Menos: 07140093000000 Dividendos pagados. 468 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Más: 07140094000000 Actualización por inflación. 07140095000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios anteriores a 2000. Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida 07140096000000 Saldo inicial CUFINRE actualizado. 07140097000000 Dividendos pagados. Más: 07140098000000 Actualización por inflación. Otros conceptos. Especificar 07140099000000 (especificar). 07140100000000 (especificar). 07140101000000 (especificar). 07140102000000 (especificar). 07140103000000 (especificar). 07140104000000 Saldo de CUFINRE total al cierre del ejercicio actualizado. Saldos actualizados (Impuesto sobre la Renta) al cierre del ejercicio de: 07140105000000 Cuenta de utilidad fiscal neta. 07140106000000 Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida. 07140107000000 Cuenta de utilidad fiscal neta por inversión en energía renovable. 07140108000000 Cuenta de capital de aportación. 07140109000000 Impuesto al Activo por recuperar de 10 años anteriores. 07140110000000 Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. Comercio exterior 07140111000000 Valor declarado en aduana de importaciones definitivas. 07140112000000 Valor declarado en aduana de exportaciones definitivas. Impuesto al Valor Agregado 07140113000000 IVA pagado en aduanas durante el ejercicio. 07140114000000 IVA causado por importación de bienes intangibles adquiridos. 07140115000000 IVA causado por importación del uso o goce de bienes intangibles. 07140116000000 IVA causado por importación de servicios. 07140117000000 IVA acreditable por intereses. 07140118000000 IVA acreditado por la importación de bienes intangibles adquiridos. 07140119000000 IVA acreditado por la importación del uso o goce de bienes intangibles. 07140120000000 IVA acreditado por la importación de servicios. 07140121000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 8%. 07140122000000 Total de IVA de los actos o actividades pagados a la tasa del 8%. 07140123000000 Valor de los actos o actividades no objeto. 07140124000000 Valor de los actos o actividades exentos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 469 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 07140125000000 IEPS pagado en aduanas durante el ejercicio. Información de consolidación financiera 07140126000000 Es una entidad controladora en términos de la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente. Nota: en caso de una respuesta afirmativa al índice anterior, deberá manifestar información en los siguientes dos índices 07140127000000 Total de ventas o ingresos netos consolidados determinados conforme a la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente. 07140128000000 Tiene subsidiarias en términos de la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente en el extranjero, o establecimientos permanentes residentes o ubicados en el extranjero. Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte Impuesto sobre la Renta Ingresos exclusivos de región fronteriza norte (para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto) 07140129000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte. Menos: 07140130000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 07140131000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte. Menos: 07140132000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 07140133000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital. Entre: 07140134000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 07140135000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos totales de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región fronteriza norte, pero cuenten con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento dentro de la misma (para los efectos del artículo quinto, primer párrafo del Decreto) 07140136000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte. 470 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte. 07140137000000 Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte. Menos: 07140138000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 07140139000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte. Menos: 07140140000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 07140141000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 07140142000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 07140143000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal en la región fronteriza norte, pero cuenten con sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento fuera de ella (para los efectos del artículo quinto, segundo párrafo del Decreto) 07140144000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza norte. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte. 07140145000000 Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte. Menos: 07140146000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 07140147000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte. Menos: 07140148000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 07140149000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 471 Entre: 07140150000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 07140151000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Determinación del crédito fiscal aplicable 07140152000000 ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR"). 07140153000000 Ingresos totales de la región fronteriza norte. Entre: 07140154000000 Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Igual: 07140155000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de la región fronteriza norte. 07140156000000 Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el ejercicio fiscal índice 07140152000000 por la proporción que representan los ingresos de la región fronteriza norte índice 07140155000000. 07140157000000 Crédito fiscal aplicable con base en el índice anterior (primer párrafo, artículo segundo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte). Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur Impuesto sobre la Renta Ingresos exclusivos de región fronteriza sur (para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto) 07140158000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur. Menos: 07140159000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. Menos: 07140160000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Menos: 07140161000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 07140162000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital. Entre: 07140163000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 07140164000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos totales de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. 472 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región fronteriza sur, pero cuenten con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento dentro de la misma (para los efectos del artículo cuarto, primer párrafo del Decreto) 07140165000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur 07140166000000 Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur. Menos: 07140167000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. Menos: 07140168000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Menos: 07140169000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 07140170000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 07140171000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 07140172000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal en la región fronteriza sur, pero cuenten con sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento fuera de ella (para los efectos del artículo cuarto, tercero párrafo del Decreto) 07140173000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza sur. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur 07140174000000 Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur. Menos: 07140175000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. Menos: 07140176000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 473 Menos: 07140177000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 07140178000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 07140179000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 07140180000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Determinación del crédito fiscal aplicable 07140181000000 ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR"). 07140182000000 Ingresos totales de la región fronteriza sur. Entre: 07140183000000 Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Igual: 07140184000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de la región fronteriza sur. 07140185000000 Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el ejercicio fiscal índice 07140181000000 por la proporción que representan los ingresos de la región fronteriza sur índice 07140184000000. 07140186000000 Crédito fiscal aplicable con base en el índice anterior (primer párrafo, artículo segundo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur). Enajenación de acciones 07140187000000 Realizó enajenación de acciones. 07140188000000 Fecha de la operación. 07140189000000 Tipo de enajenación. 07140190000000 Otros (especificar). 07140191000000 Nombre de la sociedad emisora de las acciones enajenadas. 07140192000000 País de residencia fiscal de la emisora. 07140193000000 RFC o id. 07140194000000 Número acciones enajenadas. 07140195000000 Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación. 07140196000000 Precio de venta. 07140197000000 Costo fiscal de las acciones. 07140198000000 Aplicó pérdidas por enajenación de acciones. En caso afirmativo indique: 07140199000000 Si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con pérdidas fiscales por enajenación de acciones pendientes de aplicar. 474 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07140200000000 En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación. 07140201000000 Monto total de las pérdidas por enajenación de acciones al cierre del ejercicio. 07140202000000 Importe de la pérdida por enajenación de acciones determinada. 07140203000000 Indique si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con importes pendientes de acreditar por concepto de ISR pagado en el extranjero de conformidad con el artículo 5 de la LISR. En caso afirmativo indique: 07140204000000 Monto pendiente de acreditar. 07140205000000 Concepto por el que fue pagado el Impuesto sobre la Renta en el extranjero. Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal Tipo de operación (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto "07D067000", del anexo de datos generales. Impuesto sobre la Renta Denominación o razón social Ingresos acumulables 07150000000000 (especificar). 07150001000000 Total de ingresos acumulables. Deducciones autorizadas 07150002000000 (especificar). 07150003000000 Total de deducciones autorizadas. Parte II Datos a proporcionar En caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto País de residencia México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no) Monto de la operación Indique si es parte relacionada (si o no) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 475 Parte III Datos a proporcionar Efectuó retención y entero por esta operación (si o no) Tasa ISR por retención determinado por auditoría ISR retenido pagado Diferencia Aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no) Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 16.- Inversiones Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 MOI al inicio del ejercicio Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio (Cifras en pesos) Activos fijos 07160000000000 Construcciones. 07160001000000 Construcciones en proceso. 07160002000000 Inmuebles considerados históricos. 07160003000000 Ferrocarriles. 07160004000000 Mobiliario y equipo de oficina. 07160005000000 Aviones. 07160006000000 Embarcaciones. 07160007000000 Equipo de transporte automóviles. 07160008000000 Equipo de transporte: automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos con motor de combustión interna o accionado por hidrogeno. 07160009000000 Equipo de transporte: bicicletas convencionales, bicicletas y motocicletas con propulsión de baterías eléctricas recargables. 07160010000000 Equipo de transporte (otros). 07160011000000 Equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos. 07160012000000 Equipo de cómputo. 07160013000000 Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental. 07160014000000 Comunicaciones telefónicas. 07160015000000 Comunicaciones satelitales. 07160016000000 Terrenos (costo de adquisición). 07160017000000 Adaptación a instalaciones para personas con capacidades diferentes. 07160018000000 Maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente. 07160019000000 Maquinaria y equipo. 07160020000000 Oleoductos, gasoductos, terminales, y tanques de almacenamiento de hidrocarburos. 476 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07160021000000 Inversiones realizadas para la exploración, recuperación secundaria y mejorada, y el mantenimiento no capitalizable (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 07160022000000 Inversiones realizadas para el desarrollo y explotación de yacimientos de petróleo o gas natural (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 07160023000000 Inversiones realizadas en infraestructura de almacenamiento y transporte (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 07160024000000 Otros activos fijos. 07160025000000 Suma activo fijo. Gastos y cargos diferidos 07160026000000 Patentes. 07160027000000 Marcas registradas. 07160028000000 Regalías. 07160029000000 Gastos de instalación. 07160030000000 Gastos de organización. 07160031000000 Concesiones. 07160032000000 Otros gastos y cargos diferidos. 07160033000000 Suma gastos y cargos diferidos. Erogaciones en periodos preoperativos 07160034000000 (especificar). 07160035000000 Suma erogaciones preoperativas. 07160036000000 Total de inversiones. Parte II Datos a proporcionar Más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio Menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio Menos: deducción en el ejercicio Menos: deducción inmediata en el ejercicio Saldo pendiente de deducir al final del ejercicio Este anexo consta de 25 columnas y está dividido en cinco partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 17.- Préstamos Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “07D068000” del anexo de datos generales. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 477 Nombre, denominación o razón social del residente en el extranjero Partes relacionadas 07170000000000 (especificar). 07170001000000 Total de partes relacionadas. Partes no relacionadas 07170002000000 (especificar). 07170003000000 Total de partes no relacionadas. Nombre, denominación o razón social del residente en México Partes relacionadas 07170004000000 (especificar). 07170005000000 Total de partes relacionadas. Partes no relacionadas 07170006000000 (especificar). 07170007000000 Total de partes no relacionadas. Parte II Datos a proporcionar Tipo de financiamiento En caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no) Número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado País de residencia para efectos fiscales Parte III Datos a proporcionar Tipo de moneda Denominación de la tasa de interés Porcentaje de la tasa de interés Importe total de los intereses pagados y/o exigibles Tasa de retención del ISR 478 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte IV Datos a proporcionar ISR retenido en el ejercicio Vigencia del préstamo del Vigencia del préstamo al Saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025 Frecuencia de exigibilidad del pago de intereses Parte V Datos a proporcionar En caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: Garantizó el préstamo (si o no) Importe total de los intereses deducidos en el ejercicio Destino del capital tomado en préstamo Efectuó colocaciones en el extranjero (si o no) Número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2024 2023 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “07D035000”, del anexo de datos generales. 07180000000000 La pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una escisión. 07180001000000 Señale el RFC de la escindente. 07180002000000 Señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la escisión. Nota: en caso de escisiones sucesivas deberá manifestar a través del anexo denominado información adicional del dictamen, la información correspondiente a los índices anteriores. 07180003000000 Monto original de la pérdida fiscal. 07180004000000 INPC del último mes del ejercicio en que se generó la pérdida fiscal. 07180005000000 INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que se generó la pérdida fiscal. 07180006000000 Factor de actualización del periodo. 07180007000000 Pérdida fiscal actualizada por el ejercicio en que se generó. 07180008000000 INPC del último mes de la primera mitad del ejercicio en que se aplica o actualiza la pérdida fiscal. 07180009000000 INPC del mes en que se actualizo por última vez la pérdida fiscal. 07180010000000 Factor de actualización del periodo. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 479 07180011000000 Pérdida fiscal actualizada en el ejercicio en que se aplica o actualiza. Nota: los conceptos de los índices 07180008000000 al 07180011000000 deben repetirse para actualizar las pérdidas fiscales ocurridas de 2015 a 2024, o aplicadas en los ejercicios de 2016 a 2025. 07180012000000 (monto de la disminución de la pérdida fiscal en el ejercicio). Nota: el concepto del índice 07180012000000 debe repetirse las veces que sea necesario para indicar el ejercicio en el que se amortizan las pérdidas fiscales, anotando el importe aplicado en la columna a la que corresponda la pérdida fiscal. 07180013000000 Monto de la pérdida fiscal pendiente de aplicar. Parte II Datos a proporcionar 2022 2021 2020 2019 2018 2017 2016 Parte III Datos a proporcionar 2015 Este anexo consta de 30 columnas y está dividido en siete partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia fiscal (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “07D279000", del anexo de datos generales. Denominación o razón social Ingresos 07190000000000 (especificar). 07190001000000 Total de ingresos. Gastos 07190002000000 (especificar). 07190003000000 Total de gastos. 480 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte II Datos a proporcionar Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México) Tipo de moneda del país de residencia fiscal Tipo de operación En caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria Parte III Datos a proporcionar Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio Participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje Participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe Aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio Aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio Parte IV Datos a proporcionar La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no) Tiene alguna entidad interpuesta (si o no) Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial Parte V Datos a proporcionar Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial En el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no) En el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa Operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no) Operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso Parte VI Datos a proporcionar Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia al Carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente Indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación Parte VII Datos a proporcionar Tasa preferencial por tratado Impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 481 Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en seis partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 20.- Deducción de intereses Netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada (Cifras en pesos) Denominación o razón social 07200000000000 (especificar). 07200001000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente Total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas Proporción de ingresos Límite de deducción del contribuyente Parte III Datos a proporcionar Total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles) Intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2022) Total de los ingresos por intereses acumulados Intereses netos Parte IV Datos a proporcionar Utilidad (pérdida) fiscal Total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles) Monto total deducido de activos fijos Monto total deducido de gastos diferidos Parte V Datos a proporcionar Monto total deducido de cargos diferidos Monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos Utilidad fiscal ajustada Límite intereses netos Parte VI Datos a proporcionar Intereses no deducibles Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no) 482 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Toda pregunta debe ser entendida con respecto al ejercicio fiscal sujeto a revisión. En aquellos cuestionamientos que no apliquen al contribuyente, así como cuando a criterio del contador público que responda el cuestionario no haya una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado, o bien, simplemente no fue revisado por no caer en el alcance de revisión, se podrá dejar en blanco el renglón que corresponda, haciendo las aclaraciones correspondientes en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, ya que de no hacerlo el Servicio de Administración Tributaria, entenderá que el contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento. Índice Concepto Datos a proporcionar Comentarios Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Procedimientos de auditoría aplicados para la revisión de estados financieros 07210000000000 Realizó la evaluación del control interno del contribuyente. 07210001000000 En caso afirmativo al índice anterior, conserva la evidencia de la evaluación del control interno en sus papeles de trabajo. 07210002000000 Detecto debilidades o desviaciones relacionadas con la estructura del control interno del contribuyente con repercusión en su situación fiscal. Nota: en caso afirmativo describa las irregularidades en el informe sobre la revisión de la situación fiscal. 07210003000000 Como consecuencia de la realización de su trabajo, propuso ajustes financieros que afectaron la situación fiscal del contribuyente. 07210004000000 Como consecuencia de la realización de su trabajo encontró diferencias en partidas no materiales que puedan tener repercusión fiscal. 07210005000000 En caso afirmativo a los índices anteriores, los ajustes afectaron la base y la determinación de las contribuciones a que está sujeto el contribuyente. Como consecuencia de la realización de su trabajo, el contribuyente corrigió a la fecha de envío del dictamen fiscal lo siguiente: 07210006000000 Partidas que el contribuyente dedujo indebidamente en el Impuesto sobre la Renta. 07210007000000 Ingresos que el contribuyente omitió en el Impuesto Sobre la Renta. 07210008000000 Actos o actividades que el contribuyente omitió en el Impuesto al Valor Agregado. 07210009000000 Acreditamientos indebidos efectuados contra el Impuesto Sobre la Renta. 07210010000000 Acreditamientos indebidos efectuados contra el Impuesto al Valor Agregado. En caso negativo, explique los motivos en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 07210011000000 En caso de haber detectado en su auditoría alguna irregularidad de las señaladas en los índices 07210006000000 al 07210010000000, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 483 07210012000000 En caso de haber contestado afirmativamente en el índice 07210004000000, reveló dicha circunstancia en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de trabajo, responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera con lo siguiente: 07210013000000 El contribuyente recibió asesoría de un experto de la dirección en materia fiscal. En caso afirmativo señale: 07210014000000 Evaluó la competencia, capacidad y objetividad del experto de la dirección en materia fiscal. 07210015000000 Obtuvo conocimiento del trabajo del experto. 07210016000000 Evaluó la adecuación del trabajo del experto. 07210017000000 Si el contribuyente obtuvo un documento por escrito. Impuesto sobre la Renta (ISR) Deducciones (ISR) 07210018000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 07D157000 al 07D170000 del diagnóstico fiscal, se propuso que se hicieran no deducibles las partidas correspondientes. 07210019000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Deducciones específicas (ISR) 07210020000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 07D171000 al 07D186000 del diagnóstico fiscal, se propuso que se hicieran no deducibles las partidas relacionadas con deducciones. 07210021000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Declaración informativa múltiple 07210022000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS (para los efectos del artículo noveno de las disposiciones transitorias de la LISR 2014, fracción X). 07210023000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre residentes en el extranjero, tratándose de residentes en el extranjero (para los efectos del artículo noveno de las disposiciones transitorias de la LISR 2014, fracción X). 07210024000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción VI, de la LISR). 07210025000000 Verificó la información contenida en el anexo de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes (para los efectos del artículo 178, de la LISR). 07210026000000 Verificó la información contenida en el anexo de operaciones efectuadas a través de fideicomisos (para los efectos del artículo 76, fracción XIII, de la LISR). 484 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Regímenes fiscales preferentes 07210027000000 Verificó la información contenida en el anexo de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. Impuesto al Valor Agregado Acreditamiento (IVA) 07210028000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en el índice 07D295000 del diagnóstico fiscal, propuso que se hicieran las correcciones correspondientes en el acreditamiento. 07210029000000 En caso afirmativo el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Índice Concepto Datos a proporcionar Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de trabajo responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera con lo siguiente: Capitalización insuficiente (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR) 07220000000000 Verificó si el contribuyente dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 07220001000000 Detecto algún incumpliendo a lo dispuesto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 07220002000000 Monto de intereses no deducibles por capitalización insuficiente. En caso de considerar cuentas fiscales para el cálculo, señale el monto de: 07220003000000 Cuentas de capital de aportación. 07220004000000 Utilidad fiscal neta y utilidad neta reinvertida. 07220005000000 En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a los índices 07130108000000 y/o 07130115000000, del anexo 13, no eran correctas y lo llevaron a un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal. 07220006000000 En adición de haber contestado de forma afirmativa el índice 07220005000000, señaló alguna salvedad en su dictamen. Documentación comprobatoria de precios de transferencia (estudio de precios de transferencia) por operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR) 07220007000000 Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta obligación fiscal. 07220008000000 En caso de incumplimiento del contribuyente se consideró como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 485 07220009000000 En caso de incumplimiento del contribuyente a esta obligación fiscal, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal. 07220010000000 En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Verificó que la documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR), incluyera lo siguiente: Nota: las preguntas referidas en los índices 07220011000000 al 07220028000000 solo se contestarán cuando se haya contestado que “si” en el índice 07130032000000 del anexo 13. 07220011000000 1) nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebraron operaciones. 07220012000000 2) que se consideraran todas las partes relacionadas de acuerdo con la definición contenida en los párrafos quinto y sexto del artículo 179 de la LISR. 07220013000000 3) documentación que demuestre la participación directa e indirecta entre las partes relacionadas. 07220014000000 4) información relativa a las funciones o actividades por cada tipo de operación evaluada. 07220015000000 5) información relativa a los activos utilizados en cada tipo de operación evaluada. 07220016000000 6) información relativa a los riesgos asumidos en cada tipo de operación evaluada. 07220017000000 7) información y documentación sobre las operaciones con partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por cada tipo de operación evaluada. 07220018000000 8) método aplicado conforme al artículo 180 de la LISR por cada tipo de operación evaluada. 07220019000000 9) información y documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación evaluada. 07220020000000 10) se identificaron en los registros de contabilidad que la totalidad de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero estuvieran debidamente asentadas. 07220021000000 En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes referidos, señale si mencionó tal circunstancia en su informe sobre la revisión de la situación fiscal. 07220022000000 En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes referidos señale si mencionó tal circunstancia en su dictamen. 07220023000000 Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con partes relacionadas residentes en el extranjero por el contribuyente se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. 07220024000000 En caso de una conclusión negativa indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 07220025000000 En caso de una conclusión negativa en la documentación comprobatoria, indique si reveló alguna salvedad en el dictamen. 07220026000000 En caso de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 07220027000000 En caso de que la documentación comprobatoria de precios de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en dictamen. 486 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 07220028000000 En estos últimos casos, consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. Declaración informativa de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) 07220029000000 Verificó la presentación oportuna de la información de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM). 07220030000000 Verificó si las cifras reportadas en esa declaración coinciden con las manifestadas en la documentación a que se refiere el artículo 76, fracción IX de la LISR (estudio de precios de transferencia). 07220031000000 Verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la información de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM) conforme a la información contenida en la documentación de precios de transferencia para las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR). 07220032000000 En caso de haber observado errores en el llenado, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. En caso negativo, especifique: 07220033000000 Consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 07220034000000 En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 07220035000000 En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas (para los efectos del artículo 76-A fracción X de la LISR) de 2024 presentadas en 2025. 07220036000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 07220037000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa local de partes relacionadas correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 07220038000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 07220039000000 En caso de haber observado errores en el llenado de las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Cumplimiento de la obligación respecto de las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción XII de la LISR) 07220040000000 Verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y deducciones autorizadas considerando para esas operaciones los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 487 07220041000000 En caso negativo, consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 07220042000000 En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 07220043000000 En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental indique si reveló alguna salvedad en su dictamen. 07220044000000 Verificó en la evidencia documental referida en el índice 07220040000000 la aplicación de los métodos de precios de transferencia establecidos en el artículo 180 de la LISR en los términos del tercer párrafo del citado artículo. 07220045000000 En caso de no haberlos aplicado, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en su dictamen. Operaciones con partes relacionadas nacionales informadas 07220046000000 En caso de haber señalado que si en el índice 07D031000 del anexo "datos generales", verificó que la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional. 07220047000000 En caso de haber señalado que si en el índice 07130151000000 del anexo 13, verificó que la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional. Ajustes de precios de transferencia 07220048000000 Verificó en el caso de ajustes de precios de transferencia que hayan incrementado las deducciones del contribuyente, que se cumplieran todos los requisitos establecidos en la regla 3.9.1.3. de la RMF para 2025. Intereses considerados como dividendos (para los efectos del artículo 11 de la LISR) 07220049000000 En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a los índices 07130067000000 y/o 07130068000000 del anexo 13 no eran correctas y lo llevaron a un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en su dictamen. Metodología de precios de transferencia (para los efectos del artículo 180 de la LISR) por transacción con partes relacionadas 07220050000000 Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia, exista evidencia de que se intentó aplicar en primer término el método de precio comparable no controlado (previsto por la fracción I del artículo 180 de la LISR) para cada una de sus transacciones con partes relacionadas que validó en sus estudios de precios de transferencia. 07220051000000 Observó alguna inconsistencia de índole formal, por parte del contribuyente en las respuestas de la información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. 07220052000000 En caso afirmativo reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien, en su dictamen. 488 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 D. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros de los intermediarios financieros no bancarios, aplicable a las uniones de crédito, a los almacenes generales de depósito, a las arrendadoras financieras, a las empresas de factoraje financiero, a las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, entidades de ahorro y crédito popular conforme a la Ley de Ahorro y Crédito Popular y a otros intermediarios financieros no bancarios, por el ejercicio fiscal del 2025. índice Concepto Datos a proporcionar Datos de identificación del contribuyente 10A000000 RFC: 10A001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)), denominación o razón social: Domicilio fiscal: 10A002000 Entidad federativa: 10A003000 Alcaldía o municipio: 10A004000 Colonia o localidad: 10A005000 Código postal: 10A006000 Calle, número exterior e interior: 10A007000 Ciudad o población: 10A008000 Teléfono: 10A009000 Correo electrónico: 10A010000 Nombre del grupo económico al que pertenece: 10A011000 Clave de actividad para efectos fiscales: Declaratoria del contribuyente: Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las operaciones reales que lleve a cabo durante el ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas con documentación comprobatoria. 10A012000 Nombre del contribuyente: Datos de identificación del contador público 10B000000 RFC: 10B001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)): 10B002000 CURP: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 489 10B003000 Número de registro: Domicilio fiscal: 10B004000 Entidad federativa: 10B005000 Alcaldía o municipio: 10B006000 Colonia o localidad: 10B007000 Código postal. 10B008000 Calle, número exterior e interior: 10B009000 Ciudad o población: 10B010000 Teléfono del CPI o despacho: 10B011000 Correo electrónico: 10B012000 Correo electrónico del buzón tributario: 10B013000 Colegio al que pertenece: 10B014000 Nombre del despacho: 10B015000 RFC del despacho: 10B016000 Número de registro del despacho: Declaratoria del contador público que dictaminó: Declaro que la información que proporciona el contribuyente citado, consta en libros, registros, documentos y declaraciones en poder del propio contribuyente, mismos que examine, como lo manifiesto en el informe del auditor independiente y en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente que adjunto. 10B017000 Nombre del contador público que dictaminó: Datos de identificación del representante legal 10C000000 RFC: 10C001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)): 10C002000 Nacional: 10C003000 Extranjero: 10C004000 CURP: Domicilio fiscal 10C005000 Entidad federativa: 490 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10C006000 Alcaldía o municipio: 10C007000 Colonia o localidad: 10C008000 Código postal: 10C009000 Calle, número exterior e interior: 10C010000 Ciudad o población: 10C011000 Teléfono 10C012000 Correo electrónico: 10C013000 Número de escritura: 10C014000 Número de notaria: 10C015000 Entidad en la que se ubica la notaria: 10C016000 Fecha del poder: 10C017000 Fecha de designación: Declaratoria del representante legal: Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las operaciones reales que llevó a cabo mi representada durante el ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas con documentación comprobatoria. 10C018000 Nombre del representante legal: Índice Concepto. Datos a proporcionar Datos generales 10D000000 Autoridad competente. 10D001000 Sede a la que pertenece la ADAF. 10D002000 Administración. 10D003000 Obligado u optativo. 10D004000 Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF). 10D005000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF). 10D006000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 491 10D007000 En caso negativo en todas las preguntas de los índices 10D004000, 10D005000 y 10D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen. 10D008000 Tipo de sociedad. 10D009000 Forma parte de una asociación en participación. 10D010000 Forma parte de un fideicomiso. En caso afirmativo al índice anterior, indique denominación o razón social del fideicomiso: 10D011000 Denominación o razón social fideicomitente. 10D012000 Denominación o razón social fiduciario. 10D013000 Denominación o razón social fideicomisario (1). 10D014000 Denominación o razón social fideicomisario (2). 10D015000 Denominación o razón social fideicomisario (3). 10D016000 Primer dictamen. 10D017000 Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. 10D018000 Tipo de contribuyente especial. 10D019000 Empresa filial. 10D020000 Empresa subsidiaria. 10D021000 Sociedad cooperativa. 10D022000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal. 10D023000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal. 10D024000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. 10D025000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior. 10D026000 Seleccione el sistema de costeo que utiliza para efectos fiscales: En caso de haber seleccionado algún sistema de costeo, estará a lo siguiente: 10D027000 Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo de adquisición para efectos contables (costos históricos) (en caso afirmativo debe llenar del índice 10050000000000 al 10050030000000 del anexo 5). 10D028000 Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales (costos predeterminados estimados) (en caso afirmativo debe llenar del índice 1005000000000 al 10050030000000 del anexo 5). 10D029000 Costo de ventas: utiliza el sistema de costeo absorbente para efectos fiscales y el método de valuación de costo estándar para efectos contables (en caso afirmativo debe llenar del índice 10050000000000 al 10050030000000 del anexo 5). 10D030000 Costo de ventas: utiliza un sistema distinto a los anteriores (en caso afirmativo debe llenar del índice 10050031000000 al 10050040000000 del anexo 5). 10D031000 Tipo de opinión. 492 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Indique el RFC de la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que asesoro(aron) fiscalmente al contribuyente, mediante una opinión por escrito: 10D032000 RFC 1: 10D033000 RFC 2: 10D034000 RFC 3: 10D035000 RFC 4: 10D036000 RFC 5: Efectos fiscales 10D037000 Realizó operaciones con partes relacionadas. 10D038000 Si su respuesta fue afirmativa en el índice 10D037000 (debe llenar los anexos 13 y 14). 10D039000 Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. 10D040000 Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. 10D041000 Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. 10D042000 En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere la fracción II del artículo 9 de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19). Otros aspectos 10D043000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. 10D044000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). 10D045000 Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente 10D046000 Se trata de: 10D047000 Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). 10D048000 Número de oficio 1. 10D049000 Fecha del oficio 1. 10D050000 Número de oficio 2. 10D051000 Fecha del oficio 2. 10D052000 Número de oficio 3. 10D053000 Fecha del oficio 3. 10D054000 Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). En caso afirmativo al índice anterior, indique el número y fecha de la resolución: 10D055000 Número de resolución 1. 10D056000 Fecha de la resolución 1. 10D057000 Número de resolución 2. 10D058000 Fecha de la resolución 2. 10D059000 Número de resolución 3. 10D060000 Fecha de la resolución 3. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 493 10D061000 Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. En caso afirmativo al índice anterior, aclarar a través del anexo denominado información adicional, la disposición fiscal controvertida, el medio de defensa interpuesto así como el estatus del medio de defensa interpuesto al cierre del ejercicio 10D062000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (normal). 10D063000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple. (última complementaria). 10D064000 Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: Número de identificación otorgado por el SAT al esquema reportable 10D065000 Número de identificación (campo 1). 10D066000 Número de identificación (campo 2). 10D067000 Número de identificación (campo 3). 10D068000 Número de identificación (campo 4). 10D069000 Número de identificación (campo 5). 10D070000 Fecha de presentación de la declaración informativa normal. 10D071000 Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). Operaciones financieras, inversiones, financiamiento, moneda extrajera y residentes al extranjero 10D072000 Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe de llenar el anexo 10). 10D073000 Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 11). 10D074000 Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 16). 10D075000 Tuvo prestamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18). Diagnóstico fiscal del contribuyente Generalidades fiscales 10D076000 Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. 10D077000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores. 10D078000 (especificar nombre anterior). 10D079000 (especificar nombre anterior). 10D080000 (especificar nombre anterior). 10D081000 (especificar nombre anterior). 10D082000 (especificar nombre anterior). 494 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D083000 Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. 10D084000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). 10D085000 Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. 10D086000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF). 10D087000 Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). 10D088000 Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. Nota: en caso afirmativo al índice anterior, describa como dio cumplimiento y con qué documentación lo acredita, a través del anexo denominado información adicional del dictamen 10D089000 Tiene accionistas residentes en el país. 10D090000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 CFF). 10D091000 Tiene inventarios en sus registros contables. 10D092000 En caso afirmativo, lleva un control de los inventarios de mercancías, materias primas, producción en proceso y productos terminados según se trate (para los efectos del artículo 76, fracción XIV de la Ley de ISR). 10D093000 Indique si identifico proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. 10D094000 Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF. 10D095000 Tiene empleados. En caso afirmativo a la pregunta del índice anterior indique: 10D096000 Número de trabajadores. 10D097000 Total del ISR retenido y enterado por salarios. 10D098000 Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. 10D099000 Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. 10D100000 Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. 10D101000 Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. 10D102000 Creo una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos del artículo 29 de la LISR y 65 del RLISR.) 10D103000 En caso negativo a la pregunta del índice 10D095000, tiene algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE). En caso de tener algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE), señale el RFC y nombre de la(s) sociedad(es) que le presta(n) los servicios especializados u obras especializadas (REPSE) 10D104000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 10D105000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 495 10D106000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 10D107000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 10D108000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 10D109000 Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. 10D110000 Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. 10D111000 Monto de IVA que origino dicha operación. Contabilidad 10D112000 Llevó contabilidad de conformidad con el artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. 10D113000 La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). Nota: en caso negativo al índice anterior, señale el domicilio en el cual conserva la documentación comprobatoria de los registros o asientos, a través del anexo denominado información adicional del dictamen. Para efectos del IVA indique lo siguiente: 10D114000 Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). 10D115000 Expidió y entrego comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA). 10D116000 Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o-A, (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 10D117000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 10D118000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 10D119000 Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia la fracción IV, del artículo 1o.-A de la LIVA. Cuenta con los siguientes libros actualizados: 10D120000 Diario. 10D121000 Mayor. 10D122000 Actas de asamblea de socios o accionistas. 10D123000 Socios o accionistas. 496 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Impuesto sobre la Renta (ISR) 10D124000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece. (para los efectos del artículo 24 de la LISR). 10D125000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). 10D126000 Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. 10D127000 El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. 10D128000 Reconoció o reporto dichos ingresos Nota. En caso negativo, señale el motivo a través del anexo denominado información adicional del dictamen 10D129000 El contribuyente cambió el modelo de negocios. Dio cumplimiento a las siguientes obligaciones fiscales: 10D130000 Expedir comprobantes por las actividades realizadas y conservar los archivos (para los efectos del artículo 76, fracciones II y XVII de la LISR). 10D131000 Expedir comprobantes fiscales en los que se asienten el monto de los pagos efectuados a residentes en el extranjero en los términos del título V de la LISR y del impuesto retenido (para los efectos del artículo 76, fracción III de la LISR). 10D132000 Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). 10D133000 Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso a) de la LISR). 10D134000 Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, comprobante fiscal en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). 10D135000 Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 10D136000 Retener y enterara el ISR adicional a la tasa del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos (para los efectos del artículo 140, párrafo segundo de la LISR). 10D137000 Obtuvo devoluciones de impuestos por parte de la autoridad y que hayan generado intereses. 10D138000 En caso afirmativo, acumuló los ingresos por intereses pagados por la autoridad fiscal. 10D139000 Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción I, del artículo 55 de la LISR. 10D140000 Presentar en tiempo y forma la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR. 10D141000 Durante el ejercicio, el contribuyente prestó servicios de operación, administración o distribución a sociedades de inversión en instrumento de duda o sociedades de inversión de renta variable, en los términos de la Ley de Sociedades de Inversión y demás normativa legal aplicable. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 497 10D142000 Con respecto a dichas actividades, cumplió en tiempo y forma con la obligación prevista en la fracción II del artículo 55 de la LISR, tal y cual se prevé en el artículo 89 de esa misma normativa. (ISR) obtuvo ingresos por 10D143000 Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 10D144000 Nombre del comprador 1. 10D145000 Es parte relacionada. 10D146000 Nombre del comprador 2. 10D147000 Es parte relacionada. 10D148000 Nombre del comprador 3. 10D149000 Es parte relacionada. 10D150000 Nombre del comprador 4. 10D151000 Es parte relacionada. 10D152000 Nombre del comprador 5. 10D153000 Es parte relacionada. 10D154000 Total de ingresos por venta de intangibles. 10D155000 Total del monto original de la inversión ajustado. 10D156000 Efectuó retención. 10D157000 Monto del entero por la operación. 10D158000 Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos. Indique lo siguiente en calidad de emisora de las acciones: 10D159000 Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. 10D160000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. 10D161000 Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. 10D162000 Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. 10D163000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción I del artículo 78. 10D164000 Impuesto sobre la Renta derivado de la fracción II del artículo 78. 10D165000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de absorción de pérdidas financieras. Deducciones (ISR) Reunió los siguientes requisitos fiscales para sus deducciones: 10D166000 De ser el caso, cuando tenga capitales tomados en préstamo y otorgue préstamos a terceros, se haya aplicado el tope establecido para su deducción (para los efectos de los artículos 27, fracción VII de la LISR y 38 de su RLISR). 10D167000 En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). 10D168000 En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se haya comprobado que, quien proporcionó los conocimientos contaba con elementos técnicos propios para ello, los presto en forma directa y efectivamente se hayan llevado a cabo (para los efectos del artículo 27, fracción X de la LISR). 10D169000 En el caso del costo de adquisición o los intereses que se deriven de créditos recibidos, correspondan a los del mercado y cuando hayan excedido se hubiese considerado como no deducible el excedente (para los efectos del artículo 27, fracción XIII de la LISR). 498 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D170000 En el caso de viáticos o gastos de viaje, se constató que se hubieran cumplido los requisitos previstos en la fracción V del artículo 28 de la LISR. 10D171000 En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles y aviones, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos de los artículos 28, fracción XIII de la LISR y 60 del RLISR). 10D172000 En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplieron los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 10D173000 Los quebrantos diversos reunieron la totalidad de requisitos de deducción que establece el artículo 27 de la LISR. 10D174000 Cuenta con fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad. En caso afirmativo: 10D175000 Indique el monto total de la reserva para fondos de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad, está invertida acorde a lo establecido en el artículo 29, fracción II, de la LISR vigente en el ejercicio revisado. 10D176000 Indique si deduce los rendimientos provenientes de la inversión de los fondos destinados a las reservas para el otorgamiento de pensiones o jubilaciones de personal. 10D177000 Indique si la reserva para el fondo de pensiones se incluye en el ajuste anual inflacionario dentro de los créditos 10D178000 En el ejercicio dedujo créditos incobrables a que se refiere la fracción V del artículo 25 de la LISR. 10D179000 En el caso de pérdidas por créditos incobrables, se cumple con los requisitos que señala la fracción XV, artículo 27 de la LISR. 10D180000 En caso de que en el ejercicio haya dejado de utilizar el sistema de costeo directo con base a costos históricos, consideró para efectos fiscales como inventario inicial del ejercicio el valor del inventario final valuado con el sistema de costeo directo con base a costos históricos (para los efectos del artículo 69 G, fracción II del reglamento de la LISR). 10D181000 Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 10D182000 Se realizaron con fines de: 10D183000 En caso afirmativo acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. 10D184000 Indique el monto de la acumulación correspondiente. 10D185000 Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. 10D186000 En caso afirmativo indique el monto de la deducción correspondiente. 10D187000 Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. 10D188000 En caso afirmativo indique el monto correspondiente. Disposiciones específicas (ISR) Sociedades financieras de objeto múltiple 10D189000 Se considera como integrante del sistema financiero. (para los efectos del artículo 7, tercer párrafo de la Ley). 10D190000 Cuenta con resolución particular del Servicio de Administración Tributaria, para ser considerada como integrante del sistema financiero. (para los efectos del artículo 7, cuarto párrafo de la Ley). 10D191000 Aplica las disposiciones específicas establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta, para los contribuyentes que forman parte del sistema financiero. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 499 Uniones de crédito 10D192000 Atendiendo al nivel de operación por el que fue autorizada la unión de crédito, esta realizó única y exclusivamente las operaciones listadas en el artículo 40 de la Ley de Uniones de Crédito. 10D193000 Durante el ejercicio realizó operaciones de descuento, préstamo o crédito de cualquier clase con personas que no eran socios de la unión de crédito, excepto con las personas y fideicomisos expresamente autorizados en el artículo 40, fracciones I y II de la Ley de Uniones de Crédito. Almacenes generales de depósito 10D194000 Levantó inventario de existencias a la fecha de término del ejercicio (para los efectos del artículo 76, fracción IV de la Ley). 10D195000 Dedujo el monto constituido o incrementado en el ejercicio, previa revisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la reserva de contingencia (para los efectos del artículo 47 de la Ley). 10D196000 Si al término del ejercicio, procedió la disminución de la reserva de contingencia aplicable a almacenes generales de depósito, con respecto a las constituidas en el ejercicio inmediato anterior, la diferencia se consideró como ingreso acumulable en el ejercicio (para los efectos del artículo 47 de la Ley). 10D197000 En calidad de que participó en alguna fusión: 10D198000 Fecha en que surtió efectos la fusión. En caso de ser fusionada, deberá anotar: 10D199000 Fusionante: RFC. 10D200000 Fusionante: denominación o razón social. En caso de ser fusionante, deberá anotar: 10D201000 Fusionada 1: RFC. 10D202000 Fusionada 1: denominación o razón social. 10D203000 Fusionada 2: RFC. 10D204000 Fusionada 2: denominación o razón social. 10D205000 Fusionada 3: RFC. 10D206000 Fusionada 3: denominación o razón social. 10D207000 Fusionada 4: RFC. 10D208000 Fusionada 4: denominación o razón social. 10D209000 Fusionada 5: RFC. 10D210000 Fusionada 5: denominación o razón social. 10D211000 Fusionada 6: RFC. 10D212000 Fusionada 6: denominación o razón social. 10D213000 Fusionada 7: RFC. 10D214000 Fusionada 7: denominación o razón social. 500 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D215000 Fusionada 8: RFC. 10D216000 Fusionada 8: denominación o razón social. 10D217000 Fusionada 9: RFC. 10D218000 Fusionada 9: denominación o razón social. 10D219000 Fusionada 10: RFC. 10D220000 Fusionada 10: denominación o razón social. Nota: en caso de haber sido fusionante, y el espacio anterior es insuficiente, señale en el anexo denominado información adicional del dictamen: el RFC, nombre de la entidad(es) fusionada(s), fecha en que surtió efectos la fusión y el porcentaje de participación accionaria. 10D221000 En calidad de que participó en alguna escisión: 10D222000 Fecha en que surtió efectos la escisión. 10D223000 Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. Parte del activo, pasivo y capital social correspondiente, aportado por la escindente y recibido por: 10D224000 Escindida 1: RFC. 10D225000 Valor activo: 10D226000 Valor pasivo: 10D227000 Valor capital social: 10D228000 Escindida 2: RFC. 10D229000 Valor activo: 10D230000 Valor pasivo: 10D231000 Valor capital social: 10D232000 Escindida 3: RFC. 10D233000 Valor activo: 10D234000 Valor pasivo: 10D235000 Valor capital social: 10D236000 Escindida 4: RFC. 10D237000 Valor activo: 10D238000 Valor pasivo: 10D239000 Valor capital social: 10D240000 Escindida 5: RFC. 10D241000 Valor activo: 10D242000 Valor pasivo: 10D243000 Valor capital social: 10D244000 Escindida 6: RFC. 10D245000 Valor activo: 10D246000 Valor pasivo: 10D247000 Valor capital social: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 501 10D248000 Escindida 7: RFC. 10D249000 Valor activo: 10D250000 Valor pasivo: 10D251000 Valor capital social: 10D252000 Escindida 8: RFC. 10D253000 Valor activo: 10D254000 Valor pasivo: 10D255000 Valor capital social: 10D256000 Escindida 9: RFC. 10D257000 Valor activo: 10D258000 Valor pasivo: 10D259000 Valor capital social: 10D260000 Escindida 10: RFC. 10D261000 Valor activo: 10D262000 Valor pasivo: 10D263000 Valor capital social: 10D264000 Escindente: RFC. 10D265000 Valor activo: 10D266000 Valor pasivo: 10D267000 Valor capital social: En caso de liquidación, señalar: 10D268000 Fecha de inicio de la liquidación. Indique el nombre o denominación o razón social y RFC del liquidador: 10D269000 (liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social). 10D270000 (liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social). 10D271000 (liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social). 10D272000 Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). 10D273000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 10D274000 Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). 10D275000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. Acreditamientos 10D276000 Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. 10D277000 Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el Servicio de Administración Tributaria. 10D278000 El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero. 502 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D279000 Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. 10D280000 Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. 10D281000 Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. 10D282000 Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5 de la LISR. 10D283000 Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento. 10D284000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1). 10D285000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2). 10D286000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3). 10D287000 Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio. 10D288000 Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores. Regímenes fiscales preferentes 10D289000 Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 20). 10D290000 Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. 10D291000 Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. 10D292000 Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. 10D293000 Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. 10D294000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. 10D295000 Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. 10D296000 Indique si declaro impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 10D297000 Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 10D298000 Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR. Retenciones y/o responsabilidad solidaria 10D299000 El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. 10D300000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. Del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 10D301000 Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación. En caso afirmativo: 10D302000 Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4 de la LISR. 10D303000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. 10D304000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.4. Del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 503 Impuesto al Valor Agregado Actos o actividades (IVA). 10D305000 Realiza actos o actividades no afectas al Impuesto al Valor Agregado. 10D306000 Cumplió con las disposiciones fiscales para determinar los actos o actividades gravados y exentos. Acreditamiento (IVA). Requisitos de acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado 10D307000 Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. 10D308000 Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales definitivos del Impuesto al Valor Agregado acredita impuesto al 100%. 10D309000 Realizó ajustes al valor del impuesto acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA). 10D310000 En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). Específicas del Impuesto al Valor Agregado. 10D311000 Excluye los conceptos señalados en las fracciones IV, V, VI, y IX del artículo 5o.-C de la Ley, para calcular la proporción a que se hace mención en el primer párrafo del artículo 5o.-C de la ley. (para los efectos del artículo 5o.-C de la Ley). Sociedades financieras de objeto múltiple. 10D312000 En el supuesto de que sea sociedad financiera de objeto múltiple no integrante del sistema financiero, en términos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, gravó el IVA a los intereses pagados. Aplicación de estímulos fiscales 10D313000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.1. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. 10D314000 Aplicó lo previsto para los efectos del artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte En materia de Impuesto sobre la Renta 10D315000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 10150131000000 al 10150159000000 del anexo 15). 10D316000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. 504 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D317000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 10D318000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 10D319000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 10D320000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 10D321000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D322000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 10D323000 Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 10D324000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado: 10D325000 (1) Correspondiente al mes de: 10D326000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D327000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D328000 (2) Correspondiente al mes de: 10D329000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D330000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D331000 (3) Correspondiente al mes de: 10D332000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D333000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria 10D334000 (4) Correspondiente al mes de: 10D335000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D336000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D337000 (5) Correspondiente al mes de: 10D338000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D339000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D340000 (6) Correspondiente al mes de: 10D341000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D342000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D343000 (7) Correspondiente al mes de: 10D344000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D345000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D346000 (8) Correspondiente al mes de: 10D347000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D348000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D349000 (9) Correspondiente al mes de: 10D350000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D351000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 505 10D352000 (10) Correspondiente al mes de: 10D353000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D354000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D355000 (11) Correspondiente al mes de: 10D356000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D357000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D358000 (12) Correspondiente al mes de: 10D359000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D360000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D361000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 10D362000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses. 10D363000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D364000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D365000 Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo siguiente: 10D366000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 10D367000 Monto del beneficio. 10D368000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D369000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 10D370000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 10D371000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. En materia de Impuesto al Valor Agregado 10D372000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D373000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo: 10D374000 (a) enajenación de bienes. 10D375000 (b) prestación de servicios independientes. 10D376000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 10D377000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D378000 Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA. 506 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D379000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 10D380000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la ley del IVA. 10D381000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. En relación a la pregunta anterior, señale el mes al que corresponde, la fecha de presentación del entero del IVA retenido y el monto pagado 10D382000 (1) Correspondiente al mes de: 10D383000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D384000 (1) Monto pagado. 10D385000 (2) Correspondiente al mes de: 10D386000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D387000 (2) Monto pagado. 10D388000 (3) Correspondiente al mes de: 10D389000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D390000 (3) Monto pagado. 10D391000 (4) Correspondiente al mes de: 10D392000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido 10D393000 (4) Monto pagado. 10D394000 (5) Correspondiente al mes de: 10D395000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido 10D396000 (5) Monto pagado. 10D397000 (6) Correspondiente al mes de: 10D398000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido 10D399000 (6) Monto pagado. 10D400000 (7) Correspondiente al mes de: 10D401000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido 10D402000 (7) Monto pagado. 10D403000 (8) Correspondiente al mes de: 10D404000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido 10D405000 (8) Monto pagado. 10D406000 (9) Correspondiente al mes de: 10D407000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido 10D408000 (9) Monto pagado. 10D409000 (10) Correspondiente al mes de: 10D410000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D411000 (10) Monto pagado. 10D412000 (11) Correspondiente al mes de: 10D413000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D414000 (11) Monto pagado. 10D415000 (12) Correspondiente al mes de: 10D416000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D417000 (12) Monto pagado. 10D418000 Cuál es su moneda funcional. 10D419000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 10D420000 Es importador de un sector en específico. 10D421000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 507 Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur En materia de Impuesto sobre la Renta 10D422000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 01150160000000 al 01150188000000 del anexo 15). 10D423000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. 10D424000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 10D425000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 10D426000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 10D427000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 10D428000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D429000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 10D430000 Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 10D431000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado: 10D432000 (1) Correspondiente al mes de: 10D433000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D434000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D435000 (2) Correspondiente al mes de: 10D436000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D437000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D438000 (3) Correspondiente al mes de: 10D439000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D440000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D441000 (4) Correspondiente al mes de: 10D442000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D443000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D444000 (5) Correspondiente al mes de: 10D445000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D446000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria 10D447000 (6) Correspondiente al mes de: 10D448000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D449000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D450000 (7) Correspondiente al mes de: 508 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D451000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D452000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D453000 (8) Correspondiente al mes de: 10D454000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D455000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D456000 (9) Correspondiente al mes de: 10D457000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D458000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D459000 (10) Correspondiente al mes de: 10D460000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D461000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D462000 (11) Correspondiente al mes de: 10D463000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D464000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D465000 (12) Correspondiente al mes de: 10D466000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 10D467000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 10D468000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 10D469000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses. 10D470000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D471000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D472000 Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo siguiente: 10D473000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 10D474000 Monto del beneficio. 10D475000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D476000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 10D477000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 10D478000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. En materia de Impuesto al Valor Agregado 10D479000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 509 10D480000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo: 10D481000 (a) enajenación de bienes. 10D482000 (b) prestación de servicios independientes. 10D483000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 10D484000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D485000 Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA. 10D486000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 10D487000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios para los efectos del artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 10D488000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. En relación a la pregunta anterior, señale las fechas de presentación del entero del IVA retenido y los montos pagados 10D489000 (1) Correspondiente al mes de: 10D490000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D491000 (1) Monto pagado. 10D492000 (2) Correspondiente al mes de: 10D493000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D494000 (2) Monto pagado. 10D495000 (3) Correspondiente al mes de: 10D496000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D497000 (3) Monto pagado. 10D498000 (4) Correspondiente al mes de: 10D499000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D500000 (4) Monto pagado. 10D501000 (5) Correspondiente al mes de: 10D502000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D503000 (5) Monto pagado. 10D504000 (6) Correspondiente al mes de: 10D505000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D506000 (6) Monto pagado. 10D507000 (7) Correspondiente al mes de: 10D508000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D509000 (7) Monto pagado. 10D510000 (8) Correspondiente al mes de: 10D511000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D512000 (8) Monto pagado. 10D513000 (9) Correspondiente al mes de: 10D514000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D515000 (9) Monto pagado. 10D516000 (10) Correspondiente al mes de: 10D517000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D518000 (10) Monto pagado. 10D519000 (11) Correspondiente al mes de: 10D520000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 510 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10D521000 (11) Monto pagado. 10D522000 (12) Correspondiente al mes de: 10D523000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 10D524000 (12) Monto pagado. 10D525000 Cuál es su moneda funcional. 10D526000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 10D527000 Es importador de un sector en específico. 10D528000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. Índice Concepto Datos a proporcionar 1.- Estado de situación financiera Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) Activo 10010000000000 Efectivo y equivalentes de efectivo. 10010001000000 Cuentas de margen. Inversiones en instrumentos financieros 10010002000000 Instrumentos financieros negociables. 10010003000000 Instrumentos financieros para cobrar o vender. 10010004000000 Instrumentos financieros para cobrar principal e interés (valores) (neto). 10010005000000 Otras inversiones en instrumentos financieros. 10010006000000 Total de inversiones en instrumentos financieros. Inversiones en valores 10010007000000 Títulos para negociar. 10010008000000 Títulos disponibles para la venta. 10010009000000 Títulos conservados a vencimiento. 10010010000000 Otras inversiones en valores. 10010011000000 Total de inversiones en valores. 10010012000000 Deudores por reporto (saldo deudor). 10010013000000 Préstamo de valores. Instrumentos financieros derivados 10010014000000 Con fines de negociación. 10010015000000 Con fines de cobertura. 10010016000000 Total de instrumentos financieros derivados. 10010017000000 Ajustes de valuación por cobertura de activos financieros. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 511 Cartera de crédito vigente Créditos comerciales 10010018000000 Actividad empresarial o comercial. 10010019000000 Préstamos de liquidez a otras sociedades financieras populares o comunitarias. 10010020000000 Entidades financieras. 10010021000000 Entidades gubernamentales. 10010022000000 Documentados con garantía inmobiliaria. 10010023000000 Documentados con otras garantías. 10010024000000 Sin garantía. 10010025000000 Operaciones de factoraje financiero, descuento o cesión de derechos de crédito. 10010026000000 Operaciones de arrendamiento capitalizable. 10010027000000 Total de créditos comerciales. Créditos al consumo 10010028000000 Adquisición de bienes muebles. 10010029000000 Automotriz. 10010030000000 Otros bienes de consumo. 10010031000000 Total de créditos al consumo. 10010032000000 Créditos a la vivienda. 10010033000000 Otros créditos. 10010034000000 Total de cartera de crédito vigente. Cartera de crédito vencida Créditos comerciales 10010035000000 Actividad empresarial o comercial. 10010036000000 Préstamos de liquidez a otras sociedades financieras populares o comunitarias. 10010037000000 Entidades financieras. 10010038000000 Entidades gubernamentales. 10010039000000 Documentados con garantía inmobiliaria. 10010040000000 Documentados con otras garantías. 10010041000000 Sin garantía. 10010042000000 Operaciones de factoraje financiero, descuento o cesión de derechos de crédito. 10010043000000 Operaciones de arrendamiento capitalizable. 10010044000000 Total de créditos comerciales. Créditos al consumo 10010045000000 Adquisición de bienes muebles. 10010046000000 Automotriz. 10010047000000 Otros bienes de consumo. 10010048000000 Total de créditos al consumo. 512 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10010049000000 Créditos a la vivienda. 10010050000000 Otros créditos. 10010051000000 Total de cartera de crédito vencida. Cartera de crédito con riesgo de crédito Etapa 1 10010052000000 Actividad empresarial o comercial. 10010053000000 Entidades financieras. 10010054000000 Créditos comerciales. 10010055000000 Créditos de consumo. 10010056000000 Créditos a la vivienda. 10010057000000 Otros créditos. 10010058000000 Total cartera de crédito con riesgo de crédito etapa 1. Cartera de crédito con riesgo de crédito Etapa 2 10010059000000 Actividad empresarial o comercial. 10010060000000 Entidades financieras. 10010061000000 Créditos comerciales. 10010062000000 Créditos de consumo. 10010063000000 Créditos a la vivienda. 10010064000000 Otros créditos. 10010065000000 Total cartera de crédito con riesgo de crédito etapa 2. Cartera de crédito con riesgo de crédito Etapa 3 10010066000000 Actividad empresarial o comercial. 10010067000000 Entidades financieras. 10010068000000 Créditos comerciales. 10010069000000 Créditos de consumo. 10010070000000 Créditos a la vivienda. 10010071000000 Otros créditos. 10010072000000 Total cartera de crédito con riesgo de crédito etapa 3. 10010073000000 Total de cartera de crédito. 10010074000000 Cartera de crédito valuada a valor razonable. 10010075000000 Cartera de crédito. Más: menos 10010076000000 Partidas diferidas. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 513 Menos: 10010077000000 Estimación preventiva para riesgos crediticios. 10010078000000 Cartera de crédito (neto). 10010079000000 Derechos de cobro adquiridos. Menos: 10010080000000 Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro. 10010081000000 Derechos de cobro (neto). 10010082000000 Total de cartera de crédito (neto). 10010083000000 Beneficios por recibir en operaciones bursatilización. 10010084000000 Otras cuentas por cobrar (neto). 10010085000000 Inventario de mercancías. 10010086000000 Bienes adjudicados (neto). 10010087000000 Pagos anticipados y otros activos (neto). 10010088000000 Propiedades, mobiliario y equipo (neto). 10010089000000 Activos por derechos de uso de propiedades, mobiliario y equipo (neto). 10010090000000 Inversiones permanentes. 10010091000000 Activos de larga duración disponibles para la venta o para distribuir a los propietarios. 10010092000000 Activo por impuestos a la utilidad diferidos (neto). 10010093000000 Activos intangibles (neto). 10010094000000 Activos por derechos de uso de activos intangibles (neto). 10010095000000 Crédito mercantil. Impuestos y PTU diferidos 10010096000000 ISR diferido. 10010097000000 PTU diferida. 10010098000000 Total de impuestos y PTU diferidos. 514 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Otros activos 10010099000000 Cargos diferido. 10010100000000 Pagos anticipados. 10010101000000 Intangibles. 10010102000000 Otros activos a corto y largo plazo. 10010103000000 Total de otros activos. 10010104000000 Total activo. Pasivo y capital Pasivo Captación tradicional (para el caso de entidades de ahorro y crédito popular y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo) 10010105000000 Depósitos de exigibilidad inmediata. 10010106000000 Depósitos a plazo. 10010107000000 Títulos de crédito emitidos. 10010108000000 Cuentas sin movimiento. 10010109000000 Total de captación tradicional. 10010110000000 Pasivos bursátiles. Préstamos bancarios y de otros organismos 10010111000000 De corto plazo. 10010112000000 De largo plazo. 10010113000000 Total de préstamos bancarios y de otros organismos. 10010114000000 Acreedores por reporto. 10010115000000 Préstamo de valores. Colaterales vendidos 10010116000000 Reportos (saldo acreedor). 10010117000000 Préstamo de valores. 10010118000000 Instrumentos financieros derivados. 10010119000000 Otros colaterales vendidos. 10010120000000 Total de colaterales vendidos. Instrumentos financieros derivados 10010121000000 Con fines de negociación. 10010122000000 Con fines de cobertura. 10010123000000 Total de instrumentos financieros derivados. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 515 10010124000000 Ajustes de valuación por cobertura de pasivos financieros. 10010125000000 Obligaciones en operaciones de bursatilización. 10010126000000 Pasivo por arrendamiento. Otras cuentas por pagar. Contribuciones por pagar. 10010127000000 Impuesto sobre la Renta. 10010128000000 Impuesto al Activo. 10010129000000 Impuesto al Valor Agregado. 10010130000000 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. 10010131000000 Impuesto sobre Automóviles Nuevos. 10010132000000 Impuestos Locales. 10010133000000 Cuotas al seguro social. 10010134000000 Aportaciones al INFONAVIT. 10010135000000 Aportaciones al SAR. 10010136000000 Otros impuestos y contribuciones. 10010137000000 Total de contribuciones por pagar. 10010138000000 Impuestos a la utilidad por pagar. 10010139000000 Participación de los trabajadores en las utilidades por pagar. 10010140000000 Proveedores. 10010141000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar en asamblea de accionistas, consejo de administración o asamblea general de socios. 10010142000000 Acreedores por liquidación de operaciones. 10010143000000 Fondo de previsión social (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo). 10010144000000 Fondo de educación cooperativa (para el caso de entidades de ahorro y crédito popular y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo). 10010145000000 Acreedores por liquidación de operaciones (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo). 10010146000000 Acreedores por cuenta de margen. 10010147000000 Acreedores por colaterales recibidos en efectivo. 10010148000000 Acreedores diversos y otras cuentas por pagar. 10010149000000 Total de otras cuentas por pagar. 10010150000000 Impuesto al Valor Agregado no cobrado. Pasivos relacionados con grupos de activos mantenidos para la venta. Instrumentos financieros que califican como pasivo. 10010151000000 Obligaciones subordinadas en circulación. 10010152000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar en asamblea de accionistas. 10010153000000 Otros. 10010154000000 Obligaciones asociadas con el retiro de componentes de propiedades, mobiliario y equipo. 516 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Impuestos y PTU diferidos 10010155000000 ISR diferido. 10010156000000 PTU diferida. 10010157000000 Total de impuestos y PTU diferidos. 10010158000000 Pasivo por impuestos a la utilidad. 10010159000000 Pasivo por beneficios a los empleados. 10010160000000 Créditos diferidos y cobros anticipados. 10010161000000 Total pasivo. Capital contable Capital contribuido 10010162000000 Capital social. 10010163000000 Aportaciones de sociedades financieras comunitarias. 10010164000000 Patrimonio fundacional. 10010165000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su consejo de administración. 10010166000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas. 10010167000000 Certificados de aportación ordinarios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo). 10010168000000 Certificados excedentes voluntarios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo). 10010169000000 Certificados para capital de riesgo (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo). 10010170000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su asamblea general de socios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo). 10010171000000 Efecto por incorporación al régimen de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. 10010172000000 Prima en venta de acciones. 10010173000000 Instrumentos financieros que califican como capital. 10010174000000 Obligaciones subordinadas en circulación. 10010175000000 Efecto por incorporación al régimen de sociedades financieras populares. 10010176000000 Otras cuentas de capital contribuido. 10010177000000 Total de capital contribuido. Capital ganado 10010178000000 Reservas de capital. 10010179000000 Resultados acumulados. 10010180000000 Otros resultados integrales. 10010181000000 Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender. 10010182000000 Valuación de instrumentos financieros derivados de cobertura de flujos de efectivo. 10010183000000 Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 517 10010184000000 Fondo social de reserva. 10010185000000 Fondo de reserva comunitaria. 10010186000000 Fondo de reserva. 10010187000000 Otras reservas de capital. 10010188000000 Resultado de ejercicios anteriores. 10010189000000 Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta. 10010190000000 Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujo de efectivo. 10010191000000 Efecto acumulado por conversión. 10010192000000 Remediciones por beneficios definidos a los empleados. 10010193000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 10010194000000 Participación en ORI de otras entidades. 10010195000000 Otras cuentas de capital ganado. 10010196000000 Utilidad neta. 10010197000000 Pérdida neta. 10010198000000 Total de capital ganado. 10010199000000 Total participación controladora. 10010200000000 Total participación no controladora. 10010201000000 Total capital contable. 10010202000000 Total pasivo y capital contable. Cuentas de orden 10010203000000 Avales otorgados. 10010204000000 Activos y pasivos contingentes. 10010205000000 Compromisos crediticios. 10010206000000 Bienes en custodia o en administración. 10010207000000 Depósitos de bienes. 10010208000000 Colaterales recibidos por la entidad. 10010209000000 Colaterales recibidos y vendidos o dados en garantía por la entidad. 10010210000000 Rentas devengadas no cobradas derivadas de operaciones de arrendamiento operativo. 10010211000000 Bienes en fideicomiso o mandato. 