Análisis del DOF · 18 de noviembre de 2025
Diario Oficial de la Federación, edición matutina No. 311/2025, martes 18 de noviembre de 2025 (Tomo MAT)
Tipo de documento: Edición del Diario Oficial de la Federación (compilación: Decretos, Acuerdos, Códigos, Lineamientos, Avisos, Convenios, Programas Institucionales y Sentencias)
Estadísticas
Metadatos
Categorías de riesgo presentes
Justificación de urgencia
El Código de Ética de la APF reconoce expresamente el uso de inteligencia artificial para producir contenido sexual sintético no consentido (deepfakes, R4) y el uso de IA generativa por servidores públicos sin un marco vinculante de gobernanza (verificación de 'alucinaciones' y prohibición de cargar datos sensibles quedan como meros principios éticos). En paralelo, el Programa Institucional del Colegio de Bachilleres despliega IA y sistemas de monitoreo predictivo del comportamiento de estudiantes adolescentes (población menor de edad) sin salvaguardas de protección de datos, equidad ni impugnación. La combinación de deepfakes, IA en decisiones públicas y vigilancia/perfilamiento de menores, sin obligaciones exigibles, eleva el riesgo a Muy Alta y demanda lineamientos vinculantes.
Síntesis ejecutiva
Esta edición del DOF (18 de noviembre de 2025) es una compilación multisectorial. La mayoría de su contenido (expropiación agraria, registros de asociaciones religiosas, declaratorias de dominio público, tipos de cambio del Banco de México, convocatorias de licitación, avisos judiciales y dos sentencias de la SCJN sobre materia fiscal/presupuestal) NO guarda relación con la inteligencia artificial. Sin embargo, tres instrumentos sí contienen menciones explícitas o implícitas relevantes para IA. El 'Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal' menciona explícitamente la IA en cinco pasajes: como medio para editar contenido sexual no consentido (deepfakes íntimos, R4), como medio por el que puede publicarse/filtrarse información clasificada o confidencial (R3), como herramienta cuya información debe verificarse y a la que no deben cargarse datos sensibles (R1/R3), y como herramienta digital de uso 'responsable' (R1). El 'Programa Institucional del Colegio de Bachilleres 2025-2030' mandata adoptar IA en enseñanza y administración (R1/R2) y describe sistemas implícitos de analítica sobre estudiantes: monitoreo de comportamiento con alertas tempranas de abandono (perfilamiento de menores, R2/R3) y bases de datos de seguimiento de egresados (R3), además de automatización de la atención escolar (R7). El Acuerdo de simplificación de trámites de la COFEPRIS condiciona reducciones de plazos a la 'gestión automatizada de los trámites', incluida la de sustancias controladas (R1/R7). Los riesgos más críticos son: (1) el reconocimiento de deepfakes generados por IA sin mecanismos periciales ni de trazabilidad; (2) el uso de IA generativa por servidores públicos sin un marco vinculante (solo principios éticos); y (3) el monitoreo predictivo y tratamiento masivo de datos de estudiantes menores de edad sin salvaguardas. Se recomienda emitir lineamientos vinculantes de uso responsable de IA en la APF, proteger los datos de menores en el COLBACH con evaluación de impacto y reglas de equidad, y definir límites a la automatización de decisiones administrativas (especialmente en COFEPRIS) con revisión humana obligatoria y derecho de impugnación.
Contexto mexicano
Consideraciones especiales
- El uso de IA por personas servidoras públicas se regula únicamente como principio ético (no vinculante), insuficiente frente a riesgos de 'alucinaciones' y fuga de datos a proveedores extranjeros de IA.
- El despliegue de IA y de sistemas de alerta temprana en el Colegio de Bachilleres involucra datos personales de adolescentes (menores de edad), población especialmente protegida y vulnerable a sesgos y estigmatización.
