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Análisis del DOF · 30 de diciembre de 2025

Diario Oficial de la Federación, Edición Matutina, No. de publicación 353/2025, Ciudad de México, martes 30 de diciembre de 2025

Tipo de documento: Edición del Diario Oficial de la Federación (compendio: Decretos, Resoluciones, Acuerdos, Lineamientos, Programas Institucionales, Convenios, Convocatorias y Avisos)

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Estadísticas

4 Hallazgos
4 Categorías de riesgo
4 Vacíos regulatorios
2 Menciones explícitas de IA
3 Menciones implícitas de IA

Metadatos

Fecha de publicación
30 de diciembre de 2025
Dependencia emisora
Presidencia de la República y diversas dependencias (SEGOB, SEMAR, SHCP-CNBV, SE, SADER, SICT, Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, SEP-INEA, SECIHTI-INAOE, Salud, Turismo, Consejo de Salubridad General, CONAFOR, PRODECON, Banco de México, INE, SEDENA, SSPC)
Sector
Multisectorial (Financiero, Ciencia y Tecnología, Educación, Infraestructura/Transporte, Forestal/Ambiental, Salud, Fiscal, Electoral y Contrataciones Públicas)
Ámbito de aplicación
Federal
Severidad máxima
Media
Veredicto de revisión
aceptable

Categorías de riesgo presentes

Síntesis ejecutiva

Esta edición matutina del DOF (30 de diciembre de 2025) es un compendio multisectorial encabezado por un Decreto de expropiación para el Tren Interurbano AIFA-Pachuca y dominado en extensión por una voluminosa Resolución de la CNBV (SHCP) sobre requerimientos de capitalización (riesgo de crédito, mercado y operacional) de las Sociedades Financieras Populares, que es casi en su totalidad regulación prudencial y fórmulas contables sin relación con la inteligencia artificial. El resto incluye acuerdos de días inhábiles, convenios, programas institucionales, un acuerdo de zonificación forestal, y largas secciones de convocatorias de adquisiciones y avisos judiciales. La IA aparece de forma explícita únicamente en el Programa Institucional del INAOE (SECIHTI), que fija como visión de largo plazo el desarrollo de 'aportaciones pioneras' en inteligencia artificial y computación neuromórfica en el marco de la 'soberanía tecnológica', sin acompañarlo de un marco de ética, seguridad o gobernanza de la investigación (gap de fomento, R10/R15). De manera implícita, se identifican dos dominios sensibles: la habilitación de autenticación biométrica (huella, iris/retina, voz) para usuarios de Sociedades Financieras Populares en la Resolución de la CNBV, sin salvaguardas detalladas sobre las plantillas biométricas (R3); y la infraestructura de datos del programa INEA (registro automatizado de formación, sistema de control escolar, plataforma AprendeINEA, padrón de beneficiarios y confronta CURP/RENAPO) que procesa datos personales de poblaciones vulnerables y podría ser base de perfilamiento o exclusión (R3/R2). En el mismo programa se identifica además un procedimiento de selección de personas voluntarias con subsidio basado en criterios de ordenamiento y prelación (calificación de examen, nivel de estudios, fecha de registro) susceptible de automatización y de efectos diferenciales en contra de poblaciones rurales e indígenas, sin análisis de impacto ni mecanismo de impugnación explícito (R2). Ninguno de los hallazgos describe un sistema de IA en operación que tome decisiones automatizadas sobre personas; se trata de un fomento programático a la IA y de infraestructuras tecnológicas/de datos con gaps regulatorios. Por ello el nivel de riesgo máximo es Media y no se requiere atención urgente, aunque sí monitoreo: conviene que el impulso al desarrollo de IA en los CPIs se acompañe de gobernanza, y que el uso de biometría financiera y la interoperabilidad de padrones sociales (RENAPO) incorporen salvaguardas de privacidad y no discriminación.