1001021200000 Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito vencida. 10010213000000 Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito con riesgo de crédito etapa 3. 10010214000000 Otras cuentas de registro. 10010215000000 Total de cuentas de orden. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. 518 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 2.- Estado de resultado integral Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Total 2025 Partes relacionadas 2025 (Cifras en pesos) Nota: Para el llenado de este anexo es necesario capturar primero la información del anexo 6. 10020000000000 Ingresos por servicios. 10020001000000 Ingresos por intereses. Menos: 10020002000000 Gastos por maniobras. 10020003000000 Gastos por intereses. Más: menos: 10020004000000 Resultado por posición monetaria neto (margen financiero). 10020005000000 Margen financiero. 10020006000000 Estimación preventiva para riesgos crediticios. 10020007000000 Margen financiero ajustado por riesgos crediticios. Más: 10020008000000 Comisiones y tarifas cobradas. Menos: 10020009000000 Comisiones y tarifas pagadas. Más: menos: 10020010000000 Resultado por intermediación. 10020011000000 Resultado por arrendamiento operativo. 10020012000000 Otros ingresos (egresos) de la operación. Menos: 10020013000000 Gastos de administración y promoción. 10020014000000 Utilidad de la operación. 10020015000000 Pérdida de la operación. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 519 Más: menos: 10020016000000 Participación en el resultado de subsidiarias no consolidadas, asociadas y negocios conjuntos. 10020017000000 Utilidad antes de impuestos a la utilidad. 10020018000000 Pérdida antes de impuestos a la utilidad. 10020019000000 ISR causado. 10020020000000 ISR diferido. 10020021000000 Otros. Más: menos: 10020022000000 Utilidad antes de operaciones discontinuadas. 10020023000000 Pérdida antes de operaciones discontinuadas. Más: menos: 10020024000000 Operaciones discontinuadas. 10020025000000 Utilidad neta. 10020026000000 Pérdida neta. 10020027000000 Otros resultados integrales. 10020028000000 Participación en otros resultados integrales de otras entidades. 10020029000000 Resultado integral. Resultado neto atribuible a: 10020030000000 Participación controladora. 10020031000000 Participación no controladora. Resultado integral atribuible a: 10020032000000 Participación controladora. 10020033000000 Participación no controladora. 10020034000000 Utilidad básica por acción ordinaria. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Partes no relacionadas 2025 Total 2024 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 520 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Este anexo consta de 36 columnas y está dividido en nueve partes Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 3.- Estado de cambios en el capital contable Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Capital contribuido: capital social Capital contribuido: aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas (Cifras en pesos) 10030000000000 (Saldos al 31 de diciembre de 2023) 10030001000000 Ajustes retrospectivos por cambios contables. 10030002000000 Ajustes retrospectivos por correcciones de errores. 10030003000000 (Saldo al 31 de diciembre de 2023 ajustado). Movimientos de propietarios 10030004000000 Aportaciones de capital. 10030005000000 Reembolsos de capital. 10030006000000 Decreto de dividendos. 10030007000000 Capitalización de otros conceptos del capital contable. 10030008000000 Cambios en la participación controladora que no implican pérdida de control. 10030009000000 Suscripción de acciones. 10030010000000 Suscripción de certificados de aportación. 10030011000000 Capitalización de utilidades. 10030012000000 Constitución de reservas. 10030013000000 Traspaso del resultado neto a resultado de ejercicios anteriores. 10030014000000 Pago de dividendos o distribución de excedentes. 10030015000000 Otros. 10030016000000 Total. Movimientos de reservas 10030017000000 Reservas de capital. Resultado integral 10030018000000 Utilidad neta. 10030019000000 Pérdida neta. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 521 Otros resultados integrales 10030020000000 Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender. 10030021000000 Valuación de instrumentos financieros derivados de cobertura de flujos de efectivo. 10030022000000 Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición. 10030023000000 Efecto acumulado por conversión. 10030024000000 Remediciones por beneficios definidos a los empleados. 10030025000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 10030026000000 Participación en ORI de otras entidades. 10030027000000 Otros. 10030028000000 Total. 10030029000000 (Saldo al 31 de diciembre de 2024). 10030030000000 Ajustes retrospectivos por cambios contables. 10030031000000 Ajustes retrospectivos por correcciones de errores. 10030032000000 (Saldo al 31 de diciembre de 2024 ajustado). Movimientos de propietarios 10030033000000 Aportaciones de capital. 10030034000000 Reembolsos de capital. 10030035000000 Decreto de dividendos. 10030036000000 Capitalización de otros conceptos del capital contable. 10030037000000 Cambios en la participación controladora que no implican pérdida de control. 10030038000000 Suscripción de acciones. 10030039000000 Suscripción de certificados de aportación. 10030040000000 Capitalización de utilidades. 10030041000000 Constitución de reservas. 10030042000000 Traspaso del resultado neto a resultado de ejercicios anteriores. 10030043000000 Pago de dividendos o distribución de excedentes. 10030044000000 Otros. 10030045000000 Total. Movimientos de reservas 10030046000000 Reservas de capital. 522 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Resultado integral 10030047000000 Utilidad neta. 10030048000000 Pérdida neta. Otros resultados integrales 10030049000000 Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender. 10030050000000 Valuación de instrumentos financieros derivados de cobertura de flujos de efectivo. 10030051000000 Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición. 10030052000000 Efecto acumulado por conversión. 10030053000000 Remediciones por beneficios definidos a los empleados. 10030054000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 10030055000000 Participación en ORI de otras entidades. 10030056000000 Otros. 10030057000000 Total. 10030058000000 (Saldo al 31 de diciembre de 2025). Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Capital contribuido: aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su consejo de administración Capital contribuido: capital social: certificados de aportación ordinarios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo) Capital contribuido: capital social: certificados excedentes voluntarios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo) Capital contribuido: capital social: certificados para capital de riesgo (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo) Parte III Datos a proporcionar Capital contribuido: aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su asamblea general de socios (para el caso de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo) Capital contribuido: efecto por incorporación al régimen de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo Capital contribuido: prima en venta de acciones Capital contribuido: instrumentos financieros que califican como capital Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 523 Parte IV Datos a proporcionar Capital contribuido: obligaciones subordinadas en circulación Capital contribuido: aportaciones de sociedades financieras comunitarias Capital contribuido: patrimonio fundacional Capital contribuido: efecto por incorporación al régimen de sociedades financieras populares Parte V Datos a proporcionar Capital contribuido: otras cuentas de capital contribuido Capital ganado: reservas de capital Capital ganado: resultados acumulados Capital ganado: valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender Parte VI Datos a proporcionar Capital ganado: valuación de instrumentos financieros derivados de cobertura de flujos de efectivo Capital ganado: ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición Capital ganado: fondo de reserva Capital ganado: resultado de ejercicios anteriores Parte VII Datos a proporcionar Capital ganado: resultado por valuación de títulos disponibles para la venta Capital ganado: resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujo de efectivo Capital ganado: efecto acumulado por conversión Capital ganado: remediciones por beneficios definidos a los empleados Parte VIII Datos a proporcionar Capital ganado: resultado por tenencia de activos no monetarios (por valuación de activo fijo) Capital ganado: participación en ORI de otras entidades Capital ganado: otras cuentas de capital ganado Capital ganado: utilidad neta Parte IX Datos a proporcionar Capital ganado: pérdida neta Total participación de la controladora Total participación no controladora Total de capital contable Índice Concepto Datos a proporcionar 4.- Estado de flujos de efectivo Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) 10040000000000 Utilidad neta. 10040001000000 Pérdida neta. 524 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Ajustes por partidas asociadas con actividades de inversión 10040002000000 Pérdidas por deterioro o efecto por reversión del deterioro asociados a actividades de inversión. 10040003000000 Depreciaciones de propiedades, mobiliario y equipo. 10040004000000 Amortizaciones de activos intangibles. 10040005000000 Pérdidas o reversión de pérdidas por deterioro de activos de larga duración. 10040006000000 Provisiones. 10040007000000 Impuestos a la utilidad causados y diferidos. 10040008000000 Participación en el resultado neto de otras entidades. 10040009000000 Operaciones discontinuadas. 10040010000000 Otros ajustes por partidas asociadas con actividades de inversión. 10040011000000 Activos de larga duración mantenidos para la venta o para distribuir a los propietarios. Ajustes por partidas asociadas con actividades de financiamiento 10040012000000 Intereses asociados con préstamos bancarios y de otros organismos. 10040013000000 Intereses asociados con instrumentos financieros que califican como pasivo. 10040014000000 Intereses asociados con instrumentos financieros que califican como capital. 10040015000000 Otros intereses. 10040016000000 Suma. Cambios en partidas de operación 10040017000000 Cambios de préstamos bancarios y de otros organismos. 10040018000000 Cambio en cuentas de margen (instrumentos financieros derivados). 10040019000000 Cambio en inversiones en instrumentos financieros (valores) (neto). 10040020000000 Cambio en deudores por reporto (neto). 10040021000000 Cambio en préstamo de valores (activo) (aplicable únicamente para entidades vinculadas con instituciones de crédito). 10040022000000 Cambio en instrumentos financieros derivados (activo). 10040023000000 Cambio en cartera de crédito (neto). 10040024000000 Cambio en derechos de cobro adquiridos (neto). 10040025000000 Cambio en beneficios por recibir en operaciones de bursatilización. 10040026000000 Cambio en otras cuentas por cobrar (neto). 10040027000000 Cambio en bienes adjudicados (neto). 10040028000000 Cambio en inventario. 10040029000000 Cambio en otros activos operativos (neto). 10040030000000 Cambio en captación tradicional. 10040031000000 Cambio en pasivos bursátiles. 10040032000000 Cambio en acreedores por reporto. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 525 10040033000000 Cambio en préstamos bancarios y de otros organismos. 10040034000000 Cambio en colaterales vendidos o dados en garantía. 10040035000000 Cambio en instrumentos financieros derivados (pasivo). 10040036000000 Cambio en obligaciones en operaciones de bursatilización. 10040037000000 Cambio en obligaciones subordinadas con características de pasivo. 10040038000000 Cambio en otros pasivos operativos. 10040039000000 Cambio en instrumentos financieros derivados de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con actividades de operación). 10040040000000 Cobros de impuestos a la utilidad (devoluciones). 10040041000000 Cambio en activos/pasivos por beneficios a los empleados. 10040042000000 Cambio en otras cuentas por pagar. 10040043000000 Cambio en otras provisiones. 10040044000000 Devoluciones de impuestos a la utilidad. 10040045000000 Pagos de impuestos a la utilidad. 10040046000000 Otras partidas relacionadas con actividades de operación. 10040047000000 Flujos netos de efectivo de actividades de operación. Actividades de inversión 10040048000000 Pagos por instrumentos financieros a largo plazo. 10040049000000 Cobros por instrumentos financieros a largo plazo. 10040050000000 Cobros por disposición de propiedades, mobiliario y equipo. 10040051000000 Pagos por adquisición de propiedades, mobiliario y equipo. 10040052000000 Pagos por operaciones discontinuadas. 10040053000000 Cobros por operaciones discontinuadas. 10040054000000 Cobros por disposición de subsidiarias. 10040055000000 Pagos por adquisición de subsidiarias. 10040056000000 Cobros por disposición de asociadas, negocios conjuntos y otras inversiones permanentes. 10040057000000 Pagos por adquisición de asociadas, negocios conjuntos y otras inversiones permanentes. 10040058000000 Cobros de dividendos en efectivo de inversiones permanentes. 10040059000000 Pagos por adquisición de activos intangibles. 10040060000000 Cobros por disposición de activos intangibles. 10040061000000 Cobros por disposición de activos de larga duración disponibles para la venta. 10040062000000 Cobros por disposición de otros activos de larga duración. 10040063000000 Pagos por adquisición de otros activos de larga duración. 10040064000000 Cobros asociados con instrumentos financieros derivados de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con actividades de inversión). 10040065000000 Pagos asociados con instrumentos financieros derivados de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con actividades de inversión). 10040066000000 Otros cobros por actividades de inversión. 10040067000000 Otros pagos por actividades de inversión. 10040068000000 Otras partidas relacionadas con actividades de inversión. 10040069000000 Flujos netos de efectivo de actividades de inversión. 526 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Actividades de financiamiento 10040070000000 Cobros por la obtención de préstamos bancarios y de otros organismos. 10040071000000 Pagos de préstamos bancarios y de otros organismos. 10040072000000 Pagos de pasivo por arrendamiento. 10040073000000 Cobros por emisión de acciones. 10040074000000 Cobros por emisión de certificados de aportación. 10040075000000 Retiro de aportaciones. 10040076000000 Distribución de excedentes en efectivo y equivalentes de efectivo. 10040077000000 Pagos por reembolsos de capital social. 10040078000000 Pagos de dividendos en efectivo. 10040079000000 Pagos asociados a la recompra de acciones propias. 10040080000000 Cobros por la emisión de instrumentos financieros que califican como capital. 10040081000000 Pagos asociados a instrumentos financieros que califican como capital. 10040082000000 Cobros por la emisión de obligaciones subordinadas con características de capital. 10040083000000 Pagos asociados a obligaciones subordinadas con características de capital. 10040084000000 Cobros por la emisión de instrumentos financieros que califican como pasivo. 10040085000000 Pagos asociados con instrumentos financieros que califican como pasivo. 10040086000000 Pagos por intereses por pasivo por arrendamiento. 10040087000000 Cobros asociados con instrumentos financieros derivados de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con actividades de financiamiento). 10040088000000 Pagos asociados con instrumentos financieros derivados de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con actividades de financiamiento). 10040089000000 Otros cobros por actividades de financiamiento. 10040090000000 Otros pagos por actividades de financiamiento. 10040091000000 Otras partidas relacionadas con actividades de financiamiento. 10040092000000 Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento. 10040093000000 Incremento o disminución neta de efectivo y equivalentes de efectivo. Efectos por cambios en el valor del efectivo y equivalentes de efectivo 10040094000000 Efecto por conversión por haber utilizado distintos tipos de cambio para la conversión del saldo inicial, del saldo final y de los flujos de efectivo. 10040095000000 Efecto de las variaciones en el tipo de cambio del efectivo y equivalentes de efectivo mantenido o a pagar en moneda extranjera. 10040096000000 Efecto en los saldos de efectivo y equivalentes de efectivo por cambio en su valor resultantes de fluctuaciones en su valor razonable. 10040097000000 Efectos por inflación asociados con los saldos y los flujos de efectivo de cualquiera de las entidades que conforman la entidad económica consolidada bajo un entorno económico inflacionario. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 527 10040098000000 Otros efectos por cambios en el valor del efectivo y equivalentes de efectivo. 10040099000000 Total de efectos por cambios en el valor del efectivo y equivalentes de efectivo. 10040100000000 Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del periodo. 10040101000000 Efectivo y equivalentes de efectivo al final del periodo. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Concepto 4.1.- Notas a los estados financieros Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 5.- Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del Impuesto sobre la Renta Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Total 2025 Partes Relacionadas 2025 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya elegido algún tipo de sistema de costeo en el índice “10D026000”, del anexo de datos generales. Conforme al sistema de costeo absorbente, sobre la base de costos históricos o predeterminados para efectos fiscales y con los métodos de valuación de costo de adquisición y costo estándar para efectos contables 10050000000000 Inventario inicial de materia prima. Más: 10050001000000 Compras nacionales de materia prima. 10050002000000 Compras importación de materia prima. Menos: 10050003000000 Inventario final de materia prima. 10050004000000 Materia prima directa utilizada para la producción. 528 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Más: 10050005000000 Mano de obra directa. 10050006000000 Costo primo de la producción. Más: 10050007000000 Materia prima indirecta. 10050008000000 Mano de obra indirecta. 10050009000000 Gastos de fabricación. 10050010000000 Costo de producción. Más: 10050011000000 Inventario inicial de producción en proceso. 10050012000000 Compras de producción en proceso. Menos: 10050013000000 Inventario final de producción en proceso. 10050014000000 Costo de producción terminada. Más: 10050015000000 Inventario inicial de productos terminados. 10050016000000 Compras de productos terminados. Menos: 10050017000000 Inventario final de productos terminados. 10050018000000 Efecto ueps eliminado del costo de ventas. 10050019000000 Otros conceptos de costo de ventas. 10050020000000 Costo de ventas contable. 10050021000000 Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF B-10. 10050022000000 Costo de lo vendido contable histórico. Menos: 10050023000000 Compras de materias primas, producción en proceso y terminada no deducibles. 10050024000000 Mano de obra no deducible. 10050025000000 Gastos de fabricación no deducibles. 10050026000000 Depreciación contable en gastos de fabricación. 10050027000000 Otros conceptos no deducibles. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 529 Más: 10050028000000 Depreciación fiscal de inversiones relacionadas con la producción. 10050029000000 Otros conceptos deducibles. 10050030000000 Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta. Conforme a un sistema distinto al anterior 10050031000000 Gastos de fabricación. 10050032000000 Otros conceptos de costo de ventas. 10050033000000 Costo de ventas contable. 10050034000000 Más-menos: efecto de la inflación conforme a la NIF B-10. 10050035000000 Costo de lo vendido contable histórico. Menos: 10050036000000 Conceptos no deducibles sin incluir depreciación. 10050037000000 Depreciación contable. Más: 10050038000000 Depreciación fiscal. 10050039000000 Otros conceptos deducibles. 10050040000000 Costo de lo vendido deducible para Impuesto sobre la Renta. Parte II Datos a proporcionar Partes no relacionadas 2025 Total 2024 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 6.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) 530 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Ingresos por servicios 10060000000000 De almacenaje. 10060001000000 De manejo de seguros. 10060002000000 De maniobras. 10060003000000 De fumigación. 10060004000000 De clasificación y criba. 10060005000000 De maquilas. 10060006000000 De alquiler de envases. 10060007000000 De transformación de productos. 10060008000000 De otros ingresos por servicios. 10060009000000 Incremento por actualización de ingresos por servicios. 10060010000000 Total de ingresos por servicios. Ingresos por intereses Intereses de disponibilidades 10060011000000 Bancos. 10060012000000 Disponibilidades restringidas o dadas en garantía. 10060013000000 Otros. 10060014000000 Total de intereses de disponibilidades. Intereses y rendimientos a favor provenientes de cuentas de margen 10060015000000 Efectivo. 10060016000000 Valores. 10060017000000 Otros activos. 10060018000000 Total de intereses y rendimientos a favor provenientes de cuentas de margen. Intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores. 10060019000000 Por títulos para negociar. 10060020000000 Por títulos disponibles para la venta. 10060021000000 Por títulos conservados a vencimiento. 10060022000000 Otros. 10060023000000 Total de intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores. 10060024000000 Intereses y rendimientos a favor en operaciones de reporto. 10060025000000 Ingresos provenientes de operaciones de cobertura. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 531 Intereses de cartera de crédito vigente 10060026000000 Actividad empresarial o comercial. 10060027000000 Préstamos de liquidez a otras sociedades financieras populares o comunitarias. 10060028000000 Créditos de consumo. 10060029000000 Entidades financieras. 10060030000000 Entidades gubernamentales. 10060031000000 Créditos a la vivienda. 10060032000000 Documentos con garantía inmobiliaria. 10060033000000 Documentos con otras garantías. 10060034000000 Sin garantía. 10060035000000 Otros. 10060036000000 Total de intereses de cartera de crédito vigente. Intereses cobrados de cartera de crédito vencida 10060037000000 Actividad empresarial o comercial. 10060038000000 Préstamos de liquidez a otras sociedades financieras populares o comunitarias. 10060039000000 Créditos de consumo. 10060040000000 Entidades financieras. 10060041000000 Entidades gubernamentales. 10060042000000 Créditos a la vivienda. 10060043000000 Documentos con garantía inmobiliaria. 10060044000000 Documentos con otras garantías. 10060045000000 Sin garantía. 10060046000000 Otros. 10060047000000 Total de intereses cobrados de cartera de crédito vencida. Comisiones por el otorgamiento inicial del crédito 10060048000000 Actividad empresarial o comercial. 10060049000000 Créditos de consumo. 10060050000000 Entidades financieras. 10060051000000 Créditos a la vivienda. 10060052000000 Documentos con garantía inmobiliaria. 10060053000000 Documentos con otras garantías. 10060054000000 Sin garantía. 10060055000000 Operaciones de factoraje financiero, descuento o cesión de derechos de crédito. 10060056000000 Operaciones de arrendamiento capitalizable. 10060057000000 Préstamos a otras uniones de crédito. 10060058000000 Otros. 10060059000000 Total de comisiones por el otorgamiento inicial del crédito. 10060060000000 Premios e intereses a favor en préstamo de valores. 10060061000000 Premios por colocación de deuda. 10060062000000 Dividendos de instrumentos de patrimonio neto. 532 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Utilidad por valorización 10060063000000 Utilidad en cambios por valorización. 10060064000000 Valorización de instrumentos indizados. 10060065000000 Valorización de partidas en udis. 10060066000000 Valorización de créditos en vsm. 10060067000000 Otros. 10060068000000 Total de utilidad por valorización. 10060069000000 Incremento por actualización de ingresos por intereses. 10060070000000 Total de ingresos por intereses. Gastos por maniobras 10060071000000 En bodegas propias. 10060072000000 En bodegas habilitadas. 10060073000000 Otros. 10060074000000 Incremento por actualización de gastos por maniobras. 10060075000000 Total de gastos por maniobras. Gastos por intereses 10060076000000 Intereses por pasivos bursátiles. 10060077000000 Intereses por depósitos de exigibilidad inmediata. 10060078000000 Intereses por depósitos a plazo. 10060079000000 Intereses a cargo asociados con cuentas de captación sin movimiento. 10060080000000 Intereses por títulos de crédito emitidos. 10060081000000 Intereses por préstamos bancarios, de socios y de otros organismos. 10060082000000 Intereses por obligaciones subordinadas. 10060083000000 Gastos provenientes de operaciones de cobertura. 10060084000000 Intereses y rendimientos a cargo en operaciones de reporto. 10060085000000 Sobre precio pagado en inversiones en valores. 10060086000000 Premios e intereses a cargo en préstamo de valores. 10060087000000 Descuentos por colocación de deuda. 10060088000000 Gastos de emisión por colocación de deuda. 10060089000000 Costos y gastos asociados con el otorgamiento del crédito. 10060090000000 Otros. Pérdida por valorización 10060091000000 Pérdida en cambios por valorización. 10060092000000 Valorización de instrumentos indizados. 10060093000000 Valorización de partidas en udis. 10060094000000 Otros. 10060095000000 Total de pérdida por valorización Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 533 10060096000000 Incremento por actualización de gastos por intereses. 10060097000000 Total de gastos por intereses. Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) 10060098000000 Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo deudor). 10060099000000 Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo acreedor). 10060100000000 Incremento por actualización del resultado por posición monetaria neto (margen financiero). 10060101000000 Total de resultado por posición monetaria neto (margen financiero). Estimación preventiva para riesgos crediticios 10060102000000 Estimación preventiva para riesgos crediticios derivados de la calificación. Estimación preventiva para riesgos crediticios derivada de la metodología establecida por la administración 10060103000000 Actividad empresarial o comercial. 10060104000000 Préstamos de liquidez a otras sociedades financieras populares o comunitarias. 10060105000000 Créditos de consumo. 10060106000000 Entidades financieras. 10060107000000 Créditos a la vivienda. 10060108000000 Otros adeudos vencidos. 10060109000000 Total de estimación preventiva para riesgos crediticios derivada de la metodología establecida por la administración. Estimación preventiva para riesgos crediticios adicional 10060110000000 Por intereses devengados sobre créditos vencidos. 10060111000000 Para cobertura de riesgo sobre cartera de vivienda vencida. 10060112000000 Por riesgos operativos (sociedades de información crediticia). 10060113000000 Ordenada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. 10060114000000 Reconocida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. 10060115000000 Operaciones contingentes y avales. 10060116000000 Ordenada por la federación. 10060117000000 Otras estimaciones. 10060118000000 Total de estimación preventiva para riesgos crediticios adicional. 10060119000000 Incremento por actualización de estimación preventiva para riesgos crediticios. 10060120000000 Total de estimación preventiva para riesgos crediticios. Comisiones y tarifas cobradas 10060121000000 Operaciones de crédito. 10060122000000 Avales. 10060123000000 Aceptaciones por cuentas de terceros. 534 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10060124000000 Apertura de cuenta. 10060125000000 Manejo de cuenta. 10060126000000 Transferencia de fondos. 10060127000000 Operaciones de mandato. 10060128000000 Cartas de crédito sin refinanciamiento. 10060129000000 Compraventa de valores. 10060130000000 Actividades fiduciarias. 10060131000000 Administración de bienes. 10060132000000 Custodia o administración de bienes. 10060133000000 Alquiler de cajas de seguridad. 10060134000000 Otras comisiones y tarifas cobradas. 10060135000000 Incremento por actualización de comisiones y tarifas cobradas. 10060136000000 Total de comisiones y tarifas cobradas. Comisiones y tarifas pagadas 10060137000000 Socaps corresponsales. 10060138000000 Por servicios. 10060139000000 Comisionistas. 10060140000000 Compra venta de valores. 10060141000000 Transferencia de fondos. 10060142000000 Préstamos recibidos. 10060143000000 Colocación de deuda. 10060144000000 Otras comisiones y tarifas pagadas. 10060145000000 Incremento por actualización de comisiones y tarifas pagadas. 10060146000000 Total de comisiones y tarifas pagadas. Resultado por intermediación Resultado por valuación a valor razonable 10060147000000 Títulos para negociar. 10060148000000 Derivados con fines de negociación. 10060149000000 Derivados con fines de cobertura. 10060150000000 De títulos disponibles para la venta en coberturas de valor razonable. 10060151000000 Colaterales vendidos. 10060152000000 Otros. 10060153000000 Total de resultado por valuación a valor razonable Pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro de títulos y derivados 10060154000000 Títulos disponibles para la venta. 10060155000000 Títulos conservados a vencimiento. 10060156000000 Derivados. 10060157000000 Total de pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro de títulos derivados. 10060158000000 Resultado por valuación de divisas. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 535 Resultado por compraventa de valores 10060159000000 Títulos para negociar. 10060160000000 Títulos disponibles para la venta. 10060161000000 Títulos conservados a vencimiento. 10060162000000 Derivados con fines de negociación. 10060163000000 Derivados con fines de cobertura. 10060164000000 Otros. 10060165000000 Total de resultado por compraventa de valores e instrumentos financieros derivados. 10060166000000 Resultado por compraventa de divisas. Costos de transacción 10060167000000 Por títulos para negociar. 10060168000000 Por compra venta de derivados. 10060169000000 Total de costo de transacción. 10060170000000 Resultado por venta de colaterales recibidos. 10060171000000 Incremento por actualización del resultado por intermediación. 10060172000000 Total de resultado por intermediación. Otros ingresos (egresos) de la operación 10060173000000 Recuperación de cartera de crédito. Recuperaciones 10060174000000 Impuestos. 10060175000000 Derechos de cobro. 10060176000000 Exceso en beneficios por recibir en operaciones de bursatilización. 10060177000000 Deudores por servicio. 10060178000000 Otras recuperaciones. 10060179000000 Total de recuperaciones. 10060180000000 Ingresos por adquisición de cartera de crédito. 10060181000000 Gastos por adquisición de cartera de crédito. 10060182000000 Utilidad por cesión de cartera de crédito. 10060183000000 Pérdida por cesión de cartera de crédito. 10060184000000 Ingresos por opción de compra en operaciones de arrendamiento capitalizable. 10060185000000 Ingresos por participación del precio de venta en operaciones de arrendamiento capitalizable. 10060186000000 Costo financiero por arrendamiento capitalizable. 10060187000000 Cancelación de excedentes de estimación preventiva para riesgos crediticios. 10060188000000 Afectaciones a la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro. 536 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Quebrantos 10060189000000 Por falta de sucursales. 10060190000000 Fraudes. 10060191000000 Siniestros. 10060192000000 Otros quebrantos. 10060193000000 Total de quebrantos. Dividendos de inversiones permanentes 10060194000000 Dividendos de otras inversiones permanentes. 10060195000000 Dividendos de inversiones permanentes en asociación disponibles para la venta. 10060196000000 Total de dividendos de inversiones permanentes. 10060197000000 Donativos. 10060198000000 Pérdida por adjudicación de bienes. 10060199000000 Resultado en venta de bienes adjudicados. 10060200000000 Resultado por valuación de bienes adjudicados. 10060201000000 Estimación por pérdida de valor de bienes adjudicados. 10060202000000 Pérdida en custodia y administración de bienes. 10060203000000 Pérdida en operaciones de fideicomiso. 10060204000000 Pérdida en operaciones de mandato. 10060205000000 Pérdida en administración de bienes. Pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro 10060206000000 De bienes inmuebles. 10060207000000 De crédito mercantil. 10060208000000 De otras inversiones permanentes valuadas a costo. 10060209000000 De otros activos de larga duración. 10060210000000 De otros activos. 10060211000000 Total de pérdida por deterioro o efecto por reversión del deterioro. 10060212000000 Intereses por certificados de excedentes o voluntarios. 10060213000000 Afectaciones a la reserva de contingencia para cubrir reclamaciones por faltantes de mercancías. 10060214000000 Intereses a cargo en financiamiento para adquisición de activos. 10060215000000 Cancelación de la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro. 10060216000000 Cancelación de otras cuentas de pasivo. 10060217000000 Utilidad proveniente de contratos de asociación en participación. 10060218000000 Intereses a favor provenientes de préstamos a funcionarios y empleados. 10060219000000 Utilidad por valuación de los beneficios por recibir en operaciones de bursatilización. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 537 10060220000000 Utilidad por valuación del activo por administración de activos transferidos. 10060221000000 Utilidad por valuación del pasivo por administración de activos transferidos. 10060222000000 Ingresos por arrendamiento. 10060223000000 Ventas. 10060224000000 Ingresos. 10060225000000 Costo de ventas. 10060226000000 Otros renglones de productos del departamento especial. 10060227000000 Pérdida en venta de propiedades, mobiliario y equipo. 10060228000000 Utilidad en venta de propiedades, mobiliario y equipo. 10060229000000 Cancelación de operaciones sin movimiento. 10060230000000 Pérdida por valuación de los beneficios por recibir en operaciones de bursatilización. 10060231000000 Estimación para la obsolescencia de inventarios. 10060232000000 Resultado en beneficios por recibir en operaciones de bursatilización. 10060233000000 Resultado por posición monetaria originado por partidas no relacionadas con el margen financiero. 10060234000000 Resultado por valorización de partidas no relacionadas con el margen financiero. 10060235000000 Otras partidas de los ingresos (egresos) de la operación. 10060236000000 Incremento por actualización de otros ingresos (egresos) de la operación. 10060237000000 Total de otros ingresos (egresos) de la operación. Gastos de administración y promoción 10060238000000 Beneficios directos de corto plazo. Costo neto del periodo derivado de beneficios a los empleados 10060239000000 Beneficios directos a largo plazo. Beneficios post-empleo 10060240000000 Pensiones. 10060241000000 Prima de antigüedad. 10060242000000 Otros beneficios post-empleo. 10060243000000 Total de beneficios al retiro. Beneficios por terminación 10060244000000 Beneficios por terminación por causas distintas a la reestructuración. 10060245000000 Beneficios por terminación por causa de reestructuración. 10060246000000 Total de beneficios por terminación. 538 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Participación de los trabajadores en las utilidades 10060247000000 Participación de los trabajadores en las utilidades causada. 10060248000000 Participación de los trabajadores en las utilidades diferida. 10060249000000 Estimación por participación de los trabajadores en las utilidades diferida no recuperable. 10060250000000 Total de participación de los trabajadores en las utilidades. 10060251000000 Sueldos, salarios y prestaciones a trabajadores con discapacidad y/o adultos mayores. 10060252000000 Honorarios. 10060253000000 Rentas. 10060254000000 Seguros y fianzas. 10060255000000 Gastos de promoción y publicidad. 10060256000000 Portaciones al fondo de protección. 10060257000000 Impuestos y derechos diversos. 10060258000000 Gastos no deducibles. 10060259000000 Gastos en tecnología. 10060260000000 Depreciaciones. 10060261000000 Uso o goce temporal de automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos con motor de combustión interna o accionado por hidrogeno. 10060262000000 Monto deducible de los pagos efectuados por el uso o goce temporal de automóviles. 10060263000000 Amortizaciones. 10060264000000 Gastos por asistencia técnica. 10060265000000 Gastos por mantenimiento. 10060266000000 Fletes y acarreos pagados a personas físicas. 10060267000000 Fletes y acarreos pagados a personas morales. 10060268000000 Consumibles y enseres menores. 10060269000000 Pérdida por créditos incobrables. 10060270000000 Consumo en restaurantes. 10060271000000 Pérdida por operaciones financieras derivadas. 10060272000000 Deducción por concepto de ayuda alimentaria para los trabajadores. 10060273000000 Otros gastos de administración y promoción. 10060274000000 Incremento por actualización de gastos de administración y promoción. 10060275000000 Total de gastos de administración. Parte II Datos a proporcionar Partes relacionadas 2025 Partes no relacionadas 2025 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Parte III Datos a proporcionar Acumulables o deducibles para ISR 2025 Acumulables o deducibles para ISR 2024 No acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2025 No acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR 2024 Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 539 Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 7.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Base gravable Tasa, tarifa o cuota (Cifras en pesos) Contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo Impuesto sobre la Renta (ISR) 10070000000000 Impuesto sobre la Renta. 10070001000000 Otras reducciones del ISR. 10070002000000 ISR causado en el ejercicio. 10070003000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por proyectos en investigación y desarrollo tecnológico autorizado en ejercicios anteriores. 10070004000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional de ejercicios anteriores. 10070005000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal a proyectos de inversión en las artes de ejercicios anteriores. 10070006000000 Estímulo por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional. 10070007000000 Estímulo a proyectos de inversión en las artes. 10070008000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2025. 10070009000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2024. 10070010000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2023. 10070011000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2022. 10070012000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2021. 10070013000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2020. 10070014000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2019. 10070015000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2018. 10070016000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2017. 10070017000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2016. 10070018000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2015. 10070019000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2014. 10070020000000 Monto pendiente de aplicar por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico". 540 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10070021000000 Estímulo por la inversión en proyectos y programas para el deporte de alto rendimiento. 10070022000000 Monto pendiente de aplicar por la inversión en proyectos y programas para el deporte de alto rendimiento. 10070023000000 Ingresos obtenidos por apoyos gubernamentales. 10070024000000 Monto pendiente de aplicar del estímulo por la inversión en equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos. 10070025000000 Monto del estímulo fiscal por biodiesel y sus mezclas. 10070026000000 Otros estímulos. 10070027000000 Total de estímulos. 10070028000000 Pagos provisionales efectuados enterados a la federación. 10070029000000 ISR retenido al contribuyente. 10070030000000 ISR acreditable pagado en el extranjero. 10070031000000 ISR acreditable por dividendos o utilidades distribuidos. 10070032000000 Otras cantidades a cargo. 10070033000000 Otras cantidades a favor. 10070034000000 Diferencia a cargo. 10070035000000 Diferencia a favor. 10070036000000 Impuesto sobre la Renta a cargo del ejercicio. 10070037000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018, aplicado en el ejercicio 2025. 10070038000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado en el ejercicio 2025. 10070039000000 Impuesto sobre la Renta pagado en declaraciones anual, normal y complementarias. 10070040000000 Diferencia a cargo del ejercicio. 10070041000000 ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU. 10070042000000 Saldo a favor del ejercicio. Otros datos 10070043000000 Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. 10070044000000 Impuesto sobre la renta sobre dividendos distribuidos no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE. 10070045000000 Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos provenientes de CUFINRE. Impuesto al Valor Agregado (IVA) 10070046000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%. 10070047000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 0%. 10070048000000 Suma del valor de los actos o actividades gravados. 10070049000000 Valor de los actos o actividades por los que no se está obligado al pago (exentos). 10070050000000 Total del valor de los actos o actividades. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 541 10070051000000 Valor de los actos o actividades no objeto. 10070052000000 Suma del IVA causado de los meses del ejercicio. 10070053000000 Suma del IVA acreditable de los meses del ejercicio sin incluir saldos a favor. 10070054000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018, aplicado en el ejercicio 2025. 10070055000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado en el ejercicio 2025. 10070056000000 Suma de compensaciones aplicadas al IVA de otras contribuciones federales en los meses del ejercicio. 10070057000000 Suma de acreditamientos de saldos a favor de IVA. 10070058000000 Suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio. 10070059000000 Acreditamiento del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA). 10070060000000 Incremento del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA). 10070061000000 Reintegro del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA). 10070062000000 Monto de los servicios de tecnologías de la información prestados en el extranjero considerados como exportados y sujetos a la tasa del 0% del IVA (para los efectos del artículo 29, fracción IV, inciso i) de la LIVA). Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) 10070063000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30 % (juegos con apuestas y sorteos). 10070064000000 Suma del IEPS causado de los meses del ejercicio. 10070065000000 Suma de compensaciones aplicadas al IEPS de otras contribuciones federales en los meses del ejercicio. 10070066000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. 10070067000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. Impuestos al Comercio Exterior 10070068000000 Impuesto general de importación. 10070069000000 Impuesto general de exportación. 10070070000000 Total de impuestos al comercio exterior. 542 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Aportaciones de seguridad social 10070071000000 Cuotas obrero patronales al IMSS. 10070072000000 Aportaciones al INFONAVIT. 10070073000000 Aportaciones al seguro de retiro. Derechos por los servicios que presta 10070074000000 Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). 10070075000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos). 10070076000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de Derechos). 10070077000000 Otros especificar concepto. Contribuciones de las que es retenedor: Impuesto sobre la Renta (ISR) Por pagos a residentes en el país 10070078000000 Por salarios. 10070079000000 Honorarios al 35% art. 96 de la LISR. 10070080000000 Premios. 10070081000000 Honorarios al 10%. 10070082000000 Arrendamiento al 10%. 10070083000000 Enajenación de otros bienes al 20%. 10070084000000 Intereses al 0.08%, sobre el monto del capital. 10070085000000 Intereses al 20%. 10070086000000 Comisiones. 10070087000000 Intereses y ganancia cambiaria al 35%. 10070088000000 Por dividendos al 10%. 10070089000000 Otros. 10070090000000 Total de ISR retenido a residentes en el país. Por pagos a residentes en el extranjero 10070091000000 Salarios al 15%. 10070092000000 Salarios al 30%. 10070093000000 Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 15%. 10070094000000 Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 30%. 10070095000000 Honorarios al 25%. 10070096000000 Regalías al 5%. 10070097000000 Regalías al 10%. 10070098000000 Regalías al 25%. 10070099000000 Regalías al 35%. 10070100000000 Asistencia técnica. 10070101000000 Mediaciones. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 543 10070102000000 Arrendamiento de inmuebles. 10070103000000 Arrendamiento de muebles al 25%. 10070104000000 Intercambio de deuda pública por capital. 10070105000000 Arrendamiento financiero. 10070106000000 Premios. 10070107000000 Servicio turístico de tiempo compartido. 10070108000000 Intereses al 4.9%. 10070109000000 Intereses al 10%. 10070110000000 Intereses al 15%. 10070111000000 Intereses al 21%. 10070112000000 Intereses al 35%. 10070113000000 Enajenación de inmuebles. 10070114000000 Enajenación de acciones. 10070115000000 Operaciones financieras derivadas de capital. 10070116000000 Operaciones financieras derivadas de deuda. 10070117000000 Construcción de obra, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles. 10070118000000 Contrato de fletamento. 10070119000000 Espectáculos públicos, artísticos y deportivos. 10070120000000 Por dividendos al 10%. 10070121000000 Otros. 10070122000000 Total de ISR retenido a residentes en el extranjero. Impuesto al Valor Agregado (IVA) 10070123000000 Servicios personales independientes prestados por personas físicas. 10070124000000 Uso o goce temporal de bienes prestados u otorgados por personas físicas. 10070125000000 Servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas físicas o morales. 10070126000000 Servicios prestados por comisionistas personas físicas. 10070127000000 Adquisición, o uso o goce temporal de bienes tangibles, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país. 10070128000000 Otros. 10070129000000 Total de IVA retenido. Otras contribuciones retenidas 10070130000000 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido. 10070131000000 Otros. Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de saldos a favor provenientes de: A valor histórico de: 10070132000000 Impuesto al Valor Agregado. 10070133000000 Impuesto sobre la Renta. 10070134000000 Otras contribuciones federales. 544 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 A valor actualizado de: 10070135000000 Impuesto al Valor Agregado. 10070136000000 Impuesto sobre la Renta. 10070137000000 Otras contribuciones federales. Compensaciones efectuadas durante el ejercicio aplicadas a: 10070138000000 Impuesto al Valor Agregado propio proveniente de Impuesto al Valor Agregado propio. 10070139000000 Impuesto sobre la Renta propio proveniente de Impuesto sobre la Renta propio. 10070140000000 Otras contribuciones federales. Devoluciones obtenidas en el ejercicio 10070141000000 Otras contribuciones federales. De: 10070142000000 Impuesto al Valor Agregado. 10070143000000 Impuesto sobre la Renta. 10070144000000 Otras contribuciones federales. Parte II Datos a proporcionar Contribución determinada por auditoría a cargo o a favor Contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente Diferencia Diferencias no materiales no investigadas por auditoría Concepto 7.1.- Declaratoria Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 8.- Relación de contribuciones por pagar Al 31 de diciembre de 2025 Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado Importe proveniente de ejercicios anteriores (Cifras en pesos) Impuesto sobre la Renta causado como sujeto directo 10080000000000 Determinado por el contribuyente (del ejercicio). 10080001000000 Diferencia determinada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 545 Pagos provisionales y/o definitivos determinados por el contribuyente por concepto de: Impuesto sobre la Renta pagos provisionales propios 10080002000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en su carácter de retenedor 10080003000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de honorarios en su carácter de retenedor 10080004000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de arrendamientos en su carácter de retenedor 10080005000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de intereses en su carácter de retenedor 10080006000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta (otras retenciones a residentes en México) en su carácter de retenedor 10080007000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta sobre dividendos como sujeto directo 10080008000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta regímenes fiscales preferentes como sujeto directo 10080009000000 Correspondiente al ejercicio de: Impuesto sobre la Renta por pagos al extranjero en su carácter de retenedor 10080010000000 Correspondiente al mes de: 546 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Información determinada por el contribuyente: Impuesto al Activo como sujeto directo 10080011000000 Correspondiente al ejercicio de: (especifique el ejercicio). Impuesto al Valor Agregado causado como sujeto directo 10080012000000 Correspondiente al mes de: Impuesto al Valor Agregado en su carácter de retenedor 10080013000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios causado como sujeto directo 10080014000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en su carácter de retenedor 10080015000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre Automóviles nuevos 10080016000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social 10080017000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores 10080018000000 Correspondiente al bimestre de: Aportaciones al seguro de retiro 10080019000000 Correspondiente al bimestre de: Impuestos Locales 10080020000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Sobre Nóminas 10080021000000 Correspondiente al mes de: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 547 Derechos por los servicios que presta 10080022000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos) correspondiente al mes de: 10080023000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de Derechos). 10080024000000 La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). 10080025000000 Otros especificar concepto y periodo al que corresponde: Otras contribuciones 10080026000000 Especificar concepto y periodo al que corresponde: Diferencias no consideradas por el contribuyente en el ejercicio fiscal dictaminado: 10080027000000 Diferencia determinada por dictamen no considerada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado). Impuesto sobre la Renta pagos provisionales 10080028000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta retenciones a residentes en México 10080029000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta retenciones a residentes en el extranjero 10080030000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta sobre dividendos 10080031000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta regímenes fiscales preferentes como sujeto directo 10080032000000 Correspondiente al ejercicio. Impuesto al Valor Agregado como sujeto directo 548 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10080033000000 Correspondiente al mes de: Impuesto al Valor Agregado en su carácter de retenedor 10080034000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios como sujeto directo 10080035000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en su carácter de retenedor 10080036000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre Automóviles Nuevos 10080037000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social 10080038000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores 10080039000000 Correspondiente al bimestre de: Aportaciones al seguro de retiro 10080040000000 Correspondiente al bimestre de: Impuestos Locales 10080041000000 Correspondiente al mes de: Derechos 10080042000000 Correspondiente al derecho. Otras contribuciones 10080043000000 Especificar concepto y periodo al que corresponde: 10080044000000 Total. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 549 Parte II Datos a proporcionar Total de contribuciones por pagar Importe de la contribución en litigio Fecha de pago Institución de crédito o SAT Número de la operación Parte III Datos a proporcionar Pago en parcialidades (datos del escrito libre) número de folio Pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación Pago en parcialidades (datos del escrito libre) administración receptora Oficio de autorización de pago en parcialidades número Oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha Índice Concepto Datos a proporcionar 9.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2025 2024 (Cifras en pesos) 10090000000000 Utilidad neta. 10090001000000 Pérdida neta. Más-menos: 10090002000000 Efecto de la inflación de la NIF B-10. 10090003000000 Resultado por posición monetaria favorable. 10090004000000 Resultado por posición monetaria desfavorable. 10090005000000 Utilidad neta histórica. 10090006000000 Pérdida neta histórica. Más: 10090007000000 Ingresos fiscales no contables. 10090008000000 Deducciones contables no fiscales. Menos: 10090009000000 Deducciones fiscales no contables. 10090010000000 Ingresos contables no fiscales. 10090011000000 Pérdida fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones. 10090012000000 Utilidad fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones. 550 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10090013000000 Pérdida en enajenación de acciones. 10090014000000 Pérdida fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio. 10090015000000 Utilidad fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio. Más o menos: 10090016000000 PTU pagada en el ejercicio. 10090017000000 Pérdida fiscal del ejercicio. 10090018000000 Utilidad fiscal del ejercicio. 10090019000000 Deducción adicional del fomento al primer empleo del ejercicio (para los efectos del artículo noveno fracción XXXVII de las disposiciones transitorias de la LISR para 2014). 10090020000000 Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores. 10090021000000 Resultado fiscal. Ingresos fiscales no contables 10090022000000 Ajuste anual por inflación acumulable. 10090023000000 Utilidad fiscal en enajenación de inmuebles. 10090024000000 Utilidad fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles. 10090025000000 Utilidad fiscal por reembolso de capital. 10090026000000 Utilidad fiscal en enajenación de mobiliario y equipo. 10090027000000 Intereses moratorios efectivamente cobrados. 10090028000000 Inventario acumulable. 10090029000000 Anticipo a clientes. 10090030000000 Utilidad cambiaria fiscal. 10090031000000 Ingreso acumulable fiscal por disminución de la reserva de contingencia. 10090032000000 Utilidad fiscal en enajenación de bienes adjudicados. 10090033000000 Utilidad fiscal en fideicomisos. 10090034000000 Ajuste de precios de transferencia. 10090035000000 Resultado por liquidación de operaciones derivadas en efectivo. 10090036000000 Resultado por liquidación de operaciones derivadas en especie. 10090037000000 Resultado por compraventa de divisas. 10090038000000 Otros ingresos fiscales no contables. 10090039000000 Total de ingresos fiscales no contables. Deducciones contables no fiscales 10090040000000 Impuesto sobre la Renta. 10090041000000 Participación de las utilidades. 10090042000000 Gastos por atención a clientes. 10090043000000 Donativos. 10090044000000 Sanciones, indemnizaciones y penas convencionales. 10090045000000 Depreciación contable. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 551 10090046000000 Gastos de automóviles de uso no indispensable para los fines del negocio. 10090047000000 Impuesto al Valor Agregado. 10090048000000 Pérdida contable en enajenación de inmuebles, mobiliario y equipo. 10090049000000 Pérdida contable en enajenación de acciones y/o intangibles. 10090050000000 Honorarios y rentas de personas físicas no pagadas al cierre del ejercicio. 10090051000000 Estimación no deducible por baja de valores. 10090052000000 Rentas pagadas por arrendamiento financiero. 10090053000000 Amortización contable de transferencia de tecnología. 10090054000000 Pérdida en participación subsidiaria. 10090055000000 Intereses devengados que exceden del valor de mercado y moratorios pagados o no. 10090056000000 Gastos no deducibles. 10090057000000 Multas. 10090058000000 Compras de materias primas, de producción en proceso y de artículos terminados no deducibles. 10090059000000 Mano de obra no deducible. 10090060000000 Gastos de fabricación no deducibles. 10090061000000 Amortización contable. 10090062000000 Provisiones. 10090063000000 Pérdida cambiaria. 10090064000000 Estimaciones. 10090065000000 Costo de lo vendido contable. 10090066000000 Pérdida contable en enajenación de bienes adjudicados. 10090067000000 Pérdida contable en fideicomisos. 10090068000000 Pérdida contable en asociación en participación. 10090069000000 Total del inventario inicial del ejercicio fiscal de 2011 determinado con el sistema de costeo directo con base a costos históricos. 10090070000000 Proporción de pagos que sean ingresos exentos para el trabajador. 10090071000000 Operaciones con partes relacionadas no deducibles. 10090072000000 Otras deducciones contables no fiscales. 10090073000000 Total de deducciones contables no fiscales. Las partidas no deducibles se contabilizan en: 10090074000000 Intereses pagados. 10090075000000 Conceptos no deducibles para ISR. 10090076000000 Otros honorarios. 10090077000000 Rentas pagadas. La depreciación y amortización contable se integra por: 10090078000000 Depreciaciones. 10090079000000 Amortizaciones. Deducciones fiscales no contables 10090080000000 Ajuste anual por inflación deducible. 10090081000000 Pérdida fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles. 10090082000000 Pérdida fiscal en enajenación de inmuebles, mobiliario y equipo. 552 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10090083000000 Depreciación fiscal. 10090084000000 Estímulo fiscal por deducción inmediata de inversiones. 10090085000000 Cargos a provisiones. 10090086000000 Cargos a estimaciones. 10090087000000 Honorarios y rentas de personas físicas que no afectaron el resultado del ejercicio anterior pagados en este. 10090088000000 Intereses moratorios efectivamente pagados. 10090089000000 Pérdida por créditos incobrables. 10090090000000 Costo de lo vendido deducible. 10090091000000 Amortización fiscal. 10090092000000 Pérdida cambiaria fiscal. 10090093000000 Reserva de contingencia. 10090094000000 Pérdida fiscal en enajenación de bienes adjudicados. 10090095000000 Pérdida fiscal en fideicomisos. 10090096000000 20% del total del inventario inicial del ejercicio fiscal de 2011 determinado con el sistema de costeo con base a costos históricos. 10090097000000 Deducción adicional por donación de bienes básicos para la subsistencia humana (para los efectos del artículo 1.3. del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013). 10090098000000 Deducción del monto adicional del 25% del salario (para los efectos del artículo 1.5. del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013 y artículo 186 de la LISR). 10090099000000 Estímulo fiscal por contratar personas con discapacidad y/o adultos mayores. 10090100000000 Deducción del Impuesto sobre la Renta retenido a personas con discapacidad y/o adultos mayores. 10090101000000 Ajuste de precios de transferencia. 10090102000000 Intereses netos de ejercicios anteriores. 10090103000000 Intereses netos del ejercicio. 10090104000000 Otras deducciones fiscales no contables. 10090105000000 Total de deducciones fiscales no contables. Ingresos contables no fiscales 10090106000000 Ingresos por dividendos de residentes en el país. 10090107000000 Utilidad contable en enajenación de inmuebles, mobiliario y equipo. 10090108000000 Utilidad contable en enajenación de acciones y/o intangibles. 10090109000000 Utilidad cambiaria. 10090110000000 Cancelación de estimaciones. 10090111000000 Cancelación de provisiones. 10090112000000 Intereses moratorios devengados a favor cobrados o no. 10090113000000 Utilidad en participación subsidiaria. 10090114000000 Ventas anticipadas acumuladas en el ejercicio anterior y devengadas en este. 10090115000000 Utilidad contable en venta de bienes adjudicados. 10090116000000 Utilidad contable en fideicomisos. 10090117000000 Utilidad contable en asociación en participación. 10090118000000 Saldos a favor de impuestos y su actualización. 10090119000000 Recuperación de cartera de crédito. 10090120000000 Otros ingresos contables no fiscales. 10090121000000 Total de ingresos contables no fiscales. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 553 Este anexo consta de 16 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 10.- Operaciones financieras derivadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC País de residencia (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto 10D072000 del anexo de datos generales. Nombre de la contraparte 10100000000000 (especificar). 10100001000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Número de contratos celebrados Concepto de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 16-A CFF) Tipo de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR) Sumatoria de nocionales Parte III Datos a proporcionar Tipo de mercado Nombre del mercado Porcentaje de liquidación en efectivo Porcentaje de liquidación en especie Parte IV Datos a proporcionar Utilidad por contraparte Pérdida por contraparte Efecto neto Proporción que representa de ingresos acumulables y/o deducibles autorizadas Este anexo consta de 11 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 11.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia fiscal de la entidad Porcentaje de participación en el capital de la entidad (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “10D073000”, del anexo de datos generales. 554 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Nombre, denominación o razón social de la subsidiaria, asociada o afiliada extranjeras 10110000000000 (especificar). 10110001000000 Total. Nombre, denominación o razón social de la subsidiaria, asociada o afiliada en México 10110002000000 (especificar). 10110003000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Monto de la inversión Monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación Forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.) Parte III Datos a proporcionar Monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación Valor de la inversión Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 12.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC País de residencia para efectos fiscales (Cifras en pesos) Nombre, denominación o razón social del socio o accionista 10120000000000 (especificar). 10120001000000 Total. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 555 Parte II Datos a proporcionar Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio Periodo de tenencia del Periodo de tenencia al Monto de aportaciones que no sean Prima en Suscripción de acciones Parte III Datos a proporcionar Monto de retiros de capital Monto de préstamos efectuados Monto de préstamos recibidos Parte IV Datos a proporcionar Porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo recibidos Destino del préstamo Monto de prima en suscripción de acciones Forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.) Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 13.- Operaciones con partes relacionadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC Tipo de operación En caso de que en la columna "tipo de operación" haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos" especifique concepto (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “10D037000”, del anexo de datos generales. Impuesto sobre la Renta Denominación o razón social de la parte relacionada Ingresos acumulables 10130000000000 (especificar). 10130001000000 Total de ingresos acumulables. Deducciones autorizadas 10130002000000 (especificar). 10130003000000 Total de deducciones autorizadas. 556 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte II Datos a proporcionar País de residencia Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero) Método de precios de transferencia aplicado La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosas se tratan La operación está pactada como con partes independientes en operaciones comparables (si o no) Parte III Datos a proporcionar Monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables Se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF 2025) (si o no) Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a) Monto modificado Índice Concepto Datos a proporcionar 14.- Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “10D037000”, del anexo de datos generales. Conocimiento del negocio, información general Cuál(es) es (son) la (s) actividad(es) preponderante(s) del contribuyente: 10140000000000 Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes. 10140001000000 Servicios. 10140002000000 Otros (especificar). 10140003000000 El contribuyente es propietario de los activos que utiliza para realizar su actividad preponderante mismos que están registrados en su contabilidad. 10140004000000 El contribuyente posee o usa activos intangibles los cuales se encuentran registrados en su contabilidad. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 557 Especifique los cinco principales activos intangibles que usa el contribuyente (ver apéndice VIII) que se encuentran registrados en su contabilidad. 10140005000000 Campo 1. 10140006000000 Campo 2. 10140007000000 Campo 3. 10140008000000 Campo 4. 10140009000000 Campo 5. 10140010000000 Monto de la regalía por el uso de activos intangibles. Especifique los cinco principales activos intangibles por los que otorga el uso o goce (ver apéndice VIII). 10140011000000 Campo 1. 10140012000000 Campo 2. 10140013000000 Campo 3. 10140014000000 Campo 4. 10140015000000 Campo 5. 10140016000000 Monto de la regalía por el que se otorga el uso de activos intangibles. Especifique los cinco principales activos intangibles de los que es propietario y que tiene registrados en su contabilidad (ver apéndice VIII). 10140017000000 Campo 1. 10140018000000 Campo 2. 10140019000000 Campo 3. 10140020000000 Campo 4. 10140021000000 Campo 5. 10140022000000 Valor del activo intangible que tiene registrado en su contabilidad. 10140023000000 El contribuyente obtuvo un acuerdo anticipado de precios (apa) aplicable al ejercicio fiscal. 10140024000000 Número de oficio. 10140025000000 Fecha del oficio. 10140026000000 Indique si se encuentra en trámite un acuerdo anticipado de precios (apa) aplicable al ejercicio fiscal. 10140027000000 Fecha de presentación de la promoción. 10140028000000 El contribuyente obtuvo alguna resolución favorable del SAT que involucre transacciones con partes relacionadas. 10140029000000 Número de oficio. 10140030000000 Fecha del oficio. 10140031000000 Dedujo en el ejercicio inventarios iniciales provenientes de operaciones con partes relacionadas efectuadas en ejercicios anteriores. 10140032000000 Dedujo en el ejercicio depreciaciones o amortizaciones provenientes de operaciones con partes relacionadas efectuadas en ejercicios anteriores. 10140033000000 El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria a que se refiere la fracción IX del artículo 76 de la LISR (estudio(s) de precios de transferencia). 10140034000000 El contribuyente presentó su declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR). 558 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10140035000000 Fecha de presentación (última presentada). 10140036000000 El contribuyente cuenta con evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII del artículo 76 de la LISR por sus operaciones con partes relacionadas. RFC de las personas que elaboraron la información y documentación que demuestre el cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracciones IX y XII de la LISR, o bien, que asesoraron en su formulación Elaboradores 10140037000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 10140038000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 10140039000000 RFC o número de identificación fiscal 3. Asesores 10140040000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 10140041000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 10140042000000 RFC o número de identificación fiscal 3. RFC de las personas que asesoraron fiscalmente en términos del título VI del CFF Asesores fiscales 10140043000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 10140044000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 10140045000000 RFC o número de identificación fiscal 3. Obligaciones en materia de precios de transferencia 10140046000000 Las cifras reportadas en la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas son coincidentes con las manifestadas en los estudios de precios de transferencia (documentación comprobatoria) (fracciones X y IX respectivamente del artículo 76 de la LISR). 10140047000000 En caso de discrepancia, especifique: 10140048000000 Las cifras reportadas en la declaración informativa (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) son coincidentes con las manifestadas en el anexo 13 del dictamen, ambas referentes a operaciones con partes relacionadas. 10140049000000 En caso de discrepancia, especifique: 10140050000000 Las cifras reportadas para las operaciones con partes relacionadas en la evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XII del artículo 76 de la LISR son coincidentes con las manifestadas en el anexo 13 del dictamen. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 559 10140051000000 En caso de discrepancia, especifique: 10140052000000 En alguna(s) de las transacciones analizadas en la diversa documentación de precios de transferencia del contribuyente, se eligió como parte examinada a la parte relacionada residente en el extranjero. 10140053000000 Indique las transacciones realizadas. 10140054000000 Monto de las transacciones. 10140055000000 El contribuyente tiene en su poder toda la información financiera y fiscal de la parte relacionada que es necesaria para corroborar el análisis y las conclusiones de la documentación de precios de transferencia en donde dicha parte relacionada fue elegida como la parte a examinar. Ajustes de precios de transferencia 10140056000000 Realizó algún ajuste en materia de precios de transferencia para que los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad de las operaciones celebradas con partes relacionadas se consideren como pactadas como lo harían con o entre partes independientes en operaciones comparables. Nota: en caso de que el anexo 13 se presente información en la columna "monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables” conteste lo siguiente (efectos fiscales no contables): 10140057000000 El monto del incremento a los ingresos acumulables para efectos de la LISR. 10140058000000 El monto del incremento a las deducciones autorizadas para efectos de la LISR, incluso por disminuir ingresos. 10140059000000 El monto disminuido a las deducciones autorizadas para efectos de la LISR. 10140060000000 Monto incrementado en las declaraciones presentadas por el ejercicio fiscal por impuestos retenidos por pagos al extranjero, como consecuencia de ajustes de precios de transferencia. 10140061000000 Monto disminuido en las declaraciones presentadas por el ejercicio fiscal por IVA acreditable, como consecuencia de ajustes de precios de transferencia. 10140062000000 Se cuenta con documentación comprobatoria que sustente los ajustes reales realizados. 10140063000000 Modificó los valores de actos o actividades para IEPS o bien, del IEPS acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF para 2025). 10140064000000 Señale monto modificado de actos o actividades (RMF). 10140065000000 Señale monto modificado de IEPS acreditable. (RMF). 10140066000000 Cumplió con los requisitos establecidos en la RMF vigente para considerar deducible un ajuste de precios de transferencia que incremento sus deducciones. 10140067000000 En el caso de ajustes voluntarios presentó aviso para la modificación de las deducciones autorizadas señalado en la RMF. 560 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Intereses con partes relacionadas considerados como dividendos 10140068000000 El contribuyente consideró intereses devengados como dividendos de acuerdo con lo previsto por el artículo 11, fracción II de la LISR. 10140069000000 Monto de los intereses considerados como dividendos. Costo de ventas con partes relacionadas 10140070000000 Analizó el costo de ventas correspondiente a enajenaciones a partes relacionadas de acuerdo con lo previsto por las fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR (para los efectos del artículo 42, segundo párrafo LISR). En caso afirmativo indique el costo de ventas determinado conforme a las fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR y la opción seleccionada. 10140071000000 Artículo 180, fracción I de la LISR. 10140072000000 Artículo 180, fracción II de la LISR. 10140073000000 Artículo 180, fracción III de la LISR. 10140074000000 Costo de ventas con partes relacionadas deducido sin la aplicación de las fracciones I, II y III del artículo 180 de la LISR. Gastos deducibles y no deducibles 10140075000000 Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el tercer y antepenúltimo párrafos de la fracción XXIII del artículo 28 de la LISR. Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el anexo denominado información adicional con que documentación cuenta para acreditar que sus deducciones no se tratan de acuerdos estructurados o mecanismos híbridos 10140076000000 Indique el monto de la deducción realizada. 10140077000000 Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los referidos en la fracción XXIII del artículo 28 de la LISR. 10140078000000 Indique el monto del gasto considerado como no deducible. 10140079000000 Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el segundo párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la LISR. 10140080000000 Indique el monto de la deducción realizada. 10140081000000 Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los referidos en el primer párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la LISR. 10140082000000 Indique el monto del gasto considerado como no deducible. 10140083000000 Consideró como no deducibles intereses de los referidos en la fracción XXXII del artículo 28 de la LISR. Gastos por reembolsos (al costo) 10140084000000 Dedujo gastos con partes relacionadas por reembolsos al costo. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 561 En caso afirmativo. 10140085000000 Cuenta con toda la documentación soporte, por un lado, de su parte relacionada y, por otro lado, con la documentación emitida por terceros independientes a la parte relacionada con la que se pueda demostrar que se trata de un reembolso al costo. Gastos a prorrata 10140086000000 Dedujo gastos con partes relacionadas efectuados en el extranjero a prorrata. 10140087000000 Indique el monto de la deducción de gastos efectuados en el extranjero a prorrata. 10140088000000 Cuantifique el beneficio recibido o se espera recibir del gasto a prorrata. 10140089000000 Cumplió con lo señalado en la regla 3.3.1.27. de la RMF para 2025. Ganancias y/o pérdidas por enajenación de acciones 10140090000000 Obtuvo ganancia y/o pérdida fiscal al realizar una operación de enajenación de acciones con y entre partes relacionadas. Nota: en caso afirmativo, señale en el anexo denominado información adicional la razón de negocio para enajenar las acciones. 10140091000000 Indique el valor del precio de enajenación del paquete accionario enajenado. 10140092000000 Indique el costo comprobado de adquisición del paquete accionario enajenado. 10140093000000 Nombre de la emisora. 10140094000000 RFC o tax id de la emisora. 10140095000000 Indicar el capital contable de la emisora. 10140096000000 Nombre del adquirente. 10140097000000 RFC o tax id del adquirente. 10140098000000 Presentó a las autoridades fiscales el estudio sobre la determinación del precio de venta de las acciones en los términos de los artículos 179 y 180 de la LISR con los elementos contenidos en el inciso e) de la fracción I del artículo 179 de la LISR (segundo párrafo del inciso b) correspondiente a su vez al cuarto párrafo de la fracción XVII del artículo 28 de la LISR). 10140099000000 Fecha de presentación ante las autoridades fiscales el estudio sobre la determinación del precio de venta de las acciones. 10140100000000 Autoridad fiscal en la que se presentó. 10140101000000 Mencione la razón de negocio para enajenar las acciones. 10140102000000 Mencione si realizó la valuación de la enajenación efectuada. 10140103000000 El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria de la valuación de la enajenación efectuada. En caso afirmativo al índice anterior, indique RFC y nombre del perito valuador: 10140104000000 Nombre del perito. 10140105000000 RFC : 562 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Operaciones financieras derivadas con partes relacionadas 10140106000000 Acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. 10140107000000 Indique el monto de la acumulación correspondiente. 10140108000000 Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. 10140109000000 Indique el monto de la deducción correspondiente. 10140110000000 Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. 10140111000000 Indique el monto correspondiente. 10140112000000 Realizó pagos de cantidades iniciales por el derecho a adquirir o vender, bienes, divisas, acciones u otros títulos valor que no cotizaron en mercados reconocidos conforme a lo referido en el artículo 28, fracción XXIV de la LISR. 10140113000000 Indique el monto correspondiente. Capitalización insuficiente: 10140114000000 Determinó intereses no deducibles de acuerdo a lo previsto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 10140115000000 Saldo promedio anual de todas las deudas que devengaron intereses a cargo, determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 10140116000000 Capital contable al inicio del ejercicio determinado en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 10140117000000 Capital contable al final del ejercicio determinado en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 10140118000000 Capital contable promedio. 10140119000000 Capital contable promedio por tres. 10140120000000 Saldo promedio anual de deudas del contribuyente contraídas con partes relacionadas residentes en el extranjero, determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 10140121000000 Intereses no deducibles determinados en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 10140122000000 Optó por considerar como capital contable del ejercicio los saldos iniciales y finales del ejercicio de sus cuentas de capital de aportación, utilidad fiscal neta y utilidad fiscal neta reinvertida. Ajustes correspondientes 10140123000000 Realizó durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) algún ajuste en materia de precios de transferencia como consecuencia de aplicar lo señalado en la documentación de precios de transferencia de alguna parte relacionada residente en el extranjero. 10140124000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 10140125000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 10140126000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 10140127000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 563 10140128000000 Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) sin cumplir con lo establecido en el artículo 184 de la LISR. 10140129000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 10140130000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 10140131000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 10140132000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). 10140133000000 Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) sin cumplir con lo establecido en el artículo 184 de la LISR. 10140134000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 10140135000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 10140136000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 10140137000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). Artículo 76-A de la LISR (2025) 10140138000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción I (maestra de partes relacionadas). 10140139000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción II (local de partes relacionadas). 10140140000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción III (país por país). En caso afirmativo en este último caso, especifique el supuesto de obligación: 10140141000000 Por ser persona moral controladora multinacional (fracción III, inciso a). 10140142000000 Por ser designada (fracción III, inciso b)). Tiene conocimiento si la persona moral controladora multinacional a la que su empresa pertenece, está obligada a presentar directamente o por conducto de alguna designada, las siguientes declaraciones informativas de partes relacionadas: 10140143000000 Obligación de presentar la declaración maestra. 10140144000000 Obligación de presentar la declaración país por país. Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas de 2024 presentadas en 2025 (para los efectos del artículo 76-A de la LISR) 10140145000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de 2024. 10140146000000 Fecha de presentación (última presentada). 10140147000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa local de partes relacionadas del ejercicio fiscal de 2024. 10140148000000 Fecha de elaboración de la información y documentación de precios de transferencia asociada con la declaración. 10140149000000 Fecha de presentación (última presentada). 10140150000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de 2024. 10140151000000 Fecha de presentación (última presentada). 564 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte 10140152000000 Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región fronteriza norte. 10140153000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 10140154000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 10140155000000 Monto de deducciones con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 10140156000000 Monto de deducciones con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 10140157000000 Presentó la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional como lo contempla el trámite fiscal 5/DEC-12. Criterios no vinculativos 10140158000000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos en materia de precios de transferencia de las disposiciones fiscales y aduaneras. 10140159000000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur 10140160000000 Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región fronteriza sur. 10140161000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 10140162000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 10140163000000 Monto de deducciones con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 10140164000000 Monto de deducciones con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 10140165000000 Presentó la declaración informativa por sus operaciones con partes (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional como lo contempla el trámite fiscal 5/DEC-12. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 565 Índice Concepto Datos informativos 15.- Datos informativos Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Importe (Cifras en pesos) Datos informativos del contribuyente 10150000000000 Se encuentra amparado para notificación por medio de buzón tributario. Datos informativos del contribuyente como representante legal 10150001000000 Es socio o accionista de algunos contribuyentes que representa. 10150002000000 Número de entidades en las que participa como representante legal. Indique los cinco principales RFC de la(s) persona(s) moral(es) en las que participa como representante legal: 10150003000000 RFC 1: 10150004000000 RFC 2: 10150005000000 RFC 3: 10150006000000 RFC 4: 10150007000000 RFC 5: 10150008000000 Es representante legal de un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional. Indique los cinco principales nombres o razones sociales de los residentes en el extranjero: 10150009000000 Nombre 1. 10150010000000 Nombre 2. 10150011000000 Nombre 3. 10150012000000 Nombre 4. 10150013000000 Nombre 5. Participación de los trabajadores en las utilidades 10150014000000 PTU generada durante el ejercicio. 10150015000000 PTU no cobrada en el ejercicio anterior. 10150016000000 PTU pagada en el ejercicio. 10150017000000 Renta gravable base para PTU. Cifras al cierre del ejercicio Impuesto sobre la Renta 10150018000000 Deducciones autorizadas para efectos del Impuesto sobre la Renta. 10150019000000 Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente. 10150020000000 Ingresos por dividendos de personas residentes en el país. 10150021000000 Ingresos por dividendos de personas residentes en el extranjero. 10150022000000 Ingresos por dividendos distribuidos que no provienen de CUFIN ni de CUFIN reinvertida. 10150023000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de fusión. 566 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10150024000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de escisión. 10150025000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de reducciones de capital de sociedades residentes en el extranjero en las que el contribuyente es socio o accionista. 10150026000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de liquidación de sociedades residentes en el extranjero en las que el contribuyente es socio o accionista. 10150027000000 Pérdida deducida derivada de fusión. 10150028000000 Pérdida deducida derivada de escisión. 10150029000000 Pérdida deducida derivada de reducción de capital. 10150030000000 Pérdida deducida derivada de liquidación de sociedades. 10150031000000 Dividendos pagados provenientes de CUFIN y CUFINRE. 10150032000000 Dividendos pagados no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE. 10150033000000 Total de ingresos acumulables. 10150034000000 Total de ingresos acumulables obtenidos en la región fronteriza norte en el ejercicio fiscal anterior. 10150035000000 Saldo de CUFIN determinado conforme al quinto párrafo del artículo 77 LISR. 10150036000000 Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador. 10150037000000 Monto deducible al 47% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador). 10150038000000 Monto deducible al 53% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador). Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda extranjera Cuentas y documentos por cobrar en moneda extranjera 10150039000000 Saldo de cuentas y documentos por cobrar originados en moneda extranjera (pesos). Indique los tres principales tipos de moneda: 10150040000000 Campo 1. 10150041000000 Campo 2. 10150042000000 Campo 3. Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo: 10150043000000 (especificar). 10150044000000 (especificar). 10150045000000 (especificar). 10150046000000 Indique el monto de cuentas y documentos por cobrar en moneda extranjera que provengan de operaciones con partes relacionadas. Cuentas y documentos por pagar en moneda extranjera 10150047000000 Saldo de cuentas y documentos por pagar originados en moneda extranjera (pesos). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 567 Indique los tres principales tipos de moneda: 10150048000000 Campo 1. 10150049000000 Campo 2. 10150050000000 Campo 3. Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo: 10150051000000 (especificar). 10150052000000 (especificar). 10150053000000 (especificar). 