- La profunda brecha digital entre planteles y estudiantes puede convertir la adopción de IA educativa y la automatización de la atención en un factor de mayor desigualdad.
- El reconocimiento de deepfakes sexuales generados por IA en el Código de Ética se conecta con la agenda de violencia digital de género (Ley Olimpia), pero la atribución técnica y el peritaje en contenido sintético son capacidades escasas en los OICs.
- La automatización de trámites de COFEPRIS abarca bienes de alto riesgo (estupefacientes, psicotrópicos, precursores químicos) donde errores de decisiones automatizadas tienen impacto sanitario y de seguridad.
Capacidad de implementación
Media-Baja. Los Comités de Ética y Órganos Internos de Control carecen, en general, de capacidad técnica para auditar el uso de IA, detectar deepfakes o evaluar sesgos de modelos predictivos. La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones es la autoridad de simplificación/digitalización, pero no existe aún un marco nacional vinculante de gobernanza de IA en el sector público que dé contenido a los principios éticos enunciados. La supervisión de tratamiento de datos personales recae en autoridades con recursos limitados, lo que dificulta vigilar bases de datos masivas de estudiantes y egresados.
Precedentes relevantes
- Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (tratamiento de datos de menores y de egresados por entes públicos).
- Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (cuando intervienen plataformas de IA de terceros).
- Reformas en materia de violencia digital ('Ley Olimpia') aplicables a la difusión de contenido sexual sintético no consentido.
- Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos y atribuciones de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones en digitalización y automatización de trámites.
- Ley General de Responsabilidades Administrativas (sanciones a personas servidoras públicas, marco del Código de Ética).
Hallazgos
Hallazgos detectados por el análisis. Expande cada uno para ver el fragmento original y las recomendaciones.
Función Pública / Integridad / Violencia digital de género Explícito Muy Alta
Dominio regulatorio
Función Pública / Integridad / Violencia digital de género
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Exhibir o enviar, a través de algún medio de comunicación, carteles, calendarios, mensajes, fotografías, audios, videos, ilustraciones u objetos con imágenes o estructuras de naturaleza sexual, incluidas las editadas por medios digitales o de inteligencia artificial, no deseadas ni solicitadas por la persona receptora; Análisis de relevancia
1) Relevancia para IA: el Código de Ética reconoce EXPLÍCITAMENTE que las herramientas de inteligencia artificial pueden usarse para editar/generar imágenes y videos de naturaleza sexual, es decir contempla deepfakes íntimos no consentidos como conducta de acoso/hostigamiento. Es una de las pocas menciones normativas mexicanas que vincula IA con contenido sintético sexual. 2) Riesgos: R4 (Disinformation & Deepfakes) por la generación escalable de contenido sintético sexual indistinguible del real; R3 (Privacy) por la afectación a la imagen, intimidad y datos biométricos de la víctima. La IA reduce drásticamente el costo y la habilidad necesaria para producir este material. 3) Gaps: el instrumento solo lo tipifica como falta ética interna para personas servidoras públicas; NO define obligaciones de detección/trazabilidad de contenido sintético, ni marcas de agua, ni procedimientos forenses para acreditar que una imagen fue generada por IA, ni reparación a la víctima. Tampoco distingue entre uso, creación o difusión. 4) Contexto mexicano: México ha avanzado con la 'Ley Olimpia' contra violencia digital, pero el enforcement de deepfakes generados por IA es incipiente; la atribución técnica es costosa y la mayoría de OICs carecen de capacidad pericial en análisis de contenido sintético.
Recomendaciones
- Complementar el Código con un protocolo pericial para acreditar contenido sintético/deepfake (cadena de custodia digital, peritaje en IA generativa).
- Armonizar esta conducta con la legislación penal de violencia digital (Ley Olimpia) y con sanciones administrativas graves, no solo éticas.
- Exigir capacitación a OICs y Comités de Ética sobre detección de deepfakes y derechos de las víctimas.