Contexto mexicano

Consideraciones especiales

  • El fomento al desarrollo de IA de frontera mediante Centros Públicos de Investigación (INAOE/SECIHTI) avanza más rápido que la construcción de una política nacional de ética y seguridad de IA, generando un gap de gobernanza por omisión.
  • El uso de biometría (huella, iris/retina, voz) en el sector de ahorro y crédito popular afecta a población de bajos ingresos y rural, donde errores de reconocimiento o filtraciones de datos biométricos irreemplazables pueden traducirse en exclusión financiera.
  • La dependencia de la CURP y de la base de datos de RENAPO como llave de acceso a programas sociales (INEA) puede excluir a las personas más marginadas que carecen de documentación vigente.
  • La narrativa de 'soberanía e independencia tecnológica' es transversal al documento, pero no se traduce todavía en mecanismos concretos de transparencia algorítmica, apertura de modelos o auditoría.

Capacidad de implementación

Media-Baja. Existen marcos relevantes (Ley General de Protección de Datos Personales, atribuciones de la CNBV en materia financiera, Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación), pero no hay una autoridad ni un marco específico de gobernanza de IA. La supervisión de privacidad enfrenta capacidades institucionales limitadas, agravadas tras la reestructuración de los órganos garantes, y la fiscalización del fomento científico carece de criterios de seguridad de IA. El enforcement sobre biometría financiera y sobre interoperabilidad de padrones depende de capacidades de inspección dispersas.

Precedentes relevantes

  • Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (tratamiento de datos biométricos y de padrones de beneficiarios).
  • Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (invocada expresamente por los Lineamientos del INEA).
  • Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (marco del Programa Institucional del INAOE y del Sistema Nacional de Centros Públicos de Investigación).
  • Disposiciones de la CNBV en materia de autenticación y seguridad para entidades del sector de ahorro y crédito popular (Ley de Ahorro y Crédito Popular).
  • Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y Programa Sectorial de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación 2025-2030 (eje de soberanía tecnológica).

Hallazgos

Hallazgos detectados por el análisis. Expande cada uno para ver el fragmento original y las recomendaciones.

Ciencia, Tecnología e Innovación (Investigación y Desarrollo Experimental) Explícito Media

ID de hallazgo: H1

Dominio regulatorio

Ciencia, Tecnología e Innovación (Investigación y Desarrollo Experimental)

Vacío regulatorio

Fragmento original

Liderazgo científico y tecnológico global, con aportaciones pioneras en astrofísica, óptica cuántica, nanoelectrónica, inteligencia artificial, computación neuromórfica y tecnologías emergentes de alto impacto social y económico.

Ubicación en el documento: SECIHTI - Programa Institucional del Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica (INAOE) 2025-2030, sección 5.2 Visión de Largo Plazo (Visión 2045)