10150054000000 Indique el monto de cuentas y documentos por pagar en moneda extranjera que provengan de operaciones con partes relacionadas. Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios de 2014 a 2025 10150055000000 Saldo inicial CUFIN actualizado al inicio del ejercicio. 10150056000000 Actualización antes de dividendos. Más: 10150057000000 Dividendos o utilidades cobrados nacionales. 10150058000000 Dividendos o utilidades cobrados REFIPRES. Menos: 10150059000000 Dividendos o utilidades pagados nacionales. 10150060000000 Dividendos o utilidades pagados a residentes en el extranjero. 10150061000000 Dividendos o utilidades pagados REFIPRES. Igual: 10150062000000 Remanente después de dividendos. 10150063000000 Actualización desde la última modificación y hasta el cierre del ejercicio. Más: 10150064000000 Utilidad fiscal neta del ejercicio. 10150065000000 Saldo CUFIN al cierre del ejercicio. Más: resultado positivo, o menos: resultado negativo, UFIN del ejercicio 10150066000000 Resultado fiscal del ejercicio. Menos: 10150067000000 ISR (para los efectos del art. 9, primer párrafo LISR). 10150068000000 Partidas no deducibles, excepto provisiones y reservas (para los efectos del artículo 28, fracciones VIII y IX LISR). 10150069000000 Efecto de Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero por pago de dividendos al contribuyente (para los efectos del artículo 77, cuarto párrafo LISR). 10150070000000 ISR acreditado en el ejercicio de dividendos o utilidades no provenientes de CUFIN entre el factor. Igual: 10150071000000 Resultado positivo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo de la LISR). 10150072000000 Resultado negativo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo de la LISR). 568 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Otros conceptos especificar: 10150073000000 (especificar). 10150074000000 (especificar). 10150075000000 (especificar). 10150076000000 (especificar). 10150077000000 (especificar). 10150078000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de 2014 a 2025. 10150079000000 Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza norte del ejercicio 2025. 10150080000000 Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza sur del ejercicio 2025. Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios de 2001 a 2013 10150081000000 Saldo inicial CUFIN actualizado. Más: 10150082000000 Dividendos cobrados. Menos: 10150083000000 Dividendos pagados. Más: 10150084000000 Actualización por inflación. Otros conceptos. Especificar 10150085000000 (especificar). 10150086000000 (especificar). 10150087000000 (especificar). 10150088000000 (especificar). 10150089000000 (especificar). 10150090000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de 2001 a 2013. Cuenta de utilidad fiscal neta Ejercicios anteriores a 2001 10150091000000 Saldo inicial CUFIN actualizado. Más: 10150092000000 Dividendos cobrados. Menos: 10150093000000 Dividendos pagados. Más: 10150094000000 Actualización por inflación. 10150095000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios anteriores a 2001. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 569 Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida 10150096000000 Saldo inicial CUFINRE actualizado. 10150097000000 Dividendos pagados. Más: 10150098000000 Actualización por inflación. Otros conceptos. Especificar 10150099000000 (especificar). 10150100000000 (especificar). 10150101000000 (especificar). 10150102000000 (especificar). 10150103000000 (especificar). 10150104000000 Saldo de CUFINRE total al cierre del ejercicio actualizado. Saldos actualizados (Impuesto sobre la Renta) al cierre del ejercicio de: 10150105000000 Cuenta de utilidad fiscal neta. 10150106000000 Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida. 10150107000000 Cuenta de utilidad fiscal neta por inversión en energía renovable. 10150108000000 Cuenta de capital de aportación. 10150109000000 Impuesto al Activo por recuperar de 10 años anteriores. 10150110000000 Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. Comercio exterior 10150111000000 Valor declarado en aduana de importaciones definitivas. 10150112000000 Valor declarado en aduana de exportaciones definitivas. Impuesto al Valor Agregado 10150113000000 IVA pagado en aduanas durante el ejercicio. 10150114000000 IVA causado por importación de bienes intangibles adquiridos. 10150115000000 IVA causado por importación del uso o goce de bienes intangibles. 10150116000000 IVA causado por importación de servicios. 10150117000000 IVA acreditable por intereses. 10150118000000 IVA acreditado por la importación de bienes intangibles adquiridos. 10150119000000 IVA acreditado por la importación del uso o goce de bienes intangibles. 10150120000000 IVA acreditado por la importación de servicios. 10150121000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 8%. 10150122000000 Total de IVA de los actos o actividades pagados a la tasa del 8%. 10150123000000 Valor de los actos o actividades no objeto. 10150124000000 Valor de los actos o actividades exentos. 570 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 10150125000000 IEPS pagado en aduanas durante el ejercicio. 10150126000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. 10150127000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. Información de consolidación financiera 10150128000000 Es una entidad controladora en términos de la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente. Nota: en caso de una respuesta afirmativa al índice anterior, deberá manifestar información en los siguientes dos índices: 10150129000000 Total de ventas o ingresos netos consolidados determinados conforme a la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente. 10150130000000 Tiene subsidiarias en términos de la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente en el extranjero, o establecimientos permanentes residentes o ubicados en el extranjero. Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte Impuesto sobre la Renta Ingresos exclusivos de región fronteriza norte (para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto) 10150131000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte. Menos: 10150132000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 10150133000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte. Menos: 10150134000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 10150135000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital. Entre: 10150136000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 10150137000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos totales de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región fronteriza norte, pero cuenten con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento dentro de la misma (para los efectos del artículo quinto, primer párrafo del Decreto) 10150138000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 571 En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte 10150139000000 Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte. Menos: 10150140000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 10150141000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte Menos: 10150142000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 10150143000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 10150144000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 10150145000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal en la región fronteriza norte, pero cuenten con sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento fuera de ella (para los efectos del artículo quinto, segundo párrafo del Decreto) 10150146000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza norte. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte 10150147000000 Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte. Menos: 10150148000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 10150149000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte. Menos: 10150150000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 10150151000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 10150152000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. 572 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Igual: 10150153000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Determinación del crédito fiscal aplicable 10150154000000 ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR"). 10150155000000 Ingresos totales de la región fronteriza norte. Entre: 10150156000000 Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Igual: 10150157000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de la región fronteriza norte. 10150158000000 Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el ejercicio fiscal índice 10150154000000 por la proporción que representan los ingresos de la región fronteriza norte índice 10150157000000. 10150159000000 Crédito fiscal aplicable con base en el índice anterior (artículo segundo, primer párrafo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte). Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur Impuesto sobre la Renta Ingresos exclusivos de región fronteriza sur (para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto) 10150160000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur. Menos: 10150161000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. Menos: 10150162000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Menos: 10150163000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 10150164000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital. Entre: 10150165000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 10150166000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos totales de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 573 Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región fronteriza sur, pero cuenten con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento dentro de la misma (para los efectos del artículo cuarto, primer párrafo del Decreto) 10150167000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur 10150168000000 Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur. Menos: 10150169000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. Menos: 10150170000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Menos: 10150171000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 10150172000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 10150173000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 10150174000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal en la región fronteriza sur, pero cuenten con sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento fuera de ella (para los efectos del artículo cuarto, tercero párrafo del Decreto) 10150175000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza sur. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur 10150176000000 Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur. Menos: 10150177000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. 574 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Menos: 10150178000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Menos: 10150179000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 10150180000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 10150181000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 10150182000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Determinación del crédito fiscal aplicable 10150183000000 ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR"). 10150184000000 Ingresos totales de la región fronteriza sur. Entre: 10150185000000 Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Igual: 10150186000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de la región fronteriza sur. 10150187000000 Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el ejercicio fiscal índice 10150183000000 por la proporción que representan los ingresos de la región fronteriza sur índice 10150186000000. 10150188000000 Crédito fiscal aplicable con base en el índice anterior (artículo segundo, primer párrafo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur). Enajenación de acciones 10150189000000 Realizó enajenación de acciones. 10150190000000 Fecha de la operación. 10150191000000 Tipo de enajenación. 10150192000000 Otros (especificar). 10150193000000 Nombre de la sociedad emisora de las acciones enajenadas. 10150194000000 País de residencia fiscal de la emisora. 10150195000000 RFC o id. 10150196000000 Número acciones enajenadas. 10150197000000 Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación. 10150198000000 Precio de venta. 10150199000000 Costo fiscal de las acciones. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 575 10150200000000 Aplicó pérdidas por enajenación de acciones. En caso afirmativo indique: 10150201000000 Si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con pérdidas fiscales por enajenación de acciones pendientes de aplicar. 10150202000000 En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación. 10150203000000 Monto total de las pérdidas por enajenación de acciones al cierre del ejercicio. 10150204000000 Importe de la pérdida por enajenación de acciones determinada. 10150205000000 Indique si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con importes pendientes de acreditar por concepto de ISR pagado en el extranjero de conformidad con el artículo 5 de la LISR. En caso afirmativo indique: 10150206000000 Monto pendiente de acreditar. 10150207000000 Concepto por el que fue pagado el Impuesto sobre la Renta en el extranjero. Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 16.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal Tipo de operación (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “10D074000, del anexo de datos generales. Impuesto sobre la Renta Denominación o razón social Ingresos acumulables 10160000000000 (especificar). 10160001000000 Total de ingresos acumulables. Deducciones autorizadas 10160002000000 (especificar). 10160003000000 Total de deducciones autorizadas. Parte II Datos a proporcionar En caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto País de residencia México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no) Monto de la operación Indique si es parte relacionada (si o no) 576 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte III Datos a proporcionar Efectuó retención y entero por esta operación (si o no) Tasa ISR por retención determinado por auditoría ISR retenido pagado Diferencia Parte IV Datos a proporcionar Aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no) Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 17.- Inversiones Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 MOI al inicio del ejercicio Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio (Cifras en pesos) Activos fijos 10170000000000 Construcciones. 10170001000000 Construcciones en proceso. 10170002000000 Inmuebles considerados históricos. 10170003000000 Ferrocarriles. 10170004000000 Mobiliario y equipo de oficina. 10170005000000 Aviones. 10170006000000 Embarcaciones. 10170007000000 Equipo de transporte automóviles. 10170008000000 Equipo de transporte: automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos con motor de combustión interna o accionado por hidrogeno. 10170009000000 Equipo de transporte: bicicletas convencionales, bicicletas y motocicletas con propulsión de baterías eléctricas recargables. 10170010000000 Equipo de transporte (otros). 10170011000000 Equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos. 10170012000000 Equipo de cómputo. 10170013000000 Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental. 10170014000000 Comunicaciones telefónicas. 10170015000000 Comunicaciones satelitales. 10170016000000 Terrenos (costo de adquisición). 10170017000000 Adaptación a instalaciones para personas con capacidades diferentes. 10170018000000 Maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 577 10170019000000 Maquinaria y equipo. 10170020000000 Oleoductos, gasoductos, terminales, y tanques de almacenamiento de hidrocarburos. 10170021000000 Inversiones realizadas para la exploración, recuperación secundaria y mejorada, y el mantenimiento no capitalizable (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 10170022000000 Inversiones realizadas para el desarrollo y explotación de yacimientos de petróleo o gas natural (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 10170023000000 Inversiones realizadas en infraestructura de almacenamiento y transporte (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 10170024000000 Otros activos fijos. 10170025000000 Suma activo fijo. Gastos y cargos diferidos 10170026000000 Patentes. 10170027000000 Marcas registradas. 10170028000000 Regalías. 10170029000000 Gastos de instalación. 10170030000000 Gastos de organización. 10170031000000 Concesiones. 10170032000000 Otros gastos y cargos diferidos. 10170033000000 Suma gastos y cargos diferidos. Erogaciones en periodos preoperativos 10170034000000 (especificar). 10170035000000 Suma erogaciones preoperativas. 10170036000000 Total de inversiones. Parte II Datos a proporcionar Más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio Menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio Menos: deducción en el ejercicio Menos: deducción inmediata en el ejercicio Saldo pendiente de deducir al final del ejercicio Este anexo consta de 25 columnas y está dividido en seis partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 18.- Préstamos Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “10D075000”, del anexo de datos generales. 578 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Nombre, denominación o razón social del residente en el extranjero Partes relacionadas 10180000000000 (especificar). 10180001000000 Total de partes relacionadas. Partes no relacionadas 10180002000000 (especificar). 10180003000000 Total de partes no relacionadas. Nombre, denominación o razón social del residente en México Partes relacionadas 10180004000000 (especificar). 10180005000000 Total de partes relacionadas Partes no relacionadas 10180006000000 (especificar). 10180007000000 Total de partes no relacionadas. Parte II Datos a proporcionar Tipo de financiamiento En caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no) Número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado País de residencia para efectos fiscales Parte III Datos a proporcionar Tipo de moneda Denominación de la tasa de interés Porcentaje de la tasa de interés Importe total de los intereses pagados y/o exigibles Tasa de retención del ISR Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 579 Parte IV Datos a proporcionar ISR retenido en el ejercicio Vigencia del préstamo del Vigencia del préstamo al Saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025 Frecuencia de exigibilidad del pago de intereses Parte V Datos a proporcionar En caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: Garantizó el préstamo (si o no) Importe total de los intereses deducidos en el ejercicio Destino del Capital tomado en préstamo Parte VI Datos a proporcionar Efectuó colocaciones en el extranjero (si o no) garantizó el préstamo (si o no) Número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 19.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2024 2023 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “10D042000”, del anexo de datos generales. 10190000000000 La pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una escisión. 10190001000000 Señale el RFC de la escindente. 10190002000000 Señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la escisión. Nota: en caso de escisiones sucesivas deberá manifestar a través del anexo denominado información adicional del dictamen, la información correspondiente a los índices anteriores 10190003000000 Monto original de la pérdida fiscal. 10190004000000 INPC del último mes del ejercicio en que se generó la pérdida fiscal. 10190005000000 INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que se generó la pérdida fiscal. 10190006000000 Factor de actualización del periodo. 580 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10190007000000 Pérdida fiscal actualizada por el ejercicio en que se generó. 10190008000000 INPC del último mes de la primera mitad del ejercicio en que se aplica o actualiza la pérdida fiscal. 10190009000000 INPC del mes en que se actualizo por última vez la pérdida fiscal. 10190010000000 Factor de actualización del periodo. 10190011000000 Pérdida fiscal actualizada en el ejercicio en que se aplica o actualiza. Nota: los conceptos de los índices 10190008000000 al 10190011000000 deben repetirse para actualizar las pérdidas fiscales ocurridas de 2015 a 2024, o aplicadas en los ejercicios de 2016 a 2025. 10190012000000 (monto de la disminución de la pérdida fiscal en el ejercicio). Nota: el concepto del índice 10190012000000 debe repetirse las veces que sea necesario para indicar el ejercicio en el que se amortizan las pérdidas fiscales, anotando el importe aplicado en la columna a la que corresponda la pérdida fiscal. 10190013000000 Monto de la pérdida fiscal pendiente de aplicar. Parte II Datos a proporcionar 2022 2021 2020 2019 2018 2017 2016 Parte III Datos a proporcionar 2015 Este anexo consta de 30 columnas y está dividido en siete partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 20.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia fiscal (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “10D289000”, del anexo de datos generales. Denominación o razón social Ingresos 10200000000000 (especificar). 10200001000000 Total de ingresos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 581 Gastos 10200002000000 (especificar). 10200003000000 Total de gastos. Parte II Datos a proporcionar Tasa efectiva del Impuesto sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México) Tipo de moneda del país de residencia fiscal Tipo de operación En caso de que En la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria Parte III Datos a proporcionar Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio Participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje Participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe Aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio Aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio Parte IV Datos a proporcionar La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no) Tiene alguna entidad interpuesta (si o no) Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial Parte V Datos a proporcionar Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial En el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no) En el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa Operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no) Operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso 582 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte VI Datos a proporcionar Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia al Carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente Indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación Tasa preferencial por tratado Parte VII Datos a proporcionar Impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en seis partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 21.- Deducción de intereses netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada (Cifras en pesos) Denominación o razón social 10210000000000 (especificar) 10210001000000 Total Parte II Datos a proporcionar Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente Total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas Proporción de Ingresos Límite de deducción del contribuyente Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 583 Parte III Datos a proporcionar Total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles) Intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021) Total de los ingresos por intereses acumulados Intereses Netos Parte IV Datos a proporcionar Utilidad (pérdida) fiscal Total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles) Monto total deducido de activos fijos Monto total deducido de gastos diferidos Parte V Datos a proporcionar Monto total deducido de cargos diferidos Monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos Utilidad fiscal ajustada Límite intereses netos Parte VI Datos a proporcionar Intereses no deducibles Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no) Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Toda pregunta debe ser entendida con respecto al ejercicio fiscal sujeto a revisión. En aquellos cuestionamientos que no apliquen al contribuyente, así como cuando a criterio del contador público que responda el cuestionario no haya una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado, o bien, simplemente no fue revisado por no caer en el alcance de revisión, se podrá dejar en blanco el renglón que corresponda, haciendo las aclaraciones correspondientes en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, ya que de no hacerlo el Servicio de Administración Tributaria, entenderá que el contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento. Índice Concepto Datos a proporcionar Comentarios Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Procedimientos de auditoría aplicados para la revisión de estados financieros 10220000000000 Realizó la evaluación del control interno del contribuyente. 10220001000000 En caso afirmativo al índice anterior, conserva la evidencia de la evaluación del control interno en sus papeles de trabajo. 10220002000000 Detecto debilidades o desviaciones relacionadas con la estructura del control interno del contribuyente con repercusión en su situación fiscal. Nota: en caso afirmativo describa las irregularidades en el informe sobre la revisión de la situación fiscal 584 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10220003000000 Como consecuencia de la realización de su trabajo, propuso ajustes financieros que afectaron la situación fiscal del contribuyente. 10220004000000 Como consecuencia de la realización de su trabajo encontró diferencias en partidas no materiales que puedan tener repercusión fiscal 10220005000000 En caso afirmativo a los índices anteriores, los ajustes afectaron la base y la determinación de las contribuciones a que está sujeto el contribuyente. Como consecuencia de la realización de su trabajo, el contribuyente corrigió a la fecha de envío del dictamen fiscal lo siguiente: 10220006000000 Partidas que el contribuyente dedujo indebidamente en el Impuesto sobre la Renta. 10220007000000 Ingresos que el contribuyente omitió en el Impuesto sobre la Renta. 10220008000000 Actos o actividades que el contribuyente omitió en el Impuesto al Valor Agregado. 10220009000000 Acreditamientos indebidos efectuados contra el Impuesto Sobre la Renta. 10220010000000 Acreditamientos indebidos efectuados contra el Impuesto al Valor Agregado. En caso negativo, explique los motivos en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 10220011000000 En caso de haber detectado en su auditoría alguna irregularidad de las señaladas en los índices 10220006000000 al 10220010000000, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 10220012000000 En caso de haber contestado afirmativamente en el índice 10220004000000, reveló dicha circunstancia en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de trabajo, responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera con lo siguiente: 10220013000000 El contribuyente recibió asesoría de un experto de la dirección en materia fiscal. En caso afirmativo señale: 10220014000000 Evaluó la competencia, capacidad y objetividad del experto de la dirección en materia fiscal. 10220015000000 Obtuvo conocimiento del trabajo del experto. 10220016000000 Evaluó la adecuación del trabajo del experto. 10220017000000 Si el contribuyente obtuvo un documento por escrito. Impuesto sobre la Renta (ISR) Deducciones (ISR) 10220018000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 10D166000 al 10D188000 del diagnóstico fiscal, se propuso que se hicieran no deducibles las partidas correspondientes. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 585 10220019000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Disposiciones específicas (ISR) 10220020000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 10D189000 al 10D196000 (según corresponda) del diagnóstico fiscal, se propuso que se hicieran no deducibles las partidas relacionadas con deducciones. 10220021000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Declaración informativa múltiple 10220022000000 Verificó la información contenida en el anexo de operaciones efectuadas a través de fideicomisos (para los efectos del artículo 76, fracción XIII, de la LISR). 10220023000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre residentes en el extranjero, tratándose de residentes en el extranjero (para los efectos del artículo noveno de las disposiciones transitorias de la LISR 2014, fracción X). 10220024000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción VI, de la LISR). 10220025000000 Verificó la información contenida en el anexo de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes (para los efectos del artículo 178, de la LISR). 10220026000000 Verificó la información contenida en el anexo de operaciones efectuadas a través de fideicomisos (para los efectos del artículo 76, fracción XIII, de la LISR). Regímenes fiscales preferentes 10220027000000 Verificó la información contenida en el anexo de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. Impuesto al Valor Agregado Actos o actividades (IVA) 10220028000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 10D305000 al 10D306000 del diagnóstico fiscal, propuso que se hicieran las correcciones correspondientes. 10220029000000 En caso afirmativo el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Acreditamiento (IVA) 10220030000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 10D307000 al 10D310000 del diagnóstico fiscal, propuso que se hicieran las correcciones correspondientes en el acreditamiento. 10220031000000 En caso afirmativo el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. 586 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Índice Concepto Datos a proporcionar Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público) por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de trabajo responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera con lo siguiente: Capitalización insuficiente (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR) 10230000000000 Verificó si el contribuyente dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 10230001000000 Detecto algún incumpliendo a lo dispuesto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 10230002000000 Monto de intereses no deducibles por capitalización insuficiente. En caso de considerar cuentas fiscales para el cálculo, señale el monto de: 10230003000000 Cuentas de capital de aportación. 10230004000000 Utilidad fiscal neta y utilidad neta reinvertida. 10230005000000 En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a los índices 10140114000000 y/o 10140122000000 del anexo 14, no eran correctas y lo llevaron a un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal. 10230006000000 En adición de haber contestado de forma afirmativa el índice 10230005000000, señaló alguna salvedad en su dictamen. Documentación comprobatoria de precios de transferencia (estudio de precios de transferencia) por operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR) 10230007000000 Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta obligación fiscal. 10230008000000 En caso de incumplimiento del contribuyente se consideró como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 10230009000000 En caso de incumplimiento del contribuyente a esta obligación fiscal, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal. 10230010000000 En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Verificó que la documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR), incluyera lo siguiente: Nota: las preguntas referidas en los índices 1023011000000 a 10230028000000 solo se contestarán cuando se haya contestado que “si” en el renglón 10140033000000 del anexo 14. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 587 10230011000000 1) nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebraron operaciones. 10230012000000 2) que se considerarán todas las partes relacionadas de acuerdo con la definición contenida en el artículo 179, quinto y sexto párrafo de la LISR. 10230013000000 3) documentación que demuestre la participación directa e indirecta entre las partes relacionadas. 10230014000000 4) información relativa a las funciones o actividades por cada tipo de operación evaluada. 10230015000000 5) información relativa a los activos utilizados en cada tipo de operación evaluada. 10230016000000 6) información relativa a los riesgos asumidos en cada tipo de operación evaluada. 10230017000000 7) información y documentación sobre las operaciones con partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por cada tipo de operación evaluada. 10230018000000 8) método aplicado conforme al artículo 180 de la LISR por cada tipo de operación evaluada. 10230019000000 9) información y documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación evaluada. 10230020000000 10) se identificaron en los registros de contabilidad que la totalidad de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero estuvieran debidamente asentadas. 10230021000000 En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes referidos, señale si mencionó tal circunstancia en su informe sobre la revisión de la situación fiscal. 10230022000000 En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes referidos señale si mencionó tal circunstancia en su dictamen. 10230023000000 Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con partes relacionadas residentes en el extranjero por el contribuyente se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. 10230024000000 En caso de una conclusión negativa indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 10230025000000 En caso de una conclusión negativa en la documentación comprobatoria, indique si reveló alguna salvedad en el dictamen. 10230026000000 En caso de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 10230027000000 En caso de que la documentación comprobatoria de precios de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en dictamen. 10230028000000 En estos últimos casos, consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. Declaración informativa de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) 10230029000000 Verificó la presentación oportuna de la información de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM). 588 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 10230030000000 Verificó si las cifras reportadas en esa declaración coinciden con las manifestadas en la documentación a que se refiere el artículo 76, fracción IX de la LISR (estudio de precios de transferencia). 10230031000000 Verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la información de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM) conforme a la información contenida en la documentación de precios de transferencia para las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR). 10230032000000 En caso de haber observado errores en el llenado, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. En caso negativo, especifique: 10230033000000 Consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 10230034000000 En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 10230035000000 En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas (para los efectos del artículo 76-A fracción X de la LISR) de 2024 presentadas en 2025. 10230036000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 10230037000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa local de partes relacionadas correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 10230038000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 10230039000000 En caso de haber observado errores en el llenado de las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Cumplimiento de la obligación respecto de las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción XII de la LISR) 10230040000000 Verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y deducciones autorizadas considerando para esas operaciones los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. 10230041000000 En caso negativo, consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 10230042000000 En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 10230043000000 En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental indique si reveló alguna salvedad en su dictamen. 10230044000000 Verificó en la evidencia documental referida en el índice 10230040000000 la aplicación de los métodos de precios de transferencia establecidos en el artículo 180 de la LISR en los términos del tercer párrafo del citado artículo. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 589 10230045000000 En caso de no haberlos aplicado, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en su dictamen. Operaciones con partes relacionadas nacionales informadas 10230046000000 En caso de haber señalado que si en el índice 10D038000 del anexo "datos generales", verificó que la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional. 10230047000000 En caso de haber señalado que si en el índice 10140157000000 del anexo 14, verificó que la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, (anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional. Ajustes de precios de transferencia 10230048000000 Verificó en el caso de ajustes de precios de transferencia que hayan incrementado las deducciones del contribuyente, que se cumplieran todos los requisitos establecidos en la regla 3.9.1.3. de la RMF para 2025. Intereses considerados como dividendos (para los efectos del artículo 11 de la LISR) 10230049000000 En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a los índices 10140068000000 y/o 10140069000000 del anexo 14 no eran correctas y lo llevaron a un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en su dictamen. Metodología de precios de transferencia (para los efectos del artículo 180 de la LISR) por transacción con partes relacionadas. 10230050000000 Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia, exista evidencia de que se intentó aplicar en primer término el método de precio comparable no controlado (previsto por el artículo 180, fracción I de la LISR) para cada una de sus transacciones con partes relacionadas que validó en sus estudios de precios de transferencia. 10230051000000 Observó alguna inconsistencia de índole formal, por parte del contribuyente en las respuestas de la información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. 10230052000000 En caso afirmativo reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien, en su dictamen. E. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a los fondos de inversión de capitales, de renta variable y en instrumentos de deuda, por el ejercicio fiscal del 2025. Índice Concepto Datos a proporcionar Datos de identificación del contribuyente: 42A000000 RFC: 42A001000 Denominación o razón social: 590 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Domicilio fiscal: 42A002000 Entidad federativa: 42A003000 Alcaldía o municipio: 42A004000 Colonia o localidad: 42A005000 Código postal: 42A006000 Calle, número exterior e interior: 42A007000 Ciudad o población: 42A008000 Teléfono: 42A009000 Correo electrónico: 42A010000 Nombre del grupo económico al que pertenece: 42A011000 Clave de actividad para efectos fiscales: Declaratoria del contribuyente: Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las operaciones reales que lleve a cabo durante el ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas con documentación comprobatoria. 42A012000 Nombre del contribuyente: Datos de identificación del contador público: 42B000000 RFC: 42B001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)): 42B002000 CURP: 42B003000 Número de registro: Domicilio fiscal: 42B004000 Entidad federativa: 42B005000 Alcaldía o municipio: 42B006000 Colonia o localidad: 42B007000 Código postal: 42B008000 Calle, número exterior e interior: 42B009000 Ciudad o población: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 591 42B010000 Teléfono del CPI o despacho: 42B011000 Correo electrónico: 42B012000 Correo electrónico del buzón tributario: 42B013000 Colegio al que pertenece: 42B014000 Nombre del despacho: 42B015000 RFC del despacho: 42B016000 Número de registro del despacho: Declaratoria del contador público que dictaminó: Declaro que la información que proporciona el contribuyente citado, consta en libros, registros, documentos y declaraciones en poder del propio contribuyente, mismos que examine, como lo manifiesto en el informe del auditor independiente y en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente que adjunto. 42B017000 Nombre del contador público que dictaminó: Datos de identificación del representante legal: 42C000000 RFC: 42C001000 Nombre (apellido paterno, apellido materno, nombre(s)): 42C002000 Nacional: 42C003000 Extranjero: 42C004000 CURP: Domicilio fiscal: 42C005000 Entidad federativa: 42C006000 Alcaldía o municipio: 42C007000 Colonia o localidad: 42C008000 Código postal: 42C009000 Calle, número exterior e interior: 42C010000 Ciudad o población: 42C011000 Teléfono: 42C012000 Correo electrónico: 592 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42C013000 Número de escritura: 42C014000 Número de notaria: 42C015000 Entidad en la que se ubica la notaria: 42C016000 Fecha del poder: 42C017000 Fecha de designación: Declaratoria del representante legal: Declaro que la información proporcionada en este documento, refleja las operaciones reales que llevó a cabo mi representada durante el ejercicio, mismas que están registradas contablemente y se encuentran amparadas con documentación comprobatoria. 42C018000 Nombre del representante legal: Índice Concepto Datos a proporcionar Datos generales: 42D000000 Autoridad competente. 42D001000 Sede a la que pertenece la ADAF. 42D002000 Administración. 42D003000 Obligado u optativo. 42D004000 Optó por dictaminar sus estados financieros por ingresos acumulables (para los efectos del artículo 32-A CFF). 42D005000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el valor de su activo (para los efectos del artículo 32-A CFF). 42D006000 Optó por dictaminar sus estados financieros por el número de trabajadores (para los efectos del artículo 32-A CFF). 42D007000 En caso negativo en todas las preguntas de los índices 42D004000, 42D005000 y 42D006000 anteriores, mencione el motivo por el que presenta el dictamen. 42D008000 Tipo de fondo. 42D009000 Forma parte de una asociación en participación. 42D010000 Forma parte de un fideicomiso. En caso afirmativo al índice anterior, indique denominación o razón social del fideicomiso: 42D011000 Denominación o razón social fideicomitente. 42D012000 Denominación o razón social fiduciario. 42D013000 Denominación o razón social fideicomisario (1). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 593 42D014000 Denominación o razón social fideicomisario (2). 42D015000 Denominación o razón social fideicomisario (3). 42D016000 Primer dictamen. 42D017000 Es una sociedad especializada en la inversión en activos de energía, electricidad e infraestructura. 42D018000 Tipo de contribuyente especial. 42D019000 Empresa filial. 42D020000 Empresa subsidiaria. 42D021000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal. 42D022000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal. 42D023000 Fecha de inicio del ejercicio fiscal anterior. 42D024000 Fecha de terminación del ejercicio fiscal anterior. 42D025000 Tipo de opinión. Indique el RFC de la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que asesoro(aron) fiscalmente al contribuyente, mediante una opinión por escrito: 42D026000 RFC 1: 42D027000 RFC 2: 42D028000 RFC 3: 42D029000 RFC 4: 42D030000 RFC 5: Efectos fiscales 42D031000 Realizó operaciones con partes relacionadas. 42D032000 Si su respuesta fue afirmativa en el índice 42D031000 (debe llenar los anexos 12 y 13). 42D033000 Realizó operaciones con partes relacionadas nacionales. 42D034000 Realizó operaciones con partes relacionadas extranjeras. 42D035000 Se trata de una entidad extranjera transparente fiscal y/o una figura jurídica extranjera. 42D036000 En el ejercicio disminuyó pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 9, fracción II de la LISR (en caso afirmativo debe llenar el anexo 18). Otros aspectos 42D037000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. 42D038000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). 42D039000 Obtuvo alguna resolución por parte del SAT o de la SHCP que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 42D040000 Se trata de: 42D041000 Se cumplieron los requisitos establecidos en la resolución (autorización o consulta). 594 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D042000 Número de oficio 1. 42D043000 Fecha del oficio 1. 42D044000 Número de oficio 2. 42D045000 Fecha del oficio 2. 42D046000 Número de oficio 3. 42D047000 Fecha del oficio 3. 42D048000 Obtuvo alguna resolución favorable por parte de autoridades jurisdiccionales que haya afectado su situación fiscal durante el ejercicio (incluye PTU). En caso afirmativo al índice anterior, indique el número y fecha de la resolución: 42D049000 Número de resolución 1. 42D050000 Fecha de la resolución 1. 42D051000 Número de resolución 2. 42D052000 Fecha de la resolución 2. 42D053000 Número de resolución 3. 42D054000 Fecha de la resolución 3. 42D055000 Ha interpuesto algún medio de defensa contra disposiciones fiscales. En caso afirmativo al índice anterior, aclarar a través del anexo denominado información adicional, la disposición fiscal controvertida, el medio de defensa interpuesto así como el estatus del medio de defensa interpuesto al cierre del ejercicio. 42D056000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple (normal). 42D057000 Fecha de envío de la declaración informativa múltiple (última complementaria). 42D058000 Está obligado a revelar para el ejercicio fiscal, esquemas reportables. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: Número de identificación otorgado por el SAT al esquema reportable. 42D059000 Número de identificación (campo 1). 42D060000 Número de identificación (campo 2). 42D061000 Número de identificación (campo 3). 42D062000 Número de identificación (campo 4). 42D063000 Número de identificación (campo 5). 42D064000 Fecha de presentación de la declaración informativa normal. 42D065000 Fecha de presentación de la declaración informativa (última complementaria). Operaciones financieras, inversiones, financiamiento, moneda extrajera y residentes al extranjero 42D066000 Celebró operaciones financieras derivadas que tuvieran efectos fiscales durante el ejercicio en el Impuesto sobre la Renta (en caso afirmativo debe llenar el anexo 9). 42D067000 Mantuvo inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 10). 42D068000 Llevó a cabo operaciones con residentes en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 15). 42D069000 Tuvo préstamos durante el ejercicio (en caso afirmativo debe llenar el anexo 17). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 595 Diagnóstico fiscal del contribuyente Generalidades fiscales 42D070000 Ha tenido cambios de denominación o razón social durante el ejercicio fiscal auditado. 42D071000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con los avisos de cambio de denominación o razón social ante el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 29, fracción I del RCFF), asimismo especifique el RFC y nombres anteriores. 42D072000 (especificar nombre anterior). 42D073000 (especificar nombre anterior). 42D074000 (especificar nombre anterior). 42D075000 (especificar nombre anterior). 42D076000 (especificar nombre anterior). 42D077000 Ha tenido cambios de domicilio fiscal durante el ejercicio fiscal auditado. 42D078000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de cambio de domicilio fiscal (para los efectos del artículo 29, fracción III del RCFF). 42D079000 Ha actualizado las actividades económicas y obligaciones durante el ejercicio fiscal auditado. 42D080000 En caso afirmativo al índice anterior, cuenta con todos los avisos de actualización de actividades económicas y obligaciones (para los efectos del artículo 29, fracción VII RCFF). 42D081000 Por el ejercicio fiscal auditado tiene los avisos de apertura o cierre realizados durante el mismo de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades (para los efectos del artículo 29, fracción VIII del RCFF). 42D082000 Indique si en el ejercicio fiscal sus partes sociales, acciones o equivalente fueron vendidas del contribuyente, si el mismo cumplió con lo dispuesto en el artículo 26, fracción XI del CFF. Nota: en caso afirmativo al índice anterior, describa como dio cumplimiento y con qué documentación lo acredita, a través del anexo denominado información adicional del dictamen. 42D083000 Tiene accionistas residentes en el país. 42D084000 En caso afirmativo al índice anterior, están inscritos en el registro federal de contribuyentes (para los efectos del artículo 27 del CFF). 42D085000 Indique si identifico proveedores o clientes con el listado definitivo emitido por el SAT de operaciones presuntamente inexistentes por todo el ejercicio fiscal revisado. 42D086000 Indique si verificó que las operaciones con ese cliente o proveedor no se les dé efecto fiscal de conformidad con el artículo 69-B del CFF. 42D087000 Tiene empleados. En caso afirmativo a la pregunta del índice anterior indique: 42D088000 Número de trabajadores. 42D089000 Total del ISR retenido y enterado por salarios. 42D090000 Total del ISR retenido y enterado por asimilados a salarios. 42D091000 Subsidio para el empleo entregado en efectivo a los trabajadores en el ejercicio. 42D092000 Total de ingresos por sueldos y salarios y conceptos asimilados. 596 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D093000 Total de ingresos exentos por sueldos y salarios. 42D094000 Creo una reserva de fondo de pensiones o jubilaciones de personal o bien efectuó cambios a dicho fondo (para los efectos de los artículos 29 de la LISR y 65 del RLISR). 42D095000 En caso negativo a la pregunta del índice 42D087000 tiene algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE). En caso de tener algún contrato de servicios especializados u obras especializadas (REPSE), señale el RFC y nombre de la(s) sociedad(es) que le presta(n) los servicios especializados u obras especializadas (REPSE). 42D096000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 42D097000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 42D098000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 42D099000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 42D100000 (especificar nombre de sociedad de servicios especializados u obras especializadas REPSE). 42D101000 Obtuvo pérdida por la enajenación de cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio. 42D102000 Las cuentas y documentos por cobrar en el ejercicio fueron cedidas como parte de una reestructura o pago de dividendos o utilidades. 42D103000 Monto de IVA que originó dicha operación. Contabilidad 42D104000 Llevó contabilidad para los efectos del artículo 28 del CFF, su reglamento y con el artículo 32, fracción I de la LIVA. 42D105000 La documentación comprobatoria de los registros o asientos está disponible en su domicilio fiscal (para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF). Nota: en caso negativo al índice anterior, señale el domicilio en el cual conserva la documentación comprobatoria de los registros o asientos, a través del anexo denominado información adicional del dictamen. Para efectos del IVA indique lo siguiente: 42D106000 Tratándose de comisionistas, realizó la separación en su contabilidad y registros de las operaciones que lleven a cabo por cuenta propia de las que efectúen por cuenta del comitente, (para los efectos de los artículos 32, fracción II de la LIVA y 35 del RLIVA). 42D107000 Expidió y entrego comprobantes fiscales (para los efectos de los artículos 32, fracción III de la LIVA, 20 y 74 del RLIVA). 42D108000 Expidió comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o-A, de la LIVA (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 42D109000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre las personas a las que les retuvo impuestos (para los efectos del artículo 32, fracción V de la LIVA así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 42D110000 Proporcionó mensualmente y en tiempo a las autoridades fiscales, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el Impuesto al Valor Agregado, incluyendo actividades por las que no estuvo obligado al pago (para los efectos del artículo 32, fracción VIII de la LIVA, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 597 42D111000 Monto de IVA que le retuvieron respecto a prestación de servicios de los que hace referencia el artículo 1o.-A, fracción IV de la LIVA. Cuenta con los siguientes libros actualizados: 42D112000 Diario. 42D113000 Mayor. 42D114000 Actas de asamblea de socios o accionistas. 42D115000 Socios o accionistas. Impuesto sobre la Renta (ISR) 42D116000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya autorizado la enajenación de sus acciones a costo fiscal, o bien, el diferimiento del impuesto derivado de la enajenación de sus acciones dentro del grupo al que pertenece (para los efectos del artículo 24 de la LISR). 42D117000 El contribuyente participó en una reestructura en la que se haya generado una transmisión indebida de pérdidas fiscales (para los efectos del artículo 69-B Bis del CFF). 42D118000 Las acciones del contribuyente relacionadas con la reestructura a que se refiere el índice anterior, permanecieron en el grupo reestructurado durante el ejercicio dictaminado. 42D119000 El contribuyente participó en una restructuración internacional por la que hubiere generado ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. 42D120000 Reconoció o reporto dichos ingresos. Nota. En caso negativo, señale el motivo a través del anexo denominado información adicional del dictamen. 42D121000 El contribuyente cambió el modelo de negocios. Dio cumplimiento a las siguientes obligaciones fiscales: 42D122000 Para el caso de las sociedades en instrumentos de deuda, señale si la cartera de inversión está conformada a su vez por acciones de fondos de inversión extranjeros. 42D123000 Si la respuesta es afirmativa, señale si hubo retención del ISR, por el pago de intereses a personas físicas. 42D124000 Si la respuesta es negativa señale si les fue informado a las personas físicas en la constancia, el monto de los intereses reales ganados durante el ejercicio en que se mantuvo la inversión en dichos fondos. 42D125000 Para el caso de las sociedades en instrumentos de renta variable, señale si la cartera de inversión está conformada a su vez por acciones de fondos de inversión extranjeros. 42D126000 En caso afirmativo señale si las ganancias en enajenación de las acciones de dicho fondo de inversión extranjero, las consideró gravadas para las personas físicas. 42D127000 Señale si le fue informada en la constancia a las personas físicas la ganancia que obtuvieron en el ejercicio en que mantuvo su inversión. 42D128000 Efectuar pagos de dividendos o utilidades con cheque nominativo no negociable expedido a nombre del socio o accionista o a través de transferencias de fondos al socio o accionista (para los efectos del artículo 76, fracción XI inciso a) de la LISR). 42D129000 Proporcionar a los socios o accionistas a los que les pagaron dividendos, constancia en la que se señale su monto, el ISR retenido, en el que se indique si los dividendos provienen de alguna cuenta o registro específico (para los efectos del artículo 76, fracción XI, inciso b) de la LISR). 42D130000 Informar a las autoridades fiscales de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000 (para los efectos de los artículos 18, fracción XI y 76, fracción XVI de la LISR, así como las reglas aplicables de la RMF para 2025). 598 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D131000 Hasta el 31 de diciembre de 2014, ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta 2013. 42D132000 En caso afirmativo, señale si durante el ejercicio dictaminado distribuyo dividendos en favor de sus accionistas. 42D133000 Monto distribuido. 42D134000 Monto de los dividendos distribuidos provenientes de la cuenta de utilidad fiscal neta. 42D135000 Monto considerado como ingreso acumulable para efectos del Impuesto sobre la Renta, derivado de ganancias por enajenación de acciones, intereses y ajuste anual por inflación, correspondientes a las inversiones promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa fecha. 42D136000 Monto considerado como deducción autorizada para efectos del Impuesto sobre la Renta, derivado de pérdidas por enajenación de acciones, intereses y ajuste anual por inflación, correspondientes a las inversiones promovidas hasta el 31 de diciembre de 2014 por las que ejerció la opción de acumulación prevista en el artículo 50 de la LISR vigente hasta esa fecha. 42D137000 Llevar un registro de las operaciones que efectuó con títulos valor emitidos en serie (para los efectos de los artículos 76, fracción VIII de la LISR y 111 del RLISR). (ISR) obtuvo ingresos por 42D138000 Indique si enajenó intangibles durante el ejercicio. En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 42D139000 Nombre del comprador 1. 42D140000 Es parte relacionada. 42D141000 Nombre del comprador 2. 42D142000 Es parte relacionada. 42D143000 Nombre del comprador 3. 42D144000 Es parte relacionada. 42D145000 Nombre del comprador 4. 42D146000 Es parte relacionada. 42D147000 Nombre del comprador 5. 42D148000 Es parte relacionada. 42D149000 Total de ingresos por venta de intangibles. 42D150000 Total del monto original de la inversión ajustado. 42D151000 Efectuó retención. 42D152000 Monto del entero por la operación. 42D153000 Monto deducible proveniente de operaciones financieras derivas pactadas fuera de mercados reconocidos. Indique lo siguiente en calidad de emisora de las acciones: 42D154000 Indique si transmitió activos monetarios por más del 51%. 42D155000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones. 42D156000 Indique si reembolsó prima en suscripción de acciones. 42D157000 Monto del reembolso o reducción de capital efectuado. 42D158000 Impuesto sobre la Renta derivado del artículo 78, fracción I. 42D159000 Impuesto sobre la Renta derivado del artículo 78, fracción II. 42D160000 Indique si realizó un reembolso o reducciones de acciones derivadas de absorción de pérdidas financieras. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 599 Deducciones (ISR) Reunió los siguientes requisitos fiscales para sus deducciones: 42D161000 En el caso de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se cumplieron los requisitos a que están sujetos (para los efectos del artículo 27, fracción IX de la LISR). 42D162000 En el caso de pérdida proveniente de enajenación de acciones y otros títulos valor, así como de pérdidas financieras que provengan de operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones o índices accionarios, se cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XVII de la LISR, así como con las reglas aplicables de la RMF para 2025). 42D163000 En el caso del otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, cumplió con los requisitos establecidos para su deducción (para los efectos del artículo 28, fracción XIII de la LISR). 42D164000 Realizó operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR). En caso afirmativo al índice anterior, indique lo siguiente: 42D165000 Se realizaron con fines de: 42D166000 En caso afirmativo acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. 42D167000 Indique el monto de la acumulación correspondiente. 42D168000 Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. 42D169000 En caso afirmativo indique el monto de la deducción correspondiente. 42D170000 Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. 42D171000 En caso afirmativo indique el monto correspondiente. 42D172000 En calidad de que participó en alguna fusión: 42D173000 Fecha en que surtió efectos la fusión. En caso de ser fusionada, deberá anotar: 42D174000 Fusionante: RFC. 42D175000 Fusionante: denominación o razón social. En caso de ser fusionante, deberá anotar: 42D176000 Fusionada 1: RFC. 42D177000 Fusionada 1: denominación o razón social. 42D178000 Fusionada 2: RFC. 42D179000 Fusionada 2: denominación o razón social. 42D180000 Fusionada 3: RFC. 42D181000 Fusionada 3: denominación o razón social. 42D182000 Fusionada 4: RFC. 42D183000 Fusionada 4: denominación o razón social. 42D184000 Fusionada 5: RFC. 42D185000 Fusionada 5: denominación o razón social. 600 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D186000 Fusionada 6: RFC. 42D187000 Fusionada 6: denominación o razón social. 42D188000 Fusionada 7: RFC. 42D189000 Fusionada 7: denominación o razón social. 42D190000 Fusionada 8: RFC. 42D191000 Fusionada 8: denominación o razón social. 42D192000 Fusionada 9: RFC. 42D193000 Fusionada 9: denominación o razón social. 42D194000 Fusionada 10: RFC. 42D195000 Fusionada 10: denominación o razón social. Nota: en caso de haber sido fusionante, y el espacio anterior es insuficiente, señale en el anexo denominado información adicional del dictamen: el RFC, nombre de la entidad(es) fusionada(s), fecha en que surtió efectos la fusión y el porcentaje de participación accionaria. 42D196000 En calidad de que participó en alguna escisión: 42D197000 Fecha en que surtió efectos la escisión. 42D198000 Trasmitió atributos fiscales como pérdidas fiscales, CUFIN, CUCA. Parte del activo, pasivo y capital social correspondiente, aportado por la escindente y recibido por: 42D199000 Escindida 1: RFC. 42D200000 Valor activo: 42D201000 Valor pasivo: 42D202000 Valor capital social: 42D203000 Escindida 2: RFC. 42D204000 Valor activo: 42D205000 Valor pasivo: 42D206000 Valor capital social: 42D207000 Escindida 3: RFC. 42D208000 Valor activo: 42D209000 Valor pasivo: 42D210000 Valor capital social: 42D211000 Escindida 4: RFC. 42D212000 Valor activo: 42D213000 Valor pasivo: 42D214000 Valor capital social: 42D215000 Escindida 5: RFC. 42D216000 Valor activo: 42D217000 Valor pasivo: 42D218000 Valor capital social: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 601 42D219000 Escindida 6: RFC. 42D220000 Valor activo: 42D221000 Valor pasivo: 42D222000 Valor capital social: 42D223000 Escindida 7: RFC. 42D224000 Valor activo: 42D225000 Valor pasivo: 42D226000 Valor capital social: 42D227000 Escindida 8: RFC. 42D228000 Valor activo: 42D229000 Valor pasivo: 42D230000 Valor capital social: 42D231000 Escindida 9: RFC. 42D232000 Valor activo: 42D233000 Valor pasivo: 42D234000 Valor capital social: 42D235000 Escindida 10: RFC. 42D236000 Valor activo: 42D237000 Valor pasivo: 42D238000 Valor capital social: 42D239000 Escindente: RFC. 42D240000 Valor activo: 42D241000 Valor pasivo: 42D242000 Valor capital social: En caso de liquidación, señalar: 42D243000 Fecha de inicio de la liquidación. Indique el nombre o denominación o razón social y RFC del liquidador: 42D244000 (liquidador 1 especificar nombre denominación o razón social). 42D245000 (liquidador 2 especificar nombre denominación o razón social). 42D246000 (liquidador 3 especificar nombre denominación o razón social). 42D247000 Mantuvo inversiones a través de fideicomisos para la adquisición o construcción de inmuebles (fibras). 42D248000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los artículos 187 y 188 de la LISR. 42D249000 Formó parte de un fideicomiso para la adquisición o construcción de inmuebles (fibra). 42D250000 En caso afirmativo al índice anterior, cumplió con todos los requisitos previstos en los 187 y 188 de la LISR. Acreditamientos 42D251000 Cuenta con la documentación comprobatoria del pago del ISR pagado en el extranjero que acreditó. 602 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D252000 Verificó que el impuesto pagado en el extranjero y acreditado en el ejercicio, efectivamente corresponda a un Impuesto sobre la Renta por el que se tenga derecho a su acreditamiento, de conformidad con las reglas generales expedidas por el Servicio de Administración Tributaria. 42D253000 El impuesto acreditado fue pagado directamente por el contribuyente en el extranjero. 42D254000 Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la LISR para acreditar el ISR pagado en el extranjero. 42D255000 Monto de ISR pagado en el extranjero derivado de dividendos o utilidades recibidos de residentes en el extranjero. 42D256000 Monto de ISR pagado en el extranjero proveniente de fuente de riqueza en el extranjero. 42D257000 Monto de ISR no acreditable y no deducible en términos del artículo 5o. de la LISR. 42D258000 Tratándose de un Impuesto sobre la Renta pagado por sociedades residentes en el extranjero, consecuencia de un pago de dividendos o utilidades distribuidos en favor del contribuyente, verificó que se hubiesen cumplido con todos y cada uno de los requisitos previstos en la normatividad fiscal aplicable para su acreditamiento. 42D259000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (1). 42D260000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (2). 42D261000 Señale el país en donde las sociedades residentes en el extranjero pagaron el Impuesto sobre la Renta que acredita el contribuyente (3). 42D262000 Acredita únicamente el Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero en el ejercicio. 42D263000 Señale si acredita un remanente del Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero correspondiente a ejercicios anteriores. Regímenes fiscales preferentes 42D264000 Realizó operaciones con regímenes fiscales preferentes, a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales en el extranjero (en caso afirmativo debe llenar el anexo 19). 42D265000 Cuenta con estudio de precios de transferencia por las operaciones efectuadas. 42D266000 Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio provenientes de REFIPRES. 42D267000 Acreditó impuesto pagado en REFIPRES. 42D268000 Monto del acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero. 42D269000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar ISR de retención proveniente de REFIPRES. 42D270000 Monto del acreditamiento de Impuesto sobre la Renta retenido. 42D271000 Indique si declaró impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 42D272000 Monto del impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES. 42D273000 Monto de dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 LISR. Retenciones y/o responsabilidad solidaria 42D274000 El contribuyente efectuó algún pago a un residente en el extranjero, en el que el ISR que le correspondió a dicho residente en el extranjero, fue cubierto por el propio contribuyente. 42D275000 Aplicó lo dispuesto por el artículo 1.13. Del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 603 42D276000 Aplicó algún tratado para evitar la doble tributación. En caso afirmativo: 42D277000 Cuenta con la documentación necesaria que acredite la residencia del país de que se trate, en términos del artículo 4o. de la LISR. 42D278000 Cumplió con todos los requisitos para aplicar una tasa de retención preferencial. Impuesto al Valor Agregado Obligaciones (IVA) Cumplió con las siguientes obligaciones: 42D279000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A, se acreditó en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). 42D280000 Tratándose del Impuesto al Valor Agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se hubiera enterado en los términos y plazos establecidos (para los efectos del artículo 5o., fracción IV de la LIVA). Acreditamiento (IVA) Requisitos de acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado 42D281000 Aplicó la opción del artículo 5o.-B de la LIVA para el prorrateo del impuesto no identificado con actividades gravadas, por las que se aplique la tasa 0% y exentas. 42D282000 Indique si para efectos de la determinación de los pagos mensuales definitivos del Impuesto al Valor Agregado acredita impuesto al 100%. 42D283000 Diga si incluye en la determinación de la proporción de acreditamiento, los ingresos por intereses cobrados provenientes de las operaciones financieras derivadas. 42D284000 Realizó ajustes al valor del Impuesto Acreditable (para los efectos del artículo 5o.-A de la LIVA). 42D285000 En el caso de intereses netos del ejercicio, verificó que el acreditamiento de IVA derivado de intereses se cumplió con los requisitos establecidos para su acreditamiento (para los efectos del artículo 5o., fracción I de la LIVA). Aplicación de estímulos fiscales 42D286000 Aplicó lo previsto en el artículo 2.2. del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte En materia de Impuesto sobre la Renta 42D287000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 (en caso afirmativo debe llenar del índice 42140131000000 al 42140159000000 del anexo 14). 42D288000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza norte, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. 604 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D289000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 42D290000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D291000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D292000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”. 42D293000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D294000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D295000 Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 42D296000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado: 42D297000 (1) Correspondiente al mes de: 42D298000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D299000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D300000 (2) Correspondiente al mes de: 42D301000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D302000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D303000 (3) Correspondiente al mes de: 42D304000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D305000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D306000 (4) Correspondiente al mes de: 42D307000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D308000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D309000 (5) Correspondiente al mes de: 42D310000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D311000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D312000 (6) Correspondiente al mes de: 42D313000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D314000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D315000 (7) Correspondiente al mes de: 42D316000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D317000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D318000 (8) Correspondiente al mes de: 42D319000 (8) fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D320000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D321000 (9) Correspondiente al mes de: 42D322000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 605 42D323000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D324000 (10) Correspondiente al mes de: 42D325000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D326000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D327000 (11) Correspondiente al mes de: 42D328000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D329000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D330000 (12) correspondiente al mes de: 42D331000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D332000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D333000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 42D334000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza norte es menor a 18 meses. 42D335000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D336000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D337000 Adicional al estímulo de la región fronteriza norte, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo siguiente: 42D338000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 42D339000 Monto del beneficio. 42D340000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción IV, del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D341000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 42D342000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 42D343000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. En materia de Impuesto al Valor Agregado 42D344000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D345000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo: 42D346000 (a) enajenación de bienes. 42D347000 (b) prestación de servicios independientes. 42D348000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 606 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D349000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D350000 Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA. 42D351000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo tercero, fracción IV del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 42D352000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 42D353000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. En relación a la pregunta anterior, señale el mes al que corresponde, la fecha de presentación del entero del IVA retenido y el monto pagado. 42D354000 (1) Correspondiente al mes de: 42D355000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D356000 (1) Monto pagado. 42D357000 (2) Correspondiente al mes de: 42D358000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D359000 (2) Monto pagado. 42D360000 (3) Correspondiente al mes de: 42D361000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D362000 (3) Monto pagado. 42D363000 (4) Correspondiente al mes de: 42D364000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido 42D365000 (4) Monto pagado 42D366000 (5) Correspondiente al mes de: 42D367000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D368000 (5) Monto pagado. 42D369000 (6) Correspondiente al mes de: 42D370000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D371000 (6) Monto pagado. 42D372000 (7) Correspondiente al mes de: 42D373000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D374000 (7) Monto pagado. 42D375000 (8) Correspondiente al mes de: 42D376000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D377000 (8) Monto pagado. 42D378000 (9) Correspondiente al mes de: 42D379000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D380000 (9) Monto pagado. 42D381000 (10) Correspondiente al mes de: 42D382000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D383000 (10) Monto pagado. 42D384000 (11) Correspondiente al mes de: 42D385000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D386000 (11) Monto pagado. 42D387000 (12) Correspondiente al mes de: 42D388000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 607 42D389000 (12) Monto pagado. 42D390000 Cuál es su moneda funcional. 42D391000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 42D392000 Es importador de un sector en específico. 42D393000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur En materia de Impuesto sobre la Renta 42D394000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020 (en caso afirmativo debe llenar del índice 42140160000000 al 42140188000000 del anexo 14). 42D395000 Indique el porcentaje que representan los ingresos del ejercicio inmediato anterior obtenidos en la región fronteriza sur, respecto del total de ingresos obtenidos fuera de esta. 42D396000 Se encuentra inscrito en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 42D397000 Número de oficio de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D398000 Fecha de autorización para aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D399000 Número o clave de registro en el “padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”. 42D400000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de ISR señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D401000 En caso afirmativo a la pregunta anterior, señale el motivo por el cual dejó de aplicar el estímulo fiscal de ISR. 42D402000 Fecha que dejo de aplicar el estímulo fiscal de ISR por cualquiera de los supuestos anteriores. 42D403000 Presentó a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitó la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales en los que aplicó el estímulo y en su caso, realizó el pago del ISR correspondiente. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale el mes del pago provisional corregido, la fecha de presentación de las declaraciones complementarias presentadas y el monto pagado: 42D404000 (1) Correspondiente al mes de: 42D405000 (1) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D406000 (1) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D407000 (2) Correspondiente al mes de: 42D408000 (2) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D409000 (2) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D410000 (3) Correspondiente al mes de: 42D411000 (3) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D412000 (3) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D413000 (4) Correspondiente al mes de: 42D414000 (4) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D415000 (4) Monto pagado en la declaración complementaria. 608 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D416000 (5) Correspondiente al mes de: 42D417000 (5) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D418000 (5) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D419000 (6) Correspondiente al mes de: 42D420000 (6) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D421000 (6) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D422000 (7) Correspondiente al mes de: 42D423000 (7) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D424000 (7) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D425000 (8) Correspondiente al mes de: 42D426000 (8) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D427000 (8) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D428000 (9) Correspondiente al mes de: 42D429000 (9) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D430000 (9) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D431000 (10) Correspondiente al mes de: 42D432000 (10) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D433000 (10) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D434000 (11) Correspondiente al mes de: 42D435000 (11) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D436000 (11) Monto pagado en la declaración complementaria. 42D437000 (12) Correspondiente al mes de: 42D438000 (12) Fecha de presentación de la declaración complementaria relativa al pago provisional en el que aplicó el estímulo. 42D439000 (12) Monto pagado en la declaración complementaria 42D440000 Señale si el estímulo fiscal aplicado es por domicilio, sucursal, establecimiento u otro. 42D441000 La antigüedad del domicilio fiscal, o de alguna sucursal, establecimiento u otro en la región fronteriza sur es menor a 18 meses. 42D442000 Cuenta con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicado dentro de la región fronteriza, al cual le es aplicable el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D443000 Se ubicó en los supuestos del artículo sexto, fracción XI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D444000 Adicional al estímulo de la región fronteriza sur, aplicó otro tratamiento fiscal que le otorgue beneficios o estímulos fiscales, adicionales, incluyendo exenciones o subsidios. En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, indique lo siguiente: 42D445000 Beneficio obtenido, derivado de la aplicación del estímulo fiscal que aplicó. 42D446000 Monto del beneficio. 42D447000 Colaboró con el programa anual de verificación en tiempo real para los efectos del artículo séptimo, segundo párrafo, fracción VI del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 609 42D448000 Fecha de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 42D449000 Número de folio en el acuse de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. 42D450000 Lugar de presentación del informe anual de colaboración al programa de verificación en tiempo real. En materia de Impuesto al Valor Agregado 42D451000 Optó por aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D452000 Fecha de presentación del aviso de aplicación del estímulo fiscal en materia de IVA señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. A qué tipo de actos o actividades gravados aplica el estímulo: 42D453000 (a) enajenación de bienes. 42D454000 (b) prestación de servicios independientes. 42D455000 (c) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. 42D456000 Dejó de aplicar el estímulo fiscal en materia de IVA, señalado en el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D457000 Fecha en que dejo de aplicar el estímulo en materia de IVA. 42D458000 Se ubicó en los supuestos de los artículos décimo segundo, fracción V del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 42D459000 Es persona física o moral con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios a que se refiere el artículo 1o., fracción IV de la Ley del IVA. 42D460000 En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, señale si optó por efectuar la retención del IVA a la tasa reducida del 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada. En relación a la pregunta anterior, señale las fechas de presentación del entero del IVA retenido y los montos pagados. 42D461000 (1) Correspondiente al mes de: 42D462000 (1) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D463000 (1) Monto pagado. 42D464000 (2) Correspondiente al mes de: 42D465000 (2) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D466000 (2) Monto pagado. 42D467000 (3) Correspondiente al mes de: 42D468000 (3) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D469000 (3) Monto pagado. 42D470000 (4) Correspondiente al mes de: 42D471000 (4) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D472000 (4) Monto pagado. 42D473000 (5) Correspondiente al mes de: 42D474000 (5) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D475000 (5) Monto pagado. 42D476000 (6) Correspondiente al mes de: 42D477000 (6) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 610 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42D478000 (6) Monto pagado. 42D479000 (7) Correspondiente al mes de: 42D480000 (7) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D481000 (7) Monto pagado. 42D482000 (8) Correspondiente al mes de: 42D483000 (8) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D484000 (8) Monto pagado. 42D485000 (9) Correspondiente al mes de: 42D486000 (9) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D487000 (9) Monto pagado. 42D488000 (10) Correspondiente al mes de: 42D489000 (10) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D490000 (10) Monto pagado. 42D491000 (11) Correspondiente al mes de: 42D492000 (11) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D493000 (11) Monto pagado. 42D494000 (12) Correspondiente al mes de: 42D495000 (12) Fecha de presentación del entero del IVA retenido. 42D496000 (12) Monto pagado. 42D497000 Cuál es su moneda funcional. 42D498000 Se encuentra obligado a llevar control volumétrico. 42D499000 Es importador de un sector en específico. 42D500000 En caso afirmativo al índice anterior, indique cual. Índice Concepto Datos a proporcionar 1.- Estado de situación financiera Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) Activo 42010000000000 Efectivo y equivalentes de efectivo. 42010001000000 Cuentas de margen (instrumentos financieros derivados) Inversiones en instrumentos financieros 42010002000000 Instrumentos financieros negociables. 42010003000000 Instrumentos financieros para cobrar o vender. 42010004000000 Instrumentos financieros para cobrar principal e interés (valores) (neto). 42010005000000 Otras inversiones en instrumentos financieros. 42010006000000 Total de inversiones en instrumentos financieros. 42010007000000 Deudores por reporto (saldo deudor). 42010008000000 Préstamo de valores (premios a recibir). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 611 Instrumentos financieros derivados. 42010009000000 Con fines de negociación (saldo deudor). 42010010000000 Con fines de cobertura (saldo deudor). 42010011000000 Total de instrumentos financieros derivados. 42010012000000 Ajustes de valuación por cobertura de activos financieros. 42010013000000 Cuentas por cobrar (neto). 42010014000000 Impuesto al Valor Agregado no pagado. 42010015000000 Bienes adjudicados (neto). 42010016000000 Activos de larga duración mantenidos para la venta o para distribuir a los propietarios. 42010017000000 Pagos anticipados y otros activos (neto). 42010018000000 Propiedades, mobiliario y equipo (neto). 42010019000000 Activos por derechos de uso de propiedades, mobiliario y equipo (neto). 42010020000000 Inversiones permanentes en acciones de empresas promovidas. 42010021000000 Activo por impuestos a la utilidad diferidos (neto). 42010022000000 Activos intangibles (neto). 42010023000000 Activos por derechos de uso de activos intangibles (neto). 42010024000000 Crédito mercantil. Impuestos diferidos (a favor) 42010025000000 ISR diferido. 42010026000000 PTU diferida. 42010027000000 Total de impuestos diferidos (a favor). Otros activos 42010028000000 Cargos diferidos. 42010029000000 Pagos anticipados. 42010030000000 Intangibles. 42010031000000 Otros activos a corto y largo plazo. 42010032000000 Total de otros activos. 42010033000000 Total activo. 612 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Pasivo y capital Pasivo Préstamos bancarios y de otros organismos 42010034000000 De corto plazo. 42010035000000 De largo plazo. 42010036000000 Total de préstamos bancarios y de otros organismos. 42010037000000 Acreedores por reporto. 42010038000000 Préstamo de valores (premios a entregar). Colaterales vendidos o dados en garantía 42010039000000 Reportos (saldo acreedor). 42010040000000 Préstamo de valores. 42010041000000 Instrumentos financieros derivados. 42010042000000 Otros colaterales vendidos o dados en garantía. 42010043000000 Total de colaterales vendidos o dados en garantía. Instrumentos financieros derivados (saldo acreedor) 42010044000000 Con fines de negociación (saldo acreedor). 42010045000000 Con fines de cobertura (saldo acreedor). 42010046000000 Total de derivados (saldo acreedor). 42010047000000 Ajustes de valuación por cobertura de pasivos financieros. 42010048000000 Pasivo por arrendamiento. Otras cuentas por pagar Contribuciones por pagar 42010049000000 Impuesto sobre la Renta. 42010050000000 Impuesto al Activo. 42010051000000 Impuesto al Valor Agregado. 42010052000000 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. 42010053000000 Impuesto sobre Automóviles Nuevos. 42010054000000 Impuestos Locales. 42010055000000 Cuotas al seguro social. 42010056000000 Aportaciones al INFONAVIT. 42010057000000 Aportaciones al SAR. 42010058000000 Otros impuestos y contribuciones. 42010059000000 Total de contribuciones por pagar. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 613 42010060000000 Participación de los trabajadores en las utilidades por pagar. 42010061000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar en asamblea de accionistas. 42010062000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar por su órgano de gobierno (para el caso de fondos de inversión). 42010063000000 Acreedores por liquidación de operaciones. 42010064000000 Acreedores por cuentas de margen. 42010065000000 Acreedores por colaterales recibidos en efectivo. 42010066000000 Acreedores diversos y otras cuentas por pagar. 42010067000000 Total de otras cuentas por pagar. 42010068000000 Impuesto al Valor Agregado no cobrado. Impuestos diferidos (a cargo) 42010069000000 ISR diferido. 42010070000000 PTU diferida. 42010071000000 Total de impuestos diferidos (a cargo). Pasivos relacionados con grupos de activos mantenidos para la venta Instrumentos financieros que califican como pasivo 42010072000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar por su órgano de gobierno. 42010073000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar por su asamblea de accionistas. 42010074000000 Otros. 42010075000000 Obligaciones asociadas con el retiro de componentes de propiedades, mobiliario y equipo. 42010076000000 Pasivo por impuestos a la utilidad. 42010077000000 Pasivo por beneficios a los empleados. 42010078000000 Créditos diferidos y cobros anticipados. 42010079000000 Total pasivo. 614 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Capital contable Capital contribuido 42010080000000 Capital social. 42010081000000 Capital social no exhibido. 42010082000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas. 42010083000000 Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su órgano de gobierno (para el caso de fondos de inversión). 42010084000000 Prima en venta de acciones. 