- Establecer obligaciones de etiquetado/trazabilidad de contenido generado por IA en comunicaciones institucionales.
Categorías de riesgo
Función Pública / Uso de IA en la toma de decisiones administrativas Explícito Alta
Dominio regulatorio
Función Pública / Uso de IA en la toma de decisiones administrativas
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Verificar la información que generan las herramientas de inteligencia artificial u otras tecnologías y no utilizarlas con información institucional sensible o confidencial, y Análisis de relevancia
1) Relevancia para IA: es la disposición más sustantiva del documento sobre gobernanza de IA en el servicio público. Reconoce que las y los servidores públicos USAN herramientas de IA generativa y establece dos deberes: (a) verificar la información que generan (control de 'alucinaciones') y (b) no alimentarlas con información sensible o confidencial (control de fuga de datos). 2) Riesgos: R1 (Malfunctions & Errors) porque admite implícitamente que los outputs de IA pueden ser falsos y deben verificarse, mitigando el 'automation bias'; R3 (Privacy) porque previene la carga de datos personales/confidenciales a sistemas de IA de terceros (típicamente extranjeros, en la nube) sin control sobre su retención o reuso. 3) Gaps: el deber es genérico y autodeclarativo. No define qué herramientas están autorizadas, no exige registro de uso, no establece auditoría, ni consecuencias verificables ante 'alucinaciones' que afecten a un ciudadano (p. ej. resoluciones administrativas fundadas en datos inventados por un LLM). No regula la responsabilidad cuando una decisión administrativa se apoya en IA. 4) Contexto mexicano: dependencia de proveedores extranjeros de IA generativa (riesgo de soberanía de datos); baja capacitación técnica del funcionariado; ausencia de una política nacional vinculante de uso responsable de IA en el sector público que dé contenido a este principio ético.
Recomendaciones
- Emitir una política/lineamiento vinculante (no solo ético) sobre uso de IA generativa en la APF: herramientas autorizadas, clasificación de datos permitidos y prohibición de cargar datos personales.
- Exigir supervisión y verificación humana documentada de todo output de IA que sustente actos administrativos.
- Establecer registro y trazabilidad del uso de IA en decisiones que afecten a particulares, con derecho de impugnación.
- Auditar la fuga de información confidencial hacia plataformas de IA de terceros y preferir soluciones con soberanía de datos.
Categorías de riesgo
Función Pública / Profesionalismo en el uso de herramientas digitales Explícito Media
Dominio regulatorio
Función Pública / Profesionalismo en el uso de herramientas digitales
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Utilizar con responsabilidad las herramientas digitales, tales como la inteligencia artificial, navegadores, buscadores, páginas electrónicas, entre otros, y Análisis de relevancia
1) Relevancia para IA: reitera, como deber de profesionalismo, el 'uso responsable' de la inteligencia artificial entre las herramientas digitales del servidor público. Confirma que la IA es ya una herramienta de trabajo ordinaria en la APF. 2) Riesgos: R1 (Malfunctions & Errors), pues un uso no profesional/no verificado de IA puede introducir errores en documentos y trámites; severidad Media porque es un principio abstracto sin obligaciones concretas. 3) Gaps: el término 'uso responsable' carece de definición operativa, criterios de cumplimiento o mecanismos de verificación. Es una declaración aspiracional que no crea obligaciones exigibles ni indicadores. 4) Contexto mexicano: sin estándares ni capacitación obligatoria, el 'uso responsable' queda al criterio individual, lo que es insuficiente en una administración con brechas digitales y de competencias en IA.
Recomendaciones
- Definir operativamente 'uso responsable de IA' mediante guías y estándares de la Secretaría Anticorrupción y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
- Incluir capacitación obligatoria y certificable en alfabetización en IA para personas servidoras públicas.
- Vincular el principio con mecanismos de evaluación y consecuencias, no solo enunciados éticos.