Análisis de relevancia

Esta es una de las dos únicas menciones explícitas de 'inteligencia artificial' en toda la edición del DOF (la otra, en la sección 5.1.1, la enumera como una de las áreas de la 'ciencia de frontera' a nivel global junto con la tecnología cuántica y la exploración espacial). El INAOE, Centro Público de Investigación adscrito a la SECIHTI, establece como visión de largo plazo (2045) desarrollar 'aportaciones pioneras' en inteligencia artificial y computación neuromórfica, articulándolo con el objetivo de 'soberanía tecnológica'. RELEVANCIA PARA IA: 1) Es un documento de FOMENTO al desarrollo de IA (no de su uso operacional ni de su regulación). Se trata de un mandato programático para investigar y construir capacidades nacionales en IA y hardware de IA (computación neuromórfica, nanoelectrónica, semiconductores CMOS). 2) El programa también contempla 'gobernanza... basada en inteligencia institucional' y la digitalización/automatización de procesos administrativos y del Sistema de Gestión Académica (SISGEA), lo que sugiere adopción interna de herramientas tecnológicas. RIESGOS Y GAPS: R10 (Concentración de poder / Soberanía digital): El programa enmarca la IA dentro de la narrativa de 'independencia y soberanía tecnológica' frente a la dependencia de proveedores extranjeros, lo cual es positivo, pero NO establece ningún mecanismo de gobernanza para que el desarrollo de IA generado con fondos públicos sea abierto, auditable o no quede capturado por intereses privados al transferirse (Estrategia 4.5 sobre patentamiento y comercialización). R15 (Riesgos emergentes / frontera): El programa promueve investigación en tecnologías emergentes y de 'doble uso' potencial (IA, computación neuromórfica, MEMS, sensores) SIN ningún marco de seguridad de la investigación, evaluación de capacidades peligrosas, ética de IA, ni protocolos de bioseguridad/dual-use, pese a alinearse con derechos humanos en términos generales. CONTEXTO MEXICANO: Es un caso de gap por OMISIÓN: México impulsa el desarrollo de IA de frontera mediante CPIs sin que exista una política nacional de seguridad y ética de IA que acompañe ese fomento. La temporalidad es de futuro (visión 2030/2045), por lo que el riesgo es de baja inmediatez pero relevante para el monitoreo de la política científica.

Recomendaciones

  • Acompañar el fomento a la IA en los Centros Públicos de Investigación con lineamientos de ética, seguridad y evaluación de riesgos de la investigación (incluido el potencial de doble uso de IA, computación neuromórfica y sensores).
  • Establecer que los desarrollos de IA financiados con recursos públicos prioricen esquemas abiertos, auditables e interoperables para fortalecer la soberanía tecnológica sin concentración de poder en licenciatarios privados.
  • Incluir en los programas institucionales de CTI indicadores y salvaguardas sobre transparencia algorítmica y gobernanza de datos cuando se desarrollen o adopten sistemas de IA.
  • Coordinar con la SECIHTI una agenda nacional de seguridad de IA (AI safety) que vincule la investigación de frontera con estándares internacionales emergentes.
Financiero (Ahorro y Crédito Popular / Sociedades Financieras Populares) Implícito - Tecnología Media

ID de hallazgo: H2

Dominio regulatorio

Financiero (Ahorro y Crédito Popular / Sociedades Financieras Populares)

Vacío regulatorio

Fragmento original

Información del Usuario derivada de sus características físicas, tales como huellas dactilares, geometría de la mano o patrones en iris o retina, o voz, siempre que dicha información no pueda ser duplicada y utilizada posteriormente.

Ubicación en el documento: SHCP-CNBV - Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades de ahorro y crédito popular..., Artículo 1, fracción XXXV Bis (definición de 'Factor de Autenticación'), inciso d)

Análisis de relevancia

La Resolución de la CNBV (que en su mayor parte es regulación prudencial de capitalización, sin relación con IA) incorpora una definición de 'Factor de Autenticación' que admite el uso de datos biométricos de los usuarios de Sociedades Financieras Populares: huellas dactilares, geometría de la mano, patrones de iris o retina y voz. RELEVANCIA PARA IA: El procesamiento de rasgos biométricos para autenticación implica tecnologías de reconocimiento biométrico (huella, iris/retina, voz) que típicamente se apoyan en algoritmos de comparación de patrones. Aunque el propósito declarado es la autenticación del cliente (no la vigilancia), el tratamiento masivo de plantillas biométricas de usuarios del sistema financiero popular constituye un dominio sensible de privacidad (R3). GAPS: 1) La disposición no fija salvaguardas específicas sobre almacenamiento, cifrado, periodo de retención o prohibición de uso secundario de las plantillas biométricas, más allá de la condición genérica de que 'no pueda ser duplicada y utilizada posteriormente'. 2) No exige consentimiento informado reforzado ni alternativas no biométricas garantizadas para poblaciones vulnerables. 3) No prevé auditoría sobre falsos positivos/negativos del sistema biométrico ni mecanismos de impugnación. CONTEXTO MEXICANO: Las Sociedades Financieras Populares atienden de forma desproporcionada a población de bajos ingresos y zonas rurales; el uso de biometría sin salvaguardas detalladas puede generar exclusión financiera por errores de reconocimiento y riesgos de filtración de datos biométricos (irreemplazables). La temporalidad es de habilitación presente (mecanismo opcional ya vigente).