42010085000000 Instrumentos financieros que califican como capital. 42010086000000 Otras cuentas de capital contribuido. 42010087000000 Total capital contribuido. Capital ganado 42010088000000 Reservas de capital. 42010089000000 Reserva por adquisición de acciones propias. 42010090000000 Resultados acumulados. 42010091000000 Otros resultados integrales. 42010092000000 Resultado de ejercicios anteriores. 42010093000000 Valuación de instrumentos financieros derivados de cobertura de flujos de efectivo. 42010094000000 Resultado por valuación de inversiones permanentes en acciones de empresas promovidas. 42010095000000 Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender. 42010096000000 Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición. 42010097000000 Remedición de beneficios definidos a los empleados. 42010098000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 42010099000000 Participación en ORI de empresas promovidas. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 615 42010100000000 Otras cuentas de capital ganado. 42010101000000 Total participación controladora. 42010102000000 Total participación no controladora. 42010103000000 Utilidad neta. 42010104000000 Pérdida neta. 42010105000000 Total capital ganado. 42010106000000 Total capital contable. 42010107000000 Total pasivo y capital contable. Cuentas de orden 42010108000000 Activos y pasivos contingentes. 42010109000000 Bienes en fideicomiso. 42010110000000 Bienes en custodia o en administración. 42010111000000 Capital social autorizado. 42010112000000 Acciones emitidas. 42010113000000 Colaterales recibidos por la entidad. 42010114000000 Colaterales recibidos y vendidos o entregados en garantía por la entidad. 42010115000000 Colaterales recibidos y vendidos por la entidad. 42010116000000 Otras cuentas de registro. 42010117000000 Total cuentas de orden. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 2.- Estado de resultado integral Por los ejercicios comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Total 2025 Partes relacionadas 2025 (Cifras en pesos) Nota: Para el llenado de este anexo es necesario capturar primero la información del anexo 5. Ingresos de la operación 42020000000000 Resultado por valuación de instrumentos financieros a valor razonable. 616 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42020001000000 Resultado por compraventa. 42020002000000 Resultado por participación en acciones de empresas promovidas (neto). 42020003000000 Ingresos por intereses. 42020004000000 Otros ingresos de la operación. 42020005000000 Total de ingresos de la operación. Egresos de la operación 42020006000000 Servicios administrativos y de distribución pagados a la sociedad operadora. 42020007000000 Servicios administrativos y de distribución pagados a otras entidades. 42020008000000 Gastos por intereses. 42020009000000 Otros egresos de la operación. 42020010000000 Gastos de administración y promoción. 42020011000000 Total de egresos de la operación. 42020012000000 Utilidad antes de impuestos a la utilidad. 42020013000000 Pérdida antes de impuestos a la utilidad. Menos: 42020014000000 ISR causado. 42020015000000 ISR diferido. 42020016000000 Utilidad antes de operaciones discontinuadas. 42020017000000 Pérdida antes de operaciones discontinuadas. Más: menos. 42020018000000 Operaciones discontinuadas. 42020019000000 Utilidad neta. 42020020000000 Pérdida neta. 42020021000000 Otros resultados integrales. 42020022000000 Participación en otros resultados integrales de otras entidades. 42020023000000 Resultado integral. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 617 Resultado neto atribuible a: 42020024000000 Participación controladora. 42020025000000 Participación no controladora. Resultado integral atribuible a: 42020026000000 Participación controladora. 42020027000000 Participación no controladora. 42020028000000 Utilidad básica por acción ordinaria. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Partes no Relacionadas 2025 Total 2024 Partes Relacionadas 2024 Partes no Relacionadas 2024 Este anexo consta de 26 columnas y está dividido en seis partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 3.- Estado de cambios en el capital contable Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Capital contribuido: capital social Capital contribuido: capital social no exhibido (Cifras en pesos) 42030000000000 (Saldos al 31 de diciembre de 2023). 42030001000000 Ajustes retrospectivos por cambios contables. 42030002000000 Ajustes retrospectivos por correcciones de errores. 42030003000000 (Saldo al 31 de diciembre de 2023 ajustado). Movimientos de propietarios 42030004000000 Aportaciones de capital. 42030005000000 Reembolsos de capital. 42030006000000 Decreto de dividendos. 42030007000000 Capitalización de otros conceptos del capital contable. 42030008000000 Cambios en la participación controladora que no implican pérdida de control. 42030009000000 Suscripción de acciones. 42030010000000 Capitalización de utilidades. 42030011000000 Constitución de reservas de capital. 618 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42030012000000 Traspaso del resultado neto a resultado de ejercicios anteriores. 42030013000000 Pago de dividendos. 42030014000000 Otros. 42030015000000 Total. Movimientos de reservas 42030016000000 Reservas de capital. Resultado integral 42030017000000 Utilidad neta. 42030018000000 Pérdida neta. Otros resultados integrales 42030019000000 Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender. 42030020000000 Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición. 42030021000000 Remedición de beneficios definidos a los empleados. 42030022000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 42030023000000 Participación en ORI de otras entidades. 42030024000000 Otros. 42030025000000 Total. 42030026000000 (Saldo al 31 de diciembre de 2024). 42030027000000 Ajustes retrospectivos por cambios contables. 42030028000000 Ajustes retrospectivos por correcciones de errores. 42030029000000 (Saldo al 31 de diciembre de 2024 ajustado). Movimientos de propietarios 42030030000000 Aportaciones de capital. 42030031000000 Reembolsos de capital. 42030032000000 Decreto de dividendos. 42030033000000 Capitalización de otros conceptos del capital contable. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 619 42030034000000 Cambios en la participación controladora que no implican pérdida de control. 42030035000000 Suscripción de acciones. 42030036000000 Capitalización de utilidades. 42030037000000 Constitución de reservas de capital. 42030038000000 Traspaso del resultado neto a resultado de ejercicios anteriores. 42030039000000 Pago de dividendos. 42030040000000 Otros. 42030041000000 Total. Movimientos de reservas 42030042000000 Reservas de capital. Resultado integral 42030043000000 Utilidad neta. 42030044000000 Pérdida neta. Otros resultados integrales 42030045000000 Valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender. 42030046000000 Ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición. 42030047000000 Remedición de beneficios definidos a los empleados. 42030048000000 Resultado por tenencia de activos no monetarios. 42030049000000 Participación en ORI de otras entidades. 42030050000000 Otros. 42030051000000 Total. 42030052000000 (Saldo al 31 de diciembre del 2025). Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Capital contribuido: aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas en asamblea de accionistas Capital contribuido: aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su órgano de gobierno (para el caso de fondos de inversión) Capital contribuido: prima en venta de acciones Capital contribuido: instrumentos financieros que califican como capital Capital contribuido: otras cuentas de capital contribuido 620 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte III Datos a proporcionar Capital ganado: reservas de capital Capital ganado: reserva por adquisición de acciones propias Capital ganado: resultados acumulados Capital ganado: resultado de ejercicios anteriores Capital ganado: valuación de instrumentos derivados de cobertura de flujo de efectivo Parte IV Datos a proporcionar Capital ganado: resultado por valuación de inversiones permanentes en acciones de empresas promovidas Capital ganado: valuación de instrumentos financieros para cobrar o vender Capital ganado: ingresos y gastos relacionados con activos mantenidos para su disposición Capital ganado: remedición de beneficios definidos a los empleados Parte V Datos a proporcionar Capital ganado: resultado por tenencia de activos no monetarios Capital ganado: participación en ORI de otras entidades Capital ganado: otras cuentas de capital ganado Capital ganado: utilidad neta Parte VI Datos a proporcionar Capital ganado: pérdida neta Total participación de la controladora Participación no controladora Total capital contable Este anexo consta de 16 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 4.- Estado de valuación de cartera de inversión Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 Porcentaje de participación Emisora (Cifras en pesos) Efectivo y equivalentes de efectivo 42040000000000 Efectivo y equivalentes de efectivo sin restricción. 42040001000000 Efectivo y equivalentes de efectivo restringidos o dados en garantía. 42040002000000 Total de efectivo y equivalentes de efectivo. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 621 Instrumentos financieros negociables Inversión en instrumentos financieros de capital 42040003000000 Acciones nacionales. 42040004000000 Acciones extranjeras. 42040005000000 Acciones de fondos de inversión. 42040006000000 Certificados de fideicomisos de inversión en bienes raíces. 42040007000000 Títulos fiduciarios de capital, hipotecarios y de desarrollo. 42040008000000 Títulos referenciados a activos. 42040009000000 Certificados de fondos de inversión cotizados. 42040010000000 Fondos de inversión en instrumentos de deuda. 42040011000000 Fondos de inversión en renta variable. 42040012000000 Fondos de inversión de capitales. 42040013000000 Fondos de inversión de objeto limitado. 42040014000000 Empresas industriales. 42040015000000 Empresas comerciales. 42040016000000 Empresas de servicios. 42040017000000 Empresas controladoras. 42040018000000 Instituciones de crédito. 42040019000000 Sociedades o fondos de inversión. 42040020000000 Grupos financieros. 42040021000000 Otros. 42040022000000 Total de inversión en instrumentos financieros de capital. Inversión en instrumentos financieros de deuda 42040023000000 Valores gubernamentales. 42040024000000 Títulos bancarios. 42040025000000 Papel privado. 42040026000000 Otros. 42040027000000 Total de inversión en instrumentos financieros de deuda. 42040028000000 Total de instrumentos financieros negociables. Instrumentos financieros para cobrar o vender Inversión en instrumentos de patrimonio neto 42040029000000 Fondos de inversión en instrumentos de deuda. 42040030000000 Fondos de inversión en renta variable. 42040031000000 Fondos de inversión de capitales. 42040032000000 Fondos de inversión de objeto limitado. 42040033000000 Empresas industriales. 42040034000000 Empresas comerciales. 42040035000000 Empresas de servicios. 42040036000000 Empresas controladoras. 622 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42040037000000 Instituciones de crédito. 42040038000000 Grupos financieros. 42040039000000 Otros. 42040040000000 Total de inversión en instrumentos de patrimonio neto. Inversión en instrumentos financieros de deuda 42040041000000 Valores gubernamentales. 42040042000000 Títulos bancarios. 42040043000000 Papel privado. 42040044000000 Otros. 42040045000000 Total de inversión en instrumentos financieros de deuda. 42040046000000 Total de instrumentos financieros para cobrar o vender. Instrumentos financieros para cobrar principal e interés Inversión en instrumentos financieros de deuda 42040047000000 Valores gubernamentales. 42040048000000 Títulos bancarios. 42040049000000 Papel privado. 42040050000000 Otros. 42040051000000 Total de inversión en instrumentos financieros de deuda. 42040052000000 Total de instrumentos financieros para cobrar principal e interés. Reportos 42040053000000 Deudores por reportos. Préstamos de valores 42040054000000 Valores objeto de la operación. 42040055000000 Premios devengados por operaciones de préstamo de valores. Operaciones con instrumentos financieros derivados 42040056000000 Futuros. 42040057000000 Contratos adelantados. 42040058000000 Opciones. 42040059000000 Swaps. 42040060000000 Paquetes de instrumentos financieros derivados. 42040061000000 Otras. 42040062000000 Total operaciones con instrumentos financieros derivados. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 623 Inversiones permanentes en acciones de empresas promovidas Inversiones en acciones de empresas promovidas 42040063000000 Empresas industriales. 42040064000000 Empresas comerciales. 42040065000000 Empresas de servicios. 42040066000000 Otros. 42040067000000 Total de inversiones en acciones de empresas promovidas. 42040068000000 Total de inversiones permanentes en acciones de empresas promovidas. Inversiones permanentes en acciones 42040069000000 Fondos de inversión en instrumentos de deuda. 42040070000000 Fondos de inversión en renta variable. 42040071000000 Fondos de inversión de capitales. 42040072000000 Fondos de inversión de objeto limitado. 42040073000000 Empresas de servicios. 42040074000000 Otros. 42040075000000 Total de inversiones permanentes en acciones. 42040076000000 Total de valuación de cartera de inversión al 31 de diciembre de 2024. Efectivo y equivalentes de efectivo 42040077000000 Efectivo y equivalentes de efectivo sin restricción. 42040078000000 Efectivo y equivalentes de efectivo restringidos o dados en garantía. 42040079000000 Total de efectivo y equivalentes de efectivo. Instrumentos financieros negociables Inversión en instrumentos financieros de capital 42040080000000 Acciones nacionales. 42040081000000 Acciones extranjeras. 42040082000000 Acciones de fondos de inversión. 42040083000000 Certificados de fideicomisos de inversión en bienes raíces. 42040084000000 Títulos fiduciarios de capital, hipotecarios y de desarrollo. 42040085000000 Títulos referenciados a activos. 42040086000000 Certificados de fondos de inversión cotizados. 42040087000000 Fondos de inversión en instrumentos de deuda. 624 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42040088000000 Fondos de inversión en renta variable. 42040089000000 Fondos de inversión de capitales. 42040090000000 Fondos de inversión de objeto limitado. 42040091000000 Empresas industriales. 42040092000000 Empresas comerciales. 42040093000000 Empresas de servicios. 42040094000000 Empresas controladoras. 42040095000000 Instituciones de crédito. 42040096000000 Sociedades o fondos de inversión. 42040097000000 Grupos financieros. 42040098000000 Otros. 42040099000000 Total de inversión en instrumentos financieros de capital. Inversión en instrumentos financieros de deuda 42040100000000 Valores gubernamentales. 42040101000000 Títulos bancarios. 42040102000000 Papel privado. 42040103000000 Otros. 42040104000000 Total de inversión en instrumentos financieros de deuda. 42040105000000 Total de instrumentos financieros negociables. Instrumentos financieros para cobrar o vender Inversión en instrumentos de patrimonio neto 42040106000000 Fondos de inversión en instrumentos de deuda. 42040107000000 Fondos de inversión en renta variable. 42040108000000 Fondos de inversión de capitales. 42040109000000 Fondos de inversión de objeto limitado. 42040110000000 Empresas industriales. 42040111000000 Empresas comerciales. 42040112000000 Empresas de servicios. 42040113000000 Empresas controladoras. 42040114000000 Instituciones de crédito. 42040115000000 Grupos financieros. 42040116000000 Otros. 42040117000000 Total de inversión en instrumentos de patrimonio neto. Inversión en instrumentos financieros de deuda 42040118000000 Valores gubernamentales. 42040119000000 Títulos bancarios. 42040120000000 Papel privado. 42040121000000 Otros. 42040122000000 Total de inversión en instrumentos financieros de deuda. 42040123000000 Total de instrumentos financieros para cobrar o vender. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 625 Instrumentos financieros para cobrar principal e interés Inversión en instrumentos financieros de deuda 42040124000000 Valores gubernamentales. 42040125000000 Títulos bancarios. 42040126000000 Papel privado. 42040127000000 Otros. 42040128000000 Total de inversión en instrumentos financieros de deuda. 42040129000000 Total de instrumentos financieros para cobrar principal e interés. Reportos 42040130000000 Deudores por reportos. Préstamos de valores 42040131000000 Valores objeto de la operación. 42040132000000 Premios devengados por operaciones de préstamo de valores. Operaciones con instrumentos financieros derivados 42040133000000 Futuros. 42040134000000 Contratos adelantados. 42040135000000 Opciones. 42040136000000 Swaps. 42040137000000 Paquetes de instrumentos financieros derivados. 42040138000000 Otras. 42040139000000 Total operaciones con instrumentos financieros derivados. Inversiones permanentes en acciones de empresas promovidas Inversiones en acciones de empresas promovidas 42040140000000 Empresas industriales. 42040141000000 Empresas comerciales. 42040142000000 Empresas de servicios. 42040143000000 Otros. 42040144000000 Total de inversiones en acciones de empresas promovidas. 42040145000000 Total de inversiones permanentes en acciones de empresas promovidas. 626 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Inversiones permanentes en acciones 42040146000000 Fondos de inversión en instrumentos de deuda. 42040147000000 Fondos de inversión en renta variable. 42040148000000 Fondos de inversión de capitales. 42040149000000 Fondos de inversión de objeto limitado. 42040150000000 Empresas de servicios. 42040151000000 Otros. 42040152000000 Total de inversiones permanentes en acciones. 42040153000000 Total de valuación de cartera de inversión al 31 de diciembre de 2025. Las notas adjuntas son parte integrante de este estado financiero. Parte II Datos a proporcionar Serie Tipo de valor Tasa al valuar Calificación o bursatilidad Cantidad de títulos operados Cantidad de títulos liquidados Parte III Datos a proporcionar Total de títulos de la emisión Costo promedio unitario de adquisición Costo total de adquisición Valor razonable o contable unitario Valor razonable o contable total Días por vencer Concepto 4.1.- Notas a los estados financieros. Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 5.- Análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025 y de 2024 2025 2024 (Cifras en pesos) Ingresos de la operación Resultado por valuación de instrumentos financieros a valor razonable Resultado por valuación de instrumentos financieros a valor razonable 42050000000000 Títulos para negociar. 42050001000000 Derivados con fines de negociación. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 627 42050002000000 Derivados con fines de cobertura. 42050003000000 Colaterales vendidos. 42050004000000 Otros. 42050005000000 Total de resultado por valuación de instrumentos financieros a valor razonable. 42050006000000 Resultado por valuación de divisas. 42050007000000 Otros. 42050008000000 Total de resultado por valuación de instrumentos financieros a valor razonable. Resultado por compraventa Resultado por compraventa de valores y derivados 42050009000000 Títulos para negociar. 42050010000000 Derivados con fines de negociación. 42050011000000 Derivados con fines de cobertura. 42050012000000 Otros. 42050013000000 Total de resultado por compraventa de valores y derivados. 42050014000000 Resultado por compraventa de divisas. 42050015000000 Resultado por compraventa de colaterales recibidos. 42050016000000 Otros. 42050017000000 Total de resultado por compraventa. 42050018000000 Resultado por participación en acciones de empresas promovidas. Ingresos por intereses Intereses de disponibilidades 42050019000000 Bancos. 42050020000000 Disponibilidades restringidas o dadas en garantía. 42050021000000 Otros. 42050022000000 Total de intereses de disponibilidades. Intereses y rendimientos a favor provenientes de cuentas de margen 42050023000000 Efectivo. 42050024000000 Valores. 42050025000000 Otros activos. 42050026000000 Total de intereses y rendimientos a favor provenientes de cuentas de margen. 628 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores 42050027000000 Títulos para negociar. 42050028000000 Otros. 42050029000000 Total de intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores. 42050030000000 Premios e intereses a favor en operaciones de reporto. 42050031000000 Premios e intereses a favor en préstamo de valores. 42050032000000 Ingresos provenientes de operaciones de cobertura. 42050033000000 Dividendos de instrumentos de patrimonio neto. Utilidad por valorización 42050034000000 Utilidad en cambios por valorización. 42050035000000 Valorización de instrumentos indizados. 42050036000000 Valorización de partidas en udis. 42050037000000 Otros. 42050038000000 Total de utilidad por valorización. 42050039000000 Total de ingresos por intereses. Otros ingresos de la operación Recuperaciones 42050040000000 Impuestos. 42050041000000 Otras recuperaciones. 42050042000000 Total de recuperaciones. 42050043000000 Utilidad por adjudicación de bienes. 42050044000000 Utilidad en venta de bienes adjudicados. 42050045000000 Utilidad por valuación de bienes adjudicados. Efecto por reversión del deterioro 42050046000000 De bienes inmuebles. 42050047000000 De crédito mercantil. 42050048000000 De otros activos. 42050049000000 Total de efecto por reversión del deterioro. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 629 42050050000000 Utilidad en venta de propiedades, mobiliario y equipo. 42050051000000 Cancelación de la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro. 42050052000000 Cancelación de otras cuentas de pasivo. 42050053000000 Otras partidas de los ingresos de la operación. 42050054000000 Total de otros ingresos de la operación. 42050055000000 Total de ingresos de la operación. Egresos de la operación Servicios administrativos y de distribución pagados a la sociedad operadora 42050056000000 Administración de activos. 42050057000000 Administración de activos sobre desempeño. 42050058000000 Distribución. 42050059000000 Valuación. 42050060000000 Depósito de acciones de la sociedad de inversión o fondo de inversión. 42050061000000 Depósito de valores de la sociedad de inversión o del fondo de inversión. 42050062000000 Depósito de valores. 42050063000000 Custodia de acciones de la sociedad de inversión o del fondo de inversión. 42050064000000 Custodia de valores de la sociedad de inversión o del fondo de inversión. 42050065000000 Custodia de valores. 42050066000000 Contabilidad. 42050067000000 Administración de la sociedad o del fondo. 42050068000000 Sistemas. 42050069000000 Administración de riesgos. 42050070000000 Otros. 42050071000000 Total de servicios administrativos y de distribución pagados a la sociedad operadora. Servicios administrativos y de distribución pagados a otras entidades 42050072000000 Distribución. 42050073000000 Valuación. 42050074000000 Calificación. 42050075000000 Proveeduría de precios. 42050076000000 Depósito de acciones de la sociedad de inversión o del fondo de inversión. 42050077000000 Depósito de valores de la sociedad de inversión o del fondo de inversión. 42050078000000 Depósito de valores. 42050079000000 Custodia de acciones de la sociedad de inversión o del fondo de inversión. 42050080000000 Custodia de valores de la sociedad de inversión o del fondo de inversión. 630 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42050081000000 Custodia de valores. 42050082000000 Contabilidad. 42050083000000 Administración de la sociedad o del fondo. 42050084000000 Sistemas. 42050085000000 Administración de riesgos. 42050086000000 Otros. 42050087000000 Total de servicios administrativos y de distribución pagados a otras entidades. Gastos por intereses 42050088000000 Premios e intereses a cargo en operaciones de reporto. 42050089000000 Premios e intereses a cargo en préstamo de valores. 42050090000000 Gastos provenientes de operaciones de cobertura. 42050091000000 Comisiones pagadas. Pérdida por valorización 42050092000000 Pérdida en cambios por valorización. 42050093000000 Valorización de instrumentos indizados. 42050094000000 Valorización de partidas en udis. 42050095000000 Otros. 42050096000000 Total de pérdida por valorización. 42050097000000 Total de gastos por intereses. Otros egresos de la operación Costos de transacción 42050098000000 Por compra venta de títulos para negociar. 42050099000000 Por compraventa de derivados. 42050100000000 Total de costos de transacción. 42050101000000 Afectaciones a la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro. Quebrantos 42050102000000 Fraudes. 42050103000000 Siniestros. 42050104000000 Otros quebrantos. 42050105000000 Total de quebrantos. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 631 42050106000000 Intereses a cargo en financiamiento para adquisición de activos. 42050107000000 Pérdida por adjudicación de bienes. 42050108000000 Pérdida en venta de bienes adjudicados. 42050109000000 Pérdida por valuación de bienes adjudicados. Pérdida por deterioro 42050110000000 De propiedades, mobiliario y equipo. 42050111000000 De crédito mercantil. 42050112000000 De otras inversiones permanentes valuadas a costo. 42050113000000 De otros activos. 42050114000000 Total de pérdida por deterioro. 42050115000000 Pérdida en venta de propiedades, mobiliario y equipo. 42050116000000 Otras partidas de los egresos de la operación. 42050117000000 Total de otros egresos de la operación. Gastos de administración y promoción 42050118000000 Remuneraciones y prestaciones a consejeros. 42050119000000 Sueldos, salarios y prestaciones a trabajadores con discapacidad y/o adultos mayores. 42050120000000 Honorarios. 42050121000000 Rentas. 42050122000000 Gastos de promoción y publicidad. 42050123000000 Impuestos y derechos diversos. 42050124000000 Gastos no deducibles. 42050125000000 Gastos en tecnología. 42050126000000 Depreciaciones. 42050127000000 Uso o goce temporal de automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos con motor de combustión interna o accionado por hidrogeno. 42050128000000 Monto deducible de los pagos efectuados por el uso o goce temporal de automóviles. 42050129000000 Amortizaciones. 42050130000000 Correos y teléfonos. 42050131000000 Mantenimiento y conservación. 42050132000000 Fletes y acarreos pagados a personas físicas. 42050133000000 Fletes y acarreos pagados a personas morales. 42050134000000 Pérdida por créditos incobrables. 42050135000000 Consumo en restaurantes. 42050136000000 Pérdida por operaciones financieras derivadas. 42050137000000 Deducción por concepto de ayuda alimentaria para los trabajadores. 632 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42050138000000 Otros gastos de administración. 42050139000000 Total de gastos de administración y promoción. 42050140000000 Total de egresos de la operación. Parte II Datos a proporcionar Partes relacionadas 2025 Partes no relacionadas 2025 Partes relacionadas 2024 Partes no relacionadas 2024 Parte III Datos a proporcionar Acumulable o deducible para ISR: 2025 Acumulable o deducible para ISR: 2024 No acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR: 2025 No acumulables o no afectos al ISR (ingresos) no deducibles (gastos) para ISR: 2024 Este anexo consta de 8 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 6.- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Base gravable Tasa, tarifa o cuota (Cifras en pesos) Contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo Impuesto sobre la Renta (ISR) 42060000000000 Impuesto sobre la Renta. 42060001000000 Otras reducciones del ISR. 42060002000000 ISR causado en el ejercicio. 42060003000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por proyectos en investigación y desarrollo tecnológico autorizado en ejercicios anteriores. 42060004000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional de ejercicios anteriores. 42060005000000 Monto pendiente aplicado en el ejercicio, del estímulo fiscal a proyectos de inversión en las artes de ejercicios anteriores. 42060006000000 Estímulo por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional. 42060007000000 Estímulo a proyectos de inversión en las artes. 42060008000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2025. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 633 42060009000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2024. 42060010000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2023. 42060011000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2022. 42060012000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2021. 42060013000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2020. 42060014000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2019. 42060015000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2018. 42060016000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2017. 42060017000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2016. 42060018000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2015. 42060019000000 Gastos e inversiones por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico", aplicado en el ejercicio 2014. 42060020000000 Monto pendiente de aplicar por "proyectos en investigación y desarrollo tecnológico". 42060021000000 Estímulo por la inversión en proyectos y programas para el deporte de alto rendimiento. 42060022000000 Monto pendiente de aplicar por la inversión en proyectos y programas para el deporte de alto rendimiento. 42060023000000 Ingresos obtenidos por apoyos gubernamentales. 42060024000000 Monto pendiente de aplicar del estímulo por la inversión en equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos. 42060025000000 Monto del estímulo fiscal por biodiesel y sus mezclas. 42060026000000 Otros estímulos. 42060027000000 Total de estímulos. 42060028000000 Pagos provisionales efectuados enterados a la federación. 42060029000000 ISR retenido al contribuyente. 42060030000000 ISR acreditable pagado en el extranjero. 42060031000000 ISR acreditable por dividendos o utilidades distribuidos. 42060032000000 Otras cantidades a cargo. 42060033000000 Otras cantidades a favor. 42060034000000 Diferencia a cargo. 42060035000000 Diferencia a favor. 42060036000000 Impuesto sobre la Renta a cargo del ejercicio. 42060037000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018, aplicado en el ejercicio 2025. 42060038000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado en el ejercicio 2025. 42060039000000 Impuesto sobre la Renta pagado en declaraciones anual, normal y complementarias. 634 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42060040000000 Diferencia a cargo del ejercicio. 42060041000000 ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU. 42060042000000 Saldo a favor del ejercicio. Otros datos 42060043000000 Impuesto sobre la Renta por ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. 42060044000000 Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE. 42060045000000 Impuesto sobre la Renta sobre dividendos distribuidos provenientes de CUFINRE. Impuesto al Valor Agregado (IVA) 42060046000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 16%. 42060047000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 0%. 42060048000000 Suma del valor de los actos o actividades gravados. 42060049000000 Valor de los actos o actividades por los que no se está obligado al pago (exentos). 42060050000000 Total del valor de los actos o actividades. 42060051000000 Valor de los actos o actividades no objeto. 42060052000000 Suma del IVA causado de los meses del ejercicio. 42060053000000 Suma del IVA acreditable de los meses del ejercicio sin incluir saldos a favor. 42060054000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018, aplicado en el ejercicio 2025. 42060055000000 Estímulo fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado señalado en el decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, aplicado en el ejercicio 2025. 42060056000000 Suma de compensaciones aplicadas al IVA de otras contribuciones federales en los meses del ejercicio. 42060057000000 Suma de acreditamientos de saldos a favor de IVA. 42060058000000 Suma del IVA devuelto en los meses del ejercicio. 42060059000000 Acreditamiento del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA). 42060060000000 Incremento del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA). 42060061000000 Reintegro del IVA por las inversiones o gastos en periodos preoperativos (para los efectos de los artículos 5o., fracción VI y 5o.-B, segundo párrafo de la LIVA). 42060062000000 Monto de los servicios de tecnologías de la información prestados en el extranjero considerados como exportados y sujetos a la tasa del 0% del IVA (para los efectos del artículo 29, fracción IV, inciso i) de la LIVA). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 635 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) 42060063000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 30 % (juegos con apuestas y sorteos). 42060064000000 Suma del IEPS causado de los meses del ejercicio 42060065000000 Suma de compensaciones aplicadas al IEPS de otras contribuciones federales en los meses del ejercicio. 42060066000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. 42060067000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. Impuestos al Comercio Exterior 42060068000000 Impuesto general de importación. 42060069000000 Impuesto general de exportación. 42060070000000 Total de impuestos al comercio exterior. Aportaciones de seguridad social 42060071000000 Cuotas obrero patronales al IMSS. 42060072000000 Aportaciones al INFONAVIT. 42060073000000 Aportaciones al seguro de retiro. Derechos por los servicios que presta 42060074000000 Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). 42060075000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos). 42060076000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de Derechos). 42060077000000 Otros especificar concepto. Contribuciones de las que es retenedor: Impuesto sobre la Renta (ISR) Por pagos a residentes en el país 42060078000000 Por salarios. 42060079000000 Honorarios al 35% art. 96 de la LISR. 42060080000000 Premios. 42060081000000 Honorarios al 10%. 42060082000000 Arrendamiento al 10%. 42060083000000 Enajenación de otros bienes al 20%. 42060084000000 Intereses al 0.08%, sobre el monto del capital. 42060085000000 Intereses al 20%. 636 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42060086000000 Comisiones. 42060087000000 Intereses y ganancia cambiaria al 35%. 42060088000000 Por dividendos al 10%. 42060089000000 Otros. 42060090000000 Total de ISR retenido a residentes en el país. Por pagos a residentes en el extranjero 42060091000000 Salarios al 15%. 42060092000000 Salarios al 30%. 42060093000000 Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 15%. 42060094000000 Jubilaciones, pensiones y otros conceptos al 30%. 42060095000000 Honorarios al 25%. 42060096000000 Regalías al 5%. 42060097000000 Regalías al 10%. 42060098000000 Regalías al 25%. 42060099000000 Regalías al 35%. 42060100000000 Asistencia técnica. 42060101000000 Mediaciones. 42060102000000 Arrendamiento de inmuebles. 42060103000000 Arrendamiento de muebles al 5%. 42060104000000 Arrendamiento de muebles al 25%. 42060105000000 Intercambio de deuda pública por capital. 42060106000000 Arrendamiento financiero. 42060107000000 Premios. 42060108000000 Servicio turístico de tiempo compartido. 42060109000000 Intereses al 4.9%. 42060110000000 Intereses al 10%. 42060111000000 Intereses al 15%. 42060112000000 Intereses al 21%. 42060113000000 Intereses al 35%. 42060114000000 Enajenación de inmuebles. 42060115000000 Enajenación de acciones. 42060116000000 Operaciones financieras derivadas de capital. 42060117000000 Operaciones financieras derivadas de deuda. 42060118000000 Construcción de obra, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles. 42060119000000 Contrato de fletamento. 42060120000000 Espectáculos públicos, artísticos y deportivos. 42060121000000 Por dividendos al 10%. 42060122000000 Otros. 42060123000000 Total de ISR retenido a residentes en el extranjero. Impuesto al Valor Agregado (IVA) 42060124000000 Servicios personales independientes prestados por personas físicas. 42060125000000 Uso o goce temporal de bienes prestados u otorgados por personas físicas. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 637 42060126000000 Servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas físicas o morales. 42060127000000 Servicios prestados por comisionistas personas físicas. 42060128000000 Adquisición, o uso o goce temporal de bienes tangibles, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país. 42060129000000 Otros. 42060130000000 Total de IVA retenido. Otras contribuciones retenidas 42060131000000 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios retenido. 42060132000000 Otros. Compensaciones efectuadas y devoluciones obtenidas Compensaciones efectuadas durante el ejercicio de saldos a favor provenientes de: A valor histórico de: 42060133000000 Impuesto al Valor Agregado. 42060134000000 Impuesto sobre la Renta. 42060135000000 Otras contribuciones federales. A valor actualizado de: 42060136000000 Impuesto al Valor Agregado. 42060137000000 Impuesto sobre la Renta. 42060138000000 Otras contribuciones federales. Compensaciones efectuadas durante el ejercicio aplicadas a: 42060139000000 Impuesto al Valor Agregado propio proveniente de Impuesto al Valor Agregado propio. 42060140000000 Impuesto sobre la Renta propio proveniente de Impuesto sobre la Renta propio. 42060141000000 Otras contribuciones federales. Devoluciones obtenidas en el ejercicio 42060142000000 Otras contribuciones federales. De: 42060143000000 Impuesto al Valor Agregado. 42060144000000 Impuesto sobre la Renta. 42060145000000 Otras contribuciones federales. Parte II Datos a proporcionar Contribución determinada por auditoría a cargo o a favor Contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente Diferencias Diferencias no materiales no investigadas por auditoría Concepto 6.1.- Declaratoria. 638 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 7.- Relación de contribuciones por pagar Al 31 de diciembre de 2025 Importe correspondiente al ejercicio fiscal dictaminado Importe proveniente de ejercicios anteriores (Cifras en pesos) Impuesto sobre la Renta causado como sujeto directo 42070000000000 Determinado por el contribuyente (del ejercicio). 42070001000000 Diferencia determinada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado). Pagos provisionales y/o definitivos determinados por el contribuyente por concepto de: Impuesto sobre la Renta pagos provisionales propios 42070002000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en su carácter de retenedor 42070003000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de honorarios en su carácter de retenedor 42070004000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de arrendamientos en su carácter de retenedor 42070005000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta por pago de intereses en su carácter de retenedor 42070006000000 Correspondiente al mes de: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 639 Impuesto sobre la Renta (otras retenciones a residentes en México) en su carácter de retenedor 42070007000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta sobre dividendos como sujeto directo 42070008000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta regímenes fiscales preferentes como sujeto directo 42070009000000 Correspondiente al ejercicio de: Impuesto sobre la Renta por pagos al extranjero en su carácter de retenedor 42070010000000 Correspondiente al mes de: Información determinada por el contribuyente: Impuesto al Activo como sujeto directo 42070011000000 Correspondiente al ejercicio de: (especifique el ejercicio). Impuesto al Valor Agregado causado como sujeto directo 42070012000000 Correspondiente al mes de: Impuesto al Valor Agregado en su carácter de retenedor 42070013000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios causado como sujeto directo 42070014000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en su carácter de retenedor 42070015000000 Correspondiente al mes de: 640 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Impuesto sobre Automóviles Nuevos 42070016000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social 42070017000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores 42070018000000 Correspondiente al bimestre de: Aportaciones al seguro de retiro 42070019000000 Correspondiente al bimestre de: Impuestos Locales 42070020000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Sobre Nóminas 42070021000000 Correspondiente al mes de: Derechos por los servicios que presta 42070022000000 La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), correspondiente al mes de: 42070023000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (para los efectos del artículo 8, fracción I de la Ley Federal de Derechos). 42070024000000 El Instituto Nacional de Migración (INM).- servicios migratorios (para los efectos del artículo 12 de la Ley Federal de Derechos). 42070025000000 Otros especificar concepto y periodo al que corresponde: Otras contribuciones 42070026000000 Especificar concepto y periodo al que corresponde: Diferencias no consideradas por el contribuyente en el ejercicio fiscal dictaminado: 42070027000000 Diferencia determinada por dictamen no considerada por el contribuyente (del ejercicio dictaminado). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 641 Impuesto sobre la Renta pagos provisionales 42070028000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta retenciones a residentes en México 42070029000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta retenciones a residentes en el extranjero 42070030000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta sobre dividendos 42070031000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre la Renta regímenes fiscales preferentes como sujeto directo 42070032000000 Correspondiente al ejercicio. Impuesto al Valor Agregado como sujeto directo 42070033000000 Correspondiente al mes de: Impuesto al Valor Agregado en su carácter de retenedor 42070034000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios como sujeto directo 42070035000000 Correspondiente al mes de: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en su carácter de retenedor 42070036000000 Correspondiente al mes de: Impuesto sobre Automóviles Nuevos 42070037000000 Correspondiente al mes de: Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social 42070038000000 Correspondiente al mes de: 642 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores 42070039000000 Correspondiente al bimestre de: Aportaciones al seguro de retiro 42070040000000 Correspondiente al bimestre de: Impuestos Locales 42070041000000 Correspondiente al mes de: Derechos 42070042000000 Correspondiente al derecho. Otras contribuciones 42070043000000 Especificar concepto y periodo al que corresponde: 42070044000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Total de contribuciones por pagar Importe de la contribución en litigio Fecha de pago Institución de crédito o SAT Número de la operación Parte III Datos a proporcionar Pago en parcialidades (datos del escrito libre): número de folio Pago en parcialidades (datos del escrito libre): fecha de presentación Pago en parcialidades (datos del escrito libre): administración receptora Oficio de autorización de pago en parcialidades: número Oficio de autorización de pago en parcialidades: fecha Índice Concepto Datos a proporcionar 8.- Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2025 2024 (Cifras en pesos) 42080000000000 Utilidad neta. 42080001000000 Pérdida neta. Más-menos: 42080002000000 Efecto de la inflación de la NIF B-10. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 643 42080003000000 Resultado por posición monetaria favorable. 42080004000000 Resultado por posición monetaria desfavorable. 42080005000000 Utilidad neta histórica. 42080006000000 Pérdida neta histórica. Más: 42080007000000 Ingresos fiscales no contables. Más: 42080008000000 Deducciones contables no fiscales. Menos: 42080009000000 Deducciones fiscales no contables. Menos: 42080010000000 Ingresos contables no fiscales. 42080011000000 Pérdida fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones. 42080012000000 Utilidad fiscal antes de pérdida en enajenación de acciones. 42080013000000 Pérdida en enajenación de acciones. 42080014000000 Pérdida fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio. 42080015000000 Utilidad fiscal antes de PTU pagada en el ejercicio. Más o menos: 42080016000000 PTU pagada en el ejercicio. 42080017000000 Pérdida fiscal del ejercicio. 42080018000000 Utilidad fiscal del ejercicio. 42080019000000 Deducción adicional del fomento al primer empleo en el ejercicio (para los efectos del artículo noveno fracción XXXVII de las disposiciones transitorias de la LISR para 2014). 42080020000000 Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores. 42080021000000 Resultado fiscal. Ingresos fiscales no contables 42080022000000 Ajuste anual por inflación acumulable. 42080023000000 Utilidad fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles. 42080024000000 Utilidad fiscal por reembolso de capital. 42080025000000 Utilidad fiscal en enajenación de activo fijo. 42080026000000 Utilidad fiscal en fideicomisos. 42080027000000 Ajuste de precios de transferencia. 42080028000000 Resultado por liquidación de operaciones derivadas en efectivo. 42080029000000 Resultado por liquidación de operaciones derivadas en especie. 42080030000000 Resultado por compraventa de divisas. 42080031000000 Otros ingresos fiscales no contables. 42080032000000 Total de ingresos fiscales no contables. 644 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Deducciones contables no fiscales 42080033000000 Impuesto sobre la Renta. 42080034000000 Cuentas incobrables. 42080035000000 Depreciaciones. 42080036000000 Amortizaciones. 42080037000000 Pérdida contable en enajenación de acciones y/o intangibles. 42080038000000 Pérdida contable en enajenación de valores. 42080039000000 Pérdida contable en venta de activo fijo. 42080040000000 Intereses de personas físicas no pagados al cierre del ejercicio. 42080041000000 Estimación no deducible por baja de valores. 42080042000000 Pérdida contable en fideicomisos. 42080043000000 Pérdida contable en asociación en participación. 42080044000000 Conceptos no deducibles para ISR. 42080045000000 Otros conceptos no deducibles para ISR. 42080046000000 Proporción de pagos que sean ingresos exentos para el trabajador. 42080047000000 Operaciones con partes relacionadas no deducibles. 42080048000000 Otras deducciones no contables fiscales. 42080049000000 Total de deducciones contables no fiscales. Las partidas no deducibles se contabilizan en: 42080050000000 Otros gastos. 42080051000000 Gastos por intereses. La depreciación contable se integra por: 42080052000000 Depreciaciones y amortizaciones. Deducciones fiscales no contables 42080053000000 Ajuste anual por inflación deducible. 42080054000000 Pérdida fiscal en enajenación de acciones y/o intangibles. 42080055000000 Depreciación fiscal. 42080056000000 Estímulo fiscal por deducción inmediata de inversiones. 42080057000000 Amortización fiscal. 42080058000000 Cargos a provisiones. 42080059000000 Cargos a estimaciones. 42080060000000 Honorarios y rentas de personas físicas que no afectaron el resultado del ejercicio anterior pagados en este. 42080061000000 Pérdida fiscal en fideicomisos. 42080062000000 Deducción adicional por donación de bienes básicos para la subsistencia humana (para los efectos del artículo 1.3. Del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013). 42080063000000 Deducción del monto adicional del 25% del salario (para los efectos del artículo 1.5. Del Decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013 y artículo 186 de la LISR). 42080064000000 Estímulo fiscal por contratar personas con discapacidad y/o adultos mayores. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 645 42080065000000 Deducción del Impuesto sobre la Renta retenido a personas con discapacidad y/o adultos mayores. 42080066000000 Ajuste de precios de transferencia. 42080067000000 Intereses netos de ejercicios anteriores. 42080068000000 Intereses netos del ejercicio. 42080069000000 Otras deducciones fiscales no contables. 42080070000000 Total de deducciones fiscales no contables. Ingresos contables no fiscales 42080071000000 Dividendos cobrados en efectivo. 42080072000000 Utilidad contable en enajenación de acciones y/o intangibles. 42080073000000 Utilidad contable en enajenación de activo fijo. 42080074000000 Cancelación de estimaciones. 42080075000000 Cancelación de provisiones. 42080076000000 Utilidad contable en fideicomisos. 42080077000000 Utilidad contable en asociación en participación. 42080078000000 Saldos a favor de impuestos y su actualización. 42080079000000 Recuperación de cartera de crédito. 42080080000000 Otros ingresos contables no fiscales. 42080081000000 Total de ingresos contables no fiscales. Este anexo consta de 16 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 9.- Operaciones financieras derivadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC País de residencia (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “42D066000", del anexo de datos generales. Nombre de la contraparte 42090000000000 (especificar). 42090001000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Número de contratos celebrados Concepto de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 16- A CFF) Tipo de operaciones financieras derivadas (para los efectos del artículo 20 de la LISR) Sumatoria de nocionales 646 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte III Datos a proporcionar Tipo de mercado Nombre del mercado Porcentaje de liquidación en efectivo Porcentaje de liquidación en especie Parte IV Datos a proporcionar Utilidad por contraparte Pérdida por contraparte Efecto neto Proporción que representa de ingresos acumulables y/o deducciones autorizadas Este anexo consta de 11 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 10.- Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero y en México Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia fiscal de la entidad Porcentaje de participación en el capital de la entidad (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “42D067000”, del anexo de datos generales. Nombre, denominación o razón social de la subsidiaria, asociada o afiliada extranjera 42100000000000 (especificar). 42100001000000 Total. Nombre, denominación o razón social de la subsidiaria, asociada o afiliada en México 42100002000000 (especificar). 42100003000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Monto de la inversión Monto de las utilidades (pérdidas) de ejercicios anteriores en el porcentaje de participación Forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 647 Parte III Datos a proporcionar Monto de la utilidad (pérdida) del ejercicio en el porcentaje de participación Valor de la inversión Fecha en que se efectuó la aportación de capital en su subsidiaria Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 11.- Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC País de residencia para efectos fiscales (Cifras en pesos) Nombre, denominación o razón social del socio o accionista 42110000000000 (especificar). 42110001000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Porcentaje de participación del socio o accionista en el ejercicio Periodo de tenencia del Periodo de tenencia al Monto de Aportaciones que no sean Prima en Suscripción de acciones Parte III Datos a proporcionar Monto de retiros de capital Monto de préstamos efectuados Monto de préstamos recibidos Porcentaje de tasa de interés pactada en caso de préstamo recibidos Parte IV Datos a proporcionar Destino del préstamo Monto de prima en suscripción de acciones Forma de pago (transferencia de fondos, capitalización de créditos o deudas, etc.) 648 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Este anexo consta de 14 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 12.- Operaciones con partes relacionadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC Tipo de operación (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “42D031000”, del anexo de datos generales. Impuesto sobre la Renta Denominación o razón social de la parte relacionada Ingresos acumulables 42120000000000 (especificar). 42120001000000 Total de ingresos acumulables. Deducciones autorizadas 42120002000000 (especificar). 42120003000000 Total de deducciones autorizadas. Parte II Datos a proporcionar En caso de que en la columna "tipo de operación" haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos" especifique el concepto País de residencia Valor de la operación y/o inversión para efectos fiscales (incluso con valor cero) Método de precios de transferencia aplicado Parte III Datos a proporcionar La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) en caso afirmativo, indique en el anexo denominado información adicional, de qué contribuciones únicas y valiosa se tratan La operación involucra contribuciones únicas y valiosas (si o no) Monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables Parte IV Datos a proporcionar Se modificaron los valores de actos o actividades para IVA, o bien, del IVA acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF 2025) (si o no) Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación (si, no, n/a) Monto modificado Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 649 Índice Concepto Datos a proporcionar 13.- información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “42D031000”, del anexo de datos generales. Conocimiento del negocio, información general Cuál(es) es (son) la (s) actividad(es) preponderante(s) del contribuyente: 42130000000000 Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes. 42130001000000 Servicios. 42130002000000 Otros (especificar). 42130003000000 El contribuyente es propietario de los activos que utiliza para realizar su actividad preponderante mismos que están registrados en su contabilidad. 42130004000000 El contribuyente posee o usa activos intangibles los cuales se encuentran registrados en su contabilidad. Especifique los cinco principales activos intangibles que usa el contribuyente (ver apéndice VIII) que se encuentran registrados en su contabilidad. 42130005000000 Campo 1. 42130006000000 Campo 2. 42130007000000 Campo 3. 42130008000000 Campo 4. 42130009000000 Campo 5. 42130010000000 Monto de la regalía por el uso de activos intangibles. Especifique los cinco principales activos intangibles por los que se otorga el uso o goce (ver apéndice VIII). 42130011000000 Campo 1. 42130012000000 Campo 2. 42130013000000 Campo 3. 42130014000000 Campo 4. 42130015000000 Campo 5. 42130016000000 Monto de la regalía por el que se otorga el uso de activos intangibles. Especifique los cinco principales activos intangibles de los que es propietario y que tiene registrados en su contabilidad (ver apéndice VIII). 42130017000000 Campo 1. 42130018000000 Campo 2. 42130019000000 Campo 3. 42130020000000 Campo 4. 42130021000000 Campo 5. 42130022000000 Valor del activo intangible que tiene registrado en su contabilidad. 42130023000000 El contribuyente obtuvo un acuerdo anticipado de precios (apa) aplicable al ejercicio fiscal. 42130024000000 Número de oficio. 42130025000000 Fecha del oficio. 42130026000000 Indique si se encuentra en trámite un acuerdo anticipado de precios (apa) aplicable al ejercicio fiscal. 650 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42130027000000 Fecha de presentación de la promoción. 42130028000000 El contribuyente obtuvo alguna resolución favorable del SAT que involucre transacciones con partes relacionadas. 42130029000000 Número de oficio. 42130030000000 Fecha del oficio. 42130031000000 Dedujo en el ejercicio depreciaciones o amortizaciones provenientes de operaciones con partes relacionadas efectuadas en ejercicios anteriores. 42130032000000 El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria a que se refiere el artículo 76, fracción IX de la LISR (estudio(s) de precios de transferencia). 42130033000000 El contribuyente presentó su declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR). 42130034000000 Fecha de presentación (última presentada). 42130035000000 El contribuyente cuenta con evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracción XII de la LISR por sus operaciones con partes relacionadas. RFC de las personas que elaboraron la información y documentación que demuestre el cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracciones IX y XII de la LISR, o bien, que asesoraron en su formulación. Elaboradores 42130036000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 42130037000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 42130038000000 RFC o número de identificación fiscal 3. Asesores 42130039000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 42130040000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 42130041000000 RFC o número de identificación fiscal 3. RFC de las personas que asesoraron fiscalmente en términos del título VI del CFF Asesores fiscales 42130042000000 RFC o número de identificación fiscal 1. 42130043000000 RFC o número de identificación fiscal 2. 42130044000000 RFC o número de identificación fiscal 3. Obligaciones en materia de precios de transferencia 42130045000000 Las cifras reportadas en la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas son coincidentes con las manifestadas en los estudios de precios de transferencia (documentación comprobatoria) (para los efectos del artículo 76, fracciones IX y X de la LISR). 42130046000000 En caso de discrepancia, especifique: 42130047000000 Las cifras reportadas en la declaración informativa (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) son coincidentes con las manifestadas en el anexo 12 del dictamen, ambas referentes a operaciones con partes relacionadas. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 651 42130048000000 En caso de discrepancia, especifique: 42130049000000 Las cifras reportadas para las operaciones con partes relacionadas en la evidencia documental que demuestre haber dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 76, fracción XII de la LISR son coincidentes con las manifestadas en el anexo 12 del dictamen. 42130050000000 En caso de discrepancia, especifique: 42130051000000 En alguna(s) de las transacciones analizadas en la diversa documentación de precios de transferencia del contribuyente, se eligió como parte examinada a la parte relacionada residente en el extranjero. 42130052000000 Indique las transacciones realizadas. 42130053000000 Monto de las transacciones. 42130054000000 El contribuyente tiene en su poder toda la información financiera y fiscal de la parte relacionada que es necesaria para corroborar el análisis y las conclusiones de la documentación de precios de transferencia en donde dicha parte relacionada fue elegida como la parte a examinar. Ajustes de precios de transferencia 42130055000000 Realizó algún ajuste en materia de precios de transferencia para que los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad de las operaciones celebradas con partes relacionadas se consideren como pactadas como lo harían con o entre partes independientes en operaciones comparables. Nota: en caso de que el anexo 12 se presente información en la columna "monto ajuste fiscal del contribuyente para que la operación se considere pactada como con partes independientes en operaciones comparables” conteste lo siguiente (efectos fiscales no contables): 42130056000000 El monto del incremento a los ingresos acumulables para efectos de la LISR. 42130057000000 El monto del incremento a las deducciones autorizadas para efectos de la LISR, incluso por disminuir ingresos. 42130058000000 El monto del incremento a las deducciones autorizadas para efectos de la LISR. 42130059000000 Monto incrementado en las declaraciones presentadas por el ejercicio fiscal por impuestos retenidos por pagos al extranjero, como consecuencia de ajustes de precios de transferencia. 42130060000000 Monto disminuido en las declaraciones presentadas por el ejercicio fiscal por IVA acreditable, como consecuencia de ajustes de precios de transferencia. 42130061000000 Se cuenta con documentación comprobatoria que sustente los ajustes reales realizados. 42130062000000 Modificó los valores de actos o actividades para IEPS o bien, del IEPS acreditable (deducciones) como consecuencia de un ajuste de precios de transferencia (para los efectos de la regla 3.9.1.2., fracción II de la RMF para 2025). 42130063000000 Señale monto modificado de actos o actividades. (RMF). 42130064000000 Señale monto modificado de IEPS acreditable. (RMF). 42130065000000 Cumplió con los requisitos establecidos en la RMF vigente para considerar deducible un ajuste de precios de transferencia que incremento sus deducciones. 42130066000000 En el caso de ajustes voluntarios presentó aviso para la modificación de las deducciones autorizadas señalado en la RMF. 652 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Intereses con partes relacionadas considerados como dividendos 42130067000000 El contribuyente consideró intereses devengados como dividendos de acuerdo con lo previsto por el artículo 11, fracción II de la LISR. 42130068000000 Monto de los intereses considerados como dividendos. Gastos deducibles y no deducibles 42130069000000 Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el tercer y antepenúltimo párrafos de la fracción XXIII del artículo 28 de la LISR. Nota: en caso afirmativo al índice anterior, señale en el anexo denominado información adicional con que documentación cuenta para acreditar que sus deducciones no se tratan de acuerdos estructurados o mecanismos híbridos. 42130070000000 Indique el monto de la deducción realizada. 42130071000000 Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los referidos en la fracción XXIII del artículo 28 de la LISR. 42130072000000 Indique el monto del gasto considerado como no deducible. 42130073000000 Dedujo gastos con partes relacionadas de los referidos en el segundo párrafo de la fracción XXIX del artículo 28 de la LISR. 42130074000000 Indique el monto de la deducción realizada. 42130075000000 Consideró como no deducibles gastos con partes relacionadas de los referidos en el artículo 28, primer párrafo, fracción XXIX de la LISR. 42130076000000 Indique el monto del gasto considerado como no deducible. 42130077000000 Consideró como no deducibles intereses de los referidos en el artículo 28, fracción XXXII de la LISR. Gastos por reembolsos (al costo) 42130078000000 Dedujo gastos con partes relacionadas por reembolsos al costo. En caso afirmativo. 42130079000000 Cuenta con toda la documentación soporte, por un lado, de su parte relacionada y, por otro lado, con la documentación emitida por terceros independientes a la parte relacionada con la que se pueda demostrar que se trata de un reembolso al costo. Gastos a prorrata 42130080000000 Dedujo gastos con partes relacionadas efectuados en el extranjero a prorrata. 42130081000000 Indique el monto de la deducción de gastos efectuados en el extranjero a prorrata. 42130082000000 Cuantifique el beneficio recibido o se espera recibir del gasto a prorrata. 42130083000000 Cumplió con lo señalado en la regla 3.3.1.27. de la RMF para 2025. Ganancias y/o pérdidas por enajenación de acciones 42130084000000 Obtuvo ganancia y/o pérdida fiscal al realizar una operación de enajenación de acciones con y entre partes relacionadas. Nota: en caso afirmativo, señale en el anexo denominado información adicional la razón de negocio para enajenar las acciones. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 653 42130085000000 Indique el valor del precio de enajenación del paquete accionario enajenado. 42130086000000 Indique el costo comprobado de adquisición del paquete accionario enajenado. 42130087000000 Nombre de la emisora. 42130088000000 RFC o tax id de la emisora. 42130089000000 Indicar el capital contable de la emisora. 42130090000000 Nombre del adquirente. 42130091000000 RFC o tax id del adquirente. 42130092000000 Presentó a las autoridades fiscales el estudio sobre la determinación del precio de venta de las acciones en los términos de los artículos 179 y 180 de la LISR con los elementos contenidos en el inciso e) de la fracción I del artículo 179 de la LISR (segundo párrafo del inciso b) correspondiente a su vez al cuarto párrafo de la fracción XVII del artículo 28 de la LISR). 42130093000000 Fecha de presentación ante las autoridades fiscales el estudio sobre la determinación del precio de venta de las acciones. 42130094000000 Autoridad fiscal en la que se presentó. 42130095000000 Mencione la razón de negocio para enajenar las acciones. 42130096000000 Mencione si realizó la valuación de la enajenación efectuada. 42130097000000 El contribuyente cuenta con la documentación comprobatoria de la valuación de la enajenación efectuada. En caso afirmativo al índice anterior, indique RFC y nombre del perito valuador: 42130098000000 Nombre del perito. 42130099000000 RFC : Operaciones financieras derivadas con partes relacionadas 42130100000000 Acumuló ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas. 42130101000000 Indique el monto de la acumulación correspondiente. 42130102000000 Efectuó deducciones relacionadas con operaciones financieras derivadas. 42130103000000 Indique el monto de la deducción correspondiente. 42130104000000 Obtuvo pérdidas en operaciones financieras derivadas con partes relacionadas en los términos del artículo 28, fracción XIX de la LISR. 42130105000000 Indique el monto correspondiente. 42130106000000 Realizó pagos de cantidades iniciales por el derecho a adquirir o vender, bienes, divisas, acciones u otros títulos valor que no cotizaron en mercados reconocidos conforme a lo referido en el artículo 28, fracción XXIV de la LISR. 42130107000000 Indique el monto correspondiente. Capitalización insuficiente: 42130108000000 Determinó intereses no deducibles de acuerdo a lo previsto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 42130109000000 Saldo promedio anual de todas las deudas del contribuyente que devengaron intereses a cargo, determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 42130110000000 Capital contable al inicio del ejercicio determinado en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 42130111000000 Capital contable al final del ejercicio determinado en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 654 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42130112000000 Capital contable promedio. 42130113000000 Capital contable promedio por tres. 42130114000000 Saldo promedio anual de deudas del contribuyente contraídas con partes relacionadas residentes en el extranjero, determinadas en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 42130115000000 Intereses no deducibles determinados en los términos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 42130116000000 Optó por considerar como capital contable del ejercicio los saldos iniciales y finales del ejercicio de sus cuentas de capital de aportación, utilidad fiscal neta y utilidad fiscal neta reinvertida. Ajustes correspondientes 42130117000000 Realizó durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) algún ajuste en materia de precios de transferencia como consecuencia de aplicar lo señalado en la documentación de precios de transferencia de alguna parte relacionada residente en el extranjero. 42130118000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 42130119000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 42130120000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 42130121000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). 42130122000000 Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de transferencia durante el ejercicio fiscal, (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) sin cumplir con lo establecido en el artículo 184 de la LISR. 42130123000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 42130124000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 42130125000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 42130126000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). 42130127000000 Llevó a cabo ajustes correspondientes en materia de precios de transferencia durante el ejercicio fiscal (en el propio ejercicio sujeto a revisión o para efectos de ejercicios anteriores) como consecuencia de operaciones con partes relacionadas residentes en países con los cuales México no tiene celebrados tratados internacionales en materia fiscal y realizados por las autoridades de dichos países. 42130128000000 En caso afirmativo, indique el monto de los mismos. 42130129000000 El ejercicio fiscal ajustado (1). 42130130000000 El ejercicio fiscal ajustado (2). 42130131000000 El ejercicio fiscal ajustado (3). Artículo 76-A de la LISR (2025) 42130132000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción I (maestra de partes relacionadas). 42130133000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción II (local de partes relacionadas). 42130134000000 Está obligado a presentar la declaración informativa prevista en la fracción III (país por país). En caso afirmativo en este último caso, especifique el supuesto de obligación: 42130135000000 Por ser persona moral controladora multinacional (fracción III, inciso a)). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 655 42130136000000 Por ser designada (fracción III, inciso b)). Tiene conocimiento si la persona moral controladora multinacional a la que su empresa pertenece, está obligada a presentar directamente o por conducto de alguna designada, las siguientes declaraciones informativas de partes relacionadas: 42130137000000 Obligación de presentar la declaración maestra. 42130138000000 Obligación de presentar la declaración país por país. Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas de 2024 presentadas en 2025 (para los efectos del artículo 76-A de la LISR) 42130139000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de 2024. 42130140000000 Fecha de presentación (última presentada). 42130141000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa local de partes relacionadas del ejercicio fiscal de 2024. 42130142000000 Fecha de elaboración de la información y documentación de precios de transferencia asociada con la declaración. 42130143000000 Fecha de presentación (última presentada). 42130144000000 Presentó en tiempo y forma la declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional del ejercicio fiscal de 2024. 42130145000000 Fecha de presentación (última presentada). Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte 42130146000000 Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región fronteriza norte. 42130147000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 42130148000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 42130149000000 Monto de deducciones con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 42130150000000 Monto de deducciones con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza norte. 42130151000000 Presentó la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional como lo contempla el trámite fiscal 5/DEC-12. Criterios no vinculativos 42130152000000 El contribuyente aplicó criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos en materia de precios de transferencia de las disposiciones fiscales y aduaneras. 42130153000000 Especifique el o los número(s) de criterio(s). Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur 42130154000000 Realizó operaciones con contribuyentes que están en la región fronteriza sur. 656 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42130155000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 42130156000000 Monto de ingresos acumulables con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 42130157000000 Monto de deducciones con partes relacionadas generados dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 42130158000000 Monto de deducciones con partes relacionadas que se encuentran dentro de los municipios de la región fronteriza sur. 42130159000000 Presentó la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluyendo las operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional como lo contempla el trámite fiscal 5/DEC-12. Índice Concepto Datos a proporcionar 14.- Datos informativos Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Importe (Cifras en pesos) Datos informativos del contribuyente 42140000000000 Se encuentra amparado para notificación por medio de buzón tributario. Datos informativos del contribuyente como representante legal 42140001000000 Es socio o accionista de algunos contribuyentes que representa. 42140002000000 Número de entidades en las que participa como representante legal. Indique los cinco principales RFC de la(s) persona(s) moral(es) en las que participa como representante legal: 42140003000000 RFC 1: 42140004000000 RFC 2: 42140005000000 RFC 3: 42140006000000 RFC 4: 42140007000000 RFC 5: 42140008000000 Es representante legal de un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional. Indique los cinco principales nombres o razones sociales de los residentes en el extranjero: 42140009000000 Nombre 1. 42140010000000 Nombre 2. 42140011000000 Nombre 3. 42140012000000 Nombre 4. 42140013000000 Nombre 5. Participación de los trabajadores en las utilidades 42140014000000 PTU generada durante el ejercicio. 42140015000000 PTU no cobrada en el ejercicio anterior. 42140016000000 PTU pagada en el ejercicio. 42140017000000 Renta gravable base para PTU. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 657 Cifras al cierre del ejercicio Impuesto sobre la Renta 42140018000000 Deducciones autorizadas para efectos del Impuesto Sobre la Renta. 42140019000000 Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente. 42140020000000 Ingresos por dividendos de personas residentes en el país. 42140021000000 Ingresos por dividendos de personas residentes en el extranjero. 42140022000000 Ingresos por dividendos distribuidos que no provienen de CUFIN ni de CUFIN reinvertida. 42140023000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de fusión. 42140024000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de escisión. 42140025000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de reducciones de capital de sociedades residentes en el extranjero en las que el contribuyente es socio o accionista. 42140026000000 Ingresos acumulables por la ganancia realizada que derive de liquidación de sociedades residentes en el extranjero en las que el contribuyente es socio o accionista. 42140027000000 Pérdida deducida derivada de fusión. 42140028000000 Pérdida deducida derivada de escisión. 42140029000000 Pérdida deducida derivada de reducción de capital. 42140030000000 Pérdida deducida derivada de liquidación de sociedades. 42140031000000 Dividendos pagados provenientes de CUFIN y CUFINRE. 42140032000000 Dividendos pagados no provenientes de CUFIN ni de CUFINRE. 42140033000000 Total de ingresos acumulables. 42140034000000 Total de ingresos acumulables obtenidos en la región fronteriza norte en el ejercicio fiscal anterior. 42140035000000 Saldo de CUFIN determinado conforme al quinto párrafo del artículo 77 de la LISR. 42140036000000 Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador. 42140037000000 Monto deducible al 47% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador). 42140038000000 Monto deducible al 53% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador). Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda extranjera Cuentas y documentos por cobrar en moneda extranjera 42140039000000 Saldo de cuentas y documentos por cobrar originados en moneda extranjera (pesos). Indique los tres principales tipos de moneda: 42140040000000 Campo 1. 42140041000000 Campo 2. 42140042000000 Campo 3. Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo: 42140043000000 (especificar). 42140044000000 (especificar). 42140045000000 (especificar). 42140046000000 Indique el monto de cuentas y documentos por cobrar en moneda extranjera que provengan de operaciones con partes relacionadas. 658 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Cuentas y documentos por pagar en moneda extranjera 42140047000000 Saldo de cuentas y documentos por pagar originados en moneda extranjera (pesos). Indique los tres principales tipos de moneda: 42140048000000 Campo 1. 42140049000000 Campo 2. 42140050000000 Campo 3. Indique los tres conceptos más importantes que originaron el saldo: 42140051000000 (especificar). 42140052000000 (especificar). 42140053000000 (especificar). 42140054000000 Indique el monto de cuentas y documentos por pagar en moneda extranjera que provengan de operaciones con partes relacionadas. Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios de 2014 a 2025 42140055000000 Saldo inicial CUFIN actualizado al inicio del ejercicio. 42140056000000 Actualización antes de dividendos. Más: 42140057000000 Dividendos o utilidades cobrados nacionales. 42140058000000 Dividendos o utilidades cobrados REFIPRES. Menos: 42140059000000 Dividendos o utilidades pagados nacionales. 42140060000000 Dividendos o utilidades pagados a residentes en el extranjero. 42140061000000 Dividendos o utilidades pagados REFIPRES. Igual: 42140062000000 Remanente después de dividendos. 42140063000000 Actualización desde la última modificación y hasta el cierre del ejercicio. Más: 42140064000000 Utilidad fiscal neta del ejercicio. 42140065000000 Saldo CUFIN al cierre del ejercicio. Más: resultado positivo, o menos: resultado negativo, UFIN del ejercicio 42140066000000 Resultado fiscal del ejercicio. Menos: 42140067000000 ISR (para los efectos del art. 9, primer párrafo LISR). 42140068000000 Partidas no deducibles, excepto provisiones y reservas (para los efectos del artículo 28, fracciones VIII y IX LISR). 42140069000000 Efecto de Impuesto sobre la Renta pagado en el extranjero por pago de dividendos al contribuyente (para los efectos del artículo 77, cuarto párrafo LISR). 42140070000000 ISR acreditado en el ejercicio de dividendos o utilidades no provenientes de CUFIN entre el factor. Igual: 42140071000000 Resultado positivo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo de la LISR). 42140072000000 Resultado negativo (diferencia a que se refiere el artículo 77, quinto párrafo de la LISR). Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 659 Otros conceptos especificar: 42140073000000 (especificar). 42140074000000 (especificar). 42140075000000 (especificar). 42140076000000 (especificar). 42140077000000 (especificar). 42140078000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de 2014 a 2025. 42140079000000 Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza norte del ejercicio 2025. 42140080000000 Saldo de cuenta de utilidad fiscal neta.- CUFIN región fronteriza sur del ejercicio 2025. Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios de 2001 a 2013 42140081000000 Saldo inicial CUFIN actualizado. Más: 42140082000000 Dividendos cobrados. Menos: 42140083000000 Dividendos pagados. Más: 42140084000000 Actualización por inflación. Otros conceptos. Especificar 42140085000000 (especificar). 42140086000000 (especificar). 42140087000000 (especificar). 42140088000000 (especificar). 42140089000000 (especificar). 42140090000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios de 2001 a 2013. Cuenta de utilidad fiscal neta ejercicios anteriores a 2001 42140091000000 Saldo inicial CUFIN actualizado. Más: 42140092000000 Dividendos cobrados. Menos: 42140093000000 Dividendos pagados. Más: 42140094000000 Actualización por inflación. 42140095000000 Saldo de CUFIN total al cierre del ejercicio actualizado de los ejercicios anteriores a 2001. Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida 42140096000000 Saldo inicial CUFINRE actualizado. 42140097000000 Dividendos pagados. 660 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Más: 42140098000000 Actualización por inflación. Otros conceptos. Especificar 42140099000000 (especificar). 42140100000000 (especificar). 42140101000000 (especificar). 42140102000000 (especificar). 42140103000000 (especificar). 42140104000000 Saldo de CUFINRE total al cierre del ejercicio actualizado. Saldos actualizados (Impuesto sobre la Renta) al cierre del ejercicio de: 42140105000000 Cuenta de utilidad fiscal neta. 42140106000000 Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida. 42140107000000 Cuenta de utilidad fiscal neta por inversión en energía renovable. 42140108000000 Cuenta de capital de aportación. 42140109000000 Impuesto al Activo por recuperar de 10 años anteriores. 42140110000000 Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. Comercio exterior 42140111000000 Valor declarado en aduana de importaciones definitivas. 42140112000000 Valor declarado en aduana de exportaciones definitivas. Impuesto al Valor Agregado 42140113000000 IVA pagado en aduanas durante el ejercicio. 42140114000000 IVA causado por importación de bienes intangibles adquiridos. 42140115000000 IVA causado por importación del uso o goce de bienes intangibles. 42140116000000 IVA causado por importación de servicios. 42140117000000 IVA acreditable por intereses. 42140118000000 IVA acreditado por la importación de bienes intangibles adquiridos. 42140119000000 IVA acreditado por la importación del uso o goce de bienes intangibles. 42140120000000 IVA acreditado por la importación de servicios. 42140121000000 Valor de los actos o actividades gravados a la tasa del 8%. 42140122000000 Total de IVA de los actos o actividades pagados a la tasa del 8%. 42140123000000 Valor de los actos o actividades no objeto. 42140124000000 Valor de los actos o actividades exentos. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 42140125000000 IEPS pagado en aduanas durante el ejercicio. 42140126000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción I del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. 42140127000000 Biodiesel y sus mezclas a que se refiere la fracción IV del apartado A, del artículo 16 de la LIF 2025. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 661 Información de consolidación financiera 42140128000000 Es una entidad controladora en términos de la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente. Nota: en caso de una respuesta afirmativa al índice anterior, deberá manifestar información en los siguientes dos índices: 42140129000000 Total de ventas o ingresos netos consolidados determinados conforme a la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente. 42140130000000 Tiene subsidiarias en términos de la norma contable de información financiera que aplica el contribuyente en el extranjero, o establecimientos permanentes residentes o ubicados en el extranjero. Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte Impuesto sobre la Renta Ingresos exclusivos de región fronteriza norte (para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto) 42140131000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte. Menos: 42140132000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 42140133000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte. Menos: 42140134000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 42140135000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital. Entre: 42140136000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 42140137000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos totales de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región fronteriza norte, pero cuenten con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento dentro de la misma (para los efectos del artículo quinto, primer párrafo del Decreto) 42140138000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte. 42140139000000 Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza norte. 662 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Menos: 42140140000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 42140141000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte. Menos: 42140142000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 42140143000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 42140144000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 42140145000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal en la región fronteriza norte, pero cuenten con sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento fuera de ella (para los efectos del artículo quinto, segundo párrafo del Decreto) 42140146000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza norte. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte. 42140147000000 Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte. Menos: 42140148000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza norte. Menos: 42140149000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza norte. Menos: 42140150000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 42140151000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza norte sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 42140152000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 42140153000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 663 Determinación del crédito fiscal aplicable 42140154000000 ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR"). 42140155000000 Ingresos totales de la región fronteriza norte. Entre: 42140156000000 Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Igual: 42140157000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de la región fronteriza norte. 42140158000000 Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el ejercicio fiscal índice 42140154000000 por la proporción que representan los ingresos de la región fronteriza norte índice 42140157000000. 42140159000000 Crédito fiscal aplicable con base en el índice anterior (artículo segundo, primer párrafo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte). Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur Impuesto sobre la Renta Ingresos exclusivos de región fronteriza sur (para los efectos de los artículos segundo y tercero del Decreto) 42140160000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur. Menos: 42140161000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. Menos: 42140162000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Menos: 42140163000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 42140164000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital. Entre: 42140165000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 42140166000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos totales de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal fuera de la región fronteriza sur, pero cuenten con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento dentro de la misma (para los efectos del artículo cuarto, primer párrafo del Decreto) 42140167000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren a los de la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur. 664 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42140168000000 Ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados en la región fronteriza sur. Menos: 42140169000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. Menos: 42140170000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Menos: 42140171000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 42140172000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 42140173000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 42140174000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos de la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Contribuyentes que tienen su domicilio fiscal en la región fronteriza sur, pero cuenten con sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento fuera de ella (para los efectos del artículo cuarto, tercer párrafo del Decreto) 42140175000000 Obtuvo ingresos correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento ubicados fuera la región fronteriza sur. En caso afirmativo al índice anterior, deberá llenar los índices del siguiente bloque, entendiendo que se refieren al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur. 42140176000000 Ingresos correspondientes al domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur. Menos: 42140177000000 Ingresos por venta de bienes intangibles en la región fronteriza sur. Menos: 42140178000000 Ingresos correspondientes al comercio digital en la región fronteriza sur. Menos: 42140179000000 Ingresos correspondientes por el suministro de personal mediante la subcontratación laboral o se consideren intermediarios en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Igual: 42140180000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente en la región fronteriza sur sin incluir venta de bienes intangibles y los correspondientes al comercio digital o suministro de personal. Entre: 42140181000000 Ingresos totales obtenidos por el contribuyente. Igual: 42140182000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representen los ingresos del domicilio fiscal ubicado en la región fronteriza sur, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 665 Determinación del crédito fiscal aplicable 42140183000000 ISR causado en el ejercicio fiscal (concepto "impuesto causado en el ejercicio" de la declaración anual, apartado "determinación del ISR"). 