Categorías de riesgo
Educación Media Superior Explícito Alta
Dominio regulatorio
Educación Media Superior
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Capacitar a los docentes en metodologías didácticas innovadoras, evaluación formativa y el uso de tecnologías e inteligencia artificial para la enseñanza y el aprendizaje mediante un programa de formación continua. Análisis de relevancia
1) Relevancia para IA: el COLBACH mandata adoptar IA para la enseñanza, el aprendizaje y procesos administrativos, formando a docentes y personal en su uso. Es despliegue planeado de IA en educación pública para adolescentes (población menor de edad y vulnerable). 2) Riesgos: R1 (Malfunctions & Errors) por uso de IA generativa en contenidos educativos que puede producir información falsa ('alucinaciones') presentada como cierta a estudiantes; R2 (Discrimination & Bias) porque herramientas de IA aplicadas a evaluación/aprendizaje pueden incorporar sesgos y afectar desigualmente a estudiantes con menor acceso tecnológico, perpetuando brechas. 3) Gaps: el Programa NO establece salvaguardas: ni evaluación de impacto, ni protección de datos de menores, ni criterios de equidad, ni supervisión de la calidad/veracidad de los contenidos generados por IA, ni reglas sobre evaluación automatizada de estudiantes. 4) Contexto mexicano: profunda brecha digital entre planteles y estudiantes; riesgo de ampliar desigualdades; ausencia de un marco específico de IA en educación que proteja a menores y garantice equidad.
Recomendaciones
- Acompañar la adopción de IA educativa con lineamientos de protección de datos de menores y de equidad en el acceso.
- Exigir validación humana y revisión de calidad de los contenidos generados por IA antes de su uso con estudiantes.
- Prohibir o regular estrictamente la evaluación/calificación automatizada de estudiantes sin revisión docente.
- Realizar evaluación de impacto educativo y de derechos antes de escalar el uso de IA.
Categorías de riesgo
Educación Media Superior / Analítica de datos estudiantiles Implícito - Tecnología Alta
Dominio regulatorio
Educación Media Superior / Analítica de datos estudiantiles
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Implementar un sistema de monitoreo de asistencia, rendimiento académico y comportamiento estudiantil, con el objeto de generar alertas tempranas sobre el riesgo de abandono escolar. Análisis de relevancia
1) Relevancia para IA: aunque no menciona 'IA', un 'sistema de monitoreo' de asistencia, rendimiento y COMPORTAMIENTO que genera 'alertas tempranas' de riesgo es un caso típico de analítica predictiva / early-warning systems sobre personas. Estos sistemas suelen basarse en modelos estadísticos o de machine learning para clasificar a estudiantes por riesgo (scoring/perfilamiento). 2) Riesgos: R2 (Discrimination & Bias) porque clasificar/perfilar a menores por 'riesgo de abandono' puede estigmatizar y asignar recursos de forma sesgada (p. ej. contra estudiantes de menor nivel socioeconómico); R3 (Privacy) por la vigilancia sistemática del comportamiento estudiantil y el tratamiento masivo de datos personales de menores. 3) Gaps: no hay mención de base jurídica para el tratamiento, consentimiento de tutores, evaluación de sesgo, transparencia del modelo, ni derecho de los estudiantes a impugnar una clasificación de 'riesgo'. 4) Contexto mexicano: tratamiento de datos personales de menores sin un aviso de privacidad ni evaluación de impacto explícitos; riesgo de etiquetado y profecía autocumplida; capacidad limitada de supervisión.
Recomendaciones
- Documentar la base de licitud y aviso de privacidad para el tratamiento de datos de menores en el sistema de alertas tempranas.
- Evaluar y mitigar sesgos del modelo de predicción de abandono; auditar equidad por nivel socioeconómico.
- Garantizar transparencia y derecho de impugnación de las clasificaciones de 'riesgo' por parte de estudiantes y tutores.