Recomendaciones

  • Exigir estándares mínimos de seguridad, cifrado y plazos de conservación para las plantillas biométricas, alineados con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y la normativa para particulares.
  • Garantizar alternativas de autenticación no biométricas y consentimiento informado reforzado, especialmente para usuarios con baja alfabetización digital.
  • Requerir métricas de desempeño (tasas de error) y mecanismos de impugnación cuando la autenticación biométrica falle y afecte el acceso del usuario a sus recursos.
  • Prohibir explícitamente el uso secundario de datos biométricos (p. ej. para perfilamiento o scoring crediticio) sin base legal y consentimiento específico.
Educación de Adultos (Programas Sociales / Padrón de Beneficiarios) Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Media

ID de hallazgo: H3

Dominio regulatorio

Educación de Adultos (Programas Sociales / Padrón de Beneficiarios)

Vacío regulatorio

Fragmento original

RAF.- Registro Automatizado de Formación. Sistema en el cual se registran los eventos de formación, que se ofrecen a las personas que coadyuvan en los servicios educativos que ofrece el INEA.

Ubicación en el documento: SEP - Lineamientos de Operación del Programa Servicios de Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2026, sección de Siglas/Glosario y apartado 9 'Padrón de Población Beneficiaria'

Análisis de relevancia

Los Lineamientos del INEA describen una infraestructura de datos para administrar a personas educandas en rezago educativo y a personas voluntarias con subsidio: un 'Registro Automatizado de Formación' (RAF), un 'Sistema de control escolar' informático, la plataforma digital 'AprendeINEA', un padrón de población beneficiaria, y la validación de la CURP contra la base de datos de RENAPO ('Preferentemente CURP y que ésta se encuentre vigente en la base de datos de RENAPO'). RELEVANCIA PARA IA: No hay mención de inteligencia artificial; se trata de sistemas de gestión y automatización administrativa. Sin embargo, el procesamiento masivo de datos personales de poblaciones vulnerables (adultos en rezago educativo, frecuentemente de bajos ingresos, indígenas o migrantes), la integración/confronta con padrones externos (RENAPO) y la conformación de padrones de beneficiarios son precisamente el tipo de infraestructura sobre la cual suelen montarse, sin transparencia, módulos de perfilamiento, focalización algorítmica o analítica predictiva. RIESGOS Y GAPS: R3 (Privacidad): Confronta de datos con RENAPO y conformación de padrones sin que el documento detalle minimización de datos, límites de interoperabilidad ni controles sobre usos secundarios; aunque sí remite genéricamente a la Ley General de Transparencia y a la Ley General de Protección de Datos Personales. R2 (Discriminación/Sesgo): La 'detección de población objetivo' mediante padrones y la focalización de apoyos podrían, de automatizarse con criterios de elegibilidad, generar exclusiones inadvertidas de grupos sin CURP vigente o sin registro en RENAPO (precisamente los más marginados). CONTEXTO MEXICANO: El uso de la CURP/RENAPO como llave de acceso a derechos sociales puede excluir a quienes carecen de documentación vigente. Por ahora el riesgo es de gap potencial (no hay automatización decisoria evidente), pero relevante para vigilar la evolución de la focalización de programas sociales.