42140184000000 Ingresos totales de la región fronteriza sur. Entre: 42140185000000 Total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal. Igual: 42140186000000 Proporción (expresado en porcentaje) que representan los ingresos de la región fronteriza sur. 42140187000000 Resultado obtenido de la operación de multiplicar el ISR causado en el ejercicio fiscal índice 42140183000000 por la proporción que representan los ingresos de la región fronteriza sur índice 42140186000000. 42140188000000 Crédito fiscal aplicable con base en el índice anterior (primer párrafo, artículo segundo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur). Enajenación de acciones 42140189000000 Realizó enajenación de acciones. 42140190000000 Fecha de la operación. 42140191000000 Tipo de enajenación. 42140192000000 Otros (especificar). 42140193000000 Nombre de la sociedad emisora de las acciones enajenadas. 42140194000000 País de residencia fiscal de la emisora. 42140195000000 RFC o id. 42140196000000 Número acciones enajenadas. 42140197000000 Indique si obtuvo beneficio de los tratados para evitar la doble tributación. 42140198000000 Precio de venta. 42140199000000 Costo fiscal de las acciones. 42140200000000 Aplicó pérdidas por enajenación de acciones. En caso afirmativo indique: 42140201000000 Si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con pérdidas fiscales por enajenación de acciones pendientes de aplicar. 42140202000000 En caso de tener pérdida fiscal en la enajenación de acciones, presentó aviso dentro de los diez días siguientes a la fecha de la operación. 42140203000000 Monto total de las pérdidas por enajenación de acciones al cierre del ejercicio. 42140204000000 Importe de la pérdida por enajenación de acciones determinada. 42140205000000 Indique si al cierre del ejercicio de que se trate, la contribuyente cuenta con importes pendientes de acreditar por concepto de ISR pagado en el extranjero de conformidad con el artículo 5o. de la LISR. En caso afirmativo indique: 42140206000000 Monto pendiente de acreditar. 42140207000000 Concepto por el que fue pagado el Impuesto sobre la Renta en el extranjero. 666 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Este anexo consta de 15 columnas y está dividido en cuatro partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 15.- Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal Tipo de operación (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “42D068000, del anexo de datos generales. Impuesto sobre la Renta Denominación o razón social Ingresos acumulables 42150000000000 (especificar). 42150001000000 Total de ingresos acumulables. Deducciones autorizadas 42150002000000 (especificar). 42150003000000 Total de deducciones autorizadas. Parte II Datos a proporcionar En caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto País de residencia México tiene un acuerdo amplio de intercambio de información con el país de la columna anterior (si o no) Monto de la operación Parte III Datos a proporcionar Indique si es parte relacionada (si o no) Efectuó retención y entero por esta operación (si o no) Tasa ISR por retención determinado por auditoría ISR Retenido Pagado Parte IV Datos a proporcionar Diferencia Aplicó los beneficios de algún tratado celebrado por México para evitar la doble tributación (si o no) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 667 Este anexo consta de 9 columnas y está dividido en dos partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 16.- Inversiones Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 MOI al inicio del ejercicio Saldo pendiente de deducir al inicio del ejercicio (Cifras en pesos) Activos fijos 42160000000000 Construcciones. 42160001000000 Construcciones en proceso. 42160002000000 Inmuebles considerados históricos. 42160003000000 Ferrocarriles. 42160004000000 Mobiliario y equipo de oficina. 42160005000000 Aviones. 42160006000000 Embarcaciones. 42160007000000 Equipo de transporte automóviles. 42160008000000 Equipo de transporte: automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos con motor de combustión interna o accionado por hidrogeno. 42160009000000 Equipo de transporte: bicicletas convencionales, bicicletas y motocicletas con propulsión de baterías eléctricas recargables. 42160010000000 Equipo de transporte (otros). 42160011000000 Equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos. 42160012000000 Equipo de cómputo. 42160013000000 Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental. 42160014000000 Comunicaciones telefónicas. 42160015000000 Comunicaciones satelitales. 42160016000000 Terrenos (costo de adquisición). 42160017000000 Adaptación a instalaciones para personas con capacidades diferentes. 42160018000000 Maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente. 42160019000000 Maquinaria y equipo. 42160020000000 Oleoductos, gasoductos, terminales, y tanques de almacenamiento de hidrocarburos. 42160021000000 Inversiones realizadas para la exploración, recuperación secundaria y mejorada, y el mantenimiento no capitalizable (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 42160022000000 Inversiones realizadas para el desarrollo y explotación de yacimientos de petróleo o gas natural (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 668 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42160023000000 Inversiones realizadas en infraestructura de almacenamiento y transporte (aplicable a contribuyentes de hidrocarburos). 42160024000000 Otros activos fijos. 42160025000000 Suma activo fijo. Gastos y cargos diferidos 42160026000000 Patentes. 42160027000000 Marcas registradas. 42160028000000 Regalías. 42160029000000 Gastos de instalación. 42160030000000 Gastos de organización. 42160031000000 Concesiones. 42160032000000 Otros gastos y cargos diferidos. 42160033000000 Suma gastos y cargos diferidos. Erogaciones en periodos preoperativos 42160034000000 (especificar). 42160035000000 Suma erogaciones preoperativas. 42160036000000 Total de inversiones. Parte II Datos a proporcionar Más: MOI de las adquisiciones durante el ejercicio Menos: enajenaciones y/o bajas en el ejercicio Menos: deducción en el ejercicio Menos: deducción inmediata en el ejercicio Saldo pendiente de deducir al final del ejercicio Este anexo consta de 25 columnas y está dividido en seis partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 17.- Préstamos Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal o RFC Saldo insoluto del préstamo al 31 de diciembre de 2024 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “42D069000”, del anexo de datos generales. Nombre, denominación o razón social del residente en el extranjero Partes relacionadas 42170000000000 (especificar). 42170001000000 Total de partes relacionadas. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 669 Partes no relacionadas 42170002000000 (especificar). 42170003000000 Total de partes no relacionadas. Nombre, denominación o razón social del residente en México Partes relacionadas 42170004000000 (especificar). 42170005000000 Total de partes relacionadas. Partes no relacionadas 42170006000000 (especificar). 42170007000000 Total de partes no relacionadas. Parte II Datos a proporcionar Tipo de financiamiento En caso de que en la columna "tipo de financiamiento" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: Fue beneficiario efectivo de los intereses (si o no) Número de registro del acreedor residente en el extranjero ante el SAT vigente durante el ejercicio dictaminado País de residencia para efectos fiscales Parte III Datos a proporcionar Tipo de moneda Denominación de la tasa de interés Porcentaje de la tasa de interés Importe total de los intereses pagados y/o exigibles Tasa de retención del ISR Parte IV Datos a proporcionar ISR retenido en el ejercicio Vigencia del préstamo del Vigencia del préstamo al Saldo insoluto al 31 de diciembre de 2025 Frecuencia de exigibilidad del pago de intereses Parte V Datos a proporcionar En caso de que en la columna "frecuencia de exigibilidad del pago de intereses" haya seleccionado el concepto "otro", especifique concepto: Garantizó el préstamo (si o no) Importe total de los intereses deducidos en el ejercicio Destino del capital tomado en préstamo 670 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte VI Datos a proporcionar Efectuó colocaciones en el extranjero (si o no) Número de oficio de autorización de la CNBV de la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México Este anexo consta de 12 columnas y está dividido en tres partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 18.- Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 2024 2023 (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “42D036000, del anexo de datos generales. 42180000000000 La pérdida aplicada proviene total o parcialmente de una escisión. 42180001000000 Señale el RFC de la escindente. 42180002000000 Señale el monto aplicado en el ejercicio, proveniente de la escisión. Nota: en caso de escisiones sucesivas deberá manifestar a través del anexo denominado información adicional del dictamen, la información correspondiente a los índices anteriores 42180003000000 Monto original de la pérdida fiscal. 42180004000000 INPC del último mes del ejercicio en que se generó la pérdida fiscal. 42180005000000 INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que se generó la pérdida fiscal. 42180006000000 Factor de actualización del periodo. 42180007000000 Pérdida fiscal actualizada por el ejercicio en que se generó. 42180008000000 INPC del último mes de la primera mitad del ejercicio en que se aplica o actualiza la pérdida fiscal. 42180009000000 INPC del mes en que se actualizo por última vez la pérdida fiscal. 42180010000000 Factor de actualización del periodo. 42180011000000 Pérdida fiscal actualizada en el ejercicio en que se aplica o actualiza. Nota: los conceptos de los índices 42180008000000 al 42180011000000 deben repetirse para actualizar las pérdidas fiscales ocurridas de 2015 a 2024, o aplicadas en los ejercicios de 2016 a 2025. 42180012000000 (monto de la disminución de la pérdida fiscal en el ejercicio:) Nota: el concepto del índice 42180012000000 debe repetirse las veces que sea necesario para indicar el ejercicio en el que se amortizan las pérdidas fiscales, anotando el importe aplicado en la columna a la que corresponda la pérdida fiscal. 42180013000000 Monto de la pérdida fiscal pendiente de aplicar. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 671 Parte II Datos a proporcionar 2022 2021 2020 2019 2018 2017 2016 Parte III Datos a proporcionar 2015 Este anexo consta de 30 columnas y está dividido en siete partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 19.- Operaciones sujetas a regímenes fiscales preferentes Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Número de identificación fiscal País de residencia fiscal (Cifras en pesos) Nota: Solamente se captura la información de este anexo cuando se haya anotado “si” en el concepto “42D264000, del anexo de datos generales. Denominación o razón social Ingresos 42190000000000 (especificar). 42190001000000 Total de ingresos. Gastos 42190002000000 (especificar). 42190003000000 Total de gastos. Parte II Datos a proporcionar Tasa efectiva del Impuesto Sobre la Renta pagada en el extranjero (menor al 75% del que se pagaría en México) Tipo de moneda del país de residencia fiscal Tipo de operación En caso de que en la columna "tipo de operación", haya seleccionado alguno de los conceptos de "otros ingresos" u "otros pagos", especifique concepto Monto total de las utilidades o pérdidas fiscales en la participación accionaria 672 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte III Datos a proporcionar Total de ingresos acumulables o gravables en el ejercicio Participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): porcentaje Participación directa o participación indirecta promedio por día del contribuyente en el ejercicio (porcentaje): importe Aportaciones y reembolsos: monto total de las inversiones o aportaciones efectuadas durante el ejercicio Aportaciones y reembolsos: monto total de reembolsos de capital recibidos durante el ejercicio Parte IV Datos a proporcionar La contabilidad está a disposición de la autoridad (si o no) Tiene alguna entidad interpuesta (si o no) Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades o pérdidas fiscales del ejercicio Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: total de utilidades distribuidas en el ejercicio Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos no afectos a la actividad empresarial Parte V Datos a proporcionar Datos de la entidad ubicada en régimen fiscal preferente: monto total de activos afectos a la actividad empresarial En el caso de ingresos generados en participación con otras entidades cuenta con la información de la entidad que generó ingresos por participación con otras entidades (si o no) En el caso de ingresos generados en participación con otras entidades, actividad que realiza la entidad en la que participa Operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, señalar si la información es para el caso de los ingresos generados en fideicomisos y similares (si o no) Operaciones con fideicomiso o con la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente, descripción del objeto del fideicomiso Parte VI Datos a proporcionar Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia del Fideicomiso o entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente: vigencia al Carácter con el que participa en el fideicomiso o en la entidad o figura jurídica extranjera transparente fiscalmente Indique si utilizó una tasa de impuesto o exención prevista en algún tratado que tenga celebrado México para evitar la doble tributación Tasa preferencial por tratado Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 673 Parte VII Datos a proporcionar Impuesto sobre ingresos sujetos a REFIPRES Este anexo consta de 22 columnas y está dividido en seis partes. Parte I Índice Concepto Datos a proporcionar 20.- Deducción de intereses Netos del ejercicio (para los efectos del artículo 28, fracción XXXII de la LISR) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada Número de identificación fiscal o RFC de cada una de las personas miembros del grupo o de cada parte relacionada (Cifras en pesos) Denominación o razón social 42200000000000 (especificar). 42200001000000 Total. Parte II Datos a proporcionar Monto de los ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente Total de ingresos acumulables del ejercicio fiscal anterior del contribuyente y de todas las personas miembros del grupo o de todas las partes relacionadas Proporción de ingresos Límite de deducción del contribuyente Parte III Datos a proporcionar Total de los intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles) Intereses netos pendientes de deducir de ejercicios anteriores (aplicable a partir del ejercicio 2021) Total de los ingresos por intereses acumulados Intereses netos Parte IV Datos a proporcionar Utilidad (pérdida) fiscal Total de intereses devengados que deriven de deudas (montos deducibles) Monto total deducido de activos fijos Monto total deducido de gastos diferidos 674 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Parte V Datos a proporcionar Monto total deducido de cargos diferidos Monto total deducido de erogaciones realizadas en periodos preoperativos Utilidad fiscal ajustada Límite intereses netos Parte VI Datos a proporcionar Intereses no deducibles Se ubica en alguna de las excepciones establecidas a que se refiere el artículo 28, fracción XXXII de la LISR (si o no) Los cuestionarios que se señalan a continuación, contienen información relativa a la revisión efectuada por el contador público inscrito a los estados financieros del contribuyente, que forman parte del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Toda pregunta debe ser entendida con respecto al ejercicio fiscal sujeto a revisión. En aquellos cuestionamientos que no apliquen al contribuyente, así como cuando a criterio del contador público que responda el cuestionario no haya una respuesta posible para una pregunta en un renglón determinado, o bien, simplemente no fue revisado por no caer en el alcance de revisión, se podrá dejar en blanco el renglón que corresponda, haciendo las aclaraciones correspondientes en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, ya que de no hacerlo el Servicio de Administración Tributaria, entenderá que el contribuyente tenía la obligación cuestionada y no le dio cumplimiento. Índice Concepto Datos a proporcionar Comentarios Cuestionario de diagnóstico fiscal (revisión del contador público) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 Procedimientos de auditoría aplicados para la revisión de estados financieros 42210000000000 Realizó la evaluación del control interno del contribuyente. 42210001000000 En caso afirmativo al índice anterior, conserva la evidencia de la evaluación del control interno en sus papeles de trabajo. 42210002000000 Detecto debilidades o desviaciones relacionadas con la estructura del control interno del contribuyente con repercusión en su situación fiscal. Nota: en caso afirmativo describa las irregularidades en el informe sobre la revisión de la situación fiscal. 42210003000000 Como consecuencia de la realización de su trabajo, propuso ajustes financieros que afectaron la situación fiscal del contribuyente. 42210004000000 Como consecuencia de la realización de su trabajo encontró diferencias en partidas no materiales que puedan tener repercusión fiscal 42210005000000 En caso afirmativo a los índices anteriores, los ajustes afectaron la base y la determinación de las contribuciones a que está sujeto el contribuyente. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 675 Como consecuencia de la realización de su trabajo, el contribuyente corrigió a la fecha de envío del dictamen fiscal lo siguiente: 42210006000000 Partidas que el contribuyente dedujo indebidamente en el Impuesto sobre la Renta. 42210007000000 Ingresos que el contribuyente omitió en el Impuesto sobre la Renta. 42210008000000 Ingresos que el contribuyente omitió en el Impuesto al Valor Agregado. 42210009000000 Acreditamientos indebidos efectuados contra el Impuesto sobre la Renta. 42210010000000 Acreditamientos indebidos efectuados contra el Impuesto al Valor Agregado. En caso negativo, explique los motivos en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 42210011000000 En caso de haber detectado en su auditoría alguna irregularidad de las señaladas en los índices 42210006000000 al 422100010000000, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 42210012000000 En caso de haber contestado afirmativamente en el índice 42210004000000 reveló dicha circunstancia en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de trabajo, responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera con lo siguiente: 42210013000000 El contribuyente recibió asesoría de un experto de la dirección en materia fiscal. En caso afirmativo señale: 42210014000000 Evaluó la competencia, capacidad y objetividad del experto de la dirección en materia fiscal. 42210015000000 Obtuvo conocimiento del trabajo del experto. 42210016000000 Evaluó la adecuación del trabajo del experto. 42210017000000 Si el contribuyente obtuvo un documento por escrito. Impuesto sobre la Renta (ISR) Deducciones (ISR) 42210018000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 42D161000 al 42D171000 del diagnóstico fiscal, se propuso que se hicieran no deducibles las partidas correspondientes. 42210019000000 En caso afirmativo, el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Declaración informativa múltiple 42210020000000 Verificó la información contenida en el anexo de operaciones efectuadas a través de fideicomisos (para los efectos del artículo 76, fracción XIII, de la LISR). 676 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42210021000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre residentes en el extranjero, tratándose de residentes en el extranjero (para los efectos del artículo noveno de las disposiciones transitorias de la LISR 2014, fracción X). 42210022000000 Verificó la información contenida en el anexo información sobre residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción VI, de la LISR). 42210023000000 Verificó la información contenida en el anexo de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes (para los efectos del artículo 178, de la LISR). 42210024000000 Verificó la información contenida en el anexo de operaciones efectuadas a través de fideicomisos (para los efectos del artículo 76, fracción XIII, de la LISR). Regímenes fiscales preferentes 42210025000000 Verificó la información contenida en el anexo de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes. Impuesto al Valor Agregado Obligaciones (IVA) 42210026000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 42D279000 y 42D280000 del diagnóstico fiscal, se propusieron las correcciones correspondientes. 42210027000000 En caso afirmativo el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Acreditamiento (IVA) 42210028000000 En caso de que el contribuyente no haya dado cumplimiento a lo previsto en los índices 42D281000 al 42D285000 del diagnóstico fiscal, se propuso que se hicieran correcciones correspondientes. 42210029000000 En caso afirmativo el contribuyente presentó declaraciones complementarias con motivo de esta revisión. Índice Concepto Datos a proporcionar Cuestionario en materia de precios de transferencia (revisión del contador público) Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2025 De acuerdo con sus pruebas de auditoría, el alcance a las mismas y con la evidencia que conserva en sus papeles de trabajo responda si se cercioró de que el contribuyente cumpliera con lo siguiente: Capitalización insuficiente (para los efectos del artículo 28, fracción XXVII de la LISR) 42220000000000 Verificó si el contribuyente dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 677 42220001000000 Detecto algún incumpliendo a lo dispuesto por el artículo 28, fracción XXVII de la LISR. 42220002000000 Monto de intereses no deducibles por capitalización insuficiente. En caso de considerar cuentas fiscales para el cálculo, señale el monto de: 42220003000000 Cuentas de capital de aportación. 42220004000000 Utilidad fiscal neta y utilidad neta reinvertida. 42220005000000 En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a los índices 42130108000000 y/o 42130115000000, del anexo 13, no eran correctas y lo llevaron a un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal. 42220006000000 En adición de haber contestado de forma afirmativa el índice 42220005000000, señaló alguna salvedad en su dictamen. Documentación comprobatoria de precios de transferencia (estudio de precios de transferencia) por operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR) 42220007000000 Verificó que el contribuyente cumpliera formalmente con esta obligación fiscal. 42220008000000 En caso de incumplimiento del contribuyente se consideró como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 42220009000000 En caso de incumplimiento del contribuyente a esta obligación fiscal, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal. 42220010000000 En caso de incumplimiento del contribuyente, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Verificó que la documentación comprobatoria de precios de transferencia, por las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR), incluyera lo siguiente: Nota: las preguntas referidas en los índices 42220011000000 al 42220028000000 solo se contestarán cuando se haya contestado que “si” en el renglón 42130032000000 del anexo 13. 42220011000000 1) nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebraron operaciones. 42220012000000 2) que se considerarán todas las partes relacionadas de acuerdo con la definición contenida en el artículo 179, párrafos quinto y sexto de la LISR. 42220013000000 3) documentación que demuestre la participación directa e indirecta entre las partes relacionadas. 42220014000000 4) información relativa a las funciones o actividades por cada tipo de operación evaluada. 42220015000000 5) información relativa a los activos utilizados en cada tipo de operación evaluada. 42220016000000 6) información relativa a los riesgos asumidos en cada tipo de operación evaluada. 42220017000000 7) información y documentación sobre las operaciones con partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por cada tipo de operación evaluada. 42220018000000 8) método aplicado conforme al artículo 180 de la LISR por cada tipo de operación evaluada. 42220019000000 9) información y documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación evaluada. 42220020000000 10) se identificaron en los registros de contabilidad que la totalidad de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero estuvieran debidamente asentadas. 42220021000000 En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes referidos, señale si mencionó tal circunstancia en su informe sobre la revisión de la situación fiscal. 42220022000000 En caso de que no se haya cumplido con alguno de los puntos antes referidos señale si mencionó tal circunstancia en su dictamen. 42220023000000 Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia se concluyera que las operaciones celebradas con partes relacionadas residentes en el extranjero por el contribuyente se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. 678 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42220024000000 En caso de una conclusión negativa indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 42220025000000 En caso de una conclusión negativa en la documentación comprobatoria, indique si reveló alguna salvedad en el dictamen. 42220026000000 En caso de que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 42220027000000 En caso de que la documentación comprobatoria de precios de transferencia sugiriera un ajuste de precios de transferencia que el contribuyente no realizó, reveló alguna salvedad en dictamen. 42220028000000 En estos últimos casos, consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. Declaración informativa de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR) 42220029000000 Verificó la presentación oportuna de la información de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM). 42220030000000 Verificó si las cifras reportadas en esa declaración coinciden con las manifestadas en la documentación a que se refiere el artículo 76, fracción IX de la LISR (estudio de precios de transferencia). 42220031000000 Verificó desde el punto de vista formal el correcto llenado de la información de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año inmediato anterior (anexo 9 DIM) conforme a la información contenida en la documentación de precios de transferencia para las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (para los efectos del artículo 76, fracción IX de la LISR). 42220032000000 En caso de haber observado errores en el llenado, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. En caso negativo, especifique: 42220033000000 Consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 42220034000000 En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 42220035000000 En caso de incumplimiento mencionó tal circunstancia como una salvedad en su dictamen. Declaraciones anuales informativas de partes relacionadas (para los efectos del artículo 76-A, fracción X de la LISR) de 2024 presentadas en 2025 42220036000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 42220037000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa local de partes relacionadas correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 42220038000000 Verificó la presentación en tiempo y forma de la declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. 42220039000000 En caso de haber observado errores en el llenado de las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, mencionó tal circunstancia como una salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 679 Cumplimiento de la obligación respecto de las operaciones con partes relacionadas (para los efectos del artículo 76, fracción XII de la LISR) 42220040000000 Verificó que exista evidencia documental a partir de la cual se pueda concluir que se determinaron ingresos acumulables y deducciones autorizadas considerando para esas operaciones los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. 42220041000000 En caso negativo, consideró el contribuyente como deducibles las transacciones con partes relacionadas que le representaron un costo o gasto. 42220042000000 En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente. 42220043000000 En caso de una conclusión negativa en la evidencia documental indique si reveló alguna salvedad en su dictamen. 42220044000000 Verificó en la evidencia documental referida en el índice 42220040000000 la aplicación de los métodos de precios de transferencia establecidos en el artículo 180 de la LISR en los términos del tercer párrafo del citado artículo. 42220045000000 En caso de no haberlos aplicado, indique si reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en su dictamen. Operaciones con partes relacionadas nacionales informadas 42220046000000 En caso de haber señalado que si en el índice 42D032000 del anexo "datos generales", verificó que la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional. 42220047000000 En caso de haber señalado que si en el índice 42130151000000 del anexo 13, verificó que la declaración informativa por sus operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero (Para los efectos del artículo 76, fracción X de la LISR, anexo 9 de la DIM) incluya operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional. Ajustes de precios de transferencia 42220048000000 Verificó en el caso de ajustes de precios de transferencia que hayan incrementado las deducciones del contribuyente, que se cumplieran todos los requisitos establecidos en la regla 3.9.1.3. de la RMF para 2025. Intereses considerados como dividendos (para los efectos del artículo 11 de la LISR) 42220049000000 En caso de haber observado que las respuestas del contribuyente a los índices 42130067000000 y/o 42130068000000 del anexo 13 no eran correctas y lo llevaron a un incumplimiento fiscal, señaló alguna salvedad en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien en su dictamen. Metodología de precios de transferencia (para los efectos del artículo 180 de la LISR) por transacción con partes relacionadas 42220050000000 Verificó que en la documentación comprobatoria de precios de transferencia, exista evidencia de que se intentó aplicar en primer término el método de precio comparable no controlado (previsto en el artículo 180, fracción I de la LISR) para cada una de sus transacciones con partes relacionadas que validó en sus estudios de precios de transferencia. 42220051000000 Observó alguna inconsistencia de índole formal, por parte del contribuyente en las respuestas de la información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas. 42220052000000 En caso afirmativo reveló alguna salvedad en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, o bien, en su dictamen. Atentamente. Ciudad de México, a 17 de diciembre de 2025.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco Varona.- Rúbrica. 680 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 LISTA de valores mínimos para desechos de bienes muebles que generen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. LISTA DE VALORES MÍNIMOS PARA DESECHOS DE BIENES MUEBLES QUE GENEREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. Con fundamento en los artículos 101, fracción I, 132, quinto párrafo, de la Ley General de Bienes Nacionales; 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4°, apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3, fracciones VII y XXIX, 4, fracción I, inciso a), 6, fracción XXXVI del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y en la Norma Segunda, fracción XXVIII del “ACUERDO por el que se expiden las Normas Generales a las que se sujetará el registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada”, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales expide la siguiente: LISTA DE VALORES MÍNIMOS PARA DESECHOS DE BIENES MUEBLES QUE GENEREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. C O N C E P T O UNIDAD DE MEDIDA VALOR UNITARIO PESOS (M.N.) Aceite quemado Litro 2.4288 Acero cobrizado (copperweld) Kilogramo 2.7392 Acero inoxidable (baleros, instrumental médico dañado y pedacería) Kilogramo 13.4898 Acero inoxidable 430 Kilogramo 13.0710 Acumuladores Kilogramo 13.3353 Aisladores de porcelana Kilogramo 0.6077 Alambre de cobre con papel Kilogramo 132.9107 Alfombra y bajo alfombra Kilogramo 2.6707 Aluminio Kilogramo 28.7507 Aluminio granular Kilogramo 26.0686 Artículos de porcelana con herraje Kilogramo 0.6700 Aserrín Kilogramo 1.5315 Balastra Kilogramo 1.9243 Block de grafito Kilogramo 29.2436 Boleto de metro Kilogramo 1.7190 Bolsas de polietileno Kilogramo 4.2189 Bronce Kilogramo 116.1451 Cable aluminio (AAC) Kilogramo 31.8735 Cable aluminio (ACSR) Kilogramo 21.2001 Cable aluminio con forro Kilogramo 23.8812 Cable armado (TAFP) Kilogramo 40.4646 Cable cobre concéntrico Kilogramo 67.6375 Cable cobre conductor (EKC y EKI) Kilogramo 147.0000 Cable cobre y forro de plástico autosoportado Kilogramo 54.8774 Cable cobre con forro de plomo (TA y TAP) Kilogramo 27.1673 Cable cobre paralelo con forro Kilogramo 68.5764 Cable de fuerza Kilogramo 98.8701 Cable polilam Kilogramo 42.3057 Cámara de hule Kilogramo 1.2390 Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 681 Carretes de madera: 0.60 m Pieza 87.3658 0.80 m Pieza 104.1229 1.00 m Pieza 129.2965 1.20 m Pieza 163.8322 1.40 m Pieza 299.9064 1.60 m Pieza 310.1002 1.70 m Pieza 343.9284 1.80 m Pieza 355.8937 2.00 m Pieza 429.8383 2.20 m Pieza 455.0766 Cartón Kilogramo 2.4296 Cartón de tapas Kilogramo 2.4296 Cartoncillo (cubierta defectuosa) Kilogramo 1.7372 Cartuchos de cinta para máquina de escribir Kilogramo 2.5461 Cintas correctores IBM Kilogramo 1.6463 Cobre desnudo Kilogramo 159.6299 Conductores eléctricos de cobre con forro de plástico de diversos tipos y calibres Kilogramo 114.8112 Corbatas de hule Kilogramo 0.2211 Costales: a) Henequén y palma (cortados) Pieza 0.7571 b) Yute capacidad de 40-50 Kg Pieza 3.9705 c) Yute capacidad de 70-75 Kg (cortados transversalmente) Pieza 0.7551 Cubeta para cera (plástico) Pieza 3.1638 Cuchillas corta circuito con aislante de porcelana Kilogramo 6.2781 Cuñetes: a) Capacidad de 50 Kg Pieza 23.5408 b) Capacidad de 100 Kg Pieza 41.2418 Desecho ferroso: a) Primera especial.- Acero al carbón, fierro dulce, accesorios de vía, sobrantes de piezas troqueladas, etc., que no requiere preparación (corte) para fundición. Kilogramo 4.5787 b) Primera.- Acero al carbón, fierro dulce, cigüeñal de locomotora, durmiente metálico, bastidor de truck, placa proveniente de carros, tanques y toneles de ferrocarril, etc., que requiere preparación (corte) para fundición. Kilogramo 3.7607 c) Segunda.- Alambre y cable de acero, fierro galvanizado, postes metálicos, tubería de acero, desecho mixto de fierro y lámina. Kilogramo 3.8036 d) Tercera.- Fleje, lámina y cable galvanizado Kilogramo 3.2818 e) Mixto contaminado Kilogramo 0.9015 Desecho ferroso proveniente de: a) Compactadoras Kilogramo 4.6743 b) Motoconformadoras Kilogramo 4.6743 682 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 c) Pavimentadoras Kilogramo 4.8535 d) Petrolizadoras Kilogramo 4.0368 e) Tractores Kilogramo 4.6743 f) Tractores agrícolas Kilogramo 4.6618 Desecho ferroso vehicular Kilogramo 5.4444 Desperdicios alimenticios: a) Proveniente de cocina Kg/l 0.5154 b) Proveniente de comedor y dietología Kg/l 0.6045 c) Proveniente de planta Kilogramo 0.6045 Durmientes de madera de 4a Pieza 26.0780 Ejes de carro de ferrocarril y locomotora Kilogramo 5.1831 Escoria de bronce Kilogramo 118.0493 Escoria de hierro Kilogramo 1.1335 Esferas para máquina de escribir Kilogramo 9.4971 Fierro colado Kilogramo 5.3455 Garrafón: a) Plástico de un galón Pieza 1.1947 b) Plástico de 18 l Pieza 2.5346 c) Plástico de 20 l Pieza 2.3300 d) Plástico de 50 l Pieza 8.4200 e) Vidrio de 20 l Pieza 13.1125 Grasa de coco Kilogramo 14.2932 Grasa de soya Kilogramo 11.8967 Grasas diferentes especificaciones (contaminada) Kilogramo 9.0279 Ladrillo refractario (pedacería) Kilogramo 1.8206 Lata alcoholera Pieza 6.1218 Latón Kilogramo 108.9519 Leña común Kilogramo 0.4852 Líquido fijador cansado con recuperación de gramos-plata por litro: a) Hasta 3.9 g/l Litro 66.0084 b) De 4.0 g/l hasta 4.9 g/l Litro 76.3714 c) De 5.0 g/l hasta 5.9 g/l Litro 91.8702 d) A partir de 6.0 g/l Litro 101.5514 Literas (tubulares) Kilogramo 3.2914 Luminaria (desecho) Kilogramo 3.2271 Llantas: a) Completas y/o renovables Kilogramo 2.7257 b) Segmentadas y/o no renovables Kilogramo 0.6282 Machimbradoras manuales Kilogramo 11.1651 Madera creosotada Kilogramo 0.6162 Madera de empaque Kilogramo 0.8908 Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 683 Madera proveniente del desmantelamiento de coches y carros de ferrocarril Kilogramo 0.7514 Madera proveniente de tarimas Kilogramo 1.7475 Mancuerna de carro y coche de ferrocarril Kilogramo 5.3352 Medidores de energía eléctrica, de gas, registradores de potencia y factor de potencia Kilogramo 4.4226 Papel archivo Kilogramo 2.5050 Papel archivo con calca Kilogramo 0.3743 Papel cesto Kilogramo 0.2399 Papel con tubo Kilogramo 1.3514 Papel de capa o lomo Kilogramo 1.1829 Papel de revoltura Kilogramo 0.6110 Papel kraft Kilogramo 1.8104 Papel listado de computadora (forma continua) Kilogramo 1.9927 Papel periódico Kilogramo 1.6926 Papel pliego impreso Kilogramo 1.9776 Papel proveniente de imprenta (impreso y recorte de bond ahuesado y cartulina) Kilogramo 1.8911 Papel proveniente de revistas, publicaciones y folletos Kilogramo 1.4332 Papel viruta color Kilogramo 1.6036 Papel viruta de 2a. con goma Kilogramo 1.3027 Piedra de esmeril Kilogramo 0.3901 Pintura caduca y gelada Litro 2.1775 Plástico Kilogramo 5.1269 Plástico acrílico Kilogramo 4.1778 Plomo Kilogramo 16.0530 Plomo con clavo y pabilo Kilogramo 16.9083 Polietileno Kilogramo 4.9533 Polipropileno Kilogramo 7.1990 Polvo de grafito Kilogramo 1.4978 Postes de concreto Pieza 54.0243 Postes de madera Kilogramo 0.8859 Radiadores de ferrocarril y automotrices Kilogramo 80.0827 Rebaba de acero tipo listón y granel Kilogramo 2.6058 Rebaba de aluminio Kilogramo 18.2218 Rebaba de bronce Kilogramo 91.1822 Rebaba de cobre Kilogramo 127.8461 Rebaba de fierro colado Kilogramo 1.5155 Residuos de catalizador automotriz Kilogramo 0.3793 684 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Riel de ferrocarril: a) 4 Rayas mayor de 3.05 m (sin cortar) Kilogramo 6.1282 b) 4 Rayas menor de 3.05 m (sin cortar) Kilogramo 5.6928 Rodillos de computadora Kilogramo 0.8941 Rueda de acero de carro y coche de ferrocarril Kilogramo 6.4415 Sacos: a) Manta Pieza 5.6932 b) Papel kraft y polietileno (multicapas) Pieza 1.1557 c) Polipropileno Pieza 5.7830 d) Polipropileno (pedacería) Kilogramo 4.2432 Tambos de lámina capacidad de 200 l: a) Buenos Pieza 104.2635 b) Regulares Pieza 50.0465 c) Mal estado (picado o corroído) Pieza 20.8527 Tambos de plástico capacidad de 200 l Pieza 181.9449 Tarjeta IBM Kilogramo 4.1862 Tela (recorte de maquila) Kilogramo 2.5748 Tierra de plomo Kilogramo 16.1514 Tierra de zinc Kilogramo 24.9817 Transformadores de corriente Kilogramo 16.4847 Transformadores de distribución y potencia con aceite Kilogramo 13.5087 Transformadores de distribución y potencia sin aceite Kilogramo 16.4111 Trapos: a) Colchas, cobijas, sábanas, cortinas, vestuarios, campos, portacharolas y otros de tela proveniente de los hospitales (limpios) Kilogramo 12.1998 b) Desperdicios sucios y manchados (no contaminados) Kilogramo 7.0501 Tubería admiralty Kilogramo 103.0629 Tubería de cuproníquel Kilogramo 147.2658 Tubería HK 40 Kilogramo 39.9948 Tubos de acero al carbón en tramos mayores de 3 m de longitud con diámetro exterior: a) Hasta 33.40 mm (1 5/16") Kilogramo 26.0465 b) Mayor de 33.40 mm hasta 114.30 mm (4 1/2") Kilogramo 26.0465 c) Mayor de 114.30 mm hasta 219.08 mm (8 5/8") Kilogramo 18.5464 d) Mayor de 219.08 mm hasta 406.40 mm (16") Kilogramo 14.7245 e) Mayor de 406.40 mm hasta 1,219.20 mm (48") Kilogramo 15.3631 Tubos fluorescentes (rotos) Kilogramo 0.3148 Vidrio pedacería Kilogramo 0.1152 Zinc metálico (desecho) Kilogramo 43.0503 Los valores de la presente lista no incluyen el Impuesto al Valor Agregado y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación, la cual estará vigente hasta en tanto no se emita una nueva. Ciudad de México a dos de enero de dos mil veintiséis.- Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya.- Rúbrica. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 685 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO CONVENIO de Coordinación Específico para la distribución y el ejercicio de los subsidios del Programa de Mejoramiento Urbano de la Vertiente de Infraestructura y Equipamiento para el ejercicio fiscal 2025, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de México y el Municipio de Chimalhuacán. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda. PROGRAMA DE MEJORAMIENTO URBANO 2025 VERTIENTE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO CONVENIO DE COORDINACION ESPECIFICO ESTADO DE MÉXICO/MUNICIPIO DE CHIMALHUACÁN CCE/DGIE/023/2025 Convenio de Coordinación Específico para la distribución y el Ejercicio de los Subsidios del Programa de Mejoramiento Urbano de la Vertiente de Infraestructura y Equipamiento para el ejercicio fiscal 2025, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo “LA SEDATU”, a través de Juan Martín Amparano Rodríguez, Director General de Infraestructura y Equipamiento, “LA DGIE”, asistido por la Ciudadana Aurora del Socorro Muñoz Martínez, Directora General de Coordinación de Oficinas de Representación y el Ciudadano Axayácatl Emiliano Ramírez Chávez, Titular de la Oficina de Representación en el Estado de México, en lo sucesivo “LA INSTANCIA AUXILIAR”; el poder ejecutivo del gobierno del Estado de México, en lo sucesivo “EL ESTADO”, representado por el Mtro. Horacio Duarte Olivares, Secretario General de Gobierno del Estado de México y el C.P. Oscar Flores Jiménez, Secretario de Finanzas del Estado de México; y por otra parte el Municipio de Chimalhuacán, Estado de México, que en lo sucesivo indistintamente y para efectos del presente convenio podrá ser denominado como “EL MUNICIPIO”, "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA”, “LA INSTANCIA SOLICITANTE” o “LA INSTANCIA EJECUTORA”, según corresponda, representado por la Ciudadana Xóchitl Flores Jiménez, en su carácter de Presidenta Municipal Constitucional, quien se encuentra asistida por la Ciudadana Patricia Josefina Jiménez Hernández, en su calidad de Secretaria del Ayuntamiento del Municipio de Chimalhuacán, Estado de México; a quienes en conjunto se les denominará “LAS PARTES”, al tenor de los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes: ANTECEDENTES 1. El artículo 26, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), establece la obligación del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. 2. El artículo 134 de la CPEUM establece que, los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. 3. El artículo 4, fracción I, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano reconoce el derecho a la ciudad como un principio rector de la planeación, regulación y gestión de los asentamientos humanos, y lo define como la obligación del Estado de garantizar a todos los habitantes de un asentamiento humano o centros de población, el acceso a la vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios básicos, a partir de los derechos reconocidos por la CPEUM y los tratados internacionales suscritos por México en la materia. 4. Que los artículos 2 y 6, de la Ley de Vivienda, disponen que se considera vivienda digna y decorosa la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos; asimismo, que la Política Nacional de Vivienda tiene por objeto promover oportunidades de acceso a la vivienda para la población, preferentemente para aquella que se encuentre en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad e incorporar estrategias que fomenten la concurrencia de los sectores público, social y privado para satisfacer las necesidades de vivienda, en sus diferentes tipos y modalidades, entre otros. 686 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 5. Conforme a los artículos 2, fracción LIII, 74 y 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los subsidios son asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a las entidades federativas o municipios para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general, que serán ministrados por las dependencias con cargo a sus presupuestos, asegurando la coordinación de acciones entre dependencias y entidades, para evitar la duplicidad en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos. 6. El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024, contempla entre los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 “Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, el Programa de Mejoramiento Urbano en adelante “EL PROGRAMA”. 7. El artículo 28, de la Ley de Planeación establece que, las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los programas que de él emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; por tanto, en términos del artículo 33 de dicho ordenamiento, se podrá convenir con los gobiernos locales, y la participación que corresponda a los municipios, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que participen y coadyuven a la consecución de los objetivos de la planeación nacional. 8. Los artículos 74 y 75, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria disponen lo correspondiente a la autorización de la ministración de subsidios y transferencias con cargo a los presupuestos de las dependencias, que se aprueben en el Presupuesto de Egresos, así como que dichos subsidios están sujetos a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad. 9. El artículo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que las dependencias podrán transferir recursos presupuestarios a las entidades federativas con el propósito de descentralizar o reasignar la ejecución de programas o proyectos federales, entre otros, con cargo a sus presupuestos y por medio de convenios de coordinación que serán públicos. 10. El artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental establece que, para efectos de la presentación de la información financiera y la cuenta pública, debe existir una cuenta bancaria productiva específica por cada fondo de programa de subsidios u otros, a través de los cuales se ministren recursos federales. En las cuentas bancarias productivas específicas se manejarán exclusivamente los recursos federales del ejercicio fiscal respectivo y sus rendimientos, y no podrá incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios de las obras y acciones; así como que los recursos federales sólo pueden ser transferidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a dichas cuentas bancarias productivas específicas, a través de las tesorerías de las entidades federativas, salvo en el caso de ministraciones relacionadas con obligaciones de las entidades federativas o municipios, así como las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, que estén garantizadas con la afectación de sus participaciones o aportaciones federales, en términos de lo dispuesto por los artículos 9, 50 y 51 de la Ley de Coordinación Fiscal y los demás casos previstos en las disposiciones legales aplicables. 11. El Plan Nacional de Desarrollo 2025 – 2030, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de abril de 2025, en su Eje General 2: Desarrollo con bienestar y humanismo, en su objetivo 2.19: Promover entornos públicos justos y adaptativos mediante la planificación de espacios rurales y urbanos, con el objetivo de reducir las disparidades en el acceso a oportunidades y servicios entre diferentes regiones y comunidades del país, prevé la estrategia 2.10.2 Colaborar en el diseño, construcción, renovación y ampliación de obras comunitarias y espacios urbanos con enfoque de género, infancia y pertinencia cultural, mejorando el entorno habitable y garantizando el acceso inclusivo a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos y de esparcimiento, así como la mejora de servicios ambientales, con enfoque de seguridad, accesibilidad y habitabilidad, a lo que se ajusta el Programa de Mejoramiento Urbano, que para efectos de este instrumento, será denominado como “EL PROGRAMA”. 12. De conformidad con el artículo 28, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, el día 05 de febrero de 2025 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Urbano, para el ejercicio fiscal 2025, que en lo sucesivo se denominarán “LAS REGLAS”. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 687 13. “LAS REGLAS” en su numeral 6.6 señalan que, una vez comunicada la disponibilidad presupuestaria y el número de proyecto, el Área Responsable, a petición de la Instancia Ejecutora, podrá solicitar a la Dirección General de Programación y Presupuesto de "LA SEDATU", la radicación de recursos vía el instrumento financiero que al efecto corresponda, de conformidad con los montos de los subsidios autorizados y a la disponibilidad presupuestal del Programa. Para las radicaciones subsecuentes al proyecto, estas quedarán sujetas a la debida comprobación del gasto por parte de la Instancia Ejecutora, conforme a la normativa aplicable. 14. “LAS REGLAS”, en su numeral “13.5 Coordinación institucional”, Con el propósito de propiciar la sinergia con otros Programas públicos y privados para el ordenamiento territorial, el desarrollo regional y comunitario en las localidades, municipios, demarcaciones territoriales y entidades federativas en las que interviene “EL PROGRAMA” y “LA SEDATU” promoverá la coordinación de esfuerzos con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal, con instituciones y organismos privados, así como de la sociedad civil. Para ello, en su caso, se suscribirán los instrumentos jurídicos de coordinación correspondientes. 15. “EL PROGRAMA”, es un instrumento congruente con los tratados internacionales a los que México se ha adherido, como la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con el objetivo 11, denominado Ciudades y Comunidades Sostenibles, el cual establece: "Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles"; en específico las metas 11.1, 11.3, 11.7, 11.a y 11.b, resaltan la importancia de asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles, así como de mejorar los barrios marginales; de aumentar la urbanización inclusiva, sostenible y la capacidad para una planificación y gestión participativas, integradas y sostenibles de los asentamientos humanos; de proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y la niñez, las personas mayores de edad y las personas con discapacidad; de apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales mediante el fortalecimiento de la planificación del desarrollo nacional y regional; y, finalmente, de aumentar sustancialmente el número de ciudades y asentamientos humanos que adoptan y ponen en marcha políticas y planes integrados para promover la inclusión, el uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia ante los desastres. 16. “LA SEDATU”, el Estado de México y “LA INSTANCIA SOLICITANTE” suscribieron el Convenio Marco de Coordinación número CMC/PMU/VIE/002/2025, de fecha 13 de mayo de 2025 para el ejercicio de subsidios de la Vertiente de Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2025. 17. De conformidad con lo establecido en “LAS REGLAS”, con fecha 22 de abril de 2025, en la Cuarta Sesión Extraordinaria del Comité de Validación de “EL PROGRAMA”, se autorizó el Plan de Acciones Urbanas, concerniente al municipio de Chimalhuacán, en el Estado de México, mismo que contiene la cartera de acciones y/o proyectos, susceptibles a recibir recursos de “EL PROGRAMA”, y sus montos máximos de asignación presupuestal por intervención. 18. “EL MUNICIPIO”, además de pedir el apoyo de “EL PROGRAMA”, ha solicitado ser Instancia Ejecutora de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, conforme a lo dispuesto en los numerales 11.7, inciso e) de “LAS REGLAS”, para la ejecución de los proyectos materia del presente instrumento jurídico. “LAS PARTES” manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio, al tenor de las siguientes: DECLARACIONES I. “LA SEDATU” declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I, 26 y 41, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (RISEDATU). I.2. Entre sus atribuciones están las de: “Planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, y coordinar las acciones que el Ejecutivo Federal convenga con los gobiernos de las entidades 688 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 federativas y municipales para la realización de acciones en esta materia, con la participación de los sectores social y privado”; “Promover y concertar programas de vivienda y de desarrollo urbano y metropolitano, y apoyar su ejecución, con la participación de los gobiernos de las entidades federativas y municipales, así como de los sectores social y privado, a efecto de que el desarrollo nacional en la materia se oriente hacia una planeación sustentable y de integración”, y “Promover y ejecutar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y urbano, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales y con la participación de los sectores social y privado”, de conformidad con lo establecido por el artículo 41, fracciones X, XIII y XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. I.3. El Titular de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, Juan Martín Amparano Rodríguez, adscrito a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda, en lo sucesivo “LA DGIE” y Área Responsable de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, cuenta con facultades y atribuciones para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción I, inciso b; 9, fracción IV y 19 del “RISEDATU"; así como en los numerales 4.1, 6.1, 6.5.2, fracción VIII, 11.4, fracción II, inciso i) y 13.5 de “LAS REGLAS”. I.4. La Directora General de Coordinación de Oficinas de Representación, Aurora Del Socorro Muñoz Martínez, en su carácter de superior jerárquico de la Oficina de Representación en el Estado de México, cuenta con facultades y atribuciones para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, apartado A, fracción III, inciso r), 9, fracción IV y 36 del “RISEDATU”, quien podrá nombrar a un servidor público para que, en su representación, dé seguimiento a las funciones que le correspondan conforme a la normatividad aplicable, comunicándolo a las demás instancias participantes. I.5. El C. Axayácatl Emiliano Ramírez Chávez, Titular de la Oficina de Representación en el Estado de México, cuenta con atribuciones para suscribir el presente Convenio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 2, apartado A, fracción V, 38, y 39 del RISEDATU; y numerales I y VI de “LAS REGLAS”. I.6. Para efectos de este Convenio de Coordinación Específico, señala como su domicilio legal el ubicado en Avenida Nuevo León 210, colonia Hipódromo, demarcación territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06100, Ciudad de México. II.- "EL ESTADO" declara, por conducto de sus representantes, que: II.1. El Estado de México, es parte integrante de la Federación, libre y soberano en su régimen interior, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 3 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. II.2. El Secretario General de Gobierno, Mtro. Horacio Duarte Olivares, cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en r los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México: 4, 6, 19, 23, fracción I, 24 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, así como 2, 6 y 7 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno. II.3. El Secretario de Finanzas, C.P Oscar Flores Jiménez, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora Constitucional del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez, el 16 de noviembre de 2024; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 4, 6, 19, 23, fracción III, 28 y 29, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 6 y 7 fracciones V y XLVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas. II.4. Para efectos del presente convenio, señala como domicilio legal el ubicado en Palacio de Gobierno del Estado de México, Lerdo Poniente 300, puerta 250, colonia Centro, código postal 50000, Toluca de Lerdo, México. III.- Declara “EL MUNICIPIO”, en su carácter de "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", por conducto de sus representantes, que: III.1. El Municipio de Chimalhuacán es una institución de derecho público que posee personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía para la administración de su hacienda, conforme a lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 112 y 117 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 6 y 16 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 689 III.2. Xóchitl Flores Jiménez, Presidenta Municipal del Honorable Ayuntamiento de Chalco, Estado de México, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, en términos de lo previsto por los artículos 122, 125 y 128 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, así como por las atribuciones que le confiere el artículo 48 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Así como el numeral 11.6 de “LAS REGLAS”. III.3. Patricia Josefina Jiménez Hernández, en su carácter de Secretaria del Ayuntamiento, cuenta con facultades para asistir a la Presidenta Municipal en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y con las atribuciones previstas en el artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, relativas a la Secretaría del Ayuntamiento y a las funciones de su titular. Así como el numeral 11.6 de “LAS REGLAS”. III.4. Señala como su domicilio legal el ubicado en Ignacio Zaragoza S/N, Cabecera Municipal, código postal 56330, Chimalhuacán, Estado de México. IV.- “LAS PARTES” declaran que: IV.1. En la celebración del presente acto jurídico no existe error, dolo o mala fe, por lo que es celebrado de manera voluntaria, y reconocen mutuamente la personalidad con que comparecen sus respectivos representantes. IV.2. Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparecen cada una de “LAS PARTES” es su voluntad celebrar el presente Convenio de Coordinación Específico. IV.3. Reconocen y es aplicable el contenido del Convenio Marco de Coordinación para la distribución y ejercicio de subsidios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondientes al ejercicio fiscal 2025, suscrito por "LAS PARTES". IV.4. Reconocen que el presente instrumento no constituye alguna facultad discrecional respecto al cumplimiento de las obligaciones que en este Convenio se plasman, encaminadas a surtir efectos jurídicos en beneficio de la población en general, al amparo de la presunción de legalidad y ejecutoriedad. IV.5. En la Cláusulas TERCERA y QUINTA del Convenio Marco, se establece que, para la implementación y ejecución de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES” suscribirán los Convenios de Coordinación Específicos o instrumentos jurídicos específicos, en los que se establecerán los datos de "LOS PROYECTOS" que serán apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA” y en los cuales aplicará el contenido de todos los apartados del Convenio Marco de Coordinación; así como que en los Convenios de Coordinación Específicos se señalará que “LA INSTANCIA SOLICITANTE” fungirá como Ejecutora de "LOS PROYECTOS". Con fundamento en los artículos 26, apartado A, 90 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 17 Bis, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 28 y 33 de la Ley de Planeación; 1,4, 74, 75, 77 y 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4, 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 65, fracción XIV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025; artículos 1 y 2, Apartado A, fracciones I, inciso b) y III, incisos g) y h); 18, 19 y 20 del Reglamento Interior de "LA SEDATU"; lo dispuesto en “LAS REGLAS”, y demás disposiciones jurídicas aplicables, "LAS PARTES" manifiestan su voluntad de celebrar el presente Convenio de Coordinación Específico, al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases y mecanismos sobre los cuales "LA SEDATU" transferirá, con la participación de "EL ESTADO" a “EL MUNICIPIO”, en su carácter de "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", los recursos presupuestarios federales con carácter de subsidios, en lo sucesivo “LOS SUBSIDIOS", para la ejecución de los proyectos de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento de "EL PROGRAMA" que dispone la presente cláusula, correspondientes al ejercicio fiscal 2025, a los que para efectos del presente convenio se entenderán como "LOS PROYECTOS", que han sido aprobados por el Comité de Validación de “EL PROGRAMA”, en términos de lo establecido en “LAS REGLAS”, los cuales se ejecutarán en el municipio de Chimalhuacán, con el fin de beneficiar a la población del Estado de México, para lo cual, “EL MUNICIPIO” debe garantizar la correcta utilización y comprobación de "LOS SUBSIDIOS", los cuales se ejecutarán en términos de los numerales 6.6 y demás relativos y aplicables de “LAS REGLAS”. 690 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 "LOS PROYECTOS" autorizados en términos de las disposiciones establecidas en “LAS REGLAS” y que recibirán en el ejercicio fiscal 2025, los subsidios federales por los montos aproximados son los siguientes: Vertiente Modalidad Proyecto Importe Infraestructura y Equipamiento Equipamiento y Espacio Público Proyecto integral que incluye la elaboración y desarrollo del proyecto ejecutivo y la ejecución de la Adecuación de infraestructura del Colector Huatongo, en el Municipio de Chimalhuacán, Estado de México. $27,400,000.00 Total con IVA (Veintisiete millones cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) $27,400,000.00 Dicho importe incluye los conceptos que, en su momento "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" pudiera generar por el Impuesto al Valor Agregado que derive de algún proceso de contratación o cualquier otro que se pudiera generar exclusivamente para la ejecución de dichos proyectos y tipos de apoyo. SEGUNDA. APLICACIÓN DEL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio de Coordinación Especifico deriva del Convenio Marco de Coordinación celebrado en el presente ejercicio fiscal entre "LAS PARTES" con fecha 13 de mayo de 2025, por lo que el contenido de todos los apartados de dicho Convenio es aplicable a este instrumento jurídico, conforme a lo previsto en “LAS REGLAS”. TERCERA. MONTO DE LOS RECURSOS. Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento "LA SEDATU" transferirá, con la participación correspondiente de "EL ESTADO", a través de una cuenta bancaria única productiva a “EL MUNICIPIO” recursos presupuestarios federales del ejercicio fiscal 2025, hasta por un total de $27,400,000.00 (veintisiete millones cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.), conforme al monto autorizado en el Informe Técnico de Justificación y Viabilidad para el Otorgamiento del Subsidio de la Vertiente que se presentó ante el Comité de Validación de “EL PROGRAMA”, sin perjuicio de la aportación que, en su caso, y de forma separada "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" destine para cumplir con los alcances de "LOS PROYECTOS". En ese sentido, "LAS PARTES" acuerdan y se comprometen, conforme a lo previsto en el presente instrumento, a que “LOS SUBSIDIOS" que transfiere "LA SEDATU", conforme a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, a "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", con la participación que corresponda a “EL ESTADO", se aplicarán única y exclusivamente para la ejecución de "LOS PROYECTOS" señalados en la CLÁUSULA PRIMERA de este convenio, quedando bajo su responsabilidad el cumplimiento de las disposiciones aplicables a "LOS SUBSIDIOS". "LOS SUBSIDIOS" que transfiera "LA SEDATU", en los términos de este Convenio de Coordinación Específico, corresponden a un porcentaje del subsidio que proviene del Ramo Administrativo 15 "Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano", asignados a “EL PROGRAMA”, que no pierden su carácter federal. "LOS SUBSIDIOS" que se transfieren con motivo del presente instrumento estarán, en todo momento, sujetos a la disponibilidad presupuestal de “EL PROGRAMA” en el ejercicio fiscal vigente, por lo que deben sujetarse a lo autorizado por el Comité de Validación de “EL PROGRAMA” y a lo establecido en el presente documento. Lo anterior, sin perjuicio de las aportaciones que de forma independiente realice "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" para cumplir con el objeto del presente convenio o, en su caso, a modificaciones que procedan conforme a lo previsto en este convenio. "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" debe remitir a “LA DGIE” el documento con las especificaciones de las aportaciones locales, sean recursos monetarios, acciones o aportaciones en especie a que refiere el numeral 6.2 de “LAS REGLAS”, dentro de los cuarenta y cinco (45) días naturales siguientes al inicio de sus obras o, en su caso, informar de manera fundada y motivada que no cuenta con la suficiencia presupuestaria para su desarrollo o ejecución. CUARTA. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD DE LOS PROYECTOS. “LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA”, bajo protesta de decir verdad, manifiesta que “LOS PROYECTOS” aprobados cumplen con los requisitos de elegibilidad señalados en “LAS REGLAS”; o, en su defecto, deberá continuar con los trámites correspondientes que permitan su ejecución. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 691 "LAS PARTES" acuerdan que "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" podrá realizar ajustes y modificaciones a "LOS PROYECTOS" que refiere la CLÁUSULA PRIMERA del presente instrumento, con cargo a su presupuesto, y siempre y cuando resulten necesarias para el correcto funcionamiento de los mismos, así como para beneficiar al mayor número de población que radica en el Estado de México previo conocimiento y acuerdo con “LA SEDATU”, a través de “LA DGIE” y, en su caso, del Comité de Validación de “EL PROGRAMA”. QUINTA. DE LA TRANSFERENCIA DE "LOS SUBSIDIOS".- El mecanismo de transferencia de "LOS SUBSIDIOS", ejecución y comprobación debe llevarse a cabo observando los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez que aseguren las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, previstos en el artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el principio de anualidad, disposiciones y destinos previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025; los criterios generales que rigen la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos previstos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental; los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que rigen a los Municipios y Alcaldías, así como a sus respectivos Entes Públicos, previstos en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, así como para la programación, presupuestación, ejercicio, control y evaluación aplicables a los recursos federales previstos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, “LAS REGLAS” y demás disposiciones aplicables. Los subsidios federales que refiere el párrafo anterior serán transferidos por "LA SEDATU" a "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", con la participación correspondiente de “EL ESTADO", conforme al Convenio Marco de Coordinación celebrado con el mismo, y deben ser utilizados de acuerdo con los plazos señalados en el calendario de ejecución y el avance de obra comprobable a través de las estimaciones correspondientes, conforme a la normativa aplicable. Para tal efecto, "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA” manifiesta que los recursos podrán ser radicados en la cuenta bancaria productiva, única y específica siguiente: Número de cuenta CLABE Bancaria Institución Bancaria Sucursal 0126131018 012420001261310180 BBVA México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA México 0710 Lo anterior, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados, debiendo remitir copia certificada del contrato a "LA SEDATU", en un plazo no mayor a tres (03) días hábiles posteriores a la firma del presente instrumento, en términos de las disposiciones aplicables. Para tal efecto, se compromete a enviar a “LA SEDATU" el comprobante fiscal oficial por el monto total de los recursos transferidos, conforme a los establecidos en el numeral 6.6 de “LAS REGLAS” Una vez radicados los recursos presupuestarios federales, "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" se obliga a usarlos íntegramente y enterar a la Tesorería de la Federación (TESOFE), los rendimientos financieros que se generen, de la cuenta bancaria productiva específica para la administración de los recursos federales de “EL PROGRAMA”. De igual forma, en caso de existir economías derivadas del proceso de contratación o durante la ejecución de "LOS PROYECTOS" por cualquier circunstancia, "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" debe reintegrar el recurso a la TESOFE, en términos de la normativa aplicable y lo que establezca “LAS REGLAS”. No obstante lo previsto en el párrafo anterior, en caso de haber economías y siempre y cuando se beneficie a la población, previo acuerdo con "LA SEDATU” y con la autorización correspondiente conforme a “LAS REGLAS”, los recursos que deriven de economías podrán ser reasignados, redistribuidos o ampliar los alcances de los tipos de apoyo, conforme a los supuestos que para tal efecto estén dispuestos en “LAS REGLAS”. SEXTA. NORMATIVA. La distribución y ejecución de "LOS PROYECTOS" que serán apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, están sujetos a las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; la Ley General de Contabilidad Gubernamental; la Ley de 692 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025; la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 2 y 6, de la Ley de Vivienda: la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; “LAS REGLAS”; este Convenio de Coordinación Específico; así como a las demás disposiciones jurídicas federales y locales aplicables. SÉPTIMA. INSTANCIA EJECUTORA. "LAS PARTES" acuerdan que “EL MUNICIPIO” es "LA INSTANCIA EJECUTORA" de "LOS PROYECTOS” que refiere el presente Convenio, y será la responsable de aplicar "LOS SUBSIDIOS" asignados en el marco de “EL PROGRAMA”, en apego a “LAS REGLAS” y las disposiciones jurídicas aplicables que rigen el ejercicio del gasto público federal, así como dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por “LAS REGLAS” para dicha instancia. OCTAVA. RESPONSABILIDADES DE “LA SEDATU". Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación Específico, "LA SEDATU”, a través de “LA DGIE", conforme a lo establecido en “LAS REGLAS”, tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Asesorar a la "INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", cuando esta lo requiera, sobre cuestiones técnicas y normativas, dentro de sus ámbitos de responsabilidad; 2. Establecer las acciones de capacitación y orientación en la aplicación de "LOS SUBSIDIOS"; 3. Apoyar en la integración y operación de los Comités de Contraloría Social, en los términos que se establecen en “LAS REGLAS” y la normativa de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; 4. En caso de ser requerido por "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", proporcionarle los elementos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Convenio; 5. A través de la Dirección General de Programación y Presupuesto de “LA SEDATU" transferir "LOS SUBSIDIOS" que refiere la CLÁUSULA TERCERA del presente Convenio específico a "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA”, a través de la Secretaría de Finanzas de "EL ESTADO", y con la participación que corresponda de Dirección General de Obras Comunitarias y “LA DGIE” de "LA SEDATU”, a efecto de que sean aplicados específicamente en "LOS PROYECTOS" autorizado por el Comité de Validación de “EL PROGRAMA”, mediante una cuenta bancaria productiva, conforme al proceso de elegibilidad, descrito en “LAS REGLAS” y la normativa aplicable; 6. Recibir el reporte trimestral de "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", para su revisión y, en su caso, emitir las observaciones procedentes en un plazo no mayor a cinco días hábiles a partir de la fecha de su recepción; 7. En el ámbito de su competencia, proponer mecanismos que permitan que "LOS SUBSIDIOS", sean aplicados a la realización del objeto al que son destinados, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes; 8. Dar seguimiento al avance físico financiero de las obras, conforme a la normativa aplicable; 9. Solicitar la entrega del expediente que contenga los avances en el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el avance de obra que sustenten y fundamenten la aplicación de los recursos presupuestarios federales a "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA"; 10. Recibir y, en su caso, requerir a “EL MUNICIPIO”, los estados de cuenta mensuales de la cuenta bancaria productiva, única y específica que refiere la CLÁUSULA QUINTA del presente instrumento jurídico; 11. Dar seguimiento, en coordinación con "LA INSTANCIA AUXILIAR” y con "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", al avance y cumplimiento del objeto del presente instrumento, y 12. Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio, las que establezcan la Instancia Normativa, conforme a sus atribuciones reglamentarias, “LAS REGLAS” y demás disposiciones aplicables. NOVENA. RESPONSABILIDADES DE "LA INSTANCIA AUXILIAR". Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, la Oficina de Representación, en su carácter de “LA INSTANCIA AUXILIAR", bajo la supervisión de la Dirección General de Coordinación de Oficinas de Representación, tendrá los siguientes compromisos: Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 693 a. Apoyar a "LAS PARTES", en la coordinación de acciones con las autoridades estatales y municipales; b. Promover y difundir “EL PROGRAMA”, así como la(s) Convocatoria(s) que emita "LA SEDATU", con el fin de dar cumplimiento al objeto del presente instrumento jurídico; c. Colaborar con "LAS PARTES" en las actividades para la elaboración validación y suscripción de los instrumentos jurídicos relacionados con “EL PROGRAMA”; d. Dar seguimiento a la ejecución, operación y ejercicio del gasto de las obras y acciones e informar periódicamente su evolución a "LA SEDATU"; e. Coadyuvar con "LA SEDATU” para la correcta y oportuna operación de “EL PROGRAMA”; f. Asesorar a la “INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", en los distintos procesos relacionados con la solicitud, operación, conservación y mantenimiento de las obras y acciones apoyadas por el “EL PROGRAMA”; g. Apoyar a la “INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA” en el registro de "LOS PROYECTOS" en el Sistema de Información determinado por "LA SEDATU”, de acuerdo con la Apertura Programática, así como al expediente técnico de cada obra o acción, conforme a lo previsto en “LAS REGLAS”; h. Coadyuvar, en su caso, con la "INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" para recolectar y capturar la información socioeconómica en el sistema que determine "LA SEDATU", en el registro de beneficiarios de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento, en caso de resultar procedente o conforme a la normativa aplicable; i. En coordinación con la "INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" verificar, la correcta conclusión de los trabajos y de acciones apoyadas por “EL PROGRAMA” y, en su caso, la definición del mecanismo establecido para el mantenimiento y conservación de las obras; j. Remitir a la autoridad competente, las denuncias de las que tengan conocimiento con relación a “EL PROGRAMA”, conforme a la normativa aplicable; k. En su caso, participar, promover, operar, difundir y dar seguimiento a las actividades de contraloría social en términos de “LAS REGLAS” y la normativa aplicable; l. Coadyuvar en coordinación con “LA SEDATU" en el seguimiento de las acciones que lleve a cabo la "INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA” en el desarrollo y ejecución de las obras complementarias que convenga con "LA SEDATU", así como en la remisión, a "LA DGIE", del anexo con las especificaciones de las obras o acciones complementarias en un máximo de 45 días naturales siguientes al inicio de obras por la "INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", y m. Las demás que establezcan la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Urbano y Vivienda en su carácter de Instancia Normativa, "LA DGIE”, “LA DGOC", la Dirección General de Coordinación de Oficinas de Representación, “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable. DÉCIMA. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación Específico, "EL ESTADO" tendrá las siguientes responsabilidades: a) Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como dar cumplimiento a lo convenido; b) Aperturar una cuenta bancaria productiva específica para que “LA SEDATU” transfiera los subsidios en favor de "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA”, para la administración de los recursos federales aportados por “EL PROGRAMA”, y esta sea remitida a "LA SEDATU", de conformidad a lo dispuesto por el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable; c) Transferir, radicar, ministrar, según sea el caso, los subsidios entregados por "LA SEDATU" a la "INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores a su recepción, e informa a “LA SEDATU", en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles; d) Registrar los recursos de los subsidios que reciba por parte de "LA SEDATU”, en los sistemas contables, que permitan acceder a la información financiera, así como presentar los informes previstos en la legislación local y federal, en materia de ingreso y gasto público. e) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio y aquellas que establezca la Instancia Normativa o la Unidad Responsable de “EL PROGRAMA”, “LAS REGLAS” y las disposiciones aplicables. 694 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 DÉCIMO PRIMERA. RESPONSABILIDADES DE "EL MUNICIPIO, en su carácter de “INSTANCIA EJECUTORA". Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, “EL MUNICIPIO” tendrá las siguientes responsabilidades: a) Suscribir los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con las disposiciones aplicables; b) Cumplir con la normatividad aplicable en materia de protección civil y reglamentos de construcción; así como, con las Normas Oficiales Mexicanas y estándares que correspondan; c) Acreditar y, en su caso, requerir a las autoridades correspondientes, los documentos que acrediten la propiedad de los inmuebles propuestos para ser intervenidos por “EL PROGRAMA” remitiendo la inscripción correspondiente en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio o instancia equivalente o, en caso de ser propiedad de cualquier otro ente público o ser del dominio público, la posesión legítima o usufructo, conforme a lo dispuesto en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable. d) En su caso, remitir escrito en el que asume la obligación de realizar las acciones legales necesarias para contar con los documentos relacionados con su derecho respecto a los inmuebles susceptibles de ser apoyados en el marco del “EL PROGRAMA”, cuando se encuentren a favor de un gobierno local o ente público de cualquier naturaleza, así como cubrir los gastos inherentes a este proceso, y deberán entregar a "LA SEDATU” la documentación que acredite los trámites y/o procedimientos jurídicos correspondientes, conforme a lo que establecen “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable. Para efectos del presente inciso la “INSTANCIA EJECUTORA" se compromete a informar a "LA SEDATU" sobre cualquier litigio o circunstancia que pudiera presentarse respecto a "LOS PROYECTOS" materia del presente instrumento, así como a atenderlo, y sacar en paz y a salvo a “LA SEDATU" por la información o falta de esta, para acreditar su derecho respecto a los inmuebles a intervenir, liberándola de cualquier tipo de responsabilidad, ya sea penal, civil, administrativa o de cualquier otra naturaleza; e) Aperturar una cuenta bancaria productiva específica para la recepción y administración de "LOS SUBSIDIOS" que transfiera “LA SEDATU" y que son aportados por “EL PROGRAMA”, debiendo remitir copia del contrato a “LA SEDATU", de conformidad a lo dispuesto por el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, “LAS REGLAS” y demás normatividad aplicable; f) Remitir mensualmente a “LA DGIE” el estado de cuenta de la cuenta bancaria productiva, única y específica; g) Proporcionar a "LA SEDATU" los elementos relacionados con la atención a los Anexos Transversales a que refiere el artículo 41, fracción II, incisos j), o), p), q), r), s), t), u) y v) de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, cuando así corresponda, conforme a la naturaleza de los proyectos, obras o acciones; h) Ejecutar "LOS PROYECTOS" previa autorización o modificación por parte del Comité de Validación de “EL PROGRAMA” al Informe Técnico de Justificación y Viabilidad para el Otorgamiento del Subsidio de la Vertiente correspondiente, conforme al proyecto ejecutivo que se presente ante "LA SEDATU". Proyectos que no podrán ser modificados sin conocimiento previo de "LA SEDATU" y, en su caso, del Comité de Validación de “EL PROGRAMA”; i) Registrar en el Módulo de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento (MOD-VIB) del Sistema de “EL PROGRAMA”, los tipos de apoyo autorizados por el Comité de Validación de “EL PROGRAMA”, conforme a lo previsto en “LAS REGLAS”, de acuerdo con los Formatos Anexo Técnico (Formato VIE-01), y a la Apertura Programática del Programa (Formato PMU03); j) Enterar a la TESOFE los rendimientos financieros de la cuenta bancaria productiva específica para la administración de los recursos federales de “EL PROGRAMA”; k) Reintegrar a la TESOFE, en caso de existir economías derivadas del proceso de contratación o durante la ejecución de "LOS PROYECTOS", por cualquier circunstancia, el recurso transferido por "LA SEDATU", en términos de la normativa aplicable o lo que establezcan “LAS REGLAS”; l) Ejercer "LOS SUBSIDIOS” de “EL PROGRAMA” conforme a lo dispuesto en “LAS REGLAS” y la normatividad federal aplicable; m) Realizar los procesos de licitación, adjudicación y/o contratación de conformidad con la normativa aplicable, una vez aprobado "LOS PROYECTOS" por el Comité de Validación de “EL PROGRAMA”, en términos de lo previsto en “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable; Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 695 n) Elaborar, integrar y conservar el expediente de cada obra o acción relacionada con el presente instrumento y remitirlos a “LA DGIE” y, en su caso, a otras instancias, en términos de la normativa aplicable; o) Elaborar y mantener actualizado un registro de los subsidios de “EL PROGRAMA” y de los recursos financieros locales, aportados y ejercidos; p) Vigilar que el ejercicio de los recursos para la ejecución de las obras y acciones se realice mediante instrumentos que garanticen su transparencia e idoneidad financiera; q) Solicitar y justificar la autorización de modificación y, en su caso, la cancelación de las obras y acciones cuando la obra o acción tenga cambios en los conceptos autorizados, en términos de la normativa aplicable; r) Integrar y actualizar el sistema de información determinado por "LA SEDATU" para la conformación del padrón de beneficiarios correspondiente; s) Proporcionar a "LA SEDATU", durante los primeros cinco días hábiles del mes inmediato posterior al trimestre que se reporta, debidamente requisitado y firmado el informe de avance de las obras y acciones apoyadas por “EL PROGRAMA”, así como la que permita dar seguimiento, utilizando para ello el formato que se determine; t) Supervisar directamente o, en su caso, mediante la contratación de un tercero, la ejecución de las obras, así como brindar la información y las facilidades necesarias a instancias y órganos competentes, para llevar a cabo la fiscalización, verificación o evaluación de las obras y acciones apoyadas por “EL PROGRAMA”; u) Brindar la información y las facilidades necesarias a instancias y órganos competentes, para llevar a cabo la fiscalización, verificación o evaluación de las obras y acciones apoyadas por “EL PROGRAMA”; v) Elaborar la justificación técnica y social de las obras y acciones para lo cual deberán cumplir con los criterios de equidad, inclusión, integralidad, desarrollo urbano y sustentabilidad; en términos de la legislación y normatividad en la materia; w) Dar seguimiento a las quejas y denuncias que, en su caso, se interpongan en relación a las obras y acciones apoyadas por “EL PROGRAMA” conforme a este Convenio; x) Garantizar que "LOS PROYECTOS" propuesto tengan la factibilidad de conexión a la red de servicios básicos, como son agua, drenaje, electrificación, entre otros, y una vez terminadas las obras ponerlos en operación y funcionamiento, en beneficio del Municipio, conforme a la normativa aplicable; y) Generar las condiciones que resulten necesarias, con el fin de hacer del conocimiento de "LA SEDATU", las conexiones, instalaciones y servicios públicos municipales interconectadas o vinculadas con las obras o proyectos materia del presente instrumento jurídico; z) Aplicar con el apoyo de “LA INSTANCIA AUXILIAR", el instrumento de registro de personas beneficiarias recabando, en su caso, el consentimiento para el manejo de datos personales e integrar, actualizar y alimentar el Sistema de Información determinado por “LA SEDATU" para la conformación del padrón correspondiente; aa) Tramitar y obtener de las autoridades competentes los dictámenes, permisos, licencias, derechos que correspondan para realizar las obras y acciones a apoyar por “EL PROGRAMA”, conforme a lo dispuesto por la normativa aplicable; bb) En su caso, promover, integrar y dar seguimiento, con el apoyo de "LA SEDATU", a las actividades en materia de Contraloría Social; entre otras, conformando y capacitando a los comités de Contraloría Social, ajustándose al Esquema o Esquemas validados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; cc) Apoyar a “LA DGIE” en las acciones de verificación de las obras y acciones apoyadas por “EL PROGRAMA”, conforme a los formatos correspondientes; dd) Presentar a "LA SEDATU" los documentos que esta requiera para el cierre del ejercicio fiscal; ee) Presentar el Informe del Cierre de Ejercicio (Formato VIE-03), en el Módulo de la Vertiente Infraestructura y Equipamiento (MOD-VIE) del Sistema “EL PROGRAMA” (SIG), que serán remitidos al Área Responsable, en versión impresa y digital, debidamente firmados dentro del primer trimestre del ejercicio fiscal subsecuente, formato que puede ser consultado en el micrositio del Programa https://mimexicolate.gob.mx/; ff) Cualquier modificación, alteración, intervención o cambio que requiera realizar a "LOS PROYECTOS" con motivo del presente Convenio y al amparo de “EL PROGRAMA”, debe ser notificado a “LA SEDATU” y, en su caso, solicitar la autorización correspondiente. 