- Asegurar que las alertas se usen para apoyo y no para sanción/segregación; mantener supervisión humana.
Categorías de riesgo
Educación Media Superior / Seguimiento de egresados Implícito - Tecnología Media
Dominio regulatorio
Educación Media Superior / Seguimiento de egresados
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Crear una base de datos para monitorear el desempeño en el mercado laboral de los egresados del COLBACH por medio del desarrollo de un sistema de información. Análisis de relevancia
1) Relevancia para IA: la creación de bases de datos y sistemas de información para 'monitorear' la trayectoria educativa y laboral de egresados implica procesamiento longitudinal de datos personales que, combinado con análisis, habilita perfilamiento y futuras inferencias mediante analítica/IA. Es infraestructura de datos sobre la que pueden montarse modelos. 2) Riesgos: R3 (Privacy) por el monitoreo continuo de personas tras egresar (datos laborales y educativos) potencialmente sin consentimiento renovado ni límite temporal; severidad Media por ser, por ahora, base de datos de seguimiento agregado. 3) Gaps: no se definen finalidad limitada, base de licitud, periodos de retención, ni medidas para evitar reuso secundario o cruce con otras bases. 4) Contexto mexicano: tendencia a construir grandes bases de datos públicas sin gobernanza robusta; el seguimiento de egresados es legítimo pero requiere salvaguardas de minimización y consentimiento.
Recomendaciones
- Definir finalidad específica, base de licitud, minimización de datos y plazos de retención para las bases de seguimiento de egresados.
- Obtener consentimiento informado de egresados y prohibir el reuso secundario o cruce no autorizado de datos.
- Aplicar privacidad por diseño y evaluación de impacto en protección de datos al sistema de información.
Categorías de riesgo
Salud / Regulación sanitaria (COFEPRIS) - Automatización de trámites Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Media
Dominio regulatorio
Salud / Regulación sanitaria (COFEPRIS) - Automatización de trámites
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
El Artículo Sexto relativo a la reducción de los plazos para brindar respuesta, así como lo establecido en los Artículos Séptimo y Décimo del presente Acuerdo, entrarán en vigor hasta que los trámites se encuentren digitalizados y que permita la gestión automatizada de los trámites en la plataforma correspondiente. Análisis de relevancia
1) Relevancia para IA: el Acuerdo condiciona reducciones de plazos a la 'gestión automatizada de los trámites'. La automatización de la sustanciación y resolución de trámites sanitarios (incluidos permisos de estupefacientes, psicotrópicos y precursores químicos) es un dominio donde fácilmente se introducirán reglas automatizadas e IA para clasificación/decisión, sin que el texto lo regule. 2) Riesgos: R1 (Malfunctions & Errors) por decisiones automatizadas en un dominio crítico (salud, sustancias controladas) donde un error puede negar/otorgar indebidamente permisos; R7 (Labor Displacement) por automatización de funciones administrativas de evaluación. Severidad Media por ser, por ahora, digitalización/automatización procedimental sin IA explícita. 3) Gaps: no se establecen garantías de revisión humana, criterios de la 'gestión automatizada', trazabilidad de la decisión, ni derecho de impugnación ante resoluciones automatizadas. 4) Contexto mexicano: presión por eficiencia y reducción de plazos puede llevar a automatización sin salvaguardas; COFEPRIS regula bienes sensibles donde errores tienen alto impacto sanitario y de seguridad.
Recomendaciones
- Definir el alcance de la 'gestión automatizada': qué decisiones pueden automatizarse y cuáles requieren revisión humana obligatoria.
- Garantizar trazabilidad y motivación de las resoluciones automatizadas, con derecho de impugnación.
- Excluir de la automatización total las decisiones de alto riesgo (estupefacientes, precursores químicos) sin validación humana calificada.
- Evaluar impacto en el personal y reconvertir funciones en lugar de mera reducción de plazas.