Recomendaciones

  • Documentar los flujos de interoperabilidad con RENAPO bajo principios de minimización de datos y finalidad específica, evitando que la falta de CURP vigente excluya automáticamente a beneficiarios.
  • Prohibir el uso del padrón y del Registro Automatizado de Formación para perfilamiento o decisiones automatizadas sobre elegibilidad sin revisión humana y derecho de impugnación.
  • Publicar avisos de privacidad específicos y mecanismos de acceso, rectificación y oposición accesibles para población con baja alfabetización digital.
  • Realizar evaluaciones de impacto en la protección de datos antes de incorporar nuevas funcionalidades automatizadas al sistema de control escolar o a la plataforma AprendeINEA.
Educación de Adultos / Servicios Públicos (selección de personal voluntario con subsidio) Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Media

ID de hallazgo: H4

Dominio regulatorio

Educación de Adultos / Servicios Públicos (selección de personal voluntario con subsidio)

Vacío regulatorio

Fragmento original

Para la selección, se aplicarán los siguientes criterios: a) Calificación aprobatoria en el examen (calificación más alta). b) Nivel de estudios (mayor nivel de estudios) c) Fecha de registro de la persona aspirante (respetando el orden de prelación del registro). d) Lo que, en su caso, resuelva el IEEA o la UO del INEA.

Ubicación en el documento: SEP - Lineamientos de Operación del Programa Servicios de Educación para Adultos (INEA) 2026, numeral 3.3.2 'Procedimiento de selección', Etapa 3 (Procedimiento de selección de la persona voluntaria con subsidio por convocatoria)

Análisis de relevancia

Los Lineamientos del INEA establecen un procedimiento de selección de las Personas Voluntarias con Subsidio (PVS) que asigna apoyos económicos mediante criterios de ordenamiento y prelación: calificación del examen de formación inicial (calificación más alta), nivel de estudios (mayor nivel) y fecha de registro (orden de prelación). El examen puede aplicarse 'en línea' y la información se gestiona en el sistema de control escolar. RELEVANCIA PARA IA: No se menciona inteligencia artificial; hoy es un procedimiento de scoring/ordenamiento basado en reglas. Sin embargo, la taxonomía marca expresamente 'selección automatizada', 'scoring' y 'evaluación de riesgo' (keywords R2) y la asignación automatizada de apoyos/recursos sociales como dominios de discriminación algorítmica. Un procedimiento de selección por criterios cuantitativos sobre una convocatoria pública es precisamente el tipo de proceso que suele automatizarse (calificación de exámenes en línea, ordenamiento por folio) sin auditoría de equidad ni mecanismo de impugnación explícito. RIESGOS Y GAPS: R2 (Discriminación/Sesgo): Los criterios 'nivel de estudios (mayor nivel)' y 'fecha de registro' pueden producir efectos diferenciales en contra de poblaciones rurales, indígenas o con menor acceso digital (menor escolaridad, menor capacidad de registro temprano en línea), reproduciendo desigualdades preexistentes. No se prevé análisis de impacto diferencial, ni mecanismo de apelación/impugnación específico para quien quede fuera de la selección; el criterio residual 'Lo que resuelva el IEEA o la UO' introduce discrecionalidad no acotada. CONTEXTO MEXICANO: Las PVS son la base operativa del programa en zonas de alto rezago; un sesgo en su selección afecta indirectamente la cobertura educativa de las comunidades más marginadas. El riesgo es de gap potencial (proceso por reglas con calificación en línea, sin automatización decisoria plena evidente), pero relevante para monitorear si el sistema de control escolar incorpora ordenamiento o filtrado automatizado de aspirantes.

Recomendaciones

  • Publicar los criterios de desempate y ponderación de la selección de PVS y prohibir su automatización plena sin revisión humana ni mecanismo de impugnación accesible.
  • Realizar un análisis de impacto diferencial de los criterios de selección (nivel de estudios y fecha de registro) sobre población rural, indígena y con baja alfabetización digital.
  • Acotar el criterio discrecional 'lo que resuelva el IEEA o la UO' con motivación obligatoria y trazabilidad.
  • Garantizar canales no digitales equivalentes para el examen y el registro, evitando que la modalidad 'en línea' introduzca sesgo de acceso.