696 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Por tratarse de obras realizadas mediante la transferencia de "LOS SUBSIDIOS" de carácter federal, la obligación prevista en el presente inciso subsistirá aun cuando hubiere concluido la vigencia del presente Convenio de Coordinación Específico. Cualquier alteración, modificación o destrucción que realice "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA", sin el previo consentimiento de "LA SEDATU", será única y exclusivamente su responsabilidad, en términos de las disposiciones aplicables en materia de responsabilidad de los servidores públicos y demás normativa aplicable; gg) Realizar las acciones que resulten necesarias para salvaguardar y vigilar la correcta ejecución de “LOS PROYECTOS", así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social de las mismas, en términos de la normativa aplicable; hh) En caso de que se suscite cualquier evento, incluyendo caso fortuito o fuerza mayor, que directa o indirectamente pudiere impedir total o parcialmente la ejecución de cualquier de las acciones u obras descritas en el presente convenio, deben informar de forma inmediata dicha circunstancia a "LA SEDATU”, y ii) Las demás que resulten necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento jurídico, coadyuvar en la operación, seguimiento y ejecución de “EL PROGRAMA”; así como las que establezcan la Instancia Normativa, "LA DGIE”, “LAS REGLAS” y la normativa aplicable. DÉCIMO SEGUNDA. RESPONSABILIDADES DE “EL MUNICIPIO”, en su carácter de "INSTANCIA SOLICITANTE”. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, “EL MUNICIPIO” tendrá las siguientes responsabilidades: a) A través de su unidad administrativa facultada para ello, se hará cargo y debe llevar a cabo los procesos y trámites correspondientes, que permitan que "LOS PROYECTOS" cuenten con los servicios públicos en las obras que se ejecuten en el marco del presente instrumento, y ponerlos en funcionamiento, conforme a la normativa aplicable; b) Llevar a cabo acciones con el propósito de que "LOS PROYECTOS" materia del presente instrumento se encuentren en operación y funcionamiento, a más tardar dentro de los 45 días naturales siguientes a su conclusión y la celebración del acta de Entrega-Recepción respectiva, y c) Las demás que le corresponden a las Instancias Solicitantes, conforme a “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable. DÉCIMO TERCERA. ENLACES. “LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA” designa como enlace ante "LAS PARTES" al C. Patricia Josefina Jiménez Hernández, en su calidad de Secretaria del Ayuntamiento del Municipio de Chimalhuacán, Estado de México, quien asistirá para todos los temas inherentes al presente Convenio de Coordinación Específico. Por su parte, "LA SEDATU" designa como enlaces, por parte de “LA DGIE” a Juan Martín Amparano Rodríguez, en su carácter de Director General de Infraestructura y Equipamiento; y por parte de la por parte de "LA INSTANCIA AUXILIAR" a la persona Titular de la Oficina de Representación en el Estado de México. “EL ESTADO" designa como enlace con “LAS PARTES” al Titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado de México, por su titular el Mtro. Horacio Duarte Olivares. En caso de que alguna de "LAS PARTES" cambie a su enlace de manera distinta a lo previsto en la presente cláusula, lo hará de conocimiento a todos los firmantes o a quien los sustituya en el empleo, cargo o comisión, por escrito, señalando la fecha en que surtirá efectos la designación, señalando los mecanismos de contacto de sus enlaces. En caso de no atender lo previsto en el presente párrafo, todas las comunicaciones que requieran se atenderán conforme a los enlaces previstos en los párrafos anteriores. DÉCIMO CUARTA. CONTROL Y FISCALIZACIÓN. El ejercicio de los recursos federales de “EL PROGRAMA” se encuentra sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por el Órgano Interno de Control en “LA SEDATU”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes, conforme a la normativa aplicable. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 697 DÉCIMO QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. “LAS PARTES” acuerdan que, atendiendo que el presente instrumento jurídico observa el principio de la buena fe, de común acuerdo podrán convenir la terminación anticipada del mismo. El presente Convenio de Coordinación Específico se podrá dar por terminado de manera anticipada por la existencia de alguna de las siguientes causas: a) Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Convenio; b) Todas aquellas que contravengan lo dispuesto por “LAS REGLAS”. “LA SEDATU” podrá, en cualquier momento, rescindir el presente instrumento jurídico, sin que medie resolución judicial, sin responsabilidad alguna, y sin que resulte necesaria la autorización de otras de "LAS PARTES", cuando se presente alguna de las circunstancias descritas en la presente cláusula o cuando "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA”, no cumpla en tiempo forma con los compromisos pactados en este Convenio de Coordinación Específico, en lo dispuesto en “LAS REGLAS” o en la normativa aplicable, lo que podrá ser comunicado por "LA SEDATU" por oficio. En el caso de que se actualice la terminación anticipada o la rescisión, "LA INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA”, se compromete a reintegrar a la TESOFE los recursos entregados para la ejecución de "LOS PROYECTOS", junto con los intereses que se hubiesen generado. El reintegro debe realizarse dentro de los quince (15) días naturales de que opere la terminación anticipada del presente instrumento por el monto total o la proporción de "LOS SUBSIDIOS" que no haya sido erogada al momento de la terminación anticipada del presente convenio coordinación según lo determine “LA SEDATU". DÉCIMO SEXTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Ninguna de “LAS PARTES” se considerará en incumplimiento de sus obligaciones al tenor del Convenio si dicho incumplimiento es originado por caso fortuito o fuerza mayor, entendiendo por ello los hechos o acontecimientos del hombre o de la naturaleza que no sean previsibles o, cuando siendo previsibles, no puedan evitarse por “LAS PARTES” con el uso de la debida diligencia, siempre y cuando los efectos causados no se deriven o sean consecuencia directa o indirecta de la culpa, dolo o negligencia de la parte que lo sufre. Queda expresamente pactado que “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción se reanudarán las tareas pactadas. DÉCIMO SÉPTIMA. RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales radicados a la “INSTANCIA SOLICITANTE Y EJECUTORA" en la cuenta bancaria productiva específica, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados o estén vinculados formalmente con compromisos y obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2025, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo de quince (15) días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables. DÉCIMO OCTAVA. CESIÓN DE DERECHOS. Ninguna de “LAS PARTES” podrá ceder los derechos u obligaciones a su cargo derivadas de este Convenio o delegar cualquier deber u obligación bajo el mismo, sin el previo consentimiento por escrito de la otra Parte. DÉCIMO NOVENA. MODIFICACIONES. El presente Convenio podrá ser modificado de común acuerdo y por escrito mediante convenio modificatorio, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables, y entrarán en vigor a partir de su suscripción. Las modificaciones serán suscritas por "LAS PARTES” en la fecha en que se firmen los documentos y se entenderán incorporadas al presente instrumento. VIGÉSIMA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para resolver de común acuerdo, todas las desavenencias de interpretación o cumplimiento que deriven del presente Convenio de Coordinación Específico a través de medios alternativos de solución de conflictos; asimismo, convienen en sujetarse para todo lo no previsto en el mismo, a lo dispuesto en los instrumentos legales y normativos señalados en la Cláusula Sexta de este Convenio. De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio de Coordinación Específico, que no puedan ser resueltas de común acuerdo entre “LAS PARTES”, conocerán los Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México. 698 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 VIGÉSIMO PRIMERA. DIFUSIÓN. “LAS PARTES” serán responsables de que, durante la ejecución del objeto de este Convenio de Coordinación Específico, se cumplan las disposiciones, estrategias y programas referentes a comunicación social y publicidad, y que se encuentren señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025; así como en “LAS REGLAS”. La publicidad, información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas deberá identificarse con el escudo nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, y el artículo 28, fracción II, inciso a) del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, e incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. VIGÉSIMO SEGUNDA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR. "LAS PARTES" acuerdan reconocerse recíprocamente la titularidad de los derechos de autor y de propiedad industrial que cada una tiene sobre patentes, marcas, modelos, dibujos industriales y derechos de autor, obligándose a mantenerlos vigentes durante la ejecución de este Convenio de Coordinación Específico. En caso de generarse derechos de propiedad intelectual con motivo de las actividades que se lleven a cabo en el marco de este instrumento, así como del diseño y la ejecución de las obras o acciones de "LOS PROYECTOS" apoyado con subsidios de “EL PROGRAMA”, "LAS PARTES" se obligan a reconocerse mutuamente respecto a los créditos correspondientes y ajustarse a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, su Reglamento y demás normativa aplicable. Asimismo, “LAS PARTES” convienen que, la propiedad intelectual y los derechos de autor resultantes de las actividades que desarrollen conjuntamente corresponderán a la parte que haya producido o, en su caso, a todas ellas en proporción a sus aportaciones. Los derechos de autor de carácter patrimonial que se deriven del presente Convenio de Coordinación Específico le corresponderán a la parte que haya participado o que haya aportado recursos para su realización, la cual, únicamente quedará obligada a otorgarle los créditos correspondientes por su autoría y colaboración a la otra parte. VIGÉSIMO TERCERA. CONTRALORÍA SOCIAL. “LAS PARTES” serán responsables de que durante la ejecución de los proyectos apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA” se cumplan las disposiciones señaladas en “LAS REGLAS” en materia de Contraloría Social; así como lo señalado en los Lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de la vigilancia ciudadana, bajo el Esquema de Contraloría Social validado por dicha dependencia. VIGÉSIMO CUARTA. RELACIÓN LABORAL. “LAS PARTES” convienen que, el personal aportado por cada una para la realización de los proyectos apoyados con subsidios de “EL PROGRAMA”, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos de la otra. VIGÉSIMO QUINTA. TRANSPARENCIA. “LAS PARTES” manifiestan que, el presente instrumento jurídico es público de acuerdo con lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que, la información a la que tengan acceso y aquella que se genere para su cumplimiento, deberá sujetarse a los principios de la normativa de la materia, incluyendo, desde luego, los supuestos de confidencialidad y reserva estipulados en los citados ordenamientos de considerarse procedente. VIGÉSIMO SEXTA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, serán responsables en obtener el consentimiento de los titulares de datos personales y/o datos personales sensibles de conformidad con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable, que se obtengan con motivo del cumplimiento del objeto del presente Convenio. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, se obligan a realizar los avisos de privacidad correspondientes, de conformidad con la mencionada ley, y obtener las autorizaciones correspondientes para transferir dichos datos a la otra parte, cuando así sea necesario en términos de la legislación aplicable. “LAS PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia, serán responsables del manejo, almacenamiento y protección de los datos personales y los datos personales sensibles, que obtengan con motivo del cumplimiento del presente Convenio. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 699 VIGÉSIMO SÉPTIMA. INTEGRIDAD. “LAS PARTES”, se comprometen a actuar bajo los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, honestidad e integridad, y a cumplir con todas las disposiciones en materia de responsabilidades de servidores públicos, previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas; así como en lo dispuesto por el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal o su Código de Ética local o el instrumento análogo que en la especie aplique. Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio de Coordinación Específico se limita al necesario para cumplir con los fines de condición normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. “LAS PARTES” se comprometen a que, ni ellas, ni sus directores, funcionarios o empleados habrán ofrecido, prometido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ninguna ventaja indebida, económica o de otro tipo (o insinuado que lo harán o podrían hacerlo en el futuro) relacionada de algún modo con el presente instrumento jurídico o con los que deriven del mismo y que habrán adoptado medidas razonables para evitar que lo hagan los subcontratistas, agentes o cualquier otro tercero que se encuentre sujeto a su control o a su influencia significativa. VIGÉSIMO OCTAVA. ANTICORRUPCIÓN. “LAS PARTES”, se comprometen a no llevar a cabo acto de corrupción alguno, por lo que pactan que será causal de suspensión o terminación de la relación derivada del presente Convenio de Coordinación Específico, el conocimiento de que la otra parte ha actuado en violación a la legislación aplicable en materia de anticorrupción, en particular al involucrarse o tolerar algún acto de corrupción o ser utilizada como conducto para cometerlo. Para esos efectos, el alcance del objeto del presente Convenio de Coordinación Específico se limita al necesario para cumplir con los fines y conducción normal de las actividades de cada una de “LAS PARTES”. VIGÉSIMO NOVENA. PROTECCIÓN DE RECURSOS EN PROCESOS ELECTORALES. “LAS PARTES”, se comprometen a que los recursos asignados por “LA SEDATU”, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad, no serán utilizados con fines político-electorales, evitando que durante la ejecución de las obras o acciones de “LOS PROYECTOS” se confundan con actos de naturaleza proselitista, ajustándose a lo establecido en la normativa en materia electoral y demás aplicables. Lo anterior, en virtud de que este programa es público, ajeno a cualquier partido político, por lo que queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el mismo. TRIGÉSIMA. DOMICILIOS. “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para toda clase de avisos, comunicaciones, notificaciones y en general para todo lo relacionado con el presente Convenio, los señalados en sus respectivas declaraciones. Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado por escrito, dirigido a “LAS PARTES”, con acuse de recibo, por lo menos en un plazo de diez días hábiles de anticipación a la fecha en que deba surtir efectos el cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán como válidamente hechas en los domicilios aquí señalados. TRIGÉSIMO PRIMERA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación Específico estará vigente a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025, conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y demás normativa que, en materia del ejercicio de los recursos previstos en el presente convenio, resulte aplicable. TRIGÉSIMO SEGUNDA. PUBLICACIÓN. El presente Convenio se publicará en el Diario Oficial de la Federación y la página electrónica de "LA SEDATU": https://www.gob.mx/sedatu, en el micrositio del Programa: https://mimexicolate.gob.mx/, así como en la Plataforma Nacional de Transparencia de conformidad a lo establecido en el numeral 13.3 de “LAS REGLAS” y demás normativa aplicable. “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos del programa” Enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, firman el presente Convenio de Coordinación Específico en seis tantos en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de noviembre del 2025.- Por la SEDATU: Director General de Infraestructura y Equipamiento, C. Juan Martín Amparano Rodríguez.- Rúbrica.- Directora General de Coordinación de Oficinas de Representación, C. Aurora del Socorro Muñoz Martínez.- Rúbrica.- Titular de la Oficina de Representación en el Estado de México, C. Axayácatl Emiliano Ramírez Chávez.- Rúbrica.- Por la Instancia Solicitante: Presidenta Municipal, C. Xóchitl Flores Jiménez.- Rúbrica.- Secretaria del H. Ayuntamiento, C. Patricia Josefina Jiménez Hernández.- Rúbrica.- Por el Estado: Secretario General de Gobierno, Mtro. Horacio Duarte Olivares.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas del Estado de México, C.P. Oscar Flores Jiménez.- Rúbrica. 700 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 SECRETARIA DE LAS MUJERES CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Morelos y el Municipio de Jojutla, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-010, que permite brindar protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. MUJERES/AMP/CM/C-2025-010/MUJ CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUJERES, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, EN LO SUCESIVO LA “DIRECCIÓN”; Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE ESTADO DE MORELOS, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL EN ADELANTE LA SECRETARÍA, REPRESENTADA POR JORGE SALAZAR ACOSTA, Y EL MUNICIPIO DE JOJUTLA, EN ADELANTE EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ALAN FRANCISCO MARTINEZ GARCÍA; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES Con fecha 23 de mayo de 2025, MUJERES y EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN en adelante “LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir de su suscripción al 31 de diciembre de 2025, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado C-2025-010, que permite brindar protección y atención integral y especializada, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances, objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por MUJERES. El 01 de septiembre de 2025, se llevó a cabo la publicación en la página oficial de MUJERES la CIRCULAR por la que los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil, cuyos proyectos resultaron aprobados en la convocatoria que se publicó el pasado 7 de marzo, podrán solicitar una ampliación de recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención”, de conformidad con el numeral 4.6.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio fiscal 2025.”, respecto de los siguientes rubros y conceptos: Rubro Conceptos de Gasto a) Mantenimiento  Albañilería, resane y remodelación  Cancelería, herrería y vidrios  Carpintería  Cerrajería  Desazolve  Equipo de aire acondicionado  Fumigación  Desinfección de espacios  Impermeabilización  Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas  Pintura  Plomería  Sistema Eléctrico Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 701 b) Equipamiento  Audio, video y electrónicos  Enseres industriales  Equipo electrodoméstico  Equipo de computo  Equipo de jardinería  Equipo para inserción laboral  Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas  Mobiliario general  Mobiliario y equipo de oficina  Mobiliario y equipo médico. c) Seguridad  Vigilancia propia  Vigilancia subrogada  Equipamiento de seguridad  Instalaciones de seguridad d) Programa de profesionalización para personas colaboradoras  Prestación de servicios e) Servicios y Asesorías  Contabilidad  Nutrición Otros  Se podrá incluir otro rubro para satisfacer las necesidades de atención a las personas usuarias, debidamente justificado. Mediante escrito MJ/RAA/173/2025, de fecha 05 de septiembre de 2025, el Presidente Municipal de Jojutla, Morelos por el CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, Alan Francisco Martínez García, hizo de conocimiento a la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de MUJERES, Enna Paloma Ayala Sierra, la solicitud de ampliación de recursos bajo el concepto “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN. En sesión de 03 de octubre de 2025, de la Mesa de Análisis: “Fortalecimiento de Servicios de Atención del Refugio y Centro externo de Atención” se sometieron a revisión y evaluación los proyectos participantes en la Convocatoria de Solicitud de Ampliación y se emitieron los resultados de los proyectos aprobados y lo montos autorizados, mismos que fueron publicados en el sitio oficial de MUJERES el 07 de octubre de la presente anualidad, en cumplimiento con el numeral 4.4 y 4.4.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio fiscal 2025”, lo que motiva la suscripción del presente Convenio Modificatorio. Al respecto, la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”, expresa lo siguiente: “DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (...). “Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse la ampliación de recursos en diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer Proyecto presentado, dando prioridad a la atención de situaciones relativas a algún caso fortuito o de fuerza mayor, de acuerdo con los supuestos señalados en el numeral 4.5.2 “Convenio Modificatorio” de los LINEAMIENTO.” 702 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario la ampliación de recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio conforme a las siguientes: DECLARACIONES I. MUJERES declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. La DIRECCIÓN es una unidad administrativa integrante de MUJERES, de conformidad con el artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM. I.3. La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Titular de MUJERES, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025; y cuenta con las atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio, con fundamento en los artículos 2o. fracción IV numeral 5, y 5o. fracciones I y XIV, así como 15 del RISM. I.4. Para dar cumplimiento al presente Convenio Modificatorio cuenta con los recursos económicos y suficientes de la partida presupuestal 43401, relativamente de subsidios y Entidades Federativas y Municipios, así como Suficiencia Presupuestaria. I.5. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900 Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La SECRETARÍA, declara que: II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; 1o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888, el Estado de Morelos es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2. El Secretario de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal, Jorge Salazar Acosta, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por Margarita González Saravia Calderón, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, el 03 de octubre de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888; 3, párrafo primero y segundo, 9, fracción III, 14 fracción VIII, 15 y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 53, fracción VI, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos; y 2, 7 y 8 fracciones XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo Estatal. II.3. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal ubicado en Plaza de Armas General Emiliano Zapata Salazar, Sin Número, Colonia Cuernavaca Centro, Código Postal 62000, Cuernavaca, Morelos. II.4. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes GEM720601TW9. III. El CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN declara que: III.1. El Presidente Municipal de Jojutla, Alan Francisco Martínez García, acredita su personalidad con la constancia de mayoría y validez de la Elección a la Presidencia Municipal, emitida por el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, el 7 de junio de 2024; y cuenta con plenas facultades para suscribir el presente Convenio Modificatorio, según consta en los artículos Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 703 3o., 7o., fracción II del Reglamento General de Gobierno y Administración Pública Municipal de Jojutla, Morelos; y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron conferidas no le han sido modificadas, limitadas o revocadas en forma alguna, por lo que surte plenos efectos para la celebración del presente instrumento jurídico. III.2. Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los asentados en la documentación proporcionada a MUJERES que sirvió de base para la realización del presente instrumento jurídico. III.3. Externa su aceptación y su voluntad para celebrar el Convenio Modificatorio al “CONVENIO”, y manifiesta no tener ninguna objeción para que se lleve a cabo su celebración. IV. "LAS PARTES" declaran que: IV.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y manifiestan su conformidad para la suscripción de este Convenio Modificatorio del “CONVENIO”. IV.2. Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos de la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”. IV.3. Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan con las facultades necesarias para su suscripción. IV.4. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual, se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”. En este sentido, “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, única y exclusivamente en lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS, donde se ampliará el recurso bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del “CONVENIO”, para obligarse de conformidad con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, celebrado el 23 de mayo de 2025, únicamente en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS del “CONVENIO”, para quedar como se señala a continuación: “SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con las disposiciones aplicables en la materia (...) “[...] “MUJERES transferirá al CENTRO EXTERNO por calidad de ampliación de recursos presupuestarios federales, una cantidad de $333,244.00 (trescientos treinta y tres mil doscientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.); a efecto de cumplir con la CIRCULAR publicada en la página oficial de MUJERES el 01 de septiembre de 2025, así como con la publicación de resultados de proyectos aprobados de fecha 07 de octubre de 2025. “[...]“ SEGUNDA.- Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES” convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, el 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados. TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al Proyecto C-2025-010; y surtirá efectos a partir de la fecha de suscripción. Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 3 (tres) ejemplares en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría: Secretario de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal, Jorge Salazar Acosta.- Rúbrica.- Por el Centro Externo de Atención: Presidente Municipal de Jojutla, Alan Francisco Martinez García.- Rúbrica. 704 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Nuevo León y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-039, que permite brindar protección y atención integral y especializada para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. MUJERES/AMP/CM/C-2025-039/SMNL-1 CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUJERES, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, EN LO SUCESIVO LA “DIRECCIÓN”; Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL, EN ADELANTE LA SECRETARÍA, REPRESENTADA POR CARLOS ALBERTO GARZA IBARRA, Y LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, EN ADELANTE EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR GRACIELA GUADALUPE BUCHANAN ORTEGA; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES Con fecha 23 de mayo de 2025, MUJERES y EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN en adelante “LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir de su suscripción al 31 de diciembre de 2025, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado C-2025-039, que permite brindar protección y atención integral y especializada, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances, objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por MUJERES. El 01 de septiembre de 2025, se llevó a cabo la publicación en la página oficial de MUJERES la CIRCULAR por la que los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil, cuyos proyectos resultaron aprobados en la convocatoria que se publicó el pasado 7 de marzo, podrán solicitar una ampliación de recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención”, de conformidad con el numeral 4.6.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio fiscal 2025.”, respecto de los siguientes rubros y conceptos: Rubro Conceptos de Gasto a) Mantenimiento  Albañilería, resane y remodelación  Cancelería, herrería y vidrios  Carpintería  Cerrajería  Desazolve  Equipo de aire acondicionado  Fumigación  Desinfección de espacios  Impermeabilización  Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas  Pintura  Plomería  Sistema Eléctrico Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 705 b) Equipamiento  Audio, video y electrónicos  Enseres industriales  Equipo electrodoméstico  Equipo de computo  Equipo de jardinería  Equipo para inserción laboral  Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas  Mobiliario general  Mobiliario y equipo de oficina  Mobiliario y equipo médico. c) Seguridad  Vigilancia propia  Vigilancia subrogada  Equipamiento de seguridad  Instalaciones de seguridad d) Programa de profesionalización para personas colaboradoras  Prestación de servicios e) Servicios y Asesorías  Contabilidad  Nutrición Otros  Se podrá incluir otro rubro para satisfacer las necesidades de atención a las personas usuarias, debidamente justificado. Mediante escrito SM/0248/2025, de fecha 08 de septiembre de 2025, la Secretaria de las Mujeres del Estado de Nuevo León del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, Graciela G. Buchanan Ortega, hizo de conocimiento a la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de MUJERES, Enna Paloma Ayala Sierra, la solicitud de ampliación de recursos bajo el concepto “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN. En sesión de 03 de octubre de 2025, de la Mesa de Análisis: “Fortalecimiento de Servicios de Atención del Refugio y Centro externo de Atención” se sometieron a revisión y evaluación los proyectos participantes en la Convocatoria de Solicitud de Ampliación y se emitieron los resultados de los proyectos aprobados y lo montos autorizados, mismos que fueron publicados en el sitio oficial de MUJERES el 07 de octubre de la presente anualidad, en cumplimiento con el numeral 4.4 y 4.4.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio fiscal 2025”, lo que motiva la suscripción del presente Convenio Modificatorio. Al respecto, la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”, expresa lo siguiente: “DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio de Concertación de Acciones y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (...). “Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse la ampliación de recursos en diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer Proyecto presentado, dando prioridad a la atención de situaciones relativas a algún caso fortuito o de fuerza mayor, de acuerdo con los supuestos señalados en el numeral 4.5.2 “Convenio Modificatorio” de los LINEAMIENTO.” 706 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario la ampliación de recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio conforme a las siguientes: DECLARACIONES I. MUJERES declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. La DIRECCIÓN es una unidad administrativa integrante de MUJERES, de conformidad con el artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM. I.3. La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Titular de MUJERES, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025; y cuenta con las atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio, con fundamento en los artículos 2o. fracción IV numeral 5, y 5o. fracciones I y XIV, así como 15 del RISM. I.4. Para dar cumplimiento al presente Convenio Modificatorio cuenta con los recursos económicos y suficientes de la partida presupuestal 43401, relativamente de subsidios y Entidades Federativas y Municipios, así como Suficiencia Presupuestaria. I.5. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900 Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La SECRETARÍA, declara que: II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; así como 1o., 2o. y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el Estado de Nuevo León es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2. El Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por Samuel Alejandro García Sepúlveda, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 14 de octubre de 2021; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 124 y 188 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4o., 18, apartado A, fracción III y 24, fracción XXXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; y, 2o. y 4o., fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado. II.3. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal ubicado en Calle Mariano Escobedo Sur, Número 333, Piso Número 3, Colonia Monterrey Centro, Código Postal 64000, Monterrey, Nuevo León. II.4. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes GEN620601DTA. III. El CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN declara que: III.1. La titular de Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, Graciela Guadalupe Buchanan Ortega, acredita su personalidad con nombramiento expedido a su favor por Samuel Alejandro García Sepúlveda, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 7 de junio de 2022; y cuenta con plenas facultades para suscribir el presente Convenio Modificatorio, según consta en los artículos 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4, 18, apartado C, fracción IV, 37, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 707 Nuevo León; y, 1o., 10 y 11 fracciones XXVI, y XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres; y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron conferidas no le han sido modificadas, limitadas o revocadas en forma alguna, por lo que surte plenos efectos para la celebración del presente instrumento jurídico. III.2. Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los asentados en la documentación proporcionada a MUJERES que sirvió de base para la realización del presente instrumento jurídico. III.3. Externa su aceptación y su voluntad para celebrar el Convenio Modificatorio al “CONVENIO”, y manifiesta no tener ninguna objeción para que se lleve a cabo su celebración. IV. "LAS PARTES" declaran que: IV.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y manifiestan su conformidad para la suscripción de este Convenio Modificatorio del “CONVENIO”. IV.2. Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos de la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”. IV.3. Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan con las facultades necesarias para su suscripción. IV.4. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual, se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”. En este sentido, “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, única y exclusivamente en lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS, donde se ampliará el recurso bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del “CONVENIO”, para obligarse de conformidad con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, celebrado el 23 de mayo de 2025, únicamente en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS del “CONVENIO”, para quedar como se señala a continuación: “SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con las disposiciones aplicables en la materia (...) “[...] “MUJERES transferirá al CENTRO EXTERNO por calidad de ampliación de recursos presupuestarios federales, una cantidad de $65,500.00 (sesenta y cinco mil quinientos pesos 00/100 M.N.); a efecto de cumplir con la CIRCULAR publicada en la página oficial de MUJERES el 01 de septiembre de 2025, así como con la publicación de resultados de proyectos aprobados de fecha 07 de octubre de 2025. “[...]“ SEGUNDA.- Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES” convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, el 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados. TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al Proyecto C-2025-039; y surtirá efectos a partir de la fecha de suscripción. Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 3 (tres) ejemplares en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría: Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra.- Rúbrica.- Por el Centro Externo de Atención: Secretaria de las Mujeres del Estado de Nuevo León, Graciela Guadalupe Buchanan Ortega.- Rúbrica. 708 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Nuevo León y la Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-040, que permite brindar protección y atención integral y especializada para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. MUJERES/AMP/CM/C-2025-040/SMNL-2 CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUJERES, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, EN LO SUCESIVO LA “DIRECCIÓN”; Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL, EN ADELANTE LA SECRETARÍA, REPRESENTADA POR CARLOS ALBERTO GARZA IBARRA, Y LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, EN ADELANTE EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR GRACIELA GUADALUPE BUCHANAN ORTEGA; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES Con fecha 23 de mayo de 2025, MUJERES y EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN en adelante “LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir de su suscripción al 31 de diciembre de 2025, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado C-2025-040, que permite brindar protección y atención integral y especializada, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances, objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por MUJERES. El 01 de septiembre de 2025, se llevó a cabo la publicación en la página oficial de MUJERES la CIRCULAR por la que los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil, cuyos proyectos resultaron aprobados en la convocatoria que se publicó el pasado 7 de marzo, podrán solicitar una ampliación de recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención”, de conformidad con el numeral 4.6.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio fiscal 2025.”, respecto de los siguientes rubros y conceptos: Rubro Conceptos de Gasto a) Mantenimiento  Albañilería, resane y remodelación  Cancelería, herrería y vidrios  Carpintería  Cerrajería  Desazolve  Equipo de aire acondicionado  Fumigación  Desinfección de espacios  Impermeabilización  Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas  Pintura  Plomería  Sistema Eléctrico Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 709 b) Equipamiento  Audio, video y electrónicos  Enseres industriales  Equipo electrodoméstico  Equipo de computo  Equipo de jardinería  Equipo para inserción laboral  Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas  Mobiliario general  Mobiliario y equipo de oficina  Mobiliario y equipo médico. c) Seguridad  Vigilancia propia  Vigilancia subrogada  Equipamiento de seguridad  Instalaciones de seguridad d) Programa de profesionalización para personas colaboradoras  Prestación de servicios e) Servicios y Asesorías  Contabilidad  Nutrición Otros  Se podrá incluir otro rubro para satisfacer las necesidades de atención a las personas usuarias, debidamente justificado. Mediante escrito SM/0249/2025, de fecha 08 de septiembre de 2025, la Secretaria de las Mujeres del Estado de Nuevo León del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, Graciela G. Buchanan Ortega, hizo de conocimiento a la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de MUJERES, Enna Paloma Ayala Sierra, la solicitud de ampliación de recursos bajo el concepto “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN. En sesión de 03 de octubre de 2025, de la Mesa de Análisis: “Fortalecimiento de Servicios de Atención del Refugio y Centro externo de Atención” se sometieron a revisión y evaluación los proyectos participantes en la Convocatoria de Solicitud de Ampliación y se emitieron los resultados de los proyectos aprobados y lo montos autorizados, mismos que fueron publicados en el sitio oficial de MUJERES el 07 de octubre de la presente anualidad, en cumplimiento con el numeral 4.4 y 4.4.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio fiscal 2025”, lo que motiva la suscripción del presente Convenio Modificatorio. Al respecto, la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”, expresa lo siguiente: “DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio de Concertación de Acciones y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (...). “Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse la ampliación de recursos en diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer Proyecto presentado, dando prioridad a la atención de situaciones relativas a algún caso fortuito o de fuerza mayor, de acuerdo con los supuestos señalados en el numeral 4.5.2 “Convenio Modificatorio” de los LINEAMIENTO.” 710 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario la ampliación de recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio conforme a las siguientes: DECLARACIONES I. MUJERES declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. La DIRECCIÓN es una unidad administrativa integrante de MUJERES, de conformidad con el artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM. I.3. La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Titular de MUJERES, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025; y cuenta con las atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio, con fundamento en los artículos 2o. fracción IV numeral 5, y 5o. fracciones I y XIV, así como 15 del RISM. I.4. Para dar cumplimiento al presente Convenio Modificatorio cuenta con los recursos económicos y suficientes de la partida presupuestal 43401, relativamente de subsidios y Entidades Federativas y Municipios, así como Suficiencia Presupuestaria. I.5. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900 Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La SECRETARÍA, declara que: II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; 1o., 2o. y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el Estado de Nuevo León es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2. El Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por Samuel Alejandro García Sepúlveda, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 14 de octubre de 2021; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 124 y 188 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4o., 18, apartado A, fracción III y 24, fracción XXXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; y, 2o. y 4o., fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado. II.3. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal ubicado en Calle Mariano Escobedo Sur, Número 333, Piso Número 3, Colonia Monterrey Centro, Código Postal 64000, Monterrey, Nuevo León. II.4. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes GEN620601DTA. III. El CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN declara que: III.1. La titular de Secretaría de las Mujeres del Estado de Nuevo León, Graciela Guadalupe Buchanan Ortega, acredita su personalidad con nombramiento expedido a su favor por Samuel Alejandro García Sepúlveda, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, el 7 de junio de 2022; y cuenta con plenas facultades para suscribir el presente Convenio Modificatorio, según consta en los artículos 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 4, 18, apartado C, fracción IV, 37, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 711 Nuevo León; y, 1o., 10 y 11 fracciones XXVI, y XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres; y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron conferidas no le han sido modificadas, limitadas o revocadas en forma alguna, por lo que surte plenos efectos para la celebración del presente instrumento jurídico. III.2. Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los asentados en la documentación proporcionada a MUJERES que sirvió de base para la realización del presente instrumento jurídico. III.3. Externa su aceptación y su voluntad para celebrar el Convenio Modificatorio al “CONVENIO”, y manifiesta no tener ninguna objeción para que se lleve a cabo su celebración. IV. "LAS PARTES" declaran que: IV.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y manifiestan su conformidad para la suscripción de este Convenio Modificatorio del “CONVENIO”. IV.2. Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos de la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”. IV.3. Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan con las facultades necesarias para su suscripción. IV.4. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual, se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”. En este sentido, “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, única y exclusivamente en lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS, donde se ampliará el recurso bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del “CONVENIO”, para obligarse de conformidad con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, celebrado el 23 de mayo de 2025, únicamente en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS del “CONVENIO”, para quedar como se señala a continuación: “SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con las disposiciones aplicables en la materia (...) “[...] “MUJERES transferirá al CENTRO EXTERNO por calidad de ampliación de recursos presupuestarios federales, una cantidad de $65,500.00 (sesenta y cinco mil quinientos pesos 00/100 M.N.); a efecto de cumplir con la CIRCULAR publicada en la página oficial de MUJERES el 01 de septiembre de 2025, así como con la publicación de resultados de proyectos aprobados de fecha 07 de octubre de 2025. “[...]“ SEGUNDA.- Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES” convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, el 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados. TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al Proyecto C-2025-040; y surtirá efectos a partir de la fecha de suscripción. Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 3 (tres) ejemplares en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría: Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, Carlos Alberto Garza Ibarra.- Rúbrica.- Por el Centro Externo de Atención: Secretaria de las Mujeres del Estado de Nuevo León, Graciela Guadalupe Buchanan Ortega.- Rúbrica. 712 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y el Instituto Veracruzano de las Mujeres, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-024, que permite brindar protección y atención integral y especializada a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. MUJERES/AMP/CM/C-2025-024/IVM CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUJERES, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, EN LO SUCESIVO LA “DIRECCIÓN”; Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN EN ADELANTE LA SECRETARÍA, REPRESENTADA POR MIGUEL SANTIAGO REYES HERNÁNDEZ, Y EL INSTITUTO VERACRUZANO DE LAS MUJERES, EN ADELANTE EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ZAIRA FABIOLA DEL TORO OLIVARES; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES Con fecha 23 de mayo de 2025, MUJERES y EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN en adelante “LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir de su suscripción al 31 de diciembre de 2025, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado C-2025-024, que permite brindar protección y atención integral y especializada, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances, objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por MUJERES. El 01 de septiembre de 2025, se llevó a cabo la publicación en la página oficial de MUJERES la CIRCULAR por la que los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil, cuyos proyectos resultaron aprobados en la convocatoria que se publicó el pasado 7 de marzo, podrán solicitar una ampliación de recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención”, de conformidad con el numeral 4.6.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio fiscal 2025.”, respecto de los siguientes rubros y conceptos: Rubro Conceptos de Gasto a) Mantenimiento  Albañilería, resane y remodelación  Cancelería, herrería y vidrios  Carpintería  Cerrajería  Desazolve  Equipo de aire acondicionado  Fumigación  Desinfección de espacios  Impermeabilización  Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas  Pintura  Plomería  Sistema Eléctrico Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 713 b) Equipamiento  Audio, video y electrónicos  Enseres industriales  Equipo electrodoméstico  Equipo de computo  Equipo de jardinería  Equipo para inserción laboral  Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas  Mobiliario general  Mobiliario y equipo de oficina  Mobiliario y equipo médico. c) Seguridad  Vigilancia propia  Vigilancia subrogada  Equipamiento de seguridad  Instalaciones de seguridad d) Programa de profesionalización para personas colaboradoras  Prestación de servicios e) Servicios y Asesorías  Contabilidad  Nutrición Otros  Se podrá incluir otro rubro para satisfacer las necesidades de atención a las personas usuarias, debidamente justificado. Mediante escrito IVM/DG/DA/2972/2025, de fecha 05 de septiembre de 2025, la Directora General del Instituto Veracruzano de las Mujeres del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, Zaira Fabiola Del Toro Olivares, hizo de conocimiento a la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de MUJERES, Enna Paloma Ayala Sierra, la solicitud de ampliación de recursos bajo el concepto “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN. En sesión de 03 de octubre de 2025, de la Mesa de Análisis: “Fortalecimiento de Servicios de Atención del Refugio y Centro externo de Atención” se sometieron a revisión y evaluación los proyectos participantes en la Convocatoria de Solicitud de Ampliación y se emitieron los resultados de los proyectos aprobados y lo montos autorizados, mismos que fueron publicados en el sitio oficial de MUJERES el 07 de octubre de la presente anualidad, en cumplimiento con el numeral 4.4 y 4.4.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio fiscal 2025”, lo que motiva la suscripción del presente Convenio Modificatorio. Al respecto, la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”, expresa lo siguiente: “DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio de Concertación de Acciones y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (...). “Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse la ampliación de recursos en diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer Proyecto presentado, dando prioridad a la atención de situaciones relativas a algún caso fortuito o de fuerza mayor, de acuerdo con los supuestos señalados en el numeral 4.5.2 “Convenio Modificatorio” de los LINEAMIENTOS.” 714 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario la ampliación de recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio conforme a las siguientes: DECLARACIONES I. MUJERES declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. La DIRECCIÓN es una unidad administrativa integrante de MUJERES, de conformidad con el artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM. I.3. La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Titular de MUJERES, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025; y cuenta con las atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio, con fundamento en los artículos 2o. fracción IV numeral 5, y 5o. fracciones I y XIV, así como 15 del RISM. I.4. Para dar cumplimiento al presente Convenio Modificatorio cuenta con los recursos económicos y suficientes de la partida presupuestal 43401, relativamente de subsidios y Entidades Federativas y Municipios, así como Suficiencia Presupuestaria. I.5. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900 Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La SECRETARÍA, declara que: II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; así como 1o., 2o., y 3o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2. El Secretario de Finanzas y Planeación, Miguel Santiago Reyes Hernández, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora Constitucional del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Norma Rocío Nahle García, el 1 de diciembre de 2024; y cuenta con sus atribuciones para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 50, primero y quinto párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave; 9o., fracción III, 12, fracciones I, II, VII y XIX, 19 y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 2o. y 14, fracción XXX y XLIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación. II.3. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal ubicado en Avenida Xalapa, Número 301, Colonia Unidad del Bosque Pensiones, Código Postal 91017, Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave. II.4. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes SFP000520C28. III. El CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN declara que: III.1. La Directora General del Instituto Veracruzano de las Mujeres, Zaira Fabiola Del Toro Olivares, acredita su personalidad con nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora Constitucional del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Norma Rocío Nahle García, el 22 de abril de 2025; cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 3o. y 15 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 715 Veracruz de Ignacio de la Llave; 8o., fracción XVIII, 9o. fracción II y 17, fracción XIX de la Ley número 613 que Crea el Instituto Veracruzano de las Mujeres; y 20, fracciones VI, XIII y XV del Reglamento Interno del citado Instituto y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron conferidas no le han sido modificadas, limitadas o revocadas en forma alguna, por lo que surte plenos efectos para la celebración del presente instrumento jurídico. III.2. Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los asentados en la documentación proporcionada a MUJERES que sirvió de base para la realización del presente instrumento jurídico. III.3. Externa su aceptación y su voluntad para celebrar el Convenio Modificatorio al “CONVENIO”, y manifiesta no tener ninguna objeción para que se lleve a cabo su celebración. IV. "LAS PARTES" declaran que: IV.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y manifiestan su conformidad para la suscripción de este Convenio Modificatorio del “CONVENIO”. IV.2. Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos de la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”. IV.3. Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan con las facultades necesarias para su suscripción. IV.4. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual, se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”. En este sentido, “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, única y exclusivamente en lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS, donde se ampliará el recurso bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del “CONVENIO”, para obligarse de conformidad con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, celebrado el 23 de mayo de 2025, únicamente en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS del “CONVENIO”, para quedar como se señala a continuación: “SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con las disposiciones aplicables en la materia (...) “[...] “MUJERES transferirá al CENTRO EXTERNO por calidad de ampliación de recursos presupuestarios federales, una cantidad de $346,152.00 (trescientos cuarenta y seis mil ciento cincuenta y dos pesos 00/100 M.N.); a efecto de cumplir con la CIRCULAR publicada en la página oficial de MUJERES el 01 de septiembre de 2025, así como con la publicación de resultados de proyectos aprobados de fecha 07 de octubre de 2025. “[...]“ SEGUNDA.- Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES” convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, el 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados. TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al Proyecto C-2025-024; y surtirá efectos a partir de la fecha de suscripción. Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 3 (tres) ejemplares en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría: Secretario de Finanzas y Planeación, Miguel Santiago Reyes Hernández.- Rúbrica.- Por el Centro Externo de Atención: Directora General del Instituto Veracruzano de las Mujeres, Zaira Fabiola del Toro Olivares.- Rúbrica. 716 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres, el Estado de Yucatán y el Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2025-035, que permite brindar protección y atención integral y especializada para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres. MUJERES/AMP/CM/C-2025-035/IMMTEKAX CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUJERES, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE ACCESO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR ENNA PALOMA AYALA SIERRA, DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, EN LO SUCESIVO LA “DIRECCIÓN”; Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, EN ADELANTE LA SECRETARÍA, REPRESENTADA POR JUAN GABRIEL SÁNCHEZ ÁLVAREZ, Y EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE TEKAX, EN ADELANTE EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR MIRIAM NOEMÍ LÓPEZ SULUB; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”, CONFORME A LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES Con fecha 23 de mayo de 2025, MUJERES y EL CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN en adelante “LAS PARTES” celebraron el Convenio de Coordinación y Adhesión “CONVENIO”, con una vigencia a partir de su suscripción al 31 de diciembre de 2025, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para llevar a cabo el Proyecto denominado C-2025-035, que permite brindar protección y atención integral y especializada, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, a sus hijas e hijos; conforme a los alcances, objetivos, metas, indicadores, actividades, cronograma de actividades y montos autorizados por MUJERES. El 01 de septiembre de 2025, se llevó a cabo la publicación en la página oficial de MUJERES la CIRCULAR por la que los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil, cuyos proyectos resultaron aprobados en la convocatoria que se publicó el pasado 7 de marzo, podrán solicitar una ampliación de recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención”, de conformidad con el numeral 4.6.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio fiscal 2025.”, respecto de los siguientes rubros y conceptos: Rubro Conceptos de Gasto a) Mantenimiento  Albañilería, resane y remodelación  Cancelería, herrería y vidrios  Carpintería  Cerrajería  Desazolve  Equipo de aire acondicionado  Fumigación  Desinfección de espacios  Impermeabilización  Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas  Pintura  Plomería  Sistema Eléctrico Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 717 b) Equipamiento  Audio, video y electrónicos  Enseres industriales  Equipo electrodoméstico  Equipo de computo  Equipo de jardinería  Equipo para inserción laboral  Mobiliario de áreas recreativas y/o deportivas  Mobiliario general  Mobiliario y equipo de oficina  Mobiliario y equipo médico. c) Seguridad  Vigilancia propia  Vigilancia subrogada  Equipamiento de seguridad  Instalaciones de seguridad d) Programa de profesionalización para personas colaboradoras  Prestación de servicios e) Servicios y Asesorías  Contabilidad  Nutrición Otros  Se podrá incluir otro rubro para satisfacer las necesidades de atención a las personas usuarias, debidamente justificado. Mediante oficio IMM/90-2025, de fecha 08 de septiembre de 2025, la Directora General del Instituto Municipal de la Mujer del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, Miriam Noemí López Sulub, hizo de conocimiento a la Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias de MUJERES, Enna Paloma Ayala Sierra, la solicitud de ampliación de recursos bajo el concepto “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN. En sesión de 03 de octubre de 2025, de la Mesa de Análisis: “Fortalecimiento de Servicios de Atención del Refugio y Centro externo de Atención” se sometieron a revisión y evaluación los proyectos participantes en la Convocatoria de Solicitud de Ampliación y se emitieron los resultados de los proyectos aprobados y lo montos autorizados, mismos que fueron publicados en el sitio oficial de MUJERES el 07 de octubre de la presente anualidad, en cumplimiento con el numeral 4.4 y 4.4.2 de los “Lineamientos de operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijas e hijos, para el ejercicio fiscal 2025”, lo que motiva la suscripción del presente Convenio Modificatorio. Al respecto, la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”, expresa lo siguiente: “DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES. “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio de Concertación de Acciones y Adhesión podrá modificarse de común acuerdo por escrito mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, siempre y cuando sea por causas de fuerza mayor, y previa autorización de la Unidad Responsable (...). “Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse la ampliación de recursos en diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer Proyecto presentado, dando prioridad a la atención de situaciones relativas a algún caso fortuito o de fuerza mayor, de acuerdo con los supuestos señalados en el numeral 4.5.2 “Convenio Modificatorio” de los LINEAMIENTO.” 718 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario la ampliación de recursos bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN, “LAS PARTES” manifiestan que es su interés celebrar el presente Convenio Modificatorio conforme a las siguientes: DECLARACIONES I. MUJERES declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM). I.2. La DIRECCIÓN es una unidad administrativa integrante de MUJERES, de conformidad con el artículo 2o., fracciones I, numeral 2 y IV, numeral 5, del RISM. I.3. La Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Titular de MUJERES, Minerva Citlalli Hernández Mora, de fecha 01 de enero de 2025; y cuenta con las atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio, con fundamento en los artículos 2o. fracción IV numeral 5, y 5o. fracciones I y XIV, así como 15 del RISM. I.4. Para dar cumplimiento al presente Convenio Modificatorio cuenta con los recursos económicos y suficientes de la partida presupuestal 43401, relativamente de subsidios y Entidades Federativas y Municipios, así como Suficiencia Presupuestaria. I.5. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900 Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8. II. La SECRETARÍA, declara que: II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; así como 12 y 13, párrafo segundo, de la Constitución Política del Estado de Yucatán, el Estado de Yucatán es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2. El Secretario de Administración y Finanzas, Juan Gabriel Sánchez Álvarez, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por Joaquín Jesús Díaz Mena, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán, el 01 de octubre de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para la firma del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de acuerdo con lo establecido en los artículos 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 22, fracción II, 23 párrafo primero, 24, 27, fracción I, IV y XXVI, y 31 del Código de la Administración Pública de Yucatán; 11, Apartado B, fracción III y VI, y 59 fracción XLVIII del Reglamento del Código de Administración Pública de Yucatán. II.3. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio Modificatorio, señala como domicilio legal ubicado en Calle 59, Sin Número, Colonia Centro, Código Postal 97000, Mérida, Yucatán. II.4. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes SHA840512SX1. III. El CENTRO EXTERNO DE ATENCIÓN declara que: III.1. La Directora General del Instituto Municipal de la Mujer, Miriam Noemí López Sulub, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Ayuntamiento de Tekax, Yucatán, Vigésima Primera Acta de la Sexta Sesión Extraordinaria de Cabildo, el 12 de marzo de 2025; cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 7o., fracción XX y 11, fracción III del Reglamento Interno del Instituto Municipal de las Mujeres en Tekax, Yucatán y manifiesta bajo protesta de decir Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 719 verdad, que las facultades que le fueron conferidas no le han sido modificadas, limitadas o revocadas en forma alguna, por lo que surte plenos efectos para la celebración del presente instrumento jurídico. III.2. Los datos consignados en el presente Convenio Modificatorio coinciden fielmente con los asentados en la documentación proporcionada a MUJERES que sirvió de base para la realización del presente instrumento jurídico. III.3. Externa su aceptación y su voluntad para celebrar el Convenio Modificatorio al “CONVENIO”, y manifiesta no tener ninguna objeción para que se lleve a cabo su celebración. IV. "LAS PARTES" declaran que: IV.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y manifiestan su conformidad para la suscripción de este Convenio Modificatorio del “CONVENIO”. IV.2. Es su intención celebrar el presente Convenio Modificatorio en términos de la Cláusula DÉCIMA OCTAVA del “CONVENIO”. IV.3. Las personas servidoras públicas que intervienen en el presente Convenio Modificatorio cuentan con las facultades necesarias para su suscripción. IV.4. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las declaraciones manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes en el presente instrumento. Por lo cual, se reproducen y ratifican en su integridad como si a la letra se insertasen en el “CONVENIO”. En este sentido, “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, única y exclusivamente en lo estipulado en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS, donde se ampliará el recurso bajo el concepto de “Fortalecimiento de servicios de atención del Refugio o Centro Externo de Atención” del “CONVENIO”, para obligarse de conformidad con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. “LAS PARTES” acuerdan adicionar un párrafo al “CONVENIO”, celebrado el 23 de mayo de 2025, únicamente en la Cláusula SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS del “CONVENIO”, para quedar como se señala a continuación: “SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con las disposiciones aplicables en la materia (...) “[...] “MUJERES transferirá al CENTRO EXTERNO por calidad de ampliación de recursos presupuestarios federales, una cantidad de $286,486.00 (doscientos ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta y seis pesos 00/100 M.N.); a efecto de cumplir con la CIRCULAR publicada en la página oficial de MUJERES el 01 de septiembre de 2025, así como con la publicación de resultados de proyectos aprobados de fecha 07 de octubre de 2025. “[...]“ SEGUNDA.- Con excepción de lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, “LAS PARTES” convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado, el 23 de mayo de 2025, no se modifica, por lo que continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados. TERCERA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del “CONVENIO” correspondiente al Proyecto C-2025-035; y surtirá efectos a partir de la fecha de suscripción. Leído por “LAS PARTES” y enteradas del contenido, valor y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 3 (tres) ejemplares en la Ciudad de México el 30 de octubre de 2025.- Por Mujeres: Directora General de Políticas de Acceso a una Vida Libre de Violencias, Enna Paloma Ayala Sierra.- Rúbrica.- Por la Secretaría: Secretario de Administración y Finanzas, Juan Gabriel Sánchez Álvarez.- Rúbrica.- Por el Centro Externo de Atención: Directora General del Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Tekax, Miriam Noemí López Sulub.- Rúbrica. 720 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 TALLERES GRAFICOS DE MEXICO CALENDARIO del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2026 por programa presupuestario. E2D Talleres Gráficos de México / 04 Secretaría de Gobernación. CALENDARIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026 POR PROGRAMA PRESUPUESTARIO. ARTURO MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Director General, con fundamento en los artículos 23, cuarto párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 22 fracción IX inciso b) de su Reglamento y 21 fracción II del Estatuto Orgánico de Talleres Gráficos de México, doy a conocer el calendario de presupuesto autorizado por programa presupuestario para el ejercicio fiscal 2026. CALENDARIO DEL PRESUPUESTO DE GASTO 2026 (pesos) Programa Presupuestario TOTAL ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE 1,049,923,875 68,578,632 63,475,331 90,869,905 88,892,148 89,350,964 89,220,928 89,496,977 87,551,761 97,304,759 88,027,774 100,660,512 96,494,184 B001 Edición y artes gráficas para el Gobierno Federal 938,976,596 60,029,732 54,767,674 81,051,721 80,570,780 80,878,744 80,631,638 81,040,764 79,785,844 86,255,252 80,047,864 88,665,266 85,251,317 M001 Actividades de apoyo Administrativo 102,754,946 8,051,875 8,242,201 9,002,894 7,824,369 7,829,913 7,812,176 7,882,363 7,300,461 9,963,832 7,482,911 11,076,508 10,285,443 O001 Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno 8,192,333 497,025 465,456 815,290 496,999 642,307 777,114 573,850 465,456 1,085,675 496,999 918,738 957,424 Ciudad de México, a trece de enero de dos mil veintiséis.- El Director General de Talleres Gráficos de México, Arturo Manuel Chávez López.- Rúbrica. Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 721 BANCO DE MEXICO TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.6867 M.N. (diecisiete pesos con seis mil ochocientos sesenta y siete diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A. La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país. Atentamente, Ciudad de México, a 16 de enero de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Disposiciones de Banca Central, Lic. Luis Manuel Rivas Gómez.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica. TASAS de interés interbancarias de equilibrio. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días obtenida el día de hoy, fue de 7.2584%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3016%; y a plazo de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3646%. Ciudad de México, a 16 de enero de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Disposiciones de Banca Central, Lic. Luis Manuel Rivas Gómez.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica. TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''. TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda nacional determinada el día de hoy, fue de 7.00 por ciento. Ciudad de México, a 15 de enero de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Instrumentación de Operaciones, Lic. Pilar María Figueredo Díaz.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. José Andrés Jiménez Guerra.- Rúbrica.- Gerente de Disposiciones de Banca Central, Lic. Luis Manuel Rivas Gómez.- Rúbrica.- Subgerente de Cambios Nacionales, Lic. Diego Rafael Toledo Polis.- Rúbrica. 722 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA ENCADENAMIENTO de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al mes de diciembre de 2025. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional de Estadística y Geografía. ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR ENCADENAMIENTO DE PRODUCTOS DEL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR, CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE DE 2025. Al respecto, hago de su conocimiento que de conformidad con los artículos 59 fracción III, inciso a) de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, 20 y 20-bis del Código Fiscal de la Federación, y 29 fracción X del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y tomando en cuenta el cierre o ampliación de fuentes de información y la desaparición o ampliación de marcas, modelos, presentaciones o modalidades, este Instituto ha resuelto encadenar los productos y servicios cuyas claves de identificación y especificación se encuentran indicadas en el anexo de la presente publicación. Ha de señalarse que en los nuevos artículos se da a conocer el precio correspondiente al cierre del mes de diciembre de 2025 como precio de referencia. Ciudad de México, a 8 de enero de 2026.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía: Director General Adjunto de Índices de Precios, Lic. Jorge Alberto Reyes Moreno.- Rúbrica. ANEXO INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR ENCADENAMIENTOS Precio Clave Nueva especificación Promedio ($) Unidad Causa de sustitución Diciembre 2025 01 004026 NABISCO, DULCES, MARBU DORADA, CAJA DE 696 G 113.51 KG CAMBIO DE MARCA 01 012003 MARINELA, PASTELILLO, MINI PINGÜINOS, C/8 PZAS, CAJA DE 200 324.50 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 020017 PARMA, DE CERDO, A GRANEL 140.00 KG CAMBIO DE MARCA 01 033035 ALPURA, EVAPORADA, BOTE DE 340 ML 77.94 LT CAMBIO DE PRESENTACION 01 041045 BENE GASTRO, P/BEBER, CON ALIV, BOTE DE 240 G 75.00 KG CAMBIO DE MARCA 01 058021 GALIL, EN ALMIBAR, MANDARINA ENTERA, LATA DE 312 G 160.26 KG CAMBIO DE MARCA 01 082016 DAILY, SUSTITUTO, LIQUIDO DE STEVIA C/AGAVE, FCO DE 100 ML 410.00 LT CAMBIO DE MARCA 01 090028 NESTLE, MATERNIZADA, NIDAL, ETAPA 2, BOLSA DE 120 G 416.67 KG CAMBIO DE PRESENTACION 01 097005 LA FINCA, REGULAR, GOURMET, BOLSA DE 340 G 361.77 KG CAMBIO DE MARCA 01 098014 SARA, DESHIDRATADO, YERBA MATE, EXTRA SUAVE, BOLSA DE 1 KG 321.00 KG CAMBIO DE MARCA 01 103018 TORRES 10, GRAN RESERVA, BOTELLA DE 700 ML 422.86 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 105004 CAZADORES, BLANCO, BOTELLA DE 950 ML 325.26 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 106005 SANTA CLARA, ROMPOPE, BOTELLA DE 1 LT 195.00 LT CAMBIO DE MARCA 01 110014 NAUTICA, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 649.00 PZA NUEVO MODELO 01 114002 REFILL, CAMISA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON 329.00 PZA NUEVO MODELO 01 115011 SPORTPOL, PLAYERA, 100% ALGODON 322.15 PZA CAMBIO DE MARCA 01 116004 YALE, PANTALON, 100% ALGODON 699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 119003 LAOLA, CHAMARRA, 95% POLIESTER- 5% ELASTANO 399.99 PZA CAMBIO DE MARCA 01 119032 PULL & BEAR, SUDADERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 849.00 PZA NUEVO MODELO 01 119049 CUIDADO CON EL PERRO MP, CHAMARRA, 100% POLIESTER 599.00 PZA NUEVO MODELO 01 119062 LEVIS, CHAMARRA, 100% POLIESTER 2799.00 PZA NUEVO MODELO 01 119065 MP, MP, CHAMARRA, 100% POLIESTER 999.00 PZA NUEVO MODELO 01 119102 PUMA, SUDADERA, 68% ALGODON - 32% POLIESTER 759.05 PZA NUEVO MODELO 01 119131 SIMPLY BASIC, SUETER, 77% POLIESTER - 19% VISCOSA - 4% ELAST 289.00 PZA NUEVO MODELO 01 119167 CUIDADO CON EL PERRO MP, SUDADERA, 100% ALGODON 379.00 PZA NUEVO MODELO 01 119173 REFILL, CHAMARRA, 75% ALGODON - 23% POLIESTER - 2% ELASTANO 629.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 119177 PERRY ELLIS, CHAMARRA, 100% POLIESTER 1699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 119202 WEEKEND, CHAMARRA, 80% ALGODON - 20% POLIESTER 899.00 PZA NUEVO MODELO 01 119240 CHAMARRA, 100% POLIESTER 350.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 119264 GOYO, CHAMARRA, 100% POLIESTER 495.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 119272 JULIO MP, SUETER, 52% VISCOSA - 28% POLIESTER - 20% POLIAMID 1599.00 PZA NUEVO MODELO 01 119290 PULL & BEAR MP, CHAMARRA, 100% POLIESTER 849.00 PZA NUEVO MODELO 01 121027 ILUSION, PANTALETA, PAQ C/2 PZAS, 87% POLIAMIDA - 13% ELASTA 179.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 124022 CARLO CORINTO, TRAJE, 76% POLIESTER - 20% VISCOSA - 4% ELAST 3599.10 TRAJE NUEVO MODELO 01 126002 VERTICHE MP, FALDA, 45% POLIESTER - 35% VISCOSA - 20% POLIAM 299.99 PZA NUEVO MODELO 01 126016 CHARME, VESTIDO, 100% POLIESTER 2399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 126020 C&A MP, VESTIDO, 100% POLIESTER 599.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 126035 ZARA MP, VESTIDO, 81% MODAL - 19% POLIESTER 999.00 PZA NUEVO MODELO 01 128009 STAR WEST, PIJAMA, 100% POLIESTER 799.00 PZA NUEVO MODELO 01 128060 CUIDADO CON EL PERRO MP, PANTS, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO 399.00 PZA NUEVO MODELO 01 128066 C&A MP, PANTS, 60% ALGODON - 40% POLIESTER 399.00 PZA NUEVO MODELO 01 128080 RIO BEACH, TRAJE DE BAÑO, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO 228.32 PZA NUEVO MODELO 01 128081 PULL & BEAR MP, PANTS, 78% POLIESTER, 14% VISCOSA - 8% ELAST 849.00 PZA NUEVO MODELO 01 128084 BERSHKA MP, PANTS, 100% ALGODON 1199.00 PZA NUEVO MODELO 01 128108 CONCORD, BATA DE BAÑO, 100% ALGODON 1055.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 128115 POLO CLUB, PANTS, 100% POLIESTER 379.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 128143 CHAMPION, PANTS, 61% ALGODON - 39% POLIESTER 649.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 129083 SPRING, PANTS, 80% POLIESTER - 20% ELASTANO 451.46 PZA NUEVO MODELO 01 133016 ELEGA, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 259.00 PAR CAMBIO DE MARCA 01 136021 GRAFITO, ZAPATOS, P/NIÑO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 449.00 PAR CAMBIO DE MARCA Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 723 01 137014 CHARLY, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 899.00 PAR CAMBIO DE MARCA 01 147017 AMERICA, MATRIMONIAL, MOD MATISSE 36860.00 PZA NUEVO MODELO 01 148009 MP PH, COMEDOR, 5 PZAS, (M-4S), MOD LIEBERMAN 39560.00 JGO NUEVO MODELO 01 149104 HAUS, SILLA, MADERA - TELA, MOD SEREN 2449.13 PZA NUEVO MODELO 01 150013 TEKA, CAMPANA EXTRACTORA, MOD C8310 6199.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 01 155053 JUNCO MP, CORTINAS, TELA, TERGAL, DISCOVERY, 100% POLIESTER 289.99 MT NUEVO MODELO 01 155075 HOME STYLE, TOALLAS, DE BAÑO, 100% ALGODON, DE 1.50 X 84 M 329.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 156006 BECKON, CALEFACTOR, DE TORRE, MOD BC-1X 1589.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 158007 MABE, 6 QUEM, 30ˮ, ENC ELECT, C/HORNO, SILVER, MOD 7654BFIS 8980.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 159012 TEKA, 1.1 PIES, ACERO INOX, MOD MWG11X 3699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 161001 MIDEA, 10 PIES, BLUE STEEL, MOUNT, MOD MDRT280WINDXW 13430.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 162007 OSTER, CAFETERA, DE GOTEO, CAP 10 TAZAS, MOD BVSTDC05013 499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 162010 OSTER, CAFETERA, CAPUCHINERA, MOD PRIMA LATE TOUCH 7241.15 UNIDAD NUEVO MODELO 01 162026 OSTER, CAFETERA, DE GOTEO, CAP 12 TAZAS, PROGRAMABLE, MOD 20 1495.15 UNIDAD NUEVO MODELO 01 164016 T-FAL, VAPOR C/ROCIO, ANTIAD MOD. 2613 1395.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 165008 ILKO, EXPRIMIDOR, DESIGN, P/LIMONES, DE PLASTICO, MOD. 2258 56.50 PZA NUEVO MODELO 01 167004 SANTOS, CRISTALERIA, VASO, CAP 255 ML, TIPO CAFETERO 14.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 01 167007 KASA BLANCA, CUBIERTOS, JGO DE 16 PZAS, MOD EMPIRE 2294.15 JGO CAMBIO DE MARCA 01 168005 CUBASA, CONTENEDOR, DE 2.6 L, C/TAPA, MOD 0703 71.00 PZA NUEVO MODELO 01 169006 MP, AHORRADOR, LUZ CALIDA, A 19, 10 W, 15000 H 18.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 01 172092 VALLEY FOODS, CUBIERTOS, GRANDES, COMPOSTABLES, PAQ C/25 PZA 16.90 PAQ ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 01 176041 PERSIL, LIQUIDO, GEL, BOTELLA DE 4650 ML 42.47 LT CAMBIO DE PRESENTACION 01 187014 FLANAX, TABLETAS, 6 DE 550 MG, LAB BAYER 100.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 01 197009 VITASCOM, AGUA OXIGENADA, BOTELLA DE 480 ML 22.90 PZA CAMBIO DE MARCA 01 199023 DURANTE EL EMBARAZO, GINECOLOGO, PRIMERA VEZ 800.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 199028 DURANTE EL EMBARAZO, GINECOLOGO, PRIMERA VEZ 1000.00 SERV CAMBIO DE MARCA 01 199047 ESPECIALISTA, PSICOLOGO 400.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 01 199053 ESPECIALISTA, PSICOLOGO 700.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 01 202001 HABITACION ST, POR DIA 3397.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 01 206002 USOS MULTIPLES 316900.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 206003 DE LUJO 826900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206006 USOS MULTIPLES 398900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206009 DE LUJO 919900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206010 DEPORTIVO 471900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206013 SUBCOMPACTO 544800.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 206017 COMPACTO 341900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206022 COMPACTO 605900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206026 USOS MULTIPLES 584900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206028 SUBCOMPACTO 454990.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 206029 DE LUJO 999900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 206030 COMPACTO 494100.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 206045 DE LUJO 899900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 223009 CHALCO-TOREO, SERVICIO ORDINARIO, TARIFA UNICA 9.50 VIAJE CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 230010 GOOGLE, VIDEO, DISP. P/STREAMING, CHROMECAST TV, MOD GA03131 1490.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 230026 AMAZON, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, FIRE TV STICK 4K, MAX WF 6 1699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 230027 ROKU, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, MOD ROK3840MX 899.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 231002 SANSUI, 32ˮ, PANTALLA 720P HD, MOD SMX32VAHW 6999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 231014 HISENSE, 43ˮ, PANTALLA SMART, UHD 4K, MOD 43A6NV 6999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 231017 HYUNDAI, 40ˮ, PANTALLA LED TCL, FHD SMART, MOD HYLED4026WIM 3224.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 01 240016 HOT WHEELS, JUGUETE, AUTOPISTA, MOD ATAQUE DE COBRA 599.00 PZA NUEVO MODELO 01 241021 SPALDING, EQ Y ACC, BALON, BASQUETBOL, MOD. BASIC BROWN N7 199.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 246017 ACT RECR, PASEO TUR, PASEO A CABALLO, UNA HORA 260.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 247034 TRES PINOS, INSTRUMENTOS MUSICALES, GUITARRA, ACUSTICA MOD T 3320.00 PZA NUEVO MODELO 01 247065 DREAMTECH, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ACUSTICA, MOD. DT-GA40 1699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 248024 CINEPOLIS, FIN DE SEMANA, SABADO, TRADICIONAL, DESPUES DE LA 85.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 253044 EL ECONOMISTA, PERIODICO, EDICION LUN - VIE 15.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 01 263019 BIRRIA, PLATO GRANDE DE CARNERO, A GRANEL 130.00 PLATO CAMBIO DE PRESENTACION 01 264018 SABRITAS, CHICHARRON, DE CERDO, BOLSA DE 105 G 557.14 KG CAMBIO DE MARCA 01 265009 TORTERIA, 3 COSTILLAS, DE 15 CM Y AGUA DE 600 ML 134.00 ORDEN CAMBIO DE MODALIDAD 01 266004 TOMMY, COCINADA, HAWAIANA, MEDIANA, POR PZA 197.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 01 268068 CANTINA, BRAVULL, COPA DE 500 ML 100.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 270012 POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA 2235.00 TARI/D CAMBIO DE MODALIDAD 01 270026 POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA 2500.00 TARI/D CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 01 272012 PHILIPS, RASURADORA, SHAVER 3000 SERIES, MOD X3O21/00 999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 01 275006 NIVEA, CORPORAL, MILK NUTRITIVA, PIEL EXTRA, BOTELLA DE 625 192.00 LT CAMBIO DE MARCA 01 281013 ELITE, PAPEL HIGIENICO, PREMIUM SOFT, XL, PAQ C/16 ROLLOS, D 119.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 01 284005 BABY ESSENTIALS, P/BEBE, TOALLITAS HUMEDAS, PAQ C/100 PZAS 54.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 01 287002 Q&Q, RELOJ, P/MUJER, ACERO INOXIDABLE, MOD ELEGANTE 850.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 287006 ALE, JOYERIA, CADENA, DE ORO, 14K, MOD ALEVCL025-40F 5960.00 PZA NUEVO MODELO 01 288058 SAMSONITE, MALETA, DE 55.5 X 36 X 24.5 CM, AIR SHOCK BLACK, 4999.00 PZA NUEVO MODELO 01 288059 CALVIN KLEIN, MALETA, RIGIDA 100% SINTETICO, MOD LH418CP4BLU 4529.00 PZA CAMBIO DE MARCA 01 288096 AMERICAN TOURISTER, MALETA, CAP 3.8 KG, MOD 20608 4999.00 PZA NUEVO MODELO 02 058008 FRUTA SECA, UVA PASA, EN PASTA, A GRANEL 80.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 02 074006 SABRITAS, ORIGINAL, BOLSA DE 42 G 476.19 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 02 083003 CHOCO MILK, EN POLVO, MENOS AZUCAR, SOBRE DE 280 G 204.46 KG CAMBIO DE PRESENTACION 02 088004 KNORR, DE POLLO, PAQ DE 2 PZAS DE 21 G 5.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 02 101013 GATORADE, ISOTONICA, MORA, BOTELLA DE 600 ML 41.67 LT CAMBIO DE PRESENTACION 02 103001 DON PEDRO, RESERVA, ESPECIAL, BOTELLA DE 750 ML 252.00 LT CAMBIO DE MARCA 02 103004 PRESIDENTE, SOLERA, BOTELLA DE 900 ML 224.44 LT CAMBIO DE PRESENTACION 02 110005 GUESS, BLUSA, 95% ALGODON - 5% SPANDEX 690.00 PZA CAMBIO DE MARCA 02 115005 BASIC CONCEPTS, PLAYERA, 100% ALGODON 199.00 PZA CAMBIO DE MARCA 02 118003 RAGAZZO, PANTALON, 100% POLIESTER 189.50 PZA CAMBIO DE MARCA 02 121004 ANN CHERY, FAJA, 87% POLIAMIDA - 13% ELASTANO 1099.00 PZA CAMBIO DE MARCA 02 129003 CREACIONES PARISINA, BATA, 80% POLIESTER - 20% POLIAMIDA 799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 02 137002 ADIDAS, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 1299.00 PAR CAMBIO DE MARCA 02 149017 PRINSEL, CUNA, CORRAL, GRIS, MOD 6050 2299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 02 154002 MP, MATRIMONIAL, 100% ALGODON, MOD 17672 1199.00 JGO NUEVO MODELO 02 160005 MIDEA, LAVADORA, 17 KG, MOD MA500W17/W 8753.81 UNIDAD NUEVO MODELO 02 166005 TRAMONTINA, BATERIA, JGO DE 10 PZAS, ACERO INOX, MOD 8987 2649.00 JGO NUEVO MODELO 02 167006 DEAR, LOZA, TAZAS, DE 400 ML, MOD GB464-SU2149 129.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 02 170006 EVANS, ACCESORIOS, BOMBA PERIFERICA, 1/2 HP, MOD 12111 631.60 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 02 178001 ZOTE, LIQUIDO, BLANCO, BOTELLA DE 1 L 42.50 LT CAMBIO DE MARCA 02 206006 SUBCOMPACTO 437900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 02 212006 TRW, LIQUIDO P/FRENOS, DOT3 LF3, BOTE DE 500 ML 120.00 LT CAMBIO DE MARCA 02 241005 MOLTEN, EQ Y ACC, BALON, DE FUTBOL, MOD 10 530.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 02 269003 ENSALADA, DE CODITOS, BOTE MEDIANO 45.00 BOTE CAMBIO DE PRESENTACION 02 269004 BACHOCO, GUISADO, FILETE MEZQUITE, PAQ DE 700 G 337.15 KG CAMBIO DE MARCA 724 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 02 270019 POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA 1398.00 TARI/D CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 02 274002 COLGATE, CREMA DENTAL, ACCION TRIPLE, TUBO DE 140 ML 214.29 LT ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 02 282005 CAPRICE, FIJADOR, SPRAY, NATURALS, BOTE DE 316 ML 211.77 LT CAMBIO DE MARCA 02 282006 VANART, CHAMPU, CLASICO, BOTELLA DE 750 ML 78.80 LT CAMBIO DE MARCA 03 014008 A GRANEL 22.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 016004 MP, TOTOPOS, BOLSA DE 280 GR 92.86 KG CAMBIO DE MARCA 03 017005 CHULETA, NATURAL, A GRANEL 175.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 074002 BARCEL, CHIPS, SAL, BOLSA DE 52 GR 423.08 KG CAMBIO DE PRESENTACION 03 085004 CLEMENTE JACQUES, MERMELADA, DE FRESA, FCO DE 300 GR 108.33 KG CAMBIO DE MARCA 03 086003 NESTLE, HELADO, BOTE DE 708 ML 131.36 LT CAMBIO DE MARCA 03 090001 GERBER, PAPILLA, COLADO, E1, MANGO, FCO DE 71 GR 161.97 KG CAMBIO DE PRESENTACION 03 094001 PRECISSIMO, ESPECIAS, CANELA, ENTERA, BOLSA DE 30 GR 816.67 KG CAMBIO DE PRESENTACION 03 105007 JOSE CUERVO, REPOSADO, TRADICIONAL, BOTELLA DE 695 ML 562.57 LT CAMBIO DE PRESENTACION 03 106008 JHONNIE WALKER, WHISKY, BLACK LEBEL, BOTELLA DE 750 ML 1371.97 LT CAMBIO DE PRESENTACION 03 114001 C&E MP, CAMISA, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO 469.