Categorías de riesgo
Educación Media Superior / Modernización administrativa Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Media
Dominio regulatorio
Educación Media Superior / Modernización administrativa
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Fortalecer los procesos de servicios escolares mediante la implementación de un nuevo sistema de gestión escolar para automatizar la atención a estudiantes. Análisis de relevancia
1) Relevancia para IA: 'automatizar la atención a estudiantes' mediante un sistema de gestión escolar es un eufemismo de modernización administrativa que, en la práctica, suele implementarse con chatbots y automatización de servicios, antesala de IA conversacional aplicada a la atención. 2) Riesgos: R7 (Labor Displacement) por automatización de funciones de atención administrativa; potencialmente R1 si la atención automatizada brinda información errónea a estudiantes. Severidad Media por ser automatización incipiente de procesos. 3) Gaps: no se especifica si la atención automatizada conservará canales humanos, ni controles de calidad de la información entregada, ni accesibilidad para estudiantes con menor competencia digital. 4) Contexto mexicano: la automatización de la atención puede excluir a estudiantes con brecha digital; necesidad de mantener atención humana y reconversión laboral del personal administrativo.
Recomendaciones
- Mantener canales de atención humana junto a la automatización para no excluir a estudiantes con brecha digital.
- Si se usan chatbots/IA, exigir control de calidad y veracidad de la información proporcionada.
- Acompañar la automatización con reconversión del personal administrativo, no con reducción de plazas.
Categorías de riesgo
Función Pública / Confidencialidad de información clasificada y uso de IA Explícito Alta
Dominio regulatorio
Función Pública / Confidencialidad de información clasificada y uso de IA
Vacío regulatorio
Sí
Fragmento original
Publicar información oficial o institucional que se encuentre clasificada, o sea susceptible de clasificación, en cualquier medio, incluidos los digitales o de inteligencia artificial, en contravención a las disposiciones jurídicas aplicables, y Análisis de relevancia
1) Relevancia para IA: es la quinta mención EXPLÍCITA de inteligencia artificial del Código de Ética y, junto con el Artículo 11 (H2), la única que aborda la fuga de información a través de IA. Reconoce que las herramientas de inteligencia artificial son un MEDIO por el cual una persona servidora pública puede 'publicar' (exponer/divulgar) información clasificada o reservada, prohibiendo su uso en contravención a las disposiciones aplicables. Capta el riesgo de que cargar prompts con información confidencial a un LLM/servicio de IA de terceros equivale a su divulgación. 2) Riesgos: R3 (Privacy Invasions) por la exposición de datos personales, información reservada o confidencial a plataformas de IA típicamente extranjeras y en la nube, sin control sobre su retención, reuso o entrenamiento. Complementa el deber del Artículo 11 (no cargar datos sensibles) tipificándolo además como conducta contraria a la Legalidad. 3) Gaps: la prohibición es genérica y autodeclarativa; no define qué herramientas de IA están autorizadas, no exige clasificación previa de la información antes de usar IA, no establece controles técnicos (DLP, listas blancas), ni auditoría del uso de IA con información institucional, ni consecuencias diferenciadas frente a la fuga vía IA. 4) Contexto mexicano: dependencia de proveedores extranjeros de IA generativa (soberanía de datos); el uso informal de chatbots públicos por funcionariado con baja alfabetización en seguridad de la información hace que la fuga de datos clasificados a IA sea un riesgo real y difícil de detectar para los OICs.
Recomendaciones
- Emitir controles técnicos (prevención de pérdida de datos, listas blancas de herramientas de IA) que impidan cargar información clasificada o confidencial a servicios de IA de terceros.
- Exigir clasificación previa de la información y prohibir expresamente el uso de IA pública con datos reservados o personales en una política vinculante, no solo ética.
- Establecer trazabilidad y auditoría del uso de IA con información institucional, con consecuencias administrativas ante la fuga de datos clasificados vía IA.
Categorías de riesgo