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 115010 C&E MP, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 119.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 116003 C&E MP, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO 499.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 116007 CALVIN KLEIN, PANTALON, 99% ALGODON - 1% ELASTANO 1999.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 117004 CHEROKEE, PANTALON, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 599.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 118005 C&E MP, PANTALON, 66% ALGODON - 32% POLIESTER - 2% ELASTANO 399.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 118011 PIQUE NIQUE, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO 549.00 PZA NUEVO MODELO 03 119023 C&E M, CHAMARRA, 100% POLIESTER 649.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 119030 PULL & BEAR, SUDADERA, 80% ALGODON - 20% POLIESTER 849.00 PZA NUEVO MODELO 03 126011 C&E MP, VESTIDO, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 699.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 127001 C&E MP, FALDA, 100% ALGODON 349.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 128002 ADIDAS, PANTS, 100% POLIESTER 1299.00 JGO CAMBIO DE MARCA 03 129003 ZARA MP, PIJAMA, 2 PZAS, 100% ALGODON 1199.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 129011 MAP, PIJAMA, 2 PZAS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 899.00 JGO NUEVO MODELO 03 149016 HOME NATURE, SILLA, RATAN Y MADERA, C/BRAZOS, MOD 689704 6999.00 PZA CAMBIO DE MARCA 03 158002 ACROS, 6 QUEM, DE PISO, MOD AFR2110B 7999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 161002 SAMSUNG, 11 PIES, EASY ACCESS, MOD RT31DG5224S9EM 13449.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 03 166001 CINSA, CACEROLA, TIPO BUDINERA, C/TAPA, 26 CM, MOD 320960 299.00 PZA NUEVO MODELO 03 179006 JHONSON, INSECTICIDA, AEROSOL, BOTE DE 400 ML 85.00 PZA CAMBIO DE MARCA 03 182002 PRECISSIMO, VELADORA, VASO CRUZ, DE CRISTAL, CHICO 11.50 PZA CAMBIO DE MARCA 03 185006 ERITROMICINA MP, TABLETAS, 20 DE 500 MG, LAB BENAVIDES 129.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 03 198003 MELROSE, LENTES, ARMAZON, MICAS POLICAR/ANTIRE, MOD 2599.00 JGO CAMBIO DE MARCA 03 206002 SUBCOMPACTO 309900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 207003 ITALIKA, URBANA, 196 CC, CARGA 150 K, MOD 200Z 53999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 207005 YAMAHA, SCOOTER, RAY ZR BLUE CORE, MOD 2026 38999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 207006 ITALIKA, URBANA, 149 CC, BLANCA, MOD DM150 2026 24499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 207007 KTM, URBANA, DUKE 200, MOD 2026 87900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 215005 LAVADO, PAQ 2 MINI HATCH BACK 145.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 03 222010 PAQUETERIA 215.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 230001 KEISER, ACCESORIOS, BOCINA, USB, MICRO SD, MOD KSW3008 799.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 03 230005 VIOS, ACCESORIOS, BOCINA, DOBLE 8ˮ, MOD VS-28 890.00 UNIDAD NUEVO MODELO 03 231006 SAMSUNG, 43ˮ, LED, MOD LH43BETMLGKXZX 6804.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 03 231007 HISENSE, 32ˮ, SMART, MOD 32A4HNR A4 3299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 03 269005 ALITAS, A GRANEL 187.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 03 272004 REVLON, CEPILLO DE AIRE, MOD RVST2218LA1 765.00 PZA NUEVO MODELO 03 273005 MAYBELLNE, RIMEL, SKY HIGH, DE 24 OZ, PZA DE 7.2 ML 305.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 03 279004 GILLETE, RASTRILLO, 2 HOJAS, DAISY, PAQ DE 2 PZAS 32.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 03 280004 KIDDIES, INFANTE, GRANDE, X GDE, TALLA 5, PAQ DE 40 PZAS 267.60 PAQ CAMBIO DE MARCA 03 287004 ARTRE, JOYERIA, DIJE, MOD FLORES 1299.00 PZA NUEVO MODELO 03 288001 TRUZT, MOCHILA, MOD 171156 599.00 PZA CAMBIO DE MARCA 04 010004 MERKA DONUTS, DONA, C/TOPPING, PZA 36.90 PZA CAMBIO DE MARCA 04 018023 RETAZO, C/HUESO, A GRANEL 180.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 04 044005 PRESIDENT, S/SAL, BARRA DE 200 GR 542.90 KG CAMBIO DE MARCA 04 058007 PIKIS, SEMILLAS, CACAHUATES, BOTANA, BOLSA 200 GR 215.00 KG CAMBIO DE MARCA 04 089007 JELL-O, DE AGUA, RINDE 1 LT, DE 25 GR 894.40 KG CAMBIO DE MARCA 04 096002 GARAT, REGULAR, GOURMET, FCO DE 125 GR 1048.00 KG CAMBIO DE MARCA 04 096010 JUAN VALDEZ, DESCAFEINADO, FCO DE 95 GR 1789.47 KG CAMBIO DE MARCA 04 098007 MCCORMICK, DESHIDRATADO, 25 SOBRES DE 1.4 G C/U, CAJA 35 G 48.80 CAJA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 04 108008 VICTORIA, OSCURA, LATA DE 473 ML 61.78 LT CAMBIO DE PRESENTACION 04 111009 OYSHO STUDIO, PROTECTOPIE, 2 PARES, 85% ALGODON - 15% OT 399.00 PAQ NUEVO MODELO 04 119027 BANANA LEMON, ABRIGO, 100% POLIÉSTER, SKU 94671065, NEGRO 2999.00 PZA CAMBIO DE MARCA 04 124001 PIERRE CARDIN, TRAJE, 70% POLIÉSTER - 30% OTROS, 91695930 3299.00 TRAJE CAMBIO DE MARCA 04 124003 ALDO CONTTI, TRAJE, 68% POLIESTER - 28% VISCOSA - 4% ELASTANO 5999.00 TRAJE NUEVO MODELO 04 126002 THAT S IT, FALDA, 100% ALGODON 799.00 PZA NUEVO MODELO 04 126005 JULIO, VESTIDO, 100% VISCOSA 1999.00 PZA CAMBIO DE MARCA 04 129006 DOMMY ANIMAL, PIJAMA, 1 PZA, 100% POLIESTER 320.00 PZA NUEVO MODELO 04 149030 CLOSET, MADERA INDUSTRIALIZADA, MOD ALEMANIA 7699.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 04 153001 HOME NATURE, FRAZADA, 127 X 152, SKU 40840224, CAFE 1299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 04 156002 MIRAGE, MINISPLIT, 1 TON INVERTER 115V, MOD SETCDF120F 6149.00 UNIDAD NUEVO MODELO 04 157003 KOBLENZ, ASPIRADORA, GEMINIS, ADVANCE 1190.00 UNIDAD NUEVO MODELO 04 158001 KOBLENZ, 6 QUEM, SKU 91561693, GRIS 17549.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 160004 WHIRLPOOL, LAVADORA, 24 KG, MOD 980023060, GRIS NEGRA 15594.00 UNIDAD NUEVO MODELO 04 161003 LG, 14 PIES, MOD 980038922, GRIS 16496.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 161004 WHIRLPOOL, 17 PIES, MOD. WT1736N GRIS 13549.00 UNIDAD NUEVO MODELO 04 182004 PRECISSIMO, VELADORA, MOD LIMONERO 19.90 PZA CAMBIO DE MARCA 04 207009 HONDA, URBANA, DE TRABAJO, MOD CARGO 150 2026 39990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 04 208002 STREET RUNNER, DE MONTAÑA, AZUL, R-24, SKU 90382446 6999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 208010 TURBO, DE MONTAÑA, R-20, MOD RACING 5999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 04 222012 PAQUETERIA 3761.00 SERV CAMBIO DE MARCA 04 231002 TCL, 50ˮ, PANTALLA SMART TV, 4K, MOD 50Q3K 7490.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 231008 HISENSE, 40ˮ, SMART TV, 4K, UHD, MOD 40A4NR 4559.00 UNIDAD NUEVO MODELO 04 238013 FOTOGRAFO, TAMAÑO CREDENCIAL, 6 FOTOS, A COLOR 130.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 04 238022 TAPO, CAMARA DE VIDEO, EXT. 1080 P HD 500 899.00 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 04 239007 PLAY STATION, CONSOLA, 1TB, ASTRO BOT, GRAN TURISMO 7 13999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 04 247024 DESCARGA DE AUDIO, MUSICA, DISCO DIOSA DE LA NOCHE 90.00 CUOTA CAMBIO DE MARCA 04 248004 CINEPOLIS, FIN DE SEMANA, ADMISIÓN GRAL SALA TRAD ADULTO16.0 58.00 BOLETO CAMBIO DE MODALIDAD 04 248006 CINEPOLIS, FIN DE SEMANA, DOMINGO, TRADICIONAL, ADULTO 60.00 BOLETO CAMBIO DE MODALIDAD 04 248020 CINEPOLIS, MIERCOLES, SALA VIP, ADULTO 225.00 BOLETO CAMBIO DE MODALIDAD 04 249011 MUSEO, ENTRADA, ADULTO 150.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 251017 ESPAÑOL, PRIMARIA, EJERCICIO DE ORTOGRAFIA, 2DO, ED LAROUSSE 68.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 04 251019 PRECALCULO, PREPA, MATEMÁTICAS, ED UDEG 210.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 04 252003 MONTENA, LITERARIO, CULPA MIA, MERCEDES RON 419.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 04 254007 PAPER MATE, BOLIGRAFO, INKJOY, PUNTO MEDIO 6.00 PZA CAMBIO DE MARCA Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 725 04 268030 REST, BUFETE Y REFRESCO 446.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 04 272004 BABYLISS, ALACIADORA, AZUL, SKU 75277340 2299.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 04 272005 BABYLISS PRO, ALACIADORA, ÓPTIMA 3000 A TITANIUM 3799.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 002010 BOTANAS CACHITO, FRITURAS, BOLSA DE 1 KG 86.90 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 022028 PILGRIMS, ENTERO, C/VISCERAS, A GRANEL 53.90 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 05 029004 ALTAMAR, EN CONSERVA, ALMEJAS, LATA DE 210 G 251.86 KG CAMBIO DE MARCA 05 032005 NESTLE, ENTERA, NIDO, FORTI CRECE, BOTE DE 1.08 KG 1080 175.92 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 05 034003 SANTA CLARA, SABORIZADA, CHOCOLATE, BOTE DE 180 ML 66.67 LT CAMBIO DE MARCA 05 036001 LALA, AMERICANO, PAQ DE 144 G 279.43 KG CAMBIO DE MARCA 05 040003 FUD, O/QUESOS, GOUDA, A GRANEL 190.00 KG CAMBIO DE MARCA 05 042004 1-2-3, ACEITE, MIXTO, BOTELLA DE 500 ML 54.00 LT CAMBIO DE MARCA 05 066007 LA COSTEÑA, JALAPEÑOS, EN RAJAS, LATA DE 380 G 100.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 077003 DEL MONTE, ENVASADAS, MIXTAS, LATA DE 215 G 66.51 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 079011 NOR-VER, LENTEJAS, BOLSA DE 200 G 42.50 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 086003 HOLANDA, HELADO, NAPOLITANO, BOTE DE 1.17 L 1170 62.31 LT CAMBIO DE PRESENTACION 05 089002 JELL-O, DE LECHE, FLAN, SABOR A VAINILLA, CAJA DE 85 G 188.24 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 091001 MCCORMICK, MOSTAZA, FCO DE 210 G 90.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 094013 ESPECIAS, CANELA, BOLSA DE 100 G 172.00 KG CAMBIO DE MARCA 05 098004 MCCORMICK, DESHIDRATADO, VERDE, CAJA C/25 SOBRES DE 35 G 40.00 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 05 100028 COCA-COLA, REFRESCO, COLA, BOTELLA DE 2.5 L 2500 19.20 LT ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 05 106016 JOHNNIE WALKER, WHISKY, RED LABEL, BOTELLA DE 700 ML 470.01 LT CAMBIO DE MARCA 05 110006 LOVE CULTURE, BLUSA, 100% POLIESTER 249.99 PZA CAMBIO DE MARCA 05 112007 PIERRE CARDIN, CALCETINES, 3 PARES, 79% POLIESTER - 18% ELAS 199.00 PAQ NUEVO MODELO 05 112008 FILE, CALCETINES, 3 PARES, 78% ALGODON - 20% POLIESTER - 2% 69.99 PAQ NUEVO MODELO 05 115008 MILO ARLUCCI, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 179.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 117008 ANA GRAM, PANTALON, 75% ALGODON - 21% POLIESTER - 3% SPANDEX 199.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 118010 JOGGER, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO 249.99 PZA NUEVO MODELO 05 119052 GENERRA, SUETER, 100% ACRILICO 1059.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 119055 OVH, SUETER, 100% ACRILICO 269.99 PZA CAMBIO DE MARCA 05 119064 WEEKEND, SUDADERA, 60% ALGODON - 40% POLIESTER 499.00 PZA NUEVO MODELO 05 120009 TEJEDOR, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 69.99 PZA CAMBIO DE MARCA 05 121007 CALVIN KLEIN, BRASIER, 80% NYLON - 20% ELASTANO 1159.00 PZA NUEVO MODELO 05 121010 SONATA, BRASIER, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 89.99 PZA CAMBIO DE MARCA 05 122046 BLUEY, P/NIÑA, PANTALETA, 96% ALGODON - 4% ELASTANO 39.99 PZA CAMBIO DE MARCA 05 126009 TOKYO, FALDA, 100% VISCOSA 219.99 PZA CAMBIO DE MARCA 05 127008 JUST FOR GIRLS, VESTIDO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 149.99 PZA CAMBIO DE MARCA 05 128015 POLO, BATA DE BAÑO, 100% POLIESTER 299.90 PZA CAMBIO DE MARCA 05 129003 C PARISINAS, PIJAMA, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO 819.00 JGO NUEVO MODELO 05 136002 LETHER, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 779.00 PAR CAMBIO DE MARCA 05 137014 CHARLY, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 399.00 PAR CAMBIO DE MARCA 05 152006 SALA, ESQUINERA, MOD HARPER 10683.59 JGO NUEVO MODELO 05 157009 DREAME, ASPIRADORA, 700 W, MOD Z20 STATION 13661.10 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 157013 KOBLENZ, ASPIRADORA, 2.5 GAL, MOD WD2.5 MA 1150.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 157018 KOBLENZ, ASPIRADORA, MANUAL, MOD HV-120 KG3 1100.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 158005 MABE, 6 QUEM, ENC ELEC, ACERO INOX, MOD EMH7613DATSSO 31427.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 160004 MABE, LAVADORA, CAP 24 KG, AUTOMATICA, MOD LMA74215WBAB1 12799.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 160005 MABE, LAVADORA, 24 KG, AUTOMATICA, MOD LMA74215WBAB1-BLANCO 9899.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 162030 T-FAL, TOSTADOR, ULTRA TOASTER, INOX, 6 NIVELES 899.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 162031 AIRON, VENTILADOR, 3 VEL, ASPA FIERRO, MOD SFM-50 1499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 163009 OSTER, 2 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD BLSTKAG-BPB 899.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 167002 CRISA, CRISTALERIA, TARRO, CAP DE 1 L 99.99 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 05 167006 CRISA, LOZA, VAJILLA, 12 PZAS, MOD IDEAL 211.41 JGO NUEVO MODELO 05 167007 VSANTOS, CRISTALERIA, VASOS, JGO DE 6 PZAS, MOD VERONA 75.00 JGO CAMBIO DE MARCA 05 172003 EASY SHINE, GUANTES, DE LATEX, MULTIUSOS, BOLSA C/1 PAR 35.50 PAR CAMBIO DE MARCA 05 172019 JAGUAR, PLATOS, NO 9, FIBRA DE CAÑA, BOLSA C/12 PZAS 37.50 BOLSA CAMBIO DE MARCA 05 172026 VALLEY FOODS, PLATOS, CHAROLA, MEDIANA, C/25 PZAS 59.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 05 172032 VALLEY FOODS, CUBIERTOS, TENEDOR, JUMBO, BOLSA C/25 PZAS 24.90 BOLSA CAMBIO DE MARCA 05 172044 REYMA, BOLSA, ROLLO DE 1 KG, DE 20 X 23 CM 61.00 BOLSA NUEVO MODELO 05 176014 PERSIL, LIQUIDO, ACCION PROFUNDA, BOLSA DE 830 ML 36.14 LT CAMBIO DE MARCA 05 193008 GLIMETAL LEX, MED P/DIAB, TAB, 16 DE 4/850 MG, LAB SILANES 1285.01 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 05 196022 ATIVAN, O/MED, PSIQ, LORAZEPAM, TAB, 40 DE 2 MG, LAB PFIZER 999.99 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 05 206011 DE LUJO 1394000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 206012 SUBCOMPACTO 1042200.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 206023 COMPACTO 398900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 207004 VENTO, URBANA, CYCLONE, MOD 210-C 2026 25499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 215002 LAVADO, SHAMPOO, ASPIRADO, CERA, BRILLO LLANTAS, CRISTA 230.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 05 230017 STEREN, ACCESORIOS, AUDIFONOS, ALAMBRICOS, MOD AUD-390 159.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 230019 APPLE, ACCESORIOS, AUDIFONOS, AIRPODS PRO 3 6419.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 231010 HYUNDAI, 43ˮ, ROKU, SMART TV HD, MOD HYLED-4327QR 4649.50 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 238001 ADVENTURE FORCE, DRONE, CONTROL REMOTO, MOD F15 1499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 238004 FUJI, CAMARA FOTOGRAFICA, DIGITAL, INSTAX PAL VERDE 2594.58 UNIDAD NUEVO MODELO 05 238015 CANON, CAMARA FOTOGRAFICA, VIDEO 4K, RF-S, 18-45MM, MOD EOS 19000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 05 239003 PLAYSTATION, VIDEOJUEGO, DISCO, SMARVEL´S PIDER-MAN 2 1809.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 241008 GATTUSO, CALZADO, P/FUTBOL, 100% VINIL 399.50 PAR CAMBIO DE MARCA 05 242003 NATURALES, FLORES, BOUQUET, DE 24 ROSAS 349.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 05 247004 YAMAHA, INSTR MUSICALES, FLAUTA PROFESIONAL, MOD S 16 3369.00 PZA NUEVO MODELO 05 247009 FENDER, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ELECTROACUSTICA, MOD 5A 3200.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 05 251011 MCGRAW HILL, PREPA, CIENCIAS DE LA COMUNICACION, DE BEATRIZ 363.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 05 254014 PELIKAN, TIJERAS, MOD FANY 44.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 267001 MARKETSIDE, ROSTIZADO, POR PZA 135.00 PZA CAMBIO DE MARCA 05 274007 SENSODYNE, CREMA DENTAL, WHITENING, ANTI SARRO, TUBO DE 90 G 988.89 KG CAMBIO DE PRESENTACION 05 275004 NIVEA, CORPORAL, LIQUIDA, MILK NUTRITIVA, DE 400 ML 212.48 LT CAMBIO DE MARCA 05 279006 BIC, RASTRILLO, SOLEIL, PAQ C/2 PZAS 69.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 05 282002 CAPRICE, CHAMPU, CONTROL CASPA, PZA DE 750 ML 100.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 05 288017 GUESS, LENTES OSCUROS, P/MUJER, MOD GU7815 2099.00 PZA CAMBIO DE MARCA 06 004012 MARINELA, DULCES, SPONCH, PAQ DE 180 G 213.89 KG CAMBIO DE PRESENTACION 06 035001 SILK, DE ALMENDRA, SIN AZÚCAR, LIQUIDA, BOTE DE 946 ML 58.14 LT CAMBIO DE MARCA 06 110003 JENIFER MOORE, BLUSA, 85% POLIESTER - 15% ELASTANO 199.99 PZA NUEVO MODELO 06 115002 JEANIOUS COMPANY, PLAYERA, 60% ALGODON - 40% POLIESTER 399.00 PZA NUEVO MODELO 06 117006 SECRETO, PANTALON, 76% ALGODON - 22% POLIESTER - 2% ELASTANO 249.99 PZA CAMBIO DE MARCA 06 119027 GIOVANNI GALI, CHAMARRA, 100% POLIESTER 1307.00 PZA CAMBIO DE MARCA 06 124003 WALL STREET, TRAJE, 90% POLIESTER - 10% VISCOSA 1149.00 TRAJE NUEVO MODELO 06 126004 JCI, FALDA, 96% POLIESTER - 2% METAL - 2% ELASTANO 199.99 PZA NUEVO MODELO 06 128006 MILANO, PANTS, 60% ALGODON - 40% POLIESTER 149.99 PZA CAMBIO DE MARCA 06 153002 STARHAUS, COBERTOR, INDIVIDUAL, 100% POLIESTER 449.00 PZA NUEVO MODELO 06 157003 OSTER, HORNO ELECTRICO, MOD 145965 1749.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 06 160004 SAMSUNG, LAVADORA, MOD WA21A3341GW/AX 15699.00 UNIDAD NUEVO MODELO 726 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 06 161005 LG, 20 PIES, SMART, MOD 649571 17149.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 199005 DURANTE EL EMBARAZO, GINECOLOGO, SUBSECUENTE 600.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 06 210002 MICHELIN, RIN 16, 245/75, 120/116R, MOD AGILIS 8176.00 PZA NUEVO MODELO 06 230007 DAEWOO, ACCESORIOS, BOCINA, MOD DW BOOMBOX 1303.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 06 231002 HISENSE, 55ˮ, PANTALLA, 4K, QLED, MOD 55QD6QV 9999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 231004 JVC, 55ˮ, 4K, ROKU, SMART TV, MOD SI55URF 8240.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 06 238001 GOPRO, CAMARA FOTOGRAFICA, HERO 103, MOD 262596 9999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 239001 EASPORT, VIDEOJUEGO, DISCO, XBOX ONE, FC25 1126.00 UNIDAD NUEVO MODELO 06 276003 REXONA, ROLL ON, ADVANCED, PZA DE 50 ML 44.50 PZA CAMBIO DE MARCA 06 277005 LIRIO, BARRA, DERMATOLOGICO, PZA DE 200 G 134.50 KG CAMBIO DE PRESENTACION 06 287003 JOYERIA, ARETES, BROQUEL, CRISTALINO 387.83 PAR NUEVO MODELO 06 287006 JOYERIA, PULSERA, CARTIER, PLATA 4.2 G 1076.07 PZA NUEVO MODELO 06 287007 CASIO, RELOJ, P/HOMBRE, MOD GRANDE 671.40 PZA NUEVO MODELO 06 288004 ARMANI, LENTES OSCUROS, PZA, MOD 2033/313273 3499.00 PZA NUEVO MODELO 07 002001 ACT II, PALOMITAS, EXTRA MANTEQUILLA, BOLSA DE 80 GR 19.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 07 077008 HERDEZ, ENVASADAS, CHAMPIÑONES, LATA DE 186 GR 131.72 KG CAMBIO DE PRESENTACION 07 085003 MP, DULCES DE LECHE, CAJETA, QUEMADA, BOTE DE 660 G 150.57 KG CAMBIO DE PRESENTACION 07 113011 CREYSI SOCKS, CALCETINES, PAQ C/2 PARES, 62% ALGODON - 38% PO 166.64 PAQ CAMBIO DE MARCA 07 115011 PIQUE NIQUE, CAMISA, 100% ALGODON 464.56 PZA CAMBIO DE MARCA 07 118001 THAT'S IT, PANTALON, SKINNY, 100% ALGODON 650.76 PZA CAMBIO DE MARCA 07 119030 SAHARA, CHALECO, 100% POLIESTER 399.00 PZA NUEVO MODELO 07 119034 ORIGINAL DISOJ, SUETER, 100% ACRILICO 450.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 07 122009 SKINY TEENS, P/NIÑA, CORPIÑO, 100% ALGODON 157.33 PZA CAMBIO DE MARCA 07 122019 THAT´S IT, P/NIÑO, TRUSA, PAQ C/4 PIEZAS, 100% ALGODON 371.46 PZA CAMBIO DE MARCA 07 122023 DISNEY, P/NIÑA, PANTALETAS, 97% ALGODON - 3% ELASTANO 120.00 PZA CAMBIO DE MARCA 07 127007 VKA, PANTALON, 95% ALGODON - 5% SPANDEX 279.99 PZA CAMBIO DE MARCA 07 134004 JBE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 790.41 PAR CAMBIO DE MARCA 07 135002 FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 1162.81 PAR NUEVO MODELO 07 141002 CUOTAS DE VIGILANCIA, MENSUAL 400.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 07 153005 HAUS, JGO DE CAMA, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER, MOD 6015 957.99 PZA CAMBIO DE MARCA 07 156004 LG, MINISPLIT, INVERTER, FRIO/CALOR, MOD VM242H9 24499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 07 159004 CHEFMAN, 0.7 PIES, MOD RJ55-7 2792.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 07 161005 LG, 20 PIES, 2 PTAS, 110V, MOD LT57BPSX 19456.96 UNIDAD NUEVO MODELO 07 163004 OSTER, 3 VEL, VASO DE VIDRIO, CLÁSICA, MOD2770 2000.71 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 07 164001 TFAL EASY, C/VAPOR, MOD FV1942 363.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 07 164002 T-FAL, VAPOR, EXPRESS STEAM, MOD FV2864 869.00 UNIDAD NUEVO MODELO 07 165003 KITCHENLAB, PELADOR, GRIS, MOD HG16A1KT 120.09 JGO CAMBIO DE MARCA 07 180004 PETALO, SERVILLETAS, PAQ C/200 PZAS 21.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 07 206003 COMPACTO 361300.00 UNIDAD NUEVO MODELO 07 209003 DURALAST, GOLD, MOD 35-DLG 3199.00 PZA NUEVO MODELO 07 222009 PRIMERA CLASE 1998.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 07 230001 BOSE, ACCESORIOS, BOCINA, CHICA, MOD783342 2512.76 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 07 231007 SAMSUNG, 55ˮ, CRISTAL, UHD, MOD 55DU8000 17688.06 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 07 246004 BORUNDA, ACT RECR, PARQUE DE DIV, ENTRADA INDV 15.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 07 246006 ACT RECR, PASEO TUR CASA DE JUAN GABRIEL, RECORRIDO COM 370.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 07 247001 LA ESPAÑOLA, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ACÚSTICA, MOD M09 1250.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 07 270008 POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA 2175.00 TARI/D CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 07 276001 SAVILLE, BARRA, AGUA DE ROSAS, PZA DE 45 GR 45.10 PZA CAMBIO DE MARCA 07 287001 CASIO, RELOJ, P/HOMBRE, DIGITAL 5681.53 PZA CAMBIO DE MARCA 08 004006 NABISCO, DULCES, OREO, CHOCOLATE, PAQ DE 105 G 200.00 KG CAMBIO DE MARCA 08 032002 NESTLE, DESLACTOSADA, CARNATION, BOLSA DE 460 G 154.35 KG CAMBIO DE MARCA 08 035002 LALA, DE ALMENDRA, VITA, SIN ENDULZAR, BOTE DE 960 ML 41.67 LT CAMBIO DE MARCA 08 090003 HEINZ, PAPILLA, COLADO, MANZANA, ETAPA 2, FCO DE 113 G 159.29 KG CAMBIO DE MARCA 08 116008 CONTEMPO, PANTALON, 68% POLIESTER - 30% VISCOSA - 2% ELASTAN 449.00 PZA NUEVO MODELO 08 122031 CREYSI, P/NIÑO, TRUSA, BOXER, PAQ DE 3 PZAS, 100% ALGODON 429.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 08 123003 FANTASTIC, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 89.90 PZA NUEVO MODELO 08 129003 OKI-DOW, TRAJE DE BAÑO, 85% POLIESTER - 15% ELASTANO 729.00 PZA CAMBIO DE MARCA 08 147007 SELTHER, INDIVIDUAL, MOD TRANQUILITY 3999.00 PZA CAMBIO DE MARCA 08 153002 VIANNEY, EDREDON, KING SIZE, 100% POLIESTER, MOD NOVO 699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 08 158005 KOBLENZ, 6 QUEM, C/HORNO, 30 P, MOD EK-1131-CD-NIHIF CADIZ 8840.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 08 163007 T-FAL, 2 VEL, MOD POWER MIX 659.45 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 08 164001 RECORD, MOD 7212 649.00 UNIDAD NUEVO MODELO 08 168004 EKCO, CUCHARA, MOD 43810 29.90 PZA CAMBIO DE MARCA 08 169001 VOLTECK, AHORRADOR, 50 W, LUZ FRIA, MOD F-13EM 40.99 PZA CAMBIO DE MARCA 08 180007 PETALO, SERVILLETAS, PAQ DE 100 PZAS 20.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 08 191002 BUSCAPINA, TABLETAS, COMPOSITUM, 20 DE 10 MG, LAB SANOFI 414.26 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 08 206012 MINIVAN 998900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 08 210002 FIRESTONE, RIN 14, 185/65 R14, MOD FIREHAWK 1813.00 PZA NUEVO MODELO 08 230007 KAISER, ACCESORIOS, BOCINA, 40, 000 W, MOD KSB4220 2999.90 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 08 231002 SHARP, 55ˮ, PANTALLA 4K, ROKU, MOD 4TC55EL8UR 7795.00 UNIDAD NUEVO MODELO 08 239001 WARNER BROS, VIDEOJUEGO, SHADOW OF WARD, RAGNAROK PS5 578.00 PZA NUEVO MODELO 08 281010 REGIO, PAPEL HIGIENICO, LUXURY, PAQ DE 4 ROLLOS 34.99 PAQ CAMBIO DE MARCA 09 018009 MP, MOLIDA, POPULAR, 70-30, PAQ DE 500 G 112.00 KG CAMBIO DE MARCA 09 019009 FRESKECITO, PROCESADAS, NUGGETS, DE POLLO, A GRANEL 118.90 KG CAMBIO DE MARCA 09 020004 CHATA, DE CERDO, PAQ DE 215 G 106.98 KG CAMBIO DE MARCA 09 023005 FUD, DE PAVO, PAQ DE 2700 G (2.7 KG) 62.54 GR ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 09 101009 POWER ADE, ISOTONICA, BOTELLA DE 600 ML 41.67 LT CAMBIO DE MARCA 09 101034 PRIME, ISOTONICA, BOTELLA DE 500 ML 78.00 LT CAMBIO DE MARCA 09 101044 PREDATOR ENERGY, ENERGIZANTE, LATA 473 ML 42.28 LT ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 09 101047 AMPER, ENERGIZANTE, PUNCH, LATA DE 473 ML 52.85 LT CAMBIO DE MARCA 09 118001 LYON KIDS, PANTALON, 87% POLIÉSTER - 10% RAYON - 3% SPANDEX 599.00 PZA NUEVO MODELO 09 122019 APPLE TREE, P/NIÑA, PANTALETAS, DE 7 PZAS, 100% ALGODON 139.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 09 126008 SAHARA, VESTIDO, 100% POLIESTER 499.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 09 127001 BASIC CONCEPTS KIDS, PANTALON, 75% ALGODON - 25% POLIÉSTER 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 09 127004 FUNNY KIDS, VESTIDO, 100% POLIESTER 829.00 PZA CAMBIO DE MARCA 09 130040 NEW ERA, GORRA, 100% POLIESTER, MOD 2413 999.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 09 149029 MOBI, LIBRERO, MOD DALTON 2849.00 PZA NUEVO MODELO 09 153005 HOME BASICS, FRAZADA, 100% POLIESTER, MOD G20-BD92, 2 X 1.5M 799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 09 155001 MAINSTAYS, BLANCOS, MANTEL, RECTANGULAR, MOD MAS430569352001 289.00 PZA CAMBIO DE MARCA 09 155019 SOLA TEXTIL, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 100% ALGODON, MOD ANNIE 299.00 PZA NUEVO MODELO 09 158001 KOBLENZ, 6 QUEM, MOD EKE-506 PALERMO 16499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 158002 IEM, 6 QUEM, MOD EI3520BAPSI SILVER 7549.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 177007 MARÍA JOSE, UTENSILIOS, ESCOBA, PALO ROJO 93.80 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 09 188005 TARKA, TABLETAS, 15 DE 180MG/2MG, LAB ABBOTT 798.03 CAJA CAMBIO DE MARCA 09 193004 XIGDUO XR, MED P/DIAB, TABLETAS, 28, 10/1000 MG, AZTRAZENECA 1750.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 09 196003 SYNALAR, O/MED, OFTAL, SOL OPTICA, 15 ML, .025%, LAB CHINOIN 216.00 FCO CAMBIO DE MARCA 09 206009 MINIVAN 807900.00 UNIDAD NUEVO MODELO Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 727 09 206010 SUBCOMPACTO 559900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 207004 ITALIKA, CUATRIMOTO, ATV 200, MOD 2026 49999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 09 231002 LG, 55ˮ, LED, SMART, 4K, MOD 55UT800AUA 11259.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 09 288011 PERSOL, LENTES OSCUROS, MOD PO3274S 10839.00 PZA NUEVO MODELO 10 003002 KELLOGS, DE MAIZ, ORIGINAL, CAJA DE 370 GR 117.57 KG CAMBIO DE PRESENTACION 10 009001 BIMBO, BLANCO, BOLSA DE 620 GR 88.71 KG CAMBIO DE PRESENTACION 10 015006 DEL HOGAR, BOLSA CON 15 PZAS, 300 GR 50.00 KG CAMBIO DE MARCA 10 046003 MELOCOTON, A GRANEL 105.00 KG CAMBIO DE MARCA 10 095005 JUMEX, DE FRUTAS, ENVASE DE 960 ML 26.87 LT CAMBIO DE PRESENTACION 10 095006 JUMEX, DE FRUTAS, MANGO, BOTELLA DE 413 ML 50.85 LT CAMBIO DE PRESENTACION 10 098004 MCCORMICK, DESHIDRATADO, CAJA DE 25 PZAS, DE 36 GR 666.67 KG CAMBIO DE MARCA 10 117001 CIMARRON, PANTALON, 77.6% ALGODON -18.7% - POLIESTER - 3.7% 319.00 PZA NUEVO MODELO 10 118002 CIMARRON, PANTALON, 74.6% ALGODON - 21.1% POLIESTER - 4.3% 259.00 PZA NUEVO MODELO 10 118006 JORDACHE, PANTALON, MOD 71435 249.00 PZA NUEVO MODELO 10 119033 POLO CLUB, CHALECO, 100% POLIESTER 1399.00 PZA NUEVO MODELO 10 119036 H&M, SUDADERA, 70% ALGODON - 30% POLIESTER 549.00 PZA NUEVO MODELO 10 122019 SKINY, P/NIÑA, CORPIÑO, 100% ALGODON 169.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 124004 ALDO CONTI MP, TRAJE, 58% POLIESTER - 20% VISCOSA - 2% ELAST 7499.00 TRAJE NUEVO MODELO 10 124010 BRUNO MAGNANI, TRAJE, 81% POLIESTER - 17% RAYON - 2% ELA 3299.00 TRAJE NUEVO MODELO 10 126006 ADOLFO DOMINGUEZ MP, VESTIDO, 51% VISCOSA - 49% POLIAMIDA 6590.00 PZA NUEVO MODELO 10 127005 ZARA KIDS MP, VESTIDO, 99% POLIESTER - 1% ELASTANO - 1%OTRAS F 749.00 PZA NUEVO MODELO 10 129006 H&M MP, PANTS, 70% ALGODON - 30% POLIESTER 449.00 PZA NUEVO MODELO 10 133006 KAROL Y DAVID, HUARACHES, MOD3504 428.00 PAR CAMBIO DE MARCA 10 136002 MANHATTAN, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA, MOD 6080 349.50 PAR CAMBIO DE MARCA 10 141001 PLOMERO, INSTALACION, TUBERIA P/BAÑO 2000.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 10 143002 JARDINERIA, PODA DE ARBOL 250.00 SERV CAMBIO DE MARCA 10 147001 AMEICA, KING SIZE, MOD 135 - 510, VALERY 16399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 148002 ANTONELLA, ANTECOMEDOR, 5 PZAS (M-4S), SKU 86955591 21999.00 JGO CAMBIO DE MARCA 10 149007 CLOSET, ROPERO, CON MALETERO, MOD ROMA 6528.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 10 152002 SALA, MODULAR, 4 PIEZAS, 8 COJINES, MOD MARICELA 7990.00 JGO ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 10 153010 HOMAGE, EDREDON, 100% POLIESTER, MATRIMONIAL 699.00 PZA NUEVO MODELO 10 155009 CORTINAS, TELA, YUTE, 1.50 ANCHO, MOD TULUM 21500 129.00 MT CAMBIO DE MARCA 10 155012 ZARA HOME MP, CORTINAS, 140 X 270 CM, 100% LINO 1699.00 PZA NUEVO MODELO 10 155015 HOME, CORTINAS, 100% ALGODON, 1 PZA 140.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 161004 MABE, 14 PIES, 2 PTAS, MOD RME360PVMRM0 12127.00 UNIDAD NUEVO MODELO 10 167002 HAUS, CUBIERTOS, ACERO INOXIDABLE, JGO 24 PZAS, MOD DAZZLE 1199.00 JGO NUEVO MODELO 10 167008 ENOLA, CUBIERTOS, ACERO INOXIDABLE, JGO DE 16 PZAS 769.00 JGO CAMBIO DE MARCA 10 170002 BOSCH, HERRAMIENTA, ROTOMARTILLO, MOD 18V 2.0 AH LI-ON 5399.00 UNIDAD NUEVO MODELO 10 172016 REYMA, CUBIERTOS, BOLSA CON 25 CUCHARAS GRANDE TRANSPARENTE 15.00 BOLSA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 10 182003 CRISTO REY, VELADORA, REPUESTO, NO18, SAN JUDAS TADEO 16.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 183001 SERV DOM, ASEO GRAL, 2 DIAS POR SEMANA, MEDIO TIEMPO 500.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 10 189004 NEUTROGENA, GEL, LIMPIADOR FACIAL, FCO DE 177 ML, LAB JOHNSO 255.90 FCO CAMBIO DE MARCA 10 206010 DE LUJO 398900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 10 206011 COMPACTO 336700.00 UNIDAD NUEVO MODELO 10 207003 BMW, DE PISTA, ROADSTER, 313 CC, MOD G310R, 2026 125700.00 UNIDAD NUEVO MODELO 10 207004 SUZUKI, URBANA, 124 CC, MOD GN125F, MOD 2026 38999.99 UNIDAD NUEVO MODELO 10 209003 LTH, 14 PLACAS, 12 V, MOD L-47-LN2-550 3699.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 10 210005 DOVROAD, RIN 14, 175/70, R14, 88T, MOD ZYPHIRA 780.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 10 210006 BF GOODRICH, RIN 15, 262/70, MOD ADVANTAGE, 50821 1722.00 PZA NUEVO MODELO 10 211001 SYD, REFACCIONES, AMORTIGUADORES, P/TSURU, PZA, MOD 92- 2 665.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 223001 RUTA EXPRES, E-04, SAN JUAN BOSCO-PUERTA DEL MILEN 14.00 VIAJE CAMBIO DE MODALIDAD 10 230007 JBL, ACCESORIOS, AUDIFONOS, SKU 94894170 199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 10 231001 ADVIO, 43ˮ, HDMI, MOD 4290.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 10 231004 TLC, 85ˮ, SMART TV 4K, MOD 85Q5K 20499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 10 251008 OYE EDITORES, PREPA, CULTURA DIGITAL 1, ALAN JARA PEDROZA 260.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 10 268015 CAFETERIA, CAFE LATTE VAINILLA Y GALLETA DECORADA 139.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 10 274008 ORAL-B, CREMA DENTAL, PRO ENCIAS, TUBO DE 75 ML 966.67 LT CAMBIO DE PRESENTACION 10 277004 PALMOLIVE, BARRA, NEUTRO BALANCE, PZA DE 120 GR 200.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 10 281004 SUAVEL, PAPEL HIGIENICO, PAQ C/4 ROLLOS 23.50 PAQ CAMBIO DE MARCA 10 288001 SPORT TIME, MOCHILA, COOLCAPITAL 100% POLIESTER 599.00 PZA CAMBIO DE MARCA 10 292002 NOTARIO, INICIO DE JUICIO, SUCESION TESTAMENTARIA 10000.00 SERV CAMBIO DE MARCA 10 292007 NOTARIO, CARTA DE AUTORIZACION, VIAJE PARA MENORES 3000.00 SERV CAMBIO DE MARCA 11 002003 SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHURRUMAIS, BOLSA DE 65 G 369.23 KG CAMBIO DE PRESENTACION 11 008007 BOLILLO, PZA 4.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 11 019002 NORSON, CHULETA AHUMADA, A GRANEL 136.90 KG CAMBIO DE MARCA 11 019003 CAPISTRANO, O/EMBUTIDOS, QUESO DE PUERCO, PAQ DE 250 G 308.00 KG CAMBIO DE MARCA 11 027004 CAMARON, CRUDO, CRISTAL, GRANDE, A GRANEL 268.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 11 029001 BARAJAS, PESCADO SECO, CHARALES, CAJA DE 150 GR 232.67 KG CAMBIO DE MARCA 11 034001 MP, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, BOTE DE 1 L 20.00 LT CAMBIO DE MARCA 11 034007 NESTLE, SABORIZADA, ABUELITA, CHOCOLATE, BOTE DE 930 ML 41.94 LT CAMBIO DE MARCA 11 041024 ALPURA, P/BEBER, SABOR FRESA, BOTE DE 220 GR 59.09 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 042005 NEGRITA, ACEITE, MIXTO, BOTELLA DE 800 ML 37.50 LT CAMBIO DE MARCA 11 047013 A GRANEL 26.75 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 048015 AGRIO, A GRANEL 19.86 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 050011 CHINO, PZA 47.50 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 051015 VALENCIA, A GRANEL 20.25 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 057010 THOMPSON, A GRANEL 100.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 11 059035 O/FRUTAS, FRESA, A GRANEL 182.15 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 059036 O/FRUTAS, JICAMA, A GRANEL 26.27 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 060015 ITALIANA, A GRANEL 21.88 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 061013 BLANCA, A GRANEL 18.23 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 062013 S/ESPINAS, A GRANEL 18.90 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 063010 A GRANEL 28.95 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 065013 A GRANEL 62.50 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 067012 A GRANEL 32.43 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 068018 NEGRO, A GRANEL 31.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 068020 NEGRO, A GRANEL 34.50 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 070015 SALADETTE, A GRANEL 16.50 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 071015 COL, BLANCA, PZA 30.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 11 074002 SABRITAS, RUFFLES, MIX, BOLSA DE 70 G 457.14 KG CAMBIO DE MARCA 11 094005 HIERBAS, OREGANO, A GRANEL 80.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 11 100010 MANZANITA SOL, REFRESCO, SABOR, MANZANA, BOTELLA DE 600 ML 25.83 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 111005 CIRCULATION, TOBIMEDIAS, 85% POLIAMIDA - 15% ELASTANO 79.00 PAR CAMBIO DE MARCA 11 112001 POLO CLUB, CALCETINES, 49% POLIESTER - 47% ALGODON - 4% OTRO 79.00 PAR CAMBIO DE MARCA 11 119076 ZARA MP, SUETER, 84% POLIESTER - 14% ACRILICO - 2% ELASTANO 1199.00 PZA NUEVO MODELO 11 120001 ATLETICA, CAMISETA, PAQ DE 3 PZAS, 100% ALGODON 164.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 11 122031 GIRLS ATTITUDE, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 3 PZAS, 92% POLIA 139.00 PAQ NUEVO MODELO 728 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 11 135002 WEEKEND, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 249.00 PAR NUEVO MODELO 11 154006 DALFIORI, INDIVIDUAL, ARENA, JGO DE 3 PZAS, 100% POL, MOD SC 859.00 JGO CAMBIO DE MARCA 11 157006 KOBLENZ, ASPIRADORA, MOD WD-5 L2 1629.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 11 159001 MIDEA, 0.7 PIES, NEGRO, MOD MMDF07S2MB 1999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 11 167001 HAUS, CRISTALERIA, VASOS, MOD 399737 73.43 PZA NUEVO MODELO 11 176012 ROMA, EN POLVO, BOLSA DE 250 G 52.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 207002 DINAMO, CUATRIMOTO, 125 CC, 9 HP, MOD SUPER ROCKY-20269 35590.00 UNIDAD NUEVO MODELO 11 230002 LG, ACCESORIOS, BOCINA, MOD XBOOM XL5T 10665.00 UNIDAD NUEVO MODELO 11 239002 NINTENDO, VIDEOJUEGO, SWITCH, LEYENDAS POKEMON Z-A 1199.00 PZA CAMBIO DE MARCA 11 285004 CORTE DE CABELLO, CABALLERO, BASICO 70.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 11 292005 ABOGADO, JUICIO DE ALIMENTOS 8000.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 12 009006 BIMBO, TOSTADO, PAQ DE 210 G 172.33 KG CAMBIO DE PRESENTACION 12 034010 LALA, PASTEURIZADA, BOTE DE 1.86 L, 1860 ML 31.05 LT CAMBIO DE MARCA 12 040009 PHILADELPHIA, O/QUESOS, CREMA, PAQ DE 144 G 243.05 KG CAMBIO DE MARCA 12 049005 HARVEST, GOLDEN, A GRANEL 49.80 KG CAMBIO DE MARCA 12 069004 LA SIERRA, ENTEROS, BAYOS, BOLSA 473 G 34.88 KG CAMBIO DE MARCA 12 079003 LENTEJAS, A GRANEL 32.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 12 096004 URUAPAN, REGULAR, BOLSA DE 250 G 400.00 KG CAMBIO DE MARCA 12 100008 SIDRAL MUNDET, REFRESCO, SABOR, BOTELLA DE 600 ML 36.67 LT CAMBIO DE PRESENTACION 12 117005 JENNIFER MOORE, PANTALON, 100% POLIESTER 289.00 PZA CAMBIO DE MARCA 12 126006 JENNIFER MOORE, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 179.99 PZA CAMBIO DE MARCA 12 126008 GEORGE, VESTIDO, 100% POLIESTER 399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 12 136002 CHABELO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 599.00 PAR CAMBIO DE MARCA 12 147007 SERTAPEDIC, MATRIMONIAL, MOD EXCLUSIVE 14804.50 PZA CAMBIO DE MARCA 12 152006 LIZ MUEBLES, SOFA, DE TELA, MOD GRIS 20999.00 PZA NUEVO MODELO 12 155006 ULTRAFRESH, BLANCOS, ALMOHADA, PAQ C/2 PZAS, MOD AFES0005 449.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 12 156003 DREAMTECH, CALEFACTOR, DE GAS, MOD IRAN 3299.00 UNIDAD NUEVO MODELO 12 161002 MABE, 11 PIES, DOS PUERTAS, MOD RMB300IZMRP0 21799.00 UNIDAD NUEVO MODELO 12 176002 ROMA, EN POLVO, CAJA DE 10 KG, 10000 G 34.90 KG CAMBIO DE MARCA 12 176004 MAESTRO LIMPIO, EN POLVO, BOLSA DE 1 K, 1000 G 40.00 KG CAMBIO DE MARCA 12 185006 AUGMENTIN, SUSPENSION, PEDIATRICO, 156 ML, LAB GSK 252.00 FCO CAMBIO DE PRESENTACION 12 189001 DERMALIVE, POMADA, CREMA, 0.05%, TUBO DE 30 G, LAB ADVAITA P 387.20 CAJA CAMBIO DE MARCA 12 196008 ROTUMAL, O/MED, NEUROL, CAPSULAS, 90 DE 25 MG, LAB GELPHAR 239.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 12 196014 PAXIL, O/MED, PSIQ, TAB, 30 DE 25 MG, LAB GSK 1640.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 12 197006 PLASTIPAK, JERINGAS, BD 3 ML, 22GX25MM 6.50 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 12 206007 USOS MULTIPLES 599990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 12 227001 NACIONAL, SENCILLO 2575.09 VIAJE CAMBIO DE MODALIDAD 12 230008 HKPRO, AUDIO, ESTEREO, MOD HKPMH210 3499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 12 230018 AMAZON, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, FITETV STICK, MOD S3L46N 919.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 12 274007 LISTERINE, ENJUAGUE, COOL MINT, BOTELLA DE 180 ML 273.61 LT CAMBIO DE MARCA 12 274009 CREST, CREMA DENTAL, ANTISARRO, TUBO DE 140 ML 392.86 LT CAMBIO DE MARCA 12 279009 SCHICK, RASTRILLO, DESECHABLE 19.35 PZA CAMBIO DE MARCA 12 281002 QUALITY DAY, PAPEL HIGIENICO, PAQ 9 ROLLOS, DE 500 HOJAS DOB 89.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 12 284002 JOHNSON, ART DE TOCADOR, HISOPO, PAQ DE 300 PZAS 64.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 13 003005 KELLOGG´S, DE MAIZ, ZUCARITAS, CAJA DE 260 G 173.08 KG CAMBIO DE MARCA 13 012002 BIMBO, PAN DULCE, ROLES DE CANELA, PAQ DE 365 G 115.07 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 015001 TIA ROSA, BOLSA DE 22 PZAS, DE 561 G 67.74 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 026004 YAVAROS, SARDINA, EN SALSA DE TOMATE, 425 G 108.24 KG CAMBIO DE MARCA 13 026005 DOLORES, SARDINA, EN SALSA DE TOMATE, 425 G 88.82 KG CAMBIO DE MARCA 13 029002 CAMARON SECO, MEDIANO, A GRANEL 280.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 13 034004 LALA, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, BOTE DE 1 L 28.00 LT CAMBIO DE MARCA 13 039002 EL VAQUERO, OAXACA, A GRANEL 130.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 040003 KRAFT, O/QUESOS, PARMESANO, BOTE DE 227 G 146.25 BOTE CAMBIO DE MARCA 13 045002 HASS, A GRANEL 81.36 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 13 055004 TABASCO, A GRANEL 10.69 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 095002 DEL VALLE, DE FRUTAS, DE DURAZNO, LATA DE 453 ML 39.74 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 099002 AGUAFIEL, NATURAL, BOTELLA DE 500 ML 18.00 LT CAMBIO DE MARCA 13 105002 CENTENARIO, BLANCO, BOTELLA DE 950 ML 589.47 LT CAMBIO DE MARCA 13 107004 CUATRO SOLES, TINTO, AFRUTADO, BOTELLA DE 750 ML 159.00 LT CAMBIO DE MARCA 13 110007 LIZ MINELLI MP, BLUSA, 86% VISCOSA - 14% POLIAMIDA 499.00 PZA NUEVO MODELO 13 116004 REPUBLIC, BERMUDAS, 97% ALGODON - 3% ELASTANO 329.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 117007 STUDIO F, PANTALON, 87% VISCOSA - 13% POLIAMIDA 1767.96 PZA CAMBIO DE MARCA 13 120001 RIMBROS, CAMISETA, PAQ 2 PZAS, 100% ALGODON 179.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 121001 LA EXPRESS, BRASIER, PAQ DE 3 PZAS, 86% POLIAMIDA - 14% ELAS 219.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 133011 LIZ MINELLI MP, ZAPATILLAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETIC 749.00 PAR NUEVO MODELO 13 136003 ELEFANTE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 836.96 PAR CAMBIO DE MARCA 13 148005 DIPER, COMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD LORCA 37239.06 JGO NUEVO MODELO 13 153008 CONCORD MP, COLCHA, JGO DE 2 PZAS, 100% MICROFIBRA, MOD LOVE 799.00 JGO NUEVO MODELO 13 155006 INTIMA HOGAR, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 100% ALGODON 389.00 PZA CAMBIO DE MARCA 13 167004 GLASSIA, CRISTALERIA, JARRA, 1.7 L, MOD CASALE 72.50 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 168003 MP, GANCHOS, PAQ DE 10 PZAS 33.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 13 172003 JAGUAR, CUBIERTOS, CUCHARAS, PASTELERA, PAQ DE 50 PZAS 11.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 174003 CLASICOS DE LUJO, PAQ DE 10 CAJAS, DE 50 LUCES C/U 21.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 184004 PARACETAMOL GI, TABLETAS, 10 DE 500 MG, LAB ALPHARMA 15.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 13 186003 XL 3 XTRA, CAPSULAS, 12 DE 2/5/10/250 MG, LAB GENOMMA 79.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 13 188003 COZAAR, TABLETAS, 30 DE 100 MG, LAB MERCK SHARP 1969.00 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 13 192003 SENSIBIT, SOLUCION, PEDIATRICO, FCO DE 30 ML, LAB LIOMONT 126.50 FCO CAMBIO DE MARCA 13 193001 GLIMEPIRIDA GI, MED P/DIAB, TABLETAS, 30 DE 2 MG, LAB MEDLEY 70.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 13 216004 SERV DE MANTENIMIENTO, 15 MIL KM, MOD TERRITORY 2023 4811.90 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 13 241002 REKORD, EQ Y ACC, RODILLERAS, MEÑISCOS, MOD AJUSTABLE 129.00 PZA CAMBIO DE MARCA 13 242001 NATURALES, FLORES, BOUQUET DE 12 ROSAS 139.00 DOCENA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 246006 ACT RECR, BOLICHE, LINEA INDIVIDUAL, INCLUYE ZAPATOS 129.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 246009 ACT RECR, BALNEARIO, ACUARIO INTERACTIVO, ENTRADA GENER 100.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 246012 ACT RECR, JGOS INFANT, GO KARTS, UNA CARRERA 130.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 13 250002 MUSICA, DJ, LUCES, PISTA Y ACCS DE FIESTA, SERV DE 5 HR 3800.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 13 268002 REST, FILETE DE PESCADO EMPANIZADO Y NARANJADA DE 480 M 340.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 13 269003 GUISADO, ESPAGUETI, CHAROLA DE 360 GR 83.33 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 272004 CONAIR, SECADORA, MULTIFUNCIONAL, MOD DIGITAL AIR 2791.24 UNIDAD CAMBIO DE PRESENTACION 13 274002 LISTERINE, ENJUAGUE, CUIDADO TOTAL, BOTELLA DE 500 ML 270.00 LT CAMBIO DE MARCA 13 276003 OBAO, ROLL ON, FRESQUISIMA, PZA DE 65 G 33.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 13 280003 TENA, ADULTO, PANTS, GRANDE, PAQ DE 48 PZAS 594.94 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 14 099009 BONAFONT, SABORIZADA, GUAYABA, BOTELLA DE 1 L 18.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 14 114002 VERRAZANO, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 190.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 14 115007 POLO CLUB, PLAYERA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON 549.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 14 118007 MP, PANTALON, 97% ALGODON - 3% ELASTANO 229.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 14 120006 MSM, BOXER, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO 30.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 14 120008 ZAGA, TRUSA, 100% ALGODON 100.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 729 14 121009 RED SKY, BRASIER, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 99.90 PZA NUEVO MODELO 14 122025 A&A, P/NIÑA, PANTALETAS, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 25.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 14 128015 VIANNEY, PIJAMA, 100% POLIESTER 822.35 PZA CAMBIO DE MARCA 14 129012 CUIDADO CON EL PERRO MP, PIJAMA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 299.00 PZA NUEVO MODELO 14 133008 LOBO SOLO, HUARACHES, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA 1399.50 PAR CAMBIO DE MARCA 14 133011 SINFONIA INFINITO, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTET 199.00 PAR CAMBIO DE MARCA 14 133012 CARRAS, PANTUFLAS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 99.00 PAR CAMBIO DE MARCA 14 133013 STAHL, PANTUFLAS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 439.50 PAR CAMBIO DE MARCA 14 134002 CHRISTIAN GALLERY, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 989.00 PAR CAMBIO DE MARCA 14 136006 PICA-PINO, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 269.00 PAR CAMBIO DE MARCA 14 147004 LORD, MATRIMONIAL, MOD TOSCANO 3499.00 PZA NUEVO MODELO 14 150003 NEW CHALLENGE, COCINA INTEGRAL, MOD VICTORIA 42799.00 JGO CAMBIO DE MARCA 14 153006 VENADO HOGAR, FRAZADA, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER 189.00 PZA CAMBIO DE MARCA 14 156004 HKPRO, CALEFACTOR, ELECTRICO, MOD EHOO318 1449.00 UNIDAD NUEVO MODELO 14 160001 ACROS, LAVADORA, 22 KG, MANUAL, MOD ALF2253EC 4890.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 14 163005 TEFAL, 2 VEL, MOD POWER MIX 553.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 14 167001 CRISA, CRISTALERIA, COPAS, MOD CHABELA 61.00 PZA CAMBIO DE MARCA 14 196013 CIALIS, O/MED, UROL, TABLETA DE 20 MG, LAB LILLY ICOS 474.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 14 198003 OMRON, APARATOS MEDICOS, BAUMANOMETRO, DIGITAL, MOD HEM-6124 679.00 PZA CAMBIO DE MARCA 14 206004 SUBCOMPACTO 468200.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 14 230008 LG, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD.CJ45 7699.00 UNIDAD NUEVO MODELO 14 230016 JBL, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD TUNE5 20T 799.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 14 231001 SAMSUNG, 43ˮ, TIZEN SMART, MOD LH43BETMLGKZX 7999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 14 231005 TCL, 32ˮ, ANDROID, MOD 32Q3K 6099.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 14 234001 TELMEX, INTERNET, 100 MEGAS, MENSUAL 399.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 14 247001 JENDRIX, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, MOD ESCOLAR 60.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 14 247003 AMADEUS CELLINI, INSTR MUSICALES, VIOLIN, ESTUDIANTE, MOD 3/ 3725.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 14 247004 BABILON, INSTR MUSICALES, GUITARRA, ACUSTICA, MOD MALAGA 6000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 14 247005 MAPEX, INSTR MUSICALES, BATERIA, ACUSTICA, MOD VE5295FTC 18030.00 JGO CAMBIO DE MARCA 14 251001 ONCE 70, MI LIBRO MAGICO, PREESC, CUADERNO DE TRABAJO, CARME 280.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 14 254004 FIRST CLASS, CARPETA, 1ˮ, ARILLO EN D, 27 X 30, MOD 7022 160.00 PZA CAMBIO DE MARCA 14 288010 TODO MODA MP, BOLSA, 100% POLIAMIDA 249.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 15 005001 PRECISSIMO, P/HOT CAKES, DE TRIGO, TRADICIONALES, PAQ DE 1 K 37.50 KG CAMBIO DE MARCA 15 101006 VIVE 100%, ENERGIZANTE, BLUEBERRY, BOTELLA DE 600 ML 23.33 LT CAMBIO DE PRESENTACION 15 113006 ATLETICOS, CALCETINES, PAQ DE 3 PARES, 92% POLIESTER - 8% OT 59.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 15 123006 BABY OPTIMA, PAÑALERO, 100% ALGODON 59.00 PZA CAMBIO DE MARCA 15 126004 MAMA BELLA, VESTIDO, 100% POLIESTER 389.00 PZA NUEVO MODELO 15 130008 NUVAN, GORRA, 100% POLIESTER, MOD LISA 69.00 PZA CAMBIO DE MARCA 15 141011 CERRAJERO, APERTURA DE CASA A DOMICILIO 200.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 15 155009 HAUS, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 100% ALGODON 229.00 PZA NUEVO MODELO 15 163002 TAURUS, 1.65 LT, MOD HALEY 379.00 UNIDAD NUEVO MODELO 15 166003 MAINSTAYS, SARTEN, 30. 5CM, HIERRO FUNDIDO 329.00 PZA NUEVO MODELO 15 167005 COOLER, CRISTALERIA, VASOS, MOD BARCEELONA 24.90 PZA CAMBIO DE MARCA 15 168001 BORIS, CESTO, 8 LT 29.00 PZA CAMBIO DE MARCA 15 195005 NUTRICEL SWISS, POLVO, BOTE DE 600 GR, GRUPO MARYAP 521.45 LATA CAMBIO DE PRESENTACION 15 206003 COMPACTO 517900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 15 206007 DEPORTIVO 314400.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 15 206008 DE LUJO 422900.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 15 206009 SUBCOMPACTO 291900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 15 210003 MICHELLIN, RIN 16, 205/60, 96H, PRIMACY 4 4309.40 PZA NUEVO MODELO 15 237004 AMAZON MUSIC, MUSICA, STREAMING, PAGO MENSUAL 129.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 15 255004 AGUASCALIENTES, ARMADO, TERRESTRE, 3 NOCHES, HOTEL 3 ESTRELL 4293.40 PAQ CAMBIO DE MODALIDAD 15 273003 MAYBELLINE, MAQUILLAJE LIQUIDO, SUPERSTAY, PZA DE 35 ML 329.90 PZA CAMBIO DE MARCA 17 002002 SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, FRITOS, LIMON Y SAL, BOLSA DE 6 283.33 KG CAMBIO DE PRESENTACION 17 015004 TIA ROSA, TORTILLINAS, BOLSA DE 561 G 67.74 KG CAMBIO DE PRESENTACION 17 034001 BOVE, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, ORGANICA, BOTE DE 1 L 44.00 LT CAMBIO DE MARCA 17 069001 LA SIERRA, ENTEROS, BAYOS, LATA DE 560 G 26.79 KG CAMBIO DE MARCA 17 077005 LA PRATERIA, ENVASADAS, MIXTAS, ENSALADA DE VERDURAS, LATA D 40.00 KG CAMBIO DE MARCA 17 077007 LA HUERTA, CONGELADAS, BROCOLI, BOLSA DE 500 G 115.80 KG CAMBIO DE PRESENTACION 17 084004 DULCES, GOMITAS, MANZANA, ENCHILADA, A GRANEL 110.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 17 094008 CLEMENTE JACQUES, CONDIMENTOS, VINAGRE, BLANCO, BOTELLA DE 1 56.68 LT CAMBIO DE MARCA 17 096003 NESCAFE, REGULAR, CAFE DE OLLA, FCO DE 46 G 847.82 KG CAMBIO DE MARCA 17 115005 SIMPLY BASIC, PLAYERA, 100% ALGODON 95.00 PZA NUEVO MODELO 17 116011 REGENT STREET, PANTALON, 100% ALGODON 799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 17 126016 BERSHKA MP, VESTIDO, 68% VISCOSA - 28% POLIAMIDA - 4% ELASTA 699.00 PZA NUEVO MODELO 17 133006 MANCHITAS, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICO 249.50 PAR CAMBIO DE MARCA 17 150002 MOBI, ALACENA, MOD ROMA 5299.00 PZA NUEVO MODELO 17 150007 MABE, CAMPANA EXTRACTORA, 76 CM, MOD CM7641B 2299.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 17 153004 STARHAUS, COLCHA, MAT, JGO DE 3 PZAS, 100% POL, MOD DAKOTA 499.00 JGO NUEVO MODELO 17 158005 ACROS, 6 QUEM, 30ˮ, TITANIO, MOD AFR7130G 8190.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 17 159001 ASPIX, 1.5 PIES, MOD AX24MWO15SN 3499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 17 169004 SANELEC, LED, LUZ FRIA, 14 W, MOD 1334 16.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 17 174001 LA CENTRAL, FLAMA, PAQ DE 5 PZAS DE 115 LUCES C/U 35.50 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 17 198004 EQUATE, ORTOPEDICOS, BASTON, HASTA 136.07 KG, MOD 72 215.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 17 206001 USOS MULTIPLES 561900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 17 206009 COMPACTO 542990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 17 208005 FULL BIKE, DE MONTAÑA, R 24, NEGRO-GRIS, MOD CONVENCIONAL 2890.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 17 217005 REP DE FRENOS, DELANTEROS, JETTA MOD 2025, MANO DE OBRA 1700.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 17 230008 LG, AUDIO, ESTEREO, MINICOMPONENTE, XBOOM, MOD CK43N 3299.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 17 231004 PHILIPS, 40ˮ, LED, FULL HD, ROKU TV, MOD 40PFL6654/F8 4490.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 17 231005 HKPRO, 50ˮ, LED, SMART, ROKU TV, UHD, MOD HKP50RUHD3 5199.00 UNIDAD NUEVO MODELO 17 241007 CHARLY, CALZADO, P/FUTBOL, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 866.00 PAR CAMBIO DE PRESENTACION 17 241012 BORN, EQ Y ACC, P/EJERCICIO, TAPETE DE YOGA, MOD WAVE 1520.00 PZA CAMBIO DE MARCA 17 268016 CAFETERIA, FRAPPE CAPUCHINO GDE Y REB TORTA DE ELOTE 196.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 17 282001 L’OREAL, TINTE, EXCELLENCE, CREME, TONO, CAJA DE 4 PZAS 107.00 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 17 284003 CAPENT, P/BEBE, CREMA, CORPORAL, LINEA CLASICA, BOTE DE 400 165.00 PZA CAMBIO DE MARCA 17 288003 VEK, BOLSA, DE MANO, VEGAN, 100% POLIURETANO, MOD TOTE 989.00 PZA CAMBIO DE MARCA 17 288014 CHAMPION, LENTES OSCUROS, MOD 05193 1199.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 18 006008 OVARB, POZOLERO, PRECOCIDO, BOLSA DE 1 KG 53.90 KG CAMBIO DE MARCA 18 026005 ANCLA, ATUN, EN AGUA, ALETA AMARILLA, LATA DE 120 GR 139.58 KG CAMBIO DE MARCA 18 057002 HRONIS, RED GLOBO, S/SEMILLA, PAQ DE 907 GR 95.37 KG CAMBIO DE MARCA 18 117001 ANAGRAM, PANTALON, 76% ALGODON - 21% POLIESTER - 3% ELASTANO 219.99 PZA CAMBIO DE MARCA 18 119002 USTED BY ME, CHAMARRAS Y ABRIGOS, CHAMARRA, MUJER, 100% POLI 399.99 PZA CAMBIO DE MARCA 18 119003 FRUIT OF T, CHAMARRAS Y ABRIGOS, SUDADERA, 60% ALGODON - 40% 289.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 119007 ROOSEVELT, CHAMARRAS Y ABRIGOS, SUDADERA, 100% POLIESTER 499.00 PZA NUEVO MODELO 18 119018 GIOVANNI, CHAMARRAS Y ABRIGOS, CHAMARRA, 100% POLIESTER 559.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 119027 MIKERINOS, CHAMARRAS Y ABRIGOS, SUETER, 100% ACRILICO 569.00 PZA CAMBIO DE MARCA 730 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 18 121001 BIKER, FAJA, 82% POLIÉSTER - 18% ELASTANO 149.99 PZA CAMBIO DE MARCA 18 122010 PUNTO BLANCO, P/NIÑO, TRUSA, 100% ALGODON 179.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 122013 GEORGE, P/NIÑA, CORPIÑO, 95% ALGODÓN - 5% ELASTANO 89.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 133005 VIZZANO, SANDALIAS, 100% MAT SINTETICO 499.00 PAR CAMBIO DE MARCA 18 147004 CANADA, MATRIMONIAL, ERGOMAX, 100% POLIESTER, MOD 2677 2490.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 155004 SOLA TEXTIL, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 70 X 130 CM, 100% ALGODON 99.00 PZA NUEVO MODELO 18 177002 COARAZZI, TEXTIL, TELA MULTIUSOS, VALZER, MOD 1154 16.50 PZA CAMBIO DE MARCA 18 198002 HOMECARE, ORTOPEDICOS, COLLARIN, CERVICAL, BLANDO, MOD MED 95.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 200003 CUIDADO DENTAL, RESINA, APLICACIÓN 350.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 18 207006 ITALIKA, URBANA, 125 Z, MOD 2026 31899.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 208002 VOLX, INFANTILES, RIN 16, MOD 3949 2499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 208003 BENOTTO, DE CARRERA, R-20, MOD CULT2.0 3599.00 UNIDAD NUEVO MODELO 18 208005 HUFFY, URBANA, BRAWN, R - 27.5, MOD 980036652 6598.00 UNIDAD NUEVO MODELO 18 208010 GETGO, URBANA, GET JOY, R24, MOD 597971 5499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 18 210004 PIRELLI, RIN 16, MEDIDA 205/55/16, MOD CINTURATO P7 1886.98 PZA NUEVO MODELO 18 210005 TORNEL, RIN 14, MEDIDA 18560R14, MOD VERSIÓN REAL 1170.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 231004 SAMSUNG, 55ˮ, PANTALLA, CRYSTAL UHD, MOD UN55U8000FF 9990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 18 237001 YOUTUBE, PELICULA, STREAMING, ROBOT SALVAJE, RENTA, MENSUAL 55.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 18 238016 IMPRESION DIGITAL, COLOR, PZA DE 5 X 7ˮ 7.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 18 242001 ARTEVASI, OTROS, MACETA, CERÁMICA, MOD EMERA 599.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 247005 SILVERTON, INSTR MUSICALES, TROMPETA, MODSLTP007 4003.00 PZA CAMBIO DE MARCA 18 279006 GILLETTE, RASTRILLO, PAQ DE 2 PZAS, ULTRAGRIP2 89.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 18 284004 REVLON, ART DE TOCADOR, CORTAUÑAS, MOD 4009 103.50 PZA NUEVO MODELO 18 287002 VERÓNICA MEZA, BISUTERIA, CADENA, C/DIJE, PLATA, MOD 5050 570.76 PZA CAMBIO DE MARCA 18 287021 CALVIN KLEIN, RELOJ, P/MUJER, MOD K0064 3930.43 PZA CAMBIO DE MARCA 19 032006 NESTLE, ENTERA, NUTRI RINDES, BOLSA DE 460 GR 138.04 KG CAMBIO DE MARCA 19 077002 HERDEZ, ENVASADAS, CHICHAROS, LATA DE 215 GR 60.00 KG CAMBIO DE MARCA 19 084006 NESTLE, CHOCOLATE, EN TABLETA, ABUELITA, PAQ 270 GR 261.11 KG CAMBIO DE PRESENTACION 19 102002 ZUKO, POLVO, TÉ VERDE, DE LIMON, SOBRE DE 13 GR 8.40 SOBRE CAMBIO DE MARCA 19 114007 CUIDADO CON EL PERRO MP, CAMISA, 100% LYOCELL 329.00 PZA CAMBIO DE MARCA 19 116004 DENIN GEAR, PANTALON, 90% ALGODON - 10% POLIESTER 129.99 PZA CAMBIO DE MARCA 19 119003 DOCKERS, CHAMARRA, 100% POLIESTER 2199.00 PZA CAMBIO DE MARCA 19 119021 THAT´S IT CHAMARRA, 100% POLIESTER 899.00 PZA CAMBIO DE MARCA 19 120003 HUMMO, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIEST 199.90 PZA CAMBIO DE MARCA 19 128003 HUMMO, PIJAMA, 100% POLIESTER 299.90 PZA CAMBIO DE MARCA 19 129002 CUIDADO CON EL PERRO MP, TOP, 80% POLIESTER - 20% ELASTANO 149.00 PZA NUEVO MODELO 19 130034 LAMBERTI, CINTURON, 100% PIEL DE VACUNO 599.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 19 134002 DOCKERS, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 2149.00 PAR NUEVO MODELO 19 134008 GINO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 1498.90 PAR NUEVO MODELO 19 136003 COLOSO, P/BEBE, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 629.90 PAR NUEVO MODELO 19 152002 PELEY, SALA, 3-2-1, GRIS, MOD MONACO 22945.00 JGO NUEVO MODELO 19 157004 BISSELL, ASPIRADORA, MOD POWER FORCE 3900.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 19 167005 GM, LOZA, VAJILLA, JGO DE 16 PZAS, MOD GIBSON 1025.00 JGO CAMBIO DE MARCA 19 178004 MP, BARRA, ROSA, PZA DE 350 GR 57.14 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 19 206002 USOS MULTIPLES 832100.00 UNIDAD NUEVO MODELO 19 206011 COMPACTO 471900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 19 216002 CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO, 10,000 KM, SENTRA SENSE CVT 3660.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 19 240001 MATTEL, JGO DE MESA, UNO, MOD PARTY 429.90 CAJA NUEVO MODELO 19 248003 CINEMEX, ENTRE SEMANA, TRADICINAL, A PARTIR DE 3 PM, ADM GEN 53.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 19 252001 EMU, LITERARIO, EL PRINCIPE Y EL MENDIGO, MARK TWAIN 115.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 19 252003 EMU, LITERARIO, MUJERCITAS, LOUISA MAY ALCOTT 125.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 19 263002 BARBACOA, DE RES, A GRANEL 480.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 20 064001 VERDE VALLE, GUAJILLO, BOLSA DE 75 GR 513.33 KG CAMBIO DE PRESENTACION 20 111009 ABRIL, TINES, PAQ DE 3 PZAS, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO 49.99 PAQ CAMBIO DE MARCA 20 112001 CUIDADO CON EL PERRO MP, CALCETINES, 76.7% ALGODON - 20.8% P 99.90 PAQ NUEVO MODELO 20 117001 MILANO MP, PANTALON, 98% ALGODON - 2% ELASTANO 279.99 PZA CAMBIO DE MARCA 20 117012 JENIFER MOORE, PANTALON, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 199.99 PZA CAMBIO DE MARCA 20 117014 ANAGRAM, PANTALON, 100% POLIESTER 179.99 PZA CAMBIO DE MARCA 20 117015 PASSIONNE, PANTALON, 100% POLIESTER 349.00 PZA CAMBIO DE MARCA 20 121008 MARCE, BOXER, 93% POLIESTER - 7% ELASTANO 149.00 PZA NUEVO MODELO 20 121010 AMORARMA, PANTALETA, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO 44.99 PZA CAMBIO DE MARCA 20 128009 CUIDADO CON EL PERRO MP, PANTS, 88% ALGODON - 12% POLIESTER 319.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 20 133002 EVA, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 140.00 PAR ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 20 168005 PLASTIC TRENDS, CESTO, C/TAPA, 60 LT, MOD C060TZK0 376.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 20 177008 J.M., UTENSILIOS, ESCOBA, CORTA, MOD MEDIANA 58.90 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 20 194002 NATURES SUNSHINE MP, NATURISTA, ESPIRULINA, 100 CAPS DE 500 MG 700.00 BOTE ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 20 279005 BIC, RASTRILLO, CONFORT, 2SENSITIVE, PAQ DE 5 PZAS 77.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 20 282002 EGO, FIJADOR, CERA, BOTE C/ 25 GR 26.00 BOTE CAMBIO DE MARCA 21 034002 MP, PASTEURIZADA, ENTERA, BOTE DE 1890 ML 19.52 LT CAMBIO DE PRESENTACION 21 101002 POCARI SWEAT, ISOTONICA, BOTELLA DE 500 ML 52.20 LT CAMBIO DE MARCA 21 115009 DISNEY, PLAYERA, 100% ALGODON 105.00 PZA CAMBIO DE MARCA 21 119015 GEORGE, CHAMARRA, 100% POLIESTER 629.00 PZA NUEVO MODELO 21 119030 OKEY, SUETER, 62% POLIESTER - 38% POLIESTER 675.00 PZA CAMBIO DE MARCA 21 125003 PC, ESCOLAR, PANTALON Y PLAYERA TIPO POLO, TALLA M, CONALEP 640.00 JGO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 21 126007 EXTRA BELLEZA, VESTIDO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON 129.90 PZA NUEVO MODELO 21 127004 MELY ONLY DENIM, PANTALON, 100% ALGODON 249.00 PZA CAMBIO DE MARCA 21 136002 GEORGE, BOTAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 429.00 PAR NUEVO MODELO 21 136004 MODA LINDA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 249.50 PAR NUEVO MODELO 21 137005 BASIC CONCEPTS, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 299.00 PAR CAMBIO DE MARCA 21 140003 DEVCON, MATERIAL, SILICON, TRANSPARENTE, TUBO DE 280 ML 86.71 PZA CAMBIO DE MARCA 21 153010 CONCORD, COLCHA, MAT, C/FUNDAS, 100% POLIESTER, MOD NAPOLI 899.00 JGO NUEVO MODELO 21 162004 TAURUS, CAFETERA, P/1 TZA, MOD 2000 222.50 UNIDAD NUEVO MODELO 21 181005 DOWNY, SUAVIZANTE, ROMANCE, BOTELLA DE 750 ML 47.99 LT CAMBIO DE PRESENTACION 21 189001 QUADRIDERM NF, POMADA, TUBO DE 30 GR, LAB ORGANON 649.00 TUBO CAMBIO DE MARCA 21 195002 FERRANINA FOL, TABLETAS, DE 30 DE 100 MG, LAB TAKEDA 649.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 21 230001 MEGAFIRE, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD MF319 450.00 UNIDAD NUEVO MODELO 21 244001 VETERINARIO, VACUNA, ANTIRABICA 300.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 21 254010 TASKY, CUADERNO, PROFESIONAL, DE RAYA, CON 100 HOJAS 24.50 PZA CAMBIO DE MARCA 21 272003 HENG LIAN, RASURADORA, INALAMBRICA, MOD MR107P 70.00 UNIDAD NUEVO MODELO 21 272004 CONAIR, RASURADORA, MAQUINA RECORTADORA, MOD GMT909ES 399.00 UNIDAD NUEVO MODELO 21 288002 GRENOBIL, BOLSA, MOD 28Y 280.00 PZA CAMBIO DE MARCA 22 143002 JARDINERIA, PODA DE PASTO Y ARBOLES, MENSUAL 200.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 22 153011 HOMAGE, FRAZADA, 1.50 X 1.15 M, 100% POLIESTER, MOD 29731 129.00 PZA NUEVO MODELO 22 164007 OSTER, MOD R-3973 555.00 UNIDAD NUEVO MODELO 22 175001 ANITA, SANITARIO, FLORAL, PASTILLA DE 100 G 20.00 PZA CAMBIO DE MARCA 22 182003 PRECISSIMO, VELADORA, VASO DE PLASTICO, MOD ECO GDE AMARILLA 43.90 PZA CAMBIO DE MARCA 22 182006 ASUNCION, VELADORA, C/PAPEL, PARAFINA, MOD CB50012 17.95 PZA CAMBIO DE MARCA Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 731 22 216004 AFINACION, MANO DE OBRA, TERRITORY, 4 CIL, MOD 2023 A 2 4200.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 22 230004 STF, AUDIO, ESTEREO, XONORUM, PROFESIONAL, MOD ST-S68559 14999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 22 230005 JBL, ACCESORIOS, AUDIFONOS, INALAMBRICOS, MOD T770NCBLUAM 1789.00 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 22 234001 TELMEX, INTERNET, MENSUAL, 80 MB 349.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 22 241007 VOIT, EQ Y ACC, BALON, BASKETBALL, MOD 84786 1399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 22 255006 CANCUN, ARMADO, AEREO, 5 NOCHES, HOTEL 4 ESTRELLAS 17152.50 PAQ CAMBIO DE MODALIDAD 22 274003 PRO, CEPILLO, MOD 8583K2 16.90 PZA CAMBIO DE MARCA 23 003001 QUAKER, DE AVENA, FRESAS CON CREMA, CAJA DE 240 G 259.38 KG CAMBIO DE PRESENTACION 23 004013 GAMESA, SALADAS, PAQ DE 140 G 150.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 23 018009 MOLIDA, ESPECIAL 80/20, A GRANEL 108.03 KG CAMBIO DE MARCA 23 028010 ENTERO, FRESCO, A GRANEL 399.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 23 035001 NATURES HEART, DE ALMENDRA, VAINILLA, BOTE DE 946 ML 44.40 LT CAMBIO DE MARCA 23 035002 MP, DE SOYA, BOTE DE 1 L 35.00 LT CAMBIO DE MARCA 23 035011 BOTNATURA, DE SOYA, BOLSA DE 500 G 280.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 058002 MP, SEMILLAS, CACAHUATES, JAPONES, BOLSA DE 100 G 100.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 23 064001 ANCHO, A GRANEL 318.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 23 074004 MAIZIN, BOLSA DE 400 G 262.50 KG CAMBIO DE MARCA 23 077012 LA CIBELES, ENVASADAS, ACEITUNAS, NEGRAS CON HUESO, LATA DE 126.67 KG CAMBIO DE MARCA 23 084008 MILKYWAY, CHOCOLATE, BARRA DE 48 G 520.83 KG CAMBIO DE MARCA 23 101011 AMBER, ENERGIZANTE, WORK HARD, LATA DE 473 ML 44.40 LT CAMBIO DE MARCA 23 103001 PRESIDENTE, SOLERA, BOTELLA DE 900 ML 210.00 LT CAMBIO DE MARCA 23 104004 CAPTAIN MORGAN, AÑEJO, SPICED ORIGINAL, BOTELLA DE 700 ML 350.01 LT CAMBIO DE MARCA 23 105001 CAMPO AZUL, REPOSADO, BOTELLA DE 1 L 149.00 LT CAMBIO DE MARCA 23 112004 SIMPLY BASIC, TINES, PAQ DE 6 PARES, 97% POLIESTER - 2% ELAS 49.63 PAQ NUEVO MODELO 23 112008 SENSIPIE, CALCETINES, PAQ DE 3, 66% ALGODON - 30% POLIESTER 149.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 23 114004 WALLSTRET, CAMISA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 479.00 PZA NUEVO MODELO 23 114011 VARANASI, PLAYERA, 94% ALGODON - 6% OTRAS FIBRAS 440.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 116009 YALE, PANTALON, 100% POLIESTER 379.90 PZA CAMBIO DE MARCA 23 117003 CIMARRON, PANTALON, 78.3% ALGODON - 18.6% POLIESTER - 3.1% E 310.25 PZA CAMBIO DE MARCA 23 118001 REFILL, PANTALON, 81% ALGODON - 17% POLIESTER - 2% ELASTANO 259.00 PZA NUEVO MODELO 23 119003 OTHIS FIT, SUDADERA, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO 135.00 PZA CAMBIO DE MARCA 23 121001 SONATA, PANTALETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 29.99 PZA CAMBIO DE MARCA 23 121006 BERLEI, BRASIER, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO 369.00 PZA NUEVO MODELO 23 121012 MY SPECIALS, TANGA, 81% POLIAMIDA - 19% ELASTANO 430.00 PZA NUEVO MODELO 23 137006 CHARLY, P/ADULTO, CORTE VINIL - SUELA SINTETICA 799.90 PAR NUEVO MODELO 23 137008 FLEXI, P/ADULTO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 1199.00 PAR CAMBIO DE MARCA 23 141009 ELECTRICO, COLOCACION LAMPARA SPOT 200.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 150005 ALACENA, LAMINADO, MOD EBANO INDI, 1.20 X .70 X .30 3534.00 PZA CAMBIO DE MARCA 23 156002 MIDEA, MINISPLIT, INVERTER, FRIO-CALOR, MOD MAS12H1ECS 6999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 23 156003 MIRAGE, MINISPLIT, MOD SETCLC121D 12978.90 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 23 160005 MABE, LAVADORA, 20 KG, MOD LMA70214VBAB 10283.00 UNIDAD NUEVO MODELO 23 166001 COOK MARK, SARTEN, CERAMICO, JGO 3 PZAS 950.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 177002 DESECHABLES JESUS, UTENSILIOS, TRAPEADOR, MOD 24 45.00 PZA CAMBIO DE MARCA 23 177004 VILEDA, UTENSILIOS, TRAPEADOR, MOD MOP MAXI 92.50 PZA CAMBIO DE MARCA 23 206002 USOS MULTIPLES 528900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 23 206003 SUBCOMPACTO 542990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 23 206009 DE LUJO 603900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 23 206012 SUBCOMPACTO 425200.00 UNIDAD NUEVO MODELO 23 207007 HONDA, SCOOTER, WAVE 110, 109.1 CC, MOD 2026 34990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 23 216013 SERV DE MANTENIMIENTO, 12, 000 KM, AVEO 2024 3149.00 SERV CAMBIO DE MARCA 23 216014 CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO, AUTO CHICO, MARCH 900.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 216015 PULIDO Y ENCERADO, AUTO CHICO, MARCH 3500.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 216017 AFINACION, CON ACEITE SINTETICO, SERVICIO COMPLETO 3000.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 216019 CAMBIO DE AMORTIGUADORES, DELANTEROS, MANO DE OBRA 2220.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 216020 SERV DE MANTENIMIENTO, REEMPLAZO ACEITE DE MOTOR 1100.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 230010 BOSE, ACCESORIOS, BOCINA, PORTATIL, MOD SOUNDLINK PLUS 6599.00 UNIDAD NUEVO MODELO 23 230014 LOGITECH, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD H390 799.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 23 246005 ACT RECR, JGOS INFANT, ENTRADA POR NIÑO, POR HORA 90.00 CUOTA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 247005 GOOGLE PLAY, DESCARGA DE VIDEO, PELICULA, COMPRA, F1 290.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 23 268007 REST, QUESO FUNDIDO, MOLE ESTOFADO, AGUA HORCHATA 362.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 23 288016 SM, LENTES OSCUROS, MOD AVIADOR 50.00 PZA CAMBIO DE MARCA 24 019002 SUKARNE, PROCESADAS, CARNE P/HAMBURGUESAS, PAQ 720 GR 141.67 KG CAMBIO DE MARCA 24 036001 SABORI, AMERICANO, PAQ DE 144 GR 309.03 KG CAMBIO DE MARCA 24 051011 VALENCIA, A GRANEL 36.88 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 24 060006 CRIOLLA, A GRANEL 31.61 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 24 068002 DIAMCERS, PERUANO, BOLSA DE 750 GR 63.20 KG CAMBIO DE MARCA 24 083003 CAL-C-TOSE, EN POLVO, LATA DE 400 GR 202.25 KG CAMBIO DE MARCA 24 118004 GFTD, PANTALON, 72% ALGODON - 23% POLIESTER - 15% OTROS 229.90 PZA CAMBIO DE MARCA 24 119021 GIOVANNI GALI, CHAMARRA P/NIÑA, 100% POLIESTER 549.90 PZA CAMBIO DE MARCA 24 119034 LEEHANTON, SUDADERA, 100% POLIESTER 289.00 PZA CAMBIO DE MARCA 24 126003 VESTIDO, 100% POLIESTER 300.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 24 133002 AQUASTAR, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 101.00 PAR CAMBIO DE MARCA 24 133003 UMBRO, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 325.00 PAR CAMBIO DE MARCA 24 135002 FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 1149.00 PAR CAMBIO DE MARCA 24 137005 PANAM, P/INFANTE, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 519.00 PAR NUEVO MODELO 24 147008 AMERICA, MATRIMONIAL, MOD TIFFANY 10899.00 PZA CAMBIO DE MARCA 24 150007 WHIRLPOOL, CAMPANA EXTRACTORA, MOD 76 CMSIL 3249.00 PZA CAMBIO DE MARCA 24 151003 RECAMARA, KING SIZE, 5 PZAS, MOD MARGOT 33702.00 JGO NUEVO MODELO 24 154003 HOME EXPRESSIONS, KING SIZE, 100% POLIESTER 699.00 JGO NUEVO MODELO 24 155016 STARHOUSE, CORTINAS, MOD NAVA 426887 419.00 JGO NUEVO MODELO 24 163001 HAMILTON BEACH, 12 VEL, 800 WATTS, MOD 53531FG 849.15 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 24 169001 AKSI, LED, PAQ DE 6 PZAS, MOD A19 94.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 24 176006 MP, LIQUIDO, CON BICARBONATO, BOTELLA DE 7 LT (700 24.01 LT CAMBIO DE PRESENTACION 24 206006 COMPACTO 309000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 24 206012 DE LUJO 1119900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 24 230004 LG, ACCESORIOS, BOCINA, BARRA DE SONIDO, MOD SH5A 4299.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 24 230007 SAMSUNG, ACCESORIOS, BOCINA, MOD SRS XE300 2729.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 24 239004 EA SPORTS, VIDEOJUEGO, PS4, FC26 1675.00 UNIDAD NUEVO MODELO 24 241001 LMB, EQ Y ACC, PELOTA, MOD LMB 100 100.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 24 255004 GUADALAJARA, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 4 ESTRELLAS 12742.75 PAQ CAMBIO DE MARCA 24 268016 CAFETERIA, MOKA GRANDE Y PAN DE ZANAHORIA 125.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 24 278001 AÑEJA LAVANDA, LOCION, FCO DE 415 ML 160.65 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 24 281001 REGIO, PAPEL HIGIENICO, PAQ DE 4 ROLLOS DE 180 HOJAS DOBLES 35.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 24 281005 ELITE, PAÑUELOS, ESENCIAS, CAJA DE 90 PZAS 36.50 CAJA CAMBIO DE MARCA 25 040001 PARMA, O/QUESOS, PARMESANO, BOTE DE 227 GR 665.20 KG CAMBIO DE MARCA 25 049003 GOLDEN, A GRANEL 44.50 KG CAMBIO DE PRESENTACION 25 050002 CHINO, A GRANEL 29.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 732 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 25 051004 VALENCIA, A GRANEL 29.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 25 056003 CHARLESTON, A GRANEL 17.25 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 25 059004 MANGO, ATAULFO, A GRANEL 70.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 25 072001 PICADOS, BOLSA DE 500 GR 45.80 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 25 073004 PAPA, BLANCA, A GRANEL 30.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 25 079001 VALLE VERDE, HABAS, BOLSA DE 500 GR 169.80 KG CAMBIO DE MARCA 25 114002 SIMPLY BASIC, CAMISA, 66% POLIESTER - 34% ALGODON 239.00 PZA NUEVO MODELO 25 118004 GEORGE, PANTALON, 100% ALGODON 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 25 120001 POLO CLUB, CAMISETA, 100% ALGODON 89.90 PZA CAMBIO DE MARCA 25 129002 MON AMOUR, PIJAMA, JGO DE 2 PZAS, 100% POLIESTER 349.90 JGO CAMBIO DE MARCA 25 153009 STARHAUS, EDREDON, MAT, 3 PZAS, 100% POLIESTER, MOD SOHO 759.00 JGO NUEVO MODELO 25 158001 SAMSUN, 6 QUEM, C/HORNO, 30ˮ, MOD NX52T5411MS/AX 11699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 25 196004 DEXNE, O/MED, OFTAL, GOTAS, FCO DE 4 ML, LAB OFFENBACH 110.00 FCO CAMBIO DE MARCA 25 199007 DURANTE EL EMBARAZO, GINECOLOGO, CONSULTA 600.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 25 206005 COMPACTO 408900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 25 207004 VELOCI, URBANA, ATRIO EVO SPORT, 200CC, MOD 2026 34999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 25 208001 ZIGNA, DE MONTAÑA, R - 27.5, 21 VEL, MOD SHOCK 5164.00 UNIDAD NUEVO MODELO 25 208004 RISING, DE MONTAÑA, R - 27.5, 21 VEL, MOD TIGER 5129.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 25 246003 CTRO NOCT, BEBIDA, MARGARITA, COPA 80.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 25 273006 MAYBELLINE, RIMEL, IMPACTO 360, PZA DE 10 ML, MOD 801 295.00 PZA CAMBIO DE MARCA 25 286005 MANICURE, PEDICURE 500.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 25 288011 DEL SOL MP, BOLSA, VINYL, MOD TIPO MOCHILA 350.00 PZA CAMBIO DE MARCA 26 004023 LARA, DULCES, CANAPINAS, PAQ DE 80 G 175.00 KG CAMBIO DE MARCA 26 006005 POZOLERO, PRECOCIDO, BOLSA DE 1 K 26.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 26 036001 LA VILLITA, AMERICANO, PAQ 10 PZAS, DE 175 G 171.43 KG CAMBIO DE MARCA 26 058002 MAFER, SEMILLAS, CACAHUATES, SAZONADO, BOLSA DE 240 G 245.84 KG CAMBIO DE PRESENTACION 26 084004 HERSHEYS, CHOCOLATE, C/ALMENDRAS, KISSES, CAJA DE 123 G 731.71 KG CAMBIO DE PRESENTACION 26 084010 ABUELITA, CHOCOLATE, TABLETA DE 270 G 261.11 KG CAMBIO DE PRESENTACION 26 094004 ECODYN, O/PRODUCTOS, MICROBICIDA, FCO DE 14 ML 25.00 FCO CAMBIO DE MARCA 26 112003 CCP, CALCETINES, PAQ 2 PARES, 52.4% ALGODON - 44.2% POLIAMID 69.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 26 120001 EVERLAST, BOXER, PAQ 3 PZAS, 47% ALGODON - 47% POLIESTER - 6 349.00 PAQ NUEVO MODELO 26 126001 LO’FASSI, VESTIDO, 55% POLIESTER - 45% VISCOSA 1499.00 PZA NUEVO MODELO 26 126003 GEORGE, VESTIDO, 100% VISCOSA, MOD G025A10631 299.00 PZA NUEVO MODELO 26 126007 C & A MP, VESTIDO, 100% POLIESTER 599.00 PZA NUEVO MODELO 26 127003 CCP MP, PANTALON, 98% ALGODON - 2% ELASTANO 269.00 PZA CAMBIO DE MARCA 26 136004 ANDANENES, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 689.00 PAR CAMBIO DE MARCA 26 159002 KOBLENZ, 1.6 PIES, MOD MWKM-1IHA 3199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 26 159010 HAMILTON BEACH, 1.4 PIES, MOD HB-D10034ASRLIII-J9E 2796.50 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 26 168002 PLASTIC TRENDS, CONTENEDOR, CAJA 19 LT, C/TAPA Y BROCHES 95.00 PZA CAMBIO DE MARCA 26 175002 MP, AMBIENTAL, AEROSOL, BOTE DE 226 G 34.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 26 179003 BAYGON, INSECTICIDA, AEROSOL, ULTRA VERDE, BOTE DE 400 ML 82.00 BOTE CAMBIO DE PRESENTACION 26 190004 HISTIACIL NF, DESCONGESTIVOS, JARABE, ADULTO 150 ML, LAB SAN 168.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 26 191004 ELECTROLITO, SUERO REHIDRATANTE, BOTELLA DE 625 ML 25.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 26 206008 SUBCOMPACTO 551900.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 26 208010 GREENPLUS, DE MONTAÑA, R29, FRENOS HIDRAULICOS, MOD XC MTB 10500.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 26 212004 RALOY, ACEITE, MONOGRADO, RACING, SAE 50, BOTELLA DE 1 LT 85.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 26 231005 RCA, 55ˮ, UHD, GOOGLE TV, MOD R55M-U4G 8299.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 26 273007 NATURAL, DELINEADOR, EN PLUMON, DE 8 G 44.50 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 26 283007 NATURELLA, TOALLAS, REGULAR, PAQ DE 10 PZAS 25.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 27 069005 LA SIERRA, ENTEROS, NEGROS, SOBRE DE 454 G 41.63 KG CAMBIO DE PRESENTACION 27 086011 HELADOS DEL PUEBLO, PALETA, PZA DE 110 G 227.27 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 27 094001 PRECISSIMO, CONDIMENTOS, AJO EN POLVO, FCO DE 90 G 327.78 KG CAMBIO DE MARCA 27 103006 TORRES, SOLERA, 10, BOTELLA DE 700 ML 494.30 LT CAMBIO DE PRESENTACION 27 108012 BOHEMIA, CLARA, CRISTAL, LATA DE 355 ML 64.79 LT CAMBIO DE MARCA 27 113001 BABY CREYSI, TINES, PAQ C/6 PARES, 85% ALGODON - 15% NAYLON 369.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 27 114006 NAVEGATION, CAMISA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 395.00 PZA CAMBIO DE MARCA 27 119007 REFILL, SUETER, 60% ALGODON - 40% POLIESTER 449.00 PZA CAMBIO DE MARCA 27 119015 JENIFER MOORE, ABRIGO, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 499.99 PZA CAMBIO DE MARCA 27 119024 SILVER SPOON, CHAMARRA, 100% POLIESTER 299.99 PZA CAMBIO DE MARCA 27 122017 SKI, P/NIÑO, CAMISETA, PAQ C/2, 100% ALGODON 249.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 27 126006 ANDROMEDA, FALDA, 100% POLIESTER 495.00 PZA CAMBIO DE MARCA 27 133001 KLIPA, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 269.00 PAR CAMBIO DE MARCA 27 133010 AU PETIT JEAN, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 299.00 PAR CAMBIO DE MARCA 27 147009 SELTHER, MATRIMONIAL, ORTOPEDICO, MOD BRUCK 3590.00 PZA CAMBIO DE MARCA 27 154003 HOME EXPRESSIONS, INDIVIDUAL, 100% POLIESTER 499.00 JGO NUEVO MODELO 27 155002 MAINSTAYS, CORTINAS, 76.2 X 157.5 CM, MOD 7908-37 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 27 155003 HOME STYLE DESIGN, TOALLAS, MEDIO BAÑO, 80 X 150 CM, MOD AZ 499.00 PZA CAMBIO DE MARCA 27 157004 BLACK + DECKER, ASPIRADORA, MOD VCBD8090 3679.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 27 159005 HKPRO, 1.6 PIES, MOD HKHM25-160 3149.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 27 159006 HISENSE, 1.4 PIES, MOD HMMS3411BMV 2990.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 27 160007 MABE, LAVADORA, 21 KG, MOD LMA71214VBAB0 12499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 27 210002 TORNEL, RIN 15, MOD DIR 1899.00 PZA NUEVO MODELO 27 210003 MICHELIN, RIN 14, MOD AGILIS 3 102//100R 6020.40 PZA CAMBIO DE MARCA 27 230007 LG, ACCESORIOS, BOCINA, MOD XG2TBK 1399.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 27 230014 LG, AUDIO, ESTEREO, MOD CJ45 5849.00 UNIDAD NUEVO MODELO 27 240003 TOTTE, JGO DE MESA, ROMPECABEZAS, FRUTAS, CAJA 12 PZAS 165.00 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 27 251004 ONCE 70, PRIMARIA, MI LIBRO MAGICO, CARMEN ESPINOSA 460.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 27 270004 POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA 1350.00 TARI/D CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 27 273005 PROSA, RIMEL, PZA DE 14 G 68.00 PZA NUEVO MODELO 27 276003 GARNIER, AEROSOL, OBAO, DERMO-EFICACIA, PZA DE 150 ML 67.00 PZA CAMBIO DE MARCA 27 282007 BIOEXPERT, CHAMPU, PLACENTA, BOTE DE 650 ML 141.54 LT CAMBIO DE MARCA 27 287001 BULOVA, RELOJ, P/HOMBRE, MOD ELO96A268 10932.00 PZA NUEVO MODELO 28 097003 LEGAL, REGULAR, REGULAR, MOLIDO, BOLSA DE 200 GR 297.50 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 28 143001 JARDINERIA, PODA Y LIMPIEZA DE JARDIN, MENSUAL 450.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 28 143005 JARDINERIA, CHAPEO 10X5 MT, MENSUAL 400.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 28 196004 SOPHIXIN DX, O/MED, OFTAL, GOTERO DE 5ML DE 3MG/1MG/ML, LAB 735.00 FCO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 28 231003 ATVIO, 50ˮ, SMART, 4K UHD, MOD ARK5017ILED 5763.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 28 237004 APPLE MUSIC, MUSICA, STREAMING, MENSUALIDAD 199.00 SERV CAMBIO DE MARCA 28 270007 POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA 5370.00 TARI/D CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 28 274006 COLGATE, CREMA DENTAL, TOTAL, PREVENCION ACTIVA, TUBO 65 ML 30.00 TUBO ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 28 285002 CORTE DE CABELLO, P/CABALLERO 180.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 28 286002 PERMANENTES, RIZADO DE PESTAÑAS 240.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 28 286003 MANICURE, C/SPA, SERV 280.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 28 286004 DEPILACION, DE AXILAS 260.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 29 016003 CHARRAS, TOSTADAS, ORIGINAL, PAQ DE 300 GR 38.50 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 29 150004 MABE, CAMPANA EXTRACTORA, 76CM, 3 VEL, MOD CMPU76GX0 2426.98 PZA NUEVO MODELO 29 159004 MABE, 1.1, 10 NIVELES POTENCIA, MOD HMM111SEJ 3233.00 UNIDAD NUEVO MODELO Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 733 29 197001 SICO, PRESERVATIVOS, SAFETY, FLAB CPR PRODUK, CAJA DE 3 PZA 78.84 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 29 206002 SUBCOMPACTO 344400.00 UNIDAD NUEVO MODELO 29 206003 USOS MULTIPLES 250200.00 UNIDAD NUEVO MODELO 29 207001 ITALIKA, URBANA, GPS, AZUL, MOD MODENA 175 31999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 29 207002 YAMAHA, URBANA, RAY ZR, 4 TIEMPOS, 113 CC, MOD 2026 38999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 29 268009 CAFETERIA, LATTE, ALTO, PANQUE DE LIMON 126.00 ORDEN CAMBIO DE MODALIDAD 30 026004 CORINA, ATUN, EN ACEITE, LATA DE 130 G 153.85 KG CAMBIO DE MARCA 30 085006 MCCORMICK, MERMELADA, FCO DE 450 G 102.22 KG CAMBIO DE MARCA 30 119001 POLO RETRO, CHAMARRA, 100% POLIESTER 920.00 PZA CAMBIO DE MARCA 30 122008 SIMPLY BASIC, P/NIÑA, CAMISETA, 95% ALGODON - 5% ELASTANO 59.00 PZA CAMBIO DE MARCA 30 181008 VEL ROSITA, SUAVIZANTE, BOLSA DE 500 ML 92.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 30 194002 BELACAPS, NATURISTA, COLAG, CAPSULAS, 60, 500 MG, L. SOLANUM 184.00 FCO CAMBIO DE MARCA 30 230002 LG, ACCESORIOS, AUDIFONOS, MOD CK99 28499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 30 274007 COLGATE, ENJUAGUE, LUMINOUS WHITE, BOTELLA DE 250 ML 248.00 LT CAMBIO DE MARCA 30 276005 PALMOLIVE, ROLL ON, NEUTRO BALANCE, DE 65 ML 45.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 30 279008 GILLETTE, RASTRILLO, 4 PZAS, VENUS, SENSITIVE 151.50 PAQ CAMBIO DE MARCA 31 110003 OPTIMA MP, BLUSA, 65% ALGODON - 35% POLIESTER 190.50 PZA NUEVO MODELO 31 124001 POLO CLUB, TRAJE, 2 PZAS, 83% POLIESTER - 17% VISCOSA 1349.00 PZA CAMBIO DE MARCA 31 127001 OPTIMA GIRLS MP, VESTIDO, 100% ALGODON 289.00 PZA NUEVO MODELO 31 148004 TAOSA, COMEDOR, 7 PZAS (M-6 SILLAS), MOD ALANIS 19194.00 JGO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 31 149013 SULA, CTRO ENTRETENIMIENTO, MOD LUNA 14247.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 31 153005 ONIX, FRAZADA, 100% POLIESTER, MOD POX2187 561.61 PZA CAMBIO DE MARCA 31 154001 NUBILIA, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER, MOD MONARCA 509.90 PZA CAMBIO DE MARCA 31 206001 USOS MULTIPLES 559900.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 31 206002 COMPACTO 457150.00 UNIDAD NUEVO MODELO 31 206004 SUBCOMPACTO 517900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 32 098005 MCCORMICK, DESHIDRATADO, CAJA DE 27 SOBRES DE 30 GR 26.00 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 32 109002 PALL MALL, C/FILTRO, TOKYO, CAJETILLA DE 20 PZAS 80.00 CAJETI CAMBIO DE PRESENTACION 32 113004 TOMMAS, CALCETAS, PAQ DE 3 PARES, 75% ALGODON - 25% OTROS 34.99 PAQ CAMBIO DE MARCA 32 116007 BOLERO, PANTALON, 100% ALGODÓN 289.90 PZA CAMBIO DE MARCA 32 117004 CATTALEYA, PANTALON, 80% ALGODON - 20% POLIESTER 249.90 PZA CAMBIO DE MARCA 32 118006 FANTASTIC, PANTALON, M&P, 100% ALGODON 229.90 PZA CAMBIO DE MARCA 32 119001 BASIC CONCEPTS, CHAMARRA, WOMAN, 100% POLIESTER 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 32 122009 CARNIVAL, P/NIÑA, BRASIER, 82% POLIÉSTER -18% ELASTANO, 98.90 PZA CAMBIO DE MARCA 32 126004 BASIC CONCEPTS, VESTIDO, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 229.00 PZA NUEVO MODELO 32 129001 LOVE POEM, TOP, 92% NYLON - 8% SPANDEX 175.00 PZA CAMBIO DE MARCA 32 154004 HOME BÁSICS, INDIVIDUAL, 100% POLIESTER, MOD ESTAMPADO 189.00 JGO CAMBIO DE MARCA 32 163005 OSTER, 6 VEL, 600 WATTS, MOD BLSTPEG-NPB 1499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 32 169002 MEGALUX, AHORRADOR, 100 WATTS, MOD ML-W100 16.00 PZA CAMBIO DE MARCA 32 198002 ELEGANCIA, LENTES, ARMAZON, MOD E-87025 460.00 PZA CAMBIO DE MARCA 32 206004 SUBCOMPACTO 304900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 32 207003 ITALIKA, URBANA, MOD 150 GRAFITO NEGRA, 2026 15999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 32 208002 TORO26, URBANA, R-26, MOD SENCILLO 2100.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 32 208003 FGBIKES, URBANA, AUSTERA, R-26, MOD TORO 2570.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 32 209001 LTH, 17 PLACAS, MOD L-65-800 3330.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 32 212003 STP, ACEITE, MULTIGRADO, SAE 10W-40, BOTE DE 946 ML 146.94 LT CAMBIO DE MARCA 32 230002 KAISER, ACCESORIOS, BOCINA, MOD KSW-1108 1399.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 32 245002 GIMNASIO, S/DESCUENTO, NORMAL, CUOTA MENSUAL 350.00 CUOTA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 32 279001 FARMACIAS BENAVIDES MP, RASTRILLO, PAQ DE 2 PZAS 70.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 33 002003 SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHURRUMAIS, BOLSA 65 G 276.92 KG CAMBIO DE PRESENTACION 33 030003 LALA, CREMA, ENTERA, VASO DE 196 G 88.52 KG CAMBIO DE PRESENTACION 33 103002 AZTECA DE ORO, SOLERA, BOTELLA DE 700 ML 412.87 LT CAMBIO DE MARCA 33 170013 CORONA, ACCESORIOS, BOMBA DE AGUA, 1 HP, MOD Y00136OS1XCPW56 2451.00 PZA CAMBIO DE MARCA 33 176003 ROMA, EN POLVO, BOLSA DE 1 KG 37.50 KG CAMBIO DE MARCA 33 181005 SUAVITEL, SUAVIZANTE, COMPLETE, BOTELLA DE 760 ML 35.53 LT CAMBIO DE PRESENTACION 33 234002 TELCEL, INTERNET, EN TU CASA, 100000 MB, MENSUALIDAD 399.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 33 240002 JUGUETE, MUÑECO, MOD GORILA DE PLASTICO MEDIANO C/SONID 250.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 33 254004 KING, PAPEL BOND, CARTA, PAQ DE 500 HOJAS 159.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 33 284001 MENNEN, P/BEBE, TALCO, HIPOALERGENICO, BOTE DE 400 G 124.00 PZA CAMBIO DE MARCA 34 004013 GAMESA, SALADAS, PAQ DE 140 GR 223.99 KG CAMBIO DE PRESENTACION 34 018015 MP, MOLIDA, POPULAR, 70/30, PAQ DE 500 GR 95.00 KG CAMBIO DE MARCA 34 042005 NUTRIOLI, ACEITE, SOYA, BOTELLA DE 400 ML 63.75 LT CAMBIO DE MARCA 34 084007 TURIN, CHOCOLATE, CONEJOS, CON LECHE, PZA DE 20 GR 700.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 34 088007 KNORR, DE POLLO, 8 CUBOS, PAQ DE 88 GR CON CILANTRO 335.23 KG CAMBIO DE PRESENTACION 34 098004 THERBAL, DESHIDRATADO, C/25 SOBRES, DE 2 GR C/U, VERDE 50 GR 1100.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 34 105004 CENTENARIO, REPOSADO, BOTELLA DE 700 ML 481.43 LT CAMBIO DE PRESENTACION 34 116003 JBE, PANTALON, 98% ALGODON, 2% ELASTANO 799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 34 152004 SALA, ESQUINERA, MOD FINLANDIA 26999.00 PZA NUEVO MODELO 34 164004 OSTER, MOD GCSTAC7402-013, AERO CERAMIC, MENTA 599.00 UNIDAD NUEVO MODELO 34 208006 UNIBIKE, URBANA, R-12, INFANTIL, MOD POWER 3028.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 34 283005 SABA, TOALLAS, FEM, C/ALAS, PAQ C/10 PZAS, REGULAR 27.50 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 35 084002 CORONADO, DULCES, PALETAS, BOLSA C/10 PZAS, 140 GR 177.86 KG CAMBIO DE PRESENTACION 35 104003 MATUSALEM, BLANCO, BOTELLA DE 750 ML 459.79 LT CAMBIO DE MARCA 35 269001 ARROZ, A LA MEXICANA, PAQ MEDIANO DE 500 GR 78.00 KG CAMBIO DE MARCA 36 006001 POZOLES LA ILUSION, POZOLERO, PRECOCIDO, BOLSA DE 500 G 43.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 36 026006 MAZATUN, ATUN, EN AGUA, LATA DE 130 G 169.23 KG CAMBIO DE PRESENTACION 36 026008 MAZATUN, ATUN, EN ACEITE, LATA DE 130 G 138.46 KG CAMBIO DE PRESENTACION 36 034007 LECHE QUEEN, PASTEURIZADA, BOTE DE 1.8 L 1800 28.34 LT CAMBIO DE MARCA 36 058003 MAXIMA, EN ALMIBAR, PIÑA EN REBANADAS, LATA DE 800 G 78.13 KG CAMBIO DE MARCA 36 074008 BARCEL, CHIP´S, JALAPEÑO, BOLSA DE 52 G 442.31 KG CAMBIO DE PRESENTACION 36 096001 NESCAFE, REGULAR, CLASICO, SOBRE DE 28 G 785.71 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 36 099007 CIEL, NATURAL, BOTELLA DE 1.5 L 1500 11.33 LT CAMBIO DE PRESENTACION 36 101003 POWERADE, ISOTONICA, FRUTAS, BOTELLA DE 1 L 32.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 36 101006 GATORADE, ISOTONICA, BOTELLA DE 1 L 23.25 LT CAMBIO DE PRESENTACION 36 106007 SMIRNOFF, VODKA, BOTELLA DE 750 ML 318.66 LT CAMBIO DE MARCA 36 111001 CIRCULATION, TOBIMEDIAS, 86% POLIAMIDA - 14% ELASTANO 99.00 PAR CAMBIO DE MARCA 36 113002 WILSON, TINES, 5 PARES, 97% POLIESTER - 3% OTRAS FIBRAS 109.00 PAQ NUEVO MODELO 36 119033 TOMY HILFIGER, CHAMARRA, 100% POLIAMIDA 2500.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 36 127007 BOMBOLI, VESTIDO, 95% ALGODON - 5% ELASTANO 639.00 PZA NUEVO MODELO 36 130038 BASIC CONCEPTS, CINTURON, 100% SINTETICO, ESTILO C56 179.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 36 133004 UMBRO, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 299.00 PAR CAMBIO DE MARCA 36 133008 OTHIS FIT, PANTUFLAS, CORTE ALGODON - SUELA SINTETICA 220.00 PAR CAMBIO DE MARCA 36 136006 BLASITO, BOTAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 579.00 PAR CAMBIO DE MARCA 36 148001 DIMAP, COMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD LUXEMBURGO 13299.00 JGO CAMBIO DE MARCA 36 149024 DECORA HOGAR, MESA, VIDRIO C/PATAS HIERRO, 6660 7495.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 36 150001 MOBI, ALACENA, C/ESPECIERO, MOD MAXI 5299.00 PZA NUEVO MODELO 36 152002 KRILL, SALA, 2 PZAS, MOD 2522 27590.00 JGO CAMBIO DE MARCA 36 152004 DIMAP, SOFA CAMA, MOD MYTHO 6399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 36 152007 MARBY, SALA, 3-2, CHOCOLATE, MOD ANDROMEDA 18879.20 JGO CAMBIO DE MARCA 734 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 36 153012 HOME NATURE, EDREDON, KING, 70% ALGODON - 30% LINO 2999.00 PZA CAMBIO DE MARCA 36 153013 VIANNEY, EDREDON, MAT, 100% POLIESTER, MOD NOVO MILAN 519.00 PZA CAMBIO DE MARCA 36 157006 KOBLENZ, ASPIRADORA, MULTIUSOS, MOD WD 2L 899.00 UNIDAD NUEVO MODELO 36 160002 MABE, LAVADORA, 19 KG, AUT, CARGA SUP, MOD LMA79114VBAK00 8889.00 UNIDAD NUEVO MODELO 36 160006 MABE, LAVADORA, 20 KG, 11 CICLOS, MOD LMA70215VBABO/WBABO 16999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 36 164002 TEFAL, EXPRESS STEAM, SUELA ANTIADHERENTE, AZUL, MOD FV 1499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 36 166002 TRAMONTINA, SARTEN, ACERO INOX, 24 CM, CAP 2.1 L, MOD ALLEGR 899.00 PZA NUEVO MODELO 36 167003 LUNITA, CRISTALERIA, VASOS, POR PZA 25.00 PZA CAMBIO DE MARCA 36 171005 PANASONIC, AA, PAQ C/1 PZA 20.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 36 175001 GLADE, AMBIENTAL, BOTE DE 400 G 72.90 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 36 182006 LA GLORIA, VELADORA, MOD VASO LIMONERO 17.99 PZA CAMBIO DE MARCA 36 206011 USOS MULTIPLES 395500.00 UNIDAD NUEVO MODELO 36 208001 GETGO, INFANTILES, R-16, 1 VEL, LLANTAS ENTRENADORAS, MOD GE 3199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 36 230003 SONY, ACCESORIOS, AUDIFONOS, REALITY AUDIO, 360, MOD WF-C710 2856.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 36 231006 HISENSE, 55ˮ, SMART TV, ULTRA HD, 4K, MOD 55A65NV 10079.20 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 36 240009 MATTEL, JUGUETE, FISHER-PRICE, MEGA BLOKS, C/60 PZAS 279.00 PAQ ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 36 243001 WHISKAS, SECO P/GATO, BOLSA DE 10 KG 10000 49.50 KG CAMBIO DE MARCA 36 247010 CASIO, INSTR MUSICALES, TECLADO, CASIOTONE, 61 TECLAS, MOD C 4799.00 PZA NUEVO MODELO 36 250002 SALON DE FIESTAS, PAQ BASICO, 150 INVITADOS 54000.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 36 264003 CARNITAS, A GRANEL 395.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 36 272006 GA MA ITALY, SECADORA, C/ACCESORIOS, 4 EN 1, MOD UNIQ STYLER 2399.00 UNIDAD NUEVO MODELO 36 272007 REVLON, SECADORA, CONTROL DE FRIZZ, MOD RVDR5191LA1 583.00 UNIDAD NUEVO MODELO 36 274003 CREST, CREMA DENTAL, BICARBONATO, TUBO DE 150 G 371.67 KG CAMBIO DE MARCA 36 274007 COLGATE, CREMA DENTAL, COMPLETE, TRIPLE ACCION, TUBO DE 100 300.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 36 277002 ROSA VENUS, BARRA, PZA DE 150 G 116.67 KG CAMBIO DE PRESENTACION 36 281003 ADORABLE, PAPEL HIGIENICO, 4 ROLLOS DE 400 HOJAS C/U 35.50 PAQ CAMBIO DE MARCA 37 001002 LA MERCED, BLANCO, SUPER EXTRA, SUPER EXTRA, BOLSA DE 907 G 23.15 KG CAMBIO DE MARCA 37 001004 SOS, BLANCO, SUPER EXTRA, BOLSA DE 1 KG 33.00 KG CAMBIO DE MARCA 37 004004 GAMESA, SALADAS, CRACKETS, PAQ DE 135 G 133.33 KG CAMBIO DE MARCA 37 021010 NUTRI DELI, DE PAVO, VIRGINIA, PAQ DE 250 G 132.00 KG CAMBIO DE MARCA 37 028002 ENTERO, SIERRA, A GRANEL 120.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 37 035004 SOYAPAC, DE SOYA, BOLSA DE 1 KG 330.00 KG CAMBIO DE MARCA 37 044001 CHILCHOTA, S/SAL, BARRA DE 90 G 207.78 KG CAMBIO DE MARCA 37 045005 HASS, A GRANEL 60.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 081004 PIMIENTO MORRON, A GRANEL 60.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 084003 TAMBORILES, DULCES, ENCHILADO, BOLSA DE 30 PZAS, DE 135 GR 184.44 KG CAMBIO DE MARCA 37 093002 CAMPBELL´S, CREMA, DE ELOTE, BOTE DE 430 G 109.07 KG CAMBIO DE MARCA 37 093003 KNORR, CREMA, DE CHAMPIÑONES, BOTE DE 510 G 86.28 KG CAMBIO DE MARCA 37 102003 ZUKO, POLVO, SABOR PIÑA, RINDE 2 L, SOBRE DE 13 G 7.00 SOBRE CAMBIO DE PRESENTACION 37 102008 ZUKO, POLVO, SABOR MELON, RINDE 2 L, SOBRE DE 13 G 6.00 SOBRE CAMBIO DE PRESENTACION 37 110004 GUESS, PLAYERA, 85% ALGODON - 15% VISCOSA 690.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 111011 ABRIL, TINES, PAQ DE 3 PARES, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO 49.99 PAQ CAMBIO DE MARCA 37 112007 GEORGE, TINES, PAQ 5 PZAS, 97% POLIESTER - 3% OTRAS FIBRAS 69.00 PAQ NUEVO MODELO 37 117009 WILSON, PANTALON, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 289.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 117014 AERO STRONG WOMEN, PANTALON, 98% ALGODON - 2% POLIESTER 229.99 PZA CAMBIO DE MARCA 37 121004 BEAUTY SECRET, BRASIER, PAQ DE 2 PZAS, 95% POLIESTER - 5% EL 299.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 37 122019 THAT´S IT, P/NIÑA, BRASIER, 92% POLIESTER - 8% ELASTANO 199.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 125004 CONTINENTAL, DEPORTIVO, JGO DE 2 PZAS, 100% POLIESTER 249.90 JGO ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 37 127005 MATT & MEGAN, VESTIDO, 100% ALGODON 699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 136002 HUSH PUPPIES, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 999.00 PAR CAMBIO DE MARCA 37 149008 MESA, DE CENTRO, JGO DE 3 PZAS, MOD LUCERNA 3770.00 JGO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 150003 WHIRLPOOL, CAMPANA EXTRACTORA, ACERO INOX, MOD WHW9910S 10495.36 PZA NUEVO MODELO 37 153006 SOFT SENSATIONS, COBERTOR, MATRIMONIAL, MOD 3510, 100% POLIE 549.00 PZA CAMBIO DE MARCA 37 153007 926, COBERTOR, MAT, 100% POLIESTER, MOD 9ZY6 799.90 PZA CAMBIO DE MARCA 37 158002 WHIRLPOOL, 6 QUEM, 30ˮ, ENC ELECT, HORNO, MOD WFR5100S 19899.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 160003 SAMSUNG, LAVADORA, 22 KG, 8 CICLOS, MOD WA22A3350GW 11690.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 37 160005 KOBLENZ, LAVADORA, 23 KG, MOD LRK-2311A 4499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 37 160007 MAYTAG, LAVADORA, 25 KG, 11 CICLOS, MOD 7MMVW5035PW 26899.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 163002 RECORD, 5 VEL, VASO PLASTICO, MOD HS-200D 1999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 37 164007 T-FAL, VAPOR, SUELA ANTIADHERENTE, MOD FV2880X0 1599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 37 166004 TRAMONTINA, BATERIA, JGO DE 18 PZAS, MOD M-4146, COLOR NEGRO 2639.50 JGO CAMBIO DE MARCA 37 167002 MAINSTAYS, LOZA, VAJILLA, CERAMICA, JGO DE 16 PZS, MOD 1436 899.00 JGO CAMBIO DE MARCA 37 169001 PHILCO, LED, 8.5 WATTS, LUZ BLANCA, PAQ 3 PZAS, MOD 57025 72.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 37 169006 GEO POWER, LED, LUZ BLANCA, DE 10W 18.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 171001 ENERGIZER, AAA, RECARGABLE, PAQ DE 4 PZAS, MOD 1520 299.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 37 183006 SERV DOM, ASEO GRAL, PAGO SEMANAL 500.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 199008 DURANTE EL EMBARAZO, GINECOLOGO, PRIMERA VEZ 1550.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 204003 RENTA DE QUIROFANO, POR HORA 1860.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 37 206003 SUBCOMPACTO 399000.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 206004 COMPACTO 353500.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 206008 COMPACTO 362400.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 206011 USOS MULTIPLES 702900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 207001 ITALIKA, SCOOTER, WS150 SPORT, 150 CC, MOD 2025 23999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 207003 DINAMO, DE PISTA, R4, 250 CC, MOD 2025 59690.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 207004 ITALIKA, SCOOTER, D150, 149 CC, MOD 2025 20999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 37 215006 LAVADO Y ENGRASADO, DE MOTOR, INC/ASPIRADO Y ENCERADO 340.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 37 216012 CAMBIO DE AMORTIGUADORES, SEDAN, JGO DELANTERO, MANO DE 500.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 216014 CAMBIO DE BALATAS, MANO DE OBRA, POR LLANTA 200.00 SERV ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 37 230001 SOUNDCORE, ACCESORIOS, BOCINA, 140 W, PORTATIL, MOD RAVE3S 4999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 37 230004 SELECT SOUND, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETOOH, RAVE, MOD BT2018 2459.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 37 230005 APPLE, ACCESORIOS, ASIST VIRTUAL, HOMEPOD, MOD 1106672373 2299.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 230010 VSONIC, ACCESORIOS, BOCINA, BLUETHOOT, MOD BESTISAN SE02 2399.00 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 37 231006 ATVIO, 50ˮ, PANTALLA, ROKU, TV, MOD ATV-50FRF 6715.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 37 231008 JVC, 75ˮ, ROKU TV, MOD SI75URF 12990.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 37 231010 SAMSUNG, 43ˮ, NEO QLED, MOD QN43QN90DAFXZX 18819.85 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 237005 CLARO VIDEO, PELICULA, STREAMING, INFANTIL, RENTA, POR 24 HR 57.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 247007 SELANUSA, INSTR MUSICALES, PANDERO, DE PLASTICO, CHICO 58.50 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 37 247008 DELTA, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, MOD FDD1 88.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 37 247010 YAMAHA, INSTR MUSICALES, FLAUTA DULCE, MOD YRS-24B 130.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 265004 LONCHERIA, HAMBURGUESA, SINCRONIZADA, REFRESCO 109.00 ORDEN CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 274002 CREST, CREMA DENTAL, ANTI-SARRO, TUBO DE 140 ML 407.15 LT CAMBIO DE MARCA 37 281002 REGIO, PAPEL HIGIENICO, PAQ DE 40 ROLLOS DE 230 HOJAS C/U, NA 199.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 37 282008 OLD SPICE, CHAMPU, REFRESH, BOTE DE 400 ML 250.00 LT CAMBIO DE MARCA 37 285004 CORTE DE CABELLO, CABALLERO, A TIJERA 50.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 286001 TINTE, P/DAMA, MATERIAL Y MANO DE OBRA 250.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 37 288006 TRUZT, MOCHILA, 100% POLIESTER, MOD TRENDY 699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 38 011006 LA MODERNA, CODITOS, BOLSA DE 200 G 45.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 38 035001 MP, DE COCO, BOTE DE 1 L 35.00 LT CAMBIO DE MARCA 38 042007 PATRONA, ACEITE, MIXTO, BOTELLA DE 500 ML 45.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 735 38 083004 HERSHEY´S, LIQUIDO, CHOCOLATE, BOTE DE 589 G 171.48 KG CAMBIO DE MARCA 38 098009 EURO TE, DESHIDRATADO, VERDE, CAJA DE 40 G 1925.00 KG CAMBIO DE MARCA 38 099003 SANTA MARIA, NATURAL, BOTELLA DE 1 L 14.75 LT CAMBIO DE MARCA 38 104002 BACARDI, AÑEJO, CARTA SELECTA, BOTELLA DE 980 ML 487.75 LT CAMBIO DE PRESENTACION 38 104004 FLOR DE CAÑA, BLANCO, BOTELLA DE 750 ML 257.70 LT CAMBIO DE MARCA 38 122022 APPLE TREE, P/NIÑA, CORPIÑO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 34.99 PZA CAMBIO DE MARCA 38 148003 MOVVEL, COMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD IRLANDA 8799.00 JGO CAMBIO DE MARCA 38 149030 CORAZON DE PAROTA, ESCRITORIO, MOD TILCAJETE PAROTA 11970.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 38 169001 MP, AHORRADOR, ESPIRAL, 23 WATTS, MOD GVASP-23W 40.00 PZA CAMBIO DE MARCA 38 182003 LUNITA, VELADORA, VASO, MOD SEMANAL 35.00 PZA NUEVO MODELO 38 206001 SUBCOMPACTO 336700.00 UNIDAD NUEVO MODELO 38 206005 SUBCOMPACTO 349400.00 UNIDAD NUEVO MODELO 38 206006 SUBCOMPACTO 449400.00 UNIDAD NUEVO MODELO 38 206011 COMPACTO 361300.00 UNIDAD NUEVO MODELO 38 207009 HONDA, URBANA, GL150, CARGO 2026 39990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 38 211002 TYG, AUTOPARTES, FACIA DELANTERA, VERSA, MOD 2019 1150.00 PZA CAMBIO DE MARCA 38 216002 CAMBIO DE BALATAS, DELANTERAS, INCLUYE MANO DE OBRA, MO 1856.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 38 242004 SURTIPLANT, ARTIFICIALES, FLORES, RAMO, VIOLETA, MOD GL6 151 34.99 JGO NUEVO MODELO 38 253015 EL IMPARCIAL, PERIODICO, MATUTINO, LOCAL 13.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 38 265002 LONCHERIA, CLUB SANDWICH, AGUA DE SABOR LIMON, GDE 110.00 ORDEN CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 39 001006 BLANCO, LARGO, DELGADO, A GRANEL 19.13 KG CAMBIO DE MARCA 39 046001 AMARILLO, A GRANEL 130.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 39 059035 O/FRUTAS, JICAMA, A GRANEL 13.25 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 39 063007 A GRANEL 42.50 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 39 084012 NESTLE, CHOCOLATE, ABUELITA, 6 PZAS, CAJA DE 540 GR 259.26 KG CAMBIO DE PRESENTACION 39 089007 JELL-O, DE AGUA, SIN AZUCAR, SOBRE DE 25 GR 565.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 39 093002 CAMPBELL´S, CREMA, CHAMPIÑON, LATA DE 300 GR 130.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 39 098001 MCCORMICK, DESHIDRATADO, CAJA C/20 SOBRES DE 24 GR 1166.67 KG CAMBIO DE PRESENTACION 39 102005 NESTEA, POLVO, ORIGINAL, RINDE 2 LT, SOBRE DE 25 GR 9.50 SOBRE CAMBIO DE PRESENTACION 39 103003 PRESIDENTE, SOLERA, BOTELLA DE 900 ML 226.67 LT CAMBIO DE MARCA 39 111007 PATY, PANTIMEDIAS, 98% POLIAMIDA - 2% ELASTANO 40.00 PAQ CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 39 119001 VITOS, SUETER, 100% ACRILICO 1199.00 PZA NUEVO MODELO 39 119036 MASSIMO DUTTI, CHAMARRA, 100% POLIESTER 3295.00 PZA NUEVO MODELO 39 128001 RACO MEN, PANTS, 100% POLIESTER 159.99 PZA CAMBIO DE MARCA 40 017005 CHULETA, NATURAL, A GRANEL 130.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 018030 MOLIDA, ESPECIAL, A GRANEL 200.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 018031 COSTILLA, P/ASAR, A GRANEL 250.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 018033 RETAZO, C/HUESO, A GRANEL 150.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 025006 CARNEMART MP, TRIPAS, EN CUBO, A GRANEL 93.90 KG CAMBIO DE MARCA 40 084011 TRIDENT, DULCES, CHICLES, 18 PZAS, CAJA DE 34 G 970.59 KG CAMBIO DE PRESENTACION 40 089008 PRONTO, DE LECHE, FLAN C/CARAMELO, RINDE 1 L, CAJA DE 136 G 117.65 KG CAMBIO DE MARCA 40 095005 DEL VALLE, DE FRUTAS, DE DURAZNO, BOTELLA DE 413 ML 36.21 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 40 098003 DAVENPORT, DESHIDRATADO, FRAMBUESA, 20 PZAS, CAJA DE 40 G 73.50 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 40 119022 MANCHESTER, SUETER, 50% ALGODON - 50% ACRILAN 999.00 PZA NUEVO MODELO 40 122025 RIMBROS, P/NIÑO, TRUSA, PAQ DE 2 PZAS, 100% ALGODON 149.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 40 126010 ZUCCA, VESTIDO, 100% POLIESTER 699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 40 127005 POLO CLUB, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 549.00 PZA CAMBIO DE MARCA 40 196016 QUETIAPINA GI, O/MED, PSIQ, TABLETAS, 60 DE 100 MG, LAB ULTR 299.00 CAJA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 40 198005 XIKU, LENTES, ARMAZON Y MICAS, C/ANTIREFLEJANTE, MOD FC8008 1499.00 PAR CAMBIO DE MARCA 40 212003 QUAKER STATE, ACEITE, MULTIGRADO, SAE 20W-50, BOLSA 946 ML 137.42 LT CAMBIO DE PRESENTACION 40 238020 CANON, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD EOS R50 RF-S 18-45MM F4.5-6.3 24999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 40 239003 EA SPORT, VIDEOJUEGO, DISCO, P/SWITCH, FC26 1499.00 PZA CAMBIO DE MARCA 41 005005 SAN BLAS, DE TRIGO, PAQ DE 1 KG 18.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 006012 SAN MIGUEL, POZOLERO, PRECOCIDO, BOLSA DE 900 GR 34.44 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 020009 SAN ANTONIO, DE CERDO, A GRANEL 88.00 KG CAMBIO DE MARCA 41 038002 ZWAN, MANCHEGO, A GRANEL 188.00 KG CAMBIO DE MARCA 41 042001 CANOIL, ACEITE, CANOLA, BOTELLA DE 946 ML 59.46 LT CAMBIO DE MARCA 41 047002 A GRANEL 18.25 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 050011 CHINO, PZA 27.25 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 058012 DON AGUSTIN, EN ALMIBAR, DURAZNOS, MITADES, LATA DE 820 G 60.98 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 066003 LA MORENA, JALAPEÑOS, ENTEROS, LATA DE 380 G 71.05 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 084015 TRIDENT, DULCES, CHICLES, MENTA, PAQ DE 18 PZAS, 30.6 G 653.59 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 084024 DE LA ROSA, DULCES, MALVAVISCOS, BIANCHI, GRANDE, BOLSA DE 4 100.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 085008 ST DALFOUR, MERMELADA, DE FRESA, FCO DE 284 G 348.59 KG CAMBIO DE MARCA 41 099011 PEÑAFIEL, MINERAL, BOTELLA DE 1 L 21.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 101001 PREDATOR, ENERGIZANTE, ENERGY, RED APPLE, LATA DE 473 ML 35.94 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 105005 GRAN CENTENARIO, REPOSADO, BOTELLA DE 950 ML 336.84 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 108008 DOS EQUIS XX, CLARA, LAGER, LATADE 473 ML 50.74 LT CAMBIO DE PRESENTACION 41 116001 WEEKEND, PANTALON, 99% POLIESTER - 1% ELASTANO 499.00 PZA CAMBIO DE MARCA 41 121009 CUIDADO CON EL PERRO MP, TANGA, 76% POLIAMIDA - 24% ELASTANO 89.90 PZA NUEVO MODELO 41 122006 CREYSI, P/NIÑA, CAMISETA, 100% ALGODON 429.00 PZA CAMBIO DE MARCA 41 122011 BARBIE, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 3 PZAS, 50% ALGODON - 50% 55.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 41 123007 ANGELITOS, PLAYERA, 100% ALGODON 42.00 PZA CAMBIO DE MARCA 41 124003 GIANFRANCO, TRAJE, 64% POLIESTER - 32% VISCOSA - 4% ELASTANO 1999.00 TRAJE CAMBIO DE MARCA 41 127001 GEORGE, VESTIDO, 100% ALGODON 179.00 PZA CAMBIO DE MARCA 41 137003 VOIT, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 339.00 PAR CAMBIO DE MARCA 41 141005 COLOCACION DE PISO, LOZETA, INSTALACION, COSTO POR MT2 190.00 SERV ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 41 160003 LG, LAVASECADORA, 14 KG, GRIS, MOD WD14VV3S6C 16499.00 UNIDAD NUEVO MODELO 41 161006 MABE, 10 PIES, C/DISPENSADOR DE AGUA, MOD RMA250FYMRQ 7059.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 41 162002 RECORD, VENTILADOR, DE PEDESTAL, 12ˮ, MOD RASHI 1799.00 UNIDAD NUEVO MODELO 41 163007 HAMILTON BEACH, 3 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD 58600 1499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 41 175003 HARPIC, SANITARIO, WHITE&SHINE, PAQ DE 5 PASTILLAS, 45 G C/U 74.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 41 182009 BIG DE JESUS, VELADORA, VASODE CRISTAL, MOD ESPIRAL 35.00 PZA CAMBIO DE MARCA 41 194004 CBD LIFE, NATURISTA, GOMITAS, FRUTOS ROJOS, BOTE DE 30 PZAS, 309.00 FCO CAMBIO DE PRESENTACION 41 222005 SEGUNDA CLASE 29.00 BOLETO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 41 230011 STF, ACCESORIOS, BOCINA, PORTATIL, MOD ST-S49308 1899.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 41 268012 REST, DESAYUNO, PAQ CLUB ESPECIAL, SANDWICH, FRUTA, JUG 119.00 ORDEN CAMBIO DE MODALIDAD 41 277001 NIVEA, CREMA P/AFEITAR, MEN, PROTEC & CARE, LATA DE 200 ML 99.95 PZA CAMBIO DE MARCA 41 282007 PALMOLIVE, CHAMPU, CAPRICE, NATURALS, ACEITE HERBAL, BOTELLA 61.33 LT CAMBIO DE PRESENTACION 41 284002 MENNEN, P/BEBE, ACEITE, BABY MAGIC, HUMECTANTE, BOTE DE 200 99.00 PZA CAMBIO DE MARCA 41 284010 EQUATE, ART DE TOCADOR, QUITA ESMALTE, BOTELLA DE 550 ML 63.00 PZA CAMBIO DE MARCA 41 287007 BISUTERIA, ARETES, MOD CRUZ 45.32 PAR CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 42 001002 JB, BLANCO, SUPER EXTRA, BOLSA DE 900 G 27.22 KG CAMBIO DE PRESENTACION 42 002001 BARCEL, FRITURAS, DE MAIZ, TAKIS, FUEGO, BOLSA DE 70 G 278.57 KG CAMBIO DE PRESENTACION 42 002003 SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHEETOS, TORCIDITOS, BOLSA DE 5 254.55 KG CAMBIO DE PRESENTACION 42 013001 PASTEL, FRUTAL, MEDIAND, PZA 289.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 42 032002 NESTLE, PROD LACTEO, SVELTY, BAJO EN GRASA, LATA DE 1600 G 178.13 KG CAMBIO DE PRESENTACION 42 034004 FORTI PLUS, RECONSTITUIDA, BOTE DE 1 L 16.25 LT CAMBIO DE MARCA 42 040003 DANONINO, O/QUESOS, PETIT SUISSE, FRESA, PAQ DE 4 PZAS DE 84 138.39 KG CAMBIO DE MARCA 736 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 42 069003 ISADORA, REFRITOS, PERUANOS, BOLSA DE 400 G 45.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 42 069004 ISADORA, REFRITOS, NEGROS, BOLSA DE 400 GR, 50.00 KG CAMBIO DE MARCA 42 086003 MAGNUM, PALETA, ALMENDRAS, PZA DE 72.1 G 721.22 KG CAMBIO DE PRESENTACION 42 090004 ENFAGROW, MATERNIZADA, PRO SELECT, ETAPA 3, LATA DE 375 G 480.01 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 42 096004 INTERNACIONAL, REGULAR, TRADICIONAL, FCO DE 50 G 510.00 KG CAMBIO DE MARCA 42 098003 MCCORMICK, DESHIDRATADO, TE NEGRO, CAJA DE 25 SOBRES, 37.5 G 31.00 CAJA CAMBIO DE PRESENTACION 42 105001 JOSE CUERVO, REPOSADO, ESPECIAL, BOTELLA DE 990 ML 213.64 LT CAMBIO DE MARCA 42 110005 DENNISE COLLINS, BLUSA, 98% ALGODON - 2% ELASTANO 199.99 PZA CAMBIO DE MARCA 42 116007 SILVERADO, PANTALON, 99% ALGODON - 1% OTROS 329.00 PZA CAMBIO DE MARCA 42 117001 CIMARRON, PANTALON, 77.5% ALGODON - 22.5% OTROS 289.00 PZA NUEVO MODELO 42 117004 REFILL, PANTALON, 75% ALGODON - 25% OTROS 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 42 117009 JENNIFER MOORE, SHORT, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 199.99 PZA CAMBIO DE MARCA 42 117010 SIMPLY BASIC, SHORT, 100% POLIESTER 169.00 PZA NUEVO MODELO 42 118003 CIMARRON, PANTALON, 64% ALGODON - 36% OTROS 249.00 PZA NUEVO MODELO 42 118009 LEVI´S, SHORT, 100% ALGODON 449.00 PZA CAMBIO DE MARCA 42 122010 DISNEY, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 2 PZAS, 97% ALGODON - 3% 79.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 42 123012 BABY COLORS, PAÑALERO, PAQ DE 3 PZAS, 50% ALGODON - 50% POLI 199.00 PAQ NUEVO MODELO 42 127006 SIMPLY BASIC, PANTALON, 73% ALGODON - 27% OTROS 269.00 PZA NUEVO MODELO 42 129008 LOVEST, PIJAMA, JGO DE 2 PZAS, 100% POLIESTER 319.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 42 135006 CKLASS, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 599.00 PAR CAMBIO DE MARCA 42 151002 GONCAD, BASE P/COLCHON, INDIVIDUAL, MOD CORREA 3235.00 PZA NUEVO MODELO 42 153005 PROVIDENCIA, COBERTOR, IND, 100% POL, MOD PAW PATROL 269.00 PZA NUEVO MODELO 42 154004 STARHAUS, MATRIMONIAL, JGO DE 4 PZAS, 100% MICROFIBRA, MOD I 329.00 JGO CAMBIO DE MARCA 42 156003 CONTINENTAL, MINISPLIT, 115V, MOD CEDAC011MX 5995.00 UNIDAD NUEVO MODELO 42 162007 OSTER, BATIDORA, 5 VEL, MOD 2499-013 599.00 UNIDAD NUEVO MODELO 42 162008 OSTER, PROCESADOR, DE ALIMENTOS, MOD BLSTAFB-013 922.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 42 164001 KOBLENZ, VAPOR, KERAMIK, MOD PKK-950SAZ 2099.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 42 168001 SUPER EL GALLO, GANCHOS, DE ROPA, PAQ DE 10 PZAS, MOD GRANDE 35.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 42 171003 EVEREADY, AAA, GOLD, PAQ DE 4 PZAS, MOD 7421 84.00 PZA CAMBIO DE MARCA 42 179003 SC JOHNSON, INSECTICIDA, AEROSOL, RAID, MAX, BOTE DE 285 ML 69.50 BOTE CAMBIO DE PRESENTACION 42 198001 HOME CARE, APARATOS MEDICOS, BAUMANOMETRO, MOD 2600 330.00 PZA NUEVO MODELO 42 207004 HERO, URBANA, 160 CC, MOD 160 HUNK 2026 45999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 42 212003 LTH, ACEITE, MULTIGRADO, SAE 20W-50, BOTE DE 946 ML 105.71 LT CAMBIO DE MARCA 42 230003 EVL, ACCESORIOS, BOCINA, MOD BF-14-01 3599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 42 239002 SONY, CONSOLA, PS5, 1TB, ASTRO BOT, GT7, MOD STANDARD BUNDLE 13999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 42 239003 MOJANG, VIDEOJUEGO, MINECRAFT, STARTE COLLECTION, PLAYSTATIO 879.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 42 247002 KAISER, INSTR MUSICALES, TECLADO, MOD MTC5490 1900.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 42 263002 BARBACOA, DE BORREGO, A GRANEL 400.00 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 42 272001 TIMCO, RASURADORA, MOD BSK-9300 273.00 UNIDAD NUEVO MODELO 42 278005 MAJA, LOCION, CLASICA, BOTELLA DE 100 ML 391.00 FCO CAMBIO DE MARCA 42 283004 NATURELLA, TOALLAS, INVISIBLE NOCTURNO, C/ALAS, PAQ DE 10 PZ 45.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 43 007004 MASA DE MAIZ, A GRANEL 18.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 43 020004 EL MEXICANO, DE CERDO, RANCHERO, A GRANEL 107.13 KG CAMBIO DE MARCA 43 059011 TORONJA, AMARILLA, A GRANEL 12.25 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 43 082004 MP, REFINADA, BOLSA DE 2 KG (2000 G) 36.48 KG CAMBIO DE PRESENTACION 43 084016 IBARRA, CHOCOLATE, EN TABLETA, PAQ DE 540 G 195.41 KG CAMBIO DE MARCA 43 115004 FABRIK, PLAYERA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 69.99 PZA CAMBIO DE MARCA 43 115005 BLUE SIXTEEN, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON 169.99 PZA CAMBIO DE MARCA 43 118008 NEO CITY, PANTALON, 96% ALGODON - 4% ELASTANO 339.00 PZA CAMBIO DE MARCA 43 122019 OPTIMA MP, P/NIÑA, CAMISETA, 100% ALGODON 44.90 PZA CAMBIO DE MARCA 43 137002 FILA, P/ADULTO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 1499.00 PAR CAMBIO DE MARCA 43 147014 AMERICA, QUEEN SIZE, MOD 135-510 MILAN 5349.00 PZA CAMBIO DE MARCA 43 151002 FLAROMA, RECAMARA, KING SIZE, JGO DE 5 PZAS, MOD HADAR PAROT 11999.00 JGO CAMBIO DE MARCA 43 159011 LG, 1.1 PIES, MOD TOUCH 3090.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 43 172006 MP, PAPEL, ALUMINIO, ROLLO DE 24 MT 84.00 ROLLO CAMBIO DE MARCA 43 178002 PRINCESA, LIQUIDO, BLANCO, BOTE DE 3.5 L (3500 ML) 33.71 LT CAMBIO DE MARCA 43 182009 PROFINA, VELADORA, FAROLITO, REPUESTO, MOD NO 4 18.50 PZA CAMBIO DE MARCA 43 206008 COMPACTO 826900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 43 206009 SUBCOMPACTO 348700.00 UNIDAD NUEVO MODELO 43 207003 HONDA, URBANA, NAVI, 110 CC, MOD 2026 33490.00 UNIDAD NUEVO MODELO 43 207010 VENTO, SCOOTER, AXUS, 170 CC, MOD 2026 19999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 43 210011 CENTELLA, RIN 14, 185/65, MOD MAGNA 829.00 PZA CAMBIO DE MARCA 43 230011 ROKU, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, STICK PLUS, MOD 3830MX 1195.00 UNIDAD NUEVO MODELO 43 230018 HKPRO, ACCESORIOS, BOCINA, MOD HKSB120 1199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 43 239009 SONY, CONSOLA, PS5, 825 GB, MOD DIGITAL BUNDLE 12999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 43 247006 CANVA, DESCARGA DE SOFTWARE, PLAN PRO, ANUAL 1210.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 43 252005 PLANETA, LITERARIO, NOSOTROS EN LA LUNA, KELLEN ALICE 398.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 43 268004 REST, SOPA DE TORTILLA, NEW YORK GRILL Y CERVEZA 490.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 43 282009 BIOEXPERT, ACONDICIONADOR, PLACENTA VEGET, BOTELLA D 650 ML 132.31 LT CAMBIO DE MARCA 43 284002 NUVEL, P/BEBE, LOCION, COLONIA, FCO DE 225 ML 20.00 FCO CAMBIO DE PRESENTACION 43 284006 DE LA VEGA, ART DE TOCADOR, CORTAUÑAS, GRANDE, MOD 2564 50.00 PZA CAMBIO DE MARCA 43 287019 GUTZA, BISUTERIA, COLLAR, MOD GM1316-2C-5 44.82 PZA CAMBIO DE MARCA 44 003001 KELLOGGS, DE MAIZ, ZUCARITAS, CAJA DE 380 GR 147.37 KG CAMBIO DE MARCA 44 009003 BIMBO, INTEGRAL, PAQUETE DE 610 GR 121.14 KG CAMBIO DE PRESENTACION 44 032002 ALPURA, DESLACTOSADA, BOLSA DE 150 GR 226.67 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 44 074002 SABRITAS, RUFLES QUESO, BOLSA DE 48 GR 416.67 KG CAMBIO DE MARCA 44 155008 SM, CORTINA, ENCAJE, 2 X 2.80, FORRO 260.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 44 182005 VELADORA MEXICO, VELADORA, MICHELADA, SAGRADO CORAZON 32.00 PZA CAMBIO DE MARCA 44 208001 X- RUSH, INFANTILES, R 22, MOD XR-R22B-02 2490.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 44 210001 MARSHAL, RIN 14, 185/70 R14, MOD MH15 1164.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 44 238003 FOTOGRAFIA, VIDEO, SESSION, TRASH THE DRESS, ALBUM DIG 14000.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 44 239005 EA SPORTS, VIDEOJUEGO, XBOX, MOD FC 26 1399.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 44 284001 CONAIR, ART DE TOCADOR, CEPILLO, OVALADO, PEINE, MOD.85533X 69.00 JGO CAMBIO DE MARCA 44 291003 PAQ PREVISION, ATAUD MADERA MDF, ECO, FUNE Y TRASL 24000.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 45 093002 HERDEZ, PURE DE TOMATE, CONDIMENTADO, CAJA DE 210 G 37.14 KG CAMBIO DE MARCA 45 113005 SIMPLY BASIC, TINES, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 14.00 PAR CAMBIO DE MARCA 45 127005 GEORGE, PANTALON, 64% ALGODON - 29% POLIESTER - 7% OTRAS FIB 279.00 PZA NUEVO MODELO 45 128003 ECKO UNLTD, PANTS, 100% POLIESTER 417.50 PZA CAMBIO DE MARCA 45 133002 KINDER, HUARACHES, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 460.00 PAR ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 45 135003 KARLE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 400.00 PAR CAMBIO DE MARCA 45 148003 DOMOBLE, ANTECOMEDOR, 7 PZAS (M-6S), MOD CHOCOLATE 13900.00 JGO NUEVO MODELO 45 151005 MELE, BASE P/COLCHON, MATRIMONIAL, MOD LAREDO 5699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 45 178001 PINOL, LIQUIDO, BOTELLA DE 828 ML 39.86 LT CAMBIO DE MARCA 45 180003 ADORABLE, SERVILLETAS, PAQ DE 500 PZAS 46.50 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 45 206002 USOS MULTIPLES 533740.00 UNIDAD NUEVO MODELO 45 239003 EA SPORTS, VIDEOJUEGO, DISCO, PS5, MOD FC26 1579.00 PZA NUEVO MODELO 46 033001 CORINA, EVAPORADA, LATA DE 354 ML 67.77 LT CAMBIO DE PRESENTACION 46 040002 PREMIUM, O/QUESOS, GOUDA, CREMA, PZA DE 400 GR 234.75 KG CAMBIO DE MARCA Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 737 46 100007 COCA COLA, REFRESCO, COLA, BOTELLA DE 600 ML 37.50 LT CAMBIO DE MARCA 46 107003 RIUNITE, TINTO, LAMBRUSCO, BOTELLA DE 750 ML 211.55 LT CAMBIO DE MARCA 46 116009 YALE, PANTALON, 100% POLIESTER 334.00 PZA CAMBIO DE MARCA 46 117004 STRONA, PANTALON, 73.7% ALGODON - 19.2% POL - 6% RAY - 1.1% 399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 46 117009 ANAGRAM, PANTALON, 100% POLIESTER 179.99 PZA CAMBIO DE MARCA 46 118004 AMERICAN CREW, PANTALON, 79% ALGODON - 18% POLIESTER - 3% EL 229.00 PZA CAMBIO DE MARCA 46 119019 SILK SKIM, SUDADERA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 750.00 PZA CAMBIO DE MARCA 46 120003 PERLA NEGRA, BOXER, 97% ALGODON - 3% ELASTANO 39.99 PZA CAMBIO DE MARCA 46 122005 SIMPLY BASIC, P/NIÑA, CORPIÑO, 95% ALGODÓN - 5% ELASTANO 49.00 PZA CAMBIO DE MARCA 46 123010 CARYCAR, TRAJE, 100% POLIESTER, DE 4 PZAS 1540.00 PZA NUEVO MODELO 46 126010 BASIC CONCEPTS, VESTIDO, 83% POLIESTER - 12% VISCOSA - 5% EL 349.00 PZA CAMBIO DE MARCA 46 129003 DARONG COLLECTION, PIJAMA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 299.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 46 129006 M S M, MALLON, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 80.00 PZA CAMBIO DE MARCA 46 148002 ROMASA, ANTECOMEDOR, JGO DE 7 PZAS (M-6S), MOD DIAMANTE 18360.00 JGO CAMBIO DE MARCA 46 149007 PROMISA, CAJONERA, MOD LARI 3438.50 PZA NUEVO MODELO 46 150002 MABE, CAMPANA EXTRACTORA, MOD CMID90SSXO 9630.00 PZA NUEVO MODELO 46 162003 TAURUS, BATIDORA, MOD MIX & CO 319.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 46 171002 MITZU, AA, RECARGABLES, PAQ DE 2 PZAS 114.80 PAQ CAMBIO DE MARCA 46 172002 REYNOLDS WRAP, PAPEL, ROLLO DE 10 MT 74.00 ROLLO CAMBIO DE MARCA 46 206007 SUBCOMPACTO 339990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 46 212004 LUCAS, ADITIVO, PARA GASOLINA, BOTE DE 155 ML 793.55 LT CAMBIO DE MARCA 46 230004 FIVE TV, ACCESORIOS, ASIST VIRTUAL, ALEXA, MOD H97N6S 2049.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 46 230005 XONORUM, ACCESORIOS, BOCINA, MOD ST-S68566 8049.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 47 093003 MARUCHAN, SOPA, INSTANTANEA, CAMARON, BOTE 64 G 421.88 KG CAMBIO DE MARCA 47 122011 P/NIÑA, PANTALETAS, 100% ALGODON 13.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 47 126008 NOVEDADES EIRA VAZQUEZ, FALDA, 100% POLIESTER 169.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 47 140004 LAMOSA, PISO, AZULEJO, 44 X 44, MOD SINTRA 139.00 MT2 CAMBIO DE MARCA 47 148002 COMEDOR, 5 PZAS (M-4S), MOD GALES 10999.00 JGO NUEVO MODELO 47 149010 CAJONERA, MOD 5 CAJONES 2600.00 PZA NUEVO MODELO 47 151002 RECAMARA, KS, 5 PZAS, MOD NEVADA 18999.00 JGO NUEVO MODELO 47 151004 RECAMARA, 5 PZAS, KS, MOD NEVADA 18999.00 JGO NUEVO MODELO 47 164001 POWERXL, VAPOR, SUELA CERAMICA, MOD MINERAL GLIDE 890.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 47 164005 T FAL, MOD FV6843 2299.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 47 165004 HKPRO, EXPRIMIDOR, DE CITRICOS, ELECTRICO, MOD HKE-24 799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 47 179001 H24, INSECTICIDA, AEROSOL, CASA Y JARDIN, BOTE DE 460 ML 72.00 BOTE CAMBIO DE MARCA 47 208005 BENOTTO, DE MONTAÑA, R29, 21 VEL, MOD E291DS 5999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 47 230001 STF, ACCESORIOS, AUDIFONOS, INALAMBRICO, MOD AURUM 399.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 47 231001 ATVIO, 50ˮ, ROKU TV, 4K UHD, MOD ARK5017 6190.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 47 231002 DAEWOO, 50ˮ, SMART TV, 4K, MOD DAW50UR 7499.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 48 129001 BEAUTY SECRET, CAMISON, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 229.00 PZA CAMBIO DE MARCA 48 150002 DICO MP, ALACENA, MADERA, MOD YECT CAFE 3649.00 PZA CAMBIO DE MARCA 48 162009 VORTEX, VENTILADOR, DE MESA 18ˮ, MOD AFV1212 895.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 48 168002 PYMSA, JARRA, DE 5L, C/TAPA, MOD JUMBO 98.00 PZA CAMBIO DE MARCA 48 195007 NUTRISA MP, CAPSULAS, VITAMINA E, FCO 120 DE 550 MG 255.00 FCO CAMBIO DE MARCA 48 206012 USOS MULTIPLES 520900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 48 207004 ITALIKA, URBANA, CC149.6, WS150 SPORT, MOD 2026 25999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 48 207005 YAMAHA, SCOOTER, RAY ZR, MOD 2026 39999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 48 216002 ALINEACION Y BALANCEO, NISSAN VERSA 2023 750.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 48 222007 SERVICIO DE LUJO 999.00 BOLETO CAMBIO DE MODALIDAD 48 230004 JBL, ACCESORIOS, BOCINA, MOD PARTY BOX ENCORE ESSENT 3999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 48 231002 HISENSE, 65ˮ, SMART TV UHD 4K, MOD 65A65NFM 10636.99 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 49 001003 VERDE VALLE, BLANCO, SUPER EXTRA, BOLSA DE 1 KG 39.75 KG CAMBIO DE MARCA 49 002001 SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHEETOS, TORCIDITOS, BOLSA DE 5 318.18 KG CAMBIO DE PRESENTACION 49 010001 OREJA, PZA 10.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 49 016002 DEL HOGAR, TOTOPOS, BOLSA DE 280 G 117.86 KG CAMBIO DE PRESENTACION 49 017004 LOMO, BISTEC, A GRANEL 159.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 49 029004 ALTAMAR, EN CONSERVA, ALMEJAS, EN SALMUERA, LATA DE 210 G 259.52 KG CAMBIO DE PRESENTACION 49 030004 YOPLAIT, PROD DE LECHE, FLAN, VAINILLA, VASO DE 100 G 80.00 KG CAMBIO DE MARCA 49 040002 MP, O/QUESOS, GOUDA, REBANADO, PAQ DE 600 G 220.00 KG CAMBIO DE MARCA 49 042004 YBARRA, ACEITE, OLIVA, EXTRA VIRGEN, AROMATICO, BOTELLA DE 5 420.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 048002 PERSA, A GRANEL 8.75 KG CAMBIO DE PRESENTACION 49 054003 MIEL, MEDIANA, PZA 21.25 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 49 059001 PARADISE, O/FRUTAS, FRAMBUESA, CAJA DE 125 G 312.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 49 059004 O/FRUTAS, COCO, PZA 43.70 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 49 074003 BARCEL, CHIP´S, SAL, BOLSA DE 170 G 294.12 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 074004 BARCEL, CHIP´S, JALAPEÑO, BOLSA DE 52 G 384.62 KG CAMBIO DE PRESENTACION 49 084001 DE LA ROSA, DULCES, ENCHILADO, PULPARINDO, ORIGINAL, CAJA DE 251.78 KG CAMBIO DE MARCA 49 096002 JACOBS, REGULAR, GOURMET, SUAVE, FCO DE 95 G 1147.37 KG CAMBIO DE MARCA 49 100010 COCA COLA, REFRESCO, COLA, RETORNABLE, BOTELLA DE 2500 ML 17.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 110003 OPTIMA MP, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 79.90 PZA CAMBIO DE MARCA 49 112004 OPTIMA MP, CALCETAS P/HOMBRE, PAQ DE 5 PARES, 97% POLIESTER 119.00 PAQ NUEVO MODELO 49 119029 LOB MP, CHAMARRA, 100% POLIAMIDA 499.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 122016 BEBE, P/NIÑA, BRASIER, JGO DE 2 PZAS, 90% POLIESTER - 10% EL 199.00 JGO ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 49 122024 BC KIDS, P/NIÑA, PANTALETAS, 89% POLIAMIDA - 11% ELASTANO 89.50 PZA CAMBIO DE MARCA 49 124004 ROSSELLINI, TRAJE, JGO DE 3 PZAS, 100% POLIESTER 1299.99 TRAJE CAMBIO DE MARCA 49 124008 CARLO CORINTO, TRAJE, 77% POLIESTER - 23% OTROS 2990.00 TRAJE CAMBIO DE MARCA 49 126002 LOB MP, VESTIDO, 88% POLIESTER - 12% ELASTANO 699.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 126008 SIMPLE FASHION, VESTIDO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 239.00 PZA CAMBIO DE MARCA 49 126010 COFFEE BEAN, VESTIDO, 85% VISCOSA - 15% POLIAMIDA 699.00 PZA CAMBIO DE MARCA 49 126012 THAT´S IT, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 799.00 PZA CAMBIO DE MARCA 49 126036 JENNIFER MOORE, FALDA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 149.99 PZA CAMBIO DE MARCA 49 129012 ROSE GIRL, BATA, JGO DE 2 PZAS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 150.00 JGO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 130026 LEVI´S, GORRA, 100% ALGODON, MOD 0418 539.10 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 49 134002 FORESTER, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 549.50 PAR CAMBIO DE MARCA 49 134003 DOROTHY GAYNOR MP, ZAPATOS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 949.00 PAR CAMBIO DE MARCA 49 137005 VOIT, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 339.00 PAR CAMBIO DE MARCA 49 147002 SERTA, MATRIMONIAL, MOD VISTA 4999.00 PZA NUEVO MODELO 49 151002 SEALY, BASE P/COLCHON, QUEEN SIDE, MOD ENERGY 2 4949.00 PZA NUEVO MODELO 49 154007 VIANNEY MP, KING SIZE, 100% POL, MOD VIASOFT 699.00 JGO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 155014 VIANNEY MP, TOALLAS, DE BAÑO, 100% ALGODON, MOD CARIBE 389.00 PZA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 49 156001 HISENSE, MINISPLIT, 220V, MOD ART122KAW 6439.44 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 49 157006 RCA, ASPIRADORA, CANISTER, MOD RC-A2 1895.00 UNIDAD ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 49 162006 BLACK+DECKER, CAFETERA, 12 TAZAS, MOD CM1331S-LA 929.79 UNIDAD NUEVO MODELO 49 166005 T-FAL, SARTEN, VITAL, JGO DE 2 PZAS, 20/24 CM, MOD 038500202 799.90 JGO ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 49 169002 MP, LED, 15 WATTS, LUZ BLANCA, MOD 8989 25.00 PZA CAMBIO DE MARCA 49 196014 LEVONERGESTREL GI, ANTICONCEP, TAB, 1 DE 1.5 MG, LAB FA 86.50 CAJA ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 49 199008 ESPECIALISTA, TRAUMATOLOGO 1000.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 49 206001 COMPACTO 546900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 738 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 49 206010 DE LUJO 682900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 49 230006 HKPRO, ACCESORIOS, BOCINA, PROF, 12ˮ, MOD HKSB165 1599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 49 238003 GO PRO, CAMARA DE VIDEO, MOD HERO 13 BLACK 9399.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 49 247003 YAMAHA, INSTR MUSICALES, TECLADO, MOD PSR - E383 5398.65 PZA NUEVO MODELO 49 251004 LAROUSSE, PRIMARIA, LIBRO INTEGRADO 1, ANA ESQUIVEL SANTOS 229.00 EJEMPL CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 251014 LAROUSSE, SECUNDARIA, HISTORIA 3, LORENA ARENAS VALLE 284.00 EJEMPL CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 49 254002 KYMA, CARPETA, PANORAMICA DE ARGOLLA, 1ˮ, ROSA, 200 HOJAS, 74.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 49 254010 OFFICE MAX MP, BOLIGRAFO, DE GEL, PAQ DE 6 PZAS, MOD 62065 63.50 PAQ NUEVO MODELO 49 274001 SENSODYNE, CREMA DENTAL, REPARA Y PROTEGE, TUBO DE 100 G 1155.00 KG CAMBIO DE MARCA 49 284003 FANELLE, ART DE TOCADOR, CEPILLO, MOD FCE9 90.00 PZA CAMBIO DE MARCA 49 284008 HUGGIES, P/BEBE, CREMA, SUEÑOS DE LAVANDA, BOTE DE 250 ML 59.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 001006 PRECISSIMO, BLANCO, EXTRA, LARGO, BOLSA DE 900 GR 21.67 KG CAMBIO DE MARCA 50 002002 BARCEL, FRITURAS, DE MAIZ, TAKIS FUEGO, BOLSA DE 150 GR 399.34 KG CAMBIO DE PRESENTACION 50 002003 POPCORNOPOLIS, PALOMITAS, POP, KARAMELADAS, BOLSA DE 45 GR 305.56 KG CAMBIO DE PRESENTACION 50 012002 MARINELA, PASTELILLO, GANSITO, BOLSA DE 150 GR 372.67 KG CAMBIO DE PRESENTACION 50 022001 BACHOCO, EN PZAS, PECHUGA, FILETE, S/HUESO, A GRANEL 190.90 KG CAMBIO DE MARCA 50 029004 ALTAMAR, EN CONSERVA, MEJILLONES, AHUMADOS, ENTEROS, 85 GR 645.88 KG CAMBIO DE MARCA 50 081009 PIMIENTO MORRON, VERDE, A GRANEL 51.50 KG CAMBIO DE PRESENTACION 50 084002 MP, DULCES, MALVAVISCOS, BOLSA DE 210 GR 90.48 KG CAMBIO DE PRESENTACION 50 090003 NAN, MATERNIZADA, ETAPA 2, LATA DE 1200 GR 420.82 KG CAMBIO DE MARCA 50 093005 DEL FUERTE, PURE DE TOMATE, BOLSA DE 3000 GR 61.66 KG CAMBIO DE PRESENTACION 50 100001 PEPSI, REFRESCO, SABOR, VITA, FRESA, BOTELLA DE 600 ML 26.67 LT ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 50 101003 VIVE 100, ENERGIZANTE, ORIGINAL, BOTELLA DE 400 ML 27.50 LT CAMBIO DE PRESENTACION 50 112002 WILSON, CALCETAS P/HOMBRE, 100% FIBRAS RECUPERADAS 145.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 50 114007 CUIDADO CON EL PERRO MP, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER 99.90 PZA NUEVO MODELO 50 115006 MAYORAL, CAMISA, 100% ALGODON 720.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 116005 WILSON, SHORT, 100% POLIESTER 209.00 PZA NUEVO MODELO 50 118010 PUSH, PANTALON, 82% ALGODON - 16% POLIESTER - 2% ELASTANO 499.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 119016 FANTASTIC GIRLS, SUETER P/NIÑA, 50% VISCOSA - 28% POLIESTER - 279.90 PZA CAMBIO DE MARCA 50 119032 REFILL, SUDADERA, 100% POLIESTER 529.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 123009 BABY COLORS, VESTIDO, 100% POLIESTER 299.00 PZA NUEVO MODELO 50 128004 CHEROKEE, PIJAMA, 100% POLIESTER 399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 133001 SINFONIA KB, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 149.00 PAR CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 50 135001 IVANNA FUENTES, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 179.00 PAR CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 50 148005 NEW WORKS, ANTECOMEDOR, 5 PZAS, (M-4S), MOD ALTO GIA BROWN 12499.00 JGO CAMBIO DE MARCA 50 150003 GE PROFILE, CAMPANA EXTRACTORA, MOD CAP9019P 23270.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 50 154004 HAUS, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER 989.00 JGO CAMBIO DE MARCA 50 155010 ELRENE, CORTINAS, TELA, 100% COTTON, MOD WILTON 66.00 JGO CAMBIO DE MARCA 50 156001 ATVIO, CALEFACTOR, CUARZO ALTO, MOD QH24 799.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 50 158001 WHIRLPOOL, 6 QUEM, 30ˮ, ACERO INOX, MOD WFR700B 9699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 50 159006 VISSANI, 1.1 PIES, ACERO, MOD 167378 2425.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 50 160001 OSTER, LAVADORA, 20 KG, MOD OS-SAWMK0020GW 7990.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 50 161001 MABE, 11 PIES, MOD RMA300FJMRE0 10199.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 165004 HANDY HELPERS, BATIDORA MANUAL, MOD 30571303 70.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 172002 GRAND BRAND, BOLSA, GRANDE, C/14 PZAS. 44.90 CAJA CAMBIO DE MARCA 50 174003 FLAMA, PAQ DE 10 DE 32 LUCES C/U 23.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 50 177001 REYNERA, UTENSILIOS, ESCOBA, MOD BASIC-A 62.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 177005 FIBRASOL, FIBRA, CON ESPONJA, MOD 02636 15.00 PZA NUEVO MODELO 50 196011 SOLDRIN, O/MED, OFTAL, 10 ML, LAB PIZA 8200.00 LT CAMBIO DE MARCA 50 206001 SUBCOMPACTO 387795.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 206003 COMPACTO 427900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 206005 COMPACTO 506700.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 206006 SUBCOMPACTO 599990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 208001 GETGO, URBANA, R-26, MOD GETLUCKY MORADO 4899.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 230004 SELECT SOUND, ACCESORIOS, BOCINA, MOD BT1017 299.90 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 50 230008 LG XBOOM, ACCESORIOS, BOCINA, MOD GRAB 2999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 50 238003 DREAMTECH, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD CAM4K 1599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 50 241004 CHARLY, CALZADO, P/FUTBOL, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 939.00 PAR CAMBIO DE MARCA 50 273001 ULTRA KEHEL, RIMEL, PZA DE 13 GRS 42.00 PZA CAMBIO DE MARCA 50 281006 REGIO, PAPEL HIGIENICO, JUST-1, PAQ DE 12 ROLLOS 4X 210.00 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 50 287005 NICOLE, BISUTERIA, COLLAR, MOD 30402157 27.00 PZA CAMBIO DE MARCA 51 084006 SNICKERS, CHOCOLATE, RELLENO DE CARAMELO, CACAHUATE, PZA DE 479.17 KG CAMBIO DE MARCA 51 086003 MAGNUM, PALETA, CLASICA, VAINILLA C/COBERTURA DE CHOCOLATE, 422.22 LT ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 51 086004 DON SEBASTIAN, HELADO, NUEZ, VASO CHICO 30.00 VASO ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 51 096001 VILAFLOR, REGULAR, FCO DE 90 G 746.67 KG CAMBIO DE MARCA 51 119014 GIANNI FERAUD, SUETER, 65% VISCOSA - 35% POLIESTER 199.99 PZA CAMBIO DE MARCA 51 153002 INTIMAHOGAR, COLCHA, KS, 4 PZAS, 100% POL, MOD CIUDAD LUZ 1299.00 JGO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 51 158002 KOBLENZ, 6 QUEM, MOD EK-1131 VA-ICHIC 9299.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 51 160005 KOBLENZ, LAVADORA, 22 KG, MOD LR-2213P ZORAYA 5990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 51 161002 WINIA, 9 PIES, MOD WRT-9000WATX 6699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 51 177003 IDEAL, UTENSILIOS, ESCOBA, MOD CEPILLO 79.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 51 207003 HONDA, URBANA, 162.7 CC, INVICTA, MOD CB160F-2026 51990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 51 230008 ROKU, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, K4, MOD STICK PLUS - 3830X 1049.00 UNIDAD NUEVO MODELO 51 239001 SONY, CONSOLA, PS5, 1TB, ED DIGITAL SLIM, MOD CFI-2015 13999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 51 253001 THE MIXTECA TIMES, PERIODICO, ED MARTES 12.00 EJEMPL CAMBIO DE MARCA 51 254001 NORMA, COLORES, CAJA DE 24 PZAS 165.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 52 002004 SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, CHEETOS, BOLSA DE 55 G 309.09 KG CAMBIO DE PRESENTACION 52 005005 TRES ESTRELLAS, P/HOT CAKES, TRADICIONALES, CAJA DE 500 G 71.00 KG CAMBIO DE MARCA 52 019001 MARKETSIDE, PROCESADAS, CARNE P/HAMBURGUESAS, PAQ DE 8 PZAS 142.71 KG CAMBIO DE PRESENTACION 52 025004 TRIPAS, A GRANEL 100.00 KG ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 52 032003 NESTLE, ENTERA, NIDO, KINDER 1+, BOTE DE 360 G 270.28 KG CAMBIO DE PRESENTACION 52 042005 CANOIL, ACEITE, CANOLA, BOTELLA DE 946 ML 42.18 LT CAMBIO DE MARCA 52 074004 SABRITAS, ORIGINAL, BOLSA DE 42 G 476.19 KG CAMBIO DE PRESENTACION 52 084009 SNICKERS, CHOCOLATE, BARRA DE 48 G 416.67 KG CAMBIO DE MARCA 52 095004 DEL VALLE, DE FRUTAS, MANGO, BOTELLA DE 413 ML 53.27 LT CAMBIO DE MARCA 52 101003 VOLT, ENERGIZANTE, LATA DE 473 ML 46.51 LT ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 52 110002 PHILOSOPHY, BLUSA, 80% VISCOSA - 20% POLIAMIDA 599.00 PZA NUEVO MODELO 52 113003 CCP KIDS, TINES, PAQ DE 4 PARES, 73.4% ALG - 23.8% POL - 2.8 99.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 52 113004 DRAGON BALL Z, CALCETINES, 51.70% ALG - 40.30% POL - 8% OTRO 59.90 PAR CAMBIO DE MARCA 52 119039 VITTORIO FORTI MP, CHAMARRA, 100% POLIAMIDA 690.00 PZA NUEVO MODELO 52 147002 SPRING AIR, INDIVIDUAL, MOD REGULAR CONFORT FIRME 12149.55 PZA NUEVO MODELO 52 150003 ´TEKA, FREGADERO, 2 TINAS, S/ESCURRIDOR, MOD DM33.22, 2C 6900.00 PZA NUEVO MODELO 52 153003 MAINSTAYS, EDRECOLCHA, MATRIMONIAL, 100% POLIESTER, MOD CERE 389.00 JGO NUEVO MODELO 52 158002 MABE, 6 QUEM, 30ˮ, ACERO INOXIDABLE, MOD EMH7602JBS0 17199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 52 159002 MABE, 1.05 PIES, MOD 3MH7032 3959.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 52 159003 MABE, 1.1 PIES, MOD HMM111BS 2225.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 52 160002 MABE, LAVADORA, 19 KG, CARGA SUPERIOR, MOD LMA79114VBAK0 13449.00 UNIDAD NUEVO MODELO 52 161002 SAMSUNG, 22 PIES, MOD RF22A4110S9 25099.00 UNIDAD NUEVO MODELO Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 739 52 164001 T-FAL, MOD ULTRAGLISS PLUS FV6822 1614.15 UNIDAD NUEVO MODELO 52 164002 OSTER, 1600 W, MOD GCSTAC6901-013 660.00 UNIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 52 164004 OSTER, VAPOR, C/ROCIO, MOD GCSTBS-3801 359.00 UNIDAD NUEVO MODELO 52 166001 JADECOOK, BATERIA, 13 PZAS, MOD JADE PRO SERIES 4724.14 JGO CAMBIO DE MARCA 52 206012 SUBCOMPACTO 496900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 52 207002 DINAMO, CROSS, MOTOR 250, MOD SPORT R4 2026 64465.00 UNIDAD NUEVO MODELO 52 207004 HONDA, DE PISTA, 162.7 CC, MOTOR OHC, MOD CBF160 INVICTA 202 38986.77 UNIDAD NUEVO MODELO 52 207006 YAMAHA, URBANA, 5 VEL, MOD YBR125EXPRESS 2026 38999.00 UNIDAD NUEVO MODELO 52 230004 KSR, ACCESORIOS, BOCINA, MOD MSA-7515SC 2199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 52 238008 DREAMTECH, CAMARA FOTOGRAFICA, MOD CAM4K 1599.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 52 250001 SALON DE FIESTAS, P/100 PERSONAS, C/MOBILIARIO Y ESTACI 7000.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 52 274001 CREST, CREMA DENTAL, BICARBONATO, TUBO DE 150 ML 400.00 LT CAMBIO DE PRESENTACION 52 279004 GILLETTE, RASTRILLO, VENUS, SUAVE, PAQ DE 2 PZAS 79.50 PAQ CAMBIO DE PRESENTACION 53 033008 PRONTO, CONDENSADA, LATA DE 380 GR 72.96 KG CAMBIO DE MARCA 53 035001 NATURE´S HEART, DE ALMENDRA, SIN AZUCAR, BOTE DE 946 ML 46.25 LT CAMBIO DE MARCA 53 058004 BOTANUKAS, SEMILLAS, CACAHUATES, ENCHILADOS, BOLSA DE 135 GR 155.56 KG CAMBIO DE PRESENTACION 53 093003 CUP NOODLES, SOPA, DE POLLO, VASO DE 64 GR 203.13 KG CAMBIO DE MARCA 53 100013 JOYA, REFRESCO, SABOR, DURAZNO, BOTELLA 600 ML 35.00 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 53 101001 BOOST, ENERGIZANTE, MORA AZUL, LATA 235 ML 101.70 LT CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 53 105005 JOSE CUERVO, REPOSADO, AGAVE AZUL, BOTELLA DE 695 ML 266.19 LT CAMBIO DE MARCA 53 116018 CIMARRON, PANTALON, 100% ALGODON 319.00 PZA CAMBIO DE MARCA 53 119007 AEROPOSTALE, CHAMARRA, 75% POLIESTER - 25% POLIURETANO 1499.00 PZA NUEVO MODELO 53 119033 MIO MIO, SUETER, 40% VISCOSA - 32% NYLON - 28% OTROS 399.00 PZA CAMBIO DE MARCA 53 122017 CARTER´S, P/NIÑO, TRUSA, PAQ DE 6 PZAS, 60% ALGODON - 40% PO 349.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 53 122018 MP, P/NIÑA, PANTALETAS, PAQ DE 5 PZAS, 100% ALGODON 139.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 53 123012 GEORGE, PANTALON, 65% POLIESTER - 35% ELASTOIDENO 209.00 PZA NUEVO MODELO 53 124009 WALL STREET, SACO, 83% POLIESTER - 17% OTROS 799.00 PZA NUEVO MODELO 53 127006 REFILL, VESTIDO, 100% ALGODON 329.00 PZA NUEVO MODELO 53 131003 LAVADO Y SECADO, SERVICIO DE 2 KG 80.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 53 133005 SIMPLY BASIC, PANTUFLAS, CORTE TEXTIL - SUELA TEXTIL 179.00 PAR CAMBIO DE MARCA 53 135003 JOYCE, ZAPATOS, CORTE CHAROL - SUELA SINTETICA 1999.00 PAR NUEVO MODELO 53 137005 NEW BALANCE, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 1999.00 PAR CAMBIO DE MARCA 53 141002 COLOCACION DE PISO, METRO CUADRADO 130.00 SERV CAMBIO DE MODALIDAD 53 153006 REGINA, EDREDON, MAT, 4 PZAS, 100% POLIESTER, MOD CARLA 2199.00 JGO CAMBIO DE MARCA 53 162001 MYTEK, VENTILADOR, 3 VEL, MOD 3197 459.00 UNIDAD NUEVO MODELO 53 172007 COSTALITOS, BOLSA, MED, P/8 GALONES, PAQ DE 22 PZAS 35.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 53 174004 CLASICOS, PAQ DE 10, 50 LUCES C/U 27.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 53 206003 USOS MULTIPLES 879900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 53 206006 USOS MULTIPLES 483900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 53 206009 SUBCOMPACTO 434900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 53 206011 COMPACTO 398900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 53 206013 SUBCOMPACTO 329900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 53 230010 ROKU, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, STICK PLUS 4K, MOD 3830MX 1199.00 UNIDAD NUEVO MODELO 53 230015 ROKU, VIDEO, DISP.P/ STREAMING, EXPRESS, HD, 4 K, MOD 39 1199.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 53 231005 SONY, 50 PULGADAS, LED, SMART TV, ULTRA HD 4K, MOD KD-50X77L 11999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 53 238002 IMPRESION DIGITAL, IMPRESION 4 X 6 6.50 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 53 239006 LENOVO, CONSOLA, PORTATIL, 8ˮ, 512 G, MOD LEGION GO S 8ARP1 13999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 53 276003 REXONA, AEROSOL, ANTITRANSPIRANTE, MARINE, PZA DE 150 ML 83.90 PZA CAMBIO DE MARCA 54 002003 SABRITAS, FRITURAS, DE MAIZ, DORITOS NACHOS, BOLSA 58 G 401.38 KG CAMBIO DE PRESENTACION 54 003002 DE MAIZ, A GRANEL 66.50 KG CAMBIO DE MARCA 54 004006 CUETARA, SALADAS, PAN CUETARA, PAQ DE 150 G 62.00 KG CAMBIO DE MARCA 54 004009 MARINELA, DULCES, TRIKI TRAKES, PAQ DE 215 G 209.30 KG CAMBIO DE PRESENTACION 54 029002 CABO DE PEÑAS, EN CONSERVA, CALAMARES, AMERICANA, LATA DE 11 330.43 KG CAMBIO DE PRESENTACION 54 033009 NESTLE, CONDENSADA, LA LECHERA, ORIGINAL, LATA DE 387 G 78.81 KG CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 037003 DOBLE CREMA, BARRA 170.00 PZA CAMBIO DE PRESENTACION 54 074001 BARCEL, CHIP´S, SAL, BOLSA DE 52 G 423.08 KG CAMBIO DE PRESENTACION 54 090010 NUTRI FORMULA PLUS, MATERNIZADA, ETAPA 1, LATA DE 400 G 335.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 54 096005 MAXIMA PREMIUM, REGULAR, FCO DE 50 G 870.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 54 105002 100 AÑOS, REPOSADO, BOTELLA DE 650 ML 314.09 LT CAMBIO DE PRESENTACION 54 110008 KIWI, PLAYERA, 100% ALGODON 139.99 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 111008 ABRIL, TINES, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO 14.99 PAR CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 115002 CCP KIDS, PLAYERA, 100% ALGODON 129.00 PZA CAMBIO DE MARCA 54 117011 ANAGRAM, PANTALON, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO 199.99 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 119001 OVH, SUETER, 100% ACRILICO 299.99 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 122005 BLUEY, P/NIÑA, PANTALETAS, 96% ALGODON - 4% ELASTANO 199.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 54 126010 TOKYO, FALDA, 50% POLIURETANO - 50% POLIESTER 149.99 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 128006 K & D, PANTS, 90% POLIESTER - 10% ALGODON 139.99 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 54 134002 WEEKEND, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 849.00 PAR NUEVO MODELO 54 137003 AEROPOSTALE, P/ADULTO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 699.00 PAR CAMBIO DE MARCA 54 147001 SEALY, INDIVIDUAL, C/BOX, MOD VALENTINO 9799.20 JGO CAMBIO DE MARCA 54 150006 ACROS, CAMPANA EXTRACTORA, MOD AH7510D 3749.00 PZA CAMBIO DE MARCA 54 170013 BELLOTA, HERRAMIENTA, MARTILLO, MOD MAR-16 125.00 PZA CAMBIO DE MARCA 54 170015 FOY, HERRAMIENTA, PINZAS, DE ELECTRICISTA, MOD 142043 174.99 PZA CAMBIO DE MARCA 54 171004 RAYOVAC, AAA, ALCALINAS, PAQ DE 10 PZAS 104.50 PAQ ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 54 176002 UTIL, EN POLVO, FUERZA ACTIVA, BOLSA DE 1 KG 30.00 KG CAMBIO DE MARCA 54 192001 AVAPENA, TABLETAS, 20 DE 25 MG, LAB SANDOZ 230.00 CAJA CAMBIO DE MARCA 54 195001 CENTRUM, TABLETAS, FCO DE 60, LAB HALEON 347.02 FCO CAMBIO DE MARCA 54 206005 SUBCOMPACTO 468900.00 UNIDAD NUEVO MODELO 54 207003 MB, URBANA, 250 CC, SUPER 7 R LINE, MOD 2025 48999.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 54 207007 HONDA, URBANA, GL150, MOD CARG 2026 39990.00 UNIDAD NUEVO MODELO 54 230001 JBL, ACCESORIOS, BOCINA, INALAMBRICA, MOD CHARGE 6 4464.05 UNIDAD NUEVO MODELO 54 239001 EA SPORT, VIDEOJUEGO, DISCO, XBOX, SERIES X, MOD FC 26 1799.00 PZA NUEVO MODELO 54 279005 PRECISSIMO, RASTRILLO, DESECHABLES, PAQ DE 10 PZAS 37.90 PAQ CAMBIO DE MARCA 55 038008 LALA, MANCHEGO, PAQ DE 200 G 340.00 KG CAMBIO DE MARCA 55 044001 PRIMAVERA, S/SAL, BARRA DE 460 G 175.00 KG CAMBIO DE PRESENTACION 55 077005 HERDEZ, ENVASADAS, MIXTAS, ENSALADA, LATA DE 220 G 68.18 KG CAMBIO DE MARCA 55 110011 OKEY, BLUSA, 83% VISCOSA - 17% POLIAMIDA 538.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 55 117010 OKEY, PANTALON, 68% POLIESTER - 27% POLIAMIDA - 5% ELASTANO 685.00 PZA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 55 119033 SILVER SPOON, CHAMARRA P/NIÑA, 100% POLIESTER 299.00 PZA CAMBIO DE MARCA 55 126005 OKEY, TRAJE, CONJUNTO, 2 PZAS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO 1198.00 TRAJE CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 55 137011 GOLDEN XL, P/ADULTO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA 349.00 PAR CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 55 162009 OSTER, CAFETERA, 12 TAZAS, MOD BVSTOCS12RN 524.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 55 162011 BLACK+DECKER, CAFETERA, 12 TAZAS, MOD CM0916B 469.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 55 172003 FANTASY, CUBIERTOS, CUCHARAS, 50 PZAS 10.00 PAQ CAMBIO DE MARCA 55 200002 CUIDADO DENTAL, EXTRACCION, MOLAR 600.00 SERV ESCASEZ DEFINITIVA DEL GENERICO 55 215001 LAVADO, CARROCERIA, AUTO CHICO 150.00 SERV CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION 55 272003 HAIRSTAR, ALACIADORA, HAIR STRAIGHTENER 600.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA 55 272004 CONAIR, CEPILLO DE AIRE, MOD 74108 699.00 UNIDAD CAMBIO DE MARCA __________________________ 740 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez Juicio de Amparo 1278/2024-II EDICTO En auto de dos de diciembre de dos mil veinticuatro, emitido en el juicio de amparo 1278/2024-II, este Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, admitió la demanda promovida por Jesús Muñoz Enríquez, por propio derecho, contra actos del Fiscal Especializado en Delitos Cometidos por Fraccionadores y Contra el Ambiente de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México y otra autoridad y, en diverso de once de junio de dos mil veinticinco, se tuvo como persona tercera interesada a Carlos Antonio Pazarán Benavides y se ordenó su emplazamiento. El uno de diciembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar al citado tercero interesado por medio de edictos, a fin de hacerle saber la radicación del juicio y que puede comparecer al mismo a defender sus derechos dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente, por lo que queda en la Secretaría de este Juzgado, a su disposición, copia simple de la demanda de amparo, ocurso aclaratorio, escritos de ampliación y auto admisorio. Asimismo, se le informa que la celebración de la audiencia constitucional se fijó para las DIEZ HORAS CON VEINTIOCHO MINUTOS DEL DIEZ DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO. Atentamente Naucalpan de Juárez, Estado de México, cinco de diciembre de dos mil veinticinco. El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez Bernabé Vázquez Pérez Rúbrica. (R.- 571975) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con sede en Zapopan EDICTO: Mediante auto de seis de febrero de dos mil veinticinco, este Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado, admitió la demanda de garantías promovida por IGNACIO LUIS BASICH MORENO por propio derecho, contra actos del JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO, CON SEDE EN ZAPOPAN, JALISCO, JUEZ MIXTO DE TEQUILA JALISCO, Y DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD, DEL ESTADO DE JALISCO; quedó registrada con el número 63/2025, en la que reclamó todo lo actuado en el juicio 2365/2017 del índice de la autoridad responsable, el cual derivó en el embargo del bien inmueble propiedad del quejoso; así como el exhorto 243/2017 diligenciado en auxilio del JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO y la inscripción del embargo sobre el bien inmueble materia del amparo; en la cual se tuvo a Alfredo Cisneros Camacho, en su carácter de endosatario en Procuración de “DALUX”, Sociedad Anónima de Capital Variable, El Río Hábitat, Sociedad Anónima de Capital Variable y El Arenal Consoricio Empresarial Sociedad Anónima de Capital Variable, como terceros interesados, ordenándose emplazarlos a juicio, sin que a la fecha, se haya logrado los emplazamientos a todos los terceros ya que se encuentra pendiente el de El Arenal Consoricio Empresarial Sociedad Anónima de Capital Variable; por tanto, a fin de hacerle saber la radicación del juicio y pueda comparecer a éste a defender su derecho dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente; queda en la Secretaría de este Juzgado, a su disposición, copia simple de la demanda de garantías. Asimismo, se informa que la fecha para celebración de la audiencia constitucional está señalada para las DIEZ HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO. Atentamente "2025, Año de la Mujer Indígena" Zapopan, Jalisco, 30 de octube de 2025. El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Lic. Marcos Estrada Villanueva Rúbrica. (R.- 571038) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 741 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial Federal Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito Zapopan, Jal. EDICTOS A LAS TERCERAS INTERESADAS Zonia Cobar Vélez y Bernabé Veliz Gómez, también conocida como Bernabé Vélez Gómez En el amparo directo 527/2025 promovido por Francisco Bustos Valdivia, abogado patrono de la sucesión a bienes de Benjamín Martínez Barrios, contra actos de la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, consistente en la sentencia de tres de junio de dos mil veinticinco, dictada en el toca 173/2025; se ordenó emplazarlas por edictos para que comparezcan dentro de los treinta días siguientes de la última publicación, si a su interés legal conviene; en el entendido de que en la secretaría de acuerdos quedan a su disposición las copias de la demanda. Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y el periódico Excélsior. Zapopan, Jalisco, a veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. El Secretario de Tribunal José Neguib Beltrán Fernández Rúbrica. (R.- 571173) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan EDICTO Tercero interesado Sindicato Único de Trabajadores Agropecuarios de Jalisco "Ricardo Flores Magón". En el juicio de amparo 1891/2025, promovido por Antonio Espinoza Delgado, contra las autoridades y actos reclamados precisados en el escrito inicial de demanda, por este medio se determinó emplazarlo como tercero interesado; se le hace saber que puede apersonarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, a promover lo que a su interés estime pertinente, y que en la secretaría de este Juzgado está a su disposición copia de la demanda de amparo; apercibido que de no comparecer dentro de dicho término, se seguirá el juicio sin su intervención y las ulteriores notificaciones, incluso las de carácter personal se le practicarán por medio de lista. Ciudad Judicial Federal, Zapopan, Jalisco, 25 de noviembre de 2025. Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco Luis Antonio Castellanos Sánchez Rúbrica. (R.- 571546) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito Los Mochis, Sinaloa Amparo Indirecto 1020/2023-2 EDICTO Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Sinaloa. Los Mochis, Sinaloa, treinta de octubre de dos mil veinticinco. Centro de Población Agrícola denominado "Niños Héroes de Chapultepec", municipio de Ahome, Estado de Sinaloa tercero interesado Domicilio ignorado En el juicio de amparo 1020/2023-2, promovido por Marisol Moreno Delgado, en su carácter de albacea de la Sucesión de Ramón Moreno Robles y/o Ramón de Jesús Alfredo Moreno Robles, contra actos del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, con sede en la Ciudad de México y otras autoridades, se le reclama: 742 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 1. La afectación, privación ilegal, invasión y despojo de tierras de propiedad del quejoso RAMÓN MORENO ROBLES, también conocido como RAMÓN DE JESÚS ALFREDO MORENO ROBLES, que se destinaron a constituir el nuevo centro de población agrícola que se denominó "NIÑOS HÉROES DE CHAPULTEPEC", ubicado en el Municipio de Ahorne, del Estado de Sinaloa afectándose a mi representada la superficie de 1,302 hectáreas, con las características que se describen en el plano inserto en el hecho noveno de esta demanda. 2. La resolución presidencial publicada con fecha 21 de mayo de 1960 en el Diario Oficial de la Federación de fecha 4 de julio de 1960, por la cual se creó un nuevo centro de población agrícola denominado "Niños Héroes de Chapultepec", ubicado en el Municipio de Ahorne, en el Estado de Sinaloa, que fue dotado con una superficie total de 1,640 hectáreas las que fueron tomadas PARCIALMENTE de la finca rústica 1883, denominada "JAMBIOLABAMPO", finca propiedad del señor RAMÓN MORENO ROBLES, también conocido como RAMÓN DE JESÚS ALFREDO MORENO ROBLES, ahora su Sucesión como causahabiente de sus derechos la Sucesión quejosa. 3. La falta de notificación personal de dichos Decretos y resoluciones al señor RAMÓN MORENO ROBLES, también conocido como RAMÓN DE JESÚS ALFREDO MORENO ROBLES, ahora su Sucesión como causahabiente de sus derechos, habiéndose dejado de cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento y violando sus garantías individuales y derechos humanos, contenidos en los artículos 1°, 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Como se ignora domicilio del Centro de Población Agrícola denominado "Niños Héroes de Chapultepec", municipio de Ahome, Estado de Sinaloa, tercero interesado en juicio, se hace saber la existencia del amparo 1020/2023-2, admitido y se emplaza para que en treinta días ocurra al mismo, requiriéndole señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibida de no hacerlo, la subsecuentes aún las de carácter personal se le harán por lista que se fije en estrados este juzgado. La copia de demanda de amparo queda a su disposición en secretaría de este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Sinaloa, ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos y Fuente de Artemisa 2213, fraccionamiento Las Fuentes, altos, tercer piso, de Los Mochis, Sinaloa. Estos edictos se publicarán tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y Excélsior, de mayor circulación en el país, editado en la Ciudad de México, y el periódico "El Debate", de esta ciudad. La Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Sinaloa Lic. Nazaret Peñuelas Villegas Rúbrica. (R.- 572044) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito Ciudad de México DC 556/2025 “2025, Año de la Mujer Indígena” EDICTO En los autos del juicio de amparo directo D.C 556/2025, promovido por Forever 21 México, sociedad de responsabilidad limitada de capital variable, por conducto de su apoderada legal Mariana Alexandra Sánchez Pérez, contra actos del Juzgado Vigésimo de lo Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México, este Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito dictó un acuerdo que a la letra dice: “Ciudad de México, once de noviembre de dos mil veinticinco. “... se ordena emplazar por medio de edictos a la tercera interesada Herrero Verve, sociedad anónima de capital variable, a costa de la parte quejosa, mismos que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional… …en los edictos que se elaboren para emplazar a la parte tercera interesada Herrero Verve, sociedad anónima de capital variable, hágasele saber que deberá acudir al juicio en un plazo de treinta días contados a partir del siguiente a la última publicación, una vez hecho lo anterior o transcurrido ese plazo, contará con el término de quince días para formular alegatos o presentar amparo adhesivo, ante este Tribunal Colegiado, lo anterior con fundamento en los artículos 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles y 181 de la Ley de Amparo.” La Secretaria del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito Yazmín Giselle Osorio Lecona Rúbrica. (R.- 571263) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 743 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial del Estado de Oaxaca Consejo de la Judicatura Juzgado Especializado en Oralidad Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado Actuaría EDICTO CC. MARIA CRISTINA JACINTO MONTES Y SERGIO FABIO GOMEZ MONTES P R E S E N T E. En cumplimiento a lo dictado en autos de treinta de mayo y quince de julio ambos del dos mil veinticinco, dictado dentro del expediente Oral Mercantil número 147/2023, promovido por CARLOS LÓPEZ ESPINOZA, como apoderado legal del BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de MARÍA CRISTINA JACINTO MONTES en su carácter de acreditada Y SERGIO FABIO GOMEZ MONTES, en su carácter obligado solidario. Los emplazo por esta vía para que dentro de un PLAZO DE TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente a aquel en que queden legalmente notificados, comparezcan a deducir sus derechos contestando la demanda entablada en su contra, así mismo le informo que las copias del traslado correspondiente se encuentran a su disposición en la Primera Secretaría del Juzgado Especializado en Materia Oral Mercantil del Circuito Judicial del Centro y Civil en Materia de Extinción de Dominio para todo el Estado, para que se imponga de las mismas. Apercibiéndolos que de no dar contestación al plazo concedido se le tendrá por perdido el derecho no ejercitado y se continuará con la siguiente etapa, lo anterior con fundamentos en los artículos 1070 del Código de Comercio, y 115 del Código Local de Procedimientos Civiles en vigor, aplicado en forma supletoria al de materia. Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 22 de agosto de 2025. El Actuario del Juzgado Lic. Omar Sánchez Juárez Rúbrica. (R.- 571789) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México Juicio de Amparo 816/2025-VI EDICTO En los autos del juicio de amparo indirecto 816/2025-VI, promovido por Scotiabank Inverlat, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Scotiabank Inverlat, por conducto de su apoderado Cristian Iván López Páez, contra actos de la Junta Especial Número Catorce de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, consistente en la resolución de siete de febrero de dos mil veinticinco, mediante la cual declaró improcedente el incidente innominado de control constitucional, dictada en el juicio laboral 1161/2018; con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, emplácese por este medio a los terceros interesados José Gorbeña Marenco y Don Pepe Coffee, Sociedad Anónima de Capital Variable, al referido juicio de amparo, debido a que no fue posible su localización, agotada la búsqueda correspondiente, publicándose el presente edicto por TRES veces, de SIETE en SIETE días naturales en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndoles saber que deberán presentarse a las instalaciones que ocupa este órgano jurisdiccional, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación en San Lázaro, Eduardo Molina, Número 2, acceso 10, Nivel Plaza, Colonia del Parque, Delegación Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, en el término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, apercibida que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Juzgado de Distrito. Atentamente Ciudad de México, a 25 de noviembre de 2025. Secretario de Juzgado Cristina Jovani Ramos Quintero Rúbrica. (R.- 571875) 744 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México Amparo Indirecto 1180/2025-V EDICTO TERCERO INTERESADO: - Claudia Isela Guzmán González. En los autos del juicio de amparo indirecto 1180/2025-V, formado con motivo de la demanda promovida por Banca Afirme, Sociedad Anónima, Institución De Banca Múltiple, Afirme Grupo Financiero, se advierte que por auto de siete de octubre de dos mil veinticinco, se admitió a trámite y se señaló como acto reclamado la sentencia de cinco de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en el toca 1148/2025/1, por la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en la que resolvió lo conducente al recurso de apelación contra el auto de veintitrés de mayo de dos mil veinticinco, deducido del expediente 1809/2024, del índice del Juzgado Sexagésimo Cuarto Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, y mediante proveído de veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar por medio de edictos a la tercera interesada referida, que se tienen que publicar por una sola ocasión, requiriéndole para que se presente ante este juzgado dentro del término de treinta días contados del siguiente al de la publicación, ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, por medio de lista, en los estrados de este juzgado; asimismo, hágase del conocimiento de dicha tercera interesada que queda a su disposición en este Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio. Ciudad de México, a 26 de noviembre de 2025. El Secretario Raul Paredes León Rúbrica. (R.- 572005) AVISO Se informa que para la inserción de documentos en el Diario Oficial de la Federación, se deberán cubrir los siguientes requisitos: • Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del documento, fundando y motivando su petición conforme a la normatividad aplicable, con dos copias legibles. • Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles. • Versión electrónica del documento a publicar, en formato Word, contenida en un solo archivo, correctamente identificado. • Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales. El comprobante de pago se presenta en original y copia simple. El original del pago queda bajo resguardo de esta Coordinación del Diario Oficial de la Federación. Nota: No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las instituciones bancarias. Todos los documentos originales, entregados al Diario Oficial de la Federación, quedarán resguardados en sus archivos. Las solicitudes de publicación de licitaciones para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios, así como los Concursos a Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera, se podrán tramitar a través de la herramienta “Solicitud de publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación a través de medios remotos”, para lo cual además de presentar en archivo electrónico el documento a publicar, el pago correspondiente (sólo en convocatorias para licitaciones públicas) y la e.firma de la autoridad emisora del documento, deberá contar con el usuario y contraseña que proporciona la Coordinación del Diario Oficial de la Federación. Por ningún motivo se dará trámite a las solicitudes que no cumplan los requisitos antes señalados. Teléfonos: 55 50 93 32 00 y 55 51 28 00 00, extensiones 35078 y 35079. Atentamente Diario Oficial de la Federación Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 745 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Aguascalientes Amparo Indirecto 185/2025 EDICTO. Por ignorarse el domicilio de First Home Solutions, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, en su carácter de tercera interesada, por acuerdos de fecha veintidós de octubre y veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco, con fundamento en el último párrafo del inciso b), de la fracción III, del artículo 27, de la Ley de Amparo, en relación con el numeral 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa del ordinal 2o del cuerpo de leyes invocado en último término; se ordena el emplazamiento de la referida tercera interesada por medio de edictos, haciéndole saber la radicación en el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Aguascalientes, con sede en la ciudad del mismo nombre, del juicio de amparo 185/2025-VIII, promovido por Ghislaine Arlet Frías Sánchez por su propio derecho, contra el acto reclamado al Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Aguascalientes, Juez Quinto de lo Mercantil del Estado de Aguascalientes, así como al Notificador y Ejecutor adscritos al Poder Judicial del Estado de Aguascalientes; se le hace saber que debe presentarse ante este Juzgado dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, apercibida que, de no comparecer dentro del plazo concedido, se le harán las posteriores notificaciones por medio de lista que se fije y publique en los estrados de este órgano jurisdiccional; bajo el entendido que en lo que atañe a la citada persona moral, ésta podrá comparecer por conducto de su representante legal. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, por tres ocasiones, de siete en siete días. Aguascalientes, Aguascalientes, a uno de diciembre de dos mil veinticinco. Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Aguascalientes Licenciada María Soledad Torres Muguiro Rúbrica. (R.- 572145) AVISOS GENERALES Estados Unidos Mexicanos Gobierno de México Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana PUBLICACIÓN DE SANCIÓN. El diecinueve de diciembre del dos mil veinticinco, en el expediente administrativo número DGSP/DELC/PAS/073/2025, que obra en los archivos de la Dirección General de Seguridad Privada, se impuso a la prestadora de servicios de seguridad privada denominada AGENCIA T. RANGO, S.A. DE C.V., con número de autorización DGSP/008-20/4029 y domicilio ubicado en AV. PASEO DE LA REFORMA NÚM. 403 PISO 3, INT. 301, COLONIA CUAUHTÉMOC, CIUDAD DE MÉXICO, las siguientes sanciones: SUSPENSIÓN POR UN MES de los efectos de la revalidación de su autorización para prestar servicios de seguridad privada, prevista en el artículo 42 fracción III inciso a) de la Ley Federal de Seguridad Privada, la cual abarcara el ámbito territorial que tenga autorizado, incluida su oficina matriz y de ser el caso las sucursales con las que cuente, puesto que omitió atender el citatorio del dos de junio del dos mil veinticinco en consecuencia no permitió el acceso y no dio las facilidades necesarias para desarrollar la diligencia a la que se le citó, configurándose la oposición del prestador de servicios de referencia; por lo que incumple con los artículos 32 fracción XXV de la Ley Federal de Seguridad Privada y 53 fracción I de su Reglamento. Así lo resolvió y firma el Director General de Seguridad Privada, de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. Ciudad de México, a 22 de diciembre de 2025. Director General de Seguridad Privada Enrique Martínez Garza Rúbrica. (R.- 572147) 746 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Estados Unidos Mexicanos Tribunal Federal de Justicia Administrativa Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual Expediente: 1459/25-EPI-01-5 Actor: Emilio Larrosa Irigoyen “EDICTO” VERÓNICA SUÁREZ SOTO y ALEJANDRO POHLENZ SCHOENFELDER En el juicio 1459/25-EPI-01-5 promovido por EMILIO LARROSA IRIGOYEN en contra del Instituto Nacional del Derecho de Autor, en el que demanda la nulidad de 1) La autorización para que Emilio Larrosa Irigoyen sea excluido como autor de la obra titulada “Dos Mujeres un Camino” y que manifiesta desconocer, y 2) La anotación marginal de 14 de julio de 1994, que manifiesta conocer únicamente en copia simple más no en original, se dictó un auto el 27 de octubre de 2025 que ordenó emplazar a los terceros interesados VERÓNICA SUÁREZ SOTO y ALEJANDRO POHLENZ SCHOENFELDER por edictos con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, haciéndosele saber que tiene un término de treinta días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del edicto, para que comparezca en esta Sala ubicada en Av. México 710, Piso 4, Colonia San Jerónimo Lídice, Alcaldía Magdalena Contreras, C.P. 10200, Ciudad de México, apercibido que en caso contrario las notificaciones se realizarán por boletín jurisdiccional. Ciudad de México, a 27 de octubre de 2025. La Magistrada Instructora. Primer Secretario de Acuerdos de la Segunda Ponencia, en suplencia por la falta temporal de la Magistrada Titular e Instructora, ELIZABETH ORTIZ GUZMÁN, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 48, tercer párrafo, y 59, fracción X, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Mtro. Omar Herrera Salazar Rúbrica. Secretario de Acuerdos Lic. Andrés López Lara Rúbrica. (R.- 571977) Estados Unidos Mexicanos Querétaro, Querétaro Fiscalía General del Estado de Querétaro Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica NOTIFICACIÓN POR EDICTOS Con fundamento en los artículos 82 fracción III, 83, 229, 230, 231 y 232 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en cumplimiento a lo resuelto por un Juez del Sistema Penal Acusatorio y Oral del Distrito Judicial de Querétaro, en funciones de Juez del Control, mediante resolución del 22 de octubre de dos mil veinticinco; se notifica al propietario y/o interesado, que el vehículo Marca Tesla, tipo Cybertruk, color negro, modelo 2024, serie 7G2CEHED6RA005334, se encuentra asegurado como bien objeto material del delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, dentro del número único de causa CI/QRO/32109/2025, solicitado por la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del Estado de Querétaro. El vehículo permanecerá en resguardo de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, con las medidas de seguridad y control pertinentes, quedando a disposición del propietario y/o interesado el registro de aseguramiento para que manifieste lo que a su derecho convenga. Se le apercibe al propietario, interesado o su representante legal, que deberá abstenerse de ejercer actos de dominio sobre el bien asegurado y que de no manifestar lo que a su derecho convenga en un término de noventa días naturales siguientes a la notificación, el bien causará abandono a favor del Gobierno del Estado de Querétaro, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Querétaro, Querétaro, 01 de diciembre de 2025. Fiscal Acusador Especializado, encargado de la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción Licenciado Roberto García Muñiz Rúbrica. (R.- 571972) Lunes 19 de enero de 2026 DIARIO OFICIAL 747 Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL EN LA ZONA GEOGRÁFICA ÚNICA UBICADA EN EL MUNICIPIO DE ACUÑA, COAHUILA DE ZARAGOZA PERMISO G/25914/DIS/2024 Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Juan F. Brittingham 311-3, Ciudad Industrial Torreón, Coah., C.P. 27019; en cumplimiento a lo establecido en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la Determinación de Tarifas y el Traslado de Precios para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS-001-2007, hace del conocimiento al público en general y a los usuarios que preste el servicio de distribución de gas natural en la Zona Geográfica Única ubicada en el municipio de Acuña, Coahuila de Zaragoza, la lista de tarifas máximas aprobadas por la Comisión Nacional de Energía que entrarán en vigor cinco días hábiles después de la presente publicación. Lista de tarifas máximas – pesos de octubre de 2025 Cargos tarifarios Unidades Residencial Comercial/ Industrial 1 Industrial 2 Rangos de consumo (Gigajoule/Mes) 0.00 - Infinito 0.00 – 13,000.00 13,000.01 – Infinito Cargo por servicio Pesos/Mes 39.7898 194.0194 2,084.5750 Distribución con comercialización1 Pesos/GJ 104.5577 34.6202 0.0000 Distribución simple Cargo por capacidad Pesos/GJ 99.8348 33.0564 16.2877 Cargo por uso Pesos/GJ 4.7229 1.5638 0.7705 Cifras expresadas en pesos de octubre de 2025. 1/ El cargo de distribución con comercialización aplica únicamente a usuarios con consumo de hasta 5,000.00 Gigajoules anuales. Otros cargos regulados – pesos de octubre de 2025 Cargos tarifarios Unidades Residencial Comercial/ Industrial 1 Industrial 2 Rangos de consumo (GJ/Mes) 0.00 - Infinito 0.00 – 13,000.00 13,000.01 – Infinito Conexión estándar2 Pesos/Acto 0.0000 6,829.9978 59,699.0753 Conexión no estándar Pesos/Metro 852.8128 1,314.2768 2,071.2899 Desconexión/Reconexión Pesos/Acto 163.9873 491.9933 585.4720 Cifras expresadas en pesos de octubre de 2025. 2/ Corresponde a la tubería, válvula, medidor y accesorios para la conducción de energía con una longitud de hasta 30 metros. Torreón, Coahuila., a 02 de enero de 2026. Gas Natural del Noroeste S.A. de C.V. Representante Legal Ing. Hortensia Lizeth Moreno Aparicio Rúbrica. (R.- 572144) AVISO Se comunica que las cuotas por derechos de publicación a partir del 1 de enero de 2026, son las siguientes: 1/8 de plana $ 2,843.00 2/8 de plana $ 5,686.00 3/8 de plana $ 8,529.00 4/8 de plana $ 11,372.00 6/8 de plana $ 17,058.00 1 plana $ 22,744.00 1 4/8 planas $ 34,116.00 2 planas $ 45,488.00 Los Recibos Bancarios de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales por concepto de publicación únicamente son vigentes durante el ejercicio fiscal en que fueron generados, por lo que no podrán presentarse comprobantes de pago realizados en 2025 o anteriores para solicitar la prestación de un servicio en 2026. Atentamente Diario Oficial de la Federación 748 DIARIO OFICIAL Lunes 19 de enero de 2026 Diario Oficial de la Federación Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Directorio Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos Claudia Sheinbaum Pardo Secretaria de Gobernación Rosa Icela Rodríguez Velázquez Subsecretario de Gobernación César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera Titular de la Unidad de Gobierno Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara Coordinador del Diario Oficial de la Federación Alejandro López González Cuotas por derecho de publicación: Oficinas ubicadas en: Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México. Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios. Página web: www.dof.gob.mx Esta edición consta de 748 páginas 1/8 de plana.................. $ 2,843.00 4/8 plana ...................... $ 11,372.00 1 plana ......................... $ 22,744.00